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YPF S.A. — Annual Report 2019
Mar 9, 2020
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Annual Report
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METROGAS S.A.
MEMORIA Y ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2019
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MEMORIA
(Información no cubierta por el informe de los Auditores Independientes).
Señores Accionistas:
De conformidad con las disposiciones legales y estatutarias vigentes, sometemos a vuestra consideración la documentación referida a los Estados financieros correspondientes al vigésimo octavo ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019.
1. CONTEXTO MACROECONÓMICO
Luego de un año como 2018, donde se empezaron a sentir con intensidad los límites de la política económica instrumentada por la administración del gobierno surgido en las elecciones presidenciales del año 2015, durante el año 2019 terminó de cristalizarse la crisis comenzada el año anterior. Los indicadores macroeconómicos, en particular inflación y nivel de actividad económica fueron los peores de los últimos años, y las variables financieras claves como tasa de interés, la devaluación del peso, y el riesgo país llegaron a altos niveles. Toda esta situación se generó en medio de elecciones presidenciales que terminaron con la derrota de la coalición gobernante.
Para una empresa como MetroGAS S.A. (“MetroGAS”o la “Sociedad”) con una actividad íntimamente vinculada al mercado argentino, y en particular el servicio de distribución de gas que es muy sensible tanto para la población en general como para la mayoría de las actividades económicas, la evolución de la situación macroeconómica y social fue muy relevante.
Esta situación determinó en primer lugar, ya en la revisión tarifaria de noviembre 2018, aplicar un índice de ajuste en el margen de distribución 8 puntos inferior al del índice correspondiente. Luego, la decisión del gobierno de postergar a febrero de 2020 la actualización de las tarifas que correspondía, según la última Revisión Tarifaria Integral (“RTI”), aplicar a partir de octubre. Y finalmente, la facultad del nuevo gobierno de mantener las tarifas hasta junio de 2020, según lo establecido en la Ley de Solidaridad Social y reactivación productiva en el marco de la emergencia pública N° 27.541 (la “Ley de Solidaridad Social”) (ver punto 3.2.3).
De acuerdo a los últimos datos publicados en el Informe Estimador Mensual de Actividad Económica confeccionado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina (“INDEC”), la estimación provisoria mostró una variación negativa de la actividad económica en el Producto Interno Bruto (“PIB”) del 1,7% acumulado al mes de noviembre del año 2019 con respecto a igual período de 2018, versus un crecimiento del 2,2% registrado durante igual período del pasado año.
En 2019, el incremento de precios reflejado por el Índice de precios al consumidor (“IPC”) elaborado por el INDEC, el cual es representativo del total de hogares del país, fue del 53,8%, mientras que el Índice de precios internos mayoristas (“IPIM”), elaborado por el mismo organismo, tuvo un incremento del 58,5% en el mismo período. En 2018, el incremento del IPC había sido del 47,6% para todo el año mientras que, durante el año 2017, había tenido un incremento del 24,8%.
En materia cambiaria, el tipo de cambio peso/dólar, según cotización Banco Nación, culminó el año 2019 en un valor de 59,89 pesos por dólar, habiéndose incrementado aproximadamente un 58,9% desde su valor de 37,70 pesos por dólar al cierre de 2018. La cotización promedio del año 2019 fue un 68,6% superior al promedio registrado durante el año 2018. Finalmente, en enero de 2020 el peso alcanzó a 60 por dólar, manteniéndose prácticamente constante con respecto al 31 de diciembre de 2019.
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En materia de política monetaria durante 2019 el Comité de Política Monetaria (“COPOM”) del Banco Central de la República Argentina (“BCRA”) mantuvo a la tasa de interés de las Letras de Liquidez (“LELIQ”) como principal instrumento para regular la liquidez del mercado financiero, es decir la base monetaria, con el objetivo de reducir la volatilidad cambiaria y aumentar el sesgo contractivo de los procesos inflacionarios que puedan suscitarse. Al respecto, dicha tasa osciló durante 2019, adjudicando mínimos de 45% en febrero y máximos de 86% en septiembre, cerrando al 31 de diciembre de 2019 en 55%.
Con fecha 10 de diciembre de 2019 el nuevo Gobierno asumió el cargo. La nueva administración enfrenta desde su asunción singulares desafíos en materia macroeconómica, como la reducción de la tasa de inflación, alcanzar superávit comercial y fiscal, la acumulación de reservas, contener el tipo de cambio y la mejora en la competitividad de la industria local a partir de las distintas variables que la afectan, entre otros. Es difícil predecir el impacto que tendrán las medidas que el nuevo gobierno tomó hasta la fecha y/o que podría tomar adicionalmente (incluyendo las medidas vinculadas al sector energético). La incertidumbre existente en relación con las medidas que deberá adoptar el nuevo gobierno con respecto a la economía podría conducir a la volatilidad de los precios de mercado de valores de empresas argentinas, incluyendo en particular las empresas en el sector de energía, como la nuestra, dado el alto grado de regulación e intervención estatal en esta industria. Adicionalmente, no podemos garantizar que las actuales políticas y programas que aplican al sector de gas continuarán en el futuro.
Por otra parte, con fecha 23 de diciembre de 2019 se publicó en el Boletín Oficial la Ley N° 27.541 denominada como “Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública”, estableciendo en su primer artículo la declaración de la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social. Asimismo establece, además de algunas de las decisiones citadas previamente, la creación por cinco años del impuesto “Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS)” que aplica una alícuota del 30% sobre: la compra de billetes en moneda extranjera para atesoramiento o sin un destino específico, la adquisición de servicios en el exterior, y de servicios de transporte con destino fuera del país. Todo ello con el fin de crear las condiciones para asegurar la sostenibilidad fiscal y de la deuda pública, promover la reactivación productiva y fortalecer el carácter redistributivo social (ver punto 3.2.3).
No podemos asegurar el impacto de las medidas citadas con anterioridad en la economía argentina ni en nuestra situación patrimonial, económica, financiera o de otro tipo, nuestros resultados y los de nuestras operaciones y/o negocios.
2. PERFIL DE LA SOCIEDAD
MetroGAS es la empresa de distribución de gas natural por redes más grande de la Argentina, en términos de cantidad de clientes y volumen de gas entregado. De acuerdo con la última información disponible suministrada por el Ente Nacional Regulador del Gas (“ENARGAS”) MetroGAS distribuye aproximadamente el 18% del total del gas natural abastecido por las nueve compañías distribuidoras del país y cuenta hoy con aproximadamente 2,4 millones de clientes en su área de servicio (Ciudad Autónoma de Buenos Aires y once partidos del sur del Gran Buenos Aires), un área densamente poblada que incluye importantes usinas, clientes industriales y comerciales.
En el año 2005, con motivo de los cambios en las reglamentaciones (ver punto 3.4.2), el Directorio de MetroGAS decidió la constitución de MetroENERGÍA S.A. (“MetroENERGÍA”), una sociedad anónima de la cual MetroGAS es titular del 95% del capital accionario y cuyo objeto social es el de dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, a la compra-venta de gas natural y/o su transporte.
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Desde el año 1993 el consumo de gas natural en la Argentina aumentó aproximadamente un 100%. Ese año el consumo fue de aproximadamente 21.828 MMm[3] (millones de metros cúbicos) y se incrementó a 45.085 MMm[3] en 2019 de acuerdo con la información provista por el ENARGAS. Dicho aumento se ha debido a los mejores precios relativos que presentó el gas natural respecto de otras fuentes de energía, al aumento en la capacidad de los gasoductos troncales y a la expansión de los sistemas de distribución.
Las reservas comprobadas de gas de la Argentina ascienden a 354.159 MMm[3] de acuerdo con la información provista por el (ex) Ministerio de Energía y Minería (“MINEM”) al mes de diciembre de 2019. Existen 19 cuencas sedimentarias conocidas en el país, 10 de las cuales se encuentran en el continente, 3 son marítimas y 6 de ellas son combinadas. La producción está concentrada en 5 cuencas: Noroeste; Neuquén y Cuyo en la zona central; Golfo de San Jorge y Austral en el sur del país. La producción de gas natural fue 49.350 MMm[3] de acuerdo con la información provista por el MINEM al mes de diciembre de 2019 en el período enero – diciembre 2019, de los cuales 30.736 MMm[3] fueron provenientes de la cuenca neuquina. Adicionalmente, para poder satisfacer los requerimientos de la demanda interna, se debieron importar unos aproximadamente 6.873 MMm[3] , provenientes de Bolivia y del Gas Natural Licuado (“GNL”) regasificado en la planta de Escobar.
Aproximadamente el 64% del gas comprado por MetroGAS durante 2019 provino de la cuenca de Neuquén, el 34% de la cuenca de Tierra del Fuego y el restante 2% de la cuenca de Santa Cruz.
3. MARCO REGULATORIO
La distribución de gas natural por redes es un servicio público y por lo tanto es una actividad regulada. El ENARGAS, en los términos de la Ley del Gas es la autoridad de aplicación y su jurisdicción se extiende al transporte, venta, almacenaje y distribución de gas natural. Su mandato, de acuerdo con lo expresado en la Ley del Gas, incluye la protección de los consumidores, el cuidado de la competencia en la provisión y demanda de gas natural y el fomento de las inversiones de largo plazo en la industria.
Con fecha 31 de marzo de 2017 se publicó la Resolución ENARGAS Nº 4.356/2017 por medio de la cual se dispuso aprobar los estudios técnico económicos sobre la RTI y el Plan de Inversiones Obligatorias (“PIO”) de MetroGAS para el período 2017-2021.
Tal lo expresado en los considerandos de la citada Resolución, la fijación de las tarifas máximas a autorizar en el quinquenio para la prestación del servicio de transporte y distribución de gas requirió la conjunción de:
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una tasa de rentabilidad justa y razonable a reconocer a las prestadoras del servicio - Costo del Capital;
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el valor de la Base Tarifaria, o Base de Capital necesaria para la prestación del servicio regulado;
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el PIO a ejecutar durante el quinquenio;
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el Capital de Trabajo afectado al giro del negocio regulado;
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la estimación de los Gastos de Operación y Mantenimiento, de Comercialización y Administración necesarios para la prestación del servicio regulado;
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los tributos que gravan la actividad regulada; y
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los cambios esperados en la productividad y en la eficiencia y las estimaciones de la demanda esperada durante el quinquenio.
Sin perjuicio de las variables tomadas en consideración por el ENARGAS en oportunidad de la RTI y el ajuste tarifario allí establecido, distintas medidas adoptadas a posteriori por el Estado
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Nacional (a través del Poder Ejecutivo Nacional ("PEN"), la Secretaría de Gobierno de Energía (“SGE”) y el ENARGAS) devinieron en claro perjuicio de MetroGAS.
Las alteraciones más relevantes a la ecuación económica-financiera previstas al momento de la RTI derivan de menores ingresos por aplicación de la Resolución ENARGAS Nº 281/2018 – Aprobación de Cuadros Tarifarios Octubre-2018 (ver punto 3.3.1) y las Resoluciones de la SGE Nº 521/2019 y 751/19 Diferimiento del ajuste semestral hasta el 1° de febrero de 2020 (ver punto 3.3.1). Asimismo, se generaron mayores costos a los previstos en oportunidad de la RTI por aplicación de: (i) la Nota N0-2019-38609836-APN-DGDOMEN#MHA - Gas Natural No Contabilizado (“GNNC”) (ver punto 3.3.2), (ii) la aplicación de la NAG-226 - Revisión Técnica de Instalaciones internas desde 2019 a 2021 (ver punto 3.5.2), (iii) la Resolución ENARGAS Nº 223 /2019 Facturación mensual (ver punto 3.5.3), y (iv) la Resolución SGE Nº 336/2019 - Diferimiento facturación usuarios residenciales (ver punto 3.3.1).
Por lo mencionado precedentemente, han ocurrido cambios significativos en previsiones básicas del marco regulatorio que no habían sido contempladas al momento de disponerse la aprobación del PIO y determinarse las tarifas justas y razonables al momento de la RTI.
Debido a ello, con fecha 11 de octubre de 2019 MetroGAS realizó una presentación ante el ENARGAS solicitando (i) la revisión y adecuación del PIO de MetroGAS que fuera aprobado mediante Resolución ENARGAS Nº 4.356/2017 y (ii) una compensación económica para la restitución del equilibrio económico y financiero, conjuntamente con la reconsideración de ciertas medidas regulatorias adoptadas, ya sea por incrementos de los costos o por la reducción en la generación de ingresos, de modo que permita cumplir con las premisas tomadas en cuenta al momento de realizarse los estudios técnicos y económicos de la RTI.
En la medida que el ENARGAS no adopte medidas tendientes a corregir la afectación del mecanismo de mantenimiento en valores constantes de la tarifa de distribución o, permita la correspondiente reducción de compromisos en el PIO, esto impactará negativamente en la Sociedad disminuyendo el flujo de ingresos y empeorando la actual situación económico financiera de MetroGAS.
Asimismo, debe tenerse presente que nos encontramos en un contexto de (i) incertidumbre con respecto a la capacidad de pago del sector público argentino y las posibilidades de obtener financiamiento, (ii) incremento de la inflación que afecta el crecimiento de la economía, (iii) controles de precios, (iv) incertidumbre respecto al marco regulatorio aplicable a esta Distribuidora, (v) restricciones a la adquisición y transferencia de divisas al exterior, (vi) aplicación de restricciones a las importaciones y exportaciones de productos y (vii) creación de nuevos impuestos a la exportación de determinados productos o el incremento de las alícuotas vigentes.
La situación económica del país tiene impacto, no sólo en los consumos de los distintos usuarios de esta Distribuidora, sino que también implica la variación de la coyuntura respecto a la situación imperante al momento del dictado de la Resolución ENARGAS Nº 4.356/2017.
Por otro lado, una alta proporción de la deuda financiera de la Sociedad es pagada en dólares estadounidenses y está expuesta a las variaciones en el tipo de cambio. Consecuentemente, variaciones no previstas y atípicas en el tipo de cambio resultan en cambios significativos en los montos necesarios para ser aplicados al pago de servicios de deuda, afectando de tal manera los resultados y la condición financiera. Igual impacto deriva de las altas tasas de interés o el aumento de las tasas de inflación que incrementan los costos de operación e influyen negativamente en los resultados de operación y en la situación financiera.
En virtud de lo expuesto, el Directorio monitorea permanentemente la evolución de las variables económico-financieras y el impacto de la Ley de Solidaridad Social para adoptar medidas
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tendientes a disminuir los impactos negativos sobre la Sociedad y su consecuente reflejo en los estados financieros de períodos futuros.
3.1 Ley de Ministerios
Con fecha 5 de septiembre de 2018, y en el marco de un proceso de reordenamiento estratégico en materia de reducción presupuestaria, se publicaron los Decretos N° 801/2018 y N° 802/2018 que establecieron (i) designar al Ministerio de Hacienda como continuador a todos sus efectos del Ministerio de Energía, debiendo considerarse modificada por tal denominación cada vez que se hace referencia a la cartera ministerial citada en segundo término; y (ii) crear el cargo de Secretario de Gobierno de Energía con dependencia del Ministerio de Hacienda.
El Decreto N° 7/2019, publicado en el Boletín Oficial (“B.O”) el 11 de diciembre de 2019, modificó la Ley de Ministerios estableciendo que la política nacional en materia de minería y de energía dependerá del Ministerio de Desarrollo Productivo.
3.2 Renegociación de la Licencia
Con fecha 7 de enero de 2002 se publicó en el Boletín Oficial la Ley de Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario N° 25.561 (la “Ley de Emergencia”) que afectó el marco regulatorio oportunamente vigente para los contratos de licencia de las empresas de servicios públicos.
Las principales disposiciones de la Ley de Emergencia que afectaron la licencia otorgada a MetroGAS por el Estado Nacional y modificaron expresas disposiciones de la Ley Nº 24.076 (la “Ley del Gas”) fueron: la “pesificación” de las tarifas que estaban establecidas en dólares convertibles al tipo de cambio fijado por la Ley de Convertibilidad (Ley Nº 23.928), la prohibición del ajuste de tarifas basado en cualquier índice extranjero, impidiendo por lo tanto la aplicación del índice internacional fijado en el Marco Regulatorio (Producer Price Index -PPI- de los Estados Unidos) y la disposición respecto a la renegociación de la Licencia otorgada a la Sociedad en 1992.
Asimismo, la Ley de Emergencia dispuso el inicio de un proceso de renegociación de los contratos de servicios públicos otorgados por el PEN sin perjuicio de establecer que las empresas de servicios públicos debían seguir cumpliendo con todas sus obligaciones.
La Ley de Emergencia, que originalmente vencía en diciembre de 2003, fue sucesivamente prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2017 conjuntamente con los plazos de renegociación de licencias y concesiones de servicios públicos.
3.2.1 Acta Acuerdo de Adecuación del Contrato de Licencia de Distribución de Gas Natural
En el marco del proceso de renegociación, la Sociedad suscribió una serie de acuerdos transitorios con distintas entidades en representación del Estado Nacional.
Con fecha 30 de marzo de 2017, y en el marco del proceso de renegociación de los contratos de servicios públicos dispuesto por la Ley de Emergencia, sus prórrogas y los Decretos N° 367/2016 y N° 2/2017, la Sociedad suscribió con el MINEM y con el Ministerio de Hacienda un Acta Acuerdo de Adecuación del Contrato de Licencia de Distribución de Gas Natural que contiene los términos de la renegociación integral y las condiciones de adecuación del Contrato de Licencia (“Acta Acuerdo Integral”). El Acta Acuerdo Integral tiene como antecedentes el Acuerdo Transitorio 2008, el Acuerdo Transitorio 2014, el Acuerdo Transitorio 2016 y el Acuerdo Transitorio 2017.
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Las previsiones contenidas en el Acta Acuerdo Integral, abarcan el período contractual comprendido entre el 6 de enero de 2002 y la finalización del Contrato de Licencia.
En los términos allí previstos, se establecieron una serie de pautas para el proceso de RTI:
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Introducción de mecanismos no automáticos de adecuación semestral de la tarifa de distribución entre revisiones tarifarias quinquenales y contemplando las variaciones observadas en los precios de la economía vinculados a los costos del servicio a efectos de mantener la sustentabilidad económico-financiera de la prestación y la calidad del servicio prestado;
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Diseño e implementación de métodos adecuados para incentivar y medir en el tiempo las mejoras en la eficiencia de la prestación del servicio por parte de MetroGAS;
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Establecimiento por parte del ENARGAS de los criterios para la determinación de la Base de Capital y de la Tasa de Rentabilidad a aplicar en la RTI conforme los siguientes criterios generales:
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La Base de Capital se determina tomando en cuenta los bienes necesarios para la prestación del servicio público. Para la valuación de dichos bienes se considera: i) el valor inicial de los bienes al iniciar el Contrato de Licencia como también aquel correspondiente a las incorporaciones posteriores, netos de bajas y depreciaciones, y ii) el valor actual de tales bienes, resultante de aplicar criterios técnicos fundados que expresen en forma justa y razonable dicha estimación, tomando en cuenta el estado actual de conservación de dichos bienes. Todas las valuaciones de los bienes se efectúan en moneda nacional, y consideran la evolución de índices oficiales representativos de la variación en los precios de la economía contemplando la estructura de costos de dichos bienes.
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La Tasa de Rentabilidad se determina conforme lo establecen los artículos N° 38 y N° 39 de la Ley del Gas. A tal fin, ésta deberá ponderar la remuneración del capital propio y de terceros. En la determinación de la remuneración del capital propio, el ENARGAS debe considerar un nivel justo y razonable para actividades de riesgo equiparable o comparable, que guarde relación con el grado de eficiencia y prestación satisfactoria del servicio. A su vez, para determinar el costo del capital de terceros, el ENARGAS debe reflejar el costo del dinero en los términos y condiciones vigentes para la financiación de empresas de servicios públicos.
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Se requirió la presentación por parte de la Sociedad de un PIO para ser incorporado en el cálculo de la tarifa.
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El ENARGAS realizará un análisis de costos para determinar nuevos valores de las tasas y cargos por servicios de la actividad regulada de la Sociedad. Dicho análisis deberá ser efectuado basado en costos razonables y eficientes de estos servicios.
Finalmente, el Acta Acuerdo Integral preveía el compromiso de la Sociedad de realizar durante el plazo de extensión de la Licencia, con más su eventual prórroga decenal y dentro del área de su Licencia, inversiones adicionales sustentables equivalentes al monto del laudo dictado en el arbitraje “BG Group Plc. vs. La República Argentina (UNC 54 KGA)” con el porcentaje proporcional de quita que se hubiere establecido en el acuerdo de pago y excluyendo las sumas correspondientes a los intereses por mora en el pago del laudo. El monto y el plan de inversiones adicionales será determinado por el ENARGAS a propuesta de la Sociedad y las mismas no serán incorporadas en la base tarifaria.
En relación a la entrada en vigencia de la RTI, se estableció que ésta no excedería del 31 de diciembre de 2017. Sin embargo, en caso de que el ENARGAS dispusiera la aplicación escalonada
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y progresiva del incremento tarifario resultante de la RTI, la aplicación del último escalón no podría exceder del 1° de abril de 2018.
Con fecha 31 de marzo de 2017 se publicó la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017 mediante la cual se aprobaron, con vigencia a partir del 1° de abril de 2017, los cuadros tarifarios resultantes de la RTI de MetroGAS y cuadros tarifarios de transición de aplicación a los usuarios de MetroGAS.
Asimismo, la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017 aprobó (i) los estudios técnico económicos sobre la RTI de la Sociedad, (ii) la Metodología no automática de Ajuste Semestral (Anexo V), y (iii) el PIO de MetroGAS para el próximo quinquenio.
3.2.2 Juicio contra el Estado Nacional
En el año 2011, MetroGAS promovió una acción interruptiva de prescripción contra el Estado Nacional con el objeto de que, agotado el reclamo administrativo, se condene a este a la reparación de los daños y perjuicios provocados a MetroGAS -derivados de la Ley de Emergencia con motivo del incumplimiento a la obligación contractual de mantener la ecuación económico-financiera de esta distribuidora de acuerdo con los términos del marco regulatorio establecido a partir de la Ley de Gas.
De manera complementaria a esta acción, y una vez agotada la vía administrativa, en el año 2013 se amplió la demanda fijándose la suma reclamada en miles de $ 4.125.167 (expresada en valores al 31/12/2011) y se inició el Beneficio de Litigar Sin Gastos (“BLSG”) con el objeto de que se establezca la exención del pago de las costas y gastos judiciales derivados de la acción de daños y perjuicios. Con la promoción del BLSG, MetroGAS quedó exenta del pago de la tasa de justicia al momento del inicio de la acción principal y hasta la resolución del BLSG.
Con fecha 30 de marzo de 2017 MetroGAS suscribió con el Estado Nacional el Acta Acuerdo Integral en virtud de la cual, dentro del plazo de noventa (90) días corridos de que entre y se mantenga en vigencia la Resolución que aprueba el cuadro tarifario resultante de la RTI, MetroGAS debía desistir íntegra y expresamente de todos los derechos que pudieran eventualmente invocar, como también a todas las acciones entabladas o en curso o que pudieran entablar, fundadas o vinculadas a los hechos o medidas dispuestas, respecto del Contrato de Licencia.
Con fecha 28 de marzo de 2018, se publicó en el Boletín Oficial el Decreto N° 252/2018 que ratificó el Acta Acuerdo Integral. En virtud de ello, con fecha 27 de junio de 2018 la Sociedad procedió al desistimiento de la causa “MetroGAS S.A. c/ Estado Nacional – M. Planificación - (Decreto N° 293/02) - UNIREN s/Proceso de Conocimiento”. Mediante resolución de fecha 3 de octubre de 2018, se tuvo a MetroGAS por desistida de la acción y del derecho.
En relación al BLSG, si bien en los términos de la Ley N° 23.898 el fisco podría exigirle a MetroGAS el pago de la tasa de justicia (tres por ciento (3%) del monto de la demanda), en junio de 2019 el representante del Fisco dictaminó que si bien existe cierta capacidad de pago por parte de MetroGAS corresponde la concesión parcial del beneficio solicitado en el porcentaje que determine el Sr. Juez. En fecha 18 de diciembre de 2019, el expediente ingresó a resolver.
3.2.3 Ley de solidaridad social y reactivación productiva en el marco de la emergencia pública
Con fecha 23 de diciembre de 2019 se publicó la Ley de Solidaridad Social que declara la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, y delega en el PEN hasta el 31 de diciembre de 2020 las facultades en los términos del artículo N° 76 de la Constitución Nacional.
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En relación al sistema energético, se faculta al PEN a mantener las tarifas de electricidad y gas natural que estén bajo jurisdicción federal y a iniciar un proceso de renegociación de la RTI vigente o iniciar una revisión de carácter extraordinario, en los términos de las leyes N° 24.065, N° 24.076 y demás normas concordantes, a partir de la vigencia de la Ley de Solidaridad Social y por un plazo máximo de hasta ciento ochenta (180) días, propendiendo a una reducción de la carga tarifaría real sobre los hogares, comercios e industrias para el año 2020.
Asimismo, se faculta al PEN a intervenir administrativamente el ENARGAS por el término de un (1) año.
3.3 Tarifas de distribución de gas natural
3.3.1 Cuadros tarifarios
Mediante Resolución N° 91/2018 del MINEM se sustituyó el Numeral 9.4.2.3 de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución (“RBLD”) aprobada como Anexo B, Subanexo I, por el Decreto Nº 2.255 de fecha 2 de diciembre de 1992, determinando en lo pertinente que “los ajustes serán estacionales, abarcando los períodos del 1° de abril al 30 de septiembre de cada año, y del 1° de octubre al 31 de marzo del año siguiente”.
Con fecha 31 de enero de 2018 se publicó la Resolución del ENARGAS N° 249/2018 que convocó a audiencia pública el día 22 de febrero de 2018 para considerar (i) la aplicación de la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, de corresponder, para el ajuste de tarifas de MetroGAS; (ii) la aplicación del traslado a tarifas del precio de gas comprado y (iii) alternativas metodológicas para una facturación más previsible de los consumos de los usuarios residenciales.
En fecha 28 de marzo de 2018 se publicó la Resolución ENARGAS N° 300/2018 que dispuso (i) declarar la validez de la Audiencia Pública mencionada anteriormente, (ii) aprobar el cuadro tarifario de transición de MetroGAS aplicable a partir del 1° de abril de 2018 y (iii) aprobar nuevos valores para las Tasas y Cargos percibidos por MetroGAS por servicios adicionales.
Con fecha 15 de agosto de 2018 se publicó la Resolución del ENARGAS N° 184/2018 que convocó a Audiencia Pública para el día 4 de septiembre de 2018 para considerar (i) la aplicación de la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, en los términos de lo dispuesto (respecto de MetroGAS) por la Resolución ENARGAS N° 356/17; y (ii) la aplicación del traslado a tarifas del precio de gas comprado en los términos del Numeral 9.4.2 de las RBLD y la consideración de las Diferencias Diarias Acumuladas (“DDA”) correspondientes al período enero-septiembre de 2018, en los términos del Numeral 9.4.2.5 de las RBLD.
En fecha 8 de octubre de 2018 se publicó la Resolución ENARGAS N° 281/2018 que dispuso (i) declarar la validez de la Audiencia Pública mencionada anteriormente, (ii) aprobar los cuadros tarifarios de MetroGAS aplicables a partir de la publicación de los mismos y (iii) aprobar nuevos valores para las Tasas y Cargos percibidos por MetroGAS por servicios adicionales. Cabe aclarar, que dichos cuadros tarifarios no contemplaron en su exacta incidencia las DDA correspondientes al período comprendido entre el 1° de abril y el 30 de septiembre de 2018.
En fecha 12 de octubre de 2018 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución ENARGAS N° 292/2018 que rectifica los cuadros tarifarios de la Resolución N° 281/2018 y su aplicación se retrotrae al 8 de octubre de 2018, fecha de publicación de esta última Resolución. En dicha rectificativa, no se corrige el monto de las DDA para reflejar la exacta incidencia de las diferencias entre el costo del gas comprado y el precio del gas contenido en las tarifas finales a los usuarios.
En relación a la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, el ENARGAS advirtió que, para el período a considerar en el ajuste aplicable a partir de octubre-2018, es decir la variación entre febrero y agosto de 2018, existe una notoria disparidad entre la variación del índice de
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precios internos al por mayor (“IPIM”) y la de otros indicadores de la economía. Por ello, a partir de lo observado consideró razonable que para el ajuste semestral se aplique la metodología del Anexo V de la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017, pero considerando una adecuada combinación de índices que reflejen en mejor medida la variación de los indicadores de la economía general a fin de que se implementen los preceptos establecidos en las Resoluciones que aprobaron la RTI, alegando que “tal aplicación no significa un cambio metodológico, ni del principio general establecido en el Anexo V de la Resolución ENARGAS N° 4.356/17, sino la adecuada evaluación de tal criterio en el marco del caso concreto de su aplicación al semestre a iniciarse en octubre de 2018 en el que se aprecia una significativa disparidad entre el IPIM y otros indicadores macroeconómicos”.
A partir de ello, se aplicó como índice de actualización de la tarifa el promedio simple de los siguientes índices: a) IPIM entre los meses de febrero de 2018 y agosto de 2018, b) “Índice del Costo de la Construcción” entre los meses de febrero de 2018 y agosto de 2018 (“ICC”), y c) “Índice de variación salarial” entre los meses de diciembre de 2017 y junio de 2018 (“IVS”), lo cual resulta en una variación total para el período estacional de 19,7%, frente a una variación del 30,5% de haberse aplicado el IPIM únicamente. La Sociedad presentó en tiempo y forma el recurso de reconsideración contra la metodología seguida por el ENARGAS para reconocer el ajuste de la tarifa de distribución y la diferencia en las DDA.
Con fecha 1° de abril de 2019 se publicó la Resolución ENARGAS N° 198/2019 (rectificada en virtud de errores materiales por las Resoluciones ENARGAS N° 201/2019 y N° 203/2019) que aprobó (i) los cuadros tarifarios de MetroGAS aplicables con vigencia a partir del 1° de abril de 2019, 1° de mayo de 2019 y 1° de junio de 2019 que incorporan la bonificación dispuesta en el párrafo siguiente y (ii) nuevos valores de Tasas y Cargos.
En relación a los cuadros tarifarios aplicables a partir del 1° de abril de 2019, en la mencionada fecha se publicó la Resolución N° 148/2019 de la SGE que estableció en beneficio de los usuarios residenciales de gas natural y de propano indiluido por redes, una bonificación del precio del gas en el punto de ingreso al sistema de transporte del 27% para los consumos correspondientes a abril de 2019 y del 12% para los consumos correspondientes a mayo de 2019. Dicha Resolución determinó en sus considerandos que esta bonificación a los usuarios residenciales contará con el correspondiente reembolso a los proveedores de gas, conforme a la metodología y con los controles previos a disponerse en su oportunidad.
Con fecha 30 de mayo de 2019, se publicó la Resolución N° 299/2019 de la SGE que estableció que los proveedores de gas natural y de propano indiluido por redes deberán emitir la facturación del volumen de gas entregado con los descuentos en el precio de gas dispuestos como bonificación en la Resolución N° 148/2019 de la SGE comentada en el párrafo precedente y aprobó la metodología de compensación aplicable a efectos de que los proveedores de gas ejecuten la bonificación en el precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (“PIST”) y su correspondiente reembolso.
Asimismo, con fecha 24 de junio de 2019 y mediante Resolución N° 336/2019 de la SGE, se estableció -en beneficio de los usuarios residenciales de gas natural y con carácter excepcional- un diferimiento de pago del 22% en las facturas a ser emitidas a partir del 1º de julio de 2019 y hasta el 31 de octubre de 2019 que será recuperado a partir de las facturas a ser emitidas desde el 1º de diciembre de 2019 y por 5 períodos mensuales, iguales y consecutivos.
Dicha Resolución también dispuso que el costo financiero del diferimiento (computado entre las fechas de vencimiento de pago original de las facturas y las de vencimiento de las facturas en las que se incluya cada cuota de recupero) sea asumido por el Estado Nacional en carácter de subsidio, mediante el pago de intereses a distribuidoras, subdistribuidoras, transportistas y productores, reconociéndose a ese efecto la tasa para plazos fijos por montos de $ 20.000.000 o superiores a
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plazos de 30 o 35 días, denominada TM20, publicada por el Banco de la Nación Argentina que asciende a 40,50% al 31 de diciembre de 2019.
Con fecha 3 de julio de 2019, se publicó la Resolución ENARGAS N° 359/2019 que instruyó a las licenciatarias del Servicio de Distribución de gas a aplicar el diferimiento establecido mediante la Resolución SGE N° 336/2019 y de conformidad con las pautas de orden comercial establecidas en la Resolución del ENARGAS N° 359/2019. Con fecha 23 de agosto de 2019 se publicó la Resolución SGE N° 488/2019 que aprobó la metodología de diferimiento de pago de los consumos residenciales de gas natural por redes en las facturas emitidas a partir del 1º de julio de 2019 y hasta el 31 de octubre de 2019 y de pago de intereses.
Debe tenerse presente que la Resolución SGE Nº 336/2019 es anterior a la significativa devaluación acontecida en el mes de agosto de 2019 y la tasa de interés prevista en la norma no compensa el impacto financiero causado por resultar insuficiente y afectar directamente el capital de trabajo de esta Distribuidora.
En relación al ajuste semestral de los márgenes de transporte y distribución previsto a partir del 1º de octubre de 2019, con fecha 4 de septiembre de 2019 se publicó la Resolución SGE N° 521/2019 que difirió el ajuste semestral para el 1° de enero de 2020, oportunidad en la cual se aplicaría el valor correspondiente al índice de actualización inmediato anterior disponible. A fin de compensar a las prestadoras en el marco de lo dispuesto en el numeral 9.8 de las RBLD, se dispuso la revisión y adecuación -en su exacta incidencia- de las inversiones obligatorias a su cargo. Para ello, las prestadoras de los servicios de transporte y distribución de gas natural debían presentar ante el ENARGAS, dentro del plazo de 30 días corridos desde la publicación de la Resolución SGE N° 521/2019, sus propuestas de readecuación de las inversiones obligatorias a su cargo, a fin de que la autoridad regulatoria las evalúe y autorice, con las adecuaciones pertinentes, respetando la exacta incidencia entre los montos que se dejan de percibir en concepto de tarifa -incluyendo las bonificaciones a las subdistribuidoras de su área de licencia- y los montos de inversión comprometidos.
Asimismo, la Resolución SGE N° 521/2019 difirió el ajuste tarifario por variación del precio de gas en el PIST previsto con vigencia a partir del 1º de octubre de 2019 para el 1° de enero de 2020, oportunidad en que se efectuarán las adecuaciones pertinentes a los períodos a considerar para el cálculo de las DDA.
Con fecha 4 de octubre de 2019, MetroGAS realizó la presentación requerida por la Resolución SGE N° 521/2019 con la propuesta de readecuación de las inversiones obligatorias a su cargo.
En dicha presentación, la Sociedad determinó que el impacto en los ingresos para el período octubre-diciembre 2019 según las pautas utilizadas en la RTI, en moneda de diciembre de 2016, asciende a aproximadamente $390 millones. Por lo tanto, la Sociedad propuso readecuar el PIO por dicho monto, que representa una disminución del PIO original en un 3,84% para el año Regulatorio 3 cuya fecha de finalización es marzo de 2020 y un 17,87% para el año Regulatorio 4 que finaliza en marzo de 2021. A la fecha de aprobación de los presentes estados financieros, la presentación realizada por MetroGAS se encuentra sujeta a evaluación para su autorización por parte del ENARGAS. Oportunamente, la Sociedad considerará las medidas a adoptar para el caso de que el ENARGAS realizara un reconocimiento parcial del impacto determinado.
Con fecha 25 de noviembre de 2019 se publicó la Resolución SGE N° 751/2019 que sustituye el artículo 1° de la Resolución SGE N° 521/2019 y establece: "Diferir el ajuste semestral de los márgenes de transporte y distribución previsto a partir del 1º de octubre de 2019 para el 1° de febrero de 2020, debiendo utilizarse, en esa oportunidad, el índice de ajuste correspondiente para reflejar la variación de precios entre los meses de febrero y agosto de 2019”.
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Mediante Resolución ENARGAS N° 703/2019 se publicaron nuevos cuadros tarifarios para MetroGAS con vigencia a partir del 1º de noviembre de 2019. Estos cuadros tarifarios tuvieron su fundamento en (i) el análisis y revisión de las DDA de MetroGAS correspondientes a los períodos “Octubre 2018-Abril 2019” y “Abril 2019-Octubre 2019” y (ii) el ajuste previsto en la Resolución ENARGAS N° 694/2019 que resolvió una controversia entre MetroGAS y Naturgy BAN S.A. Posteriormente, con fecha 29 de noviembre de 2019, y habiéndose advertido errores materiales en la Resolución ENARGAS N° 703/2019, se publicaron, a través de la Resolución ENARGAS N° 763/2019, nuevos cuadros tarifarios para MetroGAS con vigencia a partir del 29 de noviembre de 2019.
Sobre estas dos últimas resoluciones, se ha presentado recurso de reconsideración y nulidad sobre los montos determinados por DDA, por entender que los criterios utilizados para su determinación no se adecúan a los principios consagrados en la Ley de Gas y tampoco a los que se comunicaron por medio de la Resolución ENARGAS N° 72/2019, que en tiempo y forma fue impugnada por MetroGAS y aún no fue resuelta por el ENARGAS (ver punto 3.3.3).
En relación al sistema energético, se faculta al PEN a mantener las tarifas de electricidad y gas natural que estén bajo jurisdicción federal y a iniciar un proceso de renegociación de la RTI vigente o iniciar una revisión de carácter extraordinario, en los términos de las leyes N° 24.065, N° 24.076 y demás normas concordantes, a partir de la vigencia de la Ley de Solidaridad Social y por un plazo máximo de hasta ciento ochenta (180) días, propendiendo a una reducción de la carga tarifaría real sobre los hogares, comercios e industrias para el año 2020 (ver punto 3.2.3).
Asimismo, se faculta al PEN a intervenir administrativamente el ENARGAS por el término de un (1) año.
3.3.2 Resolución MINEM N° 508-E/2017
Con fecha 29 de diciembre de 2017 se publicó la Resolución MINEM N° 508-E/2017 que establece el procedimiento para la compensación de los menores ingresos que las licenciatarias del Servicio de Distribución de Gas Natural por Redes reciben de sus usuarios, como producto de: (i) la aplicación de beneficios y/o bonificaciones a los usuarios resultantes de la normativa vigente en materia tarifaria del servicio de distribución de gas natural por redes y (ii) los mayores costos del GNNC respecto a los establecidos para su reconocimiento en las tarifas.
Este procedimiento se enmarca dentro del artículo 20.2 del Modelo de Licencia aprobado por el Decreto N° 2.255/1992 que establece que el Distribuidor tendrá derecho a ser compensado por la reducción de ingresos que le ocasionen tales medidas a fin de mantener la cadena de pagos relacionada con la operación y el mantenimiento del servicio público de distribución de gas natural por redes, entre otros, el pago de las facturas de compra de gas natural y garantizar la continuidad de la prestación de dicho servicio público.
De acuerdo con el procedimiento de compensación, las licenciatarias de Distribución deben informar en los plazos que allí se establecen y en base a los consumos anuales mensualizados y con carácter de declaración jurada ante el ENARGAS, los montos necesarios para compensar las diferencias mencionadas. Igual régimen informativo se adopta en relación al GNNC. De tal forma, para el cálculo de las compensaciones por el monto que dejan de percibir por los descuentos en facturación así como por las diferencias por GNNC, se establece una compensación resultante de la diferencia entre el precio de compra al productor de gas natural y la venta a sus clientes.
En lo que respecta al GNNC, para la valorización del mismo, al momento de la RTI se consideró el sendero de precios dispuesto por el MINEM en su Resolución Nº 212/2016, el que estaba establecido en dólares, utilizándose para ello el tipo de cambio vigente en diciembre de 2016, a razón de U$S1 = $16. Ese sendero de precios era creciente en el tiempo arribando en octubre de 2019 al valor objetivo final. A partir de allí, ese costo quedó contenido y reflejado en la tarifa en el
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margen de distribución que debe ajustarse semestralmente por el indicador establecido en la Resolución ENARGAS Nº 4.356/2017. El costo de GNNC se incrementó significativamente en detrimento de lo que fuera aprobado mediante el sendero de precios estipulado en la Resolución Nº 212-E/2016 del MINEM.
Con fecha 7 de diciembre de 2018, el ENARGAS comunicó a la Dirección Nacional de Economía de Hidrocarburos observaciones al esquema previsto en la Resolución Nº 508/2017 del MINEM. En virtud de ello, la SGE no solo no reconoció el ajuste previsto en la Resolución Nº 508/2017 del MINEM respecto del GNNC sino que, además, dispuso que las sumas percibidas por el período enero de 2018 a noviembre de 2018 que hasta ese momento tenían carácter provisorio, fueran compensadas con deudas que mantenía la SGE con MetroGAS. Asimismo, tampoco fueron reconocidos los ajustes a valores reales que preveía la misma operatoria por ese mismo período, ni los excesos de costos incurridos a partir de diciembre de 2018 hasta septiembre de 2019. El impacto del ajuste sobre los estados financieros al 31 de diciembre de 2019 fue de una pérdida de $452 millones correspondiente al ejercicio 2018 (cuyo monto reexpresado asciende a $622 millones).
Una situación similar se produjo con las diferencias de cambio correspondientes al gas retenido del período enero de 2018 a marzo de 2018. En tal sentido, a partir de la firma de las Bases y Condiciones para el Abastecimiento de Gas Natural a Distribuidoras de Gas por Redes en Noviembre-2017 (ver punto 3.4.1), se generó una afectación por las diferencias de cambio del período enero de 2018 a marzo de 2018 que el ENARGAS no aceptó reconocer en las diferencias diarias que se devengaron a favor de la Distribuidora. MetroGAS presentó con fecha 27 de noviembre de 2018 un recurso ante el ENARGAS, el cual a la fecha se encuentra pendiente de resolución.
A la fecha de aprobación de los presentes estados financieros, se han registrado ciertas demoras por parte del Estado Nacional en el pago de las compensaciones económicas previstas en la Resolución Nº 508/2017 del MINEM. En la medida que existan estas demoras la Sociedad cancelará las facturas por las inyecciones de gas distribuyendo a prorrata entre todos los productores con los cuales la Sociedad tiene contratos de suministro de gas natural el impacto derivado de la demora mencionada.
3.3.3 Diferencias Diarias
El articulo N° 37 del Decreto N° 1.738/92, reglamentario de la Ley de Gas, prevé en su inciso 5 que las variaciones del precio de adquisición del gas serán trasladadas a la tarifa final al usuario de tal manera que no produzcan beneficios ni pérdidas al Distribuidor. Por su parte, las RBLD establecen en su numeral 9.4.2.5 que la licenciataria deberá llevar contabilidad diaria separada del precio y del valor del gas comprado e incluido en sus ventas reales, y de la diferencia entre este último valor y el del gas incluido en la facturación de tales ventas reales. De tal manera, no se exige que las facturas de suministro hayan sido pagadas, sino que debe tenerse certeza del costo de adquisición, el que en este caso se materializa con el conocimiento del tipo de cambio al que debían cancelarse las obligaciones con los productores de gas.
El mismo numeral 9.4.2.5, último párrafo, prevé expresamente que si la diferencia entre el costo del gas adquirido por las Distribuidoras y el valor de dicho gas contenido en las tarifas a los usuarios supera en valor absoluto el 20%, entonces la Sociedad podrá presentar a la Autoridad Regulatoria nuevos cuadros tarifarios para su aprobación.
En abril de 2018 comenzó en Argentina un cambio en las condiciones macroeconómicas que provocó una brusca e imprevista variación en la paridad entre la moneda nacional y la moneda en la que están establecidos los precios de los contratos.
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Por el gas entregado en los meses de enero a marzo de 2018, los pagos realizados por la Sociedad se hicieron respetando el tipo de cambio vigente a la fecha de pago de conformidad con lo establecido en los acuerdos de suministro. No obstante, debido a las circunstancias descriptas anteriormente, los pagos a los productores de gas por el gas entregado en los meses siguientes se realizaron al tipo de cambio aplicado al valor del componente del gas incluido en la tarifa aprobado por las Resoluciones del ENARGAS.
El criterio adoptado obedece, además, a la necesidad de mantener la cadena de pagos relacionada con la operación y el mantenimiento del servicio público de distribución de gas natural por redes y garantizar la continuidad de la prestación del servicio.
De acuerdo a las situaciones macroeconómicas mencionadas anteriormente, con fecha 27 de julio de 2018 la Sociedad envió una nota al ENARGAS con los nuevos cuadros tarifarios solicitando, en cumplimiento de dicha norma establecida en las RBLD, que se aprueben los mismos a fin de ir reconociendo parcialmente la incidencia de los mayores costos de adquisición del gas.
Mediante Nota N0-2018-38938972-APN-SD#ENARGAS del 13 de agosto de 2018, el ENARGAS desestimó la solicitud efectuada alegando que “la Licenciataria no acredita materialmente el efectivo pago del gas al precio que referencia para la determinación de las diferencias entre el precio incluido en tarifa”. De acuerdo con el criterio de la Sociedad, este argumento no encuentra sustento en el marco regulatorio, en tanto el mismo se limita a exigir que el precio sea conocido, lo cual se materializa mediante los acuerdos de abastecimiento suscriptos de conformidad con las Bases y Condiciones y que se encuentran registrados ante el ENARGAS.
El 16 de noviembre de 2018 se publicó el Decreto N° 1.053/2018 que modificó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2018, y en virtud de las volatilidades de las variables financieras y del tipo de cambio, establece que el Estado Nacional asume, con carácter excepcional, el pago de las DDA mensualmente entre el valor del gas comprado por las prestadoras del servicio de distribución de gas natural por redes y el valor del gas natural incluido en los cuadros tarifarios vigentes entre el 1° de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2019, generadas exclusivamente por variaciones del tipo de cambio y correspondientes a volúmenes de gas natural entregados en ese mismo período, todo ello de acuerdo con el procedimiento que disponga el ENARGAS. El monto neto resultante se transferirá a cada distribuidora en treinta (30) cuotas mensuales y consecutivas a partir del 1° de octubre de 2019. A fin de determinar cada una de las cuotas, se utilizará la tasa de interés que el ENARGAS aplica conforme lo previsto en el punto 9.4.2.5 (tasa efectiva del Banco de la Nación Argentina para depósitos en moneda argentina a treinta (30) días de plazo, “pizarra”). Una vez percibida cada cuota, las distribuidoras deberán realizar de manera inmediata los pagos correspondientes a los proveedores de gas natural involucrados y los informarán y acreditarán mensualmente ante el ENARGAS.
Este régimen resultará aplicable sólo para aquellas prestadoras del servicio de distribución de gas natural por redes y para aquellos proveedores de gas natural que adhieran a este régimen y renuncien expresamente a toda acción o reclamo derivado de las DDA referidas en el primer párrafo.
Asimismo, el Decreto N° 1.053/2018 establece que a partir del 1º de abril de 2019 los proveedores de gas natural y las prestadoras del servicio de distribución de gas natural por redes deberán prever en sus contratos que en ningún caso podrá trasladarse a los usuarios que reciban servicio completo el mayor costo ocasionado por variaciones del tipo de cambio ocurridas durante cada período estacional.
Con fecha 12 de febrero de 2019 se publicó la Resolución ENARGAS N° 72/19 mediante la cual aprueba la “Metodología de Traslado a tarifas del precio de gas y Procedimiento General para el Cálculo de las Diferencias Diarias Acumuladas”. Dicha metodología establece los criterios que aplicará el ENARGAS para determinar el traslado a tarifas del precio del gas en el PIST,
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considerando para ello lo dispuesto por el art. 8 del Decreto N° 1.053/18 y el tipo de cambio que utilizará para determinar el valor en moneda nacional de aquellos contratos de abastecimiento cuyos precios estén nominados en dólares estadounidenses. Con respecto al cálculo de las DDA, establece el procedimiento general bajo el cual se determinará el volumen de compra mensual de gas a reconocer y los costos de adquisición que se considerarán para calcular las mismas, considerando para ello lo dispuesto por el art. 8 del Decreto N° 1.053/18. Por otra establece que las Distribuidoras deberán asegurar el abastecimiento y mínimo costo para los usuarios de servicio completo, con independencia del transporte que tengan contratado los usuarios que adquieren gas por su cuenta (usuarios de unbundling).
Con fecha 21 de marzo de 2019, la Sociedad impugnó la Resolución ENARGAS N° 72/2019 por entender que la misma no se adecua a los principios consagrados en la Ley de Gas. A la fecha de cierre de los presentes estados financieros, dicha impugnación no fue resuelta por el ENARGAS.
El 20 de agosto de 2019 se publicó la Resolución ENARGAS N° 466/2019 que, en los términos del artículo 7° del Decreto N° 1.053/2018, aprueba la “Metodología para la determinación del monto neto de las Diferencias Diarias Acumuladas referidas en el artículo 7° y concordantes del Decreto N° 1.053/2018”. Asimismo, aprueba el modelo de “Solicitud de Adhesión al Régimen”, el cual debe ser presentado ante el ENARGAS por las Prestadoras del Servicio Público de Distribución de Gas por Redes y los Proveedores de Gas Natural, que adhieran al mismo. De conformidad con el Régimen establecido, no se admiten formulaciones de solicitud de adhesión parciales y/o condicionadas, correspondiendo en tales supuestos su rechazo in límine . Tampoco se admiten retractaciones formuladas luego de la fecha establecida en la Resolución ENARGAS N° 466/2019. La fecha para dicha presentación fue sucesivamente prorrogada por el ENARGAS respecto a la determinada originalmente por esta Resolución, siendo la última dispuesta por la Resolución N° 636/2019 el 25 de octubre de 2019.
MetroGAS adhirió en tiempo y forma al Régimen dispuesto por el Decreto N° 1.053/2018. Mediante Resolución ENARGAS N° 735/2019 se determinaron los montos netos finales de las DDA en los términos del artículo 7° del Decreto N° 1.053/18, considerando las adhesiones al Régimen. Con fecha 5 de diciembre de 2019 la SGE notificó la Resolución SGE N° 780/2019 que aprueba la transferencia de la cuota 1 a MetroGAS por la suma de 152.413 para la transferencia a cada productor de gas, la cual fue realizada en tiempo y forma.
La Sociedad ha registrado en sus estados financieros al 31 de diciembre de 2019 el pasivo con los productores de gas por las DDA, correspondientes al período comprendido entre el 1° de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2019, referidas en el Decreto mencionado anteriormente y el crédito con el Estado Nacional por el mismo monto y concepto, los que descontados al 31 de diciembre de 2019 y 2018 ascienden a 4.416.187 y 5.436.355, respectivamente (ver Notas 15 y 23 a los estados financieros consolidados).
3.4 Abastecimiento de Gas Natural
3.4.1 Compra de Gas Natural
Mediante Resolución N° 89/2016 del MINEM, se inició un proceso de normalización contractual en función del cual MetroGAS celebró diversos contratos con productores de gas, tanto de la cuenca Austral, como de la cuenca Neuquina. A través de la Resolución Nº 212 – E /2016, se fijó un sendero de precios para el gas natural, determinándose el valor de éste de manera gradual y semestral hasta el 1º de octubre de 2019.
El 29 de noviembre de 2017, a instancias del MINEM, MetroGAS suscribió las “Bases y Condiciones para el Abastecimiento de Gas Natural a Distribuidoras de Gas por Redes” (las “Bases y Condiciones”) junto con el resto de las distribuidoras y un grupo de productores de gas. Estas Bases y Condiciones contenían los lineamientos para la contratación de volúmenes de gas
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para el abastecimiento de la demanda de las distribuidoras para el período comprendido entre el 1° de enero de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2019. En las mismas se estableció: i) los volúmenes que cada productor firmante debe inyectar por cuenca para abastecer a la demanda de las distribuidoras, ii) los volúmenes diarios disponibles por cuenca para cada distribuidora, iii) el precio según la categoría de cliente y por período expresado en u$s/MMBTU, iv) la obligación del productor de entregar o pagar por el 100% del volumen, v) la obligación de las distribuidoras de tomar o pagar por el 100% del volumen, excepto en caso de no contar con demanda y no nominar volúmenes de contratos no comprendidos en las Bases y Condiciones; y vi) el vencimiento de las facturas a los 75 días.
Las Bases y Condiciones establecían expresamente que las distribuidoras tienen en consideración para su suscripción las disposiciones del artículo N° 38 de la Ley de Gas, que prevén el traslado a las tarifas a ser pagadas por los usuarios del servicio de transporte y distribución tanto de los costos de adquisición de gas resultantes de acuerdos o contratos de largo plazo como así también de aquellos asociados a las compras de corto plazo que resultaran necesarias para satisfacer la demanda.
En abril de 2018 comenzó en Argentina un cambio en las condiciones macroeconómicas que provocó una brusca e imprevista variación en la paridad entre la moneda nacional y la moneda en la que están establecidos los precios de los contratos. Por este motivo, los pagos a los productores de gas por el gas entregado en los meses siguientes a partir de abril de 2018 se realizaron al tipo de cambio aplicado al valor del componente del gas incluido en la tarifa aprobado por las Resoluciones del ENARGAS.
Los productores rechazaron dicho criterio de pago por parte de la Sociedad y, en consecuencia, reclamaron formalmente los saldos considerados impagos. El 16 de noviembre de 2018, se publicó en el Boletín Oficial, el Decreto N° 1.053/2018 que establece que el Estado Nacional asumirá, con carácter excepcional, el pago de las DDA (ver punto 3.3.3).
En relación al suministro de gas para el año 2019, MetroGAS participó del concurso de precios para la provisión de gas natural en condición firme para el abastecimiento de la demanda de usuarios de servicio completo de las prestadoras de servicio público de distribución de gas por redes que se llevó a cabo en el ámbito del Mercado Electrónico de Gas S.A. (“MEGSA”) para las cuencas Neuquina, Golfo San Jorge, Santa Cruz Sur y Tierra del Fuego el 14 de febrero de 2019, todo ello de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución N° 32/2019 de la SGE.
Como resultado de dicho concurso, se obtuvieron compromisos de abastecimiento anual (hasta el 31 de marzo de 2020) por un volumen de capacidad máxima diaria (“CMD”), que anualmente asciende a 1.486 millones de m[3] los cuales representan el 58% de nuestra demanda anual, cumpliendo con ello con el requisito establecido en el marco regulatorio.
Esos compromisos, bajo las pautas establecidas por la Resolución SGE N° 32/19, consideran una cláusula de Entregar o Pagar (“EOP”) del 70% diario, lo que implica en el caso de MetroGAS un importante nivel de incertidumbre respecto del aprovisionamiento en el período invernal, al que coadyuva la relación fija establecida en el concurso de 1:2,5 anual escalonado, que no satisface la curva de demanda prioritaria que se presenta en el período invernal en nuestra área de Licencia, cuya relación es más cercana a 1:4,5 veces. Adicionalmente a lo expuesto precedentemente, los contratos en cuestión poseen cláusulas de Tomar o Pagar (“TOP”) del 70% estacional lo que implica que de incurrirse en TOP, y dado que el EOP es también del 70%, la recuperación de los volúmenes está sujeta a la voluntad de los proveedores de gas de entregar gas por encima del EOP y hasta la CMD. Este riesgo de incurrir en TOP se ve morigerado por ser un cálculo estacional, los cuales pueden compensarse durante el período en curso. Al 31 de diciembre de 2019, si bien la Sociedad ha incurrido en obligaciones TOP, las mismas no han sido registradas debido a que considera que las mismas no son significativas y que serán recuperadas en los períodos siguientes tal como lo establecen los respectivos contratos.
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En virtud de lo expuesto precedentemente y a fin de evitar la incertidumbre respecto de los volúmenes de gas a ser puesto a disposición por los proveedores, MetroGAS suscribió contratos por volúmenes adicionales a los contratados en el ámbito del MEGSA en el marco del concurso de precios oportunamente convocado con el objetivo de contar con un mayor abastecimiento, fundamentalmente en el invierno, reduciendo los riesgos sobre el pico invernal.
3.4.2 Unbundling de gas natural
En línea con los cambios regulatorios que se introdujeron en el sector de gas natural a partir del año 2004 se produjo el proceso denominado informalmente como “unbundling de gas natural” por el cual distintas categorías de usuarios debieron comenzar a adquirir volúmenes de gas natural en el PIST directamente de productores y/o comercializadores de gas natural, quedando limitadas las distribuidoras zonales a prestar exclusivamente el servicio de transporte y/o distribución de gas natural.
En este escenario, durante el año 2005 y en virtud del Decreto N° 180/2004, MetroGAS constituyó MetroENERGÍA, una sociedad comercializadora a los fines de retener la mayor cantidad posible de clientes y de contar con una herramienta más acorde al nuevo contexto en el que se debía desempeñar la Sociedad.
MetroENERGÍA fue autorizada por el ENARGAS para actuar como empresa comercializadora de gas natural y/o su transporte y se encuentra inscripta como agente MEGSA.
Las acciones llevadas adelante por MetroENERGÍA desde su creación, permitieron continuar reteniendo la mayor parte de los clientes industriales y comerciales oportunamente contemplados dentro del proceso de “unbundling” del área de la Sociedad, con lo cual se logró mantener la participación de estas categorías de clientes en la matriz de ventas de MetroGAS.
Con fecha 1° de abril de 2016, mediante Resolución N° 34/2016, el MINEM dispuso un nuevo régimen aplicable a las estaciones de suministro de GNC estableciendo la obligación respecto de estos usuarios de adquirir el gas natural para su abastecimiento por parte de la distribuidora de su zona o área de distribución de manera de que éstas presten el servicio completo (gas, transporte y distribución). A partir del 1° de mayo de 2017, y en los términos de la Resolución N° 80 – E/2017 del MINEM, se ampliaron las opciones de compra de gas natural por parte de los titulares de estaciones de suministro de GNC pudiendo adquirir el gas natural a través de las distribuidoras (servicio completo – Resolución MEM N° 34/2016) o en forma directa por medio de los productores o comercializadores de gas natural (respetando mix de cuencas y porcentajes de gas retenido asignados a la Distribuidora zonal).
En relación a los usuarios del Servicio General “P”, con fecha 5 de abril de 2019 se publicó la Resolución N° 175/2019 de la SGE que resolvió derogar los artículos 5°, 6° y 7° de la Resolución N° 752/2005 de la (ex) Secretaría de Energía y permitir que los usuarios identificados como Servicio General “P” Grupo III cuenten con la posibilidad de optar por la contratación de su abastecimiento de gas natural no solamente a través de un productor o comercializador sino también, de la distribuidora zonal, bajo la modalidad de servicio completo, tal como lo establecen los artículos N° 13 y N° 49 de la Ley de Gas. El ENARGAS complementó la Resolución SGE N° 175/2019 mediante las Resoluciones ENARGAS N° 750/2019 y N° 838/2019.
3.4.3 Procedimiento para la Administración del Despacho del Comité Ejecutivo de Emergencia
El abastecimiento de gas natural a las distribuidoras operaba bajo el esquema de solicitud, confirmación y re-direccionamientos de gas previstos en las Resoluciones ENARGAS N° 1.410/2010, N° 3.833/2016 y N° 4.502/2017, que modificaban y complementaban los
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procedimientos de administración del despacho de gas natural dispuestos por la Resolución ENARGAS N° 716/1998.
Con fecha 29 de junio de 2018 se publicó la Resolución ENARGAS N° 124/2018 que aprueba un texto ordenado que reemplaza la Resolución ENARGAS N° 716/1998 y deroga las Resoluciones ENARGAS N° 1410/2010, N° 3833/2016 y N° 4502/2017.
Sin perjuicio de ello, y en relación al período invernal 2018 y 2019, resultó aplicable la Resolución ENARGAS N° 59/2018 que aprobó el “Procedimiento Transitorio para la Administración del Despacho en el Comité Ejecutivo de Emergencia”. Mediante Resolución ENARGAS N° 656/2019 se dispuso la prórroga de la vigencia de la Resolución ENARGAS N° 59/2018 hasta el 30 de abril de 2020.
3.5 Otros temas regulatorios
3.5.1 Amparo – Medidas cautelares
Con fecha 6 de junio de 2018 el ENARGAS notificó a MetroGAS la medida cautelar dispuesta por el Dr. Alejo Ramos Padilla en el marco de la causa “Consumidores Argentinos Asociación para la Defensa, Educación e Información de los Consumidores c/PEN y otros s/Acción Declarativa de Inconstitucionalidad” en trámite por ante el Juzgado Federal de Dolores. La Sociedad no se encuentra demandada en la citada causa.
En los términos allí expuestos, (i) se dispone como medida cautelar que todas las prestatarias del servicio de gas del país se abstengan, a partir del 21 de mayo de 2018, de llevar adelante cualquier corte o suspensión del servicio de gas derivado de la falta de pago; y (ii) se autoriza a las empresas prestatarias del servicio de gas a que, previo a cualquier corte o suspensión del suministro de gas, lleven adelante los procedimientos administrativos necesarios tendientes a acreditar la situación de vulnerabilidad de los usuarios y a evitar cualquier eventual abuso del derecho, bajo apercibimiento, para el caso de que se efectúen cortes o suspensiones del suministro a los sectores vulnerables sin realizar dicho procedimiento o sin garantizar al usuario la posibilidad de ser escuchado y acreditar su situación, de imponer una multa de entre $1.000 a $100.000 (mil a cien mil pesos) por cada corte ilegítimo del servicio llevado a cabo, dejando aclarado que en caso de duda de si se está frente a un consumidor que encuadra dentro de una situación de vulnerabilidad, deberá abstenerse de llevar adelante el corte.
En fecha 27 de junio de 2019, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal (Sala III), en oportunidad de resolver el recurso de apelación interpuesto por el MINEM contra la medida cautelar dispuesta, resolvió que “resulta inoficioso pronunciarse sobre el recurso de apelación interpuesto en autos, ya que carece de vigencia –a la fecha- la medida cautelar otorgada por resolución del 4 de junio de 2018”.
3.5.2
Revisión de Instalaciones Internas - Modificaciones
Mediante Resolución ENARGAS N° 82/2019 se aprobó con fecha 20 de febrero de 2019, la norma NAG-226 (2019) “Procedimiento para la revisión técnica de las instalaciones internas domiciliarias de gas existentes” que instruye a las Distribuidoras para que, en el plazo de treinta (30) días corridos desde la aprobación de la norma, implementen y adecuen sus procedimientos operativos a la misma para la rehabilitación del servicio en aquellas instalaciones en las que se hubiese interrumpido el servicio por razones de seguridad.
Al respecto, MetroGAS requirió a la autoridad competente la adopción de ciertas medidas relativas a la NAG-226 por cuanto su aplicación implica una alteración de la razonable rentabilidad garantizada por el artículo N° 39 de la Ley N° 24.076 debido a mayores costos por la suma aproximada de $46.000.000 por cuanto la nueva normativa implica (i) nuevos ensayos de
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verificación de instalaciones que llevan a extender sensiblemente la duración de cada inspección y por ende una merma en la productividad medida en cantidad de inspecciones/operador, (ii) mayor cúmulo de información a ser registrada en nuevos formularios definidos con afectación de merma de productividad de inspecciones/inspector, y (iii) mayor cantidad de inspecciones producto del seguimiento de plazos de normalización de defectos secundarios o clausuras de artefactos sin que sean normalizados en tiempo y forma.
3.5.3 Reglamento de Servicio - Modificaciones
Con fecha 30 de abril de 2019 se publicó la Resolución ENARGAS N° 223/2019 que modifica ciertas previsiones del Reglamento de Servicio en relación al corte de servicio por falta de pago, rehabilitación y restitución del servicio y lectura de medidores, y dispone la obligación de facturación mensual para los usuarios residenciales con ciclo de lectura bimestral (Artículo N° 14 del Reglamento del Servicio de Distribución – Inciso I) a partir del 1º de junio de 2019. En relación a la facturación mensual, el Reglamento de Servicio aclara que “el Cargo fijo se facturará asignando a cada liquidación el 50% del valor que corresponda aplicar en función de los cuadros tarifarios vigentes para el período de consumo facturado”.
Con fecha 21 de mayo de 2019 y con fundamento en el impacto económico-financiero y operativo de las modificaciones efectuadas al Reglamento de Servicio, por mayores costos asociados, MetroGAS recurrió administrativamente la Resolución ENARGAS N° 223/2019.
El impacto de tal modificación no sólo deriva de los mayores costos que implica duplicar el volumen de trabajo registrado a la fecha (mayor procesamiento de datos, duplicidad de uso de papel, impresión y distribución, mayor afectación de recursos, etc.) sino también de la fecha de implementación establecida sin contemplar las adecuaciones necesarias que deben realizarse sobre los sistemas internos.
La complejidad e imposibilidad técnica de modificar los sistemas de administración de clientes generan impactos en los usuarios tales como interrupciones en las secuencias de facturación, dificultades en la aplicación de pagos, mayor cantidad de reclamos, imposibilidad de re-facturar correctamente y problemas para la gestión de la morosidad.
Es importante señalar que estos cambios en la mecánica de facturación de consumos entraron en vigor ya comenzado el quinquenio objeto de la última RTI vigente, por lo tanto no fueron informados como gastos de operación y mantenimiento en ocasión de la misma.
3.5.4 Fideicomisos
A la fecha de emisión de estos estados financieros, MetroGAS debe facturar, cobrar y liquidar dos cargos específicos, con diversa afectación, lo cual hace la Sociedad por cuenta y orden de Nación Fideicomisos S.A. como fiduciaria de tres contratos de fideicomiso distintos.
El cargo específico I (regulado por el Decreto PEN N° 180/2004 y normas concordantes) y el cargo específico II (regulado por Ley N° 26.095 y normas concordantes) son soportados por todo el universo de usuarios del servicio de gas natural distinto del segmento residencial y están destinados al pago de obras de infraestructura para la ampliación del sistema de transporte de gas natural.
Es importante señalar que ninguno de estos dos cargos específicos facturados y cobrados por MetroGAS se incorpora al patrimonio de la Sociedad. Por el contrario, una vez percibidos, la Sociedad tiene la obligación de depositarlos en las cuentas fiduciarias oportunamente señaladas por el Fiduciario, agotándose la intervención de MetroGAS al respecto.
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4. DEUDA FINANCIERA
4.1 Obligaciones Negociables
Con motivo del canje obligatorio efectuado el 11 de enero de 2013, en el marco del concurso preventivo de acreedores solicitado en el año 2010 (el “Concurso Preventivo”), MetroGAS emitió obligaciones negociables Serie A y Serie B con vencimiento el 31 de diciembre de 2018 (las “Obligaciones Negociables”). Asimismo se emitieron Obligaciones Negociables para ser entregadas a los nuevos acreedores quirografarios, una vez que cuenten con sentencia verificatoria en el Concurso Preventivo.
Con fecha 27 de febrero de 2018 la Sociedad rescató la totalidad de las ON a un Precio de Rescate igual al 100% del monto de capital de las ON, con más sus intereses devengados e impagos, y todos los demás montos que se adeudaban hasta la Fecha de Rescate. Las ON dejaron de devengar intereses en y después de la Fecha de Rescate. A todos los efectos bajo el Contrato de Fideicomiso, se considerara que las ON ya no están vigentes desde y después de la Fecha de Rescate, ya que el Precio de Rescate fue depositado por el Fiduciario de acuerdo con el Contrato de Fideicomiso, y todos los derechos con respecto a ellas, cesaron en la Fecha de Rescate. El pago del Precio de Rescate se realizó a través de The Bank of New York Mellon.
El 12 de diciembre de 2018, MetroGAS emitió Obligaciones Negociables simples Clase 2 (las “Nuevas Obligaciones Negociables”) denominadas en pesos con vencimiento a los doce meses desde la fecha de emisión por millones de $ 512,4, correspondientes al Programa de Obligaciones Negociables de corto y mediano plazo por un monto máximo en circulación de hasta millones de US$ 600.
Dichas Nuevas Obligaciones Negociables devengaban una tasa de interés variable anual que era igual a la suma de (a) la Tasa Badlar Privada aplicable al período, más (b) un Margen Aplicable del 10%. Los intereses se pagaron trimestralmente el 12 de marzo de 2019, 12 de junio de 2019, 12 de septiembre de 2019 y 12 de diciembre de 2019. El capital fue amortizado en una única cuota en la fecha de vencimiento, es decir el 12 de diciembre de 2019.
De acuerdo con los términos y condiciones de la emisión, en el supuesto de Cambio de Control de MetroGAS, cada tenedor de las Nuevas Obligaciones Negociables tenía el derecho a exigir que la Sociedad rescatara la totalidad de las Nuevas Obligaciones Negociables. MetroGAS además debía realizar sus mejores esfuerzos para obtener y mantener, en tanto existían las Nuevas Obligaciones Negociables en circulación, las correspondientes autorizaciones para su listado y/o negociación; y mantener el ratio Deuda Neta/ EBITDA por los cuatro trimestres económicos inmediatamente anteriores, menor o igual a 3:00.
Los fondos provenientes de la emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables fueron utilizados para la pre-cancelación de capital e intereses correspondientes a la primera cuota del Préstamo con Industrial and Commercial Bank of China Limited - Dubai Branch e Itaú Unibanco - New York Branch.
Al 31 de diciembre de 2019 la Sociedad canceló la totalidad de Obligaciones Negociables.
4.2 Préstamos bancarios
Con fecha 8 de febrero de 2018, MetroGAS instrumentó un préstamo no garantizado con (i) Industrial and Commercial Bank of China Limited - Dubai Branch e (ii) Itaú Unibanco - New York Branch (“acreedores financieros”), por la suma de millones de U$S 250 por un plazo de treinta y seis meses y amortizable en nueve cuotas trimestrales a partir de los doce meses desde la fecha de desembolso (el “Préstamo”).
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El Préstamo contempla (i) un interés de pago trimestral a una tasa determinada por LIBOR más un margen nominal anual de (a) 3% los primeros doce meses; (b) 3,50% desde el mes trece hasta el mes dieciocho; (c) 3,75% desde el mes diecinueve al mes veinticuatro; y (d) 4% desde el mes veinticinco hasta el vencimiento.
Efectivizado el desembolso del Préstamo, la Sociedad destinó los fondos: a) al rescate de la totalidad de las Obligaciones Negociables (Ver Nota 19.2 a los presentes estados financieros), b) a la refinanciación de pasivos corrientes; y c) a capital de trabajo.
De acuerdo con los términos y condiciones del Préstamo, la Sociedad debe cumplir con una serie de compromisos financieros generalmente establecidos en este tipo de transacciones, incluyendo ciertas restricciones, que, entre otras, y en términos generales se enumeran a continuación:
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a) Endeudamiento: el Prestamista no permitirá que la Sociedad, ni permitirá que ninguna de sus Subsidiarias incurra, asuma o garantice endeudamiento, excepto en los casos de endeudamiento por refinanciación para mantener su deuda financiera actual o cuando el endeudamiento no sea mayor a millones de U$S 50, entre otros.
-
b) Pagos restringidos: la Sociedad no podrá realizar pagos restringidos, considerando entre otros el pago de dividendos, excepto que haya recibido la aprobación final del Acuerdo de Renegociación de la Licencia por el PEN. A su vez, durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 el importe a pagar en concepto de dividendos no podrá superar el 10% del Resultado Neto de ese año, y el 60% para los años siguientes; y además el Indicador Deuda/EBITDA no deberá ser mayor a dos veces el EBITDA.
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c) Indicadores financieros: la Sociedad deberá mantener un Indicador de Cobertura de intereses entendido como EBITDA/Intereses financieros no menor a 3,00; el indicador Deuda/EBITDA no podrá ser mayor a 3,00 hasta el 30 de junio de 2018, y mayor a 2,50 desde esa fecha hasta el vencimiento del contrato; el patrimonio neto de la sociedad a cada cierre trimestral hasta el 30 de septiembre de 2018 no podrá ser menor a millones de $ 8.000, desde esa fecha hasta el 30 de septiembre de 2019 no podrá ser menor a millones de $ 9.200, desde esa fecha hasta el 30 de septiembre de 2020 no podrá ser menor a millones de $ 10.120 y desde esa fecha hasta el fin del contrato no podrá ser menor a millones de $ 11.132.
Con fecha 24 de mayo de 2019, MetroGAS instrumentó un préstamo con el Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U. por la suma de 300.000 por un plazo de 360 días y amortizable en una cuota al vencimiento el cual operará el 21 de mayo de 2020. El préstamo contempla un interés a una tasa nominal anual del 68,8% pagadero en forma mensual.
De acuerdo con los términos y condiciones del mencionado préstamo, la Sociedad debe cumplir con el compromiso de no permitir un potencial cambio de control, es decir que, uno o más accionistas existentes celebren, acepten y/o de cualquier otro modo expresa o implícitamente consientan, cualquier acuerdo, contrato o instrumento, en virtud del cual dicho uno o más accionistas existentes asuman un compromiso de forma vinculante de: (i) reducir por cualquier causa y/o concepto que sea su tenencia accionaria en el capital social y votos de la Prestataria de manera tal que los accionistas existentes dejaren de tener, en forma directa o indirecta, la propiedad de al menos el 50,01% del capital social y de los votos de la Prestataria, o (ii) los accionistas existentes perdieran la facultad de, en forma directa o indirecta, designar y/o remover a la mayoría de los miembros del órgano de administración de la Prestataria, o de dirigir o disponer la dirección de los negocios, asuntos y políticas de la Prestataria.
Con fecha 30 de agosto de 2019, MetroGAS canceló en forma anticipada y conjuntamente con sus intereses correspondientes, la cuarta cuota de amortización del préstamo no garantizado con
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Industrial and Commercial Bank of China Limited - Dubai Branch e Itaú Unibanco - New York Branch, por un importe de U$S 27,8 millones.
Con fecha 9 de septiembre de 2019 la Sociedad celebró un contrato de préstamo con el Banco Itaú Argentina S.A. e Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A. por un monto total de 828 millones a ser cancelado en tres (3) cuotas, pagaderas el 25 de septiembre, el 25 de octubre y el 25 de noviembre de 2019. El préstamo contempla un interés a una tasa nominal anual del 97% pagadero junto con cada cuota de capital. Dicho financiamiento se encontraba garantizado por una cesión en garantía de derechos de cobro devengado y/o a devengarse en favor de los Bancos bajo el Contrato de Sistema de Pago Fácil. Al 31 de diciembre de 2019 dicho préstamo fue cancelado junto con sus intereses.
Con fecha 20 de febrero de 2020 la Sociedad celebró un contrato de préstamo con el Banco Itaú Argentina S.A. e Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A. por un monto total de 3.329 millones a ser cancelado en once (11) cuotas trimestrales y consecutivas pagaderas a partir del décimo octavo mes contado desde la fecha de desembolso del préstamo (ver Nota 34 a los estados financieros consolidados).
5. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
A continuación se expone la estructura organizativa actual de MetroGAS:
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6. GOBIERNO CORPORATIVO
MetroGAS cumple con adecuadas prácticas de gobierno corporativo, respetando los principios de información plena, transparencia, eficiencia, protección del público inversor, trato igualitario entre inversores y protección de la estabilidad de las entidades e intermediarios financieros.
Dentro del ámbito del Directorio de la Sociedad, MetroGAS cuenta con un Comité de Auditoría, compuesto por tres Directores independientes, dando cumplimiento a las disposiciones vigentes. Asimismo, MetroGAS constituyó un Comité de Remuneraciones y Nominaciones. Entre sus funciones se encuentran (i) proponer, revisar y aprobar la política de compensaciones y beneficios de miembros del Directorio, Director General y Directores de primera línea de la Sociedad, (ii) desarrollar criterios para la selección del Director General y Directores de primera línea, (iii) constatar la existencia de un plan de sucesión del Director General y Directores de primera línea y (iv) asegurar la capacitación y desarrollo de miembros del Directorio, Director General y Directores de primera línea.
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Asimismo, el Directorio aprobó medidas atinentes al Gobierno Corporativo, tales como (i) la actualización del Código de Ética y Conducta que incluye el Canal de Denuncias Anónimas y (ii) el Programa de Integridad y Ética elaborado conforme a los requerimientos de la Ley de Responsabilidad Penal N° 27.401 y los Lineamientos para la Implementación de Programas de Integridad emitidos por la Oficina Anticorrupción mediante Resolución OA N° 72/2018.
6.1 Autoridades
En la Asamblea de Accionistas y reunión de Directorio de MetroGAS, celebradas el 25 de abril de 2019 se designó al Sr. Fernando Oscar Ambroa, como Presidente de la Sociedad, y al Sr. Dante Kogan como Vicepresidente. El Sr, Ambroa reviste la condición de no independiente de acuerdo con la normativa establecida por la CNV. El Sr. Dante Kogan reviste la condición de independiente de acuerdo a la normativa establecida por la CNV.
6.2 Toma de Decisiones y Sistema de Control Interno
La Sociedad promueve la delegación de autoridad, permitiendo dar respuestas ágiles y eficientes a las actividades, existiendo a la vez una clara y explícita definición de los alcances de dicha delegación mediante la fijación de límites de aprobación implementados sistematizadamente que minimizan riesgos.
Por otra parte, MetroGAS cuenta con un área de Auditoria Interna cuya misión consiste en asegurar al Directorio, al Comité de Auditoria, al Comité de Dirección y al nivel gerencial de la Sociedad procesos efectivos y eficientes de control interno para identificar y administrar los riesgos del negocio.
La existencia de procesos estandarizados, procedimientos administrativos, comunicaciones fluidas, emisión periódica de informes de control de gestión y evaluaciones de desempeño en el marco de las políticas establecidas por el Comité de Dirección, afianzan el sistema de control interno, proveen la certeza razonable del logro de objetivos, el suministro de información financiera confiable y el cumplimiento de las normas vigentes.
6.3 Modalidades de Remuneración del Directorio y de los Cuadros Gerenciales
La remuneración al Directorio es fijada por la Asamblea Ordinaria de Accionistas.
La remuneración del Director General y de los Directores Ejecutivos que reportan a aquel es fijada por el Comité de Remuneraciones y Nominaciones conformado por los tres miembros independientes del Directorio, con el objetivo de velar por el cumplimiento de las políticas.
Al 31 de diciembre de 2019, la política de remuneraciones del personal ejecutivo, consiste en una retribución mensual fija y una retribución variable ligada a la consecución de objetivos fijados anualmente. No existen implementados, como parte de la política de remuneraciones, planes de opciones sobre las acciones de la Sociedad.
6.4 Gestión integral de riesgos
La Sociedad posee una Política de Administración de Riesgos del Negocio alineada a las mejores prácticas de administración de riesgos. Cuenta con un Comité de Administración de Riesgos integrado por los Directores Ejecutivos de la Sociedad y el Director de Auditoria Interna. Este grupo es el responsable último por el monitoreo e implementación de la política de riesgos.
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Trimestralmente, el Comité de Auditoría analiza las modificaciones respecto de los riesgos de negocio y fraude y se informa al Directorio de MetroGAS sobre las cuestiones críticas relacionadas con la administración de riesgos.
6.5 Programa de Integridad y Ética
La Sociedad ha designado un Oficial de Ética y Cumplimiento responsable del desarrollo, implementación y control del Programa de Integridad y Ética de MetroGAS quien asimismo, proporciona periódicamente información de avance y gestión del Programa al Comité de Dirección y al Comité de Auditoría.
El Programa cuenta con acciones que abordan diferentes ejes, tales como:
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Evaluación y gestión de riesgos de fraude, ética y corrupción
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Revisión de políticas y procedimientos
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Aplicación del programa a socios comerciales (contratistas/subcontratistas)
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Comunicación y capacitación
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Promoción y estímulo
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Gestión de líneas de denuncia: Línea Ética (para empleados y proveedores) y Programa Transparencia (para clientes)
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Desarrollo de protocolos de investigación
Este Programa tiene un alcance más amplio que el simple cumplimiento de normas externas e internas y trabaja sobre la cultura y los valores organizacionales; sobre los principios, los procesos de toma de decisiones y el liderazgo de la alta Dirección. Para su elaboración se tomaron en consideración las recomendaciones de las guías internacionales como la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (“OCDE”), los elementos previstos en los artículos N° 22 y N° 23 de la Ley N° 27.401 de Responsabilidad Penal de Personas Jurídicas, vigente desde 2018, junto con el Decreto Reglamentario N° 277/18 y los Lineamientos de Integridad emitidos por la OA en la Resolución N° 27/18.
Durante el 2019 el Programa fue sometido a la revisión de un profesional independiente quien concluyó que el mismo es robusto y adecuado frente a las exigencias de la Ley de Responsabilidad Penal de Personas Jurídicas y los principales estándares comparados.
7. RESEÑA DE LAS OPERACIONES
7.1. Política Comercial, Planificación Empresaria, Financiera y de Inversiones
A partir del cambio de Gobierno producido en diciembre de 2015, durante el 2016 se dio inicio al proceso de RTI tendiente a la normalización del marco regulatorio y tarifario de la Sociedad que sentó las bases y reglamentaciones para el desarrollo del negocio durante los próximos 5 años.
Luego de la suscripción del Acuerdo Transitorio 2016, el Acuerdo Transitorio 2017 y del Acta Acuerdo Integral, la Sociedad definió su nueva estrategia hacia el futuro y aspectos tales como la planificación empresaria, la política comercial y el desarrollo del plan de inversiones.
La estrategia corporativa tiene como meta transformar a la Sociedad en el referente de la distribución de gas y líder en la comercialización de productos energéticos, contribuyendo al desarrollo del país y a la calidad de vida de los argentinos poniendo al cliente en el centro de sus acciones.
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Cabe remarcar que MetroGAS puso en marcha la nueva estrategia, asumiendo un compromiso profundo con la ética en los negocios y con cada una de las relaciones comerciales, profesionales y comunitarias que estos conllevan.
Asimismo, la Sociedad se encuentra comprometida en un ambicioso PIO para el quinquenio 20172021 en las áreas de expansión, seguridad e integridad, confiabilidad, sistemas, operaciones y mantenimiento.
7.2. Compra y Transporte de Gas
A partir de mayo de 2016, en función de instrucciones recibidas del ENARGAS, comenzó un proceso de normalización contractual, en función del cual MetroGAS celebró diversos contratos con productores de gas tanto de la cuenca Austral como de la cuenca Neuquina.
En la misma línea, durante mayo de 2017, MetroGAS celebró contratos de abastecimiento con diversos productores de manera de asegurar los volúmenes necesarios para sus clientes de servicio completo.
El 29 de noviembre de 2017, a instancias del MINEM, MetroGAS suscribió las Bases y Condiciones junto con el resto de las distribuidoras y un grupo de productores de gas. Estas Bases y Condiciones contienen los lineamientos para la contratación de volúmenes de gas para el abastecimiento de la demanda de las distribuidoras para el período comprendido entre el 1° de enero de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2019 (ver punto 3.4.1).
En cuanto a los precios que los productores facturan por los volúmenes de gas entregados, estos están estipulados por cuenca, para cada categoría de cliente y por período, en el anexo III de las Bases y Condiciones.
Por el gas entregado en los meses de enero a marzo de 2018, los pagos realizados por la Sociedad se hicieron respetando el tipo de cambio vigente a la fecha de pago de conformidad con lo establecido en los acuerdos de suministro.
A partir del mes de abril de 2018, el desfasaje producido por la fuerte devaluación del peso argentino respecto del tipo de cambio fijo considerado por el ENARGAS en el tarifario vigente a partir del 1° de abril de 2018, generó un monto significativo de DDA.
Frente a esta situación, que impactó a todas las distribuidoras de gas de la Argentina, el PEN emitió en noviembre de 2018 el Decreto N° 1.053/18 (ver punto 3.3.3).
De acuerdo a lo dispuesto por la Resolución N° 32/2019 de la SGE, MetroGAS participó del concurso de precios para la provisión de gas natural en condición firme para el abastecimiento de la demanda de usuarios de servicio completo de las prestadoras de servicio público de distribución de gas por redes que se llevó a cabo en el ámbito del MEGSA para las cuencas Neuquina, Golfo San Jorge, Santa Cruz Sur y Tierra del Fuego el 14 de febrero de 2019.
Como resultado de dicho concurso, se obtuvieron compromisos de abastecimiento anual por un volumen de CMD, que anualmente a 1.486 millones de m3 los cuales representan el 58% de nuestra demanda anual, cumpliendo con ello con el requisito establecido en el marco regulatorio.
Esos compromisos, bajo las pautas establecidas por la Resolución SGE N°32/19, consideran una cláusula de EOP del 70%, lo que implica en el caso de MetroGAS un importante nivel de incertidumbre respecto del aprovisionamiento en el período invernal, al que coadyuva la relación fija establecida en el concurso de 1:2,5 anual escalonado, que no satisface la curva de demanda prioritaria que se presenta en el período invernal en nuestra área de Licencia, cuya relación es más cercana a 1:4,5 veces.
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En relación al transporte de gas, en el mes de enero de 2016, MetroGAS hizo uso de la opción de no renovar 4,3 MMm[3] de la capacidad de transporte firme contratada con TGS en la ruta de transporte Neuquén GBA que se hizo efectiva a partir del 1° de mayo de 2016.
En agosto de 2017, MetroGAS presentó una Oferta Irrevocable en el Concurso N°1/2017 de TGS, con el objetivo de renovar la capacidad de transporte firme con vencimiento el 30 de abril de 2018. Como resultado del concurso, MetroGAS renovó el 100% de la capacidad ofertada, siendo los nuevos vencimientos entre el 2019 y 2027.
En mayo de 2019, MetroGAS presentó una Oferta Irrevocable en el Concurso N°1/2019 de TGS para renovar 2,0 MMm[3] con vencimiento el 30 de abril de 2020 y 3,66 MMm[3] con vencimiento el 30 de abril de 2021. Como resultado del concurso, MetroGAS renovó el 100% de la capacidad ofertada, siendo los nuevos vencimientos en 2030 y 2031 respectivamente.
Con fecha 29 de marzo de 2019 se publicaron las Resoluciones ENARGAS 191/19 y N° 192/19, las cuales establecieron un nuevo cuadro tarifario a aplicarse a TGN y TGS a partir del día 1° de abril de 2019.
Las tarifas de transporte quedaron congeladas a partir de la vigencia de la Ley de Solidaridad Social y por un plazo máximo de hasta ciento ochenta (180) días (ver punto 3.3.1).
Al 31 de diciembre de 2019, y en cumplimiento del Reglamento de Servicio (Resolución ENARGAS N° 4.325/2017), la capacidad de transporte firme contratada hasta el anillo de la zona de servicio de MetroGAS asciende a 19,49 MMm[3] /día, 16,71 MMm[3] /día corresponden a transporte firme contratado sobre el Sistema de TGS y 2,78 MMm3/día sobre el Sistema de TGN.
7.3 Información financiera presentada en moneda homogénea
De acuerdo con lo dispuesto por las normas contables aplicables antes de la adopción de las NIIF, la Sociedad reconoció los efectos de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda hasta el 31 de agosto de 1995. A partir de esa fecha y hasta el 31 de diciembre de 2001, se discontinuó la reexpresión de los estados contables, debido a la existencia de un período de estabilidad monetaria.
Desde el 1° de enero de 2002 y hasta el 28 de febrero de 2003, se reconocieron los efectos de la inflación siguiendo el método de reexpresión establecido por la Resolución Técnica Nº 6 de la FACPCE. A partir del 1º de marzo de 2003, y en cumplimiento del Decreto Nº 664/03 del PEN, la Sociedad suspendió la reexpresión de sus estados financieros.
En los últimos años, los niveles de inflación en Argentina han sido altos, habiendo acumulado una tasa de inflación en los tres años pasados que ha superado el 100%, sin expectativas de disminuir significativamente en el corto plazo. Asimismo, la presencia de los indicadores cualitativos de alta inflación, previstos en la NIC 29, mostraron evidencias coincidentes. Por lo expuesto, el 29 de septiembre de 2018, la FACPCE emitió la Resolución JG N° 539/18, aprobada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (“CPCECABA”) mediante la Resolución CD N° 107/18, indicando, entre otras cuestiones, que la Argentina debía ser considerada una economía inflacionaria en los términos de las normas contables profesionales a partir del 1° de julio de 2018, en consonancia con la visión de organismos internacionales.
La NIC 29 señala que, en un contexto de alta inflación, los estados financieros deben presentarse en una unidad de medida corriente; esto es, en moneda homogénea de cierre del período sobre el que se informa. No obstante, la Sociedad no podía presentar sus estados financieros reexpresados debido a que el Decreto N° 664/03 del PEN prohibía a los organismos oficiales (entre ellos, la CNV) recibir estados financieros ajustados por inflación.
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A través de la Ley N° 27.468, publicada el 4 de diciembre del 2018 en el Boletín Oficial (“B.O.”), se derogó el Decreto N° 1.269/02 (reglamentado por el Decreto N° 664/03) del PEN y sus modificatorios (incluido el Decreto N° 664 del PEN antes mencionado). Las disposiciones de la mencionada ley entraron en vigencia a partir del 28 de diciembre de 2018, fecha en la cual se publicó la Resolución General N° 777/18 de CNV, la cual estableció que los estados financieros anuales, por períodos intermedios y especiales que cierren a partir del 31 de diciembre de 2018 inclusive, deben presentarse ante ese organismo de control en moneda homogénea.
De acuerdo con la NIC 29, los importes de los estados financieros que no se encuentren expresados en moneda de cierre del período sobre el que se informa, deben reexpresarse aplicando un índice general de precios. A tal efecto, y tal como lo establece la Resolución JG N° 539 de la FACPCE, se han aplicado coeficientes calculados a partir de índices publicados por dicha Federación, resultantes de combinar índices de precios al consumidor nacional publicados por el INDEC a partir del 1° de enero de 2017 y, hacia atrás, IPIM elaborados por dicho Instituto o, en su ausencia, índices de precios al consumidor publicados por la Dirección General de Estadística y Censos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La variación del índice utilizado para la reexpresión de los presentes estados financieros ha sido del 53,83% en el ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2019 y del 47,65% en el ejercicio anterior.
Con fines comparativos, los presentes estados financieros incluyen cifras y otra información correspondiente al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2018, que son parte integrante de los estados financieros mencionados precedentemente y se las presenta con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y otra información del ejercicio económico actual. Dichas cifras han sido reexpresadas en moneda de cierre del presente ejercicio económico, a fin de permitir su comparabilidad y sin que tal reexpresión modifique las decisiones tomadas con base en la información contable correspondiente al ejercicio anterior.
7.4 Clientes y Mercado
Las ventas de la Sociedad se ven altamente influenciadas por la estructura climática imperante en la Argentina. La demanda de gas natural y, en consecuencia, sus ventas son considerablemente más altas durante los meses de invierno (de mayo a septiembre) debido a los volúmenes de gas vendidos y al mix de tarifas que afecta los ingresos por ventas y el margen bruto.
A continuación se incluye una síntesis de los Estados de pérdidas y ganancias y otros resultados integrales consolidados de los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2019 y 2018.
| Ingresos ordinarios Ganancia bruta Ganancia operativa Resultado antes del impuesto a las ganancias e IGMP Resultado neto del ejercicio |
31.12.2019 31.12.2018 |
31.12.2019 31.12.2018 |
|---|---|---|
| Miles de $ | ||
| 60.269.329 14.362.912 6.493.967 4.167.457 |
50.332.926 11.849.621 5.537.628 (71.702) |
|
| 1.218.364 | (1.014) |
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Tal como se mencionara anteriormente, MetroGAS brinda el servicio de distribución a aproximadamente 2,4 millones de clientes dentro de su área de servicio, de los cuales aproximadamente el 61% se encuentra en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Las ventas a clientes residenciales en 2019 y 2018 representaron el 21,1% y 22,5%, respectivamente, del volumen de ventas y aproximadamente el 47,4% y 49,5% del monto de ventas.
Las ventas con gas de MetroGAS a los clientes residenciales aumentaron un 14,6%, de 24.925.238 a 28.563.539 durante los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2018 y 2019, respectivamente, debido principalmente a los aumentos de la tarifa según las Resoluciones del ENARGAS N° 292/2018 con vigencia a partir del 12 de octubre de 2018 (retroactiva al 8 de octubre de 2018), ENARGAS N° 198/2019, rectificada por las Resoluciones ENARGAS N° 201/2019 y N° 203/2019 y Resolución ENARGAS N° 763/2019 del 29 de noviembre de 2019, con vigencia a partir del 1° de abril de 2019, 1° de mayo de 2019 y 1° de junio de 2019, compensado parcialmente con una disminución en los volúmenes entregados a esta categoría de clientes del 6%.
MetroGAS depende, en buena medida, de sus ventas a las centrales eléctricas para mantener un alto factor de utilización de su capacidad de transporte en firme (Factor de Carga), particularmente durante los meses más cálidos, en los que se reduce el consumo de los clientes residenciales. MetroGAS cuenta entre sus clientes a centrales eléctricas que participan del 20% del total térmico instalado en el mercado eléctrico mayorista del país.
Durante 2019 las centrales eléctricas del área representaron el 20,6% de la generación térmica total del sistema. El despacho con gas del parque de generación térmica del área de MetroGAS se redujo en un 1,4% respecto del año 2018, impactada por la menor generación térmica a nivel país que se contrajo en un 8,7%.
Las ventas del servicio de transporte y distribución a las centrales eléctricas en 2019 y 2018 representaron el 49,8% y el 51,7% del volumen entregado, respectivamente.
Las ventas de gas y del servicio de transporte y distribución a clientes industriales, comerciales y entidades públicas representaron aproximadamente el 13,9% y 14,3% del volumen de ventas de la Sociedad en los años 2019 y 2018, respectivamente.
Durante el 2019 se renovaron los contratos de suministro con clientes industriales, cuyos vencimientos operaban en ese año. En función de las previsiones realizadas frente al invierno, se continuó con la política desarrollada hasta la fecha incluyendo opciones que permitieran una mayor flexibilidad operativa frente a potenciales inconvenientes de abastecimiento, extendiendo el concepto a la totalidad de los contratos con renovación durante el año.
En línea con las metas fijadas para el año, y pese a los condicionantes externos que afectan la operatoria de la Sociedad, se ha logrado mantener adecuadas relaciones con los grandes clientes industriales, así como en el mercado de las Pequeñas y Medianas Empresas (“PYMES”) y de clientes comerciales. La demanda de gas natural para dichos segmentos de clientes se mantuvo en valores acordes dentro de las condiciones generales del mercado.
El mercado de GNC representó aproximadamente el 5,9% y 5,7% del volumen de ventas de la Sociedad durante los años 2019 y 2018, respectivamente.
Las ventas de MetroENERGÍA durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 fueron de 20.452.422 aumentando un 72,3% respecto del ejercicio anterior que fueron de 11.872.536, debido principalmente al aumento del 111,5% en los volúmenes vendidos ya que en el mes de noviembre de 2018, mediante la Resolución N° 70/2018, la SGE facultó a las centrales eléctricas a
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procurarse el abastecimiento de combustible propio para la generación eléctrica. En este contexto, MetroENERGIA acordó con distintos generadores la venta de gas por cuenta y orden para el abastecimiento de algunas unidades de generación específicas, principalmente ciclos combinados.
7.5 Operación del Sistema de Distribución
La RTI involucra un plan de inversiones que abarca tanto la renovación de activos: cañerías, estaciones reguladoras de presión, medidores y vehículos, como así también la expansión del sistema de distribución. Con el fin de dar cumplimiento al mismo se está trabajando en la gestión de planificación y ejecución de obras de reemplazo de la red de hierro fundido, de acero de alta presión y medidores.
El avance de la inversión correspondiente a la renovación de redes de hierro fundido, durante el año 2019, fue de aproximadamente 260 km de tendido de cañería de polietileno en media presión que reemplaza a la red de hierro fundido en baja presión; y la instalación y conversión de aproximadamente 19.760 servicios asociados.
Además, se finalizó la obra iniciada en el año 2018 de reemplazo de aproximadamente 16 kms de cañería de acero en alta presión, en los partidos de Berazategui y Florencia Varela, Provincia de Buenos Aires.
Comenzó la ejecución de la obra de expansión de red denominada “Segundo Anillo Sur”. En esta primera etapa se realizará la instalación de 21 km de cañería de acero de alta presión y se construirá una nueva city gate y una Estación Reguladora de Presión (“ERP”) operativa. Esta obra permitirá dotar de infraestructura de gas en el partido de San Vicente, una zona actualmente no abastecida por el servicio.
Durante el año 2019 se instalaron aproximadamente 4.460 nuevos servicios. Respecto a obras financiadas por terceros, se realizó el control de la construcción de 60,3 km de tendido de redes de distribución.
A partir de ciertos incidentes ocurridos en los años 2007 y 2009 en el sistema de 22 bar, se realizaron una serie de evaluaciones y estudios sobre dicho sistema, definiendo, a partir de sus resultados, la estrategia que permitiera, a) restablecer la presión de operación de 22 bar en algunos tramos del sistema, presión que había sido reducida entre un 15% y un 20% en forma preventiva, b) remediar y reemplazar aquellos tramos que los estudios así lo recomiendan y c) continuar con evaluaciones confirmatorias para el resto del sistema. Durante 2019 se finalizó la puesta en marcha de la ERP Thevenet que permitió restablecer la presión de 22 bar en la City Gate Gutiérrez que era la última que permanecía con la presión reducida. En consecuencia se dan por cumplidos los puntos a) y b). Las evaluaciones del sistema se han incorporado en los planes previstos por la normativa vigente.
Con el objetivo de optimizar la operación del sistema de baja presión de la Sociedad, a través de un control más ágil y estricto de las presiones de suministro, MetroGAS cuenta con el “Telecomando de Perfiladores de Presión en Estaciones Reguladoras”. De esta forma el 81,05 % del total de las ERP del sistema de baja presión de la Sociedad se encuentra con control de presiones por medio de perfiladores telecomandados y se cuenta con 77 puntos extremos de red con telemedición.
También, y dando cumplimiento a la normativa emitida por el ENARGAS para las líneas de transmisión de gas (Parte O NAG 100) se continuó con la reevaluación de las líneas de transmisión, priorizadas de acuerdo al riesgo, lo que involucró una serie de actividades de mantenimiento preventivo como: relevamiento tipo DCVG (Direct Current Voltage Gradient) y CIS (Close Interval Survey) y evaluaciones directas de la cañería.
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En lo que hace al mantenimiento correctivo del sistema, se han reemplazado 8.053 servicios domiciliarios, entre otras acciones destinadas al mantenimiento de corto plazo del sistema de distribución.
La atención de emergencias registró un volumen anual de aproximadamente 69.120 reclamos, principalmente por escapes de gas, de los cuales alrededor de 7.103 fueron clasificados por la Sociedad como de alta prioridad de tratamiento.
Se han realizado relevamientos en 18.366 km de nuestras redes de baja, media y alta presión, cumpliendo con lo requerido en las normas.
7.6 Inversiones de capital
La Sociedad ha direccionado sus inversiones fundamentalmente al cumplimiento del PIO comprometido. La información detallada de las mismas se halla en el Notas 10 y 12 – Propiedades, planta y equipo y Bienes Intangibles, respectivamente, de los estados financieros consolidados.
