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YPF S.A. Annual Report 2018

Mar 11, 2019

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Annual Report

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METROGAS S.A.

MEMORIA Y ESTADOS FINANCIEROS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2018

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MEMORIA

(Información no cubierta por el informe de los Auditores Independientes).

Señores Accionistas:

De conformidad con las disposiciones legales y estatutarias vigentes, sometemos a vuestra consideración la documentación referida a los Estados financieros correspondientes al vigésimo séptimo ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018.

1. CONTEXTO MACROECONÓMICO

Para una empresa como MetroGAS S.A. (“MetroGAS”, la “Sociedad” o la “Licenciataria”) con una actividad íntimamente vinculada al mercado argentino, y en particular el servicio de distribución de gas que es muy sensible tanto para la población en general como para la mayoría de las actividades económicas, la evolución de la situación macroeconómica durante el último año es muy relevante.

De acuerdo a los últimos datos publicados en el Informe Estimador Mensual de Actividad Económica confeccionado por el Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina (“INDEC”), la estimación provisoria mostró una variación positiva de la actividad económica en el PIB (“Producto Interno Bruto”) del 2,2% para el acumulado al mes de noviembre del año 2018 con respecto a igual período de 2017 (con un incremento de actividad del 3,6% en el primer trimestre y una caída en los meses sucesivos) y 2,9% para el acumulado del año 2017 con respecto a igual acumulado de 2016.

En 2018, el incremento de precios reflejado por el índice de precios al consumidor (“IPC”) elaborado por el INDEC, el cual es representativo del total de hogares del país, fue del 47,6%, mientras que el índice de precios internos mayoristas (“IPIM”), elaborado por el mismo organismo, tuvo un incremento del 73,5% en el mismo período. En 2017, el incremento del IPC había sido del 24,8% para todo el año mientras que, durante el año 2016, el IPC había tenido un incremento aproximado del 39%, tomando datos elaborados por la Dirección General de Estadística y Censos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y por el INDEC a partir de junio de 2016, cuando comenzó a publicar nuevamente su propio índice de precios al consumidor.

En materia cambiaria, el tipo de cambio peso/dólar, según cotización Banco Nación promedio tipo de cambio vendedor y comprador, culminó el año 2018 en un valor de 37,70 pesos por dólar, habiéndose incrementado aproximadamente un 102,2% desde su valor de 18,65 pesos por dólar al cierre de 2017. La cotización promedio del año 2018 fue un 69,8% superior al promedio registrado durante el año 2017. La depreciación del peso observada especialmente en el segundo y tercer trimestre del presente año se produjo en el marco de un retiro de capitales de los países emergentes, profundizado en el caso de nuestro país por el efecto de los déficits de cuenta corriente y fiscal existentes, y por una fuerte sequía que redujo las exportaciones del complejo sojero. Sin embargo, la cotización del dólar mostró una tendencia descendente durante el cuarto trimestre de 2018, habiendo sido al cierre de 2018, un 9% inferior a la del cierre del tercer trimestre de 41,25 pesos por dólar.

En este contexto y con el objetivo de retomar el sendero de desinflación, el Banco Central de la República Argentina (“BCRA”), según lo expone en su Informe de Política Monetaria de enero de 2019, ha modificado a fines de septiembre su esquema de política monetaria, dejando de lado el régimen de metas de inflación implementado hasta ese momento. Mediante el nuevo régimen que entró en vigencia el 1° de octubre de 2018, el BCRA estableció el compromiso concreto de no aumentar la base monetaria hasta junio de 2019. Este objetivo de base monetaria se complementa con la definición de zonas de intervención y no intervención cambiaria para el tipo de cambio. La zona de no intervención quedó definida a partir de octubre para un tipo de cambio de 34 pesos por

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dólar en el límite inferior y 44 pesos por dólar en el superior, ajustándose los mismos diariamente a una tasa del 3% mensual en el último trimestre de 2018, a una tasa de 2% mensual en el primer trimestre de 2019 (tomando como referencia los límites vigentes al 31 de diciembre de 2018) y establecerá el ritmo de actualización de los meses subsiguientes en sus futuras decisiones. Dentro de la zona de no intervención, el tipo de cambio fluctúa libremente. Durante el último trimestre de 2018, el tipo de cambio operó siempre dentro de la zona de no intervención, aunque acercándose al límite inferior de la misma a medida que se recuperaba la demanda de pesos. En enero 2019, se ubicó por debajo de dicho límite, lo que le permitió al Banco Central comprar divisas en el mercado de cambios mediante la realización de subastas diarias no esterilizadas y aumentar así la meta monetaria. Asimismo, este nuevo esquema de política monetaria es consistente con las metas de equilibrio fiscal primario en 2019 y superávit en 2020 que estableció el Ministerio de Hacienda. Por su parte, el BCRA no realizará más transferencias al Tesoro, eliminando así esta fuente de emisión monetaria y reforzando su compromiso con una inflación decreciente a lo largo del tiempo.

El 8 de mayo de 2018, el Presidente Macri anunció que el gobierno argentino iniciaría negociaciones con el Fondo Monetario Internacional (“FMI”) con el objetivo de adquirir una línea de crédito stand-by, que permitiría a la Argentina acceder al financiamiento del FMI. El 8 de junio de 2018, los puntos clave del acuerdo se hicieron públicos, que consisten en un préstamo stand-by por U$S 50.000 millones, sujeto a ajustes estrictos, principalmente debido a preocupaciones fiscales y políticas, a las que el gobierno nacional estará sujeto en los próximos años. El 22 de junio de 2018, el FMI realizó un desembolso inicial de U$S 15.000 millones. Adicionalmente, el 26 de septiembre de 2018, Argentina concluyó un nuevo acuerdo con el FMI. Este nuevo acuerdo respaldó el acuerdo stand-by de tres años aprobado el 20 de junio de 2018, e incluye un incremento en los fondos disponibles del FMI de U$S 19.000 millones hasta fines de 2019. Asimismo, se eleva el monto máximo de préstamo disponible a U$S 57.100 millones hasta 2021. Los fondos disponibles en el marco del programa ya no serán tratados como reservas preventivas, dado que el gobierno argentino ha indicado que pretenden utilizar el financiamiento del FMI como soporte presupuestario. El plan económico apoyado por el FMI apunta a fortalecer la economía argentina, focalizándose en cuatro pilares clave: (a) restaurar la confianza del mercado; (b) proteger a los sectores más vulnerables de la sociedad; (c) fortalecer la credibilidad del marco de metas de inflación del Banco Central; (d) disminuir progresivamente las tensiones en la balanza de pagos. No existen garantías sobre el impacto que el préstamo del FMI va a tener en la economía argentina o en sus activos, la situación económica y financiera de las compañías argentinas, o cualquier aspecto del proyecto.

El 26 de septiembre de 2018, el Banco Central anunció una serie de medidas destinadas a modificar la política monetaria, con el objetivo de controlar la volatilidad del tipo de cambio y la inflación. Por lo tanto, el Banco Central se compromete a garantizar que el promedio mensual de la base monetaria no registre crecimiento desde octubre de 2018 hasta junio de 2019. Adicionalmente, el Banco Central se compromete a no permitir que la tasa de política diaria sea inferior al 60% anual hasta diciembre 2018, respetando lo que se asumió bajo el esquema monetario anterior.

El 26 de octubre de 2018, el FMI aprobó la ampliación del acuerdo stand-by en aproximadamente U$S 5.600 millones. El FMI aprobó la primera revisión del desempeño de Argentina en el marco del nuevo acuerdo stand-by, y autorizó una nueva transferencia de aproximadamente U$S 5.700 millones. A su vez, se estableció un nuevo cronograma de desembolsos y se ampliaron los montos a ser desembolsados para 2018 y 2019. Bajo este nuevo cronograma, los desembolsos previstos para lo que resta de 2018 se elevaron de U$S 6.000 millones a U$S 13.400 millones, y se estableció que en marzo de 2019 se desembolsarán adicionalmente U$S 11.000 millones. El impacto que tendrá el préstamo suscripto con el FMI en la economía argentina, e indirectamente en nuestra situación financiera, nuestros resultados, y nuestras operaciones o negocios es actualmente desconocido, y no puede ser evaluado en este momento.

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Por otro lado, un incremento sustancial en el valor del peso frente al dólar estadounidense también presenta riesgos para la economía argentina. Una apreciación real significativa del peso afectaría adversamente las exportaciones e incrementaría el déficit comercial, lo que podría tener un efecto negativo en el crecimiento del PBI y el empleo, así como reducir los ingresos del sector público argentino al reducir la recaudación impositiva en términos reales, dada su fuerte carga actual dependiente de los impuestos sobre las exportaciones.

En este sentido, un 95% de la deuda financiera de MetroGAS ($ 8.882 millones al cierre del año 2018) se encuentra denominada en dólares, y un 58% es deuda a largo plazo (más de un año a su vencimiento).

Durante el ejercicio iniciado el 1 de enero de 2018, se materializaron los ajustes de las tarifas del servicio de distribución que surgieron del proceso de la Revisión Tarifaria Integral (“RTI”), que determinó los valores que debían aplicarse para el período regulatorio abril 2017-marzo 2022.

El 29 de noviembre de 2017, a instancias del (ex) Ministerio de Energía y Minería (“MINEM”), MetroGAS suscribió las “Bases y Condiciones para el Abastecimiento de Gas Natural a Distribuidoras de Gas por Redes” (las “Bases y Condiciones”) junto con el resto de las distribuidoras y un grupo de productores de gas. Estas Bases y Condiciones contienen los lineamientos para la contratación de volúmenes de gas para el abastecimiento de la demanda de las distribuidoras para el período comprendido entre el 1° de enero de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2019 y entre otras cuestiones, fija el precio según la categoría de cliente y por período expresado en u$s/MMBTU.

Como consecuencia de la variación en la paridad cambiaria, productores y distribuidores de gas natural iniciaron un proceso de renegociación de los acuerdos particulares firmados a instancia de las Bases y Condiciones, con precios nominados en dólares estadounidenses. El proceso de renegociación, no terminado aún, incluye dos temas principales: i) el pago de las deudas generadas por las diferencias entre el tipo de cambio al que pagaron las distribuidoras y el tipo de cambio previsto contractualmente (período abril – septiembre 2018) y ii) el precio de gas a aplicar para el período octubre – diciembre 2018.

2. PERFIL DE LA SOCIEDAD

MetroGAS es la empresa de distribución de gas natural por redes más grande de la Argentina, en términos de cantidad de clientes y volumen de gas entregado. MetroGAS distribuye aproximadamente el 18% (*) del total del gas natural abastecido por las nueve compañías distribuidoras del país y cuenta hoy con aproximadamente 2,4 millones de clientes en su área de servicio (Ciudad Autónoma de Buenos Aires y once partidos del sur del Gran Buenos Aires), un área densamente poblada que incluye importantes usinas, clientes industriales y comerciales.

En el año 2005, con motivo de los cambios en las reglamentaciones (ver punto 4.3.2), el Directorio de MetroGAS decidió la constitución de MetroENERGÍA S.A. (“MetroENERGÍA”), una sociedad anónima de la cual MetroGAS es titular del 95% del capital accionario y cuyo objeto social es el de dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, a la compra-venta de gas natural y/o su transporte.

Desde el año 1993 el consumo de gas natural en la Argentina aumentó aproximadamente un 100%. Ese año el consumo fue de aproximadamente 21.828 MMm3 (millones de metros cúbicos) y se incrementó a 44.059 MMm3 en 2018 (*). Dicho aumento se ha debido a los mejores precios relativos que presentó el gas natural respecto de otras fuentes de energía, al aumento en la capacidad de los gasoductos troncales y a la expansión de los sistemas de distribución.

Las reservas comprobadas de gas de la Argentina ascienden a 355.547 MMm3 (**). Existen 19 cuencas sedimentarias conocidas en el país, 10 de las cuales se encuentran en el continente, 3 son

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marítimas y 6 de ellas son combinadas. La producción está concentrada en 5 cuencas: Noroeste; Neuquén y Cuyo en la zona central; Golfo de San Jorge y Austral en el sur del país. La producción de gas natural fue 47.521 MMm3 (***) en el período enero – diciembre 2018, de los cuales 28.394 MMm3 fueron provenientes de la cuenca neuquina. Adicionalmente, para poder satisfacer los requerimientos de la demanda interna, se debieron importar unos aproximadamente 9.830 MMm3, provenientes de Bolivia y Chile y del Gas Natural Licuado (“GNL”) regasificado en las plantas de Escobar y Bahía Blanca.

Aproximadamente el 69% del gas comprado por MetroGAS durante 2018 provino de la cuenca de Neuquén y el restante 31% de la cuenca Austral y Golfo de San Jorge.

(*) De acuerdo con la última información disponible suministrada por el Ente Nacional Regulador del Gas (“ENARGAS”) - noviembre 2018.

(**) De acuerdo con la última información disponible suministrada por el MINEM - diciembre 2017.

(***) De acuerdo con la última información disponible suministrada por el MINEM - diciembre 2018.

3. RENEGOCIACIÓN DE LA LICENCIA

La Ley de Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario N° 25.561 (la “Ley de Emergencia”) publicada en el Boletín Oficial (“B.O.”) con fecha 7 de enero de 2002 afectó el marco jurídico vigente para los contratos de licencia de las empresas de servicios públicos.

Las principales disposiciones de la Ley de Emergencia que afectaron la Licencia otorgada oportunamente a MetroGAS por el Estado Nacional y modificaron expresas disposiciones de la Ley Nº 24.076 (“Ley del Gas”) fueron: la “pesificación” de las tarifas que estaban establecidas en dólares convertibles al tipo de cambio fijado por la Ley de Convertibilidad (Ley Nº 23.928), la prohibición del ajuste de tarifas basado en cualquier índice extranjero, impidiendo por lo tanto la aplicación del índice internacional fijado en el Marco Regulatorio (Producer Price Index -PPI- de los Estados Unidos) y la disposición respecto a la renegociación de la Licencia otorgada a la Sociedad en 1992.

Asimismo, la Ley de Emergencia dispuso el inicio de un proceso de renegociación de los contratos de servicios públicos otorgados por el Poder Ejecutivo Nacional (“PEN”) sin perjuicio de establecer que las empresas de servicios públicos debían seguir cumpliendo con todas sus obligaciones.

La Ley de Emergencia, que originalmente vencía en diciembre de 2003, fue sucesivamente prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2017. También se fueron prorrogando los plazos de renegociación de licencias y concesiones de servicios públicos.

3.1 Acta Acuerdo de Adecuación del Contrato de Licencia de Distribución de Gas Natural

En el marco del proceso de renegociación, la Sociedad suscribió una serie de acuerdos transitorios con distintas entidades en representación del Estado Nacional.

Con fecha 30 de marzo de 2017, y en el marco del proceso de renegociación de los contratos de servicios públicos dispuesto por la Ley de Emergencia, sus prórrogas y los Decretos N° 367/2016 y N° 2/2017, la Sociedad suscribió con el MINEM y con el Ministerio de Hacienda un Acta Acuerdo de Adecuación del Contrato de Licencia de Distribución de Gas Natural que contiene los términos de la renegociación integral y las condiciones de adecuación del Contrato de Licencia

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(“Acta Acuerdo Integral”). El Acta Acuerdo Integral tiene como antecedentes el Acuerdo Transitorio 2008, el Acuerdo Transitorio 2014, el Acuerdo Transitorio 2016 y el Acuerdo Transitorio 2017.

Las previsiones contenidas en el Acta Acuerdo Integral, abarcan el período contractual comprendido entre el 6 de enero de 2002 y la finalización del Contrato de Licencia.

En los términos allí previstos, se establecieron una serie de pautas para el proceso de Revisión Tarifaria Integral (“RTI”):

  • Introducción de mecanismos no automáticos de adecuación semestral de la tarifa de distribución, entre revisiones tarifarias quinquenales, contemplando las variaciones observadas en los precios de la economía vinculados a los costos del servicio, a efectos de mantener la sustentabilidad económico-financiera de la prestación y la calidad del servicio prestado;

  • Diseño e implementación de métodos adecuados para incentivar y medir en el tiempo, las mejoras en la eficiencia de la prestación del servicio por parte de MetroGAS.

  • Establecimiento por parte del ENARGAS de los criterios para la determinación de la Base de Capital y de la Tasa de Rentabilidad a aplicar en la RTI, conforme los siguientes criterios generales:

  • a) La Base de Capital se determina tomando en cuenta los bienes necesarios para la prestación del servicio público. Para la valuación de dichos bienes se considera: a) el valor inicial de los bienes al iniciar el Contrato de Licencia, como también aquel correspondiente a las incorporaciones posteriores, netos de bajas y depreciaciones, considerando lo establecido en el párrafo siguiente del presente apartado, y b) el valor actual de tales bienes, resultante de aplicar criterios técnicos fundados que expresen en forma justa y razonable dicha estimación, tomando en cuenta el estado actual de conservación de dichos bienes. Todas las valuaciones de los bienes se efectúan en moneda nacional, y consideran la evolución de índices oficiales representativos de la variación en los precios de la economía contemplando la estructura de costos de dichos bienes.

  • b) La Tasa de Rentabilidad se determina conforme lo establecen los artículos 38 y 39 de la Ley del Gas. A tal fin, ésta deberá ponderar la remuneración del capital propio y de terceros. En la determinación de la remuneración del capital propio, el ENARGAS debe considerar un nivel justo y razonable para actividades de riesgo equiparable o comparable, que guarde relación con el grado de eficiencia y prestación satisfactoria del servicio. A su vez, para determinar el costo del capital de terceros, el ENARGAS debe reflejar el costo del dinero en los términos y condiciones vigentes para la financiación de empresas de servicios públicos.

  • Se requirió la presentación por parte de la Sociedad de un Plan de Inversiones para ser incorporado en el cálculo de la tarifa.

  • El ENARGAS realizará un análisis de costos para determinar nuevos valores de las tasas y cargos por servicios de la actividad regulada de la Sociedad. Dicho análisis deberá ser efectuado basado en costos razonables y eficientes de estos servicios.

En relación a la entrada en vigencia de la RTI, se estableció que ésta no excedería del 31 de diciembre de 2017. Sin embargo, en caso de que el ENARGAS dispusiera la aplicación escalonada y progresiva del incremento tarifario resultante de la RTI, la aplicación del último escalón no podría exceder del 1° de abril de 2018.

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El cuadro tarifario de MetroGAS derivado de la RTI según las pautas indicadas resultaría aplicable una vez que se encuentren cumplidos todos los procedimientos dispuestos para la entrada en vigencia del Acta Acuerdo Integral.

Como condición previa a la ratificación, el Acta Acuerdo Integral preveía la suspensión y desistimiento de todos los reclamos, recursos y demandas entabladas, en curso o en vías de ejecución, tanto en sede administrativa, arbitral o judicial, en la República Argentina o en el exterior, que se encuentren fundados o vinculados a los hechos o medidas dispuestas, respecto del Contrato de Licencia, a partir de la Ley de Emergencia y/o en la anulación del Índice PPI (Producer Price Index de los Estados Unidos de América). Asimismo, el Acta Acuerdo Integral debía ser ratificado por la Asamblea de Accionistas de MetroGAS, de modo que el PEN dictara el Decreto ratificatorio correspondiente.

Con fecha 27 de abril de 2017, la Asamblea de Accionistas de MetroGAS ratificó el Acta Acuerdo Integral, y con fecha 27 de junio de 2018 la Sociedad desistió formalmente de la acción y de los derechos reclamados en el marco del Expediente “MetroGAS S.A. c/ Estado Nacional – M. Planificación (Dto. 293/02) s/Proceso de Conocimiento” (Expte. 50.141/2011) ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 12 (ver punto 4.2). Finalmente, el Acta Acuerdo Integral preveía el compromiso de la Sociedad de realizar durante el plazo de extensión de la Licencia, con más su eventual prórroga decenal y dentro del área de su Licencia, inversiones adicionales sustentables equivalentes al monto del laudo dictado en el arbitraje “BG Group Plc. vs. La República Argentina (UNC 54 KGA)” con el porcentaje proporcional de quita que se hubiere establecido en el acuerdo de pago y excluyendo las sumas correspondientes a los intereses por mora en el pago del laudo. El monto y el plan de inversiones adicionales será determinado por el ENARGAS a propuesta de la Sociedad y las mismas no serán incorporadas en la base tarifaria.

Con fecha 31 de marzo de 2017 se publicó en el B.O, la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017 mediante la cual se aprobaron, con vigencia a partir del 1° de abril de 2017, los cuadros tarifarios resultantes de la RTI de MetroGAS y cuadros tarifarios de transición de aplicación a los usuarios de MetroGAS.

Asimismo, la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017 aprobó (i) los estudios técnico económicos sobre la RTI de la Sociedad, (ii) la Metodología no automática de Ajuste Semestral, y (iii) el Plan de Inversiones de MetroGAS para el próximo quinquenio.

3.2 Juicio contra el Estado Nacional

En el año 2011, MetroGAS promovió una acción interruptiva de prescripción contra el Estado Nacional con el objeto de que, agotado el reclamo administrativo, se condene a este a la reparación de los daños y perjuicios provocados a MetroGAS -derivados de la Ley de Emergencia con motivo del incumplimiento a la obligación contractual de mantener la ecuación económico-financiera de esta distribuidora de acuerdo con los términos del marco regulatorio establecido a partir de la Ley N° 24.076.

De manera complementaria a esta acción, y una vez agotada la vía administrativa, en el año 2013 se amplió la demanda fijándose la suma reclamada en miles de $ 4.125.167 (expresada en valores al 31/12/2011) y se inició el Beneficio de Litigar Sin Gastos (“BLSG”) con el objeto de que se establezca la exención del pago de las costas y gastos judiciales derivados de la acción de daños y perjuicios. Con la promoción del BLSG, MetroGAS quedó exenta del pago de la tasa de justicia al momento del inicio de la acción principal y hasta la resolución del BLSG.

Tal lo adelantado, con fecha 30 de marzo de 2017 MetroGAS suscribió con el Estado Nacional el Acta Acuerdo Integral en virtud de la cual, dentro del plazo de noventa (90) días corridos de que entre y se mantenga en vigencia la Resolución que aprueba el cuadro tarifario resultante de la RTI,

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MetroGAS debía desistir íntegra y expresamente de todos los derechos que pudieran eventualmente invocar, como también a todas las acciones entabladas o en curso o que pudieran entablar, fundadas o vinculadas a los hechos o medidas dispuestas, respecto del Contrato de Licencia.

Con fecha 28 de marzo de 2018, se publicó en el Boletín Oficial el Decreto N° 252/2018 que ratificó el Acta Acuerdo Integral. En virtud de ello, con fecha 27 de junio de 2018 la Sociedad procedió al desistimiento de la causa “MetroGAS S.A. c/ Estado Nacional – M. Planificación - (Decreto N° 293/02) - UNIREN s/Proceso de Conocimiento”. Mediante resolución de fecha 3 de octubre de 2018, se tuvo a MetroGAS por desistida de la acción y del derecho.

El fisco podría exigirle a MetroGAS el pago de la tasa de justicia que, en los términos de la Ley N° 23.898, es del tres por ciento (3%) del monto de la demanda (ver Nota 19 a los presentes estados financieros consolidados condensados intermedios al 31 de diciembre de 2018).

4. MARCO REGULATORIO

La distribución de gas natural por redes es un servicio público y por lo tanto una actividad regulada. El ENARGAS, en los términos de la Ley del Gas es la autoridad de aplicación y su jurisdicción se extiende al transporte, venta, almacenaje y distribución de gas natural. Su mandato, de acuerdo con lo expresado en la Ley del Gas, incluye la protección de los consumidores, el cuidado de la competencia en la provisión y demanda de gas natural y el fomento de las inversiones de largo plazo en la industria.

4.1 Ley de Ministerios

Con fecha 5 de septiembre de 2018, y en el marco de un proceso de reordenamiento estratégico en materia de reducción presupuestaria, se publicaron los Decretos N° 801/2018 y N° 802/2018 que establecieron (i) designar al Ministerio de Hacienda como continuador a todos sus efectos del Ministerio de Energía, debiendo considerarse modificada por tal denominación cada vez que se hace referencia a la cartera ministerial citada en segundo término; y (ii) crear el cargo de Secretario de Gobierno de Energía con dependencia del Ministerio de Hacienda.

4.2 Tarifas de distribución de gas natural

4.2.1 Cuadros tarifarios

Mediante Resolución N° 91/2018 del MINEM se sustituyó el Numeral 9.4.2.3 de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución (“RBLD”) aprobada como Anexo B, Subanexo I, por el Decreto Nº 2.255 de fecha 2 de diciembre de 1992, determinando en lo pertinente que “los ajustes serán estacionales, abarcando los períodos del 1° de abril al 30 de septiembre de cada año, y del 1° de octubre al 31 de marzo del año siguiente”.

Con fecha 31 de enero de 2018 se publicó en el B.O. la Resolución del ENARGAS N° 249/2018 que convocó a audiencia pública el día 22 de febrero de 2018 para considerar (i) la aplicación de la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, de corresponder, para el ajuste de tarifas de MetroGAS; (ii) la aplicación del traslado a tarifas del precio de gas comprado y (iii) alternativas metodológicas para una facturación más previsible de los consumos de los usuarios residenciales.

En fecha 28 de marzo de 2018 se publicó en el B.O. la Resolución ENARGAS N° 300/2018 que dispuso (i) declarar la validez de la Audiencia Pública mencionada anteriormente, (ii) aprobar el cuadro tarifario de transición de MetroGAS aplicable a partir del 1° de abril de 2018 y (iii) aprobar nuevos valores para las Tasas y Cargos percibidos por MetroGAS por servicios adicionales.

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Con fecha 15 de agosto de 2018 se publicó en el B.O. la Resolución del ENARGAS N° 184/2018 que convocó a Audiencia Pública para el día 4 de septiembre de 2018 para considerar (i) la aplicación de la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, en los términos de lo dispuesto (respecto de MetroGAS) por la Resolución ENARGAS N° I-4.356/17; y (ii) la aplicación del traslado a tarifas del precio de gas comprado en los términos del Numeral 9.4.2 de las RBLD y la consideración de las Diferencias Diarias Acumuladas (“DDA”) correspondientes al período enero-septiembre de 2018, en los términos del Numeral 9.4.2.5 de las RBLD.

En fecha 8 de octubre de 2018 se publicó en el B.O. la Resolución ENARGAS N° 281/2018 que dispuso (i) declarar la validez de la Audiencia Pública mencionada anteriormente, (ii) aprobar los cuadros tarifarios de MetroGAS aplicables a partir de la publicación de los mismos y (iii) aprobar nuevos valores para las Tasas y Cargos percibidos por MetroGAS por servicios adicionales. Cabe aclarar, que dichos cuadros tarifarios no contemplaron las DDA correspondientes al período comprendido entre el 1° de abril y el 30 de septiembre de 2018.

En fecha 12 de octubre se publicó en el Boletín Oficial la Resolución ENARGAS N° 292/2018 que rectifica los cuadros tarifarios de la Resolución N° 281/2018 y su aplicación se retrotrae al 8 de octubre de 2018, fecha de publicación de esta última Resolución.

En relación a la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, el ENARGAS advirtió que, para el período a considerar en el ajuste aplicable a partir de octubre-2018, es decir la variación entre febrero y agosto de 2018, existe una notoria disparidad entre la variación del IPIM y la de otros indicadores de la economía. Por ello, a partir de lo observado consideró razonable que para el ajuste semestral se aplique la metodología del Anexo V, pero considerando una adecuada combinación de índices que reflejen en mejor medida la variación de los indicadores de la economía general a fin de que se implementen los preceptos establecidos en las Resoluciones que aprobaron la RTI, alegando que “tal aplicación no significa un cambio metodológico, ni del principio general establecido en el Anexo V de la Resolución ENARGAS N° I-4.356/17, sino la adecuada evaluación de tal criterio en el marco del caso concreto de su aplicación al semestre a iniciarse en octubre de 2018 en el que se aprecia una significativa disparidad entre el IPIM y otros indicadores macroeconómicos”.

A partir de ello, se aplicó como índice de actualización de la tarifa el promedio simple de los siguientes índices: a) IPIM entre los meses de febrero de 2018 y agosto de 2018, b) “Índice del Costo de la Construcción” entre los meses de febrero de 2018 y agosto de 2018 (ICC), y c) “Índice de variación salarial” entre los meses de diciembre de 2017 y junio de 2018 (IVS), lo cual resulta en una variación total para el período estacional de 19,7%, frente a una variación del 30,5% de haberse aplicado el IPIM únicamente. La Sociedad presentó en tiempo y forma el recurso de reconsideración contra la metodología seguida por el ENARGAS para reconocer el ajuste de la tarifa de distribución.

Con fecha 5 de febrero de 2019 se publicó en el B.O. la Resolución del ENARGAS N° 1/2019 que convocó a Audiencia Pública para el día 26 de febrero de 2019 para considerar (i) la aplicación de la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, en los términos de lo dispuesto (respecto de MetroGAS) por la Resolución ENARGAS N° I-4.356/17; (ii) la aplicación del traslado a tarifas del precio de gas comprado en los términos del Numeral 9.4.2 de las RBLD y la consideración de las DDA correspondientes al período estacional en curso, en los términos del Numeral 9.4.2.5 de las RBLD; iii) la consideración de la creación de un Punto de Ingreso al Sistema de Transporte en Escobar y de una ruta de transporte GBA-GBA; y iv) las consideraciones sobre la tarifa de redes abastecidas con Gas Licuado de Petróleo (“GLP”).

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4.2.2 Resolución MINEM N° 508-E/2017

Como consecuencia de los cambios introducidos a través de la Resolución MINEM N° 474 – E/2017 y las Resoluciones ENARGAS N° 131/2017 y N° 132/2017, y de las pautas establecidas en las Bases y Condiciones (ver punto 4.3.1), con fecha 29 de diciembre de 2017 se publicó la Resolución MINEM N° 508-E/2017 que establece el procedimiento para la compensación de los menores ingresos que las Licenciatarias del Servicio de Distribución de Gas Natural por Redes reciben de sus usuarios, como producto de: (i) la aplicación de beneficios y/o bonificaciones a los usuarios resultantes de la normativa vigente en materia tarifaria del servicio de distribución de gas natural por redes y (ii) los mayores costos del Gas Natural No Contabilizado (“GNNC”) respecto a los establecidos para su reconocimiento en las tarifas.

Este procedimiento se enmarca dentro del artículo 20.2 del Modelo de Licencia aprobado por el Decreto N° 2.255/1992 que establece que el Distribuidor tendrá derecho a ser compensado por la reducción de ingresos que le ocasionen tales medidas a fin de mantener la cadena de pagos relacionada con la operación y el mantenimiento del servicio público de distribución de gas natural por redes, entre otros, el pago de las facturas de compra de gas natural y garantizar la continuidad de la prestación de dicho servicio público.

De acuerdo con el procedimiento de compensación, las Licenciatarias de Distribución deben informar en los plazos que allí se establecen y en base a los consumos anuales mensualizados y con carácter de declaración jurada ante el ENARGAS, los montos necesarios para compensar las diferencias mencionadas. Igual régimen informativo se adopta en relación al GNNC.

De tal forma, para el cálculo de las compensaciones por el monto que dejan de percibir por los descuentos en facturación así como por las diferencias por GNNC, se establece una compensación resultante de la diferencia entre el precio de compra al productor de gas natural y la venta a sus clientes.

Mediante Resolución N° 218/2018 (posteriormente instrumentada por el ENARGAS a través de la Resolución N° 86/2018), el MINEM dispuso la suspensión de la aplicación de los criterios de bonificación para los usuarios de la Tarifa Social establecidos en los artículos 4° y 5° de la Resolución MINEM N° 474/2017 para los consumos de dichos usuarios efectuados durante los meses de mayo y junio del año 2018, debiendo aplicarse para la facturación de dichos consumos el régimen de tarifa social con el alcance previsto en el artículo 5° de la Resolución MINEM N° 28/2016, a cuyos efectos deberá considerarse la bonificación del cien por ciento (100%) del precio del gas natural que dichos usuarios consuman.

Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N° 14/2018 de la Secretaría de Gobierno de Energía (“SGE”), (i) se dejan sin efecto los topes y bonificaciones oportunamente dispuestos en las Resoluciones N° 212/2016 y N° 474/2017 del MINEM y se fija una nueva bonificación para los usuarios de la tarifa social del 100% para el bloque de consumo base dispuesto en el Anexo II de la Resolución N° 474/2017 del MINEM; y (ii) se fija un límite en el incremento a usuarios SGP1 y SGP2 de Servicio Completo en el valor del gas en la medida de que estén inscriptos en el Registro de Empresas MiPyMES (previsto en la Ley N° 24.467) o ser beneficiarios del régimen de la Ley N° 27.218 para Entidades de Bien Público.

A la fecha de aprobación de los presentes estados financieros, se han registrado ciertas demoras por parte del Estado Nacional en el pago de las compensaciones económicas. En la medida que existan estas demoras la Sociedad cancela las facturas por las inyecciones de gas distribuyendo a prorrata entre todos los productores con los cuales la Sociedad tiene contratos de suministro de gas natural el impacto derivado de la demora mencionada.

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4.2.3 Diferencias Diarias

El Articulo N° 37 del Decreto N° 1.738/92, reglamentario de la Ley N° 24.076, prevé en su inciso 5 que las variaciones del precio de adquisición del gas serán trasladadas a la tarifa final al usuario de tal manera que no produzcan beneficios ni pérdidas al Distribuidor. Por su parte, las RBLD establecen en su numeral 9.4.2.5 que la Licenciataria deberá llevar contabilidad diaria separada del precio y del valor del gas comprado e incluido en sus ventas reales, y de la diferencia entre este último valor y el del gas incluido en la facturación de tales ventas reales. De tal manera, no se exige que las facturas de suministro hayan sido pagadas, sino que debe tenerse certeza del costo de adquisición, el que en este caso se materializa con el conocimiento del tipo de cambio al que debían cancelarse las obligaciones con los productores de gas.

El mismo numeral 9.4.2.5, último párrafo, prevé expresamente que si la diferencia entre el costo del gas adquirido por las Distribuidoras y el valor de dicho gas contenido en las tarifas a los usuarios supera en valor absoluto el 20%, entonces la Sociedad podrá presentar a la Autoridad Regulatoria nuevos cuadros tarifarios para su aprobación.

En abril de 2018 comenzó en Argentina un cambio en las condiciones macroeconómicas que provocó una brusca e imprevista variación en la paridad entre la moneda nacional y la moneda en la que están establecidos los precios de los contratos.

Por el gas entregado en los meses de enero a marzo de 2018, los pagos realizados por la Sociedad se hicieron respetando el tipo de cambio vigente a la fecha de pago de conformidad con lo establecido en los acuerdos de suministro. No obstante, debido a las circunstancias descriptas anteriormente, los pagos a los productores de gas por el gas entregado en los meses siguientes se realizaron al tipo de cambio aplicado al valor del componente del gas incluido en la tarifa aprobado por la Resolución ENARGAS N° 300/2018 aplicable a partir del 1° de abril de 2018 ($/U$S 20,345) y la Resolución ENARGAS N° 281/2018, luego ratificada por la Resolución ENARGAS N° 292/2018, aplicable a partir del 8 de octubre de 2018 ($/U$S 37,69).

El criterio adoptado obedece, además, a la necesidad de mantener la cadena de pagos relacionada con la operación y el mantenimiento del servicio público de distribución de gas natural por redes y garantizar la continuidad de la prestación del servicio.

De acuerdo a las situaciones macroeconómicas mencionadas anteriormente, con fecha 27 de julio de 2018 la Sociedad envió una nota al ENARGAS con los nuevos cuadros tarifarios solicitando, en cumplimiento de dicha norma establecida en las RBLD, que se aprueben los mismos a fin de ir reconociendo parcialmente la incidencia de los mayores costos de adquisición del gas.

Mediante Nota N0-2018-38938972-APN-SD#ENARGAS del 13 de agosto de 2018, el ENARGAS desestimó la solicitud efectuada alegando que “la Licenciataria no acredita materialmente el efectivo pago del gas al precio que referencia para la determinación de las diferencias entre el precio incluido en tarifa”. De acuerdo con el criterio de la Sociedad, este argumento no encuentra sustento en el marco regulatorio, en tanto el mismo se limita a exigir que el precio sea conocido, lo cual se materializa mediante los acuerdos de abastecimiento suscriptos de conformidad con las Bases y Condiciones y que se encuentran registrados ante el ENARGAS.

Con fecha 5 de octubre de 2018 se publicó en el B.O. la Resolución N° 20/2018 de la SGE respecto a las DDA acumuladas a raíz de la marcada variación del tipo de cambio por la compra de gas en el marco de los contratos suscriptos entre los productores y las Licenciatarias de Distribución de acuerdo con las Bases y Condiciones. Sin perjuicio de lo establecido en las RBLD y los mecanismos de actualización tarifaria allí previstos, a fin de proteger al usuario final atenuando la incidencia del traslado a las tarifas de las DDA, la autoridad dispuso habilitar un mecanismo de recupero de las mismas que contemple su recupero en un período temporal más extenso para disminuir su incidencia en el monto de la factura al usuario.

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De acuerdo con ello, se dispuso -en forma transitoria y extraordinaria- que para las DDA correspondientes al período comprendido entre el 1 de abril y el 30 de septiembre de 2018, entre el precio del gas previsto en los contratos y el precio de gas reconocido en las tarifas finales de las prestadoras del servicio de distribución, el recupero del crédito a favor de los productores de gas actualizado al 31 de diciembre de 2018 a la tasa activa cartera general diversa del Banco de la Nación Argentina se realizaría mediante inclusión en línea separada en la factura de los usuarios y en veinticuatro (24) cuotas a partir del 1° de enero de 2019 tomando en consideración los volúmenes consumidos por éstos durante el período abril-septiembre de 2018. Asimismo previó para la financiación de dicho monto la aplicación de la tasa pasiva plazo fijo pizarra del Banco de la Nación Argentina aplicándose el método francés para el cálculo y la amortización de la deuda y el pago de intereses, incluyendo un plazo de sesenta (60) días que compense la diferencia entre la fecha de facturación y el efectivo pago.

Con fecha 16 de octubre de 2018, mediante Resolución N° 41/2018 de la SGE y por razones de oportunidad, se dejó sin efecto la Resolución N° 20/2018 de la SGE.

El 16 de noviembre de 2018, se publicó en el B.O., el Decreto N° 1.053/2018 que modifica el Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2018, y en virtud de las volatilidades de las variables financieras y del tipo de cambio, establece que el Estado Nacional asume, con carácter excepcional, el pago de las DDA mensualmente entre el valor del gas comprado por las prestadoras del servicio de distribución de gas natural por redes y el valor del gas natural incluido en los cuadros tarifarios vigentes entre el 1° de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2019, generadas exclusivamente por variaciones del tipo de cambio y correspondientes a volúmenes de gas natural entregados en ese mismo período, todo ello de acuerdo con el procedimiento que disponga el ENARGAS.

A tal fin, el ENARGAS determinará, conforme a lo previsto en el punto 9.4.2.5 de las RBLD para cada prestadora y considerando los proveedores adheridos a este régimen de excepción, el monto neto correspondiente a las DDA. El monto neto resultante se transferirá a cada distribuidora en treinta (30) cuotas mensuales y consecutivas a partir del 1° de octubre de 2019. A fin de determinar cada una de las cuotas, se utilizará la tasa de interés que el ENARGAS aplica conforme lo previsto en el punto 9.4.2.5 (tasa efectiva del Banco de la Nación Argentina para depósitos en moneda argentina a treinta (30) días de plazo, “pizarra”). Una vez percibida cada cuota, las distribuidoras deberán realizar de manera inmediata los pagos correspondientes a los proveedores de gas natural involucrados y los informarán y acreditarán mensualmente ante el ENARGAS.

Este régimen resultará aplicable sólo para aquellas prestadoras del servicio de distribución de gas natural por redes y para aquellos proveedores de gas natural que adhieran a este régimen y renuncien expresamente a toda acción o reclamo derivado de las DDA referidas en el primer párrafo.

Asimismo, el Decreto N° 1.053/2018 establece que a partir del 1º de abril de 2019 los proveedores de gas natural y las prestadoras del servicio de distribución de gas natural por redes deberán prever en sus contratos que en ningún caso podrá trasladarse a los usuarios que reciban servicio completo el mayor costo ocasionado por variaciones del tipo de cambio ocurridas durante cada período estacional.

Con fecha 12 de febrero de 2019 se publicó en el B.O. la Resolución ENARGAS N° 72/19 mediante la cual aprueba la “Metodología de Traslado a tarifas del precio de gas y Procedimiento General para el Cálculo de las Diferencias Diarias Acumuladas”. Dicha metodología establece los criterios que aplicará el ENARGAS para determinar el traslado a tarifas del precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (“PIST”), considerando para ello lo dispuesto por el art. 8 del Decreto N° 1.053/18 y el tipo de cambio que utilizará para determinar el valor en moneda nacional de aquellos contratos de abastecimiento cuyos precios estén nominados en dólares estadounidenses. Con respecto al cálculo de las DDA, establece el procedimiento general bajo el

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cual se determinará el volumen de compra mensual de gas a reconocer y los costos de adquisición que se considerarán para calcular las mismas, considerando para ello lo dispuesto por el art. 8 del Decreto N° 1.053/18. Por otra establece que las Distribuidoras deberán asegurar el abastecimiento y mínimo costo para los usuarios de servicio completo, con independencia del transporte que tengan contratado los usuarios que adquieren gas por su cuenta (usuarios de unbundling).

La Sociedad ha registrado el pasivo en sus estados financieros al 31 de diciembre de 2018 con los productores de gas por las DDA referidas en el Decreto mencionado anteriormente y el crédito con el Estado Nacional por el mismo monto y concepto.

4.2.4 Tasas Municipales

El marco regulatorio contempla el traspaso a la tarifa de cualquier nuevo cargo o incremento de tasas, y, bajo ciertas circunstancias, el uso del espacio público a los efectos de instalar cañerías de gas natural.

En los términos del marco regulatorio, la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017 establece en sus considerandos que en lo que concierne a tributación local (Provincias y Municipios) los tributos locales deberán ser incorporados a la factura final del servicio por renglón separado a fin de transparentar las cargas impositivas contenidas en las tarifas y de distinguirlas de los componentes regulados y sus variaciones, evitando de este modo que los impuestos y tasas que gravan la prestación de los servicios públicos de transporte y distribución fijadas por ciertas jurisdicciones incidan sobre la tarifa final a aplicar a todos los usuarios de una subzona tarifaria.

Con fecha 3 de julio 2017 se publicó en el B.O. la Resolución ENARGAS N° 4.530/2017, donde se aprueba la “Metodología para la inclusión en la factura del servicio público de distribución de gas por redes de tributos locales” que tendrá vigencia a partir del 1° de abril de 2017 hasta el 31 de marzo de 2018 respecto a la Tasa de Estudio, Revisión e Inspección de Obras en la Vía Pública (GCBA) y otros tributos locales excluyendo expresamente Tasas de Ocupación del Espacio Público.

En lo que hace a la incorporación de los tributos locales a la factura final al usuario, esta incorporación deberá ser autorizada mediante el acto administrativo correspondiente que disponga el ENARGAS. Con fecha 7 de julio de 2017, el ENARGAS autorizó la inclusión en factura por línea separada de la Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene de los municipios de Avellaneda, Quilmes, Esteban Echeverría y Lomas de Zamora, y la Tasa de Estudio, Revisión e Inspección en vía pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Respecto al Municipio de Avellaneda, con fecha 19 de septiembre de 2017 y mediante Nota N° 8.993, se modificó la alícuota correspondiente contemplándose el incremento de tasa dispuesto por la Ordenanza Municipal N° 27.744.

Con fecha 12 de enero de 2018 se publicó en el B.O. la Resolución ENARGAS N° 228/2018 que aprueba la metodología para la inclusión en la factura del tributo que grava la ocupación o uso del espacio público por el período comprendido entre el 1 de abril de 2017 y el 31 de marzo de 2018. Asimismo, dispone que, para el período posterior al 31 de marzo de 2018, el ENARGAS emitirá, previa propuesta de las distribuidoras, un nuevo procedimiento.

Con fecha 20 de abril de 2018, se publicó la Resolución ENARGAS N° 6/2018 que aprueba la “Metodología para la inclusión en la factura del servicio público de distribución de gas por redes de tributos locales”. En lo que hace a la incorporación de los tributos locales a la factura final al usuario, esta incorporación deberá ser autorizada mediante el acto administrativo correspondiente que disponga el ENARGAS.

A la fecha, el ENARGAS ha autorizado el pase a tarifas de las tasas municipales solicitadas por MetroGAS con posterioridad al 1° de abril de 2017.

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4.2.5 Amparo – Medidas cautelares

Con fecha 6 de junio de 2018 el ENARGAS notificó a MetroGAS la medida cautelar dispuesta por el Dr. Alejo Ramos Padilla en el marco de la causa “Consumidores Argentinos Asociación para la Defensa, Educación e Información de los Consumidores c/PEN y otros s/Acción Declarativa de Inconstitucionalidad” en trámite por ante el Juzgado Federal de Dolores. La Sociedad no se encuentra demandada en la citada causa.

En los términos allí expuestos, (i) se dispone como medida cautelar que todas las prestatarias del servicio de gas del país se abstengan, a partir del 21 de mayo de 2018, de llevar adelante cualquier corte o suspensión del servicio de gas derivado de la falta de pago; y (ii) se autoriza a las empresas prestatarias del servicio de gas a que, previo a cualquier corte o suspensión del suministro de gas, lleven adelante los procedimientos administrativos necesarios tendientes a acreditar la situación de vulnerabilidad de los usuarios y a evitar cualquier eventual abuso del derecho, bajo apercibimiento, para el caso de que se efectúen cortes o suspensiones del suministro a los sectores vulnerables sin realizar dicho procedimiento o sin garantizar al usuario la posibilidad de ser escuchado y acreditar su situación, de imponer una multa de entre $1.000 a $100.000 (mil a cien mil pesos) por cada corte ilegítimo del servicio llevado a cabo, dejando aclarado que en caso de duda de si se está frente a un consumidor que encuadra dentro de una situación de vulnerabilidad, deberá abstenerse de llevar adelante el corte.

A la fecha de aprobación de los presentes estados financieros, no se ha notificado a la Sociedad de que la medida señalada hubiera sido revocada y/o modificada.

4.3 Abastecimiento de Gas Natural

4.3.1 Compra de Gas Natural

En enero de 2004, el Decreto N° 181/04 autorizó a la entonces Secretaría de Energía (“SE”) a negociar con los productores de gas natural un mecanismo de ajuste de precios del gas natural suministrado a industrias y compañías de generación de electricidad. En este contexto, mediante Resolución MPFIPyS N° 208/2004 se homologó el "Acuerdo para la Implementación del Esquema de Normalización de los Precios del Gas Natural en Punto de Ingreso al Sistema de Transporte, Dispuesto por el Decreto 181/2004", suscripto el 2 de abril de 2004 entre la SE y los productores de gas natural.

El 14 de junio de 2007 se publicó en el B.O. la Resolución N° 599/07 de la SE por medio de la cual se homologó la propuesta de “Acuerdo con Productores de Gas Natural 2007-2011” (“Acuerdo 2007-2011”). El Acuerdo 2007-2011 establecía los volúmenes a ser inyectados en el PIST por los productores de gas natural priorizando principalmente el abastecimiento de la demanda residencial y Gas Natural Comprimido (“GNC”) a través de los mecanismos de redireccionamiento y demandas adicionales. Asimismo, fijaba los parámetros de ajustes de precios del gas natural en forma escalonada.

En virtud del Acuerdo 2007-2011, los productores y las distribuidoras de gas natural debían celebrar contratos de compraventa de gas natural reflejando las previsiones contenidas en el mismo.

Oportunamente la Sociedad no celebró ninguno de estos contratos puesto que, en su entendimiento, las ofertas de contratos recibidas de parte de los productores de gas natural no respetaban los términos del Acuerdo 2007-2011 por cuanto en razón de los volúmenes contemplados, no permitirían a MetroGAS asegurar el abastecimiento a sus usuarios no interrumpibles.

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El 4 de octubre de 2010 se publicó en el B.O. la Resolución ENARGAS N° 1.410/2010 (luego aclarada por Nota ENARGAS N° 13.934) que aprobó el Procedimiento de Solicitudes, Confirmaciones y Control de Gas que debía ser observado por los distintos actores de la industria del gas natural, incluyendo a las comercializadoras de gas natural, con impacto en la operatoria diaria de nominaciones, transporte, distribución y compraventa de gas natural.

La Resolución ENARGAS N° 1.410/2010 tenía como objeto complementar las pautas de despacho vigentes ante el escenario de demanda y capacidad de transporte superiores a la oferta de gas natural y preservar la operación de los sistemas de transporte y distribución priorizando el consumo de la demanda prioritaria: clientes residenciales, clientes de servicio completo (se les vende gas, transporte y distribución) y subdistribuidoras de servicio completo.

Una vez abastecida la Demanda Prioritaria, los productores debían confirmar los volúmenes solicitados por los demás segmentos de acuerdo a lo indicado en el párrafo anterior con el siguiente orden: 1) GNC, 2) Clientes ininterrumpibles (Unbundling), 3) i) Grandes Usuarios, ii) Plantas de tratamiento dentro y fuera del sistema y iii) Usinas (de acuerdo con la Nota SE Nº 6.866/09) y 4) Exportaciones.

El 5 de enero de 2012 se publicó en el B.O. la Resolución SE N° 172/2012 por medio de la cual se prorrogaron los efectos de la Resolución SE N° 599/2007 en materia de asignaciones de volúmenes de gas natural por rutas y cuencas en función de las diferentes categorías de usuarios hasta tanto se dictaran nuevas normas al respecto.

Las Resoluciones SE N° 599/2007 y ENARGAS N° 1.410/2010 fueron complementadas por la Resolución N° 89/2016 del MINEM que estableció los volúmenes de gas natural que podían solicitar las prestadoras del servicio de distribución para abastecer a la Demanda Prioritaria y por la Resolución ENARGAS N° 3.833/2016 respecto al Procedimiento de Solicitudes, Confirmaciones y Control de Gas.

En los términos de la Resolución N° 89/2016 del MINEM, se inició un proceso de normalización contractual en función del cual MetroGAS celebró diversos contratos con productores de gas, tanto de la cuenca Austral, como de la cuenca Neuquina. Estos volúmenes contratados reducen volúmenes de la Resolución ENARGAS N° 1.410/2010 tanto para el productor como para la Distribuidora. Los volúmenes contratados a partir de la Resolución N° 89/2016 del MINEM eran abonados por las distribuidoras al precio establecido por el MINEM.

En fecha 6 de octubre de 2016, el MINEM dictó la Resolución Nº 212 – E /2016 mediante la cual fijó un sendero de precios para el gas natural, determinándose el valor de éste de manera gradual y semestral hasta el 1º de octubre de 2019 (para el área de Licencia de MetroGAS).

Mediante Resolución N° 74 – E/2017, el MINEM determinó los nuevos precios en el PIST para el gas natural que se aplicaron a partir del 1° de abril de 2017 a las categorías de usuarios que allí se indican. Asimismo, determinó los nuevos precios en el PIST bonificados para los usuarios residenciales de gas natural que registren un ahorro en su consumo igual o superior al quince por ciento (15%) con respecto al mismo período del año 2015. Estos nuevos precios en el PIST han sido contemplados en la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017.

Con fecha 1° de diciembre de 2017 y mediante Resolución N° 474 – E/2017, el MINEM determinó los nuevos precios en el PIST para el gas natural que se aplicaron a partir del 1° de diciembre de 2017 a las categorías de usuarios que allí se indican. Asimismo, determinó los nuevos precios en el PIST bonificados para los usuarios residenciales de gas natural que registren un ahorro en su consumo igual o superior al veinte por ciento (20%) con respecto al mismo período del año 2015 y la bonificación correspondiente a los beneficiarios de la Tarida Social. Estos nuevos precios en el PIST han sido contemplados en las Resoluciones ENARGAS N° 131/2017 y N° 132/2017.

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El 29 de noviembre de 2017, a instancias del MINEM, MetroGAS suscribió las “Bases y Condiciones para el Abastecimiento de Gas Natural a Distribuidoras de Gas por Redes” (las “Bases y Condiciones”) junto con el resto de las distribuidoras y un grupo de productores de gas. Estas Bases y Condiciones contienen los lineamientos para la contratación de volúmenes de gas para el abastecimiento de la demanda de las distribuidoras para el período comprendido entre el 1° de enero de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2019. En las mismas se establecen: i) los volúmenes que cada productor firmante debe inyectar por cuenca para abastecer a la demanda de las distribuidoras, ii) los volúmenes diarios disponibles por cuenca para cada distribuidora, iii) el precio según la categoría de cliente y por período expresado en u$s/MMBTU, iv) la obligación del productor de entregar o pagar por el 100% del volumen, v) la obligación de las distribuidoras de tomar o pagar por el 100% del volumen, excepto en caso de no contar con demanda y no nominar volúmenes de contratos no comprendidos en las Bases y Condiciones; y vi) el vencimiento de las facturas a los 75 días.

Las Bases y Condiciones establecen expresamente que las distribuidoras tienen en consideración para su suscripción las disposiciones del Artículo 38 de la Ley N° 24.076, que prevén el traslado a las tarifas a ser pagadas por los usuarios del servicio de transporte y distribución tanto de los costos de adquisición de gas resultantes de acuerdos o contratos de largo plazo como así también de aquellos asociados a las compras de corto plazo que resultaran necesarias para satisfacer la demanda.

En consecuencia, los contratos suscriptos con los productores de gas derivados de las Bases y Condiciones tomaron en cuenta los precios y moneda allí establecidos y fueron presentados oportunamente al ENARGAS.

En abril de 2018 comenzó en Argentina un cambio en las condiciones macroeconómicas que provocó una brusca e imprevista variación en la paridad entre la moneda nacional y la moneda en la que están establecidos los precios de los contratos.

Por este motivo, los pagos a los productores de gas por el gas entregado en los meses siguientes a partir de abril de 2018 se realizaron al tipo de cambio aplicado al valor del componente del gas incluido en la tarifa aprobado por la Resolución ENARGAS N° 300/2018 aplicable a partir del 1° de abril de 2018 ($/U$S 20,345) y la Resolución ENARGAS N° 281/2018, luego ratificada por la Resolución ENARGAS N° 292/2018, aplicable a partir del 8 de octubre de 2018 ($/U$S 37,69).

Los productores rechazaron dicho criterio de pago por parte de la Sociedad y, en consecuencia, reclamaron formalmente los saldos considerados impagos.

El 16 de noviembre de 2018, se publicó en el Boletín Oficial, el Decreto N° 1.053/2018 que establece que el Estado Nacional asumirá, con carácter excepcional, el pago de las DDA (ver punto 4.2.3).

De acuerdo a lo dispuesto por la Resolución N° 32/2019 de la SGE, MetroGAS participó del concurso de precios para la provisión de gas natural en condición firme para el abastecimiento de la demanda de usuarios de servicio completo de las prestadoras de servicio público de distribución de gas por redes que se llevó a cabo en el ámbito del Mercado Electrónico de Gas S.A. (MEGSA) para las cuencas Neuquina, Golfo San Jorge, Santa Cruz Sur y Tierra del Fuego el 14 de febrero de 2019.

Como resultado de dicho concurso, se obtuvieron compromisos de abastecimiento anual por un volumen de capacidad máxima diaria (“CMD”), que anualmente asciende a 1.486 millones de m3 los cuales representan el 58% de nuestra demanda anual, cumpliendo con ello con el requisito establecido en el marco regulatorio.

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Esos compromisos, bajo las pautas establecidas por la Resolución SGE N°32/19, consideran una cláusula de Entregar o Pagar (“EOP”) del 70%, lo que implica en el caso de MetroGAS un importante nivel de incertidumbre respecto del aprovisionamiento en el período invernal, al que coadyuva la relación fija establecida en el concurso de 1:2,5 anual escalonado, que no satisface la curva de demanda prioritaria que se presenta en el período invernal en nuestra área de Licencia, cuya relación es más cercana a 1:4,5 veces.

4.3.2 Unbundling de gas natural

En línea con los cambios regulatorios que se introdujeron en el sector de gas natural a partir del año 2005 se produjo el proceso denominado informalmente como “unbundling de gas natural” por el cual distintas categorías de usuarios debieron comenzar a adquirir volúmenes de gas natural en el PIST directamente de productores y/o comercializadores de gas natural, quedando limitadas las distribuidoras zonales a prestar exclusivamente el servicio de transporte y/o distribución de gas natural.

Adicionalmente, y en el mismo año, se creó el Mecanismo de Asignación de Gas Natural para GNC a través del cual las estaciones expendedoras de GNC reciben gas natural mediante un mecanismo de asignaciones periódicas de volúmenes en el ámbito del MEGSA.

En este escenario, durante el año 2005, MetroGAS constituyó MetroENERGÍA, una sociedad comercializadora a los fines de retener la mayor cantidad posible de clientes y de contar con una herramienta más acorde al nuevo contexto en el que se debía desempeñar la Sociedad.

MetroENERGÍA fue autorizada por el ENARGAS para actuar como empresa comercializadora de gas natural y/o su transporte y se encuentra inscripta como agente MEGSA.

Las acciones llevadas adelante por MetroENERGÍA desde su creación, permitieron continuar reteniendo la mayor parte de los clientes industriales y comerciales oportunamente contemplados dentro del proceso de “unbundling” del área de la Sociedad, con lo cual se logró mantener la participación de estas categorías de clientes en la matriz de ventas de MetroGAS.

Con fecha 1° de abril de 2016, mediante Resolución N° 34/2016, el MINEM dispuso un nuevo régimen aplicable a las estaciones de suministro de GNC estableciendo la obligación respecto de estos usuarios de adquirir el gas natural para su abastecimiento por parte de la distribuidora de su zona o área de distribución de manera de que éstas presten el servicio completo (gas, transporte y distribución).

A partir del 1° de mayo de 2017, y en los términos de la Resolución N° 80 – E/2017 del MINEM, se ampliaron las opciones de compra de gas natural por parte de los titulares de estaciones de suministro de GNC pudiendo adquirir el gas natural a través de las distribuidoras (servicio completo – Resolución MEM N° 34/2016) o en forma directa por medio de los productores o comercializadores de gas natural (respetando mix de cuencas y porcentajes de gas retenido asignados a la Distribuidora zonal). Aquellas estaciones de suministro de GNC que modifiquen su modalidad de compra deberán permanecer como mínimo en dicha modalidad por el plazo de doce meses desde el ejercicio de tal opción. Con fecha 27 de abril de 2017, el ENARGAS reglamentó la Resolución N° 80 – E/2017 del MINEM a través de la Resolución ENARGAS N° 4.407/2017.

De acuerdo con lo establecido por las Resoluciones N° 34/2016 y N° 80 – E/2017 del MINEM (que ampliaron las opciones de compra de gas natural por parte de los titulares de estaciones de suministro de GNC pudiendo adquirir el gas natural a través de la distribuidoras), el ENARGAS dispuso, mediante la Resolución ENARGAS N° 281/2018, que los usuarios que adquieran gas natural con destino a expendio de GNC que a la fecha no estén recibiendo gas de la distribuidora como servicio completo, sólo podrán acceder a tal modalidad en la medida en que la distribuidora haya garantizado la contratación del suministro de respaldo correspondiente a dicho

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abastecimiento por el término de doce meses y con vigencia a partir del próximo período estacional. A tales efectos, dichos usuarios deberán solicitar a la distribuidora sus necesidades de abastecimiento de gas con una antelación de por lo menos sesenta días antes del inicio del período estacional que se inicia en abril de 2019, para que la distribuidora incluya sus demandas dentro de tal período.

4.3.3 Procedimiento para la Administración del Despacho del Comité Ejecutivo de Emergencia

El abastecimiento de gas natural a las distribuidoras operaba bajo el esquema de solicitud, confirmación y re-direccionamientos de gas previstos en las Resoluciones ENARGAS N° 1.410/2010, N° 3.833/2016 y N° 4.502/2017, que modifican y complementan los procedimientos de administración del despacho de gas natural dispuestos por la Resolución ENARGAS N° 716/1998.

Con fecha 29 de junio de 2018 se publicó la Resolución ENARGAS N° 124/2018 que aprueba un texto ordenado que reemplaza la Resolución ENARGAS N° 716/1998 e incorpora parte de las Resoluciones derogadas ENARGAS N° I-1410/2010, N° I-3833/2016 y N° I-4502/2017.

Sin perjuicio de ello, y en relación al período invernal 2018, resultó aplicable la Resolución ENARGAS N° 59/2018 que aprueba el “Procedimiento Transitorio para la Administración del Despacho en el Comité Ejecutivo de Emergencia”. Mediante Resolución ENARGAS N° 302/2018 de fecha 12 de octubre de 2018 se dispuso la prórroga de la vigencia de la Resolución ENARGAS N° 59/2018 por ciento ochenta días corridos desde el 30 de septiembre de 2018.

