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MSU S.A. — Capital/Financing Update 2020
Feb 28, 2020
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AVISO DE SUSCRIPCIÓN
MSU S.A.
Obligaciones Negociables Simples Serie VII
por un valor nominal en conjunto de hasta U$S 8.000.000 (Dólares Estadounidenses ocho millones) ampliable por hasta US$ 15.000.000 (Dólares Estadounidenses quince millones), que serán indistintamente
| CLASE A | CLASE B |
| Denominadas en Dólares Estadounidenses y pagaderas en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable, a tasa fija con vencimiento a los 15 meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación | Denominadas y pagaderas en Dólares Estadounidenses, a tasa fija con vencimiento a los 15 meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación |
Mediante el presente aviso de suscripción (el “Aviso de Suscripción”), se comunica al público inversor en general que MSU S.A. (“MSU” o el “Emisor”) ofrece en suscripción: (i) las obligaciones negociables Clase A denominadas en Dólares Estadounidenses y pagaderas en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable a una tasa de interés fija y con vencimiento a los 15 meses desde la Fecha de Emisión y Liquidación (las “ON Clase A”); y (ii) las obligaciones negociables Clase B denominadas y pagaderas en Dólares Estadounidenses a una tasa de interés fija y con vencimiento a los 15 meses desde la Fecha de Emisión y Liquidación (las “ON Clase B” y junto con las ON Clase A, las “Obligaciones Negociables”); por un valor nominal en conjunto de hasta U$S 8.000.000 (Dólares Estadounidenses ocho millones) ampliable por hasta un valor nominal de US$15.000.000 (Dólares Estadounidenses quince millones), a ser emitidas en el marco de su programa global para la emisión de obligaciones negociables por un valor nominal de hasta US$ 50.000.000 (Dólares Estadounidenses cincuenta millones) (o su equivalente en otras monedas) (el “Programa”), y de acuerdo con los principales términos y condiciones que se resumen a continuación y que forman parte del prospecto del Programa de fecha 27 de noviembre de 2019 (el “Prospecto”), cuya versión resumida fuera publicada en el Boletín Diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (la “BCBA”), actuando ésta entidad en virtud del ejercicio de facultades delegadas por Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (“BYMA”) a favor de aquella, en la misma fecha; y del suplemento de prospecto relativo a la emisión de las Obligaciones Negociables de fecha 28 de febrero de 2020 (el “Suplemento de Prospecto”), cuya versión resumida que fuera publicada en el Boletín Diario de la BCBA, en la misma fecha, pudiendo el Prospecto, el Suplemento de Prospecto y las versiones resumidas de ambos documentos ser encontrados en la Autopista de Información Financiera (la “AIF”) de la CNV, en el sitio web institucional del Emisor (www.msu.com.ar); y en el micrositio web del MAE para colocaciones primarias (www.mae.com.ar/mpmae). Todos los términos utilizados en mayúscula no definidos en el presente Aviso de Suscripción tendrán el significado que se les asigna en el Suplemento de Prospecto:
1) Organizadores y Colocadores: Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U. (Tte. Gral. J. D. Perón 430, Piso 21°, Ciudad de Buenos Aires, Argentina,), Balanz Capital Valores S.A.U. (Av. Corrientes 316, Piso 3°, Of. 362, Ciudad de Buenos Aires, Argentina), INTL CIBSA S.A. (Sarmiento 459, Piso 9°, Ciudad de Buenos Aires, Argentina) y Banco de la Provincia de Buenos Aires (San Martin 108, Piso 15, Ciudad de Buenos Aires, Argentina).
2) Descripción: Obligaciones Negociables simples con garantía común, sin garantía de terceros, no subordinadas y no convertibles. Las Obligaciones Negociables serán emitidas conforme con la Ley de Obligaciones Negociables y demás normas vigentes.
3) Monto Ofertado: Hasta valor nominal de U$S 8.000.000 (Dólares Estadounidenses ocho millones) ampliable por hasta valor nominal de US$ 15.000.000 (Dólares Estadounidenses quince millones). El monto de emisión definitivo será informado en el Aviso de Resultado.
