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YPF S.A. — Interim / Quarterly Report 2010
Aug 30, 2010
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A:
Bolsa de Comercio de Buenos Aries
S / D
Me dirijo a Uds. a efectos de acompañar las hojas correspondientes al Activo, Pasivo y Patrimonio Neto, Estados de resultados consolidados y Estados flujos de efectivo consolidados de la compañía YPF Holdings Inc. y sociedades controladas por el periodo finalizado el 30 de junio de 2010, presentado en dólares estadounidenses y en pesos argentinos. La información financiera mencionada más arriba, sólo para conveniencia del lector ha sido trasladada tomando la cotización del peso argentino al 30 de junio de 2010, la cual fue de 3,8910 pesos argentinos por cada dólar. Los importes así trasladados no deben considerarse como una representación de que la moneda local ha sido, podría haber sido o será convertida en pesos argentinos a esa u otra cotización.-------------------------------
Gabriel Leiva
Director
| YPF HOLDINGS. INC. Y SUBSIDIARIAS | ||
| (Sociedad 100% controlada de YPF S.A.) | ||
| ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS | ||
| AL 30 DE JUNIO DE 2010 – NO AUDITADOS | ||
| (cifras expresadas en miles de dólares) | ||
| 2010 | 2010 | |
| ACTIVO | (en miles $) | |
| ACTIVO CORRIENTE: | ||
| Efectivo y equivalentes en efectivo | 25.126 | 97.765 |
| Inversiones | 4.282 | 16.661 |
| Cuentas a cobrar | 3.883 | 15.109 |
| Otras cuentas a cobrar | 6.675 | 25.972 |
| Total activo corriente | 39.966 | 155.507 |
| ACTIVO NO CORRIENTE: | ||
| BIENES DE USO: | ||
| Reservas no probadas | 21.075 | 82.003 |
| Reservas probadas — en producción | 240.831 | 937.073 |
| Regalías no operativas — método esfuerzo exitoso | 7.450 | 28.988 |
| Otras propiedades. planta y equipos | 14.045 | 54.649 |
| Total bienes de uso | 283.401 | 1.102.713 |
| Menos depreciación. agotamiento y amortización acumulados | -180.416 | -701.999 |
| Bienes de uso — neto | 102.985 | 400.714 |
| INVERSIONES - FONDOS RESTRINGIDOS | 10.491 | 40.820 |
| OTROS ACTIVOS | 1.324 | 5.152 |
| Total activo no corriente | 114.800 | 446.686 |
| TOTAL ACTIVO | 154.766 | 602.193 |
| (Continua) | ||
| YPF HOLDINGS. INC. Y SUBSIDIARIAS | ||
| (Sociedad 100% controlada de YPF S.A.) | ||
| ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS | ||
| AL 30 DE JUNIO DE 2010 – NO AUDITADOS | ||
| (cifras expresadas en miles de dólares) | ||
| 2.010 | 2.010 | |
| PASIVO Y PATRIMONIO NETO | (en miles $) | |
| PASIVO CORRIENTE: | ||
| Cuentas a pagar | 1.603 | 6.237 |
| Provisiones salarios. pensiones y otras cargas sociales | 3.262 | 12.692 |
| Provisiones | 6.200 | 24.124 |
| Obligaciones por medio ambiente (Nota 6) | 35.570 | 138.403 |
| Total pasivo corriente | 46.635 | 181.456 |
| PASIVO NO CORRIENTE: | ||
| Provisiones pensiones y otras obligaciones post retiro | 28.526 | 110.995 |
| Previsiones medioambiente y otros pasivos no corrientes (Nota 6) | 112.380 | 437.269 |
| Previsión por abandono de campos | 8.815 | 34.299 |
| Total pasivo no corriente | 149.721 | 582.563 |
| PATRIMONIO NETO | ||
| Acciones ordinarias. U$S.01 valor par – 810.614 acciones emitidas | ||
| y en circulación al 30 de junio de 2010 | 810.513 | 3.153.706 |
| Pérdidas acumuladas | -802.199 | -3.121.356 |
| Pérdida neta | -49.904 | -194.176 |
| Total patrimonio neto | -41.590 | -161.826 |
| TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO NETO | 154.766 | 602.193 |
| Véase notas a los estados contables consolidados | (finalizado) | |
| YPF HOLDINGS Y SUBSIDIARIAS | ||
| (Sociedad 100% controlada de YPF S.A.).) | ||
| ESTADOS DE RESULTADO CONSOLIDADOS | ||
| AL 30 DE JUNIO DE 2010 – NO AUDITADOS | ||
| (Cifras expresadas en miles de dólares) | ||
| 2010 | 2010 | |
| (en miles $) | ||
| INGRESOS | 23.712 | 92.263 |
| Costo de venta - Gastos de producción | -44.145 | -171.768 |
| PERDIDA NETA | -20.433 | -79.505 |
| GASTOS OPERATIVOS : | ||
| Exploración y gastos por pozo seco | -6.009 | -23.381 |
| Gastos generales y administrativos | -4.871 | -18.953 |
| PERDIDA OPERATIVA | -31.313 | -121.839 |
| OTROS GASTOS, NETO (Nota 4) | -18.434 | -71.727 |
| GASTO FINANCIERO | ||
| Ganancias sobre activos | 81 | 315 |
| Pérdidas sobre pasivos | -238 | -926 |
| PERDIDA ANTES DE IMPUESTO A LAS GANANCIAS | -49.904 | -194.176 |
| IMPUESTO A LAS GANANCIAS | ||
| PERDIDA NETA | -49.904 | -194.176 |
| Véase notas a los estados contables consolidados |
| YPF HOLDINGS, INC. Y SUBSIDIARIAS | ||
| (Sociedad 100% controlada de YPF S.A.) | ||
| ESTADOS CONSOLIDADOS DE FLUJO DE EFECTIVO | ||
| POR EL PERIODO DE SEIS MESES FINALIZADO EL 30 DE JUNIO DE 2010 | ||
| (Cifras expresadas en miles de dólares) | ||
| 2.010 | 2.010 | |
| EFECTIVO APLICADO POR LAS OPERACIONES: | (en miles $) | |
| Pérdida neta | -49.904 | -194.176 |
| Ajustes para conciliar pérdida neta y efectivo neto utilizado en operaciones de producción : | ||
| Depreciación agotamiento y amortización | 35.823 | 139.387 |
| Pozos secos | 244 | 949 |
| Cambios en activo y pasivo | 0 | |
| Cuentas a cobrar | 702 | 2.731 |
| Otras cuentas a cobrar | 4.787 | 18.626 |
| Cuentas a pagar | -9.961 | -38.758 |
| Provisión sueldos, pensiones y obligaciones conexas | -2.094 | -8.148 |
| Provisión plan de beneficios para empleados | 2.474 | 9.626 |
| Previsiones por medio ambiente y otras no corrientes | 6.597 | 25.669 |
| Intereses y otros | -1.396 | -5.432 |
| Efectivo neto generado por las operaciones | -12.728 | -49.525 |
| EFECTIVO APLICADO A LAS ACTIVIDADES DE INVERSIÓN : | ||
| Adquisición de propiedades, planta y equipo | -1.769 | -6.883 |
| Disminución en inversiones- fondos restringidos | 22.032 | 85.727 |
| Efectivo neto generado por actividades de inversión | 20.263 | 78.843 |
| INCREMENTO NETO EN EFECTIVO Y EQUIVALENTE DE EFECTIVO | 7.535 | 29.319 |
| EFECTIVO Y EQUIVALENTE DE EFECTIVO — comienzo del ejercicio | 17.591 | 68.447 |
| EFECTIVO Y EQUIVALENTE DE EFECTIVO — cierre del ejercicio | 25.126 | 97.765 |
| Véase notas a los estados contables consolidados |
----------------------------TRADUCCION PUBLICA-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
YPF Holdings, Inc. y Subsidiarias-----------------------------------------------------------------------------------
(Sociedad 100 % controlada de YPF S.A.) --------------------------------------------------------------------------Estados Contables Consolidados por el ejercicio finalizado el 30 de junio de 2010 e Informe de Revisión limitada de Auditor Independiente. --------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
YPF HOLDINGS, INC. Y SUBSIDIARIAS ----------------------------------------------------------
(Sociedad 100% controlada de YPF S.A.)------------------------------------------------------------------------
Contenidos
Página
INFORME DE REVISIÓN LIMITADA DE AUDITOR INDEPENDIENTE---------------------------------
ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS POR EL PERÍODO DE SEIS MESES ----------------------
FINALIZADO EL 30 DE JUNIO DE 2010: ------------------------------------------------------------------------
Balance General 1–2
Estado de Resultados 3
Estado de evolución de Patrimonio Neto (Déficit) 4
Estado de flujos de efectivo 5
Notas a los Estados Contables Consolidados 6–19
Informe de los Auditores Independientes
(Revisión limitada)
A los Señores Directores de
YPF Holdings Inc.
Domicilio Legal:Lake Robbins Drive 1330 – Suite 300
The Woodlands, Texas, U.S.A.
- Identificación de los estados contables objeto de la revisión limitada
Hemos efectuado una revisión limitada de los estados contables consolidados de YPF HOLDINGS INC. y subsidiarias (la “Sociedad”) que incluyen el balance general consolidado al 30 de junio de 2010 y los correspondientes estados consolidados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo por el período de seis meses finalizado en esa fecha y la información complementaria contenida en sus notas 1 a 6.
