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ARCOR SAIC Capital/Financing Update 2024

Sep 24, 2024

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Capital/Financing Update

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ARCOR SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL ACTA DE DIRECTORIO Nº 2439

Siendo las 10:00 horas del 24 de septiembre de 2024, se reúne el Directorio de "ARCOR SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL" (en adelante, la "Sociedad"), con la participación de Mario Enrique Pagani, Víctor Daniel Martin, Alejandro Fabián Fernández, Andrea Cecilia Pagani, Fernán Osvaldo Martínez y Alejandro Asrin. Se encuentra presente también el miembro de la Comisión Fiscalizadora señor Gabriel Horacio Grosso, ejerciendo la presidencia el Vicepresidente, señor Mario Enrique Pagani. Se deja constancia que de conformidad con el artículo 17º del Estatuto Social, los participantes se encuentran conectados por medio de transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras, desde las oficinas ubicadas en Sargento Cabral 3770, Torre 2, Piso 5°, Munro, Buenos Aires, la señora Andrea Cecilia Pagani; desde las oficinas ubicadas en Bv. Chacabuco 1160, de la Ciudad de Córdoba, el señor Víctor Daniel Martin; desde las oficinas ubicadas en Campinas, Brasil, el señor Mario Enrique Pagani; y desde sus respectivos domicilios los señores Alejandro Fabián Fernández, Fernán Osvaldo Martínez y Alejandro Asrin. También participa de la reunión los señores Modesto Silverio Magadán y Pablo Alberto Mainardi. La presente reunión ha sido convocada para el tratamiento del orden del día informado en la convocatoria efectuada el 12 de septiembre de 2024. Toma la palabra el señor Mario Enrique Pagani e informa que, habiendo quórum suficiente para la celebración de la presente reunión de Directorio, se la da por iniciada. Acto seguido se pasa a tratar los siguientes temas: 1) CONSIDERACIÓN DE LA EMISIÓN DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES BAJO EL PROGRAMA GLOBAL DE EMISION DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES SIMPLES POR UN VALOR NOMINAL DE HASTA U\$\$1.200.000.000 (O SU EQUIVALENTRE EN OTRAS MONEDAS O UNIDADES DE VALOR). El señor Mario Enrique Pagani manifiesta que dada la actual situación de los mercados de capitales, tanto el local como los internacionales, resulta conveniente considerar la emisión de obligaciones negociables, en ejercicio de las facultades que fueran delegadas en este Directorio por las Asambleas de Accionistas de la Sociedad celebradas el 25 de abril de 2020 y el 31 de mayo de 2022, mediante la emisión de la clase 24 de obligaciones negociables (en adelante, las "Obligaciones Negociables Clase 24" o las "Obligaciones Negociables"), bajo el programa global de emisión de obligaciones negociables simples no convertibles en acciones de la Sociedad por un valor de hasta U\$1.200.000.000 (o su equivalente en otras monedas o unidades de valor) que fue autorizado por la Comisión Nacional de Valores ("CNV") mediante la Resolución Nº 16.439 del 25 de octubre de 2010, la Resolución Nº17.849 del 30 de octubre de 2015, la Disposición Nº DI-2020-52-APN-GE#CNV del 5 de noviembre de 2020 y la Disposición Nº DI-2022-31-APN-GE#CNV del 13 de junio de 2022, por un monto máximo en circulación de dólares estadounidenses mil doscientos millones (U\$S 1.200.000.000) o su equivalente en otras monedas o