4.4 Resolución ENARGAS N° 97/2018 – Programa de Financiamiento de Consumos Invernales

En fecha 12 de junio de 2018 se publicó en el B.O. la Resolución ENARGAS N° 97/2018 que establece el Programa de Financiamiento de Consumos Invernales de Gas Natural (el “Programa”) de adhesión opcional y voluntaria por parte de los usuarios beneficiarios.

De acuerdo con los términos del Programa, los consumidores residenciales y comerciales servicio completo (SGP1 y SGP2) de gas natural podían financiar el pago del veinticinco por ciento (25%) de las facturas emitidas entre el 1º de julio y el 31 de octubre del corriente año. La tasa de interés aplicable a esta opción era la tasa pasiva canal electrónico exclusivamente sector privado no financiero del Banco de la Nación Argentina para colocación a 30 días del mes anterior del que se facture.

La financiación acumulada y sus intereses, se recuperarán a partir de las facturas regulares emitidas desde el 1° de noviembre de 2018 y por tres períodos consecutivos para los clientes bimestrales y seis períodos consecutivos para los clientes mensuales.

El financiamiento involucra a cada uno de los segmentos de la actividad (gas, transporte y distribución) y es de carácter excepcional para el invierno 2018.

4.5 Fideicomisos

A la fecha de emisión de estos estados financieros, MetroGAS debe facturar, cobrar y liquidar dos cargos específicos, con diversa afectación, lo cual hace la Sociedad por cuenta y orden de Nación Fideicomisos S.A. como fiduciaria de tres contratos de fideicomiso distintos.

El cargo específico I (regulado por el Decreto PEN N° 180/2004 y normas concordantes) y el cargo específico II (regulado por Ley N° 26.095 y normas concordantes) son soportados por todo el universo de usuarios del servicio de gas natural distinto del segmento residencial y están

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destinados al pago de obras de infraestructura para la ampliación del sistema de transporte de gas natural.

Es importante señalar que ninguno de estos dos cargos específicos facturados y cobrados por MetroGAS se incorpora al patrimonio de la Sociedad. Por el contrario, una vez percibidos, la Sociedad tiene la obligación de depositarlos en las cuentas fiduciarias oportunamente señaladas por el Fiduciario, agotándose la intervención de MetroGAS al respecto.

5. DEUDA FINANCIERA

Con motivo del canje obligatorio efectuado el 11 de enero de 2013, en el marco del concurso preventivo de acreedores solicitado en el año 2010 (el “Concurso Preventivo”), MetroGAS emitió obligaciones negociables Serie A y Serie B con vencimiento el 31 de diciembre de 2018 (las “Obligaciones Negociables”). Asimismo se emitieron Obligaciones Negociables para ser entregadas a los acreedores quirografarios, una vez que contaran con sentencia verificatoria en el Concurso Preventivo.

Dichas Obligaciones Negociables devengaban una tasa de interés fija del 8,875%. Los intereses eran pagaderos semestralmente el 30 de junio y 31 de diciembre de cada año. MetroGAS ejerció su opción a capitalizar los intereses hasta el 100% al 30 de junio de 2013, y hasta el 50% al 31 de diciembre de 2013 y 30 de junio de 2014.

Habiéndose llegado a la Fecha Límite (30 de junio de 2014, de acuerdo con los términos del Contrato de Fideicomiso) y no habiéndose producido ningún Hecho Desencadenante, la Serie B de las Obligaciones Negociables, que representaban la quita del acuerdo con acreedores en el marco del Concurso Preventivo, fueron canceladas. Por dicho motivo, la deuda financiera de MetroGAS quedó integrada por Obligaciones Negociables Serie A.

De acuerdo con los términos y condiciones de emisión de las Obligaciones Negociables, la Sociedad y sus subsidiarias debían cumplir con una serie de restricciones, no habiendo ocurrido ningún evento de incumplimiento.

Con fecha 8 de febrero de 2018, MetroGAS instrumentó un préstamo no garantizado con (i) Industrial and Commercial Bank of China Limited - Dubai Branch e (ii) Itaú Unibanco - New York Branch (“acreedores financieros”), por la suma de millones de U$S 250 por un plazo de treinta y seis meses y amortizable en nueve cuotas trimestrales a partir de los doce meses desde la fecha de desembolso (el “Préstamo”).

Con fecha 27 de febrero de 2018 la Sociedad rescató la totalidad de las Obligaciones Negociables a un Precio de Rescate igual al 100% del monto de capital de las Obligaciones Negociables, con más sus intereses devengados e impagos, y todos los demás montos que se adeudaban hasta la Fecha de Rescate. Las Obligaciones Negociables dejaron de devengar intereses en y después de la Fecha de Rescate. A todos los efectos bajo el Contrato de Fideicomiso, se considerara que las Obligaciones Negociables ya no están vigentes desde y después de la Fecha de Rescate, ya que el Precio de Rescate fue depositado por el Fiduciario de acuerdo con el Contrato de Fideicomiso, y todos los derechos con respecto a ellas, cesaron en la Fecha de Rescate. El pago del Precio de Rescate se realizó a través de The Bank of New York Mellon.

El Préstamo contempla (i) un interés de pago trimestral a una tasa determinada por LIBOR más un margen nominal anual de (a) 3% los primeros doce meses; (b) 3,50% desde el mes trece hasta el mes dieciocho; (c) 3,75% desde el mes diecinueve al mes veinticuatro; y (d) 4% desde el mes veinticinco hasta el vencimiento.

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Efectivizado el desembolso del Préstamo, la Sociedad destinó los fondos: a) al rescate de la totalidad de las Obligaciones Negociables, b) a la refinanciación de pasivos corrientes; y c) a capital de trabajo.

De acuerdo con los términos y condiciones del Préstamo, la Sociedad debe cumplir con una serie de compromisos financieros generalmente establecidos en este tipo de transacciones, incluyendo ciertas restricciones (ver Nota 17 a los estados financieros consolidados).

EL 12 de diciembre de 2018, MetroGAS emitió Obligaciones Negociables simples Clase 2 (las “Nuevas Obligaciones Negociables”) denominadas en pesos con vencimiento a los doce meses desde la fecha de emisión por millones de $ 512,4 (las “Nuevas Obligaciones Negociables”), correspondientes al Programa de Obligaciones Negociables de corto y mediano plazo por un monto máximo en circulación de hasta millones de US$ 600.

Dichas Nuevas Obligaciones Negociables devengan una tasa de interés variable anual que es igual a la suma de (a) la Tasa Badlar Privada aplicable al período, más (b) un Margen Aplicable del 10%. Los intereses son pagaderos trimestralmente el 12 de marzo de 2019, 12 de junio de 2019, 12 de septiembre de 2019 y 12 de diciembre de 2019. El capital será amortizado en una única cuota en la fecha de vencimiento.

De acuerdo con los términos y condiciones de la emisión, en el supuesto de Cambio de Control de MetroGAS, cada tenedor de las Nuevas Obligaciones Negociables tendrá el derecho a exigir que la Sociedad rescate la totalidad de las Nuevas Obligaciones Negociables. MetroGAS además debe realizar sus mejores esfuerzos para obtener y mantener, en tanto existan las Nuevas Obligaciones Negociables en circulación, las correspondientes autorizaciones para su listado y/o negociación; y mantener el ratio Deuda Neta/ EBITDA por los cuatro trimestres económicos inmediatamente anteriores, menor o igual a 3:00.

Los fondos provenientes de la emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables fueron utilizados para la pre-cancelación de capital e intereses correspondientes a la primera cuota del Préstamo con Industrial and Commercial Bank of China Limited - Dubai Branch e Itaú Unibanco - New York Branch.

6. ESTRUCTURA ORGANIZATIVA

A continuación se expone la estructura organizativa actual de MetroGAS:

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7. GOBIERNO CORPORATIVO

MetroGAS cumple con adecuadas prácticas de gobierno corporativo, respetando los principios de información plena, transparencia, eficiencia, protección del público inversor, trato igualitario entre inversores y protección de la estabilidad de las entidades e intermediarios financieros.

Dentro del ámbito del Directorio de la Sociedad, MetroGAS cuenta con un Comité de Auditoría, compuesto por tres Directores independientes, dando cumplimiento a las disposiciones vigentes.

De acuerdo con las recomendaciones dispuestas por el Código de Gobierno Societario en las Normas de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”), se constituyó el Comité de Remuneraciones y Nominaciones. Entre sus funciones se encuentran (i) proponer, revisar y aprobar la política de compensaciones y beneficios de miembros del Directorio, Director General y Directores de primera línea de la Sociedad, (ii) desarrollar criterios para la selección del Director General y Directores de primera línea, (iii) constatar la existencia de un plan de sucesión del Director General y Directores de primera línea y (iv) asegurar la capacitación y desarrollo de miembros del Directorio, Director General y Directores de primera línea.

Asimismo, el Directorio aprobó medidas atinentes al Gobierno Corporativo, tales como (i) la actualización del Código de Ética y Conducta que incluye el Canal de Denuncias Anónimas y (ii) el Programa de Integridad y Ética elaborado conforme a los requerimientos de la Ley de Responsabilidad Penal N° 27.401 y los Lineamientos para la Implementación de Programas de Integridad emitidos por la Oficina Anticorrupción mediante Resolución OA N° 72/2018.

7.1 Autoridades

En la Asamblea de Accionistas y reunión de Directorio de MetroGAS, celebradas el 25 de abril de 2018 se designó al Sr. Marcelo Adrián Núñez, como Presidente de la Sociedad, y al Sr. Patricio Da Re como Vicepresidente. Los Sres. Núñez y Da Re revisten la condición de no independientes de acuerdo con la normativa establecida por la CNV.

Con fecha 1 de febrero de 2019 el Directorio de MetroGAS consideró y aceptó las renuncias del Sr. Marcelo Adrián Núñez al cargo de Director Titular y Presidente de la Sociedad y del Sr. Patricio Da Re al cargo de Vicepresidente. De acuerdo con las renuncias informadas, se designó al Ing. Fernando Oscar Ambroa como Presidente de MetroGAS y al Ing. Dante Kogan como Vicepresidente de la Sociedad.

7.2 Toma de Decisiones y Sistema de Control Interno

La Sociedad promueve la delegación de autoridad, permitiendo dar respuestas ágiles y eficientes a las actividades, existiendo a la vez una clara y explícita definición de los alcances de dicha delegación mediante la fijación de límites de aprobación implementados sistematizadamente que minimizan riesgos.

Por otra parte, MetroGAS cuenta con un área de Auditoria Interna cuya misión consiste en asegurar al Directorio, al Comité de Auditoria, al Comité de Dirección y al nivel gerencial de la Sociedad procesos efectivos y eficientes de control interno para identificar y administrar los riesgos del negocio.

La existencia de procesos estandarizados, procedimientos administrativos, comunicaciones fluidas, emisión periódica de informes de control de gestión y evaluaciones de desempeño en el marco de las políticas establecidas por el Comité de Dirección, afianzan el sistema de control interno, proveen la certeza razonable del logro de objetivos, el suministro de información financiera confiable y el cumplimiento de las normas vigentes.

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7.3 Modalidades de Remuneración del Directorio y de los Cuadros Gerenciales

La remuneración al Directorio es fijada por la Asamblea Ordinaria de Accionistas.

La remuneración del Director General y de los Directores Ejecutivos que reportan a aquel es fijada por el Comité de Remuneraciones y Nominaciones conformado por los 3 miembros independientes del Directorio, con el objetivo de velar por el cumplimiento de las políticas.

Al 31 de diciembre de 2018, la política de remuneraciones del personal ejecutivo, consiste en una retribución mensual fija y una retribución variable ligada a la consecución de objetivos fijados anualmente. No existen implementados, como parte de la política de remuneraciones, planes de opciones sobre las acciones de la Sociedad.

7.4 Gestión integral de riesgos

La Sociedad posee una Política de Administración de Riesgos del Negocio alineada a las mejores prácticas de administración de riesgos. Cuenta con un Comité de Administración de Riesgos integrado por los Directores Ejecutivos de la Sociedad y el Director de Auditoria Interna. Este grupo es el responsable último por el monitoreo e implementación de la política de riesgos.

Trimestralmente el Comité de Auditoría analiza las modificaciones respecto de los riesgos de negocio y fraude y se informa al Directorio de MetroGAS sobre las cuestiones críticas relacionadas con la administración de riesgos.

7.5 Programa de Integridad y Ética

La Sociedad ha designado un Oficial de Ética y Cumplimiento responsable del desarrollo, coordinación, comunicación y actualización del Programa de Integridad y Ética quien informa periódicamente al Comité de Dirección y trimestralmente al Comité de Auditoría el avance de implementación de dicho Programa.

El Programa cuenta con acciones que abordan diferentes ejes, tales como:

  • Evaluación y gestión de riesgos de fraude, ética y cumplimiento

  • Revisión de políticas y procedimientos

  • Aplicación del programa a socios comerciales (Contratistas/Subcontratistas)

  • Comunicación y capacitación

  • Promoción y estímulo

  • Gestión de líneas de denuncia: Línea Ética (para empleados y proveedores) y Programa Transparencia (para clientes)

  • Desarrollo de protocolos de investigación

8. RESEÑA DE LAS OPERACIONES

8.1. Política Comercial, Planificación Empresaria, Financiera y de Inversiones

A partir del cambio de Gobierno producido en diciembre de 2015, durante el 2016 se dio inicio al proceso de RTI tendiente a la normalización del marco regulatorio y tarifario de la Sociedad que sentará las bases y reglamentaciones para el desarrollo del negocio durante los próximos 5 años.

Luego de la suscripción del Acuerdo Transitorio 2016, el Acuerdo Transitorio 2017 y del Acta Acuerdo Integral, la Sociedad definió su nueva estrategia hacia el futuro y aspectos tales como la planificación empresaria, la política comercial y el desarrollo del plan de inversiones.

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La estrategia corporativa tiene como meta transformar a la Sociedad en el referente de la distribución de gas y líder en la comercialización de productos energéticos, contribuyendo al desarrollo del país y a la calidad de vida de los argentinos poniendo al cliente en el centro de sus acciones.

Cabe remarcar que MetroGAS puso en marcha la nueva estrategia, asumiendo un compromiso profundo con la ética en los negocios y con cada una de las relaciones comerciales, profesionales y comunitarias que estos conllevan.

Asimismo, la Sociedad se encuentra comprometida en un ambicioso Plan de Inversiones Obligatorias para el quinquenio 2017-2021 en las áreas de expansión, seguridad e integridad, confiabilidad, sistemas, operaciones y mantenimiento.

8.2. Compra y Transporte de Gas

A fin de satisfacer las necesidades de suministro de gas para los usuarios del servicio completo, hasta el mes de abril de 2016 MetroGAS solicitaba diariamente únicamente mediante el mecanismo dispuesto por la Resolución ENARGAS N° I/1.410/2010.

A partir de mayo de 2016, en función de instrucciones recibidas del ENARGAS, comenzó un proceso de normalización contractual, en función del cual MetroGAS celebró diversos contratos con productores de gas tanto de la cuenca Austral como de la cuenca Neuquina. Estos volúmenes contratados deducían valores de la Resolución 1.410/2010 tanto para el productor como para la distribuidora, de acuerdo a lo dispuesto por la Resolución N° 89/2016 del MINEM.

En la misma línea, durante mayo de 2017, MetroGAS celebró contratos de abastecimiento con diversos productores de manera de asegurar los volúmenes necesarios para sus clientes de servicio completo. Siendo los faltantes completados mediante la asignación de volúmenes definidos por la Resolución N° I/1.410/2010.

El 29 de noviembre de 2017, a instancias del MINEM, MetroGAS suscribió las Bases y Condiciones junto con el resto de las distribuidoras y un grupo de productores de gas. Estas Bases y Condiciones contienen los lineamientos para la contratación de volúmenes de gas para el abastecimiento de la demanda de las distribuidoras para el período comprendido entre el 1° de enero de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2019 (ver punto 4.3.1).

En cuanto a los precios que los productores facturan por los volúmenes de gas entregados, estos están estipulados por cuenca, para cada categoría de cliente y por período, en el anexo III de las Bases y Condiciones.

Por el gas entregado en los meses de enero a marzo de 2018, los pagos realizados por la Sociedad se hicieron respetando el tipo de cambio vigente a la fecha de pago de conformidad con lo establecido en los acuerdos de suministro.

A partir del mes de abril de 2018, el desfasaje producido por la fuerte devaluación del peso argentino respecto del tipo de cambio fijo considerado por el ENARGAS en el tarifario vigente a partir del 1° de abril de 2018, generó un monto de $ 3.534 de DDA.

Frente a esta situación, que impactó a todas las distribuidoras de gas de la Argentina, el PEN emitió en noviembre de 2018 el Decreto N° 1.053/18 (ver punto 4.3.1).

De acuerdo a lo dispuesto por la Resolución N° 32/2019 de la SGE, MetroGAS participó del concurso de precios para la provisión de gas natural en condición firme para el abastecimiento de la demanda de usuarios de servicio completo de las prestadoras de servicio público de distribución

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de gas por redes que se llevó a cabo en el ámbito del MEGSA para las cuencas Neuquina, Golfo San Jorge, Santa Cruz Sur y Tierra del Fuego el 14 de febrero de 2019.

Como resultado de dicho concurso, se obtuvieron compromisos de abastecimiento anual por un volumen de capacidad máxima diaria (“CMD”), que anualmente a 1.486 millones de m3 los cuales representan el 58% de nuestra demanda anual, cumpliendo con ello con el requisito establecido en el marco regulatorio.

Esos compromisos, bajo las pautas establecidas por la Resolución SGE N°32/19, consideran una cláusula de EOP del 70%, lo que implica en el caso de MetroGAS un importante nivel de incertidumbre respecto del aprovisionamiento en el período invernal, al que coadyuva la relación fija establecida en el concurso de 1:2,5 anual escalonado, que no satisface la curva de demanda prioritaria que se presenta en el período invernal en nuestra área de Licencia, cuya relación es más cercana a 1:4,5 veces.

En relación al transporte de gas, en el mes de enero de 2016, MetroGAS hizo uso de la opción de no renovar 4,3 MMm3 de la capacidad de transporte firme contratada con TGS en la ruta de transporte Neuquén GBA que se hizo efectiva a partir del 1° de mayo de 2016.

En agosto de 2017, MetroGAS presentó una Oferta Irrevocable en el Concurso N°1/2017 de TGS, con el objetivo de renovar la capacidad de transporte firme con vencimiento el 30 de abril de 2018. Como resultado del Concurso, MetroGAS renovó el 100% de la capacidad ofertada, siendo los nuevos vencimientos entre el 2019 y 2027.

Con fecha 27 de septiembre de 2018 se publicaron las Resoluciones ENARGAS 265/18 y N° 266/18, las cuales establecieron un nuevo cuadro tarifario a aplicarse a TGS y TGN a partir del día 1° de octubre de 2018.

Al 31 de diciembre de 2018, y en cumplimiento del Reglamento de Servicio (Resolución ENARGAS N° 4.325/2017), la capacidad de transporte firme contratada hasta el anillo de la zona de servicio de MetroGAS asciende a 19,49 MMm3/día, 16,71 MMm3/día corresponden a transporte firme contratado sobre el Sistema de TGS y 2,78 MMm3/día sobre el Sistema de TGN.

8.3 Información financiera presentada en moneda homogénea

En los últimos años, los niveles de inflación en Argentina han sido altos, habiendo acumulado una tasa de inflación en los tres años pasados que ha superado el 100%, sin expectativas de disminuir significativamente en el corto plazo. Asimismo, la presencia de los indicadores cualitativos de alta inflación, previstos en la Norma Internacional de Contabilidad N° 29 (NIC 29), mostraron evidencias coincidentes. Por lo expuesto, el 29 de septiembre de 2018, la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (“FACPCE”) emitió la Resolución JG N° 539/18, aprobada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (“CPCECABA”) mediante la Resolución CD N° 107/18, indicando, entre otras cuestiones, que la Argentina debe ser considerada una economía inflacionaria en los términos de las normas contables profesionales a partir del 1° de julio de 2018, en consonancia con la visión de organismos internacionales.

La NIC 29 señala que, en un contexto de alta inflación, los estados financieros deben presentarse en una unidad de medida corriente; esto es, en moneda homogénea de cierre del período sobre el que se informa. No obstante, la Sociedad no podía presentar sus estados financieros reexpresados debido a que el Decreto N° 664/03 del PEN prohibía a los organismos oficiales (entre ellos, la CNV) recibir estados financieros ajustados por inflación.

A través de la Ley N° 27.468, publicada el 4 de diciembre del 2018 en el B.O., se derogó el Decreto N° 1.269/02 del PEN y sus modificatorios (incluido el Decreto N° 664 del PEN antes

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mencionado). Las disposiciones de la mencionada ley entraron en vigencia a partir del 28 de diciembre de 2018, fecha en la cual se publicó la Resolución General N° 777/18 de CNV, la cual estableció que los estados financieros anuales, por períodos intermedios y especiales que cierren a partir del 31 de diciembre de 2018 inclusive, deben presentarse ante ese organismo de control en moneda homogénea.

De acuerdo con la NIC 29, los importes de los estados financieros que no se encuentren expresados en moneda de cierre del período sobre el que se informa, deben reexpresarse aplicando un índice general de precios. A tal efecto, y tal como lo establece la Resolución JG N° 539 de la FACPCE, se han aplicado coeficientes calculados a partir de índices publicados por dicha Federación, resultantes de combinar IPC publicados por el INDEC a partir del 1° de enero de 2017 y, hacia atrás, IPIM elaborados por dicho Instituto o, en su ausencia, índices de precios al consumidor publicados por la Dirección General de Estadística y Censos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La variación del índice utilizado para la reexpresión de los presentes estados financieros ha sido del 47,65% en el ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2018 y del 24,80% en el ejercicio anterior.

Con fines comparativos, los presentes estados financieros incluyen cifras y otra información correspondiente al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2017, que son parte integrante de los estados financieros mencionados precedentemente y se las presenta con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y otra información del ejercicio económico actual. Dichas cifras han sido reexpresadas en moneda de cierre del presente ejercicio económico, a fin de permitir su comparabilidad y sin que tal reexpresión modifique las decisiones tomadas con base en la información contable correspondiente al ejercicio anterior.

8.4 Clientes y Mercado

Las ventas de la Sociedad se ven altamente influenciadas por la estructura climática imperante en la Argentina. La demanda de gas natural y, en consecuencia, sus ventas son considerablemente más altas durante los meses de invierno (de mayo a septiembre) debido a los volúmenes de gas vendidos y al mix de tarifas que afecta los ingresos por ventas y el margen bruto.

A continuación se incluye una síntesis de los Estados de pérdidas y ganancias y otros resultados integrales consolidados de los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2018 y 2017.

Ingresos ordinarios
Ganancia bruta
Ganancia operativa
Resultado antes del impuesto a las
ganancias e IGMP
Resultado neto del ejercicio
31.12.2018 31.12.2017
Miles de $
32.719.837
7.703.062
3.669.096
(46.612)
(660)
19.779.557
4.860.676
1.692.510
1.523.998
3.398.287

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Tal como se mencionara anteriormente, MetroGAS brinda el servicio de distribución a aproximadamente 2,4 millones de clientes dentro de su área de servicio, de los cuales aproximadamente el 61% se encuentra en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (“CABA”).

Las ventas a clientes residenciales en 2018 y 2017 representaron el 22,5% y 22,8%, respectivamente, del volumen de ventas y aproximadamente el 49,5% y 49,3% del monto de ventas.

Las ventas con gas de MetroGAS a los clientes residenciales aumentaron un 66,3%, de miles de $ 9.744.514 a miles de $ 16.203.107 durante los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2017 y 2018, respectivamente, debido principalmente a los aumentos de la tarifa según las Resoluciones del ENARGAS N° 131/2017, ENARGAS N° 300/2018 y ENARGAS N° 292/2018 con vigencia a partir del 1° de diciembre de 2017, 1° de abril de 2018 y 12 de octubre de 2018 (retroactiva al 8 de octubre de 2018), respectivamente, y por un aumento en los volúmenes entregados a esta categoría de clientes del 0,4%.

MetroGAS depende, en buena medida, de sus ventas a las centrales eléctricas para mantener un alto factor de utilización de su capacidad de transporte en firme (Factor de Carga), particularmente durante los meses más cálidos, en los que se reduce el consumo de los clientes residenciales. MetroGAS cuenta entre sus clientes a centrales eléctricas que participan del 20% del total térmico instalado en el mercado eléctrico mayorista del país.

Durante 2018 las centrales eléctricas del área representaron el 20,6% de la generación térmica total del sistema. El despacho con gas del parque de generación térmica del área de MetroGAS se incrementó en un 2% respecto del año 2017, debido a un menor despacho con combustibles líquidos acompañado con menores restricciones de abastecimiento.

Las ventas del servicio de transporte y distribución a las centrales eléctricas en 2018 y 2017 representaron el 51,7% y el 49,5% del volumen entregado, respectivamente.

Las ventas de gas y del servicio de transporte y distribución a clientes industriales, comerciales y entidades públicas representaron aproximadamente el 14,3% y 14,8% del volumen de ventas de la Sociedad en los años 2018 y 2017, respectivamente.

Durante el 2018 se renovaron los contratos de suministro con clientes industriales, cuyos vencimientos operaban en ese año. En función de las previsiones realizadas frente al invierno, se continuó con la política desarrollada hasta la fecha incluyendo opciones que permitieran una mayor flexibilidad operativa frente a potenciales inconvenientes de abastecimiento, extendiendo el concepto a la totalidad de los contratos con renovación durante el año.

En línea con las metas fijadas para el año, y pese a los condicionantes externos que afectan la operatoria de la Sociedad, se ha logrado mantener adecuadas relaciones con los grandes clientes industriales, así como en el mercado de las Pequeñas y Medianas Empresas (“PYMES”) y de clientes comerciales. La demanda de gas natural para dichos segmentos de clientes se mantuvo en valores acordes dentro de las condiciones generales del mercado.

El mercado de GNC representó aproximadamente el 5,7% y 6,2% del volumen de ventas de la Sociedad durante los años 2018 y 2017, respectivamente. A partir del 1° de mayo de 2017, y en los términos de la Resolución N° 80 – E/2017 del MINEM, se ampliaron las opciones de compra de gas natural por parte de los titulares de estaciones de suministro de GNC pudiendo adquirir el gas natural a través de las Distribuidoras (servicio completo – Resolución MEM N° 34/2016) o en forma directa por medio de los productores o comercializadores de gas natural (respetando mix de cuencas y porcentajes de gas retenido asignados a la Distribuidora zonal). Aquellas estaciones de suministro de GNC que modifiquen su modalidad de compra deberán permanecer como mínimo en dicha modalidad por el plazo de doce meses desde el ejercicio de tal opción. Con fecha 27 de

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abril de 2017, el ENARGAS reglamentó la Resolución N° 80 – E/2017 del MINEM a través de la Resolución ENARGAS N° 4.407/2017.

Con motivo de esta reglamentación, 331 estaciones de suministro de GNC sobre un total de 333 activas a esa fecha optaron por adquirir el suministro de gas natural en boca de pozo en forma directa. Asimismo, MetroENERGÍA captó 312 estaciones de suministro de GNC. Eventualmente, cambios que podrían producirse en el mercado, podrían obligar a una reapertura de las condiciones de suministro.

Las ventas de MetroENERGÍA, durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 fueron miles de $ 7.717.958 mientras que durante el ejercicio anterior fueron de miles de $ 6.394.319, representado el 23,6% y 32,3% del monto de ventas de la Sociedad. Dicho aumento se debe principalmente al incremento en los precios promedios y al aumento en los volúmenes entregados del 5,6%.

8.5 Operación del Sistema de Distribución

La RTI aprobada durante el año 2017 involucra un plan de inversiones que abarca tanto la renovación de activos: cañerías, estaciones reguladoras de presión, medidores y vehículos, como así también la expansión del sistema de distribución. Con el fin de dar cumplimiento al mismo se está trabajando en la gestión de planificación y ejecución de obras de reemplazo de la red de hierro fundido, de acero de alta presión y medidores.

El avance de la inversión correspondiente a la renovación de redes de hierro fundido, durante los años 2017 y 2018, fue de aproximadamente 300,65 km de tendido de cañería de polietileno en media presión que reemplaza a la red de hierro fundido en baja presión; y la instalación y conversión de aproximadamente 16.497 servicios asociados.

Además, se encuentra en ejecución la obra iniciada en el año 2018 de reemplazo de aproximadamente 16 kms de cañería de acero en alta presión, en los partidos de Berazategui y Florencia Varela, Provincia de Buenos Aires.

Durante el año 2018 se instalaron aproximadamente 4.643 nuevos servicios. Respecto a obras financiadas por terceros, se realizó el control de la construcción de 47,5 km de tendido de redes de distribución.

A partir de ciertos incidentes ocurridos en los años 2007 y 2009 en el sistema de 22 bar, se realizaron una serie de evaluaciones y estudios sobre dicho sistema, definiendo, a partir de sus resultados, la estrategia que permitirá en el próximo año, a) restablecer la presión de operación de 22 bar en algunos tramos del sistema, presión que había sido reducida entre un 15% y un 20% en forma preventiva, b) remediar y reemplazar aquellos tramos que los estudios así lo recomiendan y c) continuar con evaluaciones confirmatorias para el resto del sistema. En este sentido se ha restablecido la presión de 22 bar en dos de las tres city gates que alimentan MetroGAS restando una última obra, que está en ejecución, para restablecer la presión en la city gate Gutiérrez y así dar por cumplidos los puntos a) y b). Las evaluaciones del sistema se han incorporado en los planes previstos por la normativa vigente.

Con el objetivo de optimizar la operación del sistema de baja presión de la Sociedad, a través de un control más ágil y estricto de las presiones de suministro, MetroGAS cuenta con el “Telecomando de Perfiladores de Presión en Estaciones Reguladoras”. De esta forma el 83,5% del total de las estaciones reguladoras de presión del sistema de baja presión de la Sociedad se encuentra con control de presiones por medio de perfiladores telecomandados y se cuenta con 68 puntos extremos de red con telemedición.

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También, y dando cumplimiento a la normativa emitida por el ENARGAS para las líneas de transmisión de gas (Parte O NAG 100) se continuó con la reevaluación de las líneas de transmisión, priorizadas de acuerdo al riesgo, lo que involucró una serie de actividades de mantenimiento preventivo como: relevamiento tipo DCVG (Direct Current Voltage Gradient) y CIS (Close Interval Survey) y evaluaciones directas de la cañería.

En lo que hace al mantenimiento correctivo del sistema, se han reemplazado aproximadamente 7.004 servicios domiciliarios, entre otras acciones destinadas al mantenimiento de corto plazo del sistema de distribución.

La atención de emergencias registró un volumen anual de aproximadamente 72.707 reclamos, principalmente por escapes de gas, de los cuales alrededor de 7.142 fueron clasificados por la Sociedad como de alta prioridad de tratamiento.

Se han realizado relevamientos en 15.239 km de nuestras redes de baja, media y alta presión, cumpliendo con lo requerido en las normas.

8.6 Inversiones de capital

La Sociedad ha direccionado sus inversiones fundamentalmente al cumplimiento del Plan de Inversiones Obligatorias comprometido. La información detallada de las mismas se halla en el Notas 10 y 12 – Propiedades, planta y equipo y Bienes Intangibles, respectivamente, de los estados financieros consolidados.

Con fecha 31 de marzo de 2017 se publicó en el B.O., la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017 la cual menciona en su Anexo III el Plan de Inversiones Obligatorias que debe realizar MetroGAS dentro del plazo quinquenal 2017-2021. A los fines de esta Resolución se consideran Inversiones Obligatorias las consideradas indispensables para atender la operación y el mantenimiento de los sistemas operados, la comercialización y la administración en condiciones confiables y seguras del gas natural, con estándares iguales o mayores a los requeridos por la normativa vigente. La Resolución determina el monto que la Sociedad debe desembolsar por las inversiones obligatorias durante cada uno de los cinco años. Al 31 de diciembre de 2018, MetroGAS cumplió con la totalidad de lo comprometido para el primer año y con el 89% de lo comprometido para el segundo año.

8.7 Atención y Servicios al Cliente

Los cambios normativos y de tarifas que se produjeron durante el año para los clientes residenciales tuvieron importante repercusión en los usuarios. Por ello, los canales de atención personalizada, telefónica y virtual, se vieron afectados por una mayor demanda de información sobre los montos y las particularidades de los cambios realizados.

Las reducciones de los subsidios, materializadas en la eliminación de topes de montos facturados, la finalización de descuentos por ahorros de gas respecto del año anterior, y la disminución del subsidio en la Tarifa Social, además de los cambios en los cuadros tarifarios, fueron los principales motivos de las consultas de los clientes en Oficinas Comerciales, Centro de Atención Telefónica y Oficina Virtual.

Comparado con el año anterior, la cantidad de contactos de clientes en el Centro de Atención Telefónica creció en un 19%. En Oficinas Comerciales hubo un crecimiento de un 9% de clientes atendidos. En los canales virtuales el crecimiento fue del 72% para la Oficina Virtual y del 19% en correos electrónicos; mientras que la atención a través del chatbot, en el primer año completo funcionando, alcanzó las 124.000 sesiones.

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A pesar de esta mayor demanda, se logró cumplir con el indicador de calidad telefónico regulado, debiéndose para ello ampliar el equipo de operadores telefónicos propios y requerir la ayuda de un servicio de call center externo para la atención del desborde.

Se abrió una nueva Oficina Comercial ubicada en Florencio Varela, con el mismo formato de la Oficina de Burzaco, que fuera inaugurada a fines de 2017. Esto permitió ampliar a 12 los puntos de atención personalizada.

Dentro de los canales virtuales se incorporaron nuevas funcionalidades: financiación en el período invernal; solicitud de factura digital; consulta de saldo de deuda; lectura del medidor aportada por el cliente; solicitud del beneficio tarifario para PyME’s y turnos de atención en Oficinas Comerciales programados por la web.

También se trabajó durante el año en la mejora (limpieza y enriquecimiento) de nuestra base de clientes, alcanzándose el 80% de datos de contacto y alrededor del 70% en la identificación de titulares de suministros.

8.8 Recursos Humanos

La dotación consolidada de la Sociedad al 31 de diciembre de 2018, asciende a 1.485 empleados, de los cuales 102 poseen contrato de trabajo de plazo fijo.

Con respecto a las remuneraciones al personal durante el año 2018 la Sociedad otorgó incrementos salariales generales en concordancia con el mercado.

Respecto a los beneficios al personal se concretó un nuevo Plan de Comunicación y Gestión del esquema existente y se llevó a cabo una prueba piloto de Trabajo Remoto cuyos resultados prevén suponer una implementación definitiva y de mayor número de colaboradores en 2019.

Se sigue avanzando en la implementación de sistemas digitales de gestión de personas que brinden mayor valor agregado a los líderes y a los profesionales de Recursos Humanos a la vez de descentralizar las gestiones transaccionales de carácter administrativo y repetitivo.

La Gestión de Empleo continuó focalizando esfuerzos en los procesos de búsqueda orientados al cumplimiento del Plan de Inversiones Obligatorias y se retomó la práctica de incorporación de Jóvenes Profesionales.

En nuestro Centro de Entrenamiento Técnico y en forma conjunta con la Dirección Técnica se implementó un Programa de Formación en Fusión y Conversión, destinado a más de 200 personas del mercado para desarrollar competencias y favorecer la empleabilidad en la industria a la vez que se continuó con el Programa de Formación Técnica y Seguridad de empleados de empresas contratistas.

Hacia finales del ejercicio se realizó un relevamiento de Clima Organizacional con una participación del 78% del personal.

Los cambios de posiciones y promociones del equipo gerencial se ubicaron por encima del 40%.

Hemos llevado adelante una jornada de sensibilización en Transformación Digital con todo el equipo de Dirección y apoyándonos en la experiencia y conocimiento de destacados consultores.

Se profundizaron la gestión y los controles a empresas contratistas para mitigar el riesgo de responsabilidad solidaria.

En materia de Salud Ocupacional se implementó el Programa Empresa Saludable.

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En el marco del Plan de Inversiones Obligatorias dentro del área de Mantenimiento Edilicio y Flota se destaca el inicio de un plan de mejoras en infraestructura civil en Bases Operativas Llavallol y Lope de Vega, así como la continuidad del plan de renovación de la flota de vehículos operativos.

8.9 Seguridad, Salud y Medio Ambiente

Durante el año 2018 se trabajó bajo los compromisos de la Política de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente enfocado en la mejora continua, alineado con los criterios establecidos por la legislación vigente y las Normas ISO 14001:2015 y OHSAS 18001:2007.

Se comenzó con un plan de adecuación para dar cumplimiento de la Ley N° 5.920 “Sistema autoprotección” de CABA, que reemplaza a la Ley N° 1.346 “Planes de evacuación“ presentando toda la documentación requerida por esta Ley ante Defensa Civil del GCBA, encontrándose en proceso de aprobación de los mismos por la autoridad de aplicación. Asimismo, se realizaron los Simulacros de Evacuación de todos los establecimientos dando cumplimento con la Ley N° 19.587.

Se continuó con las reuniones del Comité Mixto de Seguridad e Higiene en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires, dando cumplimiento a la Ley N° 14.108 y su Decreto Reglamentario N° 801/141. En esta oportunidad se realizaron 4 reuniones de las cuales participaron representantes de los trabajadores, Recursos Humanos, Oficinas Comerciales, Mantenimiento Edilicio, Calidad, Servicio Médico, la Gerencia del Talento y la Gerencia de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente. De cada uno de estos encuentros surgieron las respectivas actas para cumplimentar las exigencias legales pertinentes.

La ART Galeno realizó una visita a cada establecimiento de la empresa dejando las actas correspondientes por cada lugar. Es importante destacar que no se relevaron aspectos considerables a mejorar.

El Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires se presentó en la Oficina Comercial de Quilmes sin observaciones relevantes. El Ministerio de Trabajo del GCBA se presentó en la Oficina Comercial de Centro sin observaciones relevantes.

Se continuó con el proceso de capacitación en materia de Higiene y Seguridad en el Trabajo en el Centro de Entrenamiento Técnico en colaboración con el Sindicato de Trabajadores de la Industria del Gas, para todas las contratistas que realizan tareas operativas. Los cuatro temas principales que se abordaron son: Comportamiento Seguro, Operaciones con Gas, Riesgo Eléctrico y Trabajos en Espacios Confinados.

Continuando con la meta de mantener la Certificación de las Normas ISO 14001 y OHSAS 18001, al igual que todos los años, se llevaron a cabo las auditorías internas estipuladas en el cronograma anual que se plantea a principio de año, con el objetivo de verificar que el Sistema de Gestión esté conforme a los requisitos de las normas en cuestión y sea implementado adecuadamente y mantenido, siempre en busca de la mejora continua. En el mes de noviembre el Organismo Certificador IRAM realizó la auditoría de recertificación, pero con la particularidad de que en esta oportunidad se auditó con nueva versión 2015 de la norma ISO 14001, lo cual requirió de un importante trabajo de la Gerencia, en conjunto con los diferentes sectores involucrados en el Sistema de Gestión, a través de sus facilitadores. Como resultado de la mencionada auditoría MetroGAS obtuvo la recertificación de las normas ISO 14001:2015 y OSHAS 18001:2007, en concordancia con el compromiso que la Organización manifiesta en su Política de Seguridad, Salud Ocupacional y Medio Ambiente. Continuó vigente el Programa MetroGAS + Verde con el fin de recolectar papel, tapitas plásticas, llaves de bronce y resto de reciclables (cartón, vidrio, metal, plástico). Comparado con el año 2017, durante el año 2018 se recolectó un 12.4% menos de

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papel y un 38% menos de tapitas plásticas. Ambos residuos fueron donados a la Fundación del Hospital Garrahan, tal como se viene haciendo desde el año 2000. Es importante destacar que la reducción en números porcentuales se debe al haber logrado reducir un 15% la cantidad de impresiones per cápita, y de las impresiones realizadas se ha reciclado un 25% de todo el papel consumido.

Respecto al resto de los residuos reciclables mencionados, en relación al año anterior se recolectó un 8% más, y todo lo reunido fue donado a la Cooperativa El Trébol.

También se comenzó a trabajar junto a la cooperativa Jóvenes en Progreso, la cual se encarga de retirar de instalaciones de MetroGAS en la Base Operativa Llavallol determinados residuos plásticos, metálicos y madera.

A lo largo de año se cumplió con lo requerido por la Norma NAG 153 (Normas Argentinas Mínimas para la Protección Ambiental en el Transporte y la Distribución de Gas Natural y Otros Gases por Cañerías), lo cual incluye las siguientes acciones:

  • Se realizó el Simulacro Ambiental Anual el cual consistió en plantear un derrame de odorante en la City Gate de Buchanan, con el objetivo de ejercitar y evaluar lo relativo al proceso de comunicaciones internas, aplicar procedimientos y poner en práctica acciones operativas. En esta oportunidad el ejercicio no fue presenciado por el ENARGAS, aunque sí se le dio aviso, tal como lo exige la NAG 153.

  • Se analizaron 277 proyectos de obras por terceros y propias de las cuales tuvieron que ejecutarse 2 Evaluaciones de Impacto Ambiental por considerarse Obras de Magnitud de acuerdo a las Res. ENARGAS I/910-09, resultando las otras 275 obras menores alcanzando con el análisis y la exigencia del cumplimiento del MPA.

Por otro parte, el ENARGAS realizó en el mes de junio una auditoría con el fin de verificar la implementación y ejecución de actividades respecto de las características ambientales de la obra, bajo los lineamientos definidos en el Manual de Procedimientos Ambientales de MetroGAS, resultando la misma satisfactoria, sin observaciones.

Se continuó con el Programa “Elegimos Cuidarnos”, auspiciado por la Dirección General y liderado por la Dirección Técnica acompañada por la Dirección de Recursos Humanos y el soporte de consultores expertos como facilitadores del proceso.

La participación estuvo focalizada en dos principales grupos siendo aquellas personas nuevas en la empresa que desempeñaran funciones en la Dirección Técnica y la Dirección de Operaciones y Mantenimiento. Por otra parte se realizó otro grupo de trabajo con los Dueños, Representantes Técnicos y Responsables de Higiene y Seguridad Laboral de las empresas contratistas.

A lo largo del Programa se capitalizaron definiciones y pilares de la Cultura de Seguridad hacia los que se quiere evolucionar entre los cuales se destacó, la Seguridad como un Valor.

Por otra parte se asumió el compromiso con el “Trabajo Bien Hecho”, lo que implica que toda tarea realizada por la empresa debe comprender un equilibrio entre costo, calidad, productividad, seguridad y medio ambiente.

8.10 Relaciones Institucionales

La Sociedad mantuvo vigente la estrategia enfocada en desarrollar la imagen y fortalecer la reputación de MetroGAS en las audiencias institucionales. Para ello, durante 2018 se redefinió el enfoque de Relaciones Institucionales con una mirada más proactiva, integral y direccionada, con

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el objetivo de incrementar la exposición frente a los stakeholders, impulsar la agenda de temas propios y continuar mejorando el proceso de comunicación durante momentos críticos.

Como parte del seguimiento de la gestión, se realizó una nueva edición de la encuesta de opinión pública administrada por la consultora CIO cuyos resultados fueron significativos. MetroGAS constituye sin dudas, un actor relevante dentro de la política económica y por tal motivo la disposición a opinar positiva o negativamente acerca del desempeño de la Sociedad queda relacionado, en alguna medida, por el contexto político y el vínculo de la Sociedad con éste. Por ello, los indicadores de MetroGAS que muestran menor desempeño, se encuentran directamente relacionados con el fenómeno “tarifas”. Sin embargo, en términos de imagen, MetroGAS observa en noviembre de 2018 mejor calificación que las compañías eléctricas (imagen positiva: 47% MetroGAS vs 28% y 23% Edenor y Edesur, respectivamente); que el promedio de los municipios de GBA Sur (45% municipios) y la misma calificación que el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (“GCABA”) (47%).

En 2018, la Sociedad realizó importantes anuncios y campañas de comunicación relacionadas con la difusión del Plan de Inversiones Obligatorias 2017-2021. Bajo los conceptos “Invertir para Crecer” y “Más Obras”, el objetivo fue continuar construyendo reputación corporativa y acompañando el nuevo enfoque del negocio en el que se pone al cliente en el centro de las prioridades. Desde el área de Relaciones Institucionales se acompañó con actividades de prensa y líderes de opinión, participaciones en eventos en conjunto con empresas y entidades de la industria, desarrollo de material para audiencias institucionales, entre otras.

En este contexto, se trabajó para mantener una presencia sostenida en espacios de exposición pública mediante la amplificación de los canales de difusión y las herramientas de vinculación con la prensa. De esta manera, se desarrolló contenido ad hoc para divulgación de información sobre el servicio: prevención de monóxido de carbono, instalaciones internas, trámites, cómo entender la factura, declaraciones oficiales sobre temas de coyuntura (Audiencias Públicas, presencia sostenida en notas y entrevistas, gestión de contenidos durante contingencias, entre otros). Se realizaron eventos propios con prensa para: (i) impulsar el Programa Transparencia, (ii) presentar la nueva estrategia de Sustentabilidad y (iii) inaugurar la nueva oficina comercial en Florencio Varela.

Además, se trabajó en fortalecer el vínculo con los medios de comunicación a través de la presencia del vocero en diferentes espacios de prensa y de la gestión de encuentros con periodistas, movileros y productores con el objetivo de continuar posicionando a la compañía como referente del sector.

En el marco institucional, la Sociedad estuvo dedicada a amortiguar el posible impacto que genera en las empresas de gas el debate tarifario en el contexto político actual. Este objetivo incluyó, por un lado, trabajar con la industria regulada del gas natural en su conjunto con acciones y mensajes tanto para el sector público, como para la opinión pública y prensa. Por otra parte, MetroGAS participó como sponsor en eventos con audiencias institucionales que generan valor a la empresa como referentes positivos del sector: El Cronista ENERGY Summit, Foro Estratégico para el Desarrollo Nacional, IX Congreso de Seguridad Laboral del GCABA.

En cuanto a Cámaras y Asociaciones, se consolidó la presencia en el Consejo Profesional de Relaciones Públicas de la República Argentina, el Coloquio de IDEA, el Consejo Empresario Argentino para el Desarrollo Sostenible y el Instituto Argentino del Petróleo y del Gas.

En el marco de los Asuntos Públicos, se intensificaron las relaciones con el Poder Legislativo a través de la participación activa del Director General en audiencias y reuniones con funcionarios relacionados con los proyectos de ley que abordan la cuestión tarifaria. Además, a partir de la puesta en marcha del Plan de Inversiones, se intensificó el vínculo con los municipios a fin de generar comunicación fluida y positiva con las áreas involucradas en las obras.

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8.11 Acción Comunitaria

En el año 2018, MetroGAS renovó su estrategia de Sustentabilidad 2018-2022, tomando como base los resultados de la gestión 2015-2017. A través de acciones concretas, basó su trabajo en tres ejes de acción: desarrollar, cuidar y compartir. Estos ejes engloban los programas, proyectos e iniciativas que lleva adelante MetroGAS y reflejan el compromiso de trabajo con la comunidad y aseguran la integración entre la estrategia de Sustentabilidad y la visión de negocios de la Sociedad.

Bajo este esquema de trabajo quinquenal, se desarrollaron proyectos de gran impacto local:

a) Eje Desarrollar

  • Programa Instalando Calor Seguro: se realizaron Talleres de capacitación destinados a alumnos del último año de escuelas técnicas, dictados por voluntarios corporativos. Articulación con la Dirección de Escuelas Técnicas del GCABA y la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires De esta forma, los alumnos incorporan esas horas de capacitación como prácticas profesionales en sus currículums. Este año se incorporaron contenidos de ética y se amplió la cantidad de escuelas y alumnos que participaron del programa. En 2018 llegamos a más de 350 alumnos y 30 docentes.

  • Programa de Prácticas Productivas: desarrollo de prototipos de insumos / productos que se utilizan para la operación elaborados por escuelas técnicas en el marco de sus actividades de taller. Continuamos nuestra articulación incorporando nuevos proyectos.

  • Programa de acompañamiento comunitario: junto al Instituto de la Vivienda de la Ciudad y otras empresas prestadoras de servicios públicos, participamos de los talleres preconsorciales junto a las familias que se benefician del proceso de urbanización de los barrios más vulnerables, facilitando información sobre la gestión para la habilitación del servicio, los beneficios de la tarifa social y recomendaciones para el uso seguro y eficiente del gas natural.

  • Programa Instalaciones Solidarias: el programa apunta a brindar acceso al servicio de gas natural de red a centros y comedores comunitarios de nuestra zona de distribución a través de la realización de una nueva instalación interna de gas o los ajustes necesarios de instalaciones preexistentes. Durante 2018 se generó el programa y se realizó una experiencia piloto junto al área de responsabilidad social de la SGE.

b) Eje Cuidar

  • Programa Hogar Cálido Hogar: actividad destinada a niños de 7 a 11 años, de escuelas primarias de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de la Provincia de Buenos Aires. Se enfoca en la importancia de una correcta instalación de gas, el uso eficiente, la prevención de accidentes por monóxido de carbono y la función del gasista matriculado. Los niños son considerados principales agentes de cambio que transmiten este mensaje a sus familias. Continuamos desarrollando el programa iniciado en 2013 e incorporando nuevos espacios que trascienden la escuela (Feria de Sustentabilidad) e incorporando nuevos contenidos y materiales para complementar los recursos pedagógicos de los docentes en las aulas.

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  • Programa de Movilidad Sustentable: continuamos promoviendo hábitos que contribuyan a la seguridad de las personas y el cuidado del medioambiente, con charlas de capacitación interna en articulación con el GCABA.

c) Eje Compartir

  • Programa de formación para bomberos con el Centro de Entrenamiento Técnico: el objetivo es desarrollar vínculos estratégicos con las fuerzas de seguridad y organismos de protección ciudadana, a cargo de situaciones de emergencia, a través de la capacitación en temáticas vinculadas al gas natural (oficiales, estudiantes de Bomberos de la Policía Federal, Prefectura, Defensa Civil y Bomberos Voluntarios).

  • Programa de voluntariado corporativo: desarrollo de acciones de intercambio con la comunidad (campañas de donaciones, actividades de reciclado y cuidado del medioambiente, jornadas solidarias de pintura de centros comunitarios, entre otras).

  • Participación activa en espacios especializados: Consejo Empresario Argentino para el Desarrollo Sostenible, Instituto Argentino del Petróleo y el Gas e IDEA, entre otros.

9. POLÍTICA DE DIVIDENDOS

MetroGAS no cuenta con una política que establezca el monto y pago de dividendos. Cualquier política de dividendos que se adopte está sujeta a varios factores, que incluyen el cumplimiento de nuestros compromisos por la deuda financiera, nuevas posibles restricciones parciales por parte del ENARGAS, inversiones en bienes de capital y planes de inversiones, otros requerimientos de efectivo y demás factores que puedan considerarse pertinentes en el momento.

MetroGAS pagó dividendos regularmente hasta el año 2001. A partir del ejercicio 2002, la Sociedad mantuvo resultados no asignados negativos y por dicho motivo no ha distribuido dividendos hasta el 31 de diciembre de 2017.

Con fecha 8 de febrero de 2018, MetroGAS instrumentó un préstamo no garantizado que contempla ciertas restricciones en el pago de dividendos (ver punto 5). En los términos allí establecidos, durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 el importe a pagar en concepto de dividendos no podrá superar el 10% del Resultado Neto de ese año, y el 60% en los años subsiguientes hasta el repago del préstamo.

10. COMPOSICIÓN DEL CAPITAL SOCIAL

El capital social al 31 de diciembre de 2018 está compuesto por 569.171.208 acciones ordinarias, escriturales, de valor nominal un peso y de un valor por acción y en clases “A” y “B”.

Clases de acciones en circulación Capital suscripto,
inscripto e integrado
Clase "A"
Clase "B"
Capital Social al 31 de diciembre de 2018
290.277
278.894
569.171

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El 2 de noviembre de 1994, mediante Resolución Nº 10.706 la CNV autorizó a la Sociedad el ingreso a la oferta pública en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (“BCBA”) de la totalidad de las acciones que a esa fecha componían el capital social. Asimismo, se emitieron American Depositary Shares (“ADSs”) en Estados Unidos de Norteamérica, los cuales fueron registrados en la Securities and Exchange Commission (“SEC”). La Sociedad cotiza sus acciones en Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (“BYMA”). Con fecha 21 de enero de 2015 MetroGAS inició ante la SEC el trámite legal de retiro del registro el cual quedó firme el 21 de abril de 2015 cesando su deber de información ante dicho organismo desde la fecha de inicio del trámite.

Al 31 de diciembre de 2018, la controlante de MetroGAS es YPF S.A. (“YPF”) que posee el 70% de las acciones de la Sociedad.

La totalidad de las acciones Clase “A”, que representan el 51% del capital social de la Sociedad, están en poder de YPF y, su transferibilidad está sujeta a la aprobación de la autoridad regulatoria.

Las acciones Clase “B” representan el 49% del capital social. De este porcentaje el 39% pertenece a YPF y el 61% se encuentra en oferta pública y se halla en poder de aproximadamente 6.593 inversores.

El 28 de diciembre de 2016, MetroGAS recibió del ENARGAS una nota en la cual solicita adaptar la composición accionaria de la Sociedad en consonancia con el plazo previsto en la Ley de Emergencia y en cumplimiento con el artículo N° 34 de la Ley N° 24.076, todo ello en atención a la participación de YPF en MetroGAS. La Sociedad ha presentado un pedido de vista a los efectos de conocer los antecedentes del requerimiento del ENARGAS y, por considerar que lo solicitado atañe principalmente a su accionista mayoritario, le ha dado traslado a los efectos de que adopte las acciones que considere oportunas.

Con fecha 6 de abril de 2018, MetroGAS fue notificada por parte del ENARGAS del rechazo al recurso de apelación interpuesto por YPF con fecha 30 de marzo de 2017.

Anteriormente, el capital social de la Sociedad también se encontraba integrado por acciones Clase “C” que representaban el 10% del Capital Social, y fueron destinadas al momento de la privatización al Programa de Propiedad Participada (“PPP”), en beneficio de los empleados de Gas del Estado transferidos a MetroGAS que continuaron siendo empleados de la Sociedad al 31 de julio de 1993.

En la Asamblea General Extraordinaria y Especial de Clases B y C de los accionistas de MetroGAS S.A. celebrada con fecha 16 de octubre de 2015 se aprobó por mayoría la conversión parcial de acciones Clase C en acciones Clase B y se aprobó la reforma del Estatuto Social.

Con fecha 4 de diciembre de 2015 la CNV emitió la Resolución N° 17.918 por medio de la cual resolvió transferir la autorización de oferta pública otorgada a MetroGAS por conversión de 53.049.640 acciones Clase C en igual cantidad de acciones Clase B.

Con fecha 26 de julio de 2018, la CNV aprobó transferir la autorización de oferta pública oportunamente otorgada a la Sociedad respecto de miles 3.868 de acciones ordinarias, escriturales, Clase C en igual cantidad de acciones ordinarias, escriturales, Clase B, con motivo de la conversión de acciones solicitada por MetroGAS y aprobada por la Asamblea General Extraordinaria y Especial de Clases B y C de Accionistas de la Sociedad celebrada el 16 de octubre de 2015.

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11. DESTINO DE LOS RESULTADOS

En los términos del estatuto social de MetroGAS y de conformidad con lo dispuesto por la Ley General de Sociedades y las Normas 2013 de la CNV, el Directorio de la Sociedad propone: (i) constituir la Reserva Legal (artículo 70 1er párrafo - Ley N° 19.550); (ii) aprobar como honorarios al Directorio la suma de miles de $ 4.448 (cuyo monto reexpresado asciende a miles de $ 5.435); y (iii) destinar el remanente a constituir una reserva para inversiones (artículo 70 3er párrafo - Ley N° 19.550) de acuerdo con el Plan de Inversiones comprometido por MetroGAS.

Al 31 de diciembre de 2018, el total del patrimonio neto atribuible a los propietarios de la controladora ascendía a miles de $ 13.321.637.

12. AGRADECIMIENTO

El Directorio desea expresar su profundo agradecimiento a todos los empleados de la Sociedad quienes brindaron su colaboración en la tarea diaria, así como a los clientes, proveedores y acreedores por el apoyo prestado y la confianza depositada en MetroGAS.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 6 de marzo de 2019.

Fernando Oscar Ambroa Presidente

Anexo a la Memoria – Código de Gobierno Societario – Resolución General N° 622/2013

ACLARACIONES GENERALES:

Todas aquellas recomendaciones donde se consignó un “Cumplimiento Total” están soportadas en políticas, procedimientos, prácticas, canales formales de información, entre otros esquemas generales de trabajo de la Compañía.

Todas aquellas recomendaciones donde se consiga un “Cumplimiento Parcial” o “Incumplimiento”, la Compañía está evaluando posibles cursos de acción para cumplir, en mayor medida, con las recomendaciones de la presente norma.

Cumplimiento Cumplimiento Cumplimiento Incumplimiento3 Informar1 o Explicar2
Total3 Parcial3
PRINCIPIO I. TRANSPARENTAR LA RELACION ENTRE LA EMISORA, EL GRUPO ECONÓMICO
QUE ENCABEZA Y/O INTEGRA Y SUS PARTES RELACIONADAS
Recomendación I.1:
Garantizar la divulgación
por parte del Órgano de
Administración de políticas
aplicables a la relación de la
Emisora con el grupo
económico que encabeza
y/o integra y con sus partes
relacionadas.
X La Compañía cuenta con una
“Política sobre Contratos con
Partes Relacionadas”. Aquellos
actos o contratos con partes
relacionadas que involucren
montos relevantes (1% del
Patrimonio Neto) deberán ser
aprobados por el Directorio de
la Sociedad
e informados a la CNV y a los
mercados en donde la Sociedad
lista sus valores negociables de
conformidad con lo establecido
por la Ley Mercado de
Capitales N° 26.831 (“LMC”).
Previo a su aprobación, el
Directorio requerirá al Comité
de Auditoria un
pronunciamiento acerca de si
las condiciones de la operación
pueden razonablemente
considerarse adecuadas a las
condiciones normales y
habituales del mercado.
Sin perjuicio de la consulta al
Comité de Auditoria, el
Directorio podrá resolver sobre
la aprobación de dichas
operaciones con el informe de
dos (2) firmas evaluadoras
independientes. Este
procedimiento adopta los
lineamientos prescriptos por la
LMC.
Asimismo, toda operación con
partes relacionadas se expone
en los estados financieros
trimestrales y anuales.
Recomendación I.2:
Asegurar la existencia de
X La Compañía cuenta con un
Código de Ética y Conducta

1 En caso de cumplimiento total, informar de qué modo la Emisora cumple los principios y recomendaciones del Código de Gobierno Societario.

2 En caso de cumplimiento parcial o incumplimiento justificar el por qué e indicar qué acciones tiene previsto el Órgano de Administración de la Emisora para incorporar aquello que no adopta en el próximo ejercicio o siguientes si las hubiere. 3 Marcar con una cruz si corresponde.

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Anexo a la Memoria – Código de Gobierno Societario – Resolución General N° 622/2013

Cumplimiento Cumplimiento Cumplimiento Incumplimiento3 Informar1 o Explicar2
Total3 Parcial3
mecanismos preventivos de
conflictos de interés.
que asegura mecanismos
preventivos de conflictos de
interés. Directores y Personal
de MetroGAS deberán
abstenerse de intervenir o
influir en la toma de
decisiones, en cualquier
situación, en la que, directa o
indirectamente, tuvieren un
interés personal.
Asimismo, la Sociedad
cuenta con un
procedimiento específico
sobre “Conflicto de
intereses”, el cual establece
la forma en que se deben
efectuar las consultas y/o
reportes por conflictos de
intereses reales o
potenciales y las respuestas
por parte de los
responsables
correspondientes. Si
existieran sospechas de que
existe un conflicto de interés
no declarado, el mismo
podrá ser denunciado a
través de la Línea Ética.
Por otra parte, el Comité de
Auditoría cuenta con un
procedimiento para el
Tratamiento de Denuncias
por Conflictos de Interés
bajo el artículo 110 inciso h)
Ley 26.831, para tratar las
denuncias por conflictos de
interés a nivel del
Directorio.
Recomendación I.3:
Prevenir el uso indebido de
información privilegiada.
X El Código de Ética y Conducta
y el “Reglamento Interno de
Conducta de MetroGAS en el
ámbito del Mercado de
Capitales” (Anexo al Código
de Ética y Conducta), regulan
específicamente el uso de
información privilegiada no
solo detallando una serie de
obligaciones de salvaguarda de
información privilegiada sino
también estableciendo una
serie de prohibiciones respecto
de aquellas personas que
posean cualquier clase de
información privilegiada.

