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YPF S.A. Interim / Quarterly Report 2020

May 12, 2020

68502_rns_2020-05-12_b6ad7e48-6f09-48d4-9418-180f2c8e2a44.pdf

Interim / Quarterly Report

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Estados financieros condensados intermedios al 31 de marzo de 2020 y comparativos Informe de Revisión de los Auditores Independientes Informe de la Comisión Fiscalizadora

CONTENIDO

**Nota ** Descripción
Información legal
Estados de situación financiera condensados intermedios
Estados de resultados integrales condensados intermedios
Estados de cambios en el patrimonio condensado intermedio
Estados de flujos de efectivo condensados intermedios
Notas a los estados financieros:
Información general y del negocio de la Sociedad
Bases de preparación de los estados financieros
Propiedad, planta y equipo
Derecho a uso
Inventarios
Otros créditos
Créditos por ventas
Inversiones en activos financieros
Caja y bancos
Impuesto a las ganancias
Otros pasivos
Pasivos financieros
Cuentas por pagar
Ingresos
Costos
Gastos por naturaleza
Resultados financieros, netos
Patrimonio
Activos y pasivos contingentes
Compromisos contractuales
Principales regulaciones y otros
Saldos y transacciones con partes relacionadas
Activos y pasivos en monedas distintas del peso
Evolución reciente del contexto económico en que opera la Sociedad
Hechos posteriores
Reseña Informativa
Art. Nº 12 del Capítulo III Título IV de las Normas de la C.N.V
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34

Deloitte & Co. S.A. Florida 234, Piso 5º C1005AAF Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina

Tel: (54 -11) 4320-2700 Fax: (54 -11) 4325-8081/4326-7340 www.deloitte.com/ar

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INFORME DE REVISIÓN DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES

(sobre estados financieros de períodos intermedios condensados)

A los Señores Presidente y Directores de Compañía Mega S.A.: Domicilio legal: San Martín 344 - Piso 10 Ciudad Autónoma de Buenos Aires CUIT Nº: 30-69613988-8

Informe sobre los estados financieros de períodos intermedios condensados

1. Identificación de los estados financieros intermedios condensados objeto de la revisión

Hemos revisado los estados financieros condensados intermedios adjuntos de Compañía Mega S.A. (en adelante, mencionada indistintamente como “Compañía Mega S.A.” o la “Sociedad”), que comprenden el estado de situación financiera condensado intermedio al 31 de marzo 2020, el estado de resultados integrales condensado intermedio, el estado de cambios en el patrimonio neto condensado intermedio y el estado de flujo de efectivo condensado intermedio correspondientes al período de nueve meses finalizado en dicha fecha, así como un resumen de las políticas contables significativas y otra información explicativa incluidas en las Notas 1 a 24.

Las cifras y otra información correspondientes al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2019 y al período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2019 son parte integrante de los estados financieros mencionados precedentemente y se las presentan con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y otra información del período intermedio actual.

2. Responsabilidad del Directorio de la Sociedad en relación con los estados financieros intermedios condensados

El Directorio de la Sociedad es responsable de la preparación y presentación razonable de los estados financieros condensados intermedios adjuntos de acuerdo con las NIIF adoptadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (“FACPCE”) como normas contables profesionales, tal como fueron aprobadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (“IASB”, por su sigla en inglés), y por lo tanto es responsable de la preparación y presentación de los estados financieros intermedios condensados adjuntos de acuerdo con la Norma Internacional de Contabilidad 34, “Información financiera intermedia”. Asimismo, el Directorio de la Sociedad es responsable del control interno que considere necesario para permitir la preparación de estados financieros libres de incorrecciones significativas.

3. Responsabilidad de los auditores

Nuestra responsabilidad consiste en emitir una conclusión sobre los estados contables intermedios adjuntos basada en nuestra revisión. Hemos llevado a cabo nuestra revisión de conformidad con las normas de revisión de estados contables intermedios establecidas en la Sección IV de la Resolución Técnica N° 37 de la FACPCE. Dichas normas exigen que cumplamos los requerimientos de ética.

Una revisión de los estados financieros de períodos intermedios consiste en realizar indagaciones, principalmente a las personas responsables de los temas financieros y contables, y aplicar procedimientos analíticos y otros procedimientos de revisión. Una revisión tiene un alcance significativamente menor que el de una auditoría y, por consiguiente, no nos permite obtener seguridad de que tomemos conocimiento de todos los temas significativos que podrían identificarse en una auditoría. En consecuencia, no expresamos opinión de auditoría.

Deloitte & Co. S.A. - Registro de Soc. Com. C.P.C.E.C.A.B.A. - T° 1 Folio 3

2

4. Conclusión

Sobre la base de nuestra revisión, estamos en condiciones de manifestar que no se nos han presentado circunstancias que nos hicieran pensar que los estados financieros condensados intermedios de Compañía Mega S.A., identificados en el primer párrafo del capítulo 1, no estén presentados, en todos sus aspectos significativos, de acuerdo con la Norma Internacional de Contabilidad 34.

Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios

  • a) Las cifras de los estados contables mencionados en el capítulo 1 de este informe surgen de los registros contables de la Compañía, que se encuentran pendientes de transcripción a los libros rubricados.

  • b) Según surge de los registros contables de la Compañía, que como mencionamos en el apartado a) de este capítulo, se encuentran pendientes de transcripción, el pasivo devengado al 31 de marzo de 2020 a favor del Sistema Integrado Previsional Argentino en concepto de aportes y contribuciones previsionales ascendía a $13.145.281 y no era exigible a esa fecha.

  • c) Como parte de nuestro trabajo, cuyo alcance se describe en el capítulo 3, hemos revisado la Reseña informativa requerida por la Comisión Nacional de Valores, preparada por el Directorio y sobre la cual, en lo que es materia de nuestra competencia, no tenemos observaciones que formular.

  • d) Como parte de nuestro trabajo, cuyo alcance se describe en el capítulo 3, hemos revisado la Información adicional a las Notas de los estados financieros requerida por el Artículo N° 12 del Capítulo III Título IV de las Normas de la Comisión Nacional de Valores (N.T. 2013), preparada por el Directorio y sobre la cual, en lo que es materia de nuestra competencia, no tenemos observaciones que formular.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 8 de mayo de 2020

Deloitte & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 3

Guillermo D. Cohen Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 233 - Fº 73

Deloitte se refiere a una o más de las firmas miembro de Deloitte Touche Tohmatsu Limited, una compañía privada del Reino Unido limitada por garantía (“DTTL”), su red de firmas miembro, y sus entidades relacionadas. DTTL y cada una de sus firmas miembro son entidades únicas e independientes y legalmente separadas. DTTL (también conocida como “Deloitte Global”) no brinda servicios a los clientes. Por favor acceda a www.deloitte.com/about para conocer más sobre nuestra red global de firmas miembro.

1

COMPAÑÍA MEGA S.A. ESTADOS FINANCIEROS CONDENSADOS INTERMEDIOS AL 31 DE MARZO DE 2020 Y COMPARATIVOS

(Importes expresados en miles de pesos - Nota 2.a.)

INFORMACION LEGAL:

Domicilio legal: San Martín 344 - Piso 10° - Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Actividad principal: separación de líquidos del gas natural y su fraccionamiento; almacenaje y transporte incluyendo especialmente la fabricación de etano, propano, butano, gasolina natural y demás subproductos del gas natural; la comercialización de dichos productos y con carácter accesorio la provisión de servicios y venta de energía a terceros.

Ejercicio económico N° 24 iniciado el 1° de enero de 2020.

INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO PÚBLICO DE COMERCIO:

Estatuto o contrato social: 31 de octubre de 1997.

Modificaciones de los estatutos (última): 28 de diciembre de 2001.

Número de registro en la Inspección General de Justicia (“I.G.J.”): 12.696.

Fecha de finalización del contrato social: 30 de julio de 2096.

COMPOSICIÓN DEL CAPITAL (Nota 18)

Suscripto, integrado e inscripto en el Registro Público de Comercio

Acciones ordinarias, nominativas no endosables, de valor nominal 1 cada una y de un voto por acción

642.753.000

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 8 - MAYO - 2020

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 8 - MAYO - 2020 Deloitte & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3

Marcos Miguel Browne Presidente

Carlos San Juan Por Comisión Fiscalizadora

Guillermo D. Cohen Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 233 - F° 73

2

COMPAÑÍA MEGA S.A. ESTADOS DE SITUACIÓN FINANCIERA CONDENSADOS INTERMEDIOS AL 31 DE MARZO DE 2020 Y 31 DE DICIEMBRE DE 2019

(Importes expresados en miles de pesos - Nota 2.a)

Notas
ACTIVO
Activo no corriente
Propiedad, planta y equipo
3
Derecho a uso
4
Otros créditos
6
Total del activo no corriente
Activo corriente
Inventarios
5
Otros créditos
6
Créditos por ventas
7
Inversiones en activos financieros
8
Caja y bancos
9
Total del activo corriente
TOTAL DEL ACTIVO
PATRIMONIO
Aportes de los propietarios
Reservas, otros resultados integrales y resultados
acumulados
TOTAL DEL PATRIMONIO
PASIVO
Pasivo no corriente
Pasivos por impuesto diferido
10
Remuneraciones y cargas sociales
Otros pasivos
11
Total del pasivo no corriente
Pasivo corriente
Impuesto a las ganancias a pagar
Cargas fiscales
Remuneraciones y cargas sociales
Otros pasivos
11
Pasivos financieros
12
Cuentas por pagar
13
Total del pasivo corriente
TOTAL DEL PASIVO
TOTAL DEL PASIVO Y PATRIMONIO
31/03/2020
10.097.102
560.977
62.701
10.720.780
1.002.182
3.199.021
1.941.345
4.740.668
45.441
10.928.657
21.649.437
642.753
13.374.902
14.017.655
1.618.641
130.160
678.345
2.427.146
-
93.317
118.139
107.702
659.681
4.225.797
5.204.636
7.631.782
21.649.437
31/12/2019
8.666.686
533.831
61.938
9.262.455
1.527.073
2.786.324
2.933.897
4.719.455
27.565
11.994.314
21.256.769
642.753
13.463.332
14.106.085
1.425.289
123.551
630.123
2.178.963
29.800
128.144
131.133
100.048
599.761
3.982.835
4.971.721
7.150.684
21.256.769

Las Notas que se acompañan forman parte integrante de los estados financieros condensados intermedios.

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 8 - MAYO - 2020

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 8 - MAYO - 2020 Deloitte & Co. S.A.

C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3

Marcos Miguel Browne Presidente

Carlos San Juan Por Comisión Fiscalizadora

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COMPAÑÍA MEGA S.A.

ESTADOS DE RESULTADOS INTEGRALES CONDENSADOS INTERMEDIOS POR LOS PERÍODOS DE TRES MESES FINALIZADOS EL 31 DE MARZO DE 2020 Y 2019

(Importes expresados en miles de pesos - Nota 2.a)

Ingresos
Costos
Resultado bruto
Gastos de comercialización
Gastos de administración
Resultado operativo
Ingresos financieros
Costos financieros
Otros resultados financieros
Resultados financieros, netos
Revalúo impositivo Ley 27.430
Resultado antes de impuesto a las ganancias
Impuesto a las ganancias
Resultado neto del período
Otros resultados integrales
Diferencia de conversión(1)
Total otros resultados integrales del período
Resultado integral del período
Resultado neto atribuible a:
Propietarios de la Sociedad
Total del resultado neto del período
Resultado integral atribuible a:
Propietarios de la Sociedad
Total del resultado integral del período
Notas
14
15
16
16
17
17
17
10
10
2.b.2)
31/3/2020
31/3/2019
4.810.004
4.584.034
(5.315.261)
(3.493.913)
(505.257)
1.090.121
(133.459)
(86.642)
(253.677)
(169.719)
(892.393)
833.760
31.968
179.616
(82.063)
(32.205)
-
(13.444)
(50.095)
133.967
-
(113.244)
(942.488)
854.483
(66.779)
30.559
(1.009.267)
885.042
920.837
1.512.647
920.837
1.512.647
(88.430)
2.397.689
(1.009.267)
885.042
(1.009.267)
885.042
(88.430)
2.397.689
(88.430)
2.397.689

(1) No posee efecto impositivo.

Las Notas que se acompañan forman parte integrante de los estados financieros condensados intermedios.

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 8 - MAYO - 2020

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 8 - MAYO - 2020 Deloitte & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3

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COMPAÑÍA MEGA S.A.

ESTADOS DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO CONDENSADO INTERMEDIO POR LOS PERÍODOS DE TRES MESES FINALIZADOS EL 31 DE MARZO DE 2020 Y 2019

(Importes expresados en miles de pesos argentinos – Nota 2.a)

Saldos al 31 de diciembre de 2019
Resultado neto del período
Otros resultados integrales
Saldos al 31 de marzo de 2020
Saldos al 31 de diciembre de 2018
Resultado neto del período
Otros resultados integrales
Saldos al 31 de marzo de 2019
Aporte de los
propietarios
642.753
-
-
642.753
642.753
-
-
642.753
Capital suscripto
Resultados acumulados 13.463.332
14.106.085
(1.009.267)
(1.009.267)
920.837
920.837
13.374.902
14.017.655
8.075.719
8.718.472
885.042
885.042
1.512.647
1.512.647
10.473.408
11.116.161
Total del
patrimonio neto
Total
128.551
-
-
128.551
128.551
-
-
128.551
Reserva legal
3
-
-
3
265.289
-
-
265.289
Reserva
facultativa
1.125.553
-
-
1.125.553
1.125.553
-
-
1.125.553
Reserva RG
7/2015 IGJ
10.827.944
-
920.837
11.748.781
5.608.923
-
1.512.647
7.121.570
Otros resultados
integrales
1.381.281
(1.009.267)
-
372.014
947.403
885.042
-
1.832.445
Resultados no
asignados

Las Notas que se acompañan forman parte integrante de los estados financieros condensados intermedios.

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 8 - MAYO - 2020

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COMPAÑÍA MEGA S.A.

ESTADOS DE FLUJO DE EFECTIVO CONDENSADOS INTERMEDIOS POR LOS PERÍODOS DE TRES MESES FINALIZADOS EL 31 DE MARZO DE 2020 Y 2019

(Importes expresados en miles de pesos argentinos, Nota 2.a)

Flujo de efectivo de las operaciones:
Ganancia neta del período
Ajustes para conciliar el resultado neto con el efectivo generado por las
operaciones:
Impuesto a las ganancias devengado
Impuesto especial - Revalúo impositivo Ley 27.430
Intereses perdidos
Depreciación de propiedad, planta y equipo
Amortización derechos de uso
Diferencia de cambio, netas
Resultado por valuación a valor razonable de activos financieros
Actualizaciones financieras arrendamientos
Cambios en activos y pasivos
Créditos por ventas
Otros créditos
Inventarios
Cuentas por pagar
Remuneraciones y cargas sociales
Cargas fiscales
Pago arrendamientos
Pago de impuesto a las ganancias y anticipos
Diferencias de conversión y otros
Flujo neto de efectivo generado por las actividades de operación
Actividades de inversión:
Adquisiciones de propiedades, planta y equipo
Plazos fijos
Cobros por venta de propiedades, planta y equipo
Flujo neto de efectivo de las actividades de inversión
Incremento neto del efectivo
Efecto de la variación del tipo de cambio sobre el efectivo
Efectivo al inicio del ejercicio
2.b.3)
Efectivo al cierre del período
2.b.3)
31/3/2020
(1.009.267)
66.779
-
20.169
227.548
13.219
48.853
-
13.041
980.092
(117.067)
524.891
(392.946)
6.609
(934.852)
(12.994)
-
579.290
13.365
(346.228)
-
23.940
(322.288)
(308.923)
348.012
4.747.020
4.786.109
31/3/2019
885.042
(30.559)
113.244
71.368
145.132
8.259
(138.575)
13.444
8.148
(242.155)
(576.449)
(52.121)
213.609
22.079
135.961
(9.035)
(22.648)
464.788
1.009.532
(22.343)
29.726
1.760
9.143
1.018.675
68.104
2.880.890
3.967.669

Las Notas que se acompañan forman parte integrante de los estados financ ieros condensados intermedios

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 8 - MAYO - 2020

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 8 - MAYO - 2020 Deloitte & Co. S.A.

