AI assistant
YPF S.A. — Interim / Quarterly Report 2018
Mar 11, 2019
68502_rns_2019-03-11_f68c41f2-ac6a-45c1-9e2d-c94ea80ee83d.pdf
Interim / Quarterly Report
Open in viewerOpens in your device viewer
==> picture [137 x 41] intentionally omitted <==
Estados contables al 30 de septiembre de 2018 Junto con los Informes de los auditores independientes sobre revisión limitada de estados contables de período intermedio e Informe de la Comisión Fiscalizadora
- 1 -
REFINERÍA DEL NORTE S.A.
Domicilio legal: Maipú N° 1 – Piso 2 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires
C.U.I.T. N°30-65823369-2
EJERCICIO ECONÓMICO N° 27 INICIADO EL 1 DE ENERO DE 2018
ESTADOS CONTABLES AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2018
Actividad principal de la Sociedad: industrialización y comercialización de hidrocarburos líquidos y/o gaseosos y sus derivados directos e indirectos, mediante la explotación comercial de la unidad económica Campo Durán.
Fecha de inscripción en la Inspección General de Justicia: 28 de diciembre de 1992.
Fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio:
Del contrato social: 28 de diciembre de 1992.
De la última modificación de los estatutos: 23 de diciembre de 2005.
Número de registro en la Inspección General de Justicia: 1.567.478.
Fecha de cumplimiento del contrato social: 28 de diciembre de 2092.
COMPOSICIÓN DEL CAPITAL
(cifras expresadas en pesos – Nota 7)
Suscripto, integrado, Clases de acciones emitido e inscripto Acciones ordinarias escriturales en circulación, de valor nominal 1 por acción, con derecho a un voto: Clase “A” 45.803.655 Clase “B” 45.803.655 91.607.310
Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 20-12-2018 PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L. Por Comisión Fiscalizadora C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 – Fº 13
Alicia Doyharzabal GUSTAVO A. KURGANSKY Mariano Batistella Síndico Titular Socio Presidente Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 309 - F° 176
- 2 -
REFINERÍA DEL NORTE S.A.
BALANCE GENERAL AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2018 Y 31 DE DICIEMBRE DE 2017
(expresados en miles de pesos – Nota 2.II)
| ACTIVO ACTIVO CORRIENTE Caja y bancos (Nota 3.a) Inversiones (Nota 3.b) Créditos por ventas (Nota 3.c) Otros créditos (Nota 3.d) Bienes de cambio (Nota 3.e) Total del activo corriente ACTIVO NO CORRIENTE Otros créditos (Nota 3.d) Materiales y repuestos Bienes de uso (Anexo I) Total del activo no corriente Total del activo PASIVO PASIVO CORRIENTE Deudas comerciales (Nota 3.f) Deudas financieras (Nota 3.g) Remuneraciones y cargas sociales Cargas fiscales (Nota 3.h) Anticipos de clientes Total del pasivo corriente PASIVO NO CORRIENTE Deudas financieras (Nota 3.g) Remuneraciones y cargas sociales (Nota 6) Cargas fiscales Otros pasivos (Nota 3.i) Total del pasivo no corriente Total del pasivo PATRIMONIO NETO(según estados respectivos) |
30-09-2018 322.086 1.886.986 1.109.177 540.204 2.158.203 6.016.656 243.053 97.624 875.987 1.216.664 7.233.320 3.973.749 572.900 90.425 856.589 40.979 5.534.642 680.625 32.352 1.229 16.268 730.474 6.265.116 968.204 7.233.320 |
31-12-2017 |
|---|---|---|
| 209.968 1.111.308 383.454 289.960 849.128 |
||
| 2.843.818 | ||
| 249.052 102.510 860.364 |
||
| 1.211.926 | ||
| 4.055.744 | ||
| 1.282.378 384.166 79.709 762.451 32.495 |
||
| 2.541.199 | ||
395.359 20.291 1.531 15.967 |
||
| 433.148 | ||
2.974.347 1.081.397 |
||
| 4.055.744 |
Las notas 1 a 8 y los estados complementarios (Anexos I a V) que se acompañan son parte integrante de estos estados.
Por Comisión Fiscalizadora
Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 20-12-2018 PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 – Fº 13
Alicia Doyharzabal Síndico Titular
GUSTAVO A. KURGANSKY Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 309 - F° 176
Mariano Batistella Presidente
- 3 -
REFINERÍA DEL NORTE S.A.
ESTADO DE RESULTADOS
POR LOS PERÍODOS DE NUEVE MESES TERMINADOS EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2018 Y 2017
(expresados en miles de pesos – Nota 2.II)
| VENTAS NETAS (Nota 3.j) COSTO DE VENTAS (Nota 3.k) Ganancia bruta GASTOS DE ADMINISTRACIÓN (Anexo II) GASTOS DE COMERCIALIZACIÓN (Anexo II) OTROS GASTOS – Capacidad Ociosa RESULTADOS FINANCIEROS Y POR TENENCIA (Nota 3.l) OTROS INGRESOS (EGRESOS) NETOS (Nota 3.m) Pérdida antes del impuesto a las ganancias IMPUESTO A LAS GANANCIAS (Nota 3.n) Pérdida neta del período |
30-09-2018 7.468.006 (6.754.284) 713.722 (372.712) (811.676) (137.160) 443.749 3.513 (160.564) 47.371 (113.193) |
30-09-2017 |
|---|---|---|
| 4.403.770 (3.485.401) |
||
| 918.369 (309.775) (469.992) (89.066) (63.160) 300 |
||
| (13.324) 2.839 |
||
| (10.485) |
Las notas 1 a 8 y los estados complementarios (Anexos I a V) que se acompañan son parte integrante de estos estados.
Por Comisión Fiscalizadora
Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 20-12-2018 PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 – Fº 13
Alicia Doyharzabal Síndico Titular
GUSTAVO A. KURGANSKY Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 309 - F° 176
Mariano Batistella Presidente
- 4 -
REFINERÍA DEL NORTE S.A.
ESTADO DE EVOLUCIÓN DEL PATRIMONIO NETO
POR LOS PERÍODOS DE NUEVE MESES TERMINADOS EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2018 Y 2017
(expresados en miles de pesos – Nota 2.II)
| 2018 | 2018 | 2018 | Total 1.081.397 - (113.193) 968.204 |
2017 | |||
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Aportes de los propietarios |
Resultados acumulados | Total | |||||
| Saldos al comienzo del ejercicio Disposición de la Asamblea General Ordinaria celebrada el 25 de abril de 2018 Reserva Facultativa Pérdida neta del período Saldos al cierre del período |
Capital Social |
Ajuste del **Capital ** |
Reserva Legal |
Reserva Facultativa |
Resultados no Asignados |
||
| 91.607 - - |
130.190 - - |
44.361 - - |
724.166 91.073 - |
91.073 (91.073) (113.193) |
990.324 - (10.485) |
||
| 91.607 | 130.190 |
44.361 | 815.239 |
(113.193) | 979.839 |
Las notas 1 a 8 y los estados complementarios (Anexos I a V) que se acompañan son parte integrante de estos estados.
Por Comisión Fiscalizadora
Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 20-12-2018 PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 – Fº 13
Alicia Doyharzabal Síndico Titular
GUSTAVO A. KURGANSKY Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 309 - F° 176
Mariano Batistella Presidente
- 5 -
REFINERÍA DEL NORTE S.A. ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO (1) POR LOS PERÍODOS DE NUEVE MESES TERMINADOS EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2018 Y 2017
(expresados en miles de pesos – Nota 2.II)
| Efectivo generado por (utilizado en) las operaciones: Pérdida neta del período Ajustes para conciliar el resultado neto del período con el efectivo generado por las operaciones: Impuesto a las ganancias devengado Depreciación de bienes de uso Intereses devengados Diferencia de cambio Resultado por tenencia de bienes de cambio Resultado por tenencia de Títulos Públicos Resultado por la venta de bienes de uso Consumo de materiales y repuestos Reestimación provisiones y previsiones Cambios en activos y pasivos Aumento de créditos por ventas (Aumento) Disminución de otros créditos (Aumento) Disminución de bienes de cambio y materiales y repuestos Aumento (Disminución) de deudas comerciales Aumento (Disminuciones) de remuneraciones y cargas sociales y fiscales Aumento (Disminuciones) de anticipos de clientes Aumento de otros pasivos Pago de impuesto a las ganancias Intereses cobrados Efectivo generado por las operaciones: Actividades de inversión: Adquisición de bienes de uso Venta de bienes de uso Venta BONAR 2020 Venta LEBACS Efectivo generado (utilizado en) por las actividades de inversión: Actividades de financiación: Pago de intereses préstamos Pago de intereses descubierto Préstamos tomados Préstamos cancelados Variación neta de adelantos en cuenta corriente Efectivo (utilizado en) generado por las actividades de financiación: Aumento del efectivo Efectivo al inicio del ejercicio (1) Efectivo al cierre del período (1) |
30-09-2018 (113.193) (47.371) 95.304 495 1.356.167 (915.412) (937.079) - 43.382 - (345.102) (244.245) (432.159) 1.617.055 163.330 8.484 302 - 55.281 305.239 (110.927) - 109.100 6.592 4.765 (22.094) (2.108) 146.381 (315.773) (50.000) (243.594) 66.410 332.583 398.993 |
30-09-2017 (10.485) (2.839) 56.935 11.737 83.009 (29.877) (25.526) (51) 31.469 419 (19.938) 37.164 115.570 (123.223) (99.926) (18.876) 1.924 (2.164) 43.159 48.481 (117.573) 87 114.163 - (3.323) (30.003) (16.923) 781.210 (497.669) (189.865) 46.750 91.908 22.114 114.022 |
|---|---|---|
(1) Caja y bancos más inversiones equivalentes (colocaciones con vencimiento original igual o menor a tres meses)
Las notas 1 a 8 y los estados complementarios (Anexos I a V) que se acompañan son parte integrante de estos estados.
Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 20-12-2018
Por Comisión Fiscalizadora
PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L.
C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 – Fº 13
GUSTAVO A. KURGANSKY
Alicia Doyharzabal Síndico Titular
Socio
Socio Mariano Batistella Contador Público U.B.A. Presidente C.P.C.E.C.A.B.A. T° 309 - F° 176
- 6 -
REFINERÍA DEL NORTE S.A.
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES
AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2018
(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa – Nota 2.II)
1. CONSTITUCIÓN Y OBJETO DE LA SOCIEDAD
Refinería del Norte S.A. (“la Sociedad” o “Refinor”) fue constituida con el objeto de llevar a cabo la industrialización de hidrocarburos líquidos y/o gaseosos y sus derivados directos e indirectos, mediante la explotación comercial de la unidad económica Campo Durán, que comprende la destilería Campo Durán, el poliducto Campo Durán-Montecristo y las plantas de almacenaje Güemes y Tucumán.
De acuerdo con el estatuto societario, los accionistas clase “A”, poseedores del 50% del capital social, tuvieron a su cargo la operación de los activos de la Sociedad hasta el 28 de diciembre de 2017, siendo responsables en forma solidaria del cumplimiento de sus obligaciones.
2. BASES DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES
I. Normas contables profesionales
Los estados contables de la Sociedad han sido preparados de acuerdo con el marco de información contable prescripto por la Inspección General de Justicia (IGJ), que requiere aplicar las normas contables profesionales argentinas vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en cuanto no esté previsto de diferente forma en la ley, disposiciones reglamentarias o resoluciones de dicho organismo de control.
