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Central Termica Roca S.A. Capital/Financing Update 2026

Jun 9, 2026

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Capital/Financing Update

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AVISO COMPLEMENTARIO DE RESCATE A OPCIÓN DE LAS EMISORAS POR CANJE

GENERACIÓN MEDITERRÁNEA
CENTRAL TÉRMICA
ROCA S.A.

Generación Mediterránea S.A. y Central Térmica Roca S.A.

OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE XL DENOMINADAS Y PAGADERAS EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES EN EL PAÍS, A UNA TASA DE INTERÉS FIJA DEL 11,000%, CON VENCIMIENTO EN 2031 (LAS “ONS CLASE XL”)

OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE XLI DENOMINADAS EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES Y PAGADERAS EN PESOS AL TIPO DE CAMBIO APLICABLE, A UNA TASA DE INTERÉS FIJA DEL 11,000%, CON VENCIMIENTO EN 2031 (LAS “ONS CLASE XLI”)

Y

OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE XIX EMITIDAS POR ALBANESI ENERGÍA S.A. (ABSORBIDA POR GEMSA) DENOMINADAS Y PAGADERAS EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES EN EL PAÍS, A UNA TASA DE INTERÉS FIJA DEL 11,000%, CON VENCIMIENTO EN 2031 (LAS “ONS CLASE XIX”)

OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE XX EMITIDAS POR ALBANESI ENERGÍA S.A. (ABSORBIDA POR GEMSA) DENOMINADAS EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES Y PAGADERAS EN PESOS AL TIPO DE CAMBIO APLICABLE, A UNA TASA DE INTERÉS FIJA DEL 11,000%, CON VENCIMIENTO EN 2031 (LAS “ONS CLASE XX”)

El presente aviso complementario está dirigido a los tenedores de las siguientes obligaciones negociables (las “Obligaciones Negociables”): (i) las ONS Clase XL y las ONS Clase XLI co-emitidas por Generación Mediterránea S.A. (“GEMSA”) y Central Térmica Roca S.A. (“CTR” y, junto con GEMSA, las “Emisoras”); y (ii) las ONS Clase XIX y las ONS Clase XX emitidas por Albanesi Energía S.A., entidad absorbida por GEMSA; todas ellas con vencimiento en 2031, y emitidas conforme a los suplementos de prospecto de fecha 4 de noviembre de 2024, tal como los mismos fueran modificados, incluyendo sin limitación por las enmiendas de fecha 5 de junio de 2026 (el “Suplemento”), mediante la cual se efectivizaron las “Modificaciones Propuestas” que fueran aprobadas a través de la oferta de canje y solicitud de consentimiento que fuera realizada a través del suplemento de fecha 14 de mayo de 2026, junto con sus enmiendas y avisos complementarios (la “Oferta de Canje”, y el “Suplemento de Canje”).

Con fecha 5 de junio de 2026 tuvo lugar la fecha de liquidación de las nuevas obligaciones negociables garantizadas clases XLVIII, XLIX y L (las “Nuevas Obligaciones Negociables”) emitidas en canje a los tenedores de Obligaciones Negociables participantes de la Oferta de Canje.

Con misma fecha, las Emisoras informaron mediante el correspondiente aviso de rescate a los tenedores de las Obligaciones Negociables remanentes (luego de la liquidación anteriormente mencionada), el ejercicio de su derecho a rescatar mediante un canje compulsivo la totalidad de las Obligaciones Negociables, todo ello en los términos de la sección “Rescate a Opción de la Emisora en Ocasión del Canje” de cada Suplemento, conforme el mismo fuera enmendado para reflejar las Modificaciones Propuestas arriba referidas. Mediante el presente se modifica la Fecha de Rescate informada, y se provee información adicional al respecto.

Fecha de Registro y de Rescate

La “Fecha de Registro” será el 12 de junio de 2026. Quienes resulten tenedores de Obligaciones Negociables al cierre de dicha fecha recibirán la contraprestación aquí informada. Producto del rescate no quedarán Obligaciones Negociables en circulación.

La “Fecha de Rescate” será el día 16 de junio de 2026.

Contraprestación

Conforme lo informado, las Emisoras informan que los tenedores de las Obligaciones Negociables de cada Clase recibirán la misma contraprestación que les hubiera correspondido en caso de haber participado voluntariamente de la Oferta de Canje. En consecuencia, a continuación se detalla los distintos conceptos a recibir por los tenedores de Obligaciones Negociables:

  • Relación de canje final:

Obligaciones Negociables Clase XLVIII


Clase de Obligaciones Negociables Relación de Canje
Co-em Clase XL
CVSA: 58220
A3/BYMA: MR40O Por cada US$1 de valor nominal de la clase de referencia, se entregan US$ 1,152 de valor nominal de Obligaciones Negociables Clase XLVIII
AESA Clase XIX
CVSA: 58224
A3/BYMA: LECKO Por cada US$1 de valor nominal de la clase de referencia, se entregan US$ 1,153 de valor nominal de Obligaciones Negociables Clase XLVIII
Obligaciones Negociables Clase XLIX
--- ---
Clase de Obligaciones Negociables Relación de Canje
Co-em Clase XLI
CVSA: 58223
A3/BYMA: MR41O Por cada US$1 de valor nominal de la clase de referencia, se entregan US$ 1,152 de valor nominal de Obligaciones Negociables Clase XLIX
AESA Clase XX
CVSA: LECLO
A3/BYMA: 58225 Por cada US$1 de valor nominal de la clase de referencia, se entregan US$ 1,152 de valor nominal de Obligaciones Negociables Clase XLIX
Obligaciones Negociables Clase L
--- ---
Clase de Obligaciones Negociables Relación de Canje
Co-em Clase XL
CVSA: 58220
A3/BYMA: MR40O Por cada US$1 de valor nominal de la clase de referencia, se entregan US$ 0,1566 de valor nominal de Obligaciones Negociables Clase L
Co-em Clase XLI
CVSA: 58223
A3/BYMA: MR41O Por cada US$1 de valor nominal de la clase de referencia, se entregan US$ 0,1566 de valor nominal de Obligaciones Negociables Clase L
AESA Clase XIX
CVSA: 58224
A3/BYMA: LECKO Por cada US$1 de valor nominal de la clase de referencia, se entregan US$ 0,1566 de capital de Obligaciones Negociables Clase L
AESA Clase XX
CVSA: LECLO
A3/BYMA: 58225 Por cada US$1 de valor nominal de la clase de referencia, se entregan US$ 0,1566 de valor nominal de Obligaciones Negociables Clase L

Se deja expresa constancia que, si como resultado de la aplicación de la relación de canje aquí detallada, el valor nominal a adjudicar a un tenedor de Obligaciones Negociables contiene decimales, los mismos serán suprimidos y el monto se redondeará hacia abajo al múltiplo entero de US$1,00 más cercano, sin que dicho tenedor reciba compensación alguna por dicha fracción.

  • Contraprestación en Efectivo: Al respecto se informa:
  • Fecha de pago: 16 de junio de 2026;
  • Tipo de cambio aplicable: $ 1.445,3978 por cada US$1 (tipo de cambio del quinto día hábil anterior a la fecha de pago de la Contraprestación en Efectivo establecido en la Comunicación “A” 3500 del BCRA para el Dólar Estadounidense (u otra norma que pudiera reemplazarla o modificarla) publicado en su sitio web (que a la fecha es www.bcra.gob.ar – Publicaciones y Estadísticas – Estadísticas – Cambiarias - Tipos de Cambios), redondeado a cuatro (4) decimales, calculado por el Agente de Cálculo);
  • Monto final en pesos argentinos: $ 7,2270 por cada US$1 de valor nominal de Obligaciones Negociables (US$0,005 por cada US$1 de capital de Obligaciones Negociables).

Los términos y condiciones de las Nuevas Obligaciones Negociables que los tenedores recibirán por el ejercicio del rescate informado en este aviso están descritos en el Suplemento de Canje.

Las Nuevas Obligaciones Negociables serán emitidas bajo el Programa. El prospecto del Programa de fecha 27 de noviembre de 2025, la adenda al Prospecto de fecha 20 de febrero de 2026, el Suplemento de Canje y sus documentos complementarios (en forma conjunta, los “Documentos de la Oferta”) se encuentran disponibles en el sitio web de la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”), www.argentina.gob.ar/cnv, bajo el ítem “Empresas” de la Autopista de la Información Financiera (la “AIF”), en los sistemas informáticos de A3 Mercados S.A. (el “A3”), en el Boletín Diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (la “BCBA”), en virtud del ejercicio de la facultad


delegada por Bolsas y Mercados Argentinos S.A. ("ByMA") a la BCBA, y en el sitio web institucional de las Co-Emisoras (www.albanesi.com.ar).

La CNV no ha emitido juicio sobre los datos contenidos en este aviso y en los Documentos de la Oferta. La veracidad de la información contable, financiera y económica, así como de toda otra información suministrada en el Suplemento es exclusiva responsabilidad del órgano de administración de cada Co-Emisora, en lo que les atañe, del órgano de fiscalización de las Co-Emisoras y de los auditores en cuanto a sus respectivos informes sobre los estados contables que se acompañan, y demás responsables contemplados en los artículos 119 y 120 de la Ley de Mercado de Capitales. El órgano de administración de cada Co-Emisora manifiesta, con carácter de declaración jurada, que los documentos de emisión contienen, a la fecha de su publicación, información veraz y suficiente sobre todo hecho relevante que pueda afectar la situación patrimonial, económica y financiera de las Co-Emisoras y de toda aquélla que deba ser de conocimiento del público inversor con relación a la presente emisión, conforme las normas vigentes.

Las Co-Emisoras asumen expresamente la responsabilidad por las declaraciones realizadas en los documentos de emisión y en el presente aviso, y por la completitud en la divulgación de los riesgos involucrados y la situación actualizada de las Emisoras, incluyendo toda información que cualquier inversor razonable debe conocer para adoptar decisiones fundadas respecto de la colocación y posterior negociación de obligaciones negociables aquí referidas. Las Emisoras declaran, bajo juramento, que los datos consignados en los documentos de emisión son correctos y completos, que no se ha omitido ni falseado dato alguno que deba contener, y que el contenido del mismo constituye fiel expresión de la verdad. Las Co-Emisoras manifiestan conocer las penalidades previstas por los artículos 172, 293 y 309 del Código Penal de la Nación Argentina, relativas al fraude y a la falsedad en documentos, respectivamente.

La fecha del presente Aviso de Rescate a Opción de las Emisoras por Canje es 8 de junio de 2026

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