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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONDENSADOS INTERMEDIOS POR EL PERÍODO DE TRES MESES FINALIZADO EL 31 DE MARZO DE 2020 E INFORMACIÓN COMPARATIVA

COMPAÑÍA MEGA S.A.

(Importes expresados en miles de pesos argentinos, excepto que se indique lo contrario)

1. INFORMACIÓN GENERAL Y DEL NEGOCIO DE LA SOCIEDAD

Compañía Mega S.A. (en adelante, mencionada indistintamente como la "Sociedad" o "Mega") se constituyó el 30 de julio de 1997 y fue inscripta en la Inspección General de Justicia ("IGJ") el 31 de octubre de 1997, siendo su objeto social la separación de líquidos del gas natural y su fraccionamiento, almacenaje y transporte incluyendo especialmente la fabricación de etano, propano, butano, gasolina natural y demás subproductos del gas natural; la venta al por mayor y menor, la consignación, la exportación e importación y la realización de cualquier otro acto o negocio relacionado con dichos productos; y, con carácter accesorio, la provisión de servicios y la venta de energía a terceros utilizando las instalaciones fabriles, portuarias, de almacenaje y de tratamiento de efluentes de la Sociedad.

La operación comercial de las plantas y demás instalaciones del proyecto fue iniciada el 1 de abril de 2001.

Mediante un acuerdo de provisión a largo plazo de fecha 4 de junio 1999, YPF S.A. ("YPF") se comprometió a poner a disposición de la Sociedad gas para su procesamiento en la planta de separación de Loma La Lata y a vender a Mega la cantidad retenida de dicho gas correspondiente al volumen de líquidos del gas natural separados (el “Acuerdo de Provisión de Gas Natural”). En el mes de noviembre de 2017, YPF y la Sociedad acordaron modificar el volumen de gas natural a ser suministrado por YPF bajo el Acuerdo de Provisión de Gas Natural durante el período comprendido entre el 15 de noviembre de 2017 y el 1 de abril de 2021 cuyo detalle se encuentra en la Nota 20 de los presentes estados financieros. La Sociedad e YPF arribaron a un acuerdo para compraventa de componentes licuables de gas natural, con vigencia entre el 1 de junio de 2018 y el 30 de abril de 2019, bajo el cual Mega recibirá entre 3 y 6 millones m3/d de gas natural adicionales al nuevo volumen acordado bajo el Acuerdo de Provisión de Gas Natural, a un precio variable estacionalmente convenido en dicho documento. Con fecha 10 de octubre de 2019, la Sociedad aceptó la oferta de compraventa de componentes licuables del gas natural formulada por YPF, la cual resulta aplicable (i) en forma retroactiva a los volúmenes de gas natural adquiridos por la Sociedad (en exceso 23,7 millones m3/d previstos bajo el Acuerdo de Provisión) durante los meses de mayo - septiembre del 2019 a los precios establecidos en dicha oferta y (ii) a las compras de volúmenes adicionales de gas natural a los 23,7 millones m3/d previstos bajo el Acuerdo de Provisión (en una volumen de entre 3 y 4 millones m3/d) que la Sociedad realice desde octubre de 2019 hasta el 30 de abril de 2020, a un precio variable estacionalmente convenido en dicho documento.

La capacidad de procesamiento remanente de la planta separadora es cubierta por la Sociedad a través de otros acuerdos o compras spot de componentes licuables contenidos en el gas natural convenidos con distintos productores de la cuenca neuquina (entre ellos, Wintershall Energía S.A. y Pan American Energy LLC).

Adicionalmente, la Sociedad vende toda su producción de etano a PBBPolisur S.R.L. a través de un acuerdo de venta a largo plazo vigente hasta el 1 de abril de 2021. Parte de la producción de propano, butano y gasolina natural es vendida mediante exportaciones a Petróleo Brasileiro S.A. – Petrobras ("Petrobras"), a través de ciertos acuerdos de venta a largo plazo, vigentes hasta el 31 de marzo de 2021. Asimismo, la Sociedad, completa la comercialización de su producción de propano, butano y gasolina natural, a través de ventas spot en el mercado internacional y el abastecimiento al mercado interno según se detalla en las Notas 20 y 21 de los presentes estados financieros.

Con fecha 11 de agosto de 2017, la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de accionistas de la Sociedad aprobó solicitar el ingreso de la Sociedad al régimen de oferta pública, y negociación de obligaciones negociables en el país y/o en aquellos mercados del exterior que el Directorio determine oportunamente. Asimismo, la Asamblea aprobó la creación de un Programa Global para la emisión de Obligaciones Negociables no convertibles en acciones conforme al Título II de las Normas de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) (T.O. 2013 y modif.) por un monto máximo en circulación en cualquier momento de hasta U$S 500 millones (o su equivalente en otras monedas) (el “Programa Global”). Finalmente, el Directorio con fecha 12 de diciembre de 2017 aprobó los términos y condiciones del Programa Global. Con fecha 8 de octubre de 2018 la Sociedad presentó ante la CNV la solicitud de autorización de ingreso al régimen de oferta pública y la aprobación del Programa Global. Con fecha 7 de noviembre de 2019 la CNV resolvió autorizar el ingreso de la Compañía al régimen de oferta pública y la creación de un programa global de emisiones negociables simples, no convertibles en acciones. Dicha autorización quedó condicionada al cumplimiento de ciertos requisitos formales por parte de la Sociedad los cuales, a la fecha de emisión de los presentes estados financieros no han sido cumplidos en su totalidad.

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 8 - MAYO - 2020

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2. BASES DE PREPARACION DE LOS ESTADOS FINANCIEROS

2.a. Bases de preparación

La Sociedad ha optado por presentar sus estados financieros correspondientes a períodos intermedios en la forma condensada prevista en la Norma Internacional de Contabilidad (“NIC”) 34 “Información financiera intermedia”.

Los presentes estados financieros condensados intermedios al 31 de marzo de 2020 y comparativos han sido emitidos en cumplimiento de las Resoluciones Técnicas N° 26 y 29 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (“FACPCE”), preparados sobre la base de las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”) adoptadas por la FACPCE tal como fueron aprobadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (“IASB”, por su sigla en inglés).

Los importes y otra información correspondientes al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2019 y a los períodos de tres meses finalizados el 31 de marzo de 2019 son parte integrante de los estados financieros mencionados precedentemente y tienen el propósito de que se lean sólo en relación con esos estados financieros.

Los estados financieros condensados intermedios al 31 de marzo de 2020 y comparativos son complementados y, en consecuencia, deben ser leídos en conjunto con los estados financieros individuales al 31 de diciembre de 2019 y comparativos, los cuales han sido preparados de acuerdo con las NIIF.

Los estados financieros condensados intermedios al 31 de marzo de 2020 y 2019 son no auditados, pero, en opinión de la Dirección de la Sociedad, contemplan todos los ajustes necesarios para ser presentados sobre bases uniformes con los estados financieros anuales auditados.

Los presentes estados financieros han sido preparados sobre la base del costo histórico, excepto por la valuación de ciertos activos financieros (inversiones) a su valor razonable o corriente y se encuentran expresados en miles de pesos argentinos.

Aprobación de los estados financieros

Los presentes estados financieros fueron aprobados por el Directorio de la Sociedad y autorizados para ser emitidos con fecha 8 de mayo de 2020.

Uso de estimaciones

La preparación de estados financieros a una fecha determinada requiere que la Dirección de la Sociedad realice estimaciones y evaluaciones que afectan el monto de los activos y pasivos registrados y los activos y pasivos contingentes revelados a dicha fecha, como así también los ingresos y egresos reconocidos en el período. Los resultados reales futuros pueden diferir de las estimaciones y evaluaciones realizadas a la fecha de preparación de los presentes estados financieros.

La descripción de las estimaciones y juicios contables significativos realizados por la Dirección de la Sociedad en la aplicación de las políticas contables, así como las áreas con mayor grado de complejidad y que requieren mayores juicios, se encuentran expuestas en la Nota 2.b.19) a los estados financieros al 31 de diciembre de 2019.

2.b. Políticas contables significativas

2.b.1) Normas contables aplicadas

Las principales políticas contables adoptadas para la preparación de los estados financieros condensados intermedios al 31 de marzo de 2020 son consistentes con las utilizadas para la elaboración de los estados financieros al 31 de diciembre de 2019 y, en consecuencia, estos estados financieros condensados intermedios deben ser leídos en conjunto con los estados financieros al 31 de diciembre de 2019, que incluyen las principales políticas contables en sus Nota 2.

La Sociedad ha adoptado todas las nuevas normas e interpretaciones o modificaciones emitidas por el IASB que son relevantes para sus operaciones y que son aplicables al 31 de marzo de 2020, según se describe en la Nota 2.b.18) a los estados financieros de la Sociedad al 31 de diciembre de 2019. Las nuevas normas y sus interpretaciones o modificaciones adoptadas no han tenido un impacto significativo en los presentes estados contables individuales condensados.

De acuerdo a lo establecido por la NIC 21 “Efectos de las variaciones en las tasas de cambio de la moneda extranjera”, la Dirección de la Sociedad ha definido el dólar estadounidense como moneda funcional. Asimismo, de acuerdo con las normas contables profesionales, la Sociedad debe presentar sus estados contables en pesos. En consecuencia, los

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montos obtenidos por el proceso de remedición a dólares estadounidenses (moneda funcional) fueron convertidos a pesos (moneda de reporte) de acuerdo con lo establecido por la NIC 21.

2.b.2) Otros resultados integrales

Comprende los ingresos y gastos reconocidos directamente en cuentas del patrimonio y las transferencias de dichas partidas desde cuentas del patrimonio a cuentas del resultado del período o a resultados acumulados, según se determina en las NIIF.

La evolución del rubro se detalla a continuación:

Saldos al 31 de diciembre de 2019
Ganancia del período
Saldos al 31 de marzo de 2020
Saldos al 31 de diciembre de 2018
Ganancia del período
Saldos al 31 de marzo de 2019
Diferencias de
conversión
Total
10.827.944
10.827.944
920.837
920.837
11.748.781
11.748.781
5.608.923
5.608.923
1.512.647
1.512.647
7.121.570
7.121.570

2.b.3) Efectivo y equivalentes de efectivo

Incluye el efectivo disponible, los depósitos a la vista en bancos y otras inversiones de corto plazo de alta liquidez con vencimientos originales de tres meses o menos. No incluye descubiertos bancarios. El detalle se expone a continuación:

- Caja y bancos
- Fondos comunes de inversión
- Colocaciones transitorias
- Plazos fijos
31/03/2020
45.441
637.225
4.103.443
-
4.786.109
31/12/2019
27.565
883.009
3.836.446
-
4.747.020
31/03/2019
31/12/2018
2.572.808
328.955
188.272
121.064
1.206.589
1.106.573
-
1.324.298
3.967.669
2.880.890

2.b.4) Adopción de nuevas normas e interpretaciones

Nuevos estándares emitidos adoptados por la Sociedad e impacto de la adopción

Mega ha adoptado todas las normas e interpretaciones nuevas y revisadas, emitidas por el IASB, que son relevantes para sus operaciones y de aplicación efectiva obligatoria al 31 de diciembre 2019. Las normas e interpretaciones nuevas y revisadas mencionadas previamente que han tenido impacto en los presentes estados financieros al 31 de diciembre de 2019 se describen a continuación:

• CINIIF 23, Incertidumbre sobre los tratamientos del impuesto a las ganancias

El 7 de junio de 2017, el IASB emitió la CINIIF 23, Incertidumbre sobre los tratamientos del impuesto a las ganancias. Esta Interpretación establece cómo determinar una posición impositiva cuando existe incertidumbre sobre el tratamiento del impuesto a las ganancias. La CINIIF 23 requiere que una entidad: (i) determine si las posiciones fiscales inciertas deben ser evaluadas separadamente o en conjunto; (ii) evalúe si es probable que la autoridad fiscal acepte el tratamiento impositivo incierto utilizado o que se planea utilizar por una entidad en sus declaraciones de impuesto a las ganancias. En caso afirmativo, se debe determinar la posición fiscal contable de manera consistente con el tratamiento fiscal utilizado en las declaraciones de impuesto a las ganancias. En caso negativo, debe reflejarse el efecto de la incertidumbre en la determinación de la posición fiscal contable utilizando el monto más probable o el método del valor esperado.

La CINIIF 23 es obligatoria a partir de los estados financieros anuales que comenzaron el 1° de enero de 2019.

La aplicación de esta norma no tuvo un impacto significativo sobre los estados financieros de la Sociedad.

  • Mejoras anuales a las NIIF (Ciclo 2015 – 2017)

Las mejoras anuales a las NIIF (Ciclo 2015 – 2017) incluyen modificaciones a las siguientes normas:

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a) NIIF 3, “Combinaciones de negocios”: Las modificaciones aclaran que cuando se obtiene el control de un negocio que es una operación conjunta, aplican los requisitos para una combinación de negocios en etapas, incluida la reevaluación de su participación previamente mantenida (PHI por sus siglas en inglés) en la operación conjunta a valor razonable. La participación previamente mantenida sujeta a remedición incluye los activos, pasivos y crédito mercantil no reconocidos relativos a la operación conjunta.

b) NIIF 11, “Operaciones conjuntas”: Las modificaciones aclaran que cuando una parte que participa en una operación conjunta no tenía el control conjunto, y obtiene el control conjunto, no se debe reevaluar la participación previamente mantenida en la operación conjunta.

c) NIC 12, “Impuesto a las ganancias”: Las modificaciones aclaran que se deben reconocer las consecuencias del impuesto a las ganancias sobre dividendos en el estado de resultados, en otros resultados integrales o en capital conforme originalmente se reconocieron las transacciones que generaron las ganancias distribuibles. Esto aplica independientemente de si aplican distintas tasas impositivas a las ganancias distribuidas y no distribuidas.

d) NIC 23, “Costo de préstamos”: Las modificaciones aclaran que, si cualquier préstamo específico se mantiene pendiente después de que el activo relacionado está listo para su uso previsto o venta, el préstamo es parte de los fondos tomados en préstamo al calcular la tasa de capitalización de los préstamos generales.

Su adopción no ha tenido ningún impacto material en las revelaciones o en los montos informados en estos estados financieros.

• Modificaciones a NIIF 9, Características de prepago con compensación negativa

La Sociedad adoptó las modificaciones a la NIIF 9 por primera vez en el periodo actual. Las modificaciones a la NIIF 9 aclaran que, con el propósito de evaluar si un prepago cumple con la condición de “únicamente pagos de capital e intereses” (SPPI, por su sigla en inglés), la parte que ejerce la opción puede pagar o recibir una compensación razonable por el prepago independientemente de la razón de pago por adelantado. En otras palabras, los activos financieros con características de prepago con compensación negativa no necesariamente fallan la prueba de SPPI.

Su adopción no ha tenido ningún impacto material en las revelaciones o en los montos informados en estos estados financieros.

• Modificaciones a NIC 28, Participaciones de largo plazo en asociadas y negocios conjuntos

La Sociedad adoptó las modificaciones a la NIC 28 por primera vez en el periodo actual. La modificación clarifica que la NIIF 9, incluyendo sus requisitos por deterioro, aplica a otros instrumentos financieros en una asociada o negocio conjunto al cual no es aplicable el método de participación.

Esto incluye participaciones a largo plazo que, en sustancia, forman parte de las inversiones netas en una asociada o negocio conjunto. La Sociedad aplica NIIF 9 a dichas participaciones de largo plazo a las que previamente aplicaba la NIC 28. Al aplicar la NIIF 9, la Sociedad no toma en cuenta ninguno de los ajustes del importe en libros de las participaciones a largo plazo requeridas por la NIC 28 (por ejemplo, ajustes al importe en libros de participaciones a largo plazo surgidas de la asignación de pérdidas de la Sociedad participada o la evaluación de deterioro conforme a NIC 28).

Su adopción no ha tenido ningún impacto material en las revelaciones o en los montos informados en estos estados financieros.

