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YPF S.A. Interim / Quarterly Report 2005

Aug 11, 2005

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INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA

Estados contables correspondientes al período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2005

INFORME DE LOS AUDITORES

(Revisión limitada)

A los señores Presidente y Directores de

Inversora Dock Sud Sociedad Anónima

Reconquista 360, Piso 6°

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

1. Identificación de los estados contables objeto de la revisión limitada

Hemos efectuado una revisión limitada del estado de situación patrimonial de Inversora Dock Sud Sociedad Anónima al 31 de marzo de 2005, y de los estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo, con sus notas 1 a 16 y anexo I y II correspondientes al período de tres meses finalizado en esa fecha.

La preparación y emisión de los estados contables citados es responsabilidad del Directorio de la Sociedad en ejercicio de sus funciones exclusivas. Nuestra responsabilidad consiste en emitir un informe sobre ellos basado en la revisión que efectuamos con el alcance indicado en el capítulo 2.

2. Alcance del trabajo

Nuestra revisión se limitó a la aplicación de los procedimientos establecidos en las normas de auditoría vigentes en la República Argentina, adoptadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, para la revisión limitada de estados contables correspondientes a períodos intermedios. Dichas normas establecen un alcance que es sustancialmente menor a la aplicación de todos los procedimientos de auditoría necesarios para poder emitir una opinión profesional sobre los estados contables considerados en su conjunto. Las referidas normas sobre revisión limitada consisten básicamente en aplicar procedimientos analíticos sobre los importes incluidos en los estados contables, efectuar comprobaciones globales y realizar indagaciones al personal de la Sociedad responsable de la preparación de la información incluida en los estados contables. Consecuentemente, no expresamos opinión sobre la situación patrimonial de la Sociedad al 31 de marzo de 2005 ni sobre los resultados de sus operaciones, la evolución de su patrimonio neto y el flujo de su efectivo por el período de tres meses finalizado en esa fecha.

3. Aclaraciones previas

  1. La nota 2.a) señala que los estados contables han sido preparados con el propósito exclusivo de ser utilizados por los accionistas de la Sociedad en el cálculo de su inversión por el método del valor patrimonial proporcional. En consecuencia, la Sociedad decidió no presentar los estados contables consolidados con su sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima al 31 de marzo de 2005. La mencionada información es requerida por las normas contables profesionales vigentes en la República Argentina, aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y es incluida por la Sociedad en sus estados contables correspondientes al cierre de su ejercicio económico.

2.

  1. La nota 11 a los estados contables señala que ...“con fecha 4 de noviembre de 2002 la sociedad controlada Central Dock Sud S.A. fue notificada del inicio de una demanda arbitral ante la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional, interpuesta por Babcock Wilcox Española S.A. y Alstom (Switzerland) Ltd., integrantes de la UTE constructora de la planta de ciclo combinado. Tras un incidente planteado por la sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima, quedó aclarado que las demandantes son las sociedades integrantes de la UTE.

La demanda contiene un reclamo por supuestos trabajos adicionales no previstos en el alcance del contrato llave en mano de la Planta de Ciclo Combinado, por una suma de “no menos de” US$ 47.000.000 en concepto de supuestos extracostes, más un reclamo indeterminado por el reintegro de la penalidad por retraso, que según la demandante fue parcialmente mal aplicada, intereses, gastos y costas del arbitraje. La suma reclamada en concepto de reintegro de la penalidad presuntamente mal aplicada asciende a “como máximo” a US$ 28.190.249, totalizando así un reclamo de US$ 75.190.249.

La sociedad controlada contestó la demanda arbitral el 3 de enero de 2003 pidiendo su rechazo, con excepción de los extracostes que efectivamente pruebe la demandante por el plazo de demora que Central Dock Sud Sociedad Anónima ya ha reconocido como no imputables al Contratista (2,6 meses). Asimismo, se ha pedido que -en caso de prosperar total o parcialmente el reclamo de la demandante- se apliquen las normas de emergencia sancionadas en Argentina a partir de enero de 2002, especialmente el Decreto N° 214/2002, que transformó todas las obligaciones preexistentes de pagar sumas de dinero contraídas en dólares estadounidenses en obligaciones de pagar pesos, al tipo de cambio fijo ($1=US$ 1) prevaleciente antes de la referida emergencia. El 1º de julio de 2003 se firmó en Buenos Aires el Acta de Misión del arbitraje, en presencia del Tribunal Arbitral y de los representantes de las partes.

Las partes han ofrecido y producido las pruebas testimoniales, documentales y periciales. Durante el mes de diciembre de 2004, las partes presentaron sus respectivos alegatos, encontrándose el Tribunal Arbitral en condiciones de emitir el laudo.

Los abogados de la sociedad controlada han informado que sin perjuicio de la falta de definición de la demanda y su ampliación, teniendo en cuenta los antecedentes existentes y ciertos reconocimientos efectuados por las partes durante la etapa de desarrollo del contrato, la sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima ha admitido su responsabilidad en un atraso de 2,6 meses y en consecuencia debería abonar los mayores costos por dicha demora. La demanda, en consecuencia, prosperaría parcialmente, aunque por una suma sensiblemente inferior a la reclamada por la UTE.

Además, la aplicación de las normas de emergencia sancionadas en Argentina a partir de enero de 2002, podría conducir a que el monto de condena sea total o parcialmente “pesificado” (esto es, convertido a pesos argentinos a la tasa de cambio vigente antes de la devaluación, o mediante la utilización de un tipo de cambio intermedio entre aquél y el que rija en el mercado al momento de dictarse el Laudo). Ello contribuiría a reducir sensiblemente el valor en dólares de cualquier suma reconocida a la demandante.

La propia indefinición de la demanda y la ausencia de una apertura de los costos verificables, impide prever el quantum de una posible contingencia que los abogados de la sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima estiman de probabilidad alta, pero limitada en el quantum”.

3.

  1. En relación con la información correspondiente al 31 de diciembre de 2004 y 31 de marzo de 2004, presentada con propósitos comparativos, la misma surge de los estados contables a dichas fechas.
  2. Con fecha 24 de febrero de 2005, hemos emitido nuestro informe de auditoría sobre los estados contables correspondientes al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2004. Nuestra opinión sobre tales estados contables estaba sujeta a los efectos de la situación expuesta en el capítulo de Aclaraciones previas de aquel informe, que es coincidente con lo enunciado en el apartado b) de este capítulo.
  3. Asimismo, con fecha 17 de mayo de 2004 hemos emitido nuestro informe de revisión limitada sobre los estados contables por el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2004. Nuestra manifestación sobre dichos estados contables contenía observaciones referidas a la falta de presentación de cierta información requerida por las normas contables profesionales vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y estaba sujeta a los efectos de la situación expuesta en el apartado c) del capítulo de Aclaraciones previas de aquel informe, que es coincidente con lo enunciado en el apartado a) de este capítulo, así como a los efectos de las medidas adoptadas por el Gobierno Argentino y de la demandas judiciales descriptas en las notas 12 y 13 a los presentes estados contables.

.

4. Manifestación de los auditores

Con base en la tarea realizada según lo señalado en el capítulo 2 de este informe, que no incluyó todos los procedimientos necesarios para permitirnos expresar una opinión sobre los estados contables objeto de esta revisión, estamos en condiciones de informar que:

  1. los estados contables de Inversora Dock Sud Sociedad Anónima al 31 de marzo de 2005 contemplan todos los hechos y circunstancias significativos de los que hemos tomado conocimiento; y
  2. excepto por lo mencionado en el apartado a) del capítulo 3, y sujeto a los eventuales efectos que pudieran derivarse de la situación descripta en el apartado b) de citado capítulo, no tenemos otras observaciones que formular sobre los mencionados estados contables.