En los términos del Acuerdo Transitorio 2017, con fecha 31 de marzo de 2017 se publicó en el B.O., la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017 la cual menciona en su Anexo III el Plan de Inversiones Obligatorias que debe realizar MetroGAS dentro del plazo quinquenal 2017-2021. A los fines de esta Resolución se consideran Inversiones Obligatorias las consideradas indispensables para atender la operación y el mantenimiento de los sistemas operados, la comercialización y la administración en condiciones confiables y seguras del gas natural, con estándares iguales o mayores a los requeridos por la normativa vigente. En caso que MetroGAS lleve a cabo las inversiones obligatorias a un costo total menor que la suma especificada en la resolución deberá invertir dicha diferencia en obras y/o proyectos contemplados como inversiones no obligatorias o complementarias o en otros que sean aprobados por la autoridad regulatoria dentro del plazo quinquenal 2017-2021. MetroGAS debe presentar anualmente a la autoridad regulatoria un informe detallado de avance de su Plan de Inversiones y la autoridad regulatoria puede aplicar las penalidades en caso de incumplimiento. La Resolución determina el monto que la Sociedad debe desembolsar por las inversiones obligatorias durante cada uno de los cinco años. Al 31 de diciembre de 2019, MetroGAS cumplió con la totalidad de lo comprometido para el primer año, con el 97,4% de lo comprometido para el segundo año y con el 87,6% de lo comprometido para el tercer año.
Con fecha 4 de octubre de 2019, MetroGAS realizó la presentación requerida por la Resolución SGE N° 521/2019 con la propuesta de readecuación de las inversiones obligatorias a su cargo, donde la Sociedad determinó que el impacto en los ingresos para el período octubre de 2019 y diciembre de 2019 según las pautas utilizadas en la RTI, en moneda de diciembre de 2016, asciende a aproximadamente $390 millones. Por lo tanto, la Sociedad propuso readecuar el PIO por dicho monto, que representa una disminución del PIO original en un 3,84% para el año Regulatorio 3 cuya fecha de finalización es marzo de 2020 y un 17,87% para el año Regulatorio 4 que finaliza en marzo de 2021 (ver punto 3.3.1).
7.7 Atención y Servicios al Cliente
De acuerdo al cambio regulatorio establecido por el ENARGAS en la Resolución N° 223/2019, MetroGAS comenzó a emitir facturación mensual en reemplazo de la facturación bimestral. Esto trajo aparejada la duplicidad de la mayoría de las tareas en los procesos masivos de lecturas, facturación, distribución de facturas y gestión de créditos vencidos, pasando de emitir 1,2 millones de facturas a 2,5 millones.
A los fines de morigerar el impacto de la facturación mensual se llevaron a cabo las siguientes acciones: (i) se disminuyó en 12 días el ciclo de las lecturas, (ii) se bajaron en 5 días las fechas de vencimiento, (iii) se puso en producción un nuevo sistema para las lecturas y distribución de
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facturas, (iv) se implementó la posibilidad de impresión desde la web de MetroGAS del talón de pago para que los clientes puedan abonar las facturas en Rapi Pago y Pago Fácil, (v) se agregó la posibilidad de pagar el Aviso de Deuda a través de Mercadopago en la web institucional, (vi) se comenzó a enviar la información de factura digital, saldo de factura y vencimiento por medio de Whatsapp, E-mail y mensaje de texto y (vii) se inició el envío de factura digital en reemplazo de la factura en papel a 100.000 clientes por mes.
Este cambio de la periodicidad de facturación, de bimestral a mensual a partir del 1 de julio de 2019, produjo el incremento del nivel de actividad en los distintos canales de atención (10% más en Oficinas Comerciales, 22% más en el Centro de Atención telefónica y 17% más de e-mails recibidos).
Debido a esta mayor demanda no se logró cumplir con el indicador de calidad telefónico definido por el ENARGAS, a pesar de ampliar el equipo de operadores telefónicos propios y de terceros para la atención del desborde de llamadas.
Continuando con el proceso de modernización tecnológico, durante el año 2019, se ampliaron las posibilidades de resolución de trámites a través de distintos canales virtuales:
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Generación de Cupón de Pagos;
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Solicitud de Planes de Pago;
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Seguimiento de Trámites de gasistas;
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Recategorización de Consorcios;
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Simuladores de Consumo de gas;
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Realización de Consultas vía Whatsapp;
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Realización de consultas personalizadas vía chatbot;
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Rediseño de las Terminales de Autoconsulta en Oficinas Comerciales;
Es de destacar también que, en paralelo a la incorporación de nuevas facilidades de cobro a través de la web y la oficina virtual, la Sociedad discontinuó el cobro en efectivo en la mayor parte de nuestras oficinas comerciales. Sólo se admite en dichas oficinas el pago con tarjeta de débito y/o crédito, pudiéndose abonar con cualquier medio de pago a través de nuestros medios digitales o en los bancos y/o redes de cobranza externos.
Durante el año en curso también se desarrollaron las siguientes actividades:
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Desarrollo de un manual de oficinas comerciales, que permite tener un cuerpo de documentación técnica y funcional, preparada con todos los detalles necesarios para la selección de locales, construcción y amueblamiento de las futuras oficinas comerciales;
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Licitación y adjudicación de la nueva solución de gestión de nuestro Centro de Atención Telefónica y plataforma omnicanal. Dicha solución se implementará durante el año 2020 en sucesivas etapas;
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Comienzo de la atención a través de las redes sociales como Facebook e Instagram.
7.8 Recursos Humanos
La dotación consolidada de la Sociedad al 31 de diciembre de 2019, asciende a 1.441 empleados, de los cuales 74 poseen contrato de trabajo de plazo fijo.
Con respecto a las remuneraciones al personal durante el año 2019 la Sociedad otorgó incrementos salariales generales en concordancia con el mercado.
Respecto a los beneficios al personal se concretó un análisis de mercado y asociado a ello, un plan de comunicación al management con los resultados del relevamiento del mercado y el
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posicionamiento actual de la Sociedad. Asimismo iniciamos un proceso de implementación de entornos flexible que incluye la modalidad del trabajo remoto que se hizo extensiva a todo el personal en condiciones de realizarlo.
Se continuó avanzando en la implementación de sistemas digitales de gestión de personas que brinden mayor valor agregado a los líderes y a los profesionales de Recursos Humanos a la vez de descentralizar las gestiones transaccionales de carácter administrativo y repetitivo.
En nuestro Centro de Entrenamiento Técnico formamos a personal interno, contratistas, bomberos voluntarios, defensa civil y terceras empresas en temáticas de técnica y seguridad.
Asimismo, desarrollamos Programas de formación Instalando Calor Seguro para escuelas técnicas secundarias, y Programas de formación en la industria destinados a desarrollar competencias y favorecer la empleabilidad en la industria a mujeres.
A partir de la Encuesta de Clima 2018 continuamos trabajando en acciones de mejora especialmente en lo que hace a entornos flexibles de trabajo, formación de líderes orientados a temáticas relativas a Recursos Humanos y visitas periódicas del personal de RRHH a las locaciones para escuchar a los equipos de trabajo y acompañarlos en sus necesidades.
Orientados al Desarrollo de personas hicimos foco en el desarrollo de nuestros líderes con talento a través de Programas de Desarrollo Individual. Lanzamos además un programa para profesionales internos con la intención de brindarles herramientas y fortalecer la mirada de negocio.
Continuamos trabajando el vínculo con la comunidad a través de un programa de empleabilidad para mujeres técnicas en conjunto con la Subsecretaría de Trabajo, Industria y Comercio brindándoles formación en la industria.
Se profundizaron la gestión y los controles a empresas contratistas para mitigar el riesgo de responsabilidad solidaria.
En materia de Salud Ocupacional se le realizaron exámenes médicos a 1.080 empleados de la Sociedad.
En materia de Seguridad se instalaron en las City Gates de Buchanan y Ezeiza sistemas de monitoreo y alarma, apuntando a mitigar intrusiones y vandalismo, y se desarrolló una capacitación especial para el personal de Oficinas Comerciales orientada a la gestión de incidentes violentos.
7.9 Seguridad, Salud y Medio Ambiente
Durante el año 2019 la Sociedad trabajó bajo los lineamientos de la Política de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente enfocados en la mejora continua, alineados con los criterios establecidos por la legislación vigente y las Normas ISO 14001:2015 y OHSAS 18001:2007.
La Sociedad completó el plan de adecuación para dar cumplimiento a la Ley N° 5.920 “Sistema de autoprotección” de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, presentando toda la documentación requerida por esta Ley ante Defensa Civil del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Asimismo, MetroGAS realizó los simulacros de evacuación de todos los establecimientos para dar cumplimento con la Ley N° 19.587.
La Sociedad continuó participando en las reuniones del Comité Mixto de Seguridad e Higiene en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, dando cumplimiento a la Ley N° 14.108 y su Decreto Reglamentario N° 801/141. En esta oportunidad se realizaron 4 reuniones en las cuales participaron representantes de los trabajadores, Recursos Humanos, Oficinas Comerciales,
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Mantenimiento Edilicio, Calidad, Servicio Médico y las áreas de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente. De cada uno de estos encuentros surgieron las respectivas actas para cumplimentar las exigencias legales pertinentes.
La ART Galeno realizó una visita a cada establecimiento de la Sociedad no encontrándose aspectos considerables a mejorar.
Continuando con la meta de mantener la Certificación de las Normas ISO 14001:2015 y OHSAS 18001:2007, al igual que todos los años, MetroGAS llevó a cabo las auditorías internas estipuladas en el cronograma anual, con el objetivo de verificar que el Sistema de Gestión se encuentre conforme a los requisitos de las normas en cuestión y sea implementado adecuadamente y mantenido, siempre en busca de la mejora continua.
En el mes de diciembre el Organismo Certificador IRAM realizó la auditoría de mantenimiento del Sistema de Gestión. Como resultado de la mencionada auditoría, MetroGAS obtuvo la certificación de mantenimiento de las normas ISO 14001:2015 y OSHAS 18001:2007, en concordancia con el compromiso que MetroGAS manifiesta en su Política de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente.
Continuó vigente el Programa MetroGAS + Verde con el fin de recolectar papel, tapitas plásticas, llaves de bronce y resto de reciclables (cartón, vidrio, metal, plástico). Comparado con el año 2018, durante el año 2019 se recolectó un 37% más de papel, un 4% menos de tapitas plásticas y un 16% más de llaves de bronce. Estos residuos fueron donados a la Fundación del Hospital Garrahan, tal como se viene haciendo desde el año 2000.
Se ha logrado reducir un 13% la cantidad de impresiones per cápita, y de las impresiones realizadas se ha reciclado un 33% de todo el papel consumido.
Respecto al resto de los residuos reciclables mencionados, en relación al año anterior se recolectó un 206% más del objetivo propuesto, y todo lo reunido fue donado a la Cooperativa El Trébol.
También la Sociedad comenzó a trabajar junto a la cooperativa Jóvenes en Progreso, la cual se encarga de retirar de instalaciones de MetroGAS determinados residuos plásticos, metálicos y de madera. Durante el 2019 se donaron a esta Institución 12.360 Kg. de materiales, compuestos por 380 Kg. de cartón, 3.500 Kg. de residuos metálicos y 8.480 Kg de residuos plásticos.
Durante el mes de agosto se llevó a cabo la Auditoría Trienal Ambiental que exige la Norma NAG 153 (Normas Argentinas Mínimas para la Protección Ambiental en el Transporte y la Distribución de Gas Natural y Otros Gases por Cañerías) la que dejó un resultado satisfactorio.
Sumado a este último punto cabe destacar que a lo largo del año se cumplió con lo requerido por la misma norma, lo cual incluye las siguientes acciones:
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Se realizó el Simulacro Ambiental Anual el cual consistió en plantear un derrame de odorante en la City Gate de Gutiérrez, con el objetivo de ejercitar y evaluar lo relativo al proceso de comunicaciones internas, aplicar procedimientos y poner en práctica acciones operativas.
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Se analizaron 206 proyectos de obras por terceros y propias resultando todas obras menores de acuerdo a la Resolución ENARGAS I/910-09 alcanzando con el análisis y la exigencia del cumplimiento del MPA (Manual de Procedimientos Ambientales).
Se continuó con el Programa “Elegimos Cuidarnos”, auspiciado por la Dirección General y liderado por la Dirección Técnica acompañada por la Dirección de Recursos Humanos y el soporte de consultores expertos como facilitadores del proceso.
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Desde el inicio del Programa se capitalizaron definiciones y pilares de la cultura de Seguridad poniendo énfasis en la Seguridad como Valor.
En el mismo se asumió el compromiso con el “Trabajo Bien Hecho”, lo que implica que toda tarea realizada por la Sociedad debe comprender un equilibrio entre costo, calidad, tiempo, seguridad y medio ambiente.
Se realizaron reuniones con todos los accidentados, tanto en ocasión del trabajo como in itinere, con el fin de poder compartir experiencias de aprendizaje con el objetivo común de realizar acciones preventivas y correctivas para que los mismos no vuelvan a ocurrir.
A su vez se profundizó el análisis de siniestralidad llevando a cabo reuniones con pluriaccidentados, es decir con aquellas personas que sufrieron al menos 3 accidentes, tanto en ocasión del trabajo como in itinere, durante los últimos 6 años. Con estas acciones llevadas en conjunto con los responsables de los sectores donde pertenecía cada colaborador se logró tener un acercamiento al personal obteniendo un muy buen feedback generado en un excelente clima de reunión.
Es importante destacar que uno de los avances que se obtuvo durante el año en materia de Salud Ocupacional fue la realización de exámenes médicos al 100% del personal de MetroGAS. Esta acción de la Sociedad resulta destacable ya que en años anteriores solo se realizaba el mismo al personal que se encontraba incluido dentro del Relevamiento de Agentes de Riesgo (“RAR”) emitido por la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (“ART”).
7.10 Relaciones Institucionales
La Sociedad renovó su estrategia enfocada en desarrollar la imagen y fortalecer la reputación de MetroGAS en las audiencias institucionales. Para ello, durante 2019 se delineó para la Gerencia de Relaciones Institucionales un rol proactivo, integral y direccionado a sumar valor respecto de los trabajadores, accionistas, clientes, proveedores, organizaciones civiles y gubernamentales que se encuentren vinculadas a la Sociedad. Eso redundó en la confección y puesta en marcha de una agenda propia y en la mejora continua del proceso de comunicación de momentos críticos.
Para mantener un permanente control de la gestión, se volvió a realizar una nueva encuesta de opinión pública, administrada por una consultora externa, cuyos resultados fueron favorables para MetroGAS. El trabajo revela porque la Sociedad es un actor importante en la sociedad argentina, aunque vinculado directamente con los vaivenes de la política económica nacional, lo que motiva que la opinión sobre MetroGAS esté atada indefectiblemente al contexto político, quedando el vínculo con la Sociedad sujeto a la coyuntura.
Los indicadores relevados que muestran un mejor desempeño de MetroGAS son la imagen que el público general tiene de la Sociedad: entre positiva y regular alcanza el 74%, mientras que tan solo el 26% tiene una imagen negativa. El valor firme sobre el que se sostiene MetroGAS para su reputación e imagen son la calidad de servicio y la atención al cliente. La relación con los empleados y el liderazgo también se destacan como puntos positivos en el informe de la consultora.
MetroGAS figura tercera entre las empresas que el público en general considera que contribuyen al beneficio de las personas, detrás de AYSA y de YPF, lo que permite colegir que tiene una muy buena reputación e imagen.
Durante el primer semestre, la Sociedad apalancó sus campañas de comunicación (tanto institucionales como masivas) en la continuidad de lo realizado el año anterior sobre el PIO. Se hizo mediante los conceptos “Invertir para Crecer” y “Más Obras”, campañas que mostraban el compromiso con el desarrollo del país y su gente, la voluntad de invertir para mejorar la calidad
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del servicio y poner al cliente en el centro, como se había trazado en la estrategia general de la Sociedad como prioridad. Eso construyó reputación corporativa e imagen. Desde el área de Relaciones Institucionales se acompañó con actividades de prensa y posicionamiento con líderes de opinión, participaciones en eventos en conjunto con empresas y entidades de la industria, desarrollo de material para audiencias institucionales.
La segunda parte del año fue diferente debido al ya citado contexto político y económico nacional. El Gobierno tomó decisiones que afectaron el negocio de MetroGAS. Mediante las Resoluciones de la SGE N° 521 y N° 751 del año 2019 dispuso el diferimiento de la aplicación del ajuste semestral de la tarifa que debía entrar en vigencia el 1° de octubre, en la que se aplicara un incremento del 29% por variación de IPIM entre marzo y agosto. Sin embargo, la primera resolución citada postergó la aplicación al 1° de enero de 2020 y la segunda lo extendió al 1° de febrero del mismo año. Ambas Resoluciones permiten como contrapartida a las transportistas y distribuidoras de gas adecuar en su exacta incidencia su plan de inversiones.
El cambio de signo político en el PEN trajo aparejada una Ley de Emergencia votada por el Congreso Nacional en sesiones extraordinarias, el 23 de diciembre último. La Ley de Solidaridad Social faculta al PEN a mantener las las tarifas de servicios públicos (electricidad y gas natural) hasta junio de 2020, entre otras medidas (ver punto 3.2.3).
Se trabajó desde el área, sin embargo, para mantener una presencia sostenida en espacios de exposición pública mediante la amplificación de los canales de difusión y las herramientas de vinculación con la prensa. Se desarrolló contenido ad hoc para divulgación de información de servicio sobre prevención de monóxido de carbono, instalaciones internas, trámites, cómo entender la factura, presencia sostenida en notas y entrevistas y gestión de contenidos durante contingencias.
Se realizaron encuentros con la prensa para dar nuevo impulso el Programa Transparencia, se presentó el informe de Sustentabilidad (ver punto 7.13), se realizó un taller de tarifas y se fomentó un contacto habitual basado en la confianza y el intercambio informativo.
Para ello se buscó fortalecer el vínculo con los medios de comunicación a través de la presencia del vocero en diferentes espacios de prensa y de la gestión de encuentros con periodistas (cronista en los móviles y productores de radio y televisión), con el objetivo de explicar la situación financiera y operativa y de continuar posicionando a la Sociedad como referente del sector.
Para apuntalar a MetroGAS como referente del sector, se decidió la participación –tanto como sponsor o como invitado- en eventos con audiencias institucionales que generan valor a la Sociedad por ser referentes positivos de la industria: Coloquio de IDEA, El Cronista Energy Summit, Foro Estratégico para el Desarrollo Nacional, Conferencia Anual de Compliance&Risk, del Centro de Gobernabilidad y Transparencia del Instituto de Altos Estudios Empresariales.
En cuanto a cámaras y asociaciones, se consolidó la presencia en el Coloquio de IDEA, el Consejo Empresario Argentino para el Desarrollo Sostenible y el Instituto Argentino del Petróleo y del Gas.
Un hito importante del año fue el reimpulso de la cámara que agrupa a las empresas del sector y de la que MetroGAS es participante activo. Se consolidó la Asociación de Distribuidores de Gas (“ADIGAS”) con el nombramiento de un director ejecutivo, que redundó en una mayor presencia tanto en el sector como en los medios de comunicación. ADIGAS será la voz representativa de las empresas distribuidoras de todo el país, en la búsqueda de la unificación del discurso de las empresas del sector frente a las autoridades regulatorias y políticas.
En lo referente a los Asuntos Públicos, se intensificaron las relaciones con el Poder Legislativo a través de la participación activa tanto del director general como del presidente en audiencias y reuniones con funcionarios relacionados con los proyectos de ley que abordan la cuestión tarifaria
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y regulatoria. Se re significó el vínculo con los municipios a fin de generar comunicación fluida y positiva con las áreas involucradas. El trabajo de relacionamiento alcanzó a las nuevas autoridades que asumieron en diciembre (que habían sido elegidas en octubre), tanto nacionales, como provinciales y municipales.
7.11 Acción Comunitaria
Durante 2019, MetroGAS fortaleció su estrategia de Sustentabilidad 2018-2022. A través de acciones concretas, basó su trabajo en los tres ejes de acción que había puesto en marcha: desarrollar, cuidar y compartir. Estos ejes engloban los programas, proyectos e iniciativas que lleva adelante la Sociedad y reflejan el compromiso de trabajo con la comunidad y aseguran la integración entre la estrategia de Sustentabilidad y la visión de negocios de la MetroGAS.
Bajo este esquema de trabajo quinquenal, se desarrollaron proyectos de gran impacto local:
a) Eje Desarrollar
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Programa Instalando Calor Seguro: se realizaron talleres de capacitación destinados a alumnos del último año de escuelas técnicas, dictados por voluntarios corporativos. Articulación con la Dirección de Escuelas Técnicas del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (GCABA) y la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires. De esta forma, los alumnos incorporan esas horas de capacitación como prácticas profesionales en sus currículos. Este año se incorporaron contenidos de ética y se amplió la cantidad de escuelas y alumnos que participaron del programa. Se llegó a más de 580 alumnos y a unos 70 docentes.
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Programa de Prácticas Productivas: desarrollo de prototipos de insumos/productos que se utilizan para la operación, elaborados por escuelas técnicas como parte de sus actividades de taller. Continuamos nuestra articulación al tiempo que se incorporaron nuevos proyectos.
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Programa Calor que cuida: junto con el Instituto de la Vivienda de la Ciudad y otras empresas prestadoras de servicios públicos, se continuó con los talleres pre consorciales para las familias que se benefician del proceso de urbanización de los barrios más vulnerables, lo que les facilita información sobre la gestión para la habilitación del servicio, los beneficios de la tarifa social y recomendaciones para el uso seguro y eficiente del gas natural.
b) Eje Cuidar
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Programa Hogar Cálido Hogar: actividad destinada a niños de 7 a 11 años, de escuelas primarias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la Provincia de Buenos Aires. Se enfoca en la importancia de una correcta instalación de gas, el uso eficiente, la prevención de accidentes por monóxido de carbono y la función del gasista matriculado. Los niños son considerados como los principales agentes de cambio que transmiten este mensaje a sus familias. Se continuó con el programa iniciado en 2013 y se incorporaron nuevos espacios que trascienden la escuela (Feria de Sustentabilidad), así como nuevos contenidos y materiales para complementar los recursos pedagógicos de los docentes en las aulas.
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Programa de Movilidad Sustentable: se continuó con la promoción de hábitos que contribuyan a la seguridad de las personas y el cuidado del medioambiente, con charlas de capacitación interna en articulación con el GCABA.
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Programa Instalaciones Solidarias: el programa apunta a brindar acceso al servicio de gas natural de red a centros y comedores comunitarios de la zona de distribución de la Sociedad por medio de la realización de una nueva instalación interna de gas o los ajustes necesarios en las instalaciones preexistentes. Durante 2019 se hicieron cinco instalaciones.
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c) Eje Compartir
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Programa de Voluntariado Corporativo: durante 2019 tomó un nuevo impulso con excelentes resultados (ver punto 7.12).
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Reporte de Sustentabilidad: se publicó el informe que abarca un período de dos años (2017 y 2018) de acuerdo con las exigencias nacionales e internacionales en la materia (ver punto 7.13).
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Se gestionaron donaciones con el agregado de valor para personas con necesidades e instituciones y organizaciones no gubernamentales que gestionan ayuda.
7.12 Programa de Voluntariado Corporativo
Durante 2019 tomó un nuevo impulso el Programa de Voluntariado Corporativo, que busca movilizar el talento, el tiempo y la energía de los empleados en favor del desarrollo social de las comunidades donde opera la Sociedad, involucrándolos en la estrategia de sustentabilidad.
Mediante el desarrollo de acciones de intercambio con la comunidad se realizaron actividades de las que participaron 147 empleados. Entre las más destacadas se encuentra el taller de armado de juguetes y de huerta, realizados en las instalaciones del edificio central de la MetroGAS. Además, se realizó una jornada de pintura y refacción en la escuela agropecuaria Didascalio Santa Teresita del Niño Jesús, sita en la localidad de Lomas de Zamora.
Se gestionaron, por otra parte, diversas donaciones: de alimentos, como la que se concretó en Fundación Multipolar, en Barracas, donde concurren niños en situación de riesgo; de material tecnológico, en escuelas técnicas de la Ciudad de Buenos Aires y del Gran Buenos Aires y de ropa para Caritas. Hubo 750 beneficiarios directos.
Asimismo, se fortalecieron actividades de reciclado y cuidado del medioambiente, mediante el armado de ecoladrillos. Estas piezas que surgen de la combinación de desechos plásticos que pueden reutilizarse fueron recolectadas y entregadas a diferentes establecimientos, que, en conjunto con la Fundación Charcas, posibilitaron la edificación de muebles y hogares. La inversión destinada a este programa alcanzó el medio millón de pesos durante el año.
Como parte del trabajo de los voluntarios, se financiaron, se prepararon, se armaron y se entregaron 32 cajas navideñas para las familias de niños en situación de riesgo de la zona donde se encuentra nuestro edificio corporativo, en Barracas. La Sociedad, por su parte, financió las restantes para completar la entrega a las 50 familias designadas por la Fundación Multipolar.
7.13 Reporte de Sustentabilidad
Durante 2019 se publicó el segundo Reporte de Sustentabilidad de MetroGAS, correspondiente al período 2017-2018. El reporte da cuenta del desempeño económico, ambiental, social y de gobierno corporativo de toda la organización con el aporte de cada una de las áreas involucradas.
Este reporte mejora la transparencia y el compromiso de la Sociedad, ya que cumple con todos los estándares nacionales e internacionales que regulan esta disciplina.
Para la presentación del Reporte de Sustentabilidad se lanzaron campañas de difusión en tres direcciones: el público interno de la Sociedad, la página web de MetroGAS y la opinión pública a través de los medios masivos de comunicación. En los tres casos la decisión de la Sociedad de sumarse a este tipo de políticas fue muy bien recibida.
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8. POLÍTICA DE DIVIDENDOS
MetroGAS pagó dividendos regularmente hasta el año 2001. A partir del ejercicio 2002, la Sociedad mantuvo resultados no asignados negativos hasta el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2017.
MetroGAS no cuenta con una política que establezca el monto y pago de dividendos. Cualquier política de dividendos que se adopte está sujeta a varios factores, que incluyen el cumplimiento de nuestros compromisos por la deuda financiera, posibles restricciones parciales por parte del ENARGAS, inversiones en bienes de capital y planes de inversiones, otros requerimientos de efectivo y demás factores que puedan considerarse pertinentes en el momento.
9. COMPOSICIÓN DEL CAPITAL SOCIAL
El capital social al 31 de diciembre de 2019 está compuesto por 569.171.208 acciones ordinarias, escriturales, de valor nominal un peso y de un valor por acción y en clases “A” y “B”.
| Clases de acciones en circulación | Capital suscripto, inscripto e integrado |
|---|---|
| Clase "A" Clase "B" Capital Social al 31 de diciembre de 2019 |
290.277 278.894 |
| 569.171 |
Al 31 de diciembre de 2019, la controlante de MetroGAS es YPF S.A. (“YPF”) que posee el 70% de las acciones de la Sociedad.
El 28 de diciembre de 2016, MetroGAS recibió del ENARGAS una nota en la cual solicita adaptar la composición accionaria de la Sociedad en consonancia con el plazo previsto en la Ley de Emergencia y en cumplimiento con el artículo N° 34 de la Ley N° 24.076, todo ello en atención a la participación de YPF en MetroGAS. La Sociedad ha presentado un pedido de vista a los efectos de conocer los antecedentes del requerimiento del ENARGAS y, por considerar que lo solicitado atañe principalmente a su accionista mayoritario, le ha dado traslado a los efectos de que adopte las acciones que considere oportunas. Con fecha 6 de abril de 2018, MetroGAS fue notificada que el ENARGAS rechazó la apelación presentada por YPF el 30 de marzo de 2017.
La Asamblea Ordinaria de Accionistas celebrada el 25 de abril de 2019 dispuso que se absorba la pérdida neta del ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2018 de 5.858 (cuyo monto reexpresado asciende a 9.010 al 31 de diciembre de 2019) contra los Resultados No Asignados. Asimismo, dispuso la distribución de los Resultados No Asignados del ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2018 por 2.238.762 (cuyo monto reexpresado asciende a 3.443.889 al 31 de diciembre de 2019) a (i) la constitución de la Reserva legal, hasta alcanzar el límite del 20% del Capital social de acuerdo a lo establecido por el art. 70 de la Ley General de Sociedades por 1.264.470, (siendo el monto reexpresado al 31 de diciembre de 2019 de 1.945.136) y (ii) destinar el remanente, equivalente a 974.292, (cuyo monto reexpresado al 31 de diciembre de 2019 asciende a 1.498.753), a constituir una reserva para inversiones (artículo N° 70 3er párrafo – Ley N° 19.550) de acuerdo con el Plan de Inversiones comprometido por MetroGAS.
Al 31 de diciembre de 2019 MetroGAS posee el 95% de MetroENERGÍA, siendo el 5% restante de titularidad de YPF.
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El Directorio de la Sociedad en su reunión de fecha 30 de junio de 2017 aprobó la valuación de los Activos esenciales por el método de la revaluación con fecha efectiva 1° de abril de 2017.
El rubro ORIA incluido en la sección resultados acumulado del Patrimonio Neto incluye la cuenta Revaluación de Propiedades, planta y equipo, neto del impuesto diferido correspondiente. Dicha cuenta de revaluación de Propiedades, planta y equipo disminuye por el consumo, retiro y disposición de los Activos esenciales, con contrapartida en la cuenta de Resultados no Asignados del Patrimonio Neto, sin afectar el Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral del período o ejercicio.
Cuando el saldo neto de los ORIA al cierre de un ejercicio o período sea positivo, éste no podrá ser distribuido, capitalizado ni destinado a absorber pérdidas acumuladas, pero deberá ser computado como parte de los resultados acumulados a los fines de efectuar las comparaciones para determinar la situación de la sociedad frente a los artículos N° 31, N° 32 y N° 206 de la Ley General de Sociedades N° 19.550, u otras normas legales o reglamentarias complementarias en las que se haga referencia a límites o relaciones con el capital y las reservas, que no tengan un tratamiento particular expreso en Normas de la CNV. Cuando el saldo neto de estos resultados al cierre de un ejercicio o período sea negativo, existirá una restricción a la distribución de resultados no asignados por el mismo importe.
Al 31 de diciembre de 2019, la Sociedad registraba un patrimonio neto positivo de 20.481.606.
10. DESTINO DE LOS RESULTADOS
En los términos del estatuto social de MetroGAS y de conformidad con lo dispuesto por la Ley General de Sociedades y las Normas 2013 de la CNV, el Directorio de la Sociedad propone: (i) aprobar como honorarios al Directorio la suma de miles de 17.015 (cuyo monto reexpresado asciende a miles de 20.286); y (ii) destinar el remanente a incrementar la Reserva para inversiones de acuerdo con el Plan de Inversiones comprometido por MetroGAS.
Al 31 de diciembre de 2019, el total del patrimonio neto atribuible a los propietarios de la controladora ascendía a miles de 20.433.004.
11. AGRADECIMIENTO
El Directorio desea expresar su profundo agradecimiento a todos los empleados de la Sociedad quienes brindaron su colaboración en la tarea diaria, así como a los clientes, proveedores y acreedores por el apoyo prestado y la confianza depositada en MetroGAS.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 2 de marzo de 2020.
Fernando Oscar Ambroa Presidente
Anexo a la Memoria – Código de Gobierno Societario – Resolución General N° 797/2019
A.- LA FUNCIÓN DEL DIRECTORIO
Principios
- I. La compañía debe ser liderada por un Directorio profesional y capacitado que será el encargado de sentar las bases necesarias para asegurar el éxito sostenible de la compañía. El Directorio es el guardián de la compañía y de los derechos de todos sus Accionistas.
II. El Directorio deberá ser el encargado de determinar y promover la cultura y valores corporativos. En su actuación, el Directorio deberá garantizar la observancia de los más altos estándares de ética e integridad en función del mejor interés de la compañía.
-
III. El Directorio deberá ser el encargado de asegurar una estrategia inspirada en la visión y misión de la compañía, que se encuentre alineada a los valores y la cultura de la misma. El Directorio deberá involucrarse constructivamente con la gerencia para asegurar el correcto desarrollo, ejecución, monitoreo y modificación de la estrategia de la compañía.
-
IV. El Directorio ejercerá control y supervisión permanente de la gestión de la compañía, asegurando que la gerencia tome acciones dirigidas a la implementación de la estrategia y al plan de negocios aprobado por el directorio.
-
V. El Directorio deberá contar con mecanismos y políticas necesarias para ejercer su función y la de cada uno de sus miembros de forma eficiente y efectiva.
1.- El Directorio genera una cultura ética de trabajo y establece la visión, misión y valores de la compañía.
METROGAS APLICA EN SU TOTALIDAD LA PRÁCTICA RECOMENDADA:
MetroGAS S.A. (“MetroGAS” o la “Compañía”) es una empresa reconocida por sus altos estándares de calidad respecto a los valores y principios que promueve. La ética es una parte integral de sus actividades, siendo importante no sólo los resultados que se obtengan, sino cómo se obtienen. MetroGAS espera integridad en toda la organización y no tolera el logro de resultados a costa de la violación de la ley o de principios éticos. Estos valores y principios éticos se reflejan mediante distintas disposiciones en el Código de Ética y Conducta de MetroGAS el cual es revisado, aprobado y monitoreado por el Directorio y resulta vinculante a los Directores, miembros de la Comisión Fiscalizadora y empleados de MetroGAS, así como a los contratistas, subcontratistas, proveedores y socios de negocios que lleven a cabo negocios con MetroGAS (los “Sujetos Alcanzados”).
El Código de Ética y Conducta de MetroGAS se encuentra disponible en nuestra página web (www.metrogas.com.ar).
En línea con las previsiones de dicho Código, el 14 de diciembre 2017 el Directorio aprobó el Programa de Integridad (el “Programa”) desarrollado para prevenir, detectar y responder ante los riesgos de fraude, ética y corrupción a los que se encuentra expuesta la Compañía. La estrategia de abordaje que se dio al Programa no es de mero cumplimiento legal sino que se basa en trabajar en la cultura y los valores organizacionales; sobre los principios, los procesos de toma de decisiones y el liderazgo de la alta dirección.
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Anexo a la Memoria – Código de Gobierno Societario – Resolución General N° 797/2019
El cumplimiento del Programa de Integridad es monitoreado trimestralmente a través del Comité de Auditoría.
Hemos asumido un compromiso profundo con la ética en los negocios, lo cual nos obliga a respetar en cada una de nuestras relaciones comerciales, profesionales y comunitarias. Nuestra estrategia empresarial está orientada hacia un nuevo enfoque de servicio público, en el cual la eficiencia y la seguridad son sus ejes fundamentales.
De este modo y con un riguroso cumplimiento de la legislación vigente, nos asumimos y proyectamos como una compañía distinta, cercana y en constante evolución.
A partir del año 2015, la Compañía rediseñó su estrategia corporativa. La estrategia tiene como meta transformar a MetroGAS en una empresa con el cliente en el centro de sus acciones. Este nuevo enfoque significa un nuevo modelo de compañía de servicios públicos. Por lo tanto MetroGAS se asume y se proyecta como una empresa en constante evolución, atenta a las necesidades de los clientes y concentrada en la mejora continua del servicio.
La estrategia de MetroGAS está anclada en cuatro pilares claves y en cuatro ejes de acción que materializan el nuevo enfoque.
Pilares Claves: eficiencia, seguridad, confiabilidad y rentabilidad. Estos principios son la base del modelo de negocio.
Ejes de Acción: modernización, re-significación cliente/marca, capital humano e integración pública y social. Estos son ejes de planes de acción y/o programas concretos que consolidan la transformación deseada.
La Misión de MetroGAS es :
“Distribuimos y comercializamos gas natural poniendo al cliente en el centro de todas nuestras acciones. Operamos de forma eficiente, segura, confiable y sustentable; comprometidos con el medio ambiente y la sociedad. En todo lo que hacemos actuamos con integridad y principios éticos, creando valor para nuestros clientes, accionistas, colaboradores y comunidad”.
La Visión de MetroGAS es:
“Ser el referente de la distribución de gas y líder en la comercialización de productos energéticos, contribuyendo al desarrollo del país y el bienestar de las personas”. Asimismo, ver Principios I, II y III y Orientaciones 2, 3, 4, 22 y 23.
2.- El Directorio fija la estrategia general de la compañía y aprueba el plan estratégico que desarrolla la gerencia. Al hacerlo, el Directorio tiene en consideración factores ambientales, sociales y de gobierno societario. El Directorio supervisa su implementación mediante la utilización de indicadores clave de desempeño y teniendo en consideración el mejor interés de la compañía y todos sus accionistas.
METROGAS APLICA LA PRÁCTICA RECOMENDADA:
El Directorio fija la estrategia general de la Compañía y considera el plan estratégico que desarrolla la gerencia. Sin embargo, y en los términos de la Orientación pertinente, esta aprobación no se instrumenta a través de un documento específico elaborado por la gerencia. En relación al plan estratégico, el Directorio aprueba expresamente el presupuesto para el año siguiente y tiene en consideración factores ambientales, sociales y de gobierno societario. Asimismo, los asuntos estratégicos y objetivos de gestión, en los términos de su reglamento, son considerados por el
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Anexo a la Memoria – Código de Gobierno Societario – Resolución General N° 797/2019
Directorio. El Directorio supervisa activamente durante el ejercicio el presupuesto (y su cumplimiento) mediante la utilización de indicadores y teniendo en consideración el mejor interés de MetroGAS, cuyo beneficio repercutirá positivamente en sus accionistas.
En relación a Control de Gestión, trimestralmente se presenta al Directorio el tablero con los indicadores clave de gestión, conteniendo el valor de cada uno de ellos y su variación anual y comparación con el presupuesto.
El Directorio verifica que la remuneración e incentivos a la gerencia estén alineados con la estrategia que se ha establecido. En forma anual se evalúa el desempeño de los miembros del Comité de Dirección. Esta evaluación y la remuneración variable producto de dicha evaluación son revisadas y aprobadas, respectivamente por el Comité de Remuneraciones y Nominaciones. La selección y reemplazo de directores, a cargo de los accionistas, refleja la dirección estratégica de la Compañía.
Asimismo, ver Principios I, II, III y IV y Orientaciones 1, 3 y 4.
3.- El Directorio supervisa a la gerencia y asegura que ésta desarrolle, implemente y mantenga un sistema adecuado de control interno con líneas de reporte claras.
METROGAS APLICA EN SU TOTALIDAD LA PRÁCTICA RECOMENDADA:
En relación a Control de Gestión, trimestralmente se presenta al Directorio el tablero con los indicadores clave de gestión, conteniendo el valor de cada indicador y su variación anual y comparación con el presupuesto. Trimestralmente el Comité de Auditoría monitorea los riesgos de la Compañía y en forma anual la Gerencia de Planeamiento y Control de Gestión, dependiente de la Dirección de Administración y Finanzas, realiza una presentación al Directorio actualizando el mapa de riesgos de la Compañía.
El Comité de Auditoría es asistido por Auditoría Interna, quién resulta responsable de la evaluación del sistema de control interno.
Los distintos miembros del Directorio celebran reuniones con los Gerentes de MetroGAS de acuerdo con las necesidades del negocio.
El Director General (gerente general) es evaluado de la misma manera que los otros gerentes de primera línea.
Asimismo, ver Principios I, III y XII y Orientaciones 1, 2 y 4.
4.- El Directorio diseña las estructuras y prácticas de gobierno societario, designa al responsable de su implementación, monitorea la efectividad de las mismas y sugiere cambios en caso de ser necesarios.
METROGAS APLICA EN SU TOTALIDAD LA PRÁCTICA RECOMENDADA:
Anualmente, el Directorio aprueba el reporte del Código de Gobierno Societario conjuntamente con la Memoria conforme a las Normas de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”).
La Compañía, a través del Directorio y conjuntamente con la Secretaría del Directorio, la Gerencia de Asuntos Legales y la Gerencia de Ética y Cumplimiento, posee una serie de políticas tendientes a fortalecer las prácticas de un buen gobierno societario, como son: el Código de Ética y Conducta, los reglamentos de funcionamiento del Directorio, del Comité de Auditoría, del Comité de
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Remuneraciones y Nombramiento, del Comité de Ética, las políticas sobre Conflicto de intereses, Administración de Riesgos del Negocio, Partes Relacionadas, Entorno de Control y Seguridad de Información, entre otros.
Asimismo, ver Principios I, III y IV y Orientaciones 1, 2, 3 y 5.
5.- Los miembros del Directorio tienen suficiente tiempo para ejercer sus funciones de forma profesional y eficiente. El Directorio y sus comités tienen reglas claras y formalizadas para su funcionamiento y organización, las cuales son divulgadas a través de la página web de la compañía.
METROGAS APLICA EN SU TOTALIDAD LA PRÁCTICA RECOMENDADA:
Los accionistas, al nominar a un candidato para integrar el Directorio (y la Comisión Fiscalizadora), evalúan los conocimientos, la experiencia y las condiciones de integridad personal y reputación de cada uno de ellos.
Al no existir previsiones relativas al interlocking, los accionistas consideran especialmente a los candidatos y las otras designaciones que pudieran tener en otras sociedades a fin de asegurar una responsable y diligente participación en el Directorio de la Compañía y en los Comités que eventualmente integran, y poniendo especial énfasis en que no se generen conflictos de interés. El Presidente del Directorio, a través de la Secretaría del Directorio, se asegura de que los antecedentes de cada asunto que sea puesto a consideración del Directorio sean remitidos con una prudente antelación a los distintos miembros del Directorio, de conformidad con lo previsto en el Reglamento del Directorio.
El Directorio, el Comité de Auditoría y el Comité de Remuneraciones y Nombramiento gobiernan su accionar a través de un reglamento que incluye: (i) responsabilidades y funciones de sus miembros; (ii) procedimientos de trabajo (preparación de la agenda, distribución anticipada, quórum, paquete de información, etc.); (iii) tamaño y composición; (iv) duración en el cargo de los miembros; y (v) reglas de conducta durante las reuniones del Directorio y/o Comités. Asimismo, ver Principios I y V y Orientación 4.
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B.- LA PRESIDENCIA EN EL DIRECTORIO Y LA SECRETARÍA CORPORATIVA
Principios
-
VI. El Presidente del Directorio es el encargado de velar por el cumplimiento efectivo de las funciones del Directorio y de liderar a sus miembros. Deberá generar una dinámica positiva de trabajo y promover la participación constructiva de sus miembros, así como garantizar que los miembros cuenten con los elementos e información necesaria para la toma de decisiones. Ello también aplica a los Presidentes de cada comité del Directorio en cuanto a la labor que les corresponde.
-
VII. El Presidente del Directorio deberá liderar procesos y establecer estructuras buscando el compromiso, objetividad y competencia de los miembros del Directorio, así como el mejor funcionamiento del órgano en su conjunto y su evolución conforme a las necesidades de la compañía.
-
VIII. El Presidente del Directorio deberá velar por que el Directorio en su totalidad esté involucrado y sea responsable por la sucesión del gerente general.
6.- El Presidente del Directorio es responsable de la buena organización de las reuniones del Directorio, prepara el orden del día asegurando la colaboración de los demás miembros y asegura que estos reciban los materiales necesarios con tiempo suficiente para participar de manera eficiente e informada en las reuniones. Los Presidentes de los comités tienen las mismas responsabilidades para sus reuniones.
METROGAS APLICA EN SU TOTALIDAD LA PRÁCTICA RECOMENDADA:
La Compañía posee como buena práctica el envío, a través de la Secretaría del Directorio, de la información relevante a todos los miembros del Directorio con una antelación mínima de tres días. Similares previsiones se adoptan en relación a las asambleas, asegurando que toda la información necesaria se encuentre disponible para los accionistas.
Las actas de asamblea y directorio reflejan detalladamente la discusión y toma de decisiones. Asimismo, ver Principios VI, VII y VIII y Orientaciones 7, 8, 9 y 10.
7.- El Presidente del Directorio vela por el correcto funcionamiento interno del Directorio mediante la implementación de procesos formales de evaluación anual.
METROGAS APLICA LA PRÁCTICA RECOMENDADA:
El Directorio no presenta a la Asamblea de Accionistas un diagnóstico formal acerca del cumplimiento de las políticas de gestión. El Directorio consigna los resultados de la gestión del ejercicio en la memoria la cual es oportunamente considerada por la Asamblea.
En los términos de la Ley General de Sociedades, la Asamblea de Accionistas considera la gestión de los miembros del Directorio.
El Directorio se encuentra realizando una prueba piloto de autoevaluación de acuerdo con el Modelo de Excelencia en la Gestión de Directorios elaborado conjuntamente por la Fundación Premio Nacional a la Calidad y el IAE Business School.
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Asimismo, ver Principios VI, VII y VIII y Orientaciones 6, 8, 9 y 10.
8.- El Presidente genera un espacio de trabajo positivo y constructivo para todos los miembros del Directorio y asegura que reciban capacitación continua para mantenerse actualizados y poder cumplir correctamente sus funciones.
METROGAS APLICA EN SU TOTALIDAD LA PRÁCTICA RECOMENDADA:
El Presidente lidera al Directorio y asegura en cada reunión que sea un entorno ordenado, destinado al diálogo y a la crítica constructiva.
En relación a las actividades de capacitación, existe un Plan Anual de Capacitación del Comité de Auditoría (cuyo presupuesto es aprobado por la Asamblea) quien invita a participar de sus actividades al Directorio y al Comité de Dirección.
Dentro de las actividades de capacitación que se desarrollaron durante el año se incluyeron -entre otros- lo siguientes temas (i) marco regulatorio y tarifas; (ii) funcionamiento del sistema de distribución, (iii) Sistemas de información, (iv) Seguridad informática, (v) Estrategia comercial, (vi) Gobernabilidad y transparencia, (vii) Auditoría interna, (viii) Recursos Humanos, y (ix) Ajuste por inflación.
Asimismo, la Compañía establece un presupuesto anual de Capacitación a cargo de la Dirección de Recursos Humanos quién evalúa la necesidad y conveniencia de la capacitación.
Asimismo, ver Principios VI, VII y VIII y Orientaciones 6, 7, 9, 10 y 14.
9.- La Secretaría Corporativa apoya al Presidente del Directorio en la administración efectiva del Directorio y colabora en la comunicación entre accionistas, Directorio y gerencia.
METROGAS APLICA EN SU TOTALIDAD LA PRÁCTICA RECOMENDADA:
La Secretaría del Directorio está a cargo del Director de Asuntos Legales y Regulatorios de la Compañía y es responsable de todos los asuntos legales y administrativos referidos al funcionamiento del Directorio incluyendo sus Comités. En ausencia del Director de Asuntos Legales y Regulatorios, lo reemplaza el Gerente de Asuntos Legales y/o quién este designe.
Dentro de sus funciones administrativas y organizativas, asiste al Presidente en la preparación de los antecedentes a considerar por el Directorio con la debida antelación, toma notas detalladas que, tras circularlas para correcciones, conforman las actas, lidera la inducción y orientación de nuevos miembros del Directorio, colabora en la formación y capacitación profesional de los miembros del Directorio, entre otras.
Asimismo, se encuentra a su cargo la organización de las Asambleas de Accionistas. La Secretaría del Directorio cuenta con conocimientos legales, financieros y de la industria en donde opera la Compañía.
Asimismo, ver Principios VI, VII y VIII y Orientaciones 6, 7, 8, 10 y 14.
10.- El Presidente del Directorio asegura la participación de todos sus miembros en el desarrollo y aprobación de un plan de sucesión para el gerente general de la compañía.
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METROGAS APLICA LA PRÁCTICA RECOMENDADA:
En MetroGAS, generalmente, la posición del Director general no se encuentra unificada en la misma persona designada como Presidente del Directorio.
El Presidente del Directorio es miembro del Comité de Remuneraciones y Nominaciones. Dentro de las funciones del Comité de Remuneraciones y Nominaciones, se trata el plan de sucesión de gerentes de primera línea, dentro de los cuales se encuentra el Director general.
Asimismo, ver Principios VI, VII y VIII y Orientaciones 6, 7, 8 y 9.
C.- COMPOSICIÓN, NOMINACIÓN Y SUCESIÓN DEL DIRECTORIO
Principios
-
IX. El Directorio deberá contar con niveles adecuados de independencia y diversidad que le permitan tomar decisiones en pos del mejor interés de la compañía, evitando el pensamiento de grupo y la toma de decisiones por individuos o grupos dominantes dentro del Directorio.
-
X. El Directorio deberá asegurar que la compañía cuenta con procedimientos formales para la propuesta y nominación de candidatos para ocupar cargos en el Directorio en el marco de un plan de sucesión.
11.- El Directorio tiene al menos dos miembros que poseen el carácter de independientes de acuerdo con los criterios vigentes establecidos por la Comisión Nacional de Valores.
METROGAS APLICA EN SU TOTALIDAD LA PRÁCTICA RECOMENDADA:
El Directorio de la Compañía está compuesto actualmente por once directores designados por la Asamblea de Accionistas. De los once directores designados, tres son independientes (casi 30%) de acuerdo con el criterio establecido por la CNV, siendo los ocho restantes externos y designados por el accionista controlante, es decir, guardando una prudente relación con la estructura de capital de la Compañía.
Los accionistas, al pensar la composición del Directorio, intentan un balance entre miembros ejecutivos, no ejecutivos e independientes que permite combinar objetividad y conocimiento del negocio para beneficio del proceso de toma de decisiones.
A la fecha, nunca se ha cuestionado la independencia de ningún miembro del Directorio.
Asimismo, ver Principio IX.
12.- La compañía cuenta con un Comité de Nominaciones que está compuesto por al menos tres (3) miembros y es presidido por un director independiente. De presidir el Comité de Nominaciones, el Presidente del Directorio se abstendrá de participar frente al tratamiento de la designación de su propio sucesor.
METROGAS APLICA EN SU TOTALIDAD LA PRÁCTICA RECOMENDADA:
MetroGAS cuenta con un Comité de Remuneraciones y Nominaciones conformado por tres miembros del Directorio. Dos de sus miembros revisten la condición de independientes. El Comité
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de Remuneraciones y Nominaciones se encuentra presidido por un Director independiente. El Comité de Remuneraciones y Nominaciones promueve objetividad e independencia.
El Comité de Remuneraciones y Nominaciones no presenta entre sus funciones la de nominar y seleccionar a miembros del Directorio. En relación a la nominación y selección de miembros de la Gerencia, sus decisiones son realizadas de forma objetiva y sin sujeciones de índole personal. Los criterios para los gerentes de primera línea se analizan en oportunidad de cada incorporación. Los miembros del Comité tienen idoneidad y experiencia en temas de recursos humanos. El Comité celebra reuniones al menos cuatro veces al año. Si las circunstancias lo requiriesen, se convocan reuniones distintas a las establecidas periódicamente. Asimismo, el Comité de Remuneraciones y Nominaciones verifica la revisión y evaluación anual de su reglamento y sugiere al Órgano de Administración las modificaciones para su aprobación.
Asimismo, ver Principio X y Orientación 13.
13.- El Directorio, a través del Comité de Nominaciones, desarrolla un plan de sucesión para sus miembros que guía el proceso de preselección de candidatos para ocupar vacantes y tiene en consideración las Orientaciones no vinculantes realizadas por sus miembros, el Gerente General y los Accionistas.
METROGAS APLICA LA PRÁCTICA RECOMENDADA:
El Comité de Remuneraciones y Nominaciones de MetroGAS sólo trata los planes de sucesión de gerentes de primera línea.
La Asamblea es quien designa a los miembros del Directorio. No obstante, el Directorio podrá brindar su opinión no vinculante con respecto al perfil de los candidatos a ocupar puestos en el Directorio. Los accionistas, al pensar la composición del Directorio, intentan un balance entre miembros ejecutivos, no ejecutivos e independientes que permite combinar objetividad y conocimiento del negocio para beneficio del proceso de toma de decisiones. Así, es que se considera la diversidad de género, origen geográfico, edad y experiencia profesional.
Asimismo, ver Principio X y Orientación 12.
14.- El Directorio implementa un programa de orientación para sus nuevos miembros electos.
METROGAS APLICA EN SU TOTALIDAD LA PRÁCTICA RECOMENDADA:
MetroGAS implementa un programa de orientación e introducción a los nuevos miembros del Directorio a fin de informar sobre los aspectos relevantes de la Compañía y de sus órganos de gobierno con el objetivo de crear entendimiento, confianza y credibilidad antes de que el nuevo miembro inicie su participación en las reuniones.
A través de la Secretaría del Directorio, se coordina el proceso y se utilizan diferentes métodos (visitas a las oficinas y plantas operativas, entrevistas con personal clave y otros directores, envío de documentación con anticipación a la primera reunión, etc.) para informar al nuevo director y presentarlo a sus pares y a la gerencia.
Asimismo, ver Principio IX y Orientaciones 8 y 9.
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D.- REMUNERACIÓN
Principios
XI. El Directorio deberá generar incentivos a través de la remuneración para alinear a la gerencia - liderada por el gerente general- y al mismo Directorio con los intereses de largo plazo de la compañía de manera tal que todos los directores cumplan con sus obligaciones respecto a todos sus accionistas de forma equitativa.
15.- La compañía cuenta con un Comité de Remuneraciones que está compuesto por al menos tres (3) miembros. Los miembros son en su totalidad independientes o no ejecutivos.
METROGAS APLICA EN SU TOTALIDAD LA PRÁCTICA RECOMENDADA:
MetroGAS cuenta con un Comité de Remuneraciones y Nominaciones conformado por tres miembros del Directorio cuya mayoría reviste la condición de independiente. A excepción del ejercicio-2019, el Comité se integra con tres miembros del Directorio que revisten la condición de independientes. . El Comité de Remuneraciones y Nominaciones es presidido por un Director independiente, y promueve objetividad e independencia.
El Comité de Remuneraciones y Nominaciones no presenta entre sus funciones establecer las remuneraciones de los miembros del Directorio.
El Comité de Remuneraciones y Nominaciones cumple con las siguientes funciones: (i) supervisa que la remuneración de los gerentes de primera línea esté vinculada con el rendimiento a mediano y/o largo plazo; (ii) revisa la posición competitiva de las políticas, y prácticas de remuneración de la Compañía, realizando una comparación de las prácticas de la Compañía con respecto a otros participantes del mercado, y (iii) da cuenta regularmente al Directorio sobre las acciones emprendidas y los temas analizados en sus reuniones.
El Comité de Remuneraciones y Nominaciones cuenta con el asesoramiento permanente del Director de Recursos Humanos y, cuando es necesario, con la contratación de Consultoras especializadas.
Asimismo, ver Principio XI y Orientación 16.
16.- El Directorio, a través del Comité de Remuneraciones, establece una política de remuneración para el gerente general y miembros del Directorio.
METROGAS APLICA EN SU TOTALIDAD LA PRÁCTICA RECOMENDADA:
El Comité de Remuneraciones y Nominaciones no presenta entre sus funciones establecer las remuneraciones de los miembros del Directorio.
El Comité de Remuneraciones y Nominaciones evalúa y aprueba la remuneración variable de los Gerentes y el cumplimiento de los objetivos de negocio. El Comité de Remuneraciones y Nominaciones analiza temas relacionados a remuneraciones y beneficios mediante encuestas de mercado solicitadas a consultores especializados, según los lineamientos de la Política de Remuneraciones. Asimismo, define y comunica la política de retención, promoción, despido y suspensión de personal clave.
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Tal como lo estable el Reglamento, el presidente del Comité de Remuneraciones y Nominaciones asiste a la Asamblea de Accionistas y participa de las reuniones de Directorio y de los Comités que preside: de Remuneraciones y Nominaciones y de Auditoría.
A la fecha no hay un esquema de remuneración variable para el Directorio.
Asimismo, ver Principio XI y Orientación 15.
E.- AMBIENTE DE CONTROL
Principios
-
XII. El Directorio debe asegurar la existencia de un ambiente de control, compuesto por controles internos desarrollados por la gerencia, la auditoría interna, la gestión de riesgos, el cumplimiento regulatorio y la auditoría externa, que establezca las líneas de defensa necesarias para asegurar la integridad en las operaciones de la compañía y de sus reportes financieros.
-
XIII. El Directorio deberá asegurar la existencia de un sistema de gestión integral de riesgos que permita a la gerencia y al Directorio dirigir eficientemente a la compañía hacia sus objetivos estratégicos.
-
XIV. El Directorio deberá asegurar la existencia de una persona o departamento (según el tamaño y complejidad del negocio, la naturaleza de sus operaciones y los riesgos a los cuales se enfrenta) encargado de la auditoría interna de la compañía. Esta auditoría, para evaluar y auditar los controles internos, los procesos de gobierno societario y la gestión de riesgo de la compañía, debe ser independiente y objetiva y tener sus líneas de reporte claramente establecidas.
-
XV. El Comité de Auditoría del Directorio estará compuesto por miembros calificados y experimentados, y deberá cumplir con sus funciones de forma transparente e independiente.
-
XVI. El Directorio deberá establecer procedimientos adecuados para velar por la actuación independiente y efectiva de los Auditores Externos.
17.- El Directorio determina el apetito de riesgo de la compañía y además supervisa y garantiza la existencia de un sistema integral de gestión de riesgos que identifique, evalúe, decida el curso de acción y monitoree los riesgos a los que se enfrenta la compañía, incluyendo -entre otros- los riesgos medioambientales, sociales y aquellos inherentes al negocio en el corto y largo plazo.
METROGAS APLICA EN SU TOTALIDAD LA PRÁCTICA RECOMENDADA:
El Directorio de MetroGAS se involucra en el trabajo de identificar cómo los riesgos se interrelacionan entre ellos asegurando que la gerencia haya implementado un sistema de gestión de riesgos eficaz y eficiente con la pertinencia de los recursos para este sistema.
La Compañía cuenta con una Política de Administración de Riesgos del Negocio alineada a las mejores prácticas de administración de riesgos. El Comité de Dirección de la Compañía tiene internalizada para su gestión, una fuerte cultura de administración del riesgo. Como consecuencia de ello toda decisión relevante que se someta a la aprobación del Directorio conlleva un análisis del responsable del asunto y una evaluación de los riesgos involucrados.
La Compañía cuenta con un Comité de Administración de Riesgos integrado por los Gerentes de la
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Compañía y el Director de Auditoría Interna. Este grupo es el responsable último por el monitoreo e implementación de la mencionada política. Trimestralmente el Comité de Auditoría monitorea los riesgos de la Compañía y analiza las modificaciones respecto de los riesgos de negocio y fraude y anualmente el Comité de Auditoría informa al Directorio de MetroGAS sobre las cuestiones relevantes relacionadas con la administración de los riesgos.
Es responsabilidad del Oficial de Gestión de Riesgos llevar adelante la comunicación y seguimiento del proceso de Gestión de Riesgos e informar trimestralmente al Comité de Auditoría.
La Compañía cumple con lo dispuesto por las Normas Internacionales de Información Financiera incluyendo una nota sobre los riesgos vinculados a los activos y pasivos financieros en sus Estados financieros. Asimismo, incluye un capítulo en la Memoria Anual referido a la Gestión Integral de Riesgos.
Asimismo, ver Principios XII y XIII.
18.- El Directorio monitorea y revisa la efectividad de la auditoría interna independiente y garantiza los recursos para la implementación de un plan anual de auditoría en base a riesgos y una línea de reporte directa al Comité de Auditoría.
METROGAS APLICA EN SU TOTALIDAD LA PRÁCTICA RECOMENDADA:
Existe una función de Auditoría Interna cuya misión consiste en asegurar al Directorio, al Comité de Auditoría, al Comité de Dirección y al nivel gerencial de la Compañía que existen procesos efectivos y eficientes para identificar y administrar riesgos del negocio, de control interno y de gobierno en MetroGAS. Para realizar su trabajo Auditoría Interna puede acceder de manera irrestricta en todo momento a los registros, personas, bienes y operaciones de MetroGAS, siendo responsable de la guarda y confidencialidad de toda la información recibida. El director de Auditoría Interna, reporta al Comité de Auditoría. Auditoría Interna realiza su trabajo de acuerdo a las normas internaciones para el ejercicio profesional de la auditoría interna emitidas por el Instituto de Auditores Internos (IIA).
Anualmente el Comité de Auditoría evalúa el desempeño de Auditoría Interna y su grado de independencia de acuerdo con el plan anual de acción en base a riesgos que se presenta.
Así, el Directorio se asegura que la función de Auditoría Interna cuenta con los recursos, tiempo y conocimiento para poder constituir una tercera línea de defensa detrás de los controles internos (primera línea) y la gestión del riesgo y compliance (segunda línea).
Asimismo, ver Principios XII y XIV y Orientación 19.
19.- El auditor interno o los miembros del departamento de auditoría interna son independientes y altamente capacitados.
METROGAS APLICA EN SU TOTALIDAD LA PRÁCTICA RECOMENDADA:
Los responsables a cargo de la función de Auditoría Interna cuentan con antecedentes y conocimientos en materia financiera, empresarial y contable que les permite realizar sus tareas de manera efectiva, amplia e independiente. Asimismo, cuentan con conocimientos suficientes para evaluar el riesgo de fraude y la forma en que se gestiona, así como conocimientos de tecnología de la información.
Auditoría Interna cuenta con un presupuesto autónomo y con autoridad para contratar de manera
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independiente los bienes y servicios e insumos para el desarrollo de su actividad.
Auditoría Interna no tiene responsabilidad de línea. No es responsable de la administración de los riesgos ni de la implementación de controles, para poder mantener su independencia y poder prestar un servicio objetivo.
Asimismo, ver Principios XII y XIV y Orientación 18.
20.- El Directorio tiene un Comité de Auditoría que actúa en base a un reglamento. El comité está compuesto en su mayoría y presidido por directores independientes y no incluye al gerente general. La mayoría de sus miembros tiene experiencia profesional en áreas financieras y contables.
METROGAS APLICA EN SU TOTALIDAD LA PRÁCTICA RECOMENDADA:
MetroGAS cuenta con un Comité de Auditoría que actúa en base a un reglamento. El comité está compuesto por directores independientes y no incluye al gerente general. Sus miembros tienen experiencia profesional en áreas financieras y contables de acuerdo con la complejidad de los temas a tratar.
El reglamento del Comité de Auditoría especifica sus funciones, las cuales surgen de la Ley 26.831 y las Normas de la CNV. Entre ellas, se destaca: (i) opinar respecto de la propuesta del Directorio para la designación de los auditores externos y velar por su independencia; (ii) supervisar el funcionamiento de los sistemas de control interno y del sistema administrativocontable; (iii) supervisar la aplicación de las políticas en materia de divulgación de información sobre la gestión de riesgos de la Compañía; (iv) proporcionar al mercado información completa sobre operaciones donde existan conflictos de interés con integrantes de los órganos sociales o accionistas controlantes; (v) opinar sobre la razonabilidad de las propuestas de remuneración que formule el Directorio; (vi) opinar sobre las condiciones de emisión de acciones o valores convertibles en acciones, en caso de aumento de capital; (vii) verificar el cumplimiento de las normas de conducta que resulten aplicables; (viii) emitir opinión fundada respecto de operaciones con partes relacionadas y comunicarla a los mercados toda vez que en la compañía exista o pueda existir un supuesto de conflicto de interés; (ix) revisar los planes de los auditores externos e internos y evaluar su desempeño y emitir una opinión al respecto en ocasión de la presentación y publicación de los estados financieros anuales.
Asimismo, ver Principio XV y Orientación 21.
21.- El Directorio, con opinión del Comité de Auditoría, aprueba una política de selección y monitoreo de auditores externos en la que se determinan los indicadores que se deben considerar al realizar la recomendación a la asamblea de Accionistas sobre la conservación o sustitución del auditor externo.
METROGAS APLICA LA PRÁCTICA RECOMENDADA:
El Comité de Auditoria evalúa anualmente la idoneidad, independencia y desempeño del auditor externo.
Para evaluar la idoneidad, metodología de trabajo y desempeño del auditor externo, el Comité de Auditoría tiene en cuenta una serie de indicadores tales como (i) los antecedentes del auditor externo, (ii) la declaración jurada de contador público presentada por el socio a cargo de la auditoría de acuerdo con las disposiciones del art. 104 de la Ley 26.831 de Mercado de Capitales, (iii) los lineamientos de la metodología de trabajo presentados, (iv) las políticas de control de
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calidad del estudio a cargo de la auditoría externa, incluyendo el equipo de trabajo que da soporte en materias específicas, y (v) las presentaciones realizadas sobre los riesgos principales que identificaron y evaluaron y su impacto en el planeamiento general de la auditoría y sobre las tareas realizadas por dicho estudio.
Para evaluar la independencia del auditor externo, el Comité de Auditoria obtiene una declaración de los auditores respecto de su independencia y efectúa un análisis de los servicios prestados por el auditor externo, a los efectos de comprobar que ninguno pueda comprometer su independencia.
Asimismo, ver Principio XVI.
F.- ÉTICA, INTEGRIDAD Y CUMPLIMIENTO
Principios
XVII. El Directorio debe diseñar y establecer estructuras y prácticas apropiadas para promover una cultura de ética, integridad y cumplimiento de normas que prevenga, detecte y aborde faltas corporativas o personales serias.
XVIII. El Directorio asegurará el establecimiento de mecanismos formales para prevenir y en su defecto lidiar con los conflictos de interés que puedan surgir en la administración y dirección de la compañía. Deberá contar con procedimientos formales que busquen asegurar que las transacciones entre partes relacionadas se realicen en miras del mejor interés de la compañía y el tratamiento equitativo de todos sus accionistas.
22.- El Directorio aprueba un Código de Ética y Conducta que refleja los valores y principios éticos y de integridad, así como también la cultura de la compañía. El Código de Ética y Conducta es comunicado y aplicable a todos los directores, gerentes y empleados de la compañía.
METROGAS APLICA EN SU TOTALIDAD LA PRÁCTICA RECOMENDADA:
El Código de Ética y Conducta de MetroGAS contiene los valores éticos corporativos y los principios básicos de actuación que constituyen la guía de la conducta ética empresarial y alcanza a los Directores, miembros de la Comisión Fiscalizadora y empleados de MetroGAS, así como a los contratistas, sub-contratistas, proveedores y socios de negocios. El Directorio de MetroGAS aprobó la última revisión del Código de Ética y Conducta de MetroGAS el 14 de diciembre 2017.
Dicho Código es notificado expresamente a cada uno de los sujetos alcanzados y se encuentra disponible en el sitio web institucional (www.metrogas.com.ar).
Asimismo, ver Principios II y XVII y Orientaciones 1 y 23.
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23.- El Directorio establece y revisa periódicamente, en base a los riesgos, dimensión y capacidad económica un Programa de Ética e Integridad. El plan es apoyado visible e inequívocamente por la gerencia quien designa un responsable interno para que desarrolle, coordine, supervise y evalúe periódicamente el programa en cuanto a su eficacia. El programa dispone: (i) capacitaciones periódicas a directores, administradores y empleados sobre temas de ética, integridad y cumplimiento; (ii) canales internos de denuncia de irregularidades, abiertos a terceros y adecuadamente difundidos; (iii) una política de protección de denunciantes contra represalias; y un sistema de investigación interna que respete los derechos de los investigados e imponga sanciones efectivas a las violaciones del Código de Ética y Conducta; (iv) políticas de integridad en procedimientos licitatorios; (v) mecanismos para análisis periódico de riesgos, monitoreo y evaluación del Programa; y (vi) procedimientos que comprueben la integridad y trayectoria de terceros o socios de negocios (incluyendo la debida diligencia para la verificación de irregularidades, de hechos ilícitos o de la existencia de vulnerabilidades durante los procesos de transformación societaria y adquisiciones), incluyendo proveedores, distribuidores, prestadores de servicios, agentes e intermediarios.
METROGAS APLICA EN SU TOTALIDAD LA PRÁCTICA RECOMENDADA:
En junio 2015, MetroGAS decidió la creación de la posición de Oficial de Ética y Cumplimiento. En mayo 2017 la posición obtuvo nivel gerencial y reporte directo a la Dirección de Asuntos Legales y Regulatorios. El objetivo primario fue el de diseñar e implementar un Programa de Integridad y Ética para la Compañía que articulara diversas acciones y trabajara en forma transversal en estos temas con diferentes áreas de la compañía: RRHH, Auditoría Interna, Gestión de Riesgos, Comunicaciones, Capacitación, etc.
El Directorio de MetroGAS aprobó el Programa de Integridad y Ética de MetroGAS el 14 de diciembre de 2017. Dicho Programa de Integridad y Ética, cumple los requerimientos que establece en sus artículos 22 y 23 la Ley de Responsabilidad Penal de Personas Jurídicas N° 27.401 que entró en vigencia el 1° de marzo de 2018 y consiste en un conjunto de acciones articuladas para prevenir, detectar y responder ante los riesgos de fraude, ética y corrupción a los que se encuentra expuesta la Compañía.
El Programa aborda diferentes ejes: Evaluación y gestión de riesgos de fraude, ética y corrupción Revisión y elaboración de políticas y procedimientos Aplicación del programa a Socios Comerciales (Contratistas/Subcontratistas) Proceso de debida diligencia sobre proveedores según su nivel de criticidad Comunicación y Capacitación Promoción y estímulo Gestión de líneas de denuncia: Línea Ética (para empleados y proveedores) y Programa Transparencia (para clientes)
Desarrollo de protocolo de gestión de denuncias
El Programa es monitoreado trimestralmente por el Comité de Dirección y por el Comité de Auditoría. Durante 2019 fue sometido a la revisión de un profesional independiente quién consideró al Programa como adecuado y robusto frente a las exigencias de la Ley de Responsabilidad Penal de Personas Jurídicas N° 27.401 y los principales estándares comparados.
Asimismo, ver Principio XVII y Orientaciones 1 y 22.
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24.- El Directorio asegura la existencia de mecanismos formales para prevenir y tratar conflictos de interés. En el caso de transacciones entre partes relacionadas, el Directorio aprueba una política que establece el rol de cada órgano societario y define cómo se identifican, administran y divulgan aquellas transacciones perjudiciales a la compañía o sólo a ciertos inversores.
METROGAS APLICA EN SU TOTALIDAD LA PRÁCTICA RECOMENDADA:
De acuerdo al Código de Ética y Conducta de MetroGAS, los Directores y el personal de la Compañía deberán abstenerse de incurrir en situaciones que pudieran dar lugar a un conflicto entre sus intereses personales y los de MetroGAS, así como representar a MetroGAS, intervenir o influir en la toma de decisiones en cualquier situación en la que, directa o indirectamente, tuvieren un interés personal.
Los Directores y el personal que pudieran verse afectados por un conflicto de intereses lo comunicarán al Comité de Ética o al Comité de Auditoría, respectivamente, previamente a la realización de la operación o conclusión del negocio de que se trate, a fin de que se evalúe si su actuación imparcial puede verse comprometida.
Si hay sospecha de que existe un conflicto de intereses no declarado, el mismo debe ser reportado a través de la Línea Ética.
Existe una política específica de transacciones con partes relacionadas cuyas directrices abordan las previsiones establecidas por la LMC y las Normas de la CNV.
Asimismo, ver Principio XVIII.
G.- PARTICIPACIÓN DE LOS ACCIONISTAS Y PARTES INTERESADAS
Principios
XIX. La compañía deberá tratar a todos los Accionistas de forma equitativa. Deberá garantizar el acceso igualitario a la información no confidencial y relevante para la toma de decisiones asamblearias de la compañía. XX. La compañía deberá promover la participación activa y con información adecuada de todos los Accionistas en especial en la conformación del Directorio. XXI. La compañía deberá contar con una Política de Distribución de Dividendos transparente que se encuentre alineada a la estrategia. XXII. La compañía deberá tener en cuenta los intereses de sus partes interesadas.
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25.- El sitio web de la compañía divulga información financiera y no financiera, proporcionando acceso oportuno e igual a todos los Inversores. El sitio web cuenta con un área especializada para la atención de consultas por los Inversores.
METROGAS APLICA EN SU TOTALIDAD LA PRÁCTICA RECOMENDADA:
MetroGAS cuenta con una oficina específica de atención a los accionistas para atender sus consultas e inquietudes y produce informes sobre aquellas cuestiones que considera relevantes, para conocimiento de los accionistas, órganos sociales y autoridades de control.
La Compañía cuenta con un sitio web particular (www.metrogas.com.ar) de libre acceso que suministra información actualizada y de interés para diferentes usuarios (clientes, proveedores, inversores, público en general) en forma fácil y recoge las inquietudes de los usuarios.
Asimismo, ver Principios XIX y XX y Orientaciones 26, 27 y 28.
26.- El Directorio debe asegurar que exista un procedimiento de identificación y clasificación de sus partes interesadas y un canal de comunicación para las mismas.
METROGAS APLICA EN SU TOTALIDAD LA PRÁCTICA RECOMENDADA:
MetroGAS cuenta con políticas de Responsabilidad Social Empresaria (“RSE”) aprobadas por el Comité de Dirección que le permite identificar claramente quiénes son sus partes interesadas. La Compañía asegura la existencia de canales de comunicación para mantenerse en contacto con sus partes interesadas.
La Compañía despliega actividades vinculadas con la RSE e informa en la Memoria las actividades de Acción Comunitaria llevadas a cabo durante el año. En la página web de la Compañía se encuentra disponible el Reporte de Sustentabilidad correspondiente a los años 20172018. La elaboración de este Reporte ha seguido los lineamientos que ofrece el Global Reporting Initiative (GRI), en su versión G4, de conformidad con la opción “esencial”. Dicho informe contempla el detalle de acciones de RSE y de sustentabilidad desarrolladas por la Compañía.
Asimismo, ver Principio XXII y Orientación 25.
27.- El Directorio remite a los Accionistas, previo a la celebración de la Asamblea, un “paquete de información provisorio” que permite a los Accionistas -a través de un canal de comunicación formal- realizar comentarios no vinculantes y compartir opiniones discrepantes con las Orientaciones realizadas por el Directorio, teniendo este último que, al enviar el paquete definitivo de información, expedirse expresamente sobre los comentarios recibidos que crea necesario.
METROGAS APLICA LA PRÁCTICA RECOMENDADA:
La Compañía le da plena participación a los accionistas minoritarios e inversores institucionales. Se realizan reuniones periódicas -y a requerimiento- con los accionistas mayoritarios. Los accionistas minoritarios reciben la información a través de las comunicaciones de hechos relevantes a CNV, BYMA y MAE.
La Compañía garantiza el pleno ejercicio del derecho a la información poniendo a disposición de los accionistas toda información relevante y/o que fuese requerida por este.
Asimismo, ver Principios XIX y XX y Orientaciones 25 y 28.
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28.- El estatuto de la compañía considera que los Accionistas puedan recibir los paquetes de información para la Asamblea de Accionistas a través de medios virtuales y participar en las Asambleas a través del uso de medios electrónicos de comunicación que permitan la transmisión simultánea de sonido, imágenes y palabras, asegurando el principio de igualdad de trato de los participantes.
METROGAS APLICA LA PRÁCTICA RECOMENDADA:
MetroGAS adopta las medidas necesarias dirigidas a promover la asistencia y participación de accionistas minoritarios en las Asambleas. Entre otras medidas, se publica la convocatoria a asamblea en varios periódicos de circulación nacional y se pone a disposición de los accionistas, tanto en forma impresa como a través de la página web, la información contable a ser considera por los accionistas.
MetroGAS cuenta con una oficina específica de atención a los accionistas para atender sus consultas e inquietudes y produce informes sobre aquellas cuestiones que considera relevantes, para conocimiento de los accionistas, órganos sociales y autoridades de control, salvo las que puedan afectar la estrategia o planes futuros de la Compañía.
La Compañía cuenta con un sitio web particular (www.metrogas.com.ar) de libre acceso que suministra información actualizada y de interés para diferentes usuarios (clientes, proveedores, inversores, público en general) en forma fácil y recoge las inquietudes de los usuarios.
A la fecha, las Asambleas de Accionistas se realizan de forma exclusivamente presencial.
Asimismo, ver Principios XIX y XX y Orientaciones 25 y 27.
29.- La Política de Distribución de Dividendos está alineada a la estrategia y establece claramente los criterios, frecuencia y condiciones bajo las cuales se realizará la distribución de dividendos.
METROGAS APLICA EN SU TOTALIDAD LA PRÁCTICA RECOMENDADA:
MetroGAS no cuenta con una política escrita referida a la distribución de dividendos. No obstante, hasta el año 2001 la Compañía ha pagado dividendos sobre la base de los resultados de cada ejercicio, sujeto a los planes de inversión, los compromisos financieros asumidos por la Compañía, todo ello en un marco de prudencia financiera. Actualmente, el Directorio no considera necesaria la elaboración de una política sobre el pago de dividendos en las presentes circunstancias.
Asimismo, ver Principio XXI.
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METROGAS S.A.
ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 Y 2018
ÍNDICE
| INFORMACIÓN LEGAL ........................................................................................................................................................... 1 | INFORMACIÓN LEGAL ........................................................................................................................................................... 1 |
|---|---|
| ESTADOS DE SITUACIÓN FINANCIERA CONSOLIDADOS .............................................................................................. 2 | |
| ESTADOS CONSOLIDADOS DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS Y OTRO RESULTADO INTEGRAL ................................ 3 | |
| ESTADOS CONSOLIDADOS DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO ......................................................................... 4 | |
| ESTADOS CONSOLIDADOS DE FLUJO DE EFECTIVO ...................................................................................................... 5 | |
| 1. | INFORMACIÓN GENERAL ............................................................................................................................................. 6 |
| 2. | MARCO REGULATORIO ................................................................................................................................................ 7 |
| 3. | BASES DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS............................................. 29 |
| 4. | POLÍTICAS CONTABLES ............................................................................................................................................. 32 |
| 5. | ESTIMACIONES Y JUICIOS CONTABLES CRÍTICOS .............................................................................................. 60 |
| 6. | ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS FINANCIEROS ..................................................................................................... 70 |
| 7. | INSTRUMENTOS FINANCIEROS ................................................................................................................................ 75 |
| 8. | PARTICIPACIÓN EN SUBSIDIARIAS ......................................................................................................................... 76 |
| 9. | INFORMACIÓN POR SEGMENTOS ............................................................................................................................. 77 |
| 10. | PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO .......................................................................................................................... 80 |
| 11. | PROPIEDADES DE INVERSIÓN ................................................................................................................................... 82 |
| 12. | BIENES INTANGIBLES ................................................................................................................................................. 83 |
| 13. | ACTIVOS POR DERECHO DE USO ............................................................................................................................ 84 |
| 14. | CRÉDITOS POR VENTAS ............................................................................................................................................. 85 |
| 15. | OTROS CRÉDITOS ......................................................................................................................................................... 88 |
| 16. | EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO .......................................................................................................... 90 |
| 17. | PATRIMONIO NETO Y CAPITAL SOCIAL ................................................................................................................. 91 |
| 18. | OTRAS CARGAS FISCALES ......................................................................................................................................... 93 |
| 19. | DEUDAS FINANCIERAS ............................................................................................................................................... 94 |
| 20. | PASIVOS POR ARRENDAMIENTOS ......................................................................................................................... 100 |
| 21. | PASIVO CONCURSAL ................................................................................................................................................. 101 |
| 22. | PROVISIONES .............................................................................................................................................................. 102 |
| 23. | CUENTAS POR PAGAR ............................................................................................................................................... 105 |
| 24. | REMUNERACIONES Y CARGAS SOCIALES ........................................................................................................... 106 |
| 25. | OTRAS DEUDAS .......................................................................................................................................................... 107 |
| 26. | INGRESOS ORDINARIOS ........................................................................................................................................... 108 |
| 27. | GASTOS POR NATURALEZA .................................................................................................................................... 109 |
| 28. | OTROS INGRESOS Y EGRESOS ................................................................................................................................ 110 |
| 29. | RESULTADOS FINANCIEROS NETOS ..................................................................................................................... 111 |
| 30. | IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y A LA GANANCIA MÍNIMA PRESUNTA ...................................................... 113 |
| 31. | RESULTADO NETO POR ACCIÓN ............................................................................................................................ 115 |
| 32. | SALDOS Y OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS ................................................................................ 115 |
| 33. | ACTIVOS Y PASIVOS EN MONEDA EXTRANJERA .............................................................................................. 121 |
| 34. | COMPROMISOS CONTRACTUALES ........................................................................................................................ 122 |
| 35. | HECHOS POSTERIORES ............................................................................................................................................. 127 |
| RESEÑA INFORMATIVA | |
| INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES | |
| INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA |
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METROGAS S.A.
ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 E INFORMACIÓN COMPARATIVA
INFORMACIÓN LEGAL
Domicilio Legal : Gregorio Aráoz de Lamadrid 1360, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina.
Ejercicio Económico: N° 28 (iniciado el 1° de enero de 2019).
Estados Financieros: Consolidados al 31 de diciembre de 2019 y comparativos.
Actividad Principal de la Sociedad: Prestación del servicio público de distribución de gas natural.
Fecha de Inscripción en el Registro Público de Comercio: 1º de diciembre de 1992.
Fecha de Vencimiento del Contrato Social: 1º de diciembre de 2091.
Última Modificación de los Estatutos: 16 de octubre de 2015.
Sociedad Controlante: YPF S.A.
Domicilio Legal de la Sociedad Controlante: Macacha Güemes 515, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina.
Actividad Principal de la Sociedad Controlante: estudio, exploración y explotación de hidrocarburos líquidos y/o gaseosos y demás minerales, como asimismo, la industrialización, transporte y comercialización de estos productos y sus derivados, incluyendo también productos petroquímicos, y químicos y combustibles de origen no fósil, biocombustibles y sus componentes, la generación de energía eléctrica a partir de hidrocarburos, la prestación de servicios de telecomunicaciones, así como también la producción, industrialización, procesamiento, comercialización, servicios de acondicionamiento, transporte y acopio de granos y sus derivados.
Porcentaje de Votos Poseídos por la Sociedad Controlante: 70%
Composición del Capital Social al 31.12.19:
Suscripto, Clases de Acciones Inscripto e Integrado (miles de $) En circulación Ordinarias Escriturales de Valor Nominal $1 y 1 Voto cada una: Clase “A” 290.277 Clase “B” 278.894 Capital Social al 31.12.19 569.171
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
Dr. Eduardo Baldi Por Comisión Fiscalizadora
Mariano O. Rodriguez Barrios Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 259 - F° 69
Fernando Oscar Ambroa Presidente
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METROGAS S.A.
ESTADOS DE SITUACIÓN FINANCIERA CONSOLIDADOS
AL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 Y 2018 (expresados en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3).
| Activo Activo no corriente Propiedades, planta y equipo Bienes intangibles Propiedades de inversión Activos por derecho de uso Otros créditos Total del activo no corriente Activo corriente Inventarios Créditos por ventas Otros créditos Efectivo y equivalentes de efectivo Total del activo corriente Total del activo Patrimonio Neto Capital social Ajuste de capital Reservas y Resultados acumulados Patrimonio neto atribuible a los propietarios de la controlante Participaciones no controlantes Total del patrimonio neto Pasivo Pasivo no corriente Cuentas por pagar Deudas financieras Pasivos por arrendamientos Pasivos por impuestos diferidos Pasivo concursal Otras cargas fiscales Provisiones Total del pasivo no corriente Pasivo corriente Cuentas por pagar Remuneraciones y cargas sociales Impuesto a las ganancias Otras cargas fiscales Deudas financieras Pasivos por arrendamientos Otras deudas Total del pasivo corriente Total del pasivo Total del pasivo y patrimonio neto |
Nota 10 12 11 13 15 14 15 16 17 17 23 19 20 30 21 18 22 23 24 18 19 20 25 |
31.12.19 37.799.279 1.807.274 36.736 6.572 2.465.677 42.115.538 1.976 17.047.175 3.432.726 2.389.489 22.871.366 64.986.904 569.171 9.156.502 10.707.331 20.433.004 48.602 20.481.606 1.842.439 1.660.155 2.858 7.522.440 4.198 - 1.075.459 12.107.549 20.365.292 517.537 671.679 1.742.483 9.090.423 5.218 5.117 32.397.749 44.505.298 64.986.904 |
31.12.18 |
|---|---|---|---|
| 36.696.537 1.409.873 37.779 - 5.272.697 |
|||
| 43.416.886 | |||
| 3.390 10.561.413 3.112.683 2.768.510 |
|||
| 16.445.996 | |||
| 59.862.882 | |||
| 569.171 9.156.502 10.767.003 |
|||
| 20.492.676 | |||
| 18.305 | |||
| 20.510.981 | |||
| 4.892.720 7.990.258 - 5.984.907 40.460 2.006 1.315.873 |
|||
| 20.226.224 | |||
| 10.969.370 610.285 89.879 903.354 6.541.112 - 11.677 |
|||
| 19.125.677 | |||
| 39.351.901 | |||
| 59.862.882 |
Las Notas 1 a 35 adjuntas son parte integrante de y deben leerse juntamente con estos estados.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
Mariano O. Rodriguez Barrios Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 259 - F° 69
Dr. Eduardo Baldi Por Comisión Fiscalizadora
Fernando Oscar Ambroa Presidente
3
METROGAS S.A.
ESTADOS CONSOLIDADOS DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS Y OTRO RESULTADO INTEGRAL
POR LOS EJERCICIOS FINALIZADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 Y 2018 (expresados en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3).
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Por los ejercicios finalizados el
Notas 31.12.19 31.12.18
Ingresos ordinarios 26 60.269.329 50.332.926
Costos de operación 27 (45.906.417) (38.483.305)
Ganancia bruta 14.362.912 11.849.621
Gastos de administración 27 (2.656.181) (2.336.311)
Gastos de comercialización 27 (4.398.688) (3.106.670)
Otros ingresos y egresos 28 (814.076) (869.012)
Ganancia operativa 6.493.967 5.537.628
Ingresos financieros 29 16.829.839 13.204.052
Costos financieros 29 (19.156.349) (18.813.382)
Resultados financieros, netos (2.326.510) (5.609.330)
Resultado antes del impuesto a las ganancias e IGMP 4.167.457 (71.702)
Impuesto a las ganancias e IGMP 30 (2.949.093) 70.688
Resultado neto del ejercicio 1.218.364 (1.014)
Otros resultados integrales (1)
Revaluación de activos esenciales de propiedades,
(1.576.424) (1.638.191)
planta y equipo
Impuesto a las ganancias 30 400.412 412.823
Total otros resultados integrales (1.176.012) (1.225.368)
Resultado neto e integral del ejercicio 42.352 (1.226.382)
Resultado neto del ejercicio participación controlante 1.116.340 (9.010)
Resultado neto del ejercicio participación no controlante 102.024 7.996
Total resultado neto del ejercicio 1.218.364 (1.014)
Resultado neto e integral ejercicio participación controlante (59.672) (1.234.378)
Resultado neto e integral del ejercicio participación no controlante 102.024 7.996
Total resultado neto e integral del ejercicio 42.352 (1.226.382)
Resultado neto por acción
Básico y diluido 31 1,96 (0,02)
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(1) No se revierten a resultados.
Las Notas 1 a 35 adjuntas son parte integrante de y deben leerse juntamente con estos estados.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
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ESTADOS CONSOLIDADOS DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO
POR LOS EJERCICIOS FINALIZADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 Y 2018 (expresados en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3).
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Patrimonio Neto
Subtotal Total
Capital social Ajuste de capital capital socialSubtotal Reserva legal facultativaReserva Resultados acumulados acumuladosresultados propietarios de la atribuible a los Participación no controlante patrimonio neto
controlante
Otros resultados Resultados no
integrales asignados
Saldos al 31 de diciembre de 2017 569.171 9.156.502 9.725.673 - - 8.902.956 3.098.425 12.001.381 21.727.054 10.309 21.737.363
Resultado neto e integral del ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 - - - - - - (9.010) (9.010) (9.010) 7.996 (1.014)
Disminución por revaluación de activos esenciales de propiedades, planta y equipo - - - - - (1.225.368) - (1.225.368) (1.225.368) - (1.225.368)
Desafectación de la revaluación de activos esenciales de propiedades, planta y equipo - - - - - (354.474) 354.474 - - - -
Saldos al 31 de diciembre de 2018 569.171 9.156.502 9.725.673 - - 7.323.114 3.443.889 10.767.003 20.492.676 18.305 20.510.981
Destinado por resolución de la Asamblea de Accionistas celebrada el 25 de abril de 2019 a:
- Reserva legal - - - 1.945.136 - - (1.945.136) (1.945.136) - - -
- Reserva facultativa - - - - 1.498.753 - (1.498.753) (1.498.753) - - -
Destinado por resolución de la Asamblea de Accionistas celebrada el 30 de abril de 2019 a:
- Distribución de dividendos en efectivo - - - - - - - - - (18.086) (18.086)
Destinado por resolución del Directorio celebrado el 2 de octubre de 2019 a:
- Distribución de dividendos anticipados en efectivo - - - - - - - - - (53.641) (53.641)
Resultado neto e integral del ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 - - - - - - 1.116.340 1.116.340 1.116.340 102.024 1.218.364
Disminución por revaluación de activos esenciales de propiedades, planta y equipo - - - - - (1.176.012) - (1.176.012) (1.176.012) - (1.176.012)
Desafectación de la revaluación de activos esenciales de propiedades, planta y equipo y efecto cambio de tasa impuesto a las ganancias - - - - - (151.804) 151.804 - - - -
Saldos al 31 de diciembre de 2019 569.171 9.156.502 9.725.673 1.945.136 1.498.753 5.995.298 1.268.144 7.263.442 20.433.004 48.602 20.481.606
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Las Notas 1 a 35 adjuntas son parte integrante de y deben leerse juntamente con estos estados.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C.
(Registro de Asoc. Prof. Universitarios
C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
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ESTADOS CONSOLIDADOS DE FLUJO DE EFECTIVO
POR LOS EJERCICIOS FINALIZADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 Y 2018 (expresados en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3).
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31.12.19 31.12.18
Flujo de efectivo generado por las actividades operativas
Resultado neto del ejercicio 1.218.364 (1.014)
Ajustes para arribar al flujo neto de efectivo proveniente
de las actividades operativas
Impuesto a las ganancias e IGMP 2.949.093 (70.688)
Depreciación de propiedades, planta y equipo, propiedades de inversión y amortización de bs. intangibles 1.636.372 1.662.764
Amortización de activos por derecho de uso 12.798 -
Valor residual de bajas de propiedades, planta y equipo y bs. intangibles 52.202 368.718
Cargo neto por provisiones de activos y pasivos 912.017 1.472.839
Costos financieros 2.804.635 7.208.857
Ingresos financieros de efectivo y equivalentes de efectivo 25.376 (290.502)
Egresos por Resolución MINEM N° 508-E/2017 no recuperable 622.336 -
Variaciones en activos y pasivos
Créditos por ventas (6.810.765) (3.064.263)
Otros créditos 2.651.609 (7.466.229)
Inventarios 1.414 6.538
Cuentas por pagar 6.259.973 10.331.595
Remuneraciones y cargas sociales (92.748) 35.109
Pasivo consursal (36.262) 21.276
Otras cargas fiscales 436.542 (152.531)
Provisiones (38.873) (434.693)
Otras deudas (1.025.745) (62.540)
Impuesto a las ganancia e IGMP pagado en el ejercicio (14.556) -
Flujo neto de efectivo generado por las actividades operativas 11.563.782 9.565.236
Flujo de efectivo aplicado a las actividades de inversión
Aumentos de propiedades, plantas y equipos (4.234.202) (3.021.887)
Aumentos de bienes intangibles (541.002) (987.739)
Flujo neto de efectivo aplicado a las actividades de inversión (4.775.204) (4.009.626)
Flujos de efectivo aplicado a las actividades de financiación
Pago de intereses (2.114.763) (597.148)
Pago por cancelación de obligaciones negociables - (8.681.605)
Pago por refinanciación de deuda comercial - (4.996.383)
Pago de préstamos (7.123.908) (736.206)
Préstamos obtenidos 1.312.747 11.793.738
Pago por los costos de emisión de deuda - (150.969)
Variación de los adelantos en cuenta corriente 2.517.135 (44.915)
Pago de pasivos por arrendamientos (16.732) -
Pago de dividendos (71.726) -
Flujo neto de efectivo aplicado a las actividades de financiación (5.497.247) (3.413.488)
Aumento neto del efectivo y equivalentes de efectivo 1.291.331 2.142.122
Efectivo y equivalentes de efectivo al inicio del ejercicio 2.768.510 1.118.340
Diferencia de cambio sobre efectivo y equivalentes de efectivo (25.376) 290.502
Efecto del RECPAM sobre efectivo y equivalentes de efectivo (1.644.976) (782.454)
Efectivo y equivalentes de efectivo al cierre del ejercicio (1) 2.389.489 2.768.510
Aumento neto del efectivo y equivalentes de efectivo 1.291.331 2.142.122
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(1) Al 31 de diciembre de 2019 y 2018, los fondos recaudados pendientes de depósito en relación con los fideicomisos y Resolución I-2.621/2013 ascendían a 29.354 y 26.696 respectivamente.
Las Notas 1 a 35 adjuntas son parte integrante de y deben leerse juntamente con estos estados.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 E INFORMACIÓN COMPARATIVA (cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
1. INFORMACIÓN GENERAL
MetroGAS S.A. (“MetroGAS” o la “Sociedad”) es una sociedad anónima constituida bajo las leyes de la República Argentina. Su sede social y domicilio principal se encuentran en Gregorio Aráoz de Lamadrid 1360 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La Sociedad fue fundada en 1992 y el 1° de diciembre de 1992 se inscribió como sociedad, en virtud de las leyes de Argentina, ante el Registro Público de Comercio bajo el número 11.670 del libro 112, Tomo A de Sociedades Anónimas. El plazo de la Sociedad vence el 1° de diciembre de 2091 y su actividad principal es la prestación del servicio público de distribución de gas.
El 2 de noviembre de 1994, mediante Resolución Nº 10.706 la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) autorizó a la Sociedad el ingreso a la oferta pública en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (“BCBA”) de la totalidad de las acciones que a esa fecha componían el capital social.
Al 31 de diciembre de 2019, la controlante de MetroGAS es YPF S.A. (“YPF”), cuya actividad principal es el estudio, exploración y explotación de hidrocarburos líquidos y/o gaseosos y demás minerales, como asimismo, la industrialización, transporte y comercialización de estos productos y sus derivados, incluyendo también productos petroquímicos, y químicos y combustibles de origen no fósil, biocombustibles y sus componentes, la generación de energía eléctrica a partir de hidrocarburos, la prestación de servicios de telecomunicaciones, así como también la producción, industrialización, procesamiento, comercialización, servicios de acondicionamiento, transporte y acopio de granos y sus derivados (ver Nota 16 a los presentes estados financieros).
MetroGAS controla a MetroENERGÍA S.A. (“MetroENERGÍA”), una sociedad anónima constituida bajo las leyes de la República Argentina, cuya actividad principal es la compraventa de gas natural y/o su transporte por cuenta propia, por cuenta y orden de terceros o asociada a terceros dentro de la República Argentina.
Con motivo de la Resolución General N° 629 de la CNV informamos que la documentación respaldatoria de las operaciones de la Sociedad se encuentra en los depósitos de Administradora de archivos S.A. (“ADEA”) cuya sede tiene domicilio en Av. Pte. R. Sáenz Peña 832, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 E INFORMACIÓN COMPARATIVA (cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
2. MARCO REGULATORIO
La distribución de gas natural por redes es un servicio público y por lo tanto es una actividad regulada. El Ente Nacional Regulador de Gas (“ENARGAS”), en los términos de la Ley del Gas es la autoridad de aplicación y su jurisdicción se extiende al transporte, venta, almacenaje y distribución de gas natural. Su mandato, de acuerdo con lo expresado en la Ley del Gas, incluye la protección de los consumidores, el cuidado de la competencia en la provisión y demanda de gas natural y el fomento de las inversiones de largo plazo en la industria.
Con fecha 31 de marzo de 2017 se publicó la Resolución ENARGAS Nº 4.356/2017 por medio de la cual se dispuso aprobar los estudios técnico económicos sobre la Revisión Tarifaria Integral (“RTI”) y el Plan de Inversiones Obligatorias (“PIO”) de MetroGAS para el período 2017-2021.
Tal lo expresado en los considerandos de la citada Resolución, la fijación de las tarifas máximas a autorizar en el quinquenio para la prestación del servicio de transporte y distribución de gas requirió la conjunción de:
-
una tasa de rentabilidad justa y razonable a reconocer a las prestadoras del servicio - Costo del Capital;
-
el valor de la Base Tarifaria, o Base de Capital necesaria para la prestación del servicio regulado;
-
el PIO a ejecutar durante el quinquenio;
-
el Capital de Trabajo afectado al giro del negocio regulado;
-
la estimación de los Gastos de Operación y Mantenimiento, de Comercialización y Administración necesarios para la prestación del servicio regulado;
-
los tributos que gravan la actividad regulada; y
-
los cambios esperados en la productividad y en la eficiencia y las estimaciones de la demanda esperada durante el quinquenio.
Sin perjuicio de las variables tomadas en consideración por el ENARGAS en oportunidad de la RTI y el ajuste tarifario allí establecido, distintas medidas adoptadas a posteriori por el Estado Nacional (a través del Poder Ejecutivo Nacional ("PEN"), la Secretaría de Gobierno de Energía (“SGE”) y el ENARGAS) devinieron en claro perjuicio de MetroGAS.
Las alteraciones más relevantes a la ecuación económica-financiera previstas al momento de la RTI derivan de menores ingresos por aplicación de la Resolución ENARGAS Nº 281/2018 – Aprobación de Cuadros Tarifarios Octubre-2018 y las Resoluciones de la SGE Nº 521/2019 y 751/19 Diferimiento del ajuste semestral hasta el 1° de febrero de 2020 (ver Nota 2.3.1 a los presentes estados financieros). Asimismo, se generaron mayores costos a los previstos en oportunidad de la RTI por aplicación de: (i) la Nota N0-2019-38609836-APN-DGDOMEN#MHA - Gas Natural No Contabilizado (“GNNC”) (ver Nota 2.3.2 a los presentes estados financieros), (ii)
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 E INFORMACIÓN COMPARATIVA (cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
la aplicación de la NAG-226 - Revisión Técnica de Instalaciones internas desde 2019 a 2021 (ver Nota 2.5.2 a los presentes estados financieros), (iii) la Resolución ENARGAS Nº 223 /2019 Facturación mensual (ver Nota 2.5.3 a los presentes estados financieros), y (iv) la Resolución SGE Nº 336/2019 - Diferimiento facturación usuarios residenciales (ver Nota 2.3.1 a los presentes estados financieros).
Por lo mencionado precedentemente, han ocurrido cambios significativos en previsiones básicas del marco regulatorio que no habían sido contempladas al momento de disponerse la aprobación del PIO y determinarse las tarifas justas y razonables al momento de la RTI.
