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Central Termica Roca S.A. — Capital/Financing Update 2026
Apr 8, 2026
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Capital/Financing Update
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ADENDA Y AVISO COMPLEMENTARIO
OFERTA DE CANJE DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES
Y SOLICITUD DE CONSENTIMIENTO
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Generación Mediterránea S.A. y Central Térmica Roca S.A. Co-Emisoras
OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE XLIII, DENOMINADAS EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES, Y PAGADERAS EN PESOS AL TIPO DE CAMBIO APLICABLE, CON VENCIMIENTO EN 2036
OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE XLIV, DENOMINADAS Y PAGADERAS EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES EN EL PAÍS, CON VENCIMIENTO EN 2036
A SER CO-EMITIDAS BAJO EL PROGRAMA DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES SIMPLES (NO CONVERTIBLES EN ACCIONES) POR UN VALOR NOMINAL DE HASTA US$1.300.000.000 (DÓLARES ESTADOUNIDENSES MIL TRESCIENTOS MILLONES) (O SU EQUIVALENTE EN OTRAS MONEDAS O UNIDADES DE MEDIDA O VALOR) (EL “PROGRAMA”)
DIRIGIDA A LOS TENEDORES DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES ELEGIBLES
El presente es una adenda y aviso complementario (el “Aviso Complementario N°3”) al aviso de suscripción de fecha 18 de febrero de 2026 (el “Aviso de Suscripción”) y al suplemento de oferta de canje y solicitud de consentimiento de fecha 18 de febrero de 2026 (el “Suplemento”), conforme fueran complementados y modificados por la adenda y aviso complementario de fecha 9 de marzo de 2026 (el “Aviso Complementario N°1”) y la adenda y aviso complementario de fecha 27 de marzo de 2026 (el “Aviso Complementario N°2”), relativo a la oferta de canje y solicitud de consentimiento (la “Oferta”) de Generación Mediterránea S.A. (“GEMSA”) y Central Térmica Roca S.A. (“CTR” y, junto con GEMSA, las “Co-Emisoras”) dirigida a los Tenedores Elegibles, para el canje de todas y cada una de las Obligaciones Negociables Elegibles por (i) obligaciones negociables clase XLIII denominadas en Dólares Estadounidenses y pagaderas en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable (las “ONs Clase XLIII” o las “Nuevas Obligaciones Negociables USD Link”); y (ii) obligaciones negociables clase XLIV denominadas y pagaderas en Dólares Estadounidenses en el país (las “ONs Clase XLIV” o las “Nuevas Obligaciones Negociables USD MEP”, y en forma conjunta con las Nuevas Obligaciones Negociables USD Link, las “Nuevas Obligaciones Negociables”).
Los términos y condiciones de la Oferta están detallados en los Documentos de la Oferta (conforme se encuentra definido más adelante). Todos los términos en mayúscula utilizados en este Aviso Complementario N°3 que no se encuentren expresamente definidos tendrán el significado que se les asigna en los Documentos de la Oferta.
La oferta de las Nuevas Obligaciones Negociables y la Oferta de Canje y Solicitud de Consentimiento se realizan conforme a lo establecido los ” Documentos de la Oferta, particularmente en la Portada y en los apartados “ Resumen de la Oferta de Canje y Solicitud de Consentimiento , “ Oferta de las Nuevas Obligaciones Negociables ” , “ Oferta de Canje y Solicitud de Consentimiento ” y “ Plan de Distribución ” del Suplemento.
El presente Aviso Complementario N° 3 tiene por objeto prorrogar el Período de Participación Temprana y la Fecha de Expiración, conforme se detalla a continuación. Esta modificación pretende, entre otras cuestiones, permitir la coordinación del lanzamiento de las Ofertas Concurrentes: (i) la Oferta a las ONs 2027 que las Co-Emisoras esperan lanzar hacia el final de esta semana; y (ii) la Oferta a las ONs Garantizadas que las Co-Emisoras esperan lanzar la próxima semana, ambas en el marco del Proceso de Reestructuración en curso, alineando los plazos de la Oferta con los plazos mínimos de los restantes procesos concurrentes. Esto permitirá contar con mayor visibilidad y transparencia respecto de la implementación y el avance integral del Proceso de Reestructuración y, asimismo, promover una mayor participación y adhesión de los distintos Tenedores Elegibles, incluyendo los Inversores Institucionales, permitiendo la obtención de aprobaciones internas y el cumplimiento de cualquier otro proceso interno correspondiente aún pendiente.
