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ARCOR SAIC Capital/Financing Update 2024

Jun 4, 2024

68473_rns_2024-06-04_0bd05a3a-07c9-41a0-839a-2c83deb24345.pdf

Capital/Financing Update

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AVISO DE SUSCRIPCIÓN

ARCOR S.A.I.C.

Obligaciones Negociables Clase Nº 23, denominadas en Pesos, a ser integradas y pagaderas en Pesos, a tasa de interés variable con vencimiento a los 12 meses desde la Fecha de Emisión (las "Obligaciones Negociables" o las "Obligaciones Negociables Clase 23").

Las Obligaciones Negociables serán ofrecidas por un valor nominal de hasta \$20.000.000.000 ampliable hasta el Monto Máximo de Emisión (según se define más adelante) y serán emitidas bajo el Programa Global de Emisión de Obligaciones Negociables Simples por un valor nominal de hasta U\$S1.200.000.000 (o su equivalente en otras monedas o unidades de valor).

Se comunica a los Inversores Calificados que Arcor S.A.I.C. ("Arcor" o la "Emisora", indistintamente) ofrece en suscripción las Obligaciones Negociables Clase Nº 23, denominadas en Pesos, a ser integradas y pagaderas en Pesos, a tasa de interés variable con vencimiento a los 12 meses desde la Fecha de Emisión (las "Obligaciones Negociables" o las "Obligaciones Negociables Clase 23"). Las Obligaciones Negociables serán emitidas en el marco del programa global de emisión de obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones, a corto y mediano plazo, en una o más clases por hasta la suma de U\$S1.200.000.000 (o su equivalente en otras monedas o unidades de valor), en cualquier momento en circulación (el "Programa") autorizado por la CNV mediante la Resolución Nº 16.439 del 25 de octubre de 2010, cuya extensión del plazo de vigencia y aumento del monto fue autorizado mediante la Resolución Nº 17.849 del 30 de octubre de 2015, la prórroga del Programa y modificación de ciertos términos y condiciones fue autorizada por la Disposición Nº DI-2020-52-APN-GE#CNV del 5 de noviembre de 2020 y el nuevo aumento del monto del Programa fue autorizado por la disposición Nº DI-2022-31-APN-GE#CNV del 13 de junio de 2022 y de acuerdo con los principales términos y condiciones que se resumen a continuación y que forman parte del prospecto de actualización del Programa de fecha 2 de mayo de 2024 (el "Prospecto"), cuya versión resumida fuera publicada en Bolsas y Mercados Argentinos S.A. ("BYMA") a través del Boletín Diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (el "Boletín Diario de la BCBA"), en la página web de la Comisión Nacional de Valores (www.cnv.gov.ar) (la "Página Web de la CNV"), en la página web del Mercado Abierto Electrónico S.A., bajo la sección "Mercado Primario" (la "Página Web del MAE") y en la página web institucional de la Emisora (www.arcor.com.ar) (la "Página Web de Arcor"), con fecha 2 de mayo de 2024, y del suplemento de prospecto relativo a la emisión de las Obligaciones Negociables de fecha 4 de junio de 2024 (el "Suplemento de Prospecto"), que fuera publicado en el Boletín Diario de la BCBA, en la Página Web de la CNV, en la Página Web del MAE y en la Página Web de Arcor con fecha 4 de junio de 2024. Todos los términos utilizados en mayúscula no definidos en el presente aviso tendrán el significado que se les asigna en el Prospecto y/o en el Suplemento de Prospecto, según corresponda.

1) Emisora: Arcor S.A.I.C., con domicilio en Av. Fulvio Salvador Pagani 487, X2434DNE, Arroyito, Provincia de Córdoba.

2) Organizadores y Colocadores: Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U., con domicilio en Tte. Gral. Juan Domingo Perón 430, C.A.B.A., Argentina (At. Juan Ignacio Roldan, Lucila Zallio, e-mail: [email protected], [email protected] teléfono: (+5411) 6329-3084); Banco Santander Argentina S.A., con domicilio en Av. Juan de Garay 151, piso 9°, C.A.B.A., Argentina (At: Damian Gaido, e-mail: [email protected], teléfono: (+5411) 4341-1140); Macro Securities S.A.U., com domicilio en Av. Eduardo Madero 1182, C.A.B.A., Argentina (At: Leandro Lintura, e-mail:

[email protected]); y Banco Patagonia S.A., con domicilio en Av. de Mayo 701, piso 24°, C.A.B.A., Argentina (At. Tomas Salmain / María Fernanda Geragalet / Pamela Pereyra; teléfono: (+5411) 4343-5150; [email protected]; e-mail: [email protected]; [email protected]).

