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ARCOR SAIC Capital/Financing Update 2025

Jul 21, 2025

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Capital/Financing Update

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AVISO DE SUSCRIPCIÓN

Arcor S.A.I.C.

Obligaciones Negociables Clase Nº 1, por un valor nominal de hasta
USS300.000.000, ampliable hasta USS400.000.000, a tasa de interés fija con
vencimiento a los ocho años desde la Fecha de Emisión (conforme se define más adelante).

Por medio del presente, se comunica a los Inversores Calificados que Arcor S.A.I.C. ("Arcor" la "Compañía", la "Emisora", "nuestro", "nuestra"), ha decidido ofrecer las obligaciones negociables Clase 1 denominadas en Dólares Estadounidenses a tasa de interés fija por un valor nominal de hasta US\$300.000.000, ampliable hasta U\$S400.000.000, con vencimiento a los ocho años desde la Fecha de Emisión (las "Obligaciones Negociables Clase 1" o las "Obligaciones Negociables", indistintamente); a ser emitidas bajo el Régimen de Emisor Frecuente establecido en la Sección VIII del Capítulo V del Título II de las Normas de la CNV. Arcor se encuentra registrada bajo el Registro de Emisor Frecuente N°19 otorgado por la Disposición N° DI-2025-118-APN-GE#CNV de la Gerencia de Emisoras de la Comisión Nacional de Valores ("CNV"). El prospecto de emisor frecuente de fecha 3 de julio de 2025 (el "Prospecto") y el suplemento de prospecto de fecha 21 de julio de 2025 (el "Suplemento de Prospecto" y junto con el Prospecto y el presente Aviso de Suscripción, los "Documentos de la Oferta") se encuentran disponibles en el en el sitio web de la CNV, www.argentina.gob.ar/cnv (la "Página Web de la CNV"), en la página web institucional de la Compañía (www.arcor.com.ar) (la "Página Web de Arcor"), en el Boletín Diario del BYMA (el "Boletín Diario de BYMA") y en la página web de A3 Mercados (www.marketdata.mae.com.ar) (la "Página Web de A3 Mercados"). Todos los términos en mayúscula que no estén definidos en el presente tienen el significado que se les asigna en los Documentos de la Oferta.

1) Emisora: Arcor S.A.I.C., con domicilio en Av. Fulvio Salvador Pagani 487, X2434DNE, Arroyito, Provincia de Córdoba.

2) Colocadores Locales: Banco Santander Argentina S.A., con domicilio en Av. Juan de Garay 151, piso 9, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (At.: Damian Gaido, e-mail: [email protected], teléfono: + (54911) 4341-1140); Banco de Galicia y Buenos Aires S.A., con domicilio en Tte. Gral. J. D. Perón 430, piso 21, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (At.: Lucila Zallio, e-mail: [email protected], teléfono: + (54911) 6329-3084/ [email protected]); Balanz Capital Valores S.A.U., con domicilio en Av. Corrientes 316, piso 3, of. 362, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (At.: Juan Barros Moss / Santiago Giambruni, e-mail: [email protected] / [email protected], teléfono: + (54911) 5376-7010) y Latin Securities S.A., con domicilio en Arenales 707, piso 6, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (At.: Corporate Finance, e-mail: [email protected], teléfono: $+(54911)$ 4850-2500).

3) Compradores Iniciales: Citigroup Global Markets Inc., Itau BBA USA Securities, Inc., J.P. Morgan Securities LLC y Santander US Capital Markets LLC.

4) Período de la Oferta: Comenzará a las 10.00 horas del 22 de julio de 2025 y finalizará a las 16.00 del 22 julio de 2025.