• Modificaciones a la NIC 19, Modificación, reducción o liquidación del plan de beneficios a empleados

Las modificaciones aclaran que el costo de servicio pasado (o de la ganancia o pérdida por liquidación) es calculada al medir el pasivo o activo por beneficios definidos, utilizando supuestos actuales y comparando los beneficios ofrecidos y los activos del plan antes y después de la modificación (reducción o liquidación) del plan, pero ignorando el efecto del techo del activo (que puede surgir cuando el plan de beneficios definidos está en una posición superavitaria). La NIC 19 ahora aclara que el cambio en el efecto del techo del activo que puede resultar de la modificación (reducción o liquidación) del plan se determina a través de un segundo paso y se reconoce de manera normal en otros resultados integrales.

Los párrafos relacionados con la medición del costo actual del servicio y el interés neto sobre el pasivo (activo) por beneficios definidos. Ahora se requerirá usar los supuestos actualizados de la remedición para determinar el costo actual del servicio y el interés neto después de la modificación (reducción o liquidación) del plan y por el resto del periodo de reporte. En el caso del interés neto, las modificaciones dejan en claro que para el periodo posterior a la modificación (reducción o liquidación) del plan, el interés neto se calcula multiplicando el pasivo (activo) por beneficios definidos revaluado según la NIC 19:99 con la tasa de descuento utilizada en la nueva remedición (teniendo en cuenta el efecto de las contribuciones y los pagos de beneficios en el pasivo (activo) por beneficios definidos neto.

Su adopción no ha tenido ningún impacto material en las revelaciones o en los montos informados en estos estados financieros.

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No hay otras NIIF o interpretaciones CINIIF que sean efectivas por primera vez para el ejercicio financiero iniciado a partir del 1 de enero de 2019 que tengan un efecto significativo en los presentes estados financieros, ni otras NIIF o interpretaciones CINIIF que no sean efectivas aún y que se espere tengan un efecto significativo sobre la Sociedad.

Nuevos estándares emitidos no adoptados a la fecha

Las NIIF que se detallan a continuación se encuentran emitidas por el IASB y aprobadas por la FACPCE, pero su aplicación no es exigida, admitiéndose su aplicación anticipada, dadas las fechas de vigencia abajo indicadas.

  • Marco Conceptual de las NIIF

En marzo de 2018, el IASB publicó un Marco Conceptual revisado y también emitió modificaciones a las referencias al Marco Conceptual en las Normas NIIF. El documento contiene modificaciones a la NIIF 2, NIIF 3, NIIF 6, NIIF 14, NIC 1, NIC 8, NIC 34, NIC 37, NIC 38, CINIIF 12, CINIIF 19, CINIIF 20, CINIIF 22 y SIC-32. No todas las enmiendas, sin embargo, actualizan esos pronunciamientos con respecto a las referencias y citas del marco para que se refieran al Marco Conceptual revisado.

Algunos pronunciamientos solo se actualizan para indicar a qué versión del marco al que hacen referencia (el marco IASC adoptado por el IASB en 2001, el marco IASB de 2010 o el nuevo marco revisado de 2018) o para indicar que las definiciones en el estándar no se han actualizado con las nuevas definiciones desarrolladas en el Marco Conceptual revisado.

Las enmiendas son efectivas para los ejercicios que comiencen a partir del 1° de enero de 2020, permitiéndose su adopción anticipada.

  • Modificaciones a NIC 1 e NIC 8, Definición de materialidad

Las modificaciones tienen el objetivo de simplificar la definición de materialidad contenida en la NIC 1, haciéndola más fácil de entender y no tienen por objetivo alterar el concepto subyacente de materialidad en las Normas NIIF. El concepto de oscurecer información material con información inmaterial se ha incluido en la nueva definición.

El límite para la materialidad influyente para los usuarios se ha cambiado de “podrían influir” a “podría esperarse razonablemente que influyan”.

La definición de materialidad en la NIC 8 ha sido reemplazada por una referencia a la definición de materialidad en la NIC 1. Además, el IASB modificó otras normas y el Marco Conceptual que contenían una definición de materialidad o referencia al término materialidad para garantizar la consistencia.

La modificación se aplicará prospectivamente para periodos de reporte que comiencen en o después del 1 de enero de 2020, con aplicación anticipada permitida.

  • Modificaciones a NIIF 3, Definición de un negocio

Las modificaciones aclaran que, mientras los negocios usualmente tienen salidas (outputs), las salidas no son requeridas para que una serie de actividades y activos integrados califiquen como un negocio. Para ser considerado como un negocio, una serie de actividades y activos adquiridos deben incluir, como mínimo, una entrada y un proceso sustancial que juntos contribuyan significativamente a la capacidad de generar salidas.

Se provee de guía adicional que ayuda a determinar si un proceso sustancial ha sido adquirido.

Las modificaciones introducen una prueba opcional para identificar la concentración de valor razonable, que permite una evaluación simplificada de si una serie de actividades y activos adquiridos no es un negocio si sustancialmente todo el valor razonable de los activos brutos adquiridos se concentra en un activo identificable único o un grupo de activos similares.

Las modificaciones se aplican prospectivamente a todas las combinaciones de negocios y adquisiciones de activos cuya fecha de adquisición sea en o después del primer periodo de reporte comenzado en o después del 1 de enero de 2020, con adopción anticipada permitida.

• Enmiendas del IASB a las NIIF 7 e NIIF 9 relacionadas con la reforma IBOR

El IASB publicó enmiendas el 26 de septiembre de 2019, que "están diseñadas para respaldar la provisión de información financiera útil por parte de las compañías durante el período de incertidumbre que surge de la eliminación gradual de los índices de referencia de tasas de interés tales como las tasas interbancarias ofrecidas (Interbank Offered Rate - IBOR)". Específicamente, las enmiendas:

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  • modifican los requisitos específicos de contabilidad de cobertura para que las entidades apliquen esos requisitos como si el índice de referencia de tasa de interés en el que se basan los flujos de efectivo cubiertos y los flujos de efectivo del instrumento de cobertura no se alteren debido a la reforma del índice de referencia de tasa de interés;

  • aplican a todas las relaciones de cobertura directamente afectadas por la reforma del índice de referencia de tasas de interés; y

  • exigen revelaciones específicas sobre el grado en que las enmiendas afectan las relaciones de cobertura de las entidades.

Las enmiendas son efectivas para los ejercicios que comiencen a partir del 1° de enero de 2020 y deben aplicarse retrospectivamente. Se permite la aplicación anticipada.

• Enmiendas a la NIC 1 para aclarar la clasificación de pasivos

Las enmiendas en la clasificación de pasivos como corrientes o no corrientes (enmiendas a la NIC 1) afectan solo la presentación de pasivos en el estado de situación financiera, no el monto o el momento del reconocimiento de cualquier activo, ingreso o gasto de pasivo, o la información que las entidades revelan sobre esos conceptos. Las modificaciones:

  • aclaran que la clasificación de los pasivos como corrientes o no corrientes debe basarse en los derechos existentes al final del período sobre el que se informa y alinear la redacción en todos los párrafos afectados para referirse al "derecho" a diferir la liquidación en al menos doce meses y hacer explícito que solo los derechos vigentes "al final del período de informe" deberían afectar la clasificación de un pasivo;

  • aclaran que la clasificación no se ve afectada por las expectativas sobre si una entidad ejercerá su derecho a diferir la liquidación de un pasivo; y

  • dejan claro que la liquidación se refiere a la transferencia a la contraparte de efectivo, instrumentos de patrimonio, otros activos o servicios.

Las modificaciones son efectivas para los períodos anuales de presentación de informes que comiencen a partir del 1 de enero de 2022 y se aplicarán de forma retroactiva. Se permite su aplicación anticipada.

No hay otras interpretaciones de las NIIF o CINIIF que aún no hayan entrado en vigencia y de las cuales se espera que tengan un efecto material en los estados financieros de la Sociedad.

2.b.5) Instrumentos financieros por categoría

Instrumentos financieros por categoría

Los siguientes cuadros muestran los activos y pasivos financieros por categoría de instrumento financiero y una conciliación con la línea expuesta en el estado de balance general.

Activos financieros 31/3/2020
Activos financieros a
costo amortizado
438.180
1.941.345
45.441
2.424.966
Activos financieros a
valor razonable con
cambios en
resultados
-
-
4.740.668
-
4.740.668
Subtotal activos
financieros
438.180
1.941.345
4.740.668
45.441
7.165.634
Activos no
financieros
Total
2.876.278
3.314.458
-
1.941.345
-
4.740.668
-
45.441
2.876.278
10.041.912
Otros créditos(1)
Créditos por venta
Inversiones en activos financieros
Caja y bancos

(1) No incluye la provisión para otros créditos de cobro dudoso.

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31/3/2020

Pasivos financieros
Pasivos financieros
Pasivos financieros a
costo amortizado
659.681
786.047
4.225.797
5.671.525
Pasivos financieros a
valor razonable con
cambios en
resultados
-
-
-
-
Subtotal pasivos
financieros
659.681
786.047
4.225.797
5.671.525
Pasivos no
financieros
Total
-
659.681
-
786.047
-
4.225.797
Otros pasivos
Cuentas por pagar
-
5.671.525

31/12/2019

Activos financieros
Otros créditos(1)
Créditos por venta
Inversiones en activos financieros
Caja y bancos
Activos financieros a
costo amortizado
1.277.454
2.933.897
27.565
4.238.916
Activos financieros a
valor razonable con
cambios en
resultados
-
-
4.719.455
-
4.719.455
Subtotal activos
financieros
1.277.454
2.933.897
4.719.455
27.565
8.958.371
Activos no
financieros
Total
1.623.544
2.900.998
-
2.933.897
-
4.719.455
-
27.565
1.623.544
10.581.915

(1) No incluye la provisión para otros créditos de cobro dudoso.

31/12/2019

Pasivos financieros
Pasivos financieros
Otros pasivos
Cuentas por pagar
Pasivos financieros a
costo amortizado
599.761
730.171
3.982.835
5.312.767
Pasivos financieros a
valor razonable con
cambios en
resultados
-
-
-
-
Subtotal pasivos
financieros
599.761
730.171
3.982.835
5.312.767
Pasivos no
financieros
Total
-
599.761
-
730.171
-
3.982.835
-
5.312.767

Valor corriente de los instrumentos financieros

Los métodos y supuestos utilizados para estimar los valores corrientes de los instrumentos financieros se detallan en la Nota 4 de los estados financieros al 31 de diciembre de 2019. Al 31 de marzo de 2020 no han existido cambios significativos en los métodos y supuestos utilizados para estimar los valores corrientes antes indicados. A continuación se presentan los instrumentos financieros que son medidos a valor razonable y su clasificación en el nivel de la jerarquía de valuación correspondiente:

Activos financieros
Corrientes:
- Fondos comunes de inversión
- Colocaciones transitorias
Pasivos financieros
Corrientes:
- Préstamos financieros
31/3/2020
31/12/2019
Nivel 1
Nivel 1
637.225
883.009
4.103.443
3.836.446
4.740.668
4.719.455
659.681
599.761
659.681
599.761

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3. PROPIEDAD, PLANTA Y EQUIPO

La evolución de las propiedades, planta y equipo de la Sociedad al 31 de marzo de 2020 y al 31 de diciembre de 2019 es la siguiente:

Valor de origen
Depreciación acumulada
Valor residual al 31 de diciembre de 2018
Costos
Aumentos
Efectos de conversión
Disminuciones y reclasificaciones
Depreciación acumulada
Aumentos
Efectos de conversión
Disminuciones y reclasificaciones
Valor de origen
Depreciación acumulada
Valor residual al 31 de diciembre de 2019
Costos
Aumentos
Efectos de conversión
Disminuciones y reclasificaciones
Depreciación acumulada
Aumentos
Efectos de conversión
Disminuciones y reclasificaciones
Valor de origen
Depreciación acumulada
Valor residual al 31 de marzo de 2020
Terrenos
1.233
-
1.233
-
732
-
-
-
-
1.965
-
1.965
-
143
-
-
-
-
2.108
-
2.108
Plantas, poliducto e
instalaciones de
almacenamiento y
transporte
23.379.400
18.846.677
4.532.723
21.410
13.982.223
189.747
687.337
11.256.493
(1.063)
37.572.780
30.789.444
6.783.336
1.478
2.889.608
33.102
217.369
2.363.404
-
40.496.968
33.370.217
7.126.751
Rodados
52.066
42.161
9.905
2.726
36.786
1.497
7.693
28.418
772
93.075
79.044
14.031
2.176
7.084
-
2.317
6.156
-
102.335
87.517
14.818
Equipos de
computación
144.132
90.091
54.041
4.717
85.275
-
24.733
59.031
-
234.124
173.855
60.269
265
17.856
-
7.862
13.675
-
252.245
195.392
56.853
Obras en curso
Total
370.818
23.947.649
-
18.978.929
370.818
4.968.720
1.590.812
1.619.665
52.935
14.157.951
(207.480)
(16.236)
-
719.763
-
11.343.942
-
(291)
1.807.085
39.709.029
-
31.042.343
1.807.085
8.666.686
1.008.525
1.012.444
114.064
3.028.755
(33.102)
-
-
227.548
-
2.383.235
-
-
2.896.572
43.750.228
-
33.653.126
2.896.572
10.097.102

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 8 - MAYO – 2020

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 8 - MAYO - 2020 Deloitte & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3

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14

4. DERECHO A USO

Valor de origen
Amortización acumulada
Saldos al 31 de diciembre de 2018
Costos
Efectos de conversión
Amortización
Aumentos
Efectos de conversión
Valor de origen
Amortización acumulada
Saldos al 31 de diciembre de 2019
Costos
Efectos de conversión
Amortización
Aumentos
Efectos de conversión
Valor de origen
Amortización acumulada
Saldos al 31 de marzo de 2020
438.370
70.345
368.025
257.996
41.891
50.299
696.366
162.535
533.831
53.240
13.219
12.875
749.606
188.629
560.977

5. INVENTARIOS

Productos terminados
Productos en procesos
Materiales
31/3/2020
31/12/2019
145.200
703.706
245.511
255.203
611.471
568.164
1.002.182
1.527.073

6. OTROS CRÉDITOS

Impuesto al valor agregado
Redes y fraccionadores(1)
Retenciones a las exportaciones
Impuesto a las ganancias
Impuesto a los ingresos brutos
Gastos pagados por adelantado
Anticipo a proveedores
Sociedades relacionadas (Nota 24)
Ventas de bienes de uso
Diversos
Provisión para otros créditos de cobro dudoso
No corriente
Corriente
28.577
1.846.480
-
244.904
62.218
-
-
158.769
3.316
76.126
7.664
67.201
13.662
700.792
-
74.038
-
221
-
30.490
115.437
3.199.021
(52.736)
-
62.701
3.199.021
31/3/2020
No corriente
Corriente
28.577
1.471.590
-
226.604
62.218
-
3.316
57.843
5.805
90.870
14.758
722.652
-
177.568
-
24.177
-
15.020
114.674
2.786.324
(52.736)
-
61.938
2.786.324
31/12/2019
No corriente
28.577
-
62.218
-
3.316
7.664
13.662
-
-
-
115.437
(52.736)
62.701

(1) Incluye 244.689 (31-03-2020) y 226.362 (31-12-2019) correspondiente al crédito por el Acuerdo de Abastecimiento de Gas Propano para redes (Nota 21.c)

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 8 - MAYO – 2020

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 8 - MAYO - 2020 Deloitte & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3

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15

7. CRÉDITOS POR VENTAS

7. CRÉDITOS POR VENTAS
Deudores comunes
Sociedades relacionadas (Nota 22)
31/3/2020
31/12/2019
105.009
113.991
1.836.336
2.819.906
1.941.345
2.933.897
8. INVERSIONES EN ACTIVOS FINANCIEROS
Fondos comunes de inversión
Colocaciones transitorias
9. CAJA Y BANCOS
Caja y bancos
31/3/2020
31/12/2019
637.225
883.009
4.103.443
3.836.446
4.740.668
4.719.455
31/03/2020
31/12/2019
45.441
27.565
45.441
27.565

10. IMPUESTO A LAS GANANCIAS

El cálculo del cargo devengado contablemente por el impuesto a las ganancias para los períodos de tres meses finalizados el 31 de marzo de 2020 y 2019 es el siguiente:

Impuesto a las ganancias corriente
Impuesto diferido
31/3/2020
31/3/2019
126.574
(468.842)
(193.353)
499.401
(66.779)
30.559

La conciliación entre el cargo a resultados por impuesto a las ganancias correspondiente a los períodos de tres meses finalizados el 31 de marzo de 2020 y 2019 y el que resultaría de aplicar la tasa impositiva vigente sobre el resultado neto antes de impuesto a las ganancias que surge de los estados de resultados integrales de cada ejercicio, es la siguiente:

Resultado antes de impuesto a las ganancias
Tasa impositiva vigente
Tasa impositiva vigente aplicada resultado antes de impuesto
a las ganancias
Revalúo impositivo – Ley 27.430
Ajuste por inflación – Ley 27.430
Diferencia por moneda funcional y otros
Cargo a resultados por impuesto a las ganancias
31/3/2020
31/3/2019
(942.488)
854.483
30%
30%
282.746
(256.345)
-
28.736
61.351
-
(410.876)
258.168
(66.779)
30.559

Asimismo, la composición del impuesto diferido al 31 de marzo de 2020 y 31 de diciembre de 2019 es la siguiente:

Provisiones y otros pasivos no deducibles
Propiedad planta y equipo
Pasivos por beneficios definidos a empleados
Inversiones
Ajuste por Inflación
31/3/2020
31/12/2019
12.061
11.674
(1.851.363)
(1.402.790)
32.540
30.888
(33.442)
(304.646)
221.563
239.585
(1.618.641)
(1.425.289)

De acuerdo a las últimas modificaciones introducidas por la Ley N° 27.430 de Reforma tributaria publicada en el Boletín Oficial el 29 de diciembre de 2017, se estableció la posibilidad de realizar un revalúo impositivo de los bienes de uso de acuerdo a los mecanismos previstos en la misma.

