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ARCOR SAIC — Interim / Quarterly Report 2003
May 13, 2003
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SOCIEDAD ANONIMA
Estados Contables
al 31 de Marzo de 2003
CARLISA SOCIEDAD ANONIMA
EJERCICIO ECONOMICO Nº 17 - Primer trimestre
Período iniciado el 1 de enero de 2003 y finalizado el 31 de marzo de 2003
INDICE
CARATULA 3
ESTADOS CONTABLES BASICOS AL 31 DE MARZO DE 2003.
ESTADO DE SITUACION PATRIMONIAL 4
ESTADO DE RESULTADOS 5
ESTADO DE EVOLUCION DEL PATRIMONIO NETO 6
ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO 7
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES 8
ANEXO A – BIENES DE USO 25
ANEXO D – OTRAS INVERSIONES 26
ANEXO E – PREVISIONES 27
ANEXO F – COSTO DE LAS MERCADERIAS VENDIDAS 28
ANEXO G – ACTIVOS Y PASIVOS EN MONEDA EXTRANJERA 29
ANEXO H – INFORMACION SOBRE RUBROS DE GASTOS Y SU APLICACION (Art. 64 Inc. b Ley 19.550) 30
INFORME DE REVISION LIMITADA
Denominación de la Sociedad: CARLISA SOCIEDAD ANONIMA
Domicilio Legal: Ruta Nacional 157 km. 970 – Recreo - CATAMARCA
ANTECEDENTES
Actividad Principal: Industrialización y comercialización de productos alimenticios
Fecha de Inscripción en el Registro Público de Comercio: 25 de junio de 1987
Número de Registro en la Inspección de Sociedades Jurídicas: 169
Fecha de Finalización del Plazo de Duración: 25 de junio de 2086
DATOS DE LA SOCIEDAD CONTROLANTE
Denominación: ARCOR S.A.I.C.
Domicilio Legal: Av. Fulvio Salvador Pagani 487 – Arroyito - CORDOBA
Actividad Principal: Fábrica de Golosinas
Participación sobre el Patrimonio y los Votos: 99,0000 %
EJERCICIO ECONOMICO N° 17 – Primer Trimestre
Iniciado el 01 de enero de 2003 y finalizado el 31 de marzo de 2003. Presentado en forma comparativa con el Estado de Situación Patrimonial al 31 de diciembre de 2002 y con los Estados de Resultados, de Evolución del Patrimonio Neto y de Flujo de Efectivo por el período de tres meses finalizados el 31 de marzo de 2002, expresados en pesos constantes del 28 de febrero de 2003 (Nota 3.2.).
CAPITAL: $ 1.800.000
Composición del Capital:
| Acciones | Suscripto | Integrado |
| 1.800.000 Acciones ordinarias de 1 voto cada una y VN $ 1,00 | 1.800.000 | 1.800.000 |
| 1.800.000 | 1.800.000 |
| 31.03.03 | 31.12.02 | 31.03.03 | 31.12.02 | |||
| ACTIVO | PASIVO Y PATRIMONIO NETO | |||||
| (Nota 3) | (Nota 3) | (Nota 3) | (Nota 3) | |||
| ACTIVO CORRIENTE | PASIVO CORRIENTE | |||||
| Caja y bancos | 52.533 | 100.442 | Cuentas por pagar (Nota 4.4.) | 1.374.235 | 1.238.138 | |
| Inversiones (Anexo D) | 6.166.386 | -.- | Prestamos (Nota 4.5.) | -.- | 423.442 | |
| Créditos por ventas (Nota 4.1.) | 1.048.147 | 8.020.324 | Remuneraciones y cargas sociales | 230.411 | 215.538 | |
| Otros créditos (Nota 4.2.) | 2.968.810 | 2.419.659 | Cargas fiscales | 84.527 | 1.664.153 | |
| Bienes de cambio (Nota 4.3.) | 1.047.582 | 1.119.112 | Otros pasivos | 2.375.707 | 109.404 | |
| Previsiones (Anexo E) | 3.180 | 2.871 | ||||
| TOTAL DEL ACTIVO CORRIENTE | 11.283.458 | 11.659.537 | TOTAL DEL PASIVO CORRIENTE | 4.068.060 | 3.653.546 | |
| ACTIVO NO CORRIENTE | PASIVO NO CORRIENTE | |||||
| Otros créditos (Nota 4.2.) | 361.600 | 2.146 | Previsiones (Anexo E) | 7.420 | 6.699 | |
| Bienes de uso (Anexo A) | 4.741.387 | 4.899.084 | ||||
| TOTAL DEL PASIVO NO CORRIENTE | 7.420 | 6.699 | ||||
| TOTAL DEL PASIVO | 4.075.480 | 3.660.245 | ||||
| TOTAL DEL ACTIVO NO CORRIENTE | 5.102.987 | 4.901.230 | PATRIMONIO NETO (según estado respectivo) | 12.310.965 | 12.900.522 | |
| TOTAL DEL ACTIVO | 16.386.445 | 16.560.767 | TOTAL DEL PASIVO Y PATRIMONIO NETO | 16.386.445 | 16.560.767 |
Las notas y anexos que se acompañan forman parte integrante de los estados contables.
| 31.03.03 | 31.03.02 | |
| (Nota 3) | (Nota 3) | |
| Ventas netas (Nota 4.6.) | 2.389.525 | 1.530.325 |
| Costo de mercaderías vendidas (Anexo F) | (3.261.079) | (2.670.468) |
| SUB TOTAL | (871.554) | (1.140.143) |
| Beneficios de promoción industrial (Nota 8) | 99.050 | 65.589 |
| GANANCIA BRUTA | (772.504) | (1.074.554) |
| Gastos de comercialización (Anexo H) | (560.156) | (485.053) |
| Gastos de administración (Anexo H) | (114.836) | (81.187) |
| Otros ingresos y egresos operativos (Nota 4.7.) | 143.243 | 69.796 |
| RESULTADO OPERATIVO | (1.304.253) | (1.570.998) |
| Resultados financieros y por tenencia (Nota 4.8.) | ||
| Generados por activos | 29.422 | 3.738.160 |
| Generados por pasivos | (16.814) | 631.975 |
| Otros ingresos y egresos no operativos (Nota 4.9.) | 406.469 | 605.853 |
| RESULTADO ANTES DE IMPUESTO A LAS GANANCIAS | (885.176) | 3.404.990 |
| Impuesto a las ganancias corriente (Nota 3.5.g.) | -.- | (2.263.520) |
| Impuesto a las ganancias diferido (Nota 3.5.g.) | 295.619 | (51.061) |
| (PERDIDA) GANANCIA NETA DEL PERIODO | (589.557) | 1.090.409 |
Las notas y anexos que se acompañan forman parte integrante de los estados contables.
| R U B R O S | APORTES DE LOS PROPIETARIOS | RESULTADOS ACUMULADOS | TOTALES | |||||
| CAPITAL SOCIAL (Nota 7) | AJUSTE INTEGRAL DEL CAPITAL SOCIAL | APORTES IRREVOCA-BLES | AJUSTE INTEGRAL DE APORTES NO CAPITALIZA-DOS | RESERVA LEGAL | RESULTADOS NO ASIGNADOS | 31.03.03 (Nota 3) | 31.03.02 (Nota 3) | |
| Saldos al inicio del ejercicio | 1.800.000 | 3.047.803 | 2.014.816 | 2.381.712 | 2.580.216 | 1.075.975 | 12.900.522 | 16.486.438 |
| Resultado del período según estado de resultados | (589.557) | (589.557) | 1.090.409 | |||||
| SALDOS AL CIERRE DEL PERIODO | 1.800.000 | 3.047.803 | 2.014.816 | 2.381.712 | 2.580.216 | 486.418 | 12.310.965 | 17.576.847 |
| Las notas y anexos que se acompañan forman parte integrante de los estados contables. |
| 31.03.03 (Nota 3) | 31.03.02 (Nota 3) | |
| Efectivo al inicio del ejercicio | 100.442 | 22.544 |
| (Disminución) Aumento neto del efectivo | (47.909) | 877 |
| EFECTIVO AL CIERRE DEL PERIODO | 52.533 | 23.421 |
| FLUJO DE EFECTIVO GENERADO POR (UTILIZADOS EN) LAS OPERACIONES | ||
| (Perdida) Ganancia del período | (589.557) | 1.090.409 |
| Ajustes para arribar al flujo neto de efectivo proveniente de las operaciones (Nota 4.10.) | (677.720) | 1.901.960 |
| Disminución neta de activos (Nota 4.11.) | 6.852.617 | 8.665.406 |
| Aumento (Disminución) neta de pasivo (Nota 4.12.) | 812.864 | (3.405.323) |
| FLUJO NETO DE EFECTIVO GENERADO POR LAS OPERACIONES | 6.398.204 | 8.252.452 |
| FLUJO DE EFECTIVO (UTILIZADO EN) ACTIVIDADES DE INVERSION | ||
| (Aumento) de deudores financieros Soc. Art. 33 Ley 19.550 | (6.446.113) | (8.251.575) |
| FLUJO NETO DE EFECTIVO (UTILIZADO EN) LAS ACTIVIDADES DE INVERSION | (6.446.113) | (8.251.575) |
| (DISMINUCION) AUMENTO NETO DE EFECTIVO | (47.909) | 877 |
Las notas y anexos que se acompañan forman parte integrante de los estados contables.