5. Información especial requerida por disposiciones legales vigentes

(estados contables por el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2005)

  1. Las cifras de los estados contables mencionados en el capítulo 1, concuerdan con los registros contables de los libros rubricados de la Sociedad, los que, en sus aspectos formales, han sido llevados de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

4.

  1. Según surge de los registros contables mencionados, no existe pasivo devengado al 31 de marzo de 2005 a favor del Régimen Nacional de Seguridad Social en concepto de aportes y contribuciones previsionales.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 20 de mayo de 2005.

DELOITTE & Co. S.R.L.
(Registro de Soc. Com. - C.P.C.E. C.A.B.A. - Tomo 1, Folio 3)
Carlos A. Lloveras (Socio)
Contador Público (UBA)
C.P.C.E.C.A.B.A. T° 107 F° 195

INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA

Reconquista 360 - Piso 6° - Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Actividad principal de la Sociedad: Realización de operaciones financieras y de inversión.
Fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio:
- Del contrato social: 14 de junio de 1996
- De la última modificación del estatuto: 26 de mayo de 1997
Número de registro en la Inspección General de Justicia: 1.621.335
Fecha de finalización del contrato social: 13 de junio de 2095
Sociedades art. 33 Ley N° 19.550 Nota 6.a)

EJERCICIO ECONÓMICO N° 10

INICIADO EL 1° DE ENERO DE 2005

ESTADOS CONTABLES AL 31 DE MARZO DE 2005

(período de tres meses)

(presentados en forma comparativa con los datos patrimoniales de cierre del último ejercicio anual al 31 de diciembre de 2004, y de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo correspondientes al período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2004)

(en pesos)

COMPOSICIÓN DEL CAPITAL

AL 31 DE MARZO DE 2005 Y 31 DE DICIEMBRE DE 2004

(en pesos – nota 5)

Clases de acciones Suscripto e integrado
Acciones ordinarias, nominativas no endosables, de v/n 1 por acción, con derecho a 1 voto 94.012.000

INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA

ESTADO DE SITUACIÓN PATRIMONIAL AL 31 DE MARZO DE 2005

Presentado en forma comparativa con el cierre de ejercicio anterior al 31 de diciembre de 2004

(en pesos)

…31-03-05… …31-12-04….
ACTIVO
ACTIVO CORRIENTE
Caja y bancos 1.406.693 990.587
Otros créditos (nota 4.a) 56.647 347.182
Total del Activo Corriente 1.463.340 1.337.769
ACTIVO NO CORRIENTE
Otros créditos (nota 4.a) 31.494.847 32.576.006
Impuesto diferido (nota 4.b) 179.024
Bienes de uso (nota 4.c) 1.550 1.973
Inversiones en Sociedad art. 33 Ley N° 19.550 (anexo I) 228.881.603 210.222.096
Total del Activo no Corriente 260.557.024 242.800.075
TOTAL DEL ACTIVO 262.020.364 244.137.844
PASIVO
PASIVO CORRIENTE
Deudas:
Comerciales 7.890 11.792
Financieras (nota 6.b) 2.420 7.303
Cargas fiscales 137.279 49.638
Total del Pasivo Corriente y del Pasivo 147.589 68.733
PATRIMONIO NETO (según estados respectivos) 261.872.775 244.069.111
TOTAL DEL PASIVO Y DEL PATRIMONIO NETO 262.020.364 244.137.844

Las notas 1 a 16 y los anexos I y II forman parte integrante de estos estados.

INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA

ESTADO DE RESULTADOS CORRESPONDIENTE AL PERÍODO DE TRES MESES

FINALIZADO EL 31 DE MARZO DE 2005

Presentado en forma comparativa con el período equivalente finalizado el 31 de marzo de 2004

(en pesos)

…31-03-05… …31-03-04…
Resultados de inversiones en Sociedad art. 33 Ley N° 19.550 (nota 4.d) 18.062.762 11.879.378
Gastos administrativos (nota 4.e) (63.982) (114.338)
Resultados financieros (nota 4.f) (447.514) 543.128
Otros ingresos 87.758
Ganancia del período antes del impuesto a las ganancias 17.639.024 12.308.168
Impuesto a la ganancias (nota 4.g) 179.024 (150.076)
GANANCIA NETA DEL PERIODO 17.818.048 12.158.092

Las notas 1 a 16 y los anexos I y II forman parte integrante de estos estados.

INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA

ESTADO DE EVOLUCIÓN DEL PATRIMONIO NETO POR EL PERÍODO DE TRES MESES

FINALIZADO EL 31 DE MARZO DE 2005

(en pesos)

...............Aportes de los propietarios........ Reserva Reserva Resultados Total
Capital suscripto Ajuste de capital Aportes irrevocables por revalúo técnico en sociedad controlada legal no asignados
Saldos al 31 de diciembre de 2004 94.012.000 111.131.527 225.122.450 1.160.303 1.420.653 (188.777.822) 244.069.111
Desafectación de la reserva por revalúo técnico en sociedad controlada (14.384) (14.384)
Ganancia neta del período 17.818.048 17.818.048
Saldos al 31 de marzo de 2005 94.012.000 111.131.527 225.122.450 1.145.919 1.420.653 (170.959.774) 261.872.775

Las notas 1 a 16 y los anexos I y II forman parte integrante de estos estados.

INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA

ESTADO DE EVOLUCIÓN DEL PATRIMONIO NETO POR EL PERÍODO DE TRES MESES

FINALIZADO EL 31 DE MARZO DE 2004

(en pesos)

...............Aportes de los propietarios........ Reserva Reserva Resultados Total
Capital suscripto Ajuste de capital Aportes irrevocables por revalúo técnico en sociedad controlada legal no asignados
Saldos al 31 de diciembre de 2003 94.012.000 111.131.527 225.122.450 1.217.840 1.420.653 (168.609.775) 264.294.695
Desafectación de la reserva por revalúo técnico en sociedad controlada (14.384) (14.384)
Ganancia neta del período 12.158.092 12.158.092
Saldos al 31 de marzo de 2004 94.012.000 111.131.527 225.122.450 1.203.456 1.420.653 (156.451.683) 276.438.403

Las notas 1 a 16 y los anexos I y II forman parte integrante de estos estados.

INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA

ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO CORRESPONDIENTE AL PERÍODO DE TRES MESES FINALIZADO EL 31 DE MARZO DE 2005

Presentado en forma comparativa con el período equivalente finalizado el 31 de marzo de 2004

(en pesos)

…31-03-05… …31-03-04….
VARIACIONES DEL EFECTIVO
Efectivo al inicio del ejercicio 990.587 189.165
Efectivo al cierre del período 1.406.693 17.779
Aumento (disminución) neto del efectivo 416.106 (171.386)
CAUSAS DE LAS VARIACIONES DEL EFECTIVO
ACTIVIDADES OPERATIVAS
Ganancia neta del período 17.818.048 12.158.092
Intereses ganados (248.512) (381.547)
Intereses perdidos 239 1.218
Impuesto a las ganancias (179.024) 150.076
Ajustes para arribar al flujo de efectivo proveniente de actividades operativas:
Más: partidas que no significan utilización generación de efectivo (nota 4.h) (18.062.339) (11.878.955)
Cambios en activos y pasivos operativos (nota 4.i) (56.567) (90.270)
Flujo neto de efectivo utilizado en las operaciones (728.155) (41.386)
ACTIVIDADES DE INVERSIÓN
Cobro de intereses 195.747
Flujo neto de efectivo generado por las actividades de inversión 195.747
ACTIVIDADES DE FINANCIACIÓN
Aumento de créditos con Sociedad art. 33 Ley N° 19.550 953.636 (161.907)
Pago de intereses (239) (1.218)
(Disminución) aumento de deudas financieras (4.883) 33.125
Flujo neto de efectivo generado por (utilizado en) las actividades de financiación 948.514 (130.000)
AUMENTO (DISMINUCIÓN) NETO DEL EFECTIVO 416.106 (171.386)

Las notas 1 a 16 y los anexos I y II forman parte integrante de estos estados.

INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES CORRESPONDIENTE AL PERÍODO DE TRES MESES FINALIZADO EL 31 DE MARZO DE 2005

Presentadas en forma comparativa con los datos patrimoniales de cierre del último ejercicio anual al 31 de diciembre de 2004, y de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo del período equivalente del ejercicio finalizado el 31 de marzo de 2004

(en pesos)

  1. CONSTITUCIÓN Y ACTIVIDADES DE LA SOCIEDAD

Inversora Dock Sud Sociedad Anónima (la “Sociedad”), integrada actualmente por Endesa Internacional, S.A. e YPF S.A. fue constituida el 4 de junio de 1996 con el objeto de realizar operaciones financieras y de inversión. Con fecha 17 de septiembre de 1996, la Sociedad celebró un contrato de compraventa de acciones por el 63% del paquete accionario de Central Dock Sud Sociedad Anónima con British Gas Overseas Investments Limited, Polledo S.A.I.C. y F., y Participaciones Eléctricas S.A. La efectiva transferencia de las mencionadas acciones se perfeccionó el día 7 de octubre de 1996. Al 31 de marzo de 2005 la Sociedad no desarrolló otras operaciones más que las relacionadas con esta inversión.

  1. BASES DE PREPARACIÓN DE LA INFORMACIÓN

a) Objetivo de los presentes estados contables - Los presentes estados contables han sido preparados con el propósito exclusivo de ser utilizados por los accionistas de la Sociedad en el cálculo de su inversión por el método del valor patrimonial proporcional. En consecuencia, la Sociedad decidió no presentar los estados contables consolidados con su sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima al 31 de marzo de 2005. La mencionada información es requerida por las normas contables profesionales vigentes en la República Argentina aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y es incluida por la Sociedad en sus estados contables correspondientes al cierre de su ejercicio económico.

b) Normas contables aplicadas - Los presentes estados contables han sido preparados de acuerdo con las normas contables de valuación y exposición contenidas en las Resoluciones Técnicas Nros. 6, 8, 9, 16, 17, 18, 19 y 21 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (F.A.C.P.C.E.), con las modificaciones o adecuaciones con las que fueron adoptadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.P.C.E.C.A.B.A.).

c) Consideración de los efectos de la inflación - Los presentes estados contables reconocen los efectos de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda hasta el 31 de diciembre de 2002, siguiendo el método de reexpresión establecido por la Resolución Técnica N° 6 de la F.A.C.P.C.E. El Decreto N° 664/03 del Poder Ejecutivo Nacional y la Resolución General N° 4/03 de la Inspección General de Justicia suspendieron la preparación de estados contables en moneda homogénea a partir del 1° de marzo de 2003, mientras que el C.P.C.E.C.A.B.A., mediante la Resolución M.D. N° 41/03, discontinuó a partir del 1° de octubre de 2003 la aplicación de la reexpresión a moneda homogénea prevista en la Resolución Técnica N° 6.

Cabe señalar que ha sido muy reducido el nivel de significatividad de las tasas de inflación medidas según las variaciones en el citado índice entre el mes de diciembre de 2002, fecha en que la Sociedad discontinuó la reexpresión, y el mes de septiembre de 2003.

  1. PRINCIPALES CRITERIOS DE VALUACIÓN, MEDICIÓN DE RESULTADOS Y EXPOSICIÓN

Los principales criterios de valuación, medición de resultados y exposición empleados en la preparación de los estados contables son los siguientes:

a) Rubros monetarios - Caja y bancos, créditos y deudas en pesos están expresados a sus valores nominales, incluyendo, en caso de corresponder, los intereses devengados al cierre del período o ejercicio. En el caso de saldos por cobrar de largo plazo que no tuvieran asociada una tasa de interés o para la cuales no existiera una forma de compensación financiera contemplada, se determinaron los valores actuales en base a la interpretación indicada en la Resolución Técnica N° 17. Este criterio no fue aplicado a los rubros corrientes, dado que el bajo nivel de variación en los índices de precios internos al por mayor permite considerar el período como de estabilidad monetaria.

b) Activos en moneda extranjera - Los activos en moneda extranjera están expresados a los tipos de cambio aplicables o cotizaciones vigentes al cierre del período o ejercicio. No se presentan casos de saldos por cobrar de largo plazo que hubieran requerido la determinación de valores actuales.

c) Inversiones no corrientes - Comprende la inversión realizada en Central Dock Sud Sociedad Anónima, que ha sido valuada al 31 de marzo de 2005 y al 31 de diciembre de 2004 de acuerdo con el método del valor patrimonial proporcional, en base a los respectivos estados contables de la sociedad controlada por los período finalizado en esas fechas, preparados con los mismos criterios de valuación que su controlante. A partir de la vigencia de la Ley N° 25.063, los dividendos, en dinero o en especie, que la Sociedad reciba por sus inversiones en otras sociedades en exceso de las utilidades acumuladas impositivas que éstas mantengan al momento de su distribución, estarán sujetos a una retención del 35% en concepto de impuesto a las ganancias con carácter de pago único y definitivo. La Sociedad no ha efectuado cargo alguno por este impuesto por estimar que los dividendos provenientes de utilidades registradas mediante la aplicación del método del valor patrimonial proporcional no estarán sujetos a dicho impuesto.

d) Impuestos a las ganancias - El cargo contable por impuesto a las ganancias es determinado de acuerdo con el método del impuesto diferido, el cual considera el efecto de las diferencias temporarias originadas en la distinta base de medición de activos y pasivos según criterios contables e impositivos y de los quebrantos impositivos existentes y créditos fiscales no utilizados susceptibles de deducción de ganancias impositivas futuras, computados considerando la tasa impositiva vigente, que actualmente alcanza el 35%.

e) Cuentas del patrimonio neto - Las cuentas del patrimonio neto han sido expresadas según lo indicado en la nota 2.c). El capital social se expone a su valor nominal, y el exceso de su valor reexpresado sobre su valor nominal ha sido expuesto en la cuenta de ajuste de capital. La Sociedad registró en la cuenta Reserva por revalúo técnico en sociedad controlada, el mayor valor de su inversión como resultado del incremento en su porcentaje de participación accionaria que resultó del ejercicio de su derecho de preferencia sobre las acciones no suscriptas por otros accionistas en virtud de los aumentos de capital resueltos por las Asambleas de la sociedad controlada de fechas 14 de enero de 1998 y 20 de junio de 2000.

f) Cuentas de resultados - El resultado por la participación en inversiones permanentes en la sociedad controlada fue calculado de acuerdo con el método del valor patrimonial proporcional establecido por la Resolución Técnica N° 21 de la F.A.C.P.C.E. Las demás cuentas de resultados se expresan a sus valores nominales según lo indicado en la nota 2.c), excepto los cargos por activos consumidos (depreciación de bienes de uso) que se determinaron en función a los valores reexpresados de tales activos.

g) Reclasificaciones - Se han efectuado ciertas reclasificaciones en los estados contables al 31 de diciembre de 2004 (datos patrimoniales) y 31 de marzo de 2004 (en los aspectos de resultados y flujo de efectivo) para uniformarlos con la presentación de los correspondientes al 31 de mazo de 2005.

h) Uso de estimaciones en la preparación de los estados contables - El Directorio, la Gerencia y los asesores legales han realizado estimaciones que afectan la determinación de los importes de los activos y pasivos y la revelación de contingencias a la fecha de presentación de los estados contables. Los resultados e importes reales pueden diferir de las estimaciones efectuadas para la preparación de los estados contables.