Arcor Sociedad Anónima Industrial y Comercial - CUIT: 30-50279317-5 Inscripción R.P.C.: Folios 6 a 37, Prot. 10 - Juzg. 1° Inst. Civil y Com., San Francisco, Córdoba, 19 de enero de 1962 Sede Social: Av. Fulvio S. Pagani 487 (X2434DNE) Arroyito, Córdoba, República Argentina Teléfono: (54-3576) 425200 Fax: (54-3576) 421515/425201 - www.arcor.com

unidades de valor (en adelante, el "Programa"), que de ser colocadas lo serán en el país de conformidad con los términos y condiciones contenidos en la versión preliminar de los suplementos de precio relativos a la emisión de las Obligaciones Negociables, cuyo texto es conocido por los directores ya que han sido distribuidos con anterioridad. Aclara el señor Mario Enrique Pagani que la existencia las Obligaciones Negociables podrá estar instrumentada en uno o más suplementos de precio, conforme lo determinen los Subdelegados (según se define más adelante). A continuación, se detallan los principales términos y condiciones de las Obligaciones Negociables Clase 24: (a) monto: el valor nominal total a colocarse podrá alcanzar el monto de hasta pesos veinte mil millones (\$20.000.000.000.000), ampliable hasta la suma de pesos cuarenta mil millones (\$40.000.000.000) o su equivalente en otras monedas o unidades de valor o un mayor valor según lo determine cualesquiera de los subdelegados designado por este Directorio (el "Subdelegado"); (b) Moneda de denominación, suscripción y pago: peso o en las monedas que determinen los Subdelegados; (c) precio de emisión: podrán emitirse a su valor nominal o con descuento o prima respecto de su valor nominal, según lo determine el Subdelegado; (d) rango: constituirán obligaciones de pago directas e incondicionales, las cuales a su vez contarán con garantía común y no privilegiada; (e) fecha de vencimiento: 12 meses a computar desde la fecha de su emisión o aquel menor o mayor plazo que determine el Subdelegado; (f) tasa de interés: devengarán intereses sobre su capital pendiente de pago a una tasa fija y/o variable, según lo determine el Subdelegado; (g) fecha de pago de intereses: los intereses serán abonados en forma trimestral, por trimestre vencido, a partir de la fecha de emisión y hasta la fecha de vencimiento o en aquel plazo y forma que determine el Subdelegado; (h) amortización: en un único pago en la fecha de vencimiento o en la forma que determine el Subdelegado; (i) uso de fondos: los fondos netos obtenidos de la colocación serán afectados a uno o más de los destinos establecidos en el artículo 36 de la Ley Nº 23.576 y sus reformas (en adelante, la "Ley de Obligaciones Negociables"), para su aplicación en la República Argentina, según oportunamente lo determine el Subdelegado; (j) listado y negociación: podrá solicitarse la autorización de su listado y/o su negociación en los mercados autorizados que consideren convenientes, según lo determine el Subdelegado; (k) calificación de riesgo: podrán estar calificadas por uno o más de los mismos agentes calificadores de riesgo que las obligaciones negociables de las clases 1 a 23, según lo determine el Subdelegado; (I) rescate anticipado: podrán rescatarse anticipadamente según lo determine el Subdelegado; y (m) compromisos y eventos de incumplimiento: serán los estándares para este tipo de transacciones, según lo determine el Subdelegado. Luego de un breve intercambio de opiniones, el Directorio resuelve por unanimidad de los presentes aprobar la propuesta del señor Mario Enrique Pagani. Se deja constancia que los miembros del Directorio participantes a través de transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras, Mario Enrique Pagani, Víctor Daniel Martin, Alejandro Fabián Fernández, Andrea Cecilia Pagani, Fernán

Arcor Sociedad Anónima Industrial y Comercial - CUIT: 30-50279317-5 Inscripción R.P.C.: Folios 6 a 37, Prot. 10 - Juzg. 1° Inst. Civil y Com., San Francisco, Córdoba, 19 de enero de 1962 Sede Social: Av. Fulvio S. Pagani 487 (X2434DNE) Arroyito, Córdoba, República Argentina Teléfono: (54-3576) 425200 Fax: (54-3576) 421515/425201 - www.arcor.com

Osvaldo Martínez y Alejandro Asrin, han votado en sentido positivo. 2) SUBDELEGACIÓN DE LAS FACULTADES

