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YPF S.A. — Annual Report 2020
Mar 8, 2021
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Annual Report
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METROGAS S.A.
MEMORIA Y ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2020
MEMORIA
(Información no cubierta por el informe de los Auditores Independientes).
Señores Accionistas:
De conformidad con las disposiciones legales y estatutarias vigentes, sometemos a vuestra consideración la documentación referida a los Estados financieros correspondientes al vigésimo noveno ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020.
1. CONTEXTO MACROECONÓMICO
La economía argentina comienza a descomprimir, aunque lentamente, algunas de las circunstancias extremadamente negativas que estuvo enfrentando durante 2020. Los desafíos por superar eran múltiples, y entrelazados entre sí. Primero, debía lidiarse con una crisis cambiaria disparada a mediados de 2018, cuyas consecuencias aún se sentían al inicio de la pandemia respecto al Coronavirus (“COVID-19”). Segundo, el miedo social al COVID-19 y las medidas de aislamiento afectaron negativamente la actividad económica.
En los últimos meses la pandemia de COVID-19 siguió afectando negativamente la dinámica de la actividad y el empleo a nivel global. Las medidas sanitarias y las respuestas de política económica continuaron enfocadas en contener los efectos de la crisis y generar condiciones para una recuperación que se sostenga en el tiempo.
Para una empresa como MetroGAS S.A. (“MetroGAS”o la “Sociedad”) con una actividad concentrada en el mercado argentino, y en particular el servicio de distribución de gas que es muy sensible tanto para la población en general como para la mayoría de las actividades económicas, la evolución de la situación macroeconómica y social fue muy relevante.
Según los últimos datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina (“INDEC”), la estimación preliminar del producto interno bruto (“PIB”), en el tercer trimestre de 2020, muestra una caída de 10,2% con relación al mismo período del año anterior. El PIB desestacionalizado del tercer trimestre de 2020, con respecto al segundo trimestre de 2020, arroja una variación negativa de 12,8%.
Durante noviembre, el estimador mensual de actividad económica (“EMAE”) publicado por el INDEC registró una contracción de 2,2% en la comparación interanual. En los primeros once meses del año 2020, el EMAE acumuló una caída de 10,0% con relación al mismo período de 2019.
Para el año 2020, la tasa de variación de precios anual del Índice de Precios al Consumo (“IPC”) en Argentina ha sido del 36,1% y la variación del Índice de Precios Internos al por Mayor (“IPIM”) publicado por el INDEC alcanzó el 35,4%.
En materia cambiaria, el tipo de cambio peso/dólar, según cotización Banco Nación, culminó el año 2020 en un valor de 84,15 pesos por dólar, habiéndose incrementado aproximadamente un 40,5% desde su valor de 59,89 pesos por dólar al cierre de 2019.
Las variables referidas anteriormente repercuten en forma directa y generalizada en la economía, impactando en relevantes incrementos de costos, ente otros efectos. Por lo tanto, y en forma particular para un negocio regulado como es el de la distribución de gas natural, la decisión del gobierno de continuar postergando hasta el mes de marzo de 2021 (alcanzando a esa fecha 24 meses consecutivos sin incrementos) la actualización de las tarifas impacta negativamente en los resultados de la Sociedad. Desde el inicio del congelamiento tarifario en el mes de febrero de 2019 hasta la fecha de cierre de los presentes estados financieros, la inflación acumulada fue del
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106,4% según el IPIM (variable que debería ser tomada para las actualizaciones tarifarias según el régimen vigente).
El Gobierno sigue enfrentando desde su asunción en diciembre 2019, singulares desafíos en materia macroeconómica, como la reducción de la tasa de inflación, alcanzar superávit comercial y fiscal, la acumulación de reservas, contener el tipo de cambio y la mejora en la competitividad de la industria local a partir de las distintas variables que la afectan, entre otros. Es difícil predecir el impacto que tendrán las medidas que el gobierno tomó hasta la fecha y/o que podría tomar adicionalmente (incluyendo las medidas vinculadas al sector energético). La incertidumbre existente en relación con las medidas que deberá adoptar el gobierno con respecto a la economía podría conducir a la volatilidad de los precios de mercado de valores de empresas argentinas, incluyendo en particular las empresas en el sector de energía, como la nuestra, dado el alto grado de regulación e intervención estatal en esta industria. Adicionalmente, no podemos garantizar que las actuales políticas y programas que aplican al sector de gas continuarán en el futuro.
No podemos asegurar el impacto de las medidas citadas con anterioridad en la economía argentina ni en nuestra situación patrimonial, económica, financiera o de otro tipo, nuestros resultados y los de nuestras operaciones y/o negocios.
2. PERFIL DE LA SOCIEDAD
MetroGAS es la empresa de distribución de gas natural por redes más grande de la Argentina, en términos de cantidad de clientes y volumen de gas entregado. De acuerdo con la última información disponible suministrada por el Ente Nacional Regulador del Gas (“ENARGAS”) MetroGAS distribuye aproximadamente el 19% del total del gas natural abastecido por las nueve compañías distribuidoras del país y cuenta hoy con aproximadamente 2,4 millones de clientes en su área de servicio (Ciudad Autónoma de Buenos Aires y once partidos del sur del Gran Buenos Aires), un área densamente poblada que incluye importantes usinas, clientes industriales y comerciales.
En el año 2005, con motivo de los cambios en las reglamentaciones (ver punto 2.3.2), el Directorio de MetroGAS decidió la constitución de MetroENERGÍA S.A. (“MetroENERGÍA”), una sociedad anónima de la cual MetroGAS es titular del 95% del capital accionario y cuyo objeto social es el de dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, a la compra-venta de gas natural y/o su transporte.
Desde el año 1993 el consumo de gas natural en la Argentina aumentó aproximadamente un 87%. Ese año el consumo fue de aproximadamente 21.828 MMm[3] (millones de metros cúbicos) y se incrementó a 40.769 MMm[3] en 2020 de acuerdo con la información provista por el ENARGAS. Dicho aumento se ha debido a los mejores precios relativos que presentó el gas natural respecto de otras fuentes de energía, al aumento en la capacidad de los gasoductos troncales y a la expansión de los sistemas de distribución.
Las reservas comprobadas de gas de la Argentina ascienden a 376.710 MMm[3] de acuerdo con la información provista por la Secretaría de Energía (“SE”) al mes de diciembre de 2020. Existen 19 cuencas sedimentarias conocidas en el país, 10 de las cuales se encuentran en el continente, 3 son marítimas y 6 de ellas son combinadas. La producción está concentrada en 5 cuencas: Noroeste; Neuquén y Cuyo en la zona central; Golfo de San Jorge y Austral en el sur del país. La producción de gas natural fue 45.096 MMm[3] de acuerdo con la información provista por la SE al mes de diciembre de 2020 en el período enero – diciembre 2020, de los cuales 24.645 MMm[3] fueron provenientes de la cuenca neuquina. Adicionalmente, para poder satisfacer los requerimientos de la demanda interna, se debieron importar unos aproximadamente 7.406 MMm[3] , provenientes de Bolivia y del Gas Natural Licuado (“GNL”) regasificado en la planta de Escobar.
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Aproximadamente el 61% del gas comprado por MetroGAS durante 2020 provino de la cuenca de Neuquén, el 34% de la cuenca de Tierra del Fuego y el restante 5% de la cuenca de Santa Cruz.
3. MARCO REGULATORIO
La distribución de gas natural por redes es un servicio público y por lo tanto es una actividad regulada. El ENARGAS, en los términos de la Ley del Gas es la autoridad de aplicación y su jurisdicción se extiende al transporte, venta, almacenaje y distribución de gas natural. Su mandato, de acuerdo con lo expresado en la Ley del Gas, incluye la protección de los consumidores, el cuidado de la competencia en la provisión y demanda de gas natural y el fomento de las inversiones de largo plazo en la industria.
Con fecha 31 de marzo de 2017 se publicó la Resolución ENARGAS Nº 4.356/2017 por medio de la cual se dispuso a aprobar los estudios técnico-económicos sobre la Revisión Tarifaria Integral (“RTI”) y el Plan de Inversiones Obligatorias (“PIO”) de MetroGAS para el período 2017-2021.
Tal lo expresado en los considerandos de la citada Resolución, la fijación de las tarifas máximas a autorizar en el quinquenio para la prestación del servicio de transporte y distribución de gas requirió la conjunción de:
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una tasa de rentabilidad justa y razonable a reconocer a las prestadoras del servicio - Costo del Capital;
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el valor de la Base Tarifaria, o Base de Capital necesaria para la prestación del servicio regulado;
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el PIO a ejecutar durante el quinquenio;
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el Capital de Trabajo afectado al giro del negocio regulado;
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la estimación de los Gastos de Operación y Mantenimiento, de Comercialización y Administración necesarios para la prestación del servicio regulado;
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los tributos que gravan la actividad regulada; y
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los cambios esperados en la productividad y en la eficiencia y las estimaciones de la demanda esperada durante el quinquenio.
Sin perjuicio de las variables tomadas en consideración por el ENARGAS en oportunidad de la RTI y el ajuste tarifario allí establecido, distintas medidas adoptadas a posteriori por el Estado Nacional (a través del Poder Ejecutivo Nacional ("PEN"), la (ex) Secretaría de Gobierno de Energía (“SGE”) y el ENARGAS) devinieron en claro perjuicio de MetroGAS.
Las alteraciones más relevantes a la ecuación económico-financiera previstas al momento de la RTI derivan de la aplicación de distintas Resoluciones emitidas durante el ejercicio 2019 por el ENARGAS que produjeron menores ingresos, fundamentalmente por el diferimiento del ajuste semestral de tarifas y mayores costos en relación al cálculo del Gas Natural No Contabilizado (“GNNC”).
Por lo mencionado precedentemente, han ocurrido cambios significativos en previsiones básicas del marco regulatorio que no habían sido contempladas al momento de disponerse la aprobación del PIO y determinarse las tarifas justas y razonables al momento de la RTI.
Debido a ello, con fecha 11 de octubre de 2019 MetroGAS realizó una presentación ante el ENARGAS solicitando (i) la revisión y adecuación del PIO de MetroGAS que fuera aprobado mediante Resolución ENARGAS Nº 4.356/2017 y (ii) una compensación económica para la restitución del equilibrio económico y financiero, conjuntamente con la reconsideración de ciertas medidas regulatorias adoptadas, ya sea por incrementos de los costos o por la reducción en la
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generación de ingresos, de modo que permita cumplir con las premisas tomadas en cuenta al momento de realizarse los estudios técnicos y económicos de la RTI (ver puntos 3.2.1 y 7.6).
Con fecha 23 de diciembre de 2019 se publicó la Ley N° 27.541, denominada de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia (“Ley de Solidaridad”), que declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, y delegó en el PEN hasta el 31 de diciembre de 2020 las facultades en los términos del artículo N° 76 de la Constitución Nacional.
En relación al sistema energético, el artículo 5 de la Ley de Solidaridad Social facultó al PEN a mantener las tarifas de electricidad y gas natural que estén bajo jurisdicción federal y a iniciar un proceso de renegociación de la RTI vigente o iniciar una revisión de carácter extraordinario, en los términos de las leyes N° 24.065, N° 24.076 y demás normas concordantes, a partir de la vigencia de la Ley de Solidaridad Social y por un plazo máximo de hasta ciento ochenta (180) días, propendiendo a una reducción de la carga tarifaria real sobre los hogares, comercios e industrias para el año 2020. Asimismo, facultó al PEN a intervenir administrativamente el ENARGAS por el término de un (1) año. Con fecha 19 de junio de 2020 se publicó el Decreto de Necesidad y Urgencia (“DNU”) N° 543/2020 que prorrogó el plazo establecido en el citado artículo 5° de la Ley de Solidaridad Social desde su vencimiento y por un plazo adicional de 180 días corridos, manteniéndose así vigente la referida facultad del PEN de mantener inalterados los valores tarifarios de electricidad y gas natural hasta fines de 2020.
Con fecha 17 de marzo de 2020 se publicó el Decreto N° 278/2020 que dispuso la intervención del ENARGAS hasta el 31 de diciembre de 2020, en orden a lo establecido en el artículo 6° de la Ley de Solidaridad Social, y la designación como interventor del Licenciado Federico Bernal (prorrogándose tales intervención y designación de conformidad con lo indicado en el párrafo siguiente).
Con fecha 17 de diciembre de 2020 se publicó el Decreto N° 1.020/2020 que (i) determinó el inicio de la renegociación de la RTI vigente correspondiente a las prestadoras de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica y gas natural que estén bajo jurisdicción federal, en el marco de lo establecido en el artículo 5° de la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública; (ii) estableció que el plazo de la renegociación dispuesta anteriormente no podrá exceder los dos (2) años desde la fecha de entrada en vigencia del mencionado decreto, debiendo suspenderse hasta entonces los Acuerdos correspondientes a las respectivas Revisiones Tarifarias Integrales vigentes con los alcances que en cada caso determinen los Entes Reguladores; (iii) encomendó la renegociación al ENARGAS pudiendo preverse adecuaciones transitorias de tarifas y/o su segmentación, según pudiera corresponder, propendiendo a la continuidad y normal prestación de los servicios públicos involucrados; (iv) prorrogó el plazo de mantenimiento de las tarifas de gas natural establecido en el artículo 5° de la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública (prorrogado por el Decreto N° 543/20 desde su vencimiento) por un plazo adicional de noventa (90) días corridos o hasta tanto entren en vigencia los nuevos cuadros tarifarios transitorios resultantes del Régimen Tarifario de Transición para los servicios públicos de transporte y distribución de gas natural (lo que ocurra primero, con los alcances que en cada caso corresponda); y (v) prorrogó la intervención del ENARGAS, incluyendo mandas y designaciones (entre ellas, la del Sr. Interventor, Federico Bernal), por el plazo de un (1) año desde su vencimiento o hasta que se finalice la renegociación de la revisión tarifaria dispuesta por el presente, lo que ocurra primero.
En razón de estas medidas, el 29 de enero de 2021, MetroGAS realizó una nueva presentación ante el ENARGAS, mediante la cual actualizó los valores de las afectaciones que fueron objeto de su presentación del 11 de octubre de 2019 -anteriormente citada-, y amplió su solicitud de compensación económica para la restitución de su equilibrio económico y financiero, solicitando la reparación de los perjuicios que le representaron los incrementos de sus costos y la reducción
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de sus ingresos, derivados de las normas recién mencionadas, adoptadas todas a partir de la Ley de Solidaridad, inclusive.
Con fecha 23 de febrero de 2021 se publicó la Resolución ENARGAS N° 47/2021 que convoca a Audiencia Pública Nº 101 virtual para el día 16 de marzo de 2021 con el objeto de poner a consideración el Régimen Tarifario de Transición de conformidad con el Decreto N° 1.020/20. En los términos de la resolución del ENARGAS, la Sociedad presentó oportunamente los cuadros tarifarios de transición, así como la información de sustento de los mismos para el régimen tarifario transitorio.
En la medida que el ENARGAS no adopte medidas tendientes a corregir la afectación del mecanismo de mantenimiento en valores constantes de la tarifa de distribución, esto continuará impactando negativamente en la Sociedad, disminuyendo el flujo de ingresos y empeorando la actual situación económico-financiera de MetroGAS.
Asimismo, debe tenerse presente que nos encontramos en un contexto de (i) incertidumbre con respecto a la capacidad de pago del sector público argentino y las posibilidades de obtener financiamiento, (ii) incremento de la inflación que afecta el crecimiento de la economía, (iii) controles de precios, (iv) incertidumbre respecto al marco regulatorio aplicable a la Sociedad, (v) restricciones a la adquisición y transferencia de divisas al exterior, (vi) aplicación de restricciones a las importaciones y exportaciones de productos y (vii) creación de nuevos impuestos a la exportación de determinados productos o el incremento de las alícuotas vigentes.
La situación económica del país tiene impacto, no sólo en los consumos de los distintos usuarios de la Sociedad, sino que también implica la variación de la coyuntura respecto a la situación imperante al momento del dictado de la Resolución ENARGAS Nº 4.356/2017.
Por otro lado, una parte de la deuda financiera de la Sociedad está denominada en dólares estadounidenses y está expuesta a las variaciones en el tipo de cambio. Consecuentemente, variaciones no previstas y abruptas en el tipo de cambio resultan en cambios significativos en los montos necesarios para ser aplicados al pago de servicios de deuda, afectando de tal manera los resultados y la condición financiera. Igual impacto deriva de las altas tasas de interés o el aumento de las tasas de inflación que incrementan los costos de operación e influyen negativamente en los resultados de operación y en la situación financiera.
En virtud de lo expuesto, el Directorio monitorea permanentemente la evolución de las variables económico-financieras y el impacto de la Ley de Solidaridad Social, y las normas derivadas de ella, para adoptar medidas tendientes a disminuir los impactos negativos sobre la Sociedad y su consecuente reflejo en los estados financieros de períodos futuros.
3.1 Juicio contra el Estado Nacional
En el año 2011, MetroGAS promovió una acción interruptiva de prescripción contra el Estado Nacional con el objeto de que, agotado el reclamo administrativo, se condenara a este a la reparación de los daños y perjuicios provocados a MetroGAS (derivados de la Ley de Emergencia) con motivo del incumplimiento a la obligación contractual de mantener la ecuación económico-financiera de la Sociedad de acuerdo con los términos del marco regulatorio establecido a partir de la Ley de Gas.
De manera complementaria a esta acción, y una vez agotada la vía administrativa, en el año 2013 se amplió la demanda fijándose la suma reclamada en miles de $ 4.125.167 (expresada en valores al 31/12/2011) y se inició el Beneficio de Litigar Sin Gastos (“BLSG”) con el objeto de que se estableciera la exención del pago de las costas y gastos judiciales derivados de la acción de daños y perjuicios. Con la promoción del BLSG, MetroGAS quedó exenta del pago de la tasa de justicia al momento del inicio de la acción principal y hasta la resolución del BLSG.
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Con fecha 30 de marzo de 2017 MetroGAS suscribió con el Estado Nacional el Acta Acuerdo Integral en virtud de la cual, dentro del plazo de noventa (90) días corridos de que entrara y se mantuviera en vigencia la Resolución que aprobara el cuadro tarifario resultante de la RTI, MetroGAS debía desistir íntegra y expresamente de todos los derechos que pudieran eventualmente invocar, como también a todas las acciones entabladas o en curso o que pudieran entablar, fundadas o vinculadas a los hechos o medidas dispuestas, respecto del Contrato de Licencia.
Con fecha 28 de marzo de 2018, se publicó en el Boletín Oficial (“B.O.”) el Decreto N° 252/2018 que ratificó el Acta Acuerdo Integral. En virtud de ello, con fecha 27 de junio de 2018 la Sociedad procedió al desistimiento de la causa “MetroGAS S.A. c/ Estado Nacional – M. Planificación - (Decreto N° 293/02) - UNIREN s/Proceso de Conocimiento”. Mediante resolución de fecha 3 de octubre de 2018, se tuvo a MetroGAS por desistida de la acción y del derecho.
Con fecha 27 de agosto de 2020, de acuerdo con el dictamen elaborado por el representante del Fisco y en atención a la situación patrimonial de MetroGAS, se dispuso a conceder en un 90% el beneficio de litigar sin gastos solicitado, con costas por su orden. En estos términos, se procedió al recálculo de la Tasa de Justicia al 0,3% del monto del litigio y se actualizó a tasa activa BNA. Como consecuencia de ello se registró un recupero de las costas relacionadas con dicho reclamo por miles de pesos $ 242.950 (en moneda de diciembre de 2020).
A la fecha el expediente se encuentra en Cámara toda vez que el perito interviniente apeló sus honorarios. Una vez que se remita el expediente al Juzgado, MetroGAS deberá liquidar y pagar la tasa de justicia.
3.2 Tarifas de distribución de gas natural
3.2.1 Cuadros tarifarios
Mediante Resolución N° 91/2018 del (ex) Ministerio de Energía y Minería (“MINEM”) se sustituyó el Numeral 9.4.2.3 de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución (“RBLD”) aprobada como Anexo B, Subanexo I, por el Decreto Nº 2.255 de fecha 2 de diciembre de 1992, determinando en lo pertinente que “los ajustes serán estacionales, abarcando los períodos del 1° de abril al 30 de septiembre de cada año, y del 1° de octubre al 31 de marzo del año siguiente”.
En fecha 8 de octubre de 2018 se publicó la Resolución ENARGAS N° 281/2018 que dispuso aprobar los cuadros tarifarios de MetroGAS aplicables a partir de la publicación de los mismos (luego rectificada por la Resolución ENARGAS N° 292/2018). Cabe aclarar, que dichos cuadros tarifarios no contemplaron la exacta incidencia de las Diferencias Diarias Acumuladas (“DDA”) correspondientes al período comprendido entre el 1° de abril y el 30 de septiembre de 2018.
En relación a la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, el ENARGAS advirtió que, para el período a considerar en el ajuste aplicable a partir de octubre-2018, es decir la variación entre febrero y agosto de 2018, existe una notoria disparidad entre la variación del IPIM y la de otros indicadores de la economía. Por ello, a partir de lo observado consideró razonable que para el ajuste semestral se aplique la metodología del Anexo V de la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017, pero considerando una adecuada combinación de índices que reflejen en mejor medida la variación de los indicadores de la economía general a fin de que se implementen los preceptos establecidos en las Resoluciones que aprobaron la RTI, alegando que “tal aplicación no significa un cambio metodológico, ni del principio general establecido en el Anexo V de la Resolución ENARGAS N° 4.356/17, sino la adecuada evaluación de tal criterio en el marco del caso concreto de su aplicación al semestre a iniciarse en octubre de 2018 en el que se aprecia una significativa disparidad entre el IPIM y otros indicadores macroeconómicos”.
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A partir de ello, se aplicó como índice de actualización de la tarifa el promedio simple de los siguientes índices: a) IPIM entre los meses de febrero de 2018 y agosto de 2018, b) “Índice del Costo de la Construcción” entre los meses de febrero de 2018 y agosto de 2018 (“ICC”), y c) “Índice de variación salarial” entre los meses de diciembre de 2017 y junio de 2018 (“IVS”), lo cual resulta en una variación total para el período estacional de 19,7%, frente a una variación del 30,5% de haberse aplicado el IPIM únicamente. La Sociedad presentó en tiempo y forma el recurso de reconsideración contra la metodología seguida por el ENARGAS para reconocer el ajuste de la tarifa de distribución y la diferencia en las DDA.
Con fecha 24 de junio de 2019 y mediante Resolución N° 336/2019 de la SGE, se estableció -en beneficio de los usuarios residenciales de gas natural y con carácter excepcional- un diferimiento de pago del 22% en las facturas a ser emitidas a partir del 1º de julio de 2019 y hasta el 31 de octubre de 2019 que fue recuperado a partir de las facturas emitidas desde el 1º de diciembre de 2019 y por 5 períodos mensuales, iguales y consecutivos.
Dicha Resolución también dispuso que el costo financiero del diferimiento (computado entre las fechas de vencimiento de pago original de las facturas y las de vencimiento de las facturas en las que se incluya cada cuota de recupero) sea asumido por el Estado Nacional en carácter de subsidio, mediante el pago de intereses a distribuidoras, subdistribuidoras, transportistas y productores, reconociéndose a ese efecto la tasa para plazos fijos por montos de $ 20.000.000 o superiores a plazos de 30 o 35 días, denominada TM20, publicada por el Banco de la Nación Argentina que ascendió a 40,50% al 31 de diciembre de 2019.
Debe tenerse presente que la Resolución SGE Nº 336/2019 es anterior a la significativa devaluación acontecida en el mes de agosto de 2019 y la tasa de interés prevista en la norma no compensa el impacto financiero causado por resultar insuficiente y afectar directamente el capital de trabajo de la Sociedad.
En relación al ajuste semestral de los márgenes de transporte y distribución previsto a partir del 1º de octubre de 2019, con fecha 4 de septiembre de 2019 se publicó la Resolución SGE N° 521/2019 que difirió el ajuste semestral para el 1° de enero de 2020, oportunidad en la cual se aplicaría el valor correspondiente al índice de actualización inmediato anterior disponible. A fin de compensar a las prestadoras en el marco de lo dispuesto en el numeral 9.8 de las RBLD, se dispuso la revisión y adecuación -en su exacta incidencia- de las inversiones obligatorias a su cargo. Para ello, las prestadoras de los servicios de transporte y distribución de gas natural debían presentar ante el ENARGAS, dentro del plazo de 30 días corridos desde la publicación de la Resolución SGE N° 521/2019, sus propuestas de readecuación de las inversiones obligatorias a su cargo, a fin de que la autoridad regulatoria las evalúe y autorice, con las adecuaciones pertinentes, respetando la exacta incidencia entre los montos que se dejan de percibir en concepto de tarifa -incluyendo las bonificaciones a las subdistribuidoras de su área de licencia- y los montos de inversión comprometidos.
Asimismo, la Resolución SGE N° 521/2019 difirió el ajuste tarifario por variación del precio de gas en el PIST previsto con vigencia a partir del 1º de octubre de 2019 para el 1° de enero de 2020, oportunidad en que se efectuarán las adecuaciones pertinentes a los períodos a considerar para el cálculo de las DDA.
Con fecha 4 de octubre de 2019, MetroGAS realizó la presentación requerida por la Resolución SGE N° 521/2019 con la propuesta de readecuación de las inversiones obligatorias a su cargo.
En dicha presentación, la Sociedad determinó que el impacto en los ingresos para el período octubre-diciembre 2019 según las pautas utilizadas en la RTI, en moneda de diciembre de 2016, ascendió a aproximadamente $390 millones. Por lo tanto, la Sociedad propuso readecuar el PIO por dicho monto, que representó una disminución del PIO original en un 3,84% para el año
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Regulatorio 3 cuya fecha de finalización fue marzo de 2020. A la fecha de aprobación de los presentes estados financieros, el ENARGAS no se ha expedido al respecto.
Con fecha 25 de noviembre de 2019 se publicó la Resolución SGE N° 751/2019 que sustituyó el artículo 1° de la Resolución SGE N° 521/2019 y estableció: "Diferir el ajuste semestral de los márgenes de transporte y distribución previsto a partir del 1º de octubre de 2019 para el 1° de febrero de 2020, debiendo utilizarse, en esa oportunidad, el índice de ajuste correspondiente para reflejar la variación de precios entre los meses de febrero y agosto de 2019”.
Mediante Resolución ENARGAS N° 703/2019 se publicaron nuevos cuadros tarifarios para MetroGAS con vigencia a partir del 1º de noviembre de 2019. Estos cuadros tarifarios tuvieron su fundamento en (i) el análisis y revisión de las DDA de MetroGAS correspondientes a los períodos “Octubre 2018-Abril 2019” y “Abril 2019-Octubre 2019” y (ii) el ajuste previsto en la Resolución ENARGAS N° 694/2019 que resolvió una controversia entre MetroGAS y Naturgy BAN S.A. Posteriormente, con fecha 29 de noviembre de 2019, y habiéndose advertido errores materiales en la Resolución ENARGAS N° 703/2019, se publicaron, a través de la Resolución ENARGAS N° 763/2019, nuevos cuadros tarifarios para MetroGAS con vigencia a partir del 29 de noviembre de 2019.
Sobre estas dos últimas resoluciones, se ha presentado recurso de reconsideración y nulidad sobre los montos determinados por DDA, por entender que los criterios utilizados para su determinación no se adecúan a los principios consagrados en la Ley de Gas y tampoco a los que se comunicaron por medio de la Resolución ENARGAS N° 72/2019, que en tiempo y forma fue impugnada por MetroGAS y aún no fue resuelta por el ENARGAS. Con fecha 27 de abril de 2020 se publicó la Resolución ENARGAS N° 27/2020 que deroga la Resolución ENARGAS Nº 72/2019 (ver punto 3.2.3).
A la fecha de aprobación de los presentes estados financieros, las presentaciones realizadas por MetroGAS se encuentran sujetas a evaluación por parte del ENARGAS, razón por la cual en la presentación realizada al ENARGAS con fecha 29 de enero de 2021 -citada anteriormente-, la Sociedad ha reclamado la correspondiente compensación económica por el impacto que todas las medidas mencionadas han provocado en sus ingresos.
Con fecha 23 de febrero de 2021 se publicó la Resolución ENARGAS N° 47/2021 que convoca a Audiencia Pública Nº 101 virtual para el día 16 de marzo de 2021 con el objeto de poner a consideración el Régimen Tarifario de Transición de conformidad con el Decreto N° 1.020/20. En los términos de la resolución del ENARGAS, la Sociedad presentó oportunamente los cuadros tarifarios de transición, así como la información de sustento de los mismos para el régimen tarifario transitorio.
3.2.2 Resolución MINEM N° 508-E/2017
Con fecha 29 de diciembre de 2017 se publicó la Resolución MINEM N° 508-E/2017 que establece el procedimiento para la compensación de los menores ingresos que las licenciatarias del Servicio de Distribución de Gas Natural por Redes reciben de sus usuarios, como producto de: (i) la aplicación de beneficios y/o bonificaciones a los usuarios resultantes de la normativa vigente en materia tarifaria del servicio de distribución de gas natural por redes y (ii) los mayores costos del GNNC respecto a los establecidos para su reconocimiento en las tarifas.
Este procedimiento se enmarca dentro del artículo 20.2 del Modelo de Licencia aprobado por el Decreto N° 2.255/1992 que establece que el Distribuidor tendrá derecho a ser compensado por la reducción de ingresos que le ocasionen tales medidas a fin de mantener la cadena de pagos relacionada con la operación y el mantenimiento del servicio público de distribución de gas natural por redes, entre otros, el pago de las facturas de compra de gas natural y garantizar la continuidad de la prestación de dicho servicio público.
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De acuerdo con el procedimiento de compensación, las licenciatarias de Distribución deben informar en los plazos que allí se establecen y en base a los consumos anuales mensualizados y con carácter de declaración jurada ante el ENARGAS, los montos necesarios para compensar las diferencias mencionadas. Igual régimen informativo se adopta en relación al GNNC. De tal forma, para el cálculo de las compensaciones por el monto que dejan de percibir por los descuentos en facturación, así como por las diferencias por GNNC, se establece una compensación resultante de la diferencia entre el precio de compra al productor de gas natural y la venta a sus clientes.
En lo que respecta al GNNC, para la valorización del mismo, al momento de la RTI se consideró el sendero de precios dispuesto por el MINEM en su Resolución Nº 212/2016, el que estaba establecido en dólares, utilizándose para ello el tipo de cambio vigente en diciembre de 2016, a razón de U$S1 = $16. Ese sendero de precios era creciente en el tiempo arribando en octubre de 2019 al valor objetivo final. A partir de allí, ese costo quedó contenido y reflejado en la tarifa en el margen de distribución que debe ajustarse semestralmente por el indicador establecido en la Resolución ENARGAS Nº 4.356/2017. El costo de GNNC se incrementó significativamente en detrimento de lo que fuera aprobado mediante el sendero de precios estipulado en la Resolución Nº 212-E/2016 del MINEM.
Con fecha 7 de diciembre de 2018, el ENARGAS comunicó a la Dirección Nacional de Economía de Hidrocarburos observaciones al esquema previsto en la Resolución Nº 508/2017 del MINEM. En virtud de ello, la SGE no solo no reconoció el ajuste previsto en la Resolución Nº 508/2017 del MINEM respecto del GNNC sino que, además, dispuso que las sumas percibidas por el período enero de 2018 a noviembre de 2018 que hasta ese momento tenían carácter provisorio, fueran compensadas con deudas que mantenía la SGE con MetroGAS. Asimismo, tampoco fueron reconocidos los ajustes a valores reales que preveía la misma operatoria por ese mismo período, ni los excesos de costos incurridos a partir de diciembre de 2018 hasta septiembre de 2019. El impacto del ajuste sobre los estados financieros al 31 de diciembre de 2019 fue de una pérdida de $ 452 millones correspondiente al ejercicio 2018 (cuyo monto reexpresado al 31 de diciembre de 2020 asciende a $ 847 millones).
Una situación similar se produjo con las diferencias de cambio correspondientes al gas retenido del período enero de 2018 a marzo de 2018. En tal sentido, a partir de la firma de las Bases y Condiciones para el Abastecimiento de Gas Natural a Distribuidoras de Gas por Redes en noviembre-2017 (ver punto 3.2.3), se generó una afectación por las diferencias de cambio del período enero de 2018 a marzo de 2018 que el ENARGAS no aceptó reconocer en las diferencias diarias que se devengaron a favor de la Sociedad. MetroGAS presentó con fecha 27 de noviembre de 2018 un recurso ante el ENARGAS, el cual a la fecha se encuentra pendiente de resolución. Respeto de las afectaciones derivadas de la modificación del valor del GNNC y el no reconocimiento del subsidio dispuesto por la Resolución Nº 508/2017 del MINEM, así como del no reconocimiento de las diferencias de cambio sobre el gas retenido y GNNC por el período enero 2018 a marzo 2018, la Sociedad ha formulado el reclamo compensatorio correspondiente mediante sus presentaciones de fechas 11 de octubre de 2019 y 29 de enero de 2021, antes mencionadas.
3.2.3 Diferencias Diarias Acumuladas
El articulo N° 37 del Decreto N° 1.738/92, reglamentario de la Ley de Gas, prevé en su inciso 5 que las variaciones del precio de adquisición del gas serán trasladadas a la tarifa final al usuario de tal manera que no produzcan beneficios ni pérdidas al Distribuidor. Por su parte, las RBLD establecen en su numeral 9.4.2.5 que la licenciataria deberá llevar contabilidad diaria separada del precio y del valor del gas comprado e incluido en sus ventas reales, y de la diferencia entre este último valor y el del gas incluido en la facturación de tales ventas reales. De tal manera, no se exige que las facturas de suministro hayan sido pagadas, sino que debe tenerse certeza del costo
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de adquisición, el que en este caso se materializa con el conocimiento del tipo de cambio al que debían cancelarse las obligaciones con los productores de gas.
El mismo numeral 9.4.2.5, último párrafo, prevé expresamente que, si la diferencia entre el costo del gas adquirido por las Distribuidoras y el valor de dicho gas contenido en las tarifas a los usuarios supera en valor absoluto el 20%, entonces la Sociedad podrá presentar a la Autoridad Regulatoria nuevos cuadros tarifarios para su aprobación.
En abril de 2018 comenzó en Argentina un cambio en las condiciones macroeconómicas que provocó una brusca e imprevista variación en la paridad entre la moneda nacional y la moneda en la que están establecidos los precios de los contratos de gas.
Por el gas entregado en los meses de enero a marzo de 2018, los pagos realizados por la Sociedad se hicieron respetando el tipo de cambio vigente a la fecha de pago de conformidad con lo establecido en los acuerdos de suministro. No obstante, debido a las circunstancias descriptas anteriormente, los pagos a los productores de gas por el gas entregado en los meses siguientes se realizaron al tipo de cambio aplicado al valor del componente del gas incluido en la tarifa aprobado por las Resoluciones del ENARGAS.
El criterio adoptado obedecía, además, a la necesidad de mantener la cadena de pagos relacionada con la operación y el mantenimiento del servicio público de distribución de gas natural por redes y garantizar la continuidad de la prestación del servicio.
De acuerdo a las situaciones macroeconómicas mencionadas anteriormente, con fecha 27 de julio de 2018 la Sociedad envió una nota al ENARGAS con los nuevos cuadros tarifarios solicitando, en cumplimiento de dicha norma establecida en las RBLD, que se aprueben los mismos a fin de ir reconociendo parcialmente la incidencia de los mayores costos de adquisición del gas.
Mediante Nota N0-2018-38938972-APN-SD#ENARGAS del 13 de agosto de 2018, el ENARGAS desestimó la solicitud efectuada alegando que “la Licenciataria no acredita materialmente el efectivo pago del gas al precio que referencia para la determinación de las diferencias entre el precio incluido en tarifa”. De acuerdo con el criterio de la Sociedad, este argumento no encuentra sustento en el marco regulatorio, en tanto el mismo se limita a exigir que el precio sea conocido, lo cual se materializa mediante los acuerdos de abastecimiento suscriptos de conformidad con las Bases y Condiciones y que se encuentran registrados ante el ENARGAS.
El 16 de noviembre de 2018 se publicó el Decreto N° 1.053/2018 que modificó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2018, y en virtud de las volatilidades de las variables financieras y del tipo de cambio, estableció que el Estado Nacional asumió, con carácter excepcional, el pago de las DDA mensualmente entre el valor del gas comprado por las prestadoras del servicio de distribución de gas natural por redes y el valor del gas natural incluido en los cuadros tarifarios vigentes entre el 1° de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2019, generadas exclusivamente por variaciones del tipo de cambio y correspondientes a volúmenes de gas natural entregados en ese mismo período, todo ello de acuerdo con el procedimiento que disponga el ENARGAS. El monto neto resultante se transferiría a cada distribuidora en treinta (30) cuotas mensuales y consecutivas a partir del 1° de octubre de 2019. A fin de determinar cada una de las cuotas, se utilizaría la tasa de interés que el ENARGAS aplica conforme lo previsto en el punto 9.4.2.5 (tasa efectiva del Banco de la Nación Argentina para depósitos en moneda argentina a treinta (30) días de plazo, “pizarra”). Una vez percibida cada cuota, las distribuidoras debían realizar de manera inmediata los pagos correspondientes a los proveedores de gas natural involucrados y los informarían y acreditarían mensualmente ante el ENARGAS.
Este régimen resulta aplicable sólo para aquellas prestadoras del servicio de distribución de gas natural por redes y para aquellos proveedores de gas natural que adhirieran a este régimen y
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renunciaran expresamente a toda acción o reclamo derivado de las DDA referidas en el primer párrafo.
Asimismo, el Decreto N° 1.053/2018 estableció que a partir del 1º de abril de 2019 los proveedores de gas natural y las prestadoras del servicio de distribución de gas natural por redes debían prever en sus contratos que en ningún caso podía trasladarse a los usuarios que reciban servicio completo el mayor costo ocasionado por variaciones del tipo de cambio ocurridas durante cada período estacional.
Con fecha 12 de febrero de 2019 se publicó la Resolución ENARGAS N° 72/19 mediante la cual se aprobó la “Metodología de Traslado a tarifas del precio de gas y Procedimiento General para el Cálculo de las Diferencias Diarias Acumuladas”. Dicha metodología estableció los criterios que aplicaría el ENARGAS para determinar el traslado a tarifas del precio del gas en el PIST, considerando para ello lo dispuesto por el art. 8 del Decreto N° 1.053/18 y el tipo de cambio que utilizaría para determinar el valor en moneda nacional de aquellos contratos de abastecimiento cuyos precios estén nominados en dólares estadounidenses. Con respecto al cálculo de las DDA, se estableció el procedimiento general bajo el cual se determinará el volumen de compra mensual de gas a reconocer y los costos de adquisición que se considerarán para calcular las mismas, considerando para ello lo dispuesto por el art. 8 del Decreto N° 1.053/18.
Con fecha 21 de marzo de 2019, la Sociedad impugnó la Resolución ENARGAS N° 72/2019 por entender que la misma no se adecua a los principios consagrados en la Ley de Gas. A la fecha de cierre de los presentes estados financieros, dicha impugnación no fue resuelta por el ENARGAS.
El 20 de agosto de 2019 se publicó la Resolución ENARGAS N° 466/2019 que, en los términos del artículo 7° del Decreto N° 1.053/2018, aprobó la “Metodología para la determinación del monto neto de las Diferencias Diarias Acumuladas referidas en el artículo 7° y concordantes del Decreto N° 1.053/2018”. Asimismo, aprobó el modelo de “Solicitud de Adhesión al Régimen” el cual no admite formulaciones de solicitud de adhesión parciales y/o condicionadas, correspondiendo en tales supuestos su rechazo in límine ; ni tampoco admite retractaciones formuladas luego de la fecha establecida en la Resolución ENARGAS N° 466/2019.
MetroGAS, así como sus proveedores de gas natural, adhirió en tiempo y forma al Régimen dispuesto por el Decreto N° 1.053/2018.
Mediante Resolución ENARGAS N° 735/2019 se determinaron los montos netos finales de las DDA en los términos del artículo 7° del Decreto N° 1.053/18, considerando las adhesiones al Régimen. Con fecha 5 de diciembre de 2019 la SGE notificó la Resolución SGE N° 780/2019 que aprobó la transferencia de la cuota 1 a MetroGAS por la suma de miles de 152.413 para la transferencia a cada productor de gas, la cual fue realizada en tiempo y forma.
Con fecha 27 de abril de 2020 se publicó en el B.O. la Resolución ENARGAS N° 27 que deroga la Resolución ENARGAS Nº 72 que aprobó la “Metodología de Traslado a tarifas del precio de gas y Procedimiento General para el Cálculo de las Diferencias Diarias Acumuladas” que establecía los criterios que aplicaría el ENARGAS para determinar el traslado a tarifas del precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (“PIST”), considerando para ello lo dispuesto por el art. 8 del Decreto N° 1.053/18 y el tipo de cambio que utilizaría para determinar el valor en moneda nacional de aquellos contratos de abastecimiento cuyos precios estén nominados en dólares estadounidenses.
Con fecha 14 de diciembre de 2020, se publicó la Ley N° 27.591 que aprobó el Presupuesto Nacional para el Ejercicio 2021 y en su artículo 91 dejó sin efecto el Decreto N° 1.053/18, a partir de la sanción de la mencionada ley.
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En opinión de la Dirección y sus asesores legales, lo dispuesto por el art. 91 de la Ley de Presupuesto N° 27.591 en ningún caso puede afectar derechos amparados por garantías constitucionales (art. 7° Código Civil y Comercial), y los términos en que el Estado Nacional asumió mediante el Decreto N° 1.053/2018 el pago de las DDA entre el valor del gas comprado y el valor del gas natural incluido en los cuadros tarifarios vigentes entre el 1° de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2019, generadas por variaciones del tipo de cambio correspondientes a volúmenes de gas entregados en ese mismo período, y el alcance que tuvo la adhesión a dicho régimen por parte de los proveedores de gas, son suficientemente claros en el sentido de que comprenden la totalidad de las DDA generadas en dicho período más allá de su forma y oportunidad de pago, y que cualquier obligación que pudiera subsistir en cabeza de las distribuidoras por dicho gas natural, está limitada al pago a los proveedores de gas natural de aquellas sumas que perciban del Estado Nacional en virtud de aquel Decreto.
Por tal razón, la Sociedad ha registrado en sus estados financieros como un pasivo no corriente al 31 de diciembre de 2020 las DDA asumidas por el Estado, correspondientes al período comprendido entre el 1° de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2019, cuya exigibilidad y pago a los proveedores de gas, conforme al régimen del Decreto mencionado anteriormente, se encuentra sujeta a la previa percepción del crédito que ha sido registrado como un activo no corriente con el Estado Nacional por el mismo monto y concepto, los que descontados al 31 de diciembre de 2020 y 2019 ascienden a miles de $ 6.125.608 y miles de $ 6.012.197, respectivamente.
3.3 Abastecimiento de Gas Natural
3.3.1 Compra de Gas Natural
El 29 de noviembre de 2017, a instancias del MINEM, MetroGAS suscribió las “Bases y Condiciones para el Abastecimiento de Gas Natural a Distribuidoras de Gas por Redes” (las “Bases y Condiciones”) junto con el resto de las distribuidoras y un grupo de productores de gas. Estas Bases y Condiciones contenían los lineamientos para la contratación de volúmenes de gas para el abastecimiento de la demanda de las distribuidoras para el período comprendido entre el 1° de enero de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2019. En las mismas se estableció: i) los volúmenes que cada productor firmante debe inyectar por cuenca para abastecer a la demanda de las distribuidoras, ii) los volúmenes diarios disponibles por cuenca para cada distribuidora, iii) el precio según la categoría de cliente y por período expresado en u$s/MMBTU, iv) la obligación del productor de entregar o pagar por el 100% del volumen, v) la obligación de las distribuidoras de tomar o pagar por el 100% del volumen, excepto en caso de no contar con demanda y no nominar volúmenes de contratos no comprendidos en las Bases y Condiciones; y vi) el vencimiento de las facturas a los 75 días.
Las Bases y Condiciones establecían expresamente que las distribuidoras tienen en consideración para su suscripción las disposiciones del artículo N° 38 de la Ley de Gas, que prevén el traslado a las tarifas a ser pagadas por los usuarios del servicio de transporte y distribución tanto de los costos de adquisición de gas resultantes de acuerdos o contratos de largo plazo como así también de aquellos asociados a las compras de corto plazo que resultaran necesarias para satisfacer la demanda.
En abril de 2018 comenzó en Argentina un cambio en las condiciones macroeconómicas que provocó una brusca e imprevista variación en la paridad entre la moneda nacional y la moneda en la que están establecidos los precios de los contratos. Por este motivo, los pagos a los productores de gas por el gas entregado en los meses siguientes a partir de abril de 2018 se realizaron al tipo de cambio aplicado al valor del componente del gas incluido en la tarifa aprobado por las Resoluciones del ENARGAS.
Los productores rechazaron dicho criterio de pago por parte de la Sociedad y, en consecuencia, reclamaron formalmente los saldos considerados impagos. El 16 de noviembre de 2018, se
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publicó en el B.O., el Decreto N° 1.053/2018 que establece que el Estado Nacional asumirá, con carácter excepcional, el pago de las DDA (ver punto 3.2.3).
En relación al suministro de gas para el año 2019, MetroGAS participó del concurso de precios para la provisión de gas natural en condición firme para el abastecimiento de la demanda de usuarios de servicio completo de las prestadoras de servicio público de distribución de gas por redes que se llevó a cabo en el ámbito del Mercado Electrónico de Gas S.A. (“MEGSA”) para las cuencas Neuquina, Golfo San Jorge, Santa Cruz Sur y Tierra del Fuego el 14 de febrero de 2019, todo ello de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución N° 32/2019 de la SGE.
Como resultado de dicho concurso, se obtuvieron compromisos de abastecimiento anual (hasta el 31 de marzo de 2020) por un volumen de capacidad máxima diaria (“CMD”) de 1.486 millones de m[3] los cuales representan el 58% de nuestra demanda anual, cumpliendo con ello con el requisito establecido en el marco regulatorio.
Respecto al suministro de gas para el año 2020, la Secretaría de Energía (“SE”) instruyó a productores y comercializadores de gas a renovar la vigencia de los contratos de suministro de gas de las distribuidoras hasta la fecha de vencimiento del plazo ampliado durante el cual el PEN se encuentra facultado a mantener inalteradas las tarifas de gas natural, esto es diciembre de 2020.
Con fecha 16 de noviembre de 2020, se publicó el Decreto N° 892/2020 que declaró de interés público nacional y como objetivo prioritario de la República Argentina la promoción de la producción del gas natural argentino. En consecuencia, se aprobó el “Plan de promoción de la producción de gas natural argentino – Esquema de oferta y demanda 2020-2024” (el “Plan Gas”).
A la fecha de los presentes estados financieros, MetroGAS suscribió distintos acuerdos de suministro con los productores que resultaron adjudicados en el marco del Plan Gas, de los que merece destacarse que el precio fue nominado en pesos por m3 según el precio en cuadros tarifarios vigente conforme a la definición del Punto 6.28 del Anexo del Decreto Nº 892/20, el cual fue definido allí como “el precio del gas en el PIST de conformidad con los cuadros tarifarios para las Licenciatarias de Distribución y/o Subdistribuidoras”, razón por la cual se estableció adicionalmente en los contratos que “La obligación de pago del Precio del Comprador será igual al monto de aquella porción del Precio Ofertado que el ESTADO NACIONAL decida incluir en los Cuadros Tarifarios, conforme a lo dispuesto en el Artículo 6° del Decreto N° 892/20 y en los Puntos 20 y 33 del Anexo del Decreto N° 892/20”.
Durante el último trimestre del año 2020 se abonó la mayor parte de la deuda por los acuerdos con los productores de gas contraída durante el 2019. Asimismo, en diciembre de 2020 se iniciaron las negociaciones para saldar la deuda con los productores de gas por el gas entregado en los meses de junio, julio y agosto de 2020, habiéndose acordado con el 60% de ellos.
Con fecha 22 de febrero de 2021, la SE convocó, mediante la Resolución N° 129/2021, al Concurso Público Nacional “RONDA #2 CONCURSO PÚBLICO NACIONAL - PLAN DE PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN DEL GAS NATURAL ARGENTINO – ESQUEMA DE OFERTA Y DEMANDA 2020-2024” para la adjudicación de volúmenes de gas natural adicionales a los adjudicados por la Resolución N° 391 de fecha 15 de diciembre de 2020, correspondientes a las Cuencas Neuquina y Austral, por cada uno de los períodos invernales de los años 2021 a 2024 inclusive.
3.3.2 Unbundling de gas natural
En línea con los cambios regulatorios que se introdujeron en el sector de gas natural a partir del año 2004 se produjo el proceso denominado informalmente como “unbundling de gas natural” por el cual distintas categorías de usuarios debieron comenzar a adquirir volúmenes de gas natural en el PIST directamente de productores y/o comercializadores de gas natural, quedando limitadas
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las distribuidoras zonales a prestar exclusivamente el servicio de transporte y/o distribución de gas natural.
En este escenario, durante el año 2005 y en virtud del Decreto N° 180/2004, MetroGAS constituyó MetroENERGÍA, una sociedad comercializadora a los fines de retener la mayor cantidad posible de clientes y de contar con una herramienta más acorde al nuevo contexto en el que se debía desempeñar la Sociedad.
MetroENERGÍA fue autorizada por el ENARGAS para actuar como empresa comercializadora de gas natural y/o su transporte y se encuentra inscripta como agente MEGSA.
Las acciones llevadas adelante por MetroENERGÍA desde su creación, permitieron continuar reteniendo la mayor parte de los clientes industriales y comerciales oportunamente contemplados dentro del proceso de “unbundling” del área de la Sociedad, con lo cual se logró mantener la participación de estas categorías de clientes en la matriz de ventas de MetroGAS.
Con fecha 1° de abril de 2016, mediante Resolución N° 34/2016, el MINEM dispuso un nuevo régimen aplicable a las estaciones de suministro de GNC estableciendo la obligación respecto de estos usuarios de adquirir el gas natural para su abastecimiento por parte de la distribuidora de su zona o área de distribución de manera de que éstas presten el servicio completo (gas, transporte y distribución). A partir del 1° de mayo de 2017, y en los términos de la Resolución N° 80 – E/2017 del MINEM, se ampliaron las opciones de compra de gas natural por parte de los titulares de estaciones de suministro de GNC pudiendo adquirir el gas natural a través de las distribuidoras (servicio completo – Resolución MEM N° 34/2016) o en forma directa por medio de los productores o comercializadores de gas natural (respetando mix de cuencas y porcentajes de gas retenido asignados a la Distribuidora zonal).
En relación a los usuarios del Servicio General “P”, con fecha 5 de abril de 2019 se publicó la Resolución N° 175/2019 de la SGE que resolvió derogar los artículos 5°, 6° y 7° de la Resolución N° 752/2005 de la (ex) Secretaría de Energía y permitir que los usuarios identificados como Servicio General “P” Grupo III cuenten con la posibilidad de optar por la contratación de su abastecimiento de gas natural no solamente a través de un productor o comercializador sino también, de la distribuidora zonal, bajo la modalidad de servicio completo, tal como lo establecen los artículos N° 13 y N° 49 de la Ley de Gas. El ENARGAS complementó la Resolución SGE N° 175/2019 mediante las Resoluciones ENARGAS N° 750/2019 y N° 838/2019.
Con fecha 16 de noviembre de 2020, se publicó el Decreto N° 892/2020 que declaró de interés público nacional y como objetivo prioritario de la República Argentina la promoción de la producción del gas natural argentino. En consecuencia, se aprobó el “Plan de promoción de la producción de gas natural argentino – Esquema de oferta y demanda 2020-2024”.
Mediante el mencionado Decreto, y su normativa complementaria (Resolución N° 447/2020 de la SE) se dispuso la derogación de las Resoluciones N° 80/2017 del MINEM y N° 175/2019 de la (ex) Secretaría de Gobierno de Energía y de los artículos 4°, 5° y 7° de la Resolución N° 34/2016 del MINEM. De tal manera, el abastecimiento relativo a las estaciones de suministro de GNC y los usuarios del Servicio General “P” Grupo III se encuentra a cargo de un productor o comercializador.
3.3.3 Procedimiento para la Administración del Despacho del Comité Ejecutivo de Emergencia
El abastecimiento de gas natural a las distribuidoras operaba bajo el esquema de solicitud, confirmación y re-direccionamientos de gas previstos en las Resoluciones ENARGAS N° 1.410/2010, N° 3.833/2016 y N° 4.502/2017, que modificaban y complementaban los
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procedimientos de administración del despacho de gas natural dispuestos por la Resolución ENARGAS N° 716/1998.
Con fecha 29 de junio de 2018 se publicó la Resolución ENARGAS N° 124/2018 que aprueba un texto ordenado que reemplaza la Resolución ENARGAS N° 716/1998 y deroga las Resoluciones ENARGAS N° 1410/2010, N° 3833/2016 y N° 4502/2017.
En relación al período invernal 2018-2021, y de acuerdo con sucesivas prórrogas, resultó aplicable la Resolución ENARGAS N° 59/2018 que aprobó el “Procedimiento Transitorio para la Administración del Despacho en el Comité Ejecutivo de Emergencia”.
3.4 Otros temas regulatorios
3.4.1
Fideicomisos
A la fecha de emisión de estos estados financieros, MetroGAS debe facturar, cobrar y liquidar dos cargos específicos, con diversa afectación, lo cual hace la Sociedad por cuenta y orden de Nación Fideicomisos S.A. como fiduciaria de tres contratos de fideicomiso distintos.
El cargo específico I (regulado por el Decreto PEN N° 180/2004 y normas concordantes) y el cargo específico II (regulado por Ley N° 26.095 y normas concordantes) son soportados por todo el universo de usuarios del servicio de gas natural distinto del segmento residencial y están destinados al pago de obras de infraestructura para la ampliación del sistema de transporte de gas natural.
Es importante señalar que ninguno de estos dos cargos específicos facturados y cobrados por MetroGAS se incorpora al patrimonio de la Sociedad. Por el contrario, una vez percibidos, la Sociedad tiene la obligación de depositarlos en las cuentas fiduciarias oportunamente señaladas por el Fiduciario, agotándose la intervención de MetroGAS al respecto.
3.4.2 Embargo Preventivo
Con fecha 14 de octubre de 2020, la Sociedad tomó conocimiento de (i) un embargo preventivo dispuesto en la causa “Pan American Energy S.L. Sucursal Argentina c/ MetroGAS S.A. s/ Medida Precautoria” (Expte. N° 9821/2020) en trámite por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 24 Secretaría N° 48 por la suma de 187.419, y (ii) el arbitraje iniciado de manera conjunta por dicho productor y Pan American Sur S.A. ante la Cámara de Comercio Internacional con sede en Montevideo, República Oriental del Uruguay, en virtud de presuntos saldos adeudados por MetroGAS correspondientes al suministro de gas para el mes de junio de 2020 y saldos correspondientes a tarifa social (pendientes de cancelación por el Estado Nacional) por los meses de marzo, abril y mayo de 2020.
MetroGAS apeló la medida cautelar dispuesta y obtuvo la sustitución de la medida ordenada por un seguro de caución ordenándose, en consecuencia, la restitución de los fondos embargados. Asimismo, con fecha 28 de octubre se le notificó a MetroGAS la ampliación del arbitraje en relación al suministro de gas correspondiente al mes de julio de 2020.
En diciembre 2020, MetroGAS celebró un acuerdo de pago con Pan American Energy S.L. Sucursal Argentina (“PAE”) y Pan American Sur S.A. (“PAS”). En los términos del acuerdo, PAE desistió del proceso cautelar iniciado y, conjuntamente con PAS y MetroGAS, se suspendió el arbitraje hasta tanto MetroGAS cancele los importes establecidos en el acuerdo de pago. Previo al desistimiento de la acción judicial, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial revocó el embargo dispuesto contra MetroGAS.
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3.5 Obligaciones y restricciones emergentes de la privatización
3.5.1 Activos de disponibilidad restringida
Una porción sustancial de los activos transferidos por Gas del Estado (“GdE”) han sido definidos en la Licencia como "Activos Esenciales" para la prestación del correspondiente servicio concedido. Por esta razón, la Sociedad está obligada a identificar y conservar los Activos Esenciales, junto con cualquier mejora futura, de acuerdo con ciertas normas definidas en la Licencia.
La Sociedad no debe, por ninguna razón, disponer, gravar, alquilar, subalquilar o dar en préstamo los Activos Esenciales con otros propósitos que no sean los de la prestación del servicio concedido en la Licencia, sin la previa autorización del ENARGAS. Toda extensión o mejora que la Sociedad pueda realizar al sistema de gasoductos, puede ser gravada solamente con el fin de garantizar los créditos con vencimiento a más de un año, tomados para financiar dichas ampliaciones o mejoras.
Al momento de la terminación de la Licencia, MetroGAS debe transferir al Estado Nacional o a un tercero que éste designe todos los Activos Esenciales establecidos en un inventario actualizado a dicha fecha, libres de cargas y gravámenes.
Como regla general, al producirse la expiración de la Licencia, la Sociedad tendrá derecho a cobrar el menor de los siguientes dos montos:
-
El valor de las Propiedades, planta y equipo de la Sociedad, determinado sobre la base del precio pagado por Gas Argentino S.A. (“Gas Argentino”), y el costo original de las subsecuentes inversiones llevadas en dólares estadounidenses y ajustadas por el PPI, neto de la depreciación acumulada.
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El importe resultante de una nueva licitación, neto de gastos e impuestos pagados por el participante ganador.
3.5.2 Restricciones sobre distribución de ganancias
La Sociedad está obligada a mantener en vigencia la autorización de oferta pública de su capital social y la correspondiente autorización para cotizar en mercados de valores autorizados en la República Argentina, como mínimo durante el término de quince años contados a partir de los respectivos otorgamientos.
Cualquier reducción voluntaria, rescate o distribución del patrimonio neto de la Sociedad, con excepción del pago de dividendos, requerirá la autorización previa del ENARGAS.
De acuerdo a las disposiciones de la Ley N° 19.550, la Sociedad debe constituir una reserva no inferior al 5% del resultado positivo surgido de la sumatoria del resultado del ejercicio, los ajustes de ejercicios anteriores, las transferencias de otros resultados integrales a resultados acumulados y los resultados acumulados de ejercicios anteriores, hasta alcanzar el 20% del Capital Social más el saldo de la cuenta Ajuste de capital.
Con fecha 8 de febrero de 2018, MetroGAS instrumentó un préstamo no garantizado que contempla ciertas restricciones en el pago de dividendos. En los términos allí establecidos, durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 el importe a pagar en concepto de dividendos no podía superar el 10% del Resultado Neto de ese año, y el 60% en los años subsiguientes hasta el repago del préstamo. Asimismo, los préstamos celebrados durante el año 2020 prevén el compromiso de la Sociedad de no pagar dividendos (ver punto 4).
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4. DEUDA FINANCIERA
Con fecha 8 de febrero de 2018, MetroGAS instrumentó un préstamo no garantizado con (i) Industrial and Commercial Bank of China Limited - Dubai Branch e (ii) Itaú Unibanco - New York Branch (“acreedores financieros”), por la suma de millones de U$S 250 por un plazo de treinta y seis meses y amortizable en nueve cuotas trimestrales a partir de los doce meses desde la fecha de desembolso (el “Préstamo”).
El Préstamo contemplaba (i) un interés de pago trimestral a una tasa determinada por LIBOR más un margen nominal anual de (a) 3% los primeros doce meses; (b) 3,50% desde el mes trece hasta el mes dieciocho; (c) 3,75% desde el mes diecinueve al mes veinticuatro; y (d) 4% desde el mes veinticinco hasta el vencimiento.