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Anexo a la Memoria – Código de Gobierno Societario – Resolución General N° 622/2013

Cumplimiento Cumplimiento Cumplimiento Incumplimiento3 Informar1 o Explicar2
Total3 Parcial3
Asimismo, los sujetos
alcanzados no podrán realizar
transacciones sobre los valores
negociables de MetroGAS y/o
su accionista mayoritario y/o
las sociedades vinculadas a
éste último desde quince (15)
días corridos antes de cada
presentación de resultados de
la Sociedad y/o su accionista
mayoritario y/o las sociedades
vinculadas a éste último
(anuales y trimestrales) y hasta
dos (2) días hábiles bursátiles
siguientes a la fecha en que los
mismos se publiquen, cuando
posean información no pública
y sustancial de las mismas
relativa a los resultados, es
decir información privilegiada.
En caso de poseer otra
información privilegiada,
deberán abstenerse de negociar
dichos valores negociables al
conocer dicha información
hasta tanto la misma sea
pública.
PRINCIPIO II. SENTAR LAS BASES PARA UNA SÓLIDA ADMINISTRACIÓN Y SUPERVISIÓN DE
LA EMISORA
Recomendación II. 1: Garantizar que el Órgano de Administración asuma la administración y supervisión de
la Emisora y su orientación estratégica.
II.1.1 El Órgano de Administración aprueba: De contar con estas políticas, hacer una descripción de los
principales aspectos de las mismas.
II.1.1.1 el plan estratégico o
de negocio, así como los
objetivos de gestión y
presupuestos anuales.
X El Directorio aprueba el
presupuesto anual. Asimismo,
los asuntos estratégicos y
objetivos de gestión, en los
términos de su reglamento, son
considerados por el Directorio.
II.1.1.2 la política de
inversiones (en activos
financieros y en bienes de
capital), y de financiación.
X La Compañía cuenta con
políticas con relación a esta
recomendación aprobada por el
Comité de Dirección, y
publicadas en la intranet para
consulta del personal.
No obstante esto, las Políticas
no se encuentran aprobadas
formalmente por el Directorio.
En cuanto a a las principales
inversiones en Bienes de
Capital, se encuentran
incluidas el Plan de Inversiones
Obligatorias 2017-2022 que
formó parte de la Revisión
Tarifaria Integral (“RTI”) y fue
aprobado por parte del
Directorio.
II.1.1.3 la política de X Anualmente, el Directorio

38

Anexo a la Memoria – Código de Gobierno Societario – Resolución General N° 622/2013

Cumplimiento Cumplimiento Cumplimiento Incumplimiento3 Informar1 o Explicar2
Total3 Parcial3
gobierno societario
(cumplimiento Código de
Gobierno Societario).
aprueba el informe de
Gobierno Societario
conjuntamente con la Memoria
conforme a las Normas de la
CNV.
Si bien la Compañía no cuenta
con un Código de Gobierno
Societario, posee una serie de
políticas tendientes a fortalecer
las prácticas de un buen
gobierno societario, como son:
el Código de Ética y Conducta,
los Reglamentos de
funcionamiento del Directorio,
del Comité de Auditoría, del
Comité de Remuneraciones y
Nombramiento, del Comité de
Ética, las políticas sobre
Conflicto de intereses,
Administración de Riesgos del
Negocio, Entorno de Control y
Seguridad de Información,
entre otros.
II.1.1.4 la política de
selección, evaluación y
remuneración de los
gerentes de primera línea.
X La Compañía cuenta con
políticas con relación a esta
recomendación aprobada por el
Comité de Dirección, y
publicadas en la intranet para
consulta del personal. Se da
por cumplida esta
recomendación, ya que la
Compañía cuenta con un
Comité de Remuneraciones y
Nominaciones conformado por
3 miembros del Directorio la
mayoría de los cuales son
independientes con el objetivo
de velar por el cumplimiento
de las políticas relacionadas
con esta recomendación. En los
términos del Reglamento del
Comité de Remuneraciones y
Nominaciones, el Comité tiene
entre sus funciones la
selección, evaluación y
remuneración de los miembros
del Comité de Dirección.
II.1.1.5 la política de
asignación de
responsabilidades a los
gerentes de primera línea.
X La Compañía cuenta con
políticas con relación a esta
recomendación aprobada por el
Comité de Dirección, y
publicadas en la intranet para
consulta del personal. No
obstante esto, las mismas no se
encuentran aprobadas
formalmente por el Directorio.
II.1.1.6 la supervisión de los
planes de sucesión de los
X Dentro de las responsabilidades
del Comité de Remuneraciones

39

Anexo a la Memoria – Código de Gobierno Societario – Resolución General N° 622/2013

Cumplimiento Cumplimiento Cumplimiento Incumplimiento3 Informar1 o Explicar2
Total3 Parcial3
gerentes de primera línea. y Nominaciones se encuentra
este rol.
II.1.1.7 la política de
responsabilidad social
Empresaria.
X La Compañía cuenta con
políticas con relación a esta
recomendación aprobada por el
Comité de Dirección, y
publicadas en la intranet para
consulta del personal. No
obstante esto, las mismas no se
encuentran aprobadas
formalmente por el Directorio.
II.1.1.8 las políticas de
gestión integral de riesgos y
de control interno, y de
prevención de fraudes.
X La Compañía cuenta con
políticas con relación a esta
recomendación aprobada por el
Comité de Dirección, y
publicadas en la intranet para
consulta del personal. No
obstante esto, las mismas no se
encuentran aprobadas
formalmente por el Directorio.
Trimestralmente el Comité de
Auditoría monitorea los riesgos
de la Compañía y en forma
anual se realiza una
presentación al Directorio.
II.1.1.9 la política de
capacitación y
entrenamiento continúo para
miembros del Órgano de
Administración y de los
gerentes de primera línea.
X La Compañía cuenta con
políticas con relación a esta
recomendación aprobada por el
Comité de Dirección, y
publicadas en la intranet para
consulta del personal. No
obstante esto las mismas no se
encuentran aprobadas
formalmente por el Directorio.
Existe un Plan Anual de
Capacitación del Comité de
Auditoría (cuyo presupuesto es
aprobado por la Asamblea de
Accionistas) quien invita a
participar de sus actividades al
Directorio y al Comité de
Dirección.
II.1.2 De considerar
relevante, agregar otras
políticas aplicadas por el
Órgano de Administración
que no han sido
mencionadas y detallar los
puntos significativos.
NO APLICABLE
II.1.3 La Emisora cuenta
con una política tendiente a
garantizar la disponibilidad
de información relevante
para la toma de decisiones
de su Órgano de
Administración y una vía de
consulta directa de las líneas
gerenciales, de un modo que
X Si bien no existe una política
específica relacionada con esta
recomendación, la Compañía
posee como buena práctica el
envío, a través de la Secretaría
del Directorio, de la
información relevante a todos
los miembros del Directorio
con una prudente antelación.

40

Anexo a la Memoria – Código de Gobierno Societario – Resolución General N° 622/2013

Cumplimiento Cumplimiento Cumplimiento Incumplimiento3 Informar1 o Explicar2
Total3 Parcial3
resulte simétrico para todos
sus miembros (ejecutivos,
externos e independientes)
por igual y con una
antelación suficiente, que
permita el adecuado análisis
de su contenido. Explicitar.
II.1.4. Los temas sometidos
a consideración del Órgano
de Administración son
acompañados por un
análisis de los riesgos
asociados a las decisiones
que puedan ser adoptadas,
teniendo en cuenta el nivel
de riesgo Empresarial
definido como aceptable por
la Emisora. Explicitar.
X El Comité de Dirección de la
Compañía tiene internalizada
para su gestión, una fuerte
cultura de administración del
riesgo. Como consecuencia de
ello toda decisión relevante que
se someta a la aprobación del
Directorio conlleva un análisis
del responsable del asunto y
una evaluación de los riesgos
involucrados.
Recomendación II.2: Asegurar un efectivo Control de la Gestión Empresaria. El Órgano de Administración
verifica:
II.2.1 el cumplimiento del
presupuesto anual y del plan
de negocios,
X El Directorio, trimestralmente
verifica el cumplimiento,
desvíos o adaptaciones del
presupuesto anual, como así
también del plan de negocios.
II.2.2 el desempeño de los
gerentes de primera línea y
su cumplimiento de los
objetivos a ellos fijados (el
nivel de utilidades previstas
versus el de utilidades
logradas, calificación
financiera, calidad del
reporte contable, cuota de
mercado, etc.).
Hacer una descripción de
los aspectos relevantes de la
política de Control de
Gestión de la Emisora
detallando técnicas
empleadas y frecuencia del
monitoreo efectuado por el
Órgano de Administración.
X En forma anual se evalúa el
desempeño del Comité de
Dirección. Esta evaluación y la
remuneración variable
producto de dicha evaluación
son revisadas y aprobadas,
respectivamente por el Comité
de Remuneraciones y
Nominaciones.
En relación a Control de
Gestión, trimestralmente se
presenta al Directorio el tablero
con los indicadores clave de
gestión, conteniendo el valor
de cada indicador y su
variación anual y comparación
con el presupuesto.
Recomendación II.3: Dar a co
su impacto.
nocer el proceso de evaluación del desempeño del Órgano de Administración y
II.3.1 Cada miembro del
Órgano de Administración
cumple con el Estatuto
Social y, en su caso, con el
Reglamento del
funcionamiento del Órgano
de Administración. Detallar
las principales directrices
del Reglamento. Indicar el
grado de cumplimiento del
Estatuto Social y
Reglamento.
X Se cumple con el Estatuto y
con el reglamento del
Directorio que están alineados
con la legislación vigente. En
noviembre 2016, el Directorio
de MetroGAS revisó su
reglamento interno. Este
reglamento, regula cuestiones
concernientes a la celebración
de las reuniones del órgano
como así también a los asuntos
de su incumbencia.
II.3.2 ElÓrgano de X El Directorio consignalos

41

Anexo a la Memoria – Código de Gobierno Societario – Resolución General N° 622/2013

Cumplimiento Cumplimiento Cumplimiento Incumplimiento3 Informar1 o Explicar2
Total3 Parcial3
Administración expone los
resultados de su gestión
teniendo en cuenta los
objetivos fijados al inicio
del período, de modo tal que
los accionistas puedan
evaluar el grado de
cumplimiento de tales
objetivos, que contienen
tanto aspectos financieros
como no financieros.
Adicionalmente, el Órgano
de Administración presenta
un diagnóstico acerca del
grado de cumplimiento de
las políticas mencionadas en
la Recomendación II, ítems
II.1.1.y II.1.2.
Detallar los aspectos
principales de la evaluación
de la Asamblea General de
Accionistas sobre el grado
de cumplimiento por parte
del Órgano de
Administración de los
objetivos fijados y de las
políticas mencionadas en la
Recomendación II, puntos
II.1.1 y II.1.2, indicando la
fecha de la Asamblea donde
se presentó dicha
evaluación.
resultados de la gestión del
ejercicio en la Memoria la cual
es oportunamente considerada
por la Asamblea Anual.
El Directorio no presenta a la
Asamblea de Accionistas un
diagnóstico formal acerca del
cumplimiento de las políticas.
La Asamblea Anual aprueba la
gestión del Directorio.
Recomendación II.4: Que el número de miembros externos e independientes constituyan una proporción
significativa en el Órgano de Administración.
II.4.1 La proporción de
miembros ejecutivos,
externos e independientes
(éstos últimos definidos
según la normativa de esta
Comisión) del Órgano de
Administración guarda
relación con la estructura de
capital de la Emisora.
Explicitar.
X El Directorio de la Sociedad
está compuesto actualmente
por 11 directores designados
por la Asamblea de
Accionistas. De los 11
directores tres son
independientes de acuerdo con
el criterio establecido por la
CNV, siendo los 8 restantes
externos y designados por el
accionista controlante, es decir,
guardando una prudente
relación con la estructura de
capital de la Compañía.
II.4.2 Durante el año en
curso, los accionistas
acordaron a través de una
Asamblea General una
política dirigida a mantener
una proporción de al menos
20% de miembros
independientes sobre el
número total de miembros
X Si bien la Compañía no cuenta
una política relacionada con
esta recomendación la
Compañía cumple con las
Normas de la CNV y su
estatuto, siendo el 30% de los
miembros del Directorio
independientes. A la fecha,
nunca se ha cuestionado la

42

Anexo a la Memoria – Código de Gobierno Societario – Resolución General N° 622/2013

Cumplimiento Cumplimiento Cumplimiento Incumplimiento3 Informar1 o Explicar2
Total3 Parcial3
del Órgano de
Administración.
Hacer una descripción de
los aspectos relevantes de
tal política y de cualquier
acuerdo de accionistas que
permita comprender el
modo en que miembros del
Órgano de Administración
son designados y por cuánto
tiempo. Indicar si la
independencia de los
miembros del Órgano de
Administración fue
cuestionada durante el
transcurso del año y si se
han producido abstenciones
por conflictos de interés.
independencia de ningún
miembro del Directorio.
Recomendación II.5: Comprometer a que existan normas y procedimientos inherentes a la selección y
propuesta de miembros del Órgano de Administración y gerentes de primera línea.
II.5.1. La Emisora cuenta
con un Comité de
Nombramientos:
X La Compañía cuenta con un
Comité de Remuneraciones y
Nominaciones que cumple con
las funciones relacionadas con
esta recomendación.
II.5.1.1 integrado por al
menos tres miembros del
Órgano de Administración,
en su mayoría
independientes,
X Se encuentra conformado por
tres miembros del Directorio
quienes revisten la condición
de independientes.
II.5.1.2 presidido por un
miembro independiente del
Órgano de Administración,
X Se encuentra presidido por un
Director independiente.
II.5.1.3 que cuenta con
miembros que acreditan
suficiente idoneidad y
experiencia en temas de
políticas de capital humano,
X Los miembros del Comité
tienen idoneidad y experiencia
en temas de recursos humanos.
II.5.1.4 que se reúna al
menos dos veces por año.
X El Comité celebra reuniones al
menos cuatro veces al año. Si
las circunstancias lo
requiriesen, se convocan
reuniones distintas a las
establecidas periódicamente.
II.5.1.5 cuyas decisiones no
son necesariamente
vinculantes para la
Asamblea General de
Accionistas sino de carácter
consultivo en lo que hace a
la selección de los
miembros del Órgano de
Administración.
X Siendo atribución específica de
la Asamblea de Accionistas, el
Comité de Remuneraciones y
Nominaciones no presenta
entre sus funciones la de
nominar y seleccionar a
miembros del Directorio.
II.5. 2 En caso de contar con
un Comité de
Nombramientos, el mismo:
II.5.2.1 verifica la revisión y
evaluación anual de su
X Explícitamente considerado en
el Reglamento del Comité de

43

Anexo a la Memoria – Código de Gobierno Societario – Resolución General N° 622/2013

Cumplimiento Cumplimiento Cumplimiento Incumplimiento3 Informar1 o Explicar2
Total3 Parcial3
reglamento y sugiere al
Órgano de Administración
las modificaciones para su
aprobación,
Remuneraciones y
Nominaciones vigente.
II.5.2.2 propone el
desarrollo de criterios
(calificación, experiencia,
reputación profesional y
ética, otros) para la
selección de nuevos
miembros del Órgano de
Administración y gerentes
de primera línea,
X Los criterios para los gerentes
de primera línea se analizan en
oportunidad de cada
incorporación. El Comité de
Remuneraciones y
Nominaciones no propone
criterios para la selección de
miembros del Directorio.
II.5.2.3 identifica los
candidatos a miembros del
Órgano de Administración a
ser propuestos por el Comité
a la Asamblea General de
Accionistas,
X El Comité de Remuneraciones
y Nominaciones no tiene entre
sus funciones nominar a
miembros del Directorio.
II. 5.2.4 sugiere miembros
del Órgano de
Administración que habrán
de integrar los diferentes
Comités del Órgano de
Administración acorde a sus
antecedentes,
X El Comité de Remuneraciones
y Nominaciones no tiene entre
sus funciones nominar a
miembros de Comités del
Directorio.
II. 5.2.5 recomienda que el
Presidente del Directorio no
sea a su vez el Gerente
General de la Emisora,
X En los términos de la presente
recomendación se ha designado
como Presidente del Directorio
a una persona distinta al
Director General.
II. 5.2.6 asegura la
disponibilidad de los
curriculum vitaes de los
miembros del Órgano de
Administración y gerentes
de la primera línea en la
web de la Emisora, donde
quede explicitada la
duración de sus mandatos en
el primer caso,
X En la página web de la
Compañía se detalla el término
del mandato de los Directores.
Los curriculum vitaes de los
miembros del Directorio, de la
Comisión Fiscalizadora y del
Comité de Dirección se
encuentran disponibles en la
página web de la CNV, en el
prospecto del Programa de
Emisión de Obligaciones
Negociables de MetroGAS.
II.5.2.7 constata la
existencia de un plan de
sucesión del Órgano de
Administración y de
gerentes de primera línea.
X El Comité de Remuneraciones
y Nominaciones sólo trata los
planes de sucesión de gerentes
de primera línea.
II.5. 3 De considerar
relevante agregar políticas
implementadas realizadas
por el Comité de
Nombramientos de la
Emisora que no han sido
mencionadas en el punto
anterior.
NO APLICABLE
Recomendación II.6:
Evaluar la conveniencia de
X En los términos de su
Reglamento el Comité de

44

Anexo a la Memoria – Código de Gobierno Societario – Resolución General N° 622/2013

Cumplimiento Cumplimiento Cumplimiento Incumplimiento3 Informar1 o Explicar2
Total3 Parcial3
que miembros del Órgano
de Administración y/o
síndicos y/o consejeros de
vigilancia desempeñen
funciones en diversas
Emisoras.
Remuneraciones y
Nominaciones considera este
asunto.
Recomendación II.7: Asegurar la Capacitación y Desarrollo de miembros del Órgano de Administración y
gerentes de primera línea de la Emisora.
II.7.1 La Emisora cuenta
con Programas de
Capacitación continua
vinculado a las necesidades
existentes de la Emisora
para los miembros del
Órgano de Administración y
gerentes de primera línea,
que incluyen temas acerca
de su rol y
responsabilidades, la gestión
integral de riesgos
Empresariales,
conocimientos específicos
del negocio y sus
regulaciones, la dinámica de
la gobernanza de Empresas
y temas de responsabilidad
social Empresaria. En el
caso de los miembros del
Comité de Auditoría,
normas contables
internacionales, de auditoría
y de control interno y de
regulaciones específicas del
mercado de capitales.
Describir los programas que
se llevaron a cabo en el
transcurso del año y su
grado de cumplimiento.
X Existe un plan anual de
Capacitación del Comité de
Auditoría quien invita a
participar de sus actividades al
Directorio y al Comité de
Dirección.
Dentro de las actividades de
capacitación que se
desarrollaron durante el año se
incluyeron entre otros lo
siguientes temas:
• Marco regulatorio y
tarifas
• Funcionamiento del
sistema de distribución
• Sistemas deinformación
• Seguridad Informática
• Estrategia comercial

• Gobernabilidad y
transparencia
• Lineamientos de
Integridad para el mejor
cumplimiento de los art.
N° 22 y N° 23 de la Ley
N° 27.401 de
Responsabilidad Penal de
las Personas Jurídicas
• Auditoría interna
• Recursos humanos
• Ajuste por inflación
II.7.2 La Emisora incentiva,
por otros medios no
mencionadas en II.7.1, a los
miembros de Órgano de
Administración y gerentes
de primera línea mantener
una capacitación
permanente que
complemente su nivel de
formación de manera que
agregue valor a la Emisora.
Indicar de qué modo lo
hace.
X Las políticas de la Compañía
con relación a esta
recomendación se refieren al
personal en general incluyendo
gerentes de primera línea. No
incluye a los miembros del
Órgano de Administración.
La Compañía establece un
presupuesto anual de
Capacitación a cargo de la
Dirección de Recursos
Humanos quién evalúa la
necesidad y conveniencia de la
capacitación.
Existe un plan anual de
Capacitación del Comité de
Auditoría quien invita a
participar de sus actividades al

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Anexo a la Memoria – Código de Gobierno Societario – Resolución General N° 622/2013

Cumplimiento Cumplimiento Cumplimiento Incumplimiento3 Informar1 o Explicar2
Total3 Parcial3
Directorio y al Comité de
Dirección (ver punto II.7.1)
PRINCIPIO III. AVALAR UNA EFECTIVA POLÍTICA DE IDENTIFICACIÓN, MEDICIÓN,
ADMINISTRACIÓN Y DIVULGACIÓN DEL RIESGO EMPRESARIAL
Recomendación III: El Órgano de Administración debe contar con una política de gestión integral del riesgo
Empresarial y monitorea su adecuada implementación.
III.1 La Emisora cuenta con
políticas de gestión integral
de riesgos Empresariales (de
cumplimiento de los
objetivos estratégicos,
operativos, financieros, de
reporte contable, de leyes y
regulaciones, otros). Hacer
una descripción de los
aspectos más relevantes de
las mismas.
X La Compañía cuenta con una
Política de Administración de
Riesgos del Negocio alineada a
las mejores prácticas de
administración de riesgos.
Cuenta con un Comité de
Administración de Riesgos,
integrado por los Directores
Ejecutivos de la Compañía y el
Director de Auditoría Interna.
Este grupo es el responsable
último por el monitoreo e
implementación de la presente
política. Trimestralmente el
Comité de Auditoría analiza las
modificaciones respecto de los
riesgos de negocio y fraude y
se informa al Directorio de
MetroGAS sobre las cuestiones
relevantes relacionadas con la
administración de los riesgos.
III.2 Existe un Comité de
Gestión de Riesgos en el
seno del Órgano de
Administración o de la
Gerencia General. Informar
sobre la existencia de
manuales de procedimientos
y detallar los principales
factores de riesgos que son
específicos para la Emisora
o su actividad y las acciones
de mitigación
implementadas. De no
contar con dicho Comité,
corresponderá describir el
papel de supervisión
desempeñado por el Comité
de Auditoría en referencia a
la gestión de riesgos.
Asimismo, especificar el
grado de interacción entre el
Órgano de Administración o
de sus Comités con la
Gerencia General de la
Emisora en materia de
gestión integral de riesgos
Empresariales.
X Ver punto anterior
III.3 Hay una función
independiente dentro de la
Gerencia General de la
Emisora que implementa las
X Es responsabilidad del Oficial
de Gestión de Riesgos llevar
adelante la comunicación y
seguimiento del proceso de

46

Anexo a la Memoria – Código de Gobierno Societario – Resolución General N° 622/2013

Cumplimiento Cumplimiento Cumplimiento Incumplimiento3 Informar1 o Explicar2
Total3 Parcial3
políticas de gestión integral
de riesgos (función de
Oficial de Gestión de
Riesgo o equivalente).
Especificar.
Gestión de Riesgos e informar
trimestralmente al Comité de
Auditoría.
III.4 Las políticas de gestión
integral de riesgos son
actualizadas
permanentemente conforme
a las recomendaciones y
metodologías reconocidas
en la materia. Indicar cuáles
(Enterprise Risk
Management, de acuerdo al
marco conceptual de COSO
– Committee of
sponsoringorganizations of
theTreadway Commission –
, ISO 31000, norma IRAM
17551, sección 404 de la
Sarbanes-OxleyAct, otras).
X Las Políticas son revisadas
periódicamente, considerando
las mejores prácticas (COSO)
III.5 El Órgano de
Administración comunica
sobre los resultados de la
supervisión de la gestión de
riesgos realizada
conjuntamente con la
Gerencia General en los
estados financieros y en la
Memoria anual. Especificar
los principales puntos de las
exposiciones realizadas.
X La Compañía cumple con lo
dispuesto por las Normas
Internacionales de Información
Financiera incluyendo una nota
sobre los riesgos vinculados a
los activos y pasivos
financieros en sus Estados
financieros. Asimismo, incluye
un capítulo en la Memoria
Anual referido a la Gestión
Integral de Riesgos
PRINCIPIO IV. SALVAGUARDAR LA INTEGRIDAD DE LA INFORMACION FINANCIERA CON
AUDITORÍAS INDEPENDIENTES
Recomendación IV: Garantizar la independencia y
al Comité de Auditoría y al Auditor Externo.
transparencia de las funciones que le son encomendadas
IV.1. El Órgano de
Administración al elegir a
los integrantes del Comité
de Auditoría teniendo en
cuenta que la mayoría debe
revestir el carácter de
independiente, evalúa la
conveniencia de que sea
presidido por un miembro
independiente.
X El Comité de Auditoría está
integrado por 3 miembros del
directorio que revisten el
carácter de independientes.
IV.2 Existe una función de
auditoría interna que reporta
al Comité de Auditoría o al
Presidente del Órgano de
Administración y que es
responsable de la evaluación
del sistema de control
interno. Indicar si el Comité
de Auditoría o el Órgano de
Administración hace una
evaluación anual sobre el
desempeño del área de
X Existe una función de
Auditoría Interna que reporta al
Comité de Auditoría y que es
responsable de la evaluación
del sistema de Control Interno.
Anualmente el Comité de
Auditoría evalúa el desempeño
de Auditoría Interna y su grado
de independencia.
Auditoría Interna realiza su
trabajo de acuerdo a las normas
internaciones para el ejercicio

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Anexo a la Memoria – Código de Gobierno Societario – Resolución General N° 622/2013

Cumplimiento Cumplimiento Cumplimiento Incumplimiento3 Informar1 o Explicar2
Total3 Parcial3
auditoría interna y el grado
de independencia de su
labor profesional,
entendiéndose por tal que
los profesionales a cargo de
tal función son
independientes de las
restantes áreas operativas y
además cumplen con
requisitos de independencia
respecto a los accionistas de
control o entidades
relacionadas que ejerzan
influencia significativa en la
Emisora. Especificar,
asimismo, si la función de
auditoría interna realiza su
trabajo de acuerdo a las
Normas Internacionales para
el Ejercicio Profesional de
la Auditoría Interna
emitidas por el Institute of
InternalAuditors (IIA).
profesional de la auditoría
interna emitidas por el Instituto
de Auditores Internos (IIA).
IV.3 Los integrantes del
Comité de Auditoría hacen
una evaluación anual de la
idoneidad, independencia y
desempeño de los Auditores
Externos, designados por la
Asamblea de Accionistas.
Describir los aspectos
relevantes de los
procedimientos empleados
para realizar la evaluación.
X El Comité de Auditoria evalúa
anualmente la idoneidad,
independencia y desempeño
del auditor externo.
Para evaluar la idoneidad,
metodología de trabajo y
desempeño del auditor externo,
el Comité de Auditoría tiene en
cuenta:
a) Los antecedentes de la Firma
Auditora.
b) La declaración jurada de
contador público presentada
por el Socio a cargo de la
auditoría de acuerdo con las
disposiciones del art. 104 de la
Ley 26.831 de Mercado de
Capitales.
c) Los lineamientos de la
metodología de trabajo
presentada.
d) Las políticas de control de
calidad de la Firma Auditora
presentadas, incluyendo el
equipo de trabajo que da
soporte en materias específicas.
e) Las presentaciones
realizadas sobre los riesgos
principales que identificaron y
evaluaron y su impacto en el
planeamiento general de la
auditoría y sobre las tareas
realizadas por dicha firma.
Para evaluar la independencia
delauditorexterno, elComité

48

Anexo a la Memoria – Código de Gobierno Societario – Resolución General N° 622/2013

Cumplimiento Cumplimiento Cumplimiento Incumplimiento3 Informar1 o Explicar2
Total3 Parcial3
de Auditoria ha:
a) Obtenido una declaración de
los auditores respecto de su
independencia.
b) Efectuado un análisis de los
servicios prestados por el
auditor externo, comprobando
que no haya ninguno que pueda
comprometer su
independencia.
IV.4 La Emisora cuenta con
una política referida a la
rotación de los miembros de
la Comisión Fiscalizadora
y/o del Auditor Externo; y a
propósito del último, si la
rotación incluye a la firma
de auditoría externa o
únicamente a los sujetos
físicos.
X La Sociedad aplica las Normas
de la CNV respecto a la
rotación de los socios de la
firma de auditoría.
La Sociedad no cuenta con
políticas particulares sobre
rotación de los miembros de la
Comisión Fiscalizadora.
PRINCIPIO V. RESPETAR LOS DERECHOS DE LOS ACCIONISTAS
Recomendación V.1: Asegurar que los accionistas tengan acceso a la información de la Emisora.
V.1.1 El Órgano de
Administración promueve
reuniones informativas
periódicas con los
accionistas coincidiendo con
la presentación de los
estados financieros
intermedios. Explicitar
indicando la cantidad y
frecuencia de las reuniones
realizadas en el transcurso
del año.
X Se realizan reuniones
periódicas -y a requerimiento-
con los accionistas
mayoritarios. Los accionistas
minoritarios reciben la
información a través de las
comunicaciones de hechos
relevantes a CNV,BYMA y
MAE.
V.1.2 La Emisora cuenta
con mecanismos de
información a inversores y
con un área especializada
para la atención de sus
consultas. Adicionalmente
cuenta con un sitio web que
puedan acceder los
accionistas y otros
inversores, y que permita un
canal de acceso para que
puedan establecer contacto
entre sí. Detallar.
X La Sociedad cuenta con una
oficina específica de atención a
los accionistas para atender sus
consultas e inquietudes, salvo
las que puedan afectar la
estrategia o planes futuros de la
Sociedad.
La Sociedad produce informes
sobre aquellas cuestiones que
considera relevantes, para
conocimiento de los
accionistas, órganos sociales y
autoridades de control.
La Compañía cuenta con un
sitio Web particular (www.
metrogas.com.ar), de libre
acceso, que suministra
información actualizada y de
interés para diferentes usuarios
(clientes, proveedores,
inversores, público en general)
en forma fácil y recoge las
inquietudes de los usuarios.
Recomendación V.2: Promover la participación activa de todos los accionistas.

49

Anexo a la Memoria – Código de Gobierno Societario – Resolución General N° 622/2013

Cumplimiento Cumplimiento Cumplimiento Incumplimiento3 Informar1 o Explicar2
Total3 Parcial3
V.2.1 El Órgano de
Administración adopta
medidas para promover la
participación de todos los
accionistas en las
Asambleas Generales de
Accionistas. Explicitar,
diferenciando las medidas
exigidas por ley de las
ofrecidas voluntariamente
por la Emisora a sus
accionistas.
X La Sociedad adopta las
medidas necesarias dirigidas a
promover la asistencia y
participación de accionistas
minoritarios en las asambleas.
Entre otras medidas, se publica
la convocatoria a asamblea en
varios periódicos de
circulación nacional y se pone
a disposición de los
accionistas, tanto en forma
impresa como a través de la
página Web, la información
contable a ser considera por los
accionistas. Tales medidas son
las exigidas por la ley.
V.2.2 La Asamblea General
de Accionistas cuenta con
un Reglamento para su
funcionamiento que asegura
que la información esté
disponible para los
accionistas, con suficiente
antelación para la toma de
decisiones. Describir los
principales lineamientos del
mismo.
X No se considera necesario
implementar algún tipo de
reglamento para garantizar el
régimen informativo previo de
los accionistas a la celebración
de una asamblea, ya que la
Compañía cumple lo prescripto
por la normativa vigente
garantizándose el pleno
ejercicio del derecho a la
información y poniéndose a
disposición de los accionista,
toda información relevante y/o
que fuese requerida por este.
V.2.3 Resultan aplicables
los mecanismos
implementados por la
Emisora a fin que los
accionistas minoritarios
propongan asuntos para
debatir en la Asamblea
General de Accionistas de
conformidad con lo previsto
en la normativa vigente.
Explicitar los resultados.
X La Compañía le da plena
participación a los accionistas
minoritarios de acuerdo a la
normativa vigente.
V.2.4 La Emisora cuenta
con políticas de estímulo a
la participación de
accionistas de mayor
relevancia, tales como los
inversores institucionales.
Especificar.
X La participación mencionada
en el punto anterior incluye a
los inversores institucionales
habiéndose dado cumplimiento
a los requisitos establecidos
por la normativa vigente en
cuanto a la publicidad
vinculada con la participación
y acceso a la información. Sin
perjuicio de ello, la Compañía
no cuenta con políticas de
estímulo específicas.
V.2.5 En las Asambleas de
Accionistas donde se
proponen designaciones de
miembros del Órgano de
X La Compañía considera que de
la aceptación del cargo de
Director se desprende la
obligación de dar

50

Anexo a la Memoria – Código de Gobierno Societario – Resolución General N° 622/2013

Cumplimiento Cumplimiento Cumplimiento Incumplimiento3 Informar1 o Explicar2
Total3 Parcial3
Administración se dan a
conocer, con carácter previo
a la votación: (i) la postura
de cada uno de los
candidatos respecto de la
adopción o no de un Código
de Gobierno Societario; y
(ii) los fundamentos de
dicha postura.
cumplimiento a las normas
sobre Gobierno Societario y a
las normas internas de la
Compañía referidas a dichos
aspectos.
Recomendación V.3:
Garantizar el principio de
igualdad entre acción y
voto.
X El Estatuto garantiza la
igualdad dado que cada acción
da derecho a un voto.
Recomendación V.4:
Establecer mecanismos de
protección de todos los
accionistas frente a las
tomas de control.
X Se aplican las disposiciones de
la normativa vigente ( art 90 de
la ley 26.831)
Recomendación V.5:
Incrementar el porcentaje
acciones en circulación
sobre el capital.
X La Compañía cuenta con un
30% de acciones en el mercado
cumpliendo la dispersión
recomendada.
Recomendación V.6: Asegurar que haya una política de dividendos transparente.
V.6.1 La Emisora cuenta
con una política de
distribución de dividendos
prevista en el Estatuto
Social y aprobada por la
Asamblea de Accionistas en
las que se establece las
condiciones para distribuir
dividendos en efectivo o
acciones. De existir la
misma, indicar criterios,
frecuencia y condiciones
que deben cumplirse para el
pago de dividendos.
X La Sociedad no cuenta con una
política escrita referida a la
distribución de dividendos. No
obstante, hasta el año 2001 la
Sociedad ha pagado dividendos
sobre la base de los resultados
de cada ejercicio, sujeto a los
planes de inversión, los
compromisos financieros
asumidos por la Compañía,
todo ello en un marco de
prudencia financiera.
Actualmente el Directorio no
considera necesaria la
elaboración de una política
sobre el pago de dividendos en
las presentes circunstancias.
V.6.2 La Emisora cuenta
con procesos documentados
para la elaboración de la
propuesta de destino de
resultados acumulados de la
Emisora que deriven en
constitución de reservas
legales, estatutarias,
voluntarias, pase a nuevo
ejercicio y/o pago de
dividendos.
Explicitar dichos procesos y
detallar en que Acta de
Asamblea General de
Accionistas fue aprobada la
distribución (en efectivo o
acciones) o no de
dividendos, de no estar
X El Directorio confecciona la
propuesta y la eleva en la
Asamblea Anual para su
aprobación.

51

Anexo a la Memoria – Código de Gobierno Societario – Resolución General N° 622/2013

Cumplimiento Cumplimiento Cumplimiento Incumplimiento3 Informar1 o Explicar2
Total3 Parcial3
previsto en el Estatuto
Social.
PRINCIPIO VI. MANTENER UN VÍNCULO DIRECTO Y RESPONSABLE CON LA COMUNIDAD
Recomendación VI: Suministrar a la comunidad la revelación de las cuestiones relativas a la Emisora y un
canal de comunicación directo con la Empresa.
VI.1 La Emisora cuenta con
un sitio web de acceso
público, actualizado, que no
solo suministre información
relevante de la Empresa
(Estatuto Social, grupo
económico, composición del
Órgano de Administración,
estados financieros,
Memoria anual, entre otros)
sino que también recoja
inquietudes de usuarios en
general.
X La Compañía cuenta con el
sitio web
www.metrogas.com.ar, de
libre acceso y fácil navegación,
que se actualiza
constantemente y contiene
información suficiente y
completa sobre la Sociedad.
Asimismo, el sitio web permite
que los interesados cursen por
este medio inquietudes y
consultas.
VI.2 La Emisora emite un
Balance de Responsabilidad
Social y Ambiental con
frecuencia anual, con una
verificación de un Auditor
Externo independiente. De
existir, indicar el alcance o
cobertura jurídica o
geográfica del mismo y
dónde está disponible.
Especificar que normas o
iniciativas han adoptado
para llevar a cabo su política
de responsabilidad social
Empresaria (Global
ReportingIniciative y/o el
Pacto Global de Naciones
Unidas, ISO 26.000,
SA8000, Objetivos de
Desarrollo del Milenio, SGE
21-Foretica, AA 1000,
Principios de Ecuador, entre
otras)
X La Sociedad despliega
actividades vinculadas con la
RSE, no se ha considerado
necesario contar con un
balance de RSE.
Adicionalmente la Compañía
informa en la Memoria las
actividades de Acción
Comunitaria llevadas a cabo
durante el año. En la página
web de la Compañía se
encuentra disponible el Reporte
de Sustentabilidad
correspondiente a los años
2015-2016. La elaboración de
este Reporte ha seguido los
lineamientos que ofrece el
Global Reporting Initiative
(GRI), en su versión G4, de
conformidad con la opción
“esencial”. Dicho informe
contempla el detalle de
acciones de RSE y de
sustentabilidad desarrolladas
por la Compañía. Se encuentra
en proceso de elaboración el
Reporte de Sustentabilidad
correspondiente a los años
2017-2018 que se estima
publicar en julio 2019.
PRINCIPIO VII. REMUNERAR DE FORMA JUSTA Y RESPONSABLE
Recomendación VII: Establecer claras políticas de remuneración de los miembros del Órgano de
Administración y gerentes de primera línea, con especial atención a la consagración de limitaciones
convencionales o estatutarias en función de la existencia o inexistencia de ganancias.
VII.1. La Emisora cuenta con un Comité de Remuneraciones:
VII.1.1 integrado por al
menos tres miembros del
Órgano de Administración,
en su mayoría
independientes,
X El Directorio designó un
Comité de Remuneraciones y
Nominaciones integrado por
tres Directores independientes.

52

Anexo a la Memoria – Código de Gobierno Societario – Resolución General N° 622/2013

Cumplimiento Cumplimiento Cumplimiento Incumplimiento3 Informar1 o Explicar2
Total3 Parcial3
VII.1.2 presidido por un
miembro independiente del
Órgano de Administración,
X Es presidido por el Presidente
del Comité de Auditoría.
VII.1.3 que cuenta con
miembros que acreditan
suficiente idoneidad y
experiencia en temas de
políticas de recursos
humanos,
X Cuenta con el asesoramiento
permanente del Director de
Recursos Humanos y, cuando
es necesario, con la
contratación de Consultoras
especializadas.
VII.1.4 que se reúna al
menos dos veces por año.
X El Comité celebra reuniones al
menos cuatro veces al año. Si
las circunstancias lo
requiriesen, se convocan
reuniones distintas a las
establecidas periódicamente.
VII.1.5 cuyas decisiones no
son necesariamente
vinculantes para la
Asamblea General de
Accionistas ni para el
Consejo de Vigilancia sino
de carácter consultivo en lo
que hace a la remuneración
de los miembros del Órgano
de Administración.
X
VII. 2 En caso de contar con u n Comité de Remuneraciones, el mismo:
VII.2.1 asegura que exista
una clara relación entre el
desempeño del personal
clave y su remuneración fija
y variable, teniendo en
cuenta los riesgos asumidos
y su administración,
X El Comité de Remuneraciones
y Nominaciones evalúa y
aprueba la remuneración
variable y el cumplimiento de
los objetivos de negocio y
revisa los salarios en función
de valores de mercado.
VII.2.2 supervisa que la
porción variable de la
remuneración de miembros
del Órgano de
Administración y gerentes
de primera línea se vincule
con el rendimiento a
mediano y/o largo plazo de
la Emisora,
X El Comité de Remuneraciones
y Nominaciones sólo trata la
remuneración variable de los
Gerentes de primera línea. A la
fecha no hay un esquema de
remuneración variable para el
Directorio.
VII.2.3 revisa la posición
competitiva de las políticas
y prácticas de la Emisora
con respecto a
remuneraciones y beneficios
de Empresas comparables, y
recomienda o no cambios,
X El Comité de Remuneraciones
y Nominaciones analiza temas
relacionados a remuneraciones
y beneficios mediante
encuestas de mercado
solicitadas a consultores
especializados, según los
lineamientos de la Política de
Remuneraciones.
VII.2.4 define y comunica la
política de retención,
promoción, despido y
suspensión de personal
clave,
X El Reglamento del Comité de
Remuneraciones y
Nominaciones lo establece
dentro de sus funciones.
VII.2.5 informa las pautas
para determinar los planes
NO APLICABLE.

53

Anexo a la Memoria – Código de Gobierno Societario – Resolución General N° 622/2013

Cumplimiento Cumplimiento Cumplimiento Incumplimiento3 Informar1 o Explicar2
Total3 Parcial3
de retiro de los miembros
del Órgano de
Administración y gerentes
de primera línea de la
Emisora
VII.2.6 da cuenta
regularmente al Órgano de
Administración y a la
Asamblea de Accionistas
sobre las acciones
emprendidas y los temas
analizados en sus reuniones,
X Se informa (propone / asesora)
cada vez que se considera
necesario sin ninguna
regularidad pre-establecida.
VII.2.7 garantiza la
presencia del Presidente del
Comité de Remuneraciones
en la Asamblea General de
Accionistas que aprueba las
remuneraciones al Órgano
de Administración para que
explique la política de la
Emisora, con respecto a la
retribución de los miembros
del Órgano de
Administración y gerentes
de primera línea.
X El presidente del Comité de
Remuneraciones y
Nominaciones siempre asiste a
la Asamblea de Accionistas, tal
como lo estable su
Reglamento. Siempre asiste a
las reuniones de Directorio y a
los Comités que preside: de
Remuneraciones y
Nominaciones y de Auditoría.
VII. 3 De considerar
relevante mencionar las
políticas aplicadas por el
Comité de Remuneraciones
de la Emisora que no han
sido mencionadas en el
punto anterior.
NO APLICABLE
VII. 4 En caso de no contar
con un Comité de
Remuneraciones, explicar
cómo las funciones
descriptas en VII. 2 son
realizadas dentro del seno
del propio Órgano de
Administración.
NO APLICABLE
PRINCIPIO VIII. FOMENTAR LA ÉTICA EMPRESARIAL
Recomendación VIII: Garantizar comportamientos éticos en la Emisora.
VIII.1 La Emisora cuenta
con un Código de Conducta
Empresaria. Indicar
principales lineamientos y si
es de conocimiento para
todo público. Dicho Código
es firmado por al menos los
miembros del Órgano de
Administración y gerentes
de primera línea. Señalar si
se fomenta su aplicación a
proveedores y clientes.
X La Compañía cuenta con un
Código de Ética y Conducta
que establece que MetroGAS
S.A. conducirá, sin
excepciones, sus negocios con
los más altos niveles éticos
tanto internamente como en su
relación con clientes,
proveedores, contratistas y
organizaciones
gubernamentales cumpliendo
todas las leyes y regulaciones
que le sean aplicables, con total
y absoluta transparencia para
con sus accionistas, inversores,
acreedores, empleados,

54

Anexo a la Memoria – Código de Gobierno Societario – Resolución General N° 622/2013

Cumplimiento Cumplimiento Cumplimiento Incumplimiento3 Informar1 o Explicar2
Total3 Parcial3
clientes, proveedores,
contratistas y la comunidad.
Este Código de Conducta es de
aplicación a los miembros del
Directorio de MetroGAS S.A.,
a los miembros de la Comisión
Fiscalizadora de MetroGAS
S.A., a los Directores
Ejecutivos, Gerentes y para
todos los empleados de
MetroGAS S.A. En igual
sentido se encuentran
alcanzados los proveedores,
contratistas, y socios de
negocio que lleven a cabo
negocios con MetroGAS S.A.
En refuerzo de lo
precedentemente detallado, en
el ejercicio 2015 la Compañía
ha creado la figura del Oficial
de Ética y Cumplimiento
asignándose en la estructura, a
partir de mayo 2017, una
posición gerencial full-time
con reporte a la Dirección de
Asuntos Legales y
Regulatorios, responsable del
diseño, desarrollo,
actualización y comunicación
del Programa de Integridad y
Ética de la Compañía.
VIII.2 La Emisora cuenta
con mecanismos para recibir
denuncias de toda conducta
ilícita o anti ética, en forma
personal o por medios
electrónicos garantizando
que la información
transmitida responda a altos
estándares de
confidencialidad e
integridad, como de registro
y conservación de la
información. Indicar si el
servicio de recepción y
evaluación de denuncias es
prestado por personal de la
Emisora o por profesionales
externos e independientes
para una mayor protección
hacia los denunciantes.
X La Compañía cuenta con
distintos mecanismos para
recibir denuncias, incluyendo
una línea de denuncia anónima
y confidencial gestionada por
una empresa externa e
independiente.
VIII.3 La Emisora cuenta
con políticas, procesos y
sistemas para la gestión y
resolución de las denuncias
mencionadas en el punto
VIII.2. Hacer una
descripción de los aspectos
X La Compañía cuenta con un
protocolo detallado para la
recepción, administración, y
disposición de las denuncias
recibidas. El Comité de Ética
es el responsable de
administrar el Código de Ética

55

Anexo a la Memoria – Código de Gobierno Societario – Resolución General N° 622/2013

Cumplimiento Cumplimiento Cumplimiento Incumplimiento3 Informar1 o Explicar2
Total3 Parcial3
más relevantes de las
mismas e indicar el grado de
involucramiento del Comité
de Auditoría en dichas
resoluciones, en particular
en aquellas denuncias
asociadas a temas de control
interno para reporte
contable y sobre conductas
de miembros del Órgano de
Administración y gerentes
de la primera línea.
y Conducta, evaluar y
establecer las acciones a seguir.
Deben ser reportadas al Comité
de Auditoría en forma
inmediata: (i) toda situación
que pueda tener efecto sobre
las tareas de supervisión de la
información financiera o de
otros hechos significativos
presentados a la CNV y a los
mercados; y (ii) las denuncias
relacionadas con el
funcionamiento de los sistemas
de control interno,
administrativo-contable y
auditoría de MetroGAS.
PRINCIPIO IX: PROFUNDIZAR EL ALCANCE DEL CÓDIGO
Recomendación IX:
Fomentar la inclusión de las
previsiones que hacen a las
buenas prácticas de buen
gobierno en el Estatuto
Social.
X El Directorio no prevé
incorporar las previsiones del
Código de Gobierno Societario
en el Estatuto Social, ya que
tanto las mencionadas
previsiones como las
responsabilidades generales y
específicas del Directorio se
encuentran incluidas en las
políticas de la Sociedad y el
Reglamento del Directorio.
Los Estatutos Sociales no
contienen normas referidas a
los conflictos derivados de los
intereses personales de los
Directores. No obstante, la
Sociedad dispone de un Código
de Conducta y una Política
sobre Conflicto de Intereses
que aseguran que los
Directores estén obligados a
informar acerca de sus
intereses personales vinculados
con las decisiones que les sean
sometidas, a fin de evitar
conflictos de interés.

Fernando Oscar Ambroa Presidente

56

METROGAS S.A.

ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 Y 2017

ÍNDICE

INFORMACIÓN LEGAL ........................................................................................................................................ 1 INFORMACIÓN LEGAL ........................................................................................................................................ 1
ESTADOS DE SITUACIÓN FINANCIERA CONSOLIDADOS .......................................................................... 2
ESTADOS CONSOLIDADOS DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS Y OTRO RESULTADO INTEGRAL ............ 3
ESTADOS CONSOLIDADOS DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO ..................................................... 4
ESTADOS CONSOLIDADOS DE FLUJO DE EFECTIVO .................................................................................. 5
1. INFORMACIÓN GENERAL .......................................................................................................................... 6
2. SITUACIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA Y MARCO REGULATORIO ................................................. 7
3. BASES DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS ......................... 26
4. POLÍTICAS CONTABLES ........................................................................................................................... 28
5. ESTIMACIONES Y JUICIOS CONTABLES CRÍTICOS ........................................................................... 68
6. ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS FINANCIEROS .................................................................................. 76
7. INSTRUMENTOS FINANCIEROS ............................................................................................................. 80
8. PARTICIPACIÓN EN SUBSIDIARIAS ...................................................................................................... 81
9. INFORMACIÓN POR SEGMENTOS .......................................................................................................... 82
10. PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO ....................................................................................................... 85
11. PROPIEDADES DE INVERSIÓN ................................................................................................................ 87
12. BIENES INTANGIBLES .............................................................................................................................. 88
13. CRÉDITOS POR VENTAS........................................................................................................................... 89
14. OTROS CRÉDITOS ...................................................................................................................................... 92
15. EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO ....................................................................................... 94
16. PATRIMONIO NETO Y CAPITAL SOCIAL .............................................................................................. 95
17. OTRAS CARGAS FISCALES ...................................................................................................................... 97
18. DEUDAS FINANCIERAS ............................................................................................................................ 98
19. PASIVO CONCURSAL .............................................................................................................................. 103
20. PROVISIONES ........................................................................................................................................... 104
21. CUENTAS POR PAGAR ............................................................................................................................ 107
22. REMUNERACIONES Y CARGAS SOCIALES ........................................................................................ 108
23. OTRAS DEUDAS ....................................................................................................................................... 109
24. INGRESOS ORDINARIOS ........................................................................................................................ 110
25. GASTOS POR NATURALEZA ................................................................................................................. 111
26. OTROS INGRESOS Y EGRESOS ............................................................................................................. 112
27. RESULTADOS FINANCIEROS NETOS .................................................................................................. 113
28. IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y A LA GANANCIA MÍNIMA PRESUNTA ................................... 115
29. RESULTADO NETO POR ACCIÓN ......................................................................................................... 118
30. SALDOS Y OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS ............................................................. 119
31. COMPROMISOS CONTRACTUALES ..................................................................................................... 124
RESEÑA INFORMATIVA
INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES
INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA

1

METROGAS S.A.

ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 E INFORMACIÓN COMPARATIVA

INFORMACIÓN LEGAL

Domicilio Legal : Gregorio Aráoz de Lamadrid 1360, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina.

Ejercicio Económico: N° 27 (iniciado el 1° de enero de 2018).

Estados Financieros: Consolidados al 31 de diciembre de 2018 y comparativos.

Actividad Principal de la Sociedad: Prestación del servicio público de distribución de gas natural.

Fecha de Inscripción en el Registro Público de Comercio: 1º de diciembre de 1992.

Fecha de Vencimiento del Contrato Social: 1º de diciembre de 2091.

Última Modificación de los Estatutos: 16 de octubre de 2015.

Sociedad Controlante: YPF S.A.

Domicilio Legal de la Sociedad Controlante: Macacha Güemes 515, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina.

Actividad Principal de la Sociedad Controlante: estudio, exploración y explotación de hidrocarburos líquidos y/o gaseosos y demás minerales, como asimismo, la industrialización, transporte y comercialización de estos productos y sus derivados, incluyendo también productos petroquímicos, y químicos y combustibles de origen no fósil, biocombustibles y sus componentes, la generación de energía eléctrica a partir de hidrocarburos, la prestación de servicios de telecomunicaciones, así como también la producción, industrialización, procesamiento, comercialización, servicios de acondicionamiento, transporte y acopio de granos y sus derivados.

Porcentaje de Votos Poseídos por la Sociedad Controlante: 70%

Composición del Capital Social al 31.12.18:

Suscripto, Clases de Acciones Inscripto e Integrado (miles de $) En circulación Ordinarias Escriturales de Valor Nominal $1 y 1 Voto cada una: Clase “A” 290.277 Clase “B” 278.894 Capital Social al 31.12.18 569.171

Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 6 de marzo de 2019 DELOITTE & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 3

Ricardo C. Ruiz Socio Fernando Oscar Ambroa Contador Público U.B.A. Presidente

C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 156 - F° 159

Dr. Eduardo Baldi Por Comisión Fiscalizadora

2

METROGAS S.A.

ESTADOS DE SITUACIÓN FINANCIERA CONSOLIDADOS

AL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 Y 2017 (expresados en miles de pesos).

Nota
Activo
Activo no corriente
Propiedades, planta y equipo
10
Bienes intangibles
12
Propiedades de inversión
11
Otros créditos
14
Total del activo no corriente
Activo corriente
Inventarios
Créditos por ventas
13
Otros créditos
14
Efectivo y equivalentes de efectivo
15
Total del activo corriente
Total del activo
Patrimonio Neto
Capital social
16
Ajuste de capital
Resultados acumulados Ganancias
Patrimonio neto atribuible a los propietarios de la
controlante
Participaciones no controlantes
Total del patrimonio neto
16
Pasivo
Pasivo no corriente
Cuentas por pagar
21
Deudas financieras
18
Pasivos por impuestos diferidos
28
Pasivo concursal
19
Otras cargas fiscales
17
Provisiones
20
Total del pasivo no corriente
Pasivo corriente
Cuentas por pagar
21
Remuneraciones y cargas sociales
22
Impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta ("IGMP")
Otras cargas fiscales
17
Deudas financieras
18
Pasivos por impuestos diferidos
28
Otras deudas
23
Total del pasivo corriente
Total del pasivo
Total del pasivo y patrimonio neto
31.12.18
31.12.17
23.855.254
24.207.400
916.514
359.200
24.559
25.237
3.427.613
108.505
28.223.940
24.700.342
2.204
6.454
6.865.640
5.026.043
2.023.456
510.852
1.799.720
726.997
10.691.020
6.270.346
38.914.960
30.970.688
569.171
569.171
5.753.180
5.753.180
6.999.286
7.801.717
13.321.637
14.124.068
11.900
6.702
13.333.537
14.130.770
3.180.602
105.047
5.194.213
-
3.889.872
4.361.617
26.302
12.471
1.304
4.446
855.407
505.664
13.147.700
4.989.245
7.130.838
5.695.288
396.727
373.904
58.427
158
587.242
668.421
4.252.169
5.063.916
726
734
7.594
48.252
12.433.723
11.850.673
25.581.423
16.839.918
38.914.960
30.970.688

Las Notas 1 a 31 adjuntas son parte integrante de y deben leerse juntamente con estos estados.

Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 6 de marzo de 2019 DELOITTE & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 3

Ricardo C. Ruiz Socio Contador Público U.B.A.

Fernando Oscar Ambroa

Presidente

C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 156 - F° 159

Dr. Eduardo Baldi Por Comisión Fiscalizadora

3

METROGAS S.A.

ESTADOS CONSOLIDADOS DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS Y OTRO RESULTADO INTEGRAL

POR LOS EJERCICIOS FINALIZADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 Y 2017 (expresados en miles de pesos).

Notas Por los ejercicios finalizados el Por los ejercicios finalizados el
31.12.18 31.12.17
Ingresos ordinarios
Costos de operación
24
25
32.719.837
(25.016.775)
19.779.557
(14.918.881)
Ganancia bruta
Gastos de administración
Gastos de comercialización
Otros ingresos y egresos
25
25
26
7.703.062
(1.499.720)
(1.969.329)
(564.917)
4.860.676
(1.263.561)
(1.797.870)
(106.735)
Ganancia operativa 3.669.096 1.692.510
Ingresos financieros
Costos financieros
27
27
8.246.833
(11.962.541)
3.432.206
(3.600.718)
Resultados financieros, netos
Resultado antes del impuesto a las ganancias e IGMP
(3.715.708)
(46.612)
(168.512)
1.523.998
Impuesto a las ganancias e IGMP 28 45.952 1.874.289
Resultado neto del ejercicio (660) 3.398.287
Otros resultados integrales (1)
Revaluación de activos esenciales
Impuesto a las ganancias
Total otros resultados integrales
(1.064.936) 7.820.836
28 268.363 (1.986.492)
(796.573) 5.834.344
Resultado neto e integral del ejercicio (797.233) 9.232.631
Resultado neto del ejercicio participación controlante (5.858) 3.396.361
Resultado neto del ejercicio participación no controlante 5.198 1.926
Total resultado neto del ejercicio (660) 3.398.287
Resultado neto por acción
Básico y diluido
29 (0,01) 5,97

(1) No se revierten a resultados.

Las Notas 1 a 31 adjuntas son parte integrante de y deben leerse juntamente con estos estados.

Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 6 de marzo de 2019 DELOITTE & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 3

Ricardo C. Ruiz Socio Contador Público U.B.A.

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ESTADOS CONSOLIDADOS DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO

POR LOS EJERCICIOS FINALIZADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 Y 2017 (expresados en miles de pesos).

Capital social
Ajuste de
capital
Subtotal
capital social
Subtotal resultados
acumulados
Patrimonio Neto
atribuible a los
propietarios de la
controlante
Participación no
controlante
Total
patrimonio
neto
Resultados acumulados
Otros resultados
integrales
Resultados no
asignados
Saldos al 31 de diciembre de 2016 569.171
5.753.180
6.322.351
-
(1.428.988)
(1.428.988)
4.893.363
4.775
4.898.138
-
-
-
-
3.396.361
3.396.361
3.396.361
1.927
3.398.288
-
-
-
5.834.344
-
5.834.344
5.834.344
-
5.834.344
-
-
-
(46.815)
46.815
-
-
-
-
Resultado neto e integral del ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2017
Aumento por revaluación de propiedades, planta y equipo
Desafectación de la revaluación de propiedades, planta y equipo
Saldos al 31 de diciembre de 2017 569.171
5.753.180
6.322.351
5.787.529
2.014.188
7.801.717
14.124.068
6.702
14.130.770
-
-
-
-
(5.858)
(5.858)
(5.858)
5.198
(660)
-
-
-
(796.573)
-
(796.573)
(796.573)
(796.573)
-
-
-
(230.432)
230.432
-
-
-
-
Resultado neto e integral del ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018
Disminución por revaluación de propiedades, planta y equipo
Desafectación de la revaluación de propiedades, planta y equipo
Saldos al 31 de diciembre de 2018 569.171
5.753.180
6.322.351
4.760.524
2.238.762
6.999.286
13.321.637
11.900
13.333.537

Las Notas 1 a 31 adjuntas son parte integrante de y deben leerse juntamente con estos estados.

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ESTADOS CONSOLIDADOS DE FLUJO DE EFECTIVO

POR LOS EJERCICIOS FINALIZADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 Y 2017 (expresados en miles de pesos).

31.12.18
(660)
(45.952)
1.080.911
239.692
957.446
4.437.335
(188.847)
(2.251.550)
(4.852.826)
4.250
6.715.345
22.823
13.831
(99.155)
(282.579)
(40.657)
-
5.709.407
(1.964.433)
(642.098)
(2.606.531)
(388.187)
(5.643.636)
(3.247.990)
(478.584)
7.666.735
(98.140)
(29.198)
(2.219.000)
883.876
726.997
188.847
1.799.720
883.876
31.12.17
Flujo de efectivo generado por las actividades operativas
Resultado neto del ejercicio
Ajustes para arribar al flujo neto de efectivo proveniente
de las actividades operativas
Impuesto a las ganancias e IGMP
Depreciación de propiedades, planta y equipo, propiedades de inversión y bs. intangibles
Valor residual de bajas de propiedades, planta y equipo y bs. intangibles
Cargo neto por provisiones de activos y pasivos
Costos financieros
Ingresos financieros de efectivo y equivalentes de efectivo
Variaciones en activos y pasivos
Créditos por ventas
Otros créditos
Inventarios
Cuentas por pagar
Remuneraciones y cargas sociales
Pasivo consursal
Otras cargas fiscales
Provisiones
Otras deudas
Impuesto a las ganancia e IGMP pagado en el ejercicio
Flujo neto de efectivo generado por las actividades operativas
Flujo de efectivo aplicado a las actividades de inversión
3.398.287
(1.874.289)
806.921
229.840
152.488
679.685
(5.593)
(29.274)
1.037.764
(1.487)
(2.063.726)
55.004
(6.451)
89.196
(65.721)
20.258
(5.190)
2.417.712

Aumentos de propiedades, plantas y equipos
(1.558.249)
Aumentos de bienes intangibles (98.850)
Flujo neto de efectivo aplicado a las actividades de inversión (1.657.099)
(729.120)
-
-
-
-
-
30.433
Flujos de efectivo aplicado a las actividades de financiación
Pago de intereses y préstamo YPF
Pago por cancelación de obligaciones negociables
Pago por refinanciación de deuda comercial
Pago préstamo
Préstamos obtenidos
Pago por los costos de emisión de deuda
Variación de los adelantos en cuenta corriente
Flujo neto de efectivo aplicado a las actividades de financiación
(698.687)
Aumento neto del efectivo y equivalentes de efectivo 61.926
Efectivo y equivalentes de efectivo al inicio del ejercicio 659.478
Diferencia de cambio sobre efectivo y equivalentes de efectivo 5.593
Efectivo y equivalentes de efectivo al cierre del ejercicio (1) (2) 726.997
Aumento neto del efectivo y equivalentes de efectivo 61.926
13 ascendían a
ciedad. (Ver Nota
(1) Al 31 de diciembre de 2018 y 2017, los fondos recaudados pendientes de depósito en relación con los Fideicomis
17.354 y 18.625 respectivamente.
(2) Al 31 de diciembre de 2018 incluye 393.420 en concepto de garantía por las operaciones de compra de dólar a tér
18.3 a los estados financieros individuales).
os y Resolución I-2.621/20
mino concertadas por la So

Las Notas 1 a 31 adjuntas son parte integrante de y deben leerse juntamente con estos estados.