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 8 - MAYO – 2020

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 8 - MAYO - 2020 Deloitte & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3

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16

Con fecha 23 de abril de 2018 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto N° 353/2018 que reglamentó el Título X de la Ley N° 27.430 y estableció mediante sucesiva prorrogas, que la opción a que se hace referencia en el artículo 281 de la Ley N° 27.430 en relación al revalúo impositivo de los bienes de uso correspondientes al cierre del ejercicio 31 de diciembre de 2017 podía ejercerse hasta el último día hábil del tercer mes calendario inmediato posterior al 31 de diciembre de 2018.

Teniendo en cuenta lo expresado precedentemente, la Sociedad decidió el ingreso al régimen del revalúo impositivo, cuyo vencimiento operó en marzo de 2019, bajo la modalidad del régimen simplificado, y en relación a ello la Sociedad reconoció al 31 de marzo de 2019 en sus estados contables los efectos contables devengados del mismo por un monto de 113.244 el cual ha sido registrado en el rubro “Revalúo impositivo Ley N° 27.430” del estado de resultados del ejercicio.

11.OTROS PASIVOS

No corriente
Corriente
Arrendamientos
219.825
107.702
Pasivo por abandono de activos
458.520
-
678.345
107.702
31/03/2020
La evolución del pasivo por arrendamientos es la siguiente:
La evolución del pasivo por arrendamientos es la siguiente:
Saldos al 31 de diciembre de 2018
213.496
Efectos conversión
125.503
Actualizaciones financieras
22.417
Pagos de arrendamientos
(49.931)
Saldos al 31 de diciembre de 2019
311.485
Efectos conversión
21.583
Actualizaciones financieras
7.453
Pagos de arrendamientos
(12.994)
Saldos al 31 de marzo de 2020
327.527
12. PASIVOS FINANCIEROS
31/12/2019
31/12/2019
Deudas financieras
659.681
599.761
659.681
599.761
13. CUENTAS POR PAGAR
No corriente
Corriente
Arrendamientos
219.825
107.702
Pasivo por abandono de activos
458.520
-
678.345
107.702
31/03/2020
La evolución del pasivo por arrendamientos es la siguiente:
La evolución del pasivo por arrendamientos es la siguiente:
Saldos al 31 de diciembre de 2018
213.496
Efectos conversión
125.503
Actualizaciones financieras
22.417
Pagos de arrendamientos
(49.931)
Saldos al 31 de diciembre de 2019
311.485
Efectos conversión
21.583
Actualizaciones financieras
7.453
Pagos de arrendamientos
(12.994)
Saldos al 31 de marzo de 2020
327.527
12. PASIVOS FINANCIEROS
31/12/2019
31/12/2019
Deudas financieras
659.681
599.761
659.681
599.761
13. CUENTAS POR PAGAR
No corriente
Corriente
Arrendamientos
219.825
107.702
Pasivo por abandono de activos
458.520
-
678.345
107.702
31/03/2020
La evolución del pasivo por arrendamientos es la siguiente:
La evolución del pasivo por arrendamientos es la siguiente:
Saldos al 31 de diciembre de 2018
213.496
Efectos conversión
125.503
Actualizaciones financieras
22.417
Pagos de arrendamientos
(49.931)
Saldos al 31 de diciembre de 2019
311.485
Efectos conversión
21.583
Actualizaciones financieras
7.453
Pagos de arrendamientos
(12.994)
Saldos al 31 de marzo de 2020
327.527
12. PASIVOS FINANCIEROS
31/12/2019
31/12/2019
Deudas financieras
659.681
599.761
659.681
599.761
13. CUENTAS POR PAGAR
No corriente
Corriente
Arrendamientos
219.825
107.702
Pasivo por abandono de activos
458.520
-
678.345
107.702
31/03/2020
La evolución del pasivo por arrendamientos es la siguiente:
La evolución del pasivo por arrendamientos es la siguiente:
Saldos al 31 de diciembre de 2018
213.496
Efectos conversión
125.503
Actualizaciones financieras
22.417
Pagos de arrendamientos
(49.931)
Saldos al 31 de diciembre de 2019
311.485
Efectos conversión
21.583
Actualizaciones financieras
7.453
Pagos de arrendamientos
(12.994)
Saldos al 31 de marzo de 2020
327.527
12. PASIVOS FINANCIEROS
31/12/2019
31/12/2019
Deudas financieras
659.681
599.761
659.681
599.761
13. CUENTAS POR PAGAR
No corriente
Corriente
211.437
100.048
418.686
-
630.123
100.048
31/12/2019
12. PASIVOS FINANCIEROS
31/12/2019
Deudas financieras 659.681
659.681
13. CUENTAS POR PAGAR
31/03/2020 31/12/2019
Proveedores comunes
Sociedades relacionadas (Nota 22)
1.470.745
2.755.052
1.047.661
2.935.174
3.982.835
4.225.797

La evolución del pasivo por arrendamientos es la siguiente:

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 8 - MAYO – 2020

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 8 - MAYO - 2020 Deloitte & Co. S.A.

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17

14. INGRESOS

Ventas por producto
:
Etano
- Mercado local
Propano
- Mercado local
- Exportaciones
- Derechos de exportación
Butano
- Mercado local
- Exportaciones
- Derechos de exportación
Gasolina Natural
- Exportaciones
- Derechos de exportación
Servicios
:
Ingresos por uso del muelle
Ingresos por servicios
Otros ingresos
Incentivos
:
Butano – Fraccionadores
Propano
- Fraccionadores
- Redes
Impuesto a los ingresos brutos
15. COSTOS
Inventarios al inicio del ejercicio
Compras
Costos de producción (Nota 16)
Diferencia de conversión
Inventarios al cierre del período
2020
1.008.098
307.366
1.756.257
(148.617)
312.609
784.363
(61.634)

778.183
(162.943)

234.633
-
21.139
215
18.111
(37.776)

4.810.004
31/3/2020
958.909
3.836.384
1.052.040
(141.361)
(390.711)
5.315.261
2019

1.336.744
183.052
1.640.215
(178.233)
229.586
854.641
(90.862)
582.451
(60.496)
97.492
-
3.173
5.215
23
24.251
(43.218)
4.584.034
31/3/2019
607.221
2.789.684
717.172
98.559
(718.723)
3.493.913

16. GASTOS POR NATURALEZA

La Sociedad presenta el estado de resultados integrales clasificando los gastos según su función como parte de las líneas "Costos de producción", "Gastos de administración" y "Gastos de comercialización". A continuación, se brinda la información adicional a revelar requerida sobre la naturaleza de los gastos y su relación con la función dentro de la Sociedad por los períodos de tres y nueve meses finalizados el 31 de marzo de 2020 y 2019:

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 8 - MAYO – 2020

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 8 - MAYO - 2020 Deloitte & Co. S.A.

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18

Sueldos y cargas sociales
Servicios contractuales y honorarios
Otros gastos de personal
Depreciación de propiedades, planta y
equipo
Gastos de energía y combustibles
Gastos de mantenimiento
Contrataciones de obra, servidumbres y
otros servicios
Seguros
Transporte y fletes
Alquileres y concesiones
Amortización derecho a uso
Impuestos, tasas y contribuciones
Gastos de oficina y otros
2020 2020
Costos de
producción
110.029
1.401
11.788
212.680
298.339
202.172
107.668
33.034
24.345
-
7.176
43.400
8
1.052.040
Gastos de
comercialización
16.515
1.251
1.515
7.429
-
-
103.906
2.459
384
-
-
-
-
133.459
Gastos de
administración
Total
68.158
194.702
16.094
18.746
9.488
22.791
7.439
227.548
341
298.680
122
202.294
80.651
292.225
198
35.691
80
24.809
356
356
6.043
13.219
46.393
89.793
18.314
18.322
253.677
1.439.176
Sueldos y cargas sociales
Servicios contractuales y honorarios
Otros gastos de personal
Depreciación de propiedades, planta y
equipo
Gastos de energía y combustibles
Gastos de mantenimiento
Contrataciones de obra, servidumbres y
otros servicios
Seguros
Transporte y fletes
Alquileres y concesiones
Amortización derecho a uso
Impuestos, tasas y contribuciones
Gastos de oficina y otros
2019 2019
Costos de
producción
98.544
1.533
4.985
135.601
231.406
107.802
60.552
17.985
16.357
-
4.480
37.889
38
717.172
Gastos de
comercialización
13.850
108
1.231
4.783
-
2.219
62.677
712
-
-
-
1.062
-
86.642
Gastos de
administración
Total
56.072
168.466
19.059
20.700
8.069
14.285
4.748
145.132
18
231.424
-
110.021
36.398
159.627
102
18.799
142
16.499
5.793
5.793
3.779
8.259
33.773
72.724
1.766
1.804
169.719
973.533

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 8 - MAYO – 2020

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19

17. RESULTADOS FINANCIEROS, NETOS

17. RESULTADOS FINANCIEROS, NETOS
Ingresos financieros
Intereses ganados
Diferencias de cambio, netas
Total ingresos financieros
Costos financieros
Intereses perdidos
2020
2019
31.968
41.041
-
138.575
31.968
179.616
(20.169)
(24.057)
Actualizaciones financieras - arrendamientos (13.041)
(8.148)
Diferencias de cambio, netas
Total costos financieros
Otros resultados financieros
Resultados por valuación a valor razonable de
activos financieros con cambios en resultados
Total otros resultados financieros
Total resultados financieros, netos
(48.853)
-
(82.063)
(32.205)
-
(13.444)
-
(13.444)
(50.095)
133.967

18. PATRIMONIO

El capital nominal de la Sociedad al 31 de marzo de 2020 asciende a 642.753 representado por 642.753.000 acciones ordinarias, nominativas no endosables, de valor nominal $ 1, divididas en diez clases de acciones de un voto por acción (Clases A a J). Estas acciones están totalmente suscriptas, inscriptas e integradas.

La participación de los socios sobre el capital de la Sociedad al 31 de marzo de 2020 es la siguiente:

YPF S.A.
Petrobras International Braspetro B.V.
Dow Investment Argentina S.R.L.
38%
34%
28%
100%

19. ACTIVOS Y PASIVOS CONTINGENTES

Reclamos medioambientales

Con fecha 4 de febrero de 2011, la Sociedad fue notificada de tres demandas por reclamos medioambientales, iniciadas por actores varios vinculados a la actividad pesquera en Bahía Blanca. Estas demandas fueron promovidas contra las empresas radicadas en el polo petroquímico de dicha localidad, entre ellas Mega, y el Estado Nacional y Provincial, por un total de aproximadamente pesos 153 millones. Las demandas fueron contestadas por la Sociedad con fecha 9 de mayo de 2011. Con fecha 29 de mayo de 2014 se celebró la audiencia del art. 41 del Código Contencioso Administrativo (“CCA”) de la Provincia de Buenos Aires a fin de determinar la procedencia de las pruebas a producirse en los expedientes: “Caserna Francisco y Otros c/ PBB Polisur y Otros” Expediente 13803; “Uncalao Eduardo y Otros c/ PBBPolisur y Otros” Expediente 13860; y “Cordoba Héctor y Otros c/ PBB Polisur y Otros” Expediente 13859.

En dicha audiencia se resolvió posponer la resolución de la procedencia de la prueba al momento de producirse la audiencia del art 41 del CCA en la causa “SCHRODER JUAN y otros C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES y otros s/ Daños” a fin de optimizar recursos y fundándose en que la mayoría de las pruebas ofrecidas por la actora estaban solicitadas en todas las causas mencionadas. En virtud de ello, los tres procesos se encontraron suspendidos hasta el 28 de agosto de 2019, fecha en la que se reanudó la audiencia del artículo 41 del Código Contencioso Administrativo de la Provincia de Buenos Aires y, entre otras cuestiones, el juez de la causa definió las fechas de producción de las distintas pruebas ofrecidas por las partes que se encontraban pendientes de producción.

En marzo de 2014 la Sociedad fue notificada de una demanda ambiental iniciada contra la misma, varias empresas radicadas en el polo petroquímico de Bahía Blanca, la Provincia de Buenos Aires y ciertos de sus entes autárquicos. La demanda está vinculada con la contaminación del estuario en la zona del puerto de Bahía Blanca y el conflicto generado con los denominados pescadores artesanales que se menciona en el párrafo anterior. La causa se caratula “Schroder,

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Juan y otros c/ Provincia de Buenos Aires y Otros s/ Pretensión de Reconocimiento o Restablecimiento de derechos – otros juicios” y tramita ante el Juzgado Contencioso Administrativo N°1 sito en Bahía Blanca. El monto del reclamo contra todas las partes demandadas es por Daño Material Colectivo y Daño Moral Colectivo, reclamándose bajo este último concepto la suma de $50.000.000. Con fecha 3 de julio de 2014 la Sociedad contestó la demanda en tiempo y forma.

Hemos tomado conocimiento que el 22 de septiembre de 2015 el actor Schroder presentó en el expediente un escrito en el cual manifiesta que desiste de continuar en su carácter de actor en virtud de encontrarse trabajando como funcionario de la Provincia de Buenos Aires lo que le genera un conflicto de intereses. Con fecha 29 de junio de 2016 se realizó la audiencia del art. 41 del CCA en la cual el Juez resolvió cuáles serían las pruebas a ser producidas por todas las partes durante dicha etapa probatoria. La Sociedad ha producido las pruebas ofrecidas oportunamente y recientemente se ha terminado la producción de la prueba pericial ambiental. En tal sentido, con fecha 29 de agosto de 2018 Mega fue notificada del informe de la pericia ambiental realizado por los peritos oficiales designados por el juez de la causa. En dicho informe se analizaron las muestras tomadas de los efluentes de las distintas industrias de polo, del agua de la Ría, de sus sedimentos, y de distintas especies de peces, moluscos y crustáceos. De estos análisis, resultó que las muestras de los efluentes de Mega se encontraban en cumplimiento de los parámetros establecidos por la Resolución ADA 336/03, tal como las muestras de agua de la Ría y sus sedimentos. Con fecha 29 de septiembre de 2018, Mega presentó un escrito en los términos del art. 473 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires y con fecha 28 de diciembre de 2018 los peritos presentaron las respuestas a dicho pedido. Con fecha 13 de febrero de 2019 se celebró una audiencia multipropósito designada por el Juez a cargo de la causa y en la misma el juez estableció el plazo dentro del cual las partes deberán finalizar la prueba ofrecida pendiente. Con fecha 4 de septiembre de 2019 el juez de la causa dispuso poner los autos para alegar. Con fecha 8 de octubre de 2019 se presentó en tiempo y forma el alegato tanto en representación de la Sociedad como de los ex directores demandados. Paralelamente, la Cámara Unión Pesquera Artesanal y Comercial de Ing. White, Puerto Rosales y Bahía Unión (“CUP”), se presentó como tercero interesado y solicitó se haga lugar a la prejudicialidad, en virtud del estado de la causa “Meninato, Rolando; Marcer, José Luis; Bridger, Ricardo Luis; Sheridan, Raúl Alberto; Gimenez, Fernando Ariel (P.B.B. Polisur S.A.) s/envenenamiento o adult. aguas, medic., o alim. Infracción ley 24.051”. Con fecha 3 de diciembre de 2019, el juez rechazó dicho planteo de prejudicialidad, y decretó que una vez que se encuentre firme dicha resolución, pasen los autos para dictar sentencia. Atento ello, la CUP interpuso recurso de apelación, y con fecha 17 de diciembre de 2019, se corrió traslado a las partes de dicho recurso. Mega ha contestado en tiempo y forma dicho traslado y actualmente se encuentra pendiente de resolución por el tribunal competente.