Efectivizado el desembolso del Préstamo, la Sociedad destinó los fondos: a) al rescate de la totalidad de las Obligaciones Negociables, b) a la refinanciación de pasivos corrientes; y c) a capital de trabajo.
Con fecha 20 de febrero de 2020, la Sociedad celebró un contrato de préstamo con el Banco Itaú Argentina S.A. e Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A. por un monto total de $ 3.329 millones a ser cancelado en once (11) cuotas trimestrales y consecutivas pagaderas a partir del décimo octavo mes contado desde la fecha de desembolso del préstamo. El mismo contempla un interés a una tasa nominal anual de BADLAR corregida más 9,85%, pagadero en forma semestral durante el primer año del préstamo y luego de manera mensual.
Estos préstamos celebrados el 20 de febrero de 2020 se destinaron a cancelar la quinta cuota de Préstamo que venció el 27 de febrero de 2020, por un importe de U$S 27,8 millones.
Dicho financiamiento se encuentra garantizado con una prenda respecto de ciertos derechos de cobro presentes y futuros en favor de los Bancos, de los créditos derivados de la prestación del servicio de distribución de gas natural.
Con fecha 20 de mayo de 2020, la Sociedad celebró un contrato de préstamo con Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A. por un monto total de $ 947 millones a ser cancelado en once (11) cuotas trimestrales y consecutivas pagaderas a partir del décimo octavo mes contado desde la fecha de desembolso del préstamo. El mismo contempla un interés a una tasa nominal anual de BADLAR corregida más 9,85%, pagadero en forma semestral durante el primer año del préstamo y luego de manera mensual. En la misma fecha, MetroGAS celebró un contrato de préstamo con Itaú Unibanco S.A., Nassau Branch, por un monto total de US$ 6,9 millones a ser cancelado al año de la fecha de desembolso del préstamo y con un interés a una tasa nominal anual de LIBOR 6M más 7%, pagadero en forma semestral. Asimismo, la Sociedad celebró otro contrato de préstamo con Banco Itaú Argentina S.A., por un monto total de $ 473,5 millones a ser cancelado al año de la fecha desembolso y contempla un interés a una tasa nominal anual de BADLAR corregida más 9,85%, pagadero en forma semestral.
Estos préstamos celebrados el 20 de mayo de 2020 se destinaron a cancelar la sexta cuota de Préstamo que venció el 26 de mayo de 2020, por un importe de U$S 27,8 millones.
Asimismo, en idéntica fecha la Sociedad modificó ciertos términos del Préstamo entonces vigente con Industrial and Commercial Bank of China Limited Dubai Branch e Itaú Unibanco Miami Branch mediante un acuerdo en virtud del cual se discontinuó el sindicato acreedor originalmente conformado por sendos prestamistas, pasando a tratarse de sendas obligaciones de crédito bilaterales entre cada uno de tales bancos y la Sociedad, transformándose así el Préstamo en el denominado Amended & Restated Credit Agreement – ARCA, que a partir de tal fecha es el contrato sucesor del Préstamo y obligación vigente entre las partes contratantes (“ARCA”).
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Con fecha 24 de agosto de 2020, la Sociedad celebró un contrato de préstamo con Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A. por un monto total de $ 1.030 millones a ser cancelado en once (11) cuotas trimestrales y consecutivas pagaderas a partir del décimo octavo mes contado desde la fecha de desembolso del préstamo. El mismo contempla un interés a una tasa nominal anual de BADLAR corregida más 9,85%, pagadero en forma semestral durante el primer año del préstamo y luego de manera mensual. Con fecha 25 de agosto de 2020, MetroGAS celebró un contrato de préstamo con Itaú Unibanco S.A., Nassau Branch, por un monto total de US$ 6,9 millones a ser cancelado al año de la fecha de desembolso del préstamo y con un interés a una tasa nominal anual de LIBOR 6M más 7%, pagadero en forma semestral. Asimismo, la Sociedad celebró otro contrato de préstamo con Banco Itaú Argentina S.A., por un monto total de $ 513,8 millones a ser cancelado al año de la fecha desembolso y contempla un interés a una tasa nominal anual de BADLAR corregida más 9,85%, pagadero en forma semestral.
Estos préstamos celebrados en agosto de 2020 se destinaron a cancelar la séptima cuota de amortización del ARCA que venció en agosto de 2020, por un importe de U$S 27,8 millones.
Con fecha 15 de septiembre de 2020, el Banco Central de la República Argentina (“BCRA”) emitió la Comunicación “A” 7.106 estableciendo restricciones en el mercado cambiario. En cumplimiento de dicha comunicación, MetroGAS debía presentar ante el BCRA un plan de refinanciación por sus vencimientos de capital programados entre el 15 de octubre de 2020 y el 31 de marzo de 2021. Dicho plan debe contemplar que el monto neto, por el cual se accederá al mercado de cambios en los plazos originales, no puede superar el 40% del monto de capital que vencía y el resto del capital debe ser, como mínimo, refinanciado con un nuevo endeudamiento externo con una vida promedio de 2 años. Para los vencimientos registrados hasta el 31 de diciembre de 2020, el plan de refinanciación fue presentado ante el BCRA antes del 30 de septiembre de 2020, mientras que para los vencimientos a registrarse a fines de febrero de 2021 el plan fue oportunamente presentado con la debida antelación exigida por la citada Comunicación.
Con fecha 26 de noviembre de 2020, la Sociedad celebró un contrato de préstamo financiero con Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) en pesos por una suma de $ 449,4 millones, a ser amortizado en once (11) cuotas trimestrales y consecutivas a partir del décimo octavo mes contado desde la fecha de desembolso, acaeciendo el vencimiento final del préstamo a los cuarenta y ocho meses desde la fecha de desembolso, a una tasa de interés BADLAR corregida más un margen aplicable del 9,85%. Celebró también un contrato de préstamo financiero con Itaú Unibanco S.A., Nassau Branch, por US$ 13,9 millones, a ser amortizado a dos años a una tasa LIBOR 3M más spread incremental de 7% a 8,5%. Asimismo, la Sociedad celebró el diferimiento parcial de la cuota con vencimiento en noviembre 2020 del ARCA, por la suma de US$ 8,3 millones, a ser amortizado en once (11) cuotas trimestrales y consecutivas a partir del décimo octavo mes contado desde la fecha de desembolso, acaeciendo el vencimiento final del préstamo a los cuarenta y ocho meses desde la fecha de desembolso a una tasa LIBOR 3M más spread incremental de 7% a 8,5%.
Asimismo, y en relación con el pago de la última cuota correspondiente al ARCA, en febrero de 2021 la Sociedad celebró unos contratos de préstamo financiero con (i) Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) (“ICBC”) en pesos por una suma de $ 499,6 millones, a ser amortizado en once (11) cuotas trimestrales y consecutivas a partir del décimo octavo mes contado desde la fecha de desembolso, con vencimiento a los cuarenta y ocho meses desde la fecha de desembolso, a una tasa de interés BADLAR corregida por bancos con devolución LELIQ más un margen aplicable del 9,85%; (ii) Itaú Argentina S.A. en pesos por una suma de $ 499,6 millones a un año bullet a tasa BADLAR corregida por los bancos con devolución de LELIQ más 9,85%; y (iii) Itaú Únibanco S.A., Nassau Branch, por la suma de US$ 8,3 millones, a dos años bullet a una tasa LIBOR más spread incremental de 7% a 8,5%. Asimismo, se suscribió un acuerdo de refinanciación parcial por el pago de la cuota correspondiente a Industrial and Commercial Bank of China Limited Dubai (DIFC) por la suma de US$ 8,3 millones a ser amortizado en once (11)
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cuotas trimestrales y consecutivas a partir del décimo octavo (18) mes contado desde la fecha de desembolso hasta el vencimiento final del préstamo a los cuarenta y ocho (48) meses a una tasa LIBOR más spread incremental de 7% a 8,5%. Finalmente, se acordó con ICBC la refinanciación en pesos de aproximadamente el 90% de los vencimientos de intereses de febrero de 2021 y con Itaú Argentina S.A. la refinanciación en pesos equivalente del 100% de los intereses con vencimiento en febrero y de mayo 2021.
De acuerdo con los términos y condiciones de los préstamos contraídos durante 2020 y en febrero 2021, la Sociedad debe cumplir con una serie de compromisos financieros generalmente establecidos en este tipo de transacciones, incluyendo ciertas restricciones, que, entre otras, y en términos generales se enumeran a continuación:
-
a) Endeudamiento: el Prestamista no permitirá que la Sociedad, ni permitirá que ninguna de sus Subsidiarias incurra, asuma o garantice endeudamiento, excepto en los casos de endeudamiento por refinanciación para mantener su deuda financiera actual o cuando el endeudamiento no exceda la suma de millones de U$S 50, entre otros.
-
b) Pagos restringidos: la Sociedad no podrá realizar pagos restringidos, considerando entre otros el pago de dividendos.
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c) Indicadores financieros: la Sociedad deberá cumplir con una serie de compromisos financieros generalmente establecidos en este tipo de transacciones, entre ellos indicadores financieros de. (i) Cobertura de intereses (entendido como EBITDA/Intereses) (ii) Deuda/EBITDA y (iii) límite de patrimonio neto de la Sociedad a cada cierre trimestral.
Bajo los términos y condiciones de los acuerdos de préstamos, los indicadores de Cobertura de intereses y de Deuda/EBITDA mencionados no hubieran sido cumplidos al 31 de diciembre de 2020, lo cual podría haber acelerado los vencimientos de los pasivos financieros.
No obstante ello, con fecha 31 de diciembre de 2020, los acreedores financieros consintieron formalmente dispensar a MetroGAS de su obligación contractual de dar cumplimiento a los indicadores antes mencionados al 31 de diciembre de 2020.
5. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
A continuación se expone la estructura organizativa actual de MetroGAS:
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6. GOBIERNO CORPORATIVO
MetroGAS cumple con adecuadas prácticas de gobierno corporativo, respetando los principios de información plena, transparencia, eficiencia, protección del público inversor, trato igualitario entre inversores y protección de la estabilidad de las entidades e intermediarios financieros.
Dentro del ámbito del Directorio de la Sociedad, MetroGAS cuenta con un Comité de Auditoría, compuesto por tres Directores independientes, dando cumplimiento a las disposiciones vigentes. Asimismo, MetroGAS constituyó un Comité de Remuneraciones y Nominaciones. Entre sus funciones se encuentran (i) proponer, revisar y aprobar la política de compensaciones y beneficios de miembros del Directorio, Director General y Directores de primera línea de la Sociedad, (ii) desarrollar criterios para la selección del Director General y Directores de primera línea, (iii) constatar la existencia de un plan de sucesión del Director General y Directores de primera línea y (iv) asegurar la capacitación y desarrollo de miembros del Directorio, Director General y Directores de primera línea.
Asimismo, durante el corriente ejercicio la Sociedad constituyó un Comité de Riesgos, siendo sus principales funciones las de: (i) supervisar la gestión integral de riesgos, (ii) monitorear los factores de riesgos, analizando los posibles escenarios y recomendar las medidas de ajustes que considere necesarias y (iii) trabajar conjuntamente con el Comité de Auditoria, el Comité de Remuneraciones y Nominaciones, la Gerencia de Auditoría Interna y aquellas áreas de la Sociedad que fuera necesario.
6.1 Autoridades
En la Asamblea de Accionistas y reunión de Directorio de MetroGAS, celebradas el 4 de junio de 2020 se designó al Sr. Alejandro Héctor Fernández como Presidente de la Sociedad, y al Sr. Raúl Angel Rodriguez como Vicepresidente. Los Sres, Alejandro Fernández y Raúl Angel Rodriguez, revisten la condición de no independientes de acuerdo con la normativa establecida por la CNV.
6.2 Toma de Decisiones y Sistema de Control Interno
La Sociedad promueve la delegación de autoridad, permitiendo dar respuestas ágiles y eficientes a las actividades, existiendo a la vez una clara y explícita definición de los alcances de dicha delegación mediante la fijación de límites de aprobación implementados sistematizadamente que minimizan riesgos.
Por otra parte, MetroGAS cuenta con un área de Auditoria Interna cuya misión consiste en asegurar al Directorio, al Comité de Auditoria, al Comité de Dirección y al nivel gerencial de la Sociedad procesos efectivos y eficientes de control interno para identificar y administrar los riesgos del negocio.
La existencia de procesos estandarizados, procedimientos administrativos, comunicaciones fluidas, emisión periódica de informes de control de gestión y evaluaciones de desempeño en el marco de las políticas establecidas por el Comité de Dirección, afianzan el sistema de control interno, proveen la certeza razonable del logro de objetivos, el suministro de información financiera confiable y el cumplimiento de las normas vigentes.
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6.3 Modalidades de Remuneración del Directorio y de los Cuadros Gerenciales
La remuneración al Directorio es fijada por la Asamblea Ordinaria de Accionistas.
La remuneración del Director General y de los Directores Ejecutivos que reportan a aquel es fijada por el Comité de Remuneraciones y Nominaciones conformado por los tres miembros independientes del Directorio, con el objetivo de velar por el cumplimiento de las políticas.
Al 31 de diciembre de 2020, la política de remuneraciones del personal ejecutivo consiste en una retribución mensual fija y una retribución variable ligada a la consecución de objetivos fijados anualmente. No existen implementados, como parte de la política de remuneraciones, planes de opciones sobre las acciones de la Sociedad.
6.4 Gestión integral de riesgos
La Sociedad posee una Política de Administración de Riesgos del Negocio alineada a las mejores prácticas de administración de riesgos. Cuenta con un Comité de Administración de Riesgos integrado por los Directores Ejecutivos de la Sociedad y el Director de Auditoria Interna. Este grupo es el responsable último por el monitoreo e implementación de la política de riesgos.
En forma trimestral se informa al Comité de Riesgos (integrado por Directores Titulares de la Sociedad), sobre las acciones llevadas a cabo por los responsables de la gestión de riesgos. En el mes de enero 2021, se designó al Director de Riesgos Integrales, Seguridad y Calidad, siendo el responsable de reportar las novedades al Comité de Riesgos.
6.5 Programa de Integridad y Ética
La Sociedad cuenta con un Oficial de Ética y Cumplimiento responsable del desarrollo, implementación y control del Programa de Integridad y Ética de MetroGAS quien asimismo, proporciona periódicamente información de avance y gestión del Programa al Comité de Dirección y al Comité de Auditoría.
El Programa cuenta con acciones que abordan diferentes ejes, tales como:
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Evaluación y gestión de riesgos de integridad (fraude, ética y corrupción)
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Revisión de políticas y procedimientos
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Aplicación del programa a socios comerciales (contratistas/subcontratistas)
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Comunicación y capacitación
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Promoción y estímulo
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Gestión de líneas de denuncia: Línea Ética (para empleados y proveedores) y Programa Transparencia (para clientes)
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Desarrollo de protocolos de investigación
Este Programa tiene un alcance más amplio que el simple cumplimiento de normas externas e internas y trabaja sobre la cultura y los valores organizacionales; sobre los principios, los procesos de toma de decisiones y el liderazgo de la alta Dirección. Para su elaboración se tomaron en consideración las recomendaciones de las guías internacionales como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (“OCDE”), los elementos previstos en los artículos N° 22 y N° 23 de la Ley N° 27.401 de Responsabilidad Penal de Personas Jurídicas, vigente desde 2018, junto con el Decreto Reglamentario N° 277/18 y los Lineamientos de Integridad emitidos por la OA en la Resolución N° 27/18.
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Durante el 2019 el Programa fue sometido a la revisión de un profesional independiente quien concluyó que el mismo es robusto y adecuado frente a las exigencias de la Ley de Responsabilidad Penal de Personas Jurídicas y los principales estándares comparados.
El Programa es revisado anualmente, bajo un esquema de mejora continua, incorporándose acciones que surgen de la actualización de la evaluación de riesgos de integridad, del análisis causa-raíz de las denuncias gestionadas, de las auditorías y de la evolución de las mejores prácticas en la materia.
7. RESEÑA DE LAS OPERACIONES
7.1. Política Comercial, Planificación Empresaria, Financiera y de Inversiones
A partir del cambio de Gobierno producido en diciembre de 2015, durante el 2016 se dio inicio al proceso de RTI tendiente a la normalización del marco regulatorio y tarifario de la Sociedad que sentó las bases y reglamentaciones para el desarrollo del negocio durante los siguientes 5 años.
Luego de la suscripción del Acuerdo Transitorio 2016, el Acuerdo Transitorio 2017 y del Acta Acuerdo Integral, la Sociedad definió su nueva estrategia hacia el futuro y aspectos tales como la planificación empresaria, la política comercial y el desarrollo del plan de inversiones.
La estrategia corporativa tiene como meta transformar a la Sociedad en el referente de la distribución de gas y líder en la comercialización de productos energéticos, contribuyendo al desarrollo del país y a la calidad de vida de los argentinos poniendo al cliente en el centro de sus acciones.
Cabe remarcar que MetroGAS puso en marcha la nueva estrategia, asumiendo un compromiso profundo con la ética en los negocios y con cada una de las relaciones comerciales, profesionales y comunitarias que estos conllevan.
Asimismo, la Sociedad comprometió un ambicioso PIO para el quinquenio 2017-2021 en las áreas de expansión, seguridad e integridad, confiabilidad, sistemas, operaciones y mantenimiento, en línea con los ingresos previstos de conformidad con la RTI aprobada oportunamente para dicho período.
7.2. Compra y Transporte de Gas
El 29 de noviembre de 2017, a instancias del MINEM, MetroGAS suscribió las Bases y Condiciones junto con el resto de las distribuidoras y un grupo de productores de gas. Estas Bases y Condiciones contienen los lineamientos para la contratación de volúmenes de gas para el abastecimiento de la demanda de las distribuidoras para el período comprendido entre el 1° de enero de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2019 (ver punto 3.3.1).
En cuanto a los precios que los productores debían facturar por los volúmenes de gas entregados, estos estaban estipulados por cuenca, para cada categoría de cliente y por período, en el anexo III de las Bases y Condiciones.
Por el gas entregado en los meses de enero a marzo de 2018, los pagos realizados por la Sociedad se hicieron respetando el tipo de cambio vigente a la fecha de pago de conformidad con lo establecido en los acuerdos de suministro.
A partir del mes de abril de 2018, el desfasaje producido por la fuerte devaluación del peso argentino respecto del tipo de cambio fijo considerado por el ENARGAS en el tarifario vigente a partir del 1° de abril de 2018, generó un monto significativo de DDA.
Frente a esta situación, que impactó a todas las distribuidoras de gas de la Argentina, el PEN emitió en noviembre de 2018 el Decreto N° 1.053/18 (ver punto 3.2.3).
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De acuerdo a lo dispuesto por la Resolución N° 32/2019 de la SGE, MetroGAS participó del concurso de precios para la provisión de gas natural en condición firme para el abastecimiento de la demanda de usuarios de servicio completo de las prestadoras de servicio público de distribución de gas por redes que se llevó a cabo en el ámbito del MEGSA para las cuencas Neuquina, Golfo San Jorge, Santa Cruz Sur y Tierra del Fuego el 14 de febrero de 2019.
Como resultado de dicho concurso, se obtuvieron compromisos de abastecimiento anual por un volumen de CMD de 1.486 millones de m3 los cuales representan el 58% de nuestra demanda anual, cumpliendo con ello con el requisito establecido en el marco regulatorio.
Esos compromisos, bajo las pautas establecidas por la Resolución SGE N°32/19, consideran una cláusula de EOP del 70%, lo que implica en el caso de MetroGAS un importante nivel de incertidumbre respecto del aprovisionamiento en el período invernal, al que coadyuva la relación fija establecida en el concurso de 1:2,5 anual escalonado, que no satisface la curva de demanda prioritaria que se presenta en el período invernal en nuestra área de Licencia, cuya relación es más cercana a 1:4,5 veces.
En relación al transporte de gas, en el mes de enero de 2016, MetroGAS hizo uso de la opción de no renovar 4,3 MMm[3] de la capacidad de transporte firme contratada con TGS en la ruta de transporte Neuquén GBA que se hizo efectiva a partir del 1° de mayo de 2016.
En agosto de 2017, MetroGAS presentó una Oferta Irrevocable en el Concurso N°1/2017 de TGS, con el objetivo de renovar la capacidad de transporte firme con vencimiento el 30 de abril de 2018. Como resultado del concurso, MetroGAS renovó el 100% de la capacidad ofertada, siendo los nuevos vencimientos entre el 2019 y 2027.
En mayo de 2019, MetroGAS presentó una Oferta Irrevocable en el Concurso N°1/2019 de TGS para renovar 2,0 MMm[3] con vencimiento el 30 de abril de 2020 y 3,66 MMm[3] con vencimiento el 30 de abril de 2021. Como resultado del concurso, MetroGAS renovó el 100% de la capacidad ofertada, siendo los nuevos vencimientos en 2030 y 2031 respectivamente.
Las tarifas de transporte quedaron congeladas a partir de la vigencia de la Ley de Solidaridad Social, por un plazo de ciento ochenta (180) días, que luego fue extendido por el Decreto N° 543/20 por otros ciento ochenta (180) días, hasta el 17 de diciembre de 2020. Con fecha 16 de diciembre de 2020 el PEN publicó el Decreto N° 1.020/20 mediante el cual se da inicio a la renegociación de la RTI y se mantiene el congelamiento de tarifas por noventa (90) días o hasta tanto entren en vigencia los nuevos cuadros tarifarios transitorios resultantes del Régimen Tarifario de Transición (ver punto 3.3.1).
Al 31 de diciembre de 2020, y en cumplimiento del Reglamento de Servicio (Resolución ENARGAS N° 4.325/2017), la capacidad de transporte firme contratada hasta el anillo de la zona de servicio de MetroGAS asciende a 19,49 MMm[3] /día, 16,71 MMm[3] /día corresponden a transporte firme contratado sobre el Sistema de TGS y 2,78 MMm3/día sobre el Sistema de TGN.
Respecto al suministro de gas para el período abril 2020-diciembre de 2020, la SE instruyó a productores y comercializadores de gas a renovar la vigencia de los contratos de suministro de gas de las distribuidoras hasta la fecha de vencimiento del plazo ampliado durante el cual el PEN se encuentra facultado a mantener inalteradas las tarifas de gas natural, esto es diciembre de 2020.
Con fecha 16 de noviembre de 2020, se publicó el Decreto N° 892/2020 que declaró de interés público nacional y como objetivo prioritario de la República Argentina la promoción de la producción del gas natural argentino. En consecuencia, se aprobó el “Plan de promoción de la producción de gas natural argentino – Esquema de oferta y demanda 2020-2024” (el “Plan Gas”), de los que merece destacarse que el precio fue nominado en pesos por m3 según el precio en cuadros
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tarifarios vigente conforme a la definición del Punto 6.28 del Anexo del Decreto Nº 892/20, el cual fue definido allí como “el precio del gas en el PIST de conformidad con los cuadros tarifarios para las Licenciatarias de Distribución y/o Subdistribuidoras”, razón por la cual se estableció adicionalmente en los contratos que “La obligación de pago del Precio del Comprador será igual al monto de aquella porción del Precio Ofertado que el ESTADO NACIONAL decida incluir en los Cuadros Tarifarios, conforme a lo dispuesto en el Artículo 6° del Decreto N° 892/20 y en los Puntos 20 y 33 del Anexo del Decreto N° 892/20”.
Durante el último trimestre del año 2020 se abonó la mayor parte de la deuda por los acuerdos con los productores de gas contraída durante el 2019. Asimismo, en diciembre de 2020 se iniciaron las negociaciones para saldar la deuda con los productores de gas por el gas entregado en los meses de junio, julio y agosto de 2020, habiéndose acordado con el 60% de ellos.
Con fecha 22 de febrero de 2021, la SE convocó, mediante la Resolución N° 129/2021, al Concurso Público Nacional “RONDA #2 CONCURSO PÚBLICO NACIONAL - PLAN DE PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN DEL GAS NATURAL ARGENTINO – ESQUEMA DE OFERTA Y DEMANDA 2020-2024” para la adjudicación de volúmenes de gas natural adicionales a los adjudicados por la Resolución N° 391 de fecha 15 de diciembre de 2020, correspondientes a las Cuencas Neuquina y Austral, por cada uno de los períodos invernales de los años 2021 a 2024 inclusive.
7.3 Información financiera presentada en moneda homogénea
De acuerdo con lo dispuesto por las normas contables aplicables antes de la adopción de las NIIF, la Sociedad reconoció los efectos de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda hasta el 31 de agosto de 1995. A partir de esa fecha y hasta el 31 de diciembre de 2001, se discontinuó la reexpresión de los estados contables, debido a la existencia de un período de estabilidad monetaria.
Desde el 1° de enero de 2002 y hasta el 28 de febrero de 2003, se reconocieron los efectos de la inflación siguiendo el método de reexpresión establecido por la Resolución Técnica Nº 6 de la FACPCE. A partir del 1º de marzo de 2003, y en cumplimiento del Decreto Nº 664/03 del PEN, la Sociedad suspendió la reexpresión de sus estados financieros.
En los últimos años, los niveles de inflación en Argentina han sido altos, habiendo acumulado una tasa de inflación en los tres años y al 31 de diciembre de 2018, que ha superado el 100%, sin expectativas de disminuir significativamente en el corto plazo. Asimismo, la presencia de los indicadores cualitativos de alta inflación, previstos en la NIC 29, mostraron evidencias coincidentes. Por lo expuesto, el 29 de septiembre de 2018, la FACPCE emitió la Resolución JG N° 539/18, aprobada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (“CPCECABA”) mediante la Resolución CD N° 107/18, indicando, entre otras cuestiones, que la Argentina debía ser considerada una economía inflacionaria en los términos de las normas contables profesionales a partir del 1° de julio de 2018, en consonancia con la visión de organismos internacionales.
A través de la Ley N° 27.468, publicada el 4 de diciembre del 2018 en el B.O., se derogó el Decreto N° 1.269/02 (reglamentado por el Decreto N° 664/03) del PEN y sus modificatorios (incluido el Decreto N° 664 del PEN antes mencionado). Las disposiciones de la mencionada ley entraron en vigencia a partir del 28 de diciembre de 2018, fecha en la cual se publicó la Resolución General N° 777/18 de CNV, la cual estableció que los estados financieros anuales, por períodos intermedios y especiales que cierren a partir del 31 de diciembre de 2018 inclusive, deben presentarse ante ese organismo de control en moneda homogénea.
De acuerdo con la NIC 29, los importes de los estados financieros que no se encuentren expresados en moneda de cierre del período sobre el que se informa, deben reexpresarse aplicando un índice general de precios. A tal efecto, y tal como lo establece la Resolución JG N° 539 de la FACPCE, se
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han aplicado coeficientes calculados a partir de índices publicados por dicha Federación, resultantes de combinar índices de precios al consumidor nacional publicados por el INDEC a partir del 1° de enero de 2017 y, hacia atrás, IPIM elaborados por dicho Instituto o, en su ausencia, índices de precios al consumidor publicados por la Dirección General de Estadística y Censos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La variación del índice utilizado para la reexpresión de los presentes estados financieros ha sido del 36,14% en el ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2019 y del 53,83% en el ejercicio anterior.
Con fines comparativos, los presentes estados financieros incluyen cifras y otra información correspondiente al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2019, que son parte integrante de los estados financieros mencionados precedentemente y se las presenta con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y otra información del ejercicio económico actual. Dichas cifras han sido reexpresadas en moneda de cierre del presente ejercicio económico, a fin de permitir su comparabilidad y sin que tal reexpresión modifique las decisiones tomadas con base en la información contable correspondiente al ejercicio anterior.
7.4 Clientes y Mercado
Las ventas de la Sociedad se ven altamente influenciadas por la estructura climática imperante en la Argentina. La demanda de gas natural y, en consecuencia, sus ventas son considerablemente más altas durante los meses de invierno (de mayo a septiembre) debido a los volúmenes de gas vendidos y al mix de tarifas que afecta los ingresos por ventas y el margen bruto.
A continuación, se incluye una síntesis de los Estados de pérdidas y ganancias y otros resultados integrales consolidados de los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2020 y 2019.
| Ingresos ordinarios Ganancia bruta (Pérdida) Ganancia operativa Resultado antes del impuesto a las ganancias e IGMP Resultado neto del ejercicio |
31.12.2020 | 31.12.2019 |
|---|---|---|
| Miles de$ | ||
| 49.696.333 10.307.627 (64.713) (3.444.258) (5.400.659) |
82.050.664 19.553.668 8.840.886 5.673.575 1.658.680 |
Tal como se mencionará anteriormente, MetroGAS brinda el servicio de distribución a aproximadamente 2,4 millones de clientes dentro de su área de servicio, de los cuales aproximadamente el 61% se encuentra en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Las ventas a clientes residenciales en 2020 y 2019 representaron el 24,5% y 21,1%, respectivamente, del volumen de ventas y aproximadamente el 59,0% y 47,4% del monto de ventas.
Las ventas con gas de MetroGAS a los clientes residenciales disminuyeron un 24,6%, de 38.886.401 a 29.322.006 durante los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2019 y 2020, respectivamente, debido principalmente a la disminución de la tarifa, que quedó en niveles inferiores al ajuste por reexpresión de las ventas registradas al 31 de diciembre de 2019, parcialmente compensado por un aumento en los volúmenes entregados a esta categoría de clientes del 5,7%.
MetroGAS depende, en buena medida, de sus ventas a las centrales eléctricas para mantener un alto factor de utilización de su capacidad de transporte en firme (Factor de Carga), particularmente durante los meses más cálidos, en los que se reduce el consumo de los clientes residenciales. MetroGAS cuenta entre sus clientes a centrales eléctricas que participan del 20% del total térmico instalado en el mercado eléctrico mayorista del país.
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Durante 2020 las centrales eléctricas del área representaron el 21,7% de la generación térmica total del sistema. El despacho con gas del parque de generación térmica del área de MetroGAS se redujo en un 8,4% respecto del año 2019, impactada por la salida de servicio imprevista de la unidad de Central Buenos Aires de Enel Costanera. A nivel país el consumo de gas natural para generación térmica se contrajo un 6,4%.
Las ventas del servicio de transporte y distribución a las centrales eléctricas en 2020 y 2019 representaron el 46,6% y el 49,8% del volumen entregado, respectivamente.
Las ventas de gas y del servicio de transporte y distribución a clientes industriales, comerciales y entidades públicas representaron aproximadamente el 13,7% y 13,9% del volumen de ventas de la Sociedad en los años 2020 y 2019, respectivamente.
Durante el 2020 se renovaron los contratos de suministro con clientes industriales, cuyos vencimientos operaban en ese año. En función de las previsiones realizadas frente al invierno, se continuó con la política desarrollada hasta la fecha incluyendo opciones que permitieran una mayor flexibilidad operativa frente a potenciales inconvenientes de abastecimiento, extendiendo el concepto a la totalidad de los contratos con renovación durante el año.
En línea con las metas fijadas para el año, y pese a los condicionantes externos que afectan la operatoria de la Sociedad, se ha logrado mantener adecuadas relaciones con los grandes clientes industriales, así como en el mercado de las Pequeñas y Medianas Empresas (“PYMES”) y de clientes comerciales. La demanda de gas natural para dichos segmentos de clientes se mantuvo en valores acordes dentro de las condiciones generales del mercado.
El mercado de GNC representó aproximadamente el 4,8% y 6,0% del volumen de ventas de la Sociedad durante los años 2020 y 2019, respectivamente.
Las ventas de MetroENERGÍA durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020 fueron de 11.374.069 disminuyendo un 59,2% respecto del ejercicio anterior que fueron de 27.843.927, debido principalmente a la disminución de la tarifa, que quedó en niveles inferiores al ajuste por reexpresión de las ventas registradas al 31 de diciembre de 2019 y a una disminución en los volúmenes entregados a esta categoría de clientes del 47,8%.
7.5 Operación del Sistema de Distribución
La RTI involucra un plan de inversiones que abarca tanto la renovación de activos (cañerías, estaciones reguladoras de presión, medidores y vehículos), como así también la expansión del sistema de distribución. Particularmente, disposiciones gubernamentales y regulatorias que incluyeron la suspensión de cualquier aumento tarifario, interrumpieron la continuidad del plan de inversiones. Adicionalmente, la situación extraordinaria de pandemia y su consecuente aislamiento obligatorio impactó sobre las inversiones de mantenimiento preventivo manteniéndose las tareas necesarias para garantizar una operación segura y confiable.
El avance de la inversión correspondiente a la renovación de redes de hierro fundido, durante el año 2020, fue de aproximadamente 56 km de tendido de cañería de polietileno en media presión que reemplaza a la red de hierro fundido en baja presión; y la instalación y conversión de 9059 servicios asociados.
Durante el año 2020 se avanzó con la ejecución de la obra de expansión de red denominada “Segundo Anillo Sur”, iniciada en el 2019. En esta primera etapa se instalaron 21 km de cañería de acero de alta presión y se está en la etapa de finalización de la nueva city gate la cual se estima finalizar en el transcurso del año 2021. Esta obra permitirá dotar de infraestructura de gas en el partido de San Vicente, una zona actualmente no abastecida por el servicio.
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Durante el año 2020 se instalaron aproximadamente 3.460 nuevos servicios. Respecto a obras financiadas por terceros, se realizó el control de la construcción de 49 km de tendido de redes de distribución.
Con el objetivo de optimizar la operación del sistema de baja presión de la Sociedad, a través de un control más ágil y estricto de las presiones de suministro, MetroGAS cuenta con el “Telecomando de Perfiladores de Presión en Estaciones Reguladoras”. De esta forma el 63.9% del total de las Estaciones de regulación de presión (“ERP”) del sistema de baja presión de la Sociedad se encuentra con control de presiones por medio de perfiladores telecomandados y se cuenta con 67 puntos extremos de red con telemedición datalogger, 98 ERP con data loggres y 30 ERP con sistema SCADA
También, y dando cumplimiento a la normativa emitida por el ENARGAS para las líneas de transmisión de gas (Parte O NAG 100) se continuó con la reevaluación de las líneas de transmisión, priorizadas de acuerdo al riesgo, lo que involucró una serie de actividades de mantenimiento preventivo como: relevamiento tipo DCVG (Direct Current Voltage Gradient), CIS (Close Interval Survey) y evaluaciones directas de la cañería.
En lo que hace al mantenimiento correctivo del sistema, se han reemplazado 7.936 servicios domiciliarios, entre otras acciones destinadas al mantenimiento de corto plazo del sistema de distribución.
La atención de emergencias registró un volumen anual de aproximadamente 41.951 reclamos, principalmente por escapes de gas, de los cuales alrededor de 4.304 fueron clasificados por la Sociedad como de alta prioridad de tratamiento.
Se han realizado relevamientos en 17.364 km de nuestras redes de baja, media y alta presión, cumpliendo con lo requerido en las normas.
7.6 Inversiones de capital
La Sociedad ha direccionado sus inversiones fundamentalmente al cumplimiento del PIO comprometido. La información detallada de las mismas se halla en el Notas 10 y 12 – Propiedades, planta y equipo y Bienes Intangibles, respectivamente, de los estados financieros consolidados.
En los términos del Acuerdo Transitorio 2017, con fecha 31 de marzo de 2017 se publicó en el B.O., la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017 la cual menciona en su Anexo III el Plan de Inversiones Obligatorias que debe realizar MetroGAS dentro del plazo quinquenal 2017-2021. A los fines de esta Resolución se consideran Inversiones Obligatorias las consideradas indispensables para atender la operación y el mantenimiento de los sistemas operados, la comercialización y la administración en condiciones confiables y seguras del gas natural, con estándares iguales o mayores a los requeridos por la normativa vigente. En caso de que MetroGAS lleve a cabo las inversiones obligatorias a un costo total menor que la suma especificada en la resolución deberá invertir dicha diferencia en obras y/o proyectos contemplados como inversiones no obligatorias o complementarias o en otros que sean aprobados por la autoridad regulatoria dentro del plazo quinquenal 2017-2021. MetroGAS debe presentar anualmente a la autoridad regulatoria un informe detallado de avance de su Plan de Inversiones y la autoridad regulatoria puede aplicar las penalidades en caso de incumplimiento. La Resolución determina el monto que la Sociedad debe desembolsar por las inversiones obligatorias durante cada uno de los cinco años.
Dada la afectación de ingresos producto del diferimiento del ajuste tarifario correspondiente implementado en primer lugar por la Resolución SGE Nº 521/2019 y luego extendido por la Resolución SGE Nº 751/2019, se dispuso la revisión y adecuación -en su exacta incidencia- de las inversiones obligatorias a cargo de las distribuidoras.
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Con posterioridad a las referidas Resoluciones que difirieron el ajuste tarifario, se pasó a un escenario de congelamiento tarifario a tenor de lo previsto por la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva y el Decreto PEN N° 1.020/2020, por lo que MetroGAS llevó adelante su Plan de Inversiones mediante la concreción de obras por miles de $ 3.156.304.
7.7 Atención y Servicios al Cliente
Con motivo de la pandemia por COVID-19 y el establecimiento del período de Aislamiento Social Preventivo y Obligatorio (“ASPO”) a partir del 20 de marzo de 2020, se produjo un incremento del nivel de actividad en los canales de atención no presenciales (Telefónico, Oficina Virtual, Chatbot, E-mail, WhatsApp y Facebook), que se fue acentuando hacia el final del año.
Durante el 2020, en la página web de MetroGAS se registró un incremento del 100% de las sesiones respecto al año anterior (7,5 Millones de sesiones durante el 2020), ingresaron 1,7 millones de llamadas al Call Center, 258 mil clientes fueron atendidos de manera personalizada a través del canal de WhatsApp, 171 mil por Facebook, 170 mil por mail, se resolvieron 50 mil trámites por la Oficina Virtual “Mi Cuenta” y se respondieron 11 mil consultas a través del Chatbot.
A pesar de este contexto y sus implicancias, si bien en algunos momentos puntuales se vio reducida la capacidad de atención de clientes, la misma nunca fue suspendida por cuestiones relacionadas a la pandemia.
Continuando con el proceso de modernización tecnológico, durante el año 2020, se implementó un nuevo sistema comercial y se ampliaron las posibilidades de resolución de trámites a través de distintos canales virtuales:
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Incorporación del trámite de Alta de Servicio, actualización de datos del usuario, solicitud de planes de pago y consultas a través de la Oficina Virtual.
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Se incorporó el proceso de atención a través de Facebook, atendiendo este canal con personal propio.
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Se reforzó la dotación para atención personalizada en los canales de WhatsApp, E-mail y Oficina Virtual.
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Se incorporaron nuevos medios de pago electrónico (e-cheq y depósitos en terminales de autoservicio de Entidades Bancarias).
En ese mismo sentido, en el mes de julio 2020 se implementó la nueva plataforma omnicanal de atención telefónica y digital Genesys. Esta plataforma favorece la polifuncionalidad de los recursos y provee nuevas herramientas de gestión a la vez que se migraron las transacciones telefónicas hacia un sistema de pagos certificado internacionalmente.
Esta modernización se realizó en forma simultánea con una actualización y cambio de numeración de contactos telefónicos de clientes, logrando implementar canales telefónicos digitales de última generación para favorecer la gestión.
Es de destacar también que, en paralelo a la incorporación de nuevas facilidades de cobro a través de la web y la oficina virtual, la Sociedad discontinuó el cobro en efectivo en todas sus oficinas comerciales. Sólo se admite en dichas oficinas el pago con tarjeta de débito y/o crédito, pudiéndose abonar con cualquier medio de pago a través de nuestros medios digitales o en los bancos y/o redes de cobranza externos.
Con el objetivo de mejora continua de la calidad de servicio brindada a nuestros clientes, desarrollamos un manual de calidad de atención para capacitar a todo el personal que participa en alguno de los puntos de contacto con el cliente.
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7.8 Recursos Humanos
La dotación consolidada de la Sociedad al 31 de diciembre de 2020 asciende a 1.355 empleados, de los cuales 34 poseen contrato de trabajo de plazo fijo.
Con respecto a las remuneraciones al personal durante el año 2020 la Sociedad otorgó incrementos salariales generales en concordancia con el mercado específico.
Respecto al diseño organizativo, se concretó un análisis del modelo operativo con mejor ajuste a los lineamientos estratégicos y operativos y que, a su vez organiza de manera eficiente los procesos claves y de soporte. Además, se estableció un nuevo modelo de gobierno asegurando la administración de todos los procesos de manera efectiva.
La Sociedad implementó durante el ejercicio los módulos de Empleado Central y Reclutamiento de Success Factors, aplicación que brinda mayor valor agregado a los líderes y a los profesionales de Recursos Humanos y a la vez descentraliza las gestiones transaccionales de carácter administrativo y repetitivo al incorporar la función de autogestión, permitiendo al interesado iniciar y dar seguimiento a sus solicitudes, pudiendo acceder a la información a través de diversos canales virtuales.
Se realizaron capacitaciones en el Centro de Entrenamiento Técnico (“CET”) para personal interno, contratistas, comunidad (bomberos voluntarios, defensa civil, colegios técnicos, ENARGAS, periodistas, etc) y se brindaron cursos a distintas empresas. Asimismo, desarrollamos programas de formación “Instalando Calor Seguro” para escuelas técnicas secundarias. Debido al contexto de pandemia, todas las actividades fueron desarrolladas a través de canales digitales.
Dedicamos 9.255,5 horas a formación técnica para personal interno (8.057,5 hs.), personal de empresas contratistas (261 hs.) y otras personas de la comunidad (937 hs.).
A partir de la encuesta realizada en 2020 sobre clima laboral en pandemia y teletrabajo hicimos especial foco en trabajar en el apoyo a los empleados y sus familias respecto del aislamiento, brindamos herramientas para trabajar con mayor eficiencia en la virtualidad y formamos a líderes para el manejo de sus equipos bajo esta modalidad, trabajando en acciones de mejora especialmente en lo que hace a entornos flexibles de trabajo. Asimismo, convertimos el lugar de trabajo en espacios colaborativos despersonalizando escritorios, realizando una limpieza y orden general de espacios de guardado y apoyando políticas de cuidado del medio ambiente con la generación de menos residuos y reciclado.
Orientados al desarrollo de personas, nos focalizamos esencialmente en capacitar sobre el liderazgo para el manejo de equipos a través de canales virtuales, a colaboradores en el uso de herramientas para el teletrabajo y convertimos todas las actividades en virtuales, generando además mayor cantidad de e-learnings. Continuamos con nuestros programas orientados a gestión de talentos y a estudiantes de Ingeniería para fomentar el desarrollo de estas poblaciones que hacen al futuro de la Organización.
En relación a la temática de Diversidad e Inclusión y con el objetivo de comprender la importancia de la temática y reflexionar sobre este tema, realizamos una serie de charlas acompañados por consultoría experta en la materia.
Trabajamos junto con la consultora Ernst & Young en Gestión del Cambio del Proyecto M360, en cuanto a la comunicación, el relevamiento y la actualización de los impactos organizacionales derivados de los cambios generados con su respectivo Plan de Mitigación. Se formaron más de 400 usuarios finales en operación de manera virtual.
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En materia de Salud Ocupacional, nuestra gestión estuvo focalizada en la pandemia COVID-19 para asegurar la continuidad de la operación sin casos de contagios entre empleados y la asistencia continua a contagiados fuera del ámbito laboral y/o contactos estrechos. Se profundizaron los controles a empresas contratistas para mitigar el riesgo de responsabilidad solidaria.
Continuamos con el programa de egresos denominado “Plan Puente” para aquellos empleados que se encontraban en condiciones de acceder al beneficio previsional. Dicho plan consiste en el mantenimiento de la prestación médica por un período de tiempo a cargo de la Sociedad y una gratificación extraordinaria por egreso.
7.9 Seguridad, Salud y Medio Ambiente
Durante el año 2020 la Sociedad trabajó bajo los lineamientos de la Política de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente enfocados en la mejora continua, alineados con los criterios establecidos por la legislación vigente y las Normas ISO 14001:2015 y OHSAS 18001:2007.
Durante el presente ejercicio se afrontó un contexto de pandemia por COVID-19 el cual afectó a todas las actividades de la Sociedad.
Debido a dicho contexto se llevó a cabo la adecuación de las tareas de emergencia, instalaciones, y protocolos para continuar con el cumplimiento de las actividades esenciales como servicio público en conjunto y aprobado por el Sindicato de Trabajadores de la Industria del Gas (“STIGAS”).
A su vez se realizaron protocolos y medidas de cuidados de higiene para el personal que desarrolla dichas tareas y se adecuaron recursos y procesos para dar soporte al personal administrativo.
Entre las actividades más importantes realizadas por MetroGAS en materia de Seguridad, Salud ocupacional y Medio Ambiente se pueden mencionar: la implementación del comité de crisis, la elaboración y distribución de protocolos, la entrega de Elementos de Protección Personal a todo el personal propio y contratistas, la instalación de cartelería alusiva al COVID-19 dentro de las instalaciones de la Sociedad, entre otras.
La ART Galeno realizó una visita a cada establecimiento de la Sociedad no encontrándose aspectos a mejorar y verificando la aplicación de los protocolos correspondientes COVID-19.
En forma tanto presencial como virtual se realizaron reuniones con todos los accidentados, tanto en ocasión del trabajo como in itinere, con el fin de poder compartir experiencias de aprendizaje con el objetivo común de realizar acciones preventivas y correctivas para que los mismos no vuelvan a ocurrir
Si bien durante la pandemia debimos realizar diferentes tareas específicas para dar soporte a otros sectores de la Sociedad, mantuvimos nuestras acciones claves como el Comité Mixto, Contratistas, Programa más verde.
La Sociedad continuó participando en las reuniones del Comité Mixto de Seguridad e Higiene en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, dando cumplimiento a la Ley N° 14.108 y su Decreto Reglamentario N° 801/141.
MetroGAS continuó participando en las reuniones del Comité de contratistas teniendo como temáticas destacables acciones sobre COVID-19, implementación de protocolos de higiene en obras, cumplimiento de procedimientos de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente, seguimiento de desvíos hallados en las diferentes inspecciones de la Gerencia, y tratamiento de la auditoría de certificación de ISO.
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En el mes de noviembre el Organismo Certificador IRAM realizó en forma remota la auditoría de mantenimiento del Sistema de Gestión. Como resultado de la mencionada auditoría, MetroGAS obtuvo la certificación de mantenimiento de las normas ISO 14001:2015 y OSHAS 18001:2007, en concordancia con el compromiso que MetroGAS manifiesta en su Política de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente.
Teniendo en cuenta las exigencias de la NAG 153 cabe destacar que a lo largo del año y a pesar del contexto mencionado se cumplió con lo requerido por la misma, lo cual incluye las siguientes acciones:
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En el mes de diciembre se realizó el Simulacro Ambiental Anual el cual consistió en plantear un derrame de odorante en la City Gate de Buchanan, con el objetivo de ejercitar y evaluar lo relativo al proceso de comunicaciones internas (en contexto de pandemia), aplicar procedimientos y poner en práctica acciones operativas.
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Se analizaron 93 proyectos de obras por terceros y propias resultando todas obras menores de acuerdo con la Resolución ENARGAS I/910-09 alcanzando con el análisis y la exigencia del cumplimiento del POA (“Procedimientos Operativos Ambientales”).
7.10 Relaciones Institucionales
La Sociedad continuó con su estrategia enfocada en desarrollar la imagen y fortalecer la reputación de MetroGAS en las audiencias institucionales. Para ello, durante 2020 MetroGAS adoptó un rol proactivo, integral y direccionado a sumar valor respecto de los trabajadores, accionistas, clientes, proveedores, organizaciones civiles y gubernamentales que se encuentran vinculadas a la Sociedad. Eso redundó en la confección y puesta en marcha de una agenda propia y en la mejora continua del proceso de comunicación de momentos críticos. Esta agenda no sólo respondió al plan de posicionamiento, sino que, además, estuvo influida por el contexto de pandemia y las acciones se ajustaron a esa situación, en vinculación con los diferentes públicos de interés.
Para mantener un permanente control de la gestión, se realizó nuevamente una encuesta de opinión pública, administrada por una consultora externa, cuyos resultados fueron favorables para MetroGAS. El trabajo revela porqué MetroGAS es un actor importante en la sociedad argentina, aunque vinculado directamente con los vaivenes de la política económica nacional, lo que motiva que la opinión sobre MetroGAS esté atada indefectiblemente al contexto político, quedando el vínculo con la Sociedad sujeto a la coyuntura.
Los indicadores relevados muestran un muy buen desempeño de MetroGAS vinculado a la exposición en los medios. La cantidad de menciones positivas e informativas suman un total de 89%, mientras que las menciones negativas solo del 11%. El valor firme sobre el que se sostiene MetroGAS para su reputación e imagen son “Conducta Corporativa” y “Calidad del Servicio”. La relación con los empleados y el liderazgo también se destacan como puntos positivos en el informe de la consultora.
Durante el 2020, la Sociedad apalancó sus campañas de comunicación (tanto institucionales como masivas) en la continuidad del negocio en el contexto de pandemia Los mensajes institucionales se dirigieron tanto a audiencias internas como externas. Desde el inicio del año, hicimos un fuerte llamado a la responsabilidad social para concientizar que la pandemia se trata de un problema que requiere la colaboración responsable de cada uno, tomar las recomendaciones de los organismos sanitarios, reforzar la higiene personal y extremar los cuidados para evitar propagar el virus. Las medidas que se fueron adoptando se comunicaron de manera constante, sobre todo aquellas que tenían impacto en los clientes y los colaboradores, sumado a otros públicos de interés. La comunicación externa se centró en transmitir comunicados en medios masivos para reforzar el mensaje de compromiso de la Sociedad de dar continuidad al servicio y la atención a nuestros
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clientes, siempre garantizando su seguridad. Los mensajes fueron reforzados en redes sociales y la página web de MetroGAS.
En cuanto a la comunicación interna, se reforzó la información sobre los cambios en protocolos y procedimientos (teletrabajo, organización de actividades operativas críticas, medidas de seguridad; entre otras).
MetroGAS acompañó con actividades de prensa y posicionamiento con líderes de opinión, referentes políticos, pares de la industria y organizaciones participaciones en eventos en conjunto con empresas y entidades de la industria, desarrollo de material para audiencias institucionales.
Pese al contexto de ASPO primero y DISPO posterior, la Sociedad trabajó para mantener una presencia sostenida en espacios de exposición pública mediante la amplificación de los canales de difusión y las herramientas de vinculación con la prensa. Se desarrolló contenido ad hoc para divulgación de información de servicio sobre prevención de monóxido de carbono, instalaciones internas, trámites, cómo entender la factura, presencia sostenida en notas y entrevistas y gestión de contenidos durante contingencias.
Se realizaron encuentros virtuales con la prensa y entidades agrupadas en las comisiones de usuarios junto al ENARGAS y se fomentó un contacto habitual basado en la confianza y el intercambio informativo.
MetroGAS como referente del sector, participó –tanto como sponsor o como invitado- en eventos con audiencias institucionales que generan valor a la Sociedad por ser referentes positivos de la industria: Coloquio de IDEA, Foro Anual de Fundación Metropolitana, eventos de la industria y espacios especializados.
En cuanto a cámaras y asociaciones, la Sociedad consolidó la presencia en el Coloquio de IDEA, el Consejo Empresario Argentino para el Desarrollo Sostenible y el Instituto Argentino del Petróleo y del Gas. Nos sumamos a la Cámara de Comercio de EEUU en Argentina (“AMCHAM”) y renovamos nuestra participación en la Red de Empresas por la Diversidad de la Universidad Di tella.
La Sociedad continuó con la participación en la Asociación de Distribuidores de Gas (“ADIGAS”). Esta asociación tuvo un rol proactivo de vinculación institucional y en los medios de comunicación, configurándose como la voz representativa de las empresas distribuidoras de todo el país, en la búsqueda de la unificación del discurso de las empresas del sector frente a las autoridades regulatorias y políticas.
En lo referente a los Asuntos Públicos, MetroGAS intensificó las relaciones con el gobierno nacional, provincial y los municipios a fin de generar comunicación fluida y positiva con las áreas involucradas. En este caso, la Sociedad brindó asistencia técnica y operativa a los municipios que generaron espacios para atención de pacientes COVID-19 positivo (hospitales de campaña).
7.11 Acción Comunitaria
Durante 2020, MetroGAS continuó con el fortalecimiento de su estrategia de Sustentabilidad 20182022. A través de acciones concretas, basó su trabajo en los tres ejes de acción que había puesto en marcha: desarrollar, cuidar y compartir. Estos ejes engloban los programas, proyectos e iniciativas que lleva adelante la Sociedad y reflejan el compromiso de trabajo con la comunidad y aseguran la integración entre la estrategia de Sustentabilidad y la visión de negocios de MetroGAS.
En diálogo permanente con nuestros aliados, adecuamos nuestro plan de acciones al contexto COVID-19.
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Bajo este esquema, se realizaron las siguientes acciones:
a) Eje Desarrollar
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Programa Instalando Calor Seguro: se adaptó el programa a la modalidad virtual y se realizaron talleres de capacitación destinados a alumnos del último año de escuelas técnicas, dictados por voluntarios corporativos en articulación con la Dirección de Escuelas Técnicas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (“GCABA”) y la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires. De esta forma, los alumnos incorporan esas horas de capacitación como prácticas profesionales en sus currículos. Se llegó a más de 1000 alumnos de 27 establecimientos de CABA y de la Provincia de Buenos Aires (“PBA”).
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Programa Calor que cuida: durante los meses de enero y febrero de 2020, junto con el Instituto de la Vivienda de la Ciudad, se realizaron 20 talleres pre y post consorciales para más de 1000 familias pertenecientes al proceso de urbanización de los barrios más vulnerables, lo que les facilita información sobre la gestión para la habilitación del servicio, los beneficios de la tarifa social y recomendaciones para el uso seguro y eficiente del gas natural. Bajo el contexto de pandemia se pasó a la modalidad virtual y los talleres se realizaron en articulación con la Secretaría de Integración de Adultos mayores de GCBA, llegando a más de 400 adultos mayores a través de 13 talleres realizados de manera semanal.
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b) Eje Cuidar
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Programa Hogar Cálido Hogar: actividad destinada a niños de 7 a 11 años, de escuelas primarias de la CABA y de la PBA. Se enfoca en la importancia de una correcta instalación de gas, el uso eficiente, la prevención de accidentes por monóxido de carbono y la función del gasista matriculado. Los niños son considerados como los principales agentes de cambio que transmiten este mensaje a sus familias. Se adaptaron los contenidos a la modalidad virtual, y se incorporaron a la plataforma de contenidos del Ministerio de Educación del GCBA donde más de 60 escuelas consultaron y utilizaron los contenidos. También participamos del evento virtual “Viví Sustentabilidad”, donde más de 2300 alumnos de 170 escuelas de diferentes áreas del país accedieron a los contenidos del programa.
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Programa Instalaciones Solidarias: el programa apunta a brindar acceso al servicio de gas natural de red a centros y comedores comunitarios de la zona de distribución de la Sociedad por medio de la realización de una nueva instalación interna de gas o los ajustes necesarios en las instalaciones preexistentes. Durante 2020 se desarrollaron 6 obras para comedores y centros comunitarios impactando sobre más de 1000 familias, y se generó una “alianza Solidaria entre la Sociedad, el Consejo Empresario Argentino para el Desarrollo Sostenible y el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, junto al Programa de Naciones Unidas para el Desarrollo para la identificación de organizaciones sociales destinatarias de esta ayuda.
c) Eje Compartir
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Programa de Voluntariado Corporativo: durante 2020 debido al COVID-19 se suspendieron las actividades presenciales y se priorizó la asistencia a grupos y organizaciones afectados por la situación. Ejemplo de ello es la articulación con el programa “Mayores Cuidados” del GCBA, para brindar apoyo logístico y acompañamiento telefónico a este segmento de población que vive sola; el lanzamiento de la Red Virtual de Apoyo entre voluntarios y otras organizaciones.
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Reporte de Sustentabilidad: dado que nuestro reporte es bianual, se prevé su publicación para mediados del año 2021, informando sobre la gestión de sustentabilidad del período 2019-2020.
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- En virtud del contexto, se gestionaron donaciones con el agregado de valor para las personas afectadas por la situación de pandemia. Ej: donación de kits de higiene y alimentos entre otros.
8. POLÍTICA DE DIVIDENDOS
MetroGAS pagó dividendos regularmente hasta el año 2001. A partir del ejercicio 2002, la Sociedad mantuvo resultados no asignados negativos hasta el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2017.
MetroGAS no cuenta con una política que establezca el monto y pago de dividendos. Cualquier política de dividendos que se adopte está sujeta a varios factores, que incluyen (i) el cumplimiento de nuestros compromisos financieros y regulatorios, (ii) posibles restricciones por parte del ENARGAS o en el marco de contratos de préstamo celebrados con terceros, (iii) inversiones en bienes de capital y planes de inversiones, (iv) otros requerimientos de efectivo y (v) demás factores que puedan considerarse pertinentes en el momento.
9. COMPOSICIÓN DEL CAPITAL SOCIAL
El capital social al 31 de diciembre de 2020 está compuesto por 569.171.208 acciones ordinarias, escriturales, de valor nominal un peso y de un valor por acción y en clases “A” y “B”.
| Clases de acciones en circulación | Capital suscripto, inscripto e integrado |
|---|---|
| Clase "A" Clase "B" Capital Social al 31 de diciembre de 2020 |
290.277 278.894 |
| 569.171 |
Al 31 de diciembre de 2020, la controlante de MetroGAS es YPF S.A. (“YPF”) que posee el 70% de las acciones de la Sociedad.
El 28 de diciembre de 2016, MetroGAS recibió del ENARGAS una nota en la cual solicita adaptar la composición accionaria de la Sociedad en consonancia con el plazo previsto en la Ley de Emergencia y en cumplimiento con el artículo N° 34 de la Ley N° 24.076, todo ello en atención a la participación de YPF en MetroGAS. La Sociedad ha presentado un pedido de vista a los efectos de conocer los antecedentes del requerimiento del ENARGAS y, por considerar que lo solicitado atañe principalmente a su accionista mayoritario, le ha dado traslado a los efectos de que adopte las acciones que considere oportunas. Con fecha 6 de abril de 2018, MetroGAS fue notificada que el ENARGAS rechazó la apelación presentada por YPF el 30 de marzo de 2017.
La Asamblea Ordinaria de Accionistas celebrada el 7 de mayo de 2020 dispuso incrementar la reserva para inversiones (artículo 70 3er párrafo – Ley N° 19.550) de acuerdo con el Plan de Inversiones comprometido por MetroGAS por 1.268.144 (cuyo monto reexpresado al 31 de diciembre de 2020 asciende a 1.726.453).
Al 31 de diciembre de 2020 MetroGAS posee el 95% de MetroENERGÍA, siendo el 5% restante de titularidad de YPF.
El Directorio de la Sociedad en su reunión de fecha 30 de junio de 2017 aprobó la valuación de los Activos esenciales por el método de la revaluación con fecha efectiva 1° de abril de 2017.
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El rubro ORIA incluido en la sección resultados acumulado del Patrimonio Neto incluye la cuenta Revaluación de Propiedades, planta y equipo, neto del impuesto diferido correspondiente. Dicha cuenta de revaluación de Propiedades, planta y equipo disminuye por el consumo, retiro y disposición de los Activos esenciales, con contrapartida en la cuenta de Resultados no Asignados del Patrimonio Neto, sin afectar el Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral del período o ejercicio.
Cuando el saldo neto de los ORIA al cierre de un ejercicio o período sea positivo, éste no podrá ser distribuido, capitalizado ni destinado a absorber pérdidas acumuladas, pero deberá ser computado como parte de los resultados acumulados a los fines de efectuar las comparaciones para determinar la situación de la sociedad frente a los artículos N° 31, N° 32 y N° 206 de la Ley General de Sociedades N° 19.550, u otras normas legales o reglamentarias complementarias en las que se haga referencia a límites o relaciones con el capital y las reservas, que no tengan un tratamiento particular expreso en Normas de la CNV. Cuando el saldo neto de estos resultados al cierre de un ejercicio o período sea negativo, existirá una restricción a la distribución de resultados no asignados por el mismo importe.