La expresión normas contables profesionales argentinas vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se refiere a las normas contables emitidas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) y aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CPCECABA). De las posibilidades que brinda ese marco contable, la IGJ permite optar por:
-
(a) las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) del Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB por su sigla en inglés), o la Norma Internacional de Información Financiera para Pequeñas y Medianas Entidades, incorporadas por la FACPCE a su normativa contable en la RT N° 26 y Circulares de adopción de las NIIF, o bien
-
(b) las normas contables profesionales argentinas emitidas por la FACPCE y aprobadas por el CPCECABA, distintas a la RT N° 26.
Las normas contables establecidas por IGJ y aplicadas por la Sociedad en la preparación de los presentes estados contables, difieren de las normas contables profesionales argentinas indicadas en el acápite (b) precedente, que es la opción de norma contable profesional elegida por la Sociedad, en los aspectos que se indican en la nota III.
II. Unidad de medida
Los estados contables de la Sociedad reconocen las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda hasta el 1° de marzo de 2003, habiéndose discontinuado a partir de esa fecha la incorporación de ajustes para reflejar dichas variaciones, de acuerdo a lo previsto en las normas contables profesionales argentinas vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y a lo requerido por el Decreto 664/2003 del Poder Ejecutivo Nacional, y en el artículo 312 de la Resolución General N° 7/2015 de la Inspección General de Justicia.
Al respecto, RT N° 39 "Modificación de las RT N° 6 y 17. Expresión en moneda homogénea", y la Interpretación N° 8 "Aplicación del párrafo 3.1 -Expresión en moneda homogénea- de la RT N° 17", emitidas por la Federación Argentinas
Por Comisión Fiscalizadora
Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 20-12 -2018 PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 – Fº 13
Alicia Doyharzabal Síndico Titular
GUSTAVO A. KURGANSKY Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 309 - F° 176
Mariano Batistella Presidente
- 7 -
2. BASES DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES (cont.)
de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE) y aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (CPCECABA), introdujeron como indicador clave y condición necesaria para reexpresar las cifras de los estados contables, la existencia de una tasa de inflación acumulada en tres años que alcance o sobrepase el 100%. La inflación acumulada en tres años se mantuvo en Argentina durante el año 2017 en valores decrecientes respecto del año 2016 y por debajo del 100% acumulado en tres años. Sin embargo, debido a diversos factores macroeconómicos, la inflación trienal acumulada se ubica actualmente por encima del 100%, a la vez que las metas revisadas por el gobierno nacional, y otras proyecciones disponibles, indican que esta tendencia no se revertirá en el corto plazo.
En este escenario, y con el propósito de establecer normas para la reanudación del proceso de reexpresión de los estados contables, la Junta de Gobierno de la FACPCE aprobó el 29 de septiembre de 2018 la Resolución JG N° 539/18, y el Consejo Directivo del CPCECABA aprobó el 10 de Octubre de 2018 la Resolución C.D. N° 107/2018 . Ambas resoluciones establecen: (a) que los estados contables correspondientes a ejercicios anuales o períodos intermedios cuyos cierres ocurran a partir del 1° de julio de 2018 deben ser reexpresados de acuerdo con el procedimiento establecido en la RT N° 6; (b) que debido a los esfuerzos que puede demandar la implementación del ajuste integral por inflación, un ente podrá optar, por única vez, por no reexpresar los estados contables (anuales o intermedios) correspondientes a períodos cerrados entre el 1° de julio y el 30 de diciembre de 2018, y practicar dicho ajuste en los estados contables correspondientes al siguiente cierre (anual o intermedio) con efecto retroactivo al inicio del ejercicio comparativo, y (c) que la serie de índices a utilizar para la reexpresión será una elaborada y publicada mensualmente por la FACPCE, que combina el Índice de Precios al Consumidor (IPC) Nacional publicado por el INDEC a partir de enero de 2017 (mes base: diciembre 2016) con el Índice de Precios Internos al por Mayor (IPIM) publicado por el INDEC hasta esa fecha, computando para los meses de noviembre y diciembre de 2015, para los cuales el INDEC no ha difundido información sobre la variación en el IPIM, la variación en el IPC de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
No obstante, la posibilidad de cumplir con los requerimientos de la FACPCE y del CPCECABA mencionados precedentemente, está sujeta a ciertos cambios necesarios en la normativa de la IGJ , a quien el Decreto N° 1259/2002 (modificado por el Decreto N° 664/2003) le prohíbe aceptar estados contables ajustados por inflación. A la fecha de aprobación de estos estados contables, la derogación de esta prohibición ya ha sido tratada por el parlamento, aunque se encuentra pendiente que la IGJ se expida sobre lo resuelto por el Congreso de la Nación Argentina.
En la nota 2.III se informan los efectos que produciría la reexpresión de los estados contables a moneda homogénea.
III. Reexpresión a moneda homogénea no reconocida en los estados contables
Al 30 de septiembre de 2018 se cumplen las condiciones establecidas en la sección 3.1 de la RT N° 17 para que los estados contables incorporen los cambios en el poder adquisitivo de la moneda y queden expresados en la unidad de medida corriente al final del período sobre el que se informa. Como se menciona en el apartado anterior, el 4 de diciembre de 2018, se promulgó la Ley 27.468, que deroga el Decreto 1259/02 (modificado por el Decreto N° 664/03) que impedía a los organismos de contralor nacionales aceptar estados contables ajustados por inflación. A la fecha resta que IGJ incorpore los contenidos de la Resolución CD N° 107/18 del CPCECABA que ratifica a las Resoluciones JG 531/18 de la FACPCE con la norma de transición que permite optar por no reexpresar los estados contables anuales o intermedios con fecha de cierre entre el 1 de julio de 2018 y el 30 de diciembre de 2018. Por este motivo los presentes estados contables prescinden de dicho ajuste.
Los estados contables de una entidad cuya moneda sea la de una economía de alta inflación son expresados en términos de la unidad de medida corriente a la fecha de cierre del período sobre el que se informa. Para ello, en términos generales, se computa, en los saldos de los activos no monetarios, y hasta el límite de su valor recuperable, y en los saldos de los pasivos no monetarios, la inflación producida desde la fecha de adquisición o incorporación al patrimonio, o desde la fecha de revaluación, según corresponda. En consecuencia, si en un período inflacionario, los activos monetarios exceden los pasivos monetarios, la entidad perderá poder adquisitivo, y si los pasivos monetarios exceden los activos monetarios, la entidad ganará poder adquisitivo, siempre que tales partidas no se encuentren
Por Comisión Fiscalizadora
Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 20-12 -2018 PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 – Fº 13
Alicia Doyharzabal Síndico Titular
GUSTAVO A. KURGANSKY Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 309 - F° 176
Mariano Batistella Presidente
- 8 -
2. BASES DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES (cont.)
sujetas a un mecanismo de ajuste. Asimismo, las cifras que se presentan con fines comparativos, serán reexpresadas a moneda de cierre del período que se informa, sin que este hecho modifique las decisiones tomadas en base a la información contable correspondiente al ejercicio anterior. A la fecha de emisión de los presentes estados contables intermedios la Gerencia de la Sociedad se encuentra en proceso de análisis y cálculo de los efectos cuantitativos de la aplicación del ajuste por inflación. Se estima que dichos efectos podrían ser significativos. Esta cuestión debe ser tenida en cuenta por los usuarios de los presentes estados financieros intermedios.
IV. Criterios de exposición
Los estados contables se presentan de acuerdo con los criterios de exposición establecidos por las normas detalladas en el apartado I de la presente nota.
V. Cuestiones no previstas: aplicación de fuentes normativas supletorias
Las cuestiones de medición no previstas en las normas contables profesionales argentinas podrán resolverse mediante: (i) la utilización de normas contables particulares que traten temas similares y relacionados (salvo que la norma que se pretende utilizar prohíba su aplicación al caso particular que se intenta resolver, o indique que el tratamiento contable que establece, no debe ser aplicado a otros casos por analogía); (ii) la aplicación de las normas sobre medición contable en general; y (iii) los conceptos incluidos en el Marco Conceptual de las normas contables profesionales argentinas vigentes, en el orden de prioridad antes indicado.
Cuando la resolución de la cuestión de medición no prevista a partir de las fuentes antes indicadas no resulte evidente, se podrán considerar en forma supletoria para la formación del juicio de la Gerencia y el desarrollo de la correspondiente política contable, en orden descendente de prioridad (i) las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), la Norma Internacional de Información Financiera para las PyMES e Interpretaciones que hayan sido aprobadas y emitidas por el International Accounting Standards Board (IASB); y (ii) sin un orden establecido, los pronunciamientos más recientes de otros emisores que empleen un marco conceptual similar para la emisión de normas contables, las prácticas aceptadas de la industria y la doctrina contable, con la condición de que las fuentes supletorias utilizadas no entren en conflicto con las fuentes normativas señaladas en el párrafo anterior, y hasta tanto la FACPCE emita una norma que cubra la cuestión de medición involucrada.
VI. Reforma Tributaria
El 27 de diciembre de 2017, se publicó en el BO la Ley N° 27.430 introduciendo modificaciones al régimen tributario argentino.
A continuación, se mencionan las principales modificaciones impositivas con impacto en las actividades de la Sociedad, sin perjuicio de que las mismas aún se encuentran pendientes de reglamentación por parte de la autoridad fiscal.
1.1 Impuesto a las ganancias
1.1.1. Nuevas tasas
Se establece que la tasa del impuesto a las ganancias para las sociedades de capital y los establecimientos permanentes será del 30% para los ejercicios que se inicien a partir del 1° de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2019, y se reducirá al 25% para los ejercicios posteriores.
Adicionalmente, se establece una retención del 7% o del 13% para los períodos citados precedentemente, sobre los dividendos distribuidos por parte de las sociedades de capital en favor de sus accionistas, cuando los mismos sean personas humanas o sucesiones indivisas residentes del país, o sean sujetos beneficiarios residentes en el exterior.
Por Comisión Fiscalizadora
Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 20-12 -2018 PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L.
C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 – Fº 13
Alicia Doyharzabal Síndico Titular
GUSTAVO A. KURGANSKY Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 309 - F° 176
Mariano Batistella Presidente
- 9 -
2. BASES DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES (cont.)
1.1.2. Impuesto de igualación
Se deja sin efecto el impuesto de igualación para las nuevas utilidades que se generen a partir del período fiscal 2018, establecido por el artículo 69.1 de la Ley 25.063.
1.1.3. Quebrantos impositivos
El artículo 19 de la ley de impuesto a las ganancias incorpora para el tratamiento de la deducción de los quebrantos la posibilidad de su actualización teniendo en cuenta la variación del índice de precios internos al por mayor publicada por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos, operada entre el mes de cierre del ejercicio fiscal en que se originaron y el mes de cierre del ejercicio fiscal que se liquida.
1.1.4. Actualización
Se dispone que para la determinación de la ganancia neta imponible de los ejercicios que se inicien a partir del 1° de enero de 2018 podrá tener que deducirse o incorporarse al resultado impositivo del ejercicio que se liquida, el ajuste por inflación que se obtenga por aplicación de las normas particulares contenidas en los artículos 95 a 98 de la ley de impuesto a las ganancias. Este ajuste procederá solo si el porcentaje de variación en el índice de precios internos al por mayor suministrado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos, conforme a las tablas que a esos fines elabore la AFIP, llegara a acumular (a) en los 36 meses anteriores al cierre del ejercicio que se liquida, un porcentaje superior al 100%, o (b) en el primer y segundo ejercicio que se inicien a partir del 1° de enero de 2018, una variación acumulada, calculada desde el primero de ellos y hasta el cierre de cada ejercicio, que supere en un tercio o dos tercios, respectivamente, el 100% mencionado.
Si no se cumple la condición necesaria para el ajuste por inflación impositivo, igualmente procederá el ajuste específico de ciertos activos que se comenta en el próximo acápite.