Debido a ello, con fecha 11 de octubre de 2019 MetroGAS realizó una presentación ante el ENARGAS solicitando (i) la revisión y adecuación del PIO de MetroGAS que fuera aprobado mediante Resolución ENARGAS Nº 4.356/2017 y (ii) una compensación económica para la restitución del equilibrio económico y financiero, conjuntamente con la reconsideración de ciertas medidas regulatorias adoptadas, ya sea por incrementos de los costos o por la reducción en la generación de ingresos, de modo que permita cumplir con las premisas tomadas en cuenta al momento de realizarse los estudios técnicos y económicos de la RTI.
En la medida que el ENARGAS no adopte medidas tendientes a corregir la afectación del mecanismo de mantenimiento en valores constantes de la tarifa de distribución o, permita la correspondiente reducción de compromisos en el PIO, esto impactará negativamente en la Sociedad disminuyendo el flujo de ingresos y empeorando la actual situación económico financiera de MetroGAS.
Asimismo, debe tenerse presente que nos encontramos en un contexto de (i) incertidumbre con respecto a la capacidad de pago del sector público argentino y las posibilidades de obtener financiamiento, (ii) incremento de la inflación que afecta el crecimiento de la economía, (iii) controles de precios, (iv) incertidumbre respecto al marco regulatorio aplicable a esta Distribuidora, (v) restricciones a la adquisición y transferencia de divisas al exterior, (vi) aplicación de restricciones a las importaciones y exportaciones de productos y (vii) creación de nuevos impuestos a la exportación de determinados productos o el incremento de las alícuotas vigentes.
La situación económica del país tiene impacto, no sólo en los consumos de los distintos usuarios de esta Distribuidora, sino que también implica la variación de la coyuntura respecto a la situación imperante al momento del dictado de la Resolución ENARGAS Nº 4.356/2017.
Por otro lado, una alta proporción de la deuda financiera de la Sociedad es pagada en dólares estadounidenses y está expuesta a las variaciones en el tipo de cambio. Consecuentemente, variaciones no previstas y atípicas en el tipo de cambio resultan en cambios significativos en los montos necesarios para ser aplicados al pago de servicios de deuda, afectando de tal manera los
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resultados y la condición financiera. Igual impacto deriva de las altas tasas de interés o el aumento de las tasas de inflación que incrementan los costos de operación e influyen negativamente en los resultados de operación y en la situación financiera.
En virtud de lo expuesto, el Directorio monitorea permanentemente la evolución de las variables económico-financieras y el impacto de la Ley de Solidaridad Social para adoptar medidas tendientes a disminuir los impactos negativos sobre la Sociedad y su consecuente reflejo en los estados financieros de períodos futuros.
2.1 Ley de Ministerios
Con fecha 5 de septiembre de 2018, y en el marco de un proceso de reordenamiento estratégico en materia de reducción presupuestaria, se publicaron los Decretos N° 801/2018 y N° 802/2018 que establecieron (i) designar al Ministerio de Hacienda como continuador a todos sus efectos del Ministerio de Energía, debiendo considerarse modificada por tal denominación cada vez que se hace referencia a la cartera ministerial citada en segundo término; y (ii) crear el cargo de Secretario de Gobierno de Energía con dependencia del Ministerio de Hacienda.
El Decreto N° 7/2019, publicado en el Boletín Oficial (“B.O.”) el 11 de diciembre de 2019, modificó la Ley de Ministerios estableciendo que la política nacional en materia de minería y de energía dependerá del Ministerio de Desarrollo Productivo.
2.2 Renegociación de la Licencia
Con fecha 7 de enero de 2002 se publicó en el Boletín Oficial la Ley de Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario N° 25.561 (la “Ley de Emergencia”) que afectó el marco regulatorio oportunamente vigente para los contratos de licencia de las empresas de servicios públicos.
Las principales disposiciones de la Ley de Emergencia que afectaron la licencia otorgada a MetroGAS por el Estado Nacional y modificaron expresas disposiciones de la Ley Nº 24.076 (la “Ley del Gas”) fueron: la “pesificación” de las tarifas que estaban establecidas en dólares convertibles al tipo de cambio fijado por la Ley de Convertibilidad (Ley Nº 23.928), la prohibición del ajuste de tarifas basado en cualquier índice extranjero, impidiendo por lo tanto la aplicación del índice internacional fijado en el Marco Regulatorio (Producer Price Index -PPI- de los Estados Unidos) y la disposición respecto a la renegociación de la Licencia otorgada a la Sociedad en 1992.
Asimismo, la Ley de Emergencia dispuso el inicio de un proceso de renegociación de los contratos de servicios públicos otorgados por el PEN sin perjuicio de establecer que las empresas de servicios públicos debían seguir cumpliendo con todas sus obligaciones.
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 E INFORMACIÓN COMPARATIVA (cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
La Ley de Emergencia, que originalmente vencía en diciembre de 2003, fue sucesivamente prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2017 conjuntamente con los plazos de renegociación de licencias y concesiones de servicios públicos.
2.2.1 Acta Acuerdo de Adecuación del Contrato de Licencia de Distribución de Gas Natural
En el marco del proceso de renegociación, la Sociedad suscribió una serie de acuerdos transitorios con distintas entidades en representación del Estado Nacional.
Con fecha 30 de marzo de 2017, y en el marco del proceso de renegociación de los contratos de servicios públicos dispuesto por la Ley de Emergencia, sus prórrogas y los Decretos N° 367/2016 y N° 2/2017, la Sociedad suscribió con el (ex) Ministerio de Energía y Minería (“MINEM”) y con el Ministerio de Hacienda un Acta Acuerdo de Adecuación del Contrato de Licencia de Distribución de Gas Natural que contiene los términos de la renegociación integral y las condiciones de adecuación del Contrato de Licencia (“Acta Acuerdo Integral”). El Acta Acuerdo Integral tiene como antecedentes el Acuerdo Transitorio 2008, el Acuerdo Transitorio 2014, el Acuerdo Transitorio 2016 y el Acuerdo Transitorio 2017.
Las previsiones contenidas en el Acta Acuerdo Integral, abarcan el período contractual comprendido entre el 6 de enero de 2002 y la finalización del Contrato de Licencia.
En los términos allí previstos, se establecieron una serie de pautas para el proceso de RTI:
-
Introducción de mecanismos no automáticos de adecuación semestral de la tarifa de distribución entre revisiones tarifarias quinquenales y contemplando las variaciones observadas en los precios de la economía vinculados a los costos del servicio a efectos de mantener la sustentabilidad económico-financiera de la prestación y la calidad del servicio prestado;
-
Diseño e implementación de métodos adecuados para incentivar y medir en el tiempo las mejoras en la eficiencia de la prestación del servicio por parte de MetroGAS;
-
Establecimiento por parte del ENARGAS de los criterios para la determinación de la Base de Capital y de la Tasa de Rentabilidad a aplicar en la RTI conforme los siguientes criterios generales:
-
La Base de Capital se determina tomando en cuenta los bienes necesarios para la prestación del servicio público. Para la valuación de dichos bienes se considera: i) el valor inicial de los bienes al iniciar el Contrato de Licencia como también aquel correspondiente a las incorporaciones posteriores, netos de bajas y depreciaciones, y ii) el valor actual de tales bienes, resultante de aplicar criterios técnicos fundados
-
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C.
-
(Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
-
-
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 E INFORMACIÓN COMPARATIVA (cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
que expresen en forma justa y razonable dicha estimación, tomando en cuenta el estado actual de conservación de dichos bienes. Todas las valuaciones de los bienes se efectúan en moneda nacional, y consideran la evolución de índices oficiales representativos de la variación en los precios de la economía contemplando la estructura de costos de dichos bienes.
-
La Tasa de Rentabilidad se determina conforme lo establecen los artículos N° 38 y N° 39 de la Ley del Gas. A tal fin, ésta deberá ponderar la remuneración del capital propio y de terceros. En la determinación de la remuneración del capital propio, el ENARGAS debe considerar un nivel justo y razonable para actividades de riesgo equiparable o comparable, que guarde relación con el grado de eficiencia y prestación satisfactoria del servicio. A su vez, para determinar el costo del capital de terceros, el ENARGAS debe reflejar el costo del dinero en los términos y condiciones vigentes para la financiación de empresas de servicios públicos.
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Se requirió la presentación por parte de la Sociedad de un PIO para ser incorporado en el cálculo de la tarifa.
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El ENARGAS realizará un análisis de costos para determinar nuevos valores de las tasas y cargos por servicios de la actividad regulada de la Sociedad. Dicho análisis deberá ser efectuado basado en costos razonables y eficientes de estos servicios.
Finalmente, el Acta Acuerdo Integral preveía el compromiso de la Sociedad de realizar durante el plazo de extensión de la Licencia, con más su eventual prórroga decenal y dentro del área de su Licencia, inversiones adicionales sustentables equivalentes al monto del laudo dictado en el arbitraje “BG Group Plc. vs. La República Argentina (UNC 54 KGA)” con el porcentaje proporcional de quita que se hubiere establecido en el acuerdo de pago y excluyendo las sumas correspondientes a los intereses por mora en el pago del laudo. El monto y el plan de inversiones adicionales será determinado por el ENARGAS a propuesta de la Sociedad y las mismas no serán incorporadas en la base tarifaria.
En relación a la entrada en vigencia de la RTI, se estableció que ésta no excedería del 31 de diciembre de 2017. Sin embargo, en caso de que el ENARGAS dispusiera la aplicación escalonada y progresiva del incremento tarifario resultante de la RTI, la aplicación del último escalón no podría exceder del 1° de abril de 2018.
Con fecha 31 de marzo de 2017 se publicó la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017 mediante la cual se aprobaron, con vigencia a partir del 1° de abril de 2017, los cuadros tarifarios resultantes de la RTI de MetroGAS y cuadros tarifarios de transición de aplicación a los usuarios de MetroGAS.
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Asimismo, la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017 aprobó (i) los estudios técnico económicos sobre la RTI de la Sociedad, (ii) la Metodología no automática de Ajuste Semestral (Anexo V), y (iii) el PIO de MetroGAS para el próximo quinquenio.
2.2.2 Juicio contra el Estado Nacional
En el año 2011, MetroGAS promovió una acción interruptiva de prescripción contra el Estado Nacional con el objeto de que, agotado el reclamo administrativo, se condene a este a la reparación de los daños y perjuicios provocados a MetroGAS -derivados de la Ley de Emergencia con motivo del incumplimiento a la obligación contractual de mantener la ecuación económico-financiera de esta distribuidora de acuerdo con los términos del marco regulatorio establecido a partir de la Ley de Gas.
De manera complementaria a esta acción, y una vez agotada la vía administrativa, en el año 2013 se amplió la demanda fijándose la suma reclamada en miles de $ 4.125.167 (expresada en valores al 31/12/2011) y se inició el Beneficio de Litigar Sin Gastos (“BLSG”) con el objeto de que se establezca la exención del pago de las costas y gastos judiciales derivados de la acción de daños y perjuicios. Con la promoción del BLSG, MetroGAS quedó exenta del pago de la tasa de justicia al momento del inicio de la acción principal y hasta la resolución del BLSG.
Con fecha 30 de marzo de 2017 MetroGAS suscribió con el Estado Nacional el Acta Acuerdo Integral en virtud de la cual, dentro del plazo de noventa (90) días corridos de que entre y se mantenga en vigencia la Resolución que aprueba el cuadro tarifario resultante de la RTI, MetroGAS debía desistir íntegra y expresamente de todos los derechos que pudieran eventualmente invocar, como también a todas las acciones entabladas o en curso o que pudieran entablar, fundadas o vinculadas a los hechos o medidas dispuestas, respecto del Contrato de Licencia.
Con fecha 28 de marzo de 2018, se publicó en el Boletín Oficial el Decreto N° 252/2018 que ratificó el Acta Acuerdo Integral. En virtud de ello, con fecha 27 de junio de 2018 la Sociedad procedió al desistimiento de la causa “MetroGAS S.A. c/ Estado Nacional – M. Planificación - (Decreto N° 293/02) - UNIREN s/Proceso de Conocimiento”. Mediante resolución de fecha 3 de octubre de 2018, se tuvo a MetroGAS por desistida de la acción y del derecho.
En relación al BLSG, si bien en los términos de la Ley N° 23.898 el fisco podría exigirle a MetroGAS el pago de la tasa de justicia (tres por ciento (3%) del monto de la demanda), en junio de 2019 el representante del Fisco dictaminó que si bien existe cierta capacidad de pago por parte de MetroGAS corresponde la concesión parcial del beneficio solicitado en el porcentaje que determine el Sr. Juez. En fecha 18 de diciembre de 2019, el expediente ingresó a resolver.
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2.2.3 Ley de solidaridad social y reactivación productiva en el marco de la emergencia pública
Con fecha 23 de diciembre de 2019 se publicó la Ley de Solidaridad Social que declara la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, y delega en el PEN hasta el 31 de diciembre de 2020 las facultades en los términos del artículo N° 76 de la Constitución Nacional.
En relación al sistema energético, se faculta al PEN a mantener las tarifas de electricidad y gas natural que estén bajo jurisdicción federal y a iniciar un proceso de renegociación de la RTI vigente o iniciar una revisión de carácter extraordinario, en los términos de las leyes N° 24.065, N° 24.076 y demás normas concordantes, a partir de la vigencia de la Ley de Solidaridad Social y por un plazo máximo de hasta ciento ochenta (180) días, propendiendo a una reducción de la carga tarifaría real sobre los hogares, comercios e industrias para el año 2020.
Asimismo, se faculta al PEN a intervenir administrativamente el ENARGAS por el término de un (1) año.
2.3 Tarifas de distribución de gas natural
2.3.1 Cuadros tarifarios
Mediante Resolución N° 91/2018 del MINEM se sustituyó el Numeral 9.4.2.3 de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución (“RBLD”) aprobada como Anexo B, Subanexo I, por el Decreto Nº 2.255 de fecha 2 de diciembre de 1992, determinando en lo pertinente que “los ajustes serán estacionales, abarcando los períodos del 1° de abril al 30 de septiembre de cada año, y del 1° de octubre al 31 de marzo del año siguiente”.
Con fecha 31 de enero de 2018 se publicó la Resolución del ENARGAS N° 249/2018 que convocó a audiencia pública el día 22 de febrero de 2018 para considerar (i) la aplicación de la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, de corresponder, para el ajuste de tarifas de MetroGAS; (ii) la aplicación del traslado a tarifas del precio de gas comprado y (iii) alternativas metodológicas para una facturación más previsible de los consumos de los usuarios residenciales.
En fecha 28 de marzo de 2018 se publicó la Resolución ENARGAS N° 300/2018 que dispuso (i) declarar la validez de la Audiencia Pública mencionada anteriormente, (ii) aprobar el cuadro tarifario de transición de MetroGAS aplicable a partir del 1° de abril de 2018 y (iii) aprobar nuevos valores para las Tasas y Cargos percibidos por MetroGAS por servicios adicionales.
Con fecha 15 de agosto de 2018 se publicó la Resolución del ENARGAS N° 184/2018 que convocó a Audiencia Pública para el día 4 de septiembre de 2018 para considerar (i) la aplicación
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de la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, en los términos de lo dispuesto (respecto de MetroGAS) por la Resolución ENARGAS N° 356/17; y (ii) la aplicación del traslado a tarifas del precio de gas comprado en los términos del Numeral 9.4.2 de las RBLD y la consideración de las Diferencias Diarias Acumuladas (“DDA”) correspondientes al período enero-septiembre de 2018, en los términos del Numeral 9.4.2.5 de las RBLD.
En fecha 8 de octubre de 2018 se publicó la Resolución ENARGAS N° 281/2018 que dispuso (i) declarar la validez de la Audiencia Pública mencionada anteriormente, (ii) aprobar los cuadros tarifarios de MetroGAS aplicables a partir de la publicación de los mismos y (iii) aprobar nuevos valores para las Tasas y Cargos percibidos por MetroGAS por servicios adicionales. Cabe aclarar, que dichos cuadros tarifarios no contemplaron en su exacta incidencia las DDA correspondientes al período comprendido entre el 1° de abril y el 30 de septiembre de 2018.
En fecha 12 de octubre de 2018 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución ENARGAS N° 292/2018 que rectifica los cuadros tarifarios de la Resolución N° 281/2018 y su aplicación se retrotrae al 8 de octubre de 2018, fecha de publicación de esta última Resolución. En dicha rectificativa, no se corrige el monto de las DDA para reflejar la exacta incidencia de las diferencias entre el costo del gas comprado y el precio del gas contenido en las tarifas finales a los usuarios.
En relación a la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, el ENARGAS advirtió que, para el período a considerar en el ajuste aplicable a partir de octubre-2018, es decir la variación entre febrero y agosto de 2018, existe una notoria disparidad entre la variación del índice de precios internos al por mayor (“IPIM”) y la de otros indicadores de la economía. Por ello, a partir de lo observado consideró razonable que para el ajuste semestral se aplique la metodología del Anexo V de la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017, pero considerando una adecuada combinación de índices que reflejen en mejor medida la variación de los indicadores de la economía general a fin de que se implementen los preceptos establecidos en las Resoluciones que aprobaron la RTI, alegando que “tal aplicación no significa un cambio metodológico, ni del principio general establecido en el Anexo V de la Resolución ENARGAS N° 4.356/17, sino la adecuada evaluación de tal criterio en el marco del caso concreto de su aplicación al semestre a iniciarse en octubre de 2018 en el que se aprecia una significativa disparidad entre el IPIM y otros indicadores macroeconómicos”.
A partir de ello, se aplicó como índice de actualización de la tarifa el promedio simple de los siguientes índices: a) IPIM entre los meses de febrero de 2018 y agosto de 2018, b) “Índice del Costo de la Construcción” entre los meses de febrero de 2018 y agosto de 2018 (“ICC”), y c) “Índice de variación salarial” entre los meses de diciembre de 2017 y junio de 2018 (“IVS”), lo cual resulta en una variación total para el período estacional de 19,7%, frente a una variación del 30,5% de haberse aplicado el IPIM únicamente. La Sociedad presentó en tiempo y forma el recurso de reconsideración contra la metodología seguida por el ENARGAS para reconocer el ajuste de la tarifa de distribución y la diferencia en las DDA.
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Con fecha 1° de abril de 2019 se publicó la Resolución ENARGAS N° 198/2019 (rectificada en virtud de errores materiales por las Resoluciones ENARGAS N° 201/2019 y N° 203/2019) que aprobó (i) los cuadros tarifarios de MetroGAS aplicables con vigencia a partir del 1° de abril de 2019, 1° de mayo de 2019 y 1° de junio de 2019 que incorporan la bonificación dispuesta en el párrafo siguiente y (ii) nuevos valores de Tasas y Cargos.
En relación a los cuadros tarifarios aplicables a partir del 1° de abril de 2019, en la mencionada fecha se publicó la Resolución N° 148/2019 de la SGE que estableció en beneficio de los usuarios residenciales de gas natural y de propano indiluido por redes, una bonificación del precio del gas en el punto de ingreso al sistema de transporte del 27% para los consumos correspondientes a abril de 2019 y del 12% para los consumos correspondientes a mayo de 2019. Dicha Resolución determinó en sus considerandos que esta bonificación a los usuarios residenciales contará con el correspondiente reembolso a los proveedores de gas, conforme a la metodología y con los controles previos a disponerse en su oportunidad.
Con fecha 30 de mayo de 2019, se publicó la Resolución N° 299/2019 de la SGE que estableció que los proveedores de gas natural y de propano indiluido por redes deberán emitir la facturación del volumen de gas entregado con los descuentos en el precio de gas dispuestos como bonificación en la Resolución N° 148/2019 de la SGE comentada en el párrafo precedente y aprobó la metodología de compensación aplicable a efectos de que los proveedores de gas ejecuten la bonificación en el precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (“PIST”) y su correspondiente reembolso.
Asimismo, con fecha 24 de junio de 2019 y mediante Resolución N° 336/2019 de la SGE, se estableció -en beneficio de los usuarios residenciales de gas natural y con carácter excepcional- un diferimiento de pago del 22% en las facturas a ser emitidas a partir del 1º de julio de 2019 y hasta el 31 de octubre de 2019 que será recuperado a partir de las facturas a ser emitidas desde el 1º de diciembre de 2019 y por 5 períodos mensuales, iguales y consecutivos.
Dicha Resolución también dispuso que el costo financiero del diferimiento (computado entre las fechas de vencimiento de pago original de las facturas y las de vencimiento de las facturas en las que se incluya cada cuota de recupero) sea asumido por el Estado Nacional en carácter de subsidio, mediante el pago de intereses a distribuidoras, subdistribuidoras, transportistas y productores, reconociéndose a ese efecto la tasa para plazos fijos por montos de $ 20.000.000 o superiores a plazos de 30 o 35 días, denominada TM20, publicada por el Banco de la Nación Argentina que asciende a 40,50% al 31 de diciembre de 2019.
Con fecha 3 de julio de 2019, se publicó la Resolución ENARGAS N° 359/2019 que instruyó a las licenciatarias del Servicio de Distribución de gas a aplicar el diferimiento establecido mediante la Resolución SGE N° 336/2019 y de conformidad con las pautas de orden comercial establecidas en la Resolución del ENARGAS N° 359/2019. Con fecha 23 de agosto de 2019 se publicó la
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
Resolución SGE N° 488/2019 que aprobó la metodología de diferimiento de pago de los consumos residenciales de gas natural por redes en las facturas emitidas a partir del 1º de julio de 2019 y hasta el 31 de octubre de 2019 y de pago de intereses.
Debe tenerse presente que la Resolución SGE Nº 336/2019 es anterior a la significativa devaluación acontecida en el mes de agosto de 2019 y la tasa de interés prevista en la norma no compensa el impacto financiero causado por resultar insuficiente y afectar directamente el capital de trabajo de esta Distribuidora.
En relación al ajuste semestral de los márgenes de transporte y distribución previsto a partir del 1º de octubre de 2019, con fecha 4 de septiembre de 2019 se publicó la Resolución SGE N° 521/2019 que difirió el ajuste semestral para el 1° de enero de 2020, oportunidad en la cual se aplicaría el valor correspondiente al índice de actualización inmediato anterior disponible. A fin de compensar a las prestadoras en el marco de lo dispuesto en el numeral 9.8 de las RBLD, se dispuso la revisión y adecuación -en su exacta incidencia- de las inversiones obligatorias a su cargo. Para ello, las prestadoras de los servicios de transporte y distribución de gas natural debían presentar ante el ENARGAS, dentro del plazo de 30 días corridos desde la publicación de la Resolución SGE N° 521/2019, sus propuestas de readecuación de las inversiones obligatorias a su cargo, a fin de que la autoridad regulatoria las evalúe y autorice, con las adecuaciones pertinentes, respetando la exacta incidencia entre los montos que se dejan de percibir en concepto de tarifa -incluyendo las bonificaciones a las subdistribuidoras de su área de licencia- y los montos de inversión comprometidos.
Asimismo, la Resolución SGE N° 521/2019 difirió el ajuste tarifario por variación del precio de gas en el PIST previsto con vigencia a partir del 1º de octubre de 2019 para el 1° de enero de 2020, oportunidad en que se efectuarán las adecuaciones pertinentes a los períodos a considerar para el cálculo de las DDA.
Con fecha 4 de octubre de 2019, MetroGAS realizó la presentación requerida por la Resolución SGE N° 521/2019 con la propuesta de readecuación de las inversiones obligatorias a su cargo.
En dicha presentación, la Sociedad determinó que el impacto en los ingresos para el período octubre-diciembre 2019 según las pautas utilizadas en la RTI, en moneda de diciembre de 2016, asciende a aproximadamente $390 millones. Por lo tanto, la Sociedad propuso readecuar el PIO por dicho monto, que representa una disminución del PIO original en un 3,84% para el año Regulatorio 3 cuya fecha de finalización es marzo de 2020 y un 17,87% para el año Regulatorio 4 que finaliza en marzo de 2021. A la fecha de aprobación de los presentes estados financieros, la presentación realizada por MetroGAS se encuentra sujeta a evaluación para su autorización por parte del ENARGAS. Oportunamente, la Sociedad considerará las medidas a adoptar para el caso de que el ENARGAS realizara un reconocimiento parcial del impacto determinado.
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Con fecha 25 de noviembre de 2019 se publicó la Resolución SGE N° 751/2019 que sustituye el artículo 1° de la Resolución SGE N° 521/2019 y establece: "Diferir el ajuste semestral de los márgenes de transporte y distribución previsto a partir del 1º de octubre de 2019 para el 1° de febrero de 2020, debiendo utilizarse, en esa oportunidad, el índice de ajuste correspondiente para reflejar la variación de precios entre los meses de febrero y agosto de 2019”.
Mediante Resolución ENARGAS N° 703/2019 se publicaron nuevos cuadros tarifarios para MetroGAS con vigencia a partir del 1º de noviembre de 2019. Estos cuadros tarifarios tuvieron su fundamento en (i) el análisis y revisión de las DDA de MetroGAS correspondientes a los períodos “Octubre 2018-Abril 2019” y “Abril 2019-Octubre 2019” y (ii) el ajuste previsto en la Resolución ENARGAS N° 694/2019 que resolvió una controversia entre MetroGAS y Naturgy BAN S.A. Posteriormente, con fecha 29 de noviembre de 2019, y habiéndose advertido errores materiales en la Resolución ENARGAS N° 703/2019, se publicaron, a través de la Resolución ENARGAS N° 763/2019, nuevos cuadros tarifarios para MetroGAS con vigencia a partir del 29 de noviembre de 2019.
Sobre estas dos últimas resoluciones, se ha presentado recurso de reconsideración y nulidad sobre los montos determinados por DDA, por entender que los criterios utilizados para su determinación no se adecúan a los principios consagrados en la Ley de Gas y tampoco a los que se comunicaron por medio de la Resolución ENARGAS N° 72/2019, que en tiempo y forma fue impugnada por MetroGAS y aún no fue resuelta por el ENARGAS (ver Nota 2.3.3 a los presentes estados financieros).
En relación al sistema energético, se faculta al PEN a mantener las tarifas de electricidad y gas natural que estén bajo jurisdicción federal y a iniciar un proceso de renegociación de la RTI vigente o iniciar una revisión de carácter extraordinario, en los términos de las leyes N° 24.065, N° 24.076 y demás normas concordantes, a partir de la vigencia de la Ley de Solidaridad Social y por un plazo máximo de hasta ciento ochenta (180) días, propendiendo a una reducción de la carga tarifaría real sobre los hogares, comercios e industrias para el año 2020 (ver Nota 2.2.3 a los presentes estados financieros).
Asimismo, se faculta al PEN a intervenir administrativamente el ENARGAS por el término de un (1) año.
2.3.2 Resolución MINEM N° 508-E/2017
Con fecha 29 de diciembre de 2017 se publicó la Resolución MINEM N° 508-E/2017 que establece el procedimiento para la compensación de los menores ingresos que las licenciatarias del Servicio de Distribución de Gas Natural por Redes reciben de sus usuarios, como producto de: (i) la aplicación de beneficios y/o bonificaciones a los usuarios resultantes de la normativa vigente en
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materia tarifaria del servicio de distribución de gas natural por redes y (ii) los mayores costos del GNNC respecto a los establecidos para su reconocimiento en las tarifas.
Este procedimiento se enmarca dentro del artículo 20.2 del Modelo de Licencia aprobado por el Decreto N° 2.255/1992 que establece que el Distribuidor tendrá derecho a ser compensado por la reducción de ingresos que le ocasionen tales medidas a fin de mantener la cadena de pagos relacionada con la operación y el mantenimiento del servicio público de distribución de gas natural por redes, entre otros, el pago de las facturas de compra de gas natural y garantizar la continuidad de la prestación de dicho servicio público.
De acuerdo con el procedimiento de compensación, las licenciatarias de Distribución deben informar en los plazos que allí se establecen y en base a los consumos anuales mensualizados y con carácter de declaración jurada ante el ENARGAS, los montos necesarios para compensar las diferencias mencionadas. Igual régimen informativo se adopta en relación al GNNC. De tal forma, para el cálculo de las compensaciones por el monto que dejan de percibir por los descuentos en facturación así como por las diferencias por GNNC, se establece una compensación resultante de la diferencia entre el precio de compra al productor de gas natural y la venta a sus clientes.
En lo que respecta al GNNC, para la valorización del mismo, al momento de la RTI se consideró el sendero de precios dispuesto por el MINEM en su Resolución Nº 212/2016, el que estaba establecido en dólares, utilizándose para ello el tipo de cambio vigente en diciembre de 2016, a razón de U$S1 = $16. Ese sendero de precios era creciente en el tiempo arribando en octubre de 2019 al valor objetivo final. A partir de allí, ese costo quedó contenido y reflejado en la tarifa en el margen de distribución que debe ajustarse semestralmente por el indicador establecido en la Resolución ENARGAS Nº 4.356/2017. El costo de GNNC se incrementó significativamente en detrimento de lo que fuera aprobado mediante el sendero de precios estipulado en la Resolución Nº 212-E/2016 del MINEM.
Con fecha 7 de diciembre de 2018, el ENARGAS comunicó a la Dirección Nacional de Economía de Hidrocarburos observaciones al esquema previsto en la Resolución Nº 508/2017 del MINEM. En virtud de ello, la SGE no solo no reconoció el ajuste previsto en la Resolución Nº 508/2017 del MINEM respecto del GNNC sino que, además, dispuso que las sumas percibidas por el período enero de 2018 a noviembre de 2018 que hasta ese momento tenían carácter provisorio, fueran compensadas con deudas que mantenía la SGE con MetroGAS. Asimismo, tampoco fueron reconocidos los ajustes a valores reales que preveía la misma operatoria por ese mismo período, ni los excesos de costos incurridos a partir de diciembre de 2018 hasta septiembre de 2019. El impacto del ajuste sobre los estados financieros al 31 de diciembre de 2019 fue de una pérdida de $452 millones correspondiente al ejercicio 2018 (cuyo monto reexpresado asciende a $622 millones).
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Una situación similar se produjo con las diferencias de cambio correspondientes al gas retenido del período enero de 2018 a marzo de 2018. En tal sentido, a partir de la firma de las Bases y Condiciones para el Abastecimiento de Gas Natural a Distribuidoras de Gas por Redes en Noviembre-2017 (ver Nota 2.4.1 a los presentes estados financieros), se generó una afectación por las diferencias de cambio del período enero de 2018 a marzo de 2018 que el ENARGAS no aceptó reconocer en las diferencias diarias que se devengaron a favor de la Distribuidora. MetroGAS presentó con fecha 27 de noviembre de 2018 un recurso ante el ENARGAS, el cual a la fecha se encuentra pendiente de resolución.
A la fecha de aprobación de los presentes estados financieros, se han registrado ciertas demoras por parte del Estado Nacional en el pago de las compensaciones económicas previstas en la Resolución Nº 508/2017 del MINEM. En la medida que existan estas demoras la Sociedad cancelará las facturas por las inyecciones de gas distribuyendo a prorrata entre todos los productores con los cuales la Sociedad tiene contratos de suministro de gas natural el impacto derivado de la demora mencionada.
2.3.3 Diferencias Diarias
El articulo N° 37 del Decreto N° 1.738/92, reglamentario de la Ley de Gas, prevé en su inciso 5 que las variaciones del precio de adquisición del gas serán trasladadas a la tarifa final al usuario de tal manera que no produzcan beneficios ni pérdidas al Distribuidor. Por su parte, las RBLD establecen en su numeral 9.4.2.5 que la licenciataria deberá llevar contabilidad diaria separada del precio y del valor del gas comprado e incluido en sus ventas reales, y de la diferencia entre este último valor y el del gas incluido en la facturación de tales ventas reales. De tal manera, no se exige que las facturas de suministro hayan sido pagadas, sino que debe tenerse certeza del costo de adquisición, el que en este caso se materializa con el conocimiento del tipo de cambio al que debían cancelarse las obligaciones con los productores de gas.
El mismo numeral 9.4.2.5, último párrafo, prevé expresamente que si la diferencia entre el costo del gas adquirido por las Distribuidoras y el valor de dicho gas contenido en las tarifas a los usuarios supera en valor absoluto el 20%, entonces la Sociedad podrá presentar a la Autoridad Regulatoria nuevos cuadros tarifarios para su aprobación.
En abril de 2018 comenzó en Argentina un cambio en las condiciones macroeconómicas que provocó una brusca e imprevista variación en la paridad entre la moneda nacional y la moneda en la que están establecidos los precios de los contratos.
Por el gas entregado en los meses de enero a marzo de 2018, los pagos realizados por la Sociedad se hicieron respetando el tipo de cambio vigente a la fecha de pago de conformidad con lo establecido en los acuerdos de suministro. No obstante, debido a las circunstancias descriptas anteriormente, los pagos a los productores de gas por el gas entregado en los meses siguientes se
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realizaron al tipo de cambio aplicado al valor del componente del gas incluido en la tarifa aprobado por las Resoluciones del ENARGAS.
El criterio adoptado obedece, además, a la necesidad de mantener la cadena de pagos relacionada con la operación y el mantenimiento del servicio público de distribución de gas natural por redes y garantizar la continuidad de la prestación del servicio.
De acuerdo a las situaciones macroeconómicas mencionadas anteriormente, con fecha 27 de julio de 2018 la Sociedad envió una nota al ENARGAS con los nuevos cuadros tarifarios solicitando, en cumplimiento de dicha norma establecida en las RBLD, que se aprueben los mismos a fin de ir reconociendo parcialmente la incidencia de los mayores costos de adquisición del gas.
Mediante Nota N0-2018-38938972-APN-SD#ENARGAS del 13 de agosto de 2018, el ENARGAS desestimó la solicitud efectuada alegando que “la Licenciataria no acredita materialmente el efectivo pago del gas al precio que referencia para la determinación de las diferencias entre el precio incluido en tarifa”. De acuerdo con el criterio de la Sociedad, este argumento no encuentra sustento en el marco regulatorio, en tanto el mismo se limita a exigir que el precio sea conocido, lo cual se materializa mediante los acuerdos de abastecimiento suscriptos de conformidad con las Bases y Condiciones y que se encuentran registrados ante el ENARGAS.
El 16 de noviembre de 2018 se publicó el Decreto N° 1.053/2018 que modificó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2018, y en virtud de las volatilidades de las variables financieras y del tipo de cambio, establece que el Estado Nacional asume, con carácter excepcional, el pago de las DDA mensualmente entre el valor del gas comprado por las prestadoras del servicio de distribución de gas natural por redes y el valor del gas natural incluido en los cuadros tarifarios vigentes entre el 1° de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2019, generadas exclusivamente por variaciones del tipo de cambio y correspondientes a volúmenes de gas natural entregados en ese mismo período, todo ello de acuerdo con el procedimiento que disponga el ENARGAS. El monto neto resultante se transferirá a cada distribuidora en treinta (30) cuotas mensuales y consecutivas a partir del 1° de octubre de 2019. A fin de determinar cada una de las cuotas, se utilizará la tasa de interés que el ENARGAS aplica conforme lo previsto en el punto 9.4.2.5 (tasa efectiva del Banco de la Nación Argentina para depósitos en moneda argentina a treinta (30) días de plazo, “pizarra”). Una vez percibida cada cuota, las distribuidoras deberán realizar de manera inmediata los pagos correspondientes a los proveedores de gas natural involucrados y los informarán y acreditarán mensualmente ante el ENARGAS.
Este régimen resultará aplicable sólo para aquellas prestadoras del servicio de distribución de gas natural por redes y para aquellos proveedores de gas natural que adhieran a este régimen y renuncien expresamente a toda acción o reclamo derivado de las DDA referidas en el primer párrafo.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
Asimismo, el Decreto N° 1.053/2018 establece que a partir del 1º de abril de 2019 los proveedores de gas natural y las prestadoras del servicio de distribución de gas natural por redes deberán prever en sus contratos que en ningún caso podrá trasladarse a los usuarios que reciban servicio completo el mayor costo ocasionado por variaciones del tipo de cambio ocurridas durante cada período estacional.
Con fecha 12 de febrero de 2019 se publicó la Resolución ENARGAS N° 72/19 mediante la cual aprueba la “Metodología de Traslado a tarifas del precio de gas y Procedimiento General para el Cálculo de las Diferencias Diarias Acumuladas”. Dicha metodología establece los criterios que aplicará el ENARGAS para determinar el traslado a tarifas del precio del gas en el PIST, considerando para ello lo dispuesto por el art. 8 del Decreto N° 1.053/18 y el tipo de cambio que utilizará para determinar el valor en moneda nacional de aquellos contratos de abastecimiento cuyos precios estén nominados en dólares estadounidenses. Con respecto al cálculo de las DDA, establece el procedimiento general bajo el cual se determinará el volumen de compra mensual de gas a reconocer y los costos de adquisición que se considerarán para calcular las mismas, considerando para ello lo dispuesto por el art. 8 del Decreto N° 1.053/18. Por otra establece que las Distribuidoras deberán asegurar el abastecimiento y mínimo costo para los usuarios de servicio completo, con independencia del transporte que tengan contratado los usuarios que adquieren gas por su cuenta (usuarios de unbundling).
Con fecha 21 de marzo de 2019, la Sociedad impugnó la Resolución ENARGAS N° 72/2019 por entender que la misma no se adecua a los principios consagrados en la Ley de Gas. A la fecha de cierre de los presentes estados financieros, dicha impugnación no fue resuelta por el ENARGAS.
El 20 de agosto de 2019 se publicó la Resolución ENARGAS N° 466/2019 que, en los términos del artículo 7° del Decreto N° 1.053/2018, aprueba la “Metodología para la determinación del monto neto de las Diferencias Diarias Acumuladas referidas en el artículo 7° y concordantes del Decreto N° 1.053/2018”. Asimismo, aprueba el modelo de “Solicitud de Adhesión al Régimen”, el cual debe ser presentado ante el ENARGAS por las Prestadoras del Servicio Público de Distribución de Gas por Redes y los Proveedores de Gas Natural, que adhieran al mismo. De conformidad con el Régimen establecido, no se admiten formulaciones de solicitud de adhesión parciales y/o condicionadas, correspondiendo en tales supuestos su rechazo in límine . Tampoco se admiten retractaciones formuladas luego de la fecha establecida en la Resolución ENARGAS N° 466/2019. La fecha para dicha presentación fue sucesivamente prorrogada por el ENARGAS respecto a la determinada originalmente por esta Resolución, siendo la última dispuesta por la Resolución N° 636/2019 el 25 de octubre de 2019.
MetroGAS adhirió en tiempo y forma al Régimen dispuesto por el Decreto N° 1.053/2018. Mediante Resolución ENARGAS N° 735/2019 se determinaron los montos netos finales de las DDA en los términos del artículo 7° del Decreto N° 1.053/18, considerando las adhesiones al Régimen. Con fecha 5 de diciembre de 2019 la SGE notificó la Resolución SGE N° 780/2019 que
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aprueba la transferencia de la cuota 1 a MetroGAS por la suma de 152.413 para la transferencia a cada productor de gas, la cual fue realizada en tiempo y forma.
La Sociedad ha registrado en sus estados financieros al 31 de diciembre de 2019 el pasivo con los productores de gas por las DDA, correspondientes al período comprendido entre el 1° de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2019, referidas en el Decreto mencionado anteriormente y el crédito con el Estado Nacional por el mismo monto y concepto, los que descontados al 31 de diciembre de 2019 y 2018 ascienden a 4.416.187 y 5.436.355, respectivamente (ver Notas 15 y 23 a los presentes estados financieros).
2.4 Abastecimiento de Gas Natural
2.4.1 Compra de Gas Natural
Mediante Resolución N° 89/2016 del MINEM, se inició un proceso de normalización contractual en función del cual MetroGAS celebró diversos contratos con productores de gas, tanto de la cuenca Austral, como de la cuenca Neuquina. A través de la Resolución Nº 212 – E /2016, se fijó un sendero de precios para el gas natural, determinándose el valor de éste de manera gradual y semestral hasta el 1º de octubre de 2019.
El 29 de noviembre de 2017, a instancias del MINEM, MetroGAS suscribió las “Bases y Condiciones para el Abastecimiento de Gas Natural a Distribuidoras de Gas por Redes” (las “Bases y Condiciones”) junto con el resto de las distribuidoras y un grupo de productores de gas. Estas Bases y Condiciones contenían los lineamientos para la contratación de volúmenes de gas para el abastecimiento de la demanda de las distribuidoras para el período comprendido entre el 1° de enero de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2019. En las mismas se estableció: i) los volúmenes que cada productor firmante debe inyectar por cuenca para abastecer a la demanda de las distribuidoras, ii) los volúmenes diarios disponibles por cuenca para cada distribuidora, iii) el precio según la categoría de cliente y por período expresado en u$s/MMBTU, iv) la obligación del productor de entregar o pagar por el 100% del volumen, v) la obligación de las distribuidoras de tomar o pagar por el 100% del volumen, excepto en caso de no contar con demanda y no nominar volúmenes de contratos no comprendidos en las Bases y Condiciones; y vi) el vencimiento de las facturas a los 75 días.
Las Bases y Condiciones establecían expresamente que las distribuidoras tienen en consideración para su suscripción las disposiciones del artículo N° 38 de la Ley de Gas, que prevén el traslado a las tarifas a ser pagadas por los usuarios del servicio de transporte y distribución tanto de los costos de adquisición de gas resultantes de acuerdos o contratos de largo plazo como así también de aquellos asociados a las compras de corto plazo que resultaran necesarias para satisfacer la demanda.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
En abril de 2018 comenzó en Argentina un cambio en las condiciones macroeconómicas que provocó una brusca e imprevista variación en la paridad entre la moneda nacional y la moneda en la que están establecidos los precios de los contratos. Por este motivo, los pagos a los productores de gas por el gas entregado en los meses siguientes a partir de abril de 2018 se realizaron al tipo de cambio aplicado al valor del componente del gas incluido en la tarifa aprobado por las Resoluciones del ENARGAS.
Los productores rechazaron dicho criterio de pago por parte de la Sociedad y, en consecuencia, reclamaron formalmente los saldos considerados impagos. El 16 de noviembre de 2018, se publicó en el Boletín Oficial, el Decreto N° 1.053/2018 que establece que el Estado Nacional asumirá, con carácter excepcional, el pago de las DDA (ver Nota 2.3.3 a los presentes estados financieros).
En relación al suministro de gas para el año 2019, MetroGAS participó del concurso de precios para la provisión de gas natural en condición firme para el abastecimiento de la demanda de usuarios de servicio completo de las prestadoras de servicio público de distribución de gas por redes que se llevó a cabo en el ámbito del Mercado Electrónico de Gas S.A. (“MEGSA”) para las cuencas Neuquina, Golfo San Jorge, Santa Cruz Sur y Tierra del Fuego el 14 de febrero de 2019, todo ello de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución N° 32/2019 de la SGE.
Como resultado de dicho concurso, se obtuvieron compromisos de abastecimiento anual (hasta el 31 de marzo de 2020) por un volumen de capacidad máxima diaria (“CMD”), que anualmente asciende a 1.486 millones de m[3] los cuales representan el 58% de nuestra demanda anual, cumpliendo con ello con el requisito establecido en el marco regulatorio.
Esos compromisos, bajo las pautas establecidas por la Resolución SGE N° 32/19, consideran una cláusula de Entregar o Pagar (“EOP”) del 70% diario, lo que implica en el caso de MetroGAS un importante nivel de incertidumbre respecto del aprovisionamiento en el período invernal, al que coadyuva la relación fija establecida en el concurso de 1:2,5 anual escalonado, que no satisface la curva de demanda prioritaria que se presenta en el período invernal en nuestra área de Licencia, cuya relación es más cercana a 1:4,5 veces. Adicionalmente a lo expuesto precedentemente, los contratos en cuestión poseen cláusulas de Tomar o Pagar (“TOP”) del 70% estacional lo que implica que de incurrirse en TOP, y dado que el EOP es también del 70%, la recuperación de los volúmenes está sujeta a la voluntad de los proveedores de gas de entregar gas por encima del EOP y hasta la CMD. Este riesgo de incurrir en TOP se ve morigerado por ser un cálculo estacional, los cuales pueden compensarse durante el período en curso. Al 31 de diciembre de 2019, si bien la Sociedad ha incurrido en obligaciones TOP, las mismas no han sido registradas debido a que considera que las mismas no son significativas y que serán recuperadas en los períodos siguientes tal como lo establecen los respectivos contratos.
En virtud de lo expuesto precedentemente y a fin de evitar la incertidumbre respecto de los volúmenes de gas a ser puesto a disposición por los proveedores, MetroGAS suscribió contratos
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por volúmenes adicionales a los contratados en el ámbito del MEGSA en el marco del concurso de precios oportunamente convocado con el objetivo de contar con un mayor abastecimiento, fundamentalmente en el invierno, reduciendo los riesgos sobre el pico invernal.
2.4.2 Unbundling de gas natural
En línea con los cambios regulatorios que se introdujeron en el sector de gas natural a partir del año 2004 se produjo el proceso denominado informalmente como “unbundling de gas natural” por el cual distintas categorías de usuarios debieron comenzar a adquirir volúmenes de gas natural en el PIST directamente de productores y/o comercializadores de gas natural, quedando limitadas las distribuidoras zonales a prestar exclusivamente el servicio de transporte y/o distribución de gas natural.
En este escenario, durante el año 2005 y en virtud del Decreto N° 180/2004, MetroGAS constituyó MetroENERGÍA, una sociedad comercializadora a los fines de retener la mayor cantidad posible de clientes y de contar con una herramienta más acorde al nuevo contexto en el que se debía desempeñar la Sociedad.
MetroENERGÍA fue autorizada por el ENARGAS para actuar como empresa comercializadora de gas natural y/o su transporte y se encuentra inscripta como agente MEGSA.
Las acciones llevadas adelante por MetroENERGÍA desde su creación, permitieron continuar reteniendo la mayor parte de los clientes industriales y comerciales oportunamente contemplados dentro del proceso de “unbundling” del área de la Sociedad, con lo cual se logró mantener la participación de estas categorías de clientes en la matriz de ventas de MetroGAS.
Con fecha 1° de abril de 2016, mediante Resolución N° 34/2016, el MINEM dispuso un nuevo régimen aplicable a las estaciones de suministro de GNC estableciendo la obligación respecto de estos usuarios de adquirir el gas natural para su abastecimiento por parte de la distribuidora de su zona o área de distribución de manera de que éstas presten el servicio completo (gas, transporte y distribución). A partir del 1° de mayo de 2017, y en los términos de la Resolución N° 80 – E/2017 del MINEM, se ampliaron las opciones de compra de gas natural por parte de los titulares de estaciones de suministro de GNC pudiendo adquirir el gas natural a través de las distribuidoras (servicio completo – Resolución MEM N° 34/2016) o en forma directa por medio de los productores o comercializadores de gas natural (respetando mix de cuencas y porcentajes de gas retenido asignados a la Distribuidora zonal).
En relación a los usuarios del Servicio General “P”, con fecha 5 de abril de 2019 se publicó la Resolución N° 175/2019 de la SGE que resolvió derogar los artículos 5°, 6° y 7° de la Resolución N° 752/2005 de la (ex) Secretaría de Energía y permitir que los usuarios identificados como Servicio General “P” Grupo III cuenten con la posibilidad de optar por la contratación de su
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abastecimiento de gas natural no solamente a través de un productor o comercializador sino también, de la distribuidora zonal, bajo la modalidad de servicio completo, tal como lo establecen los artículos N° 13 y N° 49 de la Ley de Gas. El ENARGAS complementó la Resolución SGE N° 175/2019 mediante las Resoluciones ENARGAS N° 750/2019 y N° 838/2019.
2.4.3 Procedimiento para la Administración del Despacho del Comité Ejecutivo de Emergencia
El abastecimiento de gas natural a las distribuidoras operaba bajo el esquema de solicitud, confirmación y re-direccionamientos de gas previstos en las Resoluciones ENARGAS N° 1.410/2010, N° 3.833/2016 y N° 4.502/2017, que modificaban y complementaban los procedimientos de administración del despacho de gas natural dispuestos por la Resolución ENARGAS N° 716/1998.
Con fecha 29 de junio de 2018 se publicó la Resolución ENARGAS N° 124/2018 que aprueba un texto ordenado que reemplaza la Resolución ENARGAS N° 716/1998 y deroga las Resoluciones ENARGAS N° 1410/2010, N° 3833/2016 y N° 4502/2017.
Sin perjuicio de ello, y en relación al período invernal 2018 y 2019, resultó aplicable la Resolución ENARGAS N° 59/2018 que aprobó el “Procedimiento Transitorio para la Administración del Despacho en el Comité Ejecutivo de Emergencia”. Mediante Resolución ENARGAS N° 656/2019 se dispuso la prórroga de la vigencia de la Resolución ENARGAS N° 59/2018 hasta el 30 de abril de 2020.
2.5 Otros temas regulatorios
2.5.1 Amparo – Medidas cautelares
Con fecha 6 de junio de 2018 el ENARGAS notificó a MetroGAS la medida cautelar dispuesta por el Dr. Alejo Ramos Padilla en el marco de la causa “Consumidores Argentinos Asociación para la Defensa, Educación e Información de los Consumidores c/PEN y otros s/Acción Declarativa de Inconstitucionalidad” en trámite por ante el Juzgado Federal de Dolores. La Sociedad no se encuentra demandada en la citada causa.
En los términos allí expuestos, (i) se dispone como medida cautelar que todas las prestatarias del servicio de gas del país se abstengan, a partir del 21 de mayo de 2018, de llevar adelante cualquier corte o suspensión del servicio de gas derivado de la falta de pago; y (ii) se autoriza a las empresas prestatarias del servicio de gas a que, previo a cualquier corte o suspensión del suministro de gas, lleven adelante los procedimientos administrativos necesarios tendientes a acreditar la situación de vulnerabilidad de los usuarios y a evitar cualquier eventual abuso del derecho, bajo apercibimiento, para el caso de que se efectúen cortes o suspensiones del suministro a los sectores
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vulnerables sin realizar dicho procedimiento o sin garantizar al usuario la posibilidad de ser escuchado y acreditar su situación, de imponer una multa de entre $1.000 a $100.000 (mil a cien mil pesos) por cada corte ilegítimo del servicio llevado a cabo, dejando aclarado que en caso de duda de si se está frente a un consumidor que encuadra dentro de una situación de vulnerabilidad, deberá abstenerse de llevar adelante el corte.
En fecha 27 de junio de 2019, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal (Sala III), en oportunidad de resolver el recurso de apelación interpuesto por el MINEM contra la medida cautelar dispuesta, resolvió que “resulta inoficioso pronunciarse sobre el recurso de apelación interpuesto en autos, ya que carece de vigencia –a la fecha- la medida cautelar otorgada por resolución del 4 de junio de 2018”.
2.5.2 Revisión de Instalaciones Internas - Modificaciones
Mediante Resolución ENARGAS N° 82/2019 se aprobó con fecha 20 de febrero de 2019, la norma NAG-226 (2019) “Procedimiento para la revisión técnica de las instalaciones internas domiciliarias de gas existentes” que instruye a las Distribuidoras para que, en el plazo de treinta (30) días corridos desde la aprobación de la norma, implementen y adecuen sus procedimientos operativos a la misma para la rehabilitación del servicio en aquellas instalaciones en las que se hubiese interrumpido el servicio por razones de seguridad.
Al respecto, MetroGAS requirió a la autoridad competente la adopción de ciertas medidas relativas a la NAG-226 por cuanto su aplicación implica una alteración de la razonable rentabilidad garantizada por el artículo N° 39 de la Ley N° 24.076 debido a mayores costos por la suma aproximada de $46.000.000 por cuanto la nueva normativa implica (i) nuevos ensayos de verificación de instalaciones que llevan a extender sensiblemente la duración de cada inspección y por ende una merma en la productividad medida en cantidad de inspecciones/operador, (ii) mayor cúmulo de información a ser registrada en nuevos formularios definidos con afectación de merma de productividad de inspecciones/inspector, y (iii) mayor cantidad de inspecciones producto del seguimiento de plazos de normalización de defectos secundarios o clausuras de artefactos sin que sean normalizados en tiempo y forma.
2.5.3 Reglamento de Servicio - Modificaciones
Con fecha 30 de abril de 2019 se publicó la Resolución ENARGAS N° 223/2019 que modifica ciertas previsiones del Reglamento de Servicio en relación al corte de servicio por falta de pago, rehabilitación y restitución del servicio y lectura de medidores, y dispone la obligación de facturación mensual para los usuarios residenciales con ciclo de lectura bimestral (Artículo N° 14 del Reglamento del Servicio de Distribución – Inciso I) a partir del 1º de junio de 2019. En relación a la facturación mensual, el Reglamento de Servicio aclara que “el Cargo fijo se facturará
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asignando a cada liquidación el 50% del valor que corresponda aplicar en función de los cuadros tarifarios vigentes para el período de consumo facturado”.
Con fecha 21 de mayo de 2019 y con fundamento en el impacto económico-financiero y operativo de las modificaciones efectuadas al Reglamento de Servicio, por mayores costos asociados, MetroGAS recurrió administrativamente la Resolución ENARGAS N° 223/2019.
El impacto de tal modificación no sólo deriva de los mayores costos que implica duplicar el volumen de trabajo registrado a la fecha (mayor procesamiento de datos, duplicidad de uso de papel, impresión y distribución, mayor afectación de recursos, etc.) sino también de la fecha de implementación establecida sin contemplar las adecuaciones necesarias que deben realizarse sobre los sistemas internos.
La complejidad e imposibilidad técnica de modificar los sistemas de administración de clientes generan impactos en los usuarios tales como interrupciones en las secuencias de facturación, dificultades en la aplicación de pagos, mayor cantidad de reclamos, imposibilidad de re-facturar correctamente y problemas para la gestión de la morosidad.
Es importante señalar que estos cambios en la mecánica de facturación de consumos entraron en vigor ya comenzado el quinquenio objeto de la última RTI vigente, por lo tanto no fueron informados como gastos de operación y mantenimiento en ocasión de la misma.
2.5.4 Fideicomisos
A la fecha de emisión de estos estados financieros, MetroGAS debe facturar, cobrar y liquidar dos cargos específicos, con diversa afectación, lo cual hace la Sociedad por cuenta y orden de Nación Fideicomisos S.A. como fiduciaria de tres contratos de fideicomiso distintos.
El cargo específico I (regulado por el Decreto PEN N° 180/2004 y normas concordantes) y el cargo específico II (regulado por Ley N° 26.095 y normas concordantes) son soportados por todo el universo de usuarios del servicio de gas natural distinto del segmento residencial y están destinados al pago de obras de infraestructura para la ampliación del sistema de transporte de gas natural.
Es importante señalar que ninguno de estos dos cargos específicos facturados y cobrados por MetroGAS se incorpora al patrimonio de la Sociedad. Por el contrario, una vez percibidos, la Sociedad tiene la obligación de depositarlos en las cuentas fiduciarias oportunamente señaladas por el Fiduciario, agotándose la intervención de MetroGAS al respecto.
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2.6 Obligaciones y restricciones emergentes de la privatización
2.6.1 Activos de disponibilidad restringida
Una porción sustancial de los activos transferidos por Gas del Estado (“GdE”) han sido definidos en la Licencia como "Activos Esenciales" para la prestación del correspondiente servicio concedido. Por esta razón, la Sociedad está obligada a identificar y conservar los Activos Esenciales, junto con cualquier mejora futura, de acuerdo con ciertas normas definidas en la Licencia.
La Sociedad no debe, por ninguna razón, disponer, gravar, alquilar, subalquilar o dar en préstamo los Activos Esenciales con otros propósitos que no sean los de la prestación del servicio concedido en la Licencia, sin la previa autorización del ENARGAS. Toda extensión o mejora que la Sociedad pueda realizar al sistema de gasoductos, puede ser gravada solamente con el fin de garantizar los créditos con vencimiento a más de un año, tomados para financiar dichas ampliaciones o mejoras.
Al momento de la terminación de la Licencia, MetroGAS debe transferir al Estado Nacional o a un tercero que éste designe todos los Activos Esenciales establecidos en un inventario actualizado a dicha fecha, libres de cargas y gravámenes.
Como regla general, al producirse la expiración de la Licencia, la Sociedad tendrá derecho a cobrar el menor de los siguientes dos montos:
-
El valor de las Propiedades, planta y equipo de la Sociedad, determinado sobre la base del precio pagado por Gas Argentino S.A. (“Gas Argentino”), y el costo original de las subsecuentes inversiones llevadas en dólares estadounidenses y ajustadas por el PPI, neto de la depreciación acumulada.
-
El importe resultante de una nueva licitación, neto de gastos e impuestos pagados por el participante ganador.
2.6.2 Restricciones sobre distribución de ganancias
La Sociedad está obligada a mantener en vigencia la autorización de oferta pública de su capital social y la correspondiente autorización para cotizar en mercados de valores autorizados en la República Argentina, como mínimo durante el término de quince años contados a partir de los respectivos otorgamientos.
Cualquier reducción voluntaria, rescate o distribución del patrimonio neto de la Sociedad, con excepción del pago de dividendos, requerirá la autorización previa del ENARGAS.
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De acuerdo a las disposiciones de la Ley N° 19.550, la Sociedad debe constituir una reserva no inferior al 5% del resultado positivo surgido de la sumatoria del resultado del ejercicio, los ajustes de ejercicios anteriores, las transferencias de otros resultados integrales a resultados acumulados y las pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores, hasta alcanzar el 20% del Capital Social más el saldo de la cuenta Ajuste de capital.
Con fecha 8 de febrero de 2018, MetroGAS instrumentó un préstamo no garantizado que contempla ciertas restricciones en el pago de dividendos. En los términos allí establecidos, durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 el importe a pagar en concepto de dividendos no podía superar el 10% del Resultado Neto de ese año, y el 60% en los años subsiguientes hasta el repago del préstamo (ver Nota 19.1 a los presentes estados financieros).
3. BASES DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS
Los presentes estados financieros consolidados han sido elaborados en cumplimiento de lo dispuesto en las Resoluciones Técnicas (“RT”) Nº 26 y 29 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (“FACPCE”), que adoptan las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”), emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, por sus siglas en inglés), y las interpretaciones emitidas por el Comité de Interpretaciones NIIF (“CINIIF”) para las entidades incluidas en el régimen de oferta pública de la Ley N° 26.831, ya sea por su capital o por sus obligaciones negociables, o que hayan solicitado autorización para estar incluidas en el citado régimen.
En abril de 2016, la FACPCE emitió la RT N° 43 admitiendo sólo la alternativa de aplicar el método de la participación para la medición de las inversiones en sociedades controladas en los estados financieros separados de una sociedad controlante según la Norma Internacional de Contabilidad (“NIC”) 27.
El 24 de enero de 2012, con el objetivo de evaluar la aplicabilidad y el impacto de la Interpretación N° 12 “Acuerdos de Concesión de Servicios” (CINIIF 12) para las sociedades registrantes que sean licenciatarias de los servicios públicos de transporte y distribución de gas natural, así como sus empresas controlantes, la CNV emitió la Resolución Nº 600, que postergó la adopción obligatoria de las NIIF para los ejercicios que comienzan el 1° de enero de 2013.
Posteriormente, el 20 de diciembre de 2012, la CNV emitió la Resolución Nº 613, que estableció que las empresas concesionarias de transporte y distribución de gas natural y sus empresas controlantes están fuera del alcance de la CINIIF 12. (ver Nota 5.6 a los presentes estados financieros).
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En consecuencia, la aplicación de NIIF resultó obligatoria para la Sociedad a partir del ejercicio iniciado el 1° de enero de 2013, siendo la fecha de transición a las NIIF para la Sociedad, conforme a lo establecido en la NIIF 1 “Adopción por primera vez de las NIIF”, el 1° de enero de 2012.
De acuerdo con lo dispuesto por las normas contables aplicables antes de la adopción de las NIIF, la Sociedad reconoció los efectos de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda hasta el 31 de agosto de 1995. A partir de esa fecha y hasta el 31 de diciembre de 2001, se discontinuó la reexpresión de los estados contables, debido a la existencia de un período de estabilidad monetaria. Desde el 1° de enero de 2002 y hasta el 28 de febrero de 2003, se reconocieron los efectos de la inflación siguiendo el método de reexpresión establecido por la Resolución Técnica Nº 6 de la FACPCE. A partir del 1º de marzo de 2003, y en cumplimiento del Decreto Nº 664/03 del PEN, la Sociedad suspendió la reexpresión de sus estados financieros.
En los últimos años, los niveles de inflación en Argentina han sido altos, habiendo acumulado una tasa de inflación en los tres años pasados que ha superado el 100%, sin expectativas de disminuir significativamente en el corto plazo. Asimismo, la presencia de los indicadores cualitativos de alta inflación, previstos en la NIC 29, mostraron evidencias coincidentes. Por lo expuesto, el 29 de septiembre de 2018, la FACPCE emitió la Resolución JG N° 539/18, aprobada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (“CPCECABA”) mediante la Resolución CD N° 107/18, indicando, entre otras cuestiones, que la Argentina debe ser considerada una economía inflacionaria en los términos de las normas contables profesionales a partir del 1° de julio de 2018, en consonancia con la visión de organismos internacionales.
La NIC 29 señala que, en un contexto de alta inflación, los estados financieros deben presentarse en una unidad de medida corriente; esto es, en moneda homogénea de cierre del período sobre el que se informa. No obstante, la Sociedad no podía presentar sus estados financieros reexpresados debido a que el Decreto N° 664/03 del PEN prohibía a los organismos oficiales (entre ellos, la CNV) recibir estados financieros ajustados por inflación.
A través de la Ley N° 27.468, publicada el 4 de diciembre del 2018 en el B.O., se derogó el Decreto N° 1.269/02 del PEN y sus modificatorios (incluido el Decreto N° 664 del PEN antes mencionado). Las disposiciones de la mencionada ley entraron en vigencia a partir del 28 de diciembre de 2018, fecha en la cual se publicó la Resolución General N° 777/18 de CNV, la cual estableció que los estados financieros anuales, por períodos intermedios y especiales que cierren a partir del 31 de diciembre de 2018 inclusive, deben presentarse ante ese organismo de control en moneda homogénea.
De acuerdo con la NIC 29, los importes de los estados financieros que no se encuentren expresados en moneda de cierre del período sobre el que se informa, deben reexpresarse aplicando un índice general de precios. A tal efecto, y tal como lo establece la Resolución JG N° 539 de la
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
FACPCE, se han aplicado coeficientes calculados a partir de índices publicados por dicha Federación, resultantes de combinar Índices de precios al consumidor nacional (“IPC”) publicados por el INDEC a partir del 1° de enero de 2017 y, hacia atrás, IPIM elaborados por dicho Instituto o, en su ausencia, índices de precios al consumidor publicados por la Dirección General de Estadística y Censos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La variación del índice utilizado para la reexpresión de los presentes estados financieros ha sido del 53,83% en el ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2019 y del 47,65% en el ejercicio precedente.
De acuerdo a los lineamientos de la NIC 29, el ajuste se reanudará tomando como base la última fecha en que la Sociedad ajustó sus estados financieros para reflejar los efectos de la inflación. Para ello, en términos generales, se computará - en los saldos de activos y pasivos no monetarios - la inflación producida desde la fecha de adquisición o incorporación al patrimonio de la entidad, o bien desde la fecha de revaluación del activo, según corresponda.
El reconocimiento de los efectos de la inflación sobre los estados financieros de la entidad ha implicado un aumento del saldo de Propiedades, planta y equipo, de Activos intangibles y de Propiedades de inversión, por la reexpresión a moneda de cierre de los valores de costo de adquisición de tales activos, hasta el límite de su valor recuperable; un aumento del Patrimonio neto, principalmente el Capital Social, que se ha ajustado desde las fechas de suscripción y los Resultados acumulados, el consecuente efecto sobre el Impuesto a las ganancias diferido, y una ganancia por la posición monetaria neta dada por el exceso de pasivos monetarios sobre activos monetarios expuestos a la inflación. Con relación a los resultados del período, además de la reexpresión de los ingresos, costos, gastos y demás partidas, se incluyó el resultado por la posición monetaria neta en una línea por separado bajo la denominación de “Resultado por exposición al cambio en el poder adquisitivo de la moneda” (“RECPAM”) dentro de los Ingresos financieros y Costos financieros.
Con fines comparativos, los presentes estados financieros incluyen cifras y otra información correspondientes al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre 2018, que son parte integrante de los estados financieros mencionados precedentemente y se las presenta con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y otra información del ejercicio económico actual. Dichas cifras han sido reexpresadas en moneda de cierre del presente ejercicio económico, a fin de permitir su comparabilidad y sin que tal reexpresión modifique las decisiones tomadas con base en la información contable correspondiente al ejercicio anterior.
Los presentes estados financieros consolidados se presentan en miles de pesos argentinos, excepto menciones específicas.
Los presentes estados financieros consolidados han sido aprobados por el Directorio para su emisión el 2 de marzo de 2020.
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4. POLÍTICAS CONTABLES
Las políticas contables adoptadas para estos estados financieros se exponen a continuación y se basan en aquellas NIIF emitidas por el IASB que están vigentes al 31 de diciembre de 2019.
4.1 Bases de preparación
4.1.1 Clasificación en corriente y no corriente
La presentación en el estado de situación financiera distingue entre activos y pasivos, corrientes y no corrientes. Los activos y pasivos corrientes son aquellos que se espera recuperar o cancelar dentro de los doce meses siguientes al cierre del ejercicio sobre el que se informa.
Los activos y pasivos por impuestos corriente y diferido se presentan separados entre sí y de los otros activos y pasivos.
La Sociedad compensa los activos por impuestos y los pasivos por impuestos a las ganancias si, y sólo si, la entidad:
-
a) tiene el derecho, exigible legalmente, de compensar los importes reconocidos; y
-
b) tiene la intención de liquidar por el importe neto o de realizar el activo y liquidar el pasivo simultáneamente.
Los activos o pasivos por impuestos diferidos son clasificados como activos (pasivos) no corrientes.
4.1.2 Moneda de presentación
Los estados financieros consolidados se presentan en miles de pesos argentinos. A menos que se establezca lo contrario, o que el contexto lo exija de otro modo, las referencias a “montos en pesos” o “$”, son a pesos argentinos; las referencias a “U$S” o “dólares US” son a dólares estadounidenses.
4.1.3 Criterios contables
Los estados financieros han sido preparados sobre la base del costo histórico, el cual ha sido reexpresado en moneda de cierre en el caso de las partidas no monetarias, excepto por la valuación de los activos esenciales dentro del rubro Propiedades, planta y equipo a valor razonable con cambios en Otros Resultados Integrales y los instrumentos financieros, que son medidos a valor
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razonable con cambio a resultados al cierre de cada ejercicio, de acuerdo a lo mencionado en la Nota 7.
4.1.4 Flujos de efectivo
La Sociedad presenta los flujos de efectivo provenientes de actividades operativas utilizando el método indirecto. Los intereses pagados relacionados con deudas financieras y comerciales se presentan dentro de las actividades de financiación.
4.1.5 Uso de estimaciones
La preparación de estados financieros a una fecha determinada requiere que la Sociedad realice estimaciones y evaluaciones que afectan el monto de los activos y pasivos registrados y los activos y pasivos contingentes revelados a dicha fecha, como así también los ingresos y egresos registrados en el ejercicio. Los resultados reales futuros pueden diferir de las estimaciones y evaluaciones realizadas a la fecha de preparación de los presentes estados financieros. Las principales áreas que presentan mayor complejidad, las cuales requieren la aplicación de juicio profesional o cuyas asunciones y estimaciones son significativas, se describen en la Nota 5.
4.2 Nuevos estándares emitidos y estándares revisados
4.2.1 Modificaciones a las NIIF vigentes de manera obligatoria en el presente año
En el presente año, la Sociedad implementó una serie de NIIF nuevas y modificadas, emitidas por el IASB, y adoptadas por la FACPCE, las cuales son obligatorias y entraron en vigencia a partir de los ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2019.
NIIF 16 - Arrendamientos
El modelo introducido por esta norma se basa en la definición de arrendamiento, la cual se relaciona principalmente con el concepto de control. NIIF 16 distingue entre contratos de arrendamiento y contratos de servicios sobre la base de si un activo identificado se encuentra bajo el control del cliente, el cual existe en tanto el cliente tenga el derecho a: i) obtener sustancialmente todos los beneficios económicos del uso del activo; y ii) a dirigir el uso del mismo. La definición de arrendamiento de NIIF 16, no generó un cambio significativo en el alcance de los contratos de la Sociedad, ya considerados como arrendamiento bajo NIC 17 y CINIIF 4.
La Sociedad reconoció activos por derecho de uso y pasivos por arrendamientos de 12.538 (cuyo monto reexpresado al 31 de diciembre de 2019 asciende a 19.287) el 1° de enero de 2019 en el estado de situación financiera, medidos al valor presente de los pagos futuros.
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La aplicación de la presente norma no tuvo efecto sobre los resultados acumulados dado que la Sociedad aplicó el modelo simplificado sin reexpresión de las cifras comparativas, reconociendo un activo por derecho de uso equivalente al pasivo por arrendamiento en la fecha inicial de transición (1° de enero de 2019). No se detectaron ajustes a realizar por deterioro proveniente de provisiones de contratos onerosos relacionados a estos activos por derecho de uso.
La Sociedad aplicó a los pasivos por arrendamiento, reconocidos en el estado de situación financiera, como tasa de descuento, la tasa incremental por préstamos del arrendatario de la fecha de implementación.
No se realizaron ajustes de transición para arrendamientos en los que la Sociedad actuó como arrendador por no tener activos significativos arrendados a terceros.
Las políticas contables relacionadas con los arrendamientos de la Sociedad se describen detalladamente en la Nota 4.23 a los presentes estados financieros.
CINIIF 23 - Incertidumbre sobre los tratamientos del impuesto a las ganancias
La Interpretación emitida en junio de 2017, aclara cómo aplicar los requerimientos de reconocimiento y medición de la NIC 12 cuando existe incertidumbre frente a los tratamientos del impuesto a las ganancias.
Para ello, la entidad debe evaluar si la autoridad fiscal aceptará un tratamiento impositivo incierto usado, o propuesto a ser usado, o que esté previsto usar en su declaración de impuesto a las ganancias.
Si una entidad concluye que es probable que la autoridad fiscal acepte un tratamiento impositivo incierto, la entidad determinará la posición fiscal congruentemente con el tratamiento impositivo usado o que esté previsto usar en su declaración de impuesto a las ganancias. Si una entidad concluye que no es probable dicha aceptación, la entidad reflejará el efecto de la incertidumbre al determinar el resultado fiscal, las bases fiscales, pérdidas fiscales no utilizadas, créditos fiscales no utilizados y tasas fiscales. Una entidad reflejará el efecto de la incertidumbre para cada tratamiento impositivo incierto por el uso de uno de los siguientes métodos, dependiendo de qué método la entidad espera que prediga mejor la resolución de la incertidumbre:
- El importe más probable — el único importe más probable en un rango de posibles resultados. El importe más probable puede predecir mejor la resolución de la incertidumbre si los posibles resultados son duales o se concentran en un valor.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
- El valor esperado — la suma de los importes ponderados por su probabilidad en un rango de resultados posibles. El valor esperado puede predecir mejor la resolución de la incertidumbre si existe un rango de resultados posibles que no son duales ni están concentrados en un valor.
La adopción de las modificaciones mencionadas no ha tenido efecto en los estados financieros consolidados de la Sociedad.
Mejoras anuales a las NIIF (Ciclo 2015 – 2017)
En diciembre de 2017, el IASB emitió el ciclo de mejoras anuales 2015-2017 que resultan aplicables para los ejercicios iniciados en o a partir del 1° de enero de 2019, permitiendo su aplicación anticipada.
A continuación, se resumen las principales normas modificadas y objeto de las mismas:
| Objeto de la | ||
|---|---|---|
| Norma | **modificación ** | Detalle |
| NIIF 3 “Combinaciones | Participaciones | La modificación a la NIIF 3 establece que al obtener el |
| de negocios” y NIIF 11 | anteriormente mantenidas | control de un negocio que era una operación conjunta, la |
| “Acuerdos conjuntos” | en una operación | adquirente aplicará los requerimientos para una combinación |
| conjunta | de negocios realizada por etapas, incluyendo la nueva | |
| medición de su participación anteriormente mantenida en la | ||
| operación conjunta al valor razonable en la fecha de | ||
| adquisición. Por su parte, la modificación a la NIIF 11 | ||
| establece que al obtener el control conjunto de un negocio | ||
| que era una operación conjunta, no mide nuevamente sus | ||
| participaciones mantenidas anteriormente. | ||
| NIC 12 “Impuesto a las | Exposición del efecto de | La modificación aclara que la entidad reconocerá las |
| Ganancias” | los dividendos en el | consecuencias de los dividendos en el impuesto a las |
| Impuesto a las ganancias | ganancias donde haya reconocido las transacciones o sucesos | |
| que generaron esas ganancias distribuibles. | ||
| NIC 23 “Costos por | Capitalización de | La modificación de la norma aclara que, para la |
| préstamos” | préstamos genérica | capitalización de costos provenientes de préstamos genéricos, |
| necesariamente debe considerar todos los préstamos | ||
| pendientes al determinar la tasa de capitalización, excepto los | ||
| tomados específicamente para financiar un activo apto que | ||
| todavía no está listo para su uso previsto o venta. Es decir, si | ||
| cualquier préstamo específico permanece pendiente de pago | ||
| después de que el activo apto relacionado esté listo para su | ||
| uso previsto o para la venta, dicho préstamo pasa a ser parte | ||
| de los fondos que la entidad tomó como préstamos genéricos. |
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La adopción de las modificaciones mencionadas no ha tenido efecto en los estados financieros consolidados de la Sociedad.
Modificaciones a NIIF 9 - Características de prepago con compensación negativa
En octubre de 2017, se introdujo una modificación relacionada a la cancelación anticipada con compensación negativa, por los cuales el prestamista (es decir, el tenedor) podría verse forzado a aceptar el pago, por la cancelación anticipada, de un importe que fuera sustancialmente menor que los importes sin pagar del principal e intereses. En estos casos la modificación propone que los activos financieros con estas características sean medidos a costo amortizado o a valor razonable con cambios en otro resultado integral.
La adopción de las modificaciones mencionadas no ha tenido efecto en los estados financieros consolidados de la Sociedad.
Modificaciones a la NIC 28 - Participaciones de largo plazo en asociadas y negocios conjuntos
En octubre de 2017, el IASB emitió modificaciones a la NIC 28 que resultan aplicables para los ejercicios iniciados en o a partir del 1° de enero de 2019, permitiendo su aplicación anticipada.
La modificación define que las participaciones de largo plazo en asociadas y negocios conjuntos, que no se contabilizan utilizando el método de la participación, se contabilizarán de acuerdo con la NIIF 9.
La adopción de las modificaciones mencionadas no ha tenido efecto en los estados financieros consolidados de la Sociedad.
Modificaciones a la NIC 19 - Modificación, reducción o liquidación del plan de beneficios a empleados
En febrero de 2018, el IASB emitió modificaciones a la orientación contenida en la presente norma, en relación con la contabilización de las modificaciones, reducciones y liquidaciones de un plan.
Una entidad determinará el costo de los servicios del período presente y el interés neto por el resto del período anual, usando suposiciones actuariales determinadas al comienzo del periodo anual sobre el que se informa. Sin embargo, si una entidad mide nuevamente el pasivo (activo) por beneficios definidos netos, determinará el costo actual del servicio y el interés neto para el resto del periodo anual, empleando suposiciones actuariales actualizadas al momento posterior del cambio en el plan.
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Otra modificación consiste en reconocer en los resultados cualquier reducción en un superávit, incluso si ese superávit no fuera previamente reconocido debido al impacto del límite de los activos.
La adopción de las modificaciones mencionadas no ha tenido efecto en los estados financieros consolidados de la Sociedad.
4.2.2 NIIF nuevas y revisadas emitidas no adoptadas a la fecha
Las NIIF que se detallan a continuación se encuentran emitidas por el IASB y aprobadas por la FACPCE, pero su aplicación no es exigida, admitiéndose su aplicación anticipada, dadas las fechas de vigencia abajo indicadas.
Marco Conceptual de las NIIF
En marzo de 2018, el IASB emitió el Marco Conceptual revisado que resulta aplicable para períodos anuales que comiencen a partir del 1° de enero de 2020. Este proceso de revisión no implicó un cambio sustancial al conjunto de definiciones, conceptos y lineamientos utilizados como base para la preparación de información financiera por lo que no se anticipan efectos sobre los estados financieros de la Sociedad.
La Sociedad no anticipa que la aplicación de las modificaciones mencionadas tendrá un impacto significativo en los estados financieros de la Sociedad.
Modificaciones a NIC 1 e NIC 8 - Definición de materialidad
En octubre de 2018, el IASB emitió modificaciones que resultan aplicables para los ejercicios iniciados en o a partir del 1° de enero de 2020, permitiendo su aplicación anticipada.
Las modificaciones emitidas a las definiciones de “material” o “con importancia relativa”, persiguen el objetivo de unificar la definición de dichos conceptos, a las definiciones del Marco Conceptual también modificado en 2018.
La Sociedad no anticipa que la aplicación de las modificaciones mencionadas tendrá un impacto significativo en los estados financieros de la Sociedad.
Modificaciones a NIIF 3 - Definición de un negocio
En octubre de 2018, el IASB emitió modificaciones que aclaran la definición de negocio, con el objetivo de ayudar a las entidades a determinar si una transacción debe contabilizarse como una combinación de negocios o como la adquisición de un activo. Las mismas resultan aplicables para
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las transacciones cuya fecha de adquisición sea a partir del comienzo del primer periodo anual sobre el que se informa que se inicie a partir del 1° de enero de 2020, permitiéndose la aplicación anticipada. Las modificaciones:
-
aclaran que, para ser considerado un negocio, un conjunto adquirido de actividades y activos debe incluir, como mínimo, un insumo y un proceso sustantivo que juntos contribuyen de forma significativa a la capacidad de elaborar productos;
-
eliminan la evaluación de si los participantes del mercado pueden sustituir los procesos o insumos que faltan y continuar con la producción de productos;
-
añaden guías y ejemplos ilustrativos para ayudar a las entidades a evaluar si se ha adquirido un proceso sustancial;
-
restringen las definiciones de un negocio o de productos centrándose en bienes y servicios proporcionados a los clientes y eliminan la referencia a la capacidad de reducir costos; y
-
añaden una prueba de concentración opcional que permite una evaluación simplificada de si un conjunto de actividades y negocios adquiridos no es un negocio.
La Sociedad no anticipa que la aplicación de las modificaciones mencionadas tendrá un impacto significativo en los estados financieros de la Sociedad.
Modificaciones a las NIIF 9, NIC 39 y NIIF 7 - Reforma de la Tasa de Interés de Referencia
En septiembre de 2019, el IASB emitió modificaciones que resultan aplicables para los ejercicios iniciados en o a partir del 1° de enero de 2020, permitiendo su aplicación anticipada.
Tras la incertidumbre que genera la “Reforma de las tasas de interés de referencia”, por la cual se sugiere reemplazar las tasas de oferta interbancarias, por tasas de referencias alternativas libre de riesgo, el IASB consideró las implicancias que puede tener sobre los requerimientos específicos de la contabilidad de coberturas de la NIIF 9 y de la NIC 39 que requieren del análisis proyectado a futuro.
De este modo, las enmiendas modifican estos requerimientos al aplicar contabilidad de coberturas, de modo que las entidades los apliquen suponiendo que el índice de referencia de tasa de interés no se altera como resultado de la reforma mencionada sobre las tasas de interés.
La Sociedad no anticipa que la aplicación de las modificaciones mencionadas tendrá un impacto significativo en los estados financieros de la Sociedad.
Modificaciones a la NIC 1 para aclarar la clasificación de pasivos
Las modificaciones en la clasificación de pasivos como corrientes o no corrientes (modificaciones a la NIC 1) afectan solo la presentación de pasivos en el estado de situación financiera, no el
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
monto o el momento del reconocimiento de cualquier activo, ingreso o gasto de pasivo, o la información que las entidades revelan sobre esos conceptos. Las modificaciones:
-
aclaran que la clasificación de los pasivos como corrientes o no corrientes debe basarse en los derechos existentes al final del período sobre el que se informa y alinear la redacción en todos los párrafos afectados para referirse al "derecho" a diferir la liquidación en al menos doce meses y hacer explícito que solo los derechos vigentes "al final del período de informe" deberían afectar la clasificación de un pasivo;
-
aclaran que la clasificación no se ve afectada por las expectativas sobre si una entidad ejercerá su derecho a diferir la liquidación de un pasivo; y
-
dejan claro que la liquidación se refiere a la transferencia a la contraparte de efectivo, instrumentos de patrimonio, otros activos o servicios.
Las modificaciones son efectivas para los períodos anuales de presentación de informes que comiencen a partir del 1 de enero de 2022 y se aplicarán de forma retroactiva. Se permite su aplicación anticipada.
La Sociedad no anticipa que la aplicación de las modificaciones mencionadas tendrá un impacto significativo en los estados financieros de la Sociedad.
NIIF 17 - Contratos de seguros
La NIIF 17 emitida en mayo de 2017 resulta aplicable para los ejercicios iniciados en o a partir del 1° de enero de 2021, permitiendo su aplicación anticipada y reemplaza a la NIIF 4.
La Sociedad no anticipa que la aplicación de las modificaciones mencionadas tendrá un impacto significativo en los estados financieros de la Sociedad.
Modificaciones a las NIIF 10 y NIC 28 - Venta o Aportación de Activos entre un Inversor y su Asociada o Negocio Conjunto
En septiembre de 2014, el IASB modificó la NIIF 10 y la NIC 28 para clarificar que, en transacciones que involucren una controlada, la extensión de la ganancia o pérdida a reconocer en los estados financieros depende de si la controlada vendida o contribuida constituye un negocio de acuerdo con la NIIF 3.
El 10 de agosto de 2015, el IASB emitió una propuesta para posponer la fecha efectiva de estas modificaciones indefinidamente dependiendo del resultado de su proyecto de investigación sobre la contabilización por el método de la participación, la cual resultó aprobada el 17 de diciembre de 2015.
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La Sociedad no anticipa que la aplicación de las modificaciones mencionadas tendrá un impacto significativo en los estados financieros de la Sociedad.
4.3 Información por segmentos
La información por segmentos se presenta de manera consistente con la información interna brindada al Comité de Dirección, quien es la máxima autoridad relacionada con la toma de decisiones (traducción al español de Chief Operating Decision Maker o CODM por su sigla en inglés). El CODM es el responsable de asignar recursos y establecer el rendimiento de los segmentos de operaciones de la entidad y ha sido identificado como el órgano que ejecuta las decisiones estratégicas de la Sociedad.
La Sociedad analiza los Segmentos de operación a nivel consolidado, por lo tanto expone información sobre los mismos en la Nota 9 de sus estados financieros consolidados.
4.4 Conversión de moneda extranjera
4.4.1 Moneda funcional y de presentación
Las partidas que se incluyen en los estados financieros de la Sociedad se miden utilizando la moneda del entorno económico principal en el que opera la entidad (“la moneda funcional”), que es el peso argentino, sobre la base de los parámetros establecidos en la NIC 21. Los estados financieros consolidados se presentan en miles de pesos argentinos, que es la moneda de presentación de la Sociedad.
4.4.2 Operaciones y saldos en moneda extranjera
Las operaciones en moneda extranjera se convierten a la moneda funcional aplicando los tipos de cambio vigentes a las fechas de las transacciones. Las ganancias y pérdidas por diferencia de cambio derivadas de cada transacción y por la conversión de los activos y pasivos monetarios denominados en moneda extranjera al cierre del ejercicio, se reconocen en el resultado del ejercicio.
4.5 Reconocimiento de ingresos
Los ingresos se calculan al valor razonable de la contraprestación cobrada o por cobrar, teniendo en cuenta el importe estimado de cualquier descuento, bonificación o rebaja comercial que la Sociedad pueda otorgar.
La Sociedad reconoce los ingresos por ventas cuando los importes relacionados pueden ser estimados confiablemente, cuando es probable que beneficios económicos futuros fluyan a la
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entidad y cuando los criterios específicos para cada una de las actividades se han cumplido. La Gerencia basa sus estimaciones en la experiencia histórica, tomando en consideración el tipo de cliente, el tipo de transacción y las características específicas de cada acuerdo.
La Sociedad reconoce los ingresos por ventas sobre la base de las entregas de gas y su transporte y distribución, a los clientes, incluyendo los montos estimados de gas entregado pero aún no facturados al cierre de cada ejercicio. El reconocimiento contable de los ingresos por distribución y transporte de gas se produce en el momento de la prestación del servicio.
Los montos efectivamente entregados han sido determinados de acuerdo con los volúmenes de gas comprados y otros datos. Las ventas no facturadas al cierre del ejercicio se reconocen en base a estimaciones realizadas por la Gerencia.
Los ingresos por intereses se reconocen sobre la base de la proporción de tiempo transcurrido, utilizando el método de la tasa efectiva. Cuando el valor de una cuenta por cobrar se deteriora, la Sociedad reduce su valor en libros a su monto recuperable, que es el flujo de efectivo futuro estimado descontado a la tasa de interés efectiva original del instrumento y continúa revirtiendo el descuento como ingreso por intereses. El ingreso por intereses de préstamos o colocaciones provisionadas se reconoce usando la tasa efectiva original del instrumento.
4.5.1 Reconocimiento de ingresos por Resolución MINEM N° 508-E/2017
La Resolución MINEM N° 508-E/2017, aplicable a partir de enero de 2018, encuadra dentro del alcance de la NIC 20 “Subvenciones del gobierno” (ver Nota 2.3.2 a los presentes estados financieros).
El reconocimiento de estos ingresos es efectuado en base a los montos efectivamente facturados al cierre de cada período considerando la existencia de seguridad razonable respecto a su cobro.
Este concepto ha sido expuesto en la línea “Resolución MINEM N° 508-E/2017” dentro del rubro “Ingresos Ordinarios” (ver Nota 26 a los presentes estados financieros).
La diferencia entre los ingresos reconocidos y los anticipos recibidos por el MINEM se exponen en el rubro Otros créditos.
4.5.2 Reconocimiento de ingresos por Diferencias Diarias
El Decreto N° 1.053/2018 encuadra dentro del alcance de la NIC 20 “Subvenciones del gobierno” (ver Nota 2.3.3 a los presentes estados financieros).
El mismo establece que el Estado Nacional asume, con carácter excepcional, el pago de las DDA mensualmente entre el valor del gas comprado por las prestadoras del servicio de distribución de
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gas natural por redes y el valor del gas natural incluido en los cuadros tarifarios vigentes entre el 1° de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2019, generadas exclusivamente por variaciones del tipo de cambio y correspondientes a volúmenes de gas natural entregados en ese mismo período, todo ello de acuerdo con el procedimiento que disponga el ENARGAS.
El pago de las DDA se transferirá a cada distribuidora en treinta (30) cuotas mensuales y consecutivas a partir del 1° de octubre de 2019. Una vez percibida cada cuota, las distribuidoras deberán realizar de manera inmediata los pagos correspondientes a los proveedores de gas natural involucrados y los informarán y acreditarán mensualmente ante el ENARGAS. Durante el mes de diciembre de 2019 se realizó el pago de la primer cuota.
El ingreso por DDA se registró como un menor costo en la línea “Suministro de gas” dentro de los Costos de operación del Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral, y los montos pendientes de pago a los productores de gas se exponen en el rubro Cuentas por pagar.
4.6 Propiedades, planta y equipo
A la fecha de transición de implementación de las Normas Internacionales de Información (“NIIF”), 1° de enero del 2012, la Sociedad había optado por considerar como costo atribuido de las Propiedades, planta y equipo, que incluyen los Activos esenciales para la prestación del servicio y otros bienes, el costo de los mismos reexpresados en moneda constante hasta el 1 de marzo de 2003 de acuerdo a las normas contables previas y normas de la CNV.
A los efectos de la determinación del costo, para los bienes recibidos en el momento de otorgarse la Licencia, se había tomado el valor global de transferencia definido en el Contrato de Transferencia, que surgía como contrapartida de los aportes efectuados y el pasivo transferido. Sobre la base de un trabajo especial efectuado por peritos independientes en el año 1993, luego se realizó la asignación del valor de origen global entre las distintas categorías de bienes que lo integraban, asignándole como vida útil los años de servicio restantes estimados en función de cada tipo de bien, estado de conservación y planes de renovación y mantenimiento.
Los bienes incorporados al patrimonio con posterioridad al momento de otorgarse la Licencia fueron valuados a su costo de adquisición reexpresado como se detalla en el primer párrafo, excepto en el caso de las redes de distribución construidas por terceros que se valúan conforme lo establecido por la CINIIF 18 al valor razonable de la contraprestación recibida. Dicho valor es determinado en función a los montos equivalentes a determinados metros cúbicos de gas determinados por el ENARGAS a compensar a dichos terceros.
Con fecha efectiva 1° de abril de 2017, MetroGAS decidió utilizar, dentro de los dos modelos previstos en las NIIF, el modelo de la revaluación para la valuación de sus Activos esenciales dentro del rubro Propiedades, planta y equipo, los que incluyen: Ramales de alta presión,
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Conductos y redes en media y baja presión, Estaciones de regulación y/o medición de presión, Instalaciones de medición de consumos y Redes cedidas por terceros. El cambio de criterio de valuación del modelo de costo al de revaluación se aplica en forma prospectiva de acuerdo con la NIC 8.
Este cambio de política contable permite valuar los Activos esenciales a valores que se aproximen a su valor razonable y de esta forma brindar información más relevante en el estado de situación financiera. Tal como se explica en la Nota 2, en marzo de 2017 se culminó el proceso de la RTI y de adecuación de la licencia de distribución, que estableció un régimen tarifario de transición a partir del 1° de abril de 2017, un sistema de ajuste semestral, el proceso de revisión tarifaria quinquenal y el plan de inversiones obligatorias quinquenales y adicionales.
4.6.1. Activos esenciales
Tal como se menciona en el punto anterior, con fecha efectiva 1° de abril de 2017 los Activos esenciales se miden por el “modelo de revaluación” establecido en la NIC 16 – Propiedades, planta y equipo-, menos la depreciación acumulada y las pérdidas por deterioro subsecuentes.
De acuerdo a lo requerido por las normas vigentes de la CNV en los casos de valuación de Propiedades, planta y equipo a valores razonables, la Sociedad encomienda dicha valuación a peritos expertos independientes, que actúan como asesores del Directorio de la Sociedad; quién asume la responsabilidad final de la medición. El Directorio de la Sociedad en su reunión de fecha 30 de junio de 2017 aprobó la valuación de los Activos esenciales por el método de la revaluación con fecha efectiva 1° de abril de 2017.
Las revaluaciones se hacen con la frecuencia necesaria de tal forma que el valor registrado contablemente no difiera significativamente del valor razonable de los Activos esenciales a la fecha de cada medición. La depreciación acumulada a la fecha de cada revaluación se netea contra el valor de origen de los Activos esenciales revaluados.
El valor razonable es el precio que se obtendría por vender un activo en una transacción ordenada entre participantes del mercado a la fecha de la medición en condiciones presentes del mercado.
Para medir el valor razonable de los Activos esenciales se utiliza como técnica de valoración el “enfoque del ingreso” establecido en la NIIF 13 – Medición del valor razonable. La Sociedad utiliza un modelo de flujo de fondos descontados elaborados en base a estimaciones respecto del comportamiento futuro de ciertas variables que resultan sensibles en la determinación del valor razonable: (i) tarifas de distribución de gas y costos de gas y transporte (ii) inversiones obligatorias y adicionales (iii) costos de distribución de gas; (iv) tasa de descuento ponderada y (v) variables macroeconómicas como demanda estimada, tasa de inflación, tasa de devaluación, entre otras.
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Los flujos de fondos descontados utilizados cubren los años restantes hasta el vencimiento del plazo original de 35 años de la Licencia de Distribución de Gas y el período de renovación de 10 años que puede solicitar la licenciataria, finalizando de esta forma el 28 de diciembre de 2037. Adicionalmente la Sociedad ha incorporado a los flujos de fondos descontados un monto adicional previsto en la Licencia al momento de expiración de la misma, donde la Sociedad tendrá derecho a cobrar el menor entre el valor residual de los Activos esenciales y el importe resultante de una nueva licitación, neto de gastos e impuestos pagados por el participante ganador, monto que la Sociedad ha asimilado a una renta perpetua a dicha fecha.
La medición de los Activos esenciales a valor razonable es clasificada de acuerdo al Nivel 3 establecido en la NIIF 7, ya que debido a la naturaleza particular de estos bienes, no existen valores comparables de mercado.
El incremento del importe en libros de un activo como consecuencia de una revaluación se reconoce en la cuenta Revaluación de Propiedades, planta y equipo en el rubro Otros Resultados Integrales Acumulados (“ORIA”) del Patrimonio Neto, neto del impuesto diferido correspondiente. Cuando se reduzca el importe en libros de un activo como consecuencia de una revaluación, tal disminución se reconocerá en el resultado del período en la medida que exceda el saldo de la cuenta Otros Resultados Integrales Acumulados.
La depreciación, basada en un criterio de componentes, se calcula utilizando el método de la línea recta en función de la vida útil estimada restante al momento de la revaluación:
| Conductos y redes en media y baja presión Ramales de alta presión Estaciones de regulación y medición de presión Instalaciones de medición de consumos |
Años de vida útil estimada restante |
|---|---|
| 27-32 24 8 8 |
El cargo por depreciación de cada período se reconoce en el resultado del período, salvo que se haya incluido en el importe en libros de otros activos.
La cuenta Revaluación de Propiedades, planta y equipo incluida en rubro Otros Resultados Integrales del Patrimonio Neto disminuye por el consumo, retiro y disposición de los Activos Esenciales, con contrapartida en la cuenta de Resultados no Asignados del Patrimonio Neto, sin afectar el Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral del período o ejercicio.
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Si la Sociedad hubiera medido los Activos esenciales de acuerdo con el método anterior de costo reexpresado al 31 de diciembre de 2019 el valor residual de dichos activos al cierre del ejercicio hubiese sido el siguiente:
| Activos esenciales | Valor residual 31 de diciembre de 2019 |
|---|---|
| Conductos y redes en media y baja presión | 16.351.843 |
| Ramales de alta presión | 1.657.067 |
| Estaciones de regulación y medición de presión | 205.025 |
| Instalaciones de medición de consumos | 1.867.132 |
| Redes cedidas por terceros | 686.219 |
| Total | 20.767.286 |
4.6.2 Otros activos no esenciales
Los bienes comprendidos en el rubro Propiedades, planta y equipo, que no son activos esenciales son: Terrenos, Edificios y construcciones civiles, Otras instalaciones técnicas, Máquinas, equipos y herramientas, Servicios informáticos y de telecomunicaciones, Vehículos, Muebles y útiles, Materiales, Gas en cañerías y Obras en curso.
Estos bienes son valuados a costo reexpresado en moneda de cierre de acuerdo a lo mencionado en la Nota 3, menos la depreciación acumulada y el importe por deterioro acumulado.
La depreciación, basada en un criterio de componentes, se calcula utilizando el método de la línea recta durante la vida útil estimada de los activos, como se detalla a continuación:
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| LIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 E INFORMACIÓN expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de se indica en forma expresa) |
COMPARATIVA 2019 – Nota 3, excep |
|---|---|
| Otras instalaciones técnicas Sistemas informáticos y de telecomunicaciones Edificios y construcciones civiles Máquinas, equipos y herramientas Vehículos Muebles y útiles |
Años de vida útil **estimada ** |
| 15 5 50 5-15 5-10 10 |
Los terrenos no son depreciados. Los valores residuales y las vidas útiles de los activos se revisan, y ajustan en caso de corresponder, como mínimo al cierre de cada ejercicio.
4.6.3. Criterios de valuación comunes a Activos esenciales y no esenciales
Los costos posteriores (mantenimientos mayores y costos de reconstrucción) son incluidos en el valor de los activos o reconocidos como un activo separado según el caso, solamente cuando es probable que los beneficios futuros asociados con los bienes fluyan a la Sociedad, siendo posible, a su vez, que los costos del bien puedan ser medidos confiablemente y la inversión mejore la condición del activo más allá de su estado original. Los gastos restantes por reparaciones y mantenimiento se reconocen en el resultado del período o ejercicio en que se incurren.
Las obras en curso son valuadas en función del grado de avance. Las obras en curso se registran al costo reexpresado en moneda de cierre de acuerdo a lo mencionado en la Nota 3, menos cualquier pérdida por deterioro, en caso de corresponder. El costo incluye gastos atribuibles a la construcción, incluyendo costos por préstamos capitalizados conforme a las NIIF, cuando los mismos forman parte del costo incurrido para el propósito de adquisición, construcción o producción de Propiedades, planta y equipo que necesariamente toma un período de tiempo considerable hasta que se encuentre en condiciones de uso. La capitalización de los costos financieros cesa cuando el activo se encuentra sustancialmente terminado o suspendido, en el caso de que el desarrollo del mismo se encuentre en este último estado. La Sociedad activa los costos atribuibles a las actividades realizadas de planificación, ejecución y control de las inversiones en Propiedades, planta y equipo. La depreciación de estos activos se inicia cuando los mismos están en condiciones económicas de uso.
Los resultados por ventas de Propiedades, planta y equipo son contabilizados cuando los riesgos y beneficios significativos han sido transferidos al comprador. Los resultados por ventas se determinan comparando los importes cobrados, neto de gastos directos de venta, con el valor contable del bien, y son reconocidos dentro de otros ingresos y egresos en el Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro resultado integral. En el caso de los Activos esenciales, adicionalmente se reversa la Reserva por revaluación de Propiedades, planta y equipo incluida en Otros resultados integrales del Patrimonio Neto con contrapartida en los Resultados no asignados.
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La Sociedad analiza la recuperabilidad de sus activos de largo plazo anualmente o cuando existen eventos o cambios en las circunstancias que impliquen un potencial indicio de desvalorización del valor de los bienes con respecto a su valor recuperable, medido éste como el mayor entre el valor de uso y el valor razonable menos los costos de venta.
El valor de uso es determinado sobre la base de flujos de fondos proyectados y descontados empleando tasas de descuento que reflejen el valor tiempo del dinero y los riesgos específicos de los activos considerados.
Los flujos de fondos son elaborados en base a estimaciones respecto del comportamiento futuro de ciertas variables que resultan sensibles en la determinación del valor recuperable, entre las que se destacan: (i) naturaleza, oportunidad y modalidad de los incrementos de tarifas y reconocimiento de ajustes de costos; (ii) proyecciones de demanda de gas; (iii) evolución de los costos a incurrir, y; (iv) variables macroeconómicas como ser tasas de crecimiento, tasas de inflación, tipo de cambio, entre otras.
Cuando el importe en libros de un activo es superior a su importe recuperable estimado, su importe en libros se reduce hasta su valor recuperable.
Si existiera pérdida por deterioro del valor se reconocerá inmediatamente en el resultado del periodo o ejercicio a menos que el activo se contabilice por el método de la revaluación, en cuyo caso la pérdida por deterioro del valor, se tratará como una disminución de la cuenta Revaluación de Propiedades, planta y equipo del rubro ORIA y el excedente se imputará al Estado de Ganancias y Pérdidas y Otro Resultado Integral.
4.7 Propiedades de inversión
Las propiedades de inversión comprenden ciertos inmuebles que la Sociedad mantiene para obtener ingresos por alquileres a largo plazo como también para la apreciación de su valor, no siendo ocupadas por la Sociedad para sus propias operaciones.