Al 31 de diciembre de 2020 la Sociedad ha consumido el saldo de la cuenta Revaluación de Propiedades, planta y equipo incluida en el rubro Otros Resultados Integrales del Patrimonio Neto (ver Nota 5.1 a los estados financieros consolidados).
Al 31 de diciembre de 2020, la Sociedad registraba un patrimonio neto positivo de 14.398.445.
10. DESTINO DE LOS RESULTADOS
El Directorio de la Sociedad propone aprobar como honorarios al Directorio y Síndicos la cifra de miles de $ 22.284 (cuyo monto reexpresado asciende a miles de $ 26.157), que fueron imputados al resultado del ejercicio 2020.
Asimismo, el Directorio de la Sociedad propone que la Asamblea de Accionistas mantenga en Resultados Acumulados la pérdida neta del ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020, atribuible a los propietarios de la controladora, que ascendió a miles de $ 5.272.333.
Al 31 de diciembre de 2020, el total del patrimonio neto atribuible a los propietarios de la controladora ascendía a miles de $ 14.383.161.
11. AGRADECIMIENTO
El Directorio desea expresar su profundo agradecimiento a todos los empleados de la Sociedad quienes brindaron su colaboración en la tarea diaria, así como a los clientes, proveedores y acreedores por el apoyo prestado y la confianza depositada en MetroGAS.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 2 de marzo de 2021.
Alejandro Héctor Fernández Presidente
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CÓDIGO DE GOBIERNO SOCIETARIO A.- LA FUNCIÓN DEL DIRECTORIO
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1.- El Directorio genera una cultura ética de trabajo y establece la visión, misión y valores de la compañía.
MetroGAS S.A. (“MetroGAS” o la “Compañía”) es una empresa reconocida por sus altos estándares de calidad respecto a los valores y principios que promueve. La ética es una parte integral de sus actividades, siendo importante no sólo los resultados que se obtengan, sino cómo se obtienen. MetroGAS espera integridad en toda la organización y no tolera el logro de resultados a costa de la violación de la ley o de principios éticos. Estos valores y principios éticos se reflejan mediante distintas disposiciones en el Código de Ética y Conducta de MetroGAS el cual es revisado, aprobado y monitoreado por el Directorio y resulta vinculante a los Directores, miembros de la Comisión Fiscalizadora y empleados de MetroGAS, así como a los contratistas, sub-contratistas, proveedores y socios de negocios que lleven a cabo negocios con MetroGAS (los “Sujetos Alcanzados”).
El Código de Ética y Conducta de MetroGAS se encuentra disponible en nuestra página web (www.metrogas.com.ar).
En línea con las previsiones de dicho Código, el 14 de diciembre 2017 el Directorio aprobó el Programa de Integridad (el “Programa”) desarrollado para prevenir, detectar y responder ante los riesgos de fraude, ética y corrupción a los que se encuentra expuesta la Compañía. La estrategia de abordaje que se dio al Programa no es de mero cumplimiento legal sino que se basa en trabajar en la cultura y los valores organizacionales; sobre los principios, los procesos de toma de decisiones y el liderazgo de la alta dirección.
El cumplimiento del Programa de Integridad es monitoreado trimestralmente a través del Comité de Auditoría.
Hemos asumido un compromiso profundo con la ética en los negocios, el cual nos obligamos a respetar en cada una de nuestras relaciones comerciales, profesionales y comunitarias.
En los últimos años, la Compañía rediseñó su estrategia corporativa. La estrategia tiene como meta transformar a MetroGAS en una empresa con el cliente en el centro de sus acciones. Este nuevo enfoque
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significa un nuevo modelo de compañía de servicios públicos. Por lo tanto MetroGAS se asume y se proyecta como una empresa en constante evolución, atenta a las necesidades de los clientes y concentrada en la mejora continua del servicio.
La estrategia de MetroGAS está anclada en cuatro pilares claves y en cuatro ejes de acción que materializan el nuevo enfoque.
Pilares Claves: eficiencia, seguridad, confiabilidad y rentabilidad. Estos principios son la base del modelo de negocio.
Ejes de Acción: modernización, re-significación cliente/marca, capital humano e integración pública y social. Estos son ejes de planes de acción y/o programas concretos que consolidan la transformación deseada.
La Misión de MetroGAS es :
“Distribuimos y comercializamos gas natural poniendo al cliente en el centro de todas nuestras acciones. Operamos de forma eficiente, segura, confiable y sustentable; comprometidos con el medio ambiente y la sociedad. En todo lo que hacemos actuamos con integridad y principios éticos, creando valor para nuestros clientes, accionistas, colaboradores y comunidad”.
La Visión de MetroGAS es:
“Ser el referente de la distribución de gas y líder en la comercialización de productos energéticos, contribuyendo al desarrollo del país y el bienestar de las personas”.
Asimismo, ver Principios I, II y III y Orientaciones 2, 3, 4, 22 y 23.
2.- El Directorio fija la estrategia general de la compañía y aprueba el plan estratégico que desarrolla la gerencia. Al hacerlo, el Directorio tiene en consideración factores ambientales, sociales y de gobierno societario. El Directorio supervisa su implementación mediante la utilización de indicadores clave de desempeño y teniendo en consideración el mejor interés de la compañía y todos sus accionistas.
El Directorio fija la estrategia general de la Compañía y considera el plan estratégico que desarrolla la gerencia. Sin embargo, y en los términos de la Orientación pertinente, esta aprobación no se instrumenta a través de un documento específico elaborado por la gerencia. En relación al plan estratégico, el Directorio aprueba expresamente el presupuesto para el año siguiente y tiene en consideración factores ambientales, sociales y de gobierno societario. Asimismo, los asuntos estratégicos y objetivos de gestión, en los términos de su reglamento, son considerados por el Directorio. El Directorio supervisa activamente durante el ejercicio el presupuesto (y su cumplimiento) mediante la utilización de indicadores y teniendo en consideración el mejor interés de MetroGAS, cuyo beneficio repercutirá positivamente en sus accionistas y demás grupos de interés.
En relación a Control de Gestión, trimestralmente se presenta al Directorio el tablero con los indicadores clave de gestión, conteniendo el valor de cada uno de ellos y su variación anual y comparación con el presupuesto.
El Directorio verifica que la remuneración e incentivos a la gerencia estén alineados con la estrategia que se ha establecido. En forma anual se evalúa el desempeño de los miembros del Comité de Dirección que está conformado por la primera línea gerencial, incluyendo al gerente general. Esta evaluación y la remuneración variable producto de dicha evaluación son revisadas y aprobadas, respectivamente, por el Comité de Remuneraciones y Nominaciones.
La selección y reemplazo de directores, a cargo de los accionistas, refleja la dirección estratégica de la Compañía.
Asimismo, ver Principios I, II, III y IV y Orientaciones 1, 3 y 4.
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3.- El Directorio supervisa a la gerencia y asegura que ésta desarrolle, implemente y mantenga un sistema adecuado de control interno con líneas de reporte claras.
En relación a Control de Gestión, trimestralmente se presenta al Directorio el tablero con los indicadores clave de gestión, conteniendo el valor de cada indicador y su variación anual y comparación con el presupuesto.
En función de la mejora continua del control interno, en el año 2020, el Directorio de MetroGAS aprobó la conformación del Comité de Riesgos integrado por miembros del Directorio. De acuerdo con su reglamento, el Comité de Riesgos se reúne como mínimo cuatro veces al año y emite un reporte anual al Directorio en relación a su actuación. Entre sus funciones, el Comité de Riesgos tiene la atribución de monitorear los factores de riesgo que son específicos de la Sociedad y su actividad, así como supervisar el cumplimiento del sistema de gestión de riesgo propuesto por la gerencia de la Sociedad. El Comité de Riesgos trabaja conjuntamente y en colaboración con el Comité de Auditoría, el Comité de Remuneraciones y Nominaciones, el área de Auditoría Interna y aquellas áreas de la Compañía que fuera necesario.
El Comité de Auditoría tiene entre sus funciones la supervisión de los procesos existentes para evaluar y monitorear el funcionamiento del control interno y del sistema administrativo contable de la Sociedad. Para ello es asistido por Auditoría Interna, quien es responsable de la evaluación independiente del sistema de control interno.
Las tareas de revisión de Auditoría no eximen a los gerentes de línea de su responsabilidad de identificar y evaluar riesgos ni de diseñar ni implementar esquemas de gobierno y control efectivos.
Los miembros del Directorio celebran reuniones con los Gerentes de MetroGAS de acuerdo con las necesidades del negocio.
Asimismo, ver Principios I, III y XII y Orientaciones 1, 2 y 4.
4.- El Directorio diseña las estructuras y prácticas de gobierno societario, designa al responsable de su implementación, monitorea la efectividad de las mismas y sugiere cambios en caso de ser necesarios.
Anualmente, el Directorio aprueba el reporte del Código de Gobierno Societario conjuntamente con la Memoria, conforme a las Normas de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”).
La Compañía, a través del Directorio y conjuntamente con la Secretaría del Directorio, la Gerencia de Asuntos Legales y la Gerencia de Ética y Cumplimiento, instrumentó una serie de políticas tendientes a fortalecer las prácticas de un buen gobierno societario, entre ellas: el Código de Ética y Conducta; los reglamentos de funcionamiento del Directorio, del Comité de Auditoría, del Comité de Remuneraciones y Nominaciones, del Comité de Riesgos y del Comité de Ética; las políticas sobre Conflicto de intereses, Administración de Riesgos del Negocio, Partes Relacionadas, Entorno de Control y Seguridad de Información, entre otras.
Asimismo, ver Principios I, III y IV y Orientaciones 1, 2, 3 y 5.
5.- Los miembros del Directorio tienen suficiente tiempo para ejercer sus funciones de forma profesional y eficiente. El Directorio y sus comités tienen reglas claras y formalizadas para su funcionamiento y organización, las cuales son divulgadas a través de la página web de la compañía.
Los accionistas, al nominar a un candidato para integrar el Directorio (y la Comisión Fiscalizadora), evalúan los conocimientos, la experiencia y las condiciones de integridad personal y reputación de cada uno de ellos.
Al no existir previsiones relativas al interlocking, los accionistas consideran especialmente a los candidatos y las otras designaciones que pudieran tener en otras sociedades, a fin de asegurar una responsable y diligente participación en el Directorio de la Compañía y en los Comités que eventualmente integran, y poniendo especial énfasis en que no se generen conflictos de interés.
El Presidente del Directorio, a través de la Secretaría del Directorio, se asegura de que los antecedentes de
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cada asunto que sea puesto a consideración del Directorio sean remitidos con una prudente antelación a los distintos miembros del Directorio, de conformidad con lo previsto en el Reglamento del Directorio.
El Directorio, el Comité de Auditoría, el Comité de Remuneraciones y Nominaciones y el Comité de Riesgos gobiernan su accionar a través de un reglamento que incluye: (i) responsabilidades y funciones de sus miembros; (ii) procedimientos de trabajo (preparación de la agenda, distribución anticipada, quórum, paquete de información, etc.); (iii) tamaño y composición; (iv) duración en el cargo de los miembros; y (v) reglas de conducta durante las reuniones del Directorio y/o Comités.
Los reglamentos del Directorio y sus Comités están disponibles en la página web de la compañía (https://www.metrogas.com.ar/la-compania/Paginas/Gobierno-Corporativo.aspx).
Asimismo, ver Principios I y V y Orientación 4.
B.- LA PRESIDENCIA EN EL DIRECTORIO Y LA SECRETARÍA CORPORATIVA
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6.- El Presidente del Directorio es responsable de la buena organización de las reuniones del Directorio, prepara el orden del día asegurando la colaboración de los demás miembros y asegura que estos reciban los materiales necesarios con tiempo suficiente para participar de manera eficiente e informada en las reuniones. Los Presidentes de los comités tienen las mismas responsabilidades para sus reuniones.
La Compañía posee como buena práctica la organización con suficiente anticipación, de las reuniones de Directorio. Esto incluye el envío, a través de la Secretaría del Directorio, de la información relevante a todos los miembros del Directorio con una antelación mínima de tres días. Similares previsiones se adoptan en relación a las asambleas, asegurando que toda la información necesaria se encuentre disponible para los accionistas.
Las actas de asamblea y directorio reflejan detalladamente la discusión y toma de decisiones. Tanto las reuniones de Directorio como las de los Comités son presididas por los respectivos Presidentes, quienes también preparan el orden del día y tienen la facultad de proponer el cierre del debate y el pase a votación.
Asimismo, ver Principios VI, VII y VIII y Orientaciones 7, 8, 9 y 10.
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7.- El Presidente del Directorio vela por el correcto funcionamiento interno del Directorio mediante la implementación de procesos formales de evaluación anual.
El Directorio no presenta a la Asamblea de Accionistas un diagnóstico formal acerca del cumplimiento de las políticas de gestión. El Directorio consigna los resultados de la gestión del ejercicio en la memoria la cual es oportunamente considerada por la Asamblea.
En los términos de la Ley General de Sociedades, la Asamblea de Accionistas considera la gestión de los miembros del Directorio.
En 2019 el Directorio tomó conocimiento del Modelo de Excelencia en la Gestión de Directorios elaborado conjuntamente por la Fundación Premio Nacional a la Calidad y el IAE Business School. Se consideró la realización de una prueba piloto de autoevaluación de acuerdo a dicho modelo. En función del contexto excepcional del año 2020, este proceso aún se encuentra bajo análisis.
Asimismo, ver Principios VI, VII y VIII y Orientaciones 6, 8, 9 y 10.
8.- El Presidente genera un espacio de trabajo positivo y constructivo para todos los miembros del Directorio y asegura que reciban capacitación continua para mantenerse actualizados y poder cumplir correctamente sus funciones.
El Presidente lidera al Directorio y asegura en cada reunión que sea un entorno ordenado, destinado al diálogo y a la crítica constructiva.
En relación a las actividades de capacitación, es una práctica desarrollar un Plan Anual de Capacitación del Comité de Auditoría, quien invita a participar de sus actividades al Directorio y al Comité de Dirección. Dado el contexto excepcional del año 2020, no se realizaron actividades de capacitación para miembros del Directorio. Dentro de las actividades de capacitación que se desarrollaron durante 2019 se incluyeron - entre otros- lo siguientes temas (i) marco regulatorio y tarifas; (ii) funcionamiento del sistema de distribución, (iii) Sistemas de información, (iv) Seguridad informática, (v) Estrategia comercial, (vi) Gobernabilidad y transparencia, (vii) Auditoría interna, (viii) Recursos Humanos, y (ix) Ajuste por inflación.
Asimismo, la Compañía establece un presupuesto anual de Capacitación a cargo de la Dirección de Recursos Humanos quién evalúa la necesidad y conveniencia de la capacitación.
Asimismo, ver Principios VI, VII y VIII y Orientaciones 6, 7, 9, 10 y 14.
9.- La Secretaría Corporativa apoya al Presidente del Directorio en la administración efectiva del Directorio y colabora en la comunicación entre accionistas, Directorio y gerencia.
La Secretaría del Directorio está a cargo del Director de Asuntos Legales y Regulatorios de la Compañía y es responsable de todos los asuntos legales y administrativos referidos al funcionamiento del Directorio incluyendo sus Comités. En ausencia del Director de Asuntos Legales y Regulatorios, lo reemplaza el Gerente de Asuntos Legales y/o quién este designe.
Dentro de sus funciones administrativas y organizativas, asiste al Presidente en la preparación de los antecedentes a considerar por el Directorio con la debida antelación, toma notas detalladas que, tras circularlas para correcciones, conforman las actas, lidera la inducción y orientación de nuevos miembros del Directorio, colabora en la formación y capacitación profesional de los miembros del Directorio, entre otras.
Asimismo, se encuentra a su cargo la organización de las Asambleas de Accionistas.
La Secretaría del Directorio cuenta con conocimientos legales, financieros y de la industria en donde opera la Compañía.
Asimismo, ver Principios VI, VII y VIII y Orientaciones 6, 7, 8, 10 y 14.
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10.- El Presidente del Directorio asegura la participación de todos sus miembros en el desarrollo y aprobación de un plan de sucesión para el gerente general de la compañía.
En MetroGAS, actualmente la posición del Director General se encuentra unificada en la misma persona designada como Presidente del Directorio, estando a cargo del Directorio las responsabilidades de su supervisión y de asegurar la elaboración y cumplimiento del plan de sucesión.
El Presidente del Directorio es miembro del Comité de Remuneraciones y Nominaciones. Dentro de las funciones del Comité de Remuneraciones y Nominaciones, se trata el plan de sucesión de gerentes de primera línea, dentro de los cuales se encuentra el Director General.
Asimismo, ver Principios VI, VII y VIII y Orientaciones 6, 7, 8 y 9.
C.- COMPOSICIÓN, NOMINACIÓN Y SUCESIÓN DEL DIRECTORIO
Principios
11.- El Directorio tiene al menos dos miembros que poseen el carácter de independientes de acuerdo con los criterios vigentes establecidos por la Comisión Nacional de Valores.
El Directorio de la Compañía está compuesto actualmente por once directores designados por la Asamblea de Accionistas. De los once directores designados, tres son independientes (casi 30%) de acuerdo con el criterio establecido por la CNV, siendo los ocho restantes designados por el accionista controlante, es decir, guardando una prudente relación con la estructura de capital de la Compañía.
Los accionistas, al pensar la composición del Directorio, intentan un balance entre miembros ejecutivos, no ejecutivos e independientes que permite combinar objetividad y conocimiento del negocio para beneficio del proceso de toma de decisiones. Asimismo, en cuanto a la diversidad de género, el Directorio está compuesto por 3 mujeres sobre un total de 11 miembros titulares, dos de las cuales presiden Comités del Directorio.
A la fecha, nunca se ha cuestionado la independencia de ningún miembro del Directorio.
Asimismo, ver Principio IX.
12.- La compañía cuenta con un Comité de Nominaciones que está compuesto por al menos tres (3) miembros y es presidido por un director independiente. De presidir el Comité de Nominaciones, el Presidente del Directorio se abstendrá de participar frente al tratamiento de la designación de su propio sucesor.
MetroGAS cuenta con un Comité de Remuneraciones y Nominaciones conformado por cuatro miembros del Directorio. Dos de sus miembros revisten la condición de independientes. El Comité de Remuneraciones y Nominaciones se encuentra presidido actualmente por una Directora no independiente. El Comité de Remuneraciones y Nominaciones promueve objetividad e independencia.
El Comité de Remuneraciones y Nominaciones no presenta entre sus funciones la de nominar y seleccionar a miembros del Directorio. En relación a la nominación y selección de miembros de la Gerencia, sus decisiones son realizadas de forma objetiva y sin sujeciones de índole personal. Los criterios para los gerentes de primera línea se analizan en oportunidad de cada incorporación.
Los miembros del Comité tienen idoneidad y experiencia en temas de recursos humanos. El Comité celebra
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reuniones al menos dos veces al año. Si las circunstancias lo requiriesen, se convocan reuniones distintas a las establecidas periódicamente. Asimismo, el Comité de Remuneraciones y Nominaciones verifica la revisión y evaluación anual de su reglamento y sugiere al Órgano de Administración las modificaciones para su aprobación.
Asimismo, ver Principio X y Orientación 13.
13.- El Directorio, a través del Comité de Nominaciones, desarrolla un plan de sucesión para sus miembros que guía el proceso de preselección de candidatos para ocupar vacantes y tiene en consideración las Orientaciones no vinculantes realizadas por sus miembros, el Gerente General y los Accionistas.
El Comité de Remuneraciones y Nominaciones de MetroGAS sólo trata los planes de sucesión de gerentes de primera línea.
La Asamblea es quien designa a los miembros del Directorio. No obstante, el Directorio podrá brindar su opinión no vinculante con respecto al perfil de los candidatos a ocupar puestos en el Directorio. Los accionistas, al pensar la composición del Directorio, intentan un balance entre miembros ejecutivos, no ejecutivos e independientes que permite combinar objetividad y conocimiento del negocio para beneficio del proceso de toma de decisiones. En tal sentido, se considera la diversidad de género, origen, edad y experiencia profesional.
Asimismo, ver Principio X y Orientación 12.
14.- El Directorio implementa un programa de orientación para sus nuevos miembros electos.
MetroGAS implementa un programa de orientación e introducción a los nuevos miembros del Directorio a fin de informar sobre los aspectos relevantes de la Compañía y de sus órganos de gobierno con el objetivo de crear entendimiento, confianza y credibilidad antes de que el nuevo miembro inicie su participación en las reuniones.
Habitualmente, a través de la Secretaría del Directorio, se coordina el proceso y se utilizan diferentes métodos (visitas a las oficinas y plantas operativas, entrevistas con personal clave y otros directores, envío de documentación con anticipación a la primera reunión, etc.) para informar al nuevo director y presentarlo a sus pares y a la gerencia. Este proceso durante el año 2020 fue adaptado en función al contexto excepcional existente.
Asimismo, ver Principio IX y Orientaciones 8 y 9.
D.- REMUNERACIÓN
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15.- La compañía cuenta con un Comité de Remuneraciones que está compuesto por al menos tres (3) miembros. Los miembros son en su totalidad independientes o no ejecutivos.
MetroGAS cuenta con un Comité de Remuneraciones y Nominaciones conformado por cuatro miembros del Directorio, dos de los cuales revisten la condición de independientes. El Comité de Remuneraciones y Nominaciones es presidido por un Director no independiente pero no ejecutivo, y promueve objetividad e independencia.
Los miembros del Comité podrán invitar a otros participantes si lo consideran de utilidad. El Comité podrá
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contratar y acordar los honorarios de cualquier asesor externo, incluyendo asesores en temas de remuneración, que considere necesario para llevar adelante sus objetivos.
Asimismo, ver Principio XI y Orientación 16.
16.- El Directorio, a través del Comité de Remuneraciones, establece una política de remuneración para el gerente general y miembros del Directorio.
Si bien, el Comité de Remuneraciones y Nominaciones no establece las remuneraciones de los miembros del Directorio, entre sus funciones se encuentra la de proponer para la aprobación del Directorio los honorarios, mecanismos de actualización y vigencia de los mismos, para el Presidente del Directorio, Directores Titulares y Síndicos alineados con condiciones de mercado para empresas de igual envergadura.
Otras funciones del Comité de Remuneraciones y Nominaciones son las siguientes: (i) revisar y recomendar al Directorio para su aprobación la política y estrategia remunerativa de la Compañía; (ii) evaluar y recomendar al Directorio la designación del Director General de la Compañía; (iii) validar la estructura de primer nivel de la Compañía conforme la propuesta que presente el Director General; (iv) revisar y aprobar respecto del Director General de la Compañía y el resto de los directores de primera línea (integrantes del Comité de Dirección): a) la política de remuneración aplicable; b) acuerdos de remuneración individuales; c) propuestas de revisión / ajuste salarial anual del Director General y las propuestas de remuneración de los directores de primera línea que proponga el Director General; d) beneficios individuales, incluyendo acuerdos de retiro; e) términos y condiciones del empleo; f) términos del paquete de compensación en caso de terminación anticipada del contrato de trabajo; g) participación en cualquier plan de remuneración variable, incluyendo la aprobación de los respectivos objetivos anuales en el caso del Director General; h) anualmente la equidad y competitividad de la remuneración del Director General y de los directores de primera línea; (v) considerar y aprobar, a propuesta del Director General, programas de remuneración variable a largo plazo, presupuesto, elegibles (personas a incluir en dicho Programa), plazo y modalidad del mismo e importes comprometidos; (vi) evaluar y aprobar, a propuesta del Director General, la designación o contratación de los directores de primera línea de la Compañía, pudiendo solicitar entrevistar al candidato/a propuesto/a y aprobar las condiciones de ingreso; (vii) a propuesta del Director General, identificar los sucesores para los puestos críticos (Director General y Directores de primera línea) garantizando la continuidad y sustentabilidad del negocio; (viii) a propuesta del Director General, podrá revisar y validar las propuestas de pautas y ajustes salariales para personal dentro y fuera de convenio; (ix) Revisar, al menos una vez por año su propia actuación a fin de alcanzar un alto grado de eficiencia; y (x) Revisar anualmente el presente Reglamento y proponer los cambios que consideren oportunos al Directorio.
A la fecha no hay un esquema de remuneración variable para el Directorio.
Asimismo, ver Principio XI y Orientación 15.
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E.- AMBIENTE DE CONTROL
Principios
17.- El Directorio determina el apetito de riesgo de la compañía y además supervisa y garantiza la existencia de un sistema integral de gestión de riesgos que identifique, evalúe, decida el curso de acción y monitoree los riesgos a los que se enfrenta la compañía, incluyendo -entre otros- los riesgos medioambientales, sociales y aquellos inherentes al negocio en el corto y largo plazo.
El Directorio de MetroGAS se involucra en el trabajo de identificar cómo los riesgos se interrelacionan entre ellos asegurando que la gerencia haya implementado un sistema de gestión de riesgos eficaz y eficiente con la pertinencia de los recursos para este sistema.
En el año 2020, el Directorio de MetroGAS aprobó la conformación del Comité de Riesgos integrado por miembros del Directorio. De acuerdo con su reglamento, el Comité de Riesgos se reúne como mínimo cuatro veces al año y emite un reporte anual al Directorio en relación a su actuación. El Comité de Riesgos trabaja conjuntamente y en colaboración con el Comité de Auditoría, el Comité de Remuneraciones y Nominaciones, el área de Auditoría Interna y aquellas áreas de la Compañía que fuera necesario.
El Comité tiente las siguientes atribuciones: (a) valida las políticas, normativa y procesos que para la gestión integral del riesgo empresarial se establecieran en la Compañía y recomienda, de corresponder, su aprobación al Directorio; (b) monitorea los principales factores de riesgo que son específicos de la Compañía y/o su actividad; (c) revisar los escenarios de riesgo detectados y las acciones identificadas para su mitigación; (d) recomienda las medidas o ajustes que considere necesarios para reducir el perfil del riesgo de la Compañía; (e) mantiene una función independiente con la Gerencia de Primera Línea de la Compañía para implementar las políticas de gestión integral de riesgos; (f) de considerarlo necesario, propone la designación de un Oficial de Gestión de Riesgo; (g) trabaja conjuntamente y en colaboración con el Comité de Auditoría, el Comité de Remuneraciones y Nominaciones, la Gerencia de Auditoría Interna y aquellas áreas de la Compañía que fuera necesario; (h) supervisa los principales riesgos de la Compañía que podrían afectar la continuidad de su negocio y su sustentabilidad a corto y largo plazo; (i) supervisa el cumplimiento del sistema de gestión del riesgo propuesto por el Management de la Compañía; (j) sugiere, si correspondiera, políticas y procedimientos complementarios a los existentes o a desarrollarse, que fueran necesarios para el cumplimiento de sus funciones; y (k) contrata los asesores o expertos que resulten necesarios para el tratamiento de cuestiones complejas y/o de importancia que se presenten en el cumplimiento de sus funciones.
La Compañía cumple con lo dispuesto por las Normas Internacionales de Información Financiera incluyendo
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una nota sobre los riesgos vinculados a los activos y pasivos financieros en sus Estados financieros. Asimismo, incluye un capítulo en la Memoria Anual referido a la Gestión Integral de Riesgos.
Asimismo, ver Principios XII y XIII.
18.- El Directorio monitorea y revisa la efectividad de la auditoría interna independiente y garantiza los recursos para la implementación de un plan anual de auditoría en base a riesgos y una línea de reporte directa al Comité de Auditoría.
Existe una función de Auditoría Interna cuya misión consiste en asegurar al Directorio, al Comité de Auditoría, al Comité de Dirección y al nivel gerencial de la Compañía que existen procesos efectivos y eficientes para identificar y administrar riesgos del negocio, de control interno y de gobierno en MetroGAS. Para realizar su trabajo Auditoría Interna puede acceder de manera irrestricta en todo momento a los registros, personas, bienes y operaciones de MetroGAS, siendo responsable de la guarda y confidencialidad de toda la información recibida. El director de Auditoría Interna, reporta al Comité de Auditoría. Auditoría Interna realiza su trabajo de acuerdo a las normas internaciones para el ejercicio profesional de la auditoría interna emitidas por el Instituto de Auditores Internos (IIA).
Anualmente el Comité de Auditoría evalúa el desempeño de Auditoría Interna y su grado de independencia de acuerdo con el plan anual de acción en base a riesgos que se presenta.
Así, el Directorio se asegura que la función de Auditoría Interna cuenta con los recursos, tiempo y conocimiento para poder constituir una tercera línea de defensa detrás de los controles internos (primera línea) y la gestión del riesgo y compliance (segunda línea).
Asimismo, ver Principios XII y XIV y Orientación 19.
19.- El auditor interno o los miembros del departamento de auditoría interna son independientes y altamente capacitados.
Los responsables a cargo de la función de Auditoría Interna cuentan con antecedentes y conocimientos en materia financiera, empresarial y contable que les permite realizar sus tareas de manera efectiva, amplia e independiente. Asimismo, cuentan con conocimientos suficientes para evaluar el riesgo de fraude y la forma en que se gestiona, así como conocimientos de tecnología de la información.
Auditoría Interna cuenta con un presupuesto autónomo y con autoridad para contratar de manera independiente los bienes y servicios e insumos para el desarrollo de su actividad.
Auditoría Interna no tiene responsabilidad de línea. No es responsable de la administración de los riesgos ni de la implementación de controles, para poder mantener su independencia y poder prestar un servicio objetivo.
Asimismo, ver Principios XII y XIV y Orientación 18.
20.- El Directorio tiene un Comité de Auditoría que actúa en base a un reglamento. El comité está compuesto en su mayoría y presidido por directores independientes y no incluye al gerente general. La mayoría de sus miembros tiene experiencia profesional en áreas financieras y contables.
MetroGAS cuenta con un Comité de Auditoría que actúa en base a un reglamento. El comité está compuesto por mayoría de directores independientes y no incluye al gerente general. El Comité está presidido por un director independiente. Sus miembros tienen experiencia profesional de acuerdo con la complejidad de los temas a tratar.
El reglamento del Comité de Auditoría especifica sus funciones, las cuales surgen de la Ley 26.831 y las Normas de la CNV. Entre ellas, se destaca: (i) opinar respecto de la propuesta del Directorio para la designación de los auditores externos y velar por su independencia; (ii) supervisar el funcionamiento de los sistemas de control interno y del sistema administrativo-contable; (iii) supervisar la aplicación de las políticas en materia de divulgación de información sobre la gestión de riesgos de la Compañía; (iv) proporcionar al mercado información completa sobre operaciones donde existan conflictos de interés con integrantes de los órganos sociales o accionistas controlantes; (v) opinar sobre la razonabilidad de las propuestas de remuneración que formule el Directorio; (vi) opinar sobre las condiciones de emisión de acciones o valores convertibles en acciones, en caso de aumento de capital; (vii) verificar el cumplimiento de las normas de conducta que resulten aplicables; (viii) emitir opinión fundada respecto de operaciones con partes relacionadas
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y comunicarla a los mercados toda vez que en la compañía exista o pueda existir un supuesto de conflicto de interés; (ix) revisar los planes de los auditores externos e internos y evaluar su desempeño y emitir una opinión al respecto en ocasión de la presentación y publicación de los estados financieros anuales.
Asimismo, ver Principio XV y Orientación 21.
21.- El Directorio, con opinión del Comité de Auditoría, aprueba una política de selección y monitoreo de auditores externos en la que se determinan los indicadores que se deben considerar al realizar la recomendación a la asamblea de Accionistas sobre la conservación o sustitución del auditor externo.
El Comité de Auditoria evalúa anualmente la idoneidad, independencia y desempeño del auditor externo. Para evaluar la idoneidad, metodología de trabajo y desempeño del auditor externo, el Comité de Auditoría tiene en cuenta una serie de indicadores tales como (i) los antecedentes del auditor externo, (ii) la declaración jurada de contador público presentada por el socio a cargo de la auditoría de acuerdo con las disposiciones del art. 104 de la Ley 26.831 de Mercado de Capitales, (iii) los lineamientos de la metodología de trabajo presentados, (iv) las políticas de control de calidad del estudio a cargo de la auditoría externa, incluyendo el equipo de trabajo que da soporte en materias específicas, y (v) las presentaciones realizadas sobre los riesgos principales que identificaron y evaluaron y su impacto en el planeamiento general de la auditoría y sobre las tareas realizadas por dicho estudio.
Para evaluar la independencia del auditor externo, el Comité de Auditoria obtiene una declaración de los auditores respecto de su independencia y efectúa un análisis de los servicios prestados por el auditor externo, a los efectos de comprobar que ninguno pueda comprometer su independencia.
Asimismo, ver Principio XVI.
F.- ÉTICA, INTEGRIDAD Y CUMPLIMIENTO
Principios
22.- El Directorio aprueba un Código de Ética y Conducta que refleja los valores y principios éticos y de integridad, así como también la cultura de la compañía. El Código de Ética y Conducta es comunicado y aplicable a todos los directores, gerentes y empleados de la compañía.
El Código de Ética y Conducta de MetroGAS contiene los valores éticos corporativos y los principios básicos de actuación que constituyen la guía de la conducta ética empresarial y alcanza a los Directores, miembros de la Comisión Fiscalizadora y empleados de MetroGAS, así como a los contratistas, sub-contratistas, proveedores y socios de negocios. El Directorio de MetroGAS aprobó la última revisión del Código de Ética y Conducta de MetroGAS el 14 de diciembre 2017.
Dicho Código es notificado expresamente a cada uno de los sujetos alcanzados y se encuentra disponible en el sitio web institucional (www.metrogas.com.ar). Asimismo, ver Principios II y XVII y Orientaciones 1 y 23.
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23.- El Directorio establece y revisa periódicamente, en base a los riesgos, dimensión y capacidad económica un Programa de Ética e Integridad. El plan es apoyado visible e inequívocamente por la gerencia quien designa un responsable interno para que desarrolle, coordine, supervise y evalúe periódicamente el programa en cuanto a su eficacia. El programa dispone: (i) capacitaciones periódicas a directores, administradores y empleados sobre temas de ética, integridad y cumplimiento; (ii) canales internos de denuncia de irregularidades, abiertos a terceros y adecuadamente difundidos; (iii) una política de protección de denunciantes contra represalias; y un sistema de investigación interna que respete los derechos de los investigados e imponga sanciones efectivas a las violaciones del Código de Ética y Conducta; (iv) políticas de integridad en procedimientos licitatorios; (v) mecanismos para análisis periódico de riesgos, monitoreo y evaluación del Programa; y (vi) procedimientos que comprueben la integridad y trayectoria de terceros o socios de negocios (incluyendo la debida diligencia para la verificación de irregularidades, de hechos ilícitos o de la existencia de vulnerabilidades durante los procesos de transformación societaria y adquisiciones), incluyendo proveedores, distribuidores, prestadores de servicios, agentes e intermediarios.
En junio 2015, MetroGAS decidió la creación de la posición de Oficial de Ética y Cumplimiento. En mayo 2017 la posición obtuvo nivel gerencial y reporte directo a la Dirección de Asuntos Legales y Regulatorios. El objetivo primario fue el de diseñar e implementar un Programa de Integridad y Ética para la Compañía que articulara diversas acciones y trabajara en forma transversal en estos temas con diferentes áreas de la compañía: RRHH, Auditoría Interna, Gestión de Riesgos, Comunicaciones, Capacitación, etc.
El Directorio de MetroGAS aprobó el Programa de Integridad y Ética de MetroGAS el 14 de diciembre de 2017. Dicho Programa de Integridad y Ética, cumple los requerimientos que establece en sus artículos 22 y 23 la Ley de Responsabilidad Penal de Personas Jurídicas N° 27.401 que entró en vigencia el 1° de marzo de 2018 y consiste en un conjunto de acciones articuladas para prevenir, detectar y responder ante los riesgos de fraude, ética y corrupción a los que se encuentra expuesta la Compañía.
El Programa aborda diferentes ejes:
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Evaluación y gestión de riesgos de integridad (fraude, ética y corrupción)
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Revisión y elaboración de políticas y procedimientos
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Aplicación del programa a Socios Comerciales (Contratistas/Subcontratistas)
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Proceso de debida diligencia sobre proveedores según su nivel de criticidad
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Comunicación y Capacitación
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Promoción y estímulo
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Gestión de líneas de denuncia: Línea Ética (para empleados y proveedores) y Programa Transparencia (para clientes)
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Desarrollo de protocolo de gestión de denuncias
El Programa es monitoreado trimestralmente por el Comité de Dirección y por el Comité de Auditoría. Durante 2019 fue sometido a la revisión de un profesional independiente quién consideró al Programa como adecuado y robusto frente a las exigencias de la Ley de Responsabilidad Penal de Personas Jurídicas N° 27.401 y los principales estándares comparados.
El Programa es revisado anualmente, bajo un esquema de mejora continua, incorporándose acciones que surgen de la actualización de la evaluación de riesgos de integridad, del análisis causa-raíz de las denuncias gestionadas, de las auditorías y de la evolución de las mejores prácticas en la materia. A partir del año 2020, el vicepresidente del Directorio patrocina el proceso de revisión y mejora del Programa.
Asimismo, ver Principio XVII y Orientaciones 1 y 22.
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24.- El Directorio asegura la existencia de mecanismos formales para prevenir y tratar conflictos de interés. En el caso de transacciones entre partes relacionadas, el Directorio aprueba una política que establece el rol de cada órgano societario y define cómo se identifican, administran y divulgan aquellas transacciones perjudiciales a la compañía o sólo a ciertos inversores.
De acuerdo al Código de Ética y Conducta de MetroGAS, los Directores y el personal de la Compañía deberán abstenerse de incurrir en situaciones que pudieran dar lugar a un conflicto entre sus intereses personales y los de MetroGAS, así como representar a MetroGAS, intervenir o influir en la toma de decisiones en cualquier situación en la que, directa o indirectamente, tuvieren un interés personal.
Los Directores y el personal que pudieran verse afectados por un conflicto de intereses lo comunicarán al Comité de Ética o al Comité de Auditoría, respectivamente, previamente a la realización de la operación o conclusión del negocio de que se trate, a fin de que se evalúe si su actuación imparcial puede verse comprometida.
Si hay sospecha de que existe un conflicto de intereses no declarado, el mismo debe ser reportado a través de la Línea Ética.
Existe una política específica de transacciones con partes relacionadas cuyas directrices abordan las previsiones establecidas por la LMC y las Normas de la CNV.
Asimismo, ver Principio XVIII.
G.- PARTICIPACIÓN DE LOS ACCIONISTAS Y PARTES INTERESADAS
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25.- El sitio web de la compañía divulga información financiera y no financiera, proporcionando acceso oportuno e igual a todos los Inversores. El sitio web cuenta con un área especializada para la atención de consultas por los Inversores.
MetroGAS cuenta con una oficina específica de atención a los accionistas para atender sus consultas e inquietudes y produce informes sobre aquellas cuestiones que considera relevantes, para conocimiento de los accionistas, órganos sociales y autoridades de control.
La Compañía cuenta con un sitio web particular (www.metrogas.com.ar) de libre acceso que suministra información actualizada y de interés para diferentes usuarios (clientes, proveedores, inversores, público en general) en forma fácil y recoge las inquietudes de los usuarios.
Asimismo, ver Principios XIX y XX y Orientaciones 26, 27 y 28.
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26.- El Directorio debe asegurar que exista un procedimiento de identificación y clasificación de sus partes interesadas y un canal de comunicación para las mismas.
MetroGAS cuenta con políticas de Responsabilidad Social Empresaria (“RSE”) aprobadas por el Comité de Dirección que le permite identificar claramente quiénes son sus partes interesadas. La Compañía asegura la existencia de canales de comunicación para mantenerse en contacto con sus partes interesadas.
La Compañía despliega actividades vinculadas con la RSE e informa en la Memoria las actividades de Acción Comunitaria llevadas a cabo durante el año. En la página web de la Compañía se encuentra disponible el Reporte de Sustentabilidad correspondiente a los años 2017-2018. La elaboración de este Reporte ha seguido los lineamientos que ofrece el Global Reporting Initiative (GRI), en su versión G4, de conformidad con la opción “esencial”. Dicho informe contempla el detalle de acciones de RSE y de sustentabilidad desarrolladas por la Compañía. En enero 2021, la Compañía inició la elaboración del informe correspondiente a los años 2019-2020.
Asimismo, ver Principio XXII y Orientación 25.
27.- El Directorio remite a los Accionistas, previo a la celebración de la Asamblea, un “paquete de información provisorio” que permite a los Accionistas -a través de un canal de comunicación formalrealizar comentarios no vinculantes y compartir opiniones discrepantes con las Orientaciones realizadas por el Directorio, teniendo este último que, al enviar el paquete definitivo de información, expedirse expresamente sobre los comentarios recibidos que crea necesario.
La Compañía le da plena participación a los accionistas minoritarios e inversores institucionales. Se realizan reuniones periódicas -y a requerimiento- con los accionistas mayoritarios. Los accionistas minoritarios reciben la información a través de las comunicaciones de hechos relevantes a CNV, BYMA y MAE.
La Compañía garantiza el pleno ejercicio del derecho a la información poniendo a disposición de los accionistas toda información relevante y/o que fuese requerida por este.
Asimismo, ver Principios XIX y XX y Orientaciones 25 y 28.
28.- El estatuto de la compañía considera que los Accionistas puedan recibir los paquetes de información para la Asamblea de Accionistas a través de medios virtuales y participar en las Asambleas a través del uso de medios electrónicos de comunicación que permitan la transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras, asegurando el principio de igualdad de trato de los participantes.
MetroGAS adopta las medidas necesarias dirigidas a promover la asistencia y participación de accionistas minoritarios en las Asambleas. Entre otras medidas, se publica la convocatoria a asamblea en varios periódicos de circulación nacional y se pone a disposición de los accionistas, tanto en forma impresa como a través de la página web, la información contable a ser considera por los accionistas.
MetroGAS cuenta con una oficina específica de atención a los accionistas para atender sus consultas e inquietudes y produce informes sobre aquellas cuestiones que considera relevantes, para conocimiento de los accionistas, órganos sociales y autoridades de control, salvo las que puedan afectar la estrategia o planes futuros de la Compañía.
La Compañía cuenta con un sitio web particular (www.metrogas.com.ar) de libre acceso que suministra información actualizada y de interés para diferentes usuarios (clientes, proveedores, inversores, público en general) en forma fácil y recoge las inquietudes de los usuarios.
En el año 2020, y de conformidad con la Resolución General N° 830/2020 de la CNV, la Compañía celebró su Asamblea de accionistas a través del uso de medios electrónicos de comunicación que permiten la transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras, asegurando el principio de igualdad de trato de los participantes.
Asimismo, ver Principios XIX y XX y Orientaciones 25 y 27.
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29.- La Política de Distribución de Dividendos está alineada a la estrategia y establece claramente los criterios, frecuencia y condiciones bajo las cuales se realizará la distribución de dividendos.
MetroGAS no cuenta con una política escrita referida a la distribución de dividendos. No obstante, hasta el año 2001 la Compañía ha pagado dividendos sobre la base de los resultados de cada ejercicio, sujeto a los planes de inversión y los compromisos financieros asumidos por la Compañía, todo ello en un marco de prudencia financiera. Actualmente, el Directorio no considera necesaria la elaboración de una política sobre el pago de dividendos en las presentes circunstancias. Asimismo, ver Principio XXI.
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METROGAS S.A.
ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2020 Y 2019
ÍNDICE
| INFORMACIÓN LEGAL............................................................................................................................................ 1 | INFORMACIÓN LEGAL............................................................................................................................................ 1 |
|---|---|
| ESTADOS DE SITUACIÓN FINANCIERA CONSOLIDADOS.................................................................................. 2 | |
| ESTADOS CONSOLIDADOS DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS Y OTRO RESULTADO INTEGRAL ....................... 3 | |
| ESTADOS CONSOLIDADOS DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO.............................................................. 4 | |
| ESTADOS CONSOLIDADOS DE FLUJO DE EFECTIVO ......................................................................................... 5 | |
| 1. | INFORMACIÓN GENERAL ............................................................................................................................. 6 |
| 2. | MARCO REGULATORIO ................................................................................................................................. 7 |
| 3. | BASES DE PRESENTACIÓN Y EMPRESA EN MARCHA DE LOS ESTADOS FINANCIEROS |
| CONSOLIDADOS ........................................................................................................................................... 25 | |
| 4. | POLÍTICAS CONTABLES .............................................................................................................................. 28 |
| 5. | ESTIMACIONES Y JUICIOS CONTABLES CRÍTICOS ................................................................................. 54 |
| 6. | ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS FINANCIEROS ....................................................................................... 66 |
| 7. | INSTRUMENTOS FINANCIEROS.................................................................................................................. 69 |
| 8. | PARTICIPACIÓN EN SUBSIDIARIAS ........................................................................................................... 71 |
| 9. | INFORMACIÓN POR SEGMENTOS .............................................................................................................. 71 |
| 10. | PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO ............................................................................................................ 74 |
| 11. | PROPIEDADES DE INVERSIÓN.................................................................................................................... 76 |
| 12. | BIENES INTANGIBLES ................................................................................................................................. 77 |
| 13. | ACTIVOS POR DERECHO DE USO .............................................................................................................. 78 |
| 14. | CRÉDITOS POR VENTAS .............................................................................................................................. 79 |
| 15. | OTROS CRÉDITOS......................................................................................................................................... 81 |
| 16. | EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO ............................................................................................ 83 |
| 17. | PATRIMONIO NETO Y CAPITAL SOCIAL ................................................................................................... 84 |
| 18. | OTRAS CARGAS FISCALES.......................................................................................................................... 85 |
| 19. | DEUDAS FINANCIERAS ............................................................................................................................... 86 |
| 20. | PASIVOS POR ARRENDAMIENTOS............................................................................................................. 92 |
| 21. | PASIVO CONCURSAL ................................................................................................................................... 93 |
| 22. | PROVISIONES ................................................................................................................................................ 94 |
| 23. | CUENTAS POR PAGAR ................................................................................................................................. 97 |
| 24. | REMUNERACIONES Y CARGAS SOCIALES ............................................................................................... 98 |
| 25. | OTRAS DEUDAS ............................................................................................................................................ 99 |
| 26. | INGRESOS ORDINARIOS ............................................................................................................................ 101 |
| 27. | GASTOS POR NATURALEZA ..................................................................................................................... 102 |
| 28. | OTROS INGRESOS Y EGRESOS.................................................................................................................. 103 |
| 29. | RESULTADOS FINANCIEROS NETOS ....................................................................................................... 104 |
| 30. | IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y A LA GANANCIA MÍNIMA PRESUNTA ........................................... 106 |
| 31. | RESULTADO NETO POR ACCIÓN.............................................................................................................. 109 |
| 32. | SALDOS Y OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS ................................................................... 109 |
| 33. | COMPROMISOS CONTRACTUALES.......................................................................................................... 114 |
| 34. | ACTIVOS Y PASIVOS EN MONEDA EXTRANJERA ................................................................................. 115 |
| RESEÑA INFORMATIVA | |
| INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES | |
| INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA |
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METROGAS S.A.
ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2020 E INFORMACIÓN COMPARATIVA
INFORMACIÓN LEGAL
Domicilio Legal : Gregorio Aráoz de Lamadrid 1360, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina.
Ejercicio Económico: N° 29 (iniciado el 1° de enero de 2020).
Estados Financieros: Consolidados al 31 de diciembre de 2020 y comparativos.
Actividad Principal de la Sociedad: Prestación del servicio público de distribución de gas natural.
Fecha de Inscripción en el Registro Público de Comercio: 1º de diciembre de 1992.
Fecha de Vencimiento del Contrato Social: 1º de diciembre de 2091.
Última Modificación de los Estatutos: 16 de octubre de 2015.
Sociedad Controlante: YPF S.A.
Domicilio Legal de la Sociedad Controlante: Macacha Güemes 515, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina.
Actividad Principal de la Sociedad Controlante: estudio, exploración y explotación de hidrocarburos líquidos y/o gaseosos y demás minerales, como asimismo, la industrialización, transporte y comercialización de estos productos y sus derivados, incluyendo también productos petroquímicos, y químicos y combustibles de origen no fósil, biocombustibles y sus componentes, la generación de energía eléctrica a partir de hidrocarburos, la prestación de servicios de telecomunicaciones, así como también la producción, industrialización, procesamiento, comercialización, servicios de acondicionamiento, transporte y acopio de granos y sus derivados.
Porcentaje de Votos Poseídos por la Sociedad Controlante: 70%
| Composición del Capital Social al 31.12.20: Clases de Acciones |
Suscripto, Inscripto e Integrado (miles de $) |
|---|---|
| En circulación Ordinarias Escriturales de Valor Nominal $1 y 1 Voto cada una: Clase “A” Clase “B” Capital Social al 31.12.20 |
290.277 278.894 |
| 569.171 |
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2021 Deloitte & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3
Diego O. De Vivo Socio Alejandro Héctor Fernández Contador Público U.B.A. Presidente C.P.C.E.C.A.B.A. T° 223 - F° 190
Dr. Eduardo Baldi Por Comisión Fiscalizadora
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METROGAS S.A.
ESTADOS DE SITUACIÓN FINANCIERA CONSOLIDADOS
AL 31 DE DICIEMBRE DE 2020 Y 2019 (expresados en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3).
| Activo Activo no corriente Propiedades, planta y equipo Bienes intangibles Activos por impuestos diferidos Propiedades de inversión Activos por derecho de uso Otros créditos Total del activo no corriente Activo corriente Inventarios Créditos por ventas Otros créditos Efectivo y equivalentes de efectivo Total del activo corriente Total del activo Patrimonio Neto Capital social Ajuste de capital Reservas y Resultados acumulados Patrimonio neto atribuible a los propietarios de la controlante Participaciones no controlantes Total del patrimonio neto Pasivo Pasivo no corriente Cuentas por pagar Deudas financieras Pasivos por arrendamientos Pasivos por impuestos diferidos Pasivo concursal Otras cargas fiscales Provisiones Otras deudas Total del pasivo no corriente Pasivo corriente Cuentas por pagar Remuneraciones y cargas sociales Impuesto a las ganancias Otras cargas fiscales Deudas financieras Pasivos por arrendamientos Otras deudas Total del pasivo corriente Total del pasivo Total del pasivo y patrimonio neto |
Nota 10 12 30 11 13 15 14 15 16 17 17 23 19 20 30 21 18 22 25 23 24 18 19 20 25 |
31.12.20 31.12.19 40.928.305 51.459.937 3.043.597 2.460.423 58.785 - 48.592 50.012 4.035 8.947 6.889.705 3.356.773 50.973.019 57.336.092 4.934 2.690 10.440.260 23.208.024 1.313.115 4.673.313 3.681.133 3.253.050 15.439.442 31.137.077 66.412.461 88.473.169 569.171 569.171 12.671.360 12.671.360 1.142.630 14.576.961 14.383.161 27.817.492 15.284 66.166 14.398.445 27.883.658 6.125.608 2.508.296 7.245.187 2.260.135 2.738 3.891 8.879.786 10.241.050 907 5.715 208.673 - 429.586 1.464.130 84.518 - 22.977.003 16.483.217 20.256.914 27.725.309 835.729 704.575 108.626 914.424 1.627.131 2.372.216 6.071.766 12.375.702 2.378 7.104 134.469 6.964 29.037.013 44.106.294 52.014.016 60.589.511 66.412.461 88.473.169 |
|---|---|---|
Las Notas 1 a 34 adjuntas son parte integrante de y deben leerse juntamente con estos estados.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2021 Deloitte & Co. S.A.
C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3
Diego O. De Vivo Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 223 - F° 190
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ESTADOS CONSOLIDADOS DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS Y OTRO RESULTADO INTEGRAL
POR LOS EJERCICIOS FINALIZADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2020 Y 2019 (expresados en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, con excepción del resultado por acción).
| resultado por acción). | |||
|---|---|---|---|
| Por los ejercicios finalizados el | |||
| Notas | 31.12.20 | 31.12.19 | |
| Ingresos ordinarios Costos de operación |
26 27 |
49.696.333 (39.388.706) |
82.050.664 (62.496.996) |
| Ganancia bruta | 10.307.627 | 19.553.668 | |
| Gastos de administración Gastos de comercialización Otros ingresos y egresos |
27 27 28 |
(3.873.070) (6.405.978) 469.446 |
(3.616.125) (5.988.374) (1.108.283) |
| Deterioro de propiedades, planta y equipo | 10 | (562.738) | - |
| (Pérdida) Ganancia operativa Ingresos financieros Costos financieros Resultados financieros, netos Resultado antes del impuesto a las ganancias e IGMP |
29 29 |
(64.713) 22.715.388 (26.094.933) (3.379.545) (3.444.258) |
8.840.886 |
| 22.912.143 (26.079.454) |
|||
| (3.167.311) | |||
| 5.673.575 | |||
| Impuesto a las ganancias e IGMP | 30 | (1.956.401) | (4.014.895) |
| Resultado neto del ejercicio | (5.400.659) | 1.658.680 | |
| Otros resultados integrales(1) | |||
| Impuesto a las ganancias Total otros resultados integrales Revaluación de activos esenciales de propiedades, planta y equipo |
10 | (10.680.182) | (2.146.144) |
| 30 | 2.712.767 | 545.121 | |
| (7.967.415) | (1.601.023) | ||
| Resultado neto e integral del ejercicio | (13.368.074) | 57.657 | |
| Resultado neto del ejercicio participación controlante | (5.466.916) | 1.519.787 | |
| Resultado neto del ejercicio participación no controlante | 66.257 | 138.893 | |
| Total resultado neto del ejercicio | (5.400.659) | 1.658.680 | |
| Resultado neto e integral ejercicio participación controlante | (13.434.331) | (81.236) | |
| Resultado neto e integral del ejercicio participación no controlante | 66.257 | 138.893 | |
| Total resultado neto e integral del ejercicio | (13.368.074) | 57.657 | |
| Resultado neto por acción atribuible a la participación controlante Básico y diluido 31 |
(9,61) | 2,67 |
(1) No se revierten a resultados.
Las Notas 1 a 34 adjuntas son parte integrante de y deben leerse juntamente con estos estados.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2021 Deloitte & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3
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ESTADOS CONSOLIDADOS DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO
POR LOS EJERCICIOS FINALIZADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2020 Y 2019 (expresados en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3).
Nota 3). |
|
|---|---|
| Capital social Ajuste de capital Subtotal capital social Reserva legal Reserva facultativa Subtotal resultados acumulados Patrimonio Neto atribuible a los propietarios de la controlante Participación no controlante Total patrimonio neto Resultados acumulados |
|
| Otros resultados integrales acumulados Resultados no asignados |
|
| Saldos al 31 de diciembre de 2018 | 569.171 12.671.360 13.240.531 - - 9.969.687 4.688.510 14.658.197 27.898.728 24.920 27.923.648 |
| Destinado por resolución de la Asamblea de Accionistas celebrada el 25 de abril de 2019 a: | - - - 2.648.108 - - (2.648.108) (2.648.108) - - - - - - - 2.040.402 - (2.040.402) (2.040.402) - - - - - - - - - - - - (24.620) (24.620) - - - - - - - - - - (73.027) (73.027) - - - - - - 1.519.787 1.519.787 1.519.787 138.893 1.658.680 - - - - - (1.601.023) - (1.601.023) (1.601.023) - (1.601.023) - - - - - (206.666) 206.666 - - - - |
- Reserva legal |
|
| - Reserva facultativa | |
| Dividendos en efectivo de subsidiarias Dividendos anticipados en efectivo de subsidiarias |
|
| Resultado neto del ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 | |
| Disminución por revaluación de activos esenciales de propiedades, planta y equipo | |
| Desafectación de la revaluación de activos esenciales de propiedades, planta y equipo y efecto cambio de tasa impuesto a las ganancias |
|
| Saldos al 31 de diciembre de 2019 Destinado por resolución de la Asamblea de Accionistas celebrada el 7 de mayo de 2020 a: |
569.171 12.671.360 13.240.531 2.648.108 2.040.402 8.161.998 1.726.453 9.888.451 27.817.492 66.166 27.883.658 |
- Reserva facultativa |
- - - - 1.726.453 - (1.726.453) (1.726.453) - - - - - - - - - - - - (62.791) (62.791) - - - - - - - - - - (54.348) (54.348) - - - - - - (5.466.916) (5.466.916) (5.466.916) 66.257 (5.400.659) - - - - - (7.967.415) - (7.967.415) (7.967.415) - (7.967.415) - - - - - (194.583) 194.583 - - - - |
| Dividendos en efectivo de subsidiarias Dividendos anticipados en efectivo de subsidiarias |
|
| Resultado neto del ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020 | |
| Disminución por revaluación de activos esenciales de propiedades, planta y equipo | |
| Desafectación de la revaluación de activos esenciales de propiedades, planta y equipo | |
| Saldos al 31 de diciembre de 2020 | 569.171 12.671.360 13.240.531 2.648.108 3.766.855 - (5.272.333) (5.272.333) 14.383.161 15.284 14.398.445 |
Las Notas 1 a 34 adjuntas son parte integrante de y deben leerse juntamente con estos estados.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2021 Deloitte & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3
Dr. Eduardo Baldi
Por Comisión Fiscalizadora
Diego O. De Vivo Socio Alejandro Héctor Fernández Contador Público U.B.A. Presidente C.P.C.E.C.A.B.A. T° 223 - F° 190
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ESTADOS CONSOLIDADOS DE FLUJO DE EFECTIVO
POR LOS EJERCICIOS FINALIZADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2020 Y 2019 (expresados en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3).
| 31.12.20 (5.400.659) 1.956.401 562.738 1.969.486 15.971 390.072 1.940.364 7.465.156 (22.997) - 10.573.613 314.173 (2.244) (9.469.983) 131.154 (4.808) (1.001.993) (243.955) 183.866 (955.836) 8.400.519 (2.791.661) (844.667) (3.636.328) (2.372.988) (8.942.435) 10.662.036 (2.563.054) (21.036) (88.985) (3.326.462) 1.437.729 3.253.050 22.997 (1.032.643) 3.681.133 1.437.729 s y Resolución I-2.621/201 |
31.12.19 | |
|---|---|---|
| Flujo de efectivo generado por las actividades operativas Resultado neto del ejercicio Ajustes para arribar al flujo neto de efectivo proveniente de las actividades operativas: Impuesto a las ganancias e IGMP Deterioro de propiedades, planta y equipo Depreciación de propiedades, planta y equipo, propiedades de inversión y amortización de bs. intangibles Amortización de activos por derecho de uso Valor residual de bajas de propiedades, planta y equipo y bs. intangibles Cargo neto por provisiones de activos y pasivos Costos financieros Resultados financieros de efectivo y equivalentes Egresos por Resolución MINEM N° 508-E/2017 no recuperable Créditos por ventas Otros créditos Inventarios Cuentas por pagar Remuneraciones y cargas sociales Pasivo concursal Otras cargas fiscales Provisiones Otras deudas Impuesto a las ganancias e IGMP pagado en el ejercicio Flujo neto de efectivo generado por las actividades operativas Flujo de efectivo aplicado a las actividades de inversión |
||
| 1.658.680 | ||
| 4.014.895 - 2.227.757 17.423 71.068 1.241.620 3.818.230 34.547 847.248 (9.272.175) 3.609.900 1.925 8.522.327 (126.267) (49.367) 594.308 (52.922) (1.396.449) (19.817) |
||
| 15.742.931 | ||
| (5.764.443) (736.520) |
||
Aumentos de propiedades, plantas y equipos Aumentos de bienes intangibles |
||
| Flujo neto de efectivo aplicado a las actividades de inversión Flujos de efectivo aplicado a las actividades de financiación |
(6.500.963) | |
| (2.879.038) (9.698.488) 1.787.174 3.426.828 (22.779) (97.648) |
||
Pago de intereses Pago de préstamos Préstamos obtenidos Variación de los adelantos en cuenta corriente Pago de pasivos por arrendamientos |
||
| Pago de dividendos de subsidiarias Flujo neto de efectivo aplicado a las actividades de financiación |
||
| (7.483.951) | ||
| Aumento neta del efectivo y equivalentes de efectivo | 1.758.017 | |
| 3.769.050 (34.547) (2.239.470) 3.253.050 |
||
| Efectivo y equivalentes de efectivo al inicio del ejercicio | ||
| Resultados financieros de efectivo y equivalentes Efecto del RECPAM sobre efectivo y equivalentes de efectivo |
||
| Efectivo y equivalentes de efectivo al cierre del ejercicio (1) | ||
| Aumento neta del efectivo y equivalentes de efectivo (1) Al 31 de diciembre de 2020 y 2019, los fondos recaudados pendientes de depósito en relación con los fideicomiso 15.377 y 39.963 respectivamente. |
1.758.017 | |
| 3 ascendían a |
(2) Al 31 de diciembre de 2020 incluye 33.156 en concepto de garantía por las operaciones de compra de dólar a término concertadas por la Sociedad. (Ver Nota 19.2 a los estados financieros consolidados).
