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TECNORED SA — Capital/Financing Update 2022
Oct 28, 2022
68751_rns_2022-10-28_05282faf-e039-4820-8e9e-28fd983840c0.pdf
Capital/Financing Update
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PROSPECTO DE EMISIÓN
OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME CNV GARANTIZADAS TECNORED S.A. SERIE I CLASE I DENOMINADAS Y PAGADERAS EN PESOS POR UN VALOR NOMINAL EQUIVALENTE DE HASTA AR\$120.000.000 (PESOS CIENTO VEINTE MILLONES)
OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME CNV GARANTIZADAS TECNORED S.A. SERIE I CLASE II DENOMINADAS EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES, A SER INTEGRADAS EN PESOS AL TIPO DE CAMBIO INICIAL Y PAGADERAS EN PESOS AL TIPO DE CAMBIO APLICABLE, POR UN VALOR NOMINAL EQUIVALENTE DE HASTA AR\$120.000.000 (PESOS CIENTO VEINTE MILLONES) AL TIPO DE CAMBIO INICIAL
EL VALOR NOMINAL DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME GARANTIZADAS SERIE I CLASE I Y CLASE II EN CONJUNTO SERÁ POR UN VALOR NOMINAL DE HASTA AR\$120.000.000 (PESOS CIENTO VEINTE MILLONES) AL TIPO DE CAMBIO INICIAL

TECNORED S.A. Emisora

Banco Supervielle S.A. Matricula ALyC y AN Integral N°57 Organizador, Entidad de Garantía y Colocador

Supervielle Agente de Negociación S.A.U. Matrícula AN Nº 341 Colocador

$1\,$
OFERTA PÚBLICA DIRIGIDA AL PÚBLICO EN GENERAL AUTORIZADA EN LOS TÉRMINOS DE LA LEY N° 26.831, LOS DECRETOS Nº 1.087/93, 1.023/13 Y LAS NORMAS (T.O. 2013 Y MOD.) DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES (LAS "NORMAS DE LA CNV" Y LA "CNV", RESPECTIVAMENTE), REGISTRADA BAJO RESOLUCIÓN NºRESFC-2022-22001-APN-DIR#CNV DEL 26 DE OCTUBRE DE 2022. ESTA AUTORIZACIÓN SÓLO SIGNIFICA QUE SE HAN CUMPLIDO CON LOS REQUISITOS ESTABLECIDOS EN MATERIA DE INFORMACIÓN ESTABLECIDOS EN EL RÉGIMEN PYME CNV GARANTIZADA. LA CNV NO HA EMITIDO JUICIO SOBRE LOS DATOS CONTENIDOS EN EL PROSPECTO. LA VERACIDAD DE LA INFORMACIÓN SUMINISTRADA EN EL PRESENTE PROSPECTO ES EXCLUSIVA RESPONSABILIDAD DEL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN DE LA EMISORA Y DEMÁS RESPONSABLES SEGÚN LOS ARTÍCULOS 119 Y 120 DE LA LEY Nº 26.831 (LA "LEY DE MERCADO DE CAPITALES"). EL ÓRGANO DE ADMINISTRACIÓN MANIFIESTA, CON CARÁCTER DE DECLARACIÓN JURADA, QUE EL PRESENTE PROSPECTO CONTIENE, A LA FECHA DE SU PUBLICACIÓN, INFORMACIÓN VERAZ Y SUFICIENTE CONFORME A LO REQUERIDO POR LAS NORMAS VIGENTES. LOS INVERSORES DEBEN TENER EN CUENTA AL MOMENTO DE REALIZAR SU INVERSIÓN QUE LA EMISORA. EN RELACIÓN CON LA PRESENTE, CONTARÁ CON UN RÉGIMEN INFORMATIVO DIFERENCIADO DEBIDO A QUE ESTA EMISIÓN SE EFECTÚA BAJO EL RÉGIMEN GARANTIZADO POR ENTIDADES DE GARANTÍA AUTORIZADAS POR LA CNV, LO QUE IMPLICARÁ QUE SE LES APLICARÁ EL RÉGIMEN INFORMATIVO DIFERENCIADO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 24 DE LA SECCIÓN III DEL CAPÍTULO VI DEL TÍTULO II.
LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES AUTORIZADAS A OFERTA PÚBLICA SÓLO PUEDEN NEGOCIARSE PÚBLICAMENTE EN MERCADOS AUTORIZADOS DEL PAÍS.
SE HACE SABER QUE CADA UNO DE LOS INVERSORES PODRÁ PRESENTAR, SIN LIMITACIÓN ALGUNA. MÁS DE UNA ORDEN DE COMPRA, CON DISTINTO MONTO SOLICITADO Y TASA APLICABLE, CON LA LIMITACIÓN DE QUE NINGÚN INVERSOR PODRÁ PRESENTAR ÓRDENES DE COMPRA CUYOS MONTOS SOLICITADOS SUPEREN EL MONTO MÁXIMO DE EMISIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES, YA SEA QUE SE PRESENTEN EN UNA O MÁS ÓRDENES DE COMPRA DEL MISMO INVERSOR.