El Directorio y la Gerencia de la Sociedad son responsables por la preparación y presentación razonable de los estados contables consolidados de acuerdo con las normas contables profesionales vigentes en la República Argentina aplicables a los estados contables consolidados. Esta responsabilidad incluye:
(i) diseñar, implementar y mantener un sistema de control interno adecuado para la preparación y presentación razonable de estados contables, de manera que éstos no incluyan distorsiones significativas originadas en errores u omisiones o en irregularidades; (ii) seleccionar y aplicar políticas contables apropiadas; y (iii) efectuar las estimaciones que resulten razonables en las circunstancias. Nuestra responsabilidad consiste en expresar una manifestación sobre dichos estados contables basada en nuestra revisión efectuada con el alcance mencionado en el capítulo 2 siguiente.
- Alcance del trabajo
Nuestra revisión se limitó a la aplicación de los procedimientos establecidos en las normas de auditoría vigentes en la República Argentina para la revisión limitada de estados contables correspondientes a períodos intermedios. Estas normas establecen un alcance que es sustancialmente menor a la aplicación de todos los procedimientos de auditoría necesarios para poder emitir una opinión profesional sobre los estados contables considerados en su conjunto. Las referidas normas básicamente requieren aplicar procedimientos analíticos sobre los importes incluidos en los estados contables, efectuar comprobaciones globales y realizar indagaciones al personal de la Sociedad responsable de la preparación de la información incluida en los estados contables. Consecuentemente, no expresamos opinión sobre la situación patrimonial de la Sociedad al 30 de junio de 2010 ni sobre los resultados de sus operaciones, la evolución de su patrimonio neto y el flujo de su efectivo por el período de seis meses finalizado en esa fecha.
- Información adicional
Según lo mencionado en la Nota 1 a los estados contables consolidados de la Sociedad, los estados contables consolidados al 30 de junio de 2010 han sido preparados a los fines de su consolidación en los estados contables consolidados de YPF y para su presentación ante la Comisión Nacional de Valores ("CNV") en Argentina. Teniendo en cuenta este fin, la Sociedad ha omitido la exposición de cierta información contable requerida para reporte en Argentina, principalmente relacionada con la evolución de los activos fijos y pasivos ambientales, composición del impuesto diferido, la anticuación de los créditos y deudas, la información comparativa, la presentación de los estados contables individuales y determinados requisitos legales formales.
- Manifestación de los auditores
Basados en nuestra revisión, según lo señalado en el capítulo 2 de este informe y excepto por de las omisiones detalladas en el capítulo anterior, no hemos tomado conocimiento de ninguna modificación significativa que deba hacerse a los estados contables consolidados mencionados en el capítulo 1 de este informe, para que los mismos estén presentados de conformidad con las normas contables profesionales vigentes en la República Argentina aplicables a estados contables consolidados.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 4 de agosto de 2010
Deloitte & Co. S.R.L.
C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 3
Guillermo D. Cohen
Socio
Contador Público U.B.A.
C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 233 - Fº 73
| YPF HOLDINGS, INC. Y SUBSIDIARIES | |||||||
| (Sociedad 100% controlada de YPF S.A.) | |||||||
| ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS | |||||||
| AL 30 DE JUNIO DE 2010 – NO AUDITADOS | |||||||
| (cifras expresadas en miles de dólares) | |||||||
| 2010 | |||||||
| ACTIVO | |||||||
| ACTIVO CORRIENTE: | |||||||
| Efectivo y equivalentes en efectivo | $ 25.126 | ||||||
| Inversiones | 4.282 | ||||||
| Cuentas a cobrar | 3.883 | ||||||
| Otras cuentas a cobrar | 6.675 | ||||||
| Total activo corriente | 39.966 | ||||||
| ACTIVO NO CORRIENTE: | |||||||
| BIENES DE USO: | |||||||
| Reservas no probadas | 21.075 | ||||||
| Reservas probadas — en producción | 240.831 | ||||||
| Regalías no operativas — método esfuerzo exitoso | 7.450 | ||||||
| Otras propiedades , planta y equipos | 14.045 | ||||||
| Total bienes de uso | 283.401 | ||||||
| Menos depreciación, agotamiento y amortización acumulados | (180.416) | ||||||
| Bienes de uso — neto | 102.985 | ||||||
| INVERSIONES - FONDOS RESTRINGIDOS | 10.491 | ||||||
| OTROS ACTIVOS | 1.324 | ||||||
| Total activo no corriente | 114.800 | ||||||
| TOTAL ACTIVO | $ 154.766 | ||||||
| (Continua) | |||||||
| YPF HOLDINGS, INC. Y SUBSIDIARIES | ||||||||
| (Sociedad 100% controlada de YPF S.A.) | ||||||||
| ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS | ||||||||
| AL 30 DE JUNIO DE 2010 – NO AUDITADOS | ||||||||
| (cifras expresadas en miles de dólares) | ||||||||
| 2010 | ||||||||
| PASIVO Y PATRIMONIO NETO | ||||||||
| PASIVO CORRIENTE: | ||||||||
| Cuentas a pagar | $ 1.603 | |||||||
| Provisiones salarios, pensiones y otras cargas sociales | 3.262 | |||||||
| Provisiones | 6.200 | |||||||
| Obligaciones por medio ambiente (Nota 6) | 35.570 | |||||||
| Total pasivo corriente | 46.635 | |||||||
| PASIVO NO CORRIENTE: | ||||||||
| Provisiones pensiones y otras obligaciones post retiro | 28.526 | |||||||
| Previsiones medioambiente y otros pasivos no corrientes (Nota 6) | 112.380 | |||||||
| Previsión por abandono de campos | 8.815 | |||||||
| Total pasivo no corriente | $ 149.721 | |||||||
| PATRIMONIO NETO | ||||||||
| Acciones ordinarias, U$S.01 valor par – 810.614 acciones emitidas y en circulación al 30 de junio de 2010 | 810.513 | |||||||
| Pérdidas acumuladas | (802.199) | |||||||
| Pérdida neta | (49.904) | |||||||
| Total patrimonio neto | (41.590) | |||||||
| TOTAL PASIVO Y PATRIMONIO NETO | $ 154.766 | |||||||
| Véase notas a los estados contables consolidados | (finalizado) | |||||||
| YPF HOLDINGS Y SUBSIDIARIAS | ||||||||
| (Sociedad 100% controlada de YPF S.A) | ||||||||
| ESTADOS DE RESULTADO CONSOLIDADOS | ||||||||
| AL 30 DE JUNIO DE 2010 – NO AUDITADOS (Cifras expresadas en miles de dólares) | ||||||||
| 2010 | ||||||||
| INGRESOS | $ 23.712 | |||||||
| Costo de venta - Gasto de producción | (44.145) | |||||||
| PERDIDA NETA | (20.433) | |||||||
| GASTOS OPERATIVOS : | ||||||||
| Exploración y gastos por pozo seco | (6.009) | |||||||
| General y administrativos expenses | (4.871) | |||||||
| PERDIDA OPERATIVA | (31.313) | |||||||
| OTROS GASTOS, NETO (Nota 4) | (18.434) | |||||||
| GASTO FINANCIERO | ||||||||
| Ganancias sobre activos | 81 | |||||||
| Pérdidas sobre pasivos | (238) | |||||||
| . | ||||||||
| PERDIDA ANTES DE IMPUESTO A LAS GANANCIAS | (49.904) | |||||||
| IMPUESTO A LAS GANANCIAS | - | |||||||
| . | ||||||||
| PERDIDA NETA | $ (49.904) | |||||||
| Véase notas a los estados contables consolidados | ||||||||
| YPF HOLDINGS, INC. AND SUBSIDIARIES | |||||||||||
| (Sociedad 100% controlada de YPF S.A.) | |||||||||||
| ESTADOS CONSOLIDADOS DE EVOLUCION DE PATRIMONIO NETO (DEFICIT) | |||||||||||
| POR EL PERIODO DE SEIS MESES FINALIZADO EL 30 DE JUNIO DE 2010 | |||||||||||
| (Cifras expresadas en miles de dólares) | |||||||||||
| Acciones | Perdidas | Perdida | |||||||||
| ordinaria | Acumuladas | Neta | Total | ||||||||
| SALDO — 31 de diciembre de 2009 | 810.513 | (802.199) | - | 8.314 | |||||||
| Pérdida Neta | - | - | (49.904) | (49.904) | |||||||
| SALDO — 30 de junio de 2010 | $ 810.513 | $ (802.199) | $ (49.904) | $ (41.590) | |||||||
| Véase notas a los estados contables consolidados | |||||||||||
| YPF HOLDINGS, INC. Y SUBSIDIARIAS | |||
| (Sociedad 100% controlada de YPF S.A.) | |||
| ESTADOS CONSOLIDADOS DE FLUJO DE EFECTIVO | |||
| POR EL PERIODO DE SEIS MESES FINALIZADO EL 30 DE JUNIO DE 2010- NO AUDITADOS | |||
| (Cifras expresadas en miles de dólares) | |||
| 2010 | |||
| EFECTIVO APLICADO POR LAS OPERACIONES: | |||
| Pérdida neta | $ (44.904) | ||
| Ajustes para conciliar pérdida neta y efectivo neto utilizado en operaciones de producción : | |||
| Depreciación agotamiento y amortización | 35.823 | ||
| Pozos secos | 244 | ||
| Cambios en activo y pasivo | |||
| Cuentas a cobrar | 702 | ||
| Otras cuentas a cobrar | 4.787 | ||
| Cuentas a pagar | (9.961) | ||
| Provisión sueldos, pensiones y obligaciones conexas | (2.094) | ||
| Provisión plan de beneficios para empleados | 2.474 | ||
| Previsiones por medio ambiente y otras no corrientes | 6.597 | ||
| Intereses y otros | (1.396) | ||
| Efectivo neto generado por las operaciones | (12.728) | ||
| EFECTIVO APLICADO A LAS ACTIVIDADES DE INVERSIÓN : | |||
| Adquisición de propiedades, planta y equipo | (1.769) | ||
| Disminución de inversiones- fondos refringidos | 22.032 | ||
| Efectivo neto generado por actividades de inversión | 20.263 | ||
| INCREMENTO NETO EN EFECTIVO Y EQUIVALENTE DE EFECTIVO | 7.535 | ||
| EFECTIVO Y EQUIVALENTE DE EFECTIVO — comienzo del ejercicio | 17.591 | ||
| EFECTIVO Y EQUIVALENTE DE EFECTIVO — cierre del ejercicio | $ 25.126 | ||
| Véase notas a los estados contables consolidados | |||
YPF HOLDINGS, INC. Y SUBSIDIARIAS- (sociedad 100% controlada de YPF S.A.).----------------
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS AL 30 DEJUNIO DE 2010 --------------
ESTADOS DE RESULTADO CONSOLIDADOS NO AUDITADOS ---------------------------------------------------
1. ORGANIZACIÓN ----------------------------------------------------------------------------------------------------
YPF Holdings, Inc. (“Holdings” o “la Compañía”) constituida en Delaware, EEUU, el 31 de julio de 1996 es tenedora de capital accionario en diversas empresas controladas La compañía desarrolla actividades de exploración de gas y petróleo en el Golfo de México. ---------------------------------------------------------------
