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YPF S.A. — Capital/Financing Update 2023
Sep 4, 2023
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Capital/Financing Update
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Documento: YPF-Público
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YPF Sociedad Anónima
Ciudad de Buenos Aires, 4 de septiembre de 2023
OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE XXVI DENOMINADAS EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES Y PAGADERAS EN PESOS AL TIPO DE CAMBIO APLICABLE A TASA DE INTERÉS FIJA NOMINAL ANUAL A LICITAR CON VENCIMIENTO A LOS 60 MESES CONTADOS DESDE LA FECHA DE EMISIÓN Y LIQUIDACIÓN Y A SER INTEGRADAS EN EFECTIVO EN PESOS AL TIPO DE CAMBIO DE INTEGRACIÓN POR HASTA EL MONTO TOTAL AUTORIZADO (SEGÚN SE DEFINE MAS ADELANTE) EN CONJUNTO CON LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES ADICIONALES CLASE XXI
OBLIGACIONES NEGOCIABLES ADICIONALES CLASE XXI DENOMINADAS EN DÓLARES ESTADOUNIDENSES Y PAGADERAS EN PESOS AL TIPO DE CAMBIO APLICABLE A TASA DE INTERÉS FIJA DEL 1% NOMINAL ANUAL CON VENCIMIENTO EL 10 DE ENERO DE 2026 Y A SER INTEGRADAS EN EFECTIVO EN PESOS AL TIPO DE CAMBIO DE INTEGRACIÓN POR HASTA UN MONTO DE US$ 50.000.000 (DÓLARES ESTADOUNIDENSES CINCUENTA MILLONES) AMPLIABLE, EN CONJUNTO CON LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES CLASE XXVI, POR HASTA EL MONTO TOTAL AUTORIZADO (SEGÚN SE DEFINE MAS ADELANTE)
OFERTA PÚBLICA POR UN VALOR NOMINAL TOTAL EN CONJUNTO DE HASTA US$ 400.000.000 (DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS MILLONES) O SU EQUIVALENTE EN PESOS CALCULADO AL TIPO DE CAMBIO DE INTEGRACION (EL “MONTO TOTAL AUTORIZADO”)
A SER EMITIDAS BAJO EL RÉGIMEN SIMPLIFICADO DE EMISOR FRECUENTE DE YPF SOCIEDAD ANÓNIMA
NOTA APODERADO ESPECIAL
El que suscribe la presente, en su carácter de delegado de YPF S.A. (la “Sociedad”), con relación a las obligaciones negociables clase XXVI (las “Obligaciones Negociables Clase XXVI”), y las obligaciones negociables adicionales clase XXI (las “Obligaciones Negociables Adicionales Clase XXI”, y junto con las Obligaciones Negociables Clase XXVI, las “Obligaciones Negociables”) a ser emitidas bajo el Régimen de Emisor Frecuente en virtud de lo resuelto por el Directorio de la Sociedad en su reunión de fecha 29 de junio de 2018: (i) la emisión de obligaciones negociables por el monto de hasta US$ 7.215.000.000 o su equivalente en otras monedas, en una o más clases y/o series bajo el Régimen de Emisor Frecuente, fue aprobada por el Directorio de la Sociedad en su reunión de fecha 7 de enero de 2021 y su oferta pública se encuentra comprendida dentro de la Resolución de Directorio de la CNV N° RESFC2021-20939-APN-DIR#CNV de fecha 27 de enero de 2021; (ii) la modificación de ciertos términos del Prospecto fue resuelta por el Directorio de la Sociedad en su reunión de fecha 11 de mayo de 2022 y autorizada por Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV N° DI-2022-22-APN-GE#CNV de fecha 24 de mayo de 2022; (iii) mediante acta de funcionario delegado de fecha 16 de marzo de 2023, en uso de las facultades delgadas por el Directorio de la Sociedad de la misma fecha, se aprobó ratificar la condición de Emisor Frecuente por hasta la suma de US$700.000.000 o su equivalente en otras monedas o unidades monetarias, de medida o de valor, tomándose a los efectos del cálculo de dicho monto, el tipo de cambio inicial según fuera informado en los respectivos avisos de resultados de las obligaciones negociables emitidas; (iv) mediante Asamblea Ordinaria y Extraordinaria de la Sociedad de fecha 28 de mayo 2023 se resolvió, entre otras cuestiones, ratificar la delegación de facultades en el Directorio y la posibilidad para que éste