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YPF S.A. Interim / Quarterly Report 2021

Aug 11, 2021

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Interim / Quarterly Report

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Estados financieros intermedios condensados al 31 de marzo de 2021 y comparativos Informe de Revisión de los Auditores Independientes Informe de la Comisión Fiscalizadora

Deloitte & Co. S.A. Florida 234, 5° piso C1005AAF Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina Tel.: (+54-11) 4320-2700 Fax: (+54-11) 4325-8081/43267340 www.deloitte.com/ar

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INFORME DE REVISIÓN DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES

(sobre estados financieros de períodos intermedios condensados)

A los Señores Presidente y Directores de Compañía Mega S.A.: CUIT Nº: 30-69613988-8 Domicilio legal: San Martín 344 - Piso 10 Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Informe sobre los estados financieros de períodos intermedios condensados

1. Identificación de los estados financieros intermedios condensados objeto de la revisión

Hemos revisado los estados financieros intermedios condensados adjuntos de Compañía Mega S.A. (en adelante, mencionada indistintamente como “Compañía Mega S.A.” o la “Sociedad”), que comprenden el estado de situación financiera intermedio condensado al 31 de marzo 2021, el estado de resultados integrales intermedio condensado por el período de tres meses finalizado en esa fecha, el estado de cambios en el patrimonio neto intermedio condensado y el estado de flujo de efectivo intermedio condensado correspondientes al período de tres meses finalizado en dicha fecha, así como un resumen de las políticas contables significativas y otra información explicativa incluidas en las Notas 1 a 24.

Las cifras y otra información correspondientes al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2020 y al período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2020 son parte integrante de los estados financieros mencionados precedentemente y se las presentan con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y otra información del período intermedio actual.

2. Responsabilidad del Directorio de la Sociedad en relación con los estados financieros intermedios condensados

El Directorio de la Sociedad es responsable de la preparación y presentación razonable de los estados financieros intermedios condensados adjuntos de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”) adoptadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (“FACPCE”) como normas contables profesionales, tal como fueron aprobadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (“IASB”, por su sigla en inglés), y por lo tanto es responsable de la preparación y presentación de los estados financieros intermedios condensados adjuntos de acuerdo con la Norma Internacional de Contabilidad 34, “Información financiera intermedia”. Asimismo, el Directorio de la Sociedad es responsable del control interno que considere necesario para permitir la preparación de estados financieros libres de incorrecciones significativas.

3. Responsabilidad de los auditores

Nuestra responsabilidad consiste en emitir una conclusión sobre los estados financieros intermedios condensados adjuntos basada en nuestra revisión. Hemos llevado a cabo nuestra revisión de conformidad con las Normas Internacionales de Encargos de Revisión (“NIER”) adoptadas por la FACPCE a través de la Resolución Técnica N° 33, tal como fueron aprobadas por el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (“IAASB”, por su sigla en inglés) de la Federación Internacional de Contadores (“IFAC”, por su sigla en inglés). Dichas normas exigen que cumplamos los requerimientos de ética.

Una revisión de los estados financieros de períodos intermedios consiste en realizar indagaciones, principalmente a las personas responsables de los temas financieros y contables, y aplicar procedimientos analíticos y otros procedimientos de revisión. Una revisión tiene un alcance significativamente menor que el de una auditoría y, por consiguiente, no nos permite obtener seguridad de que tomemos conocimiento de todos los temas significativos que podrían identificarse en una auditoría. En consecuencia, no expresamos opinión de auditoría.

Deloitte & Co. S.A. - Registro de Soc. Com. C.P.C.E.C.A.B.A. - T° 1 Folio 3

2

4. Conclusión

Sobre la base de nuestra revisión, estamos en condiciones de manifestar que no se nos han presentado circunstancias que nos hicieran pensar que los estados financieros intermedios condensados adjuntos de Compañía Mega S.A. correspondientes al periodo de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2021, no están presentados, en todos sus aspectos significativos, de acuerdo con la Norma Internacional de Contabilidad 34.

Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios

  • a) Los estados financieros intermedios condensados mencionados en el primer párrafo del capítulo 1 del Informe sobre los estados financieros de períodos intermedios condensados han sido preparados, en todos sus aspectos significativos, de acuerdo con las normas aplicables de la Ley General de Sociedades N° 19.550 y de la Comisión Nacional de Valores.

  • b) Las cifras de los estados financieros intermedios condensados en el primer párrafo del capítulo 1 del Informe sobre los estados financieros de períodos intermedios condensados, surgen de los registros contables de la Sociedad que se encuentran pendientes de transcripción a los libros rubricados.

  • c) Los estados financieros intermedios condensados mencionados en el capítulo 1 de este informe se encuentran pendientes de trasncripción a los libros rubricados.

  • d) Según surge de los registros contables de la Sociedad, que como mencionamos en el apartado b) de este capítulo, se encuentran pendientes de transcripción, el pasivo devengado al 31 de marzo de 2021 a favor del Sistema Integrado Previsional Argentino en concepto de aportes y contribuciones previsionales ascendía a $ 44.692.064 y no era exigible a esa fecha.

  • e) Como parte de nuestro trabajo, cuyo alcance se describe en el capítulo 3, hemos revisado la Reseña informativa requerida por la Comisión Nacional de Valores, preparada por el Directorio y sobre la cual, en lo que es materia de nuestra competencia, no tenemos observaciones que formular.

  • f) Como parte de nuestro trabajo, cuyo alcance se describe en el capítulo 3, hemos revisado la Información adicional a las Notas de los estados financieros requerida por el Artículo N° 12 del Capítulo III Título IV de las Normas de la Comisión Nacional de Valores (N.T. 2013), preparada por el Directorio y sobre la cual, en lo que es materia de nuestra competencia, no tenemos observaciones que formular.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 12 de mayo de 2021

Deloitte & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 3

Guillermo D. Cohen Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 233 - Fº 73

Deloitte se refiere a una o más de las firmas miembro de Deloitte Touche Tohmatsu Limited, una compañía privada del Reino Unido limitada por garantía (“DTTL”), su red de firmas miembro, y sus entidades relacionadas. DTTL y cada una de sus firmas miembro son entidades únicas e independientes y legalmente separadas. DTTL (también conocida como “Deloitte Global”) no brinda servicios a los clientes. Por favor acceda a www.deloitte.com/about para conocer más sobre nuestra red global de firmas miembro.

CONTENIDO

**Nota ** Descripción
Información legal
Estados de situación financiera intermedios condensados
Estados de resultados integrales intermedios condensados
Estados de cambios en el patrimonio intermedios condensados
Estados de flujos de efectivo intermedios condensados
Notas a los estados financieros:
Información general y del negocio de la Sociedad
Bases de preparación de los estados financieros
Propiedad, planta y equipo
Derecho a uso
Inventarios
Otros créditos
Créditos por ventas
Efectivo y equivalentes de efectivo
Impuesto a las ganancias
Otros pasivos
Cuentas por pagar
Ingresos
Costos
Gastos por naturaleza
Otros resultados operativos, netos
Resultados financieros, netos
Patrimonio
Activos y pasivos contingentes
Compromisos contractuales
Principales regulaciones y otros
Saldos y transacciones con partes relacionadas
Activos y pasivos en monedas distintas del peso
Evolución reciente del contexto económico en que opera la Sociedad
Hechos posteriores
Reseña Informativa
Página
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
24
25
1
2
3
4
5
6
7
12
13
13
13
14
14
14
15
15
16
16
17
17
18
18
18
20
22
27
28
29
30
31

1

COMPAÑÍA MEGA S.A. ESTADOS FINANCIEROS INTERMEDIOS CONDENSADOS AL 31 DE MARZO 2021 Y COMPARATIVOS (Importes expresados en miles de pesos - Nota 2.a.)

INFORMACION LEGAL:

Domicilio legal: San Martín 344 - Piso 10° - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Actividad principal: separación de líquidos del gas natural y su fraccionamiento; almacenaje y transporte incluyendo especialmente la fabricación de etano, propano, butano, gasolina natural y demás subproductos del gas natural; la comercialización de dichos productos y con carácter accesorio la provisión de servicios y venta de energía a terceros.

Ejercicio económico N° 25 iniciado el 1° de enero de 2021.

INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO:

Estatuto o contrato social: 31 de octubre de 1997.

Modificaciones de los estatutos (última): 28 de diciembre de 2001.

Número de registro en la Inspección General de Justicia (“I.G.J.”): 12.696.

Fecha de finalización del contrato social: 30 de julio de 2096.

COMPOSICIÓN DEL CAPITAL (Nota 17)

Suscripto, integrado e inscripto en el Registro Público de Comercio

Acciones ordinarias, nominativas no endosables, de valor nominal $1 cada una y de un voto por acción

642.753.000

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 12 de mayo de 2021

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 12 de mayo de 2021 Deloitte & Co. S.A.

C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3

Guillermo D. Cohen Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 233 - F° 73

Santiago Martinez Tanoira Presidente

Rubén Adrian Ruiz Por Comisión Fiscalizadora

2

COMPAÑÍA MEGA S.A.

ESTADOS DE SITUACIÓN FINANCIERA INTERMEDIOS CONDENSADOS AL 31 DE MARZO DE 2021 Y 31 DE DICIEMBRE DE 2020

(Importes expresados en miles de pesos - Nota 2.a)

Notas
ACTIVO
Activo no corriente
Propiedad, planta y equipo
3
Derecho a uso
4
Otros créditos
6
Total del activo no corriente
Activo corriente
Inventarios
5
Otros créditos
6
Créditos por ventas
7
Efectivo y equivalentes de efectivo
8
Total del activo corriente
TOTAL DEL ACTIVO
PATRIMONIO
Aportes de los propietarios
Resultados acumulados
TOTAL DEL PATRIMONIO
PASIVO
Pasivo no corriente
Pasivos por impuesto diferido
9
Remuneraciones y cargas sociales
Otros pasivos
10
Total del pasivo no corriente
Pasivo corriente
Impuesto a las ganancias a pagar
Cargas fiscales
Remuneraciones y cargas sociales
Otros pasivos
10
Cuentas por pagar
11
Total del pasivo corriente
TOTAL DEL PASIVO
TOTAL DEL PASIVO Y PATRIMONIO
31/03/2021
16.997.983
911.864
227.051
18.136.898
31/12/2020

15.551.079

678.719
218.713

16.448.511
2.087.280
3.557.680
3.998.285
5.181.658
14.824.903
32.961.801
642.753
23.629.043
24.271.796
1.897.310
177.602
1.163.162
3.238.074
935.664
163.033
166.988
150.737
4.035.510
5.451.932
8.690.006
32.961.802

2.350.980

2.901.651

2.575.969
3.292.175
11.120.775

27.569.286

642.753
19.728.166
20.370.919

1.802.772

166.552
885.613
2.854.937

84.393

23.805

202.663

140.595
3.891.974
4.343.430
7.198.367
27.569.286

Las Notas que se acompañan forman parte integrante de los estados financieros intermedios condensados.

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 12 de mayo de 2021

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 12 de mayo de 2021 Deloitte & Co. S.A.

C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3

Guillermo D. Cohen Santiago Martinez Tanoira Socio Presidente Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 233 - F° 73

Rubén Adrian Ruiz Por Comisión Fiscalizadora

3

COMPAÑÍA MEGA S.A.

ESTADOS DE RESULTADOS INTEGRALES INTERMEDIOS CONDENSADOS POR LOS PERÍODOS DE TRES MESES FINALIZADOS EL 31 DE MARZO DE 2021 Y 2020

(Importes expresados en miles de pesos - Nota 2.a)

Ingresos
Costos
Resultado bruto
Gastos de comercialización
Gastos de administración
Otros resultados operativos, netos
Resultado operativo
Ingresos financieros
Costos financieros
Resultados financieros, netos
Resultado antes de impuesto a las ganancias
Impuesto a las ganancias
Resultado neto del período
Otros resultados integrales
Partidas que no se reclasificarán
posteriormente a resultados:
Diferencia de conversión(1)
Total otros resultados integrales del período
Resultado integral del período
Resultado neto atribuible a:
Propietarios de la Sociedad
Total del resultado neto del período
Resultado integral atribuible a:
Propietarios de la Sociedad
Total del resultado integral del período

Notas
12
13
14
14
15
16
16
9
2.b.2)
Tres meses finalizados el 31 de marzo Tres meses finalizados el 31 de marzo
2021
10.225.076
(6.597.976)
3.627.100
(311.755)
(286.058)
17.989
3.047.276
93.480
(122.080)
(28.600)
3.018.676
(1.179.973)
1.838.703
2.062.174
2.062.174
3.900.877

1.838.703
1.838.703
3.900.877
3.900.877
2020
4.810.004
(5.315.261)
(505.257)
(133.459)
(253.677)
-
(892.393)
31.968
(82.063)
(50.095)
(942.488)
(66.779)
(1.009.267)
920.837
920.837
(88.430)
(1.009.267)
(1.009.267)
(88.430)
(88.430)

(1) No posee efecto impositivo.

Las Notas que se acompañan forman parte integrante de los estados financieros intermedios condensados.

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 12 de mayo de 2021

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 12 de mayo de 2021 Deloitte & Co. S.A.

C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3

Santiago Martinez Tanoira Presidente

Guillermo D. Cohen Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 233 - F° 73

Rubén Adrian Ruiz Por Comisión Fiscalizadora

4

COMPAÑÍA MEGA S.A.

ESTADOS DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO INTERMEDIOS CONDENSADOS POR LOS PERÍODOS DE TRES MESES FINALIZADOS EL 31 DE MARZO DE 2021 Y 2020

(Importes expresados en miles de pesos argentinos – Nota 2.a)

Saldos al al 31 de diciembre de 2020
Resultado neto del período
Otros resultados integrales
Saldos al 31 de marzo de 2021
Saldos al 31 de diciembre de 2019
Resultado neto del período
Otros resultados integrales
Saldos al 31 de marzo de 2020
31-03-2021 31-03-2021
Aporte de los
propietarios
Capital
suscripto
642.753
-
-
642.753
642.753
-
-
642.753
Resultados acumulados Total
19.728.166
1.838.703
2.062.174
23.629.043
13.463.332
(1.009.267)
920.837
13.374.902
Total del
patrimonio
neto
Reserva
Legal
128.551
-
-
128.551
128.551
-
-
128.551
Reserva
facultativa
3
-
-
3
3
-
-
3
Reserva RG
7/2015 IGJ
1.125.553
-
-
1.125.553
1.125.553
-
-
1.125.553
Otros resultados
integrales
acumulados

16.647.242

-

2.062.174

18.709.416
10.827.944
-
920.837
11.748.781
Resultados no
asignados
1.826.817
1.838.703
-
3.665.520
1.381.281
(1.009.267)
-
372.014
20.370.919
1.838.703
2.062.174
24.271.796
14.106.085
(1.009.267)
920.837
14.017.655

Las Notas que se acompañan forman parte integrante de los estados financieros intermedios condensados.

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 12 de mayo de 2021

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 12 de mayo de 2021 Deloitte & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3

Rubén Adrian Ruiz Por Comisión Fiscalizadora

Guillermo D. Cohen Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 233 - F° 73

Santiago Martinez Tanoira Presidente

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COMPAÑÍA MEGA S.A.