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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 E INFORMACIÓN COMPARATIVA (cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

1. INFORMACIÓN GENERAL

MetroGAS S.A. (“MetroGAS” o la “Sociedad”) es una sociedad anónima constituida bajo las leyes de la República Argentina. Su sede social y domicilio principal se encuentran en Gregorio Aráoz de Lamadrid 1360 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La Sociedad fue fundada en 1992 y el 1° de diciembre de 1992 se inscribió como sociedad, en virtud de las leyes de Argentina, ante el Registro Público de Comercio bajo el número 11.670 del libro 112, Tomo A de Sociedades Anónimas. El plazo de la Sociedad vence el 1° de diciembre de 2091 y su actividad principal es la prestación del servicio público de distribución de gas.

El 2 de noviembre de 1994, mediante Resolución Nº 10.706 la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) autorizó a la Sociedad el ingreso a la oferta pública en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (“BCBA”) de la totalidad de las acciones que a esa fecha componían el capital social.

Al 31 de diciembre de 2018, la controlante de MetroGAS es YPF S.A. (“YPF”), cuya actividad principal es el estudio, exploración y explotación de hidrocarburos líquidos y/o gaseosos y demás minerales, como asimismo, la industrialización, transporte y comercialización de estos productos y sus derivados, incluyendo también productos petroquímicos, y químicos y combustibles de origen no fósil, biocombustibles y sus componentes, la generación de energía eléctrica a partir de hidrocarburos, la prestación de servicios de telecomunicaciones, así como también la producción, industrialización, procesamiento, comercialización, servicios de acondicionamiento, transporte y acopio de granos y sus derivados (ver Nota 16 a los presentes estados financieros).

MetroGAS controla a MetroENERGÍA S.A. (“MetroENERGÍA”), una sociedad anónima constituida bajo las leyes de la República Argentina, cuya actividad principal es la compraventa de gas natural y/o su transporte por cuenta propia, por cuenta y orden de terceros o asociada a terceros dentro de la República Argentina.

Con motivo de la Resolución General N° 629 de la CNV informamos que la documentación respaldatoria de las operaciones de la Sociedad se encuentra en los depósitos de ADEA Administradora de archivos S.A. cuya sede tiene domicilio en Av. Pte. R. Sáenz Peña 832, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 6 de marzo de 2019 DELOITTE & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 3

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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 E INFORMACIÓN COMPARATIVA (cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

2. SITUACIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA Y MARCO REGULATORIO

A partir del mes de diciembre de 2001, el Estado Nacional emitió una serie de medidas con el objeto de contrarrestar la delicada situación económica, financiera y social en la que se encontraba el país, las cuales implicaron un profundo cambio del modelo económico vigente hasta ese momento.

Entre las mencionadas medidas se destacaron: (i) la puesta en vigencia de la flotación del tipo de cambio, que derivó en una devaluación significativa que se registró durante los primeros meses del año 2002, (ii) la pesificación de ciertos activos y pasivos en moneda extranjera mantenidos en el país y (iii) la pesificación de precios y tarifas de los servicios públicos.

Como parte de las medidas mencionadas, el 6 de enero de 2002 se promulgó la Ley N° 25.561 de Emergencia Pública y Régimen Cambiario (“Ley de Emergencia”), norma que posteriormente fue complementada con otras leyes, decretos y reglamentaciones emitidas por distintos organismos gubernamentales. Este conjunto normativo ha implicado para MetroGAS un cambio sustancial en los términos de la Licencia con la que operaba la Sociedad y en su relación con el Estado Nacional, modificando el régimen de retribución tarifaria previsto en la Ley Nº 24.076 (la “Ley del Gas”) y sus normas complementarias.

El Poder Ejecutivo Nacional ("PEN") se encuentra autorizado a renegociar los contratos de servicios públicos, tomando en cuenta los siguientes factores: a) el impacto de las tarifas en la competitividad de la economía, b) la calidad de los servicios y los planes de inversión previstos contractualmente, c) el interés de los usuarios y la accesibilidad de los servicios, d) la seguridad de los sistemas comprendidos, y e) la rentabilidad de las empresas.

La Ley de Emergencia dispuso el inicio de un proceso de renegociación de los contratos de servicios públicos otorgados por el PEN sin perjuicio de establecer que las empresas de servicios públicos debían seguir cumpliendo con todas sus obligaciones.

La Ley de Emergencia, que originalmente vencía en diciembre de 2003, fue sucesivamente prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2017. También se fueron prorrogando los plazos de renegociación de licencias y concesiones de servicios públicos.

Adicionalmente, la Sociedad se vio imposibilitada de generar fondos líquidos suficientes para afrontar los vencimientos de su deuda financiera que operaban el 30 de junio de 2010 y el pago de determinadas obligaciones comerciales e impositivas. Consecuentemente, con fecha 17 de junio de 2010 el Directorio optó por la protección que, en estas circunstancias, le brinda la Ley N° 24.522 solicitando para MetroGAS, la apertura del Concurso Preventivo de Acreedores. La Sociedad con fecha 1 y 13 de febrero de 2013 acreditó en el expediente judicial concursal el cumplimiento del canje y de la entrega de las Obligaciones Negociables. El 8 de noviembre de 2013 el Juzgado interviniente emitió una resolución en la cual dio por cumplido el concurso por cumplimiento del acuerdo concursal.

Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 6 de marzo de 2019 DELOITTE & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 3

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

Durante el ejercicio 2017, luego de la suscripción e implementación del Acuerdo Transitorio 2017 y del Acta Acuerdo de Renegociación Contractual Integral, la Sociedad pudo iniciar el proceso de recomposición de la situación económica-financiera que venía atravesando.

Los presentes estados financieros consolidados han sido preparados utilizando principios contables aplicables a una empresa en marcha.

2.1 Renegociación de la Licencia

2.1.1 Acta Acuerdo de Adecuación del Contrato de Licencia de Distribución de Gas Natural

En el marco del proceso de renegociación, la Sociedad suscribió una serie de acuerdos transitorios con distintas entidades en representación del Estado Nacional.

Con fecha 30 de marzo de 2017, y en el marco del proceso de renegociación de los contratos de servicios públicos dispuesto por la Ley de Emergencia, sus prórrogas y los Decretos N° 367/2016 y N° 2/2017, la Sociedad suscribió con el (ex) Ministerio de Energía y Minería (“MINEM”) y con el Ministerio de Hacienda un Acta Acuerdo de Adecuación del Contrato de Licencia de Distribución de Gas Natural que contiene los términos de la renegociación integral y las condiciones de adecuación del Contrato de Licencia (“Acta Acuerdo Integral”). El Acta Acuerdo Integral tiene como antecedentes el Acuerdo Transitorio 2008, el Acuerdo Transitorio 2014, el Acuerdo Transitorio 2016 y el Acuerdo Transitorio 2017.

Las previsiones contenidas en el Acta Acuerdo Integral, abarcan el período contractual comprendido entre el 6 de enero de 2002 y la finalización del Contrato de Licencia.

En los términos allí previstos, se establecieron una serie de pautas para el proceso de la Revisión Tarifaria Integral (“RTI”):

  • Introducción de mecanismos no automáticos de adecuación semestral de la tarifa de distribución, entre revisiones tarifarias quinquenales, contemplando las variaciones observadas en los precios de la economía vinculados a los costos del servicio, a efectos de mantener la sustentabilidad económico-financiera de la prestación y la calidad del servicio prestado;

  • Diseño e implementación de métodos adecuados para incentivar y medir en el tiempo, las mejoras en la eficiencia de la prestación del servicio por parte de MetroGAS.

  • Establecimiento por parte del Ente Nacional Regulador de Gas (“ENARGAS”) de los criterios para la determinación de la Base de Capital y de la Tasa de Rentabilidad a aplicar en la RTI, conforme los siguientes criterios generales:

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METROGAS S.A.

NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 E INFORMACIÓN COMPARATIVA

(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

  • a) La Base de Capital se determina tomando en cuenta los bienes necesarios para la prestación del servicio público. Para la valuación de dichos bienes se considera: a) el valor inicial de los bienes al iniciar el Contrato de Licencia, como también aquel correspondiente a las incorporaciones posteriores, netos de bajas y depreciaciones, considerando lo establecido en el párrafo siguiente del presente apartado, y b) el valor actual de tales bienes, resultante de aplicar criterios técnicos fundados que expresen en forma justa y razonable dicha estimación, tomando en cuenta el estado actual de conservación de dichos bienes. Todas las valuaciones de los bienes se efectúan en moneda nacional, y consideran la evolución de índices oficiales representativos de la variación en los precios de la economía contemplando la estructura de costos de dichos bienes.

  • b) La Tasa de Rentabilidad se determina conforme lo establecen los artículos 38 y 39 de la Ley del Gas. A tal fin, ésta deberá ponderar la remuneración del capital propio y de terceros. En la determinación de la remuneración del capital propio, el ENARGAS debe considerar un nivel justo y razonable para actividades de riesgo equiparable o comparable, que guarde relación con el grado de eficiencia y prestación satisfactoria del servicio. A su vez, para determinar el costo del capital de terceros, el ENARGAS debe reflejar el costo del dinero en los términos y condiciones vigentes para la financiación de empresas de servicios públicos.

  • Se requirió la presentación por parte de la Sociedad de un Plan de Inversiones para ser incorporado en el cálculo de la tarifa.

  • El ENARGAS realizará un análisis de costos para determinar nuevos valores de las tasas y cargos por servicios de la actividad regulada de la Sociedad. Dicho análisis deberá ser efectuado basado en costos razonables y eficientes de estos servicios.

En relación a la entrada en vigencia de la RTI, se estableció que ésta no excedería del 31 de diciembre de 2017. Sin embargo, en caso de que el ENARGAS dispusiera la aplicación escalonada y progresiva del incremento tarifario resultante de la RTI, la aplicación del último escalón no podría exceder del 1° de abril de 2018.

El cuadro tarifario de MetroGAS derivado de la RTI según las pautas indicadas resultaría aplicable una vez que se encuentren cumplidos todos los procedimientos dispuestos para la entrada en vigencia del Acta Acuerdo Integral.

Como condición previa a la ratificación, el Acta Acuerdo Integral preveía la suspensión y desistimiento de todos los reclamos, recursos y demandas entabladas, en curso o en vías de ejecución, tanto en sede administrativa, arbitral o judicial, en la República Argentina o en el exterior, que se encuentren fundados o vinculados a los hechos o medidas dispuestas, respecto del Contrato de Licencia, a partir de la Ley de Emergencia y/o en la anulación del Índice PPI (Producer Price Index de los Estados Unidos de América). Asimismo, el Acta Acuerdo Integral debía ser ratificado por la Asamblea de Accionistas de MetroGAS, de modo que el PEN dictara el

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

Decreto ratificatorio correspondiente. Con fecha 27 de abril de 2017, la Asamblea de Accionistas de MetroGAS ratificó el Acta Acuerdo Integral, y con fecha 27 de junio de 2018 la Sociedad desistió formalmente de la acción y de los derechos reclamados en el marco del Expediente “MetroGAS S.A. c/ Estado Nacional – M. Planificación (Dto. 293/02) s/Proceso de Conocimiento” (Expte. 50.141/2011) ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 12 (ver Nota 2.1.2 a los presentes estados financieros).

Finalmente, el Acta Acuerdo Integral preveía el compromiso de la Sociedad de realizar durante el plazo de extensión de la Licencia, con más su eventual prórroga decenal y dentro del área de su Licencia, inversiones adicionales sustentables equivalentes al monto del laudo dictado en el arbitraje “BG Group Plc. vs. La República Argentina (UNC 54 KGA)” con el porcentaje proporcional de quita que se hubiere establecido en el acuerdo de pago y excluyendo las sumas correspondientes a los intereses por mora en el pago del laudo. El monto y el plan de inversiones adicionales será determinado por el ENARGAS a propuesta de la Sociedad y las mismas no serán incorporadas en la base tarifaria.

Con fecha 31 de marzo de 2017 se publicó en el Boletín Oficial (“B.O”), la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017 mediante la cual se aprobaron, con vigencia a partir del 1° de abril de 2017, los cuadros tarifarios resultantes de la RTI de MetroGAS y cuadros tarifarios de transición de aplicación a los usuarios de MetroGAS.

Asimismo, la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017 aprobó (i) los estudios técnico económicos sobre la RTI de la Sociedad, (ii) la Metodología no automática de Ajuste Semestral, y (iii) el Plan de Inversiones de MetroGAS para el próximo quinquenio.

2.1.2 Juicio contra el Estado Nacional

En el año 2011, MetroGAS promovió una acción interruptiva de prescripción contra el Estado Nacional con el objeto de que, agotado el reclamo administrativo, se condene a este a la reparación de los daños y perjuicios provocados a MetroGAS -derivados de la Ley de Emergencia con motivo del incumplimiento a la obligación contractual de mantener la ecuación económico-financiera de esta distribuidora de acuerdo con los términos del marco regulatorio establecido a partir de la Ley N° 24.076.

De manera complementaria a esta acción, y una vez agotada la vía administrativa, en el año 2013 se amplió la demanda fijándose la suma reclamada 4.125.167 (expresada en valores al 31/12/2011) y se inició el Beneficio de Litigar Sin Gastos (“BLSG”) con el objeto de que se establezca la exención del pago de las costas y gastos judiciales derivados de la acción de daños y perjuicios. Con la promoción del BLSG, MetroGAS quedó exenta del pago de la tasa de justicia al momento del inicio de la acción principal y hasta la resolución del BLSG.

Tal lo adelantado, con fecha 30 de marzo de 2017, MetroGAS suscribió con el Estado Nacional el Acta Acuerdo Integral, en virtud de la cual, dentro del plazo de noventa (90) días corridos de que

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METROGAS S.A.

NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 E INFORMACIÓN COMPARATIVA

(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

entre y se mantenga en vigencia la Resolución que aprueba el cuadro tarifario resultante de la RTI, MetroGAS debía desistir íntegra y expresamente de todos los derechos que pudieran eventualmente invocar, como también a todas las acciones entabladas o en curso o que pudieran entablar, fundadas o vinculadas a los hechos o medidas dispuestas, respecto del Contrato de Licencia.

Con fecha 28 de marzo de 2018, se publicó en el B.O. el Decreto N° 252/2018 que ratificó el Acta Acuerdo Integral. En virtud de ello, con fecha 27 de junio de 2018 la Sociedad procedió al desistimiento de la causa “MetroGAS S.A. c/ Estado Nacional – M. Planificación - (Decreto N° 293/02) - UNIREN s/Proceso de Conocimiento”. Mediante resolución de fecha 3 de octubre de 2018, se tuvo a MetroGAS por desistida de la acción y del derecho. El juzgado interviniente resolverá acerca de la procedencia del BLSG.

El fisco podría exigirle a MetroGAS el pago de la tasa de justicia que, en los términos de la Ley N° 23.898, es del tres por ciento (3%) del monto de la demanda (ver Nota 20 a los presentes estados financieros).

2.2 Marco Regulatorio

2.2.1 Ley de Ministerios

Con fecha 5 de septiembre de 2018, y en el marco de un proceso de reordenamiento estratégico en materia de reducción presupuestaria, se publicaron los Decretos N° 801/2018 y N° 802/2018 que establecieron (i) designar al Ministerio de Hacienda como continuador a todos sus efectos del Ministerio de Energía, debiendo considerarse modificada por tal denominación cada vez que se hace referencia a la cartera ministerial citada en segundo término; y (ii) crear el cargo de Secretario de Gobierno de Energía con dependencia del Ministerio de Hacienda.

2.2.2 Tarifas de distribución de gas natural

2.2.2.1 Cuadros tarifarios

Mediante Resolución N° 91/2018 del MINEM se sustituyó el Numeral 9.4.2.3 de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución (“RBLD”) aprobada como Anexo B, Subanexo I, por el Decreto Nº 2.255 de fecha 2 de diciembre de 1992, determinando en lo pertinente que “los ajustes serán estacionales, abarcando los períodos del 1° de abril al 30 de septiembre de cada año, y del 1° de octubre al 31 de marzo del año siguiente”.

Con fecha 31 de enero de 2018 se publicó en el B.O. la Resolución del ENARGAS N° 249/2018 que convocó a audiencia pública el día 22 de febrero de 2018 para considerar (i) la aplicación de la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, de corresponder, para el ajuste de tarifas de MetroGAS; (ii) la aplicación del traslado a tarifas del precio de gas comprado y (iii) alternativas metodológicas para una facturación más previsible de los consumos de los usuarios residenciales.

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En fecha 28 de marzo de 2018 se publicó en el B.O. la Resolución ENARGAS N° 300/2018 que dispuso (i) declarar la validez de la Audiencia Pública mencionada anteriormente, (ii) aprobar el cuadro tarifario de transición de MetroGAS aplicable a partir del 1° de abril de 2018 y (iii) aprobar nuevos valores para las Tasas y Cargos percibidos por MetroGAS por servicios adicionales.

Con fecha 15 de agosto de 2018 se publicó en el B.O. la Resolución del ENARGAS N° 184/2018 que convocó a Audiencia Pública para el día 4 de septiembre de 2018 para considerar (i) la aplicación de la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, en los términos de lo dispuesto (respecto de MetroGAS) por la Resolución ENARGAS N° I-4.356/17; y (ii) la aplicación del traslado a tarifas del precio de gas comprado en los términos del Numeral 9.4.2 de las RBLD y la consideración de las Diferencias Diarias Acumuladas (“DDA”) correspondientes al período enero-septiembre de 2018, en los términos del Numeral 9.4.2.5 de las RBLD.

En fecha 8 de octubre de 2018 se publicó en el B.O. la Resolución ENARGAS N° 281/2018 que dispuso (i) declarar la validez de la Audiencia Pública mencionada anteriormente, (ii) aprobar los cuadros tarifarios de MetroGAS aplicables a partir de la publicación de los mismos y (iii) aprobar nuevos valores para las Tasas y Cargos percibidos por MetroGAS por servicios adicionales. Cabe aclarar, que dichos cuadros tarifarios no contemplaron las DDA correspondientes al período comprendido entre el 1° de abril y el 30 de septiembre de 2018.

En fecha 12 de octubre se publicó en el B.O. la Resolución ENARGAS N° 292/2018 que rectifica los cuadros tarifarios de la Resolución N° 281/2018 y su aplicación se retrotrae al 8 de octubre de 2018, fecha de publicación de esta última Resolución.

En relación a la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, el ENARGAS advirtió que, para el período a considerar en el ajuste aplicable a partir de octubre de 2018, es decir la variación entre febrero y agosto de 2018, existe una notoria disparidad entre la variación del Índice de Precios Internos al por Mayor (“IPIM”) y la de otros indicadores de la economía. Por ello, a partir de lo observado consideró razonable que para el ajuste semestral se aplique la metodología del Anexo V, pero considerando una adecuada combinación de índices que reflejen en mejor medida la variación de los indicadores de la economía general a fin de que se implementen los preceptos establecidos en las Resoluciones que aprobaron la RTI, alegando que “tal aplicación no significa un cambio metodológico, ni del principio general establecido en el Anexo V de la Resolución ENARGAS N° I-4.356/17, sino la adecuada evaluación de tal criterio en el marco del caso concreto de su aplicación al semestre a iniciarse en octubre de 2018 en el que se aprecia una significativa disparidad entre el IPIM y otros indicadores macroeconómicos”.

A partir de ello, se aplicó como índice de actualización de la tarifa el promedio simple de los siguientes índices: a) El IPIM entre los meses de febrero de 2018 y agosto de 2018, b) “Índice del Costo de la Construcción” entre los meses de febrero de 2018 y agosto de 2018 (“ICC”), y c) “Índice de variación salarial” entre los meses de diciembre de 2017 y junio de 2018 (“IVS”), lo cual resulta en una variación total para el período estacional de 19,67%, frente a una variación del 30,50% de haberse aplicado el IPIM únicamente. La Sociedad presentó en tiempo y forma el

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recurso de reconsideración contra la metodología seguida por el ENARGAS para reconocer el ajuste de la tarifa de distribución.

Con fecha 5 de febrero de 2019 se publicó en el B.O. la Resolución del ENARGAS N° 1/2019 que convocó a Audiencia Pública para el día 26 de febrero de 2019 para considerar (i) la aplicación de la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, en los términos de lo dispuesto (respecto de MetroGAS) por la Resolución ENARGAS N° I-4.356/17; (ii) la aplicación del traslado a tarifas del precio de gas comprado en los términos del Numeral 9.4.2 de las RBLD y la consideración de las DDA correspondientes al período estacional en curso, en los términos del Numeral 9.4.2.5 de las RBLD; iii) la consideración de la creación de un Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (“PIST”) en Escobar y de una ruta de transporte GBA-GBA; y iv) las consideraciones sobre la tarifa de redes abastecidas con Gas Licuado de Petróleo (“GLP”).

2.2.2.2 Resolución MINEM N° 508-E/2017

Como consecuencia de los cambios introducidos a través de la Resolución MINEM N° 474 – E/2017 y las Resoluciones ENARGAS N° 131/2017 y N° 132/2017, y de las pautas establecidas en las Bases y Condiciones (ver punto 2.2.3.1), con fecha 29 de diciembre de 2017 se publicó la Resolución MINEM N° 508-E/2017 que establece el procedimiento para la compensación de los menores ingresos que las Licenciatarias del Servicio de Distribución de Gas Natural por Redes reciben de sus usuarios, como producto de: (i) la aplicación de beneficios y/o bonificaciones a los usuarios resultantes de la normativa vigente en materia tarifaria del servicio de distribución de gas natural por redes y (ii) los mayores costos del Gas Natural No Contabilizado (“GNNC”) respecto a los establecidos para su reconocimiento en las tarifas.

Este procedimiento se enmarca dentro del artículo 20.2 del Modelo de Licencia aprobado por el Decreto N° 2.255/1992 que establece que el Distribuidor tendrá derecho a ser compensado por la reducción de ingresos que le ocasionen tales medidas a fin de mantener la cadena de pagos relacionada con la operación y el mantenimiento del servicio público de distribución de gas natural por redes, entre otros, el pago de las facturas de compra de gas natural y garantizar la continuidad de la prestación de dicho servicio público.

De acuerdo con el procedimiento de compensación, las Licenciatarias de Distribución deben informar en los plazos que allí se establecen y en base a los consumos anuales mensualizados y con carácter de declaración jurada ante el ENARGAS, los montos necesarios para compensar las diferencias mencionadas. Igual régimen informativo se adopta en relación al GNNC.

De tal forma, para el cálculo de las compensaciones por el monto que dejan de percibir por los descuentos en facturación así como por las diferencias por GNNC, se establece una compensación resultante de la diferencia entre el precio de compra al productor de gas natural y la venta a sus clientes.

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Mediante Resolución N° 218/2018 (posteriormente instrumentada por el ENARGAS a través de la Resolución N° 86/2018), el MINEM dispuso la suspensión de la aplicación de los criterios de bonificación para los usuarios de la Tarifa Social establecidos en los artículos 4° y 5° de la Resolución MINEM N° 474/2017 para los consumos de dichos usuarios efectuados durante los meses de mayo y junio del año 2018, debiendo aplicarse para la facturación de dichos consumos el régimen de tarifa social con el alcance previsto en el artículo 5° de la Resolución MINEM N° 28/2016, a cuyos efectos deberá considerarse la bonificación del cien por ciento (100%) del precio del gas natural que dichos usuarios consuman.

Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N° 14/2018 de la Secretaría de Gobierno de Energía (“SGE”), (i) se dejan sin efecto los topes y bonificaciones oportunamente dispuestos en las Resoluciones N° 212/2016 y N° 474/2017 del MINEM y se fija una nueva bonificación para los usuarios de la tarifa social del 100% para el bloque de consumo base dispuesto en el Anexo II de la Resolución N° 474/2017 del MINEM; y (ii) se fija un límite en el incremento a usuarios SGP1 y SGP2 de Servicio Completo en el valor del gas en la medida de que estén inscriptos en el Registro de Empresas MiPyMES (previsto en la Ley N° 24.467) o ser beneficiarios del régimen de la Ley N° 27.218 para Entidades de Bien Público.

A la fecha de aprobación de los presentes estados financieros, se han registrado ciertas demoras por parte del Estado Nacional en el pago de las compensaciones económicas. En la medida que existan estas demoras la Sociedad cancela las facturas por las inyecciones de gas distribuyendo a prorrata entre todos los productores con los cuales la Sociedad tiene contratos de suministro de gas natural el impacto derivado de la demora mencionada.

2.2.2.3 Diferencias Diarias

El Articulo N° 37 del Decreto N° 1.738/92, reglamentario de la Ley N° 24.076, prevé en su inciso 5 que las variaciones del precio de adquisición del gas serán trasladadas a la tarifa final al usuario de tal manera que no produzcan beneficios ni pérdidas al Distribuidor. Por su parte, las RBLD establecen en su numeral 9.4.2.5 que la Licenciataria deberá llevar contabilidad diaria separada del precio y del valor del gas comprado e incluido en sus ventas reales, y de la diferencia entre este último valor y el del gas incluido en la facturación de tales ventas reales. De tal manera, no se exige que las facturas de suministro hayan sido pagadas, sino que debe tenerse certeza del costo de adquisición, el que en este caso se materializa con el conocimiento del tipo de cambio al que debían cancelarse las obligaciones con los productores de gas.

El mismo numeral 9.4.2.5, último párrafo, prevé expresamente que si la diferencia entre el costo del gas adquirido por las Distribuidoras y el valor de dicho gas contenido en las tarifas a los usuarios supera en valor absoluto el 20%, entonces la Sociedad podrá presentar a la Autoridad Regulatoria nuevos cuadros tarifarios para su aprobación.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

En abril de 2018 comenzó en Argentina un cambio en las condiciones macroeconómicas que provocó una brusca e imprevista variación en la paridad entre la moneda nacional y la moneda en la que están establecidos los precios de los contratos.

Por el gas entregado en los meses de enero a marzo de 2018, los pagos realizados por la Sociedad se hicieron respetando el tipo de cambio vigente a la fecha de pago de conformidad con lo establecido en los acuerdos de suministro. No obstante, debido a las circunstancias descriptas anteriormente, los pagos a los productores de gas por el gas entregado en los meses siguientes se realizaron al tipo de cambio aplicado al valor del componente del gas incluido en la tarifa aprobado por la Resolución ENARGAS N° 300/2018 aplicable a partir del 1° de abril de 2018 ($/U$S 20,345) y la Resolución ENARGAS N° 281/2018, luego ratificada por la Resolución ENARGAS N° 292/2018, aplicable a partir del 8 de octubre de 2018 ($/U$S 37,69).

El criterio adoptado obedece, además, a la necesidad de mantener la cadena de pagos relacionada con la operación y el mantenimiento del servicio público de distribución de gas natural por redes y garantizar la continuidad de la prestación del servicio.

De acuerdo a las situaciones macroeconómicas mencionadas anteriormente, con fecha 27 de julio de 2018 la Sociedad envió una nota al ENARGAS con los nuevos cuadros tarifarios solicitando, en cumplimiento de dicha norma establecida en las RBLD, que se aprueben los mismos a fin de ir reconociendo parcialmente la incidencia de los mayores costos de adquisición del gas.

Mediante Nota N0-2018-38938972-APN-SD#ENARGAS del 13 de agosto de 2018, el ENARGAS desestimó la solicitud efectuada alegando que “la Licenciataria no acredita materialmente el efectivo pago del gas al precio que referencia para la determinación de las diferencias entre el precio incluido en tarifa”. De acuerdo con el criterio de la Sociedad, este argumento no encuentra sustento en el marco regulatorio, en tanto el mismo se limita a exigir que el precio sea conocido, lo cual se materializa mediante los acuerdos de abastecimiento suscriptos de conformidad con las Bases y Condiciones y que se encuentran registrados ante el ENARGAS.

Con fecha 5 de octubre de 2018 se publicó en el B.O. la Resolución N° 20/2018 de la SGE respecto a las DDA acumuladas a raíz de la marcada variación del tipo de cambio por la compra de gas en el marco de los contratos suscriptos entre los productores y las Licenciatarias de Distribución de acuerdo con las Bases y Condiciones. Sin perjuicio de lo establecido en las RBLD y los mecanismos de actualización tarifaria allí previstos, a fin de proteger al usuario final atenuando la incidencia del traslado a las tarifas de las DDA, la autoridad dispuso habilitar un mecanismo de recupero de las mismas que contemple su recupero en un período temporal más extenso para disminuir su incidencia en el monto de la factura al usuario.

De acuerdo con ello, se dispuso -en forma transitoria y extraordinaria- que para las DDA correspondientes al período comprendido entre el 1 de abril y el 30 de septiembre de 2018, entre el precio del gas previsto en los contratos y el precio de gas reconocido en las tarifas finales de las prestadoras del servicio de distribución, el recupero del crédito a favor de los productores de gas

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

actualizado al 31 de diciembre de 2018 a la tasa activa cartera general diversa del Banco de la Nación Argentina se realizaría mediante inclusión en línea separada en la factura de los usuarios y en veinticuatro (24) cuotas a partir del 1° de enero de 2019 tomando en consideración los volúmenes consumidos por éstos durante el período abril-septiembre de 2018. Asimismo previó para la financiación de dicho monto la aplicación de la tasa pasiva plazo fijo pizarra del Banco de la Nación Argentina aplicándose el método francés para el cálculo y la amortización de la deuda y el pago de intereses, incluyendo un plazo de sesenta (60) días que compense la diferencia entre la fecha de facturación y el efectivo pago.

Con fecha 16 de octubre de 2018, mediante Resolución N° 41/2018 de la SGE y por razones de oportunidad, se dejó sin efecto la Resolución N° 20/2018 de la SGE.

El 16 de noviembre de 2018, se publicó en el B.O., el Decreto N° 1.053/2018 que modifica el Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2018, y en virtud de las volatilidades de las variables financieras y del tipo de cambio, establece que el Estado Nacional asume, con carácter excepcional, el pago de las DDA mensualmente entre el valor del gas comprado por las prestadoras del servicio de distribución de gas natural por redes y el valor del gas natural incluido en los cuadros tarifarios vigentes entre el 1° de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2019, generadas exclusivamente por variaciones del tipo de cambio y correspondientes a volúmenes de gas natural entregados en ese mismo período, todo ello de acuerdo con el procedimiento que disponga el ENARGAS.

A tal fin, el ENARGAS determinará, conforme a lo previsto en el punto 9.4.2.5 de las RBLD para cada prestadora y considerando los proveedores adheridos a este régimen de excepción, el monto neto correspondiente a las DDA. El monto neto resultante se transferirá a cada distribuidora en treinta (30) cuotas mensuales y consecutivas a partir del 1° de octubre de 2019. A fin de determinar cada una de las cuotas, se utilizará la tasa de interés que el ENARGAS aplica conforme lo previsto en el punto 9.4.2.5 (tasa efectiva del Banco de la Nación Argentina para depósitos en moneda argentina a treinta (30) días de plazo, “pizarra”). Una vez percibida cada cuota, las distribuidoras deberán realizar de manera inmediata los pagos correspondientes a los proveedores de gas natural involucrados y los informarán y acreditarán mensualmente ante el ENARGAS.

Este régimen resultará aplicable sólo para aquellas prestadoras del servicio de distribución de gas natural por redes y para aquellos proveedores de gas natural que adhieran a este régimen y renuncien expresamente a toda acción o reclamo derivado de las DDA referidas en el primer párrafo.

Asimismo, el Decreto N° 1.053/2018 establece que a partir del 1º de abril de 2019 los proveedores de gas natural y las prestadoras del servicio de distribución de gas natural por redes deberán prever en sus contratos que en ningún caso podrá trasladarse a los usuarios que reciban servicio completo el mayor costo ocasionado por variaciones del tipo de cambio ocurridas durante cada período estacional.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

Con fecha 12 de febrero de 2019 se publicó en el B.O. la Resolución ENARGAS N° 72/19 mediante la cual aprueba la “Metodología de Traslado a tarifas del precio de gas y Procedimiento General para el Cálculo de las Diferencias Diarias Acumuladas”. Dicha metodología establece los criterios que aplicará el ENARGAS para determinar el traslado a tarifas del precio del gas en el PIST, considerando para ello lo dispuesto por el art. 8 del Decreto N° 1.053/18 y el tipo de cambio que utilizará para determinar el valor en moneda nacional de aquellos contratos de abastecimiento cuyos precios estén nominados en dólares estadounidenses. Con respecto al cálculo de las DDA, establece el procedimiento general bajo el cual se determinará el volumen de compra mensual de gas a reconocer y los costos de adquisición que se considerarán para calcular las mismas, considerando para ello lo dispuesto por el art. 8 del Decreto N° 1.053/18. Por otra parte establece que las Distribuidoras deberán asegurar el abastecimiento y mínimo costo para los usuarios de servicio completo, con independencia del transporte que tengan contratado los usuarios que adquieren gas por su cuenta (usuarios de unbundling).

La Sociedad ha registrado en sus estados financieros al 31 de diciembre de 2018 el pasivo con los productores de gas por las DDA referidas en el Decreto mencionado anteriormente y el crédito con el Estado Nacional por el mismo monto y concepto, los que descontados al 31 de diciembre de 2018 ascienden a 3.534.002 (ver Notas 14 y 21 a los presentes estados financieros).

2.2.2.4 Tasas Municipales

El marco regulatorio contempla el traspaso a la tarifa de cualquier nuevo cargo o incremento de tasas, y, bajo ciertas circunstancias, el uso del espacio público a los efectos de instalar cañerías de gas natural.

En los términos del marco regulatorio, la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017 establece en sus considerandos que en lo que concierne a tributación local (Provincias y Municipios) los tributos locales deberán ser incorporados a la factura final del servicio por renglón separado a fin de transparentar las cargas impositivas contenidas en las tarifas y de distinguirlas de los componentes regulados y sus variaciones, evitando de este modo que los impuestos y tasas que gravan la prestación de los servicios públicos de transporte y distribución fijadas por ciertas jurisdicciones incidan sobre la tarifa final a aplicar a todos los usuarios de una subzona tarifaria.

Con fecha 3 de julio 2017 se publicó en el B.O. la Resolución ENARGAS N° 4.530/2017, donde se aprueba la “Metodología para la inclusión en la factura del servicio público de distribución de gas por redes de tributos locales” que tendrá vigencia a partir del 1° de abril de 2017 hasta el 31 de marzo de 2018 respecto a la Tasa de Estudio, Revisión e Inspección de Obras en la Vía Pública de la Ciudad de Buenos Aires y otros tributos locales excluyendo expresamente Tasas de Ocupación del Espacio Público.

En lo que hace a la incorporación de los tributos locales a la factura final al usuario, esta incorporación deberá ser autorizada mediante el acto administrativo correspondiente que disponga el ENARGAS. Con fecha 7 de julio de 2017, el ENARGAS autorizó la inclusión en factura por

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línea separada de la Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene de los municipios de Avellaneda, Quilmes, Esteban Echeverría y Lomas de Zamora, y la Tasa de Estudio, Revisión e Inspección en vía pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Respecto al Municipio de Avellaneda, con fecha 19 de septiembre de 2017 y mediante Nota N° 8.993, se modificó la alícuota correspondiente contemplándose el incremento de tasa dispuesto por la Ordenanza Municipal N° 27.744.

Con fecha 12 de enero de 2018 se publicó en el B.O. la Resolución ENARGAS N° 228/2018 que aprueba la metodología para la inclusión en la factura del tributo que grava la ocupación o uso del espacio público por el período comprendido entre el 1 de abril de 2017 y el 31 de marzo de 2018. Asimismo, dispone que, para el período posterior al 31 de marzo de 2018, el ENARGAS emitirá, previa propuesta de las distribuidoras, un nuevo procedimiento.

Con fecha 20 de abril de 2018, se publicó la Resolución ENARGAS N° 6/2018 que aprueba la “Metodología para la inclusión en la factura del servicio público de distribución de gas por redes de tributos locales”. En lo que hace a la incorporación de los tributos locales a la factura final al usuario, esta incorporación deberá ser autorizada mediante el acto administrativo correspondiente que disponga el ENARGAS.

A la fecha, el ENARGAS ha autorizado el pase a tarifas de las tasas municipales solicitadas por MetroGAS con posterioridad al 1° de abril de 2017.

2.2.2.5 Amparo – Medidas cautelares

Con fecha 6 de junio de 2018 el ENARGAS notificó a MetroGAS la medida cautelar dispuesta por el Dr. Alejo Ramos Padilla en el marco de la causa “Consumidores Argentinos Asociación para la Defensa, Educación e Información de los Consumidores c/PEN y otros s/Acción Declarativa de Inconstitucionalidad” en trámite por ante el Juzgado Federal de Dolores. La Sociedad no se encuentra demandada en la citada causa.

En los términos allí expuestos, (i) se dispone como medida cautelar que todas las prestatarias del servicio de gas del país se abstengan, a partir del 21 de mayo de 2018, de llevar adelante cualquier corte o suspensión del servicio de gas derivado de la falta de pago; y (ii) se autoriza a las empresas prestatarias del servicio de gas a que, previo a cualquier corte o suspensión del suministro de gas, lleven adelante los procedimientos administrativos necesarios tendientes a acreditar la situación de vulnerabilidad de los usuarios y a evitar cualquier eventual abuso del derecho, bajo apercibimiento, para el caso de que se efectúen cortes o suspensiones del suministro a los sectores vulnerables sin realizar dicho procedimiento o sin garantizar al usuario la posibilidad de ser escuchado y acreditar su situación, de imponer una multa de entre $1.000 a $100.000 (mil a cien mil pesos) por cada corte ilegítimo del servicio llevado a cabo, dejando aclarado que en caso de duda de si se está frente a un consumidor que encuadra dentro de una situación de vulnerabilidad, deberá abstenerse de llevar adelante el corte.

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A la fecha de aprobación de los presentes estados financieros, no se ha notificado a la Sociedad de que la medida señalada hubiera sido revocada y/o modificada.

2.2.3 Abastecimiento de Gas Natural

2.2.3.1 Compra de Gas Natural

En enero de 2004, el Decreto N° 181/04 autorizó a la entonces Secretaría de Energía (“SE”) a negociar con los productores de gas natural un mecanismo de ajuste de precios del gas natural suministrado a industrias y compañías de generación de electricidad. En este contexto, mediante Resolución MPFIPyS N° 208/2004 se homologó el "Acuerdo para la Implementación del Esquema de Normalización de los Precios del Gas Natural en Punto de Ingreso al Sistema de Transporte, Dispuesto por el Decreto 181/2004", suscripto el 2 de abril de 2004 entre la SE y los productores de gas natural.

El 14 de junio de 2007 se publicó en el B.O. la Resolución N° 599/07 de la SE por medio de la cual se homologó la propuesta de “Acuerdo con Productores de Gas Natural 2007-2011” (“Acuerdo 2007-2011”). El Acuerdo 2007-2011 establecía los volúmenes a ser inyectados en el PIST por los productores de gas natural priorizando principalmente el abastecimiento de la demanda residencial y de Gas Natural Comprimido (“GNC”) a través de los mecanismos de redireccionamiento y demandas adicionales. Asimismo, fijaba los parámetros de ajustes de precios del gas natural en forma escalonada.

En virtud del Acuerdo 2007-2011, los productores y las distribuidoras de gas natural debían celebrar contratos de compraventa de gas natural reflejando las previsiones contenidas en el mismo.

Oportunamente la Sociedad no celebró ninguno de estos contratos puesto que, en su entendimiento, las ofertas de contratos recibidas de parte de los productores de gas natural no respetaban los términos del Acuerdo 2007-2011 por cuanto en razón de los volúmenes contemplados, no permitirían a MetroGAS asegurar el abastecimiento a sus usuarios no interrumpibles.

El 4 de octubre de 2010 se publicó en el B.O. la Resolución ENARGAS N° 1.410/2010 (luego aclarada por Nota ENARGAS N° 13.934) que aprobó el Procedimiento de Solicitudes, Confirmaciones y Control de Gas que debía ser observado por los distintos actores de la industria del gas natural, incluyendo a las comercializadoras de gas natural, con impacto en la operatoria diaria de nominaciones, transporte, distribución y compraventa de gas natural.

La Resolución ENARGAS N° 1.410/2010 tenía como objeto complementar las pautas de despacho vigentes ante el escenario de demanda y capacidad de transporte superiores a la oferta de gas natural y preservar la operación de los sistemas de transporte y distribución priorizando el consumo de la demanda prioritaria: clientes residenciales, clientes de servicio completo (se les vende gas, transporte y distribución) y subdistribuidoras de servicio completo.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

Una vez abastecida la Demanda Prioritaria, los productores debían confirmar los volúmenes solicitados por los demás segmentos de acuerdo a lo indicado en el párrafo anterior con el siguiente orden: 1) GNC, 2) Clientes ininterrumpibles (Unbundling), 3) i) Grandes Usuarios, ii) Plantas de tratamiento dentro y fuera del sistema y iii) Usinas (de acuerdo con la Nota SE Nº 6.866/09) y 4) Exportaciones.

El 5 de enero de 2012 se publicó en el B.O. la Resolución SE N° 172/2012 por medio de la cual se prorrogaron los efectos de la Resolución SE N° 599/2007 en materia de asignaciones de volúmenes de gas natural por rutas y cuencas en función de las diferentes categorías de usuarios hasta tanto se dictaran nuevas normas al respecto.

Las Resoluciones SE N° 599/2007 y ENARGAS N° 1.410/2010 fueron complementadas por la Resolución N° 89/2016 del MINEM que estableció los volúmenes de gas natural que podían solicitar las prestadoras del servicio de distribución para abastecer a la Demanda Prioritaria y por la Resolución ENARGAS N° 3.833/2016 respecto al Procedimiento de Solicitudes, Confirmaciones y Control de Gas.

En los términos de la Resolución N° 89/2016 del MINEM, se inició un proceso de normalización contractual en función del cual MetroGAS celebró diversos contratos con productores de gas, tanto de la cuenca Austral, como de la cuenca Neuquina. Estos volúmenes contratados reducen volúmenes de la Resolución ENARGAS N° 1.410/2010 tanto para el productor como para la Distribuidora. Los volúmenes contratados a partir de la Resolución N° 89/2016 del MINEM eran abonados por las distribuidoras al precio establecido por el MINEM.

En fecha 6 de octubre de 2016, el MINEM dictó la Resolución Nº 212 – E /2016 mediante la cual fijó un sendero de precios para el gas natural, determinándose el valor de éste de manera gradual y semestral hasta el 1º de octubre de 2019 (para el área de Licencia de MetroGAS).

Mediante Resolución N° 74 – E/2017, el MINEM determinó los nuevos precios en el PIST para el gas natural que se aplicaron a partir del 1° de abril de 2017 a las categorías de usuarios que allí se indican. Asimismo, determinó los nuevos precios en el PIST bonificados para los usuarios residenciales de gas natural que registren un ahorro en su consumo igual o superior al quince por ciento (15%) con respecto al mismo período del año 2015. Estos nuevos precios en el PIST han sido contemplados en la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017.

Con fecha 1° de diciembre de 2017 y mediante Resolución N° 474 – E/2017, el MINEM determinó los nuevos precios en el PIST para el gas natural que se aplicaron a partir del 1° de diciembre de 2017 a las categorías de usuarios que allí se indican. Asimismo, determinó los nuevos precios en el PIST bonificados para los usuarios residenciales de gas natural que registren un ahorro en su consumo igual o superior al veinte por ciento (20%) con respecto al mismo período del año 2015 y la bonificación correspondiente a los beneficiarios de la Tarida Social. Estos nuevos precios en el PIST han sido contemplados en las Resoluciones ENARGAS N° 131/2017 y N° 132/2017.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

El 29 de noviembre de 2017, a instancias del MINEM, MetroGAS suscribió las “Bases y Condiciones para el Abastecimiento de Gas Natural a Distribuidoras de Gas por Redes” (las “Bases y Condiciones”) junto con el resto de las distribuidoras y un grupo de productores de gas. Estas Bases y Condiciones contienen los lineamientos para la contratación de volúmenes de gas para el abastecimiento de la demanda de las distribuidoras para el período comprendido entre el 1° de enero de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2019. En las mismas se establecen: i) los volúmenes que cada productor firmante debe inyectar por cuenca para abastecer a la demanda de las distribuidoras, ii) los volúmenes diarios disponibles por cuenca para cada distribuidora, iii) el precio según la categoría de cliente y por período expresado en u$s/MMBTU, iv) la obligación del productor de entregar o pagar por el 100% del volumen, v) la obligación de las distribuidoras de tomar o pagar por el 100% del volumen, excepto en caso de no contar con demanda y no nominar volúmenes de contratos no comprendidos en las Bases y Condiciones; y vi) el vencimiento de las facturas a los 75 días.

Las Bases y Condiciones establecen expresamente que las distribuidoras tienen en consideración para su suscripción las disposiciones del Artículo 38 de la Ley N° 24.076, que prevén el traslado a las tarifas a ser pagadas por los usuarios del servicio de transporte y distribución tanto de los costos de adquisición de gas resultantes de acuerdos o contratos de largo plazo como así también de aquellos asociados a las compras de corto plazo que resultaran necesarias para satisfacer la demanda.

En consecuencia, los contratos suscriptos con los productores de gas derivados de las Bases y Condiciones tomaron en cuenta los precios y moneda allí establecidos y fueron presentados oportunamente al ENARGAS.

En abril de 2018 comenzó en Argentina un cambio en las condiciones macroeconómicas que provocó una brusca e imprevista variación en la paridad entre la moneda nacional y la moneda en la que están establecidos los precios de los contratos.

Por este motivo, los pagos a los productores de gas por el gas entregado en los meses siguientes a partir de abril de 2018 se realizaron al tipo de cambio aplicado al valor del componente del gas incluido en la tarifa aprobado por la Resolución ENARGAS N° 300/2018 aplicable a partir del 1° de abril de 2018 ($/U$S 20,345) y la Resolución ENARGAS N° 281/2018, luego ratificada por la Resolución ENARGAS N° 292/2018, aplicable a partir del 8 de octubre de 2018 ($/U$S 37,69).

Los productores rechazaron dicho criterio de pago por parte de la Sociedad y, en consecuencia, reclamaron formalmente los saldos considerados impagos.

El 16 de noviembre de 2018, se publicó en el B.O., el Decreto N° 1.053/2018 que establece que el Estado Nacional asumirá, con carácter excepcional, el pago de las DDA (ver punto 2.2.2.3 de la presente nota).

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

De acuerdo a lo dispuesto por la Resolución N° 32/2019 de la SGE, MetroGAS participó del concurso de precios para la provisión de gas natural en condición firme para el abastecimiento de la demanda de usuarios de servicio completo de las prestadoras de servicio público de distribución de gas por redes que se llevó a cabo en el ámbito del Mercado Electrónico de Gas S.A. (“MEGSA”) para las cuencas Neuquina, Golfo San Jorge, Santa Cruz Sur y Tierra del Fuego que se realizó el 14 de febrero de 2019.

Como resultado de dicho concurso, se obtuvieron compromisos de abastecimiento anual por un volumen de capacidad máxima diaria (“CMD”) que asciende anualmente a 1.486 millones de m3 los cuales representan el 58% de nuestra demanda anual, cumpliendo con ello con el requisito establecido en el marco regulatorio.

Esos compromisos, bajo las pautas establecidas por la Resolución SGE N° 32/19, consideran una cláusula de Entregar o Pagar (“EOP”) del 70%, lo que implica en el caso de MetroGAS un importante nivel de incertidumbre respecto del aprovisionamiento en el período invernal, al que coadyuva la relación fija establecida en el concurso de 1:2,5 anual escalonado, que no satisface la curva de demanda prioritaria que se presenta en el período invernal en nuestra área de Licencia, cuya relación es más cercana a 1:4,5 veces.

2.2.3.2 Unbundling de gas natural

En línea con los cambios regulatorios que se introdujeron en el sector de gas natural a partir del año 2005 se produjo el proceso denominado informalmente como “unbundling de gas natural” por el cual distintas categorías de usuarios debieron comenzar a adquirir volúmenes de gas natural en el PIST directamente de productores y/o comercializadores de gas natural, quedando limitadas las distribuidoras zonales a prestar exclusivamente el servicio de transporte y/o distribución de gas natural.

Adicionalmente, y en el mismo año, se creó el Mecanismo de Asignación de Gas Natural para GNC a través del cual las estaciones expendedoras de GNC reciben gas natural mediante un mecanismo de asignaciones periódicas de volúmenes en el ámbito del MEGSA.

En este escenario, durante el año 2005, MetroGAS constituyó MetroENERGÍA, una sociedad comercializadora a los fines de retener la mayor cantidad posible de clientes y de contar con una herramienta más acorde al nuevo contexto en el que se debía desempeñar la Sociedad.

MetroENERGÍA fue autorizada por el ENARGAS para actuar como empresa comercializadora de gas natural y/o su transporte y se encuentra inscripta como agente del MEGSA.

Las acciones llevadas adelante por MetroENERGÍA desde su creación, permitieron continuar reteniendo la mayor parte de los clientes industriales y comerciales oportunamente contemplados dentro del proceso de “unbundling” del área de la Sociedad, con lo cual se logró mantener la participación de estas categorías de clientes en la matriz de ventas de MetroGAS.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

Con fecha 1° de abril de 2016, mediante Resolución N° 34/2016, el MINEM dispuso un nuevo régimen aplicable a las estaciones de suministro de GNC estableciendo la obligación respecto de estos usuarios de adquirir el gas natural para su abastecimiento por parte de la distribuidora de su zona o área de distribución de manera de que éstas presten el servicio completo (gas, transporte y distribución).

A partir del 1° de mayo de 2017, y en los términos de la Resolución N° 80 – E/2017 del MINEM, se ampliaron las opciones de compra de gas natural por parte de los titulares de estaciones de suministro de GNC pudiendo adquirir el gas natural a través de las distribuidoras (servicio completo – Resolución MINEM N° 34/2016) o en forma directa por medio de los productores o comercializadores de gas natural (respetando mix de cuencas y porcentajes de gas retenido asignados a la Distribuidora zonal). Aquellas estaciones de suministro de GNC que modifiquen su modalidad de compra deberán permanecer como mínimo en dicha modalidad por el plazo de doce meses desde el ejercicio de tal opción. Con fecha 27 de abril de 2017, el ENARGAS reglamentó la Resolución N° 80 – E/2017 del MINEM a través de la Resolución ENARGAS N° 4.407/2017.

De acuerdo con lo establecido por las Resoluciones N° 34/2016 y N° 80 – E/2017 del MINEM (que ampliaron las opciones de compra de gas natural por parte de los titulares de estaciones de suministro de GNC pudiendo adquirir el gas natural a través de la distribuidoras), el ENARGAS dispuso, mediante la Resolución ENARGAS N° 281/2018, que los usuarios que adquieran gas natural con destino a expendio de GNC que a la fecha no estén recibiendo gas de la distribuidora como servicio completo, sólo podrán acceder a tal modalidad en la medida en que la distribuidora haya garantizado la contratación del suministro de respaldo correspondiente a dicho abastecimiento por el término de doce meses y con vigencia a partir del próximo período estacional. A tales efectos, dichos usuarios deberán solicitar a la distribuidora sus necesidades de abastecimiento de gas con una antelación de por lo menos sesenta días antes del inicio del período estacional que comienza en abril de 2019, para que la distribuidora incluya sus demandas dentro de tal período.

2.2.3.3 Procedimiento para la Administración del Despacho del Comité Ejecutivo de Emergencia

El abastecimiento de gas natural a las distribuidoras operaba bajo el esquema de solicitud, confirmación y re-direccionamientos de gas previstos en las Resoluciones ENARGAS N° 1.410/2010, N° 3.833/2016 y N° 4.502/2017, que modifican y complementan los procedimientos de administración del despacho de gas natural dispuestos por la Resolución ENARGAS N° 716/1998.

Con fecha 29 de junio de 2018 se publicó la Resolución ENARGAS N° 124/2018 que aprueba un texto ordenado que reemplaza la Resolución ENARGAS N° 716/1998 e incorpora parte de las Resoluciones derogadas ENARGAS N° I-1410/2010, N° I-3833/2016 y N° I-4502/2017.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

Sin perjuicio de ello, y en relación al período invernal 2018, resultó aplicable la Resolución ENARGAS N° 59/2018 que aprueba el “Procedimiento Transitorio para la Administración del Despacho en el Comité Ejecutivo de Emergencia”. Mediante Resolución ENARGAS N° 302/2018 de fecha 12 de octubre de 2018 se dispuso la prórroga de la vigencia de la Resolución ENARGAS N° 59/2018 por ciento ochenta días corridos desde el 30 de septiembre de 2018.

2.2.4 Resolución ENARGAS N° 97/2018 – Programa de Financiamiento de Consumos Invernales

En fecha 12 de junio de 2018 se publicó en el B.O. la Resolución ENARGAS N° 97/2018 que establece el Programa de Financiamiento de Consumos Invernales de Gas Natural (el “Programa”) de adhesión opcional y voluntaria por parte de los usuarios beneficiarios.

De acuerdo con los términos del Programa, los consumidores residenciales y comerciales servicio completo (SGP1 y SGP2) de gas natural podían financiar el pago del veinticinco por ciento (25%) de las facturas emitidas entre el 1º de julio y el 31 de octubre del corriente año. La tasa de interés aplicable a esta opción era la tasa pasiva canal electrónico exclusivamente sector privado no financiero del Banco de la Nación Argentina para colocación a 30 días del mes anterior del que se facture.

La financiación acumulada y sus intereses, se recuperarán a partir de las facturas regulares emitidas desde el 1° de noviembre de 2018 y por tres períodos consecutivos para los clientes bimestrales y seis períodos consecutivos para los clientes mensuales.

El financiamiento involucra a cada uno de los segmentos de la actividad (gas, transporte y distribución) y es de carácter excepcional para el invierno 2018.

2.2.5 Fideicomisos

A la fecha de emisión de estos estados financieros, MetroGAS debe facturar, cobrar y liquidar dos cargos específicos, con diversa afectación, lo cual hace la Sociedad por cuenta y orden de Nación Fideicomisos S.A. como fiduciaria de tres contratos de fideicomiso distintos.

El cargo específico I (regulado por el Decreto PEN N° 180/2004 y normas concordantes) y el cargo específico II (regulado por Ley N° 26.095 y normas concordantes) son soportados por todo el universo de usuarios del servicio de gas natural distinto del segmento residencial y están destinados al pago de obras de infraestructura para la ampliación del sistema de transporte de gas natural.

Es importante señalar que ninguno de estos dos cargos específicos facturados y cobrados por MetroGAS se incorpora al patrimonio de la Sociedad. Por el contrario, una vez percibidos, la Sociedad tiene la obligación de depositarlos en las cuentas fiduciarias oportunamente señaladas por el Fiduciario, agotándose la intervención de MetroGAS al respecto.

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2.3 Obligaciones y restricciones emergentes de la privatización

2.3.1 Activos de disponibilidad restringida

Una porción sustancial de los activos transferidos por Gas del Estado (“GdE”) han sido definidos en la Licencia como "Activos Esenciales" para la prestación del correspondiente servicio concedido. Por esta razón, la Sociedad está obligada a identificar y conservar los Activos Esenciales, junto con cualquier mejora futura, de acuerdo con ciertas normas definidas en la Licencia.

La Sociedad no debe, por ninguna razón, disponer, gravar, alquilar, subalquilar o dar en préstamo los Activos Esenciales con otros propósitos que no sean los de la prestación del servicio concedido en la Licencia, sin la previa autorización del ENARGAS. Toda extensión o mejora que la Sociedad pueda realizar al sistema de gasoductos, puede ser gravada solamente con el fin de garantizar los créditos con vencimiento a más de un año, tomados para financiar dichas ampliaciones o mejoras.

Al momento de la terminación de la Licencia, MetroGAS debe transferir al Estado Nacional o a un tercero que éste designe todos los Activos Esenciales establecidos en un inventario actualizado a dicha fecha, libres de cargas y gravámenes.

Como regla general, al producirse la expiración de la Licencia, la Sociedad tendrá derecho a cobrar el menor de los siguientes dos montos:

a) El valor de las Propiedades, planta y equipo de la Sociedad, determinado sobre la base del precio pagado por Gas Argentino S.A. (“Gas Argentino”), y el costo original de las subsecuentes inversiones llevadas en dólares estadounidenses y ajustadas por el PPI, neto de la depreciación acumulada.

b) El importe resultante de una nueva licitación, neto de gastos e impuestos pagados por el participante ganador.

2.3.2 Restricciones sobre distribución de ganancias

La Sociedad está obligada a mantener en vigencia la autorización de oferta pública de su capital social y la correspondiente autorización para cotizar en mercados de valores autorizados en la República Argentina, como mínimo durante el término de quince años contados a partir de los respectivos otorgamientos.

Cualquier reducción voluntaria, rescate o distribución del patrimonio neto de la Sociedad, con excepción del pago de dividendos, requerirá la autorización previa del ENARGAS.

De acuerdo a las disposiciones de la Ley N° 19.550, la Sociedad debe constituir una reserva no inferior al 5% del resultado positivo surgido de la sumatoria del resultado del ejercicio, los ajustes de ejercicios anteriores, las transferencias de otros resultados integrales a resultados acumulados y

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las pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores, hasta alcanzar el 20% del Capital Social más el saldo de la cuenta Ajuste de capital.

Con fecha 8 de febrero de 2018, MetroGAS instrumentó un préstamo no garantizado que contempla ciertas restricciones en el pago de dividendos. En los términos allí establecidos, durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 el importe a pagar en concepto de dividendos no podrá superar el 10% del Resultado Neto de ese año, y el 60% en los años subsiguientes hasta el repago del préstamo (ver Nota 18.1 a los presentes estados financieros).

3. BASES DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS

Los presentes estados financieros consolidados han sido elaborados en cumplimiento de lo dispuesto en las Resoluciones Técnicas (“RT”) Nº 26 y 29 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (“FACPCE”), que adoptan las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”), emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, por sus siglas en inglés), y las interpretaciones emitidas por el Comité de Interpretaciones NIIF (“CINIIF”) para las entidades incluidas en el régimen de oferta pública de la Ley N° 17.811, ya sea por su capital o por sus obligaciones negociables, o que hayan solicitado autorización para estar incluidas en el citado régimen.

En abril de 2016, la FACPCE emitió la RT N° 43 admitiendo sólo la alternativa de aplicar el método de la participación para la medición de las inversiones en sociedades controladas en los estados financieros separados de una sociedad controlante según la Norma Internacional de Contabilidad (“NIC”) 27.

El 24 de enero de 2012, con el objetivo de evaluar la aplicabilidad y el impacto de la Interpretación N° 12 “Acuerdos de Concesión de Servicios” (CINIIF 12) para las sociedades registrantes que sean licenciatarias de los servicios públicos de transporte y distribución de gas natural, así como sus empresas controlantes, la CNV emitió la Resolución Nº 600, que postergó la adopción obligatoria de las NIIF para los ejercicios que comienzan el 1° de enero de 2013.

Posteriormente, el 20 de diciembre de 2012, la CNV emitió la Resolución Nº 613, que estableció que las empresas concesionarias de transporte y distribución de gas natural y sus empresas controlantes están fuera del alcance de la CINIIF 12. (ver Nota 5 a los presentes estados financieros).

En consecuencia, la aplicación de NIIF resultó obligatoria para la Sociedad a partir del ejercicio iniciado el 1° de enero de 2013, siendo la fecha de transición a las NIIF para la Sociedad, conforme a lo establecido en la NIIF 1 “Adopción por primera vez de las NIIF”, el 1° de enero de 2012.

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De acuerdo con lo dispuesto por las normas contables aplicables antes de la adopción de las NIIF, la Sociedad reconoció los efectos de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda hasta el 31 de agosto de 1995. A partir de esa fecha y hasta el 31 de diciembre de 2001, se discontinuó la reexpresión de los estados contables, debido a la existencia de un período de estabilidad monetaria. Desde el 1° de enero de 2002 y hasta el 28 de febrero de 2003, se reconocieron los efectos de la inflación siguiendo el método de reexpresión establecido por la Resolución Técnica Nº 6 de la FACPCE. A partir del 1º de marzo de 2003, y en cumplimiento del Decreto Nº 664/03 del Poder Ejecutivo Nacional, la Sociedad suspendió la reexpresión de sus estados financieros.