subdelegue dichas facultades en uno o más de sus integrantes y/o en uno o más gerentes de primera línea de la Sociedad, para la determinación de términos y condiciones de las obligaciones negociables que se emitan bajo el Régimen de Emisor Frecuente; (v) mediante Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV N° DI-2023-9-APN-GE#CNV de fecha 4 de abril de 2023 se ratificó la condición de emisor frecuente de YPF por un monto máximo disponible a ser utilizado para futuras emisiones de hasta valor nominal U$S 700.000.000, o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor; (vi) las facultades de los funcionarios autorizados por el Directorio de la Sociedad fueron delegadas en la reunión de dicho órgano celebrada el 7 de enero de 2021 y prorrogadas en la reunión de dicho órgano celebrada el 8 de junio de 2023; (vii) con fecha 27 de julio de 2023 el Directorio de la Sociedad resolvió renovar las facultades delegadas mediante Acta de Directorio de fecha 16 de marzo de 2023; (viii) mediante acta de funcionario delegado de fecha 11 de agosto de 2023 se aprobó enmendar el Prospecto, resolviéndose el aumento por un monto máximo disponible a ser utilizado para futuras emisiones de hasta valor nominal U$S 800.000.000, o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor, tomándose a los efectos del cálculo de dicho monto, el tipo de cambio inicial según fuera informado en los respectivos avisos de resultados de las obligaciones negociables emitidas; (ix) mediante Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV N° DI-2023-39-APN-GE#CNV se resolvió el aumento del monto bajo el Régimen de Emisor Frecuente por hasta U$S 800.000.000; por la presente resuelve, con carácter de declaración jurada:
- El valor nominal en conjunto de las Obligaciones Negociables a ser emitido es de hasta U$400.000.000 (Dólares Estadounidenses cuatrocientos millones).
- Las Obligaciones Negociables estarán denominadas en Dólares Estadounidenses, serán integradas en Pesos al Tipo de Cambio Inicial, y serán pagaderas en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable.
Documento: YPF-Público
Documento: YPF-Público
- a) El capital de las Obligaciones Negociables Clase XXVI será amortizado en un único pago en la Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Clase XXVI.
b) El capital de las Obligaciones Negociables Adicionales Clase XXI será amortizado en una única cuota en la Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Adicionales Clase XXI, el 10 de enero de 2026 o, de no ser un Día Hábil, el primer Día Hábil posterior.
- a) Las Obligaciones Negociables Clase XXVI devengarán intereses a una tasa de interés fija nominal anual a licitar, truncada a dos decimales.
b) Las Obligaciones Negociables Clase XXI Adicionales devengarán intereses a una tasa de interés fija del 1,00% nominal anual y serán pagaderos en forma trimestral por período vencido el 10 de octubre de 2023, 10 de enero de 2024, 10 de abril de 2024, 10 de julio de 2024, 10 de octubre de 2024, 10 de enero de 2025, 10 de abril de 2025, 10 de julio de 2025, 10 de octubre de 2025 y en la Fecha de Vencimiento de las Obligaciones Negociables Adicionales Clase XXI, es decir el 10 de enero de 2026 o, de no ser un Día Hábil, el primer Día Hábil posterior.
- Aprobar los términos y condiciones de emisión de las Obligaciones Negociables contenidos en la versión del suplemento de prospecto anexo al presente (el “Suplemento de Prospecto”).
Todos los términos en mayúscula utilizados y no definidos en la presente, tendrán el significado que a ellos se les asigna en el Suplemento de Prospecto.
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Alejandro Lew
Funcionario delegado
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Documento: YPF-Público