La Sociedad ha adoptado el modelo de costo para todas sus propiedades de inversión. Por lo tanto, las propiedades de inversión se registran al valor de costo reexpresado a moneda de cierre de acuerdo a lo mencionado en la Nota 3, menos las depreciaciones y desvalorizaciones acumuladas, si las hubiere.
Bajo el modelo de costo, una propiedad de inversión se desvaloriza si su valor contable excede a su valor recuperable. Cuando los componentes individuales de las propiedades de inversión tienen diferentes vidas útiles, los mismos se contabilizan y deprecian por separado. La depreciación, basada en un criterio de componentes, se calcula utilizando el método de la línea recta durante la vida útil estimada de los activos. Los costos posteriores al reconocimiento inicial, se incluyen en el
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valor contable de los activos o se reconocen como un activo separado, según corresponda, sólo cuando es probable que dichos costos generen beneficios económicos futuros para la Sociedad y los mismos puedan medirse de manera confiable. Dichos costos pueden incluir el costo de mejoras o de reemplazos de partes que reúnen las condiciones para su capitalización. Se da de baja al valor contable de la parte reemplazada.
4.8 Bienes intangibles
Los bienes intangibles incluyen la adquisición y desarrollo de nuevos sistemas. La Sociedad ha adoptado el modelo de costo para valuar los bienes intangibles según lo establecido en la NIC 38, por lo tanto los bienes intangibles se registran al valor de costo reexpresado a moneda de cierre de acuerdo a lo mencionado en la Nota 3, menos las depreciaciones reexpresadas y desvalorizaciones acumuladas, si las hubiere. La depreciación se calcula utilizando el método de línea recta durante la vida útil estimada de los activos.
4.9 Deterioro del valor de los activos
A la fecha de cierre de cada ejercicio, la Sociedad revisa los valores contables de sus Propiedades, planta y equipo, Propiedades de inversión y Bienes intangibles para determinar si existen indicios de que dichos activos no son recuperables.
La política de deterioro del valor de los activos no corrientes se describe en Nota 5 “Estimaciones y juicios contables críticos”.
4.10 Activos y pasivos financieros
La Sociedad ha adoptado la NIIF 9 a partir de la fecha de transición, dado que esta nueva política contable brinda información relevante más confiable para que los usuarios evalúen las cifras, la oportunidad y la incertidumbre de los flujos de efectivo futuros.
Los activos y pasivos financieros se reconocen cuando una entidad de la Sociedad pasa a formar parte de las disposiciones contractuales del instrumento.
Los activos y pasivos financieros se miden inicialmente al valor razonable. Los costos de transacción que son directamente atribuibles a la adquisición o emisión de activos y pasivos financieros (distintos a los activos y pasivos financieros designados al valor razonable con cambio en los resultados) se agregan o deducen del valor razonable de los activos o pasivos financieros, cuando sea apropiado, al momento del reconocimiento inicial. Los costos de transacción directamente atribuibles a la adquisición de activos o pasivos financieros designados al valor razonable con cambio en los resultados se reconocen de inmediato en ganancias o pérdidas.
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4.10.1 Clasificación
La Sociedad clasifica los activos financieros en las siguientes categorías: activos medidos a valor razonable y activos medidos a costo amortizado. Esta clasificación depende de si el activo financiero es una inversión en un instrumento de deuda o de patrimonio. Para ser medido a costo amortizado se deben cumplir las dos condiciones descriptas abajo. Los restantes activos financieros se miden a valor razonable. La NIIF 9 requiere que todas las inversiones en instrumentos de patrimonio sean medidas a valor razonable.
a) Activos financieros a costo amortizado
Los activos financieros son medidos a costo amortizado si cumplen las siguientes condiciones:
-
i) El objetivo del modelo de negocio de la Sociedad es mantener los activos para obtener los flujos de efectivo contractuales; y
-
ii) las condiciones contractuales dan lugar, en fechas especificadas, a flujos de efectivo que son únicamente pagos del principal e intereses sobre el principal.
Al 31 de diciembre de 2019 y 2018, los activos financieros a costo amortizado de la Sociedad comprenden Efectivo y equivalentes de efectivo (excepto los fondos comunes de inversión), Créditos por ventas y Otros créditos.
b) Activos financieros a valor razonable
Si alguna de las condiciones detalladas arriba no se cumple, los activos financieros son medidos a valor razonable con cambios en resultados.
Al 31 de diciembre de 2019 y 2018, los activos financieros de la Sociedad a valor razonable con cambios en resultados comprenden principalmente fondos comunes de inversión.
4.10.2 Reconocimiento y medición
La compra o venta convencional de los activos financieros se reconoce en la fecha de su negociación, es decir, la fecha en que la Sociedad se compromete a adquirir o vender el activo. Los activos financieros se dan de baja cuando los derechos a recibir flujos de efectivo de las inversiones han vencido o se han transferido y la Sociedad ha transferido sustancialmente todos los riesgos y beneficios derivados de su titularidad.
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Los activos financieros se reconocen inicialmente a su valor razonable más, en el caso de activos financieros que no se miden a valor razonable con cambios en resultados, los costos de transacción que sean directamente atribuibles a la adquisición de los activos financieros.
4.10.3 Deterioro del valor de activos financieros
El modelo de deterioro de acuerdo con la NIIF 9 refleja pérdidas crediticias esperadas, en oposición a las pérdidas crediticias incurridas según la NIC 39. En el alcance del deterioro en la NIIF 9, ya no es necesario que ocurra un suceso crediticio antes de que se reconozcan las pérdidas crediticias. En cambio, una entidad siempre contabiliza tanto las pérdidas crediticias esperadas como sus cambios. El importe de pérdidas crediticias esperadas debe ser actualizado al cierre de cada período o ejercicio para reflejar los cambios en el riesgo crediticio desde el reconocimiento inicial.
MetroGAS cuenta entre sus clientes con una gran cantidad de usuarios residenciales (aproximadamente 2,4 millones de clientes) y algunos grandes clientes compuestos por centrales eléctricas, industrias, comercios, entidades públicas y estaciones de GNC.
La Sociedad calculó el deterioro de sus activos financieros aplicando el modelo simplificado agrupando los activos en función del tipo de cliente: i) clientes residenciales, ii) grandes clientes.
Para determinar la pérdida crediticia esperada de los clientes residenciales, al tratarse de un gran número de clientes localizados en una misma área geográfica y con características de riesgo crediticio comunes, la Sociedad ha preparado una matriz a partir de su registro de tasas de impago históricas a lo largo de la vida esperada de las cuentas por cobrar y las ha ajustado por las circunstancias relativas a las condiciones económicas futuras.
Para los grandes clientes, la Sociedad realizó un análisis individual de los créditos que representan un riesgo (riesgo de quiebra, clientes involucrados en un procedimiento judicial con la Sociedad) al cierre del ejercicio.
Definido cada grupo, se asignó una tasa de incobrabilidad esperada calculada en base a tasas de impago históricas al 31 de diciembre de 2019 ajustadas a las condiciones económicas futuras.
4.10.4 Compensación de instrumentos financieros
Los activos y pasivos financieros se compensan y el valor neto se informa en el estado de situación financiera cuando existe un derecho exigible legalmente de compensar los valores reconocidos y existe una intención de pagar en forma neta, o de realizar el activo y cancelar el pasivo simultáneamente.
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4.11 Créditos por ventas
Los créditos originados por servicios facturados y no cobrados a clientes, y aquellos devengados y no facturados a la fecha del cierre de cada ejercicio, son reconocidos a su valor razonable y posteriormente medidos a costo amortizado usando el método del interés efectivo menos cualquier deterioro. Los ingresos por intereses se reconocen aplicando la tasa de interés efectiva, excepto por las cuentas por cobrar a corto plazo en caso de que el reconocimiento de interés sea inmaterial.
Los créditos por ventas incluyen servicios devengados que se encuentran sin facturar a la fecha de cierre del ejercicio.
Los créditos por ventas están expresados netos de la provisión para deudores incobrables, la cual se basa en las estimaciones de cobro realizadas por la Sociedad.
4.12 Otros créditos
Los otros créditos son reconocidos inicialmente a su valor razonable (generalmente el monto original de la facturación/liquidación) y posteriormente medidas a costo amortizado, usando el método del interés efectivo y cuando fuere significativo, ajustado al valor temporal de la moneda. La Sociedad registra provisiones para desvalorización cuando existe una evidencia objetiva de que la Sociedad no será capaz de cobrar todos los montos adeudados en su favor de acuerdo a los términos originales de los créditos.
Los otros créditos están expresados netos de la provisión para deudores incobrables, la cual se basa en las estimaciones de cobro realizadas por la Sociedad.
4.13 Efectivo y equivalentes de efectivo
En el estado de flujo de efectivo consolidado, el efectivo y equivalentes de efectivo incluyen el efectivo en caja, los depósitos a la vista en entidades bancarias y otras inversiones a corto plazo de gran liquidez con un vencimiento original de tres meses o menos desde el momento de su adquisición.
4.14 Inventarios
Los inventarios incluyen los detectores de gas natural y monóxido de carbono. Los inventarios se valúan por el menor valor entre el costo reexpresado a moneda de cierre de acuerdo a lo mencionado en la Nota 3 y el valor neto de realización. El costo incluye los costos de adquisición (neto de descuentos, devoluciones y similares), transformación, así como otros costos en lo que se haya incurrido para dar a las existencias su ubicación y condiciones para ser comercializados.
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4.15 Cuentas por pagar
Las cuentas por pagar son obligaciones de pago con proveedores por compras de bienes y servicios generadas en el curso ordinario de los negocios. Las deudas comerciales se reconocen inicialmente a valor razonable y con posterioridad se miden a costo amortizado utilizando el método de la tasa de interés efectiva.
La línea denominada “Fideicomisos”, expuesta en este rubro comprenden a los montos cobrados que estaban pendientes de depósito al cierre de cada ejercicio correspondientes a los cargos que se mencionaran en Nota 2.5.4.
4.16 Otras deudas
Las otras deudas se reconocen inicialmente a valor razonable y con posterioridad se miden a costo amortizado utilizando el método de la tasa de interés efectiva.
4.17 Costos por préstamos
Los costos por préstamos atribuibles directamente a la adquisición, construcción o producción de activos aptos, que son aquellos que requieren de un período sustancial antes de estar listos para el uso al que están destinados o para la venta, son capitalizados como parte del costo de dichos activos hasta que los mismos estén aptos para su uso o venta.
El ingreso percibido por la inversión temporal en préstamos específicos pendientes para ser consumidos en activos calificados es deducido de los costos por préstamos aptos para su capitalización.
Los demás costos por préstamos son reconocidos como gastos en el período en que se incurren.
4.18 Impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta
El cargo por impuesto a las ganancias del ejercicio incluye el cargo por impuesto corriente y diferido. Los cargos por impuesto a las ganancias se reconocen en el estado de pérdidas y ganancias, excepto si se relacionan con conceptos contabilizados en otros resultados integrales o directamente en el patrimonio, en cuyo caso, el impuesto se contabiliza en otros resultados integrales o directamente en el patrimonio, respectivamente.
La Sociedad determina el cargo contable por impuesto a las ganancias de acuerdo con el método del impuesto diferido, el cual considera el efecto de las diferencias temporarias originadas en la distinta base de medición de activos y pasivos según criterios contables e impositivos, a la tasa impositiva que promulgada o sustancialmente promulgada a la fecha de los estados contables, se
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espera esté vigente al momento de su reversión o utilización, que de acuerdo a las últimas modificaciones introducidas por la en la Ley de Solidaridad Social y reactivación productiva en el marco de la emergencia pública N° 27.541 (la “Ley de Solidaridad Social”), se estableció una tasa del 30% para los ejercicios 2019 y 2020, y 25% a partir del ejercicio 2021.
La Ley N° 27.468 publicada en el B.O. el 4 de diciembre de 2018 dispuso que a los fines de aplicar el procedimiento de ajuste por inflación impositivo el mismo tendrá vigencia para los ejercicios que se inicien a partir del 1° de enero de 2018. Respecto del primero, segundo y tercer ejercicio a partir de su vigencia, ese procedimiento es aplicable en caso de que la variación del IPC, calculada desde el inicio y hasta el cierre de cada uno de esos ejercicios supere un 55%, un 30% y en un 15%, para el primero, segundo y tercer año de aplicación, respectivamente. La Sociedad aplicó al 31 de diciembre de 2019 el procedimiento de ajuste por inflación impositivo considerando que el IPC al 31 de diciembre de 2019 superó el 30% mencionado.
Los activos por impuesto diferido se registran en la medida en que sea probable la existencia de ganancias imponibles en el futuro contra las cuales se puedan compensar las diferencias temporarias.
Las entidades en Argentina están sujetas al Impuesto a las Ganancias Mínima Presunta (“IGMP”). Conforme al régimen impositivo vigente, una entidad debe pagar el mayor entre el impuesto a las ganancias y el IGMP. La provisión por IGMP se calcula por cada entidad individual a la tasa vigente del 1% y se basa en los activos impositivos de cada compañía al cierre del ejercicio, como lo definen las leyes argentinas. Si el IGMP excede al impuesto a las ganancias, dicho excedente se puede tomar como pago a cuenta del impuesto a las ganancias futuro que se produzca durante un período de 10 años. Cuando la Sociedad considera que es probable que se utilice el cargo de IGMP como pago a cuenta del impuesto a las ganancias, contabiliza el IGMP como un crédito corriente o no corriente, según corresponda, dentro del rubro “Otros créditos” en el estado de situación financiera, de lo contrario lo imputa en resultados en el rubro “Impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta” en el estado de pérdidas y ganancias y otro resultado integral.
De acuerdo con la Ley Nº 25.063, sancionada en diciembre de 1998, los dividendos que se distribuyan, en dinero o en especie, en exceso de las utilidades impositivas acumuladas al cierre del ejercicio inmediato anterior a la fecha de pago o distribución, estarán sujetos a una retención del 35% en concepto de impuesto a las ganancias con carácter de pago único y definitivo, excepto los que distribuyan a accionistas radicados en países con los cuales existan convenios de doble imposición, los cuales estarán sujetos a una alícuota menor. Sin embargo, de acuerdo a la Ley de Reforma tributaria anteriormente mencionada, se elimina este impuesto para las utilidades generadas a partir del 2018.
Con fecha 20 de septiembre de 2013 fue promulgada la Ley N° 26.893, que estableció un gravamen en concepto del mencionado impuesto con carácter de pago único y definitivo del 10%
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sobre los dividendos que se distribuyan en dinero o en especie –excepto en acciones o cuotas partes- a beneficiarios del exterior, y a personas físicas residentes en el país, sin perjuicio de la retención del 35% antes mencionada.
Con fecha 22 de julio de 2016 se publicó en el Boletín Oficial la Ley 27.260 “Programa Nacional de reparación histórica para jubilados y pensionados” que incluye un régimen de sinceramiento fiscal, moratoria y modificaciones impositivas. Entre otras modificaciones, la mencionada Ley 27.260 deja sin efecto el impuesto del 10% al que estaban sujetos los dividendos que distribuyeran las sociedades en dinero o en especie –excepto en acciones o cuotas partes– a beneficiarios del exterior y a personas físicas residentes en el país con carácter de pago único y definitivo.
Finalmente, la Ley N° 27.430 de Reforma tributaria también estableció, entre otras cuestiones, una retención sobre los dividendos del 7% para los ejercicios 2018 y 2019, y del 13% a partir del 2020.
4.19 Remuneraciones y cargas sociales
Las gratificaciones al personal se contabilizan como un pasivo y un gasto por gratificaciones en base a las condiciones y políticas establecidas por la Sociedad. Se registra una provisión cuando la Sociedad está obligada contractualmente o cuando exista una práctica en el pasado que haya creado una obligación implícita para la Sociedad.
Las indemnizaciones al personal se contabilizan como un pasivo y un gasto de personal cuando la relación laboral cesa, por decisión del empleador, antes de la fecha normal de jubilación o cuando un empleado acepta un retiro voluntario a cambio de dicha indemnización.
La Sociedad no posee planes de contribuciones definidas, adicionales a la contribución efectuada al Régimen Nacional de la Seguridad Social de acuerdo con regulaciones vigentes en Argentina, ni planes de beneficios definidos. Asimismo, la Sociedad no mantiene ningún programa de pagos basados en acciones.
4.20 Pasivo concursal
El pasivo concursal comprende los pasivos sujetos al procedimiento del concurso preventivo de acreedores solicitado por la Sociedad el 17 de junio de 2012. Los pasivos siguieron los lineamientos de NIIF 9, han sido valuados a costo amortizado considerando, de corresponder, los intereses financieros devengados hasta la fecha de presentación del concurso preventivo momento a partir del cual quedó interrumpido el curso de los mismos según lo dispone el art.19 de la LCQ. Los pasivos en moneda extranjera han sido valuados a los tipos de cambio al cierre del ejercicio.
Desde la resolución judicial que homologa la propuesta concursal el 6 de septiembre de 2012, el pasivo concursal incluye las deudas declaradas verificadas y admisibles con acreedores
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privilegiados pendientes de cancelación y deudas litigiosas o verificaciones tardías pendientes de resolución por el juez del concurso.
4.21 Deuda financiera
Las deudas financieras son reconocidas inicialmente a su valor razonable, neto de los costos de transacción incurridos. Dado que la Sociedad no tiene pasivos financieros cuyas características requieran la contabilización a valor razonable, de acuerdo a las NIIF vigentes, con posterioridad al reconocimiento inicial la deuda financiera es valuada a costo amortizado.
A efectos de la contabilización de la cancelación de las obligaciones negociables consumado el 27 de febrero de 2018, la Sociedad ha seguido los lineamientos previstos en la NIIF 9 “Reconocimiento y medición de instrumentos financieros”.
La NIIF 9 establece que una entidad eliminará de su estado de situación financiera un pasivo financiero (o una parte de éste) cuando, y solo cuando, se haya extinguido, esto es, cuando la obligación especificada en el correspondiente contrato haya sido pagada o cancelada, o haya expirado. La diferencia entre el importe en libros de un pasivo financiero (o de una parte del mismo) que ha sido cancelado o transferido a un tercero y la contraprestación pagada, incluyendo cualquier activo transferido diferente del efectivo o pasivo asumido, se reconocerá en el resultado del período. Con fecha 27 de febrero de 2018 la Sociedad canceló la totalidad de las obligaciones negociables. Por lo tanto, dio de baja la deuda financiera registrada e imputó la diferencia entre el importe en libros del pasivo financiero y la contraprestación pagada a resultados en la línea “Pérdida por cancelación de cancelación de Obligaciones Negociables (“ONs”)” dentro del rubro “Resultados financieros netos” (ver Nota 29 a los presentes estados financieros).
Asimismo, de acuerdo con la NIIF 9 la deuda tomada durante los ejercicios finalizados al 31 de diciembre de 2019 y 2018 (ver Nota 19.1 y 19.2 a los presentes estados financieros) fue reconocida inicialmente a su valor razonable, neto de los costos de transacción incurridos y con posterioridad, se mide a costo amortizado.
4.22 Provisiones
Las provisiones se reconocen en los casos en que la Sociedad, frente a una obligación presente a su cargo, ya sea legal o implícita, originada en un suceso pasado, resulta probable que se requiera una salida de recursos para cancelar la obligación, y se puede realizar una estimación confiable del importe de la misma. No se reconocen provisiones por pérdidas operativas futuras.
El importe reconocido como provisiones es la mejor estimación de desembolso necesario para cancelar la obligación presente, al final del ejercicio sobre el que se informa, teniendo en cuenta los riesgos e incertidumbres correspondientes. Cuando se mide una provisión usando el flujo de
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efectivo estimado para cancelar la obligación presente, su importe registrado representa el valor actual de dicho flujo de efectivo. Este valor presente se obtiene aplicando una tasa de descuento antes de impuestos que refleja las condiciones del mercado, el valor temporal de la moneda y los riesgos específicos de la obligación.
Se han constituido provisiones incluidas en el pasivo para cubrir eventuales situaciones contingentes que podrían originar obligaciones de pago futuras. En la estimación de sus montos y probabilidades de concreción se ha considerado la opinión de los asesores legales de la Sociedad.
Cuando se espera la recuperación de algunos o todos los beneficios económicos requeridos para cancelar una provisión, se reconoce una cuenta por cobrar como un activo si es virtualmente seguro que se recibirá el desembolso y el monto de la cuenta por cobrar puede ser medido con fiabilidad.
4.23 Arrendamientos
a) Como arrendatario
Para todos los arrendamientos la Sociedad reconoce los activos por derecho de uso y los pasivos por arrendamientos en el estado de situación patrimonial, medido individualmente al valor presente de pagos de arrendamiento futuro.
- Activo por derecho de uso
El costo del derecho de uso de los activos incluye las siguientes partidas:
-
el importe de la medición inicial del pasivo por arrendamiento (según se describe más adelante);
-
cualquier pago por arrendamiento abonado al arrendador con anterioridad a la fecha de comienzo o en la misma fecha, una vez descontado cualquier incentivo recibido por el arrendamiento;
-
los costos directos iniciales incurridos por el arrendatario; y
-
una estimación de los costos a incurrir por el arrendatario al desmantelar y eliminar el activo subyacente, restaurar el lugar en el que se localiza o restaurar el activo subyacente a la condición requerida por los términos y condiciones del arrendamiento, a menos que se incurra en esos costos al producir los inventarios. El arrendatario podría incurrir en obligaciones a consecuencia de esos costos ya sea en la fecha de comienzo o como una consecuencia de haber usado el activo subyacente durante un periodo determinado.
Posteriormente, la valoración del derecho de uso de los activos se realiza utilizando el modelo del costo de la NIC 16 “Propiedades, planta y equipo” (reconociendo por tanto la amortización
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y el deterioro en la cuenta de pérdidas y ganancias. No obstante, NIIF 16 exige que la valoración del derecho de uso de una inversión inmobiliaria arrendada se realice a su valor razonable en virtud de lo dispuesto en la norma NIC 40 “Propiedades de inversión” para las inversiones inmobiliarias que posea.
- Pasivo por arrendamiento
La Sociedad mide el pasivo por arrendamiento al valor presente de los pagos por arrendamiento que no se hayan pagado en esa fecha. Los pagos por arrendamiento se descuentan usando la tasa incremental por préstamos del arrendatario. Los pasivos por arrendamiento incluyen las siguientes partidas:
-
pagos fijos (incluyendo los pagos en esencia fijos), menos cualquier incentivo de arrendamiento por cobrar;
-
pagos variables, que dependen de un índice o una tasa, inicialmente medidos usando el índice o tasa (por ejemplo, pagos vinculados al índice de precios al consumidor, precios vinculados a una tasa de interés de referencia, tal como la LIBOR, o pagos que varían para reflejar cambios en los precios de alquiler del mercado) en la fecha de comienzo del contrato;
-
importes que el arrendatario espera pagar como garantías de valor residual;
-
el precio de ejercicio de una opción de compra si el arrendatario está razonablemente seguro de ejercer esa opción; y
-
pagos de penalizaciones por terminar el arrendamiento, si el período del arrendamiento refleja que el arrendatario ejercerá una opción de terminarlo por parte del arrendatario (es decir, porque existe una certeza razonable al respecto).
Posteriormente, la Sociedad incrementa el pasivo por el arrendamiento para reflejar el interés devengado (y reconocido en la cuenta de pérdidas y ganancias), deduce las cuotas que se van pagando del pasivo y recalcula de nuevo el valor contable para reflejar cualquier revisión, modificación del arrendamiento o revisión de las denominadas cuotas “en sustancia” fijas.
- Revisión del pasivo por arrendamiento
La Sociedad revisa el pasivo por arrendamiento en los siguientes casos:
-
cuando se produzca un cambio en el importe esperado a pagar en virtud de una garantía de valor residual;
-
cuando se produzca un cambio en las futuras cuotas de arrendamiento para reflejar la variación de un índice o en un tipo de interés utilizado para determinar dichas cuotas (incluida, por ejemplo, una revisión del alquiler de mercado);
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
-
cuando se produzca un cambio en la duración del arrendamiento como resultado de una modificación en el periodo no cancelable del mismo (por ejemplo, si el arrendatario no ejerce una opción previamente incluida en la determinación del periodo de arrendamiento); o
-
cuando se produzca un cambio en la evaluación de la opción de compra del activo subyacente.
b) Como arrendador
La NIIF 16 exige al arrendador clasificar el arrendamiento en operativo o financiero. Un arrendamiento financiero es un arrendamiento en el que se transfieren sustancialmente todos los riesgos y beneficios derivados de la propiedad del activo. Un arrendamiento se clasificará como operativo si no transfiere sustancialmente todos los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad de un activo subyacente.
La clasificación del arrendamiento se realiza en la fecha de inicio del acuerdo y se evalúa nuevamente solo si se produce una modificación del arrendamiento. Los cambios en las estimaciones (por ejemplo las que suponen modificaciones en la vida económica o en el valor residual del activo subyacente) o los cambios en circunstancias (por ejemplo el incumplimiento por parte del arrendatario), no darán lugar a una nueva clasificación del arrendamiento a efectos contables.
4.24 Saldos con partes relacionadas
Los créditos y deudas con partes relacionadas son reconocidos inicialmente a su valor razonable y posteriormente medidos a costo amortizado, de acuerdo con las condiciones pactadas entre las partes involucradas.
4.25 Patrimonio neto
Las partidas de patrimonio neto han sido valuadas de acuerdo a las normas contables vigentes a la fecha de transición. La registración de movimientos del mencionado rubro se realizó de acuerdo a decisiones asamblearias, normas legales o reglamentarias, aunque tales partidas hubieran tenido un saldo diferente en caso de haberse aplicado en el pasado las NIIF.
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a) Capital social
Está formado por los aportes efectuados por los accionistas representados por acciones y comprende a las acciones en circulación a su valor nominal. El Capital social ha sido reexpresado aplicando el procedimiento de ajuste descripto en la Nota 3, en función de las respectivas fechas de suscripción. La cuenta “Capital social” se expone a su valor nominal, de acuerdo con disposiciones legales, y la diferencia con su importe reexpresado se presenta en la cuenta “Ajuste de capital social”.
b) Reserva legal
De acuerdo a las disposiciones de la Ley N° 19.550, la Sociedad debe constituir una reserva no inferior al 5% del resultado positivo surgido de la sumatoria del resultado del ejercicio, los ajustes de ejercicios anteriores, las transferencias de otros resultados integrales a resultados acumulados y las pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores, hasta alcanzar el 20% del Capital Social más el saldo de la cuenta Ajuste de capital.
c) Resultados acumulados
Los resultados no asignados a la fecha de inicio de aplicación de la NIC 29 (1° de enero de 2017) se han determinado por diferencia patrimonial y, a partir de ese momento, se han reexpresado en moneda de cierre aplicando el procedimiento de ajuste descripto en la Nota 3, considerando los movimientos de cada ejercicio.
El rubro ORIA incluido en la sección resultados acumulados del Patrimonio Neto incluye la cuenta Revaluación de Propiedades, planta y equipo, neto del impuesto diferido correspondiente. Dicha cuenta de revaluación de Propiedades, planta y equipo disminuye por el consumo, retiro y disposición de los Activos esenciales, con contrapartida en la cuenta de Resultados no Asignados del Patrimonio Neto, sin afectar el Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral del período o ejercicio.
Cuando el saldo neto de los ORIA al cierre de un ejercicio o período sea positivo, éste no podrá ser distribuido, capitalizado ni destinado a absorber pérdidas acumuladas, pero deberá ser computado como parte de los resultados acumulados a los fines de efectuar las comparaciones para determinar la situación de la sociedad frente a los artículos N° 31, N° 32 y N° 206 de la Ley General de Sociedades N° 19.550, u otras normas legales o reglamentarias complementarias en las que se haga referencia a límites o relaciones con el capital y las reservas, que no tengan un tratamiento particular expreso en Normas de la CNV. Cuando el saldo neto de estos resultados al cierre de un ejercicio o período sea negativo, existirá una restricción a la distribución de resultados no asignados por el mismo importe.
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4.26 Resultado neto por acción
El resultado por acción básico se calcula dividiendo el beneficio atribuible a la participación controlante de instrumentos de patrimonio neto de la Sociedad entre el número promedio ponderado de acciones ordinarias en circulación durante el ejercicio, excluyendo las acciones propias adquiridas por la Sociedad.
A la fecha de emisión de los presentes estados financieros consolidados, MetroGAS no ha emitido instrumentos de patrimonio que den lugar a acciones ordinarias potenciales, por lo que el cálculo de la ganancia neta diluida por acción coincide con el cálculo del resultado neto básico por acción.
4.27 Cuentas del Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral
Las cuentas del estado de resultados han sido reexpresadas según el procedimiento de ajuste indicado en la Nota 3, de acuerdo con los siguientes criterios:
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a) Las cuentas que acumulan operaciones monetarias se reexpresaron mediante la aplicación a los importes originales, de los coeficientes correspondientes al mes de devengamiento.
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b) Los cargos por consumos de activos no monetarios se calcularon en función de los valores reexpresados de tales activos.
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c) Los resultados de inversiones permanentes en sociedades controladas han sido determinados sobre la base del método del valor patrimonial proporcional a partir de los estados financieros de las dichas sociedades reexpresados en moneda de cierre.
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d) Los intereses, diferencias de cambio y otros resultados financieros se reexpresaron desde el mes de devengamiento y bajo la denominación de RECPAM se expone el efecto neto de la inflación sobre los activos y pasivos monetarios.
5. ESTIMACIONES Y JUICIOS CONTABLES CRÍTICOS
Las políticas contables significativas de la Sociedad están enunciadas en la Nota 4. No todas las políticas contables significativas requieren que la Sociedad utilice criterios o estimaciones subjetivas o complejas. La siguiente sección brinda un entendimiento de las políticas que la Sociedad considera críticas debido al nivel de complejidad, el criterio o las estimaciones involucradas en su aplicación y el impacto en los estados financieros consolidados. Estos criterios comprenden supuestos o estimaciones en relación con eventos futuros. Los resultados reales pueden diferir de esas estimaciones.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
A fin de facilitar la comprensión sobre la forma en que la Sociedad forma su juicio sobre hechos futuros, incluyendo las variables y presupuestos en que se fundan las estimaciones, y la sensibilidad de dichos juicios respecto de las diferentes variables y condiciones, la Sociedad ha incluido comentarios relacionados con cada política contable crítica descripta en el presente.
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5.1. Valuación de Activos esenciales;
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5.2. deterioro de propiedades, planta y equipo y bienes intangibles;
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5.3. reconocimiento de ingresos y créditos por ventas;
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5.4. provisiones;
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5.5. impuesto a las ganancias diferido e IGMP;
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5.6. aplicación de la CINIIF 12 “Contratos de concesión”.
5.1 Valuación de Activos esenciales
Con fecha efectiva 1° de abril de 2017, MetroGAS decidió utilizar, dentro de los dos modelos previstos en las NIIF, el modelo de la revaluación para la valuación de sus Activos esenciales dentro del rubro Propiedades, planta y equipo, los que incluyen: Ramales de alta presión, Conductos y redes en media y baja presión, Estaciones de regulación y/o medición de presión, Instalaciones de medición de consumos y Redes cedidas por terceros. Este cambio de política contable permite valuar los Activos esenciales a valores que se aproximen a su valor razonable y de esta forma brindar información más relevante en el estado de situación financiera.
El valor razonable es el precio que se obtendría por vender un activo en una transacción ordenada entre participantes del mercado a la fecha de la medición en condiciones presentes del mercado.
Para medir el valor razonable de los Activos esenciales se utiliza como técnica de valoración el “enfoque del ingreso” establecido en la NIIF 13 – Medición del valor razonable. La Sociedad utiliza un modelo de flujo de fondos descontados elaborados en base a estimaciones respecto del comportamiento futuro de ciertas variables que resultan sensibles en la determinación del valor razonable: (i) tarifas de distribución de gas y costos de gas y transporte (ii) inversiones obligatorias y adicionales (iii) costos de distribución de gas; (iv) tasa de descuento ponderada y (v) variables macroeconómicas como demanda estimada, tasa de inflación, tasa de devaluación, entre otras.
La medición de los Activos esenciales a valor razonable es clasificada de acuerdo al Nivel 3 establecido en la NIIF 7, ya que debido a la naturaleza particular de estos bienes, no existen valores comparables de mercado.
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Los flujos de fondos descontados utilizados cubren los años restantes hasta el vencimiento del plazo original de 35 años de la Licencia de Distribución de Gas y el período de renovación de 10 años que puede solicitar la licenciataria, finalizando de esta forma el 28 de diciembre de 2037. Adicionalmente la Sociedad ha incorporado a los flujos de fondos descontados un monto adicional previsto en la Licencia al momento de expiración de la misma, donde la Sociedad tendrá derecho a cobrar el menor entre el valor residual de los Activos esenciales y el importe resultante de una nueva licitación, neto de gastos e impuestos pagados por el participante ganador, monto que la Sociedad ha asimilado a una renta perpetua a dicha fecha.
Las revaluaciones se hacen con la frecuencia necesaria de tal forma que el valor registrado contablemente no difiera significativamente del valor razonable de los Activos esenciales a la fecha de cada medición. De acuerdo con la NIC 16, la frecuencia será anual en el caso de los países con alta inflación, excepto que hubiera eventos de deterioro u otros hechos que justifiquen realizar una revaluación con una frecuencia menor.
Durante el ejercicio iniciado el 1 de enero de 2018, se materializaron los ajustes de las tarifas del servicio de distribución que surgieron del proceso de RTI, que determinó los valores que debían aplicarse para el período regulatorio abril 2017-marzo 2022.
No obstante, en relación a la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, el ENARGAS advirtió que, para el período a considerar en el ajuste aplicable a partir de octubre-2018, es decir la variación entre febrero y agosto de 2018 existía una notoria disparidad entre la variación del IPIM y la de otros indicadores de la economía y ponderó el mismo con otros indicadores. Con respecto a las DDA correspondientes al período estacional mencionado anteriormente, adoptó algunos criterios distintos a los previstos en la RTI para el reconocimiento de los costos del gas comprado. Ambos conceptos repercutieron negativamente en el ajuste esperado reconociendo un incremento menor al que resultaba de la aplicación de lo aprobado en el proceso de RTI (ver Nota 2.3.1 a los presentes estados financieros).
Con vigencia a partir del 1° de abril de 2019, se reconoció el ajuste de la tarifas de acuerdo con la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa que estaba previsto en la RTI.
Las Resoluciones N° 521/2019 y N° 751 /2019 de la SGE (ver Nota 2.3.1 a los presentes estados financieros), dispusieron el diferimiento del reconocimiento del ajuste que siguiendo la metodología citada, correspondía aplicar a partir del 1° de octubre de 2019 y hasta el 1° de febrero de 2020, disponiendo la compensación de ese diferimiento, en su justa incidencia, con el Plan de Inversiones Obligatorias establecido en la RTI (ver Nota 2.3.1 a los presentes estados financieros).
El 21 de diciembre de 2019 el Congreso Nacional aprobó la Ley N° 27.541, titulada “Ley de solidaridad social y reactivación productiva en el marco de la emergencia pública” mediante la cual se declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa,
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previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, y entre otras cuestiones, en relación con el sector energético se facultó al PEN para postergar cualquier modificación de tarifas de electricidad y gas natural bajo jurisdicción federal e iniciar un proceso de renegociación de la RTI por un plazo máximo de hasta 180 días (ver Nota 2.2.3 a los presentes estados financieros).
Al 31 de diciembre de 2019, en razón de los cambios producidos, la Sociedad realizó una nueva estimación del valor razonable considerando para ello tres escenarios tomando en cuenta el comportamiento futuro de ciertas variables que resultan sensibles en la determinación del valor razonable, ponderando cada uno por su probabilidad de ocurrencia y, concluyó que el valor razonable de los activos esenciales se ha reducido en 1.576.424, en consecuencia la disminución por la revaluación registrada en el ORIA asciende a 1.176.012 (neto del impuesto diferido).
5.2 Deterioro de propiedades, planta y equipo y bienes intangibles
A la fecha de cierre de cada ejercicio, la Sociedad revisa los valores contables de sus propiedades, planta y equipo y bienes intangibles, para determinar si existen indicios de que dichos activos hayan sufrido alguna pérdida por deterioro. Asimismo, la Sociedad periódicamente evalúa el valor contable de sus activos de larga duración en función de su valor de recupero cuando los hechos o cambios en las circunstancias indican que el valor contable de un activo pudiera estar deteriorado.
Los indicios de desvalorización que deben ser considerados dentro este análisis incluyen, entre otros, la existencia de daños materiales o de cambios significativos en el uso de los activos, el rendimiento económico inferior al esperado o una caída significativa en los ingresos. Cuando el activo no genera flujos de efectivo que sean independientes de otros activos, la Sociedad estima el valor recuperable de la unidad generadora de efectivo (“UGE”) a la cual pertenece el activo.
El valor recuperable es el mayor entre el valor razonable menos los costos de disposición del activo y el valor de uso. El valor de uso es determinado sobre la base de flujos de fondos proyectados y descontados empleando tasas de descuento que reflejen el valor tiempo del dinero y los riesgos específicos de los activos considerados.
Si el valor recuperable de los activos de la UGE es inferior a su valor contable, el valor contable del activo o UGE se reduce a su valor recuperable. Las pérdidas por desvalorización se reconocen de inmediato en el estado de resultados.
La Sociedad entiende que la política contable relacionada con el deterioro de Propiedades, planta y equipo y bienes intangibles es una “política contable crítica” debido a que es sustancial el impacto que tiene el reconocimiento o reversión de un deterioro o valor de recupero sobre los activos informados en los estados financieros consolidados de la Sociedad, así como sobre el resultado de sus operaciones. Las estimaciones sobre futuros ingresos así como la definición de la tasa de descuento y la estimación de otras premisas relevantes (como tipo de cambio y tasa de inflación)
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
requieren la formulación de juicios esenciales.
5.2.1 Test de deterioro para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019
Tal como se menciona en la Nota 2.2.1. y 2.3.1, la Sociedad:
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a) Suscribió durante el ejercicio 2017, con el MINEM y con el Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas un Acuerdo Transitorio que dispone la adecuación transitoria de precios y tarifas del Servicio Público de Distribución de Gas Natural, la afectación específica de los montos allí previstos hasta la suscripción del Acta Acuerdo de Renegociación Contractual Integral y la entrada en vigencia de los cuadros tarifarios definitivos que resulten de la RTI. En este sentido, dispuso que a los fines de la implementación gradual y progresiva de dicha medida, el ENARGAS debía aplicar en forma escalonada los incrementos tarifarios resultantes de la RTI conforme a la siguiente progresión: treinta por ciento (30%) del incremento, a partir del 1° de abril de 2017; cuarenta por ciento (40%) del incremento, a partir del 1° de diciembre de 2017, y el treinta por ciento (30%) restante, a partir del 1° de abril de 2018.
-
b) Con fecha 31 de marzo de 2017 y 1° de diciembre de 2017 se publicaron en el B.O. las Resoluciones del ENARGAS mediante las cual se aprobaron los cuadros tarifarios transitorios aplicables a los usuarios de MetroGAS a partir del 1° de abril de 2017 y 1° de diciembre de 2017, respectivamente.
-
c) Se llevaron a cabo las audiencias públicas relacionadas con la RTI de MetroGAS y se convocó a audiencia pública el día 22 de febrero de 2018 para considerar (i) la aplicación de la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, de corresponder, para el ajuste de tarifas de MetroGAS; (ii) la aplicación del traslado a tarifas del precio de gas comprado y (iii) alternativas metodológicas para una facturación más previsible de los consumos de los usuarios residenciales.
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d) Con fecha 28 de marzo de 2018 se publicaron en el B.O. las Resoluciones del ENARGAS mediante la cual se aprobaron los cuadros tarifarios aplicables a los usuarios de MetroGAS a partir del 1° de abril de 2018, reflejándose en ellos el cumplimiento de los incrementos tarifarios resultantes de la RTI y de la aplicación del índice de actualización de la tarifa establecido en el Anexo V de la Resolución ENARGAS N° 4.356/17, que aprueba una metodología de ajuste semestral no automático de las tarifas con la finalidad de mantener en moneda constante el nivel tarifario.
-
e) Con fecha 15 de agosto de 2018 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución del ENARGAS N° 184/2018 que convocó a audiencia pública para el día 4 de septiembre de 2018 para considerar (i) la aplicación de la Metodología de Adecuación Semestral de la
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
Tarifa, en los términos de lo dispuesto (respecto de MetroGAS) por la Resolución ENARGAS N° I-4.356/17; y (ii) la aplicación del traslado a tarifas del precio de gas comprado en los términos del Numeral 9.4.2. de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución y la consideración de las DDA correspondientes al período estacional.
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f) En fecha 7 de octubre de 2018 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución ENARGAS N° 281/2018 que dispuso (i) declarar la validez de la Audiencia Pública mencionada anteriormente, (ii) aprobar los cuadros tarifarios de MetroGAS aplicables a partir de la publicación de los mismos y (iii) aprobar nuevos valores para las Tasas y Cargos percibidos por MetroGAS por servicios adicionales.
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g) Con fecha 1° de abril de 2019 se publicó en el B.O. la Resolución ENARGAS N° 198/2019 que (i) declara la validez de la Audiencia Pública del 26 de febrero de 2019, (ii) aprueba los cuadros tarifarios de MetroGAS aplicables con vigencia a partir del 1° de abril de 2019, 1° de mayo de 2019 y 1° de junio de 2019 y (iii) aprueba nuevos valores para las Tasas y Cargos percibidos por MetroGAS por servicios adicionales. La Resolución ENARGAS N° 198/2019 fue rectificada en virtud de errores materiales por las Resoluciones ENARGAS N° 201/2019 (B.O. – 03.04.2019) y N° 203/2019 (B.O. – 04.04.2019).
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h) Por las Resoluciones SGE N° 521/19 y N° 751/19 se difirió el ajuste de tarifas que debía regir a partir del 1° de octubre de 2019 para el 1° de febrero de 2020 (ver Nota 2.3.1 a los presentes estados financieros).
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i) Por la Ley N° 27.541 del 21 de diciembre de 2019, titulada “Ley de solidaridad social y reactivación productiva en el marco de la emergencia pública” se facultó al PEN para postergar cualquier modificación de tarifas de electricidad y gas natural bajo jurisdicción federal e iniciar un proceso de renegociación de la RTI por un plazo máximo de hasta 180 días (ver Nota 2.2.3 a los presentes estados financieros).
En relación a la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, el ENARGAS advirtió que, para el período a considerar en el ajuste aplicable a partir de octubre-2018, es decir la variación entre febrero y agosto de 2018 existía una notoria disparidad entre la variación del IPIM y la de otros indicadores de la economía y ponderó el mismo con otros indicadores. Con respecto a las DDA correspondientes al período estacional mencionado anteriormente, adoptó algunos criterios distintos a los previstos en la RTI para el reconocimiento de los costos del gas comprado. Ambos conceptos repercutieron negativamente en el ajuste esperado reconociendo un incremento menor al que resultaba de la aplicación de lo aprobado en el proceso de RTI (ver Nota 2.3.1 a los presentes estados financieros).
Como consecuencia de los cambios producidos, se realizó una prueba de deterioro comparando el valor de libros de propiedades, planta y equipo y bienes intangibles con su valor recuperable,
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
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determinando el valor actual del flujo de fondos futuro a generarse por dichos activos. La estimación fue realizada tomando en cuenta las tarifas vigentes al cierre del ejercicio aprobadas por el ENARGAS y las que se derivarían de tres escenarios futuros de ciertas variables sensibles en la generación de flujos de fondos, ponderados por su correspondiente probabilidad de ocurrencia (ver Nota 5.1 a los presentes estados financieros). Como resultado de esta prueba, para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019, la Sociedad no ha identificado indicadores de deterioro para las propiedades, planta y equipo y bienes intangibles en consonancia con las NIIF.
5.2.2 Test de deterioro para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018
Tal como se menciona en la Nota 2.2.1 y 2.3.1, la Sociedad:
-
a) Suscribió durante el ejercicio 2017, con el MINEM y con el Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas un Acuerdo Transitorio que dispone la adecuación transitoria de precios y tarifas del Servicio Público de Distribución de Gas Natural, la afectación específica de los montos allí previstos hasta la suscripción del Acta Acuerdo de Renegociación Contractual Integral y la entrada en vigencia de los cuadros tarifarios definitivos que resulten de la RTI. En este sentido, dispuso que a los fines de la implementación gradual y progresiva de dicha medida, el ENARGAS debía aplicar en forma escalonada los incrementos tarifarios resultantes de la Revisión Tarifaria Integral conforme a la siguiente progresión: treinta por ciento (30%) del incremento, a partir del 1° de abril de 2017; cuarenta por ciento (40%) del incremento, a partir del 1° de diciembre de 2017, y el treinta por ciento (30%) restante, a partir del 1° de abril de 2018.
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b) Con fecha 31 de marzo de 2017 y 1° de diciembre de 2017 se publicaron en el B.O. las Resoluciones del ENARGAS mediante las cual se aprobaron los cuadros tarifarios transitorios aplicables a los usuarios de MetroGAS a partir del 1° de abril de 2017 y 1° de diciembre de 2017, respectivamente.
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c) Se llevaron a cabo las audiencias públicas relacionadas con la RTI de MetroGAS y se convocó a audiencia pública el día 22 de febrero de 2018 para considerar (i) la aplicación de la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, de corresponder, para el ajuste de tarifas de MetroGAS; (ii) la aplicación del traslado a tarifas del precio de gas comprado y (iii) alternativas metodológicas para una facturación más previsible de los consumos de los usuarios residenciales.
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d) Con fecha 28 de marzo de 2018 se publicaron en el B.O. las Resoluciones del ENARGAS mediante la cual se aprobaron los cuadros tarifarios aplicables a los usuarios de MetroGAS a partir del 1° de abril de 2018, reflejándose en ellos el cumplimiento de los incrementos tarifarios resultantes de la Revisión Tarifaria Integral y de la aplicación del índice de actualización de la tarifa establecido en el Anexo V de la Resolución ENARGAS N°
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4.356/17, que aprueba una metodología de ajuste semestral no automático de las tarifas con la finalidad de mantener en moneda constante el nivel tarifario.
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e) Con fecha 15 de agosto de 2018 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución del ENARGAS N° 184/2018 que convocó a audiencia pública para el día 4 de septiembre de 2018 para considerar (i) la aplicación de la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, en los términos de lo dispuesto (respecto de MetroGAS) por la Resolución ENARGAS N° I-4.356/17; y (ii) la aplicación del traslado a tarifas del precio de gas comprado en los términos del Numeral 9.4.2. de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución y la consideración de las DDA correspondientes al período estacional.
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f) En fecha 7 de octubre de 2018 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución ENARGAS N° 281/2018 que dispuso (i) declarar la validez de la Audiencia Pública mencionada anteriormente, (ii) aprobar los cuadros tarifarios de MetroGAS aplicables a partir de la publicación de los mismos y (iii) aprobar nuevos valores para las Tasas y Cargos percibidos por MetroGAS por servicios adicionales.
No obstante, en relación a la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, el ENARGAS advirtió que, para el período a considerar en el ajuste aplicable a partir de octubre-2018, es decir la variación entre febrero y agosto de 2018 existía una notoria disparidad entre la variación del IPIM y la de otros indicadores de la economía y ponderó el mismo con otros indicadores. Con respecto a las DDA correspondientes al período estacional mencionado anteriormente, adoptó algunos criterios distintos a los previstos en la RTI para el reconocimiento de los costos del gas comprado. Ambos conceptos repercutieron negativamente en el ajuste esperado reconociendo un incremento menor al que resultaba de la aplicación de lo aprobado en el proceso de RTI (ver Nota 2.3.1 a los presentes estados financieros).
Como consecuencia de lo señalado, se realizó una prueba de deterioro comparando el valor de libros de propiedades, planta y equipo y bienes intangibles con su valor recuperable, determinando el valor actual del flujo de fondos futuro a generarse por dichos activos. La estimación fue realizada tomando en cuenta las tarifas vigentes al cierre del ejercicio aprobadas por el ENARGAS y las que se derivarían a partir de abril de 2019 considerando para ello tres escenarios de flujos de fondos ponderados por su correspondiente probabilidad (ver Nota 5.1 a los presentes estados financieros al 31 de diciembre de 2018).
Como resultado de esta prueba, para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018, la Sociedad no ha identificado indicadores de deterioro para las propiedades, planta y equipo y bienes intangibles en consonancia con las NIIF.
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5.3 Reconocimiento de ingresos y créditos por ventas
Los ingresos se reconocen sobre la base de lo devengado contra entrega a los clientes, que incluye los montos estimados de gas o líquidos entregados y no facturados al cierre de cada ejercicio, su transporte y distribución, de corresponder. Los montos efectivamente entregados son estimados en base a los volúmenes comprados y otra información histórica. Estos volúmenes se asignan a cada tipo de cliente, segmento y nivel de ahorro para su valoración según el tarifario aplicable de acuerdo a la estimación que se realiza en base a información histórica de segmentación y niveles de ahorro de cada mes de facturación.
La Sociedad está expuesta a pérdidas por incobrabilidad. La Provisión para deudores incobrables se realiza en base a las estimaciones de las recaudaciones de la Sociedad y las pérdidas crediticias esperadas. Si bien la Sociedad utiliza la información disponible para realizar las estimaciones, es posible que en el futuro deba realizar ajustes a las provisiones en caso de que las futuras condiciones económicas difieran sustancialmente de los presupuestos utilizados al realizar las estimaciones. El cargo correspondiente se expone en Gastos de comercialización; no se realizan ajustes sobre los Ingresos por ventas.
La Sociedad calcula el deterioro de sus activos financieros aplicando el modelo simplificado agrupando los activos en función del tipo de cliente: i) clientes residenciales, ii) grandes clientes.
Para determinar la pérdida crediticia esperada de los clientes residenciales, al tratarse de un gran número de clientes localizados en una misma área geográfica y con características de riesgo crediticio comunes, la Sociedad prepara una matriz a partir de su registro de tasas de impago históricas a lo largo de la vida esperada de las cuentas por cobrar y las ha ajustado por las circunstancias relativas a las condiciones económicas futuras.
Para los grandes clientes, la Sociedad realiza un análisis individual de los créditos que representan un riesgo (riesgo de quiebra, clientes involucrados en un procedimiento judicial con la Sociedad) al cierre de cada ejercicio.
Definido cada grupo, se asigna una tasa de incobrabilidad esperada calculada en base a tasas de impago históricas ajustadas a las condiciones económicas futuras.
5.4 Provisiones
La Sociedad tiene ciertos pasivos contingentes con respecto a reclamos, juicios y otros procedimientos, reales o potenciales. La Sociedad devenga pasivos cuando resulta probable que incurrirá en futuras salidas de recursos y dichas obligaciones puedan ser estimadas en forma razonable.
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Dichos devengamientos se basan en estimaciones realizadas en función de la información disponible, estimaciones de la gerencia de los resultados de estas cuestiones y considerando la opinión de sus asesores legales. Estas presunciones básicas respecto al futuro y otras fuentes claves de incertidumbre en las estimaciones al final del período sobre el cual se reportan implican un riesgo significativo de originar ajustes materiales a los importes en libros de los activos y pasivos durante los próximos periodos financieros.
5.5 Impuesto a las ganancias diferido e impuesto a la ganancia mínima presunta
La Sociedad determina el cargo contable por impuesto a las ganancias de acuerdo con el método del impuesto diferido, el cual considera el efecto de las diferencias temporarias originadas en la distinta base de medición de activos y pasivos según criterios contables e impositivos y de los quebrantos impositivos existentes y créditos fiscales no utilizados susceptibles de deducción de ganancias impositivas futuras, computados considerando la tasa impositiva que se espera esté vigente al momento de su reversión o utilización.
Adicionalmente, la Sociedad determina el IGMP aplicando la tasa vigente del 1% de los activos computables al cierre de cada ejercicio. Este impuesto es complementario de la obligación por impuesto a las ganancias. El impuesto se calcula aplicando la alícuota efectiva del 1 % sobre la base fiscal de ciertos activos. La obligación fiscal final será el mayor entre el impuesto a las ganancias o el IGMP. Sin embargo, si el IGMP fuera mayor que el impuesto a las ganancias durante cualquier ejercicio económico, dicho excedente puede ser computado como pago a cuenta de cualquier excedente del impuesto a las ganancias sobre el IGMP que pueda originarse en los diez ejercicios económicos siguientes.
La Sociedad evalúa la recuperabilidad de los activos por impuesto diferido e IGMP teniendo en cuenta la probabilidad que algunos o todos los activos por impuesto diferido o créditos no se realicen. Para realizar esta evaluación, la Sociedad considera la reversión programada de los pasivos por impuesto diferido, las ganancias impositivas futuras proyectadas, las estrategias de planificación impositivas como así también la evidencia objetiva de su recupero.
5.6 Aplicación de la CINIIF 12 “Contratos de concesión”
La Interpretación N° 12 “Acuerdos de Concesión de Servicios” (CINIIF 12) fija ciertos lineamientos para la contabilización por parte de entidades privadas que prestan servicios públicos mediante un acuerdo de concesión de servicios o contrato de similar naturaleza. La CINIIF 12 es aplicable para el licenciatario dependiendo, entre otros, del control que el concedente tiene sobre la regulación del servicio y la existencia de un interés residual significativo al finalizar el acuerdo.
Considerando que la CINIIF 12 establece lineamientos y principios generales se requiere de juicio para la determinación de si corresponde su aplicación, debido a las características particulares de
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cada contrato de concesión o licencia y a la complejidad propia de los diferentes conceptos incluidos en la interpretación.
La Sociedad ha analizado las características, condiciones y los términos actualmente vigentes de su Licencia de distribución de gas natural y los lineamientos establecidos en la CINIIF 12. En base a su análisis, concluyó que la licencia está fuera del alcance de la CINIIF 12, principalmente por las características de renovación de la licencia que dan un resultado similar al que resultaría de haber obtenido un derecho perpetuo para la operación de la infraestructura. En el mismo sentido, la CNV emitió el 20 de diciembre de 2012 la Resolución Nº 613, que establece las razones y los fundamentos por los cuales considera que las empresas concesionarias de transporte y distribución de gas natural y sus empresas controlantes están fuera del alcance de la CINIIF 12.
Cualquier cambio en las condiciones debe ser analizado para considerar también si cambia el análisis previamente efectuado.
6. ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS FINANCIEROS
6.1 Factores de riesgos financieros
Para la gestión del riesgo financiero la Sociedad cuenta con diversas políticas de gestión que le permiten mitigar su exposición a los riesgos de mercado (incluyendo riesgos asociados a la variación en el tipo de cambio, de tipo de interés y en el precio de los productos que ella comercializa), riesgo de crédito y riesgo de liquidez.
La Sociedad no suscribe o negocia instrumentos financieros, entre los que se incluyen los instrumentos financieros derivados, para fines especulativos.
6.1.1 Riesgo de mercado
La Sociedad está expuesta principalmente a riesgos financieros de cambios en tipos de cambio (ver acápite a) debajo) y riesgos de tasas de interés (ver acápite b) debajo).
No ha habido cambios en la exposición de la Sociedad a los riesgos del mercado o la forma en la cual dichos riesgos son manejados y medidos.
a) Riesgo cambiario
La Sociedad realiza transacciones denominadas en moneda extranjera: en consecuencia se generan exposiciones a fluctuaciones en la tasa de cambio. La Sociedad está expuesta principalmente a la fluctuación del tipo de cambio del dólar estadounidense (U$S) con respecto al peso argentino ($).
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Las tarifas que percibe MetroGAS por los servicios de distribución de gas natural se encuentran pesificadas, razón por la cual la mayor parte de los ingresos de la Sociedad se encuentran denominados en pesos.
Por su parte la deuda financiera de la Sociedad, relacionada con préstamos en dólares estadounidenses ascendió a miles de U$S 139.664 al 31 de diciembre de 2019.
A fin de mitigar el riesgo de tipo de cambio, durante el presente ejercicio, MetroGAS concertó operaciones de compra a término de dólares estadounidenses con el fin de cubrir la exposición al riesgo asociado al tipo de cambio que deriva de su deuda financiera (ver Nota 19.3 a los presentes estados financieros consolidados).
Al 31 de diciembre de 2019 la posición monetaria pasiva neta en moneda extranjera ascendió a miles de U$S 117.270. En la Nota 33 se expone la composición por moneda.
La Sociedad estima que, en función al valor contable de la deuda financiera, por cada aumento o disminución en el tipo de cambio del 10% frente al dólar estadounidense daría lugar a una pérdida o ganancia antes de impuestos de 836 millones. Este análisis de sensibilidad es hipotético ya que los impactos reales podrían diferir significativamente y variar en el tiempo.
b) Riesgo de las tasas de interés
Los préstamos financieros están sujetos principalmente a variaciones en la tasa LIBOR y BADLAR. El impacto en el resultado antes de impuesto en más o menos 100 puntos básicos ascendería a 106.256.
c) Riesgo de precio
En el segmento de distribución de gas la Sociedad no se encuentra expuesta al riesgo de precios de gas natural dado que las tarifas que factura MetroGAS a sus clientes se encuentran reguladas y el marco regulatorio prevé un mecanismo de traslado a tarifas del costo de compra de gas (ver Nota 2.3.1 a los presentes estados financieros).
Adicionalmente, en el segmento de comercialización, los precios del gas natural con destino industrial se determinan en función de la oferta y demanda exclusivamente local e interna.
6.1.2 Riesgo de crédito
El riesgo de crédito se refiere a que la contraparte incumpla con sus obligaciones contractuales resultando en una pérdida financiera para la Sociedad. El presente riesgo deriva principalmente de
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factores económicos y financieros, o de la posibilidad de que la contraparte entre en default o por factores más estrictamente técnicos, comerciales o administrativos.
En lo referente al riesgo de crédito de las cuentas a cobrar provenientes de la actividad comercial, éste es históricamente limitado dado que el corto plazo de cobro a los clientes implica que no se acumulen individualmente montos muy significativos. El corte de suministro es una potestad de la Sociedad ante incumplimientos de parte de los clientes, herramienta que se utiliza y facilita el proceso de evaluación y control de riesgo de crédito. Ante la falta de pago de cualquier factura, la Distribuidora tendrá derecho a suspender el servicio. La Resolución ENARGAS N° 4.313/17, que modificó el Reglamento de Servicio, regula el procedimiento de corte del suministro y establece un plazo de 2 días hábiles contados a partir de la notificación al usuario mediante un aviso de deuda.
MetroGAS cuenta entre sus clientes con una gran cantidad de usuarios residenciales (aproximadamente 2,4 millones de clientes) y algunos grandes clientes compuestos por centrales eléctricas, industrias, comercios, entidades públicas y estaciones de GNC.
La Sociedad calculó el deterioro de sus activos financieros aplicando el modelo simplificado agrupando los activos en función del tipo de cliente: i) clientes residenciales, ii) grandes clientes.
Para determinar la pérdida crediticia esperada de los clientes residenciales, al tratarse de un gran número de clientes localizados en una misma área geográfica y con características de riesgo crediticio comunes, la Sociedad ha preparado una matriz a partir de su registro de tasas de impago históricas a lo largo de la vida esperada de las cuentas por cobrar y las ha ajustado por las circunstancias relativas a las condiciones económicas futuras.
Para los grandes clientes, la Sociedad realizó un análisis individual de los créditos que representan un riesgo (riesgo de quiebra, clientes involucrados en un procedimiento judicial con la Sociedad) al 31 de diciembre de 2019.
Definido cada grupo, se asignó una tasa de incobrabilidad esperada calculada en base a tasas de impago históricas ajustadas a las condiciones económicas futuras.
El riesgo crediticio afecta también al efectivo y equivalentes de efectivo, depósitos en bancos e instituciones financieras, si bien la Sociedad busca realizar sus colocaciones financieras en instituciones de primer nivel.
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La exposición máxima al riesgo de crédito de la Sociedad distinguiendo por el tipo de instrumento financiero se detalla a continuación:
| Efectivo y equivalentes de efectivo Créditos por ventas Otros créditos |
Exposición máxima al |
|---|---|
| 31.12.19 31.12.18 |
|
| 2.389.489 2.768.510 17.047.175 10.561.413 5.898.403 8.385.380 |
Al 31 de diciembre de 2019 y 2018 la provisión para deudores incobrables asciende a 1.035.738 y 818.646, respectivamente. Esta provisión representa la mejor estimación de la Sociedad de las pérdidas crediticias esperadas en relación con las cuentas por cobrar.
En las Notas 14 y 15 se informan las anticuaciones de los créditos por ventas y de los otros créditos, respectivamente.
6.1.3 Riesgos de liquidez
El riesgo de liquidez representa la imposibilidad de la Sociedad de hacer frente a sus compromisos financieros en el corto y mediano plazo.
En la actualidad la liquidez de la Sociedad es una de los principales focos de atención de la Dirección.
Con fecha 8 de febrero de 2018, MetroGAS instrumentó un préstamo no garantizado por la suma de millones de U$S 250 por un plazo de treinta y seis meses y amortizable en nueve cuotas trimestrales a partir de los doce meses desde la fecha de desembolso. La Sociedad procedió a destinar los fondos (i) al rescate, con fecha 27 de febrero de 2018, de la totalidad de las Obligaciones Negociables; (ii) a la refinanciación de pasivos corrientes; y (iii) a capital de trabajo (ver Nota 19.1 a los presentes estados financieros). La Sociedad canceló las cuotas de capital e intereses en sus respectivos vencimientos.
Asimismo, el 12 de diciembre de 2018, MetroGAS emitió Obligaciones Negociables simples Clase 2 (las “Nuevas Obligaciones Negociables”) denominadas en pesos con vencimiento a los doce meses desde la fecha de emisión por millones de 512,4 (ver Nota 19.2 a los presentes estados financieros). Los fondos provenientes de la emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables fueron utilizados para la pre-cancelación de capital e intereses correspondientes a la primera cuota del Préstamo con Industrial and Commercial Bank of China Limited - Dubai Branch e Itaú Unibanco - New York Branch. La deuda se canceló en su vencimiento (ver Nota 19.1 a los presentes estados financieros).
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 E INFORMACIÓN COMPARATIVA (cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
Con fecha 24 de mayo de 2019, MetroGAS instrumentó un préstamo con el Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U. por la suma de 300.000 por un plazo de 360 días y amortizable en una cuota al vencimiento el cual operará el 21 de mayo de 2020. El préstamo contempla un interés a una tasa nominal anual del 68,8% pagadero en forma mensual (ver Nota 19.1 a los presentes estados financieros).
Con fecha 9 de septiembre de 2019 la Sociedad celebró un contrato de préstamo con el Banco Itaú Argentina S.A. e Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A. por un monto total de 828.000 a ser cancelado en tres (3) cuotas, pagaderas el 25 de septiembre, el 25 de octubre y el 25 de noviembre de 2019. El préstamo contempla un interés a una tasa nominal anual del 97% pagadero junto con cada cuota de capital. Dicho financiamiento se encontraba garantizado por una cesión en garantía de derechos de cobro devengado y/o a devengarse en favor de los Bancos bajo el Contrato de Sistema de Pago Fácil. Este préstamo fue cancelado en su vencimiento (ver Nota 19.1 a los presentes estados financieros).
Con fecha 20 de febrero de 2020 la Sociedad celebró un contrato de préstamo con el Banco Itaú Argentina S.A. e Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A. por un monto total de 3.329.000 a ser cancelado en once (11) cuotas trimestrales y consecutivas pagaderas a partir del décimo octavo mes contado desde la fecha de desembolso del préstamo (ver Nota 34 a los presentes estados financieros).
Al 31 de diciembre de 2019 MetroGAS registró un capital de trabajo negativo de 9.526.383.
Los pasivos financieros que devengan intereses son la Deuda Financiera (ver Nota 19.1 a los presentes estados financieros), la deuda por DDA con productores de gas (ver Nota 2.3.3 a los presentes estados financieros), la deuda vencida por el gas comprado a los productores de gas durante los meses de agosto y septiembre de 2019 y los arrendamientos financieros.
Los vencimientos de activos financieros se incluyen en las Notas 14 y 15 y los vencimientos de pasivos financieros se incluyen en las Notas 18, 19, 20, 21, 23, 24 y 25.
6.2 Gestión del riesgo de capital
El objetivo principal de la gestión del capital de la Sociedad es mantener la calidad crediticia y ratios de capital que permitan sustentar su negocio y maximizar el valor para sus accionistas.
La estructura de capital de la Sociedad consiste en la deuda neta (la deuda financiera que se detalla en Nota 19 compensada por saldos de efectivo y equivalentes de efectivo) y el patrimonio de la Sociedad.
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El índice de endeudamiento de los ejercicios sobre los que se informa es el siguiente:
| Deuda financiera Efectivo y equivalentes de efectivo Deuda neta Patrimonio Índice de deuda neta y patrimonio |
31.12.19 31.12.18 10.750.578 14.531.370 (2.389.489) (2.768.510) 8.361.089 11.762.860 20.481.606 20.510.981 41 % 57% |
|---|---|
7. INSTRUMENTOS FINANCIEROS
Los activos y pasivos financieros se han clasificado y valuado íntegramente a costo amortizado, salvo los fondos comunes de inversión que se encuentran clasificados y valuados a valor razonable con cambios en resultados (ver Nota 16 a los presentes estados financieros).
7.1 Determinación del valor razonable
La NIIF 13 define el valor razonable como el precio que se recibiría por vender un activo o que se pagaría por transferir un pasivo en una transacción ordenada entre participantes de mercado en la fecha de la medición. Al estimar el valor razonable de un activo o un pasivo, la Sociedad toma en cuenta las características del activo o pasivo si los participantes del mercado toman en cuenta esas características al valorar el activo o pasivo a la fecha de medición. El valor razonable para efectos de medición y/o revelación en estos estados financieros consolidados se determina sobre esa base, excepto por las transacciones de arrendamiento, dentro del alcance de la NIC 17 y las mediciones que tienen ciertas similitudes con el valor razonable pero que no son valor razonable, como el valor realizable en la NIC 2 o el valor en uso en la NIC 36. Todos los instrumentos financieros reconocidos al valor razonable son asignados a uno de los niveles de jerarquía de valuación de la NIIF 7. Esta jerarquía de valuación comprende tres niveles. La base inicial para la imputación es la "clase de inversión económica". De acuerdo con la NIIF 7, las técnicas de valuación utilizadas para determinar el valor razonable deben maximizar el uso de información observable.
La medición a valor razonable de los instrumentos financieros de MetroGAS es clasificada de acuerdo a los tres niveles establecidos en la NIIF 7 con base en el grado hasta el cual las entradas a las mediciones del valor razonable son observables y la importancia de las entradas para las mediciones del valor razonable en su totalidad, que se describen a continuación:
- Nivel 1: valor razonable determinado por precios de cotización en mercados activos para idénticos activos o pasivos que la Sociedad pueda tomar como referencia a la fecha de cierre del ejercicio. Un mercado se considera activo si las transacciones se llevan a cabo con cierta
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frecuencia y se dispone de suficiente información de precios en forma permanente. Debido a que un precio cotizado en un mercado activo es el indicador más confiable del valor razonable, este debe ser utilizado siempre, si estuviere disponible.
-
Nivel 2: valor razonable determinado en base a información observable distinta de los precios de cotización mencionados en el Nivel 1 para activos o pasivos financieros, ya sea directamente (por ejemplo, precios) o indirectamente (por ejemplo, derivada de los precios).
-
Nivel 3: valor razonable determinado a través de información no observable en la cual se requiere que la sociedad elabore sus propias hipótesis y premisas. Esto solo es permitido en la medida que no haya disponible información de mercado. Los datos incorporados reflejan las estimaciones que tendría en cuenta un participante de mercado para fijar los precios. La Sociedad utiliza la mejor información disponible, inclusive datos internos. MetroGAS no posee instrumentos financieros que califiquen como de Nivel 3.
Los únicos activos financieros de la Sociedad que se miden al valor razonable al final del período que se informa son los fondos comunes de inversión cuyos valores razonables son determinados por precios de cotización (Nivel 1).
No hay pasivos financieros medidos posteriormente al valor razonable.
La Sociedad considera que los importes en libros de los activos financieros reconocidos en los estados financieros a costo amortizado se aproximan a su valor razonable.
La Sociedad considera que los importes en libros de los pasivos financieros reconocidos en los estados financieros a costo amortizado se aproximan a su valor razonable.
El total de las ganancias para el ejercicio incluye una ganancia de 657.268 y 415.598 en los ejercicios 2019 y 2018, respectivamente, relacionada con activos financieros medidos al valor razonable.
8. PARTICIPACIÓN EN SUBSIDIARIAS
Los datos que reflejan el control societario son los siguientes:
| Sociedad bajo control directo |
Porcentaje de participación sobre el capital social y votosposibles |
|---|---|
| MetroENERGÍA | 31.12.19 31.12.18 |
| 95% 95% |
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Las políticas contables de las subsidiarias han sido cambiadas, en caso de corresponder, para asegurar la consistencia con las políticas adoptadas por la Sociedad.
MetroGAS ha utilizado los últimos estados contables de MetroENERGÍA al 31 de diciembre de 2019 para el cálculo de su participación en dicha sociedad, el Patrimonio Neto de MetroENERGÍA al 31 de diciembre de 2019 asciende a 972.058 y el resultado positivo del ejercicio asciende a 2.040.486.
MetroENERGÍA tiene por objeto social dedicarse por cuenta propia, por cuenta y orden de terceros o asociada a terceros, a la compra-venta de gas natural y/o su transporte.
De acuerdo a lo dispuesto por el Directorio de MetroENERGÍA en su reunión celebrada el 4 de febrero de 2019, con fecha 11 de febrero de 2019 han sido abonados al accionista mayoritario MetroGAS los dividendos correspondientes al resultado del ejercicio 2017.
La Asamblea Ordinaria de Accionistas celebrada el 30 de abril de 2019 dispuso incrementar la Reserva legal, hasta alcanzar el límite del 20% del Capital social de acuerdo a lo establecido por el art. 70 de la Ley General de Sociedades y el pago de un dividendo en efectivo.
De acuerdo a lo dispuesto por el Directorio de MetroENERGÍA en su reunión celebrada el 8 de mayo de 2019, con fecha 13 de mayo de 2019 han sido abonados a los accionistas MetroGAS e YPF los dividendos correspondientes al resultado del ejercicio 2018, en proporción a sus tenencias accionarias.
Con fecha 2 de octubre de 2019, el Directorio de MetroENERGÍA aprobó los Estados Contables Especiales al 31 de agosto de 2019 y la distribución de dividendos anticipados por el resultado del período a dicha fecha por 906.870 (cuyo monto reexpresado al 31 de diciembre de 2019 asciende a 1.072.827). A la fecha de aprobación de los presentes estados financieros, MetroENERGÍA abonó la totalidad de los dividendos anticipados a los accionistas MetroGAS e YPF en proporción a sus tenencias accionarias.
9. INFORMACIÓN POR SEGMENTOS
Los segmentos de operación son reportados de una manera consistente con los informes internos confeccionados por la Gerencia de Control de Gestión para propósitos de la asignación de recursos y evaluación del desempeño del segmento.
La Sociedad opera principalmente en los segmentos de prestación del servicio de distribución de gas y, a través de MetroENERGÍA, de comercialización por cuenta propia, por cuenta y orden de terceros o asociada a terceros, de gas natural y/o su transporte.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
9. INFORMACIÓN POR SEGMENTOS (Cont.)
| 9. INFORMACIÓN POR SEGMENTOS (Cont.) |
|
|---|---|
| 31.12.19 | |
| MetroGAS Distribución MetroENERGÍA Comercialización Eliminaciones Total |
|
| Ingresos ordinarios | 40.699.485 20.453.745 (883.901) 60.269.329 5.763.274 2.669.155 (1.938.462) 6.493.967 1.938.462 - (1.938.462) - 14.518.950 2.338.887 (27.998) 16.829.839 (17.226.279) (1.958.068) 27.998 (19.156.349) 3.055.945 3.049.974 (1.938.462) 4.167.457 (1.939.605) (1.009.488) - (2.949.093) 1.116.340 2.040.486 (1.938.462) 1.218.364 59.790.237 6.353.313 (1.156.646) 64.986.904 39.357.233 5.381.255 (233.190) 44.505.298 (1.635.097) (1.275) - (1.636.372) (12.798) - - (12.798) 4.234.202 - - 4.234.202 541.002 - - 541.002 |
| Ganancia operativa | |
| Resultado de las inversiones en subsidiarias Ingresos financieros Costos financieros Resultado antes del impuesto a las ganancias e IGMP Impuesto a las ganancias e IGMP Resultado neto del ejercicio Total activos Total pasivos Amortización de activos por derecho de uso Aumentos de Propiedades, planta y equipo Depreciación de Propiedades, planta y equipo, Propiedades de inversión y amortización de Bienes Intangibles |
|
| Aumentos de Bienes Intangibles | |
| Participación en subsidiarias | 923.456 - (923.456) - |
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
9. INFORMACIÓN POR SEGMENTOS (Cont.)
| 31.12.18 | |
|---|---|
| MetroGAS Distribución MetroENERGÍA Comercialización Eliminaciones Total |
|
| Ingresos ordinarios | 38.757.049 11.877.576 (301.699) 50.332.926 5.310.848 565.614 (338.834) 5.537.628 338.834 - (338.834) - 11.974.785 1.229.267 - 13.204.052 (17.591.509) (1.221.873) - (18.813.382) (305.876) 573.008 (338.834) (71.702) 296.866 (226.178) - 70.688 (9.010) 346.830 (338.834) (1.014) 58.166.561 2.426.411 (730.090) 59.862.882 37.673.885 2.060.315 (382.299) 39.351.901 (1.661.489) (1.275) - (1.662.764) 3.021.887 - - 3.021.887 987.739 - - 987.739 347.791 - (347.791) - |
| Ganancia operativa | |
| Resultado de las inversiones en subsidiarias Ingresos financieros Costos financieros Resultado antes del impuesto a las ganancias e IGMP Impuesto a las ganancias e IGMP Resultado neto del ejercicio Total activos Total pasivos Aumentos de Propiedades, planta y equipo Depreciación de Propiedades, planta y equipo, Propiedades de inversión y amortización de Bienes Intangibles |
|
| Aumentos de Bienes Intangibles | |
| Participación en subsidiarias |
Las políticas contables de los segmentos sobre los que se informa son las mismas que las políticas contables de la Sociedad descriptas en la Nota 4.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
10. PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO
==> picture [394 x 248] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
CUENTA PRINCIPAL VALORES ORIGINALES
INICIO TRANSFERENCIA AUMENTOS TRANSFERENCIAS BAJAS AL CIERRE
DEL REVALUACIÓN () AMORT. ACUM. DEL EJERCICIO
EJERCICIO
Activos Esenciales
Ramales de alta presión 6.695.725 (1.337.288) (149.532) - 4.939 - 5.213.844
Conductos y redes en media y baja presión 20.766.404 875.154 (835.145) - 491.042 (91.497) 21.205.958
Estaciones de regulación y/o medición de presión 1.285.642 (962.620) (70.221) - - - 252.801
Instalaciones de medición de consumos 1.252.440 (218.421) (226.025) - 366.770 - 1.174.764
Redes cedidas por terceros 902.514 66.751 (26.126) - 13.372 - 956.511
Subtotal Activos Esenciales 30.902.725 (1.576.424) (1.307.049) - 876.123 (91.497) 28.803.878
Activos no esenciales
Terrenos 267.461 - - - - - 267.461
Edificios y construcciones civiles 1.236.363 - - - 5.324 - 1.241.687
Otras instalaciones técnicas 924.867 - - - - - 924.867
Máquinas, equipos y herramientas 571.919 - - - 25.194 - 597.113
Sistemas informáticos y de telecomunicación 3.057.675 - - - 1.633 (3.734) 3.055.574
Vehículos 278.472 - - - 28.173 (14.644) 292.001
Muebles y útiles 100.743 - - - 1.138 - 101.881
Materiales 896.618 - - 928.283 (581.717) (80.561) 1.162.623
Gas en cañerías 3.663 - - - - - 3.663
Obras en curso 3.630.318 - - 3.305.919 (355.868) - 6.580.369
Subtotal Otros Activos no Esenciales 10.968.099 - - 4.234.202 (876.123) (98.939) 14.227.239
Subtotal 41.870.824 (1.576.424) (1.307.049) 4.234.202 - (190.436) 43.031.117
Provisión obsolescencia de materiales (9.567) - - (424) - 8.879 (1.112)
Provisión baja propiedades, planta y equipo (68.939) - - (10.682) - 60.693 (18.928)
Total al 31 de diciembre de 2019 41.792.318 (1.576.424) (1.307.049) 4.223.096 - (120.864) 43.011.077
Total al 31 de diciembre de 2018 46.237.063 (1.638.191) (5.343.517) 2.996.502 - (459.539) 41.792.318
----- End of picture text -----*
(*) La disminución de la revaluación al 31 de diciembre de 2019 surge de comparar los valores revaluados ajustados por inflación al 31 de diciembre de 2019 con los costos ajustados por inflación a la misma fecha.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
10. PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO (Cont.)
==> picture [365 x 249] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
DEPRECIACIONES
CUENTA PRINCIPAL
ACUMULADAS TRANSFERENCIA BAJAS AUMENTOS ACUMULADAS NETO NETO
AL INICIO AMORT. ACUM. AL CIERRE RESULTANTE RESULTANTE
DEL EJERCICIO DEL EJERCICIO 31-12-19 31-12-18
Activos Esenciales
Ramales de alta presión - (149.532) - 149.532 - 5.213.844 6.695.725
Conductos y redes en media y baja presión - (835.145) (52.094) 887.239 - 21.205.958 20.766.404
Estaciones de regulación y/o medición de presión - (70.221) - 70.221 - 252.801 1.285.642
Instalaciones de medición de consumos - (226.025) - 226.025 - 1.174.764 1.252.440
Redes cedidas por terceros - (26.126) - 26.126 - 956.511 902.514
Subtotal Activos Esenciales - (1.307.049) (52.094) 1.359.143 - 28.803.878 30.902.725
Activos no esenciales
Terrenos - - - - - 267.461 267.461
Edificios y construcciones civiles 574.823 - - 28.480 603.303 638.384 661.540
Otras instalaciones técnicas 849.598 - - 6.990 856.588 68.279 75.269
Máquinas, equipos y herramientas 492.416 - - 15.152 507.568 89.545 79.503
Sistemas informáticos y de telecomunicación 2.927.704 - (3.464) 44.118 2.968.358 87.216 129.971
Vehículos 156.395 - (13.104) 37.141 180.432 111.569 122.077
Muebles y útiles 94.845 - - 704 95.549 6.332 5.898
Materiales - - - - - 1.162.623 896.618
Gas en cañerías - - - - - 3.663 3.663
Obras en curso - - - - - 6.580.369 3.630.318
Subtotal Otros Activos no Esenciales 5.095.781 - (16.568) 132.585 5.211.798 9.015.441 5.872.318
Subtotal 5.095.781 (1.307.049) (68.662) 1.491.728 5.211.798 37.819.319 36.775.043
Provisión obsolescencia de materiales - - - - - (1.112) (9.567)
Provisión baja propiedades, planta y equipo - - - - - (18.928) (68.939)
Total al 31 de diciembre de 2019 5.095.781 (1.307.049) (68.662) 1.491.728 5.211.798 37.799.279
Total al 31 de diciembre de 2018 8.998.820 (5.343.517) (90.821) 1.531.299 5.095.781 36.696.537
----- End of picture text -----
Tal como se menciona en Nota 2.6.1, de acuerdo a la Licencia, una porción sustancial de las Propiedades, planta y equipo corresponden a Activos Esenciales sobre los cuales existen ciertas restricciones descriptas en dicha nota.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
11. PROPIEDADES DE INVERSIÓN
==> picture [657 x 157] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
VALORES ORIGINALES DEPRECIACIONES
CUENTA PRINCIPAL AL INICIO AL CIERRE ACUMULADAS ALÍCUOTA AUMENTOS ACUMULADAS NETO NETO
DEL DEL AL INICIO AL CIERRE DEL RESULTANTE RESULTANTE
EJERCICIO EJERCICIO DEL EJERCICIO EJERCICIO 31-12-19 31-12-18
Terrenos 12.460 12.460 - - - - 12.460 12.460
Edificios 52.089 52.089 26.770 2,00% 1.043 27.813 24.276 25.319
Total al 31 de diciembre de 2019 64.549 64.549 26.770 1.043 27.813 36.736
Total al 31 de diciembre de 2018 64.549 64.549 25.727 1.043 26.770 37.779
----- End of picture text -----
El valor razonable al 31 de diciembre de 2019 ascendió a 157.494, el cual se obtuvo a través de avalúos realizados por valuadores independientes no relacionados con MetroGAS.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
12. BIENES INTANGIBLES
==> picture [657 x 132] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
VALORES ORIGINALES AMORTIZACIÓN
CUENTA PRINCIPAL AL INICIO ALTAS TRANSFE- AL CIERRE ACUMULADAS ALÍCUOTA AUMENTOS ACUMULADAS NETO NETO
DEL RENCIAS DEL AL INICIO AL CIERRE RESULTANTE RESULTANTE
EJERCICIO EJERCICIO DEL EJERCICIO EJERCICIO 31-12-19 31-12-18
Desarrollo de software en curso 921.813 541.002 (265.087) 1.197.728 - - - 1.197.728 921.813
Software 666.930 - 265.087 932.017 178.870 20% 143.601 322.471 609.546 488.060
Total al 31 de diciembre de 2019 1.588.743 541.002 - 2.129.745 178.870 143.601 322.471 1.807.274
Total al 31 de diciembre de 2018 601.004 987.739 - 1.588.743 48.448 130.422 178.870 1.409.873
----- End of picture text -----
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
13. ACTIVOS POR DERECHO DE USO
==> picture [657 x 139] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
VALORES ORIGINALES AMORTIZACIÓN
CUENTA PRINCIPAL INICIO ALTAS AL CIERRE ACUMULADAS AUMENTOS ACUMULADAS NETO NETO
DEL (1) DEL EJERCICIO AL INICIO (2) AL CIERRE RESULTANTE RESULTANTE
EJERCICIO DEL EJERCICIO DEL EJERCICIO 31-12-19 31-12-18
Inmuebles - 19.370 19.370 - 12.798 12.798 6.572 -
Total al 31 de diciembre de 2019 - 19.370 19.370 - 12.798 12.798 6.572
Total al 31 de diciembre de 2018 - - - - - - -
----- End of picture text -----
(1) El monto al 1° de enero de 2019 correspondiente a la adopción de la NIIF 16 ascendió a 12.538 (cuyo monto reexpresado al 31 de diciembre de 2019 asciende a 19.287).
(2) El cargo por amortización de los activos por derecho de uso fue imputado al rubro “Amortización de activos por derecho de uso” del cuadro de Gastos por naturaleza (ver Nota 27 a los presentes estados financieros).
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14. CRÉDITOS POR VENTAS
==> picture [411 x 214] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
31.12.19 31.12.18
Corriente
Deudores comunes - distribución de gas y transporte 8.361.717 6.421.104
Deudores comunes - comercialización de gas y transporte 1.686.578 885.616
Consumos a facturar - distribución de gas y transporte 3.626.730 2.280.702
Consumos a facturar - comercialización de gas y transporte 1.805.201 1.349.023
Partes relacionadas (Nota 32) 2.231.209 105.140
Saldo trasladable impuesto a los débitos y créditos 132.915 120.367
Saldo trasladable Tasa Seguridad e Higiene 75.738 60.532
Saldo trasladable Tasa de Ocupación de Espacios Públicos 155.601 147.941
Provisión para deudores incobrables - distribución de gas y
(627.314) (520.656)
transporte
Provisión para deudores incobrables - comercialización de gas
(401.200) (288.356)
y transporte
Total Corriente 17.047.175 10.561.413
----- End of picture text -----
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
El análisis de antigüedad de los créditos por ventas es el siguiente:
| 31.12.19 | 31.12.18 | |
|---|---|---|
| -De plazo vencido menos de 3 meses de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses de 1 a 2 años más de 2 años Subtotal -A vencer menos de 3 meses |
3.643.489 680.340 291.455 264.445 537.484 422.281 5.839.494 12.135.486 |
5.716.650 467.912 172.993 123.035 349.366 365.960 |
| 7.195.916 | ||
| 4.078.136 | ||
| de 3 a 6 meses | 34.062 | 34.014 |
| de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses Subtotal Provisión para deudores incobrables Total |
33.348 33.299 12.236.195 (1.028.514) 17.047.175 |
32.267 30.092 |
| 4.174.509 | ||
| (809.012) | ||
| 10.561.413 | ||
La evolución de la provisión para deudores incobrables para créditos por ventas y otros créditos es la siguiente:
| Saldo al inicio del ejercicio Revalorización de partidas en moneda extranjera Altas () RECPAM Utilizaciones Saldo al cierre del ejercicio* |
31.12.19 31.12.18 818.646 410.205 1.929 80.565 594.751 474.753 (267.220) (145.431) (112.368) (1.446) 1.035.738 818.646 |
|---|---|
(*) Imputado al rubro Deudores Incobrables del cuadro de Gastos (ver Nota 27 a los presentes estados financieros)
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
La Sociedad tiene una amplia gama de clientes, incluidos clientes residenciales, comerciales, industriales - pequeños y grandes - y entidades gubernamentales. Al determinar la recuperabilidad de una cuenta comercial por cobrar, la Sociedad considera cualquier cambio en la calidad crediticia de la cuenta a partir de la fecha en que se otorgó inicialmente el crédito hasta el final del periodo sobre el que se informa. La concentración del riesgo de crédito es limitada debido a que la base de clientes es extensa e independiente.
Debido a las condiciones de prestación de servicio público que presta la Sociedad, no se realiza un análisis con calificación crediticia interna o externa, particularmente para los clientes residenciales cuyos créditos considerados individualmente no son significativos. En Nota 6.1.2 se describe el riesgo de crédito y el análisis que realiza la Sociedad en relación a los créditos por ventas.
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15. OTROS CRÉDITOS
| No corriente: Créditos previsionales e impositivos Anticipos al personal Gastos a recuperar Saldos trasladables - Tasas ocupación de espacios públicos Saldo trasladable tasa de estudio, revisión e inspección en la vía pública del GCABA Partes Relacionadas - Decreto N° 1.053/18 (Nota 32) Gastos pagados por adelantado Total no corriente Corriente: Anticipos al personal Crédito por IGMP (Nota 30) Seguros pagados por adelantado Gastos pagados por adelantado Crédito por garantías operaciones de cobertura (Nota 19.3) Créditos previsionales e impositivos Gastos a recuperar Partes Relacionadas - Decreto N° 1.053/18 (Nota 32) Partes relacionadas (Nota 32) Partes Relacionadas - Resolución MINEM N° 508-E/2017 (Nota 32) Anticipos a proveedores Deudores varios Provisión para deudores incobrables - distribución de gas y transporte Total corriente Total |
31.12.19 31.12.18 77.406 13.737 249 2.074 9 62 4.969 4.709 539.035 352.529 1.842.439 4.892.720 1.570 6.866 2.465.677 5.272.697 3.146 5.841 - 124.450 3.608 3.784 28.688 10.196 189.000 - 285.986 202.806 11.341 12.956 2.573.748 543.635 36.020 7.427 172.144 1.930.940 88.662 181.856 47.607 98.426 (7.224) (9.634) 3.432.726 3.112.683 5.898.403 8.385.380 |
|---|---|
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
El análisis de antigüedad de los otros créditos es el siguiente:
| 31.12.19 | 31.12.18 | |
|---|---|---|
| -De plazo vencido menos de 3 meses de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses de 1 a 2 años más de 2 años Subtotal |
432.953 687 690 397 1.375 62.595 498.697 |
1.089.798 776.014 15.298 2.183 74.435 25.573 |
| 1.983.301 | ||
| -Sin plazo establecido | 5.348 | 8.551 |
| -A vencer | ||
| menos de 3 meses | 1.353.154 | 286.165 |
| de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses de 1 a 2 años más de 2 años Subtotal Provisión para deudores incobrables Total |
580.725 529.097 472.929 2.454.996 10.681 5.401.582 (7.224) 5.898.403 |
294.449 4.076 545.775 2.538.224 2.734.473 |
| 6.403.162 | ||
| (9.634) | ||
| 8.385.380 | ||
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16. EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO
A los fines del Estado de flujo de efectivo, el efectivo y equivalentes de efectivo comprenden lo siguiente:
| siguiente: | ||
|---|---|---|
| 31.12.19 | 31.12.18 | |
| Caja y bancos (1) | 825.782 | 800.823 |
| Fondos comunes de inversión (2) | 1.563.707 | 1.967.687 |
| Total | 2.389.489 | 2.768.510 |
(1) Al 31 de diciembre de 2019 y 31 de diciembre de 2018, los fondos recaudados pendientes de depósito en relación con los fideicomisos y Resolución I-2.621/2013 ascendían a 29.354 y 26.696, respectivamente.
(2) Al 31 de diciembre de 2018, la Sociedad concertó operaciones de compra a término de dólares estadounidenses, las cuales se encuentran garantizadas por fondos comunes de inversión por un monto de 605.198.
A continuación se incluye un cuadro con la composición del saldo de los fondos comunes de inversión al 31 de diciembre de 2019 y 31 de diciembre de 2018:
==> picture [411 x 229] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
VALOR VALOR
EMISOR Y CARACTERÍSTICAS COTIZACIÓN CANTIDAD REGISTRADO REGISTRADO
DE LOS VALORES 31.12.19 31.12.18
INVERSIONES CORRIENTES
Cuotapartes de fondos comunes de inversión
Quinquela pesos 3,449699 228.010,9 786.569 518.549
Argenfunds Renta Flexible Clase B - - - 331.996
Facimex Liquidez Clase B 1,288002 31.572,7 40.666 -
Argenfunds Renta Privada - - - 210.676
Argenfunds Ahorro pesos - - - 322.033
Fima Premium Clase B 6,847904 60.126,4 411.739 584.433
Liquidez Clase B Argenfunds 1,288002 251.165,0 323.501 -
Ahorro Pesos Clase B Argenfunds 6,455861 25,5 165 -
Renta Flexible Clase B Argenfunds 2,579803 413,7 1.067 -
Total 1.563.707 1.967.687
----- End of picture text -----
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17. PATRIMONIO NETO Y CAPITAL SOCIAL
Al 31 de diciembre de 2019 el capital social de MetroGAS asciende a 569.171 encontrándose totalmente suscripto, inscripto e integrado y compuesto por las siguientes clases de acciones:
| Clases de Acciones | Suscripto, Inscripto e Integrado |
|---|---|
| En circulación Ordinarias Escriturales de Valor Nominal $1 y 1 Voto cada una: Clase “A” Clase “B” Capital Social al 31.12.19 |
290.277 278.894 569.171 |
Al 31 de diciembre de 2019, la controlante de MetroGAS es YPF S.A. (“YPF”) que posee el 70% de las acciones de la Sociedad.
El 28 de diciembre de 2016, MetroGAS recibió del ENARGAS una nota en la cual solicita adaptar la composición accionaria de la Sociedad en consonancia con el plazo previsto en la Ley de Emergencia y en cumplimiento con el artículo N° 34 de la Ley N° 24.076, todo ello en atención a la participación de YPF en MetroGAS. La Sociedad ha presentado un pedido de vista a los efectos de conocer los antecedentes del requerimiento del ENARGAS y, por considerar que lo solicitado atañe principalmente a su accionista mayoritario, le ha dado traslado a los efectos de que adopte las acciones que considere oportunas. Con fecha 6 de abril de 2018, MetroGAS fue notificada que el ENARGAS rechazó la apelación presentada por YPF el 30 de marzo de 2017.
La Asamblea Ordinaria de Accionistas celebrada el 25 de abril de 2019 dispuso que se absorba la pérdida neta del ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2018 de 5.858 (cuyo monto reexpresado asciende a 9.010 al 31 de diciembre de 2019) contra los Resultados No Asignados. Asimismo, dispuso la distribución de los Resultados No Asignados del ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2018 por 2.238.762 (cuyo monto reexpresado asciende a 3.443.889 al 31 de diciembre de 2019) a (i) la constitución de la Reserva legal, hasta alcanzar el límite del 20% del Capital social de acuerdo a lo establecido por el art. 70 de la Ley General de Sociedades por 1.264.470, (siendo el monto reexpresado al 31 de diciembre de 2019 de 1.945.136) y (ii) destinar el remanente, equivalente a 974.292, (cuyo monto reexpresado al 31 de diciembre de 2019 asciende a 1.498.753), a constituir una reserva para inversiones (artículo N° 70 3er párrafo – Ley N° 19.550) de acuerdo con el Plan de Inversiones comprometido por MetroGAS.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
Al 31 de diciembre de 2019 MetroGAS posee el 95% de MetroENERGÍA, siendo el 5% restante de titularidad de YPF.
El Directorio de la Sociedad en su reunión de fecha 30 de junio de 2017 aprobó la valuación de los Activos esenciales por el método de la revaluación con fecha efectiva 1° de abril de 2017.
El rubro ORIA incluido en la sección resultados acumulado del Patrimonio Neto incluye la cuenta Revaluación de Propiedades, planta y equipo, neto del impuesto diferido correspondiente. Dicha cuenta de revaluación de Propiedades, planta y equipo disminuye por el consumo, retiro y disposición de los Activos esenciales, con contrapartida en la cuenta de Resultados no Asignados del Patrimonio Neto, sin afectar el Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral del período o ejercicio.
Cuando el saldo neto de los ORIA al cierre de un ejercicio o período sea positivo, éste no podrá ser distribuido, capitalizado ni destinado a absorber pérdidas acumuladas, pero deberá ser computado como parte de los resultados acumulados a los fines de efectuar las comparaciones para determinar la situación de la sociedad frente a los artículos N° 31, N° 32 y N° 206 de la Ley General de Sociedades N° 19.550, u otras normas legales o reglamentarias complementarias en las que se haga referencia a límites o relaciones con el capital y las reservas, que no tengan un tratamiento particular expreso en Normas de la CNV. Cuando el saldo neto de estos resultados al cierre de un ejercicio o período sea negativo, existirá una restricción a la distribución de resultados no asignados por el mismo importe.
Al 31 de diciembre de 2019 y 2018, la Sociedad registraba un patrimonio neto positivo de 20.481.606 y 20.510.981, respectivamente.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
18. OTRAS CARGAS FISCALES
==> picture [411 x 208] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
31.12.19 31.12.18
No corriente:
Otros impuestos - 2.006
Subtotal no corriente - 2.006
Corriente:
Impuesto al valor agregado 739.150 211.835
Tasa de estudio, revisión e inspección en la vía
645.916 516.944
pública de GCABA
Impuesto a los ingresos brutos 243.719 36.981
Impuestos provinciales y municipales 69.003 101.096
Retenciones efectuadas a terceros 39.338 31.866
Otros impuestos 5.357 4.632
Subtotal corriente 1.742.483 903.354
Total 1.742.483 905.360
----- End of picture text -----
El análisis de antigüedad de otras cargas fiscales es el siguiente:
| 31.12.19 | 31.12.18 | |
|---|---|---|
| -Sin plazo establecido | 670.686 | 588.734 |
| -A vencer | ||
| menos de 3 meses de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses |
1.070.878 390 396 133 |
312.898 565 574 583 2.006 |
| de 1 a 2 años | - | |
| Subtotal | 1.071.797 | 316.626 |
| Total | 1.742.483 | 905.360 |
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19. DEUDAS FINANCIERAS
| No corriente: Préstamos financieros (1) Subtotal no corriente Corriente: Obligaciones Negociables ("ONs") Intereses a pagar ONs |
31.12.19 1.660.155 1.660.155 - - |
31.12.18 |
|---|---|---|
| 7.990.258 | ||
| 7.990.258 | ||
| 774.622 24.050 |
||
| Préstamos financieros (1) Intereses a pagar préstamo financiero y adelantos en cuenta corriente Adelantos en cuenta corriente |
6.934.627 124.996 2.030.800 |
5.716.481 25.959 - |
| Subtotal corriente Total |
9.090.423 10.750.578 |
6.541.112 |
| 14.531.370 | ||
(1) Con fecha 8 de febrero de 2018, MetroGAS instrumentó un préstamo no garantizado con (i) Industrial and Commercial Bank of China Limited - Dubai Branch e (ii) Itaú Unibanco - New York Branch, por la suma de U$S 250 millones por un plazo de treinta y seis meses y amortizable en nueve cuotas trimestrales a partir de los doce meses desde la fecha de desembolso. El Préstamo contempla (i) un interés de pago trimestral a una tasa determinada por LIBOR más un margen nominal anual de (a) 3% los primeros doce meses; (b) 3,50% desde el mes trece hasta el mes dieciocho; (c) 3,75% desde el mes diecinueve al mes veinticuatro; y (d) 4% desde el mes veinticinco hasta el vencimiento. Con fecha 24 de mayo de 2019, MetroGAS instrumentó un préstamo por $ 300 millones con el Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U., el cual contempla un interés a una tasa nominal anual del 68,8% pagadero en forma mensual
A la fecha de los presentes estados financieros la Sociedad ha cumplido con los compromisos financieros requeridos por sus acreedores financieros.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
A continuación se incluye un cuadro con la evolución del saldo de la deuda financiera al 31 de diciembre de 2019 y 2018:
| 31.12.19 | 31.12.18 | |
|---|---|---|
| Saldo al inicio del ejercicio Devengamiento de intereses a tasa efectiva - ONs |
14.531.370 356.037 |
7.789.822 274.082 |
| Pérdida por cancelación - ONs Devengamiento de intereses préstamo bancario Devengamiento de intereses adelantos en cuenta corriente Devengamiento de los costos de emisión de deuda Diferencia de cambio Pago de intereses Pago por cancelación de ONs Pago de préstamos |
- 905.447 522.056 22.062 5.499.843 |
370.300 |
| 613.054 | ||
| 13.462 | ||
| 34.753 | ||
| 9.045.489 | ||
| (2.114.763) - |
(597.148) (8.681.605) |
|
| (7.123.908) | (736.206) | |
| Préstamos obtenidos Costos de emisión de deuda Adelantos en cuenta corriente RECPAM Saldo al cierre del ejercicio |
1.312.747 - 2.517.135 (5.677.448) 10.750.578 |
11.793.738 (150.969) (44.915) (5.192.487) |
| 14.531.370 | ||
El análisis de antigüedad de las deudas financieras es el siguiente:
| 31.12.19 | 31.12.18 | |
|---|---|---|
| -A vencer | ||
| menos de 3 meses de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses de 1 a 2 años más de 2 años Subtotal |
3.814.452 1.958.657 1.658.657 1.658.657 1.660.155 - 10.750.578 |
933.214 1.606.557 1.606.557 2.394.784 6.387.326 1.602.932 |
| 14.531.370 | ||
| Total | 10.750.578 | 14.531.370 |
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19.1 Préstamos bancarios
Con fecha 8 de febrero de 2018, MetroGAS instrumentó un préstamo no garantizado con (i) Industrial and Commercial Bank of China Limited - Dubai Branch e (ii) Itaú Unibanco - New York Branch (“acreedores financieros”), por la suma de millones de U$S 250 por un plazo de treinta y seis meses y amortizable en nueve cuotas trimestrales a partir de los doce meses desde la fecha de desembolso (el “Préstamo”).