ESTADOS DE FLUJO DE EFECTIVO INTERMEDIOS CONDENSADOS POR LOS PERÍODOS DE TRES MESES FINALIZADOS EL 31 DE MARZO DE 2021 Y 2020

(Importes expresados en miles de pesos argentinos, Nota 2.a)

(Importes expresados en miles de pesos argentinos, Nota 2.a)

Flujo de efectivo de las operaciones:
Resultado neto del período
Ajustes para conciliar el resultado neto con el efectivo generado por
las operaciones:
Impuesto a las ganancias devengado
Intereses perdidos
Valor residual de las bajas de propiedad, planta y equipo
Depreciación de propiedad, planta y equipo
Amortización derechos de uso
Diferencia de cambio, netas
Actualizaciones financieras arrendamientos
Cambios en activos y pasivos:
Créditos por ventas
Otros créditos
Inventarios
Cuentas por pagar
Remuneraciones y cargas sociales
Cargas fiscales
Pasivos financieros
Pago de impuesto a las ganancias y anticipos
Otros
Flujo neto de efectivo generado por las actividades de operación
Actividades de inversión:
Adquisiciones de propiedades, planta y equipo
Cobros por venta de propiedades, planta y equipo
Flujo neto de efectivo de las actividades de inversión
Flujo neto del efectivo
Efecto de la variación del tipo de cambio sobre el efectivo
Efectivo al inicio del período
2.b.3)
Efectivo al cierre del período
2.b.3)
31/03/2021
1.838.703
1.179.973
12.451
196.027
427.709
22.033
91.382
210.197
(1.441.835)
(654.749)
263.700
171.278
(4.180)
(22.416)
(18.699)
(234.163)
55.025
2.092.436
(567.650)
-
(567.650)
1.524.786
364.697
3.292.175

5.181.658
31/03/2020
(1.009.267)
66.779
20.169
-
227.548
13.219
48.853
13.041
980.092
(117.067)
524.891
(392.946)
6.609
(934.852)
(12.994)
-
579.290
13.365
(346.228)
23.940
(322.288)
(308.923)
348.012
4.747.020
4.786.109

Las Notas que se acompañan forman parte integrante de los estados financieros intermedios condensados.

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 12 de mayo de 2021

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 12 de mayo de 2021 Deloitte & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3

Santiago Martinez Tanoira Presidente

Guillermo D. Cohen Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 233 - F° 73

Rubén Adrian Ruiz Por Comisión Fiscalizadora

6

NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONDENSADOS INTERMEDIOS POR EL PERÍODO DE TRES MESES FINALIZADO EL 31 DE MARZO DE 2021 E INFORMACIÓN COMPARATIVA

COMPAÑÍA MEGA S.A.

(Importes expresados en miles de pesos argentinos, excepto que se indique lo contrario)

1. INFORMACIÓN GENERAL Y DEL NEGOCIO DE LA SOCIEDAD

Compañía Mega S.A. (en adelante, mencionada indistintamente como la "Sociedad" o "Mega") se constituyó el 30 de julio de 1997 y fue inscripta en la Inspección General de Justicia ("IGJ") el 31 de octubre de 1997, siendo su objeto social la separación de líquidos del gas natural y su fraccionamiento, almacenaje y transporte incluyendo especialmente la fabricación de etano, propano, butano, gasolina natural y demás subproductos del gas natural; la venta al por mayor y menor, la consignación, la exportación e importación y la realización de cualquier otro acto o negocio relacionado con dichos productos; y, con carácter accesorio, la provisión de servicios y la venta de energía a terceros utilizando las instalaciones fabriles, portuarias, de almacenaje y de tratamiento de efluentes de la Sociedad.

La operación comercial de las plantas y demás instalaciones del proyecto fue iniciada el 1 de abril de 2001.

Mediante un acuerdo de provisión a largo plazo de fecha 4 de junio 1999, YPF S.A. ("YPF") se comprometió a poner a disposición de la Sociedad gas para su procesamiento en la planta de separación de Loma La Lata y a vender a Mega la cantidad retenida de dicho gas correspondiente al volumen de líquidos del gas natural separados (el “Acuerdo de Provisión de Gas Natural”). En el mes de noviembre de 2017, YPF y la Sociedad acordaron modificar el volumen de gas natural a ser suministrado por YPF bajo el Acuerdo de Provisión de Gas Natural durante el período comprendido entre el 15 de noviembre de 2017 y el 1 de abril de 2021 cuyo detalle se encuentra en la Nota 19 de los presentes estados financieros. La Sociedad e YPF arribaron a un acuerdo para compraventa de componentes licuables de gas natural, con vigencia entre el 1 de junio de 2018 y el 30 de abril de 2019, bajo el cual Mega recibió entre 3 y 6 millones m3/d de gas natural adicionales al nuevo volumen acordado bajo el Acuerdo de Provisión de Gas Natural, a un precio variable estacionalmente convenido en dicho documento. Con fecha 10 de octubre de 2019, la Sociedad aceptó la oferta de compraventa de componentes licuables del gas natural formulada por YPF, la cual resultó aplicable (i) en forma retroactiva a los volúmenes de gas natural adquiridos por la Sociedad (en exceso 23,7 millones m3/d previstos bajo el Acuerdo de Provisión) durante los meses de mayo - septiembre del 2019 a los precios establecidos en dicha oferta y (ii) a las compras de volúmenes adicionales de gas natural a los 23,7 millones m3/d previstos bajo el Acuerdo de Provisión (en una volumen de entre 3 y 4 millones m3/d) que la Sociedad realizó desde octubre de 2019 hasta el 30 de abril de 2020, a un precio variable estacionalmente convenido en dicho documento. A partir del mes de mayo de 2020 y hasta la fecha de los presentes estados financieros, la compra de volúmenes adicionales a YPF han sido acordadas bajo la modalidad spot, conforme precios de mercado acordados en cada momento.

La capacidad de procesamiento remanente de la planta separadora es cubierta por la Sociedad a través de otros acuerdos o compras spot de componentes licuables contenidos en el gas natural convenidos con distintos productores de la cuenca neuquina (entre ellos, Wintershall Energía S.A. y Pan American Energy LLC).

Adicionalmente, la Sociedad vende toda su producción de etano a PBB Polisur S.R.L. a través de un acuerdo de venta vigente hasta el 1 de abril de 2021. Parte de la producción de propano, butano y gasolina natural es vendida mediante exportaciones a Petróleo Brasileiro S.A. – Petrobras ("Petrobras"), a través de ciertos acuerdos de venta, vigentes hasta el 31 de marzo de 2021. Asimismo, la Sociedad, completa la comercialización de su producción de propano, butano y gasolina natural, a través de ventas spot en el mercado internacional y el abastecimiento al mercado interno según se detalla en la Nota 20 de los presentes estados financieros.

La Sociedad ha acordado con YPF, PBB Polisur y Petrobras los términos y condiciones a ser aplicados durante un período de transición de 3 meses contados desde el 1 de abril de 2021 en relación con el aprovisionamiento de gas natural, el suministro de etano y la venta de GLP, respectivamente, mientras que las partes continúan negociando los términos de los contratos de largo plazo.

Con fecha 11 de agosto de 2017, la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de accionistas de la Sociedad aprobó solicitar el ingreso de la Sociedad al régimen de oferta pública, y negociación de obligaciones negociables en el país y/o en aquellos mercados del exterior que el Directorio determine oportunamente. Asimismo, la Asamblea aprobó la creación de un Programa Global para la emisión de Obligaciones Negociables no convertibles en acciones conforme al Título II de las Normas de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) (T.O. 2013 y modif.) por un monto máximo en circulación en cualquier momento de hasta U$S 500 millones (o su equivalente en otras monedas) (el “Programa Global”). Finalmente, el Directorio con fecha 12 de diciembre de 2017 aprobó los términos y condiciones del Programa Global. Con fecha 8 de octubre de 2018 la Sociedad presentó ante la CNV la solicitud de autorización de ingreso al régimen de oferta pública y la aprobación del Programa Global. Con fecha 7 de noviembre de 2019 la CNV resolvió autorizar el ingreso de la Compañía al régimen de oferta pública y la creación de un programa global de emisiones negociables simples, no convertibles en acciones. Con fecha 24 de junio de 2020 finalmente quedó autorizado el ingreso de la Compañía a oferta pública

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2. BASES DE PREPARACION DE LOS ESTADOS FINANCIEROS

2.a. Bases de preparación

La Sociedad ha preparado sus estados financieros intermedios y ha optado por presentar dichos estados financieros correspondientes a períodos intermedios en la forma condensada prevista en la Norma Internacional de Contabilidad (“NIC”) 34 “Información financiera intermedia”.

Los presentes estados financieros intermedios condensados al 31 de marzo de 2021 y comparativos han sido emitidos en cumplimiento de las Resoluciones Técnicas N° 26 y 29 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (“FACPCE”) que adoptan las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”), emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, por sus siglas en inglés), y las interpretaciones emitidas por el Comité de Interpretaciones NIIF (“CINIIF”) para las entidades incluidas en el régimen de oferta pública de la Ley N° 26.831 de Mercado de Capitales, ya sea por su capital o por sus obligaciones negociables, o que hayan solicitado autorización para estar incluidas en el citado régimen.

Los importes y otra información correspondientes al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2020 y al período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2020 son parte integrante de los estados financieros mencionados precedentemente y tienen el propósito de que se lean sólo en relación con esos estados financieros.

Los estados financieros intermedios condensados al 31 de marzo de 2021 y comparativos son complementados y, en consecuencia, deben ser leídos en conjunto con los estados financieros al 31 de diciembre de 2020 y comparativos, los cuales han sido preparados de acuerdo con las NIIF.

Los estados financieros intermedios condensados al 31 de marzo de 2021 y 2020 son no auditados, pero, en opinión de la Dirección de la Sociedad, contemplan todos los ajustes necesarios para ser presentados sobre bases uniformes con los estados financieros anuales auditados.

Los presentes estados financieros han sido preparados sobre la base del costo histórico, excepto por la valuación de ciertos activos financieros (inversiones) a su valor razonable o corriente y se encuentran expresados en miles de pesos argentinos.

Aprobación de los estados financieros

Los presentes estados financieros intermedios condensados fueron aprobados por el Directorio de la Sociedad y autorizados para ser emitidos con fecha 12 de mayo de 2021.

Uso de estimaciones

La preparación de estados financieros a una fecha determinada requiere que la Dirección de la Sociedad realice estimaciones y evaluaciones que afectan el monto de los activos y pasivos registrados y los activos y pasivos contingentes revelados a dicha fecha, como así también los ingresos y egresos reconocidos en el período. Los resultados reales futuros pueden diferir de las estimaciones y evaluaciones realizadas a la fecha de preparación de los presentes estados financieros.

La descripción de las estimaciones y juicios contables significativos realizados por la Dirección de la Sociedad en la aplicación de las políticas contables, así como las áreas con mayor grado de complejidad y que requieren mayores juicios, se encuentran expuestas en la Nota 2.b.1) a los estados financieros intermedios condensados.

2.b. Políticas contables significativas

2.b.1) Normas contables aplicadas

Las principales políticas contables adoptadas para la preparación de los estados financieros intermedios condensados al 31 de marzo de 2021 son consistentes con las utilizadas para la elaboración de los estados financieros al 31 de diciembre de 2020, excepto por la adopción de nuevas normas e interpretaciones vigentes a partir del 1 de enero de 2021 que se explican en el próximo párrafo Y, en consecuencia, estos estados financieros intermedios condensados deben ser leídos en conjunto con los estados financieros al 31 de diciembre de 2020, que incluyen las principales políticas contables en sus Nota 2.

La Sociedad ha adoptado todas las nuevas normas e interpretaciones o modificaciones emitidas por el IASB que son relevantes para sus operaciones y que son aplicables al 31 de marzo de 2021, según se describe en la Nota 2.b.1) a los estados financieros de la Sociedad al 31 de diciembre de 2020. Las nuevas normas y sus interpretaciones o

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modificaciones adoptadas no han tenido un impacto significativo en los presentes estados financieros intermedios condensados.

De acuerdo a lo establecido por la NIC 21 “Efectos de las variaciones en las tasas de cambio de la moneda extranjera”, la Dirección de la Sociedad ha definido el dólar estadounidense como moneda funcional. Asimismo, de acuerdo con las normas contables profesionales, la Sociedad debe presentar sus estados contables en pesos. En consecuencia, los montos obtenidos por el proceso de remedición a dólares estadounidenses (moneda funcional) fueron convertidos a pesos (moneda de reporte) de acuerdo con lo establecido por la NIC 21.

2.b.2) Otros resultados integrales acumulados

Comprende los ingresos y gastos reconocidos directamente en cuentas del patrimonio y las transferencias de dichas partidas desde cuentas del patrimonio a cuentas del resultado del período o a resultados acumulados, según se determina en las NIIF.

La evolución del rubro se detalla a continuación:

Saldos al 31 de diciembre de 2020
Ganancia del período
Saldos al 31 de marzo de 2021
Saldos al 31 de diciembre de 2019
Ganancia del período
Saldos al 31 de marzo de 2020
31-03-2021
Diferencias de
conversión
Total
16.647.242
16.647.242
2.062.174
2.062.174
18.709.416
18.709.416
31-03-2020
Diferencias de
conversion
Total
10.827.944
10.827.944
920.837
920.837
11.748.781
11.748.781

2.b.3) Efectivo y equivalentes de efectivo

Incluye el efectivo disponible, los depósitos a la vista en bancos y otras inversiones de corto plazo de alta liquidez con vencimientos originales de tres meses o menos. No incluye descubiertos bancarios. El detalle se expone a continuación:

31-03-2021
1.739.522
1.395.121
2.047.015
5.181.658
31-12-2020
1.420.818
184.466
1.686.891
3.292.175
31-03-2020
45.441
637.225
4.103.443
4.786.109
31-12-2019
- Caja y bancos
- Fondos comunes de inversión
- Colocaciones transitorias

27.565

883.009

3.836.446

4.747.020

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2.b.4) Adopción de nuevas normas e interpretaciones efectivas a partir del 1° de enero de 2021

En el año en curso, Mega ha adoptado todas las normas e interpretaciones nuevas y revisadas, emitidas por el IASB, que son relevantes para sus operaciones y de aplicación efectiva obligatoria al 31 de marzo de 2021, tal como se describe en la Nota 2.b.1) a los estados financieros al 31 de diciembre de 2020.

Aplicación de nuevas y revisadas Normas Internacionales de Información Financiera ("NIIF" o "NIC") que son obligatorias para el año en curso

  • Marco Conceptual de las NIIF

En marzo de 2018, el IASB publicó un Marco Conceptual revisado y también emitió modificaciones a las referencias al Marco Conceptual en las Normas NIIF. El documento contiene modificaciones a la NIIF 2, NIIF 3, NIIF 6, NIIF 14, NIC 1, NIC 8, NIC 34, NIC 37, NIC 38, CINIIF 12, CINIIF 19, CINIIF 20, CINIIF 22 y SIC-32. No todas las enmiendas, sin embargo, actualizan esos pronunciamientos con respecto a las referencias y citas del marco para que se refieran al Marco Conceptual revisado.

Algunos pronunciamientos solo se actualizan para indicar a qué versión del marco al que hacen referencia (el marco IASC adoptado por el IASB en 2001, el marco IASB de 2010 o el nuevo marco revisado de 2018) o para indicar que las definiciones en el estándar no se han actualizado con las nuevas definiciones desarrolladas en el Marco Conceptual revisado.

Su adopción no ha tenido ningún impacto material en las revelaciones o en los montos informados en estos estados financieros.

• Modificaciones a NIC 1 e NIC 8, Definición de materialidad

Las modificaciones tienen el objetivo de simplificar la definición de materialidad contenida en la NIC 1, haciéndola más fácil de entender y no tienen por objetivo alterar el concepto subyacente de materialidad en las Normas NIIF. El concepto de oscurecer información material con información inmaterial se ha incluido en la nueva definición.

El límite para la materialidad influyente para los usuarios se ha cambiado de “podrían influir” a “podría esperarse razonablemente que influyan”.