De acuerdo al artículo 12 de la Sección IV del Título XI de las Normas de la CNV, se informa con carácter de declaración jurada que Tecnored S.A. (la "Emisora" y/o la "Sociedad" y/o "Tecnored", indistintamente), sus beneficiarios finales, y las personas humanas o jurídicas que tienen como mínimo el 10% del capital o de los derechos a voto de la Emisora, o que por otros medios ejercen el control final, directo o indirecto sobre las mismas, no registran condenas por delitos de lavado de activos y/o financiamiento del terrorismo y/o figuran en las listas de terroristas y organizaciones terroristas emitidas por el Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas.
Se advierte al público inversor que la Emisora cumple con los requisitos previstos en el Decreto N° 621/2021. Atento a ello, en caso de que el agente de depósito colectivo y/o la Emisora incumplan con los deberes de información previstos por la Resolución General N° 917 de la CNV podría dejar de gozar de las exenciones impositivas respecto al impuesto a las ganancias y/o al impuesto a los bienes personales de los que gozaría el potencial inversor en su carácter tenedor de las Obligaciones Negociables a emitirse en el marco del presente.
Podrán solicitarse copias de los estados contables de la Emisora y el prospecto en la oficina corporativa de la misma sita en la calle Avenida de Circunvalación Agustín Tosco N° 980, Colectora Noroeste, Ciudad de Córdoba, Córdoba, Argentina, teléfono +54-351-5693003, correo electrónico [email protected], cualquier día que no sea sábado, domingo o cualquier otro día en el cual los bancos comerciales en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires estuvieran autorizados o requeridos por las normas vigentes a cerrar o que, de otra forma, no estuvieran abiertos para operar (cada uno, un "Día Hábil") en el horario comercial de 9 a 17 horas. Asimismo, dichos documentos estarán disponibles en la Autopista de Información Financiera de la página web de la CNV (www.argentina.gob.ar/cnv) (la "AIF") así como en las oficinas de Banco Supervielle S.A., en su carácter de organizador, entidad de garantía y colocador, sitas en la calle Bartolomé Mitre 434, Ciudad Autónoma de Buenos Aires/ Argentina (Teléfono (011) 4324-8000, correo electrónico: [email protected]), en cada caso los Días

$\overline{2}$
Hábiles en el horario comercial de 10 a 15 horas, y en las oficinas de Supervielle Agente de Negociación S.A.U., en su carácter de colocador ("Supervielle AN"), sitas en la calle Dorrego 2431, Rosario, Provincia de Santa Fe, Argentina (Teléfono (011) 6877-2896, correo electrónico: [email protected]), en cada caso los Días Hábiles en el horario comercial de 10 a 15 horas
La fecha del presente prospecto es 28 de octubre de 2022
$g.$ $J($ N DOMINGL PIDENTE ORED S.A. TΓ
| A SAID DIA DIA MATERIA NY FARITR'I NY TANANA MANDRITRY NY TANANA MANAMANA NY KAODIM-PAOSITRA NY TANANA ARA-DIA | |||
|---|---|---|---|
| The Southwest 2 W. S. W. A.A. Project 2012 The Southwest 2013 1944 | |||
| ■ 1999年19月20日 1999年19月20日 1999年10月20日 1999年10月20日 1999年10月20日 10日 10日 10日 10日 10日 10日 10日 10日 10日 1 | |||
| (1) 生活的复数, (4), 4 老 1 - 09, 94 0 000 为的 1 多 1 - 20, 600 的复数(12) - 22, 808 500 0000 Alexandri The control of the control of the control of the control of the control of the control of the control of the control of the control of the control of the control of the control of the control of the control of the control |
DESCRIPCIÓN DE LA EMISORA
Denominación social o razón social: Tecnored S.A. (CUIT: 30-70905461-5). $a)$
L
Sede social inscripta: Avenida de Circunvalación Agustín Tosco Nº 980, Colectora Noroeste, $b)$ Ciudad de Córdoba, Córdoba, Argentina.
$\mathsf{C}$ Fecha de constitución, plazo de duración y datos de inscripción en el Registro Público u Organismo correspondiente: La Sociedad se constituyó en fecha 6 de agosto de 2004, inscripta con fecha 4 de mayo de 2005 ante la Dirección de Inspección de Personas Jurídicas del Gobierno de Córdoba mediante resolución Nº 542/2005 - B, bajo la matrícula Nº 4702 - A. La fecha de vencimiento del estatuto de la Sociedad es el 6 de agosto de 2103.
$d)$ Actividad principal: La Sociedad se dedica a la ingeniería, diseño y ejecución de obras de telecomunicaciones (instalación de redes FTTH) y comercialización de electrónica (tecnología) relacionada a la actividad principal.
La Sociedad actualmente desarrolla sus actividades en 18 de las 24 provincias, incluvendo la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Tecnored posee el 100% de las acciones de Tecnored Chile SPA, empresa con idéntica actividad, que desarrolla sus actividades en el país trasandino.
La Sociedad tiene la categoría ante Huawei de VAP (Value Added Partner), siendo este proveedor estratégico uno de los tres principales productores y proveedores de tecnología de primer nivel nos ha permitido ser muy competitivos en Calidad, Costos y Eficiencia Tecnológica, lo que llevo como resultado ganar importantes Licitaciones como San Juan Conecta, Santa Fé Conecta, Telecomunicaciones Corrientes, grandes proyectos de ANR (Aportes no reembolsables-financiados por Enacom).
