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YPF S.A. — Capital/Financing Update 2026
Feb 6, 2026
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Capital/Financing Update
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YPF Sociedad Anónima
Ciudad de Buenos Aires, 6 de febrero de 2026
OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE XLII ADICIONALES, DENOMINADAS Y PAGADERAS EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES EN ARGENTINA, A PRECIO DE EMISIÓN A LICITAR, A SER INTEGRADAS (I) EN EFECTIVO EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES EN ARGENTINA Y/O (II) EN ESPECIE MEDIANTE LA ENTREGA DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE XXIX, A LA RELACIÓN DE CANJE, A UNA TASA DE INTERÉS FIJA NOMINAL ANUAL DEL 7,00% CON VENCIMIENTO EL 2 DE MARZO DE 2029
OFERTA PÚBLICA POR UN VALOR NOMINAL TOTAL DE HASTA US\$100.000.000 (DÓLARES ESTADOUNIDENSES CIEN MILLONES) AMPLIABLE HASTA EL MONTO MÁXIMO DISPONIBLE
A SER EMITIDAS BAJO EL RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE EMISOR FRECUENTE
ACTA DE SUBDELEGADO
El que suscribe la presente, en su carácter de funcionario delegado de YPF S.A. (la "Sociedad"), en relación con las obligaciones negociables clase XLII Adicionales (las "Obligaciones Negociables Clase XLII Adicionales" o las "Obligaciones Negociables"), a ser emitidas bajo el Régimen de Emisor Frecuente, en virtud de lo resuelto por el Directorio de la Sociedad en su reunión de fecha 29 de junio de 2018, que resolvió la presentación de la solicitud de ingreso al Régimen de Emisor Frecuente, considerando que (i) la modificación de ciertos términos del Prospecto EF fue resuelta por el Directorio de la Sociedad en su reunión de fecha 11 de mayo de 2022 y autorizada por Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV N°DI-2022-22-APN-GE#CNV de fecha 24 de mayo de 2022; (ii) mediante Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de la Sociedad de fecha 28 de abril de 2023 se resolvió, entre otras cuestiones, ratificar la delegación de facultades en el Directorio y la posibilidad para que éste subdelegue dichas facultades en uno o más de sus integrantes y/o en uno o más gerentes de primera línea de la Sociedad, para la determinación de términos y condiciones de las obligaciones negociables que se emitan bajo el Régimen de Emisor Frecuente; (iii) la actualización del Prospecto de Emisor Frecuente y ratificación de la condición de Emisor Frecuente de la Sociedad por hasta la suma de US\$381.883.353 (o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor) fue aprobado por el Directorio de la Sociedad en su reunión de fecha 6 de marzo de 2025; (iv) la ratificación de la condición de Emisor Frecuente de la Sociedad y la actualización del Prospecto fue resuelta por Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV N° DI-2025-42-APN-GE#CNV de fecha 27 de marzo de 2025, por un monto disponible a emitir de US\$381.883.353 (o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor); (v) el Directorio de la Sociedad en su reunión de fecha 12 de junio de 2025 aprobó el incremento del monto de la emisión de obligaciones negociables bajo el Régimen de Emisor Frecuente por hasta US\$2.000.000.000 (Dólares Estadounidenses dos mil millones) (o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor) adicionales al monto actualmente vigente, a ser utilizado para la emisión de una o más clases y/o series, así como también delegó en ciertos funcionarios de la Sociedad las facultades para establecer los términos y condiciones de las obligaciones negociables a emitirse bajo el Régimen de Emisor Frecuente; (vi) las facultades de los funcionarios autorizados por el Directorio de la Sociedad fueron delegadas en la reunión de dicho órgano celebrada el 22 de enero de 2026; (vii) mediante acta de funcionario delegado de fecha 23 de junio de 2025 y Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV DI-2025-112-APN-GE#CNV de fecha 26 de junio de 2025 se aprobó enmendar el Prospecto de Emisor Frecuente, ampliándose el monto máximo disponible a ser utilizado para futuras emisiones y reemisiones de clases y/o series bajo el Régimen de Emisor Frecuente hasta U\$S 1.000.000.000 (o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor), tomándose a los efectos del cálculo de dicho monto, el tipo de cambio inicial según fuera informado en los respectivos avisos de resultados de las obligaciones negociables emitidas, monto adicional al remanente de U\$S 38.381.652 del monto autorizado mediante Disposición N° DI-2025-42 APN-GE#CNV del 27 de marzo de 2025, lo cual totaliza la suma de 1.038.381.652) o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor, monto ratificado