3) Agentes Colocadores: Balanz Capital Valores S.A.U., con domicilio en Av. Corrientes 316, piso 3°, C.A.B.A., Argentina (At. Juan Barros Moss/ Santiago Giambruni/ Ignacio Campelo, e-mail: [email protected]); Puente Hnos. S.A., con domicilio en Tucumán 1, piso 14°, C.A.B.A., Argentina (At. Sales and Trading; teléfono: (+5411) 4329-0130, e-mail: [email protected]); SBS Trading S.A., con domicilio en Av. Eduardo Madero 900, piso 19º, C.A.B.A., Argentina (At. Francisco Bordo Villanueva - Gastón Donnadio - Lucas Dalmau - Marcos de Apellaniz, e-mail: [email protected];[email protected]: - [email protected]; - [email protected]); Banco BBVA Argentina S.A., con domicilio en Avenida Córdoba 111, piso 31°, C.A.B.A., Argentina, (At. Ricardo Rodríguez Marengo, e-mail: [email protected], teléfono: (+5411) 4346-4278 / 4346-4276); Latin Securities S.A., con domicilio en Arenales 707, piso 6, C.A.B.A., Argentina, (At. Agustín Vilaesca, e-mail [email protected]); Facimex Valores S.A., con domicilio en Olga Cossettini 831, piso 1°, C1107CDC, CABA, Argentina (At. Andrés Durban / Matías Dominguez / Nicolás Pividori / Ignacio Aimi / Agustín Fonseca, teléfono: (+5411) 4420-1747. e-mail: [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected]); TPCG Valores S.A.U., con domicilio en Bouchard 547, piso 27°, C.A.B.A., Argentina (At. Nicolás Alperín, e-mail: [email protected], teléfono: (+5411) 4510-0900); y Banco de la Provincia de Córdoba S.A., con domicilio en Bartolomé Mitre 341, piso 3º, C.A.B.A., Argentina. (At. At. Diego Sánchez Stabile / Natalia Vigliercio / Martin Prieto / Diego Scarano / Cecilia Carovillano, teléfonos: (+5411) 5811-8802 / (+54351) 420-5666/5789); e-mail: [email protected] /[email protected]; [email protected]; [email protected]; [email protected])

4) Período de Difusión Pública: Tendrá lugar el 5 de junio de 2024. Durante el Período de Difusión Pública, ni los Organizadores y Colocadores y Agentes Colocadores ni los Agentes Intermediarios Habilitados, podrán aceptar ofertas y/u Órdenes de Compra.

5) Período de Subasta Pública: Comenzará a las 10 horas del 6 de junio de 2024 y finalizará a las 16 horas del 6 de junio de 2024.

6) Agentes Intermediarios Habilitados: Todos aquellos Agentes Intermediarios Habilitados que cuenten con línea de crédito otorgada por los Organizadores y Colocadores y Agentes Colocadores serán dados de alta en la rueda, a pedido de ellos. El correspondiente pedido deberá ser realizado durante el Período de Difusión Pública y hasta las 15 horas. Aquellos Agentes Intermediarios Habilitados que no cuenten con línea de crédito deberán solicitar a los Organizadores y Colocadores y Agentes Colocadores la habilitación a la rueda, para la cual deberán acreditar el cumplimiento de las normas de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo que satisfagan a los Organizadores y Colocadores y Agentes Colocadores, siempre observando el trato igualitario entre ellos. Los Agentes Intermediarios Habilitados que ingresen Órdenes de Compra a la licitación y que no hubiesen sido designados Organizadores y Colocadores y Agentes Colocadores por la Emisora no percibirán remuneración alguna de la Emisora. En cualquier caso, la solicitud para la habilitación de la rueda de los Agentes Intermediarios Habilitados deberá ser realizada con antelación suficiente pero nunca más allá de las 15 horas del inicio del Período de Difusión Pública.

