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MSU S.A. — Capital/Financing Update 2021
Aug 13, 2021
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Capital/Financing Update
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AVISO DE SUSCRIPCIÓN

MSU S.A.
OBLIGACIONES NEGOCIABLES SIMPLES SERIE IX
POR UN VALOR NOMINAL DE HASTA US\$ 10.000.000 (DÓLARES ESTADOUNIDENSES DIEZ MILLONES) AMPLIABLE POR HASTA US\$ 15.000.000 (DÓLARES ESTADOUNIDENSES QUINCE MILLONES), DENOMINADAS EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES, A SER INTEGRADAS EN PESOS AL TIPO DE CAMBIO INICIAL, PAGADERAS EN PESOS AL TIPO DE CAMBIO APLICABLE, A TASA FIJA CON VENCIMIENTO A LOS 23 MESES CONTADOS DESDE LA FECHA DE EMISIÓN Y LIQUIDACIÓN
A SER EMITIDAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA GLOBAL DE EMISIÓN DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES SIMPLES (NO CONVERTIBLES EN ACCIONES) POR UN VALOR NOMINAL DE HASTA US\$ 50.000.000 (DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA MILLONES) (O SU EQUIVALENTE EN OTRAS MONEDAS)
Mediante el presente aviso de suscripción (el "Aviso de Suscripción") complementario al suplemento de prospecto de fecha 13 de agosto de 2021 (el "Suplemento de Prospecto") se comunica al público inversor en general que MSU S.A. una sociedad constituida de conformidad con las leyes de la República Argentina (la "Compañía" y/o la "Emisora") ofrece en suscripción las obligaciones negociables simples (no convertibles en acciones) serie IX, denominadas en Dólares Estadounidenses, a ser integradas en Pesos al Tipo de Cambio Inicial (conforme se define más adelante) y pagaderas en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable (conforme se define más adelante) a tasa de interés fija y con vencimiento a los 23 meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación por un valor nominal de hasta U\$S 10.000.000 (Dólares Estadounidenses diez millones) ampliable hasta U\$S 15.000.000 (Dólares Estadounidenses quince millones) (el "Monto Máximo") (las "Obligaciones Negociables Serie IX" o las "Obligaciones Negociables"), a ser emitidas en el marco de su programa global de emisión de obligaciones negociables simples (no convertibles en acciones) por un valor nominal de hasta U\$S 50.000.000 (Dólares Estadounidenses cincuenta millones) (o su equivalente en otras monedas) (el "Programa") de acuerdo con los términos y condiciones que se resumen a continuación y que se encuentran detallados en el prospecto del Programa de fecha 21 de diciembre de 2020 (el "Prospecto" respectivamente), publicado en su versión resumida en el micrositio web de Colocaciones Primarias del MAE (la "Página Web de MAE" y el "MAE"), en el Boletín Diario de Bolsas y Mercados Argentinos S.A. ("BYMA" y el "Boletín Diario de la BCBA", respectivamente), en la página web de la Comisión Nacional de Valores (https://www.argentina.gob.ar/cnv), sección "Información Financiera" (la "Página Web de la CNV") y en la página web institucional de la Compañía (https://www.msu.com.ar/es/index.php) (la "Página Web de la Emisora"), y en el Suplemento de Prospecto publicado en el Boletín Diario de la BCBA, en la Página Web de MAE y en la Página Web de la CNV.
Todos los términos utilizados en mayúscula no definidos en el presente Aviso de Suscripción tendrán el significado que se les asigna en el Prospecto y/o enel Suplemento de Prospecto, según corresponda.
- $1)$ Organizadores y Colocadores: Organizadores y Colocadores: (i) Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U, con domicilio en Tte. Gral. Juan D. Perón 407, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Atención: Juan Ignacio Roldán, Teléfono: 6329-3084, Email: [email protected]); (ii) Puente Hnos. S.A., con domicilio en Av. del Libertador 498, Piso 4, Sector Norte, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Atención: Sales & Trading, Teléfono: 4329-0130, E-mail: [email protected], página web: www.puentenet.com); (iii) Balanz Capital Valores S.A.U., con domicilio en Av. Corrientes 316, Piso 3, Of. 362, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Atención: Sebastián Money/ Gonzalo Mendive/ Tomás Herrlein, Teléfono: 5276-7010, E-mail: [email protected] / [email protected] / [email protected]); (iv) Banco Supervielle S.A, con domicilio en Bartolomé Mitre 434, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Atención: Manuel Alvarado Uriburu, Teléfono: 2193-1187, E-mail: [email protected]); y (v) Banco de la Provincia de Buenos Aires, con domicilio en San Martín 108, Piso 15, Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Atención: Eduardo Nicolás Giambruni / Oscar Mario Videla, Teléfono: 4331-7336 / 4347-0269 / 4347-0048, E-mail: [email protected] / [email protected]).
