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YPF S.A. Interim / Quarterly Report 2021

Nov 10, 2021

68502_rns_2021-11-10_157fe77c-1b6d-489f-89c6-2229056ec302.pdf

Interim / Quarterly Report

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Estados financieros intermedios condensados al 30 de junio de 2021 y comparativos Informe de Revisión de los Auditores Independientes Informe de la Comisión Fiscalizadora

Deloitte & Co. S.A. Florida 234, 5° piso C1005AAF Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina Tel.: (+54-11) 4320-2700 Fax: (+54-11) 4325-8081/43267340 www.deloitte.com/ar

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INFORME DE REVISIÓN DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES

(sobre estados financieros de períodos intermedios condensados)

A los Señores Presidente y Directores de Compañía Mega S.A.: CUIT Nº: 30-69613988-8 Domicilio legal: San Martín 344 - Piso 10 Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Informe sobre los estados financieros de períodos intermedios condensados

1. Identificación de los estados financieros intermedios condensados objeto de la revisión

Hemos revisado los estados financieros intermedios condensados adjuntos de Compañía Mega S.A. (en adelante, mencionada indistintamente como “Compañía Mega S.A.” o la “Sociedad”), que comprenden el estado de situación financiera intermedio condensado al 30 de junio de 2021, el estado de resultados integrales intermedio condensado por los períodos de tres y seis meses finalizado en esa fecha, el estado condensado intermedio de cambios en el patrimonio al 30 de junio de 2021 y el estado de flujo de efectivo intermedio condensado correspondientes al período de seis meses finalizado en dicha fecha, así como un resumen de las políticas contables significativas y otra información explicativa incluidas en las Notas 1 a 25.

Las cifras y otra información correspondientes al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2020 y al período de tres y seis meses finalizado el 30 de junio de 2020 son parte integrante de los estados financieros mencionados precedentemente y se las presentan con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y otra información del período intermedio actual.

2. Responsabilidad del Directorio de la Sociedad en relación con los estados financieros intermedios condensados

El Directorio de la Sociedad es responsable de la preparación y presentación razonable de los estados financieros intermedios condensados adjuntos de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”) adoptadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (“FACPCE”) como normas contables profesionales, tal como fueron aprobadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (“IASB”, por su sigla en inglés), y por lo tanto es responsable de la preparación y presentación de los estados financieros intermedios condensados adjuntos de acuerdo con la Norma Internacional de Contabilidad 34, “Información financiera intermedia”. Asimismo, el Directorio de la Sociedad es responsable del control interno que considere necesario para permitir la preparación de estados financieros libres de incorrecciones significativas.

3. Responsabilidad de los auditores

Nuestra responsabilidad consiste en emitir una conclusión sobre los estados financieros intermedios condensados adjuntos basada en nuestra revisión. Hemos llevado a cabo nuestra revisión de conformidad con las Normas Internacionales de Encargos de Revisión (“NIER”) adoptadas por la FACPCE a través de la Resolución Técnica N° 33, tal como fueron aprobadas por el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (“IAASB”, por su sigla en inglés) de la Federación Internacional de Contadores (“IFAC”, por su sigla en inglés). Dichas normas exigen que cumplamos los requerimientos de ética.

Una revisión de los estados financieros de períodos intermedios consiste en realizar indagaciones, principalmente a las personas responsables de los temas financieros y contables, y aplicar procedimientos analíticos y otros procedimientos de revisión. Una revisión tiene un alcance significativamente menor que el de una auditoría y, por consiguiente, no nos permite obtener seguridad de que tomemos conocimiento de todos los temas significativos que podrían identificarse en una auditoría. En consecuencia, no expresamos opinión de auditoría.

Deloitte & Co. S.A. - Registro de Soc. Com. C.P.C.E.C.A.B.A. - T° 1 Folio 3

4. Conclusión

Sobre la base de nuestra revisión, estamos en condiciones de manifestar que no se nos han presentado circunstancias que nos hicieran pensar que los estados financieros intermedios condensados adjuntos de Compañía Mega S.A. correspondientes al periodo de tres y seis meses finalizado el 30 de junio de 2021, no están presentados, en todos sus aspectos significativos, de acuerdo con la Norma Internacional de Contabilidad 34.

Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios

  • a) Los estados financieros intermedios condensados mencionados en el primer párrafo del capítulo 1 de este Informe han sido preparados, en todos sus aspectos significativos, de acuerdo con las normas aplicables de la Ley General de Sociedades N° 19.550 y de la Comisión Nacional de Valores.

  • b) Las cifras de los estados financieros intermedios condensados en el primer párrafo del capítulo 1 de este Informe, surgen de los registros contables de la Sociedad que se encuentran pendientes de transcripción a los libros rubricados.

  • c) Los estados financieros intermedios condensados mencionados en el capítulo 1 de este informe se encuentran pendientes de trasncripción a los libros rubricados.

  • d) Según surge de los registros contables de la Sociedad, que como mencionamos en el apartado b) de este capítulo, se encuentran pendientes de transcripción, el pasivo devengado al 30 de junio de 2021 a favor del Sistema Integrado Previsional Argentino en concepto de aportes y contribuciones previsionales ascendía a $ 25.188.000 y no era exigible a esa fecha.

  • e) Como parte de nuestro trabajo, cuyo alcance se describe en el capítulo 3, hemos revisado la Reseña informativa requerida por la Comisión Nacional de Valores, preparada por el Directorio y sobre la cual, en lo que es materia de nuestra competencia, no tenemos observaciones que formular.

  • f) Como parte de nuestro trabajo, cuyo alcance se describe en el capítulo 3, hemos revisado la Información adicional a las Notas de los estados financieros requerida por el Artículo N° 12 del Capítulo III Título IV de las Normas de la Comisión Nacional de Valores (N.T. 2013), preparada por el Directorio y sobre la cual, en lo que es materia de nuestra competencia, no tenemos observaciones que formular.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 11 de agosto de 2021

Deloitte & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 3

Noelia A. Depetris Socia Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 329 - Fº 1

Deloitte se refiere a una o más de las firmas miembro de Deloitte Touche Tohmatsu Limited, una compañía privada del Reino Unido limitada por garantía (“DTTL”), su red de firmas miembro, y sus entidades relacionadas. DTTL y cada una de sus firmas miembro son entidades únicas e independientes y legalmente separadas. DTTL (también conocida como “Deloitte Global”) no brinda servicios a los clientes. Por favor acceda a www.deloitte.com/about para conocer más sobre nuestra red global de firmas miembro.

CONTENIDO

Nota Descripción
Información legal
Estados de situación financiera intermedios condensados
Estados de resultados integrales intermedios condensados
Estados condensados intermedios de cambios en el patrimonio
Estados de flujos de efectivo intermedios condensados
Notas a los estados financieros:
Información general y del negocio de la Sociedad
Bases de preparación de los estados financieros
Propiedad, planta y equipo
Derecho a uso
Inventarios
Otros créditos
Créditos por ventas
Efectivo y equivalentes de efectivo
Impuesto a las ganancias
Remuneraciones y Cargas sociales
O
t
Otros pasivos
Cuentas por pagar
Ingresos
Costos
Gastos por naturaleza
Otros resultados operativos, netos
Resultados financieros, netos
Patrimonio
Activos y pasivos contingentes
Compromisos contractuales
Principales regulaciones y otros
Saldos y transacciones con partes relacionadas
Activos y pasivos en monedas distintas del peso
Evolución reciente del contexto económico en que opera la Sociedad
Hechos posteriores
Reseña Informativa
Página
1
2
3
4
5
6
7
8
9
10
11
12
13
14
15
16
17
18
19
20
21
22
23
24
25
26
1
2
3
4
6
7
8
17
18
18
18
19
19
19
20
20
21
21
21
22
24
24
24
25
26
29
33
34
35
36
37

1

COMPAÑÍA MEGA S.A. ESTADOS FINANCIEROS INTERMEDIOS CONDENSADOS AL 30 DE JUNIO 2021 Y COMPARATIVOS (Importes expresados en miles de pesos - Nota 2.a.)

INFORMACION LEGAL:

Domicilio legal: San Martín 344 - Piso 10° - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Actividad principal: separación de líquidos del gas natural y su fraccionamiento; almacenaje y transporte incluyendo especialmente la fabricación de etano, propano, butano, gasolina natural y demás subproductos del gas natural; la comercialización de dichos productos y con carácter accesorio la provisión de servicios y venta de energía a terceros.

Ejercicio económico N° 25 iniciado el 1° de enero de 2021.

INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO:

Estatuto o contrato social: 31 de octubre de 1997.

Modificaciones de los estatutos (última): 28 de diciembre de 2001.

Número de registro en la Inspección General de Justicia (“I.G.J.”): 12.696.

Fecha de finalización del contrato social: 30 de julio de 2096.

COMPOSICIÓN DEL CAPITAL (Nota 18)

Suscripto, integrado e inscripto en el Registro Público de Comercio

Acciones ordinarias, nominativas no endosables, de valor nominal 1 cada una y de un voto por acción

642.753.000

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 11 de agosto de 2021

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 11 de agosto de 2021 Deloitte & Co. S.A.

C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3

Santiago Martinez Tanoira Presidente

Rubén Adrian Ruiz Por Comisión Fiscalizadora

Noelia A. Depetris

Socia Contadora Pública U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 329 - F° 1

2

COMPAÑÍA MEGA S.A.

ESTADOS DE SITUACIÓN FINANCIERA INTERMEDIOS CONDENSADOS AL 30 DE JUNIO DE 2021 Y 31 DE DICIEMBRE DE 2020

(Importes expresados en miles de pesos - Nota 2.a)

Notas
ACTIVO
Activo no corriente
Propiedad, planta y equipo
3
Derecho a uso
4
Otros créditos
6
Total del activo no corriente
Activo corriente
Inventarios
5
Otros créditos
6
Créditos por ventas
7
Efectivo y equivalentes de efectivo
8
Total del activo corriente
TOTAL DEL ACTIVO
PATRIMONIO
Aportes de los propietarios
Resultados acumulados
TOTAL DEL PATRIMONIO
PASIVO
Pasivo no corriente
Pasivos por impuesto diferido
9
Remuneraciones y cargas sociales
10
Otros pasivos
11
Total del pasivo no corriente
Pasivo corriente
Impuesto a las ganancias a pagar
Cargas fiscales
Remuneraciones y cargas sociales
10
Otros pasivos
11
Cuentas por pagar
12
Total del pasivo corriente
TOTAL DEL PASIVO
TOTAL DEL PASIVO Y PATRIMONIO

30/06/2021
18.068.585
925.228
249.737
19.243.550


2.694.082
4.104.941
4.029.107
6.364.370
17.192.500
36.436.050


642.753
23.829.235
24.471.988



2.526.236
163.600
1.209.986
3.899.822


1.723.639
206.611
186.461
156.477
5.791.052
8.064.240
11.964.062
36.436.050
31/12/2020
15.551.079
678.719
218.713
16.448.511
2.350.980
2.901.651
2.575.969
3.292.175
11.120.775
27.569.286
642.753
19.728.166
20.370.919
1.802.772
166.552
885.613
2.854.937
84.393
23.805
202.663
140.595
3.891.974
4.343.430
7.198.367
27.569.286

Las Notas que se acompañan forman parte integrante de los estados financieros intermedios condensados.

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 11 de agosto de 2021

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 11 de agosto de 2021 Deloitte & Co. S.A.

nuestro informe de fecha 11 de agosto de 2021

C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3

Santiago Martinez Tanoira Presidente

Rubén Adrian Ruiz Por Comisión Fiscalizadora

Noelia A. Depetris

Socia Contadora Pública U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 329 - F° 1

3

COMPAÑÍA MEGA S.A.

ESTADOS DE RESULTADOS INTEGRALES INTERMEDIOS CONDENSADOS POR LOS PERÍODOS DE TRES Y SEIS MESES FINALIZADOS EL 30 DE JUNIO DE 2021 Y 2020

(Importes expresados en miles de pesos - Nota 2.a)

Ingresos
Costos
Resultado bruto
Gastos de comercialización
Gastos de administración
Otros resultados operativos, netos
Resultado operativo
Ingresos financieros
Costos financieros
Otros resultados financieros
Resultados financieros, netos
Resultado antes de impuesto a las
ganancias
Impuesto a las ganancias
Resultado neto del período
Otros resultados integrales
Partidas que no se reclasificarán
posteriormente a resultados:
Diferencia de conversión(1)
Total otros resultados integrales del
período
Resultado integral del período
Resultado neto atribuible a:
Propietarios de la Sociedad
Total del resultado neto del período
Resultado integral atribuible a:
Propietarios de la Sociedad
Total del resultado integral del período
Notas
13
14
15
15
16
17
17
17
9
2.b.2)
Tres meses finalizados el 30 de
junio
2021
2020
10.249.139
4.696.343
(7.242.359)
(3.193.837)
3.006.780
1.502.506
(239.925)
(181.631)
(330.079)
(273.945)
12.624
-
2.449.400
1.046.930
298.980
(1.073)
(130.959)
(71.307)
-
40.706
168.021
(31.674)
2.617.421
1.015.256
(1.617.611)
(28.225)
999.810
987.031
1.027.199
1.534.324
1.027.199
1.534.324
2.027.009
2.521.355
999.810
987.031
999.810
987.031
2.027.009
2.521.355
2.027.009
2.521.355
Seis meses finalizados el 30 de
junio
Seis meses finalizados el 30 de
junio
2021
10.249.139
(7.242.359)
3.006.780
(239.925)
(330.079)
12.624
2.449.400
298.980
(130.959)
-
168.021
2.617.421
(1.617.611)
999.810
1.027.199
1.027.199
2.027.009
999.810
999.810
2.027.009
2.027.009
2021
20.474.215
(13.840.335)
6.633.880
(551.680)
(616.137)
30.613
5.496.676
392.460
(253.039)
-
139.421

5.636.097
(2.797.584)

2.838.513
3.089.373
3.089.373

5.927.886


2.838.513
2.838.513


5.927.886
5.927.886
2020
9.506.347
(8.509.098)
997.249
(315.090)
(527.622)
-
154.537
30.895
(153.370)
40.706
(81.769)
72.768
(95.004)
(22.236)
2.455.161
2.455.161
2.432.925
(22.236)
(22.236)
2.432.925
2.432.925

(1) No posee efecto impositivo.

Las Notas que se acompañan forman parte integrante de los estados financieros intermedios condensados.

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 11 de agosto de 2021

Firmado a efectos de su identificación con

nuestro informe de fecha 11 de agosto de 2021

Deloitte & Co. S.A.

C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3

Noelia A. Depetris

Santiago Martinez Tanoira Presidente

Rubén Adrian Ruiz Por Comisión Fiscalizadora

Socia Contadora Pública U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 329 - F° 1

4

COMPAÑÍA MEGA S.A.

ESTADOS CONDENSADOS INTERMEDIOS DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO POR LOS PERÍODOS DE SEIS MESES FINALIZADOS EL 30 DE JUNIO DE 2021 Y 2020

(Importes expresados en miles de pesos argentinos – Nota 2.a)

Saldos al 1 de enero de 2021
Disposiciones de la Asamblea General
Ordinaria de Accionistas del 30 de abril
de 2021
-
Dividendos en efectivo
Resultado neto del período
Otros resultados integrales
Saldos al 30 de junio de 2021
30-06-2021 30-06-2021
Aporte de los
propietarios
Capital
suscripto
642.753

-
-
-
642.753
Resultados acumulados Total
19.728.166
(1.826.817)
2.838.513
3.089.373
23.829.235
Total del
patrimonio
Reserva
legal
128.551
-
-
-
128.551
Reserva
facultativa
3
-
-
-
3
Reserva RG
7/2015 IGJ
1.125.553
-
-
-
1.125.553
Otros resultados
integrales acumulados
16.647.242
-
-
3.089.373
19.736.615
Resultados no
asignados
1.826.817
(1.826.817)
2.838.513
-
2.838.513
20.370.919
(1.826.817)
2.838.513
3.089.373
24.471.988

Las Notas que se acompañan forman parte integrante de los estados financieros intermedios condensados.

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 11 de agosto de 2021

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 11 de agosto de 2021 Deloitte & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3

Rubén Adrian Ruiz

Por Comisión Fiscalizadora

Noelia A. Depetris Socia Contadora Pública U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 329 - F° 1

Santiago Martinez Tanoira Presidente

5

COMPAÑÍA MEGA S.A.

ESTADOS INTERMEDIOS CONDENSADOS DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO POR LOS PERÍODOS DE SEIS MESES FINALIZADOS EL 30 DE JUNIO DE 2021 Y 2020

(Importes expresados en miles de pesos argentinos – Nota 2.a)

Saldos al 1 de enero de 2020
Disposiciones de la Asamblea General
Ordinaria de Accionistas del 22 de
mayo de 2020
-
Dividendos en efectivo
-
Constitución reserva
facultativa
Resultado neto del período
Otros resultados integrales
Saldos al 30 de junio de 2020
30-06-2020 30-06-2020
Aporte de los
propietarios
Capital
suscripto
642.753
-
-
-
-
642.753
Resultados acumulados Total
13.463.332
(690.640)
-
(22.236)
2.455.161
15.205.617
Total del
patrimonio
Reserva
legal
128.551
-
-
-
-
128.551
Reserva
facultativa
3
-
690.640
-
-
690.643
Reserva RG
7/2015 IGJ
1.125.553
-
-
-
-
1.125.553
Otros resultados
integrales acumulados
10.827.944
-
-
-
2.455.161
13.283.105
Resultados no
asignados
1.381.281
(690.640)
(690.640)
(22.236)
-
(22.235)
14.106.085
(690.640)
-
(22.236)
2.455.161
15.848.370

Las Notas que se acompañan forman parte integrante de los estados financieros intermedios condensados.

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 11 de agosto de 2021

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 11 de agosto de 2021 Deloitte & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3

Rubén Adrian Ruiz Por Comisión Fiscalizadora

Noelia A. Depetris Socia Contadora Pública U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 329 - F° 1

Santiago Martinez Tanoira Presidente

6

COMPAÑÍA MEGA S.A.