NOTA 1: PROPOSITO DE LOS ESTADOS CONTABLES
La Sociedad integra el grupo económico constituido por Arcor S.A.I.C. que reviste el carácter de controlante. Al ser controlada, ha adoptado iguales criterios de valuación y exposición que la controlante.
Los presentes estados contables, han sido confeccionados al sólo efecto de ser utilizados por la Sociedad controlante Arcor S.A.I.C., para la valuación de su inversión por el método del valor patrimonial proporcional y para la preparación de sus estados contables consolidado.
NOTA 2: CONTEXTO ECONOMICO ARGENTINO Y SU IMPACTO SOBRE LA POSICION ECONOMICA Y FINANCIERA DE LA SOCIEDAD
Durante el año 2002, la República Argentina se vio inmersa en un delicado contexto económico, cuyos principales indicadores permanecen vigentes durante el presente período y entre los que podemos destacar, el alto nivel de endeudamiento externo, un sistema financiero en crisis, un riesgo país que ha alcanzando niveles fuera de los promedios habituales y una recesión económica que ya tiene una duración de más de 4 años. Esta situación generó una caída importante en la demanda de productos y servicios, un incremento significativo en el nivel de desempleo y un deterioro de la capacidad del Gobierno Nacional para cumplir con sus obligaciones, el cual declaró el incumplimiento del pago de los servicios de la deuda pública a fines del año 2001.
El 27 de abril de 2003, se celebraron elecciones presidenciales que tuvieron como resultado la necesidad de realizar una segunda vuelta electoral (ballotage) prevista para el 18 de mayo del presente año.
Para hacer frente a la crisis que vivió el país, a partir del mes de diciembre de 2001, el Gobierno emitió medidas tendientes a restringir la libre disponibilidad y circulación de efectivo y la transferencia de divisas al exterior. Con posterioridad, y a partir del mes de enero del 2002, se emitieron leyes, decretos y regulaciones que implicaron un profundo cambio del modelo económico vigente hasta ese momento. Entre las medidas adoptadas se destaca la puesta en vigencia de la flotación del tipo de cambio, que derivó en una devaluación significativa que se registró durante los primeros meses del año 2002; la pesificación de ciertos activos y pasivos en moneda extranjera mantenidos en el país y el consecuente incremento de los precios internos.
Indicadores Económicos Período Diciembre 2001 – Marzo 2003
| Inflación mayorista | 118,50 % |
| Inflación minorista | 44,46 % |
| Variación del tipo de cambio (*) | 293,00 % |
(*) Variación promedio del tipo de cambio vendedor y comprador del dólar americano al cierre.
Los efectos mas relevantes de la crisis mencionada, afectaron las operaciones de la Sociedad principalmente durante el ejercicio 2002. Dentro de estos efectos, podemos mencionar:
– Recupero de créditos con el Estado Argentino
| $ | |
| Créditos fiscales y anticipos impositivos | 1.575.185 |
| Certificados a recibir Ley N° 23697 (1) | 378.186 |
| Reintegros a percibir (2) | 1.398.218 |
| TOTAL | 3.351.589 |
- Este crédito se encuentra totalmente previsionado (Nota 4.2.)
- De este importe $163.346 corresponden a créditos nominados en moneda extranjera.
Los cambios en el contexto económico y la situación en la que se encuentra inmerso el país con altos niveles de déficit fiscal y la falta de acceso al crédito internacional, representan factores que podrían afectar los plazos y las condiciones en que dichos créditos podrían ser realizados.
NOTA 2: CONTEXTO ECONOMICO ARGENTINO Y SU IMPACTO SOBRE LA POSICION ECONOMICA Y FINANCIERA DE LA SOCIEDAD (continuación)
– Recupero de créditos con el Estado Argentino (continuación)
Asimismo, a la fecha de emisión de los presentes estados contables, no existen normas legales que prevean la aplicación alguna de tasa de actualización monetaria para los créditos fiscales expresados en moneda argentina. El perjuicio por la no indexación de estos créditos fiscales asciende aproximadamente a $2.667.471, calculado en base al Indice de Precios Internos Mayoristas (I.P.I.M.) publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (I.N.D.E.C.)
Los impactos generados por el conjunto de las medidas adoptadas hasta la fecha por el Gobierno Nacional sobre los estados contables de la Sociedad al 31 de marzo de 2003, se reconocieron de acuerdo con las evaluaciones y estimaciones realizadas por la gerencia, considerando todos los elementos disponibles y el marco normativo vigente a la fecha de preparación de los presentes estados contables. No obstante, dadas las condiciones imperantes y la incertidumbre electoral vigente, los resultados reales futuros podrían diferir de las evaluaciones y estimaciones realizadas a la fecha.
En consecuencia, las decisiones que deban tomarse en base a los presentes estados contables deberán considerar la evolución futura de estas medidas y los estados contables de la Sociedad deben ser leídos a la luz de estas circunstancias.
NOTA 3: NORMAS CONTABLES
Las normas contables más relevantes aplicadas por la Sociedad en los estados contables, fueron las siguientes:
3.1. Presentación de los estados contables – Nuevas normas contables
Los estados contables se presentan conforme a las Normas Generales y Particulares de valuación y exposición contable exigidas por la Resolución Nº 434/2003 de la Comisión Nacional de Valores (C.N.V.) de Argentina.
Esta Resolución, con vigencia a partir del 1° de enero de 2003 adoptó, con ciertas excepciones, las Resoluciones Técnicas N° 16, 17, 18, 19 y 20 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (F.A.C.P.C.E.), con las modificaciones incorporadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CPCECABA) a través de sus Resoluciones C 238/01, C 243/01, C 261/01, C 262/01, C 187/02 y MD N° 32/02, con ciertas excepciones, como por ejemplo no requerir la presentación de los activos y pasivos por impuesto diferido descontados a sus valores presentes, sino de mantenerlos a sus valores nominales.
La Dirección de la Sociedad conjuntamente con su similar de Arcor S.A.I.C. entiende que las Resoluciones Nº 434/03 y 441/03 de la C.N.V. resultan de aplicación como cuerpo de normas contables profesionales vigentes en el ámbito de la jurisdicción de la Sociedad controlante (Nota 1). Dichas Normas son utilizadas en la preparación de los presentes estados contables, ya que en virtud del artículo 4° de la Resolución N° 22/88 del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Córdoba (CPCECBA), lugar del domicilio legal de la Sociedad controlante Arcor S.A.I.C. (Nota 1), se determina que, cuando los estados contables de una entidad pertenezcan a sociedades sujetas a organismos oficiales de control, que establezcan regímenes distintos a los aprobados por dicho consejo, dichos estados contables y el correspondiente informe del auditor se ajustarán a las normas emitidas por los citados organismos.
Los estados contables se exponen en pesos sin centavos al igual que las notas y anexos.
NOTA 3: NORMAS CONTABLES (continuación)
3.2. Consideración de los efectos de la inflación
Los estados contables han sido preparados en moneda constante, reconociendo en forma integral los efectos de la inflación hasta el 31 de agosto de 1995 (Decreto Nº 316/1995) y a partir del 1 de enero de 2002 (Decreto Nº 1269/2002 y Resolución Nº 415/2002 de la C.N.V.).