Con fecha 15 de marzo de 2018, la Sociedad recibió un oficio de la Fiscalía Federal N° 2 de Bahía Blanca requiriéndole a la Sociedad informar la nómina de sus directores actuales en el marco de la Instrucción N° 135623/11 caratulada “Meninato, Rolando; Marcer, José Luis; Bridger, Ricardo Luis; Sheridan, Raúl Alberto; Gimenez, Fernando Ariel (P.B.B. Polisur S.A.) s/envenenamiento o adult. aguas, medic., o alim. Infracción ley 24.051” que tramita ante dicha fiscalía. La Sociedad ha cumplido en tiempo y forma con dicho requerimiento. La Sociedad no ha podido tener acceso al expediente de esta causa dado que la misma se encuentra en la etapa de instrucción ante la fiscalía a cargo. No obstante ello, con fecha 14 de agosto de 2019, la Sociedad fue notificada de la resolución de la Fiscalía Federal N° 2 de Bahía Blanca por medio del cual se notificó la resolución dictada por la Cámara Federal de Bahía Blanca que delegó en el Ministerio Público Fiscal la realización “de gestiones orientadas a la elaboración de un plan concreto con el objeto de diagramar inversiones futuras, para asegurar el desarrollo integrado y sustentable de la ría de Bahía Blanca que establezca un equilibrio entre el desarrollo y preservación del ambiente”. La Sociedad interpuso en tiempo y forma el recurso de casación contra la aludida sentencia de la Cámara Federal de Bahía Blanca, el que fue rechazado por dicho tribunal con fecha 13 de septiembre de 2019. Posteriormente, con fecha 26 de septiembre de 2019, la Sociedad interpuso recurso de queja ante la Cámara Federal de Casación Penal ante el rechazo del recurso de casación por parte de la Cámara Federal de Bahía Blanca. A la fecha de la presente carta dicho recurso se encuentra pendiente de resolución por parte del tribunal de casación penal.

La Gerencia de la Sociedad, en consulta con sus asesores legales, entiende que dichos reclamos no deberían prosperar en relación a Mega y sus directores.

20. COMPROMISOS CONTRACTUALES

Acuerdo de provisión de materia prima y acuerdos de venta

Como se menciona en la Nota 1, la Sociedad, al inicio de sus operaciones, celebró un Acuerdo de Provisión de Gas Natural a largo plazo con YPF y ciertos acuerdos de venta a largo plazo (el "Contrato de Etano", el "Contrato de GLP" y el "Contrato de Gasolina Natural", en conjunto los "Acuerdos de Venta"). Los Acuerdos de Provisión y de Venta entraron

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en vigencia el 1 de abril de 2001, con una duración inicial de 10 años, renovables automáticamente año a año hasta el año 2017, o sujeto al cumplimiento de ciertas condiciones hasta el año 2021, salvo que las partes acuerden lo contrario.

El Acuerdo de Provisión requería originariamente a YPF, entre otras cosas, despachar no menos de 12,6 miles de millones de metros cúbicos de gas natural para cada uno de los años de duración del contrato, sujeto a ciertos requerimientos diarios y mensuales, y a la Sociedad comprar las cantidades retenidas y despacharle a YPF, de acuerdo a ciertos requerimientos, el gas residual luego del procesamiento. A raíz de las conversaciones mantenidas entre representantes de la Sociedad e YPF durante el año 2017 en relación con los términos que resultarán aplicables al Acuerdo de Provisión por el período comprendido entre el 15 noviembre del 2017 y el 1 de abril del 2021, las partes acordaron, por aplicación de lo establecido en el artículo 3.2.f del Acuerdo de Provisión, que el nuevo volumen anual de gas natural que como mínimo YPF debe poner a disposición de la Sociedad a partir del 15 de noviembre del 2017 y hasta el 1 de abril del 2021 es de 8,6 miles de millones de metros cúbicos.

El Acuerdo de Provisión prevé el pago de daños entre YPF y la Sociedad en el caso que la Sociedad no realizase la compra del gas retenido o el despacho del gas residual contractualmente acordado, o YPF no despachase gas natural en las cantidades y calidades especificadas en el contrato. Adicionalmente, los Acuerdos de Venta prevén el pago de daños entre las partes intervinientes, en el caso en que la Sociedad no despachase los productos o PBB Polisur o Petrobras no comprasen las cantidades contractualmente acordadas.

En el marco del Acuerdo de Provisión de Gas Natural, con fecha 23 de noviembre de 2018, la Sociedad remitió a YPF una nota reclamándole por el incumplimiento en relación con la calidad del gas puesto a disposición de Mega bajo el Acuerdo de Provisión de Gas natural durante los períodos comprendidos entre (i) el 15 de noviembre de 2017 – 31 de marzo 2018 y (ii) 1 de abril de 2018 – 31 de octubre de 2018. Posteriormente, mediante notas de fecha 4 de enero, 14 de febrero y 22 de abril de 2019, Mega amplió su reclamo a marzo 2019. En dichas notas, Mega reclamó que en virtud de que la composición molar del gas puesto a disposición por YPF durante los períodos referidos precedentemente tuvo un contenido de pentanos y superiores inferior al establecido bajo el Acuerdo de Provisión de Gas Natural y que ello le privó de producir y vender mayores cantidades de gasolina natural y, consecuentemente, obtener una ganancia equivalente a: (i) U$S 3,16 millones durante el período comprendido entre el 15 de noviembre de 2017- 31 de marzo de 2018 y (ii) U$S 6,33 millones durante el período comprendido entre el 1 de abril 2018 – 31 de marzo de 2019.

Con fecha 7 de octubre de 2019, la Sociedad remitió a YPF una oferta vinculante de acuerdo transaccional a efectos de dar por terminado cualquier diferencia y/o reclamo planteado por Mega en sus notas de fecha 23 de noviembre de 2018 y 4 de enero, 14 de febrero y 22 de abril de 2019 bajo el Acuerdo de Provisión durante el período comprendido entre el 15 de noviembre de 2017 y el 31 de marzo de 2019. Bajo los términos de dicha oferta vinculante, YPF se comprometió a abonar a la Sociedad la suma de U$S 9,5 millones (equivalentes a 558.709) en concepto de indemnización total y definitiva por los reclamos referidos precedentemente, estableciéndose que dicho monto sería cancelado por YPF en 5 cuotas fijas, iguales y consecutivas. La oferta vinculante del acuerdo transaccional fue formalmente aceptada por YPF con fecha 10 de octubre de 2019. El importes de U$S 3,8 millones correspondientes a las cuotas 1 y 2, así como el importe de U$S 3,8 millones correspondientes a las cuotas 3 y 4, fueron aplicados contra las facturas por compras de RTP cuyos vencimientos operaron en noviembre y diciembre del 2019, mientras que respecto a la cuota número 5 de U$S 1,8 millones fue compensada con las facturas cuyo vencimiento operó en enero del 2020.

Con fecha 17 de julio de 2018, la Sociedad aceptó la oferta de compraventa de componentes licuables de gas natural formulada por YPF, con vigencia entre el 1 de julio de 2018 y el 30 de abril de 2019, que establecía los términos bajos los cuales la Sociedad recibió entre 3 y 6 millones m3/d de gas natural adicionales a los 23,7 millones m3/d previstos bajo el Acuerdo de Provisión, a un precio variable estacionalmente convenido en dicho documento. Con fecha 10 de octubre de 2019, la Sociedad aceptó la oferta de compraventa de componentes licuables del gas natural formulada por YPF, la cual resulta aplicable (i) en forma retroactiva a los volúmenes de gas natural adquiridos por la Sociedad (en exceso 23,7 millones m3/d previstos bajo el Acuerdo de Provisión) durante los meses de mayo - septiembre del 2019 a los precios establecidos en dicha oferta y (ii) a las compras de volúmenes adicionales de gas natural a los 23,7 millones m3/d previstos bajo el Acuerdo de Provisión (en un volumen de entre 3 y 4 millones m3/d) que la Sociedad realice desde octubre de 2019 hasta el 30 de abril de 2020, a un precio variable estacionalmente convenido en dicho documento.

Adicionalmente, la capacidad de procesamiento remanente de la Planta Separadora es cubierta por la Sociedad mediante distintos acuerdos o la compra spot de componentes licuables contenidos en el gas natural, convenidos mensualmente con distintos productores de la Cuenca Neuquina. Durante estos últimos meses, la Sociedad ha concretado este tipo de transacciones con distintos productores, entre otros, Wintershall Energía S.A., Pan American Energy LLC y Total Austral S.A.

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El Contrato de Etano requiere a la Sociedad, entre otras cosas, despachar y a PBB Polisur comprar, una cantidad mínima anual de 500.000 toneladas métricas ("tm") de etano.

El Contrato de GLP y de Gasolina Natural, entre otras cosas, requerían a la Sociedad despachar y a Petrobras comprar, una cantidad anual de 365.000 tm de propano, 235.000 tm de butano y 210.000 tm de gasolina natural, con un excedente o defecto en cada caso de 6% a opción de la Sociedad. En virtud de lo establecido por el artículo 2.1 del Contrato de GLP y de Gasolina Natural, y como consecuencia de no haberse cumplido la condición allí establecida, los Contratos de GLP y de Gasolina Natural celebrados oportunamente entre la Sociedad y Petrobras han quedado automáticamente terminados a partir del 18 de noviembre de 2017.

Con posterioridad al vencimiento de los Contratos de GLP y de Gasolina Natural, la Sociedad suscribió un acuerdo de corto plazo con Petrobras para la venta de ciertas toneladas de GLP y gasolina natural durante el período diciembre 2017 – abril 2018. Luego de ello, Mega y Petrobras celebraron nuevos Acuerdos de Venta de GLP y de Gasolina Natural con vigencia desde el 1 de mayo de 2018 y hasta el 31 de marzo de 2021. Bajo dichos acuerdos, Mega y Petrobras renunciaron, en forma recíproca e irrevocable, a cualquier reclamo iniciado por alguna de las partes contra la otra, así como también a iniciar cualquier nuevo reclamo o acción al que pudiera tener derecho, en relación con los Acuerdos de GLP y Gasolina Natural suscriptos entre las partes en marzo de 2001. Los únicos reclamos que quedaron excluidos de las renuncias referidas son los reclamos por demora en los despachos de buques.

Con fecha 16 de junio de 2019 (7:07 am) se produjo el paro total de las plantas y equipos de la Sociedad como consecuencia de un corte masivo de energía eléctrica producido por el colapso del Sistema Argentino de Interconexión (SADI) lo que ocasionó el cese abrupto e intempestivo del proceso productivo de Mega. El evento descripto afectó, en forma total, el suministro de energía eléctrica en todo el país durante un lapso aproximado de 12 horas. En el caso de Mega, si bien el suministro de energía eléctrica se restableció en ambos sitios pasadas las 19:00 hs de dicho día, el suministro para los productores de gas natural de la Cuenca Neuquina se pudo restablecer recién cerca de las 02:00 a.m. del día lunes 17 de junio. Con fecha 18 de junio de 2019, la Sociedad notificó a sus proveedores y clientes (y posteriormente a la Secretaría de Gobierno de Energía) la ocurrencia del evento, enmarcando el mismo como un supuesto de fuerza mayor en los términos del artículo 1731 del Código Civil y Comercial de la Nación. Asimismo, la Sociedad realizó en tiempo y forma la denuncia preventiva ante las compañías aseguradores bajo la póliza de todo riesgo operativo.

Con fecha 19 de junio del corriente, PBB Polisur notificó formalmente a la Sociedad sobre la ocurrencia del evento del corte masivo de energía eléctrica que produjo la inmediata salida de producción de sus servicios auxiliares, crackers y plantas de polietileno, y enmarcó el mismo como un evento de fuerza mayor en los términos del artículo 1731 del Código Civil y Comercial de la Nación y la cláusula 14.1 del Contrato de Etano.

Posteriormente, con fecha 12 de julio del corriente, PBB Polisur remitió a la Sociedad otra misiva en la que comunicaba que mantenía la situación de fuerza mayor notificada bajo su nota de fecha 19 de junio y en la que, a su vez, describía el incidente ocurrido el 28 de junio en el cracker BB2, informando que el mismo fue provocado por una sobrepresión y ruptura de un recipiente que contiene vapor de agua y condensado sin presencia de productos inflamables y que no se produjeron heridos ni consecuencias para el medio ambiente. En dicha nota, además de brindar ciertos detalles del incidente, PBBPolisur confirmó que a raíz del incidente ocurrido el 28 de junio se encontraba parado el proceso productivo de sus plantas y estimó que el cracker BB1 restablecería su operación a fines de agosto de 2019 mientras que, en el caso del cracker BB2, estimó que el proceso de reconstrucción del área afectada por el incidente demoraría más de 3 meses. En función de ello, a partir del 28 de junio y hasta el 11 de septiembre del corriente, PBB Polisur mantuvo una nominación diaria de 0 (cero) toneladas de etano, lo que implicó que la Sociedad se vio forzada a ajustar sus operaciones en la Planta Separadora de Loma La Lata y rechazar el 100% del etano contenido en las corrientes de gas natural suministradas por YPF bajo el Acuerdo de Provisión de Gas Natural.

Con fecha 12 de septiembre de 2019 PBB nominó a Mega 900 TM/d y a partir del 24 de septiembre comenzó a consumir un ramp up de volumen, iniciando con 481 TM/d el 24 de septiembre y alcanzando niveles de consumo del orden de las 1.700 TM/d a partir del 18 de octubre de 2019.

A la fecha de emisión de los presentes estados contables, la Sociedad ha terminado el análisis del impacto económico de los eventos descriptos precedentemente a los efectos de cuantificar y ha presentado el reclamo formal ante las compañías aseguradoras bajo la póliza de todo riesgo operativo.

El 4 de enero de 2018 la Sociedad acordó con PBB Polisur, por el periodo comprendido entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de marzo de 2021 y de forma semestral, el reconocimiento a favor de Mega de las diferencias existentes entre los

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costos variables promedio del etano de propia producción y el precio promedio de venta de igual periodo. El importe correspondiente a las estimaciones del primer trimestre del 2020 arrojan un importe a favor de Mega de aproximadamente U$S 11,5 millones, debemos destacar que tal situación revertiría los resultados operativos del estados intermedios del periodo.

21. PRINCIPALES REGULACIONES Y OTROS

a- Marco regulatorio:

La Ley Nº 26.020 establece el marco regulatorio para la industria y comercialización de gas licuado de petróleo (“GLP”) y con el propósito de asegurar el abastecimiento de los hidrocarburos y combustibles en el mercado interno, obliga a los exportadores de GLP a obtener de la Subsecretaría de Hidrocarburos la aprobación previa para la realización de sus operaciones de exportación.

