Skip to main content

AI assistant

Sign in to chat with this filing

The assistant answers questions, extracts KPIs, and summarises risk factors directly from the filing text.

YPF S.A. Interim / Quarterly Report 2013

Jul 4, 2014

Preview isn't available for this file type.

Download source file

YPF Inversora
Energética S.A.

Estados Contables Consolidados Condensados Intermedios al 30 de junio de 2013

Informe de los Auditores Independientes

Informe de la Comisión Fiscalizadora

Macacha Güemes 515 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires

ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS CONDENSADOS INTERMEDIOS

AL 30 DE JUNIO DE 2013

Ejercicio Económico N°9 (iniciado el 1° de enero de 2013).

Actividad principal de la Sociedad: tenencia de participaciones en otras sociedades y realización de operaciones relacionadas con títulos valores, bienes, patrimonios y créditos.

Fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio: 19 de octubre de 2005.

Fecha del estatuto y de la última modificación:

  • Del estatuto: 14 de octubre de 2005.
  • De la última modificación: 19 de diciembre de 2012 (pendiente de inscripción).

Fecha de finalización del contrato social: 14 de octubre de 2104.

Denominación de la sociedad controlante: YPF S.A.

Actividad principal de la sociedad controlante: estudio, exploración y explotación de hidrocarburos líquidos y/o gaseosos y demás minerales, como asimismo, la industrialización, transporte y comercialización de estos productos y sus derivados, incluyendo también productos petroquímicos, y químicos y combustibles de origen no fósil, biocombustibles y sus componentes, la generación de energía eléctrica a partir de hidrocarburos, la prestación de servicios de telecomunicaciones, así como también la producción, industrialización, procesamiento, comercialización, servicios de acondicionamiento, transporte y acopio de granos y sus derivados.

Participación de la sociedad controlante sobre el patrimonio: 99,999%.

COMPOSICIÓN DEL CAPITAL AL 30 DE JUNIO DE 2013 (Nota 10)

(expresado en miles de pesos)

Suscripto e integrado
* Acciones ordinarias, nominativas no endosables, de valor nominal 1, cada una, con derecho a un voto por acción. 58.645

BALANCE GENERAL AL 30 DE JUNIO DE 2013

CONSOLIDADO CONDENSADO INTERMEDIO

(expresado en miles de pesos).

Activo no corriente
Propiedades, planta y equipo (Nota 8.a) 1.803.000
Créditos impositivos diferidos 903
Propiedades de inversión (Nota 8.b) 5.399
Otras inversiones 721
Pagos anticipados (Nota 8.c) 97
Total del activo no corriente 1.810.120
Activo corriente
Pagos anticipados (Nota 8.c) 10.158
Créditos por ventas y otras cuentas por cobrar (Nota 8.d) 446.367
Efectivo y equivalentes de efectivo (Nota 8.e) 182.669
Total del activo corriente 639.194
Total del activo 2.449.314
Patrimonio neto (según estado respectivo)
Patrimonio neto atribuible a los propietarios de la controlante 145.898
Participaciones no controlantes 170.117
Total del patrimonio neto 316.015
Pasivo no corriente
Otras cargas fiscales (Nota 8.f) 8.455
Pasivo concursal (Nota 8.g) 17.740
Deudas financieras (Nota 9) 959.589
Pasivos por impuestos diferidos 304.616
Provisiones (Nota 8.h) 104.055
Total del pasivo no corriente 1.394.455
Pasivo corriente
Acreedores comerciales y otras cuentas por pagar (Nota 8.i) 604.534
Remuneraciones y cargas sociales (Nota 8.j) 47.022
Impuesto a las ganancias e IGMP 14.050
Otras cargas fiscales (Nota 8.f) 73.041
Deudas financieras (Nota 9) 197
Total del pasivo corriente 738.844
Total del pasivo 2.133.299
Total del pasivo y patrimonio neto 2.449.314

1.

Las notas y el Anexo I que se acompañan son parte integrante de este estado contable consolidado.

ESTADO DE RESULTADOS INTEGRALES

CONSOLIDADO CONDENSADO INTERMEDIO POR EL PERÍODO DE SEIS MESES FINALIZADO

EL 30 DE JUNIO DE 2013

(expresado en miles de pesos).

Ingresos ordinarios (Nota 8.k) 368.461
Costos de operación (Nota 8.l) (247.240)
Ganancia bruta 121.221
Gastos de administración y comercialización (Nota 8.l) (126.953)
Otros ingresos y egresos 978
Resultado de inversiones no corrientes 39.617
Aumento de provisión para desvalorización de inversiones no corrientes (158)
Ganancia operativa 34.705
Ingresos financieros (Nota 8.m) 5.903
Costos financieros (Nota 8.m) (91.374)
Resultados financieros, netos (85.471)
Resultado antes del impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta (50.766)
Impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta 130.340
Resultado neto e integral del período 79.574
Resultado neto e integral del período participación controlante 94.560
Resultado neto e integral del período participación no controlante (14.986)
Total resultado neto e integral del período 79.574

Las notas y el Anexo I que se acompañan son parte integrante de este estado contable consolidado.

ESTADO DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO

CONSOLIDADO CONDENSADO INTERMEDIO POR EL PERÍODO DE SEIS MESES FINALIZADO

EL 30 DE JUNIO DE 2013

(expresado en miles de pesos).

Aporte de los propietarios Resultados acumulados Patrimonio neto atribuible a los propietarios de la controlante
Capital social Resultados no asignados Participaciones no controlantes Total del patrimonio neto
Saldos al inicio del ejercicio 19.376 (7.307) 12.069 - 12.069
-Aporte de Capital – YPF S.A.(1) 39.269 - 39.269 - 39.269
Participaciones no controlantes incorporadas por la adquisición de acciones - - - 185.103 185.103
Resultado neto e integral del período - 94.560 94.560 (14.986) 79.574
Saldos al cierre del período 58.645 87.253 145.898 170.117 316.015
  1. Pendiente de modificación del estatuto e inscripción.

Las notas y el Anexo I que se acompañan son parte integrante de este estado contable consolidado.

ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO

CONSOLIDADO CONDENSADO INTERMEDIO POR EL PERÍODO DE SEIS MESES FINALIZADO

EL 30 DE JUNIO DE 2013
(expresado en miles de pesos)

Flujo de efectivo de las actividades operativas
Resultado integral del ejercicio 79.574
Ajustes para conciliar el resultado integral del ejercicio con el efectivo aplicado a las operaciones:
Impuesto a las ganancias devengado en el ejercicio (130.340)
Depreciación 19.952
Valor residual de las bajas de otros activos 2.517
Provisiones 1.210
Resultados financieros, netos 70.190
Resultados por inversiones no corrientes (39.617)
Desvalorización de inversiones no corrientes 158
Cambios en activos y pasivos:
Aumento de créditos por ventas (115.125)
Disminución de créditos impositivos diferidos 97
Disminución de otros créditos 8.617
Aumento de cuentas por pagar 158.821
Aumento de remuneraciones y cargas sociales 9.159
Disminución de impuesto a las ganancias e IGMP (8.915)
Aumento de otras cargas fiscales 18.086
Disminución de provisiones (5)
Disminución de pasivo concursal (27)
Efectivo generado por las actividades operativas 74.352
Flujo de efectivo de las actividades de inversión
Altas de propiedades, planta y equipo (37.146)
Aumento de inversiones (12)
Adquisición de subsidiaria (36.169)
Efectivo aplicado a las actividades de inversión (73.327)
Flujo de efectivo de las actividades de financiación
Pago de intereses (1.243)
Aportes de capital 39.269
Efectivo generado por las actividades de financiación 38.026
Aumento neto del efectivo 39.051
Efectivo al inicio del ejercicio 254
Adquisición de subsidiaria 143.364
Efectivo al cierre del ejercicio 182.669
Aumento neto del efectivo 39.051

Las notas y el Anexo I que se acompañan son parte integrante de este estado contable consolidado.

NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS CONDENSADOS

INTERMEDIOS AL 30 DE JUNIO DE 2013

(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

  1. OBJETO DE LA SOCIEDAD Y OPERACIÓN DE COMPRA ADICIONAL DE GAS ARGENTINO S.A. Y METROENERGÍA S.A.

YPF Inversora Energética S.A. (la “Sociedad” o “YIESA”) fue constituida el 14 de octubre de 2005 y registrada en la Inspección General de Justicia (“IGJ”) el 19 de octubre de 2005.

La Sociedad tiene como objeto la realización de operaciones relacionadas con títulos, valores, bienes, patrimonios y créditos y la tenencia de participaciones en otras sociedades.

Al 30 de junio de 2013, la Sociedad posee una participación directa del 100% en Gas Argentino S.A. (“GASA”) (Nota 10) y 5% en MetroENERGÍA S.A. (“MetroENERGÍA”), respectivamente, luego de realizar la compra adicional que se describe a continuación. GASA es una sociedad inversora con una participación del 70% en el capital accionario de MetroGAS S.A. (“MetroGAS”), sociedad adjudicataria de la licencia para la distribución de gas natural en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el sur del conurbano de la Provincia de Buenos Aires. Adicionalmente, MetroGAS posee un 95% de participación en el capital de MetroENERGÍA, cuyo objeto es la compraventa de gas natural y/o su transporte, por cuenta propia, de terceros o asociada.

Con fecha 28 de noviembre de 2012, la sociedad controlante YPF S.A. comunicó a BG Inversiones Argentinas S.A. (“BGIA”) su voluntad de ejercer, mediante YPF Inversora Energética S.A., su derecho de compra preferente sobre: (i) 40.793.136 acciones Clase A, de valor nominal $1 y un voto cada una de titularidad de BGIA en GASA, representativas del 100%  del capital accionario y votos de BGIA en GASA; (ii) 6.279 acciones de titularidad de BG Argentina S.A. (“BGA”) en MetroENERGÍA, representativas del 2,73% de su capital social (estas acciones de BGIA y de BGA se denominarán en conjunto las “Acciones de BG”); y, (iii) eventualmente, sujeto a otras condiciones adicionales, la adquisición 38.941.720 acciones Clase B de BG Gas International B.V. en MetroGAS.

Con fecha 26 de abril de 2013, MetroGAS ha sido notificada de la Resolución ENARGAS N° I/2566 D, de fecha 19 de abril de 2013, por medio de la cual dicho Organismo aprueba, la operación de compra por parte de la Sociedad del 54,67% de las acciones Clase A de GASA a BGIA; del 2,73% de las acciones de MetroENERGÍA a BGA, y, sujeto al cumplimiento de la condición convenida entre las partes, del 6,84% de acciones Clase B de MetroGAS a BG Gas International BV, sin perjuicio de la intervención que le compete a la Comisión Nacional de Defensa de la Competencia.

Con fecha 3 de mayo de 2013, GASA ha sido notificado por su accionista BGIA que dicha compañía ha transferido a la Sociedad 46.010.284 acciones ordinarias, escriturales de valor nominal $ 1 y un voto por acción Clase A representativas del 54,67 % del capital social de GASA, titular del 70% de las acciones de MetroGAS. De esta manera, YPF S.A. a través de la Sociedad obtuvo el 100% del capital social y votos de GASA, y a su vez tendrá indirectamente a través de Gas Argentino, el 70% del capital social y votos de MetroGAS.

Por su parte, con fecha 6 de mayo de 2013, BG International BV notificó a MetroGAS que finalmente transfirió a Integra Gas Distribution LLC (¨Integra¨) 38.941.720 acciones Clase B de MetroGAS.

Asimismo, BGA ha transferido a la Sociedad 6.279 acciones ordinarias, escriturales de valor nominal 1 peso y 1 voto por acción representativas 2,73 % del capital social de MetroENERGÍA.

Como consecuencia de ejercer el derecho de compra con fecha 27 de abril de 2013, la Sociedad obtuvo el control del 100% de participación de GASA así como también el 5% de participación directa en MetroENERGÍA.

El precio de la operación de compra (adquisición de acciones representativas del 54,67% del capital de GASA y 2,73% del capital de MetroENERGÍA) ascendió a U$S 9,7 millones. Como consecuencia del análisis efectuado al momento de la adquisición, la Sociedad ha alocado el valor pagado a los activos netos identificables de la empresa emisora de acuerdo con el método de la adquisición en función de la última información financiera disponible, sin haber identificado ajustes significativos adicionales en relación con los valores contables allí indicados.

  1. SITUACIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA

Los cambios en las condiciones económicas del país y las modificaciones introducidas por la Ley de Emergencia Económica hacia fines de 2001, han impactado la situación económica y financiera de MetroGAS, sociedad controlada por GASA (a su vez controlada por la Sociedad) afectada por la suspensión del régimen original de actualización de tarifas, sumado al aumento de los costos de operación para mantener el nivel de servicio.

Al 31 de diciembre de 2012 MetroGAS registraba pérdidas acumuladas que insumían 50% del capital y de las reservas. El artículo 206 de la ley de sociedades comerciales establece la reducción obligatoria de capital cuando se presenta esta circunstancia. MetroGAS estima que de continuar las condiciones existentes a la fecha de los presentes estados financieros, la situación continuará deteriorándose por lo cual ha evaluado tomar una serie de medidas para mitigar el impacto de la situación financiera vigente, entre las cuales se incluyen:

  • Elevar los reclamos referidos a los incrementos tarifarios (incluyendo el traslado a tarifas de las tasas municipales) a las autoridades argentinas;

  • Procurar un estricto manejo de la caja y control de gastos;

  • Requerir aportes adicionales de capital a los accionistas de MetroGAS;

  • Renegociar condiciones de pago con los principales proveedores y los Fideicomisos; y

  • Obtener financiamiento de terceros.

MetroGAS se encuentra en un proceso de renegociación con el Estado Nacional de ciertos términos de la Licencia a fin de contrarrestar el impacto negativo generado por las circunstancias mencionadas, situación que no ha sido resuelta a la fecha de emisión de los presentes estados financieros intermedios.

En este contexto, en el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2012, GASA registró pérdidas operativas por montos significativos y registraba patrimonio neto negativo encontrándose la

Sociedad alcanzada por las disposiciones del art. 94 inciso 5° y el art. 96 de la Ley N°19.550 de Sociedades Comerciales. Sin embargo, debido a la registración de la ganancia por reestructuración de su pasivo concursal en el período finalizado el 30 de junio de 2013, GASA ha revertido temporariamente la situación la cual dependerá de los resultados generados por MetroGAS en los meses restantes del ejercicio. Asimismo, al 30 de junio de 2013, GASA registraba un capital de trabajo consolidado negativo que ascendía a miles de $ 100.437.

Los presentes estados contables han sido preparados utilizando principios contables aplicables a una empresa en marcha. A la fecha de emisión de los presentes estados financieros no es posible predecir el resultado del proceso de renegociación tarifaria de MetroGAS ni determinar sus implicancias finales sobre la operatoria y los resultados de GASA. Las circunstancias mencionadas anteriormente generan incertidumbre respecto de la recuperabilidad de los activos no corrientes, la capacidad de cumplir con los pagos de su nueva deuda y la capacidad GASA para continuar como empresa en marcha. Sin embargo, los presentes estados financieros no incluyen ajustes o reclasificaciones, si los hubiere, que pudieran requerirse de no resolverse favorablemente la situación de incertidumbre antes mencionada.

En el Anexo I adjunto así como en la Nota 12 se describen los aspectos relacionados con la situación económico-financiera de GASA y su marco regulatorio.

3. BASES DE PRESENTACIÓN Y ADOPCIÓN DE NORMAS INTENACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA (“NIIF”)

Los estados financieros consolidados condensados intermedios al 30 de junio de 2013 de YPF Inversora Energética S.A. han sido preparados de conformidad con las NIIF.

Los estados financieros consolidados condensados intermedios por el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2013 son no auditados pero, en opinión de la Dirección de la Sociedad, contemplan todos los ajustes necesarios para ser presentados sobre bases uniformes con los estados financieros anuales auditados, dado que han sido preparados de acuerdo con las políticas contables que la Sociedad espera adoptar en sus estados financieros anuales al 31 de diciembre de 2013 y que las políticas contables están basadas en las NIIF emitidas por el IASB (Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad, por sus siglas en inglés) y las interpretaciones emitidas por el IFRIC que la Sociedad espera que sean aplicables a dicha fecha.

Los presentes estados financieros consolidados condensados intermedios al 30 de junio de 2013 han sido preparados exclusivamente con el objeto de ser utilizados por la sociedad controlante YPF S.A. en la valuación de su inversión por el método del valor patrimonial proporcional y en la consolidación de sus estados contables, y pueden no ser apropiados para otros usos. Dado el objeto de los presentes estados financieros y la transacción mencionada en la Nota 1 precedente, la información del ejercicio anterior carece de relevancia para interpretar los presentes estados financieros y, por lo tanto, la Sociedad ha decidido no presentar la información comparativa correspondiente al presente trimetre. Dicha información será incorporada en los estados contables anuales al cierre del presente ejercicio.

3.1. Adopción de las NIIF

Mediante la Resolución General 11/2012 de la Inspección General de Justicia (“IGJ”), se establece que, a fin de promover la homogeneidad de la documentación contable y financiera de las sociedades relacionadas con aquellas que se encuentran bajo la órbita de fiscalización de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”), se incorporan a las normas de la IGJ las Resoluciones Técnicas (“RT”) N° 26 y N° 29 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (“FACPCE”). A partir de dicha resolución, aquellas sociedades que estén bajo la

órbita de fiscalización de la IGJ y que sean controladas, controlantes, subsidiarias o vinculadas de sociedades que hacen oferta pública de sus acciones o debentures, podrán presentar, ante IGJ, sus estados contables individuales conforme las RT mencionadas.

La Sociedad, inscripta en la IGJ, controlada por YPF S.A. y controlante de GASA (sociedades bajo la órbita de la CNV), cumple con los requisitos de la mencionada Resolución para aplicar las Resoluciones Técnicas N° 26 y N° 29.

Cabe mencionar que la CNV, a través de las Resoluciones Generales Nº 562/09 y 576/10, ha establecido la aplicación de las RT Nº 26 y 29, que adoptan las NIIF (IFRS por sus siglas en inglés), emitidas por el IASB para las entidades incluidas en el régimen de oferta pública de la Ley N° 17.811, ya sea por su capital o por sus obligaciones negociables, o que hayan solicitado autorización para estar incluidas en el citado régimen.

El 24 de enero de 2012, con el objetivo de evaluar la aplicabilidad y el impacto de la Interpretación N°12 “Acuerdos de Concesión de Servicios” (CINIIF 12) para las sociedades registrantes que sean licenciatarias de los servicios públicos de transporte y distribución de gas natural, así como sus empresas controlantes, la CNV emitió la Resolución Nº 600, que postergó la adopción obligatoria de las NIIF para los ejercicios que comienzan el 1° de enero de 2013. Posteriormente, el 20 de diciembre de 2012, la CNV emitió la Resolución Nº 613, que establece las razones y el fundamento por el cual las empresas concesionarias de transporte y distribución de gas natural y sus empresas controlantes están fuera del alcance de la CINIIF 12.

En consecuencia, la aplicación de NIIF resultó obligatoria para la sociedad controlada GASA a partir del ejercicio iniciado el 1° de enero de 2013. La fecha de transición a las NIIF para GASA, conforme a lo establecido en la NIIF 1 “Adopción por primera vez de las NIIF”, es el 1° de enero de 2012.

En función de lo mencionado en los párrafos precedentes, los estados financieros consolidados condensados intermedios de GASA por los períodos de tres meses finalizados el 31 de marzo de 2013 y 2012, fueron preparados de conformidad con la Norma Internacional de Contabilidad 34 “Información Financiera Intermedia” (NIC 34) y la NIIF 1 “Aplicación por primera vez de las NIIF”.

3.2. Presentación de los presentes estados financieros intermedios

Los presentes estados financieros consolidados condensados intermedios se presentan en miles de pesos argentinos, excepto menciones específicas.

Los presentes estados financieros consolidados condensados intermedios deben ser leídos en conjunto con los estados contables anuales de la Sociedad al 31 de diciembre de 2012 preparados de acuerdo con las normas contables profesionales argentinas (“NCV”). Adicionalmente, en el Anexo I adjunto en los presentes estados financieros se presenta información bajo NIIF al 30 de junio de 2013 necesaria para el entendimiento de los presentes estados financieros consolidados condensados intermedios.

Los presentes estados financieros consolidados condensados intermedios han sido aprobados por el Directorio para su emisión el 10 de agosto de 2013.

3.3. Estacionalidad de las operaciones

Las ventas y ganancias de MetroGAS se ven altamente influenciadas por la estructura climática imperante en la Argentina. La demanda de gas natural y, en consecuencia, las ventas y ganancias de MetroGAS son considerablemente más altas durante los meses de invierno (de mayo a septiembre) debido a los volúmenes de gas vendidos y al mix de tarifas que afecta los ingresos por ventas y el margen bruto.

3.4. Criterios adoptados en la transición a NIIF

La NIIF 1 le permite a las entidades que adoptan por primera vez las NIIF considerar determinadas dispensas de única vez, al principio de aplicación retroactiva de ciertas NIIF vigentes. Dichas dispensas han sido previstas por el IASB para simplificar la primera aplicación de dichas normas.

  • Exenciones optativas adoptadas por la Sociedad:

Costo atribuido a los bienes de uso: El costo de bienes de uso, reexpresado de acuerdo con las normas contables vigentes, ha sido adoptado como costo atribuido a la fecha de transición, ya que el mismo resulta asimilable al costo o costo depreciado de acuerdo con NIIF, ajustado para reflejar los cambios en un índice de precios general o específico. Asimismo, las NIIF establecen criterios alternativos para la medición posterior al reconocimiento inicial de cada clase de bien que compone los rubros de Propiedad, planta y equipo, previendo que se utilice el “modelo de costo” o el “modelo de revaluación”. La Dirección de la Sociedad ha optado por continuar aplicando el “modelo de costo” para todas las clases de bienes que componen la Propiedad, planta y equipo y Propiedades de inversión.

Arrendamientos: La Sociedad determinó si los acuerdos vigentes a la fecha de transición a la RT 26 contenían un arrendamiento, a partir de la consideración de los hechos y circunstancias existentes a dicha fecha.

  • Excepciones obligatorias aplicables a la Sociedad:

Estimaciones: las estimaciones realizadas por la Sociedad según NIIF a la fecha de transición a las

NIIF, son consistentes con las estimaciones realizadas a la misma fecha según NCV.

