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YPF S.A. — Capital/Financing Update 2020
Jun 18, 2020
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YPF SOCIEDAD ANÓNIMA
En cumplimiento del artículo 10 de la Ley Nº 23.576 (y sus modificatorias) se informa:
- YPF S.A. (“YPF” o la “Emisora”) ha sido registrada bajo el N°4 en el Registro de Emisor Frecuente de la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”), en virtud de lo resuelto por la Resolución del Directorio de la CNV N° RESFC-2018-19961-APN-DIR#CNV de fecha 28 de diciembre de 2018. El Directorio de la Emisora en su reunión de fecha 5 de abril de 2019 resolvió la emisión de obligaciones negociables en una o más series y/o clases bajo el Régimen Simplificado de Emisor Frecuente establecido en la Sección VIII, Capítulo V, Título II de las Normas de la CNV (N.T. 2013 y sus modificatorias) (el “Régimen de Emisor Frecuente”) por un valor nominal de hasta US$1.000.000.000 (o su equivalente en otras monedas). El Directorio de la Emisora en sus reuniones de fecha 8 de agosto de 2019 y 4 de diciembre de 2019, resolvió la emisión de obligaciones negociables en una o más series y/o clases bajo el Régimen de Emisor Frecuente por un valor nominal de hasta US$1.500.000.000 (o su equivalente en otras monedas). La autorización para emitir obligaciones negociables bajo el Régimen de Emisor Frecuente hasta un monto de US$1.000.000.000 fue resuelta por Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV N° DI-2019-30-APN-GE#CNV de fecha 9 de abril de 2019, mientas que la autorización para emitir obligaciones negociables bajo el Régimen de Emisor Frecuente hasta un monto de US$1.500.000.000 fue resuelta por Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV N°DI-2020-12-APN-GE#CNV de fecha 20 de febrero de 2020. La actualización del prospecto de emisor frecuente, la ratificación de la condición de emisor frecuente de la Emisora y delegación de facultades en ciertos funcionarios para determinar los términos y condiciones de las obligaciones negociables a ser emitidas bajo el Régimen de Emisor Frecuente fue resuelta por el Directorio de la Emisora en su reunión de fecha 5 de marzo de 2020. La actualización del prospecto de emisor frecuente y la ratificación de la condición de emisor frecuente de la Emisora fue resuelta por Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV N° DI-2020-21-APN-GE#CNV de fecha 3 de abril de 2020. La prórroga de la delegación de facultades en ciertos funcionarios para determinar los términos y condiciones de las obligaciones negociables a ser emitidas bajo el Régimen de Emisor Frecuente, fue resuelta por el Directorio de la Emisora en su reunión de fecha 4 de junio de 2020. Por acta de funcionario delegado de fecha 8 de junio de 2020, se resolvió (i) la emisión de obligaciones negociables Clase XII (las “Obligaciones Negociables”) bajo el Régimen de Emisor Frecuente, por un valor nominal en conjunto con el valor nominal de las obligaciones negociables adicionales clase III a ser emitidas por la Emisora bajo el Régimen de Emisor Frecuente, de hasta US$25.000.000 (ampliable hasta US$ 300.000.000); (ii) se aprobó el suplemento de precio relativo a la emisión de las Obligaciones Negociables; y (iii) se definieron ciertos los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables. Por acta de funcionario delegado de fecha 12 de junio de 2020, se aprobaron los términos y condiciones definitivos de las Obligaciones Negociables y se ratificaron y aprobaron las versiones finales de los documentos relacionados con la emisión de las Obligaciones Negociables.
- Todos los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables fueron establecidos por actas de funcionario delegado de fechas 8 de junio de 2020 y 12 de junio de 2020.