ESTADOS DE FLUJO DE EFECTIVO INTERMEDIOS CONDENSADOS POR LOS PERÍODOS DE SEIS MESES FINALIZADOS EL 30 DE JUNIO DE 2021 Y 2020

(Importes expresados en miles de pesos argentinos, Nota 2.a)


Flujo de efectivo de las operaciones:
Resultado neto del período
Ajustes para conciliar el resultado neto con el efectivo generado por
las operaciones:
Impuesto a las ganancias devengado
Intereses perdidos
Valor residual de las bajas de propiedad, planta y equipo
Depreciación de propiedad, planta y equipo
Amortización derechos de uso
Diferencia de cambio, netas
Actualizaciones financieras arrendamientos
Cambios en activos y pasivos:
Créditos por ventas
Otros créditos
Inventarios
Cuentas por pagar
Pasivos financieros
Remuneraciones y cargas sociales
Cargas fiscales
Pago de impuesto a las ganancias y anticipos
Otros
Flujo neto de efectivo generado por las actividades de operación
Actividades de inversión:
Adquisiciones de propiedades, planta y equipo
Cobros por venta de propiedades, planta y equipo
Flujo neto de efectivo utilizado en las actividades de inversión
Actividades de financiación:
Dividendos pagados
Pagos por arrendamientos
Flujo neto de efectivo utilizado en las actividades de financiación
Flujo neto del efectivo
Efecto de la variación del tipo de cambio sobre el efectivo
Efectivo al inicio del período
2.b.3)
Efectivo al cierre del período
2.b.3)
30/06/2021
2.838.513
2.797.584
17.237
201.138
880.827
45.267
199.383
228.369
(1.480.588)
(1.236.886 )
(343.102)
1.842.358
-
(173.591)
(339.711 )
(138.556)
663.835
6.002.077
(1.429.345)
-
(1.429.345)
(1.826.817)
(38.418)
(1.865.235)
2.707.497
364.698

3.292.175
6.364.370
30/06/2020
(22.236)
95.004
125.979
-
488.107
27.764
(30.895)
27.391
715.189
(244.313)
140.249
(1.353.233)

713.242
12.083
(1.048.649)
-
624.373
270.055
(1.318.170)
221
(1.317.949)
(690.640)
(27.290)
(717.930)
(1.765.824)
677.251
4.747.020
3.658.447

Las Notas que se acompañan forman parte integrante de los estados financieros intermedios condensados.

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1. INFORMACIÓN GENERAL Y DEL NEGOCIO DE LA SOCIEDAD

Compañía Mega S.A. (en adelante, mencionada indistintamente como la "Sociedad" o "Mega") se constituyó el 30 de julio de 1997 y fue inscripta en la Inspección General de Justicia ("IGJ") el 31 de octubre de 1997, siendo su objeto social la separación de líquidos del gas natural y su fraccionamiento, almacenaje y transporte incluyendo especialmente la fabricación de etano, propano, butano, gasolina natural y demás subproductos del gas natural; la venta al por mayor y menor, la consignación, la exportación e importación y la realización de cualquier otro acto o negocio relacionado con dichos productos; y, con carácter accesorio, la provisión de servicios y la venta de energía a terceros utilizando las instalaciones fabriles, portuarias, de almacenaje y de tratamiento de efluentes de la Sociedad.

La operación comercial de las plantas y demás instalaciones del proyecto fue iniciada el 1 de abril de 2001.

Mediante un acuerdo de provisión a largo plazo de fecha 4 de junio 1999, YPF S.A. ("YPF") se comprometió a poner a disposición de la Sociedad gas para su procesamiento en la planta de separación de Loma La Lata y a vender a Mega la cantidad retenida de dicho gas correspondiente al volumen de líquidos del gas natural separados (el “Acuerdo de Provisión de Gas Natural”). En el mes de noviembre de 2017, YPF y la Sociedad acordaron modificar el volumen de gas natural a ser suministrado por YPF bajo el Acuerdo de Provisión de Gas Natural durante el período comprendido entre el 15 de noviembre de 2017 y el 1 de abril de 2021 cuyo detalle se encuentra en la Nota 20 de los presentes estados financieros. La Sociedad e YPF arribaron a un acuerdo para compraventa de componentes licuables de gas natural, con vigencia entre el 1 de junio de 2018 y el 30 de abril de 2019, bajo el cual Mega recibió entre 3 y 6 millones m3/d de gas natural adicionales al nuevo volumen acordado bajo el Acuerdo de Provisión de Gas Natural, a un precio variable estacionalmente convenido en dicho documento. Con fecha 10 de octubre de 2019, la Sociedad aceptó la oferta de compraventa de componentes licuables del gas natural formulada por YPF, la cual resultó aplicable (i) en forma retroactiva a los volúmenes de gas natural adquiridos por la Sociedad (en exceso 23,7 millones m3/d previstos bajo el Acuerdo de Provisión) durante los meses de mayo - septiembre del 2019 a los precios establecidos en dicha oferta y (ii) a las compras de volúmenes adicionales de gas natural a los 23,7 millones m3/d previstos bajo el Acuerdo de Provisión (en una volumen de entre 3 y 4 millones m3/d) que la Sociedad realizó desde octubre de 2019 hasta el 30 de abril de 2020, a un precio variable estacionalmente convenido en dicho documento. A partir del mes de mayo de 2020 y hasta la fecha de los presentes estados financieros, la compra de volúmenes adicionales a YPF han sido acordadas bajo la modalidad spot, conforme precios de mercado acordados en cada momento.

La capacidad de procesamiento remanente de la planta separadora es cubierta por la Sociedad a través de otros acuerdos o compras spot de componentes licuables contenidos en el gas natural convenidos con distintos productores de la cuenca neuquina (entre ellos, Wintershall Energía S.A. y Pan American Energy LLC).

Adicionalmente, la Sociedad vende toda su producción de etano a PBB Polisur S.R.L. a través de un acuerdo de venta vigente hasta el 1 de abril de 2021. Parte de la producción de propano, butano y gasolina natural es vendida mediante exportaciones a Petróleo Brasileiro S.A. – Petrobras ("Petrobras"), a través de ciertos acuerdos de venta, vigentes hasta el 31 de marzo de 2021. Asimismo, la Sociedad, completa la comercialización de su producción de propano, butano y gasolina natural, a través de ventas spot en el mercado internacional y el abastecimiento al mercado interno según se detalla en la Nota 20 de los presentes estados financieros.

La Sociedad ha acordado con YPF, PBB Polisur y Petrobras los términos y condiciones a ser aplicados durante un período de transición de 3 meses contados desde el 1 de abril de 2021 en relación con el aprovisionamiento de gas natural, el suministro de etano y la venta de GLP, respectivamente, mientras que las partes continuaban negociando los términos de los contratos de largo plazo. A la fecha de los presentes estados financieros, la Sociedad se encuentra en conversaciones con YPF, PBB Polisur y Petrobras para instrumentar la extensión de los términos y condiciones que estuvieron vigentes durante el período de transición abril - junio 2021 por un plazo adicional de dos meses contados desde el 30 de junio, es decir, hasta el 31 de agosto de 2021, mientras continúan las negociaciones entre las partes respecto de las condiciones a ser aplicadas bajo contratos de largo plazo.

Con fecha 11 de agosto de 2017, la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de accionistas de la Sociedad aprobó solicitar el ingreso de la Sociedad al régimen de oferta pública, y negociación de obligaciones negociables en el país y/o en aquellos mercados del exterior que el Directorio determine oportunamente. Asimismo, la Asamblea aprobó la creación de un Programa Global para la emisión de Obligaciones Negociables no convertibles en acciones conforme al Título II de las Normas de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) (T.O. 2013 y modif.) por un monto máximo en circulación en cualquier momento de hasta U$S 500 millones (o su equivalente en otras monedas) (el “Programa Global”). Finalmente, el Directorio con fecha 12 de diciembre de 2017 aprobó los términos y condiciones del Programa Global. Con fecha 8 de octubre de 2018 la Sociedad presentó ante la CNV la solicitud de autorización de ingreso al régimen de oferta pública y

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la aprobación del Programa Global. Con fecha 7 de noviembre de 2019 la CNV resolvió autorizar el ingreso de la Compañía al régimen de oferta pública y la creación de un programa global de emisiones negociables simples, no convertibles en acciones. Con fecha 24 de junio de 2020 finalmente quedó autorizado el ingreso de la Compañía a oferta pública.

2. BASES DE PREPARACION DE LOS ESTADOS FINANCIEROS INTERMEDIOS CONDENSADOS

2.a. Bases de preparación

La Sociedad ha preparado sus estados financieros intermedios y ha optado por presentar dichos estados financieros correspondientes a períodos intermedios en la forma condensada prevista en la Norma Internacional de Contabilidad (“NIC”) 34 “Información financiera intermedia”.

Los presentes estados financieros intermedios condensados al 30 de junio de 2021 y comparativos han sido emitidos en cumplimiento de las Resoluciones Técnicas N° 26 y 29 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (“FACPCE”) que adoptan las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”), emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, por sus siglas en inglés), y las interpretaciones emitidas por el Comité de Interpretaciones NIIF (“CINIIF”) para las entidades incluidas en el régimen de oferta pública de la Ley N° 26.831 de Mercado de Capitales, ya sea por su capital o por sus obligaciones negociables, o que hayan solicitado autorización para estar incluidas en el citado régimen

Los importes y otra información correspondientes al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2020 y a los períodos de tres y seis meses finalizados el 30 de junio de 2020 son parte integrante de los estados financieros mencionados precedentemente y tienen el propósito de que se lean sólo en relación con esos estados financieros.

Los estados financieros intermedios condensados al 30 de junio de 2021 y comparativos son complementados y, en consecuencia, deben ser leídos en conjunto con los estados financieros al 31 de diciembre de 2020 y comparativos, los cuales han sido preparados de acuerdo con las NIIF.

Los estados financieros intermedios condensados al 30 de junio de 2021 y 2020 son no auditados, pero, en opinión de la Dirección de la Sociedad, contemplan todos los ajustes necesarios para ser presentados sobre bases uniformes con los estados financieros anuales auditados. Los resultados del período de tres y seis meses finalizado el 30 de junio de 2021 no necesariamente reflejan la proporción de los resultados de la Compañía por el ejercicio anual completo.

Los presentes estados financieros han sido preparados sobre la base del costo histórico, excepto por la valuación de ciertos activos financieros (inversiones) a su valor razonable o corriente y se encuentran expresados en miles de pesos argentinos.

Aprobación de los estados financieros

Los presentes estados financieros fueron aprobados por el Directorio de la Sociedad y autorizados para ser emitidos con fecha 11 de agosto de 2021.

Uso de estimaciones

La preparación de estados financieros a una fecha determinada requiere que la Dirección de la Sociedad realice estimaciones y evaluaciones que afectan el monto de los activos y pasivos registrados y los activos y pasivos contingentes revelados a dicha fecha, como así también los ingresos y egresos reconocidos en el período. Los resultados reales futuros pueden diferir de las estimaciones y evaluaciones realizadas a la fecha de preparación de los presentes estados financieros.

La descripción de las estimaciones y juicios contables significativos realizados por la Dirección de la Sociedad en la aplicación de las políticas contables, así como las áreas con mayor grado de complejidad y que requieren mayores juicios, se encuentran expuestas en la Nota 2.b.1) a los estados financieros anuales.

2.b. Políticas contables significativas

2.b.1) Normas contables aplicadas

Las principales políticas contables adoptadas para la preparación de los estados financieros intermedios condensados al 30 de junio de 2021 son consistentes con las utilizadas para la elaboración de los estados financieros al 31 de diciembre de 2020, excepto por la adopción de nuevas normas e interpretaciones vigentes a partir del 1 de enero de 2021 que se explican en el próximo párrafo y el gasto por impuesto a las ganancias que se reconoce en cada período intermedio con

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base en la mejor estimación de la tasa promedio ponderada del impuesto a las ganancias anual esperada para el año financiero completo. Los montos devengados por gastos de impuestos a las ganancias en un período intermedio pueden tener que ajustarse en un período intermedio posterior de ese año financiero si cambia la estimación de la tasa anual del impuesto a las ganancias., en consecuencia, estos estados financieros intermedios condensados deben ser leídos en conjunto con los estados financieros al 31 de diciembre de 2020, que incluyen las principales políticas contables en sus Nota 2.

La Sociedad ha adoptado todas las nuevas normas e interpretaciones o modificaciones emitidas por el IASB que son relevantes para sus operaciones y que son aplicables al 30 de junio de 2021, según se describe en la Nota 2.b.18) a los estados financieros de la Sociedad al 31 de diciembre de 2020. Las nuevas normas y sus interpretaciones o modificaciones adoptadas no han tenido un impacto significativo en los presentes estados financieros intermedios condensados.

De acuerdo a lo establecido por la NIC 21 “Efectos de las variaciones en las tasas de cambio de la moneda extranjera”, la Dirección de la Sociedad ha definido el dólar estadounidense como moneda funcional. Asimismo, de acuerdo con las normas contables profesionales, la Sociedad debe presentar sus estados contables en pesos. En consecuencia, los montos obtenidos por el proceso de remedición a dólares estadounidenses (moneda funcional) fueron convertidos a pesos (moneda de reporte) de acuerdo con lo establecido por la NIC 21.

2.b.2) Otros resultados integrales acumulados

Comprende los ingresos y gastos reconocidos directamente en cuentas del patrimonio y las transferencias de dichas partidas desde cuentas del patrimonio a cuentas del resultado del período o a resultados acumulados, según se determina en las NIIF.

La evolución del rubro se detalla a continuación:

Saldos al 31 de diciembre de 2020
Otros resultados integrales
Saldos al 30 de junio de 2021
Saldos al 31 de diciembre de 2019
Otros resultados integrales
Saldos al 30 de junio de 2020
30-06-2021
Diferencias de
conversión
Total
16.647.242
16.647.242
3.089.373
3.089.373
19.736.615
19.736.615
30-06-2020
Diferencias de
conversión
Total
10.827.944
10.827.944
2.455.161
2.455.161
13.283.105
13.283.105

2.b.3) Efectivo y equivalentes de efectivo

Incluye el efectivo disponible, los depósitos a la vista en bancos y otras inversiones de corto plazo de alta liquidez con vencimientos originales de tres meses o menos. No incluye descubiertos bancarios. El detalle se expone a continuación:

30-06-2021
236.703
4.170.625
1.249.056
707.986
6.364.370
31-12-2020
1.420.818
184.466
1.686.891
-
3.292.175
30-06-2020
4.810
50.299
3.603.338
-
3.658.447
31-12-2019
- Caja y bancos
- Fondos comunes de inversión
- Colocaciones transitorias
- Plazos fijos

27.565

883.009

3.836.446

-

4.747.020

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2.b.4) Adopción de nuevas normas e interpretaciones efectivas a partir del 1° de enero de 2021

Mega ha adoptado todas las normas e interpretaciones nuevas y revisadas, emitidas por el IASB, que son relevantes para sus operaciones y de aplicación efectiva obligatoria al 30 de junio de 2021, tal como se describe en la Nota 2.b.1) a los estados financieros al 31 de diciembre de 2020.

Aplicación de nuevas y revisadas Normas Internacionales de Información Financiera ("NIIF" o "NIC") que son obligatorias para el año en curso

  • Marco Conceptual de las NIIF

En marzo de 2018, el IASB publicó un Marco Conceptual revisado y también emitió modificaciones a las referencias al Marco Conceptual en las Normas NIIF. El documento contiene modificaciones a la NIIF 2, NIIF 3, NIIF 6, NIIF 14, NIC 1, NIC 8, NIC 34, NIC 37, NIC 38, CINIIF 12, CINIIF 19, CINIIF 20, CINIIF 22 y SIC-32. No todas las enmiendas, sin embargo, actualizan esos pronunciamientos con respecto a las referencias y citas del marco para que se refieran al Marco Conceptual revisado.

Algunos pronunciamientos solo se actualizan para indicar a qué versión del marco al que hacen referencia (el marco IASC adoptado por el IASB en 2001, el marco IASB de 2010 o el nuevo marco revisado de 2018) o para indicar que las definiciones en el estándar no se han actualizado con las nuevas definiciones desarrolladas en el Marco Conceptual revisado.

Su adopción no ha tenido ningún impacto material en las revelaciones o en los montos informados en estos estados financieros.

• Modificaciones a NIC 1 e NIC 8, Definición de materialidad

Las modificaciones tienen el objetivo de simplificar la definición de materialidad contenida en la NIC 1, haciéndola más fácil de entender y no tienen por objetivo alterar el concepto subyacente de materialidad en las Normas NIIF. El concepto de oscurecer información material con información inmaterial se ha incluido en la nueva definición.

El límite para la materialidad influyente para los usuarios se ha cambiado de “podrían influir” a “podría esperarse razonablemente que influyan”.

La definición de materialidad en la NIC 8 ha sido reemplazada por una referencia a la definición de materialidad en la NIC 1. Además, el IASB modificó otras normas y el Marco Conceptual que contenían una definición de materialidad o referencia al término materialidad para garantizar la consistencia.

Su adopción no ha tenido ningún impacto material en las revelaciones o en los montos informados en estos estados financieros.

  • Modificaciones a NIIF 3, Definición de un negocio

Las modificaciones aclaran que, mientras los negocios usualmente tienen salidas (outputs), las salidas no son requeridas para que una serie de actividades y activos integrados califiquen como un negocio. Para ser considerado como un negocio, una serie de actividades y activos adquiridos deben incluir, como mínimo, una entrada y un proceso sustancial que juntos contribuyan significativamente a la capacidad de generar salidas.

Se provee de guía adicional que ayuda a determinar si un proceso sustancial ha sido adquirido.

Las modificaciones introducen una prueba opcional para identificar la concentración de valor razonable, que permite una evaluación simplificada de si una serie de actividades y activos adquiridos no es un negocio si sustancialmente todo el valor razonable de los activos brutos adquiridos se concentra en un activo identificable único o un grupo de activos similares.

Su adopción no ha tenido ningún impacto material en las revelaciones o en los montos informados en estos estados financieros.