  1. COMPOSICIÓN DE CIERTOS RUBROS DE LOS ESTADOS CONTABLES
…31-03-05… …31-12-04…
    1. Otros créditos
* Corrientes
Créditos con Sociedad art. 33 Ley Nº 19.550 (nota 6.b - anexo II) 52.755 346.173
Diversos 3.892 1.009
Total 56.647 347.182
* No corrientes
Créditos con Sociedad art. 33 Ley Nº 19.550 – (nota 6.b) (1) 30.961.206 32.179.789
Impuesto a la ganancia mínima presunta 393.490 393.490
Diversos 140.151 2.727
Total 31.494.847 32.576.006
  1. Incluye pesos 22.571.547 y 23.016.022 en moneda extranjera al 31 de marzo de 2005 y 31 de diciembre de 2004, respectivamente (anexo II).
…31-03-05… …31-12-04….
    1. Impuesto diferido
Quebrantos impositivos acumulados 179.024
Total 179.024

Los quebrantos acumulados por impuesto a las ganancias registrados por la Sociedad pendientes de utilización al 31 de marzo de 2005, son los siguientes:

Año de generación Importe del quebranto Tasa impositiva vigente Crédito por quebranto acumulado Año de prescripción
2005 511.497 35% 179.024 2010
Total 511.497 179.024
    1. Bienes de uso
Muebles y útiles:
Valores de origen al inicio del ejercicio 8.459 8.459
Depreciaciones
- Acumuladas al inicio del ejercicio (6.486) (4.794)
- Del período o ejercicio (nota 4.e) (423) (1.692)
- Acumuladas al cierre del período o ejercicio (6.909) (6.486)
Valor residual al cierre del período o ejercicio 1.550 1.973
    1. Resultados de inversiones en Sociedad art. 33 Ley N° 19.550
…31-03-05… …31-12-04….
Participación en los resultados de Sociedades art. 33 Ley N° 19.550 18.673.891 11.866.902
Efecto del diferencial de rescate del capital preferido (nota 7.b) (611.129) 12.476
Total 18.062.762 11.879.378
    1. Información requerida por el artículo 64, Apartado I, Inciso b) de la Ley N° 19.550 – Gastos administrativos
…31-03-05… ...31-03-04…
Sueldos y otros beneficios al personal 58.014
Cargas sociales 3.113
Servicios profesionales 26.317 14.454
Impuestos y tasas 29.437 2.541
Movilidad y viáticos 2.021
Depreciaciones de bienes de uso 423 423
Diversos 7.805 33.772
Total 63.982 114.338
    1. Resultados financieros
* Generados por activos
Intereses por préstamos (nota 6.c) 248.512 381.547
Diferencias de cambio (695.787) 4
Coeficiente de estabilización de referencia (nota 6.c) 162.795
Subtotal (447.275) 544.346
* Generados por pasivos
Intereses y otros cargos financieros por préstamos (239) (1.218)
Subtotal (239) (1.218)
Total (447.514) 543.128
    1. Impuesto a las ganancias
Impuesto a las ganancias corriente estimado por el período – ganancia (pérdida) 179.024 (150.076)
Variación del impuesto diferido
Impuesto a las ganancias 179.024 (150.076)

La conciliación entre el cargo a resultados por impuesto a las ganancias y el que resultaría de aplicar al resultado del período la tasa impositiva vigente es la siguiente:

…31-03-05… ...31-03-04…
Ganancia antes del impuesto a las ganancias 17.639.024 12.308.168
Tasa impositiva vigente 35% 35%
Impuesto sobre base contable calculado a la tasa impositiva vigente – pérdida (6.173.658) (4.307.859)
Diferencias permanentes:
Resultado por inversiones en Sociedades art. 33 Ley N° 19.550 6.321.967 4.157.783
Diversos 30.715
Impuesto a las ganancias 179.024 (150.076)
…31-03-05… ...31-03-04…
    1. Partidas que no significan utilización de efectivo
Resultados de inversiones en Sociedad art. 33 Ley N° 19.550 (18.673.891) (11.866.902)
Efecto rescate de las acciones preferidas (nota 7.b) 611.129 (12.476)
Depreciación de bienes de uso 423 423
Total (18.062.339) (11.878.955)
    1. Cambios en activos y pasivos operativos
(Aumento) disminución de otros créditos (140.306) 522.477
(Disminución) aumento de deudas comerciales (3.902) 801
(Disminución) de deudas por remuneraciones y cargas sociales (21.886)
(Disminución) aumento de deudas por cargas fiscales 87.641 (591.662)
Total (56.567) (90.270)
  1. CAPITAL SOCIAL

El capital de la Sociedad suscripto, integrado e inscripto en el Registro Público de Comercio al 31 de marzo de 2005 y 31 de diciembre de 2004 ascendía a pesos 94.012.000.

  1. SOCIEDADES ART. 33 LEY N° 19.550
  2. Al 31 de marzo de 2005 y 31 de diciembre de 2004, Endesa Internacional, S.A., con domicilio en Ribera del Loira 60, Madrid, España, sociedad dedicada a la actividad internacional del Grupo Endesa, poseía el 57,1417% del capital social y los votos de la Sociedad.

A su vez, la Sociedad posee al 31 de marzo de 2005 y 31 de diciembre de 2004 una participación del 69,9925% en el capital social con derecho a voto de Central Dock Sociedad Anónima, con domicilio en Reconquista 360 piso 6°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

  1. No existían saldos al 31 de marzo de 2005 y 2004 con la sociedad controlante. Los saldos con la sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima al 31 de marzo de 2005 y 2004 eran los siguientes:
…31-03-05… ...31-03-04…
Otros créditos corrientes
Préstamos otorgados (nota 8) 52.755 346.173
Otros créditos no corrientes
Préstamos otorgados (nota 8) 22.571.547 23.016.022
Diferencial de rescate a cobrar de acciones preferidas (nota 7.b) 8.389.659 9.163.767
30.961.206 32.179.789
Deudas financieras 2.420 7.303
  1. Las operaciones con Sociedades art. 33 Ley N° 19.550 realizadas durante los ejercicios finalizados el 31 de marzo de 2005 y 2004 fueron las siguientes:
...31-03-05… ...31-03-04…
Central Dock Sud Sociedad Anónima
Coeficiente de estabilización de referencia sobre préstamos otorgados 162.795
Intereses ganados sobre préstamos otorgados 248.512 381.547
  1. SUSCRIPCIÓN DE CAPITAL SOCIAL EN LA SOCIEDAD CONTROLADA CENTRAL DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
  2. Capital social de la sociedad controlada

El capital de la sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima suscripto, integrado e inscripto en el Registro Público de Comercio al 31 de diciembre de 2003 ascendía a pesos 64.723.952, representado por 869.892.536 acciones ordinarias escriturales y 5.602.502.693 acciones preferidas escriturales, todas ellas de valor nominal 0,01.

Con fecha 22 de diciembre de 2004, la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad controlada resolvió aumentar el capital en pesos 419.562.528, mediante (i) la capitalización de la totalidad de los aportes irrevocables existentes a esa fecha, pesos 365.778.530; (ii) la capitalización del saldo de la cuenta de ajuste de capital ordinario, pesos 43.501.004; y (iii) la capitalización parcial del saldo de la cuenta ajuste de capital preferido, pesos 10.282.994. Dicho aumento fue realizado, conforme lo dispuesto por los estatutos de la sociedad, ad referéndum del Ente Nacional Regulador de la Electricidad, quien no se ha expedido hasta la fecha, y se encuentra por lo tanto pendiente de inscripción en el Registro Público de Comercio.