Baja contable de activos financieros y pasivos financieros: en los estados financieros de la Sociedad se ha aplicado, de acuerdo con lo establecido en la NIIF 1, la NIIF 9 de forma prospectiva a los pasivos financieros dados de baja en cuentas como resultado de la reestructuración de la deuda financiera de GASA ocurrida el 12 de mayo de 2006, por no contar con la información necesaria para aplicar la NIIF 9 al momento del reconocimiento inicial de esas transacciones.

Otras excepciones obligatorias establecidas en la NIIF 1 que no se han aplicado por no haberse identificado operaciones significativas en la Sociedad son:

  • Contabilidad de coberturas.

  • Participaciones no controladoras.

  • Derivados implícitos.

4. POLÍTICAS CONTABLES

Las políticas contables adoptadas para estos estados financieros consolidados condensados intermedios se encuentran expuestas en el Anexo I adjunto y se basan en aquellas NIIF que se espera estén vigentes al 31 de diciembre de 2013.

A efectos de la contabilización del canje de deuda concursal de MetroGAS y de GASA por nuevas obligaciones negociables consumado el 11 de enero de 2013 y el 15 de marzo de 2013, respectivamente, que se describe en Notas 9 y 12, la Sociedad ha seguido los lineamientos previstos en la NIIF 9 - Reconocimiento y medición de instrumentos financieros.

La NIIF 9 establece que un intercambio de instrumentos de deuda entre un deudor y el correspondiente acreedor se contabilizará como una cancelación del pasivo financiero original y consiguiente reconocimiento de un nuevo pasivo financiero cuando los instrumentos tengan condiciones sustancialmente diferentes. La diferencia entre el importe en libros del pasivo financiero cancelado y la contraprestación pagada, en la que se incluirá cualquier activo cedido diferente del efectivo o pasivo asumido, se reconocerá en el resultado del ejercicio. La Sociedad considera que las condiciones de las deudas concursales sujetas a canje son sustancialmente diferentes de las nuevas obligaciones negociables y consecuentemente ha efectuado la registración de los canjes de deuda siguiendo los lineamientos antes mencionados. Asimismo, de acuerdo a la NIIF 9 las nuevas obligaciones negociables han sido reconocidas inicialmente a su valor razonable, neto de los costos de transacción incurridos y con posterioridad, se miden a costo amortizado.

El valor razonable de las nuevas deudas emitidas a efectos del reconocimiento inicial ha sido estimado utilizando la técnica de flujos de fondos descontados en ausencia de valores de cotización en mercado activo que sean representativos para el monto emitido.

5. ESTIMACIONES Y JUICIOS CONTABLES CRÍTICOS

La preparación de estados financieros consolidados a una fecha determinada requiere que la Sociedad realice estimaciones y evaluaciones que afectan el monto de los activos y pasivos registrados y los activos y pasivos contingentes revelados a dicha fecha, como así también los ingresos y egresos registrados en el período. La Dirección de la Sociedad realiza estimaciones para poder calcular a un momento dado, por ejemplo, la provisión para deudores incobrables, las depreciaciones, el valor recuperable de los activos, el cargo por impuesto a las ganancias y la provisión para contingencias. Los resultados reales futuros pueden diferir de las estimaciones y evaluaciones realizadas a la fecha de preparación de los presentes estados financieros consolidados condensados intermedios.

En la preparación de estados financieros consolidados condensados intermedios, los juicios críticos efectuados por la Sociedad al aplicar sus políticas contables y las fuentes de información utilizadas para las estimaciones respectivas se detallan en el Anexo I adjunto.

6. ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS FINANCIEROS

Las actividades de MetroGAS, controlada de la Sociedad, exponen a la misma a diversos riesgos financieros: riesgo de mercado, riesgo de crédito y riesgo de liquidez, que se exponen en Nota 4 del Anexo I adjunto.

7. INFORMACIÓN POR SEGMENTOS

El análisis por segmentos realizado por la Sociedad se basa en el análisis de MetroGAS. MetroGAS opera principalmente en los segmentos de prestación del servicio de distribución de gas y, a través de MetroENERGÍA, de comercialización por cuenta propia, por cuenta y orden de terceros o asociada a terceros, de gas natural y/o su transporte.

MetroGAS distribución MetroENERGÍA comercialización Eliminaciones Subtotal segmentos Administración central y otros Total YIESA
Ingresos ordinarios 320.940 51.754 (2.955) 369.739 (1.278) 368.461
(Pérdida) ganancia operativa (12.046) 19.942 (11.343) (3.447) 38.152 34.705
Resultado inversiones no corrientes 11.343 - (11.343) - 39.617 39.617
Resultado antes de impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta (75.370) 16.792 (11.343) (69.921) 19.155 (50.766)
Impuesto a las ganancias 26.845 (5.877) - 20.968 109.372 130.340
Resultado neto e integral del período (48.525) 10.915 (11.343) (48.953) 128.527 79.574
Total activos 2.370.299 144.540 (66.999) 2.447.840 1.474 2.449.314
Total pasivos 1.806.275 126.335 (49.704) 1.882.906 250.393 2.133.299
Inversiones en otras sociedades 17.295 - (17.295) - - -

Las partidas de Administración central y otros corresponden a los gastos administrativos y los costos financieros, así como los saldos de activos (principalmente Efectivo y equivalentes de efectivo) y pasivos de GASA e YIESA.

8. DETALLE DE LOS PRINCIPALES RUBROS DE LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS

Se indican a continuación la composición de los principales rubros de los estados financieros consolidados condensados intermedios:

Estado de situación financiera consolidado condensado intermedio al 30 de junio de 2013

a) Propiedades, planta y equipo

Valores originales
Cuenta principal Al inicio del ejercicio Incorporación por adquisición acciones Altas Transferencias Bajas Valor al cierre del período
Terrenos - 15.654 - - - 15.654
Edificios y construcciones civiles - 71.814 - - - 71.814
Ramales de alta presión - 295.313 - - - 295.313
Conductos y redes en media y baja presión - 1.842.711 - 18.751 - 1.861.462
Estaciones de regulación y/o medición de presión - 65.055 - 2.094 - 67.149
Instalaciones de medición de consumos - 356.032 - 5.705 (1.652) 360.085
Otras instalaciones técnicas - 53.317 - 1.872 - 55.189
Máquinas, equipos y herramientas - 29.794 - 195 - 29.989
Sistemas informáticos y de telecomunicación - 212.625 - 3.841 - 216.466
Vehículos - 10.986 - 2.728 - 13.714
Muebles y útiles - 5.466 - - - 5.466
Materiales - 30.125 13.518 (3.753) (1.823) 38.067
Gas en cañerías - 214 - - - 214
Obras en curso - 83.934 25.143 (31.447) - 77.630
Redes cedidas por terceros - 65.434 - 14 - 65.448
Subtotal - 3.138.474 38.661 - (3.475) 3.173.660
Provisión obsolescencia de materiales - (2.369) (16) - 9 (2.376)
Provisión baja propiedades, planta y equipo - (6.622) (1.499) - 7 (8.114)
Total - 3.129.483 37.146 - (3.459) 3.163.170
Depreciaciones
Cuenta principal Al inicio del ejercicio Incorporación por adquisición acciones Monto Bajas Acumulada al cierre del período Valor residual al 30-06-2013
Terrenos - - - - - 15.654
Edificios y construcciones civiles - 26.530 343 - 26.873 44.941
Ramales de alta presión - 196.495 1.231 - 197.726 97.587
Conductos y redes en media y baja presión - 618.233 10.539 - 628.772 1.232.690
Estaciones de regulación y/o medición de presión - 42.529 545 - 43.074 24.075
Instalaciones de medición de consumos - 179.337 3.390 (942) 181.785 178.300
Otras instalaciones técnicas - 47.647 195 - 47.842 7.347
Máquinas, equipos y herramientas - 26.932 140 - 27.072 2.917
Sistemas informáticos y de telecomunicación - 171.296 3.011 - 174.307 42.159
Vehículos - 10.143 202 - 10.345 3.369
Muebles y útiles - 5.462 1 - 5.463 3
Materiales - - - - - 38.067
Gas en cañerías - - - - - 214
Obras en curso - - - - - 77.630
Redes cedidas por terceros - 16.586 325 - 16.911 48.537
Subtotal - 1.341.190 19.922 (942) 1.360.170 1.813.490
Provisión obsolescencia de materiales - - - - - (2.376)
Provisión baja propiedades, planta y equipo - - - - - (8.114)
Total - 1.341.190 19.922 (942) 1.360.170 1.803.000

b) Propiedades de inversión

Cuenta principal Al inicio del ejercicio Incorporación por adquisición acciones Al cierre del período Al inicio del ejercicio Incorporación por adquisición acciones Alícuota Monto Acumuladas al cierre del período Neto resultante 30.06.2013
Terrenos - 1.847 1.847 - - - - - 1.847
Edificios - 5.971 5.971 - 2.389 2% 30 2.419 3.552
Total - 7.818 7.818 - 2.389 30 2.419 5.399

c) Pagos anticipados

No Corrientes
Seguros y otros gastos pagados por adelantado 97
97
Corrientes
Anticipos al personal 354
Anticipo a proveedores 3.765
Seguros y otros gastos pagados por adelantado 5.781
Gastos a recuperar 258
10.158

d) Créditos por ventas y otras cuentas por cobrar

Créditos por ventas 266.319
Fideicomiso Decreto N° 2407 47.856
Consumos a facturar 106.937
Partes relacionadas 439
Saldo trasladable impuesto a los débitos y créditos 7.104
PURE (i) (94)
Operaciones por cuenta y orden de terceros 28.319
Créditos previsionales e impositivos 2.919
Provisión para deudores incobrables (15.447)
Deudores varios 2.015
444.367
  1. Corresponde al Programa de Uso Racional de la Energía, el cual comprende el establecimiento de incentivos y cargos adicionales por excedentes de consumo.

e) Efectivo y equivalentes de efectivo

A los fines del estado de flujo de efectivo intermedio, el efectivo y equivalente de efectivo comprende lo siguiente:

Caja y bancos 39.354
Fondos comunes de inversión 143.315
182.669
f) Otras cargas fiscales
No Corriente
Otros impuestos 8.455
Total no corriente 8.455
Corriente
Impuesto al valor agregado 15.334
Tasa de estudio, revisión e inspección en la vía pública de GCABA 23.858
Impuesto a los ingresos brutos 8.872
Impuestos provinciales y municipales 15.622
Tasa de infraestructura hídrica 2.876
Otros impuestos 6.479
73.041
g) Pasivo concursal
Deudas fiscales 16.262
Cuentas por pagar 881
Remuneraciones y cargas sociales 597
17.740
h) Provisiones
Reclamos civiles, laborales y otros 35.068
Reclamos fiscales y otras multas 31.911
Reclamos del regulador y diferencias interpretativas 37.076
104.055
1. Acreedores comerciales y otras cuentas por pagar
Acreedores por compra de gas y transporte 328.336
Acreedores por otras compras y servicios 89.207
Operaciones por cuenta y orden de terceros 39.124
Partes relacionadas 71.758
Fideicomiso Decreto N° 2.407 15.000
Fideicomisos 50.993
Otras deudas 10.116
604.534
1. Remuneraciones y cargas sociales
Sueldos a pagar 3.046
Aportes y retenciones a depositar 11.593
Partes relacionadas 1.119
Provisión vacaciones 24.352
Provisión gratificaciones 6.770
Otros 142
47.022

Estado de resultados integrales consolidado condensado intermedio por el período

de seis meses finalizado el 30 de junio de 2013

1. Ingresos ordinarios:
Ventas de gas 236.658
Ventas de gas y transporte MetroENERGÍA 20.670
Servicio de transporte y distribución 37.716
Otras ventas 6.011
Ingresos por subproductos 36.322
Comisiones por operaciones por cuenta y orden de terceros MetroENERGÍA 31.084
368.461
  1. Gastos por naturaleza
Costos de operación Gastos de administración y comercialización Total
Remuneraciones y otros beneficios al personal 24.772 48.719 73.491
Cargas sociales 5.489 8.817 14.306
Suministro de gas 103.791 - 103.791
Servicio de transporte de gas y proces. de líquidos 52.361 - 52.361
Honorarios directores y síndicos - 415 415
Honorarios por servicios profesionales 160 2.134 2.294
Materiales diversos 2.112 - 2.112
Servicios y suministros de terceros 8.951 5.891 14.842
Gastos de correos y telecomunicaciones 308 7.196 7.504
Arrendamientos 85 1.736 1.821
Transportes y fletes - 688 688
Materiales de oficina 368 514 882
Viajes y estadías 177 127 304
Primas de seguros - 1.768 1.768
Mantenimiento y reparación de bienes de uso 14.042 5.526 19.568
Depreciación de bienes de uso 16.612 3.340 19.952
Impuestos, tasas y contribuciones 15.950 34.663 50.613
Publicidad y propaganda - 647 647
Deudores incobrables - 2 2
Gastos y comisiones bancarias - 3.102 3.102
Provisiones - 1.210 1.210
Gastos diversos 2.062 458 2.520
Total 2013 247.240 126.953 374.193
  1. Resultados financieros, netos

Ingresos financieros

Activos financieros a valor razonable 1.451
Intereses operaciones financieras 1.326
Intereses operaciones comerciales 2.218
Diferencias de cambio operaciones comerciales 903
Diferencias de cambio operaciones financieras 5
5.903

Costos financieros

Diferencias de cambio sobre deuda financiera (49.998)
Diferencias de cambio operaciones comerciales 539
Intereses operaciones financieras (35.929)
Gastos financieros (5.986)
(91.374)

9. DEUDA FINANCIERA

Deuda financiera de Gas Argentino

En cumplimiento del acuerdo del concurso preventivo de acreedores que se describe en Nota 2.2 de los presentes estados contables, el 15 de marzo de 2013 Gas Argentino procedió a canjear las obligaciones negociables existentes en manos de los acreedores financieros y las acreencias de los acreedores no financieros verificados y declarados admisibles por las Nuevas Obligaciones Negociables.

GASA emitió las nuevas obligaciones negociables para ser entregadas en canje por obligaciones negociables preexistentes:

• Serie A-L por un monto de U$S 50.760.000

• Serie B-L por un monto de U$S 67.510.800

y en canje por la deuda no financiera de la Sociedad Obligaciones Negociables:

• Serie A-U por un monto de U$S 1.306.528

• Serie B-U por un monto de U$S 1.737.690

La emisión de las nuevas obligaciones negociables series AL y BL fue aprobada por la CNV mediante Resolución N° 17,017 del 5 de febrero de 2013.

Asimismo, en esa misma fecha Gas Argentino ejerció en la facultad prevista en los términos de su propuesta concursal homologada judicialmente de capitalizar los intereses devengados bajo las Obligaciones Negociables Clase A desde el 1° de enero de 2011 hasta la fecha de emisión.

Desde la fecha de emisión, todas las obligaciones de GASA de acuerdo a los términos de las Obligaciones Negociables Existentes y de la Deuda No Financiera fueron terminadas y todos los derechos, intereses y beneficios allí estipulados fueron anulados y cancelados. Consecuentemente, las Obligaciones Negociables Existentes y la Deuda No Financiera fueron extinguidas y ya no constituyen obligaciones exigibles para Gas Argentino.

Asimismo, la emisión contiene una cláusula de Rescate obligatorio con fondos excedentes disponibles netos, de acuerdo a lo presentado en las condiciones de emisión disponibles, que prevé que la Sociedad destinará el equivalente a un monto en efectivo de fondos excedentes (no asignado a pagos restringidos, entre otros) para rescatar, a prorrata Obligaciones Negociables Clase A y, en cualquier momento después de que haya tenido lugar un Hecho Desencadenante, las Obligaciones Negociables Clase B en circulación, mediante precancelaciones de Obligaciones Negociables, en tanto la Sociedad no haya destinado dicho monto de fondos excedentes disponibles netos para realizar operaciones de compra en el mercado.

El cálculo de fondos excedentes para cada período se determina como la diferencia positiva entre i) los dividendos cobrados durante dicho período y ii) los gastos permitidos, definidos como los gastos incurridos en el período hasta un límite de U$S 250.000. El primer período de cálculo finalizó el 31 de marzo de 2013 y no arrojó fondos excedentes.

Deuda financiera de MetroGAS

En cumplimiento del acuerdo del concurso preventivo de acreedores que se describe en Nota 2.2 de los presentes estados contables, el 11 de enero de 2013 MetroGAS procedió a canjear las obligaciones negociables existentes en manos de los acreedores financieros y las acreencias de los acreedores no financieros verificados y declarados admisibles por las Nuevas Obligaciones Negociables. La emisión de las nuevas obligaciones negociables fue aprobada mediante providencia de la Gerencia de Emisoras de la CNV de fecha 26 de diciembre de 2012, dentro del marco del Programa Global de Emisión de Obligaciones Negociables de MetroGAS por un valor nominal de hasta U$S 600 millones.

MetroGAS emitió las nuevas obligaciones negociables para ser entregadas en canje por obligaciones negociables preexistentes:

• Serie A-L por un monto de U$S 163.003.452

• Serie B-L por un monto de U$S 122.000.000,

y en canje por la deuda no financiera de la Sociedad Obligaciones Negociables

• Serie A-U por un monto de U$S 16.518.450

• Serie B-U por un monto de U$S 13.031.550.

Asimismo, en esa misma fecha MetroGAS ejerció en la facultad prevista en los términos de su propuesta concursal homologada judicialmente de capitalizar los intereses devengados bajo las

Obligaciones Negociables Clase A desde el 1° de enero de 2011 hasta el día 31 de diciembre de

2012 y pagar en efectivo los intereses devengados desde el 1° de enero de 2013 hasta la fecha de emisión.

Desde la fecha de emisión, todas las obligaciones de la Sociedad de acuerdo a los términos de las

Obligaciones Negociables Existentes y de la Deuda No Financiera fueron terminadas y todos los derechos, intereses y beneficios allí estipulados fueron anulados y cancelados. Consecuentemente, las Obligaciones Negociables Existentes y la Deuda No Financiera fueron extinguidas y ya no constituyen obligaciones exigibles para MetroGAS.

Resultado por canje de deuda concursal consolidado:

A continuación se incluye un cuadro con el detalle del resultado antes del efecto impositivo del canje de la deuda concursal de MetroGAS y Gas Argentino:

10. CAPITAL SOCIAL Y SOCIEDAD CONTROLANTE

Con fecha 13 de marzo de 2013, el accionista controlante de la Sociedad efectuó un aporte de capital por 3.100. El mismo día, el Directorio tomo conocimiento de dicho aporte. Asimismo, el 23 de abril de 2013 YPF S.A. efectuó un nuevo aporte de capital por la suma de 36.169.

Como consecuencia de ello, al 30 de junio de 2013, el capital social de la Sociedad asciende a 58.645.411, representado por acciones ordinarias, nominativas no endosables, de valor nominal 1, con derecho a un voto por acción, y se encuentra totalmente suscripto e integrado.

La Ley N° 26.741, promulgada el 4 de mayo de 2012, modificó la estructura accionaria de YPF S.A. La mencionada Ley declaró de interés público y sujeto a expropiación a las acciones clase D de dicha sociedad en poder de Repsol S.A., sus sociedades controladas o controlantes, que representan el 51% del capital social de dicha sociedad. A su vez, declaró de interés público nacional y como objetivo prioritario de la República Argentina el logro del autoabastecimiento de hidrocarburos, así como la exploración, explotación, industrialización, transporte y comercialización de hidrocarburos, a fin de garantizar el desarrollo económico con equidad social, la creación de empleo, el incremento de la competitividad de los diversos sectores económicos y el crecimiento equitativo y sustentable de las provincias y regiones. Las acciones expropiadas han sido distribuidas de la siguiente manera: 51% para el Gobierno Nacional y 49% para determinadas provincias argentinas.

11. RESTRICCIONES A LOS RESULTADOS NO ASIGNADOS Y A LA DISPOSICIÓN DE ACTIVOS

De acuerdo con la Ley 25.063, sancionada en diciembre de 1998, los dividendos que se distribuyan, en dinero o en especie, en exceso de las utilidades impositivas acumuladas al cierre del ejercicio inmediato anterior a la fecha de pago o distribución, estarán sujetos a una retención del 35% en concepto de impuesto a las ganancias con carácter de pago único y definitivo. Se consideran utilidades impositivas acumuladas a los efectos de este impuesto el saldo de utilidades contables acumuladas al 31 de diciembre de 1997, menos los dividendos pagados más las utilidades impositivas determinadas a partir del 1° de enero de 1998 y los dividendos o utilidades provenientes de otras sociedades.

La Licencia, el Contrato de Transferencia y las normas dictadas de acuerdo con la Ley Nº 24.076 contienen ciertos requisitos en relación con la calidad del servicio, las inversiones de capital, restricciones a la transferencia y constitución de gravámenes sobre los activos, restricciones a la titularidad por parte de productores, transportadoras y distribuidoras de gas y transferencia de acciones de MetroGAS.

En particular, GASA está habilitada a vender una parte de su participación en MetroGAS, siempre que conserve el 51% del capital accionario de esa sociedad. Las transferencias que pudieran llevar a GASA a tener menos del 51% de participación accionaria en MetroGAS están sujetas a la aprobación previa por parte del ENARGAS. La Sociedad, como accionista de GASA, está sujeta a la misma restricción.

12. MODIFICACIONES A LA NORMATIVA ECONÓMICA DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Durante el año 2002 se implementó en el país un profundo cambio del modelo económico para superar la crisis económica en el mediano plazo. A tales efectos, el Gobierno Nacional abandonó el modelo de paridad del peso con el dólar estadounidense vigente desde 1991 y adoptó diversas medidas de carácter económico, monetario, financiero, fiscal y cambiario. A continuación se enumeran algunas de las medidas y/o regulaciones las cuales tienen efecto sobre la gestión operativa y financiera de la Sociedad, todo ello como consecuencia de sus inversiones en las sociedades en las que ejerce influencia significativa:

  1. Marco regulatorio de MetroGAS

El sistema de distribución de gas natural está regulado por la Ley N° 24.076 (“Ley del Gas”) que, junto con el Decreto del Poder Ejecutivo N° 1.738/92, otros decretos regulatorios, el Pliego, el Contrato de Transferencia y la Licencia, establecen el marco legal original de la actividad de MetroGAS.

Las tarifas para el servicio de distribución de gas fueron establecidas en la Licencia y están reguladas por el ENARGAS. Dichas tarifas estaban sujetas a un ajuste semestral como resultados de las variaciones de índice de precios al consumidor de Estados Unidos de América (“PPI”) y ajustes periódicos por cambios en los costos de compra y transporte de gas natural.

