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ARCOR SAIC — Interim / Quarterly Report 2002
Nov 11, 2002
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Download source fileDenominación de la Sociedad: CANDY SOCIEDAD ANONIMA
Domicilio Legal: Ruta Nacional 157 km. 970 – Recreo - CATAMARCA
ANTECEDENTES
Actividad Principal: Industrialización y comercialización de golosinas, caramelos, confituras,
productos alimenticios y sus derivados.
Fecha de Inscripción en el Registro Público de Comercio: 23 de junio de 1987
Fecha de Inscripción de las Modificaciones: 06 de setiembre de 1993 (última)
Número de Registro en la Inspección de Sociedades Jurídicas: 170
Fecha de Finalización del Plazo de Duración: 23 de junio de 2086
DATOS DE LA SOCIEDAD CONTROLANTE
Denominación: ARCOR S.A.I.C.
Domicilio Legal: Av. Fulvio Salvador Pagani 487 – Arroyito - CORDOBA
Actividad Principal: Fábrica de Golosinas
Participación sobre el Patrimonio y los Votos: 99,9973 %
EJERCICIO ECONOMICO N° 16 – Tercer Trimestre
Iniciado el 01 de enero de 2002 y finalizado el 30 de setiembre de 2002. Presentado en forma comparativa con igual período del ejercicio anterior y expresado en pesos constantes del cierre del período (Nota 2).
CAPITAL: $ 1.263.000
Composición del Capital:
| Acciones | Suscripto | Integrado |
| 126.300.000 Acciones ordinarias de 1 voto cada una y VN $ 0,01 | 1.263.000 | 1.263.000 |
| 1.263.000 | 1.263.000 |
| 30.09.02 | 30.09.01 | 30.09.02 | 30.09.01 | |||
| ACTIVO | PASIVO Y PATRIMONIO NETO | |||||
| (Nota 2) | (Nota 2) | (Nota 2) | (Nota 2) | |||
| ACTIVO CORRIENTE | PASIVO CORRIENTE | |||||
| Caja y bancos | 39.258 | 105.695 | Cuentas por pagar (Nota 3.4.) | 2.547.616 | 4.711.929 | |
| Inversiones (Anexo D) | 4.261.853 | 1.418.683 | Remuneraciones y cargas sociales | 230.816 | 579.166 | |
| Créditos por ventas (Nota 3.1.) | 2.098.889 | 5.668.716 | Cargas fiscales | 1.566.428 | 436.175 | |
| Otros créditos (Nota 3.2.) | 618.102 | 783.994 | Otros pasivos | 92.180 | 59.046 | |
| Bienes de cambio (Nota 3.3.) | 2.545.471 | 3.625.938 | Previsiones (Anexo E) | 4.000 | 21.899 | |
| TOTAL DEL ACTIVO CORRIENTE | 9.563.573 | 11.603.026 | TOTAL DEL PASIVO CORRIENTE | 4.441.040 | 5.808.215 | |
| ACTIVO NO CORRIENTE | PASIVO NO CORRIENTE | |||||
| Otros créditos (Nota 3.2.) | 613.121 | 1.237.637 | Previsiones (Anexo E) | 11.000 | 51.099 | |
| Bienes de uso (Anexo A) | 7.020.926 | 6.952.905 | ||||
| TOTAL DEL PASIVO NO CORRIENTE | 11.000 | 51.099 | ||||
| TOTAL DEL PASIVO | 4.452.040 | 5.859.314 | ||||
| TOTAL DEL ACTIVO NO CORRIENTE | 7.634.047 | 8.190.542 | PATRIMONIO NETO (según estado respectivo) | 12.745.580 | 13.934.254 | |
| TOTAL DEL ACTIVO | 17.197.620 | 19.793.568 | TOTAL DEL PASIVO Y PATRIMONIO NETO | 17.197.620 | 19.793.568 |
Las notas y anexos que se acompañan forman parte integrante de los estados contables.
| 30.09.02 | 30.09.01 | |
| (Nota 2) | (Nota 2) | |
| Ventas netas (Nota 3.5.) | 24.393.970 | 28.944.899 |
| Costo de mercaderías vendidas (Anexo F) | (17.269.984) | (20.172.681) |
| SUBTOTAL | 7.123.986 | 8.772.218 |
| Beneficios por promoción industrial (Nota 7) | 1.254.961 | 2.474.193 |
| GANANCIA BRUTA | 8.378.947 | 11.246.411 |
| Gastos de comercialización (Anexo H) | (1.754.285) | (3.160.224) |
| Gastos de administración (Anexo H) | (612.446) | (895.398) |
| Otros ingresos y egresos operativos (Nota 3.6.) | (9.118) | 323.446 |
| RESULTADO OPERATIVO | 6.003.098 | 7.514.235 |
| Otros ingresos y egresos no operativos (Nota 3.7.) | 56.443 | 698.645 |
| Resultados financieros y por tenencia (Nota 3.8.) | ||
| Generados por activos | (4.346.747) | 844.928 |
| Generados por pasivos | 3.608.439 | (220.241) |
| RESULTADO ANTES DE IMPUESTO A LAS GANANCIAS | 5.321.233 | 8.837.567 |
| Impuesto a las ganancias corriente (Nota 2.4.g.) | (3.507.067) | (2.399.654) |
| Impuesto a las ganancias diferido (Nota 2.4.g.) | 47.178 | 299.762 |
| GANANCIA NETA DEL PERIODO | 1.861.344 | 6.737.675 |
Las notas y anexos que se acompañan forman parte integrante de los estados contables.
| APORTES DE LOS PROPIETARIOS | RESULTADOS ACUMULADOS | TOTALES | ||||
| R U B R O S | CAPITAL | AJUSTE INTEGRAL | RESERVA | RESULTADOS | 30.09.02 | 30.09.01 |
| SOCIAL | DEL CAPITAL | LEGAL | NO | (Nota 2) | (Nota 2) | |
| (Nota 6) | SOCIAL | ASIGNADOS | ||||
| Saldos al inicio del ejercicio | 1.263.000 | 1.941.468 | 3.300.980 | 7.822.182 | 14.327.630 | 18.181.608 |
| Ajuste a resultados de ejercicios anteriores (Nota 10) | -.- | 75.139 | ||||
| Saldos al inicio corregidos | 1.263.000 | 1.941.468 | 3.300.980 | 7.822.182 | 14.327.630 | 18.256.747 |
| Distribución de resultados acumulados (1): | ||||||
| Dividendos en efectivo | (3.443.394) | (3.443.394) | (11.060.168) | |||
| Resultado del período según estado de resultados | 1.861.344 | 1.861.344 | 6.737.675 | |||
| SALDOS AL CIERRE | 1.263.000 | 1.941.468 | 3.300.980 | 6.240.132 | 12.745.580 | 13.934.254 |
- Según Asamblea Ordinaria celebrada el 16 de julio de 2002 y 24 de mayo de 2001 respectivamente.
Las notas y anexos que se acompañan forman parte integrante de los estados contables.
| 30.09.02 (Nota 2) | 30.09.01 (Nota 2) | |
| VARIACION DE FONDOS Fondos al inicio del ejercicio (Disminución) aumento de fondos | 75.815 (36.557) | 24.929 80.766 |
| FONDOS AL CIERRE DEL PERIODO | 39.258 | 105.695 |
| CAUSAS DE VARIACION DE FONDOS Ganancia del período Más: Partidas que no representan erogación (origen) de fondos (Nota 3.9.) Menos: Partidas que no representan origen de fondos (Nota 3.10.) | 1.861.344 7.145.838 (1.086.240) | 6.737.675 (192.232) (1.412.070) |
| TOTAL DE FONDOS ORIGINADOS EN LAS OPERACIONES | 7.920.942 | 5.133.373 |
| Bajas de bienes de uso | 14.389 | 593.780 |
| TOTAL DE OTROS ORIGENES DE FONDOS | 14.389 | 593.780 |
| TOTAL DE ORIGENES DE FONDOS | 7.935.331 | 5.727.153 |
| Aumento de bienes de uso | 1.441.852 | 1.919.362 |
| Aumento (disminución) de inversiones | 3.086.642 | (7.333.143) |
| Distribución de utilidades | 3.443.394 | 11.060.168 |
| TOTAL DE APLICACIONES DE FONDOS | 7.971.888 | 5.646.387 |
| (Disminución) aumento de fondos | (36.557) | 80.766 |
Las notas y anexos que se acompañan forman parte integrante de los estados contables.
