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YPF S.A. Capital/Financing Update 2025

Dec 29, 2025

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Capital/Financing Update

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ENMIENDA AL PROSPECTO DE EMISOR FRECUENTE DE YPF S.A.

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YPF SOCIEDAD ANÓNIMA

(constituida conforme a las leyes de la República Argentina)

La presente es una enmienda (la “ Tercera Enmienda ”) al prospecto de emisor frecuente de fecha 28 de marzo de 2025, modificado por la primer enmienda al Prospecto EF de fecha 2 de julio de 2025 (la “ Primer Enmienda ”) y por la segunda enmienda al Prospecto EF de fecha 29 de octubre de 2025 (la “ Segunda Enmienda ”) (el “ Prospecto EF ”), que corresponde al Régimen Simplificado de Emisor Frecuente establecido en la Sección VIII, Capítulo V, Título II de las Normas de la Comisión Nacional de Valores (la “ CNV ”) (el “ Régimen de Emisor Frecuente ”), de YPF Sociedad Anónima, inscripta en el Registro de Emisor Frecuente N° 4, con sede social en Macacha Güemes 515, (C1106BKK) Ciudad Autónoma de Buenos Aires, República Argentina, CUIT N°30-54668997-9, número de teléfono general: (5411) 54412000, correo electrónico: [email protected], sitio web: www.ypf.com (“ YPF S.A. ”, la “ Emisora ” o la “ Sociedad ”). El Prospecto EF, la Primera Enmienda y la Segunda Enmienda fueron publicadas en el boletín diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (la “ BCBA ”) en fechas 28 de marzo de 2025, 2 de julio de 2025 y 29 de octubre de 2025, respectivamente, y se encuentran disponibles en el sitio web de la CNV, https://www.argentina.gob.ar/cnv en el ítem “ Empresas ”, en el micrositio web de colocaciones primarias de A3 Mercados S.A. (“ A3 Mercados ”), en el boletín diario electrónico de A3 Mercados y en la página web de la Emisora (www.ypf.com). Los términos en mayúscula no definidos en esta Tercera Enmienda tienen el significado asignado en el Prospecto EF.

La Sociedad se encuentra registrada como emisor frecuente de la CNV bajo el Registro de Emisor Frecuente N°4 otorgado por la Resolución N° RESFC-2018-19961-APN-DIR#CNV de fecha 28 de diciembre de 2018 del Directorio de la CNV. El monto bajo el Régimen de Emisor Frecuente fue autorizado por Resolución N° RESFC-2021-20939-APN-DIR#CNV de fecha 27 de enero de 2021 del Directorio de la CNV. La modificación de ciertos términos del prospecto fue resuelta por Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV N° DI-2022-22-APN-GE#CNV de fecha 24 de mayo de 2022 . La ratificación de la condición de emisor frecuente de la Emisora y la actualización del Prospecto EF fue resuelta por Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV N° DI-2025-42-APNGE#CNV de fecha 27 de marzo de 2025. El primer aumento del monto bajo el Régimen de Emisor Frecuente fue resuelto por Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV N° DI-2025-112-APN-GE#CNV de fecha 26 de junio de 2025. Mediante actas de funcionario delegado de la Emisora de fechas 20 de agosto de 2025 y 3 de octubre de 2025 se resolvió habilitar y ratificar, respectivamente, y de conformidad con el Artículo 5 del Capítulo I del Título XVIII de las Normas de la CNV, de pleno derecho la posibilidad de emitir y reemitir clases y/o series bajo el Régimen de Emisor Frecuente, en tanto no se supere US$1.038.381.652 (o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor) en todo momento en circulación. El segundo aumento del monto bajo el Régimen de Emisor Frecuente fue resuelto por Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV N° DI-2025-200-APN-GE#CNV de fecha 29 de octubre de 2025 por un monto máximo adicional para ser utilizado para futuras emisiones de hasta valor nominal US$1.000.000.000, quedando establecido que el monto máximo autorizado por la CNV bajo el cual YPF S.A. podrá emitir y reemitir clases y/o series bajo el Régimen de Emisor Frecuente es US$2.038.381.652 (o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor). El tercer aumento del monto bajo el Régimen de Emisor Frecuente fue resuelto por Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV N° DI-2025-242-APN-GE#CNV de fecha 19 de diciembre de 2025 por un monto máximo adicional para ser utilizado para futuras emisiones de hasta valor nominal US$800.000.000, quedando establecido que el monto máximo autorizado por la CNV bajo el cual YPF S.A. podrá emitir y reemitir clases y/o series bajo el Régimen de Emisor Frecuente es US$2.838.381.652 (o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor).