Es un hito para la Sociedad estar realizando junto a Huawei el cambio tecnológico del anillo de conectividad de ARSAT, siendo los responsables del diseño, implementación y puesta en marcha del motor y la red de todo el país.
A la fecha, la Emisora cuenta con 164 trabajadores en relación de dependencia.
$e)$ Monto promedio de los ingresos totales anuales de acuerdo a la definición PYME CNV según Normas de la CNV y pasivo total de la emisora según último balance:
| Año 2020 | Año 2021 | Año 2022 | Promedio | |
|---|---|---|---|---|
| Ingresos | \$550.092.825,33 | \$775.073.319,73 | \$1.726.090.142,60 | $\frac{1}{2}$ \$1.017.085.429,22 |
Pasivos totales al 31 de marzo de 2022: \$ 687.971.869,72
Asimismo, se hace saber que, en lo que respecta a las remuneraciones a los miembros del Directorio por el ejercicio con cierre al 31 de marzo de 2022, la Sociedad no distribuyó honorarios.
Se deja constancia que, a la fecha, la Emisora no ha experimentado cambios negativos significativos con relación a su economía desde la fecha de cierre de su último estado contable.
$Inq$ AN DO! ESIDENT TECNORED S.A.
4
CONDICIONES GENERALES DE LA EMISIÓN Ш.
Obligaciones Negociables PyME CNV Garantizadas Tecnored S.A. Serie I Clase Denominación: a) I (las "Obligaciones Negociables Serie I Clase I") y las Obligaciones Negociables PyME CNV Garantizadas Tecnored S.A. Serie I Clase II (las "Obligaciones Negociables Serie | Clase ||" y en conjunto con las Obligaciones Negociables Serie I Clase I, las "Obligaciones Negociables").
b) Monto:
Se emitirán Obligaciones Negociables por un valor nominal total en conjunto de hasta el equivalente a AR\$120.000.000 (Pesos ciento veinte millones) calculado al Tipo de Cambio Inicial (según dicho término se define más adelante). El monto definitivo de la emisión será determinado una vez finalizado el Período de Licitación Pública (conforme dicho término es definido a continuación) e informado mediante un aviso de resultados a ser publicado en la AIF y en los sistemas de información de los mercados autorizados donde se listen y/o negocien las Obligaciones Negociables (el "Aviso de Resultados").
En consecuencia, el valor nominal máximo de las Obligaciones Negociables Serie I Clase I y las Obligaciones Negociables Serie I Clase II en conjunto será de hasta el equivalente a AR\$120.000.000 (Pesos ciento veinte millones) al Tipo de Cambio Inicial.
La Emisora podrá declarar desierto el proceso de colocación de cualquiera de las clases de las Obligaciones Negociables, lo cual implicará que se podrá emitir una clase o que no se emitirá Obligaciones Negociable alguna. Dicha circunstancia no otorgará responsabilidad alguna para la Emisora y/o los Colocadores.
En caso de declararse desierta la colocación de las Obligaciones Negociables Serie I Clase I y/o de las Obligaciones Negociables Serie I Clase II, la clase cuyo monto no fuese declarado desierto podrá ser emitida por hasta el monto máximo autorizado.
Forma: C)
Cada una de las clases de las Obligaciones Negociables estará representada en un certificado global permanente a ser depositado en la Caja de Valores S.A. ("CVSA"), en el marco de su actuación como Agente de Depósito Colectivo, de acuerdo a lo establecido por la Ley Nº 24.587 de Nominatividad de los Títulos Valores Privados. Los tenedores renuncian al derecho a exigir la entrega de láminas individuales. Las transferencias se realizarán dentro del sistema de depósito colectivo, conforme a la Ley $N^{\circ}$ 20.643 y sus posteriores modificaciones, encontrándose habilitada CVSA para cobrar los aranceles de los depositantes, que éstos podrán trasladar a los tenedores.
d) Forma de Colocación y Plazo:
La colocación de las Obligaciones Negociables se realizará por subasta o licitación pública, a través del sistema informático de colocaciones primarias del Mercado Abierto Electrónico S.A. ("MAE") bajo la modalidad abierta ("SIOPEL"), conforme lo dispuesto por las Normas de la CNV y de los mercados autorizados en los cuales las mismas se listen y/o negocien (incluyendo, sin limitación, MAE y Bolsas y Mercados Argentinos ("BYMA")).
En la oportunidad que determinen la Emisora y los Colodadores en forma conjunta, luego de aprobada la oferta pública de las Obligaciones Negociables por parte de la CNV, se publicará un aviso de suscripción en la AIF, como asimismo, en el sistema de información de los mercados autorizados donde se listen y/o negocien las Obligaciones Negociables, en el que se indicará
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ED S.A.
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como mínimo: (1) la fecha de inicio y de finalización del Período de Difusión (conforme dicho término es definido a continuación), (2) la fecha de inicio y de finalización del Período de Licitación Pública (conforme dicho término es definido a continuación), (3) los datos de contacto de los Colocadores, y (4) demás datos que pudieran ser necesarios (el "Aviso de Suscripción").