  • Enmiendas del IASB a las NIIF 7 e NIIF 9 relacionadas con la reforma IBOR

El IASB publicó enmiendas el 26 de septiembre de 2019, que "están diseñadas para respaldar la provisión de información financiera útil por parte de las compañías durante el período de incertidumbre que surge de la eliminación gradual de los índices de referencia de tasas de interés tales como las tasas interbancarias ofrecidas (Interbank Offered Rate - IBOR)". Específicamente, las enmiendas:

  • modifican los requisitos específicos de contabilidad de cobertura para que las entidades apliquen esos requisitos como si el índice de referencia de tasa de interés en el que se basan los flujos de efectivo cubiertos y los flujos de efectivo del instrumento de cobertura no se alteren debido a la reforma del índice de referencia de tasa de interés;

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  • aplican a todas las relaciones de cobertura directamente afectadas por la reforma del índice de referencia de tasas de interés; y

  • exigen revelaciones específicas sobre el grado en que las enmiendas afectan las relaciones de cobertura de las entidades.

Su adopción no ha tenido ningún impacto material en las revelaciones o en los montos informados en estos estados financieros.

No hay otras NIIF o interpretaciones CINIIF que sean efectivas por primera vez para el ejercicio financiero iniciado a partir del 1 de enero de 2020 que tengan un efecto significativo en los presentes estados financieros, ni otras NIIF o interpretaciones CINIIF que no sean efectivas aún y que se espere tengan un efecto significativo sobre la Sociedad.

Normas e interpretaciones emitidas no adoptadas a la fecha

Las NIIF que se detallan a continuación se encuentran emitidas por el IASB y aprobadas por la FACPCE, pero su aplicación no es exigida, admitiéndose su aplicación anticipada, dadas las fechas de vigencia abajo indicadas.•

• IFRS 17 Contratos de Seguro

La IFRS 17 establece los principios para el reconocimiento, medición, presentación y divulgación de los contratos de seguro y reemplaza a la IFRS 4 Contratos de seguro.

La IFRS 17 describe un modelo general, que se modifica para los contratos de seguro con características de participación directa, que se describe como el Enfoque de tarifa variable. El modelo general se simplifica si se cumplen ciertos criterios al medir la responsabilidad de la cobertura restante mediante el método de asignación de primas.

El modelo general utilizará los supuestos actuales para estimar el monto, el tiempo y la incertidumbre de los flujos de efectivo futuros y medirá explícitamente el costo de esa incertidumbre, toma en cuenta las tasas de interés del mercado y el impacto de las opciones y garantías de los asegurados.

En junio de 2020, el IASB emitió las modificaciones a la IFRS 17 para enfocarse en las preocupaciones e implementación de los cambios que se identificaron después de que la IFRS 17 fue publicada. Las modificaciones difieren la fecha de aplicación inicial de la IFRS 17 (incorporando las modificaciones) para al reporte anual que comience en o después del 1 de enero de 2023. Al mismo tiempo, el IASB emitió una Extensión Temporal de Exención para Aplicar IFRS 9 (Modificaciones a la IFRS 4) que extiende la fecha de expiración de la excepción temporal para aplicar la IFRS 9 en la IFRS 4 para periodos anuales empezando en o después del 1 de enero de 2023.

IFRS 17 debe ser aplicada retrospectivamente a menos de que no sea práctico, en dado caso se modificará el enfoque retrospectivo o se aplicará el enfoque del valor razonable.

De acuerdo con los requisitos de transición, la fecha de la aplicación inicial es el comienzo del período de informe anual en el que la entidad aplica la Norma por primera vez y, la fecha de transición es el comienzo del período inmediatamente anterior a la fecha de la aplicación inicial.

La Sociedad anticipa que la aplicación de las modificaciones mencionadas no tendrá un impacto significativo en sus estados financieros.

• Enmiendas a la IFRS 10 e IAS 28 Venta o contribución de activos entre un inversionista y su asociada o negocio conjunto

Las modificaciones a la IFRS 10 y la IAS 28 tratan con situaciones donde hay una venta o contribución de activos entre un inversionista y su asociada o negocio conjunto. Específicamente, las modificaciones establecen que las ganancias o pérdidas resultantes de la pérdida de control de una subsidiaria que no contiene un negocio en una transacción con una asociada o un negocio conjunto que se contabiliza utilizando el método de participación, se reconocen en el beneficio o pérdida de la controladora sólo en la medida en que la participación de los inversionistas no relacionados en esa asociada o empresa conjunta. Del mismo modo, las ganancias y pérdidas resultantes de la remedición de las inversiones retenidas en cualquier antigua subsidiaria (que se ha convertido en una asociada o un negocio conjunto que se contabiliza utilizando el método de capital) al valor razonable, se reconocen en el beneficio o pérdida de la controladora anterior, sólo en la medida de la participación de los inversionistas no relacionados en la nueva asociada o negocio conjunto.

La fecha de entrada en vigor de las modificaciones aún no ha sido fijada por el IASB; sin embargo, se permite la aplicación anticipada. La administración de la Sociedad prevé que la aplicación de estas modificaciones puede tener un impacto en los estados financieros de la Sociedad en períodos futuros en caso de que tales transacciones surjan.

• Enmiendas a la NIC 1 para aclarar la clasificación de pasivos

Las enmiendas en la clasificación de pasivos como corrientes o no corrientes (enmiendas a la NIC 1) afectan solo la presentación de pasivos en el estado de situación financiera, no el monto o el momento del reconocimiento de cualquier activo, ingreso o gasto de pasivo, o la información que las entidades revelan sobre esos conceptos. Las modificaciones:

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  • aclaran que la clasificación de los pasivos como corrientes o no corrientes debe basarse en los derechos existentes al final del período sobre el que se informa y alinear la redacción en todos los párrafos afectados para referirse al "derecho" a diferir la liquidación en al menos doce meses y hacer explícito que solo los derechos vigentes "al final del período de informe" deberían afectar la clasificación de un pasivo;

  • aclaran que la clasificación no se ve afectada por las expectativas sobre si una entidad ejercerá su derecho a diferir la liquidación de un pasivo; y

  • dejan claro que la liquidación se refiere a la transferencia a la contraparte de efectivo, instrumentos de patrimonio, otros activos o servicios.

Las modificaciones son efectivas para los períodos anuales de presentación de informes que comiencen a partir del 1 de enero de 2022 y se aplicarán de forma retroactiva. Se permite su aplicación anticipada.

La Sociedad anticipa que la aplicación de las modificaciones mencionadas no tendrá un impacto significativo en sus estados financieros.

• Enmiendas a la IFRS 3 - Referencia al Marco Conceptual

Las modificaciones actualizan IFRS 3 para que se pueda referir al Marco Conceptual 2018 en lugar del Marco de 1989. También añadieron un requerimiento que, para obligaciones dentro del alcance de IAS 37, un comprador aplica la IAS 37 para determinar si la fecha de adquisición es una obligación presente o existe como resultado a partir de un evento pasado. Por gravámenes que estén dentro del alcance de IFRIC 21 Gravámenes, el comprador aplica IFRIC 21 para determinar si la obligación da lugar a un pasivo para pagar el gravamen que ocurrió en la fecha de adquisición.

Finalmente, las modificaciones agregan una declaración explícita que el comprador no reconocerá un activo contingente adquirido de una combinación de negocios.

Las modificaciones son efectivas para las combinaciones de negocios cuya fecha de adquisición sea en o después del periodo inicial del primer periodo anual iniciando en o después del 1 de enero de 2022. Con opción a aplicación anticipada si la entidad también aplica todas las otras referencias actualizadas (publicadas junto con el Marco Conceptual) al mismo tiempo o anticipadamente.

La Sociedad anticipa que la aplicación de las modificaciones mencionadas no tendrá un impacto significativo en sus estados financieros.

• Enmiendas a la IAS 16 - Propiedades, Planta y Equipo - Antes de ser usados.

Las modificaciones prohíben la deducción del costo de un activo de propiedades, planta o equipo cualquier ingreso de vender el activo después de que esté listo para usarse, por ejemplo, ingresos mientras el activo se lleva a la ubicación y se realiza el acondicionamiento necesario para que sea operable en la manera que está destinado de acuerdo a la administración. Por consiguiente, una entidad debe reconocer esos ingresos por ventas y costos en resultados. La entidad mide los costos de esas partidas conforme a la IAS 2 Inventarios.

Las modificaciones aclaran el significado de ‘probar si un activo funciona adecuadamente’. Ahora IAS 16 especifica esto como una evaluación en la cual el desempeño físico y técnico del activo es capaz de ser usado en la producción o en el suministro de bienes o servicios, para renta u otros, o propósitos administrativos.

Si no se presenta por separado en el estado de resultados integrales, los estados financieros deberán revelar las cantidades de ingresos y costos en resultados relacionados a partidas que no son una salida por las actividades ordinarias de la entidad, en la línea de partida(s) en el estado de resultados integrales donde se incluyan los ingresos y costos.

Las modificaciones son aplicadas retrospectivamente, pero solo a las partidas de propiedades, planta y equipo que son traídas a la ubicación y condiciones necesarias para que sean capaces de operarse como la administración lo tiene planeado en o después del inicio del periodo en el cual se presentan los estados financieros de la entidad en los cuales aplique por primera vez las modificaciones.

La entidad deberá reconocer el efecto acumulado de la aplicación inicial de las modificaciones como un ajuste al balance en las utilidades retenidas (o algún componente de capital, que sea apropiado) al inicio del primer periodo que se presente. Las modificaciones son efectivas para periodos anuales que inicien el 1 de enero de 2022 con opción de aplicación anticipada.

La Sociedad anticipa que la aplicación de las modificaciones mencionadas no tendrá un impacto significativo en sus estados financieros.

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• Enmiendas a la IAS 37 - Contratos Onerosos - Costos por Cumplir un Contrato

Las modificaciones especifican que los ‘costos por cumplir’ un contrato comprende los ‘costos relacionados directamente al contrato’. Los costos que se relacionan directamente a un contrato consisten de los costos incrementales y los costos por cumplir un contrato (ejemplo: mano de obra o materiales) y la asignación de otros costos que se relacionen directamente para cumplir un contrato (como la asignación de la depreciación a las partidas de propiedades, planta y equipo para cumplir el contrato).

Las modificaciones aplican para contratos en los cuales la entidad no ha cumplido aún con todas sus obligaciones al inicio del periodo anual de reporte en los cuales la entidad aplique por primera vez las modificaciones. Los comparativos no deben reformularse. En cambio, la entidad debe reconocer el efecto acumulado de la aplicación inicial de las modificaciones como un ajuste al balance en las utilidades retenidas o algún otro componente de capital, como sea apropiado, para la fecha de aplicación inicial.

Las modificaciones son efectivas para periodos anuales que inicien en o después del 1 de enero de 2022, con opción de aplicación anticipada.

La Sociedad anticipa que la aplicación de las modificaciones mencionadas no tendrá un impacto significativo en sus estados financieros.

  • Enmiendas Anuales a las normas IFRS 2018-2020

Las Modificaciones Anuales incluyen la modificación a cuatro normas.

IFRS 1 Adopción por Primera Vez de las Normas Internacionales de Información Financiera

La modificación provee alivio adicional para la subsidiaria que adopta por primera vez después que su matriz con respecto a la contabilidad por las diferencias acumuladas por conversión. Como resultado de las modificaciones, una subsidiaria usa la excepción de IFRS 1: D16(a) ahora puede elegir mediar los efectos acumulados por conversión de las operaciones extranjeras a valor en libros que seria lo que se incluye en los estados consolidados de la matriz, basado en la fecha de transición de la matriz a IFRS, si no hubo ajustes por los procedimientos de consolidación y por los efectos de combinación de negocios en los que la matriz adquirió a la subsidiaria. Una elección similar está disponible para una asociada o negocio conjunto que usa la excepción en IFRS 1: D16(a).

La modificación es efectiva para periodos que inicien en o después del 1 de enero de 2022, con opción de adopción anticipada.

IFRS 9 Instrumentos Financieros

La modificación aclara que al aplicar la prueba del ‘10%’ para evaluar si se debe dar de baja un pasivo financiero, una entidad incluye solo las cuotas pagadas o recibidas entre la entidad (el prestatario) y el prestador, incluyendo cuotas pagadas o recibidas por la entidad o el prestador.

Las enmiendas son aplicadas prospectivamente a las modificaciones o cambios que ocurran en o después de la fecha que la entidad aplica por primera vez la enmienda.

La modificación es efectiva para periodos anuales que empiezan en o después del 1 de enero de 2022, con opción a aplicación anticipada.

IFRS 16 Arrendamientos

Las modificaciones eliminan la figura del reembolso por mejoras a los arrendamientos.

Como las modificaciones a la IFRS 16 solo son con respecto a un ejemplo ilustrativo, no hay fecha de inicio establecida.

IAS 41 Agricultura

Las modificaciones quitan el requerimiento de IAS 41 para que las entidades excluyan los flujos de efectivo para los impuestos cuando se mide el valor razonable. Esto alinea la valuación del valor razonable en IAS 41 con los requerimientos de IFRS 13 Medición del Valor Razonable para que sea consistente con los flujos de efectivo y con las tasas de descuento y permite a los elaboradores determinar si el flujo de efectivo y las tasas de descuentos se usan antes o después de impuestos como sea más apropiado estimar el valor razonable.

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Las modificaciones se aplican prospectivamente, por ejemplo, la medición del valor razonable en o después de la fecha inicial de aplicación de las modificaciones aplicadas a la entidad.

Las modificaciones son efectivas para los periodos anuales que inician en o después del 1 de enero de 2022, con opción de adopción inicial.

La Sociedad anticipa que la aplicación de las modificaciones mencionadas no tendrá un impacto significativo en sus estados financieros.

• Modificaciones a la NIC 1 y documento de la práctica 2 - Revelación de políticas contables

En febrero de 2021, el IASB emitió las siguientes modificaciones a la NIC 1, relacionadas con la revelación de las políticas contables materiales, que resultan aplicables para los ejercicios iniciados en o a partir del 1 de enero de 2023, permitiendo su aplicación anticipada:

  • Reemplaza el término de políticas contables significativas por políticas contables materiales.

  • Agrega lineamientos y ejemplos ilustrativos para ayudar a las entidades a identificar las políticas contables materiales que deben ser reveladas.

  • Establece que las políticas contables pueden ser materiales independientemente de la magnitud de las cifras involucradas, por lo que debe analizarse su naturaleza y otras condiciones como por ejemplo si se relacionan con el entendimiento integral de otra política contable considerada material.

  • Establece que si la entidad revela políticas contables consideradas no materiales, esa revelación no debe inducir a confusión.

La Sociedad anticipa que la aplicación de las modificaciones mencionadas no tendrá un impacto significativo en sus estados financieros.

• Modificaciones a la NIIF 16 - Reducciones del alquiler relacionadas con el COVID-19 posteriores a junio de 2021

En marzo de 2021, el IASB emitió modificaciones que resultan aplicables para los ejercicios iniciados en o a partir del 1 de abril de 2021, permitiendo su aplicación anticipada.

Un arrendatario podrá elegir contabilizar los cambios en los pagos por arrendamiento como consecuencia del COVID-19 procedentes de las reducciones del alquiler, de la misma forma que contabilizaría el cambio aplicando la NIIF 16 como si dicho cambio no fuera una modificación del arrendamiento.

Esta opción aplica únicamente a las reducciones del alquiler que ocurran como consecuencia directa del COVID-19 y sólo si se cumplen las siguientes condiciones:

(i) el cambio en los pagos por arrendamiento da lugar a la revisión de la contraprestación por el arrendamiento que es sustancialmente la misma, o menor, que la contraprestación por el arrendamiento inmediata anterior al cambio;

(ii) cualquier reducción en los pagos por arrendamiento afecta únicamente los pagos originalmente vencidos hasta el 30 de junio de 2022 (por ejemplo, una reducción del alquiler cumpliría esta condición si diera lugar a una reducción de los pagos por arrendamiento hasta el 30 de junio de 2022 y a un incremento en los pagos por arrendamiento que se prolongue más allá del 30 de junio de 2022); y

(ii) no existe un cambio sustancial en los otros términos y condiciones del arrendamiento.

La Sociedad anticipa que la aplicación de las modificaciones mencionadas no tendrá un impacto significativo en sus estados financieros.

• Modificaciones a la NIC 12 - Impuesto diferido relacionado con activos y pasivos que surgen de la misma transacción

En mayo de 2021, el IASB emitió modificaciones a la NIC 12 relacionadas con el reconocimiento inicial del impuesto diferido en aquellas transacciones en las que se reconocen un activo y un pasivo simultáneamente, que resultan aplicables para los ejercicios iniciados en o a partir del 1 de enero de 2023.

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Las modificaciones introducen una excepción al aplicar la exención de reconocimiento inicial con especificaciones sobre cómo las entidades deben contabilizar el impuesto a las ganancias y el impuesto diferido en aquellas transacciones en las que se reconocen un activo y un pasivo iniciales que generan al mismo tiempo partidas temporarias deducibles e imponibles por la misma cuantía. Por consiguiente, en aquellos casos en donde se reconocen un activo y un pasivo, por ejemplo, relacionados con arrendamientos y obligaciones de abandono o desmantelamiento, se requiere el reconocimiento del impuesto diferido generado por dichas transacciones.

La Sociedad anticipa que la aplicación de las modificaciones mencionadas no tendrá un impacto significativo en sus estados financieros.

No hay otras interpretaciones de las NIIF o CINIIF que aún no hayan entrado en vigencia y de las cuales se espera que tengan un efecto material en los estados financieros de la Sociedad.

2.b.5) Instrumentos financieros por categoría

Instrumentos financieros por categoría

Los siguientes cuadros muestran los activos y pasivos financieros por categoría de instrumento financiero y una conciliación con la línea expuesta en el estado de balance general.

Activos financieros 30-06-2021 30-06-2021
Activos
financieros a
costo
amortizado
1.155.732
4.029.107
2.193.745
7.378.584
Activos financieros a
valor razonable con
cambios en resultados

-

-
4.170.625

4.170.625
Subtotal
activos
financieros

1.155.732

4.029.107
6.364.370
11.549.209
Activos no
financieros

3.251.682

-
-
3.251.682
Total
Otros créditos(1)
Créditos por ventas
Efectivo y equivalentes de efectivo

4.407.414

4.029.107
6.364.370

14.800.891

(1) No incluye la provisión para otros créditos de cobro dudoso.