1.1.5. Revalúo impositivo
Se establece la posibilidad de actualizar impositivamente ciertos bienes integrantes del activo de los contribuyentes, con el objeto de actualizar el valor de los mismos desde el período de su adquisición hasta el 31 de diciembre de 2017.
Este revalúo tiene carácter optativo, y el importe de la actualización quedará sujeto a un impuesto especial, del 8% al 15%, según el tipo de bien a revaluar.
1.2 Impuesto al valor agregado
Devolución de saldos a favor por inversiones.
Se establece un procedimiento para la devolución de los créditos fiscales originados en la compra, construcción, fabricación, elaboración o importación definitiva de bienes de uso (excepto automóviles), que luego de transcurridos 6 meses desde su cómputo, no hubieran sido absorbidos por débitos fiscales generados por la actividad.
1.3. Impuesto a los combustibles
Se establecen modificaciones en el impuesto sobre los combustibles, incorporando un impuesto a las emisiones de dióxido de carbono. La reforma simplifica la estructura de la imposición sobre los combustibles, manteniendo la misma presión tributaria existente antes de la reforma .
Por Comisión Fiscalizadora
Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 20-12 -2018 PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 – Fº 13
Alicia Doyharzabal Síndico Titular
GUSTAVO A. KURGANSKY Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 309 - F° 176
Mariano Batistella Presidente
- 10 -
2. BASES DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES (cont.)
1.4. Contribuciones patronales
Se establece una reducción progresiva de la alícuota de 21% con efecto para las contribuciones patronales que se devenguen a partir del 1° de febrero de 2018. El cronograma de reducción indica que la alícuota será de 20,70% en 2018, 20,40% en 2019, 20,10% en 2020, y 19,80% en 2021, para finalmente estabilizarse en 19,50% para las contribuciones patronales que se devenguen a partir del 1° de enero de 2022.
Adicionalmente, de la base imponible sobre la que corresponda aplicar las alícuotas indicadas precedentemente, se detraerá un mínimo no imponible que también será progresivo y que comienza en 2018 con $ 2.400, sigue en 2019 con $ 4.800, en 2020 con $ 7.200 y en 2021 con pesos $ 9.600, para finalmente alcanzar los $ 12.000 desde el 1° de enero de 2022. Este mínimo no imponible se actualizará desde enero de 2019, sobre la base del índice de precios al consumidor que suministre el INDEC.
1.5 Nuevas normas contables
La Ley N° 27.430 sobre Reforma Tributaria, promulgada por el PEN el 29 de diciembre de 2017, estableció en el capítulo 2 de su Título X que los entes que confeccionan estados contables podrán ejercer la opción de revaluar por única vez ciertos activos, conforme lo determinen las normas contables profesionales y la reglamentación de la Ley, y que la contrapartida de la aplicación del régimen de revalúo se imputará en el patrimonio neto a una reserva específica no distribuible. La Ley también establece que la opción de revalúo por única vez solo podría ejercerse para el primer ejercicio cerrado con posterioridad a la vigencia de la Ley, que en el caso de la Sociedad es el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2017.
Respecto de las normas contables profesionales a que hace referencia la Ley, el CPCECABA ha aprobado el 21 de marzo de 2018 la Resolución C.D N° 24/2018 "Norma de Excepción: Costo Atribuido para Determinados Activos". Esta Resolución establece (a) que los activos que podrán ser objeto de revalúo por única vez son los bienes de uso (excepto activos biológicos), las propiedades de inversión y los activos no corrientes mantenidos para su venta (incluyendo aquellos retirados del servicio), y (b) que como criterio general de medición deberá aplicarse valor razonable o el valor neto de realización, según corresponda a la naturaleza del bien, como se define a esas mediciones en las normas contables profesionales adoptadas por el CPCECABA, y como criterio alternativo sucedáneo, si el empleo del criterio general implicara un costo o esfuerzo desproporcionado, podrá aplicarse el ajuste por los factores que se proporcionan en el artículo 283 de la Ley N° 27.430.
1.5 Nuevas normas contables (cont.)
Asimismo, la IGJ ha emitido el 11 de mayo de 2018 la Resolución General N° 2/2018 por la que establece las normas complementarias y aclaratorias para la aplicación de la opción de revalúo contable por única vez prevista en la Ley N° 27.430. Dicha Resolución General establece que las entidades que opten por la revaluación contable por única vez aplicarán las normas técnicas profesionales vigentes en las condiciones de su adopción por el CPCECABA, y que la revaluación sólo es admitida en los estados contables correspondientes al primer ejercicio económico finalizado con posterioridad al 30 de diciembre de 2017, en tanto que si la decisión de acogerse a la revaluación fuera posterior a la presentación de esos estados contables, la registración del revalúo es aún posible presentando los estados contables originales y la documentación relacionada de forma rectificatoria.
A la fecha de emisión de los presentes estados contables, la Dirección de la Sociedad se encuentra analizando los efectos de la implementación de la Ley N° 27.430 y de la Resolución General N° 2/2018 y, por lo tanto, no ha concluido sobre si hará uso de la opción de revalúo contable y/o impositivo por única vez en los términos previstos por la Resolución General N° 2/2018.
Por Comisión Fiscalizadora
Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 20-12 -2018 PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 – Fº 13
GUSTAVO A. KURGANSKY Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 309 - F° 176
Mariano Batistella Presidente
Alicia Doyharzabal Síndico Titular
- 11 -
2. BASES DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES (cont.)
VI. Criterios de valuación
Los principales criterios de valuación utilizados para la preparación de los estados contables son los siguientes:
-
a) Caja y bancos:
-
En moneda nacional: a su valor nominal.
-
En moneda extranjera: a su valor nominal, convertido a los tipos de cambio vigentes al cierre de cada período/ejercicio para la liquidación de estas operaciones. Las diferencias de cambio fueron imputadas a los resultados de cada período/ejercicio.
b) Inversiones:
-
Fondos comunes de inversión: al valor de la cuota parte al cierre de cada período/ejercicio, para la liquidación de estas operaciones.
-
BONAR 2020: a su valor neto de realización al cierre del período/ejercicio.
-
c) Créditos por ventas, deudas comerciales y anticipos de clientes:
Los créditos por ventas y las deudas comerciales han sido valuados al precio de contado estimado al momento de la transacción, incluyendo de corresponder, la porción devengada de los resultados financieros pertinentes. Los créditos y pasivos con sociedades relacionadas han sido valuados de acuerdo con las condiciones pactadas entre las partes involucradas.
Los saldos en moneda extranjera se convirtieron a pesos de acuerdo con los tipos de cambio vigentes al cierre de cada período/ejercicio para la liquidación de estas operaciones.
Los créditos se valuaron netos de una previsión para afrontar posibles pérdidas por deudores incobrables. En la estimación de sus montos, la Dirección de la Sociedad ha considerado la probabilidad de su concreción en base a los elementos de juicio disponibles y la opinión de sus asesores legales.
Los anticipos de clientes han sido valuados considerando las sumas de dinero recibidas.
d) Préstamos:
Los préstamos han sido valuados de acuerdo con la suma de dinero recibida, incluyendo la porción devengada de los resultados financieros pertinentes.
Los saldos en moneda extranjera se convirtieron a pesos de acuerdo con los tipos de cambio vigentes al cierre de cada período/ejercicio para la liquidación de estas operaciones.
- e) Otros créditos y pasivos, excepto contingencias:
Los créditos y pasivos con terceros, excepto los indicados en los apartados c) y d) precedentes han sido valuados en base a la suma a cobrar y a pagar, respectivamente, a su valor descontado, en la medida que el efecto fuera significativo. Los saldos por impuesto diferido han sido valuados a su valor nominal.
Los otros créditos y pasivos con sociedades relacionadas han sido valuados de acuerdo con las condiciones pactadas entre las partes involucradas.
Por Comisión Fiscalizadora
Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 20-12 -2018 PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 – Fº 13
Alicia Doyharzabal Síndico Titular
GUSTAVO A. KURGANSKY Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 309 - F° 176
Mariano Batistella Presidente
- 12 -
2. BASES DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES (cont.)
Los saldos en moneda extranjera se convirtieron a pesos de acuerdo con los tipos de cambio vigentes al cierre del período/ejercicio para la liquidación de estas operaciones.
- f) Bienes de cambio y materiales y repuestos:
Petróleo crudo y productos destilados: a su costo de reposición o reproducción, según corresponda.
Materiales y repuestos: a su costo de reposición, neto de una previsión por desvalorización en aquellos casos en que presenten evidencias de obsolescencia o sobrevaluación.
La valuación de los bienes de cambio no excede su valor recuperable.
g) Bienes de uso:
Activos transferidos: su valor total se determinó en función del precio efectivamente pagado por el paquete mayoritario licitado (70% del capital social), reexpresado como se indica en nota 2.II. Dicho valor fue prorrateado entre los distintos bienes transferidos en base al valor residual técnico de los mismos determinado por peritos técnicos independientes. Los valores así determinados se encuentran netos de las correspondientes depreciaciones acumuladas determinadas siguiendo el método de la línea recta, en base a la vida útil restante estimada por los peritos técnicos mencionados precedentemente.
Adiciones posteriores a la fecha de transferencia: se valuaron a su costo de adquisición reexpresado como se indica en nota 2.II incluyendo en caso de corresponder el costo por su financiación, menos las correspondientes depreciaciones acumuladas calculadas siguiendo el método de la línea recta, en base a la vida útil estimada.
La valuación de los bienes de uso no excede su valor recuperable.
- h) Impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta e impuesto al valor agregado:
La Sociedad ha reconocido el cargo por impuesto a las ganancias en base al método de lo diferido, reconociendo de esta manera las diferencias temporarias entre las mediciones de los activos y pasivos contables e impositivos. A los efectos de determinar los activos y pasivos diferidos se ha aplicado sobre las diferencias temporarias identificadas, la tasa impositiva que se espera esté vigente al momento de su reversión o utilización, considerando las normas legales sancionadas a la fecha de emisión de estos estados contables.
Adicionalmente, la Sociedad determina el impuesto a la ganancia mínima presunta aplicando la tasa del 1% sobre los activos computables al cierre del ejercicio. Este impuesto es complementario del impuesto a las ganancias. La obligación fiscal de la Sociedad en cada ejercicio coincide con el mayor de ambos impuestos. Si el impuesto a la ganancia mínima presunta excede en un ejercicio fiscal al impuesto a las ganancias, dicho exceso puede computarse como pago a cuenta de cualquier excedente del impuesto a las ganancias sobre el impuesto a la ganancia mínima presunta que pudiera producirse en cualquiera de los diez ejercicios siguientes.
La Ley N° 27.260, publicada en el Boletín Oficial el 22 de julio de 2016 deroga el impuesto a la ganancia mínima presunta para los ejercicios que se inician a partir del 1° de enero de 2019.
Las ventas de la Sociedad en el mercado interno están gravadas por el impuesto al valor agregado a la alícuota general del 21%. Sin embargo, según lo establecido por la Ley 26.020 con vigencia a partir del 17 de abril de 2005, las ventas de propano, butano y gas licuado de petróleo en el mercado interno se encuentran gravadas a una alícuota diferencial del 10,5%.
Por Comisión Fiscalizadora
Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 20-12 -2018 PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 – Fº 13
Alicia Doyharzabal Síndico Titular
GUSTAVO A. KURGANSKY Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 309 - F° 176
Mariano Batistella Presidente
- 13 -
2. BASES DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES (cont.)
i) Contingencias:
Son situaciones existentes al cierre del período/ejercicio que pueden resultar en una pérdida para la Sociedad, cuya materialización depende de que uno o más eventos futuros ocurran o dejen de ocurrir. La evaluación de los pasivos contingentes es realizada por la Gerencia de la Sociedad en base a la opinión de sus asesores legales y de los restantes elementos de juicio disponibles.