5) Fecha de Adjudicación: Comenzará a las 10.00 horas del 23 de julio de 2025 y finalizará a las 13.00 horas del 23 de julio de 2025. Entre las 13.00 y las 17.00 horas de la Fecha de Adjudicación, los Compradores Iniciales ingresarán en el Registro todas las Manifestaciones de Interés recibidas hasta la Fecha Límite de Recepción de Manifestaciones de Interés, y procederán a su cierre. Las Mapifestaciones de Interés serán recibidas hasta las 13 horas de la Fecha de Adjudicación. A partir la Fecha Límite de Recepción de Manifestaciones de Interés no se recibirán nuevas Manifestaciones de Interés. Para mayor información ver el capítulo "Plan de Distribución" del Suplemento de Prospecto.

6) Procedimiento de Colocación Primaria: En virtud del Artículo 1 de la Sección I del Capítulo IV del Título VI de las Normas de la CNV, la colocación de las Obligaciones Negociables se realizará bajo el proceso denominado proceso de formación de libro, conocido internacionalmente como "book building", que estará a cargo de los Compradores Iniciales y de los Colocadores Locales. Los Compradores Iniciales volcarán las Manifestaciones de Interés recibidas de los potenciales inversores fuera de la Argentina en el Registro, mientras que los Colocadores Locales estarán a cargo de volcar las Manifestaciones de Interés recibidas dentro de la Argentina en el Registro. Para mayor información ver el capítulo "Plan de Distribución" del Suplemento de Prospecto.

7) Registro: Los Compradores Iniciales recibirán las Manifestaciones de Interés presentadas por los potenciales inversores fuera de la Argentina y los Colocadores Locales recibirán las Manifestaciones de Interés presentadas por inversores en la Argentina y serán incluidas en un libro de registro llevado de conformidad con las prácticas habituales y normativa aplicable para este tipo de colocaciones internacionales en los Estados Unidos según lo previsto en el artículo 1º de la Sección I del Capítulo IV del Título VI de las Normas de la CNV. Para mayor información ver el capítulo "Plan de Distribución" del Suplemento de Prospecto.

8) Terminación, suspensión y/o prórroga del Período de la Oferta y la Fecha de Adjudicación: La terminación anticipada, modificación, suspensión y/o prórroga del Período de la Oferta y/o de la Fecha de Adjudicación no someterá a la Emisora ni a los Colocadores Locales ni a los Compradores Iniciales a responsabilidad alguna y no otorgará a los inversores que hayan presentado Manifestaciones de Interés derecho de compensación y/o de indemnización alguna. En el caso de que se dé por finalizado el Período de la Oferta y/o de la Fecha de Adjudicación y/o se decida no emitir las Obligaciones Negociables, todas las Manifestaciones de Interés que hayan sido recibidas quedarán automáticamente sin efecto. Si se suspende o amplía el Período de la Oferta, los inversores que hayan presentado Manifestaciones de Interés durante dicho período podrán, a su discreción y sin penalización alguna, retirar sus Manifestaciones de Interés en cualquier momento durante el período de la suspensión o del nuevo Periodo de la Oferta ampliado. Para mayor información ver el capítulo "Plan de Distribución" del Suplemento de Prospecto.

9) Monto de Emisión: Hasta U\$S300.000.000 ampliable hasta U\$S400.000.000. El monto definitivo de la emisión será determinado con anterioridad a la Fecha de Emisión e informado mediante el Aviso de Resultados que será publicado por un día en los sistemas informáticos del mercado, incluyendo el Boletín Diario de la BCBA, la Página Web de la CNV, en el ítem "Información financiera-Emisoras-Emisoras en el régimen de la oferta pública-Arcor-Hechos relevantes", la Página Web de A3 Mercados y la Página Web de Arcor.

10) Fecha de Emisión y Liquidación: Será a más tardar el quinto Día Hábil inmediatamente posterior a la Fecha de Cierre del Registro o cualquier otra fecha posterior indicada en el Aviso de Resultados.

11) Precio de Emisión: Será informado en el Aviso de Resultados.