Esta autorización sólo significa que se ha cumplido con los requisitos establecidos en materia de información. La CNV no ha emitido juicio sobre los datos contenidos en el Prospecto EF y en la presente Tercera Enmienda. La veracidad de la información contable, económica y financiera, así como de toda otra información suministrada en el Prospecto EF y en la Tercera Enmienda es exclusiva responsabilidad del órgano de administración y, en lo que les atañe, del órgano de fiscalización de la Emisora y de los auditores en cuanto a sus respectivos informes sobre los estados financieros que se acompañan y demás responsables contemplados en los artículos 119 y 120 de la Ley N° 26.831 y sus modificatorias (“Ley de Mercado de Capitales”). El órgano de administración de la Emisora manifiesta, con carácter de declaración jurada, que el Prospecto EF y la Tercera Enmienda, contienen a la fecha de su publicación información veraz y suficiente sobre todo hecho relevante que pueda afectar la situación patrimonial, económica y financiera de la Emisora y de toda aquella que deba ser de conocimiento del público inversor con relación a la presente emisión, conforme las normas vigentes. YPF S.A. asume responsabilidad por las declaraciones realizadas en el Prospecto EF y en la presente Tercera Enmienda sobre la completitud en la divulgación de los riesgos involucrados y la situación de YPF S.A., los cuales se basan en la información disponible y en las estimaciones razonables de la administración. YPF S.A. declara, bajo juramento, que los datos consignados en el Prospecto EF y la Tercera Enmienda son correctos y completos, que no se ha omitido ni falseado dato alguno que deban contener, y que el contenido de los mismos constituye fiel expresión de la verdad. YPF S.A. manifiesta conocer las penalidades previstas por los artículos 172, 293 y 309 del Código Penal de la Nación Argentina, relativas al fraude y a la falsedad en documentos, respectivamente.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 119 de la Ley de Mercado de Capitales, los emisores de valores negociables, juntamente con los integrantes de los órganos de administración y fiscalización, estos últimos en materia de su competencia, y en su caso los oferentes de los valores negociables con relación a la información vinculada a los mismos, y las personas que firmen el prospecto de una emisión de valores negociables con oferta pública, serán responsables de toda la información incluida en los prospectos por ellos registrados ante la CNV. Según lo previsto en el artículo 120 de la Ley de Mercado de Capitales, las entidades y agentes intermediarios en el mercado que participen como organizadores, o colocadores en una oferta pública de venta o compra de valores negociables deberán revisar diligentemente la información contenida en los prospectos y suplementos de prospecto de la oferta. Los expertos o terceros que opinen sobre ciertas partes del prospecto sólo serán responsables por la parte de dicha información sobre la que han emitido opinión .

Todos los términos y condiciones del Prospecto EF que no se modifican expresamente mediante la presente Tercera Enmienda mantienen su plena vigencia tal y como se encuentran reflejados en el Prospecto EF, por lo que la presente Tercera Enmienda debe ser leída en conjunto con el Prospecto EF. Todos los términos que comiencen con mayúscula en esta Tercera Enmienda y no se utilicen para iniciar una oración o

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Pedro Kearney Funcionario delegado YPF S.A.

designar un nombre propio, tendrán el significado que se les asigna en el Prospecto EF, salvo que se indique expresamente en otro sentido en el texto de la presente Tercera Enmienda.

