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ARCOR SAIC — Audit Report / Information 2020
Jun 26, 2020
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Audit Report / Information
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ARCOR SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL ACTA DE DIRECTORIO Nº 2346
Siendo las 11:00 horas del 25 de junio de 2020, se reúne el Directorio de "ARCOR SOCIEDAD ANÓNIMA INDUSTRIAL Y COMERCIAL" (en adelante, la "Sociedad" o "Arcor S.A.I.C."), con la participación de los señores Luis Aleiandro Pagani. Alfredo Gustavo Pagani, José Enrique Martin, Alejandro Fabián Fernández, Víctor Daniel Martin, Guillermo Ortiz de Rozas, Alfredo Miguel Irigoin y Fernán Osvaldo Martínez, y del Presidente de la Comisión Fiscalizadora señor Victor Jorge Aramburu, ejerciendo la presidencia el señor Luis Alejandro Pagani. Se deja constancia que de conformidad con el artículo 17º del Estatuto Social, y en cumplimiento de la normativa relativa a la Emergencia Sanitaria y las medidas para contener la propagación del nuevo coronavirus, los participantes se encuentran conectados por medio de transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras, desde las oficinas ubicadas en Maipú 1210, 6° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los señores Luis Alejandro Pagani, Alfredo Gustavo Pagani, Alfredo Miguel Irigoin y Fernán Osvaldo Martínez; desde las oficinas ubicadas en Bv. Chacabuco 1160, piso 12, Ciudad de Córdoba, los señores José Enrique Martin, Alejandro Fabián Fernández, Víctor Daniel Martin y Victor Jorge Aramburu; y desde su domicilio particular el señor Guillermo Ortiz de Rozas. También participan de la reunión los señores Marcelo Darío Siano (Gerente General de Negocios) y Gustavo Pablo Macchi (Gerente General de Finanzas), ambos conectados desde las oficinas ubicadas en Maipú 1210, 6° piso, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La presente reunión ha sido convocada para el tratamiento del orden del día informado en la convocatoria efectuada el 02 de junio de 2020, y ampliación efectuada el 23 de junio de 2020. Toma la palabra el señor Presidente e informa que, habiendo quórum suficiente para la celebración de la presente reunión de Directorio, se la da por iniciada. Acto seguido, se pasan a tratar los siguientes temas:----------------------------------
4) CONSIDERACIÓN DEL ESTADO FINANCIERO ESPECIAL CONSOLIDADO DE FUSIÓN AL 31 DE DICIEMBRE DE 2019, Y CONSIDERACIÓN DEL ACUERDO DEFINITIVO DE FUSIÓN POR LA ABSORCIÓN DE LA CAMPAGNOLA
S.A.C.I. Toma la palabra el señor Presidente, e informa que se cuenta con el Estado Financiero Especial Consolidado de Fusión al 31 de Diciembre de 2019, correspondiente a la fusión por absorción de La Campagnola S.A.C.I. en la Sociedad, según el Compromiso Previo de Fusión celebrado el 19 de marzo de 2020. Agrega el señor Presidente que dicho Estado Financiero ha sido confeccionado tomando como base los Estados Financieros Especiales de Fusión de Arcor S.A.I.C. y La Campagnola S.A.C.I. al 31 de diciembre de 2019, y las resoluciones adoptadas en las Asambleas de Accionistas que han aprobado la Fusión por Absorción. A continuación, el señor Presidente informa que están a disposición de los presentes las cartas de los auditores externos, PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L., y de la Comisión Fiscalizadora, en las que se transcriben los informes que están en condiciones de emitir respecto de la auditoría efectuada sobre el Estado Financiero Especial Consolidado de Fusión al 31 de Diciembre de 2019. Posteriormente, el señor Presidente informa que con fecha 25 de abril de 2020, los accionistas de la Sociedad, en Asamblea
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Inscripción R.P.C.: Folios 6 a 37, Prot. 10 - Juzg. 1º Inst. Civil y Com., San Francisco, Córdoba, 19 de enero de 1962 Sede Social: Av. Fulvio S. Pagani 487 (X2434DNE) Arroyito, Córdoba, República Argentina Teléfono: (54-3576) 425200 Fax: (54-3576) 421515/425201 - www.arcor.com