4) Moneda de Denominación y Pago:
- ON Clase A: Las ON Clase A estarán denominadas en Dólares Estadounidenses y serán pagaderas en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable.
- ON Clase B: Las ON Clase B estarán denominadas y todos los pagos que se efectúen bajos las mismas se realizarán en Dólares Estadounidenses.
5) Moneda de Integración:
- ON Clase A: Las ON Clase A serán suscriptas e integradas en la Fecha de Emisión y Liquidación en Pesos al Tipo de Cambio Inicial de conformidad con lo dispuesto en el capítulo “Plan de Distribución” del Suplemento.
- ON Clase B: Las ON Clase B serán suscriptas e integradas en la Fecha de Emisión y Liquidación en Dólares Estadounidenses de conformidad con lo dispuesto en el capítulo “Plan de Distribución” del Suplemento.
6) Tipo de Cambio Inicial: Será el tipo de cambio determinado y publicado por el Banco Central de la República Argentina (el “BCRA”) mediante la Comunicación “A” 3500 del Día Hábil anterior al Período de Licitación, el cual será informado en el Aviso de Resultado.
7) Tipo de Cambio Aplicable: Significa el tipo de cambio del Día Hábil anterior a cada Fecha de Cálculo correspondiente al tipo de cambio determinado y publicado por el BCRA mediante la Comunicación “A” 3500 (o la regulación que la sucediere o modificare en el tiempo) en base al procedimiento de encuesta de cambio establecido en la misma, siempre y cuando dicho tipo de cambio reflejare el tipo de cambio para la liquidación de divisas proveniente de la exportación del Producto de Referencia.
8) Productos de Referencia: Aquellos bienes que se encuentran descriptos en los Capítulos 10 (Cereales) y 12 (Semillas y frutos oleaginosos; semillas y frutos diversos; plantas industriales o medicinales; paja y forraje) del nomenclador común del Mercosur, disponible en http://www.afip.gov.ar/aduana/arancelintegrado.
9) Fecha de Calculo: La fecha que opere el sexto Día Hábil antes de la fecha de pago aplicable.
10) Monto Mínimo de Suscripción:
- ON Clase A: El monto mínimo de suscripción de las ON Clase A será de U$S 300 (Dólares Estadounidenses trescientos) y múltiplos de U$S1 (Dólares Estadounidenses uno) por encima de dicho monto.
- ON Clase B: El monto mínimo de suscripción de las ON Clase B será de U$S 300 (Dólares Estadounidenses trescientos) y múltiplos de U$S1 (Dólares Estadounidenses uno) por encima de dicho monto.
11) Unidad Mínima de Negociación:
- ON Clase A: La unidad mínima de negociación de las ON Clase A será de U$S 1 (Dólares Estadounidenses uno).
- ON Clase B: La unidad mínima de negociación de las ON Clase B será de U$S 1 (Dólares Estadounidenses uno).
12) Denominación Mínima:
- ON Clase A: Las ON Clase A tendrán una denominación mínima de U$S1 (Dólares Estadounidenses uno) y múltiplos de U$S1 (Dólares Estadounidenses uno) superiores a dicho monto.
- ON Clase B: Las ON Clase B tendrán una denominación mínima de U$S1 (Dólares Estadounidenses uno) y múltiplos de U$S1 (Dólares Estadounidenses uno) superiores a dicho monto.
13) Precio de Emisión: 100% del valor nominal de las Obligaciones Negociables.
14) Tasa de Interés:
- ON Clase A: Las ON Clase A devengarán intereses a la tasa de interés fija nominal anual que surja del proceso de determinación de la misma detallado en el Capítulo “Plan de Distribución” del Suplemento de Prospecto, y será informada mediante el Aviso de Resultado.
- ON Clase B: Las ON Clase B devengarán intereses a la tasa de interés fija nominal anual que surja del proceso de determinación de la misma detallado en el Capítulo “Plan de Distribución” del Suplemento de Prospecto, y será informada mediante el Aviso de Resultado.
15) Fechas de Pago de Intereses: Los intereses de las Obligaciones Negociables se pagarán en forma vencida. Los pagos de intereses serán realizados en forma trimestral excepto la última Fecha de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables que coincidirá con la Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables, en las fechas que se informarán en el Aviso de Resultado.