La República Argentina se encuentra inmersa en un delicado contexto económico el cual constituye un marco que tiene como principales indicadores un alto nivel de endeudamiento externo, altas tasas de interés, una crisis bancaria con reducción significativa del nivel de los depósitos en el sistema financiero, una fuerte devaluación de la moneda, un riesgo país que ha alcanzado niveles fuera de los promedios habituales, falta de acceso al crédito, y una recesión económica que ya tiene una duración de más de 4 años. Esta situación ha generado una caída importante en la demanda de productos y servicios y un incremento significativo en el nivel de desempleo. Asimismo, la capacidad del Gobierno Nacional para cumplir con sus obligaciones y la posibilidad para acceder a líneas de crédito bancarias han sido afectadas por estas circunstancias, habiéndose declarado el incumplimiento del pago de los servicios de la deuda externa.
El 6 de enero de 2002 el Gobierno Nacional sancionó la Ley N° 25.561 (Ley de emergencia pública y reforma del régimen cambiario) que implicó un profundo cambio del modelo económico vigente hasta ese momento y la conclusión del Régimen de Convertibilidad del Peso, vigente desde marzo de 1991. El 3 de febrero de 2002, el Gobierno Nacional anunció nuevas medidas económicas que se efectivizaron a través del Decreto N° 214 (Reordenamiento del sistema financiero) y del Decreto N° 260 (Régimen Cambiario), creando un nuevo régimen cambiario que estableció un único mercado libre de cambios a partir del 11 de febrero de 2002 cursándose a través de él todas las operaciones de cambio en divisas extranjeras las cuales serán realizadas al tipo de cambio que sea libremente pactado de acuerdo con los requisitos que el establezca el Banco Central de la República Argentina (BCRA). Asimismo, ciertas transferencias de divisas al exterior de carácter financiero necesitan la conformidad previa del BCRA. Estos decretos se están aún complementando con reglamentaciones de diversos organismos de control, algunas de las cuales pueden estar pendientes a la fecha de emisión de estos estados contables.
Los cambios en el marco económico afectaron significativamente las variables económicas que se reflejaron particularmente en incrementos en el Nivel General de Precios, cambios en los precios relativos de los bienes y una fuerte devaluación del Peso frente a otras monedas.
Indicadores económicos período diciembre 2001 - setiembre 2002
| Inflación mayorista | 121,20 % |
| Inflación minorista | 39,66 % |
| Devaluación del peso argentino | 73,26 % |
A continuación se enumeran algunas de las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional que están en vigencia a la fecha de presentación de estos estados contables y que han afectado la posición económica y financiera de la Sociedad.
Depósitos en entidades financieras argentinas.
De acuerdo con el Decreto 214 antes mencionado, a partir del 3 de febrero de 2002, los depósitos en dólares estadounidenses u otras monedas extranjeras en entidades financieras argentinas fueron convertidos a pesos a la paridad de $ 1,4 por U$S 1 o su equivalente en otra moneda extranjera. Asimismo, existen restricciones sobre la disponibilidad de ciertos saldos en cuentas corrientes y cajas de ahorro en dólares y en plazos fijos en pesos o dólares, los que serán devueltos a sus titulares en cuotas, cuyos montos y fechas de vencimiento dependen de los saldos registrados. A estos depósitos reprogramados se les aplica, a partir del 3 de febrero de 2002, el coeficiente de estabilización de referencia (CER) y una tasa de interés. El CER es un coeficiente que mide la tasa de variación diaria obtenida de la evolución mensual del Indice de Precios al Consumidor (IPC), publicado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos. Adicionalmente, existe la posibilidad de convertir los depósitos reprogramados en Bonos de la Nación. Si los depositantes no optan por recibir bonos de la Nación, recibirán bonos emitidos por el Banco, que respetarán las condiciones preexistentes.
Deudas financieras, nominadas en moneda extranjera en entidades argentinas.
De acuerdo con el Decreto 214, las deudas en dólares estadounidenses u otra moneda extranjera con el sistema financiero argentino fueron convertidas a pesos a la paridad de $ 1 por U$S 1 o su equivalente en otra moneda extranjera. A estas deudas se les aplica, a partir del 3 de febrero de 2002, el CER y una tasa de interés.
Créditos y deudas no vinculadas al sistema financiero.
Las obligaciones de dar dinero nominadas en dólares estadounidenses u otra moneda extranjera, no vinculadas al sistema financiero argentino, cualquiera sea su origen o naturaleza, fueron convertidas a pesos a la paridad de $ 1 por U$S 1 o su equivalente en otra moneda extranjera. A estos saldos se les aplica, a partir del 3 de febrero de 2002, el CER. Si por aplicación de esta disposición, el valor resultante de la cosa, bien o prestación, fuere superior o inferior al del momento de pago, cualquiera de las partes podrá solicitar un reajuste equitativo del precio. De no mediar acuerdo, la justicia decidirá sobre el particular.
Diferimiento de la deducción de la diferencia de cambio en el impuesto a las ganancias.
Los resultados netos negativos que tengan su origen en la devaluación del Peso ocurrida al momento de la promulgación de la Ley N° 25.561, serán computables como deducibles en el impuesto a las ganancias a razón del
20 % por año en los próximos cinco ejercicios fiscales.
Tratamiento contable de los efectos derivados del cambio en el contexto económico.
Como consecuencia de los cambios en el Contexto Económico hasta aquí descriptos los Organismos que rigen la Profesión han procedido a la emisión de Normas Contables específicas con el objeto de que el conjunto de los efectos económicos derivados sean contemplados en los Estados Contables de las Sociedades. En particular cabe mencionar:
Valuación de activos y pasivos expresados en moneda extranjera al 31 de diciembre de 2001.
La Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) y la Comisión Nacional de Valores a través de su Resolución N° 392 dispusieron que los activos y pasivos nominados en moneda extranjera contenidos en los Estados Contables al 31 de diciembre de 2001 fueran valuados al tipo de cambio $ 1 por U$S 1 y que los efectos derivados de la devaluación antes mencionada, fueran reconocidos en los Estados Contables de los períodos siguientes.
Reexpresión de los estados contables por el cambio en el nivel general de precios.
Desde el 1 de enero de 2002 y de acuerdo con la Resolución Nº 415 de la Comisión Nacional de Valores se ha restablecido la vigencia de la Resolución Técnica N° 6 de la F.A.C.P.C.E., modificada por la Resolución Técnica N° 19 de la misma Federación, que dispone la confección de Estados Contables en moneda homogénea, determinados en función de las variaciones del índice de precios internos al por mayor (IPIM) del Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC). En Nota 2.2. se detalla esta situación.
Tratamiento contable de los efectos derivados del cambio en el contexto económico (continuación).
Activación de diferencias de cambio originadas por la devaluación del peso. Tratamiento obligatorio y alternativo.
La Comisión Nacional de Valores a través de su Resolución N° 398 admite como tratamiento de excepción para las diferencias de cambio originadas en la devaluación de la moneda argentina ocurrida a partir del 6 de Enero de 2002, el que establece el artículo 5 y anexo de la Resolución M D N° 3/2002 del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.P.C.E.C.A.B.A.). Esta resolución establece, entre otros aspectos, que los efectos derivados de dicha devaluación correspondientes a pasivos expresados en moneda extranjera existentes a esa fecha, deberán imputarse a los valores de costo de ciertos activos que califican para recibir la imputación de diferencia de cambio, adquiridos o construidos mediante esa financiación si tal relación es directa y se podrá optar, como criterio alternativo, por aplicar similar tratamiento para las diferencias de cambio producidas por financiaciones indirectas. Asimismo establece que:
- La incorporación al activo de diferencias de cambio, continuará hasta tanto se mantengan las circunstancias que justifican tal activación, las que serán evaluadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.P.C.E.C.A.B.A.).