Con excepción de la información aquí modificada, toda la demás información y términos de los Documentos de la Oferta permanecerán sin cambios.
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1) Con relación al punto 7) del Aviso de Suscripción, se comunica a los Tenedores Elegibles que el Período de Participación Temprana se modificará conforme el siguiente detalle:
Período de Participación Temprana : Comprende el período que se extenderá desde el 18 de febrero de 2026 (inclusive) hasta el cierre del 15 de abril de 2026, el cual podrá ser prorrogado de conformidad con el Suplemento.
2) Con relación al punto 8) del Aviso de Suscripción y al Subtítulo “ Fecha de Expiración ” del Título “ Fechas Importantes ” del Suplemento, se comunica a los Tenedores Elegibles que la Fecha de Expiración se modificará conforme el siguiente detalle :
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Fecha de Expiración : Será el 22 de abril de 2026, la cual podrá ser prorrogada de conformidad con el Suplemento.
Para mayor facilidad de los Tenedores Elegibles, a continuación, se acompaña un cuadro con las Fechas Importantes:
| Hito | Fecha |
|---|---|
| Anuncio de la Transacción | 18 de febrero de 2026 |
| Período de la Oferta de Canje y la Solicitud de Consentimiento |
Desde el 18 de febrero de 2026 (inclusive) y la Fecha de Expiración. |
| Período de Participación Temprana | Desde el 18 de febrero de 2026 (inclusive) hasta el cierre del 15 de abril de 2026, el cual podrá serprorrogado de conformidad conelSuplemento. |
| Fecha de Restructuración | Será el 31 de marzo de 2026. |
| Fecha de Expiración | Será el 22 de abril de 2026, la cual podrá ser prorrogada de conformidad con el Suplemento. |
| Fecha Límite | Será el 30 de junio de 2026 si para ese momento no se hubiera anunciado un Cierre por CACs o un Cierre por APE, según corresponda. |
3) Con relación al subtítulo “ Calificación de Riesgo ” del Título “ Términos y condiciones particulares de las ONs Clase XLIII ” y “ Términos y condiciones particulares de las ONs Clase XLIV ” del Suplemento, se comunica a los Tenedores Elegibles la siguiente información:
(i) Calificación de Riesgo ONs Clase XLIII: Fix SCR S.A. Agente de Calificación de Riesgo (“FIX”) en su informe de fecha 7 de abril de 2026 ha asignado a las Obligaciones Negociables Clase XLIII la calificación “CC(arg)”.
(i) Calificación de Riesgo ONs Clase XLIV: FIX en su informe de fecha 7 de abril de 2026 ha asignado a las Obligaciones Negociables Clase XLIV la calificación “CC(arg)”.
Dichos informes se encuentran disponibles en el sitio web de FIX: https://www.fixscr.com/emisor/view?type=emisor&id=397 y https://www.fixscr.com/emisor/view?type=emisor&id=171.
La calificación “CC(arg)” implica un riesgo crediticio extremadamente vulnerable respecto de otros emisores o emisiones dentro del país. Existe alta probabilidad de incumplimiento y la capacidad de cumplir con las obligaciones financieras depende exclusivamente del desarrollo favorable y sostenible del entorno económico y de negocios.
Para mayor facilidad, se reitera la información de contacto de los Agentes de Adhesión y Agente de Consentimiento de los Tenedores Aceptantes y Agente de Liquidación de los Tenedores Aceptantes :
(i) Banco de Servicios y Transacciones S.A.U . con domicilio en Tte. Gral. Juan Domingo Perón 646, Piso 4°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina (At.: Paz Sementuch / Matías Veloso / Pablo Kenny, Tel.: 5235 2832 / 2833 / 2835, e-mail: [email protected]); y (ii) SBS Trading S.A. con domicilio en Av. Eduardo Madero 900, Piso 19°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina (At. Francisco Bordo Villanueva – [email protected]; Gastón Donnadio – [email protected]; Carlos Carafi – [email protected].
(ii) Agente de Consentimiento de los Tenedores Aceptantes y Agente de Liquidación de los Tenedores Aceptantes: Banco Comafi S.A. con domicilio en Cecilia Grierson 355, Piso 24, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina (Tel: 4328-5555, e-mail: [email protected]. ar).