Las contingencias incluyen los procesos judiciales pendientes o reclamos por eventuales perjuicios a terceros por daños originados en el desarrollo de las actividades, como así también reclamos de terceros originados en cuestiones de interpretación legislativa.
Si en la evaluación de la contingencia existe la probabilidad de que se materialice una pérdida y el monto puede ser estimado, un pasivo es contabilizado en el rubro Otros pasivos - Previsiones. Si la potencial pérdida no es probable, pero sí razonablemente posible, o es probable pero su monto no puede ser estimado, la naturaleza del pasivo contingente y una estimación de la posibilidad de ocurrencia es expuesta en nota a los estados contables. Las contingencias consideradas remotas no son expuestas, a menos que involucren garantías, en cuyo caso se incluye en nota a los estados contables la naturaleza de la garantía.
- j) Cuentas de patrimonio neto:
Se encuentran reexpresadas de acuerdo con lo mencionado en nota 2.II, excepto la cuenta “Capital social” la cual se ha mantenido por su valor de origen. El ajuste derivado de su reexpresión se expone en la cuenta “Ajuste del capital”.
k)
Cuentas del estado de resultados:
-
Los ingresos y gastos, por su valor nominal.
-
Los cargos por consumos de activos no monetarios se determinaron en función de los importes de tales activos.
-
Los resultados financieros y por tenencia se exponen discriminados en los generados por activos y por pasivos e incluyen las ganancias y costos financieros nominales, las diferencias de cambio y otros resultados por tenencia.
-
En otros gastos se exponen, principalmente, los costos reales relacionados con la parte no utilizada de la capacidad de la planta.
l) Uso de estimaciones:
La preparación de estos estados contables requiere que la Dirección de la Sociedad, de acuerdo con las normas contables profesionales vigentes, realice estimaciones y evaluaciones que afecten el monto y la exposición de los activos y pasivos registrados, de los activos y pasivos contingentes revelados a la fecha de emisión de los presentes estados contables, como así también los ingresos y egresos registrados en el período/ejercicio.
Los resultados reales futuros pueden diferir de las estimaciones y evaluaciones realizadas a la fecha de preparación de los presentes estados contables.
Por Comisión Fiscalizadora
Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 20-12 -2018 PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 – Fº 13
Alicia Doyharzabal Síndico Titular
GUSTAVO A. KURGANSKY Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 309 - F° 176
Mariano Batistella Presidente
- 14 -
3. DETALLE DE LOS PRINCIPALES RUBROS
Los principales rubros están compuestos por los siguientes conceptos:
| a) Caja y bancos: Caja Bancos b) Inversiones: BONAR 2020 Fondos comunes de inversión c) Créditos por ventas: Corrientes: Deudores comunes Deudores en gestión judicial Sociedades accionistas: · YPF S.A. · Pampa Energía S.A. · Pluspetrol S.A. Sociedades relacionadas: · Integración Energética Argentina S.A. (ex Energía Argentina S.A.) · YPF Gas S.A. Previsión para deudores incobrables (Anexo V) d) Otros créditos: Corrientes: IVA – Saldo a favor Imp. a las Ganancias – Saldo a favor Activos de disponibilidad restringida Anticipos a proveedores Impuesto a los ingresos brutos – Saldo a favor Impuesto a la transferencia de combustibles - Saldo a Favor Depósito judicial en consignación Seguros pagados por adelantado Documentos a cobrar Previsión para deudores incobrables (Anexo V) |
30-09-2018 | 31-12-2017 |
|---|---|---|
| 226 321.860 |
254 209.714 |
|
| 322.086 | 209.968 | |
| 1.810.079 76.907 |
988.693 122.615 |
|
| 1.886.986 | 1.111.308 |
|
| 190.991 16.883 61.883 192.614 - 435.581 227.931 |
94.026 16.883 9.291 53.702 6.365 155.890 64.003 |
|
| 1.125.883 (16.706) |
400.160 (16.706) |
|
| 1.109.177 | 383.454 |
|
| 307.525 179.689 843 22.179 24.774 30-09-2018 |
234.202 10.022 843 15.155 8.958 31-12-2017 |
|
| - 650 2.750 198 (198) |
1.617 650 16.961 198 (198) |
Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 20-12 -2018 Por Comisión Fiscalizadora PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 – Fº 13
Alicia Doyharzabal Síndico Titular
GUSTAVO A. KURGANSKY Mariano Batistella Socio Presidente Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 309 - F° 176
- 15 -
3. DETALLE DE LOS PRINCIPALES RUBROS (cont.)
| Otros No Corrientes: Crédito por repetición Aduana Impuesto a los ingresos brutos – Saldo a favor Activo por impuesto diferido (Nota 3.n) Sociedades accionistas: · YPF S.A.(1) Otros (1) Estimación del crédito conforme cláusula 9 del Concurso Público Internacional e) Bienes de cambio: Corrientes: Productos destilados Petróleo crudo Materiales y repuestos Previsión para desvalorización de materiales y repuestos (Anexo V) Otros f) Deudas comerciales: Corrientes: Proveedores comunes Sociedades accionistas: · YPF S.A. · Pampa Energía S.A. · Pluspetrol S.A. Sociedades relacionadas: · Integración Energética Argentina S.A. (Ex Energía Argentina S.A.) · YPF Energía Eléctrica S.A. g) Deudas financieras: Corrientes: Préstamos bancarios Saldos acreedores de bancos Intereses a pagar |
Otros No Corrientes: Crédito por repetición Aduana Impuesto a los ingresos brutos – Saldo a favor Activo por impuesto diferido (Nota 3.n) Sociedades accionistas: · YPF S.A.(1) Otros (1) Estimación del crédito conforme cláusula 9 del Concurso Público Internacional e) Bienes de cambio: Corrientes: Productos destilados Petróleo crudo Materiales y repuestos Previsión para desvalorización de materiales y repuestos (Anexo V) Otros f) Deudas comerciales: Corrientes: Proveedores comunes Sociedades accionistas: · YPF S.A. · Pampa Energía S.A. · Pluspetrol S.A. Sociedades relacionadas: · Integración Energética Argentina S.A. (Ex Energía Argentina S.A.) · YPF Energía Eléctrica S.A. g) Deudas financieras: Corrientes: Préstamos bancarios Saldos acreedores de bancos Intereses a pagar |
1.794 540.204 |
1.552 289.960 6.084 4.053 219.936 17.534 1.445 249.052 |
|
|---|---|---|---|---|
| 243.053 | ||||
| N° 14-280/92. 1.192.904 570.757 271.120 (4.532) 127.954 2.158.203 1.154.275 1.059.798 294.114 2.512 1.394.671 68.379 3.973.749 30-09-2018 565.125 - 7.775 572.900 |
569.073 125.280 130.319 (4.532) 28.988 849.128 575.161 209.684 65.960 1.290 378.943 51.340 1.282.378 31-12-2017 326.358 50.000 7.808 384.166 |
|||
Por Comisión Fiscalizadora
Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 20-12 -2018 PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L.
C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 – Fº 13
Alicia Doyharzabal Síndico Titular
GUSTAVO A. KURGANSKY Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 309 - F° 176
Mariano Batistella Presidente
- 16 -
3. DETALLE DE LOS PRINCIPALES RUBROS (cont.)
No Corrientes:
| Préstamos bancarios h) Cargas fiscales: Corrientes: Fondo fiduciario por Decreto 2067 (Nota 4.b) Retenciones y percepciones Retenciones a las exportaciones Impuesto a la transferencia de combustible Impuesto al dióxido de carbono Impuesto a los ingresos brutos Tasas naftas Tasas gasoil Otros i) Otros pasivos: No Corrientes: Servidumbres Previsiones para contingencias (Anexo V) j) Ventas netas: Ventas brutas (1) Retención a las exportaciones (Nota 4.b) |
680.625 680.625 715.906 46.025 12.240 72.777 8.225 1.011 - - 405 |
395.359 395.359 715.906 43.969 - - - 3 1.265 927 381 |
395.359 395.359 715.906 43.969 - - - 3 1.265 927 381 |
|
|---|---|---|---|---|
| 856.589 | 762.451 | |||
| 14.552 1.716 |
10.862 5.105 |
|||
| 16.268 | 15.967 | |||
| 30-09-2018 7.481.815 (13.809) 7.468.006 |
30-09-2017 | |||
| 4.407.399 (3.629) |
||||
| 4.403.770 |
(1) Las ventas por el período de nueve meses terminado el 30 de septiembre de 2018 fueron efectuadas, principalmente a Pampa Energía S.A., YPG Gas S.A., Y.P.F. S.A., IEASA (Ex ENARSA) y Complejo del Parque y representaron el 11%,7%,4%,4% y 3% respectivamente, del total de las ventas brutas.
Por Comisión Fiscalizadora
Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 20-12 -2018 PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 – Fº 13
Mariano Batistella Presidente
GUSTAVO A. KURGANSKY Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 309 - F° 176
Alicia Doyharzabal Síndico Titular
- 17 -
3. DETALLE DE LOS PRINCIPALES RUBROS (cont.)
| k) Costo de ventas: Existencias de bienes de cambio y materiales y repuestos al inicio del ejercicio Compras de bienes y servicios Gastos de producción (Anexo II) Resultado por tenencia de bienes de cambio (Nota 3.l) Capacidad ociosa de planta Menos: Existencias de bienes de cambio y materiales y repuestos al cierre del período l) Resultados financieros y por tenencia: Generados por activos: · Diferencias de cambio · Resultado por tenencia de bienes de cambio · Intereses devengados · Descuento de activos · Resultado Títulos Públicos .Otros Subtotal generados por activos Generados por pasivos: · Diferencias de cambio · Intereses devengados · Descuento de pasivos · Comisiones y otros gastos bancarios Subtotal generados por pasivos Total m) Otros ingresos (egresos) netos: Reestimación de provisiones y previsiones Resultado por la venta de bienes de uso Otros |
Ganancia /(Pérdida) 30-09-2018 30-09-2017 951.638 988.539 6.196.095 2.818.887 1.084.126 608.541 915.412 29.877 (137.160) (89.066) (2.255.827) (871.377) 6.754.284 3.485.401 380.621 33.943 915.412 29.877 55.281 43.159 (42.688) 28 937.079 25.526 (11.264) (4.626) 2.234.441 127.907 (1.736.788) (116.952) (55.776) (54.896) 17.654 (2.597) (15.782) (16.622) (1.790.692) (191.067) 443.749 (63.160) - (419) - 51 3.513 668 3.513 300 |
Ganancia /(Pérdida) 30-09-2018 30-09-2017 951.638 988.539 6.196.095 2.818.887 1.084.126 608.541 915.412 29.877 (137.160) (89.066) (2.255.827) (871.377) 6.754.284 3.485.401 380.621 33.943 915.412 29.877 55.281 43.159 (42.688) 28 937.079 25.526 (11.264) (4.626) 2.234.441 127.907 (1.736.788) (116.952) (55.776) (54.896) 17.654 (2.597) (15.782) (16.622) (1.790.692) (191.067) 443.749 (63.160) - (419) - 51 3.513 668 3.513 300 |
Ganancia /(Pérdida) 30-09-2018 30-09-2017 951.638 988.539 6.196.095 2.818.887 1.084.126 608.541 915.412 29.877 (137.160) (89.066) (2.255.827) (871.377) 6.754.284 3.485.401 380.621 33.943 915.412 29.877 55.281 43.159 (42.688) 28 937.079 25.526 (11.264) (4.626) 2.234.441 127.907 (1.736.788) (116.952) (55.776) (54.896) 17.654 (2.597) (15.782) (16.622) (1.790.692) (191.067) 443.749 (63.160) - (419) - 51 3.513 668 3.513 300 |
|
|---|---|---|---|---|
| 30-09-2018 951.638 6.196.095 1.084.126 915.412 (137.160) (2.255.827) 6.754.284 380.621 915.412 55.281 (42.688) 937.079 (11.264) 2.234.441 (1.736.788) (55.776) 17.654 (15.782) (1.790.692) 443.749 - - 3.513 3.513 |
||||
| 127.907 | ||||
| (116.952) (54.896) (2.597) (16.622) |
||||
| (191.067) | ||||
| (63.160) | ||||
| (419) 51 668 |
||||
| 300 |
Por Comisión Fiscalizadora
Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 20-12 -2018 PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L.