Luego del aumento descripto, el capital de la sociedad controlada suscripto e integrado al 31 de marzo de 2005 ascendía a pesos 484.286.480, representado por 38.476.044.936 acciones ordinarias escriturales y 9.952.603.093 acciones preferidas escriturales, todas ellas de valor nominal 0,01.El detalle de los aumentos de capital social de la sociedad controlada desde el 31 de diciembre de 1999 es el siguiente:

.................Acciones...................
Concepto Ordinarias Preferidas (1)
Saldo al 31 de diciembre de 1999 5.450.020
Aumento de capital dispuesto por Asamblea General Extraordinaria de Accionistas del 20 de junio de 2000: 3.248.905 56.025.027
Aumento de capital dispuesto por Asamblea General Extraordinaria de Accionistas del 22 de diciembre de 2004 ad referéndum del Ente Nacional Regulador de la Electricidad: 376.061.524 43.501.004
Saldo al 31 de marzo de 2005 384.760.449 99.526.031
  1. Suscriptas íntegramente por Inversora Dock Sud Sociedad Anónima.
  2. Cláusulas de emisión de las acciones preferidas de la sociedad controlada

Las principales cláusulas de emisión del capital preferido de la sociedad controlada, luego de la modificación de los términos y condiciones de su emisión dispuesta por la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas celebrada el 22 de diciembre de 2004 son las siguientes:

Preferencia y valor de rescate - La preferencia otorgada a las acciones preferidas consiste en un precio de rescate por cada acción preferida equivalente a la suma de:

  1. el valor nominal de la acción, el cual se convertirá a dólares estadounidenses, a los efectos de su pago, aplicando el tipo de cambio vendedor fijado por el Banco de la Nación Argentina correspondiente al día hábil anterior a la fecha de rescate;
  2. el Diferencial de Rescate previsto en las condiciones originales de emisión (en adelante el “Diferencial de Rescate Original”), el cual fue convertido a dólares estadounidenses conforme al tipo de cambio vigente al 30 de noviembre de 2004 (pesos 2,94 equivalentes a US$ 1) y ha quedado fijado, atento haber cesado su devengamiento conforme las condiciones originales de emisión, en la suma de US$ 0,0002065133 por acción; y
  3. el Diferencial de Rescate Adicional, que para cada acción preferida, resulta de la suma de: (a) una cantidad, en dólares estadounidenses equivalente a la diferencia entre US$ 0,0034013605 y el valor nominal de la acción calculado en dólares estadounidenses conforme lo dispuesto en la acápite (i) precedente; (b) la cantidad de US$ 0,0002144996; y (c) una suma equivalente a la tasa LIBOR más doscientos puntos básicos desde el 1° de diciembre de 2004 y hasta la fecha de rescate, computada sobre el valor en dólares estadounidenses de cada acción preferida al 30 de noviembre de 2004, o sea, US$ 0,0034013605.

El importe devengado del diferencial de rescate en los períodos finalizados el 31 de marzo de 2005 y 2004 ascendía a pesos 940.198 (ganancia) y pesos 19.194 (pérdida), respectivamente, neto de un cargo de pesos 329.069 y pesos 6.718, respectivamente, en concepto de impuesto sobre dividendos. El diferencial de rescate adeudado al 31 de marzo de 2005 y 31 de diciembre de 2004 ascendía a pesos 12.907.168 y pesos 14.098.104, respectivamente y ha sido registrado en el rubro “Otros créditos no corrientes”, neto de un cargo de pesos 4.517.509 y pesos 4.934.337, respectivamente, en concepto de impuesto sobre dividendos.

Condiciones de rescate - Anualmente, en la medida en que existieran en la sociedad controlada fondos de libre disponibilidad en virtud de los acuerdos de financiación suscriptos por la misma. La sociedad controlada rescatará acciones preferidas hasta el máximo de dichos fondos, neto de cualquier dividendo declarado por la sociedad controlada. El referido rescate no tendrá lugar si se hubiera verificado y subsistiera un evento de incumplimiento bajo los referidos acuerdos de financiación. A la fecha de aprobación de los presentes estados contables, no existe certeza acerca de la fecha a partir de la cual la sociedad controlada dispondrá de fondos de libre disponibilidad para tal rescate.

Preferencias en la liquidación - En el caso de disolución anticipada, liquidación por vencimiento del término legal de existencia o liquidación obligatoria de la sociedad controlada, los tenedores de las acciones preferidas tendrán derecho a ser pagados con anticipación a las acciones ordinarias y a cualquier aporte irrevocable.

Derechos de voto - Las acciones preferidas no tendrán derecho de voto en ninguna circunstancia, excepto de acuerdo a lo previsto por la Ley Argentina o en el caso que la sociedad controlada no cumpla con alguna de las obligaciones establecidas en los Términos y Condiciones de la Emisión, incluyendo sin limitación alguna las siguientes circunstancias:

  • Si la sociedad controlada deja de pagar el precio de rescate de las acciones preferidas rescatadas a la fecha de su rescate.
  • En cualquier momento si la sociedad controlada distribuyere dividendos a sus acciones ordinarias no encontrándose rescatadas en su totalidad las acciones preferidas.
  • Si la sociedad controlada a pesar de contar con fondos de libre disponibilidad y no encontrarse en un supuesto de incumplimiento bajo los acuerdos de financiación suscriptos por la sociedad controlada para llevar adelante el Proyecto no procediese a rescatar las acciones preferidas.
  • En el supuesto de una fusión (excepto si la sociedad controlada adquiere otra sociedad a través de una fusión) o disolución anticipada de la sociedad controlada, escisión o división, transformación o prórroga de la sociedad controlada (excepto en el caso de que la sociedad controlada haga oferta pública o cotice sus acciones), cambio fundamental del objeto, transferencia del domicilio al extranjero o reintegración total o parcial del capital.

En cualquier caso, cuando las acciones preferidas tengan derecho de voto, cada tenedor de acciones preferidas tendrá derecho a ejercer un voto por acción y votar junto con las acciones ordinarias como una clase única, de conformidad con los Términos y Condiciones de la Emisión y la legislación argentina.

Los derechos de voto de las acciones preferidas que surjan por el incumplimiento de la sociedad controlada de cualquier obligación o de pagar cualquier dividendo declarado y vencido, terminarán respectivamente cuando la sociedad controlada cumpla con dicha obligación o pague tales dividendos declarados.

  1. PRÉSTAMOS A LA SOCIEDAD CONTROLADA CENTRAL DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA

Con fecha 8 de noviembre de 2001, Inversora Dock Sud Sociedad Anónima concedió a la sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima un préstamo por la suma de US$ 14.799.522 con vencimiento el 30 de junio de 2004. El préstamo se encuentra subordinado de acuerdo con los términos del artículo 9.2 del “Amended and Restated Common Terms Agreement” celebrado el 17 de septiembre de 2001 entre Central Dock Sud Sociedad Anónima, el Banco Europeo de Inversiones y BBVA Banco Francés S.A.

Dicha obligación había sido pesificada a un tipo de cambio de un peso por cada dólar estadounidense, habiéndosele aplicado el coeficiente de estabilización de referencia.

Con fecha 21 de diciembre de 2004 las partes han acordado reconvertir, con efecto a partir del 1° de diciembre de 2004, los saldos de capital impagos de dicho préstamo, por un total de pesos 22.726.146, a dólares estadounidenses, utilizando el tipo de cambio vigente al 30 de noviembre de 2004, de donde resulta una suma adeudada de US$ 7.729.982 cuyo vencimiento operará el 30 de junio de 2009. Este préstamo devenga, a partir del 1° de diciembre de 2004, intereses determinados sobre LIBOR más 200 puntos básicos, los cuales se cancelarán semestralmente el 15 de marzo y el 15 de septiembre de cada año.

