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YPF S.A. — Capital/Financing Update 2025
Oct 30, 2025
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Capital/Financing Update
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YPF Sociedad Anónima
Ciudad de Buenos Aires, 30 de octubre de 2025
ACTA DE FUNCIONARO DELEGADO APROBANDO TÉRMINOS Y CONDICIONES DEFINITIVOS DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE XXXI ADICIONALES
El que suscribe la presente, en su carácter de funcionario delegado de YPF S.A. (la “Sociedad”), en relación con las obligaciones negociables clase XXXI adicionales (las “Obligaciones Negociables Clase XXXI Adicionales” o las “Obligaciones Negociables”), a ser emitidas bajo el Régimen de Emisor Frecuente considerando que (i) mediante el Directorio de la Sociedad de fecha 29 de junio de 2018 se resolvió la presentación de la solicitud de ingreso al Régimen de Emisor Frecuente y registrada bajo el N°4 otorgado por la Resolución de la CNV N° RESFC-2018-19961-APN-DIR#CNV de fecha 28 de diciembre de 2018; (ii) la modificación de ciertos términos del Prospecto EF fue resuelta por el Directorio de la Sociedad en su reunión de fecha 11 de mayo de 2022 y autorizada por Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV N°DI-2022-22-APN-GE#CNV de fecha 24 de mayo de 2022; (iii) mediante Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de la Sociedad de fecha 28 de abril de 2023 se resolvió, entre otras cuestiones, ratificar la delegación de facultades en el Directorio y la posibilidad para que éste subdelegue dichas facultades en uno o más de sus integrantes y/o en uno o más gerentes de primera línea de la Sociedad, para la determinación de términos y condiciones de las obligaciones negociables que se emitan bajo el Régimen de Emisor Frecuente; (iv) la actualización del Prospecto de Emisor Frecuente y ratificación de la condición de Emisor Frecuente de la Sociedad por hasta la suma de US$381.883.353 (o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor) fue aprobado por el Directorio de la Sociedad reunión de fecha 6 de marzo de 2025; (v) la ratificación de la condición de Emisor Frecuente de la Sociedad y la actualización del Prospecto fue resuelta por Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV N° DI-2025-42APN-GE#CNV de fecha 27 de marzo de 2025, por un monto disponible a emitir de US$381.883.353 (o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor); (vi) el Directorio de la Sociedad en su reunión de fecha 12 de junio de 2025 aprobó el incremento del monto de la emisión de obligaciones negociables bajo el Régimen de Emisor Frecuente por hasta US$2.000.000.000 (Dólares Estadounidenses dos mil millones) (o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor) adicionales al monto actualmente vigente, a ser utilizado para la emisión de una o más clases y/o series, así como también delegó en ciertos funcionarios de la Sociedad las facultades para establecer los términos y condiciones de las obligaciones negociables a emitirse bajo el Régimen de Emisor Frecuente; (vii) mediante acta de funcionario delegado de fecha 23 de junio de 2025 y Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV DI-2025-112-APN-GE#CNV de fecha 26 de junio de 2025 se aprobó enmendar el Prospecto de Emisor Frecuente, ampliándose el monto máximo autorizado a ser utilizado para futuras emisiones y reemisiones de clases y/o series bajo el Régimen de Emisor Frecuente hasta U$S 1.000.000.000 (o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor), monto adicional al remanente del monto autorizado mediante Disposición N° DI-2025-42-APN-GE#CNV del 27 de marzo de 2025; (viii) las facultades de los funcionarios autorizados por el Directorio de la Sociedad fueron delegadas en la reunión de dicho órgano celebrada el 12 de junio de 2025 y el 18 de agosto de 2025; (ix) mediante actas de funcionario delegado de la Sociedad de fechas 20 de agosto de 2025 y 3 de octubre de 2025 se resolvió habilitar y ratificar, respectivamente, y de conformidad con el Artículo 5 del Capítulo I del Título XVIII de las Normas de la CNV, de pleno derecho la posibilidad de emitir y reemitir clases y/o series bajo el Régimen de Emisor Frecuente, en tanto no se supere el monto máximo autorizado por CNV en todo momento en circulación; (x) mediante acta de funcionario delegado de fecha 27 de octubre de 2025 se resolvió aprobar el aumento del monto bajo el Régimen de Emisor Frecuente por un monto máximo adicional para a ser utilizado para futuras emisiones de hasta valor nominal US$1.000.000.000 (o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor), aclarándose que este aumento es adicional al monto autorizado por Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV DI-2025-112-APN-GE#CNV de fecha 26 de junio de 2025; y (xi) mediante Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV DI-2025-200-APN-GE#CNV de fecha 29 de octubre de 2025 se resolvió el aumento adicional del monto bajo el Régimen de Emisor Frecuente por hasta U$S 1.000.000.000 (o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor), siendo el monto máximo autorizado por la CNV bajo el cual la Sociedad podrá emitir y reemitir clases y/o series bajo el Régimen de Emisor Frecuente un total de US$2.038.381.652 (o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor) en todo momento en circulación; y (xii) mediante acta de funcionario delegado de fecha 28 de octubre de 20245 se aprobó la emisión de las Obligaciones Negociables Clase XXXI Adicionales; por la presente, en uso de las facultades antes mencionadas, resuelve aprobar con carácter de declaración jurada :