La presente Tercera Enmienda tiene por objeto enmendar y/o complementar el Prospecto EF de acuerdo a lo que se describe a continuación:

1) En la portada del Prospecto EF, las autorizaciones de CNV y resoluciones sociales son enmendadas y reformuladas tal como surge a continuación :

La solicitud de ingreso al Régimen de Emisor Frecuente fue resuelta por el Directorio de la Sociedad en su reunión de fecha 29 de junio de 2018. La emisión de obligaciones negociables por el monto de hasta US$6.500.000.000 o su equivalente en otras monedas, en una o más clases y/o series bajo el Régimen de Emisor Frecuente, fue aprobada por el Directorio de la Sociedad en su reunión de fecha 7 de enero de 2021. La modificación de ciertos términos del Prospecto EF fue resuelta por el Directorio de la Sociedad en su reunión de fecha 11 de mayo de 2022 y autorizada por Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV N° DI-2022-22-APN-GE#CNV de fecha 24 de mayo de 2022. La actualización del Prospecto EF, la ratificación de la condición de Emisor Frecuente de la Sociedad por hasta la suma de US$381.883.353 o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor o aquel monto menor que definan los funcionarios autorizados por el Directorio de la Sociedad y las facultades de los mismos fueron aprobadas en su reunión de fecha 6 de marzo de 2025. La ratificación de la condición de Emisor Frecuente de la Sociedad y la actualización del Prospecto EF fue resuelta por Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV N°DI2025-42-APN-GE#CNV de fecha 27 de marzo de 2025. Mediante Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV DI-2025-112-APNGE#CNV de fecha 26 de junio de 2025 se resolvió aprobar la Primera Enmienda, ampliándose el monto máximo disponible a ser utilizado para futuras emisiones por un adicional de hasta US$1.000.000.000, o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor; aprobado por el Directorio de la Sociedad de fecha 12 de junio de 2025 y por acta de funcionario delegado de fecha 23 de junio de 2025 en uso de la facultades delegadas por dicha reunión de Directorio de la Sociedad. Mediante actas de funcionario delegado de la Sociedad de fechas 20 de agosto de 2025 y 3 de octubre de 2025 se resolvió habilitar y ratificar, respectivamente, y de conformidad con el Artículo 5 del Capítulo I del Título XVIII de las Normas de la CNV, de pleno derecho la posibilidad de emitir y reemitir clases y/o series bajo el Régimen de Emisor Frecuente, en tanto no se supere US$1.038.381.652 (o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor) en todo momento en circulación. Mediante Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV N° DI-2025-200-APN-GE#CNV de fecha 29 de octubre de 2025 se resolvió aprobar la Segunda Enmienda, ampliándose el monto máximo disponible a ser utilizado para futuras emisiones por un adicional de hasta US$1.000.000.000, o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor; aprobado por acta de funcionario delegado de fecha 27 de octubre de 2025 en uso de las facultades delegadas por reunión de Directorio de la Sociedad de fecha 18 de agosto de 2025, quedando establecido que el monto máximo autorizado por la CNV bajo el cual YPF S.A. podrá emitir y reemitir clases y/o series bajo el Régimen de Emisor Frecuente es US$2.038.381.652 (o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor). Mediante Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV N° DI-2025-242-APN-GE#CNV de fecha 19 de diciembre de 2025 se resolvió aprobar la Tercera Enmienda, ampliándose el monto máximo disponible a ser utilizado para futuras emisiones por un adicional de hasta US$800.000.000, o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor; aprobado por acta de funcionario delegado de fecha 16 de diciembre de 2025 en uso de las facultades delegadas por reunión de Directorio de la Sociedad de fecha 18 de noviembre de 2025, quedando establecido que el monto máximo autorizado por la CNV bajo el cual YPF S.A. podrá emitir y reemitir clases y/o series bajo el Régimen de Emisor Frecuente es US$2.838.381.652 (o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor).