Pasivos financieros 30-06-2021 30-06-2021 30-06-2021
Pasivos
financieros a
costo
amortizado
1.366.463
5.791.052
7.157.515
Activos
financieros a
costo
amortizado
Pasivos financieros a
valor razonable con
cambios en resultados
Subtotal
pasivos
financieros
-
1.366.463
-
5.791.052
-
7.157.515
31-12-2020
Pasivos no
financieros

-
-
-
Total
Otros pasivos
Cuentas por pagar
Activos financieros

1.366.463
5.791.052

7.157.515
Total

3.173.100

2.575.969
3.292.175
9.041.244
Activos
financieros a
costo
amortizado



Activos financieros a
valor razonable con
cambios en
resultados

-

-
1.871.357

1.871.357
Subtotal
activos
financieros

1.060.065

2.575.969
3.292.175

6.928.209
Activos no
financieros

2.113.035

-
-
2.113.035
Otros créditos(1)
Créditos por ventas
Efectivo y equivalentes de efectivo
1.060.065
2.575.969
1.420.818
5.056.852

(1) No incluye la provisión para otros créditos de cobro dudoso.

Pasivos financieros 31-12-2020 31-12-2020
Pasivos
financieros a
costo amortizado
1.026.208
3.891.974
4.918.182
Pasivos financieros a
valor razonable con
cambios en resultados
-
-
-
Subtotal
pasivos
financieros
1.026.208
3.891.974
4.918.182
Pasivos no
financieros

-
-

-
Total
Otros pasivos
Cuentas por pagar

1.026.208
3.891.974

4.918.182

Valor razonable de los instrumentos financieros

Los métodos y supuestos utilizados para estimar los valores razonables de los instrumentos financieros se detalla en la Nota 4 de los estados financieros al 31 de diciembre de 2020. Al 30 de junio de 2021 no han existido cambios significativos en los métodos y supuestos utilizados para estimar los valores razonables antes indicados. Durante los períodos finalizados el 30 de junio de 2021 y 31 de diciembre de 2020, no se han producido transferencias entre las diferentes jerarquías utilizadas para determinar el valor razonable de los instrumentos financieros de la Sociedad. A continuación se

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presentan los instrumentos financieros que son medidos a valor razonable y su clasificación en el nivel de la jerarquía de valuación correspondiente:

Activos financieros
Corrientes:
- Fondos comunes de inversión
- Fondos en el exterior
30-06-2021
Nivel 1
4.170.625
1.249.056
5.419.681
31-12-2020
Nivel 1
184.466
1.686.891
1.871.357

Valor razonable de activos y pasivos financieros medidos a costo amortizado

El valor razonable de los activos y pasivos medidos a costo amortizado no difieren significativamente de su valor contable.

2.b.6) Información por segmentos

Los segmentos operativos se presentan de manera consistente con la información interna brindada a la máxima autoridad en la toma de decisiones, quien es la responsable de asignar recursos y evaluar el rendimiento de los segmentos operativos. La Sociedad ha identificado un solo segmento operativo que agrupa las plantas, el poliducto y las instalaciones de almacenamiento y transporte.

Las políticas contables de los segmentos sobre los que se informa son las mismas que las políticas contables de la Sociedad descriptas en la Nota 2.b. La Compañía brinda los servicios y vende los productos que se encuentran detallados en la nota 13 Ingresos.

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3. PROPIEDAD, PLANTA Y EQUIPO

La evolución de las propiedades, planta y equipo de la Sociedad al 30 de junio de 2021 y al 31 de diciembre de 2020 es la siguiente:

Valor de origen
Depreciación acumulada
Valor residual al 31 de diciembre de 2019
Costos
Aumentos
Efectos de conversión
Disminuciones y reclasificaciones
Depreciación acumulada
Aumentos
Efectos de conversión
Disminuciones y reclasificaciones
Valor de origen
Depreciación acumulada
Valor residual al 31 de diciembre de 2020
Costos
Aumentos
Efectos de conversión
Disminuciones y reclasificaciones
Depreciación acumulada
Aumentos
Efectos de conversión
Disminuciones y reclasificaciones
Valor de origen
Depreciación acumulada
Valor residual al 30 de junio de 2021
Terrenos
1.965
-
1.965
-
787
-
-
-
-
2.752
-
2.752
-
378
-
-
-
-
3.130
-
3.130
Plantas, poliducto e
instalaciones de
almacenamiento y
transporte

37.572.780
30.789.444
6.783.336

60.475

16.020.287

2.842.651

1.035.318

12.657.594

(1.867)

56.496.194
44.480.489

12.015.705

18.316

7.856.842

199.308

854.508

6.160.306

(1.648)

64.570.660
51.493.655
13.077.005
Rodados
93.075
79.044
14.031
2.197
38.331
-
10.432
34.019
-
133.603
123.495
10.108
13.484
17.867
(680)
4.829
16.748
(374)
164.274
144.698
19.576
Equipos de
computación
234.124
173.855
60.269
1.707
95.313
-
36.077
77.336
-
331.144
287.268
43.876
443
45.554
-
21.490
40.607
-
377.141
349.365
27.776
Obras en curso
1.807.085
-
1.807.085
4.036.345
517.538
(2.882.330)
-
-
-
3.478.638
-
3.478.638
1.242.856
425.236
(205.633)
-
-
-
4.941.098
-
4.941.098
Total
39.709.029
31.042.343
8.666.686
4.100.724
16.672.256
(39.678)
1.081.827
12.768.949
(1.867)
60.442.331
44.891.252
15.551.079
1.471.254
8.345.877
(203.160)
880.827
6.217.661
(2.022)
70.056.303
51.987.718
18.068.585

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4. DERECHO A USO

Valor de origen
Amortización acumulada
Saldos al 31 de diciembre de 2019
Costos
Efectos de conversión
Amortización
Aumentos
Efectos de conversión
Valor de origen
Amortización acumulada
Saldos al 31 de diciembre de 2020
Costos
Efectos de conversión
Amortización
Aumentos
Efectos de conversión
Valor de origen
Amortización acumulada
Saldos al 30 de junio de 2021
696.366
162.535
533.831
76.464
45.267
76.464
978.452
299.733
678.719
134.514
45.267
42.942
1.313.170
387.942
925.228

5. INVENTARIOS

. INVENTARIOS
30/06/2021 31/12/2020
Productos terminados 1.168.956 1.092.960
Productos en procesos 456.984 312.484
Materiales 1.068.142 945.536
2.694.082 2.350.980

6. OTROS CRÉDITOS

30/06/2021
No corriente
Corriente
28.577
2.347.874
-
851.127
80.154
-
7.190
181.758
166.507
411.882
20.045
253.367
-
31.193
-
27.740
302.473
4.104.941

(52.736)
-
249.737
4.104.941
31/12/2020 31/12/2020
No corriente
28.577
-
80.154
7.190
166.507
20.045
-
-
302.473

(52.736)
249.737
No corriente
28.577
-
80.154
7.188
137.841
17.689
-
-
271.449
(52.736)
218.713
Corriente
1.937.294
541.419
-
59.822
160.903
169.689
13.976
18.548
2.901.651
-
2.901.651

(1) Incluye 850.912 (30-06-2021) y 541.419 (31-12-2020) correspondiente al crédito por el Acuerdo de Abastecimiento de Gas Propano para redes (Nota 24.c).

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7. CRÉDITOS POR VENTAS

7. CRÉDITOS POR VENTAS . CRÉDITOS POR VENTAS
Deudores comunes
Sociedades relacionadas (Nota 22)
8. EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO
Fondos comunes de inversión
Colocaciones transitorias a corto plazo
Caja y bancos
30/06/2021 31/12/2020
Deudores comunes 1.064.419 101.216
Sociedades relacionadas (Nota 22) 2.964.688 2.474.753
4.029.107 2.575.969
31/12/2020
184.466
1.686.891
1.420.818
3.292.175
30/06/2021
4.170.625
1.957.042
236.703
6.364.370

9. IMPUESTO A LAS GANANCIAS

El cálculo del cargo devengado contablemente por el impuesto a las ganancias para los períodos de tres y seis meses finalizados el 30 de junio de 2021 y 2020 es el siguiente:

Impuesto a las ganancias corriente
Impuesto diferido
Tres meses finalizados el
30 de junio de
2021
2020
(988.685)
(50.284)
(628.926)
22.059
(1.617.611)
(28.225)
Seis meses finalizados
el 30 de junio de
Seis meses finalizados
el 30 de junio de
2021
(988.685)
(628.926)
(1.617.611)
2021
(2.074.120)
(723.464)
(2.797.584)
2020

76.290
(171.294)
(95.004)

La conciliación entre el cargo a resultados por impuesto a las ganancias correspondiente a los períodos de seis meses finalizados el 30 de junio de 2021 y 2020 y el que resultaría de aplicar la tasa impositiva vigente sobre el resultado neto antes de impuesto a las ganancias que surge de los estados de resultados integrales de cada ejercicio, es la siguiente:

Resultado antes de impuesto a las ganancias
Tasa impositiva vigente
Tasa impositiva vigente aplicada resultado antes de impuesto a
las ganancias
Ajuste por inflación – Ley 27.468
Diferencia por moneda funcional y otros
Cargo a resultados por impuesto a las ganancias
2021
5.636.097
35%
(1.972.634)
41.681
(824.950)
(2.797.584)
2020
72.768
30%

(21.830)

41.681
(114.855)
(95.004)

Asimismo, la composición del impuesto diferido al 30 de junio de 2021 y 31 de diciembre de 2020 es la siguiente:

Provisiones y otros pasivos no deducibles
Propiedad, planta y equipo
Pasivos por beneficios definidos a empleados
Inversiones
Gastos adelantados
Ajuste por inflación – Ley 27.430
30/06/2021
14.952
(2.790.960)
57.260
(169.677)
(52.095)
414.284
(2.526.236)
31/12/2020
10.906
(2.090.065)
41.638
(56.202)
(37.211)
328.162
(1.802.772)

De acuerdo a las últimas modificaciones introducidas por la Ley N° 27.430 de Reforma tributaria publicada en el Boletín Oficial el 29 de diciembre de 2017, se estableció la posibilidad de realizar un revalúo impositivo de los bienes de uso de acuerdo a los mecanismos previstos en la misma.

Con fecha 23 de abril de 2018 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto N° 353/2018 que reglamentó el Título X de la Ley N° 27.430 y estableció mediante sucesiva prorrogas, que la opción a que se hace referencia en el artículo 281 de la Ley N° 27.430 en relación al revalúo impositivo de los bienes de uso correspondientes al cierre del ejercicio 31 de diciembre de 2017 podía ejercerse hasta el último día hábil del tercer mes calendario inmediato posterior al 31 de diciembre de 2018.

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Teniendo en cuenta lo expresado precedentemente, la Sociedad decidió el ingreso al régimen del revalúo impositivo, cuyo vencimiento operó en marzo de 2019, bajo la modalidad del régimen simplificado, y en relación a ello la Sociedad reconoció al 31 de marzo de 2019 en sus estados contables los efectos contables devengados del mismo por un monto de 113.244 el cual ha sido registrado en el rubro “Revalúo impositivo Ley N° 27.430” del estado de resultados del ejercicio.

La Ley N° 27.468 publicada en el Boletín Oficial el 4 de diciembre de 2018 dispuso que, a los fines de aplicar el procedimiento de ajuste por inflación impositivo, el mismo tendrá vigencia para los ejercicios que se inicien a partir del 1° de enero de 2018. Respecto del primero, segundo y tercer ejercicio a partir de su vigencia, ese procedimiento será aplicable en caso de que la variación del IPC, calculada desde el inicio y hasta el cierre de cada uno de esos ejercicios supere un 55%, un 30% y en un 15%, para el primero, segundo y tercer año de aplicación, respectivamente.

Con fecha 23 de diciembre de 2019, fue publicada en el Boletín Oficial la Ley N° 27.541 Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública, que fue reglamentada mediante Decreto Reglamentario 99/2019 el día 28 de diciembre de 2019. Los principales cambios es la suspensión de la aplicación de alícuota del impuesto a las ganancias establecida por la Ley de Reforma tributaria del 25% hasta los ejercicios fiscales que se inicien a partir del 1 de enero de 2021 y que el ajuste por inflación positivo o negativo, según sea el caso, deberá imputarse un sexto (1/6) en ese período fiscal y los cinco sextos (5/6) restantes, en partes iguales, en los cinco (5) períodos fiscales inmediatos siguientes. El principal impacto de ese cambio normativo en los presentes estados financieros ha sido en la medición de activos y pasivos fiscales diferidos, dado que éstos deben reconocerse aplicando la tasa impositiva que estará vigente en las fechas en que las diferencias entre los valores contables y los fiscales y los quebrantos serán revertidos o utilizados.

Con fecha 16 de junio de 2021 se publicó en el Boletín Oficial la Ley 27.630 la cual introdujo modificaciones en las alícuotas a aplicar para los ejercicios que comiencen a partir el 1 de enero de 2021, estableciendo una escala creciente del 25%, 30% y 35% en función de la ganancia neta imponible acumulada. Los montos previstos en la escala establecida se ajustarán anualmente, a partir del 1° de enero de 2022, considerando la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que suministre el Instituto Nacional de Estadística y Censos (IN-DEC), organismo desconcentrado en el ámbito del Ministerio de Economía, correspondiente al mes de octubre del año anterior al del ajuste, respecto del mismo mes del año anterior. Los montos determinados por aplicación del mecanismo descripto resultarán de aplicación para los ejercicios fiscales que se inicien con posterioridad a cada actualización. La Sociedad aplicó la tasa del 35% para el cálculo del impuesto a las ganancias del período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2021. El efecto del cambio de tasa ha sido reconocido íntegramente en el estado de resultados del período actual.

10. REMUNERACIONES Y CARGAS SOCIALES

Remuneraciones y anticipos
Cargas sociales
Beneficio previsional
Plan de pensión
Provisión vacaciones y cargas
sociales
Provisión bonificaciones y cargas
sociales
30/06/2021
No
corriente
Corriente
-
4.131
-
26.024
163.600
-
-
2.553
-
86.867
-
66.887
163.600
186.461
31/12/2020
No
corriente
Corriente

-
4.928

-
28.128

166.552
-

-
1.574

-
57.251

-
110.781

166.552
202.663
No
corriente
-
-
163.600
-
-
-
163.600
No
corriente

-

-

166.552

-

-

-

166.552

11. OTROS PASIVOS

1. OTROS PASIVOS
Arrendamientos
Pasivo por abandono de activos
30/06/2021
No
corriente
Corriente
292.182
156.477
917.804
-
1.209.986
156.477
31/12/2020
No
corriente
Corriente

255.412
140.595
630.201
-

885.613
140.595
No
corriente
292.182
917.804
1.209.986
No
corriente

255.412
630.201

885.613

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 11 de agosto de 2021

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 11 de agosto de 2021 Deloitte & Co. S.A.

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La evolución del pasivo por arrendamientos es la siguiente:

Saldos al 31 de diciembre de 2019
Efectos conversión
Actualizaciones financieras
Pagos de arrendamientos
Saldos al 31 de diciembre de 2020
Efectos conversión
Actualizaciones financieras
Pagos de arrendamientos
Saldos al 30 de junio de 2021
311.485
149.848
(5.628)
(59.698)
396.007
93.050
(1.980)
(38.418)
448.659

12. CUENTAS POR PAGAR

2. CUENTAS POR PAGAR
30/06/2021
31/12/2020
Proveedores comunes 5.602.477
1.377.616
188.575
2.514.358
Sociedades relacionadas (Nota 22)
5.791.052
3.891.974

13. INGRESOS

3. INGRESOS
Ventas por producto:
Gas RTP
- Mercado local
Etano
- Mercado local
Propano
- Mercado local
- Exportaciones
- Derechos de exportación
Butano
- Mercado local
- Exportaciones
- Derechos de exportación
Gasolina Natural
- Exportaciones
- Derechos de exportación
Servicios:
Ingresos por uso del muelle
Otros ingresos
Incentivos:
Butano – Fraccionadores
Propano
- Fraccionadores
- Redes
Impuesto a los ingresos brutos
Tres meses finalizados
el 30 de junio de
Seis meses finalizados
el 30 de junio de
2021
15.687
3.260.007
2.530.224
1.110.356
(16.227)
655.516
725.631
(122.921)
1.445.209
(107.622)
159.477
53.172
-
-
693.634
(153.004)
10.249.139
2020
2021
2020
-
146.806
-
1.726.467
4.934.267
2.734.565
809.946
3.309.718
1.117.312
469.206
5.753.160
2.225.463
(32.431)
(231.374)
(181.048)
455.492
1.055.039
768.101
340.940
2.105.087
1.125.303
(47.597)
(176.962)
(109.231)
652.061
2.873.372
1.430.244
51.687
(176.501)
(111.256)
255.508
159.477
490.141
14.536
69.307
35.675
-
-
5.215
-
215
215
59.420
848.236
77.531
(58.892)
(195.632)
(96.668)
4.696.343
20.474.215
9.506.347

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 11 de agosto de 2021

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22

14. COSTOS

4. COSTOS
Inventarios al inicio del ejercicio
Compras
Costos de producción (Nota 15)
Costos de productos adquiridos
Diferencia de conversión
Inventarios al cierre del período
Tres meses finalizados
el 30 de junio de
2021
2020
1.057.930
390.711
5.608.276
2.208.281
1.972.119
999.199
140.477
-
89.497
277.906
(1.625.940)
(682.260)
7.242.359
3.193.837
Seis meses finalizados
el 30 de junio de
2021
1.057.930
5.608.276
1.972.119
140.477
89.497
(1.625.940)
7.242.359
2021
1.405.444
10.177.613
3.544.083
140.477
198.658
(1.625.940)
13.840.335
2020
958.909
6.044.665
2.051.239
-
136.545
(682.260)
8.509.098

15. GASTOS POR NATURALEZA

La Sociedad presenta el estado de resultados integrales clasificando los gastos según su función como parte de las líneas "Costos de producción", "Gastos de administración" y "Gastos de comercialización". A continuación, se brinda la información adicional a revelar requerida sobre la naturaleza de los gastos y su relación con la función dentro de la Sociedad por los períodos de tres y seis meses finalizados el 30 de junio de 2021 y 2020:

Sueldos y cargas sociales
Servicios contractuales y honorarios
Otros gastos de personal
Depreciación de propiedad, planta y equipo
Gastos de energía y combustibles
Gastos de mantenimiento
Contrataciones de obra, servidumbres y
otros servicios
Seguros
Transporte y fletes
Alquileres y concesiones
Amortización derecho a uso
Impuestos, tasas y contribuciones
Gastos de oficina y otros
Total al 30-06-2021
Sueldos y cargas sociales
Servicios contractuales y honorarios
Otros gastos de personal
Depreciación de propiedad, planta y equipo
Gastos de energía y combustibles
Gastos de mantenimiento
Contrataciones de obra, servidumbres y
otros servicios
Seguros
Transporte y fletes
Amortización derecho a uso
Impuestos, tasas y contribuciones
Gastos de oficina y otros
Total al 30-06-2020
Tres meses finalizados el 30 de junio de 2021 Tres meses finalizados el 30 de junio de 2021 Tres meses finalizados el 30 de junio de 2021 Tres meses finalizados el 30 de junio de 2021
Costos de
producción
Gastos de
comercialización

Gastos de
administración
Total
175.135
2.260
15.324
431.293
659.737
303.995
130.941
84.502
27.354
-
14.380
126.470
728

31.022

76

886

11.383

-

-

190.233

6.325

-

-

-

-

-

106.463
19.591

6.637

10.442

94

92

96.745

524

173

414

8.854

63.472

16.578
1.972.119
239.925

330.079
Costos de
producción
Gastos de
comercialización

Gastos de
administración
Total
109.931
2.835
10.423
243.918
214.131
205.412
89.928
42.667
21.970
7.896
49.991
97

20.102

2.153

270

8.292

-

12

147.611

3.191

-

-

-

-

68.947
23.051

4.766

8.349

117

119

76.139

4.768

11

6.649

54.353

26.676
198.980
28.039
15.459
260.559
214.248
205.543
313.678
50.626
21.981
14.545
104.344
26.773
1.454.775
999.199
181.631

273.945

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Sueldos y cargas sociales
Servicios contractuales y honorarios
Otros gastos de personal
Depreciación de propiedad, planta y equipo
Gastos de energía y combustibles
Gastos de mantenimiento
Contrataciones de obra, servidumbres y
otros servicios
Seguros
Transporte y fletes
Alquileres y concesiones
Amortización derecho a uso
Impuestos, tasas y contribuciones
Gastos de oficina y otros
Total al 30-06-2021
Sueldos y cargas sociales
Servicios contractuales y honorarios
Otros gastos de personal
Depreciación de propiedad, planta y equipo
Gastos de energía y combustibles
Gastos de mantenimiento
Contrataciones de obra, servidumbres y
otros servicios
Seguros
Transporte y fletes
Alquileres y concesiones
Amortización derecho a uso
Impuestos, tasas y contribuciones
Gastos de oficina y otros
Total al 30-06-2020
Seis meses finalizados el 30 de junio de 2021 Seis meses finalizados el 30 de junio de 2021 Seis meses finalizados el 30 de junio de 2021 Seis meses finalizados el 30 de junio de 2021
Costos de
producción
Gastos de
comercialización

Gastos de
administración
Total
345.811
7.517
30.152
838.084
1.051.681
581.531
261.434
148.345
51.311
-
28.016
199.248
953

60.472

129

1.138

22.116

-

-

456.729

11.096

-

-

-

-

-
193.388
43.405
11.469
20.627
367
247
181.940
866
432
414
17.251
115.059
30.672
3.544.083
551.680
616.137
Costos de
producción
Gastos de
comecialización
Gastos de
administración
Total
219.960
4.236
22.211
456.598
512.470
407.584
197.596
75.701
46.315
-
15.072
93.391
105

36.617

3.404

1.785

15.721

-

12

251.517

5.650

384

-

-

-

-
137.105
39.145
14.254
15.788
458
241
156.790
4.966
91
356
12.692
100.746
44.990

393.682

46.785

38.250

488.107

512.928

407.837

605.903

86.317

46.790

356

27.764

194.137

45.095

2.893.951
2.051.239
315.090
527.622

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16. OTROS RESULTADOS OPERATIVOS, NETOS

Seguros Lucro Cesante PBB
Ingreso
Otros
Resultado por venta de bienes de uso
Tres meses finalizados
el 30 de junio de
2021
2020
9.699
-
2.925
-
12.624
-
Seis meses finalizados
el 30 de junio de
Seis meses finalizados
el 30 de junio de
2021
9.699
2.925
12.624
2021
27.688
2.925
30.613
2020

-
-
-

17. RESULTADOS FINANCIEROS, NETOS

Tres meses finalizados
el 30 de junio de
2021
2020
Ingresos financieros
Intereses ganados
298.980
-
Diferencias de cambio, netas
-
79.748
Total ingresos financieros
298.980
79.748
Costos financieros
Intereses perdidos
(4.786)
(105.810)
Actualizaciones financieras - arrendamientos
(18.172)
(14.350)
Diferencia de cambio, netas
(108.001)
-
Total costos financieros
(130.959)
(120.160)
Otros resultados financieros
Resultados por valuación a valor razonable
de activos financieros con cambios en
resultados
-
8.738
Total otros resultados financieros
-
8.738
Total resultados financieros, netos
168.021
(31.674)
Seis meses finalizados
el 30 de junio de
2021
2020
392.460
-
-
30.895
392.460
30.895
(17.237)
(125.979)
(36.419)
(27.391)
(199.383)
-
(253.039)
(153.370)
-
40.706
-
40.706
139.421
(81.769)
2021
392.460
-
392.460
(17.237)
(36.419)
(199.383)
(253.039)
-
-
139.421

18. PATRIMONIO

El capital nominal de la Sociedad al 30 de junio de 2021 asciende a 642.753 representado por 642.753.000 acciones ordinarias, nominativas no endosables, de valor nominal $ 1, divididas en diez clases de acciones de un voto por acción (Clases A a J). Estas acciones están totalmente suscriptas, inscriptas e integradas.

La participación de los socios sobre el capital de la Sociedad al 30 de junio de 2021 es la siguiente:

YPF S.A.
Petrobras International Braspetro B.V.
Dow Investment Argentina S.R.L.
38%
34%
28%
100%

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 11 de agosto de 2021

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 11 de agosto de 2021 Deloitte & Co. S.A.

C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3

Santiago Martinez Tanoira Presidente

Rubén Adrian Ruiz Por Comisión Fiscalizadora

Noelia A. Depetris Socia Contadora Pública U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 329 - F° 1

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19. ACTIVOS Y PASIVOS CONTINGENTES

Reclamos medioambientales

Con fecha 4 de febrero de 2011, la Sociedad fue notificada de tres demandas por reclamos medioambientales, iniciadas por actores varios vinculados a la actividad pesquera en Bahía Blanca. Estas demandas fueron promovidas contra las empresas radicadas en el polo petroquímico de dicha localidad, entre ellas Mega, y el Estado Nacional y Provincial, por un total de aproximadamente pesos 153 millones. Las demandas fueron contestadas por la Sociedad con fecha 9 de mayo de 2011. Con fecha 29 de mayo de 2014 se celebró la audiencia del art. 41 del Código Contencioso Administrativo (“CCA”) de la Provincia de Buenos Aires a fin de determinar la procedencia de las pruebas a producirse en los expedientes: “Caserna Francisco y Otros c/ PBB Polisur y Otros” Expediente 13803; “Uncalao Eduardo y Otros c/ PBBPolisur y Otros” Expediente 13860; y “Cordoba Héctor y Otros c/ PBB Polisur y Otros” Expediente 13859. En dicha audiencia se resolvió posponer la resolución de la procedencia de la prueba al momento de producirse la audiencia del art 41 del CCA en la causa “SCHRODER JUAN y otros C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES y otros s/ Daños” a fin de optimizar recursos y fundándose en que la mayoría de las pruebas ofrecidas por la actora estaban solicitadas en todas las causas mencionadas. En virtud de ello, los tres procesos se encontraron suspendidos hasta el 28 de agosto de 2019, fecha en la que se reanudó la audiencia del artículo 41 del Código Contencioso Administrativo de la Provincia de Buenos Aires y, entre otras cuestiones, el juez de la causa definió las fechas de producción de las distintas pruebas ofrecidas por las partes que se encontraban pendientes de producción. Con fecha 30 de diciembre de 2020 se certificó la prueba y se determinó el vencimiento del plazo probatorio. Con fecha 13 de abril de 2021 se pusieron los autos para alegar y con fecha 14 de mayo de 2021 se presentaron los alegatos.

En marzo de 2014 la Sociedad fue notificada de una demanda ambiental iniciada contra la misma, varias empresas radicadas en el polo petroquímico de Bahía Blanca, la Provincia de Buenos Aires y ciertos de sus entes autárquicos. La demanda está vinculada con la contaminación del estuario en la zona del puerto de Bahía Blanca y el conflicto generado con los denominados pescadores artesanales que se menciona en el párrafo anterior. La causa se caratula “Schroder, Juan y otros c/ Provincia de Buenos Aires y Otros s/ Pretensión de Reconocimiento o Restablecimiento de derechos – otros juicios” y tramita ante el Juzgado Contencioso Administrativo N°1 sito en Bahía Blanca. El monto del reclamo contra todas las partes demandadas es por Daño Material Colectivo y Daño Moral Colectivo, reclamándose bajo este último concepto la suma de $ 50.000.000. Con fecha 3 de julio de 2014 la Sociedad contestó la demanda en tiempo y forma.

Con fecha 29 de junio de 2016 se realizó la audiencia del art. 41 del CCA en la cual el Juez resolvió cuáles serían las pruebas a ser producidas por todas las partes durante dicha etapa probatoria. La Sociedad ha producido las pruebas ofrecidas oportunamente y recientemente se ha terminado la producción de la prueba pericial ambiental. En tal sentido, con fecha 29 de agosto de 2018 Mega fue notificada del informe de la pericia ambiental realizado por los peritos oficiales designados por el juez de la causa. En dicho informe se analizaron las muestras tomadas de los efluentes de las distintas industrias de polo, del agua de la Ría, de sus sedimentos, y de distintas especies de peces, moluscos y crustáceos. De estos análisis, resultó que las muestras de los efluentes de Mega se encontraban en cumplimiento de los parámetros establecidos por la Resolución ADA 336/03, tal como las muestras de agua de la Ría y sus sedimentos. Con fecha 29 de septiembre de 2018, Mega presentó un escrito en los términos del art. 473 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires y con fecha 28 de diciembre de 2018 los peritos presentaron las respuestas a dicho pedido. Con fecha 13 de febrero de 2019 se celebró una audiencia multipropósito designada por el Juez a cargo de la causa y en la misma el juez estableció el plazo dentro del cual las partes deberán finalizar la prueba ofrecida pendiente. Con fecha 4 de septiembre de 2019 el juez de la causa dispuso poner los autos para alegar. Con fecha 8 de octubre de 2019 se presentó en tiempo y forma el alegato tanto en representación de la Sociedad como de los ex directores demandados. Paralelamente, la Cámara Unión Pesquera Artesanal y Comercial de Ing. White, Puerto Rosales y Bahía Unión (“CUP”), se presentó como tercero interesado y solicitó se haga lugar a la prejudicialidad, en virtud del estado de la causa “Meninato, Rolando; Marcer, José Luis; Bridger, Ricardo Luis; Sheridan, Raúl Alberto; Gimenez, Fernando Ariel (P.B.B. Polisur S.A.) s/envenenamiento o adult. aguas, medic., o alim. Infracción ley 24.051”. Con fecha 3 de diciembre de 2019, el juez rechazó dicho planteo de prejudicialidad, y decretó que una vez que se encuentre firme dicha resolución, pasen los autos para dictar sentencia. Atento ello, la CUP interpuso recurso de apelación, y con fecha 17 de diciembre de 2019, se corrió traslado a las partes de dicho recurso. Mega contestó en tiempo y forma dicho recurso. Desde el 19 de agosto de 2020 el expediente se encuentra en la Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata con motivo de la apelación interpuesta por la CUP y un conflicto de representación de la misma (el 23.03.2021 pasaron autos al acuerdo).

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Con fecha 15 de marzo de 2018, la Sociedad recibió un oficio de la Fiscalía Federal N° 2 de Bahía Blanca requiriéndole a la Sociedad informar la nómina de sus directores actuales en el marco de la Instrucción N° 135623/11 caratulada “Meninato, Rolando; Marcer, José Luis; Bridger, Ricardo Luis; Sheridan, Raúl Alberto; Gimenez, Fernando Ariel (P.B.B. Polisur S.A.) s/envenenamiento o adult. aguas, medic., o alim. Infracción ley 24.051” que tramita ante dicha fiscalía. La Sociedad ha cumplido oportunamente con dicho requerimiento. L Con fecha 14 de agosto de 2019, la Sociedad fue notificada de la resolución de la Fiscalía Federal N° 2 de Bahía Blanca por medio del cual se notificó la resolución dictada por la Cámara Federal de Bahía Blanca que delegó en el Ministerio Público Fiscal la realización “de gestiones orientadas a la elaboración de un plan concreto con el objeto de diagramar inversiones futuras, para asegurar el desarrollo integrado y sustentable de la ría de Bahía Blanca que establezca un equilibrio entre el desarrollo y preservación del ambiente”. La Sociedad interpuso el recurso de casación contra la aludida sentencia de la Cámara Federal de Bahía Blanca, el que fue rechazado por dicho tribunal con fecha 13 de septiembre de 2019. Posteriormente, con fecha 26 de septiembre de 2019, la Sociedad interpuso recurso de queja ante la Cámara Federal de Casación Penal ante el rechazo del recurso de casación. Con fecha 17 de septiembre de 2020, la Cámara Federal de Casación Penal rechazó el recurso de queja, por lo que con fecha 2 de octubre de 2020, Mega interpuso recurso extraordinario. A la fecha de los presentes estados, la Sociedad tomó conocimiento del rechazo del recurso extraordinario federal pero a la fecha no fue notificada dicha decisión judicial.

En el marco del incidente de Medida Cautelar, con fecha 20 de febrero 2020, la Cámara Federal de Bahía Blanca confirmó una prórroga de 90 días otorgada por el a quo para el cumplimiento de la medida cautelar y entendió que el proceso no está suspendido como consecuencia del recurso de queja interpuesto por la Compañía. En virtud de ello, con fecha 9 de marzo de 2020 la Compañía interpuso un recurso de casación con el objeto de que el proceso se mantenga suspendido hasta tanto se resuelvan los recursos en trámite. El recurso de casación fue denegado con fecha 17 de marzo de 2020, por lo que con fecha 23 de julio de 2020, la Compañía interpuso recurso de queja por casación denegada. Mediante resolución de fecha 9 de diciembre de 2020 la Cámara Federal de Casación Penal rechazó el citado recurso de queja por casación denegada, motivo por el cual, con fecha 23 de diciembre de 2020, Mega interpuso recurso extraordinario federal contra dicha resolución.

En el marco del incidente de Medida Cautelar, con fecha 16 de noviembre de 2020, sin reconocer hechos ni derechos y manteniendo los recursos en trámite, Mega presentó una propuesta superadora consistente en la reducción a cero -en condiciones normales- del vertido de efluentes a la Ría, y la utilización de dichos efluentes para riego de espacios verdes dentro del predio de Mega (salvo casos excepcionales en que no se pueda emplear la totalidad del efluente para riego), a los fines de tener por cumplida la manda cautelar. A partir de ello, se abrió un “Legajo: Propuesta Acuerdo Mega”. En el mismo, con fecha 30 de diciembre de 2020, Mega y la Fiscalía Federal N° 2 de Bahía Blanca, celebraron un Convenio de Compromiso Ambiental donde se plasmó la propuesta efectuada por la Sociedad con fecha 16.11.2020, y en la misma fecha, la Fiscalía solicitó su homologación al Juzgado Federal N° 2 de Bahía Blanca. Con fecha 2 de marzo de 2021, el Juzgado interviniente notificó la homologación del Convenio celebrado entre Mega y la Fiscalía. Con fecha 9 de marzo de 2021 la Compañía fue notificada de la apelación interpuesta por la querella contra la homologación y con fecha 23 de marzo de 2021 Mega presentó el memorial.

Con fecha 13 de mayo de 2021 la Cámara Federal de Bahía Blanca revocó la homologación del Convenio de Mega y con fecha 3 de junio de 2021 Mega interpuso un recurso de casación contra dicha sentencia. El recurso interpuesto por Mega fue denegado con fecha 17 de junio de 2021 por la Cámara Federal de Bahía Blanca, motivo por el cual, con fecha 30 de junio de 2021 Mega interpuso un recurso de queja por casación denegada frente a la Cámara Federal de Casación Penal.

La Gerencia de la Sociedad, en consulta con sus asesores legales, entiende que dichos reclamos no deberían prosperar en relación a Mega y sus directores. Por lo tanto la Sociedad no ha reconocido provisiones contables por estas causas por entender que no es probable que la resolución de las mismas resulte en una salida de recursos para la Sociedad.

20. COMPROMISOS CONTRACTUALES

Acuerdo de provisión de materia prima y acuerdos de venta

Como se menciona en la Nota 1, la Sociedad, al inicio de sus operaciones, celebró un Acuerdo de Provisión de Gas Natural a largo plazo con YPF y ciertos acuerdos de venta a largo plazo (el "Contrato de Etano", el "Contrato de GLP" y el "Contrato de Gasolina Natural", en conjunto los "Acuerdos de Venta"). Los Acuerdos de Provisión y de Venta entraron en vigencia el 1 de abril de 2001, con un plazo de duración inicial de 10 años, renovables automáticamente año a año hasta el año 2017, o sujeto al cumplimiento de ciertas condiciones hasta el año 2021, salvo que las partes acuerden lo contrario.