C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 – Fº 13
Alicia Doyharzabal Síndico Titular
GUSTAVO A. KURGANSKY Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 309 - F° 176
Mariano Batistella Presidente
- 18 -
3. DETALLE DE LOS PRINCIPALES RUBROS (cont.)
n) Impuesto a las Ganancias e Impuesto diferido:
A continuación se detalla la composición del impuesto a las ganancias incluido en el estado de resultados y la conciliación del mismo con el que resultaría de aplicar la tasa impositiva vigente al resultado contable antes del impuesto a las ganancias, por los períodos de nueve meses terminados el 30 de septiembre de 2018 y 2017:
| Impuesto a las ganancias determinado del período Defecto impuesto a las ganancias ejercicios anteriores Variación del impuesto diferido Total impuesto a las ganancias (pérdida) - ganancia Resultado del período antes de impuestos Tasa del impuesto vigente Total Impuesto Diferencias permanentes a la tasa del impuesto: - Reexpresión en moneda constante - Diversos Total impuesto a las ganancias |
Ganancia / | (Pérdida) |
|---|---|---|
| 30-09-2018 52.026 1.901 (6.556) 47.371 (160.564) 30% 48.169 (992) 194 47.371 |
30-09-2017 | |
| (5.650) - 8.489 |
||
| 2.839 | ||
| (13.324) 35% |
||
| 4.664 (1.534) (291) |
||
| 2.839 |
La Sociedad optó por no reconocer como temporaria en el método del impuesto a las ganancias diferido, la diferencia entre el valor contable ajustado por inflación de los bienes de uso (y otros activos no monetarios) y su base fiscal, y por lo tanto se encuentra aplicando la opción de no reconocer el pasivo a efectos del impuesto a las ganancias diferido prevista en la Resolución 93/2005 del CPCECABA. Los efectos derivados de computar en el cálculo del impuesto a las ganancias diferido las diferencias entre el valor contable ajustado por inflación de los bienes de uso y otros activos no monetarios y su base fiscal generaría una reducción del patrimonio neto al 30 de septiembre de 2018 y un aumento del pasivo por impuesto a las ganancias diferido a la misma fecha de aproximadamente 8.725 mientras que el efecto en los resultados del período finalizado el 30 de septiembre de 2018 hubiera generado una ganancia de aproximadamente 992. El plazo promedio de reversión del pasivo por impuesto a las ganancias diferido mencionado anteriormente asciende aproximadamente a 7 años.
Por Comisión Fiscalizadora
Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 20-12 -2018 PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 – Fº 13
GUSTAVO A. KURGANSKY Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 309 - F° 176
Mariano Batistella Presidente
Alicia Doyharzabal Síndico Titular
- 19 -
3. DETALLE DE LOS PRINCIPALES RUBROS (cont.)
n) Impuesto a las Ganancias e Impuesto diferido (cont.)
Seguidamente, se detalla la composición del activo neto por impuesto diferido al 30 de septiembre de 2018 y 31 de diciembre de 2017:
| Activo neto por Impuesto diferido Diferencias temporarias activas - Previsiones y provisiones no deducibles Diferencias temporarias pasivas - Valuación de bienes de cambio - Otros |
30-09-2018 230.691 (2.764) (14.547) 213.380 |
31-12-2017 |
|---|---|---|
| 244.365 (2.895) (21.534) |
||
| 219.936 |
4. PRINCIPALES COMPROMISOS ASUMIDOS POR LA SOCIEDAD, REGULACIONES Y CONTINGENCIAS
a) Compromisos
La Sociedad asumió un compromiso de compra de Gas Combustible para EEBB con Pluspetrol S.A. y Gas Combustible para Refinería con Pluspetrol Energy S.A. por todo el año 2018.
Asimismo, asumió un compromiso de venta de Interfase con Pampa Energía S.A. por todo el año 2018.
Por otro lado, en lo que respecta a servicio de compresión, la Sociedad ha tomado compromisos de compra de dicho servicio con Industrias Juan F. Secco S.A. y de ventas con INTEGRACIÓN ENERGÉTICA ARGENTINA S.A. hasta el 30 de abril de 2019.
El resto de las operaciones de venta se materializan a través de distintos canales, tales como la red de estaciones de servicios, ventas spot y a los distintos segmentos del mercado de L.P.G.
b) Regulaciones
Las operaciones de la Sociedad están sujetas a diferentes regulaciones de varios entes estatales, principalmente la ex Secretaría de Energía de la Nación (SEN), organismo dependiente del ex Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, reemplazado actualmente por el Ministerio de Energía y Minería. A continuación se detallan algunas de dichas resoluciones y sus impactos sobre los presentes estados contables:
Retenciones a las exportaciones
Por la Ley 25.561, LEY DE EMERGENCIA PUBLICA Y DE REFORMA DEL REGIMEN CAMBIARIO, del año 2002, se crearon los derechos de exportación, en un principio por 5 años, los cuales se prorrogaron por dos períodos iguales, habiendo vencido la última prórroga el 28 de diciembre de 2016.
El 4 de septiembre de 2018 mediante el Decreto 793/2018 se fija un derecho de exportación del 12% a la exportación para consumo de las mercaderías incluidas en las posiciones arancelarias de la NOMENCLATURA COMÚN DEL MERCOSUR. Este porcentaje no podrá exceder de cuatro pesos por cada dólar estadounidense del valor imponible o del precio oficial FOB, según corresponda. Como consecuencia de este decreto, a partir de septiembre de 2018 las exportaciones que realice la Sociedad están alcanzadas por los derechos en cuestión.
Por Comisión Fiscalizadora
Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 20-12 -2018 PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 – Fº 13
Alicia Doyharzabal Síndico Titular
GUSTAVO A. KURGANSKY Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 309 - F° 176
Mariano Batistella Presidente
- 20 -
4. PRINCIPALES COMPROMISOS ASUMIDOS POR LA SOCIEDAD, REGULACIONES Y CONTINGENCIAS (cont.)
Retenciones a las exportaciones (cont.)
A partir del 1 de enero de 2015, mediante la Resolución 60/2015 del ex Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, se estableció como porcentaje de retención el 1%, en la medida que el precio internacional del petróleo crudo a partir del Valor Brent de referencia del mes que corresponda a la exportación, menos 8,0 US$/bbl, no supere los valores de corte establecidos en la norma para cada grupo de productos. Una vez superado el tope se utilizaría una fórmula que toma como variables el precio internacional y el valor de corte establecido.
A lo largo de la vigencia de la ley, las distintas reglamentaciones y regímenes vigentes alcanzaron a la Sociedad en diferentes magnitudes. El programa más significativo fue el denominado REFINACIÓN PLUS, creado por el Decreto 2014/2008 y la Resolución 1312 de la ex – SEN, cuyo objeto era promover las actividades de REFINACIÓN. En esta última se estableció el “RÉGIMEN ESPECIAL PARA PEQUEÑOS REFINADORES” (REFIPYME) dentro del programa “REFINACIÓN PLUS”, el cual vía otorgamiento de certificados de crédito fiscal, permitió reducir hasta el 5% la alícuota de retención a la exportación de nafta para petroquímica del nivel establecido por las normas en vigencia. Las alícuotas aplicables para precios internacionales del petróleo de referencia oscilaron entre 5,57% y 16,46%, según el valor promedio de la cotización del petróleo crudo tipo Escalante. De este modo, la Sociedad había acumulado créditos por el régimen en cuestión por un valor de MU$S 61.063.
Asimismo también se establecieron los beneficios que recibirían quienes cumplieran con el objetivo de incrementar la producción de combustibles que contribuyan a satisfacer la demanda interna a través de nuevos proyectos. Dicho beneficio consistió en el recupero de la inversión realizada para dicho proyecto, vía otorgamiento de certificados de crédito fiscal. Dentro de este régimen la Sociedad construyó la planta de obtención de isopentano, recibiendo durante el año 2014, certificados por el 50% de la inversión realizada. El 50% restante y de acuerdo a lo establecido en el programa, se debía recuperar durante el primer año de producción. La Sociedad realizó las presentaciones correspondientes encontrándose a la espera de la aprobación y posterior emisión de los certificados por parte de las autoridades presentes, por lo que a la fecha de emisión de los presentes estados contables no ha registrado crédito alguno por este concepto. La demora por parte de la autoridad de aplicación en reintegrar el monto remanente de esta inversión realizada, ocasiona perjuicios financieros a la Sociedad,
El 30 de noviembre del 2016, se publicó el Decreto 1204/2016, por el cual se dejó sin efecto el REFIPYME, estableciéndose que los créditos que se encontraran pendientes de liquidación a ese momento podrán ser cancelados a través de instrumentos de deuda pública denominados “BONOS DE LA NACIÓN ARGENTINA EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES 8% 2020” (Bonar 2020).
Al 31 de diciembre de 2016, la Sociedad había cumplido con la totalidad de los requisitos establecidos en el Decreto 1204/2016 y aceptó la cancelación de los créditos que había acumulado por MU$S 61.063, a través de la entrega del equivalente en Bonar 2020, cuyo valor nominal en dólares estadounidenses ascendía a MU$S 53.628.
La Sociedad ha recibido los mencionados títulos el 6 de febrero de 2017.
Al 30 de septiembre de 2018, la Sociedad posee inversiones por 1.810.079, considerando la cotización vigente al cierre del período, equivalente a MU$S 43.881.
Programa Hogares con Garrafa (HOGAR)
Con fecha 31 de marzo de 2015, se publicó el Decreto 470/2015 del Poder Ejecutivo Nacional, el cual creó el programa HOGAR, cuyo objetivo, en lo que respecta a la Sociedad, es establecer el subsidio o compensación que recibiría para la comercialización de ciertos volúmenes de gas butano en envases a partir del 1 de abril de 2015. Posteriormente con fecha 7 de abril de 2015, y mediante la Resolución 70/2015 – SEN, se estableció el valor máximo que recibiría el productor en planta. El 5 de abril de 2017 a través de la Resolución 56/2017 – Secretaría de Recursos Hidrocarburíferos (SRH), modificó dicho valor máximo, siendo el mismo de 3.118 $/tonelada.
Por Comisión Fiscalizadora
Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 20-12 -2018 PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 – Fº 13
Alicia Doyharzabal Síndico Titular
GUSTAVO A. KURGANSKY Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 309 - F° 176
Mariano Batistella Presidente
- 21 -
4. PRINCIPALES COMPROMISOS ASUMIDOS POR LA SOCIEDAD, REGULACIONES Y CONTINGENCIAS (cont.)
Programa Hogares con Garrafa (HOGAR) (cont.)
Ante las nominaciones e instrucciones de aprovisionamiento efectuadas por la Autoridad de Aplicación dentro del marco del Programa, la Sociedad -los días 3 de junio de 2015, 21 de junio de 2016, 17 y 26 de mayo de 2017-, interpuso recursos de reconsideración y jerárquico subsidiario en contra de la decisiones administrativas notificadas. En los recursos presentados la Sociedad puso de resalto la ilegitimidad del Programa, y los perjuicios económicos que el mismo provoca y que la Gerencia de la Sociedad estima continuarán ocasionando a REFINOR por la forma en que se encuentra reglamentado, solicitando el cese o modificación del Programa puesto que vulnera los derechos de propiedad y de ejercer industria lícita, protegidos constitucionalmente (arts. 14 y 17 CN).