Las Notas 1 a 34 adjuntas son parte integrante de y deben leerse juntamente con estos estados.
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Alejandro Héctor Fernández Presidente
Dr. Eduardo Baldi Por Comisión Fiscalizadora
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METROGAS S.A.
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1. INFORMACIÓN GENERAL
MetroGAS S.A. (“MetroGAS” o la “Sociedad”) es una sociedad anónima constituida bajo las leyes de la República Argentina. Su sede social y domicilio principal se encuentran en Gregorio Aráoz de Lamadrid 1360 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La Sociedad fue fundada en 1992 y el 1° de diciembre de 1992 se inscribió como sociedad, en virtud de las leyes de Argentina, ante el Registro Público de Comercio bajo el número 11.670 del libro 112, Tomo A de Sociedades Anónimas. El plazo de la Sociedad vence el 1° de diciembre de 2091 y su actividad principal es la prestación del servicio público de distribución de gas.
El 2 de noviembre de 1994, mediante Resolución Nº 10.706 la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) autorizó a la Sociedad el ingreso a la oferta pública en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (“BCBA”) de la totalidad de las acciones que a esa fecha componían el capital social.
Al 31 de diciembre de 2020, la controlante de MetroGAS es YPF S.A. (“YPF”), cuya actividad principal es el estudio, exploración y explotación de hidrocarburos líquidos y/o gaseosos y demás minerales, como asimismo, la industrialización, transporte y comercialización de estos productos y sus derivados, incluyendo también productos petroquímicos, y químicos y combustibles de origen no fósil, biocombustibles y sus componentes, la generación de energía eléctrica a partir de hidrocarburos, la prestación de servicios de telecomunicaciones, así como también la producción, industrialización, procesamiento, comercialización, servicios de acondicionamiento, transporte y acopio de granos y sus derivados (ver Nota 16 a los presentes estados financieros consolidados).
MetroGAS controla a MetroENERGÍA S.A. (“MetroENERGÍA”), una sociedad anónima constituida bajo las leyes de la República Argentina, cuya actividad principal es la compraventa de gas natural y/o su transporte por cuenta propia, por cuenta y orden de terceros o asociada a terceros dentro de la República Argentina.
Con motivo de la Resolución General N° 629 de la CNV informamos que la documentación respaldatoria de las operaciones de la Sociedad se encuentra en los depósitos de Administradora de archivos S.A. (“ADEA”) cuya sede tiene domicilio en Av. Pte. R. Sáenz Peña 832, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
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2. MARCO REGULATORIO
La distribución de gas natural por redes es un servicio público y por lo tanto es una actividad regulada. El Ente Nacional Regulador de Gas (“ENARGAS”), en los términos de la Ley del Gas es la autoridad de aplicación y su jurisdicción se extiende al transporte, venta, almacenaje y distribución de gas natural. Su mandato, de acuerdo con lo expresado en la Ley del Gas, incluye la protección de los consumidores, el cuidado de la competencia en la provisión y demanda de gas natural y el fomento de las inversiones de largo plazo en la industria.
Con fecha 31 de marzo de 2017 se publicó la Resolución ENARGAS Nº 4.356/2017 por medio de la cual se dispuso aprobar los estudios técnico-económicos sobre la Revisión Tarifaria Integral (“RTI”) y el Plan de Inversiones Obligatorias (“PIO”) de MetroGAS para el período 2017-2021.
Tal lo expresado en los considerandos de la citada Resolución, la fijación de las tarifas máximas a autorizar en el quinquenio para la prestación del servicio de transporte y distribución de gas requirió la conjunción de:
-
una tasa de rentabilidad justa y razonable a reconocer a las prestadoras del servicio - Costo del Capital;
-
el valor de la Base Tarifaria, o Base de Capital necesaria para la prestación del servicio regulado;
-
el PIO a ejecutar durante el quinquenio;
-
el Capital de Trabajo afectado al giro del negocio regulado;
-
la estimación de los Gastos de Operación y Mantenimiento, de Comercialización y Administración necesarios para la prestación del servicio regulado;
-
los tributos que gravan la actividad regulada; y
-
los cambios esperados en la productividad y en la eficiencia y las estimaciones de la demanda esperada durante el quinquenio.
Sin perjuicio de las variables tomadas en consideración por el ENARGAS en oportunidad de la RTI y el ajuste tarifario allí establecido, distintas medidas adoptadas a posteriori por el Estado Nacional (a través del Poder Ejecutivo Nacional ("PEN"), la (ex) Secretaría de Gobierno de Energía (“SGE”) y el ENARGAS) devinieron en claro perjuicio de MetroGAS.
Las alteraciones más relevantes a la ecuación económico-financiera previstas al momento de la RTI derivan de la aplicación de distintas Resoluciones emitidas durante el ejercicio 2019 por el ENARGAS que produjeron menores ingresos, fundamentalmente por el diferimiento del ajuste semestral de tarifas y mayores costos en relación al cálculo del Gas Natural No Contabilizado (“GNNC”).
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Por lo mencionado precedentemente, han ocurrido cambios significativos en previsiones básicas del marco regulatorio que no habían sido contempladas al momento de disponerse la aprobación del PIO y determinarse las tarifas justas y razonables al momento de la RTI.
Debido a ello, con fecha 11 de octubre de 2019 MetroGAS realizó una presentación ante el ENARGAS solicitando (i) la revisión y adecuación del PIO de MetroGAS que fuera aprobado mediante Resolución ENARGAS Nº 4.356/2017 y (ii) una compensación económica para la restitución del equilibrio económico y financiero, conjuntamente con la reconsideración de ciertas medidas regulatorias adoptadas, ya sea por incrementos de los costos o por la reducción en la generación de ingresos, de modo que permita cumplir con las premisas tomadas en cuenta al momento de realizarse los estudios técnicos y económicos de la RTI (ver nota 2.2.1 a los presentes estados financieros).
Con fecha 23 de diciembre de 2019 se publicó la Ley N° 27.541, denominada de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia (“Ley de Solidaridad”), que declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, y delegó en el PEN hasta el 31 de diciembre de 2020 las facultades en los términos del artículo N° 76 de la Constitución Nacional.
En relación al sistema energético, el artículo 5 de la Ley de Solidaridad Social facultó al PEN a mantener las tarifas de electricidad y gas natural que estén bajo jurisdicción federal y a iniciar un proceso de renegociación de la RTI vigente o iniciar una revisión de carácter extraordinario, en los términos de las leyes N° 24.065, N° 24.076 y demás normas concordantes, a partir de la vigencia de la Ley de Solidaridad Social y por un plazo máximo de hasta ciento ochenta (180) días, propendiendo a una reducción de la carga tarifaria real sobre los hogares, comercios e industrias para el año 2020. Asimismo, facultó al PEN a intervenir administrativamente el ENARGAS por el término de un (1) año. Con fecha 19 de junio de 2020 se publicó el Decreto de Necesidad y Urgencia (“DNU”) N° 543/2020 que prorrogó el plazo establecido en el citado artículo 5° de la Ley de Solidaridad Social desde su vencimiento y por un plazo adicional de 180 días corridos, manteniéndose así vigente la referida facultad del PEN de mantener inalterados los valores tarifarios de electricidad y gas natural hasta fines de 2020.
Con fecha 17 de marzo de 2020 se publicó el Decreto N° 278/2020 que dispuso la intervención del ENARGAS hasta el 31 de diciembre de 2020, en orden a lo establecido en el artículo 6° de la Ley de Solidaridad Social, y la designación como interventor del Licenciado Federico Bernal (prorrogándose tales intervención y designación de conformidad con lo indicado en el párrafo siguiente).
Con fecha 17 de diciembre de 2020 se publicó el Decreto N° 1.020/2020 que (i) determinó el inicio de la renegociación de la RTI vigente correspondiente a las prestadoras de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica y gas natural que estén bajo jurisdicción federal, en el
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marco de lo establecido en el artículo 5° de la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública; (ii) estableció que el plazo de la renegociación dispuesta anteriormente no podrá exceder los dos (2) años desde la fecha de entrada en vigencia del mencionado decreto, debiendo suspenderse hasta entonces los Acuerdos correspondientes a las respectivas Revisiones Tarifarias Integrales vigentes con los alcances que en cada caso determinen los Entes Reguladores; (iii) encomendó la renegociación al ENARGAS pudiendo preverse adecuaciones transitorias de tarifas y/o su segmentación, según pudiera corresponder, propendiendo a la continuidad y normal prestación de los servicios públicos involucrados; (iv) prorrogó el plazo de mantenimiento de las tarifas de gas natural establecido en el artículo 5° de la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública (prorrogado por el Decreto N° 543/20 desde su vencimiento) por un plazo adicional de noventa (90) días corridos o hasta tanto entren en vigencia los nuevos cuadros tarifarios transitorios resultantes del Régimen Tarifario de Transición para los servicios públicos de transporte y distribución de gas natural (lo que ocurra primero, con los alcances que en cada caso corresponda); y (v) prorrogó la intervención del ENARGAS, incluyendo mandas y designaciones (entre ellas, la del Sr. Interventor, Federico Bernal), por el plazo de un (1) año desde su vencimiento o hasta que se finalice la renegociación de la revisión tarifaria dispuesta por el presente, lo que ocurra primero.
En razón de estas medidas, el 29 de enero de 2021, MetroGAS realizó una nueva presentación ante el ENARGAS, mediante la cual actualizó los valores de las afectaciones que fueron objeto de su presentación del 11 de octubre de 2019 -anteriormente citada-, y amplió su solicitud de compensación económica para la restitución de su equilibrio económico y financiero, solicitando la reparación de los perjuicios que le representaron los incrementos de sus costos y la reducción de sus ingresos, derivados de las normas recién mencionadas, adoptadas todas a partir de la Ley de Solidaridad, inclusive.
Con fecha 23 de febrero de 2021 se publicó la Resolución ENARGAS N° 47/2021 que convoca a Audiencia Pública Nº 101 virtual para el día 16 de marzo de 2021 con el objeto de poner a consideración el Régimen Tarifario de Transición de conformidad con el Decreto N° 1.020/20. En los términos de la resolución del ENARGAS, la Sociedad presentó oportunamente los cuadros tarifarios de transición, así como la información de sustento de los mismos para el régimen tarifario transitorio.
En la medida que el ENARGAS no adopte medidas tendientes a corregir la afectación del mecanismo de mantenimiento en valores constantes de la tarifa de distribución, esto continuará impactando negativamente en la Sociedad, disminuyendo el flujo de ingresos y empeorando la actual situación económico-financiera de MetroGAS.
Asimismo, debe tenerse presente que nos encontramos en un contexto de (i) incertidumbre con respecto a la capacidad de pago del sector público argentino y las posibilidades de obtener financiamiento, (ii) incremento de la inflación que afecta el crecimiento de la economía, (iii)
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
controles de precios, (iv) incertidumbre respecto al marco regulatorio aplicable a la Sociedad, (v) restricciones a la adquisición y transferencia de divisas al exterior, (vi) aplicación de restricciones a las importaciones y exportaciones de productos y (vii) creación de nuevos impuestos a la exportación de determinados productos o el incremento de las alícuotas vigentes.
La situación económica del país tiene impacto, no sólo en los consumos de los distintos usuarios de la Sociedad, sino que también implica la variación de la coyuntura respecto a la situación imperante al momento del dictado de la Resolución ENARGAS Nº 4.356/2017.
Por otro lado, una parte de la deuda financiera de la Sociedad está denominada en dólares estadounidenses y está expuesta a las variaciones en el tipo de cambio. Consecuentemente, variaciones no previstas y abruptas en el tipo de cambio resultan en cambios significativos en los montos necesarios para ser aplicados al pago de servicios de deuda, afectando de tal manera los resultados y la condición financiera. Igual impacto deriva de las altas tasas de interés o el aumento de las tasas de inflación que incrementan los costos de operación e influyen negativamente en los resultados de operación y en la situación financiera.
En virtud de lo expuesto, el Directorio monitorea permanentemente la evolución de las variables económico-financieras y el impacto de la Ley de Solidaridad Social, y las normas derivadas de ella, para adoptar medidas tendientes a disminuir los impactos negativos sobre la Sociedad y su consecuente reflejo en los estados financieros de períodos futuros (ver Nota 3.1 a los presentes estados financieros consolidados).
2.1 Juicio contra el Estado Nacional
En el año 2011, MetroGAS promovió una acción interruptiva de prescripción contra el Estado Nacional con el objeto de que, agotado el reclamo administrativo, se condenara a este a la reparación de los daños y perjuicios provocados a MetroGAS (derivados de la Ley de Emergencia) con motivo del incumplimiento a la obligación contractual de mantener la ecuación económico-financiera de la Sociedad de acuerdo con los términos del marco regulatorio establecido a partir de la Ley de Gas.
De manera complementaria a esta acción, y una vez agotada la vía administrativa, en el año 2013 se amplió la demanda fijándose la suma reclamada en miles de $ 4.125.167 (expresada en valores al 31/12/2011) y se inició el Beneficio de Litigar Sin Gastos (“BLSG”) con el objeto de que se estableciera la exención del pago de las costas y gastos judiciales derivados de la acción de daños y perjuicios. Con la promoción del BLSG, MetroGAS quedó exenta del pago de la tasa de justicia al momento del inicio de la acción principal y hasta la resolución del BLSG.
Con fecha 30 de marzo de 2017 MetroGAS suscribió con el Estado Nacional el Acta Acuerdo Integral en virtud de la cual, dentro del plazo de noventa (90) días corridos de que entrara y se mantuviera en vigencia la Resolución que aprobara el cuadro tarifario resultante de la RTI,
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MetroGAS debía desistir íntegra y expresamente de todos los derechos que pudieran eventualmente invocar, como también a todas las acciones entabladas o en curso o que pudieran entablar, fundadas o vinculadas a los hechos o medidas dispuestas, respecto del Contrato de Licencia.
Con fecha 28 de marzo de 2018, se publicó en el Boletín Oficial (“B.O.”) el Decreto N° 252/2018 que ratificó el Acta Acuerdo Integral. En virtud de ello, con fecha 27 de junio de 2018 la Sociedad procedió al desistimiento de la causa “MetroGAS S.A. c/ Estado Nacional – M. Planificación - (Decreto N° 293/02) - UNIREN s/Proceso de Conocimiento”. Mediante resolución de fecha 3 de octubre de 2018, se tuvo a MetroGAS por desistida de la acción y del derecho.
Con fecha 27 de agosto de 2020, de acuerdo con el dictamen elaborado por el representante del Fisco y en atención a la situación patrimonial de MetroGAS, se dispuso a conceder en un 90% el beneficio de litigar sin gastos solicitado, con costas por su orden. En estos términos, se procedió al recálculo de la Tasa de Justicia al 0,3% del monto del litigio y se actualizó a tasa activa BNA. Como consecuencia de ello se registró un recupero de las costas relacionadas con dicho reclamo por 242.950 (en moneda de diciembre de 2020).
A la fecha de los presentes estados financieros, el expediente se encuentra en Cámara toda vez que el perito interviniente apeló sus honorarios. Una vez que se remita el expediente al Juzgado, MetroGAS deberá liquidar y pagar la tasa de justicia.
2.2 Tarifas de distribución de gas natural
2.2.1 Cuadros tarifarios
Mediante Resolución N° 91/2018 del (ex) Ministerio de Energía y Minería (“MINEM”) se sustituyó el Numeral 9.4.2.3 de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución (“RBLD”) aprobada como Anexo B, Subanexo I, por el Decreto Nº 2.255 de fecha 2 de diciembre de 1992, determinando en lo pertinente que “los ajustes serán estacionales, abarcando los períodos del 1° de abril al 30 de septiembre de cada año, y del 1° de octubre al 31 de marzo del año siguiente”.
En fecha 8 de octubre de 2018 se publicó la Resolución ENARGAS N° 281/2018 que dispuso aprobar los cuadros tarifarios de MetroGAS aplicables a partir de la publicación de los mismos (luego rectificada por la Resolución ENARGAS N° 292/2018). Cabe aclarar, que dichos cuadros tarifarios no contemplaron la exacta incidencia de las Diferencias Diarias Acumuladas (“DDA”) correspondientes al período comprendido entre el 1° de abril y el 30 de septiembre de 2018.
En relación a la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, el ENARGAS advirtió que, para el período a considerar en el ajuste aplicable a partir de octubre-2018, es decir la variación entre febrero y agosto de 2018, existe una notoria disparidad entre la variación del índice de precios internos al por mayor (“IPIM”) y la de otros indicadores de la economía. Por ello, a partir de lo
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observado consideró razonable que para el ajuste semestral se aplique la metodología del Anexo V de la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017, pero considerando una adecuada combinación de índices que reflejen en mejor medida la variación de los indicadores de la economía general a fin de que se implementen los preceptos establecidos en las Resoluciones que aprobaron la RTI, alegando que “tal aplicación no significa un cambio metodológico, ni del principio general establecido en el Anexo V de la Resolución ENARGAS N° 4.356/17, sino la adecuada evaluación de tal criterio en el marco del caso concreto de su aplicación al semestre a iniciarse en octubre de 2018 en el que se aprecia una significativa disparidad entre el IPIM y otros indicadores macroeconómicos”.
A partir de ello, se aplicó como índice de actualización de la tarifa el promedio simple de los siguientes índices: a) IPIM entre los meses de febrero de 2018 y agosto de 2018, b) “Índice del Costo de la Construcción” entre los meses de febrero de 2018 y agosto de 2018 (“ICC”), y c) “Índice de variación salarial” entre los meses de diciembre de 2017 y junio de 2018 (“IVS”), lo cual resulta en una variación total para el período estacional de 19,7%, frente a una variación del 30,5% de haberse aplicado el IPIM únicamente. La Sociedad presentó en tiempo y forma el recurso de reconsideración contra la metodología seguida por el ENARGAS para reconocer el ajuste de la tarifa de distribución y la diferencia en las DDA.
Con fecha 24 de junio de 2019 y mediante Resolución N° 336/2019 de la SGE, se estableció -en beneficio de los usuarios residenciales de gas natural y con carácter excepcional- un diferimiento de pago del 22% en las facturas a ser emitidas a partir del 1º de julio de 2019 y hasta el 31 de octubre de 2019 que fue recuperado a partir de las facturas emitidas desde el 1º de diciembre de 2019 y por 5 períodos mensuales, iguales y consecutivos.
Dicha Resolución también dispuso que el costo financiero del diferimiento (computado entre las fechas de vencimiento de pago original de las facturas y las de vencimiento de las facturas en las que se incluya cada cuota de recupero) sea asumido por el Estado Nacional en carácter de subsidio, mediante el pago de intereses a distribuidoras, subdistribuidoras, transportistas y productores, reconociéndose a ese efecto la tasa para plazos fijos por montos de $ 20.000.000 o superiores a plazos de 30 o 35 días, denominada TM20, publicada por el Banco de la Nación Argentina que ascendió a 40,50% al 31 de diciembre de 2019.
Debe tenerse presente que la Resolución SGE Nº 336/2019 es anterior a la significativa devaluación acontecida en el mes de agosto de 2019 y la tasa de interés prevista en la norma no compensa el impacto financiero causado por resultar insuficiente y afectar directamente el capital de trabajo de la Sociedad.
En relación al ajuste semestral de los márgenes de transporte y distribución previsto a partir del 1º de octubre de 2019, con fecha 4 de septiembre de 2019 se publicó la Resolución SGE N° 521/2019 que difirió el ajuste semestral para el 1° de enero de 2020, oportunidad en la cual se aplicaría el valor correspondiente al índice de actualización inmediato anterior disponible. A fin de compensar a las
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prestadoras en el marco de lo dispuesto en el numeral 9.8 de las RBLD, se dispuso la revisión y adecuación -en su exacta incidencia- de las inversiones obligatorias a su cargo. Para ello, las prestadoras de los servicios de transporte y distribución de gas natural debían presentar ante el ENARGAS, dentro del plazo de 30 días corridos desde la publicación de la Resolución SGE N° 521/2019, sus propuestas de readecuación de las inversiones obligatorias a su cargo, a fin de que la autoridad regulatoria las evalúe y autorice, con las adecuaciones pertinentes, respetando la exacta incidencia entre los montos que se dejan de percibir en concepto de tarifa -incluyendo las bonificaciones a las subdistribuidoras de su área de licencia- y los montos de inversión comprometidos.
Asimismo, la Resolución SGE N° 521/2019 difirió el ajuste tarifario por variación del precio de gas en el PIST previsto con vigencia a partir del 1º de octubre de 2019 para el 1° de enero de 2020, oportunidad en que se efectuarán las adecuaciones pertinentes a los períodos a considerar para el cálculo de las DDA.
Con fecha 4 de octubre de 2019, MetroGAS realizó la presentación requerida por la Resolución SGE N° 521/2019 con la propuesta de readecuación de las inversiones obligatorias a su cargo.
En dicha presentación, la Sociedad determinó que el impacto en los ingresos para el período octubrediciembre 2019 según las pautas utilizadas en la RTI, en moneda de diciembre de 2016, ascendió a aproximadamente $390 millones. Por lo tanto, la Sociedad propuso readecuar el PIO por dicho monto, que representó una disminución del PIO original en un 3,84% para el año Regulatorio 3 cuya fecha de finalización fue marzo de 2020. A la fecha de aprobación de los presentes estados financieros, el ENARGAS no se ha expedido al respecto.
Con fecha 25 de noviembre de 2019 se publicó la Resolución SGE N° 751/2019 que sustituyó el artículo 1° de la Resolución SGE N° 521/2019 y estableció: "Diferir el ajuste semestral de los márgenes de transporte y distribución previsto a partir del 1º de octubre de 2019 para el 1° de febrero de 2020, debiendo utilizarse, en esa oportunidad, el índice de ajuste correspondiente para reflejar la variación de precios entre los meses de febrero y agosto de 2019”. Mediante Resolución ENARGAS N° 703/2019 se publicaron nuevos cuadros tarifarios para MetroGAS con vigencia a partir del 1º de noviembre de 2019. Estos cuadros tarifarios tuvieron su fundamento en (i) el análisis y revisión de las DDA de MetroGAS correspondientes a los períodos “Octubre 2018-Abril 2019” y “Abril 2019-Octubre 2019” y (ii) el ajuste previsto en la Resolución ENARGAS N° 694/2019 que resolvió una controversia entre MetroGAS y Naturgy BAN S.A. Posteriormente, con fecha 29 de noviembre de 2019, y habiéndose advertido errores materiales en la Resolución ENARGAS N° 703/2019, se publicaron, a través de la Resolución ENARGAS N° 763/2019, nuevos cuadros tarifarios para MetroGAS con vigencia a partir del 29 de noviembre de 2019.
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Sobre estas dos últimas resoluciones, se ha presentado recurso de reconsideración y nulidad sobre los montos determinados por DDA, por entender que los criterios utilizados para su determinación no se adecúan a los principios consagrados en la Ley de Gas y tampoco a los que se comunicaron por medio de la Resolución ENARGAS N° 72/2019, que en tiempo y forma fue impugnada por MetroGAS y aún no fue resuelta por el ENARGAS. Con fecha 27 de abril de 2020 se publicó la Resolución ENARGAS N° 27/2020 que deroga la Resolución ENARGAS Nº 72/2019 (ver Nota 2.2.3 a los presentes estados financieros consolidados).
A la fecha de aprobación de los presentes estados financieros, las presentaciones realizadas por MetroGAS se encuentran sujetas a evaluación por parte del ENARGAS, razón por la cual en la presentación realizada al ENARGAS con fecha 29 de enero de 2021 -citada anteriormente-, la Sociedad ha reclamado la correspondiente compensación económica por el impacto que todas las medidas mencionadas han provocado en sus ingresos.
Con fecha 23 de febrero de 2021 se publicó la Resolución ENARGAS N° 47/2021 que convoca a Audiencia Pública Nº 101 virtual para el día 16 de marzo de 2021 con el objeto de poner a consideración el Régimen Tarifario de Transición de conformidad con el Decreto N° 1.020/20. En los términos de la resolución del ENARGAS, la Sociedad presentó oportunamente los cuadros tarifarios de transición, así como la información de sustento de los mismos para el régimen tarifario transitorio.
2.2.2 Resolución MINEM N° 508-E/2017
Con fecha 29 de diciembre de 2017 se publicó la Resolución MINEM N° 508-E/2017 que establece el procedimiento para la compensación de los menores ingresos que las licenciatarias del Servicio de Distribución de Gas Natural por Redes reciben de sus usuarios, como producto de: (i) la aplicación de beneficios y/o bonificaciones a los usuarios resultantes de la normativa vigente en materia tarifaria del servicio de distribución de gas natural por redes y (ii) los mayores costos del GNNC respecto a los establecidos para su reconocimiento en las tarifas.
Este procedimiento se enmarca dentro del artículo 20.2 del Modelo de Licencia aprobado por el Decreto N° 2.255/1992 que establece que el Distribuidor tendrá derecho a ser compensado por la reducción de ingresos que le ocasionen tales medidas a fin de mantener la cadena de pagos relacionada con la operación y el mantenimiento del servicio público de distribución de gas natural por redes, entre otros, el pago de las facturas de compra de gas natural y garantizar la continuidad de la prestación de dicho servicio público.
De acuerdo con el procedimiento de compensación, las licenciatarias de Distribución deben informar en los plazos que allí se establecen y en base a los consumos anuales mensualizados y con carácter de declaración jurada ante el ENARGAS, los montos necesarios para compensar las diferencias mencionadas. Igual régimen informativo se adopta en relación al GNNC. De tal forma, para el
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cálculo de las compensaciones por el monto que dejan de percibir por los descuentos en facturación, así como por las diferencias por GNNC, se establece una compensación resultante de la diferencia entre el precio de compra al productor de gas natural y la venta a sus clientes.
En lo que respecta al GNNC, para la valorización del mismo, al momento de la RTI se consideró el sendero de precios dispuesto por el MINEM en su Resolución Nº 212/2016, el que estaba establecido en dólares, utilizándose para ello el tipo de cambio vigente en diciembre de 2016, a razón de U$S1 = $16. Ese sendero de precios era creciente en el tiempo arribando en octubre de 2019 al valor objetivo final. A partir de allí, ese costo quedó contenido y reflejado en la tarifa en el margen de distribución que debe ajustarse semestralmente por el indicador establecido en la Resolución ENARGAS Nº 4.356/2017. El costo de GNNC se incrementó significativamente en detrimento de lo que fuera aprobado mediante el sendero de precios estipulado en la Resolución Nº 212-E/2016 del MINEM.
Con fecha 7 de diciembre de 2018, el ENARGAS comunicó a la Dirección Nacional de Economía de Hidrocarburos observaciones al esquema previsto en la Resolución Nº 508/2017 del MINEM. En virtud de ello, la SGE no solo no reconoció el ajuste previsto en la Resolución Nº 508/2017 del MINEM respecto del GNNC sino que, además, dispuso que las sumas percibidas por el período enero de 2018 a noviembre de 2018 que hasta ese momento tenían carácter provisorio, fueran compensadas con deudas que mantenía la SGE con MetroGAS. Asimismo, tampoco fueron reconocidos los ajustes a valores reales que preveía la misma operatoria por ese mismo período, ni los excesos de costos incurridos a partir de diciembre de 2018 hasta septiembre de 2019. El impacto del ajuste sobre los estados financieros al 31 de diciembre de 2019 fue de una pérdida de $ 452 millones correspondiente al ejercicio 2018 (cuyo monto reexpresado al 31 de diciembre de 2020 asciende a $ 847 millones).
Una situación similar se produjo con las diferencias de cambio correspondientes al gas retenido del período enero de 2018 a marzo de 2018. En tal sentido, a partir de la firma de las Bases y Condiciones para el Abastecimiento de Gas Natural a Distribuidoras de Gas por Redes en noviembre-2017 (ver Nota 2.2.3 a los presentes estados financieros consolidados), se generó una afectación por las diferencias de cambio del período enero de 2018 a marzo de 2018 que el ENARGAS no aceptó reconocer en las diferencias diarias que se devengaron a favor de la Sociedad. MetroGAS presentó con fecha 27 de noviembre de 2018 un recurso ante el ENARGAS, el cual a la fecha se encuentra pendiente de resolución.
Respeto de las afectaciones derivadas de la modificación del valor del GNNC y el no reconocimiento del subsidio dispuesto por la Resolución Nº 508/2017 del MINEM, así como del no reconocimiento de las diferencias de cambio sobre el gas retenido y GNNC por el período enero 2018 a marzo 2018, la Sociedad ha formulado el reclamo compensatorio correspondiente mediante sus presentaciones de fechas 11 de octubre de 2019 y 29 de enero de 2021, antes mencionadas (ver Nota 28 a los presentes estados financieros consolidados).
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2.2.3 Diferencias Diarias Acumuladas
El articulo N° 37 del Decreto N° 1.738/92, reglamentario de la Ley de Gas, prevé en su inciso 5 que las variaciones del precio de adquisición del gas serán trasladadas a la tarifa final al usuario de tal manera que no produzcan beneficios ni pérdidas al Distribuidor. Por su parte, las RBLD establecen en su numeral 9.4.2.5 que la licenciataria deberá llevar contabilidad diaria separada del precio y del valor del gas comprado e incluido en sus ventas reales, y de la diferencia entre este último valor y el del gas incluido en la facturación de tales ventas reales. De tal manera, no se exige que las facturas de suministro hayan sido pagadas, sino que debe tenerse certeza del costo de adquisición, el que en este caso se materializa con el conocimiento del tipo de cambio al que debían cancelarse las obligaciones con los productores de gas.
El mismo numeral 9.4.2.5, último párrafo, prevé expresamente que, si la diferencia entre el costo del gas adquirido por las Distribuidoras y el valor de dicho gas contenido en las tarifas a los usuarios supera en valor absoluto el 20%, entonces la Sociedad podrá presentar a la Autoridad Regulatoria nuevos cuadros tarifarios para su aprobación.
En abril de 2018 comenzó en Argentina un cambio en las condiciones macroeconómicas que provocó una brusca e imprevista variación en la paridad entre la moneda nacional y la moneda en la que están establecidos los precios de los contratos de gas.
Por el gas entregado en los meses de enero a marzo de 2018, los pagos realizados por la Sociedad se hicieron respetando el tipo de cambio vigente a la fecha de pago de conformidad con lo establecido en los acuerdos de suministro. No obstante, debido a las circunstancias descriptas anteriormente, los pagos a los productores de gas por el gas entregado en los meses siguientes se realizaron al tipo de cambio aplicado al valor del componente del gas incluido en la tarifa aprobado por las Resoluciones del ENARGAS.
El criterio adoptado obedecía, además, a la necesidad de mantener la cadena de pagos relacionada con la operación y el mantenimiento del servicio público de distribución de gas natural por redes y garantizar la continuidad de la prestación del servicio.
De acuerdo a las situaciones macroeconómicas mencionadas anteriormente, con fecha 27 de julio de 2018 la Sociedad envió una nota al ENARGAS con los nuevos cuadros tarifarios solicitando, en cumplimiento de dicha norma establecida en las RBLD, que se aprueben los mismos a fin de ir reconociendo parcialmente la incidencia de los mayores costos de adquisición del gas.
Mediante Nota N0-2018-38938972-APN-SD#ENARGAS del 13 de agosto de 2018, el ENARGAS desestimó la solicitud efectuada alegando que “la Licenciataria no acredita materialmente el efectivo pago del gas al precio que referencia para la determinación de las diferencias entre el precio incluido en tarifa”. De acuerdo con el criterio de la Sociedad, este argumento no encuentra sustento en el
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marco regulatorio, en tanto el mismo se limita a exigir que el precio sea conocido, lo cual se materializa mediante los acuerdos de abastecimiento suscriptos de conformidad con las Bases y Condiciones y que se encuentran registrados ante el ENARGAS.
El 16 de noviembre de 2018 se publicó el Decreto N° 1.053/2018 que modificó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2018, y en virtud de las volatilidades de las variables financieras y del tipo de cambio, estableció que el Estado Nacional asumió, con carácter excepcional, el pago de las DDA mensualmente entre el valor del gas comprado por las prestadoras del servicio de distribución de gas natural por redes y el valor del gas natural incluido en los cuadros tarifarios vigentes entre el 1° de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2019, generadas exclusivamente por variaciones del tipo de cambio y correspondientes a volúmenes de gas natural entregados en ese mismo período, todo ello de acuerdo con el procedimiento que disponga el ENARGAS. El monto neto resultante se transferiría a cada distribuidora en treinta (30) cuotas mensuales y consecutivas a partir del 1° de octubre de 2019. A fin de determinar cada una de las cuotas, se utilizaría la tasa de interés que el ENARGAS aplica conforme lo previsto en el punto 9.4.2.5 (tasa efectiva del Banco de la Nación Argentina para depósitos en moneda argentina a treinta (30) días de plazo, “pizarra”). Una vez percibida cada cuota, las distribuidoras debían realizar de manera inmediata los pagos correspondientes a los proveedores de gas natural involucrados y los informarían y acreditarían mensualmente ante el ENARGAS.
Este régimen resulta aplicable sólo para aquellas prestadoras del servicio de distribución de gas natural por redes y para aquellos proveedores de gas natural que adhirieran a este régimen y renunciaran expresamente a toda acción o reclamo derivado de las DDA referidas en el primer párrafo.
Asimismo, el Decreto N° 1.053/2018 estableció que a partir del 1º de abril de 2019 los proveedores de gas natural y las prestadoras del servicio de distribución de gas natural por redes debían prever en sus contratos que en ningún caso podía trasladarse a los usuarios que reciban servicio completo el mayor costo ocasionado por variaciones del tipo de cambio ocurridas durante cada período estacional.
Con fecha 12 de febrero de 2019 se publicó la Resolución ENARGAS N° 72/19 mediante la cual se aprobó la “Metodología de Traslado a tarifas del precio de gas y Procedimiento General para el Cálculo de las Diferencias Diarias Acumuladas”. Dicha metodología estableció los criterios que aplicaría el ENARGAS para determinar el traslado a tarifas del precio del gas en el PIST, considerando para ello lo dispuesto por el art. 8 del Decreto N° 1.053/18 y el tipo de cambio que utilizaría para determinar el valor en moneda nacional de aquellos contratos de abastecimiento cuyos precios estén nominados en dólares estadounidenses. Con respecto al cálculo de las DDA, se estableció el procedimiento general bajo el cual se determinará el volumen de compra mensual de gas a reconocer y los costos de adquisición que se considerarán para calcular las mismas, considerando para ello lo dispuesto por el art. 8 del Decreto N° 1.053/18.
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Con fecha 21 de marzo de 2019, la Sociedad impugnó la Resolución ENARGAS N° 72/2019 por entender que la misma no se adecua a los principios consagrados en la Ley de Gas. A la fecha de cierre de los presentes estados financieros, dicha impugnación no fue resuelta por el ENARGAS.
El 20 de agosto de 2019 se publicó la Resolución ENARGAS N° 466/2019 que, en los términos del artículo 7° del Decreto N° 1.053/2018, aprobó la “Metodología para la determinación del monto neto de las Diferencias Diarias Acumuladas referidas en el artículo 7° y concordantes del Decreto N° 1.053/2018”. Asimismo, aprobó el modelo de “Solicitud de Adhesión al Régimen” el cual no admite formulaciones de solicitud de adhesión parciales y/o condicionadas, correspondiendo en tales supuestos su rechazo in límine ; ni tampoco admite retractaciones formuladas luego de la fecha establecida en la Resolución ENARGAS N° 466/2019.
MetroGAS, así como sus proveedores de gas natural, adhirió en tiempo y forma al Régimen dispuesto por el Decreto N° 1.053/2018.
Mediante Resolución ENARGAS N° 735/2019 se determinaron los montos netos finales de las DDA en los términos del artículo 7° del Decreto N° 1.053/18, considerando las adhesiones al Régimen. Con fecha 5 de diciembre de 2019 la SGE notificó la Resolución SGE N° 780/2019 que aprobó la transferencia de la cuota 1 a MetroGAS por la suma de miles de 152.413 para la transferencia a cada productor de gas, la cual fue realizada en tiempo y forma.
Con fecha 27 de abril de 2020 se publicó en el B.O. la Resolución ENARGAS N° 27 que deroga la Resolución ENARGAS Nº 72 que aprobó la “Metodología de Traslado a tarifas del precio de gas y Procedimiento General para el Cálculo de las Diferencias Diarias Acumuladas” que establecía los criterios que aplicaría el ENARGAS para determinar el traslado a tarifas del precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (“PIST”), considerando para ello lo dispuesto por el art. 8 del Decreto N° 1.053/18 y el tipo de cambio que utilizaría para determinar el valor en moneda nacional de aquellos contratos de abastecimiento cuyos precios estén nominados en dólares estadounidenses.
Con fecha 14 de diciembre de 2020, se publicó la Ley N° 27.591 que aprobó el Presupuesto Nacional para el Ejercicio 2021 y en su artículo 91 dejó sin efecto el Decreto N° 1.053/18, a partir de la sanción de la mencionada ley.
En opinión de la Dirección y sus asesores legales, lo dispuesto por el art. 91 de la Ley de Presupuesto N° 27.591 en ningún caso puede afectar derechos amparados por garantías constitucionales (art. 7° Código Civil y Comercial), y los términos en que el Estado Nacional asumió mediante el Decreto N° 1.053/2018 el pago de las DDA entre el valor del gas comprado y el valor del gas natural incluido en los cuadros tarifarios vigentes entre el 1° de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2019, generadas por variaciones del tipo de cambio correspondientes a volúmenes de gas entregados en ese mismo período, y el alcance que tuvo la adhesión a dicho régimen por parte de los proveedores de gas, son
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suficientemente claros en el sentido de que comprenden la totalidad de las DDA generadas en dicho período más allá de su forma y oportunidad de pago, y que cualquier obligación que pudiera subsistir en cabeza de las distribuidoras por dicho gas natural, está limitada al pago a los proveedores de gas natural de aquellas sumas que perciban del Estado Nacional en virtud de aquel Decreto.
Por tal razón, la Sociedad ha registrado en sus estados financieros como un pasivo no corriente al 31 de diciembre de 2020 las DDA asumidas por el Estado, correspondientes al período comprendido entre el 1° de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2019, cuya exigibilidad y pago a los proveedores de gas, conforme al régimen del Decreto mencionado anteriormente, se encuentra sujeta a la previa percepción del crédito que ha sido registrado como un activo no corriente con el Estado Nacional por el mismo monto y concepto, los que descontados al 31 de diciembre de 2020 y 2019 ascienden a 6.125.608 y 6.012.197, respectivamente (ver Notas 15 y 23 a los presentes estados financieros consolidados).
2.3 Abastecimiento de Gas Natural
2.3.1 Compra de Gas Natural
El 29 de noviembre de 2017, a instancias del MINEM, MetroGAS suscribió las “Bases y Condiciones para el Abastecimiento de Gas Natural a Distribuidoras de Gas por Redes” (las “Bases y Condiciones”) junto con el resto de las distribuidoras y un grupo de productores de gas. Estas Bases y Condiciones contenían los lineamientos para la contratación de volúmenes de gas para el abastecimiento de la demanda de las distribuidoras para el período comprendido entre el 1° de enero de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2019. En las mismas se estableció: i) los volúmenes que cada productor firmante debe inyectar por cuenca para abastecer a la demanda de las distribuidoras, ii) los volúmenes diarios disponibles por cuenca para cada distribuidora, iii) el precio según la categoría de cliente y por período expresado en u$s/MMBTU, iv) la obligación del productor de entregar o pagar por el 100% del volumen, v) la obligación de las distribuidoras de tomar o pagar por el 100% del volumen, excepto en caso de no contar con demanda y no nominar volúmenes de contratos no comprendidos en las Bases y Condiciones; y vi) el vencimiento de las facturas a los 75 días.
Las Bases y Condiciones establecían expresamente que las distribuidoras tienen en consideración para su suscripción las disposiciones del artículo N° 38 de la Ley de Gas, que prevén el traslado a las tarifas a ser pagadas por los usuarios del servicio de transporte y distribución tanto de los costos de adquisición de gas resultantes de acuerdos o contratos de largo plazo como así también de aquellos asociados a las compras de corto plazo que resultaran necesarias para satisfacer la demanda.
En abril de 2018 comenzó en Argentina un cambio en las condiciones macroeconómicas que provocó una brusca e imprevista variación en la paridad entre la moneda nacional y la moneda en la que están establecidos los precios de los contratos. Por este motivo, los pagos a los productores de gas por el gas entregado en los meses siguientes a partir de abril de 2018 se realizaron al tipo de
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
cambio aplicado al valor del componente del gas incluido en la tarifa aprobado por las Resoluciones del ENARGAS.
Los productores rechazaron dicho criterio de pago por parte de la Sociedad y, en consecuencia, reclamaron formalmente los saldos considerados impagos. El 16 de noviembre de 2018, se publicó en el B.O., el Decreto N° 1.053/2018 que establece que el Estado Nacional asumirá, con carácter excepcional, el pago de las DDA (ver Nota 2.2.3 a los presentes estados financieros consolidados).
En relación al suministro de gas para el año 2019, MetroGAS participó del concurso de precios para la provisión de gas natural en condición firme para el abastecimiento de la demanda de usuarios de servicio completo de las prestadoras de servicio público de distribución de gas por redes que se llevó a cabo en el ámbito del Mercado Electrónico de Gas S.A. (“MEGSA”) para las cuencas Neuquina, Golfo San Jorge, Santa Cruz Sur y Tierra del Fuego el 14 de febrero de 2019, todo ello de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución N° 32/2019 de la SGE.
Como resultado de dicho concurso, se obtuvieron compromisos de abastecimiento anual (hasta el 31 de marzo de 2020) por un volumen de capacidad máxima diaria (“CMD”) de 1.486 millones de m[3] los cuales representan el 58% de nuestra demanda anual, cumpliendo con ello con el requisito establecido en el marco regulatorio.
Respecto al suministro de gas para el año 2020, la Secretaría de Energía (“SE”) instruyó a productores y comercializadores de gas a renovar la vigencia de los contratos de suministro de gas de las distribuidoras hasta la fecha de vencimiento del plazo ampliado durante el cual el PEN se encuentra facultado a mantener inalteradas las tarifas de gas natural, esto es diciembre de 2020. Con fecha 16 de noviembre de 2020, se publicó el Decreto N° 892/2020 que declaró de interés público nacional y como objetivo prioritario de la República Argentina la promoción de la producción del gas natural argentino. En consecuencia, se aprobó el “Plan de promoción de la producción de gas natural argentino – Esquema de oferta y demanda 2020-2024” (el “Plan Gas”).
A la fecha de los presentes estados financieros, MetroGAS suscribió distintos acuerdos de suministro con los productores que resultaron adjudicados en el marco del Plan Gas, de los que merece destacarse que el precio fue nominado en pesos por m3 según el precio en cuadros tarifarios vigente conforme a la definición del Punto 6.28 del Anexo del Decreto Nº 892/20, el cual fue definido allí como “el precio del gas en el PIST de conformidad con los cuadros tarifarios para las Licenciatarias de Distribución y/o Subdistribuidoras”, razón por la cual se estableció adicionalmente en los contratos que “La obligación de pago del Precio del Comprador será igual al monto de aquella porción del Precio Ofertado que el ESTADO NACIONAL decida incluir en los Cuadros Tarifarios, conforme a lo dispuesto en el Artículo 6° del Decreto N° 892/20 y en los Puntos 20 y 33 del Anexo del Decreto N° 892/20”.
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Durante el último trimestre del año 2020 se abonó la mayor parte de la deuda por los acuerdos con los productores de gas contraída durante el 2019. Asimismo, en diciembre de 2020 se iniciaron las negociaciones para saldar la deuda con los productores de gas por el gas entregado en los meses de junio, julio y agosto de 2020, habiéndose acordado con el 60% de ellos.
Con fecha 22 de febrero de 2021, la SE convocó, mediante la Resolución N° 129/2021, al Concurso Público Nacional “RONDA #2 CONCURSO PÚBLICO NACIONAL - PLAN DE PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN DEL GAS NATURAL ARGENTINO – ESQUEMA DE OFERTA Y DEMANDA 2020-2024” para la adjudicación de volúmenes de gas natural adicionales a los adjudicados por la Resolución N° 391 de fecha 15 de diciembre de 2020, correspondientes a las Cuencas Neuquina y Austral, por cada uno de los períodos invernales de los años 2021 a 2024 inclusive.
2.3.2 Unbundling de gas natural
En línea con los cambios regulatorios que se introdujeron en el sector de gas natural a partir del año 2004 se produjo el proceso denominado informalmente como “unbundling de gas natural” por el cual distintas categorías de usuarios debieron comenzar a adquirir volúmenes de gas natural en el PIST directamente de productores y/o comercializadores de gas natural, quedando limitadas las distribuidoras zonales a prestar exclusivamente el servicio de transporte y/o distribución de gas natural.
En este escenario, durante el año 2005 y en virtud del Decreto N° 180/2004, MetroGAS constituyó MetroENERGÍA, una sociedad comercializadora a los fines de retener la mayor cantidad posible de clientes y de contar con una herramienta más acorde al nuevo contexto en el que se debía desempeñar la Sociedad.
MetroENERGÍA fue autorizada por el ENARGAS para actuar como empresa comercializadora de gas natural y/o su transporte y se encuentra inscripta como agente MEGSA.
Las acciones llevadas adelante por MetroENERGÍA desde su creación, permitieron continuar reteniendo la mayor parte de los clientes industriales y comerciales oportunamente contemplados dentro del proceso de “unbundling” del área de la Sociedad, con lo cual se logró mantener la participación de estas categorías de clientes en la matriz de ventas de MetroGAS.
Con fecha 1° de abril de 2016, mediante Resolución N° 34/2016, el MINEM dispuso un nuevo régimen aplicable a las estaciones de suministro de GNC estableciendo la obligación respecto de estos usuarios de adquirir el gas natural para su abastecimiento por parte de la distribuidora de su zona o área de distribución de manera de que éstas presten el servicio completo (gas, transporte y distribución). A partir del 1° de mayo de 2017, y en los términos de la Resolución N° 80 – E/2017 del MINEM, se ampliaron las opciones de compra de gas natural por parte de los titulares de
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estaciones de suministro de GNC pudiendo adquirir el gas natural a través de las distribuidoras (servicio completo – Resolución MEM N° 34/2016) o en forma directa por medio de los productores o comercializadores de gas natural (respetando mix de cuencas y porcentajes de gas retenido asignados a la Distribuidora zonal).
En relación a los usuarios del Servicio General “P”, con fecha 5 de abril de 2019 se publicó la Resolución N° 175/2019 de la SGE que resolvió derogar los artículos 5°, 6° y 7° de la Resolución N° 752/2005 de la (ex) Secretaría de Energía y permitir que los usuarios identificados como Servicio General “P” Grupo III cuenten con la posibilidad de optar por la contratación de su abastecimiento de gas natural no solamente a través de un productor o comercializador sino también, de la distribuidora zonal, bajo la modalidad de servicio completo, tal como lo establecen los artículos N° 13 y N° 49 de la Ley de Gas. El ENARGAS complementó la Resolución SGE N° 175/2019 mediante las Resoluciones ENARGAS N° 750/2019 y N° 838/2019.
Con fecha 16 de noviembre de 2020, se publicó el Decreto N° 892/2020 que declaró de interés público nacional y como objetivo prioritario de la República Argentina la promoción de la producción del gas natural argentino. En consecuencia, se aprobó el “Plan de promoción de la producción de gas natural argentino – Esquema de oferta y demanda 2020-2024”.
Mediante el mencionado Decreto, y su normativa complementaria (Resolución N° 447/2020 de la SE) se dispuso la derogación de las Resoluciones N° 80/2017 del MINEM y N° 175/2019 de la (ex) Secretaría de Gobierno de Energía y de los artículos 4°, 5° y 7° de la Resolución N° 34/2016 del MINEM. De tal manera, el abastecimiento relativo a las estaciones de suministro de GNC y los usuarios del Servicio General “P” Grupo III se encuentra a cargo de un productor o comercializador.
2.3.3 Procedimiento para la Administración del Despacho del Comité Ejecutivo de Emergencia
El abastecimiento de gas natural a las distribuidoras operaba bajo el esquema de solicitud, confirmación y re-direccionamientos de gas previstos en las Resoluciones ENARGAS N° 1.410/2010, N° 3.833/2016 y N° 4.502/2017, que modificaban y complementaban los procedimientos de administración del despacho de gas natural dispuestos por la Resolución ENARGAS N° 716/1998.
Con fecha 29 de junio de 2018 se publicó la Resolución ENARGAS N° 124/2018 que aprueba un texto ordenado que reemplaza la Resolución ENARGAS N° 716/1998 y deroga las Resoluciones ENARGAS N° 1410/2010, N° 3833/2016 y N° 4502/2017.
En relación al período invernal 2018-2021, y de acuerdo con sucesivas prórrogas, resultó aplicable la Resolución ENARGAS N° 59/2018 que aprobó el “Procedimiento Transitorio para la Administración del Despacho en el Comité Ejecutivo de Emergencia”.
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2.4 Otros temas regulatorios
2.4.1 Fideicomisos
A la fecha de emisión de estos estados financieros, MetroGAS debe facturar, cobrar y liquidar dos cargos específicos, con diversa afectación, lo cual hace la Sociedad por cuenta y orden de Nación Fideicomisos S.A. como fiduciaria de tres contratos de fideicomiso distintos.
El cargo específico I (regulado por el Decreto PEN N° 180/2004 y normas concordantes) y el cargo específico II (regulado por Ley N° 26.095 y normas concordantes) son soportados por todo el universo de usuarios del servicio de gas natural distinto del segmento residencial y están destinados al pago de obras de infraestructura para la ampliación del sistema de transporte de gas natural.
Es importante señalar que ninguno de estos dos cargos específicos facturados y cobrados por MetroGAS se incorpora al patrimonio de la Sociedad. Por el contrario, una vez percibidos, la Sociedad tiene la obligación de depositarlos en las cuentas fiduciarias oportunamente señaladas por el Fiduciario, agotándose la intervención de MetroGAS al respecto.
2.4.2 Embargo Preventivo
Con fecha 14 de octubre de 2020, la Sociedad tomó conocimiento de (i) un embargo preventivo dispuesto en la causa “Pan American Energy S.L. Sucursal Argentina c/ MetroGAS S.A. s/ Medida Precautoria” (Expte. N° 9821/2020) en trámite por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 24 Secretaría N° 48 por la suma de 187.419, y (ii) el arbitraje iniciado de manera conjunta por dicho productor y Pan American Sur S.A. ante la Cámara de Comercio Internacional con sede en Montevideo, República Oriental del Uruguay, en virtud de presuntos saldos adeudados por MetroGAS correspondientes al suministro de gas para el mes de junio de 2020 y saldos correspondientes a tarifa social (pendientes de cancelación por el Estado Nacional) por los meses de marzo, abril y mayo de 2020.
MetroGAS apeló la medida cautelar dispuesta y obtuvo la sustitución de la medida ordenada por un seguro de caución ordenándose, en consecuencia, la restitución de los fondos embargados. Asimismo, con fecha 28 de octubre se le notificó a MetroGAS la ampliación del arbitraje en relación al suministro de gas correspondiente al mes de julio de 2020.
En diciembre 2020, MetroGAS celebró un acuerdo de pago con Pan American Energy S.L. Sucursal Argentina (“PAE”) y Pan American Sur S.A. (“PAS”). En los términos del acuerdo, PAE desistió del proceso cautelar iniciado y, conjuntamente con PAS y MetroGAS, se suspendió el arbitraje hasta tanto MetroGAS cancele los importes establecidos en el acuerdo de pago. Previo al desistimiento de la acción judicial, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial revocó el embargo dispuesto contra MetroGAS.
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2.5 Obligaciones y restricciones emergentes de la privatización
2.5.1 Activos de disponibilidad restringida
Una porción sustancial de los activos transferidos por Gas del Estado (“GdE”) han sido definidos en la Licencia como "Activos Esenciales" para la prestación del correspondiente servicio concedido. Por esta razón, la Sociedad está obligada a identificar y conservar los Activos Esenciales, junto con cualquier mejora futura, de acuerdo con ciertas normas definidas en la Licencia.
La Sociedad no debe, por ninguna razón, disponer, gravar, alquilar, subalquilar o dar en préstamo los Activos Esenciales con otros propósitos que no sean los de la prestación del servicio concedido en la Licencia, sin la previa autorización del ENARGAS. Toda extensión o mejora que la Sociedad pueda realizar al sistema de gasoductos puede ser gravada solamente con el fin de garantizar los créditos con vencimiento a más de un año, tomados para financiar dichas ampliaciones o mejoras.
Al momento de la terminación de la Licencia, MetroGAS debe transferir al Estado Nacional o a un tercero que éste designe todos los Activos Esenciales establecidos en un inventario actualizado a dicha fecha, libres de cargas y gravámenes.
Como regla general, al producirse la expiración de la Licencia, la Sociedad tendrá derecho a cobrar el menor de los siguientes dos montos:
-
El valor de las Propiedades, planta y equipo de la Sociedad, determinado sobre la base del precio pagado por Gas Argentino S.A. (“Gas Argentino”), y el costo original de las subsecuentes inversiones llevadas en dólares estadounidenses y ajustadas por el PPI, neto de la depreciación acumulada.
-
El importe resultante de una nueva licitación, neto de gastos e impuestos pagados por el participante ganador.
2.5.2 Restricciones sobre distribución de ganancias
La Sociedad está obligada a mantener en vigencia la autorización de oferta pública de su capital social y la correspondiente autorización para cotizar en mercados de valores autorizados en la República Argentina, como mínimo durante el término de quince años contados a partir de los respectivos otorgamientos.
Cualquier reducción voluntaria, rescate o distribución del patrimonio neto de la Sociedad, con excepción del pago de dividendos, requerirá la autorización previa del ENARGAS.
De acuerdo a las disposiciones de la Ley N° 19.550, la Sociedad debe constituir una reserva no inferior al 5% del resultado positivo surgido de la sumatoria del resultado del ejercicio, los ajustes
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de ejercicios anteriores, las transferencias de otros resultados integrales a resultados acumulados y los resultados acumulados de ejercicios anteriores, hasta alcanzar el 20% del Capital Social más el saldo de la cuenta Ajuste de capital.
Con fecha 8 de febrero de 2018, MetroGAS instrumentó un préstamo no garantizado que contempla ciertas restricciones en el pago de dividendos. En los términos allí establecidos, durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 el importe a pagar en concepto de dividendos no podía superar el 10% del Resultado Neto de ese año, y el 60% en los años subsiguientes hasta el repago del préstamo. Asimismo, los préstamos celebrados durante el año 2020 prevén el compromiso de la Sociedad de no pagar dividendos (ver Nota 19.1 a los presentes estados financieros consolidados).
3. BASES DE PRESENTACIÓN Y EMPRESA EN MARCHA DE LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS
Los presentes estados financieros consolidados han sido elaborados en cumplimiento de lo dispuesto en las Resoluciones Técnicas (“RT”) Nº 26 y 29 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (“FACPCE”), que adoptan las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”), emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, por sus siglas en inglés), y las interpretaciones emitidas por el Comité de Interpretaciones NIIF (“CINIIF”) para las entidades incluidas en el régimen de oferta pública de la Ley N° 26.831, ya sea por su capital o por sus obligaciones negociables, o que hayan solicitado autorización para estar incluidas en el citado régimen.
El 24 de enero de 2012, con el objetivo de evaluar la aplicabilidad y el impacto de la Interpretación N° 12 “Acuerdos de Concesión de Servicios” (CINIIF 12) para las sociedades registrantes que sean licenciatarias de los servicios públicos de transporte y distribución de gas natural, así como sus empresas controlantes, la CNV emitió la Resolución Nº 600, que postergó la adopción obligatoria de las NIIF para los ejercicios que comienzan el 1° de enero de 2013.
Posteriormente, el 20 de diciembre de 2012, la CNV emitió la Resolución Nº 613, que estableció que las empresas concesionarias de transporte y distribución de gas natural y sus empresas controlantes están fuera del alcance de la CINIIF 12. (ver Nota 5.6 a los presentes estados financieros consolidados).
En consecuencia, la aplicación de NIIF resultó obligatoria para la Sociedad a partir del ejercicio iniciado el 1° de enero de 2013, siendo la fecha de transición a las NIIF para la Sociedad, conforme a lo establecido en la NIIF 1 “Adopción por primera vez de las NIIF”, el 1° de enero de 2012.
De acuerdo con lo dispuesto por las normas contables aplicables antes de la adopción de las NIIF, la Sociedad reconoció los efectos de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda hasta el
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31 de agosto de 1995. A partir de esa fecha y hasta el 31 de diciembre de 2001, se discontinuó la reexpresión de los estados contables, debido a la existencia de un período de estabilidad monetaria. Desde el 1° de enero de 2002 y hasta el 28 de febrero de 2003, se reconocieron los efectos de la inflación siguiendo el método de reexpresión establecido por la Resolución Técnica Nº 6 de la FACPCE. A partir del 1º de marzo de 2003, y en cumplimiento del Decreto Nº 664/03 del PEN, la Sociedad suspendió la reexpresión de sus estados financieros.
En los últimos años, los niveles de inflación en Argentina han sido altos, habiendo acumulado una tasa de inflación en los tres años y al 31 de diciembre de 2018, que ha superado el 100%, sin expectativas de disminuir significativamente en el corto plazo. Asimismo, la presencia de los indicadores cualitativos de alta inflación, previstos en la NIC 29, mostraron evidencias coincidentes. Por lo expuesto, el 29 de septiembre de 2018, la FACPCE emitió la Resolución JG N° 539/18, aprobada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (“CPCECABA”) mediante la Resolución CD N° 107/18, indicando, entre otras cuestiones, que la Argentina debía ser considerada una economía inflacionaria en los términos de las normas contables profesionales a partir del 1° de julio de 2018, en consonancia con la visión de organismos internacionales.
A través de la Ley N° 27.468, publicada el 4 de diciembre del 2018 en el B.O., se derogó el Decreto N° 1.269/02 del PEN y sus modificatorios (incluido el Decreto N° 664 del PEN antes mencionado). Las disposiciones de la mencionada ley entraron en vigencia a partir del 28 de diciembre de 2018, fecha en la cual se publicó la Resolución General N° 777/18 de CNV, la cual estableció que los estados financieros anuales, por períodos intermedios y especiales que cerraran a partir del 31 de diciembre de 2018 inclusive, debían presentarse ante ese organismo de control en moneda homogénea.