El Préstamo contempla (i) un interés de pago trimestral a una tasa determinada por LIBOR más un margen nominal anual de (a) 3% los primeros doce meses; (b) 3,50% desde el mes trece hasta el mes dieciocho; (c) 3,75% desde el mes diecinueve al mes veinticuatro; y (d) 4% desde el mes veinticinco hasta el vencimiento.
Efectivizado el desembolso del Préstamo, la Sociedad destinó los fondos: a) al rescate de la totalidad de las Obligaciones Negociables (Ver Nota 19.2 a los presentes estados financieros), b) a la refinanciación de pasivos corrientes; y c) a capital de trabajo.
De acuerdo con los términos y condiciones del Préstamo, la Sociedad debe cumplir con una serie de compromisos financieros generalmente establecidos en este tipo de transacciones, incluyendo ciertas restricciones, que, entre otras, y en términos generales se enumeran a continuación:
-
a) Endeudamiento: el Prestamista no permitirá que la Sociedad, ni permitirá que ninguna de sus Subsidiarias incurra, asuma o garantice endeudamiento, excepto en los casos de endeudamiento por refinanciación para mantener su deuda financiera actual o cuando el endeudamiento no sea mayor a millones de U$S 50, entre otros.
-
b) Pagos restringidos: la Sociedad no podrá realizar pagos restringidos, considerando entre otros el pago de dividendos, excepto que haya recibido la aprobación final del Acuerdo de Renegociación de la Licencia por el PEN. A su vez, durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 el importe a pagar en concepto de dividendos no podrá superar el 10% del Resultado Neto de ese año, y el 60% para los años siguientes; y además el Indicador Deuda/EBITDA no deberá ser mayor a dos veces el EBITDA.
-
c) Indicadores financieros: la Sociedad deberá mantener un Indicador de Cobertura de intereses entendido como EBITDA/Intereses financieros no menor a 3,00; el indicador Deuda/EBITDA no podrá ser mayor a 3,00 hasta el 30 de junio de 2018, y mayor a 2,50 desde esa fecha hasta el vencimiento del contrato; el patrimonio neto de la sociedad a cada cierre trimestral hasta el 30 de septiembre de 2018 no podrá ser menor a millones de $ 8.000, desde esa fecha hasta el 30 de septiembre de 2019 no podrá ser menor a millones de $ 9.200, desde esa fecha hasta el 30 de septiembre de 2020 no podrá ser menor a
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
millones de $ 10.120 y desde esa fecha hasta el fin del contrato no podrá ser menor a millones de $ 11.132.
Con fecha 24 de mayo de 2019, MetroGAS instrumentó un préstamo con el Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U. por la suma de 300.000 por un plazo de 360 días y amortizable en una cuota al vencimiento el cual operará el 21 de mayo de 2020. El préstamo contempla un interés a una tasa nominal anual del 68,8% pagadero en forma mensual.
De acuerdo con los términos y condiciones del mencionado préstamo, la Sociedad debe cumplir con el compromiso de no permitir un potencial cambio de control, es decir que, uno o más accionistas existentes celebren, acepten y/o de cualquier otro modo expresa o implícitamente consientan, cualquier acuerdo, contrato o instrumento, en virtud del cual dicho uno o más accionistas existentes asuman un compromiso de forma vinculante de: (i) reducir por cualquier causa y/o concepto que sea su tenencia accionaria en el capital social y votos de la Prestataria de manera tal que los accionistas existentes dejaren de tener, en forma directa o indirecta, la propiedad de al menos el 50,01% del capital social y de los votos de la Prestataria, o (ii) los accionistas existentes perdieran la facultad de, en forma directa o indirecta, designar y/o remover a la mayoría de los miembros del órgano de administración de la Prestataria, o de dirigir o disponer la dirección de los negocios, asuntos y políticas de la Prestataria.
Con fecha 30 de agosto de 2019, MetroGAS canceló en forma anticipada y conjuntamente con sus intereses correspondientes, la cuarta cuota de amortización del préstamo no garantizado con Industrial and Commercial Bank of China Limited - Dubai Branch e Itaú Unibanco - New York Branch, por un importe de U$S 27,8 millones.
Con fecha 9 de septiembre de 2019 la Sociedad celebró un contrato de préstamo con el Banco Itaú Argentina S.A. e Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A. por un monto total de 828.000 a ser cancelado en tres (3) cuotas, pagaderas el 25 de septiembre, el 25 de octubre y el 25 de noviembre de 2019. El préstamo contempla un interés a una tasa nominal anual del 97% pagadero junto con cada cuota de capital. Dicho financiamiento se encontraba garantizado por una cesión en garantía de derechos de cobro devengado y/o a devengarse en favor de los Bancos bajo el Contrato de Sistema de Pago Fácil. Al 31 de diciembre de 2019 dicho préstamo fue cancelado junto con sus intereses.
19.2 Obligaciones Negociables
Con motivo del canje obligatorio efectuado el 11 de enero de 2013, en el marco del concurso preventivo de acreedores solicitado en el año 2010 (el “Concurso Preventivo”), MetroGAS emitió obligaciones negociables Serie A y Serie B con vencimiento el 31 de diciembre de 2018 (las “Obligaciones Negociables”). Asimismo se emitieron Obligaciones Negociables para ser
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entregadas a los nuevos acreedores quirografarios, una vez que cuenten con sentencia verificatoria en el Concurso Preventivo.
Con fecha 27 de febrero de 2018 la Sociedad rescató la totalidad de las ON a un Precio de Rescate igual al 100% del monto de capital de las ON, con más sus intereses devengados e impagos, y todos los demás montos que se adeudaban hasta la Fecha de Rescate. Las ON dejaron de devengar intereses en y después de la Fecha de Rescate. A todos los efectos bajo el Contrato de Fideicomiso, se considerara que las ON ya no están vigentes desde y después de la Fecha de Rescate, ya que el Precio de Rescate fue depositado por el Fiduciario de acuerdo con el Contrato de Fideicomiso, y todos los derechos con respecto a ellas, cesaron en la Fecha de Rescate. El pago del Precio de Rescate se realizó a través de The Bank of New York Mellon.
El 12 de diciembre de 2018, MetroGAS emitió Obligaciones Negociables simples Clase 2 (las “Nuevas Obligaciones Negociables”) denominadas en pesos con vencimiento a los doce meses desde la fecha de emisión por millones de $ 512,4, correspondientes al Programa de Obligaciones Negociables de corto y mediano plazo por un monto máximo en circulación de hasta millones de US$ 600.
Dichas Nuevas Obligaciones Negociables devengaban una tasa de interés variable anual que era igual a la suma de (a) la Tasa Badlar Privada aplicable al período, más (b) un Margen Aplicable del 10%. Los intereses se pagaron trimestralmente el 12 de marzo de 2019, 12 de junio de 2019, 12 de septiembre de 2019 y 12 de diciembre de 2019. El capital fue amortizado en una única cuota en la fecha de vencimiento, es decir el 12 de diciembre de 2019.
De acuerdo con los términos y condiciones de la emisión, en el supuesto de Cambio de Control de MetroGAS, cada tenedor de las Nuevas Obligaciones Negociables tenía el derecho a exigir que la Sociedad rescatara la totalidad de las Nuevas Obligaciones Negociables. MetroGAS además debía realizar sus mejores esfuerzos para obtener y mantener, en tanto existían las Nuevas Obligaciones Negociables en circulación, las correspondientes autorizaciones para su listado y/o negociación; y mantener el ratio Deuda Neta/ EBITDA por los cuatro trimestres económicos inmediatamente anteriores, menor o igual a 3:00.
Los fondos provenientes de la emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables fueron utilizados para la pre-cancelación de capital e intereses correspondientes a la primera cuota del Préstamo con Industrial and Commercial Bank of China Limited - Dubai Branch e Itaú Unibanco - New York Branch.
Al 31 de diciembre de 2019 la Sociedad canceló la totalidad de Obligaciones Negociables.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
19.3 Instrumentos financieros derivados
La Sociedad está expuesta principalmente a la fluctuación del tipo de cambio del dólar estadounidense con respecto al peso argentino en virtud que la mayor parte de la deuda financiera de MetroGAS se encuentra denominada en dólares estadounidenses.
A fin de mitigar el riesgo de tipo de cambio, MetroGAS concertó operaciones de compra a término de dólares estadounidenses con el fin de cubrir la exposición al riesgo asociado al tipo de cambio que deriva de su deuda financiera.
Los instrumentos financieros derivados son reconocidos inicialmente a su valor razonable a la fecha en que se suscribe el contrato del derivado y los cambios posteriores en su valor razonable son reconocidos en el estado de pérdidas y ganancias y otro resultado integral.
El método para reconocer la pérdida o ganancia resultante depende de si el derivado se ha designado como un instrumento de cobertura y, de ser así, de la naturaleza de la partida que se está cubriendo. A la fecha de presentación de los presentes estados financieros, MetroGAS no ha aplicado la contabilización de cobertura conforme a la NIIF 9 en ninguno de sus instrumentos financieros derivados vigentes.
La Sociedad no contrata ni negocia instrumentos financieros derivados con fines especulativos.
Los contratos de compra a término de dólar estadounidense se liquidan diariamente y las pérdidas y ganancias generadas por cada posición diaria se registraron en el resultado del período.
El resultado por las liquidaciones diarias por los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2019 y 2018 fue incluido dentro de la línea “Diferencias de cambio sobre deudas financieras” dentro de “Costos financieros” en el Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral.
Los contratos vigentes se encuentran garantizados por 189.000, los cuales se exponen en el rubro “Otros créditos corrientes”. Estos contratos pueden ser cancelados anticipadamente y, en consecuencia, pueden ser canceladas dichas garantías.
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20. PASIVOS POR ARRENDAMIENTOS
Al 31 de diciembre de 2019, la Sociedad ha registrado un pasivo por arrendamiento en el pasivo no corriente y corriente por 2.858 y 5.218, respectivamente. El saldo al 31 de diciembre de 2019 del total de los pasivos por arrendamientos asciende a 8.076.
Dichos pasivos se encuentran descontados una tasa efectiva mensual de 4,83%, calculada en base a la tasa BADLAR privada más un 10% a 12 meses. El plazo promedio de los contratos es de 3 años.
A continuación se incluye un cuadro con la evolución del saldo de los pasivos por arrendamientos al 31 de diciembre de 2019:
| Saldo al inicio del ejercicio Saldo por aplicación inicial de NIIF 16 Altas por nuevos contratos Intereses devengados (Nota 28) Pagos |
31.12.19 |
|---|---|
| - 19.287 83 5.775 (16.732) |
|
| RECPAM | (337) |
| Saldo al cierre del ejercicio | 8.076 |
Al 31 de diciembre de 2019, los vencimientos de los pasivos por arrendamiento relacionados con los contratos mencionados son:
| -A vencer menos de 3 meses de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses de 1 a 2 años Total |
31.12.19 |
|---|---|
| 2.404 1.227 810 777 2.858 |
|
| 8.076 | |
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21. PASIVO CONCURSAL
| No corriente Deudas fiscales Cuentas por pagar Remuneraciones y cargas sociales Total no corriente |
31.12.19 31.12.18 4.165 40.410 23 35 10 15 4.198 40.460 |
|---|---|
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22. PROVISIONES
| Reclamos del | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Provisiones | Reclamos civiles, laborales y otros |
Reclamos fiscales y otras multas |
regulador y diferencias |
Juicio contra el Estado Nacional |
Total |
| interpretativas | |||||
| Saldo al 31.12.17 | 268.204 | 775 | 39.705 | 469.178 | 777.862 |
| Altas netas del ejercicio (*) | 135.585 | 806.603 | (14.133) | 44.646 | 972.701 |
| Reclasificación a otras deudas | (13.013) | 2.689 | 13.197 | - | 2.873 |
| RECPAM | (112.280) | (155.340) | (11.416) | (158.527) | (437.563) |
| Saldo al 31.12.18 | 278.496 | 654.727 | 27.353 | 355.297 | 1.315.873 |
| Altas netas del ejercicio (*) | 53.630 | 185.208 | 24.776 | 40.617 | 304.231 |
| Reclasificación a otras deudas | 6.018 | (236) | (12.863) | - | (7.081) |
| Utilizaciones del ejercicio | (31.792) | - | - | - | (31.792) |
| RECPAM | (110.613) | (256.299) | (9.308) | (129.552) | (505.772) |
| Saldo al 31.12.19 | 195.739 | 583.400 | 29.958 | 266.362 | 1.075.459 |
(*) Imputado al rubro Otros ingresos y egresos (ver Nota 28 a los presentes estados financieros).
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
22.1 Reclamos civiles, laborales y otros
A la fecha de emisión de los presentes estados financieros, existen reclamos civiles y laborales realizados por empleados de contratistas, accidentes de trabajo, etc. contra la Sociedad. Al 31 de diciembre de 2019, la Sociedad registró una provisión de 195.739 de los cuales 81.006 corresponden a juicios laborales, 93.547 a reclamos civiles por daños y 21.186 a conciliaciones y mediaciones.
22.2 Reclamos fiscales y otras multas
Con fecha 11 de mayo de 2018 la Administración Federal de Ingresos Públicos (“AFIP”) notificó a MetroGAS la determinación de la deuda de Contribuciones al Régimen Nacional de la Seguridad Social – Empleador por una diferencia en las alícuotas de contribuciones de la Seguridad Social declaradas por la Sociedad, correspondiente a los períodos fiscales 06/2010 a 12/2016. Dicha diferencia radica en que la AFIP considera que la Sociedad no se encuentra contemplada dentro de lo normado por el art. 2, inc. b) del Decreto 814/2001, y por lo tanto, no debe tributar las contribuciones a la alícuota del 17%. La suma del reclamo asciende a 249.372 correspondiendo 197.736 a capital e intereses resarcitorios, y 51.636 a multa.
Con fecha 4 de junio de 2018, MetroGAS impugnó las actas de inspección e infracción, solicitando se revoquen las diferencias de contribuciones intimadas así como la multa aplicada, y a su vez, se ordene el archivo de las actuaciones de la cuestión por parte de AFIP.
Por tal motivo, al 31 de diciembre de 2019, la Sociedad registró una provisión por estos conceptos de 582.531 que incluye la determinación de deuda realizada por el fisco y los períodos fiscales 01/2017 a 12/2019.
Asimismo, al 31 de diciembre de 2019, la Sociedad registró una provisión por multas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por 869.
22.3 Reclamos del regulador y diferencias interpretativas
A la fecha de emisión de los presentes estados financieros, la Sociedad mantiene diferencias interpretativas con las autoridades regulatorias referidas a diversos temas.
Al 31 de diciembre de 2019 la provisión por estos conceptos acumula 29.958, no habiéndose producido variaciones significativas en el ejercicio 2019.
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22.4 Pago de Tasa de Justicia – Juicio contra el Estado Nacional
En el año 2011, MetroGAS promovió una acción interruptiva de prescripción contra el Estado Nacional (“MetroGAS S.A. c/ Estado Nacional s/ daños y perjuicios” - Expte. 50.141/2011) con el objeto de que, agotado el reclamo administrativo, se condene a este a la reparación de los daños y perjuicios provocados a MetroGAS -derivados de la Ley de Emergencia con motivo del incumplimiento a la obligación contractual de mantener la ecuación económico-financiera de esta distribuidora de acuerdo con los términos del marco regulatorio establecido a partir de la Ley N° 24.076.
De manera complementaria a esta acción, y una vez agotada la vía administrativa, en el año 2013 se amplió la demanda fijándose la suma reclamada en 4.125.167 (expresada en valores al 31/12/2011) y se inició el Beneficio de Litigar Sin Gastos (“BLSG”) (Art. 78 y siguientes del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) con el objeto de que se establezca la exención del pago de las costas y gastos judiciales (Tasas Judiciales – Ley N° 23.898) derivados de la acción de daños y perjuicios. Con la promoción del BLSG, MetroGAS quedó exenta del pago de la tasa de justicia al momento del inicio de la acción principal y hasta la resolución del BLSG.
Con fecha 30 de marzo de 2017, MetroGAS suscribió con el Estado Nacional el Acta Acuerdo de Adecuación del Contrato de Licencia de Distribución de Gas Natural. En los términos del Acta Acuerdo, dentro del plazo de noventa (90) días corridos de que entre y se mantenga en vigencia la Resolución que aprueba el Cuadro Tarifario resultante de la RTI prevista en la cláusula séptima del Acta Acuerdo, o del último escalón del incremento, según corresponda, MetroGAS deberá desistir íntegra y expresamente de todos los derechos que pudieran eventualmente invocar, como también a todas las acciones entabladas o en curso o que pudieran entablar, fundadas o vinculadas a los hechos o medidas dispuestas, respecto del Contrato de Licencia.
Con fecha 28 de marzo de 2018 se publicó en el B.O. el Decreto N° 252/2018 que ratificó el Acta Acuerdo. En virtud de ello, con fecha 27 de junio de 2018 la Sociedad procedió al desistimiento de la causa “MetroGAS S.A. c/ Estado Nacional – M. Planificación - (Decreto N° 293/02) - UNIREN s/Proceso de Conocimiento”. Mediante Resolución de fecha 3 de octubre de 2018, se tuvo a MetroGAS por desistida de la acción y del derecho. El juzgado interviniente resolverá acerca de la procedencia del BLSG.
El fisco podría exigirle a MetroGAS el pago de la tasa de justicia que, en los términos de la Ley N° 23.898, es del tres por ciento (3%) del monto de la demanda.
En junio de 2019 el representante del Fisco dictaminó que si bien existe cierta capacidad de pago por parte de MetroGAS, corresponde, de acuerdo con la proporción que determine el Sr. Juez, la concesión parcial del beneficio solicitado.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
MetroGAS realizó una presentación en relación al mencionado dictamen acompañando los Estados Financieros correspondientes al 31 de diciembre de 2018 y al 30 de junio de 2019, e insistió en que corresponde otorgar el beneficio de litigar sin gastos en forma total.
De la presentación realizada, el Juez dispuso un nuevo traslado al representante del Fisco quién ratificó su dictamen.
Al 31 de diciembre de 2019 la Sociedad registró una provisión por estos conceptos de 266.362.
23. CUENTAS POR PAGAR
| 31.12.19 1.157.519 684.920 1.842.439 10.987.412 |
31.12.18 | |
|---|---|---|
| No corriente | ||
| Provisión por DDA | 2.877.819 | |
| Partes relacionadas por DDA (Nota 32) Total no corriente Corriente Acreedores por compra de gas y transporte |
2.014.901 | |
| 4.892.720 | ||
| 7.350.474 | ||
| Provisión por DDA | 1.616.966 | 319.757 |
| Acreedores por otras compras y servicios Fideicomisos y Resolución I-2.621/2013 Partes relacionadas (Nota 32) Partes relacionadas por DDA (Nota 32) Total corriente Total |
1.188.571 29.354 5.586.207 |
1.248.816 |
| 26.696 | ||
| 1.799.749 | ||
| 956.782 | 223.878 | |
| 20.365.292 22.207.731 |
10.969.370 | |
| 15.862.090 |
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
El análisis de antigüedad de las cuentas por pagar es el siguiente:
| 31.12.19 | 31.12.18 | |
|---|---|---|
| -De plazo vencido | ||
| menos de 3 meses de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses de 1 a 2 años más de 2 años Subtotal |
7.964.332 36.664 5.206 3.202 10.312 3.203 8.022.919 |
1.594.948 4.338 1.814 494 9.920 2.271 |
| 1.613.785 | ||
| -A vencer | ||
| menos de 3 meses | 10.349.565 | 8.811.950 |
| de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses de 1 a 2 años más de 2 años Subtotal |
1.009.633 512.251 470.924 1.842.439 - 14.184.812 |
- - 543.635 2.174.542 2.718.178 |
| 14.248.305 | ||
| Total | 22.207.731 | 15.862.090 |
24. REMUNERACIONES Y CARGAS SOCIALES
==> picture [411 x 121] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
Corriente 31.12.19 31.12.18
Sueldos a pagar 60.939 85.845
Aportes y retenciones a depositar 103.561 129.579
Partes relacionadas (Nota 32) 32.171 29.132
Provisión vacaciones 205.892 228.844
Provisión gratificaciones 112.921 136.203
Otros 2.053 682
Total 517.537 610.285
----- End of picture text -----
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
El análisis de antigüedad de las remuneraciones y cargas sociales es el siguiente:
| 31.12.19 | 31.12.18 485.135 41.717 41.717 41.716 610.285 610.285 31.12.18 5.873 3.724 681 1.399 11.677 |
|
|---|---|---|
| -A vencer | ||
| menos de 3 meses de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses Subtotal Total |
391.113 41.668 43.088 41.668 517.537 517.537 |
|
| 25. OTRAS DEUDAS Corriente Deudas por obras cedidas por terceros Multas ENARGAS Multas GCBA Diversos Total |
31.12.19 1.732 2.421 461 503 5.117 |
25. OTRAS DEUDAS
El análisis de antigüedad de otras deudas es el siguiente:
| -Sin plazo establecido | 31.12.19 2.421 |
31.12.18 |
|---|---|---|
| 3.724 | ||
| -A vencer | ||
| menos de 3 meses de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses |
2.696 - - |
7.773 160 20 |
| Subtotal | 2.696 | 7.953 |
| Total | 5.117 | 11.677 |
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26. INGRESOS ORDINARIOS
==> picture [411 x 213] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
Por los ejercicios finalizados el
31.12.19 31.12.18
Ventas de gas:
Clientes Residenciales 28.563.538 24.925.239
Clientes Industriales, Comerciales y Entidades Públicas 5.237.450 3.498.654
Gas Natural Comprimido 10.596 24.537
Subtotal 33.811.584 28.448.430
Servicio de transporte y distribución:
Centrales Eléctricas 2.086.812 2.223.639
Clientes Industriales, Comerciales y Entidades Públicas 1.052.110 1.118.810
Gas Natural Comprimido 805.985 809.253
Subtotal 3.944.907 4.151.702
Otras ventas 1.065.123 532.400
Resolución MINEM N° 508-E/2017 995.293 5.327.858
Ventas de gas y transporte MetroENERGÍA 20.452.422 11.872.536
Total 60.269.329 50.332.926
----- End of picture text -----
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27. GASTOS POR NATURALEZA
| Remuneraciones y otros beneficios al personal Cargas sociales Suministro de gas - distribución de gas y transporte Servicio de transporte de gas - distribución de gas y transporte Suministro de gas y transporte - comercialización de gas y transporte Honorarios directores y síndicos Honorarios por servicios profesionales Materiales diversos Servicios y suministros de terceros Gastos de correos y telecomunicaciones Alquileres y arrendamientos Transportes y fletes Materiales de oficina Viajes y estadías Primas de seguros Mantenimiento y reparación de Propiedades, planta y equipo Depreciación de Propiedades, planta y equipo, Propiedades de inversión y amortización de Bienes Intangibles Amortización de activos por derecho de uso Impuestos, tasas y contribuciones Publicidad y propaganda Deudores incobrables Gastos y comisiones bancarias Gastos diversos |
Por los ej | ercicios finalizados el | ||
|---|---|---|---|---|
| 31.12.1 | 9 | 31.12.18 TOTAL TOTAL 2.703.133 2.551.821 466.316 485.221 18.814.463 16.808.670 7.239.337 7.377.058 16.230.852 10.643.495 20.286 8.361 91.487 75.698 101.551 80.601 783.743 753.122 409.544 376.636 1.404 14.149 62.164 51.738 31.027 37.261 12.873 13.019 75.711 119.278 928.808 788.206 1.636.372 1.662.764 12.798 - 2.352.754 1.206.128 38.336 58.774 594.751 474.753 279.994 272.364 73.582 67.169 52.961.286 43.926.286 |
||
| COSTOS DE OPERACIÓN |
GASTOS DE ADMINISTRACIÓN |
GASTOS DE COMERCIALIZACIÓN |
||
| 1.109.300 239.094 18.814.463 7.239.337 16.230.852 - 6.542 101.551 278.750 7.801 368 - 5.673 6.798 - 577.354 1.232.846 - 23.720 |
579.395 116.388 - - - - 13.355 - 411.426 371.747 976 - 11.933 1.970 1 246 - - 1.945.210 38.336 594.751 278.939 34.015 |
|||
| 1.014.438 110.834 |
||||
| - - - 20.286 |
||||
| 71.590 - 93.567 29.996 60 62.164 13.421 4.105 75.710 351.208 403.526 12.798 383.824 |
||||
| - | - | |||
| - - 31.968 |
- | |||
| 1.055 | ||||
| 7.599 | ||||
| Total al 31 de diciembre de 2019 Total al 31 de diciembre de 2018 |
45.906.417 | 2.656.181 | 4.398.688 | |
| 38.483.305 | 2.336.311 | 3.106.670 |
Los gastos incluidos en el cuadro se encuentran netos de gastos propios activados en propiedades, planta y equipo por 188.112 al 31 de diciembre de 2019 y 197.868 al 31 de diciembre de 2018. Firmado a los efectos de su identificación con
nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
28. OTROS INGRESOS Y EGRESOS
| Por los ejercicios finalizados el | Por los ejercicios finalizados el | |
|---|---|---|
| 31.12.19 10.235 (622.336) 13.782 88.474 |
31.12.18 | |
| Alquileres ganados Resolución MINEM N° 508-E/2017 no recuperable (Nota 2.3.2) Penalidades contratistas Ingresos varios Constitución de provisiones para juicios y contingencias y otros |
35.702 | |
| - | ||
| 29.797 38.190 (972.701) |
||
| (304.231) | ||
| (814.076) | (869.012) | |
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
29. RESULTADOS FINANCIEROS NETOS
Ingresos financieros
Por los ejercicios finalizados el
| 31.12.19 657.268 686.784 1.495 (25.376) 271.677 15.233.827 4.164 16.829.839 |
31.12.18 | |
|---|---|---|
| Activos financieros a valor razonable Intereses ganados Intereses ganados por DDA Diferencias de cambio sobre efectivo y equivalentes Diferencias de cambio operaciones comerciales RECPAM Diversos |
415.598 312.641 517.948 290.502 399.549 11.258.281 9.533 |
|
| 13.204.052 |
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
Costos financieros
Por los ejercicios finalizados el
| Diferencias de cambio sobre deudas financieras (*) Diferencias de cambio sobre arrendamientos Diferencias de cambio sobre deuda comercial Intereses devengados sobre deudas financiera Intereses devengados sobre arrendamientos Intereses devengados sobre deuda comercial Intereses devengados sobre DDA Pérdida por cancelación de ONs RECPAM Diversos |
31.12.19 31.12.18 5.829.596 7.610.877 322 - 288.592 2.023.562 1.805.602 935.351 5.775 - 440.273 461.712 1.495 517.948 - 370.300 10.260.412 6.522.997 524.282 370.635 19.156.349 18.813.382 |
|---|---|
(*) Al 31 de diciembre de 2019 y 2018 incluye una pérdida de 329.753 y una ganancia de 1.434.611, respectivamente, correspondientes a las operaciones de compra a término de dólares estadounidenses concertadas por la Sociedad (Ver Nota 19.3 a los presentes estados financieros).
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30. IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y A LA GANANCIA MÍNIMA PRESUNTA
El siguiente cuadro detalla la evolución y composición de los activos y pasivos por impuesto diferido:
Activos diferidos
| Activos diferidos | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Quebrantos | Créditos por ventas |
Provisiones | Otros | Total activo por impuesto diferido |
|
| Saldos al 31.12.18 | 1.256.348 | 101.515 | 311.361 | - | 1.669.224 |
Movimientos del ejercicio |
(553.891) | 68.088 | (6.226) | 6.659 | (485.370) |
Saldos al 31.12.19 |
702.457 | 169.603 | 305.135 | 6.659 | 1.183.854 |
Pasivos diferidos
| Revaluación de propiedades, planta y equipo |
Propiedades, planta y equipo |
Efecto por inflación fiscal partidas monetarias |
Efectivo y equivalente de efectivo |
Inversiones e Intangibles |
Total pasivo por impuesto diferido |
Total pasivo por impuesto diferido neto |
|
|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Saldos al 31.12.18 | (2.642.998) | (4.988.561) | - | (21.455) | (1.117) | (7.654.131) |
(5.984.907) |
| Movimientos del ejercicio | 400.412 | (501.016) | (966.071) | 18.169 | (3.657) | (1.052.163) |
(1.537.533) |
| Saldos al 31.12.19 | **(2.242.586) ** | **(5.489.577) ** | **(966.071) ** | **(3.286) ** | **(4.774) ** | (8.706.294) | (7.522.440) |
A continuación se detalla la conciliación entre el impuesto a las ganancias cargado a resultados y el que resultaría de aplicar al resultado contable antes del impuesto a las ganancias la tasa impositiva correspondiente:
| Impuesto a las ganancias teórico calculado sobre el resultado antes del impuesto a las ganancias Diferencias originadas en: Gastos no deducibles e ingresos no computables, netos Efecto por inflación fiscal partidas monetarias Efecto por la reexpresion en moneda constante Efecto cambio de tasa impuesto a las ganancias Vencimiento de quebrantos Total impuesto a las ganancias (cargado) acreditado en resultados |
Por los ejercicios finalizados el |
|---|---|
| 31.12.19 31.12.18 (1.250.237) 21.511 219.699 51.524 (1.180.198) - (538.688) 13.649 221.838 - (407.296) - (2.934.882) 86.684 |
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
A continuación se detalla la conciliación entre el impuesto a las ganancias acreditado a resultados y el impuesto determinado a fines fiscales:
| Impuesto a las ganancias determinado a los fines fiscales MetroGAS Impuesto a las ganancias determinado a los fines fiscales MetroENERGÍA Diferencias transitorias Vencimiento de quebrantos Total impuesto a las ganancias (cargado) acreditado en resultados Efecto por la reexpresion en moneda constante |
Por los ejercicios finalizados el |
|---|---|
| 31.12.19 31.12.18 291.041 432.328 (996.937) (226.190) (1.384.054) (119.454) (437.636) - (407.296) - (2.934.882) 86.684 |
La evolución del pasivo diferido neto durante el ejercicio ha sido la siguiente:
| 31.12.19 (5.984.907) 400.412 (1.937.945) (7.522.440) |
31.12.18 | |
|---|---|---|
| Pasivo diferido al inicio del ejercicio Efecto del impuesto diferido en ORAI Cargo del impuesto a las ganancias Pasivo diferido al cierre del ejercicio |
(6.709.475) 412.823 311.745 |
|
| (5.984.907) | ||
El cargo por impuesto a las ganancias e impuesto a la ganancia mínima presunta por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 y 2018 es el siguiente:
| finalizado el 31 de diciembre de 2019 y 2018 es el siguiente: | ||
|---|---|---|
| Por los ejercicios finalizados el | ||
| 31.12.19 (1.937.945) |
31.12.18 | |
| Impuesto a las ganancias diferido Impuesto a las ganancias corriente MetroENERGÍA Vencimiento de IGMP (Cargo) beneficio impuesto a las ganancias e IGMP |
312.862 (226.178) (15.996) |
|
| (996.937) | ||
| (14.211) (2.949.093) |
||
| 70.688 | ||
El crédito por quebrantos impositivos registrado al 31 de diciembre de 2019 ascendió a 702.457 cuyo vencimiento opera entre los años 2021 y 2024 y al 31 de diciembre de 2018 ascendió a 1.256.348. El crédito por el IGMP registrado al 31 de diciembre de 2019 ascendió a 66.690 con vencimiento entre los años 2023 y 2027 y al 31 de diciembre de 2018 ascendió a 124.450.
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31. RESULTADO NETO POR ACCIÓN
El siguiente cuadro refleja los resultados y el número de acciones que se han utilizado para el cálculo del resultado neto por acción:
| Por los ejercicios | finalizados el | |
|---|---|---|
| 31.12.19 | 31.12.18 | |
| Resultado neto del ejercicio participación controlante |
1.116.342 |
(9.010) |
| Número medio de acciones ordinarias en circulación |
569.171 |
569.171 |
| Resultado neto básico y diluido por acción |
1,96 |
(0,02) |
32. SALDOS Y OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS
MetroGAS realiza operaciones y transacciones con partes relacionadas dentro de las condiciones generales de mercado, las cuales forman parte de la operación habitual de la Sociedad en cuanto a su objeto y condiciones.
Las operaciones de venta de transporte de MetroGAS a MetroENERGÍA se efectuaron sobre la base de las tarifas aplicables por MetroGAS para sus operaciones comerciales con terceros, de acuerdo a la normativa vigente.
A su vez, existen acuerdos de Prestación de Servicios Profesionales por parte de MetroGAS a MetroENERGÍA vinculados a los aspectos administrativos, contables, impositivos, financieros, legales y todos aquellos que hacen al giro y operatoria ordinaria de MetroENERGÍA.
La información detallada en los cuadros siguientes muestra los saldos con las sociedades relacionadas al 31 de diciembre de 2019 y 2018, así como las operaciones con las mismas por los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2019 y 2018.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
Las siguientes transacciones se realizan con partes relacionadas:
==> picture [622 x 231] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
Por los ejercicios finalizados el
31.12.19
Materiales Remuneraciones
Servicios y
Ingresos Suministro de suministros de diversos Primas de Otros ingresos y Costos Gastos de correos y y otros
ordinarios gas terceros Costo de seguros (egresos) financieros telecomunicaciones beneficios al
operación personal
Sociedad controlante:
YPF 17.752 10.713.264 2.973 30.220 - - 112.984 - -
Otras sociedades relacionadas:
Central Dock Sud S.A. 1.376.625 - - - - - - - -
Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A. 3.065.658 - - - - - - - -
A-Evangelista S.A. 14.100 - - - - - - - -
Integración Energética Argentina S.A. ("Ex-ENARSA") 8 278.667 - - - - 11.658 - -
YPF Energía Eléctrica S.A 439.722 - - - - - - - -
Nación Seguros S.A. - - - - 56.099 - - - -
Correo Argentino S.A. 1.487 - - - - - - 841 -
Banco de la Nación Argentina 5.627 - - - - - - - -
Estado Nacional (1) - (360.863) - - - 1.495 - -
Secretaría de Gobierno de Energía (2) 995.293 - - - - (622.336) - - -
Aerolíneas Argentinas S.A. 11.322 - - - - - - - -
Personal clave de dirección - - - - - - - - 114.347
5.927.594 10.631.068 2.973 30.220 56.099 (622.336) 126.137 841 114.347
----- End of picture text -----
(1) Ver Notas 2.3.3 a los presentes estados financieros consolidados.
(2) Ver Notas 2.3.2 a los presentes estados financieros consolidados.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
==> picture [594 x 260] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
Por los e jercicios finalizados el
31.12.18
Remuneraciones
Servicios y Materiales y otros
Ingresos Suministro de suministros de diversos Costo Primas de Costos (ingresos) Gastos de correos y beneficios al
ordinarios gas terceros de operación seguros financieros telecomunicaciones personal
Sociedad controlante:
YPF 3.017 8.941.240 10.540 27.519 - (106.824) - -
Otras sociedades relacionadas:
Central Dock Sud S.A. 395.812 - - - - - - -
Operadora de Estaciones de Servicio S.A. 17.870 - - - - - - -
A-Evangelista S.A. 9.511 - - - - - - -
Integración Energética Argentina S.A. ("Ex-ENARSA") 8 950.914 - - - 183.853 - -
Profertil S.A. 19.252 - - - - - - -
Nación Seguros S.A. - - - - 15.138 - - -
Correo Argentino S.A. 1.075 - - - - - 963 -
Banco de la Nación Argentina 5.053 - - - - - - -
Estado Nacional (1) - (6.381.874) - - - 517.948 - -
Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A. 16.128 - - - - - - -
Secretaría de Gobierno de Energía (2) 5.327.857 - - - - - - -
Otros 10.159 - - - - - - -
Personal clave de dirección - - - - - - - 98.416
5.805.742 3.510.280 10.540 27.519 15.138 594.977 963 98.416
----- End of picture text -----
(1) Ver Notas 2.3.3 a los presentes estados financieros consolidados.
(2) Ver Notas 2.3.2 a los presentes estados financieros consolidados.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
Los siguientes saldos se mantienen con partes relacionadas:
| 31.12.19 | 31.12.19 | |||
|---|---|---|---|---|
| Créditos por ventas |
Otros créditos | Cuentas por pagar | Remuneraciones y cargas sociales |
|
| Sociedad controlante: | Corrientes | Corrientes No corrientes |
Corrientes No corrientes |
Corrientes |
| YPF Otras sociedades relacionadas: |
28 | 5.348 - - - - - - - - - - - 30.672 - 2.573.748 1.842.439 |
6.123.506 600.826 |
- |
| Central Dock Sud S.A. | 892.881 | - - |
- | |
| A-Evangelista S.A. Integración Energética Argentina S.A. ("Ex-ENARSA") Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A. |
1.269 - 1.101.126 |
- - 417.841 84.094 - - |
- - - |
|
| YPF Energía Eléctrica S.A Nación Seguros S.A. Estado Nacional (1) |
235.412 - - |
- - 1.548 - - - |
- - - |
|
| Secretaría de Gobierno de Energía (2) | - | 172.144 - |
- - |
- |
| Correo Argentino S.A. Aerolineas Argentinas S.A. Personal clave de dirección: |
398 95 - |
- - - - - - |
68 - 26 - - - |
- - 32.171 |
| 2.231.209 | 2.781.912 1.842.439 |
6.542.989 684.920 |
32.171 |
(1) Ver Notas 2.3.3 a los presentes estados financieros consolidados.
(2) Ver Notas 2.3.2 a los presentes estados financieros consolidados.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
| 31.12.18 | 31.12.18 | |||
|---|---|---|---|---|
| Créditos por ventas |
Otros créditos | Cuentas por pagar | Remuneraciones y cargas sociales |
|
| Corrientes | Corrientes No corrientes |
Corrientes No corrientes |
Corrientes | |
| Sociedad controlante: | ||||
| YPF | 30.717 | 7.427 - |
1.911.898 1.760.722 |
- |
| Otras sociedades relacionadas: | - - - - - - - |
|||
| Central Dock Sud S.A. | 73.569 | - - |
- - |
|
| Operadora de Estaciones de Servicio S.A. A-Evangelista S.A. Integración Energética Argentina S.A. ("Ex-ENARSA") |
5 780 - |
- - - - - - |
- - - - 99.968 254.179 |
|
| Nación Seguros S.A. Estado Nacional (1) |
- - |
- - 543.635 4.892.720 |
11.195 - - - |
|
Secretaría de Gobierno de Energía (2) |
- | 1.930.940 - |
- - |
|
| Correo Argentino S.A. Otros |
- 69 |
- - - - |
322 - 244 - |
- - |
| Personal clave de dirección: | - | - - |
- - |
29.132 |
| 105.140 | 2.482.002 4.892.720 |
2.023.627 2.014.901 |
29.132 |
(1) Ver Notas 2.3.3 a los presentes estados financieros consolidados.
(2) Ver Notas 2.3.2 a los presentes estados financieros consolidados.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
Los importes pendientes no están garantizados y se liquidarán en efectivo. No se han otorgado ni recibido garantías. No se ha reconocido ningún gasto en el periodo actual ni en periodos anteriores con respecto a incobrables o cuentas de dudoso cobro relacionados con los importes adeudados por partes relacionadas.
Adicionalmente, en el curso habitual de sus negocios, y atento a que la licenciataria presta el servicio de distribución de gas dentro del área que cubre la parte sur y este del gran Buenos Aires, incluyendo la Ciudad de Buenos Aires, la cartera de clientes/proveedores de la Sociedad abarca tanto entidades del sector privado como así también del sector público nacional, provincial y municipal.
Asimismo, tal como se explica en Nota 2.5.4, MetroGAS debe facturar, cobrar y liquidar dos cargos específicos, con diversa afectación, lo cual hace por cuenta y orden de Nación Fideicomisos S.A. Los saldos por estas operatorias se exponen en la Nota 23.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
33. ACTIVOS Y PASIVOS EN MONEDA EXTRANJERA
A continuación se incluye un cuadro con un detalle de activos y pasivos en moneda extranjera al 31 de diciembre de 2019 y 2018:
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31.12.19 31.12.18
RUBROS CLASE Y MONTO MONTO EN CLASE Y MONTO MONTO EN
DE LA MONEDA CAMBIO VIGENTE MONEDA DE LA MONEDA MONEDA
EXTRANJERA ARGENTINA EXTRANJERA ARGENTINA
En miles Miles de $ En miles Miles de $
ACTIVO
ACTIVO CORRIENTE
Efectivo y equivalentes de efectivo U$S 822 59,690 (1) 49.065 U$S 434 25.057
Euros 1 66,853 (1) 67 Euros 2 132
Créditos por ventas U$S 30.459 59,690 (1) 1.818.117 U$S 25.507 1.471.375
Otros créditos U$S 574 59,690 (1) 34.262 U$S 136 7.897
Total Activo Corriente 1.901.511 1.504.461
ACTIVO NO CORRIENTE
Otros créditos U$S - 59,690 (1) - U$S 3 138
Total Activo No Corriente - 138
TOTAL ACTIVO 1.901.511 1.504.599
PASIVO
PASIVO CORRIENTE
Cuentas por pagar U$S 9.416 59,890 (2) 563.930 U$S 20.712 1.201.186
Euros 41 67,227 (2) 2.756 Euros 173 11.486
Libras esterlinas - 78,707 (2) - Libras esterlinas 11 812
Deudas financieras U$S 111.864 59,890 (2) 6.699.551 U$S 99.075 5.745.730
Total Pasivo Corriente 7.266.237 6.959.214
PASIVO NO CORRIENTE
Deudas financieras U$S 27.800 59,890 (2) 1.664.942 U$S 138.900 8.055.354
Total Pasivo no corriente 1.664.942 8.055.354
TOTAL PASIVO 8.931.179 15.014.568
U$S: "Dólares estadounidenses".
----- End of picture text -----
(1) Tipo de cambio comprador al 31 de diciembre de 2019.
(2) Tipo de cambio vendedor al 31 de diciembre de 2019.
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34. COMPROMISOS CONTRACTUALES
A fin de poder satisfacer la demanda de gas y prestar eficientemente el servicio concedido, MetroGAS ha celebrado desde el inicio de la concesión distintos contratos de largo plazo que le permiten asegurar una cierta capacidad de compra y transporte de gas.
34.1 Compra de gas
Los principales proveedores con los que opera MetroGAS son: YPF, Total Austral, Wintershall Energía, Pan American Energy, y otros productores de Tierra del Fuego, Neuquén y Santa Cruz.
Mediante Resolución N° 89/2016 del MINEM, se inició un proceso de normalización contractual en función del cual MetroGAS celebró diversos contratos con productores de gas, tanto de la cuenca Austral, como de la cuenca Neuquina. A través de la Resolución Nº 212 – E /2016, se fijó un sendero de precios para el gas natural, determinándose el valor de éste de manera gradual y semestral hasta el 1º de octubre de 2019.
El 29 de noviembre de 2017, a instancias del MINEM, MetroGAS suscribió las “Bases y Condiciones para el Abastecimiento de Gas Natural a Distribuidoras de Gas por Redes” (las “Bases y Condiciones”) junto con el resto de las distribuidoras y un grupo de productores de gas. Estas Bases y Condiciones contenían los lineamientos para la contratación de volúmenes de gas para el abastecimiento de la demanda de las distribuidoras para el período comprendido entre el 1° de enero de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2019. En las mismas se estableció: i) los volúmenes que cada productor firmante debe inyectar por cuenca para abastecer a la demanda de las distribuidoras, ii) los volúmenes diarios disponibles por cuenca para cada distribuidora, iii) el precio según la categoría de cliente y por período expresado en u$s/MMBTU, iv) la obligación del productor de entregar o pagar por el 100% del volumen, v) la obligación de las distribuidoras de tomar o pagar por el 100% del volumen, excepto en caso de no contar con demanda y no nominar volúmenes de contratos no comprendidos en las Bases y Condiciones; y vi) el vencimiento de las facturas a los 75 días.
Las Bases y Condiciones establecían expresamente que las distribuidoras tienen en consideración para su suscripción las disposiciones del artículo N° 38 de la Ley de Gas, que prevén el traslado a las tarifas a ser pagadas por los usuarios del servicio de transporte y distribución tanto de los costos de adquisición de gas resultantes de acuerdos o contratos de largo plazo como así también de aquellos asociados a las compras de corto plazo que resultaran necesarias para satisfacer la demanda.
En abril de 2018 comenzó en Argentina un cambio en las condiciones macroeconómicas que provocó una brusca e imprevista variación en la paridad entre la moneda nacional y la moneda en la que están establecidos los precios de los contratos. Por este motivo, los pagos a los productores de gas por el gas entregado en los meses siguientes a partir de abril de 2018 se realizaron al tipo de
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cambio aplicado al valor del componente del gas incluido en la tarifa aprobado por las Resoluciones del ENARGAS.
Los productores rechazaron dicho criterio de pago por parte de la Sociedad y, en consecuencia, reclamaron formalmente los saldos considerados impagos. El 16 de noviembre de 2018, se publicó en el Boletín Oficial, el Decreto N° 1.053/2018 que establece que el Estado Nacional asumirá, con carácter excepcional, el pago de las DDA (ver Nota 2.3.3 a los presentes estados financieros).
En relación al suministro de gas para el año 2019, MetroGAS participó del concurso de precios para la provisión de gas natural en condición firme para el abastecimiento de la demanda de usuarios de servicio completo de las prestadoras de servicio público de distribución de gas por redes que se llevó a cabo en el ámbito del MEGSA para las cuencas Neuquina, Golfo San Jorge, Santa Cruz Sur y Tierra del Fuego el 14 de febrero de 2019, todo ello de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución N° 32/2019 de la SGE.
Como resultado de dicho concurso, se obtuvieron compromisos de abastecimiento anual (hasta el 31 de marzo de 2020) por un volumen de CMD, que anualmente asciende a 1.486 millones de m[3] los cuales representan el 58% de nuestra demanda anual, cumpliendo con ello con el requisito establecido en el marco regulatorio.
Esos compromisos, bajo las pautas establecidas por la Resolución SGE N° 32/19, consideran una cláusula de EOP del 70% diario, lo que implica en el caso de MetroGAS un importante nivel de incertidumbre respecto del aprovisionamiento en el período invernal, al que coadyuva la relación fija establecida en el concurso de 1:2,5 anual escalonado, que no satisface la curva de demanda prioritaria que se presenta en el período invernal en nuestra área de Licencia, cuya relación es más cercana a 1:4,5 veces. Adicionalmente a lo expuesto precedentemente, los contratos en cuestión poseen cláusulas de TOP del 70% estacional lo que implica que de incurrirse en TOP, y dado que el EOP es también del 70%, la recuperación de los volúmenes está sujeta a la voluntad de los proveedores de gas de entregar gas por encima del EOP y hasta la CMD. Este riesgo de incurrir en TOP se ve morigerado por ser un cálculo estacional, los cuales pueden compensarse durante el período en curso. Al 31 de diciembre de 2019, si bien la Sociedad ha incurrido en obligaciones TOP, las mismas no han sido registradas debido a que considera que las mismas no son significativas y que serán recuperadas en los períodos siguientes tal como lo establecen los respectivos contratos.
En virtud de lo expuesto precedentemente y a fin de evitar la incertidumbre respecto de los volúmenes de gas a ser puesto a disposición por los proveedores, MetroGAS suscribió contratos por volúmenes adicionales a los contratados en el ámbito del MEGSA en el marco del concurso de precios oportunamente convocado con el objetivo de contar con un mayor abastecimiento, fundamentalmente en el invierno, reduciendo los riesgos sobre el pico invernal.
En el marco de las Bases y Condiciones, MetroGAS acordó contratos de suministro de gas con una valorización aproximada de compra de gas en firme por:
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| Períodos 2020 |
Montos comprometidos (millones de $) 2.630 |
|---|---|
A partir de la inscripción en el Registro de Comercializadores, MetroENERGÍA celebró acuerdos de suministro de gas natural con distintos agentes del mercado a fin de abastecer a los usuarios que debían adquirir el gas de terceros proveedores. Actualmente, MetroENERGÍA posee diferentes acuerdos de compra para suministrar gas natural a las industrias y comercios durante el año 2019.
La valorización aproximada anual de compra de gas en firme a ser pagado por MetroENERGÍA durante el año 2020 asciende a millones de $ 2.524.
34.2 Transporte de gas
MetroGAS ha celebrado varios contratos de transporte, cuyas fechas de finalización se encuentran entre el año 2020 y el año 2031 con TGS y TGN, a fin de asegurar una capacidad de transporte en firme de 19,49 MMCM por día, considerando los contratos vigentes al de 31 diciembre de 2019.
La valorización aproximada anual de transporte en firme a ser pagado por la Sociedad bajo estos contratos se expone en el siguiente cuadro:
| Períodos 2020 2021 2022 2023 2024/31 |
Montos comprometidos (millones de $) 5.095 4.815 4.815 4.064 18.340 |
|---|---|
En agosto de 2017, MetroGAS presentó una Oferta Irrevocable en el Concurso N°1/2017 de TGS, con el objetivo de renovar la capacidad de transporte firme con vencimiento el 30 de abril de 2018. Como resultado del Concurso, MetroGAS renovó el 100% de la capacidad ofertada, siendo los nuevos vencimientos entre el 2019 y 2027.
Con fecha 27 de septiembre de 2018 se publicaron las Resoluciones ENARGAS 265/18 y N° 266/18, las cuales establecieron un nuevo cuadro tarifario a aplicarse a TGS y TGN a partir del día 1° de octubre de 2018.
Con fecha 29 de marzo de 2019 se publicaron las Resoluciones ENARGAS 191/19 y N° 192/19, las cuales establecieron un nuevo cuadro tarifario a aplicarse a TGN y TGS a partir del día 1° de abril de 2019.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
Las tarifas de transporte quedaron congeladas a partir de la vigencia de la Ley de Solidaridad Social y por un plazo máximo de hasta ciento ochenta (180) días (ver Nota 2.3.1 a los presentes estados financieros).
34.3 Venta de gas y transporte
MetroGAS celebró contratos de venta de gas y transporte que generaron compromisos firmes con industrias y GNC. La valorización aproximada anual en firme a ser cobrado por MetroGAS bajo estos contratos se expone en el siguiente cuadro:
| Períodos 2020 2021 2022 |
Montos comprometidos | Montos comprometidos |
|---|---|---|
(millones de $) 1.033 355 355 |
MetroENERGÍA celebró contratos de abastecimiento de gas natural con grandes clientes, usuarios del SGG y SGP, de acuerdo a las distintas fechas en que tales clientes debieron adquirir el gas natural de proveedores distintos de las licenciatarias del servicio de distribución. Estos contratos fueron renovados en concordancia a los celebrados con los proveedores de gas natural. La valorización aproximada anual de venta de gas en firme a ser cobrados por MetroENERGÍA durante el año 2020 asciende a millones de $ 3.818.
34.4 Plan de inversiones obligatorias
En el marco de lo establecido en el Acuerdo Transitorio 2016, con fecha 29 de enero de 2016 MetroGAS presentó al ENARGAS el Plan de Inversiones proyectado para el año 2016. El mismo se componía de obras de infraestructura, obras de conexión, repotenciación, expansión y/o adecuación tecnológica de los sistemas de distribución de gas por redes, seguridad, confiabilidad del servicio e integridad de las redes, así como mantenimiento y todo otro gasto conexo necesario para la prestación del servicio público de distribución de gas. El Plan abarcaba el período comprendido entre abril del año 2016 y marzo del año 2017. Con fecha 27 de abril de 2017 la Sociedad envió al ENARGAS una nota con la reformulación del Plan de Inversiones Obligatorias que concluiría el 31 de diciembre de 2017. MetroGAS ejecutó el Plan por encima de lo comprometido originalmente al 31 de diciembre de 2017.
En los términos del Acuerdo Transitorio 2017, con fecha 31 de marzo de 2017 se publicó en el B.O., la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017 la cual menciona en su Anexo III el Plan de Inversiones Obligatorias que debe realizar MetroGAS dentro del plazo quinquenal 2017-2021. A los fines de esta Resolución se consideran Inversiones Obligatorias las consideradas indispensables para atender la operación y el mantenimiento de los sistemas operados, la comercialización y la administración en condiciones confiables y seguras del gas natural, con estándares iguales o mayores a los requeridos por la normativa vigente. En caso que MetroGAS lleve a cabo las
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
inversiones obligatorias a un costo total menor que la suma especificada en la resolución deberá invertir dicha diferencia en obras y/o proyectos contemplados como inversiones no obligatorias o complementarias o en otros que sean aprobados por la autoridad regulatoria dentro del plazo quinquenal 2017-2021. MetroGAS debe presentar anualmente a la autoridad regulatoria un informe detallado de avance de su Plan de Inversiones y la autoridad regulatoria puede aplicar las penalidades en caso de incumplimiento. La Resolución determina el monto que la Sociedad debe desembolsar por las inversiones obligatorias durante cada uno de los cinco años. Al 31 de diciembre de 2019, MetroGAS cumplió con la totalidad de lo comprometido para el primer año, con el 97,4% de lo comprometido para el segundo año y con el 87,6% de lo comprometido para el tercer año.
Con fecha 4 de octubre de 2019, MetroGAS realizó la presentación requerida por la Resolución SGE N° 521/2019 con la propuesta de readecuación de las inversiones obligatorias a su cargo, donde la Sociedad determinó que el impacto en los ingresos para el período octubre de 2019 y diciembre de 2019 según las pautas utilizadas en la RTI, en moneda de diciembre de 2016, asciende a aproximadamente $390 millones. Por lo tanto, la Sociedad propuso readecuar el PIO por dicho monto, que representa una disminución del PIO original en un 3,84% para el año Regulatorio 3 cuya fecha de finalización es marzo de 2020 y un 17,87% para el año Regulatorio 4 que finaliza en marzo de 2021 (ver Nota 2.3.1 a los presentes estados financieros).
34.5 Arrendamientos
a. Como arrendatario
Al 31 de diciembre de 2019, los pagos mínimos futuros en relación con los arrendamientos operativos, son los detallados a continuación:
| Períodos 2020 Total pagos mínimos futuros |
Montos comprometid os (millones de $) 2 2 |
|
|---|---|---|
34.6 Otros compromisos contractuales
Al 31 de diciembre de 2019 MetroGAS se encuentra comprometida con terceras partes a través de contratos relacionados con servicios y suministros de terceros, mantenimiento y reparación de propiedades, planta y equipo y seguros, por un monto que asciende aproximadamente a millones de $ 1.580, con vencimiento millones de $ 663 durante el año 2020, millones de $ 744 durante el año 2021 y millones de $ 173 durante el año 2022.
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35. HECHOS POSTERIORES
Con fecha 20 de febrero de 2020, la Sociedad celebró un contrato de préstamo con el Banco Itaú Argentina S.A. e Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A. por un monto total de $ 3.329 millones a ser cancelado en once (11) cuotas trimestrales y consecutivas pagaderas a partir del décimo octavo mes contado desde la fecha de desembolso del préstamo. El mismo contempla un interés a una tasa nominal anual de BADLAR corregida más 9,85%, pagadero en forma semestral durante el primer año del préstamo y luego de manera mensual.
Dicho financiamiento se encuentra garantizado con una prenda respecto de ciertos derechos de cobro presentes y futuros en favor de los Bancos, de los créditos derivados de la prestación del servicio de distribución de gas natural. Este préstamo se destinó para cancelar la quinta cuota de amortización del préstamo no garantizado con Industrial and Commercial Bank of China Limited - Dubai Branch e Itaú Unibanco - New York Branch, por un importe de U$S 27,8 millones, así como adelantos en cuenta corriente.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios
Mariano O. Rodriguez Barrios Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 259 - F° 69
Dr. Eduardo Baldi Por Comisión Fiscalizadora
Fernando Oscar Ambroa Presidente
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RESEÑA INFORMATIVA
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Contexto Económico Argentino y su impacto sobre la Sociedad
En Nota 2 a los estados financieros consolidados se describe, los principales cambios en el marco regulatorio y sus impactos sobre MetroGAS S.A (“MetroGAS” o la “Sociedad”)
Estas situaciones han sido consideradas por la Dirección de la Sociedad, al efectuar las estimaciones contables significativas incluidas en los presentes estados financieros consolidados (ver Nota 5).
Consideraciones Generales
a) Bases de presentación
A través de la Ley N° 27.468, publicada el 4 de diciembre del 2018 en el Boletín Oficial (“B.O”), se derogó el Decreto N° 1.269/02 del Poder Ejecutivo Nacional (“PEN”) y sus modificatorios (incluido el Decreto N° 664 del PEN antes mencionado). Las disposiciones de la mencionada ley entraron en vigencia a partir del 28 de diciembre de 2018, fecha en la cual se publicó la Resolución General N° 777/18 de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”), la cual estableció que los estados financieros anuales, por períodos intermedios y especiales que cierren a partir del 31 de diciembre de 2018 inclusive, deben presentarse ante ese organismo de control en moneda homogénea.
De acuerdo a lo dispuesto por la Resolución General N° 777/18 de la CNV se presentarán, como mínimo, los saldos comparativos con el ejercicio/período anterior, ambos en moneda de poder adquisitivo correspondiente a la fecha de cierre. Por lo tanto, las cifras de los ejercicio finalizados el 31 de diciembre de 2019 y 2018 han sido reexpresadas en moneda de cierre del presente período, a fin de permitir su comparabilidad. Asimismo determina que con posterioridad se irá incorporando información comparativa en forma trimestral/anual en moneda de poder adquisitivo correspondiente a la fecha de cierre hasta alcanzar cinco trimestres/ejercicios comparativos.
b) Cuadros tarifarios
Las ventas de la Sociedad se ven altamente influenciadas por la estructura climática imperante en la Argentina. La demanda de gas natural y, en consecuencia, sus ventas son considerablemente más altas durante los meses de invierno (de mayo a septiembre) debido a los volúmenes de gas vendidos y al mix de tarifas que afecta los ingresos por ventas y el margen bruto.
Los cuadros tarifarias aplicables para el cálculo de las ventas de la Sociedad por los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2019 y 2018 se publicaron en el B.O: (i) con fecha 28 de marzo de 2018 según la Resolución del Ente Nacional Regulador de Gas (“ENARGAS”) N° 300/2018 aplicable a partir del 1° de abril de 2018, (ii) con fecha 8 de octubre de 2018 según la Resolución ENARGAS N° 281/2018 aplicables a partir de la publicación de la misma, luego rectificada por la Resolución ENARGAS N° 292/2018 del 12 de octubre de 2018 y su aplicación se retrotrae al 8 de octubre de 2018 y (iii) con fecha 1 de abril de 2019 según la Resolución ENARGAS N° 198/2019, rectificada las Resoluciones ENARGAS N° 201/2019 y N° 203/2019, con vigencia a partir del 1° de abril de 2019, 1° de mayo de 2019 y 1° de junio de 2019. Cabe aclarar, que dichos cuadros
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RESEÑA INFORMATIVA
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tarifarios no contemplaron las DDA correspondientes al período comprendido entre el 1° de abril y el 30 de septiembre de 2018.
En relación a los cuadros tarifarios aplicables a partir del 1° de abril de 2019, en la mencionada fecha se publicó la Resolución N° 148/2019 de la Secretaría de Gobierno de Energía (“SGE”) que establece, para abril y mayo de 2019, y en beneficio de los usuarios residenciales de gas natural y de propano indiluido por redes, una bonificación del precio del gas en el punto de ingreso al sistema de transporte del 27% para los consumos correspondientes a abril de 2019 y 12% para los consumos correspondientes a mayo de 2019. Dicha Resolución determina en sus considerandos que esta bonificación a los usuarios residenciales contará con el correspondiente reembolso a los proveedores de gas, conforme a la metodología y con los controles previos a disponerse en su oportunidad. El Directorio considera que esta medida no tiene un impacto ya que las mismas bonificaciones que realiza a sus clientes son luego asumidas por los proveedores de gas, tal como se menciona en este párrafo.
Asimismo, con fecha 24 de junio de 2019 y mediante Resolución N° 336/2019 de la SGE, se estableció -en beneficio de los usuarios residenciales de gas natural y con carácter excepcional- un diferimiento de pago del 22% en las facturas a ser emitidas a partir del 1º de julio de 2019 y hasta el 31 de octubre de 2019 que será recuperado a partir de las facturas a ser emitidas desde el 1º de diciembre de 2019 y 5 períodos mensuales, iguales y consecutivos.
Con fecha 3 de julio de 2019, se publicó la Resolución ENARGAS N° 359/2019 que instruye a las Licenciatarias del Servicio de Distribución de gas a aplicar el diferimiento establecido mediante la Resolución SGE N° 336/2019 y de conformidad con las pautas de orden comercial establecidas en la Resolución del ENARGAS N° 359/2019. Con fecha 23 de agosto de 2019 se publicó la Resolución SGE N° 488/2019 que aprueba la metodología de diferimiento de pago de los consumos residenciales de gas natural por redes en las facturas emitidas a partir del 1º de julio de 2019 y hasta el 31 de octubre de 2019 y de pago de intereses.
En relación al ajuste semestral de los márgenes de transporte y distribución previsto a partir del 1º de octubre de 2019, con fecha 4 de septiembre de 2019 se publicó la Resolución SGE N° 521/2019 que difirió el ajuste semestral para el 1° de enero de 2020, oportunidad en la cual se aplicaría el valor correspondiente al índice de actualización inmediato anterior disponible. A fin de compensar a las prestadoras en el marco de lo dispuesto en el numeral 9.8 de las RBLD, se dispuso la revisión y adecuación -en su exacta incidencia- de las inversiones obligatorias a su cargo. Para ello, las prestadoras de los servicios de transporte y distribución de gas natural debían presentar ante el ENARGAS, dentro del plazo de 30 días corridos desde la publicación de la Resolución SGE N° 521/2019, sus propuestas de readecuación de las inversiones obligatorias a su cargo, a fin de que la autoridad regulatoria las evalúe y autorice, con las adecuaciones pertinentes, respetando la exacta incidencia entre los montos que se dejan de percibir en concepto de tarifa -incluyendo las bonificaciones a las subdistribuidoras de su área de licencia- y los montos de inversión comprometidos.
Asimismo, la Resolución SGE N° 521/2019 difirió el ajuste tarifario por variación del precio de gas en el PIST previsto con vigencia a partir del 1º de octubre de 2019 para el 1° de enero de 2020, oportunidad en que se efectuarán las adecuaciones pertinentes a los períodos a considerar para el cálculo de las DDA.
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RESEÑA INFORMATIVA
RESOLUCIÓN Nº 368/01 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
Con fecha 25 de noviembre de 2019 se publicó la Resolución SGE N° 751/2019 que sustituye el artículo 1° de la Resolución SGE N° 521/2019 y establece: "Diferir el ajuste semestral de los márgenes de transporte y distribución previsto a partir del 1º de octubre de 2019 para el 1° de febrero de 2020, debiendo utilizarse, en esa oportunidad, el índice de ajuste correspondiente para reflejar la variación de precios entre los meses de febrero y agosto de 2019”.
Mediante Resolución ENARGAS N° 703/2019 se publicaron nuevos cuadros tarifarios para MetroGAS con vigencia a partir del 1º de noviembre de 2019. Estos cuadros tarifarios tuvieron su fundamento en (i) el análisis y revisión de las DDA de MetroGAS correspondientes a los períodos “Octubre 2018-Abril 2019” y “Abril 2019-Octubre 2019” y (ii) el ajuste previsto en la Resolución ENARGAS N° 694/2019 que resolvió una controversia entre MetroGAS y Naturgy BAN S.A. Posteriormente, con fecha 29 de noviembre de 2019, y habiéndose advertido errores materiales en la Resolución ENARGAS N° 703/2019, se publicaron, a través de la Resolución ENARGAS N° 763/2019, nuevos cuadros tarifarios para MetroGAS con vigencia a partir del 29 de noviembre de 2019.
En relación al sistema energético, se faculta al PEN a mantener las tarifas de electricidad y gas natural que estén bajo jurisdicción federal y a iniciar un proceso de renegociación de la RTI vigente o iniciar una revisión de carácter extraordinario, en los términos de las leyes N° 24.065, N° 24.076 y demás normas concordantes, a partir de la vigencia de la Ley de Solidaridad Social y por un plazo máximo de hasta ciento ochenta (180) días, propendiendo a una reducción de la carga tarifaría real sobre los hogares, comercios e industrias para el año 2020 (ver Nota 2.2.3 a los presentes estados financieros).
c) Resolución MINEM N° 508-E/2017
Con fecha 29 de diciembre de 2017 se publicó la Resolución (ex) Ministerio de Energía y Minería (“MINEM”) N° 508-E/2017 que establecía el procedimiento para la compensación de los menores ingresos que las Licenciatarias del Servicio de Distribución de Gas Natural por Redes reciben de sus usuarios, como producto de la aplicación de beneficios y/o bonificaciones a los usuarios resultantes de la normativa vigente en materia tarifaria del servicio de distribución de gas natural por redes y los mayores costos del GNNC respecto a los establecidos para su reconocimiento en las tarifas.
Con fecha 7 de diciembre de 2018, el ENARGAS comunicó a la Dirección Nacional de Economía de Hidrocarburos observaciones al esquema previsto en la Resolución Nº 508/2017 del MINEM. En virtud de ello, la SGE no solo no reconoció el ajuste previsto en la Resolución Nº 508/2017 del MINEM respecto del GNNC sino que, además, dispuso que las sumas percibidas por el período Enero de 2018 a Noviembre de 2018 que hasta ese momento tenían carácter provisorio, fueran compensadas con deudas que mantenía la SGE con MetroGAS. Asimismo, tampoco fueron reconocidos los ajustes a valores reales que preveía la misma operatoria por ese mismo período, ni los excesos de costos incurridos a partir de diciembre de 2018 hasta diciembre de 2019. El impacto del ajuste sobre los estados financieros al 31 de diciembre de 2019 fue de una pérdida de $452 millones correspondiente al ejercicio 2018 (cuyo monto reexpresado asciende a $622 millones).
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RESOLUCIÓN Nº 368/01 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
d) Compra de gas
El 29 de noviembre de 2017, a instancias del MINEM, MetroGAS suscribió las “Bases y Condiciones para el Abastecimiento de Gas Natural a Distribuidoras de Gas por Redes” (las “Bases y Condiciones”) junto con el resto de las distribuidoras y un grupo de productores de gas. Estas Bases y Condiciones dan los lineamientos para la contratación de volúmenes de gas para el abastecimiento de la demanda de las distribuidoras para el período comprendido entre el 1° de enero de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2019. (Ver Nota 2.4.1 a los estados financieros).
Con fecha 30 de mayo de 2019, se publicó la Resolución N° 299/2019 de la SGE que establece que los proveedores de gas natural y de propano indiluido por redes deberán emitir la facturación del volumen de gas entregado con los descuentos en el precio de gas dispuestos como bonificación en la Resolución N° 148/2019 de la SGE y aprueba la metodología de compensación aplicable a efectos de que los proveedores de gas ejecuten la bonificación en el precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (“PIST”) y su correspondiente reembolso. (Ver Nota 2.3.1 a los presentes estados financieros).
Análisis de las operaciones de los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2019 y 2018
Las ventas de la Sociedad durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 aumentaron un 19,7% y los costos de operación aumentaron un 19,3% respecto del ejercicio anterior, ocasionando un incremento en la ganancia bruta de 2.513.291, la cual ascendió a 14.362.912 durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019, respecto de 11.849.621 registrado durante el ejercicio anterior.
Los gastos de administración aumentaron un 13,7%, de 2.336.311 en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 a 2.656.181 en el presente ejercicio y los gastos de comercialización aumentaron un 41,6%, de 3.106.670 en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 a 4.398.688 en el presente ejercicio.
Los otros ingresos y egresos pasaron de una pérdida de 869.012 en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 respecto a una pérdida de 814.076 generada en el presente ejercicio.
Consecuentemente, durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 se registró una ganancia operativa de 6.493.967, respecto de una ganancia operativa de 5.537.628 obtenida en el ejercicio anterior.
Durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 los resultados financieros netos generaron una pérdida de 2.326.510, respecto de una pérdida de 5.609.330 generada en el ejercicio anterior.
Consecuentemente, la ganancia neta de la Sociedad correspondiente al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 ascendió a 1.218.364, respecto de una pérdida neta de 1.014 generada en el ejercicio anterior.
El Directorio de la Sociedad en su reunión de fecha 30 de junio de 2017 aprobó la valuación de los Activos esenciales por el método de la revaluación con fecha efectiva 1° de abril de 2017, lo cual
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produjo una pérdida generada por la disminución de la revaluación de otros resultados integrales, neta de impuesto a las ganancias diferido, de 1.226.382 durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 respecto de una pérdida de 42.352 generada por la disminución de la revaluación del presente ejercicio.
Resultados de las operaciones y de la condición financiera
Ventas
El total de ventas consolidadas aumentó un 19,7% durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019, totalizando 60.269.329, respecto de 50.332.926 registradas en el ejercicio anterior.
El incremento de las ventas durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 se origina principalmente por mayores ventas de MetroENERGÍA y mayores ventas de MetroGAS con gas a los clientes residenciales, industriales, comerciales y entidades públicas parcialmente compensado por la disminución de los ingresos relacionados con la Resolución MINEM N° 508-E/2017. (Ver Nota 2.3.2 a los presentes estados financieros).
Las ventas con gas de MetroGAS a los clientes residenciales aumentaron un 14,6%, de 24.925.239 a 28.563.538 durante los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2018 y 2019, respectivamente, debido principalmente a los aumentos de la tarifa según las Resoluciones del ENARGAS N° 292/2018 con vigencia a partir del 12 de octubre de 2018 (retroactiva al 8 de octubre de 2018), ENARGAS N° 198/2019, rectificada por las Resoluciones ENARGAS N° 201/2019 y N° 203/2019 y Resolución ENARGAS N° 763/2019 del 29 de noviembre de 2019, con vigencia a partir del 1° de abril de 2019, 1° de mayo de 2019 y 1° de junio de 2019, parcialmente compensado con una disminución en los volúmenes entregados a esta categoría de clientes del 6%.
Las ventas con gas de MetroGAS a los clientes industriales, comerciales y entidades públicas aumentaron un 49,7%, incrementándose a 5.237.450 durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 de 3.498.654 durante el ejercicio anterior, debido principalmente a los aumentos de la tarifa según las Resoluciones del ENARGAS N° 292/2018 con vigencia a partir del 12 de octubre de 2018 (retroactiva al 8 de octubre de 2018), ENARGAS N° 198/2019, rectificada por las Resoluciones ENARGAS N° 201/2019 y N° 203/2019 y Resolución ENARGAS N° 763/2019 del 29 de noviembre de 2019, con vigencia a partir del 1° de abril de 2019, 1° de mayo de 2019 y 1° de junio de 2019, parcialmente compensado con una disminución en los volúmenes entregados del 1,5%.
Las ventas con gas a las estaciones de GNC disminuyeron un 56,8%, de 24.537 durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 a 10.596 generadas durante el presente ejercicio debido a una disminución en los volúmenes entregados a esta categoría de clientes del 46,7%.
Las ventas del servicio de transporte y distribución a las estaciones de GNC durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 se mantuvieron en niveles similares a las registradas en el ejercicio anterior.
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Las ventas del servicio de transporte y distribución a las centrales eléctricas disminuyeron un 6,2% de 2.223.639 durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 a 2.086.812 generadas en el presente ejercicio, debido principalmente a la disminución en los volúmenes entregados a esta categoría de clientes del 3,3%.
Por otra parte, las ventas del servicio de transporte y distribución a los clientes industriales, comerciales y entidades públicas disminuyeron un 6% de 1.118.810 durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 a 1.052.110 generadas durante el presente ejercicio, debido a la disminución en los volúmenes entregados a esta categoría de clientes del 2,0%.
Las ventas de MetroENERGÍA durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 fueron de 20.452.422 aumentando un 72,3% respecto del ejercicio anterior que fueron de 11.872.536, debido principalmente al aumento del 111,5% en los volúmenes vendidos ya que, en el mes de noviembre de 2018, mediante la Resolución N° 70/2018, la SGE facultó a las centrales eléctricas a procurarse el abastecimiento de combustible propio para la generación eléctrica. En este contexto, MetroENERGIA acordó con distintas centrales eléctricas la venta de gas por cuenta y orden para el abastecimiento principalmente de ciclos combinados.
El siguiente cuadro muestra las ventas consolidadas de la Sociedad, por tipo de servicio y categoría de clientes, para los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2019 y 2018, expresadas en miles de pesos:
==> picture [411 x 292] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
Ingresos Ordinarios
Ejercicios finalizados el 31 de diciembre de
2019 2018
% Total de % Total de
en miles de Pesos ventas en miles de Pesos ventas
MetroGAS
Ventas de gas:
Clientes Residenciales 28.563.538 47,4% 24.925.239 49,5%
Clientes Industriales, Comerciales
y Entidades Públicas 5.237.450 8,7% 3.498.654 7,0%
Gas Natural Comprimido 10.596 0,0% 24.537 0,0%
Subtotal 33.811.584 56,1% 28.448.430 56,5%
Servicio de transporte y
distribución:
Centrales Eléctricas 2.086.812 3,5% 2.223.639 4,4%
Clientes Industriales, Comerciales
y Entidades Públicas 1.052.110 1,7% 1.118.810 2,2%
Gas Natural Comprimido 805.985 1,3% 809.253 1,6%
Subtotal 3.944.907 6,5% 4.151.702 8,2%
Otras ventas 1.065.123 1,8% 532.400 1,1%
Resolución MINEM 508 E/2017 995.293 1,7% 5.327.858 10,6%
Ventas de gas y transporte
MetroENERGÏA 20.452.422 33,9% 11.872.536 23,6%
Total Ventas 60.269.329 100,0% 50.332.926 100,0%
----- End of picture text -----
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RESOLUCIÓN Nº 368/01 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
El siguiente cuadro muestra el volumen de ventas de gas natural y de servicio de transporte y distribución de MetroGAS, por categoría de clientes, por los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2019 y 2018, expresados en millones de metros cúbicos:
==> picture [411 x 41] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
Volúmenes
Ejercicios finalizados el 31 de diciembre de
2019 2018
----- End of picture text -----
| MMMC MetroGAS Ventas de gas: Clientes Residenciales 1.600,5 Clientes Industriales, Comerciales y Entidades Públicas 392,3 Gas Natural Comprimido 0,8 Subtotal 1.993,6 Servicio de transporte y distribución: Centrales Eléctricas 3.784,9 Clientes Industriales, Comerciales y Entidades Públicas 667,6 Gas Natural Comprimido 450,8 Subtotal 4.903,3 Otras ventas de gas y servicios de transporte y distribución 702,6 Total Volumen Entregado por MetroGAS 7.599,5 Total Volumen Entregado de gas y transporte por MetroENERGÍA 2.959,5 |
% del Volumen de Gas Entregado 21,1% 5,2% 0,0% 26,3% 49,8% 8,8% 5,9% 64,5% 9,2% 100,0% 100,0% |
MMMC % del Volumen de Gas Entregado 1.703,1 22,5% 398,3 5,3% 1,5 0,0% 2.102,9 27,8% 3.914,0 51,7% 681,3 9,0% 432,8 5,7% 5.028,1 66,4% 443,9 5,8% 7.574,9 100,0% 1.399,2 100,0% |
|---|---|---|
Costos de operación
Los costos de operación aumentaron un 19,3%, totalizando 45.906.417 durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019, respecto de 38.483.305 registrados en el ejercicio anterior. Se han incrementado principalmente por los costos de compra de gas y transporte.
Los costos de compra para distribución de gas y transporte se incrementaron un 11,9% de 16.808.670 durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 a 18.814.463 durante el presente ejercicio debido principalmente a los aumentos del precio del gas natutal, parcialmente compensado con una disminución de los volúmenes comprados por MetroGAS. Durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019, MetroGAS adquirió 2.538 millones de metros cúbicos que representan una disminución del 3,1% respecto de los volúmenes de gas comprados en el ejercicio anterior.
Los costos de compra para comercialización de gas y transporte se incrementaron 51,8% de 10.643.495 durante el finalizado el 31 de diciembre de 2018 a 16.160.359 durante el presente ejercicio como consecuencia principalmente del incremento en los volúmenes comprados.
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METROGAS S.A.
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RESOLUCIÓN Nº 368/01 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
Durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019, MetroENERGÍA adquirió 2.959,5 millones de metros cúbicos, los que representan un aumento del 111,5% respecto de los volúmenes de gas comprados en el ejercicio anterior.
Los costos de transporte de gas correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 se mantuvieron en niveles similares al ejercicio anterior.
El siguiente cuadro muestra los costos de operación de la Sociedad, por tipo de gasto, para los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2019 y 2018, expresados en miles de pesos:
| Gastos Operativos | Gastos Operativos | |||
|---|---|---|---|---|
| Ejercicios finalizados | el 31 de diciembre de | |||
| 2019 | 2018 | |||
| % de | % de | |||
| en miles de | Costos de | en miles de | Costos de | |
| Pesos | Operación | Pesos | Operación | |
| Suministro de gas - distribución de gas y transporte | 18.814.463 | 41,0% | 16.808.670 | 43,7% |
| Servicio de transporte de gas - distribución de gas y transporte | 7.239.337 | 15,8% | 7.377.058 | 19,2% |
| Suministro de gas y transporte - comercialización de gas y | ||||
| transporte | 16.230.852 | 35,4% | 10.643.495 | 27,7% |
| Depreciación de propiedades, planta y equipo, propiedades de | ||||
| inversión y amortización de bienes intangibles | 1.232.846 | 2,7% | 1.399.508 | 3,6% |
| Remuneraciones y otros beneficios al personal | 1.348.394 | 2,9% | 1.324.350 | 3,4% |
| Mantenimiento y reparación | 577.354 | 1,3% | 475.942 | 1,2% |
| Materiales diversos | 101.551 | 0,2% | 80.601 | 0,2% |
| Servicios y suministros de terceros | 278.750 | 0,6% | 291.574 | 0,8% |
| Impuestos, tasas y contribuciones | 23.720 | 0,1% | 25.877 | 0,1% |
| Otros gastos operativos | 59.150 | 0,1% | 56.230 | 0,1% |
| Total | 45.906.417 | 100,1% | 38.483.305 | 100,0% |
Gastos de administración
Los gastos de administración aumentaron un 13,7%, de 2.336.311 en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 a 2.656.181 en el presente ejercicio. Este incremento se debió principalmente al aumento del cargo por depreciaciones de Propiedades, planta y equipo, Propiedades de inversión e intangibles, de remuneraciones y otros beneficios al personal, de los costos de mantenimiento y reparaciones de propiedades, plata y equipo, parcialmente compensado con la disminución de las primas de seguros.
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Gastos de comercialización
Los gastos de comercialización se incrementaron un 41,6%, de 3.106.670 en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 a 4.398.688 en el presente ejercicio. Este incremento se debió principalmente al aumento del cargo de impuestos, tasas y contribuciones, deudores incobrables y de servicios y suministros de terceros.
Otros ingresos y egresos
Los otros ingresos y egresos ascendieron a una pérdida de 869.012 en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 y a una pérdida de 814.076 en el presente ejercicio. Esta variación se debe principalmente a que se registró un ajuste en relación al tratamiento de las diferencias por GNNC de la Resolución MINEM N° 508-E/2017 (ver Nota 2.3.2 a los presentes estados financieros) y a una disminución del cargo de la provisión para juicios y contingencias durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 respecto al ejercicio anterior.
Resultados financieros netos
Durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 los resultados financieros netos generaron una pérdida de 2.326.510, respecto de una pérdida de 5.609.330 generada en el ejercicio anterior. La variación en los resultados financieros y por tenencia está originada principalmente a la menor pérdida por diferencia de cambio generada por la deuda financiera y comercial.
Impuesto a las ganancias e IGMP
Durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019, la Sociedad devengó una pérdida por impuesto a las ganancias e IGMP de 2.949.093, respecto de una ganancia de 70.688 registrados en el ejercicio anterior. Dicha variación se debe principalmente a la mayor ganancia antes de impuestos registrada en el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2019 respecto al ejercicio anterior y a que la Sociedad reconoció el ajuste por inflación fiscal durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019.
Flujos netos de efectivo generados por las actividades operativas
Los flujos de efectivo netos generados en actividades operativas durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 fueron de 11.563.782, comparados con 9.565.236 generados en el ejercicio anterior. La variación se debe básicamente a los mayores fondos generados por el capital de trabajo, parcialmente compensado con los menores fondos requeridos por los resultados operativos.
Flujos netos de efectivo aplicados a las actividades de inversión
Los flujos de efectivo netos aplicados a actividades de inversión ascendieron a 4.775.204 en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 principalmente por aumentos de propiedades, planta y equipo y bienes intangibles, comparados con 4.009.626 aplicados en el mismo ejercicio anterior.
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RESEÑA INFORMATIVA
RESOLUCIÓN Nº 368/01 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
Flujos netos de efectivo aplicados a las actividades de financiación
Los flujos de efectivo netos aplicados a las actividades de financiación ascendieron a 5.497.247 en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 comparado con 3.413.488 generados en el ejercicio anterior. Esta variación se debe principalmente a que durante el ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2019 la Sociedad pagó las cuotas de capital e intereses correspondientes a la deuda financiera.
Liquidez y recursos de capital
Financiamiento
Al 31 de diciembre de 2019 el endeudamiento financiero contable de la Sociedad era de 10.758.654, compuesto por 10.750.578 de Deuda financiera y 8.076 de Pasivos por arrendamientos.
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Estructura patrimonial consolidada comparativa[(1) ]
Estados de Situación Financiera Consolidados al 31 de diciembre de 2019 y 2018.
| 31.12.19 | 31.12.18 | |||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Miles de $ | ||||||||
| Activo no corriente | 42.115.538 | 43.416.886 | ||||||
| Activo corriente | 22.871.366 | 16.445.996 | ||||||
| Total Activo | 64.986.904 | 59.862.882 | ||||||
| Pasivo no corriente | 12.107.549 | 20.226.224 | ||||||
| Pasivo corriente | 32.397.749 | 19.125.677 | ||||||
| Total Pasivo | 44.505.298 | 39.351.901 | ||||||
| Participación no controlante | 48.602 | 18.305 | ||||||
| Patrimonio Neto controlante |
atribuible | a | los | propietarios | de | la | 20.433.004 | 20.492.676 |
| Total del Pasivo y Patrimonio | Neto | 64.986.904 | 59.862.882 |
(1) Información cubierta por el Informe de los Auditores Independientes.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
Mariano O. Rodriguez Barrios Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 259 - F° 69
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METROGAS S.A.
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RESOLUCIÓN Nº 368/01 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
Estructura de resultados consolidados comparativa[(1) ]
Estados Consolidados de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral por los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2019 y 2018.
| Ingresos ordinarios Costos de operación Ganancia bruta Gastos de administración Gastos de comercialización Otros ingresos y egresos Ganancia operativa Ingresos Financieros Costos Financieros Resultados financieros, netos Resultado antes del impuesto a las ganancias Impuesto a las ganancias e IGMP Resultado neto del ejercicio Otros resultados integrales Revaluación de activos esenciales de propiedades, planta y equipo Impuesto a las ganancias Total otros resultados integrales Resultado neto e integral del ejercicio |
31.12.19 31.12.18 60.269.329 50.332.926 (45.906.417) (38.483.305) 14.362.912 11.849.621 (2.656.181) (2.336.311) (4.398.688) (3.106.670) (814.076) (869.012) 6.493.967 5.537.628 16.829.839 13.204.052 (19.156.349) (18.813.382) (2.326.510) (5.609.330) 4.167.457 (71.702) (2.949.093) 70.688 1.218.364 (1.014) (1.576.424) (1.638.191) 400.412 412.823 (1.176.012) (1.225.368) 42.352 (1.226.382) Miles de $ |
|---|---|
(1) Información cubierta por el Informe de los Auditores Independientes.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
Mariano O. Rodriguez Barrios Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 259 - F° 69
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METROGAS S.A.
RESEÑA INFORMATIVA
RESOLUCIÓN Nº 368/01 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
Estructura de flujos de efectivo consolidados comparativa[(1)]
Estados Consolidados de Flujos de Efectivo por los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2019 y 2018.
==> picture [385 x 252] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
|||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|
|31.12.19|31.12.18|
|Miles de $|
|Flujos de efectivo generados por las actividades operativas|11.563.782|9.565.236|
|Flujos de efectivo aplicados a las actividades de inversión|(4.775.204)|(4.009.626)|
|Flujos de efectivo aplicados a las actividades de financiación|(5.497.247)|(3.413.488)|
|Aumento neto del efectivo y equivalentes de efectivo|1.291.331|2.142.122|
|Efectivo y equivalentes de efectivo al inicio del ejercicio|2.768.510|1.118.340|
|Diferencia|de|cambio|sobre|efectivo|y|equivalentes|de|
|(25.376)|290.502|
|efectivo|
|Efecto|del|RECPAM|sobre|efectivo|y|equivalentes|de|
|(1.644.976)|(782.454)|
|efectivo|
|Efectivo y equivalentes de efectivo al cierre del ejercicio|2.389.489|2.768.510|
|Aumento neto del efectivo y equivalentes de efectivo|1.291.331|2.142.122|
----- End of picture text -----
(1) Información cubierta por el Informe de los Auditores Independientes.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
Mariano O. Rodriguez Barrios Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 259 - F° 69
141
METROGAS S.A.
RESEÑA INFORMATIVA
RESOLUCIÓN Nº 368/01 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
Datos estadísticos comparativos
La información se refiere a los ejercicios finalizados el 31 de diciembre 2019 y 2018.
| Gas comprado por MetroGAS Gas contratado por terceros Gas retenido en: - Transporte - Merma de distribución Volumen de gas entregado por MetroGAS Volumen de gas comprado y entregado por cuenta propia por MetroENERGÍA |
31.12.19 31.12.18 |
|---|---|
| Volumen | |
| En millones de metros cúbicos | |
| 2.538 2.618 5.918 5.727 8.456 8.345 (494) (434) (362) (336) 7.600 7.575 2.960 1.399 |
Índices comparativos[(1) ]
La información se refiere a los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2019 y 2018.
| Liquidez Solvencia Inmovilización del capital Rentabilidad |
31.12.19 31.12.18 0,71 0,86 0,46 0,52 0,65 0,73 0,06 (0,00) |
|---|---|
(1) Información cubierta por el Informe de los Auditores Independientes.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
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142
METROGAS S.A.
RESEÑA INFORMATIVA
RESOLUCIÓN Nº 368/01 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
Información adicional
Evolución de las cotizaciones de las acciones de MetroGAS:
| Diciembre 2015 Diciembre 2016 Diciembre 2017 Enero 2018 Febrero 2018 Marzo 2018 Abril 2018 Mayo 2018 Junio 2018 Julio 2018 Agosto 2018 Septiembre 2018 Octubre 2018 Noviembre 2018 Diciembre 2018 Enero 2019 Febrero 2019 Marzo 2019 Abril 2019 Mayo 2019 Junio 2019 Julio 2019 Agosto 2019 Septiembre 2019 Octubre 2019 Noviembre 2019 Diciembre 2019 |
Cotización de las acciones en la Bolsa de Comercio deBuenosAires (1) |
|---|---|
| $ | |
| 7,35 12,45 45,00 82,00 64,35 60,30 45,05 39,30 29,85 36,90 30,00 37,65 30,10 28,05 26,50 30,65 26,90 22,80 16,40 17,75 20,70 21,35 11,40 15,15 14,05 13,95 16,20 |
(1) Cotizaciones al último día hábil del mes.
143
METROGAS S.A.
RESEÑA INFORMATIVA
RESOLUCIÓN Nº 368/01 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES
Perspectivas
MetroGAS prevé centrar sus esfuerzos para ser referente de la distribución de gas y líder en la comercialización de productos energéticos, contribuyendo al desarrollo del país y a la calidad de vida de los argentinos poniendo al cliente en el centro de sus acciones. Cabe remarcar que MetroGAS puso en marcha la nueva estrategia, asumiendo un compromiso profundo con la ética en los negocios y con cada una de las relaciones comerciales, profesionales y comunitarias que estos conllevan.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 2 de marzo de 2020.
Fernando Oscar Ambroa Presidente
Deloitte S.C. Florida 234, 5° piso C1005AAF Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina Tel.: (+54-11) 4320-2700 Fax: (+54-11) 4325-8081/4326-7340 www.deloitte.com/ar
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INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES
Señores Presidente y Directores de METROGAS S.A. Domicilio legal: Gregorio Aráoz de Lamadrid 1360 Ciudad Autónoma de Buenos Aires CUIT N°: 30-65786367-6
Informe sobre los estados financieros consolidados
1. Identificación de los estados financieros consolidados objeto de la auditoría
Hemos auditado los estados financieros consolidados adjuntos de METROGAS SOCIEDAD ANÓNIMA (en adelante, mencionada indistintamente como “METROGAS S.A.” o la “Sociedad”) y su sociedad controlada, que incluyen el estado consolidado de situación financiera al 31 de diciembre de 2019, los correspondientes estados consolidados de pérdidas y ganancias y otro resultado integral, de cambios en el patrimonio neto y de flujos de efectivo por el ejercicio económico finalizado en esa fecha y otra información explicativa incluida en las notas 1 a 35.
Las cifras y otra información correspondientes al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2018, reexpresadas en moneda de 31 de diciembre de 2019 de acuerdo a lo señalado en la nota 3 de los estados financieros adjuntos, son parte integrante de los estados financieros mencionados precedentemente y se las presenta con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y otra información del ejercicio económico actual.
2. Responsabilidad del Directorio de la Sociedad en relación con los estados financieros consolidados
El Directorio de la Sociedad es responsable de la preparación y presentación razonable de los estados financieros consolidados de la Sociedad de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”) adoptadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (“FACPCE”) como normas contables profesionales, tal como fueron aprobadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (“IASB”, por su sigla en inglés), e incorporadas por la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) a su normativa como así también del control interno que considere necesario para permitir la preparación de estados financieros libres de incorrecciones significativas.
3. Responsabilidad de los auditores independientes
Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre los estados financieros consolidados adjuntos, basada en nuestra auditoria. Hemos llevado acabo nuestro examen de conformidad con las Normas Internacionales de Auditoría (“NIA”) emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (“IAASB”, por sus siglas en inglés) de la Federación Internacional de Contadores (“IFAC”, por sus siglas en inglés), adoptadas en Argentina con la vigencia establecida por la FACPCE a través de la Resolución Técnica N° 32 y las Circulares de Adopción N° 1, 2, 3 y 4 de las Normas Emitidas por el IAASB y el Consejo de Estándares Internacionales de Ética para Contadores (“IESBA”, por sus siglas en ingles) de la IFAC. Dichas normas exigen que cumplamos los requerimientos de ética, así como que planifiquemos y ejecutemos la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable de que los estados financieros están libres de incorrecciones significativas.
Deloitte S.C. - RAPU C.P.C.E.C.A.B.A. - T° 1 Folio 2
145
Una auditoría involucra la aplicación de procedimientos, sustancialmente sobre bases selectivas, para obtener elementos de juicio sobre las cifras y otra información presentada en los estados financieros. Los procedimientos seleccionados, así como la valoración de los riesgos de incorrecciones significativas en los estados financieros, dependen del juicio profesional del auditor. Al efectuar dichas valoraciones del riesgo, el auditor tiene en cuenta el control interno pertinente para la preparación y presentación razonable por parte de la Sociedad de los estados financieros, con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría que sean adecuados en función de las circunstancias y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la Sociedad. Una auditoría también incluye la evaluación de la adecuación de las políticas contables aplicadas y de la razonabilidad de las estimaciones contables realizadas por el Directorio y la Gerencia de la Sociedad, así como la evaluación de la presentación de los estados financieros en su conjunto.
Consideramos que los elementos de juicio que hemos obtenido proporcionan una base suficiente y adecuada para nuestra opinión de auditoría.
4. Opinión
En nuestra opinión, los estados financieros consolidados mencionados en el capítulo 1 de este informe presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación financiera consolidada de METROGAS S.A. y su sociedad controlada al 31 de diciembre de 2019 y sus pérdidas y ganancias y otro resultado integral consolidado, los cambios en su patrimonio neto consolidado y los flujos de su efectivo consolidado correspondientes al ejercicio económico finalizado en esa fecha, de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera.
5. Párrafo de énfasis
Sin modificar nuestra opinión, queremos enfatizar la información contenida en la nota 3 a los estados financieros consolidados adjuntos, en la cual la Sociedad manifiesta que las cifras en ellos expuestas, así como la información comparativa correspondiente al ejercicio precedente, han sido reexpresadas en moneda constante de 31 de diciembre de 2019, con efecto retroactivo.
Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios
-
a) Los estados financieros consolidados mencionados en el capítulo 1 de este informe han sido preparados, en todos sus aspectos significativos, de acuerdo con las normas aplicables de la Ley General de Sociedades N° 19.550 y de la Comisión Nacional de Valores.
-
b) Las cifras de los estados financieros consolidados mencionados en el primer párrafo del capítulo 1 de este informe surgen de aplicar los procedimientos de consolidación establecidos por las NIIF a partir de los estados financieros individuales de las sociedades que integran el grupo económico. Los estados financieros individuales de la sociedad controlante surgen de sus registros contables que, en sus aspectos formales, han sido llevados de conformidad con las disposiciones legales vigentes. En cumplimiento de las normas aplicables de la Comisión Nacional de Valores, informamos que, según nuestro criterio, los sistemas de registro contable mantienen las condiciones de seguridad e integridad en base a las cuales fueron oportunamente autorizados.
-
c) Los estados financieros consolidados mencionados en el primer párrafo del capítulo 1 de este informe se encuentran transcriptos en el libro Inventarios y balances de la Sociedad.
-
d) Como parte de nuestro trabajo, cuyo alcance se describe en el capítulo 3, hemos revisado la Reseña Informativa requerida por las normas de la CNV preparada por el Directorio y sobre la cual, en lo que es materia de nuestra competencia, no tenemos observaciones que formular.
-
e) En cumplimiento de las normas aplicables de la Comisión Nacional de Valores, informamos las siguientes relaciones porcentuales correspondientes a los honorarios facturados directa o indirectamente por nuestra sociedad profesional:
-
Cociente entre el total de honorarios por servicios de auditoría de estados financieros y otros servicios de auditoría prestados a la Sociedad, y el total de honorarios por todo concepto, incluidos los servicios de auditoría: 89%.
-
Cociente entre el total de honorarios por servicios de auditoría de estados financieros y otros servicios de auditoría prestados a la Sociedad, y el total de servicios de auditoría facturados a la Sociedad y a su controlante y sociedad controlada: 15%.
-
Cociente entre el total de honorarios por servicios de auditoría de estados financieros y otros servicios de auditoría prestados a la Sociedad, y el total facturado a la Sociedad y a su controlante y sociedad controlada por todo concepto, incluidos los servicios de auditoría: 15%.
-
f) Según surge de los registros contables de la Sociedad mencionados en el apartado b) de este capítulo, el pasivo devengado al 31 de diciembre de 2019 a favor del Sistema Integrado Previsional Argentino en concepto de aportes y contribuciones previsionales ascendía a $61.671.087 y no era exigible a esa fecha.
-
g) Hemos aplicado los procedimientos sobre prevención del lavado de activos de origen delictivo y financiación del terrorismo previstos en la Resolución C.D. N° 77/2011 del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en relación con la Sociedad.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 2 de marzo de 2020
Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
Mariano O. Rodriguez Barrios Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 259 - F° 69
Deloitte & Co. S.A. Registro de Soc. Com. CPCECABA T°1 Folio 3
Deloitte se refiere a una o más de las firmas miembro de Deloitte Touche Tohmatsu Limited, una compañía privada del Reino Unido limitada por garantía (“DTTL”), su red de firmas miembro, y sus entidades relacionadas. DTTL y cada una de sus firmas miembro son entidades únicas e independientes y legalmente separadas. DTTL (también conocida como “Deloitte Global”) no brinda servicios a los clientes. Una descripción detallada de la estructura legal de DTTL y sus firmas miembros puede verse en el sitio web www.deloitte.com/about.
Deloitte Touche Tohmatsu Limited es una compañía privada limitada por garantía constituida en Inglaterra y Gales bajo el número de compañía 07271800, con domicilio legal en Hill House, 1 Little New Street, London, EC4a, 3TR, United Kingdom.
INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA
A los señores Accionistas de MetroGas S.A.
De nuestra consideración:
-
De acuerdo con lo requerido por el artículo 62 inciso b) del Reglamento de Listado de Bolsas y Mercados Argentinos S.A., hemos realizado el trabajo mencionado en el párrafo siguiente sobre los estados financieros consolidados adjuntos de MetroGAS S.A. (“MetroGAS” o la “Sociedad”) al 31 de diciembre de 2019, que comprenden el estado consolidado de situación financiera al 31 de diciembre de 2019, los correspondientes estados consolidados de pérdidas y ganancias y otro resultado integral, de cambios en el patrimonio neto y de flujos de efectivo por el ejercicio económico finalizado en esa fecha, así como un resumen de las políticas contables significativas y otra información explicativa incluidas en las Notas 1 a 35.
-
Nuestra revisión fue realizada de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes e incluyen la verificación de la congruencia de los documentos revisados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Para realizar nuestra tarea profesional, hemos efectuado una revisión del trabajo realizado por los auditores externos de MetroGAS S.A., Deloitte S.C., quienes emitieron su informe de auditoría con fecha 2 de marzo de 2020 sin observaciones. Nuestra revisión se circunscribió a la información significativa de los documentos revisados. Dado que no es responsabilidad de esta Comisión efectuar un control de gestión, la revisión no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son de responsabilidad exclusiva del Directorio. Consideramos que nuestro trabajo y el informe de los auditores externos nos brindan una base razonable para fundamentar nuestro informe.
-
Según lo manifiesta la Sociedad en su Nota 3, los Estados Financieros Consolidados fueron preparados y presentados por el Directorio de la Sociedad de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”) adoptadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), incorporadas por la CNV a su normativa.
De acuerdo a lo señalado en la Nota 3 de los estados financieros adjuntos, las cifras y otra información que se exponen en los mismos han sido reexpresadas en moneda constante al 31 de diciembre de 2019, como así también la información comparativa correspondiente al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2018, que han sido presentadas reexpresadas con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y otra información del ejercicio económico actual.
Basados en el trabajo realizado, no hemos tomado conocimiento de ninguna modificación significativa que deba hacerse a los estados contables mencionados para que los mismos estén presentados de conformidad con las normas adoptadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
-
En base a nuestra revisión, con el alcance descripto en los puntos anteriores, informamos que los estados financieros consolidados de MetroGAS al 31 de diciembre de 2019, preparados, en todos sus aspectos significativos, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General de Sociedades N° 19.550 y sus modificaciones y las normas aplicables de la CNV, consideran todos los hechos y circunstancias significativos que son de nuestro conocimiento y que, en relación con los mismos, no tenemos observaciones que formular.