Extraordinaria, aprobaron el Compromiso Previo de Fusión suscripto entre ARCOR S.A.I.C. (absorbente), y La Campagnola S.A.C.I. (absorbida) de fecha 19 de marzo de 2020. Asimismo, señala el señor Presidente que, habiéndose cumplido el plazo indicado en el artículo 83 inciso 3 de la Ley General de Sociedades, se está en condiciones de suscribir el Acuerdo Definitivo de Fusión, acorde a lo señalado en el inciso 4 del mismo artículo. Puesto a consideración del Directorio, y luego de un breve debate, se aprueba por unanimidad de los Directores presentes: (i) el Estado Financiero Especial Consolidado de Fusión al 31 de diciembre de 2019; (ii) el Acuerdo Definitivo de Fusión; (iii) autorizar tanto al Presidente, en forma individual, como a dos Directores titulares, actuando en forma conjunta, para que suscriban el Estado Financiero Especial Consolidado de Fusión al 31 de diciembre de 2019, y el Acuerdo Definitivo de Fusión; y (iv) transcribir a continuación, el Acuerdo Definitivo de Fusión: "ACUERDO DEFINITIVO DE FUSIÓN. ARCOR S.A.I.C.(ABSORBENTE) Y LA CAMPAGNOLA S.A.C.I. (ABSORBIDA). Entre la sociedad "ARCOR S.A.I.C." (ARCOR), con domicilio en Av. Fulvio S. Pagani 487, Arroyito, Córdoba, representada en este acto por el Sr. Luis Alejandro Pagani, en su carácter de Presidente, conforme surge del Acta de Asamblea N° 110 del 25 de abril de 2020 (elección de Directorio) y Acta de Directorio N° 2340 del 29 de abril de 2020 (aceptación y distribución de cargos), y según autorizaciones otorgadas por Acta de Directorio N° 2330 del 08 de noviembre de 2019, Acta de Directorio N° 2337 del 19 de marzo de 2020 y Acta de Asamblea N° 111 del 25 de abril de 2020, denominada en adelante LA ABSORBENTE, por una parte; y por la otra, la sociedad "LA CAMPAGNOLA S.A.C.I." (LA CAMPAGNOLA), con domicilio en Av. Fulvio S. Pagani 493, Arroyito, Córdoba, representada en este acto por el Sr. Marcelo Darío Siano, en su carácter de Presidente, conforme surge del Acta de Asamblea N° 963 del 31 de octubre de 2017 (elección de Directorio) y Acta de Directorio N° 964 del 31 de octubre de 2017 (aceptación y distribución de cargos), y según autorizaciones otorgadas por Acta de Directorio N° 990 del 08 de noviembre de 2019, Acta de Directorio N° 995 del 19 de marzo de 2020 y Acta de Asamblea N° 998 del 27 de abril de 2020, denominada en adelante LA ABSORBIDA; convienen en celebrar el presente Acuerdo Definitivo de Fusión, que se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: DOCUMENTACIÓN QUE INTEGRA ESTE ACUERDO DEFINITIVO. Forma parte integrante del presente Acuerdo Definitivo de Fusión la siguiente documentación: ANEXO A: Compromiso Previo de Fusión celebrado entre ARCOR S.A.I.C. y LA CAMPAGNOLA S.A.C.I., de fecha 19 de marzo de 2020. ANEXO B: Acta de Asamblea N° 111 del 25 de abril de 2020 de ARCOR S.A.I.C., por la que se aprueba el Compromiso Previo de Fusión. ANEXO B (I): Acta de Asamblea N° 998 del 27 de abril de 2020 de LA CAMPAGNOLA S.A.C.I., por la que se aprueba el Compromiso Previo de Fusión. ANEXO C: Publicación de Avisos por 3 días en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba y en el Diario La Nación. ANEXO D: Estados Financieros Especiales de Fusión al 31 de diciembre de 2019 de ARCOR S.A.I.C. y Estados Financieros Especiales de Fusión al 31 de diciembre de 2019 de LA CAMPAGNOLA S.A.C.I. ANEXO E: Estado Financiero Especial Consolidado de Fusión de ARCOR S.A.I.C. y LA CAMPAGNOLA S.A.C.I. al 31 de diciembre de 2019. ANEXO F: Detalle de los bienes registrables que integran el activo de LA CAMPAGNOLA S.A.C.I. SEGUNDA: OBJETO. 1. LA ABSORBENTE incorporó, mediante la
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Inscripción R.P.C.: Folios 6 a 37, Prot. 10 - Juzg. 1° Inst. Civil y Com., San Francisco, Córdoba, 19 de enero de 1962 Sede Social: Av. Fulvio S. Pagani 487 (X2434DNE) Arroyito, Córdoba, República Argentina Teléfono: (54-3576) 425200 Fax: (54-3576) 421515/425201 - www.arcor.com