- Agente de Liquidación: Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U., a través de MAE Clear. $2)$
- $3)$ Valor Nominal Ofertado: El valor nominal a emitir de las Obligaciones Negociables será de hasta U\$S 10.000.000 Dólares Estadounidenses diez millones) ampliable hasta el Monto Máximo. El valor nominal a emitir será informado
oportunamente a través de un aviso de resultados complementario al Suplemento de Prospecto (el "Aviso de Resultados") que se publicará en la Página Web de la Emisora, así como en la Página Web de la CNV, en el Boletín Diario de la BCBA y en la Página Web del MAE, luego del cierre del Período de Licitación.
- Período de Difusión: Comenzará el 17 de agosto de 2021 y finalizará el 19 de agosto de 2021. $4)$
- Período de Licitación: Tendrá lugar entre las 10:00 y las 16:00 horas del 20 de agosto de 2021. 5)
- $6)$ Fecha de Emisión y Liquidación: 24 de agosto de 2021.
- Moneda de denominación y pago de las Obligaciones Negociables: Las Obligaciones Negociables Serie IX estarán $7)$ denominadas en Dólares Estadounidenses y serán pagaderas en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable en cada Fecha de Pago de Intereses y en la Fecha de Vencimiento, según fuera el caso, conforme se establece en el Suplemento de Prospecto. Los pagos de las sumas de capital, servicios de intereses y demás sumas que correspondan bajo las mismas serán realizados en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable.
- Moneda y Forma de Integración: Las Obligaciones Negociables serán integradas en la Fecha de Emisión y Liquidación en 8) efectivo, en Pesos al Tipo de Cambio Inicial. Antes de las 14:00 hs. de la Fecha de Emisión y Liquidación, el inversor a quien se le hubiera adjudicado las Obligaciones Negociables, deberá integrar el valor nominal correspondiente a las Obligaciones Negociables efectivamente adjudicadas (el "Monto a Integrar") mediante: (a) transferencia electrónica a una cuenta abierta a nombre del respectivo Colocador, la cual será informada en la Orden de Compra, o (b) autorización al respectivo Colocador para que debite de una o más cuentas de titularidad del inversor las sumas correspondientes abiertas en el Colocador; todo ello de acuerdo a las instrucciones consignadas en la Orden de Compra respectiva; y (ii) Agente Intermediario Habilitado deberá pagar el correspondiente Monto a Integrar respectivo mediante transferencia electrónica a la cuenta del Agente de Liquidación. Para mayor información, véase la Sección "Plan de Distribución -Suscripción e Integración" del Suplemento de Prospecto.
- Tipo de Cambio Inicial: Será el tipo de cambio determinado y publicado por el Banco Central de la República Argentina 9) (el "BCRA") mediante la Comunicación "A" 3500 del Día Hábil anterior al Período de Licitación, el cual será informado en el Aviso de Resultados.
- Tipo de Cambio Aplicable: Significa el tipo de cambio del Día Hábil anterior a la Fecha de Cálculo (tal como este término 10) se define más adelante) correspondiente al tipo de cambio determinado y publicado por el BCRA mediante la Comunicación "A" 3500 (o la regulación que la sucediere o modificare en el tiempo) en base al procedimiento de encuesta de cambio establecido en la misma, siempre y cuando dicho tipo de cambio reflejare el tipo de cambio para la liquidación de divisas proveniente de la exportación de los Productos de Referencia (tal como este término se define a continuación).