Decreto 2067/2008 y Reglamentaciones
Los días 14 y 30 de noviembre de 2011, se publicaron en el Boletín Oficial, la Resolución I/1982 y Resolución I/1991 del ENARGAS, que hicieron aplicable a los procesos industriales que lleva a cabo la Sociedad en la destilería Campo Durán, el llamado “cargo tarifario” creado por el Decreto 2067/2008 y reglamentado por la Resolución 1451/2008 del ex Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios. Dicho “cargo tarifario”, es aplicable sobre el gas retenido en la planta por la Sociedad como resultado de su proceso de industrialización, como así también sobre el que es consumido como combustible en la destilería.
Ante la magnitud de tal imposición, la Sociedad inició con fecha 5 de diciembre de 2011 un proceso judicial tendiente a obtener la no aplicación de dicho cargo. El 7 de marzo de 2014, se dictó sentencia de primera instancia, haciendo lugar en todas sus partes a la acción instaurada por la Sociedad. Dicha decisión fue oportunamente apelada ante la Cámara Federal de Apelaciones de Salta, la cual hizo lugar al recurso y revocó el fallo de primera instancia el 4 de febrero de 2015. El 24 de febrero de 2015, la Sociedad interpuso un recurso extraordinario federal contra dicho fallo, el cual se declaró admisible el 29 de abril de 2015.
A su vez la Sociedad obtuvo, con fecha 12 de diciembre de 2011, el dictado de una medida cautelar que suspendió, en relación a la Sociedad, los efectos de las Resoluciones I/1982 y I/1991 del ENARGAS y de toda otra normativa complementaria. La medida cautelar fue apelada por los demandados (estado nacional y ENARGAS) ante la Cámara Federal de Salta, la cual hizo lugar a su apelación. Sin embargo, la Sociedad interpuso un recurso extraordinario, el cual fue concedido el 14 de enero de 2013. Por lo tanto, se mantiene vigente la medida cautelar obtenida oportunamente hasta su resolución por la Corte Suprema de Justicia de la Nación. El recurso concedido mantiene la suspensión de efectos de las resoluciones mencionadas.
El 1 de abril de 2016, se publicó en el Boletín Oficial la Resolución 28/2016 del Ministerio de Energía y Minería, la cual establece que se dejen sin efecto los actos del ex Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios emitidos en el marco de los artículos 6° del Decreto N° 2067 y 7° de la Resolución N° 1451 mencionados anteriormente, vinculados con la determinación del valor de los cargos tarifarios, a cuyo fin se instruyó al ENARGAS a que adopte las medidas necesarias para dejar sin efecto la aplicación de tales cargos. Dicha modificación tiene efectos a partir de la fecha de publicación. Por lo tanto, la Sociedad no ha considerado ningún efecto desde la mencionada fecha hasta la fecha de emisión de los presentes estados contables.
En lo que respecta a la situación previa a la mencionada fecha, la Sociedad considera que el régimen cuestionado se aparta claramente de los requisitos constitucionales aplicables y que debería asistirle razón a su reclamo, no obstante lo cual ha tomado los recaudos necesarios de manera tal que el impacto económico y financiero que generó esta situación hasta el 1 de abril de 2016, quede claramente expuesto en sus estados contables (Nota 3.h).
Adicionalmente debe tenerse en cuenta que existen antecedentes en otras causas y relacionadas con este cargo tarifario, de fallos contrapuestos emanados de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, lo que torna incierto el resultado final del pleito.
Por Comisión Fiscalizadora
Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 20-12 -2018 PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 – Fº 13
GUSTAVO A. KURGANSKY Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 309 - F° 176
Mariano Batistella Presidente
Alicia Doyharzabal Síndico Titular
- 22 -
4. PRINCIPALES COMPROMISOS ASUMIDOS POR LA SOCIEDAD, REGULACIONES Y CONTINGENCIAS (cont.)
c) Litigios y reclamos
Disponibilidad de Divisas por Exportaciones
El Decreto 2445/1992 del PEN, aprobó el contrato emergente del Concurso Público Internacional para la adjudicación del paquete accionario de la Sociedad. A su vez, el artículo 3 de dicha norma estableció que la Sociedad tendrá la libre disponibilidad del 70% de las divisas provenientes de la comercialización de los hidrocarburos resultantes del proceso de industrialización que realice en los términos del Decreto 1589/1989. Este último otorgó a los productores de hidrocarburos la libre disponibilidad de divisas, en el porcentaje establecido en los respectivos concursos.
Durante el año 2002, surgieron diferentes interpretaciones de organismos del Estado Nacional, que consideraban derogado implícitamente el Decreto 1589/1989, que creó un régimen cambiario especial para el sector hidrocarburífero, como consecuencia del dictado del Decreto 530/90 que modificó el régimen cambiario general que regía a ese momento. A partir de estas interpretaciones, se consideró que, el Decreto 530/90, derogó el Decreto 1606/01, retornándose por consiguiente al régimen cambiario general preexistente a este último. En consecuencia las empresas petroleras se habrían encontrado obligadas a partir del dictado del Decreto 1606/01 y hasta que el Decreto 2703/02 (basado en esta misma interpretación), supuestamente restableció la libre disponibilidad del 70% de las divisas, a repatriar el 100% de sus divisas provenientes de exportaciones.
Por su parte, el Decreto 1638/2001 aclaró que la obligación de liquidar divisas no alcanza a aquellas actividades que tuvieran una exención especial para ello otorgada por ley, por contrato con el Estado Nacional o por decretos de fecha anterior a esta norma. Posteriormente la comunicación “A” 3978/03 del Banco Central de la República Argentina (BCRA), instruyó a las entidades financieras a dar el cumplido con el 30% de la liquidación de divisas. No obstante dichas normas, subsiste el problema en relación a las divisas provenientes de las exportaciones realizadas durante el año 2002, con posterioridad a la entrada en vigencia del Decreto 1606/2001.
El BCRA ha iniciado un sumario a la Sociedad y formulado cargos por algunas exportaciones del año 2002, por lo que se procedió a la presentación del descargo y del ofrecimiento de prueba correspondiente. El 7 de junio de 2018 el Juzgado Nacional en lo Penal Económico, dictó sentencia absolutoria respecto de la Sociedad y todos los imputados en relación a este sumario. Dicha Resolución se encuentra firme.
Asimismo, el BCRA también ha cuestionado otros aspectos relacionados con el ingreso de divisas de ciertas operaciones puntuales por el mismo período y por otras del período comprendido entre el 2002 y 2007 iniciando un nuevo sumario. Ante tales cuestiones, la Sociedad fundó su defensa con sólidos argumentos.
La Sociedad, con fundamento en la opinión legal de sus asesores considera remota la posibilidad de un resultado adverso en esta cuestión, por lo que no se ha provisionado importe alguno en los presentes estados contables.
Por otro lado, el 26 de octubre del 2011 comenzó la vigencia del Decreto 1722/2011, por el cual se restableció la obligación para las empresas productoras de petróleo crudo o de sus derivados, del ingreso y negociación en el mercado de cambios de la totalidad de las divisas provenientes de sus operaciones de exportación. Al respecto, el Ministerio de Economía y el BCRA pusieron en vigencia la Resolución 142/2012 y la comunicación A” 5300, respectivamente, por la cual se modificaron los plazos para la liquidación de las divisas generadas por las exportaciones. Los mismos fueron posteriormente modificados por la comunicación “A” 5899 de BCRA, de fecha 4 de febrero de 2016.
Asimismo, la Secretaría de Comercio dictó la Resolución 242-E/2016 –sustitutiva de las Resolución N° 269 y 142 del 2001-, mediante la cual se dispuso ampliar el plazo para el ingreso de divisas a 1.825 días corridos, y adicionalmente el 1 de noviembre de 2017 se dictó el Decreto 893/17 que derogó el Decreto 1606/01, y en consecuencia el régimen que obligaba a liquidar en el mercado de cambio local el contravalor obtenido por las transacciones de comercio exterior.
Por Comisión Fiscalizadora
Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 20-12 -2018 PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 – Fº 13
Alicia Doyharzabal Síndico Titular
GUSTAVO A. KURGANSKY Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 309 - F° 176
Mariano Batistella Presidente
- 23 -
4. PRINCIPALES COMPROMISOS ASUMIDOS POR LA SOCIEDAD, REGULACIONES Y CONTINGENCIAS (cont.)
Decreto 1277/2012. Políticas nacionales respecto a las actividades de explotación, industrialización, transporte y comercialización de los hidrocarburos
El 27 de julio de 2012 se publicó en el Boletín Oficial el Decreto 1277/2012 que dispone regulaciones sobre la industria hidrocarburífera (abarcando exploración, explotación, refinación, transporte y comercialización) por parte del gobierno nacional, en particular en lo referido a inversiones, costos y precios. Además, derogó normas anteriores referidas a la libre disponibilidad del crudo por las empresas adjudicatarias de las áreas concursadas bajo el artículo 5 del Decreto 1055/1989; la desregulación del sector hidrocarburífero, la libre importación y exportación de petróleo crudo y sus productos derivados, la libertad de precios de los mismos y la libre disponibilidad de un cierto porcentaje de divisas para los productores con libre disponibilidad de petróleo crudo, gas natural y/o gases licuados.
La Sociedad ha cumplido con los requerimientos de información solicitados.
Decreto 379/01
El 6 de marzo de 2012 la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) cursó ocho intimaciones a la Sociedad reclamando el pago de impuestos cancelados oportunamente mediante la aplicación de Bonos Fiscales (D. 379/01) adquiridos de buena fe a través de un operador de bolsa, por el supuesto decaimiento de los beneficios otorgados a las empresas beneficiarias del régimen.
Habiendo quedado agotada la vía administrativa, la Sociedad presentó el 5 de noviembre de 2014, una acción de impugnación de acto administrativo, con pedido de medida cautelar, ante la Justicia Federal, sosteniendo sólidos argumentos de defensa respecto de la ilegitimidad de la pretensión fiscal, la cual, a la fecha de los presentes estados contables, mantiene su vigencia a pesar de la apelación realizada por el fisco.
Con fecha 5 de mayo de 2015, la Sociedad recibió una comunicación simple de la AFIP informando que el 11 de diciembre de 2014 se inició un proceso judicial de ejecución por falta de pago de obligaciones fiscales por un monto - capital más intereses- de 17.884, a esa fecha.
La Sociedad contestó la intimación, e interpuso una medida cautelar la que fue acogida favorablemente. La resolución final de dicho reclamo a la fecha de emisión de los presentes estados contables es incierta.
Otros reclamos
Adicionalmente, a la fecha de emisión de los presentes estados contables, se hallan en curso otras causas legales relacionadas con las operaciones de la Sociedad. La Dirección de la Sociedad, basada en la opinión de sus asesores legales e impositivos, estima que el resultado final de las causas mencionadas no tendrá un efecto adverso significativo en la posición financiera ni en los resultados de las operaciones de la Sociedad, más allá de los considerados en los presentes estados contables.
