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YPF S.A. — Board/Management Information 2026
Jan 26, 2026
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Board/Management Information
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Acta N°541
En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 22 días del mes de enero de 2026, en la sede social sita en Macacha Güemes 515 y mediante videoconferencia a través del sistema Cisco Webex Meetings (módulo Cisco Webex Events), se reúne el Directorio de YPF Sociedad Anónima (en adelante la “Sociedad” o la “Compañía”) presidido por su titular, Sr. Horacio Daniel MARIN, con la presencia de los Directores Titulares, Guillermo Alberto FRANCOS, Eduardo Alberto OTTINO, Lisandro CATALÁN, José ROLANDI, Emiliano José MONGILARDI, César Rodolfo BIFFI, Eduardo Javier RODRÍGUEZ CHIRILLO, Guillermo Gustavo KOENIG y Gerardo Damián CANSECO. Se encuentra ausente la Sra. Andrea Confini. Asimismo, participan los Síndicos Sra. Raquel Orozco y los Sres. Juan Gelly y Obes y Santiago Lazzati; y la Sra. Paola Garbi, en ejercicio de la Secretaría Corporativa.
Se informa que el Sr. José Rolandi se encuentra conectado a distancia, y delega su firma en el acta en el Presidente, y los restantes directores participan de la reunión en la sede social, así como también la Sra. Orozco y los Sres. Gelly y Obes y Lazzati.
Siendo las 11:10 horas y habiendo quórum, se declara abierta la sesión...
A continuación, se somete a consideración el SÉPTIMO PUNTO DEL ORDEN DEL DÍA: “Prórroga de la delegación de facultades a funcionarios aprobadas por el Directorio de la Sociedad relacionadas con el Régimen de Emisor Frecuente” .
Toma la palabra la Sra. Paola Garbi quien informa que en virtud de la autorización otorgada por este Directorio para solicitar el registro de la Sociedad bajo el régimen de emisor frecuente de la Comisión Nacional de Valores (el “Régimen de Emisor Frecuente” y la “CNV”, respectivamente), la Sociedad fue inscripta en el registro de emisor frecuente bajo el Número 4, a través de la resolución N° RESFC-2018-19961-APN-DIR#CNV de fecha 28 de diciembre de 2018 del Directorio de la CNV, para el ofrecimiento de obligaciones negociables bajo el régimen previsto en la Sección VIII, Capítulo V, Título II de las Normas de la CNV.
Asimismo, las modificaciones de ciertos términos del Prospecto de Régimen de Emisor Frecuente (el “Prospecto EF”) fueron resueltas por Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV N° DI-2022-22-APN-GE#CNV de fecha 24 de mayo de 2022. La ratificación de la condición de Emisor Frecuente de la Sociedad por un monto disponible de US$381.883.353 (o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor) y la actualización del Prospecto EF fue resuelta por Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV N° DI-2025-42-APN-GE#CNV de fecha 27 de marzo de 2025.
El Directorio de la Sociedad en su reunión de fecha 12 de junio de 2025 aprobó el incremento del monto de la emisión de obligaciones negociables bajo el Régimen de Emisor Frecuente por hasta US$2.000.000.000 (Dólares Estadounidenses dos mil millones) (o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor) adicionales al monto actualmente vigente, a ser utilizado para la emisión de una o más clases y/o series, así como también delegó en ciertos funcionarios de la Sociedad las facultades para establecer los términos y condiciones de las obligaciones negociables a emitirse bajo el Régimen de Emisor Frecuente.
Mediante acta de funcionario delegado de fecha 23 de junio de 2025 y Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV N° DI-2025-112-APN-GE#CNV de fecha 26 de junio de 2025 se aprobó enmendar el Prospecto EF, ampliándose el monto máximo autorizado a ser utilizado para futuras emisiones y reemisiones de clases y/o series bajo el Régimen de Emisor Frecuente hasta US$ 1.000.000.000 (o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor), monto adicional al remanente del monto autorizado mediante Disposición N° DI-2025-42-APN-GE#CNV del 27 de marzo de 2025.