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El Acuerdo de Provisión requería originariamente a YPF, entre otras cosas, despachar no menos de 12,6 miles de millones de metros cúbicos de gas natural para cada uno de los años de duración del contrato, sujeto a ciertos requerimientos diarios y mensuales, y a la Sociedad comprar las cantidades retenidas y despacharle a YPF, de acuerdo a ciertos requerimientos, el gas residual luego del procesamiento. A raíz de las conversaciones mantenidas entre representantes de la Sociedad e YPF durante el año 2017 en relación con los términos que resultarán aplicables al Acuerdo de Provisión por el período comprendido entre el 15 noviembre del 2017 y el 1 de abril del 2021, las partes acordaron, por aplicación de lo establecido en el artículo 3.2.f del Acuerdo de Provisión, que el nuevo volumen anual de gas natural que como mínimo YPF debía poner a disposición de la Sociedad a partir del 15 de noviembre del 2017 y hasta el 1 de abril del 2021 era de 8,6 miles de millones de metros cúbicos.

El Acuerdo de Provisión preveía el pago de daños entre YPF y la Sociedad en el caso que la Sociedad no realizara la compra del gas retenido o el despacho del gas residual contractualmente acordado, o YPF no despachara gas natural en las cantidades y calidades especificadas en el contrato. Adicionalmente, los Acuerdos de Venta preveían el pago de daños entre las partes intervinientes, en el caso en que la Sociedad no despachase los productos o PBB Polisur o Petrobras no compraran las cantidades contractualmente acordadas.

Mediante notas de fecha 20 de abril y 1 de junio de 2020, la Sociedad reclamó a YPF el incumplimiento en relación con la calidad del gas puesto a disposición de Mega bajo el Acuerdo de Provisión de Gas natural durante el período contractual comprendido entre el 1 de abril de 2019 y el 31 de marzo de 2020. El reclamo de la Sociedad se basa en que la composición molar del gas puesto a disposición por YPF durante el período referido precedentemente tuvo un contenido de pentanos y superiores inferior al establecido bajo el Acuerdo de Provisión de Gas Natural y que ello le privó de producir y vender mayores cantidades de gasolina natural y, consecuentemente, obtener una ganancia adicional. Luego de las conversaciones mantenidas entre representantes de la Sociedad e YPF, el monto del reclamo de la Sociedad ascendió a la suma de U$S 5.1 millones. Con fecha 9 de septiembre de 2020, la Sociedad remitió a YPF una oferta vinculante de acuerdo transaccional por un monto de U$S 5.1 millones (equivalentes a $ 383.198) a efectos de dar por terminado cualquier diferencia y/o reclamo planteado por Mega en sus notas de fecha 20 de abril y 1 de junio de 2020 bajo el Acuerdo de Provisión durante el período comprendido entre el 1 de abril de 2019 y el 31 de marzo de 2020 y la misma fue aceptada por YPF con fecha 10 de septiembre de 2020. Bajo el referido acuerdo transaccional, YPF se comprometió a abonar el monto transaccional en cuatro cuotas fijas, iguales y consecutivas de U$S 1,28 millones cada una de ellas. En el transcurso de los meses de septiembre a diciembre fueron emitidas las notas de débito correspondientes a las cuotas 1 a 4 por U$S 1,28 millones, las cuales fueron aplicadas a las facturas por compra de gas cuyo vencimiento operó entre los meses de octubre 2020 a enero 2021.

Recientemente, mediante nota de fecha 21 de abril del año en curso, la Sociedad reclamó a YPF el incumplimiento en relación con la calidad del gas puesto a disposición de Mega bajo el Acuerdo de Provisión durante el período contractual comprendido entre el 1 de abril de 2020 y el 31 de marzo de 2021. El reclamo de la Sociedad se basa en que la composición molar del gas puesto a disposición por YPF durante el período referido precedentemente tuvo un contenido de pentanos y superiores inferior al establecido bajo el Acuerdo de Provisión y que ello le privó de producir y vender mayores cantidades de gasolina natural y, consecuentemente, obtener una ganancia adicional. Posteriormente, mediante notas de fecha 3 de junio y 13 de julio del 2021, Mega reiteró el reclamo ante YPF por un monto de U$S 6.7 millones.

Con fecha 17 de julio de 2018, la Sociedad aceptó la oferta de compraventa de componentes licuables de gas natural formulada por YPF, con vigencia entre el 1 de julio de 2018 y el 30 de abril de 2019, que establecía los términos bajos los cuales la Sociedad recibió entre 3 y 6 millones m3/d de gas natural adicionales a los 23,7 millones m3/d previstos bajo el Acuerdo de Provisión, a un precio variable estacionalmente convenido en dicho documento. Con fecha 10 de octubre de 2019, la Sociedad aceptó la oferta de compraventa de componentes licuables del gas natural formulada por YPF, la cual resulta aplicable (i) en forma retroactiva a los volúmenes de gas natural adquiridos por la Sociedad (en exceso 23,7 millones m3/d previstos bajo el Acuerdo de Provisión) durante los meses de mayo - septiembre del 2019 a los precios establecidos en dicha oferta y (ii) a las compras de volúmenes adicionales de gas natural a los 23,7 millones m3/d previstos bajo el Acuerdo de Provisión (en un volumen de entre 3 y 4 millones m3/d) que la Sociedad realice desde octubre de 2019 hasta el 30 de abril de 2020, a un precio variable estacionalmente convenido en dicho documento. A partir del mes de mayo de 2020 y hasta el 31 de marzo de 2021, las compras de volúmenes adicionales a YPF han sido acordadas bajo la modalidad spot, conforme precios de mercado acordados en cada momento.

Adicionalmente, la capacidad de procesamiento remanente de la Planta Separadora es cubierta por la Sociedad mediante distintos acuerdos o la compra spot de componentes licuables contenidos en el gas natural, convenidos mensualmente con distintos productores de la Cuenca Neuquina. Durante estos últimos meses, la Sociedad ha concretado este tipo de transacciones con distintos productores, entre otros, Wintershall Energía S.A., Pan American Energy LLC, Total Austral S.A. y Tecpetrol S.A.

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El Contrato de Etano requería a la Sociedad, entre otras cosas, despachar y a PBB Polisur comprar, una cantidad mínima anual de 500.000 toneladas métricas ("tm") de etano. El 4 de enero de 2018 la Sociedad acordó con PBB Polisur, por el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de marzo de 2021 y de forma semestral, el reconocimiento a favor de Mega de las diferencias existentes entre los costos variables promedio del etano de propia producción y el precio promedio de venta de igual periodo. El importe facturado por este concepto en el primer trimestre del 2021 asciende a U$D 1.2 millones.

El Contrato de GLP y de Gasolina Natural, entre otras cosas, requerían a la Sociedad despachar y a Petrobras comprar, una cantidad anual de 365.000 tm de propano, 235.000 tm de butano y 210.000 tm de gasolina natural, con un excedente o defecto en cada caso de 6% a opción de la Sociedad. En virtud de lo establecido por el artículo 2.1 del Contrato de GLP y de Gasolina Natural, y como consecuencia de no haberse cumplido la condición allí establecida, los Contratos de GLP y de Gasolina Natural celebrados oportunamente entre la Sociedad y Petrobras han quedado automáticamente terminados a partir del 18 de noviembre de 2017.

Con posterioridad al vencimiento de los Contratos de GLP y de Gasolina Natural, la Sociedad suscribió un acuerdo de corto plazo con Petrobras para la venta de ciertas toneladas de GLP y gasolina natural durante el período diciembre 2017 – abril 2018. Luego de ello, Mega y Petrobras celebraron nuevos Acuerdos de Venta de GLP y de Gasolina Natural con vigencia desde el 1 de mayo de 2018 y hasta el 31 de marzo de 2021. Bajo dichos acuerdos, Mega y Petrobras renunciaron, en forma recíproca e irrevocable, a cualquier reclamo iniciado por alguna de las partes contra la otra, así como también a iniciar cualquier nuevo reclamo o acción al que pudiera tener derecho, en relación con los Acuerdos de GLP y Gasolina Natural suscriptos entre las partes en marzo de 2001. Los únicos reclamos que quedaron excluidos de las renuncias referidas son los reclamos por demora en los despachos de buques.

La Sociedad ha acordado con YPF, PBB Polisur y Petrobras los términos y condiciones a ser aplicados durante un período de transición de 3 meses contados desde el 1 de abril de 2021 en relación con el aprovisionamiento de gas natural, el suministro de etano y la venta de GLP, respectivamente, mientras que las partes continaban negociando los términos de los contratos de largo plazo. A la fecha de los presentes estados financieros, la Sociedad se encuentra en conversaciones con YPF, PBB Polisur y Petrobras para instrumentar la extensión de los términos y condiciones que estuvieron vigentes durante el período de transición abril - junio 2021 por un plazo adicional de dos meses contados desde el 30 de junio, es decir, hasta el 31 de agosto de 2021, mientras continúan las negociaciones entre las partes respecto de las condiciones a ser aplicadas bajo contratos de largo plazo.

Con fecha 19 de octubre de 2020 se produjo el paro imprevisto e intempestivo de nuestra Planta Separadora debido al arribo de una corriente de gas natural con alto contenido de agua y otras sustancias líquidas. Dicho evento afectó en forma sustancial el procesamiento de la planta y finalmente provocó la salida de servicio de la misma con el consiguiente paro en cadena de nuestra Planta Fraccionadora. A partir del 25 de octubre de 2020 se logró reiniciar de forma paulatina el funcionamiento de uno de los dos trenes de la Planta Separadora y a partir del sábado 31 de octubre de dicho año se pudo reiniciar el segundo tren y posteriormente se normalizaron las operaciones de las plantas. Si bien la Sociedad denunció el evento ante las compañías de seguro, posteriormente desistió del reclamo dado que los impactos sufridos por la Compañía estaban dentro del deducible de las pólizas correspondientes. Luego de haber concluido el análisis del resultado y las conclusiones que surgen de las investigaciones realizadas internamente y por una consultora independiente, con fecha 4 de mayo del corriente la Sociedad remitió a YPF una nota reclamando los daños y perjuicios ocasionados por la paralizacón del proceso productivo como consecuencia del envío de líquidos (H2O y otras sustancias líquidas) a la Planta Separadora por parte de YPF por un monto de U$S 4.9 millones. Con fecha 17 de mayo de 2021, YPF respondió al reclamo manifestando que no comparte sus fundamentos, y manifestó que lo ocurrido el 19 de octubre de 2020 fue ajeno y fuera de su control. Las partes actualmente se encuentran manteniendo conversaciones respecto del reclamo.

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21. PRINCIPALES REGULACIONES Y OTROS

a- Marco regulatorio:

La Ley Nº 26.020 establece el marco regulatorio para la industria y comercialización de gas licuado de petróleo (“GLP”) y con el propósito de asegurar el abastecimiento de los hidrocarburos y combustibles en el mercado interno, obliga a los exportadores de GLP a obtener de la Secretaría de Energía (“SEN”) la aprobación previa para la realización de sus operaciones de exportación.

Con fecha 2 de octubre del 2017, la entonces Secretaría de Recursos Hidrocarburíferos emitió la Resolución N° 241E/2017 en virtud de la cual, además de derogar la Resolución N° 1338/2006 de la ex Secretaría de Energía y otras normas relacionadas, se estableció el nuevo régimen que en forma previa deben cumplir las empresas que tengan interés en exportar, entre otros productos GLP y gestionar la obtención de la correspondiente constancia de exportación. La referida norma exceptuó a la gasolina natural que produce y exporta Mega de dicho régimen.

b- Programa Hogar:

En relación con el abastecimiento al mercado interno de butano, entre el año 2008 y el mes de marzo de 2015, las autoridades nacionales requirieron a la Sociedad la adhesión al denominado “Acuerdo de Estabilidad del Precio del Gas Licuado de Petróleo (GLP) Envasado en Garrafas de 10, 12, y 15 kg. de Capacidad” (“Acuerdo de Estabilidad”), acuerdo que regulaba la venta de butano destinado a garrafas a fraccionadores a un precio de $ 100 la tonelada, compensando posteriormente al productor la diferencia hasta la suma de $ 450 la tonelada para los años 2008 a 2010, luego para los años 2011, 2012, 2013 y 2014 hasta la suma de $ 570 la tonelada. En función de ello, y en atención a sus compromisos contractuales preexistentes, en particular el Contrato GLP, la Sociedad suscribió los respectivos formularios de adhesión a los Acuerdos de Estabilidad con expresas reserva de derechos.

El abastecimiento de GLP al mercado interno a los precios fijados por el Estado Nacional bajo los Acuerdos de Estabilidad, los cuales se encontraron siempre muy por debajo del precio de paridad de exportación publicado por la ex Secretaría de Energía, le ocasionaron significativos perjuicios económicos a la Sociedad durante la vigencia de los mismos.

Con fecha 30 de marzo de 2015, el Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto N° 470/2015 y creó el “Programa Hogares con Garrafa (Hogar)” (el “Programa Hogar”) mediante el cual el Estado Nacional, de manera directa (i) subsidia a los titulares de hogares de bajos recursos o de viviendas de uso social consumidores de GLP envasado y (ii) compensó a los productores de GLP de conformidad con los precios establecidos bajo dicho régimen (como se explica más abajo, la compensación resultó aplicable únicamente durante determinados años). Éste nuevo régimen reemplazó los Acuerdos de Estabilidad del Precio del Gas Licuado de Petróleo (GLP) Envasado en Garrafas que se firmaban anualmente. Bajo este nuevo régimen, la Sociedad debe abastecer al mercado interno mayormente con butano y en menor medida con volúmenes de propano.

Por aplicación de lo dispuesto por la Resolución N° 70/2015 de la ex Secretaría de Energía, durante el período comprendido entre el 1 abril de 2015 y el 5 de abril de 2017, la Sociedad facturó al fraccionador el precio máximo de referencia de $ 650 por tonelada y recibió en concepto de compensación, a través de un fideicomiso, un monto de $550 adicionales, totalizando un precio de venta final de $ 1.200 (en el caso del propano, el precio de venta de referencia era de $ 1.000 por tonelada y de $ 200 en concepto de compensación). Posteriormente, la Resolución N° 56/E/2017 estableció, con vigencia desde el 6 de abril de 2017, como precio máximo de referencia del butano en $ 2.568 por tonelada, manteniendo la compensación a favor del productor en la suma de $ 550 por tonelada, totalizando un precio final de venta de $ 3.118 (en el caso del propano, el precio de venta de referencia era de $ 2.410 por tonelada y de $ 200 en concepto de compensación). Luego, mediante Resolución N° 287/E/2017 de la entonces Secretaría de Recursos Hidrocarburíferos, se estableció el precio máximo de referencia del butano a partir del 1 de diciembre del 2017 en la suma de $ 4.302 por tonelada, manteniendo la compensación a favor del productor en la suma de $ 550 por tonelada, totalizando un precio final de venta de $ 4.852 (en el caso del propano, el precio de referencia era de $ 4.290 por tonelada y de $ 200 en concepto de compensación). Posteriormente, a través de la Resolución N° 5/2018, la Subsecretaría de Recursos Hidrocarburíferos estableció el precio máximo de referencia del butano a partir del 1 de abril de 2018 en la suma de $ 5.416 por tonelada, manteniendo la compensación a favor del productor en la suma de $ 550 por tonelada, totalizando un precio final de venta de $ 5.966 (en el caso del propano, el precio máximo de referencia era de $ 5.502 por tonelada y de $ 200 en concepto de compensación).Posteriormente, mediante Resolución N° 15/2019, la Secretaría de Gobierno de Energía estableció que, a partir del 1 de febrero de 2019, el precio máximo de referencia del butano era de $ 9.154 por tonelada, eliminándose el componente de la compensación recibida previamente del Estado Nacional (en el caso del

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propano, el precio máximo de referencia fue fijado en $ 9.042 por tonelada, también sin compensación por parte del Estado Nacional). Asimismo, mediante Disposición N° 34/2019, la Subsecretaría de Hidrocarburos y Combustibles estableció que, a partir del 10 de mayo de 2019, el precio máximo de referencia del butano era de $ 9.327 por tonelada (en el caso del propano, el precio máximo de referencia fue fijado en $ 9.213 por tonelada), en ambos casos sin compensación de parte del Estado Nacional. Luego, mediante Disposición N° 80/2019, la Subsecretaría de Hidrocarburos y Combustibles estableció que, a partir del 1 de junio de 2019, el precio máximo de referencia del butano era de $ 9.607 por tonelada (en el caso del propano, el precio máximo de referencia fue fijado en $ 9.375 por tonelada), en ambos casos sin compensación de parte del Estado Nacional. Mediante Disposición N° 104/2019, la Subsecretaría de Hidrocarburos y Combustibles estableció que, a partir del 1 de julio de 2019, el precio máximo de referencia del butano era de $ 9.895 por tonelada (en el caso del propano, el precio máximo de referencia fue fijado en $ 9.656 por tonelada), en ambos casos sin compensación de parte del Estado Nacional. Con fecha 19 de octubre de 2020, la Secretaría de Energía dictó la Resolución N° 30/2020, estableciendo que a partir de dicha fecha el precio máximo de referencia del butano y del propano era de $ 10.885 por tonelada, en ambos casos sin compensación de parte del Estado Nacional. Con fecha 6 de abril de 2021, la Secretaría de Energía incremento el precio máximo de referencia del butano y del propano a la suma de $ 12.626,60 mediante la Resolución N° 249/2021.

Con fecha 21 de diciembre de 2019 se sancionó la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública (la “Ley de Emergencia Pública”). Por el artículo 1° de la referida ley se declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, delegando en el Poder Ejecutivo Nacional las facultades comprendidas en dicha ley. Mediante los artículos 2° y 5° de la Ley N° 27.541 se delegó en el Poder Ejecutivo Nacional el reglar la restructuración tarifaria del sistema energético con criterios de equidad distributiva y sustentabilidad productiva, con facultades para mantener las tarifas por un plazo máximo de ciento ochenta (180) días contados desde la entrada en vigencia de dicha ley. Dicho plazo fue posteriormente prorrogado por un período igual de 180 días, es decir, hasta el 17 de diciembre de 2020 mediante el Decreto DNU N° 543/2020. Posteriormente, el Poder Ejecutivo dictó el Decreto DNU N° 1020/2021 mediante el cual se inició el proceso de renegociación de la revisión tarifaria integral vigente correspondiente a las prestadoras de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica y gas natural que estén bajo jurisdicción federal, en el marco de lo establecido en el artículo 5° de la Ley de Emergencia Pública.