De acuerdo con la NIC 29, los importes de los estados financieros que no se encuentren expresados en moneda de cierre del período sobre el que se informa, deben reexpresarse aplicando un índice general de precios. A tal efecto, y tal como lo establece la Resolución JG N° 539 de la FACPCE, se han aplicado coeficientes calculados a partir de índices publicados por dicha Federación, resultantes de combinar Índices de precios al consumidor nacional (“IPC”) publicados por el INDEC a partir del 1° de enero de 2017 y, hacia atrás, IPIM elaborados por dicho Instituto o, en su ausencia, índices de precios al consumidor publicados por la Dirección General de Estadística y Censos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La variación del índice utilizado para la reexpresión de los presentes estados financieros ha sido del 36,14% en el ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2020 y del 53,83% en el ejercicio precedente.
Con fines comparativos, los presentes estados financieros consolidados incluyen cifras y otra información correspondiente al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre 2019, que son parte integrante de los estados financieros mencionados precedentemente y se las presenta con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y otra información del
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ejercicio económico actual. Dichas cifras han sido reexpresadas en moneda de cierre del presente ejercicio económico, a fin de permitir su comparabilidad y sin que tal reexpresión modifique las decisiones tomadas con base en la información contable correspondiente al ejercicio anterior.
3.1 Empresa en marcha
Los presentes estados financieros consolidados han sido preparados sobre el supuesto que la Sociedad continuará como una empresa en marcha. Sin embargo, en opinión de la Dirección de la Sociedad las condiciones que se detallan a continuación generan incertidumbre importante que puede generar dudas significativas respecto a la capacidad de la Sociedad para continuar como una empresa en funcionamiento.
La falta de actualización tarifaria establecida por la Ley N° 27.541, el DNU N° 543/2020 que surge de la Nota 2 y el DNU N° 311/2020 que se detalla en Nota 5 a los presentes estados financieros, ha tenido efectos negativos significativos sobre la liquidez, la posición financiera y los resultados de la Sociedad durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020. La Sociedad estima que dichos impactos negativos continuarán en el futuro próximo en la medida que no se obtenga una adecuada recomposición tarifaria. En ese sentido, al 31 de diciembre de 2020, la Sociedad registró pérdidas netas de 5.400.659 y presentó un capital de trabajo negativo de 13.597.571.
Por otra parte, según se detalla en la Nota 2.3.1 a los presentes estados financieros, durante el último trimestre del año 2020 se abonó la mayor parte de la deuda por los acuerdos con los productores de gas contraída durante el 2019. Asimismo, en diciembre de 2020 se iniciaron las negociaciones para saldar la deuda con los productores de gas por el gas entregado en los meses de junio, julio y agosto de 2020, habiéndose acordado con el 60% de ellos.
Asimismo, según se describe en la Nota 19, la Sociedad posee deudas financieras corrientes por 6.071.766 y no corrientes por 7.245.187, que establecen el cumplimiento de ciertos indicadores financieros. Durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020, la Sociedad obtuvo la dispensa formal de todos sus acreedores en relación a los indicadores mencionados, según se detalla en la Nota 19.1. Adicionalmente, considerando el deterioro de la liquidez antes mencionada, la Sociedad estima que deberá refinanciar las deudas financieras a su vencimiento.
Si la Sociedad no fuera capaz de refinanciar su deuda financiera y/u obtener la dispensa o enmienda de los contratos ante los eventuales incumplimientos de los indicadores financieros establecidos contractualmente, se podría producir la aceleración de los plazos para el pago del saldo total de la deuda financiera pendiente a la fecha del incumplimiento. Si ello ocurriese, la Sociedad podría no ser capaz de obtener el financiamiento necesario para afrontar el pago de dicho saldo.
Si bien la Sociedad ha adoptado y continúa adoptando diversas medidas para morigerar los impactos negativos derivados de la falta de actualización tarifaria y se encuentra activamente realizando las
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
gestiones necesarias para la obtención de un ajuste de la tarifa que permita recomponer el margen de distribución, la posibilidad de la Sociedad de continuar como una empresa en marcha depende en gran medida de la aprobación por parte del Gobierno Nacional de dichos incrementos tarifarios y de la conclusión del proceso de renegociación de la RTI establecida por el Decreto N° 1.020/2020, así como de la refinanciación de las deudas financieras, factores que no dependen exclusivamente de la gestión de la Dirección de la Sociedad.
Los presentes estados financieros consolidados se presentan en miles de pesos argentinos, excepto menciones específicas.
Los presentes estados financieros consolidados han sido aprobados por el Directorio para su emisión el 2 de marzo de 2021.
4. POLÍTICAS CONTABLES
Las políticas contables adoptadas para estos estados financieros se exponen a continuación y están de acuerdo con las NIIF emitidas por el IASB que están vigentes al 31 de diciembre de 2020.
4.1 Bases de preparación
4.1.1 Clasificación en corriente y no corriente
La presentación en el estado de situación financiera distingue entre activos y pasivos, corrientes y no corrientes. Los activos y pasivos corrientes son aquellos que se espera recuperar o cancelar dentro de los doce meses siguientes al cierre del ejercicio sobre el que se informa.
Los activos y pasivos por impuestos corriente y diferido se presentan separados entre sí y de los otros activos y pasivos.
La Sociedad compensa los activos por impuestos y los pasivos por impuestos a las ganancias si, y sólo si, la entidad:
-
a) tiene el derecho, exigible legalmente, de compensar los importes reconocidos; y
-
b) tiene la intención de liquidar por el importe neto o de realizar el activo y liquidar el pasivo simultáneamente.
Los activos o pasivos por impuestos diferidos son clasificados como activos (pasivos) no corrientes.
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4.1.2 Moneda de presentación
Los estados financieros consolidados se presentan en miles de pesos argentinos. A menos que se establezca lo contrario, o que el contexto lo exija de otro modo, las referencias a “montos en pesos” o “$”, son a pesos argentinos; las referencias a “U$S” o “dólares US” son a dólares estadounidenses.
4.1.3 Criterios contables
Los estados financieros han sido preparados sobre la base del costo histórico, el cual ha sido reexpresado en moneda de cierre en el caso de las partidas no monetarias, excepto por la valuación de los activos esenciales dentro del rubro Propiedades, planta y equipo a valor razonable con cambios en Otros Resultados Integrales y ciertos instrumentos financieros, que son medidos a valor razonable con cambio a resultados al cierre de cada ejercicio, de acuerdo a lo mencionado en la Nota 7.
4.1.4 Flujos de efectivo
La Sociedad presenta los flujos de efectivo provenientes de actividades operativas utilizando el método indirecto. Los intereses pagados relacionados con deudas financieras se presentan dentro de las actividades de financiación.
El efectivo y equivalentes de efectivo incluyen el efectivo en caja, los depósitos a la vista en entidades bancarias y otras inversiones con bajo riesgo de variación de valor y a corto plazo de gran liquidez con un vencimiento original de tres meses o menos desde el momento de su adquisición.
4.1.5 Uso de estimaciones
La preparación de estados financieros a una fecha determinada requiere que la Sociedad realice estimaciones y evaluaciones que afectan el monto de los activos y pasivos registrados y los activos y pasivos contingentes revelados a dicha fecha, como así también los ingresos y egresos registrados en el ejercicio. Los resultados reales futuros pueden diferir de las estimaciones y evaluaciones realizadas a la fecha de preparación de los presentes estados financieros. Las principales áreas que presentan mayor complejidad, las cuales requieren la aplicación de juicio profesional o cuyas asunciones y estimaciones son significativas, se describen en la Nota 5.
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4.2 Nuevos estándares emitidos y estándares revisados
4.2.1 Modificaciones a las NIIF vigentes de manera obligatoria en el presente año
En el presente año, la Sociedad implementó una serie de NIIF nuevas y modificadas, emitidas por el IASB, y adoptadas por la FACPCE, las cuales son obligatorias y entraron en vigencia a partir de los ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2020.
Modificaciones al Marco Conceptual de las NIIF
Junto con el marco conceptual revisado, que entró en vigencia a partir de la publicación del 29 de marzo de 2018, el IASB también ha emitido enmiendas a las referencias del marco conceptual en las NIIF. El documento contiene enmiendas a la NIIF 2, NIIF 3, NIIF 6, NIIF 14, NIC 1, NIC 8, NIC 34, NIC 37, NIC 38, CINIIF 12, CINIIF 19, CINIIF 20, CINIIF 22, y SIC-32. Sin embargo, no todas las enmiendas actualizan estos pronunciamientos con respecto a las referencias y citas del marco conceptual para que se refieran al marco conceptual revisado. Algunos pronunciamientos solo se actualizan para indicar a qué versión del marco conceptual hacen referencia (el marco IASC adoptado por el IASB en 2001, el Marco IASB de 2010 o el nuevo marco revisado de 2018), o para indicar que las definiciones de la norma no se han actualizado con las nuevas definiciones desarrolladas en el marco conceptual revisado.
La adopción de las modificaciones mencionadas no ha tenido impacto en los estados financieros de la Sociedad.
Modificaciones a NIC 1 e NIC 8 - Definición de materialidad
En octubre de 2018, el IASB emitió modificaciones que resultan aplicables para los ejercicios iniciados en o a partir del 1° de enero de 2020, permitiendo su aplicación anticipada.
Las modificaciones emitidas a las definiciones de “material” o “con importancia relativa”, persiguen el objetivo de unificar la definición de dichos conceptos, a las definiciones del Marco Conceptual también modificado en 2018. El concepto de "ocultar" información material con información inmaterial se ha incluido como parte de la nueva definición. El umbral para la materialidad que influye en los usuarios ha cambiado de "podría influir" a "podría esperarse que influya razonablemente". La definición de material en la NIC 8 ha sido reemplazada por una referencia a la definición de material en la NIC 1. Además, el IASB modificó otras normas y el marco conceptual que contienen una definición de material o se refieren al término 'material’ para asegurar consistencia.
La adopción de las modificaciones mencionadas no ha tenido impacto en los estados financieros de la Sociedad.
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Modificaciones a NIIF 3 - Definición de un negocio
Las modificaciones aclaran que, si bien las empresas generalmente generan rendimientos, no se requieren para un conjunto integrado de actividades y activos para calificar como negocio. Para ser considerado un negocio, la adquisición de un conjunto de actividades y activos debe incluir, como mínimo, insumos y un proceso sustantivo que en conjunto contribuyan significativamente a la capacidad de crear rendimientos. Se proporciona orientación adicional que ayuda a determinar si se ha adquirido un proceso sustantivo. Además, las modificaciones introducen una prueba de concentración opcional que permite una evaluación simplificada para determinar si la adquisición de un conjunto de actividades y activos no es un negocio. Bajo la prueba de concentración opcional, el conjunto de actividades y activos adquiridos no es un negocio si sustancialmente todo el valor razonable de los activos brutos adquiridos se concentra en un solo activo identificable o grupo de activos similares.
La adopción de las modificaciones mencionadas no ha tenido impacto en los estados financieros de la Sociedad.
Modificaciones a las NIIF 9, NIC 39 y NIIF 7 - Reforma de la Tasa de Interés de Referencia
Las modificaciones en la reforma de la tasa de interés de referencia abordan cuestiones que afectan la información financiera del período anterior al reemplazo de una tasa de interés de referencia existente con una tasa de interés alternativa y abordan las implicaciones para los requisitos específicos de contabilidad de coberturas y revelaciones en la NIIF 9, NIC 39 y NIIF 7. Las modificaciones también aclaran que las entidades continuarían aplicando ciertos requisitos de contabilidad de coberturas suponiendo que el índice de referencia de tasa de interés en el que se basan los flujos de efectivo cubiertos y los flujos de efectivo del instrumento de cobertura no se alterarán como resultado de la reforma del índice de referencia de tasa de interés.
La adopción de las modificaciones mencionadas no ha tenido impacto en los estados financieros de la Sociedad.
Modificaciones a la NIIF 16, Concesiones en renta relacionadas con COVID-19
Las modificaciones introducen un expediente práctico que provee a los arrendatarios la opción de no evaluar si una concesión de renta relacionada con COVID-19 es una modificación de arrendamiento. El expediente práctico es aplicable a concesiones de renta ocurridas como consecuencia directa de la pandemia del COVID-19, y solo si se cumplen todas las siguientes condiciones:
- El cambio en los pagos de renta es sustancialmente igual o menor a la renta que se pagaba inmediatamente previo al cambio.
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-
Cualquier reducción en los pagos de renta afecta únicamente a los pagos comprometidos hasta o antes del 30 de junio de 2021; y
-
No existen cambios sustanciales a otros términos y condiciones del contrato de arrendamiento.
La adopción de las modificaciones mencionadas no ha tenido impacto en los estados financieros de la Sociedad.
Modificaciones a la NIIF 4, Contratos de Seguros en la aplicación de la NIIF 9, Instrumentos Financieros
La enmienda modifica la NIIF 4 brindando dos enfoques para las entidades que emiten contratos de seguros (aseguradoras): el enfoque de superposición y el enfoque de aplazamiento. Mientras que el enfoque de superposición permite reclasificar de resultados a otros resultados integrales alguno de los ingresos o gastos que surgen de los activos financieros designados, el enfoque de aplazamiento permite la exención temporal de no aplicar la NIIF 9 para entidades cuya actividad predominante es la emisión de contratos de seguros. La aplicación de ambos enfoques es opcional y se permite dejar de aplicar los enfoques cuando se adopte la nueva norma de contratos de seguros (NIIF 17). Mientras que el enfoque de superposición es efectivo cuando se aplica la NIIF 9 por primera vez, el enfoque de aplazamiento es efectivo para periodos anuales que iniciaron en o después del 1 de enero de 2018, con aplazamiento efectivo y hasta el 1 de enero de 2023.
La adopción de las modificaciones mencionadas no ha tenido impacto en los estados financieros de la Sociedad.
4.2.2 NIIF nuevas y revisadas emitidas no adoptadas a la fecha
Las NIIF que se detallan a continuación se encuentran emitidas por el IASB y aprobadas por la FACPCE, pero su aplicación no es exigida, admitiéndose su aplicación anticipada, dadas las fechas de vigencia abajo indicadas.
Modificaciones a la NIC 1, Clasificación de pasivos como corriente y no corriente
Las modificaciones buscan promover la coherencia en la aplicación de los principios y requerimientos contables para determinar si en el estado de situación financiera, la deuda o préstamos y otros pasivos con una fecha de liquidación incierta, deben clasificarse como circulantes (por ser exigibles en el corto plazo o potencialmente por liquidarse dentro de un año) o no circulantes. Las modificaciones enfatizan que la afectación es solo en la presentación de pasivos en el estado de situación financiera, y no en revelaciones ni el monto ni el momento de reconocimiento de cualquier activo, pasivo, ingreso o gasto relacionado al pasivo en cuestión. Adicionalmente, las modificaciones aclaran que la clasificación en el estado de situación financiera no se ve afectada por las expectativas de la entidad para ejercer su derecho a diferir la liquidación del pasivo. Asimismo,
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se clarifica la definición de liquidación de un pasivo como la transferencia de efectivo, instrumentos de capital, otros activos o servicios a la contraparte acreedora.
Las modificaciones se aplican retrospectivamente para períodos de reporte anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2022, con aplicación anticipada permitida.
La Sociedad anticipa que la aplicación de las modificaciones mencionadas no tendrá un impacto significativo en los estados financieros de la Sociedad.
Modificaciones a la NIC 16, Beneficios económicos antes del uso previsto de propiedades, planta y equipo
Las modificaciones prohíben deducir del costo de un elemento de propiedades, planta y equipo, cualquier producto de la venta de elementos producidos mientras se lleva ese activo a la ubicación y las condiciones necesarias para que pueda operar de la manera prevista por la administración. En cambio, una entidad debe reconocer en el estado de resultados los ingresos de la venta de dichos elementos producidos, y el costo de producirlos.
Las modificaciones se aplican retrospectivamente a elementos de propiedad, planta y equipo que son llevados al lugar o condición necesario para operar en la manera intencionada por la administración en períodos de reporte anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2022, con aplicación anticipada permitida.
La Sociedad anticipa que la aplicación de las modificaciones mencionadas no tendrá un impacto significativo en los estados financieros de la Sociedad.
Modificaciones a la NIC 37, Costos para completar un contrato oneroso
Las enmiendas especifican que el costo de cumplimiento de un contrato comprende los costos que se relacionan directamente con el contrato. Los costos que se relacionan directamente con un contrato pueden ser costos incrementales de cumplimiento de ese contrato (ejemplos serían mano de obra directa y materiales) o una asignación de otros costos que se relacionan directamente con el cumplimiento de contratos (un ejemplo sería la asignación del gasto por depreciación de un elemento de propiedad, planta y equipo que es utilizado para cumplir el contrato).
Las modificaciones se aplican de manera prospectiva para contratos cuyos costos de cumplimiento no han sido cubiertos por la Compañía en períodos de reporte anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2022, con aplicación anticipada permitida.
La Sociedad anticipa que la aplicación de las modificaciones mencionadas no tendrá un impacto significativo en los estados financieros de la Sociedad.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
NIIF 17 - Contratos de seguros
La NIIF 17 establece los principios para el reconocimiento, medición, presentación y revelación de los contratos de seguro y reemplaza la NIIF 4, Contratos de seguro. La NIIF 17 describe un modelo general, que se modifica para los contratos de seguro con características de participación directa, descrito como el enfoque de tarifa variable.
La norma es efectiva para los períodos de reporte anual que comiencen a partir del 1 de enero de 2023, con aplicación anticipada permitida. Se aplica retrospectivamente a menos que no sea práctico, en cuyo caso se aplica el enfoque retrospectivo modificado o el enfoque del valor razonable.
Para propósitos de los requisitos de transición, la fecha de aplicación inicial es el comienzo del período de informe anual en el que la entidad aplica por primera vez la NIIF 17, y la fecha de transición es el comienzo del período inmediatamente anterior a la fecha de aplicación inicial.
La Sociedad anticipa que la aplicación de las modificaciones mencionadas no tendrá un impacto significativo en los estados financieros de la Sociedad.
Modificaciones a las NIIF 9, NIC 39, NIIF 7, NIIF 17 y NIIF 16 – Reforma de la Tasa de Interés de Referencia parte 2
En agosto de 2020, el IASB emitió modificaciones que resultan aplicables para los ejercicios iniciados en o a partir del 1° de enero de 2021, permitiendo su aplicación anticipada.
El objetivo de estas modificaciones es proporcionar a las entidades, soluciones prácticas para tratar los efectos de la transición a las tasas de interés de referencia alternativas, cuando generan cambios en los flujos de efectivo contractuales o en las relaciones de cobertura.
Las modificaciones emitidas tienen lugar en las siguientes áreas claves:
-Activos financieros, pasivos financieros y pasivos por arrendamiento: se emitió una solución práctica para los activos y pasivos financieros medidos a costo amortizado, que se vean modificados como consecuencia directa de la reforma de las tasas de interés de referencia interbancarias. Como solución práctica, el IASB establece que no se traten estas modificaciones de acuerdo al tratamiento que establece NIIF 9 para las modificaciones de los flujos contractuales, sino que se aplique el tratamiento que se indica en dicha norma para los activos y pasivos a tasa variable. Este tratamiento comprende la reestimación prospectiva de estos instrumentos financieros a la tasa de interés efectiva actualizada. Para ello, se exige que la modificación sea consecuencia directa de la reforma de tasas y la base utilizada para determinar los flujos de efectivo sea económicamente equivalente a la base inmediata anterior al reemplazo de tasa. Con el caso de los pasivos por arrendamiento actualizados en función a una tasa que está siendo reemplazada por una tasa alternativa, se propone un tratamiento similar.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
-Coberturas: el IASB emitió soluciones prácticas adicionales a las emitidas en la parte 1, de tal manera que la reforma de la tasa de interés de referencia no genere la interrupción de la contabilidad de coberturas ni la designación de una nueva relación de este tipo. Son las relaciones de cobertura (y la documentación relacionada) que deben modificarse para reflejar los efectos en i) la partida cubierta, ii) el instrumento de cobertura, y iii) el riesgo cubierto. Cualquier ajuste de valuación resultante de las modificaciones se reconoce como parte de la ineficacia.
- Revelación: se requiere información que permita al usuario comprender la naturaleza y alcance de los riesgos a los que está expuesta la entidad y la manera en que se gestionan dichos riesgos, generados por la reforma de las tasas de interés de referencia interbancarias. También se requiere informar sobre el progreso y gestión de la transición a las tasas de referencia alternativas.
La sociedad se encuentra analizando el posible impacto de las modificaciones mencionadas, debido a que a la fecha posee deudas financieras que contemplan la cancelación de intereses sobre tasas determinadas tomando como referencia la tasa LIBOR, con vencimiento más allá del período en el cual se discontinuará la misma; y se encuentra iniciando las negociaciones requeridas para ello.
Mejoras anuales a las NIIF – Ciclo 2018-2020
En mayo de 2020, el IASB emitió el ciclo de mejoras anuales 2018-2020 que resultan aplicables para los ejercicios iniciados en o a partir del 1° de enero de 2022, permitiendo su aplicación anticipada.
A continuación, se resumen las principales normas modificadas y objeto de las mismas:
| Objeto de la | ||
|---|---|---|
| Norma | modificación | Detalle |
| NIIF 1 “Adopción por | La subsidiaria como | Cuando una subsidiaria adopta por primera vez las NIIF |
| primera vez de NIIF” | una entidad que adopta | en una fecha posterior a su controlante, tiene como |
| por primera vez las | opción medir sus activos y pasivos de acuerdo con cómo | |
| Normas NIIF | los midió su controlante en el estado financiero | |
| consolidado, basados en la fecha de transición a NIIF de | ||
| la controlante (sin considerar ajustes de consolidación y | ||
| para los efectos de la combinación de negocios por la | ||
| que la controlante adquirió a la subsidiaria). Tras la | ||
| modificación, esta excepción se hace extensiva a las | ||
| diferencias de conversión acumuladas. |
Una elección similar puede ser hecha por una asociada o negocio conjunto.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
| Objeto de la | ||
|---|---|---|
| Norma | modificación | Detalle |
| NIIF 9 “Instrumentos | Conceptos incluidos en | Una entidad debe dar de baja el pasivo financiero |
| Financieros” | la prueba del "test del | original y reconocer un nuevo pasivo financiero cuando, |
| 10%" para la baja en | entre otros requisitos, hay una modificación sustancial | |
| cuentas de pasivos | en los términos contractuales originales. | |
| financieros | Los términos son sustancialmente diferentes si el valor | |
| presente descontado de los flujos de efectivo bajo los | ||
| nuevos términos que utilizan la tasa de interés efectiva | ||
| original es al menos un 10% diferente del valor presente | ||
| descontado de los flujos de efectivo restantes del | ||
| original, incluida en dicha prueba cualquier concepto | ||
| pagado neto. La modificación aclara que al determinar | ||
| ese valor se incluyen sólo los conceptos pagados o | ||
| recibidos entre el prestatario y el prestamista, | ||
| incluyendo los pagados o recibidos por uno u otro en | ||
| nombre del otro. | ||
| NIIF 16 | Ejemplo ilustrativo- | Se elimina del Ejemplo Ilustrativo 13, el reembolso |
| “Arrendamientos” | Incentivos al | relacionado con las mejoras en la propiedad arrendada. |
| arrendamiento | ||
| NIC 41 “Agricultura” | Impuestos en la | Con el propósito de garantizar la coherencia con los |
| determinación del | requerimientos de la NIIF 13 Mediciones a valor | |
| valor razonable | razonable, las modificaciones eliminan el requisito de | |
| excluir los flujos de efectivo de impuestos en las | ||
| mediciones a valor razonable de un activo biológico | ||
| cuando se utiliza la técnica de valor presente. | ||
| Las modificaciones son aplicadas de manera prospectiva | ||
| para períodos de reporte anuales que comiencen a partir | ||
| del 1 de enero de 2022, con aplicación anticipada | ||
| permitida. |
La Sociedad anticipa que la aplicación de las modificaciones mencionadas no tendrá un impacto significativo en los estados financieros de la Sociedad.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
4.3 Información por segmentos
La información por segmentos se presenta de manera consistente con la información interna brindada al Comité de Dirección, quien es la máxima autoridad relacionada con la toma de decisiones (traducción al español de Chief Operating Decision Maker o CODM por su sigla en inglés). El CODM es el responsable de asignar recursos y establecer el rendimiento de los segmentos de operaciones de la entidad y ha sido identificado como el órgano que ejecuta las decisiones estratégicas de la Sociedad.
La Sociedad analiza los Segmentos de operación a nivel consolidado, por lo tanto, expone información sobre los mismos en la Nota 9 de sus estados financieros consolidados.
4.4 Conversión de moneda extranjera
4.4.1 Moneda funcional y de presentación
Las partidas que se incluyen en los estados financieros de la Sociedad se miden utilizando la moneda del entorno económico principal en el que opera la entidad (“la moneda funcional”), que es el peso argentino, sobre la base de los parámetros establecidos en la NIC 21. Los estados financieros consolidados se presentan en miles de pesos argentinos, que es la moneda de presentación de la Sociedad.
4.4.2 Operaciones y saldos en moneda extranjera
Las operaciones en moneda extranjera se convierten a la moneda funcional aplicando los tipos de cambio vigentes a las fechas de las transacciones. Las ganancias y pérdidas por diferencia de cambio derivadas de cada transacción y por la conversión de los activos y pasivos monetarios denominados en moneda extranjera al cierre del ejercicio, se reconocen en el resultado del ejercicio.
4.5 Reconocimiento de ingresos
Los ingresos se calculan al valor razonable de la contraprestación cobrada o por cobrar, teniendo en cuenta el importe estimado de cualquier descuento, bonificación o rebaja comercial que la Sociedad pueda otorgar.
La Sociedad reconoce los ingresos por ventas cuando los importes relacionados pueden ser estimados confiablemente, cuando es probable que beneficios económicos futuros fluyan a la entidad y cuando los criterios específicos para cada una de las actividades se han cumplido. La Gerencia basa sus estimaciones en la experiencia histórica, tomando en consideración el tipo de cliente, el tipo de transacción y las características específicas de cada acuerdo.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
La Sociedad reconoce los ingresos por ventas sobre la base de las entregas de gas y su transporte y distribución a los clientes, incluyendo los montos estimados de gas entregado pero aún no facturados al cierre de cada ejercicio. El reconocimiento contable de los ingresos por distribución y transporte de gas se produce en el momento de la prestación del servicio.
Los montos efectivamente entregados han sido determinados de acuerdo con los volúmenes de gas comprados y otros datos. Las ventas no facturadas al cierre del ejercicio se reconocen en base a estimaciones realizadas por la Dirección.
Los ingresos por intereses se reconocen sobre la base de la proporción de tiempo transcurrido, utilizando el método de la tasa efectiva. El ingreso por intereses de préstamos o colocaciones provisionadas se reconoce usando la tasa efectiva original del instrumento.
4.5.1 Reconocimiento de ingresos por Resolución MINEM N° 508-E/2017
La Resolución MINEM N° 508-E/2017, aplicable a partir de enero de 2018, encuadra dentro del alcance de la NIC 20 “Subvenciones del gobierno” (ver Nota 2.2.2 a los presentes estados financieros consolidados).
El reconocimiento de estos ingresos es efectuado en base a los montos efectivamente facturados al cierre de cada período considerando la existencia de seguridad razonable respecto a su cobro.
Este concepto ha sido expuesto en la línea “Resolución MINEM N° 508-E/2017” dentro del rubro “Ingresos Ordinarios” (ver Nota 26 a los presentes estados financieros consolidados).
La diferencia entre los ingresos reconocidos y los anticipos recibidos por el MINEM se exponen en el rubro Otros créditos.
4.5.2 Reconocimiento de ingresos por Diferencias Diarias Acumuladas
El Decreto N° 1.053/2018 encuadra dentro del alcance de la NIC 20 “Subvenciones del gobierno” (ver Nota 2.2.3 a los presentes estados financieros consolidados).
El ingreso por DDA se registró como un menor costo en la línea “Suministro de gas” dentro de los Costos de operación del Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral, y los montos pendientes de cobro por parte del Estado nacional y de pago a los productores de gas se exponen en el rubro Otros créditos y Cuentas por pagar, respectivamente.
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4.6 Propiedades, planta y equipo
A la fecha de transición de implementación de las NIIF, 1° de enero del 2012, la Sociedad había optado por considerar como costo atribuido de las Propiedades, planta y equipo, que incluyen los Activos esenciales para la prestación del servicio y otros bienes, el costo de los mismos reexpresados en moneda constante hasta el 1 de marzo de 2003 de acuerdo a las normas contables previas y normas de la CNV.
A los efectos de la determinación del costo, para los bienes recibidos en el momento de otorgarse la Licencia, se había tomado el valor global de transferencia definido en el Contrato de Transferencia, que surgía como contrapartida de los aportes efectuados y el pasivo transferido. Sobre la base de un trabajo especial efectuado por peritos independientes en el año 1993, luego se realizó la asignación del valor de origen global entre las distintas categorías de bienes que lo integraban, asignándole como vida útil los años de servicio restantes estimados en función de cada tipo de bien, estado de conservación y planes de renovación y mantenimiento.
Los bienes incorporados al patrimonio con posterioridad al momento de otorgarse la Licencia fueron valuados a su costo de adquisición reexpresado como se detalla en el primer párrafo, excepto en el caso de las redes de distribución construidas por terceros que se valúan conforme lo establecido por la CINIIF 18 al valor razonable de la contraprestación recibida. Dicho valor es determinado en función a los montos equivalentes a determinados metros cúbicos de gas determinados por el ENARGAS a compensar a dichos terceros.
Con fecha efectiva 1° de abril de 2017, MetroGAS decidió utilizar, dentro de los dos modelos previstos en las NIIF, el modelo de la revaluación para la valuación de sus Activos esenciales dentro del rubro Propiedades, planta y equipo, los que incluyen: Ramales de alta presión, Conductos y redes en media y baja presión, Estaciones de regulación y/o medición de presión, Instalaciones de medición de consumos y Redes cedidas por terceros. El cambio de criterio de valuación del modelo de costo al de revaluación se aplicó en forma prospectiva de acuerdo con la NIC 8.
Este cambio de política contable permite valuar los Activos esenciales a valores que se aproximen a su valor razonable y de esta forma brindar información más relevante en el estado de situación financiera.
4.6.1. Activos esenciales
Tal como se menciona en el punto anterior, con fecha efectiva 1° de abril de 2017 los Activos esenciales se miden por el “modelo de revaluación” establecido en la NIC 16 – Propiedades, planta y equipo-, menos la depreciación acumulada y las pérdidas por deterioro subsecuentes.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
De acuerdo a lo requerido por las normas vigentes de la CNV en los casos de valuación de Propiedades, planta y equipo a valores razonables, la Sociedad encomienda dicha valuación a peritos expertos independientes, que actúan como asesores del Directorio de la Sociedad; quién asume la responsabilidad final de la medición.
Las revaluaciones se hacen con la frecuencia necesaria de tal forma que el valor registrado contablemente no difiera significativamente del valor razonable de los Activos esenciales a la fecha de cada medición. La depreciación acumulada a la fecha de cada revaluación se netea contra el valor de origen de los Activos esenciales revaluados.
La medición de los Activos esenciales a valor razonable es clasificada de acuerdo al Nivel 3 establecido en la NIIF 13, ya que, debido a la naturaleza particular de estos bienes, no existen valores comparables de mercado.
El incremento del importe en libros de un activo como consecuencia de una revaluación se reconoce en la cuenta Revaluación de Propiedades, planta y equipo en el rubro Otros Resultados Integrales Acumulados (“ORIA”) del Patrimonio Neto, neto del impuesto diferido correspondiente. Cuando se reduzca el importe en libros de un activo como consecuencia de una revaluación, tal disminución se reconocerá en el resultado del período en la medida que exceda el saldo de la cuenta Otros Resultados Integrales Acumulados.
La depreciación, basada en un criterio de componentes, se calcula utilizando el método de la línea recta en función de la vida útil estimada restante al momento de la revaluación:
| • Conductos y redes en media y baja presión • Ramales de alta presión • Estaciones de regulación y medición de presión • Instalaciones de medición de consumos |
Años de vida útil estimada restante |
|---|---|
| 26-31 23 7 7 |
El cargo por depreciación de cada período se reconoce en el resultado del período, salvo que se haya incluido en el importe en libros de otros activos.
La cuenta Revaluación de Propiedades, planta y equipo incluida en rubro Otros Resultados Integrales del Patrimonio Neto disminuye por el consumo, retiro y disposición de los Activos Esenciales, con contrapartida en la cuenta de Resultados no Asignados del Patrimonio Neto, sin afectar el Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral del período o ejercicio.
Al 31 de diciembre de 2020 la Sociedad ha consumido el saldo de la cuenta Revaluación de Propiedades, planta y equipo incluida en rubro Otros Resultados Integrales del Patrimonio Neto y
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
se registró un deterioro del valor de los activos (ver Nota 5.1 a los presentes estados financieros consolidados).
Por lo tanto, si la Sociedad hubiera medido los Activos esenciales de acuerdo con el método anterior de costo reexpresado, al 31 de diciembre de 2020 el valor residual de dichos activos sería el mismo que el valor de los Activos esenciales medidos a valor razonable.
4.6.2 Otros activos no esenciales
Los bienes comprendidos en el rubro Propiedades, planta y equipo, que no son activos esenciales son: Terrenos, Edificios y construcciones civiles, Otras instalaciones técnicas, Máquinas, equipos y herramientas, Servicios informáticos y de telecomunicaciones, Vehículos, Muebles y útiles, Materiales, Gas en cañerías y Obras en curso.
Estos bienes son valuados a costo reexpresado en moneda de cierre de acuerdo a lo mencionado en la Nota 3, menos la depreciación acumulada, en caso de corresponder, y el importe por deterioro acumulado, si lo hubiere.
La depreciación, basada en un criterio de componentes, se calcula utilizando el método de la línea recta durante la vida útil estimada de los activos, como se detalla a continuación:
| • Otras instalaciones técnicas • Sistemas informáticos y de telecomunicaciones • Edificios y construcciones civiles • Máquinas, equipos y herramientas • Vehículos • Muebles y útiles |
Años de vida útil estimada |
|---|---|
| 15 5 50 5-15 5-10 10 |
Los terrenos, materiales, gas en cañerías y obras en curso no son depreciados. Los valores residuales y las vidas útiles de los activos se revisan, y ajustan en caso de corresponder, como mínimo al cierre de cada ejercicio.
4.6.3. Criterios de valuación comunes a Activos esenciales y no esenciales
Los costos posteriores (mantenimientos mayores y costos de reconstrucción) son incluidos en el valor de los activos o reconocidos como un activo separado según el caso, solamente cuando es probable que los beneficios futuros asociados con los bienes fluyan a la Sociedad, siendo posible, a su vez, que los costos del bien puedan ser medidos confiablemente y la inversión mejore la condición
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del activo más allá de su estado original. Los gastos restantes por reparaciones y mantenimiento se reconocen en el resultado del período o ejercicio en que se incurren.
Las obras en curso son valuadas en función de los costos incurridos. Las obras en curso se registran al costo reexpresado en moneda de cierre de acuerdo a lo mencionado en la Nota 3, menos cualquier pérdida por deterioro, en caso de corresponder. El costo incluye gastos atribuibles a la construcción, incluyendo costos por préstamos capitalizados conforme a las NIIF, cuando los mismos forman parte del costo incurrido para el propósito de adquisición, construcción o producción de Propiedades, planta y equipo que necesariamente toma un período de tiempo considerable hasta que se encuentre en condiciones de uso. La capitalización de los costos financieros cesa cuando el activo se encuentra sustancialmente terminado o suspendido, en el caso de que el desarrollo del mismo se encuentre en este último estado. La Sociedad activa los costos atribuibles a las actividades realizadas de planificación, ejecución y control de las inversiones en Propiedades, planta y equipo. La depreciación de estos activos se inicia cuando los mismos están en condiciones económicas de uso.
Los resultados por ventas de Propiedades, planta y equipo son contabilizados cuando los riesgos y beneficios significativos han sido transferidos al comprador. Los resultados por ventas se determinan comparando los importes cobrados, neto de gastos directos de venta, con el valor contable del bien, y son reconocidos dentro de otros ingresos y egresos en el Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro resultado integral. En el caso de los Activos esenciales, adicionalmente se reversa la Reserva por revaluación de Propiedades, planta y equipo incluida en Otros resultados integrales del Patrimonio Neto, de existir, con contrapartida en los Resultados no asignados.
4.7 Propiedades de inversión
Las propiedades de inversión comprenden ciertos inmuebles que la Sociedad mantiene para obtener ingresos por alquileres a largo plazo como también para la apreciación de su valor, no siendo ocupadas por la Sociedad para sus propias operaciones.
La Sociedad ha adoptado el modelo de costo para todas sus propiedades de inversión. Por lo tanto, las propiedades de inversión se registran al valor de costo reexpresado a moneda de cierre de acuerdo a lo mencionado en la Nota 3, menos las depreciaciones y desvalorizaciones acumuladas, si las hubiere.
Bajo el modelo de costo, una propiedad de inversión se desvaloriza si su valor contable excede a su valor recuperable. Los costos posteriores al reconocimiento inicial, se incluyen en el valor contable de los activos o se reconocen como un activo separado, según corresponda, sólo cuando es probable que dichos costos generen beneficios económicos futuros para la Sociedad y los mismos puedan medirse de manera confiable. Dichos costos pueden incluir el costo de mejoras o de reemplazos de partes que reúnen las condiciones para su capitalización. Se da de baja al valor contable de la parte reemplazada.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
4.8 Bienes intangibles
Los bienes intangibles incluyen la adquisición y desarrollo de nuevos sistemas. La Sociedad ha adoptado el modelo de costo para valuar los bienes intangibles según lo establecido en la NIC 38, por lo tanto, los bienes intangibles se registran al valor de costo reexpresado a moneda de cierre de acuerdo a lo mencionado en la Nota 3, menos las depreciaciones reexpresadas y desvalorizaciones acumuladas, si las hubiere. La depreciación se calcula utilizando el método de línea recta durante la vida útil estimada de los activos.
4.9 Deterioro del valor de los activos
A la fecha de cierre de cada ejercicio, la Sociedad revisa los valores contables de sus Propiedades, planta y equipo, Propiedades de inversión y Bienes intangibles para determinar si existen indicios de que dichos activos no son recuperables.
La política de deterioro del valor de los activos no corrientes se describe en Nota 5 “Estimaciones y juicios contables críticos”.
4.10 Activos y pasivos financieros
Los activos y pasivos financieros se reconocen cuando una entidad de la Sociedad pasa a formar parte de las disposiciones contractuales del instrumento.
Los activos y pasivos financieros se miden inicialmente al valor razonable. Los costos de transacción que son directamente atribuibles a la adquisición o emisión de activos y pasivos financieros (distintos a los activos y pasivos financieros designados al valor razonable con cambio en los resultados) se agregan o deducen del valor razonable de los activos o pasivos financieros, cuando sea apropiado, al momento del reconocimiento inicial. Los costos de transacción directamente atribuibles a la adquisición de activos o pasivos financieros designados al valor razonable con cambio en los resultados se reconocen de inmediato en ganancias o pérdidas.
4.10.1 Clasificación
La Sociedad clasifica los activos financieros en las siguientes categorías: activos medidos a valor razonable y activos medidos a costo amortizado. Esta clasificación depende de si el activo financiero es una inversión en un instrumento de deuda o de patrimonio. Para ser medido a costo amortizado se deben cumplir las dos condiciones descriptas abajo. Los restantes activos financieros se miden a valor razonable. La NIIF 9 requiere que todas las inversiones en instrumentos de patrimonio sean medidas a valor razonable.
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a) Activos financieros a costo amortizado
Los activos financieros son medidos a costo amortizado si cumplen las siguientes condiciones:
-
i) El objetivo del modelo de negocio de la Sociedad es mantener los activos para obtener los flujos de efectivo contractuales; y
-
ii) las condiciones contractuales dan lugar, en fechas especificadas, a flujos de efectivo que son únicamente pagos del principal e intereses sobre el principal.
Al 31 de diciembre de 2020 y 2019, los activos financieros a costo amortizado de la Sociedad comprenden Efectivo y equivalentes de efectivo (excepto los fondos comunes de inversión), Créditos por ventas y Otros créditos.
b) Activos financieros a valor razonable
Si alguna de las condiciones detalladas arriba no se cumple, los activos financieros son medidos a valor razonable con cambios en resultados.
Al 31 de diciembre de 2020 y 2019, los activos financieros de la Sociedad a valor razonable con cambios en resultados comprenden principalmente fondos comunes de inversión.
4.10.2 Reconocimiento y medición
Los activos financieros se reconocen inicialmente a su valor razonable más, en el caso de activos financieros que no se miden a valor razonable con cambios en resultados, los costos de transacción que sean directamente atribuibles a la adquisición de los activos financieros.
4.10.3 Deterioro del valor de activos financieros
El modelo de deterioro de acuerdo con la NIIF 9 refleja pérdidas crediticias esperadas, en oposición a las pérdidas crediticias incurridas según la NIC 39. En el alcance del deterioro en la NIIF 9, ya no es necesario que ocurra un suceso crediticio antes de que se reconozcan las pérdidas crediticias. En cambio, una entidad siempre contabiliza tanto las pérdidas crediticias esperadas como sus cambios. El importe de pérdidas crediticias esperadas debe ser actualizado al cierre de cada período o ejercicio para reflejar los cambios en el riesgo crediticio desde el reconocimiento inicial.
MetroGAS cuenta entre sus clientes con una gran cantidad de usuarios residenciales (aproximadamente 2,4 millones de clientes) y algunos grandes clientes compuestos por centrales eléctricas, industrias, comercios, entidades públicas y estaciones de GNC.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
La Sociedad calculó el deterioro de sus activos financieros aplicando el modelo simplificado agrupando los activos en función del tipo de cliente: i) clientes residenciales, ii) grandes clientes.
Para determinar la pérdida crediticia esperada de los clientes residenciales, al tratarse de un gran número de clientes localizados en una misma área geográfica y con características de riesgo crediticio comunes, la Sociedad ha preparado una matriz a partir de su registro de tasas de impago históricas a lo largo de la vida esperada de las cuentas por cobrar y las ha ajustado por las circunstancias relativas a las condiciones económicas futuras.
Definido cada grupo, se asignó una tasa de incobrabilidad esperada calculada en base a tasas de impago históricas al 31 de diciembre de 2020 ajustadas a las condiciones económicas futuras.
Para los grandes clientes, la Sociedad realizó un análisis individual de los créditos que representan un riesgo (riesgo de quiebra, clientes involucrados en un procedimiento judicial con la Sociedad) al cierre del ejercicio.
4.10.4 Compensación de instrumentos financieros
Los activos y pasivos financieros se compensan y el valor neto se informa en el estado de situación financiera cuando existe un derecho exigible legalmente de compensar los valores reconocidos y existe una intención de pagar en forma neta, o de realizar el activo y cancelar el pasivo simultáneamente.
4.11 Créditos por ventas
Los créditos originados por servicios facturados y no cobrados a clientes, y aquellos devengados y no facturados a la fecha del cierre de cada ejercicio, son reconocidos considerando la simplificación establecida por la IFRS 15 para créditos con vencimiento menor a un año.
Los créditos por ventas incluyen servicios devengados que se encuentran sin facturar a la fecha de cierre del ejercicio.
Los créditos por ventas están expresados netos de la provisión para deudores incobrables, la cual se basa en las estimaciones de cobro realizadas por la Sociedad.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
4.12 Otros créditos
Los otros créditos son reconocidos inicialmente a su valor razonable (generalmente el monto original de la facturación/liquidación) y posteriormente medidas a costo amortizado, usando el método del interés efectivo y cuando fuere significativo, ajustado al valor temporal de la moneda.
Los otros créditos están expresados netos de la provisión para deudores incobrables, la cual se basa en las estimaciones de cobro realizadas por la Sociedad.
4.13 Efectivo y equivalentes de efectivo
En el estado de flujo de efectivo, el efectivo y equivalentes de efectivo incluyen el efectivo en caja, los depósitos a la vista en entidades bancarias y otras inversiones con bajo riesgo de variación de valor y a corto plazo de gran liquidez con un vencimiento original de tres meses o menos desde el momento de su adquisición.
4.14 Inventarios
Los inventarios incluyen los detectores de gas natural y monóxido de carbono. Los inventarios se valúan por el menor valor entre el costo reexpresado a moneda de cierre de acuerdo a lo mencionado en la Nota 3 y el valor neto de realización. El costo incluye los costos de adquisición (neto de descuentos, devoluciones y similares), transformación, así como otros costos en lo que se haya incurrido para dar a las existencias su ubicación y condiciones para ser comercializados.
4.15 Cuentas por pagar
Las cuentas por pagar son obligaciones de pago con proveedores por compras de bienes y servicios generadas en el curso ordinario de los negocios. Las deudas comerciales se reconocen inicialmente a valor razonable y con posterioridad se miden a costo amortizado utilizando el método de la tasa de interés efectiva.
La línea denominada “Fideicomisos”, expuesta en este rubro comprenden a los montos cobrados que estaban pendientes de depósito al cierre de cada ejercicio correspondientes a los cargos que se mencionaran en Nota 2.4.1.
4.16 Otras deudas
Las otras deudas se reconocen inicialmente a valor razonable y con posterioridad se miden a costo amortizado utilizando el método de la tasa de interés efectiva.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
4.17 Costos por préstamos
Los costos por préstamos atribuibles directamente a la adquisición, construcción o producción de activos aptos, que son aquellos que requieren de un período sustancial antes de estar listos para el uso al que están destinados o para la venta, son capitalizados como parte del costo de dichos activos hasta que los mismos estén aptos para su uso o venta.
El ingreso percibido por la inversión temporal en préstamos específicos pendientes para ser consumidos en activos calificados es deducido de los costos por préstamos aptos para su capitalización.
Los demás costos por préstamos son reconocidos como gastos en el período en que se incurren.
4.18 Impuesto a las ganancias
El cargo por impuesto a las ganancias del ejercicio incluye el cargo por impuesto corriente y diferido. Los cargos por impuesto a las ganancias se reconocen en el estado de pérdidas y ganancias, excepto si se relacionan con conceptos contabilizados en otros resultados integrales o directamente en el patrimonio, en cuyo caso, el impuesto se contabiliza en otros resultados integrales o directamente en el patrimonio, respectivamente.
La Sociedad determina el cargo contable por impuesto a las ganancias de acuerdo con el método del impuesto diferido, el cual considera el efecto de las diferencias temporarias originadas en la distinta base de medición de activos y pasivos según criterios contables e impositivos, a la tasa impositiva que promulgada o sustancialmente promulgada a la fecha de los estados contables, se espera esté vigente al momento de su reversión o utilización, que de acuerdo a las últimas modificaciones introducidas por la en la Ley de Solidaridad Social y reactivación productiva en el marco de la emergencia pública N° 27.541 (la “Ley de Solidaridad Social”), se estableció una tasa del 30% para los ejercicios 2020 y 2021, y 25% a partir del ejercicio 2022.
Los activos por impuesto diferido se registran en la medida en que sea probable la existencia de ganancias imponibles en el futuro contra las cuales se puedan compensar las diferencias temporarias.
Con fecha 20 de septiembre de 2013 fue promulgada la Ley N° 26.893, que estableció un gravamen en concepto del mencionado impuesto con carácter de pago único y definitivo del 10% sobre los dividendos que se distribuyan en dinero o en especie –excepto en acciones o cuotas partes- a beneficiarios del exterior, y a personas físicas residentes en el país, sin perjuicio de la retención del 35% antes mencionada.
Finalmente, la Ley N° 27.430 de Reforma tributaria también estableció, entre otras cuestiones, una retención sobre los dividendos del 7% para los ejercicios 2018 y 2019, y del 13% a partir del 2020.
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La Ley N° 27.468 publicada en el B.O. el 4 de diciembre de 2018 dispuso que a los fines de aplicar el procedimiento de ajuste por inflación impositivo el mismo tendrá vigencia para los ejercicios que se inicien a partir del 1° de enero de 2018. Respecto del primero, segundo y tercer ejercicio a partir de su vigencia, ese procedimiento será aplicable en caso de que la variación del IPC, calculada desde el inicio y hasta el cierre de cada uno de esos ejercicios superase un 55%, un 30% y en un 15%, para el primero, segundo y tercer año de aplicación, respectivamente.
La Sociedad aplicó al 31 de diciembre de 2020 el procedimiento de ajuste por inflación impositivo considerando que el IPC al 31 de diciembre de 2020 ha superado el 15% mencionado.
4.19 Remuneraciones y cargas sociales
Las gratificaciones al personal se contabilizan como un pasivo y un gasto por gratificaciones en base a las condiciones y políticas establecidas por la Sociedad. Se registra una provisión cuando la Sociedad está obligada contractualmente o cuando exista una práctica en el pasado que haya creado una obligación implícita para la Sociedad.
Las indemnizaciones al personal se contabilizan como un pasivo y un gasto de personal cuando la relación laboral cesa, por decisión del empleador, antes de la fecha normal de jubilación o cuando un empleado acepta un retiro voluntario a cambio de dicha indemnización.
La Sociedad no posee planes de contribuciones definidas, adicionales a la contribución efectuada al Régimen Nacional de la Seguridad Social de acuerdo con regulaciones vigentes en Argentina, ni planes de beneficios definidos. Asimismo, la Sociedad no mantiene ningún programa de pagos basados en acciones.
4.20 Pasivo concursal
El pasivo concursal comprende los pasivos sujetos al procedimiento del concurso preventivo de acreedores solicitado por la Sociedad el 17 de junio de 2012. Los pasivos han sido valuados a costo amortizado considerando, de corresponder, los intereses financieros devengados hasta la fecha de presentación del concurso preventivo momento a partir del cual quedó interrumpido el curso de los mismos según lo dispone el art.19 de la LCQ. Los pasivos en moneda extranjera han sido valuados a los tipos de cambio al cierre del ejercicio.
Desde la resolución judicial que homologó la propuesta concursal el 6 de septiembre de 2012, el pasivo concursal incluye las deudas declaradas verificadas y admisibles con acreedores privilegiados pendientes de cancelación y deudas litigiosas o verificaciones tardías pendientes de resolución por el juez del concurso.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
4.21 Deuda financiera
Las deudas financieras son reconocidas inicialmente a su valor razonable, neto de los costos de transacción incurridos. Dado que la Sociedad no tiene pasivos financieros cuyas características requieran la contabilización a valor razonable, de acuerdo a las NIIF vigentes, con posterioridad al reconocimiento inicial la deuda financiera es valuada a costo amortizado.
4.22 Provisiones
Las provisiones se reconocen en los casos en que la Sociedad, frente a una obligación presente a su cargo, ya sea legal o implícita, originada en un suceso pasado, resulta probable que se requiera una salida de recursos para cancelar la obligación, y se puede realizar una estimación confiable del importe de la misma. No se reconocen provisiones por pérdidas operativas futuras.
El importe reconocido como provisiones es la mejor estimación de desembolso necesario para cancelar la obligación presente, al final del ejercicio sobre el que se informa, teniendo en cuenta los riesgos e incertidumbres correspondientes.
Se han constituido provisiones incluidas en el pasivo para cubrir eventuales situaciones contingentes que podrían originar obligaciones de pago futuras. En la estimación de sus montos y probabilidades de concreción se ha considerado la opinión de los asesores legales de la Sociedad.
Cuando se espera la recuperación de algunos o todos los beneficios económicos requeridos para cancelar una provisión, se reconoce una cuenta por cobrar como un activo si es virtualmente seguro que se recibirá el desembolso y el monto de la cuenta por cobrar puede ser medido con fiabilidad.
4.23 Arrendamientos
- a) Como arrendatario
Para todos los arrendamientos la Sociedad reconoce los activos por derecho de uso y los pasivos por arrendamientos en el estado de situación patrimonial, medido individualmente al valor presente de pagos de arrendamiento futuro.
- Activo por derecho de uso
El costo del derecho de uso de los activos incluye las siguientes partidas:
- el importe de la medición inicial del pasivo por arrendamiento (según se describe más adelante);
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
-
cualquier pago por arrendamiento abonado al arrendador con anterioridad a la fecha de comienzo o en la misma fecha, una vez descontado cualquier incentivo recibido por el arrendamiento;
-
los costos directos iniciales incurridos por el arrendatario; y
-
una estimación de los costos a incurrir por el arrendatario al desmantelar y eliminar el activo subyacente, restaurar el lugar en el que se localiza o restaurar el activo subyacente a la condición requerida por los términos y condiciones del arrendamiento, a menos que se incurra en esos costos al producir los inventarios. El arrendatario podría incurrir en obligaciones a consecuencia de esos costos ya sea en la fecha de comienzo o como una consecuencia de haber usado el activo subyacente durante un periodo determinado.
Posteriormente, la valoración del derecho de uso de los activos se realiza utilizando el modelo del costo de la NIC 16 “Propiedades, planta y equipo” (reconociendo por tanto la amortización y el deterioro en la cuenta de pérdidas y ganancias). No obstante, la NIIF 16 exige que la valoración del derecho de uso de una inversión inmobiliaria arrendada se realice a su valor razonable en virtud de lo dispuesto en la norma NIC 40 “Propiedades de inversión” para las inversiones inmobiliarias que posea.
- Pasivo por arrendamiento
La Sociedad mide el pasivo por arrendamiento al valor presente de los pagos por arrendamiento que no se hayan pagado en esa fecha. Los pagos por arrendamiento se descuentan usando la tasa incremental por préstamos del arrendatario.
Los pasivos por arrendamiento incluyen las siguientes partidas:
-
pagos fijos (incluyendo los pagos en esencia fijos), menos cualquier incentivo de arrendamiento por cobrar;
-
pagos variables, que dependen de un índice o una tasa, inicialmente medidos usando el índice o tasa (por ejemplo, pagos vinculados al índice de precios al consumidor, precios vinculados a una tasa de interés de referencia, tal como la LIBOR, o pagos que varían para reflejar cambios en los precios de alquiler del mercado) en la fecha de comienzo del contrato;
-
importes que el arrendatario espera pagar como garantías de valor residual;
-
el precio de ejercicio de una opción de compra si el arrendatario está razonablemente seguro de ejercer esa opción; y
-
pagos de penalizaciones por terminar el arrendamiento, si el período del arrendamiento refleja que el arrendatario ejercerá una opción de terminarlo por parte del arrendatario (es decir, porque existe una certeza razonable al respecto).
Posteriormente, la Sociedad incrementa el pasivo por el arrendamiento para reflejar el interés devengado (y reconocido en la cuenta de pérdidas y ganancias), deduce las cuotas que se van
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pagando del pasivo y recalcula de nuevo el valor contable para reflejar cualquier revisión, modificación del arrendamiento o revisión de las denominadas cuotas “en sustancia” fijas.
- Revisión del pasivo por arrendamiento
La Sociedad revisa el pasivo por arrendamiento en los siguientes casos:
-
cuando se produzca un cambio en el importe esperado a pagar en virtud de una garantía de valor residual;
-
cuando se produzca un cambio en las futuras cuotas de arrendamiento para reflejar la variación de un índice o en un tipo de interés utilizado para determinar dichas cuotas (incluida, por ejemplo, una revisión del alquiler de mercado);
-
cuando se produzca un cambio en la duración del arrendamiento como resultado de una modificación en el periodo no cancelable del mismo (por ejemplo, si el arrendatario no ejerce una opción previamente incluida en la determinación del periodo de arrendamiento); o
-
cuando se produzca un cambio en la evaluación de la opción de compra del activo subyacente.
-
b) Como arrendador
La NIIF 16 exige al arrendador clasificar el arrendamiento en operativo o financiero. Un arrendamiento financiero es un arrendamiento en el que se transfieren sustancialmente todos los riesgos y beneficios derivados de la propiedad del activo. Un arrendamiento se clasificará como operativo si no transfiere sustancialmente todos los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad de un activo subyacente.
La clasificación del arrendamiento se realiza en la fecha de inicio del acuerdo y se evalúa nuevamente solo si se produce una modificación del arrendamiento. Los cambios en las estimaciones (por ejemplo, las que suponen modificaciones en la vida económica o en el valor residual del activo subyacente) o los cambios en circunstancias (por ejemplo, el incumplimiento por parte del arrendatario), no darán lugar a una nueva clasificación del arrendamiento a efectos contables.
4.24 Saldos con partes relacionadas
Los créditos y deudas con partes relacionadas son reconocidos inicialmente a su valor razonable y posteriormente medidos a costo amortizado, de acuerdo al interés efectivo pactado entre las partes involucradas.
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4.25 Patrimonio neto
Las partidas de patrimonio neto han sido valuadas de acuerdo a las normas contables vigentes a la fecha de transición. La registración de movimientos del mencionado rubro se realizó de acuerdo a decisiones asamblearias, normas legales o reglamentarias, aunque tales partidas hubieran tenido un saldo diferente en caso de haberse aplicado en el pasado las NIIF.
a) Capital social
Está formado por los aportes efectuados por los accionistas representados por acciones y comprende a las acciones en circulación a su valor nominal. El Capital social ha sido reexpresado aplicando el procedimiento de ajuste descripto en la Nota 3, en función de las respectivas fechas de suscripción. La cuenta “Capital social” se expone a su valor nominal, de acuerdo con disposiciones legales, y la diferencia con su importe reexpresado se presenta en la cuenta “Ajuste de capital social”.
b) Reserva legal
De acuerdo a las disposiciones de la Ley N° 19.550, la Sociedad debe constituir una reserva no inferior al 5% del resultado positivo surgido de la sumatoria del resultado del ejercicio, los ajustes de ejercicios anteriores, las transferencias de otros resultados integrales a resultados acumulados y las pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores, hasta alcanzar el 20% del Capital Social más el saldo de la cuenta Ajuste de capital.
c) Resultados acumulados
Los resultados no asignados a la fecha de inicio de aplicación de la NIC 29 (1° de enero de 2017) se han determinado por diferencia patrimonial y, a partir de ese momento, se han reexpresado en moneda de cierre aplicando el procedimiento de ajuste descripto en la Nota 3, considerando los movimientos de cada ejercicio.
El rubro ORIA incluido en la sección resultados acumulados del Patrimonio Neto incluye la cuenta Revaluación de Propiedades, planta y equipo, neto del impuesto diferido correspondiente. Dicha cuenta de revaluación de Propiedades, planta y equipo disminuye por el consumo, retiro y disposición de los Activos esenciales, con contrapartida en la cuenta de Resultados no Asignados del Patrimonio Neto, sin afectar el Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral del período o ejercicio.
Cuando el saldo neto de los ORIA al cierre de un ejercicio o período sea positivo, éste no podrá ser distribuido, capitalizado ni destinado a absorber pérdidas acumuladas, pero deberá ser computado como parte de los resultados acumulados a los fines de efectuar las
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comparaciones para determinar la situación de la sociedad frente a los artículos N° 31, N° 32 y N° 206 de la Ley General de Sociedades N° 19.550, u otras normas legales o reglamentarias complementarias en las que se haga referencia a límites o relaciones con el capital y las reservas, que no tengan un tratamiento particular expreso en Normas de la CNV. Cuando el saldo neto de estos resultados al cierre de un ejercicio o período sea negativo, existirá una restricción a la distribución de resultados no asignados por el mismo importe.
Al 31 de diciembre de 2020 la Sociedad ha consumido el saldo de la cuenta Revaluación de Propiedades, planta y equipo incluida en el rubro Otros Resultados Integrales del Patrimonio Neto (ver Nota 5.1 a los presentes estados financieros consolidados).
4.26 Resultado neto por acción
El resultado por acción básico se calcula dividiendo el resultado atribuible a la participación controlante de instrumentos de patrimonio neto de la Sociedad entre el número promedio ponderado de acciones ordinarias en circulación durante el ejercicio, excluyendo las acciones propias adquiridas por la Sociedad.
A la fecha de emisión de los presentes estados financieros consolidados, MetroGAS no ha emitido instrumentos de patrimonio que den lugar a acciones ordinarias potenciales, por lo que el cálculo del resultado neto diluido por acción coincide con el cálculo del resultado neto básico por acción.