-
Sin modificar nuestra opinión, queremos enfatizar la información contenida en la Nota 3 a los estados financieros adjuntos, en la cual la Sociedad manifiesta que las cifras en ellos expuestas, así como la información comparativa correspondiente al ejercicio precedente, han sido reexpresadas en moneda constante al 31 de diciembre de 2019.
-
En ejercicio del control de legalidad que nos compete, hemos verificado que los directores han constituido la garantía prevista el artículo 256 de la Ley Nº 19.550 y sus modificaciones, y hemos dado cumplimiento, en los aspectos que consideramos necesarios, a los restantes procedimientos descriptos en el artículo 294 de dicha normativa.
-
Informamos además, en cumplimiento de disposiciones legales vigentes, que los estados contables de la Sociedad adjuntos se encuentran asentados en el libro de Inventarios y Balances y surgen de los registros llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 2 de marzo de 2020
Por Comisión Fiscalizadora
Eduardo Alberto Baldi Síndico
METROGAS S.A.
ESTADOS FINANCIEROS INDIVIDUALES AL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 Y 2018
ÍNDICE
| INFORMACIÓN LEGAL ........................................................................................................................................................... 1 | INFORMACIÓN LEGAL ........................................................................................................................................................... 1 |
|---|---|
| ESTADOS DE SITUACIÓN FINANCIERA INDIVIDUALES ................................................................................................. 2 | |
| ESTADOS INDIVIDUALES DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS Y OTRO RESULTADO INTEGRAL ................................... 3 | |
| ESTADOS INDIVIDUALES DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO ............................................................................ 4 | |
| ESTADOS INDIVIDUALES DE FLUJO DE EFECTIVO ......................................................................................................... 5 | |
| 1. | INFORMACIÓN GENERAL ............................................................................................................................................. 6 |
| 2. | MARCO REGULATORIO ................................................................................................................................................ 7 |
| 3. | BASES DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS INDIVIDUALES ............................................... 29 |
| 4. | POLÍTICAS CONTABLES ............................................................................................................................................. 31 |
| 5. | ESTIMACIONES Y JUICIOS CONTABLES CRÍTICOS .............................................................................................. 60 |
| 6. | ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS FINANCIEROS ..................................................................................................... 70 |
| 7. | INSTRUMENTOS FINANCIEROS ................................................................................................................................ 75 |
| 8. | PARTICIPACIÓN EN SUBSIDIARIAS ......................................................................................................................... 76 |
| 9. | PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO .......................................................................................................................... 78 |
| 10. | PROPIEDADES DE INVERSIÓN ................................................................................................................................... 80 |
| 11. | BIENES INTANGIBLES ................................................................................................................................................. 81 |
| 12. | ACTIVOS POR DERECHO DE USO ............................................................................................................................ 82 |
| 13. | CRÉDITOS POR VENTAS ............................................................................................................................................. 83 |
| 14. | OTROS CRÉDITOS ......................................................................................................................................................... 86 |
| 15. | EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO .......................................................................................................... 88 |
| 16. | PATRIMONIO NETO Y CAPITAL SOCIAL ................................................................................................................. 89 |
| 17. | OTRAS CARGAS FISCALES ......................................................................................................................................... 91 |
| 18. | DEUDAS FINANCIERAS ............................................................................................................................................... 92 |
| 19. | PASIVOS POR ARRENDAMIENTOS ........................................................................................................................... 98 |
| 20. | PASIVO CONCURSAL ................................................................................................................................................... 99 |
| 21. | PROVISIONES .............................................................................................................................................................. 100 |
| 22. | CUENTAS POR PAGAR ............................................................................................................................................... 103 |
| 23. | REMUNERACIONES Y CARGAS SOCIALES ........................................................................................................... 104 |
| 24. | OTRAS DEUDAS .......................................................................................................................................................... 105 |
| 25. | INGRESOS ORDINARIOS ........................................................................................................................................... 106 |
| 26. | GASTOS POR NATURALEZA .................................................................................................................................... 107 |
| 27. | OTROS INGRESOS Y EGRESOS ................................................................................................................................ 108 |
| 28. | RESULTADOS FINANCIEROS NETOS ..................................................................................................................... 109 |
| 29. | IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y A LA GANANCIA MÍNIMA PRESUNTA ...................................................... 111 |
| 30. | RESULTADO NETO POR ACCIÓN ............................................................................................................................ 113 |
| 31. | SALDOS Y OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS ................................................................................ 114 |
| 32. | COMPROMISOS CONTRACTUALES ........................................................................................................................ 119 |
| 33. | ACTIVOS Y PASIVOS EN MONEDA EXTRANJERA .............................................................................................. 124 |
| 34. | HECHOS POSTERIORES ............................................................................................................................................. 125 |
| 35. | INFORMACIÓN ADICIONAL REQUERIDA POR EL ARTÍCULO 12 DEL CAPÍTULO III TÍTULO IV DE |
| LAS NORMAS DE LA CNV ......................................................................................................................................... 125 |
INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA
1
METROGAS S.A.
ESTADOS FINANCIEROS INDIVIDUALES AL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 E INFORMACIÓN COMPARATIVA
INFORMACIÓN LEGAL
Domicilio Legal : Gregorio Aráoz de Lamadrid 1360, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina.
Ejercicio Económico: N° 28 (iniciado el 1° de enero de 2019).
Estados Financieros: Individuales al 31 de diciembre de 2019 y comparativos.
Actividad Principal de la Sociedad: Prestación del servicio público de distribución de gas natural.
Fecha de Inscripción en el Registro Público de Comercio: 1º de diciembre de 1992.
Fecha de Vencimiento del Contrato Social: 1º de diciembre de 2091.
Última Modificación de los Estatutos: 16 de octubre de 2015.
Sociedad Controlante: YPF S.A.
Domicilio Legal de la Sociedad Controlante: Macacha Güemes 515, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina.
Actividad Principal de la Sociedad Controlante: estudio, exploración y explotación de hidrocarburos líquidos y/o gaseosos y demás minerales, como asimismo, la industrialización, transporte y comercialización de estos productos y sus derivados, incluyendo también productos petroquímicos, y químicos y combustibles de origen no fósil, biocombustibles y sus componentes, la generación de energía eléctrica a partir de hidrocarburos, la prestación de servicios de telecomunicaciones, así como también la producción, industrialización, procesamiento, comercialización, servicios de acondicionamiento, transporte y acopio de granos y sus derivados.
Porcentaje de Votos Poseídos por la Sociedad Controlante: 70%
Composición del Capital Social al 31.12.19:
| Composición del Capital Social al 31.12.19: | |
|---|---|
| Clases de Acciones | Suscripto, Inscripto e Integrado (miles de $) |
| En circulación Ordinarias Escriturales de Valor Nominal $1 y 1 Voto cada una: Clase “A” Clase “B” Capital Social al 31.12.19 |
290.277 278.894 569.171 |
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios
C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
Mariano O. Rodriguez Barrios Socio Contador Público U.B.A.
C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 259 - F° 69
Dr. Eduardo Baldi Por Comisión Fiscalizadora
Fernando Oscar Ambroa Presidente
2
METROGAS S.A.
ESTADOS DE SITUACIÓN FINANCIERA INDIVIDUALES
AL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 Y 2018 (expresados en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3).
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----- Start of picture text -----
Nota 31.12.19 31.12.18
Activo
Activo no corriente
Propiedades, planta y equipo 9 37.799.279 36.696.537
Bienes intangibles 11 1.804.936 1.406.260
Participación en subsidiarias 8 923.456 347.791
Propiedades de inversión 10 36.736 37.779
Activos por derecho de uso 12 6.572 -
Otros créditos 14 2.454.961 5.258.960
Total del activo no corriente 43.025.940 43.747.327
Activo corriente
Inventarios 1.976 3.390
Créditos por ventas 13 11.916.198 8.679.379
Otros créditos 14 3.455.426 3.360.556
Efectivo y equivalentes de efectivo 15 1.390.697 2.375.909
Total del activo corriente 16.764.297 14.419.234
Total del activo 59.790.237 58.166.561
Patrimonio Neto
Capital social 16 569.171 569.171
Ajuste de capital 9.156.502 9.156.502
Reservas y Resultados acumulados 10.707.331 10.767.003
Total del patrimonio neto 16 20.433.004 20.492.676
Pasivo
Pasivo no corriente
Cuentas por pagar 22 1.842.439 4.892.720
Deudas financieras 18 1.660.155 7.990.258
Pasivos por arrendamientos 19 2.858 -
Pasivo por impuesto diferido 29 7.508.772 5.983.790
Pasivo concursal 20 4.198 40.460
Otras cargas fiscales 17 - 2.006
Provisiones 21 1.075.459 1.315.873
Total del pasivo no corriente 12.093.881 20.225.107
Pasivo corriente
Cuentas por pagar 22 16.042.756 9.401.970
Remuneraciones y cargas sociales 23 514.826 606.498
Otras cargas fiscales 17 1.605.012 887.521
Deudas financieras 18 9.090.423 6.541.112
Pasivos por arrendamientos 19 5.218 -
Otras deudas 24 5.117 11.677
Total del pasivo corriente 27.263.352 17.448.778
Total del pasivo 39.357.233 37.673.885
Total del pasivo y patrimonio neto 59.790.237 58.166.561
----- End of picture text -----
Las Notas 1 a 35 adjuntas son parte integrante de y deben leerse juntamente con estos estados.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
Mariano O. Rodriguez Barrios Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 259 - F° 69
Dr. Eduardo Baldi Por Comisión Fiscalizadora
Fernando Oscar Ambroa Presidente
3
METROGAS S.A.
ESTADOS INDIVIDUALES DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS Y OTRO RESULTADO INTEGRAL
POR LOS EJERCICIOS FINALIZADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 Y 2018 (expresados en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3).
==> picture [411 x 282] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
Por los ejercicios finalizados el
Notas 31.12.19 31.12.18
Ingresos ordinarios 25 40.699.485 38.757.049
Costos de operación 26 (29.675.565) (27.839.810)
Ganancia bruta 11.023.920 10.917.239
Gastos de administración 26 (2.487.411) (2.219.922)
Gastos de comercialización 26 (3.979.009) (2.936.635)
Otros ingresos y egresos 27 (732.688) (788.668)
Resultado de la participación en subsidiarias 8 1.938.462 338.834
Ganancia operativa 5.763.274 5.310.848
Ingresos financieros 28 14.518.950 11.974.785
Costos financieros 28 (17.226.279) (17.591.509)
Resultados financieros, netos (2.707.329) (5.616.724)
Resultado antes del impuesto a las ganancias e IGMP 3.055.945 (305.876)
Impuesto a las ganancias e IGMP 29 (1.939.605) 296.866
Resultado neto del ejercicio 1.116.340 (9.010)
Otros resultados integrales (1)
Revaluación de activos esenciales de propiedades,
(1.576.424) (1.638.191)
planta y equipo
Impuesto a las ganancias 29 400.412 412.823
Total otros resultados integrales (1.176.012) (1.225.368)
Resultado neto e integral del ejercicio (59.672) (1.234.378)
Resultado neto por acción
Básico y diluido 30 1,96 (0,02)
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(1) No se revierten a resultados.
Las Notas 1 a 35 adjuntas son parte integrante de y deben leerse juntamente con estos estados.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
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ESTADOS INDIVIDUALES DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO
POR LOS EJERCICIOS FINALIZADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 Y 2018 (expresados en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3).
| Saldos al 31 de diciembre de 2017 Resultado neto e integral del ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 |
Capital social Ajuste de capital social Subtotal capital social Reserva legal Reserva facultativa Subtotal resultados acumulados Total patrimonio neto Resultados acumulados |
Capital social Ajuste de capital social Subtotal capital social Reserva legal Reserva facultativa Subtotal resultados acumulados Total patrimonio neto Resultados acumulados |
|---|---|---|
| Otros resultados integrales Resultados no asignados |
||
| 569.171 9.156.502 9.725.673 - - 8.902.956 3.098.425 12.001.381 21.727.054 |
||
| - - - - - - (9.010) (9.010) (9.010) |
||
| Disminución por revaluación de activos esenciales de propiedades, planta y equipo | - - - - - (1.225.368) - (1.225.368) (1.225.368) |
|
| Desafectación de la revaluación de activos esenciales de propiedades, planta y equipo | - - - - - (354.474) 354.474 - - |
|
| Saldos al 31 de diciembre de 2018 Destinado por resolución de la Asamblea de Accionistas celebrada el 25 de abril de 2019 a: - Reserva legal - Reserva facultativa Resultado neto e integral del ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 |
||
| 569.171 9.156.502 9.725.673 - - 7.323.114 3.443.889 10.767.003 20.492.676 |
||
| - - - 1.945.136 - - (1.945.136) (1.945.136) - - - - - 1.498.753 - (1.498.753) (1.498.753) - - - - - - - 1.116.340 1.116.340 1.116.340 |
||
| Disminución por revaluación de activos esenciales de propiedades, planta y equipo | - - - - - (1.176.012) - (1.176.012) |
(1.176.012) |
| Desafectación de la revaluación de activos esenciales de propiedades, planta y equipo y efecto cambio de tasa impuesto a las ganancias |
- - - - - (151.804) 151.804 - - |
|
| Saldos al 31 de diciembre de 2019 | 569.171 9.156.502 9.725.673 1.945.136 1.498.753 5.995.298 1.268.144 7.263.442 20.433.004 |
Las Notas 1 a 35 adjuntas son parte integrante de y deben leerse juntamente con estos estados.
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ESTADOS INDIVIDUALES DE FLUJO DE EFECTIVO
POR LOS EJERCICIOS FINALIZADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 Y 2018 (expresados en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3).
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31.12.19 31.12.18
Flujo de efectivo generado por las actividades operativas
Resultado neto del ejercicio 1.116.340 (9.010)
Ajustes para arribar al flujo neto de efectivo proveniente
de las actividades operativas
Impuesto a las ganancias e IGMP 1.939.605 (296.866)
Resultado de la participación en subsidiarias (1.938.462) (338.834)
Depreciación de propiedades, planta y equipo, propiedades de inversión y amortización de bs. intangibles 1.635.097 1.661.489
Amortización de activos por derecho de uso 12.798 -
Valor residual de bajas de propiedades, planta y equipo y propiedades de inversión 52.202 368.718
Cargo neto por provisiones de activos y pasivos 799.173 1.427.118
Costos financieros 2.226.889 7.887.673
Ingresos financieros de efectivo y equivalentes de efectivo 38.372 (290.326)
Egresos por Resolución MINEM N° 508-E/2017 no recuperable 622.336 -
Variaciones en activos y pasivos
Créditos por ventas (3.720.655) (2.747.591)
Otros créditos 2.873.762 (7.550.155)
Inventarios 1.414 6.538
Cuentas por pagar 3.059.489 9.746.570
Remuneraciones y cargas sociales (91.672) 36.344
Otras cargas fiscales 715.485 (156.424)
Provisiones (38.873) (434.693)
Pasivo concursal (36.262) 21.276
Otras deudas (1.025.745) (62.540)
Flujo neto de efectivo generado por las actividades operativas 8.241.293 9.269.287
Flujo de efectivo aplicado a actividades de inversión
Aumentos de propiedades, planta y equipo (4.234.202) (3.021.887)
Aumentos de bienes intangibles (541.002) (987.739)
Dividendos cobrados 1.580.803 251.772
Flujo neto de efectivo aplicado a actividades de inversión (3.194.401) (3.757.854)
Flujos de efectivo aplicado a las actividades de financiación
Pago de intereses (2.114.763) (597.148)
Pago por cancelación de obligaciones negociables - (8.681.605)
Pago por refinanciación de deuda comercial - (4.996.383)
Pago de préstamos (7.123.908) (736.206)
Préstamos obtenidos 1.312.747 11.793.738
Pago por los costos de emisión de deuda - (150.969)
Adelantos en cuenta corriente 2.517.135 (44.915)
Pago de pasivos por arrendamientos (16.732) -
Flujo neto de efectivo aplicado a las actividades de financiación (5.425.521) (3.413.488)
(Disminución) / Aumento neto del efectivo y equivalentes de efectivo (378.629) 2.097.945
Efectivo y equivalentes de efectivo al inicio del ejercicio 2.375.909 640.373
Diferencia de cambio sobre efectivo y equivalentes de efectivo (38.372) 290.326
Efecto del RECPAM sobre efectivo y equivalentes de efectivo (568.211) (652.735)
Efectivo y equivalentes de efectivo al cierre del ejercicio (1) 1.390.697 2.375.909
(Disminución) / Aumento neto del efectivo y equivalentes de efectivo (378.629) 2.097.945
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(1) Al 31 de diciembre de 2019 y 2018, los fondos recaudados pendientes de depósito en relación con los fideicomisos y Resolución I-2.621/2013 ascendían a 29.354 y 26.696 respectivamente.
Las Notas 1 a 35 adjuntas son parte integrante de y deben leerse juntamente con estos estados.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS INDIVIDUALES POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 E INFORMACIÓN COMPARATIVA. (cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
1. INFORMACIÓN GENERAL
MetroGAS S.A. (“MetroGAS” o la “Sociedad”) es una sociedad anónima constituida bajo las leyes de la República Argentina. Su sede social y domicilio principal se encuentran en Gregorio Aráoz de Lamadrid 1360 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La Sociedad fue fundada en 1992 y el 1° de diciembre de 1992 se inscribió como sociedad, en virtud de las leyes de Argentina, ante el Registro Público de Comercio bajo el número 11.670 del libro 112, Tomo A de Sociedades Anónimas. El plazo de la Sociedad vence el 1° de diciembre de 2091 y su actividad principal es la prestación del servicio público de distribución de gas.
El 2 de noviembre de 1994, mediante Resolución Nº 10.706 la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) autorizó a la Sociedad el ingreso a la oferta pública en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (“BCBA”) de la totalidad de las acciones que a esa fecha componían el capital social.
Al 31 de diciembre de 2019, la controlante de MetroGAS es YPF S.A. (“YPF”), cuya actividad principal es el estudio, exploración y explotación de hidrocarburos líquidos y/o gaseosos y demás minerales, como asimismo, la industrialización, transporte y comercialización de estos productos y sus derivados, incluyendo también productos petroquímicos, y químicos y combustibles de origen no fósil, biocombustibles y sus componentes, la generación de energía eléctrica a partir de hidrocarburos, la prestación de servicios de telecomunicaciones, así como también la producción, industrialización, procesamiento, comercialización, servicios de acondicionamiento, transporte y acopio de granos y sus derivados (ver Nota 16 a los presentes estados financieros).
MetroGAS controla a MetroENERGÍA S.A. (“MetroENERGÍA”), una sociedad anónima constituida bajo las leyes de la República Argentina, cuya actividad principal es la compraventa de gas natural y/o su transporte por cuenta propia, por cuenta y orden de terceros o asociada a terceros dentro de la República Argentina.
Con motivo de la Resolución General N° 629 de la CNV informamos que la documentación respaldatoria de las operaciones de la Sociedad se encuentra en los depósitos de Administradora de archivos S.A. (“ADEA”) cuya sede tiene domicilio en Av. Pte. R. Sáenz Peña 832, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS INDIVIDUALES POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 E INFORMACIÓN COMPARATIVA. (cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
2. MARCO REGULATORIO
La distribución de gas natural por redes es un servicio público y por lo tanto es una actividad regulada. El Ente Nacional Regulador de Gas (“ENARGAS”), en los términos de la Ley del Gas es la autoridad de aplicación y su jurisdicción se extiende al transporte, venta, almacenaje y distribución de gas natural. Su mandato, de acuerdo con lo expresado en la Ley del Gas, incluye la protección de los consumidores, el cuidado de la competencia en la provisión y demanda de gas natural y el fomento de las inversiones de largo plazo en la industria.
Con fecha 31 de marzo de 2017 se publicó la Resolución ENARGAS Nº 4.356/2017 por medio de la cual se dispuso aprobar los estudios técnico económicos sobre la Revisión Tarifaria Integral (“RTI”) y el Plan de Inversiones Obligatorias (“PIO”) de MetroGAS para el período 2017-2021.
Tal lo expresado en los considerandos de la citada Resolución, la fijación de las tarifas máximas a autorizar en el quinquenio para la prestación del servicio de transporte y distribución de gas requirió la conjunción de:
-
una tasa de rentabilidad justa y razonable a reconocer a las prestadoras del servicio - Costo del Capital;
-
el valor de la Base Tarifaria, o Base de Capital necesaria para la prestación del servicio regulado;
-
el PIO a ejecutar durante el quinquenio;
-
el Capital de Trabajo afectado al giro del negocio regulado;
-
la estimación de los Gastos de Operación y Mantenimiento, de Comercialización y Administración necesarios para la prestación del servicio regulado;
-
los tributos que gravan la actividad regulada; y
-
los cambios esperados en la productividad y en la eficiencia y las estimaciones de la demanda esperada durante el quinquenio.
Sin perjuicio de las variables tomadas en consideración por el ENARGAS en oportunidad de la RTI y el ajuste tarifario allí establecido, distintas medidas adoptadas a posteriori por el Estado Nacional (a través del Poder Ejecutivo Nacional ("PEN"), la Secretaría de Gobierno de Energía (“SGE”) y el ENARGAS) devinieron en claro perjuicio de MetroGAS.
Las alteraciones más relevantes a la ecuación económica-financiera previstas al momento de la RTI derivan de menores ingresos por aplicación de la Resolución ENARGAS Nº 281/2018 – Aprobación de Cuadros Tarifarios Octubre-2018 y las Resoluciones de la SGE Nº 521/2019 y 751/19 Diferimiento del ajuste semestral hasta el 1° de febrero de 2020 (ver Nota 2.3.1 a los presentes estados financieros). Asimismo, se generaron mayores costos a los previstos en oportunidad de la RTI por aplicación de: (i) la Nota N0-2019-38609836-APN-DGDOMEN#MHA - Gas Natural No Contabilizado (“GNNC”) (ver Nota 2.3.2 a los presentes estados financieros), (ii)
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS INDIVIDUALES POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 E INFORMACIÓN COMPARATIVA. (cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
la aplicación de la NAG-226 - Revisión Técnica de Instalaciones internas desde 2019 a 2021 (ver Nota 2.5.2 a los presentes estados financieros), (iii) la Resolución ENARGAS Nº 223 /2019 Facturación mensual (ver Nota 2.5.3 a los presentes estados financieros), y (iv) la Resolución SGE Nº 336/2019 - Diferimiento facturación usuarios residenciales (ver Nota 2.3.1 a los presentes estados financieros).
Por lo mencionado precedentemente, han ocurrido cambios significativos en previsiones básicas del marco regulatorio que no habían sido contempladas al momento de disponerse la aprobación del PIO y determinarse las tarifas justas y razonables al momento de la RTI.
Debido a ello, con fecha 11 de octubre de 2019 MetroGAS realizó una presentación ante el ENARGAS solicitando (i) la revisión y adecuación del PIO de MetroGAS que fuera aprobado mediante Resolución ENARGAS Nº 4.356/2017 y (ii) una compensación económica para la restitución del equilibrio económico y financiero, conjuntamente con la reconsideración de ciertas medidas regulatorias adoptadas, ya sea por incrementos de los costos o por la reducción en la generación de ingresos, de modo que permita cumplir con las premisas tomadas en cuenta al momento de realizarse los estudios técnicos y económicos de la RTI.
En la medida que el ENARGAS no adopte medidas tendientes a corregir la afectación del mecanismo de mantenimiento en valores constantes de la tarifa de distribución o, permita la correspondiente reducción de compromisos en el PIO, esto impactará negativamente en la Sociedad disminuyendo el flujo de ingresos y empeorando la actual situación económico financiera de MetroGAS.
Asimismo, debe tenerse presente que nos encontramos en un contexto de (i) incertidumbre con respecto a la capacidad de pago del sector público argentino y las posibilidades de obtener financiamiento, (ii) incremento de la inflación que afecta el crecimiento de la economía, (iii) controles de precios, (iv) incertidumbre respecto al marco regulatorio aplicable a esta Distribuidora, (v) restricciones a la adquisición y transferencia de divisas al exterior, (vi) aplicación de restricciones a las importaciones y exportaciones de productos y (vii) creación de nuevos impuestos a la exportación de determinados productos o el incremento de las alícuotas vigentes.
La situación económica del país tiene impacto, no sólo en los consumos de los distintos usuarios de esta Distribuidora, sino que también implica la variación de la coyuntura respecto a la situación imperante al momento del dictado de la Resolución ENARGAS Nº 4.356/2017.
Por otro lado, una alta proporción de la deuda financiera de la Sociedad es pagada en dólares estadounidenses y está expuesta a las variaciones en el tipo de cambio. Consecuentemente, variaciones no previstas y atípicas en el tipo de cambio resultan en cambios significativos en los montos necesarios para ser aplicados al pago de servicios de deuda, afectando de tal manera los resultados y la condición financiera. Igual impacto deriva de las altas tasas de interés o el aumento
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS INDIVIDUALES POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 E INFORMACIÓN COMPARATIVA.
(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
de las tasas de inflación que incrementan los costos de operación e influyen negativamente en los resultados de operación y en la situación financiera.
En virtud de lo expuesto, el Directorio monitorea permanentemente la evolución de las variables económico-financieras y el impacto de la Ley de Solidaridad Social para adoptar medidas tendientes a disminuir los impactos negativos sobre la Sociedad y su consecuente reflejo en los estados financieros de períodos futuros.
2.1 Ley de Ministerios
Con fecha 5 de septiembre de 2018, y en el marco de un proceso de reordenamiento estratégico en materia de reducción presupuestaria, se publicaron los Decretos N° 801/2018 y N° 802/2018 que establecieron (i) designar al Ministerio de Hacienda como continuador a todos sus efectos del Ministerio de Energía, debiendo considerarse modificada por tal denominación cada vez que se hace referencia a la cartera ministerial citada en segundo término; y (ii) crear el cargo de Secretario de Gobierno de Energía con dependencia del Ministerio de Hacienda.
El Decreto N° 7/2019, publicado en el Boletín Oficial (“B.O.”) el 11 de diciembre de 2019, modificó la Ley de Ministerios estableciendo que la política nacional en materia de minería y de energía dependerá del Ministerio de Desarrollo Productivo.
2.2 Renegociación de la Licencia
Con fecha 7 de enero de 2002 se publicó en el Boletín Oficial la Ley de Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario N° 25.561 (la “Ley de Emergencia”) que afectó el marco regulatorio oportunamente vigente para los contratos de licencia de las empresas de servicios públicos.
Las principales disposiciones de la Ley de Emergencia que afectaron la licencia otorgada a MetroGAS por el Estado Nacional y modificaron expresas disposiciones de la Ley Nº 24.076 (la “Ley del Gas”) fueron: la “pesificación” de las tarifas que estaban establecidas en dólares convertibles al tipo de cambio fijado por la Ley de Convertibilidad (Ley Nº 23.928), la prohibición del ajuste de tarifas basado en cualquier índice extranjero, impidiendo por lo tanto la aplicación del índice internacional fijado en el Marco Regulatorio (Producer Price Index -PPI- de los Estados Unidos) y la disposición respecto a la renegociación de la Licencia otorgada a la Sociedad en 1992.
Asimismo, la Ley de Emergencia dispuso el inicio de un proceso de renegociación de los contratos de servicios públicos otorgados por el PEN sin perjuicio de establecer que las empresas de servicios públicos debían seguir cumpliendo con todas sus obligaciones.
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS INDIVIDUALES POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 E INFORMACIÓN COMPARATIVA. (cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
La Ley de Emergencia, que originalmente vencía en diciembre de 2003, fue sucesivamente prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2017 conjuntamente con los plazos de renegociación de licencias y concesiones de servicios públicos.
2.2.1 Acta Acuerdo de Adecuación del Contrato de Licencia de Distribución de Gas Natural
En el marco del proceso de renegociación, la Sociedad suscribió una serie de acuerdos transitorios con distintas entidades en representación del Estado Nacional.
Con fecha 30 de marzo de 2017, y en el marco del proceso de renegociación de los contratos de servicios públicos dispuesto por la Ley de Emergencia, sus prórrogas y los Decretos N° 367/2016 y N° 2/2017, la Sociedad suscribió con el (ex) Ministerio de Energía y Minería (“MINEM”) y con el Ministerio de Hacienda un Acta Acuerdo de Adecuación del Contrato de Licencia de Distribución de Gas Natural que contiene los términos de la renegociación integral y las condiciones de adecuación del Contrato de Licencia (“Acta Acuerdo Integral”). El Acta Acuerdo Integral tiene como antecedentes el Acuerdo Transitorio 2008, el Acuerdo Transitorio 2014, el Acuerdo Transitorio 2016 y el Acuerdo Transitorio 2017.
Las previsiones contenidas en el Acta Acuerdo Integral, abarcan el período contractual comprendido entre el 6 de enero de 2002 y la finalización del Contrato de Licencia.
En los términos allí previstos, se establecieron una serie de pautas para el proceso de RTI:
-
Introducción de mecanismos no automáticos de adecuación semestral de la tarifa de distribución entre revisiones tarifarias quinquenales y contemplando las variaciones observadas en los precios de la economía vinculados a los costos del servicio a efectos de mantener la sustentabilidad económico-financiera de la prestación y la calidad del servicio prestado;
-
Diseño e implementación de métodos adecuados para incentivar y medir en el tiempo las mejoras en la eficiencia de la prestación del servicio por parte de MetroGAS;
-
Establecimiento por parte del ENARGAS de los criterios para la determinación de la Base de Capital y de la Tasa de Rentabilidad a aplicar en la RTI conforme los siguientes criterios generales:
- La Base de Capital se determina tomando en cuenta los bienes necesarios para la prestación del servicio público. Para la valuación de dichos bienes se considera: i) el valor inicial de los bienes al iniciar el Contrato de Licencia como también aquel correspondiente a las incorporaciones posteriores, netos de bajas y depreciaciones, y ii) el valor actual de tales bienes, resultante de aplicar criterios técnicos fundados
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS INDIVIDUALES POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 E INFORMACIÓN COMPARATIVA. (cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
que expresen en forma justa y razonable dicha estimación, tomando en cuenta el estado actual de conservación de dichos bienes. Todas las valuaciones de los bienes se efectúan en moneda nacional, y consideran la evolución de índices oficiales representativos de la variación en los precios de la economía contemplando la estructura de costos de dichos bienes.
-
La Tasa de Rentabilidad se determina conforme lo establecen los artículos N° 38 y N° 39 de la Ley del Gas. A tal fin, ésta deberá ponderar la remuneración del capital propio y de terceros. En la determinación de la remuneración del capital propio, el ENARGAS debe considerar un nivel justo y razonable para actividades de riesgo equiparable o comparable, que guarde relación con el grado de eficiencia y prestación satisfactoria del servicio. A su vez, para determinar el costo del capital de terceros, el ENARGAS debe reflejar el costo del dinero en los términos y condiciones vigentes para la financiación de empresas de servicios públicos.
-
Se requirió la presentación por parte de la Sociedad de un PIO para ser incorporado en el cálculo de la tarifa.
-
El ENARGAS realizará un análisis de costos para determinar nuevos valores de las tasas y cargos por servicios de la actividad regulada de la Sociedad. Dicho análisis deberá ser efectuado basado en costos razonables y eficientes de estos servicios.
Finalmente, el Acta Acuerdo Integral preveía el compromiso de la Sociedad de realizar durante el plazo de extensión de la Licencia, con más su eventual prórroga decenal y dentro del área de su Licencia, inversiones adicionales sustentables equivalentes al monto del laudo dictado en el arbitraje “BG Group Plc. vs. La República Argentina (UNC 54 KGA)” con el porcentaje proporcional de quita que se hubiere establecido en el acuerdo de pago y excluyendo las sumas correspondientes a los intereses por mora en el pago del laudo. El monto y el plan de inversiones adicionales será determinado por el ENARGAS a propuesta de la Sociedad y las mismas no serán incorporadas en la base tarifaria.
En relación a la entrada en vigencia de la RTI, se estableció que ésta no excedería del 31 de diciembre de 2017. Sin embargo, en caso de que el ENARGAS dispusiera la aplicación escalonada y progresiva del incremento tarifario resultante de la RTI, la aplicación del último escalón no podría exceder del 1° de abril de 2018.
Con fecha 31 de marzo de 2017 se publicó la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017 mediante la cual se aprobaron, con vigencia a partir del 1° de abril de 2017, los cuadros tarifarios resultantes de la RTI de MetroGAS y cuadros tarifarios de transición de aplicación a los usuarios de MetroGAS.
Asimismo, la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017 aprobó (i) los estudios técnico económicos sobre la RTI de la Sociedad, (ii) la Metodología no automática de Ajuste Semestral (Anexo V), y (iii) el PIO de MetroGAS para el próximo quinquenio.
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2.2.2 Juicio contra el Estado Nacional
En el año 2011, MetroGAS promovió una acción interruptiva de prescripción contra el Estado Nacional con el objeto de que, agotado el reclamo administrativo, se condene a este a la reparación de los daños y perjuicios provocados a MetroGAS -derivados de la Ley de Emergencia con motivo del incumplimiento a la obligación contractual de mantener la ecuación económico-financiera de esta distribuidora de acuerdo con los términos del marco regulatorio establecido a partir de la Ley de Gas.
De manera complementaria a esta acción, y una vez agotada la vía administrativa, en el año 2013 se amplió la demanda fijándose la suma reclamada en miles de $ 4.125.167 (expresada en valores al 31/12/2011) y se inició el Beneficio de Litigar Sin Gastos (“BLSG”) con el objeto de que se establezca la exención del pago de las costas y gastos judiciales derivados de la acción de daños y perjuicios. Con la promoción del BLSG, MetroGAS quedó exenta del pago de la tasa de justicia al momento del inicio de la acción principal y hasta la resolución del BLSG.
Con fecha 30 de marzo de 2017 MetroGAS suscribió con el Estado Nacional el Acta Acuerdo Integral en virtud de la cual, dentro del plazo de noventa (90) días corridos de que entre y se mantenga en vigencia la Resolución que aprueba el cuadro tarifario resultante de la RTI, MetroGAS debía desistir íntegra y expresamente de todos los derechos que pudieran eventualmente invocar, como también a todas las acciones entabladas o en curso o que pudieran entablar, fundadas o vinculadas a los hechos o medidas dispuestas, respecto del Contrato de Licencia.
Con fecha 28 de marzo de 2018, se publicó en el Boletín Oficial el Decreto N° 252/2018 que ratificó el Acta Acuerdo Integral. En virtud de ello, con fecha 27 de junio de 2018 la Sociedad procedió al desistimiento de la causa “MetroGAS S.A. c/ Estado Nacional – M. Planificación - (Decreto N° 293/02) - UNIREN s/Proceso de Conocimiento”. Mediante resolución de fecha 3 de octubre de 2018, se tuvo a MetroGAS por desistida de la acción y del derecho.
En relación al BLSG, si bien en los términos de la Ley N° 23.898 el fisco podría exigirle a MetroGAS el pago de la tasa de justicia (tres por ciento (3%) del monto de la demanda), en junio de 2019 el representante del Fisco dictaminó que si bien existe cierta capacidad de pago por parte de MetroGAS corresponde la concesión parcial del beneficio solicitado en el porcentaje que determine el Sr. Juez. En fecha 18 de diciembre de 2019, el expediente ingresó a resolver.
2.2.3 Ley de solidaridad social y reactivación productiva en el marco de la emergencia pública
Con fecha 23 de diciembre de 2019 se publicó la Ley de Solidaridad Social que declara la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria,
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energética, sanitaria y social, y delega en el PEN hasta el 31 de diciembre de 2020 las facultades en los términos del artículo N° 76 de la Constitución Nacional.
En relación al sistema energético, se faculta al PEN a mantener las tarifas de electricidad y gas natural que estén bajo jurisdicción federal y a iniciar un proceso de renegociación de la RTI vigente o iniciar una revisión de carácter extraordinario, en los términos de las leyes N° 24.065, N° 24.076 y demás normas concordantes, a partir de la vigencia de la Ley de Solidaridad Social y por un plazo máximo de hasta ciento ochenta (180) días, propendiendo a una reducción de la carga tarifaría real sobre los hogares, comercios e industrias para el año 2020.
Asimismo, se faculta al PEN a intervenir administrativamente el ENARGAS por el término de un (1) año.
2.3 Tarifas de distribución de gas natural
2.3.1 Cuadros tarifarios
Mediante Resolución N° 91/2018 del MINEM se sustituyó el Numeral 9.4.2.3 de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución (“RBLD”) aprobada como Anexo B, Subanexo I, por el Decreto Nº 2.255 de fecha 2 de diciembre de 1992, determinando en lo pertinente que “los ajustes serán estacionales, abarcando los períodos del 1° de abril al 30 de septiembre de cada año, y del 1° de octubre al 31 de marzo del año siguiente”.
Con fecha 31 de enero de 2018 se publicó la Resolución del ENARGAS N° 249/2018 que convocó a audiencia pública el día 22 de febrero de 2018 para considerar (i) la aplicación de la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, de corresponder, para el ajuste de tarifas de MetroGAS; (ii) la aplicación del traslado a tarifas del precio de gas comprado y (iii) alternativas metodológicas para una facturación más previsible de los consumos de los usuarios residenciales.
En fecha 28 de marzo de 2018 se publicó la Resolución ENARGAS N° 300/2018 que dispuso (i) declarar la validez de la Audiencia Pública mencionada anteriormente, (ii) aprobar el cuadro tarifario de transición de MetroGAS aplicable a partir del 1° de abril de 2018 y (iii) aprobar nuevos valores para las Tasas y Cargos percibidos por MetroGAS por servicios adicionales.
Con fecha 15 de agosto de 2018 se publicó la Resolución del ENARGAS N° 184/2018 que convocó a Audiencia Pública para el día 4 de septiembre de 2018 para considerar (i) la aplicación de la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, en los términos de lo dispuesto (respecto de MetroGAS) por la Resolución ENARGAS N° 356/17; y (ii) la aplicación del traslado a tarifas del precio de gas comprado en los términos del Numeral 9.4.2 de las RBLD y la consideración de las Diferencias Diarias Acumuladas (“DDA”) correspondientes al período enero-septiembre de 2018, en los términos del Numeral 9.4.2.5 de las RBLD.
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En fecha 8 de octubre de 2018 se publicó la Resolución ENARGAS N° 281/2018 que dispuso (i) declarar la validez de la Audiencia Pública mencionada anteriormente, (ii) aprobar los cuadros tarifarios de MetroGAS aplicables a partir de la publicación de los mismos y (iii) aprobar nuevos valores para las Tasas y Cargos percibidos por MetroGAS por servicios adicionales. Cabe aclarar, que dichos cuadros tarifarios no contemplaron en su exacta incidencia las DDA correspondientes al período comprendido entre el 1° de abril y el 30 de septiembre de 2018.
En fecha 12 de octubre de 2018 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución ENARGAS N° 292/2018 que rectifica los cuadros tarifarios de la Resolución N° 281/2018 y su aplicación se retrotrae al 8 de octubre de 2018, fecha de publicación de esta última Resolución. En dicha rectificativa, no se corrige el monto de las DDA para reflejar la exacta incidencia de las diferencias entre el costo del gas comprado y el precio del gas contenido en las tarifas finales a los usuarios.
En relación a la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, el ENARGAS advirtió que, para el período a considerar en el ajuste aplicable a partir de octubre-2018, es decir la variación entre febrero y agosto de 2018, existe una notoria disparidad entre la variación del índice de precios internos al por mayor (“IPIM”) y la de otros indicadores de la economía. Por ello, a partir de lo observado consideró razonable que para el ajuste semestral se aplique la metodología del Anexo V de la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017, pero considerando una adecuada combinación de índices que reflejen en mejor medida la variación de los indicadores de la economía general a fin de que se implementen los preceptos establecidos en las Resoluciones que aprobaron la RTI, alegando que “tal aplicación no significa un cambio metodológico, ni del principio general establecido en el Anexo V de la Resolución ENARGAS N° 4.356/17, sino la adecuada evaluación de tal criterio en el marco del caso concreto de su aplicación al semestre a iniciarse en octubre de 2018 en el que se aprecia una significativa disparidad entre el IPIM y otros indicadores macroeconómicos”.
A partir de ello, se aplicó como índice de actualización de la tarifa el promedio simple de los siguientes índices: a) IPIM entre los meses de febrero de 2018 y agosto de 2018, b) “Índice del Costo de la Construcción” entre los meses de febrero de 2018 y agosto de 2018 (“ICC”), y c) “Índice de variación salarial” entre los meses de diciembre de 2017 y junio de 2018 (“IVS”), lo cual resulta en una variación total para el período estacional de 19,7%, frente a una variación del 30,5% de haberse aplicado el IPIM únicamente. La Sociedad presentó en tiempo y forma el recurso de reconsideración contra la metodología seguida por el ENARGAS para reconocer el ajuste de la tarifa de distribución y la diferencia en las DDA.
Con fecha 1° de abril de 2019 se publicó la Resolución ENARGAS N° 198/2019 (rectificada en virtud de errores materiales por las Resoluciones ENARGAS N° 201/2019 y N° 203/2019) que aprobó (i) los cuadros tarifarios de MetroGAS aplicables con vigencia a partir del 1° de abril de 2019, 1° de mayo de 2019 y 1° de junio de 2019 que incorporan la bonificación dispuesta en el párrafo siguiente y (ii) nuevos valores de Tasas y Cargos.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
En relación a los cuadros tarifarios aplicables a partir del 1° de abril de 2019, en la mencionada fecha se publicó la Resolución N° 148/2019 de la SGE que estableció en beneficio de los usuarios residenciales de gas natural y de propano indiluido por redes, una bonificación del precio del gas en el punto de ingreso al sistema de transporte del 27% para los consumos correspondientes a abril de 2019 y del 12% para los consumos correspondientes a mayo de 2019. Dicha Resolución determinó en sus considerandos que esta bonificación a los usuarios residenciales contará con el correspondiente reembolso a los proveedores de gas, conforme a la metodología y con los controles previos a disponerse en su oportunidad.
Con fecha 30 de mayo de 2019, se publicó la Resolución N° 299/2019 de la SGE que estableció que los proveedores de gas natural y de propano indiluido por redes deberán emitir la facturación del volumen de gas entregado con los descuentos en el precio de gas dispuestos como bonificación en la Resolución N° 148/2019 de la SGE comentada en el párrafo precedente y aprobó la metodología de compensación aplicable a efectos de que los proveedores de gas ejecuten la bonificación en el precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (“PIST”) y su correspondiente reembolso.
Asimismo, con fecha 24 de junio de 2019 y mediante Resolución N° 336/2019 de la SGE, se estableció -en beneficio de los usuarios residenciales de gas natural y con carácter excepcional- un diferimiento de pago del 22% en las facturas a ser emitidas a partir del 1º de julio de 2019 y hasta el 31 de octubre de 2019 que será recuperado a partir de las facturas a ser emitidas desde el 1º de diciembre de 2019 y por 5 períodos mensuales, iguales y consecutivos.
Dicha Resolución también dispuso que el costo financiero del diferimiento (computado entre las fechas de vencimiento de pago original de las facturas y las de vencimiento de las facturas en las que se incluya cada cuota de recupero) sea asumido por el Estado Nacional en carácter de subsidio, mediante el pago de intereses a distribuidoras, subdistribuidoras, transportistas y productores, reconociéndose a ese efecto la tasa para plazos fijos por montos de $ 20.000.000 o superiores a plazos de 30 o 35 días, denominada TM20, publicada por el Banco de la Nación Argentina que asciende a 40,50% al 31 de diciembre de 2019.
Con fecha 3 de julio de 2019, se publicó la Resolución ENARGAS N° 359/2019 que instruyó a las licenciatarias del Servicio de Distribución de gas a aplicar el diferimiento establecido mediante la Resolución SGE N° 336/2019 y de conformidad con las pautas de orden comercial establecidas en la Resolución del ENARGAS N° 359/2019. Con fecha 23 de agosto de 2019 se publicó la Resolución SGE N° 488/2019 que aprobó la metodología de diferimiento de pago de los consumos residenciales de gas natural por redes en las facturas emitidas a partir del 1º de julio de 2019 y hasta el 31 de octubre de 2019 y de pago de intereses.
Debe tenerse presente que la Resolución SGE Nº 336/2019 es anterior a la significativa devaluación acontecida en el mes de agosto de 2019 y la tasa de interés prevista en la norma no
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
compensa el impacto financiero causado por resultar insuficiente y afectar directamente el capital de trabajo de esta Distribuidora.
En relación al ajuste semestral de los márgenes de transporte y distribución previsto a partir del 1º de octubre de 2019, con fecha 4 de septiembre de 2019 se publicó la Resolución SGE N° 521/2019 que difirió el ajuste semestral para el 1° de enero de 2020, oportunidad en la cual se aplicaría el valor correspondiente al índice de actualización inmediato anterior disponible. A fin de compensar a las prestadoras en el marco de lo dispuesto en el numeral 9.8 de las RBLD, se dispuso la revisión y adecuación -en su exacta incidencia- de las inversiones obligatorias a su cargo. Para ello, las prestadoras de los servicios de transporte y distribución de gas natural debían presentar ante el ENARGAS, dentro del plazo de 30 días corridos desde la publicación de la Resolución SGE N° 521/2019, sus propuestas de readecuación de las inversiones obligatorias a su cargo, a fin de que la autoridad regulatoria las evalúe y autorice, con las adecuaciones pertinentes, respetando la exacta incidencia entre los montos que se dejan de percibir en concepto de tarifa -incluyendo las bonificaciones a las subdistribuidoras de su área de licencia- y los montos de inversión comprometidos.
Asimismo, la Resolución SGE N° 521/2019 difirió el ajuste tarifario por variación del precio de gas en el PIST previsto con vigencia a partir del 1º de octubre de 2019 para el 1° de enero de 2020, oportunidad en que se efectuarán las adecuaciones pertinentes a los períodos a considerar para el cálculo de las DDA.
Con fecha 4 de octubre de 2019, MetroGAS realizó la presentación requerida por la Resolución SGE N° 521/2019 con la propuesta de readecuación de las inversiones obligatorias a su cargo.
En dicha presentación, la Sociedad determinó que el impacto en los ingresos para el período octubre-diciembre 2019 según las pautas utilizadas en la RTI, en moneda de diciembre de 2016, asciende a aproximadamente $390 millones. Por lo tanto, la Sociedad propuso readecuar el PIO por dicho monto, que representa una disminución del PIO original en un 3,84% para el año Regulatorio 3 cuya fecha de finalización es marzo de 2020 y un 17,87% para el año Regulatorio 4 que finaliza en marzo de 2021. A la fecha de aprobación de los presentes estados financieros, la presentación realizada por MetroGAS se encuentra sujeta a evaluación para su autorización por parte del ENARGAS. Oportunamente, la Sociedad considerará las medidas a adoptar para el caso de que el ENARGAS realizara un reconocimiento parcial del impacto determinado.
Con fecha 25 de noviembre de 2019 se publicó la Resolución SGE N° 751/2019 que sustituye el artículo 1° de la Resolución SGE N° 521/2019 y establece: "Diferir el ajuste semestral de los márgenes de transporte y distribución previsto a partir del 1º de octubre de 2019 para el 1° de febrero de 2020, debiendo utilizarse, en esa oportunidad, el índice de ajuste correspondiente para reflejar la variación de precios entre los meses de febrero y agosto de 2019”.
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Mediante Resolución ENARGAS N° 703/2019 se publicaron nuevos cuadros tarifarios para MetroGAS con vigencia a partir del 1º de noviembre de 2019. Estos cuadros tarifarios tuvieron su fundamento en (i) el análisis y revisión de las DDA de MetroGAS correspondientes a los períodos “Octubre 2018-Abril 2019” y “Abril 2019-Octubre 2019” y (ii) el ajuste previsto en la Resolución ENARGAS N° 694/2019 que resolvió una controversia entre MetroGAS y Naturgy BAN S.A. Posteriormente, con fecha 29 de noviembre de 2019, y habiéndose advertido errores materiales en la Resolución ENARGAS N° 703/2019, se publicaron, a través de la Resolución ENARGAS N° 763/2019, nuevos cuadros tarifarios para MetroGAS con vigencia a partir del 29 de noviembre de 2019.
Sobre estas dos últimas resoluciones, se ha presentado recurso de reconsideración y nulidad sobre los montos determinados por DDA, por entender que los criterios utilizados para su determinación no se adecúan a los principios consagrados en la Ley de Gas y tampoco a los que se comunicaron por medio de la Resolución ENARGAS N° 72/2019, que en tiempo y forma fue impugnada por MetroGAS y aún no fue resuelta por el ENARGAS (ver Nota 2.3.3 a los presentes estados financieros).
En relación al sistema energético, se faculta al PEN a mantener las tarifas de electricidad y gas natural que estén bajo jurisdicción federal y a iniciar un proceso de renegociación de la RTI vigente o iniciar una revisión de carácter extraordinario, en los términos de las leyes N° 24.065, N° 24.076 y demás normas concordantes, a partir de la vigencia de la Ley de Solidaridad Social y por un plazo máximo de hasta ciento ochenta (180) días, propendiendo a una reducción de la carga tarifaría real sobre los hogares, comercios e industrias para el año 2020 (ver Nota 2.2.3 a los presentes estados financieros).
Asimismo, se faculta al PEN a intervenir administrativamente el ENARGAS por el término de un (1) año.
2.3.2 Resolución MINEM N° 508-E/2017
Con fecha 29 de diciembre de 2017 se publicó la Resolución MINEM N° 508-E/2017 que establece el procedimiento para la compensación de los menores ingresos que las licenciatarias del Servicio de Distribución de Gas Natural por Redes reciben de sus usuarios, como producto de: (i) la aplicación de beneficios y/o bonificaciones a los usuarios resultantes de la normativa vigente en materia tarifaria del servicio de distribución de gas natural por redes y (ii) los mayores costos del GNNC respecto a los establecidos para su reconocimiento en las tarifas.
Este procedimiento se enmarca dentro del artículo 20.2 del Modelo de Licencia aprobado por el Decreto N° 2.255/1992 que establece que el Distribuidor tendrá derecho a ser compensado por la reducción de ingresos que le ocasionen tales medidas a fin de mantener la cadena de pagos relacionada con la operación y el mantenimiento del servicio público de distribución de gas natural
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por redes, entre otros, el pago de las facturas de compra de gas natural y garantizar la continuidad de la prestación de dicho servicio público.
De acuerdo con el procedimiento de compensación, las licenciatarias de Distribución deben informar en los plazos que allí se establecen y en base a los consumos anuales mensualizados y con carácter de declaración jurada ante el ENARGAS, los montos necesarios para compensar las diferencias mencionadas. Igual régimen informativo se adopta en relación al GNNC. De tal forma, para el cálculo de las compensaciones por el monto que dejan de percibir por los descuentos en facturación así como por las diferencias por GNNC, se establece una compensación resultante de la diferencia entre el precio de compra al productor de gas natural y la venta a sus clientes.
En lo que respecta al GNNC, para la valorización del mismo, al momento de la RTI se consideró el sendero de precios dispuesto por el MINEM en su Resolución Nº 212/2016, el que estaba establecido en dólares, utilizándose para ello el tipo de cambio vigente en diciembre de 2016, a razón de U$S1 = $16. Ese sendero de precios era creciente en el tiempo arribando en octubre de 2019 al valor objetivo final. A partir de allí, ese costo quedó contenido y reflejado en la tarifa en el margen de distribución que debe ajustarse semestralmente por el indicador establecido en la Resolución ENARGAS Nº 4.356/2017. El costo de GNNC se incrementó significativamente en detrimento de lo que fuera aprobado mediante el sendero de precios estipulado en la Resolución Nº 212-E/2016 del MINEM.
Con fecha 7 de diciembre de 2018, el ENARGAS comunicó a la Dirección Nacional de Economía de Hidrocarburos observaciones al esquema previsto en la Resolución Nº 508/2017 del MINEM. En virtud de ello, la SGE no solo no reconoció el ajuste previsto en la Resolución Nº 508/2017 del MINEM respecto del GNNC sino que, además, dispuso que las sumas percibidas por el período enero de 2018 a noviembre de 2018 que hasta ese momento tenían carácter provisorio, fueran compensadas con deudas que mantenía la SGE con MetroGAS. Asimismo, tampoco fueron reconocidos los ajustes a valores reales que preveía la misma operatoria por ese mismo período, ni los excesos de costos incurridos a partir de diciembre de 2018 hasta septiembre de 2019. El impacto del ajuste sobre los estados financieros al 31 de diciembre de 2019 fue de una pérdida de $ 452 millones correspondiente al ejercicio 2018 (cuyo monto reexpresado a asciende a $ 622 millones).
Una situación similar se produjo con las diferencias de cambio correspondientes al gas retenido del período enero de 2018 a marzo de 2018. En tal sentido, a partir de la firma de las Bases y Condiciones para el Abastecimiento de Gas Natural a Distribuidoras de Gas por Redes en Noviembre-2017 (ver Nota 2.4.1 a los presentes estados financieros), se generó una afectación por las diferencias de cambio del período enero de 2018 a marzo de 2018 que el ENARGAS no aceptó reconocer en las diferencias diarias que se devengaron a favor de la Distribuidora. MetroGAS presentó con fecha 27 de noviembre de 2018 un recurso ante el ENARGAS, el cual a la fecha se encuentra pendiente de resolución.
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A la fecha de aprobación de los presentes estados financieros, se han registrado ciertas demoras por parte del Estado Nacional en el pago de las compensaciones económicas previstas en la Resolución Nº 508/2017 del MINEM. En la medida que existan estas demoras la Sociedad cancelará las facturas por las inyecciones de gas distribuyendo a prorrata entre todos los productores con los cuales la Sociedad tiene contratos de suministro de gas natural el impacto derivado de la demora mencionada.
2.3.3 Diferencias Diarias
El articulo N° 37 del Decreto N° 1.738/92, reglamentario de la Ley de Gas, prevé en su inciso 5 que las variaciones del precio de adquisición del gas serán trasladadas a la tarifa final al usuario de tal manera que no produzcan beneficios ni pérdidas al Distribuidor. Por su parte, las RBLD establecen en su numeral 9.4.2.5 que la licenciataria deberá llevar contabilidad diaria separada del precio y del valor del gas comprado e incluido en sus ventas reales, y de la diferencia entre este último valor y el del gas incluido en la facturación de tales ventas reales. De tal manera, no se exige que las facturas de suministro hayan sido pagadas, sino que debe tenerse certeza del costo de adquisición, el que en este caso se materializa con el conocimiento del tipo de cambio al que debían cancelarse las obligaciones con los productores de gas.
El mismo numeral 9.4.2.5, último párrafo, prevé expresamente que si la diferencia entre el costo del gas adquirido por las Distribuidoras y el valor de dicho gas contenido en las tarifas a los usuarios supera en valor absoluto el 20%, entonces la Sociedad podrá presentar a la Autoridad Regulatoria nuevos cuadros tarifarios para su aprobación.
En abril de 2018 comenzó en Argentina un cambio en las condiciones macroeconómicas que provocó una brusca e imprevista variación en la paridad entre la moneda nacional y la moneda en la que están establecidos los precios de los contratos.
Por el gas entregado en los meses de enero a marzo de 2018, los pagos realizados por la Sociedad se hicieron respetando el tipo de cambio vigente a la fecha de pago de conformidad con lo establecido en los acuerdos de suministro. No obstante, debido a las circunstancias descriptas anteriormente, los pagos a los productores de gas por el gas entregado en los meses siguientes se realizaron al tipo de cambio aplicado al valor del componente del gas incluido en la tarifa aprobado por las Resoluciones del ENARGAS.
El criterio adoptado obedece, además, a la necesidad de mantener la cadena de pagos relacionada con la operación y el mantenimiento del servicio público de distribución de gas natural por redes y garantizar la continuidad de la prestación del servicio.
De acuerdo a las situaciones macroeconómicas mencionadas anteriormente, con fecha 27 de julio de 2018 la Sociedad envió una nota al ENARGAS con los nuevos cuadros tarifarios solicitando, en
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cumplimiento de dicha norma establecida en las RBLD, que se aprueben los mismos a fin de ir reconociendo parcialmente la incidencia de los mayores costos de adquisición del gas.
Mediante Nota N0-2018-38938972-APN-SD#ENARGAS del 13 de agosto de 2018, el ENARGAS desestimó la solicitud efectuada alegando que “la Licenciataria no acredita materialmente el efectivo pago del gas al precio que referencia para la determinación de las diferencias entre el precio incluido en tarifa”. De acuerdo con el criterio de la Sociedad, este argumento no encuentra sustento en el marco regulatorio, en tanto el mismo se limita a exigir que el precio sea conocido, lo cual se materializa mediante los acuerdos de abastecimiento suscriptos de conformidad con las Bases y Condiciones y que se encuentran registrados ante el ENARGAS.
El 16 de noviembre de 2018 se publicó el Decreto N° 1.053/2018 que modificó el Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2018, y en virtud de las volatilidades de las variables financieras y del tipo de cambio, establece que el Estado Nacional asume, con carácter excepcional, el pago de las DDA mensualmente entre el valor del gas comprado por las prestadoras del servicio de distribución de gas natural por redes y el valor del gas natural incluido en los cuadros tarifarios vigentes entre el 1° de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2019, generadas exclusivamente por variaciones del tipo de cambio y correspondientes a volúmenes de gas natural entregados en ese mismo período, todo ello de acuerdo con el procedimiento que disponga el ENARGAS. El monto neto resultante se transferirá a cada distribuidora en treinta (30) cuotas mensuales y consecutivas a partir del 1° de octubre de 2019. A fin de determinar cada una de las cuotas, se utilizará la tasa de interés que el ENARGAS aplica conforme lo previsto en el punto 9.4.2.5 (tasa efectiva del Banco de la Nación Argentina para depósitos en moneda argentina a treinta (30) días de plazo, “pizarra”). Una vez percibida cada cuota, las distribuidoras deberán realizar de manera inmediata los pagos correspondientes a los proveedores de gas natural involucrados y los informarán y acreditarán mensualmente ante el ENARGAS.
Este régimen resultará aplicable sólo para aquellas prestadoras del servicio de distribución de gas natural por redes y para aquellos proveedores de gas natural que adhieran a este régimen y renuncien expresamente a toda acción o reclamo derivado de las DDA referidas en el primer párrafo.
Asimismo, el Decreto N° 1.053/2018 establece que a partir del 1º de abril de 2019 los proveedores de gas natural y las prestadoras del servicio de distribución de gas natural por redes deberán prever en sus contratos que en ningún caso podrá trasladarse a los usuarios que reciban servicio completo el mayor costo ocasionado por variaciones del tipo de cambio ocurridas durante cada período estacional.
Con fecha 12 de febrero de 2019 se publicó la Resolución ENARGAS N° 72/19 mediante la cual aprueba la “Metodología de Traslado a tarifas del precio de gas y Procedimiento General para el Cálculo de las Diferencias Diarias Acumuladas”. Dicha metodología establece los criterios que aplicará el ENARGAS para determinar el traslado a tarifas del precio del gas en el PIST,
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considerando para ello lo dispuesto por el art. 8 del Decreto N° 1.053/18 y el tipo de cambio que utilizará para determinar el valor en moneda nacional de aquellos contratos de abastecimiento cuyos precios estén nominados en dólares estadounidenses. Con respecto al cálculo de las DDA, establece el procedimiento general bajo el cual se determinará el volumen de compra mensual de gas a reconocer y los costos de adquisición que se considerarán para calcular las mismas, considerando para ello lo dispuesto por el art. 8 del Decreto N° 1.053/18. Por otra establece que las Distribuidoras deberán asegurar el abastecimiento y mínimo costo para los usuarios de servicio completo, con independencia del transporte que tengan contratado los usuarios que adquieren gas por su cuenta (usuarios de unbundling).
Con fecha 21 de marzo de 2019, la Sociedad impugnó la Resolución ENARGAS N° 72/2019 por entender que la misma no se adecua a los principios consagrados en la Ley de Gas. A la fecha de cierre de los presentes estados financieros, dicha impugnación no fue resuelta por el ENARGAS.
El 20 de agosto de 2019 se publicó la Resolución ENARGAS N° 466/2019 que, en los términos del artículo 7° del Decreto N° 1.053/2018, aprueba la “Metodología para la determinación del monto neto de las Diferencias Diarias Acumuladas referidas en el artículo 7° y concordantes del Decreto N° 1.053/2018”. Asimismo, aprueba el modelo de “Solicitud de Adhesión al Régimen”, el cual debe ser presentado ante el ENARGAS por las Prestadoras del Servicio Público de Distribución de Gas por Redes y los Proveedores de Gas Natural, que adhieran al mismo. De conformidad con el Régimen establecido, no se admiten formulaciones de solicitud de adhesión parciales y/o condicionadas, correspondiendo en tales supuestos su rechazo in límine . Tampoco se admiten retractaciones formuladas luego de la fecha establecida en la Resolución ENARGAS N° 466/2019. La fecha para dicha presentación fue sucesivamente prorrogada por el ENARGAS respecto a la determinada originalmente por esta Resolución, siendo la última dispuesta por la Resolución N° 636/2019 el 25 de octubre de 2019.
MetroGAS adhirió en tiempo y forma al Régimen dispuesto por el Decreto N° 1.053/2018. Mediante Resolución ENARGAS N° 735/2019 se determinaron los montos netos finales de las DDA en los términos del artículo 7° del Decreto N° 1053/18, considerando las adhesiones al Régimen. Con fecha 5 de diciembre de 2019 la SGE notificó la Resolución SGE N° 780/2019 que aprueba la transferencia de la cuota 1 a MetroGAS por la suma de 152.413 para la transferencia a cada productor de gas, la cual fue realizada en tiempo y forma.
La Sociedad ha registrado en sus estados financieros al 31 de diciembre de 2019 el pasivo con los productores de gas por las DDA, correspondientes al período comprendido entre el 1° de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2019, referidas en el Decreto mencionado anteriormente y el crédito con el Estado Nacional por el mismo monto y concepto, los que descontados al 31 de diciembre de 2019 y 2018 ascienden a 4.416.187 y 5.436.355, respectivamente (ver Notas 14 y 22 a los presentes estados financieros).
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2.4 Abastecimiento de Gas Natural
2.4.1 Compra de Gas Natural
Mediante Resolución N° 89/2016 del MINEM, se inició un proceso de normalización contractual en función del cual MetroGAS celebró diversos contratos con productores de gas, tanto de la cuenca Austral, como de la cuenca Neuquina. A través de la Resolución Nº 212 – E /2016, se fijó un sendero de precios para el gas natural, determinándose el valor de éste de manera gradual y semestral hasta el 1º de octubre de 2019.
El 29 de noviembre de 2017, a instancias del MINEM, MetroGAS suscribió las “Bases y Condiciones para el Abastecimiento de Gas Natural a Distribuidoras de Gas por Redes” (las “Bases y Condiciones”) junto con el resto de las distribuidoras y un grupo de productores de gas. Estas Bases y Condiciones contenían los lineamientos para la contratación de volúmenes de gas para el abastecimiento de la demanda de las distribuidoras para el período comprendido entre el 1° de enero de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2019. En las mismas se estableció: i) los volúmenes que cada productor firmante debe inyectar por cuenca para abastecer a la demanda de las distribuidoras, ii) los volúmenes diarios disponibles por cuenca para cada distribuidora, iii) el precio según la categoría de cliente y por período expresado en u$s/MMBTU, iv) la obligación del productor de entregar o pagar por el 100% del volumen, v) la obligación de las distribuidoras de tomar o pagar por el 100% del volumen, excepto en caso de no contar con demanda y no nominar volúmenes de contratos no comprendidos en las Bases y Condiciones; y vi) el vencimiento de las facturas a los 75 días.
Las Bases y Condiciones establecían expresamente que las distribuidoras tienen en consideración para su suscripción las disposiciones del artículo N° 38 de la Ley de Gas, que prevén el traslado a las tarifas a ser pagadas por los usuarios del servicio de transporte y distribución tanto de los costos de adquisición de gas resultantes de acuerdos o contratos de largo plazo como así también de aquellos asociados a las compras de corto plazo que resultaran necesarias para satisfacer la demanda.
En abril de 2018 comenzó en Argentina un cambio en las condiciones macroeconómicas que provocó una brusca e imprevista variación en la paridad entre la moneda nacional y la moneda en la que están establecidos los precios de los contratos. Por este motivo, los pagos a los productores de gas por el gas entregado en los meses siguientes a partir de abril de 2018 se realizaron al tipo de cambio aplicado al valor del componente del gas incluido en la tarifa aprobado por las Resoluciones del ENARGAS.
Los productores rechazaron dicho criterio de pago por parte de la Sociedad y, en consecuencia, reclamaron formalmente los saldos considerados impagos. El 16 de noviembre de 2018, se publicó en el Boletín Oficial, el Decreto N° 1.053/2018 que establece que el Estado Nacional asumirá, con carácter excepcional, el pago de las DDA (ver Nota 2.3.3 a los presentes estados financieros).
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En relación al suministro de gas para el año 2019, MetroGAS participó del concurso de precios para la provisión de gas natural en condición firme para el abastecimiento de la demanda de usuarios de servicio completo de las prestadoras de servicio público de distribución de gas por redes que se llevó a cabo en el ámbito del Mercado Electrónico de Gas S.A. (“MEGSA”) para las cuencas Neuquina, Golfo San Jorge, Santa Cruz Sur y Tierra del Fuego el 14 de febrero de 2019, todo ello de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución N° 32/2019 de la SGE.
Como resultado de dicho concurso, se obtuvieron compromisos de abastecimiento anual (hasta el 31 de marzo de 2020) por un volumen de capacidad máxima diaria (“CMD”), que anualmente asciende a 1.486 millones de m[3] los cuales representan el 58% de nuestra demanda anual, cumpliendo con ello con el requisito establecido en el marco regulatorio.
Esos compromisos, bajo las pautas establecidas por la Resolución SGE N° 32/19, consideran una cláusula de Entregar o Pagar (“EOP”) del 70% diario, lo que implica en el caso de MetroGAS un importante nivel de incertidumbre respecto del aprovisionamiento en el período invernal, al que coadyuva la relación fija establecida en el concurso de 1:2,5 anual escalonado, que no satisface la curva de demanda prioritaria que se presenta en el período invernal en nuestra área de Licencia, cuya relación es más cercana a 1:4,5 veces. Adicionalmente a lo expuesto precedentemente, los contratos en cuestión poseen cláusulas de Tomar o Pagar (“TOP”) del 70% estacional lo que implica que de incurrirse en TOP, y dado que el EOP es también del 70%, la recuperación de los volúmenes está sujeta a la voluntad de los proveedores de gas de entregar gas por encima del EOP y hasta la CMD. Este riesgo de incurrir en TOP se ve morigerado por ser un cálculo estacional, los cuales pueden compensarse durante el período en curso. Al 31 de diciembre de 2019, si bien la Sociedad ha incurrido en obligaciones TOP, las mismas no han sido registradas debido a que considera que las mismas no son significativas y que serán recuperadas en los períodos siguientes tal como lo establecen los respectivos contratos.
En virtud de lo expuesto precedentemente y a fin de evitar la incertidumbre respecto de los volúmenes de gas a ser puesto a disposición por los proveedores, MetroGAS suscribió contratos por volúmenes adicionales a los contratados en el ámbito del MEGSA en el marco del concurso de precios oportunamente convocado con el objetivo de contar con un mayor abastecimiento, fundamentalmente en el invierno, reduciendo los riesgos sobre el pico invernal.
2.4.2 Unbundling de gas natural
En línea con los cambios regulatorios que se introdujeron en el sector de gas natural a partir del año 2004 se produjo el proceso denominado informalmente como “unbundling de gas natural” por el cual distintas categorías de usuarios debieron comenzar a adquirir volúmenes de gas natural en el PIST directamente de productores y/o comercializadores de gas natural, quedando limitadas las distribuidoras zonales a prestar exclusivamente el servicio de transporte y/o distribución de gas natural.
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En este escenario, durante el año 2005 y en virtud del Decreto N° 180/2004, MetroGAS constituyó MetroENERGÍA, una sociedad comercializadora a los fines de retener la mayor cantidad posible de clientes y de contar con una herramienta más acorde al nuevo contexto en el que se debía desempeñar la Sociedad.
MetroENERGÍA fue autorizada por el ENARGAS para actuar como empresa comercializadora de gas natural y/o su transporte y se encuentra inscripta como agente MEGSA.
Las acciones llevadas adelante por MetroENERGÍA desde su creación, permitieron continuar reteniendo la mayor parte de los clientes industriales y comerciales oportunamente contemplados dentro del proceso de “unbundling” del área de la Sociedad, con lo cual se logró mantener la participación de estas categorías de clientes en la matriz de ventas de MetroGAS.
Con fecha 1° de abril de 2016, mediante Resolución N° 34/2016, el MINEM dispuso un nuevo régimen aplicable a las estaciones de suministro de GNC estableciendo la obligación respecto de estos usuarios de adquirir el gas natural para su abastecimiento por parte de la distribuidora de su zona o área de distribución de manera de que éstas presten el servicio completo (gas, transporte y distribución). A partir del 1° de mayo de 2017, y en los términos de la Resolución N° 80 – E/2017 del MINEM, se ampliaron las opciones de compra de gas natural por parte de los titulares de estaciones de suministro de GNC pudiendo adquirir el gas natural a través de las distribuidoras (servicio completo – Resolución MEM N° 34/2016) o en forma directa por medio de los productores o comercializadores de gas natural (respetando mix de cuencas y porcentajes de gas retenido asignados a la Distribuidora zonal).
En relación a los usuarios del Servicio General “P”, con fecha 5 de abril de 2019 se publicó la Resolución N° 175/2019 de la SGE que resolvió derogar los artículos 5°, 6° y 7° de la Resolución N° 752/2005 de la (ex) Secretaría de Energía y permitir que los usuarios identificados como Servicio General “P” Grupo III cuenten con la posibilidad de optar por la contratación de su abastecimiento de gas natural no solamente a través de un productor o comercializador sino también, de la distribuidora zonal, bajo la modalidad de servicio completo, tal como lo establecen los artículos N° 13 y N° 49 de la Ley de Gas. El ENARGAS complementó la Resolución SGE N° 175/2019 mediante las Resoluciones ENARGAS N° 750/2019 y N° 838/2019.
2.4.3 Procedimiento para la Administración del Despacho del Comité Ejecutivo de Emergencia
El abastecimiento de gas natural a las distribuidoras operaba bajo el esquema de solicitud, confirmación y re-direccionamientos de gas previstos en las Resoluciones ENARGAS N° 1.410/2010, N° 3.833/2016 y N° 4.502/2017, que modificaban y complementaban los procedimientos de administración del despacho de gas natural dispuestos por la Resolución ENARGAS N° 716/1998.
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Con fecha 29 de junio de 2018 se publicó la Resolución ENARGAS N° 124/2018 que aprueba un texto ordenado que reemplaza la Resolución ENARGAS N° 716/1998 y deroga las Resoluciones ENARGAS N° 1410/2010, N° 3833/2016 y N° 4502/2017.
Sin perjuicio de ello, y en relación al período invernal 2018 y 2019, resultó aplicable la Resolución ENARGAS N° 59/2018 que aprobó el “Procedimiento Transitorio para la Administración del Despacho en el Comité Ejecutivo de Emergencia”. Mediante Resolución ENARGAS N° 656/2019 se dispuso la prórroga de la vigencia de la Resolución ENARGAS N° 59/2018 hasta el 30 de abril de 2020.
2.5 Otros temas regulatorios
2.5.1 Amparo – Medidas cautelares
Con fecha 6 de junio de 2018 el ENARGAS notificó a MetroGAS la medida cautelar dispuesta por el Dr. Alejo Ramos Padilla en el marco de la causa “Consumidores Argentinos Asociación para la Defensa, Educación e Información de los Consumidores c/PEN y otros s/Acción Declarativa de Inconstitucionalidad” en trámite por ante el Juzgado Federal de Dolores. La Sociedad no se encuentra demandada en la citada causa.
En los términos allí expuestos, (i) se dispone como medida cautelar que todas las prestatarias del servicio de gas del país se abstengan, a partir del 21 de mayo de 2018, de llevar adelante cualquier corte o suspensión del servicio de gas derivado de la falta de pago; y (ii) se autoriza a las empresas prestatarias del servicio de gas a que, previo a cualquier corte o suspensión del suministro de gas, lleven adelante los procedimientos administrativos necesarios tendientes a acreditar la situación de vulnerabilidad de los usuarios y a evitar cualquier eventual abuso del derecho, bajo apercibimiento, para el caso de que se efectúen cortes o suspensiones del suministro a los sectores vulnerables sin realizar dicho procedimiento o sin garantizar al usuario la posibilidad de ser escuchado y acreditar su situación, de imponer una multa de entre $1.000 a $100.000 (mil a cien mil pesos) por cada corte ilegítimo del servicio llevado a cabo, dejando aclarado que en caso de duda de si se está frente a un consumidor que encuadra dentro de una situación de vulnerabilidad, deberá abstenerse de llevar adelante el corte.
En fecha 27 de junio de 2019, la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal (Sala III), en oportunidad de resolver el recurso de apelación interpuesto por el MINEM contra la medida cautelar dispuesta, resolvió que “resulta inoficioso pronunciarse sobre el recurso de apelación interpuesto en autos, ya que carece de vigencia –a la fecha- la medida cautelar otorgada por resolución del 4 de junio de 2018”.
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2.5.2 Revisión de Instalaciones Internas - Modificaciones
Mediante Resolución ENARGAS N° 82/2019 se aprobó con fecha 20 de febrero de 2019, la norma NAG-226 (2019) “Procedimiento para la revisión técnica de las instalaciones internas domiciliarias de gas existentes” que instruye a las Distribuidoras para que, en el plazo de treinta (30) días corridos desde la aprobación de la norma, implementen y adecuen sus procedimientos operativos a la misma para la rehabilitación del servicio en aquellas instalaciones en las que se hubiese interrumpido el servicio por razones de seguridad.
Al respecto, MetroGAS requirió a la autoridad competente la adopción de ciertas medidas relativas a la NAG-226 por cuanto su aplicación implica una alteración de la razonable rentabilidad garantizada por el artículo N° 39 de la Ley N° 24.076 debido a mayores costos por la suma aproximada de $46.000.000 por cuanto la nueva normativa implica (i) nuevos ensayos de verificación de instalaciones que llevan a extender sensiblemente la duración de cada inspección y por ende una merma en la productividad medida en cantidad de inspecciones/operador, (ii) mayor cúmulo de información a ser registrada en nuevos formularios definidos con afectación de merma de productividad de inspecciones/inspector, y (iii) mayor cantidad de inspecciones producto del seguimiento de plazos de normalización de defectos secundarios o clausuras de artefactos sin que sean normalizados en tiempo y forma.
2.5.3 Reglamento de Servicio - Modificaciones
Con fecha 30 de abril de 2019 se publicó la Resolución ENARGAS N° 223/2019 que modifica ciertas previsiones del Reglamento de Servicio en relación al corte de servicio por falta de pago, rehabilitación y restitución del servicio y lectura de medidores, y dispone la obligación de facturación mensual para los usuarios residenciales con ciclo de lectura bimestral (Artículo N° 14 del Reglamento del Servicio de Distribución – Inciso I) a partir del 1º de junio de 2019. En relación a la facturación mensual, el Reglamento de Servicio aclara que “el Cargo fijo se facturará asignando a cada liquidación el 50% del valor que corresponda aplicar en función de los cuadros tarifarios vigentes para el período de consumo facturado”.
Con fecha 21 de mayo de 2019 y con fundamento en el impacto económico-financiero y operativo de las modificaciones efectuadas al Reglamento de Servicio, por mayores costos asociados, MetroGAS recurrió administrativamente la Resolución ENARGAS N° 223/2019.
El impacto de tal modificación no sólo deriva de los mayores costos que implica duplicar el volumen de trabajo registrado a la fecha (mayor procesamiento de datos, duplicidad de uso de papel, impresión y distribución, mayor afectación de recursos, etc.) sino también de la fecha de implementación establecida sin contemplar las adecuaciones necesarias que deben realizarse sobre los sistemas internos.
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La complejidad e imposibilidad técnica de modificar los sistemas de administración de clientes generan impactos en los usuarios tales como interrupciones en las secuencias de facturación, dificultades en la aplicación de pagos, mayor cantidad de reclamos, imposibilidad de re-facturar correctamente y problemas para la gestión de la morosidad.
Es importante señalar que estos cambios en la mecánica de facturación de consumos entraron en vigor ya comenzado el quinquenio objeto de la última RTI vigente, por lo tanto no fueron informados como gastos de operación y mantenimiento en ocasión de la misma.
2.5.4 Fideicomisos
A la fecha de emisión de estos estados financieros, MetroGAS debe facturar, cobrar y liquidar dos cargos específicos, con diversa afectación, lo cual hace la Sociedad por cuenta y orden de Nación Fideicomisos S.A. como fiduciaria de tres contratos de fideicomiso distintos.
El cargo específico I (regulado por el Decreto PEN N° 180/2004 y normas concordantes) y el cargo específico II (regulado por Ley N° 26.095 y normas concordantes) son soportados por todo el universo de usuarios del servicio de gas natural distinto del segmento residencial y están destinados al pago de obras de infraestructura para la ampliación del sistema de transporte de gas natural.
Es importante señalar que ninguno de estos dos cargos específicos facturados y cobrados por MetroGAS se incorpora al patrimonio de la Sociedad. Por el contrario, una vez percibidos, la Sociedad tiene la obligación de depositarlos en las cuentas fiduciarias oportunamente señaladas por el Fiduciario, agotándose la intervención de MetroGAS al respecto.
2.6 Obligaciones y restricciones emergentes de la privatización
2.6.1 Activos de disponibilidad restringida
Una porción sustancial de los activos transferidos por Gas del Estado (“GdE”) han sido definidos en la Licencia como "Activos Esenciales" para la prestación del correspondiente servicio concedido. Por esta razón, la Sociedad está obligada a identificar y conservar los Activos Esenciales, junto con cualquier mejora futura, de acuerdo con ciertas normas definidas en la Licencia.
La Sociedad no debe, por ninguna razón, disponer, gravar, alquilar, subalquilar o dar en préstamo los Activos Esenciales con otros propósitos que no sean los de la prestación del servicio concedido en la Licencia, sin la previa autorización del ENARGAS. Toda extensión o mejora que la Sociedad pueda realizar al sistema de gasoductos, puede ser gravada solamente con el fin de garantizar los créditos con vencimiento a más de un año, tomados para financiar dichas ampliaciones o mejoras.
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Al momento de la terminación de la Licencia, MetroGAS debe transferir al Estado Nacional o a un tercero que éste designe todos los Activos Esenciales establecidos en un inventario actualizado a dicha fecha, libres de cargas y gravámenes.
Como regla general, al producirse la expiración de la Licencia, la Sociedad tendrá derecho a cobrar el menor de los siguientes dos montos:
-
El valor de las Propiedades, planta y equipo de la Sociedad, determinado sobre la base del precio pagado por Gas Argentino S.A. (“Gas Argentino”), y el costo original de las subsecuentes inversiones llevadas en dólares estadounidenses y ajustadas por el PPI, neto de la depreciación acumulada.
-
El importe resultante de una nueva licitación, neto de gastos e impuestos pagados por el participante ganador.
2.6.2 Restricciones sobre distribución de ganancias
La Sociedad está obligada a mantener en vigencia la autorización de oferta pública de su capital social y la correspondiente autorización para cotizar en mercados de valores autorizados en la República Argentina, como mínimo durante el término de quince años contados a partir de los respectivos otorgamientos.
Cualquier reducción voluntaria, rescate o distribución del patrimonio neto de la Sociedad, con excepción del pago de dividendos, requerirá la autorización previa del ENARGAS.
De acuerdo a las disposiciones de la Ley N° 19.550, la Sociedad debe constituir una reserva no inferior al 5% del resultado positivo surgido de la sumatoria del resultado del ejercicio, los ajustes de ejercicios anteriores, las transferencias de otros resultados integrales a resultados acumulados y las pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores, hasta alcanzar el 20% del Capital Social más el saldo de la cuenta Ajuste de capital.
Con fecha 8 de febrero de 2018, MetroGAS instrumentó un préstamo no garantizado que contempla ciertas restricciones en el pago de dividendos. En los términos allí establecidos, durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 el importe a pagar en concepto de dividendos no podía superar el 10% del Resultado Neto de ese año, y el 60% en los años subsiguientes hasta el repago del préstamo (ver Nota 18.1 a los presentes estados financieros).
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3. BASES DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS INDIVIDUALES
Los presentes estados financieros han sido elaborados en cumplimiento de lo dispuesto en las Resoluciones Técnicas (“RT”) Nº 26 y 29 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (“FACPCE”), que adoptan las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”), emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, por sus siglas en inglés), y las interpretaciones emitidas por el Comité de Interpretaciones NIIF (“CINIIF”) para las entidades incluidas en el régimen de oferta pública de la Ley N° 26.831, ya sea por su capital o por sus obligaciones negociables, o que hayan solicitado autorización para estar incluidas en el citado régimen.
En abril de 2016, la FACPCE emitió la RT N° 43 admitiendo sólo la alternativa de aplicar el método de la participación para la medición de las inversiones en sociedades controladas en los estados financieros separados de una sociedad controlante según la Norma Internacional de Contabilidad (“NIC”) 27.
El 24 de enero de 2012, con el objetivo de evaluar la aplicabilidad y el impacto de la Interpretación N° 12 “Acuerdos de Concesión de Servicios” (CINIIF 12) para las sociedades registrantes que sean licenciatarias de los servicios públicos de transporte y distribución de gas natural, así como sus empresas controlantes, la CNV emitió la Resolución Nº 600, que postergó la adopción obligatoria de las NIIF para los ejercicios que comienzan el 1° de enero de 2013.
Posteriormente, el 20 de diciembre de 2012, la CNV emitió la Resolución Nº 613, que estableció que las empresas concesionarias de transporte y distribución de gas natural y sus empresas controlantes están fuera del alcance de la CINIIF 12. (ver Nota 5.6 a los presentes estados financieros).
En consecuencia, la aplicación de NIIF resultó obligatoria para la Sociedad a partir del ejercicio iniciado el 1° de enero de 2013, siendo la fecha de transición a las NIIF para la Sociedad, conforme a lo establecido en la NIIF 1 “Adopción por primera vez de las NIIF”, el 1° de enero de 2012.
De acuerdo con lo dispuesto por las normas contables aplicables antes de la adopción de las NIIF, la Sociedad reconoció los efectos de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda hasta el 31 de agosto de 1995. A partir de esa fecha y hasta el 31 de diciembre de 2001, se discontinuó la reexpresión de los estados contables, debido a la existencia de un período de estabilidad monetaria. Desde el 1° de enero de 2002 y hasta el 28 de febrero de 2003, se reconocieron los efectos de la inflación siguiendo el método de reexpresión establecido por la Resolución Técnica Nº 6 de la FACPCE. A partir del 1º de marzo de 2003, y en cumplimiento del Decreto Nº 664/03 del PEN, la Sociedad suspendió la reexpresión de sus estados financieros.
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En los últimos años, los niveles de inflación en Argentina han sido altos, habiendo acumulado una tasa de inflación en los tres años pasados que ha superado el 100%, sin expectativas de disminuir significativamente en el corto plazo. Asimismo, la presencia de los indicadores cualitativos de alta inflación, previstos en la NIC 29, mostraron evidencias coincidentes. Por lo expuesto, el 29 de septiembre de 2018, la FACPCE emitió la Resolución JG N° 539/18, aprobada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (“CPCECABA”) mediante la Resolución CD N° 107/18, indicando, entre otras cuestiones, que la Argentina debe ser considerada una economía inflacionaria en los términos de las normas contables profesionales a partir del 1° de julio de 2018, en consonancia con la visión de organismos internacionales.
La NIC 29 señala que, en un contexto de alta inflación, los estados financieros deben presentarse en una unidad de medida corriente; esto es, en moneda homogénea de cierre del período sobre el que se informa. No obstante, la Sociedad no podía presentar sus estados financieros reexpresados debido a que el Decreto N° 664/03 del PEN prohibía a los organismos oficiales (entre ellos, la CNV) recibir estados financieros ajustados por inflación.
A través de la Ley N° 27.468, publicada el 4 de diciembre del 2018 en el B.O., se derogó el Decreto N° 1.269/02 del PEN y sus modificatorios (incluido el Decreto N° 664 del PEN antes mencionado). Las disposiciones de la mencionada ley entraron en vigencia a partir del 28 de diciembre de 2018, fecha en la cual se publicó la Resolución General N° 777/18 de CNV, la cual estableció que los estados financieros anuales, por períodos intermedios y especiales que cierren a partir del 31 de diciembre de 2018 inclusive, deben presentarse ante ese organismo de control en moneda homogénea.
De acuerdo con la NIC 29, los importes de los estados financieros que no se encuentren expresados en moneda de cierre del período sobre el que se informa, deben reexpresarse aplicando un índice general de precios. A tal efecto, y tal como lo establece la Resolución JG N° 539 de la FACPCE, se han aplicado coeficientes calculados a partir de índices publicados por dicha Federación, resultantes de combinar Índices de precios al consumidor nacional (“IPC”) publicados por el INDEC a partir del 1° de enero de 2017 y, hacia atrás, IPIM elaborados por dicho Instituto o, en su ausencia, índices de precios al consumidor publicados por la Dirección General de Estadística y Censos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La variación del índice utilizado para la reexpresión de los presentes estados financieros ha sido del 53,83% en el ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2019 y del 47,65% en el ejercicio precedente.
De acuerdo a los lineamientos de la NIC 29, el ajuste se reanudará tomando como base la última fecha en que la Sociedad ajustó sus estados financieros para reflejar los efectos de la inflación. Para ello, en términos generales, se computará - en los saldos de activos y pasivos no monetarios - la inflación producida desde la fecha de adquisición o incorporación al patrimonio de la entidad, o bien desde la fecha de revaluación del activo, según corresponda.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
El reconocimiento de los efectos de la inflación sobre los estados financieros de la entidad ha implicado un aumento del saldo de Propiedades, planta y equipo, de Activos intangibles y de Propiedades de inversión, por la reexpresión a moneda de cierre de los valores de costo de adquisición de tales activos, hasta el límite de su valor recuperable; un aumento del Patrimonio neto, principalmente el Capital Social, que se ha ajustado desde las fechas de suscripción y los Resultados acumulados, el consecuente efecto sobre el Impuesto a las ganancias diferido, y una ganancia por la posición monetaria neta dada por el exceso de pasivos monetarios sobre activos monetarios expuestos a la inflación. Con relación a los resultados del período, además de la reexpresión de los ingresos, costos, gastos y demás partidas, se incluyó el resultado por la posición monetaria neta en una línea por separado bajo la denominación de “Resultado por exposición al cambio en el poder adquisitivo de la moneda” (“RECPAM”) dentro de los Ingresos financieros y Costos financieros.
Con fines comparativos, los presentes estados financieros incluyen cifras y otra información correspondientes al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre 2018, que son parte integrante de los estados financieros mencionados precedentemente y se las presenta con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y otra información del ejercicio económico actual. Dichas cifras han sido reexpresadas en moneda de cierre del presente ejercicio económico, a fin de permitir su comparabilidad y sin que tal reexpresión modifique las decisiones tomadas con base en la información contable correspondiente al ejercicio anterior.
Los presentes estados financieros individuales se presentan en miles de pesos argentinos, excepto menciones específicas.
Los presentes estados financieros individuales han sido aprobados por el Directorio para su emisión el 2 de marzo de 2020.
4. POLÍTICAS CONTABLES
Las políticas contables adoptadas para estos estados financieros se exponen a continuación y se basan en aquellas NIIF emitidas por el IASB que están vigentes al 31 de diciembre de 2019.
4.1 Bases de preparación
4.1.1 Clasificación en corriente y no corriente
La presentación en el estado de situación financiera distingue entre activos y pasivos, corrientes y no corrientes. Los activos y pasivos corrientes son aquellos que se espera recuperar o cancelar dentro de los doce meses siguientes al cierre del ejercicio sobre el que se informa.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
Los activos y pasivos por impuestos corriente y diferido se presentan separados entre sí y de los otros activos y pasivos.
La Sociedad compensa los activos por impuestos y los pasivos por impuestos a las ganancias si, y sólo si, la entidad:
-
a) tiene el derecho, exigible legalmente, de compensar los importes reconocidos; y
-
b) tiene la intención de liquidar por el importe neto o de realizar el activo y liquidar el pasivo simultáneamente.
Los activos o pasivos por impuestos diferidos son clasificados como activos (pasivos) no corrientes.
4.1.2 Moneda de presentación
Los estados financieros individuales se presentan en miles de pesos argentinos. A menos que se establezca lo contrario, o que el contexto lo exija de otro modo, las referencias a “montos en pesos” o “$”, son a pesos argentinos; las referencias a “U$S” o “dólares US” son a dólares estadounidenses.
4.1.3 Criterios contables
Los estados financieros han sido preparados sobre la base del costo histórico, el cual ha sido reexpresado en moneda de cierre en el caso de las partidas no monetarias, excepto por la valuación de los activos esenciales dentro del rubro Propiedades, planta y equipo a valor razonable con cambios en Otros Resultados Integrales y los instrumentos financieros, que son medidos a valor razonable con cambio a resultados al cierre de cada ejercicio, de acuerdo a lo mencionado en la Nota 7.
4.1.4 Flujos de efectivo
La Sociedad presenta los flujos de efectivo provenientes de actividades operativas utilizando el método indirecto. Los intereses pagados relacionados con deudas financieras y comerciales se presentan dentro de las actividades de financiación.
4.1.5
Uso de estimaciones
La preparación de estados financieros a una fecha determinada requiere que la Sociedad realice estimaciones y evaluaciones que afectan el monto de los activos y pasivos registrados y los activos y pasivos contingentes revelados a dicha fecha, como así también los ingresos y egresos registrados en el ejercicio. Los resultados reales futuros pueden diferir de las estimaciones y
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evaluaciones realizadas a la fecha de preparación de los presentes estados financieros. Las principales áreas que presentan mayor complejidad, las cuales requieren la aplicación de juicio profesional o cuyas asunciones y estimaciones son significativas, se describen en la Nota 5.
4.2 Nuevos estándares emitidos y estándares revisados
4.2.1 Modificaciones a las NIIF vigentes de manera obligatoria en el presente año
En el presente año, la Sociedad implementó una serie de NIIF nuevas y modificadas, emitidas por el IASB, y adoptadas por la FACPCE, las cuales son obligatorias y entraron en vigencia a partir de los ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2019.
NIIF 16 - Arrendamientos
El modelo introducido por esta norma se basa en la definición de arrendamiento, la cual se relaciona principalmente con el concepto de control. NIIF 16 distingue entre contratos de arrendamiento y contratos de servicios sobre la base de si un activo identificado se encuentra bajo el control del cliente, el cual existe en tanto el cliente tenga el derecho a: i) obtener sustancialmente todos los beneficios económicos del uso del activo; y ii) a dirigir el uso del mismo. La definición de arrendamiento de NIIF 16, no generó un cambio significativo en el alcance de los contratos de la Sociedad, ya considerados como arrendamiento bajo NIC 17 y CINIIF 4.
La Sociedad reconoció activos por derecho de uso y pasivos por arrendamientos de 12.538 (cuyo monto reexpresado al 31 de diciembre de 2019 asciende a 19.287) el 1° de enero de 2019 en el estado de situación financiera, medidos al valor presente de los pagos futuros.
La aplicación de la presente norma no tuvo efecto sobre los resultados acumulados dado que la Sociedad aplicó el modelo simplificado sin reexpresión de las cifras comparativas, reconociendo un activo por derecho de uso equivalente al pasivo por arrendamiento en la fecha inicial de transición (1° de enero de 2019). No se detectaron ajustes a realizar por deterioro proveniente de provisiones de contratos onerosos relacionados a estos activos por derecho de uso.
La Sociedad aplicó a los pasivos por arrendamiento, reconocidos en el estado de situación financiera, como tasa de descuento, la tasa incremental por préstamos del arrendatario de la fecha de implementación.
No se realizaron ajustes de transición para arrendamientos en los que la Sociedad actuó como arrendador por no tener activos significativos arrendados a terceros.
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Las políticas contables relacionadas con los arrendamientos de la Sociedad se describen detalladamente en la Nota 4.24 a los presentes estados financieros.
CINIIF 23 - Incertidumbre sobre los tratamientos del impuesto a las ganancias
La Interpretación emitida en junio de 2017, aclara cómo aplicar los requerimientos de reconocimiento y medición de la NIC 12 cuando existe incertidumbre frente a los tratamientos del impuesto a las ganancias.
Para ello, la entidad debe evaluar si la autoridad fiscal aceptará un tratamiento impositivo incierto usado, o propuesto a ser usado, o que esté previsto usar en su declaración de impuesto a las ganancias.
Si una entidad concluye que es probable que la autoridad fiscal acepte un tratamiento impositivo incierto, la entidad determinará la posición fiscal congruentemente con el tratamiento impositivo usado o que esté previsto usar en su declaración de impuesto a las ganancias. Si una entidad concluye que no es probable dicha aceptación, la entidad reflejará el efecto de la incertidumbre al determinar el resultado fiscal, las bases fiscales, pérdidas fiscales no utilizadas, créditos fiscales no utilizados y tasas fiscales. Una entidad reflejará el efecto de la incertidumbre para cada tratamiento impositivo incierto por el uso de uno de los siguientes métodos, dependiendo de qué método la entidad espera que prediga mejor la resolución de la incertidumbre:
-
El importe más probable — el único importe más probable en un rango de posibles resultados. El importe más probable puede predecir mejor la resolución de la incertidumbre si los posibles resultados son duales o se concentran en un valor.
-
El valor esperado — la suma de los importes ponderados por su probabilidad en un rango de resultados posibles. El valor esperado puede predecir mejor la resolución de la incertidumbre si existe un rango de resultados posibles que no son duales ni están concentrados en un valor.
La adopción de las modificaciones mencionadas no ha tenido efecto en los estados financieros individuales de la Sociedad.
Mejoras anuales a las NIIF (Ciclo 2015 – 2017)
En diciembre de 2017, el IASB emitió el ciclo de mejoras anuales 2015-2017 que resultan aplicables para los ejercicios iniciados en o a partir del 1° de enero de 2019, permitiendo su aplicación anticipada.
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A continuación, se resumen las principales normas modificadas y objeto de las mismas:
| Objeto de la | ||
|---|---|---|
| Norma | modificación | Detalle |
| NIIF 3 “Combinaciones | Participaciones | La modificación a la NIIF 3 establece que al obtener el |
| de negocios” y NIIF 11 | anteriormente mantenidas | control de un negocio que era una operación conjunta, la |
| “Acuerdos conjuntos” | en una operación | adquirente aplicará los requerimientos para una combinación |
| conjunta | de negocios realizada por etapas, incluyendo la nueva | |
| medición de su participación anteriormente mantenida en la | ||
| operación conjunta al valor razonable en la fecha de | ||
| adquisición. Por su parte, la modificación a la NIIF 11 | ||
| establece que al obtener el control conjunto de un negocio | ||
| que era una operación conjunta, no mide nuevamente sus | ||
| participaciones mantenidas anteriormente. | ||
| NIC 12 “Impuesto a las | Exposición del efecto de | La modificación aclara que la entidad reconocerá las |
| Ganancias” | los dividendos en el | consecuencias de los dividendos en el impuesto a las |
| Impuesto a las ganancias | ganancias donde haya reconocido las transacciones o sucesos | |
| que generaron esas ganancias distribuibles. | ||
| NIC 23 “Costos por | Capitalización de | La modificación de la norma aclara que, para la |
| préstamos” | préstamos genérica | capitalización de costos provenientes de préstamos genéricos, |
| necesariamente debe considerar todos los préstamos | ||
| pendientes al determinar la tasa de capitalización, excepto los | ||
| tomados específicamente para financiar un activo apto que | ||
| todavía no está listo para su uso previsto o venta. Es decir, si | ||
| cualquier préstamo específico permanece pendiente de pago | ||
| después de que el activo apto relacionado esté listo para su | ||
| uso previsto o para la venta, dicho préstamo pasa a ser parte | ||
| de los fondos que la entidad tomó como préstamos genéricos. |
La adopción de las modificaciones mencionadas no ha tenido efecto en los estados financieros individuales de la Sociedad.
Modificaciones a NIIF 9 - Características de prepago con compensación negativa
En octubre de 2017, se introdujo una modificación relacionada a la cancelación anticipada con compensación negativa, por los cuales el prestamista (es decir, el tenedor) podría verse forzado a aceptar el pago, por la cancelación anticipada, de un importe que fuera sustancialmente menor que los importes sin pagar del principal e intereses. En estos casos la modificación propone que los activos financieros con estas características sean medidos a costo amortizado o a valor razonable con cambios en otro resultado integral.
La adopción de las modificaciones mencionadas no ha tenido efecto en los estados financieros individuales de la Sociedad.
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Modificaciones a la NIC 28 - Participaciones de largo plazo en asociadas y negocios conjuntos
En octubre de 2017, el IASB emitió modificaciones a la NIC 28 que resultan aplicables para los ejercicios iniciados en o a partir del 1° de enero de 2019, permitiendo su aplicación anticipada.
La modificación define que las participaciones de largo plazo en asociadas y negocios conjuntos, que no se contabilizan utilizando el método de la participación, se contabilizarán de acuerdo con la NIIF 9.
La adopción de las modificaciones mencionadas no ha tenido efecto en los estados financieros individuales de la Sociedad.
Modificaciones a la NIC 19 - Modificación, reducción o liquidación del plan de beneficios a empleados
En febrero de 2018, el IASB emitió modificaciones a la orientación contenida en la presente norma, en relación con la contabilización de las modificaciones, reducciones y liquidaciones de un plan.
Una entidad determinará el costo de los servicios del período presente y el interés neto por el resto del período anual, usando suposiciones actuariales determinadas al comienzo del periodo anual sobre el que se informa. Sin embargo, si una entidad mide nuevamente el pasivo (activo) por beneficios definidos netos, determinará el costo actual del servicio y el interés neto para el resto del periodo anual, empleando suposiciones actuariales actualizadas al momento posterior del cambio en el plan.
Otra modificación consiste en reconocer en los resultados cualquier reducción en un superávit, incluso si ese superávit no fuera previamente reconocido debido al impacto del límite de los activos.
La adopción de las modificaciones mencionadas no ha tenido efecto en los estados financieros individuales de la Sociedad.
4.2.2 NIIF nuevas y revisadas emitidas no adoptadas a la fecha
Las NIIF que se detallan a continuación se encuentran emitidas por el IASB y aprobadas por la FACPCE, pero su aplicación no es exigida, admitiéndose su aplicación anticipada, dadas las fechas de vigencia abajo indicadas.
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Marco Conceptual de las NIIF
En marzo de 2018, el IASB emitió el Marco Conceptual revisado que resulta aplicable para períodos anuales que comiencen a partir del 1° de enero de 2020. Este proceso de revisión no implicó un cambio sustancial al conjunto de definiciones, conceptos y lineamientos utilizados como base para la preparación de información financiera por lo que no se anticipan efectos sobre los estados financieros de la Sociedad.