- Las diferencias de cambio activadas, actúan como un adelantamiento del reconocimiento de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda y quedarán subsumidas en la expresión de los valores contables en moneda homogénea, de los activos que recibieron tal activación.
Impacto de la devaluación de la moneda argentina
Las diferencias de cambio y de conversión en moneda homogénea del 30 de setiembre de 2002, así como otros efectos económicos derivados de la devaluación de la moneda argentina, fueron registrados durante el presente período y fueron determinados aplicando los siguientes criterios:
- Pesificación de las deudas y créditos en moneda extranjera con terceros locales existentes al 6 de enero de 2002 a $ 1 = U$S 1.
- Los activos y pasivos existentes al 30 de setiembre de 2002, expresados en moneda extranjera, fueron valuados a los tipos de cambio correspondientes, los cuales se exponen en el anexo G a los presentes Estados Contables.
- El resultado por cambios en el poder adquisitivo de la moneda, fue determinado en base al método secuencial previsto en la Resolución Técnica N° 6 de la F.A.C.P.C.E., modificada por la Resolución Técnica N° 19 de la misma Federación.
- Se computó el efecto en el Impuesto a las ganancias (método diferido) de los resultados de la devaluación del peso argentino sobre los activos y pasivos en moneda extranjera.
Recupero de créditos con el Estado Argentino.
La Sociedad mantiene créditos con el Estado Argentino derivados de:
| $ | |
| Certificados a recibir Ley N° 23.697 | 469.607 |
| Otros créditos impositivos | 58.825 |
| Posición neta a favor por impuestos nacionales | 462.355 |
| TOTALES | 990.787 |
Recupero de créditos con el Estado Argentino (continuación).
Los cambios en el contexto económico y la situación en la que se encuentra inmerso el país con altos niveles de déficit fiscal y la falta de acceso al crédito internacional, representan factores que podrían afectar los plazos y las condiciones en que dichos créditos podrían ser realizados.
Asimismo, a la fecha de emisión de los presentes estados contables, no existen normas legales que prevean la aplicación alguna de tasa de actualización monetaria para los créditos fiscales expresados en moneda argentina.
Nuevas medidas económicas y su impacto en los estados contables.
Los impactos generados por el conjunto de las medidas adoptadas hasta la fecha por el Gobierno Nacional sobre los estados contables de la Sociedad al 30 de setiembre de 2002, se reconocieron de acuerdo con las evaluaciones y estimaciones realizadas por la gerencia, considerando todos los elementos disponibles y el Marco Normativo vigente a la fecha de preparación de los presentes estados contables. No obstante, dadas las condiciones imperantes, los resultados reales futuros podrían diferir de las evaluaciones y estimaciones realizadas a la fecha.
En consecuencia, las decisiones que deban tomarse en base a los presentes estados contables deberán considerar la evolución futura de estas medidas y los estados contables de la Sociedad deben ser leídos a la luz de estas circunstancias.
NOTA 2: NORMAS CONTABLES
Las normas contables más relevantes aplicadas por la Sociedad en los estados contables correspondientes a los períodos de nueve meses finalizados el 30 de setiembre de 2002 y 2001, fueron las siguientes:
2.1. Presentación de los estados contables.
Los estados contables se presentan conforme a las Normas Generales y Particulares de valuación y exposición contable contenidas en las Resoluciones Técnicas N° 8, 9, 10, 12 y 13 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas y según las modalidades exigidas por la Resolución General N° 368 de la Comisión Nacional de Valores.
2.2. Consideración de los efectos de la inflación.
Los estados contables han sido preparados en moneda constante, reconociendo en forma integral los efectos de la inflación hasta el 31 de agosto de 1995 inclusive. A partir de esa fecha, tal cual había sido dispuesto por el Decreto N° 316/95 del Poder Ejecutivo Nacional y de acuerdo a normas contables profesionales y del organismo de contralor, se resolvió discontinuar a todos los efectos y a partir del 1° de setiembre de 1995, la aplicación de métodos de reexpresión de estados contables.
Debido a los cambios en las condiciones económicas descriptas en la Nota 1, con fecha 16 de julio de 2002 el Poder Ejecutivo Nacional (P.E.N.) emitió el Decreto N° 1.269/2002 por el cual deroga el Decreto 316/1995 e instruye a los organismos de contralor para dictar las reglamentaciones pertinentes a los fines de la recepción de los estados contables confeccionados en monda constante. En tal sentido la Comisión Nacional de Valores a través de la Resolución Nº 415/2002 restablece la vigencia de la Resolución Técnica N° 6 de la FACPCE, con las modificaciones dispuestas por la Resolución Técnica N° 19 de la misma Federación, que dispone la confección de Estados Contables en moneda homogénea, con aplicación en los ejercicios o períodos intermedios cerrados a partir del 30 de junio de 2002 inclusive, y admite que, tanto las mediciones contables reexpresadas por el cambio en el poder adquisitivo de la moneda hasta el momento de la interrupción de los ajustes en agosto de 1995, como las que tengan fechas de origen incluidas en el período de estabilidad, se consideran expresadas en moneda del 31 de diciembre de 2001.
2.2. Consideración de los efectos de la inflación (continuación).
Los coeficientes utilizados para la actualización de los rubros no monetarios se determinaron en base al Indice de Precios Internos Mayorista (I.P.I.M.), publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (I.N.D.E.C.), según lo prescripto por las normas citadas.
En el estado de resultados del período, reexpresado en moneda homogénea del 30 de setiembre de 2002, se ha seguido el siguiente tratamiento a los resultados financieros, por tenencia, conversión y exposición a la inflación:
- Los resultados financieros, por tenencia y conversión se exponen en términos reales.
- Se han segregado los componentes financieros implícitos contenidos en las partidas de resultados.
- Se expone el resultado por exposición al cambio en el poder adquisitivo de la moneda.
- Se presentan por separado los generados por el activo y los generados por el pasivo.
- Se clasifican de acuerdo a su naturaleza.
2.3. Modificación de las normas contables profesionales.
El 8 de diciembre de 2000 fueron aprobadas las Resoluciones Técnicas N° 16, 17, 18 y 19 de la FACPCE que establecen nuevas normas generales y particulares de valuación y exposición. Estas nuevas resoluciones se enmarcan en el proyecto de armonización de las normas contables profesionales vigentes en la República Argentina con las Normas Internacionales de Contabilidad propuestas por el IASC.
Estas normas contables profesionales han sido aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires mediante las Resoluciones N° 238, 243, 261 y 262 con algunas modificaciones. Dicha resolución estableció que para los estados contables correspondientes a aquellos ejercicios o períodos intermedios que se inician a partir del 1 de julio de 2002 su aplicación es obligatoria, permitiendo, no obstante, su aplicación anticipada. El 5 de abril de 2002 la F.A.C.P.C.E. aprobó la Resolución Técnica Nº 20, modificatoria de las Resoluciones Técnicas Nº 5, 17 y 18, que establece normas generales de valuación y exposición sobre instrumentos derivados y operaciones de cobertura. A la fecha de emisión de los presentes estados contables, esta Resolución Técnica no había sido aprobada por el C.P.C.E.C.A.B.A.
A la fecha de emisión de los presentes estados contables, la Comisión Nacional de Valores de Argentina, no se ha pronunciado respecto de estas nuevas normas.
2.4. Criterios de valuación.
A continuación se detallan los criterios de valuación de mayor relevancia utilizados en la preparación de los estados contables, los que han sido aplicados uniformemente respecto de igual período del ejercicio anterior, excepto por lo expresado en Nota 10.
a. Activos y pasivos con componentes financieros implícitos:
Los activos y pasivos con componentes financieros implícitos, se han valuado segregando los componentes financieros no devengados contenidos en las siguientes cuentas:
-
Deudores por ventas.
-
Proveedores.
Asimismo se han segregado los componentes financieros implícitos de cuentas de resultados.
b. Activos y pasivos en moneda extranjera:
Como norma general, los activos y pasivos en moneda extranjera han sido valuados a los tipos de cambio comprador y vendedor del Banco de la Nación Argentina vigentes a la fecha de cierre del período.
