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Central Termica Roca S.A. — Capital/Financing Update 2026
Jun 8, 2026
68645_rns_2026-06-08_e53feca9-925d-4420-8387-a1630ccd91ac.pdf
Capital/Financing Update
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GENERACIÓN MEDITERRÁNEA
CENTRAL TÉRMICA
ROCA S.A.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 8 de junio de 2026
Sres.
COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
25 de Mayo 175
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
BOLSAS Y MERCADOS ARGENTINOS S.A.
Sarmiento 299
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
A3 MERCADOS S.A.
Maipú 1210, Piso 5°
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Ref.: Generación Mediterránea S.A./ Central Térmica Roca S.A. – Proceso de Reordenamiento Financiero Integral. Obligaciones Negociables No Garantizadas.
De mi consideración:
Me dirijo a Uds., en mi carácter de Responsable de Relaciones con el Mercado de Generación Mediterránea S.A. (“GEMSA”) y Central Térmica Roca S.A. (“CTR”, y junto con GEMSA, las “Sociedades”), en relación con (i) la oferta de canje y solicitud de consentimiento de las obligaciones negociables locales no garantizadas, anunciada mediante el suplemento de prospecto de fecha 18 de febrero de 2026 (GEMSA bajo el ID #3483873 y CTR bajo el ID #3483876), conforme fuera enmendado y complementado oportunamente; (ii) la oferta de canje y solicitud de acuerdo preventivo extrajudicial de las obligaciones negociables clase X no garantizadas, anunciada mediante el suplemento de prospecto de fecha 10 de abril de 2026 (GEMSA bajo el ID #3508969 y CTR bajo el ID #3508978), conforme fuera enmendado y complementado oportunamente (cada una, una “Oferta”, y los suplementos referidos, los “Suplementos”); y (iii) los hechos relevantes de fechas 22 de mayo de 2026 y 26 de mayo de 2026, en relación con la reestructuración de la deuda representada por las distintas clases de obligaciones negociables no garantizadas elegibles bajo las Ofertas (las “Obligaciones Negociables Elegibles”).
En seguimiento a lo informado respecto de la celebración de las asambleas de tenedores de cada una de las Obligaciones Negociables Elegibles y lo aprobado por los directorios y asambleas de las Sociedades, se informa que las Sociedades han celebrado el acuerdo preventivo extrajudicial (el “APE”) en los términos descritos en los Suplementos, a efectos de consumar la reestructuración de la deuda representada por las Obligaciones Negociables Elegibles, y han solicitado su homologación en sede judicial, pedido que tramita ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro. 25, Secretaría Nro. 49, como expediente COM 11953/2026.
Una vez cumplidas las condiciones detalladas en los Suplementos en relación con el trámite de homologación del APE, incluyendo que el tribunal ordene la publicación de edictos de acuerdo con lo previsto en el artículo 74 de la Ley de Concursos y Quiebras N° 24.522 y sus modificaciones, se realizará la emisión de las nuevas obligaciones negociables a ser emitidas en canje de las Obligaciones Negociables Elegibles, de conformidad con los términos del Suplemento correspondiente a cada Oferta. La respectiva fecha de emisión de cada una de las nuevas obligaciones negociables será informada oportunamente mediante la publicación del aviso correspondiente.
Finalmente, recordamos que, de ser homologado, los efectos del APE alcanzarán exclusivamente a las Obligaciones Negociables Elegibles.
Sin otro particular, saludo a Uds. muy atentamente.
Juan G. Daly
Responsable de Relaciones con el Mercado
Generación Mediterránea S.A. y Central
Térmica Roca S.A.