Se recuerda a los Tenedores Elegibles que el procedimiento para participar de la Oferta de Canje y otorgar el Consentimiento, mediante la Instrucción por Transferencia -mecanismo normal- se encuentra detallado en la sección “Plan de Distribución” del Suplemento y en el Aviso de Suscripción. Aquellos Inversores Institucionales que deseen participar mediante la Instrucción Alternativa -mecanismo especial- deberán considerar lo previsto en el Aviso Complementario N°2. La participación en la Oferta se encuentra sujeta al cumplimiento de los procedimientos, requisitos y plazos allí establecidos.
Las Nuevas Obligaciones Negociables serán emitidas bajo el Programa. El prospecto del Programa de fecha 27 de noviembre de 2025 y su correspondiente adenda de fecha 20 de febrero de 2026 (el “Prospecto”) y el Suplemento (junto con el Prospecto, el Aviso de Suscripción, el Aviso Complementario N°1, el Aviso Complementario N°2 y el presente Aviso Complementario N°3, los “Documentos de la Oferta”) se encuentran disponibles en el sitio web de la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”), www.argentina.gob.ar/cnv, bajo el ítem “Empresas” de la Autopista de la Información Financiera (la “AIF”), en los sistemas informáticos de A3 Mercados S.A. (el “A3”), en el Boletín Diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (la “BCBA”) en virtud del ejercicio de la facultad delegada por Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (“ByMA”) a la BCBA, y en el sitio web institucional de las Co-Emisoras (www.albanesi.com.ar).
Todas las aceptaciones a la Oferta de Canje y Solicitud de Consentimiento, con todo lo que ellas implican, incluyendo pero no limitado a las instrucciones y otorgamiento de facultades para la participación y voto favorable en su representación en el Consentimiento y/o
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en un eventual APE, y para la instrumentación de las modificaciones que se alcancen por dichos procesos, conforme se detalla en el Suplemento, serán irrevocables, hasta la Fecha Límite o hasta la fecha en la que se anuncie un cierre de la Oferta. En caso que las CoEmisoras decidan realizar modificaciones a los términos y condiciones de la Oferta de Canje y Solicitud de Consentimiento y/o a los términos y condiciones de las Nuevas Obligaciones Negociables, se otorgará a los Tenedores Aceptantes un plazo de 10 Días Hábiles para revocar sus aceptaciones mediante notificación al Agente de Consentimiento de los Tenedores Aceptantes por los medios que se establezcan al efecto, en la medida en que ello sea requerido por tratarse de modificaciones sustanciales a los términos y condiciones de la Oferta que afecten adversamente los intereses de los Tenedores Aceptantes. A efectos aclaratorios, no se considerará una modificación sustancial la prórroga o extensión de los plazos de esta Oferta, en la medida que el período de la Oferta no se extienda más allá de la Fecha Límite.
Los Tenedores Elegibles deberán considerar los factores de riesgo que comienzan en la página 51 del Suplemento y los que se describen en la sección “ Factores de Riesgo ” del Prospecto antes de decidir si participar de la Oferta de Canje e invertir en las Nuevas Obligaciones Negociables.
Los Documentos de la Oferta y demás documentos relevantes para la emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables se encuentran a disposición de los interesados en las oficinas de las Co-Emisoras sita en Av. Leandro N. Alem 855, Piso 14°, C.AB.A., y del Agente de Consentimiento de los Tenedores Aceptantes a través de los contactos que se indican en la contratapa de este Aviso de Suscripción. Las Co-Emisoras recomiendan la lectura y examen de los Documentos de la Oferta, en su totalidad, así como de los estados financieros auditados correspondientes al periodo de nueve meses finalizado el 30 de septiembre de 2025, junto con sus respectivas notas y anexos, incorporados por referencia al Suplemento, así como también de los estados financieros auditados correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2025 publicados en el sitio web de la CNV bajo IDs 3439768 (GEMSA al 30/09/2025), 3499439 (GEMSA al 31/12/2025), 3440051 (CTR al 30/09/2025), y 3494739 (CTR al 31/12/26).