El saldo de este préstamo al 31 de marzo de 2005 ascendía a pesos 22.624.302 (expuestos pesos 52.755 en el activo corriente y pesos 22.571.547 en el activo no corriente). Al 31 de diciembre de 2004, el saldo adeudado ascendía a pesos 23.362.195 (expuestos pesos 346.173 en el activo corriente y pesos 23.016.022 en el activo no corriente).

  1. CLASIFICACIÓN DE CRÉDITOS Y DEUDAS SEGÚN SU PLAZO DE VENCIMIENTO

Los créditos y deudas de la Sociedad al 31 de marzo de 2005 se conforman de la siguiente manera:

Plazo Créditos Deudas
Sin plazo 8.389.659
Con plazo a vencer
* Hasta tres meses 56.647 147.589
* Más de un año 23.105.188
Total con plazo a vencer 23.161.835 147.589
Total 31.551.494 147.589

Los créditos incluyen pesos 22.571.547 en concepto de capital del préstamo a Central Dock Sud Sociedad Anónima, que devengan intereses a LIBOR más 200 puntos básicos. El resto de los créditos y las deudas no devenga intereses ni actualizaciones.

  1. RESTRICCIÓN A LOS RESULTADOS ACUMULADOS

De acuerdo con las disposiciones de la Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550, el 5% de la utilidad neta del ejercicio deberá apropiarse a la reserva legal, hasta que la misma alcance el 20% del capital social reexpresado en moneda constante.

De acuerdo con la Ley N° 25.063, con vigencia a partir del 31 de diciembre de 1998, los dividendos que se distribuyan, en dinero o en especie, en exceso de las utilidades impositivas acumuladas al cierre del ejercicio inmediato anterior a la fecha de pago o distribución, estarán sujetos a una retención del 35% en concepto de impuesto a las ganancias con carácter de pago único y definitivo. Se consideran utilidades impositivas acumuladas a los efectos de este impuesto a las utilidades contabilizadas al cierre del ejercicio inmediato anterior a la referida vigencia y a las utilidades impositivas determinadas a partir de dicho ejercicio.

  1. RECLAMOS Y DEMANDAS RECIBIDOS POR LA SOCIEDAD CONTROLADA CENTRAL DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA CON RELACIÓN AL CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN DE LA PLANTA DE CICLO COMBINADO

Con fecha 4 de noviembre de 2002 la sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima fue notificada del inicio de una demanda arbitral ante la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional, interpuesta por Babcock Wilcox Española S.A. y Alstom (Switzerland) Ltd., integrantes de la UTE constructora de la planta de ciclo combinado. Tras un incidente planteado por Central Dock Sud Sociedad Anónima, quedó aclarado que las demandantes son las sociedades integrantes de la UTE.

La demanda contiene un reclamo por supuestos trabajos adicionales no previstos en el alcance del contrato llave en mano de la Planta de Ciclo Combinado, por una suma de “no menos de” US$ 47.000.000 en concepto de supuestos extracostes, más un reclamo indeterminado por el reintegro de la penalidad por retraso, que según la demandante fue parcialmente mal aplicada, intereses, gastos y costas del arbitraje. La suma reclamada en concepto de reintegro de la penalidad presuntamente mal aplicada asciende a “como máximo” US$ 28.190.249, totalizando así un reclamo de US$ 75.190.249.

La sociedad controlada contestó la demanda arbitral el 3 de enero de 2003 pidiendo su rechazo, con excepción de los extracostes que efectivamente pruebe la demandante por el plazo de demora que la sociedad controlada ya ha reconocido como no imputables al Contratista (2,6 meses). Asimismo, se ha pedido que -en caso de prosperar total o parcialmente el reclamo de la demandante- se apliquen las normas de emergencia sancionadas en Argentina a partir de enero de 2002, especialmente el Decreto N° 214/2002, que transformó todas las obligaciones preexistentes de pagar sumas de dinero contraídas en dólares estadounidenses en obligaciones de pagar pesos, al tipo de cambio fijo (pesos 1=US$ 1) prevaleciente antes de la referida emergencia. El 1º de julio de 2003 se firmó en Buenos Aires el Acta de Misión del arbitraje, en presencia del Tribunal Arbitral y de los representantes de las partes.

Las partes han ofrecido y producido las pruebas testimoniales, documentales y periciales. Durante el mes de diciembre de 2004, las partes presentaron sus respectivos alegatos, encontrándose el Tribunal Arbitral en condiciones de emitir el laudo.

Los abogados de la sociedad controlada han informado que sin perjuicio de la falta de definición de la demanda y su ampliación, teniendo en cuenta los antecedentes existentes y ciertos reconocimientos efectuados por las partes durante la etapa de desarrollo del contrato, la sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima ha admitido su responsabilidad en un atraso de 2,6 meses y en consecuencia debería abonar los mayores costos por dicha demora. La demanda, en consecuencia, prosperaría parcialmente, aunque por una suma sensiblemente inferior a la reclamada por la UTE.

Además, la aplicación de las normas de emergencia sancionadas en Argentina a partir de enero de 2002, podría conducir a que el monto de condena sea total o parcialmente “pesificado” (esto es, convertido a pesos argentinos a la tasa de cambio vigente antes de la devaluación, o mediante la utilización de un tipo de cambio intermedio entre aquél y el que rija en el mercado al momento de dictarse el Laudo). Ello contribuiría a reducir sensiblemente el valor en dólares de cualquier suma reconocida a la demandante.

La propia indefinición de la demanda y la ausencia de una apertura de los costos verificables, impide prever el quantum de una posible contingencia que los abogados de la sociedad controlada estiman de probabilidad alta, pero limitada en el quantum.

  1. DEMANDA A LA SOCIEDAD CONTROLADA CENTRAL DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA DE SU ACCIONISTA PAN AMERICAN ENERGY HOLDING LTD.

El accionista Pan American Energy Holdings Ltd. (“PAEH”) ha demandado judicialmente la nulidad de la Asamblea General Ordinaria de Central Dock Sud Sociedad Anónima del 30 de abril del 2003 que aprobó los estados contables de la Sociedad por el ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2002, sosteniendo que los citados estados contables incluyen la aplicación del ajuste por inflación sobre el capital preferido, lo que en su criterio altera indebidamente los resultados de la Sociedad. Central Dock Sud Sociedad Anónima ha procedido a rechazar la demanda sosteniendo que la decisión de los accionistas de la Sociedad de aprobar los estados contables resulta ajustada a derecho.

Ambas partes habían puesto en conocimiento del juzgado interviniente en los autos en cuestión de la existencia de negociaciones tendientes a la solución del conflicto y habían solicitado la suspensión de común acuerdo de los plazos procesales. Las referidas negociaciones se han materializado en la Asamblea General de Extraordinaria de Accionistas celebrada el 22 diciembre de 2004.

Con fecha 18 de febrero de 2005 la parte actora PAEH presentó un escrito en el expediente, desistiendo de la acción y del derecho, que fue favorablemente proveído por el Juez, que con fecha 25 de febrero de 2005 dispuso el archivo de las actuaciones.

Tanto las partes como los letrados que intervinieron durante la tramitación del proceso han prestado conformidad y se han notificado de lo resuelto por el juez con fecha 25 de febrero de 2005.

  1. DEMANDAS JUDICIALES DE LAS QUE ES PARTE INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
  2. Demanda promovida

En el ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2002 la Sociedad procedió a ajustar por inflación sus resultados impositivos, teniendo en cuenta los efectos confiscatorios que le hubiera implicado la determinación del cargo del impuesto a las ganancias de acuerdo con la normativa vigente a la luz de las pérdidas reflejadas en los estados contables de aquel ejercicio. El no haber practicado este ajuste le hubiera ocasionado un deterioro patrimonial significativo, agravado por el hecho de que la Sociedad no cuenta con recursos genuinos para afrontar el pago que resultaría de no haber tomado esta medida. Como consecuencia de lo mencionado, el resultado impositivo del ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre del 2002 arrojó un resultado positivo que fue absorbido por quebrantos acumulados computables de ejercicios anteriores.

