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PROFERTIL S A Audit Report / Information 2026

May 13, 2026

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Audit Report / Information

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COLEGIO DE ESCRIBANOS

DULA CIUDAD DE BUENOS AIRES

002171118

Insp. de: R. Patricia M. L.
Perferece a: PROFERTE, L.A.

Domicilio: ALICIA MORRAD DE JUSTO 240 Piso 3 OF. 306

Línea: ACTAS COMITTON FISCALIZADORA
Comité de: 0250 - Bánimas
Observaciones: Sin observaciones

Número de Libras:
Número de Datos:
Número de Notas:

En la fecha se procede a la rubrica del presente libro con intervención de escribano habilitado para actuar en el Registro Notarial Nro. 501 de la Ciudad de Buenos Aires.

Buenos Aires 26 de Enero de 2015
STELLA MARÍA CASTORINA
JEFA
DEPARTAMENTO DE HOSRICA

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Naciones Unidas ni en el Registro Público de Personas y Entidades Vinculadas a Actos de Terrorismo y su Financiamiento (“RePET”), conforme lo establecido en el artículo 413, inciso 8, de la Resolución General de la Inspección General de Justicia N° 15/2024; ni (iii) alcanzados por la Resolución de la Unidad de Información Financiera N° 134/2018 -y modificatorias-, en carácter de Persona Expuesta Políticamente.

Seguidamente, el Sr. Presidente pone a consideración el segundo punto del orden del día que dice así: “2°) DESIGNACIÓN DEL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA Y A SU REEMPLAZANTE”. De conformidad con lo previsto en el artículo décimo sexto del Estatuto Social, la Comisión Fiscalizadora deberá designar de entre sus miembros a su Presidente, así como a quien lo reemplace en caso de ausencia. Luego de una breve deliberación, los miembros de la Comisión resuelven por unanimidad reelegir al Sr. Gustavo Daniel Stricker como Presidente y al Sr. Julio César Bazan como su reemplazante.

Ambos, presentes en el acto, aceptan los cargos para los que han sido designados y ratifican sus domicilios especiales en los lugares indicados precedentemente.

Siendo las 8:50 horas y no habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la reunión, previa lectura y aprobación de la presente.

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ACTA DE COMISIÓN FISCALIZADORA N° 167: En la ciudad de Buenos Aires, a los 8 días del mes mayo de 2026, siendo las 8:00 horas, se reúnen los Sres. miembros de la Comisión Fiscalizadora de PROFERTIL S.A., que firman al pie de la presente. Preside el acto el Sr. Gustavo Daniel Stricker, quien informa que la reunión ha sido convocada a los efectos de considerar el primer y único punto del Orden del Día: “1°) CONSIDERACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES AL 31.03.26.” El Sr. Stricker manifiesta que los miembros de la Comisión Fiscalizadora de la Sociedad han analizado oportunamente la documentación contable correspondiente a los estados contables cerrados al 31.03.26, así como el Informe de los Auditores Independientes emitido con fecha 8 de mayo de 2026. Asimismo, han efectuado las verificaciones en los libros y documentos de la Sociedad. En consecuencia, corresponde emitir el informe pertinente para el periodo intermedio de tres meses, iniciado el 01.01.26 y finalizado el 31.03.26. Por todo lo expuesto, el Sr. Presidente propone:


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Primero: Autorizar la expedición del informe a los Estados Contables al 31.03.26 que textualmente dice así:

INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA

Señores Accionistas de:

CUIT N°: 30-69157651-1

Domicilio legal: Av. Leandro N. Alem 882, Piso 13
Ciudad Autónoma de Buenos Aires

De nuestra consideración:

En nuestro carácter de Comisión fiscalizadora de Profertil S.A., hemos efectuado una revisión de los documentos detallados en el párrafo siguiente.

Documentos examinados

a) Estado de situación financiera condensado intermedio al 31 de marzo de 2026.
b) Estado de resultados integrales condensado intermedio por los períodos de tres meses finalizados el 31 de marzo de 2026.
c) Estado de cambios en el patrimonio neto condensado intermedio por el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2026.
d) Estado de flujo de efectivo condensado intermedio por el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2026.
e) Notas 1 a 27 al 31 de marzo de 2026.

Responsabilidad de la Dirección en relación con los estados contables

El Directorio de la Sociedad es responsable de la preparación y presentación de los estados financieros de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y por lo tanto es responsable de la preparación y presentación de los estados financieros intermedios condensados adjuntos de acuerdo con la Norma Internacional de Contabilidad 34, “Información financiera intermedia” (NIC 34).

Responsabilidad de la Comisión Fiscalizadora

Nuestro examen fue realizado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes establecidas en la Resolución Técnica N° 15 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE). Dichas normas requieren que el examen de los estados contables trimestrales se efectúe de acuerdo con las normas aplicables a encargos de revisión de estados contables de períodos intermedios, e incluya la verificación de la congruencia de los documentos examinados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas, y la


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adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Para realizar nuestra tarea profesional sobre los documentos detallados precedentemente, hemos revisado la revisión efectuada por el auditor externo Price Waterhouse & Co quien emitió su informe de revisión de fecha 8 de mayo de 2026 de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). Dicha revisión incluyó la verificación del trabajo, de la naturaleza, alcance y oportunidad de los procedimientos aplicados y de los resultados de la revisión efectuada por dicho profesional.

No hemos efectuado ningún control de gestión y, por lo tanto, no hemos evaluado los criterios y decisiones empresariales de administración, financiación, comercialización y producción, dado que estas cuestiones son de responsabilidad exclusiva del Directorio de la Sociedad. Consideramos que nuestro trabajo y el informe de los auditores externos nos brindan una base razonable para fundamentar nuestro informe.

Conclusión

Sobre la base de nuestra revisión, estamos en condiciones de manifestar que no ha llegado a nuestro conocimiento ninguna cuestión que nos lleve a pensar que los estados financieros intermedios condensados adjuntos de Profertil S.A. correspondientes al período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2026 no están preparados, en todos sus aspectos significativos, de acuerdo con la NIC 34.

Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios

a) Según surge de los registros contables de Profertil S.A, el pasivo devengado al 31 de marzo de 2026 a favor del Sistema Integrado Previsional Argentino en concepto de aportes y contribuciones provisionales ascendía a $1.745.308.731,90 y no era exigible a esa fecha.
b) Los estados financieros condensados intermedios surgen de registros contables llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
c) Durante el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2026 hemos dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 294 de la Ley General de Sociedades.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 8 de mayo de 2026

Por Comisión Fiscalizadora. Gustavo Daniel Stricker. Por Comisión Fiscalizadora. Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 317 F° 104."

Segundo: Se lo autorice para que en nombre y representación de la Comisión Fiscalizadora suscriba el informe cuyo texto se indicó precedentemente; y

Tercero: Que dicho informe sea puesto en conocimiento del Directorio.

Se somete a votación la propuesta. Como resultado de la votación, se aprueba por unanimidad lo que ha propuesto el Sr. Presidente.

Siendo las 8:30 horas y no habiendo más asuntos que tratar, se da por finalizada la reunión.


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