El Decreto N° 1269/2002 deroga el Decreto Nº 316/1995 e instruye a los organismos de contralor para dictar las reglamentaciones pertinentes a los fines de la recepción de los estados contables confeccionados en moneda constante.
La Resolución Nº 415/2002 de la C.N.V. restablece la vigencia de la Resolución Técnica N° 6 de la F.A.C.P.C.E., que dispone la confección de estados contables en moneda homogénea, con aplicación en los ejercicios o períodos intermedios cerrados a partir del 30 de junio de 2002 inclusive, y admite que, tanto las mediciones contables reexpresadas por el cambio en el poder adquisitivo de la moneda hasta el momento de la interrupción de los ajustes en agosto de 1995, como las que tengan fechas de origen incluidas en el período de estabilidad, se consideran expresadas en moneda del 31 de diciembre de 2001.
Con fecha 8 de abril de 2003, la C.N.V. adoptó mediante su Resolución General 441 el Decreto N° 664/2003 del Poder Ejecutivo Nacional, estableciendo la discontinuación de la aplicación del método de reexpresión de estados contables en moneda homogénea de acuerdo a la Resolución Técnica N° 6 y sus modificaciones incorporadas por la Resolución Técnica N° 19 de la F.A.C.P.C.E. con efecto a partir del 1° de marzo de 2003.
La Sociedad dio efecto en los presentes estados contables a la Resolución Nº 441 de la C.N.V.. Por consiguiente los estados contables adjuntos reconocen los efectos inflacionarios acumulados hasta el 28 de febrero de 2003.
Sin embargo el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CPCECABA), mediante la resolución MD Nº 10/03 y un comunicado de la F.A.C.P.C.E. de fecha 20 de abril de 2003, han establecido que, dadas las condiciones actuales del país, no existe a la fecha de emisión de los presentes estados contables, una situación de estabilidad económica que justifique la suspensión de la reexpresión a moneda constante de los mismos, por lo que las citadas Resoluciones continúan vigentes.
No obstante, el efecto de la inflación omitida de acuerdo a la variación del I.P.I.M. publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (I.N.D.E.C.) de Argentina correspondiente al mes de marzo del 2003 (deflación 0,6%) resultó poco significativo.
Los coeficientes utilizados para la actualización de los rubros no monetarios se determinaron en base al Indice de Precios Internos Mayorista (I.P.I.M.), publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (I.N.D.E.C.), según lo prescripto por las normas citadas.
En el estado de resultados del período, reexpresado en moneda homogénea del 28 de febrero de 2003, se ha seguido el siguiente tratamiento a los resultados financieros, por tenencia y por exposición a la inflación:
- Los resultados financieros y por tenencia se exponen en términos reales.
- Se han segregado los componentes financieros implícitos contenidos en las partidas de resultados.
- Se expone el resultado por exposición al cambio en el poder adquisitivo de la moneda hasta 28 de febrero de 2003.
- Se presentan por separado los generados por el activo y los generados por el pasivo.
- Se clasifican de acuerdo a su naturaleza.
NOTA 3: NORMAS CONTABLES (continuación)
3.3. Estados contables comparativos
El estado de situación patrimonial ha sido presentado en forma comparativa con dicho estado correspondiente al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2002, reexpresado en moneda homogénea según lo mencionado en la nota 3.2. a los estados contables.
El estado de resultados, el estado de evolución del patrimonio neto y el estado de flujo de efectivo han sido presentados en forma comparativa con dichos estados correspondientes al mismo período del ejercicio anterior, 31 de marzo 2002, los que han sido ajustados de acuerdo al método mencionado en la nota 3.2. a los estados contables, para reconocer los efectos de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda ocurridas en el período comprendido entre el 1° de enero y 31 de marzo de 2002 y luego reexpresados en moneda homogénea según lo mencionado en nota 3.2. a los estados contables.
La adopción del nuevo marco normativo descripto en nota 3.1., no generó modificaciones en los resultados de ejercicios anteriores
3.4. Uso de estimaciones:
La preparación de estos estados contables requiere que se realicen estimaciones y evaluaciones que afectan el monto de los activos y pasivos registrados y de los activos y pasivos contingentes revelados a la fecha de emisión de los presentes estados contables, como así también los ingresos y egresos registrados en el período.
La dirección de la Sociedad realiza estimaciones para calcular, por ejemplo, las depreciaciones, el valor recuperable de los activos no corrientes, el cargo por impuesto a las ganancias, las previsiones para deudores incobrables y las provisiones de descuentos y bonificaciones a clientes. Los resultados reales futuros pueden diferir de las estimaciones y evaluaciones realizadas a la fecha de preparación de los presentes estados contables.
3.5. Criterios de valuación de mayor relevancia
A continuación, se detallan los criterios de medición de mayor relevancia utilizados en la preparación de los presentes estados contables.
a. Activos y pasivos con componentes financieros implícitos:
Los activos y pasivos con componentes financieros implícitos se han valuado segregando los componentes financieros no devengados contenidos en los mismos, determinados en base a la tasa interna de retorno vigente al momento de su medición inicial.
Asimismo, se han segregado los componentes financieros implícitos de cuentas de resultados.
b. Activos y pasivos en moneda extranjera:
Como norma general los activos y pasivos en moneda extranjera han sido valuados a los tipos de cambio comprador y vendedor del Banco de la Nación Argentina vigentes a la fecha de cierre del período.
De acuerdo con lo dispuesto por la F.A.C.P.C.E. y la Resolución Nº 392 de la C.N.V. la Sociedad ha reconocido los efectos de la devaluación del peso argentino a partir del 1 de enero de 2002.
NOTA 3: NORMAS CONTABLES (continuación)
3.5. Criterios de valuación de mayor relevancia (continuación)
c. Inversiones corrientes:
Deudores financieros Soc. Art. 33 Ley N° 19.550: fueron valuadas a su valor nominal más los intereses devengados al cierre del período.
d. Bienes de cambio:
Los bienes de cambio en general han sido valuados a su valor corriente, determinado sobre la base del costo de reposición o reproducción a la fecha de cierre. Dicho valor no supera en su conjunto al valor neto de realización.
En el rubro se incluyen los repuestos, los cuales, debido a la imposibilidad de determinación y/o estimación de los costos de reposición, han sido valuados al costo original reexpresado, que es inferior en su conjunto, a su valor recuperable.
e. Bienes de uso:
Los mismos fueron valuados a su costo original neto de depreciaciones acumuladas al cierre del período, habiendo sido reexpresados al 31 de agosto de 1995 los que fueron incorporados al patrimonio con anterioridad a esa fecha. Tal cual lo descripto en nota 3.2., los valores residuales al 31 de diciembre de 2001 así como las adiciones posteriores, fueron reexpresados al 28 de febrero de 2003.
La depreciación es calculada en base a su vida útil restante, por el método de la línea recta, aplicando tasas anuales suficientes para extinguir sus valores al final de la vida útil estimada. El valor residual de los bienes de uso tomados en su conjunto no supera su valor recuperable.
f. Previsiones:
Para Deudores Incobrables: fue determinada en base a la estimación realizada de la probabilidad de cobro de los créditos, basándose tal estimación en los informes de los abogados, las cobranzas posteriores al cierre y la situación patrimonial de los respectivos deudores.
Para Certificados a recibir Ley N° 23.697: fue determinada en base a la estimación realizada de la probabilidad de cobro de los certificados a recibir correspondientes a los beneficios de promoción industrial suspendidos por dicha Ley.
Para Juicios Laborales, Civiles y Comerciales: se determinó en base a los informes de los abogados acerca del estado de los juicios y la estimación efectuada sobre las posibilidades de quebrantos a afrontar por la Sociedad, así como en la experiencia pasada respecto a este tipo de juicios.
g. Impuesto a las ganancias e Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta:
Impuesto a las ganancias
La composición del impuesto a las ganancias incluido en el estado de resultados es la siguiente:
| Ganancia / (Pérdida) | ||
| 31.03.03 | 31.03.02 | |
| Impuesto a las ganancias corriente | - . - | (1.359.695) |
| Impuesto a las ganancias diferido | 295.619 | (30.673) |
| Reexpresión en moneda constante | - . - | (924.213) |
| Total impuesto a las ganancias | 295.619 | (2.314.581) |
NOTA 3: NORMAS CONTABLES (continuación)
3.5. Criterios de valuación de mayor relevancia (continuación)
g. Impuesto a las ganancias e Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta (continuación):
Impuesto a las ganancias (continuación)
- Impuesto a las ganancias corriente
La Sociedad determina el cargo por impuesto a las ganancias corriente mediante la aplicación de la tasa de dicho impuesto sobre el resultado impositivo, determinado de acuerdo a la Ley de Impuesto a las Ganancias. No obstante por el período finalizado el 31 de marzo de 2003, el producto de la base de cálculo por la alícuota no arrojó impuesto.