En los últimos años, los niveles de inflación en Argentina han sido altos, habiendo acumulado una tasa de inflación en los tres años pasados que ha superado el 100%, sin expectativas de disminuir significativamente en el corto plazo. Asimismo, la presencia de los indicadores cualitativos de alta inflación, previstos en la NIC 29, mostraron evidencias coincidentes. Por lo expuesto, el 29 de septiembre de 2018, la FACPCE emitió la Resolución JG N° 539/18, aprobada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (“CPCECABA”) mediante la Resolución CD N° 107/18, indicando, entre otras cuestiones, que la Argentina debe ser considerada una economía inflacionaria en los términos de las normas contables profesionales a partir del 1° de julio de 2018, en consonancia con la visión de organismos internacionales.

La NIC 29 señala que, en un contexto de alta inflación, los estados financieros deben presentarse en una unidad de medida corriente; esto es, en moneda homogénea de cierre del período sobre el que se informa. No obstante, la Sociedad no podía presentar sus estados financieros reexpresados debido a que el Decreto N° 664/03 del PEN prohibía a los organismos oficiales (entre ellos, la CNV) recibir estados financieros ajustados por inflación.

A través de la Ley N° 27.468, publicada el 4 de diciembre del 2018 en el B.O., se derogó el Decreto N° 1.269/02 del PEN y sus modificatorios (incluido el Decreto N° 664 del PEN antes mencionado). Las disposiciones de la mencionada ley entraron en vigencia a partir del 28 de diciembre de 2018, fecha en la cual se publicó la Resolución General N° 777/18 de CNV, la cual estableció que los estados financieros anuales, por períodos intermedios y especiales que cierren a partir del 31 de diciembre de 2018 inclusive, deben presentarse ante ese organismo de control en moneda homogénea.

De acuerdo con la NIC 29, los importes de los estados financieros que no se encuentren expresados en moneda de cierre del período sobre el que se informa, deben reexpresarse aplicando un índice general de precios. A tal efecto, y tal como lo establece la Resolución JG N° 539 de la FACPCE, se han aplicado coeficientes calculados a partir de índices publicados por dicha Federación, resultantes de combinar índices de precios al consumidor nacional (IPC) publicados por el INDEC a partir del 1° de enero de 2017 y, hacia atrás, índices de precios internos al por mayor (IPIM) elaborados por dicho Instituto o, en su ausencia, índices de precios al consumidor publicados por la Dirección General de Estadística y Censos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La variación del índice utilizado para la reexpresión de los presentes estados financieros ha

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sido del 47,65% en el ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2018 y del 24,80% en el ejercicio precedente.

De acuerdo a los lineamientos de la NIC 29, el ajuste se reanudará tomando como base la última fecha en que la Sociedad ajustó sus estados financieros para reflejar los efectos de la inflación. Para ello, en términos generales, se computará - en los saldos de activos y pasivos no monetarios - la inflación producida desde la fecha de adquisición o incorporación al patrimonio de la entidad, o bien desde la fecha de revaluación del activo, según corresponda.

El reconocimiento de los efectos de la inflación sobre los estados financieros de la entidad ha implicado un aumento del saldo de Propiedades, planta y equipo, de Activos intangibles y de Propiedades de inversión, por la reexpresión a moneda de cierre de los valores de costo de adquisición de tales activos, hasta el límite de su valor recuperable; un aumento del Patrimonio neto, principalmente el Capital Social, que se ha ajustado desde las fechas de suscripción y los Resultados acumulados, el consecuente efecto sobre el Impuesto a las ganancias diferido, y una ganancia por la posición monetaria neta dada por el exceso de pasivos monetarios sobre activos monetarios expuestos a la inflación. Con relación a los resultados del período, además de la reexpresión de los ingresos, costos, gastos y demás partidas, se incluyó el resultado por la posición monetaria neta en una línea por separado bajo la denominación de “Resultado por exposición al cambio en el poder adquisitivo de la moneda”(“RECPAM”) dentro de los Ingresos financieros y Costos financieros.

Con fines comparativos, los presentes estados financieros incluyen cifras y otra información correspondientes al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre 2017, que son parte integrante de los estados financieros mencionados precedentemente y se las presenta con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y otra información del ejercicio económico actual. Dichas cifras han sido reexpresadas en moneda de cierre del presente ejercicio económico, a fin de permitir su comparabilidad y sin que tal reexpresión modifique las decisiones tomadas con base en la información contable correspondiente al ejercicio anterior.

Los presentes estados financieros consolidados se presentan en miles de pesos argentinos, excepto menciones específicas.

Los presentes estados financieros consolidados han sido aprobados por el Directorio para su emisión el 6 de marzo de 2019.

4. POLÍTICAS CONTABLES

Las políticas contables adoptadas para estos estados financieros se exponen a continuación y se basan en aquellas NIIF emitidas por el IASB que están vigentes al 31 de diciembre de 2018.

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4.1 Bases de preparación

4.1.1 Clasificación en corriente y no corriente

La presentación en el estado de situación financiera distingue entre activos y pasivos, corrientes y no corrientes. Los activos y pasivos corrientes son aquellos que se espera recuperar o cancelar dentro de los doce meses siguientes al cierre del ejercicio sobre el que se informa.

Los activos y pasivos por impuestos corriente y diferido se presentan separados entre sí y de los otros activos y pasivos.

La Sociedad compensa los activos por impuestos y los pasivos por impuestos a las ganancias si, y sólo si, la entidad:

  • a) tiene el derecho, exigible legalmente, de compensar los importes reconocidos; y

  • b) tiene la intención de liquidar por el importe neto o de realizar el activo y liquidar el pasivo simultáneamente.

Los activos o pasivos por impuestos diferidos son clasificados como activos (pasivos) no corrientes.

4.1.2 Moneda de presentación

Los estados financieros consolidados se presentan en miles de pesos argentinos. A menos que se establezca lo contrario, o que el contexto lo exija de otro modo, las referencias a “montos en pesos” o “$”, son a pesos argentinos; las referencias a “U$S” o “dólares US” son a dólares estadounidenses.

4.1.3 Criterios contables

Los estados financieros han sido preparados sobre la base del costo histórico, el cual ha sido reexpresado en moneda de cierre en el caso de las partidas no monetarias, excepto por la valuación de los activos esenciales dentro del rubro Propiedades, planta y equipo a valor razonable con cambios en Otros Resultados Integrales y los instrumentos financieros, que son medidos a valor razonable con cambio a resultados al cierre de cada ejercicio, de acuerdo a lo mencionado en la Nota 7.

4.1.4 Flujos de efectivo

La Sociedad presenta los flujos de efectivo provenientes de actividades operativas utilizando el método indirecto. Los intereses pagados relacionados con deudas financieras y comerciales se presentan dentro de las actividades de financiación.

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4.1.5 Uso de estimaciones

La preparación de estados financieros a una fecha determinada requiere que la Sociedad realice estimaciones y evaluaciones que afectan el monto de los activos y pasivos registrados y los activos y pasivos contingentes revelados a dicha fecha, como así también los ingresos y egresos registrados en el ejercicio. Los resultados reales futuros pueden diferir de las estimaciones y evaluaciones realizadas a la fecha de preparación de los presentes estados financieros. Las principales áreas que presentan mayor complejidad, las cuales requieren la aplicación de juicio profesional o cuyas asunciones y estimaciones son significativas, se describen en la Nota 5.

4.2 Nuevos estándares emitidos y estándares revisados

4.2.1 Modificaciones a las NIIF vigentes de manera obligatoria en el presente año

En el presente año, la Sociedad ha adoptado algunas de las modificaciones a las NIIF emitidas por el IASB que se encuentran vigentes de manera obligatoria para ejercicios iniciados en o a partir del 1° de enero de 2018.

Tal como lo requiere la NIC 8, a continuación se presenta y se resume brevemente las normas o interpretaciones emitidas por el IASB cuya aplicación resulta obligatoria a la fecha de cierre de los presentes estados financieros consolidados y por lo tanto han sido adoptadas por la Sociedad.

Modificaciones a la NIIF 9 – Instrumentos Financieros

En julio de 2014, el IASB culminó la reforma de la contabilización de instrumentos financieros y emitió la NIIF 9 “Contabilidad de instrumentos financieros” (en su versión revisada de 2014 en vigencia para períodos anuales que comiencen el 1° de enero de 2018 o posteriormente), que reemplazará a la NIC 39 “Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición” luego de que expire la fecha de vigencia de esta última.

Fase 1: clasificación y medición de activos financieros y pasivos financieros

Con respecto a la clasificación y medición, el número de categorías de activos financieros bajo NIIF 9 ha sido reducido. Todos los activos financieros reconocidos que se encuentren dentro del alcance de la NIC 39 se medirán posteriormente al costo amortizado o al valor razonable conforme a la NIIF 9. Específicamente:

  • un instrumento de deuda que: (i) se mantenga dentro del modelo de negocios cuyo objetivo sea obtener los flujos de efectivo contractuales, (ii) posea flujos de efectivo contractuales que solo constituyan pagos del capital e intereses sobre el importe del capital pendiente debe medirse al costo amortizado (neto de cualquier pérdida por deterioro), a menos que el activo sea designado a valor razonable con cambios en los resultados (“FVTPL”), en cumplimiento con esta opción.

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  • un instrumento de deuda que: (i) se mantenga dentro de un modelo de negocios cuyo objetivo se cumpla al obtener flujos de efectivo contractual y vender activos financieros y (ii) posea términos contractuales del activo financiero que produce, en fechas específicas, flujos de efectivo que solo constituyan pagos del capital e intereses sobre el importe principal pendiente, debe medirse a valor razonable con cambios en otro resultado integral (“FVTOCI”), a menos que el activo sea designado a FVTPL, en cumplimiento con esta opción.

  • todos los otros instrumentos de deuda deben medirse a FVTPL.

  • todas las inversiones en instrumentos del patrimonio se medirán en el estado de situación financiera al valor razonable, con ganancias y pérdidas reconocidas en el estado de ganancias y pérdidas, salvo si se toma una decisión irrevocable en el reconocimiento inicial para medir la inversión al FVTOCI, aunque los ingresos por dividendos se reconocen en ganancia o pérdida.

La NIIF 9 también contiene requerimientos para la clasificación y medición de pasivos financieros y requerimientos para la baja en cuentas. Un cambio importante de la NIC 39 está vinculado con la presentación de las modificaciones en el valor razonable de un pasivo financiero designado a valor razonable con cambios en los resultados, que se atribuye a los cambios en el riesgo crediticio de ese pasivo. De acuerdo con la NIIF 9, estos cambios se presentan en otro resultado integral, a menos que la presentación del efecto del cambio en el riesgo crediticio del pasivo financiero en otro resultado integral creara o produjera una gran incongruencia contable en la ganancia o pérdida. De acuerdo con la NIC 39, el importe total de cambio en el valor razonable designado a FVTPL se presenta como ganancia o pérdida.

Fase 2: Metodología de deterioro

El modelo de deterioro de acuerdo con la NIIF 9 refleja pérdidas crediticias esperadas, en oposición a las pérdidas crediticias incurridas según la NIC 39. En el alcance del deterioro en la NIIF 9, ya no es necesario que ocurra un suceso crediticio antes de que se reconozcan las pérdidas crediticias. En cambio, una entidad siempre contabiliza tanto las pérdidas crediticias esperadas como sus cambios. El importe de pérdidas crediticias esperadas debe ser actualizado en cada fecha del informe para reflejar los cambios en el riesgo crediticio desde el reconocimiento inicial.

MetroGAS cuenta entre sus clientes con una gran cantidad de usuarios residenciales (aproximadamente 2,4 millones de clientes) y algunos grandes clientes compuestos por centrales eléctricas, industrias, comercios, entidades públicas y estaciones de GNC.

La Sociedad calculó el deterioro de sus activos financieros aplicando el modelo simplificado agrupando los activos en función del tipo de cliente: i) clientes residenciales, ii) grandes clientes.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

Para determinar la pérdida crediticia esperada de los clientes residenciales, al tratarse de un gran número de clientes localizados en una misma área geográfica y con características de riesgo crediticio comunes, la Sociedad ha preparado una matriz a partir de su registro de tasas de impago históricas a lo largo de la vida esperada de las cuentas por cobrar y las ha ajustado por las circunstancias relativas a las condiciones económicas futuras.

Para los grandes clientes, la Sociedad realizó un análisis individual de los créditos que representan un riesgo (riesgo de quiebra, clientes involucrados en un procedimiento judicial con la Sociedad) al 31 de diciembre de 2018.

Definido cada grupo, se asignó una tasa de incobrabilidad esperada calculada en base a tasas de impago históricas ajustadas a las condiciones económicas futuras.

La aplicación de la norma no ha generado efecto en el reconocimiento contable del deterioro de activos financieros y por ende no hay efecto sobre los saldos iniciales acumulados.

Fase 3: Contabilidad de Cobertura

Los requerimientos generales de contabilidad de cobertura de la NIIF 9 mantienen los tres tipos de mecanismos de contabilidad de cobertura incluidas en la NIC 39. No obstante, los tipos de transacciones ideales para la contabilidad de cobertura ahora son mucho más flexibles, en especial, al ampliar los tipos de instrumentos que se clasifican como instrumentos de cobertura y los tipos de componentes de riesgo de elementos no financieros ideales para la contabilidad de cobertura. Además, se ha revisado y reemplazado la prueba de efectividad por el principio de “relación económica”. Ya no se requiere de una evaluación retrospectiva para medir la efectividad de la cobertura. Se han añadido muchos más requerimientos de revelación sobre las actividades de gestión de riesgo de la entidad.

La Sociedad ha adoptado la NIIF 9 a partir de la fecha de transición en forma anticipada de acuerdo a la normativa vigente en el año 2013 en lo que se refería a la clasificación y medición de activos y pasivos financieros.

Asimismo, la Sociedad ha evaluado los efectos de la adopción de la versión revisada en el año 2014 de la NIIF 9 y considera que los cambios no tienen un efecto significativo sobre los estados financieros.

NIIF 15 – Ingreso de actividades ordinarias procedentes de Contratos con Clientes

La NIIF 15 se encuentra en vigencia para períodos sobre el que se informa que comiencen el 1° de enero de 2018 o posteriores y se permite la aplicación anticipada. Las entidades pueden decidir si aplicar el modelo de manera retrospectiva o utilizar un enfoque de transición modificado, al que se

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

le aplicará la norma de manera retrospectiva solo a los contratos que no estén completos a la fecha inicial de aplicación.

La NIIF 15 establece un modelo extenso y detallado para que las entidades lo utilicen en la contabilidad de ingresos procedentes de contratos con clientes. Reemplaza las siguientes Normas e Interpretaciones de ingreso:

  • NIC 18 “Ingresos”;

  • NIC 11 “Contratos de Construcción”;

  • CINIIF 13 “Programas de Fidelización de Clientes”;

  • CINIIF 15 “Acuerdos para la Construcción de Inmuebles”;

  • CINIIF 18 “Transferencias de Activos Procedentes de los Clientes” y

  • SIC 31 ”Transacciones de trueque que incluyen servicios de publicidad”

La NIIF 15 solo cubrirá ingresos procedentes de contratos con clientes. Según esta norma, un cliente de una entidad es una parte que ha firmado un contrato con ella para obtener bienes y servicios que sean producto de las actividades ordinarias a cambio de una contraprestación. A diferencia del alcance de la NIC 18, no se encuentran en el alcance de la NIIF 15 el reconocimiento y medición del ingreso por intereses y del ingreso por dividendos procedentes de la deuda e inversiones en el patrimonio. En cambio, se encuentran en el alcance de la NIIF 9 “Instrumentos Financieros”.

Como se mencionó anteriormente, la nueva norma de ingresos tiene un modelo detallado para explicar los ingresos procedentes de contratos con clientes. Su principio fundamental es que una entidad debería reconocer el ingreso para representar la transferencia de bienes o servicios prometidos a los clientes, en un importe que refleje la contraprestación que la entidad espera recibir a cambio de esos bienes o servicios.

La nueva norma de reconocimiento de ingresos agrega un enfoque de cinco pasos para el reconocimiento y medición del ingreso:

  1. Identificar el contrato con el cliente.

  2. Identificar las obligaciones separables del contrato.

  3. Determinar el precio de transacción.

  4. Distribuir el precio de transacción entre las obligaciones del contrato.

  5. Reconocer el ingreso cuando la entidad satisfaga las obligaciones.

La sociedad ha realizado el análisis de la norma siguiendo los pasos previstos en la NIIF 15:

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  1. Identificación del contrato con el cliente

La Sociedad ha identificado los siguientes contratos con clientes:

  • Contratos con clientes residenciales: es un acuerdo implícito que tiene derechos y obligaciones exigibles.

  • Contratos con Clientes Industriales, Comerciales y Entidades Públicas.

  • Contratos con GNC.

  • Contratos con Centrales Eléctricas.

De la revisión de los contratos mencionados no hemos identificado contratos separados que deban ser combinados entre sí. Asimismo, se revisaron los contratos de clientes de MetroENERGÍA.

  1. Identificación de las obligaciones separables del contrato

Consiste en identificar todos los bienes o servicios prometidos (incluyendo los implícitos) en el contrato y se debe evaluar si el bien o servicio es diferenciable, es decir, (i) si el cliente puede beneficiarse del uso del bien o servicio por sí sólo o conjuntamente con otros recursos disponibles y; (ii) si el bien o servicio es identificable por separado de los demás compromisos del contrato.

Si se dan ambas condiciones, entonces cada obligación es una obligación de desempeño independiente. Si no se cumplen, se combinan dos o más bienes y servicios prometidos.

En el caso de las ventas de servicio completo de MetroGAS se considera que existe una única obligación que consiste en proporcionar el servicio de distribución de gas, donde si bien existen tres componentes dentro de la tarifa (el gas, el transporte y la distribución) se entiende que las obligaciones no son separables ya que no podría entregarse el gas si no se estuviera prestando simultáneamente el servicio de transporte y distribución.

Con respecto a los otros contratos analizados de clientes de MetroENERGÍA también se identificó una única obligación de desempeño.

  1. Determinación del precio de transacción

El precio es el importe de la contraprestación a la que la entidad espera tener derecho a cambio de la transferencia de los bienes o servicios al cliente. El precio de la transacción incluye la contraprestación fija y variable neta de la contraprestación pagadera a los clientes y neta de los componentes significativos de financiación.

El precio de la transacción para MetroGAS está regulado de acuerdo al cuadro tarifario vigente emitido por el ENARGAS.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

En el caso de las ventas de servicio completo de MetroGAS se considera que existe una contraprestación fija y una variable. La contraprestación variable está dada por los topes y las bonificaciones en función de lo consumido en períodos anteriores.

En los contratos con industrias y usinas existen penalidades que se refieren a que ante cualquier consumo no autorizado del cliente, MetroGAS podrá aplicar una penalidad por cada m3 consumido y no autorizado determinado por un cálculo detallado en los contratos de cada cliente.

En el caso de los ingresos que surgen de las redes cedidas por terceros se registran por el valor razonable de la contraprestación recibida. Dicho valor es determinado en función a los montos equivalente a m3 de gas determinados por el ENARGAS a compensar a dichos terceros.

MetroENERGÍA en su carácter de comercializador presta el servicio de gestión de compra y nominación de gas natural por cuenta y orden del cliente y el precio está determinado por el precio del gas natural que incluye:

  • El costo del gas natural gestionado por MetroENERGÍA ante terceros productores y/o proveedores;

  • los costos que hubieran sido necesarios para transportar el gas natural hasta los puntos de entrega (costos de desplazamiento) y;

  • una comisión por intermediación por el gas natural que hubiera gestionado ante terceros productores y/o proveedores de gas natural, la cual está determinada por la diferencia entre el precio de gas natural y la sumatoria del costo del gas y de los costos por desplazamiento.

En el caso de venta de transporte de MetroENERGÍA el precio está determinado por un cargo fijo, un cargo por reserva de capacidad máxima diaria y un cargo variable.

4. Distribución del precio de la transacción entre las obligaciones del contrato

Consiste en asignar el precio de la transacción entre los diferentes elementos en base al precio de venta de cada uno de los ítems en forma separada.

En todos los contratos se definió una única obligación, por lo cual no se distribuye el precio.

  1. Reconocimiento del ingreso cuando la entidad satisfaga las obligaciones

Se reconocen los ingresos cuando la entidad satisface la obligación contractual. Una obligación contractual se considera satisfecha cuando se transfiere el control de los bienes y servicios al cliente.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

MetroGAS reconoce los ingresos cuando se satisface la obligación contractual, es decir cuando se transfiere el control de los bienes y/o servicios al cliente, lo cual sucede en un momento determinado. En el caso del servicio de distribución de gas es un servicio continuo en el que la obligación de prestarlo se satisface en forma continua, por este motivo los ingresos se reconocen sobre la base de lo devengado contra entrega a los clientes, que incluye los montos estimados de gas entregados y no facturados al cierre de cada período o ejercicio, su transporte y distribución, de corresponder. Los montos efectivamente entregados son estimados en base a los volúmenes comprados y otra información histórica. Estos volúmenes se asignan a cada tipo de cliente, segmento y nivel de ahorro para su valoración según el tarifario aplicable de acuerdo a la estimación que se realiza en base a información histórica de segmentación y niveles de ahorro de cada mes de facturación.

MetroENERGÍA en su operatoria de cuenta y orden reconoce los ingresos cuando el gas es entregado en el punto de entrega determinado en el contrato de cada cliente.

Cabe mencionar que MetroENERGÍA actúa como principal y no como agente en su operatoria de cuenta y orden, ya que tiene el control de los bienes y servicios prometidos antes de transferirlos al cliente.

La aplicación de la norma no ha generado efecto en el reconocimiento contable de ingresos procedentes de contratos con los clientes y por ende no hay efecto sobre los saldos iniciales acumulados.

Adicionalmente, la NIIF 15, introduce nuevos requerimientos destinados a proporcionar nuevos desgloses de información a revelar. En función del análisis realizado por la Sociedad sobre los ingresos, la Nota 23 ha sido desglosada por categoría de clientes.

Modificaciones a la NIIF 2 – Clasificación y Medición de Transacciones con Pagos basados en Acciones

En junio de 2016, el IASB emitió modificaciones a la NIIF 2 que resultan aplicables para los ejercicios iniciados en o a partir del 1° de enero de 2018, permitiendo su aplicación anticipada.

La NIIF 2 ha sido modificada para reflejar los siguientes aspectos:

  • Para las transacciones con pagos basados en acciones que se liquidan en efectivo se medirán los bienes o servicios adquiridos y el pasivo en el que haya incurrido, al valor razonable del pasivo, sujeto a los requerimientos de esta norma. Hasta que el pasivo se liquide, se volverá a medir el valor razonable del pasivo al final de cada periodo sobre el que se informa, así como en la fecha de liquidación, reconociendo cualquier cambio del valor razonable en el resultado del periodo.

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  • Las condiciones para la irrevocabilidad de concesión y condiciones distintas a las de irrevocabilidad de la concesión, distintas de las condiciones de mercado, no se tendrán en cuenta al estimar el valor razonable del pago basado en acciones que se liquida en efectivo en la fecha de medición. En su lugar, se tendrán en cuenta ajustando el número de incentivos incluidos en la medición del pasivo que surge de la transacción. Con lo cual, se reconocerá un importe por los bienes o servicios recibidos durante el periodo hasta la irrevocabilidad de la concesión. Ese importe se basará en la mejor estimación disponible del número de incentivos que se espera sean irrevocables.

  • Si los términos y condiciones de una transacción con pagos basados en acciones que se liquidan en efectivo se modifican con el resultado de que pase a ser una transacción con pagos basados en acciones que se liquidan con instrumentos de patrimonio, la transacción se contabilizará así desde la fecha de la modificación. Específicamente: (a) La transacción con pagos basados en acciones que se liquida con instrumentos de patrimonio se mide por referencia al valor razonable de los instrumentos de patrimonio concedidos en la fecha de la modificación. La transacción con pagos basados en acciones liquidada con instrumentos de patrimonio se reconoce en patrimonio, en la fecha de la modificación, en la medida de los bienes o servicios que se han recibido. (b) El pasivo por la transacción de pagos basados en acciones liquidada en efectivo en la fecha de la modificación se dará de baja en cuentas en esa misma fecha. (c) Cualquier diferencia entre el importe en libros del pasivo dado de baja en libros y el importe de patrimonio reconocido en la fecha de la modificación se reconocerá de forma inmediata en el resultado del periodo.

La aplicación de las modificaciones a la norma mencionada no tuvo efecto sobre los presentes estados financieros de la Sociedad.

Modificaciones a la NIIF 4 – Aplicación de la NIIF 9 “Instrumentos Financieros” con la NIIF 4 “Contratos de Seguro”

En septiembre de 2016, el IASB emitió modificaciones a la NIIF 4 que resultan aplicables para los ejercicios iniciados en o a partir del 1° de enero de 2018.

La NIIF 4 ha sido modificada para reflejar lo siguiente:

  • permitir que las aseguradoras que cumplan criterios especificados apliquen una exención temporal de la NIIF 9;

  • permitir que las aseguradoras apliquen el enfoque de la superposición a activos financieros designados; y

  • permitir que las aseguradoras reclasifiquen en circunstancias especificadas algunos o todos sus activos financieros, de forma que se midan a valor razonable con cambios en resultados.

La aplicación de las modificaciones a la norma mencionada no tuvo efecto sobre los presentes estados financieros de la Sociedad.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

Modificaciones a la NIC 40 – Propiedades de Inversión

En diciembre de 2016, el IASB emitió modificaciones a la NIC 40 que resultan aplicables para los ejercicios iniciados en o a partir del 1° de enero de 2018.

La NIC 40 ha sido modificada para reflejar que en relación a las transferencias una entidad transferirá una propiedad de inversión a o desde propiedades de inversión cuando y solo cuando exista un cambio de uso. Este cambio de uso ocurre cuando una propiedad cumple o deja de cumplir la definición de propiedad de inversión y existe evidencia del cambio de uso. También aclara que el cambio en las intenciones de la gerencia de uso de una propiedad no proporciona evidencia de un cambio de uso.

La aplicación de las modificaciones a la norma mencionada no tuvo efecto sobre los presentes estados financieros de la Sociedad.

CINIIF 22 – Transacciones en Moneda Extranjera y Contraprestaciones anticipadas

En diciembre de 2016, el IASB aprobó la interpretación CINIIF 22 “Transacciones en moneda extranjera y contraprestaciones anticipadas”, que resulta aplicable para los ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2018, permitiendo su aplicación anticipada. El alcance de esta interpretación se aplica a una transacción en moneda extranjera (o parte de ella) cuando una entidad reconoce un activo no financiero o pasivo no financiero que surge del pago o cobro de una contraprestación anticipada antes de que la entidad reconozca el activo, gasto o ingreso relacionado (o la parte de estos que corresponda). Esta interpretación no se aplica cuando una entidad mide el activo, gasto o ingreso relacionado, en el momento del reconocimiento inicial: (a) al valor razonable; o (b) al valor razonable de la contraprestación pagada o recibida en una fecha distinta de la del reconocimiento inicial del activo no monetario, o pasivo no monetario, que surge de la contraprestación anticipada (por ejemplo, la medición de la plusvalía aplicando la NIIF 3 Combinaciones de Negocios).

La aplicación de las modificaciones a la norma mencionada no tuvo efecto sobre los presentes estados financieros de la Sociedad.

Mejoras anuales a las NIIF – Ciclo 2014 - 2016

En diciembre de 2016, el IASB emitió las mejoras anuales 2014 - 2016 que resultan aplicables para los ejercicios iniciados en o a partir del 1° de enero de 2018, permitiendo su aplicación anticipada.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

Norma Objeto de la
**modificación **
Detalle
NIIF 1 - Adopción por
primera vez de las Normas
Internacionales de
Información Financiera
Eliminación de
exenciones a corto plazo
para las entidades que
adoptan por primera vez
las Normas NIIF.
La modificación introduce la eliminación de los
párrafos que consideran la exención limitada de
la información a revelar comparativa de la NIIF
7 para entidades que adoptan por primera vez las
NIIF, la información a revelar de las
transferencias de activos financieros y el párrafo
39AA que se considera las mejores anuales a las
normas NIIF Ciclo 2014-2016.
NIC 28 – Inversiones en
asociadas y negocios
conjuntos
Medición a valor
razonable de una
asociada o negocio
conjunto.
La modificación introduce cambios con relación
a la exención y los procedimientos a aplicar para
el método de la participación, aclara que una
entidad aplicará esta exención o el método de
forma separada para cada asociada o negocio
conjunto, para el caso de la exención en el
reconocimiento inicial de la asociada o negocio
conjunto, y con relación al método en la fecha
posterior de entre las siguientes: a) cuando la
asociada o negocio conjunto que es una entidad
de inversión se reconoce inicialmente; b) cuando
la asociada o negocio conjunto pasa a ser una
entidad de inversión; c) cuando la asociada o
negocio conjunto que es una entidad de
inversión pasa a ser una controladora.

La aplicación de las modificaciones a la norma mencionada no tuvo efecto sobre los presentes estados financieros de la Sociedad.

4.2.2 NIIF nuevas y revisadas emitidas no adoptadas a la fecha

NIIF 16 – Arrendamientos

La NIIF 16 se encuentra en vigencia para períodos sobre el que se informa que comiencen el 1° de enero de 2019 y se permite su aplicación anticipada para entidades que utilicen la NIIF 15 “Ingresos de Actividades Ordinarias procedentes de Contratos con Clientes” antes de la fecha de aplicación inicial de la NIIF 16.

La NIIF 16 establece los principios para el reconocimiento, medición, presentación e información a revelar de los arrendamientos. El objetivo es asegurar que los arrendatarios y arrendadores proporcionen información relevante de forma que represente fielmente esas transacciones. Los cambios incorporados por la misma impactan principalmente en la contabilidad de los

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

arrendatarios. Reemplazará las siguientes Normas e Interpretaciones después de la fecha en que entre en vigencia:

  • NIC 17 “Arrendamientos”;

  • CINIIF 4 “Determinación de si un acuerdo contiene un arrendamiento”;

  • SIC 15 ”Arrendamientos operativos-incentivos” y

  • SIC 27 “Evaluación de la esencia de las transacciones que adoptan la forma legal de un arrendamiento”

Esta Norma se aplica a todos los arrendamientos, incluyendo los arrendamientos de activos de derechos de uso en un subarrendamiento, con la excepción de aspectos específicos contemplados en otras normas:

  • Arrendamientos para explorar o utilizar de minerales, petróleo, gas natural y recursos no renovables similares;

  • Arrendamientos de activos biológicos dentro del ámbito de aplicación de la NIC 41 “Agricultura” mantenidos por un arrendatario;

  • Contratos incluidos en el ámbito de aplicación de la CINIIF 12 “Acuerdos de Concesión de Servicios”;

  • Licencias de propiedad intelectual concedidas por un arrendador dentro del alcance de la NIIF 15 “Ingresos de Actividades Ordinarias procedentes de Contratos con Clientes”; y

  • Derechos mantenidos por un arrendatario bajo acuerdos de licencia que estén dentro del alcance de la NIC 38 “Activos Intangibles” para elementos como películas de cine, videos, juegos, manuscritos, patentes y derechos de autor.

Se permite a los arrendatarios aplicar la norma NIIF 16 a los arrendamientos de otros activos intangibles distintos de los descritos en el párrafo 3(e).

La nueva norma de arrendamientos ha introducido muchas más indicaciones prescriptivas:

  • Medición del activo por derecho de uso

El costo del derecho de uso de los activos incluye las siguientes partidas:

(a) el importe de la medición inicial del pasivo por arrendamiento (según se describe más adelante);

(b) cualquier pago por arrendamiento abonado al arrendador con anterioridad a la fecha de comienzo o en la misma fecha, una vez descontado cualquier incentivo recibido por el arrendamiento;

(c) los costos directos iniciales incurridos por el arrendatario; y

(d) una estimación de los costos a incurrir por el arrendatario al desmantelar y eliminar el activo subyacente, restaurar el lugar en el que se localiza o restaurar el activo subyacente a la condición requerida por los términos y condiciones del arrendamiento, a menos que se incurra en esos costos al producir los inventarios. El arrendatario podría incurrir en obligaciones a

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consecuencia de esos costos ya sea en la fecha de comienzo o como una consecuencia de haber usado el activo subyacente durante un periodo determinado.

Posteriormente, la valoración del derecho de uso de los activos irá por el modelo del costo o el modelo de la revaluación de la NIC 16 “Propiedades, planta y equipo” (reconociendo por tanto la amortización y el deterioro en la cuenta de pérdidas y ganancias y, en su caso de aplicación del modelo de revaluación, las revalorizaciones en patrimonio). No obstante, NIIF 16 exige que la valoración del derecho de uso de una inversión inmobiliaria arrendada se realice a su valor razonable en virtud de lo dispuesto en la norma NIC 40 “Propiedades de inversión” para las inversiones inmobiliarias que posea.

  • Pasivo por arrendamiento

Un arrendatario medirá el pasivo por arrendamiento al valor presente de los pagos por arrendamiento que no se hayan pagado en esa fecha. Los pagos por arrendamiento se descontarán usando la tasa de interés implícita en el arrendamiento, si esa tasa pudiera determinarse fácilmente. Si esa tasa no puede determinarse fácilmente, el arrendatario utilizará la tasa incremental por préstamos del arrendatario.

Los pasivos por arrendamiento deben incluir las siguientes partidas:

(a) pagos fijos (incluyendo los pagos en esencia fijos), menos cualquier incentivo de arrendamiento por cobrar;

(b) pagos variables, que dependen de un índice o una tasa, inicialmente medidos usando el índice o tasa (por ejemplo, pagos vinculados al índice de precios al consumidor, precios vinculados a una tasa de interés de referencia, tal como la LIBOR, o pagos que varían para reflejar cambios en los precios de alquiler del mercado) en la fecha de comienzo del contrato;

(c) importes que el arrendatario espera pagar como garantías de valor residual;

(d) el precio de ejercicio de una opción de compra si el arrendatario está razonablemente seguro de ejercer esa opción; y

(e) pagos de penalizaciones por terminar el arrendamiento, si el período del arrendamiento refleja que el arrendatario ejercerá una opción de terminarlo por parte del arrendatario (es decir, porque existe una certeza razonable al respecto).

Posteriormente, el arrendatario irá incrementando el pasivo por el arrendamiento para reflejar el interés devengado (y reconocido en la cuenta de pérdidas y ganancias), deducir las cuotas que se van pagando del pasivo y recalcular de nuevo el valor contable para reflejar cualquier revisión, modificación del arrendamiento o revisión de las denominadas cuotas “en sustancia” fijas.

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  • Revisión del pasivo por arrendamiento

El arrendatario deberá revisar el pasivo por arrendamiento en los siguientes casos:

  • Cuando se produzca un cambio en el importe esperado a pagar en virtud de una garantía de valor residual;

  • Cuando se produzca un cambio en las futuras cuotas de arrendamiento para reflejar la variación de un índice o en un tipo de interés utilizado para determinar dichas cuotas (incluida, por ejemplo, una revisión del alquiler de mercado);

  • Cuando se produzca un cambio en la duración del arrendamiento como resultado de una modificación en el periodo no cancelable del mismo (por ejemplo, si el arrendatario no ejerce una opción previamente incluida en la determinación del periodo de arrendamiento); o

  • Cuando se produzca un cambio en la evaluación de la opción de compra del activo subyacente.

  • Contabilidad del arrendador

La NIIF 16 exige al arrendador clasificar el arrendamiento en operativo o financiero. Un arrendamiento financiero es un arrendamiento en el que se transfieren sustancialmente todos los riesgos y beneficios derivados de la propiedad del activo. Un arrendamiento se clasificará como operativo si no transfiere sustancialmente todos los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad de un activo subyacente.

La clasificación del arrendamiento se realiza en la fecha de inicio del acuerdo y se evalúa nuevamente solo si se produce una modificación del arrendamiento. Los cambios en las estimaciones (por ejemplo las que suponen modificaciones en la vida económica o en el valor residual del activo subyacente) o los cambios en circunstancias (por ejemplo el incumplimiento por parte del arrendatario), no darán lugar a una nueva clasificación del arrendamiento a efectos contables.

  • Transacciones de venta con arrendamiento posterior (“Sale and leaseback”)

Este aspecto se trata desde el punto de vista del arrendatario-vendedor como arrendadorcomprador. El aspecto fundamental del tratamiento de esas transacciones depende de si la transferencia del activo en cuestión cumple los criterios de la NIIF 15 “Ingresos procedentes de contratos con clientes”, para su reconocimiento como venta.

La sociedad ha analizado el impacto de la norma siguiendo los siguientes pasos:

  • Selección de contratos que superasen la materialidad definida.

  • Análisis de la base de los contratos seleccionados al 31 de diciembre de 2018 para identificar si contienen un arrendamiento de acuerdo a las definiciones de la NIIF 16.

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  • Determinación del valor del activo por derecho de uso y el pasivo por arrendamiento incluido en los contratos identificados en el punto anterior.

  • Determinación de la tasa de descuento a aplicar al pasivo por arrendamiento.

Del análisis realizado, la Sociedad concluyó que la aplicación de las modificaciones a la norma mencionada no tendrá un efecto significativo sobre los estados financieros de la Sociedad.

NIIF 17 – Contratos de seguros

En mayo de 2017, el IASB emitió la NIIF 17 que resulta aplicable para los ejercicios iniciados en o a partir del 1° de enero de 2021, permitiendo su aplicación anticipada.

La NIIF 17 Contratos de Seguro establece principios para el reconocimiento, medición, presentación e información a revelar de los contratos de seguro que están dentro del alcance de la Norma. El objetivo de la NIIF 17 es asegurar que una entidad proporciona información relevante que represente fidedignamente esos contratos.

La NIIF 17 deroga la NIIF 4 Contratos de Seguro.

Una entidad aplicará la NIIF 17 a:

  • Los contratos de seguro, incluyendo los contratos de reaseguro, que emita;

  • Los contratos de reaseguro de los que sea tenedora; y

  • Los contratos de inversión con componentes de participación discrecional que emita, siempre que la entidad también emita contratos de seguro.

Separación de los componentes de un contrato de seguro

Un contrato de seguro puede contener uno o más componentes que estarían dentro del alcance de otra Norma si fueran contratos separados. Por ejemplo, un contrato de seguro puede incluir un componente de inversión o un componente de servicio (o ambos).

Una entidad: (a) aplicará la NIIF 9 para determinar si existe un derivado implícito a separar y, si lo hay, cómo contabilizarlo. (b) separará un componente de inversión de un contrato de seguro anfitrión si, y solo si, ese componente de inversión es distinto. La entidad aplicará la NIIF 9 para contabilizar el componente de inversión separado.

Después de separar los flujos de efectivo relacionados con los derivados implícitos y componentes de inversión distintos, una entidad separará del contrato anfitrión cualquier compromiso de transferir diferentes bienes o servicios, que no sean de seguro, a un tenedor de la póliza de seguro, aplicando el párrafo 7 de la NIIF 15. La entidad contabilizará estos compromisos aplicando la NIIF 15.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

Después de aplicar los párrafos anteriores, una entidad aplicará la NIIF 17 a todos los componentes restantes del contrato de seguro anfitrión.

Nivel de agregación de los contratos de seguro

La NIIF 17 requiere que una entidad identifique carteras de contratos de seguro. Una cartera comprende contratos sujetos a riesgos similares y son gestionados conjuntamente.

Una entidad dividirá una cartera de contratos de seguro emitidos en un mínimo de tres grupos:

  • Un grupo de contratos que son onerosos en el reconocimiento inicial, si los hubiera;

  • Un grupo de contratos que en el reconocimiento inicial no cuentan con una posibilidad significativa de convertirse en onerosos posteriormente, si los hubiera; y

  • Un grupo de contratos restantes en la cartera, si los hubiera.

Una entidad no incluirá en el mismo grupo contratos emitidos con más de un año de diferencia.

Además, si una cartera cayera en diferentes grupos solo porque la ley o la regulación limitan la capacidad práctica de la entidad para establecer un precio o nivel de beneficios diferente para los asegurados con diferentes características, la entidad puede incluir esos contratos en el mismo grupo.

Descripción general del nuevo modelo contable

La norma mide los contratos de seguro ya sea bajo el modelo general o una versión simplificada de esto, denominado “Enfoque de asignación de la prima”. El modelo general se define de manera que en el reconocimiento inicial una entidad mida un grupo de contratos por el total de (a) el importe de los flujos de efectivo procedentes del cumplimiento (“FFC”), que comprenden las estimaciones ponderadas de probabilidad de los flujos de efectivo futuros, un ajuste para reflejar el valor del dinero en el tiempo (“VDT”) y los riesgos financieros asociados con esos flujos de efectivo futuros y un ajuste de riesgo para el riesgo no financiero; y (b) el margen de servicio contractual (“MSC”).

En la medición posterior, el valor en libros de un grupo de contratos de seguro al final de cada período de presentación será la suma del pasivo por la cobertura restante y el pasivo por los reclamos incurridos. La responsabilidad por la cobertura restante comprende el FFC relacionado con los servicios futuros y el MSC del grupo en esa fecha. El pasivo por los reclamos incurridos se mide como el FFC relacionado con los servicios pasados asignados al grupo en esa fecha.

Una entidad puede simplificar la medición del pasivo por la cobertura remanente de un grupo de contratos de seguro utilizando el enfoque de asignación de la prima con la condición de que, en el reconocimiento inicial, la entidad razonablemente espera que al hacerlo produzca una

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aproximación razonable del modelo general, o el período de cobertura de cada contrato en el grupo es de un año o menos.

Presentación en el estado del rendimiento financiero

Una entidad desagregará los importes reconocidos en los estados de rendimiento financiero en un resultado del servicio de seguros, que comprende los ingresos por los seguros y los gastos del servicio de seguros, y los ingresos por los servicios financieros. Los ingresos o gastos de los contratos de reaseguro se presentaron por separado de los gastos o ingresos de los contratos de seguro emitidos.

Una entidad presentará los ingresos o gastos derivados de los grupos de contratos de seguro emitidos, y los gastos del servicio de seguros que surjan de un grupo de contratos de seguros que emite, que comprende los reclamos incurridos y otros gastos del servicio de seguros incurridos. Los gastos del servicio de ingresos y seguros no incluyen ningún componente de inversión.

La Sociedad estima que la aplicación de esta norma no tendrá efectos significativos sobre los estados financieros de la Sociedad.

Mejoras anuales a las NIIF – Ciclo 2015- 2017

En diciembre de 2017, el IASB emitió las mejoras anuales 2015 - 2017 que resultan aplicables para los ejercicios iniciados en o a partir del 1 de enero de 2019, permitiendo su aplicación anticipada.

Norma Objeto de la
modificación
Detalle
NIIF 3 – Combinaciones
de negocios
NIIF 11 – Acuerdos
conjuntos
Participaciones
anteriormente
mantenidas en una
operación conjunta.
Cuando se obtiene el control de un negocio que
era una operación conjunta, y tenía derecho a los
activos y obligación por los pasivos relacionados
a esa operación conjunta, la adquirente aplicara
el requerimiento relacionado a una combinación
de negocio realizada por etapas. La adquirente
medirá nuevamente la totalidad de la
participación anteriormente mantenida en la
operación conjunta.
Por otra parte, de acuerdo a la NIIF 11 al obtener
el control conjunto de un negocio que era una
operación conjunta, no medirá nuevamente la
participación anteriormente mantenida en la
operación conjunta.
Consecuencias
en
el
impuesto a las ganancias
Una entidad reconocerá las consecuencias de los
dividendos en el impuesto a las ganancias como
Firmado a los efectos de su identi
nuestro informe de fecha 6 de ma
DELOITTE & Co. S.A
C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 -
ficación con
rzo de 2019
.
Fº 3

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

Norma Objeto de la
modificación
Detalle
NIC 12 – Impuesto
Diferido
de
los
pagos
por
instrumentos financieros
clasificados
como
patrimonio.
se define en la NIIF 9 cuando reconozca un
pasivo
por
dividendos
a
pagar.
Las
consecuencias de los dividendos en el impuesto
a
las
ganancias
están
más
directamente
relacionadas
con
transacciones
o
sucesos
pasados que generaron ganancias distribuibles,
que con las distribuciones hechas a los
propietarios. Por ello, una entidad reconocerá las
consecuencias de los dividendos en el impuesto
a las ganancias en el resultado del periodo, otro
resultado integral o patrimonio según dónde la
entidad
reconoció
originalmente
esas
transacciones o sucesos pasados.
NIC 23 – Costos por
préstamos
Costos por préstamos
susceptibles
de
capitalización.
Se aclara que cuando un activo apto está listo
para su uso previsto o venta, una entidad tratará
cualquier préstamo pendiente de pago tomado
específicamente para obtener ese activo apto
como parte de los fondos que ha tomado como
préstamos genéricos.

La aplicación de las mejoras no tuvo efecto sobre los presentes estados financieros de la Sociedad.

Modificaciones a la NIC 19 – Beneficios a los empleados

En octubre de 2018, el IASB modificó la NIC 19 “Beneficios a los empleados”. Las modificaciones se relacionan con cambios al reconocimiento y medición de los costos de los servicios prestados en los beneficios post empleo.

La Sociedad no otorga beneficios a post empleo tal como los define la Norma, por lo tanto estimamos que las modificaciones no tendrán impacto en los estados financieros de la Sociedad.

Modificaciones a las Referencias al Marco Conceptual para la Información Financiera

En marzo de 2018, el IASB emitió el Marco Conceptual revisado que resulta aplicable para períodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2020.

El marco conceptual establece un conjunto de definiciones, conceptos y lineamientos que son la base para preparar información financiera, este ayuda a que:

  • El IASB pueda desarrollar lineamientos para que las empresas de los diferentes grupos puedan preparar sus estados financieros.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

  • Los preparadores de la información financiera desarrollen las políticas contables congruentes cuando no existe un lineamiento directo en las Normas para un hecho económico o transacción específica.

  • Los usuarios de la información puedan comprender e interpretar las Normas.

Modificaciones a la NIIF 3 – Definición de un Negocio

En octubre de 2018, el IASB modificó la NIIF 3 “Combinaciones de Negocios” modificando la definición del término “Negocio”. La modificación se aplicará prospectivamente a las combinaciones de negocios cuya fecha de adquisición sea a partir del comienzo del primer periodo anual sobre el que se informa que se inicie a partir del 1 de enero de 2020 y a adquisiciones de activos que tienen lugar a partir del inicio de ese periodo. Se permite su aplicación anticipada.

Define negocio como un conjunto integrado de actividades y activos susceptibles de ser dirigidos y gestionados con el propósito de proporcionar bienes o servicios a los clientes, que genera ingresos por inversiones (tales como dividendos o intereses) u otros ingresos de actividades ordinarias.

La Sociedad estima que la aplicación de las modificaciones a la norma mencionada no tendrá un efecto significativo sobre los estados financieros de la misma.

Modificaciones a las NIC 1 y NIC 8 – Definición de Material o con Importancia Relativa

En octubre de 2018, el IASB modificó la NIC 1 “Presentación de Estados Financieros” y la NIC 8 “Políticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores”. La modificación se aplicará prospectivamente a los períodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2020. Se permite su aplicación anticipada.

Define la información Material o con Importancia Relativa mencionando que la información es material o tiene importancia relativa si su omisión, expresión inadecuada o ensombrecimiento podría esperarse razonablemente que influya sobre las decisiones que los usuarios principales de los estados financieros con propósito general toman a partir de los estados financieros, que proporcionan información financiera sobre una entidad que informa específica.

La entidad deberá realizar la evaluación de si la información podría razonablemente esperarse que influya en las decisiones realizadas por los usuarios principales de los estados financieros con propósito general; esto requiere que la entidad considere las características de los usuarios y las circunstancias propias de la entidad.

La Sociedad estima que la aplicación de las modificaciones a la norma mencionada no tendrá un efecto significativo sobre los estados financieros de la misma.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

Modificaciones a las NIIF 10 y NIC 28 – Venta o Aportación de Activos entre un Inversor y su Asociada o Negocio Conjunto

En diciembre 2015, el IASB decidió posponer la fecha efectiva de las modificaciones de la NIIF 10 “Estados Financieros Consolidados” y la NIC 28 “Inversiones en Asociadas y Negocios Conjuntos” de manera indefinida hasta que haya finalizado cualquier modificación que resulte de su proyecto de investigación sobre el método de participación. Todavía se permite la aplicación anticipada.

Las modificaciones tratan de situaciones en las que hay una venta o aportación de activos entre un inversor y su asociada o negocio conjunto.

La NIC 28 ha sido modificada para reflejar lo siguiente:

  • Las ganancias y pérdidas resultantes de las transacciones relativas a los activos que no constituyen un negocio entre un inversor y su asociada o negocio conjunto se reconocen en la medida de la participación de los inversionistas no relacionados en la asociada o negocio conjunto.

  • Las ganancias o pérdidas por operaciones posteriores relativas a los activos que constituyen un negocio entre un inversor y su asociada o negocio conjunto deben ser reconocidos en su totalidad en los estados financieros del inversor.

La NIIF 10 ha sido modificada para reflejar lo siguiente:

Las ganancias o pérdidas resultantes de la pérdida de control de una subsidiaria que no contenga un negocio en una transacción con una asociada o un negocio conjunto que se contabilicen utilizando el método de participación, se reconocen en el resultado de la controladora en la medida de la participación de los inversionistas no relacionados en esa asociada o negocio conjunto. Del mismo modo, las ganancias y pérdidas resultantes de la revaluación de inversiones acumuladas en alguna subsidiaria anterior (que se ha convertido en una asociada o un negocio conjunto que se contabilice utilizando el método de participación) a valor razonable se reconocen en el resultado de la anterior controladora sólo en la medida de la participación de los inversionistas no relacionados en la nueva asociada o negocio conjunto.

La Sociedad estima que la aplicación de las modificaciones a la norma mencionada no tendrá un efecto significativo sobre los estados financieros de la misma.

CINIIF 23 – La Incertidumbre frente a los Tratamientos del Impuesto a las Ganancias

En junio de 2017, el IASB aprobó la interpretación CINIIF 23 “La Incertidumbre frente a los Tratamientos del Impuesto a las Ganancias”, que resulta aplicable para los ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2019, permitiendo su aplicación anticipada.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

Esta Interpretación aclara cómo aplicar los requerimientos de reconocimiento y medición de la NIC 12 cuando existe incertidumbre frente a los tratamientos del impuesto a las ganancias. En esta circunstancia, una entidad reconocerá y medirá su activo o pasivo por impuestos diferidos o corrientes aplicando los requerimientos de la NIC 12 sobre la base de la ganancia fiscal (pérdida fiscal), bases fiscales, pérdidas fiscales no utilizadas, créditos fiscales no utilizados y tasas fiscales determinadas aplicando esta Interpretación.

La Sociedad estima que la aplicación de las modificaciones a la norma mencionada no tendrá un efecto significativo sobre los estados financieros de la misma.

Modificaciones a la NIIF 9 – Características de Cancelación Anticipada con Compensación Negativa

En octubre de 2017, el IASB modificó la NIIF 9 emitiendo Características de Cancelación Anticipada con Compensación Negativa, que resulta aplicable para períodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2019.

Las modificaciones a la NIIF 9 permiten medir los activos financieros concretos con características de cancelación anticipada que puedan dar lugar razonablemente a una compensación negativa por la finalización anticipada del contrato a costo amortizado o valor razonable con cambios en otro resultado integral si se cumple una condición específica; en lugar de hacerlo a valor razonable con beneficio o pérdida.

La Sociedad estima que la aplicación de las modificaciones a la norma mencionada no tendrá un efecto significativo sobre los estados financieros de la misma.

Modificaciones a la NIC 28 - Participaciones de Largo Plazo en Asociadas y Negocios Conjuntos

En octubre de 2017, el IASB modifico la NIC 28 Participaciones de Largo Plazo en Asociadas y Negocios Conjuntos. Las modificaciones se aplicaran retrospectivamente y a periodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2019. Se permite su aplicación anticipada.

La modificación establece que las participaciones de largo plazo en asociadas o negocio conjunto aplicaran la NIIF 9 siempre y cuando no se contabilicen utilizando el método de la participación.

IASB ha aclarado que la NIIF 9, incluyendo sus requerimientos de deterioro, aplica a los intereses de largo plazo. Además, al aplicar la NIIF 9 a los intereses de largo plazo, la entidad no tiene en cuenta los ajustes a su valor en libro requeridos por la NIC 28 (i.e., ajustes al valor en libros de los intereses de largo plazo que surjan de la asignación de pérdidas de la entidad donde se invierte o de la valoración del deterioro de acuerdo con la NIC 28).

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

La Sociedad estima que la aplicación de las modificaciones a la norma mencionada no tendrá un efecto significativo sobre los estados financieros de la misma.

4.3 Información por segmentos

La información por segmentos se presenta de manera consistente con la información interna brindada al Comité de Dirección, quien es la máxima autoridad relacionada con la toma de decisiones (traducción al español de Chief Operating Decision Maker o CODM por su sigla en inglés). El CODM es el responsable de asignar recursos y establecer el rendimiento de los segmentos de operaciones de la entidad y ha sido identificado como el órgano que ejecuta las decisiones estratégicas de la Sociedad.

La Sociedad analiza los Segmentos de operación a nivel consolidado, por lo tanto expone información sobre los mismos en la Nota 9 de sus estados financieros consolidados.

4.4 Conversión de moneda extranjera

4.4.1 Moneda funcional y de presentación

Las partidas que se incluyen en los estados financieros de la Sociedad se miden utilizando la moneda del entorno económico principal en el que opera la entidad (“la moneda funcional”), que es el peso argentino, sobre la base de los parámetros establecidos en la NIC 21. Los estados financieros consolidados se presentan en miles de pesos argentinos, que es la moneda de presentación de la Sociedad.

4.4.2 Operaciones y saldos en moneda extranjera

Las operaciones en moneda extranjera se convierten a la moneda funcional aplicando los tipos de cambio vigentes a las fechas de las transacciones. Las ganancias y pérdidas por diferencia de cambio derivadas de cada transacción y por la conversión de los activos y pasivos monetarios denominados en moneda extranjera al cierre del ejercicio, se reconocen en el resultado del ejercicio.

4.5 Reconocimiento de ingresos

Los ingresos se calculan al valor razonable de la contraprestación cobrada o por cobrar, teniendo en cuenta el importe estimado de cualquier descuento, bonificación o rebaja comercial que la Sociedad pueda otorgar.

La Sociedad reconoce los ingresos por ventas cuando los importes relacionados pueden ser estimados confiablemente, cuando es probable que beneficios económicos futuros fluyan a la entidad y cuando los criterios específicos para cada una de las actividades se han cumplido. La

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

Gerencia basa sus estimaciones en la experiencia histórica, tomando en consideración el tipo de cliente, el tipo de transacción y las características específicas de cada acuerdo.

La Sociedad reconoce los ingresos por ventas sobre la base de las entregas de gas y su transporte y distribución, a los clientes, incluyendo los montos estimados de gas entregado pero aún no facturados al cierre de cada ejercicio. El reconocimiento contable de los ingresos por distribución y transporte de gas se produce en el momento de la prestación del servicio.

Los montos efectivamente entregados han sido determinados de acuerdo con los volúmenes de gas comprados y otros datos. Las ventas no facturadas al cierre del ejercicio se reconocen en base a estimaciones realizadas por la Gerencia.

Los ingresos por intereses se reconocen sobre la base de la proporción de tiempo transcurrido, utilizando el método de la tasa efectiva. Cuando el valor de una cuenta por cobrar se deteriora, la Sociedad reduce su valor en libros a su monto recuperable, que es el flujo de efectivo futuro estimado descontado a la tasa de interés efectiva original del instrumento y continúa revirtiendo el descuento como ingreso por intereses. El ingreso por intereses de préstamos o colocaciones provisionadas se reconoce usando la tasa efectiva original del instrumento.

4.5.1 Reconocimiento de ingresos por Resolución MINEM N° 508-E/2017

La Resolución MINEM N° 508-E/2017, aplicable a partir de enero de 2018, encuadra dentro del alcance de la NIC 20 “Subvenciones del gobierno” (ver Nota 2.2.2.2 a los presentes estados financieros).

El reconocimiento de estos ingresos es efectuado en base a los montos efectivamente facturados al cierre de cada período considerando la existencia de seguridad razonable respecto a su cobro.

Este concepto ha sido expuesto en la línea “Resolución MINEM N° 508-E/2017” dentro del rubro “Ingresos Ordinarios” (ver Nota 24 a los presentes estados financieros).

La diferencia entre los ingresos reconocidos y los anticipos recibidos por el MINEM se exponen en el rubro Otros créditos.

4.5.2 Reconocimiento de ingresos por Diferencias Diarias

El Decreto N° 1.053/2018 encuadra dentro del alcance de la NIC 20 “Subvenciones del gobierno” (ver Nota 2.2.2.3 a los presentes estados financieros).

El mismo establece que el Estado Nacional asume, con carácter excepcional, el pago de las DDA mensualmente entre el valor del gas comprado por las prestadoras del servicio de distribución de gas natural por redes y el valor del gas natural incluido en los cuadros tarifarios vigentes entre el 1° de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2019, generadas exclusivamente por variaciones del tipo de

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cambio y correspondientes a volúmenes de gas natural entregados en ese mismo período, todo ello de acuerdo con el procedimiento que disponga el ENARGAS.

El pago de las DDA se transferirá a cada distribuidora en treinta (30) cuotas mensuales y consecutivas a partir del 1° de octubre de 2019. Una vez percibida cada cuota, las distribuidoras deberán realizar de manera inmediata los pagos correspondientes a los proveedores de gas natural involucrados y los informarán y acreditarán mensualmente ante el ENARGAS.

El ingreso por DDA se registró en la línea “Suministro de gas” dentro de los Costos de operación del Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral, y los montos pendientes de pago a los productores de gas se exponen en el rubro Cuentas por pagar.

4.6 Propiedades, planta y equipo

A la fecha de transición de implementación de las Normas Internacionales de Información (“NIIF”), 1° de enero del 2012, la Sociedad había optado por considerar como costo atribuido de las Propiedades, planta y equipo, que incluyen los Activos esenciales para la prestación del servicio y otros bienes, el costo de los mismos reexpresados en moneda constante hasta el 1 de marzo de 2003 de acuerdo a las normas contables previas y normas de la CNV.

A los efectos de la determinación del costo, para los bienes recibidos en el momento de otorgarse la Licencia, se había tomado el valor global de transferencia definido en el Contrato de Transferencia, que surgía como contrapartida de los aportes efectuados y el pasivo transferido. Sobre la base de un trabajo especial efectuado por peritos independientes en el año 1993, luego se realizó la asignación del valor de origen global entre las distintas categorías de bienes que lo integraban, asignándole como vida útil los años de servicio restantes estimados en función de cada tipo de bien, estado de conservación y planes de renovación y mantenimiento.

Los bienes incorporados al patrimonio con posterioridad al momento de otorgarse la Licencia fueron valuados a su costo de adquisición reexpresado como se detalla en el primer párrafo, excepto en el caso de las redes de distribución construidas por terceros que se valúan conforme lo establecido por la CINIIF 18 al valor razonable de la contraprestación recibida. Dicho valor es determinado en función a los montos equivalentes a determinados metros cúbicos de gas determinados por el ENARGAS a compensar a dichos terceros.

Con fecha efectiva 1° de abril de 2017, MetroGAS decidió utilizar, dentro de los dos modelos previstos en las NIIF, el modelo de la revaluación para la valuación de sus Activos esenciales dentro del rubro Propiedades, planta y equipo, los que incluyen: Ramales de alta presión, Conductos y redes en media y baja presión, Estaciones de regulación y/o medición de presión, Instalaciones de medición de consumos y Redes cedidas por terceros. El cambio de criterio de valuación del modelo de costo al de revaluación se aplica en forma prospectiva de acuerdo con la NIC 8.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

Este cambio de política contable permite valuar los Activos esenciales a valores que se aproximen a su valor razonable y de esta forma brindar información más relevante en el estado de situación financiera. Tal como se explica en la Nota 2, en marzo de 2017 se culminó el proceso de la RTI y de adecuación de la licencia de distribución, que estableció un régimen tarifario de transición a partir del 1° de abril de 2017, un sistema de ajuste semestral, el proceso de revisión tarifaria quinquenal y el plan de inversiones obligatorias quinquenales y adicionales.

4.6.1. Activos esenciales

Tal como se menciona en el punto anterior, con fecha efectiva 1° de abril de 2017 los Activos esenciales se miden por el “modelo de revaluación” establecido en la NIC 16 – Propiedades, planta y equipo-, menos la depreciación acumulada y las pérdidas por deterioro subsecuentes.

De acuerdo a lo requerido por las normas vigentes de la CNV en los casos de valuación de Propiedades, planta y equipo a valores razonables, la Sociedad encomienda dicha valuación a peritos expertos independientes, que actúan como asesores del Directorio de la Sociedad; quién asume la responsabilidad final de la medición. El Directorio de la Sociedad en su reunión de fecha 30 de junio de 2017 aprobó la valuación de los Activos esenciales por el método de la revaluación con fecha efectiva 1° de abril de 2017.