La Licencia de distribución autoriza a MetroGAS a suministrar el servicio público de distribución de gas por un plazo de 35 años. La Ley Nº 24.076 establece que MetroGAS puede solicitar al ENARGAS una renovación de la Licencia por un período adicional de 10 años al vencimiento del período original de 35 años.

La Licencia puede ser revocada por el Gobierno Nacional, bajo recomendación del ENARGAS, en ciertas circunstancias, entre otras, incumplimientos serios y repetitivos de MetroGAS de sus obligaciones o interrupción total o parcial en el servicio no interrumpible por causas atribuibles a MetroGAS cuya duración exceda lo establecido en la Licencia.

Renegociación tarifaria

La Ley N° 25.561 de Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario (“Ley de Emergencia”) del 7 de enero de 2002 modificó el marco jurídico vigente para los contratos de licencia de las empresas de servicios públicos.

Las principales disposiciones de la mencionada Ley que afectan la Licencia otorgada oportunamente a MetroGAS por el Gobierno Nacional y modifican expresas disposiciones de la Ley del Gas son: la “pesificación” de las tarifas que estaban establecidas en dólares convertibles al tipo de cambio fijado por la Ley de Convertibilidad (Ley Nº 23.928), la prohibición del ajuste de tarifas basado en cualquier índice extranjero, impidiendo por lo tanto la aplicación del índice internacional fijado en el Marco Regulatorio (Producer Price Index -PPI- de los Estados Unidos) y la renegociación de la Licencia otorgada a MetroGAS en 1992.

De hecho, la Ley de Emergencia dispuso el inicio de un proceso de renegociación de los contratos de servicios públicos otorgados por el Poder Ejecutivo Nacional (“PEN”) sin perjuicio de establecer que las empresas de servicios públicos deben seguir cumpliendo con todas sus obligaciones. El proceso se inició en el año 2002 y se le encomendó la renegociación al Ministerio de Economía y Producción (“ME”) a través de la Comisión de Renegociación de Contratos de Obras y Servicios Públicos (“CRC”), comisión que posteriormente en el año 2003 a través del Decreto N° 311 fue reemplazada por la “Unidad de Renegociación y Análisis de Contratos de Servicios Públicos” (“UNIREN”) presidida conjuntamente por el ME y por el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios (“MPFIPyS”).

La Ley de Emergencia, que originalmente vencía en diciembre de 2003, fue sucesivamente prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2013. También se fueron prorrogando los plazos de renegociación de licencias y concesiones de servicios públicos.

Pese a que MetroGAS cumplió con la entrega de toda la información que se le solicitara, el proceso de renegociación continuó dilatándose en el tiempo sin que MetroGAS haya podido alcanzar un acuerdo definitivo.

El 1° de octubre de 2008 se firmó un Acuerdo Transitorio con la UNIREN, que fue ratificado por la Asamblea de Accionistas de MetroGAS el 14 de octubre de 2008 y aprobado por el PEN con fecha 26 de marzo de 2009 a través del Decreto N° 234 (Boletín Oficial 14/04/09). Dicho Acuerdo Transitorio establece un Régimen Tarifario de Transición a partir del 1 de septiembre de 2008, con una readecuación de precios y tarifas que incluye variaciones en el precio del gas, transporte y distribución. Los montos resultantes del incremento efectivamente percibido originado en la readecuación de la tarifa de distribución deberán ser depositados por MetroGAS en un fondo específico (fideicomiso) destinado a la realización de obras de infraestructura dentro del área de Licencia. El Acuerdo Transitorio no fue implementado aún, dado que no se emitieron los cuadros tarifarios correspondientes.

Asimismo, se enviaron notas al ENARGAS, UNIREN y MPFIPyS insistiendo en la imperiosa necesidad que tiene MetroGAS de arribar a un acuerdo definitivo para concluir exitosamente el proceso concursal iniciado en junio de 2010.

En este contexto, el 29 de diciembre de 2011 MetroGAS interpuso una demanda interruptiva de la prescripción de los daños derivados del quiebre de la ecuación económico financiera prevista en la Licencia de distribución de gas como así también un reclamo administrativo previo a los mismos fines. La demanda fue ampliada el 13 de febrero de 2013, oportunidad en la cual se determinó el monto reclamado.

El 21 de noviembre de 2012, MetroGAS, al igual que el resto de las Distribuidoras de gas, salvo una, suscribió un Acta (“Acta”) con el ENARGAS, la que de acuerdo a la nota del ENARGAS ENRG/SD/I 13.352 recibida con fecha 29 de noviembre de 2012 goza de plena efectividad. En dicha Acta se acuerda establecer un monto fijo por factura, diferenciado por categoría de cliente. Los importes por tal concepto cobrados por las Distribuidoras serán depositados en un fideicomiso creado a tal efecto y utilizados para la ejecución de obras de infraestructura, obras de conexión, repotenciación, expansión y/o adecuación tecnológica de los sistemas de distribución de gas por redes, seguridad, confiabilidad del servicio e integridad de las redes, así como mantenimiento y todo otro gasto conexo necesario para la prestación del servicio público de distribución de gas, hasta el límite de los fondos efectivamente disponibles para ser aplicado dentro del área de prestación del servicio. Por otra parte, las distribuidoras de gas deberán someter a la aprobación de un Comité de Ejecución a ser creado en el ámbito del fideicomiso, un Plan de Inversiones de Consolidación y Expansión expresado en términos físicos y monetarios cuyos lineamientos serán determinados en el contrato de fideicomiso a suscribirse entre MetroGAS y Nación Fideicomisos S.A.

Los montos que las Licenciatarias de gas perciban serán tomados a cuenta de los ajustes tarifarios previstos en los acuerdos de renegociación de la Licencia oportunamente suscriptos, en el caso concreto de MetroGAS, del Acuerdo Transitorio aprobado por el Decreto N° 234/09. La recaudación por parte de MetroGAS, como consecuencia de la implementación de los nuevos montos fijos, sería aproximadamente de 190 millones anuales.

El 29 de noviembre de 2012 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución del ENARGAS N° 2.407/12 en cuyos considerandos se aclara que se ha dado cumplimiento con la Resolución MPFIPyS N° 2000/05 motivo por el cual el ENARGAS autoriza a las Distribuidoras a cobrar el cargo antes mencionado, disponiendo que se deberá incluir en las facturas de acuerdo a la metodología que oportunamente fijará la Autoridad Regulatoria.

MetroGAS se encuentra facturando este nuevo cargo tarifario a partir del día 3 de diciembre del año 2012 y realizando los correspondientes depósitos en las cuentas fiduciarias pertinentes.

El 11 de diciembre de 2012 el ENARGAS envió el modelo de contrato de fideicomiso financiero y de administración privado (“Contrato de Fideicomiso”) a ser suscripto entre las Distribuidoras de gas y Nación Fideicomiso S.A. La firma del Contrato de Fideicomiso se llevó a cabo el 12 de diciembre de 2012.

El 16 de enero de 2013 se firmó con el ENARGAS el Manual Operativo conforme al modelo que fuera oportunamente enviado por la autoridad regulatoria.

El Contrato de Fideicomiso y el Manual Operativo firmados con Nación Fideicomisos S.A. y ENARGAS, respectivamente, establecen los lineamientos generales para la administración de los fondos depositados. Las Distribuidoras deberán depositar de manera mensual los montos cobrados a los clientes, acompañados de una Declaración Jurada que será presentada ante el ENARGAS y ante Nación Fideicomisos S.A. Adicionalmente se deberá presentar el Plan de Inversiones de Consolidación y Expansión anual al Comité de Ejecución para su aprobación. Luego de recibir la aprobación del mismo junto con sus posibles modificaciones, y una vez examinada la Declaración Jurada junto con los avances de obra, el Comité de Ejecución es responsable de aprobar la disponibilidad de los fondos con el fin de que Nación Fideicomisos S.A. efectúe los pagos correspondientes a los proveedores por cuenta y orden de las Distribuidoras. Asimismo, es importante resaltar que el Contrato de Fideicomiso firmado por MetroGAS contempla la posibilidad de financiamiento por parte de Nación Fideicomisos S.A., siempre que se hayan detallado las obras que requieren financiamiento y que hayan sido aprobadas por el Comité de Ejecución. Las obras solo serán financiadas con el Patrimonio Fideicomitido y sólo se podrá comprometer cierto porcentaje de los montos fijos netos recaudados por la Distribuidora.

El 1° de febrero de 2013, MetroGAS presentó al ENARGAS el Plan de Inversiones de Consolidación y Expansión y con fecha 27 de marzo de 2013 recibió, por parte del Comité de Ejecución, la notificación de la aprobación del mismo.

b) Deudas Financieras de GASA y MetroGAS

Con fecha 5 de abril de 2002 y 25 de marzo de 2002, GASA y MetroGAS, respectivamente, anunciaron la suspensión de los pagos de capital e intereses sobre la totalidad de su deuda financiera.

MetroGAS:

Con motivo de diversas situaciones que afectaron de manera significativa la capacidad de MetroGAS de generar los flujos de fondos suficientes para satisfacer el pago de proveedores y acreedores financieros, el 17 de junio de 2010 el Directorio de MetroGAS solicitó la apertura del concurso preventivo de acreedores, el cual quedó radicado ante el Juzgado Nacional en lo Comercial N° 26, secretaría N° 51, expediente N° 056.999. La Asamblea de Accionistas de MetroGAS realizada el 2 de agosto de 2010 ratificó la decisión tomada por el Directorio.

Una vez cumplidos los distintos pasos procesales previstos por la Ley de Concursos y Quiebras (“LCQ”), el 2 de febrero de 2012 MetroGAS presentó una reformulación completa y final de la propuesta de acuerdo preventivo para acreedores quirografarios verificados y declarados admisibles consistente en el pago de los créditos quirografarios verificados o declarados mediante la entrega, en canje y dación en pago de tales créditos, de dos clases de obligaciones negociables (las “Nuevas Obligaciones Negociables”) con vencimiento el 31 de diciembre de 2018.

Con fecha 22 de mayo de 2012 MetroGAS presentó un texto ordenado de la propuesta analizada con ciertas modificaciones referidas a cambios menores en las fechas previstas para el acaecimiento de ciertos eventos (capitalización de intereses y cómputo de la Fecha Límite, entre otras) y eliminando la oferta de compra que la emisora debía realizar ante el hecho de que ocurra un cambio de control accionario.

El 6 de septiembre de 2012 el juzgado interviniente dictó resolución homologando el concurso preventivo de MetroGAS y declarándolo concluido en los términos de la legislación concursal, disponiendo asimismo la constitución del comité definitivo de acreedores.

El canje de deuda y la emisión de las Nuevas Obligaciones fue efectuado por MetroGAS el 11 de enero de 2013 para los acreedores quirografarios verificados y declarados admisibles.

Las Nuevas Obligaciones Negociables están denominadas en dólares estadounidenses y sus montos de capital a la fecha de la emisión se determinaron de la siguiente forma: i) una Clase A equivalente al 53,2% del monto del crédito quirografario verificado o declarado admisible y ii) una Clase B equivalente al 46,8% del monto del crédito verificado o declarado admisible. Asimismo, dentro de cada una de las clases de Nuevas Obligaciones Negociables se emitieron a su vez dos series distintas a efectos de identificar los créditos quirografarios con causa en obligaciones negociables anteriores (Serie L) del resto de los créditos quirografarios (Serie U). Además, MetroGAS ofreció pagar en la fecha de emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables un monto equivalente al interés que las Nuevas Obligaciones Negociables Clase A referidas anteriormente hubiesen devengado desde el 1° de enero de 2011 hasta la fecha de emisión, a una tasa de interés nominal anual del 8,875%. De acuerdo a la propuesta y a opción de MetroGAS el mencionado interés devengado hasta el 31 de diciembre de 2012 ha sido capitalizado. El capital de las Nuevas Obligaciones Negociables se amortizará en su totalidad a su vencimiento el 31 de diciembre de 2018 en un único pago. Las Nuevas Obligaciones Negociables Clase A serán exigibles de acuerdo con sus términos desde su fecha de emisión. Las Nuevas Obligaciones Negociables Clase B sólo se tornarán obligaciones exigibles de acuerdo con sus términos a partir de la fecha en que (x) se produjere la caducidad anticipada del plazo de vencimiento de las Nuevas Obligaciones Negociables Clase A como resultado del acaecimiento de determinados supuestos de incumplimiento contemplados en los términos y condiciones principales de las Nuevas Obligaciones Negociables o (y) tenedores de al menos el 25% de las Nuevas Obligaciones Negociables Clase A, Serie L hayan requerido por escrito a la Concursada y al fiduciario que se declare la caducidad anticipada del plazo de vencimiento de las Nuevas Obligaciones Clase A como resultado del acaecimiento de determinados supuestos de incumplimiento contemplados en los términos y condiciones principales de las Nuevas Obligaciones Principales (cualquiera de los eventos descriptos en (x) o (y), un “Hecho Desencadenante”), siempre y cuando dicho Hecho Desencadenante se produzca: (i) dentro del primer año contado desde la fecha de emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables o (ii) en o antes del 30 de junio de 2014; lo que fuere posterior (la “Fecha Límite”). En el caso de que, en o antes de la Fecha Límite no se haya producido el Hecho Desencadenante, entonces las Nuevas Obligaciones Negociables Clase B serán canceladas automáticamente y MetroGAS nada deberá por ellas. Las Nuevas Obligaciones Negociables Clase A devengarán intereses sobre el monto de su capital en circulación a la tasa de 8,875% nominal anual, desde su fecha de emisión hasta la fecha de su cancelación los cuales se computarán y pagarán de conformidad con sus términos y condiciones. Las Nuevas Obligaciones Negociables Clase B sólo devengarán intereses sobre el monto de capital correspondiente a las Nuevas Obligaciones Negociables Clase B si se produjere un Hecho Desencadenante dentro de la Fecha Límite y a partir del momento en que se produjese dicho Hecho Desencadenante. Dichos intereses también se devengarán a la tasa de 8,875% nominal anual, desde la fecha del Hecho Desencadenante y hasta la fecha de su cancelación los cuales se computarán y pagarán de conformidad con sus términos y condiciones particulares.

MetroGAS con fecha 1 y 13 de febrero de 2013 ha acreditado en el expediente judicial concursal el cumplimiento del canje y de la entrega de las Nuevas Obligaciones Negociables, así como también de la capitalización y pago de intereses, a fin de obtener el levantamiento de las inhibiciones generales y la declaración judicial de cumplimiento del concurso preventivo en los términos del artículo 59 in fine de la LCQ.

El 26 de marzo de 2013 el Directorio de MetroGAS resolvió por mayoría de votos proceder a capitalizar la porción sujeta a capitalización de los intereses pagaderos el 30 de junio de 2013 y

emitir Obligaciones Negociables Adicionales a efectos de dicha capitalización. Asimismo, el Directorio también resolvió la emisión de Nuevas Obligaciones Negociables para ser entregadas a los nuevos acreedores quirografarios, una vez que cuenten con sentencia verificatoria en el Concurso Preventivo. Con fecha 25 de julio de 2013, MetroGAS ha emitido:

- Obligaciones Negociables de la Verificación Tardía:

Serie A-U: U$S 5.087.459

Serie B-U: U$S 4.013.541

- Obligaciones Negociables de la Capitalización:

Serie A-L Adicionales: U$S 6.756.665

Serie A-U Adicionales: U$S 704.581

GASA:

Con fecha 19 de mayo de 2009, por decisión del Directorio, GASA solicitó la formación de su concurso preventivo con el objetivo de reestructurar su deuda financiera. Con fecha 8 de junio de 2009 el juzgado interviniente resolvió la apertura del concurso preventivo, ordenando la suspensión de los juicios de contenido patrimonial contra GASA.

Con fecha 25 de junio de 2009, la Asamblea de Accionistas de GASA ratificó la decisión tomada por el Directorio de dicha Sociedad.

Una vez cumplidos los distintos pasos procesales previstos por la LCQ, el 10 de febrero de 2012, GASA presentó una propuesta de acuerdo preventivo dirigida a los acreedores quirografarios verificados y declarados admisibles.

El 6 de agosto de 2012, GASA presentó una modificación a la propuesta de acuerdo preventivo dirigida a los acreedores quirografarios verificados y declarados admisibles.

La propuesta consiste en el pago de los créditos quirografarios verificados o declarados admisibles mediante la entrega, en canje y dación de pago de tales créditos, de obligaciones negociables con oferta pública, denominadas en dólares estadounidenses. Se emitirán dos clases de obligaciones negociables simples: i) una Clase A por el 38,60%, y ii) una Clase B por el 61,40% (calculado en dólares estadounidenses) del monto total del crédito quirografario verificado o declarado admisible. Dichas obligaciones negociables serán amortizadas en un solo pago, a ser efectuado a los tres años calendarios contados desde la fecha de emisión o el 31 de diciembre de 2015, lo que ocurriere primero, o, si GASA pagase el total de los intereses devengados y no capitalizados y del capital correspondiente a los intereses que se hubieren capitalizado con arreglo a los términos de emisión, entonces el vencimiento de las obligaciones negociables operará: a los cuatro años calendarios contados desde la fecha de emisión o el 31 de diciembre de 2016, lo que ocurriere primero. Las obligaciones negociables Clase A serán exigibles de acuerdo con sus términos desde su fecha de emisión, mientras que las Clase B sólo serán exigibles de acuerdo con sus términos a partir de la fecha en que (a) GASA no cancelara íntegramente los intereses devengados sobre las obligaciones negociables Clase A y que pudieran haberse capitalizado hasta el tercer año calendario de emisión de las obligaciones negociables o el 31 de diciembre de 2015, lo que ocurriere primero, (b) se produjere la caducidad anticipada del plazo de vencimiento de las nuevas obligaciones negociables Clase A como consecuencia del acaecimiento de algún supuesto de incumplimiento contemplado en los términos y condiciones principales de las nuevas obligaciones negociables, (c) tenedores de al menos el 25% de las nuevas obligaciones negociables Clase A hayan requerido por escrito que se declare la caducidad anticipada del plazo de vencimiento de las nuevas obligaciones negociables Clase A como consecuencia del acaecimiento de algún supuesto de incumplimiento contemplado en los términos y condiciones principales de las nuevas obligaciones principales, (d) se produjere la caducidad anticipada del plazo de vencimiento de las obligaciones negociables Clase A a ser emitidas por MetroGAS en cumplimiento de la propuesta concursal formulada en su propio concurso preventivo o tenedores de al menos el 25% de dichas obligaciones negociables hayan requerido por escrito que se declare la caducidad anticipada del plazo de vencimiento de estas últimas como consecuencia del acaecimiento de algún supuesto de

incumplimiento bajo los términos y condiciones principales de tales obligaciones negociables (en adelante cualquiera de los eventos descriptos en (a), (b), (c) y (d), se mencionan indistintamente como un “hecho desencadenante”), siempre y cuando dicho hecho desencadenante se produzca en o antes de: (i) el tercer aniversario desde la fecha de emisión de las obligaciones negociables o (ii) el 31 de diciembre de 2015; lo que ocurriere primero (la “fecha límite”). En el caso de que, a más tardar en la fecha límite, no se haya producido el hecho desencadenante, operará la extinción y cancelación automática de pleno derecho, sin acción de parte alguna y en la fecha límite, de las obligaciones negociables Clase B, sin pago alguno bajo tales obligaciones negociables.

Las obligaciones negociables Clase A devengarán intereses a partir de la fecha de su emisión, a una tasa equivalente al 8,875%, pagadero semestralmente, y las obligaciones negociables Clase B sólo devengarán intereses a partir de la fecha en que se produjera un hecho desencadenante a una tasa equivalente al 8,875%, pagadero semestralmente.

Con fecha 22 de agosto de 2012, el juzgado interviniente dictó resolución homologando el concurso preventivo de GASA y declarándolo concluido en los términos de la legislación concursal, y finalizando la actuación de la sindicatura, quien, por tratarse de un "pequeño concurso" en los términos que refiere el art. 288 de la LCQ, y no habiéndose conformado comité de acreedores, estará a cargo del contralor del cumplimiento del acuerdo.

En cumplimiento del acuerdo preventivo de acreedores que se describe precedentemetne, el 15 de marzo de 2013, GASA emitió nuevas obligaciones negociables las que fueron otorgadas en canje a los acreedores financieros y no financieros verificados y declarados admisibles.

Con fecha 13 de junio de 2013, el Directorio de GASA resolvió aprobar la capitalización del 100% de los intereses pagaderos el 15 de junio de 2013 y la emisión de ON adicionales a efectos de dicha capitalización. GASA ha obtenido las autorizaciones regulatorias correspondientes y con fecha 15 de julio de 2013 ha emitido Obligaciones Negociables Adicionales Clase A-L por U$S 1.167.480 y Clase A-U por U$S 29.632 para la capitalización de intereses.

Con fecha 12 de julio de 2013, el juzgado interviniente dictó resolución declarando cumplido el Acuerdo Preventivo de GASA.

13. CONTINGENCIAS

Al 30 de junio de 2013 YPF Inversora Energética no ha sido notificada de ningún litigio o reclamación judicial en su contra. No obstante lo anterior, GASA y MetroGAS, sociedades en la que YPF Inversora Energética S.A. es accionista, son parte de ciertos juicios, reclamaciones y contingencias, para los cuales la Dirección de dichas sociedades, en base a los elementos de juicio disponibles a la fecha de emisión de sus estados contables ha efectuado las previsiones, de corresponder.

Las políticas contables utilizadas para la preparación de los presentes estados financieros consolidados condensados en relación con la contabilización de las contingencias se describe en el Anexo I adjunto, en la Nota 2.18 “Provisiones”.

14. SALDOS Y OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS

GASA, a través de su sociedad controlada MetroGAS, realiza operaciones y transacciones con partes relacionadas dentro de las condiciones generales de mercado, las cuales forman parte de la operación habitual de la Sociedad en cuanto a su objeto y condiciones.

Tal como se describe en la Nota 1, con fecha 3 de mayo de 2013, GASA ha sido notividado por su accionista BGIA que dicha compañía ha transferido a la Sociedad 46.010.284 acciones ordinarias, escriturales de valor nominal $ 1 y un voto por acción Clase A representativas del 54,67 % del capital social de GASA, titular del 70% de las acciones de MetroGAS. De esta manera, YPF S.A. a través de la Sociedad obtuvo el 100% del capital social y votos de GASA y, a su vez, tendrá indirectamente a través de GASA, el 70% del capital social y votos de MetroGAS.