Asimismo y tal cual se describe a continuación, se ha incorporado el efecto de la adopción del método diferido.
Con fecha 8 de abril de 1992, el Gobierno Nacional promulgó la Ley Nº 24.073, la cual en su artículo 39 dispone que, a los fines de las actualizaciones de los valores previstos en la Ley N° 11.683 en su parte pertinente, los índices para el cálculo de los coeficientes deberán tomar como límite máximo las variaciones operadas en los mismos hasta el mes de marzo de 1992 inclusive, provocó que el ajuste por inflación impositivo, y la reexpresión de quebrantos impositivos en su caso, quedarán operativamente suspendidos.
El espíritu de la Ley N° 24.073 fue el reconocimiento de los efectos derivados de la estabilidad que por entonces observaba la economía argentina. Los cambios en las condiciones económicas de Argentina descriptas en Nota 2, alteraron los supuestos que dieron origen a dicha Ley.
A la fecha de emisión de los presentes estados contables, el Gobierno Argentino y los organismos de contralor correspondientes, no se han pronunciado respecto de la derogación del citado artículo 39 de la Ley N° 24.073. En virtud de ello, la Sociedad interpuso una acción de amparo prevista en el artículo 43 de la Constitución Nacional contra el Estado Nacional y la Administración Federal de Ingresos Públicos para solicitar que se declare la inconstitucionalidad del artículo 39 de la ley N° 24.073 y del artículo 4 de la ley N° 25.561, como así también del artículo 5 del decreto 214/02 y de toda otra norma que haga inaplicable el mecanismo de ajuste por inflación previsto en la Ley del Impuesto a las ganancias N° 20.628 - t.o. 1997 y modificatorias y adicionalmente solicitó el dictado de una medida cautelar que disponga la inmediata suspensión de los efectos de la aplicación de las normas antes referidas hasta tanto se resuelva la acción de amparo, permitiéndole, entre otras cuestiones, a la Sociedad presentar su declaración jurada del impuesto a las ganancias ajustada por la inflación y que la AFIP se abstenga de iniciar cualquier reclamo administrativo o judicial derivado de la diferencia de impuesto que a su criterio pueda resultar. De no llevarse a cabo este ajuste se estarían gravando resultados nominales de la Sociedad y no los realmente obtenidos determinando un impuesto confiscatorio, afectando el derecho de propiedad plasmado en la Constitución Nacional. La justicia ha concedido la medida cautelar solicitada por la sociedad previo otorgamiento de una caución por parte de la sociedad controlante Arcor S.A.I.C..
La diferencia total de impuesto a pagar por el ejercicio fiscal 2002 sujeta a la resolución judicial asciende a $ 2.159.995, a su vez esta situación genera un incremento en los quebrantos impositivos que asciende a $ 63.852.
En consecuencia la Sociedad ha determinado el saldo a pagar al 31 de diciembre de 2002 y el cargo del período aplicando el mecanismo del Ajuste por Inflación impositivo previsto en la Ley de Impuesto a las ganancias. En virtud de lo expuesto y por tratarse de un tema sujeto a una resolución judicial futura, la diferencia con respecto a los saldos registrados al 31 de diciembre de 2002 han sido reclasificados como otros pasivos, considerando lo reglado por la punto 4.8 de la Resolución Técnica N° 17 que limita la registración de variaciones patrimoniales contingentes favorables.
NOTA 3: NORMAS CONTABLES (continuación)
3.5. Criterios de valuación de mayor relevancia (continuación)
g. Impuesto a las ganancias e Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta (continuación):
- Impuesto a las ganancias - Método diferido
La Sociedad aplicó, tal cual lo previsto en la Resolución Técnica N° 17 de la F.A.C.P.C.E. el método denominado de impuesto diferido para la registración del impuesto a las ganancias. Esta metodología contempla el reconocimiento contable del efecto impositivo estimado futuro, generado por las diferencias temporarias entre la valuación contable y la impositiva de los activos y pasivos. Asimismo, considera el efecto del aprovechamiento futuro de los quebrantos impositivos acumulados en base a su probabilidad de utilización. El quebranto impositivo acumulado al 31 de marzo de 2003 asciende a $ 861.665, el cual podría ser compensado con utilidades impositivas de los próximos años.
A los efectos de determinar los activos y pasivos diferidos se ha aplicado sobre las diferencias temporarias identificadas y los quebrantos impositivos, la tasa impositiva que se espera este vigente al momento de su reversión o utilización, considerando las normas legales sancionadas a la fecha de emisión de los presentes estados contables.
En cuadro a continuación se expone la posición de la Sociedad al 31 de marzo de 2003 y al 31 de diciembre 2002:
| 31.03.03 | 31.12.02 | |
| Activo neto al cierre del período | 361.600 | 2.146 |
- Impuesto a la ganancia mínima presunta
El impuesto a la ganancia mínima presunta fue establecido por la Ley Nº 25.063 con vigencia por el término de diez ejercicios anuales. Este impuesto es complementario del impuesto a las ganancias, en función a que este último grava la utilidad impositiva del ejercicio, mientras que el impuesto a la ganancia mínima presunta constituye una imposición mínima que grava la renta potencial de ciertos activos productivos con la tasa del 1%. En el caso que el impuesto a la ganancia mínima presunta exceda en un ejercicio fiscal al impuesto a las ganancias, dicho exceso podrá computarse como pago a cuenta de cualquier excedente del impuesto a las ganancias sobre el impuesto a la ganancia mínima presunta que pudiera producirse en los cuatro ejercicios siguientes.
Durante el año 2000, por Ley N° 25.360, se extendió el plazo para el cómputo del gravamen como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias de cuatro (plazo original) a diez ejercicios fiscales contados a partir de aquél en que surja un excedente del Impuesto a las Ganancias no absorbido.
Asimismo, en el ejercicio anterior, la Sociedad se acogió a los beneficios otorgados por diversos convenios de competitividad suscriptos entre el Gobierno Nacional y los distintos sectores productivos, que encuadran en las actividades que desempeña la misma (Nota 9). En virtud de aquellos, la Sociedad goza, entre otros beneficios, de la posibilidad de no computar en el impuesto a la ganancia mínima presunta, aquellos bienes afectados a las actividades incluidas en el convenio respectivo.
NOTA 3: NORMAS CONTABLES Y CRITERIOS DE VALUACION (continuación)
3.5. Criterios de valuación de mayor relevancia (continuación)
h. Patrimonio Neto:
Los saldos al inicio y los movimientos de las cuentas del rubro han sido reexpresados en moneda homogénea del 28 de febrero de 2003, siguiendo los lineamientos detallados en la nota 3.2.
La cuenta “Capital Social” ha sido expresada a su valor nominal histórico. La diferencia entre los importes expresados en moneda homogénea del 28 de febrero de 2003 y el valor nominal histórico, ha sido expuesto en la cuenta “Ajuste Integral del Capital Social” integrante del patrimonio neto.
i. Efectivo:
A efectos de la confección del Estado de Flujo de Efectivo se ha considerado como efectivo al cierre los saldos de las cuentas corrientes bancarias y colocaciones transitorias de fondos que no superen los noventa días para su realización, a excepción de los “Deudores Financieros Soc. Art. 33 Ley 19.550”.