La definición de materialidad en la NIC 8 ha sido reemplazada por una referencia a la definición de materialidad en la NIC 1. Además, el IASB modificó otras normas y el Marco Conceptual que contenían una definición de materialidad o referencia al término materialidad para garantizar la consistencia.

Su adopción no ha tenido ningún impacto material en las revelaciones o en los montos informados en estos estados financieros.

• Modificaciones a NIIF 3, Definición de un negocio

Las modificaciones aclaran que, mientras los negocios usualmente tienen salidas (outputs), las salidas no son requeridas para que una serie de actividades y activos integrados califiquen como un negocio. Para ser considerado como un negocio, una serie de actividades y activos adquiridos deben incluir, como mínimo, una entrada y un proceso sustancial que juntos contribuyan significativamente a la capacidad de generar salidas.

Se provee de guía adicional que ayuda a determinar si un proceso sustancial ha sido adquirido.

Las modificaciones introducen una prueba opcional para identificar la concentración de valor razonable, que permite una evaluación simplificada de si una serie de actividades y activos adquiridos no es un negocio si sustancialmente todo el valor razonable de los activos brutos adquiridos se concentra en un activo identificable único o un grupo de activos similares.

Su adopción no ha tenido ningún impacto material en las revelaciones o en los montos informados en estos estados financieros.

  • Enmiendas del IASB a las NIIF 7 e NIIF 9 relacionadas con la reforma IBOR

El IASB publicó enmiendas el 26 de septiembre de 2019, que "están diseñadas para respaldar la provisión de información financiera útil por parte de las compañías durante el período de incertidumbre que surge de la eliminación gradual de los índices de referencia de tasas de interés tales como las tasas interbancarias ofrecidas (Interbank Offered Rate - IBOR)". Específicamente, las enmiendas:

  • modifican los requisitos específicos de contabilidad de cobertura para que las entidades apliquen esos requisitos como si el índice de referencia de tasa de interés en el que se basan los flujos de efectivo cubiertos y los flujos de efectivo del instrumento de cobertura no se alteren debido a la reforma del índice de referencia de tasa de interés;

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  • aplican a todas las relaciones de cobertura directamente afectadas por la reforma del índice de referencia de tasas de interés; y

  • exigen revelaciones específicas sobre el grado en que las enmiendas afectan las relaciones de cobertura de las entidades.

Su adopción no ha tenido ningún impacto material en las revelaciones o en los montos informados en estos estados financieros.

No hay otras NIIF o interpretaciones CINIIF que sean efectivas por primera vez para el ejercicio financiero iniciado a partir del 1 de enero de 2020 que tengan un efecto significativo en los presentes estados financieros, ni otras NIIF o interpretaciones CINIIF que no sean efectivas aún y que se espere tengan un efecto significativo sobre la Sociedad.

Normas e interpretaciones emitidas no adoptadas a la fecha

Las NIIF que se detallan a continuación se encuentran emitidas por el IASB y aprobadas por la FACPCE, pero su aplicación no es exigida, admitiéndose su aplicación anticipada, dadas las fechas de vigencia abajo indicadas.•

  • IFRS 17 Contratos de Seguro

La IFRS 17 establece los principios para el reconocimiento, medición, presentación y divulgación de los contratos de seguro y reemplaza a la IFRS 4 Contratos de seguro.

La IFRS 17 describe un modelo general, que se modifica para los contratos de seguro con características de participación directa, que se describe como el Enfoque de tarifa variable. El modelo general se simplifica si se cumplen ciertos criterios al medir la responsabilidad de la cobertura restante mediante el método de asignación de primas.

El modelo general utilizará los supuestos actuales para estimar el monto, el tiempo y la incertidumbre de los flujos de efectivo futuros y medirá explícitamente el costo de esa incertidumbre, toma en cuenta las tasas de interés del mercado y el impacto de las opciones y garantías de los asegurados.

En junio de 2020, el IASB emitió las modificaciones a la IFRS 17 para enfocarse en las preocupaciones e implementación de los cambios que se identificaron después de que la IFRS 17 fue publicada. Las modificaciones difieren la fecha de aplicación inicial de la IFRS 17 (incorporando las modificaciones) para al reporte anual que comience en o después del 1 de enero de 2023. Al mismo tiempo, el IASB emitió una Extensión Temporal de Exención para Aplicar IFRS 9 (Modificaciones a la IFRS 4) que extiende la fecha de expiración de la excepción temporal para aplicar la IFRS 9 en la IFRS 4 para periodos anuales empezando en o después del 1 de enero de 2023.

IFRS 17 debe ser aplicada retrospectivamente a menos de que no sea práctico, en dado caso se modificará el enfoque retrospectivo o se aplicará el enfoque del valor razonable.

De acuerdo con los requisitos de transición, la fecha de la aplicación inicial es el comienzo del período de informe anual en el que la entidad aplica la Norma por primera vez y, la fecha de transición es el comienzo del período inmediatamente anterior a la fecha de la aplicación inicial.

• Enmiendas a la IFRS 10 e IAS 28 Venta o contribución de activos entre un inversionista y su asociada o negocio conjunto

Las modificaciones a la IFRS 10 y la IAS 28 tratan con situaciones donde hay una venta o contribución de activos entre un inversionista y su asociada o negocio conjunto. Específicamente, las modificaciones establecen que las ganancias o pérdidas resultantes de la pérdida de control de una subsidiaria que no contiene un negocio en una transacción con una asociada o un negocio conjunto que se contabiliza utilizando el método de participación, se reconocen en el beneficio o pérdida de la controladora sólo en la medida en que la participación de los inversionistas no relacionados en esa asociada o empresa conjunta. Del mismo modo, las ganancias y pérdidas resultantes de la remedición de las inversiones retenidas en cualquier antigua subsidiaria (que se ha convertido en una asociada o un negocio conjunto que se contabiliza utilizando el método de capital) al valor razonable, se reconocen en el beneficio o pérdida de la controladora anterior, sólo en la medida de la participación de los inversionistas no relacionados en la nueva asociada o negocio conjunto.

La fecha de entrada en vigor de las modificaciones aún no ha sido fijada por el IASB; sin embargo, se permite la aplicación anticipada. La administración de la Entidad prevé que la aplicación de estas modificaciones puede tener un impacto en los estados financieros consolidados de la Entidad en períodos futuros en caso de que tales transacciones surjan.

• Enmiendas a la NIC 1 para aclarar la clasificación de pasivos

Las enmiendas en la clasificación de pasivos como corrientes o no corrientes (enmiendas a la NIC 1) afectan solo la presentación de pasivos en el estado de situación financiera, no el monto o el momento del reconocimiento de cualquier activo, ingreso o gasto de pasivo, o la información que las entidades revelan sobre esos conceptos. Las modificaciones:

  • aclaran que la clasificación de los pasivos como corrientes o no corrientes debe basarse en los derechos existentes al final del período sobre el que se informa y alinear la redacción en todos los párrafos afectados para referirse al "derecho"

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a diferir la liquidación en al menos doce meses y hacer explícito que solo los derechos vigentes "al final del período de informe" deberían afectar la clasificación de un pasivo;

  • aclaran que la clasificación no se ve afectada por las expectativas sobre si una entidad ejercerá su derecho a diferir la liquidación de un pasivo; y

  • dejan claro que la liquidación se refiere a la transferencia a la contraparte de efectivo, instrumentos de patrimonio, otros activos o servicios.

Las modificaciones son efectivas para los períodos anuales de presentación de informes que comiencen a partir del 1 de enero de 2022 y se aplicarán de forma retroactiva. Se permite su aplicación anticipada.

  • Enmiendas a la IFRS 3 - Referencia al Marco Conceptual

Las modificaciones actualizan IFRS 3 para que se pueda referir al Marco Conceptual 2018 en lugar del Marco de 1989. También añadieron un requerimiento que, para obligaciones dentro del alcance de IAS 37, un comprador aplica la IAS 37 para determinar si la fecha de adquisición es una obligación presente o existe como resultado a partir de un evento pasado. Por gravámenes que estén dentro del alcance de IFRIC 21 Gravámenes, el comprador aplica IFRIC 21 para determinar si la obligación da lugar a un pasivo para pagar el gravamen que ocurrió en la fecha de adquisición.

Finalmente, las modificaciones agregan una declaración explícita que el comprador no reconocerá un activo contingente

adquirido de una combinación de negocios.

Las modificaciones son efectivas para las combinaciones de negocios cuya fecha de adquisición sea en o después del periodo inicial del primer periodo anual iniciando en o después del 1 de enero de 2022. Con opción a aplicación anticipada si la entidad también aplica todas las otras referencias actualizadas (publicadas junto con el Marco Conceptual) al mismo tiempo o anticipadamente.

• Enmiendas a la IAS 16 - Propiedades, Planta y Equipo - Antes de ser usados.

Las modificaciones prohíben la deducción del costo de un activo de propiedades, planta o equipo cualquier ingreso de vender el activo después de que esté listo para usarse, por ejemplo, ingresos mientras el activo se lleva a la ubicación y se realiza el acondicionamiento necesario para que sea operable en la manera que está destinado de acuerdo a la administración. Por consiguiente, una entidad debe reconocer esos ingresos por ventas y costos en resultados. La entidad mide los costos de esas partidas conforme a la IAS 2 Inventarios.

Las modificaciones aclaran el significado de ‘probar si un activo funciona adecuadamente’. Ahora IAS 16 especifica esto como una evaluación en la cual el desempeño físico y técnico del activo es capaz de ser usado en la producción o en el suministro de bienes o servicios, para renta u otros, o propósitos administrativos.

Si no se presenta por separado en el estado de resultados integrales, los estados financieros deberán revelar las cantidades de ingresos y costos en resultados relacionados a partidas que no son una salida por las actividades ordinarias de la entidad, en la línea de partida(s) en el estado de resultados integrales donde se incluyan los ingresos y costos.

Las modificaciones son aplicadas retrospectivamente, pero solo a las partidas de propiedades, planta y equipo que son traídas a la ubicación y condiciones necesarias para que sean capaces de operarse como la administración lo tiene planeado en o después del inicio del periodo en el cual se presentan los estados financieros de la entidad en los cuales aplique por primera vez las modificaciones.

La entidad deberá reconocer el efecto acumulado de la aplicación inicial de las modificaciones como un ajuste al balance en las utilidades retenidas (o algún componente de capital, que sea apropiado) al inicio del primer periodo que se presente. Las modificaciones son efectivas para periodos anuales que inicien el 1 de enero de 2022 con opción de aplicación anticipada.

• Enmiendas a la IAS 37 - Contratos Onerosos - Costos por Cumplir un Contrato

Las modificaciones especifican que los ‘costos por cumplir’ un contrato comprende los ‘costos relacionados directamente al contrato’. Los costos que se relacionan directamente a un contrato consisten de los costos incrementales y los costos por cumplir un contrato (ejemplo: mano de obra o materiales) y la asignación de otros costos que se relacionen directamente para cumplir un contrato (como la asignación de la depreciación a las partidas de propiedades, planta y equipo para cumplir el contrato).

Las modificaciones aplican para contratos en los cuales la entidad no ha cumplido aún con todas sus obligaciones al inicio del periodo anual de reporte en los cuales la entidad aplique por primera vez las modificaciones. Los comparativos no deben reformularse. En cambio, la entidad debe reconocer el efecto acumulado de la aplicación inicial de las modificaciones como un ajuste al balance en las utilidades retenidas o algún otro componente de capital, como sea apropiado, para la fecha de aplicación inicial.

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Las modificaciones son efectivas para periodos anuales que inicien en o después del 1 de enero de 2022, con opción de aplicación anticipada.

• Enmiendas Anuales a las normas IFRS 2018-2020

Las Modificaciones Anuales incluyen la modificación a cuatro normas.

IFRS 1 Adopción por Primera Vez de las Normas Internacionales de Información Financiera

La modificación provee alivio adicional para la subsidiaria que adopta por primera vez después que su matriz con respecto a la contabilidad por las diferencias acumuladas por conversión. Como resultado de las modificaciones, una subsidiaria usa la excepción de IFRS 1: D16(a) ahora puede elegir mediar los efectos acumulados por conversión de las operaciones extranjeras a valor en libros que serpia lo que se incluye en los estados consolidados de la matriz, basado en la fecha de transición de la matriz a IFRS, si no hubo ajustes por los procedimientos de consolidación y por los efectos de combinación de negocios en los que la matriz adquirió a la subsidiaria. Una elección similar está disponible para una asociada o negocio conjunto que usa la excepción en IFRS 1: D16(a).

La modificación es efectiva para periodos que inicien en o después del 1 de enero de 2022, con opción de adopción anticipada.

IFRS 9 Instrumentos Financieros

La modificación aclara que al aplicar la prueba del ‘10%’ para evaluar si se debe dar de baja un pasivo financiero, una entidad incluye solo las cuotas pagadas o recibidas entre la entidad (el prestatario) y el prestador, incluyendo cuotas pagadas o recibidas por la entidad o el prestador.

Las enmiendas son aplicadas prospectivamente a las modificaciones o cambios que ocurran en o después de la fecha que la entidad aplica por primera vez la enmienda.

La modificación es efectiva para periodos anuales que empiezan en o después del 1 de enero de 2022, con opción a aplicación anticipada.

IFRS 16 Arrendamientos

Las modificaciones eliminan la figura del reembolso por mejoras a los arrendamientos.

Como las modificaciones a la IFRS 16 solo son con respecto a un ejemplo ilustrativo, no hay fecha de inicio establecida.

IAS 41 Agricultura

Las modificaciones quitan el requerimiento de IAS 41 para que las entidades excluyan los flujos de efectivo para los impuestos cuando se mide el valor razonable. Esto alinea la valuación del valor razonable en IAS 41 con los requerimientos de IFRS 13 Medición del Valor Razonable para que sea consistente con los flujos de efectivo y con las tasas de descuento y permite a los elaboradores determinar si el flujo de efectivo y las tasas de descuentos se usan antes o después de impuestos como sea más apropiado estimar el valor razonable.

Las modificaciones se aplican prospectivamente, por ejemplo, la medición del valor razonable en o después de la fecha inicial de aplicación de las modificaciones aplicadas a la entidad.

Las modificaciones son efectivas para los periodos anuales que inician en o después del 1 de enero de 2022, con opción de adopción inicial.

No hay otras interpretaciones de las NIIF o CINIIF que aún no hayan entrado en vigencia y de las cuales se espera que tengan un efecto material en los estados financieros de la Sociedad.

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2.b.5) Instrumentos financieros por categoría

Instrumentos financieros por categoría

Los siguientes cuadros muestran los activos y pasivos financieros por categoría de instrumento financiero y una conciliación con la línea expuesta en el estado de balance general.