La difusión de las Obligaciones Negociables tendrá una duración no inferior a tres (3) Días Hábiles y comenzará en la fecha que se indique en el Aviso de Suscripción (el "Período de Difusión"). Durante el mismo se recibirán las ofertas de suscripción. La licitación pública de las Obligaciones Negociables tendrá una duración de, por lo menos, un (1) Día Hábil y comenzará el Día Hábil siguiente al de finalización del Período de Difusión (el "Periodo de Licitación Pública"). En todos los casos, el Período de Licitación Pública deberá ser posterior al Período de Difusión.
En ningún caso, un inversor interesado podrá presentar, ante los Colocadores y/o agentes del MAE y/o adherentes, ofertas de suscripción por medio de las cuales, en forma individual o conjunta, se solicite un valor nominal superior al monto total autorizado de las Obligaciones Negociables ofrecido por la Emisora.
La Emisora, sin necesidad de invocar motivo alguno, podrá suspender, modificar, prorrogar, reiniciar y/o terminar el Período de Difusión y/o el Período de Licitación Pública en cualquier momento de los mismos con al menos 2 (dos) horas de anticipación a su finalización, luego de lo cual se indicará, en su caso, la nueva fecha de vencimiento del Período de Difusión y/o del Período de Licitación Pública, según corresponda, o la fecha en que se reanudará el curso de los mismos o la forma en que se hará pública la reanudación del curso de los mismos.
La terminación, modificación, suspensión y/o prórroga del Período de Difusión y/o del Período de Licitación Pública no generará responsabilidad alguna para la Emisora y/o para los Colocadores, ni otorgará a los inversores interesados que hayan presentado ofertas de suscripción, derecho a compensación y/o indemnización alguna. En caso de terminación del Período de Difusión y/o del Período de Licitación Pública, todas las ofertas de suscripción que en su caso se hayan presentado hasta ese momento quedarán automáticamente sin efecto. En caso de suspensión, modificación y/o prórroga del Período de Difusión y/o del Período de Licitación Pública, las ofertas de suscripción presentadas con anterioridad a tal suspensión y/o prórroga podrán ser retiradas en cualquier momento anterior a la finalización del Período de Licitación Pública, sin penalidad alguna.
- e) Fecha de Será dentro de los 3 (tres) Días Hábiles siguientes al Período de Licitación Emisión v Pública, o aquella otra fecha que se informe oportunamente en el Aviso de Liquidación: Suscripción.
- Precio de $f$ Emisión:
100% del valor nominal.
CVSA
g) Fecha de Vencimiento:
El vencimiento de ambas clases de Obligaciones Negociables/será a los 24 (veinticuatro) meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación, la dúal se informará mediante el Aviso de Resultados.
$2.111$
DRED S.A.
$\overline{6}$
h) Agente de Depósito
Colectivo:
- La amortización y pago de los intereses correspondientes a las Obligaciones i) Pagos de los Negociables será efectuado por la Emisora mediante la transferencia de los Servicios: importes correspondientes a CVSA para su acreditación en las cuentas de los tenedores con derecho a cobro.
- $i)$ Destino de los El 100% del producido neto de la colocación de las Obligaciones Negociables Fondos: será utilizado para la refinanciación de pasivos y el financiamiento del giro comercial del negocio, específicamente un 50% para la reestructuración de deuda y 50% compra de stock.
- Listado v $\bf k$ La Emisora solicitará el listado de las Obligaciones Negociables en BYMA y su Negociación: negociación en el MAE.
- $\mathbf{D}$ Aprobaciones Mediante la asamblea de accionistas de fecha 25 de Julio de 2022, la Sociedad Societarias: autorizó la emisión de las Obligaciones Negociables, delegando en el directorio de la Sociedad las facultades para (i) determinar y establecer los términos y condiciones de la emisión de las Obligaciones Negociables y (ii) subdelegar dichas facultades en ciertos subdelegados. El directorio, en su reunión de fecha 25 de Julio de 2022, aprobó el monto de emisión y delegó en ciertos subdelegados las facultades para determinar y establecer los restantes términos y condiciones de la emisión de las Obligaciones Negociables. Asimismo, a través de acta de subdelegado, de fecha 28 de Julio de 2022, se establecieron los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables que se encuentra previstos en el presente prospecto.
m) Agentes intervinientes y gastos:
La Emisora designó a Banco Supervielle S.A. para que actúe como Organizador de la emisión de las Obligaciones Negociables y este aceptó dicha designación.
Asimismo, la Emisora designó a Banco Supervielle S.A. y Supervielle AN para que actúen como Colocadores de la emisión de las Obligaciones Negociables y estos aceptaron dicha designación. Por dichas funciones, tendrán derecho a percibir una comisión equivalente al 1.5% del valor nominal de las Obligaciones Negociables efectivamente colocadas, a distribuir conforme a lo que oportunamente se acuerde entre los Colocadores.
Asimismo, la Emisora designó a Banco Supervielle S.A. para que actúe como Entidad de Garantía y este acepta mediante la emisión del certificado de garantía correspondiente. Por dicha función, la Entidad de Garantía tendrá derecho a percibir una comisión equivalente al (i) 4% nominal anual sobre el saldo de capital de las Obligaciones Negociables pendiente de pago, pagadero anual adelantado y (ii) 4% nominal anual sobre el monto efectivamente abonado de intereses compensatorios y demás accesorios garantizados por hasta los límites establecidos en el aval.