4.27 Cuentas del Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral
Las cuentas del estado de resultados han sido reexpresadas según el procedimiento de ajuste indicado en la Nota 3, de acuerdo con los siguientes criterios:
-
a) Las cuentas que acumulan operaciones monetarias se reexpresaron mediante la aplicación a los importes originales, de los coeficientes correspondientes al mes de devengamiento.
-
b) Los cargos por consumos de activos no monetarios se calcularon en función de los valores reexpresados de tales activos o de su valor revaluado.
-
c) Los resultados de inversiones permanentes en sociedades controladas han sido determinados sobre la base del método del valor patrimonial proporcional a partir de los estados financieros de las dichas sociedades reexpresados en moneda de cierre.
-
d) Los intereses, diferencias de cambio y otros resultados financieros se reexpresaron desde el mes de devengamiento y bajo la denominación de RECPAM se expone el efecto neto de la inflación sobre los activos y pasivos monetarios.
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5. ESTIMACIONES Y JUICIOS CONTABLES CRÍTICOS
Las políticas contables significativas de la Sociedad están enunciadas en la Nota 4. No todas las políticas contables significativas requieren que la Sociedad utilice criterios o estimaciones subjetivas o complejas. La siguiente sección brinda un entendimiento de las políticas que la Sociedad considera críticas debido al nivel de complejidad, el criterio o las estimaciones involucradas en su aplicación y el impacto en los estados financieros consolidados. Estos criterios comprenden supuestos o estimaciones en relación con eventos futuros. Los resultados reales pueden diferir de esas estimaciones.
La Dirección de la Sociedad ha considerado el impacto del COVID-19 y el entorno económico actual para la preparación de estos estados financieros consolidados y, concluyendo en la existencia de incertidumbre importante que puede generar dudas significativas sobre la capacidad para continuar como una empresa en marcha según se detalla en la Nota 3.1 a los presentes estados financieros consolidados.
- Consideraciones respecto al COVID 19 y el entorno económico actual
El 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud declaró la pandemia respecto al COVID-19. A raíz de ello, el PEN dispuso el dictado de los DNU N° 260/2020, N° 297/2020 y N° 311/2020 (y complementarias) que importan medidas extraordinarias e imprevisibles respecto a la actividad de MetroGAS como ser (i) marcada baja en consumos industriales y comerciales como consecuencia directa de la retracción de tales actividades en consonancia con el aislamiento social, preventivo y obligatorio de orden público, (ii) cierre inicial y subsiguiente funcionamiento restringido de las bocas de cobro presencial de los servicios a cargo de MetroGAS durante la primera fase del aislamiento preventivo y obligatorio (Rapi Pago, Pago Fácil, entidades bancarias y oficinas comerciales propias) con la consecuente sustancial merma en la capacidad de cobro de la Sociedad, y (iii) la imposibilidad de disponer la suspensión o el corte del servicio público a nuestro cargo a ciertos usuarios en caso de mora o falta de pago de hasta siete facturas consecutivas o alternas con vencimientos desde el 1° de marzo de 2020 por el plazo de 180 días desde el 25 de marzo de 2020. En septiembre de 2020, el Gobierno Nacional prorrogó la imposibilidad de disponer la suspensión o el corte del servicio público a cargo de MetroGAS a ciertos usuarios en caso de mora o falta de pago que había dispuesto el DNU N° 311/2020 y prorrogó el plazo de 180 días, que había establecido el DNU mencionado, de prohibición de corte hasta el 31 de diciembre de 2020.
Asimismo, se estableció que las compañías alcanzadas por el Decreto Nº 311/2020 deberán otorgar a los usuarios planes de facilidades de pago para cancelar las deudas que se generen durante el plazo de vigencia de las medidas dispuestas, conforme las pautas que establezcan los entes reguladores o las autoridades de aplicación de los marcos jurídicos relativos a los servicios involucrados. Estas medidas, vigentes por el plazo de 180 días desde el dictado del Decreto, se encuentran orientadas a los usuarios de los sectores más vulnerables.
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Con fecha 18 de abril de 2020, se publicó la Resolución N° 173/2020 del Ministerio de Desarrollo Productivo (autoridad de aplicación del Decreto N° 311/2020) que reglamenta el referido Decreto. Respecto a los planes de pago, serán pagaderos por los usuarios en treinta (30) cuotas mensuales iguales y consecutivas, comenzando la primera de ellas con la primera factura regular a ser emitida por las distribuidoras a partir del 30 de septiembre de 2020, sin perjuicio que el usuario pueda solicitar su cancelación con anterioridad y/o en menor cantidad de cuotas. La financiación descripta devengará intereses en función de las tasas que defina la Unidad de Coordinación. Dicha resolución no generó impacto significativo para la Sociedad.
Asimismo, con fecha 30 de abril de 2020, se publicó la Resolución ENARGAS N° 35/2020 que estableció que respecto a aquellos usuarios a los cuales se les efectúe una facturación estimada, se deberá considerar el menor consumo registrado correspondiente a igual período al que se procede a estimar, sobre la base de los consumos históricos del usuario de los últimos tres (3) años. Si bien la Resolución ENARGAS N° 35/2020 tenía una vigencia de sesenta días, la misma fue sucesivamente prorrogada por idéntico plazo. Cumplido el plazo de vigencia de esta norma, deberán emitirse las facturas a los usuarios conforme el Reglamento del Servicio de Distribución. Asimismo, cuando se obtenga la primera lectura real, la distribuidora deberá emitir la factura del período corriente en base a dicha lectura real y si surgieran diferencias a favor del usuario, el monto resultante deberá ser reintegrado en la misma. En caso de existir diferencias a favor de la prestadora del servicio de distribución, el monto resultante deberá imputarse en 3 cuotas -iguales y consecutivas- en las facturas que se emitan con consumos a partir del 1° de septiembre de 2020. Dicha resolución no generó impacto significativo para la Sociedad.
A partir del Decreto N° 520/20, publicado en el B.O. el 8 de junio de 2020, se flexibilizaron ciertas restricciones en algunas provincias de la República Argentina, para las cuales se dispuso un Distanciamiento menos riguroso que el aislamiento (llamado Distanciamiento Social Preventivo y Obligatorio, o “DISPO”). El ASPO continuó siendo prorrogado sucesivamente en el ámbito del Área Metropolitana de Buenos Aires (que comprende la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y 35 municipios de la Provincia de Buenos Aires) por distintos Decretos. Finalmente, mediante el artículo 3° del Decreto N° 875//2020, del 7 de noviembre de 2020, el Área Metropolitana de Buenos Aires pasó al régimen de DISPO. Este régimen de Distanciamiento ha sido prorrogado hasta el 28 de febrero de 2021 mediante el Decreto N° 67/2021.
Las decisiones gubernamentales precedentemente detalladas y adoptadas por el Estado Nacional y los cambios regulatorios mencionados en Nota 2, provocan consecuencias negativas ineludibles y de inevitable impacto en las operaciones y resultados de la Sociedad.
Asimismo, MetroGAS se encuentra en pleno proceso de refinanciación de los próximos vencimientos de capital de la deuda financiera de la Sociedad (ver Nota 19.1 a los presentes estados financieros consolidados).
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A la fecha de emisión de los presentes estados financieros consolidados, debido a las incertidumbres inherentes a la escala y duración de estos eventos, no es razonablemente posible estimar el impacto negativo final que tendrá esta pandemia en la economía mundial y sus mercados financieros, en la economía argentina y, en consecuencia, en los resultados integrales, los flujos de efectivo y la posición financiera de la Sociedad.
La Sociedad ha realizado un análisis del impacto de las medidas adoptados por el Gobierno Nacional respecto al COVID-19 y ha determinado que la valoración de ciertos activos y pasivos está sujeta a un mayor nivel de incertidumbre, incluidos los que se detallan a continuación:
-
5.1. Valuación de Activos esenciales;
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5.2. deterioro de propiedades, planta y equipo y bienes intangibles;
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5.3. reconocimiento de ingresos y créditos por ventas;
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5.4. provisiones;
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5.5. impuesto a las ganancias diferido e IGMP;
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5.6. aplicación de la CINIIF 12 “Contratos de concesión”.
5.1 Valuación de Activos esenciales
Con fecha efectiva 1° de abril de 2017, MetroGAS decidió utilizar, dentro de los dos modelos previstos en las NIIF, el modelo de la revaluación para la valuación de sus Activos esenciales dentro del rubro Propiedades, planta y equipo, los que incluyen: Ramales de alta presión, Conductos y redes en media y baja presión, Estaciones de regulación y/o medición de presión, Instalaciones de medición de consumos y Redes cedidas por terceros. Este cambio de política contable permite valuar los Activos esenciales a valores que se aproximen a su valor razonable y de esta forma brindar información más relevante en el estado de situación financiera.
El valor razonable es el precio que se obtendría por vender un activo en una transacción ordenada entre participantes del mercado a la fecha de la medición en condiciones presentes del mercado.
Para medir el valor razonable de los Activos esenciales se utiliza como técnica de valoración el “enfoque del ingreso” establecido en la NIIF 13 – Medición del valor razonable. La Sociedad utiliza un modelo de flujo de fondos descontados elaborados en base a estimaciones respecto del comportamiento futuro de ciertas variables que resultan sensibles en la determinación del valor razonable: (i) tarifas de distribución de gas y costos de gas y transporte (ii) inversiones obligatorias
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y adicionales (iii) costos de distribución de gas; (iv) tasa de descuento ponderada y (v) variables macroeconómicas como demanda estimada, tasa de inflación, tasa de devaluación, entre otras.
La medición de los Activos esenciales a valor razonable es clasificada de acuerdo al Nivel 3 establecido en la NIIF 13, ya que, debido a la naturaleza particular de estos bienes, no existen valores comparables de mercado.
Los flujos de fondos descontados utilizados cubren los años restantes hasta el vencimiento del plazo original de 35 años de la Licencia de Distribución de Gas y el período de renovación de 10 años que puede solicitar la licenciataria, finalizando de esta forma el 28 de diciembre de 2037. Adicionalmente la Sociedad ha incorporado a los flujos de fondos descontados un monto adicional previsto en la Licencia al momento de expiración de la misma, donde la Sociedad tendrá derecho a cobrar el menor entre el valor residual de los Activos esenciales y el importe resultante de una nueva licitación, neto de gastos e impuestos pagados por el participante ganador, monto que la Sociedad ha asimilado a una renta perpetua a dicha fecha.
Las revaluaciones se hacen con la frecuencia necesaria de tal forma que el valor registrado contablemente no difiera significativamente del valor razonable de los Activos esenciales a la fecha de cada medición. De acuerdo con la NIC 16, la frecuencia será anual en el caso de los países con alta inflación, excepto que hubiera eventos de deterioro u otros hechos que justifiquen realizar una revaluación con una frecuencia menor.
Durante el ejercicio iniciado el 1 de enero de 2018, se materializaron los ajustes de las tarifas del servicio de distribución que surgieron del proceso de RTI, que determinó los valores que debían aplicarse para el período regulatorio abril 2017-marzo 2022.
No obstante, en relación a la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, el ENARGAS advirtió que, para el período a considerar en el ajuste aplicable a partir de octubre-2018, es decir la variación entre febrero y agosto de 2018 existía una notoria disparidad entre la variación del IPIM y la de otros indicadores de la economía y ponderó el mismo con otros indicadores. Con respecto a las DDA correspondientes al período estacional mencionado anteriormente, adoptó algunos criterios distintos a los previstos en la RTI para el reconocimiento de los costos del gas comprado. Ambos conceptos repercutieron negativamente en el ajuste esperado reconociendo un incremento menor al que resultaba de la aplicación de lo aprobado en el proceso de RTI (ver Nota 2.2.1 a los presentes estados financieros consolidados).
Con vigencia a partir del 1° de abril de 2019, se reconoció el ajuste de la tarifa de acuerdo con la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa que estaba previsto en la RTI.
Las Resoluciones N° 521/2019 y N° 751/2019 de la SGE, dispusieron el diferimiento del reconocimiento del ajuste que siguiendo la metodología citada, correspondía aplicar a partir del 1°
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de octubre de 2019 y hasta el 1° de febrero de 2020, disponiendo la compensación de ese diferimiento, en su justa incidencia, con el Plan de Inversiones Obligatorias establecido en la RTI (ver Nota 2.2.1 a los presentes estados financieros consolidados).
El 21 de diciembre de 2019 el Congreso Nacional aprobó la Ley de Solidaridad Social en el marco de la emergencia pública” mediante la cual se declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, y entre otras cuestiones, en relación con el sector energético se facultó al PEN para postergar cualquier modificación de tarifas de electricidad y gas natural bajo jurisdicción federal e iniciar un proceso de renegociación de la RTI por un plazo máximo de hasta 180 días. Con fecha 19 de junio de 2020 se publicó el DNU N° 543/2020 que prorrogó el plazo establecido en el citado artículo 5° de la Ley de Solidaridad Social desde su vencimiento y por un plazo adicional de 180 días corridos, manteniéndose así vigente la referida facultad del PEN de mantener inalterados los valores tarifarios de electricidad y gas natural hasta fines de 2020 (ver Nota 2.2.1 a los presentes estados financieros consolidados).
Al 31 de diciembre de 2019, en razón de los cambios producidos, la Sociedad realizó una nueva estimación del valor razonable de los activos esenciales considerando para ello deferentes escenarios tomando en cuenta el comportamiento futuro de ciertas variables que resultan sensibles en la determinación del valor razonable, ponderando cada uno por su probabilidad de ocurrencia y, concluyó que el valor razonable de los activos esenciales se había reducido en 1.576.424, imputándose contra una disminución de la reserva por revaluación registrada en el ORIA de 1.176.012 (neto del impuesto diferido).
Con fecha 17 de diciembre de 2020 se publicó el Decreto N° 1.020/2020 que (i) determinó el inicio de la renegociación de la RTI vigente correspondiente a las prestadoras de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica y gas natural que estén bajo jurisdicción federal, en el marco de lo establecido en el artículo 5° de la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública; (ii) estableció que el plazo de la renegociación dispuesta anteriormente no podrá exceder los dos (2) años desde la fecha de entrada en vigencia del mencionado decreto, debiendo suspenderse hasta entonces los Acuerdos correspondientes a las respectivas Revisiones Tarifarias Integrales vigentes con los alcances que en cada caso determinen los Entes Reguladores; (iii) encomendó la renegociación al ENARGAS pudiendo preverse adecuaciones transitorias de tarifas y/o su segmentación, según pudiera corresponder, propendiendo a la continuidad y normal prestación de los servicios públicos involucrados; (iv) prorrogó el plazo de mantenimiento de las tarifas de gas natural establecido en el artículo 5° de la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública (prorrogado por el Decreto N° 543/20 desde su vencimiento) por un plazo adicional de noventa (90) días corridos, o hasta tanto entren en vigencia los nuevos cuadros tarifarios transitorios resultantes del Régimen Tarifario de Transición para los servicios públicos de transporte y distribución de gas natural (lo que ocurra primero, con los alcances que en cada caso corresponda).
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Al 31 de diciembre de 2020, en razón de los cambios producidos, la Sociedad realizó una nueva estimación del valor razonable de los activos esenciales considerando para ello diferentes escenarios tomando en cuenta el comportamiento futuro de ciertas variables que resultan sensibles en la determinación del valor razonable, ponderando cada uno por su probabilidad de ocurrencia y, concluyó que el valor razonable de los activos esenciales se había reducido en 10.680.182, imputándose contra una disminución de la reserva por revaluación registrada en el ORIA de 7.967.415, neto del impuesto diferido y un deterioro de Propiedades, planta y equipo por 562.738 en el Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral .
5.2 Deterioro de propiedades, planta y equipo y bienes intangibles
A la fecha de cierre de cada ejercicio, la Sociedad revisa los valores contables de sus propiedades, planta y equipo y bienes intangibles, para determinar si existen indicios de que dichos activos hayan sufrido alguna pérdida por deterioro. Asimismo, la Sociedad periódicamente evalúa el valor contable de sus activos de larga duración en función de su valor de recupero cuando los hechos o cambios en las circunstancias indican que el valor contable de un activo pudiera estar deteriorado.
Los indicios de desvalorización que deben ser considerados dentro este análisis incluyen, entre otros, la existencia de daños materiales o de cambios significativos en el uso de los activos, el rendimiento económico inferior al esperado o una caída significativa en los ingresos. Cuando el activo no genera flujos de efectivo que sean independientes de otros activos, la Sociedad estima el valor recuperable de la unidad generadora de efectivo (“UGE”) a la cual pertenece el activo.
El valor recuperable es el mayor entre el valor razonable menos los costos de disposición del activo y el valor de uso. El valor de uso es determinado sobre la base de flujos de fondos proyectados y descontados empleando tasas de descuento que reflejen el valor tiempo del dinero y los riesgos específicos de los activos considerados.
Si el valor recuperable de los activos de la UGE es inferior a su valor contable, el valor contable del activo o UGE se reduce a su valor recuperable. Las pérdidas por desvalorización se reconocen de inmediato en el estado de resultados.
La Sociedad entiende que la política contable relacionada con el deterioro de Propiedades, planta y equipo y bienes intangibles es una “política contable crítica” debido a que es sustancial el impacto que tiene el reconocimiento o reversión de un deterioro o valor de recupero sobre los activos informados en los estados financieros consolidados de la Sociedad, así como sobre el resultado de sus operaciones. Las estimaciones sobre futuros ingresos, así como la definición de la tasa de descuento y la estimación de otras premisas relevantes (como tipo de cambio y tasa de inflación) requieren la formulación de juicios esenciales.
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5.2.1 Test de deterioro para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020
Tal como se menciona en la Nota 2:
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a) Las Resoluciones N° 521/2019 y N° 751 /2019 de la SGE, dispusieron el diferimiento del reconocimiento del ajuste que, siguiendo la metodología citada, correspondía aplicar a partir del 1° de octubre de 2019 y hasta el 1° de febrero de 2020, disponiendo la compensación de ese diferimiento, en su justa incidencia, con el Plan de Inversiones Obligatorias establecido en la RTI.
-
b) El 21 de diciembre de 2019 el Congreso Nacional aprobó la Ley de Solidaridad Social en el marco de la emergencia pública” mediante la cual se declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, y entre otras cuestiones, en relación con el sector energético se facultó al PEN para postergar cualquier modificación de tarifas de electricidad y gas natural bajo jurisdicción federal e iniciar un proceso de renegociación de la RTI por un plazo máximo de hasta 180 días.
-
c) Con fecha 19 de junio de 2020 se publicó el DNU N° 543/2020 que prorrogó el plazo establecido en el citado artículo 5° de la Ley de Solidaridad Social desde su vencimiento y por un plazo adicional de 180 días corridos, manteniéndose así vigente la referida facultad del PEN de mantener inalterados los valores tarifarios de electricidad y gas natural hasta fines de 2020.
-
d) Con fecha 17 de diciembre de 2020 se publicó el Decreto N° 1.020/2020 que (i) determinó el inicio de la renegociación de la RTI vigente correspondiente a las prestadoras de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica y gas natural que estén bajo jurisdicción federal, en el marco de lo establecido en el artículo 5° de la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública; (ii) estableció que el plazo de la renegociación dispuesta anteriormente no podrá exceder los dos (2) años desde la fecha de entrada en vigencia del mencionado decreto, debiendo suspenderse hasta entonces los Acuerdos correspondientes a las respectivas Revisiones Tarifarias Integrales vigentes con los alcances que en cada caso determinen los Entes Reguladores; (iii) encomendó la renegociación al ENARGAS pudiendo preverse adecuaciones transitorias de tarifas y/o su segmentación, según pudiera corresponder, propendiendo a la continuidad y normal prestación de los servicios públicos involucrados; (iv) prorrogó el plazo de mantenimiento de las tarifas de gas natural establecido en el artículo 5° de la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública (prorrogado por el Decreto N° 543/20 desde su vencimiento) por un plazo adicional de noventa (90) días corridos, o hasta tanto entren en vigencia los nuevos cuadros tarifarios transitorios resultantes del Régimen Tarifario de Transición para los servicios públicos de transporte y distribución de gas natural (lo que ocurra primero, con los alcances que en cada caso corresponda).
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En relación a la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, el ENARGAS advirtió que, para el período a considerar en el ajuste aplicable a partir de octubre-2018, es decir la variación entre febrero y agosto de 2018 existía una notoria disparidad entre la variación del IPIM y la de otros indicadores de la economía y ponderó el mismo con otros indicadores. Con respecto a las DDA correspondientes al período estacional mencionado anteriormente, adoptó algunos criterios distintos a los previstos en la RTI para el reconocimiento de los costos del gas comprado. Ambos conceptos repercutieron negativamente en el ajuste esperado reconociendo un incremento menor al que resultaba de la aplicación de lo aprobado en el proceso de RTI.
Como consecuencia de los cambios producidos, se realizó una prueba de deterioro comparando el valor de libros de propiedades, planta y equipo y bienes intangibles con su valor recuperable, determinando el valor actual del flujo de fondos futuro a generarse por dichos activos. La estimación fue realizada tomando en cuenta las tarifas vigentes al cierre del ejercicio aprobadas por el ENARGAS y las que se derivarían de tres escenarios futuros de ciertas variables sensibles en la generación de flujos de fondos, ponderados por su correspondiente probabilidad de ocurrencia (ver Nota 5.1 a los presentes estados financieros consolidados). Como resultado de esta prueba, para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020, la Sociedad ha identificado indicadores de deterioro para las propiedades, planta y equipo y bienes intangibles en consonancia con las NIIF.
Por lo tanto, al 31 de diciembre de 2020, la Sociedad registró un deterioro de Propiedades, planta y equipo por 562.738 en el Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral, como se ha mencionado anteriormente (ver Nota 5.1 a los presentes estados financieros consolidados).
5.2.2 Test de deterioro para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019
Tal como se menciona en la Nota 2.2.1. y 2.3.1, la Sociedad:
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a) Suscribió durante el ejercicio 2017, con el MINEM y con el Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas un Acuerdo Transitorio que dispone la adecuación transitoria de precios y tarifas del Servicio Público de Distribución de Gas Natural, la afectación específica de los montos allí previstos hasta la suscripción del Acta Acuerdo de Renegociación Contractual Integral y la entrada en vigencia de los cuadros tarifarios definitivos que resulten de la RTI. En este sentido, dispuso que, a los fines de la implementación gradual y progresiva de dicha medida, el ENARGAS debía aplicar en forma escalonada los incrementos tarifarios resultantes de la RTI conforme a la siguiente progresión: treinta por ciento (30%) del incremento, a partir del 1° de abril de 2017; cuarenta por ciento (40%) del incremento, a partir del 1° de diciembre de 2017, y el treinta por ciento (30%) restante, a partir del 1° de abril de 2018.
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b) Con fecha 31 de marzo de 2017 y 1° de diciembre de 2017 se publicaron en el B.O. las Resoluciones del ENARGAS mediante las cual se aprobaron los cuadros tarifarios transitorios
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aplicables a los usuarios de MetroGAS a partir del 1° de abril de 2017 y 1° de diciembre de 2017, respectivamente.
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c) Se llevaron a cabo las audiencias públicas relacionadas con la RTI de MetroGAS y se convocó a audiencia pública el día 22 de febrero de 2018 para considerar (i) la aplicación de la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, de corresponder, para el ajuste de tarifas de MetroGAS; (ii) la aplicación del traslado a tarifas del precio de gas comprado y (iii) alternativas metodológicas para una facturación más previsible de los consumos de los usuarios residenciales.
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d) Con fecha 28 de marzo de 2018 se publicaron en el B.O. las Resoluciones del ENARGAS mediante la cual se aprobaron los cuadros tarifarios aplicables a los usuarios de MetroGAS a partir del 1° de abril de 2018, reflejándose en ellos el cumplimiento de los incrementos tarifarios resultantes de la RTI y de la aplicación del índice de actualización de la tarifa establecido en el Anexo V de la Resolución ENARGAS N° 4.356/17, que aprueba una metodología de ajuste semestral no automático de las tarifas con la finalidad de mantener en moneda constante el nivel tarifario.
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e) Con fecha 15 de agosto de 2018 se publicó en el B.O. la Resolución del ENARGAS N° 184/2018 que convocó a audiencia pública para el día 4 de septiembre de 2018 para considerar (i) la aplicación de la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, en los términos de lo dispuesto (respecto de MetroGAS) por la Resolución ENARGAS N° I-4.356/17; y (ii) la aplicación del traslado a tarifas del precio de gas comprado en los términos del Numeral 9.4.2. de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución y la consideración de las DDA correspondientes al período estacional.
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f) En fecha 7 de octubre de 2018 se publicó en el B.O. la Resolución ENARGAS N° 281/2018 que dispuso (i) declarar la validez de la Audiencia Pública mencionada anteriormente, (ii) aprobar los cuadros tarifarios de MetroGAS aplicables a partir de la publicación de los mismos y (iii) aprobar nuevos valores para las Tasas y Cargos percibidos por MetroGAS por servicios adicionales.
-
g) Con fecha 1° de abril de 2019 se publicó en el B.O. la Resolución ENARGAS N° 198/2019 que (i) declara la validez de la Audiencia Pública del 26 de febrero de 2019, (ii) aprueba los cuadros tarifarios de MetroGAS aplicables con vigencia a partir del 1° de abril de 2019, 1° de mayo de 2019 y 1° de junio de 2019 y (iii) aprueba nuevos valores para las Tasas y Cargos percibidos por MetroGAS por servicios adicionales. La Resolución ENARGAS N° 198/2019 fue rectificada en virtud de errores materiales por las Resoluciones ENARGAS N° 201/2019 (B.O. – 03.04.2019) y N° 203/2019 (B.O. – 04.04.2019).
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-
h) Por las Resoluciones SGE N° 521/19 y N° 751/19 se difirió el ajuste de tarifas que debía regir a partir del 1° de octubre de 2019 para el 1° de febrero de 2020 (ver Nota 2.3.1 a los estados financieros consolidados al 31 de diciembre de 2019).
-
i) Por la Ley N° 27.541 del 21 de diciembre de 2019, titulada “Ley de solidaridad social y reactivación productiva en el marco de la emergencia pública” se facultó al PEN para postergar cualquier modificación de tarifas de electricidad y gas natural bajo jurisdicción federal e iniciar un proceso de renegociación de la RTI por un plazo máximo de hasta 180 días (ver Nota 2.2.3 a los estados financieros consolidados al 31 de diciembre de 2019).
En relación a la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, el ENARGAS advirtió que, para el período a considerar en el ajuste aplicable a partir de octubre-2018, es decir la variación entre febrero y agosto de 2018 existía una notoria disparidad entre la variación del IPIM y la de otros indicadores de la economía y ponderó el mismo con otros indicadores. Con respecto a las DDA correspondientes al período estacional mencionado anteriormente, adoptó algunos criterios distintos a los previstos en la RTI para el reconocimiento de los costos del gas comprado. Ambos conceptos repercutieron negativamente en el ajuste esperado reconociendo un incremento menor al que resultaba de la aplicación de lo aprobado en el proceso de RTI (ver Nota 2.3.1 a los estados financieros consolidados al 31 de diciembre de 2019).
Como consecuencia de los cambios producidos, se realizó una prueba de deterioro comparando el valor de libros de propiedades, planta y equipo y bienes intangibles con su valor recuperable, determinando el valor actual del flujo de fondos futuro a generarse por dichos activos. La estimación fue realizada tomando en cuenta las tarifas vigentes al cierre del ejercicio aprobadas por el ENARGAS y las que se derivarían de tres escenarios futuros de ciertas variables sensibles en la generación de flujos de fondos, ponderados por su correspondiente probabilidad de ocurrencia (ver Nota 5.1 a los estados financieros consolidados al 31 de diciembre de 2019). Como resultado de esta prueba, para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019, la Sociedad no ha identificado indicadores de deterioro para las propiedades, planta y equipo y bienes intangibles en consonancia con las NIIF.
5.3 Reconocimiento de ingresos y créditos por ventas
Los ingresos se reconocen sobre la base de lo devengado contra entrega a los clientes, que incluye los montos estimados de gas o líquidos entregados y no facturados al cierre de cada ejercicio, su transporte y distribución, de corresponder. Los montos efectivamente entregados son estimados en base a los volúmenes comprados y otra información histórica. Estos volúmenes se asignan a cada tipo de cliente, segmento y nivel de ahorro para su valoración según el tarifario aplicable de acuerdo a la estimación que se realiza en base a información histórica de segmentación y niveles de ahorro de cada mes de facturación.
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La Sociedad está expuesta a pérdidas por incobrabilidad. La Provisión para deudores incobrables se realiza en base a las estimaciones de las recaudaciones de la Sociedad y las pérdidas crediticias esperadas. Si bien la Sociedad utiliza la información disponible para realizar las estimaciones, es posible que en el futuro deba realizar ajustes a las provisiones en caso de que las futuras condiciones económicas difieran sustancialmente de los presupuestos utilizados al realizar las estimaciones. El cargo correspondiente se expone en Gastos de comercialización; no se realizan ajustes sobre los Ingresos por ventas.
Al 31 de diciembre de 2020, la Sociedad ha aumentado la pérdida en la línea Deudores incobrables de Gastos por naturaleza y continuará revisando detalladamente los supuestos utilizados para la realización de estas estimaciones.
5.4 Provisiones
La Sociedad tiene ciertos pasivos contingentes con respecto a reclamos, juicios y otros procedimientos, reales o potenciales. La Sociedad devenga pasivos cuando resulta probable que incurrirá en futuras salidas de recursos y dichas obligaciones puedan ser estimadas en forma razonable.
Dichos devengamientos se basan en estimaciones realizadas en función de la información disponible, estimaciones de la Dirección de los resultados de estas cuestiones y considerando la opinión de sus asesores legales. Estas presunciones básicas respecto al futuro y otras fuentes claves de incertidumbre en las estimaciones al final del período sobre el cual se reportan implican un riesgo significativo de originar ajustes materiales a los importes en libros de los activos y pasivos durante los próximos periodos financieros.
La Sociedad no espera que el momento de cancelación y el monto de los flujos de efectivo relacionados con las provisiones existentes cambien significativamente como resultado del entorno económico actual. Sin embargo, la Sociedad continuará revisando estos supuestos.
5.5 Impuesto a las ganancias diferido e impuesto a la ganancia mínima presunta
La Sociedad determina el cargo contable por impuesto a las ganancias de acuerdo con el método del impuesto diferido, el cual considera el efecto de las diferencias temporarias originadas en la distinta base de medición de activos y pasivos según criterios contables e impositivos y de los quebrantos impositivos existentes y créditos fiscales no utilizados susceptibles de deducción de ganancias impositivas futuras, computados considerando la tasa impositiva que se espera esté vigente al momento de su reversión o utilización.
La Sociedad evalúa la recuperabilidad de los activos por impuesto diferido e IGMP teniendo en cuenta la probabilidad que algunos o todos los activos por impuesto diferido o créditos no se realicen.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
Para realizar esta evaluación, la Sociedad considera la reversión programada de los pasivos por impuesto diferido, las ganancias impositivas futuras proyectadas, las estrategias de planificación impositivas como así también la evidencia objetiva de su recupero.
Con base en el entorno económico actual y las perspectivas a futuro, la Sociedad ha adecuado las proyecciones utilizadas para el cálculo de la tasa impositiva efectiva.
Asimismo, la Sociedad ha revisado la recuperabilidad de los quebrantos impositivos, habiendo registrado cargos por deterioro por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020 por 956.325 y 66.670 por impuesto a las ganancias e IGMP, respectivamente, ya que no se considera probable que haya utilidades gravables en el futuro que permitan la utilización de los mismos.
5.6 Aplicación de la CINIIF 12 “Contratos de concesión”
La Interpretación N° 12 “Acuerdos de Concesión de Servicios” (CINIIF 12) fija ciertos lineamientos para la contabilización por parte de entidades privadas que prestan servicios públicos mediante un acuerdo de concesión de servicios o contrato de similar naturaleza. La CINIIF 12 es aplicable para el licenciatario dependiendo, entre otros, del control que el concedente tiene sobre la regulación del servicio y la existencia de un interés residual significativo al finalizar el acuerdo.
Considerando que la CINIIF 12 establece lineamientos y principios generales se requiere de juicio para la determinación de si corresponde su aplicación, debido a las características particulares de cada contrato de concesión o licencia y a la complejidad propia de los diferentes conceptos incluidos en la interpretación.
La Sociedad ha analizado las características, condiciones y los términos actualmente vigentes de su Licencia de distribución de gas natural y los lineamientos establecidos en la CINIIF 12. En base a su análisis, concluyó que la licencia está fuera del alcance de la CINIIF 12, principalmente por las características de renovación de la licencia que dan un resultado similar al que resultaría de haber obtenido un derecho perpetuo para la operación de la infraestructura. En el mismo sentido, la CNV emitió el 20 de diciembre de 2012 la Resolución Nº 613, que establece las razones y los fundamentos por los cuales considera que las empresas concesionarias de transporte y distribución de gas natural y sus empresas controlantes están fuera del alcance de la CINIIF 12.
Cualquier cambio en las condiciones debe ser analizado para considerar también si cambia el análisis previamente efectuado.
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2020 E INFORMACIÓN COMPARATIVA (cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
6. ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS FINANCIEROS
6.1 Factores de riesgos financieros
Para la gestión del riesgo financiero la Sociedad cuenta con diversas políticas de gestión que le permiten mitigar su exposición a los riesgos de mercado (incluyendo riesgos asociados a la variación en el tipo de cambio, de tipo de interés y en el precio de los productos que ella comercializa), riesgo de crédito y riesgo de liquidez.
La Sociedad no suscribe o negocia instrumentos financieros, entre los que se incluyen los instrumentos financieros derivados, para fines especulativos.
6.1.1 Riesgo de mercado
La Sociedad está expuesta principalmente a riesgos financieros de cambios en tipos de cambio (ver acápite a) debajo) y riesgos de tasas de interés (ver acápite b) debajo).
No ha habido cambios en la exposición de la Sociedad a los riesgos del mercado o la forma en la cual dichos riesgos son manejados y medidos.
a) Riesgo cambiario
La Sociedad realiza transacciones denominadas en moneda extranjera: en consecuencia, se generan exposiciones a fluctuaciones en la tasa de cambio. La Sociedad está expuesta principalmente a la fluctuación del tipo de cambio del dólar estadounidense (U$S) con respecto al peso argentino ($).
Las tarifas que percibe MetroGAS por los servicios de distribución de gas natural se encuentran pesificadas, razón por la cual la mayor parte de los ingresos de la Sociedad se encuentran denominados en pesos.
Por su parte la deuda financiera de MetroGAS, relacionada con préstamos en dólares estadounidenses ascendió a miles de U$S 64.415 al 31 de diciembre de 2020.
A fin de mitigar el riesgo de tipo de cambio, durante el presente ejercicio, MetroGAS concertó operaciones de compra a término de dólares estadounidenses con el fin de cubrir la exposición al riesgo asociado al tipo de cambio que deriva de su deuda financiera (ver Nota 19.2 a los presentes estados financieros consolidados).
Al 31 de diciembre de 2020 la posición monetaria pasiva neta en moneda extranjera ascendió a miles de U$S 63.571. En la Nota 33 se expone la composición por moneda.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
La Sociedad estima que, en función al valor contable de la deuda financiera, por cada aumento o disminución en el tipo de cambio del 10% frente al dólar estadounidense daría lugar a una pérdida o ganancia antes de impuestos de $ 542 millones. Este análisis de sensibilidad es hipotético ya que los impactos reales podrían diferir significativamente y variar en el tiempo.
b) Riesgo de las tasas de interés
Los pasivos financieros que devengan intereses son la Deuda Financiera (ver Nota 19.1 a los presentes estados financieros consolidados), la deuda por DDA con productores de gas (ver Nota 2.3.3 a los presentes estados financieros consolidados), la deuda vencida por el gas comprado a los productores de gas durante los meses de junio a septiembre de 2020 y los arrendamientos financieros.
Los préstamos financieros y la deuda comercial están sujetos principalmente a variaciones en la tasa LIBOR y BADLAR. El impacto en el resultado antes de impuesto en más o menos 100 puntos básicos ascendería a 231.045.
c) Riesgo de precio
En el segmento de distribución de gas la Sociedad no se encuentra expuesta al riesgo de precios de gas natural dado que las tarifas que factura MetroGAS a sus clientes se encuentran reguladas y el marco regulatorio prevé un mecanismo de traslado a tarifas del costo de compra de gas (ver Nota 2.2.1 a los presentes estados financieros consolidados).
Adicionalmente, en el segmento de comercialización, los precios del gas natural con destino industrial se determinan en función de la oferta y demanda exclusivamente local e interna.
6.1.2 Riesgo de crédito
El riesgo de crédito se refiere a que la contraparte incumpla con sus obligaciones contractuales resultando en una pérdida financiera para la Sociedad. El presente riesgo deriva principalmente de factores económicos y financieros, o de la posibilidad de que la contraparte entre en default o por factores más estrictamente técnicos, comerciales o administrativos.
En lo referente al riesgo de crédito de las cuentas a cobrar provenientes de la actividad comercial, éste es históricamente limitado dado que el corto plazo de cobro a los clientes implica que no se acumulen individualmente montos muy significativos. El corte de suministro es una potestad de la Sociedad ante incumplimientos de parte de los clientes, herramienta que se utiliza y facilita el proceso de evaluación y control de riesgo de crédito. Ante la falta de pago de cualquier factura, la Sociedad tendrá derecho a suspender el servicio. La Resolución ENARGAS N° 4.313/17, que modificó el Reglamento de Servicio, regula el procedimiento de corte del suministro y establece un plazo de 2 días hábiles contados a partir de la notificación al usuario mediante un aviso de deuda.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
En septiembre de 2020, el Gobierno Nacional prorrogó la imposibilidad de disponer la suspensión o el corte del servicio público a cargo de MetroGAS a ciertos usuarios en caso de mora o falta de pago que había dispuesto el DNU N° 311/2020 y prorrogó el plazo de 180 días, que había establecido el DNU mencionado, de prohibición de corte hasta el 31 de diciembre de 2020.
La Sociedad tiene una amplia gama de clientes, incluidos clientes residenciales, comerciales, industriales - pequeños y grandes - y entidades gubernamentales. Al determinar la recuperabilidad de una cuenta comercial por cobrar, la Sociedad considera cualquier cambio en la calidad crediticia de la cuenta a partir de la fecha en que se otorgó inicialmente el crédito hasta el final del periodo sobre el que se informa. La concentración del riesgo de crédito es limitada debido a que la base de clientes es extensa e independiente.
Debido a las condiciones de prestación de servicio público que presta la Sociedad, no se realiza un análisis con calificación crediticia interna o externa, particularmente para los clientes residenciales cuyos créditos considerados individualmente no son significativos.
MetroGAS cuenta entre sus clientes con una gran cantidad de usuarios residenciales (aproximadamente 2,4 millones de clientes) y algunos grandes clientes compuestos por centrales eléctricas, industrias, comercios, entidades públicas y estaciones de GNC.
El riesgo crediticio afecta también al efectivo y equivalentes de efectivo, depósitos en bancos e instituciones financieras, si bien la Sociedad busca realizar sus colocaciones financieras en instituciones de primer nivel.
La exposición máxima al riesgo de crédito de la Sociedad distinguiendo por el tipo de instrumento financiero se detalla a continuación:
| Efectivo y equivalentes de efectivo Créditos por ventas Otros créditos |
Exposición máxima al |
|---|---|
| 31.12.20 31.12.19 | |
| 3.681.133 3.253.050 10.440.260 23.208.024 8.202.820 8.030.086 |
Al 31 de diciembre de 2020 y 2019 la provisión para deudores incobrables asciende a 3.229.037 y 1.410.054, respectivamente. Esta provisión representa la mejor estimación de la Sociedad de las pérdidas crediticias esperadas en relación con las cuentas por cobrar.
En las Notas 14 y 15 se informan las anticuaciones de los créditos por ventas y de los otros créditos, respectivamente.
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6.1.3 Riesgos de liquidez
En la actualidad la liquidez de la Sociedad es uno de los principales focos de atención de la Dirección. (ver Nota 3.1 a los presentes estados financieros consolidados).
Al 31 de diciembre de 2020 la Sociedad registró un capital de trabajo negativo de 13.597.571.
Los vencimientos de activos financieros se incluyen en las Notas 14 y 15 y los vencimientos de pasivos financieros se incluyen en las Notas 18, 19, 20, 21, 23, 24 y 25.
6.2 Gestión del riesgo de capital
El objetivo principal de la gestión del capital de la Sociedad es mantener la calidad crediticia y ratios de capital que permitan sustentar su negocio y maximizar el valor para sus accionistas.
La estructura de capital de la Sociedad consiste en la deuda neta (la deuda financiera que se detalla en Nota 19 compensada por saldos de efectivo y equivalentes de efectivo) y el patrimonio de la Sociedad.
El índice de endeudamiento de los ejercicios sobre los que se informa es el siguiente:
| Deuda financiera Efectivo y equivalentes de efectivo Deuda neta Patrimonio Índice de deuda neta y patrimonio |
31.12.20 31.12.19 13.316.953 14.635.837 (3.681.133) (3.253.050) 9.635.820 11.382.787 14.398.445 27.883.658 67% 41% |
|---|---|
7. INSTRUMENTOS FINANCIEROS
Los activos y pasivos financieros se han clasificado y valuado íntegramente a costo amortizado, salvo los fondos comunes de inversión y los instrumentos financieros derivados que se encuentran clasificados y valuados a valor razonable con cambios en resultados (ver Nota 16 y Nota 19.2 a los presentes estados financieros consolidados).
7.1 Determinación del valor razonable
La NIIF 13 define el valor razonable como el precio que se recibiría por vender un activo o que se pagaría por transferir un pasivo en una transacción ordenada entre participantes de mercado en la
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fecha de la medición. Al estimar el valor razonable de un activo o un pasivo, la Sociedad toma en cuenta las características del activo o pasivo si los participantes del mercado toman en cuenta esas características al valorar el activo o pasivo a la fecha de medición. El valor razonable para efectos de medición y/o revelación en estos estados financieros consolidados se determina sobre esa base, excepto por las transacciones de arrendamiento, dentro del alcance de la NIIF 16 y las mediciones que tienen ciertas similitudes con el valor razonable pero que no son valor razonable, como el valor realizable en la NIC 2 o el valor en uso en la NIC 36. Todos los instrumentos financieros reconocidos al valor razonable son asignados a uno de los niveles de jerarquía de valuación de la NIIF 7. Esta jerarquía de valuación comprende tres niveles. La base inicial para la imputación es la "clase de inversión económica". De acuerdo con la NIIF 7, las técnicas de valuación utilizadas para determinar el valor razonable deben maximizar el uso de información observable.
La medición a valor razonable de los instrumentos financieros de MetroGAS es clasificada de acuerdo a los tres niveles establecidos en la NIIF 7 con base en el grado hasta el cual las entradas a las mediciones del valor razonable son observables y la importancia de las entradas para las mediciones del valor razonable en su totalidad, que se describen a continuación:
-
Nivel 1: valor razonable determinado por precios de cotización en mercados activos para idénticos activos o pasivos que la Sociedad pueda tomar como referencia a la fecha de cierre del ejercicio. Un mercado se considera activo si las transacciones se llevan a cabo con cierta frecuencia y se dispone de suficiente información de precios en forma permanente. Debido a que un precio cotizado en un mercado activo es el indicador más confiable del valor razonable, este debe ser utilizado siempre, si estuviere disponible.
-
Nivel 2: valor razonable determinado en base a información observable distinta de los precios de cotización mencionados en el Nivel 1 para activos o pasivos financieros, ya sea directamente (por ejemplo, precios) o indirectamente (por ejemplo, derivada de los precios).
-
Nivel 3: valor razonable determinado a través de información no observable en la cual se requiere que la sociedad elabore sus propias hipótesis y premisas. Esto solo es permitido en la medida que no haya disponible información de mercado. Los datos incorporados reflejan las estimaciones que tendría en cuenta un participante de mercado para fijar los precios. La Sociedad utiliza la mejor información disponible, inclusive datos internos. MetroGAS no posee instrumentos financieros que califiquen como de Nivel 3.
Los únicos activos financieros de la Sociedad que se miden al valor razonable al final del período que se informa son los fondos comunes de inversión cuyos valores razonables son determinados por precios de cotización (Nivel 1).
No hay pasivos financieros medidos posteriormente al valor razonable.
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La Sociedad considera que los importes en libros de los activos y pasivos financieros reconocidos en los estados financieros a costo amortizado se aproximan a su valor razonable.
Los resultados del ejercicio incluyen una ganancia de 653.882 y 894.805 en los ejercicios 2020 y 2019, respectivamente, relacionada con activos financieros medidos al valor razonable.
8. PARTICIPACIÓN EN SUBSIDIARIAS
Los datos que reflejan el control societario son los siguientes:
| Sociedad bajo control directo |
Porcentaje de participación sobre el capital social y votosposibles |
|---|---|
| MetroENERGÍA | 31.12.20 31.12.19 |
| 95% 95% |
Las políticas contables de las subsidiarias han sido adecuadas, en caso de corresponder, para asegurar la consistencia con las políticas adoptadas por la Sociedad.
9. INFORMACIÓN POR SEGMENTOS
Los segmentos de operación son reportados de una manera consistente con los informes internos confeccionados por la Gerencia de Control de Gestión para propósitos de la asignación de recursos y evaluación del desempeño del segmento.
La Sociedad opera principalmente en los segmentos de prestación del servicio de distribución de gas y, a través de MetroENERGÍA, de comercialización por cuenta propia, por cuenta y orden de terceros o asociada a terceros, de gas natural y/o su transporte.
La Sociedad tiene su domicilio en Argentina. Todos sus ingresos provienen de clientes argentinos y todos sus activos no corrientes están ubicados en Argentina.
Ningún cliente contribuyó con el 10% o más de los ingresos de la Sociedad en 2020 o 2019.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
9. INFORMACIÓN POR SEGMENTOS (Cont.)
| 31.12.20 | |
|---|---|
| MetroGAS Distribución MetroENERGÍA Comercialización Eliminaciones Total |
|
| Ingresos ordinarios | 38.768.497 11.374.069 (446.233) 49.696.333 |
| (Pérdida) Ganancia operativa | (661.779) 1.855.947 (1.258.881) (64.713) |
| Resultado de las inversiones en subsidiarias Ingresos financieros Costos financieros Resultado antes del impuesto a las ganancias e IGMP Impuesto a las ganancias Resultado neto del ejercicio Total activos Total pasivos Amortización de activos por derecho de uso Aumentos de Propiedades, planta y equipo Depreciación de Propiedades, planta y equipo, Propiedades de inversión y amortización de Bienes Intangibles |
1.258.881 - (1.258.881) - |
| 21.082.048 1.633.340 - 22.715.388 (24.450.404) (1.644.529) - (26.094.933) |
|
| (4.030.135) 1.844.758 (1.258.881) (3.444.258) |
|
| (1.436.781) (519.620) - (1.956.401) |
|
| (5.466.916) 1.325.138 (1.258.881) (5.400.659) |
|
| 64.949.433 2.440.620 (977.592) 66.412.461 |
|
| 50.566.272 2.134.935 (687.191) 52.014.016 |
|
| (1.967.749) (1.737) - (1.969.486) (15.971) - - (15.971) 2.791.661 - - 2.791.661 844.667 - - 844.667 290.401 - (290.401) - |
|
| Aumentos de Bienes Intangibles | |
| Participación en subsidiarias |
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
9. INFORMACIÓN POR SEGMENTOS (Cont.)
| 9. INFORMACIÓN POR SEGMENTOS (Cont.) |
||
|---|---|---|
| 31.12.19 | ||
| MetroGAS Distribución MetroENERGÍA Comercialización Eliminaciones Total |
||
| Ingresos ordinarios | 55.408.279 27.845.728 (1.203.343) 82.050.664 |
|
| Ganancia operativa | 7.846.122 3.633.786 (2.639.022) 8.840.886 |
|
| Resultado de las inversiones en subsidiarias Ingresos financieros Costos financieros Resultado antes del impuesto a las ganancias e IGMP Impuesto a las ganancias e IGMP Resultado neto del ejercicio Total activos Total pasivos Aumentos de Propiedades, planta y equipo Amortización de activos por derecho de uso Depreciación de Propiedades, planta y equipo, Propiedades de inversión y amortización de Bienes Intangibles |
2.639.022 - (2.639.022) - |
|
| 19.766.099 3.184.160 (38.116) 22.912.143 (23.451.856) (2.665.714) 38.116 (26.079.454) |
||
| 4.160.365 4.152.232 (2.639.022) 5.673.575 |
||
| (2.640.578) (1.374.317) - (4.014.895) |
||
| 1.519.787 2.777.915 (2.639.022) 1.658.680 |
||
| 81.398.426 8.649.401 (1.574.658) 88.473.169 |
||
| 53.580.934 7.326.042 (317.465) 60.589.511 |
||
| (2.226.021) (1.736) - (2.227.757) (17.423) - - (17.423) 5.764.443 - - 5.764.443 736.520 - - 736.520 1.257.192 - (1.257.192) - |
||
| (17.423) - 5.764.443 - 736.520 - 1.257.192 - |
||
| Aumentos de Bienes Intangibles | ||
| Participación en subsidiarias | (1.257.192) - |
Las políticas contables de los segmentos sobre los que se informa son las mismas que las políticas contables de la Sociedad descriptas en la Nota 4.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
10. PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO
| CUENTA PRINCIPAL | VAL | VAL | VAL | ORES ORIGINALES | ORES ORIGINALES | ORES ORIGINALES | ORES ORIGINALES |
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| INICIO | TRANSFERENCIA | AUMENTOS | TRANSFERENCIAS | BAJAS | AL CIERRE | ||
| DEL | REVALUACIÓN | AMORT. ACUM. | DEL | ||||
| EJERCICIO | (*) | EJERCICIO | |||||
| Activos Esenciales Ramales de alta presión Conductos y redes en media y baja presión Estaciones de regulación y/o medición de presión Instalaciones de medición de consumos Redes cedidas por terceros |
7.098.126 28.869.793 344.163 1.599.323 1.302.195 |
(849.399) (8.444.468) (101.619) (929.243) (355.453) |
(72.176) (883.987) (48.730) (288.069) (31.543) |
- - - - - |
984.219 2.346.228 189.531 308.018 2.134 |
(89.352) (310.786) (4.802) (100.077) (4.526) |
7.071.418 21.576.780 378.543 589.952 912.807 |
| Subtotal Activos Esenciales | 39.213.600 | (10.680.182) | (1.324.505) | - | 3.830.130 | (509.543) | 30.529.500 |
| Activos no esenciales Terrenos Edificios y construcciones civiles Otras instalaciones técnicas Máquinas, equipos y herramientas Sistemas informáticos y de telecomunicación Vehículos Muebles y útiles Materiales Gas en cañerías Obras en curso |
364.121 1.690.434 1.259.113 812.909 4.159.852 397.531 138.701 1.582.796 4.988 8.958.513 |
- - - - - - - - - - |
- - - - - - - - - - |
- - - - - - - 371.235 - 2.420.426 |
- 744 - 8.782 73.323 - 877 (413.228) - (3.500.628) |
- - - - (4.379) (59.964) - (73.343) - - |
364.121 1.691.178 1.259.113 821.691 4.228.796 337.567 139.578 1.467.460 4.988 7.878.311 |
| Subtotal Otros Activos no Esenciales | 19.368.958 | - | - | 2.791.661 | (3.830.130) | (137.686) | 18.192.803 |
| Subtotal | 58.582.558 | (10.680.182) | (1.324.505) | 2.791.661 | - | (647.229) | 48.722.303 |
| Deterioro de Propiedades, planta y equipo | - | - | - | (562.738) | - | - | (562.738) |
| Provisión obsolescencia de materiales Provisión baja propiedades, planta y equipo |
(1.515) (25.768) |
- - |
- - |
(2.201) (3.868) |
- - |
1.069 21.272 |
(2.647) (8.364) |
| Total al 31 de diciembre de 2020 | 58.555.275 | (10.680.182) | (1.324.505) | 2.222.854 | - | (624.888) | 48.148.554 |
| Total al 31 de diciembre de 2019 | 56.896.062 | (2.146.144) | (1.779.417) | 5.749.323 | - | (164.549) | 58.555.275 |
(*) La disminución de la revaluación al 31 de diciembre de 2020 surge de comparar los valores revaluados al 31 de diciembre de 2020 con los costos ajustados por inflación a la misma fecha. Si la Sociedad hubiera medido los Activos esenciales de acuerdo con el método anterior de costo reexpresado, al 31 de diciembre de 2020 el valor residual de dichos activos sería el mismo que el valor de los Activos esenciales medidos a valor razonable.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
10. PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO (Cont.)
| CUENTA PRINCIPAL | DEPRECIACIONES | DEPRECIACIONES | DEPRECIACIONES | DEPRECIACIONES | DEPRECIACIONES | |||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| ACUMULADAS | TRANSFERENCIA | BAJAS | AUMENTOS | ACUMULADAS | NETO | NETO | ||
| AL INICIO DEL EJERCICIO |
AMORT. ACUM. | AL CIERRE DEL |
RESULTANTE 31-12-20 |
RESULTANTE 31-12-19 |
||||
| EJERCICIO | ||||||||
| Activos Esenciales Ramales de alta presión Conductos y redes en media y baja presión Estaciones de regulación y/o medición de presión Instalaciones de medición de consumos Redes cedidas por terceros |
- - - - - |
(72.176) (883.987) (48.730) (288.069) (31.543) |
(63.018) (111.077) - (48.782) - |
135.194 995.064 48.730 336.851 31.543 |
- - - - - |
7.071.418 21.576.780 378.543 589.952 912.807 |
7.098.126 28.869.793 344.163 1.599.323 1.302.195 |
|
| Subtotal Activos Esenciales | - | (1.324.505) | (222.877) | 1.547.382 | - | 30.529.500 | 39.213.600 | |
| 364.121 869.098 92.954 121.905 118.733 151.892 8.620 1.582.796 4.988 8.958.513 |
||||||||
| Activos no esenciales Terrenos Edificios y construcciones civiles Otras instalaciones técnicas Máquinas, equipos y herramientas Sistemas informáticos y de telecomunicación Vehículos Muebles y útiles Materiales Gas en cañerías |
- 821.336 1.166.159 691.004 4.041.119 245.639 130.081 - - |
- - - - - - - - - |
- - - - (2.471) (31.809) - - - |
- 36.326 9.567 20.198 41.924 50.132 1.044 - - |
- 857.662 1.175.726 711.202 4.080.572 263.962 131.125 - - |
364.121 833.516 83.387 110.489 148.224 73.605 8.453 1.467.460 4.988 |
||
| Obras en curso | - | - | - | - | - | 7.878.311 | ||
| Subtotal Otros Activos no Esenciales | 7.095.338 | - | (34.280) | 159.191 | 7.220.249 | 10.972.554 | 12.273.620 | |
| Subtotal | 7.095.338 | (1.324.505) | (257.157) | 1.706.573 | 7.220.249 | 41.502.054 | 51.487.220 | |
| Provisión obsolescencia de materiales | - - - |
- - |
- - - |
- - - |
- - - |
(562.738) (2.647) |
- (1.515) (25.768) |
|
| Provisión baja propiedades, planta y equipo | - | (8.364) | ||||||
| Total al 31 de diciembre de 2020 | 7.095.338 | (1.324.505) | (257.157) | 1.706.573 | 7.220.249 | 40.928.305 | ||
| Total al 31 de diciembre de 2019 | 6.937.396 | (1.779.417) | (93.479) | 2.030.838 | 7.095.338 | 51.459.937 |
Tal como se menciona en Nota 2.5.1, de acuerdo a la Licencia, una porción sustancial de las Propiedades, planta y equipo corresponden a Activos Esenciales sobre los cuales existen ciertas restricciones descriptas en dicha nota.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
11. PROPIEDADES DE INVERSIÓN
| CUENTA PRINCIPAL | VALORES ORIGINALES | VALORES ORIGINALES | DEPRECIACIONES | DEPRECIACIONES | DEPRECIACIONES | DEPRECIACIONES | NETO RESULTANTE 31-12-20 |
NETO RESULTANTE 31-12-19 |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| AL INICIO DEL EJERCICIO |
AL CIERRE DEL EJERCICIO |
ACUMULADAS AL INICIO DEL EJERCICIO |
ALÍCUOTA | AUMENTOS | ACUMULADAS AL CIERRE DEL EJERCICIO |
|||
| Terrenos Edificios |
16.963 70.914 |
16.963 70.914 |
- 37.865 |
- 2,00% |
- 1.420 |
- 39.285 |
16.963 31.629 |
16.963 33.049 |
| Total al 31 de diciembre de 2020 | 87.877 | 87.877 | 37.865 | 1.420 | 39.285 | 48.592 | ||
| Total al 31 de diciembre de 2019 | 87.877 | 87.877 | 36.445 | 1.420 | 37.865 | 50.012 |
El valor razonable al 31 de diciembre de 2020 ascendió a 194.370, el cual se obtuvo a través de avalúos realizados por valuadores independientes no relacionados con MetroGAS.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
12. BIENES INTANGIBLES
| 12. BIENES INTANGIBLES |
||||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| CUENTA PRINCIPAL | VALORES ORIGINALES | AMORTIZACIÓN | NETO RESULTANTE 31-12-20 |
NETO RESULTANTE 31-12-19 |
||||||
| AL INICIO DEL EJERCICIO |
ALTAS | TRANSFE- RENCIAS |
AL CIERRE DEL EJERCICIO |
ACUMULADAS AL INICIO DEL EJERCICIO |
ALÍCUOTA | AUMENTOS | ACUMULADAS AL CIERRE EJERCICIO |
|||
| Desarrollo de software en curso Software |
1.630.587 1.268.848 |
844.667 - |
(367.844) 367.844 |
2.107.410 1.636.692 |
- 439.012 |
- 20% |
- 261.493 |
- 700.505 |
2.107.410 936.187 |
1.630.587 829.836 |
| Total al 31 de diciembre de 2020 | 2.899.435 | 844.667 | - | 3.744.102 | 439.012 | 261.493 | 700.505 | 3.043.597 | ||
| Total al 31 de diciembre de 2019 | 2.162.915 | 736.520 | - | 2.899.435 | 243.513 | 195.499 | 439.012 | 2.460.423 |
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
13. ACTIVOS POR DERECHO DE USO
| CUENTA PRINCIPAL | VALORES ORIGINALES | VALORES ORIGINALES | VALORES ORIGINALES | AMORTIZACIÓN | AMORTIZACIÓN | AMORTIZACIÓN | NETO RESULTANTE 31-12-19 |
|
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| INICIO DEL EJERCICIO |
ALTAS | AL CIERRE DEL EJERCICIO |
ACUMULADAS AL INICIO DEL EJERCICIO |
AUMENTOS (1) |
ACUMULADAS AL CIERRE DEL EJERCICIO |
NETO RESULTANTE 31-12-20 |
||
| Inmuebles | 26.370 | 11.059 | 37.429 | 17.423 | 15.971 | 33.394 | 4.035 | 8.947 |
| Total al 31 de diciembre de 2020 | 26.370 | 11.059 | 37.429 | 17.423 | 15.971 | 33.394 | 4.035 | |
| Total al 31 de diciembre de 2019 | - | 26.370 | 26.370 | - | 17.423 | 17.423 | 8.947 |
(1) El cargo por amortización de los activos por derecho de uso fue imputado al rubro “Amortización de activos por derecho de uso” del cuadro de Gastos por naturaleza (ver Nota 27 a los presentes estados financieros).