7) Método de Colocación y Adjudicación: La colocación primaria de las Obligaciones Negociables se realizará mediante subasta pública ("Subasta Pública"), a través del módulo de licitaciones del sistema informático SIOPEL del MAE (el "Sistema SIOPEL"), de conformidad con las Normas de la CNV y las pautas que se describen más abajo, cumpliendo con las pautas mínimas requeridas por el artículo 8 de la sección II del capítulo IV del título II de las Normas de la CNV. El mecanismo de adjudicación es el descripto en el Suplemento de Prospecto. Si, como resultado de los prorrateos, la cantidad de Pesos a asignar a una oferta Mera un monto que incluya entre 1 y 49 centavos el monto asignado será el importe entero inferior, y si fuera

un monto que incluya entre 50 y 99 centavos el monto asignado será el importe entero superior. Ni la Emisora ni los Colocadores tendrán obligación alguna de informar en forma individual a los Agentes Intermediarios Habilitados (y/o a los inversores que les hayan presentado las correspondientes órdenes de compra) cuyas Órdenes de Compra fueron total o parcialmente excluidas. Las Órdenes de Compra no adjudicadas quedarán automáticamente sin efecto. Ningún inversor podrá presentar Órdenes de Compra cuyo Monto Solicitado supere el Monto Máximo de la Emisión, ya sea que se presenten en una o más Órdenes de Compra del mismo inversor y fueran presentadas ante uno o más Colocadores. La rueda de licitación tendrá la modalidad abierta. La oferta constará de un único tramo competitivo. Las Ofertas deberán indefectiblemente incluir el Margen Solicitado Clase 23, que podrá ser inferior a 0%. La oferta pública de las Obligaciones Negociables está destinada exclusivamente a los Inversores Calificados. Para más información sobre estas y otras cuestiones relativas a la colocación de las Obligaciones Negociables, por favor ver el capítulo "Oferta y adjudicación de las Obligaciones Negociables" del Suplemento de Prospecto. Respecto de cada Orden de Compra, en el registro deberán: (i) constar los datos de identidad del Inversor Calificado o el nombre del Agente Intermediario Habilitado del MAE o Colocador que cargó dicha oferta, y si lo hizo para cartera propia o por cuenta y orden de terceros (ii) detallar la fecha y hora en que fueron efectuadas; (iii) el valor nominal de Obligaciones Negociables requeridas; (iv) el Margen Solicitado Clase 23; (v) y cualquier otro dato que resulte relevante.

8) Terminación, modificación, suspensión y/o prórroga del Período de Difusión Pública y del Período de Subasta Pública: La Emisora podrá, de común acuerdo con los Organizadores y Colocadores y Agentes Colocadores, y sin necesidad de invocar motivo alguno, suspender, modificar, interrumpir o prorrogar, el Período de Difusión Pública y el Período de Subasta Pública, en cualquier momento, comunicando por escrito dicha circunstancia (a más tardar el Día Hábil correspondiente al día de finalización del período de que se trate o con una anticipación de al menos dos horas al cierre de la rueda en el caso en que el Período de Subasta Pública fuere de un Día Hábil), en cuyo caso dicha alteración será informada mediante un aviso a ser (i) presentado en BYMA para su publicación en el Boletín Diario de BYMA; (ii) publicado en la Página Web de la CNV; (iii) publicado en la Página Web del MAE; y (iv) publicado en la Página Web de Arcor. En dicho caso, los Inversores Calificados que hubieran presentado Órdenes de Compra durante el Período de Subasta Pública, podrán a su solo criterio y sin penalidad alguna, retirar tales Órdenes de Compra en cualquier momento anterior a la finalización del nuevo Período de Subasta Pública, mediando notificación escrita recibida por los Organizadores y Colocadores y Agentes Colocadores y/o los Agentes Intermediarios Habilitados, según corresponda, y la Emisora, con anterioridad al vencimiento de la suspensión o prórroga del Período de Subasta Pública. Las Órdenes de Compra que no hubieren sido retiradas por escrito por los oferentes una vez vencido dicho período, se considerarán ratificadas, firmes y obligatorias.

9) Monto nominal ofrecido: Las Obligaciones Negociables Clase 23 podrán ser emitidas por un valor nominal de hasta \$20.000.000.000 ampliable hasta el Monto Disponible del Programa (el "Monto Máximo de Emisión"). El monto final de Obligaciones Negociables colocadas será informado a través de la publicación del Aviso de Resultados por un Día Hábil en la Página Web de la CNV, en el Boletín Diario de la BCBA, en la Página Web del MAE y en la Página Web de Arcor.

10) Fecha de Emisión: Será el 11 de junio de 2024, o en aquella otra fecha que se informe oportunamente mediante el Aviso de Resultados.

11) Liquidación. Integración: La liquidación de las Obligaciones Negociables tendrá lugar en la Fecha Emisión. La liquidación e integración de Obligaciones Negociables se efectuará a través del Sistema de Compensación MAE-CLEAR y/o el que en el futuro lo reemplace.