Con fecha 2 de octubre del 2017, la entonces Secretaría de Recursos Hidrocarburíferos emitió la Resolución N° 241E/2017 en virtud de la cual, además de derogar la Resolución N° 1338/2006 de la ex Secretaría de Energía y otras normas relacionadas, se estableció el nuevo régimen que en forma previa deben cumplir las empresas que tengan interés en exportar, entre otros productos GLP y gestionar la obtención de la correspondiente constancia de exportación. La referida norma exceptuó a la gasolina natural que produce y exporta Mega de dicho régimen.

b- Programa Hogar:

En relación con el abastecimiento al mercado interno de butano, entre el año 2008 y el mes de marzo de 2015, las autoridades nacionales requirieron a la Sociedad la adhesión al denominado “Acuerdo de Estabilidad del Precio del Gas Licuado de Petróleo (GLP) Envasado en Garrafas de 10, 12, y 15 kg. de Capacidad” (“Acuerdo de Estabilidad”), acuerdo que regulaba la venta de butano destinado a garrafas a fraccionadores a un precio de $ 100 la tonelada, compensando posteriormente al productor la diferencia hasta la suma de $ 450 la tonelada para los años 2008 a 2010, luego para los años 2011, 2012, 2013 y 2014 hasta la suma de $ 570 la tonelada. En función de ello, y en atención a sus compromisos contractuales preexistentes, en particular el Contrato GLP, la Sociedad suscribió los respectivos formularios de adhesión a los Acuerdos de Estabilidad con expresas reserva de derechos.

El abastecimiento de GLP al mercado interno a los precios fijados por el Estado Nacional bajo los Acuerdos de Estabilidad, los cuales se encontraron siempre muy por debajo del precio de paridad de exportación publicado por la ex Secretaría de Energía, le ocasionaron significativos perjuicios económicos a la Sociedad durante la vigencia de los mismos.

Con fecha 30 de marzo de 2015, el Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto N° 470/2015 y creó el “Programa Hogares con Garrafa (Hogar)” (el “Programa Hogar”) mediante el cual el Estado Nacional, de manera directa (i) subsidia a los titulares de hogares de bajos recursos o de viviendas de uso social consumidores de GLP envasado y (ii) compensa a los productores de GLP de conformidad con los precios establecidos bajo dicho régimen. Éste nuevo régimen reemplazó los Acuerdos de Estabilidad del Precio del Gas Licuado de Petróleo (GLP) Envasado en Garrafas que se firmaban anualmente. Bajo este nuevo régimen, la Sociedad debe abastecer al mercado interno mayormente con butano y en menor medida con volúmenes de propano.

Por aplicación de lo dispuesto por la Resolución N° 70/2015 de la ex Secretaría de Energía, durante el período comprendido entre el 1 abril de 2015 y el 5 de abril de 2017, la Sociedad facturó al fraccionador el precio máximo de referencia de $ 650 por tonelada y recibió en concepto de compensación, a través de un fideicomiso, un monto de $550 adicionales, totalizando un precio de venta final de $ 1.200 (en el caso del propano, el precio de venta de referencia era de $ 1.000 por tonelada y de $ 200 en concepto de compensación). Posteriormente, la Resolución N° 56/E/2017 estableció, con vigencia desde el 6 de abril de 2017, como precio máximo de referencia del butano en $ 2.568 por tonelada, manteniendo la compensación a favor del productor en la suma de $ 550 por tonelada, totalizando un precio final de venta de $ 3.118 (en el caso del propano, el precio de venta de referencia era de $ 2.410 por tonelada y de $ 200 en concepto de compensación). Luego, mediante Resolución N° 287/E/2017 de la entonces Secretaría de Recursos Hidrocarburíferos, se estableció el precio máximo de referencia del butano a partir del 1 de diciembre del 2017 en la suma de $ 4.302 por tonelada, manteniendo la compensación a favor del productor en la suma de $ 550 por tonelada, totalizando un precio final de venta de $ 4.852 (en el caso del propano, el precio de referencia era de $ 4.290 por tonelada y de $ 200 en concepto de compensación). Posteriormente, a través de la Resolución N° 5/2018, la Subsecretaría de Recursos Hidrocarburíferos estableció el precio máximo de referencia del butano a partir del 1 de abril de 2018 en la suma de $ 5.416 por tonelada, manteniendo la compensación a favor del productor en la suma de $ 550 por tonelada, totalizando un

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precio final de venta de $ 5.966 (en el caso del propano, el precio máximo de referencia era de $ 5.502 por tonelada y de $ 200 en concepto de compensación).Posteriormente, mediante Resolución N° 15/2019, la Secretaría de Gobierno de Energía estableció que, a partir del 1 de febrero de 2019, el precio máximo de referencia del butano era de $ 9.154 por tonelada, eliminándose el componente de la compensación recibida previamente del Estado Nacional (en el caso del propano, el precio máximo de referencia fue fijado en $ 9.042 por tonelada, también sin compensación por parte del Estado Nacional). Asimismo, mediante Disposición N° 34/2019, la Subsecretaría de Hidrocarburos y Combustibles estableció que, a partir del 10 de mayo de 2019, el precio máximo de referencia del butano era de $ 9.327 por tonelada (en el caso del propano, el precio máximo de referencia fue fijado en $ 9.213 por tonelada), en ambos casos sin compensación de parte del Estado Nacional. Luego, mediante Disposición N° 80/2019, la Subsecretaría de Hidrocarburos y Combustibles estableció que, a partir del 1 de junio de 2019, el precio máximo de referencia del butano era de $ 9.607 por tonelada (en el caso del propano, el precio máximo de referencia fue fijado en $ 9.375 por tonelada), en ambos casos sin compensación de parte del Estado Nacional. Por último, mediante Disposición N° 104/2019, la Subsecretaría de Hidrocarburos y Combustibles estableció que, a partir del 1 de julio de 2019, el precio máximo de referencia del butano era de $ 9.895 por tonelada (en el caso del propano, el precio máximo de referencia fue fijado en $ 9.656 por tonelada), en ambos casos sin compensación de parte del Estado Nacional.

Con fecha 21 de diciembre de 2019 se sancionó la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública (la “Ley de Emergencia Pública”). Por el artículo 1° de la referida ley se declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, delegando en el Poder Ejecutivo Nacional las facultades comprendidas en dicha ley. Mediante los artículos 2° y 5° de la Ley N° 27.541 se delegó en el Poder Ejecutivo Nacional el reglar la restructuración tarifaria del sistema energético con criterios de equidad distributiva y sustentabilidad productiva, con facultades para mantener las tarifas por un plazo máximo de ciento ochenta (180) días contados desde la entrada en vigencia de dicha ley.

Posteriormente, y en el marco de la emergencia sanitaria declarada por el Decreto DNU N° 260/2020 relación con el coronavirus COVID-19, el Poder Ejecutivo Nacional dictó con fecha 25 de marzo del corriente año el Decreto DNU N° 311/2020 estableciendo en su artículo 6° que los precios máximos de referencia para la comercialización de gas licuado de petróleo (GLP) en las garrafas, cilindros y/o granel con destino a consumo del mercado interno continuarán con los valores vigentes a la fecha de publicación de dicha norma durante el plazo de 180 días.

En atención a sus compromisos contractuales preexistentes (principalmente el Contrato de GLP) y a los perjuicios económicos que le ocasionaron las asignaciones de producto al precio fijado por el Estado Nacional bajo el Programa Hogar, la Sociedad ha impugnado los distintos actos administrativos mediante los cuales se le asignaron en el pasado volúmenes de abastecimiento al mercado interno bajo dicho régimen. En la actualidad, la Sociedad continúa impugnando en sede administrativa los distintos actos administrativos de asignación de producto fundado en el perjuicio económicofinanciero que le ocasiona la venta de producto al precio fijado por el Estado Nacional bajo el Programa Hogar.

c- Acuerdo de Abastecimiento de Gas Propano para Redes:

Las empresas productoras que forman parte del Acuerdo de Abastecimiento de Gas Propano para Redes (el “Acuerdo”) se comprometieron a abastecer a las distribuidoras y subdistribuidoras de gas propano indiluido por redes del mercado interno a un precio estipulado en pesos por tonelada. Por otro lado las mencionadas empresas productoras reciben una compensación económica por los menores ingresos equivalente a la diferencia entre el precio de venta acordado en pesos para el mercado interno y el precio de GLP-Paridad de exportación que publica mensualmente la actual Secretaría de Energía (“SEN”).

La compensación económica se calcula en forma mensual. Originariamente, el Acuerdo establecía que el monto de la compensación económica generaba un saldo a favor de cada una de las empresas productoras participantes de este sistema de compensación que actuaba como un crédito fiscal por compensación pasible de deducción de las sumas que los productores pagaban por derechos de exportación. Sin embargo, las alícuotas de retenciones a las exportaciones fueron reducidas sustancialmente durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2015. Consecuentemente, las empresas productoras y el ex Ministerio de Energía (“ME”) negociaron la forma de cancelación del mencionado saldo pendiente. Finalmente, con fecha 23 de mayo de 2016 se publicó en el Boletín Oficinal el Decreto 704/2016 por el cual se dispuso la cancelación de aquellos pagos pendientes de liquidación hasta el 31 de diciembre de 2015 bajo el Acuerdo, mediante la entrega a las empresas productoras de una cantidad de títulos públicos (Bonar 2020 U$S) al valor de mercado que determinó el entonces Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas de acuerdo a los lineamientos establecidos en el mismo decreto.

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Con fecha 22 de junio de 2016 la Sociedad presentó ante el ME la carta de adhesión al régimen instaurado por el Decreto anteriormente mencionado. Con fecha 13 de julio de 2016, la Sociedad suscribió los Acuerdos de Prórroga Décimo Tercero y Décimo Cuarto del Acuerdo, abarcando los períodos “mayo 2015-abril 2016” y “mayo 2016-abril 2017”, respectivamente, que fueron luego suscriptos por el ME. Posteriormente, con fecha 12 de septiembre de 2016, la Sociedad suscribió las Adendas al Décimo Tercer y Décimo Cuarto Acuerdo mediante las cuales se adecuaron los precios de venta del propano a lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia en el fallo “Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad y otros c/ Ministerio de Energía y Minería s/ amparo colectivo”. Finalmente, con fecha 6 de octubre de 2016, los títulos públicos (Bonar 2020 U$S) a los cuales tenía derecho la Sociedad bajo el Decreto 704/2016 fueron acreditados en la cuenta especial abierta a tales efectos.

De acuerdo al Decreto 704/2016, estos bonos se encontraban restringidos para su venta, de modo tal que hasta diciembre de 2017 la Sociedad no podía vender más de un 3% mensual del total de los Bonos recibidos, porcentaje que se podía acumular en caso de no ejercerse el derecho a venta. Sin embargo, en ningún caso podía superarse el 12% del total de los bonos, bajo penalidad en caso de incumplimiento de una multa equivalente al 10% del valor de mercado de los Bonar 2020 U$S recibidos por la Sociedad.

Durante los meses de mayo y junio del 2019 la sociedad tomó la decisión de desprenderse de la totalidad de tenencias de Bonar 2020. Está acción evito que la compañía tuviera que reconocer perdidas del orden de los U$S 10 millones conforme la cotización de cierre al 31 de diciembre de 2019.

Con fecha 26 de septiembre de 2017 la Sociedad suscribió el Acuerdo de Prórroga Décimo Quinto, en términos similares a los incluidos en el Acuerdo de Prórroga Décimo Cuarto, el cual resultó aplicable para el período comprendido entre mayo 2017 – abril 2018.

Con fecha 19 de abril de 2018 la Sociedad suscribió el Acuerdo de Prórroga Décimo Sexto el cual, por un lado, dejó sin efecto el Acuerdo de Prórroga Décimo Quinto a partir del 31 de marzo de 2018, y dispuso que sus disposiciones resultarían aplicables para el período comprendido entre abril 2018 – diciembre 2019.

Con fecha 14 de enero de 2020, la Sociedad fue notificada de la Nota N0-2020-02855355 de la SEN por medio de la cual dicho organismo, con fundamento en lo establecido por la Ley de Emergencia Pública, estableció la necesidad de prorrogar por 180 días la vigencia del Acuerdo de Prórroga Décimo Sexto, cuya fecha de vencimiento original operó el 31 de diciembre de 2019, e instruyó a las productoras a continuar con la entrega de propano en los términos de referido acuerdo. La Sociedad comunicó por escrito tanto a la SEN como a las empresas distribuidoras y subdistribuidoras que continuaría realizando la entrega del producto durante el referido plazo al sólo efecto de mitigar mayores daños para la Sociedad y bajo expresa reserva de derechos.

Al 31 de marzo de 2020 se incluyen 244.689 en el rubro “Otros créditos corrientes – Redes y Fraccionadores” relacionados con el saldo a favor acumulado pendiente de cobro por la compensación originada en el Acuerdo, expresados en pesos. Al 31 de diciembre de 2019 dicho crédito ascendía a 226.362.

d- Soberanía hidrocarburífera:

El 25 de julio de 2012, se publicó el Decreto N° 1277/2012 que reglamenta la Ley N° 26.741, denominada de “Soberanía Hidrocarburífera de la República Argentina”, a partir de la cual la actividad de comercialización de hidrocarburos, entre otras, se declaró de interés público nacional. El decreto antes mencionado estableció, entre otras cuestiones, la creación del Registro Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas, en el cual deberán inscribirse los sujetos que realicen actividades de exploración, explotación, refinación, transporte y comercialización de hidrocarburo y combustibles; y la obligación para los inscriptos en el mencionado registro, de presentar anualmente un Plan Anual de Inversiones detallado, que estará sujeto a la evaluación del MEyM.

Con fecha 4 de enero de 2016, se publicó el Decreto N° 272/2015 que disuelve la Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas, creada por el Decreto N° 1277/2012 antes mencionado y deroga ciertos artículos del Reglamento del Régimen de Soberanía Hidrocarburífera, quedando la normativa no derogada y la competencia asignada a la mencionada Comisión a cargo del MEyM, que efectuará una revisión y reordenamiento de las normas de su competencia referidas a la creación de registros y deberes de información en la industria de los hidrocarburos.

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Mega ha cumplido con la exigencia de inscribirse ante el Registro Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas y de presentar el Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas, en ambos casos con expresas reservas de derechos. Asimismo, la Sociedad ha cumplido con las presentaciones anuales requeridas bajo dicho ordenamiento sujetando las mismas a los mismos términos de las reservas de derechos efectuadas al momento de inscribirse en dicho registro. Finalmente, con fecha 29 de septiembre de 2017, la entonces Secretaría de Recursos Hidrocarburíferos dictó la Resolución N° 240-E mediante la cual dejó de ser obligatoria la presentación anual del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas.

Retenciones a las exportaciones:

Con fecha 4 de septiembre de 2018 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto N° 793/2018 que fija un derecho de exportación del 12% a la exportación para el consumo de todas las mercaderías comprendidas en las posiciones arancelarias de la Nomenclatura común del Mercosur (“NCM”) hasta el 31 de diciembre de 2020. El mencionado derecho no puede exceder de $4 por cada dólar estadounidense del valor imponible o del precio oficial FOB, según corresponda.

Posteriormente a la entrada en vigencia del Decreto N° 793/2018, el 4 de diciembre de 2018, se publicó la Ley N° 27.467 de Presupuesto de Gastos y Recursos de la Administración Nacional para el 2019 (“Ley de Presupuesto 2019”) en la que se establece que “mantendrán su validez y vigencia” el Decreto N° 793/2018 y sus modificaciones, así como también toda otra norma vigente que se haya dictado en el marco de las facultades allí conferidas.

Asimismo, la Ley de Presupuesto 2019 también dispuso que, en el marco de las facultades acordadas al Poder Ejecutivo Nacional mediante los artículos 755 y concordantes del Código Aduanero, se podrán fijar derechos de exportación cuya alícuota no podrá superar en ningún caso el 30% del valor imponible o del precio oficial FOB. Este tope máximo será del 12% para aquellas mercaderías que no estaban sujetas a derechos de exportación al 2 de septiembre de 2018 o que estaban gravadas con una alícuota del 0% a esa fecha. El plazo para ejercer esa facultad se limitó hasta el 31 de diciembre de 2020.

Durante el período previo a la ratificación legislativa de la Ley de Presupuesto 2019, la Sociedad efectuó el pago correspondiente a los derechos de exportación establecidos por el Decreto N° 793/2018 con reserva de derechos.

Con fecha 14 de diciembre de 2019, el Poder Ejecutivo Nacional dictó el Decreto N° 39, mediante el cual, dejó sin efecto el límite de PESOS CUATRO ($ 4) por cada dólar estadounidense, establecido en el artículo 2° del Decreto N° 793 del 3 de septiembre de 2018.