2.4. Criterios de valuación (continuación):
c. Inversiones corrientes:
Deudores financieros Soc. Art. 33 Ley N° 19.550: fueron valuados a su valor nominal más los intereses devengados al cierre.
d. Bienes de cambio:
Los bienes de cambio en general han sido valuados a su valor corriente, determinado sobre la base del costo de reposición o reproducción a la fecha de cierre. Dicho valor no supera en su conjunto al valor neto de realización.
En el rubro se incluyen los repuestos, los cuales, debido a la imposibilidad de determinación y/o estimación de los costos de reposición, han sido valuados al costo original reexpresado, que es inferior, en su conjunto, a su valor recuperable.
e. Bienes de uso:
Los mismos fueron valuados a su costo original neto de depreciaciones acumuladas al cierre del período, habiendo sido reexpresados al 31 de agosto de 1995 los que fueron incorporados al patrimonio con anterioridad a esa fecha. Tal cual lo descripto en Nota 2.2., los valores residuales al 31 de diciembre de 2001 así como las adiciones posteriores, fueron reexpresadas al 30 de setiembre de 2002.
La depreciación es calculada en base a su vida útil restante, por el método de la línea recta, aplicando tasas anuales suficientes para extinguir sus valores al final de la vida útil estimada. El valor residual de los bienes de uso tomados en su conjunto no supera su valor recuperable.
f. Previsiones:
Para Deudores Incobrables: fue determinada en base a la estimación realizada de la probabilidad de cobro de los créditos, basándose tal estimación en los informes de los abogados, las cobranzas posteriores al cierre y la situación patrimonial de los respectivos deudores.
Para Certificados a recibir Ley N° 23.697: fue determinada en base a la estimación realizada de la probabilidad de cobro de los certificados a recibir correspondientes a los beneficios de promoción industrial suspendidos por dicha Ley.
Para Juicios Laborales, Civiles y Comerciales: se determinó en base a los informes de los abogados acerca del estado de los juicios y la estimación efectuada sobre las posibilidades de quebrantos a afrontar por la Sociedad, así como en la experiencia pasada respecto a este tipo de juicios.
g. Impuesto a las Ganancias e Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta
Impuesto a las ganancias
La composición del impuesto a las ganancias incluido en el estado de resultados es la siguiente:
| 30.09.02 | 30.09.01 | |
| Impuesto a la ganancia corriente | (3.507.067) | (2.399.654) |
| Impuesto a la ganancia método diferido | 47.178 | 299.762 |
| Total impuesto a las ganancias | (3.459.889) | (2.099.892) |
2.4. Criterios de valuación (continuación):
g. Impuesto a las Ganancias e Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta (continuación):
- Impuesto a la ganancia corriente:
La Sociedad determina el cargo por impuesto a las ganancias corriente mediante la aplicación de la tasa de dicho impuesto sobre el resultado impositivo estimado del período, determinado de acuerdo a la Ley de Impuesto a las Ganancias. Asimismo y tal cual se describe a continuación, se ha incorporado el efecto de la adopción del método diferido.
A la fecha de emisión de los presentes estados contables y a pesar de los cambios en las condiciones económicas descriptas en Nota 1 y a la derogación del Decreto 316/1995 enunciado en Nota 2.2., el Gobierno Argentino y los organismos de contralor correspondientes, no se han pronunciado respecto de la derogación del artículo 39 de la Ley N° 24.073, el cual dispuso que a los fines de las actualizaciones de los valores previstos en la Ley N° 11.683 y en las normas de los tributos regidos por la misma, los índices para el cálculo de los coeficientes deberán tomar como límite máximo las variaciones operadas en los mismos hasta el mes de marzo de 1992 inclusive.
En consecuencia, en la determinación del cargo por impuesto a las ganancias, no se ha reconocido los cambios en el poder adquisitivo de la moneda.
- Impuesto a las ganancias. Método diferido
La Sociedad optó a partir del 31 de diciembre de 2001 por el método denominado de impuesto diferido para la registración del impuesto a las ganancias. Esta metodología contempla el reconocimiento contable del efecto impositivo estimado futuro, generado por las diferencias temporarias entre la valuación contable y la impositiva de
los activos y pasivos. Asimismo, considera el efecto del aprovechamiento futuro de los quebrantos impositivos acumulados en base a su probabilidad de utilización.
En cuadro a continuación se expone la posición de la Sociedad al 30 de septiembre de 2002 y 2001:
| 2002 | 2001 | ||
| Activo neto al cierre del período | 222.153 | 374.902 |
La Sociedad clasifica sus activos y pasivos impositivos diferidos en corrientes o no corrientes conforme al rubro del estado de situación patrimonial que origina las diferencias temporarias; mientras que los créditos por quebrantos impositivos diferidos fueron clasificados de acuerdo con la fecha esperada de utilización.
- Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta
El impuesto a la ganancia mínima presunta fue establecido por la Ley Nº 25.063 con vigencia por el término de diez ejercicios anuales. Este impuesto es complementario del impuesto a las ganancias, en función a que este último grava la utilidad impositiva del ejercicio, mientras que el impuesto a la ganancia mínima presunta constituye una imposición mínima que grava la renta potencial de ciertos activos productivos con la tasa del 1%.
En el caso que el impuesto a la ganancia mínima presunta exceda en un ejercicio fiscal al impuesto a las ganancias, dicho exceso podrá computarse como pago a cuenta de cualquier excedente del impuesto a las ganancias sobre el impuesto a la ganancia mínima presunta que pudiera producirse en los cuatro ejercicios siguientes.
2.4. Criterios de valuación (continuación):
Durante el año 2000, por Ley N° 25.360, se extendió el plazo para el cómputo del gravamen como pago a cuenta del Impuesto a las Ganancias de cuatro a diez ejercicios fiscales contados a partir de aquél en que surja un excedente del Impuesto a las Ganancias no absorbido.
Asimismo, en el ejercicio anterior, la Sociedad se acogió a los beneficios otorgados por diversos convenios de competitividad suscriptos entre el Gobierno Nacional y los distintos sectores productivos, que encuadran en las actividades que desempeña la misma (Nota 8). En virtud de aquellos, la Sociedad goza, entre otros beneficios, de la posibilidad de no computar en el impuesto a la ganancia mínima presunta, aquellos bienes afectados a las actividades incluidas en el convenio respectivo.
En el período finalizado al 30 de setiembre de 2002 los importes determinados en concepto de Impuesto a las Ganancias fueron superiores a los determinados por el impuesto a la ganancia mínima presunta.
h. Patrimonio Neto:
Los saldos al inicio y los movimientos de las cuentas del rubro han sido reexpresados en moneda de cierre del período, siguiendo los lineamientos detallados en Nota 2.2..
La cuenta “Capital Social” ha sido expresada a su valor nominal histórico. La diferencia entre el importe expresado en moneda homogénea de cierre del período y el valor nominal histórico, ha sido expuesto en la cuenta “Ajuste de Capital” integrante del patrimonio neto.
i. Uso de estimaciones:
La preparación de estos estados contables requiere que se realicen estimaciones y evaluaciones que afectan el monto de los activos y pasivos registrados y de los activos y pasivos contingentes revelados a la fecha de emisión de los presentes estados contables, como así también los ingresos y egresos registrados en el período.
La Gerencia de la Sociedad realiza estimaciones para calcular, por ejemplo, las depreciaciones, el valor recuperable de los activos no corrientes, el cargo por impuesto a las ganancias, las previsiones por juicios laborales, civiles y comerciales e incobrables y las provisiones de descuentos y bonificaciones a clientes. Los resultados reales futuros pueden diferir de las estimaciones y evaluaciones realizadas a la fecha de preparación de los presentes estados contables.
j. Fondos:
A efectos de la confección del Estado de Origen y Aplicación de Fondos se han considerado como fondos al cierre los saldos de caja, cuentas corrientes bancarias y colocaciones transitorias de fondos que no superen los noventa días para su realización, a excepción de los “Deudores Financieros Soc. Art. 33 Ley 19.550”.
k. Información comparativa:
Los saldos al 30 de setiembre de 2001 que se exponen en estos estados contables surgen de reexpresar los saldos de los estados contables de dicha fecha en moneda homogénea del 30 de setiembre de 2002.