16) Base de Cálculo de Intereses: Para el cálculo de los intereses, se considerará la cantidad real de días transcurridos y un año de 365 (trescientos sesenta y cinco) días (cantidad real de días transcurridos/365).
17) Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables: Será el día en que se cumplan 15 meses contados desde la Fecha de Emisión y Liquidación. La Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables será la que se informe en el Aviso de Resultado.
18) Amortización: Las Obligaciones Negociables serán amortizadas en un único pago a ser realizado en la Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables.
19) Listado y Negociación: Se ha solicitado autorización para el listado de las Obligaciones Negociables en BYMA y para su negociación en el MAE. La Sociedad podrá solicitar que las Obligaciones Negociables sean elegibles para su transferencia a través de Euroclear o Clearstream.
20) Período de Difusión: Comenzará el 2 de marzo de 2020 a las 10 hs. y finalizará el 4 de marzo de 2020 a las 16 hs. Durante el Período de Difusión, ni los Agentes Organizadores y Colocadores ni ningún otro Agente Intermediario Habilitado podrán aceptar Órdenes de Compra.
21) Período de Licitación: Comenzará a las 10 hs. y finalizará a las 16 hs. del 5 de marzo de 2020.
22) Terminación, modificación, suspensión y/o prórroga del Período de Difusión y del Período de Licitación: La Emisora podrá suspender y/o prorrogar y/o terminar el Período de Difusión y/o el Período de Licitación en cualquier momento del mismo, comunicando por escrito dicha circunstancia (a más tardar el Día Hábil correspondiente al día de finalización del período de que se trate o en el mismo día antes del cierre de la rueda en el caso en que el Período de Licitación fuere de un Día Hábil), publicando un “Hecho Relevante” en la AIF, con anterioridad al vencimiento del Período de Difusión y/o del Período de Licitación, en el cual se indicará, en su caso, la nueva fecha de vencimiento del Período de Difusión y/o del Período de Licitación o la fecha en que se reanudará el curso del mismo o la forma en que se hará pública la reanudación del curso del mismo. . En caso de terminación del Período de Licitación, todas las Órdenes de Compra que en su caso se hayan presentado hasta ese momento quedarán automáticamente sin efecto. En caso de suspensión y/o prórroga del Período de Licitación, las Órdenes de Compra presentadas con anterioridad a tal suspensión y/o prórroga podrán ser retiradas en cualquier momento anterior a la finalización del Período de Licitación, sin penalidad alguna
23) Fecha de Emisión y Liquidación: Será el 10 de marzo de 2020.
24) Modalidad de la Licitación: Las Obligaciones Negociables serán colocadas a través del sistema SIOPEL del MAE conforme los parámetros y condiciones que se detallan en el capítulo “Plan de Distribución” del Suplemento de Prospecto. La licitación pública será desarrollada bajo la modalidad “abierta”.
25) Adjudicación y Prorrateo: La adjudicación y prorrateo se efectuará de conformidad con lo dispuesto en el capítulo “Plan de Distribución” del Suplemento de Prospecto.