fusión por absorción, a LA ABSORBIDA, con todos sus bienes, derechos, acciones, obligaciones y demás componentes que integraban el patrimonio de LA ABSORBIDA, incluso el derecho al uso de la denominación social, haciéndose cargo de sus respectivos activos y pasivos, con arreglo a las disposiciones de los artículos 82 y subsiguientes de la Ley N° 19.550 y modificatorias (en adelante, la "Ley General de Sociedades"), con efectos retroactivos al 1° de enero de 2020, según Compromiso Previo de Fusión suscripto el 19 de marzo de 2020. 2. LA ABSORBIDA se disuelve sin liquidarse, en los términos de los artículos 82 y siguientes de la Ley General de Sociedades. TERCERA: RESOLUCIONES SOCIALES APROBATORIAS DE LA FUSIÓN. El Compromiso Previo de Fusión fue aprobado por las Sociedades intervinientes, a saber: por ARCOR mediante Asamblea General Extraordinaria de Accionistas N° 111 celebrada el 25 de abril de 2020 y por LA CAMPAGNOLA en Asamblea General Extraordinaria de Accionistas N° 998 celebrada el 27 de abril de 2020. CUARTA: SOCIOS RECEDENTES. Se deja constancia que ningún socio de las sociedades involucradas hizo uso del derecho de receso previsto en el artículo 85 de la Ley General de Sociedades. QUINTA: PUBLICACIONES Y NÓMINA DE ACREEDORES OPOSITORES. 1. Cumpliendo con las exigencias del artículo 83, inciso 3 de la Ley General de Sociedades, se informa que, durante los días 07, 08 y 11 de mayo de 2020, se publicaron los avisos de fusión en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, y durante los días 06, 07 y 08 de mayo de 2020, se publicaron los avisos de fusión en el diario La Nación. 2. Se deja constancia que, como consecuencia de la publicación de los avisos de fusión, ningún acreedor de las sociedades intervinientes se ha opuesto a la fusión en los plazos establecidos en la última parte del inciso 3 del artículo 83 de la Ley General de Sociedades. SEXTA: ESTADOS FINANCIEROS ESPECIALES DE FUSIÓN Y ESTADO FINANCIERO ESPECIAL CONSOLIDADO DE FUSIÓN. EL patrimonio de LA ABSORBIDA que se incorpora a LA ABSORBENTE es el que se explicita en el Estado Financiero Especial Consolidado de Fusión (artículo 83, inciso 4, apartado d), de la Ley General de Sociedades), con Informe de los Auditores Independientes, Price Waterhouse & Co. S.R.L., y con Informe de la Comisión Fiscalizadora, ambos emitidos con fecha 25 de junio de 2020. Dicho Estado Financiero Especial Consolidado de Fusión fue confeccionado al 31 de diciembre de 2019, sobre la base de los Estados Financieros Especiales de Fusión al 31 de diciembre de 2019 de cada una de las sociedades intervinientes. SÉPTIMA: BASES DE LA FUSIÓN. Tal como surge del Estado Financiero Especial Consolidado de Fusión, esta reorganización societaria no conllevó a modificar el capital social de LA ABSORBENTE, debido a que es el único accionista y propietario del 100% de las acciones de LA ABSORBIDA. Por lo tanto, el capital social de ARCOR continúa en la suma de \$ 700.000.000. OCTAVA: Conforme a lo establecido en los artículos 82 y 94 inciso 7 de la Ley General de Sociedades, se procederá a anotar la disolución sin liquidación de LA CAMPAGNOLA, en el registro de la Dirección General de Inspección de Personas Jurídicas de la Provincia de Córdoba y en todos los organismos y entidades que correspondan. Luego de dicha inscripción, se efectuará la transferencia de los bienes registrables de LA ABSORBIDA a nombre de LA ABSORBENTE. En prueba de conformidad se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto a los 25 días del mes de junio del año 2020." Se deja constancia que todos los miembros del Directorio, quienes participan a través de
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transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras, han votado en sentido positivo. 5) CONSIDERACIÓN DEL ESTADO FINANCIERO ESPECIAL CONSOLIDADO DE FUSIÓN AL 31 DE DICIEMBRE DE 2019, Y CONSIDERACIÓN DEL ACUERDO DEFINITIVO DE FUSIÓN POR LA ABSORCIÓN DE ASAMA S.A. Toma la