Mediante actas de funcionario delegado de la Sociedad de fechas 20 de agosto de 2025 y 3 de octubre de 2025 se resolvió habilitar y ratificar, respectivamente, y de conformidad con el Artículo 5 del Capítulo I del Título XVIII de las Normas de la CNV, de pleno derecho la posibilidad de emitir y reemitir clases y/o series bajo el Régimen de Emisor Frecuente, en tanto no se supere el monto máximo autorizado por CNV en todo momento en circulación.
Mediante acta de funcionario delegado de fecha 27 de octubre de 2025 se resolvió aprobar el aumento del monto bajo el Régimen de Emisor Frecuente por un monto máximo adicional para ser utilizado para futuras emisiones de hasta valor nominal US$1.000.000.000 (o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor), aclarándose que este aumento
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es adicional al monto autorizado por Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV N° DI-2025-112-APN-GE#CNV de fecha 26 de junio de 2025, y mediante Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV N° DI-2025-200-APN-GE#CNV de fecha 29 de octubre de 2025 se resolvió el aumento adicional del monto bajo el Régimen de Emisor Frecuente por hasta US$ 1.000.000.000 (o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor).
El Directorio de la Sociedad en su reunión de fecha 7 de noviembre de 2025 aprobó la delegación en ciertos funcionarios de la Sociedad de las facultades para establecer los términos y condiciones de las obligaciones negociables a emitirse bajo el Régimen de Emisor Frecuente.
El Directorio de la Sociedad en su reunión de fecha 18 de noviembre de 2025 aprobó el incremento del monto de la emisión de obligaciones negociables bajo el Régimen de Emisor Frecuente por hasta US$2.000.000.000 (Dólares Estadounidenses dos mil millones) (o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor) adicionales al monto actualmente vigente, a ser utilizado para la emisión de una o más clases y/o series, así como también delegó en ciertos funcionarios de la Sociedad las facultades para establecer los términos y condiciones de las obligaciones negociables a emitirse bajo el Régimen de Emisor Frecuente.
Mediante acta de funcionario delegado de fecha 16 de diciembre de 2025 se resolvió aprobar el aumento del monto bajo el Régimen de Emisor Frecuente por un monto máximo adicional para ser utilizado para futuras emisiones de hasta valor nominal US$800.000.000 (o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor), aclarándose que este aumento es adicional al monto autorizado por Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV N° DI-2025-112-APN-GE#CNV de fecha 26 de junio de 2025 y por Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV N° DI-2025-200-APN-GE#CNV de fecha 29 de octubre de 2025, y mediante Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV N° DI-2025-242APN-GE#CNV de fecha 19 de diciembre de 2025 se resolvió el aumento adicional del monto bajo el Régimen de Emisor Frecuente por hasta US$ 800.000.000 (o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor), siendo, a la fecha de la presente, el monto máximo autorizado por la CNV bajo el cual la Sociedad podrá emitir y reemitir clases y/o series bajo el Régimen de Emisor Frecuente un total de US$2.838.381.652 (o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor) en todo momento en circulación (el “Monto Máximo Autorizado”), tomándose a los efectos del cálculo de dicho monto, el tipo de cambio inicial según fuera informado en los respectivos avisos de resultados de las obligaciones negociables emitidas.