12) Valor nominal unitario. Denominaciones mínimas. El valor nominal unitario de cada Obligación Negociable será de USS1.000. La negociación de las Obligaciones Negociables se efectuará en denominaciones mínimas de U\$S1.000 y múltiplos enteros de U\$S 1.000 en exceso de dicho monto.

13) Monto Mínimo de Suscripción: U\$S1.000.

14) Moneda de denominación y pago: Dólares Estadounidenses. De conformidad con el Artículo 4 de la Ley de Obligaciones Negociables, cualquier pago bajo los títulos se realizará única y exclusivamente en Dólares Estadounidenses, sin que tenga efecto cancelatorio ningún pago fectuado en una moneda distinta a los dólares estadounidenses, en estricto cumplimiento de lo spuesto en el Artículo 765 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina, según fuera modificado por el Decreto N.º 70/2023 (publicado en el Boletín Oficial el 21 de diciembre de 2023) (el "Decreto 70/23"). En caso de que el Artículo 765 del Código Civil y Comercial de la Nación Argentina vuelva a su redacción anterior al Decreto 70/23, el Emisor renuncia para siempre e irrevocablemente a cualquier derecho que pudiera asistirle para alegar que cualquier pago relacionado con los títulos pueda realizarse en una moneda distinta a los dólares estadounidenses, y por lo tanto renuncia y desiste de la aplicabilidad de dicha disposición a cualquier pago relacionado con los títulos.

15) Fecha de Vencimiento: Sin perjuicio de lo dispuesto en "Rescate Opcional" en el Suplemento de Prospecto será a los ocho años contados desde la Fecha de Emisión.

16) Amortización: El capital de las Obligaciones Negociables será pagadero en tres cuotas anuales consecutivas, empezando en las fechas de pago que se indicarán en mediante un aviso complementario y por los montos de capital establecidos en la tabla bajo el apartado "Términos específicos de las Obligaciones Negociables-General" del Anexo A al Suplemento de Prospecto.

17) Intereses de las Obligaciones Negociables: Las Obligaciones Negociables devengarán intereses sobre su capital pendiente de pago a una tasa fija nominal anual que será informada en el Aviso de Resultados.

18) Fechas de Pago de Intereses: Será pagadero en forma semestral por período vencido en las fechas indicadas en el Aviso de Resultados.

19) Rescate opcional: Podremos rescatar las Obligaciones Negociables, total o parcialmente, a un precio de rescate basado en una prima de compensación (Make Whole Premiun). Véase "Términos Específicos de las Obligaciones Negociables—Rescate Opcional—Rescate Opcional con Prima de Compensación (Make Whole Premiun", adjuntas como Anexo A al Suplemento de Prospecto.

Podremos, también, rescatar las Obligaciones Negociables, total o parcialmente, a los precios de rescate establecidos en los "Términos Específicos de las Obligaciones Negociables- Rescate Opcional—Rescate Opcional sin Prima de Compensación", adjuntas como Anexo A al Suplemento de Prospecto.

Podremos rescatar hasta el 35% del capital original de las Obligaciones Negociables con el producto de ciertas ofertas de acciones a un precio de rescate de un porcentaje del capital de las Obligaciones Negociables, más los intereses devengados y no pagados hasta la fecha de rescate (excluyendo dicha fecha) en la forma descripta en "Términos Específicos de las Obligaciones Negociables— Rescate Opcional-Rescate Opcional con el Producto de Ofertas de Acciones" adjuntas como Anexo A al Suplemento de Prospecto.

20) Rescate a opción de la Emisora por cuestiones impositivas: Podemos rescatar las Obligaciones Negociables en su totalidad, pero no parcialmente, a un precio equivalente al 100% del capital más los intereses devengados e impagos y cualquier Suma Adicional hasta, pero sin incluir, la fecha de rescate, en caso de que se produzcan ciertas modificaciones en la legislación tributaria argentina. Ver "Términos Especificos de las Obligaciones Negociables-Rescate Opcional -Rescate por Razones Impositivas" adjuntas como Anexo A al Suplemento de Prospecto.