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14. CRÉDITOS POR VENTAS
| 14. CRÉDITOS POR VENTAS |
|
|---|---|
| 31.12.20 31.12.19 8.835.762 11.383.641 431.660 2.296.108 2.678.003 4.937.430 637.134 2.457.601 634.432 3.037.568 134.033 180.950 61.783 103.110 190.508 211.835 (2.736.919) (854.025) (426.136) (546.194) 10.440.260 23.208.024 |
|
| Corriente Deudores comunes - distribución de gas y transporte Deudores comunes - comercialización de gas y transporte Consumos a facturar - distribución de gas y transporte Consumos a facturar - comercialización de gas y transporte Partes relacionadas (Nota 32) Saldo trasladable impuesto a los débitos y créditos Saldo trasladable Tasa Seguridad e Higiene |
|
Saldo trasladable Tasa de Ocupación de Espacios Públicos |
|
| Provisión para deudores incobrables - distribución de gas y transporte Provisión para deudores incobrables - comercialización de gas y transporte Total Corriente |
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El análisis de antigüedad de los créditos por ventas es el siguiente:
| 31.12.20 | 31.12.19 | |
|---|---|---|
| -De plazo vencido menos de 3 meses de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses de 1 a 2 años más de 2 años |
2.419.417 1.484.566 604.728 652.871 1.182.180 952.358 |
4.960.246 926.215 396.787 360.015 731.731 574.893 |
| Subtotal | 7.296.120 | 7.949.887 |
| -A vencer menos de 3 meses |
6.178.730 | 16.521.251 |
| de 3 a 6 meses | 54.204 | 46.372 |
| de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses |
39.833 34.428 |
45.400 45.333 |
| Subtotal | 6.307.195 | 16.658.356 |
| Provisión para deudores incobrables Total |
(3.163.055) 10.440.260 |
(1.400.219) |
| 23.208.024 | ||
La evolución de la provisión para deudores incobrables para créditos por ventas y otros créditos es la siguiente:
la siguiente: |
||
|---|---|---|
| Por los ejercicios finalizados el | ||
| Saldo al inicio del ejercicio Revalorización de partidas en moneda extranjera Altas () RECPAM Utilizaciones Saldo al cierre del ejercicio* |
31.12.20 1.410.054 82.295 2.344.399 (607.517) (194) 3.229.037 |
31.12.19 |
| 1.114.505 2.626 809.694 (363.793) (152.978) |
||
| 1.410.054 | ||
- (*) Imputado al rubro Deudores Incobrables del cuadro de Gastos (ver Nota 27 a los presentes estados financieros consolidados)
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15. OTROS CRÉDITOS
| No corriente: Créditos previsionales e impositivos Anticipos al personal Gastos a recuperar Saldos trasladables - Tasas ocupación de espacios públicos Saldo trasladable tasa de estudio, revisión e inspección en la vía pública del GCABA Partes Relacionadas - Decreto N° 1.053/18 (Nota 32) Crédito por IGMP (Nota 30) Gastos pagados por adelantado Total no corriente Corriente: Anticipos al personal Seguros pagados por adelantado Gastos pagados por adelantado Crédito por garantías operaciones de cobertura (Nota 19.2) Créditos previsionales e impositivos Gastos a recuperar Partes Relacionadas - Decreto N° 1.053/18 (Nota 32) Partes relacionadas (Nota 32) Partes Relacionadas - Resolución MINEM N° 508-E/2017 (Nota 32) Anticipos a proveedores Anticipos y compras de gas anticipadas Deudores varios Provisión para deudores incobrables - distribución de gas y transporte Total corriente Total |
31.12.20 31.12.19 22.862 14.589 552 339 - 12 10.897 6.765 718.580 733.842 6.125.608 2.508.296 - 90.792 11.206 2.138 6.889.705 3.356.773 2.260 4.283 8.832 4.912 41.079 39.056 37.356 257.305 562.971 389.341 39.423 15.440 - 3.503.901 53.988 49.038 439.649 234.357 85.176 120.704 19.063 - 89.300 64.811 (65.982) (9.835) 1.313.115 4.673.313 8.202.820 8.030.086 |
|---|---|
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El análisis de antigüedad de los otros créditos es el siguiente:
| 31.12.20 | 31.12.19 | |
|---|---|---|
| -De plazo vencido menos de 3 meses de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses de 1 a 2 años más de 2 años |
352.433 116.622 4.260 81.658 3.037 63.512 |
589.422 935 939 540 1.872 85.217 |
| Subtotal -Sin plazo establecido |
621.522 6.130.893 |
678.925 |
| 7.281 | ||
| -A vencer | ||
| menos de 3 meses | 154.241 | 1.842.184 |
| de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses de 1 a 2 años más de 2 años |
571.239 23.931 2.879 747.932 16.165 |
790.599 720.313 643.846 3.342.232 14.541 |
| Subtotal | 1.516.387 | 7.353.715 |
| Provisión para deudores incobrables Total |
(65.982) 8.202.820 |
(9.835) |
| 8.030.086 | ||
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16. EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO
A los fines del Estado de flujo de efectivo, el efectivo y equivalentes de efectivo comprenden lo siguiente:
siguiente: |
||
|---|---|---|
| 31.12.20 | 31.12.19 | |
| Caja y bancos (1) | 915.195 | 1.124.219 |
| Fondos comunes de inversión (2) | 2.765.938 | 2.128.831 |
| Total | 3.681.133 | 3.253.050 |
- (1) Al 31 de diciembre de 2020 y 2019, los fondos recaudados pendientes de depósito en relación con los fideicomisos y Resolución I-2.621/2013 ascendían a 15.377 y 39.963 respectivamente.
(2) Al 31 de diciembre de 2020 incluye 33.156 en concepto de garantía por las operaciones de compra de dólar a término concertadas por la Sociedad. (Ver Nota 19.2 a los estados financieros consolidados).
A continuación, se incluye un cuadro con la composición del saldo de los fondos comunes de inversión al 31 de diciembre de 2020 y 31 de diciembre de 2019:
| VALOR VALOR REGISTRADO REGISTRADO 31.12.20 31.12.19 574.280 1.070.835 687.865 560.541 931.419 - |
VALOR VALOR REGISTRADO REGISTRADO 31.12.20 31.12.19 574.280 1.070.835 687.865 560.541 931.419 - |
VALOR VALOR REGISTRADO REGISTRADO 31.12.20 31.12.19 574.280 1.070.835 687.865 560.541 931.419 - |
|||
|---|---|---|---|---|---|
| EMISOR Y CARACTERÍSTICAS DE LOS VALORES |
COTIZACIÓN | CANTIDAD | VALOR REGISTRADO 31.12.20 |
VALOR REGISTRADO 31.12.19 |
|
| INVERSIONES CORRIENTES Cuotapartes de fondos comunes de inversión Quinquela pesos Clase B Fima Premium Clase B Premier Renta CP $ Clase C |
4,383406 8,582334 2,007492 |
131.012,2 80.148,9 463.971,5 |
574.280 687.865 931.419 |
1.070.835 560.541 - |
|
| Liquidez Clase B Argenfunds | 1,609390 | 173.621,0 | 279.424 | 495.777 | |
| Ahorro Pesos Clase B Argenfunds Renta Flexible Clase B Argenfunds Premier Renta CP $ Clase A |
- - 15,557722 |
- - 18.820,6 |
- - 292.806 |
225 1.453 - |
|
| Ahorro Pesos F.C.I. Argenfunds | 9,241065 | 15,6 | 144 | - | |
| Total | 2.765.938 | 2.128.831 | |||
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17. PATRIMONIO NETO Y CAPITAL SOCIAL
Al 31 de diciembre de 2020 el capital social de MetroGAS asciende a 569.171 encontrándose totalmente suscripto, inscripto e integrado y compuesto por las siguientes clases de acciones:
| Clases de Acciones | Suscripto, Inscripto e Integrado |
|---|---|
| En circulación Ordinarias Escriturales de Valor Nominal $1 y 1 Voto cada una: Clase “A” Clase “B” Capital Social al 31.12.20 |
290.277 278.894 |
| 569.171 |
Al 31 de diciembre de 2020, la controlante de MetroGAS es YPF S.A. (“YPF”) que posee el 70% de las acciones de la Sociedad.
El 28 de diciembre de 2016, MetroGAS recibió del ENARGAS una nota en la cual solicita adaptar la composición accionaria de la Sociedad en consonancia con el plazo previsto en la Ley de Emergencia y en cumplimiento con el artículo N° 34 de la Ley N° 24.076, todo ello en atención a la participación de YPF en MetroGAS. La Sociedad ha presentado un pedido de vista a los efectos de conocer los antecedentes del requerimiento del ENARGAS y, por considerar que lo solicitado atañe principalmente a su accionista mayoritario, le ha dado traslado a los efectos de que adopte las acciones que considere oportunas. Con fecha 6 de abril de 2018, MetroGAS fue notificada que el ENARGAS rechazó la apelación presentada por YPF el 30 de marzo de 2017.
La Asamblea Ordinaria de Accionistas celebrada el 7 de mayo de 2020 dispuso incrementar la reserva para inversiones (artículo 70 3er párrafo – Ley N° 19.550) de acuerdo con el Plan de Inversiones comprometido por MetroGAS por 1.268.144 (cuyo monto reexpresado al 31 de diciembre de 2020 asciende a 1.726.453).
El Directorio de la Sociedad en su reunión de fecha 30 de junio de 2017 aprobó la valuación de los Activos esenciales por el método de la revaluación con fecha efectiva 1° de abril de 2017.
El rubro ORIA incluido en la sección resultados acumulado del Patrimonio Neto incluye la cuenta Revaluación de Propiedades, planta y equipo, neto del impuesto diferido correspondiente. Dicha cuenta de revaluación de Propiedades, planta y equipo disminuye por el consumo, retiro y disposición de los Activos esenciales, con contrapartida en la cuenta de Resultados no Asignados
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
del Patrimonio Neto, sin afectar el Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral del período o ejercicio.
Cuando el saldo neto de los ORIA al cierre de un ejercicio o período sea positivo, éste no podrá ser distribuido, capitalizado ni destinado a absorber pérdidas acumuladas, pero deberá ser computado como parte de los resultados acumulados a los fines de efectuar las comparaciones para determinar la situación de la sociedad frente a los artículos N° 31, N° 32 y N° 206 de la Ley General de Sociedades N° 19.550, u otras normas legales o reglamentarias complementarias en las que se haga referencia a límites o relaciones con el capital y las reservas, que no tengan un tratamiento particular expreso en Normas de la CNV. Cuando el saldo neto de estos resultados al cierre de un ejercicio o período sea negativo, existirá una restricción a la distribución de resultados no asignados por el mismo importe.
Al 31 de diciembre de 2020 la Sociedad ha consumido el saldo de la cuenta Revaluación de Propiedades, planta y equipo incluida en el rubro Otros Resultados Integrales del Patrimonio Neto (ver Nota 5.1 a los presentes estados financieros consolidados).
Al 31 de diciembre de 2020 y 2019, la Sociedad registraba un patrimonio neto positivo de 14.398.445 y 27.883.658, respectivamente.
18. OTRAS CARGAS FISCALES
| No corriente: | 31.12.20 208.673 208.673 514.038 825.461 118.107 92.315 46.214 30.996 1.627.131 1.835.804 |
31.12.19 |
|---|---|---|
| - | ||
| Otros impuestos | ||
| Total no corriente Corriente: Impuesto al valor agregado Tasa de estudio, revisión e inspección en la vía pública de GCABA Impuesto a los ingresos brutos |
- | |
| 1.006.279 879.350 331.799 93.941 53.555 7.292 |
||
| Impuestos provinciales y municipales Retenciones efectuadas a terceros Otros impuestos |
||
| Total corriente Total |
2.372.216 | |
| 2.372.216 |
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El análisis de antigüedad de otras cargas fiscales es el siguiente:
| 31.12.20 | 31.12.19 | |
|---|---|---|
| -Sin plazo establecido | 856.407 | 913.072 |
| -A vencer | ||
| menos de 3 meses de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses de 1 a 2 años más de 2 años |
748.098 7.542 7.542 7.542 30.170 178.503 |
1.457.893 531 539 181 - - |
| Subtotal | 979.397 | 1.459.144 |
| Total | 1.835.804 | 2.372.216 |
19. DEUDAS FINANCIERAS
| 31.12.20 | 31.12.19 | Tasa de interés(2) | Vencimiento | |
|---|---|---|---|---|
| No corriente: | ||||
| Préstamos financieros en dólares (1) | 1.869.813 | 2.260.135 | Libor + 7% a 8,5% | 2024 |
| Préstamos financieros en pesos (1) | 5.375.374 | - | BADLAR corregida + 9,85% | 2024 |
| Subtotal no corriente Corriente: Préstamos financieros en dólares (1) |
7.245.187 3.547.215 |
2.260.135 9.120.769 |
Libor + 4% - Libor + 7% | 2021 |
| Préstamos financieros en pesos (1) | 2.524.551 | 392.354 | BADLAR corregida + 9,85% | 2021 |
| Adelantos en cuenta corriente en pesos | - | 2.862.579 | ||
| Subtotal corriente Total |
6.071.766 13.316.953 |
12.375.702 14.635.837 |
(1) Ver Nota 19.1. a los presentes estados financieros consolidados.
(2) Tasa de interés nominal anual vigente al 31 de diciembre de 2020.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
A continuación, se incluye un cuadro con la evolución del saldo de la deuda financiera al 31 de diciembre de 2020 y 2019:
| 31.12.20 | 31.12.19 | |
|---|---|---|
| Saldo al inicio del ejercicio Devengamiento de intereses a tasa efectiva - ONs |
14.635.837 - |
19.783.007 484.709 |
| Devengamiento de intereses préstamo bancario Devengamiento de intereses adelantos en cuenta corriente Diferencia de cambio Pago de intereses Pago de préstamos |
3.307.932 283.802 2.612.400 |
1.262.711 |
| 710.727 | ||
| 7.487.486 | ||
| (2.372.988) | (2.879.038) | |
| (8.942.435) | (9.698.488) | |
| Préstamos obtenidos Adelantos en cuenta corriente RECPAM Saldo al cierre del ejercicio |
10.662.036 (2.563.054) (4.306.577) 13.316.953 |
1.787.174 3.426.828 (7.729.279) |
| 14.635.837 | ||
El análisis de antigüedad de las deudas financieras es el siguiente:
| 31.12.20 | 31.12.19 | |
|---|---|---|
| -A vencer | ||
| menos de 3 meses de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses de 1 a 2 años más de 2 años Subtotal |
3.395.105 1.183.048 1.279.800 213.813 2.810.224 4.434.963 13.316.953 |
5.192.994 2.666.516 2.258.096 2.258.096 2.260.135 - |
| 14.635.837 | ||
| Total | 13.316.953 | 14.635.837 |
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19.1 Préstamos bancarios
Con fecha 8 de febrero de 2018, MetroGAS instrumentó un préstamo no garantizado con (i) Industrial and Commercial Bank of China Limited - Dubai Branch e (ii) Itaú Unibanco - New York Branch (“acreedores financieros”), por la suma de millones de U$S 250 por un plazo de treinta y seis meses y amortizable en nueve cuotas trimestrales a partir de los doce meses desde la fecha de desembolso (el “Préstamo”).
El Préstamo contemplaba (i) un interés de pago trimestral a una tasa determinada por LIBOR más un margen nominal anual de (a) 3% los primeros doce meses; (b) 3,50% desde el mes trece hasta el mes dieciocho; (c) 3,75% desde el mes diecinueve al mes veinticuatro; y (d) 4% desde el mes veinticinco hasta el vencimiento.
Efectivizado el desembolso del Préstamo, la Sociedad destinó los fondos: a) al rescate de la totalidad de las Obligaciones Negociables, b) a la refinanciación de pasivos corrientes; y c) a capital de trabajo.
Con fecha 20 de febrero de 2020, la Sociedad celebró un contrato de préstamo con el Banco Itaú Argentina S.A. e Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A. por un monto total de $ 3.329 millones a ser cancelado en once (11) cuotas trimestrales y consecutivas pagaderas a partir del décimo octavo mes contado desde la fecha de desembolso del préstamo. El mismo contempla un interés a una tasa nominal anual de BADLAR corregida más 9,85%, pagadero en forma semestral durante el primer año del préstamo y luego de manera mensual.
Estos préstamos celebrados el 20 de febrero de 2020 se destinaron a cancelar la quinta cuota de Préstamo que venció el 27 de febrero de 2020, por un importe de U$S 27,8 millones. Dicho financiamiento se encuentra garantizado con una prenda respecto de ciertos derechos de cobro presentes y futuros en favor de los Bancos, de los créditos derivados de la prestación del servicio de distribución de gas natural.
Con fecha 20 de mayo de 2020, la Sociedad celebró un contrato de préstamo con Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A. por un monto total de $ 947 millones a ser cancelado en once (11) cuotas trimestrales y consecutivas pagaderas a partir del décimo octavo mes contado desde la fecha de desembolso del préstamo. El mismo contempla un interés a una tasa nominal anual de BADLAR corregida más 9,85%, pagadero en forma semestral durante el primer año del préstamo y luego de manera mensual. En la misma fecha, MetroGAS celebró un contrato de préstamo con Itaú Unibanco S.A., Nassau Branch, por un monto total de US$ 6,9 millones a ser cancelado al año de la fecha de desembolso del préstamo y con un interés a una tasa nominal anual de LIBOR 6M más 7%, pagadero en forma semestral. Asimismo, la Sociedad celebró otro contrato de préstamo
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
con Banco Itaú Argentina S.A., por un monto total de $ 473,5 millones a ser cancelado al año de la fecha desembolso y contempla un interés a una tasa nominal anual de BADLAR corregida más 9,85%, pagadero en forma semestral.
Estos préstamos celebrados el 20 de mayo de 2020 se destinaron a cancelar la sexta cuota de Préstamo que venció el 26 de mayo de 2020, por un importe de U$S 27,8 millones.
Asimismo, en idéntica fecha la Sociedad modificó ciertos términos del Préstamo entonces vigente con Industrial and Commercial Bank of China Limited Dubai Branch e Itaú Unibanco Miami Branch mediante un acuerdo en virtud del cual se discontinuó el sindicato acreedor originalmente conformado por sendos prestamistas, pasando a tratarse de sendas obligaciones de crédito bilaterales entre cada uno de tales bancos y la Sociedad, transformándose así el Préstamo en el denominado Amended & Restated Credit Agreement – ARCA, que a partir de tal fecha es el contrato sucesor del Préstamo y obligación vigente entre las partes contratantes (“ARCA”).
Con fecha 24 de agosto de 2020, la Sociedad celebró un contrato de préstamo con Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A. por un monto total de $ 1.030 millones a ser cancelado en once (11) cuotas trimestrales y consecutivas pagaderas a partir del décimo octavo mes contado desde la fecha de desembolso del préstamo. El mismo contempla un interés a una tasa nominal anual de BADLAR corregida más 9,85%, pagadero en forma semestral durante el primer año del préstamo y luego de manera mensual. Con fecha 25 de agosto de 2020, MetroGAS celebró un contrato de préstamo con Itaú Unibanco S.A., Nassau Branch, por un monto total de US$ 6,9 millones a ser cancelado al año de la fecha de desembolso del préstamo y con un interés a una tasa nominal anual de LIBOR 6M más 7%, pagadero en forma semestral. Asimismo, la Sociedad celebró otro contrato de préstamo con Banco Itaú Argentina S.A., por un monto total de $ 513,8 millones a ser cancelado al año de la fecha desembolso y contempla un interés a una tasa nominal anual de BADLAR corregida más 9,85%, pagadero en forma semestral.
Estos préstamos celebrados en agosto de 2020 se destinaron a cancelar la séptima cuota de amortización del ARCA que venció en agosto de 2020, por un importe de U$S 27,8 millones.
Con fecha 15 de septiembre de 2020, el Banco Central de la República Argentina (“BCRA”) emitió la Comunicación “A” 7.106 estableciendo restricciones en el mercado cambiario. En cumplimiento de dicha comunicación, MetroGAS debía presentar ante el BCRA un plan de refinanciación por sus vencimientos de capital programados entre el 15 de octubre de 2020 y el 31 de marzo de 2021. Dicho plan debe contemplar que el monto neto, por el cual se accederá al mercado de cambios en los plazos originales, no puede superar el 40% del monto de capital que vencía y el resto del capital debe ser, como mínimo, refinanciado con un nuevo endeudamiento externo con una vida promedio de 2 años. Para los vencimientos registrados hasta el 31 de diciembre de 2020, el plan de refinanciación fue presentado ante el BCRA antes del 30 de septiembre de 2020, mientras que para los vencimientos a
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registrarse a fines de febrero de 2021 el plan fue oportunamente presentado con la debida antelación exigida por la citada Comunicación.
Con fecha 26 de noviembre de 2020, la Sociedad celebró un contrato de préstamo financiero con Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) en pesos por una suma de $ 449,4 millones, a ser amortizado en once (11) cuotas trimestrales y consecutivas a partir del décimo octavo mes contado desde la fecha de desembolso, acaeciendo el vencimiento final del préstamo a los cuarenta y ocho meses desde la fecha de desembolso, a una tasa de interés BADLAR corregida más un margen aplicable del 9,85%. Celebró también un contrato de préstamo financiero con Itaú Unibanco S.A., Nassau Branch, por US$ 13,9 millones, a ser amortizado a dos años a una tasa LIBOR 3M más spread incremental de 7% a 8,5%. Asimismo, la Sociedad celebró el diferimiento parcial de la cuota con vencimiento en noviembre 2020 del ARCA, por la suma de US$ 8,3 millones, a ser amortizado en once (11) cuotas trimestrales y consecutivas a partir del décimo octavo mes contado desde la fecha de desembolso, acaeciendo el vencimiento final del préstamo a los cuarenta y ocho meses desde la fecha de desembolso a una tasa LIBOR 3M más spread incremental de 7% a 8,5%.
Asimismo, y en relación con el pago de la última cuota correspondiente al ARCA, en febrero de 2021 la Sociedad celebró unos contratos de préstamo financiero con (i) Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) (“ICBC”) en pesos por una suma de $ 499,6 millones, a ser amortizado en once (11) cuotas trimestrales y consecutivas a partir del décimo octavo mes contado desde la fecha de desembolso, con vencimiento a los cuarenta y ocho meses desde la fecha de desembolso, a una tasa de interés BADLAR corregida por bancos con devolución LELIQ más un margen aplicable del 9,85%; (ii) Itaú Argentina S.A. en pesos por una suma de $ 499,6 millones a un año bullet a tasa BADLAR corregida por los bancos con devolución de LELIQ más 9,85%; y (iii) Itaú Únibanco S.A., Nassau Branch, por la suma de US$ 8,3 millones, a dos años bullet a una tasa LIBOR más spread incremental de 7% a 8,5%. Asimismo, se suscribió un acuerdo de refinanciación parcial por el pago de la cuota correspondiente a Industrial and Commercial Bank of China Limited Dubai (DIFC) por la suma de US$ 8,3 millones a ser amortizado en once (11) cuotas trimestrales y consecutivas a partir del décimo octavo (18) mes contado desde la fecha de desembolso hasta el vencimiento final del préstamo a los cuarenta y ocho (48) meses a una tasa LIBOR más spread incremental de 7% a 8,5%. Finalmente, se acordó con ICBC la refinanciación en pesos de aproximadamente el 90% de los vencimientos de intereses de febrero de 2021 y con Itaú Argentina S.A. la refinanciación en pesos equivalente del 100% de los intereses con vencimiento en febrero y de mayo 2021.
De acuerdo con los términos y condiciones de los préstamos contraídos durante 2020 y en febrero 2021, la Sociedad debe cumplir con una serie de compromisos financieros generalmente establecidos en este tipo de transacciones, incluyendo ciertas restricciones, que, entre otras, y en términos generales se enumeran a continuación:
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-
a) Endeudamiento: el Prestamista no permitirá que la Sociedad, ni permitirá que ninguna de sus Subsidiarias incurra, asuma o garantice endeudamiento, excepto en los casos de endeudamiento por refinanciación para mantener su deuda financiera actual o cuando el endeudamiento no exceda la suma de millones de U$S 50, entre otros.
-
b) Pagos restringidos: la Sociedad no podrá realizar pagos restringidos, considerando entre otros el pago de dividendos.
-
c) Indicadores financieros: la Sociedad deberá cumplir con una serie de compromisos financieros generalmente establecidos en este tipo de transacciones, entre ellos indicadores financieros de. (i) Cobertura de intereses (entendido como EBITDA/Intereses) (ii) Deuda/EBITDA y (iii) límite de patrimonio neto de la Sociedad a cada cierre trimestral.
Bajo los términos y condiciones de los acuerdos de préstamos, los indicadores de Cobertura de intereses y de Deuda/EBITDA mencionados no hubieran sido cumplidos al 31 de diciembre de 2020, lo cual podría haber acelerado los vencimientos de los pasivos financieros.
No obstante ello, con fecha 31 de diciembre de 2020, los acreedores financieros consintieron formalmente dispensar a MetroGAS de su obligación contractual de dar cumplimiento a los indicadores antes mencionados al 31 de diciembre de 2020.
19.2 Instrumentos financieros derivados
La Sociedad está expuesta principalmente a la fluctuación del tipo de cambio del dólar estadounidense con respecto al peso argentino en virtud que una parte de la deuda financiera de MetroGAS y que la mayor parte de la deuda comercial de MetroENERGÍA se encuentran denominadas en dólares estadounidenses.
A fin de mitigar el riesgo de tipo de cambio, MetroGAS y MetroENERGÍA concertaron operaciones de compra a término de dólares estadounidenses con el fin de cubrir la exposición al riesgo asociado al tipo de cambio que deriva de su deuda financiera y comercial.
Los instrumentos financieros derivados son reconocidos inicialmente a su valor razonable a la fecha en que se suscribe el contrato del derivado y los cambios posteriores en su valor razonable son reconocidos en el estado de pérdidas y ganancias y otro resultado integral.
El método para reconocer la pérdida o ganancia resultante depende de si el derivado se ha designado como un instrumento de cobertura y, de ser así, de la naturaleza de la partida que se está cubriendo. A la fecha de presentación de los presentes estados financieros consolidados, MetroGAS no ha
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
aplicado la contabilización de cobertura conforme a la NIIF 9 en ninguno de sus instrumentos financieros derivados vigentes.
La Sociedad no contrata ni negocia instrumentos financieros derivados con fines especulativos.
Los contratos de compra a término de dólar estadounidense se liquidan diariamente y las pérdidas y ganancias generadas por cada posición diaria se registraron en el resultado del ejercicio.
El resultado por las liquidaciones diarias por los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2020 y 2019 fue incluido dentro de la línea “Diferencias de cambio sobre deudas financieras” dentro de “Costos financieros” en el Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral.
Al 31 de diciembre de 2020 los contratos se encuentran garantizados por 33.156 compuestos por cuotapartes de Fondos Comunes de Inversión, los cuales se exponen en el rubro “Efectivo y equivalentes de efectivo”. Asimismo, los contratos vigentes también se encuentran garantizados por depósitos realizados por 37.356, los cuales se exponen en el rubro “Otros créditos corrientes”. Estos contratos pueden ser cancelados anticipadamente y, en consecuencia, pueden ser canceladas dichas garantías.
20. PASIVOS POR ARRENDAMIENTOS
Al 31 de diciembre de 2020 y 2019, la Sociedad ha registrado un pasivo por arrendamiento en el pasivo no corriente por 2.738 y 3.891, respectivamente y en el pasivo corriente por 2.378 y 7.104, respectivamente. El total de los pasivos por arrendamientos al 31 de diciembre de 2020 y 2019 asciende a 5.116 y 10.995, respectivamente.
Dichos pasivos se encuentran descontados a una tasa efectiva mensual de 3,33%, calculada en base a una tasa estimada por la Sociedad del 30% más un 10% de spread a 12 meses. El plazo promedio de los contratos es de 2 años.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
A continuación, se incluye un cuadro con la evolución del saldo de los pasivos por arrendamientos al 31 de diciembre de 2020:
| al 31 de diciembre de 2020: | ||
|---|---|---|
| 31.12.20 | 31.12.19 | |
| Saldo al inicio del ejercicio Saldo por aplicación inicial de NIIF 16 Altas por nuevos contratos |
10.995 - 11.059 |
- 26.257 113 |
| Diferencias de cambio (Nota 29) | 327 | - |
| Intereses devengados (Nota 29) Pagos RECPAM |
4.156 (21.036) (385) |
7.862 (22.779) (458) |
| Saldo al cierre del ejercicio | 5.116 | 10.995 |
Al 31 de diciembre de 2020, los vencimientos de los pasivos por arrendamiento relacionados con los contratos mencionados son:
| -A vencer menos de 3 meses de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses de 1 a 2 años Subtotal Total |
31.12.20 31.12.19 1.559 3.273 363 1.670 211 1.103 245 1.058 2.738 3.891 5.116 10.995 5.116 10.995 |
|---|---|
| 21. PASIVO CONCURSAL No corriente Deudas fiscales Cuentas por pagar Remuneraciones y cargas sociales Total no corriente |
31.12.20 31.12.19 874 5.670 23 31 10 14 907 5.715 |
21. PASIVO CONCURSAL
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
22. PROVISIONES
| 22. PROVISIONES |
||||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| Reclamos del | ||||||
| Provisiones | Reclamos civiles, laborales y otros |
Reclamos fiscales y otras multas |
regulador y diferencias |
Juicio contra el Estado Nacional |
Total | |
| interpretativas | ||||||
| Saldo al 31.12.18 | 379.144 | 891.345 | 37.238 | 483.701 | 1.791.428 | |
| Altas netas del ejercicio (*) | 73.012 | 252.142 | 33.730 | 55.296 | 414.180 | |
| Reclasificación a otras deudas | 8.192 | (321) | (17.512) | - | (9.641) | |
| Utilizaciones del ejercicio | (43.282) | - | - | - | (43.282) | |
| RECPAM | (150.588) | (348.925) | (12.671) | (176.371) | (688.555) | |
| Saldo al 31.12.19 | 266.478 | 794.241 | 40.785 | 362.626 | 1.464.130 | |
| Altas netas (recupero) del ejercicio (*) | 186.486 | (332.659) | 1.360 | (242.950) | (387.763) | |
| Reclasificación a otras deudas | (6.750) | (239.306) | 2.101 | - | (243.955) | |
| RECPAM | (97.377) | (221.472) | (11.104) | (72.873) | (402.826) | |
| Saldo al 31.12.20 | 348.837 | 804 | 33.142 | 46.803 | 429.586 |
(*) Imputado al rubro Otros ingresos y egresos (ver Nota 28 a los presentes estados financieros consolidados).
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22.1 Reclamos civiles, laborales y otros
A la fecha de emisión de los presentes estados financieros, existen reclamos civiles y laborales realizados por empleados de contratistas, accidentes de trabajo y otras causales contra la Sociedad. Al 31 de diciembre de 2020, la Sociedad registró una provisión de 348.837 de los cuales 162.129 corresponden a juicios laborales, 108.163 a reclamos civiles por daños y 78.545 a conciliaciones y mediaciones.
22.2 Reclamos fiscales y otras multas
La Administración Federal de Ingresos Públicos (“AFIP”) notificó a MetroGAS la determinación de la deuda de Contribuciones al Régimen Nacional de la Seguridad Social – Empleador por una diferencia en las alícuotas de contribuciones de la Seguridad Social declaradas por la Sociedad. Dicha diferencia radicaba en que la AFIP consideraba que la Sociedad no se encuentraba contemplada dentro de lo normado por el art. 2, inc. b) del Decreto N° 814/2001 y, por lo tanto, no debía tributar las contribuciones a la alícuota del 17%.
Con fecha 9 de diciembre de 2020 MetroGAS adhirió al Régimen de Regularización de Obligaciones Tributarias conforme Ley N° 27.541 por los períodos fiscales reclamados.
Por lo tanto, al 31 de diciembre de 2020, la Sociedad recuperó los montos registrados en exceso y reclasificó la deuda contraía con AFIP al rubro Otras cargas fiscales (ver Nota 18 a los presentes estados financieros consolidados).
Asimismo, al 31 de diciembre de 2020, la Sociedad registró una provisión por multas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por 804.
22.3 Reclamos del regulador y diferencias interpretativas
A la fecha de emisión de los presentes estados financieros, la Sociedad mantiene diferencias interpretativas con las autoridades regulatorias referidas a diversos temas.
Al 31 de diciembre de 2020 la provisión por estos conceptos acumula 33.142, no habiéndose producido variaciones significativas en el ejercicio 2020.
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22.4 Pago de Tasa de Justicia – Juicio contra el Estado Nacional
En el año 2011, MetroGAS promovió una acción interruptiva de prescripción contra el Estado Nacional con el objeto de que, agotado el reclamo administrativo, se condenara a este a la reparación de los daños y perjuicios provocados a MetroGAS (derivados de la Ley de Emergencia) con motivo del incumplimiento a la obligación contractual de mantener la ecuación económico-financiera de la Sociedad de acuerdo con los términos del marco regulatorio establecido a partir de la Ley de Gas.
De manera complementaria a esta acción, y una vez agotada la vía administrativa, en el año 2013 se amplió la demanda fijándose la suma reclamada en miles de $ 4.125.167 (expresada en valores al 31/12/2011) y se inició el Beneficio de Litigar Sin Gastos (“BLSG”) con el objeto de que se estableciera la exención del pago de las costas y gastos judiciales derivados de la acción de daños y perjuicios. Con la promoción del BLSG, MetroGAS quedó exenta del pago de la tasa de justicia al momento del inicio de la acción principal y hasta la resolución del BLSG.
Con fecha 30 de marzo de 2017 MetroGAS suscribió con el Estado Nacional el Acta Acuerdo Integral en virtud de la cual, dentro del plazo de noventa (90) días corridos de que entrara y se mantuviera en vigencia la Resolución que aprobara el cuadro tarifario resultante de la RTI, MetroGAS debía desistir íntegra y expresamente de todos los derechos que pudieran eventualmente invocar, como también a todas las acciones entabladas o en curso o que pudieran entablar, fundadas o vinculadas a los hechos o medidas dispuestas, respecto del Contrato de Licencia.
Con fecha 28 de marzo de 2018, se publicó en el B.O. el Decreto N° 252/2018 que ratificó el Acta Acuerdo Integral. En virtud de ello, con fecha 27 de junio de 2018 la Sociedad procedió al desistimiento de la causa “MetroGAS S.A. c/ Estado Nacional – M. Planificación - (Decreto N° 293/02) - UNIREN s/Proceso de Conocimiento”. Mediante resolución de fecha 3 de octubre de 2018, se tuvo a MetroGAS por desistida de la acción y del derecho.
Con fecha 27 de agosto de 2020, de acuerdo con el dictamen elaborado por el representante del Fisco y en atención a la situación patrimonial de MetroGAS, se dispuso a conceder en un 90% el beneficio de litigar sin gastos solicitado, con costas por su orden. En estos términos, se procedió al recálculo de la Tasa de Justicia al 0,3% del monto del litigio y se actualizó a tasa activa BNA. Como consecuencia de ello se registró un recupero de las costas relacionadas con dicho reclamo por 242.950 (en moneda de diciembre de 2020).
A la fecha, de los presentes estados financieros, el expediente se encuentra en Cámara toda vez que el perito interviniente apeló sus honorarios. Una vez que se remita el expediente al Juzgado, MetroGAS deberá liquidar y pagar la tasa de justicia.
Al 31 de diciembre de 2020 la Sociedad registró una provisión por estos conceptos de 46.803.
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23. CUENTAS POR PAGAR
| 31.12.20 3.974.513 2.151.095 6.125.608 10.288.109 |
31.12.19 | |
|---|---|---|
| No corriente | ||
| Provisión por DDA | 1.575.846 | |
| Partes relacionadas por DDA (Nota 32) Total no corriente Corriente Acreedores por compra de gas y transporte |
932.450 | |
| 2.508.296 | ||
| 14.958.263 | ||
| Provisión por DDA | - | 2.201.338 |
| Acreedores por otras compras y servicios Fideicomisos y Resolución I-2.621/2013 Partes relacionadas (Nota 32) Partes relacionadas por DDA (Nota 32) Total corriente Total |
1.369.253 15.377 8.584.175 |
1.618.120 |
| 39.963 | ||
| 7.605.062 | ||
| - | 1.302.563 | |
| 20.256.914 26.382.522 |
27.725.309 | |
| 30.233.605 |
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El análisis de antigüedad de las cuentas por pagar es el siguiente:
| El análisis de antigüedad de las cuentas por pagar es el | siguiente: | |
|---|---|---|
| 31.12.20 | 31.12.19 | |
| -De plazo vencido | ||
| menos de 3 meses de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses de 1 a 2 años más de 2 años Subtotal -Sin plazo establecido |
7.154.245 1.385.006 3.764 - 7.680 5.674 8.556.369 6.125.608 |
10.842.642 49.914 7.087 4.359 14.039 4.361 |
| 10.922.402 | ||
| - | ||
| -A vencer | ||
| menos de 3 meses | 9.394.654 | 14.089.898 |
| de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses de 1 a 2 años Subtotal |
1.293.977 1.011.914 - - 11.700.545 |
1.374.514 697.379 641.116 2.508.296 |
| 19.311.203 | ||
| Total | 26.382.522 | 30.233.605 |
24. REMUNERACIONES Y CARGAS SOCIALES
| Corriente | 31.12.20 31.12.19 126.629 82.962 137.017 140.988 41.475 43.798 318.335 280.301 210.673 153.731 1.600 2.795 835.729 704.575 |
|---|---|
| Sueldos a pagar Aportes y retenciones a depositar |
|
| Partes relacionadas (Nota 32) | |
| Provisión vacaciones Provisión gratificaciones Otros Total |
|
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El análisis de antigüedad de las remuneraciones y cargas sociales es el siguiente:
| 31.12.20 | 31.12.19 | ||
|---|---|---|---|
| -A vencer | 532.461 56.727 58.660 56.727 |
||
| menos de 3 meses de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses Subtotal Total |
667.745 58.200 54.892 54.892 835.729 835.729 |
||
| 704.575 | |||
| 704.575 | |||
| 25. OTRAS DEUDAS No corriente Partes relacionadas (Nota 32) Total no corriente Corriente Deudas por obras cedidas por terceros Multas ENARGAS Multas GCBA Partes relacionadas (Nota 32) Diversos Total corriente Total |
31.12.20 84.518 84.518 972 6.922 1.323 124.748 504 134.469 218.987 |
31.12.19 - - |
|
| 2.358 3.296 628 - 682 6.964 6.964 |
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El análisis de antigüedad de otras deudas es el siguiente:
| 31.12.20 | 31.12.19 | |
|---|---|---|
| -De plazo vencido | ||
| menos de 3 meses Subtotal -Sin plazo establecido |
54.333 54.333 35.078 |
- |
| - | ||
| 3.296 | ||
| -A vencer | ||
| menos de 3 meses | 11.637 | 3.668 |
| de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses de 1 a 2 años más de 2 años Subtotal |
10.725 10.725 11.971 42.259 42.259 129.576 |
- - - - - |
| 3.668 | ||
| Total | 218.987 | 6.964 |
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2020 E INFORMACIÓN COMPARATIVA. (cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
26. INGRESOS ORDINARIOS
| Por los ejercicios finalizados el | Por los ejercicios finalizados el | Por los ejercicios finalizados el | |
|---|---|---|---|
| 31.12.20 | 31.12.19 | ||
| Ventas de gas: Clientes Residenciales Clientes Industriales, Comerciales y Entidades Públicas Gas Natural Comprimido Subtotal Servicio de transporte y distribución: Centrales Eléctricas Clientes Industriales, Comerciales y Entidades Públicas Gas Natural Comprimido Subtotal Otras ventas Resolución MINEM N° 508-E/2017 Ventas de gas y transporte MetroENERGÍA Total (1) |
|||
| 29.322.072 3.586.708 3.957 32.912.737 1.703.737 1.065.997 676.642 3.446.376 1.118.130 845.021 11.374.069 49.696.333 |
38.886.401 7.130.264 14.425 |
||
| 46.031.090 | |||
| 2.840.986 1.432.343 1.097.268 |
|||
| 5.370.597 | |||
| 1.450.058 1.354.992 27.843.927 |
|||
| 82.050.664 | |||
(1) Incluye transacciones Intercompany por 3.846.311 y 8.069.828 por los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2020 y 2019, respectivamente. (Ver Nota 31 a los presentes estados financieros consolidados).
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
27. GASTOS POR NATURALEZA
| Remuneraciones y otros beneficios al personal Cargas sociales Suministro de gas - distribución de gas y transporte Servicio de transporte de gas - distribución de gas y transporte Suministro de gas y transporte - comercialización de gas y transporte Honorarios directores y síndicos Honorarios por servicios profesionales Materiales diversos Servicios y suministros de terceros Gastos de correos y telecomunicaciones Alquileres y arrendamientos Transportes y fletes Materiales de oficina Viajes y estadías Primas de seguros Mantenimiento y reparación de Propiedades, planta y equipo Depreciación de Propiedades, planta y equipo, Propiedades de inversión y amortización de Bienes Intangibles Amortización de activos por derecho de uso Impuestos, tasas y contribuciones Publicidad y propaganda Deudores incobrables Gastos y comisiones bancarias Gastos diversos |
COSTOS DE OPERACIÓN |
GASTOS DE ADMINISTRACIÓN 31.12.2 Por los e |
GASTOS DE COMERCIALIZACIÓN 685.933 156.454 - - - - 20.049 - 549.486 457.938 1.172 - 6.971 955 - - - - 1.752.682 62.514 2.344.399 336.116 31.309 0 jercicios finalizados el |
TOTAL 3.707.642 631.025 18.602.780 7.697.968 8.636.771 26.157 144.871 109.979 897.613 504.694 1.678 2.918 34.186 7.158 132.012 1.433.416 1.969.486 15.971 2.319.855 62.514 2.344.399 340.677 43.984 49.667.754 |
31.12.19 |
|---|---|---|---|---|---|
| TOTAL | |||||
| 1.443.605 317.094 18.602.780 7.697.968 8.636.771 - 16.128 109.979 258.933 8.776 506 - 7.157 4.371 - 767.993 1.483.662 - 29.058 |
3.680.045 634.843 25.614.010 9.855.633 22.096.682 27.617 124.550 138.252 1.066.988 557.553 1.911 84.630 42.240 17.525 103.073 1.264.479 2.227.757 17.423 3.203.039 52.191 809.694 381.184 100.176 |
||||
| 1.578.104 157.477 |
|||||
| - - - 26.157 |
|||||
| 108.694 - 89.194 37.980 - 2.918 20.058 1.832 132.012 665.423 485.824 15.971 538.115 |
|||||
| - | - | ||||
| - - 3.925 |
- |
||||
| 4.561 | |||||
| 8.750 | |||||
| Total al 31 de diciembre de 2020 Total al 31 de diciembre de 2019 |
39.388.706 | 3.873.070 | 6.405.978 | 72.101.495 | |
| 62.496.996 | 3.616.125 | 5.988.374 | |||
Los gastos incluidos en el cuadro se encuentran netos de gastos propios activados en propiedades, planta y equipo por 233.104 al 31 de diciembre de 2020 y 256.096 al 31 de diciembre de 2019.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
28. OTROS INGRESOS Y EGRESOS
| Por los ejercicios finalizados el | |
|---|---|
| 31.12.20 31.12.19 9.516 13.934 - (847.248) 5.196 18.763 66.971 120.448 387.763 (414.180) 469.446 (1.108.283) |
|
| Alquileres ganados Resolución MINEM N° 508-E/2017 no recuperable Penalidades contratistas Ingresos varios Reversión (Constitución) neta de provisiones para juicios y contingencias y otros |
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
29. RESULTADOS FINANCIEROS NETOS
Ingresos financieros
Por los ejercicios finalizados el
| 31.12.20 31.12.19 653.882 894.805 651.084 934.988 1.928.672 2.035 22.997 (34.547) 192.503 369.861 19.254.565 20.739.332 11.685 5.669 22.715.388 22.912.143 |
|
|---|---|
| Activos financieros a valor razonable Intereses ganados Intereses ganados por DDA Diferencias de cambio sobre efectivo y equivalentes Diferencias de cambio operaciones comerciales RECPAM Diversos |
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
Costos financieros
| Diferencias de cambio sobre deudas financieras () Diferencias de cambio sobre arrendamientos Diferencias de cambio sobre deuda comercial () Intereses devengados sobre deudas financiera Intereses devengados sobre arrendamientos Intereses devengados sobre deuda comercial Intereses devengados sobre DDA RECPAM Diversos |
Por los ejercicios finalizados el |
|---|---|
| 31.12.20 31.12.19 (2.794.412) (7.936.412) (327) (438) (188.077) (392.889) (3.591.734) (2.458.147) (4.156) (7.862) (3.180.598) (599.388) (1.928.672) (2.035) (14.022.032) (13.968.525) (384.925) (713.758) (26.094.933) (26.079.454) |
(*) Al 31 de diciembre de 2020 y 2019 incluye una pérdida de 191.997 y 448.926, respectivamente, correspondientes a las operaciones de compra a término de dólares estadounidenses concertadas por la Sociedad (Ver Nota 19.2 a los presentes estados financieros consolidados).
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30. IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y A LA GANANCIA MÍNIMA PRESUNTA
El siguiente cuadro detalla la evolución y composición de los activos y pasivos por impuesto diferido:
MetroGAS
Activos diferidos
| Activos diferidos | |||
|---|---|---|---|
| Quebrantos Créditos por ventas |
Provisiones | Total activo por impuesto diferido |
|
Saldos al 31.12.19 |
956.325 230.898 | 415.411 | 1.602.634 |
Movimientos del ejercicio |
(956.325) 405.320 | (306.301) | (857.306) |
Saldos al 31.12.20 |
- 636.218 | 109.110 | 745.328 |
Pasivos diferidos
| Revaluación de propiedades, planta y equipo |
Propiedades, planta y equipo |
Efectivo y equivalente de efectivo |
Efecto por inflación fiscal partidas monetarias |
Otros | Total pasivo por impuesto diferido |
Total pasivo por impuesto diferido neto |
|
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Saldos al 31.12.19 | (3.053.057) | (7.473.510) | (4.474) | (1.303.101) |
9.066 | (11.825.076) | (10.222.442) |
| Movimientos del ejercicio | 2.712.767 | (42.184) | (5.505) | (452.264) |
(12.852) | 2.199.962 | 1.342.656 |
| Reclasificaciones del | |||||||
| ejercicio | 340.290 | (340.290) | - | - | - | - | - |
| Saldos al 31.12.20 | - | **(7.855.984) ** | **(9.979) ** | **(1.755.365) ** | **(3.786) ** | **(9.625.114) ** | (8.879.786) |
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MetroENERGÍA
Activos diferidos
| Activos diferidos | |||
|---|---|---|---|
| Inversiones e Intangibles |
Efecto por inflación fiscal partidas monetarias |
Total | |
| Saldos al 31.12.19 | (6.500) | (12.108) | (18.608) |
| Movimientos del ejercicio | (7.062) | 84.455 | 77.393 |
| Saldos al 31.12.20 | **(13.562) ** | 72.347 | 58.785 |
A continuación, se detalla la conciliación entre el impuesto a las ganancias cargado a resultados y el que resultaría de aplicar al resultado contable antes del impuesto a las ganancias la tasa impositiva correspondiente:
| Impuesto a las ganancias teórico calculado sobre el resultado antes del impuesto a las ganancias Diferencias originadas en: Gastos no deducibles e ingresos no computables, netos Efecto por inflación fiscal partidas monetarias Efecto por la reexpresion en moneda constante Quebrantos no reconocidos Efecto cambio de tasa impuesto a las ganancias Total impuesto a las ganancias cargado en resultados |
Por los ejercicios finalizados el |
|---|---|
| 31.12.20 31.12.19 1.033.277 (1.702.073) 38.111 299.098 (1.113.008) (1.606.722) (486.364) (733.370) (956.325) (554.493) (405.422) 302.010 (1.889.731) (3.995.550) |
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A continuación, se detalla la conciliación entre el impuesto a las ganancias acreditado a resultados y el impuesto determinado a fines fiscales:
| Impuesto a las ganancias determinado a los fines fiscales MetroGAS Impuesto a las ganancias determinado a los fines fiscales MetroENERGÍA Diferencias transitorias Quebrantos no reconocidos Total impuesto a las ganancias cargado en resultados |
31.12.20 31.12.19 - 396.223 (597.013) (1.357.230) (336.393) (2.480.048) (956.325) (554.493) (1.889.731) (3.995.548) |
|---|---|
La evolución del pasivo diferido neto durante el ejercicio ha sido la siguiente:
| Pasivo diferido al inicio del ejercicio Efecto del impuesto diferido en ORAI Cargo del impuesto a las ganancias Pasivo diferido al cierre del ejercicio |
31.12.20 31.12.19 (10.241.050) (8.147.852) 2.712.767 545.120 (1.292.718) (2.638.318) (8.821.001) (10.241.050) |
|---|---|
El cargo por impuesto a las ganancias e impuesto a la ganancia mínima presunta por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020 y 2019 es el siguiente:
| Por los ejercicios finalizados el | Por los ejercicios finalizados el | |
|---|---|---|
| 31.12.20 (1.292.718) |
31.12.19 | |
| Impuesto a las ganancias diferido Impuesto a las ganancias corriente MetroENERGÍA IGMP no reconocido Cargo impuesto a las ganancias e IGMP |
(2.638.318) (1.357.230) (19.347) |
|
| (597.013) | ||
| (66.670) (1.956.401) |
||
| (4.014.895) | ||
El crédito por quebrantos impositivos no registrado al 31 de diciembre de 2020 ascendió a 2.140.587 con vencimiento entre los años 2021 y 2025. El crédito por el IGMP no registrado al 31 de diciembre de 2020 ascendió a 66.670 con vencimiento entre los años 2023 y 2027.
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2020 E INFORMACIÓN COMPARATIVA. (cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
31. RESULTADO NETO POR ACCIÓN
El siguiente cuadro refleja los resultados y el número de acciones que se han utilizado para el cálculo del resultado neto por acción:
| del resultado neto por acción: | |
|---|---|
| Resultado neto del ejercicio participación controlante Número medio de acciones ordinarias en circulación Resultado neto básico y diluido por acción |
Por los ejercicios finalizados el |
| 31.12.20 31.12.19 (Pérdida) / Ganancia |
|
| (5.466.916) 1.519.787 569.171 569.171 (9,61) 2,67 |
32. SALDOS Y OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS
MetroGAS realiza operaciones y transacciones con partes relacionadas dentro de las condiciones generales de mercado, las cuales forman parte de la operación habitual de la Sociedad en cuanto a su objeto y condiciones.
La información detallada en los cuadros siguientes muestra los saldos con las sociedades relacionadas al 31 de diciembre de 2020 y 2019, así como las operaciones con las mismas por los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2020 y 2019.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2021 Deloitte & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2020 E INFORMACIÓN COMPARATIVA.
(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
Las siguientes transacciones se realizan con partes relacionadas:
| Por los ejercicios finalizados el | |
|---|---|
| 31.12.20 | |
| Ingresos ordinarios Suministro de gas Servicios y suministros de terceros Materiales diversos Costo de operación Primas de seguros Costos (ingresos) financieros Gastos de correos y telecomunicaciones Remuneraciones y otros beneficios al personal |
|
| Sociedad controlante: | |
| YPF | 9 8.033.731 5.875 26.925 - 1.808.260 - - |
| Otras sociedades relacionadas: | |
| Operadora de Estaciones de Servicios S.A. Central Dock Sud S.A. |
17.162 - - - - - - - 838.610 - - - - - - - 2.047.626 - - - - - - - 4.836 - - - - - - - 1 1.481.045 - - - 316.806 - - 79.667 - - - - - - - - - - - 70.628 - - - 1.514 - - - - - 809 - 5.606 - - - - - - - - - - - - (1.928.672) - - 845.021 - - - - - - - 6.259 - - - - - - - - - - - - - - 147.274 |
| Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A. A-Evangelista S.A. |
|
| Integración Energética Argentina S.A. ("Ex-ENARSA") | |
| YPF Energía Eléctrica S.A | |
Nación Seguros S.A. |
|
| Correo Argentino S.A. Banco de la Nación Argentina |
|
| Estado Nacional (1) | |
| Secretaría de Gobierno de Energía (2) | |
| Aerolíneas Argentinas S.A. | |
| Personal clave de dirección | |
| 3.846.311 9.514.776 5.875 26.925 70.628 196.394 809 147.274 |
(1) Ver Notas 2.2.3 a los presentes estados financieros consolidados.
(2) Ver Notas 2.2.2 a los presentes estados financieros consolidados
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2021 Deloitte & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3
Diego O. De Vivo Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 223 - F° 190
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METROGAS S.A.
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2020 E INFORMACIÓN COMPARATIVA.
(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
| Por los ejercicios finalizados el | |
|---|---|
| 31.12.19 | |
| Ingresos ordinarios Suministro de gas Servicios y suministros de terceros Materiales diversos Costo de operación Primas de seguros Costos financieros Gastos de correos y telecomunicaciones Remuneraciones y otros beneficios al personal |
|
| Sociedad controlante: | |
| YPF | 24.168 14.585.038 4.047 41.142 - 153.816 - - |
| Otras sociedades relacionadas: | |
| Central Dock Sud S.A. | 1.874.137 - - - - - - - 4.173.587 - - - - - - - 19.196 - - - - - - - 11 379.377 - - - 15.871 - - 598.638 - - - - - - - - - - - 76.373 - - - 2.024 - - - - - 1.145 - 7.661 - - - - - - - - (491.279) - - - 2.035 - - 1.354.992 (847.248) - - - - - - 15.414 - - - - - - - - - - - - - - 155.672 |
| Operadora de Estaciones de Servicio S.A. | |
A-Evangelista S.A. Integración Energética Argentina S.A. ("Ex-ENARSA") YPF Energía Eléctrica S.A Nación Seguros S.A. |
|
| Correo Argentino S.A. Banco de la Nación Argentina |
|
Estado Nacional (1) |
|
| Secretaría de Gobierno de Energía (2) Otros |
|
| Personal clave de dirección | |
| 8.069.828 13.625.888 4.047 41.142 76.373 171.722 1.145 155.672 |
|
(1) Ver Notas 2.2.3 a los presentes estados financieros consolidados.
(2) Ver Notas 2.2.2 a los presentes estados financieros consolidados
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2020 E INFORMACIÓN COMPARATIVA.
(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
Los siguientes saldos se mantienen con partes relacionadas:
| 31.12.20 | 31.12.20 | ||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Créditos por ventas |
Otros créditos | Cuentas por pagar | Remuneraciones y cargas sociales Otras deudas |
||||
| Sociedad controlante: YPF |
Corrientes 28 |
Corrientes 5.287 |
No corrientes | Corrientes 6.570.016 |
No corrientes 1.886.984 |
Corrientes 124.748 |
No corrientes Corrientes 84.518 - |
| - | |||||||
| Otras sociedades relacionadas: | |||||||
| Central Dock Sud S.A. | 47.649 | - | - | - | - | - | - - |
| Operadora de Estaciones de Servicios S.A. | 125 | ||||||
| A-Evangelista S.A. Integración Energética Argentina S.A. ("Ex-ENARSA") Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A. |
1.039 - 582.578 |
- - - |
- - - |
- 2.013.305 - |
- 264.111 - |
- - - - - - - - - - - |
- - - - - - - - - - - - - - - - - - - - - 41.475 |
| YPF Energía Eléctrica S.A Nación Seguros S.A. Estado Nacional (1) |
- - - |
- 48.701 - |
- - 6.125.608 |
- 841 - |
- - - |
||
| Secretaría de Gobierno de Energía (2) | - | 439.649 | - | - | - | ||
| Banco de la Nación Argentina Correo Argentino S.A. Aerolíneas Argentinas S.A. |
314 1.225 1.474 |
- - - |
- - - |
- 13 - |
- - - |
||
| Personal clave de dirección: | - | - | - | - | - | ||
| 634.432 | 493.637 | 6.125.608 | 8.584.175 | 2.151.095 | 124.748 | 84.518 41.475 |
|
(1) Ver Notas 2.2.3 a los presentes estados financieros consolidados.
(2) Ver Notas 2.2.2 a los presentes estados financieros consolidados
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2021 Deloitte & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2020 E INFORMACIÓN COMPARATIVA.
(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
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----- Start of picture text -----
31.12.19
Créditos por Remuneraciones
Otros créditos Cuentas por pagar
ventas y cargas sociales
Corrientes Corrientes No corrientes Corrientes No corrientes Corrientes
Sociedad controlante:
YPF 38 7.281 - 8.336.542 817.965 -
Otras sociedades relacionadas:
Central Dock Sud S.A. 1.215.568 - - - - -
A-Evangelista S.A. 1.728 - - - - -
Integración Energética Argentina S.A. ("Ex-ENARSA") - - - 568.849 114.485 -
Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A. 1.499.073 - - - - -
YPF Energía Eléctrica S.A 320.490 - - - - -
Nación Seguros S.A. - 41.757 - 2.107 - -
Estado Nacional (1) - 3.503.901 2.508.296 - - -
Secretaría de Gobierno de Energía (2) - 234.357 - - - -
Correo Argentino S.A. 542 - - 93 - -
Aerolíneas Argentinas S.A. 129 - - 34 - -
Personal clave de dirección: - - - - - 43.798
3.037.568 3.787.296 2.508.296 8.907.625 932.450 43.798
(1) Ver Notas 2.2.3 a los presentes estados financieros consolidados.
(2) Ver Notas 2.2.2 a los presentes estados financieros consolidados
----- End of picture text -----
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2021 Deloitte & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2020 E INFORMACIÓN COMPARATIVA.
(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
Los importes pendientes no están garantizados y se liquidarán en efectivo. No se han otorgado ni recibido garantías. No se ha reconocido ningún gasto en el período actual con respecto a la incobrabilidad o cuentas de dudoso cobro relacionados con los importes adeudados por partes relacionadas.
Asimismo, tal como se explica en Nota 2.4.1, MetroGAS debe facturar, cobrar y liquidar dos cargos específicos, con diversa afectación, lo cual hace por cuenta y orden de Nación Fideicomisos S.A. Los saldos por estas operatorias se exponen en la Nota 23.
33. COMPROMISOS CONTRACTUALES
MetroGAS ha celebrado desde el inicio de la concesión distintos contratos de largo plazo que le permiten asegurar una cierta capacidad de compra y transporte de gas.
Asimismo, MetroGAS celebró contratos de venta de gas y de transporte y distribución que generaron compromisos firmes con centrales eléctricas, industrias y GNC.
Algunos de los mencionados contratos incluyen cláusulas de penalidad que estipulan resarcimientos ante un incumplimiento de la obligación de recibir, entregar o transportar el bien objeto del contrato.
Adicionalmente, MetroGAS se encuentra comprometida con terceras partes a través de contratos relacionados con servicios y suministros de terceros, mantenimiento y reparación de propiedades, planta y equipo y seguros.
MetroENERGÍA celebró acuerdos de suministro de gas natural con distintos agentes del mercado a fin de abastecer a los usuarios que debían adquirir el gas de terceros proveedores. Actualmente, MetroENERGÍA posee diferentes acuerdos de compra para suministrar gas natural a las industrias y comercios durante el año 2021. También MetroENERGÍA celebró contratos de abastecimiento de gas natural con grandes clientes, usuarios del SGG y SGP.Algunos de los mencionados contratos incluyen cláusulas de penalidad que estipulan resarcimientos ante un incumplimiento de la obligación de recibir, entregar o transportar el bien objeto del contrato.
Los compromisos de MetroGAS y MetroENERGÍA por compra y transporte de gas, de inversión y gastos hasta el vencimiento de los contratos más relevantes ascienden a 105.723.000 al 31 de diciembre de 2020.