A la fecha de la presente, la Sociedad cuenta con un monto disponible para emitir y/o reemitir obligaciones negociables en una o más clases y/o series bajo el Régimen de Emisor Frecuente en el marco del monto máximo de emisión autorizado por el Directorio de la Sociedad el 7 de enero de 2021, 12 de junio de 2025 y 18 de noviembre de 2025 (aprobado por el Directorio de la CNV mediante Resolución N° RESFC-2021-20939-APN-DIR#CNV de fecha 27 de enero de 2021, Disposición de la Gerencia de Emisoras de la CNV DI-2025112-APN-GE#CNV de fecha 26 de junio de 2025, DI-2025-200-APN-GE#CNV de fecha 29 de octubre de 2025 y DI-2025-242-APN-GE#CNV de fecha 19 de diciembre de 2025) de hasta US$2.838.381.652 (o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor), tomándose a los efectos del cálculo de dicho monto, el tipo de cambio inicial según fuera informado en los respectivos avisos de resultados de las obligaciones negociables emitidas. Dentro de dicho monto autorizado por la CNV, la Sociedad cuenta con un monto disponible para emitir de obligaciones negociables de US$1.518.299.882 (o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor).
En tal sentido, conforme a las Normas de la CNV, y a fin de maximizar la flexibilidad financiera y eventuales oportunidades estratégicas de inversión por parte de la Sociedad bajo el Régimen de Emisor Frecuente, resultará conveniente y necesario para la Sociedad considerar la prórroga de la delegación de facultades, en los mismos términos y alcance que la delegación de facultades aprobada por el Directorio de la Sociedad en su reunión del 12 de junio de 2025 (décimo primer y décimo segundo puntos del orden del día de dicha reunión), 7 de noviembre de 2025 (quinto punto del orden del día) y 18 de noviembre de 2025 (cuarto punto del orden del día) y en la presente conforme fuera prorrogada de tiempo en tiempo, a favor de los Funcionarios Delegados (según se define más adelante). En virtud de ello, los Funcionarios Delegados se encuentran facultados para actuar en forma indistinta cualquiera de ellos, en relación con la emisión de Obligaciones Negociables bajo el Régimen de Emisor Frecuente y en la determinación de todos los términos y condiciones de las mismas. Se deja constancia que el plazo de subdelegación será otorgado por el plazo de 2 años, a la luz de las modificaciones introducidas por la Resolución General de la CNV
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N°1095, mediante la cual se amplió de 3 meses a 2 años el plazo de la subdelegación de facultades.
Luego de un intercambio de opiniones, EL DIRECTORIO RESUELVE POR UNANIMIDAD:
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1°) Aprobar la prórroga de la delegación de las facultades en favor de los Señores Funcionarios Delegados aprobadas por el Directorio de la Sociedad en el décimo primero y décimo segundo punto del orden del día de la reunión del día 12 de junio de 2025, en el quinto punto del orden del día de la reunión del día 7 de noviembre de 2025 y en el cuarto punto del orden de la reunión del día 18 de noviembre de 2025, por el plazo de dos (2) años , es decir, hasta el 22 de enero de 2028 inclusive, de conformidad con lo previsto por las Normas de la CNV donde se ha ampliado el plazo de subdelegación a dos (2) años (respecto de los 3 meses anteriormente previstos), para ratificar y/o ampliar el monto respecto del cual se ha solicitado ratificar la condición de Emisor Frecuente de YPF S.A. de conformidad con lo previsto por las Normas de la CNV (N.T. año 2013 y modificatorias) por un monto adicional al Monto Máximo Autorizado, pudiendo a tal efecto los Funcionarios Delegados realizar las ratificaciones y actualizaciones del Prospecto que consideren necesarias dentro del monto remanente aprobado por dicha resolución, con las más amplias facultades al efecto según se encuentran detalladas en dichas actas de fechas 12 de junio de 2025, 7 de noviembre de 2025 y 18 de noviembre de 2025, .
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2°) Prorrogar las facultades delegadas a los Funcionarios Delegados aprobadas con fecha 12 de junio de 2025 en el DÉCIMO PRIMERO Y DÉCIMO SEGUNDO punto del orden del día, 7 de noviembre de 2025 en el QUINTO punto del orden del día y 18 de noviembre de 2025 en el CUARTO PUNTO del orden del día, por el plazo de dos (2) años , es decir, hasta el 22 de enero de 2028 inclusive, de conformidad con lo previsto por las Normas de la CNV donde se ha ampliado el plazo de subdelegación a dos (2) años (respecto de los 3 meses anteriormente previstos), en relación con el monto autorizado para emitir obligaciones negociables por hasta US$1.518.299.882 (Dólares Estadounidenses quinientos dieciocho millones doscientos noventa y nueve mil ochocientos ochenta y dos) (o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o valor), con las más amplias facultades al efecto según se encuentran detalladas en dichas actas de fechas 12 de junio de 2025, 7 de noviembre de 2025 y 18 de noviembre de 2025.