Por Comisión Fiscalizadora
Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 20-12 -2018 PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 – Fº 13
GUSTAVO A. KURGANSKY Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 309 - F° 176
Mariano Batistella Presidente
Alicia Doyharzabal Síndico Titular
- 24 -
5. OPERACIONES CON SOCIEDADES ACCIONISTAS Y RELACIONADAS
Durante cada período se efectuaron las siguientes operaciones con sociedades accionistas y relacionadas:
| Ventas netas de bienes de cambio y servicios: Sociedades accionistas: · YPF S.A. · Pampa Energía S.A. · Pluspetrol S.A. Sociedades relacionadas: · YPF Gas S.A. · Pluspetrol Energy S.A. · Integración Energética Argentina S.A. (Ex Energía Argentina S.A.) . CAMMESA Compras netas de bienes de cambio y servicios: Sociedades accionistas: · YPF S.A. · Pluspetrol S.A. · Pampa Energía S.A. Sociedades relacionadas: · Pluspetrol Energy S.A. · YPF Energía Eléctrica S.A. · Integración Energética Argentina S.A. (Ex Energía Argentina S.A.) |
30-09-2018 281.250 830.186 53 550.086 411 443.326 - 2.105.312 2.186.705 8.689 473.871 114.042 44.425 1.252.472 4.080.204 |
30-09-2017 85.643 268.958 33.395 289.279 221 188.543 132.119 998.158 586.661 417 96.831 2.900 43.096 380.226 |
|---|---|---|
| 1.110.131 |
6. PASIVOS POR COSTOS LABORALES POSTERIORES AL RETIRO
La Sociedad ha establecido un plan de retiro que proveerá ciertos beneficios a los empleados, comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 449/06, y que se retiren por haber alcanzado las condiciones jubilatorias en los términos del Decreto 1805/73, en conjunto con la Resolución administrativa M.T.E. y S.S. 716/05. Los integrantes del plan recibirán una gratificación extraordinaria y por única vez al momento del egreso, que dependiendo de la edad en la que ocurra, representa un monto dinerario que oscilará entre diez y veinte salarios mensuales.
A los efectos de determinar el costo estimado de los mismos se han utilizado métodos de cálculo actuariales, realizando estimaciones respecto de las variables demográficas y financieras pertinentes.
Por Comisión Fiscalizadora
Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 20-12 -2018 PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L.
C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 – Fº 13
GUSTAVO A. KURGANSKY Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 309 - F° 176
Mariano Batistella Presidente
Alicia Doyharzabal Síndico Titular
- 25 -
6. PASIVOS POR COSTOS LABORALES POSTERIORES AL RETIRO (cont.)
El saldo de la deuda devengado al 30 de septiembre de 2018 y 31 de diciembre de 2017 por los planes de beneficio definidos ha sido valuado a su valor descontado, aplicando una tasa de mercado vigente a cada fecha y asciende a 33.702 y 22.824, respectivamente. Este pasivo se encuentra registrado en el rubro remuneraciones y cargas sociales, alocándose 1.350 y 2.533 en el pasivo corriente y 32.352 y 20.291 en el pasivo no corriente al 30 de septiembre de 2018 y 31 de diciembre de 2017, respectivamente.
Al 30 de septiembre de 2018 y 31 de diciembre de 2017 la información actuarial más relevante relacionada con los planes de beneficios incluidos en esta nota es la siguiente:
| Pasivos al inicio del período Costo del período Beneficios pagados Pasivos al cierre del período |
30/09/2018 22.824 13.513(1) (2.635) 33.702 |
31/12/2017 12.627 15.182(1) (4.985) 22.824 |
|---|---|---|
(1) Incluidos en el estado de resultados en el rubro resultados financieros y por tenencia (Nota 3.l) y en el rubro remuneraciones y contribuciones sociales (Anexo II)
7. COMPOSICIÓN DEL CAPITAL SOCIAL Y RESTRICCIÓN A LOS RESULTADOS ACUMULADOS
El capital social fue fijado en 91.607, representado por 91.607.310 acciones ordinarias escriturales de valor nominal un peso cada una, con derecho a un voto por acción, estableciéndose acciones clase “A” y “B”, según el siguiente detalle:
| Pampa Energía S.A. Pluspetrol S.A. YPF S.A. Total |
Acciones | |
|---|---|---|
| Clase | Cantidad | |
| A A B |
26.108.078 19.695.577 45.803.655 |
|
| 91.607.310 |
El 27 de julio de 2016, Pampa Energía S.A. (una compañía integrada de energía de Argentina, en adelante “Pampa”) adquirió a una afiliada de Petróleo Brasileiro el 100% del capital accionario de Petrobras Participaciones S.L., sociedad controlante de Petrobras Argentina S.A. (“Petrobras”).
Con fecha 16 de febrero de 2017, las Asambleas Extraordinarias de Accionistas de Pampa y Petrobras aprobaron el Compromiso Previo de Fusión entre Pampa, como sociedad absorbente y Petrobras como sociedad absorbida y la disolución sin liquidación de Petrobras.
La fusión fue efectiva desde el 1 de noviembre de 2016, fecha a partir de la cual tiene efectos la transferencia a la sociedad absorbente de la totalidad de los derechos y obligaciones, activos y pasivos de la sociedad absorbida.
Con fecha 26 de abril de 2018, la CNV notificó que el Directorio de esa entidad aprobó conformar la fusión, la cual resultó inscripta en el Registro Público con fecha 2 de mayo de 2018.
Por Comisión Fiscalizadora
Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 20-12 -2018 PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 – Fº 13
Alicia Doyharzabal Síndico Titular
GUSTAVO A. KURGANSKY Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 309 - F° 176
Mariano Batistella Presidente
- 26 -
7. COMPOSICIÓN DEL CAPITAL SOCIAL Y RESTRICCIÓN A LOS RESULTADOS ACUMULADOS (cont.)
De acuerdo con las disposiciones de la Ley General de Sociedades, el 5% de la utilidad neta de cada ejercicio debe destinarse al incremento de la reserva legal, hasta que la misma alcance el 20% del capital social; lo cual ocurrió en el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2012.
De acuerdo a la Ley 25.063, los dividendos que se distribuyan, en dinero o en especie, en exceso de las utilidades impositivas acumuladas a la fecha de pago o distribución y correspondientes a períodos anteriores a la reforma tributaria mencionada en la nota 2.VI., estarán sujetos a una retención del 35% en concepto de impuesto a las ganancias con carácter de pago único y definitivo.
8. HECHOS POSTERIORES AL CIERRE DEL PERÍODO
No existen otros hechos u operaciones ocurridos entre la fecha de cierre del período y la fecha de emisión de los estados contables que puedan afectar significativamente la situación patrimonial o los resultados de la Sociedad a la fecha de cierre del presente período.
Por Comisión Fiscalizadora
Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 20-12 -2018 PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 – Fº 13
GUSTAVO A. KURGANSKY Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 309 - F° 176
Mariano Batistella Presidente
Alicia Doyharzabal Síndico Titular
- 27 -
ANEXO I
REFINERÍA DEL NORTE S.A. EVOLUCIÓN DE LOS BIENES DE USO AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2018 Y 31 DE DICIEMBRE DE 2017
(expresados en miles de pesos – Nota 2.II)
| **Cuenta principal ** | **Cuenta principal ** | 2018 | 2018 | 2018 | 2018 | 2018 | ||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| **Costo original ** | ||||||||||
| **Al inicio ** | **Adiciones ** | **Transferencias ** | Disminuciones | |||||||
| 10.655 18.549 147.652 73.038 343.317 683.303 9.690 30.967 6.734 9.847 73.994 218.234 3.203 16.487 15.759 |
- 37 - 3 - 1 11 15.734 - 7.327 8 71.433 - - 16.373 |
- - - 3.141 16.308 129.588 - - - - (1) (137.544) - 1.548 (13.040) |
- - - - - - - - - - - - - - - |
|||||||
| 1.661.429 | 110.927 |
- |
- | |||||||
| 1.455.630 | 205.897 |
- |
(98) | |||||||
| 2018 | ||||||||||
| Depreciaciones acumuladas | ||||||||||
| Al inicio 10.312 9.554 24.721 28.847 139.951 502.918 9.310 24.297 5.266 4.273 41.616 - - - - 801.065 725.192 |
Delperíodo | Al cierre | ||||||||
| Alicuota % Importe |
Disminu- Ciones |
|||||||||
| 4 a 7 2 a 10 3 a 7 4 a 6 2 a 6 4 a 10 9 a 20 10 a 33 10 a 20 20 4 a 10 |
111 194 4.307 2.055 20.608 61.184 92 2.986 237 1.612 1.918 - - - - 95.304 75.947 |
- - - - - - - - - - - - - - - |
10.423 9.748 29.028 30.902 160.559 564.102 9.402 27.283 5.503 5.885 43.534 - - - - |
|||||||
| - | 896.369 | |||||||||
| (74) | 801.065 |
Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 20-12 -2018
Por Comisión Fiscalizadora
PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L.
C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 – Fº 13
Alicia Doyharzabal Síndico Titular
GUSTAVO A. KURGANSKY Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 309 - F° 176
Mariano Batistella Presidente
- 28 -
ANEXO II
REFINERÍA DEL NORTE S.A.
INFORMACIÓN REQUERIDA POR EL ART. 64, APARTADO 1, INC. b) DE LA LEY N° 19.550 POR LOS PERÍODOS DE NUEVE MESES TERMINADOS EL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2018 Y 2017
(expresados en miles de pesos – Nota 2.II)
| Rubros Remuneraciones y contribuciones sociales Otros beneficios al personal Impuestos, tasas y contribuciones Depreciación de bienes de uso (Anexo I) Gastos de mantenimiento Gastos de transporte y almacenaje Energía, combustibles, lubricantes y otros Consumo de materiales y repuestos Seguros Contrataciones de obras y otros servicios Comunicaciones Movilidad y gastos de viajes Publicidad y propaganda Honorarios Gastos diversos Total 30-09-2018 Total 30-09-2017 |
2017 Total 299.893 26.571 139.160 56.935 145.675 147.737 260.308 31.469 43.533 179.611 17.059 4.545 938 7.702 27.172 1.388.308 |
2018 | |||
|---|---|---|---|---|---|
| Total 358.006 38.460 185.519 95.304 174.305 346.658 641.784 43.382 68.007 246.440 14.857 5.176 8.150 10.450 32.016 2.268.514 |
Gastos de Producción 97.465 7.410 11 69.541 54.433 - 622.100 27.580 49.192 150.445 1.259 88 - 2.011 2.591 1.084.126 608.541 |
Gastos de Administración 142.950 23.561 80.141 579 10.599 - 1.153 3.641 6.599 62.924 11.881 3.306 - 8.400 16.978 372.712 309.775 |
Gastos de Comercialización |
||
117.591 7.489 105.367 25.184 109.273 346.658 18.531 12.161 12.216 33.071 1.717 1.782 8.150 39 12.447 |
|||||
| 811.676 | |||||
| 469.992 |
Por Comisión Fiscalizadora
Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 20-12 -2018 PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 – Fº 13
Alicia Doyharzabal Síndico Titular
GUSTAVO A. KURGANSKY Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 309 - F° 176
Mariano Batistella Presidente
- 29 -
ANEXO III
REFINERÍA DEL NORTE S.A.