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2020 E INFORMACIÓN COMPARATIVA. (cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
34. ACTIVOS Y PASIVOS EN MONEDA EXTRANJERA
A continuación, se incluye un cuadro con un detalle de activos y pasivos en moneda extranjera al 31 de diciembre de 2020 y 2019:
| RUBROS | 31.12.20 | 31.12.19 | ||||
| CLASE Y MONTO DE LA MONEDA EXTRANJERA |
CAMBIO VIGENTE |
MONTO EN MONEDA ARGENTINA |
CLASE Y MONTO DE LA MONEDA EXTRANJERA |
MONTO EN MONEDA ARGENTINA |
||
| ACTIVO ACTIVO CORRIENTE Efectivo y equivalentes de efectivo Créditos por ventas Otros créditos Total Activo Corriente TOTAL ACTIVO PASIVO PASIVO CORRIENTE Cuentas por pagar Deudas financieras Total Pasivo Corriente PASIVO NO CORRIENTE |
U$S 813 Euros 1 U$S 6.154 U$S 695 Euros 19 U$S 6.801 Libras esterlinas 30 U$S 42.195 |
83,950 (1) 103,074 (1) 83,950 (1) 83,950 (1) 103,074 (1) 84,150 (2) 114,747 (2) 84,150 (2) |
68.251 103 516.628 58.345 1.958 |
U$S 822 Euros 1 U$S 30.459 U$S 574 U$S 9.416 Euros 41 U$S 111.864 |
66.798 91 2.475.184 46.644 - |
|
| 645.285 | 2.588.717 | |||||
| 645.285 | 2.588.717 | |||||
| 572.304 3.442 3.550.709 |
767.733 - 3.752 9.120.769 |
|||||
| 4.126.455 | 9.892.254 | |||||
| Deudas financieras | U$S 22.220 |
84,150 (2) | 1.869.813 | U$S 27.800 |
2.266.653 | |
| Total Pasivo no corriente TOTAL PASIVO |
||||||
| 1.869.813 | 2.266.653 | |||||
| 5.996.268 | 12.158.907 |
(1) Tipo de cambio comprador al 31 de diciembre de 2020.
(2) Tipo de cambio vendedor al 31 de diciembre de 2020.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2021 Deloitte & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3
Dr. Eduardo Baldi Por Comisión Fiscalizadora
Diego O. De Vivo Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 223 - F° 190
Alejandro Héctor Fernández Presidente
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RESEÑA INFORMATIVA
RESOLUCIÓN Nº 368/01 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
Información confeccionada sobre la base de los estados financieros consolidados de MetroGAS S.A. (cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2020)
Contenido
-
Contexto Económico Argentino y su impacto sobre la Sociedad (*)
-
Consideraciones Generales (*)
-
Estructura patrimonial consolidada comparativa
-
Estructura de resultados consolidados comparativa
-
Estructura de flujos de efectivo consolidados comparativa
-
Índices comparativos
-
Datos estadísticos comparativos (*)
-
Información adicional (*)
-
Perspectivas (*)
(*) Información no cubierta por el Informe de los Auditores Independientes
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METROGAS S.A.
RESEÑA INFORMATIVA
RESOLUCIÓN Nº 368/01 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
1. Contexto económico argentino y su impacto sobre la Sociedad
En Nota 2 a los estados financieros consolidados se describe, los principales cambios en el marco regulatorio y sus impactos sobre MetroGAS S.A (“MetroGAS” o la “Sociedad”).
Estas situaciones han sido consideradas por la Dirección de la Sociedad, al efectuar las estimaciones contables significativas (ver Nota 5 a los presentes estados financieros consolidados).
2. Consideraciones Generales
a) Bases de presentación
A través de la Ley N° 27.468, publicada el 4 de diciembre del 2018 en el Boletín Oficial (“B.O”), se derogó el Decreto N° 1.269/02 del Poder Ejecutivo Nacional (“PEN”) y sus modificatorios (incluido el Decreto N° 664 del PEN). Las disposiciones de la mencionada ley entraron en vigencia a partir del 28 de diciembre de 2018, fecha en la cual se publicó la Resolución General N° 777/18 de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”), la cual estableció que los estados financieros anuales, por períodos intermedios y especiales que cierren a partir del 31 de diciembre de 2018 inclusive, deben presentarse ante ese organismo de control en moneda homogénea.
De acuerdo a lo dispuesto por la Resolución General N° 777/18 de la CNV se presentarán, como mínimo, los saldos comparativos con el ejercicio/período anterior, ambos en moneda de poder adquisitivo correspondiente a la fecha de cierre. Por lo tanto, las cifras de los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2020 y 2019 han sido reexpresadas en moneda de cierre del presente período, a fin de permitir su comparabilidad. Asimismo, determina que con posterioridad se irá incorporando información comparativa en forma trimestral/anual en moneda de poder adquisitivo correspondiente a la fecha de cierre hasta alcanzar cinco trimestres/ejercicios comparativos.
b) Cuadros tarifarios
Las ventas de la Sociedad se ven altamente influenciadas por la estructura climática imperante en la Argentina. La demanda de gas natural y, en consecuencia, sus ventas son considerablemente más altas durante los meses de invierno (de mayo a septiembre) debido a los volúmenes de gas vendidos y al mix de tarifas que afecta los ingresos por ventas y el margen bruto.
En relación al ajuste semestral de los márgenes de transporte y distribución previsto a partir del 1º de octubre de 2019, con fecha 4 de septiembre de 2019 se publicó la Resolución de la Secretaría de Gobierno de Energía (“SGE”) N° 521/2019 que difirió el ajuste semestral para el 1° de enero de 2020, oportunidad en la cual se aplicaría el valor correspondiente al índice de actualización inmediato anterior disponible. A fin de compensar a las prestadoras en el marco de lo dispuesto en el numeral 9.8 de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución (“RBLD”), se dispuso la revisión y adecuación -en su exacta incidencia- de las inversiones obligatorias a su cargo. Para ello, las prestadoras de los servicios de transporte y distribución de gas natural debían presentar ante el Ente Nacional Regulador de Gas (“ENARGAS”), dentro del plazo de 30 días corridos desde la publicación de la Resolución SGE N° 521/2019, sus propuestas de readecuación de las inversiones obligatorias a su cargo, a fin de que la autoridad regulatoria las evalúe y autorice, con las adecuaciones pertinentes, respetando la exacta incidencia entre los montos que se dejan de percibir
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METROGAS S.A.
RESEÑA INFORMATIVA
RESOLUCIÓN Nº 368/01 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
en concepto de tarifa -incluyendo las bonificaciones a las subdistribuidoras de su área de licencia- y los montos de inversión comprometidos.
Asimismo, la Resolución SGE N° 521/2019 difirió el ajuste tarifario por variación del precio de gas en el PIST previsto con vigencia a partir del 1º de octubre de 2019 para el 1° de enero de 2020, oportunidad en que se efectuarán las adecuaciones pertinentes a los períodos a considerar para el cálculo de las Diferencias Diarias Acumuladas (“DDA”).
Con fecha 25 de noviembre de 2019 se publicó la Resolución SGE N° 751/2019 que sustituyó el artículo 1° de la Resolución SGE N° 521/2019 y estableció: "Diferir el ajuste semestral de los márgenes de transporte y distribución previsto a partir del 1º de octubre de 2019 para el 1° de febrero de 2020, debiendo utilizarse, en esa oportunidad, el índice de ajuste correspondiente para reflejar la variación de precios entre los meses de febrero y agosto de 2019”.
Mediante Resolución ENARGAS N° 703/2019 se publicaron nuevos cuadros tarifarios para MetroGAS con vigencia a partir del 1º de noviembre de 2019. Estos cuadros tarifarios tuvieron su fundamento en (i) el análisis y revisión de las DDA de MetroGAS correspondientes a los períodos “Octubre 2018-Abril 2019” y “Abril 2019-Octubre 2019” y (ii) el ajuste previsto en la Resolución ENARGAS N° 694/2019 que resolvió una controversia entre MetroGAS y Naturgy BAN S.A. Posteriormente, con fecha 29 de noviembre de 2019, y habiéndose advertido errores materiales en la Resolución ENARGAS N° 703/2019, se publicaron, a través de la Resolución ENARGAS N° 763/2019, nuevos cuadros tarifarios para MetroGAS con vigencia a partir del 29 de noviembre de 2019.
Sobre estas dos últimas resoluciones, se ha presentado recurso de reconsideración y nulidad sobre los montos determinados por DDA, por entender que los criterios utilizados para su determinación no se adecúan a los principios consagrados en la Ley de Gas y tampoco a los que se comunicaron por medio de la Resolución ENARGAS N° 72/2019, que en tiempo y forma fue impugnada por MetroGAS y aún no fue resuelta por el ENARGAS. Con fecha 27 de abril de 2020 se publicó la Resolución ENARGAS N° 27/2020 que deroga la Resolución ENARGAS Nº 72/2019 (ver Nota 2.2.3 a los presentes estados financieros consolidados).
Con fecha 23 de diciembre de 2019 se publicó la Ley N° 27.541, denominada de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia (“Ley de Solidaridad”), que declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, y delegó en el PEN hasta el 31 de diciembre de 2020 las facultades en los términos del artículo N° 76 de la Constitución Nacional.
En relación al sistema energético, el artículo 5 de la Ley de Solidaridad Social facultó al PEN a mantener las tarifas de electricidad y gas natural que estén bajo jurisdicción federal y a iniciar un proceso de renegociación de la RTI vigente o iniciar una revisión de carácter extraordinario, en los términos de las leyes N° 24.065, N° 24.076 y demás normas concordantes, a partir de la vigencia de la Ley de Solidaridad Social y por un plazo máximo de hasta ciento ochenta (180) días, propendiendo a una reducción de la carga tarifaria real sobre los hogares, comercios e industrias para el año 2020. Asimismo, facultó al PEN a intervenir administrativamente el ENARGAS por el término de un (1) año. Con fecha 19 de junio de 2020 se publicó el Decreto de Necesidad y Urgencia (“DNU”) N° 543/2020 que prorrogó el plazo establecido en el citado artículo 5° de la Ley de Solidaridad Social
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METROGAS S.A.
RESEÑA INFORMATIVA
RESOLUCIÓN Nº 368/01 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
desde su vencimiento y por un plazo adicional de 180 días corridos, manteniéndose así vigente la referida facultad del PEN de mantener inalterados los valores tarifarios de electricidad y gas natural hasta fines de 2020.
En razón de estas medidas, el 29 de enero de 2021, MetroGAS realizó una nueva presentación ante el ENARGAS, mediante la cual actualizó los valores de las afectaciones que fueron objeto de su presentación del 11 de octubre de 2019, y amplió su solicitud de compensación económica para la restitución de su equilibrio económico y financiero, solicitando la reparación de los perjuicios que le representaron los incrementos de sus costos y la reducción de sus ingresos, derivados de las normas recién mencionadas, adoptadas todas a partir de la Ley de Solidaridad, inclusive.
En la medida que el ENARGAS no adopte medidas tendientes a corregir la afectación del mecanismo de mantenimiento en valores constantes de la tarifa de distribución, esto continuará impactando negativamente en la Sociedad, disminuyendo el flujo de ingresos y empeorando la actual situación económico-financiera de MetroGAS.
Con fecha 17 de diciembre de 2020 se publicó el Decreto N° 1.020/2020 que (i) determinó el inicio de la renegociación de la RTI vigente correspondiente a las prestadoras de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica y gas natural que estén bajo jurisdicción federal, en el marco de lo establecido en el artículo 5° de la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública; (ii) estableció que el plazo de la renegociación dispuesta anteriormente no podrá exceder los dos (2) años desde la fecha de entrada en vigencia del mencionado decreto, debiendo suspenderse hasta entonces los Acuerdos correspondientes a las respectivas Revisiones Tarifarias Integrales vigentes con los alcances que en cada caso determinen los Entes Reguladores; (iii) encomendó la renegociación al ENARGAS pudiendo preverse adecuaciones transitorias de tarifas y/o su segmentación, según pudiera corresponder, propendiendo a la continuidad y normal prestación de los servicios públicos involucrados; (iv) prorrogó el plazo de mantenimiento de las tarifas de gas natural establecido en el artículo 5° de la Ley N° 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el marco de la Emergencia Pública (prorrogado por el Decreto N° 543/20 desde su vencimiento) por un plazo adicional de noventa (90) días corridos o hasta tanto entren en vigencia los nuevos cuadros tarifarios transitorios resultantes del Régimen Tarifario de Transición para los servicios públicos de transporte y distribución de gas natural (lo que ocurra primero, con los alcances que en cada caso corresponda); y (v) prorrogó la intervención del ENARGAS, incluyendo mandas y designaciones (entre ellas, la del Sr. Interventor, Federico Bernal), por el plazo de un (1) año desde su vencimiento o hasta que se finalice la renegociación de la revisión tarifaria dispuesta por el presente, lo que ocurra primero.
Con fecha 23 de febrero de 2021 se publicó la Resolución ENARGAS N° 47/2021 que convoca a Audiencia Pública Nº 101 virtual para el día 16 de marzo de 2021 con el objeto de poner a consideración el Régimen Tarifario de Transición de conformidad con el Decreto N° 1.020/20. En los términos de la resolución del ENARGAS, la Sociedad presentó oportunamente los cuadros tarifarios de transición, así como la información de sustento de los mismos para el régimen tarifario transitorio.
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RESEÑA INFORMATIVA
RESOLUCIÓN Nº 368/01 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
c) Resolución MINEM N° 508-E/2017
Con fecha 29 de diciembre de 2017 se publicó la Resolución (ex) Ministerio de Energía y Minería (“MINEM”) N° 508-E/2017 que establecía el procedimiento para la compensación de los menores ingresos que las Licenciatarias del Servicio de Distribución de Gas Natural por Redes reciben de sus usuarios, como producto de la aplicación de beneficios y/o bonificaciones a los usuarios resultantes de la normativa vigente en materia tarifaria del servicio de distribución de gas natural por redes y los mayores costos del Gas Natural No Contabilizado (“GNNC”) respecto a los establecidos para su reconocimiento en las tarifas.
Con fecha 7 de diciembre de 2018, el ENARGAS comunicó a la Dirección Nacional de Economía de Hidrocarburos observaciones al esquema previsto en la Resolución Nº 508/2017 del MINEM. En virtud de ello, la SGE no solo no reconoció el ajuste previsto en la Resolución Nº 508/2017 del MINEM respecto del GNNC sino que, además, dispuso que las sumas percibidas por el período enero de 2018 a noviembre de 2018 que hasta ese momento tenían carácter provisorio, fueran compensadas con deudas que mantenía la SGE con MetroGAS. Asimismo, tampoco fueron reconocidos los ajustes a valores reales que preveía la misma operatoria por ese mismo período, ni los excesos de costos incurridos a partir de diciembre de 2018 hasta septiembre de 2019. El impacto del ajuste sobre los estados financieros al 31 de diciembre de 2019 fue de una pérdida de $ 452 millones correspondiente al ejercicio 2018 (cuyo monto reexpresado al 31 de diciembre de 2020 asciende a $ 847 millones).
d) Compra de gas
En relación al suministro de gas para el año 2019, MetroGAS participó del concurso de precios para la provisión de gas natural en condición firme para el abastecimiento de la demanda de usuarios de servicio completo de las prestadoras de servicio público de distribución de gas por redes que se llevó a cabo en el ámbito del Mercado Electrónico de Gas S.A. (“MEGSA”) para las cuencas Neuquina, Golfo San Jorge, Santa Cruz Sur y Tierra del Fuego el 14 de febrero de 2019, todo ello de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución N° 32/2019 de la SGE.
Como resultado de dicho concurso, se obtuvieron compromisos de abastecimiento anual (hasta el 31 de marzo de 2020) por un volumen de capacidad máxima diaria (“CMD”) de 1.486 millones de m[3] los cuales representan el 58% de nuestra demanda anual, cumpliendo con ello con el requisito establecido en el marco regulatorio.
Respecto al suministro de gas para el año 2020, la Secretaría de Energía (“SE”) instruyó a productores y comercializadores de gas a renovar la vigencia de los contratos de suministro de gas de las distribuidoras hasta la fecha de vencimiento del plazo ampliado durante el cual el PEN se encuentra facultado a mantener inalteradas las tarifas de gas natural, esto es diciembre de 2020.
Con fecha 16 de noviembre de 2020, se publicó el Decreto N° 892/2020 que declaró de interés público nacional y como objetivo prioritario de la República Argentina la promoción de la producción del gas natural argentino. En consecuencia, se aprobó el “Plan de promoción de la producción de gas natural argentino – Esquema de oferta y demanda 2020-2024” (el “Plan Gas”).
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METROGAS S.A.
RESEÑA INFORMATIVA
RESOLUCIÓN Nº 368/01 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
A la fecha de los presentes estados financieros, MetroGAS suscribió distintos acuerdos de suministro con los productores que resultaron adjudicados en el marco del Plan Gas, de los que merece destacarse que el precio fue nominado en pesos por m3 según el precio en cuadros tarifarios vigente conforme a la definición del Punto 6.28 del Anexo del Decreto Nº 892/20, el cual fue definido allí como “el precio del gas en el PIST de conformidad con los cuadros tarifarios para las Licenciatarias de Distribución y/o Subdistribuidoras”, razón por la cual se estableció adicionalmente en los contratos que “La obligación de pago del Precio del Comprador será igual al monto de aquella porción del Precio Ofertado que el ESTADO NACIONAL decida incluir en los Cuadros Tarifarios, conforme a lo dispuesto en el Artículo 6° del Decreto N° 892/20 y en los Puntos 20 y 33 del Anexo del Decreto N° 892/20”.
Con fecha 22 de febrero de 2021, la SE convocó, mediante la Resolución N° 129/2021, al Concurso Público Nacional “RONDA #2 CONCURSO PÚBLICO NACIONAL - PLAN DE PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN DEL GAS NATURAL ARGENTINO – ESQUEMA DE OFERTA Y DEMANDA 2020-2024” para la adjudicación de volúmenes de gas natural adicionales a los adjudicados por la Resolución N° 391 de fecha 15 de diciembre de 2020, correspondientes a las Cuencas Neuquina y Austral, por cada uno de los períodos invernales de los años 2021 a 2024 inclusive.
Análisis de las operaciones de los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2020 y 2019
Las ventas de la Sociedad durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020 disminuyeron un 39,4% y los costos de operación disminuyeron un 37,0% respecto del ejercicio anterior, ocasionando una disminución en la ganancia bruta de 9.246.041, la cual ascendió a 10.307.627 durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020, respecto de 19.553.668 registrado durante el ejercicio anterior.
Los gastos de administración aumentaron un 7,1%, de 3.616.125 en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 a 3.873.070 en el presente ejercicio y los gastos de comercialización aumentaron un 7,0%, de 5.988.374 en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 a 6.405.978 en el presente ejercicio.
Los otros ingresos y egresos registraron una pérdida de 1.108.283 en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 y una ganancia de 469.446 generada en el presente ejercicio.
Durante el ejercicio 2020 se registró una pérdida por deterioro de propiedades, planta y equipo por 562.738.
Consecuentemente, durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020 se registró una pérdida operativa de 64.713, respecto de una ganancia operativa de 8.840.886 obtenida en el ejercicio anterior.
Durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020 los resultados financieros netos generaron una pérdida de 3.379.545, respecto de una pérdida de 3.167.311 generada en el ejercicio anterior.
122
METROGAS S.A.
RESEÑA INFORMATIVA
RESOLUCIÓN Nº 368/01 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
Consecuentemente, la pérdida neta de la Sociedad correspondiente al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020 ascendió a 5.400.659, respecto de una ganancia neta de 1.658.680 generada en el ejercicio anterior.
Al 31 de diciembre de 2020, en razón de los cambios producidos, la Sociedad realizó una nueva estimación del valor razonable de los activos esenciales considerando para ello diferentes escenarios tomando en cuenta el comportamiento futuro de ciertas variables que resultan sensibles en la determinación del valor razonable, ponderando cada uno por su probabilidad de ocurrencia y, concluyó que el valor razonable de los activos esenciales se había reducido en 10.680.182, imputándose contra una disminución de la reserva por revaluación registrada en el ORIA de 7.967.415, neto del impuesto diferido y un deterioro de Propiedades, planta y equipo por 562.738 en el Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral .
Resultados de las operaciones y de la condición financiera
Ventas
El total de ventas consolidadas disminuyó un 39,4% durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020, totalizando 49.696.333, respecto de 82.050.664 registradas en el ejercicio anterior.
La disminución de las ventas durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020 se origina principalmente por menores ventas de MetroGAS con gas a los clientes residenciales, industriales, comerciales y entidades públicas y de MetroENERGÍA.
Las ventas con gas de MetroGAS a los clientes residenciales disminuyeron un 24,6%, de 38.886.401 a 29.322.006 durante los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2019 y 2020, respectivamente, debido principalmente a la disminución de la tarifa, que quedó en niveles inferiores al ajuste por reexpresión de las ventas registradas al 31 de diciembre de 2019, parcialmente compensado por un aumento en los volúmenes entregados a esta categoría de clientes del 5,7%.
Las ventas con gas de MetroGAS a los clientes industriales, comerciales y entidades públicas disminuyeron un 49,7%, de 7.130.264 a 3.586.708 durante los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2019 y 2020, respectivamente, debido principalmente a la disminución de la tarifa, que quedó en niveles inferiores al ajuste por reexpresión de las ventas registradas al 31 de diciembre de 2019 y a una disminución de los volúmenes entregados del 30,5%.
Las ventas con gas a las estaciones de GNC disminuyeron un 72,6%, de 14.425 durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 a 3.857 generadas durante el presente ejercicio, debido a la disminución de la tarifa, que quedó en niveles inferiores al ajuste por reexpresión de las ventas registradas al 31 de diciembre de 2019 y a una disminución en los volúmenes entregados a esta categoría de clientes del 37,5%.
Las ventas del servicio de transporte y distribución a las estaciones de GNC disminuyeron un 38,3%, de 1.097.268 durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 a 676.642 generadas durante el mismo período del presente ejercicio debido a la disminución de la tarifa, que quedó en niveles
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inferiores al ajuste por reexpresión de las ventas registradas al 31 de diciembre de 2019 y a una disminución en los volúmenes entregados a esta categoría de clientes del 26,2%.
Las ventas del servicio de transporte y distribución a las centrales eléctricas disminuyeron un 40,0% de 2.840.986 durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 a 1.703.737 generadas en el presente ejercicio, debido principalmente a la disminución de la tarifa, que quedó en niveles inferiores al ajuste por reexpresión de las ventas registradas al 31 de diciembre de 2019 y a una disminución en los volúmenes entregados a esta categoría de clientes del 15,1%.
Por otra parte, las ventas del servicio de transporte y distribución a los clientes industriales, comerciales y entidades públicas disminuyeron un 25,6% de 1.432.343 durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 a 1.065.997 generadas durante el presente ejercicio, debido principalmente a la disminución de la tarifa, que quedó en niveles inferiores al ajuste por reexpresión de las ventas registradas al 31 de diciembre de 2019, parcialmente compensado por un aumento en los volúmenes entregados a esta categoría de clientes del 1,2%.
Las ventas de MetroENERGÍA durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020 fueron de 11.374.069 disminuyendo un 59,2% respecto del ejercicio anterior que fueron de 27.843.927, debido principalmente a la disminución de la tarifa, que quedó en niveles inferiores al ajuste por reexpresión de las ventas registradas al 31 de diciembre de 2019 y a una disminución en los volúmenes entregados a esta categoría de clientes del 47,8%.
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El siguiente cuadro muestra las ventas consolidadas de la Sociedad, por tipo de servicio y categoría de clientes, para los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2020 y 2019, expresadas en miles de pesos:
| de pesos: | |||
|---|---|---|---|
| IngresosOrdinarios | |||
| Ejercicios finalizados el 31 de diciembre de | |||
| 2020 | 2019 | ||
| MetroGAS Ventas de gas: Clientes Residenciales Clientes Industriales, Comerciales y Entidades Públicas Gas Natural Comprimido Subtotal Servicio de transporte y distribución: Centrales Eléctricas Clientes Industriales, Comerciales y Entidades Públicas Gas Natural Comprimido Subtotal Otras ventas Resolución MINEM 508 E/2017 |
29.322.072 3.586.708 3.957 32.912.737 1.703.737 1.065.997 676.642 3.446.376 1.118.130 845.021 en miles de Pesos |
59,0% 7,2% 0,0% 66,2% 3,4% 2,1% 1,4% 6,9% 2,2% 1,7% % Total de ventas |
38.886.401 47,4% 7.130.264 8,7% 14.425 0,0% 46.031.090 56,1% 2.840.986 3,5% 1.432.343 1,7% 1.097.268 1,3% 5.370.597 6,5% 1.450.058 1,8% 1.354.992 1,7% en miles de Pesos % Total de ventas |
| Ventas de gas y transporte MetroENERGÏA |
11.374.069 | 23,0% | 27.843.927 33,9% |
| Total Ventas | 49.696.333 | 100,0% | 82.050.664 100,0% |
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El siguiente cuadro muestra el volumen de ventas de gas natural y de servicio de transporte y distribución de MetroGAS, por categoría de clientes, por los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2020 y 2019, expresados en millones de metros cúbicos:
| Volúmenes | Volúmenes | Volúmenes | |
|---|---|---|---|
| Ejercicios finalizados el | 31 de diciembre de | ||
| 2020 | 2019 | ||
| MetroGAS Ventas de gas: Clientes Residenciales Clientes Industriales, Comerciales y Entidades Públicas Gas Natural Comprimido Subtotal Servicio de transporte y distribución: Centrales Eléctricas Clientes Industriales, Comerciales y Entidades Públicas Gas Natural Comprimido Subtotal Otras ventas de gas y servicios de transporte y distribución Total Volumen Entregado por MetroGAS |
MMMC 1.691,1 272,7 0,5 1.964,3 3.212,6 675,6 332,8 4.221,0 714,4 6.899,7 |
% del Volumen de Gas Entregado 24,5% 4,0% 0,0% 28,5% 46,6% 9,8% 4,8% 61,2% 10,3% 100,0% |
MMMC % del Volumen de Gas Entregado 1.600,5 21,1% 392,3 5,2% 0,8 0,0% 1.993,6 26,3% 3.784,9 49,8% 667,6 8,8% 450,8 6,0% 4.903,3 64,5% 702,6 9,2% 7.599,5 100,0% |
| Total Volumen Entregado de gas y transporte por MetroENERGÍA |
1.544,6 |
100,0% | 2.959,5 100,0% |
Costos de operación
Los costos de operación disminuyeron un 37,0%, totalizando 39.388.706 durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020, respecto de 62.496.996 registrados en el ejercicio anterior. La variación se debe principalmente a la disminución de los costos de compra de gas y transporte.
Los costos de compra para distribución de gas y transporte disminuyeron un 27,4% de 25.614.010 durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 a 18.602.780 durante el presente ejercicio debido principalmente a una disminución de los precios de compra de MetroGAS y MetroENERGÍA, que quedaron en niveles inferiores a la reexpresión de los costos registrados al 31 de diciembre de 2019. Durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020, MetroGAS adquirió 2.522 millones de metros cúbicos que representan una disminución del 0,6% respecto de los volúmenes de gas comprados en el ejercicio anterior.
Los costos de compra para comercialización de gas y transporte se disminuyeron 60,9% de 22.096.682 durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 a 8.636.771 durante el presente ejercicio debido principalmente a una disminución de los precios de compra de MetroENERGÍA, que quedaron en niveles inferiores a la reexpresión de los costos registrados al 31 de diciembre de 2019 y a una disminución en los volúmenes comprados.
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Durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020, MetroENERGÍA adquirió 1.544,6 millones de metros cúbicos, los que representan una disminución del 47,8% respecto de los volúmenes de gas comprados en el ejercicio anterior.
Los costos de transporte de gas para distribución de gas y transporte disminuyeron un 21,9% de 9.855.633 durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 a 7.697.968 durante el presente ejercicio.
El siguiente cuadro muestra los costos de operación de la Sociedad, por tipo de gasto, para los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2020 y 2019, expresados en miles de pesos:
| Ejercicios finalizados el 31 de diciembre de | Ejercicios finalizados el 31 de diciembre de | Ejercicios finalizados el 31 de diciembre de | ||
|---|---|---|---|---|
| 2020 | 2019 | |||
| % de | % de | |||
| en miles de | Costos de | en miles de | Costos de | |
| Pesos | Operación | Pesos | Operación | |
| Suministro de gas - distribución de gas y transporte | 18.602.780 | 47,3% | 25.614.010 | 41,0% |
| Servicio de transporte de gas - distribución de gas y transporte | 7.697.968 | 19,5% | 9.855.633 | 15,8% |
| Suministro de gas y transporte - comercialización de gas y | ||||
| transporte | 8.636.771 | 21,9% | 22.096.682 | 35,4% |
| Depreciación de propiedades, planta y equipo, propiedades de | ||||
| inversión y amortización de bienes intangibles | 1.483.662 | 3,8% | 1.678.397 | 2,7% |
| Remuneraciones y cargas sociales | 1.760.699 | 4,5% | 1.835.704 | 2,9% |
| Mantenimiento y reparación | 767.993 | 1,9% | 786.010 | 1,3% |
| Materiales diversos | 109.979 | 0,3% | 138.252 | 0,2% |
| Servicios y suministros de terceros | 258.933 | 0,6% | 379.490 | 0,5% |
| Impuestos, tasas y contribuciones | 29.058 | 0,1% | 32.292 | 0,1% |
| Otros gastos operativos | 40.863 | 0,1% | 80.527 | 0,1% |
| Total | 39.388.706 | 100,0% | 62.496.996 | 100,0% |
Gastos de administración
Los gastos de administración aumentaron un 7,1%, de 3.616.125 en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 a 3.873.070 en el presente ejercicio. Este incremento se debió principalmente al aumento de remuneraciones y otros beneficios al personal y al aumento de mantenimiento y reparación de PPyE, parcialmente compensado con la disminución de transportes y fletes.
Gastos de comercialización
Los gastos de comercialización se incrementaron un 7,0%, de 5.988.374 en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 a 6.405.978 en el presente ejercicio. Este incremento se debió principalmente al aumento del cargo de la provisión por deudores incobrables, parcialmente compensado con la disminución de impuestos, tasas y contribuciones y de remuneraciones y otros beneficios al personal.
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Otros ingresos y egresos
Los otros ingresos y egresos ascendieron a una pérdida de 1.108.283 en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 y a una ganancia de 469.446 en el presente ejercicio. Esta variación se debe principalmente a que durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 se registró un ajuste en relación al tratamiento de las diferencias por el Gas Natural No Contabilizado de la Resolución del MINEM N° 508-E/2017 y al recupero por la contingencia de la tasa de justicia y de contribuciones al Régimen de la Seguridad Social (ver Nota 2.2.2, Nota 22.2 y Nota 22.4 a los presentes estados financieros consolidados).
Resultados financieros netos
Durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020 los resultados financieros netos generaron una pérdida de 3.379.545, respecto de una pérdida de 3.167.311 generada en el ejercicio anterior. La variación en los resultados financieros y por tenencia está originada principalmente por el incremento de los intereses devengados por la deuda financiera y comercial y la menor ganancia generada por el RECPAM, parcialmente compensada con la disminución de la pérdida por la diferencia de cambio de la deuda financiera.
Impuesto a las ganancias e IGMP
Durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020, la Sociedad devengó una pérdida por impuesto a las ganancias e IGMP de 1.956.401, respecto de una pérdida de 4.014.895 registrados en el ejercicio anterior. Dicha variación se debe principalmente a la disminución del pasivo por impuesto diferido durante el presente ejercicio.
Flujos netos de efectivo generados por las actividades operativas
Los flujos de efectivo netos generados en actividades operativas durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020 fueron de 8.400.519, comparados con 15.742.931 generados en el ejercicio anterior. La variación se debe básicamente a los menores fondos generados por el capital de trabajo y el resultado operativo.
Flujos netos de efectivo aplicados a las actividades de inversión
Los flujos de efectivo netos aplicados a actividades de inversión ascendieron a 3.636.328 en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020 comparados con 6.500.963 aplicados en el ejercicio anterior. La variación se debe principalmente a los menores fondos aplicados a los aumentos de propiedades, planta y equipo y bienes intangibles, fundamentalmente debido a que con fecha 4 de septiembre de 2019 se publicó la Resolución SGE N° 521/2019 que difirió el ajuste semestral y a fin de compensar a las prestadoras en el marco de lo dispuesto en el numeral 9.8 de las RBLD, se dispuso la revisión y adecuación -en su exacta incidencia- de las inversiones obligatorias a su cargo.
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Flujos netos de efectivo aplicados a las actividades de financiación
Los flujos de efectivo netos aplicados a las actividades de financiación ascendieron a 3.326.462 en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020 comparado con 7.483.951 aplicados en el ejercicio anterior. Esta variación se debe principalmente a que la Sociedad se encuentra en un proceso de refinanciación de la deuda financiera.
Liquidez y recursos de capital
Financiamiento
Al 31 de diciembre de 2020 el endeudamiento financiero contable de la Sociedad era de 13.322.069, compuesto por 13.316.953 de Deuda financiera y 5.116 de Pasivos por arrendamientos.
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3. Estructura patrimonial consolidada comparativa (1)
Estados de Situación Financiera Consolidados al 31 de diciembre de 2020, 2019 y 2018.
| Activo no corriente Activo corriente Total Activo Pasivo no corriente Pasivo corriente Total Pasivo Participación no controlante Patrimonio Neto atribuible a los propietarios de la controlante Total del Pasivo y Patrimonio Neto |
31.12.20 | 31.12.19 | 31.12.18 |
|---|---|---|---|
| Miles de$ | |||
| 50.973.019 15.439.442 66.412.461 22.977.003 29.037.013 52.014.016 15.284 14.383.161 66.412.461 |
57.336.092 31.137.077 88.473.169 16.483.217 44.106.294 60.589.511 66.166 27.817.492 88.473.169 |
59.109.398 22.389.424 |
|
| 81.498.822 | |||
| 27.535.228 26.039.946 |
|||
| 53.575.174 24.920 27.898.728 |
|||
| 81.498.822 |
(1) Información cubierta por el Informe de los Auditores Independientes.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2021 Deloitte & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3
Diego O. De Vivo Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 223 - F° 190
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4. Estructura de resultados consolidados comparativa (1)
Estados Consolidados de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral por los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2020, 2019 y 2018.
| Ingresos ordinarios Costos de operación Ganancia bruta Gastos de administración Gastos de comercialización Otros ingresos y egresos Deterioro de propiedades, planta y equipo |
31.12.20 | 31.12.19 | 31.12.18 |
|---|---|---|---|
| Miles de $ | |||
| 49.696.333 (39.388.706) 10.307.627 (3.873.070) (6.405.978) 469.446 (562.738) (64.713) 22.715.388 (26.094.933) (3.379.545) (3.444.258) (1.956.401) (5.400.659) (10.680.182) 2.712.767 (7.967.415) (13.368.074) |
82.050.664 (62.496.996) 19.553.668 (3.616.125) (5.988.374) (1.108.283) - 8.840.886 22.912.143 (26.079.454) (3.167.311) 5.673.575 (4.014.895) 1.658.680 (2.146.144) 545.121 (1.601.023) 57.657 |
68.525.155 (52.392.632) |
|
| 16.132.523 (3.140.864) (4.124.366) (1.183.106) - |
|||
| (Pérdida) Ganancia operativa | 7.684.187 17.271.342 (25.053.150) |
||
| Ingresos Financieros Costos Financieros Resultados financieros, netos Resultado antes del impuesto a las ganancias e IGMP Impuesto a las ganancias e IGMP Resultado neto del ejercicio Otros resultados integrales Revaluación de activos esenciales de propiedades, planta y equipo Impuesto a las ganancias Total otros resultados integrales Resultado neto e integral del ejercicio |
|||
| (7.781.808) | |||
| (97.621) | |||
| 96.237 | |||
| (1.384) | |||
| (2.230.295) 562.033 |
|||
| (1.668.262) | |||
| (1.669.646) |
(1) Información cubierta por el Informe de los Auditores Independientes.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2021 Deloitte & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3
Diego O. De Vivo Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 223 - F° 190
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5. Estructura de flujos de efectivo consolidados comparativa (1)
Estados Consolidados de Flujos de Efectivo por los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2020, 2019 y 2018.
| 31.12.20 | 31.12.19 | 31.12.18 | |
|---|---|---|---|
| Miles de$ | |||
| Flujo neto de efectivo generado por las actividades operativas | 8.400.519 | 15.742.931 |
13.022.236 |
| Flujo neto de efectivo aplicado a las actividades de inversión | (3.636.328) | (6.500.963) |
(5.458.858) |
| Flujo neto de efectivo aplicado a las actividades de financiación | (3.326.462) | (7.483.951) |
(4.647.252) |
| Aumento neta del efectivo y equivalentes de efectivo | 1.437.729 | 1.758.017 |
2.916.126 |
| Efectivo y equivalentes de efectivo al inicio del ejercicio | 3.253.050 | 3.769.050 | 1.522.550 |
| Resultados financieros de efectivo y equivalentes | 22.997 | (34.547) | 395.503 |
| Efecto del RECPAM sobre efectivo y equivalentes de efectivo | (1.032.643) | (2.239.470) |
(1.065.129) |
| Efectivo y equivalentes de efectivo al cierre del ejercicio | 3.681.133 | 3.253.050 | 3.769.050 |
| Aumento neta del efectivo y equivalentes de efectivo | 1.437.729 | 1.758.017 |
2.916.126 |
(1) Información cubierta por el Informe de los Auditores Independientes.
6. Índices comparativos (1)
La información se refiere a los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2020, 2019 y 2018.
| Liquidez Solvencia Inmovilización del capital Rentabilidad |
31.12.20 0,53 0,28 0,77 (0,26) |
31.12.19 31.12.18 0,71 0,86 0,46 0,52 0,65 0,73 0,06 (0,00) |
|---|---|---|
(1) Información cubierta por el Informe de los Auditores Independientes.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2021 Deloitte & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 1 - F° 3
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7. Datos estadísticos comparativos
La información se refiere a los ejercicios finalizados el 31 de diciembre 2020, 2019 y 2018.
| Gas comprado por MetroGAS Gas contratado por terceros Gas retenido en: - Transporte - Merma de distribución Volumen de gas entregado por MetroGAS Volumen de gas comprado y entregado por cuenta propia por MetroENERGÍA |
31.12.20 31.12.19 31.12.18 |
31.12.20 31.12.19 31.12.18 |
|---|---|---|
| Volumen | ||
| En millones de metros cúbicos | ||
| 2.522 5.290 7.812 (526) (393) 6.893 1.545 |
2.538 2.618 5.918 5.727 8.456 8.345 (494) (434) (362) (336) 7.600 7.575 2.960 1.399 |
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8. Información adicional
Evolución de las cotizaciones de las acciones de MetroGAS:
| Diciembre 2016 Diciembre 2017 Diciembre 2018 Enero 2019 Febrero 2019 Marzo 2019 Abril 2019 Mayo 2019 Junio 2019 Julio 2019 Agosto 2019 Septiembre 2019 Octubre 2019 Noviembre 2019 Diciembre 2019 Enero 2020 Febrero 2020 Marzo 2020 Abril 2020 Mayo 2020 Junio 2020 Julio 2020 Agosto 2020 Septiembre 2020 Octubre 2020 Noviembre 2020 Diciembre 2020 |
Cotización de las acciones en la Bolsa de Comercio deBuenosAires (1) |
|---|---|
| $ | |
| 12,45 45,00 26,50 30,65 26,90 22,80 16,40 17,75 20,70 21,35 11,40 15,15 14,05 13,95 16,20 18,05 15,35 12,95 15,40 16,55 18,30 19,80 18,45 17,55 19,10 19,50 19,85 |
(1) Cotizaciones al último día hábil del mes.
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METROGAS S.A.
RESEÑA INFORMATIVA
RESOLUCIÓN Nº 368/01 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
9. Perspectivas
Sobre la base del resultado del procedimiento de Revisión Tarifaria Integral previsto en la Ley de Solidaridad y el DNU N° 543/2020, MetroGAS prevé continuar centrando sus esfuerzos para ser referente de la distribución de gas y líder en la comercialización de productos energéticos, contribuyendo al desarrollo del país y a la calidad de vida de los argentinos poniendo al cliente en el centro de sus acciones. Cabe remarcar que MetroGAS puso en marcha su estrategia, asumiendo un compromiso profundo con la ética en los negocios y con cada una de las relaciones comerciales, profesionales y comunitarias que estos conllevan.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 2 de marzo de 2021.
Alejandro Héctor Fernández Presidente
3
“Este borrador corresponde al informe que esperaríamos emitir al concluir nuestros procedimientos, algunos de los cuales se encuentran en proceso y por lo tanto, el texto del mismo y/o su fecha de emisión se encuentran sujetos a posibles cambios, por lo cual debe considerarse provisorio”
INFORME DE AUDITORÍA EMITIDO POR AUDITORES INDEPENDIENTES
Señores Accionistas, Presidente y Directores de METROGAS S.A. CUIT N°: 30-65786367-6 Domicilio legal: Gregorio Aráoz de Lamadrid 1360 Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Informe sobre la auditoría de los estados financieros consolidados
1. Opinión
Hemos auditado los estados financieros consolidados de METROGAS S.A. (la Sociedad) y su subsidiaria, MetroEnergía S.A. (en conjunto, el Grupo), que comprenden el estado de situación financiera consolidado al 31 de diciembre de 2020, los estados consolidados de pérdidas y ganancias y otro resultado integral, de cambios en el patrimonio y de flujos de efectivo correspondientes al ejercicio finalizado en dicha fecha, así como la información explicativa de los estados financieros consolidados, expuesta en las notas 1 a 34, que incluye un resumen de las políticas contables significativas.
En nuestra opinión, los estados financieros consolidados adjuntos presentan razonablemente, en todos los aspectos significativos, la situación financiera consolidada de METROGAS S.A. y su subsidiaria al 31 de diciembre de 2020, así como su resultado integral consolidado y los flujos de su efectivo consolidados correspondientes al ejercicio finalizado en esa fecha, de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF).
2. Fundamento de la opinión
Hemos llevado a cabo nuestra auditoría de conformidad con las Normas Internacionales de Auditoría (NIA) emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB, por su sigla en inglés). Nuestras responsabilidades de acuerdo con dichas normas se describen más adelante en la sección Responsabilidades de los auditores en relación con la auditoría de los estados financieros consolidados de nuestro informe. Somos independientes de la Sociedad del Grupo de conformidad con el Código Internacional de Ética para Profesionales de la Contabilidad (incluidas las Normas Internacionales de Independencia) emitido por el Consejo de Normas Internacionales de Ética para Contadores (Código del IESBA) junto con los requerimientos que son aplicables a nuestra auditoría de los estados financieros consolidados en Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y hemos cumplido las demás responsabilidades de ética de conformidad con esos requerimientos y con el Código del IESBA. Consideramos que los elementos de juicio que hemos obtenido proporcionan una base suficiente y apropiada para nuestra opinión.
3. Incertidumbre importante relacionada con empresa en funcionamiento
Llamamos la atención sobre la información contenida en la nota 3.1 de los estados financieros consolidados adjuntos, que indican los impactos negativos en la liquidez, la posición financiera y los resultados de la Sociedad durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020 como consecuencia de la falta de actualización tarifaria establecida por la Ley N° 27.541 y decretos complementarios, así como la expectativa de la Sociedad de la continuidad de dichos impactos negativos en el futuro próximo en la medida que no se obtenga una adecuada recomposición tarifaria. En ese sentido, al 31 de diciembre de 2020, la Sociedad registró pérdidas netas de 5.400.659.000 y presentó un capital de trabajo negativo de 13.597.571.000. Estos hechos o condiciones, junto con otras cuestiones expuestas en la nota 3.1, indican la existencia de una incertidumbre importante que puede generar dudas significativas sobre la capacidad de la Sociedad para continuar como empresa en funcionamiento.
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Nuestra opinión no ha sido modificada en relación con esta cuestión.
4. Cuestiones clave de la auditoría
Las cuestiones clave de la auditoría son aquellas cuestiones que, según nuestro juicio profesional, han sido de la mayor significatividad en nuestra auditoría de los estados financieros consolidados correspondientes al presente ejercicio. Estas cuestiones han sido tratadas en el contexto de nuestra auditoría de los estados financieros consolidados en su conjunto y en la formación de nuestra opinión sobre estos, y no expresamos una opinión por separado sobre esas cuestiones.
En adición a las cuestiones descriptas en la sección “Incertidumbre importante relacionada con empresa en funcionamiento” hemos determinado que la cuestión que se incluye más abajo en esta sección es una cuestión clave de auditoria.
Propiedades, Planta y Equipo – Medición a valor razonable de los Activos Esenciales – Ver notas 5.1 y 5.2 a los estados financieros consolidados
Descripción de la cuestión
Los Activos Esenciales de la Sociedad comprenden los ramales de alta presión, conductos y redes en media y baja presión, estaciones de regulación y/o medición de presión, instalaciones de medición de consumos y redes cedidas por terceros.
A partir del 1 de abril de 2017, la Sociedad optó por valuar los Activos Esenciales a su valor razonable siguiendo el “modelo de la revaluación” establecido por la Norma Internacional de Contabilidad N° 16 (“Propiedades, Planta y Equipo”).
Para valuar los Activos Esenciales a su valor razonable, la Sociedad utiliza un modelo de flujo de fondos descontados que requiere que la Gerencia de la Sociedad efectúe estimaciones e hipótesis significativas relacionadas con la proyección de las tarifas y márgenes futuros de distribución de gas natural e inversiones y la selección de la tasa de descuento. Los cambios en dichas asunciones podrían tener un impacto significativo en el valor registrado de los Activos Esenciales. El monto registrado por los Activos Esenciales registrados en el rubro Propiedades, Planta y Equipo al 31 de diciembre de 2020 ascendió a $ 30.529.500.000.
Considerando los juicios significativos realizados por la Gerencia de la Sociedad para la proyección de las tarifas y márgenes futuros de distribución de gas natural e inversiones y selección de la tasa de descuento, la realización de nuestros procedimientos de auditoría para evaluar la razonabilidad de dichas estimaciones e hipótesis ha requerido de un alto grado de juicio profesional y esfuerzo de auditoría.
Tratamiento de la cuestión en nuestra auditoría
Nuestros procedimientos de auditoría han incluido, entre otros:
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La revisión de la efectividad del diseño de los controles relevantes establecidos por la Sociedad relacionados con el proceso de estimación del valor razonable de los Activos esenciales activados en Propiedades, Planta y Equipo.
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La revisión de la exactitud y la integridad de los cálculos matemáticos en los flujos de efectivo utilizados para determinar el valor razonable de los Activos Esenciales.
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La evaluación de la capacidad de la Gerencia para efectuar proyecciones precisas de las tarifas y márgenes de distribución e inversiones, mediante la comparación de las proyecciones históricas efectuadas por la Gerencia contra los montos reales.
3
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La evaluación de la razonabilidad de las proyecciones de la Gerencia de las tarifas y márgenes de distribución e inversiones mediante la comparación de las mismas contra las tarifas, márgenes de distribución e inversiones históricas de la Sociedad.
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Con la asistencia de nuestros especialistas internos en valuaciones, la evaluación de la razonabilidad de (1) la metodología de valuación, y (2) la tasa de descuento a través de la prueba de (i) la información fuente utilizada para el cálculo de la tasa de descuento y (ii) la exactitud del cálculo matemática de la tasa de descuento y el desarrollo de un rango de estimaciones independientes y su comparación con la tasa estimada por la Gerencia.
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La lectura y prueba de la exactitud e integridad de los desgloses en los estados financieros
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consolidados.
5. Información distinta de los estados financieros consolidados y del informe de auditoría correspondiente (Otra información)
El Directorio de la Sociedad es responsable de la otra información, que comprende la Memoria, el Código de Gobierno Societario y la Reseña Informativa. Esta otra información es distinta de los estados financieros consolidados y de nuestro informe de auditoría correspondiente.
Nuestra opinión sobre los estados financieros consolidados no cubre la otra información y, por lo tanto, no expresamos ninguna forma de conclusión que proporcione un grado de seguridad sobre esta.
En relación con nuestra auditoría de los estados financieros consolidados, nuestra responsabilidad es leer la otra información y, al hacerlo, considerar si existe una incongruencia significativa entre la otra información y los estados financieros consolidados o el conocimiento obtenido por nosotros en la auditoría o si parece que existe una incorrección significativa en la otra información por algún otro motivo. Si, basándonos en el trabajo que hemos realizado, concluimos, en lo que es materia de nuestra competencia, que existe una incorrección significativa en la otra información, estamos obligados a informar de ello. No tenemos nada que informar al respecto .
6. Responsabilidades del Directorio y del Comité de Auditoría de la Sociedad en relación con los estados financieros consolidados
El Directorio de la Sociedad es responsable de la preparación y presentación razonable de los estados financieros consolidados adjuntos de conformidad con las NIIF, y del control interno que el Directorio de la Sociedad considere necesario para permitir la preparación de estados financieros consolidados libres de incorrección significativa, debida a fraude o error.
En la preparación de los estados financieros consolidados, el Directorio de la Sociedad es responsable de la evaluación de la capacidad de la Sociedad de continuar como empresa en funcionamiento, revelando, en caso de corresponder, las cuestiones relacionadas con empresa en funcionamiento y utilizando el principio contable de empresa en funcionamiento, excepto si el Directorio tuviera intención de liquidar la Sociedad o de cesar sus operaciones, o bien no existiera otra alternativa realista.
El Comité de Auditoría de la Sociedad es responsable de la supervisión del proceso de información financiera del Grupo.
7. Responsabilidades de los auditores en relación con la auditoría de los estados financieros consolidados
Nuestros objetivos son obtener una seguridad razonable de que los estados financieros consolidados en su conjunto están libres de incorrección significativa, debida a fraude o error, y emitir un informe de auditoría que contenga nuestra opinión. Seguridad razonable es un alto grado de seguridad, pero no garantiza que una auditoría realizada de conformidad con las NIA siempre detecte una incorrección significativa cuando exista. Las incorrecciones pueden deberse a fraude o error y se consideran significativas si, individualmente o de forma agregada, puede preverse razonablemente que influyan en las decisiones económicas que los usuarios toman basándose en los estados financieros consolidados.
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Como parte de una auditoría de conformidad con las NIA, aplicamos nuestro juicio profesional y mantenemos una actitud de escepticismo profesional durante toda la auditoría. También:
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Identificamos y evaluamos los riesgos de incorrección significativa en los estados financieros consolidados, debida a fraude o error, diseñamos y aplicamos procedimientos de auditoría para responder a dichos riesgos y obtenemos elementos de juicio suficientes y apropiados para proporcionar una base para nuestra opinión. El riesgo de no detectar una incorrección significativa debida a fraude es más elevado que en el caso de una incorrección significativa debida a error, ya que el fraude puede implicar colusión, falsificación, omisiones deliberadas, manifestaciones intencionadamente erróneas o la elusión del control interno.
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Obtenemos conocimiento del control interno relevante para la auditoría con el fin de diseñar procedimientos de auditoría que sean apropiados en función de las circunstancias y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno del Grupo.
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Evaluamos si las políticas contables aplicadas son apropiadas, así como la razonabilidad de las estimaciones contables y la correspondiente información revelada por el Directorio de la Sociedad.
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Concluimos sobre lo apropiado de la utilización, por el Directorio de la Sociedad, del principio contable de empresa en funcionamiento y, basándonos en los elementos de juicio obtenidos, concluimos sobre si existe o no una incertidumbre importante relacionada con hechos o con condiciones que pueden generar dudas significativas sobre la capacidad de la Sociedad para continuar como empresa en funcionamiento. Si concluimos que existe una incertidumbre importante, se requiere que llamemos la atención en nuestro informe de auditoría sobre la correspondiente información revelada en los estados financieros consolidados o, si dichas revelaciones no son apropiadas, que expresemos una opinión modificada. Nuestras conclusiones se basan en los elementos de juicio obtenidos hasta la fecha de nuestro informe de auditoría. Sin embargo, hechos o condiciones futuros pueden ser causa de que la Sociedad deje de ser una empresa en funcionamiento.
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Evaluamos la presentación general, la estructura y el contenido de los estados financieros consolidados, incluida la información revelada, y si los estados financieros consolidados representan las transacciones y hechos subyacentes de un modo que logren una presentación razonable.
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Obtenemos elementos de juicio suficientes y apropiados en relación con la información financiera de las entidades o actividades empresariales dentro del Grupo para expresar una opinión sobre los estados financieros consolidados. Somos responsables de la dirección, supervisión y realización de la auditoría del Grupo. Somos los únicos responsables de nuestra opinión de auditoría.
Nos comunicamos con el Comité de Auditoría de la Sociedad, en relación con, entre otras cuestiones, el alcance y el momento de realización de la auditoría planificados, y los hallazgos significativos de la auditoría, incluyendo cualquier deficiencia significativa del control interno que identifiquemos en el transcurso de la auditoría.
También proporcionamos al Comité de Auditoría de la Sociedad una declaración de que hemos cumplido los requerimientos de ética aplicables relacionados con independencia, y comunicamos todas las relaciones y demás cuestiones de las que se puede esperar razonablemente que pueden afectar a nuestra independencia y, en su caso, las acciones tomadas para eliminar amenazas o las salvaguardas aplicadas.
Entre las cuestiones que han sido objeto de comunicación con el Comité de Auditoría de la Sociedad, determinamos las que han sido de la mayor significatividad en la auditoría de los estados financieros consolidados del presente ejercicio y que son, en consecuencia, las cuestiones clave de la auditoría. Describimos esas cuestiones en nuestro informe de auditoría salvo que las disposiciones legales o reglamentarias prohíban revelar públicamente la cuestión o, en circunstancias extremadamente poco frecuentes, determinemos que una cuestión no se debería comunicar en nuestro informe porque puede preverse razonablemente que las consecuencias adversas de hacerlo superarían los beneficios de interés público de la misma.
Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios
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a) Los estados financieros consolidados adjuntos han sido preparados, en todos los aspectos significativos, de acuerdo con las normas aplicables de la Ley General de Sociedades N° 19.550 y de la Comisión Nacional de Valores (CNV).
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b) Las cifras de los estados financieros consolidados adjuntos surgen de aplicar los procedimientos de consolidación establecidos por las NIIF a partir de los estados financieros de las sociedades del Grupo. Los estados financieros individuales de la Sociedad controladora surgen de sus registros contables que, en sus aspectos formales, han sido llevados de conformidad con las disposiciones legales vigentes. En cumplimiento de las normas aplicables de la CNV, informamos que, según nuestro criterio, los sistemas de registro contable mantienen las condiciones de seguridad e integridad en base a las cuales fueron oportunamente autorizadas (nota de autorización N° 3050, de fecha 12 de mayo de 2016, en el expediente N° 3891/2015), excepto por el sistema de facturación SAP IS-U puesto en producción en octubre de 2020 sobre el cual, a la fecha de emisión del presente informe, no se ha obtenido la autorización de las condiciones de seguridad e integridad por parte de la CNV.
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c) Los estados financieros consolidados adjuntos se encuentran transcriptos en el libro Inventarios y balances de la Sociedad controladora al igual que el resumen del contenido de los discos ópticos hasta el mes de cierre del ejercicio.
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d) En cumplimiento de las normas aplicables de la CNV, informamos las siguientes relaciones porcentuales correspondientes a los honorarios facturados directa o indirectamente por nuestra sociedad profesional:
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Cociente entre el total de honorarios por servicios de auditoría de estados financieros y otros servicios de auditoría prestados a la emisora, y el total de honorarios por todo concepto, incluidos los servicios de auditoría: …%.
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Cociente entre el total de honorarios por servicios de auditoría de estados financieros y otros servicios de auditoría prestados a la emisora, y el total de servicios de auditoría facturados a la emisora y a sus controlantes, subsidiarias (controladas) y vinculadas: …%.
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Cociente entre el total de honorarios por servicios de auditoría de estados financieros y otros servicios de auditoría prestados a la emisora, y el total facturado a la emisora y a sus controlantes, subsidiarias (controladas) y vinculadas por todo concepto, incluidos los servicios de auditoría: …%.
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e) Según surge de los registros contables de la Sociedad controladora mencionados en el apartado b) de este capítulo, el pasivo devengado al 31 de diciembre de 2020 a favor del Sistema Integrado Previsional Argentino en concepto de aportes y contribuciones previsionales ascendía a $ 82.932.721 y no era exigible a esa fecha.
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f) Hemos aplicado, en la Sociedad controladora, los procedimientos sobre prevención del lavado de activos de origen delictivo y financiación del terrorismo previstos en la Resolución CD N° 77/2011 del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, [2 de marzo de 2021]
INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA (FALTA ACTUALIZAR)
A los señores Accionistas de MetroGas S.A.
De nuestra consideración:
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De acuerdo con lo requerido por el artículo 62 inciso b) del Reglamento de Listado de Bolsas y Mercados Argentinos S.A., hemos realizado el trabajo mencionado en el párrafo siguiente sobre los estados financieros consolidados adjuntos de MetroGAS S.A. (“MetroGAS” o la “Sociedad”) al 31 de diciembre de 2019, que comprenden el estado consolidado de situación financiera al 31 de diciembre de 2019, los correspondientes estados consolidados de pérdidas y ganancias y otro resultado integral, de cambios en el patrimonio neto y de flujos de efectivo por el ejercicio económico finalizado en esa fecha, así como un resumen de las políticas contables significativas y otra información explicativa incluidas en las Notas 1 a 35.
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Nuestra revisión fue realizada de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes e incluyen la verificación de la congruencia de los documentos revisados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Para realizar nuestra tarea profesional, hemos efectuado una revisión del trabajo realizado por los auditores externos de MetroGAS S.A., Deloitte S.C., quienes emitieron su informe de auditoría con fecha 2 de marzo de 2020 sin observaciones. Nuestra revisión se circunscribió a la información significativa de los documentos revisados. Dado que no es responsabilidad de esta Comisión efectuar un control de gestión, la revisión no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son de responsabilidad exclusiva del Directorio. Consideramos que nuestro trabajo y el informe de los auditores externos nos brindan una base razonable para fundamentar nuestro informe.
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Según lo manifiesta la Sociedad en su Nota 3, los Estados Financieros Consolidados fueron preparados y presentados por el Directorio de la Sociedad de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”) adoptadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), incorporadas por la CNV a su normativa.
De acuerdo a lo señalado en la Nota 3 de los estados financieros adjuntos, las cifras y otra información que se exponen en los mismos han sido reexpresadas en moneda constante al 31 de diciembre de 2019, como así también la información comparativa correspondiente al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2018, que han sido presentadas reexpresadas con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y otra información del ejercicio económico actual.
Basados en el trabajo realizado, no hemos tomado conocimiento de ninguna modificación significativa que deba hacerse a los estados contables mencionados para que los mismos
estén presentados de conformidad con las normas adoptadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
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En base a nuestra revisión, con el alcance descripto en los puntos anteriores, informamos que los estados financieros consolidados de MetroGAS al 31 de diciembre de 2019, preparados, en todos sus aspectos significativos, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General de Sociedades N° 19.550 y sus modificaciones y las normas aplicables de la CNV, consideran todos los hechos y circunstancias significativos que son de nuestro conocimiento y que, en relación con los mismos, no tenemos observaciones que formular.
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Sin modificar nuestra opinión, queremos enfatizar la información contenida en la Nota 3 a los estados financieros adjuntos, en la cual la Sociedad manifiesta que las cifras en ellos expuestas, así como la información comparativa correspondiente al ejercicio precedente, han sido reexpresadas en moneda constante al 31 de diciembre de 2019.
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En ejercicio del control de legalidad que nos compete, hemos verificado que los directores han constituido la garantía prevista el artículo 256 de la Ley Nº 19.550 y sus modificaciones, y hemos dado cumplimiento, en los aspectos que consideramos necesarios, a los restantes procedimientos descriptos en el artículo 294 de dicha normativa.
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Informamos además, en cumplimiento de disposiciones legales vigentes, que los estados contables de la Sociedad adjuntos se encuentran asentados en el libro de Inventarios y Balances y surgen de los registros llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 2 de marzo de 2020
Por Comisión Fiscalizadora
Eduardo Alberto Baldi Síndico