NOTA 4: COMPOSICION DE LOS PRINCIPALES RUBROS
| 4.1. Créditos por ventas. | 31.03.03 | 31.12.02 |
| Corrientes: | ||
| Comunes | ||
| En moneda argentina | 626.136 | 3.875.852 |
| En moneda extranjera (Anexo G) | 27.024 | 1.415.847 |
| Soc. Art. 33 Ley N° 19550 | ||
| En moneda argentina | 113.985 | 139.041 |
| En moneda extranjera (Anexo G) | 263.762 | 2.589.584 |
| Morosos y en gestión judicial | 165.895 | 156.937 |
| Previsión para deudores incobrables (Anexo E) | (148.655) | (156.937) |
| TOTALES | 1.048.147 | 8.020.324 |
NOTA 4: COMPOSICION DE LOS PRINCIPALES RUBROS (continuación)
| 31.03.03 | 31.12.02 | ||
| 4.2. Otros créditos. | |||
| Corrientes: | |||
| Reintegros a percibir | |||
| En moneda argentina | 1.234.872 | 743.939 | |
| En moneda extranjera (Anexo G) | 163.346 | 268.407 | |
| Previsión para reintegros a percibir (Anexo E) | (25.505) | (25.694) | |
| Créditos fiscales y anticipos impositivos | 1.575.185 | 1.407.478 | |
| Gastos pagados por adelantado | -.- | 8.030 | |
| Diversos | 20.912 | 17.499 | |
| TOTALES | 2.968.810 | 2.419.659 | |
| No corrientes: | |||
| Crédito diferido por impuesto a las ganancias | 361.600 | 2.146 | |
| Certificados a percibir Ley N° 23.697 (Nota 8) | 378.186 | 380.988 | |
| Prev. certif. a recibir Ley N° 23.967 (Nota 8 y Anexo E) | (378.186) | (380.988) | |
| TOTALES | 361.600 | 2.146 | |
| 4.3. Bienes de cambio. | |||
| Productos terminados | 340.398 | 563.430 | |
| Productos en proceso | 14.984 | 9.609 | |
| Materias primas y materiales | 675.822 | 546.073 | |
| SUB TOTAL (Anexo F) | 1.031.204 | 1.119.112 | |
| Anticipo a proveedores | 16.378 | -.- | |
| TOTALES | 1.047.582 | 1.119.112 |
NOTA 4: COMPOSICION DE LOS PRINCIPALES RUBROS (continuación)
| 31.03.03 | 31.12.02 | |||
| 4.4. Cuentas por pagar. | ||||
| Corrientes: | ||||
| Comunes | ||||
| En moneda argentina | 464.955 | 26.562 | ||
| En moneda extranjera (Anexo G) | 74.699 | 7.131 | ||
| Documentadas | ||||
| En moneda argentina | 205.640 | 256.250 | ||
| Soc. Art. 33 Ley N°19.550 | ||||
| En moneda argentina | 555.408 | 864.423 | ||
| En moneda extranjera (Anexo G) | 73.533 | 83.772 | ||
| TOTALES | 1.374.235 | 1.238.138 | ||
| 4.5 Préstamos. | ||||
| Corrientes: | ||||
| Soc. Art. 33 Ley N°19.550 | -.- | 423.442 | ||
| TOTALES | -.- | 423.442 | ||
| 31.03.03 | 31.03.02 | |||
| 4.6. Ventas netas. | ||||
| Ventas brutas | 2.698.799 | 2.080.012 | ||
| Bonificaciones y descuentos | (310.519) | (561.353) | ||
| Reintegros por exportaciones | 1.245 | 11.666 | ||
| TOTALES | 2.389.525 | 1.530.325 | ||
| 4.7. Otros ingresos y egresos operativos. | ||||
| Impuesto a los débitos y créditos bancarios Ley Nº 25.413 | (30.151) | (45.066) | ||
| Servicios cobrados Soc. art. 33 Ley N° 19.550 (Nota 6) | 173.394 | 114.862 | ||
| TOTALES | 143.243 | 69.796 |
NOTA 4: COMPOSICION DE LOS PRINCIPALES RUBROS (continuación)
| 31.03.03 | 31.03.02 | |
| 4.8. Resultados financieros y por tenencia. | ||
| Generados por activos | ||
| Resultado por cambios en el poder adquisitivo de la moneda | (20.481) | (782.931) |
| Intereses comunes | 53.991 | (1.675.230) |
| Intereses financieros Soc. Art.33 Ley N°19.550 | 149.433 | 678.894 |
| Diferencias de cambio comunes | (207.327) | 5.193.419 |
| Resultado por tenencia de bienes de cambio (Anexo F) | 53.806 | 324.008 |
| TOTALES | 29.422 | 3.738.160 |
| Generados por pasivos | ||
| Resultado por cambios en el poder adquisitivo de la moneda | 24.713 | 733.247 |
| Intereses comunes | (6.863) | 276.929 |
| Intereses Soc. Art.33 Ley N° 19.550 | (5.718) | (45.372) |
| Diferencias de cambio comunes | (28.946) | (332.829) |
| TOTALES | (16.814) | 631.975 |
| 4.9. Otros ingresos y egresos no operativos. | ||
| Servicios cobrados a terceros | -.- | 6.334 |
| Recupero de provisiones por devoluciones | 402.616 | 585.665 |
| Diversos | 3.853 | 13.854 |
| TOTALES | 406.469 | 605.853 |
NOTA 4: COMPOSICION DE LOS PRINCIPALES RUBROS (continuación)
| 31.03.03 | 31.03.02 | |
| 4.10. Ajustes para arribar al flujo neto de efectivo provenientes de las operaciones. | ||
| Depreciación de bienes de uso (Anexo A) | 157.697 | 146.784 |
| Quebranto por previsiones para juicios laborales | 1.100 | 23.504 |
| Impuesto a las ganancias diferido | (295.619) | 51.062 |
| Impuesto a las ganancias corriente | -.- | 2.263.521 |
| Recupero de provisiones por devoluciones | (402.616) | -.- |
| Devengamiento Int. deudores financ. Soc. Art. 33 Ley 19.550 | (143.715) | (633.522) |
| Resultado por cambios en el poder adquisitivo de la moneda (excepto el efectivo) | 5.433 | 50.611 |
| TOTALES | (677.720) | 1.901.960 |
| 4.11. (Aumento) Disminución neta de activos. | ||
| Disminución de créditos por ventas | 7.375.684 | 7.595.956 |
| (Aumento) Disminución de otros créditos | (594.597) | 1.062.361 |
| (Aumento) Disminución de bienes de cambio | 71.530 | 7.089 |
| TOTALES | 6.852.617 | 8.665.406 |
| 4.12. Aumento (Disminución) neta de pasivos. | ||
| Aumento (Disminución) de cuentas por pagar | 128.234 | (2.691.113) |
| Aumento de remuneraciones y cargas sociales | 13.424 | 101.396 |
| (Disminución) de cargas fiscales | (1.593.858) | (923.863) |
| Aumento de otros pasivos | 2.265.064 | 108.257 |
| TOTALES | 812.864 | (3.405.323) |
NOTA 5: APERTURA DE COLOCACIONES DE FONDOS, CREDITOS Y PASIVOS AL 31 DE MARZO DE 2003
| ACTIVOS | PASIVOS | ||
| PLAZOS | COLOCACIONES DE FONDOS | CREDITOS | OTROS PASIVOS |
| SIN PLAZO | 6.166.386 | 3.738.694 | 2.223.847 |
| TOTAL SIN PLAZO | 6.166.386 | (4) 3.738.694 | 2.223.847 |
| CON PLAZO | |||
| Vencido: | |||
| Hasta tres meses | -.- | 101.734 | 31.890 |
| De tres a seis meses | -.- | 19.257 | 37.764 |
| De seis a nueve meses | -.- | 22.424 | 31.664 |
| De nueve a doce meses | -.- | 3.507 | 20.940 |
| De uno a dos años | -.- | 113.222 | -.- |
| De dos a tres años | -.- | 35.433 | -.- |
| TOTAL VENCIDO | -.- | 295.577 | 122.258 |
| A vencer: | |||
| Hasta tres meses | -.- | 896.632 | 1.718.775 |
| TOTAL A VENCER | -.- | 896.632 | 1.718.775 |
| TOTAL CON PLAZO | -.- | 1.192.209 | 1.841.033 |
| TOTAL | 6.166.386 | 4.930.903 | 4.064.880 |
| (1) | (2) | (3) |
Notas:
(1) El 100% devenga interés a una tasa promedio ponderada del 14,12% nominal anual.
(2) El 41% devenga interés a una tasa nominal anual del 14%. El resto no devenga intereses.
(3) El 60% devenga interés a una tasa promedio ponderada del 13% nominal anual. El resto no devenga intereses.