YPF S.A. (”YPF o empresa Controlante”) posee 100% del paquete accionario de la compañía. YPF es subsidiaria de Repsol YPF. --------------------------------------------------------------------------------------------------
RESUMEN DE LAS PRINCIPALES POLÍTICAS CONTABLES --------------------------------------------
Los estados contables de la Compañía y sus subsidiarias fueron confeccionados de acuerdo con los principios contables generalmente aceptados de aplicación, con respecto a los estados contables consolidados en Argentina (“GAAP de Argentina”); las cifras se expresan en miles de dólares, salvo indicación en contrario. --------------------------------------------------------------------------------------------------
Los estados contables de la Compañía al 30 de junio de 2010 fueron confeccionados a los fines de consolidación dentro de los estados contables consolidados de YPF y con el propósito de efectuar su presentación ante la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) en Argentina. Teniendo en cuenta dicho propósito, se han omitido distintos desgloses relativos a la evolución de activos fijos y obligaciones por relativas al medioambiente, información comparativa, madurez de las cuentas a cobrar y cuentas a pagar así como distintas exigencias legales de carácter formal con respecto al modo de realizar los informes en Argentina. La dirección considera que carecen de importancia en cuanto al propósito establecido. ----------
Además, en virtud de GAAP de Argentina y la legislación actual, la presentación de estados contables en forma particular tiene carácter obligatorio. Los estados contables consolidados deben presentarse como información adicional a los estados contables individuales. Para el fin de esta presentación, se han omitido los estados contables individuales dado que la Dirección considera que carecen de importancia para tal propósito.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Los estados contables correspondientes al período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2010 no fueron auditados; no obstante, comprenden todos los ajustes necesarios a fin de efectuar la presentación de los Estados contables para dicho período, según la Dirección, de manera congruente con los estados contables anuales auditados. ---------------------------------------------------------------------------------------------Principios de Consolidación—Los Estados Contables consolidados de la Compañía comprenden los Estados Contables de la Compañía y sus empresas totalmente controladas, (denominadas colectivamente, de aquí en adelante “las subsidiarias”) Tierra Solutions Inc. (“Tierra”); Maxus Energy Corporation (“Maxus”); Maxus International Energy Company (MIEC); Maxus (U.S.) Exploration Company (“Maxus U.S.”); CLH Holdings, Inc. (CLH); y Gateway Coal Company (“Gateway”). Se han eliminado todas las operaciones entre estas empresas. ---------------------------------------------------------------Uso de Estimaciones—La confección de los Estados Contables de conformidad con los Principios contables generalmente aceptados de Argentina exige a la Dirección efectuar estimaciones y supuestos que afectan las cifras informadas correspondientes a activos y pasivos así como al informe de contingencias sobre activos y pasivos a la fecha de los Estados Contables y las sumas correspondientes a ingresos y gastos durante el periodo informado. Los Estados Contables consolidados de la Compañía incluyen cifras expresadas según la mejor estimación y el mejor juicio posibles de la Dirección. Los resultados reales podrían diferir de estas estimaciones.-----------------------------------------------------------------------------------------------------------------Caja y equivalentes de efectivo — Inversiones a corto plazo altamente líquidas con vencimiento original de tres meses o un plazo inferior a tres meses y depósitos en fondos de inversión del mercado financiero fácilmente convertibles en efectivo son consideradas equivalentes en efectivo.---------------------------------- Valor de mercado de los Instrumentos Financieros— Los instrumentos financieros están integrados por cuentas a cobrar, equivalentes de efectivo, inversiones y cuentas a pagar. El valor contable de tales instrumentos financieros es aproximado a su valor de mercado.------------- Actividades de producción de crudo y gas — La Compañía aplica el método “esfuerzo exitoso” a fin de contabilizar sus actividades de exploración y producción de crudo y gas. Por consiguiente, los gastos de exploración, con excepción de los gastos por pozos exploratorios, son contabilizados como gasto en el ejercicio en que tienen lugar. No se han capitalizado gastos de perforación de pozos exploratorios, incluidos los pozos de prueba estratigráfica, al 30 de junio de 2010; se encuentra pendiente determinar la existencia de reservas probadas que justifiquen su explotación comercial. La Compañía reconoció gastos por pozos secos de aproximadamente US$ 0,2 millones durante el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2010. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------Los gastos capitalizados correspondientes a áreas en producción se amortizan por el método ‘unidad-de-producción’. Se utilizan reservas probadas y desarrolladas para el cálculo de la amortización de gastos de perforación y desarrollo correspondiente a cada unidad; se utiliza el total de reservas probadas para el cálculo de la amortización de los derechos de uso, plataforma, y tubería. ---------------------------------------------------------La Compañía efectúa la revisión de las reservas probadas de crudo y gas a fin de detectar deterioro siempre que se presenten circunstancias que señalen la probabilidad de que el valor contable de tales reservas no sea recuperable.-------------------------------------------------------------------------------------------- La dirección verifica los gastos capitalizados relativos a la adquisición de áreas con reservas no probadas en forma periódica o en su defecto anualmente, a fin de asegurar que el valor contable sea recuperable. En caso necesario, se incluye una previsión por menor valor, imputada como cargo contra resultados a fin de reflejar el deterioro que afecta a la superficie no probada.------------------------------------------------------------------ El desarrollo del campo Neptuno perteneciente a la Compañía logró su primera producción el 6 de julio de 2008. La producción continúa con siete pozos submarinos conectados a una plataforma central de producción localizada en Green Canyon 613. El 24 de julio de 2008, la producción alcanzó una capacidad de 50.000 barriles de crudo diarios (“bcpd”). Al 30 de junio de 2010, la plataforma producía 12.000 bcpd. Al 30 de junio de 2010, la compañía capitalizó aproximadamente U$S 240.8 millones sobre el programa de valuación y proyecto de desarrollo. El operador de Neptuno y el ‘joint venture’ aprobaron la perforación de un pozo adicional (SB-02) durante el segundo trimestre de 2009, con el propósito de comenzar la producción de los reservorios M9 y M10. Durante el cuarto trimestre de 2009, se aumentó la profundidad del SB-02 en 530’ hasta alcanzar el reservorio M12, donde se descubrieron nuevas reservas. El Joint Venture acordó postergar la terminación de M9 y M10, y poner en producción el M12. Las erogaciones netas de la Compañía por el pozo SB-02 durante 2009 fueron aproximadamente U$S 18.1 millones en gastos de perforación y terminación. En la actualidad el Joint Venture se encuentra reevaluando los méritos técnicos y económicos implicados en SB-02 con el propósito de llegar a los objetivos M9 y M10. Además la Compañía anticipa gastos de aproximadamente U$S 9.8 millones correspondientes a licencias por estudios sísmicos 3D WAZ que abarcan 60 bloques de exploración en aguas continentales en 2010.--- El 16 de marzo de 2008, la Compañía fue notificada sobre una anomalía estructural identificada en uno de los pontones (soportes) de la Plataforma de Neptuno y se suspendieron las actividades de puesta en marcha. Se inspeccionó la totalidad de las instalaciones y se encontró que las anomalías se limitaban a los tres pontones. La inversión para reparar dichas anomalías estructurales fue prácticamente completada para el 30 de junio de 2008 a un costo neto de U$S 4.1 millones para Maxus. El ‘joint venture’ trató de recuperar legalmente los gastos recurriendo a diversas garantías de construcción y el 28 de febrero de 2010, se dictó el laudo arbitral en razón del cual las cifras netas fueron reducidas a U$S 1 millón para la Compañía. La compañía recuperó su participación en el laudo durante el segundo trimestre de 2010. ---------------------------------------------------------------------------------------------------------
Maxus firmó las autorizaciones sobre concesiones y derechos de exploración a principios de junio de 2009 con una participación del 3,5% en la perforación del Proyecto ‘Northwood’ en el bloque de Green Canyon 945. El costo neto para Maxus fue U$S 6,1 millones por la adquisición de los derechos de concesión y arrendamiento. Este pozo exploratorio se encuentra en 5.336 pies de agua, en las proximidades a otras propiedades pertenecientes a Maxus. La perforación del pozo comenzó el 6 de junio de 2009; el ‘Joint Venture’ decidió el abandono del pozo el 1° de noviembre de 2009; por consiguiente, la Compañía registró U$S 5.2 millones en gastos por pozos secos al 30 de junio de 2010. Los socios se encuentran aún evaluando los resultados geológicos del Proyecto Northwood y queda pendiente la decisión de futuro desarrollo. Las erogaciones netas del presente año por el proyecto ‘Northwood’ ascienden a U$S 0.2 millones.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------