Activos financieros 31-03-2021 31-03-2021
Activos
financieros a
costo amortizado
986.329
3.998.286
1.739.522
6.724.137
Activos financieros a
valor razonable con
cambios en resultados

-

-
3.442.136

3.442.136
Subtotal
activos
financieros

986.329

3.998.286
5.181.658
10.166.273
Activos no
financieros

2.851.138

-
-
2.851.138
Total
Otros créditos(1)
Créditos por ventas
Efectivo y equivalentes de efectivo

3.837.467

3.998.286
5.181.658
13.017.411
  • (1) No incluye la provisión para otros créditos de cobro dudoso.
Pasivos financieros 31-03-2021 31-03-2021
Pasivos
financieros a
costo amortizado
1.313.899
-
4.035.510
5.349.409
Pasivos financieros a
valor razonable con
cambios en resultados
Subtotal
pasivos
financieros

-
1.313.899

-
-
-
4.035.510
-
5.349.409
31-12-2020
Pasivos no
financieros

-

-
-
-
Total
Pasivos financieros
Otros pasivos
Cuentas por pagar

Activos financieros

1.313.899

-
4.035.510

5.349.409
Activos
financieros a
costo amortizado
1.060.065
2.575.969
1.420.818
5.056.852
Activos financieros a
valor razonable con
cambios en resultados

-

-
1.871.357

1.871.357
Subtotal
activos
financieros

1.060.065

2.575.969
3.292.175

6.928.209
Activos no
financieros

2.113.035

-
-
2.113.035
Total
Otros créditos(1)
Créditos por ventas
Efectivo y equivalentes de efectivo
3.173.100
2.575.969
3.292.175
9.041.244
  • (1) No incluye la provisión para otros créditos de cobro dudoso.
Pasivos financieros 31-12-2020 31-12-2020
Pasivos
financieros a
costo amortizado
1.026.208
3.891.974
4.918.182
Pasivos financieros a
valor razonable con
cambios en resultados
-
-
-
Subtotal
pasivos
financieros

1.026.208
3.891.974

4.918.182
Pasivos no
financieros
-
-
-
Total

1.026.208
3.891.974

4.918.182
Otros pasivos
Cuentas por pagar

Valor razonable de los instrumentos financieros

Los métodos y supuestos utilizados para estimar los valores razonables de los instrumentos financieros se detalla en la Nota 4 de los estados financieros al 31 de diciembre de 2020. Al 31 de marzo de 2021 no han existido cambios significativos en los métodos y supuestos utilizados para estimar los valores razonables antes indicados. Durante los períodos finalizados el 31 de marzo de 2021 y 31 de diciembre de 2020, no se han producido transferencias entre las diferentes jerarquías utilizadas para determinar el valor razonable de los instrumentos financieros de la Sociedad. A continuación se presentan los instrumentos financieros que son medidos a valor razonable y su clasificación en el nivel de la jerarquía de valuación correspondiente:

Activos financieros
Corrientes:
- Fondos comunes de inversión
- Colocaciones transitorias
31-03-2021
Nivel 1
1.395.121
2.047.015
3.442.136
31-12-2020
Nivel 1
184.466
1.686.891
1.871.357

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 12 de mayo de 2021

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 12 de mayo de 2021 Deloitte & Co. S.A.

C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3

Guillermo D. Cohen Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 233 - F° 73

Santiago Martinez Tanoira Presidente

Rubén Adrian Ruiz Por Comisión Fiscalizadora

14

3. PROPIEDAD, PLANTA Y EQUIPO

La evolución de las propiedades, planta y equipo de la Sociedad al 31 de marzo de 2021 y al 31 de diciembre de 2020 es la siguiente:

Valor de origen
Depreciación acumulada
Valor residual al 31 de diciembre de 2019
Costos
Aumentos
Efectos de conversión
Disminuciones y reclasificaciones
Depreciación acumulada
Aumentos
Efectos de conversión
Disminuciones y reclasificaciones
Valor de origen
Depreciación acumulada
Valor residual al 31 de diciembre de 2020
Costos
Aumentos
Efectos de conversión
Disminuciones y reclasificaciones
Depreciación acumulada
Aumentos
Efectos de conversión
Disminuciones y reclasificaciones
Valor de origen
Depreciación acumulada
Valor residual al 31 de marzo de 2021
Terrenos
1.965
-
1.965
-
787
-
-
-
-
2.752
-
2.752
-
256
-
-
-
-
3.008
-
3.008
Plantas, poliducto e
instalaciones de
almacenamiento y
transporte

37.572.780
30.789.444
6.783.336

60.475

16.020.288

2.842.651

1.035.318

12.657.594

(1.867)

56.496.194
44.480.489

12.015.705

7.217

5.339.158

167.125

413.816

4.167.927

(1.648)

62.009.694
49.060.584
12.949.110
Rodados
93.075
79.044
14.031
2.197
38.331
-
10.432
34.019
-
133.603
123.495
10.108
6.685
12.515
-
3.140
11.663
-
152.803
138.298
14.505
Equipos de
computación
234.124
173.855
60.269
1.707
95.313
-
36.077
77.336
-
331.144
287.268
43.876
-
30.883
-
10.753
27.275
-
362.027
325.296
36.731
Obras en curso
1.807.085
-
1.807.085
4.036.345
517.538
(2.882.330)
-
-
-
3.478.638
-
3.478.638
616.026
264.765
(364.800)
-
-
-
3.994.629
-
3.994.629
Total
39.709.029
31.042.343
8.666.686
4.100.724
16.672.257
(39.679)
1.081.827
12.768.949
(1.867)
60.442.331
44.891.252
15.551.079
629.928
5.647.577
(197.675)
427.709
4.206.865
(1.648)
66.522.161
49.524.178
16.997.983

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 12 de mayo de 2021

Firmado a efectos de su identificación con

nuestro informe de fecha 12 de mayo de 2021 Deloitte & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3

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4. DERECHO A USO

Valor de origen
Amortización acumulada
Saldos al 31 de diciembre de 2019
Costos
Efectos de conversión
Amortización
Aumentos
Efectos de conversión
Valor de origen
Amortización acumulada
Saldos al 31 de diciembre de 2020
Costos
Efectos de conversión
Amortización
Aumentos
Efectos de conversión
Valor de origen
Amortización acumulada
Saldos al 31 de marzo de 2021
696.366
162.535
533.831
282.086
60.734
76.464
978.452
299.733
678.719
283.738
22.033
28.560
1.262.190
350.326
911.864

5. INVENTARIOS

. INVENTARIOS
31/03/2021 31/12/2020
Productos terminados 639.391 1.092.960
Productos en procesos 418.539
312.484
Materiales 1.029.350
945.536
2.087.280
2.350.980

6. OTROS CRÉDITOS

31/03/2021
No corriente
Corriente
28.577
2.322.422
-
665.812
80.154
-
7.189
133.710
144.576
113.403
19.291
265.978
-
35.248
-
21.107
279.787
3.557.680

(52.736)
-
227.051
3.557.680
31/12/2020 31/12/2020
No corriente
28.577
-
80.154
7.189
144.576
19.291
-
-
279.787

(52.736)
227.051
No corriente
28.577
-

80.154
7.188
137.841
17.689
-
-
271.449
(52.736)
218.713
Corriente
1.937.294
541.419
-
59.822
160.903
169.689
13.976
18.548
2.901.651
-
2.901.651

Incluye 665.597 (31-03-2021) y 541.419 (31-12-2020) correspondiente al crédito por el Acuerdo de Abastecimiento de Gas Propano para (1) redes (Nota 24.c).

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7. CRÉDITOS POR VENTAS

. CRÉDITOS POR VENTAS
31/03/2021
31/12/2020
Deudores comunes 668.192
101.216
Sociedades relacionadas (Nota 21) 3.330.093
2.474.753
3.998.285
2.575.969

8. EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO

Fondos comunes de inversión
Colocaciones transitorias
Caja y bancos
31/03/2021
1.395.121
2.047.015
1.739.522
5.181.658
31/12/2020
184.466
1.686.891
1.420.818
3.292.175

9. IMPUESTO A LAS GANANCIAS

El cálculo del cargo devengado contablemente por el impuesto a las ganancias para los períodos de tres meses finalizados el 31 de marzo de 2021 y 2020 es el siguiente:

Impuesto a las ganancias corriente
Impuesto diferido
31/03/2021
(1.085.435)
(94.538)
(1.179.973)
31/03/2020

126.574
(193.353)
(66.779)

La conciliación entre el cargo a resultados por impuesto a las ganancias correspondiente a los períodos de tres meses finalizados el 31 de marzo de 2021 y 2020 y el que resultaría de aplicar la tasa impositiva vigente sobre el resultado neto antes de impuesto a las ganancias que surge de los estados de resultados integrales de cada ejercicio, es la siguiente:

Resultado antes de impuesto a las ganancias
Tasa impositiva vigente
Tasa impositiva vigente aplicada resultado antes de impuesto a las
ganancias
Ajuste por inflación – Ley 27.468
Diferencia por moneda funcional y otros
Cargo a resultados por impuesto a las ganancias
31/03/2021
3.018.676
30%
(905.603)
-
(274.370)
(1.179.973)
31/03/2020
(942.488)
30%
282.746

61.351
(410.876)
(66.779)

Asimismo, la composición del impuesto diferido al 31 de marzo de 2021 y 31 de diciembre de 2020 es la siguiente:

Provisiones y otros pasivos no deducibles
Propiedad, planta y equipo
Pasivos por beneficios definidos a empleados
Inversiones
Gastos adelantados
Ajuste por inflación – Ley 27.430
31/03/2021
7.861
(2.206.228)
44.400
(127.259)
(37.211)
421.127
(1.897.310)
31/12/2020
10.906
(2.090.065)
41.638
(56.202)
(37.211)
328.162
(1.802.772)

De acuerdo a las últimas modificaciones introducidas por la Ley N° 27.430 de Reforma tributaria publicada en el Boletín Oficial el 29 de diciembre de 2017, se estableció la posibilidad de realizar un revalúo impositivo de los bienes de uso de acuerdo a los mecanismos previstos en la misma.

Con fecha 23 de abril de 2018 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto N° 353/2018 que reglamentó el Título X de la Ley N° 27.430 y estableció mediante sucesiva prorrogas, que la opción a que se hace referencia en el artículo 281 de la Ley N° 27.430 en relación al revalúo impositivo de los bienes de uso correspondientes al cierre del ejercicio 31 de diciembre de 2017 podía ejercerse hasta el último día hábil del tercer mes calendario inmediato posterior al 31 de diciembre de 2018.

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 12 de mayo de 2021

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 12 de mayo de 2021 Deloitte & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3

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Teniendo en cuenta lo expresado precedentemente, la Sociedad decidió el ingreso al régimen del revalúo impositivo, cuyo vencimiento operó en marzo de 2019, bajo la modalidad del régimen simplificado, y en relación a ello la Sociedad reconoció al 31 de marzo de 2019 en sus estados contables los efectos contables devengados del mismo por un monto de 113.244 el cual ha sido registrado en el rubro “Revalúo impositivo Ley N° 27.430” del estado de resultados del ejercicio.

La Ley N° 27.468 publicada en el Boletín Oficial el 4 de diciembre de 2018 dispuso que, a los fines de aplicar el procedimiento de ajuste por inflación impositivo, el mismo tendrá vigencia para los ejercicios que se inicien a partir del 1° de enero de 2018. Respecto del primero, segundo y tercer ejercicio a partir de su vigencia, ese procedimiento será aplicable en caso de que la variación del IPC, calculada desde el inicio y hasta el cierre de cada uno de esos ejercicios supere un 55%, un 30% y en un 15%, para el primero, segundo y tercer año de aplicación, respectivamente.

Con fecha 23 de diciembre de 2019, fue publicada en el Boletín Oficial la Ley N° 27.541 Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública, que fue reglamentada mediante Decreto Reglamentario 99/2019 el día 28 de diciembre de 2019. Los principales cambios es la suspensión de la aplicación de alícuota del impuesto a las ganancias establecida por la Ley de Reforma tributaria del 25% hasta los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 1 de enero de 2021 y que el ajuste por inflación positivo o negativo, según sea el caso, deberá imputarse un sexto (1/6) en ese período fiscal y los cinco sextos (5/6) restantes, en partes iguales, en los cinco (5) períodos fiscales inmediatos siguientes. El principal impacto de ese cambio normativo en los presentes estados financieros ha sido en la medición de activos y pasivos fiscales diferidos, dado que éstos deben reconocerse aplicando la tasa impositiva que estará vigente en las fechas en que las diferencias entre los valores contables y los fiscales y los quebrantos serán revertidos o utilizados.

10.OTROS PASIVOS

Arrendamientos
Pasivo por abandono de activos
31/03/2021
No
corriente
Corriente
292.778
150.737
870.384
-
1.163.162
150.737
31/12/2020
No
corriente
Corriente

255.412
140.595
630.201
-

885.613
140.595
No
corriente
292.778
870.384
1.163.162
No
corriente

255.412
630.201

885.613

La evolución del pasivo por arrendamientos es la siguiente:

Saldos al 31 de diciembre de 2019
Efectos conversión
Actualizaciones financieras
Pagos de arrendamientos
Saldos al 31 de diciembre de 2020
Efectos conversión
Actualizaciones financieras
Pagos de arrendamientos
Saldos al 31 de marzo de 2021
311.485
149.848
(5.628)
(59.698)
396.007
59.349
6.858
(18.699)
443.515

11. CUENTAS POR PAGAR

1. CUENTAS POR PAGAR
31/03/2021
31/12/2020
Proveedores comunes 1.457.006
1.377.616
2.578.504
2.514.358
Sociedades relacionadas (Nota 21)
4.035.510
3.891.974

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18

12. INGRESOS

Ventas por producto:
Gas RTP
-Mercado local
Etano
- Mercado local
Propano
- Mercado local
- Exportaciones
- Derechos de exportación
Butano
- Mercado local
- Exportaciones
- Derechos de exportación
Gasolina Natural
- Exportaciones
- Derechos de exportación
Servicios:
Ingresos por uso del muelle
Otros ingresos
Incentivos:
Propano
- Fraccionadores
- Redes
Impuesto a los ingresos brutos
Tres meses finalizados
el 31 de marzo de
2021
2020
131.119
-

1.674.260
1.008.098

779.494
307.366
4.642.804
1.756.257
(215.147)
(148.617)

399.523
312.609
1.379.456
784.363
(54.041)
(61.634)

1.428.163
778.183
(68.879)
(162.943)

-
234.633
16.135
21.139


215
215
154.602
18.111
(42.628)
(37.776)
10.225.076
4.810.004

13. COSTOS

13. COSTOS
Inventarios al inicio del ejercicio
Compras
Costos de producción (Nota 14)
Diferencia de conversión
Inventarios al cierre del período
Tres meses finalizados
el 31 de marzo de
2021
2020
1.405.444
958.909
4.569.337
3.836.384
1.571.964
1.052.040
109.161
(141.361)
(1.057.930)
(390.711)
6.597.976
5.315.261
2021
1.405.444
4.569.337
1.571.964
109.161
(1.057.930)
6.597.976

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 12 de mayo de 2021

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14. GASTOS POR NATURALEZA

La Sociedad presenta el estado de resultados integrales clasificando los gastos según su función como parte de las líneas "Costos de producción", "Gastos de administración" y "Gastos de comercialización". A continuación, se brinda la información adicional a revelar requerida sobre la naturaleza de los gastos y su relación con la función dentro de la Sociedad por los períodos de tres meses finalizados el 31 de marzo de 2021 y 2020:

Sueldos y cargas sociales
Servicios contractuales y honorarios
Otros gastos de personal
Depreciación de propiedad, planta y equipo
Gastos de energía y combustibles
Gastos de mantenimiento
Contrataciones de obra, servidumbres y
otros servicios
Seguros
Transporte y fletes
Amortización derecho a uso
Impuestos, tasas y contribuciones
Gastos de oficina y otros
Total al 31-03-2021
Costos de
producción
Gastos de
comercialización
Gastos de
administración

29.450

53


252

10.733

-

-

266.496

4.771

-

-

-

-

311.755
Total
170.676
5.257
14.828
406.791
391.944
277.536
130.493
63.843
23.957
13.636
72.778
225

86.925

23.814

4.832

10.185

273

155

85.195

342

259

8.397

51.587

14.094

287.051
29.124

19.912

427.709

392.217

277.691

482.184

68.956

24.216

22.033

124.365

14.319

2.169.777
1.571.964
286.058
Sueldos y cargas sociales
Servicios contractuales y honorarios
Otros gastos de personal
Depreciación de propiedad, planta y equipo
Gastos de energía y combustibles
Gastos de mantenimiento
Contrataciones de obra, servidumbres y
otros servicios
Seguros
Transporte y fletes
Alquileres y concesiones
Amortización derecho a uso
Impuestos, tasas y contribuciones
Gastos de oficina y otros
Total al 31-03-2020
Costos de
producción
Gastos de
comercialización
Gastos de
administración

16.515

1.251


1.515

7.429

-

-

103.906

2.459

384

-

-

-

-

133.459
Total
110.029
1.401
11.788
212.680
298.339
202.172
107.668
33.034
24.345
-
7.176
43.400
8

68.158

16.094

9.488

7.439

341

122
80.651

198

80

356

6.043

46.393

18.314

194.702
18.746

22.791

227.548

298.680

202.294

292.225

35.691

24.809

356

13.219

89.793

18.322

1.439.176
1.052.040
253.677

15. OTROS RESULTADOS OPERATIVOS, NETOS

Seguros Lucro Cesante
Ingresos
Tres meses finalizados
el 31 de marzo de
Tres meses finalizados
el 31 de marzo de
2021
17.989
17.989
2020
-
-

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16. RESULTADOS FINANCIEROS, NETOS

Ingresos financieros
Intereses ganados
Total ingresos financieros
Costos financieros
Intereses perdidos
Actualizaciones financieras - arrendamientos
Diferencias de cambio, netas
Total costos financieros
Total resultados financieros, netos
Tres meses finalizados
el 31 de marzo de
2021
2020
93.480
31.968
93.480
31.968
(12.451)
(20.169)
(18.247)
(13.041)
(91.382)
(48.853)
(122.080)
(82.063)

(28.600)
(50.095)
2021
93.480
93.480
(12.451)
(18.247)
(91.382)
(122.080)
(28.600)

17. PATRIMONIO

El capital nominal de la Sociedad al 31 de marzo de 2021 asciende a 642.753 representado por 642.753.000 acciones ordinarias, nominativas no endosables, de valor nominal $ 1, divididas en diez clases de acciones de un voto por acción (Clases A a J). Estas acciones están totalmente suscriptas, inscriptas e integradas.