El 16 de mayo de 2003 la Sociedad solicitó ante la Justicia en lo Contencioso Administrativo que se declare certeza respecto a la posibilidad de ajustar por inflación su declaración de impuesto a las ganancias por el período fiscal 2002 o, en su defecto, dar tratamiento de exento al Coeficiente de Estabilización de Referencia (“C.E.R.”) devengado, con relación a las acreencias de la sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima. El expediente tomó el cauce de una acción declarativa en la que a su vez se solicitó una medida cautelar a fin de que la Administración Federal de Ingresos Públicos no inicie procedimiento de determinación de oficio y/o ejecute. De acuerdo a lo informado por los abogados de la Sociedad, el monto que puede asignársele a la contingencia de este asunto, dependerá no de las vicisitudes de está acción sino de un eventual procedimiento de determinación de oficio en el que el Fisco redefina la materia imponible en el impuesto a las ganancias, con más los accesorios legales que pudieran corresponder.

Con fecha 3 de julio de 2003, se notificó sentencia de primera instancia por medio de la cual se rechaza la acción incoada, por entenderse que es la vía de la determinación de oficio el carril por el que debe ventilarse la cuestión. Contra tal decisión se interpuso recurso de apelación, que fue concedido en la primera instancia, encontrándose el expediente en la Sala IV de la Cámara del fuero desde el 25 de agosto de 2003. Con fecha 10 de diciembre de 2003 se expresaron agravios a tal apelación. El 20 de agosto de 2004 se notificó sentencia de Cámara en donde se confirma la sentencia apelada.

  1. Demanda recibida

Con fecha 16 de septiembre de 2003, la Sociedad contestó demanda ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario No. 6, Secretaría 12, en razón de una ejecución fiscal iniciada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (“GCBA”). El GCBA reclama a la Sociedad una supuesta deuda con la Dirección General de Rentas en concepto de impuesto sobre los Ingresos Brutos, por los períodos fiscales 6 a 12 del año 1996 y 1 a 11 del año 1997. La Sociedad opuso excepción de “inhabilidad de título” por inexistencia de deuda. Dicha deuda se origina porque al momento de la inscripción como contribuyente del impuesto sobre los Ingresos Brutos, se consignó como fecha de inicio de actividad el 14 de junio de 1996, lo que motivó que el GCBA interpretara que la Sociedad adeuda el impuesto desde esa fecha.

El GCBA intimó a la Sociedad el pago de pesos 2.266.872. El monto ha sido establecido por el fisco aplicando para cada período comprendido entre el 6/96 y 11/97, el monto declarado e ingresado por Inversora en su primera posición mensual (10/99) por la suma de pesos 125.937.

El 6 de octubre de 2003 salió cédula con copia de la demanda y documental a fin de correr traslado de la presentación realizada por los abogados de la Sociedad al GCBA. El GCBA ha contestado el traslado de la oposición de excepciones y el juzgado corrió traslado a Inversora Dock Sud S.A. con relación a la oposición del GCBA a la prueba de la propuesta por la Sociedad. Con fecha 6 de febrero de 2004 el Tribunal abrió la causa a prueba.

Con fecha 14 de febrero de 2005, la Juez de grado rechazó la excepción opuesta y mandó a llevar adelante la ejecución. Dicha sentencia fue apelada con fecha 2 de marzo de 2005 y, sus respectivos agravios expresados el 14 de marzo del mismo año. El expediente fue elevado a la Sala II de la Cámara en lo Contencioso Administrativo y Tributario de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y se encuentra pendiente de resolución.

  1. RESTRICCIONES EN LA FORMACIÓN DEL PRECIO SPOT QUE AFECTAN A LA SOCIEDAD CONTROLADA CENTRAL DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA

La energía generada por la sociedad controlada es comercializada en el Mercado Mayorista Eléctrico según dos modalidades: en el Mercado a Término, por contratos de abastecimiento o de energía entre partes, y en el Mercado de Precios Horarios, o Mercado “Spot”, al precio horario sancionado por CAMMESA en función de la oferta y la demanda.

Debido al “congelamiento” del Precio Estacional de la energía por parte de la Secretaría de Energía, a un valor insuficiente para atender los costos de producción, se produjo la gradual desfinanciación del Mercado Mayorista por agotamiento del Fondo de Estabilización. Con la excusa de una falta de transparencia en el abastecimiento de gas a las usinas eléctricas, pero el claro objetivo de no profundizar el quebranto, y hasta tanto se normalizara este abastecimiento, la Secretaría de Energía intervino el Mercado de formación de Precios Spot mediante el dictado de la Resolución S.E. N° 240/03, que fuera sancionada el 14 de agosto de 2003 y, aunque fue publicada en el Boletín Oficial el 19/08/03, ha sido aplicada a partir del 15 de agosto de 2003.

Esta resolución excluye el Valor del Agua, utilizado para el despacho económico en centrales con capacidad de embalse, en la formación del precio, y crea un mecanismo ficticio para la sanción del precio considerando la libre disponibilidad de gas en las centrales térmicas despachadas o que pudieran entrar en servicio dentro de la próxima hora, lo cual excluye a los combustibles líquidos en la formación del precio.

  1. RESTRICCIONES EN EL COBRO DE ACREENCIAS A CAMMESA QUE AFECTAN A LA SOCIEDAD CONTROLADA CENTRAL DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA

La energía, capacidad y servicios asociados comercializados por la sociedad controlada en el Mercado Mayorista Eléctrico (“MEM”) resulta en transacciones económicas administradas por CAMMESA, cuyos fondos económicos devienen del equilibrio de precios que se debe observar entre los que pagan y los que producen el bien transable.

La no sanción por parte de la Secretaría de Energía de una tarifa uniforme, estabilizada cada 90 días, que incluyera los costos de generación y transporte, según lo establecido en el art. 36 de la Ley N° 24.065, llevó al desfinanciamiento del Mercado Mayorista al agotarse el Fondo de Estabilización. A fin de priorizar el pago de agentes acreedores frente a recursos económicos insuficientes, y hasta tanto el precio estacional no sea sancionado a un valor de equilibrio, la Secretaría de Energía intervino el Mercado mediante el dictado de la Resolución S.E. N° 406/03, sancionada el 8 de septiembre de 2003 y aplicada retroactivamente a partir del 1° de septiembre de 2003.

Por efecto de la citada medida, la sociedad controlada recibe parcialmente el pago de sus acreencias mensuales, quedando el remanente computado como deuda a ser reintegrada cuando las condiciones del mercado lo permitan.

Con fecha 6 de agosto de 2004, la Secretaría de Energía mediante su Resolución N° 826/04 resolvió invitar a todos los Agentes acreedores del MEM, con liquidaciones de venta con fecha de vencimiento a definir, a manifestar formalmente su decisión de participar en la conformación del “Fondo para inversiones necesarias que permitan incrementar la oferta de energía eléctrica en el mercado eléctrico mayorista” (en adelante, “FONINVEMEM”), invirtiendo en el mismo las referidas acreencias correspondientes a las liquidaciones de venta con fecha de vencimiento a definir derivadas de la Resolución Nº 406/03 de la Secretaria de Energía, durante todo el período comprendido entre enero de 2004 y diciembre de 2006 inclusive, considerando al efecto del cálculo del aporte que hará cada Agente acreedor durante este lapso que no se incrementa la potencia que cada Generador del MEM tiene contratada en el Mercado a Término para el trimestre mayo - julio 2004.