(4) De este importe se exponen $ 2.998.908 en el rubro Otros créditos corrientes y $ 739.786 en el rubro Otros créditos no corrientes.
NOTA 6: SOCIEDADES VINCULADAS
El detalle de las Sociedades artículo 33 Ley N° 19.550 y el monto de las operaciones realizadas con las mismas es el siguiente:
| EMPRESAS | VENTAS | COMPRAS | OTROS INGRESOS | OTROS EGRESOS | ||||
| 31.03.03 | 31.03.02 | 31.03.03 | 31.03.02 | 31.03.03 | 31.03.02 | 31.03.03 | 31.03.02 | |
| Arcor S.A.I.C. | 22.852 | 422 | 746.775 | 530.687 | -.- | -.- | 381.306 | 383.293 |
| Alica S.A. | -.- | 605 | -.- | -.- | 80.496 | 22.487 | 46.232 | 75.788 |
| Candy S.A. | -.- | -.- | -.- | -.- | 92.898 | 79.810 | 2.800 | 10.565 |
| Converflex S.A. | -.- | -.- | 122.189 | 29.972 | -.- | -.- | -.- | -.- |
| Flexiprin S.A. | -.- | -.- | -.- | -.- | -.- | 12.565 | -.- | 5.171 |
| Arcopar S.A. | 74.852 | 83.117 | -.- | -.- | -.- | -.- | -.- | -.- |
| Estirenos S.A. | 2.062 | -.- | -.- | -.- | -.- | -.- | -.- | -.- |
| Cartocor S.A. | -.- | -.- | 157.407 | 98.478 | -.- | -.- | -.- | -.- |
| TOTALES | 99.766 | 84.144 | 1.026.371 | 659.137 | 173.394 | 114.862 | 430.338 | 474.817 |
NOTA 7: EVOLUCION DEL CAPITAL SOCIAL
En cumplimiento de la Resolución General N° 368 de la Comisión Nacional de Valores, se expone lo siguiente:
| 2001 | 2002 | 2003 | |
| Capital social al inicio | 1.800.000 | 1.800.000 | 1.800.000 |
| Capital social al cierre | 1.800.000 | 1.800.000 | 1.800.000 |
Al 31 de marzo de 2003 el Capital social era de $ 1.800.000 y estaba representado por 1.800.000 acciones ordinarias de V.N. $ 1,00 y un voto cada una, encontrándose totalmente suscripto e integrado.
NOTA 8: REGIMEN DE PROMOCION INDUSTRIAL
La Sociedad se encuentra acogida a los beneficios contemplados por el Régimen de Promoción Industrial establecido por Ley Nacional N° 22.021 y sus modificatorias Nº 22.702 y 23.084 y en virtud de los Decretos Provinciales N° 3164/86, 1931/92, y Resolución del Ministerio de Producción, Desarrollo y Finanzas N° 310/90. Por medio de las leyes citadas precedentemente y normas complementarias, la Empresa goza de exenciones en los Impuestos a las Ganancias, sobre los Activos y liberación en el Impuesto al Valor Agregado por sus compras de materias primas y productos semielaborados, como así también del saldo a pagar.
Por Ley 23.658 – Título II y Decreto N° 1.033/91, reglamentados en sus partes pertinentes por el Dto. 2.054/92, a partir del 01.12.92 el Estado Nacional dispuso sustituir parcialmente y limitar, en función del costo fiscal teórico remanente generado por cada proyecto promovido, el sistema de utilización de los beneficios promocionales.
NOTA 8: REGIMEN DE PROMOCION INDUSTRIAL (continuación)
Dicha sustitución ha sido instrumentada por el Poder Ejecutivo, mediante la entrega a través de una cuenta corriente computarizada, de bonos de crédito fiscal. Dichos títulos deberán ser utilizados respetando losporcentajes de exencióno liberación de cada ejercicio para cancelar obligaciones fiscales.
Los beneficios descriptos anteriormente se concedieron por el plazo de 15 años a contar desde 1987 inclusive. Estos beneficios rigen conforme a la escala prevista por la ley y los decretos de concesión y respetan a partir del 01.12.92 los lineamientos de la Ley N° 23.658 y normas complementarias.
Por disposiciones de la Ley de Emergencia Económica N° 23.697, Dto. 435/90 y sus modificaciones, se suspendieron los beneficios otorgados originalmente, de la siguiente manera:
| Período de Suspensión | Porcentaje de | ||||
| Impuesto | Desde | Hasta | Suspensión | ||
| a) A las Ganancias | 1989 | 1990 | 25% (1) | ||
| b) Al Valor Agregado | |||||
| b.1. Liberación compras | 01.10.89 | 30.06.90 | 50% (1) | ||
| b.2. Liberación compras | 01.04.90 | 30.11.92 | 100 % (2) | ||
| b.3. Liberación ventas | 01.10.89 | 30.09.90 | 50% (1) |
- Por el porcentaje suspendido, la Empresa recibirá de acuerdo a la Ley N° 23.697 y la Resolución M.E.O. y S.P.
N° 1.318/92, certificados de crédito fiscal.
La Dirección General Impositiva a través de la Resolución General N° 3.838 estableció el procedimiento y las formalidades a cumplimentar para la obtención de los certificados.
Los créditos al 31 de marzo de 2003 por dicho concepto, los cuales se encuentran expuestos en el rubro otros créditos no corrientes de los presentes estados contables, ascienden a $ 130.186, los cuales se encuentran previsionados.
- A partir del 01.04.90 y hasta el 30.11.92 (ambas fechas inclusive) la Empresa dejó de gozar de los beneficios otorgados originalmente en lo referido a la liberación del IVA contenido en la compra de materias primas y productos semielaborados. Mediante los Decretos 1.033/91 y 2.054/92- Titulo III se estableció que la Empresa recibirá en compensación del beneficio suspendido certificados de crédito fiscal para ser aplicados al pago del Impuesto al Valor Agregado (por compras de materias primas y semielaborados) a partir del 01.12.94, a razón de un tercio por año y sin limitación en el tiempo.
La Dirección General Impositiva a través de la Resolución General Nº 3.905 estableció el procedimiento y las formalidades a cumplimentar para la obtención de los certificados.
Los montos solicitados al fisco, aún no acreditados al 31 de marzo de 2003 por dicho concepto son los siguientes:
NOTA 8: REGIMEN DE PROMOCION INDUSTRIAL (continuación)
| EMPRESA | R.G. 3905 | ||
| EN BONOS | EN CTA. CTE. | TOTAL | |
| Carlisa S.A. | (*) 291.820 | 1.243.190 | 1.535.010 |
(*) De este monto, $ 248.000 se encuentran expuestos en el rubro Otros créditos no corrientes de los presentes estados contables los que se encuentran previsionados.
En relación a los puntos (1) y (2) precedentes, a la fecha de la emisión de los estados contables la Empresa ha solicitado a la Dirección General Impositiva los certificados de crédito fiscal previstos en las normas antes mencionadas. Asimismo, en referencia a los citados créditos fiscales, la Compañía ha solicitado la entrega de anticipos, conforme a lo dispuesto por las Resoluciones Generales Nº 4.182 y 4.212 de la Dirección General Impositiva.
Mediante la Resolución N° 580 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, se estableció que los créditos contra el Estado Nacional emergentes de la suspensión de los beneficios promocionales dispuesta por el artículo 5 de la Ley N° 23.697 y el artículo 45 del Decreto N° 435/90, en la medida que sean de causa anterior al 01.04.91, serán cancelados mediante la entrega de Bonos de Consolidación de Deudas, emitidos de conformidad a la Ley N° 23.982.
En virtud de lo mencionado en los párrafos anteriores, la Compañía ha recibido Bonos de Consolidación de Deuda en pago de los anticipos correspondientes a los créditos fiscales detallados en el punto (1) precedente, conforme a lo dispuesto por la Resolución General N° 4.182 de la Dirección General Impositiva, habiendo gestionado los anticipos relativos al punto (2) antes mencionado.
En el marco del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional Nº 804/96, se presentaron las adecuaciones al proyecto que fuera transferido oportunamente a nuestra empresa mediante el Decreto Provincial Nº 216/96. Dichas adecuaciones que contemplan la prórroga de los beneficios promocionales por el término de 15 años fueron aprobadas por Decreto Provincial Nº 216/96 (Poder Ejecutivo de la Pcia. de Catamarca), siendo acreditados los montos correspondientes al beneficio promocional de los años 1998 al 2003 en la cuenta corriente computarizada.