Posteriormente, y en el marco de la emergencia sanitaria declarada por el Decreto DNU N° 260/2020 en relación con el coronavirus COVID-19, el Poder Ejecutivo Nacional dictó con fecha 25 de marzo de 2020 el Decreto DNU N° 311/2020 estableciendo en su artículo 6° que los precios máximos de referencia para la comercialización de gas licuado de petróleo (GLP) en las garrafas, cilindros y/o granel con destino a consumo del mercado interno continuarían con los valores vigentes a la fecha de publicación de dicha norma durante el plazo de 180 días.

Las disposiciones del decreto referido precedentemente no resultaron aplicables a las ventas realizadas por la Compañía bajo el Acuerdo Propano Redes respecto del precio de paridad de exportación utilizado para el cálculo de las compensaciones presentadas al Estado Nacional y, por lo tanto, se consideró el precio de paridad de exportación que en cada momento fue publicado por la SEN en su sitio web

En atención a sus compromisos contractuales preexistentes (principalmente el Contrato de GLP) y a los perjuicios económicos que le ocasionaron las asignaciones de producto al precio fijado por el Estado Nacional bajo el Programa Hogar, la Sociedad ha impugnado los distintos actos administrativos mediante los cuales se le asignaron en el pasado volúmenes de abastecimiento al mercado interno bajo dicho régimen. En la actualidad, la Sociedad continúa impugnando en sede administrativa los distintos actos administrativos de asignación de producto fundado en el perjuicio económicofinanciero que le ocasiona la venta de producto al precio fijado por el Estado Nacional bajo el Programa Hogar.

c- Acuerdo de Abastecimiento de Gas Propano para Redes:

Las empresas productoras que forman parte del Acuerdo de Abastecimiento de Gas Propano para Redes (el “Acuerdo”) se comprometieron a abastecer a las distribuidoras y subdistribuidoras de gas propano indiluido por redes del mercado interno a un precio estipulado en pesos por tonelada. Por otro lado, las mencionadas empresas productoras reciben una compensación económica por los menores ingresos equivalente a la diferencia entre el precio de venta acordado en pesos para el mercado interno y el precio de GLP-Paridad de exportación que publica mensualmente la SEN.

Con fecha 19 de abril de 2018 la Sociedad suscribió el Acuerdo de Prórroga Décimo Sexto el cual, por un lado, dejó sin efecto el Acuerdo de Prórroga Décimo Quinto a partir del 31 de marzo de 2018, y dispuso que sus disposiciones resultarían aplicables para el período comprendido entre abril 2018 – diciembre 2019.

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Con fecha 14 de enero de 2020, la Sociedad fue notificada de la Nota N0-2020-02855355 de la SEN por medio de la cual dicho organismo, con fundamento en lo establecido por la Ley de Emergencia Pública, estableció la necesidad de prorrogar por 180 días la vigencia del Acuerdo de Prórroga Décimo Sexto, cuya fecha de vencimiento original operó el 31 de diciembre de 2019, e instruyó a las productoras a continuar con la entrega de propano en los términos de referido acuerdo. La Sociedad comunicó por escrito tanto a la SEN como a las empresas distribuidoras y subdistribuidoras que continuaría realizando la entrega del producto durante el referido plazo al sólo efecto de mitigar mayores daños para la Sociedad y bajo expresa reserva de derechos.

Con fecha 3 de agosto de 2020 la Sociedad suscribió del Acuerdo de Prórroga Décimo Séptimo el cual comprende el período enero a diciembre 2020, cuyos términos incrementan la proporción correspondiente al monto de compensación a ser abonada por el Estado Nacional.

Con fecha 20 de julio de 2021 la Sociedad suscribió el Acuerdo de Prórroga Décimo Octavo, el cual comprende el período enero a diciembre 2021 en términos y condiciones similares a los establecidos bajo el Acuerdo de Prórroga Décimo Séptimo.

Al 30 de junio de 2021 los créditos originados por venta de Propano a Redes asciende a 850.912, correspondientes prácticamente en su totalidad a las operaciones del ejercicio 2021.

d- Retenciones a las exportaciones:

Con fecha 4 de septiembre de 2018 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto N° 793/2018 el cual fijó un derecho de exportación del 12% a la exportación para el consumo de todas las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura común del Mercosur (“NCM”) hasta el 31 de diciembre de 2020. El mencionado derecho no podía exceder de $4 por cada dólar estadounidense del valor imponible o del precio oficial FOB, según corresponda.

Posteriormente a la entrada en vigencia del Decreto N° 793/2018, el 4 de diciembre de 2018, se publicó la Ley N° 27.467 de Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el 2019 (“Ley de Presupuesto 2019”) la cual ratificó la validez y vigencia del Decreto N° 793/2018 y sus modificaciones, así como también toda otra norma vigente que se hubiera dictado en el marco de las facultades allí conferidas.

Asimismo, la Ley de Presupuesto 2019 dispuso también que, en el marco de las facultades acordadas al Poder Ejecutivo Nacional mediante los artículos 755 y concordantes del Código Aduanero, se podían fijar derechos de exportación cuya alícuota no podrá superar en ningún caso el 30% del valor imponible o del precio oficial FOB. Este tope máximo era del 12% para aquellas mercaderías que no estaban sujetas a derechos de exportación al 2 de septiembre de 2018 o que estaban gravadas con una alícuota del 0% a esa fecha. El plazo para ejercer esa facultad se limitó hasta el 31 de diciembre de 2020.

Durante el período previo a la ratificación legislativa de la Ley de Presupuesto 2019, la Sociedad efectuó el pago correspondiente a los derechos de exportación establecidos por el Decreto N° 793/2018 con reserva de derechos, y posteriormente, inició las acciones de repetición en sede administrativa con el fin de que le fuera reembolsado el monto del tributo abonado durante dicho período, las cuales a la fecha de los presentes estados financieros siguen en trámite.

Con fecha 14 de diciembre de 2019, el Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto N° 39, mediante el cual, dejó sin efecto el límite de PESOS CUATRO ($ 4) por cada dólar estadounidense, establecido en el artículo 2° del Decreto N° 793 del 3 de septiembre de 2018.

Posteriormente, la Ley de Emergencia Pública estableció que en el marco de las facultades acordadas al Poder Ejecutivo Nacional mediante los artículos 755 y concordantes de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero) y sus modificatorias, se podían fijar derechos de exportación para hidrocarburos y minería, cuya alícuota no podía superar el ocho por ciento (8%) del valor imponible o del precio oficial FOB. Asimismo, se estableció que dicha facultad podía ser ejercida hasta el 31 de diciembre de 2021. Asimismo, Ley de Emergencia Pública dispuso que tanto el Decreto N° 793 del 3 de septiembre de 2018, como el Decreto N° 37 del 14 de diciembre de 2019 mantenían su validez y vigencia.

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En tal contexto, toda vez que el Poder Ejecutivo Nacional no había ejercido las facultades conferidas por la Ley de Emergencia Pública fijando los derechos de exportación para hidrocarburos y minería hasta un límite del 8% del valor imponible o del precio oficial FOB y, siendo que la Administración Federal de Ingresos Públicos continuaba aplicando una alícuota de 12% para las exportaciones de hidrocarburos, desde la sanción de la Ley de Emergencia Pública y hasta el dictado del Decreto 488/2020, la Sociedad efectuó el pago de los derechos de exportación bajo protesto y con expresa reserva de derechos en relación a la diferencia de alícuota aplicable.

Con fecha 19 de mayo de 2020 el Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto N° 488/2020 el cual, entre otras cuestiones, modificó la alícuota aplicable a los derechos de exportación de los productos que exporta la Sociedad, estableciendo el siguiente esquema: (i) una alícuota de 0% para el caso en que el Precio Internacional del crudo que mensualmente determine la SEN sea igual o inferior al Valor Base de U$S 45/bbl, (ii) la alícuota que surja de aplicar la fórmula establecida en dicho Decreto para el caso en que el Precio Internacional del crudo que mensualmente determine la SEN sea superior a Valor Base pero inferior al Valor de Referencia de U$S 60/bbl, y (iii) una alícuota de 8% para el caso en que el Precio Internacional del crudo que mensualmente determine la SEN sea superior al Valor de Referencia indicado.

e- Ley 15.170 Articulo 100: Impuesto extraordinario IIBB Provincia de Buenos Aires:

La Compañía luego de haber analizado junto con sus asesores externos en temas impositivos y legales el impacto que tendría el adicional del Impuesto a los Ingresos Brutos establecido por el art. 100 de la Ley N° 15.170 de fecha 10 de enero de 2020 (modif. por art. 126 Ley N° 15.226 B.O. 31.12.2020) y la Resolución Normativa ARBA N° 31/2020 de fecha 9 de junio 2020 (modif. por Res. ARBA N° 2/2021 B.O. 27.01.2021) considera que, en las condiciones actuales de su reglamentación, el mismo no impactará de forma significativa en sus operaciones.

Requerimientos de la CNV

De acuerdo a lo estipulado en el artículo 3 del capítulo III del título IV del texto ordenado de las normas de la CNV, a continuación se detallan las Notas a los estados financieros que exponen la información solicitada por la mencionada norma en formato de Anexos.

Bienes de uso Previsiones Costo de los bienes vendidos y servicios prestados Activos y pasivos en moneda extranjera Información requerida por el artículo 64, apartado I, inciso b), de la Ley Nº 19.550

Nota 3 Propiedad, planta y equipo Nota 6 Otros créditos Nota 14 Costos Nota 23 Activos y pasivos en monedas distintas del peso Nota 15 Gastos por naturaleza

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22. SALDOS Y TRANSACCIONES CON PARTES RELACIONADAS

La Sociedad realiza operaciones y transacciones con partes relacionadas dentro de las condiciones generales de mercado, las cuales forman parte de la operación habitual de la Sociedad en cuanto a su objeto y condiciones.

La información detallada en los cuadros siguientes muestra los saldos con partes relacionadas al 30 de junio de 2021 y 31 de diciembre de 2020, así como las operaciones con las mismas por los períodos de tres y seis meses finalizados el 30 de junio de 2021 y 2020.

Petróleo Brasileiro S.A.(1)
Petrobras Global Trading BV
PBBPolisur S.R.L.(2)
YPF S.A.
Profertil S.A.(3)
YPF GAS S.A.(3)
30-06-2021 31-12-2020 31-12-2020
Créditos
por ventas
Otros
créditos
Cuentas por
pagar
Créditos
por ventas

Otros
créditos
Cuentas por
pagar
-
-
-
-
2.658.165
-
90.530
31.193
2.404
-
213.589
-
-
-
175.654
3.299.720
12.921
-
-
866.945
1.442.756
-
2.158
30.938
-
-
-
13.976
-
-
360
156
21.383
2.482.680
9.780
-
2.964.688
31.193
3.488.295 2.474.753 13.976 2.514.359
Seis meses finalizados el 30 de junio de
2021
2020
Ingresos
Compras,
honorarios y
servicios
Ingresos
Compras,
honorarios y
servicios
3.449.105
1.171
3.312.685
10.935
4.812.457
2.078
640.109
6.723
5.156.872
7.026
2.767.823
11.649
63.063
9.798.397
593.083
6.082.992
6.659
31.016
7.639
41.331
1.719.592
-
674.563
-
440
15.207.748
9.840.128
7.995.902
6.153.630
Tres meses finalizados el 30 de junio de Tres meses finalizados el 30 de junio de Tres meses finalizados el 30 de junio de
2021
2020
Ingresos Compras, honorarios
y servicios
Ingresos
Compras,
honorarios y
servicios
Petróleo Brasileiro S.A.(1)
Petrobras Global Trading BV
PBBPolisur S.A.(2)
YPF S.A.
Profertil S.A.(3)
YPF GAS S.A.(3)
YPF Tecnología(3)
1.640.647
-
3.397.456
42.228
3.552
1.256.296
-
387
929.882
1.252
246.602
5.335
1.759.725
5.246.313
331.427
9.975
5.236
-
445.349
440
20
145
7.723
2.174.532
21.666
-
6.340.182 5.263.703
3.718.221
2.204.086

(1) Sociedad relacionada de Petrobras International Braspetro B.V.

(2) Sociedad relacionada de Dow Investment Argentina S.R.L.

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(3) Sociedad relacionada de YPF S.A.

Las compensaciones efectuadas al personal clave de la Sociedad (incluyendo sus Directores) ascendieron aproximadamente a 27.619 y 17.024 por los períodos de tres meses finalizados el 30 de junio de 2021 y 2020, respectivamente y 50.596 y 33.503 por los períodos de seis meses finalizados el 30 de junio de 2021 y 2020. Las mismas corresponden totalmente a compensaciones de corto plazo.

23. ACTIVOS Y PASIVOS EN MONEDAS DISTINTAS DEL PESO

Rubro 30/06/2021 Total

155.449

20.005
175.454

1.494.764

-

2.751.471

592.948
-

-

29.330

383.359

208.970
5.460.842
5.636.296

1.209.986
1.209.986

1.784.125

4.196.173

156.477

-
6.136.775
7.346.761
31/12/2020 Total

130.180

17.503
147.683

3.105.387
-

866.913

1.548.108

4.123
-

-

2.440

122.607

101.401
5.750.878
5.898.662


885.613
885.613


559.682

2.636.420

140.595

-
3.336.697
4.222.310
Clase y monto
de la moneda
distinta del peso
Tipo de
cambio(1)
Clase y monto
de la moneda
distinta del peso
Tipo de
cambio(1)
Activo no corriente
Otros créditos
Otros gastos pagados por
adelantado
Anticipo a proveedores
Total del activo corriente
Activo corriente
Efectivo y equivalentes de
efectivo
Créditos por ventas
- Sociedades relacionadas
créditos en el exterior
- Sociedades relacionadas
créditos locales
Clientes comunes
Otros créditos
Ventas de bienes de uso
Sociedades relacionadas
Gastos pagados por
adelantado
Anticipo a proveedores
Total del activo corriente
Total del activo
Pasivo no corriente
Otros pasivos
Total del pasivo no
corriente
Pasivo corriente
Cuentas por pagar
- Proveedores
- Sociedades relacionadas
Otros pasivos
Préstamos
Total del pasivo corriente
Total del pasivo
U$S
1.624
95,72
U$S
209
95,72
U$S
15.616
95,72
U$S
-
95,72
U$S
28.745
95,72
U$S
6.195
95,72
-
U$S
-
95,72
U$S
306
95,72
U$S
4.005
95,72
U$S
2.183
95,72
U$S
12.641
95,72
U$S
18.639
95,72
U$S
43.838
95,72
U$S
1.635
95,72
U$S
-
95,72
U$S
1.547
84,15
U$S
208
84,15
U$S
36.903
84,15
U$S
10.302
84,15
U$S
18.397
84,15
U$S
49
84,15

-
U$S
-
84,15
U$S
29
84,15

U$S
1.457
84,15
U$S
1.205
84,15
U$S
10.524
84,15
U$S
6.651
84,15
U$S
31.330
84,15
U$S
1.671
84,15
U$S
-
84,15
  • (1) Tipo de cambio vigente según Banco Nación Argentina.

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35

24 EVOLUCION RECIENTE DEL CONTEXTO ECONOMICO EN QUE OPERA LA SOCIEDAD

Durante el mes de marzo de 2020 se declaró una pandemia mundial con el brote de una nueva cepa de coronavirus, COVID-19. La respuesta global y nacional a la pandemia de COVID-19 continúa evolucionando. Transcurridos seis meses del 2021 se han descubierto nuevas variantes del virus sobre las cuales se trabaja a fin de desarrollar nuevas vacunas o combinaciones de las mismas que permitan alcanzar un mayor nivel de inmunidad. A la fecha, de los presentes estados financieros, ciertas respuestas a la pandemia, incluidos los mandatos del gobierno para mitigar la propagación del virus, han impactado negativamente la actividad comercial.

La actividad desarrollada por la Sociedad ha sido considera como esencial, motivo por el cual no ha sido afectada ni la producción y ni la comercialización de sus productos a la fecha.

La gerencia de la Sociedad no visualiza, para lo que resta del año, problemas en el abastecimiento de materia prima para su operación por temas relacionados con el COVID-19.

Respecto del primer semestre del año, se evidencia una creciente demanda y oferta en la industria del GNL impulsadas principalmente por la alta demanda en Estados Unidos, Asia y Europa, como consecuencia de un impulso de la actividad económica, ligada a la disminución de los efectos del COVID-19.

En relacióna los precios, los mismos se han recuperado luego de haber sido fuertemente afectados en el primer trimestre del 2020, como resultado de la sobreoferta de producto. La gerencia de la Sociedad, basada en las proyecciones de precios de consultoras internacionales, estima que los precios se mantendrán estables durante el resto del ejercicio 2021. En relación al mercado externo, la demanda sigue siendo sostenida y a la fecha no se han recibido solicitudes de cancelaciones de operaciones.

En cuanto al mercado doméstico, el propano que se destina a fraccionadores se vende a precio paridad de exportación definido por la autoridad de regulación y el butano se vende a precio regulado conforme se indica en la Nota 20.b. Respecto del propano destinado a redes, la secretaria de energía ha solicitado la aceptación del decimooctavo acuerdo, lo cual ha sido aprobado en el directorio de la Sociedad.

Con respecto a la cadena de pagos, a la fecha de emisión de los presente estados financieros intermedios condensados, no se evidenciaron demoras en las cobranzas.

En cuanto al personal, la Sociedad ha constituido un comité de acción para determinar las medidas a tomar en relación al CODVID-19. Se desarrolló y se encuentra vigente, un “protocolo de seguridad” aplicado a la totalidad de la empresa. Desde la determinación de la cuarentena, las tareas en sede central se realizan en forma remota y el personal con asistencia en las plantas solo se limita a lo relacionado con tareas de producción, sala de control y operación en puerto.