La participación de los socios sobre el capital de la Sociedad al 31 de marzo de 2021 es la siguiente:

YPF S.A.
Petrobras International Braspetro B.V.
Dow Investment Argentina S.R.L.
38%
34%
28%
100%

18. ACTIVOS Y PASIVOS CONTINGENTES

Reclamos medioambientales

Con fecha 4 de febrero de 2011, la Sociedad fue notificada de tres demandas por reclamos medioambientales, iniciadas por actores varios vinculados a la actividad pesquera en Bahía Blanca. Estas demandas fueron promovidas contra las empresas radicadas en el polo petroquímico de dicha localidad, entre ellas Mega, y el Estado Nacional y Provincial, por un total de aproximadamente pesos 153 millones. Las demandas fueron contestadas por la Sociedad con fecha 9 de mayo de 2011. Con fecha 29 de mayo de 2014 se celebró la audiencia del art. 41 del Código Contencioso Administrativo (“CCA”) de la Provincia de Buenos Aires a fin de determinar la procedencia de las pruebas a producirse en los expedientes: “Caserna Francisco y Otros c/ PBB Polisur y Otros” Expediente 13803; “Uncalao Eduardo y Otros c/ PBBPolisur y Otros” Expediente 13860; y “Cordoba Héctor y Otros c/ PBB Polisur y Otros” Expediente 13859. En dicha audiencia se resolvió posponer la resolución de la procedencia de la prueba al momento de producirse la audiencia del art 41 del CCA en la causa “SCHRODER JUAN y otros C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES y otros s/ Daños” a fin de optimizar recursos y fundándose en que la mayoría de las pruebas ofrecidas por la actora estaban solicitadas en todas las causas mencionadas. En virtud de ello, los tres procesos se encontraron suspendidos hasta el 28 de agosto de 2019, fecha en la que se reanudó la audiencia del artículo 41 del Código Contencioso Administrativo de la Provincia de Buenos Aires y, entre otras cuestiones, el juez de la causa definió las fechas de producción de las distintas pruebas ofrecidas por las partes que se encontraban pendientes de producción. Con fecha 30 de diciembre de 2020 se certificó la prueba y se determinó el vencimiento del plazo probatorio. Con fecha 13 de abril de 2021 se pusieron los autos para alegar.

En marzo de 2014 la Sociedad fue notificada de una demanda ambiental iniciada contra la misma, varias empresas radicadas en el polo petroquímico de Bahía Blanca, la Provincia de Buenos Aires y ciertos de sus entes autárquicos. La demanda está vinculada con la contaminación del estuario en la zona del puerto de Bahía Blanca y el conflicto generado con los denominados pescadores artesanales que se menciona en el párrafo anterior. La causa se caratula “Schroder,

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Juan y otros c/ Provincia de Buenos Aires y Otros s/ Pretensión de Reconocimiento o Restablecimiento de derechos – otros juicios” y tramita ante el Juzgado Contencioso Administrativo N°1 sito en Bahía Blanca. El monto del reclamo contra todas las partes demandadas es por Daño Material Colectivo y Daño Moral Colectivo, reclamándose bajo este último concepto la suma de $ 50.000.000. Con fecha 3 de julio de 2014 la Sociedad contestó la demanda en tiempo y forma.

Con fecha 29 de junio de 2016 se realizó la audiencia del art. 41 del CCA en la cual el Juez resolvió cuáles serían las pruebas a ser producidas por todas las partes durante dicha etapa probatoria. La Sociedad ha producido las pruebas ofrecidas oportunamente y recientemente se ha terminado la producción de la prueba pericial ambiental. En tal sentido, con fecha 29 de agosto de 2018 Mega fue notificada del informe de la pericia ambiental realizado por los peritos oficiales designados por el juez de la causa. En dicho informe se analizaron las muestras tomadas de los efluentes de las distintas industrias de polo, del agua de la Ría, de sus sedimentos, y de distintas especies de peces, moluscos y crustáceos. De estos análisis, resultó que las muestras de los efluentes de Mega se encontraban en cumplimiento de los parámetros establecidos por la Resolución ADA 336/03, tal como las muestras de agua de la Ría y sus sedimentos. Con fecha 29 de septiembre de 2018, Mega presentó un escrito en los términos del art. 473 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires y con fecha 28 de diciembre de 2018 los peritos presentaron las respuestas a dicho pedido. Con fecha 13 de febrero de 2019 se celebró una audiencia multipropósito designada por el Juez a cargo de la causa y en la misma el juez estableció el plazo dentro del cual las partes deberán finalizar la prueba ofrecida pendiente. Con fecha 4 de septiembre de 2019 el juez de la causa dispuso poner los autos para alegar. Con fecha 8 de octubre de 2019 se presentó en tiempo y forma el alegato tanto en representación de la Sociedad como de los ex directores demandados. Paralelamente, la Cámara Unión Pesquera Artesanal y Comercial de Ing. White, Puerto Rosales y Bahía Unión (“CUP”), se presentó como tercero interesado y solicitó se haga lugar a la prejudicialidad, en virtud del estado de la causa “Meninato, Rolando; Marcer, José Luis; Bridger, Ricardo Luis; Sheridan, Raúl Alberto; Gimenez, Fernando Ariel (P.B.B. Polisur S.A.) s/envenenamiento o adult. aguas, medic., o alim. Infracción ley 24.051”. Con fecha 3 de diciembre de 2019, el juez rechazó dicho planteo de prejudicialidad, y decretó que una vez que se encuentre firme dicha resolución, pasen los autos para dictar sentencia. Atento ello, la CUP interpuso recurso de apelación, y con fecha 17 de diciembre de 2019, se corrió traslado a las partes de dicho recurso. Mega contestó en tiempo y forma dicho recurso. Desde el 19 de agosto de 2020 el expediente se encuentra en la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata con motivo de la apelación interpuesta por la CUP y un conflicto de representación de la misma (el 23.03.2021 pasaron autos al acuerdo).

Con fecha 15 de marzo de 2018, la Sociedad recibió un oficio de la Fiscalía Federal N° 2 de Bahía Blanca requiriéndole a la Sociedad informar la nómina de sus directores actuales en el marco de la Instrucción N° 135623/11 caratulada “Meninato, Rolando; Marcer, José Luis; Bridger, Ricardo Luis; Sheridan, Raúl Alberto; Gimenez, Fernando Ariel (P.B.B. Polisur S.A.) s/envenenamiento o adult. aguas, medic., o alim. Infracción ley 24.051” que tramita ante dicha fiscalía. La Sociedad ha cumplido oportunamente con dicho requerimiento. L Con fecha 14 de agosto de 2019, la Sociedad fue notificada de la resolución de la Fiscalía Federal N° 2 de Bahía Blanca por medio del cual se notificó la resolución dictada por la Cámara Federal de Bahía Blanca que delegó en el Ministerio Público Fiscal la realización “de gestiones orientadas a la elaboración de un plan concreto con el objeto de diagramar inversiones futuras, para asegurar el desarrollo integrado y sustentable de la ría de Bahía Blanca que establezca un equilibrio entre el desarrollo y preservación del ambiente”. La Sociedad interpuso el recurso de casación contra la aludida sentencia de la Cámara Federal de Bahía Blanca, el que fue rechazado por dicho tribunal con fecha 13 de septiembre de 2019. Posteriormente, con fecha 26 de septiembre de 2019, la Sociedad interpuso recurso de queja ante la Cámara Federal de Casación Penal ante el rechazo del recurso de casación. Con fecha 17 de septiembre de 2020, la Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de queja, por lo que con fecha 2 de octubre de 2020, Mega interpuso recurso extraordinario. A la fecha de los presentes estados, la Sociedad tomó conocimiento del rechazo del recurso extraordinario federal pero a la fecha no fue notificada dicha decisión judicial.

En el marco del incidente de Medida Cautelar, con fecha 20 de febrero 2020, la Cámara Federal de Bahía Blanca confirmó una prórroga de 90 días otorgada por el a quo para el cumplimiento de la medida cautelar y entendió que el proceso no está suspendido como consecuencia del recurso de queja interpuesto por la Compañía. En virtud de ello, con fecha 9 de marzo de 2020 la Compañía interpuso un recurso de casación con el objeto de que el proceso se mantenga suspendido hasta tanto se resuelvan los recursos en trámite. El recurso de casación fue denegado con fecha 17 de marzo de 2020, por lo que con fecha 23 de julio de 2020, la Compañía interpuso recurso de queja por casación denegada. Mediante resolución de fecha 9 de diciembre de 2020 la Cámara Federal de Casación Penal rechazó el citado recurso de queja por casación denegada, motivo por el cual, con fecha 23 de diciembre de 2020, Mega interpuso recurso extraordinario federal contra dicha resolución.

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En el marco del incidente de Medida Cautelar, con fecha 16 de noviembre de 2020, sin reconocer hechos ni derechos y manteniendo los recursos en trámite, la Sociedad presentó una propuesta consistente en la reducción a cero -en condiciones normales- del vertido de efluentes a la Ría, y la utilización de dichos efluentes para el riego de los espacios verdes de la planta, a los fines de tener por cumplida la medida cautelar. Con fecha 30 de diciembre de 2020, Mega y la Fiscalía Federal N° 1 de Bahía Blanca, celebraron un Convenio de Compromiso Ambiental donde se plasmó la propuesta efectuada por la Sociedad con fecha 16 de noviembre de 2020. Con fecha 2 de marzo de 2021, el Juzgado interviniente notificó la homologación del Convenio celebrado entre la Sociedad y la Fiscalía. Con fecha 9 de marzo de 2021 la Compañía fue notificada de la apelación interpuesta por la querella contra la homologación y con fecha 23 de marzo de 2021 Mega presentó el memorial (el 25.03.2021 pasaron autos al acuerdo).

La Gerencia de la Sociedad, en consulta con sus asesores legales, entiende que dichos reclamos no deberían prosperar en relación a Mega y sus directores. Por lo tanto la Sociedad no ha reconocido provisiones contables por estas causas por entender que no es probable que la resolución de las mismas resulte en una salida de recursos para la Sociedad.

19. COMPROMISOS CONTRACTUALES

Acuerdo de provisión de materia prima y acuerdos de venta

Como se menciona en la Nota 1, la Sociedad, al inicio de sus operaciones, celebró un Acuerdo de Provisión de Gas Natural a largo plazo con YPF y ciertos acuerdos de venta a largo plazo (el "Contrato de Etano", el "Contrato de GLP" y el "Contrato de Gasolina Natural", en conjunto los "Acuerdos de Venta"). Los Acuerdos de Provisión y de Venta entraron en vigencia el 1 de abril de 2001, con un plazo de duración inicial de 10 años, renovables automáticamente año a año hasta el año 2017, o sujeto al cumplimiento de ciertas condiciones hasta el año 2021, salvo que las partes acuerden lo contrario.

El Acuerdo de Provisión requería originariamente a YPF, entre otras cosas, despachar no menos de 12,6 miles de millones de metros cúbicos de gas natural para cada uno de los años de duración del contrato, sujeto a ciertos requerimientos diarios y mensuales, y a la Sociedad comprar las cantidades retenidas y despacharle a YPF, de acuerdo a ciertos requerimientos, el gas residual luego del procesamiento. A raíz de las conversaciones mantenidas entre representantes de la Sociedad e YPF durante el año 2017 en relación con los términos que resultarán aplicables al Acuerdo de Provisión por el período comprendido entre el 15 noviembre del 2017 y el 1 de abril del 2021, las partes acordaron, por aplicación de lo establecido en el artículo 3.2.f del Acuerdo de Provisión, que el nuevo volumen anual de gas natural que como mínimo YPF debía poner a disposición de la Sociedad a partir del 15 de noviembre del 2017 y hasta el 1 de abril del 2021 era de 8,6 miles de millones de metros cúbicos.

El Acuerdo de Provisión prevéía el pago de daños entre YPF y la Sociedad en el caso que la Sociedad no realizara la compra del gas retenido o el despacho del gas residual contractualmente acordado, o YPF no despachara gas natural en las cantidades y calidades especificadas en el contrato. Adicionalmente, los Acuerdos de Venta preveían el pago de daños entre las partes intervinientes, en el caso en que la Sociedad no despachase los productos o PBB Polisur o Petrobras no compraran las cantidades contractualmente acordadas.

Mediante notas de fecha 20 de abril y 1 de junio de 2020, la Sociedad reclamó a YPF el incumplimiento en relación con la calidad del gas puesto a disposición de Mega bajo el Acuerdo de Provisión de Gas natural durante el período contractual comprendido entre el 1 de abril de 2019 y el 31 de marzo de 2020. El reclamo de la Sociedad se basa en que la composición molar del gas puesto a disposición por YPF durante el período referido precedentemente tuvo un contenido de pentanos y superiores inferior al establecido bajo el Acuerdo de Provisión de Gas Natural y que ello le privó de producir y vender mayores cantidades de gasolina natural y, consecuentemente, obtener una ganancia adicional. Luego de las conversaciones mantenidas entre representantes de la Sociedad e YPF, el monto del reclamo de la Sociedad ascendió a la suma de U$S 5.1 millones. Con fecha 9 de septiembre de 2020, la Sociedad remitió a YPF una oferta vinculante de acuerdo transaccional por un monto de U$S 5.1 millones (equivalentes a $ 383.198) a efectos de dar por terminado cualquier diferencia y/o reclamo planteado por Mega en sus notas de fecha 20 de abril y 1 de junio de 2020 bajo el Acuerdo de Provisión durante el período comprendido entre el 1 de abril de 2019 y el 31 de marzo de 2020 y la misma fue aceptada por YPF con fecha 10 de septiembre de 2020. Bajo el referido acuerdo transaccional, YPF se comprometió a abonar el monto transaccional en cuatro cuotas fijas, iguales y consecutivas de U$S 1,28 millones cada una de ellas. En el transcurso de los meses de septiembre a diciembre fueron emitidas las notas de débito correspondientes a las cuotas 1 a 4 por U$S 1,28 millones, las cuales fueron aplicadas a las facturas por compra de gas cuyo vencimiento operó entre los meses de octubre 2020 a enero 2021.