En razón de los cambios en el contexto económico descriptos en Nota 2 y de la situación de incumplimiento del Estado Argentino respecto de su deuda pública privada, la Sociedad entiende que los plazos y las condiciones en las que dichos créditos podrían ser realizados, se ven afectados. En consecuencia decidió constituir una previsión por riesgo de incobrabilidad de la totalidad del saldo registrado al 31 de marzo de 2003.
A la fecha de emisión de los presentes estados contables el Gobierno Argentino y los organismos de contralor correspondientes, no han previsto cláusula alguna de actualización monetaria para los créditos por beneficios de promoción industrial, así como tampoco para aquellos acreditados para los años 2002 y 2003.
El perjuicio por la no indexación de estos créditos fiscales asciende aproximadamente a $1.508.915 y $2.549.678 respectivamente (calculados en función del Indice de Precios Internos Mayoristas manufacturero publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos (I.N.D.E.C.).
NOTA 9: CONVENIOS DE COMPETITIVIDAD. BENEFICIOS OTORGADOS
Con fecha 31 de octubre de 2001, la Sociedad se acogió a los beneficios otorgados por el convenio de competitividad suscripto entre el Gobierno Nacional y los distintos sectores productivos, que encuadran en la actividad que desempeña la misma, a través del Dto. N° 1.185/2001, correspondiente al sector alimenticio.
NOTA 9: CONVENIOS DE COMPETITIVIDAD. BENEFICIOS OTORGADOS (continuación)
En virtud de la norma citada, la Sociedad goza de los siguientes beneficios:
- Consideración como no computables en el impuesto a la ganancia mínima presunta de aquellos bienes afectados a la actividad objeto del convenio, hasta el 31 de marzo de 2003.
- Cómputo como crédito fiscal en el Impuesto al Valor Agregado de las contribuciones patronales sobre la nómina salarial correspondiente a la actividad objeto del convenio, hasta el 31 de marzo de 2003.
A través del Decreto N° 1.676/01 en su artículo 4°, publicado en el Boletín Oficial de la Nación de fecha 20 de diciembre de 2001, se deja sin efecto hasta el 31 de marzo de 2003, el cómputo como crédito fiscal en el Impuesto al Valor Agregado de los importes de las contribuciones patronales sobre la nómina salarial en el monto que exceda del que corresponde computar de acuerdo a lo previsto por Decreto N° 814 en su artículo 4°, de fecha 20 de junio de 2001.
Con fecha 3 de abril de 2003, se emitió el Decreto N° 746/03 el cual deroga el beneficio citado en el primer punto relativo al cómputo como crédito fiscal en el impuesto al valor agregado de las contribuciones patronales a partir del 1 de abril de 2003. Asimismo, con fecha 4 de abril de 2003, se publicó la Ley N° 25.732 que deroga el beneficio descripto en el segundo punto anterior, respecto de considerar el tratamiento como bienes no computables en el impuesto a la ganancia mínima presunta a aquellos afectados a las actividades objeto de los convenios de competitividad.
BIENES DE USO ANEXO A
| VALOR | VALOR | D E P R E C I A C I O N E S | NETO | ||||||
| CUENTA | AL | AUMENTOS | AL | ACUMULADAS | DEL | ACUMULADAS | RESULTANTE | ||
| PRINCIPAL | INICIO DEL | CIERRE DEL | AL INICIO | PERIODO | AL CIERRE | ||||
| EJERCICIO | PERIODO | DEL PERIODO | % | MONTO (1) | DEL PERIODO | 31.03.03 | 31.12.02 | ||
| Maquinarias e instalaciones | 6.695.894 | -.- | 6.695.894 | 4.740.356 | 10 | 102.648 | 4.843.004 | 1.852.890 | 1.955.538 |
| Moldes y herramientas | 363.730 | -.- | 363.730 | 331.082 | 20 | 3.957 | 335.039 | 28.691 | 32.648 |
| Muebles y útiles | 643.577 | -.- | 643.577 | 499.066 | 10 | 10.355 | 509.421 | 134.156 | 144.511 |
| Inmuebles – edificios | 3.646.000 | -.- | 3.646.000 | 1.219.963 | 3 | 20.537 | 1.240.500 | 2.405.500 | 2.426.037 |
| Inmuebles – terrenos | 15.780 | -.- | 15.780 | -.- | -.- | -.- | -.- | 15.780 | 15.780 |
| Inmuebles – instalaciones | 808.052 | -.- | 808.052 | 484.045 | 10 | 20.200 | 504.245 | 303.807 | 324.007 |
| Obras en construcción | 563 | -.- | 563 | -.- | -.- | -.- | -.- | 563 | 563 |
| TOTALES AL 31.03.03 | 12.173.596 | -.- | 12.173.596 | 7.274.512 | 157.697 | 7.432.209 | 4.741.387 | ||
| TOTALES AL 31.12.02 | 12.157.357 | 16.239 | 12.173.596 | 6.364.490 | (2) 910.022 | 7.274.512 | 4.899.084 |
- El destino contable de las depreciaciones del ejercicio se informa en el Anexo H.
- Incluye $ 146.784 correspondientes a depreciaciones por el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2002.
OTRAS INVERSIONES
ANEXO D
| VALOR REGISTRADO | |||
| CUENTA PRINCIPAL | VALOR DE COSTO | 31.03.03 | 31.12.02 |
| INVERSIONES CORRIENTES Deudores financieros Soc. Art. 33 Ley N° 19.550 En moneda argentina | 6.166.386 | 6.166.386 | -.- |
| TOTALES AL 31.03.03 | 6.166.386 | 6.166.386 | |
| TOTALES AL 31.12.02 | -.- | -.- |
| AUMENTOS | DISMINUCIONES | ||||||
| RUBROS | SALDOS AL INICIO DEL EJERCICIO | AJUSTE POR INFLACION SALDOS AL INICIO | EN MONEDA HOMOGENEA | AJUSTE POR INFLACION | EN MONEDA HOMOGENEA | AJUSTE POR INFLACION | SALDOS AL CIERRE DEL PERIODO |
| DEDUCIDAS DEL ACTIVO | |||||||
| Corrientes: | |||||||
| Créditos por ventas (Nota 4.1.) | |||||||
| Para deudores incobrables | 156.937 | (1.154) | -.- | -.- | (7.152) | 24 | 148.655 |
| Otros créditos (Nota 4.2.) | |||||||
| Para reintegros a percibir | 25.694 | (189) | -.- | -.- | -.- | -.- | 25.505 |
| No corrientes: | |||||||
| Otros créditos (Nota 4.2.) | |||||||
| Para certificados a recibir Ley Nº 23.697 | 380.988 | (2.802) | -.- | -.- | -.- | -.- | 378.186 |
| INCLUIDAS EN EL PASIVO | |||||||
| Corrientes: | |||||||
| Para juicios laborales | 2.871 | (21) | 330 | -.- | -.- | -.- | 3.180 |
| No corrientes: | |||||||
| Para juicios laborales | 6.699 | (49) | 770 | -.- | -.- | -.- | 7.420 |
| TOTALES AL 31.03.03 | 573.189 | (4.215) | (1) 1.100 | -.- | (7.152) | 24 | 562.946 |
| TOTALES AL 31.12.02 | 474.077 | (256.820) | (2) 453.265 | (46.565) | (50.768) | -.- | 573.189 |
- El destino contable de los aumentos del período se informa en el Anexo H.