Asimismo, con fecha 3 de mayo de 2012, el Congreso de la Nación sancionó la Ley N°26.741, por medio de la cual se declaró de utilidad pública y sujeto a expropiación el 51% del patrimonio de YPF S.A. representado por igual porcentaje de acciones Clase D de dicha empresa pertenecientes a Repsol, sus controlantes o controladas, directa o indirectamente, disponiéndose al mismo tiempo la ocupación temporánea de tales acciones en los términos de los artículos 57 y 59 de la Ley N° 21.499.

La información detallada en los cuadros siguientes muestra los saldos con las sociedades controladas, negocios conjuntos y vinculadas al 30 de junio de 2013, así como las operaciones con las mismas por el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2013.

Las siguientes transacciones se realizan con partes relacionadas:

Ventas de gas y transporte Compra de gas Honorarios por servicios profesionales Remuneraciones y otros beneficios al personal
Operadora de Estaciones de Servicio S.A. 345 31.190 352 -
YPF S.A. 7 - - -
Astra Evangelista S.A. 11 - - -
Personal clave de dirección - - - 6.376
363 31.190 352 6.376

Los siguientes saldos se mantienen con partes relacionadas:

Deudores comerciales y otras cuentas por cobrar Acreedores comerciales y otras cuentas por pagar Deuda financiera Remuneraciones y cargas sociales
Corrientes Corrientes No corrientes Corrientes
Operadora de Estaciones de Servicio S.A. 428 - - -
YPF S.A. 11 71.758 16.869 -
Personal clave de dirección - - - 1.119
439 71.758 16.869 1.119

Adicionalmente, en el curso habitual de sus negocios, y atento a que MetroGAS presta el servicio de distribución de gas dentro del área que cubre la parte sur y este del gran Buenos Aires, incluyendo la Ciudad de Buenos Aires, la cartera de clientes/proveedores de MetroGAS abarca tanto entidades del sector privado como así también del sector público nacional, provincial y municipal. Conforme a lo requerido por la NIC 24, dentro de las principales transacciones antes mencionadas se destacan la compra de gas a ENARSA.

Asimismo, MetroGAS debe facturar, cobrar y liquidar tres cargos específicos, con diversa afectación, lo cual hace por cuenta y orden de Nación Fideicomisos S.A. Los saldos por esta operatoria se exponen en la Nota 8.i).

Por último, MetroGAS suscribió con ENARGAS el 21 de noviembre de 2012 un Acta acuerdo en la que se establece un monto fijo por factura, diferenciado por categoría de cliente que debe ser tomados a cuenta de los ajustes tarifarios previstos en del Acuerdo Transitorio aprobado por el Decreto N° 234/09. El ENARGAS instrumentó dicho acuerdo mediante la Resolución N°2.407/12 publicada el 29 de noviembre de 2012. En dicha Acta se establece que los importes cobrados por tal concepto sean depositados en un fideicomiso creado a tal efecto y utilizados para la ejecución de obras de infraestructura, de conexión, repotenciación, expansión y/o adecuación tecnológica de los sistemas de distribución de gas por redes. A tal fin con fecha 12 de diciembre de 2012 se firmó un contrato de fideicomiso entre MetroGAS y Nación Fideicomisos S.A. Los saldos por esta operatoria se exponen en las Notas 8.d) y 8.i).

15. HECHOS POSTERIORES

Con fecha 1 de agosto de 2013, la Sociedad notificó a GASA informando, en los términos del art. 215 de la Ley de Sociedades Comerciales, que ha transferido a OPERADORA DE ESTACIONES DE SERVICIOS S.A. (“OPESSA”) 1.683.246 acciones ordinarias, Clase A, nominativas no endosables, de valor nominal $ 1 cada una y un voto por acción representativas del 2 % del capital social de GASA.

ANEXO I – INFORMACIÓN ADICIONAL AL 30 DE JUNIO DE 2013

(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

Este Anexo contiene un detalle de la información adicional requerida por las NIIF al 30 de junio de 2013 necesaria para el entendimiento de los presentes estados financieros consolidados condensados intermedios y para que los mismos puedan ser presentados de manera condensada de acuerdo con la NIC 34.

1. SITUACIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA Y MARCO REGULATORIO

A partir del mes de diciembre de 2001, el Gobierno Nacional emitió una serie de medidas con el objeto de contrarrestar la delicada situación económica, financiera y social en la que se encontraba el país, las cuales implicaron un profundo cambio del modelo económico vigente hasta ese momento.

Entre las mencionadas medidas se destacan: (i) la puesta en vigencia de la flotación del tipo de cambio, que derivó en una devaluación significativa que se registró durante los primeros meses del año 2002, (ii) la pesificación de ciertos activos y pasivos en moneda extranjera mantenidos en el país y (iii) la pesificación de precios y tarifas de los servicios públicos.

Como parte de las medidas mencionadas, el 9 de enero de 2002 se promulgó la Ley N° 25.561 de Emergencia Pública y Régimen Cambiario (“Ley de Emergencia”), norma que posteriormente fue complementada con otras leyes, decretos y reglamentaciones emitidas por distintos organismos gubernamentales. Este conjunto normativo ha implicado para MetroGAS un cambio sustancial en los términos de la Licencia con la que operaba MetroGAS y en su relación con el Estado Nacional, modificando el régimen de retribución tarifaria previsto en la Ley Nº 24.076 (la “Ley del Gas”) y sus normas complementarias.

El Poder Ejecutivo Nacional ("PEN") se encuentra autorizado a renegociar los contratos de servicios públicos, tomando en cuenta los siguientes factores: a) el impacto de las tarifas en la competitividad de la economía, b) la calidad de los servicios y los planes de inversión previstos contractualmente, c) el interés de los usuarios y la accesibilidad de los servicios, d) la seguridad de los sistemas comprendidos, y e) la rentabilidad de las empresas. En Nota 1.3.2 del presente anexo se describe la evolución de la renegociación de tarifas llevada a cabo por MetroGAS con el Gobierno Nacional.

Durante casi trece años MetroGAS mantuvo sus tarifas congeladas. En el marco del proceso de Renegociación de su Licencia establecido por la Ley de Emergencia Pública N° 25.561, MetroGAS suscribió un Acuerdo Transitorio el 1° de octubre de 2008 con la Unidad de Renegociación y Análisis de Contratos de Servicio Públicos (UNIREN), ratificado por el Poder Ejecutivo Nacional mediante el Decreto N° 234/09 publicado en el Boletín Oficial el 14 de abril de 2009. El Acuerdo Transitorio no fue implementado aún, dado que no se emitieron los cuadros tarifarios correspondientes. Asimismo, aún no se ha otorgado a MetroGAS el pase a tarifas de tasas municipales, contribuciones y otros cargos que impactan significativamente, en forma creciente y desproporcionada, en su generación de fondos. Todos los aumentos a las distintas categorías de clientes que la Sociedad ha debido incluir en sus facturas no le han significado ingreso alguno ya que ha actuado en carácter de agente de percepción recaudando fondos que han sido destinados a financiar ampliaciones de capacidad de los sistemas de gasoductos troncales, a retribuir aumentos en el precio del gas natural a los productores y a solventar importaciones de gas para hacer frente a la demanda interna. Por otra parte, esta Distribuidora durante los trece años en que ha tenido sus tarifas congeladas no ha recibido subsidio alguno por parte del Estado Nacional. Desde el año 2001 hasta la fecha, los costos de operación de MetroGAS han arrojado un incremento promedio de aproximadamente el 521%.

El 21 de noviembre de 2012, MetroGAS, al igual que el resto de las Distribuidoras de gas, a excepción de Litoral Gas, suscribió un Acta (“Acta”) con el ENARGAS, la que de acuerdo a la nota del ENARGAS ENRG/SD/I 13.352 recibida con fecha 29 de noviembre de 2012 goza de plena efectividad. En dicha Acta se acuerda establecer un monto fijo por factura, diferenciado por categoría de cliente. Los importes por tal concepto cobrados por las Distribuidoras serán depositados en un fideicomiso creado a tal efecto y utilizados para la ejecución de obras de infraestructura, obras de conexión, repotenciación, expansión y/o adecuación tecnológica de los sistemas de distribución de gas por redes, seguridad, confiabilidad del servicio e integridad de las redes, así como mantenimiento y todo otro gasto conexo necesario para la prestación del servicio público de distribución de gas, hasta el límite de los fondos efectivamente disponibles para ser aplicado dentro del área de prestación del servicio.

Los montos que las Licenciatarias de gas perciban serán tomados a cuenta de los ajustes tarifarios previstos en los acuerdos de renegociación de la Licencia oportunamente suscriptos, en el caso de MetroGAS, del Acuerdo Transitorio aprobado por el Decreto N° 234/09.

MetroGAS estima que los fondos correspondientes al Acta Acuerdo 2012 resultarían insuficientes para compensar el nivel de desequilibrio por el que atraviesa la Sociedad en cuanto a su situación económico-financiera y, como tal, solo permitirían afrontar algunos gastos que de otro modo debían ser financiados por fondos de esta Sociedad.

Adicionalmente, a pesar de que MetroGAS contrató a un asesor financiero a los efectos de buscar alternativas tendientes a lograr una refinanciación de su deuda, las acciones encaradas no resultaron exitosas por cuanto las propuestas recibidas no se condecían con sus reales posibilidades. Por tal motivo, MetroGAS se vio imposibilitada de generar fondos líquidos suficientes para afrontar los vencimientos de su deuda financiera que operaron el 30 de junio de 2010 y el pago de determinadas obligaciones comerciales e impositivas.

Con fecha 17 de junio de 2010, por los motivos expuestos, el Directorio optó por la protección que, en estas circunstancias, le brinda la Ley N° 24.522 solicitando para MetroGAS, la apertura del Concurso Preventivo de Acreedores. (ver Nota 1.1 en el presente Anexo).

En esa misma fecha, MetroGAS fue notificada de la Resolución del ENARGAS N° I-1.260 mediante la cual se dispone la intervención de la Sociedad (que también se describe en Nota 1.2 en el presente Anexo).

1.1 Concurso Preventivo de Acreedores de MetroGAS

Con motivo de diversas situaciones que afectaron de manera significativa la capacidad de MetroGAS de generar los flujos de fondos suficientes para satisfacer el pago de proveedores y acreedores financieros, el 17 de junio de 2010, por decisión del Directorio de MetroGAS, dicha sociedad solicitó la apertura del concurso preventivo de acreedores, el cual quedó radicado ante el Juzgado Nacional en lo Comercial N° 26, Secretaría N° 51. La Asamblea de Accionistas de MetroGAS realizada el 2 de agosto de 2010 ratificó la decisión tomada por el Directorio de dicha sociedad.

En la Nota 12 de los estados financieros consolidados condensados intermedios se detalla la evolución del concurso preventivo y el canje de deuda de MetroGAS.

1.2 Intervención de MetroGAS

Derivado de la presentación del concurso preventivo de acreedores, el 17 de junio de 2010 MetroGAS fue notificada de la Resolución del ENARGAS N° I-1.260 mediante la cual se dispuso la intervención de MetroGAS por el término de ciento veinte días designando como interventor al Ing. Antonio Gómez.

La citada Resolución dispuso que la intervención tenga a su cargo la fiscalización y control de todos los actos de administración habitual y de disposición que puedan afectar la normal prestación del servicio público de distribución de gas, que integra el objeto de la Licencia. Asimismo ordenó la realización de una auditoria societaria integral y dispuso que se proceda en el marco de la mencionada auditoría a determinar los bienes con la correspondiente valuación que forman parte de los activos transferidos por el PEN mediante el Decreto N° 2.459/92 y los que han sido agregados con posterioridad.

La intervención de MetroGAS y la designación del Ing. Antonio Gomez han sido sucesivamente prorrogadas por plazos de 120 días corridos en términos y condiciones iguales a los originales, habiendo sido la última de ellas establecida por la Resolución del ENARGAS N° 2.448/13 del 1° de febrero de 2013.

1.3 Concurso preventivo GASA

Con motivo de diversas situaciones que afectaron de manera significativa la capacidad de GASA de generar los flujos de fondos suficientes para satisfacer el pago de proveedores y acreedores financieros, el 19 de mayo de 2009, por decisión del Directorio de GASA, dicha sociedad solicitó la formación de su concurso preventivo ante el Juzgado Nacional en lo Comercial N° 9, Secretaría N° 17 resolviendo el juzgado con fecha 8 de junio de 2009 la apertura del mismo. La Asamblea de Accionistas de GASA realizada el 25 de junio de 2009 ratificó la decisión tomada por el Directorio de dicha sociedad.

En la Nota 10 de los estados financieros consolidados condensados intermedios se detalla la evolución del concurso preventivo y el canje de deuda de GASA.

1.4 Marco Regulatorio

1.4.1 Licencia de Distribución

La Licencia autoriza a MetroGAS a suministrar el servicio público de distribución de gas por un plazo de 35 años. La Ley del Gas establece que MetroGAS puede solicitar al ENARGAS una renovación de la Licencia por un período adicional de 10 años al vencimiento del período original de 35 años. El ENARGAS deberá evaluar en ese momento el desempeño de MetroGAS y formular una recomendación al Poder Ejecutivo. MetroGAS tiene derecho a la renovación de su Licencia, a menos que el ENARGAS demuestre que no ha cumplido en forma sustancial con todas sus obligaciones emergentes de la Ley del Gas, las reglamentaciones, decretos respectivos y la Licencia.

Finalizado el período de 35 ó 45 años, según fuese el caso, la Ley del Gas exige que se realice una nueva licitación competitiva para dicha licencia, en la cual MetroGAS, si ha cumplido con sus obligaciones, tendrá la opción de equiparar la mejor propuesta ofrecida al Gobierno Argentino por un tercero.

Como regla general, al producirse la extinción de la Licencia por completarse todo su período, MetroGAS tendrá derecho a una contraprestación igual al valor de los activos determinados, o al importe pagado por el participante ganador en una nueva licitación, el que fuese menor (Nota 1.5.1 del presente Anexo).

MetroGAS tiene varias obligaciones de acuerdo con la Ley del Gas, incluyendo la obligación de cumplir con todas las solicitudes de servicios razonables dentro de su área de servicio. No se considerará razonable la solicitud de servicio si resultara anti-económica para la sociedad distribuidora el hecho de asumir la prestación del servicio solicitado. MetroGAS también tiene la obligación de operar y mantener sus instalaciones en forma segura, lo que puede requerir ciertas inversiones para el reemplazo o mejora de las instalaciones según se establece en la Licencia.

La Licencia detalla otras obligaciones de MetroGAS, las que incluyen la obligación de proporcionar un servicio de distribución, mantener un servicio ininterrumpible, operar el sistema en una forma prudente, mantener la red de distribución, llevar a cabo las Inversiones Obligatorias, mantener ciertos registros contables y proporcionar ciertos informes periódicos al ENARGAS.

La Licencia puede ser revocada por el Gobierno Argentino, bajo recomendación del ENARGAS, en las siguientes circunstancias:

  • Serios y repetidos incumplimientos por parte de MetroGAS de sus obligaciones.

  • Total o parcial interrupción en el servicio no interrumpible por causas atribuibles a la MetroGAS, cuya duración exceda los períodos estipulados en la Licencia dentro del año calendario.

  • Venta, disposición, transferencia y gravamen de los Activos Esenciales de MetroGAS, sin previa autorización del ENARGAS, excepto que dicho gravamen sirva para financiar extensiones y mejoras en el sistema de gasoductos.

  • Quiebra, disolución o liquidación de MetroGAS. Por ende, el proceso concursal no afecta el curso normal de las operaciones de MetroGAS ni, por consiguiente, es causal de revocación de la licencia de MetroGAS.

  • Abandono de la provisión del servicio establecido en la Licencia, o el intento de cesión o la transferencia unilateral, en todo o en parte (sin la autorización previa del ENARGAS), o la renuncia de la Licencia en otros casos que no sean los permitidos.

  • Transferencia del Contrato de Asistencia Técnica o delegación de las funciones establecidas en el Contrato, sin la previa autorización del ENARGAS, durante los primeros diez años del otorgamiento de la licencia.

En relación con las restricciones, la Licencia estipula que MetroGAS no podrá asumir las deudas de GASA u otorgar créditos o gravar activos para garantizar deudas ni dar ningún otro beneficio a los acreedores de GASA.

1.4.2 Unbundling de gas natural

En línea con los cambios regulatorios que se introdujeron en el sector de gas natural a partir del año 2005 se produjo el proceso denominado informalmente como “unbundling de gas natural” por el cual las distintas categorías de consumidores (con la excepción de usuarios residenciales y pequeños comercios así como asociaciones civiles sin fines de lucro, asociaciones sindicales, gremiales o mutuales, prestadoras de servicios de salud y entidades de educación pública o privada) debieron comenzar a adquirir volúmenes de gas natural en el punto de ingreso al sistema de transporte directamente de productores y/o comercializadores de gas natural, quedando limitadas las distribuidoras zonales a prestar exclusivamente el servicio de transporte y/o distribución de gas natural.

Adicionalmente, y en el mismo año, se creó el Mecanismo de Asignación de Gas Natural para GNC a través del cual las estaciones expendedoras de GNC reciben gas natural mediante un mecanismo de asignaciones periódicas de volúmenes en el ámbito del Mercado Electrónico de Gas (“MEG”).

En este escenario, durante el año 2005 se conformó una compañía comercializadora, MetroENERGÍA, figura creada a los fines de retener la mayor cantidad posible de clientes y de contar con una herramienta más acorde al nuevo contexto en el que se debía desempeñar la Sociedad.

MetroENERGÍA fue autorizada por el ENARGAS para actuar como empresa comercializadora de gas natural y/o su transporte, e inscripta como agente del MEG.

Las acciones llevadas adelante por MetroENERGÍA desde su creación, permitieron continuar reteniendo la mayor parte de los clientes industriales y comerciales oportunamente contemplados dentro del proceso de “unbundling” del área de MetroGAS, con lo cual se logró mantener la participación de estas categorías de clientes en la matriz de ventas de MetroGAS.

1.4.3 Acuerdo Complementario con Productores de Gas Natural

El 1° de octubre de 2008 se publicó la Resolución SE N° 1.070/08 que homologó el “Acuerdo Complementario con Productores de Gas Natural”, suscripto el 19 de septiembre de 2008, que tuvo como objetivos principales la reestructuración de precios de gas en boca de pozo, la segmentación de la demanda residencial de gas natural, y el establecimiento del aporte de los productores de gas natural al Fondo Fiduciario creado por la Ley N° 26.020 para financiar las ventas de garrafas de GLP para uso domiciliario a precios diferenciales.

En consonancia con tal Acuerdo Complementario, la Resolución del ENARGAS N° I/409/08, publicada el 19 de septiembre de 2008, dispuso la segmentación de la categoría de consumidores residenciales “R” en 8 subcategorías según sus niveles de consumo, y partiendo de tal segmentación se dispuso el incremento del valor del gas natural en el punto de ingreso al sistema de transporte, quedando exceptuadas de los aumentos en cuestión las primeras tres subcategorías de residenciales y las subdistribuidoras.

Puesto que en virtud del Acuerdo Complementario homologado por la Resolución SE N° 1.070/08 los incrementos en el precio del gas natural debían ser trasladados en su justa incidencia a los diferentes componentes de la tarifa final de los usuarios a los fines de garantizar que la ecuación de las distribuidoras se mantenga inalterada con posterioridad a este ajuste, el ENARGAS realizó los correspondientes ajustes tarifarios, emitiendo en el caso de MetroGAS la Resolución del ENARGAS N° I/446/08 por medio de la cual aprobó un nuevo cuadro tarifario reflejando los incrementos en cuestión, con vigencia a partir del 1° de septiembre de 2008 (1° de octubre de 2008 para el caso de incrementos en GNC), sin incluirse en dicho cuadro la readecuación tarifaria del segmento distribución.

Posteriormente, el 23 de diciembre de 2008 se publicó la Resolución SE N° 1.417/08 por medio de la cual, y también sobre la base del Acuerdo Complementario homologado por la Resolución SE N° 1.070/08, la SE fijó nuevos precios del gas natural en el punto de ingreso al sistema de transporte.

A raíz de esto el ENARGAS emitió la Resolución N° I/566/08, publicada el mismo día, aprobando el nuevo cuadro tarifario aplicable reflejando tales nuevos precios incrementados del gas natural.

1.4.4 Procedimiento de Solicitudes de Volúmenes de Gas

El 4 de octubre de 2010 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución del ENARGAS N° 1.410/10 que aprobó el nuevo Procedimiento de Solicitudes, Confirmaciones y Control de gas que deberá ser observado por los distintos actores de la industria del gas natural, incluyendo a las distribuidoras de gas natural, con impacto en la operatoria diaria de nominaciones, transporte y distribución de gas natural. A partir del 1° de octubre de 2010, fecha de entrada en vigencia de este Procedimiento, MetroGAS dispone diariamente de la totalidad de gas natural necesario para abastecer a la demanda ininterrumpible.

1.4.5 Planes de Energía Total y Gas Plus

El Gobierno Nacional implementó en 2007 el denominado Plan Energía Total con el objetivo de garantizar el abastecimiento de los recursos energéticos, ya sea de combustibles líquidos o gaseosos, e incentivar la sustitución del consumo de gas natural y/o energía eléctrica por el uso de combustibles alternativos. En efecto, la Resolución N° 459/07 del Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios ( “MPFIPyS” ) creó el referido Programa Energía Total, luego reglamentado por diferentes resoluciones que la ampliaron y extendieron en su vigencia.

El programa de Energía Total incluye un plan de provisión de propano-aire a cargo de ENARSA. Relacionado a esta última cuestión, el 20 de agosto de 2009 se publicó la Resolución del ENARGAS N° I/831/09 por medio de la cual se establecieron las nuevas especificaciones de gas natural sintético a inyectar en el sistema de distribución. Actualmente se encuentra en operación una planta que inyecta gas (propano – aire) en el sistema de distribución de MetroGAS, la cual es operada por ENARSA. MetroGAS es responsable de controlar que en todo momento se cumpla con las especificaciones de calidad requeridas por el ENARGAS para garantizar una operación segura.

Asimismo, durante el 2008 el gobierno lanzó a través de la Resolución SE N° 24/08, modificada por las Resoluciones SE N° 1.031/08 y N° 695/09, el denominado programa “Gas Plus” de incentivo a la producción de gas natural en virtud del cual todo nuevo volumen de gas producido bajo este programa no será considerado parte de los volúmenes del Acuerdo 2007-2011 ni estará sujeto a sus condiciones de precios, no obstante lo cual no puede ser exportado y el precio debe permitir solventar los costos asociados y obtener una rentabilidad razonable.