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3°) Designar y autorizar a los Funcionarios Delegados y a los Sres. Paola Garbi, Fernando Gómez Zanou, Marina Quinteiro, Valeria Moglia, Damián Teglia, Micaela D’Eramo, Katia Malovrh, Nicolás Bächli, Hugo N. L. Bruzone, José María Bazán, Leandro E. Belusci, Ramon Augusto Poliche, Juan Rosatto, Manuel Etchevehere, Sebastian Pereyra Pagiari, Quimey Lia Waisten, Facundo Suarez Loñ, Malena Tarrío, Lucia De Luca, Victoria Negro, Gonzalo Javier Vilariño, Victoria Llana, Lucila Larrea, Marco Haas, Francisco Mendioroz, Manuel Vergez Di Natale y/o a quienes ellos designen, para que en forma indistinta cualquiera de ellos, realicen todos los trámites, presentaciones, diligencias y gestiones que fueren necesarias ante la CNV, la SEC, ByMA, A3, la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (“BCBA”), y/o cualquier otra bolsa o mercado del país y/o del exterior, y ante cualquier autoridad de contralor u organismo pertinente, incluyendo sin limitación el BCRA y la Caja de Valores S.A., entre otros, respecto de los trámites relacionados con el Régimen de Emisor Frecuente (ratificación, actualización, aumento y/o ampliación de montos, entre otros) y la emisión de las Obligaciones Negociables bajo dicho régimen. A tal efecto, los anteriormente nombrados quedan facultados, sin limitación, para realizar notas y otros escritos, realizar todas las presentaciones que sea menester, aceptar y proponer las modificaciones o reformas que los citados organismos, sociedades, bolsas de comercio y/o mercados nacionales o del exterior consideren necesarias, retirar copias y documentación, suscribir instrumentos públicos y/o privados, presentar contestaciones de vistas, suscribir e inicialar toda la documentación que sea necesaria (incluyendo, sin limitación, los prospectos, formularios, suplementos correspondientes al Régimen de Emisor Frecuente y las Obligaciones Negociables y cualquier otro escrito o documentación tanto respecto del proceso de ratificación de condición, incremento de monto y emisión como trámites posteriores relacionados con actos requeridos por las Normas de la CNV una vez emitidas las distintas clases de obligaciones negociables), firmar y publicar
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los avisos de ley, y, en general, realizar todos los trámites, diligencias y demás gestiones necesarias en la Argentina y en el exterior.
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Seguidamente, los miembros de la Comisión Fiscalizadora dejan constancia de la regularidad de las decisiones adoptadas por el Directorio.
Se deja constancia de que los Sres. César Biffi, Guillermo Koenig, Emiliano Mongilardi y José Daniel Álvarez, en conocimiento del acta, delegan su firma en la misma en el Presidente.
Finalmente, el Presidente agradece a todos y no habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión siendo las 15:26 horas.
Firmas: Horacio Daniel Marin – Horacio Daniel Marin por José Rolandi - Horacio Daniel Marin por Guillermo Koenig - Horacio Daniel Marin por César Rodolfo Biffi - Horacio Daniel Marin por José Daniel Álvarez - Horacio Daniel Marin por Emiliano Mongilardi - Eduardo Alberto Ottino – Guillermo Alberto Francos - Eduardo Rodríguez Chirillo - Lisandro Catalán - Gerardo Damián Canseco - Juan Gelly y Obes - Raquel Orozco – Santiago Lazzati.
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