Las revaluaciones se hacen con la frecuencia necesaria de tal forma que el valor registrado contablemente no difiera significativamente del valor razonable de los Activos esenciales a la fecha de cada medición. La depreciación acumulada a la fecha de cada revaluación se netea contra el valor de origen de los Activos esenciales revaluados.

El valor razonable es el precio que se obtendría por vender un activo en una transacción ordenada entre participantes del mercado a la fecha de la medición en condiciones presentes del mercado.

Para medir el valor razonable de los Activos esenciales se utiliza como técnica de valoración el “enfoque del ingreso” establecido en la NIIF 13 – Medición del valor razonable. La Sociedad utiliza un modelo de flujo de fondos descontados elaborados en base a estimaciones respecto del comportamiento futuro de ciertas variables que resultan sensibles en la determinación del valor razonable: (i) tarifas de distribución de gas y costos de gas y transporte (ii) inversiones obligatorias y adicionales (iii) costos de distribución de gas; (iv) tasa de descuento ponderada y (v) variables macroeconómicas como demanda estimada, tasa de inflación, tasa de devaluación, entre otras.

Los flujos de fondos descontados utilizados cubren los años restantes hasta el vencimiento del plazo original de 35 años de la Licencia de Distribución de Gas y el período de renovación de 10 años que puede solicitar la licenciataria, finalizando de esta forma el 28 de diciembre de 2037. Adicionalmente la Sociedad ha incorporado a los flujos de fondos descontados un monto adicional previsto en la Licencia al momento de expiración de la misma, donde la Sociedad tendrá derecho a cobrar el menor entre el valor residual de los Activos esenciales y el importe resultante de una

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

nueva licitación, neto de gastos e impuestos pagados por el participante ganador, monto que la Sociedad ha asimilado a una renta perpetua a dicha fecha.

La medición de los Activos esenciales a valor razonable es clasificada de acuerdo al Nivel 3 establecido en la NIIF 7, ya que debido a la naturaleza particular de estos bienes, no existen valores comparables de mercado.

El incremento del importe en libros de un activo como consecuencia de una revaluación se reconoce en la cuenta Revaluación de Propiedades, planta y equipo en el rubro Otros Resultados Integrales Acumulados (“ORIA”) del Patrimonio Neto, neto del impuesto diferido correspondiente. Cuando se reduzca el importe en libros de un activo como consecuencia de una revaluación, tal disminución se reconocerá en el resultado del período en la medida que exceda el saldo de la cuenta Otros Resultados Integrales Acumulados.

La depreciación, basada en un criterio de componentes, se calcula utilizando el método de la línea recta en función de la vida útil estimada restante al momento de la revaluación:


Conductos y redes en media y baja presión

Ramales de alta presión

Estaciones de regulación y medición de presión

Instalaciones de medición de consumos
Años de vida útil
estimada restante
28-33
25
9
9

El cargo por depreciación de cada período se reconoce en el resultado del período, salvo que se haya incluido en el importe en libros de otros activos.

La cuenta Revaluación de Propiedades, planta y equipo incluida en rubro Otros Resultados Integrales del Patrimonio Neto disminuye por el consumo, retiro y disposición de los Activos Esenciales, con contrapartida en la cuenta de Resultados no Asignados del Patrimonio Neto, sin afectar el Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral del período o ejercicio.

Si la Sociedad hubiera medido los Activos esenciales de acuerdo con el método anterior de costo reexpresado al 31 de diciembre de 2018 el valor residual de dichos activos al cierre del ejercicio hubiese sido el siguiente:

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

Activos esenciales Valor residual
31 de diciembre 2018
Conductos y redes en media y baja presión 10.746.207
Ramales de alta presión 1.128.786
Estaciones de regulación y medición de presión 156.514
Instalaciones de medición de consumos 1.116.259
Redes cedidas por terceros 451.153
Total 13.598.919

4.6.2 Otros activos no esenciales

Los bienes comprendidos en el rubro Propiedades, planta y equipo, que no son activos esenciales son: Terrenos, Edificios y construcciones civiles, Otras instalaciones técnicas, Máquinas, equipos y herramientas, Servicios informáticos y de telecomunicaciones, Vehículos, Muebles y útiles, Materiales, Gas en cañerías y Obras en curso.

Estos bienes son valuados a costo reexpresado en moneda de cierre de acuerdo a lo mencionado en la Nota 3, menos la depreciación acumulada y el importe por deterioro acumulado.

La depreciación, basada en un criterio de componentes, se calcula utilizando el método de la línea recta durante la vida útil estimada de los activos, como se detalla a continuación:


Otras instalaciones técnicas

Sistemas informáticos y de telecomunicaciones

Edificios y construcciones civiles

Máquinas, equipos y herramientas

Vehículos

Muebles y útiles
Años de vida útil
estimada
15
5
50
5-15
5-10
10

Los terrenos no son depreciados. Los valores residuales y las vidas útiles de los activos se revisan, y ajustan en caso de corresponder, como mínimo al cierre de cada ejercicio.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

4.6.3. Criterios de valuación comunes a Activos esenciales y no esenciales

Los costos posteriores (mantenimientos mayores y costos de reconstrucción) son incluidos en el valor de los activos o reconocidos como un activo separado según el caso, solamente cuando es probable que los beneficios futuros asociados con los bienes fluyan a la Sociedad, siendo posible, a su vez, que los costos del bien puedan ser medidos confiablemente y la inversión mejore la condición del activo más allá de su estado original. Los gastos restantes por reparaciones y mantenimiento se reconocen en el resultado del período o ejercicio en que se incurren.

Las obras en curso son valuadas en función del grado de avance. Las obras en curso se registran al costo reexpresado en moneda de cierre de acuerdo a lo mencionado en la Nota 3, menos cualquier pérdida por deterioro, en caso de corresponder. El costo incluye gastos atribuibles a la construcción, incluyendo costos por préstamos capitalizados conforme a las NIIF, cuando los mismos forman parte del costo incurrido para el propósito de adquisición, construcción o producción de Propiedades, planta y equipo que necesariamente toma un período de tiempo considerable hasta que se encuentre en condiciones de uso. La capitalización de los costos financieros cesa cuando el activo se encuentra sustancialmente terminado o suspendido, en el caso de que el desarrollo del mismo se encuentre en este último estado. La Sociedad activa los costos atribuibles a las actividades realizadas de planificación, ejecución y control de las inversiones en Propiedades, planta y equipo. La depreciación de estos activos se inicia cuando los mismos están en condiciones económicas de uso.

Los resultados por ventas de Propiedades, planta y equipo son contabilizados cuando los riesgos y beneficios significativos han sido transferidos al comprador. Los resultados por ventas se determinan comparando los importes cobrados, neto de gastos directos de venta, con el valor contable del bien, y son reconocidos dentro de otros ingresos y egresos en el Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro resultado integral. En el caso de los Activos esenciales, adicionalmente se reversa la Reserva por revaluación de Propiedades, planta y equipo incluida en Otros resultados integrales del Patrimonio Neto con contrapartida en los Resultados no asignados.

La Sociedad analiza la recuperabilidad de sus activos de largo plazo anualmente o cuando existen eventos o cambios en las circunstancias que impliquen un potencial indicio de desvalorización del valor de los bienes con respecto a su valor recuperable, medido éste como el mayor entre el valor de uso y el valor razonable menos los costos de venta.

El valor de uso es determinado sobre la base de flujos de fondos proyectados y descontados empleando tasas de descuento que reflejen el valor tiempo del dinero y los riesgos específicos de los activos considerados.

Los flujos de fondos son elaborados en base a estimaciones respecto del comportamiento futuro de ciertas variables que resultan sensibles en la determinación del valor recuperable, entre las que se destacan: (i) naturaleza, oportunidad y modalidad de los incrementos de tarifas y reconocimiento de ajustes de costos; (ii) proyecciones de demanda de gas; (iii) evolución de los costos a incurrir,

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

y; (iv) variables macroeconómicas como ser tasas de crecimiento, tasas de inflación, tipo de cambio, entre otras.

Cuando el importe en libros de un activo es superior a su importe recuperable estimado, su importe en libros se reduce hasta su valor recuperable.

Si existiera pérdida por deterioro del valor se reconocerá inmediatamente en el resultado del periodo o ejercicio a menos que el activo se contabilice por el método de la revaluación, en cuyo caso la pérdida por deterioro del valor, se tratará como una disminución de la cuenta Revaluación de Propiedades, planta y equipo del rubro ORIA y el excedente se imputará al Estado de Ganancias y Pérdidas y Otro Resultado Integral.

4.7 Propiedades de inversión

Las propiedades de inversión comprenden ciertos inmuebles que la Sociedad mantiene para obtener ingresos por alquileres a largo plazo como también para la apreciación de su valor, no siendo ocupadas por la Sociedad para sus propias operaciones.

La Sociedad ha adoptado el modelo de costo para todas sus propiedades de inversión. Por lo tanto, las propiedades de inversión se registran al valor de costo reexpresado a moneda de cierre de acuerdo a lo mencionado en la Nota 3, menos las depreciaciones y desvalorizaciones acumuladas, si las hubiere.

Bajo el modelo de costo, una propiedad de inversión se desvaloriza si su valor contable excede a su valor recuperable. Cuando los componentes individuales de las propiedades de inversión tienen diferentes vidas útiles, los mismos se contabilizan y deprecian por separado. La depreciación, basada en un criterio de componentes, se calcula utilizando el método de la línea recta durante la vida útil estimada de los activos. Los costos posteriores al reconocimiento inicial, se incluyen en el valor contable de los activos o se reconocen como un activo separado, según corresponda, sólo cuando es probable que dichos costos generen beneficios económicos futuros para la Sociedad y los mismos puedan medirse de manera confiable. Dichos costos pueden incluir el costo de mejoras o de reemplazos de partes que reúnen las condiciones para su capitalización. Se da de baja al valor contable de la parte reemplazada.

4.8 Bienes intangibles

Los bienes intangibles incluyen la adquisición y desarrollo de nuevos sistemas. La Sociedad ha adoptado el modelo de costo para valuar los bienes intangibles según lo establecido en la NIC 38, por lo tanto los bienes intangibles se registran al valor de costo reexpresado a moneda de cierre de acuerdo a lo mencionado en la Nota 3, menos las depreciaciones reexpresadas y desvalorizaciones acumuladas, si las hubiere. La depreciación se calcula utilizando el método de línea recta durante la vida útil estimada de los activos.

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4.9 Deterioro del valor de los activos

A la fecha de cierre de cada ejercicio, la Sociedad revisa los valores contables de sus Propiedades, planta y equipo, Propiedades de inversión y Bienes intangibles para determinar si existen indicios de que dichos activos no son recuperables.

La política de deterioro del valor de los activos no corrientes se describe en Nota 5 “Estimaciones y juicios contables críticos”.

4.10 Activos y pasivos financieros

La Sociedad ha adoptado la NIIF 9 a partir de la fecha de transición, dado que esta nueva política contable brinda información relevante más confiable para que los usuarios evalúen las cifras, la oportunidad y la incertidumbre de los flujos de efectivo futuros.

Los activos y pasivos financieros se reconocen cuando una entidad de la Sociedad pasa a formar parte de las disposiciones contractuales del instrumento.

Los activos y pasivos financieros se miden inicialmente al valor razonable. Los costos de transacción que son directamente atribuibles a la adquisición o emisión de activos y pasivos financieros (distintos a los activos y pasivos financieros designados al valor razonable con cambio en los resultados) se agregan o deducen del valor razonable de los activos o pasivos financieros, cuando sea apropiado, al momento del reconocimiento inicial. Los costos de transacción directamente atribuibles a la adquisición de activos o pasivos financieros designados al valor razonable con cambio en los resultados se reconocen de inmediato en ganancias o pérdidas.

4.10.1 Clasificación

La Sociedad clasifica los activos financieros en las siguientes categorías: activos medidos a valor razonable y activos medidos a costo amortizado. Esta clasificación depende de si el activo financiero es una inversión en un instrumento de deuda o de patrimonio. Para ser medido a costo amortizado se deben cumplir las dos condiciones descriptas abajo. Los restantes activos financieros se miden a valor razonable. La NIIF 9 requiere que todas las inversiones en instrumentos de patrimonio sean medidas a valor razonable.

a) Activos financieros a costo amortizado

Los activos financieros son medidos a costo amortizado si cumplen las siguientes condiciones:

  • i) El objetivo del modelo de negocio de la Sociedad es mantener los activos para obtener los flujos de efectivo contractuales; y

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

ii) las condiciones contractuales dan lugar, en fechas especificadas, a flujos de efectivo que son únicamente pagos del principal e intereses sobre el principal.

Al 31 de diciembre de 2018 y 2017, los activos financieros a costo amortizado de la Sociedad comprenden Efectivo y equivalentes de efectivo (excepto los fondos comunes de inversión), Créditos por ventas y Otros créditos.

b) Activos financieros a valor razonable

Si alguna de las condiciones detalladas arriba no se cumple, los activos financieros son medidos a valor razonable con cambios en resultados.

Al 31 de diciembre de 2018 y 2017, los activos financieros de la Sociedad a valor razonable con cambios en resultados comprenden principalmente fondos comunes de inversión.

4.10.2 Reconocimiento y medición

La compra o venta convencional de los activos financieros se reconoce en la fecha de su negociación, es decir, la fecha en que la Sociedad se compromete a adquirir o vender el activo. Los activos financieros se dan de baja cuando los derechos a recibir flujos de efectivo de las inversiones han vencido o se han transferido y la Sociedad ha transferido sustancialmente todos los riesgos y beneficios derivados de su titularidad.

Los activos financieros se reconocen inicialmente a su valor razonable más, en el caso de activos financieros que no se miden a valor razonable con cambios en resultados, los costos de transacción que sean directamente atribuibles a la adquisición de los activos financieros.

4.10.3 Deterioro del valor de activos financieros

El modelo de deterioro de acuerdo con la NIIF 9 refleja pérdidas crediticias esperadas, en oposición a las pérdidas crediticias incurridas según la NIC 39. En el alcance del deterioro en la NIIF 9, ya no es necesario que ocurra un suceso crediticio antes de que se reconozcan las pérdidas crediticias. En cambio, una entidad siempre contabiliza tanto las pérdidas crediticias esperadas como sus cambios. El importe de pérdidas crediticias esperadas debe ser actualizado al cierre de cada período o ejercicio para reflejar los cambios en el riesgo crediticio desde el reconocimiento inicial.

MetroGAS cuenta entre sus clientes con una gran cantidad de usuarios residenciales (aproximadamente 2,4 millones de clientes) y algunos grandes clientes compuestos por centrales eléctricas, industrias, comercios, entidades públicas y estaciones de GNC.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

La Sociedad calculó el deterioro de sus activos financieros aplicando el modelo simplificado agrupando los activos en función del tipo de cliente: i) clientes residenciales, ii) grandes clientes.

Para determinar la pérdida crediticia esperada de los clientes residenciales, al tratarse de un gran número de clientes localizados en una misma área geográfica y con características de riesgo crediticio comunes, la Sociedad ha preparado una matriz a partir de su registro de tasas de impago históricas a lo largo de la vida esperada de las cuentas por cobrar y las ha ajustado por las circunstancias relativas a las condiciones económicas futuras.

Para los grandes clientes, la Sociedad realizó un análisis individual de los créditos que representan un riesgo (riesgo de quiebra, clientes involucrados en un procedimiento judicial con la Sociedad) al cierre del ejercicio.

Definido cada grupo, se asignó una tasa de incobrabilidad esperada calculada en base a tasas de impago históricas al 31 de diciembre de 2018 ajustadas a las condiciones económicas futuras.

4.10.4 Compensación de instrumentos financieros

Los activos y pasivos financieros se compensan y el valor neto se informa en el estado de situación financiera cuando existe un derecho exigible legalmente de compensar los valores reconocidos y existe una intención de pagar en forma neta, o de realizar el activo y cancelar el pasivo simultáneamente.

4.11 Créditos por ventas

Los créditos originados por servicios facturados y no cobrados a clientes, y aquellos devengados y no facturados a la fecha del cierre de cada ejercicio, son reconocidos a su valor razonable y posteriormente medidos a costo amortizado usando el método del interés efectivo menos cualquier deterioro. Los ingresos por intereses se reconocen aplicando la tasa de interés efectiva, excepto por las cuentas por cobrar a corto plazo en caso de que el reconocimiento de interés sea inmaterial.

Los créditos por ventas incluyen servicios devengados que se encuentran sin facturar a la fecha de cierre del ejercicio.

Los créditos por ventas están expresados netos de la provisión para deudores incobrables, la cual se basa en las estimaciones de cobro realizadas por la Sociedad.

4.12 Otros créditos

Los otros créditos son reconocidos inicialmente a su valor razonable (generalmente el monto original de la facturación/liquidación) y posteriormente medidas a costo amortizado, usando el método del interés efectivo y cuando fuere significativo, ajustado al valor temporal de la moneda.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

La Sociedad registra provisiones para desvalorización cuando existe una evidencia objetiva de que la Sociedad no será capaz de cobrar todos los montos adeudados en su favor de acuerdo a los términos originales de los créditos.

Los otros créditos están expresados netos de la provisión para deudores incobrables, la cual se basa en las estimaciones de cobro realizadas por la Sociedad.

4.13 Efectivo y equivalentes de efectivo

En el estado de flujo de efectivo consolidado, el efectivo y equivalentes de efectivo incluyen el efectivo en caja, los depósitos a la vista en entidades bancarias y otras inversiones a corto plazo de gran liquidez con un vencimiento original de tres meses o menos desde el momento de su adquisición.

4.14 Inventarios

Los inventarios incluyen los detectores de gas natural y monóxido de carbono. Los inventarios se valúan por el menor valor entre el costo reexpresado a moneda de cierre de acuerdo a lo mencionado en la Nota 3 y el valor neto de realización. El costo incluye los costos de adquisición (neto de descuentos, devoluciones y similares), transformación, así como otros costos en lo que se haya incurrido para dar a las existencias su ubicación y condiciones para ser comercializados.

4.15 Cuentas por pagar

Las cuentas por pagar son obligaciones de pago con proveedores por compras de bienes y servicios generadas en el curso ordinario de los negocios. Las deudas comerciales se reconocen inicialmente a valor razonable y con posterioridad se miden a costo amortizado utilizando el método de la tasa de interés efectiva.

La línea denominada “Fideicomisos”, expuesta en este rubro comprenden a los montos cobrados que estaban pendientes de depósito al cierre de cada ejercicio correspondientes a los cargos que se mencionaran en Nota 2.2.5.

4.16 Otras deudas

Las otras deudas se reconocen inicialmente a valor razonable y con posterioridad se miden a costo amortizado utilizando el método de la tasa de interés efectiva.

4.17 Costos por préstamos

Los costos por préstamos atribuibles directamente a la adquisición, construcción o producción de activos aptos, que son aquellos que requieren de un período sustancial antes de estar listos para el

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

uso al que están destinados o para la venta, son capitalizados como parte del costo de dichos activos hasta que los mismos estén aptos para su uso o venta.

El ingreso percibido por la inversión temporal en préstamos específicos pendientes para ser consumidos en activos calificados es deducido de los costos por préstamos aptos para su capitalización.

Los demás costos por préstamos son reconocidos como gastos en el período en que se incurren.

4.18 Impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta

El cargo por impuesto a las ganancias del ejercicio incluye el cargo por impuesto corriente y diferido. Los cargos por impuesto a las ganancias se reconocen en el estado de pérdidas y ganancias, excepto si se relacionan con conceptos contabilizados en otros resultados integrales o directamente en el patrimonio, en cuyo caso, el impuesto se contabiliza en otros resultados integrales o directamente en el patrimonio, respectivamente.

La Sociedad determina el cargo contable por impuesto a las ganancias de acuerdo con el método del impuesto diferido, el cual considera el efecto de las diferencias temporarias originadas en la distinta base de medición de activos y pasivos según criterios contables e impositivos, a la tasa impositiva que promulgada o sustancialmente promulgada a la fecha de los estados contables, se espera esté vigente al momento de su reversión o utilización, que de acuerdo a las últimas modificaciones introducidas por la Ley N° 27.430 de Reforma tributaria publicada en el B.O. el 29 de diciembre de 2017, se reduce del 35% aplicada hasta el 31 de diciembre de 2017 al 30% para los ejercicios 2018 y 2019, y 25% a partir del 2020.

Los activos por impuesto diferido se registran en la medida en que sea probable la existencia de ganancias imponibles en el futuro contra las cuales se puedan compensar las diferencias temporarias.

Las entidades en Argentina están sujetas al Impuesto a las Ganancias Mínima Presunta (“IGMP”). Conforme al régimen impositivo vigente, una entidad debe pagar el mayor entre el impuesto a las ganancias y el IGMP. La provisión por IGMP se calcula por cada entidad individual a la tasa vigente del 1% y se basa en los activos impositivos de cada compañía al cierre del ejercicio, como lo definen las leyes argentinas. Si el IGMP excede al impuesto a las ganancias, dicho excedente se puede tomar como pago a cuenta del impuesto a las ganancias futuro que se produzca durante un período de 10 años. Cuando la Sociedad considera que es probable que se utilice el cargo de IGMP como pago a cuenta del impuesto a las ganancias, contabiliza el IGMP como un crédito corriente o no corriente, según corresponda, dentro del rubro “Otros créditos” en el estado de situación financiera, de lo contrario lo imputa en resultados en el rubro “Impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta” en el estado de pérdidas y ganancias y otro resultado integral.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

De acuerdo con la Ley Nº 25.063, sancionada en diciembre de 1998, los dividendos que se distribuyan, en dinero o en especie, en exceso de las utilidades impositivas acumuladas al cierre del ejercicio inmediato anterior a la fecha de pago o distribución, estarán sujetos a una retención del 35% en concepto de impuesto a las ganancias con carácter de pago único y definitivo, excepto los que distribuyan a accionistas radicados en países con los cuales existan convenios de doble imposición, los cuales estarán sujetos a una alícuota menor. Sin embargo, de acuerdo a la Ley de Reforma tributaria anteriormente mencionada, se elimina este impuesto para las utilidades generadas a partir del 2018.

Con fecha 20 de septiembre de 2013 fue promulgada la Ley N° 26.893, que estableció un gravamen en concepto del mencionado impuesto con carácter de pago único y definitivo del 10% sobre los dividendos que se distribuyan en dinero o en especie –excepto en acciones o cuotas partes- a beneficiarios del exterior, y a personas físicas residentes en el país, sin perjuicio de la retención del 35% antes mencionada.

Con fecha 22 de julio de 2016 se publicó en el Boletín Oficial la Ley 27.260 “Programa Nacional de reparación histórica para jubilados y pensionados” que incluye un régimen de sinceramiento fiscal, moratoria y modificaciones impositivas. Entre otras modificaciones, la mencionada Ley 27.260 deja sin efecto el impuesto del 10% al que estaban sujetos los dividendos que distribuyeran las sociedades en dinero o en especie –excepto en acciones o cuotas partes– a beneficiarios del exterior y a personas físicas residentes en el país con carácter de pago único y definitivo.

Finalmente, la Ley N° 27.430 de Reforma tributaria también estableció, entre otras cuestiones, una retención sobre los dividendos del 7% para los ejercicios 2018 y 2019, y del 13% a partir del 2020.

4.19 Remuneraciones y cargas sociales

Las gratificaciones al personal se contabilizan como un pasivo y un gasto por gratificaciones en base a las condiciones y políticas establecidas por la Sociedad. Se registra una provisión cuando la Sociedad está obligada contractualmente o cuando exista una práctica en el pasado que haya creado una obligación implícita para la Sociedad.

Las indemnizaciones al personal se contabilizan como un pasivo y un gasto de personal cuando la relación laboral cesa, por decisión del empleador, antes de la fecha normal de jubilación o cuando un empleado acepta un retiro voluntario a cambio de dicha indemnización.

La Sociedad no posee planes de contribuciones definidas, adicionales a la contribución efectuada al Régimen Nacional de la Seguridad Social de acuerdo con regulaciones vigentes en Argentina, ni planes de beneficios definidos. Asimismo, la Sociedad no mantiene ningún programa de pagos basados en acciones.

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4.20 Pasivo concursal

El pasivo concursal comprende los pasivos sujetos al procedimiento del concurso preventivo de acreedores solicitado por la Sociedad el 17 de junio de 2012. Los pasivos siguieron los lineamientos de NIIF 9, han sido valuados a costo amortizado considerando, de corresponder, los intereses financieros devengados hasta la fecha de presentación del concurso preventivo momento a partir del cual quedó interrumpido el curso de los mismos según lo dispone el art.19 de la LCQ. Los pasivos en moneda extranjera han sido valuados a los tipos de cambio al cierre del ejercicio.

Desde la resolución judicial que homologa la propuesta concursal el 6 de septiembre de 2012, el pasivo concursal incluye las deudas declaradas verificadas y admisibles con acreedores privilegiados pendientes de cancelación y deudas litigiosas o verificaciones tardías pendientes de resolución por el juez del concurso.

4.21 Deuda financiera

Las deudas financieras son reconocidas inicialmente a su valor razonable, neto de los costos de transacción incurridos. Dado que la Sociedad no tiene pasivos financieros cuyas características requieran la contabilización a valor razonable, de acuerdo a las NIIF vigentes, con posterioridad al reconocimiento inicial la deuda financiera es valuada a costo amortizado.

A efectos de la contabilización de la cancelación de las obligaciones negociables consumado el 27 de febrero de 2018, la Sociedad ha seguido los lineamientos previstos en la NIIF 9 “Reconocimiento y medición de instrumentos financieros”.

La NIIF 9 establece que una entidad eliminará de su estado de situación financiera un pasivo financiero (o una parte de éste) cuando, y solo cuando, se haya extinguido, esto es, cuando la obligación especificada en el correspondiente contrato haya sido pagada o cancelada, o haya expirado. La diferencia entre el importe en libros de un pasivo financiero (o de una parte del mismo) que ha sido cancelado o transferido a un tercero y la contraprestación pagada, incluyendo cualquier activo transferido diferente del efectivo o pasivo asumido, se reconocerá en el resultado del período. Con fecha 27 de febrero de 2018 la Sociedad canceló la totalidad de las obligaciones negociables. Por lo tanto dio de baja la deuda financiera registrada e imputó la diferencia entre el importe en libros del pasivo financiero y la contraprestación pagada a resultados en la línea “Pérdida por cancelación de cancelación de Obligaciones Negociables (“ONs”)” dentro del rubro “Resultados financieros netos” (ver Nota 27 a los presentes estados financieros).

Asimismo, de acuerdo con la NIIF 9 la nueva deuda tomada con fecha 8 de febrero de 2018 y 12 de diciembre de 2018 (ver Nota 18 a los presentes estados financieros) fue reconocida inicialmente a su valor razonable, neto de los costos de transacción incurridos y con posterioridad, se mide a costo amortizado.

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4.22 Provisiones

Las provisiones se reconocen en los casos en que la Sociedad, frente a una obligación presente a su cargo, ya sea legal o implícita, originada en un suceso pasado, resulta probable que se requiera una salida de recursos para cancelar la obligación, y se puede realizar una estimación confiable del importe de la misma. No se reconocen provisiones por pérdidas operativas futuras.

El importe reconocido como provisiones es la mejor estimación de desembolso necesario para cancelar la obligación presente, al final del ejercicio sobre el que se informa, teniendo en cuenta los riesgos e incertidumbres correspondientes. Cuando se mide una provisión usando el flujo de efectivo estimado para cancelar la obligación presente, su importe registrado representa el valor actual de dicho flujo de efectivo. Este valor presente se obtiene aplicando una tasa de descuento antes de impuestos que refleja las condiciones del mercado, el valor temporal de la moneda y los riesgos específicos de la obligación.

Se han constituido provisiones incluidas en el pasivo para cubrir eventuales situaciones contingentes que podrían originar obligaciones de pago futuras. En la estimación de sus montos y probabilidades de concreción se ha considerado la opinión de los asesores legales de la Sociedad.

Cuando se espera la recuperación de algunos o todos los beneficios económicos requeridos para cancelar una provisión, se reconoce una cuenta por cobrar como un activo si es virtualmente seguro que se recibirá el desembolso y el monto de la cuenta por cobrar puede ser medido con fiabilidad.

4.23 Arrendamientos

La determinación de si un acuerdo constituye o incluye un arrendamiento se basa en la esencia del acuerdo a la fecha de su celebración, si el cumplimiento de acuerdo depende del uso de uno o más activos específicos o si el acuerdo concede el derecho de uso de activo.

Los arrendamientos en los cuales una porción significativa de los riesgos y beneficios derivados de la titularidad son retenidos por el arrendador son clasificados como operativos. Al 31 de diciembre de 2018 la Sociedad solo posee contratos de arrendamiento que son clasificados como operativos.

a. Como arrendatario

Los pagos por arrendamientos operativos se reconocen como gastos operativos en el estado de pérdidas y ganancias y otros resultados integrales en forma lineal a lo largo del plazo del arrendamiento.

b. Como arrendador

Los arrendamientos en los que la Sociedad no transfiere sustancialmente todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad del activo, se clasifican como arrendamientos operativos.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

Los cobros por arrendamientos operativos se reconocen como ingresos en el estado de pérdidas y ganancias y otros resultados integrales en forma lineal a lo largo del plazo del arrendamiento.

4.24 Saldos con partes relacionadas

Los créditos y deudas con partes relacionadas son reconocidos inicialmente a su valor razonable y posteriormente medidos a costo amortizado, de acuerdo con las condiciones pactadas entre las partes involucradas.

4.25 Patrimonio neto

Las partidas de patrimonio neto han sido valuadas de acuerdo a las normas contables vigentes a la fecha de transición. La registración de movimientos del mencionado rubro se realizó de acuerdo a decisiones asamblearias, normas legales o reglamentarias, aunque tales partidas hubieran tenido un saldo diferente en caso de haberse aplicado en el pasado las NIIF.

  • a) Capital social

Está formado por los aportes efectuados por los accionistas representados por acciones y comprende a las acciones en circulación a su valor nominal. El Capital social ha sido reexpresado aplicando el procedimiento de ajuste descripto en la Nota 3, en función de las respectivas fechas de suscripción. La cuenta “Capital social” se expone a su valor nominal, de acuerdo con disposiciones legales, y la diferencia con su importe reexpresado se presenta en la cuenta “Ajuste de capital social”.

b) Reserva legal

De acuerdo a las disposiciones de la Ley N° 19.550, la Sociedad debe constituir una reserva no inferior al 5% del resultado positivo surgido de la sumatoria del resultado del ejercicio, los ajustes de ejercicios anteriores, las transferencias de otros resultados integrales a resultados acumulados y las pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores, hasta alcanzar el 20% del Capital Social más el saldo de la cuenta Ajuste de capital. Al 31 de diciembre de 2013 la Reserva legal se encontraba totalmente integrada. Los accionistas de MetroGAS han decidido, en la Asamblea celebrada el 28 de abril de 2014 proceder a la reducción obligatoria del Capital social afectando parcialmente los resultados acumulados negativos del ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2013 contra la Reserva legal que ascendía a 45.376.

c) Resultados acumulados

Los resultados no asignados a la fecha de inicio de aplicación de la NIC 29 (1° de enero de 2017) se han determinado por diferencia patrimonial y, a partir de ese momento, se han

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

reexpresado en moneda de cierre aplicando el procedimiento de ajuste descripto en la Nota 3, considerando los movimientos de cada ejercicio.

El rubro ORIA incluido en la sección resultados acumulados del Patrimonio Neto incluye la cuenta Revaluación de Propiedades, planta y equipo, neto del impuesto diferido correspondiente. Dicha cuenta de revaluación de Propiedades, planta y equipo disminuye por el consumo, retiro y disposición de los Activos esenciales, con contrapartida en la cuenta de Resultados no Asignados del Patrimonio Neto, sin afectar el Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral del período o ejercicio.

Cuando el saldo neto de los ORIA al cierre de un ejercicio o período sea positivo, éste no podrá ser distribuido, capitalizado ni destinado a absorber pérdidas acumuladas, pero deberá ser computado como parte de los resultados acumulados a los fines de efectuar las comparaciones para determinar la situación de la sociedad frente a los artículos 31, 32 y 206 de la Ley General de Sociedades N° 19.550, u otras normas legales o reglamentarias complementarias en las que se haga referencia a límites o relaciones con el capital y las reservas, que no tengan un tratamiento particular expreso en Normas de la CNV. Cuando el saldo neto de estos resultados al cierre de un ejercicio o período sea negativo, existirá una restricción a la distribución de resultados no asignados por el mismo importe.

4.26 Resultado neto por acción

El resultado por acción básico se calcula dividiendo el beneficio atribuible a la participación controlante de instrumentos de patrimonio neto de la Sociedad entre el número promedio ponderado de acciones ordinarias en circulación durante el ejercicio, excluyendo las acciones propias adquiridas por la Sociedad.

A la fecha de emisión de los presentes estados financieros consolidados, MetroGAS no ha emitido instrumentos de patrimonio que den lugar a acciones ordinarias potenciales, por lo que el cálculo de la pérdida neta diluida por acción coincide con el cálculo del resultado neto básico por acción.

4.27 Cuentas del Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral

Las cuentas del estado de resultados han sido reexpresadas según el procedimiento de ajuste indicado en la Nota 3, de acuerdo con los siguientes criterios:

  • a) Las cuentas que acumulan operaciones monetarias se reexpresaron mediante la aplicación a los importes originales, de los coeficientes correspondientes al mes de devengamiento.

  • b) Los cargos por consumos de activos no monetarios se calcularon en función de los valores reexpresados de tales activos.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

  • c) Los resultados de inversiones permanentes en sociedades controladas han sido determinados sobre la base del método del valor patrimonial proporcional a partir de los estados financieros de las dichas sociedades reexpresados en moneda de cierre.

  • d) Los intereses, diferencias de cambio y otros resultados financieros se reexpresaron desde el mes de devengamiento y bajo la denominación de RECPAM se expone el efecto neto de la inflación sobre los activos y pasivos monetarios.

5. ESTIMACIONES Y JUICIOS CONTABLES CRÍTICOS

Las políticas contables significativas de la Sociedad están enunciadas en la Nota 4. No todas las políticas contables significativas requieren que la Sociedad utilice criterios o estimaciones subjetivas o complejas. La siguiente sección brinda un entendimiento de las políticas que la Sociedad considera críticas debido al nivel de complejidad, el criterio o las estimaciones involucradas en su aplicación y el impacto en los estados financieros consolidados. Estos criterios comprenden supuestos o estimaciones en relación con eventos futuros. Los resultados reales pueden diferir de esas estimaciones.

A fin de facilitar la comprensión sobre la forma en que la Sociedad forma su juicio sobre hechos futuros, incluyendo las variables y presupuestos en que se fundan las estimaciones, y la sensibilidad de dichos juicios respecto de las diferentes variables y condiciones, la Sociedad ha incluido comentarios relacionados con cada política contable crítica descripta en el presente.

  • 5.1. Valuación de Activos esenciales;

  • 5.2. deterioro de propiedades, planta y equipo y bienes intangibles;

  • 5.3. reconocimiento de ingresos y créditos por ventas;

  • 5.4. provisiones;

  • 5.5. impuesto a las ganancias diferido e IGMP;

  • 5.6. aplicación de la CINIIF 12 “Contratos de concesión”.

5.1 Valuación de Activos esenciales

Con fecha efectiva 1° de abril de 2017, MetroGAS decidió utilizar, dentro de los dos modelos previstos en las NIIF, el modelo de la revaluación para la valuación de sus Activos esenciales dentro del rubro Propiedades, planta y equipo, los que incluyen: Ramales de alta presión, Conductos y redes en media y baja presión, Estaciones de regulación y/o medición de presión, Instalaciones de medición de consumos y Redes cedidas por terceros. Este cambio de política

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

contable permite valuar los Activos esenciales a valores que se aproximen a su valor razonable y de esta forma brindar información más relevante en el estado de situación financiera.

El valor razonable es el precio que se obtendría por vender un activo en una transacción ordenada entre participantes del mercado a la fecha de la medición en condiciones presentes del mercado.

Para medir el valor razonable de los Activos esenciales se utiliza como técnica de valoración el “enfoque del ingreso” establecido en la NIIF 13 – Medición del valor razonable. La Sociedad utiliza un modelo de flujo de fondos descontados elaborados en base a estimaciones respecto del comportamiento futuro de ciertas variables que resultan sensibles en la determinación del valor razonable: (i) tarifas de distribución de gas y costos de gas y transporte (ii) inversiones obligatorias y adicionales (iii) costos de distribución de gas; (iv) tasa de descuento ponderada y (v) variables macroeconómicas como demanda estimada, tasa de inflación, tasa de devaluación, entre otras.

La medición de los Activos esenciales a valor razonable es clasificada de acuerdo al Nivel 3 establecido en la NIIF 7, ya que debido a la naturaleza particular de estos bienes, no existen valores comparables de mercado.

Los flujos de fondos descontados utilizados cubren los años restantes hasta el vencimiento del plazo original de 35 años de la Licencia de Distribución de Gas y el período de renovación de 10 años que puede solicitar la licenciataria, finalizando de esta forma el 28 de diciembre de 2037. Adicionalmente la Sociedad ha incorporado a los flujos de fondos descontados (a la tasa prevista por el ENARGAS en la RTI del 9,33%) un monto adicional previsto en la Licencia al momento de expiración de la misma, donde la Sociedad tendrá derecho a cobrar el menor entre el valor residual de los Activos esenciales y el importe resultante de una nueva licitación, neto de gastos e impuestos pagados por el participante ganador, monto que la Sociedad ha asimilado a una renta perpetua a dicha fecha.

Las revaluaciones se hacen con la frecuencia necesaria de tal forma que el valor registrado contablemente no difiera significativamente del valor razonable de los Activos esenciales a la fecha de cada medición. De acuerdo con la NIC 16, la frecuencia será anual en el caso de los países con alta inflación, excepto que hubiera eventos de deterioro u otros hechos que justifiquen realizar una revaluación con una frecuencia menor.

Durante el ejercicio iniciado el 1 de enero de 2018, se materializaron los ajustes de las tarifas del servicio de distribución que surgieron del proceso de RTI, que determinó los valores que debían aplicarse para el período regulatorio abril 2017-marzo 2022.

No obstante, en relación a la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, el ENARGAS advirtió que, para el período a considerar en el ajuste aplicable a partir de octubre-2018, es decir la variación entre febrero y agosto de 2018 existía una notoria disparidad entre la variación del IPIM y la de otros indicadores de la economía y ponderó el mismo con otros indicadores. Con respecto a las DDA correspondientes al período estacional mencionado anteriormente, adoptó algunos

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criterios distintos a los previstos en la RTI para el reconocimiento de los costos del gas comprado. Ambos conceptos repercutieron negativamente en el ajuste esperado reconociendo un incremento menor al que resultaba de la aplicación de lo aprobado en el proceso de RTI (ver Nota 2.2.2.1 a los presentes estados financieros).

Al 31 de diciembre de 2018, la Sociedad realizó una nueva estimación del valor razonable considerando para ello tres escenarios tomando en cuenta el comportamiento futuro de ciertas variables que resultan sensibles en la determinación del valor razonable, ponderando cada uno por su probabilidad de ocurrencia y, concluyó que el valor razonable de los activos esenciales se ha reducido en 1.064.936, en consecuencia la disminución por la revaluación registrada en el ORIA asciende a 796.573 (neto del impuesto diferido).

5.2 Deterioro de propiedades, planta y equipo y bienes intangibles

A la fecha de cierre de cada ejercicio, la Sociedad revisa los valores contables de sus propiedades, planta y equipo y bienes intangibles, para determinar si existen indicios de que dichos activos hayan sufrido alguna pérdida por deterioro. Asimismo, la Sociedad periódicamente evalúa el valor contable de sus activos de larga duración en función de su valor de recupero cuando los hechos o cambios en las circunstancias indican que el valor contable de un activo pudiera estar deteriorado.

Los indicios de desvalorización que deben ser considerados dentro este análisis incluyen, entre otros, la existencia de daños materiales o de cambios significativos en el uso de los activos, el rendimiento económico inferior al esperado o una caída significativa en los ingresos. Cuando el activo no genera flujos de efectivo que sean independientes de otros activos, la Sociedad estima el valor recuperable de la unidad generadora de efectivo (“UGE”) a la cual pertenece el activo.

El valor recuperable es el mayor entre el valor razonable menos los costos de disposición del activo y el valor de uso. El valor de uso es determinado sobre la base de flujos de fondos proyectados y descontados empleando tasas de descuento que reflejen el valor tiempo del dinero y los riesgos específicos de los activos considerados.

Si el valor recuperable de los activos de la UGE es inferior a su valor contable, el valor contable del activo o UGE se reduce a su valor recuperable. Las pérdidas por desvalorización se reconocen de inmediato en el estado de resultados.

La Sociedad entiende que la política contable relacionada con el deterioro de Propiedades, planta y equipo y bienes intangibles es una “política contable crítica” debido a que es sustancial el impacto que tiene el reconocimiento o reversión de un deterioro o valor de recupero sobre los activos informados en los estados financieros consolidados de la Sociedad, así como sobre el resultado de sus operaciones. Las estimaciones sobre futuros ingresos así como la definición de la tasa de descuento y la estimación de otras premisas relevantes (como tipo de cambio y tasa de inflación) requieren la formulación de juicios esenciales.

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5.2.1 Test de deterioro para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018

Tal como se menciona en la Nota 2.1.1 y 2.2.2.1, la Sociedad:

  • a) Suscribió durante el ejercicio 2017, con el MINEM y con el Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas un Acuerdo Transitorio que dispone la adecuación transitoria de precios y tarifas del Servicio Público de Distribución de Gas Natural, la afectación específica de los montos allí previstos hasta la suscripción del Acta Acuerdo de Renegociación Contractual Integral y la entrada en vigencia de los cuadros tarifarios definitivos que resulten de la RTI. En este sentido, dispuso que a los fines de la implementación gradual y progresiva de dicha medida, el ENARGAS debía aplicar en forma escalonada los incrementos tarifarios resultantes de la Revisión Tarifaria Integral conforme a la siguiente progresión: treinta por ciento (30%) del incremento, a partir del 1° de abril de 2017; cuarenta por ciento (40%) del incremento, a partir del 1° de diciembre de 2017, y el treinta por ciento (30%) restante, a partir del 1° de abril de 2018.

  • b) Con fecha 31 de marzo de 2017 y 1° de diciembre de 2017 se publicaron en el B.O. las Resoluciones del ENARGAS mediante las cual se aprobaron los cuadros tarifarios transitorios aplicables a los usuarios de MetroGAS a partir del 1° de abril de 2017 y 1° de diciembre de 2017, respectivamente.

  • c) Se llevaron a cabo las audiencias públicas relacionadas con la RTI de MetroGAS y se convocó a audiencia pública el día 22 de febrero de 2018 para considerar (i) la aplicación de la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, de corresponder, para el ajuste de tarifas de MetroGAS; (ii) la aplicación del traslado a tarifas del precio de gas comprado y (iii) alternativas metodológicas para una facturación más previsible de los consumos de los usuarios residenciales.

  • d) Con fecha 28 de marzo de 2018 se publicaron en el B.O. las Resoluciones del ENARGAS mediante la cual se aprobaron los cuadros tarifarios aplicables a los usuarios de MetroGAS a partir del 1° de abril de 2018, reflejándose en ellos el cumplimiento de los incrementos tarifarios resultantes de la Revisión Tarifaria Integral y de la aplicación del índice de actualización de la tarifa establecido en el Anexo V de la Resolución ENARGAS N° 4356/17, que aprueba una metodología de ajuste semestral no automático de las tarifas con la finalidad de mantener en moneda constante el nivel tarifario.

  • e) Con fecha 15 de agosto de 2018 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución del ENARGAS N° 184/2018 que convocó a audiencia pública para el día 4 de septiembre de 2018 para considerar (i) la aplicación de la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, en los términos de lo dispuesto (respecto de MetroGAS) por la Resolución ENARGAS N° I-4356/17; y (ii) la aplicación del traslado a tarifas del precio de gas comprado en los términos del Numeral 9.4.2. de las Reglas Básicas de la Licencia de

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

Distribución y la consideración de las Diferencias Diarias Acumuladas (DDA) correspondientes al período estacional.

  • f) En fecha 7 de octubre de 2018 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución ENARGAS N° 281/2018 que dispuso (i) declarar la validez de la Audiencia Pública mencionada anteriormente, (ii) aprobar los cuadros tarifarios de MetroGAS aplicables a partir de la publicación de los mismos y (iii) aprobar nuevos valores para las Tasas y Cargos percibidos por MetroGAS por servicios adicionales.

No obstante, en relación a la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, el ENARGAS advirtió que, para el período a considerar en el ajuste aplicable a partir de octubre-2018, es decir la variación entre febrero y agosto de 2018 existía una notoria disparidad entre la variación del IPIM y la de otros indicadores de la economía y ponderó el mismo con otros indicadores. Con respecto a las DDA correspondientes al período estacional mencionado anteriormente, adoptó algunos criterios distintos a los previstos en la RTI para el reconocimiento de los costos del gas comprado. Ambos conceptos repercutieron negativamente en el ajuste esperado reconociendo un incremento menor al que resultaba de la aplicación de lo aprobado en el proceso de RTI (ver Nota 2.2.2.1 a los presentes estados financieros).

Como consecuencia de lo señalado, se realizó un test de deterioro comparando el valor de libros de propiedades, planta y equipo y bienes intangibles con su valor recuperable, determinando el valor actual del flujo de fondos futuro a generarse por dichos activos. La estimación fue realizada tomando en cuenta las tarifas vigentes al cierre del ejercicio aprobadas por el ENARGAS y las que se derivarían a partir de abril de 2019 considerando para ello tres escenarios de flujos de fondos ponderados por su correspondiente probabilidad (ver Nota 5.1 a los presentes estados financieros).

En consecuencia, para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018, la Sociedad no ha identificado indicadores de deterioro para las propiedades, planta y equipo y bienes intangibles en consonancia con las NIIF.

5.2.2 Test de deterioro para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2017

La Sociedad durante el ejercicio 2017:

  • a) Suscribió con el MINEM y con el Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas un Acuerdo Transitorio que dispone la adecuación transitoria de precios y tarifas del Servicio Público de Distribución de Gas Natural, la afectación específica de los montos allí previstos hasta la suscripción del Acta Acuerdo de Renegociación Contractual Integral y la entrada en vigencia de los cuadros tarifarios definitivos que resulten de la RTI. En este sentido, dispuso que a los fines de la implementación gradual y progresiva de dicha medida, el ENARGAS debía aplicar en forma escalonada los incrementos tarifarios resultantes de la Revisión Tarifaria Integral conforme a la siguiente progresión: treinta por ciento (30%) del incremento, a partir del 1° de abril de 2017; cuarenta por ciento (40%) del incremento, a

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

partir del 1° de diciembre de 2017, y el treinta por ciento (30%) restante, a partir del 1° de abril de 2018.

  • b) Con fecha 31 de marzo de 2017 y 1° de diciembre de 2017 se publicaron en el B.O. las Resoluciones del ENARGAS mediante las cual se aprobaron los cuadros tarifarios transitorios aplicables a los usuarios de MetroGAS a partir del 1° de abril de 2017 y 1° de diciembre de 2017, respectivamente.

  • c) Se llevaron a cabo las audiencias públicas relacionadas con la RTI de MetroGAS y se convocó a audiencia pública el día 22 de febrero de 2018 para considerar (i) la aplicación de la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, de corresponder, para el ajuste de tarifas de MetroGAS; (ii) la aplicación del traslado a tarifas del precio de gas comprado y (iii) alternativas metodológicas para una facturación más previsible de los consumos de los usuarios residenciales.

En consecuencia, para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2017, la Sociedad no ha identificado indicadores de deterioro para las propiedades, planta y equipo y bienes intangibles en consonancia con las NIIF.

Sin embargo, de acuerdo a lo previsto en las políticas de la Sociedad (ver Notas 4.6 y 4.9 a los presentes estados financieros) se realizó un test de deterioro comparando el valor de libros de propiedades, planta y equipo y bienes intangibles con su valor recuperable, determinando el valor actual del flujo de fondos futuro a generarse por dichos activos. La estimación fue realizada tomando en cuenta las tarifas vigentes al cierre del ejercicio aprobadas por el ENARGAS y las que se derivarían a partir de abril de 2018 como consecuencia de continuar con la secuencia de incrementos establecida en el proceso de la RTI. Dado que la estimación del valor del flujo de fondos futuro descontado supera el valor contable de tales activos, la Sociedad confirmó cuantitativamente que los mismos no presentaban deterioro.

5.3 Reconocimiento de ingresos y créditos por ventas

Los ingresos se reconocen sobre la base de lo devengado contra entrega a los clientes, que incluye los montos estimados de gas o líquidos entregados y no facturados al cierre de cada ejercicio, su transporte y distribución, de corresponder. Los montos efectivamente entregados son estimados en base a los volúmenes comprados y otra información histórica. Estos volúmenes se asignan a cada tipo de cliente, segmento y nivel de ahorro para su valoración según el tarifario aplicable de acuerdo a la estimación que se realiza en base a información histórica de segmentación y niveles de ahorro de cada mes de facturación.

La Sociedad está expuesta a pérdidas por incobrabilidad. La Provisión para deudores incobrables se realiza en base a las estimaciones de las recaudaciones de la Sociedad y las pérdidas crediticias esperadas. Si bien la Sociedad utiliza la información disponible para realizar las estimaciones, es posible que en el futuro deba realizar ajustes a las provisiones en caso de que las futuras

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

condiciones económicas difieran sustancialmente de los presupuestos utilizados al realizar las estimaciones. El cargo correspondiente se expone en Gastos de comercialización; no se realizan ajustes sobre los Ingresos por ventas.

La Sociedad calcula el deterioro de sus activos financieros aplicando el modelo simplificado agrupando los activos en función del tipo de cliente: i) clientes residenciales, ii) grandes clientes.

Para determinar la pérdida crediticia esperada de los clientes residenciales, al tratarse de un gran número de clientes localizados en una misma área geográfica y con características de riesgo crediticio comunes, la Sociedad prepara una matriz a partir de su registro de tasas de impago históricas a lo largo de la vida esperada de las cuentas por cobrar y las ha ajustado por las circunstancias relativas a las condiciones económicas futuras.

Para los grandes clientes, la Sociedad realiza un análisis individual de los créditos que representan un riesgo (riesgo de quiebra, clientes involucrados en un procedimiento judicial con la Sociedad) al cierre de cada ejercicio.

Definido cada grupo, se asigna una tasa de incobrabilidad esperada calculada en base a tasas de impago históricas ajustadas a las condiciones económicas futuras.

5.4 Provisiones

La Sociedad tiene ciertos pasivos contingentes con respecto a reclamos, juicios y otros procedimientos, reales o potenciales. La Sociedad devenga pasivos cuando resulta probable que incurrirá en futuras salidas de recursos y dichas obligaciones puedan ser estimadas en forma razonable.

Dichos devengamientos se basan en estimaciones realizadas en función de la información disponible, estimaciones de la gerencia de los resultados de estas cuestiones y considerando la opinión de sus asesores legales. Estas presunciones básicas respecto al futuro y otras fuentes claves de incertidumbre en las estimaciones al final del período sobre el cual se reportan implican un riesgo significativo de originar ajustes materiales a los importes en libros de los activos y pasivos durante los próximos periodos financieros.

5.5 Impuesto a las ganancias diferido e impuesto a la ganancia mínima presunta

La Sociedad determina el cargo contable por impuesto a las ganancias de acuerdo con el método del impuesto diferido, el cual considera el efecto de las diferencias temporarias originadas en la distinta base de medición de activos y pasivos según criterios contables e impositivos y de los quebrantos impositivos existentes y créditos fiscales no utilizados susceptibles de deducción de ganancias impositivas futuras, computados considerando la tasa impositiva que se espera esté vigente al momento de su reversión o utilización.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

Adicionalmente, la Sociedad determina el IGMP aplicando la tasa vigente del 1% de los activos computables al cierre de cada ejercicio. Este impuesto es complementario de la obligación por impuesto a las ganancias. El impuesto se calcula aplicando la alícuota efectiva del 1 % sobre la base fiscal de ciertos activos. La obligación fiscal final será el mayor entre el impuesto a las ganancias o el IGMP. Sin embargo, si el IGMP fuera mayor que el impuesto a las ganancias durante cualquier ejercicio económico, dicho excedente puede ser computado como pago a cuenta de cualquier excedente del impuesto a las ganancias sobre el IGMP que pueda originarse en los diez ejercicios económicos siguientes.

La Sociedad evalúa la recuperabilidad de los activos por impuesto diferido e IGMP teniendo en cuenta la probabilidad que algunos o todos los activos por impuesto diferido o créditos no se realicen. Para realizar esta evaluación, la Sociedad considera la reversión programada de los pasivos por impuesto diferido, las ganancias impositivas futuras proyectadas, las estrategias de planificación impositivas como así también la evidencia objetiva de su recupero.

5.6 Aplicación de la CINIIF 12 “Contratos de concesión”

La Interpretación N° 12 “Acuerdos de Concesión de Servicios” (CINIIF 12) fija ciertos lineamientos para la contabilización por parte de entidades privadas que prestan servicios públicos mediante un acuerdo de concesión de servicios o contrato de similar naturaleza. La CINIIF 12 es aplicable para el licenciatario dependiendo, entre otros, del control que el concedente tiene sobre la regulación del servicio y la existencia de un interés residual significativo al finalizar el acuerdo.

Considerando que la CINIIF 12 establece lineamientos y principios generales se requiere de juicio para la determinación de si corresponde su aplicación, debido a las características particulares de cada contrato de concesión o licencia y a la complejidad propia de los diferentes conceptos incluidos en la interpretación.

La Sociedad ha analizado las características, condiciones y los términos actualmente vigentes de su Licencia de distribución de gas natural y los lineamientos establecidos en la CINIIF 12. En base a su análisis, concluyó que la licencia está fuera del alcance de la CINIIF 12, principalmente por las características de renovación de la licencia que dan un resultado similar al que resultaría de haber obtenido un derecho perpetuo para la operación de la infraestructura. En el mismo sentido, la CNV emitió el 20 de diciembre de 2012 la Resolución Nº 613, que establece las razones y los fundamentos por los cuales considera que las empresas concesionarias de transporte y distribución de gas natural y sus empresas controlantes están fuera del alcance de la CINIIF 12.

Cualquier cambio en las condiciones debe ser analizado para considerar también si cambia el análisis previamente efectuado.

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6. ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS FINANCIEROS

6.1 Factores de riesgos financieros

Para la gestión del riesgo financiero la Sociedad cuenta con diversas políticas de gestión que le permiten mitigar su exposición a los riesgos de mercado (incluyendo riesgos asociados a la variación en el tipo de cambio, de tipo de interés y en el precio de los productos que ella comercializa), riesgo de crédito y riesgo de liquidez.

La Sociedad no suscribe o negocia instrumentos financieros, entre los que se incluyen los instrumentos financieros derivados, para fines especulativos.

6.1.1 Riesgo de mercado

La Sociedad está expuesta principalmente a riesgos financieros de cambios en tipos de cambio (ver acápite a) debajo) y riesgos de tasas de interés (ver acápite b) debajo).

No ha habido cambios en la exposición de la Sociedad a los riesgos del mercado o la forma en la cual dichos riesgos son manejados y medidos.

a) Riesgo cambiario

La Sociedad realiza transacciones denominadas en moneda extranjera: en consecuencia se generan exposiciones a fluctuaciones en la tasa de cambio. La Sociedad está expuesta principalmente a la fluctuación del tipo de cambio del dólar estadounidense (U$S) con respecto al peso argentino ($).

Las tarifas que percibe MetroGAS por los servicios de distribución de gas natural se encuentran pesificadas razón por la cual la mayor parte de los ingresos de la Sociedad se encuentran denominados en pesos.

Por su parte la deuda financiera de la Sociedad, relacionada con préstamos en dólares estadounidenses ascendió a miles de U$S 235.616 al 31 de diciembre de 2018.

A fin de mitigar el riesgo de tipo de cambio, durante el presente ejercicio, MetroGAS concertó operaciones de compra a término de dólares estadounidenses con el fin de cubrir la exposición al riesgo asociado al tipo de cambio que deriva de su deuda financiera (ver punto 18.3 a los presentes estados financieros consolidados).

Al 31 de diciembre de 2018 la posición monetaria pasiva neta ascendió a miles de U$S 230.387.

En las notas 12, 13, 14, 16, 17, 18, 20, 21 y 22 se exponen la composición por moneda.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

La Sociedad estima que, en función al valor contable de la deuda financiera, por cada aumento o disminución en el tipo de cambio del 10% frente al dólar estadounidense daría lugar a una pérdida o ganancia antes de impuestos de 893 millones. Este análisis de sensibilidad es hipotético ya que los impactos reales podrían diferir significativamente y variar en el tiempo.

b) Riesgo de las tasas de interés

Los préstamos financieros están sujetos principalmente a variaciones en la tasa LIBOR. El impacto en el resultado antes de impuesto en más o menos 100 puntos básicos ascendería a 89.103.

c) Riesgo de precio

En el segmento de distribución de gas la Sociedad no se encuentra expuesta al riesgo de precios de gas natural dado que las tarifas que factura MetroGAS a sus clientes se encuentran reguladas y el marco regulatorio prevé un mecanismo de traslado a tarifas del costo de compra de gas (ver Nota 2.2.2.1 a los presentes estados financieros).

Adicionalmente, en el segmento de comercialización, los precios del gas natural con destino industrial se determinan en función de la oferta y demanda exclusivamente local e interna.

6.1.2 Riesgo de crédito

El riesgo de crédito se refiere a que la contraparte incumpla con sus obligaciones contractuales resultando en una pérdida financiera para la Sociedad. El presente riesgo deriva principalmente de factores económicos y financieros, o de la posibilidad de que la contraparte entre en default o por factores más estrictamente técnicos, comerciales o administrativos.

En lo referente al riesgo de crédito de las cuentas a cobrar provenientes de la actividad comercial, éste es históricamente limitado dado que el corto plazo de cobro a los clientes implica que no se acumulen individualmente montos muy significativos. El corte de suministro es una potestad de la Sociedad ante incumplimientos de parte de los clientes, herramienta que se utiliza y facilita el proceso de evaluación y control de riesgo de crédito. Ante la falta de pago de cualquier factura, la Distribuidora tendrá derecho a suspender el servicio. La Resolución ENARGAS N° 4.313/17, que modificó el Reglamento de Servicio, regula el procedimiento de corte del suministro y establece un plazo de 2 días hábiles contados a partir de la notificación al usuario mediante un aviso de deuda.

MetroGAS cuenta entre sus clientes con una gran cantidad de usuarios residenciales (aproximadamente 2,4 millones de clientes) y algunos grandes clientes compuestos por centrales eléctricas, industrias, comercios, entidades públicas y estaciones de GNC.

La Sociedad calculó el deterioro de sus activos financieros aplicando el modelo simplificado agrupando los activos en función del tipo de cliente: i) clientes residenciales, ii) grandes clientes.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

Para determinar la pérdida crediticia esperada de los clientes residenciales, al tratarse de un gran número de clientes localizados en una misma área geográfica y con características de riesgo crediticio comunes, la Sociedad ha preparado una matriz a partir de su registro de tasas de impago históricas a lo largo de la vida esperada de las cuentas por cobrar y las ha ajustado por las circunstancias relativas a las condiciones económicas futuras.

Para los grandes clientes, la Sociedad realizó un análisis individual de los créditos que representan un riesgo (riesgo de quiebra, clientes involucrados en un procedimiento judicial con la Sociedad) al 31 de diciembre de 2018.

Definido cada grupo, se asignó una tasa de incobrabilidad esperada calculada en base a tasas de impago históricas ajustadas a las condiciones económicas futuras.

El riesgo crediticio afecta también al efectivo y equivalentes de efectivo, depósitos en bancos e instituciones financieras, si bien la Sociedad busca realizar sus colocaciones financieras en instituciones de primer nivel.

La exposición máxima al riesgo de crédito de la Sociedad distinguiendo por el tipo de instrumento financiero se detalla a continuación:

Efectivo y equivalentes de efectivo
Créditos por ventas
Otros créditos
Exposición máxima al
31.12.18
31.12.17
1.799.720
726.997
6.865.640
5.026.043
5.451.069
619.357

Al 31 de diciembre de 2018 y 2017 la provisión para deudores incobrables asciende a 523.176 y 266.661 respectivamente. Esta provisión representa la mejor estimación de la Sociedad de las pérdidas crediticias esperadas en relación con las cuentas por cobrar.

En las Notas 13 y 14 se informan las anticuaciones de los créditos por ventas y de los otros créditos, respectivamente.

6.1.3 Riesgos de liquidez

El riesgo de liquidez representa la imposibilidad de la Sociedad de hacer frente a sus compromisos financieros en el corto y mediano plazo.

En la actualidad la liquidez de la Sociedad es una de los principales focos de atención de la Dirección.

