Skip to main content

AI assistant

Sign in to chat with this filing

The assistant answers questions, extracts KPIs, and summarises risk factors directly from the filing text.

ARCOR SAIC Audit Report / Information 2002

May 27, 2002

Preview isn't available for this file type.

Download source file

INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA

A los señores Accionistas de

ARCOR S.A.I.C.

Bv. Chacabuco 1160

CORDOBA

  1. De acuerdo con lo requerido por el artículo 63 inciso b del Reglamento de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, hemos examinado el estado de situación patrimonial de ARCOR S.A.I.C. al 31 de marzo de 2002, los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de origen y aplicación de fondos por el período de tres meses terminado en esa fecha y las notas 1 a 14 y anexos A a I que los complementan y la reseña informativa, los que han sido presentados por la Sociedad para nuestra consideración. Además, hemos examinado los estados contables consolidados de ARCOR S.A.I.C. con sus sociedades controladas por el período de tres meses terminado el 31 de marzo de 2002 , los que se presentan como información complementaria. La preparación y emisión de los mencionados estados contables es responsabilidad de la Sociedad.
  2. Nuestro trabajo fue realizado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes. Dichas normas requieren la aplicación de los procedimientos establecidos en la Resolución Técnica Nº 7 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas para revisiones limitadas de estados contables de períodos intermedios e incluyen la verificación de la congruencia de los documentos revisados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Una revisión limitada consiste principalmente en aplicar procedimientos analíticos a la información contable y en efectuar indagaciones a los responsables de las cuestiones contables y financieras. El alcance de dicha revisión es sustancialmente menor al de una auditoría de estados contables, cuyo objetivo es la expresión de una opinión sobre los estados contables tomados en conjunto. Por lo tanto, no expresamos tal opinión. No hemos evaluado los criterios empresarios de administración, comercialización ni producción, dado que ellos son de incumbencia exclusiva del Directorio y de la Asamblea.
  3. Los saldos al 31 de marzo de 2001 que se exponen en los estados contables, se presentan a efectos comparativos y fueron examinados por otra comisión fiscalizadora.
  4. De acuerdo con lo establecido por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, la Resolución N° 1/2002 del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Resolución N° 392 de la Comisión Nacional de Valores y tal cual se explica en nota 1, la sociedad reconoció los efectos de la devaluación del peso argentino a partir del trimestre finalizado el 31 de marzo de 2002, aplicando los lineamientos de la Resolución 398 de la Comisión Nacional de Valores.
  5. La Sociedad ha confeccionado los estados contables aplicando los criterios de valuación establecidos por la Comisión Nacional de Valores los que, según se explica en la nota 2.2. difieren de las normas contables profesionales vigentes, en lo relacionado con el reconocimiento de la inflación sobre estos estados contables. El efecto sobre los estados contables emergente de esta diferencia de criterio ha sido cuantificado por la Sociedad e incluido en el Anexo I a los estados contables básicos y en nota 2.3. a los estados contables consolidados.
  6. En nota 1 se detallan las circunstancias vigentes al cierre del período relacionadas con la situación económica imperante, así como las medidas económicas emitidas por el Gobierno Nacional para hacer frente a la crisis que vive el país, algunas de las cuales pueden estar pendientes de emisión a la fecha de preparación de estos estados contables. En la misma nota se describen los impactos generados por el conjunto de las medidas adoptadas hasta la fecha sobre los estados contables de la Sociedad al 31 de marzo de 2002, de acuerdo con las evaluaciones y estimaciones realizadas por la gerencia considerando los elementos disponibles a la fecha de preparación de los estados contables, así como aspectos específicos cuyo tratamiento futuro dependerá de la evolución de la situación descripta. En consecuencia, los estados contables adjuntos deben ser leídos tomando en consideración lo expuesto en este párrafo, las circunstancias descriptas en la nota 1 y en la reseña informativa.
  7. En base a nuestra revisión, con el alcance descripto más arriba, informamos que los estados contables de ARCOR S.A.I.C. al 31 de marzo de 2002 y sus estados contables consolidados a esa fecha consideran todos los hechos y circunstancias significativos que son de nuestro conocimiento y que, en relación con los mismos, no tenemos otras observaciones que formular.
  8. Se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 294 de la Ley de Sociedades Comerciales.
  9. Se recomienda a los señores directores y accionistas de la Sociedad no aprobar distribuciones de ganancias (excepto en acciones propias) ni honorarios en base porcentual de las ganancias registradas, hasta que los resultados acumulados excedan el monto de las diferencias de cambio activadas no absorbidas por la aplicación de la Resolución Técnica Nº 6 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, de acuerdo con lo establecido por la resolución mencionada en el punto 4.

Ciudad de Buenos Aires, 6 de mayo de 2002.

Cr. Andrés Suarez

Comisión Fiscalizadora

Presidente