En el supuesto que (i) exista un desdoblamiento cambiario y/o dicho tipo de cambio dejare de reflejar el tipo de cambio para la liquidación de divisas proveniente de la exportación de los Productos de Referencia -circunstancia que deberá ser informada por la Emisora mediante publicación de una nota de hecho relevante a ser publicada en la AIF y en el Boletín Diario de la BCBA- o (ii) exista un desdoblamiento cambiario y/o el BCRA dejare de efectuar dicha determinación y publicación, será (x) en primer lugar, el tipo de cambio comprador de los Pesos equivalentes a un Dólar Estadounidense divisa por la liquidación de divisas proveniente de la exportación del Producto de Referencia del Día Hábil previo a la Fecha de Cálculo informado por el BCRA al cierre de operaciones; o (y) si este último no se encontrara disponible por cualquier causa, en segundo lugar, el de la cotización del Dólar Estadounidense divisa comprador por la liquidación de divisas proveniente de la exportación de los Productos de Referencia del Día Hábil previo a la Fecha de Cálculo informado por el Banco de Referencia al cierre de sus operaciones; en los supuestos (x) e (y) anteriores según sea calculado por el Agente de Cálculo. El Tipo de Cambio Aplicable correspondiente al pago de servicios de amortización y los intereses de las Obligaciones Negociables será informado en los respectivos avisos de pago de servicios a ser publicados en la Página Web de la Emisora, el Boletín Diario de la BCBA, en la AIF y en el Micrositio MPMAE de la web del MAE y en el Boletín Electrónico del MAE.
- 11) Productos de Referencia: Aquellos bienes que se encuentran descriptos en los Capítulos 10 (Cereales) y 12 (Semillas y frutos oleaginosos; semillas y frutos diversos; plantas industriales o medicinales; paja y forraje) del nomenclador común del Mercosur, disponible en https://www.afip.gob.ar/aduana/arancelintegrado/.
- Fecha de Cálculo: Será la fecha en que opere el sexto Día Hábil anterior de cada Fecha de Pago de Intereses y a la Fecha 12) de Vencimiento.
Agente de cálculo: MSU S.A. $13)$
- Denominación Mínima: Las Obligaciones Negociables tendrán una denominación mínima de US\$ 1 (Dólares $14)$ Estadounidenses uno) y múltiplos de US\$ 1 (Dólares Estadounidenses uno) superiores a dicho monto.
- Monto Mínimo de Suscripción: El monto mínimo de suscripción de las Obligaciones Negociables será de US\$ 150 (Dólares 15) Estadounidenses ciento cincuenta) y múltiplos de US\$ 1 (Dólares Estadounidenses uno) por encima de dicho monto.
- 16) Unidad Mínima de Negociación: La unidad mínima de negociación de las Obligaciones Negociables será de US\$ 1 (Dólares Estadounidenses uno).
- Precio de Emisión: 100% del valor nominal de las Obligaciones Negociables. $17)$
- Tasa de Interés: Las Obligaciones Negociables devengarán intereses a la tasa de interés fija nominal anual truncada a dos 18) decimales que surja del proceso de determinación de la misma detallado en el Capítulo "Plan de Distribución" del Suplemento de Prospecto, y será informada mediante el Aviso de Resultados.
- Fecha de Pago de Intereses: Los intereses de las Obligaciones Negociables se pagarán trimestralmente, en forma vencida, 19) en las fechas que se informarán en el Aviso de Resultados (cada una, una "Fecha de Pago de Intereses").
- Período de Devengamiento de Intereses: Es el período comprendido entre una Fecha de Pago de Intereses y la Fecha de $20)$ Pago de Intereses inmediatamente posterior, incluyendo el primer día y excluyendo el último día. Respecto de la primera Fecha de Pago de Intereses, se considerará período de devengamiento de intereses el comprendido entre la Fecha de Emisión y Liquidación y la primera Fecha de Pago de Intereses, incluyendo el primer día y excluyendo el último día. Respecto de la última Fecha de Pago de Intereses, se considerará período de devengamiento de intereses el comprendido entre la anteúltima Fecha de Pago de Intereses y la Fecha de Vencimiento, incluyendo el primer día y excluyendo el último día.
- Base de Cálculo para Intereses: Para el cálculo de los intereses, se considerará la cantidad real de días transcurridos y un $21)$ año de 365 (trescientos sesenta y cinco) días (cantidad real de días transcurridos/365).
