AI assistant
MSU S.A. — Capital/Financing Update 2024
Jul 2, 2024
68523_rns_2024-07-02_1b14ac19-97c2-4761-8dcd-734b453687e7.pdf
Capital/Financing Update
Open in viewerOpens in your device viewer
Acta de Directorio Nro. 456:
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, día 1 del mes de julio de 2024, siendo las 9:30 horas, se reúnen el Presidente – Sr. Manuel Santos Uribelarrea Balcarce- el Vicepresidente – Sr. Manuel Santos de Uribelarrea- los directores titulares – Sres. Gonzalo Edo y Guillermo José Marseillán - y el representante de la Comisión Fiscalizadora – Sr. Gonzalo Ugarte - de MSU S.A. (en adelante la “Sociedad”). Toma la palabra el representante de la Comisión Fiscalizadora y manifiesta que Director Titular – Gonzalo Edo - participa a distancia de la presente reunión comunicado mediante conferencia telefónica, conforme lo autoriza el artículo séptimo del estatuto social de la Sociedad y delega la firma del acta al Sr. Manuel Santos de Uribelarrea. El Sr. Presidente, luego de constatar la existencia de quórum suficiente y el cumplimiento de los requisitos para sesionar válidamente, pasa a considerar el primer y único punto del Orden del Día: 1º) Aprobación de la Decimocuarta serie de obligaciones negociables por hasta la suma de US$30.000.000 (Dólares Estadounidenses treinta millones), ampliable por hasta US$ 35.000.000 (Dólares Estadounidenses treinta y cinco millones), o su equivalente en otras monedas o unidades de medida o valor (la “Serie XIV”), a realizarse dentro del programa global de emisión de obligaciones negociables simples no convertibles en acciones por un valor nominal de hasta US$200.000.000 (Dólares Estadounidenses doscientos millones) (o su equivalente en otras monedas o unidades de medida o valor) de MSU S.A. (el “Programa”). Toma la palabra el Sr. Presidente e informa que considera conveniente aprobar la emisión de la decimocuarta serie de obligaciones negociables por hasta un monto de US$ 30.000.000 (Dólares Estadounidenses treinta millones), ampliable por hasta la suma de US$35.000.000 (Dólares Estadounidenses treinta y cinco millones) o su equivalente en otras monedas o unidades de medida o valor (las “Obligaciones Negociables” y el “Monto de Emisión de la Serie XIV”, respectivamente), bajo el Programa en los demás términos y condiciones que fijen oportunamente los Subdelegados (según dicho termino se define a continuación), lo cual propone y somete a consideración de los Sres. Directores. Oído lo cual, y luego de un breve intercambio de opiniones, el directorio por unanimidad RESUELVE: aprobar el punto 1) del orden del día. A continuación, se pasa a considerar el segundo punto del Orden del Día: 2°) Subdelegación en funcionarios de la Sociedad de la aprobación de los términos y condiciones de emisión definitivos de las Obligaciones Negociables Serie XIV y demás actos vinculados. Autorizaciones genéricas para realizar ciertos trámites. Continúa en uso de la palabra el Sr. Presidente que manifiesta que, en virtud de lo aprobado en el punto primero, resulta conveniente subdelegar en los Sres. Federico Raúl Walter, Juan José Caroli, Gonzalo Edo, Alfredo Agustín Margaría y Jorge Martin Agnoletti (los “Subdelegados”), en forma individual e indistinta o conjunta, las facultades de: (a) determinar los términos y condiciones definitivos de las Obligaciones Negociables y las modificaciones a los mismos, conforme resulte más conveniente de acuerdo a las condiciones de mercado y necesidades financieras de la Sociedad al momento de su colocación y/o respuesta a observaciones que pudieran solicitar –entre otros- la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”), Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (“BYMA”), la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (la “BCBA”), el/los Colocador/es, el Mercado Abierto Electrónico S.A. (“MAE”), Caja de Valores S.A. (“CVSA”) y demás mercados autorizados y entidades de control en los cuales se hubiera decidido la registración, colocación, listado y/o negociación de los valores aquí mencionados, incluyendo sin limitación el Monto de Emisión de la Serie XIV, la fecha de vencimiento, la fecha de pago de intereses, las condiciones de recompra, rescate y/o reembolso, destino de los fondos, entre otros; (b) determinar la modalidad de integración del precio de suscripción de las Obligaciones Negociables, que podrá ser realizada (i) en efectivo (en Dólares