Por último, los Asesores Legales percibirán, por tal carácter, honorarios equivalentes al 0,19% del valor nominal de las Obligaciones Negociables efectivamente colocadas.
n) Agente de Liquidación:
o) Agente de
Cálculo:
La Emisora.
Banco Supervielle S.A.
ED S.A
$\overline{7}$
- Las Obligaciones Negociables se regirán por, y serán interpretadas de p) Jurisdicción y conformidad con, las leyes de la República Argentina y serán competentes los Ley Aplicable: Tribunales Comerciales Ordinarios con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
- q) Rescate:
La Emisora podrá rescatar las Obligaciones Negociables, en forma total, pero no parcial, a un precio igual al 100% del valor nominal más los intereses devengados e impagos, en caso de que tuvieran lugar ciertos cambios impositivos que generen en la Emisora la obligación de pagar ciertos montos adicionales bajo las ON, respetando, en cualquiera de los casos, el principio de trato igualitario entre los inversores. A tales efectos, deberá efectuar una notificación por 1 (un) día, con no menos de 30 (treinta) días ni más de 60 (sesenta) días de anticipación a los tenedores.
- El 100% del valor nominal de cada una de las Obligaciones Negociables será r) Amortización y pagadero en 4 (cuatro) cuotas iguales consecutivas cuyos vencimientos Fechas de Pago operarán cuando se cumplan los 6, 12, 18 y 24 meses, respectivamente a de Capital: contar desde la Fecha de Emisión y Liquidación. Las cuotas serán de un monto equivalente al 25% (veinticinco por ciento) del capital de cada una de las clases de las Obligaciones Negociables.
- Los intereses de cada una de las clases de las Obligaciones Negociables se s) Fecha de pago pagarán trimestralmente en forma vencida. Los pagos serán efectuados en las de intereses: fechas que oportunamente se indiquen en el Aviso de Resultados. En caso de que dicha Fecha de Pago de Intereses corresponda a un día que no sea un Día Hábil, la Fecha de Pago de Intereses a considerarse será el Día Hábil inmediatamente siguiente.
Cualquier pago adeudado bajo las Obligaciones Negociables efectuado el Día Hábil inmediatamente siguiente a la Fecha de Pago de Intereses tendrá la misma validez que si hubiera sido efectuado en la fecha en la cual vencía el mismo, devengándose los intereses durante el período comprendido entre dicha fecha y el día inmediato anterior al del efectivo pago.
En el supuesto de que la Emisora no abonara cualquier monto adeudado bajo las Obligaciones Negociables, las mismas devengarán un interés punitorio adicional equivalente al 2% nominal anual calculado sobre el capital pendiente de pago y hasta la fecha de efectivo pago de las sumas vencidas e impagas.
t) Período de Devengamiento de Intereses:
En lo que respecta al primer Período de Devengamiento de Intereses, será el período de tres (3) meses comprendido entre la Fecha de Emisión y Liquidación y la primera Fecha de Pago de Intereses, incluyendo el primer día v excluvendo el último día.
En lo sucesivo, serán los períodos de tres (3) meses comprendidos entre una Fecha de Pago de Intereses y la Fecha de Pago de Intereses siguiente, incluvendo el primer día y excluyendo el último día. Respecto de la última Fecha de Pago de Intereses, se considerará Período de Devengamiento de Intereses el comprendido entre la anteúltima Fecha de Pago de Intereses y la Fecha de Vencimiento, incluyendo el primer día y excluyendo el último día.
Para el cálculo de los intereses se considerará la cantidad real de días transcurridos y un año de 365 días (cantidad real de días transcurridos/365).
DOMINGHE RED S.A
III. CONDICIONES PARTICULARES DE EMISIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES SERIE I CLASE I
- Obligaciones Negociables PyME CNV Garantizadas Tecnored S.A. Serie I Clase Denominación: $a)$ I.
- Monto: Se emitirán Obligaciones Negociables Serie I Clase I por un valor nominal de b) hasta el equivalente a AR\$120.000.000 (Pesos ciento veinte millones). El monto definitivo de la emisión será determinado una vez finalizado el Período de Licitación Pública e informado mediante el Aviso de Resultados a ser publicado en la AIF y en los sistemas de información de los mercados autorizados donde se listen y/o negocien las Obligaciones Negociables.
- Moneda de $c)$ Pesos. Emisión y Pago:
- d) Valor Nominal Las Obligaciones Negociables Serie I Clase I tendrán un valor nominal unitario Unitario: de \$1 (Pesos uno).
- e) Suscripción e Las Obligaciones Negociables Serie I Clase I serán suscriptas e integradas en Integración: Pesos con débito en cuentas bancarias locales denominadas en Pesos.
Al finalizar el Período de Licitación Pública, se informará a los inversores el Margen Aplicable y el valor nominal de las Obligaciones Negociables Serie I Clase I a emitirse mediante el Aviso de Resultados a ser publicado en la AIF, como, asimismo, en los sistemas de información de los mercados autorizados donde se listen y/o negocien las Obligaciones Negociables.