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Respecto de las Obligaciones Negociables Clase XXXI Adicionales :
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(i) que el valor nominal de las Obligaciones Negociables Clase XXXI Adicionales a emitirse en la Fecha de Emisión y Liquidación será de US$ 500.000.000,00 (Dólares Estadounidenses quinientos millones);
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(ii) que la Fecha de Emisión y Liquidación será 5 de noviembre de 2025;
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(iii) que la Fecha de Vencimiento será el 11 de septiembre de 2031;
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(iv) que la Tasa de Interés de las Obligaciones Negociables Clase XXXI Adicionales será del 8,750% nominal anual; (v) que las Fechas de Pago de Intereses de las Obligaciones Negociables Clase XXXI Adicionales serán el 11 de marzo de 2026, 11 de septiembre de 2026, 11 de marzo de 2027, 11 de septiembre de 2027, 11 de marzo de 2028, 11 de septiembre de 2028, 11 de marzo de 2029, 11 de septiembre de 2029, 11 de marzo de 2030, 11 de septiembre de 2030, 11 de marzo de 2031, y en la Fecha de Vencimiento, es decir, el 11 de septiembre de 2031. Si una Fecha de
Pago de Intereses no fuera en un Día Hábil, el pago deberá hacerse el Día Hábil inmediato posterior, salvo que ese día caiga en un mes calendario diferente o después de la Fecha de Vencimiento, caso en el cual el pago deberá hacerse el Día Hábil inmediato anterior; en el caso de que el día en el que debe realizarse el pago sea un día que no tenga numeración correspondiente en el mes calendario que corra (por ejemplo, el día 29 de febrero en un año no bisiesto), ese pago deberá realizarse el último Día Hábil de ese mes calendario. Cualquier pago adeudado bajo las Obligaciones Negociables Clase XXXI Adicionales efectuado en dicho Día Hábil inmediatamente posterior tendrá la misma validez que si hubiera sido efectuado en la fecha en la que vencía;
(vi) El capital de las Obligaciones Negociables será amortizado en 3 (tres) cuotas anuales y consecutivas comenzado en septiembre de 2029 y finalizando en la Fecha de Vencimiento, de conformidad con el siguiente cronograma:
| Fechas de Amortización | Porcentaje del Monto de Capital Original en Circulación Pagadero |
|---|---|
| 11 de septiembre 2029 | 20% |
| 11 de septiembre 2030 | 20% |
| 11 de septiembre 2031 | 60% |
- (vii) que el Precio de Emisión de las Obligaciones Negociables Clase XXXI Adicionales será del 102,069% del valor nominal. El Precio de Emisión contendrá los intereses devengados desde el 11 de septiembre de 2025 (inclusive) hasta la Fecha de Emisión y Liquidación (exclusive). Dichos intereses por un total de US$6.562.500 (o US$13,13 por cada US$1.000 de capital de las Obligaciones Negociables), más los intereses devengados, si los hubiere, desde el 5 de noviembre de 2025 en caso de que la liquidación ocurra después de esa fecha.
2. Ratificar y aprobar las versiones finales de los siguientes documentos:
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(i) Suplemento de Prospecto, publicado en fecha 28 de octubre de 2025 en la Autopista de Información Financiera (la “AIF”), en la Página Web de A3 Mercados y en el Boletín Diario de la BCBA;
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(ii) Aviso de Suscripción, publicado en fecha 28 de octubre de 2025 en la AIF en la Página Web de A3 Mercados y en el Boletín Diario de la BCBA;
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(iii) El primer Aviso Complementario, publicado en fecha 29 de octubre de 2025 en la AIF en la Página Web de A3 Mercados y en el Boletín Diario de la BCBA;
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(iv) El segundo Aviso Complementario, publicado en fecha 29 de octubre de 2025 en la AIF en la Página Web de A3 Mercados y en el Boletín Diario de la BCBA;
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(v) Aviso de Resultados de fecha 30 octubre de 2025 publicado en dicha fecha en la AIF en la Página Web de A3 Mercados y en el Boletín Diario de la BCBA;
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(vi) Contrato de colocación local celebrado el 28 de octubre de 2025 entre la Sociedad y los Agentes Colocadores Locales;
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(vii) Contrato de Colocación Internacional ( Purchase Agreement ) celebrado el 30 de octubre de 2025 entre la Sociedad y los Organizadores y Colocadores Internacionales; y
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(viii) La versión definitiva del documento denominado en idioma inglés “ Offering Memorandum ” de fecha 30 de octubre de 2025.
Todos los términos en mayúscula utilizados y no definidos en la presente tendrán el significado que a ellos se les asigna en el Suplemento de Prospecto, en el Aviso de Suscripción y/o en el Aviso de Resultados, según corresponda.
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