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ARCOR SAIC — Capital/Financing Update 2025
Dec 9, 2025
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Capital/Financing Update
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AVISO COMPLEMENTARIO
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Arcor S.A.I.C.
Obligaciones Negociables Clase Nº 3, denominadas y pagaderas en Pesos, a ser integradas en Pesos, a tasa de interés variable con vencimiento a los 12 meses contados desde la Fecha de Emisión (las “Obligaciones Negociables” o las “Obligaciones Negociables Clase 3”).
Las Obligaciones Negociables serán ofrecidas por un valor nominal de hasta $ 40.000.000.000 ampliable hasta el Monto Máximo de Emisión (según se define más adelante).
Mediante este segundo aviso complementario (el “ Segundo Aviso Complementario”) al suplemento de prospecto de fecha 9 de diciembre de 2025 (el “Suplemento de Prospecto”), al aviso de suscripción de fecha 9 de diciembre de 2025 (el “Aviso de Suscripción ” ) y al aviso complementario de fecha 9 de diciembre de 2025 (el “Aviso Complementario”) se comunica a los inversores información adicional en relación a la oferta efectuada por Arcor S.A.I.C. (“Arcor” o la “Emisora”, indistintamente) para la suscripción de las Obligaciones Negociables Clase 3.
Las Obligaciones Negociables serán emitidas bajo el Régimen de Emisor Frecuente establecido en la sección VIII del capítulo V del título II de las Normas de la CNV. Arcor se encuentra registrada bajo el Registro de Emisor Frecuente N°19 otorgado por la Disposición Nº DI-2025-118-APN-GE#CNV de la Gerencia de Emisoras de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”). El prospecto de emisor frecuente de fecha 3 de julio de 2025 (el “Prospecto”) y el suplemento de prospecto de fecha 9 de diciembre de 2025 (el “Suplemento de Prospecto” y junto con el Prospecto, el Aviso de Suscripción, el Aviso Complementario y el presente Segundo Aviso Complementario, los “Documentos de la Oferta”) se encuentran disponibles en el sitio web de la CNV, www.argentina.gob.ar/cnv (la “Página Web de la CNV”), en la página web institucional de la Compañía (www.arcor.com.ar) (la “Página Web de Arcor”), en el Boletín Diario del BYMA (el “Boletín Diario de BYMA”) y en la página web de A3 Mercados (www.marketdata.mae.com.ar) (la “Página Web de A3 Mercados”).
Todos los términos en mayúscula que no estén definidos en el presente Aviso Complementario tienen el significado que se les asigna en los Documentos de la Oferta .
Mediante el presente Aviso Complementario la Emisora comunica información relativa a la calificación de riesgo de las Obligaciones Negociables. FIX SCR S.A. (“Fix Argentina”) en su dictamen de fecha 9 de diciembre de 2025 ha calificado a las Obligaciones Negociables como “ A1+(arg) ”, perspectiva estable.
La calificación “ A1+ (arg) ” emitida por Fix Argentina implica una muy sólida capacidad de pago en tiempo y forma de los compromisos financieros respecto de otros emisores o emisiones del mismo país. Para consultar el informe de Fix Argentina ver la Página Web de la CNV.
Las calificaciones nacionales no son comparables entre distintos países, por lo cual se identifican agregando un sufijo para el país al que se refieren. En el caso de la Argentina se agrega “(arg)”.
Los signos "+" o "-" podrán ser añadidos a una calificación nacional para mostrar una mayor o menor importancia relativa dentro de la correspondiente categoría, y no alteran la definición de la categoría a la cual se los añade.
La perspectiva de una calificación indica la posible dirección en que se podría mover una calificación dentro de un período de uno a dos años. Puede ser positiva, negativa o estable. Una perspectiva negativa o positiva no implica que un cambio en la calificación sea inevitable. De igual modo, una calificación con perspectiva
estable puede ser cambiada antes de que la perspectiva se modifique a positiva o negativa si existen elementos que lo justifiquen.
La calificación mencionada podrá ser modificada, suspendida o revocada en cualquier momento y no representa en ningún caso una recomendación para comprar, mantener o vender las Obligaciones Negociables.
Conforme lo dispuesto en el artículo 25 de la sección VIII del capítulo I del título IX de las Normas de la CNV, los emisores que en forma voluntaria soliciten el servicio de calificación de riesgo de los valores negociables al momento de su emisión deberán mantenerlo hasta su cancelación total, salvo consentimiento unánime de los tenedores de los valores negociables emitidos.