DELEGADAS POR LA ASAMBLEA. El señor Mario Enrique Pagani recuerda a los presentes que, entre otras, las Asambleas celebradas el 28 de noviembre de 2014 y el 31 de mayo de 2022, delegaron en este Directorio las facultades respecto del Programa. Las facultades en relación al Programa fueron originalmente delegadas el 27 de febrero de 2010, y autorizaron al Directorio a subdelegar facultades relativas al Programa y a las obligaciones negociables a emitir en su marco, de acuerdo con el artículo 1º y disposiciones concordantes del capítulo II del título II de las Normas de la CNV, subdelegación que se efectuó por última vez el 4 de junio de 2024 y venció el 4 de septiembre de 2024. Propone, entonces, el señor Mario Enrique Pagani que este Directorio apruebe la subdelegación de facultades en los términos de la norma mencionada a favor de los señores Alfredo Gustavo Pagani, Víctor Daniel Martín y Pablo Alberto Mainardi (en adelante, los "Subdelegados") a fin de que individualmente o de manera conjunta por el plazo máximo permitido por las normas aplicables, puedan: (1) (a) determinar con las más amplias facultades los términos y condiciones del Programa y de las obligaciones negociables que se emitan en su marco que no fueran expresamente definidos en la Asamblea y la determinación de los términos y condiciones de cada clase y/o serie de obligaciones negociables que se emitan bajo el Programa, incluyendo pero no limitado a, la época, monto, moneda, denominación (incluyendo, sin limitación, la posibilidad de emitir obligaciones negociables denominadas en Unidades de Valor Adquisitivo actualizables por el Coeficiente de Estabilización de Referencia (CER) - Ley N° 25.827 (UVA) o en Unidades de Vivienda actualizables por el Índice del Costo de la Construcción (ICC) - Ley N° 27.271 (UVIs) y/u otras unidades de medida o valor que se autorice en el futuro) forma de suscripción, plazo, precio, tasa de interés, forma y condiciones de pago y cualquier otra condición o modalidad que, a criterio del Órgano de Administración, sea procedente fijar; (b) solicitar autorización de oferta pública ante la CNV, la negociación de las obligaciones negociables en mercados del país y/o, eventualmente, el exterior; (c) determinar el destino de los fondos de cada serie y/o clase de obligaciones negociables que se emitan bajo el Programa; (d) celebrar todo tipo de acuerdos con instituciones financieras locales y/o extranjeras a fin de que suscriban e integren dichos valores para su colocación en el mercado local y/o internacional; (e) determinar quiénes actuarán como organizadores, colocadores, sub-colocadores, fiduciarios, representantes de los tenedores de obligaciones negociables, representantes de fiduciarios en el país, agentes de la garantía, de pago y/o registro y/o transferencia, otros agentes en la Argentina y/o en el exterior y cualquier otro partícipe en la emisión y colocación de las obligaciones negociables y/o en la constitución de las garantías otorgadas en relación con ellas; (f) celebrar los contratos relativos a la emisión, colocación, listado y negociación de las obligaciones negociables bajo el Programa; (g) presentar la solicitud de listado o negociación (según corresponda) de obligaciones negociables ante Bolsas y Mercados Argentinos S.A., Mercado Abierto