Previsión por abandono de campos----------------------------------------------------------------------- La Compañía reconoce gastos por agotamiento sobre los costos adicionales capitalizados; el gasto devengado como valor actual del incremento de la obligación futura por abandono de campos se incrementa con el paso del tiempo y el impacto sobre activos fijos, si lo hubiere, en los cambios de las estimaciones del pasivo. La siguiente tabla establece una conciliación de la previsión por abandono de campos al comienzo y al cierre del ejercicio: ------------------------------
Otras Propiedades, Planta y Equipo -Los otros bienes de uso e instalaciones de la Compañía, que comprenden software, mobiliario, accesorios e instalaciones fueron amortizados utilizando el método lineal, con tasas de amortización basadas en la vida útil estimada de cada tipo de bien. El mantenimiento habitual y las reparaciones a todos los otros activos fijos fueron imputados como gasto a medida que se generaron.------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------ Inversiones - Fondos Restringidos — El saldo de fondos restringidos representa, en primera instancia, depósitos de garantía por cartas de crédito. Las cartas de crédito se utilizan como garantía ante diversos organismos gubernamentales y como aval de los bonos colocados en organismos gubernamentales o compañías de seguros.-----------------------------------------------------------------------------------------------------Impuesto a las ganancias —Se reconocen impuestos a las ganancias por (a) la suma de impuestos a pagar o a recuperar para el corriente ejercicio y (b) activos o pasivos fiscales diferidos para afrontar futuras consecuencias fiscales sobre hechos imponibles reconocidos en los Estados Contables Consolidados o declaraciones juradas de impuesto de la Compañía. Los activos y pasivos fiscales diferidos son calculados en base a la alícuota aprobada sobre la ganancia imponible en los ejercicios en los cuales se espera recuperar o cancelar esas diferencias temporarias. El efecto de una modificación de la alícuota sobre los activos y pasivos fiscales diferidos se reconoce en ingresos en el ejercicio que incluya la fecha de promulgación. ----------------------------------------------------------------------------------------------- Reconocimiento de utilidades —Se registran utilidades por el crudo y gas provenientes de la participación en pozos en producción al momento en que se transfiere la titularidad y la posesión física al comprador. ------- 2. NUEVAS DISPOSICIONES CONTABLES ------------------------------------------------------------------------El 20 de marzo de 2009, la Federación Argentina de Consejos profesionales de Ciencias Económicas ( FACPCE) aprobó la Resolución Técnica Nº 26 ‘ Incorporación de las Normas Internacionales de Reporte Financiero’ (IFRS) del Comité Internacional de Normas Contables (“IASB”). Dicha resolución fue aprobada por la Comisión Nacional de Valores (CNV) a través de la Resolución Nº 562/09 de fecha 29 de diciembre de 2009. La aplicación de tales reglamentaciones será obligatoria para las diversas entidades que coticen en bolsa bajo la Ley 17.811 para los ejercicios fiscales comenzados el 1° de enero de 2012 y de carácter opcional para aquellas empresas que no coticen en bolsa y otras fuera del alcance de esta Ley. La aplicación anticipada de las normas IFRS es opcional para los ejercicios fiscales comenzados el 1° de enero de 2011. Por consiguiente, la Compañía puede aplicar las normas IFRS de manera opcional a partir del 1° de enero de 2011. La dirección de la compañía se encuentra analizando el impacto que la posible adopción de las normas IFRS podría tener en sus Estados Contables.----------------------------------------------------------------------------- 3. OPERACIONES CON SOCIEDADES RELACIONADAS ------------------------------------------------
Las empresas relacionadas brindan servicios de exploración geológica y geofísica a la Compañía. Al 30 de junio de 2010, la Compañía no registra cuentas a pagar a favor de esas empresas relacionadas.--------------
4. OTROS INGRESOS, NETOS -------------------------------------------------------------------------------------
5. PLANES DE BENEFICIOS PARA EMPLEADOS -----------------------------------------------------------
La Compañía ofrece un Plan Suplementario de Retiro para Ejecutivos (‘SERP’)[sigla correspondiente a Suplemental Executive Retirement Plan en idioma Inglés] y un Plan de Beneficios por Exceso (Excess) que beneficia a un funcionario en actividad y 19 ex funcionarios. Al 30 de junio de 2010, las previsiones ascienden a U$S 0,5 millones en el pasivo corriente y U$S 3,8 millones en el pasivo no corriente con respecto a los planes Exceso/SERP.----------------------------------------------------------------------------------- La Compañía provee diversos beneficios de atención médica y seguro de vida para empleados retirados que cumplan ciertos requisitos y diversos seguros y otros beneficios post retiro para determinadas personas que reúnan las condiciones en caso de que la relación de dependencia finalice por decisión de la Compañía antes del término de servicio activo habitual ( denominados en conjunto “OPEB”). La Compañía previsiona el costo estimado por los pagos de estos beneficios durante el período de servicio activo de los empleados. Los empleados pueden recibir estos beneficios en el momento que cumplan con los requisitos de edad mínima y antigüedad. La Compañía registra estos OPEB mediante una previsión del costo estimado del beneficio post retiro cuando el período de servicio mínimo se cumple, existe la probabilidad de pago del beneficio y el monto del beneficio puede estimarse en forma razonable. La política de la Compañía es disponer de los fondos de los OPEB a medida que se presentan los reclamos.--- El plan de beneficio adicional para ejecutivos y los beneficios post retiro se pagan a medida que se presentan los reclamos.-------------------------------------------------------------------------------------------------- A continuación se detalla la información relativa a estos planes al 30 de junio de 2010 ------------------------
| Supuestos Actuariales | ||
| Tasa de descuento | 5,54% | |
| Retorno previsto sobre activos | N/A | |
| Aumentos de sueldos previstos | N/A |
La Compañía actualiza sus supuestos actuariales al finalizar cada año.--------------------------------------------Los programas SERP, Exceso y OPEB antes mencionados son valuados a valor actual neto y se informan como pasivo corriente y pasivo no corriente en la cuenta “Provisiones salarios, pensiones y otras cargas sociales”. Tanto las pérdidas y ganancias contables como el gasto de interés se registran en la cuenta “Otros gastos, neto” en estado de resultado. --------------------------------------------------------------------------
- COMPROMISOS Y OBLIGACIONES -------------------------------------------------------------------------
Se han provisionado sumas por diversas contingencias que involucran a la Compañía. Las sumas probables estimadas registradas tienen en cuenta la probabilidad de ocurrencia, en base a las expectativas de la Dirección y la opinión del asesor legal. Las obligaciones a largo plazo con pagos de cuotas fijas o determinables se registran a su valor actualizado. -------------------------------------------------------------------
A continuación se detallan los principales componentes de las provisiones al 30 de junio de 2010. --------
| 2010 | |||
| Corriente – Obligaciones Medioambientales | $35.570 | ||
| No corrientes: | |||
| Obligaciones Medioambientales | 99.573 | ||
| Beneficios y obligaciones ‘Black Lung | 3.000 | ||
| Obligaciones legales | 8.868 | ||
| Otras Obligaciones (1) | 939 | ||
| Total Provisiones — no corrientes | 112.380 | ||
| Total | $147.950 | ||
| 1. Otras Obligaciones no son significativas individualmente |
Compromisos ambientales: ----------------------------------------------------------------------------------------- Se han provisionado varias contingencias que involucran a la compañía, cuando dichas evaluaciones y/o acciones de saneamiento son probables, significativas y los costos correspondientes pueden ser estimados de forma razonable La estimación de la Compañía sobre los gastos de evaluación y/o acciones de saneamiento medioambiental a generarse se basa en (1) estudios de probabilidad detallados, orientados al saneamiento y el costo para cada emplazamientos en particular, o (2) la estimación de la Compañía sobre los gastos a generarse basándose en la experiencia previa y la información públicamente disponible según la etapa de evaluación y/o saneamiento de cada emplazamiento. Las obligaciones a largo plazo con pagos de cuotas fijas o determinables se registran a su valor actualizado. A medida que se dispone de mayor información sobre cada emplazamiento o a medida que se modifiquen las normas que rigen el saneamiento medioambiental, la Compañía efectúa la revisión de su estimación de gastos a generarse en la evaluación medioambiental y/o saneamiento. ----------------------------------------------------------------------------Las leyes y reglamentaciones relativas a la calidad de salud y medio ambiente en los Estados Unidos de América impactan sobre las operaciones de la Compañía como consecuencia de los trabajos de saneamiento asumidos por la compañía Tierra en virtud de sus compromisos con las autoridades medioambientales, mayormente relacionados con la compañía Diamond Shamrock Chemicals (‘Chemicals’), vendida a la compañía Occidental Petroleum Corporation; en la actualidad, Chemicals es una subsidiaria de Occidental Petroleum Corporation. Tales leyes y reglamentaciones establecen varias normas que rigen diversos aspectos de la calidad de salud y medio ambiente, establecen sanciones y otras obligaciones por violación de dichas normas y disponen, en ciertas circunstancias, obligaciones de saneamiento.--------------------------------------------------------------------------------------------------------------