Posteriormente, la Ley de Emergencia Pública estableció que en el marco de las facultades acordadas al Poder Ejecutivo Nacional mediante los artículos 755 y concordantes de la Ley N° 22.415 (Código Aduanero) y sus modificatorias, se podrán fijar derechos de exportación para hidrocarburos y minería, cuya alícuota no podrá superar el ocho por ciento (8%) del valor imponible o del precio oficial FOB. Asimismo, se estableció que dicha facultad podrá ser ejercida hasta el 31 de diciembre de 2021. Asimismo, Ley de Solidaridad ha previsto que tanto el Decreto N° 793 del 3 de septiembre de 2018, como el Decreto N° 37 del 14 de diciembre de 2019 mantendrían su validez y vigencia.

En tal contexto, toda vez que el Poder Ejecutivo Nacional aún no ha ejercido las facultades conferidas por la Ley de Solidaridad fijando los derechos de exportación para hidrocarburos y minería cuyo límite no podría exceder el 8% del valor imponible o del precio oficial FOB y, siendo que la Administración Federal de Ingresos Públicos continua aplicando una alícuota de 12% para las exportaciones de hidrocarburos, la Sociedad actualmente efectúa el pago de los derechos de exportación bajo protesto y con expresa reserva de derechos en relación a la diferencia de alícuota aplicable.

Requerimientos de la CNV

De acuerdo a lo estipulado en el artículo 3 del capítulo III del título IV del texto ordenado de las normas de la CNV, a continuación se detallan las notas a los estados financieros que exponen la información solicitada por la mencionada norma en formato de Anexos.

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Bienes de uso Nota 3 Propiedad, planta y equipo Previsiones Nota 6 Otros créditos Costo de los bienes vendidos y servicios prestados Nota 15 Costos Activos y pasivos en moneda extranjera Nota 23 Activos y pasivos en monedas distintas del peso Información requerida por el artículo 64, apartado I, Nota 16 Gastos por naturaleza inciso b), de la Ley Nº 19.550

22. SALDOS Y TRANSACCIONES CON PARTES RELACIONADAS

La Sociedad realiza operaciones y transacciones con partes relacionadas dentro de las condiciones generales de mercado, las cuales forman parte de la operación habitual de la Sociedad en cuanto a su objeto y condiciones.

La información detallada en los cuadros siguientes muestra los saldos con partes relacionadas al 31 de marzo de 2020 y 31 de diciembre de 2019, así como las operaciones con las mismas por los períodos de tres meses finalizados el 31 de marzo de 2020 y 2019.

31/3/2020 31/12/2019
Créditos
por ventas
Otros
créditos
Cuentas por
pagar
Créditos
por ventas
Otros créditos Cuentas por
pagar
Petróleo Brasileiro S.A.(1) 469.333 - 23.665 678.295 -
15.555
Petrobras Global Trading BV 63.935 - 70 347.438 -
14.879
PBBPolisur S.R.L.(2) 779.848 - 39.404 1.467.667 -
50.073
YPF S.A. 446.193 74.038 2.678.198 287.864 177.568 2.846.373
Otras
Sociedades
relacionadas de
Petrobras International Braspetro B.V. - - - - -
-
Profertil S.A.(3) 1.511 - 13.715 5.485 -
8.294
YPF GAS S.A.(3) 75.516 - - 33.157 -
-
1.836.336 74.038 2.755.052 2.819.906 177.568 2.935.174
31/3/2020 31/3/2019
Ingresos Compras,
honorarios y
servicios
Otros
resultados
operativos
netos
Ingresos Compras,
honorarios y
servicios
Otros
resultados
operativos
netos
Petróleo Brasileiro S.A.(1) 2.382.803 10.915 -
1.985.949 - -
Petrobras Global Trading BV 393.507 6.578 - - - -
PBBPolisur S.A.(2) 1.008.098 3.926 -
1.393.036 - -
YPF S.A. 261.656 3.908.460 -
97.492 2.064.376 -
Otras
Sociedades
relacionadas de
Petrobras International Braspetro B.V. - - - - -
Profertil S.A.(3) 2.403 19.665 -
2.872 8.538 -
YPF GAS S.A.(3) 229.214 - - 108.554 - -
4.277.681 3.949.544 -
3.587.903 2.072.914 -

(1) Sociedad relacionada de Petrobras International Braspetro B.V.

(2) Sociedad relacionada de Dow Investment Argentina S.R.L.

(3) Sociedad relacionada de YPF S.A.

Las compensaciones efectuadas al personal clave de la Sociedad (incluyendo sus Directores) ascendieron aproximadamente a 16.479 y 9.857 por los períodos de tres meses finalizados el 31 de marzo de 2020 y 2019, respectivamente. Las mismas corresponden totalmente a compensaciones de corto plazo.

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23. ACTIVOS Y PASIVOS EN MONEDAS DISTINTAS DEL PESO

Rubro 31/03/2020 Total
Tipo de
cambio(1)
Total
13.648
US$ 243
59,89
14.553
13.648
14.553
48.958
US$ 635
59,89
38.030
4.103.443
US$ 64.058
59,89
3.836.446
533.269
US$ 17.127
59,89
1.025.736
1.218.773
US$ 29.153
59,89
1.745.973
522
US$ 9
59,89
534
-
US$ 400
59,89
23.956
67.573
US$ 3.132
59,89
187.584
28.037
US$ 876
59,89
52.439
678.572
US$ 10.814
59,89
647.648
6.679.147
7.558.345
6.692.795
7.572.899
678.345
US$ 10.521
59,89
630.123
678.345
630.123
795.851
US$ 15.807
59,89
946.660
2.945.643
US$ 48.271
59,89
2.890.950
107.702
US$ 1.671
59,89
100.048
659.681
US$ 10.014
59,89
599.761,00
4.508.877
4.537.419
5.187.222
5.167.542
31/12/2019
Clase y monto de la
moneda distinta del
peso
Tipo de
cambio(1)
Clase y monto de la
moneda distinta del
peso
Activo no corriente
Otros créditos
Anticipo a proveedores
Total del activo no corriente
Activo corriente
Efectivo o equivalentes de efectivo
Inversiones
Créditos por ventas
- Sociedades relacionadas créditos en
el exterior
- Sociedades relacionadas créditos
locales
Clientes comunes
Otros créditos
Venta de bienes de uso
Sociedades relacionadas
Gastos pagados por adelantado
Anticipo a proveedores
Total del activo corriente
Total del activo
Pasivo no corriente
Otros pasivos
Total del pasivo no corriente
Pasivo corriente
Cuentas por pagar
- Proveedores
- Sociedades relacionadas
Otros pasivos
Préstamos
Total del pasivo corriente
Total del pasivo
US$ 212
64,47
US$ 759
64,47
US$ 63.650
64,47
US$ 8.272
64,47
US$ 18.905
64,47
US$ 8
64,47
US$ -
64,47
US$ 1.048
64,47
US$ 435
64,47
US$ 10.526
64,47
US$ 10.522
64,47
US$ 12.345
64,47
US$ 45.691
64,47
US$ 1.671
64,47
US$ 10.233
64,47

(1) Tipo de cambio vigente según Banco Nación Argentina.

24. EVOLUCION RECIENTE DEL CONTEXTO ECONOMICO EN QUE OPERA LA SOCIEDAD

Durante el mes de marzo de 2020 se declaró una pandemia mundial con el brote de una nueva cepa de coronavirus, COVID-19. La respuesta global y nacional a la pandemia de COVID-19 continúa evolucionando rápidamente. Hasta la fecha de emisión de los presentes estados financieros, ciertas respuestas a la pandemia, incluidos los mandatos del gobierno para mitigar la propagación del virus, han impactado negativamente la actividad comercial global y han contribuido a una volatilidad significativa en los mercados financieros.

Con fecha 20 de marzo de 2020 se publicó en el BO el Decreto N° 297/2020 mediante el cual el Gobierno Nacional ha establecido la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” que fue sucesivamente prorrogado hasta el 10 de mayo de 2020 inclusive, para todas las personas que habitan en el país o se encuentren en él en forma temporaria y que están catalogadas dentro de “actividad no esencial”. Por tal motivo, a la fecha de emisión de los presentes estados contables, los registros contables de la Sociedad se encuentran pendientes de transcripción en los libros rubricados.

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La actividad desarrollada por la Sociedad ha sido considera como esencial, motivo por el cual no ha sido afectada ni la producción y ni la comercialización de sus productos a la fecha.

La gerencia de la Sociedad no visualiza, para lo que resta del año, problemas en el abastecimiento de materia prima para su operación por temas relacionados con el COVID-19.

En cuanto a las ventas, el efecto de la caída de los precios ha afectado el resultado del primer trimestre de la sociedad, tal situación tiene relación directa con el excedente de producto a nivel mundial debido a los efectos del CODVID-19 sobre la actividad industrial, lo cual ha impactado negativamente en las ventas del trimestre, sin embargo, la gerencia de la Sociedad, basada en las proyecciones de precios de consultoras internacionales, estima que durante el cierre del segundo semestre se presentará una recuperación y estabilización de precios.

En relación al mercado externo, a la fecha no se han recibido solicitudes de cancelaciones de compras de productos. En cuanto al mercado doméstico, el propano que se destina a fraccionadores se vende a precio paridad de exportación definido por la autoridad de regulación y el butano se vende a precio regulado el cual no sufrió modificaciones y no prevemos que se modifique en lo que resta del año.

Estas situaciones descritas anteriormente han tenido un impacto en las estimaciones realizadas por la Sociedad, afectando la caída de los precios internacionales de referencia, impactando principalmente sus ingresos por ventas al exterior. Asimismo, los egresos de fondos por la compra de materia prima también se reducen significativamente respecto de las estimaciones previas al COVID-19. Con respecto a la cadena de pagos, a la fecha de emisión de los presente estados financieros condensados intermedios, no se evidenciaron demoras en las cobranzas.

En cuanto al personal, la Sociedad ha constituido un comité de acción para determinar las medidas a tomar en relación al CODVID-19. Se desarrolló y se encuentra vigente, un “protocolo de seguridad” aplicado a la totalidad de la empresa. Desde la determinación de la cuarentena, las tareas en sede central se realizan en forma remota y el personal con asistencia en las plantas solo se limita a lo relacionado con tareas de producción, sala de control y operación en puerto.

La gerencia de la Sociedad reconoce que, desde el comienzo de la pandemia, los impactos más evidentes están vinculados con la caída de los precios internacionales de referencia que, como se ha comentado precedentemente, afectan parcialmente el margen operativo y la generación de caja del negocio. No obstante, la Sociedad no prevé afectación de su operación y, en consecuencia, mantiene su proyección de volúmenes a producir y comercializar.

El Directorio de la Sociedad ha adoptado planes de mitigación apropiados y continúa monitoreando la evolución de las cuestiones descriptas y los impactos que pudieran tener sobre el personal, las operaciones y la situación patrimonial, financiera y sus resultados futuros.

25. HECHOS POSTERIORES

A la fecha de la emisión de los presentes estados financieros no han existido hechos posteriores significativos cuyo efecto sobre la situación patrimonial y los resultados de las operaciones de la Sociedad al 31 de marzo del 2020, de corresponder, no hubieren sido considerados en los mismos según las NIIF.

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30

==> picture [136 x 55] intentionally omitted <==

COMPAÑÍA MEGA S.A.

RESEÑA INFORMATIVA AL 31 DE MARZO DE 2020

Información confeccionada sobre la base de los estados financieros condensados de Compañía Mega S.A.

Contenido

  1. Breve comentario sobre las actividades de la Sociedad en el período incluyendo referencias a situaciones relevantes posteriores al cierre del período (*)

  2. Estructura patrimonial condensada comparativa

  3. Estructura de resultados condensada comparativa

  4. Estructura del flujo de efectivo condensada comparativa

  5. Índices

  6. Datos estadísticos (*)

  7. Breve comentario sobre las perspectivas para el siguiente período (*)

(*) Información no cubierta por el Informe de los Auditores Independientes

8 de mayo de 2020

31

Compañía Mega S.A. Reseña Informativa al 31 de marzo de 2020

Cifras expresadas en miles de pesos – Nota 2.a a los estados contables

La presente Reseña Informativa, que ha sido confeccionada en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 4 del Capítulo III del Título IV del T.O. de las normas Comisión Nacional de Valores, es complementaria de los estados financieros condensados de la Sociedad al 31 de marzo de 2020.

1. Breve comentario sobre las actividades de la Sociedad en el ejercicio incluyendo referencias a situaciones relevantes posteriores al cierre del ejercicio

(Información no cubierta por el Informe de los Auditores Independientes)

1.1. Primer Trimestre 2020 vs. Primer Trimestre 2019

El primer trimestre de 2020 registra una pérdida operativa de $ 892 millones frente a una ganancia de $ 834 millones obtenida en el primer trimestre de 2019. El resultado negativo neto del primer trimestre 2020 es de $ 1.009 millones, vs las ganancias netas alcanzadas de $ 885 millones registradas en el mismo período del año anterior. El trimestre se ve afectado por la reducción de los precios de venta de los productos que la Sociedad produce y comercializa, en el exterior y en forma local, y el corrimiento de exportaciones del 2019 al primer trimestre del 2020, por aproximadamente 20 mil toneladas cuyo costo se corresponde con los valores del 2019 y sus precios de venta con los del ejercicio 2020 . El promedio de los precios del primer trimestre 2019 es de U$S/TN 345,19 vs los U$S/TN 231,34 para el período 2020.

Las exportaciones de propano, butano y gasolina natural ascendieron a $ 1.756 millones, $ 784 millones y $ 778 millones respectivamente, sumadas a las ventas locales de etano por $ 1.008 millones de etano, GLP por $ 620 millones, $ 256 millones por servicios de muelle y amarre a la barcaza de YPF S.A. y $ 18 millones en concepto de compensaciones por propano a redes. Los importes antes mencionados se corresponden con la siguiete distribución, 21% ventas de etano, 33% ventas de propano, 15% ventas de butano, 13% ventas de gasolina, 13% mercado interno de GLP, 5% prestaciones por servicio y 0,37% por compensaciones por venta a redes.

Por su parte las exportaciones de propano, butano y gasolina natural del primer trimestre 2019 ascendieron a $ 1.640 millones, $ 855 millones y $ 582 millones, respectivamente, sumadas a las ventas en el mercado local de etano por $ 1.337 millones, GLP por $ 413 millones, $ 101 millones por prestación del servicio de muelle al barco regasificador de GLP y otros ingresos varios y $ 29 millones en concepto de compensaciones por venta de butano y propano a redes y. Del total de ventas netas del primer trimestre de 2019 el 28% corresponde a ventas de etano, 32% a propano, 17% a butano, 11% a gasolina, 9% mercado interno de GLP, 2% a prestaciones del servicio de muelle al barco regasificador de GLP y otros ingresos y 1% a compensaciones por venta a redes..

Los ingresos por exportaciones ascienden a U$S 48,22 millones, es decir, U$S 22,3 millones menos que las alcanzadas en el primer trimestre 2019. La disminución de los ingresos por ventas al exterior es consecuencia de la caída de los precios internacionales cuyo promedio, para los productos comercializados por la sociedad, es de 252 U$S/TN en 2020 vs los 349,9 U$S/TN del primer trimestre 2019. En relación a los volúmenes exportados el primer trimestre 2020 muestra una disminución respecto del año anterior de aproximadamente 11 mil toneladas. En términos de la moneda de exposición, las exportaciones netas ascendieron a $ 3.319 millones en el primer trimestre 2020 en comparación a los $ 3.077 millones en el primer trimestre 2019 como resultados del incremento del tipo de cambio promedio ARS/U$S entre trimestres, pasó de 38,958 en el primer trimestre 2019 vs 61,424 en el primer trimestre 2020.

Durante el primer trimestre de 2020 los ingresos obtenidos por la venta de etano alcanzan los U$S 16,23 millones vs los U$S 33,6 millones del primer trimestre 2019, el volumen despachado no sufre variaciones significativas y su precio promedio disminuye de 224,8 U$S/TN en el primer trimestre 2019 a 103 U$S/TN en el primer trimestre 2020. Debido al incremento en el tipo de cambio de ARS/U$S 38,958 en el primer trimestre 2019 a ARS/U$S 61,424 en el primer trimestre 2020, los importe en moneda local alcanzan los $ 1.008 millones y $ 1.337 millones en el primer trimestre 2020 y primer trimestre 2019 respectivamente.