- Incluye $ 23.504 correspondientes a aumentos por el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2002.
| 31.03.03 | 31.03.02 | ||
| Existencias al comienzo del ejercicio: | |||
| Productos terminados | 563.430 | ||
| Productos en proceso | 9.609 | ||
| Materias primas y materiales | 546.073 | 1.119.112 | 1.014.844 |
| Compras del período | 2.056.494 | 1.187.900 | |
| Gastos de producción (Anexo H): | |||
| Sueldos, jornales y cargas sociales | 532.422 | ||
| Depreciaciones | 157.697 | ||
| Energía eléctrica, gas y comunicaciones | 46.557 | ||
| Conservación de bienes de uso | 121.087 | ||
| Otros gastos | 205.108 | 1.062.871 | 1.151.472 |
| Resultado por tenencia (Nota 4.8.) | 53.806 | 324.008 | |
| Existencias al final del período (Nota 4.3.): | |||
| Productos terminados | 340.398 | ||
| Productos en proceso | 14.984 | ||
| Materias primas y materiales | 675.822 | (1.031.204) | (1.007.756) |
| TOTAL COSTO DE LAS MERCADERIAS VENDIDAS | 3.261.079 | 2.670.468 |
| MONTO Y CLASE | CAMBIO VIGENTE | MONTO EN MONEDA ARGENTINA | ||
| RUBROS | DE MONEDA | |||
| EXTRANJERA | 31.03.03 | 31.12.02 | ||
| ACTIVO | ||||
| ACTIVO CORRIENTE | ||||
| - Créditos por ventas (Nota 4.1.) | ||||
| Comunes | 9.383 U$S | 2,880 | 27.024 | 1.415.847 |
| Soc. Art. 33 Ley N° 19.550 | 91.584 U$S | 2,880 | 263.762 | 2.589.584 |
| - Otros Créditos (Nota 4.2.) | ||||
| Reintegros a percibir | 56.717 U$S | 2,880 | 163.346 | 268.407 |
| TOTAL DEL ACTIVO CORRIENTE | 454.132 | 4.273.838 | ||
| TOTAL DEL ACTIVO | 454.132 | 4.273.838 | ||
| PASIVO | ||||
| PASIVO CORRIENTE | ||||
| - Cuentas por pagar (Nota 4.4.) | ||||
| Comunes | 25.067 U$S | 2,980 | 74.699 | 7.131 |
| Soc. Art. 33 Ley N° 19.550 | 24.676 U$S | 2,980 | 73.533 | 83.772 |
| TOTAL DEL PASIVO CORRIENTE | 148.232 | 90.903 | ||
| TOTAL DEL PASIVO | 148.232 | 90.903 |
| TOTALES | GASTOS | GASTOS DE | GASTOS DE | TOTALES | |
| RUBROS | AL | DE | ADMINIS- | COMERCIA- | AL |
| 31.03.03 | PRODUCCION | TRACION | LIZACION | 31.03.02 | |
| Honorarios por retribución a directores y síndicos | 43.309 | -.- | 43.309 | -.- | 5.582 |
| Honorarios y retribuciones por servicios | 110.602 | 79.895 | 27.572 | 3.135 | 13.363 |
| Sueldos, jornales y cargas sociales | 568.400 | 532.422 | 29.781 | 6.197 | 664.581 |
| Fletes y acarreos | 73.779 | 32.024 | -.- | 41.755 | 24.420 |
| Servicios de terceros | 73.999 | 66.582 | 1.654 | 5.763 | 118.813 |
| Conservación de bienes de uso | 121.087 | 121.087 | -.- | -.- | 63.504 |
| Depreciaciones sobre bienes de uso | 157.697 | 157.697 | -.- | -.- | 146.784 |
| Energía eléctrica, gas y comunicaciones | 50.629 | 46.557 | 4.072 | -.- | 82.116 |
| Publicidad | 72.489 | -.- | -.- | 72.489 | 126.787 |
| Quebranto por deudores incobrables | -.- | -.- | -.- | -.- | 23.504 |
| Quebranto por juicios laborales | 1.100 | 1.100 | -.- | -.- | -.- |
| Gastos de exportación | 113.275 | -.- | -.- | 113.275 | 9.720 |
| Comisiones | 232.538 | -.- | -.- | 232.538 | 198.362 |
| Gastos bancarios | 7.768 | -.- | 7.768 | -.- | 2.069 |
| Impuestos directos sobre ventas | 41.794 | -.- | -.- | 41.794 | 23.868 |
| Gastos generales varios | 69.397 | 25.507 | 680 | 43.210 | 214.239 |
| TOTALES AL 31.03.03 | 1.737.863 | 1.062.871 | 114.836 | 560.156 | |
| TOTALES AL 31.03.02 | 1.151.472 | 81.187 | 485.053 | 1.717.712 |
INFORME DE REVISION LIMITADA
A los Señores Presidente y Directores de
Carlisa Sociedad Anónima
Ruta Nacional 157 Km. 970
Recreo - CATAMARCA
- Hemos efectuado una revisión limitada del estado de situación patrimonial de Carlisa Sociedad Anónima al 31 de marzo de 2003, de los estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo por los períodos de tres meses finalizados el 31 de marzo de 2003 y 2002 y de las notas 1 a 9 y anexos A, D, E, F, G y H que los complementan. La preparación y emisión de los mencionados estados contables es responsabilidad de la Sociedad.
- Nuestras revisiones se limitaron a la aplicación de los procedimientos establecidos en la Resolución Técnica Nº 7 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas para revisiones limitadas de estados contables de períodos intermedios que consisten, principalmente, en la aplicación de procedimientos analíticos sobre las cifras incluidas en los estados contables y en la realización de indagaciones a personal de la Sociedad responsable de la preparación de la información incluida en los estados contables y su posterior análisis. El alcance de estas revisiones es sustancialmente inferior al de un examen de auditoría, cuyo objetivo es expresar una opinión sobre los estados contables bajo examen. Consecuentemente, no expresamos opinión sobre la situación patrimonial, los resultados de las operaciones, las variaciones en el patrimonio neto y el flujo de efectivo de la Sociedad.
- Los estados contables de Carlisa S.A. han sido preparados al solo efecto de ser utilizados por la sociedad controlante Arcor S.A.I.C. para valuar su inversión en la Sociedad mediante el método del valor patrimonial proporcional y para la confección de sus estados contables consolidados.
- Tal como se detalla en nota 2 a los estados contables, el ejercicio anterior se vio afectado por una fuerte crisis económica y por un conjunto de medidas adoptadas por el Gobierno Nacional en consecuencia. Los impactos generados por el conjunto de las medidas adoptadas hasta la fecha sobre los estados contables de la Sociedad al 31 de marzo de 2003, se determinaron de acuerdo con las evaluaciones y estimaciones realizadas por la dirección y considerando los elementos disponibles a la fecha de preparación de los estados contables.
Asimismo, la evolución futura de la crisis económica podría requerir que el Gobierno Nacional modifique alguna medida adoptada o emita regulaciones adicionales. En consecuencia, los estados contables adjuntos deben ser leídos tomando en consideración lo expuesto en este párrafo y las circunstancias descriptas en nota 2 a los estados contables.
- En base a la labor realizada y a nuestros exámenes de los estados contables de esa Sociedad por los ejercicios terminados el 31 de diciembre de 2002 y 2001, indicados en el siguiente párrafo, informamos que los estados contables de Carlisa S.A. al 31 de marzo de 2003 y 2002, preparados de acuerdo con normas contables profesionales vigentes, consideran todos los hechos y circunstancias significativos que son de nuestro conocimiento y que, en relación con los mismos, no tenemos observaciones que formular.
- Tal como se indica en el punto 5., hemos auditado de acuerdo con normas de auditoría vigentes en la República Argentina, los estados contables de Carlisa S.A. al 31 de diciembre de 2002 y hemos emitido nuestro informe sin salvedades con fecha 12 de febrero de 2003. La información comparativa incluida en el estado de situación patrimonial y en las notas complementarias en los estados contables adjuntos, se deriva de dichos estados contables de la Sociedad al 31 de diciembre de 2002.
- En cumplimiento de disposiciones vigentes informamos que:
- los estados contables de Carlisa S.A. se encuentran asentados en el libro "Inventarios y Balances" y cumplen con lo dispuesto en la Ley de Sociedades Comerciales y en las resoluciones pertinentes de la Comisión Nacional de Valores;
- los estados contables de Carlisa S.A. surgen de registros contables, llevados en sus aspectos formales de conformidad con normas legales;
- al 31 de marzo de 2003, la deuda de Carlisa S.A. devengada a favor del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones que surge de los registros contables ascendía a $ 29.407,54, no existiendo a dicha fecha deuda exigible.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 29 de abril de 2003.
| PRICE WATERHOUSE & CO. (Socio) |
| C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 Fº 1 R.A.P.U. |
| Dr. Héctor Gustavo Alaye |
| Contador Público (U.N.C.) |
| C.P.C.E. Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
| Tomo 238 - Folio 73 |