La Compañía considera que sus políticas y procedimientos en las áreas de control de contaminación, seguridad de productos e higiene laboral son adecuados para prevenir riesgos innecesarios en materia ambiental u otros daños, y de la consiguiente deuda financiera, en relación con la actividad comercial. No obstante, existen ciertos riesgos de daño ambiental y otros inherentes a la actividad específica de la Compañía; según se señala más adelante, las empresas Maxus y Tierra podrían tener ciertas obligaciones relacionadas con operaciones de su antigua subsidiaria química. La Compañía no puede prever que legislación o reglamentación ambiental se promulgará en el futuro o de qué manera se administrarán o se harán cumplir las leyes y reglamentaciones existentes o futuras. Es probable que, en virtud de reglamentaciones más estrictas y políticas de cumplimiento más rigurosas implementadas por los entes regulatorios, la Compañía necesite incurrir en erogaciones significativas en razón de la instalación y operación de sistemas y equipos como medida de saneamiento, posibles exigencias de dragado y algunos otros aspectos. Inclusive, algunas leyes prevén la recuperación de los daños a los recursos naturales a cargo de las partes responsables y establecen medidas provisorias que mitiguen el peligro inminente y sustancial para el medio ambiente. No es posible estimar, de forma razonable, los gastos posibles por cualquiera de tales acciones -------------------------------------------------------------------------------------------
En relación a la venta de la antigua subsidiaria química de Maxus, Chemicals, a Occidental Petroleum Corporation ( junto con su subsidiaria Occidental Chemical Corporation, (” Occidental”), en 1986 Maxus acordó indemnizar a Chemicals y Occidental contra ciertas obligaciones relativas a la actividad comercial u operaciones de Chemicals anteriores a la fecha de cierre, 4 de setiembre de 1986 (“Fecha de Cierre”), comprendiendo ciertas obligaciones medioambientales relativas a algunas plantas químicas y emplazamientos de eliminación de residuos utilizados por Chemicals previo a la Fecha de Cierre. --------
Al 30 de junio de 2010, la provisión por contingencias relativas al medioambiente descriptas en el presente ascendió a U$S 135.1 millones aproximadamente. La dirección considera que ha realizado la provisión en forma adecuada para cubrir todas las contingencias relativas al medioambiente que resultan probables y cuya estimación puede realizarse de forma razonable a dicha fecha; no obstante, un cambio en las condiciones podría generar modificaciones, inclusive adiciones, a dicha provisión en el futuro. ----
| Provisión Medioambiente (cifras expresadas en millones de dólares) | |
| Proyecto | 30 junio, 2010 |
| Newark | $ 15.3 |
| Passaic River | 67.6 |
| Hudson County (Kearny) | 27.7 |
| Painesville RIFS | 13.9 |
| Greens Bayou | 4.7 |
| Tuscaloosa | 4.1 |
| Other Sites | 1.8 |
| $ 135.1 |
En los siguientes comentarios sobre los emplazamientos de plantas y emplazamientos de terceros, las referencias a la Compañía comprenden, según corresponda y al sólo efecto de facilitar la referencia, las referencias a Maxus y Tierra. Maxus y Tierra son ambas empresas totalmente controladas de la Compañía. ------------------------------------------------------------------------------------------------------------Newark, New Jersey. En 1990 la Corte de Distrito de New Jersey de los Estados Unidos dictó un decreto homologado previamente acordado entre la Agencia de Protección del Medioambiente de Estados Unidos (“EPA”), el Departamento de Protección Ambiental y Energía de New Jersey (“DEP”) y Occidental, como sucesor de Chemicals, respecto de la antigua planta de agroquímicos de Chemicals en Newark, New Jersey. Tierra completó y pagó el saneamiento aprobado conforme a la obligación, antes mencionada, a favor de Occidental. Este proyecto se encuentra en fase operativa y de mantenimiento. Se estima que el funcionamiento y mantenimiento de esta acción de saneamiento implicará un costo de aproximadamente U$S 1.0 millón por año, y al 30 de junio de 2010, la Compañía tiene provisionado U$S 15.3 millones aproximadamente en relación a dichas actividades.-----------------
Passaic River/Newark Bay, New Jersey Los estudios indican que los sedimentos de la cuenca de la Bahía de Newark, incluido el río Passaic adyacente a la planta de Newark, se encuentran contaminados con sustancias químicas peligrosas provenientes de varias fuentes. Los estudios indican que los sedimentos más antiguos y más contaminados ubicados junto a la antigua planta de Newark se encuentran sepultados generalmente bajo depósitos de sedimentos más recientes. Maxus, en representación de Occidental, gestionó un acuerdo con EPA conforme al cual Tierra realizó pruebas y estudios adicionales a fin de identificar el sedimento y la flora y fauna contaminados en una extensión de seis millas del río Passaic en cercanías del emplazamiento de la planta. También se analizó la estabilidad de los sedimentos en la totalidad de la extensión de seis millas del río Passaic bajo análisis como parte de los estudios de Tierra. Mientras algunos trabajos se encuentran aún pendientes, estos estudios fueron, en su mayor parte, concluidos en el año 2005. Además: --------------------------------------
- Maxus y Tierra dirigieron estudios similares bajo su propio patrocinio durante varios años.-------
- EPA y otros organismos se están ocupando del tramo inferior del Río Passaic en un esfuerzo conjunto de autoridades federales, del estado, locales y del sector privado denominado ‘Proyecto de saneamiento del tramo inferior del Río Passaic (“PRRP”). Tierra acordó junto con aproximadamente 69 entidades (al 30 de junio de 2010), participar en investigaciones de saneamiento y un estudio de factibilidad ( RIFS) en relación al PRRP. Las Partes están sosteniendo negociaciones con EPA acerca de la posibilidad de futuros trabajos. Las entidades que acordaron financiar el estudio de factibilidad (RIFS) gestionaron la asignación de responsabilidades de forma mutua en base a una serie de consideraciones.---------------------------
- En 2003, DEP emitió una directiva (la “Directiva Nº 1”) dirigida a Occidental y Maxus así como algunas de sus respectivas empresas relacionadas y otros terceros. La Directiva Nº 1 intenta tratar los daños a los recursos naturales presuntamente ocasionados por alrededor de 200 años de desarrollo industrial y comercial históricos a lo largo de 17 millas del tramo inferior del río Passaic y en una parte de su cuenca. La Directiva Nº 1 afirma que las compañías citadas son colectiva e individualmente responsables por los presuntos daños a los recursos naturales, independientemente de culpa. DEP afirmó su competencia en este asunto, no obstante, la totalidad o parte del tramo inferior del Río Passaic ha sido designada como un sitio parte del Fondo de Saneamiento (“Superfund”), aún siendo éste un tema inherente a PRRP. La Directiva Nº 1 exige las siguientes acciones: saneamiento compensatorio provisorio, identificación y cuantificación del daño y determinación del valor del mismo. Maxus y Tierra respondieron a la Directiva Nº 1 presentando defensas basadas en la buena fe. Se mantuvieron negociaciones de conciliación entre DEP y las mencionadas entidades. No obstante, no se ha logrado, ni se asegura, un acuerdo.-------------------------------------------------------------------------------------------
- En 2004, EPA y Occidental firmaron la Orden Administrativa de Consentimiento (OAC), conforme a la cual Tierra (en representación de Occidental) acordó realizar pruebas y estudios para identificar el sedimento y la flora y fauna contaminados en la Bahía de Newark. El trabajo de campo inicial en este estudio, el cual comprende pruebas en la Bahía Newark, se encuentra prácticamente concluido. Se sostienen negociaciones con EPA sobre la realización de trabajos adicionales que pudieran requerirse. ----------------------------------------------------------------------
- En Diciembre de 2005, DEP emitió una directiva dirigida a Tierra, Maxus y Occidental ordenando a dichas entidades el pago a favor del Estado de New Jersey en concepto de gastos de desarrollo del Plan de Dragado con Control de Fuentes realizado, focalizado en los sedimentos supuestamente contaminados con dioxina en una extensión de seis millas del tramo inferior del Río Passaic. DEP estima que el costo de desarrollo de este plan es aproximadamente U$S 2.3 millones. Esta directiva fue emitida a pesar de que esta sección del tramo inferior del Río Passaic fue asignada como un sitio parte del Fondo de Saneamiento (Superfund) e incumbe a PRRP. DEP dio aviso a los notificados que: (1) se encuentra en negociaciones con EPA sobre el contenido de la directiva, y (2) no se exige a los notificados responder a la directiva en tanto no se notifique lo contrario.----------------------------------------------------------------------------------
- También en diciembre de 2005, DEP demandó a la Compañía, Tierra, Maxus y diversas empresas relacionadas, además de Occidental, en relación a la presunta contaminación con dioxina supuestamente proveniente de la antigua planta de Newark perteneciente a Chemicals que afectó una extensión de 17 millas del tramo inferior del Río Passaic, Bahía Newark, otros canales cercanos y áreas aledañas. DEP reclama una compensación no especificada por daños en razón de investigación, limpieza y remoción de la presunta contaminación, pérdida de usufructo y otras cuestiones. DEP también reclama daños punitorios. Los demandados han presentado la contestación a las demandas. ----------------------------------------------------------------------------------