21) Sumas Adicionales: Con el alcance establecido en el Suplemento de Prospecto realizaremos los pagos correspondientes a las Obligaciones Negociables sin retenciones o deducciones por o a cuenta de impuestos argentinos. En caso de requerirse tales deducciones o retenciones, abonaremos las Sumas Adicionales que permitan que usted obtenga los montos que hubiera recibido en relación con los pagos de tales Obligaciones Negociables de no haberse practicado dichas retenciones o deducciones, sujeto a ciertas excepciones.

22) Listado y negociación: Solicitaremos el listado de las Obligaciones Negociables en BYMA y su alimisión para la negociación en A3 Mercados.

23) Emisiones adicionales: Oportunamente, podremos crear y emitir Obligaciones Negociables adicionales, sujeto a la autorización de la CNV, si fuera requerido, sin el consentimiento de los Tenedores de cualquiera de las Obligaciones Negociables en circulación, así como crear y emitir obligaciones negociables con los mismos términos y condiciones que las Obligaciones Negociables en circulación o que sean iguales a ellas en todo aspecto (excepto por sus fechas de emisión, fecha de inicio del pago de intereses y/o sus precios de emisión). Dichas Obligaciones Negociables serán consolidadas con las Obligaciones Negociables y formarán una Clase única con ellas, sin perjuicio que dichas Obligaciones Negociables adicionales no tendrán el mismo CUSIP, ISIN, Código Común u otro número de identificación que las Obligaciones Negociables en circulación, a menos que dichas Obligaciones Negociables adicionales sean fungibles con dichas Obligaciones Negociables en circulación para fines de impuestos federales sobre la renta de los Estados Unidos.

24) Calificación de riesgo: Las Obligaciones Negociables no han sido calificadas en la Argentina. Internacionalmente las Obligaciones Negociables han sido calificadas como B+ (perspectiva estable) por Fitch Ratings Ltd.

25) Forma: Las Obligaciones Negociables serán emitidas completamente en forma cartular sin cupones de interés adjuntos. Ver el capítulo "Descripción de las Obligaciones Negociables—Forma y denominación" del Suplemento de Prospecto.

26) Destino de los fondos: Tenemos la intención de utilizar los fondos netos de la emisión de las Obligaciones Negociables (tras el pago de las comisiones y gastos estimados), de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables y demás normativa argentina aplicable, para los siguientes fines: (i) el reembolso $y/\sigma$ refinanciamiento total de nuestras Obligaciones Negociables Clase 18 en circulación y demás deuda a corto plazo, y (ii) otros fines corporativos generales. Ver el capítulo "Destino de los fondos" del Suplemento de Prospecto.

27) Prelación / Acción ejecutiva: Las Obligaciones Negociables constituirán obligaciones directas no subordinadas, sujetas a nuestra garantía común e incondicional. Nuestras obligaciones de pago bajo las Obligaciones Negociables tendrán, en todo momento, excepto según se establezca o pueda establecer en el futuro la ley argentina, el mismo orden de prelación en el pago (pari passu) que el resto de nuestras deudas sujetas a garantía común y no subordinadas presentes y futuras pendientes de pago. Las Obligaciones Negociables constituirán obligaciones negociables simples no convertibles en acciones bajo la Ley de Obligaciones Negociables y todas las demás leyes y reglamentaciones argentinas aplicables y se emitirán en cumplimiento de todos los requisitos establecidos en ellas. De conformidad con el artículo 29 de la Ley de Obligaciones Negociables, los títulos que constituyen obligaciones negociables confieren a los Tenedores una acción ejecutiva. Si no se emiten obligaciones negociables definitivas, cualquier tenedor de una cuenta en un sistema de compensación que tenga acreditada una participación en la Obligación Negociable Global respectiva podrá emitir o requerir la emisión de un certificado conforme lo establecido por el artículo 129 de la Ley de Mercado de Capitales a favor de su titular beneficiario, el cual será suficiente para permitir a dicho titular beneficiario interponer una acción ante cualquier tribunal competente de la Argentina, incluyendo una acción ejecutiva, a fin de obtener el pago de cualquier monto exigible bajo las Obligaciones Negociables sin necesidad de ningún requisito adicional.