- Monto Mínimo El monto mínimo de suscripción de las Obligaciones Negociables Serie I Clase $f$ de Suscripción: I será de \$10.000 (Pesos diez mil) y múltiplos de \$1 (Peso uno) por encima de dicho monto.
- g) Unidad Mínima La unidad mínima de negociación de las Obligaciones Negociables Serie I de Negociación: Clase I será de \$1 (Peso uno) y múltiplos de \$1 (Peso uno) por encima de dicho monto.
- h) Tasa de Interés Las Obligaciones Negociables Serie I Clase I en circulación devengarán de las intereses sobre su capital pendiente de pago a una tasa nominal anual variable. La Tasa de Interés de las Obligaciones Negociables Serie I Clase I será Obligaciones Negociables el equivalente a la suma de: (i) la Tasa de Referencia (conforme este término Serie I Clase I: se define más adelante), más (ii) el Margen Aplicable (conforme este término se define más adelante). Las Obligaciones Negociables Serie I Clase I podrán tener un Margen Aplicable igual a 0% (cero).
- $i)$ Tasa de La tasa de referencia será igual al promedio aritmético simple de la tasa de Referencia: interés para depósitos a plazo fijo de más de \$1.000.000 (Pesos un millón) por períodos de entre treinta (30) y treinta y cinco (35) días de plazo de bancos privados de Argentina publicada diariamente en el boletín estadístico del BCRA (la "Tasa Badlar Privada"), durante el período que se inicia el séptimo Día Hábil anterior al inicio del Período de Devengamiento de Intereses (conforme este término se define más adelante) y finaliza el séptimo Día Hábil anterior a la Fecha de Pago de Intereses (conforme este término se define más adelante), incluyendo el primer día pero excluyendo el Ultimo.
En caso de que la Tasa Badlar Privada dejare de ser informada por el BCRA, se tomará: (i) la tasa sustitutiva de la Tasa Badlar Privada que informe el BCRA o (ii) en caso de no existir o no informarse la tasa sustitutiva indicada pnd(i)
$\mathbf{q}$ OMINGUE ED S.A.
precedente, la Emisora calculará la Tasa de Referencia, considerando el promedio de tasas informadas para depósitos a plazo fijo de más de \$1.000.000 (Pesos un millón) por períodos de entre treinta (30) y treinta y cinco (35) días de plazo de los cinco primeros bancos privados de Argentina. A fin de seleccionar los cinco primeros bancos privados se considerará el último informe de depósitos disponibles publicados por el BCRA.
Es la cantidad de puntos básicos (expresada como un porcentaje positivo anual truncado a dos decimales) a ser adicionada a la Tasa de Referencia en cada Período de Devengamiento de Intereses. El mismo será determinado luego de la fecha de cierre del Período de Licitación Pública y antes de la Fecha de Emisión y Liquidación e informado mediante el Aviso de Resultados.
k) Determinación de Margen Aplicable. Adjudicación:
Margen
Aplicable:
i)
Tan pronto como sea posible luego de finalizado el Período de Licitación Pública, las ofertas de suscripción recibidas serán ordenadas en forma ascendente en SIOPEL, sobre la base Margen Aplicable solicitado.
En caso de que la Emisora decidiera adjudicar las Obligaciones Negociables Serie I Clase I, determinará el monto efectivo a emitir de Obligaciones Negociables Serie I Clase I y el Margen Aplicable, expresado como porcentaje positivo anual truncado a dos decimales.
La determinación del monto de Obligaciones Negociables Serie | Clase | y del Margen Aplicable, será realizada mediante el sistema denominado "subasta o licitación pública" a través del SIOPEL, en virtud del cual:
(i) todas las ofertas de suscripción con Margen Aplicable solicitado inferior al Margen Aplicable, serán adjudicadas al Margen Aplicable;
(ii) todas las ofertas de suscripción con Margen Aplicable solicitado igual al Margen Aplicable, serán adjudicadas al Margen Aplicable, y en caso de sobresuscripción, a prorrata sobre la base del monto solicitado; y
(iii) todas las ofertas de suscripción con Margen Aplicable solicitado superior al Margen Aplicable, no serán adiudicadas.
DENTE 10 RED S.A.
IV. CONDICIONES PARTICULARES DE EMISIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES SERIE I CLASE $\mathbf{I}$
- Obligaciones Negociables PyME CNV Garantizadas Tecnored S.A. Serie I Denominación: a) Clase II.
- b) Monto: Se emitirán Obligaciones Negociables Serie I Clase II por un valor nominal en Pesos de hasta el equivalente a AR\$120.000.000 (Pesos ciento veinte millones) al Tipo de Cambio Inicial. El monto definitivo de la emisión será determinado una vez finalizado el Período de Licitación Pública e informado mediante el Aviso de Resultados a ser publicado en la AIF y en los sistemas de información de los mercados autorizados donde se listen y/o negocien las Obligaciones Negociables.
- Moneda de $c)$ Las Obligaciones Negociables Serie I Clase II estarán denominadas en Dólares Emisión y Pago: Estadounidenses, serán integradas al Tipo de Cambio Inicial y pagaderas en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable (conforme dicho término se define más adelante).
- d) Valor Nominal Las Obligaciones Negociables Serie I Clase II tendrán un valor nominal Unitario: unitario de US\$1 (Dólares Estadounidenses uno).