- En junio de 2007, EPA dio a conocer un borrador del Estudio de Factibilidad Focalizado (EFS). FFS esquematiza distintas propuestas para las primeras acciones de saneamiento en el Passaic River, partiendo desde la no acción (lo cual resultaría en gastos comparativamente bajos) hasta el dragado extensivo y nivelación en las ocho millas del tramo inferior del río (los cuales, según el borrador EFS, EPA estimó podría tener un costo desde U$S 900 millones hasta U$S 2.300 millones; EPA informa que los mismos implicarían el uso de tecnologías probadas que pudieran llevarse a cabo en corto plazo, sin una extensa investigación. Hasta el momento, no se ha optado por ninguna forma de saneamiento; tampoco se ha solicitado acción alguna a las entidades. Tierra conjuntamente con las otras entidades del grupo PRRP, presentaron sus comentarios sobre el borrador de FFS a EPA, tal como lo hicieron otras entidades interesadas. EPA sostuvo una reunión con el Grupo Consultor Técnico de Sedimento Contaminado (CSTAG) en abril de 2008 y como consecuencia de los comentarios de CSTAG, inició estudios y modelación adicionales. EPA se encuentra a la espera de dichos resultados para ser luego considerados por la CSTAG; EPA espera emitir un informe en el tercer trimestre de 2010 y tomar una decisión en el tercer trimestre de 2011. Tierra responderá a cualquier otra propuesta por parte de EPA según corresponda en ese momento. ----------------------------------------------------------------------------------------------------------
- En agosto de 2007, la Administración Nacional de Océanos y Atmósfera (National Oceanic and Atmospheric Administration – (NOAA), como uno de los Administradores Federales de Recursos Naturales, envió una carta a las entidades del grupo PRRP, que comprende a Tierra y Occidental, solicitando al grupo llegar a un acuerdo para conducir en forma conjunta una valuación de los daños a los recursos naturales en el río Passaic y la Bahía Newark. El grupo PRRP contestó a través de su asesor común solicitando la postergación de la discusión de tal acuerdo hasta 2008, debido en parte a la propuesta FFS de EPA pendiente. En noviembre de 2008, Tierra junto con un subgrupo dentro de PRRP acordó con los Administradores ocuparse de una evaluación a lo largo de un año. En noviembre de 2009, Tierra rechazó prorrogar este acuerdo alegando cuestiones suscitadas por el proceso judicial con DEP. En enero de 2008, NOAA envió una carta a la Compañía, su subsidiaria CLH Holdings Inc., y otras entidades señalando a cada una de ellas como posible parte responsable (Potential Responsible Party -PRP) en relación a esta cuestión.- --------------------------------------------------------------------------
- En Junio de 2008, EPA, Occidental, y Tierra firmaron una Orden administrativa de Consentimiento ( Administrative Order on Consent- AOC) en virtud de la cual Tierra (en nombre del Occidental) emprenderá la remoción de sedimentos del Río Passaic en proximidades de la antigua planta Diamond Álkali. Esta acción dará como resultado la remoción de aproximadamente 200,000 yardas cúbicas (153.00 metros cúbicos). de sedimento
qué se llevará a cabo en dos fases diferentes. La primera fase fijada para comenzar 2010 abarca la remoción de 40.000 yardas cúbicas (30.600 metros cúbicos) y se espera su finalización a principios de 2012. El costo de la primera fase se estima en aproximadamente U$S 45 millones. La segunda fase involucra la remoción de alrededor de 160.000 yardas cúbicas (122.400 metros cúbicos) de sedimento. Esta segunda fase comenzará una vez finalizada la primera fase. Continuando con la AOC, EPA solicitó la creación de un fondo de fideicomiso de U$S 80 millones para la ejecución del trabajo de remoción. La Compañía provisionó U$S 80 millones al respeto. Al 30 de junio de 2010 se han financiado U$S 22 millones (con la consiguiente reducción en la provisión por la misma suma). Además, se deberá aportar U$S 10 millones cada seis meses hasta completar los U$S 80 millones. No obstante, durante el primer trimestre de 2010, se emitió una carta de crédito como garantía a fin de evitar la restricción de fondos adicionales en virtud de AOC. Durante la remoción de desechos, otros contaminantes no producidos por la antigua planta alcalina de Diamond, como PCBs y mercurio serán necesariamente removidos con Dioxina. Aunque Holdings y sus subsidiarias han reconocido los costos estimados en relación a todos los trabajos antes mencionados, podrían buscar recuperar el costo de parte de los responsables de dicha contaminación siempre que los contaminantes no provengan de la planta Álcalina de Diamond. Sin embargo, al 30 de junio de 2010, no es posible prever las probabilidades de éxito o las sumas potencialmente recuperables en una acción costo-recupero----------------------------------------------------------------------------------
Al 30 de junio de 2010, se provisionó aproximadamente U$S 67.6 millones que comprenden los costos estimados por estudios, la mejor estimación sobre los flujos de efectivo a incurrirse en cuanto a las actividades de saneamiento teniendo en cuenta los estudios realizados por Tierra, los costos estimados relativos al acuerdo y además, algunas otras cuestiones referidas al Río Passaic y la Bahía Newark. No obstante, pueden ordenarse otros trabajos, inclusive medidas de saneamiento temporarias. Además, en caso de disponerse de nueva información sobre el daño ejercido sobre los recursos naturales o acciones de saneamiento distintas de los escenarios evaluados por la Compañía podrían generarse gastos adicionales a las sumas actualmente provisionadas. --------------------------------------------------------------
Condado de Hudson, New Jersey. Hasta 1972, Chemicals operó una planta de procesamiento de oro- cromita en Kearny, New Jersey (la “Planta de Kearny”). De acuerdo con DEP, los residuos provenientes de las operaciones de procesamiento de este mineral fueron utilizados como material de relleno en diversos emplazamientos en el Condado de Hudson y zonas aledañas. Occidental (como sucesora de Chemicals) y DEP firmaron una Orden Administrativa de Consentimiento en 1990 para realizar trabajos de investigación y saneamiento en emplazamientos de residuos de oro-cromita en Kearny y Secaucus, New Jersey. Tierra, en representación de Occidental, actualmente está realizando los trabajos y le financiamiento correspondiente a Occidental sobre el gasto por investigación y saneamiento de estos emplazamientos. Tierra, en representación de Occidental, otorga una garantía financiera por un monto de U$S 20 millones para la ejecución del trabajo. Mientras que Tierra participó en el costo de los estudios y se encuentra realizando acciones de saneamiento provisorias e investigaciones de saneamiento, no es posible determinar el costo final de estos trabajos. Tierra presentó los informes de investigación sobre saneamiento a DEP en 2001 y DEP continúa su revisión. Además, ---------------------
- En mayo de 2005, DEP emprendió dos acciones en relación a los emplazamientos de cromo en los condados de Hudson y Essex. En primer lugar, emitió una directiva dirigida a Maxus, Occidental y a otros dos productores de cromo (las “Demandadas”) ordenándoles el pago a DEP de un total de U$S 19.5 millones a fin de realizar un estudio y gestionar la limpieza de residuos del mineral de cromo en tres sitios ubicados en la Ciudad de Jersey. Mientras que la Compañía considera que Maxus fue incluida como responsable incorrectamente y que existe escasa o ninguna evidencia que indique que los residuos de mineral de cromo generados por Chemicals hayan sido enviados a alguno de esos sitios, DEP considera a las demandadas, solidaria e individualmente responsables, independientemente de la existencia de culpa. En segundo lugar, el Estado de New Jersey entabló una demanda judicial contra Occidental y otras dos entidades ante el Tribunal Local del Condado de Hudson exigiendo, entre otras cosas, el saneamiento de varios sitios donde se presume fueron depositados residuos de oro-cromita; el recupero de los gastos incurridos por el Estado de New Jersey en esos lugares (que comprende un excedente de U$S 2.3 millones que el Estado aduce haber tenido en razón de estudios e investigaciones) y triple indemnización por daños y perjuicios con respecto a algunos gastos incurridos en 18 sitios. DEP sostiene que las demandadas son solidaria e individualmente responsables, independientemente de la existencia de culpa o dolo, por gran parte de los daños y perjuicios alegados. En febrero de 2008 las partes alcanzaron un acuerdo en virtud del cual Tierra pagará U$S 5 millones y efectuará trabajos de saneamiento en tres sitios., a un costo total de U$S 2 millones.--------------------------------------------------------------------------------------------------------
- En cumplimiento de la solicitud de DEP, en la segunda mitad de 2006, Tierra y otras partes analizaron los sedimentos en una parte del río Hackensack cercano a la antigua planta Kearny. Tierra presentó los planes de trabajo para realizar un muestreo adicional tal como lo solicitara DEP y en el presente espera comentarios de DEP. ------------------------------------------------------
- En noviembre de 2005, diversos grupos ambientalistas enviaron una Carta de intención de demanda contra el titular de la propiedad adyacente (la “Propiedad Adyacente”) a la antigua Planta de Kearny, junto con otras cinco partes, incluida Tierra, invocando la Ley de Conservación y Recupero de Recursos. El propósito de la demanda expresado, en caso de ser presentada, sería requerir a las partes notificadas llevar a cabo medidas para mitigar los supuestos efectos perjudiciales para la salud y el medioambiente provenientes de la Propiedad Adyacente. Las partes firmaron un acuerdo que trata las inquietudes de los grupos ambientalistas y estos grupos acordaron, por el momento al menos, no presentar la demanda.----