28) Ley Aplicable: Nuestros derechos y obligaciones, así como los derechos de los Tenedores derivados del Contrato de Fideicomiso y de las Obligaciones Negociables, o en relación con ellos, se rigen por las leyes del Estado de Nueva York y se interpretarán de conformidad con ellas, sin que resulten de aplicación sus disposiciones sobre conflicto de leyes. Sin perjuicio de lo anterior, todos los asuntos relacionados con la emisión y entrega inicial de las Obligaciones Negociables, como nuestra capacidad y autorizaciones corporativas para ejecutarlas y entregarlas, la autorización de la CNV bajo el Régimen de Emisor Frecuente y la oferta pública de las Obligaciones Negociables en la Argentina, y los requisitos para calificarlas como obligaciones negociables no convertibles, se rigen por la Ley de Obligaciones Negociables, junto con la Ley General de Sociedades, y sus modificaciones, y demás leyes y reglamentaciones argentinas aplicables, sin que resulten de aplicación sus disposiciones sobre conflicto de leyes.

Fiduciario: The Bank of New York Mellon.

30) Representante del Fiduciario en la Argentina: Banco Santander Argentina S.A.

31) Día Hábil: Significa cualquier día excepto sábado, domingo u otro día en que los bancos comerciales estén autorizados a permanecer cerrados, o se les exija hacerlo por ley o regulación, en la Ciudad de Nueva York, la Ciudad de Buenos Aires, Argentina y en la ciudad en que se encuentre el Agente de Pago respectivo.

LA CNV NO HA EMITIDO JUICIO SOBRE LOS DATOS CONTENIDOS EN EL PROSPECTO NI EN EL SUPLEMENTO DE PROSPECTO. LA VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN CONTABLE, FINANCIERA Y ECONÓMICA, ASÍ COMO DE TODA OTRA INFORMACIÓN SUMINISTRADA EN EL PROSPECTO Y EN EL SUPLEMENTO DE PROSPECTO ES EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD DE LA COMPAÑÍA, DEL DIRECTORIO Y, EN LO QUE LES ATAÑE, DEL ÓRGANO DE FISCALIZACIÓN DE LA COMPAÑÍA, DE LOS AUDITORES EN CUANTO A SUS RESPECTIVOS INFORMES SOBRE LOS ESTADOS FINANCIEROS QUE SE ACOMPAÑAN, DE LOS OFERENTES DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES CON RELACIÓN A LA INFORMACIÓN VINCULADA A ELLOS, Y LAS PERSONAS QUE FIRMEN EL PROSPECTO Y EL SUPLEMENTO DE PROSPECTO EN LO RELATIVO A TODA LA INFORMACIÓN INCLUIDA EN EL PROSPECTO Y EN EL SUPLEMENTO DE PROSPECTO, RESULTANDO DE APLICACIÓN LOS ARTÍCULOS 119 Y 120 DE LA LEY DE MERCADO DE CAPITALES. LOS EXPERTOS O TERCEROS QUE OPINEN SOBRE CIERTAS PARTES DEL PROSPECTO Y EN EL SUPLEMENTO DE PROSPECTO SÓLO SERÁN RESPONSABLES POR LA PARTE DE DICHA INFORMACIÓN SOBRE LA QUE HAN EMITIDO OPINIÓN. LA RESPONSABILIDAD DE LOS INFRACTORES TENDRÁ CARÁCTER SOLIDARIO. EL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN MANIFIESTA, CON CARÁCTER DE DECLARACIÓN JURADA, QUE EL PROSPECTO Y EN EL SUPLEMENTO DE PROSPECTO CONTIENEN A LA FECHA DE SU PUBLICACIÓN INFORMACIÓN VERAZ Y SUFICIENTE SOBRE TODO HECHO RELEVANTE QUE PUEDA AFECTAR LA SITUACIÓN PATRIMONIAL, ECONÓMICA Y FINANCIERA DE LA COMPAÑÍA Y DE TODA AQUELLA QUE DEBA SER DE CONOCIMIENTO DEL PÚBLICO INVERSOR CON RELACIÓN A LA PRESENTE EMISIÓN, CONFORME LAS NORMAS VIGENTES. ASIMSIMO, LA EMISORA ASUME LA RESPONSABILIDAD POR LAS DECLARACIONES REALIZADAS EN EL PROSPECTO Y/O EN EL SUPLEMENTO DE PROSPECTO SOBRE LA COMPLETITUD EN LA DIVULGACIÓN DE LOS RIESGOS INVOLUCRADOS Y LA SITUACIÓN ACTUAL DE LA EMISORA, LOS CUALES SE BASAN EN LA INFORMACIÓN DISPONIBLE Y EN LAS ESTIMACIONES RAZONABLES DE SU ADMINISTRACIÓN.

