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YPF S.A. Capital/Financing Update 2014

Sep 18, 2014

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AVISO COMPLEMENTARIO

YPF Sociedad Anónima

Obligaciones Negociables Clase XXXIV por un valor nominal de hasta $ 1.250.000.000

El presente es un aviso complementario al suplemento de precio y al aviso de suscripción de fecha 17 de septiembre de 2014, y a la adenda al suplemento de precio de fecha 18 de septiembre de 2014 publicados en el Boletín Diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (la “BCBA”) en las mismas fechas respectivamente (el “Suplemento de Precio”, el “Aviso de Suscripción”, y la “Adenda al Suplemento de Precio”, respectivamente), en relación con la emisión por parte de YPF Sociedad Anónima (la “Emisora”) de las obligaciones negociables clase XXXIV a tasa variable con vencimiento a los 120 meses desde la Fecha de Emisión y Liquidación por un valor nominal de hasta $1.250.000.000 (las “Obligaciones Negociables Clase XXXIV”) y a ser emitidas bajo su Programa Global de Emisión de Títulos de Deuda de Mediano Plazo por un monto de capital total máximo en cualquier momento en circulación de US$5.000.000.000 (Dólares Estadounidenses cinco mil millones) o su equivalente en otras monedas. Tanto el Suplemento de Precio como el Aviso de Suscripción y la Adenda al Suplemento de Precio se encuentran también disponibles en la Autopista de Información Financiera (la “AIF”) de la CNV y en el micrositio web del MAE para colocaciones primarias (www.mae.com.ar) y en el sitio de la Emisora http://www.ypf.com

Por el presente se comunica al público inversor que por decisión de la CNV del día de la fecha, se autorizó a la Emisora con carácter excepcional, a reducir el período de difusión pública de 4 (cuatro) Días Hábiles a 1 (un) Día Hábil, en razón a que la oferta será suscripta principalmente por inversores mayoristas y calificados, y a la volatilidad existente en los mercados de capitales argentino. Asimismo, se consideró que ha transcurrido un (1) día hábil desde la publicación del Suplemento de Precio. En consecuencia resulta necesario modificar el Aviso de Suscripción de modo que los apartados “Período de Difusión Pública” y “Período de Subasta Pública” que se consignan en el mismo, queden redactados como se lee a continuación:

Período de Difusión Pública: Comenzará el 18 de septiembre 2014 y finalizará el mismo día.

Período de Subasta Pública: Comenzará el 19 de septiembre de 2014 a las 10 hs. y finalizará a las 16:00 hs. de ese día.

Durante el Período de Subasta Pública, los oferentes podrán enviar Órdenes de Compra vinculantes a los Colocadores y a los Agentes Intermediarios Habilitados.

La Emisora podrá, de común acuerdo con los Colocadores, suspender, interrumpir o prorrogar, el Período de Difusión Pública y el Período de Subasta Pública, en cuyo caso dicha alteración será informada mediante un aviso a ser (i) presentado en la BCBA para su publicación en el Boletín Diario de la BCBA; (ii) publicado en la Página Web de la CNV, bajo el ítem “Información Financiera”; (iii) publicado en la Página Web del MAE y (iv) publicado en el sitio de Internet de la Emisora http://www.ypf.com. En dicho caso, los inversores que hubieran presentado Órdenes de Compra durante el Período de Subasta Pública, podrán a su solo criterio y sin penalidad alguna, retirar tales Órdenes de Compra en cualquier momento anterior a la finalización del nuevo Período de Subasta Pública, mediando notificación escrita recibida por los Colocadores y/o los Agentes Intermediarios Habilitados, según corresponda y la Emisora, con anterioridad al vencimiento de la suspensión o prórroga del Período de Subasta Pública. Las Órdenes de Compra que no hubieren sido retiradas por los oferentes una vez vencido dicho período, se considerarán ratificadas, firmes y obligatorias.

La rueda de licitación tendrá la modalidad abierta, lo que implica que todos los participantes podrán ver las Órdenes de Compra a medida que las mismas se vayan ingresando en el sistema de licitación.

Todos aquellos Agentes Intermediarios Habilitados que cuenten con línea de crédito otorgada por los Colocadores serán dados de alta en la rueda, a pedido de ellos.

Aquellos Agentes Intermediarios Habilitados que no cuenten con línea de crédito deberán solicitar a los Colocadores la habilitación a la rueda, para la cual deberán acreditar, el cumplimiento de las normas de prevención de lavado de activos y financiamiento del terrorismo que satisfagan a los Colocadores, siempre observando el trato igualitario entre ellos.

Los Agentes Intermediarios Habilitados que ingresen Órdenes de Compra a la licitación y que no hubiesen sido designados Colocadores por YPF no percibirán remuneración alguna de YPF.

Todos los términos en mayúscula que no estén definidos en el presente, tienen el significado que se les asigna en el Suplemento de Precio y/o en el Aviso de Suscripción y/o en la Adenda al Suplemento de Precio. Todos los términos del Aviso de Suscripción que no resultan expresamente modificadas por el presente aviso complementario continúan siendo aplicables conforme los mismos son contemplados en el Aviso de Suscripción.

YPF Sociedad Anónima

Macacha Güemes 515,

Ciudad Autónoma de Buenos Aires,

República Argentina

Organizadores

Banco de Servicios y Transacciones S.A. Banco Macro S.A. Nación Bursátil S.A.

Colocadores

Banco de Servicios y Transacciones S.A. Macro Securities S.A. Nación Bursátil S.A.

La autorización otorgada por la CNV respecto de la oferta pública y emisión de las Obligaciones Negociables mediante Resolución Nº 15.896, de fecha 5 de junio de 2008, por Resolución Nº 16.954 de fecha 25 de octubre de 2012 y por Resolución Nº 17.076 de fecha 9 de mayo de 2013 significa solamente que se ha dado cumplimiento a los requisitos de información de la CNV. La CNV no se ha expedido respecto de la información contenida en el Prospecto y en el Suplemento de Precio.

La fecha de este Aviso Complementario es 18 de septiembre de 2014

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Daniel González

Funcionario Subdelegado