1.4.6 Fideicomisos

A la fecha de emisión de estos estados contables, MetroGAS debe facturar, cobrar y liquidar tres cargos específicos, con diversa afectación, lo cual hace la sociedad por cuenta y orden de Nación Fideicomisos S.A. como fiduciaria de tres contratos de fideicomiso distintos.

El cargo específico I (regulado por el Decreto PEN N° 180/04 y normas concordantes) y el cargo específico II (regulado por Ley N° 26.095 y normas concordantes) son soportados por todo el universo de usuarios del servicio de gas natural distinto del segmento residencial y están destinados al pago de obras de infraestructura para la ampliación del sistema de transporte de gas natural.

Por su parte, el cargo específico III (regulado por el Decreto PEN N° 2.067/08 y normas concordantes, luego incluido en la Ley N° 26.095 según lo dispuesto por la Ley N° 26.784 de Presupuesto 2013 para la Administración Nacional) es soportado por los mismos clientes que abonan los cargos precedentes, incluyéndose en este caso la mayoría de las subcategorías de los usuarios residenciales, estando destinado al pago de la importación de los volúmenes de gas natural adicionales que resultasen necesarios para satisfacer la demanda residencial.

Es importante señalar que ninguno de estos tres cargos específicos facturados y cobrados por MetroGAS se incorpora al patrimonio de la sociedad. Por el contrario, una vez percibidos, la sociedad tiene la obligación de depositarlos en las cuentas fiduciarias oportunamente señaladas por el Fiduciario, agotándose la intervención de MetroGAS al respecto.

1.4.7 Tasas Municipales

El marco regulatorio vigente y aplicable a la distribución de gas prevé el traslado a tarifas de toda nueva tasa o aumento de alícuotas, aplicable a partir del inicio de las operaciones, el 29 de diciembre de 1992, como así también, bajo ciertas condiciones, el uso gratuito del espacio público a efectos del tendido de cañería de gas natural.

A la fecha de emisión de los presentes estados contables, MetroGAS no ha podido trasladar a sus tarifas los pagos realizados a distintos municipios, de la provincia de Buenos Aires y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por estos conceptos.

Los montos abonados y no reconocidos como crédito por MetroGAS por la Tasa de Estudio, Revisión e Inspección de Espacios Públicos del GCABA y la Tasa de Ocupación de Espacios Públicos correspondiente a CABA, Esteban Echeverría, Almirante Brown, Ezeiza y Florencio Varela ascendieron a miles de $ 63.032 y miles de $ 101.259, respectivamente, al 31 de diciembre de 2012.

1.5 Obligaciones y restricciones emergentes de la privatización

1.5.1 Activos de disponibilidad restringida

Una porción sustancial de los activos transferidos por GdE han sido definidos en la Licencia como "Activos Esenciales" para la prestación del correspondiente servicio concedido. Por esta razón, MetroGAS está obligada a identificar y conservar los Activos Esenciales, junto con cualquier mejora futura, de acuerdo con ciertas normas definidas en la Licencia.

MetroGAS no debe, por ninguna razón, disponer, gravar, alquilar, subalquilar o dar en préstamo los Activos Esenciales con otros propósitos que no sean los de la prestación del servicio concedido en la Licencia, sin la previa autorización del ENARGAS. Toda extensión o mejora que la Sociedad pueda realizar al sistema de gasoductos, puede ser gravada solamente con el fin de garantizar los créditos con vencimiento a más de un año, tomados para financiar dichas ampliaciones o mejoras.

Al momento de la terminación de la Licencia, MetroGAS debe transferir al Gobierno Argentino o a un tercero que éste designe todos los Activos Esenciales establecidos en un inventario actualizado a dicha fecha, libres de cargas y gravámenes.

Como regla general, al producirse la expiración de la Licencia, la Sociedad tendrá derecho a cobrar el menor de los siguientes dos montos:

a) El valor de los Bienes de Uso de MetroGAS, determinado sobre la base del precio pagado por GASA, y el costo original de las subsecuentes inversiones llevadas en dólares estadounidenses y ajustadas por el PPI, neto de la depreciación acumulada.

b) El importe resultante de una nueva licitación, neto de gastos e impuestos pagados por el participante ganador.

1.5.2 Restricciones sobre distribución de ganancias

MetroGAS está obligada a mantener en vigencia la autorización de oferta pública de su capital social y la correspondiente autorización para cotizar en mercados de valores autorizados en la República Argentina, como mínimo durante el término de quince años contados a partir de los respectivos otorgamientos.

Cualquier reducción voluntaria, rescate o distribución del patrimonio neto de MetroGAS, con excepción del pago de dividendos, requerirá la autorización previa del ENARGAS.

De acuerdo con la Ley de Sociedades, el Estatuto Social y la Resolución N° 434/03 de la CNV, debe transferirse a la Reserva Legal el 5% de la ganancia neta del ejercicio más (menos) los ajustes de resultados de ejercicios anteriores, hasta alcanzar el 20% del capital suscripto más el saldo de la cuenta Ajuste del Capital.

De acuerdo a los términos y condiciones de emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables emitidas por MetroGAS de acuerdo a lo descripto en Nota 1.1, la distribución de dividendos en efectivo estará condicionada a que la sociedad hubiera rescatado, amortizado o comprado un monto de capital de por lo menos U$S 75 millones de las Obligaciones Negociables Clase A, en la medida que no haya ocurrido un Hecho Desencadenante, y en cuyo caso, se tomará en consideración también el capital de las Obligaciones Negociables Clase B.

De acuerdo a los términos y condiciones de emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables emitidas por GASA de acuerdo a lo descripto en Nota 1.3, la distribución de dividendos en efectivo estará condicionada a que GASA hubiera rescatado, amortizado o comprado la totalidad del monto de capital emitido de las Obligaciones Negociables Clase A, en la medida que no haya ocurrido un Hecho Desencadenante, y en cuyo caso, se tomará en consideración también el capital de las Obligaciones Negociables Clase B.

1.5.3 Restricciones a la disposición de activos, transferencia de acciones y distribución de utilidades de GASA

De acuerdo con los términos de la licencia de MetroGAS, GASA puede vender una parte de su participación en MetroGAS siempre que conserve el 51% del capital accionario de esa sociedad.

Las transferencias que pudieran llevar a GASA a tener menos del 51% de participación accionaria en MetroGAS están sujetas a la aprobación previa por parte del ENARGAS. El Pliego establece que dicha autorización previa será otorgada después de tres años de la fecha de toma de posesión permitiendo que:

  • Las ventas que cubran el 51% del capital accionario o, si el propósito de la transacción no es una venta, el acto de reducir el capital resultara en una adquisición de acciones de no menos del 51% por otra sociedad inversora;

  • Exista evidencia comprobable de que la transacción no afectará la calidad operativa del servicio otorgado por la licencia.

Cumplidos ocho años contados desde la toma de posesión, la sociedad inversora podrá entrar en liquidación y asignar a sus accionistas las acciones de la sociedad licenciataria.

Las ventas de acciones de la sociedad Inversora, en exceso del 49%, requieren la autorización del ENARGAS.

Toda violación de las restricciones establecidas en el inciso a) de esta nota será sancionada con la caducidad de la licencia.

MetroGAS deberá realizar las inversiones obligatorias previstas en el Pliego de Bases y condiciones para la licitación pública internacional para la privatización de Gas del Estado.

De acuerdo con la Ley de Sociedades, el Estatuto Social y la resolución Nº 434/03 de la CNV, debe transferirse a la Reserva Legal el 5% de la ganancia neta del período más (menos) los ajustes de resultados de ejercicios anteriores, hasta alcanzar el 20% del capital suscripto más el saldo de la cuenta Ajuste del Capital.

De acuerdo a los términos y condiciones de emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables emitidas por GASA de acuerdo a lo descripto en Nota 8 de los estados financieros individuales condensados intermedios, la distribución de dividendos en efectivo estará condicionada a que GASA hubiera rescatado, amortizado o comprado la totalidad del monto de capital emitido de las Obligaciones Negociables Clase A, en la medida que no haya ocurrido un Hecho Desencadenante, y en cuyo caso, se tomará en consideración también el capital de las Obligaciones Negociables Clase B.

2. POLITICAS CONTABLES

2.1 Bases de preparación

a) Clasificación en corriente y no corriente

La presentación en los balances generales distingue entre activos y pasivos, corrientes y no corrientes. Los activos y pasivos corrientes son aquellos que se espera recuperar o cancelar dentro de los doce meses siguientes al cierre del período sobre el que se informa.

b) Moneda de presentación

Los estados financieros consolidados se presentan en miles de pesos argentinos. A menos que se establezca lo contrario, o que el contexto lo exija de otro modo, las referencias a “montos en pesos” o “$”, son a pesos argentinos; las referencias a “U$S” o “dólares US” son a dólares estadounidenses.

c) Criterios contables

Los estados contables consolidados han sido confeccionados de conformidad con el criterio del costo histórico, excepto por activos y pasivos financieros a valor razonable con cambios en resultados.

d) Flujos de efectivo

La Sociedad presenta los flujos de efectivo provenientes de actividades operativas utilizando el método indirecto. Los intereses pagados se presentan dentro de las actividades de financiación. Los intereses cobrados se presentan dentro de las actividades de inversión.

e) Uso de estimaciones

La preparación de estados contables a una fecha determinada requiere que la Sociedad realice estimaciones y evaluaciones que afectan el monto de los activos y pasivos registrados y los activos y pasivos contingentes revelados a dicha fecha, como así también los ingresos y egresos

registrados en el ejercicio. Los resultados reales futuros pueden diferir de las estimaciones y evaluaciones realizadas a la fecha de preparación de los presentes estados financieros. Las áreas que requieren mayor complejidad, que requieren la aplicación de juicio profesional o cuyas asunciones y estimaciones son significativas, se describen en la Nota 3.

.

2.2 Nuevos estándares emitidos y estándares revisados

A la fecha de emisión de los presentes estados contables, las normas e interpretaciones o modificaciones de las mismas, publicadas por el IASB y adoptadas por la FACPCE y por la CNV, que no han entrado aún en vigor porque su fecha efectiva es posterior a la fecha de los presentes estados contables y la aplicación por parte de la Sociedad:

NIIF 9 “Instrumentos financieros”

En noviembre de 2009, el IASB emitió la NIIF 9 “Instrumentos financieros”. La norma incorpora la primera parte de un proyecto de tres fases para reemplazar la NIC 39 "Instrumentos financieros: reconocimiento y medición". La NIIF 9 prescribe la clasificación y medición de activos financieros. Exige que los activos financieros se midan posteriormente al "costo amortizado" o "a valor razonable", dependiendo de que se cumplan ciertas condiciones. Además, la NIIF 9 le permite a una entidad designar un instrumento, que de otro modo habría sido clasificado en la categoría "a costo amortizado", "a valor razonable" si tal designación elimina o reduce significativamente las inconsistencias en la medición o reconocimiento.

La categoría establecida para los instrumentos de capital es a valor razonable con cambios en resultados; sin embargo, una entidad puede optar irrevocablemente por presentar todos los cambios en el valor razonable de los instrumentos de capital no mantenidos para la venta en otros resultados integrales. Sólo los dividendos recibidos de estas inversiones se informan en resultados.

En octubre de 2010, el IASB emitió nuevos lineamientos a la NIIF 9. Los mismos establecen los criterios para dar de baja instrumentos financieros y la mayoría de los requisitos para la clasificación y medición de pasivos financieros actualmente incluidos en la NIC 39.

Adicionalmente, incluyen la contabilización a costo amortizado de la mayoría de los pasivos financieros, con bifurcación de derivados embebidos. Las fases restantes del proyecto, que incluyen la desvalorización de los instrumentos financieros y la contabilización de cobertura, aún no han finalizado.

La NIIF 9, así como sus agregados, se aplicarán en forma retroactiva para períodos anuales que comienzan el 1° de enero de 2015 o con posterioridad a dicha fecha. Se permite la adopción anticipada.

NIC 32 “Instrumentos financieros – Presentación”

En diciembre 2011, el IASB modificó la NIC 32 “Instrumentos financieros – Presentación”, que resulta aplicable para los ejercicios iniciados en o a partir del 1 de enero de 2014, permitiendo su aplicación anticipada. La modificación de la NIC 32 incorpora en la guía de aplicación en aspectos relativos a la compensación de activos y pasivos financieros.

La adopción de las normas e interpretaciones o modificaciones a las mismas mencionadas en los párrafos precedentes no ha tenido un impacto significativo en los estados contables de la Sociedad.

En adición a la NIIF 9 “Instrumentos Financieros”, la cual se ha aplicado anticipadamente desde la fecha de transición, la Sociedad no ha optado por la aplicación anticipada de ninguna otra norma ni interpretación permitida por el IASB.

2.3 Información por segmentos

El análisis por segmentos realizado por la Sociedad se basa en el análisis de GASA (sociedad que, a su vez, basa su análisis en el de MetroGAS). La información por segmentos se presenta de manera consistente con la información interna de MetroGAS brindada al Comité de Dirección de dicha sociedad, quien es la máxima autoridad en la toma de decisiones relacionadas con la toma de decisiones (traducción al español de Chief Operating Decision Maker o CODM por su sigla en Inglés). El CODM es el responsable de asignar recursos y establecer el rendimiento de los segmentos de operaciones de la entidad y ha sido identificado como el órgano que ejecuta las decisiones estratégicas de la sociedad.

La Sociedad analiza los Segmentos de operación a nivel consolidado, por lo tanto expone información sobre los mismos en la Nota 7 de los estados financieros consolidados.

2.4 Conversión de moneda extranjera

a) Moneda funcional y de presentación

Las partidas que se incluyen en los estados financieros de la Sociedad se miden utilizando la moneda del entorno económico principal en el que opera la entidad (“la moneda funcional”), que es el peso argentino, sobre la base de los parámetros establecidos en la NIC 21. Los estados financieros consolidados se presentan en miles de pesos argentinos, que es la moneda de presentación de la Sociedad.

b) Operaciones y saldos en moneda extranjera

Las operaciones en moneda extranjera se convierten a la moneda funcional aplicando los tipos de cambio vigentes a las fechas de las transacciones. Las ganancias y pérdidas por diferencia de cambio derivadas de cada transacción y por la conversión de los activos y pasivos monetarios denominados en moneda extranjera al cierre del ejercicio, se reconocen en el resultado del ejercicio.

2.5 Reconocimiento de ingresos

Los ingresos de MetroGAS se calculan al valor razonable de la contraprestación cobrada o por cobrar, teniendo en cuenta el importe estimado de cualquier descuento, bonificación o rebaja comercial que MetroGAS pueda otorgar.

MetroGAS reconoce los ingresos por ventas sobre la base de las entregas de gas o líquidos y su transporte y distribución, de corresponder, a los clientes, incluyendo los montos estimados de gas entregado pero aún no facturados al cierre de cada ejercicio o período. Los ingresos relacionados con el incremento tarifario establecido por la Resolución N° 2.407/12 que se explica en la Nota 3.a) de los estados financieros consolidados son reconocidos en el momento del devengamiento de su facturación a clientes.

Asimismo, MetroGas a través de su subsidiaria MetroENERGÍA S.A. actúa en ciertas transacciones como agente para la comercialización de gas natural por cuenta y orden de productores y/o de terceros, percibiendo una comisión que se reconoce como ingreso en los estados de resultados consolidados.

2.6 Propiedades, planta y equipo

A la fecha de transición, la Sociedad ha optado por considerar como costo atribuído de las propiedades, plantas y equipo el costo de los mismos reexpresado en moneda constante de acuerdo a la metodología empleada con anterioridad a la adopción de las NIIF (NCV).

El costo de los saldos de propiedad, planta y equipo se encuentran conformados de la siguiente manera:

Para los bienes recibidos en el momento de otorgarse la Licencia, se ha tomado a efectos de las NCV como valor de origen de los bienes de uso el valor global de transferencia definido en el Contrato de Transferencia, que surge como contrapartida de los aportes efectuados y el pasivo transferido reexpresado.

Sobre la base de un trabajo especial efectuado por peritos independientes, se ha realizado una asignación del valor de origen global señalado en el párrafo anterior entre las distintas categorías de bienes que lo integran, asignándole como vida útil los años de servicio restantes que MetroGAS ha estimado en función de cada tipo de bien, estado de conservación y planes de renovación y mantenimiento.

Los bienes incorporados al patrimonio con posterioridad al momento de otorgarse la Licencia han sido valuados a su costo de adquisición, excepto en el caso de las redes de distribución construidas por terceros (diversas asociaciones y cooperativas) que se encuentran valuadas a los montos equivalentes a determinados metros cúbicos de gas determinados por el ENARGAS a compensar a dichos terceros.

Los costos posteriores (mantenimientos mayores y costos de reconstrucción) son incluidos en el valor de los activos o reconocidos como un activo separado según el caso, solamente cuando sea probable que los beneficios futuros asociados con los bienes fluirán a MetroGAS, siendo posible, a su vez, que los costos del bien puedan ser medidos confiablemente y la inversión mejore la condición del activo más allá de su estado original. Los gastos restantes por reparaciones y mantenimiento se reconocen en resultado en el ejercicio en que se incurren.

Las obras en curso son valuadas en función del grado de avance. Las obras en curso se registran al costo menos cualquier pérdida por deterioro, en caso de corresponder. El costo incluye gastos atribuibles a la construcción, incluyendo costos por préstamos capitalizados conforme a las NIIF y a las políticas contables de la Sociedad, cuando los mismos forman parte del costo incurrido para el propósito de adquisición, construcción o producción de una Propiedad, planta y equipo que necesariamente toma un período de tiempo considerable hasta que se encuentre en condiciones de uso. La capitalización de los costos financieros cesa cuando el activo se encuentra sustancialmente terminado o suspendido, en el caso de que el desarrollo del mismo se encuentre en este último estado. La Sociedad, en línea con MetroGAS, activa los costos atribuibles a las actividades realizadas de planificación, ejecución y control de las inversiones en propiedades, planta y equipo. La depreciación de estos activos se inicia cuando los mismos están en condiciones económicas de uso.

Tal como se explica en Nota 1.5.1 del presente anexo, una porción sustancial de los activos transferidos por GdE han sido definidos en la Licencia como "Activos Esenciales" para la prestación del correspondiente servicio concedido y están sujetos a restricciones y limitaciones.

La depreciación, basada en un criterio de componentes, se calcula utilizando el método de la línea recta durante la vida útil estimada de los activos, como se detalla a continuación para los principales componentes de Propiedades, planta y equipos:

Años de vida útil

estimada

Conductos y redes en media y baja presión 42-50

Ramales de alta presión 45

Estaciones de regulación y medición de presión 25

Instalaciones de medición de consumos 20

Otras instalaciones técnicas 15

Sistemas informáticos y de telecomunicaciones 5

Edificios y construcciones civiles 50

Máquinas, equipos y herramientas 5-15

Vehículos 5-10

Muebles y útiles 10

Los terrenos no son depreciados. Los valores residuales y las vidas útiles de los activos se revisan, y ajustan en caso de corresponder, como mínimo al cierre de cada ejercicio.

Los resultados por ventas de propiedades, planta y equipo son contabilizados cuando los riesgos y beneficios significativos han sido transferidos al comprador. Los resultados por ventas se determinan comparando los importes cobrados, neto de gastos directos de venta, con el valor contable del bien, y son reconocidos dentro de otros ingresos y egresos operativos en el estado de resultados integrales.

MetroGAS analiza la recuperabilidad de sus activos de largo plazo anualmente o cuando existen eventos o cambios en las circunstancias que impliquen un potencial indicio de desvalorización del valor de los bienes con respecto a su valor recuperable, medido éste como el valor de uso al cierre del ejercicio.

El valor de uso es determinado sobre la base de flujos de fondos proyectados y descontados empleando tasas de descuento que reflejen el valor tiempo del dinero y los riesgos específicos de los activos considerados.

Los flujos de fondos son elaborados en base a estimaciones respecto del comportamiento futuro de ciertas variables que resultan sensibles en la determinación del valor recuperable, entre las que se destacan: (i) naturaleza, oportunidad y modalidad de los incrementos de tarifas y reconocimiento de ajustes de costos; (ii) proyecciones de demanda de gas; (iii) evolución de los costos a incurrir, y; (iv) variables macroeconómicas como ser tasas de crecimiento, tasas de inflación, tipo de cambio, entre otras.

Cuando el importe en libros de un activo es superior a su importe recuperable estimado, su importe en libros se reduce hasta su valor recuperable según se indica en Nota 2.9 del presente anexo.

No obstante la situación económica y financiera actual, descripta en Nota 1 del presente anexo, MetroGAS ha confeccionado sus proyecciones en el entendimiento de que obtendrá mejoras tarifarias acordes a las circunstancias. Sin embargo, MetroGAS no está en condiciones de asegurar que el comportamiento futuro de las premisas utilizadas para elaborar sus proyecciones estará en línea con lo estimado, por lo que podrán diferir significativamente con las estimaciones y evaluaciones realizadas a la fecha de preparación de los presentes estados financieros consolidados. Ver Nota 3 - Estimaciones y juicios contables críticos en el presente anexo.

2.7 Propiedades de inversión

Las propiedades de inversión comprenden ciertos inmuebles que MetroGAS mantiene para obtener ingresos por alquileres a largo plazo como también para la apreciación de su valor, no siendo ocupadas por MetroGAS para sus propias operaciones.

MetroGAS ha adoptado el modelo de costo para todas sus propiedades de inversión. Por lo tanto, las propiedades de inversión se registran al valor de costo, menos las depreciaciones y desvalorizaciones acumuladas, si las hubiere.

Bajo el modelo de costo, una propiedad de inversión se desvaloriza si su valor contable excede a su valor recuperable. Cuando los componentes individuales de las propiedades de inversión tienendiferentes vidas útiles, los mismos se contabilizan y deprecian por separado. Los costos posteriores al reconocimiento inicial, se incluyen en el valor contable de los activos o se reconocen como un activo separado, según corresponda, sólo cuando es probable que dichos costos generen beneficios económicos futuros para MetroGas y los mismos puedan medirse de manera confiable. Dichos costos pueden incluir el costo de mejoras o de reemplazos de partes que reúnen las condiciones para su capitalización. Se da de baja al valor contable de la parte reemplazada.

Las propiedades de inversión son registradas al costo menos la depreciación acumulada y cualquier pérdida por deterioro acumulada.

2.8 Deterioro del valor de los activos

A la fecha de cierre de cada ejercicio, MetroGAS revisa los valores contables de sus propiedades, planta y equipo, y propiedades de inversión para determinar si existen indicios de que dichos activos no son recuperables.