ACTIVOS Y PASIVOS EN MONEDA EXTRANJERA AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2018 Y AL 31 DE DICIEMBRE DE 2017
(expresados en miles – Nota 2.II)
| Rubro ACTIVO CORRIENTE Caja y bancos Inversiones Créditos por ventas Otros créditos Total del Activo Corriente Total del Activo PASIVO CORRIENTE Deudas comerciales Préstamos Anticipo de clientes Total del Pasivo Corriente PASIVO NO CORRIENTE Préstamos Total del Pasivo No Corriente Total del Pasivo |
31-12-2017 Clase y monto de la moneda extranjera U$S 10.712 U$S 53.016 U$S 9.409 U$S 255 U$S 58.445 U$S 17.866 U$S 41 U$S 21.200 |
30-09-2018 | ||
|---|---|---|---|---|
| Clase y monto de la moneda extranjera |
Tipo de cambio vigente (1) |
Importe contabilizado enpesos |
||
| U$S 5.216 U$S 43.881 U$S 15.528 U$S 255 U$S 92.896 U$S 13.888 U$S 60 U$S 16.500 |
41,25 41,25 41,25 41,25 41,25 41,25 41,25 41,25 |
215.160 1.810.079 640.533 10.524 |
||
| 2.676.296 | ||||
| 2.676.296 | ||||
| 3.831.967 572.900 2.491 |
||||
| 4.407.358 | ||||
680.625 |
||||
| 680.625 | ||||
| 5.087.983 |
(1) Tipo de cambio vendedor Banco Nación. U$S: dólares estadounidenses
Por Comisión Fiscalizadora
Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 20-12 -2018 PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 – Fº 13
Alicia Doyharzabal Síndico Titular
GUSTAVO A. KURGANSKY Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 309 - F° 176
Mariano Batistella Presidente
- 30 -
ANEXO IV
REFINERÍA DEL NORTE S.A.
APERTURA DE INVERSIONES, CRÉDITOS, DEUDAS FINANCIERAS Y OTROS PASIVOS AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2018
(expresados en miles de pesos – Nota 2.II)
| Plazo | Activos Inversiones Créditos 76.907 523.286(4) - 389.686 - 100.714 - 18.903 - 11.632 - 910 - 20.457 - 542.302 257.400 632.915 - 955 - 180.644 1.552.679 955 - 28.242 - 39 1.810.079 843.750 1.810.079 1.386.052 1.886.986 1.909.338(1) |
Pasivos Deudas financieras Otros pasivos - 838.088(5) - 357.752 - 108.175 - 13.603 - 11.822 - 9.417 - 90.685 - 591.454 110.900 3.495.679 - 52.789 - - 462.000 - 680.625 33.581 - - 1.253.525 3.582.049 1.253.525 4.173.503 1.253.525 (2) 5.011.591(3) |
|---|---|---|
| Inversiones 76.907 - - - - - - - 257.400 - - 1.552.679 - - 1.810.079 1.810.079 1.886.986 |
Deudas financieras - - - - - - - - 110.900 - - 462.000 680.625 - 1.253.525 1.253.525 1.253.525 (2) |
|
| Sin plazo Con Plazo Vencido: – Hasta 3 meses – De 3 a 6 meses – De 6 a 9 meses – De 9 a 12 meses – De 1 a 2 años – Más de 2 años Total vencido A vencer: – Hasta 3 meses – De 3 a 6 meses – De 6 a 9 meses – De 9 a 12 meses – De 1 a 2 años – Más de 2 años Total a vencer Total con plazo Total |
(1) No devengan intereses y los créditos se exponen sin netear la previsión para deudores incobrables.
-
(2) Los préstamos devengan interés a tasa fija. La tasa promedio ponderada de los préstamos es de aproximadamente 3,61% para préstamos en dólares estadounidenses.
-
(3) No devengan intereses, excepto la provisión por compra de materia prima por acuerdo con empresas productoras de hidrocarburos que asciende a 72.491.
-
(4) Corresponde a diversos saldos a favor impositivos.
-
(5) Corresponde a otros pasivos y provisión de compra de materia prima por acuerdo con empresas productoras de hidrocarburos.
Por Comisión Fiscalizadora
Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 20-12 -2018 PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 – Fº 13
Alicia Doyharzabal Síndico Titular
GUSTAVO A. KURGANSKY Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 309 - F° 176
Mariano Batistella Presidente
- 31 -
ANEXO V
REFINERÍA DEL NORTE S.A.
EVOLUCIÓN DE PREVISIONES AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2018 Y 2017
(expresados en miles de pesos – Nota 2.II)
| Saldos al | Disminucio- | |||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| Saldos al | ||||||
| Rubro | inicio | Aumentos | nes | cierre | ||
| Deducidas del activo: | ||||||
| - Para deudoresincobrables | 16.904 | - | - | 16.904 | ||
| - Para desvalorización de materialesyrepuestos | 4.532 | - | - | 4.532 | ||
| Total 30-09-2018 | 21.436 | - | - | 21.436 | ||
| Total 31-12-2017 | 21.424 | 12 (3) |
- | 21.436 | ||
| Incluidas en elpasivo: | ||||||
| - Para contingencias | 5.105 | 2.260 (1) |
(5.649) (2) 1.716 |
|||
| Total 30-09-2018 | 5.105 | 2.260 | (5.649) |
1.716 | ||
| Total 31-12-2017 | 5.309 | 2.245 (4) |
(2.449) (2) |
|||
5.105 |
==> picture [531 x 38] intentionally omitted <==
-
(1) Corresponde al cargo por constitución del ejercicio imputado a “Resultados financieros y por tenencia” del estado de resultados.
-
(2) Corresponde a recupero de previsiones.
-
(3) Corresponde al cargo por constitución del ejercicio imputado a “Resultados financieros y por tenencia” del estado de resultados.
-
(4) Corresponde al cargo por constitución del ejercicio imputado a “Otros ingresos (egresos) netos” por 1.498, a “Resultados financieros y por tenencia” por 285 y a “Impuestos, tasas y contribuciones” por 195 del estado de resultados.
Por Comisión Fiscalizadora
Firmado a efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 20-12 -2018 PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 – Fº 13
Alicia Doyharzabal Síndico Titular
GUSTAVO A. KURGANSKY Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 309 - F° 176
Mariano Batistella Presidente
INFORME SOBRE REVISION DE ESTADOS CONTABLES DE PERIODO INTERMEDIO
A los Señores Directores de REFINERÍA DEL NORTE S.A.
Domicilio Legal: Maipú N°1 - Piso 2 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires C.U.I.T: 30-65823369-2
-
I. Informe sobre los estados contables
-
Hemos revisado los estados contables de período intermedio adjuntos de REFINERIA DEL NORTE S.A. (“la Sociedad”), que comprenden el balance general al 30 de septiembre de 2018, los estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo por el período de nueve meses finalizado en esa fecha, un resumen de las políticas contables significativas y otra información explicativa.
Responsabilidad de la Dirección en relación con los estados contables
- La Dirección de la Sociedad es responsable por la preparación y presentación razonable de los estados contables adjuntos de conformidad con el marco de información contable prescripto por la Inspección General de Justicia, que, tal como se indica en la nota 2.I a los estados contables adjuntos, requiere aplicar las normas contables profesionales argentinas vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en cuanto no esté previsto de diferente forma en la ley, disposiciones reglamentarias o resoluciones de dicho organismo de control. La Dirección de la Sociedad es también responsable del control interno que considere necesario para permitir la preparación de estados contables libres de distorsiones significativas, ya sea debido a errores o irregularidades.
Responsabilidad del auditor
- Nuestra responsabilidad es expresar una conclusión sobre los estados contables adjuntos basada en nuestra revisión, la cual fue realizada de conformidad con las normas de la Resolución Técnica N° 37 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas aplicables a la revisión de estados contables de períodos intermedios y cumpliendo con los requerimientos de ética pertinentes a la auditoría de los estados contables anuales de la Sociedad. Una revisión de estados contables de períodos intermedios consiste en realizar indagaciones, principalmente a las personas responsables de las cuestiones contables y financieras, y aplicar procedimientos analíticos y otros procedimientos de revisión. El alcance de una revisión es sustancialmente menor que el de una auditoría de estados contables y, por consiguiente, no nos permite obtener seguridad de que tomaremos conocimiento de todas las cuestiones significativas que podrían identificarse en una auditoría. Por lo tanto, no expresamos una opinión de auditoría.
Conclusión
- Sobre la base de nuestra revisión, nada llamó nuestra atención que nos hiciera pensar que los estados contables adjuntos no están presentados, en todos sus aspectos significativos, de conformidad con el marco de información contable mencionado en el párrafo 2.
II. Reexpresión a moneda homogénea no reconocida en los estados contables
Llamamos la atención sobre la información contenida en la nota 2.III a los estados contables adjuntos, en la que la Sociedad indica: (a) las limitaciones legales para la reexpresión de los estados contables a moneda homogénea; (b) los efectos contables que produciría esa reexpresión, y (c) que si bien no ha cuantificado los efectos de la reexpresión estima que los mismos podrían ser significativos. Esta cuestión no modifica la conclusión expresada en el párrafo 4, pero debe ser tenida en cuenta en la interpretación de la situación patrimonial, los resultados de las operaciones y los flujos del efectivo, que la Sociedad informa en sus estados contables.
III. Informe sobre otros requerimientos legales y regulatorios
En cumplimiento de disposiciones vigentes informamos que al 30 septiembre de 2018, la deuda devengada en concepto de aportes y contribuciones con destino al Sistema Integrado Previsional Argentino, que surge de los registros contables de la Sociedad asciende a $ 6.009.268 no siendo exigible a esa fecha.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 20 de diciembre de 2018
PISTRELLI, HENRY MARTIN Y ASOCIADOS S.R.L. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 – Fº 13
GUSTAVO A. KURGANSKY
Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 309 – Fº 176
INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA
A los Señores Accionistas de
REFINERIA DEL NORTE S.A.:
De nuestra consideración:
Hemos realizado el trabajo mencionado en el párrafo siguiente en relación con el balance general de REFINERIA DEL NORTE S.A. al 30 de septiembre de 2018 y los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivos por el período de nueve meses terminado en esa fecha. Dichos documentos son responsabilidad del Directorio de la Sociedad en ejercicio de sus funciones exclusivas.
Nuestro trabajo sobre los estados contables adjuntos consistió en verificar la congruencia de la información significativa contenida en dichos estados con la información de las decisiones societarias expuestas en actas, y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Para la realización de dicho trabajo hemos tenido en cuenta el informe del auditor externo, Gustavo A. Kurgansky (socio de la firma Pistrelli, Henry Martin y Asociados S.R.L.), de fecha 20 de diciembre de 2018, emitido de acuerdo con las normas de auditoria vigentes en Argentina para la revisión limitada de estados contables de períodos intermedios. No hemos efectuado ningún control de gestión y, por lo tanto, no hemos evaluado los criterios y decisiones empresarias de administración, financiación, comercialización y producción, dado que estas cuestiones son responsabilidad exclusiva del Directorio. Consideramos que nuestro trabajo y el informe del auditor externo nos brindan una base razonable para fundamentar nuestro informe.
Sin modificar nuestra conclusión, llamamos la atención sobre la nota 2 a los estados contables intermedios adjuntos, en la que se describe en forma cualitativa la diferencia entre el marco de información contable de la IGJ y las disposiciones establecidas en las Resoluciones Técnicas (RT) N° 6 y N° 17, con las modificaciones introducidas por la RT N° 39 y por la Interpretación N° 8, normas emitidas por la FACPCE y aprobadas por el CPCECABA, vigentes a la fecha de cierre de los estados contables. Posteriormente, con fecha 4 de diciembre de 2018, se promulgó la Ley 27.468, que deroga el Decreto 1269/02 (modificado por el Decreto N° 664/03) que impedía a los organismos de contralor nacionales aceptar estados contables ajustados por inflación.
Basados en el trabajo realizado, no hemos tomado conocimiento de ninguna modificación importante que deba hacerse a los estados contables adjuntos para que los mismos estén presentados de conformidad con las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina.
Hemos recibido evidencia del cumplimiento del artículo N° 76 de la Resolución General N° 7/2015 de la Inspección General de Justicia, en relación a las garantías de los directores, a que se refiere el artículo 256 de la Ley N° 19.550.
Buenos Aires, 20 de diciembre de 2018
Por Comisión Fiscalizadora
Alicia Doyharzabal Síndico Titular