NOTA 3: COMPOSICION DE LOS PRINCIPALES RUBROS
| 3.1. Créditos por ventas. | 30.09.02 | 30.09.01 |
| Corrientes: | ||
| Comunes | ||
| En moneda argentina | 1.281.748 | 4.562.571 |
| Soc. Art.33 Ley N°19.550 | ||
| En moneda argentina | 817.508 | 1.095.983 |
| Morosos y en gestión judicial | 177.992 | 410.735 |
| Previsión para deudores incobrables (Anexo E) | (178.359) | (400.573) |
| TOTALES | 2.098.889 | 5.668.716 |
| 3.2. Otros créditos. | ||
| Corrientes: | ||
| Créditos fiscales y anticipos impositivos | 462.355 | 446.572 |
| Primas de seguros | 10.813 | -.- |
| ANSES saldo a favor | 58.825 | 126.458 |
| Crédito diferido por impuesto a las ganancias (Nota 2.4.g.) | 71.955 | 161.266 |
| Diversos | 14.154 | 49.698 |
| TOTALES | 618.102 | 783.994 |
| No Corrientes: | ||
| Crédito diferido por impuesto a las ganancias (Nota 2.4.g.) | 150.198 | 213.636 |
| Certificados a recibir Ley N° 23.697 (Nota 7) | 469.607 | 1.038.786 |
| Previsión por cert. a rec. Ley N° 23.697 (Nota 7 y Anexo E) | (6.684) | (14.785) |
| TOTALES | 613.121 | 1.237.637 |
| 3.3. Bienes de cambio. | ||
| Productos terminados | 873.171 | 1.661.746 |
| Productos en proceso | 230.938 | 125.121 |
| Materias primas y materiales | 1.434.214 | 1.839.071 |
| Sub Total (Anexo F) | 2.538.323 | 3.625.938 |
| Anticipo por operaciones de importación | 7.148 | -.- |
| TOTALES | 2.545.471 | 3.625.938 |
NOTA 3: COMPOSICION DE LOS PRINCIPALES RUBROS (continuación)
| 3.4. Cuentas por pagar. | 30.09.02 | 30.09.01 |
| Corrientes: | ||
| Comunes | ||
| En moneda argentina | 1.080.814 | 1.097.118 |
| En moneda extranjera (Anexo G) | 30.785 | 86.331 |
| Documentadas | ||
| En moneda argentina | 326.198 | 1.903.380 |
| Soc. Art. 33 Ley N° 19.550 | ||
| En moneda argentina | 1.109.819 | 1.624.290 |
| En moneda extranjera (Anexo G) | -.- | 810 |
| TOTALES | 2.547.616 | 4.711.929 |
| 3.5. Ventas netas. | ||
| Ventas brutas | 24.937.392 | 29.697.523 |
| Descuentos y bonificaciones | (132.073) | (379.264) |
| Impuestos directos sobre ventas | (411.349) | (373.360) |
| TOTALES | 24.393.970 | 28.944.899 |
| 3.6. Otros ingresos y egresos operativos. | ||
| Servicios cobrados Soc. art. 33 Ley N° 19.550 (Nota 5) | 51.154 | 354.901 |
| Impuesto a los débitos y créditos bancarios Ley N° 25.413 | (62.375) | (31.455) |
| Diversos | 2.103 | -.- |
| TOTALES | (9.118) | 323.446 |
| 3.7. Otros ingresos y egresos no operativos. | ||
| Certificados a recibir R.G. 3905 | -.- | 528.674 |
| Quebranto por otros créditos incobrables | -.- | (14.785) |
| Resultado de venta de bienes de uso | -.- | 33.957 |
| Diversos | (12.540) | 143.767 |
| Recupero de gastos | 68.983 | 7.032 |
| TOTALES | 56.443 | 698.645 |
NOTA 3: COMPOSICION DE LOS PRINCIPALES RUBROS (continuación)
| 30.09.02 | 30.09.01 | |
| 3.8 Resultados financieros y por tenencia. | ||
| Generados por activos: | ||
| Intereses y actualizaciones | (606.184) | 372.357 |
| Intereses financieros Soc. Art. 33 Ley N° 19.550 | (899.825) | 551.432 |
| Diferencias de cambio | (98.984) | -.- |
| Resultado por exposición a la inflación | (3.506.356) | -.- |
| Resultado por tenencia de bienes de cambio (Anexo F) | 764.602 | (78.861) |
| TOTALES | (4.346.747) | 844.928 |
| Generados por pasivos: | ||
| Intereses y actualizaciones | 976.753 | (117.133) |
| Intereses y actualizaciones Soc. Art. 33 Ley N° 19.550 | (276.721) | (103.108) |
| Resultado por exposición a la inflación | 3.137.871 | -.- |
| Diferencias de cambio | (229.464) | -.- |
| TOTALES | 3.608.439 | (220.241) |
| 3.9. Partidas que no representan erogación (origen) de fondos. | ||
| Depreciación de bienes de uso | 1.099.371 | 1.226.557 |
| Disminución de bienes de cambio | 1.294.157 | 8.147 |
| Resultados por cambios en el poder adquisitivo de la moneda (excepto caja) | 300.851 | -.- |
| Intereses financieros Soc. Art. 33 Ley N° 19.550 | 1.176.546 | (448.324) |
| Aumento (disminución) de deudas | 3.274.913 | (978.612) |
| TOTALES | 7.145.838 | (192.232) |
| 3.10. Partidas que no representan origen de fondos. | ||
| Aumento de créditos | 1.086.240 | 1.378.113 |
| Resultado de venta de bienes de uso | -.- | 33.957 |
| TOTALES | 1.086.240 | 1.412.070 |
NOTA 4: APERTURA DE COLOCACIONES DE FONDOS, CREDITOS Y PASIVOS AL 30 DE SETIEMBRE DE 2002
| ACTIVOS | PASIVOS | ||
| PLAZOS | COLOCACIONES DE FONDOS | CREDITOS | OTRAS DEUDAS |
| SIN PLAZO | 4.261.853 | 1.212.939 | -.- |
| TOTAL SIN PLAZO | 4.261.853 | (4) 1.212.939 | -.- |
| CON PLAZO | |||
| Vencido: | |||
| Hasta tres meses | -.- | 798.612 | 253.679 |
| De tres a seis meses | -.- | 34.183 | 180.869 |
| De seis a nueve meses | -.- | 24.758 | 43.163 |
| De nueve a doce meses | -.- | 50.117 | 27.038 |
| De uno a dos años | -.- | 51.209 | 35.724 |
| De dos a tres años | -.- | 47.469 | -.- |
| Más de tres años | -.- | 29.665 | -.- |
| TOTAL VENCIDO | -.- | 1.036.013 | 540.473 |
| A vencer: | |||
| Hasta tres meses | -.- | 1.266.203 | 2.283.662 |
| De tres a seis meses | -.- | -.- | -.- |
| De seis a nueve meses | -.- | -.- | 1.612.905 |
| De nueve a doce meses | -.- | -.- | -.- |
| De uno a dos años | -.- | -.- | -.- |
| De dos a tres años | -.- | -.- | -.- |
| Más de tres años | -.- | -.- | -.- |
| TOTAL A VENCER | -.- | 1.266.203 | 3.896.567 |
| TOTAL CON PLAZO | -.- | 2.302.216 | 4.437.040 |
| TOTAL | 4.261.853 | 3.515.155 | 4.437.040 |
(1) (2) (3)
Notas:
(1) El 100% devenga interés a una tasa nominal anual del 45.37%.
(2) El 63% devenga interés a una tasa promedio ponderada del 52.62% nominal anual. El resto no devenga intereses.
(3) El 66% devenga interés a una tasa promedio ponderada del 34.81% nominal anual. El resto no devenga intereses.
(4) De este importe se exponen $ 593.134 en el rubro otros créditos corrientes y $ 619.805 en el rubro otros créditos no corrientes.