La política de deterioro del valor de los activos no corrientes se describe en Nota 3 de Estimaciones contables críticas del presente anexo.

2.9 Activos financieros

La Sociedad ha adoptado la NIIF 9 a partir de la fecha de transición, dado que esta nueva política contable brinda información relevante más confiable para que los usuarios evalúen las cifras, la oportunidad y la incertidumbre de los flujos de efectivo futuros.

2.9.1 Clasificación

La Sociedad clasifica los activos financieros en las siguientes categorías: activos medidos a valor razonable y activos medidos a costo amortizado. Esta clasificación depende de si el activo financiero es una inversión en un instrumento de deuda o de patrimonio. Para ser medido a costo amortizado se deben cumplir las dos condiciones descriptas abajo. Los restantes activos financieros se miden a valor razonable. La NIIF 9 requiere que todas las inversiones en instrumentos de patrimonio sean medidas a valor razonable.

a) Activos financieros a costo amortizado

Los activos financieros son medidos a costo amortizado si cumplen las siguientes condiciones:

  1. El objetivo del modelo de negocio de la Sociedad es mantener los activos para obtener los flujos de efectivo contractuales; y

ii) las condiciones contractuales dan lugar, en fechas especificadas, a flujos de efectivo que son únicamente pagos del principal e intereses sobre el principal.

Al 30 de junio de 2013 los activos financieros a costo amortizado de la Sociedad comprenden efectivo y equivalentes de efectivo, créditos por ventas y otras cuentas por cobrar.

b) Activos financieros a valor razonable

Si alguna de las condiciones detalladas arriba no se cumple, los activos financieros son medidos a valor razonable con cambios en resultados.

Al 30 de junio de 2013, los activos financieros de la Sociedad a valor razonable con cambios en resultados comprenden principalmente fondos comunes de inversión.

2.9.2 Reconocimiento y medición

La compra o venta convencional de los activos financieros se reconoce en la fecha de su negociación, es decir, la fecha en que la Sociedad se compromete a adquirir o vender el activo. Los activos financieros se dan de baja cuando los derechos a recibir flujos de efectivo de las inversiones han vencido o se han transferido y la Sociedad ha transferido sustancialmente todos los riesgos y beneficios derivados de su titularidad.

Los activos financieros se reconocen inicialmente a su valor razonable más, en el caso de activos financieros que no se miden a valor razonable con cambios en resultados, los costos de transacción que sean directamente atribuibles a la adquisición de los activos financieros.

2.9.3 Deterioro del valor de activos financieros

La Sociedad evalúa al cierre de cada ejercicio si existen pruebas objetivas de deterioro del valor de un activo financiero o grupo de activos financieros medidos a costo amortizado. El valor de un activo financiero o grupo de activos financieros se deteriora y se incurren en pérdidas por deterioro sólo si existen pruebas objetivas de deterioro como consecuencia de uno o más eventos que ocurrieron tras el reconocimiento inicial del activo (un "evento de pérdida") y de que dicho evento (o eventos) de pérdida tiene un impacto sobre los flujos de efectivo futuros estimados del activo financiero o grupo de activos financieros que pueda medirse de manera confiable.

Las pruebas de deterioro pueden incluir indicios de que los deudores o un grupo de deudores están experimentando importantes dificultades financieras, incumplimientos o mora en los pagos de capital o intereses, la probabilidad de que sean declarados en quiebra o estén sujetos a otra clase de reorganización financiera, y cuando datos observables indican que existe una disminución mensurable de los flujos de efectivo futuros estimados, tales como cambios en la mora o en las condiciones económicas que se correlacionen con incumplimientos.

El monto de la pérdida se mide como la diferencia entre el valor contable del activo y el valor actual de los flujos de efectivo futuros estimados (excluyendo futuras pérdidas crediticias que no se han incurrido) descontados a la tasa de interés efectiva original del activo financiero. El valor contable del activo se reduce y el monto de la pérdida se reconoce en el estado de resultados integral. Como recomendación práctica, la Sociedad puede medir el deterioro del valor en base al

valor razonable de un instrumento utilizando un precio de mercado observable. Si, en un período posterior, el monto de la pérdida por deterioro disminuye y la disminución puede relacionarse objetivamente con un hecho que ocurra después de haber reconocido el deterioro del valor (como por ejemplo, una mejora de la calificación crediticia del deudor), la reversión de la pérdida por deterioro reconocida anteriormente se reconoce en el estado de resultados integral.

2.9.4 Compensación de instrumentos financieros

Los activos y pasivos financieros se compensan y el valor neto se informa en el estado de situación financiera cuando existe un derecho exigible legalmente de compensar los valores reconocidos y existe una intención de pagar en forma neta, o de realizar el activo y cancelar el pasivo simultáneamente.

2.10 Créditos por ventas y otras cuentas por cobrar

a) Créditos por ventas

Los créditos originados por servicios facturados y no cobrados a clientes de MetroGAS, y aquellos devengados y no facturados a la fecha del cierre de cada ejercicio, son reconocidos a su valor razonable y posteriormente medidos a costo amortizado usando el método del interés efectivo menos cualquier deterioro. Los ingresos por intereses se reconocen aplicando la tasa de interés efectiva, excepto por las cuentas por cobrar a corto plazo en caso de que el reconocimiento de interés sea inmaterial.

Los créditos por ventas incluyen servicios devengados de MetroGAS que se encuentran sin facturar a la fecha de cierre del ejercicio.

La línea denominada “PURE” corresponde al Programa de Uso Racional de la Energía, el cual comprende el establecimiento de incentivos y cargos adicionales por excedentes de consumo. El saldo acreedor por este concepto en el rubro Deudores comerciales y otras cuentas a cobrar corresponde a las bonificaciones netas de los cargos adicionales por excedentes de los consumos a facturar.

Los créditos por ventas están expresados netos de la provisión para deudores incobrables, la cual se basa en las estimaciones de cobro realizadas por MetroGAS.

b) Otras cuentas por cobrar

Los otras cuentas a cobrar son reconocidas inicialmente a su valor razonable (generalmente el monto original de la facturación/liquidación) y posteriormente medidos a costo amortizado, usando el método del interés efectivo y cuando fuere significativo, ajustado al valor temporal de la moneda. La Sociedad registra provisiones para desvalorización cuando existe una evidencia objetiva de que la Sociedad no será capaz de cobrar todos los montos adeudados en su favor de acuerdo a los términos originales de los créditos.

2.11 Efectivo y equivalentes de efectivo

En el estado de flujo de efectivo, el efectivo y equivalentes de efectivo incluye el efectivo en caja, los depósitos a la vista en entidades bancarias y otras inversiones a corto plazo de gran liquidez con un vencimiento original de tres meses o menos desde el momento de su adquisición.

2.12 Acreedores comerciales y otras cuentas por pagar

a) Deudas comerciales

Las deudas comerciales son obligaciones de pago con proveedores por compras de bienes y servicios generadas en el curso ordinario de los negocios.

Las deudas comerciales se reconocen inicialmente a valor razonable y con posterioridad se miden a costo amortizado utilizando el método de la tasa de interés efectiva.

En las líneas denominadas “Fideicomisos” y “Fideicomiso Decreto N° 2.407” expuestas en este rubro comprende a los montos cobrados que estaban pendientes de depósito al cierre de cada ejercicio correspondientes a los cargos que se mencionaran en Nota 1.4.6. del presente anexo.

b) Otras cuentas a pagar

Las otras deudas se reconocen inicialmente a valor razonable y con posterioridad se miden a costo amortizado utilizando el método de la tasa de interés efectiva.

2.13 Deudas financieras

Las deudas financieras son reconocidos inicialmente a su valor razonable, netas de los costos de transacción incurridos. Con posterioridad, se miden a costo amortizado. Cualquier diferencia entre los fondos obtenidos (netos de los costos directos incurridos en la transacción) y el importe a pagar al vencimiento se reconoce en resultados durante el plazo de los préstamos utilizando el método de la tasa de interés efectiva.

2.14 Costos por préstamos

Los costos por préstamos atribuibles a la adquisición, construcción o producción de activos aptos, que son aquellos que requieren de un período sustancial antes de estar listos para el uso al que están destinados o para la venta, son capitalizados como parte del costo de dichos activos hasta que los mismos estén aptos para su uso o venta.

Los demás costos por préstamos son reconocidos como gastos en el período en que se incurren.

2.15 Impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta

El cargo por impuesto a las ganancias del ejercicio incluye el cargo por impuesto corriente y diferido. Los cargos por impuesto a las ganancias se reconocen en el estado de resultados, excepto si se relacionan con conceptos contabilizados en otros resultados integrales o directamente en el patrimonio, en cuyo caso, el impuesto se contabiliza en otros resultados integrales o directamente en el patrimonio, respectivamente.

El cargo por impuesto a las ganancias se calcula de acuerdo a las leyes impositivas aprobadas, o cuyo proceso de aprobación esté prácticamente terminado a la fecha de cierre de cada ejercicio. La sociedad constituye provisiones cuando lo considera apropiado en base a las sumas que se esperan pagar a las autoridades fiscales.

El impuesto a las ganancias se reconoce aplicando el método del pasivo diferido sobre las diferencias temporarias que surgen entre las bases impositivas de los activos y pasivos y sus valores contables. El impuesto a las ganancias diferido se determina utilizando la alícuota vigentes o cuyo proceso de aprobación esté prácticamente terminado a la fecha de cierre de cada ejercicio

y que se espera que se apliquen cuando se realice el activo o se cancele el pasivo por impuesto diferido.

Los activos por impuesto diferido se registran en la medida en que sea probable la existencia de ganancias imponibles en el futuro contra las cuales se puedan compensar las diferencias temporarias.

El impuesto diferido se determina sobre las diferencias temporarias que surgen de las inversiones en subsidiarias, excepto cuando la oportunidad de reversión de las diferencias temporarias es controlada por el Sociedad y es probable que las mismas no se reversen en el futuro.

Las entidades en Argentina están sujetas al Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta ("IGMP"). Conforme al régimen impositivo vigente, una entidad debe pagar el mayor entre el impuesto a las ganancias y el IGMP. La provisión por IGMP se calcula por cada entidad individual a la tasa vigente del 1 % y se basa en los activos impositivos de cada compañía al cierre del ejercicio, como lo definen las leyes argentinas. Si el IGMP excede al impuesto a las ganancias, dicho excedente se puede tomar como pago a cuenta del impuesto a las ganancias futuro que se produzca durante un período de 10 años. Cuando la Sociedad considera que es probable que se utilice el cargo de IGMP como pago a cuenta del impuesto a las ganancias, contabiliza el IGMP como un crédito corriente o no corriente, según corresponda, dentro del rubro Pagos anticipados en el estado de situación financiera, de lo contrario lo imputa en resultados en el rubro “Impuesto a las ganancias” en el estado de resultados integrales.

2.16 Remuneraciones y cargas sociales

Las indemnizaciones se pagan cuando la relación laboral cesa, por decisión del empleador, antes de la fecha normal de jubilación o cuando un empleado acepta un retiro voluntario a cambio de dicha indemnización. MetroGAS reconoce las indemnizaciones cuando se compromete ya sea a rescindir la relación laboral a través de un plan formal sin posibilidad de retiro, o a otorgar indemnizaciones como parte de una propuesta para alentar los retiros voluntarios.

Las gratificaciones al personal se contabilizan como un pasivo y un gasto por gratificaciones en base a las condiciones y políticas establecidas por MetroGAS para ciertos empleados de nivel gerencial. Se registra una provisión cuando MetroGAS está obligada contractualmente o cuando exista una práctica en el pasado que haya creado una obligación implícita.

La Sociedad no posee planes de contribuciones definidas ni otorga pagos basados en acciones.

2.17 Pasivo concursal

El pasivo concursal comprende los pasivos sujetos al procedimiento del concurso preventivo de acreedores solicitado por GASA el 19 de mayo de 2009 y del concurso preventivo solicitado por MetroGAS el 17 de junio de 2012, según se explica en Nota 5, 1.1 y 1.3 del presente anexo.

Los pasivos han sido valuados a su valor contractual, incorporando, de corresponder, los intereses financieros devengados hasta la fecha de presentación del concurso preventivo momento a partir del cual queda interrumpido el curso de los mismos según lo dispone el art.19 de la Ley de Concursos y Quiebras. Los pasivos en moneda extranjera han sido valuados a los tipos de cambio al cierre del ejercicio.

Desde las resoluciones judiciales que homologan las propuestas concursales, el pasivo concursal incluye las deudas declaradas verificadas y admisibles con acreedores quirografarios y privilegiados pendientes de cancelación.

2.18 Provisiones

Las provisiones se reconocen en los casos en que la Sociedad, frente a una obligación presente a su cargo, ya sea legal o implícita, originada en un suceso pasado, resulta probable que se requiera una salida de recursos para cancelar la obligación, y se puede realizar una estimación confiable del importe de la misma. No se reconocen provisiones por pérdidas operativas futuras.

El importe reconocido como provisiones es la mejor estimación de desembolso necesario para cancelar la obligación presente, al final del ejercicio sobre el que se informa, teniendo en cuenta los riesgos e incertidumbres correspondientes. Cuando se mide una provisión usando el flujo de efectivo estimado para cancelar la obligación presente, su importe registrado representa el valor actual de dicho flujo de efectivo. Este valor presente se obtiene aplicando una tasa de descuento antes de impuestos que refleja las condiciones del mercado, el valor temporal de la moneda y los riesgos específicos de la obligación.

Se han constituido provisiones incluidas en el pasivo para cubrir eventuales situaciones contingentes que podrían originar obligaciones de pago futuras. En la estimación de sus montos y probabilidades de concreción se ha considerado la opinión de los asesores legales de la Sociedad.

2.19 Arrendamientos

La determinación de si un acuerdo constituye o incluye un arrendamiento se basa en la esencia del acuerdo a la fecha de su celebración, si el cumplimiento de acuerdo depende del uso de uno o más activos específicos o si el acuerdo concede el derecho de uso de activo.

Los arrendamientos en los cuales una porción significativa de los riesgos y beneficios derivados de la titularidad son retenidos por el arrendador son clasificados como operativos.

Al 30 de junio de 2013 MetroGAS sólo posee contratos de arrendamiento que son clasificados como operativos.

a. Como arrendatario

Los pagos por arrendamientos operativos se reconocen como gastos operativos en el estado de resultados en forma lineal a lo largo del plazo del arrendamiento.

b. Como arrendador

Los arrendamientos en los que la Sociedad no transfiere sustancialmente todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad del activo, se clasifican como arrendamientos operativos. Los cobros por arrendamientos operativos se reconocen como ingresos en el estado de resultados integrales en forma lineal a lo largo del plazo del arrendamiento.

2.20 Saldos con partes relacionadas

Los créditos y deudas con partes relacionadas son reconocidos inicialmente a su valor razonable y posteriormente medidos a costo amortizado, de acuerdo con las condiciones pactadas entre las partes involucradas.

2.21 Patrimonio neto

Las partidas de patrimonio neto han sido valuadas de acuerdo a las normas contables vigentes a fecha de transición. La registración de movimientos del mencionado rubro se realizó de acuerdo a

decisiones asamblearias, normas legales o reglamentarias, y aunque tales partidas hubieran tenido un saldo diferente en caso de haberse aplicado en el pasado las NIIF.

a) Capital social y Ajuste de capital

Está formado por los aportes efectuados por los accionistas representados por acciones y comprende a las acciones en circulación a su valor nominal.

b) Reserva legal

De acuerdo a las disposiciones de la Ley N° 19.550, la Sociedad debe constituir una reserva no inferior al 5% del resultado positivo surgido de la sumatoria del resultado del ejercicio, los ajustes de ejercicios anteriores, las transferencias de otros resultados integrales a resultados acumulados y las pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores, hasta alcanzar el 20% del Capital Social más el saldo de la cuenta Ajuste de capital, si hubiera.

La Sociedad considerará la constitución de dicha reserva en función de los resultados al cierre del ejercicio.

3. ESTIMACIONES Y JUICIOS CONTABLES CRÍTICOS

Las políticas contables significativas de la Sociedad están enunciadas en la Nota 2 del presente anexo. No todas las políticas contables significativas requieren que la Sociedad utilice criterios o estimaciones subjetivas o complejas. La siguiente sección brinda un entendimiento de las políticas que la Sociedad considera críticas debido al nivel de complejidad, el criterio o las estimaciones involucradas en su aplicación y el impacto en los estados financieros consolidados. Estos criterios comprenden supuestos o estimaciones en relación con eventos futuros. Los resultados reales pueden diferir de esas estimaciones.

Las políticas contables de la compañía dependen en gran medida de las utilizadas en el negocio de su controlada, MetroGAS. A fin de facilitar la comprensión sobre la forma en que MetroGAS forma su juicio sobre hechos futuros, incluyendo las variables y presupuestos en que se fundan las estimaciones, y la sensibilidad de dichos juicios respecto de las diferentes variables y condiciones, MetroGAS ha incluido comentarios relacionados con cada política contable crítica descripta en el presente.

a) deterioro de propiedades, planta y equipo;

b) reconocimiento de ingresos y créditos por ventas;

c) provisiones;

d) impuesto a las ganancias diferido e impuesto a la ganancia mínima presunta;

e) aplicación de la CINIIF 12 “Contratos de concesión”

a) Deterioro de propiedades, planta y equipo

A la fecha de cierre de cada ejercicio, MetroGAS revisa los valores contables de sus propiedades, planta y equipo, para determinar si existen indicios de que dichos activos no son recuperables.

Asimismo MetroGAS periódicamente evalúa el valor contable de sus activos de larga duración en función de su valor de recupero cuando los hechos o cambios en las circunstancias indican que el

valor contable de un activo no es recuperable. Los indicios de desvalorización que deben ser considerados dentro este análisis incluyen, entre otros, la existencia de daños materiales o de cambios significativos en el uso de los activos, el rendimiento económico inferior al esperado o una caída significativa en los ingresos. Cuando el activo no genera flujos de efectivo que sean independientes de otros activos, MetroGAS estima el valor recuperable de la unidad generadora de efectivo a la cual pertenece el activo. Dada la naturaleza de sus actividades y de los activos que conforman la infraestructura para la prestación del servicio público de distribución de gas natural, una parte sustancial de los activos individuales de MetroGAS no generan flujos de efectivo que sean independientes y por lo tanto, MetroGAS considera que los activos de propiedades planta y equipo constituyen una única unidad generadora de efectivo (UGE).

Si el valor recuperable de los activos de la UGE es inferior a su valor contable, el valor contable del activo o UGE se reduce a su valor recuperable. Las pérdidas por desvalorización se reconocen de inmediato en el estado de resultados.

El valor recuperable es determinado sobre la base de flujos de fondos proyectados y descontados empleando tasas de descuento que reflejen el valor tiempo del dinero y los riesgos específicos de los activos considerados.

La Sociedad entiende que la política contable relacionada con el deterioro de activos de larga duración es una “política contable crítica” por los siguientes motivos:

La actual situación económica y financiera por la que atraviesa MetroGAS que se menciona en Nota 1 del presente anexo, dada la situación tarifaria y el incremento de costos, es altamente susceptible a cambios de período a período ya que requiere que MetroGAS, al determinar su valor recuperable, realice ciertas estimaciones y presupuestos (tales como futuros ingresos y costo de ingresos); y es sustancial el impacto que tiene el reconocimiento o reversión de un deterioro o valor de recupero sobre los activos informados en los estados financieros consolidados de MetroGAS, así como sobre el resultado de sus operaciones. Las estimaciones sobre futuros ingresos requieren la formulación de juicios esenciales ya que los ingresos reales han variado en el pasado y se prevé que continúen fluctuando, especialmente debido al proceso de renegociación de tarifas pendiente.

Test de deterioro para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2012

Para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2012, MetroGAS ha identificado indicadores de deterioro y realizado un test de deterioro de propiedades, planta y equipo en consonancia con las NIIF. En función del mencionado test, se ha comparado el valor de libros de propiedades, planta y equipo con el valor actual del flujo de fondos futuro a generarse por dichos activos, estimación que fue realizada utilizando un enfoque de probabilidad. Dado que la estimación del valor del flujo de fondos futuro descontado supera el valor contable de tales activos, MetroGAS determinó que los mismos no presentaban un deterioro sustancial.

Con respecto a las estimaciones materiales utilizadas en la realización de tales tests, teniendo en cuenta (i) la naturaleza, oportunidad, y extensión del proceso de renegociación de tarifas con el Gobierno Argentino, (ii) la erosión de la ganancia operativa resultante de los aumentos en los costos operativos, (iii) un análisis de cómo los resultados actuales se comparan con las proyecciones para períodos anteriores, (iv) las experiencias de otra compañía distribuidora de gas del área metropolitana de Buenos Aires (el principal mercado de gas de la Argentina), Gas Natural Fenosa, quien tuvo aprobado su acuerdo de renegociación por parte del Poder Ejecutivo Nacional el 10 de abril de 2006 (consecuentemente implementado por ENARGAS el 9 de abril de 2007 y el 10 de octubre de 2008) y ahora ha comenzado su revisión de tarifa global, y (v) el estado de las negociaciones de actuales de MetroGAS con el Gobierno Nacional, se han estimado tres

escenarios diferentes utilizando un enfoque de probabilidad que consideró la probabilidad de ocurrencia de cada uno. Como se describe debajo, cada uno de esos escenarios contempla diferentes supuestos, a los cuales se les ha asignado una probabilidad de ocurrencia a cada proyección del flujo de fondos basado en información objetiva presente. Adicionalmente, toda proyección de flujo de fondos ha sido preparada teniendo en cuenta el término restante en la Licencia, sin considerar la posibilidad de su extensión, el cual no excede la vida útil residual de las Propiedades, planta y equipo.

A continuación se describen las premisas más relevantes para la preparación de los flujos de fondos estimados por MetroGAS:

i. Aumentos de tarifas: las proyecciones de MetroGAS suponen aumentos graduales en las tarifas entre 2013 y 2018 que alcanzarán niveles significativamente más altos que las actuales tarifas en pesos.

ii. Índice de inflación: se han considerado niveles estables consistentes con los que se observan al cierre del ejercicio.

iii. Tipo de cambio: se ha considerado una depreciación del 10% del peso respecto del dólar.