- Fecha de Vencimiento: Será el día en que se cumplan 23 meses a contar desde la Fecha de Emisión y Liquidación (la "Fecha 22) de Vencimiento"). La Fecha de Vencimiento será la que se informe en el Aviso de Resultados. En caso de que no sea un Día Hábil, o de no existir dicho día, será el primer Día Hábil siguiente.
- Amortización: El 100% del valor nominal de las Obligaciones Negociables será pagadero 1 (una) cuota pagadera en la Fecha $23)$ de Vencimiento (la "Fecha de Amortización"). La Fecha de Amortización será la que se informe en el Aviso de Resultados.
- Listado y Negociación: La Emisora ha solicitado autorización para el listado de las Obligaciones Negociables en BYMA y 24) para su negociación en el MAE.
- Terminación, suspensión o prórroga del Período de Difusión y/o del Período de Licitación: La Emisora, previa $25)$ comunicación a los Colocadores y sin necesidad de invocar motivo alguno, podrá modificar y/o suspender y/o prorrogar y/o terminar el Período de Difusión y/o el Período de Licitación en cualquier momento del mismo, comunicando por escrito dicha circunstancia (a más tardar el Día Hábil correspondiente al día de finalización del período de que se trate o en el mismo día antes del cierre de la rueda en el caso en que el Período de Licitación fuere de un Día Hábil), publicando un "Hecho Relevante" en la AIF, con anterioridad al vencimiento del Período de Difusión y/o del Período de Licitación, en el cual se indicará, en su caso, la nueva fecha de vencimiento del Período de Difusión y/o del Período de Licitación o la fecha en que se reanudará el curso del mismo o la forma en que se hará pública la reanudación del curso del mismo.
La terminación, modificación, suspensión y/o prórroga del Período de Difusión y/o del Período de Licitación no generará responsabilidad alguna a la Emisora y/o a los Colocadores ni otorgará a los Oferentes interesados que hayan presentado Órdenes de Compra, ni a los agentes del MAE y/o adherentes al mismo que hayan presentado Ofertas de Compra, derecho a compensación y/o indemnización alguna. En caso de terminación del Período de Licitación, todas las Órdenes de Compra que en su caso se hayan presentado hasta ese momento quedarán automáticamente sin efecto. En caso de suspensión y/o prórroga del Período de Licitación, las Órdenes de Compra presentadas con anterioridad a tal suspensión y/o prórroga podrán ser retiradas en cualquier momento anterior a la finalización del Período de Licitación, sin penalidad alguna.
Rescate anticipado por razones impositivas: Las Obligaciones Negociables podrán ser rescatadas a opción de la Sociedad $26)$
en su totalidad, pero no parcialmente, en caso que tuvieran lugar ciertos cambios impositivos que generen en la Sociedad la obligación de pagar montos adicionales bajo las Obligaciones Negociables. Para mayor información ver "Términos y Condiciones Generales del Programa - Reembolso anticipado por razones impositivas" del Prospecto.
Rescate Opcional: En cualquier momento, la Emisora tendrá el derecho, a su sola opción, de rescatar las Obligaciones $27)$ Negociables en su totalidad (pero no en parte), al precio de rescate de capital (más los intereses devengados y no pagados calculados hasta la fecha de rescate, los montos adicionales y cualquier otra suma adeudada bajo las Obligaciones Negociables) que surge del siguiente detalle:
| PIdZ0 | |
|---|---|
| Desde la Fecha de Emisión y Liquidación hasta el séptimo mes (inclusive) desde la Fecha de Emisión y Liquidación |
Precio 103% |
| A partir del octavo mes desde la Fecha de Emisión y Liquidación hasta el décimo cuarto mes (inclusive) desde la Fecha de Emisión y Liquidación |
102% |
| Luego del décimo cuarto mes (exclusive) desde la Fecha de Emisión y Liquidación y hasta el día anterior a la Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Serie IX |
101% |
$PL =$
Para ello, la Emisora notificará previamente a los tenedores de Obligaciones Negociables con una anticipación de no menos de cinco (5) Días Hábiles y no más de quince (15) Días Hábiles de la fecha en la que se realizará el rescate, notificación que será irrevocable y que se efectuará mediante un aviso complementario a este Suplemento en un diario de amplia circulación en la Argentina, en la Página Web de la CNV, a través de la AIF, en BYMA a través del Boletín Diario de la BCBA y en el Boletín Electrónico del MAE. Sin perjuicio del procedimiento que se establezca para cada caso, se respetará la igualdad de trato de todos los tenedores y lo que, en la oportunidad del rescata, establezcan las normas del Banco Central en materia de control de cambios.