palabra el señor Presidente, e informa que se cuenta con el Estado Financiero Especial Consolidado de Fusión al 31 de Diciembre de 2019, correspondiente a la fusión por absorción de Asama S.A. en la Sociedad, según el Compromiso Previo de Fusión celebrado el 19 de marzo de 2020. Agrega el señor Presidente que dicho Estado Financiero ha sido confeccionado tomando como base los Estados Financieros Especiales de Fusión de Arcor S.A.I.C. y Asama S.A. al 31 de diciembre de 2019, y las resoluciones adoptadas en las Asambleas de Accionistas que han aprobado la Fusión por Absorción. A continuación, el señor Presidente informa que están a disposición de los presentes las cartas de los auditores externos, PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L., y de la Comisión Fiscalizadora, en las que se transcriben los informes que están en condiciones de emitir respecto de la auditoría efectuada sobre el Estado Financiero Especial Consolidado de Fusión al 31 de Diciembre de 2019. Posteriormente, el señor Presidente informa que con fecha 25 de abril de 2020, los accionistas de la Sociedad, en Asamblea Extraordinaria, aprobaron el Compromiso Previo de Fusión suscripto entre ARCOR S.A.I.C. (absorbente), y Asama S.A. (absorbida) de fecha 19 de marzo de 2020. Asimismo, señala el señor Presidente que, habiéndose cumplido el plazo indicado en el artículo 83 inciso 3 de la Ley General de Sociedades, se está en condiciones de suscribir el Acuerdo Definitivo de Fusión, acorde a lo señalado en el inciso 4 del mismo artículo. Puesto a consideración del Directorio, y luego de un breve debate, se aprueba por unanimidad de los Directores presentes: (i) el Estado Financiero Especial Consolidado de Fusión al 31 de diciembre de 2019; (ii) el Acuerdo Definitivo de Fusión; (iii) autorizar tanto al Presidente, en forma individual, como a dos Directores titulares, actuando en forma conjunta, para que suscriban el Estado Financiero Especial Consolidado de Fusión al 31 de diciembre de 2019 y el Acuerdo Definitivo de Fusión; y (iv) transcribir a continuación, el Acuerdo Definitivo de Fusión: "ACUERDO DEFINITIVO DE FUSIÓN. ARCOR S.A.I.C. (ABSORBENTE) Y ASAMA S.A. (ABSORBIDA). Entre la sociedad "ARCOR S.A.I.C." (ARCOR), con domicilio en Av. Fulvio S. Pagani 487, Arroyito, Córdoba, representada en este acto por el Sr. Luis Alejandro Pagani, en su carácter de Presidente, conforme surge del Acta de Asamblea N° 110 del 25 de abril de 2020 (elección de Directorio) y Acta de Directorio N° 2340 del 29 de abril de 2020 (aceptación y distribución de cargos), y según autorizaciones otorgadas por Acta de Directorio N° 2330 del 08 de noviembre de 2019, Acta de Directorio N° 2337 del 19 de marzo de 2020 y Acta de Asamblea Nº 111 del 25 de abril de 2020, denominada en adelante LA ABSORBENTE, por una parte; y por la otra, la sociedad "ASAMA S.A." (ASAMA), con domicilio en Arenales N° 707, piso 2, oficina "A", C1061AAA, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, representada en este acto por el Sr. Gerardo Enrique Médico, en su carácter de Vicepresidente, conforme surge del Acta de Asamblea N° 27 del 04 de julio de 2017 (elección de Directorio) y Acta de Directorio N° 90 del 04 de julio de 2017 (aceptación y distribución de cargos), y según autorizaciones otorgadas por Acta de Directorio N° 113 del 08 de noviembre de 2019, Acta de Directorio N° 117 del 19 de marzo de 2020 y Acta de Asamblea N° 33 del 28 de
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abril de 2020, denominada en adelante LA ABSORBIDA; convienen en celebrar el presente Acuerdo Definitivo de Fusión, que se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: DOCUMENTACIÓN QUE INTEGRA ESTE ACUERDO DEFINITIVO. Forma parte integrante del presente Acuerdo Definitivo de Fusión la siguiente documentación: ANEXO A: Compromiso Previo de Fusión celebrado entre ARCOR S.A.I.C. y ASAMA S.A., de fecha 19 de marzo de 2020. ANEXO B: Acta de Asamblea N° 111 del 25 de abril de 2020 de ARCOR S.A.I.C., por la que se aprueba el Compromiso Previo de Fusión. ANEXO B (I): Acta de Asamblea N° 33 del 28 de abril de 2020 de ASAMA S.A., por la que se aprueba el Compromiso Previo de Fusión. ANEXO C: Publicación de Avisos por 3 días en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, en el Boletín Oficial de la República Argentina y en el Diario La Nación. ANEXO D: Estados Financieros Especiales de Fusión al 31 de diciembre de 2019 de ARCOR S.A.I.C. y Estados Financieros Especiales de Fusión al 31 de diciembre de 2019 de ASAMA S.A. ANEXO E: Estado Financiero Especial Consolidado de Fusión al 31 de diciembre de 2019 de ARCOR S.A.I.C. y ASAMA S.A. SEGUNDA: OBJETO. 