La gerencia de la Sociedad reconoce que, desde el comienzo de la pandemia, los impactos más evidentes están vinculados con la caída de los precios internacionales de referencia que, como se ha comentado precedentemente, han presentado una recuperación durante el segundo y tercer trimestre del 2020 y se han estabilizado en el primer semestre del 2021. Por lo tanto, la Sociedad no prevé afectación de su operación y, en consecuencia, mantiene su proyección de volúmenes a producir y comercializar.

El Directorio de la Sociedad ha adoptado planes de mitigación apropiados y continúa monitoreando la evolución de las cuestiones descriptas y los impactos que pudieran tener sobre el personal, las operaciones y la situación patrimonial, financiera y sus resultados futuros.

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36

25. HECHOS POSTERIORES

A la fecha de emisión de los presentes estados financieros no han existido hechos posteriores significativos cuyo efecto sobre la situación patrimonial y los resultados de las operaciones de la Sociedad al 30 de junio del 2021, de corresponder, no hubieren sido considerados en los mismos según las NIIF.

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37

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COMPAÑÍA MEGA S.A.

RESEÑA INFORMATIVA AL 30 DE JUNIO DE 2021

Información confeccionada sobre la base de los estados financieros condensados de Compañía Mega S.A.

Contenido

  1. Breve comentario sobre las actividades de la Sociedad en el período incluyendo referencias a situaciones relevantes posteriores al cierre del período (*)

  2. Estructura patrimonial condensada comparativa

  3. Estructura de resultados condensada comparativa

  4. Estructura del flujo de efectivo condensada comparativa

  5. Índices

  6. Datos estadísticos (*)

  7. Breve comentario sobre las perspectivas para el siguiente período (*)

(*) Información no cubierta por el Informe de los Auditores Independientes

11 de agosto de 2021

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Compañía Mega S.A. Reseña Informativa al 30 de junio de 2021

Cifras expresadas en miles de pesos – Nota 2.a a los estados contables

La presente Reseña Informativa, que ha sido confeccionada en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 4 del Capítulo III del Título IV del T.O. de las normas Comisión Nacional de Valores, es complementaria de los estados financieros intermedios condensados de la Sociedad al 30 de junio de 2021.

1. Breve comentario sobre las actividades de la Sociedad en el período incluyendo referencias a situaciones relevantes posteriores al cierre del período

(Información no cubierta por el Informe de los Auditores Independientes)

1.1. Segundo Trimestre 2021 vs. Segundo Trimestre 2020

El segundo trimestre del ejercicio 2021 registra una ganancia operativa de $ 2.449 millones frente a una ganancia de $ 1.047 millones obtenida en el segundo trimestre de 2020. Respecto del resultado neto, en el segundo trimestre 2021 asciende a $ 1000 millones, vs los $ 987 millones registrados en el mismo período del año anterior. El segundo trimestre se encuentra afectado por un incremento en los precios de venta de los productos que la Sociedad produce y comercializa en el exterior y en forma local; el promedio de los precios para el segundo trimestre 2020 es de U$S/TN 173,08 vs U$S/TN 343,39 para el período 2021. En moneda de exposición ésta situación no se ve reflejada ya que el tipo de cambio promedio ARS/U$S entre trimestres varia de $ 67,678 en el segundo trimestre 2020 vs $ 94,072 en el segundo trimestre 2021.

Las ventas brutas en moneda local, de etano, propano, butano y gasolina natural ascendieron a $ 3.260 millones, $ 1.110 millones, $ 726 millones y $ 1.445 millones respectivamente, sumadas a $ 3.186 millones provenientes de las ventas al mercado interno de GLP, $ 15 millones las ventas al mercado local de gas RTP, $ 213 millones por servicios de muelle y amarre a IEA S.A. y $ 694 millones en concepto de compensaciones por venta de butano y propano a redes y fraccionadores. Los importes antes mencionados se corresponden con la siguiete distribución, 31% ventas de etano, 11% ventas de propano, 6% ventas de butano, 13% ventas de gasolina, 30% ventas al mercado interno de GLP, 2% prestaciones por servicio de muelle, y un 7% por compensaciones por venta a redes.

Por su parte, las ventas de etano, propano, butano y gasolina natural del segundo trimestre 2020 ascendieron a $ 1.726 millones, $ 469 millones, $ 341 millones y $ 652 millones, respectivamente, sumadas a $ 1.265 millones provenientes de las ventas al mercado interno de GLP, $ 270 millones por prestación del servicio de muelle al barco regasificador de GLP y otros ingresos varios y $ 59 millones en concepto de compensaciones por venta de butano y propano a redes y fraccionadores. Del total de ventas netas del segundo trimestre de 2020 el 36% corresponde a ventas de etano, 9% a propano, 6% a butano, 15% a gasolina, 27% a ventas al mercado interno de GLP, 6% a prestaciones del servicio de muelle al barco regasificador de GLP y otros ingresos y 1% a compensaciones por venta a redes y fraccionadores.

El precio neto promedio de exportación obtenido durante el segundo trimestre 2021 fue de 446,40 U$S/TN vs los 207,10 U$S/TN del segundo trimestre 2020 a nivel interanual. Los ingresos netos por exportaciones ascienden a U$S 32,34 millones en el segundo trimestre 2020 y a U$S 21,10 millones en el mismo período de 2020. Se observa en éste sentido un aumento importante en los ingresos en U$S 11,25 millones como consecuencia del incremento de los precios de los bienes que la sociedad produce y comercializa, y siendo que en relación al volúmen exportado, el segundo trimestre 2021 arroja una disminución de aproximadamente 29 mil toneladas en comparación con el mismo período del año anterior.

En términos de la moneda de exposición, las exportaciones netas ascendieron a $ 10.731 millones en el segundo trimestre 2021 en comparación a los $ 4.781 millones en el segundo trimestre 2020 , resultando mayor la brecha en comparación con la moneda U$S como consecuencia de un incremento del tipo de cambio promedio ARS/U$S entre trimestres que pasó de $ 67,678 en el segundo trimestre 2020 vs $ 94,072 en el segundo trimestre 2021 .

Durante el segundo trimestre de 2021 los ingresos obtenidos por la venta de etano alcanzan los U$S 34,45 millones en comparación con los U$S 20,88 millones del segundo trimestre 2020. El volumen despachado, del segundo trimestre del 2021 asciende a 140 mil toneladas vs 147 mil toneladas en el mismo período del 2020, su precio promedio se incrementa de 142 U$S/TN en el segundo trimestre 2020 a 246 U$S/TN en el segundo trimestre 2021.

Respecto de las ventas al mercado interno de GLP, se incrementan en aproximadamente $ 1.920 millones en el segundo trimestre 2021, representando un incremento de 107.919 a 129.386 toneladas en el segundo trimestre de 2020 y 2021 respectivamente.

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 11 de agosto 2021

Santiago Martinez Tanoira Presidente

Rubén Adrian Ruiz Por Comisión Fiscalizadora

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En relación a los costos de ventas, la compra de materia prima representa entre el 70% y el 80% del total de los costos operativos. El aumento del precio promedio de compra de 1,78 U$S/MMbtu en el segundo trimestre 2020 a 3,43 U$S/MMbtu en el segundo trimestre 2021 implica incremento de U$S 27,06 millones.

1.2. Seis meses de 2021 vs. Seis meses de 2020

Durante los primeros seis meses de 2021, se registran ventas netas por un monto de $ 20.474 millones, lo que representa un incremento de $ 10.968 millones respecto de los $ 9.506 millones del 2020. Resultado de un aumento en los precios de los productos comercializados del orden del 142%, El promedio de los seis meses del 2020 es de $ 11.888 vs $ 28.168 para del primer semestre 2021 como resultado del aumento en el tipo de cambio promedio de $ 64,592 en 2020 vs $ 91,322 en 2021. Esta situación fue parcialmente compensada por la disminución en los volúmenes vendidos que cayeron en promedio un 8%.

Durante los primeros seis meses del 2021 las ventas brutas de etano, propano, butano y gasolina natural ascendieron a $ 4.934 millones, $ 5.753 millones, $ 2.105 millones y $ 2.873 millones respectivamente, las cuales, sumadas a $ 4.365 millones provenientes de las ventas al mercado interno de GLP, $ 146 millones las ventas al mercado local de gas RTP, $ 229 millones por servicios de muelle y amarre a la barcaza de IEA S.A. y otros ingresos y $ 848 millones en concepto de compensaciones por venta de butano y propano a redes y fraccionadores, se exponen en el estado de resultados netas de $ 584 millones correspondientes a retenciones a las exportaciones de propano, butano y gasolina natural y $ 195 millones al impuesto sobre los ingresos brutos sobre las diferentes ventas al mercado interno.

En los primeros seis meses de 2021 las ventas brutas de etano, propano, butano y gasolina natural bajo los Acuerdos de Venta ascendieron a $ 2.735 millones, $ 2.225 millones, $ 1.125 millones y $ 1.430 millones respectivamente, las cuales, sumadas a $ 1.885 millones provenientes de las ventas al mercado interno de GLP, $ 526 millones por servicios de muelle y amarre a la barcaza de YPF S.A. y otros ingresos y $ 78 millones en concepto de compensaciones por venta de butano y propano a redes, se exponen en el estado de resultados netas de $ 402 millones correspondientes a retenciones a las exportaciones de propano, butano y gasolina natural y $ 97 millones al impuesto sobre los ingresos brutos sobre las diferentes ventas al mercado interno.

Los costos de ventas del primer semestre 2021 fueron de $ 13.840 millones, lo que representa un incremento de aproximadamente $ 5.331 millones respecto de los $ 8.509 millones del primer semestre 2020, fundamentalmente a causa del aumento en el tipo de cambio promedio como hemos mencionado en los párrafos precedentes. Los precios de compra de gas natural, en concordancia con los precios internacionales, se incrementan de 2,65 U$S/m3 para el primer semestre 2020 a 3,47 U$S/m3 para el primer semestre 2021. En lo que respecta a cantidades adquiridas, las mismas disminuyeron aproximadamente un 11%, pasando de 977 millones de m3 adquiridos durante los primeros seis meses de 2020 a 869 millones de m3 para el mismo período del año 2021.

Durante los primeros seis meses del 2021 se registró una ganancia operativa de $ 5.497 millones, lo que significa una aumento de $ 5.342 millones respecto de los $ 154 millones registrados durante el mismo período del año anterior. Las cantidades vendidas, caen en un 8% pasando de 747 mil toneladas para los primeros seis meses de 2020 a 688 mil toneladas para el mismo período del 2021, en tanto que los precios aumentaron en un 71,12% pasando de un promedio de U$S 202,73 para el primer semestre 2020 a U$S 346,913 para el mismo período del 2021. En adición al incremento en los costos de ventas se visualiza un aumento en los gastos de administración y de comercialización cuya variación se condice principalmente con el aumento del tipo de cambio promedio interanual. A su vez, la ganancia neta del período de seis meses del 2021 fue de aproximadamente $ 2.838 millones, en comparación con una pérdida de $ 22 millones registrada durante el mismo período del año 2020.

La Sociedad determina el impuesto a las ganancias de acuerdo con el método del impuesto diferido, el cual considera el efecto de las diferencias temporarias originadas en la distinta base de medición de activos y pasivos según criterios contables e impositivos y de los quebrantos impositivos existentes y créditos fiscales no utilizados susceptibles de deducción de ganancias impositivas futuras, computadas considerando la modificación de la ley 27.630 que establece tasas escalonadas, siendo aplicable la tasa impositiva del tercer escafón con una alícuota vigente del 35% para ganancias netas acumuladas superiores a $50 millones. Durante el primer semestre 2021, hubo un cargo negativo a resultados correspondiente al impuesto a las ganancias por aproximadamente $ 2.798 millones en comparación con un cargo negativo de $ 95 millones registrados en el mismo período del año anterior.

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 11 de agosto de 2021

Santiago Martinez Tanoira Presidente

Rubén Adrian Ruiz Por Comisión Fiscalizadora

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2. Estructura patrimonial condensada comparativa

Activo corriente
Activo no corriente
Total del activo
Pasivo corriente
Pasivo no corriente
Total del pasivo
Patrimonio
Total del Pasivo y Patrimonio
30/06/2021
17.192.500
19.243.550
36.436.050
8.064.240
3.899.822
11.964.062
24.471.988
36.436.050
31/12/2020
11.120.775
16.448.511
27.569.286
4.343.430
2.854.937
7.198.367
20.370.919
27.569.286

3. Estructura de resultados condensada comparativa

Resultado operativo
Resultados financieros, netos
Revalúo impositivo Ley 27.430
Resultado antes de impuesto a las
ganancias
Impuesto a las ganancias
Resultado neto del ejercicio
Otros resultados integrales
Resultado integral del ejercicio
30/06/2021
5.496.676
139.421
-
5.636.097
(2.797.584)
2.838.513
3.089.373
5.927.886
30/06/2020
154.537
(81.769)
-
72.768
(95.004)
(22.236)
2.455.161
2.432.925

4. Estructura del flujo de efectivo condensada comparativa

Flujo neto de efectivo generado por (utilizado en)
las actividades de operación
Flujo neto de efectivo generado por (utilizado en)
las actividades de inversión
Flujo neto de efectivo generado por (utilizado en)
las actividades de financiación
30/06/2021
5.963.659
(1.429.345)
(1.826.817)
30/06/2020
242.765
(1.317.949)
(690.640)

5. Índices

Liquidez(1)
Solvencia(2)
Inmovilización de capital(3)
Rentabilidad(4)
30/06/2021
2,132
2,045
0,528
14,08%
31/12/2020
2,560
2,830
0,597
(0,13%)

(1) Activo corriente / Pasivo corriente

(2) Patrimonio neto / Pasivo Total

(3) Activo no corriente / Activo Total

(4) Resultado del período/Patrimonio neto promedio

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 11 de agosto de 2021

Santiago Martinez Tanoira Presidente

Rubén Adrian Ruiz Por Comisión Fiscalizadora

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6. Datos stadísticos (en unidades)

(Información no cubierta por el Informe de los Auditores Independientes)

Volumen de Producción
Etano
Propano
Butano
Gasolina
Total
Volumen de Ventas
Etano
Propano
Butano
Gasolina
Total
Ventas en el Mercado Local
Ventas en el Exterior
Total
Precio Promedio de Venta
Etano
Propano
Butano
Gasolina
Ud.Med.
Tm
Tm
Tm
Tm
Tm
Tm
Tm
Tm
Tm
Tm
Tm
Tm
Tm
U$S/Tm
U$S/Tm
U$S/Tm
U$S/Tm
30/06/2021
241.529
232.268
135.865
59.286
688.948
241.529
245.269
142.650
59.322
688.770
433.942
254.828
688.770
212,03
402,15
237,21
536,26
30/06/2020
297.123
240.302
145.092
70.242
752.759
297.123
233.509
144.836
74.243
749.711
456.473
293.238
749.711
124,83
208,95
198,38
278,77

Tm: toneladas métricas.

7. Breve comentario sobre las perspectivas para el siguiente período/ejercicio (Información no cubierta por el Informe de los Auditores Independientes)

La Dirección de la Sociedad considera que durante el segundo trimestre del 2021 se logró mantener estable la situación operativa y económica financiera de la Sociedad basándose en altos estándares operativos y de gestión, pese a las dificultades planteadas por los efectos del COVID19, que permitieron continuar desarrollando los programas de producción y compromisos de venta.

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 11 de agosto de 2021

Santiago Martinez Tanoira Presidente

Rubén Adrian Ruiz Por Comisión Fiscalizadora

INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA

A los Señores Accionistas de Compañía Mega S.A.:

De nuestra consideración:

  1. De acuerdo con lo dispuesto por el inciso 5° del artículo N° 294 de la Ley N° 19.550 y disposiciones vigentes, hemos realizado el trabajo mencionado en el párrafo siguiente en relación con el estado de situación financiera intermedios condensados al 30 de junio de 2021, el estado de resultados integrales, el estado de cambios en el patrimonio neto y el estado de flujo de efectivo por el período de seis meses finalizado en dicha fecha. Dichos documentos son responsabilidad del Directorio de la Sociedad en el ejercicio de sus funciones exclusivas. Nuestra responsabilidad es informar sobre dichos documentos basados en el trabajo mencionado en el párrafo siguiente.

  2. Nuestro trabajo sobre los estados financieros mencionados en el primer párrafo consistió en verificar la congruencia de la información significativa contenida en dichos estados con la información de las decisiones societarias expuestas en actas, y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Para la realización de dicho trabajo hemos tenido en cuenta el informe de revisión de los estados financieros de los auditores externos Deloitte & Co. S.A. de fecha 11 de agosto de 2021, emitido de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). No hemos efectuado ningún control de gestión y, por lo tanto, no hemos evaluado los criterios y decisiones empresarias de administración, financiación, comercialización y producción, dado que estas cuestiones son de responsabilidad exclusiva del Directorio de la Sociedad. Consideramos que nuestro trabajo y el informe de los auditores externos nos brindan una base razonable para fundamentar nuestro informe.

  3. En nuestra opinión, en base a nuestra tarea y al informe de revisión de los estados financieros de los auditores externos de fecha 11 de agosto del 2021, los estados financieros mencionados en el primer párrafo presentan razonablemente en todos sus aspectos significativos la situación patrimonial de Compañía Mega S.A. al 30 de junio de 2021, así como sus resultados integrales, los cambios en su patrimonio neto y el flujo de su efectivo por el período finalizado en dicha fecha, de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).

  4. Informamos además, en cumplimiento de disposiciones legales vigentes, que:

  5. a) Los estados financieros adjuntos surgen de registros contables que, en sus aspectos formales, han sido llevados de conformidad con las disposiciones legales vigentes, sin perjuicio de que a la fecha, atento a la circunstancia extraordinaria generada por la pandemia del coronavirus COVID19, y la vigencia de las distintas normas que restringen la circulación como consecuencia de ello, se encuentra pendiente el copiado de los mismos al libro de Inventario y Balances.

  6. b) En el ejercicio de control de legalidad que nos compete, hemos aplicado durante el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2021 los procedimientos descriptos en el artículo N° 294 de la Ley N° 19.550, que consideramos necesarios de acuerdo con las circunstancias, no teniendo observaciones que formular al respecto.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 11 de agosto de 2021

Por Comisión Fiscalizadora

Rubén Adrian Ruiz Síndico Titular