Con fecha 8 de febrero de 2018, MetroGAS instrumentó un préstamo no garantizado por la suma de millones de U$S 250 por un plazo de treinta y seis meses y amortizable en nueve cuotas

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

trimestrales a partir de los doce meses desde la fecha de desembolso. La Sociedad procedió a destinar los fondos (i) al rescate, con fecha 27 de febrero de 2018, de la totalidad de las Obligaciones Negociables; (ii) a la refinanciación de pasivos corrientes; y (iii) a capital de trabajo (ver punto 18.1 a los presentes estados finacieros).

Asimismo, el 12 de diciembre de 2018, MetroGAS emitió Obligaciones Negociables simples Clase 2 (las “Nuevas Obligaciones Negociables”) denominadas en pesos con vencimiento a los doce meses desde la fecha de emisión por millones de $ 512,4 (ver punto 17.2 a los presentes estados finacieros). Los fondos provenientes de la emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables fueron utilizados para la pre-cancelación de capital e intereses correspondientes a la primera cuota del Préstamo con Industrial and Commercial Bank of China Limited - Dubai Branch e Itaú Unibanco - New York Branch.

Al 31 de diciembre de 2018 MetroGAS registró un capital de trabajo negativo de 1.742.703.

Ningún pasivo financiero devenga intereses excepto por la Deuda Financiera (ver Nota 18.2 a los presentes estados financieros) y la deuda por DDA con productores de gas (ver Nota 2.2.2.3 a los presentes estados financieros).

Los vencimientos de activos financieros se incluyen en las Notas 13, 14 y 15 y los vencimientos de pasivos financieros se incluyen en las Notas 18, 19, 21, 22 y 23.

6.2 Gestión del riesgo de capital

El objetivo principal de la gestión del capital de la Sociedad es mantener la calidad crediticia y ratios de capital que permitan sustentar su negocio y maximizar el valor para sus accionistas.

La estructura de capital de la Sociedad consiste en la deuda neta (la deuda financiera que se detalla en Nota 18 compensada por saldos de efectivo y equivalentes de efectivo) y el patrimonio de la Sociedad.

El índice de endeudamiento de los ejercicios sobre los que se informa es el siguiente:

31.12.18 31.12.17
Deuda financiera 9.446.382 5.063.916
Efectivo y equivalentes de efectivo (1.799.720) (726.997)
Deuda neta 7.646.662 4.336.919
Patrimonio 13.333.537 14.130.770
Índice de deuda neta y patrimonio 57% 31%

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7. INSTRUMENTOS FINANCIEROS

Los activos y pasivos financieros se han clasificado y valuado íntegramente a costo amortizado, salvo los fondos comunes de inversión que se encuentran clasificados y valuados a valor razonable con cambios en resultados (ver Nota 15 a los presentes estados financieros).

7.1 Determinación del valor razonable

La NIIF 13 define el valor razonable como el precio que se recibiría por vender un activo o que se pagaría por transferir un pasivo en una transacción ordenada entre participantes de mercado en la fecha de la medición. Al estimar el valor razonable de un activo o un pasivo, la Sociedad toma en cuenta las características del activo o pasivo si los participantes del mercado toman en cuenta esas características al valorar el activo o pasivo a la fecha de medición. El valor razonable para efectos de medición y/o revelación en estos estados financieros consolidados se determina sobre esa base, excepto por las transacciones de arrendamiento, dentro del alcance de la NIC 17 y las mediciones que tienen ciertas similitudes con el valor razonable pero que no son valor razonable, como el valor realizable en la NIC 2 o el valor en uso en la NIC 36. Todos los instrumentos financieros reconocidos al valor razonable son asignados a uno de los niveles de jerarquía de valuación de la NIIF 7. Esta jerarquía de valuación comprende tres niveles. La base inicial para la imputación es la "clase de inversión económica". De acuerdo con la NIIF 7, las técnicas de valuación utilizadas para determinar el valor razonable deben maximizar el uso de información observable.

La medición a valor razonable de los instrumentos financieros de MetroGAS es clasificada de acuerdo a los tres niveles establecidos en la NIIF 7 con base en el grado hasta el cual las entradas a las mediciones del valor razonable son observables y la importancia de las entradas para las mediciones del valor razonable en su totalidad, que se describen a continuación:

  • Nivel 1: valor razonable determinado por precios de cotización en mercados activos para idénticos activos o pasivos que la Sociedad pueda tomar como referencia a la fecha de cierre del ejercicio. Un mercado se considera activo si las transacciones se llevan a cabo con cierta frecuencia y se dispone de suficiente información de precios en forma permanente. Debido a que un precio cotizado en un mercado activo es el indicador más confiable del valor razonable, este debe ser utilizado siempre, si estuviere disponible.

  • Nivel 2: valor razonable determinado en base a información observable distinta de los precios de cotización mencionados en el Nivel 1 para activos o pasivos financieros, ya sea directamente (por ejemplo, precios) o indirectamente (por ejemplo, derivada de los precios).

  • Nivel 3: valor razonable determinado a través de información no observable en la cual se requiere que la sociedad elabore sus propias hipótesis y premisas. Esto solo es permitido en la medida que no haya disponible información de mercado. Los datos incorporados reflejan las estimaciones que tendría en cuenta un participante de mercado para fijar los precios. La

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

Sociedad utiliza la mejor información disponible, inclusive datos internos. MetroGAS no posee instrumentos financieros que califiquen como de Nivel 3.

Los únicos activos financieros de la Sociedad que se miden al valor razonable al final del período que se informa son los fondos comunes de inversión cuyos valores razonables son determinados por precios de cotización (Nivel 1).

No hay pasivos financieros medidos posteriormente al valor razonable.

La Sociedad considera que los importes en libros de los activos financieros reconocidos en los estados financieros a costo amortizado se aproximan a su valor razonable.

La Sociedad considera que los importes en libros de los pasivos financieros reconocidos en los estados financieros a costo amortizado se aproximan a su valor razonable.

El total de las ganancias para el ejercicio incluye una ganancia de 270.167 y 167.518 en los ejercicios 2018 y 2017, respectivamente, relacionada con activos financieros medidos al valor razonable.

8. PARTICIPACIÓN EN SUBSIDIARIAS

Los datos que reflejan el control societario son los siguientes:

Sociedad bajo control
directo
Porcentaje de participación sobre el capital social y
votosposibles
MetroENERGÍA 31.12.18
31.12.17
95%
95%

Las políticas contables de las subsidiarias han sido cambiadas, en caso de corresponder, para asegurar la consistencia con las políticas adoptadas por la Sociedad.

MetroGAS ha utilizado los últimos estados contables de MetroENERGÍA al 31 de diciembre de 2018 para el cálculo de su participación en dicha sociedad, el Patrimonio Neto de MetroENERGÍA al 31 de diciembre de 2018 asciende a 237.988 y el resultado positivo del ejercicio asciende a 225.463.

MetroENERGÍA tiene por objeto social dedicarse por cuenta propia, por cuenta y orden de terceros o asociada a terceros, a la compra-venta de gas natural y/o su transporte.

La Asamblea Ordinaria de Accionistas celebrada el 27 de abril de 2017 dispuso la distribución del resultado del ejercicio 2016 de 51.506 (cuyo monto reexpresado asciende a 87.099 al 31 de diciembre de 2018) al pago de un dividendo en efectivo, en oportunidad en que el Directorio lo estime pertinente, teniendo en cuenta la disponibilidad de caja y las condiciones financieras del

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

negocio y todo otro factor que dicho órgano de administración considere. En dicha asamblea, los representantes de YPF dejaron constancia que mantienen el compromiso asumido de renunciar al cobro de dividendos hasta tanto la deuda financiera de MetroGAS, que surge como consecuencia de la reestructuración y/o refinanciación de la deuda vigente, sea cancelada, en virtud de la cual los dividendos aprobados deberán ser pagados íntegramente al accionista mayoritario MetroGAS.

La Asamblea Ordinaria de Accionistas celebrada el 27 de abril de 2018 dispuso la distribución del resultado del ejercicio 2017 de 90.181 (cuyo monto reexpresado asciende a 121.510 al 31 de diciembre de 2018) al pago de un dividendo en efectivo, en oportunidad en que el Directorio lo estime pertinente, teniendo en cuenta la disponibilidad de caja y las condiciones financieras del negocio y todo otro factor que dicho órgano de administración considere. En dicha asamblea, los representantes de YPF dejaron constancia que mantienen el compromiso asumido de renunciar al cobro de dividendos hasta tanto la deuda financiera de MetroGAS, que surge como consecuencia de la reestructuración y/o refinanciación de la deuda vigente, sea cancelada, en virtud de la cual los dividendos aprobados deberán ser pagados íntegramente al accionista mayoritario MetroGAS.

9. INFORMACIÓN POR SEGMENTOS

Los segmentos de operación son reportados de una manera consistente con los informes internos confeccionados por la Gerencia de Control de Gestión para propósitos de la asignación de recursos y evaluación del desempeño del segmento.

La Sociedad opera principalmente en los segmentos de prestación del servicio de distribución de gas y, a través de MetroENERGÍA, de comercialización por cuenta propia, por cuenta y orden de terceros o asociada a terceros, de gas natural y/o su transporte.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

9. INFORMACIÓN POR SEGMENTOS (Cont.)

9.
INFORMACIÓN POR SEGMENTOS (Cont.)
31.12.18
MetroGAS
Distribución
MetroENERGÍA
Comercialización
Eliminaciones
Total
Ingresos ordinarios 25.194.727
7.721.235
(196.125)
32.719.837
3.452.413
436.948
(220.265)
3.669.096
220.265
-
(220.265)
-
7.447.726
799.107
-
8.246.833
(11.098.980)
(863.561)
-
(11.962.541)
(198.841)
372.494
(220.265)
(46.612)
192.983
(147.031)
-
45.952
(5.858)
225.463
(220.265)
(660)
37.812.236
1.577.333
(474.609)
38.914.960
24.490.599
1.339.345
(248.521)
25.581.423
(1.080.082)
(829)
-
(1.080.911)
1.964.433
-
-
1.964.433
642.098
-
-
642.098
226.088
-
(226.088)
-
Ganancia operativa
Resultado de las inversiones en subsidiarias
Ingresos financieros
Costos financieros
Resultado antes del impuesto a las ganancias
Impuesto a las ganancias e IGMP
Resultado neto del ejercicio
Total activos
Total pasivos
Depreciación de Propiedades, planta y equipo, Prop. de inversión y Bs. Intangibles
Aumentos de Propiedades, planta y equipo
Aumentos de Bienes Intangibles
Participación en subsidiarias

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

9. INFORMACIÓN POR SEGMENTOS (Cont.)

31.12.17
MetroGAS
Distribución
MetroENERGÍA
Comercialización
Eliminaciones
Total
Ingresos ordinarios 13.491.002
6.402.087
(113.532)
19.779.557
1.605.582
210.633
(123.705)
1.692.510
123.705
-
(123.705)
-
3.052.627
379.579
-
3.432.206
(3.214.483)
(386.235)
-
(3.600.718)
1.443.726
203.977
(123.705)
1.523.998
1.952.635
(78.346)
-
1.874.289
3.396.361
125.631
(123.705)
3.398.287
30.011.017
1.346.537
(386.866)
30.970.688
15.886.949
1.212.502
(259.533)
16.839.918
(806.092)
(829)
-
(806.921)
1.558.249
-
-
1.558.249
98.850
-
-
98.850
127.333
-
(127.333)
-
Ganancia operativa
Resultado de las inversiones en subsidiarias
Ingresos financieros
Costos financieros
Resultado antes del impuesto a las ganancias
Impuesto a las ganancias e IGMP
Resultado neto del ejercicio
Total activos
Total pasivos
Depreciación de Propiedades, planta y equipo, Prop. de inversión y Bs. Intangibles
Aumentos de Propiedades, planta y equipo
Aumentos de Bienes Intangibles
Participación en subsidiarias

Las políticas contables de los segmentos sobre los que se informa son las mismas que las políticas contables de la Sociedad descriptas en la Nota 4.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

10. PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO

CUENTA PRINCIPAL VALORES ORI VALORES ORI VALORES ORI VALORES ORI GINALES GINALES GINALES GINALES
INICIO BAJAS TRANSFERENCIA AUMENTOS TRANSFERENCIAS BAJAS AL CIERRE
DEL ENTRE EL REVALUACIÓN AMORT. ACUM. DEL EJERCICIO
EJERCICIO 01/01/2017
Y EL 31/03/2017
Activos Esenciales
Ramales de alta presión
Conductos y redes en media y baja presión
Estaciones de regulación y/o medición de presión
Instalaciones de medición de consumos
Redes cedidas por terceros
5.036.242
15.938.918
1.119.285
1.306.174
662.270
-
-
-
-
-
(230.741)
(715.630)
(44.304)
(43.160)
(31.101)
(639.264)
(2.036.279)
(246.189)
(486.810)
(65.109)
-
-
-
-
-
186.723
342.352
8.704
63.334
20.643
(282)
(29.780)
(1.740)
(25.366)
(7)
4.352.678
13.499.581
835.756
814.172
586.696
Subtotal Activos Esenciales 24.062.889 - (1.064.936) (3.473.651) - 621.756 (57.175) 20.088.883
Activos no esenciales
Terrenos
Edificios y construcciones civiles
Otras instalaciones técnicas
Máquinas, equipos y herramientas
Sistemas informáticos y de telecomunicación
Vehículos
Muebles y útiles
Materiales
Gas en cañerías
Obras en curso
173.868
787.831
585.051
347.505
1.965.435
211.780
63.897
247.812
2.381
1.661.052
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
559.696
-
1.404.737
-
15.890
16.176
27.336
24.443
2.489
1.592
(177.133)
-
(532.549)
-
-
-
(3.055)
(2.184)
(33.244)
-
(47.513)
-
(173.283)
173.868
803.721
601.227
371.786
1.987.694
181.025
65.489
582.862
2.381
2.359.957
Subtotal Otros Activos no Esenciales 6.046.612 - - - 1.964.433 (621.756) (259.279) 7.130.010
Subtotal 30.109.501 - (1.064.936) (3.473.651) 1.964.433 - (316.454) 27.218.893
Provisión obsolescencia de materiales
Provisión baja propiedades, planta y equipo
(9.070)
(43.184)
-
-
-
-
-
-
- -
-
2.850 (6.220)
(44.814)
(16.502) 14.872
Total al 31 de diciembre de 2018 30.057.247 - (1.064.936) (3.473.651) 1.947.931 - (298.732) 27.167.859
Total al 31 de diciembre de 2017 32.726.409 (173) 7.820.836 (11.819.148) 1.558.249 - (228.926) 30.057.247

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

10. PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO (Cont.)

CUENTA PRINCIPAL DEPRECIACIONES DEPRECIACIONES DEPRECIACIONES DEPRECIACIONES DEPRECIACIONES DEPRECIACIONES
ACUMULADAS
AL INICIO
DEL EJERCICIO
DEL
PERÍODO
AL 31/03/2017
BAJAS
AL
31/03/2017
TRANSFERENCIA
AMORT. ACUM.
BAJAS AUMENTOS ACUMULADAS
AL CIERRE
DEL EJERCICIO
NETO
RESULTANTE
31-12-18
NETO
RESULTANTE
31-12-17
Activos Esenciales
Ramales de alta presión
Conductos y redes en media y baja presión
Estaciones de regulación y/o medición de presión
Instalaciones de medición de consumos
Redes cedidas por terceros
456.855
1.538.843
150.337
405.661
46.608
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
(639.264)
(2.036.279)
(246.189)
(486.810)
(65.109)
(48)
(9.066)
(299)
(11.157)
-
182.457
506.502
96.151
92.306
18.501
-
-
-
-
-
4.352.678
13.499.581
835.756
814.172
586.696
4.579.387
14.400.075
968.948
900.513
615.662
Subtotal Activos Esenciales 2.598.304 - - (3.473.651) (20.570) 895.917 - 20.088.883 21.464.585
Activos no esenciales
Terrenos
Edificios y construcciones civiles
Otras instalaciones técnicas
Máquinas, equipos y herramientas
Sistemas informáticos y de telecomunicación
Vehículos
Muebles y útiles
Materiales
Gas en cañerías
-
352.626
546.949
314.665
1.864.797
111.261
61.245
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
(3.053)
(2.175)
(33.242)
-
-
-
-
21.048
5.348
8.493
40.586
23.650
407
-
-
-
373.674
552.297
320.105
1.903.208
101.669
61.652
-
-
173.868
430.047
48.930
51.681
84.486
79.356
3.837
582.862
2.381
173.868
435.205
38.102
32.840
100.638
100.519
2.652
247.812
2.381
Obras en curso - - - - - - - 2.359.957 1.661.052
Subtotal Otros Activos no Esenciales 3.251.543 - - - (38.470) 99.532 3.312.605 3.817.405 2.795.069
Subtotal 5.849.847 - - (3.473.651) (59.040) 995.449 3.312.605 23.906.288 24.259.654
Provisión obsolescencia de materiales
Provisión baja propiedades, planta y equipo
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
(6.220)
(44.814)
(9.070)
(43.184)
Total al 31 de diciembre de 2018 5.849.847 - - (3.473.651) (59.040) 995.449 3.312.605 23.855.254
Total al 31 de diciembre de 2017 16.883.788 30.427 96 (11.819.148) 645 754.039 5.849.847 24.207.400

Tal como se menciona en Nota 2.3.1, de acuerdo a la Licencia, una porción sustancial de las Propiedades, planta y equipo corresponden a Activos Esenciales sobre los cuales existen ciertas restricciones descriptas en dicha nota.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

11. PROPIEDADES DE INVERSIÓN

CUENTA PRINCIPAL VALORES ORIGINALES DEPRECIACIONES 31-12-18
NETO
RESULTANTE
31-12-17
NETO
RESULTANTE
AL INICIO
DEL
EJERCICIO
AL CIERRE
DEL
EJERCICIO
ACUMULADAS
AL INICIO
DEL EJERCICIO
ALÍCUOTA AUMENTOS ACUMULADAS
AL CIERRE DEL
EJERCICIO
Terrenos 8.100 8.100 - - - - 8.100 8.100
Edificios 33.861 33.861 16.724 2,00% 678 17.402 16.459 17.137
Total al 31 de diciembre de 2018 41.961 41.961 16.724 678 17.402 24.559
Total al 31 de diciembre de 2017 41.961 41.961 16.046 678 16.724 25.237

El valor razonable al 31 de diciembre de 2018 ascendió a 118.149, el cual se obtuvo a través de avalúos realizados por valuadores independientes no relacionados con MetroGAS.

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METROGAS S.A.

NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 E INFORMACIÓN COMPARATIVA

(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

12. BIENES INTANGIBLES

CUENTA PRINCIPAL VALORES ORIGINALES DEPRECIACIONES NETO
RESULTANTE
31-12-18
NETO
RESULTANTE
31-12-17
AL INICIO
DEL
EJERCICIO
ALTAS TRANSFE-
RENCIAS
AL CIERRE
DEL
EJERCICIO
ACUMULADAS
AL INICIO
DEL EJERCICIO
ALÍCUOTA AUMENTOS ACUMULADAS
AL CIERRE
EJERCICIO
Desarrollo de software en curso
Software
271.925
118.769
642.098
-
(314.781) 599.242 -
31.494
20% -
84.784
-
116.278
599.242
317.272
271.925
87.275
314.781 433.550
Total al 31 de diciembre de 2018 390.694 642.098 - 1.032.792 31.494 84.784 116.278 916.514
Total al 31 de diciembre de 2017 291.844 98.850 - 390.694 9.717 21.777 31.494 359.200

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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 E INFORMACIÓN COMPARATIVA (cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

13. CRÉDITOS POR VENTAS

13.
CRÉDITOS POR VENTAS
31.12.18
31.12.17
4.174.156
2.519.741
575.711
364.476
1.482.612
1.502.083
876.957
646.580
68.348
72.879
78.247
61.047
-
91.199
39.350
10.291
96.172
-
(338.462)
(136.897)
(187.451)
(105.356)
6.865.640
5.026.043
Corriente
Deudores comunes - distribución de gas y transporte
Deudores comunes - comercialización de gas y transporte
Consumos a facturar - distribución de gas y transporte
Consumos a facturar - comercialización de gas y transporte
Partes relacionadas (Nota 30)
Saldo trasladable impuesto a los débitos y créditos
Saldo trasladable tasa de estudio, revisión e inspección en la vía
pública del GCABA
Saldo trasladable Tasa Seguridad e Higiene
Saldo trasladable Tasa de Ocupación de Espacios Públicos
Provisión para deudores incobrables - distribución de gas y
transporte
Provisión para deudores incobrables - comercialización de gas
y transporte
Total Corriente

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

El análisis de antigüedad de los créditos por ventas es el siguiente:

31.12.18 31.12.17
-De plazo vencido
menos de 3 meses
de 3 a 6 meses
de 6 a 9 meses
de 9 a 12 meses
de 1 a 2 años
más de 2 años
Subtotal
-A vencer
menos de 3 meses
3.716.213
304.175
112.457
79.981
227.112
237.899
4.677.837
2.651.067
795.724
258.359
127.543
96.181
75.714
155.632
1.509.153
3.611.495
de 3 a 6 meses 22.111 116.937
de 6 a 9 meses
de 9 a 12 meses
Subtotal
Provisión para deudores incobrables
Total
20.976
19.562
2.713.716
(525.913)
6.865.640
15.375
15.336
3.759.143
(242.253)
5.026.043

El importe en libros de los créditos por ventas de la Sociedad está denominado en las siguientes monedas:

31.12.18 31.12.17
Pesos argentinos 5.909.146 4.396.183
Dólares estadounidenses 956.494 629.860
Total 6.865.640 5.026.043

La evolución de la provisión para deudores incobrables para créditos por ventas y otros créditos es la siguiente:

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

Saldo al inicio del ejercicio
Revalorización de partidas en moneda extranjera
Altas ()
RECPAM
Bajas
Saldo al cierre del ejercicio*
31.12.18
31.12.17
266.661
213.403
52.373
10.570
308.622
90.146
(94.540)
(41.320)
(940)
(6.138)
532.176
266.661

(*) Imputado al rubro Deudores Incobrables del cuadro de Gastos (ver Nota 25 a los presentes estados financieros)

La Sociedad tiene una amplia gama de clientes, incluidos clientes residenciales, comerciales, industriales - pequeños y grandes - y entidades gubernamentales. Al determinar la recuperabilidad de una cuenta comercial por cobrar, la Sociedad considera cualquier cambio en la calidad crediticia de la cuenta a partir de la fecha en que se otorgó inicialmente el crédito hasta el final del periodo sobre el que se informa. La concentración del riesgo de crédito es limitada debido a que la base de clientes es extensa e independiente.

Debido a las condiciones de prestación de servicio público que presta la Sociedad, no se realiza un análisis con calificación crediticia interna o externa, particularmente para los clientes residenciales cuyos créditos considerados individualmente no son significativos. En Nota 6.1.2 se describe el riesgo de crédito y el análisis que realiza la Sociedad en relación a los créditos por ventas.

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14. OTROS CRÉDITOS

31.12.18 31.12.17
No corriente:
Créditos previsionales e impositivos 8.930 19.117
Anticipos al personal 1.348 2.126
Gastos a recuperar 40 37
Saldos trasladables - Tasas ocupación de espacios
públicos (Nota 2.2.2.4)
3.061 77.954
Saldo trasladable tasa de estudio, revisión e inspección en
la vía pública del GCABA (Nota 2.2.2.4)
229.168 -
Partes Relacionadas - Decreto N° 1.053/18 (Nota 30) 3.180.602 -
Gastos pagados por adelantado 4.464 9.271
Total no corriente 3.427.613 108.505
Corriente:
Anticipos al personal 3.797 3.408
Crédito por IGMP (Nota 28) 80.901 140.758
Seguros pagados por adelantado 2.460 2.176
Gastos pagados por adelantado 6.628 9.380
Créditos previsionales e impositivos 131.838 74.044
Gastos a recuperar 8.422 13.317
Partes Relacionadas - Decreto N° 1.053/18 (Nota 30) 353.400 -
Partes relacionadas (Nota 30) 4.828 13.261
Partes Relacionadas - Resolución MINEM
N° 508-E/2017 (Nota 30)
1.255.243 -
Anticipos a proveedores 118.219 105.443
Anticipos y compras de gas anticipadas - 25.707
Gestión por obras de terceros - 5.092
Deudores varios 63.983 142.674
Provisión para deudores incobrables - distribución de gas
y transporte
(6.263) (24.408)
Total corriente 2.023.456 510.852
Total 5.451.069 619.357

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

El análisis de antigüedad de los otros créditos es el siguiente:

31.12.18 31.12.17
-De plazo vencido
menos de 3 meses
de 3 a 6 meses
de 6 a 9 meses
de 9 a 12 meses
de 1 a 2 años
más de 2 años
Subtotal
708.443
504.462
9.945
1.419
48.388
16.624
1.289.281
16.043
29.943
22.813
12.296
21.493
3.121
105.709
-Sin plazo establecido 5.559 7.238
-A vencer
menos de 3 meses 186.026 234.334
de 3 a 6 meses
de 6 a 9 meses
de 9 a 12 meses
de 1 a 2 años
más de 2 años
Subtotal
Provisión para deudores incobrables
Total
191.412
2.650
354.791
1.650.019
1.777.594
4.162.492
(6.263)
5.451.069
38.891
6.638
142.450
83.865
24.640
530.818
(24.408)
619.357

El importe en libros de los otros créditos de la Sociedad está denominado en las siguientes monedas:

31.12.18 31.12.17
Pesos argentinos
Dólares estadounidenses
Total
5.445.846
5.223
5.451.069
605.937
13.420
619.357

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

15. EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO

A los fines del Estado de flujo de efectivo, el efectivo y equivalentes de efectivo comprenden lo siguiente:

Caja y bancos
Colocaciones transitorias a corto plazo
Fondos comunes de inversión (1)
Total
31.12.18
31.12.17
520.589
476.708
-
3.793
1.279.131
246.496
1.799.720
726.997

(1) Al 31 de diciembre de 2018, la Sociedad concertó operaciones de compra a término de dólares estadounidenses, las cuales se encuentran garantizadas por fondos comunes de inversión por un monto de 393.420 (Ver Nota 18.3 a los presentes estados financieros).

El importe en libros de efectivo y equivalentes de efectivo de la Sociedad está denominado en las siguientes monedas:

siguientes monedas:
31.12.18 31.12.17
Pesos argentinos 1.783.345 713.960
Dólares estadounidenses
Euros
16.289
86
13.037
-
Total 1.799.720 726.997

Al 31 de diciembre de 2018 y 2017, los fondos recaudados pendientes de depósito en relación con los Fideicomisos y Resolución I-2.621/2013 ascendían a 17.354 y 18.625, respectivamente.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

16. PATRIMONIO NETO Y CAPITAL SOCIAL

Al 31 de diciembre de 2018 el capital social de MetroGAS asciende a 569.171 encontrándose totalmente suscripto, inscripto e integrado y compuesto por las siguientes clases de acciones:

Clases de Acciones Suscripto,
Inscripto e
Integrado
En circulación
Ordinarias Escriturales de Valor Nominal $1
y 1 Voto cada una:
Clase “A”
Clase “B”
Capital Social al 31.12.18
290.277
278.894
569.171

Al 31 de diciembre de 2018, la controlante de MetroGAS es YPF S.A. (“YPF”) que posee el 70% de las acciones de la Sociedad.

La totalidad de las acciones Clase “A”, que representan el 51% del capital social de la Sociedad, están en poder de YPF y, su transferibilidad está sujeta a la aprobación de la autoridad regulatoria.

Las acciones Clase “B” representan el 49% del capital social. De este porcentaje el 39% pertenece a YPF y el 61% se encuentra en oferta pública y se halla en poder de aproximadamente 6.593 inversores.

El 28 de diciembre de 2016, MetroGAS recibió del ENARGAS una nota en la cual solicita adaptar la composición accionaria de la Sociedad en consonancia con el plazo previsto en la Ley de Emergencia y en cumplimiento con el artículo N° 34 de la Ley N° 24.076, todo ello en atención a la participación de YPF en MetroGAS. La Sociedad ha presentado un pedido de vista a los efectos de conocer los antecedentes del requerimiento del ENARGAS y, por considerar que lo solicitado atañe principalmente a su accionista mayoritario, le ha dado traslado a los efectos de que adopte las acciones que considere oportunas. Con fecha 6 de abril de 2018, MetroGAS fue notificada que el ENARGAS rechazó la apelación presentada por YPF el 30 de marzo de 2017.

Al 31 de diciembre de 2018 MetroGAS posee el 95% de MetroENERGÍA, siendo el 5% restante de titularidad de YPF.

Anteriormente, el capital social de la Sociedad también se encontraba integrado por acciones Clase “C” que representaban el 10% del Capital Social, y fueron destinadas al momento de la privatización al Programa de Propiedad Participada (“PPP”), en beneficio de los empleados de Gas del Estado transferidos a MetroGAS que continuaron siendo empleados de la Sociedad al 31 de julio de 1993.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

En la Asamblea General Extraordinaria y Especial de Clases B y C de los accionistas de MetroGAS S.A. celebrada con fecha 16 de octubre de 2015 se aprobó por mayoría la conversión parcial de acciones Clase C en acciones Clase B y se aprobó la reforma del Estatuto Social.

Con fecha 4 de diciembre de 2015 la CNV emitió la Resolución N° 17.918 por medio de la cual resolvió transferir la autorización de oferta pública otorgada a MetroGAS por conversión de 53.049.640 acciones Clase C en igual cantidad de acciones Clase B.

Con fecha 26 de julio de 2018, la CNV aprobó transferir la autorización de oferta pública oportunamente otorgada a la Sociedad respecto de miles 3.868 de acciones ordinarias, escriturales, Clase C en igual cantidad de acciones ordinarias, escriturales, Clase B, con motivo de la conversión de acciones solicitada por MetroGAS y aprobada por la Asamblea General Extraordinaria y Especial de Clases B y C de Accionistas de la Sociedad celebrada el 16 de octubre de 2015.

El Directorio de la Sociedad en su reunión de fecha 30 de junio de 2017 aprobó la valuación de los Activos esenciales por el método de la revaluación con fecha efectiva 1° de abril de 2017.

El rubro ORIA incluido en la sección resultados acumulado del Patrimonio Neto incluye la cuenta Revaluación de Propiedades, planta y equipo, neto del impuesto diferido correspondiente. Dicha cuenta de revaluación de Propiedades, planta y equipo disminuye por el consumo, retiro y disposición de los Activos esenciales, con contrapartida en la cuenta de Resultados no Asignados del Patrimonio Neto, sin afectar el Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral del período o ejercicio.

Cuando el saldo neto de los ORIA al cierre de un ejercicio o período sea positivo, éste no podrá ser distribuido, capitalizado ni destinado a absorber pérdidas acumuladas, pero deberá ser computado como parte de los resultados acumulados a los fines de efectuar las comparaciones para determinar la situación de la sociedad frente a los artículos 31, 32 y 206 de la Ley General de Sociedades N° 19.550, u otras normas legales o reglamentarias complementarias en las que se haga referencia a límites o relaciones con el capital y las reservas, que no tengan un tratamiento particular expreso en Normas de la CNV. Cuando el saldo neto de estos resultados al cierre de un ejercicio o período sea negativo, existirá una restricción a la distribución de resultados no asignados por el mismo importe.

Al 31 de diciembre de 2018, la Sociedad registraba un patrimonio neto positivo de 13.333.537.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

17. OTRAS CARGAS FISCALES

No corriente: 31.12.18
1.304
1.304
137.707
336.049
-
24.040
65.719
20.715
3.012
587.242
588.546
31.12.17
4.446
Otros impuestos
Subtotal no corriente
Corriente:
Impuesto al valor agregado
Tasa de estudio, revisión e inspección en la vía
pública de GCABA
Impuesto al GNC
Impuesto a los ingresos brutos
4.446
124.186
249.008
7.154
112.651
148.222
24.085
3.115
Impuestos provinciales y municipales
Retenciones efectuadas a terceros
Otros impuestos
Subtotal corriente
Total
668.421
672.867

La totalidad de las cargas fiscales están denominadas en pesos argentinos.

El análisis de antigüedad de otras cargas fiscales es el siguiente:

31.12.18 31.12.17
-Sin plazo establecido 382.717 347.459
-A vencer
menos de 3 meses
de 3 a 6 meses
de 6 a 9 meses
de 9 a 12 meses
de 1 a 2 años
203.406
367
373
379
1.304
315.921
3.996
518
527
2.521
más de 2 años - 1.925
Subtotal 205.829 325.408
Total 588.546 672.867

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

18. DEUDAS FINANCIERAS

No corriente:
Préstamos financieros
Subtotal no corriente
Corriente:
Obligaciones Negociables ("ONs")
Intereses a pagar ("ONs")
Partes relacionadas (Intereses "ONs") - (Nota 30)
31.12.18
31.12.17
5.194.213
-
5.194.213
-
503.557
4.917.222
15.634
1.726
-
114.535
Préstamos financieros
Intereses a pagar préstamo financiero
Adelantos en cuenta corriente
3.716.103
-
16.875
-
-
30.433
Subtotal corriente
Total
4.252.169
5.063.916
9.446.382
5.063.916

Al 31 de diciembre de 2018 la deuda financiera denominada en dólares estadounidenses asciende a 8.882.734 y la denominada en pesos argentinos a 563.648. Al 31 de diciembre de 2017 la deuda financiera denominada en dólares estadounidenses asciende a 5.033.483 y la denominada en pesos argentinos a 30.433.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

A continuación se incluye un cuadro con la evolución del saldo de la deuda financiera al 31 de diciembre de 2018 y 2017:

31.12.18 31.12.17
Saldo al inicio del ejercicio
Devengamiento de intereses a tasa efectiva - ONs
Devengamiento de intereses por línea de crédito de YPF
Pérdida por cancelación - ONs
Devengamiento de intereses préstamo bancario
Devengamiento de intereses adelantos en cuenta corriente
Devengamiento de intereses nuevas ONs
Devengamiento de los costos de emisión de deuda
Diferencia de cambio
Pago préstamo YPF
Pago de intereses YPF
Pago de intereses
Pago por cancelación de ONs
Pago de préstamos
Toma de préstamos
Costos de emisión de deuda
Adelantos en cuenta corriente
RECPAM
Saldo al cierre del ejercicio
5.063.916
162.538
-
240.720
398.527
8.751
15.634
22.592
5.880.185
-
-
(388.187)
(5.643.636)
(478.584)
7.666.735
(98.140)
(29.198)
(3.375.471)
9.446.382
5.333.579
739.865
27.293
-
-
-
-
777.984
(206.649)
(69.733)
(452.738)
-
-
-
30.433
(1.116.118)
5.063.916

El análisis de antigüedad de las deudas financieras es el siguiente:

31.12.18 31.12.17
-A vencer
menos de 3 meses
de 3 a 6 meses
de 6 a 9 meses
de 9 a 12 meses
de 1 a 2 años
más de 2 años
Subtotal
606.652
1.044.372
1.044.372
1.556.773
4.152.198
1.042.015
9.446.382
30.431
489.748
-
4.543.737
-
-
5.063.916
Total 9.446.382 5.063.916

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18.1 Préstamos bancarios

Con fecha 8 de febrero de 2018, MetroGAS instrumentó un préstamo no garantizado con (i) Industrial and Commercial Bank of China Limited - Dubai Branch e (ii) Itaú Unibanco - New York Branch (“acreedores financieros”), por la suma de millones de U$S 250 por un plazo de treinta y seis meses y amortizable en nueve cuotas trimestrales a partir de los doce meses desde la fecha de desembolso (el “Préstamo”).

El Préstamo contempla (i) un interés de pago trimestral a una tasa determinada por LIBOR más un margen nominal anual de (a) 3% los primeros doce meses; (b) 3,50% desde el mes trece hasta el mes dieciocho; (c) 3,75% desde el mes diecinueve al mes veinticuatro; y (d) 4% desde el mes veinticinco hasta el vencimiento.

Efectivizado el desembolso del Préstamo, la Sociedad destinó los fondos: a) al rescate de la totalidad de las Obligaciones Negociables (Ver punto 18.2), b) a la refinanciación de pasivos corrientes; y c) a capital de trabajo.

De acuerdo con los términos y condiciones del Préstamo, la Sociedad debe cumplir con una serie de compromisos financieros generalmente establecidos en este tipo de transacciones, incluyendo ciertas restricciones, que, entre otras, y en términos generales se enumeran a continuación:

  • a) Endeudamiento: el Prestamista no permitirá que la Sociedad, ni permitirá que ninguna de sus Subsidiarias incurra, asuma o garantice endeudamiento, excepto en los casos de endeudamiento por refinanciación para mantener su deuda financiera actual o cuando el endeudamiento no sea mayor a millones de U$S 50, entre otros.

  • b) Pagos restringidos: la Sociedad no podrá realizar pagos restringidos, considerando entre otros el pago de dividendos, excepto que haya recibido la aprobación final del Acuerdo de Renegociación de la Licencia por el PEN. A su vez, durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 el importe a pagar en concepto de dividendos no podrá superar el 10% del Resultado Neto de ese año, y el 60% para los años siguientes; y además el Indicador Deuda/EBITDA no deberá ser mayor a dos veces el EBITDA.

  • c) Indicadores financieros: la Sociedad deberá mantener un Indicador de Cobertura de intereses entendido como EBITDA/Intereses financieros no menor a 3,00; el indicador Deuda/EBITDA no podrá ser mayor a 3,00 hasta el 30 de junio de 2018, y mayor a 2,50 desde esa fecha hasta el vencimiento del contrato; el patrimonio neto de la sociedad a cada cierre trimestral hasta el 30 de septiembre de 2018 no podrá ser menor a millones de $ 8.000, desde esa fecha hasta el 30 de septiembre de 2019 no podrá ser menor a millones de $ 9.200, desde esa fecha hasta el 30 de septiembre de 2020 no podrá ser menor a millones de $ 10.120 y desde esa fecha hasta el fin del contrato no podrá ser menor a millones de $ 11.132.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

El 12 de diciembre de 2018, MetroGAS emitió Obligaciones Negociables simples Clase 2 (las “Nuevas Obligaciones Negociables”) denominadas en pesos con vencimiento a los doce meses desde la fecha de emisión por millones de $ 512,4 (ver punto 18.2). Los fondos provenientes de la emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables fueron utilizados para la pre-cancelación de capital e intereses correspondientes a la primera cuota del Préstamo con Industrial and Commercial Bank of China Limited - Dubai Branch e Itaú Unibanco - New York Branch.

18.2 Obligaciones Negociables

Con motivo del canje obligatorio efectuado el 11 de enero de 2013, en el marco del concurso preventivo de acreedores solicitado en el año 2010 (el “Concurso Preventivo”), MetroGAS emitió obligaciones negociables Serie A y Serie B con vencimiento el 31 de diciembre de 2018 (las “Obligaciones Negociables”). Asimismo se emitieron Obligaciones Negociables para ser entregadas a los nuevos acreedores quirografarios, una vez que cuenten con sentencia verificatoria en el Concurso Preventivo.

Dichas Obligaciones Negociables devengaban una tasa de interés fija del 8,875% anual. Los intereses eran pagaderos semestralmente el 30 de junio y el 31 de diciembre de cada año. MetroGAS ejerció su opción de capitalizar el 100% de los intereses correspondientes a la fecha de pago del 30 de junio de 2013, y el 50% de los intereses pagaderos el 31 de diciembre de 2013 y 30 de junio de 2014.

Habiéndose llegado a la Fecha Límite (30 de junio de 2014, de acuerdo con los términos del Contrato de Fideicomiso) y no habiéndose producido ningún Hecho Desencadenante la Serie B de las Obligaciones Negociables, que representaban la quita del acuerdo con acreedores en el marco del Concurso Preventivo, fueron canceladas.Al 31 de diciembre de 2017, la deuda financiera de MetroGAS está integrada principalmente por obligaciones negociables Serie A.

Con fecha 27 de febrero de 2018 la Sociedad rescató la totalidad de las ON a un Precio de Rescate igual al 100% del monto de capital de las ON, con más sus intereses devengados e impagos, y todos los demás montos que se adeudaban hasta la Fecha de Rescate. Las ON dejaron de devengar intereses en y después de la Fecha de Rescate. A todos los efectos bajo el Contrato de Fideicomiso, se considerara que las ON ya no están vigentes desde y después de la Fecha de Rescate, ya que el Precio de Rescate fue depositado por el Fiduciario de acuerdo con el Contrato de Fideicomiso, y todos los derechos con respecto a ellas, cesaron en la Fecha de Rescate. El pago del Precio de Rescate se realizó a través de The Bank of New York Mellon.

El 12 de diciembre de 2018, MetroGAS emitió Obligaciones Negociables simples Clase 2 (las “Nuevas Obligaciones Negociables”) denominadas en pesos con vencimiento a los doce meses desde la fecha de emisión por millones de $ 512,4, correspondientes al Programa de Obligaciones Negociables de corto y mediano plazo por un monto máximo en circulación de hasta millones de US$ 600.

Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 6 de marzo de 2019 DELOITTE & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 3

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

Dichas Nuevas Obligaciones Negociables devengan una tasa de interés variable anual que es igual a la suma de (a) la Tasa Badlar Privada aplicable al período, más (b) un Margen Aplicable del 10%. Los intereses son pagaderos trimestralmente el 12 de marzo de 2019, 12 de junio de 2019, 12 de septiembre de 2019 y 12 de diciembre de 2019. El capital será amortizado en una única cuota en la fecha de vencimiento, es decir el 12 de diciembre de 2019.

De acuerdo con los términos y condiciones de la emisión, en el supuesto de Cambio de Control de MetroGAS, cada tenedor de las Nuevas Obligaciones Negociables tendrá el derecho a exigir que la Sociedad rescate la totalidad de las Nuevas Obligaciones Negociables. MetroGAS además debe realizar sus mejores esfuerzos para obtener y mantener, en tanto existan las Nuevas Obligaciones Negociables en circulación, las correspondientes autorizaciones para su listado y/o negociación; y mantener el ratio Deuda Neta/ EBITDA por los cuatro trimestres económicos inmediatamente anteriores, menor o igual a 3:00.

Los fondos provenientes de la emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables fueron utilizados para la pre-cancelación de capital e intereses correspondientes a la primera cuota del Préstamo con Industrial and Commercial Bank of China Limited - Dubai Branch e Itaú Unibanco - New York Branch.

18.3 Instrumentos financieros derivados

La Sociedad está expuesta principalmente a la fluctuación del tipo de cambio del dólar estadounidense con respecto al peso argentino en virtud que la mayor parte de la deuda financiera de MetroGAS se encuentra denominada en dólares estadounidenses.

A fin de mitigar el riesgo de tipo de cambio, durante el presente ejercicio, MetroGAS concertó operaciones de compra a término de dólares estadounidenses con el fin de cubrir la exposición al riesgo asociado al tipo de cambio que deriva de su deuda financiera.

Los instrumentos financieros derivados son reconocidos inicialmente a su valor razonable a la fecha en que se suscribe el contrato del derivado y los cambios posteriores en su valor razonable son reconocidos en el estado de pérdidas y ganancias y otro resultado integral.

El método para reconocer la pérdida o ganancia resultante depende de si el derivado se ha designado como un instrumento de cobertura y, de ser así, de la naturaleza de la partida que se está cubriendo. A la fecha, MetroGAS no ha aplicado la contabilización de cobertura conforme a la NIIF 9 en ninguno de sus instrumentos financieros derivados vigentes.

La Sociedad no contrata ni negocia instrumentos financieros derivados con fines especulativos.

Los contratos de compra a término de dólar estadounidense se liquidan diariamente y las pérdidas y ganancias generadas por cada posición diaria se registraron en el resultado del ejercicio. Por lo tanto, el valor razonable de los instrumentos derivados al 31 de diciembre de 2018 es cero.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

La ganancia por las liquidaciones diarias por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 fue incluida dentro de la línea “Diferencias de cambio sobre deudas financieras” dentro de “Costos financieros” en el Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral.

Los contratos se encuentran garantizados por 393.420 compuestos por cuotaspartes de Fondos Comunes de Inversión, los cuales se exponen en el rubro “Efectivo y equivalentes de efectivo”. Estos contratos pueden ser cancelados anticipadamente y en consecuencia pueden ser canceladas dichas garantías.

19. PASIVO CONCURSAL

No corriente
Deudas fiscales
Cuentas por pagar
Remuneraciones y cargas sociales
Total no corriente
31.12.18
31.12.17
26.269
12.422
23
34
10
15
26.302
12.471

La totalidad del pasivo concursal está denominado en pesos argentinos y no posee plazo de vencimiento establecido.

Durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 la Sociedad devengó los intereses que les correspondería a los acreedores al cierre del ejercicio.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

20. PROVISIONES

Reclamos del
Provisiones Reclamos civiles,
laborales y otros
Reclamos fiscales
y otras multas
regulador y
diferencias
Juicio contra el
Estado Nacional
Total
interpretativas
Saldo al 31.12.17 174.351 504 25.811 304.998 505.664
Altas netas del ejercicio (*) 88.139 524.347 (9.187) 29.023 632.322
Reclasificación de otras deudas (8.459) 1.748 8.580 - 1.869
RECPAM (72.990) (100.982) (7.422) (103.054) (284.448)
Saldo al 31.12.18 181.041 425.617 17.782 230.967 855.407

(*) Imputado al rubro Otros ingresos y egresos (ver Nota 26 a los presentes estados financieros).

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20.1 Reclamos civiles, laborales y otros

A la fecha de emisión de los presentes estados financieros, existen reclamos civiles y laborales realizados por empleados de contratistas, accidentes de trabajo, etc. contra la Sociedad. Al 31 de diciembre de 2018, la Sociedad registró una provisión de 181.041 de los cuales 70.911 corresponden a juicios laborales, 66.001 a reclamos civiles por daños, 18.864 a conciliaciones y mediaciones y 25.265 al pasivo concursal verificado.

20.2 Reclamos fiscales y otras multas

Con fecha 11 de mayo de 2018 la Administración Federal de Ingresos Públicos (“AFIP”) notificó a MetroGAS la determinación de la deuda de Contribuciones al Régimen Nacional de la Seguridad Social – Empleador por una diferencia en las alícuotas de contribuciones de la Seguridad Social declaradas por la Sociedad, correspondiente a los períodos fiscales 06/2010 a 12/2016. Dicha diferencia radica en que la AFIP considera que la Sociedad no se encuentra contemplada dentro de lo normado por el art. 2, inc. b) del Decreto 814/2001, y por lo tanto, no debe tributar las contribuciones a la alícuota del 17%. La suma del reclamo asciende a 249.372 correspondiendo 197.736 a capital e intereses resarcitorios, y 51.636 a multa.

Con fecha 4 de junio de 2018, MetroGAS impugnó las actas de inspección e infracción, solicitando se revoquen las diferencias de contribuciones intimadas así como la multa aplicada, y a su vez, se ordene el archivo de las actuaciones de la cuestión por parte de AFIP.

Por tal motivo, al 31 de diciembre de 2018 la Sociedad registró una provisión por estos conceptos de 425.070 que incluye la determinación de deuda realizada por el fisco y los períodos fiscales 01/2017 a 12/2018.

20.3 Reclamos del regulador y diferencias interpretativas

A la fecha de emisión de los presentes estados financieros, la Sociedad mantiene diferencias interpretativas con las autoridades regulatorias referidas a diversos temas.

Al 31 de diciembre de 2018 la provisión por estos conceptos acumula 17.782, no habiéndose producido variaciones significativas en el ejercicio 2018.

20.4 Pago de Tasa de Justicia – Juicio contra el Estado Nacional

En el año 2011, MetroGAS promovió una acción interruptiva de prescripción contra el Estado Nacional (“MetroGAS S.A. c/ Estado Nacional s/ daños y perjuicios” - Expte. 50.141/2011) con el objeto de que, agotado el reclamo administrativo, se condene a este a la reparación de los daños y perjuicios provocados a MetroGAS -derivados de la Ley de Emergencia con motivo del incumplimiento a la obligación contractual de mantener la ecuación económico-financiera de esta

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

distribuidora de acuerdo con los términos del marco regulatorio establecido a partir de la Ley N° 24.076.

De manera complementaria a esta acción, y una vez agotada la vía administrativa, en el año 2013 se amplió la demanda fijándose la suma reclamada en 4.125.167 (expresada en valores al 31/12/2011) y se inició el Beneficio de Litigar Sin Gastos (“BLSG”) (Art. 78 y siguientes del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) con el objeto de que se establezca la exención del pago de las costas y gastos judiciales (Tasas Judiciales – Ley N° 23.898) derivados de la acción de daños y perjuicios. Con la promoción del BLSG, MetroGAS quedó exenta del pago de la tasa de justicia al momento del inicio de la acción principal y hasta la resolución del BLSG.

Con fecha 30 de marzo de 2017, MetroGAS suscribió con el Estado Nacional el Acta Acuerdo de Adecuación del Contrato de Licencia de Distribución de Gas Natural. En los términos del Acta Acuerdo, dentro del plazo de noventa (90) días corridos de que entre y se mantenga en vigencia la Resolución que aprueba el Cuadro Tarifario resultante de la Revisión Tarifaria Integral prevista en la cláusula séptima del Acta Acuerdo, o del último escalón del incremento, según corresponda, MetroGAS deberá desistir íntegra y expresamente de todos los derechos que pudieran eventualmente invocar, como también a todas las acciones entabladas o en curso o que pudieran entablar, fundadas o vinculadas a los hechos o medidas dispuestas, respecto del Contrato de Licencia.

Con fecha 28 de marzo de 2018 se publicó en el B.O. el Decreto N° 252/2018 que ratificó el Acta Acuerdo. En virtud de ello, con fecha 27 de junio de 2018 la Sociedad procedió al desistimiento de la causa “MetroGAS S.A. c/ Estado Nacional – M. Planificación - (Decreto N° 293/02) - UNIREN s/Proceso de Conocimiento”. Mediante Resolución de fecha 3 de octubre de 2018, se tuvo a MetroGAS por desistida de la acción y del derecho. El juzgado interviniente resolverá acerca de la procedencia del BLSG.

El fisco podría exigirle a MetroGAS el pago de la tasa de justicia que, en los términos de la Ley N° 23.898, es del tres por ciento (3%) del monto de la demanda.

Al 31 de diciembre de 2018 la Sociedad registró una provisión por estos conceptos de 230.967.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

21. CUENTAS POR PAGAR

31.12.18
1.870.779
-
1.309.823
3.180.602
4.778.309
31.12.17
No corriente -
105.047
-
Provisión por DDA
Partes relacionadas (Nota 30)
Partes relacionadas por DDA (Nota 30)
Total no corriente
Corriente
Acreedores por compra de gas y transporte
105.047
2.318.719
Provisión por DDA 207.864 -
Acreedores por otras compras y servicios
Fideicomisos y Resolución I-2.621/2013
Partes relacionadas (Nota 30)
Partes relacionadas por DDA (Nota 30)
Total corriente
Total
811.815
17.354
1.169.960
145.536
7.130.838
10.311.440
377.846
18.625
2.980.098
-
5.695.288
5.800.335

El importe en libros de cuentas por pagar de la Sociedad está denominado en las siguientes monedas:

31.12.18 31.12.18 31.12.17
Pesos argentinos
Dólares estadounidenses
9.522.592
780.853
4.831.256
968.854
Euros 7.467 -
Libras esterlinas 528 224
Total 10.311.440 5.800.335

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

El análisis de antigüedad de las cuentas por pagar es el siguiente:

31.12.18 31.12.17
-De plazo vencido
menos de 3 meses
de 3 a 6 meses
de 6 a 9 meses
de 9 a 12 meses
de 1 a 2 años
más de 2 años
Subtotal
1.036.825
2.820
1.179
321
6.449
1.476
1.049.070
937.564
201.206
28.854
133.994
587.114
2.112
1.890.844
-A vencer
menos de 3 meses 5.728.368 3.019.059
de 3 a 6 meses
de 6 a 9 meses
de 9 a 12 meses
de 1 a 2 años
más de 2 años
Subtotal
-
-
353.400
1.413.601
1.767.001
9.262.370
245.592
261.014
278.779
105.047
-
3.909.491
Total 10.311.440 5.800.335

22. REMUNERACIONES Y CARGAS SOCIALES

31.12.18
31.12.17
55.805
61.278
84.235
67.935
18.938
24.439
148.764
131.710
88.541
88.055
444
487
396.727
373.904
Sueldos a pagar
Aportes y retenciones a depositar
Partes relacionadas (Nota 30)
Provisión vacaciones
Provisión gratificaciones
Otros
Total

La totalidad de remuneraciones y cargas sociales están denominadas en pesos argentinos.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

El análisis de antigüedad de las remuneraciones y cargas sociales es el siguiente:

31.12.18 31.12.17
-A vencer
menos de 3 meses 315.371 192.580
de 3 a 6 meses
de 6 a 9 meses
de 9 a 12 meses
Subtotal
Total
27.119
27.119
27.118
396.727
396.727
129.026
25.766
26.532
373.904
373.904

23. OTRAS DEUDAS

Deudas por obras cedidas por terceros
Multas ENARGAS
Multas GCBA
Diversos
Total
31.12.18
31.12.17
3.818
43.232
2.421
3.479
443
800
912
741
7.594
48.252

La totalidad de las otras deudas están denominadas en pesos argentinos.

El análisis de antigüedad de otras deudas es el siguiente:

31.12.18 31.12.17
-Sin plazo establecido 2.421 3.479
-A vencer
menos de 3 meses
de 3 a 6 meses
5.056
104
13
-
44.176
199
199
199
de 6 a 9 meses
de 9 a 12 meses
Subtotal 5.173 44.773
Total 7.594 48.252

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24. INGRESOS ORDINARIOS

Por los ejercicios finalizados el Por los ejercicios finalizados el Por los ejercicios finalizados el
31.12.18 31.12.17
Ventas de gas:
Clientes Residenciales
Clientes Industriales, Comerciales y Entidades Públicas
Gas Natural Comprimido
Subtotal
Servicio de transporte y distribución:
Centrales Eléctricas
Clientes Industriales, Comerciales y Entidades Públicas
Gas Natural Comprimido
Subtotal
Otras ventas
Resolución MINEM N° 508-E/2017 (Nota 30)
Ventas de gas y transporte MetroENERGÍA
Total
16.203.107
2.274.364
15.951
18.493.422
1.445.517
727.303
526.070
2.698.890
346.096
3.463.471
7.717.958
32.719.837
9.744.514
1.105.944
830.043
11.680.501
773.735
438.974
277.504
1.490.213
214.524
-
6.394.319
19.779.557

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

25. GASTOS POR NATURALEZA

Remuneraciones y otros beneficios al personal
Cargas sociales
Suministro de gas - distribución de gas y transporte
Servicio de transporte de gas - distribución de gas y transporte
Suministro de gas y transporte - comercialización de gas y transporte
Honorarios directores y síndicos
Honorarios por servicios profesionales
Materiales diversos
Servicios y suministros de terceros
Gastos de correos y telecomunicaciones
Alquileres y arrendamientos
Transportes y fletes
Materiales de oficina
Viajes y estadías
Primas de seguros
Mantenimiento y reparación de Propiedades, planta y equipo
Por los ej ercicios finalizados el
31.12.1 8 31.12.17
TOTAL
TOTAL
1.658.858
1.573.432
315.427
281.156
10.926.783
4.342.232
4.795.591
2.375.544
6.918.998
5.953.035
5.435
5.633
49.209
47.663
52.396
39.552
489.581
451.294
244.839
169.860
9.198
8.321
33.633
27.347
24.222
18.012
8.463
7.984
77.539
37.815
512.388
464.702
1.080.911
806.921
714.805
969.971
38.207
30.797
308.622
90.146
177.055
165.633
43.664
113.262
28.485.824
17.980.312
COSTOS DE
OPERACIÓN
707.903
153.015
10.926.783
4.795.591
6.918.998
-
1.738
52.396
189.543
6.295
757
-
3.545
4.628
-
309.395
909.776
16.822
GASTOS DE
ADMINISTRACIÓN
571.204
80.377
-
-
-
5.435
39.349
-
64.897
69.066
-
33.502
14.392
2.362
77.537
202.974
171.135
163.844
-
-
1.728
1.918
1.499.720
1.263.561
GASTOS DE
COMERCIALIZACIÓN
379.751
82.035
-
-
-
-
8.122
-
235.141
169.478
8.441
131
6.285
1.473
2
19
-
534.139
38.207
308.622
175.327
22.156
1.969.329
1.797.870
Depreciación de Propiedades, planta y equipo, Propiedades de inversión y
Bienes Intangibles
Impuestos, tasas y contribuciones
Publicidad y propaganda
Deudores incobrables
Gastos y comisiones bancarias
Gastos diversos
-
-
-
19.590
25.016.775
14.918.881
Total al 31 de diciembre de 2018
Total al 31 de diciembre de 2017

Los gastos incluidos en el cuadro se encuentran netos de gastos propios activados en propiedades, planta y equipo por 128.629 al 31 de diciembre de 2018 y 140.316 al 31 de diciembre de 2017.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

26. OTROS INGRESOS Y EGRESOS

Por los ejercicios finalizados el
31.12.18
31.12.17
23.209
9.981
(949)
(759)
-
19.370
13.279
187
5.690
25.588
14.856
(632.322)
(149.782)
Alquileres ganados
Multas GCBA
Ingresos por publicidad y folletería
Penalidades contratistas
Gestión por obras de terceros
Ingresos varios
Constitución de provisiones para juicios y
contingencias y otros
(564.917)
(106.735)

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

27. RESULTADOS FINANCIEROS NETOS

Ingresos financieros

Por los ejercicios finalizados el

31.12.18
270.167
203.238
188.847
259.734
7.318.651
6.196
8.246.833
31.12.17
Activos financieros a valor razonable
Intereses ganados
Diferencias de cambio sobre efectivo y equivalentes
Diferencias de cambio operaciones comerciales
RECPAM
Diversos
167.518
117.587
5.593
90.529
3.048.846
2.133
3.432.206

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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 E INFORMACIÓN COMPARATIVA

(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

Costos financieros

Por los ejercicios finalizados el

Diferencias de cambio sobre deudas financieras (*)
Diferencias de cambio sobre deuda comercial
Intereses devengados sobre deudas financiera
Intereses devengados por línea de crédito YPF (Nota 30)
Intereses devengados sobre deuda comercial
Pérdida por cancelación de ONs
RECPAM
Diversos
31.12.18
31.12.17
4.947.590
777.984
1.315.453
82.157
608.042
739.865
-
27.293
300.144
249.149
240.720
-
4.240.393
1.662.555
310.199
61.715
11.962.541
3.600.718

(*) Al 31 de diciembre de 2018 incluye 932.595 correspondiente a la ganancia por las operaciones de compra a término de dólares estadounidenses concertadas por la Sociedad (Ver Nota 18.1 a los presentes estados financieros).

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

28. IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y A LA GANANCIA MÍNIMA PRESUNTA

El siguiente cuadro detalla la evolución y composición de los activos y pasivos por impuesto diferido:

MetroGAS

Activos diferidos

Total activo por
Quebrantos Créditospor ventas Provisiones impuesto diferido

Saldos al 31.12.17
790.906 24.878 108.139 923.923

Movimientos del ejercicio
25.806 41.114 94.267 161.187

Saldos al 31.12.18
816.712 65.992 202.406 1.085.110

Pasivos diferidos

Revaluación de Efectivo y Total pasivo por
propiedades, planta y Propiedades, planta y equivalente de Total pasivo por impuesto diferido
equipo equipo Deudas financieras efectivo impuesto diferido neto
Saldos al 31.12.17 (1.986.492) (3.201.989) (97.059) - (5.285.540)
(4.361.617)
Movimientos del ejercicio 268.363 (40.916) 97.059 (13.948) 310.558 471.745
Saldos al 31.12.18 **(1.718.129) ** **(3.242.905) ** - **(13.948) ** **(4.974.982) ** (3.889.872)

MetroENERGÍA

Pasivos diferidos

Inversiones Total
Saldos al 31.12.17 (734) (734)
Movimientos del ejercicio 8 8
Saldos al 31.12.18 **(726) ** (726)

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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 E INFORMACIÓN COMPARATIVA

(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

La posición neta consolidada al 31 de diciembre de 2018 correspondía a un Pasivo por impuesto diferido de 726 correspondiente a MetroENERGÍA y un Pasivo por impuesto diferido de 3.889.872 correspondiente a MetroGAS y al 31 de diciembre de 2017 correspondía a un Pasivo por impuesto diferido de 734, correspondiente a MetroENERGÍA y un Pasivo por impuesto diferido de 4.361.617, correspondiente a MetroGAS.