El presente Aviso Complementario N°3 no constituye ni podrá ser utilizado como una oferta o solicitud en ninguna jurisdicción en la cual dicha oferta o solicitud no se encuentre autorizada o a persona alguna respecto de la cual sea ilegal efectuar tal oferta o solicitud. No se ha adoptado medida alguna para permitir una oferta pública de las Nuevas Obligaciones Negociables o la distribución del presente Aviso Complementario N°3 en jurisdicciones donde ello requiera autorización específica. La información aquí contenida es parcial y deberá completarse con la información contenida en los restantes Documentos de la Oferta. Los Tenedores Elegibles deberán analizar cuidadosamente la totalidad de la información contenida en dichos documentos antes de adoptar una decisión de inversión.
Oferta pública autorizada por Resolución Nº RESFC-2017-18947-APN-DIR#CNV de fecha 26 de septiembre de 2017, el aumento del monto del Programa por hasta U$S300.000.000 (o su equivalente en otra moneda) fue autorizado por Resolución Nº RESFC-201920111-APN- DIR#CNV de fecha 8 de marzo de 2019 de la CNV, el aumento del monto del Programa hasta U$S700.000.000 (o su equivalente en otra moneda) y la modificación de sus términos y condiciones fueron autorizados por Disposición Nº DI-2020-43-APNGE#CNV de la Gerencia de Emisoras de la CNV con fecha 10 de septiembre de 2020, la modificación de los términos del prospecto de Programa a los fines de permitir a las Compañías la emisión de obligaciones negociables denominadas en unidades de medida o valor ha sido autorizada por Disposición N° DI- 2021- 3-APN-GE#CNV de la Gerencia de Emisoras de la CNV de fecha 23 de febrero de 2021, la prórroga y modificación de los términos y condiciones del Programa, aprobadas por las Asambleas Generales Extraordinarias de Accionistas de las Sociedades y sus Directorios con fecha 19 de abril de 2022, ha sido autorizada por Disposición N° DI-2022-28APN-GE#CNV de la Gerencia de Emisoras de la CNV de fecha 2 de junio de 2022, el aumento del monto del Programa hasta U$S1.000.000.000 (o su equivalente en otras monedas o unidades de medida o valor) ha sido autorizado por Disposición Nº DI-2023-31APN-GE#CNV de la Gerencia de Emisoras de la CNV con fecha 5 de julio de 2023, y la modificación de los términos del prospecto de Programa a los fines de permitir a las Co-Emisoras la emisión de obligaciones negociables tipificadas como temáticas, incluyendo sin limitación, como sociales, verdes, sustentables, vinculadas a la sostenibilidad y/o cualquier otra alternativa de etiquetado, ha sido autorizado por Disposición Nº DI-2024-11-APN-GE#CNV de la Gerencia de Emisoras de la CNV con fecha 23 de febrero de 2024. Con fecha 29 de enero de 2026, el aumento del monto máximo de emisión bajo el Programa hasta U$S1.300.000.000 (o su equivalente en otras monedas o unidades de medida o valor), fue aprobado de manera condicionada por la CNV mediante Disposición N° DI-2026-11APN-GE#CNV, habiendo las Co-Emisoras levantado dicho condicionamiento mediante la publicación de la adenda al Prospecto de fecha 20 de febrero de 2026. Esta autorización sólo significa que se ha cumplido con los requisitos establecidos en materia de información. La CNV no ha emitido juicio sobre los datos contenidos en el Prospecto ni en el Suplemento. La veracidad de la información contable, financiera y económica, así como de toda otra información suministrada en el Suplemento es exclusiva responsabilidad del órgano de administración de cada Co- Emisora, en lo que les atañe, del órgano de fiscalización de las Co-Emisoras y de los auditores en cuanto a sus respectivos informes sobre los estados contables que se acompañan, y demás responsables contemplados en los artículos 119 y 120 de la Ley de Mercado de Capitales. El órgano de administración de cada Co-Emisora manifiesta, con carácter de declaración jurada, que el Prospecto y el Suplemento contienen, a la fecha de su publicación, información veraz y suficiente sobre todo hecho relevante que pueda afectar la situación patrimonial, económica y financiera de las Co-Emisoras y de toda aquélla que deba ser de conocimiento del público inversor con relación a la presente emisión, conforme las normas vigentes. El Suplemento de Precio no ha sido previamente revisado ni conformado por la CNV ni por A3.
La fecha del presente Aviso Complementario es 8 de abril de 2026.
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Juan G. Daly Autorizado
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