- e) Suscripción e Las Obligaciones Negociables Serie I Clase II serán suscriptas e integradas en Integración: Pesos al Tipo de Cambio Inicial con débito en cuentas bancarias locales denominadas en Pesos. La Sociedad no realizará pagos correspondientes a las Obligaciones Negociables a cuentas bancarias del exterior.
Al finalizar el Período de Licitación Pública, se informará a los inversores la Tasa de Interés (conforme dicho término se define más adelante) y el valor nominal de las Obligaciones Negociables Serie I Clase II a emitirse mediante el Aviso de Resultados a ser publicado en la AIF, como, asimismo, en los sistemas de información de los mercados autorizados donde se listen y/o negocien las Obligaciones Negociables Serie I Clase II.
- Monto Mínimo $f$ El monto mínimo de suscripción de las Obligaciones Negociables Serie I Clase de Suscripción: Il será de US\$100 (Dólares Estadounidenses cien) y múltiplos de US\$1 (Dólares Estadounidenses uno) por encima de dicho monto.
- g) Unidad Mínima La unidad mínima de negociación de las Obligaciones Negociables Serie I de Negociación: Clase II será de US\$1 (Dólares Estadounidenses uno) y múltiplos de US\$1 (Dólares Estadounidenses uno) por encima de dicho monto.
- h) Tasa de Interés Las Obligaciones Negociables Serie I Clase II en circulación devengarán de las intereses sobre su capital pendiente de pago a una tasa de interés fija nominal Obligaciones que será determinada al término del Período de Licitación Pública y será Negociables informada mediante la publicación del Aviso de Resultados. Las Obligaciones Serie I Clase II: Negociables Serie I Clase II podrán tener una tasa de interés igual a 0% (cero) por lo que, en ese caso, no devengarán intereses.
- Determinación $i)$ Tan pronto como sea posible luego de finalizado el Período de Licitación de la Tasa Pública, las ofertas de suscripción recibidas serán ordenadas en forma Aplicable. ascendente en SIOPEL, sobre la base Tasa Aplicable solicitada. En caso de que Adjudicación: la Emisora decidiera adjudicar las Obligaciones Negociables, determinará el monto efectivo a emitir de Obligaciones Negoeigbles y la Tasa Aplicable, expresado como porcentaje positivo anual truncado a/dos/decimales. La determinación del monto de Obligaciones Negociables Serie I Clase II y de la
11 HIANI $In$ $D \subseteq A$
Tasa Aplicable, será realizada mediante el sistema denominado "subasta o licitación pública" a través del SIOPEL, en virtud del cual:
(i) todas las ofertas de suscripción con Tasa Aplicable solicitada inferior a la Tasa Aplicable, serán adjudicadas a la Tasa Aplicable;
(ii) todas las ofertas de suscripción con Tasa Aplicable solicitada igual a la Tasa Aplicable, serán adjudicadas a la Tasa Aplicable, y en caso de sobresuscripción, a prorrata sobre la base del monto solicitado; y
(iii) todas las ofertas de suscripción con Tasa Aplicable solicitada, superior a la Tasa Aplicable, no serán adjudicadas.
Es el promedio aritmético simple de los últimos tres (3) Días Hábiles previos Tipo de Cambio Aplicable: a la Fecha de Cálculo del tipo de cambio de referencia en Pesos por Dólar Estadounidense informado por el BCRA mediante la Com A 3500, siempre y cuando dicho tipo de cambio sea aplicable para la liquidación de divisas provenientes de la exportación de Productos de Referencia (conforme dicho término se define más adelante). En el supuesto de que (i) dicho tipo de cambio no reflejare el tipo de cambio para la liquidación de divisas provenientes de la exportación de Productos de Referencia (circunstancia que deberá ser informada por la Emisora mediante publicación de un hecho relevante en la AIF), o (ii) el BCRA dejara de publicar la Com A 3500, el Tipo de Cambio Aplicable, será (x) en primer lugar, el promedio aritmético simple de los últimos tres (3) Días Hábiles previos a la Fecha de Cálculo de la cotización del Dólar Estadounidense aplicable para la liquidación de divisas provenientes de la exportación de Productos de Referencia informado por el BCRA al cierre de operaciones; o (y) si este último no se encontrare disponible por cualquier causa, el promedio aritmético simple de los últimos tres (3) Días Hábiles previos a la Fecha de Cálculo de la cotización del Dólar Estadounidense aplicable para la liquidación de divisas provenientes de la exportación de Productos de Referencia informada por los siguientes bancos: La Sucursal de Citibank, N.A. establecida en la República Argentina, Banco Santander Río S.A., Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A.U., Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U. y Banco Itaú Argentina S.A. en Argentina, al cierre de sus operaciones; en los supuestos $(x)$ e $(y)$ anteriores según sea calculado por el Agente de Cálculo. Todos los cálculos del promedio aritmético serán expresados en cuatro decimales y serán realizados por el Agente de Cálculo. En la medida de lo posible y en caso de que corresponda, la Emisora comunicará al público inversor el/los sitios donde se informen los tipos de cambios descriptos en el presente apartado en caso de desdoblamiento cambiario.
"Productos de Referencia": significa aquellos bienes que, a la fecha del presente, se encuentran descriptos en capítulos N°12 del Nomenclador Común del disponible Mercosur, https://www.afip.gov.ar/aduana/arancelintegrado.