mediante actas de funcionario delegado de la Emisora de fechas 20 de agosto de 2025 y 3 de octubre de 2025 (la "Primera Enmienda"); (viii) mediante acta de funcionario delegado de fecha 27 de octubre de 2025 y Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV DI-2025-200-APN-GE#CNV de fecha 29 de octubre de 2025 se resolvió aprobar el aumento del monto bajo el Régimen de Emisor Frecuente por un monto máximo adicional para a ser utilizado para futuras emisiones de hasta valor nominal US\$1.000.000.000 (o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor), aclarándose que este aumento es adicional al monto autorizado por Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV DI-2025-112-APN-GE#CNV de fecha 26 de junio de 2025 (la "Segunda Enmienda"); (ix) mediante acta de funcionario delegado de fecha 16 de diciembre de 2025 y Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV DI-2025-242- APN GE#CNV de fecha 19 de diciembre de 2025 se resolvió aprobar el aumento del monto bajo el Régimen de Emisor Frecuente por un monto máximo adicional para a ser utilizado para futuras emisiones de hasta valor nominal US\$800.000.000 (o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor), aclarándose que este aumento es adicional al monto autorizado por Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV DI-2025-112-APN-GE#CNV de fecha 26 de junio de 2025 y por Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV DI-2025-200-APN-GE#CNV de fecha 29 de octubre de 2025 (la "Tercera Enmienda"); y (x) a la fecha, el monto máximo disponible bajo el cual la Sociedad podrá emitir y/o reemitir clases y/o series es de US\$968.299.882 (el "Monto Máximo Disponible"); por la presente, en uso de las facultades antes mencionadas, resuelve aprobar con carácter de declaración jurada:
- El valor nominal total a emitir de las Obligaciones Negociables será por un valor nominal total de hasta US\$ 100.000.000 (Dólares Estadounidenses cien millones) ampliable hasta el Monto Máximo Disponible bajo el Régimen de Emisor Frecuente;
- Las Obligaciones Negociables estarán denominadas y serán pagaderas en Dólares Estadounidenses en Argentina y serán integradas (i) en efectivo en Dólares Estadounidenses en Argentina y/o (ii) en especie, mediante la entrega de Obligaciones Negociables Clase XXIX, a la Relación de Canje;
Las Obligaciones Negociables Clase XLII Adicionales estarán denominadas, serán integradas y pagaderas en Dólares Estadounidenses en Argentina. Asimismo, las Obligaciones Negociables Clase XLII Adicionales serán adicionales a las Obligaciones Negociables Clase XLII Originales. Excepto por su Fecha de Emisión y Liquidación y Precio de Emisión, las Obligaciones Negociables Clase XLII Adicionales tienen los mismos términos y condiciones que las Obligaciones Negociables Clase XLII Originales, constituyendo una única clase y siendo fungibles entre sí;
- El capital de las Obligaciones Negociables Clase XLII Adicionales será amortizado en una única cuota en la $\overline{3}$ . Fecha de Vencimiento, es decir, el 2 de marzo de 2029;
- Las Obligaciones Negociables Clase XLII Adicionales devengarán intereses a una tasa de interés fija del 7,00% $41$ nominal anual, y los intereses se pagarán en forma semestral por período vencido en las siguientes fechas: 2 de junio de 2026, 2 de diciembre de 2026, 2 de junio de 2027, 2 de diciembre de 2027, 2 de junio de 2028, 2 de diciembre de 2028 y en la Fecha de Vencimiento, es decir, el 2 de marzo de 2029;
- El Precio de Emisión de las Obligaciones Negociables Clase XLII Adicionales será determinado por la Sociedad 5. de conformidad con el procedimiento de colocación y adjudicación de las Obligaciones Negociables previsto en el Suplemento de Prospecto, y será informado mediante el Aviso de Resultados. El Precio de Emisión de las Obligaciones Negociables Clase XLII Adicionales podría ser distinto al 100%;
- Aprobar los términos y condiciones de emisión de las Obligaciones Negociables contenidos en la versión del 6. suplemento de prospecto anexo al presente (el "Suplemento de Prospecto"); y
- $7.$ Autorizar a los Sres. José María Bazán, Leandro E. Belusci, Facundo Martín Suarez Loñ, Gonzalo Javier Vilariño y/o Manuel Vergez Dinatale a realizar todos los trámites y todas las presentaciones necesarias ante la Comisión Nacional de Valores, A3 Mercados S.A., Bolsas y Mercados Argentinos S.A. y/o cualquier otro ente u organismo que resultare necesario para obtener las aprobaciones y conformidades administrativas pertinentes.
Todos los términos en mayúscula utilizados y no definidos en la presente tendrán el significado que a ellos se les asigna en el Suplemento de Prospecto.
dro Kearney
uncionario Delegado YPF S.A.