Modalidad de la Licitación: Las Obligaciones Negociables serán colocadas a través del sistema de licitaciones SIOPEL del $28)$ MAE de subasta y/o licitación pública "abierta" de acuerdo con el procedimiento autorizado por las Normas de la CNV y conforme los parámetros y condiciones que se detallan en la Sección "Plan de Distribución" del Suplemento de Prospecto.
Todos los Agentes Intermediarios Habilitados podrán ser habilitados para participar en la licitación de las Obligaciones Negociables. En tal sentido, todos aquellos Agentes Intermediarios Habilitados que cuenten con línea de crédito otorgada por los Colocadores serán, a pedido de ellos, dados de alta en la rueda. Por su parte, aquellos Agentes Intermediarios Habilitados que no cuenten con línea de crédito deberán solicitar a los Colocadores la habilitación a la rueda, para la cual deberán acreditar, entre otra información, el cumplimiento de la Ley de Prevención del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo y demás normas concordantes. En cualquier caso, la solicitud deberá realizarse hasta las 16 horas del Día Hábil anterior al inicio del Período de Licitación.
- Adjudicación y Prorrateo: La Adjudicación y prorrateo se efectuará de conformidad con lo dispuesto en la Sección "Plan $29)$ de Distribución" del Suplemento de Prospecto.
- Tramo Competitivo y Tramo No Competitivo: La oferta constará de un tramo competitivo (el "Tramo Competitivo") y de un $30)$ tramo no competitivo (el "Tramo No Competitivo"). Las Órdenes de Compra remitidas bajo el Tramo Competitivo deberán indefectiblemente incluir Tasa Solicitada, expresada como nominal anual porcentaje múltiplo de 0,01% mientras que aquellas que se remitan bajo el Tramo No Competitivo no incluirán dichas variables. Constituirán Órdenes de Compra que conformarán el Tramo Competitivo de las Obligaciones Negociables, aquéllas que indiquen indefectiblemente el Monto Solicitado y la Tasa Solicitada para las Obligaciones Negociables. Solo las Órdenes de Compra que conformen el Tramo Competitivo se tomarán en cuenta para la determinación de la Tasa de Corte. Constituirán Órdenes de Compra que conformarán el Tramo No Competitivo de las Obligaciones Negociables, aquéllas que sean por un valor nominal igual o inferior a US\$ 50.000 (Dólares Estadounidenses cincuenta mil); y no indiquen la Tasa Solicitada. Las Órdenes de Compra que conformen el Tramo No Competitivo no se tomarán en cuenta para la determinación de la Tasa de Corte. A las Órdenes de Compra que conformen el Tramo No Competitivo se les aplicara la Tasa de Corte que finalmente se determine en el Tramo Competitivo para las Obligaciones Negociables. Bajo el Tramo Competitivo, los oferentes podrán presentar sin limitación alguna más de una Orden de Compra que contengan distintos Montos Solicitados y/o distinta Tasa Solicitada pudiendo quedar adjudicadas una, todas o ninguna de las Órdenes de Compra remitidas, de conformidad con el procedimiento que se describe en la Sección "Plan de
Distribución" del Suplemento de Prospecto. Asimismo, cada inversor podrá presentar una o más órdenes de compra que constituirán el Tramo No Competitivo y una o más órdenes de compra que constituirán el Tramo Competitivo con distintas Tasas Solicitadas y diferentes valores nominales que se pretenda suscribir en relación a las Obligaciones Negociables pudiendo resultar adjudicadas una, todas, o ninguna de las órdenes de compra remitidas.
- Calificación de Riesgo: Fix Scr S.A. (afiliada de Fitch Ratings) Agente de Calificación de Riesgo en su dictamen de fecha 6 $31)$ de agosto de 2021 ha calificado a las Obligaciones Negociables como "A-(arg)". Para mayor detalle véase "Información Adicional-d) Calificación de Riesgo" en el Suplemento de Prospecto.