26) Tramo Competitivo y Tramo No Competitivo: La oferta de cada una de las clases de las Obligaciones Negociables constará de un Tramo Competitivo y de un Tramo No Competitivo. Constituirán Órdenes de Compra que conformarán el tramo competitivo de cada clase, aquéllas que indiquen indefectiblemente el monto solicitado y la Tasa Solicitada de las ON Clase A o la Tasa Solicitada de las ON Clase B, según corresponda. Solo las Órdenes de Compra que conformen el Tramo Competitivo se tomarán en cuenta para la determinación de la Tasa de Corte de las ON Clase A o Tasa de Corte de las ON Clase B, según corresponda. Constituirán Órdenes de Compra que conformarán el tramo no competitivo de cada clase, aquéllas que sean por un valor nominal igual o inferior a U$S 50.000 (Dólares Estadounidenses cincuenta mil) y no indiquen una Tasa Solicitada de las ON Clase A o Tasa Solicitada de las ON Clase B, según corresponda; aquellas Órdenes de Compra remitidas bajo esta modalidad serán consideradas, a todos los efectos, como ofertas irrevocables y en firme. Las Órdenes de Compra que conformen el Tramo No Competitivo no se tomarán en cuenta para la determinación de la Tasa de Corte de las ON Clase A o la Tasa de Corte de las ON Clase B, según sea el caso. A las Órdenes de Compra que conformen el Tramo No Competitivo de cada clase, se les aplicara la Tasa de Corte de las ON Clase A o la Tasa de Corte de las ON Clase B, según corresponda, que finalmente se determine en el Tramo Competitivo de dicha clase. Bajo el Tramo Competitivo, los oferentes podrán presentar sin limitación alguna más de una Orden de Compra que contengan distintos montos y/o distinta Tasa Solicitada de las ON Clase A y/o Tasa Solicitada de las ON Clase B, según sea el caso, pudiendo quedar adjudicadas una, todas o ninguna de las Órdenes de Compra remitidas, de conformidad con el procedimiento que se describe en el capítulo “Plan de Distribución” del Suplemento de Prospecto. Asimismo, cada inversor podrá presentar una o más órdenes de compra que constituirán el Tramo No Competitivo y una o más órdenes de compra que constituirán el Tramo Competitivo con distintas Tasas Solicitadas y diferentes valores nominales que se pretenda suscribir en relación a las Obligaciones Negociables pudiendo resultar adjudicadas una, todas, o ninguna de las órdenes de compra remitidas.
27) Agente de Liquidación: Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U., a través de MAE Clear.
28) Calificación de Riesgo: Las Obligaciones Negociables han sido calificadas por FIX SCR S.A. (afiliada de Fitch Ratings) AGENTE DE CALIFICACION DE RIESGO con la nota A-(arg) Perspectiva: Estable, conforme dictamen de fecha 28 de febrero de 2020 disponible en el sitio web de la CNV.
29) Inexistencia de Mercado para las Obligaciones Negociables-Estabilización: Las Obligaciones Negociables no cuentan con un mercado de negociación establecido. Una vez que las Obligaciones Negociables ingresan en la negociación secundaria, los Colocadores podrán (pero no estarán obligados a) realizar operaciones destinadas a estabilizar el precio de mercado de dichas obligaciones negociables conforme con el artículo 12, Sección III del Capítulo IV, Título VI de las Normas de la CNV. Para mayor información ver “Plan de Distribución - Inexistencia de Mercado para las Obligaciones Negociables-Estabilización” del Suplemento de Prospecto.
El Prospecto y el Suplemento de Prospecto y demás documentos relevantes para la emisión de las Obligaciones Negociables se encuentran a disposición de los interesados en las oficinas del Emisor y de los Organizadores y Colocadores, en la AIF de la CNV, en el micrositio web del MAE y en la página web institucional del Emisor www.msu.com.ar. La información incluida en el presente es información parcial que deberá ser completada con la información contenida en el Prospecto y en el Suplemento de Prospecto. Los interesados deben considerar cuidadosamente la información contenida en dichos documentos antes de tomar una decisión de invertir en las Obligaciones Negociables. El Emisor recomienda la lectura y examen del Prospecto y del Suplemento de Prospecto en su totalidad y de sus estados contables de y sus notas correspondientes a los ejercicios anuales finalizados el 30 de junio de 2019, 2018 y 2017 y de sus estados comparativos correspondientes a los periodos de seis meses finalizados el 31 de diciembre del 2019 y 2018 incluido en el Suplemento.
La información contenida en el Suplemento de Prospecto y en el Prospecto no ha sido objeto de revisión por parte del Mercado Abierto Electrónico S.A.
Ciudad de Buenos Aires, 28 de febrero de 2020.
______________________
Gonzalo Rivas Orozco
Autorizado
Organizadores y Colocadores
| Banco Galicia | ||
| Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U. Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Número de Matrícula N° 22 de la CNV | Balanz Capital Valores S.A.U. Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Número de Matrícula N° 210 de la CNV | INTL CIBSA S.A. Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Número de Matrícula N° 47 de la CNV |
| Banco de la Provincia de Buenos Aires Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Número de Matrícula N° 43 de la CNV |