Con fecha 17 de diciembre de 2004 la sociedad controlada resolvió participar en la conformación del FONINVEMEM, con un 65% de aportes de las acreencias correspondientes al inciso c) del art. 4º de la Resolución N° 406/03 y su aclaratoria Resolución N° 943/04 (caracterizadas como “liquidaciones de venta con fecha de vencimiento a definir”), durante el período comprendido entre enero de 2004 y diciembre de 2006 inclusive. Con fecha 5 de enero de 2005, la Secretaría de Energía mediante la Resolución N° 3/05 aceptó la decisión de las empresas del MEM, entre ellas Central Dock Sud Sociedad Anónima, de participar en la conformación del FONINVEMEM. Al 31 de marzo de 2005 la participación de la sociedad controlada en dicho fondo asciende a pesos 6.850.490. Al 31 de diciembre de 2004 dicha participación ascendía a pesos 1.351.576.

Cabe señalar que el FONINVEMEM fue creado mediante la Resolución N° 712/04 de la Secretaría de Energía de fecha 12 de julio de 2004, con el objeto de administrar los recursos económicos con destino a las inversiones que permitan incrementar la oferta de energía eléctrica hacia el año 2007.

La deuda consolidada de CAMMESA a favor de la sociedad controlada al 31 de marzo de 2005, por el suministro de energía de los meses de junio de 2003 a marzo de 2005 (caracterizadas como “liquidaciones de venta con fecha de vencimiento a definir” no comprometidas al FONINVEMEM) es de pesos 4.326.356, de los cuales 1.360.930 han sido clasificados en el activo no corriente en función al plazo estimado de cobro. Al 31 de diciembre de 2004, dicha deuda consolidada era de pesos 2.147.873, de los cuales 1.420.101 fueron clasificados en el activo no corriente en función al plazo estimado de cobro.

  1. BIENES DE DISPONIBILIDAD RESTRINGIDA

Al 31 de marzo de 2005 y 31 de diciembre de 2004, las acciones ordinarias de la sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima en poder de la Sociedad (ver anexo I a los estados contables) se encontraban prendadas en garantía del cumplimiento de las obligaciones financieras contraídas por la sociedad controlada con los acreedores del Acuerdo de Financiamiento (Repsol International Finance B.V. y Endesa Internacional, S.A.) y el Banco Europeo de Inversiones. Las obligaciones garantizadas ascendían a pesos 624.588.572 y pesos 651.576.859, respectivamente, al 31 de marzo de 2005 y 31 de diciembre de 2004.

ANEXO I

INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA

ESTADOS CONTABLES AL 31 DE MARZO DE 2005

Presentados en forma comparativa con el cierre de ejercicio anterior al 31 de diciembre de 2004

(en pesos)

INVERSIONES

Emisor y características de los Clase Valor Cantidad Valor de Valor registrado
valores nominal costo …31-03-05… ...31-12-04...
INVERSIONES NO CORRIENTES
Acciones en Sociedad art. 33 Ley Nº 19.550:
Central Dock Sud Sociedad Anónima (1) * Ordinarias escriturales (2) 0,01 26.930.322.465 276.485.596 144.580.924 125.921.417
* Preferidas escriturales (3) 0,01 9.952.603.093 122.252.177 84.300.679 84.300.679
TOTAL 228.881.603 210.222.096
  1. Actividad principal: generación de energía eléctrica y su comercialización en bloque.

Participación sobre el capital social y los votos: 69,9925%.

Información de los estados contables por el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2005:

* + Capital ordinario: 384.760.449
* + Resultado del período: 26.869.371
* + Patrimonio neto: 306.092.340
  1. Ver nota 16 a los estados contables.
  2. Netos de pesos 15.225.351 correspondientes al impuesto sobre los dividendos al 31 de marzo de 2005 y 31 de diciembre de 2004.

ANEXO II

INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA

ESTADOS CONTABLES AL 31 DE MARZO DE 2005

Presentada en forma comparativa con el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2004

(en pesos)

ACTIVOS EN MONEDA EXTRANJERA

...31-03-05… ...31-03-04…
Cuenta Clase y monto de la moneda extranjera Tipo de cambio vigente Importe contabilizado en pesos Importe contabilizado en pesos
ACTIVO
ACTIVO CORRIENTE
Créditos con Sociedades art. 33 Ley N° 19.550 US$ 18.097 2,915 52.755 346.173
Total del Activo Corriente 52.755 346.173
ACTIVO NO CORRIENTE
Créditos con Sociedades art. 33 Ley N° 19.550 US$ 7.729.982 2,92 22.571.547 23.016.022
Total del Activo No Corriente 22.571.547 23.016.022
TOTAL DEL ACTIVO 22.624.302 23.362.195

INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA

A los señores Accionistas de

Inversora Dock Sud Sociedad Anónima

De nuestra consideración:

  1. De acuerdo con lo dispuesto por el inciso 5° del artículo N° 294 de la Ley N° 19.550, hemos realizado el trabajo mencionado en el párrafo siguiente en relación con el estado de situación patrimonial de Inversora Dock Sud Sociedad Anónima al 31 de marzo de 2005 y los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo, con sus notas 1 a 16 y anexo I y II, correspondientes al período de tres meses finalizado en esa fecha. Dichos documentos son responsabilidad del Directorio de la Sociedad en ejercicio de sus funciones exclusivas. Nuestra responsabilidad es informar sobre dichos documentos basados en el trabajo mencionado en el párrafo siguiente.
  2. Nuestro trabajo sobre los citados estados contables consistió en verificar la congruencia de la información significativa contenida en dichos estados con la información de las decisiones societarias expuestas en actas, y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Para la realización de dicho trabajo hemos tenido en cuenta el informe del auditor externo Deloitte & Co. S.R.L., quien emitió su informe de fecha 20 de mayo de 2005 de acuerdo con las normas de auditoría vigentes en Argentina, aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. No hemos efectuado ningún control de gestión y, por lo tanto, no hemos evaluado los criterios y decisiones empresarias de administración, financiación, comercialización y producción, dado que estas cuestiones son de responsabilidad exclusiva del Directorio. Consideramos que nuestro trabajo y el informe del auditor externo nos brindan una base razonable para fundamentar nuestro informe.
  3. La nota 2.a) señala que los estados contables han sido preparados con el propósito exclusivo de ser utilizados por los accionistas de la Sociedad en el cálculo de su inversión por el método del valor patrimonial proporcional. En consecuencia, la Sociedad decidió no presentar los estados contables consolidados con su sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima al 31 de marzo de 2005. Dicha información es requerida por las normas contables profesionales vigentes en la República Argentina y es incluida por la Sociedad en sus estados contables correspondientes al cierre de su ejercicio económico.
  4. Basados en el trabajo realizado, no hemos tomado conocimiento de ninguna modificación importante adicional a la mencionada en el párrafo c) que deba hacerse a los estados contables citados para que los mismos estén de conformidad con las normas contables profesionales vigentes en Argentina, aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 20 de mayo de 2005.

EDUARDO J. ROMERO
Por Comisión Fiscalizadora

INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA

RATIFICACION DE FIRMAS LITOGRAFIADAS

Por la presente ratificamos las firmas que obran litografiadas en las hojas que anteceden desde la página N° 1 hasta la página N° 23 de los estados contables de Inversora Dock Sud Sociedad Anónima correspondientes al período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2005.

EDUARDO J. ROMERO JOSÉ MARÍA HIDALGO MARTÍN - MATEOS
Por Comisión Fiscalizadora Presidente
DELOITTE & Co. S.R.L.
Registro de Soc. Com. C.P.C.E.C.A.B.A. – T° 1 F° 3
CARLOS A. LLOVERAS (Socio)
Contador Público U.B.A.
C.P.C.E.C.A.B.A. - T° 107 F° 195