NOTA 5: SOCIEDADES ARTICULO 33 LEY N° 19.550
La Sociedad integra el grupo económico constituido por ARCOR S.A.I.C. que reviste el carácter de controlante.
Al ser controlada, ha adoptado iguales criterios de valuación y exposición que la controlante. Con las demás sociedades controladas se ha confeccionado el Balance Consolidado. El detalle de las operaciones realizadas con sociedades artículo 33 Ley N° 19.550 y el monto de las mismas, es el siguiente:
| EMPRESAS | VENTAS | COMPRAS | OTROS INGRESOS | OTROS EGRESOS | ||||
| 30.09.02 | 30.09.01 | 30.09.02 | 30.09.01 | 30.09.02 | 30.09.01 | 30.09.02 | 30.09.01 | |
| Arcor S.A.I.C. | 7.315.659 | 4.383.658 | 5.001.033 | 6.581.592 | -.- | -.- | 2.102.836 | 4.484.564 |
| Alica S.A. | 25.060 | 15.084 | -.- | 16.780 | 27.802 | 125.210 | 162.888 | 340.284 |
| Carlisa S.A. | -.- | 1.053 | -.- | -.- | 15.584 | 142.743 | 144.685 | 48.171 |
| Cartocor S.A. | -.- | -.- | 959.318 | 1.101.686 | -.- | -.- | -.- | -.- |
| Converflex S.A. | -.- | -.- | 455.704 | 367.605 | -.- | -.- | -.- | -.- |
| Dulciora S.A. | -.- | -.- | -.- | 5.574 | -.- | -.- | -.- | -.- |
| Flexiprin S.A. | -.- | -.- | 10.264 | -.- | 7.768 | 86.948 | 20.595 | 10.038 |
| Estirenos S.A. | 67.346 | 7.963 | 247 | 56.119 | -.- | -.- | -.- | -.- |
| Productos Naturales S.A. | -.- | -.- | 2.654 | -.- | -.- | -.- | -.- | -.- |
| Ind. Alimen. Dos en Uno S.A. | -.- | -.- | -.- | 810 | -.- | -.- | 230.778 | -.- |
| TOTALES | 7.408.065 | 4.407.758 | 6.429.220 | 8.130.166 | 51.154 | 354.901 | 2.661.782 | 4.883.057 |
NOTA 6: EVOLUCION DEL CAPITAL SOCIAL
En cumplimiento de la Resolución General N° 368 de la Comisión Nacional de Valores, se expone lo siguiente:
| 2000 | 2001 | 2002 | |
| Capital social al inicio | 1.263.000 | 1.263.000 | 1.263.000 |
| Capital social al cierre | 1.263.000 | 1.263.000 | 1.263.000 |
Al 30 de setiembre de 2002 el Capital Social era de $ 1.263.000 y estaba representado por 126.300.000 acciones ordinarias de V.N. $ 0,01 y un voto cada una, encontrándose totalmente suscripto e integrado.
NOTA 7: REGIMEN DE PROMOCION INDUSTRIAL
La Sociedad se encuentra acogida a los beneficios contemplados por el Régimen de Promoción Industrial establecido por Ley Nacional N° 22.021 y sus modificatorias N° 22.702 y N° 23.084 y en virtud de los Decretos Provinciales
N° 3.163/86 y 1.808/92, Resolución del Ministerio de Producción, Desarrollo y Finanzas N° 310/90. Por medio de las leyes citadas precedentemente y normas complementarias, la Empresa goza de exenciones en los Impuestos a las Ganancias, sobre los Activos y liberación en el Impuesto al Valor Agregado por sus compras de materias primas y productos semielaborados, como así también del saldo a pagar.
Por la Ley N° 23.658 – Título II y Decreto N° 1033/91, reglamentados en sus partes pertinentes por el Dto. N° 2.054/92, a partir del 01.12.92 el Estado Nacional dispuso sustituir parcialmente y limitar, en función del costo fiscal teórico remanente generado por cada proyecto promovido, el sistema de utilización de los beneficios promocionales.
NOTA 7: REGIMEN DE PROMOCION INDUSTRIAL (continuación)
Dicha sustitución ha sido instrumentada por el Poder Ejecutivo, mediante la entrega a través de una cuenta corriente computarizada, de bonos de crédito fiscal. Dichos títulos deberán ser utilizados respetando losporcentajes de exencióno liberación de cada ejercicio para cancelar obligaciones fiscales.
Los beneficios descriptos anteriormente se concedieron por el plazo de 15 años a contar desde 1988 inclusive. Estos beneficios rigen conforme a la escala prevista por la ley y los decretos de concesión y respetan a partir del 01.12.92 los lineamientos de la Ley N° 23.658 y normas complementarias.
Por disposiciones de la Ley de Emergencia Económica N° 23.697, Dto. N° 435/90 y sus modificaciones, se suspendieron los beneficios otorgados originalmente, de la siguiente manera:
| Período de Suspensión | Porcentaje de | ||||
| Impuesto | Desde | Hasta | Suspensión | ||
| a) A las Ganancias | 1989 | 1990 | 25% (1) | ||
| b) Al Valor Agregado | |||||
| b.1. Liberación compras | 01.10.89 | 31.03.90 | 50% (1) | ||
| b.2. Liberación compras | 01.04.90 | 30.11.92 | 100 % (2) | ||
| b.3. Liberación ventas | 01.10.89 | 30.09.90 | 50% (1) |
- Por el porcentaje suspendido, la Empresa recibirá de acuerdo a la Ley N° 23.697 y la Resolución M.E.O. y S.P. N°1.318/92 certificados de crédito fiscal.
La Dirección General Impositiva a través de la Resolución General N° 3.838 estableció el procedimiento y las formalidades a cumplimentar para la obtención de los certificados.
Los créditos al 30 de setiembre de 2002 por dicho concepto, los cuales se encuentran expuestos en el rubro otros créditos no corrientes de los presentes estados contables, ascienden a $ 230.607, encontrándose previsionados $6.684.
- A partir del 01.04.90 y hasta el 30.11.92 (ambas fechas inclusive) la Empresa dejó de gozar de los beneficios otorgados originalmente en lo referido a la liberación del IVA contenido en la compra de materias primas y productos semielaborados. Mediante los Dtos. N° 1.033/91 y 2.054/92 – Título III se estableció que la Empresa recibirá en compensación del beneficio suspendido certificados de crédito fiscal para ser aplicados al pago del Impuesto al Valor Agregado (por la compra de materias primas y productos semielaborados) a partir del 01.12.94, a razón de un tercio por año y sin limitación en el tiempo.
La Dirección General Impositiva a través de la Resolución General N° 3.905 estableció el procedimiento y las formalidades a cumplimentar para la obtención de los certificados.
Los montos solicitados al fisco, aún no acreditados al 30 de setiembre de 2002 por dicho concepto son los siguientes
| R.G. 3905 | ||
| EN BONOS | EN CTA. CTE. | TOTAL |
| (*) 278.661 | 1.097.089 | 1.375.750 |
(*) De este monto, $239.000 se encuentran expuestos en el rubro Otros créditos no corrientes de los presentes estados contables.
NOTA 7: REGIMEN DE PROMOCION INDUSTRIAL (continuación)
En relación a los puntos (1) y (2) precedentes, a la fecha de la emisión de los estados contables la Empresa ha solicitado a la Dirección General Impositiva los certificados de crédito fiscal previstos en las normas antes mencionadas. Asimismo, en referencia a los citados créditos fiscales, la Compañía ha solicitado la entrega de anticipos, conforme a lo dispuesto por las Resoluciones Generales Nº 4.182 y 4.212 de la Dirección General Impositiva.
Mediante la Resolución Nro. 580 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos, se estableció que los créditos contra el Estado Nacional emergentes de la suspensión de los beneficios promocionales dispuesta por el artículo 5 de la Ley N° 23.697 y el artículo 45 del Decreto N° 435/90, en la medida que sean de causa anterior al 01.04.91, serán cancelados mediante la entrega de Bonos de Consolidación de Deudas, emitidos de conformidad a la Ley Nº 23.982.