- En marzo de 2008, DEP aprobó un Plan de Trabajo Provisorio para Acciones de Respuesta a realizarse en el emplazamiento de Kearny por parte de Tierra; esta última junto con otras entidades también trabajarán en la Propiedad Adyacente; EPA incluyó dicha propiedad Adyacente en la lista de prioridades Nacionales en 2007 Por el momento se desconoce si se exigirán futuros trabajos más allá de los acordados con DEP. -----------------------------------------
Al 30 de junio de 2010, se provisionó aproximadamente U$S 27.7 millones en relación a los temas de oro-cromita previamente mencionados. Los estudios de suelo para detectar la presencia de cromo en New Jersey no finalizaron aún. DEP continúa revisando los niveles de contaminación estimados. El costo de tratar estos temas relacionados al cromo podría ascender dependiendo del nivel de contaminación del suelo hayado, la respuesta de DEP a los informes de Tierra y otros acontecimientos.-
Painesville, Ohio— Desde aproximadamente 1912 hasta 1976, Chemicals operó fábricas en Painesville, Ohio (la “Planta de Painesville”). Las actividades durante estos años implicaron a varios emplazamientos separados pero contiguos en una superficie de aproximadamente 1.300 acres (525 hectáreas). El área de interés fue históricamente la antigua planta de procesamiento de oro-cromita de Chemicals (la “Planta de Cromo”). Desde varios años atrás, el emplazamiento de la Planta de Cromo se encuentra bajo el control administrativo de EPA conforme a una Orden Administrativa de Consentimiento, en virtud de la cual se exige a Chemicals mantener una capa de arcilla sobre la Planta de Cromo y realizar diversos monitoreos de agua subterránea y superficial. Varias otras áreas fueron cubiertas con arcilla anteriormente y un sitio específico, utilizado como lugar de descarga de residuos desde mediados de la década del 60 hasta la década del 70 fue cercado y está siendo controlado y monitoreado.-------------------------------------------------------------------------------------------------------------
En 1995, la Agencia de Protección Ambiental de Ohio– Ohio Environmental Protection Agency (“OEPA”) emitió la Orden y Decisiones finales del Director (la “Orden del Diretor”), la cual de conformidad dispone la realización de investigaciones y estudios de factibilidad (RIFS) en relación al área de la antigua Planta de Painesville. Tierra acordó participar en RIFS según lo dispone la decisión final. Tierra presentó a OEPA el informe de la investigación sobre saneamiento medioambiental, finalizado en 2003. Tierra presenta estudios de factibilidad requeridos separadamente. Además, OEPA aprobó diversos trabajos, que comprenden el saneamiento de determinados sitios en el área de la antigua Planta de Painesville y trabajos relacionados a los planes de desarrollo que se discuten a continuación (“Trabajo de Saneamiento”). Se comenzaron los trabajos. A medida que OEPA apruebe otros proyectos para el emplazamiento de la antigua Planta de Painesville, es posible que se necesite provisionar sumas adicionales. Más de diez años atrás, el emplazamiento de la antigua Planta de Painesville fue propuesto para ser incluido en la lista de prioridades nacionales conforme a la Ley Integral de Responsabilidad, Compensación y Respuesta Ambiental de 1980, como fuera modificada (“CERCLA”); no obstante, EPA afirmó la no inclusión del emplazamiento en la medida que se cumpla satisfactoriamente con la Directiva y los programas de OEPA. Este emplazamiento no fue incluido en el listado. Al 30 de junio de 2010, la Compañía provisionó una suma total aproximada de U$S 13.9 millones correspondiente a su participación estimada en los gastos de realización de RIFS, los Trabajos de Saneamiento y otros trabajos y actividades de mantenimiento en este emplazamiento. En este momento, no es posible determinar el alcance y la naturaleza de futuras investigaciones o saneamiento que pudieran exigirse; no obstante, a medida que progrese el trabajo de RIFS, la Compañía evaluará en forma continua el estado del emplazamiento de la Planta de Painesville y efectuará todas las modificaciones, incluyendo aumentos de la provisión que puedan ser necesarios. -------------------------------------------------------------
Tierra firmó un acuerdo con una empresa inmobiliaria para el posible desarrollo y uso de la totalidad o parte de este emplazamiento. En tanto la inmobiliaria se encuentre realizando planes de desarrollo, no es posible asegurar que el emplazamiento será desarrollado de manera exitosa o que pueda tener un uso productivo en forma total o parcial.----------------------------------------------------------------------------------
Greens Bayou — En cumplimiento de los acuerdos conciliatorios con la Autoridad Portuaria de Houston (“el Puerto”) y otras partes, Tierra y Maxus participan (en representación de Chemicals) en el saneamiento de la propiedad lindante con la antigua planta Greens Bayou donde se fabricaba DDT y otros químicos. Además, las partes comenzaron negociaciones con los Administradores de Recursos Naturales Nacionales y del Estado acerca del daño y perjuicio a los recursos naturales, consecuencia de la contaminación y el saneamiento; firmaron una carta de acuerdo que establece un plan para adquirir créditos en proyectos de restauración específicos. Se encuentra pendiente su reducción a un acuerdo vinculante. Al 30 de junio de 2010, la Compañía tiene provisionado aproximadamente U$S 4.7 millones por su participación estimada en futuras actividades de saneamiento relativas a las instalaciones de Greens Bayou. -----------------------------------------------------------------------------------------------------Otros emplazamientos — En junio de 2005, EPA designó a Maxus como parte de PRP en el emplazamiento Milwaukee Solvay Coke & Gas en Milwaukee, Wisconsin. El fundamento para esta designación es la condición de Maxus como sucesor en Pickands Mather & la Co. y Milwaukee Solvay Coke Co., compañías que, según EPA, son los antiguos dueños u operadores de tal emplazamiento. Los trabajos preliminares en relación a RIFS con respecto a este sitio comenzaron en la segunda mitad de 2006. Maxus provisionó aproximadamente U$S 1.4 millones al 30 de junio de 2010, por su participación estimada en gastos de RIFS. Maxus carece de información suficiente para determinar la exposición o gastos adicionales, en caso de existir, con respecto a este emplazamiento. --------------------La compañía finalizó las acciones de saneamiento en su antigua planta de Tuscaloosa, Alabama. La compañía efectuó una provisión de U$S 4.1 millones para afrontar actividades de operación y mantenimiento en el futuro, estimadas en U$S 200 mil. -----------------------------.--------------------------- Maxus acordó defender a Occidental, como sucesora de Chemicals, respecto del emplazamiento de Malone Services Company en el condado de Galveston, Texas, parte del ‘Superfund’. Este es un antiguo emplazamiento de descarga de residuos donde Chemicals supuestamente depositaba residuos con anterioridad a septiembre de 1986. EPA desarrolla acciones de control de cumplimiento al respecto. A pesar de que Occidental es una de las compañías identificadas como PPR que adhirieron a la Orden Administrativa de Consentimiento, Tierra (que se encuentra gestionando este tema en representación de Maxus) actualmente considera que el grado de la presunta participación atribuida a Occidental como sucesora de Chemicals es relativamente bajo. Chemicals fue también nombrada como PPR por EPA conforme a CERCLA en relación a un número de emplazamientos de terceros, donde supuestamente se descargaban o se ubicaban sustancias peligrosas provenientes de las actividades de la planta perteneciente a Chemicals. Se asignaron numerosos PPRs en casi todos estos emplazamientos. En varios de ellos, se desconoce la posible exposición para Chemicals. Aunque los PPRs son generalmente, mancomunada e individualmente responsables por el costo de investigación, limpieza y otros costos de respuesta, cada uno de ellos tiene el derecho a recibir aportes de los otros PPRs y, por razones prácticas, la participación en los costos por parte de los PPRs generalmente se efectúa por medio de acuerdos entre los mismos. En el presente, no es posible determinar el costo final de respuesta o la participación de Chemicals en tales costos en un número de emplazamientos. Al 30 de junio de 2010, la Compañía provisionó aproximadamente U$S 0.5 millones en relación a su participación estimada en los costos en estos emplazamientos. ---------------------------------------------------------------------------Obligaciones por la Ley de beneficios por Neumoconiosis (Black Lung) – La Ley de beneficios por Neumoconiosis (black lung) prevé beneficios monetarios y médicos para los mineros incapacitados por esta enfermedad pulmonar y también otorga beneficios a las personas a su cargo en caso que esta enfermedad cause o contribuya a su muerte. Como resultado de las antiguas actividades de sus subsidiarias dedicadas al trabajo en minas de carbón, la Compañía debe proporcionar una cobertura por este beneficio a los antiguos empleados y personas a su cargo. La Compañía cuenta con una previsión a efectos de cubrir su estimación de estas obligaciones.-------------------------------------------------------------
Acciones Legales. En 2001, el Contralor del Estado de Texas determinó impuestos sobre ventas de aproximadamente U$S 1.4 millones en el Estado de Texas, correspondientes a una subsidiaria de Maxus, por el periodo desde el 1º de septiembre de 1995 hasta el 31 de diciembre de 1998, más multa e intereses. En agosto de 2004, el juez en lo administrativo dictó un fallo que estableció la liquidación de impuestos en aproximadamente U$S 1 millón, más multa e intereses. La Compañía considera que este fallo es incorrecto; no obstante, efectuó el pago de la liquidación modificada, multa e intereses (un total de aproximadamente U$S 1.8 millones bajo protesto. Maxus recursó este fallo ante la Corte Estatal de Texas en diciembre de 2004 apelando el fallo administrativo. Esta acción será revisada mediante nuevo juicio (de novo) dentro de misma causa.-----------------------------------------------------------------------------