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Recientemente, mediante nota de fecha 21 de abril del año en curso, la Sociedad reclamó a YPF el incumplimiento en relación con la calidad del gas puesto a disposición de Mega bajo el Acuerdo de Provisión durante el período contractual comprendido entre el 1 de abril de 2020 y el 31 de marzo de 2021. El reclamo de la Sociedad se basa en que la composición molar del gas puesto a disposición por YPF durante el período referido precedentemente tuvo un contenido de pentanos y superiores inferior al establecido bajo el Acuerdo de Provisión y que ello le privó de producir y vender mayores cantidades de gasolina natural y, consecuentemente, obtener una ganancia adicional. El monto del reclamo asciende a la suma de U$S 6.99 millones.

Con fecha 17 de julio de 2018, la Sociedad aceptó la oferta de compraventa de componentes licuables de gas natural formulada por YPF, con vigencia entre el 1 de julio de 2018 y el 30 de abril de 2019, que establecía los términos bajos los cuales la Sociedad recibió entre 3 y 6 millones m3/d de gas natural adicionales a los 23,7 millones m3/d previstos bajo el Acuerdo de Provisión, a un precio variable estacionalmente convenido en dicho documento. Con fecha 10 de octubre de 2019, la Sociedad aceptó la oferta de compraventa de componentes licuables del gas natural formulada por YPF, la cual resulta aplicable (i) en forma retroactiva a los volúmenes de gas natural adquiridos por la Sociedad (en exceso 23,7 millones m3/d previstos bajo el Acuerdo de Provisión) durante los meses de mayo - septiembre del 2019 a los precios establecidos en dicha oferta y (ii) a las compras de volúmenes adicionales de gas natural a los 23,7 millones m3/d previstos bajo el Acuerdo de Provisión (en un volumen de entre 3 y 4 millones m3/d) que la Sociedad realice desde octubre de 2019 hasta el 30 de abril de 2020, a un precio variable estacionalmente convenido en dicho documento. A partir del mes de mayo de 2020 y hasta la fecha de los presentes estados financieros, las compras de volúmenes adicionales a YPF han sido acordadas bajo la modalidad spot, conforme precios de mercado acordados en cada momento.

Adicionalmente, la capacidad de procesamiento remanente de la Planta Separadora es cubierta por la Sociedad mediante distintos acuerdos o la compra spot de componentes licuables contenidos en el gas natural, convenidos mensualmente con distintos productores de la Cuenca Neuquina. Durante estos últimos meses, la Sociedad ha concretado este tipo de transacciones con distintos productores, entre otros, Wintershall Energía S.A., Pan American Energy LLC, Total Austral S.A. y Tecpetrol S.A.

El Contrato de Etano requería a la Sociedad, entre otras cosas, despachar y a PBB Polisur comprar, una cantidad mínima anual de 500.000 toneladas métricas ("tm") de etano. El 4 de enero de 2018 la Sociedad acordó con PBB Polisur, por el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de marzo de 2021 y de forma semestral, el reconocimiento a favor de Mega de las diferencias existentes entre los costos variables promedio del etano de propia producción y el precio promedio de venta de igual periodo. El importe facturado por este concepto en el primer trimestre del 2021 asciende a U$D 1.2 millones.

El Contrato de GLP y de Gasolina Natural, entre otras cosas, requerían a la Sociedad despachar y a Petrobras comprar, una cantidad anual de 365.000 tm de propano, 235.000 tm de butano y 210.000 tm de gasolina natural, con un excedente o defecto en cada caso de 6% a opción de la Sociedad. En virtud de lo establecido por el artículo 2.1 del Contrato de GLP y de Gasolina Natural, y como consecuencia de no haberse cumplido la condición allí establecida, los Contratos de GLP y de Gasolina Natural celebrados oportunamente entre la Sociedad y Petrobras han quedado automáticamente terminados a partir del 18 de noviembre de 2017.

Con posterioridad al vencimiento de los Contratos de GLP y de Gasolina Natural, la Sociedad suscribió un acuerdo de corto plazo con Petrobras para la venta de ciertas toneladas de GLP y gasolina natural durante el período diciembre 2017 – abril 2018. Luego de ello, Mega y Petrobras celebraron nuevos Acuerdos de Venta de GLP y de Gasolina Natural con vigencia desde el 1 de mayo de 2018 y hasta el 31 de marzo de 2021. Bajo dichos acuerdos, Mega y Petrobras renunciaron, en forma recíproca e irrevocable, a cualquier reclamo iniciado por alguna de las partes contra la otra, así como también a iniciar cualquier nuevo reclamo o acción al que pudiera tener derecho, en relación con los Acuerdos de GLP y Gasolina Natural suscriptos entre las partes en marzo de 2001. Los únicos reclamos que quedaron excluidos de las renuncias referidas son los reclamos por demora en los despachos de buques.

La Sociedad ha acordado con YPF, PBB Polisur y Petrobras los términos y condiciones a ser aplicados durante un período de transición de 3 meses contados desde el 1 de abril de 2021 en relación con el aprovisionamiento de gas natural, el suministro de etano y la venta de GLP, respectivamente, mientras que las partes continúan negociando los términos de los contratos de largo plazo.

Con fecha 19 de octubre de 2020 se produjo el paro imprevisto e intempestivo de nuestra Planta Separadora debido al arribo de una corriente de gas natural con alto contenido de líquidos. Dicho evento afectó en forma sustancial el procesamiento de la planta y finalmente provocó la salida de servicio de la misma con el consiguiente paro en cadena de

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nuestra Planta Fraccionadora. A partir del 25 de octubre de 2020 se logró reiniciar de forma paulatina el funcionamiento de uno de los dos trenes de la Planta Separadora y a partir del sábado 31 de octubre de dicho año se pudo reiniciar el segundo tren y posteriormente se normalizaron las operaciones de las plantas. Si bien la Sociedad denunció el evento ante las compañías de seguro, posteriormente desistió del reclamo dado que los impactos sufridos por la Compañía estaban dentro del deducible de las pólizas correspondientes. Luego de haber concluido el análisis del resultado y las conclusiones que surgen de las investigaciones realizadas internamente y por una consultora independiente, con fecha 4 de mayo del corriente la Sociedad remitió a YPF una nota reclamando los daños y perjuicios ocasionados por la paralizacón del proceso productivo como consecuencia del envío de líquidos (H2O y otras sustancias líquidas) a la Planta Separadora por parte de YPF por un monto de U$S 4.9 millones.

20. PRINCIPALES REGULACIONES Y OTROS

a- Marco regulatorio:

La Ley Nº 26.020 establece el marco regulatorio para la industria y comercialización de gas licuado de petróleo (“GLP”) y con el propósito de asegurar el abastecimiento de los hidrocarburos y combustibles en el mercado interno, obliga a los exportadores de GLP a obtener de la Secretaría de Energía (“SEN”) la aprobación previa para la realización de sus operaciones de exportación.

Con fecha 2 de octubre del 2017, la entonces Secretaría de Recursos Hidrocarburíferos emitió la Resolución N° 241E/2017 en virtud de la cual, además de derogar la Resolución N° 1338/2006 de la ex Secretaría de Energía y otras normas relacionadas, se estableció el nuevo régimen que en forma previa deben cumplir las empresas que tengan interés en exportar, entre otros productos GLP y gestionar la obtención de la correspondiente constancia de exportación. La referida norma exceptuó a la gasolina natural que produce y exporta Mega de dicho régimen.

b- Programa Hogar:

En relación con el abastecimiento al mercado interno de butano, entre el año 2008 y el mes de marzo de 2015, las autoridades nacionales requirieron a la Sociedad la adhesión al denominado “Acuerdo de Estabilidad del Precio del Gas Licuado de Petróleo (GLP) Envasado en Garrafas de 10, 12, y 15 kg. de Capacidad” (“Acuerdo de Estabilidad”), acuerdo que regulaba la venta de butano destinado a garrafas a fraccionadores a un precio de $ 100 la tonelada, compensando posteriormente al productor la diferencia hasta la suma de $ 450 la tonelada para los años 2008 a 2010, luego para los años 2011, 2012, 2013 y 2014 hasta la suma de $ 570 la tonelada. En función de ello, y en atención a sus compromisos contractuales preexistentes, en particular el Contrato GLP, la Sociedad suscribió los respectivos formularios de adhesión a los Acuerdos de Estabilidad con expresas reserva de derechos.

El abastecimiento de GLP al mercado interno a los precios fijados por el Estado Nacional bajo los Acuerdos de Estabilidad, los cuales se encontraron siempre muy por debajo del precio de paridad de exportación publicado por la ex Secretaría de Energía, le ocasionaron significativos perjuicios económicos a la Sociedad durante la vigencia de los mismos.

Con fecha 30 de marzo de 2015, el Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto N° 470/2015 y creó el “Programa Hogares con Garrafa (Hogar)” (el “Programa Hogar”) mediante el cual el Estado Nacional, de manera directa (i) subsidia a los titulares de hogares de bajos recursos o de viviendas de uso social consumidores de GLP envasado y (ii) compensa a los productores de GLP de conformidad con los precios establecidos bajo dicho régimen. Éste nuevo régimen reemplazó los Acuerdos de Estabilidad del Precio del Gas Licuado de Petróleo (GLP) Envasado en Garrafas que se firmaban anualmente. Bajo este nuevo régimen, la Sociedad debe abastecer al mercado interno mayormente con butano y en menor medida con volúmenes de propano.

Por aplicación de lo dispuesto por la Resolución N° 70/2015 de la ex Secretaría de Energía, durante el período comprendido entre el 1 abril de 2015 y el 5 de abril de 2017, la Sociedad facturó al fraccionador el precio máximo de referencia de $ 650 por tonelada y recibió en concepto de compensación, a través de un fideicomiso, un monto de $550 adicionales, totalizando un precio de venta final de $ 1.200 (en el caso del propano, el precio de venta de referencia era de $ 1.000 por tonelada y de $ 200 en concepto de compensación). Posteriormente, la Resolución N° 56/E/2017 estableció, con vigencia desde el 6 de abril de 2017, como precio máximo de referencia del butano en $ 2.568 por tonelada, manteniendo la compensación a favor del productor en la suma de $ 550 por tonelada, totalizando un precio final de venta

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de $ 3.118 (en el caso del propano, el precio de venta de referencia era de $ 2.410 por tonelada y de $ 200 en concepto de compensación). Luego, mediante Resolución N° 287/E/2017 de la entonces Secretaría de Recursos Hidrocarburíferos, se estableció el precio máximo de referencia del butano a partir del 1 de diciembre del 2017 en la suma de $ 4.302 por tonelada, manteniendo la compensación a favor del productor en la suma de $ 550 por tonelada, totalizando un precio final de venta de $ 4.852 (en el caso del propano, el precio de referencia era de $ 4.290 por tonelada y de $ 200 en concepto de compensación). Posteriormente, a través de la Resolución N° 5/2018, la Subsecretaría de Recursos Hidrocarburíferos estableció el precio máximo de referencia del butano a partir del 1 de abril de 2018 en la suma de $ 5.416 por tonelada, manteniendo la compensación a favor del productor en la suma de $ 550 por tonelada, totalizando un precio final de venta de $ 5.966 (en el caso del propano, el precio máximo de referencia era de $ 5.502 por tonelada y de $ 200 en concepto de compensación).Posteriormente, mediante Resolución N° 15/2019, la Secretaría de Gobierno de Energía estableció que, a partir del 1 de febrero de 2019, el precio máximo de referencia del butano era de $ 9.154 por tonelada, eliminándose el componente de la compensación recibida previamente del Estado Nacional (en el caso del propano, el precio máximo de referencia fue fijado en $ 9.042 por tonelada, también sin compensación por parte del Estado Nacional). Asimismo, mediante Disposición N° 34/2019, la Subsecretaría de Hidrocarburos y Combustibles estableció que, a partir del 10 de mayo de 2019, el precio máximo de referencia del butano era de $ 9.327 por tonelada (en el caso del propano, el precio máximo de referencia fue fijado en $ 9.213 por tonelada), en ambos casos sin compensación de parte del Estado Nacional. Luego, mediante Disposición N° 80/2019, la Subsecretaría de Hidrocarburos y Combustibles estableció que, a partir del 1 de junio de 2019, el precio máximo de referencia del butano era de $ 9.607 por tonelada (en el caso del propano, el precio máximo de referencia fue fijado en $ 9.375 por tonelada), en ambos casos sin compensación de parte del Estado Nacional. Mediante Disposición N° 104/2019, la Subsecretaría de Hidrocarburos y Combustibles estableció que, a partir del 1 de julio de 2019, el precio máximo de referencia del butano era de $ 9.895 por tonelada (en el caso del propano, el precio máximo de referencia fue fijado en $ 9.656 por tonelada), en ambos casos sin compensación de parte del Estado Nacional. Con fecha 19 de octubre de 2020, la Secretaría de Energía dictó la Resolución N° 30/2020, estableciendo que a partir de dicha fecha el precio máximo de referencia del butano y del propano era de $ 10.885 por tonelada, en ambos casos sin compensación de parte del Estado Nacional. Con fecha 6 de abril de 2021, la Secretaría de Energía incremento el precio máximo de referencia del butano y del propano a la suma de $ 12.626,60 mediante la Resolución N° 249/2021.

Con fecha 21 de diciembre de 2019 se sancionó la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública (la “Ley de Emergencia Pública”). Por el artículo 1° de la referida ley se declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, delegando en el Poder Ejecutivo Nacional las facultades comprendidas en dicha ley. Mediante los artículos 2° y 5° de la Ley N° 27.541 se delegó en el Poder Ejecutivo Nacional el reglar la restructuración tarifaria del sistema energético con criterios de equidad distributiva y sustentabilidad productiva, con facultades para mantener las tarifas por un plazo máximo de ciento ochenta (180) días contados desde la entrada en vigencia de dicha ley. Dicho plazo fue posteriormente prorrogado por un período igual de 180 días, es decir, hasta el 17 de diciembre de 2020 mediante el Decreto DNU N° 543/2020. Posteriormente, el Poder Ejecutivo dictó el Decreto DNU N° 1020/2021 mediante el cual se inició el proceso de renegociación de la revisión tarifaria integral vigente correspondiente a las prestadoras de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica y gas natural que estén bajo jurisdicción federal, en el marco de lo establecido en el artículo 5° de la Ley de Emergencia Pública.

Posteriormente, y en el marco de la emergencia sanitaria declarada por el Decreto DNU N° 260/2020 relación con el coronavirus COVID-19, el Poder Ejecutivo Nacional dictó con fecha 25 de marzo de 2020 el Decreto DNU N° 311/2020 estableciendo en su artículo 6° que los precios máximos de referencia para la comercialización de gas licuado de petróleo (GLP) en las garrafas, cilindros y/o granel con destino a consumo del mercado interno continuarán con los valores vigentes a la fecha de publicación de dicha norma durante el plazo de 180 días.

Las disposiciones del decreto referido precedentemente no resultaron aplicables a las ventas realizadas por la Compañía bajo el Acuerdo Propano Redes respecto del precio de paridad de exportación utilizado para el cálculo de las compensaciones presentadas al Estado Nacional y, por lo tanto, se consideró el precio de paridad de exportación que en cada momento fue publicado por la SEN en su sitio web

En atención a sus compromisos contractuales preexistentes (principalmente el Contrato de GLP) y a los perjuicios económicos que le ocasionaron las asignaciones de producto al precio fijado por el Estado Nacional bajo el Programa Hogar, la Sociedad ha impugnado los distintos actos administrativos mediante los cuales se le asignaron en el pasado volúmenes de abastecimiento al mercado interno bajo dicho régimen. En la actualidad, la Sociedad continúa impugnando en sede administrativa los distintos actos administrativos de asignación de producto fundado en el perjuicio económicofinanciero que le ocasiona la venta de producto al precio fijado por el Estado Nacional bajo el Programa Hogar.