Las ventas locales de GLP, se incrementan en aproximadamente $ 207 millones como resultado del mayor volumen despachado en 2020 por un total de 51.431 TN vs las 43.421 TN del primer trimestre 2019.

En relación a los costos de ventas, la compra de materia prima que representa entre el 70% y el 80% del total de los costos operativos, se redujo en U$S 8,4 millones producto de un mix entre menor volumen consumido (11,7 millones de metros cúbicos) y la reducción del precio promedio de compra que pasó de 3,73 U$S/MMbtu en el primer trimestre 2019 a 3,52 U$S/MMbtu en el primer trimestre 2020. Por efecto tipo de cambio, en términos de la moneda de exposición la compra de materia prima se incrementó en el periodo analizado aproximadamente $ 1.047 millones.

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32

2. Estructura patrimonial condensada comparativa

Activo corriente
Activo no corriente
Total del activo
Pasivo corriente
Pasivo no corriente
Total del pasivo
Patrimonio
Total del Pasivo y Patrimonio
31/03/2020
10.928.657
10.720.780
21.649.437
5.204.636
2.427.146
7.631.782
14.017.655
21.649.437
31/12/2019
11.994.314
9.262.455
21.256.769
4.971.722
2.178.963
7.150.685
14.106.085
21.256.769

3. Estructura de resultados condensada comparativa

Resultado operativo
Resultados financieros, netos
Revalúo impositivo Ley 27.430
Resultado antes de impuesto a las ganancias
Impuesto a las ganancias
Resultado neto del ejercicio
Otros resultados integrales
Resultado integral del ejercicio
31/03/2020
(892.393)
(50.095)
-
(942.488)
(66.779)
(1.009.267)
920.837
(88.430)
31/03/2019
833.760
133.967
(113.244)
854.483
30.559
885.042
1.512.647
2.397.689

4. Estructura del flujo de efectivo condensada comparativa

Flujo neto de efectivo generado por (utilizado en)
las actividades de operación
Flujo neto de efectivo generado por (utilizado en)
las actividades de inversión
Flujo neto de efectivo generado por (utilizado en)
las actividades de financiación
5.
Índices
Liquidez(1)
Solvencia(2)
Inmovilización de capital(3)
Rentabilidad(4)
31/03/2020
679.581
(988.504)
-
31/03/2020
2,100
1,837
0,495
(7,2%)
31/03/2019
1.009.532
9.143
-
31/12/2019
2,413
1,973
0,436
8,9%

(1) Activo corriente / Pasivo corriente

(2) Patrimonio neto / Pasivo Total

(3) Activo no corriente / Activo Total

(4) Resultado del período/Patrimonio neto promedio

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 8 - MAYO - 2020

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33

6. Datos estadísticos (en unidades)

(Información no cubierta por el Informe de los Auditores Independientes)

Volumen de Producción
Etano
Propano
Butano
Gasolina
Total
Volumen de Ventas
Etano
Propano
Butano
Gasolina
Total
Ventas en el Mercado Local
Ventas en el Exterior
Total
Precio Promedio de Venta
Etano
Propano
Butano
Gasolina
Ud.Med.
Tm
Tm
Tm
Tm
Tm
Tm
Tm
Tm
Tm
Tm
Tm
Tm
Tm
U$S/Tm
U$S/Tm
U$S/Tm
U$S/Tm
31/03/2020
150.112
119.186
74.781
37.131
381.210
150.112
137.968
72.091
32.728
392.899
201.543
191.356
392.899
107,75
240,01
237,55
344,25
31/03/2019
149.943
130.699
76.181
37.291
394.114
149.517
130.348
84.246
31.351
395.462
192.938
202.524
395.462
224,81
360,69
323,56
471,69

Tm: toneladas métricas.

7. Breve comentario sobre las perspectivas para el siguiente período

(Información no cubierta por el Informe de los Auditores Independientes)

La Dirección de la Sociedad considera que durante el primer período del 2020 se pudo mantener estable la situación operativa y económica financiera basándose en altos estándares operativos y de gestión que permitieron continuar desarrollando los programas de producción y los compromisos de venta dentro del contexto general de funcionamiento del sistema energético nacional.

Para el siguiente período, la Dirección de la Sociedad espera continuar operando conforme a las proyecciones de producción y ventas ante un contexto de precios variables y afectado por las incertidumbre relacionadas al CODVID-19.

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 8 - MAYO - 2020

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34

COMPAÑÍA MEGA S.A.

INFORMACION ADICIONAL A LAS NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS INDIVIDUALES AL 31 DE MARZO DE 2020 ART. Nº 12 DEL CAPÍTULO III TÍTULO IV DE LAS NORMAS DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES (N.T. 2013)

(cifras en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

  1. Cuestiones generales sobre la actividad de la Sociedad:

  2. a) Regímenes jurídicos específicos y significativos que impliquen decaimientos o renacimientos contingentes de beneficios previstos por dichas disposiciones.

Ver Notas 19, 20 y 21 a los estados financieros al 31 de marzo de 2020.

  • b) Modificaciones significativas en las actividades de la sociedad u otras circunstancias similares ocurridas durante el ejercicio comprendido por los estados contables que afecten su comparabilidad con los presentados en ejercicios anteriores, o que podrían afectarla con los que habrán de presentarse en ejercicios futuros.

No existen.

  1. Clasificación de los saldos de créditos y deudas por categoría:

  2. a) De plazo vencido,

No existen.

  • b) Sin plazo establecido a la vista;

No existen.

  • c) A vencer, con subtotales para cada uno de los primeros cuatro (4) trimestres y para cada año siguiente:
Sin plazo
A vencer hasta tres meses
A vencer de tres a seis meses
A vencer de seis a nueve meses
A vencer de nueve a doce meses
A vencer de uno a dos años
A vencer de dos a tres años
A vencer de tres a cuatro años
A vencer más de cinco años
Corriente
Créditos(1)
Deudas(3)
2.005.250(2)
-
3.084.715
5.123.860
16.800
26.925
16.800
26.925

16.801
26.926
-
-
-
-
-
-
-
-
5.140.366
5.204.636
No Corriente No Corriente
Créditos(1)
2.005.250(2)
3.084.715
16.800
16.800

16.801
-
-
-
-
5.140.366
Créditos(1)
41.375
-
-
-
-
21.326
-
-
-
62.701
Deudas(3)
-

-
-

-
-
69.654
69.654
69.654

599.543
808.505

(1) Incluye créditos por ventas y otros créditos.

(2) Corresponde principalmente a saldos a favor del Impuesto al valor agregado (IVA). (3) Corresponde al total del pasivo sin incluir impuesto diferido.

  1. Clasificación de los créditos y deudas, de manera que permita conocer los efectos financieros que produce su mantenimiento. La misma debe posibilitar la identificación de:

  2. a) Las cuentas en moneda nacional, en moneda extranjera y en especie:

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 8 - MAYO - 2020

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 8 - MAYO - 2020 Deloitte & Co. S.A.

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35

Al 31 de marzo de 2020 la Sociedad no posee créditos o deudas en especie. Los créditos y deudas denominados en moneda nacional y en moneda distinta del peso son los siguientes:

Créditos corrientes
Créditos no corrientes
Deudas corrientes
Deudas no corrientes
Nominados en
pesos
2.613.620
49.053
695.759
130.160
Nominados en moneda distinta delpeso Nominados en moneda distinta delpeso Nominados en moneda distinta delpeso
Clase y monto
de la moneda
extranjera
U$S 39.193
U$S 212
U$S 69.939
U$S 10.522
Cambio
vigente en
pesos al
30/09/2019
64,469
64,469
64,469
64,469
Valor en libros al
30/09/2019
2.526.746
13.648
4.508.877
678.345

b) Los saldos sujetos a cláusulas de ajuste y los que no lo están:

La Sociedad no posee créditos o deudas significativos sujetas a cláusulas de ajuste.

  • c) Los saldos de créditos y deudas que devengan y no devengan intereses son los siguientes:
Créditos corrientes:
Créditos no corrientes:
Deudas corrientes:
Deudas no corrientes:
Devengan
intereses
-
-
767.382
678.345
No devengan
intereses
5.140.366
62.701
4.437.254
130.160
  1. Detalle del porcentaje de participación en sociedades del artículo 33 de la Ley Nº 19.550 en el capital y en el total de votos. Además, saldos deudores y/o acreedores por sociedad y segregados del modo previsto en los puntos 2 y 3 anteriores.

No aplicable.

  1. Créditos por ventas o préstamos contra directores, síndicos, miembros del consejo de vigilancia y sus parientes hasta el segundo grado inclusive. Para cada persona se indicará el saldo máximo habido durante el ejercicio (expresado en moneda de cierre), el saldo a la fecha del estado contable, el motivo del crédito, la moneda en que fue concedido y las cláusulas de actualización monetaria y tasas de interés aplicadas.

No existen, ni existieron durante el periodo.

  1. Inventario físico de los bienes de cambio: Periodicidad y alcance de los inventarios físicos de los bienes de cambio. Si existen bienes de inmovilización significativa en el tiempo, por ejemplo, más de un año, indicar su monto y si se han efectuado las previsiones que correspondan.

Las existencias de bienes de cambio se controlan mediante recuentos selectivos que se realizan de acuerdo a la movilización e importancia económica de los distintos componentes que conforman el rubro. Los inventarios se realizan con periodicidad mensual, semestral o anual.

  1. Participaciones en otras sociedades en exceso de lo admitido por el artículo 31 de la Ley Nº 19.550 y planes para regularizar la situación:

No existen.

  1. Valores recuperables: Criterios seguidos para determinar los "valores recuperables" significativos de bienes de cambio, bienes de uso y otros activos, empleados como límites para sus respectivas valuaciones contables:

Ver nota 2.b.1 a los estados financieros al 31 de marzo de 2020 y comparativos.

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 8 - MAYO - 2020

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 8 - MAYO - 2020 Deloitte & Co. S.A.

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  1. Seguros: Seguros que cubren los bienes tangibles. Para cada grupo homogéneo de los bienes se consignarán los riesgos cubiertos, las sumas aseguradas y los correspondientes valores contables.

A continuación, se exponen los seguros que cubren los bienes tangibles significativos:

RIESGO CUBIERTO
Caución Ambiental
Transporte
Autos Corporativos y
Autos Especiales
Integral de Comercio
Todo Riesgo Operativo
Terrorismo
BIENES ASEGURADOS
Caución por daño ambiental de
acuerdo a Ley General del Ambiente,
N°25.675.
Transporte terrestre.
Automotores de gerencias y jefaturas,
autobombas y ambulancias de
plantas.
Oficinas Sede Central Bs As.
Operación de plantas Loma La Lata,
Bahía Blanca, PS2 y Poliducto,
incluyendo pérdida de beneficios y
rotura de maquinarias.
Seguro contra atentado terrorista en
algunas de lasplantas o elpoliducto.
SUMA
ASEGURADA
$111.988.839
U$S 3.000.000
$23.208.210
U$S 2.201.000
U$S1.360.153.000
U$S1.360.153.000
VALOR
CONTABLE
$803.268
$114.346(1)
$888.272
$57.368(1)
$20.221.521(1)
$2.332.553(1)

(1) Dichos importes no contemplan la capitalización de la diferencia de cambio.

Adicionalmente, la Sociedad posee las siguientes pólizas: responsabilidad civil de directores, responsabilidad civil por operaciones del muelle portuario, responsabilidad civil por operaciones y productos vendidos.

  1. Contingencias positivas y negativas:

  2. a) Elementos considerados para calcular las previsiones cuyos saldos, considerados individualmente o en conjunto, superen el dos por ciento (2%) del patrimonio.

Los elementos considerados para calcular las previsiones se exponen en la nota 2.b.1 a los estados financieros al 31 de marzo de 2020.

  • b) Situaciones contingentes a la fecha de los estados contables cuya probabilidad de ocurrencia no sea remota y cuyos efectos patrimoniales no hayan sido contabilizados, indicándose si la falta de contabilización se basa en su probabilidad de concreción o en dificultades para la cuantificación de sus efectos.

En las Nota 19 y 20 a los estados financieros al 31 de marzo de 2020 se incluyen, entre otras cuestiones, las situaciones contingentes no contabilizadas que pudieran tener cierto grado de significación presente o futuro, junto con las razones que motivaron su falta de contabilización.

  1. Adelantos irrevocables a cuenta de futuras suscripciones: estado de la tramitación dirigida a su capitalización.

Al 31 de marzo de 2020, no existen aportes irrevocables a cuenta de futuras suscripciones.

  1. Dividendos acumulativos impagos de acciones preferidas.

No existen acciones preferidas.

  1. Condiciones, circunstancias o plazos para la cesación de las restricciones a la distribución de los resultados no asignados, incluyendo las que se originan por la afectación de la reserva legal para absorber pérdidas finales y aún están pendientes de reintegro.

Ver nota 2.b.1 a los estados financieros al 31 de marzo de 2020 y comparativos.

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 8 - MAYO - 2020

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 8 - MAYO - 2020 Deloitte & Co. S.A.

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COMPAÑÍA MEGA S.A.

ESTADOS FINANCIEROS CONDENSADOS INTERMEDIOS AL 31 DE MARZO DE 2020 Y COMPARATIVOS

RATIFICACION DE FIRMAS LITOGRAFIADAS

Por la presente ratificamos las firmas que obran litografiadas en las hojas que anteceden desde la página Nº 1 hasta la Nº 36.

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 8 - MAYO – 2020

Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 8 - MAYO - 2020 Deloitte & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3

Carlos San Juan Por Comisión Fiscalizadora

Guillermo D. Cohen Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 233 - F° 73

Marcos Miguel Browne Presidente

INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA

A los Señores Accionistas de Compañía Mega S.A.:

De nuestra consideración:

  1. De acuerdo con lo dispuesto por el inciso 5° del artículo N° 294 de la Ley N° 19.550 y disposiciones vigentes, hemos realizado el trabajo mencionado en el párrafo siguiente en relación con el estado de situación financiera condensado intermedio al 31 de marzo de 2020, el estado de resultados integrales correspondiente al período de tres meses terminado el 31 de marzo de 2020, el estado de cambios en el patrimonio neto y el estado de flujo de efectivo por el período de tres meses finalizado en dicha fecha. Dichos documentos son responsabilidad del Directorio de la Sociedad en el ejercicio de sus funciones exclusivas. Nuestra responsabilidad es informar sobre dichos documentos basados en el trabajo mencionado en el párrafo siguiente.

  2. Nuestro trabajo sobre los estados financieros mencionados en el primer párrafo consistió en verificar la congruencia de la información significativa contenida en dichos estados con la información de las decisiones societarias expuestas en actas, y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Para la realización de dicho trabajo hemos tenido en cuenta el informe de revisión de los estados financieros de los auditores externos Deloitte & Co. S.A. de fecha 8 de mayo de 2020, emitido de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). No hemos efectuado ningún control de gestión y, por lo tanto, no hemos evaluado los criterios y decisiones empresarias de administración, financiación, comercialización y producción, dado que estas cuestiones son de responsabilidad exclusiva del Directorio de la Sociedad. Consideramos que nuestro trabajo y el informe de los auditores externos nos brindan una base razonable para fundamentar nuestro informe.

  3. En nuestra conclusión, los estados financieros mencionados en el primer párrafo presentan razonablemente en todos sus aspectos significativos la situación patrimonial de Compañía Mega S.A. al 31 de marzo de 2020, así como sus resultados integrales por el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2020, los cambios en su patrimonio neto y el flujo de su efectivo por el período de tres meses finalizado en dicha fecha, de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).

  4. Informamos además, en cumplimiento de disposiciones legales vigentes, que:

  5. a) Los estados financieros adjuntos se encuentran asentados en el libro Inventario y Balances y surgen de registros contables que, en sus aspectos formales, han sido llevados de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

  6. b) En el ejercicio de control de legalidad que nos compete, hemos aplicado durante el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2020 los procedimientos descriptos en el artículo N° 294 de la Ley N° 19.550, que consideramos necesarios de acuerdo con las circunstancias, no teniendo observaciones que formular al respecto.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 8 de mayo de 2020

Por Comisión Fiscalizadora

Carlos San Juan Síndico Titular