LA CNV NO HA EMITIDO JUICIO SOBRE LOS DATOS CONTENIDOS EN EL PROSPECTO NI EN EL SUPLEMENTO DE PROSPECTO. LA VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN CONTABLE, FINANCIERA Y ECONÓMICA, ASÍ COMO DE TODA OTRA INFORMACIÓN SUMINISTRADA EN EL PROSPECTO Y EN EL SUPLEMENTO DE PROSPECTO ES EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD DE LA COMPAÑÍA, DEL DIRECTORIO Y, EN LO QUE LES ATAÑE, DEL ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN DE LA COMPAÑÍA, DE LOS AUDITORES EN CUANTO A SUS RESPECTIVOS INFORMES SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS QUE SE ACOMPAÑAN, DE LOS OFERENTES DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES CON RELACIÓN A LA INFORMACIÓN VINCULADA A ELLOS, Y LAS PERSONAS QUE FIRMEN EL PROSPECTO Y EL SUPLEMENTO DE PROSPECTO EN LO RELATIVO A TODA LA INFORMACIÓN INCLUIDA EN EL PROSPECTO Y EN EL SUPLEMENTO DE PROSPECTO, RESULTANDO DE APLICACIÓN LOS ARTÍCULOS 119 Y 120 DE LA LEY DE MERCADO DE CAPITALES. LOS EXPERTOS O TERCEROS QUE OPINEN SOBRE CIERTAS PARTES DEL PROSPECTO Y EN EL SUPLEMENTO DE PROSPECTO SÓLO SERÁN RESPONSABLES POR LA PARTE DE DICHA INFORMACIÓN SOBRE LA QUE HAN EMITIDO OPINIÓN. LA RESPONSABILIDAD DE LOS INFRACTORES TENDRÁ CARÁCTER SOLIDARIO. EL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN MANIFIESTA, CON CARÁCTER DE DECLARACIÓN JURADA, QUE EL PROSPECTO Y EN EL SUPLEMENTO DE PROSPECTO CONTIENEN A LA FECHA DE SU PUBLICACIÓN INFORMACIÓN VERAZ Y SUFICIENTE SOBRE TODO HECHO RELEVANTE QUE PUEDA AFECTAR LA SITUACIÓN PATRIMONIAL, ECONÓMICA Y FINANCIERA DE LA COMPAÑÍA Y DE TODA AQUELLA QUE DEBA SER DE CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO INVERSOR CON RELACIÓN A LA PRESENTE EMISIÓN, CONFORME LAS NORMAS VIGENTES. ASIMISMO, LA EMISORA ASUME LA RESPONSABILIDAD POR LAS DECLARACIONES REALIZADAS EN EL PROSPECTO Y/O EN EL SUPLEMENTO DE PROSPECTO SOBRE LA COMPLETITUD EN LA DIVULGACIÓN DE LOS RIESGOS INVOLUCRADOS Y LA SITUACIÓN ACTUAL DE LA EMISORA, LOS CUALES SE BASAN EN LA INFORMACIÓN DISPONIBLE Y EN LAS ESTIMACIONES RAZONABLES DE SU ADMINISTRACIÓN. LA EMISORA MANIFIESTA CONOCER LAS PENALIDADES PREVISTAS POR LOS ARTÍCULOS 172, 293 Y 309 DEL CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN ARGENTINA, RELATIVAS AL FRAUDE Y A LA FALSEDAD EN DOCUMENTOS, RESPECTIVAMENTE.
LA OFERTA PÚBLICA DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES QUE SE DESCRIBE EN EL SUPLEMENTO DE PROSPECTO SE ENCUENTRA COMPRENDIDA DENTRO DE LA AUTORIZACIÓN DE OFERTA PÚBLICA OTORGADA POR LA CNV, EN EL MARCO DE LO ESTABLECIDO POR EL ARTÍCULO 74 BIS DE LA SECCIÓN VIII DEL CAPÍTULO V DEL TÍTULO II DE LAS NORMAS DE LA CNV, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LA DISPOSICIÓN Nº DI-2025-118-APN-GE#CNV DEL 2 DE JULIO DE 2025. EL SUPLEMENTO DE PROSPECTO NO HA SIDO PREVIAMENTE REVISADO NI CONFORMADO POR LA CNV. DE ACUERDO CON EL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 77 DEL TÍTULO II DEL CAPÍTULO V DE LA SECCIÓN VIII DE LAS NORMAS DE LA CNV, DENTRO DE LOS CINCO DÍAS HÁBILES DE FINALIZADO EL PERÍODO DE COLOCACIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES LA COMPAÑÍA PRESENTARÁ LA DOCUMENTACIÓN DEFINITIVA RELATIVA A ELLAS ANTE LA CNV.
La información incluida en el presente es parcial, se encuentra referida a, y deberá ser completada con, la información contenida en los Documentos de la Oferta, los cuales se encuentran a disposición de los interesados en la sede social de la Emisora, sita en Av. Fulvio Salvador Pagani 487, Arroyito, Provincia de Córdoba, Argentina, y en las oficinas de los Colocadores Locales, sitas en las direcciones que se indican más arriba. Asimismo, el Prospecto y el Suplemento de Prospecto se encontrarán disponibles en la Página Web de la CNV, en la Página Web de A3 Mercados y en la Página Web de Arcor. La Emisora recomienda la lectura y examen del Prospecto y el Suplemento de Prospecto en su totalidad y de los estados financieros condensados consolidados de la Emisora referidos en los mismos y sus notas correspondientes.
Agentes Colocadores
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Banco Santander Argentina S.A. Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula N° 72 de la CNV
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Macro Securities S.A.U.
Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula Nº 59 de la CNV
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Banco de la Provincia de Córdoba S.A.
Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula Nº 75 de la CNV
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Balanz Capital Valores S.A.U.
Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula Nº 210 de la CNV
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BACS Banco de Crédito y Securitización S.A.
Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula Nº 25 de la CNV
Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.
Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula Nº 22 de la CNV
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Banco Patagonia S.A.
Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula N° 66 de la CNV
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SBS Trading S.A. Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula Nº 53 de la CNV
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Facimex Valores S.A. Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula Nº 99 de la CNV
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one618 Financial Services S.A.U.
Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula Nº 44 de la CNV
Banco BBVA Argentina S.A.
Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula Nº 42 de la CNV
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Banco de Servicios y Transacciones S.A.U.
Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula Nº 64 de la CNV
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Max Capital S.A.
Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula Nº 570 de la CNV
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PP Inversiones S.A. Agente de Liquidación y Compensación Integral Matrícula Nº 686 de la CNV
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Banco de la Provincia de Buenos Aires
Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula Nº 43 de la CNV
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Invertir en Bolsa S.A. Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Matrícula N° 246 de la CNV
La fecha de este Segundo Aviso Complementario es 9 de diciembre de 2025.
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RICARDO MUÑOZ DE TORO AUTORIZADO POR EL DIRECTORIO