A continuación se resumen las estimaciones significativas sobre los distintos escenarios relacionados a los flujos de fondos así como la probabilidad de ocurrencia de cada uno:

  • Supuesto base: Este flujo de fondos supone que se alcanzarán niveles de tarifas similares a aquellos que actualmente son aplicados por Gas Natural Fenosa y luego gradualmente incrementarlos hasta alcanzar las tarifas promedio históricas de la Sociedad. A este escenario de flujo de fondos se le ha asignado una probabilidad de ocurrencia del 66,5%.

  • Supuesto Pesimista: Este flujo de fondos presupone que solamente se podrá alcanzar niveles de tarifas similares a aquellas que son aplicadas actualmente por Gas Natural

Fenosa y una revisión integral de la tarifa. A este escenario de flujo de fondos se le ha asignado una probabilidad de ocurrencia del 10,0%.

  • Supuesto Optimista: Este flujo de fondos presupone que se alcanzará de forma gradual, para el año 2018, niveles de tarifas que permiten alcanzar la relación que existía en el año 2001 con las tarifas regionales de Sudamérica, especialmente con las de Brasil y Chile. A este escenario de flujo de fondos se le ha asignado una probabilidad de ocurrencia del

23,5%.

La probabilidad de ocurrencia de cada escenario de flujo de fondos se basa en: (a) la reciente experiencia de otra compañía distribuidora de gas en el área metropolitana de Buenos Aires (el principal mercado de gas en Argentina), Gas Natural Fenosa, la que, como se mencionó, no solo ha celebrado el acuerdo de renegociación con el Gobierno Argentino sino que también ha conseguido que ENARGAS apruebe su nuevo cuadro tarifario lo que posibilita que la compañía facture sus servicios de distribución bajo las nuevas tarifas; (b) el marco regulatorio actual, el cual incluye la Ley del Gas y las ya mencionadas reglas relativas a las tarifas de gas; (c) la reciente Resolución del ENARGAS 2.407/12 que establece un nuevo cargo que representa un incremento del margen de distribución de MetroGAS de aproximadamente 54% desde diciembre de 2012; y (d) los acuerdos de renegociación firmados por todas las otras compañías distribuidoras de gas, excepto por MetroGAS y otra compañía distribuidora de gas, cuyos acuerdos permiten a las partes en tal contrato comenzar una revisión plena de la tarifa y establecer (i) una revisión semestral de la tarifa a fin de ajustarlas al índice general de variaciones de los costos cuando tales índices varíen en más de un 5% y (ii) una revisión quinquenal similar a la revisión para el mismo lapso establecida originalmente en la licencia de MetroGAS.

En test de deterioro realizado a la fecha de transición 1 de enero de 2012 ha considerado premisas similares a las mencionadas anteriormente, excepto que consideraba un escenario de

quiebra. Al 31 de diciembre de 2012 no se ha considerado dicho escenario de quiebra por las siguientes razones: (a) los acreedores aprobaron la propuesta concursal en el marco del concurso preventivo de MetroGAS: (b) el juez aprobó el acuerdo alcanzado con los acreedores; (c) el comienzo de un efectivo incremento de tarifas basado en la Resolución N° 2.407/12 del ENARGAS mencionado anteriormente y (d) el acuerdo de YPF S.A. para comprar la totalidad de las acciones de BG en GASA, quien al 31 de diciembre de 2012 era el accionista controlante, con un 70% de las acciones.

b) Reconocimiento de ingresos y créditos por ventas

Los ingresos se reconocen sobre la base de lo devengado contra entrega a los clientes, que incluye los montos estimados de gas o líquidos entregados y no facturados al cierre de cada ejercicio, su transporte y distribución, de corresponder. Los montos efectivamente entregados son estimados en base a los volúmenes comprados y otra información histórica.

MetroGAS está expuesta a pérdidas por incobrabilidad. La provisión para deudores incobrables se realiza en base a las estimaciones de las recaudaciones de MetroGAS. Si bien MetroGAS utiliza la información disponible para realizar las estimaciones, es posible que en el futuro deba realizar ajustes a las provisiones en caso de que las futuras condiciones económicas difieran sustancialmente de los presupuestos utilizados al realizar las estimaciones. El cargo correspondiente se expone en gastos de comercialización; no se realizan ajustes sobre los ingresos por ventas. Para estimar la provisión para deudores incobrables, MetroGAS evalúa constantemente el monto y características de los créditos por ventas, incluyendo antigüedad y situación financiera de sus usuarios.

c) Provisiones

MetroGAS tiene ciertos pasivos contingentes con respecto a reclamos, juicios y otros procedimientos, reales o potenciales. MetroGAS devenga pasivos cuando resulta probable que incurrirá en futuros costos y dichos costos podrán ser estimados en forma razonable. Dichos devengamientos se basan en estimaciones de MetroGAS realizadas en función de la información disponible y basado en la opinión de sus asesores legales.

d) Impuesto a las ganancias diferido e impuesto a la ganancia mínima presunta

La Sociedad determina el cargo contable por impuesto a las ganancias de acuerdo con el método del impuesto diferido, el cual considera el efecto de las diferencias temporarias originadas en la distinta base de medición de activos y pasivos según criterios contables e impositivos y de los quebrantos impositivos existentes y créditos fiscales no utilizados susceptibles de deducción de ganancias impositivas futuras, computados considerando la tasa impositiva vigente, que actualmente alcanza el 35%.

Adicionalmente, la Sociedad determina el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta (“IGMP”) aplicando la tasa vigente del 1% de los activos computables al cierre de cada ejercicio. Este impuesto es complementario de la obligación por impuesto a las ganancias. La obligación fiscal final será el mayor entre el impuesto a las ganancias o el impuesto a la ganancia mínima presunta.

Sin embargo, si el impuesto a la ganancia mínima presunta fuera mayor que el impuesto a las ganancias durante cualquier ejercicio económico, dicho excedente puede ser computado como pago a cuenta de cualquier excedente del impuesto a las ganancias sobre el impuesto a la ganancia mínima presunta que pueda originarse en los diez ejercicios económicos siguientes.

La Sociedad evalúa la recuperabilidad de los activos por impuesto diferido e IGMP teniendo en cuenta la probabilidad que algunos o todos los activos por impuesto diferido o créditos no se realicen. Para realizar esta evaluación, la Sociedad considera la reversión programada de los pasivos por impuesto diferido, las ganancias impositivas futuras proyectadas, las estrategias de planificación impositivas como así también la evidencia objetiva de su recupero.

e) Aplicación de la CINIIF 12 “contratos de concesión”

La Interpretación N° 12 “Acuerdos de Concesión de Servicios” (CINIIF 12) fija ciertos lineamientos para la contabilización por parte de entidades privadas que prestan servicios públicos mediante un acuerdo de concesión de servicios o contrato de similar naturaleza. La CINIIF 12 es aplicable para el licenciatario dependiendo, entre otros, del control que el concedente tiene sobre la regulación del servicio y la existencia de un interés residual significativo al finalizar el acuerdo.

Considerando que la CINIIF 12 establece lineamientos y principios generales se requiere de juicio para la determinación de si corresponde su aplicación, debido a las características particulares de cada contrato de concesión o licencia y a la complejidad propia de los diferentes conceptos incluidos en la interpretación.

MetroGAS ha analizado las características, condiciones y los términos actualmente vigentes de su Licencia de distribución de gas natural y los lineamientos establecidos en la CINIIF 12. En base a su análisis, concluyó que la licencia está fuera del alcance de la CINIIF 12, principalmente por las características de renovación de la licencia que dan un resultado similar al que resultaría de haber obtenido un derecho perpetuo para la operación de la infraestructura. En el mismo sentido, la CNV emitió el 20 de diciembre de 2012 la Resolución Nº 613, que establece las razones y los fundamentos por los cuales considera que las empresas concesionarias de transporte y distribución de gas natural y sus empresas controlantes están fuera del alcance de la CINIIF 12.

4. ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS FINANCIEROS

4.1 Factores de riesgos financieros

Para la gestión del riesgo financiero la Sociedad cuenta con diversas políticas de gestión que le permiten mitigar su exposición a los riesgos de mercado que su actividad la expone (incluyendo riesgos asociados a la variación en el tipo de cambio, de tipo de interés y en el precio de los productos que ella comercializa), riesgo de crédito y riesgo de liquidez.

a. Riesgo de Mercado

Riesgo cambiario

MetroGAS está expuesta principalmente a la fluctuación del tipo de cambio del dólar estadounidense (U$S) con respecto al peso argentino (Ps.).

De conformidad con la Ley de Emergencia Pública, en enero de 2002, las tarifas que percibe la Sociedad por los servicios de distribución de gas natural se encuentran pesificadas a un tipo de cambio de Ps. 1,00 = U$S 1,00 aun cuando el peso se devaluó frente al dólar estadounidense. La mayor parte de los ingresos de la Sociedad se encuentran denominados en pesos.

Por su parte la deuda financiera nominada en dólares estadounidenses de MetroGAS ascendió a miles de U$S 361.978 al 31 de diciembre de 2012, que luego de las reestructuraciones ascendió a un valor nominal de miles de U$S 351.437.

Al 31 de diciembre de 2012 la posición monetaria pasiva neta ascendió a miles de U$S 365.077. La Sociedad estima que, luego de las reestructuraciones y considerando el valor contable de la

deuda financiera, por cada aumento o disminución en el tipo de cambio del 10% frente al dólar estadounidense daría lugar a una pérdida o ganancia antes de impuestos de Ps. 100 millones. Este análisis de sensibilidad es hipotético ya que los impactos reales podrían diferir significativamente y variar en el tiempo.

Riesgo de las tasas de interés

La exposición de la Sociedad a riesgos asociados a variaciones en la tasa de interés es limitada dado que el 100% de su deuda financiera está sujeta a tasas de interés fija.

Por su parte, la Sociedad busca realizar sus colocaciones financieras en instituciones de primer nivel, las mismas consisten en colocaciones a la vista y fondos comunes de inversión.

Riesgo de precio

En el segmento de distribución de gas la Sociedad no se encuentra expuesta al riesgo de precios de commodities dado que las tarifas que factura MetroGAS a sus clientes se encuentran reguladas y el marco regulatorio prevé un mecanismo de traslado a tarifas del costo de compra de gas.

b. Riesgo de Crédito

El riesgo de crédito se refiere a que la contraparte incumpla con sus obligaciones contractuales resultando en una pérdida financiera para la Sociedad. El presente riesgo deriva principalmente de factores económicos y financieros, o de la posibilidad de que la contraparte entre en default o por factores más estrictamente técnicos, comerciales o administrativos.

En lo referente al riesgo de crédito de las cuentas a cobrar provenientes de la actividad comercial, éste es históricamente limitado dado que el corto plazo de cobro a los clientes implica que no se acumulen individualmente montos muy significativos. El corte de suministro es una potestad de la Sociedad ante incumplimientos de parte de los clientes, herramienta que se utiliza y facilita el proceso de evaluación y control de riesgo de crédito.

Las provisiones para deudores incobrables se registran (i) por el importe exacto de los créditos que representan un riesgo individualmente (riesgo de quiebra, clientes involucrados en un procedimiento judicial con la Sociedad); (ii) para los créditos que no presentan estas características, las provisiones se registran por segmentos de clientes teniendo en cuenta la antigüedad de los créditos y los cargos históricos por incobrabilidad. De acuerdo a la política vigente, la Sociedad provisiona el 100% de sus créditos vencidos a más de un año.

MetroGAS tiene una amplia gama de clientes, incluidos clientes residenciales, comerciales, industriales – pequeños y grandes - y entidades gubernamentales.

El riesgo crediticio también afecta también el efectivo y equivalentes de efectivo, depósitos en bancos e instituciones financieras, si bien la Sociedad buscar realizar sus colocaciones financieras en instituciones de primer nivel.

c. Riesgos de Liquidez

El riesgo de liquidez representa la imposibilidad de la Sociedad de hacer frente a sus compromisos financieros en el corto y mediano plazo.

Los flujos de fondos y los resultados de GASA dependen de los ingresos provenientes de su inversión en MetroGAS, sociedad cuya distribución de dividendos también se encuentra afectada por las restricciones asumidas en el marco de sus actuales obligaciones financieras. Como

consecuencia de la restricción de MetroGAS para el pago de dividendos, actualmente, la Sociedad depende de los aportes de los accionistas o de la financiación de terceros.

En la actualidad la liquidez de MetroGAS es una de los principales focos de atención de la Dirección debido a las dificultades por las cuales atraviesa la misma. La falta de incrementos tarifarios, el constante aumento de los costos de operación y la falta de certidumbre respecto de la efectiva percepción de dichos aumentos son factores que impactan directamente en la liquidez de MetroGAS.

Durante el año 2012, MetroGAS decidió modificar las condiciones de pago a los productores de gas y no es posible asegurar cuando esto podrá ser modificado en el futuro.

MetroGAS continúa impulsando las negociaciones procurando alcanzar un acuerdo que contemple aumentos tarifarios tales que permitan recomponer la viabilidad del negocio. De continuar las condiciones existentes MetroGAS ha evaluado tomar una serie de medidas para mitigar el impacto de la situación financiera vigente, entre las cuales se incluyen:

  • elevar los reclamos referidos a los incrementos tarifarios (incluyendo el traslado a tarifas de las tasas municipales) a las autoridades argentinas;

  • procurar un estricto manejo de la caja y control de gastos;

  • requerir aportes adicionales de capital a los accionistas de la Sociedad;

  • renegociar condiciones de pago con los principales proveedores y los Fideicomisos; y

  • obtener financiamiento de terceros.

Pese a que MetroGAS se encuentra tomando algunas de las medidas mencionadas precedentemente, el futuro de la misma permanece incierto.

Los flujos de fondos y los resultados de YIESA dependen de los ingresos provenientes de GASA, que a su vez dependen de los ingresos provenientes de su inversión en MetroGAS, sociedad cuya distribución de dividendos también se encuentra afectada por las restricciones asumidas en el marco de sus actuales obligaciones financieras. Como consecuencia de la restricción de MetroGAS para el pago de dividendos, actualmente, la Sociedad depende de los aportes de los accionistas o de la financiación de terceros.

4.2 Gestión del riesgo de capital

El objetivo principal de la gestión del capital de la Sociedad es mantener la calidad crediticia y ratios de capital que permitan sustentar su negocio y maximizar el valor para sus accionistas.

5. INSTRUMENTOS FINANCIEROS POR CATEGORÍA

La siguiente tabla muestra los importes contabilizados de los activos financieros y pasivos financieros por categoría de instrumento financiero al 30 de junio de 2013 y una conciliación con la línea expuesta en el estado de situación financiera, según corresponda.

Activos según el estado de situación financiera Activos financieros a costo amortizado Activos financieros a valor razonable con cambios en resultados Total activos financieros
Créditos por ventas y otras cuentas por cobrar 444.367 - 444.367
Efectivo y equivalentes de efectivo (excluyendo descubiertos bancarios) 39.354 143.315 182.669
Total 483.721 143.315 627.036
Pasivos según el estado de situación financiera Pasivos financieros a costo amortizado Pasivos financieros a valor razonable Total pasivos financieros
Pasivo concursal 17.740 - 17.740
Acreedores comerciales y otras cuentas por pagar 604.534 - 604.534
Otras cargas fiscales 81.496 - 81.496
Deudas financieras 959.786 - 959.786
Remuneraciones y cargas sociales 47.022 - 47.022
Impuesto a las ganancias e IGMP 14.050 - 14.050
Total 1.724.628 - 1.724.628

Determinación del valor razonable

La NIIF 9 define el valor razonable de los instrumentos financieros como el monto por el cual el activo financiero puede ser intercambiado, o un pasivo financiero puede ser cancelado, entre partes independientes, debidamente informadas y con intención de realizar la transacción. Todos los instrumentos financieros reconocidos al valor razonable son asignados a uno de los niveles de jerarquía de valuación de la NIIF 7. Esta jerarquía de valuación comprende tres niveles. La base inicial para la imputación es la "clase de inversión económica". De acuerdo con la NIIF 7, las técnicas de valuación utilizadas para determinar el valor razonable deben maximizar el uso de información observable.

La medición a valor razonable de los instrumentos financieros de la Sociedad es clasificada de acuerdo a los tres niveles establecidos en la NIIF 7:

Nivel 1: valor razonable determinado por precios de cotización en mercados activos para idénticos activos o pasivos que la Sociedad pueda tomar como referencia a la fecha de cierre del ejercicio. Un mercado se considera activo si las transacciones se llevan a cabo con cierta frecuencia y se dispone de suficiente información de precios en forma permanente. Debido a que un precio cotizado en un mercado activo es el indicador más confiable del valor razonable, este debe ser utilizado siempre, si estuviere disponible.

Nivel 2: valor razonable determinado en base a información observable distinta de los precios de cotización mencionados en el Nivel 1 para activos o pasivos financieros, ya sea directamente (por ejemplo, precios) o indirectamente (por ejemplo, derivada de los precios).

Nivel 3: valor razonable determinado a través de información no observable en la cual se requiere que la sociedad elabore sus propias hipótesis y premisas. Esto solo es permitido en la medida que no haya disponible información de mercado. Los datos incorporados reflejan las estimaciones que tendría en cuenta un participante de mercado para fijar los precios. La Sociedad utiliza la mejor información disponible, inclusive datos internos. La Sociedad no posee instrumentos financieros califiquen como de nivel 3.

6. PROVISIONES

6.1 Impuesto sobre los Ingresos Brutos (Provincia de Buenos Aires)

Durante 1994 la Provincia de Buenos Aires acordó con el Estado Nacional que no incrementaría más allá del 3,5% la alícuota de dicho impuesto para ventas de gas natural. Sin perjuicio de ello, la Provincia incrementó dicha alícuota e instruyó a MetroGAS a incluir dicho incremento en las facturas a los clientes para luego remitir a la Provincia el impuesto cobrado. MetroGAS decidió no seguir dichas instrucciones, citando el acuerdo entre la Provincia y la Nación antes descripto.

El 22 de diciembre de 2005, mediante Resolución N° 907/05, la Dirección de Rentas de la

Provincia de Buenos Aires notificó a MetroGAS la Determinación de Oficio por los períodos fiscales 2001 a marzo 2003 reclamando el pago de los montos que se hubieren percibido de los clientes, de haberse aplicado el mencionado incremento de la alícuota en las facturas (actualmente asciende a aproximadamente $ 29 millones, incluyendo intereses y multas). Dicha Resolución fue apelada, con fecha 16 de enero de 2006, ante el Tribunal Fiscal de la Provincia de Buenos Aires.

Con fecha 27 de septiembre de 2006 la Comisión Federal de Impuestos, a través del fallo Plenario N° 112/06 ratificó el criterio seguido por la Sociedad y rechazó un recurso de revisión interpuesto por la Provincia de Buenos Aires en el marco de un expediente por una situación idéntica a la de MetroGAS. Contra dicho Fallo Plenario la Provincia de Buenos Aires interpuso un recurso extraordinario de revisión ante la misma Comisión Federal de Impuestos para su resolución por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Tal recurso fue concedido y a la fecha de la presente las actuaciones se encuentran pendientes de resolución definitiva por la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

Con fecha 3 de marzo de 2008 MetroGAS fue notificada mediante las Resoluciones N° 95/08, 96/08 y 97/08 de las Determinaciones de Oficio practicadas por la Agencia de Recaudación de la Provincia de Buenos Aires correspondientes a los períodos de enero 2004 a octubre 2005. El reclamo corresponde al incremento de alícuotas antes mencionado y a diferencias en la determinación de coeficientes de ingresos y gastos. El monto reclamado asciende a aproximadamente $ 48 millones, incluyendo intereses y multas. Dichas resoluciones fueron apeladas, con fecha 27 de marzo de 2008, ante el Tribunal Fiscal de la Provincia de Buenos Aires, las que se encuentran pendientes de resolución a la fecha de emisión de los presentes estados contables.

En caso que finalmente MetroGAS sea compelido a efectuar dichos pagos, se solicitará el traslado de la incidencia del incremento de alícuotas a las tarifas abonadas por los clientes conforme con los términos de la Licencia.

Al 31 de diciembre de 2012 la Sociedad registró una provisión de miles de $ 24.363 para la contingencia relativa a las diferencias en la determinación de coeficientes de ingresos y gastos.

6.2 Tasas y cargos

A través de la Resolución Nº 2.778/03, el ENARGAS determinó que MetroGAS había cobrado tasas y cargos en exceso a los clientes por $ 3,8 millones y estableció una multa por $ 0,5 millones.

MetroGAS presentó oportunamente un recurso de reconsideración con alzada en subsidio contra la mencionada Resolución y contra la tasa de interés aplicada sobre la multa. Al 31 de diciembre de 2012, el monto total reclamado por el ENARGAS ascendía a miles de $ 24, incluyendo intereses y multas, habiéndose registrado la provisión correspondiente.

6.3 Multas Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires – Obras en vía pública

A través de la Ley N° 2.634, publicada el 25 de enero de 2008, y su Decreto Reglamentario N° 238/08, publicado el 28 de marzo de 2008, se creó y reguló respectivamente el nuevo régimen de aperturas y/o roturas en la vía pública en el ámbito de la Ciudad de Buenos Aires, el cual especifica los cargos a pagar por todos los trabajos en la vía pública y determina que los cierres de los trabajos serán realizados por el GCABA, previo pago de los mismos por parte de las empresas autorizadas a realizar las aperturas. Posteriormente y con vigencia a partir del 1° de noviembre de 2009, el GCABA modificó nuevamente el procedimiento de reparación de veredas estableciendo que las empresas que hayan generado la rotura deben encargarse de la reparación y cierre definitivo.

La Agencia de Control de Faltas Especiales del GCABA ha sancionado a MetroGAS en diversas causas. La Sociedad se encuentra realizando los descargos en sede administrativa de las infracciones notificadas, y solicitando el pase a la justicia contravencional para realizar en dicha instancia las defensas correspondientes, con el objeto de lograr se declare la inconstitucionalidad de la ley, la irrazonabilidad de las multas aplicadas y consecuentemente se rechace la sanción impuesta. Al 31 de diciembre de 2012 MetroGAS registró una provisión de miles de $ 6.290.

6.4 Diferencias interpretativas con el Regulador

A la fecha de aprobación de los presentes estados contables, MetroGAS mantiene diferencias interpretativas con las autoridades regulatorias referidas a diversos temas. Al 31 de diciembre de 2012 registró por dichos conceptos una provisión de miles de $ 9.941.

7. PARTICIPACIÓN EN SUBSIDIARIAS

Los datos que reflejan el control societario consolidado al 30 de junio de 2013 son los siguientes:

Sociedad bajo control directo Porcentaje de participación sobre el capital social y votos posibles
MetroGAS 70%

Las políticas contables de la subsidiaria son consistentes con las políticas adoptadas por la Sociedad.