$\mathbf{k}$ Tipo de Cambio Inicial:
i)
Será el promedio aritmético simple de los últimos tres (3) Días Hábiles previos a la Fecha de Cálculo Inicial, del tipo de cambio de referencia en Pesos por Dólar Estadounidense informado por el Banco Central de la República Argentina (el "BCRA") mediante la Comunicación "A" 3500 (Mayorista) (o la regulación que la sucediere o modificare en el tiempo) (la "Cóm A 3500"), el cual será calculado por el Agente de Cálculo e informado mediante el Aviso de Resultados, truncado a 4 (cuatro) decimales.
$12$ DENTE RED S.A.
- Corresponde al día de cierre del Período de Licitación Pública. $\vert$ Fecha de Cálculo Inicial:
- Será la fecha correspondiente al sexto Día Hábil anterior a una Fecha de Pago m) Fecha de de Intereses y a la Fecha de Vencimiento, según corresponda. Cálculo:
$\overline{1}$ $g. JUA$ SIDENTE PR TF. ORED SA.
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V. GARANTÍA
Denominación Social de la Entidad de Garantía: Banco Supervielle S.A. actuará en carácter de entidad de garantía. La garantía es otorgada en carácter de garante "liso, llano y principal pagador" de las Obligaciones Negociables garantizadas con renuncia al beneficio de excusión y división, siendo sus obligaciones simplemente mancomunadas.
Porcentajes que se garantizan: Banco Supervielle S.A. garantiza el 100% del capital, intereses compensatorios pactados, gastos y demás accesorios que razonablemente demande el cobro de las Obligaciones Negociables impagas, incluidas las costas judiciales.
En caso de que la Emisora no cumpla con las obligaciones de pago conforme lo indicado en el presente prospecto, la Entidad de Garantía responderá por cada incumplimiento dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles del vencimiento del plazo correspondiente.
Naturaleza de la Garantía: Garantía común.
Información sobre Banco Supervielle S.A.: Banco Supervielle S.A. es una entidad financiera constituida debidamente el 30 de diciembre de 1940 como una sociedad anónima de acuerdo con las leyes de Argentina y con domicilio social en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Fue autorizada como sociedad anónima por decreto 82.191 del Poder Ejecutivo Nacional de fecha 14 de enero de 1941 y registrada el 11 de febrero de 1941 en el Registro Público de Comercio bajo el Nº 23, Folio 502 del Libro 45, Tomo A de Estatutos Nacionales. Las denominaciones anteriores a "Banco Supervielle S.A." fueron sucesivamente "banco Supervielle de Buenos Aires Sociedad Anónima", "Banco Supervielle de Buenos Aires Société Genérale Sociedad Anónima", "Banco Supervielle Société Genérale Sociedad Anónima" y "Banco Société Genérale Sociedad Anónima". Según los Estatutos vigentes, el plazo de duración de Banco Supervielle S.A. se extenderá hasta el día 14 de enero de 2042, a menos que este plazo sea prorrogado por la Asamblea Extraordinaria de Accionistas. Banco Supervielle S.A. tiene su domicilio legal en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Su sede social se encuentra ubicada en Bartolomé Mitre 434 (C1036AAH), Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Su CUIT es 30-50000517-9. Teléfono: 4324-8265, Fax: web: Sitio [email protected], electrónico: 4324-8021, correo www.supervielle.com.ar.
El potencial inversor podrá acceder a información completa económica, financiera y societaria de Banco Supervielle S.A. publicada en la CNV y el BCRA siguiendo los links que se indican a continuación:
- http://www.argentina.gob.ar/cnv/Empresas
- http://www.bcra.gob.ar/SistemasFinancierosYdePagos/Entidades_financieras.asp
Banco Supervielle S.A. fue autorizado como Entidad de Garantía por la CNV con fecha 20 de noviembre de 2018.
La calificación de riesgo vigente, de fecha 3 de octubre de 2022 (FIX SCR S.A. AGENTE DE CALIFICACIÓN DE RIESGO) es: Endeudamiento de Largo Plazo: AA-(arg) con Perspectiva Estable y Endeudamiento de Corto Plazo: A1 (arg). La calificación AA -(arg) indica una muy sólida calidad crediticia respecto de otros emisores o emisiones del país, mientras que la calificación A1 (arg) indica una muy sólida capácidad de pago en tiempo y forma de los compromisos financieros respecto de otros emisores o emisiones del mismo país. El informe de calificaciones de riesgo se encuentra publicado en AIF bajo el ID N #2951503.
$14$ IT E ORED S.A.

Tecnored S.A. Emisora Avenida de Circunvalación Agustín Trosco Nº 980, Colectora Noroeste, Ciudad de Córdoba, Córdoba, Argentina

Banco Supervielle S.A. Organizador, Entidad de Garantía y Colocador Bartolomé Mitre 434 Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina

Supervielle Agente de Negociación S.A.U. Colocador Dorrego 2431 Rosario, Provincia de Santa Fe

CEROLINI & FERRARI
Cerolini & Ferrari Abogados Asesores legales Avenida Corrientes 485, piso 9 Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina
In 15 DENTE RED S.A.