En virtud de lo dispuesto por el párrafo anterior, la Compañía ha recibido Bonos de Consolidación de Deuda en pago de los anticipos correspondientes a los créditos fiscales detallados en el punto (1) precedente, conforme a lo dispuesto por la Resolución General Nº 4.182 de la Dirección General Impositiva, habiendo gestionado los anticipos relativos al punto (2) antes mencionado.
En el marco del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 804/96, se presentaron las adecuaciones al proyecto que fuera transferido oportunamente a la Sociedad, mediante el Decreto Provincial PDF N° 2.390/95. Dichas adecuaciones que contemplan la prórroga de los beneficios promocionales por el término de 15 años fueron aprobadas por Decreto Provincial N° 489/97 (Poder Ejecutivo de la Pcia. de Catamarca), siendo acreditados los montos correspondientes al beneficio promocional de los años 1998, 1999, 2000 y 2001 en la cuenta corriente computarizada.
NOTA 8: CONTRATO DE COMPRA-VENTA Y PRODUCCION CON NESTLE ARGENTINA S.A.
Con fecha 16 de agosto de 2002, la Sociedad suscribió un contrato de compraventa y producción con Nestlé Argentina S.A. adquiriendo una línea de fabricación y envasado por un monto total de U$S 490.000 más el correspondiente Impuesto al Valor Agregado, para afectarla a la producción de distintos productos, entre ellos productos comercializados por Nestlé Argentina S.A.. El acuerdo de producción con Nestlé Argentina S.A. tiene vigencia hasta el 21 de enero de 2008, estando previsto el inicio de la producción para el 20 de enero de 2003. El monto adeudado por esta adquisición tiene vencimiento el 20 de enero de 2008 o en fecha anterior a decisión de la Sociedad y sobre el capital impago se le aplicará un interés anual equivalente a la tasa Libor.
NOTA 9: CONVENIOS DE COMPETITIVIDAD. BENEFICIOS OTORGADOS
Con fecha 28 de setiembre de 2001, la Sociedad se acogió a los beneficios otorgados por el convenio de competitividad suscripto entre el Gobierno Nacional y los distintos sectores productivos, que encuadran en la actividad que desempeña la misma, a través del Dto. N° 1.054/2001, correspondiente al sector alimenticio.
NOTA 9: CONVENIOS DE COMPETITIVIDAD. BENEFICIOS OTORGADOS (continuación)
En virtud de la norma citada, la Sociedad goza de los siguientes beneficios:
-
Consideración como no computables en el impuesto a la ganancia mínima presunta de aquellos bienes afectados a la actividad objeto del convenio, hasta el 31 de marzo de 2003.
-
Cómputo como crédito fiscal en el Impuesto al Valor Agregado de las contribuciones patronales sobre la nómina salarial correspondiente a la actividad objeto del convenio, hasta el 31 de marzo de 2003.
A través del Decreto N° 1.676/01 en su artículo 4°, publicado en el Boletín Oficial de la Nación de fecha 20 de diciembre de 2001, se deja sin efecto hasta el 31 de marzo de 2003, el cómputo como crédito fiscal en el Impuesto al Valor Agregado de los importes de las contribuciones patronales sobre la nómina salarial en el monto que exceda del que corresponde computar de acuerdo a lo previsto por Decreto N° 814 en su artículo 4°, de fecha 20 de junio de 2001.
NOTA 10: AJUSTE DE RESULTADOS DE EJERCICIOS ANTERIORES – CAMBIO DE POLITICAS CONTABLES
- Impuesto a Las Ganancias Método Diferido
Al cierre del ejercicio anterior, Candy S.A. decidió cambiar el criterio de contabilización del cargo por Impuesto a las Ganancias, utilizándose el método del Impuesto Diferido, el cual considera el efecto de las diferencias temporarias (Nota 2.4.g.).
Hasta el cierre del ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2000, el cargo contable del impuesto a las ganancias se determinaba aplicando la tasa vigente sobre la utilidad impositiva estimada del ejercicio, sin considerar el efecto de las diferencias temporarias entre el resultado contable y el resultado impositivo.
Como resultado de este cambio de criterio descripto, se generó un efecto positivo de $ 75.139 en el Patrimonio Neto al 31 de diciembre de 2000, y un efecto positivo de $ 299.762 en el resultado del período finalizado el 30 de setiembre de 2001.
BIENES DE USO ANEXO A
| VALOR | VALOR | D E P R E C I A C I O N E S | NETO | |||||||||
| CUENTA | AL | AUMENTOS | TRANSFE- | DISMINU- | AL | ACUMULADAS | DISMINU- | DEL | ACUMULADA | RESULTANTE | ||
| PRINCIPAL | INICIO DEL | RENCIAS | CIONES | CIERRE DEL | AL INICIO | CIONES | PERIODO | AL CIERRE | ||||
| EJERCICIO | PERIODO | DEL EJERCICIO | % | MONTO (1) | DEL PERIODO | 30.09.02 | 30.09.01 | |||||
| Maquinarias e Instalaciones | 10.985.947 | 167.982 | 64.367 | -.- | 11.218.296 | 7.317.043 | -.- | 10 | 363.588 | 7.680.631 | 3.537.665 | 3.835.379 |
| Moldes y Herramientas | 2.154.304 | 163.856 | -.- | -.- | 2.318.160 | 1.439.291 | -.- | 20 | 457.613 | 1.896.904 | 421.256 | 855.619 |
| Muebles y Utiles | 478.147 | 6.331 | -.- | -.- | 484.478 | 351.559 | -.- | 10 | 44.955 | 396.514 | 87.964 | 131.972 |
| Inmuebles – Edificios | 2.309.083 | -.- | -.- | -.- | 2.309.083 | 642.309 | -.- | 3 | 181.200 | 823.509 | 1.485.574 | 1.681.280 |
| Inmuebles – Instalaciones | 828.375 | -.- | 61.614 | -.- | 889.989 | 438.560 | -.- | 10 | 52.015 | 490.575 | 399.414 | 405.585 |
| Inmuebles – Terreno | 16.362 | -.- | -.- | -.- | 16.362 | -.- | -.- | -.- | -.- | -.- | 16.362 | 16.362 |
| Obras en Construcción | 94.989 | 806.736 | (125.981) | -.- | 775.744 | -.- | -.- | -.- | -.- | -.- | 775.744 | 12.319 |
| Anticipos Op. de Importación | 14.389 | 296.947 | -.- | 14.389 | 296.947 | -.- | -.- | -.- | -.- | -.- | 296.947 | 14.389 |
| TOTALES AL 30.09.02 | 16.881.596 | 1.441.852 | -.- | 14.389 | 18.309.059 | 10.188.762 | -.- | 1.099.371 | 11.288.133 | 7.020.926 | ||
| TOTALES AL 30.09.01 | 16.508.112 | 1.919.362 | -.- | 1.706.692 | 16.720.782 | 9.688.187 | 1.146.867 | 1.226.557 | 9.767.877 | 6.952.905 |
(1) El destino contable de las depreciaciones del período se informa en el Anexo H.
| VALOR REGISTRADO | |||
| CUENTA PRINCIPAL | VALOR DE COSTO | 30.09.02 | 30.09.01 |
| INVERSIONES CORRIENTES Deudores financieros Soc. Art. 33 Ley N° 19.550 En moneda argentina | 4.261.853 | 4.261.853 | 1.418.683 |
| TOTALES AL 30.09.02 | 4.261.853 | 4.261.853 | |
| TOTALES AL 30.09.01 | 1.418.683 | 1.418.683 |
| RUBROS | SALDOS AL INICIO DEL EJERCICIO AJUSTADOS | EFECTOS CONVERSION Y REEXPRESION | AUMENTOS (1) | EFECTOS CONVERSION Y REEXPRESION | DISMINU-CIONES | EFECTOS CONVERSION Y REEXPRESION | SALDOS AL CIERRE DEL PERIODO | ||||
| DEDUCIDAS DEL ACTIVO Corrientes: Créditos por ventas (Nota 3.1.) Para deudores incobrables No corrientes: Otros créditos (Nota 3.2.) Para certificados a recibir Ley N° 23.697 | 403.017 14.785 | (220.824) (8.101) | 8.643 -.- | (204) -.- | (13.254) -.- | 981 -.- | 178.359 6.684 | ||||
| INCLUIDAS EN EL PASIVO Corrientes: Para juicios laborales | 22.994 | (12.599) | 5.742 | (650) | (11.822) | 335 | 4.000 | ||||
| No corrientes: Para juicios laborales | 53.653 | (29.398) | 13.398 | (1.517) | (27.586) | 2.450 | 11.000 | ||||
| TOTALES AL 30.09.02 | 494.449 | (270.922) | 27.783 | (2.371) | (52.662) | 3.766 | 200.043 | ||||
| TOTALES AL 30.09.01 | 61.198 | -.- | 427.157 | -.- | -.- | -.- | 488.355 |
(1) El destino contable de los aumentos del período se informa en el anexo H.