Electrónico S.A. y/o cualquier otro mercado bursátil o extrabursátil de la Argentina y/o del exterior y/o en sistemas de compensación del país o del exterior o agentes; (h) solicitar la prestación de servicios ante la Caja de Valores S.A. y/o cualquier otro agente de custodia, registro y pagos en la Argentina o en el exterior; (i) aprobar y suscribir el prospecto del Programa, suplementos de prospecto y/o suplemento de precio definitivos y/o preliminares, incluyendo suplementos resumidos, o documentación que sea requerida por las autoridades de contralor y demás documentos de la emisión, incluyendo avisos de suscripción, avisos de resultados y avisos complementarios; (j) designar las personas autorizadas para realizar los trámites correspondientes a los fines de la emisión de las obligaciones negociables; (k) contratar uno o más agentes de calificación de riesgos; (I) realizar todos los actos necesarios y/o convenientes para implementar dichas resoluciones, incluyendo la potestad de subdelegar las facultades delegadas en el Órgano de Administración. (2) aprobar -cualquiera de los subdelegados- el texto del suplemento de precio en su versión preliminar y definitiva, así como su resumen para publicar. (3) autorizar a los señores Alfredo Gustavo Pagani y/o Víctor Daniel Martín y/o Pablo Alberto Mainardi y/o Andrés Agustín Silva y/o Rogelio Javier Gibaut y/o Gonzalo Braceras y/o Federico Iván Gottlieb y/o Ricardo Muñoz de Toro para que cualesquiera de ellos realice todas las presentaciones y manifestaciones que correspondan, tome vistas, impulse trámites y/o realice cuantos trámites fueran necesarios ante los organismos de contralor, bolsas de comercio y mercados autorizados, especialmente para obtener de la oferta pública de las obligaciones negociables a emitir en su marco, como así también para cumplir con los requisitos exigidos por la CNV, Bolsas y Mercados Argentinos S.A. a través de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, el Mercado Abierto Electrónico S.A. y/o cualesquier otras bolsas o mercados autorizados, del país o del exterior, que sean necesarios y/o convenientes para obtener el listado y/o negociación de dichos valores negociables. Luego de un breve intercambio de opiniones, el Directorio resuelve por unanimidad de los presentes aprobar la propuesta del señor Mario Enrique Pagani. Se deja constancia que los miembros del Directorio participantes a través de transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras, Mario Enrique Pagani, Víctor Daniel Martin, Alejandro Fabián Fernández, Andrea Cecilia Pagani, Fernán Osvaldo Martínez y Alejandro Asrin, han votado en sentido positivo. 3) CONSIDERACIÓN DE LA VERSIÓN PRELIMINAR DEL SUPLEMENTO DE PRECIO CORRESPONDIENTE A LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES. El señor Mario Enrique Pagani y manifiesta a los presentes la conveniencia de aprobar el texto del suplemento de precio preliminar correspondiente a las Obligaciones Negociables del 23 de septiembre de 2024, cuyos texto conocen los señores Directores por haber sido distribuido con anterioridad a esta reunión, suplemento que complementa y debe leerse junto con el prospecto de actualización del 2 de mayo de 2024, documentos relativos al Programa. En este orden de ideas, el Mario Enrique Pagani propone aprobar el texto del suplemento de precio preliminar antes referido, facultando, desde ya, a los subdelegados designados por este Directorio a determinar los términos y

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condiciones definitivos de las Obligaciones Negociables y del suplemento de precio preliminar, definitivo y en la versión resumida a publicar en el boletín diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, y en los mercados donde las Obligaciones Negociables listen y/o se negocien, según sea el caso. Luego de un breve intercambio de opiniones, el Directorio resuelve por unanimidad de los presentes aprobar la propuesta del señor Mario Enrique Pagani. Se deja constancia que los miembros del Directorio participantes a través de transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras, Mario Enrique Pagani, Víctor Daniel Martin, Alejandro Fabián Fernández, Andrea Cecilia Pagani, Fernán Osvaldo Martínez y Alejandro Asrin, han votado en sentido positivo.-