12) Precio de Emisión: 100% del valor nominal.

Valor unitario nominal: \$1.

14) Unidad Mínima de Negociación y Denominación Mínima: \$1 y múltiplos de \$1 por encima de dicho monto.

15) Monto Mínimo de Suscripción: \$500.000 y múltiplos de \$1 por encima de dicho monto

16) Moneda de denominación, integración y pago: Pesos

17) Fecha de Vencimiento: El día en que se cumplan 12 meses contados desde la Fecha de Emisión (la "Fecha de Vencimiento de la Clase 23"). En caso de que dicha Fecha de Vencimiento de la Clase 23 corresponda a un día que no sea un Día Hábil, la Fecha de Vencimiento de la Clase 23 será el Día Hábil inmediatamente siguiente, no devengándose intereses entre la Fecha de Vencimiento de la Clase 23 y ese Día Hábil inmediatamente siguiente. La Fecha de Vencimiento de la Clase 23 será informada mediante el Aviso de Resultados y se publicará en la Página Web de la CNV, en el ítem "Información financiera--Emisoras-Emisoras en el régimen de la oferta pública--Arcor--Hechos relevantes", en el Boletín Diario de BYMA, en la Página Web del MAE y en la Página Web de Arcor.

18) Amortización: Las Obligaciones Negociables Clase 23 serán amortizadas en un único pago en la Fecha de Vencimiento de la Clase 23.

19) Tasa de interés: Las Obligaciones Negociables Clase 23 en circulación devengarán intereses sobre su capital pendiente de pago a una tasa variable anual que será equivalente a la suma de (a) la Tasa Badlar más (b) el Margen Aplicable Clase 23 (tal como se define más abajo) que será informado en el Aviso de Resultados (los "Intereses Clase 23"). La "Tasa Badlar" para cada Período de Devengamiento de Intereses será equivalente al promedio aritmético simple de las tasas de interés para depósitos a plazo fijo en Pesos de más de un millón de Pesos para los bancos privados de la República Argentina por períodos de entre 30 y 35 días que se publica diariamente en el boletín estadístico del Banco Central de la República Argentina (el "BCRA"), durante el período que se inicia el octavo Día Hábil anterior al inicio de cada Período de Devengamiento de Intereses y finaliza el octavo Día Hábil anterior a la finalización del Período de Devengamiento de Intereses correspondiente. En caso de que el BCRA suspenda la publicación de dicha tasa de interés (i) se considerará la tasa sustituta de dicha tasa que informe el BCRA; o (ii) en caso de no existir dicha tasa sustituta, se considerará como tasa representativa el promedio aritmético de tasas pagadas para depósitos en Pesos por un monto mayor a un millón de Pesos para idéntico plazo por los cinco primeros bancos privados según el último informe de depósitos disponible publicado por el BCRA. Por "Margen Aplicable Clase 23" se entiende al margen nominal anual, que surgirá del proceso licitatorio descripto más adelante en el capítulo "Oferta y adjudicación de las Obligaciones Negociables" del presente Suplemento de Prospecto, y que será informado oportunamente mediante el Aviso de Resultados por un día en el Boletín Diario de BYMA, en la Página Web de la CNV en el ítem "Información Financiera", en la Página Web del MAE y en la Página Web de Arcor. El Margen Aplicable Clase 23 podrá ser inferior a 0% o negativo. En caso de que el Margen Aplicable Clase 23 fuera negativo, los puntos básicos en cuestión serán detraídos de la Tasa Badlar en la Fecha de Pago de Intereses de la Clase 23 según pudiera aplicar. En el caso de que la Tasa de Interés de la Clase 23 (sumatoria de la Tasa Badlar y el Margen Aplicable Clase 23 de la Clase 23) diera como resultado un monto negativo, se entenderá que el interés bajo las Obligaciones Negociables Clase 23 será de 0,00%.

20) Período de Devengamiento de Intereses: Es el período comprendido entre una Fecha de Pago de Intereses de la Clase 23 y la Fecha de Pago de Intereses de la Clase 23 inmediatamente posterior, incluyendo el primer día y excluyendo el último día. Respecto de la primera Fecha de Pago de Intereses de la Clase 23, se considerará Período de Devengamiento de Intereses el comprendido entre la Fecha de Emisión y la primer Fecha de Pago de Intereses de la Clase 23, incluyendo el primer día y excluyendo el último día. Respecto de la última Fecha de Pago de Intereses de la Clase 23, se considerará Período de Devengamiento de Intereses el comprendido entre la Fecha de Pago de Intereses inmediatamente anterior a la Fecha de Vencimiento de la Clase 23, y la Fecha de Vencimiento de la Clase 23, respectivamente, incluyendo el primer día y excluyendo el último día.