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c- Acuerdo de Abastecimiento de Gas Propano para Redes:

Las empresas productoras que forman parte del Acuerdo de Abastecimiento de Gas Propano para Redes (el “Acuerdo”) se comprometieron a abastecer a las distribuidoras y subdistribuidoras de gas propano indiluido por redes del mercado interno a un precio estipulado en pesos por tonelada. Por otro lado las mencionadas empresas productoras reciben una compensación económica por los menores ingresos equivalente a la diferencia entre el precio de venta acordado en pesos para el mercado interno y el precio de GLP-Paridad de exportación que publica mensualmente la SEN.

Con fecha 19 de abril de 2018 la Sociedad suscribió el Acuerdo de Prórroga Décimo Sexto el cual, por un lado, dejó sin efecto el Acuerdo de Prórroga Décimo Quinto a partir del 31 de marzo de 2018, y dispuso que sus disposiciones resultarían aplicables para el período comprendido entre abril 2018 – diciembre 2019.

Con fecha 14 de enero de 2020, la Sociedad fue notificada de la Nota N0-2020-02855355 de la SEN por medio de la cual dicho organismo, con fundamento en lo establecido por la Ley de Emergencia Pública, estableció la necesidad de prorrogar por 180 días la vigencia del Acuerdo de Prórroga Décimo Sexto, cuya fecha de vencimiento original operó el 31 de diciembre de 2019, e instruyó a las productoras a continuar con la entrega de propano en los términos de referido acuerdo. La Sociedad comunicó por escrito tanto a la SEN como a las empresas distribuidoras y subdistribuidoras que continuaría realizando la entrega del producto durante el referido plazo al sólo efecto de mitigar mayores daños para la Sociedad y bajo expresa reserva de derechos.

Con fecha 3 de agosto de 2020 la Sociedad suscribió del Acuerdo de Prórroga Décimo Séptimo el cual comprende el período enero a diciembre 2020, cuyos términos incrementan la proporción correspondiente al monto de compensación a ser abonada por el Estado Nacional.

En el mes de enero de 2021, la SEN remitió a la Sociedad y a los demás productores de GLP una propuesta del Acuerdo de Prórroga Décimo Octavo el cual comprende el período enero a diciembre 2021 y a la fecha de los presentes estados financieros aún no ha sido suscripto por las distintas partes del mismo.

Al 31 de marzo de 2021 los créditos originados por venta de Propano a Redes asciende a 665.597. Al 31 de diciembre de 2020 dicho crédito ascendía a 541.419. La Sociedad ha realizado diferentes acciones con vista en lograr el cobro de tales importes, obteniendo a la fecha de firma de los presentes estados financieros resoluciones favorables de la SEN instruyendo al pago del periodo comprendido entre enero y septiembre de 2020 por $ 394 millones.

d- Retenciones a las exportaciones:

Con fecha 4 de septiembre de 2018 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto N° 793/2018 el cual fijó un derecho de exportación del 12% a la exportación para el consumo de todas las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura común del Mercosur (“NCM”) hasta el 31 de diciembre de 2020. El mencionado derecho no podía exceder de $4 por cada dólar estadounidense del valor imponible o del precio oficial FOB, según corresponda.

Posteriormente a la entrada en vigencia del Decreto N° 793/2018, el 4 de diciembre de 2018, se publicó la Ley N° 27.467 de Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el 2019 (“Ley de Presupuesto 2019”) la cual ratificó la validez y vigencia del Decreto N° 793/2018 y sus modificaciones, así como también toda otra norma vigente que se hubiera dictado en el marco de las facultades allí conferidas.

Asimismo, la Ley de Presupuesto 2019 dispuso también que, en el marco de las facultades acordadas al Poder Ejecutivo Nacional mediante los artículos 755 y concordantes del Código Aduanero, se podían fijar derechos de exportación cuya alícuota no podrá superar en ningún caso el 30% del valor imponible o del precio oficial FOB. Este tope máximo era del 12% para aquellas mercaderías que no estaban sujetas a derechos de exportación al 2 de septiembre de 2018 o que estaban gravadas con una alícuota del 0% a esa fecha. El plazo para ejercer esa facultad se limitó hasta el 31 de diciembre de 2020.

Durante el período previo a la ratificación legislativa de la Ley de Presupuesto 2019, la Sociedad efectuó el pago correspondiente a los derechos de exportación establecidos por el Decreto N° 793/2018 con reserva de derechos, y posteriormente, inició las acciones de repetición en sede administrativa con el fin de que le fuera reembolsado el monto del tributo abonado durante dicho período, las cuales a la fecha de los presentes estados financieros siguen en trámite.

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Con fecha 14 de diciembre de 2019, el Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto N° 39, mediante el cual, dejó sin efecto el límite de PESOS CUATRO ($ 4) por cada dólar estadounidense, establecido en el artículo 2° del Decreto N° 793 del 3 de septiembre de 2018.

Posteriormente, la Ley de Emergencia Pública estableció que en el marco de las facultades acordadas al Poder Ejecutivo Nacional mediante los artículos 755 y concordantes de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero) y sus modificatorias, se podían fijar derechos de exportación para hidrocarburos y minería, cuya alícuota no podía superar el ocho por ciento (8%) del valor imponible o del precio oficial FOB. Asimismo, se estableció que dicha facultad podía ser ejercida hasta el 31 de diciembre de 2021. Asimismo, Ley de Emergencia Pública dispuso que tanto el Decreto N° 793 del 3 de septiembre de 2018, como el Decreto N° 37 del 14 de diciembre de 2019 mantenían su validez y vigencia.

En tal contexto, toda vez que el Poder Ejecutivo Nacional no había ejercido las facultades conferidas por la Ley de Emergencia Pública fijando los derechos de exportación para hidrocarburos y minería hasta un límite del 8% del valor imponible o del precio oficial FOB y, siendo que la Administración Federal de Ingresos Públicos continuaba aplicando una alícuota de 12% para las exportaciones de hidrocarburos, desde la sanción de la Ley de Emergencia Pública y hasta el dictado del Decreto 488/2020, la Sociedad efectuó el pago de los derechos de exportación bajo protesto y con expresa reserva de derechos en relación a la diferencia de alícuota aplicable.

Con fecha 19 de mayo de 2020 el Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto N° 488/2020 el cual, entre otras cuestiones, modificó la alícuota aplicable a los derechos de exportación de los productos que exporta la Sociedad, estableciendo el siguiente esquema: (i) una alícuota de 0% para el caso en que el Precio Internacional del crudo que mensualmente determine la SEN sea igual o inferior al Valor Base de U$S 45/bbl, (ii) la alícuota que surja de aplicar la fórmula establecida en dicho Decreto para el caso en que el Precio Internacional del crudo que mensualmente determine la SEN sea superior a Valor Base pero inferior al Valor de Referencia de U$S 60/bbl, y (iii) una alícuota de 8% para el caso en que el Precio Internacional del crudo que mensualmente determine la SEN sea superior al Valor de Referencia indicado.

e- Ley 15.170 Articulo 100: Impuesto extraordinario IIBB Provincia de Buenos Aires:

La Compañía luego de haber analizado junto con sus asesores externos en temas impositivos y legales el impacto que tendría el adicional del Impuesto a los Ingresos Brutos establecido por el art. 100 de la Ley N° 15.170 de fecha 10 de enero de 2020 (modif. por art. 126 Ley N° 15.226 B.O. 31.12.2020) y la Resolución Normativa ARBA N° 31/2020 de fecha 9 de junio 2020 (modif. por Res. ARBA N° 2/2021 B.O. 27.01.2021) considera que, en las condiciones actuales de su reglamentación, el mismo no impactará de forma significativa en sus operaciones.

Requerimientos de la CNV

De acuerdo a lo estipulado en el artículo 3 del capítulo III del título IV del texto ordenado de las normas de la CNV, a continuación se detallan las Notas a los estados financieros que exponen la información solicitada por la mencionada norma en formato de Anexos.

Bienes de uso Nota 3 Propiedad, planta y equipo Previsiones Nota 6 Otros créditos Costo de los bienes vendidos y servicios prestados Nota 13 Costos Activos y pasivos en moneda extranjera Nota 22 Activos y pasivos en monedas distintas del peso Información requerida por el artículo 64, apartado I, Nota 14 Gastos por naturaleza inciso b), de la Ley Nº 19.550

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21. SALDOS Y TRANSACCIONES CON PARTES RELACIONADAS

La Sociedad realiza operaciones y transacciones con partes relacionadas dentro de las condiciones generales de mercado, las cuales forman parte de la operación habitual de la Sociedad en cuanto a su objeto y condiciones.

La información detallada en los cuadros siguientes muestra los saldos con partes relacionadas al 31 de marzo de 2021 y 31 de diciembre de 2020, así como las operaciones con las mismas por los períodos de tres meses finalizados el 31 de marzo de 2021 y 2020

Petróleo Brasileiro S.A.(1)
Petrobras Global Trading BV
PBBPolisur S.R.L.(2)
YPF S.A.
YPF TECNOLOGIA S.A.
Profertil S.A.(3)
YPF GAS S.A.(3)
31-03-2021 31-12-2020 31-12-2020
Créditos
por ventas
Otros
créditos
Cuentas por
pagar
Créditos
por ventas

Otros
créditos
Cuentas por
pagar
1.823.040
-
-
1.278.871
-
49.544
35.248
2.517
-
176.121
-

105
738

12.156
2.553.736
557

11.212

-
-
866.945
1.442.756
131.956
2.158
30.938

-
-
13.976
-
-

360
156

21.383
2.482.680

9.779

-
3.330.093
35.248
2.578.504 2.474.753 13.976 2.514.358
Tres meses finalizados el 31 de marzo de
2021
2020
Ingresos Compras,
honorarios y
servicios
Otros
resultados
operativos,
netos
Ingresos
Compras,
honorarios y
servicios
Otros
resultados
operativos,
netos
1.808.458

4.812.457
1.759.413
20.835
3.107
463.296
784
-
2.382.803
10.915
826
-
393.507
6.578
1.691
-
1.008.098
3.926
4.552.084
383.198
261.656
3.908.460
21.041
-
2.403
19.665
-
-
229.214
-
-
-
-
-
-

-

(1) Sociedad relacionada de Petrobras International Braspetro B.V.

(2) Sociedad relacionada de Dow Investment Argentina S.R.L.

(3) Sociedad relacionada de YPF S.A.

Las compensaciones efectuadas al personal clave de la Sociedad (incluyendo sus Directores) ascendieron aproximadamente a 22.977 y 16.479 por los períodos de tres meses finalizados el 31 de marzo de 2021 y 2020, respectivamente. Las mismas corresponden totalmente a compensaciones de corto plazo.

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22. ACTIVOS Y PASIVOS EN MONEDAS DISTINTAS DEL PESO

Rubro 31/03/2021 Total

136.804

19.320
156.124

3.199.576

1.823.072

1.227.004

408.454
-

-

23.733

82.156

210.566
6.974.561
7.130.685

1.163.162
1.163.162

921.380

3.446.872

150.736

-
4.518.988
5.682.150
31/12/2020 Total

130.180

17.503
147.683

3.105.387
-

866.913

1.548.108

4.123
-

-

2.440

122.607

101.401
5.750.878
5.898.662


885.613
885.613


559.682

2.636.420

140.595

-
3.336.697
4.222.310
Clase y monto
de la moneda
distinta del peso
Tipo de
cambio(1)
Clase y monto
de la moneda
distinta del peso
Tipo de
cambio(1)
Activo no corriente
Otros créditos
Otros gastos pagados por
adelantado
Anticipo a proveedores
Total del activo corriente
Activo corriente
Efectivo y equivalentes de
efectivo
Créditos por ventas
- Sociedades relacionadas
créditos en el exterior
- Sociedades relacionadas
créditos locales
Clientes comunes
Otros créditos
Ventas de bienes de uso
Sociedades relacionadas
Gastos pagados por
adelantado
Anticipo a proveedores
Total del activo corriente
Total del activo
Pasivo no corriente
Otros pasivos
Total del pasivo no
corriente
Pasivo corriente
Cuentas por pagar
- Proveedores
- Sociedades relacionadas
Otros pasivos
Préstamos
Total del pasivo corriente
Total del pasivo
US$ 1.487
92,00
US$ 210
92,00
US$ 34.778
92,00
US$ 19.816
92,00
US$ 13.337
92,00
US$ 4.440
92,00
-
US$ -
92,00
US$ 258
92,00
US$ 893
92,00
US$ 2.289
92,00
US$ 12.644
92,00
US$ 10.015
92,00
US$ 37.466
92,00
US$ 1.638
92,00
US$ -
92,00
US$ 1.547
84,15
US$ 208
84,15
US$ 36.903
84,15
US$ 10.302
84,15
US$ 18.397
84,15
US$ 49
84,15

-
US$ -
84,15
US$ 29
84,15

US$ 1.457
84,15
US$ 1.205
84,15
US$ 10.524
84,15
US$ 6.651
84,15
US$ 31.330
84,15
US$ 1.671
84,15
US$ -
84,15

(1) Tipo de cambio vigente según Banco Nación Argentina.

23. EVOLUCION RECIENTE DEL CONTEXTO ECONOMICO EN QUE OPERA LA SOCIEDAD

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Durante el mes de marzo de 2020 se declaró una pandemia mundial con el brote de una nueva cepa de coronavirus, COVID-19. La respuesta global y nacional a la pandemia de COVID-19 continúa evolucionando rápidamente. Hasta la fecha de emisión de los presentes estados financieros, ciertas respuestas a la pandemia, incluidos los mandatos del gobierno para mitigar la propagación del virus, han impactado negativamente la actividad comercial global y han contribuido a una volatilidad significativa en los mercados financieros.

El mercado global de Gas Natural Licuado muestra un comportamiento transitorio en los últimos meses. Como resultado del huracán Laura a fines de agosto en EEUU, el consumo de etano para sus crackers cayó fuertemente y se resintió su valor de mercado. Resuelto esto, se espera que la demanda global aumente a fines del año 2021. El propano muestra un crecimiento de marcada estacionalidad, cuya expectativa de crecimiento continua hasta fines del año 2021 al igual que el butano. Por último, la gasolina natural prevé un comportamiento constante hasta fines del año 2021 en comparación con valores actuales.

Con fecha 20 de marzo de 2020 se publicó en el BO el Decreto N° 297/2020 mediante el cual el Gobierno Nacional ha establecido la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” que fue sucesivamente prorrogado hasta el 8 de noviembre de 2020 inclusive, para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en forma temporaria y que están catalogadas dentro de “actividad no esencial”. Por tal motivo, a la fecha de emisión de los presentes estados contables, los registros contables de la Sociedad se encuentran pendientes de transcripción en los libros rubricados.

La actividad desarrollada por la Sociedad ha sido considera como esencial, motivo por el cual no ha sido afectada ni la producción y ni la comercialización de sus productos a la fecha.

La gerencia de la Sociedad no visualiza, para lo que resta del año, problemas en el abastecimiento de materia prima para su operación por temas relacionados con el COVID-19.