Estadounidenses); y/o (ii) en especie, de acuerdo con lo que determinen los Subdelegados, para lo cual podrán determinar la relación de canje que aplique (incluyendo, la posibilidad de capitalizar intereses, en la medida que la normativa aplicable lo permita); (c) aprobar, negociar, celebrar y firmar los respectivos contratos y cualquier otra documentación que sea necesaria en el marco de la emisión de las Obligaciones Negociables -incluido pero no limitado al suplemento de prospecto definitivo, y las eventuales enmiendas al mismo, contrato de colocación, aviso art. 10 Ley N° 23.576 y modificatorias, avisos de emisión, suscribir –en su calidad de directores titulares de la Sociedad- los certificados globales representativos de las Obligaciones Negociables de manera indistinta y en forma conjunta con un síndico de la Sociedad; (d) contratar colocadores, organizadores y demás agentes que deban intervenir (en su caso); (e) realizar las presentaciones que fueran necesarias ante la CNV, BYMA, la BCBA, el MAE, CVSA y otras entidades autorizadas que se determinen; (f) determinar el período de colocación, el margen o tasa de corte o precio de suscripción, el plazo y forma de amortización y otras condiciones de emisión de las Obligaciones Negociables; (g) contratar la/s calificadoras de riesgo y (h) realizar todos los actos conexos a fin de llevar a cabo la emisión de las Obligaciones Negociables. Asimismo, el Sr. Presidente mociona que se autorice a los Sres. José María Bazán, Leandro E. Belusci, Manuel Etchevehere, Ramón Augusto Poliche, Josefina Mortola Saiach, Sebastián Pereyra Pagiari, Quimey Lia Waisten, Facundo Suarez Loñ, Sofía Maselli, Pedro María Azumendi, Teo Panich, Malena Tarrío, Agustín Caputo, Melina Signorello, Lucía De Luca, Gonzalo Vilarino, Branko Serventich y/o a quienes ellos autoricen para que actuando en forma individual o conjunta, indistintamente gestionen: i) la autorización de las Obligaciones Negociables en la CNV; (ii) el listado y/o negociación en BYMA, el MAE, y en otros mercados que el directorio o los Subdelegados resuelvan, (iii) el depósito del certificado global correspondiente a las Obligaciones Negociables ante CVSA y demás trámites ante dicha entidad; (iv) formular, suscribir y publicar en la página web de la CNV el aviso de emisión de las Obligaciones Negociables en los términos del art. 10 de la ley N° 23.576; (v) suscribir y publicar los demás avisos vinculados a la emisión que deban ser presentados ante los mercados en los que las Obligaciones Negociables sean eventualmente listadas o negociadas; y (vi) cuantos más actos y gestiones sean necesarios a los fines antes indicados, todo ello con las más amplias facultades, incluidas las de aceptar modificaciones conforme a observaciones que se reciban de la CNV, BYMA, BCBA, MAE, CVSA y demás entidades y organismos que corresponda, inicialar el suplemento de prospecto, así como confeccionar, firmar y publicar el aviso de ley, con las más amplias facultades. Oído lo cual y luego de un breve intercambio de opiniones, el directorio por unanimidad RESUELVE: aprobar la moción presentada. Finalmente, el representante de la Comisión Fiscalizadora deja constancia de la regularidad de las decisiones adoptadas en la presente reunión de conformidad con lo previsto en la normativa vigente. No habiendo más asuntos que tratar, siendo las 10:00 horas se redacta la presente acta que leída es aprobada y firmada y se levanta la sesión.
Guillermo J. Marseillán Manuel Santos de Uribelarrea
Manuel Santos Uribelarrea Balcarce
Gonzalo Edo
Gonzalo Ugarte