La Sociedad no anticipa que la aplicación de las modificaciones mencionadas tendrá un impacto significativo en los estados financieros de la Sociedad.
Modificaciones a NIC 1 e NIC 8 - Definición de materialidad
En octubre de 2018, el IASB emitió modificaciones que resultan aplicables para los ejercicios iniciados en o a partir del 1° de enero de 2020, permitiendo su aplicación anticipada.
Las modificaciones emitidas a las definiciones de “material” o “con importancia relativa”, persiguen el objetivo de unificar la definición de dichos conceptos, a las definiciones del Marco Conceptual también modificado en 2018.
La Sociedad no anticipa que la aplicación de las modificaciones mencionadas tendrá un impacto significativo en los estados financieros de la Sociedad.
Modificaciones a NIIF 3 - Definición de un negocio
En octubre de 2018, el IASB emitió modificaciones que aclaran la definición de negocio, con el objetivo de ayudar a las entidades a determinar si una transacción debe contabilizarse como una combinación de negocios o como la adquisición de un activo. Las mismas resultan aplicables para las transacciones cuya fecha de adquisición sea a partir del comienzo del primer periodo anual sobre el que se informa que se inicie a partir del 1° de enero de 2020, permitiéndose la aplicación anticipada. Las modificaciones:
-
aclaran que, para ser considerado un negocio, un conjunto adquirido de actividades y activos debe incluir, como mínimo, un insumo y un proceso sustantivo que juntos contribuyen de forma significativa a la capacidad de elaborar productos;
-
eliminan la evaluación de si los participantes del mercado pueden sustituir los procesos o insumos que faltan y continuar con la producción de productos;
-
añaden guías y ejemplos ilustrativos para ayudar a las entidades a evaluar si se ha adquirido un proceso sustancial;
-
restringen las definiciones de un negocio o de productos centrándose en bienes y servicios proporcionados a los clientes y eliminan la referencia a la capacidad de reducir costos; y
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- añaden una prueba de concentración opcional que permite una evaluación simplificada de si un conjunto de actividades y negocios adquiridos no es un negocio.
La Sociedad no anticipa que la aplicación de las modificaciones mencionadas tendrá un impacto significativo en los estados financieros de la Sociedad.
Modificaciones a las NIIF 9, NIC 39 y NIIF 7 - Reforma de la Tasa de Interés de Referencia
En septiembre de 2019, el IASB emitió modificaciones que resultan aplicables para los ejercicios iniciados en o a partir del 1° de enero de 2020, permitiendo su aplicación anticipada.
Tras la incertidumbre que genera la “Reforma de las tasas de interés de referencia”, por la cual se sugiere reemplazar las tasas de oferta interbancarias, por tasas de referencias alternativas libre de riesgo, el IASB consideró las implicancias que puede tener sobre los requerimientos específicos de la contabilidad de coberturas de la NIIF 9 y de la NIC 39 que requieren del análisis proyectado a futuro.
De este modo, las enmiendas modifican estos requerimientos al aplicar contabilidad de coberturas, de modo que las entidades los apliquen suponiendo que el índice de referencia de tasa de interés no se altera como resultado de la reforma mencionada sobre las tasas de interés.
La Sociedad no anticipa que la aplicación de las modificaciones mencionadas tendrá un impacto significativo en los estados financieros de la Sociedad.
Modificaciones a la NIC 1 para aclarar la clasificación de pasivos
Las modificaciones en la clasificación de pasivos como corrientes o no corrientes (modificaciones a la NIC 1) afectan solo la presentación de pasivos en el estado de situación financiera, no el monto o el momento del reconocimiento de cualquier activo, ingreso o gasto de pasivo, o la información que las entidades revelan sobre esos conceptos. Las modificaciones:
-
aclaran que la clasificación de los pasivos como corrientes o no corrientes debe basarse en los derechos existentes al final del período sobre el que se informa y alinear la redacción en todos los párrafos afectados para referirse al "derecho" a diferir la liquidación en al menos doce meses y hacer explícito que solo los derechos vigentes "al final del período de informe" deberían afectar la clasificación de un pasivo;
-
aclaran que la clasificación no se ve afectada por las expectativas sobre si una entidad ejercerá su derecho a diferir la liquidación de un pasivo; y
-
dejan claro que la liquidación se refiere a la transferencia a la contraparte de efectivo, instrumentos de patrimonio, otros activos o servicios.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
Las modificaciones son efectivas para los períodos anuales de presentación de informes que comiencen a partir del 1 de enero de 2022 y se aplicarán de forma retroactiva. Se permite su aplicación anticipada.
La Sociedad no anticipa que la aplicación de las modificaciones mencionadas tendrá un impacto significativo en los estados financieros de la Sociedad.
NIIF 17 - Contratos de seguros
La NIIF 17 emitida en mayo de 2017 resulta aplicable para los ejercicios iniciados en o a partir del 1° de enero de 2021, permitiendo su aplicación anticipada y reemplaza a la NIIF 4.
La Sociedad no anticipa que la aplicación de las modificaciones mencionadas tendrá un impacto significativo en los estados financieros de la Sociedad.
Modificaciones a las NIIF 10 y NIC 28 - Venta o Aportación de Activos entre un Inversor y su Asociada o Negocio Conjunto
En septiembre de 2014, el IASB modificó la NIIF 10 y la NIC 28 para clarificar que, en transacciones que involucren una controlada, la extensión de la ganancia o pérdida a reconocer en los estados financieros depende de si la controlada vendida o contribuida constituye un negocio de acuerdo con la NIIF 3.
El 10 de agosto de 2015, el IASB emitió una propuesta para posponer la fecha efectiva de estas modificaciones indefinidamente dependiendo del resultado de su proyecto de investigación sobre la contabilización por el método de la participación, la cual resultó aprobada el 17 de diciembre de 2015.
La Sociedad no anticipa que la aplicación de las modificaciones mencionadas tendrá un impacto significativo en los estados financieros de la Sociedad.
4.3 Información por segmentos
La información por segmentos se presenta de manera consistente con la información interna brindada al Comité de Dirección, quien es la máxima autoridad relacionada con la toma de decisiones (traducción al español de Chief Operating Decision Maker o CODM por su sigla en inglés). El CODM es el responsable de asignar recursos y establecer el rendimiento de los segmentos de operaciones de la entidad y ha sido identificado como el órgano que ejecuta las decisiones estratégicas de la Sociedad.
La Sociedad analiza los Segmentos de operación a nivel consolidado, por lo tanto expone información sobre los mismos en la Nota 9 de sus estados financieros consolidados.
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4.4 Conversión de moneda extranjera
4.4.1 Moneda funcional y de presentación
Las partidas que se incluyen en los estados financieros de la Sociedad se miden utilizando la moneda del entorno económico principal en el que opera la entidad (“la moneda funcional”), que es el peso argentino, sobre la base de los parámetros establecidos en la NIC 21. Los estados financieros individuales se presentan en miles de pesos argentinos, que es la moneda de presentación de la Sociedad.
4.4.2 Operaciones y saldos en moneda extranjera
Las operaciones en moneda extranjera se convierten a la moneda funcional aplicando los tipos de cambio vigentes a las fechas de las transacciones. Las ganancias y pérdidas por diferencia de cambio derivadas de cada transacción y por la conversión de los activos y pasivos monetarios denominados en moneda extranjera al cierre del ejercicio, se reconocen en el resultado del ejercicio.
4.5 Reconocimiento de ingresos
Los ingresos se calculan al valor razonable de la contraprestación cobrada o por cobrar, teniendo en cuenta el importe estimado de cualquier descuento, bonificación o rebaja comercial que la Sociedad pueda otorgar.
La Sociedad reconoce los ingresos por ventas cuando los importes relacionados pueden ser estimados confiablemente, cuando es probable que beneficios económicos futuros fluyan a la entidad y cuando los criterios específicos para cada una de las actividades se han cumplido. La Gerencia basa sus estimaciones en la experiencia histórica, tomando en consideración el tipo de cliente, el tipo de transacción y las características específicas de cada acuerdo.
La Sociedad reconoce los ingresos por ventas sobre la base de las entregas de gas y su transporte y distribución a los clientes, incluyendo los montos estimados de gas entregado pero aún no facturados al cierre de cada ejercicio. El reconocimiento contable de los ingresos por distribución y transporte de gas se produce en el momento de la prestación del servicio.
Los montos efectivamente entregados han sido determinados de acuerdo con los volúmenes de gas comprados y otros datos. Las ventas no facturadas al cierre del ejercicio se reconocen en base a estimaciones realizadas por la Gerencia.
Los ingresos por intereses se reconocen sobre la base de la proporción de tiempo transcurrido, utilizando el método de la tasa efectiva. Cuando el valor de una cuenta por cobrar se deteriora, la
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Sociedad reduce su valor en libros a su monto recuperable, que es el flujo de efectivo futuro estimado descontado a la tasa de interés efectiva original del instrumento y continúa revirtiendo el descuento como ingreso por intereses. El ingreso por intereses de préstamos o colocaciones provisionadas se reconoce usando la tasa efectiva original del instrumento.
4.5.1 Reconocimiento de ingresos por Resolución MINEM N° 508-E/2017
La Resolución MINEM N° 508-E/2017, aplicable a partir de enero de 2018, encuadra dentro del alcance de la NIC 20 “Subvenciones del gobierno” (ver Nota 2.3.2 a los presentes estados financieros).
El reconocimiento de estos ingresos es efectuado en base a los montos efectivamente facturados al cierre de cada período considerando la existencia de seguridad razonable respecto a su cobro.
Este concepto ha sido expuesto en la línea “Resolución MINEM N° 508-E/2017” dentro del rubro “Ingresos Ordinarios” (ver Nota 25 a los presentes estados financieros).
La diferencia entre los ingresos reconocidos y los anticipos recibidos por el MINEM se exponen en el rubro Otros créditos.
4.5.2 Reconocimiento de ingresos por Diferencias Diarias
El Decreto N° 1.053/2018 encuadra dentro del alcance de la NIC 20 “Subvenciones del gobierno” (ver Nota 2.3.3 a los presentes estados financieros).
El mismo establece que el Estado Nacional asume, con carácter excepcional, el pago de las DDA mensualmente entre el valor del gas comprado por las prestadoras del servicio de distribución de gas natural por redes y el valor del gas natural incluido en los cuadros tarifarios vigentes entre el 1° de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2019, generadas exclusivamente por variaciones del tipo de cambio y correspondientes a volúmenes de gas natural entregados en ese mismo período, todo ello de acuerdo con el procedimiento que disponga el ENARGAS.
El pago de las DDA se transferirá a cada distribuidora en treinta (30) cuotas mensuales y consecutivas a partir del 1° de octubre de 2019. Una vez percibida cada cuota, las distribuidoras deberán realizar de manera inmediata los pagos correspondientes a los proveedores de gas natural involucrados y los informarán y acreditarán mensualmente ante el ENARGAS. Durante el mes de diciembre de 2019 se realizó el pago de la primer cuota.
El ingreso por DDA se registró como un menor costo en la línea “Suministro de gas” dentro de los Costos de operación del Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral, y los montos pendientes de pago a los productores de gas se exponen en el rubro Cuentas por pagar.
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4.6 Inversiones en otras sociedades
La participación en la subsidiaria MetroENERGÍA es contabilizada según el método del valor patrimonial proporcional a partir de los estados financieros de dicha sociedad reexpresados en moneda de cierre, de acuerdo a lo previsto en la RT N° 26 y lo establecido en la NIC N° 27 “Estados financieros individuales”.
Las ganancias no trascendidas de operaciones entre la Sociedad y esta compañía, en caso de que sean significativas, se eliminan por el porcentaje de la participación en dicha sociedad. Las pérdidas no realizadas también se eliminan, a no ser que la transacción provea evidencia de indicadores de desvalorización de los activos transferidos.
4.7 Propiedades, planta y equipo
A la fecha de transición de implementación de las Normas Internacionales de Información (“NIIF”), 1° de enero del 2012, la Sociedad había optado por considerar como costo atribuido de las Propiedades, planta y equipo, que incluyen los Activos esenciales para la prestación del servicio y otros bienes, el costo de los mismos reexpresados en moneda constante hasta el 1 de marzo de 2003 de acuerdo a las normas contables previas y normas de la CNV.
A los efectos de la determinación del costo, para los bienes recibidos en el momento de otorgarse la Licencia, se había tomado el valor global de transferencia definido en el Contrato de Transferencia, que surgía como contrapartida de los aportes efectuados y el pasivo transferido. Sobre la base de un trabajo especial efectuado por peritos independientes en el año 1993, luego se realizó la asignación del valor de origen global entre las distintas categorías de bienes que lo integraban, asignándole como vida útil los años de servicio restantes estimados en función de cada tipo de bien, estado de conservación y planes de renovación y mantenimiento.
Los bienes incorporados al patrimonio con posterioridad al momento de otorgarse la Licencia fueron valuados a su costo de adquisición reexpresado como se detalla en el primer párrafo, excepto en el caso de las redes de distribución construidas por terceros que se valúan conforme lo establecido por la CINIIF 18 al valor razonable de la contraprestación recibida. Dicho valor es determinado en función a los montos equivalentes a determinados metros cúbicos de gas determinados por el ENARGAS a compensar a dichos terceros.
Con fecha efectiva 1° de abril de 2017, MetroGAS decidió utilizar, dentro de los dos modelos previstos en las NIIF, el modelo de la revaluación para la valuación de sus Activos esenciales dentro del rubro Propiedades, planta y equipo, los que incluyen: Ramales de alta presión, Conductos y redes en media y baja presión, Estaciones de regulación y/o medición de presión, Instalaciones de medición de consumos y Redes cedidas por terceros. El cambio de criterio de valuación del modelo de costo al de revaluación se aplica en forma prospectiva de acuerdo con la NIC 8.
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Este cambio de política contable permite valuar los Activos esenciales a valores que se aproximen a su valor razonable y de esta forma brindar información más relevante en el estado de situación financiera. Tal como se explica en la Nota 2, en marzo de 2017 se culminó el proceso de la RTI y de adecuación de la licencia de distribución, que estableció un régimen tarifario de transición a partir del 1° de abril de 2017, un sistema de ajuste semestral, el proceso de revisión tarifaria quinquenal y el plan de inversiones obligatorias quinquenales y adicionales.
4.7.1. Activos esenciales
Tal como se menciona en el punto anterior, con fecha efectiva 1° de abril de 2017 los Activos esenciales se miden por el “modelo de revaluación” establecido en la NIC 16 – Propiedades, planta y equipo-, menos la depreciación acumulada y las pérdidas por deterioro subsecuentes.
De acuerdo a lo requerido por las normas vigentes de la CNV en los casos de valuación de Propiedades, planta y equipo a valores razonables, la Sociedad encomienda dicha valuación a peritos expertos independientes, que actúan como asesores del Directorio de la Sociedad; quién asume la responsabilidad final de la medición. El Directorio de la Sociedad en su reunión de fecha 30 de junio de 2017 aprobó la valuación de los Activos esenciales por el método de la revaluación con fecha efectiva 1° de abril de 2017.
Las revaluaciones se hacen con la frecuencia necesaria de tal forma que el valor registrado contablemente no difiera significativamente del valor razonable de los Activos esenciales a la fecha de cada medición. La depreciación acumulada a la fecha de cada revaluación se netea contra el valor de origen de los Activos esenciales revaluados.
El valor razonable es el precio que se obtendría por vender un activo en una transacción ordenada entre participantes del mercado a la fecha de la medición en condiciones presentes del mercado.
Para medir el valor razonable de los Activos esenciales se utiliza como técnica de valoración el “enfoque del ingreso” establecido en la NIIF 13 – Medición del valor razonable. La Sociedad utiliza un modelo de flujo de fondos descontados elaborados en base a estimaciones respecto del comportamiento futuro de ciertas variables que resultan sensibles en la determinación del valor razonable: (i) tarifas de distribución de gas y costos de gas y transporte (ii) inversiones obligatorias y adicionales (iii) costos de distribución de gas; (iv) tasa de descuento ponderada y (v) variables macroeconómicas como demanda estimada, tasa de inflación, tasa de devaluación, entre otras.
Los flujos de fondos descontados utilizados cubren los años restantes hasta el vencimiento del plazo original de 35 años de la Licencia de Distribución de Gas y el período de renovación de 10 años que puede solicitar la licenciataria, finalizando de esta forma el 28 de diciembre de 2037. Adicionalmente la Sociedad ha incorporado a los flujos de fondos descontados un monto adicional previsto en la Licencia al momento de expiración de la misma, donde la Sociedad tendrá derecho a
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cobrar el menor entre el valor residual de los Activos esenciales y el importe resultante de una nueva licitación, neto de gastos e impuestos pagados por el participante ganador, monto que la Sociedad ha asimilado a una renta perpetua a dicha fecha.
La medición de los Activos esenciales a valor razonable es clasificada de acuerdo al Nivel 3 establecido en la NIIF 7, ya que debido a la naturaleza particular de estos bienes, no existen valores comparables de mercado.
El incremento del importe en libros de un activo como consecuencia de una revaluación se reconoce en la cuenta Revaluación de Propiedades, planta y equipo en el rubro Otros Resultados Integrales Acumulados (“ORIA”) del Patrimonio Neto, neto del impuesto diferido correspondiente. Cuando se reduzca el importe en libros de un activo como consecuencia de una revaluación, tal disminución se reconocerá en el resultado del período en la medida que exceda el saldo de la cuenta Otros Resultados Integrales Acumulados.
La depreciación, basada en un criterio de componentes, se calcula utilizando el método de la línea recta en función de la vida útil estimada restante al momento de la revaluación:
| Conductos y redes en media y baja presión Ramales de alta presión Estaciones de regulación y medición de presión Instalaciones de medición de consumos |
Años de vida útil estimada restante |
|---|---|
| 27-32 24 8 8 |
El cargo por depreciación de cada período se reconoce en el resultado del período, salvo que se haya incluido en el importe en libros de otros activos.
La cuenta Revaluación de Propiedades, planta y equipo incluida en rubro Otros Resultados Integrales del Patrimonio Neto disminuye por el consumo, retiro y disposición de los Activos Esenciales, con contrapartida en la cuenta de Resultados no Asignados del Patrimonio Neto, sin afectar el Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral del período o ejercicio.
Si la Sociedad hubiera medido los Activos esenciales de acuerdo con el método anterior de costo reexpresado al 31 de diciembre de 2019 el valor residual de dichos activos al cierre del ejercicio hubiese sido el siguiente:
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
| a en forma expresa) | |
|---|---|
| Activos esenciales | Valor residual 31 de diciembre de 2019 |
| Conductos y redes en media y baja presión | 16.351.843 |
| Ramales de alta presión | 1.657.067 |
| Estaciones de regulación y medición de presión | 205.025 |
| Instalaciones de medición de consumos | 1.867.132 |
| Redes cedidas por terceros | 686.219 |
| Total | 20.767.286 |
4.7.2 Otros activos no esenciales
Los bienes comprendidos en el rubro Propiedades, planta y equipo, que no son activos esenciales son: Terrenos, Edificios y construcciones civiles, Otras instalaciones técnicas, Máquinas, equipos y herramientas, Servicios informáticos y de telecomunicaciones, Vehículos, Muebles y útiles, Materiales, Gas en cañerías y Obras en curso.
Estos bienes son valuados a costo reexpresado en moneda de cierre de acuerdo a lo mencionado en la Nota 3, menos la depreciación acumulada y el importe por deterioro acumulado.
La depreciación, basada en un criterio de componentes, se calcula utilizando el método de la línea recta durante la vida útil estimada de los activos, como se detalla a continuación:
| Otras instalaciones técnicas Sistemas informáticos y de telecomunicaciones Edificios y construcciones civiles Máquinas, equipos y herramientas Vehículos Muebles y útiles |
Años de vida útil estimada |
|---|---|
| 15 5 50 5-15 5-10 10 |
Los terrenos no son depreciados. Los valores residuales y las vidas útiles de los activos se revisan, y ajustan en caso de corresponder, como mínimo al cierre de cada ejercicio.
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4.7.3. Criterios de valuación comunes a Activos esenciales y no esenciales
Los costos posteriores (mantenimientos mayores y costos de reconstrucción) son incluidos en el valor de los activos o reconocidos como un activo separado según el caso, solamente cuando es probable que los beneficios futuros asociados con los bienes fluyan a la Sociedad, siendo posible, a su vez, que los costos del bien puedan ser medidos confiablemente y la inversión mejore la condición del activo más allá de su estado original. Los gastos restantes por reparaciones y mantenimiento se reconocen en el resultado del período o ejercicio en que se incurren.
Las obras en curso son valuadas en función del grado de avance. Las obras en curso se registran al costo reexpresado en moneda de cierre de acuerdo a lo mencionado en la Nota 3, menos cualquier pérdida por deterioro, en caso de corresponder. El costo incluye gastos atribuibles a la construcción, incluyendo costos por préstamos capitalizados conforme a las NIIF, cuando los mismos forman parte del costo incurrido para el propósito de adquisición, construcción o producción de Propiedades, planta y equipo que necesariamente toma un período de tiempo considerable hasta que se encuentre en condiciones de uso. La capitalización de los costos financieros cesa cuando el activo se encuentra sustancialmente terminado o suspendido, en el caso de que el desarrollo del mismo se encuentre en este último estado. La Sociedad activa los costos atribuibles a las actividades realizadas de planificación, ejecución y control de las inversiones en Propiedades, planta y equipo. La depreciación de estos activos se inicia cuando los mismos están en condiciones económicas de uso.
Los resultados por ventas de Propiedades, planta y equipo son contabilizados cuando los riesgos y beneficios significativos han sido transferidos al comprador. Los resultados por ventas se determinan comparando los importes cobrados, neto de gastos directos de venta, con el valor contable del bien, y son reconocidos dentro de otros ingresos y egresos en el Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro resultado integral. En el caso de los Activos esenciales, adicionalmente se reversa la Reserva por revaluación de Propiedades, planta y equipo incluida en Otros resultados integrales del Patrimonio Neto con contrapartida en los Resultados no asignados.
La Sociedad analiza la recuperabilidad de sus activos de largo plazo anualmente o cuando existen eventos o cambios en las circunstancias que impliquen un potencial indicio de desvalorización del valor de los bienes con respecto a su valor recuperable, medido éste como el mayor entre el valor de uso y el valor razonable menos los costos de venta.
El valor de uso es determinado sobre la base de flujos de fondos proyectados y descontados empleando tasas de descuento que reflejen el valor tiempo del dinero y los riesgos específicos de los activos considerados.
Los flujos de fondos son elaborados en base a estimaciones respecto del comportamiento futuro de ciertas variables que resultan sensibles en la determinación del valor recuperable, entre las que se destacan: (i) naturaleza, oportunidad y modalidad de los incrementos de tarifas y reconocimiento
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de ajustes de costos; (ii) proyecciones de demanda de gas; (iii) evolución de los costos a incurrir, y; (iv) variables macroeconómicas como ser tasas de crecimiento, tasas de inflación, tipo de cambio, entre otras.
Cuando el importe en libros de un activo es superior a su importe recuperable estimado, su importe en libros se reduce hasta su valor recuperable.
Si existiera pérdida por deterioro del valor se reconocerá inmediatamente en el resultado del periodo o ejercicio a menos que el activo se contabilice por el método de la revaluación, en cuyo caso la pérdida por deterioro del valor, se tratará como una disminución de la cuenta Revaluación de Propiedades, planta y equipo del rubro ORIA y el excedente se imputará al Estado de Ganancias y Pérdidas y Otro Resultado Integral.
4.8 Propiedades de inversión
Las propiedades de inversión comprenden ciertos inmuebles que la Sociedad mantiene para obtener ingresos por alquileres a largo plazo como también para la apreciación de su valor, no siendo ocupadas por la Sociedad para sus propias operaciones.
La Sociedad ha adoptado el modelo de costo para todas sus propiedades de inversión. Por lo tanto, las propiedades de inversión se registran al valor de costo reexpresado a moneda de cierre de acuerdo a lo mencionado en la Nota 3, menos las depreciaciones y desvalorizaciones acumuladas, si las hubiere.
Bajo el modelo de costo, una propiedad de inversión se desvaloriza si su valor contable excede a su valor recuperable. Cuando los componentes individuales de las propiedades de inversión tienen diferentes vidas útiles, los mismos se contabilizan y deprecian por separado. La depreciación, basada en un criterio de componentes, se calcula utilizando el método de la línea recta durante la vida útil estimada de los activos. Los costos posteriores al reconocimiento inicial, se incluyen en el valor contable de los activos o se reconocen como un activo separado, según corresponda, sólo cuando es probable que dichos costos generen beneficios económicos futuros para la Sociedad y los mismos puedan medirse de manera confiable. Dichos costos pueden incluir el costo de mejoras o de reemplazos de partes que reúnen las condiciones para su capitalización. Se da de baja al valor contable de la parte reemplazada.
4.9 Bienes intangibles
Los bienes intangibles incluyen la adquisición y desarrollo de nuevos sistemas. La Sociedad ha adoptado el modelo de costo para valuar los bienes intangibles según lo establecido en la NIC 38, por lo tanto los bienes intangibles se registran al valor de costo reexpresado a moneda de cierre de acuerdo a lo mencionado en la Nota 3, menos las depreciaciones reexpresadas y desvalorizaciones
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acumuladas, si las hubiere. La depreciación se calcula utilizando el método de línea recta durante la vida útil estimada de los activos.
4.10 Deterioro del valor de los activos
A la fecha de cierre de cada ejercicio, la Sociedad revisa los valores contables de sus Propiedades, planta y equipo, Propiedades de inversión y Bienes intangibles para determinar si existen indicios de que dichos activos no son recuperables.
La política de deterioro del valor de los activos no corrientes se describe en Nota 5 “Estimaciones y juicios contables críticos”.
4.11 Activos y pasivos financieros
La Sociedad ha adoptado la NIIF 9 a partir de la fecha de transición, dado que esta nueva política contable brinda información relevante más confiable para que los usuarios evalúen las cifras, la oportunidad y la incertidumbre de los flujos de efectivo futuros.
Los activos y pasivos financieros se reconocen cuando una entidad de la Sociedad pasa a formar parte de las disposiciones contractuales del instrumento.
Los activos y pasivos financieros se miden inicialmente al valor razonable. Los costos de transacción que son directamente atribuibles a la adquisición o emisión de activos y pasivos financieros (distintos a los activos y pasivos financieros designados al valor razonable con cambio en los resultados) se agregan o deducen del valor razonable de los activos o pasivos financieros, cuando sea apropiado, al momento del reconocimiento inicial. Los costos de transacción directamente atribuibles a la adquisición de activos o pasivos financieros designados al valor razonable con cambio en los resultados se reconocen de inmediato en ganancias o pérdidas.
4.11.1 Clasificación
La Sociedad clasifica los activos financieros en las siguientes categorías: activos medidos a valor razonable y activos medidos a costo amortizado. Esta clasificación depende de si el activo financiero es una inversión en un instrumento de deuda o de patrimonio. Para ser medido a costo amortizado se deben cumplir las dos condiciones descriptas abajo. Los restantes activos financieros se miden a valor razonable. La NIIF 9 requiere que todas las inversiones en instrumentos de patrimonio sean medidas a valor razonable.
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- a) Activos financieros a costo amortizado
Los activos financieros son medidos a costo amortizado si cumplen las siguientes condiciones:
-
i) El objetivo del modelo de negocio de la Sociedad es mantener los activos para obtener los flujos de efectivo contractuales; y
-
ii) las condiciones contractuales dan lugar, en fechas especificadas, a flujos de efectivo que son únicamente pagos del principal e intereses sobre el principal.
Al 31 de diciembre de 2019 y 2018, los activos financieros a costo amortizado de la Sociedad comprenden Efectivo y equivalentes de efectivo (excepto los fondos comunes de inversión), Créditos por ventas y Otros créditos.
- b) Activos financieros a valor razonable
Si alguna de las condiciones detalladas arriba no se cumple, los activos financieros son medidos a valor razonable con cambios en resultados.
Al 31 de diciembre de 2019 y 2018, los activos financieros de la Sociedad a valor razonable con cambios en resultados comprenden principalmente fondos comunes de inversión.
4.11.2 Reconocimiento y medición
La compra o venta convencional de los activos financieros se reconoce en la fecha de su negociación, es decir, la fecha en que la Sociedad se compromete a adquirir o vender el activo. Los activos financieros se dan de baja cuando los derechos a recibir flujos de efectivo de las inversiones han vencido o se han transferido y la Sociedad ha transferido sustancialmente todos los riesgos y beneficios derivados de su titularidad.
Los activos financieros se reconocen inicialmente a su valor razonable más, en el caso de activos financieros que no se miden a valor razonable con cambios en resultados, los costos de transacción que sean directamente atribuibles a la adquisición de los activos financieros.
4.11.3 Deterioro del valor de activos financieros
El modelo de deterioro de acuerdo con la NIIF 9 refleja pérdidas crediticias esperadas, en oposición a las pérdidas crediticias incurridas según la NIC 39. En el alcance del deterioro en la NIIF 9, ya no es necesario que ocurra un suceso crediticio antes de que se reconozcan las pérdidas crediticias. En cambio, una entidad siempre contabiliza tanto las pérdidas crediticias esperadas como sus cambios. El importe de pérdidas crediticias esperadas debe ser actualizado al cierre de
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cada período o ejercicio para reflejar los cambios en el riesgo crediticio desde el reconocimiento inicial.
MetroGAS cuenta entre sus clientes con una gran cantidad de usuarios residenciales (aproximadamente 2,4 millones de clientes) y algunos grandes clientes compuestos por centrales eléctricas, industrias, comercios, entidades públicas y estaciones de GNC.
La Sociedad calculó el deterioro de sus activos financieros aplicando el modelo simplificado agrupando los activos en función del tipo de cliente: i) clientes residenciales, ii) grandes clientes.
Para determinar la pérdida crediticia esperada de los clientes residenciales, al tratarse de un gran número de clientes localizados en una misma área geográfica y con características de riesgo crediticio comunes, la Sociedad ha preparado una matriz a partir de su registro de tasas de impago históricas a lo largo de la vida esperada de las cuentas por cobrar y las ha ajustado por las circunstancias relativas a las condiciones económicas futuras.
Para los grandes clientes, la Sociedad realizó un análisis individual de los créditos que representan un riesgo (riesgo de quiebra, clientes involucrados en un procedimiento judicial con la Sociedad) al cierre del ejercicio.
Definido cada grupo, se asignó una tasa de incobrabilidad esperada calculada en base a tasas de impago históricas al 31 de diciembre de 2019 ajustadas a las condiciones económicas futuras.
4.11.4 Compensación de instrumentos financieros
Los activos y pasivos financieros se compensan y el valor neto se informa en el estado de situación financiera cuando existe un derecho exigible legalmente de compensar los valores reconocidos y existe una intención de pagar en forma neta, o de realizar el activo y cancelar el pasivo simultáneamente.
4.12 Créditos por ventas
Los créditos originados por servicios facturados y no cobrados a clientes, y aquellos devengados y no facturados a la fecha del cierre de cada ejercicio, son reconocidos a su valor razonable y posteriormente medidos a costo amortizado usando el método del interés efectivo menos cualquier deterioro. Los ingresos por intereses se reconocen aplicando la tasa de interés efectiva, excepto por las cuentas por cobrar a corto plazo en caso de que el reconocimiento de interés sea inmaterial.
Los créditos por ventas incluyen servicios devengados que se encuentran sin facturar a la fecha de cierre del ejercicio.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
Los créditos por ventas están expresados netos de la provisión para deudores incobrables, la cual se basa en las estimaciones de cobro realizadas por la Sociedad.
4.13 Otros créditos
Los otros créditos son reconocidos inicialmente a su valor razonable (generalmente el monto original de la facturación/liquidación) y posteriormente medidas a costo amortizado, usando el método del interés efectivo y cuando fuere significativo, ajustado al valor temporal de la moneda.
La Sociedad registra provisiones para desvalorización cuando existe una evidencia objetiva de que la Sociedad no será capaz de cobrar todos los montos adeudados en su favor de acuerdo a los términos originales de los créditos.
Los otros créditos están expresados netos de la provisión para deudores incobrables, la cual se basa en las estimaciones de cobro realizadas por la Sociedad.
4.14 Efectivo y equivalentes de efectivo
En el estado de flujo de efectivo, el efectivo y equivalentes de efectivo incluyen el efectivo en caja, los depósitos a la vista en entidades bancarias y otras inversiones a corto plazo de gran liquidez con un vencimiento original de tres meses o menos desde el momento de su adquisición.
4.15 Inventarios
Los inventarios incluyen los detectores de gas natural y monóxido de carbono. Los inventarios se valúan por el menor valor entre el costo reexpresado a moneda de cierre de acuerdo a lo mencionado en la Nota 3 y el valor neto de realización. El costo incluye los costos de adquisición (neto de descuentos, devoluciones y similares), transformación, así como otros costos en lo que se haya incurrido para dar a las existencias su ubicación y condiciones para ser comercializados.
4.16 Cuentas por pagar
Las cuentas por pagar son obligaciones de pago con proveedores por compras de bienes y servicios generadas en el curso ordinario de los negocios. Las deudas comerciales se reconocen inicialmente a valor razonable y con posterioridad se miden a costo amortizado utilizando el método de la tasa de interés efectiva.
La línea denominada “Fideicomisos”, expuesta en este rubro comprenden a los montos cobrados que estaban pendientes de depósito al cierre de cada ejercicio correspondientes a los cargos que se mencionaran en Nota 2.5.4.
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4.17 Otras deudas
Las otras deudas se reconocen inicialmente a valor razonable y con posterioridad se miden a costo amortizado utilizando el método de la tasa de interés efectiva.
4.18 Costos por préstamos
Los costos por préstamos atribuibles directamente a la adquisición, construcción o producción de activos aptos, que son aquellos que requieren de un período sustancial antes de estar listos para el uso al que están destinados o para la venta, son capitalizados como parte del costo de dichos activos hasta que los mismos estén aptos para su uso o venta.
El ingreso percibido por la inversión temporal en préstamos específicos pendientes para ser consumidos en activos calificados es deducido de los costos por préstamos aptos para su capitalización.
Los demás costos por préstamos son reconocidos como gastos en el período en que se incurren.
4.19 Impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta
El cargo por impuesto a las ganancias del ejercicio incluye el cargo por impuesto corriente y diferido. Los cargos por impuesto a las ganancias se reconocen en el estado de pérdidas y ganancias, excepto si se relacionan con conceptos contabilizados en otros resultados integrales o directamente en el patrimonio, en cuyo caso, el impuesto se contabiliza en otros resultados integrales o directamente en el patrimonio, respectivamente.
La Sociedad determina el cargo contable por impuesto a las ganancias de acuerdo con el método del impuesto diferido, el cual considera el efecto de las diferencias temporarias originadas en la distinta base de medición de activos y pasivos según criterios contables e impositivos, a la tasa impositiva que promulgada o sustancialmente promulgada a la fecha de los estados contables, se espera esté vigente al momento de su reversión o utilización, que de acuerdo a las últimas modificaciones introducidas por la en la Ley de Solidaridad Social y reactivación productiva en el marco de la emergencia pública N° 27.541 (la “Ley de Solidaridad Social”), se estableció una tasa del 30% para los ejercicios 2019 y 2020, y 25% a partir del ejercicio 2021.
La Ley N° 27.468 publicada en el B.O. el 4 de diciembre de 2018 dispuso que a los fines de aplicar el procedimiento de ajuste por inflación impositivo el mismo tendrá vigencia para los ejercicios que se inicien a partir del 1° de enero de 2018. Respecto del primero, segundo y tercer ejercicio a partir de su vigencia, ese procedimiento es aplicable en caso de que la variación del IPC, calculada desde el inicio y hasta el cierre de cada uno de esos ejercicios supere un 55%, un 30% y en un 15%, para el primero, segundo y tercer año de aplicación, respectivamente. La
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Sociedad aplicó al 31 de diciembre de 2019 el procedimiento de ajuste por inflación impositivo considerando que el IPC al 31 de diciembre de 2019 superó el 30% mencionado.
Los activos por impuesto diferido se registran en la medida en que sea probable la existencia de ganancias imponibles en el futuro contra las cuales se puedan compensar las diferencias temporarias.
Las entidades en Argentina están sujetas al Impuesto a las Ganancias Mínima Presunta (“IGMP”). Conforme al régimen impositivo vigente, una entidad debe pagar el mayor entre el impuesto a las ganancias y el IGMP. La provisión por IGMP se calcula por cada entidad individual a la tasa vigente del 1% y se basa en los activos impositivos de cada compañía al cierre del ejercicio, como lo definen las leyes argentinas. Si el IGMP excede al impuesto a las ganancias, dicho excedente se puede tomar como pago a cuenta del impuesto a las ganancias futuro que se produzca durante un período de 10 años. Cuando la Sociedad considera que es probable que se utilice el cargo de IGMP como pago a cuenta del impuesto a las ganancias, contabiliza el IGMP como un crédito corriente o no corriente, según corresponda, dentro del rubro “Otros créditos” en el estado de situación financiera, de lo contrario lo imputa en resultados en el rubro “Impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta” en el estado de pérdidas y ganancias y otro resultado integral.
De acuerdo con la Ley Nº 25.063, sancionada en diciembre de 1998, los dividendos que se distribuyan, en dinero o en especie, en exceso de las utilidades impositivas acumuladas al cierre del ejercicio inmediato anterior a la fecha de pago o distribución, estarán sujetos a una retención del 35% en concepto de impuesto a las ganancias con carácter de pago único y definitivo, excepto los que distribuyan a accionistas radicados en países con los cuales existan convenios de doble imposición, los cuales estarán sujetos a una alícuota menor. Sin embargo, de acuerdo a la Ley de Reforma tributaria anteriormente mencionada, se elimina este impuesto para las utilidades generadas a partir del 2018.
Con fecha 20 de septiembre de 2013 fue promulgada la Ley N° 26.893, que estableció un gravamen en concepto del mencionado impuesto con carácter de pago único y definitivo del 10% sobre los dividendos que se distribuyan en dinero o en especie –excepto en acciones o cuotas partes- a beneficiarios del exterior, y a personas físicas residentes en el país, sin perjuicio de la retención del 35% antes mencionada.
Con fecha 22 de julio de 2016 se publicó en el Boletín Oficial la Ley 27.260 “Programa Nacional de reparación histórica para jubilados y pensionados” que incluye un régimen de sinceramiento fiscal, moratoria y modificaciones impositivas. Entre otras modificaciones, la mencionada Ley 27.260 deja sin efecto el impuesto del 10% al que estaban sujetos los dividendos que distribuyeran las sociedades en dinero o en especie –excepto en acciones o cuotas partes– a beneficiarios del exterior y a personas físicas residentes en el país con carácter de pago único y definitivo.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
Finalmente, la Ley N° 27.430 de Reforma tributaria también estableció, entre otras cuestiones, una retención sobre los dividendos del 7% para los ejercicios 2018 y 2019, y del 13% a partir del 2020.
4.20 Remuneraciones y cargas sociales
Las gratificaciones al personal se contabilizan como un pasivo y un gasto por gratificaciones en base a las condiciones y políticas establecidas por la Sociedad. Se registra una provisión cuando la Sociedad está obligada contractualmente o cuando exista una práctica en el pasado que haya creado una obligación implícita para la Sociedad.
Las indemnizaciones al personal se contabilizan como un pasivo y un gasto de personal cuando la relación laboral cesa, por decisión del empleador, antes de la fecha normal de jubilación o cuando un empleado acepta un retiro voluntario a cambio de dicha indemnización.
La Sociedad no posee planes de contribuciones definidas, adicionales a la contribución efectuada al Régimen Nacional de la Seguridad Social de acuerdo con regulaciones vigentes en Argentina, ni planes de beneficios definidos. Asimismo, la Sociedad no mantiene ningún programa de pagos basados en acciones.
4.21 Pasivo concursal
El pasivo concursal comprende los pasivos sujetos al procedimiento del concurso preventivo de acreedores solicitado por la Sociedad el 17 de junio de 2012. Los pasivos siguieron los lineamientos de NIIF 9, han sido valuados a costo amortizado considerando, de corresponder, los intereses financieros devengados hasta la fecha de presentación del concurso preventivo momento a partir del cual quedó interrumpido el curso de los mismos según lo dispone el art.19 de la LCQ. Los pasivos en moneda extranjera han sido valuados a los tipos de cambio al cierre del ejercicio.
Desde la resolución judicial que homologa la propuesta concursal el 6 de septiembre de 2012, el pasivo concursal incluye las deudas declaradas verificadas y admisibles con acreedores privilegiados pendientes de cancelación y deudas litigiosas o verificaciones tardías pendientes de resolución por el juez del concurso.
4.22
Deuda financiera
Las deudas financieras son reconocidas inicialmente a su valor razonable, neto de los costos de transacción incurridos. Dado que la Sociedad no tiene pasivos financieros cuyas características requieran la contabilización a valor razonable, de acuerdo a las NIIF vigentes, con posterioridad al reconocimiento inicial la deuda financiera es valuada a costo amortizado.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
A efectos de la contabilización de la cancelación de las obligaciones negociables consumado el 27 de febrero de 2018, la Sociedad ha seguido los lineamientos previstos en la NIIF 9 “Reconocimiento y medición de instrumentos financieros”.
La NIIF 9 establece que una entidad eliminará de su estado de situación financiera un pasivo financiero (o una parte de éste) cuando, y solo cuando, se haya extinguido, esto es, cuando la obligación especificada en el correspondiente contrato haya sido pagada o cancelada, o haya expirado. La diferencia entre el importe en libros de un pasivo financiero (o de una parte del mismo) que ha sido cancelado o transferido a un tercero y la contraprestación pagada, incluyendo cualquier activo transferido diferente del efectivo o pasivo asumido, se reconocerá en el resultado del período. Con fecha 27 de febrero de 2018 la Sociedad canceló la totalidad de las obligaciones negociables. Por lo tanto, dio de baja la deuda financiera registrada e imputó la diferencia entre el importe en libros del pasivo financiero y la contraprestación pagada a resultados en la línea “Pérdida por cancelación de cancelación de Obligaciones Negociables (“ONs”)” dentro del rubro “Resultados financieros netos” (ver Nota 28 a los presentes estados financieros).
Asimismo, de acuerdo con la NIIF 9 la deuda tomada durante los ejercicios finalizados al 31 de diciembre de 2019 y 2018 (ver Nota 18.1 y 18.2 a los presentes estados financieros) fue reconocida inicialmente a su valor razonable, neto de los costos de transacción incurridos y con posterioridad, se mide a costo amortizado.
4.23 Provisiones
Las provisiones se reconocen en los casos en que la Sociedad, frente a una obligación presente a su cargo, ya sea legal o implícita, originada en un suceso pasado, resulta probable que se requiera una salida de recursos para cancelar la obligación, y se puede realizar una estimación confiable del importe de la misma. No se reconocen provisiones por pérdidas operativas futuras.
El importe reconocido como provisiones es la mejor estimación de desembolso necesario para cancelar la obligación presente, al final del ejercicio sobre el que se informa, teniendo en cuenta los riesgos e incertidumbres correspondientes. Cuando se mide una provisión usando el flujo de efectivo estimado para cancelar la obligación presente, su importe registrado representa el valor actual de dicho flujo de efectivo. Este valor presente se obtiene aplicando una tasa de descuento antes de impuestos que refleja las condiciones del mercado, el valor temporal de la moneda y los riesgos específicos de la obligación.
Se han constituido provisiones incluidas en el pasivo para cubrir eventuales situaciones contingentes que podrían originar obligaciones de pago futuras. En la estimación de sus montos y probabilidades de concreción se ha considerado la opinión de los asesores legales de la Sociedad.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
Cuando se espera la recuperación de algunos o todos los beneficios económicos requeridos para cancelar una provisión, se reconoce una cuenta por cobrar como un activo si es virtualmente seguro que se recibirá el desembolso y el monto de la cuenta por cobrar puede ser medido con fiabilidad.
4.24 Arrendamientos
a) Como arrendatario
Para todos los arrendamientos la Sociedad reconoce los activos por derecho de uso y los pasivos por arrendamientos en el estado de situación patrimonial, medido individualmente al valor presente de pagos de arrendamiento futuro.
- Activo por derecho de uso
El costo del derecho de uso de los activos incluye las siguientes partidas:
-
el importe de la medición inicial del pasivo por arrendamiento (según se describe más adelante);
-
cualquier pago por arrendamiento abonado al arrendador con anterioridad a la fecha de comienzo o en la misma fecha, una vez descontado cualquier incentivo recibido por el arrendamiento;
-
los costos directos iniciales incurridos por el arrendatario; y
-
una estimación de los costos a incurrir por el arrendatario al desmantelar y eliminar el activo subyacente, restaurar el lugar en el que se localiza o restaurar el activo subyacente a la condición requerida por los términos y condiciones del arrendamiento, a menos que se incurra en esos costos al producir los inventarios. El arrendatario podría incurrir en obligaciones a consecuencia de esos costos ya sea en la fecha de comienzo o como una consecuencia de haber usado el activo subyacente durante un periodo determinado.
Posteriormente, la valoración del derecho de uso de los activos se realiza utilizando el modelo del costo de la NIC 16 “Propiedades, planta y equipo” (reconociendo por tanto la amortización y el deterioro en la cuenta de pérdidas y ganancias. No obstante, NIIF 16 exige que la valoración del derecho de uso de una inversión inmobiliaria arrendada se realice a su valor razonable en virtud de lo dispuesto en la norma NIC 40 “Propiedades de inversión” para las inversiones inmobiliarias que posea.
- Pasivo por arrendamiento
La Sociedad mide el pasivo por arrendamiento al valor presente de los pagos por arrendamiento que no se hayan pagado en esa fecha. Los pagos por arrendamiento se descuentan usando la tasa incremental por préstamos del arrendatario.
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Los pasivos por arrendamiento incluyen las siguientes partidas:
-
pagos fijos (incluyendo los pagos en esencia fijos), menos cualquier incentivo de arrendamiento por cobrar;
-
pagos variables, que dependen de un índice o una tasa, inicialmente medidos usando el índice o tasa (por ejemplo, pagos vinculados al índice de precios al consumidor, precios vinculados a una tasa de interés de referencia, tal como la LIBOR, o pagos que varían para reflejar cambios en los precios de alquiler del mercado) en la fecha de comienzo del contrato;
-
importes que el arrendatario espera pagar como garantías de valor residual;
-
el precio de ejercicio de una opción de compra si el arrendatario está razonablemente seguro de ejercer esa opción; y
-
pagos de penalizaciones por terminar el arrendamiento, si el período del arrendamiento refleja que el arrendatario ejercerá una opción de terminarlo por parte del arrendatario (es decir, porque existe una certeza razonable al respecto).
Posteriormente, la Sociedad incrementa el pasivo por el arrendamiento para reflejar el interés devengado (y reconocido en la cuenta de pérdidas y ganancias), deduce las cuotas que se van pagando del pasivo y recalcula de nuevo el valor contable para reflejar cualquier revisión, modificación del arrendamiento o revisión de las denominadas cuotas “en sustancia” fijas.
Revisión del pasivo por arrendamiento
La Sociedad revisa el pasivo por arrendamiento en los siguientes casos:
-
cuando se produzca un cambio en el importe esperado a pagar en virtud de una garantía de valor residual;
-
cuando se produzca un cambio en las futuras cuotas de arrendamiento para reflejar la variación de un índice o en un tipo de interés utilizado para determinar dichas cuotas (incluida, por ejemplo, una revisión del alquiler de mercado);
-
cuando se produzca un cambio en la duración del arrendamiento como resultado de una modificación en el periodo no cancelable del mismo (por ejemplo, si el arrendatario no ejerce una opción previamente incluida en la determinación del periodo de arrendamiento); o
-
cuando se produzca un cambio en la evaluación de la opción de compra del activo subyacente.
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- b) Como arrendador
La NIIF 16 exige al arrendador clasificar el arrendamiento en operativo o financiero. Un arrendamiento financiero es un arrendamiento en el que se transfieren sustancialmente todos los riesgos y beneficios derivados de la propiedad del activo. Un arrendamiento se clasificará como operativo si no transfiere sustancialmente todos los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad de un activo subyacente.
La clasificación del arrendamiento se realiza en la fecha de inicio del acuerdo y se evalúa nuevamente solo si se produce una modificación del arrendamiento. Los cambios en las estimaciones (por ejemplo las que suponen modificaciones en la vida económica o en el valor residual del activo subyacente) o los cambios en circunstancias (por ejemplo el incumplimiento por parte del arrendatario), no darán lugar a una nueva clasificación del arrendamiento a efectos contables.
4.25 Saldos con partes relacionadas
Los créditos y deudas con partes relacionadas son reconocidos inicialmente a su valor razonable y posteriormente medidos a costo amortizado, de acuerdo con las condiciones pactadas entre las partes involucradas.
4.26 Patrimonio neto
Las partidas de patrimonio neto han sido valuadas de acuerdo a las normas contables vigentes a la fecha de transición. La registración de movimientos del mencionado rubro se realizó de acuerdo a decisiones asamblearias, normas legales o reglamentarias, aunque tales partidas hubieran tenido un saldo diferente en caso de haberse aplicado en el pasado las NIIF.
a) Capital social
Está formado por los aportes efectuados por los accionistas representados por acciones y comprende a las acciones en circulación a su valor nominal. El Capital social ha sido reexpresado aplicando el procedimiento de ajuste descripto en la Nota 3, en función de las respectivas fechas de suscripción. La cuenta “Capital social” se expone a su valor nominal, de acuerdo con disposiciones legales, y la diferencia con su importe reexpresado se presenta en la cuenta “Ajuste de capital social”.
b) Reserva legal
De acuerdo a las disposiciones de la Ley N° 19.550, la Sociedad debe constituir una reserva no inferior al 5% del resultado positivo surgido de la sumatoria del resultado del ejercicio, los ajustes de ejercicios anteriores, las transferencias de otros resultados
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integrales a resultados acumulados y las pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores, hasta alcanzar el 20% del Capital Social más el saldo de la cuenta Ajuste de capital.
- c) Resultados acumulados
Los resultados no asignados a la fecha de inicio de aplicación de la NIC 29 (1° de enero de 2017) se han determinado por diferencia patrimonial y, a partir de ese momento, se han reexpresado en moneda de cierre aplicando el procedimiento de ajuste descripto en la Nota 3, considerando los movimientos de cada ejercicio.
El rubro ORIA incluido en la sección resultados acumulados del Patrimonio Neto incluye la cuenta Revaluación de Propiedades, planta y equipo, neto del impuesto diferido correspondiente. Dicha cuenta de revaluación de Propiedades, planta y equipo disminuye por el consumo, retiro y disposición de los Activos esenciales, con contrapartida en la cuenta de Resultados no Asignados del Patrimonio Neto, sin afectar el Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral del período o ejercicio.
Cuando el saldo neto de los ORIA al cierre de un ejercicio o período sea positivo, éste no podrá ser distribuido, capitalizado ni destinado a absorber pérdidas acumuladas, pero deberá ser computado como parte de los resultados acumulados a los fines de efectuar las comparaciones para determinar la situación de la sociedad frente a los artículos N° 31, N° 32 y N° 206 de la Ley General de Sociedades N° 19.550, u otras normas legales o reglamentarias complementarias en las que se haga referencia a límites o relaciones con el capital y las reservas, que no tengan un tratamiento particular expreso en Normas de la CNV. Cuando el saldo neto de estos resultados al cierre de un ejercicio o período sea negativo, existirá una restricción a la distribución de resultados no asignados por el mismo importe.
4.27 Resultado neto por acción
El resultado por acción básico se calcula dividiendo el beneficio atribuible a la participación controlante de instrumentos de patrimonio neto de la Sociedad entre el número promedio ponderado de acciones ordinarias en circulación durante el ejercicio, excluyendo las acciones propias adquiridas por la Sociedad.
A la fecha de emisión de los presentes estados financieros individuales, MetroGAS no ha emitido instrumentos de patrimonio que den lugar a acciones ordinarias potenciales, por lo que el cálculo de la ganancia neta diluida por acción coincide con el cálculo del resultado neto básico por acción.
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4.28 Cuentas del Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral
Las cuentas del estado de resultados han sido reexpresadas según el procedimiento de ajuste indicado en la Nota 3, de acuerdo con los siguientes criterios:
-
a) Las cuentas que acumulan operaciones monetarias se reexpresaron mediante la aplicación a los importes originales, de los coeficientes correspondientes al mes de devengamiento.
-
b) Los cargos por consumos de activos no monetarios se calcularon en función de los valores reexpresados de tales activos.
-
c) Los resultados de inversiones permanentes en sociedades controladas han sido determinados sobre la base del método del valor patrimonial proporcional a partir de los estados financieros de las dichas sociedades reexpresados en moneda de cierre.
-
d) Los intereses, diferencias de cambio y otros resultados financieros se reexpresaron desde el mes de devengamiento y bajo la denominación de RECPAM se expone el efecto neto de la inflación sobre los activos y pasivos monetarios.
5. ESTIMACIONES Y JUICIOS CONTABLES CRÍTICOS
Las políticas contables significativas de la Sociedad están enunciadas en la Nota 4. No todas las políticas contables significativas requieren que la Sociedad utilice criterios o estimaciones subjetivas o complejas. La siguiente sección brinda un entendimiento de las políticas que la Sociedad considera críticas debido al nivel de complejidad, el criterio o las estimaciones involucradas en su aplicación y el impacto en los estados financieros individuales. Estos criterios comprenden supuestos o estimaciones en relación con eventos futuros. Los resultados reales pueden diferir de esas estimaciones.
A fin de facilitar la comprensión sobre la forma en que la Sociedad forma su juicio sobre hechos futuros, incluyendo las variables y presupuestos en que se fundan las estimaciones, y la sensibilidad de dichos juicios respecto de las diferentes variables y condiciones, la Sociedad ha incluido comentarios relacionados con cada política contable crítica descripta en el presente.
-
5.1. Valuación de Activos esenciales;
-
5.2. deterioro de propiedades, planta y equipo y bienes intangibles;
-
5.3. reconocimiento de ingresos y créditos por ventas;
-
5.4. provisiones;
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-
5.5. impuesto a las ganancias diferido e IGMP;
-
5.6. aplicación de la CINIIF 12 “Contratos de concesión”.
5.1 Valuación de Activos esenciales
Con fecha efectiva 1° de abril de 2017, MetroGAS decidió utilizar, dentro de los dos modelos previstos en las NIIF, el modelo de la revaluación para la valuación de sus Activos esenciales dentro del rubro Propiedades, planta y equipo, los que incluyen: Ramales de alta presión, Conductos y redes en media y baja presión, Estaciones de regulación y/o medición de presión, Instalaciones de medición de consumos y Redes cedidas por terceros. Este cambio de política contable permite valuar los Activos esenciales a valores que se aproximen a su valor razonable y de esta forma brindar información más relevante en el estado de situación financiera.
El valor razonable es el precio que se obtendría por vender un activo en una transacción ordenada entre participantes del mercado a la fecha de la medición en condiciones presentes del mercado.
Para medir el valor razonable de los Activos esenciales se utiliza como técnica de valoración el “enfoque del ingreso” establecido en la NIIF 13 – Medición del valor razonable. La Sociedad utiliza un modelo de flujo de fondos descontados elaborados en base a estimaciones respecto del comportamiento futuro de ciertas variables que resultan sensibles en la determinación del valor razonable: (i) tarifas de distribución de gas y costos de gas y transporte (ii) inversiones obligatorias y adicionales (iii) costos de distribución de gas; (iv) tasa de descuento ponderada y (v) variables macroeconómicas como demanda estimada, tasa de inflación, tasa de devaluación, entre otras.
La medición de los Activos esenciales a valor razonable es clasificada de acuerdo al Nivel 3 establecido en la NIIF 7, ya que debido a la naturaleza particular de estos bienes, no existen valores comparables de mercado.
Los flujos de fondos descontados utilizados cubren los años restantes hasta el vencimiento del plazo original de 35 años de la Licencia de Distribución de Gas y el período de renovación de 10 años que puede solicitar la licenciataria, finalizando de esta forma el 28 de diciembre de 2037. Adicionalmente la Sociedad ha incorporado a los flujos de fondos descontados un monto adicional previsto en la Licencia al momento de expiración de la misma, donde la Sociedad tendrá derecho a cobrar el menor entre el valor residual de los Activos esenciales y el importe resultante de una nueva licitación, neto de gastos e impuestos pagados por el participante ganador, monto que la Sociedad ha asimilado a una renta perpetua a dicha fecha.
Las revaluaciones se hacen con la frecuencia necesaria de tal forma que el valor registrado contablemente no difiera significativamente del valor razonable de los Activos esenciales a la fecha de cada medición. De acuerdo con la NIC 16, la frecuencia será anual en el caso de los
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
países con alta inflación, excepto que hubiera eventos de deterioro u otros hechos que justifiquen realizar una revaluación con una frecuencia menor.
Durante el ejercicio iniciado el 1 de enero de 2018, se materializaron los ajustes de las tarifas del servicio de distribución que surgieron del proceso de RTI, que determinó los valores que debían aplicarse para el período regulatorio abril 2017-marzo 2022.
No obstante, en relación a la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, el ENARGAS advirtió que, para el período a considerar en el ajuste aplicable a partir de octubre-2018, es decir la variación entre febrero y agosto de 2018 existía una notoria disparidad entre la variación del IPIM y la de otros indicadores de la economía y ponderó el mismo con otros indicadores. Con respecto a las DDA correspondientes al período estacional mencionado anteriormente, adoptó algunos criterios distintos a los previstos en la RTI para el reconocimiento de los costos del gas comprado. Ambos conceptos repercutieron negativamente en el ajuste esperado reconociendo un incremento menor al que resultaba de la aplicación de lo aprobado en el proceso de RTI (ver Nota 2.3.1 a los presentes estados financieros).
Con vigencia a partir del 1° de abril de 2019, se reconoció el ajuste de la tarifas de acuerdo con la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa que estaba previsto en la RTI.
Las Resoluciones N° 521/2019 y N° 751 /2019 de la SGE (ver Nota 2.3.1 a los presentes estados financieros), dispusieron el diferimiento del reconocimiento del ajuste que siguiendo la metodología citada, correspondía aplicar a partir del 1° de octubre de 2019 y hasta el 1° de febrero de 2020, disponiendo la compensación de ese diferimiento, en su justa incidencia, con el Plan de Inversiones Obligatorias establecido en la RTI (ver Nota 2.3.1 a los presentes estados financieros).
El 21 de diciembre de 2019 el Congreso Nacional aprobó la Ley N° 27.541, titulada “Ley de solidaridad social y reactivación productiva en el marco de la emergencia pública” mediante la cual se declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, y entre otras cuestiones, en relación con el sector energético se facultó al PEN para postergar cualquier modificación de tarifas de electricidad y gas natural bajo jurisdicción federal e iniciar un proceso de renegociación de la RTI por un plazo máximo de hasta 180 días (ver Nota 2.2.3 a los presentes estados financieros).
Al 31 de diciembre de 2019, en razón de los cambios producidos, la Sociedad realizó una nueva estimación del valor razonable considerando para ello tres escenarios tomando en cuenta el comportamiento futuro de ciertas variables que resultan sensibles en la determinación del valor razonable, ponderando cada uno por su probabilidad de ocurrencia y, concluyó que el valor razonable de los activos esenciales se ha reducido en 1.576.424, en consecuencia la disminución por la revaluación registrada en el ORIA asciende a 1.176.012 (neto del impuesto diferido).
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5.2 Deterioro de propiedades, planta y equipo y bienes intangibles
A la fecha de cierre de cada ejercicio, la Sociedad revisa los valores contables de sus propiedades, planta y equipo y bienes intangibles, para determinar si existen indicios de que dichos activos hayan sufrido alguna pérdida por deterioro. Asimismo, la Sociedad periódicamente evalúa el valor contable de sus activos de larga duración en función de su valor de recupero cuando los hechos o cambios en las circunstancias indican que el valor contable de un activo pudiera estar deteriorado.
Los indicios de desvalorización que deben ser considerados dentro este análisis incluyen, entre otros, la existencia de daños materiales o de cambios significativos en el uso de los activos, el rendimiento económico inferior al esperado o una caída significativa en los ingresos. Cuando el activo no genera flujos de efectivo que sean independientes de otros activos, la Sociedad estima el valor recuperable de la unidad generadora de efectivo (“UGE”) a la cual pertenece el activo.
El valor recuperable es el mayor entre el valor razonable menos los costos de disposición del activo y el valor de uso. El valor de uso es determinado sobre la base de flujos de fondos proyectados y descontados empleando tasas de descuento que reflejen el valor tiempo del dinero y los riesgos específicos de los activos considerados.
Si el valor recuperable de los activos de la UGE es inferior a su valor contable, el valor contable del activo o UGE se reduce a su valor recuperable. Las pérdidas por desvalorización se reconocen de inmediato en el estado de resultados.
La Sociedad entiende que la política contable relacionada con el deterioro de Propiedades, planta y equipo y bienes intangibles es una “política contable crítica” debido a que es sustancial el impacto que tiene el reconocimiento o reversión de un deterioro o valor de recupero sobre los activos informados en los estados financieros individuales de la Sociedad, así como sobre el resultado de sus operaciones. Las estimaciones sobre futuros ingresos así como la definición de la tasa de descuento y la estimación de otras premisas relevantes (como tipo de cambio y tasa de inflación) requieren la formulación de juicios esenciales.
5.2.1 Test de deterioro para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019
Tal como se menciona en la Nota 2.2.1. y 2.3.1, la Sociedad:
- a) Suscribió durante el ejercicio 2017, con el MINEM y con el Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas un Acuerdo Transitorio que dispone la adecuación transitoria de precios y tarifas del Servicio Público de Distribución de Gas Natural, la afectación específica de los montos allí previstos hasta la suscripción del Acta Acuerdo de Renegociación Contractual Integral y la entrada en vigencia de los cuadros tarifarios definitivos que resulten de la RTI. En este sentido, dispuso que a los fines de la implementación gradual y progresiva de dicha medida, el ENARGAS debía aplicar en forma escalonada los incrementos tarifarios
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
resultantes de la RTI conforme a la siguiente progresión: treinta por ciento (30%) del incremento, a partir del 1° de abril de 2017; cuarenta por ciento (40%) del incremento, a partir del 1° de diciembre de 2017, y el treinta por ciento (30%) restante, a partir del 1° de abril de 2018.
-
b) Con fecha 31 de marzo de 2017 y 1° de diciembre de 2017 se publicaron en el B.O. las Resoluciones del ENARGAS mediante las cual se aprobaron los cuadros tarifarios transitorios aplicables a los usuarios de MetroGAS a partir del 1° de abril de 2017 y 1° de diciembre de 2017, respectivamente.
-
c) Se llevaron a cabo las audiencias públicas relacionadas con la RTI de MetroGAS y se convocó a audiencia pública el día 22 de febrero de 2018 para considerar (i) la aplicación de la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, de corresponder, para el ajuste de tarifas de MetroGAS; (ii) la aplicación del traslado a tarifas del precio de gas comprado y (iii) alternativas metodológicas para una facturación más previsible de los consumos de los usuarios residenciales.
-
d) Con fecha 28 de marzo de 2018 se publicaron en el B.O. las Resoluciones del ENARGAS mediante la cual se aprobaron los cuadros tarifarios aplicables a los usuarios de MetroGAS a partir del 1° de abril de 2018, reflejándose en ellos el cumplimiento de los incrementos tarifarios resultantes de la RTI y de la aplicación del índice de actualización de la tarifa establecido en el Anexo V de la Resolución ENARGAS N° 4.356/17, que aprueba una metodología de ajuste semestral no automático de las tarifas con la finalidad de mantener en moneda constante el nivel tarifario.
-
e) Con fecha 15 de agosto de 2018 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución del ENARGAS N° 184/2018 que convocó a audiencia pública para el día 4 de septiembre de 2018 para considerar (i) la aplicación de la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, en los términos de lo dispuesto (respecto de MetroGAS) por la Resolución ENARGAS N° I-4.356/17; y (ii) la aplicación del traslado a tarifas del precio de gas comprado en los términos del Numeral 9.4.2. de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución y la consideración de las DDA correspondientes al período estacional.
-
f) En fecha 7 de octubre de 2018 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución ENARGAS N° 281/2018 que dispuso (i) declarar la validez de la Audiencia Pública mencionada anteriormente, (ii) aprobar los cuadros tarifarios de MetroGAS aplicables a partir de la publicación de los mismos y (iii) aprobar nuevos valores para las Tasas y Cargos percibidos por MetroGAS por servicios adicionales.
-
g) Con fecha 1° de abril de 2019 se publicó en el B.O. la Resolución ENARGAS N° 198/2019 que (i) declara la validez de la Audiencia Pública del 26 de febrero de 2019, (ii) aprueba los cuadros tarifarios de MetroGAS aplicables con vigencia a partir del 1° de abril de 2019, 1°
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
de mayo de 2019 y 1° de junio de 2019 y (iii) aprueba nuevos valores para las Tasas y Cargos percibidos por MetroGAS por servicios adicionales. La Resolución ENARGAS N° 198/2019 fue rectificada en virtud de errores materiales por las Resoluciones ENARGAS N° 201/2019 (B.O. – 03.04.2019) y N° 203/2019 (B.O. – 04.04.2019).
-
h) Por las Resoluciones SGE N° 521/19 y N° 751/19 se difirió el ajuste de tarifas que debía regir a partir del 1° de octubre de 2019 para el 1° de febrero de 2020 (ver Nota 2.3.1 a los presentes estados financieros).
-
i) Por la Ley N° 27.541 del 21 de diciembre de 2019, titulada “Ley de solidaridad social y reactivación productiva en el marco de la emergencia pública” se facultó al PEN para postergar cualquier modificación de tarifas de electricidad y gas natural bajo jurisdicción federal e iniciar un proceso de renegociación de la RTI por un plazo máximo de hasta 180 días (ver Nota 2.2.3 a los presentes estados financieros).
En relación a la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, el ENARGAS advirtió que, para el período a considerar en el ajuste aplicable a partir de octubre-2018, es decir la variación entre febrero y agosto de 2018 existía una notoria disparidad entre la variación del IPIM y la de otros indicadores de la economía y ponderó el mismo con otros indicadores. Con respecto a las DDA correspondientes al período estacional mencionado anteriormente, adoptó algunos criterios distintos a los previstos en la RTI para el reconocimiento de los costos del gas comprado. Ambos conceptos repercutieron negativamente en el ajuste esperado reconociendo un incremento menor al que resultaba de la aplicación de lo aprobado en el proceso de RTI (ver Nota 2.3.1 a los presentes estados financieros).
Como consecuencia de los cambios producidos, se realizó una prueba de deterioro comparando el valor de libros de propiedades, planta y equipo y bienes intangibles con su valor recuperable, determinando el valor actual del flujo de fondos futuro a generarse por dichos activos. La estimación fue realizada tomando en cuenta las tarifas vigentes al cierre del ejercicio aprobadas por el ENARGAS y las que se derivarían de tres escenarios futuros de ciertas variables sensibles en la generación de flujos de fondos, ponderados por su correspondiente probabilidad de ocurrencia (ver Nota 5.1 a los presentes estados financieros). Como resultado de esta prueba, para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019, la Sociedad no ha identificado indicadores de deterioro para las propiedades, planta y equipo y bienes intangibles en consonancia con las NIIF.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
5.2.2 Test de deterioro para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018
Tal como se menciona en la Nota 2.2.1 y 2.3.1, la Sociedad:
-
a) Suscribió durante el ejercicio 2017, con el MINEM y con el Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas un Acuerdo Transitorio que dispone la adecuación transitoria de precios y tarifas del Servicio Público de Distribución de Gas Natural, la afectación específica de los montos allí previstos hasta la suscripción del Acta Acuerdo de Renegociación Contractual Integral y la entrada en vigencia de los cuadros tarifarios definitivos que resulten de la RTI. En este sentido, dispuso que a los fines de la implementación gradual y progresiva de dicha medida, el ENARGAS debía aplicar en forma escalonada los incrementos tarifarios resultantes de la Revisión Tarifaria Integral conforme a la siguiente progresión: treinta por ciento (30%) del incremento, a partir del 1° de abril de 2017; cuarenta por ciento (40%) del incremento, a partir del 1° de diciembre de 2017, y el treinta por ciento (30%) restante, a partir del 1° de abril de 2018.
-
b) Con fecha 31 de marzo de 2017 y 1° de diciembre de 2017 se publicaron en el B.O. las Resoluciones del ENARGAS mediante las cual se aprobaron los cuadros tarifarios transitorios aplicables a los usuarios de MetroGAS a partir del 1° de abril de 2017 y 1° de diciembre de 2017, respectivamente.
-
c) Se llevaron a cabo las audiencias públicas relacionadas con la RTI de MetroGAS y se convocó a audiencia pública el día 22 de febrero de 2018 para considerar (i) la aplicación de la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, de corresponder, para el ajuste de tarifas de MetroGAS; (ii) la aplicación del traslado a tarifas del precio de gas comprado y (iii) alternativas metodológicas para una facturación más previsible de los consumos de los usuarios residenciales.
-
d) Con fecha 28 de marzo de 2018 se publicaron en el B.O. las Resoluciones del ENARGAS mediante la cual se aprobaron los cuadros tarifarios aplicables a los usuarios de MetroGAS a partir del 1° de abril de 2018, reflejándose en ellos el cumplimiento de los incrementos tarifarios resultantes de la Revisión Tarifaria Integral y de la aplicación del índice de actualización de la tarifa establecido en el Anexo V de la Resolución ENARGAS N° 4.356/17, que aprueba una metodología de ajuste semestral no automático de las tarifas con la finalidad de mantener en moneda constante el nivel tarifario.
-
e) Con fecha 15 de agosto de 2018 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución del ENARGAS N° 184/2018 que convocó a audiencia pública para el día 4 de septiembre de 2018 para considerar (i) la aplicación de la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, en los términos de lo dispuesto (respecto de MetroGAS) por la Resolución ENARGAS N° I-4.356/17; y (ii) la aplicación del traslado a tarifas del precio de gas
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
comprado en los términos del Numeral 9.4.2. de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución y la consideración de las DDA correspondientes al período estacional.
- f) En fecha 7 de octubre de 2018 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución ENARGAS N° 281/2018 que dispuso (i) declarar la validez de la Audiencia Pública mencionada anteriormente, (ii) aprobar los cuadros tarifarios de MetroGAS aplicables a partir de la publicación de los mismos y (iii) aprobar nuevos valores para las Tasas y Cargos percibidos por MetroGAS por servicios adicionales.
No obstante, en relación a la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, el ENARGAS advirtió que, para el período a considerar en el ajuste aplicable a partir de octubre-2018, es decir la variación entre febrero y agosto de 2018 existía una notoria disparidad entre la variación del IPIM y la de otros indicadores de la economía y ponderó el mismo con otros indicadores. Con respecto a las DDA correspondientes al período estacional mencionado anteriormente, adoptó algunos criterios distintos a los previstos en la RTI para el reconocimiento de los costos del gas comprado. Ambos conceptos repercutieron negativamente en el ajuste esperado reconociendo un incremento menor al que resultaba de la aplicación de lo aprobado en el proceso de RTI (ver Nota 2.3.1 a los presentes estados financieros).
Como consecuencia de lo señalado, se realizó una prueba de deterioro comparando el valor de libros de propiedades, planta y equipo y bienes intangibles con su valor recuperable, determinando el valor actual del flujo de fondos futuro a generarse por dichos activos. La estimación fue realizada tomando en cuenta las tarifas vigentes al cierre del ejercicio aprobadas por el ENARGAS y las que se derivarían a partir de abril de 2019 considerando para ello tres escenarios de flujos de fondos ponderados por su correspondiente probabilidad (ver Nota 5.1 a los presentes estados financieros al 31 de diciembre de 2018).
Como resultado de esta prueba, para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018, la Sociedad no ha identificado indicadores de deterioro para las propiedades, planta y equipo y bienes intangibles en consonancia con las NIIF.
5.3 Reconocimiento de ingresos y créditos por ventas
Los ingresos se reconocen sobre la base de lo devengado contra entrega a los clientes, que incluye los montos estimados de gas o líquidos entregados y no facturados al cierre de cada ejercicio, su transporte y distribución, de corresponder. Los montos efectivamente entregados son estimados en base a los volúmenes comprados y otra información histórica. Estos volúmenes se asignan a cada tipo de cliente, segmento y nivel de ahorro para su valoración según el tarifario aplicable de acuerdo a la estimación que se realiza en base a información histórica de segmentación y niveles de ahorro de cada mes de facturación.
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La Sociedad está expuesta a pérdidas por incobrabilidad. La Provisión para deudores incobrables se realiza en base a las estimaciones de las recaudaciones de la Sociedad y las pérdidas crediticias esperadas. Si bien la Sociedad utiliza la información disponible para realizar las estimaciones, es posible que en el futuro deba realizar ajustes a las provisiones en caso de que las futuras condiciones económicas difieran sustancialmente de los presupuestos utilizados al realizar las estimaciones. El cargo correspondiente se expone en Gastos de comercialización; no se realizan ajustes sobre los Ingresos por ventas.
La Sociedad calcula el deterioro de sus activos financieros aplicando el modelo simplificado agrupando los activos en función del tipo de cliente: i) clientes residenciales, ii) grandes clientes.
Para determinar la pérdida crediticia esperada de los clientes residenciales, al tratarse de un gran número de clientes localizados en una misma área geográfica y con características de riesgo crediticio comunes, la Sociedad prepara una matriz a partir de su registro de tasas de impago históricas a lo largo de la vida esperada de las cuentas por cobrar y las ha ajustado por las circunstancias relativas a las condiciones económicas futuras.
Para los grandes clientes, la Sociedad realiza un análisis individual de los créditos que representan un riesgo (riesgo de quiebra, clientes involucrados en un procedimiento judicial con la Sociedad) al cierre de cada ejercicio.
Definido cada grupo, se asigna una tasa de incobrabilidad esperada calculada en base a tasas de impago históricas ajustadas a las condiciones económicas futuras.
5.4 Provisiones
La Sociedad tiene ciertos pasivos contingentes con respecto a reclamos, juicios y otros procedimientos, reales o potenciales. La Sociedad devenga pasivos cuando resulta probable que incurrirá en futuras salidas de recursos y dichas obligaciones puedan ser estimadas en forma razonable.
Dichos devengamientos se basan en estimaciones realizadas en función de la información disponible, estimaciones de la gerencia de los resultados de estas cuestiones y considerando la opinión de sus asesores legales. Estas presunciones básicas respecto al futuro y otras fuentes claves de incertidumbre en las estimaciones al final del período sobre el cual se reportan implican un riesgo significativo de originar ajustes materiales a los importes en libros de los activos y pasivos durante los próximos periodos financieros.
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5.5 Impuesto a las ganancias diferido e impuesto a la ganancia mínima presunta
La Sociedad determina el cargo contable por impuesto a las ganancias de acuerdo con el método del impuesto diferido, el cual considera el efecto de las diferencias temporarias originadas en la distinta base de medición de activos y pasivos según criterios contables e impositivos y de los quebrantos impositivos existentes y créditos fiscales no utilizados susceptibles de deducción de ganancias impositivas futuras, computados considerando la tasa impositiva que se espera esté vigente al momento de su reversión o utilización.
Adicionalmente, la Sociedad determina el IGMP aplicando la tasa vigente del 1% de los activos computables al cierre de cada ejercicio. Este impuesto es complementario de la obligación por impuesto a las ganancias. El impuesto se calcula aplicando la alícuota efectiva del 1% sobre la base fiscal de ciertos activos. La obligación fiscal final será el mayor entre el impuesto a las ganancias o el IGMP. Sin embargo, si el IGMP fuera mayor que el impuesto a las ganancias durante cualquier ejercicio económico, dicho excedente puede ser computado como pago a cuenta de cualquier excedente del impuesto a las ganancias sobre el IGMP que pueda originarse en los diez ejercicios económicos siguientes.
La Sociedad evalúa la recuperabilidad de los activos por impuesto diferido e IGMP teniendo en cuenta la probabilidad que algunos o todos los activos por impuesto diferido o créditos no se realicen. Para realizar esta evaluación, la Sociedad considera la reversión programada de los pasivos por impuesto diferido, las ganancias impositivas futuras proyectadas, las estrategias de planificación impositivas como así también la evidencia objetiva de su recupero.
5.6 Aplicación de la CINIIF 12 “Contratos de concesión”
La Interpretación N° 12 “Acuerdos de Concesión de Servicios” (CINIIF 12) fija ciertos lineamientos para la contabilización por parte de entidades privadas que prestan servicios públicos mediante un acuerdo de concesión de servicios o contrato de similar naturaleza. La CINIIF 12 es aplicable para el licenciatario dependiendo, entre otros, del control que el concedente tiene sobre la regulación del servicio y la existencia de un interés residual significativo al finalizar el acuerdo.
Considerando que la CINIIF 12 establece lineamientos y principios generales se requiere de juicio para la determinación de si corresponde su aplicación, debido a las características particulares de cada contrato de concesión o licencia y a la complejidad propia de los diferentes conceptos incluidos en la interpretación.
La Sociedad ha analizado las características, condiciones y los términos actualmente vigentes de su Licencia de distribución de gas natural y los lineamientos establecidos en la CINIIF 12. En base a su análisis, concluyó que la licencia está fuera del alcance de la CINIIF 12, principalmente por las características de renovación de la licencia que dan un resultado similar al que resultaría de haber obtenido un derecho perpetuo para la operación de la infraestructura. En el mismo sentido, la CNV
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emitió el 20 de diciembre de 2012 la Resolución Nº 613, que establece las razones y los fundamentos por los cuales considera que las empresas concesionarias de transporte y distribución de gas natural y sus empresas controlantes están fuera del alcance de la CINIIF 12.
Cualquier cambio en las condiciones debe ser analizado para considerar también si cambia el análisis previamente efectuado.
6. ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS FINANCIEROS
6.1 Factores de riesgos financieros
Para la gestión del riesgo financiero la Sociedad cuenta con diversas políticas de gestión que le permiten mitigar su exposición a los riesgos de mercado (incluyendo riesgos asociados a la variación en el tipo de cambio, de tipo de interés y en el precio de los productos que ella comercializa), riesgo de crédito y riesgo de liquidez.
La Sociedad no suscribe o negocia instrumentos financieros, entre los que se incluyen los instrumentos financieros derivados, para fines especulativos.
6.1.1 Riesgo de mercado
La Sociedad está expuesta principalmente a riesgos financieros de cambios en tipos de cambio (ver acápite a) debajo) y riesgos de tasas de interés (ver acápite b) debajo).
No ha habido cambios en la exposición de la Sociedad a los riesgos del mercado o la forma en la cual dichos riesgos son manejados y medidos.
a) Riesgo cambiario
La Sociedad realiza transacciones denominadas en moneda extranjera: en consecuencia se generan exposiciones a fluctuaciones en la tasa de cambio. La Sociedad está expuesta principalmente a la fluctuación del tipo de cambio del dólar estadounidense (U$S) con respecto al peso argentino ($).
Las tarifas que percibe MetroGAS por los servicios de distribución de gas natural se encuentran pesificadas, razón por la cual la mayor parte de los ingresos de la Sociedad se encuentran denominados en pesos.
Por su parte la deuda financiera de la Sociedad, relacionada con préstamos en dólares estadounidenses ascendió a miles de U$S 139.664 al 31 de diciembre de 2019.
A fin de mitigar el riesgo de tipo de cambio, durante el presente ejercicio, MetroGAS concertó operaciones de compra a término de dólares estadounidenses con el fin de cubrir la exposición al
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riesgo asociado al tipo de cambio que deriva de su deuda financiera (ver Nota 18.3 a los presentes estados financieros).
Al 31 de diciembre de 2019 la posición monetaria pasiva neta en moneda extranjera ascendió a miles de U$S 143.414. En la Nota 33 se expone la composición por moneda.
La Sociedad estima que, en función al valor contable de la deuda financiera, por cada aumento o disminución en el tipo de cambio del 10% frente al dólar estadounidense daría lugar a una pérdida o ganancia antes de impuestos de 836 millones. Este análisis de sensibilidad es hipotético ya que los impactos reales podrían diferir significativamente y variar en el tiempo.
b) Riesgo de las tasas de interés
Los préstamos financieros están sujetos principalmente a variaciones en la tasa LIBOR y BADLAR. El impacto en el resultado antes de impuesto en más o menos 100 puntos básicos ascendería a 106.256.
c) Riesgo de precio
En el segmento de distribución de gas la Sociedad no se encuentra expuesta al riesgo de precios de gas natural dado que las tarifas que factura MetroGAS a sus clientes se encuentran reguladas y el marco regulatorio prevé un mecanismo de traslado a tarifas del costo de compra de gas (ver Nota 2.3.1 a los presentes estados financieros).
Adicionalmente, en el segmento de comercialización, los precios del gas natural con destino industrial se determinan en función de la oferta y demanda exclusivamente local e interna.
6.1.2 Riesgo de crédito
El riesgo de crédito se refiere a que la contraparte incumpla con sus obligaciones contractuales resultando en una pérdida financiera para la Sociedad. El presente riesgo deriva principalmente de factores económicos y financieros, o de la posibilidad de que la contraparte entre en default o por factores más estrictamente técnicos, comerciales o administrativos.
En lo referente al riesgo de crédito de las cuentas a cobrar provenientes de la actividad comercial, éste es históricamente limitado dado que el corto plazo de cobro a los clientes implica que no se acumulen individualmente montos muy significativos. El corte de suministro es una potestad de la Sociedad ante incumplimientos de parte de los clientes, herramienta que se utiliza y facilita el proceso de evaluación y control de riesgo de crédito. Ante la falta de pago de cualquier factura, la Distribuidora tendrá derecho a suspender el servicio. La Resolución ENARGAS N° 4.313/17, que modificó el Reglamento de Servicio, regula el procedimiento de corte del suministro y establece
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un plazo de 2 días hábiles contados a partir de la notificación al usuario mediante un aviso de deuda.
MetroGAS cuenta entre sus clientes con una gran cantidad de usuarios residenciales (aproximadamente 2,4 millones de clientes) y algunos grandes clientes compuestos por centrales eléctricas, industrias, comercios, entidades públicas y estaciones de GNC.
La Sociedad calculó el deterioro de sus activos financieros aplicando el modelo simplificado agrupando los activos en función del tipo de cliente: i) clientes residenciales, ii) grandes clientes.
Para determinar la pérdida crediticia esperada de los clientes residenciales, al tratarse de un gran número de clientes localizados en una misma área geográfica y con características de riesgo crediticio comunes, la Sociedad ha preparado una matriz a partir de su registro de tasas de impago históricas a lo largo de la vida esperada de las cuentas por cobrar y las ha ajustado por las circunstancias relativas a las condiciones económicas futuras.
Para los grandes clientes, la Sociedad realizó un análisis individual de los créditos que representan un riesgo (riesgo de quiebra, clientes involucrados en un procedimiento judicial con la Sociedad) al 31 de diciembre de 2019.
Definido cada grupo, se asignó una tasa de incobrabilidad esperada calculada en base a tasas de impago históricas ajustadas a las condiciones económicas futuras.
El riesgo crediticio afecta también al efectivo y equivalentes de efectivo, depósitos en bancos e instituciones financieras, si bien la Sociedad busca realizar sus colocaciones financieras en instituciones de primer nivel.
La exposición máxima al riesgo de crédito de la Sociedad distinguiendo por el tipo de instrumento financiero se detalla a continuación:
| Efectivo y equivalentes de efectivo Créditos por ventas Otros créditos |
Exposición máxima al |
|---|---|
| 31.12.19 31.12.18 |
|
| 1.390.697 2.375.909 11.916.198 8.679.379 5.910.387 8.619.516 |
Al 31 de diciembre de 2019 y 2018 la provisión para deudores incobrables asciende a 634.538 y 530.290, respectivamente. Esta provisión representa la mejor estimación de la Sociedad de las pérdidas crediticias esperadas en relación con las cuentas por cobrar.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
En las Notas 13 y 14 se informan las anticuaciones de los créditos por ventas y de los otros créditos, respectivamente.
6.1.3 Riesgos de liquidez
El riesgo de liquidez representa la imposibilidad de la Sociedad de hacer frente a sus compromisos financieros en el corto y mediano plazo.
En la actualidad la liquidez de la Sociedad es una de los principales focos de atención de la Dirección.
Con fecha 8 de febrero de 2018, MetroGAS instrumentó un préstamo no garantizado por la suma de millones de U$S 250 por un plazo de treinta y seis meses y amortizable en nueve cuotas trimestrales a partir de los doce meses desde la fecha de desembolso. La Sociedad procedió a destinar los fondos (i) al rescate, con fecha 27 de febrero de 2018, de la totalidad de las Obligaciones Negociables; (ii) a la refinanciación de pasivos corrientes; y (iii) a capital de trabajo (ver Nota 18.1 a los presentes estados financieros). La Sociedad canceló las cuotas de capital e intereses en sus respectivos vencimientos.
Asimismo, el 12 de diciembre de 2018, MetroGAS emitió Obligaciones Negociables simples Clase 2 (las “Nuevas Obligaciones Negociables”) denominadas en pesos con vencimiento a los doce meses desde la fecha de emisión por millones de 512,4 (ver Nota 18.2 a los presentes estados financieros). Los fondos provenientes de la emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables fueron utilizados para la pre-cancelación de capital e intereses correspondientes a la primera cuota del Préstamo con Industrial and Commercial Bank of China Limited - Dubai Branch e Itaú Unibanco - New York Branch. La deuda se canceló en su vencimiento (ver Nota 18.1 a los presentes estados financieros).
Con fecha 24 de mayo de 2019, MetroGAS instrumentó un préstamo con el Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U. por la suma de 300.000 por un plazo de 360 días y amortizable en una cuota al vencimiento el cual operará el 21 de mayo de 2020. El préstamo contempla un interés a una tasa nominal anual del 68,8% pagadero en forma mensual (ver Nota 18.1 a los presentes estados financieros).
Con fecha 9 de septiembre de 2019 la Sociedad celebró un contrato de préstamo con el Banco Itaú Argentina S.A. e Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A. por un monto total de 828.000 a ser cancelado en tres (3) cuotas, pagaderas el 25 de septiembre, el 25 de octubre y el 25 de noviembre de 2019. El préstamo contempla un interés a una tasa nominal anual del 97% pagadero junto con cada cuota de capital. Dicho financiamiento se encontraba garantizado por una cesión en garantía de derechos de cobro devengado y/o a devengarse en favor de los Bancos bajo el Contrato de Sistema de Pago Fácil. Este préstamo fue cancelado en su vencimiento (ver Nota 18.1 a los presentes estados financieros).
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Con fecha 20 de febrero de 2020 la Sociedad celebró un contrato de préstamo con el Banco Itaú Argentina S.A. e Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A. por un monto total de 3.329.000 a ser cancelado en once (11) cuotas trimestrales y consecutivas pagaderas a partir del décimo octavo mes contado desde la fecha de desembolso del préstamo (ver Nota 34 a los presentes estados financieros).
Al 31 de diciembre de 2019 MetroGAS registró un capital de trabajo negativo de 10.499.055.
Los pasivos financieros que devengan intereses son la Deuda Financiera (ver Nota 18.1 a los presentes estados financieros), la deuda por DDA con productores de gas (ver Nota 2.3.3 a los presentes estados financieros), la deuda vencida por el gas comprado a los productores de gas durante los meses de agosto y septiembre de 2019 y los arrendamientos financieros.
Los vencimientos de activos financieros se incluyen en las Notas 13 y 14 y los vencimientos de pasivos financieros se incluyen en las Notas 17, 18, 19, 22, 23 y 24.
6.2 Gestión del riesgo de capital
El objetivo principal de la gestión del capital de la Sociedad es mantener la calidad crediticia y ratios de capital que permitan sustentar su negocio y maximizar el valor para sus accionistas.
La estructura de capital de la Sociedad consiste en la deuda neta (la deuda financiera que se detalla en Nota 18 compensada por saldos de efectivo y equivalentes de efectivo) y el patrimonio de la Sociedad.
El índice de endeudamiento de los ejercicios sobre los que se informa es el siguiente:
| Deuda financiera Efectivo y equivalentes de efectivo Deuda neta Patrimonio |
31.12.19 31.12.18 10.750.578 14.531.370 (1.390.697) (2.375.909) 9.359.881 12.155.461 20.433.004 20.492.676 |
|---|---|
| Índice de deuda neta y patrimonio | 46% 59% |
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7. INSTRUMENTOS FINANCIEROS
Los activos y pasivos financieros se han clasificado y valuado íntegramente a costo amortizado, salvo los fondos comunes de inversión que se encuentran clasificados y valuados a valor razonable con cambios en resultados (ver Nota 15 a los presentes estados financieros).
7.1 Determinación del valor razonable
La NIIF 13 define el valor razonable como el precio que se recibiría por vender un activo o que se pagaría por transferir un pasivo en una transacción ordenada entre participantes de mercado en la fecha de la medición. Al estimar el valor razonable de un activo o un pasivo, la Sociedad toma en cuenta las características del activo o pasivo si los participantes del mercado toman en cuenta esas características al valorar el activo o pasivo a la fecha de medición. El valor razonable para efectos de medición y/o revelación en estos estados financieros se determina sobre esa base, excepto por las transacciones de arrendamiento, dentro del alcance de la NIC 17 y las mediciones que tienen ciertas similitudes con el valor razonable pero que no son valor razonable, como el valor realizable en la NIC 2 o el valor en uso en la NIC 36. Todos los instrumentos financieros reconocidos al valor razonable son asignados a uno de los niveles de jerarquía de valuación de la NIIF 7. Esta jerarquía de valuación comprende tres niveles. La base inicial para la imputación es la "clase de inversión económica". De acuerdo con la NIIF 7, las técnicas de valuación utilizadas para determinar el valor razonable deben maximizar el uso de información observable.
La medición a valor razonable de los instrumentos financieros de MetroGAS es clasificada de acuerdo a los tres niveles establecidos en la NIIF 7 con base en el grado hasta el cual las entradas a las mediciones del valor razonable son observables y la importancia de las entradas para las mediciones del valor razonable en su totalidad, que se describen a continuación:
-
Nivel 1: valor razonable determinado por precios de cotización en mercados activos para idénticos activos o pasivos que la Sociedad pueda tomar como referencia a la fecha de cierre del ejercicio. Un mercado se considera activo si las transacciones se llevan a cabo con cierta frecuencia y se dispone de suficiente información de precios en forma permanente. Debido a que un precio cotizado en un mercado activo es el indicador más confiable del valor razonable, este debe ser utilizado siempre, si estuviere disponible.
-
Nivel 2: valor razonable determinado en base a información observable distinta de los precios de cotización mencionados en el Nivel 1 para activos o pasivos financieros, ya sea directamente (por ejemplo, precios) o indirectamente (por ejemplo, derivada de los precios).
-
Nivel 3: valor razonable determinado a través de información no observable en la cual se requiere que la sociedad elabore sus propias hipótesis y premisas. Esto solo es permitido en la medida que no haya disponible información de mercado. Los datos incorporados reflejan las estimaciones que tendría en cuenta un participante de mercado para fijar los precios. La
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
Sociedad utiliza la mejor información disponible, inclusive datos internos. MetroGAS no posee instrumentos financieros que califiquen como de Nivel 3.
Los únicos activos financieros de la Sociedad que se miden al valor razonable al final del período que se informa son los fondos comunes de inversión cuyos valores razonables son determinados por precios de cotización (Nivel 1).
No hay pasivos financieros medidos posteriormente al valor razonable.
La Sociedad considera que los importes en libros de los activos financieros reconocidos en los estados financieros a costo amortizado se aproximan a su valor razonable.
La Sociedad considera que los importes en libros de los pasivos financieros reconocidos en los estados financieros a costo amortizado se aproximan a su valor razonable.
El total de las ganancias para el ejercicio incluye una ganancia de 347.127 y 309.927 en los ejercicios 2019 y 2018, respectivamente, relacionada con activos financieros medidos al valor razonable.
8. PARTICIPACIÓN EN SUBSIDIARIAS
Los datos que reflejan el control societario son los siguientes:
| Sociedad bajo control directo |
Porcentaje de participación sobre el capital socialyvotosposibles |
|---|---|
| MetroENERGÍA | 31.12.19 31.12.18 |
| 95% 95% |
Las políticas contables de las subsidiarias han sido cambiadas, en caso de corresponder, para asegurar la consistencia con las políticas adoptadas por la Sociedad.
MetroGAS ha utilizado los últimos estados contables de MetroENERGÍA al 31 de diciembre de 2019 para el cálculo de su participación en dicha sociedad, el Patrimonio Neto de MetroENERGÍA al 31 de diciembre de 2019 asciende a 1.878.928 y el resultado positivo del ejercicio asciende a 1.874.529.
MetroENERGÍA tiene por objeto social dedicarse por cuenta propia, por cuenta y orden de terceros o asociada a terceros, a la compra-venta de gas natural y/o su transporte.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
De acuerdo a lo dispuesto por el Directorio de MetroENERGÍA en su reunión celebrada el 4 de febrero de 2019, con fecha 11 de febrero de 2019 han sido abonados al accionista mayoritario MetroGAS los dividendos correspondientes al resultado del ejercicio 2017.
La Asamblea Ordinaria de Accionistas celebrada el 30 de abril de 2019 dispuso incrementar la Reserva legal, hasta alcanzar el límite del 20% del Capital social de acuerdo a lo establecido por el art. 70 de la Ley General de Sociedades y el pago de un dividendo en efectivo.
De acuerdo a lo dispuesto por el Directorio de MetroENERGÍA en su reunión celebrada el 8 de mayo de 2019, con fecha 13 de mayo de 2019 han sido abonados a los accionistas MetroGAS e YPF los dividendos correspondientes al resultado del ejercicio 2018, en proporción a sus tenencias accionarias.
Con fecha 2 de octubre de 2019, el Directorio de MetroENERGÍA aprobó los Estados Contables Especiales al 31 de agosto de 2019 y la distribución de dividendos anticipados por el resultado del período a dicha fecha por 906.870 (cuyo monto reexpresado al 31 de diciembre de 2019 asciende a 1.072.827). A la fecha de aprobación de los presentes estados financieros, MetroENERGÍA abonó la totalidad de los dividendos anticipados a los accionistas MetroGAS e YPF en proporción a sus tenencias accionarias.
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9. PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO
==> picture [378 x 243] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
CUENTA PRINCIPAL VALORES O RIGINALES
INICIO TRANSFERENCIA AUMENTOS TRANSFERENCIAS BAJAS AL CIERRE
DEL REVALUACIÓN () AMORT. ACUM. DEL EJERCICIO
EJERCICIO
Activos Esenciales
Ramales de alta presión 6.695.725 (1.337.288) (149.532) - 4.939 - 5.213.844
Conductos y redes en media y baja presión 20.766.404 875.154 (835.145) - 491.042 (91.497) 21.205.958
Estaciones de regulación y/o medición de presión 1.285.642 (962.620) (70.221) - - - 252.801
Instalaciones de medición de consumos 1.252.440 (218.421) (226.025) - 366.770 - 1.174.764
Redes cedidas por terceros 902.514 66.751 (26.126) - 13.372 - 956.511
Subtotal Activos Esenciales 30.902.725 (1.576.424) (1.307.049) - 876.123 (91.497) 28.803.878
Activos no esenciales
Terrenos 267.461 - - - - - 267.461
Edificios y construcciones civiles 1.236.363 - - - 5.324 - 1.241.687
Otras instalaciones técnicas 924.867 - - - - - 924.867
Máquinas, equipos y herramientas 571.919 - - - 25.194 - 597.113
Sistemas informáticos y de telecomunicación 3.057.675 - - - 1.633 (3.734) 3.055.574
Vehículos 278.472 - - - 28.173 (14.644) 292.001
Muebles y útiles 100.743 - - - 1.138 - 101.881
Materiales 896.618 - - 928.283 (581.717) (80.561) 1.162.623
Gas en cañerías 3.663 - - - - - 3.663
Obras en curso 3.630.318 - - 3.305.919 (355.868) - 6.580.369
Subtotal O tros Activos no Esenciales 10.968.099 - - 4.234.202 (876.123) (98.939) 14.227.239
Subtotal 41.870.824 (1.576.424) (1.307.049) 4.234.202 - (190.436) 43.031.117
Provisión obsolescencia de materiales (9.567) - - (424) - 8.879 (1.112)
Provisión baja propiedades, planta y equipo (68.939) - - (10.682) - 60.693 (18.928)
Total al 31 de diciembre de 2019 41.792.318 (1.576.424) (1.307.049) 4.223.096 - (120.864) 43.011.077
Total al 31 de diciembre de 2018 46.237.063 (1.638.191) (5.343.517) 2.996.502 - (459.539) 41.792.318
----- End of picture text -----*
(*) La disminución de la revaluación al 31 de diciembre de 2019 surge de comparar los valores revaluados ajustados por inflación al 31 de diciembre de 2019 con los costos ajustados por inflación a la misma fecha.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
9. PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO (Cont.)
==> picture [358 x 241] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
CUENTA PRINCIPAL DEPRECIACIONES
ACUMULADAS TRANSFERENCIA BAJAS AUMENTOS ACUMULADAS NETO NETO
AL INICIO AMORT. ACUM. AL CIERRE RESULTANTE RESULTANTE
DEL EJERCICIO DEL EJERCICIO 31-12-19 31-12-18
Activos Esenciales
Ramales de alta presión - (149.532) - 149.532 - 5.213.844 6.695.725
Conductos y redes en media y baja presión - (835.145) (52.094) 887.239 - 21.205.958 20.766.404
Estaciones de regulación y/o medición de presión - (70.221) - 70.221 - 252.801 1.285.642
Instalaciones de medición de consumos - (226.025) - 226.025 - 1.174.764 1.252.440
Redes cedidas por terceros - (26.126) - 26.126 - 956.511 902.514
Subtotal Activos Esenciales - (1.307.049) (52.094) 1.359.143 - 28.803.878 30.902.725
Activos no esenciales
Terrenos - - - - - 267.461 267.461
Edificios y construcciones civiles 574.823 - - 28.480 603.303 638.384 661.540
Otras instalaciones técnicas 849.598 - - 6.990 856.588 68.279 75.269
Máquinas, equipos y herramientas 492.416 - - 15.152 507.568 89.545 79.503
Sistemas informáticos y de telecomunicación 2.927.704 - (3.464) 44.118 2.968.358 87.216 129.971
Vehículos 156.395 - (13.104) 37.141 180.432 111.569 122.077
Muebles y útiles 94.845 - - 704 95.549 6.332 5.898
Materiales - - - - - 1.162.623 896.618
Gas en cañerías - - - - - 3.663 3.663
Obras en curso - - - - - 6.580.369 3.630.318
Subtotal Otros Activos no Esenciales 5.095.781 - (16.568) 132.585 5.211.798 9.015.441 5.872.318
Subtotal 5.095.781 (1.307.049) (68.662) 1.491.728 5.211.798 37.819.319 36.775.043
Provisión obsolescencia de materiales - - - - - (1.112) (9.567)
Provisión baja propiedades, planta y equipo - - - - - (18.928) (68.939)
Total al 31 de diciembre de 2019 5.095.781 (1.307.049) (68.662) 1.491.728 5.211.798 37.799.279
Total al 31 de diciembre de 2018 8.998.820 (5.343.517) (90.821) 1.531.299 5.095.781 36.696.537
----- End of picture text -----
Tal como se menciona en Nota 2.6.1, de acuerdo a la Licencia, una porción sustancial de las Propiedades, planta y equipo corresponden a Activos Esenciales sobre los cuales existen ciertas restricciones descriptas en dicha nota.