21) Fechas de Pago de Intereses: Los intereses serán pagados trimestralmente, en forma vencida, a partir de la Fecha de Emisión, en las fechas que sean un número de día idéntico a la Fecha de Emisión, pero del correspondiente trimestre o, de no ser un Día Hábil o no existir dicho día, el primer Día Hábil posterior (cada una, una "Fecha de Pago de Intereses de la Clase 23"), con excepción de la última Fecha de Pago de Intereses de la Clase 23, que será en la Fecha de Vencimiento de la Clase 23. Las Fechas de Pago de Intereses de la Clase 23 serán informadas mediante el Aviso de Resultados que se publicará por un día en el Boletín Diario de BYMA, en la Página Web de la CNV en el ítem "Información Financiera", en la Página Web del MAE y en la Página Web de Arcor.

22) Listado y Negociación: Las Obligaciones Negociables serán listadas en BYMA, a través de la BCBA conforme lo dispuesto por la Resolución Nº 18.629 de la CNV, y negociadas en el MAE. Las Obligaciones Negociables podrán ser elegibles para su transferencia a través de Euroclear y/o Clearstream.

23) Calificación de Riesgo: Fix Argentina y Moody's Argentina han calificado las Obligaciones Negociables Clase 23 como " $AI + (arg$ ") y como "ML A-1.a", respectivamente. El inversor podrá obtener una explicación del significado de las calificaciones. Ver el capítulo "Calificación de riesgo" del Suplemento de Prospecto.

24) Forma: Las Obligaciones Negociables estarán representadas por un certificado global permanente, a ser depositados en el sistema de depósito colectivo que administra la Caja de Valores. Los Tenedores renuncian al derecho de exigir la entrega de láminas individuales con lo cual la titularidad de las Obligaciones Negociables sólo podrá ser mantenida en el sistema de depósito colectivo administrado por Caja de Valores y su registro será llevado por dicha entidad en la cuenta comitente de cada Tenedor. Las transferencias de Obligaciones Negociables podrán realizarse dentro del sistema de depósito colectivo conforme a la Ley N° 20.643 y sus posteriores modificaciones.

25) Destino de los Fondos: Los fondos netos provenientes de la colocación de las Obligaciones Negociables serán aplicados de conformidad con lo establecido en el capítulo "Destino de los fondos" en el Suplemento de Prospecto. La Emisora destinará los fondos provenientes de la colocación de las Obligaciones Negociables (netos de los gastos y comisiones que pudieran corresponder), de acuerdo con lo previsto en el artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables y normas complementarias.

26) Ley aplicable y Jurisdicción: Las Obligaciones Negociables se regirán por, y serán interpretadas de conformidad con, las leyes de la Argentina. Toda controversia que se suscite entre la Emisora y los Tenedores en relación con las Obligaciones Negociables se resolverá por arbitraje de conformidad con el artículo 46 de la Ley de Mercado de Capitales, sus modificatorias y/o complementarias. A tal efecto, intervendrá el Tribunal de Arbitraje General de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires o el que lo reemplace en el futuro de acuerdo con las reglas del arbitraje de derecho. No obstante lo anterior, los inversores tendrán el derecho de optar por acudir a los tribunales judiciales competentes a los que también podrá acudir la Emisora en caso que el Tribunal de Arbitraje General de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires cese en sus funciones. En los casos en que en que la ley establezca la acumulación de acciones entabladas con idéntica finalidad ante un solo tribunal, la acumulación se efectuará ante el tribunal judicial.

27) Agente de Liquidación: Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U.

28) Agente de Cálculo: Arcor S.A.I.C.

29) Duration: Será informada en el Aviso de Resultados.

30) Base de Cálculo de Intereses: Para el cálculo de los intereses se considerará la cantidad real de días ranscurridos y un año de 365 días (cantidad real de días transcurridos/365).

La presente oferta está dirigida exclusivamente a "Inversores Calificados" según se los define en el artículo 12, sección I, capítulo VI, título II de las Normas de la CNV.

El MAE no ha emitido juicio sobre los datos contenidos en el Prospecto y en el Suplemento de Prospecto, siendo ellos exclusiva responsabilidad de los miembros del órgano de administración y fiscalización, en lo que resulta de su competencia y de los agentes que participen como Organizadores y Colocadores y Agentes Colocadores en la oferta pública conforme con lo previsto por los artículos 119 y 120 de la Ley de Mercado de Capitales.