LA OFERTA PÚBLICA DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES QUE SE DESCRIBE EN EL SUPLEMENTO DE PROSPECTO SE ENCUENTRA COMPRENDIDA DENTRO DE LA AUTORIZACIÓN DE OFERTA PÚBLICA OTORGADA POR LA CNV, EN EL MARCO DE LO ESTABLECIDO POR EL ARTÍCULO 74 BIS DE LA SECCIÓN VIII DEL CAPÍTULO V DEL TÍTULO II DE LAS NORMAS DE LA CNV, DE CONFORMIDAD CON LO DISPUESTO POR LA DISPOSICIÓN Nº DI-2025-118-APN-GE#CNV DEL 2 DE JULIO DE 2025. EL SUPLEMENTO DE PROSPECTO NO HA SIDO PREVIAMENTE REVISADO NI CONFORMADO POR LA CNV. DE ACUERDO CON EL PROCEDIMIENTO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 77 DEL TÍTULO II DEL CAPÍTULO V DE LA SECCIÓN VIII DE LAS NORMAS DE LA CNV, DENTRO DE LOS CINCO DÍAS HÁBILES DE FINALIZADO EL PERÍODO DE COLOCACIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES LA COMPAÑÍA PRESENTARÁ LA DOCUMENTACIÓN DEFINITIVA RELATIVA A ELLAS ANTE LA CNV.

En la Argentina, las Obligaciones Negociables serán ofrecidas a "inversores calificados", según se definen en el Artículo 12 de la Sección II del Capítulo VI del Título II de las Normas de la WX a través de los Colocadores Locales, de conformidad con los términos y condiciones descriptos en el Contrato de Colocación Local.

La información incluida en el presente es parcial, se encuentra referida a, y deberá ser completada con, la información contenida en los Documentos de la Oferta, los cuales se encuentran a disposición de los interesados en la sede social de la Emisora, sita en Av. Fulvio Salvador Pagani 487, Arroyito, Provincia de Córdoba, Argentina, y en las oficinas de los Colocadores Locales, sitas en las direcciones que se indican más arriba. Asimismo, el Prospecto y el Suplemento de Prospecto se encontrarán disponibles en la Página Web de la CNV, en la Página Web de A3 Mercados y en la Página Web de Arcor. La Emisora recomienda la lectura y examen del Prospecto y el Suplemento de Prospecto en su totalidad y de los estados financieros condensados consolidados de la Emisora referidos en los mismos y sus notas correspondientes.

Agentes Colocadores Locales