En 2002, Occidental demandó a Maxus y a Tierra ante la Corte de Distrito de Dallas, Estado de Texas a efectos de obtener una sentencia del tribunal que obligue a Maxus y a Tierra, conforme al acuerdo de venta mediante el cual Maxus vendió Chemicals a Occidental, a mantener indemne y amparar a Occidental contra diversas obligaciones históricas de Chemicals, incluidas demandas relativas al “Agente Naranja” y el monómero vinil- clorhídrico, a pesar de que dicho acuerdo contiene una cláusula de prescripción que limita la obligación de ‘mantener indemne y amparar’ a 12 años con respecto a la mayoría de los litigios. Tierra fue sobreseída como parte, y la causa fue juzgada en mayo de 2006. Como resultado del juicio, se dictó sentencia contra Maxus. Maxus apeló ante el Tribunal de Apelaciones de Dallas y dicho tribunal ratificó la sentencia de primera instancia en febrero de 2008. Maxus presentó un recurso ante la Corte Suprema de Texas para la revisión del caso; no obstante, en julio de 2008 fue notificada sobre su rechazo. No se esperan futuras apelaciones y el pago se encuentra pendiente hasta la determinación definitiva de los costos. La sentencia dictada otorgó a Occidental la tutela de su derecho, aproximadamente U$S 2.5 millones más gastos y costas legales. En diciembre de 2006, el tribunal fijó el monto de la fianza para auto de suspensión que Maxus debía otorgar; Maxus pagó aproximadamente U$S 14.9 millones, incluidos los intereses posteriores al juicio a una tasa del 8% anual. En marzo de 2009 Maxus pagó una suma superior a U$S 14.9 millones a Occidental. Maxus pagó a Occidental en concepto de gastos de consultoría y asesoría legal externa más intereses sobre esos gastos en setiembre de 2009 y se mantiene en negociaciones con Occidental sobre otras sumas pendientes de pago. Al 30 de juniode 2010, Maxus tiene provisionado aproximadamente U$S 0.3 millones en relación a esta cuestión. En los acontecimientos relacionados con el litigio sobre “Agente Naranja”, el cual podrá verse afectado por el presente litigio, el tribunal federal de primera instancia dio lugar a la petición de juzgar una serie de causas de puro derecho a favor de los demandados. La sentencia fue apelada por los demandantes ante la Cámara de Apelaciones de segunda instancia y fue ratificada sin apertura de causa a prueba. En marzo de 2009 la Suprema Corte de EEUU rechazó nuevas apelaciones. Se desestimaron todas las demandas en relación al Agente Naranja en diciembre de 2009; aunque es posible que se presenten nuevos reclamos por partes desconocidas en el futuro, no se anticipa ninguna obligación significativa. ------------------------------------ En marzo de 2005, Maxus acordó defender a Occidental, como sucesora de Chemicals, respecto del reclamo de participación en los gastos incurridos en relación con los trabajos de saneamiento ambiental de Turtle Bayou, lugar de descarga de residuos en el condado de Liberty, Texas. Los demandantes alegan que ciertos residuos atribuibles a Chemicals fueron descargados en Turtle Bayou. El juicio por este tema se bifurcó, y en la fase de atribución de responsabilidad, Occidental y otras partes fueron encontradas individualmente y no solidariamente responsables, por los residuos descargados en este lugar. La fase de asignación se completó en el segundo trimestre de 2007 y luego de las peticiones posteriores a la sentencia, el tribunal determinó la obligación de Occidental de 15,96 % de los gastos incurridos por uno de los demandantes. Maxus presentó una apelación al respecto y presentó una fianza para auto de suspensión por la suma de aproximadamente U$S 3.1 millones. Al 30 de junio de 2010, Maxus tiene provisionado U$S 3.8 millones con respecto a este tema. -----------------------------------------------------------En 2005, Skidmore Energy Company y otros (“Skidmore”) demandaron a Maxus US, una subsidiaria de la Compañía, ante el tribunal del estado de Texas. Skidmore reclama un derecho de cesión sobre aproximadamente cinco concesiones de crudo y gas en el Golfo de México de Estados Unidos. Maxus US rechazó los reclamos de Skidmore. Maxus US y Skidmore acordaron someter este asunto a un arbitraje vinculante; la audiencia de arbitraje tuvo lugar desde el 29 de octubre al 1º de noviembre de 2007, con la presentación de escritos al tribunal arbitral el 6 de noviembre de 2007. El laudo arbitral, el cual determinó que Skidmore no tenía derecho alguno, tuvo lugar el 29 de noviembre de 2007. La sentencia definitiva basada en el fallo arbitral fue dictada el 24 de marzo de 2009 por el tribunal. Skidmore apeló este dictamen; Maxus presentó la correspondiente contestación a la demanda. ---------------------------------------
En mayo de 2008, Ruby Mhire y otras partes (“Mhire”) presentaron una demanda contra Maxus y otros, alegando la responsabilidad de las diversas partes, incluso un predecesor de Maxus, respecto de la contaminación de cierta propiedad en Cameron Parish, Louisiana, durante las actividades de petróleo y gas en el campo; el predecesor de Maxus operó el campo desde 1969 hasta 1989. Los demandantes han exigido saneamiento y otras indemnizaciones, sin cuantificar el reclamo aún. La Dirección considera que el grado de saneamiento debido es relativamente bajo; no obstante no puede asegurar que la Corte de Louisiana no determine una elevada indemnización por daños. Maxus ha efectuado la contestación a la demanda correspondiente. ------------------------------------------------------------------------------------------------En febrero de 2009 Enbridge Offshore Facilities LLC, propietario y operador los ductos que abastecen la plataforma del Proyecto Neptuno perteneciente a la Compañía, presentó una demanda de arbitraje contra los participantes del Proyecto Neptuno alegando daños por demoras durante las operaciones. Los participantes rechazan la existencia de daño bajo los contratos correspondientes. Hubo una audiencia ante el juez de arbitraje en mayo de 2010; las partes se encuentran a la espera de la decisión del juez, estimada para el mes de agosto de 2010. La Compañía ha provisionado U$S 2.13 millones con respecto a su participación de pérdidas potenciales en esta materia. --------------------------------------------------------------En julio de 2010, Sfile Technology Corporation (“Sfile”) entabló una demanda contra Maxus, Tierra y Maxus EE.UU; alega violación de contrato con respecto a la relación proveedor- cliente entre Sfile, Tierra y Maxus relativa a servicios de administración de datos correspondientes a la demanda por el río Passaic. Sfile pretende una indemnización por daños en la suma de aproximadamente U$S 560.000 más gastos y costas legales. Los demandados consideran que la demanda carece de fundamentos y han realizado las correspondientes respuestas a la demanda. --------------------------------------------------------------Para mayor referencia respecto de otras demandas, véase “Río Passaic/ Newark Bay, New Jersey” y “Hudson County, New Jersey”.------------------------------------------------------------------------------------------La Compañía, incluidas sus subsidiarias, es parte en otros procesos judiciales, cuyas resoluciones se estiman no tendrán ningún efecto adverso relevante en la posición financiera de la Compañía. La Compañía estableció reservas por contingencias legales para situaciones en las que se anticipa una probabilidad de pérdida que pueda ser estimada en forma razonable. ------------------------------------------La Compañía firmó varios acuerdos de explotación y compromisos de capital relativos a la exploración y desarrollo de sus reservas de crudo y gas de importancia excepto aquellos correspondientes al Proyecto Neptuno. El compromiso total en relación al desarrollo del Proyecto Neptuno, ubicado en las proximidades de Atwater Valley, es de U$S 4.9 millones por el tiempo restante de 2010 y U$S 2 millones por la obligación del pago mínimo por el transporte de tubería por el tiempo restante del año2010; U$S 3.1 millones para 2011; U$S 2.4 millones para 2012; U$S 1.8 millones para 2013; U$S 1.5 millones para 2014 y U$S 3.3 millones en lo sucesivo. -------------------------------------------------------------------------------
El 22 de abril de 2010, la plataforma submarina Horizon, al realizar perforaciones para el proyecto Macondo perteneciente a BP, sufrió una ruptura y explosión, hundiéndose luego. Este accidente y el derrame de petróleo resultante en el Golfo de México han cambiado las condiciones de regulación para la perforación en aguas profundas en el Golfo. El 28 de mayo de 2010, como respuesta a una directiva del Ministerio de interior, el Comité de Administración de Energía Oceánica (BOEM) [siglas correspondientes a “ Bureau of Ocean Energy Management” en idioma Inglés] , emitió una moratoria con respecto a la perforación en aguas de profundidad superior a 1000 pies. Esta acción fue suspendida por el Juez Martin Feldman en la sentencia Hornbeck del 22 de junio de 2010; sin embargo, el Ministerio de ----
Interior emitió una nueva directiva el 12 de julio de 2010, suspendiendo básicamente todas las perforaciones desde plataformas flotantes o el uso de pontones submarinos para la prevención de ruptura, salvo para ciertas operaciones de manera acotada tales como obstrucción y abandono, y reacondicionamiento de pozos hasta el 30 de noviembre de 2010. La moratoria no aplica en cuanto a actividades de producción. Certifico que lo que antecede es una traducción fiel y exacta al idioma español de las partes pertinentes en idioma inglés de la impresión original adjunta que tuve ante mí en Buenos Aires, a los veintitrés días del mes de agosto del año 2010 (dos mil diez), y al cual me remito.