5) DESIGNACION DE UN RESPONSABLE DE COMPLIANCE. Toma la palabra el señor Mario Enrique Pagani y comenta respecto de la conveniencia de nombrar un responsable de Compliance bajo el cargo de Chief Compliance Officer ("CCO") de la Sociedad, a fin de asesorar y recomendar las políticas internas en materia de antisoborno y corrupción, a los efectos de reforzar la cultura del Grupo de desarrollar sus negocios dentro del marco de una cultura de ética, transparencia y cumplimiento regulatorio. Esto permitirá garantizar la sustentabilidad de los negocios mediante la identificación de riesgos de incumplimiento regulatorio o que impacten sobre el programa de integridad. Dentro de sus funciones, tendrá a cargo lo siguiente: 1) Comunicación de normativas: Transmitir las nuevas normativas a todas las áreas o gerencias impactadas, excluyendo aquellas emitidas por la AFIP, ya que esta responsabilidad recae en el área experta de asesoría impositiva; 2) Mapeo de riesgos de incumplimiento: Analizar la probabilidad de ocurrencia e impacto de cada nueva normativa vigente, identificando riesgos de incumplimiento; 3) Relación con entes reguladores: Mantener el nexo de comunicación con el BCRA y otros entes reguladores, garantizando un entendimiento correcto de los pedidos de inspección y requisitos normativos; 4) Implementación del Programa de Integridad: Gestionar la difusión y cumplimiento del Programa de Integridad de la organización; 5) Revisión de políticas internas: Liderar la revisión del Código de Ética y políticas internas de alcance de Compliance (Política de Regalos y Viajes, Política Anticorrupción y Soborno, Política de Conflicto de Intereses, entre otras); 6) Participación en el circuito de aprobación de nuevos productos y negocios; 7) Participar en la cadena de aprobación de nuevos productos y negocios que involucren a terceras partes (por ejemplo: nuevos proveedores, alianzas comerciales); 8) Comunicación con el órgano de administración: Mantener informado y en contacto permanente al órgano de administración mediante encuentros de gestión que brinden visibilidad sobre el grado de cumplimiento de la compañía; 9) Capacitación en Ética y Compliance: Gestionar planes de capacitación en materia de Ética y Compliance para todos los empleados. El tema es puesto a consideración del Directorio, y luego de un breve debate, se aprueba por unanimidad de los presentes designar al señor Gonzalo Braceras para ocupar el cargo de Chief Compliance Officer del Grupo, con las responsabilidades detalladas anteriormente por el señor Mario Enrique Pagani. Se deja constancia que los miembros del

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Directorio participantes a través de transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras, Mario Enrique Pagani, Víctor Daniel Martin, Alejandro Fabián Fernández, Andrea Cecilia Pagani, Fernán Osvaldo Martínez y Alejandro Asrin, han votado en sentido positivo.------------------------------------

Se propone facultar al Vicepresidente del Directorio, como así también al Director Titular señor Víctor Daniel Martin, que a su vez reviste el cargo de Responsable de Relaciones con el Mercado Suplente, para que indistintamente uno cualquiera de ellos, firme las transcripciones totales o de partes pertinentes de la presente Acta de Directorio, como así también los Hechos Relevantes vinculados a la misma, que se presentarán ante la Comisión Nacional de Valores, Bolsas y Mercados Argentinos S.A., Bolsa de Comercio de Buenos Aires y Mercado Abierto Electrónico S.A. Luego de un breve debate, el Directorio aprueba por unanimidad de los presentes todo lo propuesto por el señor Mario Enrique Pagani. Se deja constancia que los miembros del Directorio participantes a través de transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras, Mario Enrique Pagani, Víctor Daniel Martin, Alejandro Fabián Fernández, Andrea Cecilia Pagani, Fernán Osvaldo Martínez y Alejandro Asrin, han votado en sentido positivo. Finalmente, el señor Gabriel Horacio Grosso pide se deje constancia que Mario Enrique Pagani, Víctor Daniel Martin, Alejandro Fabián Fernández, Andrea Cecilia Pagani, Fernán Osvaldo Martínez y Alejandro Asrin, conectados por medio de transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras, han podido participar regularmente de las deliberaciones y decisiones adoptadas. No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 11:45 horas.---------Es transcripción textual de las partes pertinentes del Acta de Directorio de ARCOR S.A.I.C. N° 2439.---------------Firmado: Directorio: Mario Enrique Pagani, Víctor Daniel Martin, Alejandro Fabián Fernández, Andrea Cecilia Pagani, Fernán Osvaldo Martínez y Alejandro Asrín.------------------------------------Comisión Fiscalizadora: señor Gabriel Horacio Grosso.----------------------------------

ARCOR S.A.I.C.

Pablo Alberto Mainardi Responsable de Relaciones con el Mercado