1. LA ABSORBENTE incorporó, mediante la fusión por absorción, a LA ABSORBIDA, con todos sus bienes, derechos, acciones, obligaciones y demás componentes que integraban el patrimonio de LA ABSORBIDA, incluso el derecho al uso de la denominación social, haciéndose cargo de sus respectivos activos y pasivos, con arreglo a las disposiciones de los artículos 82 y subsiguientes de la Ley N° 19.550 y modificatorias (en adelante, la "Ley General de Sociedades"), con efectos retroactivos al 1° de enero de 2020, según Compromiso Previo de Fusión suscripto el 19 de marzo de 2020. 2. LA ABSORBIDA se disuelve sin liquidarse, en los términos de los artículos 82 y siguientes de la Ley General de Sociedades. TERCERA: RESOLUCIONES SOCIALES APROBATORIAS DE LA FUSIÓN. El Compromiso Previo de Fusión fue aprobado por las Sociedades intervinientes, a saber: por ARCOR mediante Asamblea General Extraordinaria de Accionistas N° 111 celebrada el 25 de abril de 2020 y por ASAMA en Asamblea General Extraordinaria de Accionistas N° 33 celebrada el 28 de abril de 2020. CUARTA: SOCIOS RECEDENTES. Se deja constancia que ningún socio de las sociedades involucradas hizo uso del derecho de receso previsto en el artículo 85 de la Ley General de Sociedades. QUINTA: PUBLICACIONES Y NÓMINA DE ACREEDORES OPOSITORES. 1. Cumpliendo con las exigencias del artículo 83, inciso 3 de la Ley General de Sociedades, se informa que, durante los días 07, 08 y 11 de mayo de 2020, se publicaron los avisos de fusión en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, durante los días 06, 07 y 08 de mayo de 2020 se publicaron los avisos de fusión en el Boletín Oficial de la República Argentina, y durante los días 06, 07 y 08 de mayo de 2020, se publicaron los avisos de fusión en el diario La Nación. 2. Se deja constancia que, como consecuencia de la publicación de los avisos de fusión, ningún acreedor de las sociedades intervinientes se ha opuesto a la fusión en los plazos establecidos en la última parte del inciso 3 del artículo 83 de la Ley General de Sociedades. SEXTA: ESTADOS FINANCIEROS ESPECIALES DE FUSIÓN Y ESTADO FINANCIERO ESPECIAL CONSOLIDADO DE FUSIÓN. El patrimonio de LA ABSORBIDA que se incorpora a LA ABSORBENTE es el que se explicita en el Estado Financiero Especial Consolidado de Fusión (artículo 83, inciso 4, apartado d), de la Ley General de Sociedades), con Informe de los Auditores Independientes, Price Waterhouse & Co. S.R.L., y con Informe de la Comisión Fiscalizadora,
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ambos emitidos con fecha 25 de junio de 2020. Dicho Estado Financiero Especial Consolidado de Fusión fue confeccionado al 31 de diciembre de 2019, sobre la base de los Estados Financieros Especiales de Fusión al 31 de diciembre de 2019 de cada una de las sociedades intervinientes. SÉPTIMA: BASES DE LA FUSIÓN. Tal como surge del Estado Financiero Especial Consolidado de Fusión, esta reorganización societaria no conllevó a modificar el capital social de LA ABSORBENTE, debido a que es el único accionista y propietario del 100% de las acciones de LA ABSORBIDA. Por lo tanto, el capital social de ARCOR continúa en la suma de \$ 700.000.000. OCTAVA: Conforme a lo establecido en los artículos 82 y 94 inciso 7 de la Ley General de Sociedades, se procederá a anotar la disolución sin liquidación de ASAMA, en el registro de la Inspección General de Justicia, dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación, y en todos los organismos y entidades que correspondan. Luego de dicha inscripción, se efectuará la transferencia de los bienes registrables de LA ABSORBIDA a nombre de LA ABSORBENTE. En prueba de conformidad se firman cuatro ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto a los 25 días del mes de junio del año 2020." Se deja constancia que todos los miembros del Directorio, quienes participan a través de transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras, han votado en sentido positivo. 