| 30.09.02 | 30.09.01 | ||
| Existencia al comienzo del ejercicio: Productos terminados Productos en proceso Materias primas y materiales | 1.879.737 63.651 1.896.239 | 3.839.627 | 3.634.086 |
| Compras del período Gastos de producción (Anexo H) Sueldos, jornales y cargas sociales Depreciaciones Energía eléctrica, gas y comunicaciones Otros gastos | 1.679.542 1.099.371 319.696 1.279.008 | 10.826.461 4.377.617 | 13.273.044 6.970.350 |
| Resultado por tenencia (Nota 3.8.) Existencia al final del período (Nota 3.3.): Productos terminados Productos en proceso Materias primas y materiales | (873.171) (230.938) (1.434.214) | 764.602 (2.538.323) | (78.861) (3.625.938) |
| COSTO DE LAS MERCADERIAS VENDIDAS | 17.269.984 | 20.172.681 |
| RUBROS | MONTO Y CLASE DE MONEDA EXTRANJERA | CAMBIO VIGENTE | MONTO EN MONEDA ARGENTINA | ||
| 30.09.02 | 30.09.01 | ||||
| PASIVO PASIVO CORRIENTE Cuentas por pagar Comunes Soc. Art. 33 Ley 19.550 | 8.231 U$S | 3,740 | 30.785 -.- | 86.331 810 | |
| TOTAL DEL PASIVO CORRIENTE | 30.785 | 87.141 | |||
| TOTAL DEL PASIVO | 30.785 | 87.141 |
| RUBROS | TOTALES AL 30.09.02 | GASTOS DE PRODUCCION | GASTOS DE ADMINISTRA-CION | GASTOS DE COMERCIA-LIZACION | TOTALES AL 30.09.01 |
| Retribución a Directores y Síndicos Honorarios y retribuciones por servicios Sueldos, jornales y cargas sociales Fletes y acarreos Servicios de terceros Conservación de bienes de uso Depreciación sobre bienes de uso Energía eléctrica, gas y comunicaciones Gastos generales varios Publicidad y propaganda Comisiones Seguros Quebranto para deudores incobrables Quebranto por juicios laborales Gastos bancarios Impuestos y tasas | 200.023 692.877 1.685.264 84.718 566.485 290.242 1.099.371 336.142 84.548 235.923 1.408.859 20.148 8.643 19.140 5.643 6.322 | -.- 294.927 1.679.542 80.137 510.992 290.242 1.099.371 319.696 63.422 -.- -.- 20.148 -.- 19.140 -.- -.- | 200.023 341.033 5.722 -.- 34.967 -.- -.- 16.446 2.290 -.- -.- -.- -.- -.- 5.643 6.322 | -.- 56.917 -.- 4.581 20.526 -.- -.- -.- 18.836 235.923 1.408.859 -.- 8.643 -.- -.- -.- | 19.908 1.091.765 3.587.963 185.793 521.208 400.250 1.226.557 533.549 338.976 371.951 2.321.611 -.- 339.375 72.997 14.069 -.- |
| TOTALES AL 30.09.02 | 6.744.348 | 4.377.617 | 612.446 | 1.754.285 | |
| TOTALES AL 30.09.01 | 6.970.350 | 895.398 | 3.160.224 | 11.025.972 |
INFORME DE REVISION LIMITADA
A los señores Presidente y Directores de
CANDY S.A.
Ruta Nac. 157 Km. 970 - Recreo
CATAMARCA
Hemos efectuado una revisión limitada de los estados de situación patrimonial de Candy S.A. al 30 de setiembre de 2002 y 2001, de los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de origen y aplicación de fondos por los períodos de nueve meses terminados en esas fechas y de las notas 1 a 10 y anexos A, D, E, F, G y H que los complementan. La preparación y emisión de los mencionados estados contables es responsabilidad de la Sociedad.
Nuestras revisiones se limitaron a la aplicación de los procedimientos establecidos en la Resolución Técnica Nº 7 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas para revisiones limitadas de estados contables de períodos intermedios que consisten, principalmente, en la aplicación de procedimientos analíticos sobre las cifras incluidas en los estados contables y en la realización de indagaciones a personal de la Sociedad responsable de la preparación de la información incluida en los estados contables y su posterior análisis. El alcance de estas revisiones es sustancialmente inferior al de un examen de auditoría, cuyo objetivo es expresar una opinión sobre los estados contables bajo examen. Consecuentemente, no expresamos opinión sobre la situación patrimonial, los resultados de las operaciones, las variaciones en el patrimonio neto y el origen y aplicación de fondos de la Sociedad.
De acuerdo con lo establecido por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, la Resolución M.D. 1/2002 del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Resolución N° 392 de la Comisión Nacional de Valores y tal cual se explica en Nota 1, la Sociedad reconoció los efectos de la devaluación del peso argentino a partir del período de nueve meses iniciado el 1 de enero de 2002, aplicando los lineamientos de la Resolución N° 398 de la Comisión Nacional de Valores.
En Nota 1 se detallan las circunstancias vigentes al cierre del período relacionadas con la situación económica imperante, así como las medidas económicas emitidas por el Gobierno Nacional para hacer frente a la crisis que vive el país, algunas de las cuales pueden estar pendientes de reglamentación a la fecha de preparación de estos estados contables. En la misma nota se describen los impactos generados por el conjunto de las medidas adoptadas hasta la fecha sobre los estados contables de la Sociedad al 30 de setiembre de 2002, de acuerdo con las evaluaciones y estimaciones realizadas por la gerencia considerando los elementos disponibles a la fecha de preparación de los estados contables, así como aspectos específicos cuyo tratamiento futuro dependerá de la evolución de la situación descripta. En consecuencia, los estados contables adjuntos deben ser leídos tomando en consideración lo expuesto en este párrafo y las circunstancias descriptas en la Nota 1.
En base a la labor realizada y a nuestros exámenes de los estados contables de esa Sociedad por los ejercicios terminados el 31 de diciembre de 2001 y 2000 sobre los cuales emitimos nuestro informe sin salvedades el 15 de febrero de 2002, informamos que los estados contables de Candy S.A. al 30 de setiembre de 2002 y 2001, preparados de acuerdo con normas contables profesionales, consideran todos los hechos y circunstancias significativos que son de nuestro conocimiento y que, en relación con los mismos, no tenemos observaciones que formular.
En cumplimiento de disposiciones vigentes informamos que:
- los estados contables de Candy S.A. se encuentran asentados en el libro "Inventarios y Balances" y cumplen con lo dispuesto en la Ley de Sociedades Comerciales y en las resoluciones pertinentes de la Comisión Nacional de Valores;
- los estados contables de Candy S.A. surgen de registros contables llevados en sus aspectos formales de conformidad con normas legales;
- al 30 de setiembre de 2002 la deuda devengada a favor del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones que surge de los registros contables ascendía a $ 26.436, no existiendo a dicha fecha deuda exigible.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 28 de octubre de 2002.
| PRICE WATERHOUSE & CO. (Socio) |
| C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 Fº 1 R.A.P.U. |
| Dr. Héctor Gustavo Alaye |
| Contador Público (U.N.C.) |
| C.P.C.E. Ciudad Autónoma de Buenos Aires |
| Tomo 238 - Folio 73 |