El Prospecto, el Suplemento de Prospecto y demás documentos relevantes para la emisión de las Obligaciones Negociables se encuentran a disposición de los interesados en las oficinas de la Emisora, en la Página Web de Arcor y en las oficinas de los Organizadores y Colocadores y Agentes Colocadores. La Emisora recomienda la lectura y examen del Prospecto, del Suplemento de Prospecto y de sus estados financieros en su totalidad.

La oferta pública de las Obligaciones Negociables emitidas bajo el Programa ha sido autorizada por Resolución Nº 16.439 del 25 de octubre de 2010 del Directorio de la CNV cuya extensión del plazo de vigencia y aumento del monto fue autorizado mediante la Resolución Nº 17.849 del 30 de octubre de 2015, la prórroga del Programa y modificación de ciertos términos y condiciones fue autorizada por la Disposición Nº DI-2020-52-APN-GE#CNV del 5 de noviembre de 2020 y el nuevo aumento del monto del programa fue autorizado por la disposición Nº DI-2022-31-APN-GE#CNV del 13 de junio de 2022 y el Prospecto fue actualizado el 2 de mayo de 2024. La CNV no se ha expedido respecto de la información contenida en el Prospecto y/o en el Suplemento de Prospecto. La veracidad de la información contable, financiera y económica, así como de toda otra información suministrada en el Prospecto y/o en el Suplemento de Prospecto, es exclusiva responsabilidad del Directorio de la Emisora y, en lo que le atañe, del órgano de fiscalización de la Emisora y de los auditores en cuanto a sus respectivos informes sobre los estados financieros que se acompañan al Prospecto y al Suplemento de Prospecto, y demás responsables contemplados en los artículos 119 y 120 de la Ley de Mercado de Capitales. El Directorio de la Emisora manifiesta, con carácter de declaración jurada, que el Prospecto y el Suplemento de Prospecto contienen, a la fecha de su respectiva publicación, información veraz y suficiente sobre todo hecho relevante que pueda afectar la situación patrimonial, económica y financiera de la Emisora y de toda aquella que deba ser de conocimiento del público inversor con relación a la presente emisión, conforme las normas vigentes en la República Argentina. Antes de tomar decisiones de inversión respecto de las Obligaciones Negociables, los interesados deberán considerar la totalidad de la información incluida en el Prospecto y en el Suplemento de Prospecto mencionados anteriormente (incluyendo, sin limitación, los factores de riesgo y el procedimiento de colocación) allí detallados. El Suplemento de Prospecto no ha sido previamente revisado ni conformado por la CNV. De acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 51 del título II del capítulo V de las Normas de la CNV, dentro de los cinco días hábiles de suscriptas las Obligaciones Negociables el Emisor presentará la documentación definitiva relativa a las mismas.

Organizadores y Colocadores

Macro Securities S.A.U.

ALyC y AN Integral Matricula Nº 59 de la CNV

Galicia

Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U.

ALyC y AN - Integral Matrícula Nº 22 de la CNV

BANCOPATAGONIA

Banco Patagonia S.A.

ALyC y AN - Integral Matrícula Nº 66 de la CNV

Agentes Colocadores

SBS Trading S.A.

ALyC y AN - Integral Matrícula Nº 53 de la CNV

Latin Securities S.A.

ALyC y AN - Integral Matrícula CNV Nº 31

Banco Santander Argentina S.A.

ALyC y AN - Integral Matrícula Nº 72 de la CNV

Banco BBVA Argentina S.A.

ALyC y AN - Integral Matrícula Nº 42 de la CNV

Facimex Valores S.A.

AlyC y AN - Integral Matrícula Nº 99 de la CNV

BALANZ

Balanz Capital Valores S.A.U.

ALyC y AN - Integral Matrícula Nº 210 de la CNV

Puente Hnos. S.A.

ALyC y AN - Integral Matrícula Nº 28 de la CNV

TPCG Valores S.A.U.

ALyC y AN - Integral
Matrícula N° 44 de la CNV

Banco de la Provincia de Córdoba S.A.

ALyC y AN - Integral Matrícula Nº 75 de la CNV

La fecha de este Aviso de Suscripción es 4 de junio de 2024.

V PABLO MAINARDI SUBDELEGADO POR EL DIRECTORIO $\overline{\mathbf{X}}$