6) APORTE DE CAPITAL A GAP INTERNATIONAL HOLDING S.A. En uso de la palabra el señor Presidente, informa que resulta necesario realizar un aporte de capital a la sociedad controlada Gap International Holding S.A. (GIH), por USD 5.000.000, los que serán destinados para apoyar financieramente a Gap Regional Services S.A. y/o Arcor do Brasil Ltda, según las necesidades de dichas filiales. Aclara el señor Presidente que, luego de la capitalización de GIH propuesta, la participación total directa e indirecta de ARCOR S.A.I.C. en dicha sociedad, no sufrirá variaciones significativas. Puesto a consideración, y luego de un breve debate, el Directorio aprueba por unanimidad de los presentes efectuar un aporte de capital a GIH, por la suma de USD 5.000.000. Se deja constancia que todos los miembros del Directorio, quienes participan a través de transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras, han votado en sentido positivo. 7) APORTE DE CAPITAL A ARCOR U.S.A., INC. Toma la palabra el señor Presidente, y propone realizar un aporte de capital de USD 5.000.000 a la sociedad controlada Arcor USA, Inc., fondos que serán destinados a capital de trabajo, en el marco del plan de expansión de ventas en Estados Unidos, potenciando las exportaciones de los negocios de Argentina hacia el norte del continente. Aclara el señor Presidente que, luego de la capitalización de Arcor U.S.A., Inc., propuesta, la participación total directa e indirecta de ARCOR S.A.I.C. en dicha sociedad, no sufrirá variaciones significativas. Puesto a consideración, y luego de un breve debate, el Directorio aprueba por unanimidad de los presentes efectuar un aporte de capital a Arcor U.S.A., Inc., por la suma de USD 5.000.000. Se deja constancia que todos los miembros del Directorio, quienes participan a través de transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras, han votado en sentido positivo. En uso de la palabra, el Presidente propone que se faculte, al Vicepresidente, señor Alfredo Gustavo Pagani y/o al miembro titular del Directorio, que a su vez reviste el carácter de Responsable de Relaciones con el Mercado Suplente, señor Víctor Daniel Martin, para que indistintamente uno cualquiera de ellos, firme las transcripciones totales o de
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partes pertinentes de la presente Acta, como así también los Hechos Relevantes y presentaciones que deban efectuarse ante la Comisión Nacional de Valores, Bolsas y Mercados Argentinos S.A., Bolsa de Comercio de Buenos Aires y Mercado Abierto Electrónico S.A. durante el mes en curso. Luego de un breve debate, se aprueba por unanimidad de los presentes todo lo propuesto por el señor Presidente. Se deja constancia que todos los miembros del Directorio, quienes participan a través de transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras, han votado en sentido positivo. Finalmente, el señor Victor Jorge Aramburu pide se deje constancia que los señores Luis Alejandro Pagani, Alfredo Gustavo Pagani, José Enrique Martin, Alejandro Fabián Fernández, Víctor Daniel Martin, Guillermo Ortiz de Rozas, Alfredo Miguel Irigoin y Fernán Osvaldo Martínez, conectados a través medios de transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras, han podido participar regularmente de las decisiones y deliberaciones adoptadas. No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 12:20 horas. ------------------------------------Es parte pertinente del Acta de Directorio N° 2346 celebrada el 25 de junio de 2020.-------------------------------Firmado: Directorio: señores Luis Alejandro Pagani, Alfredo Gustavo Pagani, José Enrique Martin, Alejandro Fabián Fernández, Víctor Daniel Martin, Guillermo Ortiz de Rozas, Alfredo Miguel Irigoin y Fernán Osvaldo ---------------------------------------Martínez.----
Comisión Fiscalizadora: señor Victor Jorge Aramburu.-----
ARCORA
Luis Alejandro Pagani Presidente
$\label{eq:2.1} \mathcal{L} = \mathcal{L} \left( \mathcal{L} \right) \mathcal{L} \left( \mathcal{L} \right)$