- YPF es una sociedad con domicilio legal constituido en Macacha Güemes 515, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. YPF es continuadora de Yacimientos Petrolíferos Fiscales Sociedad del Estado, transformación que fue ordenada por Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 2.778 del 30/12/90 y aprobado por la ley 24.145 de fecha 24/09/92. Mediante el Decreto mencionado se aprobaron los estatutos de la Emisora, los que fueron protocolizados por Escritura N° 12 del 18/01/91 y su modificatoria N° 33 del 30/01/91, ambas ante la Escribanía General del Gobierno de la Nación e inscriptos conjuntamente en la Inspección General de Justicia de Argentina con fecha 5/02/91, bajo el número 404 del Libro 108, Tomo A de Sociedades Anónimas. Asimismo, mediante Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 1106 del 31/05/93 se aprobaron los estatutos sustitutivos de los anteriores de la Emisora, los que fueron protocolizados por Escritura N° 175 del 15/06/93 ante la Escribanía General del Gobierno de la Nación e inscriptos en la Inspección General de Justicia de Argentina con fecha 15/06/93, bajo el número 5109 del Libro 113, Tomo A de Sociedades Anónimas. El término de duración de YPF es de 100 años contados desde la inscripción de su estatuto en el Registro Público de Comercio el 15/06/93.
- La Emisora tiene por objeto por llevar a cabo por sí, por intermedio de terceros o asociada a terceros, el estudio, la exploración y la explotación de los yacimientos de hidrocarburos líquidos y/o gaseosos y demás minerales, como asimismo, la industrialización, transporte y comercialización de estos productos y sus derivados directos e indirectos, incluyendo también productos petroquímicos, químicos derivados o no de hidrocarburos y combustibles de origen no fósil, biocombustibles y sus componentes, así como la generación de energía eléctrica a partir de hidrocarburos, a cuyo efecto podrá elaborarlos, utilizarlos, comprarlos, venderlos, permutarlos, importarlos o exportarlos, así como también tendrá por objeto prestar, por sí, a través de una sociedad controlada, o asociada a terceros, servicios de telecomunicaciones en todas las formas y modalidades autorizadas por la legislación vigente y previa solicitud de las licencias respectivas en los casos que así lo disponga el marco regulatorio aplicable, así como también la producción, industrialización, procesamiento, comercialización, servicios de acondicionamiento, transporte y acopio de granos y sus derivados, así como también realizar cualquier otra actuación complementaria de su actividad industrial y comercial o que resulte necesaria para facilitar la consecución de su objeto. Para el mejor cumplimiento de estos objetivos podrá fundar, asociarse con o participar en personas jurídicas de carácter público o privado domiciliadas en el país o en el exterior, dentro de los límites establecidos en su Estatuto.
F) El capital social de la Emisora al 31 de marzo de 2020 era de $3.933.127.930. El patrimonio neto de la emisora al 31 de marzo de 2020 era de $597.868 millones.
G) El valor nominal de emisión de las Obligaciones Negociables es de US$78.374.822.
H) A la fecha del presente aviso: (i) el monto de deuda correspondiente a obligaciones negociables en circulación emitidas por la Emisora, netas de recompras efectuadas por la misma, asciende a $495.432 millones y (ii) la Emisora no posee deudas con privilegios o garantías.
I) Las Obligaciones Negociables constituyen obligaciones simples, no convertibles en acciones, con garantía común sobre nuestro patrimonio y calificarán pari passu en todo momento entre ellas y con todas nuestras deudas no garantizadas y no subordinadas, tanto presentes como futuras (salvo respecto de las obligaciones que gozan de privilegio por ley como, por ejemplo, ciertas acreencias impositivas y laborales).
J) El capital de las Obligaciones Negociables será amortizado en un único pago en la Fecha de Vencimiento, esto es el 12 de junio de 2022.
K) Las Obligaciones Negociables devengarán intereses a una tasa de interés fija nominal anual del 1,50%.
L) Las Obligaciones Negociables no serán convertibles en acciones.
Los términos en mayúsculas utilizados que no están definidos en el presente tienen el significado que se les asigna en el Suplemento de Precio de fecha 8 de junio de 2020, publicado en la Autopista de Información Financiera de la CNV y en el boletín electrónico del MAE.