8. COMPROMISOS CONTRACTUALES

A fin de poder satisfacer la demanda de gas y prestar eficientemente el servicio concedido, MetroGAS ha celebrado desde el inicio de la concesión distintos contratos de largo plazo que le permiten asegurar una cierta capacidad de compra y transporte de gas.

8.1 Compra de gas

Los principales proveedores con los que opera MetroGAS son: YPF, Total Austral, Wintershall

Energía, Pan American Energy, y otros productores de Tierra del Fuego, Neuquén y Santa Cruz.

El 14 de junio de 2007 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución N° 599/07 de la Secretaría de Energía por medio de la cual se homologó la propuesta de “Acuerdo con Productores de Gas Natural 2007-2011”, que luego fuera ratificada por determinados productores de gas natural, tornando así aplicable tal Acuerdo. Básicamente, el Acuerdo 2007-2011 establece los volúmenes a ser inyectados en punto de ingreso al sistema de transporte por los productores de gas natural para los usuarios residenciales, comercios, industrias, usinas y estaciones de expendio de GNC hasta el 31 de diciembre de 2011 (aunque con plazos contractuales distintos según el segmento de usuario), y fija parámetros de ajustes de precios en forma escalonada y particular considerando segmentos de usuarios. Por su parte, la Resolución homologatoria del Acuerdo 2007-2011 (Resolución SE N° 599/07) establece los mecanismos de redireccionamientos e inyecciones adicionales de gas natural para la satisfacción de la demanda del mercado interno, en caso de resultar ello necesario ante situaciones de desabastecimiento. En virtud del Acuerdo 2007-2011, los productores y las distribuidoras de gas natural debían celebrar contratos de compraventa de gas natural reflejando las previsiones contenidas en el mismo.

Oportunamente MetroGAS no celebró ninguno de estos contratos puesto que, en su entendimiento, las ofertas de contratos recibidas de parte de los productores de gas natural no respetaban los términos del Acuerdo 2007-2011 ni, en razón de los volúmenes contemplados, permitirían a MetroGAS asegurar el abastecimiento a sus usuarios no interrumpibles.

A partir del 1° de agosto de 2007, sobre la base de lo establecido en el Acuerdo 2007-2011 y en virtud de distintas notas de la Subsecretaría de Combustibles y Circulares del MEG, entraron en vigencia los volúmenes establecidos en dicho Acuerdo en calidad de arreglos de suministro, toda vez que no existen contratos con los productores.

El 19 de septiembre de 2008 la SE suscribió con los productores de gas natural el Acuerdo Complementario con Productores de Gas Natural (Resolución N° 1.070) en donde se reestructuran los precios de gas en boca de pozo y la segmentación de la demanda residencial de gas natural, complementando el Acuerdo aprobado por la Resolución N° 599/07. El Acuerdo entró en vigencia a partir del 1° de septiembre de 2008, a excepción del GNC que se aplicó a partir del 1° de octubre de 2008.

Adicionalmente, el 16 de diciembre de 2008 la SE dictó la Resolución N° 1.417/08 donde se fijan nuevos precios de cuenca con aplicación a partir del 1° de noviembre de 2008.

Finalmente, y con relación con el mercado de gas natural, con la finalidad de promover la inversión e incrementar la producción, la Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas emitió recientemente la Resolución 1/2013, a los fines de establecer un esquema de estímulo a la Inyección Excedente de gas natural. En dicho acuerdo se precisa que la Inyección Excedente (todo gas inyectado por las empresas productoras por encima de la Inyección Base, y según se define en la Resolución 1/2013 de la Comisión de Planificación y Coordinación Estratégica del Plan Nacional de Inversiones Hidrocarburíferas) recibirá un Precio Excedente de 7,5 USD/MBTU (el “Precio Excedente”). A partir del cumplimiento

de ciertas condiciones contempladas en el mencionado acuerdo, el mismo entrará en vigencia por 5 años. Si bien la resolución antes mencionada no afecta directamente a los precios recibidos por la Sociedad, si representa la misma un cambio fundamental para el incentivo a las empresas productoras de gas natural a incrementar sus inversiones con el objetivo de aumentar el horizonte de reservas y producción de dicho hidrocarburo, afectando potencialmente en consecuencia y en forma positiva la actividad de la Sociedad.

Debido a que MetroGAS entendía que los volúmenes, cuencas de inyección y rutas de transporte previstos en el Acuerdo 2007-2011 impedirían el normal abastecimiento de la demanda ininterrumpible, la Sociedad efectuó presentaciones ante el ENARGAS, la SE y la Subsecretaría de Combustibles tendientes a plantear esta situación y solicitar su remediación.

El 4 de octubre de 2010 se publicó en el Boletín Oficial una Resolución del ENARGAS mediante la que se aprueba el Procedimiento para Solicitudes, Confirmaciones y Control de Gas. A partir del 1° de octubre de 2010, fecha de entrada en vigencia de este Procedimiento, MetroGAS dispone diariamente de la totalidad de gas natural necesario para abastecer a la demanda ininterrumpible.

El 5 de enero de 2012 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución SE N° 172/12 por medio de la cual se prorrogaron los efectos de la Resolución SE N° 599/07 en materia de asignaciones de volúmenes de gas natural por rutas y cuencas en función de las diferentes categorías de clientes hasta tanto se dicten nuevas normas al respecto.

El 8 de marzo de 2012 se publicó la Resolución SE N° 55/2012 por medio de la cual se homologó la tercera prórroga del Acuerdo Productores Gas Natural, disponiendo que deberá considerarse un tratamiento específico a aquellos productores no firmantes de la misma a efectos de impedir que éstos perciban los aumentos generados por las Resoluciones SE 1.070/2008 y 1.417/2008. El 23 de marzo de 2012 se publicó la Resolución ENARGAS N° 2.087/2012 que estableció el mecanismo de asignación de volúmenes de gas natural respecto de productores no firmantes a los segmentos residenciales y pequeños comercios sin aumentos bajo las citadas resoluciones de 2008, disponiendo asimismo que las distribuidoras deberán remitir directamente al Fondo Compensador Gas Natural Licuado constituido en el marco de tales normas ciertas sumas percibidas de sus clientes en concepto de gas natural.

8.2 Transporte de gas

MetroGAS ha celebrado varios contratos de transporte, cuyas fechas de finalización se encuentran entre el año 2013 y el año 2027 con Transportadora de Gas del Sur S.A. (“TGS”), Transportadora de Gas del Norte S.A (“TGN”). y otros, a fin de asegurar una capacidad de transporte en firme de 24,6 MMCM por día, considerando los contratos vigentes al 31 de diciembre de 2012.

Los contratos celebrados por MetroGAS con las empresas transportadoras de gas podrían sufrir modificaciones debido a las disposiciones de la Ley de Emergencia aplicables a los contratos de servicios públicos entre los que se incluye el transporte de gas natural. A la fecha de aprobación de estos estados contables no se pueden precisar cuáles serán los resultados de dichas modificaciones, de concretarse.

En julio de 2012 el ENARGAS asignó a MetroGAS 174.343 m3 de capacidad de transporte firme con vigencia desde el 1° de mayo de 2013 hasta el 30 de abril de 2014 de la ruta Neuquén – GBA y 233.333 m3 de capacidad de transporte firme con vigencia desde el 1° de mayo de 2014 hasta el 30 de abril de 2017 de la misma ruta. Esta asignación corresponde a una oferta irrevocable presentada a TGN por MetroGAS en el concurso abierto de capacidad N° 01/2012. Además se prorrogan los contratos restantes de TGN por 2.540.000 m3/día hasta el 30/04/2017.

8.3 Compromisos de transporte y distribución

Los contratos con las centrales eléctricas incluyen cláusulas de cesión de transporte en el período invernal, mediante las cuales MetroGAS está autorizada a restringir el servicio de transporte y distribución por un determinado volumen para abastecer a su demanda ininterrumpible.

En el caso que MetroGAS estuviese obligado a restringir el servicio de transporte y distribución por un volumen mayor al establecido en cada contrato, debido fundamentalmente a una mayor demanda firme, se prevén en dichos contratos penalidades a pagar a usinas por tales restricciones.

INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES
(Revisión de estados contables intermedios)

A los Señores Presidente y Directores de
YPF INVERSORA ENERGÉTICA SOCIEDAD ANONIMA

CUIT Nº: 30-70939446-7

Domicilio Legal:Macacha Güemes 515
Ciudad Autónoma de Buenos Aires

  1. Identificación de los estados contables objeto de la revisión

Hemos efectuado una revisión de los estados contables consolidados condensados intermedios adjuntos de YPF INVERSORA ENERGÉTICA SOCIEDAD ANONIMA (en adelante, mencionada indistintamente como “YPF INVERSORA ENERGÉTICA S.A.” o la “Sociedad”) que incluyen el balance general consolidado al 30 de junio de 2013, los correspondientes estados consolidados de resultados integrales, de cambios en el patrimonio neto y de flujo de efectivo por el período de seis meses finalizado en esa fecha y la información complementaria contenida en sus Notas 1 a 15 y el Anexo I (las Notas 3 y 4 así como el Anexo I describen las principales políticas contables utilizadas en la preparación de los estados contables consolidados condensados intermedios adjuntos).

El Directorio de la Sociedad es responsable de la preparación y presentación razonable de los estados contables consolidados condensados intermedios adjuntos de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera, adoptadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (“FACPCE”) como normas contables profesionales e incorporadas por la Inspección General de Justicia (“IGJ”) a su normativa tal como fueron aprobadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (“IASB”, por su sigla en inglés), mediante la Resolución General 11/2012 de la IGJ y con aplicación para aquellas sociedades que están bajo la órbita de fiscalización de la IGJ y que sean controladas, controlantes, subsidiarias o vinculadas de sociedades que se encuentren bajo la órbita de fiscalización de la Comisión Nacional de Valores. Por lo tanto, el Directorio de la Sociedad es responsable de la preparación y presentación de los estados contables consolidados intermedios adjuntos, de acuerdo con la Norma Internacional de Contabilidad 34, “Información financiera intermedia”. Nuestra responsabilidad consiste en emitir un informe sobre los estados contables consolidados intermedios mencionados en el primer párrafo de este capítulo, basado en nuestra revisión efectuada con el alcance mencionado en el capítulo 2 siguiente.

  1. Alcance del trabajo

Nuestra revisión fue realizada de acuerdo con las normas de revisión de estados contables de períodos intermedios establecidos en la Resolución Técnica N° 37 de la FACPCE aplicables a la revisión de estados contables. Estas normas establecen un alcance que es sustancialmente menor a la aplicación de todos los procedimientos de auditoría necesarios para poder emitir una opinión profesional sobre los estados contables considerados en su conjunto. Las referidas normas básicamente requieren aplicar procedimientos analíticos sobre la información incluida en los estados contables intermedios, efectuar comprobaciones globales y realizar indagaciones al personal de la Sociedad responsable de la preparación de los estados contables. Consecuentemente, no expresamos opinión sobre la situación financiera consolidada de la Sociedad al 30 de junio de 2013 ni sobre su resultado integral, la evolución de su patrimonio neto y su flujo de efectivo consolidados por el período de seis meses finalizado en esa fecha.

  1. Manifestación de los auditores

Con base en el trabajo realizado, según lo señalado en el capítulo 2 de este informe, estamos en condiciones de informar que no hemos tomado conocimiento de ninguna modificación significativa que deba hacerse a los estados contables consolidados condensados intermedios de YPF INVERSORA ENERGÉTICA S.A. identificados en el primer párrafo del capítulo 1 para que estén presentados de acuerdo con la Norma Internacional de Contabilidad 34.

  1. Párrafos adicionales aclaratorios
  2. Los cambios en las condiciones económicas del país y las modificaciones introducidas a la Licencia con la que opera Metrogas S.A. (“MetroGAS”), sociedad controlada por Gas Argentino S.A. (“Gas Argentino”) que, a su vez, es controlada por la Sociedad, mencionadas en la Nota 2 a los estados contables consolidados intermedios adjuntos, han impactado la ecuación económica y financiera de MetroGAS, afectada por la suspensión del régimen original de actualización de tarifas y el incremento de los costos de operación para mantener el nivel de servicio. El Directorio de MetroGAS se encuentra en un proceso de renegociación de ciertos términos de la Licencia, situación que no ha sido resuelta a la fecha de emisión del presente informe. MetroGAS registró a partir del ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2012 pérdidas operativas por montos significativos. Asimismo, al 30 de junio de 2013, MetroGAS registra pérdidas acumuladas por montos significativos y mantiene a esa fecha un capital de trabajo negativo. El Directorio de la Sociedad estima que, de mantenerse las condiciones existentes a la fecha de los presentes estados financieros, la situación económica y financiera continuará deteriorándose. Esta situación genera incertidumbre respecto del desarrollo futuro del negocio de la Sociedad y su capacidad para continuar operando como empresa en marcha. La Sociedad ha preparado los estados financieros intermedios adjuntos utilizando principios contables aplicables a una empresa en marcha. Por lo tanto, dichos estados financieros no incluyen los efectos de los eventuales ajustes y reclasificaciones, si los hubiere, que pudieran requerirse de no resolverse la situación descripta a favor de la continuidad de las operaciones de la Sociedad y la misma se viera obligada a realizar sus activos y cancelar sus obligaciones, incluyendo las contingentes, en condiciones diferentes al curso normal de sus negocios.
  3. Adicionalmente, tal como se menciona más detalladamente en la Nota 3.a) del Anexo I a los estados contables consolidados adjuntos, la Sociedad ha elaborado sus proyecciones a los efectos de determinar el valor recuperable del rubro Propiedades, planta y equipo, en base a cómo estima será el resultado final del proceso de renegociación mencionado en el párrafo anterior. El flujo de

fondos y los resultados reales futuros pueden diferir de las estimaciones y evaluaciones realizadas por la Dirección a la fecha de preparación de los presentes estados contables. En ese sentido, no estamos en condiciones de prever si las premisas utilizadas por la Dirección para elaborar las mencionadas proyecciones se concretarán en el futuro y, en consecuencia, si los valores recuperables del rubro Propiedades, planta y equipo superarán a sus respectivos valores contables netos.

c) Tal como se indica en la Nota 3.1 a los estados contables consolidados intermedios mencionados en el primer párrafo del capítulo 1, éstos han sido preparados conforme a las normas de la Resolución Técnica N° 26 de la FACPCE para la preparación de estados financieros consolidados, siendo éste el primer ejercicio económico en que la Sociedad aplica Normas Internacionales de Información Financiera.

d) Los estados contables mencionados en el capítulo 1 han sido preparados exclusivamente con el objeto de ser utilizados por la sociedad controlante YPF SOCIEDAD ANÓNIMA en la valuación de su inversión por el método del valor patrimonial proporcional y en la consolidación de sus estados contables, como se indica en la Nota 3 a los estados contables adjuntos, y pueden no ser apropiados para otros usos. En este sentido, considerando adicionalmente la transacción de adquisición del porcentaje de las acciones de Gas Argentino que se menciona en la Nota 1 a los estados contables adjuntos, la Sociedad ha decidido no presentar la información comparativa correspondiente dado que la información del ejercicio anterior carece de relevancia para interpretar los estados contables adjuntos.

  1. Información requerida por disposiciones vigentes
  2. Las cifras de los estados contables consolidados intermedios mencionados en el primer párrafo del capítulo 1 de este informe surgen de aplicar los procedimientos de consolidación establecidos por las Normas Internacionales de Información Financiera a partir de los estados contables individuales intermedios de las sociedades que integran el grupo económico. Los estados contables individuales intermedios de la sociedad controlante surgen de sus registros contables que, en sus aspectos formales, han sido llevados de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
  3. Según surge de los registros contables de YPF INVERSORA ENERGÉTICA S.A., no existe deuda al 30 de junio de 2013 a favor del Sistema Integrado Previsional Argentino en concepto de aportes y contribuciones previsionales.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 10 de agosto de 2013

Deloitte S.C.
C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2

Fernando G. del Pozo
Socio

Contador Público U.B.A.
C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 254 - Fº 138

Informe de la Comisión Fiscalizadora

A los Señores Accionistas de

YPF Inversora Energética S.A.:

De nuestra consideración:

  1. Hemos realizado el trabajo mencionado en el párrafo siguiente en relación con el balance general consolidado condensado intermedio de YPF Inversora Energética S.A. (la “Sociedad”) al 30 de junio de 2013 y los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo consolidados condensados intermedios por el período de seis meses finalizado en dicha fecha. Dichos documentos son responsabilidad del Directorio de la Sociedad en ejercicio de sus funciones exclusivas.
  2. Nuestro trabajo sobre los estados contables mencionados en el primer párrafo consistió en verificar la congruencia de la información significativa contenida en dichos estados con la información de las decisiones societarias expuestas en actas, y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Para la realización de dicho trabajo hemos tenido en cuenta el informe de los auditores externos Deloitte S.C. de fecha 10 de agosto de 2013, correspondiente a la revisión de estados contables intermedios emitido de acuerdo con las normas de revisión de estados contables de períodos intermedios establecidos en la sección IV de la de la Resolución Técnica N° 37 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (“FACPCE”) aplicables a la revisión limitada de estados contables correspondientes a períodos intermedios. No hemos efectuado ningún control de gestión y, por lo tanto, no hemos evaluado los criterios y decisiones empresarias de inversión, administración y financiación, dado que estas cuestiones son de responsabilidad exclusiva del Directorio de la Sociedad. Consideramos que nuestro trabajo y el informe del auditor externo nos brindan una base razonable para fundamentar nuestro informe.
  3. Los estados contables adjuntos han sido preparados exclusivamente con el objeto de ser utilizados por la sociedad controlante YPF SOCIEDAD ANÓNIMA en la valuación de su inversión por el método del valor patrimonial proporcional y en la consolidación de sus estados contables, y pueden no ser apropiados para otros usos, tal como se describe en la Nota 3 a los estados contables consolidados intermedios adjuntos.
  4. Como se menciona más detalladamente en la Nota 2 a los estados contables intermedios adjuntos, los cambios en las condiciones económicas del país y las modificaciones introducidas a la Licencia con la que opera Metrogas S.A. (“MetroGAS”), sociedad controlada por GASA que, a su vez, es controlada por la Sociedad, han impactado la ecuación económica y financiera de MetroGAS, afectada por la suspensión del régimen original de actualización de tarifas y el incremento de los costos de operación para mantener el nivel de servicio. El Directorio de MetroGAS se encuentra en un proceso de renegociación de ciertos términos de la Licencia, situación que no ha sido resuelta a la fecha de emisión del presente informe. MetroGAS registró a partir del ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2012 pérdidas operativas por montos significativos. Asimismo, al 30 de junio de 2013, MetroGAS registra pérdidas acumuladas por montos significativos y mantiene a esa fecha un capital de trabajo negativo. El Directorio de la Sociedad estima que, de mantenerse las condiciones existentes a la fecha de los presentes estados financieros, la situación económica y financiera continuará deteriorándose. Esta situación genera incertidumbre respecto del desarrollo futuro del negocio de la Sociedad y su capacidad para continuar operando como empresa en marcha. La Sociedad ha preparado los estados financieros intermedios adjuntos utilizando principios contables aplicables a una empresa en marcha. Por lo tanto, dichos estados financieros no incluyen los efectos de los eventuales ajustes y reclasificaciones, si los hubiere, que pudieran requerirse de no resolverse la situación descripta a favor de la continuidad de las operaciones de la Sociedad y la misma se viera obligada a realizar sus activos y cancelar sus obligaciones, incluyendo las contingentes, en condiciones diferentes al curso normal de sus negocios.
  5. Tal como se menciona más detalladamente en la Nota 3.a) del Anexo I a los estados contables consolidados adjuntos, la Sociedad ha elaborado sus proyecciones a los efectos de determinar el valor recuperable del rubro Propiedades, planta y equipo, en base a cómo estima será el resultado final del proceso de renegociación mencionado en el párrafo anterior. El flujo de fondos y los resultados reales futuros pueden diferir de las estimaciones y evaluaciones realizadas por la Dirección a la fecha de preparación de los presentes estados contables. En ese sentido, no estamos en condiciones de prever si las premisas utilizadas por la Dirección para elaborar las mencionadas proyecciones se concretarán en el futuro y, en consecuencia, si los valores recuperables del rubro Propiedades, planta y equipo superarán a sus respectivos valores contables netos.
  6. Las situaciones mencionadas en los párrafos precedentes generan incertidumbre sobre la continuidad de la Sociedad como empresa en marcha. Los estados contables adjuntos no incluyen los efectos de los ajustes y reclasificaciones, si los hubiera, que pudieran requerirse de la resolución de las mencionadas incertidumbres.
  7. Tal como se indica en la Nota 3.1 a los estados contables consolidados intermedios mencionados en el primer párrafo del capítulo 1, éstos han sido preparados conforme a las normas de la Resolución Técnica N° 26 de la FACPCE para la preparación de estados financieros consolidados, siendo éste el primer ejercicio económico en que la Sociedad aplica Normas Internacionales de Información Financiera. En función esto, los estados contables consolidados condensados intermedios por el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2013, fueron preparados de conformidad con la Norma Internacional de Contabilidad 34 “Información Financiera Intermedia” (NIC 34).
  8. Tal como se indica en la mencionada Nota 3 a los estados contables consolidados condensados intermedios adjuntos, dado el objeto de los estados contables mencionados en el capítulo 1 y la transacción de adquisición del porcentaje de las acciones de GASA que se menciona en la Nota 1 a los estados contables adjuntos, la Sociedad ha dedicido no presentar la información comparativa correspondiente dado que la información del ejercicio anterior carece de relevancia para interpretar los estados contables adjuntos.
  9. Basados en el trabajo realizado y en los informes de los auditores mencionados en el párrafo 2, no hemos tomado conocimiento de ninguna otra modificación significativa que deba hacerse a los estados contables consolidados intermedios mencionados en el primer párrafo para que los mismos estén presentados de conformidad con la Norma Internacional de Contabilidad 34.
  10. Informamos además, en cumplimiento de disposiciones legales vigentes que:
  11. los estados contables adjuntos concuerdan con los registros contables de la Sociedad, los que han sido llevados, en todos sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
  12. en el ejercicio del control de legalidad que nos compete, hemos aplicado durante el período los restantes procedimientos descriptos en el artículo N° 294 de la Ley N°19.550, que consideremos necesarios de acuerdo con las circunstancias, no teniendo observaciones que formular al respecto.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 10 de agosto de 2013

Dr. Luis R. Bullrich

Por Comisión Fiscalizadora