Firmado a los efectos de su identificación con
nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
10. PROPIEDADES DE INVERSIÓN
==> picture [657 x 150] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
VALORES ORIGINALES DEPRECIACIONES
CUENTA PRINCIPAL INICIO AL CIERRE ACUMULADAS ALÍCUOTA AUMENTOS ACUMULADAS NETO NETO
DEL DEL EJERCICIO AL INICIO AL CIERRE RESULTANTE RESULTANTE
EJERCICIO DEL EJERCICIO DEL EJERCICIO 31-12-19 31-12-18
Terrenos 12.460 12.460 - - - - 12.460 12.460
Edificios 52.089 52.089 26.770 2,00% 1.043 27.813 24.276 25.319
Total al 31 de diciembre de 2019 64.549 64.549 26.770 1.043 27.813 36.736
Total al 31 de diciembre de 2018 64.549 64.549 25.727 1.043 26.770 37.779
----- End of picture text -----
El valor razonable al 31 de diciembre de 2019 ascendió a 157.494, el cual se obtuvo a través de avalúos realizados por valuadores independientes no relacionados con MetroGAS.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
11. BIENES INTANGIBLES
==> picture [657 x 133] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
VALORES ORIGINALES AMORTIZACIÓN
CUENTA PRINCIPAL INICIO ALTAS TRANSFE- AL CIERRE ACUMULADAS ALÍCUOTA AUMENTOS ACUMULADAS NETO NETO
DEL RENCIAS DEL EJERCICIO AL INICIO AL CIERRE RESULTANTE RESULTANTE
EJERCICIO DEL EJERCICIO DEL EJERCICIO 31-12-19 31-12-18
Desarrollo de software en curso 921.813 541.002 (265.087) 1.197.728 - - - - 1.197.728 921.813
Software 660.554 - 265.087 925.641 176.107 20% 142.326 318.433 607.208 484.447
Total al 31 de diciembre de 2019 1.582.367 541.002 - 2.123.369 176.107 142.326 318.433 1.804.936
Total al 31 de diciembre de 2018 594.628 987.739 - 1.582.367 46.960 129.147 176.107 1.406.260
----- End of picture text -----
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
12. ACTIVOS POR DERECHO DE USO
==> picture [657 x 139] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
VALORES ORIGINALES AMORTIZACIÓN
CUENTA PRINCIPAL INICIO ALTAS AL CIERRE ACUMULADAS AUMENTOS ACUMULADAS NETO NETO
DEL (1) DEL EJERCICIO AL INICIO (2) AL CIERRE RESULTANTE RESULTANTE
EJERCICIO DEL EJERCICIO DEL EJERCICIO 31-12-19 31-12-18
Inmuebles - 19.370 19.370 - 12.798 12.798 6.572 -
Total al 31 de diciembre de 2019 - 19.370 19.370 - 12.798 12.798 6.572
Total al 31 de diciembre de 2018 - - - - - - -
----- End of picture text -----
(1) El monto al 1° de enero de 2019 correspondiente a la adopción de la NIIF 16 ascendió a 12.538 (cuyo monto reexpresado al 31 de diciembre de 2019 asciende a 19.287).
(2) El cargo por amortización de los activos por derecho de uso fue imputado al rubro “Amortización de activos por derecho de uso” del cuadro de Gastos por naturaleza (ver Nota 26 a los presentes estados financieros).
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13. CRÉDITOS POR VENTAS
==> picture [411 x 167] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
31.12.19 31.12.18
Corriente
Deudores comunes 8.361.717 6.421.104
Consumos a facturar 3.626.730 2.280.702
Partes relacionadas (Nota 31) 190.811 169.389
Saldo trasladable impuesto a los débitos y créditos 132.915 120.367
Saldo trasladable Tasa Seguridad e Higiene 75.738 60.532
Saldo trasladable Tasa de Ocupación de Espacios
155.601 147.941
Públicos
Provisión para deudores incobrables (627.314) (520.656)
Total Corriente 11.916.198 8.679.379
----- End of picture text -----
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
El análisis de antigüedad de los créditos por ventas es el siguiente:
| 31.12.19 | 31.12.18 | |
|---|---|---|
| -De plazo vencido menos de 3 meses de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses de 1 a 2 años más de 2 años |
2.106.441 554.296 225.034 241.332 481.572 169.042 |
5.592.615 412.026 142.290 121.232 280.535 179.343 |
| Subtotal | 3.777.717 | 6.728.041 |
| -A vencer menos de 3 meses |
8.665.086 | 2.378.779 |
| de 3 a 6 meses | 34.062 | 31.957 |
| de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses |
33.348 33.299 |
31.166 30.092 |
| Subtotal | 8.765.795 | 2.471.994 |
| Provisión para deudores incobrables Total |
(627.314) 11.916.198 |
(520.656) |
| 8.679.379 | ||
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La evolución de la provisión para deudores incobrables para créditos por ventas y otros créditos es la siguiente:
| la siguiente: | ||
|---|---|---|
| 31.12.19 | 31.12.18 | |
| Saldo al inicio del ejercicio | 530.290 | 248.135 |
| Altas (*) | 483.836 | 429.032 |
| RECPAM | (267.220) | (145.431) |
| Utilizaciones | (112.368) | (1.446) |
| Saldo al cierre del ejercicio | 634.538 | 530.290 |
(*) Imputado al rubro Deudores Incobrables del cuadro de Gastos (ver Nota 26 a los presentes estados financieros)
La Sociedad tiene una amplia gama de clientes, incluidos clientes residenciales, comerciales, industriales - pequeños y grandes - y entidades gubernamentales. Al determinar la recuperabilidad de una cuenta comercial por cobrar, la Sociedad considera cualquier cambio en la calidad crediticia de la cuenta a partir de la fecha en que se otorgó inicialmente el crédito hasta el final del periodo sobre el que se informa. La concentración del riesgo de crédito es limitada debido a que la base de clientes es extensa e independiente.
Debido a las condiciones de prestación de servicio público que presta la Sociedad, no se realiza un análisis con calificación crediticia interna o externa, particularmente para los clientes residenciales cuyos créditos considerados individualmente no son significativos. En Nota 6.1.2 se describe el riesgo de crédito y el análisis que realiza la Sociedad en relación a los créditos por ventas.
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14. OTROS CRÉDITOS
| No corriente: Anticipos al personal Gastos a recuperar Saldos trasladables - Tasas ocupación de espacios públicos Saldo trasladable tasa de estudio, revisión e inspección en la vía pública del GCABA Partes Relacionadas - Decreto N° 1.053/18 (Nota 31) Crédito por IGMP (Nota 29) Gastos pagados por adelantado Total no corriente Corriente: Anticipos al personal Crédito por IGMP (Nota 29) Seguros pagados por adelantado Gastos pagados por adelantado Crédito por garantías operaciones de cobertura (Nota 18.3) Partes Relacionadas - Decreto N° 1.053/18 (Nota 31) Gastos a recuperar Partes relacionadas (Nota 31) Partes Relacionadas - Resolución MINEM N° 508-E/2017 (Nota 31) Anticipo a proveedores Créditos impositivos Deudores varios Provisión para deudores incobrables Total corriente Total |
31.12.19 31.12.18 249 2.074 9 62 4.969 4.709 539.035 352.529 1.842.439 4.892.720 66.690 - 1.570 6.866 2.454.961 5.258.960 3.146 5.841 - 124.450 3.608 3.784 28.688 10.196 189.000 - 2.573.748 543.635 11.341 12.956 79.176 294.179 172.144 1.930.940 88.662 181.856 265.530 163.927 47.607 98.426 (7.224) (9.634) 3.455.426 3.360.556 5.910.387 8.619.516 |
|---|---|
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
El análisis de antigüedad de los otros créditos es el siguiente:
| 31.12.19 | 31.12.18 | |
|---|---|---|
| -De plazo vencido | ||
| menos de 3 meses de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses de 1 a 2 años más de 2 años Subtotal |
432.953 687 690 397 1.375 62.595 498.697 |
1.089.798 776.014 15.298 2.183 74.435 25.573 |
| 1.983.301 | ||
| -Sin plazo establecido | 5.348 | 226.556 |
| -A vencer menos de 3 meses de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses de 1 a 2 años más de 2 años |
1.376.830 580.417 528.737 472.621 2.454.961 - |
316.033 294.449 4.076 545.775 2.538.224 2.720.736 |
| Subtotal | 5.413.566 | 6.419.293 |
| Provisión para deudores incobrables Total |
(7.224) 5.910.387 |
(9.634) |
| 8.619.516 | ||
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15. EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO
A los fines del Estado de flujo de efectivo, el efectivo y equivalentes de efectivo comprenden lo siguiente:
| siguiente: | |||
|---|---|---|---|
| 31.12.19 | 31.12.18 | ||
| Caja y bancos (1) | 563.462 | 687.057 | |
| Fondos comunes de inversión (2) | 827.235 | 1.688.852 | |
| Total | 1.390.697 | 2.375.909 |
(1) Al 31 de diciembre de 2019 y 31 de diciembre de 2018, los fondos recaudados pendientes de depósito en relación con los fideicomisos y Resolución I-2.621/2013 ascendían a 29.354 y 26.696, respectivamente.
(2) Al 31 de diciembre de 2018, la Sociedad concertó operaciones de compra a término de dólares estadounidenses, las cuales se encuentran garantizadas por fondos comunes de inversión por un monto de 605.198.
A continuación se incluye un cuadro con la composición del saldo de los fondos comunes de inversión al 31 de diciembre de 2019 y 31 de diciembre de 2018:
==> picture [411 x 161] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
VALOR VALOR
EMISOR Y CARACTERÍSTICAS COTIZACIÓN CANTIDAD REGISTRADO REGISTRADO
DE LOS VALORES 31.12.19 31.12.18
Cuotapartes de fondos comunes de inversión
Quinquela pesos 3,449699 228.010,9 786.569 518.549
Argenfunds Renta Flexible Clase B - 331.996
Facimex Liquidez Clase B 1,288002 31.572,7 40.666 -
Argenfunds Renta Privada - 210.676
Argenfunds Ahorro pesos - 322.033
Fima Premium Clase B - 305.598
Total 827.235 1.688.852
----- End of picture text -----
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16. PATRIMONIO NETO Y CAPITAL SOCIAL
Al 31 de diciembre de 2019 el capital social de MetroGAS asciende a 569.171 encontrándose totalmente suscripto, inscripto e integrado y compuesto por las siguientes clases de acciones:
| Clases de Acciones | Suscripto, Inscripto e Integrado |
|---|---|
| En circulación Ordinarias Escriturales de Valor Nominal $1 y 1 Voto cada una: Clase “A” Clase “B” Capital Social al 31.12.19 |
290.277 278.894 569.171 |
Al 31 de diciembre de 2019, la controlante de MetroGAS es YPF S.A. (“YPF”) que posee el 70% de las acciones de la Sociedad.
El 28 de diciembre de 2016, MetroGAS recibió del ENARGAS una nota en la cual solicita adaptar la composición accionaria de la Sociedad en consonancia con el plazo previsto en la Ley de Emergencia y en cumplimiento con el artículo N° 34 de la Ley N° 24.076, todo ello en atención a la participación de YPF en MetroGAS. La Sociedad ha presentado un pedido de vista a los efectos de conocer los antecedentes del requerimiento del ENARGAS y, por considerar que lo solicitado atañe principalmente a su accionista mayoritario, le ha dado traslado a los efectos de que adopte las acciones que considere oportunas. Con fecha 6 de abril de 2018, MetroGAS fue notificada que el ENARGAS rechazó la apelación presentada por YPF el 30 de marzo de 2017.
La Asamblea Ordinaria de Accionistas celebrada el 25 de abril de 2019 dispuso que se absorba la pérdida neta del ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2018 de 5.858 (cuyo monto reexpresado asciende a 9.010 al 31 de diciembre de 2019) contra los Resultados No Asignados. Asimismo, dispuso la distribución de los Resultados No Asignados del ejercicio finalizado al 31 de diciembre de 2018 por 2.238.762 (cuyo monto reexpresado asciende a 3.443.889 al 31 de diciembre de 2019) a (i) la constitución de la Reserva legal, hasta alcanzar el límite del 20% del Capital social de acuerdo a lo establecido por el art. 70 de la Ley General de Sociedades por 1.264.470, (siendo el monto reexpresado al 31 de diciembre de 2019 de 1.945.136) y (ii) destinar el remanente, equivalente a 974.292, (cuyo monto reexpresado al 31 de diciembre de 2019 asciende a 1.498.753), a constituir una reserva para inversiones (artículo N° 70 3er párrafo – Ley N° 19.550) de acuerdo con el Plan de Inversiones comprometido por MetroGAS.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
Al 31 de diciembre de 2019 MetroGAS posee el 95% de MetroENERGÍA, siendo el 5% restante de titularidad de YPF.
El Directorio de la Sociedad en su reunión de fecha 30 de junio de 2017 aprobó la valuación de los Activos esenciales por el método de la revaluación con fecha efectiva 1° de abril de 2017.
El rubro ORIA incluido en la sección resultados acumulado del Patrimonio Neto incluye la cuenta Revaluación de Propiedades, planta y equipo, neto del impuesto diferido correspondiente. Dicha cuenta de revaluación de Propiedades, planta y equipo disminuye por el consumo, retiro y disposición de los Activos esenciales, con contrapartida en la cuenta de Resultados no Asignados del Patrimonio Neto, sin afectar el Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral del período o ejercicio.
Cuando el saldo neto de los ORIA al cierre de un ejercicio o período sea positivo, éste no podrá ser distribuido, capitalizado ni destinado a absorber pérdidas acumuladas, pero deberá ser computado como parte de los resultados acumulados a los fines de efectuar las comparaciones para determinar la situación de la sociedad frente a los artículos N° 31, N° 32 y N° 206 de la Ley General de Sociedades N° 19.550, u otras normas legales o reglamentarias complementarias en las que se haga referencia a límites o relaciones con el capital y las reservas, que no tengan un tratamiento particular expreso en Normas de la CNV. Cuando el saldo neto de estos resultados al cierre de un ejercicio o período sea negativo, existirá una restricción a la distribución de resultados no asignados por el mismo importe.
Al 31 de diciembre de 2019 y 2018, la Sociedad registraba un patrimonio neto positivo de 20.433.004 y 20.492.676, respectivamente.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
17. OTRAS CARGAS FISCALES
| No corriente: | 31.12.19 - - 639.021 645.916 212.837 69.003 32.878 5.357 1.605.012 |
31.12.18 |
|---|---|---|
| 2.006 | ||
| Otros impuestos | ||
| Total no corriente Corriente: Impuesto al valor agregado Tasa de estudio, revisión e inspección en la vía pública de GCABA Impuesto a los ingresos brutos |
2.006 | |
| 206.038 516.944 33.723 101.096 25.087 4.633 |
||
Impuestos provinciales y municipales Retenciones efectuadas a terceros Otros impuestos |
||
| Total corriente | 887.521 | |
| Total | 1.605.012 | 889.527 |
El análisis de antigüedad de otras cargas fiscales es el siguiente:
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----- Start of picture text -----
31.12.19 31.12.18
----- End of picture text -----
| 31.12.18 | ||
|---|---|---|
| -Sin plazo establecido | 670.686 | 588.734 |
| -A vencer | ||
| menos de 3 meses de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses de 1 a 2 años |
933.407 390 396 133 - |
297.065 |
| 565 | ||
| 574 | ||
| 583 | ||
| 2.006 | ||
| Subtotal | 934.326 | 300.793 |
| Total | 1.605.012 | 889.527 |
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18. DEUDAS FINANCIERAS
| No corriente: Préstamos financieros (1) Total no corriente Corriente: Obligaciones Negociables ("ONs") Intereses a pagar ONs Préstamos financieros (1) Intereses a pagar préstamo financiero y adelantos en cuenta corriente Adelantos en cuenta corriente Total corriente Total |
31.12.19 31.12.18 1.660.155 7.990.258 1.660.155 7.990.258 - 774.622 - 24.050 6.934.627 5.716.481 124.996 25.959 2.030.800 - 9.090.423 6.541.112 10.750.578 14.531.370 |
|---|---|
(1) Con fecha 8 de febrero de 2018, MetroGAS instrumentó un préstamo no garantizado con (i) Industrial and Commercial Bank of China Limited - Dubai Branch e (ii) Itaú Unibanco - New York Branch, por la suma de U$S 250 millones por un plazo de treinta y seis meses y amortizable en nueve cuotas trimestrales a partir de los doce meses desde la fecha de desembolso. El Préstamo contempla (i) un interés de pago trimestral a una tasa determinada por LIBOR más un margen nominal anual de (a) 3% los primeros doce meses; (b) 3,50% desde el mes trece hasta el mes dieciocho; (c) 3,75% desde el mes diecinueve al mes veinticuatro; y (d) 4% desde el mes veinticinco hasta el vencimiento. Con fecha 24 de mayo de 2019, MetroGAS instrumentó un préstamo por $ 300 millones con el Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U., el cual contempla un interés a una tasa nominal anual del 68,8% pagadero en forma mensual
A la fecha de los presentes estados financieros la Sociedad ha cumplido con los compromisos financieros requeridos por sus acreedores financieros.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
A continuación se incluye un cuadro con la evolución del saldo de la deuda financiera al 31 de diciembre de 2019 y 2018:
| diciembre de 2019 y 2018: | ||
|---|---|---|
| 31.12.19 | 31.12.18 | |
| Saldo al inicio del ejercicio Devengamiento de intereses a tasa efectiva - ONs Pérdida por cancelación - ONs Devengamiento de intereses préstamo bancario Devengamiento de intereses adelantos en cuenta corriente Devengamiento de los costos de emisión de deuda Diferencia de cambio Pago de intereses Pago por cancelación de ONs Pago de préstamos Préstamos obtenidos Costos de emisión de deuda Adelantos en cuenta corriente RECPAM Saldo al cierre del ejercicio |
14.531.370 356.037 - 905.447 522.056 22.062 5.499.843 (2.114.763) - (7.123.908) 1.312.747 - 2.517.135 (5.677.448) 10.750.578 |
7.789.822 274.082 370.300 613.054 13.462 34.753 9.045.489 (597.148) (8.681.605) (736.206) 11.793.738 (150.969) (44.915) (5.192.487) |
| 14.531.370 | ||
El análisis de antigüedad de las deudas financieras es el siguiente:
| -A vencer menos de 3 meses de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses de 1 a 2 años más de 2 años Subtotal |
31.12.19 3.814.452 1.958.657 1.658.657 1.658.657 1.660.155 - 10.750.578 |
31.12.18 |
|---|---|---|
| 933.214 1.606.557 1.606.557 2.394.784 6.387.326 1.602.932 |
||
| 14.531.370 | ||
| Total | 10.750.578 | 14.531.370 |
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18.1 Préstamos bancarios
Con fecha 8 de febrero de 2018, MetroGAS instrumentó un préstamo no garantizado con (i) Industrial and Commercial Bank of China Limited - Dubai Branch e (ii) Itaú Unibanco - New York Branch (“acreedores financieros”), por la suma de millones de U$S 250 por un plazo de treinta y seis meses y amortizable en nueve cuotas trimestrales a partir de los doce meses desde la fecha de desembolso (el “Préstamo”).
El Préstamo contempla (i) un interés de pago trimestral a una tasa determinada por LIBOR más un margen nominal anual de (a) 3% los primeros doce meses; (b) 3,50% desde el mes trece hasta el mes dieciocho; (c) 3,75% desde el mes diecinueve al mes veinticuatro; y (d) 4% desde el mes veinticinco hasta el vencimiento.
Efectivizado el desembolso del Préstamo, la Sociedad destinó los fondos: a) al rescate de la totalidad de las Obligaciones Negociables (Ver Nota 18.2 a los presentes estados financieros), b) a la refinanciación de pasivos corrientes; y c) a capital de trabajo.
De acuerdo con los términos y condiciones del Préstamo, la Sociedad debe cumplir con una serie de compromisos financieros generalmente establecidos en este tipo de transacciones, incluyendo ciertas restricciones, que, entre otras, y en términos generales se enumeran a continuación:
-
a) Endeudamiento: el Prestamista no permitirá que la Sociedad, ni permitirá que ninguna de sus Subsidiarias incurra, asuma o garantice endeudamiento, excepto en los casos de endeudamiento por refinanciación para mantener su deuda financiera actual o cuando el endeudamiento no sea mayor a millones de U$S 50, entre otros.
-
b) Pagos restringidos: la Sociedad no podrá realizar pagos restringidos, considerando entre otros el pago de dividendos, excepto que haya recibido la aprobación final del Acuerdo de Renegociación de la Licencia por el PEN. A su vez, durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 el importe a pagar en concepto de dividendos no podrá superar el 10% del Resultado Neto de ese año, y el 60% para los años siguientes; y además el Indicador Deuda/EBITDA no deberá ser mayor a dos veces el EBITDA.
-
c) Indicadores financieros: la Sociedad deberá mantener un Indicador de Cobertura de intereses entendido como EBITDA/Intereses financieros no menor a 3,00; el indicador Deuda/EBITDA no podrá ser mayor a 3,00 hasta el 30 de junio de 2018, y mayor a 2,50 desde esa fecha hasta el vencimiento del contrato; el patrimonio neto de la sociedad a cada cierre trimestral hasta el 30 de septiembre de 2018 no podrá ser menor a millones de $ 8.000, desde esa fecha hasta el 30 de septiembre de 2019 no podrá ser menor a millones de $ 9.200, desde esa fecha hasta el 30 de septiembre de 2020 no podrá ser menor a
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
millones de $ 10.120 y desde esa fecha hasta el fin del contrato no podrá ser menor a millones de $ 11.132.
Con fecha 24 de mayo de 2019, MetroGAS instrumentó un préstamo con el Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U. por la suma de 300.000 por un plazo de 360 días y amortizable en una cuota al vencimiento el cual operará el 21 de mayo de 2020. El préstamo contempla un interés a una tasa nominal anual del 68,8% pagadero en forma mensual.
De acuerdo con los términos y condiciones del mencionado préstamo, la Sociedad debe cumplir con el compromiso de no permitir un potencial cambio de control, es decir que, uno o más accionistas existentes celebren, acepten y/o de cualquier otro modo expresa o implícitamente consientan, cualquier acuerdo, contrato o instrumento, en virtud del cual dicho uno o más accionistas existentes asuman un compromiso de forma vinculante de: (i) reducir por cualquier causa y/o concepto que sea su tenencia accionaria en el capital social y votos de la Prestataria de manera tal que los accionistas existentes dejaren de tener, en forma directa o indirecta, la propiedad de al menos el 50,01% del capital social y de los votos de la Prestataria, o (ii) los accionistas existentes perdieran la facultad de, en forma directa o indirecta, designar y/o remover a la mayoría de los miembros del órgano de administración de la Prestataria, o de dirigir o disponer la dirección de los negocios, asuntos y políticas de la Prestataria.
Con fecha 30 de agosto de 2019, MetroGAS canceló en forma anticipada y conjuntamente con sus intereses correspondientes, la cuarta cuota de amortización del préstamo no garantizado con Industrial and Commercial Bank of China Limited - Dubai Branch e Itaú Unibanco - New York Branch, por un importe de U$S 27,8 millones.
Con fecha 9 de septiembre de 2019 la Sociedad celebró un contrato de préstamo con el Banco Itaú Argentina S.A. e Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A. por un monto total de 828.000 a ser cancelado en tres (3) cuotas, pagaderas el 25 de septiembre, el 25 de octubre y el 25 de noviembre de 2019. El préstamo contempla un interés a una tasa nominal anual del 97% pagadero junto con cada cuota de capital. Dicho financiamiento se encontraba garantizado por una cesión en garantía de derechos de cobro devengado y/o a devengarse en favor de los Bancos bajo el Contrato de Sistema de Pago Fácil. Al 31 de diciembre de 2019 dicho préstamo fue cancelado junto con sus intereses.
18.2 Obligaciones Negociables
Con motivo del canje obligatorio efectuado el 11 de enero de 2013, en el marco del concurso preventivo de acreedores solicitado en el año 2010 (el “Concurso Preventivo”), MetroGAS emitió obligaciones negociables Serie A y Serie B con vencimiento el 31 de diciembre de 2018 (las “Obligaciones Negociables”). Asimismo se emitieron Obligaciones Negociables para ser
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
entregadas a los nuevos acreedores quirografarios, una vez que cuenten con sentencia verificatoria en el Concurso Preventivo.
Con fecha 27 de febrero de 2018 la Sociedad rescató la totalidad de las ON a un Precio de Rescate igual al 100% del monto de capital de las ON, con más sus intereses devengados e impagos, y todos los demás montos que se adeudaban hasta la Fecha de Rescate. Las ON dejaron de devengar intereses en y después de la Fecha de Rescate. A todos los efectos bajo el Contrato de Fideicomiso, se considerara que las ON ya no están vigentes desde y después de la Fecha de Rescate, ya que el Precio de Rescate fue depositado por el Fiduciario de acuerdo con el Contrato de Fideicomiso, y todos los derechos con respecto a ellas, cesaron en la Fecha de Rescate. El pago del Precio de Rescate se realizó a través de The Bank of New York Mellon.
El 12 de diciembre de 2018, MetroGAS emitió Obligaciones Negociables simples Clase 2 (las “Nuevas Obligaciones Negociables”) denominadas en pesos con vencimiento a los doce meses desde la fecha de emisión por millones de $ 512,4, correspondientes al Programa de Obligaciones Negociables de corto y mediano plazo por un monto máximo en circulación de hasta millones de US$ 600.
Dichas Nuevas Obligaciones Negociables devengaban una tasa de interés variable anual que era igual a la suma de (a) la Tasa Badlar Privada aplicable al período, más (b) un Margen Aplicable del 10%. Los intereses se pagaron trimestralmente el 12 de marzo de 2019, 12 de junio de 2019, 12 de septiembre de 2019 y 12 de diciembre de 2019. El capital fue amortizado en una única cuota en la fecha de vencimiento, es decir el 12 de diciembre de 2019.
De acuerdo con los términos y condiciones de la emisión, en el supuesto de Cambio de Control de MetroGAS, cada tenedor de las Nuevas Obligaciones Negociables tenía el derecho a exigir que la Sociedad rescatara la totalidad de las Nuevas Obligaciones Negociables. MetroGAS además debía realizar sus mejores esfuerzos para obtener y mantener, en tanto existían las Nuevas Obligaciones Negociables en circulación, las correspondientes autorizaciones para su listado y/o negociación; y mantener el ratio Deuda Neta/ EBITDA por los cuatro trimestres económicos inmediatamente anteriores, menor o igual a 3:00.
Los fondos provenientes de la emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables fueron utilizados para la pre-cancelación de capital e intereses correspondientes a la primera cuota del Préstamo con Industrial and Commercial Bank of China Limited - Dubai Branch e Itaú Unibanco - New York Branch.
Al 31 de diciembre de 2019 la Sociedad canceló la totalidad de Obligaciones Negociables.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
18.3 Instrumentos financieros derivados
La Sociedad está expuesta principalmente a la fluctuación del tipo de cambio del dólar estadounidense con respecto al peso argentino en virtud que la mayor parte de la deuda financiera de MetroGAS se encuentra denominada en dólares estadounidenses.
A fin de mitigar el riesgo de tipo de cambio, MetroGAS concertó operaciones de compra a término de dólares estadounidenses con el fin de cubrir la exposición al riesgo asociado al tipo de cambio que deriva de su deuda financiera.
Los instrumentos financieros derivados son reconocidos inicialmente a su valor razonable a la fecha en que se suscribe el contrato del derivado y los cambios posteriores en su valor razonable son reconocidos en el estado de pérdidas y ganancias y otro resultado integral.
El método para reconocer la pérdida o ganancia resultante depende de si el derivado se ha designado como un instrumento de cobertura y, de ser así, de la naturaleza de la partida que se está cubriendo. A la fecha de presentación de los presentes estados financieros, MetroGAS no ha aplicado la contabilización de cobertura conforme a la NIIF 9 en ninguno de sus instrumentos financieros derivados vigentes.
La Sociedad no contrata ni negocia instrumentos financieros derivados con fines especulativos.
Los contratos de compra a término de dólar estadounidense se liquidan diariamente y las pérdidas y ganancias generadas por cada posición diaria se registraron en el resultado del período.
El resultado por las liquidaciones diarias por los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2019 y 2018 fue incluido dentro de la línea “Diferencias de cambio sobre deudas financieras” dentro de “Costos financieros” en el Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral.
Los contratos vigentes se encuentran garantizados por 189.000, los cuales se exponen en el rubro “Otros créditos corrientes”. Estos contratos pueden ser cancelados anticipadamente y, en consecuencia, pueden ser canceladas dichas garantías.
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19. PASIVOS POR ARRENDAMIENTOS
Al 31 de diciembre de 2019, la Sociedad ha registrado un pasivo por arrendamiento en el pasivo no corriente y corriente por 2.858 y 5.218, respectivamente. El saldo al 31 de diciembre de 2019 del total de los pasivos por arrendamientos asciende a 8.076.
Dichos pasivos se encuentran descontados una tasa efectiva mensual de 4,83%, calculada en base a la tasa BADLAR privada más un 10% a 12 meses.
El plazo promedio de los contratos es de 3 años.
A continuación se incluye un cuadro con la evolución del saldo de los pasivos por arrendamientos al 31 de diciembre de 2019:
| Saldo al inicio del ejercicio Saldo por aplicación inicial de NIIF 16 Altas por nuevos contratos Intereses devengados (Nota 28) Pagos |
31.12.19 |
|---|---|
| - 19.287 83 5.775 (16.732) |
|
| RECPAM | (337) |
| Saldo al cierre del ejercicio | 8.076 |
Al 31 de diciembre de 2019, los vencimientos de los pasivos por arrendamiento relacionados con los contratos mencionados son:
| -A vencer menos de 3 meses de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses de 1 a 2 años Total |
31.12.19 |
|---|---|
| 2.404 1.227 810 777 2.858 |
|
| 8.076 | |
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20. PASIVO CONCURSAL
| No corriente Deudas fiscales Cuentas por pagar Remuneraciones y cargas sociales Total no corriente |
31.12.19 31.12.18 4.165 40.410 23 35 10 15 4.198 40.460 |
|---|---|
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2) Mariano O. Rodriguez Barrios Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 259 - F° 69
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
21. PROVISIONES
| Reclamos del | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Provisiones | Reclamos civiles, laborales y otros |
Reclamos fiscales y otras multas |
regulador y diferencias |
Juicio contra el Estado Nacional |
Total |
| interpretativas | |||||
| Saldo al 31.12.17 | 268.204 | 775 | 39.705 | 469.178 | 777.862 |
| Altas netas del ejercicio (*) | 135.585 | 806.603 | (14.133) | 44.646 | 972.701 |
| Reclasificación a otras deudas | (13.013) | 2.689 | 13.197 | - | 2.873 |
| RECPAM | (112.280) | (155.340) | (11.416) | (158.527) | (437.563) |
| Saldo al 31.12.18 | 278.496 | 654.727 | 27.353 | 355.297 | 1.315.873 |
| Altas netas del ejercicio (*) | 53.630 | 185.208 | 24.776 | 40.617 | 304.231 |
| Reclasificación a otras deudas | 6.018 | (236) | (12.863) | - | (7.081) |
| Utilizaciones del ejercicio | (31.792) | - | - | - | (31.792) |
| RECPAM | (110.613) | (256.299) | (9.308) | (129.552) | (505.772) |
| Saldo al 31.12.19 | 195.739 | 583.400 | 29.958 | 266.362 | 1.075.459 |
(*) Imputado al rubro Otros ingresos y egresos (ver Nota 27 a los presentes estados financieros).
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS INDIVIDUALES POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 E INFORMACIÓN COMPARATIVA. (cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
21.1 Reclamos civiles, laborales y otros
A la fecha de emisión de los presentes estados financieros, existen reclamos civiles y laborales realizados por empleados de contratistas, accidentes de trabajo, etc. contra la Sociedad. Al 31 de diciembre de 2019, la Sociedad registró una provisión de 195.739 de los cuales 81.006 corresponden a juicios laborales, 93.547 a reclamos civiles por daños y 21.186 a conciliaciones y mediaciones.
21.2 Reclamos fiscales y otras multas
Con fecha 11 de mayo de 2018 la Administración Federal de Ingresos Públicos (“AFIP”) notificó a MetroGAS la determinación de la deuda de Contribuciones al Régimen Nacional de la Seguridad Social – Empleador por una diferencia en las alícuotas de contribuciones de la Seguridad Social declaradas por la Sociedad, correspondiente a los períodos fiscales 06/2010 a 12/2016. Dicha diferencia radica en que la AFIP considera que la Sociedad no se encuentra contemplada dentro de lo normado por el art. 2, inc. b) del Decreto 814/2001, y por lo tanto, no debe tributar las contribuciones a la alícuota del 17%. La suma del reclamo asciende a 249.372 correspondiendo 197.736 a capital e intereses resarcitorios, y 51.636 a multa.
Con fecha 4 de junio de 2018, MetroGAS impugnó las actas de inspección e infracción, solicitando se revoquen las diferencias de contribuciones intimadas así como la multa aplicada, y a su vez, se ordene el archivo de las actuaciones de la cuestión por parte de AFIP.
Por tal motivo, al 31 de diciembre de 2019, la Sociedad registró una provisión por estos conceptos de 582.531 que incluye la determinación de deuda realizada por el fisco y los períodos fiscales 01/2017 a 12/2019.
Asimismo, al 31 de diciembre de 2019, la Sociedad registró una provisión por multas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por 869.
21.3 Reclamos del regulador y diferencias interpretativas
A la fecha de emisión de los presentes estados financieros, la Sociedad mantiene diferencias interpretativas con las autoridades regulatorias referidas a diversos temas.
Al 31 de diciembre de 2019 la provisión por estos conceptos acumula 29.958, no habiéndose producido variaciones significativas en el ejercicio 2019.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
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METROGAS S.A.
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21.4 Pago de Tasa de Justicia – Juicio contra el Estado Nacional
En el año 2011, MetroGAS promovió una acción interruptiva de prescripción contra el Estado Nacional (“MetroGAS S.A. c/ Estado Nacional s/ daños y perjuicios” - Expte. 50.141/2011) con el objeto de que, agotado el reclamo administrativo, se condene a este a la reparación de los daños y perjuicios provocados a MetroGAS -derivados de la Ley de Emergencia con motivo del incumplimiento a la obligación contractual de mantener la ecuación económico-financiera de esta distribuidora de acuerdo con los términos del marco regulatorio establecido a partir de la Ley N° 24.076.
De manera complementaria a esta acción, y una vez agotada la vía administrativa, en el año 2013 se amplió la demanda fijándose la suma reclamada en 4.125.167 (expresada en valores al 31/12/2011) y se inició el Beneficio de Litigar Sin Gastos (“BLSG”) (Art. 78 y siguientes del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) con el objeto de que se establezca la exención del pago de las costas y gastos judiciales (Tasas Judiciales – Ley N° 23.898) derivados de la acción de daños y perjuicios. Con la promoción del BLSG, MetroGAS quedó exenta del pago de la tasa de justicia al momento del inicio de la acción principal y hasta la resolución del BLSG.
Con fecha 30 de marzo de 2017, MetroGAS suscribió con el Estado Nacional el Acta Acuerdo de Adecuación del Contrato de Licencia de Distribución de Gas Natural. En los términos del Acta Acuerdo, dentro del plazo de noventa (90) días corridos de que entre y se mantenga en vigencia la Resolución que aprueba el Cuadro Tarifario resultante de la RTI prevista en la cláusula séptima del Acta Acuerdo, o del último escalón del incremento, según corresponda, MetroGAS deberá desistir íntegra y expresamente de todos los derechos que pudieran eventualmente invocar, como también a todas las acciones entabladas o en curso o que pudieran entablar, fundadas o vinculadas a los hechos o medidas dispuestas, respecto del Contrato de Licencia.
Con fecha 28 de marzo de 2018 se publicó en el B.O. el Decreto N° 252/2018 que ratificó el Acta Acuerdo. En virtud de ello, con fecha 27 de junio de 2018 la Sociedad procedió al desistimiento de la causa “MetroGAS S.A. c/ Estado Nacional – M. Planificación - (Decreto N° 293/02) - UNIREN s/Proceso de Conocimiento”. Mediante Resolución de fecha 3 de octubre de 2018, se tuvo a MetroGAS por desistida de la acción y del derecho. El juzgado interviniente resolverá acerca de la procedencia del BLSG.
El fisco podría exigirle a MetroGAS el pago de la tasa de justicia que, en los términos de la Ley N° 23.898, es del tres por ciento (3%) del monto de la demanda.
En junio de 2019 el representante del Fisco dictaminó que si bien existe cierta capacidad de pago por parte de MetroGAS, corresponde, de acuerdo con la proporción que determine el Sr. Juez, la concesión parcial del beneficio solicitado.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
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METROGAS S.A.
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS INDIVIDUALES POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 E INFORMACIÓN COMPARATIVA.
(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
MetroGAS realizó una presentación en relación al mencionado dictamen acompañando los Estados Financieros correspondientes al 31 de diciembre de 2018 y al 30 de junio de 2019, e insistió en que corresponde otorgar el beneficio de litigar sin gastos en forma total.
De la presentación realizada, el Juez dispuso un nuevo traslado al representante del Fisco quién ratificó su dictamen.
Al 31 de diciembre de 2019 la Sociedad registró una provisión por estos conceptos de 266.362.
22. CUENTAS POR PAGAR
==> picture [411 x 207] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
31.12.19 31.12.18
No corriente
Provisión por DDA 1.157.519 2.877.820
Partes relacionadas por DDA (Nota 31) 684.920 2.014.900
Total no corriente 1.842.439 4.892.720
Corriente
Acreedores por compra de gas y transporte 8.439.732 5.937.615
Provisión por DDA 1.616.966 319.757
Acreedores por otras compras y servicios 1.188.396 1.248.190
Fideicomisos y Resolución I-2.621/2013 29.354 26.696
Partes relacionadas (Nota 31) 3.811.526 1.645.834
Partes relacionadas por DDA (Nota 31) 956.782 223.878
Total corriente 16.042.756 9.401.970
Total 17.885.195 14.294.690
----- End of picture text -----
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS INDIVIDUALES POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 E INFORMACIÓN COMPARATIVA. (cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
El análisis de antigüedad de las cuentas por pagar es el siguiente:
| 31.12.19 | 31.12.18 | |
|---|---|---|
| -De plazo vencido menos de 3 meses de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses |
4.815.159 3.954 5.206 |
1.594.890 4.338 1.814 |
| de 9 a 12 meses | - | 552 |
| de 1 a 2 años más de 2 años |
3.286 2.795 |
2.734 1.598 |
| Subtotal | 4.830.400 | 1.605.926 |
| -A vencer | ||
| menos de 3 meses | 9.219.548 | 7.252.409 |
| de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses |
1.009.633 512.251 |
- - |
| de 9 a 12 meses de 1 a 2 años |
470.924 1.842.439 |
543.635 2.174.542 |
| más de 2 años | - | 2.718.178 |
| Subtotal | 13.054.795 | 12.688.764 |
| Total | 17.885.195 | 14.294.690 |
23.
REMUNERACIONES Y CARGAS SOCIALES
==> picture [411 x 123] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
Corriente 31.12.19 31.12.18
Sueldos a pagar 60.813 85.605
Aportes y retenciones a depositar 103.241 129.299
Partes relacionadas (Nota 31) 32.171 29.133
Provisión vacaciones 205.046 227.867
Provisión gratificaciones 111.501 133.912
Otros 2.054 682
Total corriente 514.826 606.498
----- End of picture text -----
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
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METROGAS S.A.
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS INDIVIDUALES POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 E INFORMACIÓN COMPARATIVA.
(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
El análisis de antigüedad de las remuneraciones y cargas sociales es el siguiente:
| 31.12.19 | 31.12.18 | |
|---|---|---|
| -A vencer | ||
| menos de 3 meses de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses Subtotal Total |
389.822 41.668 41.668 41.668 514.826 514.826 |
481.348 41.717 41.717 41.716 |
| 606.498 | ||
| 606.498 | ||
| 24. OTRAS DEUDAS El análisis de antigüedad de otras deudas es el siguiente: Corriente 31.12.19 Deudas por obras cedidas por terceros 1.732 Multas ENARGAS 2.421 Multas GCBA 461 Diversos 503 Total corriente 5.117 |
31.12.18 | |
| 5.873 3.724 681 1.399 |
||
| 11.677 | ||
| -Sin plazo establecido | 31.12.19 2.421 |
31.12.18 |
| 3.724 | ||
| -A vencer | ||
| menos de 3 meses | 2.696 - - |
7.773 160 20 |
| de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses |
||
| Subtotal | 2.696 | 7.953 |
| Total | 5.117 | 11.677 |
24. OTRAS DEUDAS
El análisis de antigüedad de otras deudas es el siguiente:
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METROGAS S.A.
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS INDIVIDUALES POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 E INFORMACIÓN COMPARATIVA. (cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
25. INGRESOS ORDINARIOS
| 25. INGRESOS ORDINARIOS |
||
|---|---|---|
| Por los ejercicios finalizados el | ||
| 31.12.19 | 31.12.18 | |
| Ventas de gas: Clientes Residenciales Clientes Industriales, Comerciales y Entidades Públicas Gas Natural Comprimido Subtotal Servicio de transporte y distribución: Centrales Eléctricas Clientes Industriales, Comerciales y Entidades Públicas Gas Natural Comprimido Subtotal Otras ventas Resolución MINEM N° 508-E/2017 Total |
||
| 28.563.538 5.237.450 10.596 33.811.584 2.086.812 1.052.110 805.985 3.944.907 1.947.701 995.293 40.699.485 |
24.925.239 3.498.654 24.537 |
|
| 28.448.430 | ||
| 2.223.639 1.118.810 809.253 |
||
| 4.151.702 | ||
| 829.059 5.327.858 |
||
| 38.757.049 | ||
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
26. GASTOS POR NATURALEZA
==> picture [389 x 245] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
Por los ejercicios finalizados el
31.12.19 31.12.18
COSTOS DE GASTOS DE GASTOS DE
OPERACIÓN ADMINISTRACIÓN COMERCIALIZACIÓN TOTAL TOTAL
Remuneraciones y otros beneficios al personal 1.109.300 1.014.438 571.448 2.695.186 2.543.011
Cargas sociales 239.094 110.834 114.739 464.667 483.229
Suministro de gas 18.814.463 - - 18.814.463 16.808.670
Servicio de transporte de gas y proces. de liquidos 7.239.337 - - 7.239.337 7.377.058
Honorarios directores y síndicos - 20.286 - 20.286 8.361
Honorarios por servicios profesionales 6.542 66.925 12.100 85.567 69.033
Materiales diversos 101.551 - - 101.551 80.601
Servicios y suministros de terceros 278.750 93.567 411.419 783.736 753.122
Gastos de correos y telecomunicaciones 7.801 29.963 371.747 409.511 376.636
Alquileres y arrendamientos 368 60 976 1.404 14.149
Transportes y fletes - 62.164 - 62.164 51.738
Materiales de oficina 5.673 13.417 11.933 31.023 37.065
Viajes y estadías 6.798 4.104 1.917 12.819 12.843
Primas de seguros - 75.710 1 75.711 119.278
Mantenimiento y reparación de Propiedades, planta y equipo 577.354 351.208 246 928.808 788.206
Depreciación de Propiedades, planta y equipo, Propiedades de inversión y amortización de Bienes Intangibles 1.232.846 402.251 - 1.635.097 1.661.489
Amortización de activos por derecho de uso - 12.798 - 12.798 -
Impuestos, tasas y contribuciones 23.720 222.161 1.654.302 1.900.183 990.965
Publicidad y propaganda - - 38.019 38.019 58.657
Deudores incobrables - - 483.836 483.836 429.032
Gastos y comisiones bancarias - - 273.608 273.608 267.346
Gastos diversos 31.968 7.525 32.718 72.211 65.878
Total al 31 de diciembre de 2019 29.675.565 2.487.411 3.979.009 36.141.985
Total al 31 de diciembre de 2018 27.839.810 2.219.922 2.936.635 32.996.367
----- End of picture text -----
Los gastos incluidos en el cuadro se encuentran netos de gastos propios activados en propiedades, planta y equipo por 188.112 al 31 de diciembre de 2019 y 197.868 al 31 de diciembre de 2018.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
27. OTROS INGRESOS Y EGRESOS
Por los ejercicios finalizados el
==> picture [566 x 155] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
31.12.19 31.12.18
Alquileres ganados 10.235 35.702
-
Resolución MINEM N° 508-E/2017 no recuperable (Nota 2.1.2) (622.336)
Penalidades contratistas 13.782 29.797
Ingresos varios 88.347 36.829
Ingresos por prestaciones de servicios a sociedad controlada (Nota 31) 81.515 81.705
Constitución de provisiones para juicios y contingencias y otros (304.231) (972.701)
(732.688) (788.668)
----- End of picture text -----
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METROGAS S.A.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
28. RESULTADOS FINANCIEROS NETOS
Ingresos financieros
Por los ejercicios finalizados el
| Activos financieros a valor razonable Intereses ganados Intereses ganados por DDA Diferencias de cambio sobre efectivo y equivalentes RECPAM Diversos |
31.12.19 347.127 511.656 1.495 (38.372) 13.692.880 4.164 14.518.950 |
31.12.18 |
|---|---|---|
| 309.927 312.641 517.948 290.326 10.534.411 9.532 |
||
| 11.974.785 | ||
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METROGAS S.A.
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS INDIVIDUALES POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 E INFORMACIÓN COMPARATIVA.
(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
Costos financieros
| Costos financieros | |||
|---|---|---|---|
| Por los ejercicios finalizados el | |||
| 31.12.19 | 31.12.18 | ||
| Diferencias de cambio sobre deudas financieras (*) Diferencias de cambio sobre arrendamientos |
5.829.596 322 |
7.610.878 - |
|
| Diferencias de cambio sobre deuda comercial | 61.250 | 1.614.575 | |
| Intereses devengados sobre deuda financiera | 1.805.602 | 935.351 | |
| Intereses devengados sobre arrendamientos | 5.775 | - | |
| Intereses devengados sobre deuda comercial | 468.271 | 461.712 | |
| Intereses devengados sobre DDA | 1.495 | 517.948 | |
| Pérdida por cancelación de ONs | - | 370.300 | |
| RECPAM | 8.531.041 | 5.710.127 | |
| Diversos | 522.927 | 370.618 | |
| 17.226.279 | 17.591.509 |
(*) Al 31 de diciembre de 2019 y 2018 incluye una pérdida de 329.753 y una ganancia de 1.434.611, respectivamente, correspondientes a las operaciones de compra a término de dólares estadounidenses concertadas por la Sociedad (Ver Nota 18.3 a los presentes estados financieros).
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111
METROGAS S.A.
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS INDIVIDUALES POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 E INFORMACIÓN COMPARATIVA. (cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
29. IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y A LA GANANCIA MÍNIMA PRESUNTA
El siguiente cuadro detalla la evolución y composición de los activos y pasivos por impuesto diferido:
Activos diferidos
| Total activo por | |||||||||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| Quebrantos | Créditos por ventas |
Provisiones | Otros | impuesto diferido |
|||||
| Saldos al 31.12.18 | 1.256.348 | 101.515 | 311.361 | - | 1.669.224 | ||||
| Movimientos del ejercicio | (553.891) | 68.088 | (6.226) | 6.659 | (485.370) | ||||
| Saldos al 31.12.19 | 702.457 | 169.603 | 305.135 | 6.659 | 1.183.854 | ||||
| Pasivos diferidos | |||||||||
| Revaluación de | Efecto por inflación | Efectivo y | Total pasivo por | ||||||
| propiedades, planta y | Propiedades, planta y | fiscal partidas | equivalente de | Total pasivo por | impuesto diferido | ||||
| equipo | equipo | monetarias | efectivo | impuesto diferido | neto | ||||
| Saldos al 31.12.18 | (2.642.998) | (4.988.561) | - | (21.455) | (7.653.014) | (5.983.790) | |||
| Movimientos del ejercicio | 400.412 | (501.016) | (957.177) | 18.169 | (1.039.612) | (1.524.982) | |||
Saldos al 31.12.19 |
**(2.242.586) ** | **(5.489.577) ** | **(957.177) ** | **(3.286) ** | **(8.692.626) ** | (7.508.772) |
A continuación se detalla la conciliación entre el impuesto a las ganancias cargado a resultados y el que resultaría de aplicar al resultado contable antes del impuesto a las ganancias la tasa impositiva correspondiente:
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
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| Efecto por inflación fiscal partidas monetarias Efecto cambio de tasa impuesto a las ganancias Efecto por la reexpresion en moneda constante Total impuesto a las ganancias (cargado) acreditado en resultados Diferencias originadas en: Gastos no deducibles e ingresos no computables netos Vencimiento de quebrantos Impuesto a las ganancias teórico calculado sobre el resultado antes del impuesto a las ganancias |
Por los ejercicios finalizados el | Por los ejercicios finalizados el |
|---|---|---|
| 31.12.19 (916.784) 893.599 (1.178.063) (538.688) (407.296) 221.838 (1.925.394) |
31.12.18 | |
| 91.763 207.450 |
||
| - | ||
| 13.650 | ||
| - - |
||
| 312.863 |
A continuación se detalla la conciliación entre el impuesto a las ganancias acreditado a resultados y el impuesto determinado a fines fiscales:
| Vencimiento de quebrantos Diferencias transitorias Total impuesto a las ganancias (cargado) acreditado en resultados Efecto por la reexpresion en moneda constante Impuesto a las ganancias determinado a los fines fiscales |
Por los ejercicios finalizados el | |
| 31.12.19 291.041 (1.371.503) |
31.12.18 | |
| 432.329 (119.466) |
||
| (437.636) (407.296) (1.925.394) |
- | |
| - | ||
| 312.863 | ||
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
La evolución del pasivo diferido neto durante el ejercicio ha sido la siguiente:
==> picture [411 x 83] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
31.12.19 31.12.18
Pasivo diferido al inicio del ejercicio (5.983.790) (6.709.476)
Efecto del impuesto diferido en ORAI 400.412 412.823
(Cargo) beneficio del impuesto a las ganancias (1.925.394) 312.863
Pasivo diferido al cierre del ejercicio (7.508.772) (5.983.790)
----- End of picture text -----
El cargo por impuesto a las ganancias e impuesto a la ganancia mínima presunta por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 y 2018 es el siguiente:
==> picture [411 x 91] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
Por los ejercicios finalizados el
31.12.19 31.12.18
Impuesto a las ganancias diferido (1.925.394) 312.863
Vencimiento de IGMP (14.211) (15.997)
(Cargo) beneficio impuesto a las ganancias e IGMP (1.939.605) 296.866
----- End of picture text -----
El crédito por quebrantos impositivos registrado al 31 de diciembre de 2019 ascendió a 702.457 cuyo vencimiento opera entre los años 2021 y 2024 y al 31 de diciembre de 2018 ascendió a 1.256.348. El crédito por el IGMP registrado al 31 de diciembre de 2019 ascendió a 66.690 con vencimiento entre los años 2023 y 2027 y al 31 de diciembre de 2018 ascendió a 124.450.
30. RESULTADO NETO POR ACCIÓN
El siguiente cuadro refleja los resultados y el número de acciones que se han utilizado para el cálculo del resultado neto por acción:
| Resultado neto del ejercicio Número medio de acciones ordinarias en circulación Resultado neto básico y diluido por acción |
Por los ejercicios finalizados el |
|---|---|
| 31.12.19 31.12.18 1.116.340 (9.010) 569.171 569.171 1,96 (0,02) |
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
31. SALDOS Y OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS
MetroGAS realiza operaciones y transacciones con partes relacionadas dentro de las condiciones generales de mercado, las cuales forman parte de la operación habitual de la Sociedad en cuanto a su objeto y condiciones.
Las operaciones de venta de transporte de MetroGAS a MetroENERGÍA se efectuaron sobre la base de las tarifas aplicables por MetroGAS para sus operaciones comerciales con terceros, de acuerdo a la normativa vigente.
A su vez, existen acuerdos de Prestación de Servicios Profesionales por parte de MetroGAS a MetroENERGÍA vinculados a los aspectos administrativos, contables, impositivos, financieros, legales y todos aquellos que hacen al giro y operatoria ordinaria de MetroENERGÍA.
La información detallada en los cuadros siguientes muestra los saldos con las sociedades relacionadas al 31 de diciembre de 2019 y 2018, así como las operaciones con las mismas por los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2019 y 2018.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
Las siguientes transacciones se realizan con partes relacionadas:
==> picture [529 x 223] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
Por los e jercicios finalizados el
31.12.19
Materiales
ordinariosIngresos Otros ingresos y egresos Suministro de gas oCosto de diversos peración suministros Servicios y de terceros Primas de seguros ingresos y (egresos)Otros financieros Costos telecomunicacionesGastos de correos y Remuneraciones y otros beneficios al personal
Sociedad controlante:
YPF 147 - 6.559.470 30.220 2.973 - - 112.984 - -
Sociedad controlada:
MetroENERGÍA 883.901 81.515 - - - - - 27.998 - -
Otras sociedades relacionadas:
Central Dock Sud S.A. 345.645 - - - - - - - - -
Operadora de Estaciones de Servicios S.A. 19.952 - - - - - - - - -
A-Evangelista S.A. 3.287 - - - - - - - - -
Integración Energética Argentina S.A. ("Ex-ENARSA") 8 - 278.667 - - - - 11.658 - -
Nación Seguros S.A. - - - - - 56.099 - - - -
Correo Argentino S.A. 1.487 - - - - - - - 841 -
Banco de la Nación Argentina 5.627 - - - - - - - - -
Estado Nacional (1) - - (360.863) - - - - 1.495 - -
Secretaría de Gobierno de Energía (2) 995.293 - - - - - (622.336) - - -
Aerolineas Argentinas S.A. 3.077 - - - - - - - - -
Personal clave de dirección - - - - - - - - - 114.347
2.258.424 81.515 6.477.274 30.220 2.973 56.099 (622.336) 154.135 841 114.347
----- End of picture text -----
(1) Ver Notas 2.3.3 a los presentes estados financieros individuales.
(2) Ver Notas 2.3.2 a los presentes estados financieros individuales.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
| Por los ejercicios finalizados el | |
|---|---|
| 31.12.18 | |
| Ingresos ordinarios Otros ingresos y egresos Suministro de gas Materiales diversos Costo de operación Servicios y suministros de terceros Primas de seguros Costos (ingresos) financieros Gastos de correos y telecomunicaciones Remuneraciones y otros beneficios al personal |
|
| Sociedad controlante: | |
| YPF | 23 - 7.957.115 27.519 10.540 - (106.824) - - |
| Sociedad controlada: | |
| MetroENERGÍA | 301.699 81.705 - - - - - - - |
| Otras sociedades relacionadas: | |
| Central Dock Sud S.A. Operadora de Estaciones de Servicios S.A. A-Evangelista S.A. |
395.812 - - - - - - - - 17.870 - - - - - - - - 3.017 - - - - - - - - |
| Integración Energética Argentina S.A. ("Ex-ENARSA") | 8 - 950.914 - - - 183.853 - - |
| Nación Seguros S.A. | - - - - - 15.138 - - - |
| Correo Argentino S.A. | 1.075 - - - - - - 963 - |
| Banco de la Nación Argentina | 5.053 - - - - - - - - |
| Estado Nacional (1) | - - (6.381.874) - - - 517.948 - - |
| Secretaría de Gobierno de Energía (2) Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A. |
5.327.858 - - - - - - - - 16.128 - - - - - - - - |
| Otros | 2.987 - - - - - - - - |
| Personal clave de dirección | - - - - - - - - 98.416 |
| 6.071.530 81.705 2.526.155 27.519 10.540 15.138 594.977 963 98.416 |
|
(1) Ver Notas 2.3.3 a los presentes estados financieros individuales.
(2) Ver Notas 2.3.2 a los presentes estados financieros individuales.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
Los siguientes saldos se mantienen con partes relacionadas:
==> picture [446 x 225] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
31.12.19
Créditos por Cuentas por Remuneraciones
ventas Otros créditos Otros créditos Cuentas por pagar pagar y cargas sociales
Corrientes Corrientes No corrientes Corrientes No corrientes Corrientes
Sociedad controlante:
YPF 28 5.348 - 4.348.851 600.826 -
Sociedad controlada:
MetroENERGÍA 190.034 43.156 - - - -
Otras sociedades relacionadas:
Central Dock Sud S.A. 145 - - - - -
Operadora de Estaciones de Servicios S.A. - - - - - -
Integración Energética Argentina S.A. ("Ex-ENARSA") - - - 417.841 84.094 -
A-Evangelista S.A. 111 - - - - -
Nación Seguros S.A. - 30.672 - 1.548 - -
Estado Nacional (1) - 2.573.748 1.842.439 - - -
Secretaría de Gobierno de Energía (2) - 172.144 - - - -
Correo Argentino S.A. 398 - - 68 - -
Aerolineas Argentinas S.A. 95 - - - - -
Personal clave de dirección - - - - - 32.171
190.811 2.825.068 1.842.439 4.768.308 684.920 32.171
----- End of picture text -----
(1) Ver Notas 2.3.3 a los presentes estados financieros individuales.
(2) Ver Notas 2.3.2 a los presentes estados financieros individuales.
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(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
==> picture [414 x 228] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
31.12.18
Créditos por Remuneraciones
ventas Otros créditos Cuentas por pagar y cargas sociales
Corrientes Corrientes No Corrientes Corrientes No corrientes Corrientes
Sociedad controlante:
YPF 28 7.427 - 1.758.226 1.760.721 -
Sociedad controlada:
MetroENERGÍA 95.547 286.752 - - - -
Otras sociedades relacionadas:
Central Dock Sud S.A. 73.569 - - - - -
Operadora de Estaciones de Servicios S.A. 5 - - - - -
Integración Energética Argentina S.A. ("Ex-ENARSA") - - - 99.968 254.179 -
A-Evangelista S.A. 171 - - - - -
Nación Seguros S.A. - - - 11.196 - -
Estado Nacional (1) - 543.635 4.892.720 - - -
Secretaría de Gobierno de Energía (2) - 1.930.940 - - - -
Correo Argentino S.A. 69 - - 322 - -
Personal clave de dirección - - - - - 29.133
169.389 2.768.754 4.892.720 1.869.712 2.014.900 29.133
----- End of picture text -----
(1) Ver Notas 2.3.3 a los presentes estados financieros individuales.
(2) Ver Notas 2.3.2 a los presentes estados financieros individuales.
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS INDIVIDUALES POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 E INFORMACIÓN COMPARATIVA. (cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
Los importes pendientes no están garantizados y se liquidarán en efectivo. No se han otorgado ni recibido garantías. No se ha reconocido ningún gasto en el periodo actual ni en periodos anteriores con respecto a incobrables o cuentas de dudoso cobro relacionados con los importes adeudados por partes relacionadas.
Adicionalmente, en el curso habitual de sus negocios, y atento a que la licenciataria presta el servicio de distribución de gas dentro del área que cubre la parte sur y este del gran Buenos Aires, incluyendo la Ciudad de Buenos Aires, la cartera de clientes/proveedores de la Sociedad abarca tanto entidades del sector privado como así también del sector público nacional, provincial y municipal.
Asimismo, tal como se explica en Nota 2.5.4, MetroGAS debe facturar, cobrar y liquidar dos cargos específicos, con diversa afectación, lo cual hace por cuenta y orden de Nación Fideicomisos S.A. Los saldos por estas operatorias se exponen en la Nota 22.
32. COMPROMISOS CONTRACTUALES
A fin de poder satisfacer la demanda de gas y prestar eficientemente el servicio concedido, MetroGAS ha celebrado desde el inicio de la concesión distintos contratos de largo plazo que le permiten asegurar una cierta capacidad de compra y transporte de gas.
32.1 Compra de gas
Los principales proveedores con los que opera MetroGAS son: YPF, Total Austral, Wintershall Energía, Pan American Energy, y otros productores de Tierra del Fuego, Neuquén y Santa Cruz.
Mediante Resolución N° 89/2016 del MINEM, se inició un proceso de normalización contractual en función del cual MetroGAS celebró diversos contratos con productores de gas, tanto de la cuenca Austral, como de la cuenca Neuquina. A través de la Resolución Nº 212 – E /2016, se fijó un sendero de precios para el gas natural, determinándose el valor de éste de manera gradual y semestral hasta el 1º de octubre de 2019.
El 29 de noviembre de 2017, a instancias del MINEM, MetroGAS suscribió las “Bases y Condiciones para el Abastecimiento de Gas Natural a Distribuidoras de Gas por Redes” (las “Bases y Condiciones”) junto con el resto de las distribuidoras y un grupo de productores de gas. Estas Bases y Condiciones contenían los lineamientos para la contratación de volúmenes de gas para el abastecimiento de la demanda de las distribuidoras para el período comprendido entre el 1° de enero de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2019. En las mismas se estableció: i) los volúmenes que cada productor firmante debe inyectar por cuenca para abastecer a la demanda de las distribuidoras, ii) los volúmenes diarios disponibles por cuenca para cada distribuidora, iii) el precio según la categoría de cliente y por período expresado en u$s/MMBTU, iv) la obligación del productor de entregar o pagar por el 100% del volumen, v) la obligación de las distribuidoras de tomar o pagar por el 100% del volumen, excepto en caso de no contar con demanda y no nominar
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS INDIVIDUALES POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 E INFORMACIÓN COMPARATIVA. (cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
volúmenes de contratos no comprendidos en las Bases y Condiciones; y vi) el vencimiento de las facturas a los 75 días.
Las Bases y Condiciones establecían expresamente que las distribuidoras tienen en consideración para su suscripción las disposiciones del artículo N° 38 de la Ley de Gas, que prevén el traslado a las tarifas a ser pagadas por los usuarios del servicio de transporte y distribución tanto de los costos de adquisición de gas resultantes de acuerdos o contratos de largo plazo como así también de aquellos asociados a las compras de corto plazo que resultaran necesarias para satisfacer la demanda.
En abril de 2018 comenzó en Argentina un cambio en las condiciones macroeconómicas que provocó una brusca e imprevista variación en la paridad entre la moneda nacional y la moneda en la que están establecidos los precios de los contratos. Por este motivo, los pagos a los productores de gas por el gas entregado en los meses siguientes a partir de abril de 2018 se realizaron al tipo de cambio aplicado al valor del componente del gas incluido en la tarifa aprobado por las Resoluciones del ENARGAS.
Los productores rechazaron dicho criterio de pago por parte de la Sociedad y, en consecuencia, reclamaron formalmente los saldos considerados impagos. El 16 de noviembre de 2018, se publicó en el Boletín Oficial, el Decreto N° 1.053/2018 que establece que el Estado Nacional asumirá, con carácter excepcional, el pago de las DDA (ver Nota 2.3.3 a los presentes estados financieros).
En relación al suministro de gas para el año 2019, MetroGAS participó del concurso de precios para la provisión de gas natural en condición firme para el abastecimiento de la demanda de usuarios de servicio completo de las prestadoras de servicio público de distribución de gas por redes que se llevó a cabo en el ámbito del MEGSA para las cuencas Neuquina, Golfo San Jorge, Santa Cruz Sur y Tierra del Fuego el 14 de febrero de 2019, todo ello de acuerdo con lo dispuesto por la Resolución N° 32/2019 de la SGE.
Como resultado de dicho concurso, se obtuvieron compromisos de abastecimiento anual (hasta el 31 de marzo de 2020) por un volumen de CMD, que anualmente asciende a 1.486 millones de m[3] los cuales representan el 58% de nuestra demanda anual, cumpliendo con ello con el requisito establecido en el marco regulatorio.
Esos compromisos, bajo las pautas establecidas por la Resolución SGE N° 32/19, consideran una cláusula de EOP del 70% diario, lo que implica en el caso de MetroGAS un importante nivel de incertidumbre respecto del aprovisionamiento en el período invernal, al que coadyuva la relación fija establecida en el concurso de 1:2,5 anual escalonado, que no satisface la curva de demanda prioritaria que se presenta en el período invernal en nuestra área de Licencia, cuya relación es más cercana a 1:4,5 veces. Adicionalmente a lo expuesto precedentemente, los contratos en cuestión poseen cláusulas de TOP del 70% estacional lo que implica que de incurrirse en TOP, y dado que el EOP es también del 70%, la recuperación de los volúmenes está sujeta a la voluntad de los proveedores de gas de entregar gas por encima del EOP y hasta la CMD. Este riesgo de incurrir en TOP se ve morigerado por ser un cálculo estacional, los cuales pueden compensarse durante el
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período en curso. Al 31 de diciembre de 2019, si bien la Sociedad ha incurrido en obligaciones TOP, las mismas no han sido registradas debido a que considera que las mismas no son significativas y que serán recuperadas en los períodos siguientes tal como lo establecen los respectivos contratos.
En virtud de lo expuesto precedentemente y a fin de evitar la incertidumbre respecto de los volúmenes de gas a ser puesto a disposición por los proveedores, MetroGAS suscribió contratos por volúmenes adicionales a los contratados en el ámbito del MEGSA en el marco del concurso de precios oportunamente convocado con el objetivo de contar con un mayor abastecimiento, fundamentalmente en el invierno, reduciendo los riesgos sobre el pico invernal.
En el marco de las Bases y Condiciones, MetroGAS acordó contratos de suministro de gas con una valorización aproximada de compra de gas en firme por:
| Períodos 2020 |
Montos comprometidos (millones de $) 2.630 |
|---|---|
32.2 Transporte de gas
MetroGAS ha celebrado varios contratos de transporte, cuyas fechas de finalización se encuentran entre el año 2020 y el año 2031 con TGS y TGN, a fin de asegurar una capacidad de transporte en firme de 19,49 MMCM por día, considerando los contratos vigentes al de 31 diciembre de 2019.
La valorización aproximada anual de transporte en firme a ser pagado por la Sociedad bajo estos contratos se expone en el siguiente cuadro:
| iguiente cuadro: | |
|---|---|
| Períodos 2020 2021 2022 2023 2024/31 |
Montos comprometidos (millones de $) 5.095 4.815 4.815 4.064 18.340 |
En agosto de 2017, MetroGAS presentó una Oferta Irrevocable en el Concurso N°1/2017 de TGS, con el objetivo de renovar la capacidad de transporte firme con vencimiento el 30 de abril de 2018. Como resultado del Concurso, MetroGAS renovó el 100% de la capacidad ofertada, siendo los nuevos vencimientos entre el 2019 y 2027.
Con fecha 27 de septiembre de 2018 se publicaron las Resoluciones ENARGAS 265/18 y N° 266/18, las cuales establecieron un nuevo cuadro tarifario a aplicarse a TGS y TGN a partir del día 1° de octubre de 2018.
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METROGAS S.A.
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS INDIVIDUALES POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 E INFORMACIÓN COMPARATIVA. (cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
Con fecha 29 de marzo de 2019 se publicaron las Resoluciones ENARGAS 191/19 y N° 192/19, las cuales establecieron un nuevo cuadro tarifario a aplicarse a TGN y TGS a partir del día 1° de abril de 2019.
Las tarifas de transporte quedaron congeladas a partir de la vigencia de la Ley de Solidaridad Social y por un plazo máximo de hasta ciento ochenta (180) días (ver Nota 2.3.1 a los presentes estados financieros).
32.3 Venta de gas y transporte
MetroGAS celebró contratos de venta de gas y transporte que generaron compromisos firmes con industrias y GNC. La valorización aproximada anual en firme a ser cobrado por MetroGAS bajo estos contratos se expone en el siguiente cuadro:
| Períodos 2020 2021 2022 |
Montos comprometidos | Montos comprometidos |
|---|---|---|
(millones de $) 1.033 355 355 |
32.4 Plan de inversiones obligatorias
En el marco de lo establecido en el Acuerdo Transitorio 2016, con fecha 29 de enero de 2016 MetroGAS presentó al ENARGAS el Plan de Inversiones proyectado para el año 2016. El mismo se componía de obras de infraestructura, obras de conexión, repotenciación, expansión y/o adecuación tecnológica de los sistemas de distribución de gas por redes, seguridad, confiabilidad del servicio e integridad de las redes, así como mantenimiento y todo otro gasto conexo necesario para la prestación del servicio público de distribución de gas. El Plan abarcaba el período comprendido entre abril del año 2016 y marzo del año 2017. Con fecha 27 de abril de 2017 la Sociedad envió al ENARGAS una nota con la reformulación del Plan de Inversiones Obligatorias que concluiría el 31 de diciembre de 2017. MetroGAS ejecutó el Plan por encima de lo comprometido originalmente al 31 de diciembre de 2017.
En los términos del Acuerdo Transitorio 2017, con fecha 31 de marzo de 2017 se publicó en el B.O., la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017 la cual menciona en su Anexo III el Plan de Inversiones Obligatorias que debe realizar MetroGAS dentro del plazo quinquenal 2017-2021. A los fines de esta Resolución se consideran Inversiones Obligatorias las consideradas indispensables para atender la operación y el mantenimiento de los sistemas operados, la comercialización y la administración en condiciones confiables y seguras del gas natural, con estándares iguales o mayores a los requeridos por la normativa vigente. En caso que MetroGAS lleve a cabo las inversiones obligatorias a un costo total menor que la suma especificada en la resolución deberá invertir dicha diferencia en obras y/o proyectos contemplados como inversiones no obligatorias o
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complementarias o en otros que sean aprobados por la autoridad regulatoria dentro del plazo quinquenal 2017-2021. MetroGAS debe presentar anualmente a la autoridad regulatoria un informe detallado de avance de su Plan de Inversiones y la autoridad regulatoria puede aplicar las penalidades en caso de incumplimiento. La Resolución determina el monto que la Sociedad debe desembolsar por las inversiones obligatorias durante cada uno de los cinco años. Al 31 de diciembre de 2019, MetroGAS cumplió con la totalidad de lo comprometido para el primer año, con el 97,4% de lo comprometido para el segundo año y con el 87,6% de lo comprometido para el tercer año.
Con fecha 4 de octubre de 2019, MetroGAS realizó la presentación requerida por la Resolución SGE N° 521/2019 con la propuesta de readecuación de las inversiones obligatorias a su cargo, donde la Sociedad determinó que el impacto en los ingresos para el período octubre de 2019 y diciembre de 2019 según las pautas utilizadas en la RTI, en moneda de diciembre de 2016, asciende a aproximadamente $390 millones. Por lo tanto, la Sociedad propuso readecuar el PIO por dicho monto, que representa una disminución del PIO original en un 3,84% para el año Regulatorio 3 cuya fecha de finalización es marzo de 2020 y un 17,87% para el año Regulatorio 4 que finaliza en marzo de 2021 (ver Nota 2.3.1 a los presentes estados financieros).
32.5 Arrendamientos
a. Como arrendatario
Al 31 de diciembre de 2019, los pagos mínimos futuros en relación con los arrendamientos operativos, son los detallados a continuación:
| Períodos 2020 Total pagos mínimos futuros |
Montos comprometidos (millones de $) 2 2 |
|
|---|---|---|
32.6 Otros compromisos contractuales
Al 31 de diciembre de 2019 MetroGAS se encuentra comprometida con terceras partes a través de contratos relacionados con servicios y suministros de terceros, mantenimiento y reparación de propiedades, planta y equipo y seguros, por un monto que asciende aproximadamente a millones de $ 1.580, con vencimiento millones de $ 663 durante el año 2020, millones de $ 744 durante el año 2021 y millones de $ 173 durante el año 2022.
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33. ACTIVOS Y PASIVOS EN MONEDA EXTRANJERA
A continuación se incluye un cuadro con un detalle de activos y pasivos en moneda extranjera al 31 de diciembre de 2019 y 2018:
==> picture [411 x 286] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
31.12.19 31.12.18
RUBROS CLASE Y MONTO MONTO EN CLASE Y MONTO MONTO EN
DE LA MONEDA CAMBIO MONEDA DE LA MONEDA MONEDA
EXTRANJERA VIGENTE ARGENTINA EXTRANJERA ARGENTINA
ACTIVO
ACTIVO CORRIENTE
Efectivo y equivalentes de efectivo U$S 123 59,690 (1) 7.342 U$S 410 23.651
Euros 1 66,853 (1) 67 Euros 2 132
Otros créditos U$S 574 59,690 (1) 34.262 U$S 136 7.897
Total Activo Corriente 41.671 31.680
ACTIVO NO CORRIENTE
Otros créditos U$S - 59,690 (1) - U$S 3 138
Total Activo No Corriente - 138
TOTAL ACTIVO 41.671 31.818
PASIVO
PASIVO CORRIENTE
Cuentas por pagar U$S 4.402 59,890 (2) 263.642 U$S 1.283 74.423
Euros 41 67,227 (2) 2.756 Euros 173 11.486
Libras esterlinas - 78,707 (2) - Libras esterlinas 11 812
Deudas financieras U$S 111.864 59,890 (2) 6.699.551 U$S 99.075 5.745.730
Total Pasivo Corriente 6.965.949 5.832.451
PASIVO NO CORRIENTE
Deudas financieras U$S 27.800 59,890 (2) 1.664.942 U$S 138.900 8.055.354
Total Pasivo no corriente 1.664.942 8.055.354
TOTAL PASIVO 8.630.891 13.887.805
U$S: "Dólares estadounidenses".
----- End of picture text -----
(1) Tipo de cambio comprador al 31 de diciembre de 2019.
(2) Tipo de cambio vendedor al 31 de diciembre de 2019.
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34. HECHOS POSTERIORES
Con fecha 20 de febrero de 2020, la Sociedad celebró un contrato de préstamo con el Banco Itaú Argentina S.A. e Industrial and Commercial Bank of China (Argentina) S.A. por un monto total de $ 3.329 millones a ser cancelado en once (11) cuotas trimestrales y consecutivas pagaderas a partir del décimo octavo mes contado desde la fecha de desembolso del préstamo. El mismo contempla un interés a una tasa nominal anual de BADLAR corregida más 9,85%, pagadero en forma semestral durante el primer año del préstamo y luego de manera mensual.
Dicho financiamiento se encuentra garantizado con una prenda respecto de ciertos derechos de cobro presentes y futuros en favor de los Bancos, de los créditos derivados de la prestación del servicio de distribución de gas natural. Este préstamo se destinó para cancelar la quinta cuota de amortización del préstamo no garantizado con Industrial and Commercial Bank of China Limited - Dubai Branch e Itaú Unibanco - New York Branch, por un importe de U$S 27,8 millones, así como adelantos en cuenta corriente.
35. INFORMACIÓN ADICIONAL REQUERIDA POR EL ARTÍCULO 12 DEL CAPÍTULO III TÍTULO IV DE LAS NORMAS DE LA CNV
Cuestiones generales sobre la actividad de la Sociedad:
- Regímenes jurídicos específicos y significativos que impliquen decaimientos o renacimientos contingentes de beneficios previstos por dichas disposiciones:
Ver Nota 2 a los estados financieros individuales al 31 de diciembre de 2019, referentes al marco regulatorio de MetroGAS S.A. (“MetroGAS” o la “Sociedad”).
- Modificaciones significativas en las actividades de la Sociedad u otras circunstancias similares ocurridas durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 que afecten su comparabilidad con los presentados en el ejercicio anterior, o que podrían afectarla con los que habrán de presentarse en ejercicios futuros:
Ver Nota 2 y Nota 3 a los estados financieros individuales al 31 de diciembre de 2019 referentes al marco regulatorio de MetroGAS y bases de presentación de los estados financieros individuales.
- Clasificación de los saldos de créditos y deudas a vencer, vencidos y sin plazo establecido:
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS INDIVIDUALES POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 E INFORMACIÓN COMPARATIVA. (cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
| Créditos (1) - De plazo vencido menos de 3 meses de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses |
31.12.19 Miles de $ Deudas (2) - De plazo vencido 2.539.394 menos de 3 meses 554.983 de 3 a 6 meses 225.724 de 6 a 9 meses |
31.12.19 |
|---|---|---|
| Miles de $ | ||
| 4.815.159 3.954 5.206 |
||
| de 9 a 12 meses | 241.729 de 9 a 12 meses |
- |
| de 1 a 2 años más de 2 años Subtotal - Sin plazo establecido - A vencer |
482.947 de 1 a 2 años 231.637 más de 2 años 4.276.414 Subtotal 5.348 - Sin plazo establecido - A vencer |
3.286 2.795 |
| 4.830.400 | ||
| 677.305 | ||
| menos de 3 meses | 10.041.916 menos de 3 meses |
14.362.329 |
| de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses de 1 a 2 años |
614.479 de 3 a 6 meses 562.085 de 6 a 9 meses 505.920 de 9 a 12 meses 2.454.961 de 1 a 2 años |
3.011.575 2.213.782 2.172.159 3.505.452 |
| más de 2 años | - más de 2 años |
7.508.772 |
| Subtotal Provisión para deudores incobrables Total |
14.179.361 Subtotal (634.538) Total 17.826.585 |
32.774.069 |
| 38.281.774 | ||
(1) Los saldos deudores incluyen los rubros Créditos por ventas y Otros créditos corrientes y no corrientes.
(2) Los saldos acreedores incluyen la totalidad del Pasivo corriente y del Pasivo no corriente, excluyendo la línea de Provisiones.
- Clasificación de los saldos deudores y acreedores, de manera que permita conocer los efectos financieros que produce su mantenimiento. La misma debe posibilitar la identificación de:
A) Las cuentas en moneda nacional, en moneda extranjera y en especie:
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----- Start of picture text -----
Saldos deudores (1) Saldos acreedores (2)
Miles de $
1) En moneda nacional 17.792.323 29.650.883
2) En moneda extranjera
Dólares estadounidenses 34.262 8.628.135
Euros - 2.756
3) En especie - -
Total 17.826.585 38.281.774
----- End of picture text -----
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS INDIVIDUALES POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 E INFORMACIÓN COMPARATIVA.
(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
B) Los saldos sujetos a cláusula de ajuste y los que no lo están:
==> picture [387 x 75] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
Saldos deudores (1) Saldos acreedores (2)
Miles de $
1) Con cláusula de ajuste - -
2) Sin cláusula de ajuste 17.826.585 38.281.774
Total 17.826.585 38.281.774
----- End of picture text -----
C) Los saldos que devengan intereses y los que no lo hacen:
| Saldos deudores(1) | Saldos acreedores(2) | |
|---|---|---|
| Miles de $ | ||
| 1)Devengan intereses | 4.416.187 | 19.673.297 |
| 2)No devengan intereses | 13.410.398 | 18.608.477 |
| Total | 17.826.585 | 38.281.774 |
(1) Los saldos deudores incluyen los rubros Créditos por ventas y Otros créditos corrientes y no corrientes.
(2) Los saldos acreedores incluyen la totalidad del Pasivo corriente y del Pasivo no corriente, excluyendo la línea de Provisiones.
- Detalle del porcentaje de participación en sociedades del art. 33 de la Ley N° 19.550 en el capital y en el total de votos. Además, saldos deudores y/o acreedores por sociedad y segregados del modo previsto en los puntos 3 y 4 anteriores:
El 70% del capital accionario de MetroGAS pertenece a YPF S.A. (“YPF”). Asimismo, MetroGAS, es el propietario del 95% del capital accionario de MetroENERGÍA S.A. (“MetroENERGÍA”) y por lo tanto es su accionista controlante.
Sociedades art. 33 Ley 19.550 Controlada % de participación en % de participación en el total del capital el total de votos MetroENERGÍA 95,00% 95,00% Sociedades art. 33 Ley 19.550 Controlante % de participación en % de participación en el total del capital el total de votos YPF 70,00% 70,00%
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS INDIVIDUALES POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 E INFORMACIÓN COMPARATIVA. (cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
Clasificación de los saldos deudores y acreedores en las siguientes categorías:
| 1)Vencido | Saldos deudores(1) Saldos acreedores(2) |
Saldos deudores(1) Saldos acreedores(2) |
|---|---|---|
| Miles de $ | ||
| Menos de 3 meses | ||
| YPF | - | 2.332.747 - 1.513.780 |
| 1) A vencer Menos de 3 meses MetroENERGÍA YPF |
||
| 233.190 | ||
| 28 - |
||
| De 3 a 6 meses | ||
| YPF | 181.707 | |
| De 6 a 9 meses | ||
| YPF | - | 167.047 |
| De 9 a 12 meses | ||
| YPF De 1 a 2 años YPF 2) Sin plazo establecido YPF Total |
- | 153.570 |
| - | 600.826 - |
|
| 5.348 | ||
| 238.566 | 4.949.677 | |
Clasificación de los saldos deudores y acreedores, de manera que permita conocer los efectos financieros que produce su mantenimiento. La misma debe posibilitar la identificación de:
Las cuentas en moneda nacional, en moneda extranjera y en especie:
| Saldos deudores(1) | Saldos acreedores(2) | |
|---|---|---|
| Miles de $ | ||
| 1)En moneda nacional | ||
| MetroENERGÍA | ||
| YPF | ||
| 238.566 4.949.677 |
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS INDIVIDUALES POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 E INFORMACIÓN COMPARATIVA. (cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
Los saldos sujetos a cláusula de ajuste y los que no lo están:
==> picture [387 x 83] intentionally omitted <==
----- Start of picture text -----
Saldos deudores (1) Saldos acreedores (2)
Miles de $
1) Con cláusula de ajuste - -
2) Sin cláusula de ajuste
MetroENERGÍA 233.190 -
YPF 5.376 4.949.677
238.566 4.949.677
----- End of picture text -----
Los saldos que devengan intereses y los que no lo hacen:
| Saldos deudores(1) | Saldos acreedores(2) | |
|---|---|---|
| Miles de $ | ||
| 1)Devengan intereses | ||
| YPF | - 3.222.316 |
|
| 2)No devengan intereses | ||
| MetroENERGÍA | ||
| YPF | ||
| 238.566 4.949.677 |
(1) Los saldos deudores incluyen los saldos con partes relacionadas de los rubros Créditos por ventas y Otros créditos corrientes.
(2) Los saldos acreedores incluyen los saldos con partes relacionadas de los rubros Cuentas por pagar y Deudas financieras.
- Créditos por ventas o préstamos contra directores, síndicos, miembros del consejo de vigilancia y sus parientes hasta el segundo grado inclusive:
No existen.
Inventario físico de los materiales:
- Los inventarios físicos de los materiales se efectúan por muestreo en forma periódica, los mismos se encuentran expuestos dentro del rubro Propiedades, planta y equipo.
Valuación de bienes - Propiedades, planta y equipo:
-
No existen bienes revaluados técnicamente. El Directorio de la Sociedad en su reunión de fecha 30 de junio de 2017 aprobó la valuación de los Activos esenciales por el método de la revaluación, de acuerdo al método del ingreso, con fecha efectiva 1° de abril de 2017. Ver Nota 4.7 a los estados financieros individuales al 31 de diciembre de 2019.
-
Valor de las Propiedades, planta y equipo sin usar por obsoletos:
Existen bienes de escasa utilización que se encuentran provisionados por un total de 20.040.
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS INDIVIDUALES POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 E INFORMACIÓN COMPARATIVA.
(cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
Participaciones en otras sociedades:
- Participaciones en otras sociedades en exceso de lo admitido por el art. 31 de la Ley N° 19.550 y planes para regularizar la situación:
No existen.
Valores recuperables:
- Criterios seguidos para determinar los valores recuperables significativos de materiales, propiedades, planta y equipo, empleados como límites para sus respectivas valuaciones contables.
El criterio seguido para determinar los valores recuperables ha sido:
Propiedades, planta y equipo: Valor de utilización económica. Ver Nota 4.7 a los estados financieros individuales al 31 de diciembre de 2019.
Seguros
- Seguros que cubren los bienes intangibles. Para cada grupo homogéneo de los bienes se consignarán los riesgos cubiertos, las sumas aseguradas y los correspondientes valores contables.
Al 31 de diciembre de 2019 existían seguros que cubrían los bienes de la Sociedad por los riesgos y las sumas que en cada caso se indican a continuación:
| Bienes cubiertos | Riesgo cubierto | Miles de | Sumas aseguradas |
Valor contable |
|---|---|---|---|---|
| Edificios y construcciones civiles | Todo riesgo | US$ | 51.135 | 638.384 |
| Estaciones reguladoras de presión | Todo riesgo | US$ | 48.647 | 252.852 |
| Maquinarias, equipos, instalaciones y muebles y útiles |
Todo riesgo | US$ | 8.215 | (1) 170.925 |
| Equipamiento en informática | Todo riesgo | US$ | 13.698 | 48.087 |
| Vehículos urbanos | Robo – incendio | $ | 33.221 | 111.569 |
| Responsabilidad civil | $ | Hasta 6.000 p/autos |
||
| $ | Hasta 18.000 p/camiones |
|||
| Materiales | Todo riesgo | US$ | 1.409 | 1.162.623 |
(1) El valor contable asignado a maquinarias, equipos, instalaciones y muebles y útiles se compone de la siguiente manera: equipos de telecomunicaciones 6.769, maquinarias, equipos y herramientas 89.545, otras instalaciones técnicas 68.279 y muebles y útiles 6.332.
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS INDIVIDUALES POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2019 E INFORMACIÓN COMPARATIVA. (cifras expresadas en miles de pesos constantes del 31 de diciembre de 2019 – Nota 3, excepto donde se indica en forma expresa)
Contingencias positivas y negativas:
- Elementos considerados para exponer las provisiones cuyos saldos, considerados individualmente o en conjunto, superen el 2% del patrimonio:
13.1. Para contingencias
La provisión para contingencias fue constituida a los efectos de cubrir determinadas obligaciones contingentes con respecto a reclamos existentes o potenciales, juicios y otros procedimientos. La Sociedad contabiliza la obligación según la probabilidad de su concreción de acuerdo con la opinión de los asesores legales y cuando los impactos puedan ser razonablemente estimados. La provisión asciende a 1.075.459 al 31 de diciembre de 2019. Nota 4.23, 5.4 y 21 a los estados financieros individuales al 31 de diciembre de 2019.
13.2. Previsión para deudores incobrables
La previsión que cubre el riesgo de incobrabilidad sobre las cuentas a cobrar de clientes y otros créditos se ha calculado teniendo en cuenta un estudio de la posibilidad de cobro de los créditos basado en la experiencia, política de crédito y situación de plaza, considerándose razonable y suficiente el monto estimado para dicha previsión. La misma asciende a 634.538 al 31 de diciembre de 2019. Ver Nota 5.3 a los estados financieros individuales al 31 de diciembre de 2019.
Adelantos irrevocables a cuenta de futuras suscripciones:
- Estado de la tramitación dirigida a su capitalización:
No existen.
- Dividendos acumulativos impagos de acciones preferidas:
No existen.
- Condiciones, circunstancias o plazos para la cesación de las restricciones a la distribución de los resultados no asignados:
Ver Nota 2.6.2 a los estados financieros individuales al 31 de diciembre de 2019.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 2 de marzo de 2020 Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
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Dr. Eduardo Baldi Por Comisión Fiscalizadora
Fernando Oscar Ambroa Presidente
Deloitte & Co. S.A. Florida 234, 5° piso C1005AAF Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina Tel.: (+54-11) 4320-2700 Fax: (+54-11) 4325-8081/4326-7340 www.deloitte.com/ar
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INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES
Señores Presidente y Directores de METROGAS S.A. Domicilio legal: Gregorio Aráoz de Lamadrid 1360 Ciudad Autónoma de Buenos Aires CUIT N°: 30-65786367-6
Informe sobre los estados financieros individuales
1. Identificación de los estados financieros individuales objeto de la auditoría
Hemos auditado los estados financieros individuales adjuntos de METROGAS SOCIEDAD ANÓNIMA (en adelante, mencionada indistintamente como “METROGAS S.A.” o la “Sociedad”) que comprenden el estado individual de situación financiera al 31 de diciembre de 2019, los correspondientes estados individuales de pérdidas y ganancias y otro resultado integral, de cambios en el patrimonio neto y de flujos de efectivo por el ejercicio económico finalizado en esa fecha, así como un resumen de las políticas contables significativas y otra información explicativa incluidas en las Notas 1 a 35.
Las cifras y otra información correspondientes al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2018, reexpresadas en moneda de 31 de diciembre de 2019 de acuerdo a lo señalado en la nota 3 de los estados financieros adjuntos, son parte integrante de los estados financieros mencionados precedentemente y se las presenta con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y otra información del ejercicio económico actual.
2. Responsabilidad del Directorio de la Sociedad en relación con los estados financieros individuales
El Directorio de la Sociedad es responsable de la preparación y presentación razonable de los estados financieros individuales de la Sociedad de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”) adoptadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (“FACPCE”) como normas contables profesionales, tal como fueron aprobadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (“IASB”, por su sigla en inglés), e incorporadas por la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) a su normativa como así también del control interno que considere necesario para permitir la preparación de estados financieros libres de incorrecciones significativas.
3. Responsabilidad de los auditores independientes
Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre los estados financieros individuales adjuntos, basada en nuestra auditoria. Hemos llevado acabo nuestro examen de conformidad con las Normas Internacionales de Auditoría (“NIA”) emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (“IAASB”, por sus siglas en inglés) de la Federación Internacional de Contadores (“IFAC”, por sus siglas en inglés), adoptadas en Argentina con la vigencia establecida por la FACPCE a través de la Resolución Técnica N° 32 y las Circulares de Adopción N° 1, 2, 3 y 4 de las Normas Emitidas por el IAASB y el Consejo de Estándares Internacionales de Ética para Contadores (“IESBA”, por sus siglas en ingles) de la IFAC. Dichas normas exigen que cumplamos los requerimientos de ética, así como que planifiquemos y ejecutemos la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable de que los estados financieros están libres de incorrecciones significativas.
Deloitte & Co. S.A. - Registro de Soc. Com. C.P.C.E.C.A.B.A. - T° 1 Folio 3
Una auditoría involucra la aplicación de procedimientos, sustancialmente sobre bases selectivas, para obtener elementos de juicio sobre las cifras y otra información presentada en los estados financieros. Los procedimientos seleccionados, así como la valoración de los riesgos de incorrecciones significativas en los estados financieros, dependen del juicio profesional del auditor. Al efectuar dichas valoraciones del riesgo, el auditor tiene en cuenta el control interno pertinente para la preparación y presentación razonable por parte de la Sociedad de los estados financieros, con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría que sean adecuados en función de las circunstancias y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la Sociedad. Una auditoría también incluye la evaluación de la adecuación de las políticas contables aplicadas y de la razonabilidad de las estimaciones contables realizadas por el Directorio y la Gerencia de la Sociedad, así como la evaluación de la presentación de los estados financieros en su conjunto.
Consideramos que los elementos de juicio que hemos obtenido proporcionan una base suficiente y adecuada para nuestra opinión de auditoría.
4. Opinión
En nuestra opinión, los estados financieros individuales mencionados en el capítulo 1 de este informe presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación financiera de METROGAS S.A. al 31 de diciembre de 2019 y sus pérdidas y ganancias y otro resultado integral, los cambios en su patrimonio neto y los flujos de su efectivo correspondientes al ejercicio económico finalizado en esa fecha, de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera.
5. Párrafo de énfasis
Sin modificar nuestra opinión, queremos enfatizar la información contenida en la nota 3 a los estados financieros adjuntos, en la cual la Sociedad manifiesta que las cifras en ellos expuestas, así como la información comparativa correspondiente al ejercicio precedente, han sido reexpresadas en moneda constante de 31 de diciembre de 2019, con efecto retroactivo.
Informe sobre los otros requerimientos legales y reglamentarios
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a) Los estados financieros individuales mencionados en el capítulo 1 de este informe han sido preparados, en todos sus aspectos significativos, de acuerdo con las normas aplicables de la Ley General de Sociedades N° 19.550 y de la Comisión Nacional de Valores.
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b) Las cifras de los estados financieros individuales mencionados en el capítulo 1 de este informe surgen de los registros contables de la Sociedad que, en sus aspectos formales, han sido llevados de conformidad con las disposiciones legales vigentes. En cumplimiento de las normas aplicables de la Comisión Nacional de Valores, informamos que, según nuestro criterio, los sistemas de registro contable mantienen las condiciones de seguridad e integridad en base a las cuales fueron oportunamente autorizados.
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c) Los estados financieros individuales mencionados en el capítulo 1 de este informe se encuentran transcriptos en el libro Inventarios y balances.
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d) Como parte de nuestro trabajo, cuyo alcance se describe en el capítulo 3 de este informe, hemos revisado la Información adicional incluida en la nota 35 de los estados financieros individuales al 31 de diciembre de 2019 requerida por el artículo N° 12 del Capítulo III, Título IV de las Normas de la Comisión Nacional de Valores, preparada por el Directorio y sobre la cual, en lo que es materia de nuestra competencia, no tenemos observaciones que formular.
Deloitte & Co. S.A. - Registro de Soc. Com. C.P.C.E.C.A.B.A. - T° 1 Folio 3
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e) En cumplimiento de las normas aplicables de la Comisión Nacional de Valores, informamos las siguientes relaciones porcentuales correspondientes a los honorarios facturados directa o indirectamente por nuestra sociedad profesional:
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Cociente entre el total de honorarios por servicios de auditoría de estados financieros y otros servicios de auditoría prestados a la Sociedad, y el total de honorarios por todo concepto, incluidos los servicios de auditoría: 89%.
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Cociente entre el total de honorarios por servicios de auditoría de estados financieros y otros servicios de auditoría prestados a la Sociedad, y el total de servicios de auditoría facturados a la Sociedad y a su controlante y sociedad controlada: 15%.
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Cociente entre el total de honorarios por servicios de auditoría de estados financieros y otros servicios de auditoría prestados a la Sociedad, y el total facturado a la Sociedad y a su controlante y sociedad controlada por todo concepto, incluidos los servicios de auditoría: 15%.
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f) Según surge de los registros contables de la Sociedad mencionados en el apartado b) de este capítulo, el pasivo devengado al 31 de diciembre de 2019 a favor del Sistema Integrado Previsional Argentino en concepto de aportes y contribuciones previsionales ascendía a $61.475.865 y no era exigible a esa fecha.
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g) Hemos aplicado los procedimientos sobre prevención del lavado de activos de origen delictivo y financiación del terrorismo previstos en la Resolución C.D. N° 77/2011 del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en relación con la Sociedad.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 2 de marzo de 2020.
Deloitte S.C. (Registro de Asoc. Prof. Universitarios C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 2)
Mariano O. Rodriguez Barrios Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. T° 259 - F° 69
Deloitte & Co. S.A. Registro de Soc. Com. CPCECABA T°1 Folio 3
Deloitte se refiere a una o más de las firmas miembro de Deloitte Touche Tohmatsu Limited, una compañía privada del Reino Unido limitada por garantía (“DTTL”), su red de firmas miembro, y sus entidades relacionadas. DTTL y cada una de sus firmas miembro son entidades únicas e independientes y legalmente separadas. DTTL (también conocida como “Deloitte Global”) no brinda servicios a los clientes. Una descripción detallada de la estructura legal de DTTL y sus firmas miembros puede verse en el sitio web www.deloitte.com/about.
Deloitte Touche Tohmatsu Limited es una compañía privada limitada por garantía constituida en Inglaterra y Gales bajo el número de compañía 07271800, con domicilio legal en Hill House, 1 Little New Street, London, EC4a, 3TR, United Kingdom.
INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA
A los señores Accionistas de MetroGas S.A.
De nuestra consideración:
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De acuerdo con lo requerido por el artículo 62 inciso b) del Reglamento de Listado de Bolsas y Mercados Argentinos SA , hemos realizado el trabajo mencionado en el párrafo siguiente sobre los estados financieros individuales adjuntos de MetroGAS S.A. (“MetroGAS” o la “Sociedad”) al 31 de diciembre de 2019, que comprenden el estado individual de situación financiera al 31 de diciembre de 2019, los correspondientes estados individuales de pérdidas y ganancias y otro resultado integral, de cambios en el patrimonio neto y de flujos de efectivo por el ejercicio económico finalizado en esa fecha, así como un resumen de las políticas contables significativas y otra información explicativa incluidas en las Notas 1 a 35.
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Nuestra revisión fue realizada de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes e incluyen la verificación de la congruencia de los documentos revisados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Para realizar nuestra tarea profesional, hemos efectuado una revisión del trabajo realizado por los auditores externos de MetroGAS S.A., Deloitte S.C.., quienes emitieron su informe de auditoría con fecha 2 de marzo de 2020 sin observaciones. Nuestra revisión se circunscribió a la información significativa de los documentos revisados. Dado que no es responsabilidad de esta Comisión efectuar un control de gestión, la revisión no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son de responsabilidad exclusiva del Directorio. Consideramos que nuestro trabajo y el informe de los auditores externos nos brindan una base razonable para fundamentar nuestro informe.
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Según lo manifiesta la Sociedad en su Nota 3, los Estados Financieros Individuales fueron preparados y presentados por el Directorio de la Sociedad de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”) adoptadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), incorporadas por la CNV a su normativa.
De acuerdo a lo señalado en la Nota 3 de los estados financieros adjuntos, las cifras y otra información que se exponen en los mismos han sido reexpresadas en moneda constante al 31 de diciembre de 2019, como así también la información comparativa correspondiente al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2018, que han sido presentadas reexpresadas con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y otra información del ejercicio económico actual.
Basados en el trabajo realizado, no hemos tomado conocimiento de ninguna modificación significativa que deba hacerse a los estados contables mencionados para que los mismos
estén presentados de conformidad con las normas adoptadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
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En base a nuestra revisión, con el alcance descripto en los puntos anteriores, informamos que los estados financieros individuales de MetroGAS al 31 de diciembre de 2019, preparados, en todos sus aspectos significativos, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General de Sociedades N° 19.550 y las normas aplicables de la CNV, consideran todos los hechos y circunstancias significativos que son de nuestro conocimiento y que, en relación con los mismos, no tenemos observaciones que formular.
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Sin modificar nuestra opinión, queremos enfatizar la información contenida en la Nota 3 a los estados financieros adjuntos, en la cual la Sociedad manifiesta que las cifras en ellos expuestas, así como la información comparativa correspondiente al ejercicio precedente, han sido reexpresadas en moneda constante al 31 de diciembre de 2019.
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En ejercicio del control de legalidad que nos compete, hemos verificado que los directores han constituido la garantía prevista el artículo 256 de la Ley Nº 19.550, y hemos dado cumplimiento, en los aspectos que consideramos necesarios, a los restantes procedimientos descriptos en el artículo 294 de dicha normativa.
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Informamos además, en cumplimiento de disposiciones legales vigentes, que los estados contables de la Sociedad adjuntos se encuentran asentados en el libro de Inventarios y Balances y surgen de los registros llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 2 de marzo de 2020
Por Comisión fiscalizadora
Eduardo Alberto Baldi Síndico