- Destino de los Fondos: El producido neto de la colocación de las Obligaciones Negociables será aplicado por la Sociedad, $32)$ de acuerdo a lo indicado en el Artículo 36 de la Ley de Obligaciones Negociables, a (i) inversiones en activos físicos y bienes de capital situados en el país, (ii) adquisición de fondos de comercio situados en el país, (iii) integración de capital de trabajo en el país, (iv) refinanciación de pasivos, (v) a la adquisición de participaciones sociales, (vi) a la integración de aportes de capital y/o financiamiento del giro comercial del negocio de sociedades controladas o vinculadas a la Emisora, cuyo producido se aplique exclusivamente a los destinos antes referidos. Para más información sobre el Destino de los Fondos de las Obligaciones Negociables Serie IX, por favor ver "Destino de los Fondos" del Suplemento de Prospecto.
- Comisiones: Para más información ver la sección "Gastos de Emisión" del Suplemento de Prospecto. $33)$
- Lev Aplicable y Jurisdicción: Las Obligaciones Negociables se regirán por, y serán interpretadas de conformidad con, las $34)$ leyes de la República Argentina. La Sociedad someterá sus controversias con relación a las Obligaciones Negociables a la jurisdicción del Tribunal de Arbitraje General de la BCBA (en virtud del ejercicio de la facultad delegada por BYMA a la BCBA) (o el que se cree en el futuro de conformidad con el artículo 46 de la Ley de Mercado de Capitales) de acuerdo con las reglas del arbitraje de derecho, sin perjuicio del derecho de los inversores a acudir a los tribunales judiciales competentes contemplado en el artículo 46 de la Ley de Mercado de Capitales. La acción ejecutiva de cobro tramitará ante los tribunales comerciales de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, en los casos en que las normas vigentes establezcan la acumulación de acciones entabladas con idéntica finalidad ante un solo tribunal, la acumulación será ante el tribunal judicial aplicable
El Prospecto, el Suplemento de Prospecto, el presente Aviso de Suscripción y demás documentos relevantes para la emisión de las Obligaciones Negociables se encuentran a disposición de los interesados en formato digital o electrónico en la Página Web de la CNV y en la Página Web de la Emisora. La Emisora recomienda la lectura y examen del Prospecto y el Suplemento de Prospecto, del presente Aviso de Suscripción y demás documentos relevantes, en su totalidad y de sus estados contables.
Oferta pública del Programa autorizada por Resolución Nº 17.091 de fecha 23 de mayo de 2013 y prórroga del plazo del Programa autorizada por Resolución N° 19.554 de fecha 14 de junio de 2018 de la CNV. Dichas autorizaciones significan solamente que se ha dado cumplimiento a los requisitos de información de la CNV. La CNV y el MAE no se han expedido respecto de la información contenida en el Prospecto y/o en el Suplemento de Prospecto. La información incluida en el presente es información parcial que deberá ser completada con la información contenida en el Prospecto y en el Suplemento de Prospecto. Los interesados deben considerar cuidadosamente la información contenida en dichos documentos antes de tomar una decisión de invertir en las Obligaciones Negociables.
La información contenida en el Suplemento de Prospecto y en el Prospecto del Programa no ha sido objeto de revisión por parte del Mercado Abierto Electrónico, siendo la misma exclusiva responsabilidad de los miembros del órgano de administración y fiscalización, en lo que resulta de su competencia y de los Agentes que participen como Organizadores y Colocadores en la Oferta Pública conforme con lo previsto por los artículos 119 y 120 de la Ley 26.831.

Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U. Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Número de Matrícula N° 22 de la CNV
ORGANIZADORES Y COLOCADORES

Balanz Capital Valores S.A.U. Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral

Banco Supervielle S.A. Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral - Número de Número de Matrícula Nº 210 de la CNV
Matrícula Nº 57 de la CNV

Gestión Patrimonial & Mercado de Capitales

Banco de la Provincia de Buenos Aires Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Número de Matrícula Nº 43 de la CNV
Puente Hnos. S.A. Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral, Número de Matrícula Nº 28 de la CNV
La fecha de este Aviso de Suscripción es de fecha 13 de agosto de 2021
$\theta$ Federico Walter Autorizado MSU S.A.