En cuanto a las ventas, la caída de los precios del primer trimestre del ejercicio 2020 relacionados directamente con el excedente de producto a nivel mundial debido a los efectos del CODVID-19 sobre la actividad industrial, se ha visto reversado durante el segundo y tercer trimestre de dicho año. La gerencia de la Sociedad, basada en las proyecciones de precios de consultoras internacionales, estima que los precios se mantendrán estables durante el resto del ejercicio.

En relación al mercado externo, la demanda sigue siendo sostenida y a la fecha no se han recibido solicitudes de cancelaciones de operaciones.

En cuanto al mercado doméstico, el propano que se destina a fraccionadores se vende a precio paridad de exportación definido por la autoridad de regulación y el butano se vende a precio regulado el cual ha sido recientemente modificado por la Resolución N° 30/2020 de la Secretaría de Energía de la Nación conforme se indica en la Nota 20.b. Respecto del propano destinado a redes, la secretaria de energía ha solicitado la aceptación del decimoséptimo acuerdo, lo cual ha sido aprobado en el directorio del 17 de julio del 2020.

Estas situaciones descritas anteriormente han tenido un impacto en las estimaciones realizadas por la Sociedad, generando un incremento en el resultado operativo respecto las estimaciones realizadas en el primer trimestre. Con respecto a la cadena de pagos, a la fecha de emisión de los presente estados financieros intermedios condensados, no se evidenciaron demoras en las cobranzas.

En cuanto al personal, la Sociedad ha constituido un comité de acción para determinar las medidas a tomar en relación al CODVID-19. Se desarrolló y se encuentra vigente, un “protocolo de seguridad” aplicado a la totalidad de la empresa. Desde la determinación de la cuarentena, las tareas en sede central se realizan en forma remota y el personal con asistencia en las plantas solo se limita a lo relacionado con tareas de producción, sala de control y operación en puerto.

La gerencia de la Sociedad reconoce que, desde el comienzo de la pandemia, los impactos más evidentes están vinculados con la caída de los precios internacionales de referencia que, como se ha comentado precedentemente, han presentado una recuperación durante el segundo y tercer trimestre. Por lo tanto, la Sociedad no prevé afectación de su operación y, en consecuencia, mantiene su proyección de volúmenes a producir y comercializar.

El Directorio de la Sociedad ha adoptado planes de mitigación apropiados y continúa monitoreando la evolución de las cuestiones descriptas y los impactos que pudieran tener sobre el personal, las operaciones y la situación patrimonial, financiera y sus resultados futuros.

24. HECHOS POSTERIORES

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A la fecha de emisión de los presentes estados financieros no han existido hechos posteriores significativos cuyo efecto sobre la situación patrimonial y los resultados de las operaciones de la Sociedad al 31 de marzo del 2021, de corresponder, no hubieren sido considerados en los mismos según las NIIF.

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 12 de mayo de 2021

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 12 de mayo de 2021 Deloitte & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3

Guillermo D. Cohen Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 233 - F° 73

Santiago Martinez Tanoira Presidente

Rubén Adrian Ruiz Por Comisión Fiscalizadora

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COMPAÑÍA MEGA S.A.

RESEÑA INFORMATIVA AL 31 DE MARZO DE 2021

Información confeccionada sobre la base de los estados financieros condensados de Compañía Mega S.A.

Contenido

  1. Breve comentario sobre las actividades de la Sociedad en el período incluyendo referencias a situaciones relevantes posteriores al cierre del período (*)

  2. Estructura patrimonial condensada comparativa

  3. Estructura de resultados condensada comparativa

  4. Estructura del flujo de efectivo condensada comparativa

  5. Índices

  6. Datos estadísticos (*)

  7. Breve comentario sobre las perspectivas para el siguiente período (*)

(*) Información no cubierta por el Informe de los Auditores Independientes

12 de mayo de 2021

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Compañía Mega S.A. Reseña Informativa al 31 de marzo de 2021

Cifras expresadas en miles de pesos – Nota 2.a a los estados contables

La presente Reseña Informativa, que ha sido confeccionada en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 4 del Capítulo III del Título IV del T.O. de las normas Comisión Nacional de Valores, es complementaria de los estados financieros condensados de la Sociedad al 31 de marzo de 2021.

1. Breve comentario sobre las actividades de la Sociedad en el ejercicio incluyendo referencias a situaciones relevantes posteriores al cierre del ejercicio

(Información no cubierta por el Informe de los Auditores Independientes)

1.1. Primer Trimestre 2021 vs. Primer Trimestre 2020

El primer trimestre del ejercicio 2021 presenta una ganancia operativa de $ 3.047 millones frente a una pérdida operativa de $ 892 millones del primer trimestre de 2020. Respecto al resultado neto, el primer trimestre 2021 alcanza una ganancia de $ 1.839 millones vs una pérdida de $ 1.009 millones registrados en el mismo período del año anterior. El primer trimestre muestra un incremento en los precios de venta de los productos que la Sociedad produce y comercializa en el exterior y en forma local, siendo el promedio del primer trimestre 2020 de U$S/TN 232,39 vs U$S/TN 350,44 para el período 2021. En términos de moneda de exposición, el tipo de cambio promedio ARS/U$D varía de $ 61,424 en el primer trimestre 2020 vs $ 88,652 en el primer trimestre 2021.

Las ventas brutas en moneda local, de etano, propano, butano y gasolina natural ascendieron a $ 1.674 millones, $ 4.643 millones, $ 1.379 millones y $ 1.428 millones respectivamente, adicionan $ 1.179 millones las ventas al mercado interno de GLP, $ 131 millones las ventas al mercado local de gas RTP, $ 16 millones por otros servicios y $ 155 millones en concepto de compensaciones por venta de butano y propano a redes y fraccionadores. Del total de ventas netas del trimestre, un 16% corresponde a ventas de etano, un 43% ventas de propano, un 13% ventas de butano, un 13% ventas de gasolina, un 11% a ventas al mercado interno de GLP, un 1% ventas de gas RTP en el mercado local y un 2% a compensaciones por venta a redes y fraccionadores.

Por su parte, las ventas de etano, propano, butano y gasolina natural del primer trimestre 2020 ascendieron a $ 1.008 millones, $ 1.756 millones, $ 784 millones y $ 778 millones, respectivamente, sumadas a $ 620 millones provenientes de las ventas al mercado interno de GLP, $ 256 millones por prestación del servicio de muelle al barco regasificador de GLP y otros ingresos varios y $ 18 millones en concepto de compensaciones por venta de butano y propano a redes y fraccionadores. Del total de ventas netas del primer trimestre de 2020 el 21% corresponde a ventas de etano, 33% a propano, 15% a butano, 13% a gasolina, 13% a ventas al mercado interno de GLP, y un 5% a prestaciones del servicio de muelle al barco regasificador de GLP y otros ingresos.

El precio neto promedio de exportación del primer trimestre 2021 fue de 442,1 U$S/TN vs los 252 U$S/TN del primer trimestre 2020, siendo que se incrementa U$S/TN 190,2 a nivel interanual. Los ingresos netos generados por este tipo de operación ascienden a U$S 80,63 millones en el primer trimestre 2021 y a U$S 48,22 millones en el mismo período de 2020. Se observa en éste sentido un aumento importante en los ingresos como consecuencia del incremento de los precios que la sociedad produce y comercializa, y siendo que en relación al volúmen exportado, el primer trimestre 2021 arroja una disminución de aproximadamente 9 mil toneladas en comparación con el mismo período del año anterior.

En términos de la moneda de exposición, las exportaciones netas ascendieron a $ 7.450 millones en el primer trimestre 2021 en comparación a los $ 3.319 millones en el primer trimestre 2020, resultando mayor la brecha en comparación con el dólar como consecuencia de un incremento del tipo de cambio promedio ARS/U$S entre trimestres cuya cotización se incrementa de $ 61,424 en el primer trimestre 2020 a $ 88,652 en el primer trimestre 2021.

Santiago Martinez Tanoira Presidente

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Durante el primer trimestre de 2021 los ingresos obtenidos por la venta de etano alcanzan los U$S 17,42 millones en comparación con los U$S 15,25 millones del primer trimestre 2020. El volumen despachado del primer trimestre del 2021 asciende a 101 mil toneladas vs 150 mil toneladas en el mismo período del 2020, mientras que el precio promedio se incrementa de 101,6 U$S/TN en el primer trimestre 2020 a 171,6 U$S/TN en el primer trimestre 2021.

Respecto de las ventas al mercado interno de GLP, se incrementan en aproximadamente $ 559 millones en el primer trimestre 2020, representando un incremento de 51.430 a 62.027 toneladas entre el primer trimestre de 2020 y 2021 respectivamente.

En relación a los costos de ventas, la compra de materia prima representa entre el 70% y el 80% del total de los costos operativos. La reducción del precio promedio de compra pasó de 3,52 U$S/MMbtu en el primer trimestre 2020 a 3,50 U$S /MMbtu en el primer trimestre 2021, mientras que en términos monetarios el trimestre 2021 presenta una disminución de U$S 10,7 millones respecto del mismo período del año anterior, siendo que los m3 adquiridos en el 2021 fueron inferiores en un 18% en comparación con el mismo trimestre del 2020.

Santiago Martinez Tanoira Presidente

35

2. Estructura patrimonial condensada comparativa

Activo corriente
Activo no corriente
Total del activo
Pasivo corriente
Pasivo no corriente
Total del pasivo
Patrimonio
Total del Pasivo y Patrimonio
31/03/2021
14.824.904
18.136.898
32.961.802
5.451.932
3.238.074
8.690.006
24.271.796
32.961.802
31/12/2020
11.120.775
16.448.511
27.569.286
4.343.430
2.854.937
7.198.367
20.370.919
27.569.286

3. Estructura de resultados condensada comparativa

Resultado operativo
Resultados financieros, netos
Revalúo impositivo Ley 27.430
Otros ingresos extraordinarios
Resultado antes de impuesto a las
ganancias
Impuesto a las ganancias
Resultado neto del período
Otros resultados integrales
Resultado integral del período
31/03/2021
3.047.276
(28.600)
-
-
3.018.676
(1.179.973)
1.838.703
2.062.174
3.900.877
31/03/2020
(892.393)
(50.095)
-
-
(942.488)
(66.779)
(1.009.267)
920.837
(88.430)

4. Estructura del flujo de efectivo condensada comparativa

Flujo neto de efectivo generado por (utilizado en)
las actividades de operación
Flujo neto de efectivo generado por (utilizado en)
las actividades de inversión
Flujo neto de efectivo generado por (utilizado en)
las actividades de financiación
31/03/2021
2.092.435
(567.650)
-
31/03/2020
1.131.657
254.919
-

5. Índices

Liquidez(1)
Solvencia(2)
Inmovilización de capital(3)
Rentabilidad(4)
31/03/2021
2,719
2,793
0,550
8,24%
31/12/2020
2,560
2,830
0,597
10,46%

(1) Activo corriente / Pasivo corriente

(2) Patrimonio neto / Pasivo Total

(3) Activo no corriente / Activo Total

(4) Resultado del período/Patrimonio neto promedio

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 12 de mayo de 2021

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 12 de mayo de 2021 Deloitte & Co. S.A.

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Santiago Martinez Tanoira Presidente

Rubén Adrian Ruiz Por Comisión Fiscalizadora

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6. Datos estadísticos (en unidades)

(Información no cubierta por el Informe de los Auditores Independientes)

Volumen de Producción
Etano
Propano
Butano
Gasolina
Total
Volumen de Ventas
Etano
Propano
Butano
Gasolina
Total
Ventas en el Mercado Local
Ventas enel Exterior
Total
Precio Promedio de Venta
Etano
Propano
Butano
Gasolina
Ud.Med.
Tm
Tm
Tm
Tm
Tm
Tm
Tm
Tm
Tm
Tm
Tm
Tm
Tm
USD/Tm
USD/Tm
USD/Tm
USD/Tm
31/03/2021
101.478
114.485
68.938
29.584
314.485
101.478
141.756
71.818
31.821
346.873
164.505
182.367
346.872
178,08
430,23
277,34
516,10
31/03/2020
150.112
119.186
74.781
37.131
381.210
150.112
137.968
72.091
32.728
392.899
201.543
191.356
392.899
107,75
240,01
237,55
344,25

Tm: toneladas métricas.

7. Breve comentario sobre las perspectivas para el siguiente período/ejercicio

(Información no cubierta por el Informe de los Auditores Independientes)

La Dirección de la Sociedad considera que durante el primer período 2021 se logró mantener estable la situación operativa y económica financiera de la Sociedad, generando resultados operativos positivos dentro de un contexto local y mundial complejos basada en los efectos de la segunda ola de COVID19.

Santiago Martinez Tanoira Presidente

COMPAÑÍA MEGA S.A.

ESTADOS FINANCIEROS INTERMEDIOS CONDENSADOS AL 31 DE MARZO DE 2021 Y COMPARATIVOS

RATIFICACION DE FIRMAS LITOGRAFIADAS

Por la presente ratificamos las firmas que obran litografiadas en las hojas que anteceden desde la página Nº 1 hasta la Nº 43.

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 12 de mayo de 2021

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 12 de mayo de 2021 Deloitte & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3

Rubén Adrian Ruiz Por Comisión Fiscalizadora

Guillermo D. Cohen Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 233 - F° 73

Santiago Martinez Tanoira Presidente

INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA

A los Señores Accionistas de Compañía Mega S.A.:

De nuestra consideración:

  1. De acuerdo con lo dispuesto por el inciso 5° del artículo N° 294 de la Ley N° 19.550 y disposiciones vigentes, hemos realizado el trabajo mencionado en el párrafo siguiente en relación con el estado de situación financiera intermedios condensados al 31 de marzo de 2021, el estado de resultados integrales, el estado de cambios en el patrimonio neto y el estado de flujo de efectivo por el período de tres meses finalizado en dicha fecha. Dichos documentos son responsabilidad del Directorio de la Sociedad en el ejercicio de sus funciones exclusivas. Nuestra responsabilidad es informar sobre dichos documentos basados en el trabajo mencionado en el párrafo siguiente.

  2. Nuestro trabajo sobre los estados financieros mencionados en el primer párrafo consistió en verificar la congruencia de la información significativa contenida en dichos estados con la información de las decisiones societarias expuestas en actas, y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Para la realización de dicho trabajo hemos tenido en cuenta el informe de revisión de los estados financieros de los auditores externos Deloitte & Co. S.A. de fecha 12 de mayo de 2021, emitido de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). No hemos efectuado ningún control de gestión y, por lo tanto, no hemos evaluado los criterios y decisiones empresarias de administración, financiación, comercialización y producción, dado que estas cuestiones son de responsabilidad exclusiva del Directorio de la Sociedad. Consideramos que nuestro trabajo y el informe de los auditores externos nos brindan una base razonable para fundamentar nuestro informe.

  3. En nuestra opinión, en base a nuestra tarea y al informe de revisión de los estados financieros de los auditores externos de fecha 12 de mayo del 2021, los estados financieros mencionados en el primer párrafo presentan razonablemente en todos sus aspectos significativos la situación patrimonial de Compañía Mega S.A. al 31 de marzo de 2021, así como sus resultados integrales, los cambios en su patrimonio neto y el flujo de su efectivo por el período finalizado en dicha fecha, de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).

  4. Informamos además, en cumplimiento de disposiciones legales vigentes, que:

  5. a) Los estados financieros adjuntos se encuentran asentados en el libro Inventario y Balances y surgen de registros contables que, en sus aspectos formales, han sido llevados de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

  6. b) En el ejercicio de control de legalidad que nos compete, hemos aplicado durante el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2021 los procedimientos descriptos en el artículo N° 294 de la Ley N° 19.550, que consideramos necesarios de acuerdo con las circunstancias, no teniendo observaciones que formular al respecto.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 12 de mayo de 2021

Por Comisión Fiscalizadora

Rubén Adrian Ruiz Síndico Titular