2) El apartado “Acontecimientos Recientes” de la sección “Información Adicional” del Prospecto EF es enmendado y complementado, considerándose incorporada por referencia, y siendo parte de la presente Tercera Enmienda, la información contenida en la sección “Hechos Posteriores” del suplemento de prospecto de fecha 25 de noviembre de 2025 correspondiente a las Obligaciones Negociables Clase XLII de la Sociedad, publicado en la AIF bajo el ID#3446378. Asimismo, el apartado “Acontecimientos Recientes” de la a sección “Información Adicional” del Prospecto EF es complementado por la información contenida en la sección “Acontecimientos Recientes” del suplemento de prospecto de fecha 28 de octubre de 2025 correspondiente a las Obligaciones Negociables Clase XXXI Adicionales de la Sociedad, publicado en la AIF bajo ID#3433695 y por los siguientes acontecimientos:

Emisión de las Obligaciones Negociables Clase XLII

El 2 de diciembre de 2025, YPF S.A. emitió las Obligaciones Negociables Clase XLII por un valor nominal de US$194.890.727, integradas en Dólares Estadounidenses en Argentina y en especie mediante la entrega de las Obligaciones Negociables Clase XXV. Las Obligaciones Negociables Clase XLII devengan intereses pagaderos en forma semestral a una tasa del 7,00% nominal anual y el capital será amortizado en una única cuota en la Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Clase XLII, es decir, el 2 de marzo de 2029.

  • 3) La sección “Antecedentes Financieros” del Prospecto EF es enmendada y complementada, tal como surge a continuación:

La siguiente documentación se considerará incorporada por referencia y parte del presente Prospecto EF conforme el art. 79 de la Sección VIII del Capítulo V del Título II de las Normas de la CNV:

  • Los estados financieros consolidados auditados de la Sociedad al 31 de diciembre de 2024, 2023 y 2022 disponibles en la página

  • web de la CNV, ítem “ Información Financiera ”, bajo los IDs AIF 3328072, 3163496 y 3014061, respectivamente.

  • Los estados financieros intermedios condensados consolidados de la Sociedad al 30 de septiembre de 2025 y su respectiva reseña

  • informativa, ambos disponibles en la página web de la CNV, ítem “ Información Financiera ”, bajo el ID AIF: 3440402.

  • Todas las adendas o suplementos al presente Prospecto EF que sean preparadas oportunamente por la Emisora;

  • Los hechos relevantes cargados en AIF bajo los siguientes IDs: 3391506, 3397607, 3398831, 3398850, 3398900 y 3403420,

  • 3417958, 3419257, 3419258, 3419285, 3421419, 3427241, 3427254, 3427260, 3428645, 3434065, 3437362, 3439384, 3439389, 3443486, 3444808 y 3452079.

  • Con respecto a una Clase y/o Serie de Obligaciones Negociables en particular, el respectivo Suplemento de Prospecto preparado en

  • relación con dicha Clase y/o Serie; y

  • Todo otro documento a ser incorporado por referencia en cualquier Suplemento de Prospecto.

A los efectos de la presente Enmienda, cualquier declaración contenida en el presente o en cualquier documento incorporado en el presente por referencia, se verá modificada o reemplazada por aquellas declaraciones incluidas en cualquier documento posterior incorporado en la presente Tercera Enmienda por referencia, en la medida en que así la modifique o reemplace.

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Pedro Kearney Funcionario delegado YPF S.A.

Podrán obtenerse copias de los contratos definitivos incorporados por referencia en la presente Enmienda solicitándolas sin cargo a [email protected] a retirar en la siguiente dirección de la sede social de la Emisora: Macacha Güemes 515, C1106BKK Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina, (5411) 5441-1215, en día hábiles en el horario de 10 a 18 hs. Asimismo, la documentación incorporada por referencia se encontrará disponible en el sitio web institucional de la Emisora (www.ypf.com). Cualquier documento posterior incorporado en la presente Enmienda por referencia, en la medida en que así la modifique o reemplace.

La fecha de esta Enmienda es 29 de diciembre de 2025.

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Pedro Kearney Funcionario delegado YPF S.A.

EMISOR

YPF S.A.

Macacha Güemes 515, C1106BKK Ciudad Autónoma de Buenos Aires República Argentina

ASESORES LEGALES DEL EMISOR

Bruchou & Funes de Rioja

Ing. Enrique Butty 275, Piso 12, C1001AFA, Ciudad Autónoma de Buenos Aires República Argentina

AUDITORES DEL EMISOR

Deloitte & Co. S.A.

Della Paolera 261, 4° Piso, C1001ADA Ciudad Autónoma de Buenos Aires República Argentina

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Pedro Kearney Funcionario delegado YPF S.A.