A continuación se detalla la conciliación entre el impuesto a las ganancias cargado a resultados y el que resultaría de aplicar al resultado contable antes del impuesto a las ganancias la tasa impositiva correspondiente:

Impuesto a las ganancias calculado sobre el resultado antes del
impuesto a las ganancias
Diferencias originadas en:
Gastos no deducibles e ingresos no computables, netos
Efecto por la reexpresion en moneda constante
Quebrantos reconocidos / (no reconocidos)
Efecto cambio de tasa impuesto a las ganancias
Total impuesto a las ganancias acreditado en resultados
Por los ejercicios finalizados el
31.12.18
31.12.17
13.984
(533.399)
33.494
26.851
8.873
1.322.075
-
1.046.933
-
(103.324)
56.351
1.759.136

A continuación se detalla la conciliación entre el impuesto a las ganancias acreditado a resultados y el impuesto determinado a fines fiscales:

Impuesto a las ganancias determinado a los fines fiscales MetroGAS
Impuesto a las ganancias corriente MetroENERGÍA
Diferencias transitorias
Efecto cambio de tasa impuesto a las ganancias
Total impuesto a las ganancias acreditado en resultados
Quebrantos reconocidos / (no reconocidos)
Por los ejercicios finalizados el
31.12.18
31.12.17
281.043
(124.209)
(147.039)
(77.612)
(77.653)
1.017.348
-
1.046.933
-
(103.324)
56.351
1.759.136

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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 E INFORMACIÓN COMPARATIVA

(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

El crédito por quebrantos impositivos registrado al 31 de diciembre de 2018 ascendió a 816.712 y el crédito por el IGMP a 80.901.

En la tabla que se detalla a continuación se exponen los años en los que expiran los créditos por quebrantos al 31 de diciembre de 2018:

Año de
vencimiento
Crédito por
quebranto
2019 190.519
2020 218.310
2021 126.840
2023 281.043
TOTAL 816.712

La evolución del pasivo diferido neto de MetroGAS durante el ejercicio ha sido la siguiente:

Pasivo diferido al inicio del ejercicio
Efecto del impuesto diferido en ORAI
Cargo del impuesto a las ganancias
Pasivo diferido al cierre del ejercicio
31.12.18
(4.361.617)
268.363
203.382
(3.889.872)
31.12.17
(4.212.607)
(1.986.492)
1.837.482
(4.361.617)

El cargo por impuesto a las ganancias e impuesto a la ganancia mínima presunta por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 y 2017 es el siguiente:

Por los ejercicios finalizados el Por los ejercicios finalizados el
31.12.18
203.382
-
31.12.17
Impuesto a las ganancias diferido MetroGAS
Impuesto a la ganancia mínima presunta de años anteriores reconocido
en el ejercicio
Impuesto a las ganancias MetroENERGÍA
Vencimiento de IGMP reconocido en ejercicios anteriores
Cargo Impuesto a las ganancias e IGMP
1.837.482
115.153
(147.031) (78.346)
(10.399)
45.952
-
1.874.289

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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 E INFORMACIÓN COMPARATIVA

(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

En la tabla que se detalla a continuación se exponen los años en los que expiran los créditos por IGMP al 31 de diciembre de 2018:

Año de
vencimiento
Crédito al cierre
del ejercicio
2020 14.212
2023 15.179
2027 51.510
TOTAL 80.901

29. RESULTADO NETO POR ACCIÓN

El siguiente cuadro refleja los resultados y el número de acciones que se han utilizado para el cálculo del resultado neto por acción:

Resultado neto del ejercicio participación controlante
Número medio de acciones ordinarias en circulación
Resultado neto básico y diluido por acción
Por los ejercicios finalizados el
31.12.18
31.12.17
(5.858)
3.396.360
569.171
569.171
(0,01)
5,97

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30. SALDOS Y OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS

MetroGAS realiza operaciones y transacciones con partes relacionadas dentro de las condiciones generales de mercado, las cuales forman parte de la operación habitual de la Sociedad en cuanto a su objeto y condiciones.

Las operaciones de venta de transporte de MetroGAS a MetroENERGÍA se efectuaron sobre la base de las tarifas aplicables por MetroGAS para sus operaciones comerciales con terceros, de acuerdo a la normativa vigente.

A su vez, existen acuerdos de Prestación de Servicios Profesionales por parte de MetroGAS a MetroENERGÍA vinculados a los aspectos administrativos, contables, impositivos, financieros, legales y todos aquellos que hacen al giro y operatoria ordinaria de MetroENERGÍA.

La información detallada en los cuadros siguientes muestra los saldos con las sociedades relacionadas al 31 de diciembre de 2018 y 2017, así como las operaciones con las mismas por los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2018 y 2017.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

Las siguientes transacciones se realizan con partes relacionadas:

==> picture [603 x 267] intentionally omitted <==

----- Start of picture text -----

Por el ejercicio finalizado el
31.12.18
Materiales Costos Remuneraciones
Servicios y
Venta de gas y Otros ingresos y Suministro de suministros de diversos Primas de financieros Gastos de correos y y otros
transporte egresos gas terceros Costo de seguros (Ingresos telecomunicaciones beneficios al
operación financieros) personal
Sociedad controlante:
YPF 1.961 - 5.812.416 6.852 17.889 - (91.912) - -
Otras sociedades relacionadas:
Central Dock Sud S.A. 257.305 - - - - - - - -
Operadora de Estaciones de Servicio S.A. 11.617 - - - - - - - -
A-Evangelista S.A. 6.183 - - - - - - - -
Integración Energética Argentina S.A. ("Ex-ENARSA") 5 - 618.159 - - - 116.438 - -
Profertil S.A. 12.515 - - - - - - - -
Nación Seguros S.A. - - - - - 9.841 - - -
Correo Argentino S.A. 699 - - - - - - 626 -
Banco de la Nación Argentina 3.285 - - - - - - - -
Estado Nacional (1) - - (4.148.654) - - - 614.652 - -
Secretaría de Gobierno de Energía (2) - 3.463.471 - - - - - - -
Compañía Administradora del Mercado Mayorista 10.484 - - - - - - - -
Eléctrico S.A.
Otros 6.604 - - - - - - - -
Personal clave de dirección - - - - - - - - 63.977
310.658 3.463.471 2.281.921 6.852 17.889 9.841 639.178 626 63.977
(1) Ver Notas 2.2.2.3 a los presentes estados financieros consolidados.
(2) Ver Notas 2.2.2.2 a los presentes estados financieros consolidados.
----- End of picture text -----

Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 6 de marzo de 2019 DELOITTE & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 3

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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 E INFORMACIÓN COMPARATIVA

(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

==> picture [699 x 276] intentionally omitted <==

----- Start of picture text -----

Por el ejercicio finalizado el
31.12.17
Costos Costos Remuneraciones
Servicios y Materiales financieros financieros y otros
Venta de gas y Suministro de suministros de diversos Costo Primas de intereses por intereses por Gastos de correos y beneficios al
transporte gas terceros de operación seguros préstamos deuda comercial telecomunicaciones personal
Sociedad controlante:
YPF 12.203 1.966.185 7.453 11.755 - 27.293 174.434 - -
Otras sociedades relacionadas:
Central Dock Sud S.A. 165.070 - - - - - - - -
Operadora de Estaciones de Servicio S.A. 32.368 - - - - - - - -
A-Evangelista S.A. 3.573 - - - - - - - -
Integración Energética Argentina S.A. ("Ex-ENARSA") - 245.419 - - - - 80.279 - -
Profertil S.A. 284.740 - - - - - - - -
YPF Energía Eléctrica S.A - 44.669 - - - - - - -
Nación Seguros S.A. - - - - 4.629 - - - -
Correo Argentino S.A. - - - - - - - 1.502 -
Compañía Administradora del Mercado Mayorista 7.613 - - - - - - - -
Eléctrico S.A.
Otros 3.414 - - - - - - - -
Personal clave de dirección - - - - - - - - 81.668
508.981 2.256.273 7.453 11.755 4.629 27.293 254.713 1.502 81.668
----- End of picture text -----

Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 6 de marzo de 2019 DELOITTE & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 3

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

Los siguientes saldos se mantienen con partes relacionadas:

31.12.18 31.12.18
Créditos por
ventas
Otros créditos Remuneraciones y
cargas sociales
Cuentas por pagar
Sociedad controlante:
YPF
Otras sociedades relacionadas:
Corrientes
19.968
Corrientes
No corrientes
Corrientes
No corrientes
Corrientes
1.242.864
1.144.589
-
4.828
-
Central Dock Sud S.A. 47.825 -
-
-
-
-
Operadora de Estaciones de Servicio S.A.
A-Evangelista S.A.
Integración Energética Argentina S.A. ("Ex-ENARSA")
3
507
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
64.986
165.234
-
Nación Seguros S.A.
Estado Nacional (1)
- -
-
353.400
3.180.602
7.278
-
-
Secretaría de Gobierno de Energía (2) - 1.255.243
-
-
-
Correo Argentino S.A. - - 209
-
-
Otros 45 -
-
159
-
-
Personal clave de dirección: - -
-
-
-
18.938
68.348 1.613.471
3.180.602
1.315.496
1.309.823
18.938

(1) Ver Nota 2.2.2.3 a los presentes estados financieros consolidados.

(2) Ver Nota 2.2.2.2 a los presentes estados financieros consolidados.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

31.12.17
Créditos por
ventas
Otros créditos Cuentas por pagar Remuneraciones
ycargas sociales
Deuda
financiera
Corrientes Corrientes Corrientes
No corrientes
Corrientes
Corrientes
Sociedad controlante:
YPF 2.231 6.181 1.942.186
-
114.535
-
Otras sociedades relacionadas: -
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
-
Central Dock Sud S.A. 49.689 - -
-
Operadora de Estaciones de Servicio S.A.
A-Evangelista S.A.
Integración Energética Argentina S.A. ("Ex-ENARSA")
-
130
-
-
-
-
-
-
-
-
1.036.586
105.047
Profertil S.A.
Nación Seguros S.A.
20.091
-
-
7.080
-
-
979
-
Compañía Administradora del Mercado Mayorista
Eléctrico S.A.
719 - -
-
Correo Argentino S.A.
Otros
-
19
-
-
347
-
-
-
-
-
-
-
Personal clave de dirección: - - -
-
-
24.439
72.879 13.261 2.980.098
105.047
114.535
24.439

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

Los importes pendientes no están garantizados y se liquidarán en efectivo. No se han otorgado ni recibido garantías. No se ha reconocido ningún gasto en el periodo actual ni en periodos anteriores con respecto a incobrables o cuentas de dudoso cobro relacionados con los importes adeudados por partes relacionadas.

Adicionalmente, en el curso habitual de sus negocios, y atento a que la licenciataria presta el servicio de distribución de gas dentro del área que cubre la parte sur y este del gran Buenos Aires, incluyendo la Ciudad de Buenos Aires, la cartera de clientes/proveedores de la Sociedad abarca tanto entidades del sector privado como así también del sector público nacional, provincial y municipal.

En virtud de la Resolución N° I-2.621/2013 del ENARGAS, MetroGAS se encuentra facturando por cuenta y orden de ENARSA los volúmenes inyectados para GNC a partir de junio de 2013.

Asimismo tal como se explica en Nota 2.2.5 MetroGAS debe facturar, cobrar y liquidar dos cargos específicos, con diversa afectación, lo cual hace por cuenta y orden de Nación Fideicomisos S.A. Los saldos por estas operatorias se exponen en la Nota 21.

31. COMPROMISOS CONTRACTUALES

A fin de poder satisfacer la demanda de gas y prestar eficientemente el servicio concedido, MetroGAS ha celebrado desde el inicio de la concesión distintos contratos de largo plazo que le permiten asegurar una cierta capacidad de compra y transporte de gas.

31.1 Compra de gas

Los principales proveedores con los que opera MetroGAS son: YPF, Total Austral, Wintershall Energía, Pan American Energy, y otros productores de Tierra del Fuego, Neuquén y Santa Cruz.

El 14 de junio de 2007 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución N° 599/07 de la SE por medio de la cual se homologó la propuesta de “Acuerdo con Productores de Gas Natural 20072011” (“Acuerdo 2007-2011”). El Acuerdo 2007-2011 establecía los volúmenes a ser inyectados en Punto de Ingreso al Sistema de Transporte por los productores de gas natural priorizando principalmente el abastecimiento de la demanda residencial y GNC a través de los mecanismos de redireccionamiento y demandas adicionales. Asimismo, fijaba los parámetros de ajustes de precios del gas natural en forma escalonada (ver Nota 2.2.3.1 a los presentes estados financieros).

El 4 de octubre de 2010 se publicó en el B.O. la Resolución ENARGAS N° 1.410/2010 (luego aclarada por Nota ENARGAS N° 13.934) que aprobó el Procedimiento de Solicitudes, Confirmaciones y Control de Gas que debía ser observado por los distintos actores de la industria del gas natural, incluyendo a las comercializadoras de gas natural, con impacto en la operatoria diaria de nominaciones, transporte, distribución y compraventa de gas natural.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

Las Resoluciones SE N° 599/07 y ENARGAS N° 1.410/10 fueron complementadas por la Resolución N° 89/2016 del MINEM que estableció los volúmenes de gas natural que podrían solicitar las prestadoras del servicio de distribución para abastecer a la Demanda Prioritaria y por la Resolución ENARGAS N° 3.833/2016 respecto al Procedimiento de Solicitudes, Confirmaciones y Control de Gas.

En los términos de la Resolución N° 89/2016 del MINEM, se inició un proceso de normalización contractual en función del cual MetroGAS celebró diversos contratos con productores de gas, tanto de la cuenca Austral, como de la cuenca Neuquina. Estos volúmenes contratados deducían volúmenes de la Resolución ENARGAS N° 1.410/2010 tanto para el productor como para la distribuidora. Los volúmenes contratados a partir de la Resolución N° 89/2016 del MINEM eran abonados por las distribuidoras al precio establecido por el MINEM.

En fecha 6 de octubre de 2016, el MINEM dictó la Resolución Nº 212-I/2016 mediante la cual fijó un sendero de precios para el gas natural, determinándose el valor de este de manera gradual y semestral hasta el 1º de octubre de 2019 (para el área de Licencia de MetroGAS).

Mediante Resolución N° 74 – E/2017, el MINEM determinó los nuevos precios en el PIST para el gas natural que serán de aplicación, a partir del 1° de abril de 2017 a las categorías de usuarios que allí se indican. Asimismo, determinó los nuevos precios en el PIST bonificados para los usuarios Residenciales de gas natural que registren un ahorro en su consumo igual o superior al quince por ciento (15%) con respecto al mismo período del año 2015. Estos nuevos precios en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte han sido contemplados en la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017.

Con fecha 1° de diciembre de 2017 y mediante Resolución N° 474 – E/2017, el MINEM determinó los nuevos precios en el PIST para el gas natural que serán de aplicación, a partir del 1° de diciembre de 2017 a las categorías de usuarios que allí se indican. Asimismo, determinó los nuevos precios en el PIST bonificados para los usuarios Residenciales de gas natural que registren un ahorro en su consumo igual o superior al veinte por ciento (20%) con respecto al mismo período del año 2015 y la bonificación correspondiente a los beneficiarios de la Tarida Social. Estos nuevos precios en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte han sido contemplados en las Resoluciones ENARGAS N° 131/2017 y N° 132/2017.

El 29 de noviembre de 2017, a instancias del MINEM, MetroGAS suscribió las “Bases y Condiciones para el Abastecimiento de Gas Natural a Distribuidoras de Gas por Redes” (las “Bases y Condiciones”) junto con el resto de las distribuidoras y un grupo de productores de gas. Estas Bases y Condiciones contienen los lineamientos para la contratación de volúmenes de gas para el abastecimiento de la demanda de las distribuidoras para el período comprendido entre el 1° de enero de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2019. En las mismas se establecen: i) los volúmenes que cada productor firmante debe inyectar por cuenca para abastecer a la demanda de las distribuidoras, ii) los volúmenes diarios disponibles por cuenca para cada distribuidora, iii) el precio según la categoría de cliente y por período expresado en u$s/MMBTU, iv) la obligación del

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

productor de entregar o pagar por el 100% del volumen, v) la obligación de las distribuidoras de tomar o pagar por el 100% del volumen, excepto en caso de no contar con demanda y no nominar volúmenes de contratos no comprendidos en las Bases y Condiciones; y vi) el vencimiento de las facturas a los 75 días.

Las Bases y Condiciones establecen expresamente que las distribuidoras tienen en consideración para su suscripción las disposiciones del Artículo 38 de la Ley N° 24.076, que prevén el traslado a las tarifas a ser pagadas por los usuarios del servicio de transporte y distribución tanto de los costos de adquisición de gas resultantes de acuerdos o contratos de largo plazo como así también de aquellos asociados a las compras de corto plazo que resultaran necesarias para satisfacer la demanda.

En consecuencia, los contratos suscriptos con los productores de gas derivados de las Bases y Condiciones tomaron en cuenta los precios y moneda allí establecidos y fueron presentados oportunamente al ENARGAS.

En abril de 2018 comenzó en Argentina un cambio en las condiciones macroeconómicas que provocó una brusca e imprevista variación en la paridad entre la moneda nacional y la moneda en la que están establecidos los precios de los contratos.

Por este motivo, los pagos a los productores de gas por el gas entregado en los meses siguientes a partir de abril de 2018 se realizaron al tipo de cambio aplicado al valor del componente del gas incluido en la tarifa aprobado por la Resolución ENARGAS N° 300/2018 aplicable a partir del 1° de abril de 2018 ($/U$S 20,345) y la Resolución ENARGAS N° 281/2018, luego ratificada por la Resolución ENARGAS N° 292/2018, aplicable a partir del 8 de octubre de 2018 ($/U$S 37,69).

Los productores rechazaron dicho criterio de pago por parte de la Sociedad y, en consecuencia, reclamaron formalmente los saldos considerados impagos.

El 16 de noviembre de 2018, se publicó en el Boletín Oficial, el Decreto N° 1.053/2018 que establece que el Estado Nacional asuma, con carácter excepcional, el pago de las DDA (ver punto 2.2.2.3).

De acuerdo a lo dispuesto por la Resolución N° 32/2019 de la SGE, MetroGAS participó del concurso de precios para la provisión de gas natural en condición firme para el abastecimiento de la demanda de usuarios de servicio completo de las prestadoras de servicio público de distribución de gas por redes que se llevó a cabo en el ámbito del MEGSA para las cuencas Neuquina, Golfo San Jorge, Santa Cruz Sur y Tierra del Fuego el 14 de febrero de 2019.

Como resultado de dicho concurso, se obtuvieron compromisos de abastecimiento anual por un volumen de capacidad máxima diaria (“CMD”) que asciende anualmente a 1.486 millones de m3 los cuales representan el 58% de nuestra demanda anual, cumpliendo con ello con el requisito establecido en el marco regulatorio.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

Esos compromisos, bajo las pautas establecidas por la Resolución SGE N° 32/19, consideran una cláusula de Entregar o Pagar (“EOP”) del 70%, lo que implica en el caso de MetroGAS un importante nivel de incertidumbre respecto del aprovisionamiento en el período invernal, al que coadyuva la relación fija establecida en el concurso de 1:2,5 anual escalonado, que no satisface la curva de demanda prioritaria que se presenta en el período invernal en nuestra área de Licencia, cuya relación es más cercana a 1:4,5 veces.

En el marco de las Bases y Condiciones, MetroGAS acordó contratos de suministro de gas con una valorización aproximada de compra de gas en firme por:

Períodos
2019
Montos comprometidos
(millones de $)
5.702

A partir de la inscripción en el Registro de Comercializadores, MetroENERGÍA celebró acuerdos de suministro de gas natural con distintos agentes del mercado a fin de abastecer a los usuarios que debían adquirir el gas de terceros proveedores. Actualmente, MetroENERGÍA posee diferentes acuerdos de compra para suministrar gas natural a las industrias y comercios hasta abril de 2019.

La valorización aproximada anual de compra de gas en firme a ser pagado por MetroENERGÍA durante el año 2019 asciende a millones de $ 1.334.

31.2 Transporte de gas

MetroGAS ha celebrado varios contratos de transporte, cuyas fechas de finalización se encuentran entre el año 2019 y el año 2027 con TGS y TGN, a fin de asegurar una capacidad de transporte en firme de 19,49 MMCM por día, considerando los contratos vigentes al de 31 diciembre de 2018.

La valorización aproximada anual de transporte en firme a ser pagado por la Sociedad bajo estos contratos se expone en el siguiente cuadro:

Períodos
2019
2020
2021
2022
2023/27
Montos comprometidos
(millones de $)
4.027
3.461
3.278
2.739
8.223

En agosto de 2017, MetroGAS presentó una Oferta Irrevocable en el Concurso N°1/2017 de TGS, con el objetivo de renovar la capacidad de transporte firme con vencimiento el 30 de abril de 2018.

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

Como resultado del Concurso, MetroGAS renovó el 100% de la capacidad ofertada, siendo los nuevos vencimientos entre el 2019 y 2027.

Con fecha 27 de septiembre de 2018 se publicaron las Resoluciones ENARGAS 265/18 y N° 266/18, las cuales establecieron un nuevo cuadro tarifario a aplicarse a TGS y TGN a partir del día 1° de octubre de 2018.

31.3 Venta de gas y transporte

MetroGAS celebró contratos de venta de gas y transporte que generaron compromisos firmes con industrias y GNC. La valorización aproximada anual en firme a ser cobrado por MetroGAS bajo estos contratos se expone en el siguiente cuadro:

Períodos
2019
2020
2021
2022
Montos comprometidos Montos comprometidos

(millones de $)
1.225
323
323
323

MetroENERGÍA celebró contratos de abastecimiento de gas natural con grandes clientes, usuarios del SGG y SGP, de acuerdo a las distintas fechas en que tales clientes debieron adquirir el gas natural de proveedores distintos de las licenciatarias del servicio de distribución. Estos contratos fueron renovados en concordancia a los celebrados con los proveedores de gas natural. La valorización aproximada anual de venta de gas en firme a ser cobrados por MetroENERGÍA durante el año 2019 asciende a millones de $ 2.427.

31.4 Plan de inversiones obligatorias

En el marco de lo establecido en el Acuerdo Transitorio 2016, con fecha 29 de enero de 2016 MetroGAS presentó al ENARGAS el Plan de Inversiones proyectado para el año 2016. El mismo se componía de obras de infraestructura, obras de conexión, repotenciación, expansión y/o adecuación tecnológica de los sistemas de distribución de gas por redes, seguridad, confiabilidad del servicio e integridad de las redes, así como mantenimiento y todo otro gasto conexo necesario para la prestación del servicio público de distribución de gas. El Plan abarcaba el período comprendido entre abril del año 2016 y marzo del año 2017. Con fecha 27 de abril de 2017 la Sociedad envió al ENARGAS una nota con la reformulación del Plan de Inversiones Obligatorias que concluiría el 31 de diciembre de 2017. MetroGAS ejecutó el Plan por encima de lo comprometido originalmente al 31 de diciembre de 2017.

En los términos del Acuerdo Transitorio 2017, con fecha 31 de marzo de 2017 se publicó en el B.O., la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017 la cual menciona en su Anexo III el Plan de

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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)

Inversiones Obligatorias que debe realizar MetroGAS dentro del plazo quinquenal 2017-2021. A los fines de esta Resolución se consideran Inversiones Obligatorias las consideradas indispensables para atender la operación y el mantenimiento de los sistemas operados, la comercialización y la administración en condiciones confiables y seguras del gas natural, con estándares iguales o mayores a los requeridos por la normativa vigente. En caso que MetroGAS lleve a cabo las inversiones obligatorias a un costo total menor que la suma especificada en la resolución deberá invertir dicha diferencia en obras y/o proyectos contemplados como inversiones no obligatorias o complementarias o en otros que sean aprobados por la autoridad regulatoria dentro del plazo quinquenal 2017-2021. MetroGAS debe presentar anualmente a la autoridad regulatoria un informe detallado de avance de su Plan de Inversiones y la autoridad regulatoria puede aplicar las penalidades en caso de incumplimiento. La Resolución determina el monto que la Sociedad debe desembolsar por las inversiones obligatorias durante cada uno de los cinco años. Al 31 de diciembre de 2018, MetroGAS cumplió con la totalidad de lo comprometido para el primer año y con el 89% de lo comprometido para el segundo año.

31.5 Arrendamientos

a. Como arrendatario

Al 31 de diciembre de 2018, los pagos mínimos futuros en relación con los arrendamientos operativos, son los detallados a continuación:

Períodos
2019
2020
Total pagos mínimos futuros
Montos
comprometidos
(millones de $)
8
3
11

31.6 Otros compromisos contractuales

Al 31 de diciembre de 2018 MetroGAS se encuentra comprometida con terceras partes a través de contratos relacionados con servicios y suministros de terceros, mantenimiento y reparación de propiedades, planta y equipo y seguros, por un monto que asciende aproximadamente a millones de $ 580, con vencimiento millones de $ 561 durante el año 2019, millones de $ 17 durante el año 2020 y millones de $ 2 durante el año 2021.

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Dr. Eduardo Baldi Por Comisión Fiscalizadora

Ricardo C. Ruiz Socio Contador Público U.B.A.

Fernando Oscar Ambroa Presidente

C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 156 - F° 159

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RESOLUCIÓN Nº 368/01 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

Contexto Económico Argentino y su impacto sobre la Sociedad

En Nota 2 a los estados financieros consolidados se describe, en forma detallada, el contexto económico y regulatorio, los impactos de la Ley de Emergencia y sus decretos reglamentarios sobre MetroGAS S.A (“MetroGAS” o la “Sociedad”).

Estas situaciones han sido consideradas por la Dirección de la Sociedad, al efectuar las estimaciones contables significativas incluidas en los presentes estados financieros consolidados (ver Nota 5).

Consideraciones Generales

Las ventas de la Sociedad se ven altamente influenciadas por la estructura climática imperante en la Argentina. La demanda de gas natural y, en consecuencia, sus ventas son considerablemente más altas durante los meses de invierno (de mayo a septiembre) debido a los volúmenes de gas vendidos y al mix de tarifas que afecta los ingresos por ventas y el margen bruto.

Con motivo de los cambios en las reglamentaciones (ver Nota 2.2.3.2 de los estados financieros consolidados al 31 de diciembre de 2018), con fecha 20 de abril de 2005 el Directorio de MetroGAS decidió la constitución de MetroENERGÍA S.A (“MetroENERGÍA”), una sociedad anónima de la cual MetroGAS es titular del 95% del capital accionario y cuyo objeto social es el de dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, a la compra-venta de gas natural y/o su transporte.

En los términos del Acuerdo Transitorio 2017, con fecha 31 de marzo de 2017 se publicó en el B.O., la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017 mediante la cual se aprobaron, con vigencia a partir del 1° de abril de 2017, los cuadros tarifarios resultantes de la Revisión Tarifaria Integral de MetroGAS y cuadros tarifarios de transición de aplicación a los usuarios de MetroGAS. Mediante tarifas diferenciadas, la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017 determinó cuadros tarifarios para aquellos usuarios residenciales que registraran un ahorro en su consumo igual o superior al 15% con respecto a igual periodo del año 2015, como así también aquellos que serían de aplicación a los usuarios beneficiarios de la “Tarifa Social” (Resoluciones N° 28/2016 del MINEM y ENARGAS N° I-2.905/2014 y N° 3.784/2016) y las Entidades de Bien Público (Ley N° 27.218).

Los cuadros tarifarios correspondientes a los beneficiarios de la “Tarifa Social” fueron rectificados por la Resolución ENARGAS N° 4.369/2017. La facturación resultante de la aplicación de los nuevos cuadros tarifarios transitorios deberán respetar los límites establecidos en el Artículo 10 de la Resolución MINEM N° 212/2016, por lo que se mantienen los criterios de la Resolución ENARGAS N° I-4.044/2016.

Adicionalmente, la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017 aprobó (i) los estudios técnico económicos sobre la RTI de la Compañía, (ii) la Metodología no automática de Ajuste Semestral que entrará en vigencia conjuntamente con el Acta Acuerdo de Readecuación de la Licencia, y (iii) el Plan de Inversiones de MetroGAS para el próximo quinquenio.

Con fecha 24 de octubre de 2017, y mediante Resolución ENARGAS N° 74/2017, se convocó a audiencia pública para el día 15 de noviembre de 2017 a fin de considerar la adecuación tarifaria transitoria, vigente a partir del 1° de diciembre de 2017, correspondiente a MetroGAS.

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METROGAS S.A.

RESEÑA INFORMATIVA

RESOLUCIÓN Nº 368/01 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

En fecha 1° de diciembre de 2017 se publicó en el Boletín Oficial: (i) la Resolución ENARGAS N° 131/2017 que dispuso (a) declarar la validez de la Audiencia Pública convocada mediante Resolución ENARGAS N° 74/2017, (b) aprobar el cuadro tarifario de transición de MetroGAS aplicable a partir del 1° de diciembre de 2017 y (c) aprobar nuevos valores para las Tasas y Cargos percibidos por MetroGAS por Servicios Adicionales; y (ii) la Resolución ENARGAS N° 132/2017 que instruye una bonificación a implementar por parte de MetroGAS a favor de ciertos usuarios que (a) registren un ahorro en su consumos o (b) resulten beneficiarios de la Tarifa Social.

Con fecha 31 de enero de 2018 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución del ENARGAS N° 249/2018 que convoca a audiencia pública el día 22 de febrero de 2018 para considerar (i) la aplicación de la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, de corresponder, para el ajuste de tarifas de MetroGAS; (ii) la aplicación del traslado a tarifas del precio de gas comprado y (iii) alternativas metodológicas para una facturación más previsible de los consumos de los usuarios residenciales.

En fecha 28 de marzo de 2018 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución ENARGAS N° 300/2018 que dispuso (i) declarar la validez de la Audiencia Pública mencionada anteriormente, (ii) aprobar el cuadro tarifario de transición de MetroGAS aplicable a partir del 1° de abril de 2018 y (iii) aprobar nuevos valores para las Tasas y Cargos percibidos por MetroGAS por servicios adicionales.

Asimismo, con fecha 29 de diciembre de 2017 se publicó la Resolución MINEM N° 508-E/2017 que establece el procedimiento para la compensación de los menores ingresos que las Licenciatarias del Servicio de Distribución de Gas Natural por Redes reciben de sus usuarios.

Este procedimiento establece que el Distribuidor tendrá derecho a ser compensado por la reducción de ingresos que le ocasionen tales medidas a fin de mantener la cadena de pagos relacionada con la operación y el mantenimiento del servicio público de distribución de gas natural por redes, entre otros, el pago de las facturas de compra de gas natural y garantizar la continuidad de la prestación de dicho servicio público.

Mediante Resolución N° 218/2018 (posteriormente instrumentada por el ENARGAS a través de la Resolución N° 86/2018), el MINEM dispuso la suspensión de la aplicación de los criterios de bonificación para los usuarios de la Tarifa Social establecidos en los artículos 4° y 5° de la Resolución MINEM N° 474/2017 para los consumos de dichos usuarios efectuados durante los meses de mayo y junio del año 2018, debiendo aplicarse para la facturación de dichos consumos el régimen de tarifa social con el alcance previsto en el artículo 5° de la Resolución MINEM N° 28/2016, a cuyos efectos deberá considerarse la bonificación del cien por ciento (100%) del precio del gas natural que dichos usuarios consuman.

A la fecha de aprobación de los presentes estados financieros, se han registrado ciertas demoras por parte del Estado Nacional en el pago de las compensaciones económicas. En la medida que existan estas demoras la Sociedad cancela las facturas por las inyecciones de gas distribuyendo a prorrata entre todos los productores con los cuales la Sociedad tiene contratos de suministro de gas natural el impacto derivado de la demora mencionada. (ver Nota 2.2.2.2 a los estados financieros consolidados).

Por otra parte, el 29 de noviembre de 2017, a instancias del MINEM, MetroGAS suscribió las “Bases y Condiciones para el Abastecimiento de Gas Natural a Distribuidoras de Gas por Redes” (las “Bases y Condiciones”) junto con el resto de las distribuidoras y un grupo de productores de

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RESEÑA INFORMATIVA

RESOLUCIÓN Nº 368/01 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

gas. Estas Bases y Condiciones dan los lineamientos para la contratación de volúmenes de gas para el abastecimiento de la demanda de las distribuidoras para el período comprendido entre el 1° de enero de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2019. (ver Nota 2.2.3.1 a los estados financieros consolidados).

En fecha 8 de octubre de 2018 se publicó en el B.O. la Resolución ENARGAS N° 281/2018 que dispuso (i) declarar la validez de la Audiencia Pública mencionada anteriormente, (ii) aprobar los cuadros tarifarios de MetroGAS aplicables a partir de la publicación de los mismos y (iii) aprobar nuevos valores para las Tasas y Cargos percibidos por MetroGAS por servicios adicionales. Cabe aclarar, que dichos cuadros tarifarios no contemplaron las DDA correspondientes al período comprendido entre el 1° de abril y el 30 de septiembre de 2018.

En fecha 12 de octubre se publicó en el Boletín Oficial la Resolución ENARGAS N° 292/2018 que rectifica los cuadros tarifarios de la Resolución N° 281/2018 y su aplicación se retrotrae al 8 de octubre de 2018, fecha de publicación de esta última Resolución. (ver Nota 2.2.2.1 a los estados financieros consolidados).

Análisis de las operaciones de los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2018 y 2017

Las ventas de la Sociedad durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 aumentaron un 65,4% y los costos de operación aumentaron un 67,7% respecto del ejercicio anterior, ocasionando un incremento en la ganancia bruta de 2.842.386, la cual ascendió a 7.703.062 durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018, respecto de 4.860.676 registrado durante el ejercicio anterior.

Los gastos de administración aumentaron un 18,7%, de 1.263.561 en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2017 a 1.499.720 en el presente ejercicio y los gastos de comercialización aumentaron un 9,5%, de 1.797.870 en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2017 a 1.969.329 en el presente ejercicio.

Los otros ingresos y egresos pasaron de una pérdida de 106.735 en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2017 respecto a una pérdida de 564.917 generada en el presente ejercicio.

Consecuentemente, durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 se registró una ganancia operativa de 3.669.096, respecto de una ganancia operativa de 1.692.510 obtenida en el ejercicio anterior.

Durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 los resultados financieros netos generaron una pérdida de 3.715.708, respecto de una pérdida de 168.512 generada en el ejercicio anterior.

Consecuentemente, la pérdida neta de la Sociedad correspondiente al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 ascendió a 660, respecto de una ganancia neta de 3.398.287 generada en el ejercicio anterior.

El Directorio de la Sociedad en su reunión de fecha 30 de junio de 2017 aprobó la valuación de los Activos esenciales por el método de la revaluación con fecha efectiva 1° de abril de 2017, lo cual produjo una ganancia de otros resultados integrales de 5.834.344 durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2017 respecto de una pérdida de 796.573 generada por la disminución de la revaluación del presente ejercicio.

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RESEÑA INFORMATIVA

RESOLUCIÓN Nº 368/01 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

Resultados de las operaciones y de la condición financiera

Ventas

El total de ventas consolidadas aumentó un 65,4% durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018, totalizando 32.719.837, respecto de 19.779.557 registradas en el ejercicio anterior.

El incremento de las ventas durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 se origina principalmente por mayores ventas a clientes residenciales, a los clientes industriales, comerciales y entidades públicas, al devengamiento de ingresos por la aplicación de la Resolución MINEM N° 508-E/2017 y mayores ventas de MetroENERGÍA.

Las ventas con gas de MetroGAS a los clientes residenciales aumentaron un 66,3%, de 9.744.514 a 16.203.107 durante los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2017 y 2018, respectivamente, debido principalmente a los aumentos de la tarifa según las Resoluciones del ENARGAS N° 131/2017, ENARGAS N° 300/2018 y ENARGAS N° 292/2018 con vigencia a partir del 1° de diciembre de 2017, 1° de abril de 2018 y 12 de octubre de 2018 (retroactiva al 8 de octubre de 2018), respectivamente, y por un aumento en los volúmenes entregados a esta categoría de clientes del 0,4%.

Las ventas con gas de MetroGAS a los clientes industriales, comerciales y entidades públicas se incrementaron un 105,6%, a 2.274.364 durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 de 1.105.944 durante el ejercicio anterior, debido principalmente a los aumentos de la tarifa según las Resoluciones del ENARGAS N° 131/2017, ENARGAS N° 300/2018 y ENARGAS N° 292/2018 con vigencia a partir del 1° de diciembre de 2017, 1° de abril de 2018 y 12 de octubre de 2018, respectivamente, y por un aumento en los volúmenes entregados a esta categoría de clientes del 1,1%.

Las ventas con gas a las estaciones de GNC disminuyeron un 98,1% de 830.043 a 15.951 durante los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2017 y 2018, respectivamente, con una disminución en los volúmenes entregados a esta categoría de clientes del 99,1%, debido a que, a partir del 1° de mayo de 2017 y, en los términos de la N° 4.407/2017 se ampliaron las opciones de compra de gas natural por parte de los titulares de estaciones de suministro de GNC pudiendo adquirir el gas natural a través de las Distribuidoras o en forma directa por medio de los productores o comercializadores de gas natural. La mayor parte de las estaciones de GNC que operan en el área de MetroGAS optó por comprar el gas directamente a MetroENERGÍA.

Consecuentemente, las ventas del servicio de transporte y distribución a las estaciones de GNC aumentaron un 89,6% de 277.504 durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2017 a 526.070 durante el presente ejercicio.

Las ventas del servicio de transporte y distribución a las centrales eléctricas aumentaron un 86,8% de 773.735 durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2017 a 1.445.517 en el presente ejercicio, debido principalmente al aumento de la tarifa promedio y a un aumento en los volúmenes entregados a esta categoría de clientes del 6,4%.

Las ventas del servicio de transporte y distribución a los clientes industriales, comerciales y entidades públicas aumentaron un 65,7% de 438.974 durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2017 a 727.303 durante el presente ejercicio, debido principalmente al aumento de la

134

METROGAS S.A.

RESEÑA INFORMATIVA

RESOLUCIÓN Nº 368/01 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

tarifa promedio, compensado con una disminución en los volúmenes entregados a esta categoría de clientes del 3,2%.

Las ventas de MetroENERGÍA durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 fueron de 7.717.958 aumentando un 20,7% respecto del mismo ejercicio anterior que fueron de 6.394.319, debido principalmente al aumento de la tarifa promedio, al aumento de ventas a GNC según Resolución N° 4.407/2017 mencionada anteriormente con vigencia a partir del 1° mayo de 2017 y a un aumento del 5,6% en los volúmenes vendidos.

El siguiente cuadro muestra las ventas consolidadas de la Sociedad, por tipo de servicio y categoría de clientes, para los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2018 y 2017, expresadas en miles de pesos:

IngresosOrdinarios IngresosOrdinarios IngresosOrdinarios
Ejercicios finalizados el 31 de diciembre de
2018 2017
MetroGAS
Ventas de gas:
Clientes Residenciales
Clientes Industriales, Comerciales
y Entidades Públicas
Gas Natural Comprimido
Subtotal
Servicio de transporte y
distribución:
Centrales Eléctricas
Clientes Industriales, Comerciales
y Entidades Públicas
Gas Natural Comprimido
Subtotal
Otras ventas
Resolución MINEM 508 E/2017
16.203.107
2.274.364
15.951
18.493.422
1.445.517
727.303
526.070
2.698.890
346.096
3.463.471
en miles de Pesos
49,5%
7,0%
0,0%
56,5%
4,4%
2,2%
1,6%
8,2%
1,1%
10,6%
% Total de
ventas
9.744.514
49,3%
1.105.944
5,6%
830.043
4,2%
11.680.501
59,1%
773.735
3,9%
438.974
2,2%
277.504
1,4%
1.490.213
7,5%
214.524
1,1%
-
0,0%
en miles de Pesos
% Total de
ventas
Ventas de gas y transporte
MetroENERGÏA
7.717.958 23,6% 6.394.319
32,3%
Total Ventas 32.719.837 100,0% 19.779.557
100,0%

135

METROGAS S.A.

RESEÑA INFORMATIVA

RESOLUCIÓN Nº 368/01 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

El siguiente cuadro muestra el volumen de ventas de gas natural y de servicio de transporte y distribución de MetroGAS, por categoría de clientes, por los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2018 y 2017, expresados en millones de metros cúbicos:

Volúmenes Volúmenes Volúmenes
Ejercicios finalizados el 31 de diciembre de
2018 2017
MetroGAS
Ventas de gas:
Clientes Residenciales
Clientes Industriales, Comerciales y Entidades
Públicas
Gas Natural Comprimido
Subtotal
Servicio de transporte y distribución:
Centrales Eléctricas
Clientes Industriales, Comerciales y Entidades
Públicas
Gas Natural Comprimido
Subtotal
Otras ventas de gas y servicios de transporte y
distribución
Total Volumen Entregado por MetroGAS
Total Volumen Entregado de gas y transporte por
MetroENERGÍA
MMMC
1.703,1
398,3
1,5
2.102,9
3.914,0
681,3
432,8
5.028,1
443,9
7.574,9

1.399,2
% del Volumen
de Gas
Entregado
22,5%
5,3%
0,0%
27,8%
51,7%
9,0%
5,7%
66,4%
5,8%
100,0%
100,0%
MMMC
% del Volumen
de Gas
Entregado
1.695,9
22,8%
394,0
5,3%
158,0
2,1%
2.247,9
30,2%
3.680,0
49,5%
704,0
9,5%
306,0
4,1%
4.690,0
63,1%
500,8
6,7%
7.438,7
100,0%
1.324,5
100,0%

Costos de operación

Los costos de operación aumentaron un 67,7%, totalizando 25.016.775 durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018, respecto de 14.918.881 registrados en el ejercicio anterior. Se han incrementado principalmente los costos de compra de gas, los costos de transporte de gas, el cargo por depreciaciones de propiedades, planta y equipo y las remuneraciones y otros beneficios al personal.

Los costos de compra de gas natural para distribución de gas y transporte se incrementaron un 151,6% de 4.342.232 durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2017 a 10.926.783 durante el presente ejercicio como consecuencia principalmente del aumento en el precio promedio de compra de MetroGAS. Durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018, MetroGAS adquirió 2.618 millones de metros cúbicos que representan una disminución del 6,5% respecto de los volúmenes de gas comprados en el mismo ejercicio anterior.

Los costos de compra de gas natural y transporte para comercialización de gas y transporte se incrementaron 16,2% de 5.953.035 durante el finalizado el 31 de diciembre de 2017 a 6.918.998 durante el presente ejercicio como consecuencia principalmente del aumento en el precio promedio de compra MetroENERGÍA y en menor medida al incremento en los volúmenes comprados.

Durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018, MetroENERGÍA adquirió 1.399 millones de metros cúbicos, los que representan un aumento del 5,6% respecto de los volúmenes de gas comprados en el mismo período del ejercicio anterior.

136

METROGAS S.A.

RESEÑA INFORMATIVA

RESOLUCIÓN Nº 368/01 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

Los costos de transporte de gas para distribución de gas y transporte aumentaron un 101,9% durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 respecto del mismo ejercicio anterior principalmente por el incremento en los precios promedio de transporte de MetroGAS, como consecuencia de la aplicación de las Resoluciones N° 121/2017, N° 311/2018 y N° 266/2018 para la transportista TGN y las Resoluciones N° 120/2017, N° 310/2018 y N° 265/2018 para la transportista TGS.

El siguiente cuadro muestra los costos de operación de la Sociedad, por tipo de gasto, para los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2018 y 2017, expresados en miles de pesos:

GastosOperativos GastosOperativos
Ejercicios finalizados el 31 de diciembre de
2018 2017
% de % de
en miles de Costos de en miles de Costos de
Pesos Operación Pesos Operación
Suministro de gas - distribución de gas y transporte 10.926.783 43,7% 4.342.232 29,1%
Servicio de transporte de gas - distribución de gas y transporte 4.795.591 19,2% 2.375.544 15,9%
Suministro de gas y transporte - comercialización de gas y
transporte 6.918.998 27,7% 5.953.035 39,8%
Depreciación de propiedades, planta y equipo, propiedades de
inversión y bienes intangibles 909.776 3,6% 744.227 5,0%
Remuneraciones y otros beneficios al personal 860.918 3,4% 772.684 5,2%
Mantenimiento y reparación 309.395 1,2% 295.335 2,0%
Materiales diversos 52.396 0,2% 39.552 0,3%
Servicios y suministros de terceros 189.543 0,8% 173.553 1,2%
Impuestos, tasas y contribuciones 16.822 0,1% 102.717 0,7%
Otros gastos operativos 36.553 0,1% 120.002 0,8%
Total 25.016.775 100,0% 14.918.881 100,0%

Gastos de administración

Los gastos de administración aumentaron un 18,7%, de 1.263.561 en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2017 a 1.499.720 en el presente ejercicio. Este incremento se debió principalmente al aumento por depreciaciones de propiedades, planta y equipo, propiedades de inversión y bienes intangibles, de remuneraciones y otros beneficios al personal, de los gastos de correos y telecomunicaciones, de los gastos de primas de seguro y por mantenimiento y reparación de propiedades, planta y equipo, parcialmente compensado con la disminución de impuestos, tasas y contribuciones.

Gastos de comercialización

Los gastos de comercialización se incrementaron un 9,5%, de 1.797.870 en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2017 a 1.969.329 en el presente ejercicio. Este incremento se debió principalmente al aumento del cargo de deudores incobrables, de servicios y suministros de terceros, de los gastos de correos y telecomunicaciones y de remuneraciones y otros beneficios al personal, parcialmente compensado con la disminución de impuestos, tasas y contribuciones.

137

METROGAS S.A.

RESEÑA INFORMATIVA

RESOLUCIÓN Nº 368/01 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

Otros ingresos y egresos

Los otros ingresos y egresos ascendieron a 106.735 de pérdida en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2017 y a 564.917 de pérdida en el presente ejercicio. Esta variación se debe principalmente al incremento del cargo de la provisión para juicios y contingencias durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 (ver Nota 20.2 a los presentes estados financieros consolidados).

Resultados financieros netos

Durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 los resultados financieros netos generaron una pérdida de 3.715.708, respecto de una pérdida de 168.512 generada en el ejercicio anterior. La variación en los resultados financieros y por tenencia está originada principalmente en la pérdida por diferencia de cambio generada por la deuda financiera y comercial, a la pérdida por la cancelación de ONs y a la variación del Resultado por exposición al cambio en el poder adquisitivo de la moneda.

Impuesto a las ganancias

Durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018, la Sociedad devengó una ganancia por impuesto a las ganancias de 45.952, respecto de una ganancia de 1.874.289 registrados en el ejercicio anterior. Dicha variación se debe principalmente a que la Sociedad reconoció mayores créditos por quebrantos impositivos y por diferencias transitorias durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 respecto al ejercicio anterior.

Flujos netos de efectivo generados por las actividades operativas

Los flujos de efectivo netos generados en actividades operativas durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 fueron de 5.709.407, comparados con 2.417.712 generados en el ejercicio anterior. La variación se debe básicamente a los mayores fondos generados por los resultados operativos, parcialmente compensado con los menores fondos generados por el capital de trabajo.

Flujos netos de efectivo aplicados a las actividades de inversión

Los flujos de efectivo netos aplicados a actividades de inversión ascendieron a 2.606.531 en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 principalmente por aumentos de propiedades, planta y equipo y bienes intangibles, comparados con 1.657.099 aplicados en el mismo ejercicio anterior.

Flujos netos de efectivo aplicados a las actividades de financiación

Los flujos de efectivo netos aplicados a actividades de financiación ascendieron de 2.219.000 en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 en comparación con los flujos aplicados en el ejercicio anterior de 698.687. Esta variación se debe principalmente a que la Sociedad instrumentó un préstamo no garantizado y destinó los fondos al rescate de la totalidad de las ON con más sus intereses devengados e impagos (ver Nota 18 a los presentes estados consolidados), y al aumento de los pagos por refinanciación de la deuda comercial.

138

METROGAS S.A.

RESEÑA INFORMATIVA

RESOLUCIÓN Nº 368/01 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

Liquidez y recursos de capital

Financiamiento

Al 31 de diciembre de 2018 el endeudamiento financiero contable de la Sociedad era de 9.446.382.

139

METROGAS S.A.

RESEÑA INFORMATIVA RESOLUCIÓN Nº 368/01 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

Estructura patrimonial consolidada comparativa[(1) ]

Estados de Situación Financiera Consolidados al 31 de diciembre de 2018 y 2017.

31.12.18 31.12.17
Miles de$
Activo no corriente 28.223.940 24.700.342
Activo corriente 10.691.020 6.270.346
Total Activo 38.914.960 30.970.688
Pasivo no corriente 13.147.700 4.989.245
Pasivo corriente 12.433.723 11.850.673
Total Pasivo 25.581.423 16.839.918
Participación no controlante 11.900 6.702
Patrimonio
Neto
controlante
atribuible a los propietarios de la 13.321.637 14.124.068
Total del Pasivo y Patrimonio Neto 38.914.960 30.970.688

(1) Información cubierta por el Informe de los Auditores Independientes.

Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 6 de marzo de 2019 DELOITTE & Co S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 3.

Ricardo C. Ruiz Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 156 - F° 159

140

METROGAS S.A.

RESEÑA INFORMATIVA RESOLUCIÓN Nº 368/01 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

Estructura de resultados consolidados comparativa[(1) ]

Estados Consolidados de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral por los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2018 y 2017.

Ingresos ordinarios
Costos de operación
Ganancia bruta
Gastos de administración
Gastos de comercialización
Otros ingresos y egresos
Ganancia operativa
Ingresos Financieros
Costos Financieros
Resultados financieros, netos
Resultado antes del impuesto a las ganancias
Impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta
Resultado neto del ejercicio
Otros resultados integrales
Revaluación de activos esenciales
Impuesto a las ganancias
Total otros resultados integrales
Resultado neto e integral del ejercicio
31.12.18 31.12.17
Miles de $
32.719.837
(25.016.775)
7.703.062
(1.499.720)
(1.969.329)
(564.917)
3.669.096
8.246.833
(11.962.541)
(3.715.708)
(46.612)
45.952
(660)
(1.064.936)
268.363
(796.573)
(797.233)
19.779.557
(14.918.881)
4.860.676
(1.263.561)
(1.797.870)
(106.735)
1.692.510
3.432.206
(3.600.718)
(168.512)
1.523.998
1.874.289
3.398.287
7.820.836
(1.986.492)
5.834.344
9.232.631

(1) Información cubierta por el Informe de los Auditores Independientes.

Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 6 de marzo de 2019 DELOITTE & Co S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 3.

Ricardo C. Ruiz Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 156 - F° 159

141

METROGAS S.A.

RESEÑA INFORMATIVA RESOLUCIÓN Nº 368/01 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

Estructura de flujos de efectivo consolidados comparativa[(1)]

Estados Consolidados Condensados Intermedios de Flujos de Efectivo por los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2018 y 2017.

31.12.18 31.12.17
Miles de$
Flujos de efectivo generados por las actividades operativas 5.709.407
2.417.712
Flujos de efectivo aplicados a las actividades de inversión
(2.606.531)
(1.657.099)
Flujos de efectivo aplicados a las actividades de financiación (2.219.000)
(698.687)
Aumento neto del efectivo y equivalentes de efectivo
883.876
61.926
Efectivo y equivalentes de efectivo al inicio del ejercicio 726.997 659.478
Diferencia de cambio sobre efectivo y equivalentes de
efectivo
188.847 5.593
Efectivo y equivalentes de efectivo al cierre del ejercicio 1.799.720 726.997
Aumento neto del efectivo y equivalentes de efectivo
883.876
61.926

(1) Información cubierta por el Informe de los Auditores Independientes.

Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 6 de marzo de 2019 DELOITTE & Co S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 3.

Ricardo C. Ruiz Socio

Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 156 - F° 159

142

METROGAS S.A.

RESEÑA INFORMATIVA

RESOLUCIÓN Nº 368/01 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

Datos estadísticos comparativos

La información se refiere a los ejercicios finalizados el 31 de diciembre 2018 y 2017.

Gas comprado por MetroGAS
Gas contratado por terceros
Gas retenido en:
- Transporte
- Merma de distribución
Volumen de gas entregado por MetroGAS
Volumen de gas comprado y entregado por cuenta propia
por MetroENERGÍA
31.12.18
31.12.17
Volumen
En millones de metros cúbicos
2.618
2.800
5.727
5.392
8.345
8.192
(434)
(450)
(336)
(303)
7.575
7.439
1.399
1.325

Índices comparativos[(1) ]

La información se refiere a los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2018 y 2017.

Liquidez
Solvencia
Inmovilización del capital
Rentabilidad
31.12.18
31.12.17
0,86
0,53
0,52
0,84
0,73
0,80
(0,00)
0,36

(1) Información cubierta por el Informe de los Auditores Independientes.

Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 6 de marzo de 2019 DELOITTE & Co S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 3.

Ricardo C. Ruiz Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 156 - F° 159

143

METROGAS S.A.

RESEÑA INFORMATIVA

RESOLUCIÓN Nº 368/01 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

Información adicional

Evolución de las cotizaciones de las acciones de MetroGAS:

Diciembre
2014
Diciembre
2015
Diciembre
2016
Enero
2017
Febrero
2017
Marzo
2017
Abril
2017
Mayo
2017
Junio
2017
Julio
2017
Agosto
2017
Septiembre
2017
Octubre
2017
Noviembre
2017
Diciembre
2017
Enero
2018
Febrero
2018
Marzo
2018
Abril
2018
Mayo
2018
Junio
2018
Julio
2018
Agosto
2018
Septiembre
2018
Octubre
2018
Noviembre
2018
Diciembre
2018
Cotización de las acciones
en la Bolsa de Comercio
de Buenos Aires (1)
$
3,12
7,35
12,45
14,50
21,90
24,40
25,80
25,65
23,00
19,90
26,50
29,20
32,40
36,00
45,00
82,00
64,35
60,30
45,05
39,30
29,85
36,90
30,00
37,65
30,10
28,05
26,50

(1) Cotizaciones al último día hábil del mes.

144

METROGAS S.A.

RESEÑA INFORMATIVA

RESOLUCIÓN Nº 368/01 DE LA COMISIÓN NACIONAL DE VALORES

Perspectivas

MetroGAS prevé centrar sus esfuerzos para ser referente de la distribución de gas y líder en la comercialización de productos energéticos, contribuyendo al desarrollo del país y a la calidad de vida de los argentinos poniendo al cliente en el centro de sus acciones. Cabe remarcar que MetroGAS puso en marcha la nueva estrategia, asumiendo un compromiso profundo con la ética en los negocios y con cada una de las relaciones comerciales, profesionales y comunitarias que estos conllevan.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 6 de marzo de 2019.

Fernando Oscar Ambroa Presidente

Deloitte & Co. S.A. Florida 234, 5° piso C1005AAF Ciudad Autónoma de Buenos Aires Argentina Tel.: (+54-11) 4320-2700 Fax: (+54-11) 4325-8081/4326-7340 www.deloitte.com/ar

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INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES

Señores Presidente y Directores de METROGAS S.A. Domicilio legal: Gregorio Aráoz de Lamadrid 1360 Ciudad Autónoma de Buenos Aires CUIT N°: 30-65786367-6

Informe sobre los estados financieros consolidados

1. Identificación de los estados financieros consolidados objeto de la auditoría

Hemos auditado los estados financieros consolidados adjuntos de METROGAS SOCIEDAD ANÓNIMA (en adelante, mencionada indistintamente como “METROGAS S.A.” o la “Sociedad”) y su sociedad controlada, que incluyen el estado consolidado de situación financiera al 31 de diciembre de 2018, los correspondientes estados consolidados de pérdidas y ganancias y otro resultado integral, de cambios en el patrimonio neto y de flujos de efectivo por el ejercicio económico finalizado en esa fecha y otra información explicativa incluida en las notas 1 a 31.

Las cifras y otra información correspondientes al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2017, reexpresadas en moneda de 31 de diciembre de 2018 de acuerdo a lo señalado en la nota 3 de los estados financieros adjuntos, son parte integrante de los estados financieros mencionados precedentemente y se las presenta con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y otra información del ejercicio económico actual.

2. Responsabilidad del Directorio de la Sociedad en relación con los estados financieros consolidados

El Directorio de la Sociedad es responsable de la preparación y presentación razonable de los estados financieros consolidados de la Sociedad de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”) adoptadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (“FACPCE”) como normas contables profesionales, tal como fueron aprobadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (“IASB”, por su sigla en inglés), e incorporadas por la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) a su normativa como así también del control interno que considere necesario para permitir la preparación de estados financieros libres de incorrecciones significativas.

3. Responsabilidad de los auditores

Nuestra responsabilidad consiste en expresar una opinión sobre los estados financieros consolidados adjuntos, basada en nuestra auditoría. Hemos llevado a cabo nuestro examen de conformidad con las Normas Internacionales de Auditoría (“NIA”) emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (“IAASB”, por su sigla en inglés) de la Federación Internacional de Contadores (“IFAC”, por su sigla en inglés), adoptadas en Argentina con la vigencia establecida por la FACPCE a través de la Resolución Técnica N° 32 y las Circulares de Adopción N° 1, 2, 3 y 4 de las Normas Emitidas por el IAASB y el IESBA de la IFAC N° 1 y 2. Dichas normas exigen que cumplamos los requerimientos de ética, así como que planifiquemos y ejecutemos la auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable de que los estados financieros están libres de incorrecciones significativas.

Deloitte & Co. S.A. - Registro de Soc. Com. C.P.C.E.C.A.B.A. - T° 1 Folio 3

Una auditoría involucra la aplicación de procedimientos, sustancialmente sobre bases selectivas, para obtener elementos de juicio sobre las cifras y otra información presentada en los estados financieros. Los procedimientos seleccionados, así como la valoración de los riesgos de incorrecciones significativas en los estados financieros, dependen del juicio profesional del auditor. Al efectuar dichas valoraciones del riesgo, el auditor tiene en cuenta el control interno pertinente para la preparación y presentación razonable por parte de la Sociedad de los estados financieros, con el fin de diseñar los procedimientos de auditoría que sean adecuados en función de las circunstancias y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de la Sociedad. Una auditoría también incluye la evaluación de la adecuación de las políticas contables aplicadas y de la razonabilidad de las estimaciones contables realizadas por el Directorio y la Gerencia de la Sociedad, así como la evaluación de la presentación de los estados financieros en su conjunto.

Consideramos que los elementos de juicio que hemos obtenido proporcionan una base suficiente y adecuada para nuestra opinión de auditoría.

4. Opinión

En nuestra opinión, los estados financieros consolidados mencionados en el capítulo 1 de este informe presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación financiera consolidada de METROGAS S.A. y su sociedad controlada al 31 de diciembre de 2018 y sus pérdidas y ganancias y otro resultado integral consolidado, los cambios en su patrimonio neto consolidado y los flujos de su efectivo consolidado correspondientes al ejercicio económico finalizado en esa fecha, de conformidad con las Normas Internacionales de Información Financiera.

5. Párrafo de énfasis

Sin modificar nuestra opinión, queremos enfatizar la información contenida en la nota 3 a los estados financieros consolidados adjuntos, en la cual la Sociedad manifiesta que las cifras en ellos expuestas, así como la información comparativa correspondiente al ejercicio precedente, han sido reexpresadas en moneda constante de 31 de diciembre de 2018, con efecto retroactivo.

Informe sobre otros requerimientos legales y reglamentarios

  • a) Los estados financieros consolidados mencionados en el capítulo 1 de este informe han sido preparados, en todos sus aspectos significativos, de acuerdo con las normas aplicables de la Ley General de Sociedades N° 19.550 y de la Comisión Nacional de Valores.

  • b) Las cifras de los estados financieros consolidados mencionados en el primer párrafo del capítulo 1 de este informe surgen de aplicar los procedimientos de consolidación establecidos por las NIIF a partir de los estados financieros individuales de las sociedades que integran el grupo económico. Los estados financieros individuales de la sociedad controlante surgen de sus registros contables que, en sus aspectos formales, han sido llevados de conformidad con las disposiciones legales vigentes. En cumplimiento de las normas aplicables de la Comisión Nacional de Valores, informamos que, según nuestro criterio, los sistemas de registro contable mantienen las condiciones de seguridad e integridad en base a las cuales fueron oportunamente autorizados.

  • c) Los estados financieros consolidados mencionados en el primer párrafo del capítulo 1 de este informe se encuentran transcriptos en el libro Inventarios y balances de la Sociedad.

  • d) Como parte de nuestro trabajo, cuyo alcance se describe en el capítulo 3, hemos revisado la Reseña Informativa requerida por las normas de la CNV preparada por el Directorio y sobre la cual, en lo que es materia de nuestra competencia, no tenemos observaciones que formular.

  • e) En cumplimiento de las normas aplicables de la Comisión Nacional de Valores, informamos las siguientes relaciones porcentuales correspondientes a los honorarios facturados directa o indirectamente por nuestra sociedad profesional:

  • Cociente entre el total de honorarios por servicios de auditoría de estados financieros y otros servicios de auditoría prestados a la Sociedad, y el total de honorarios por todo concepto, incluidos los servicios de auditoría: 76%.

  • Cociente entre el total de honorarios por servicios de auditoría de estados financieros y otros servicios de auditoría prestados a la Sociedad, y el total de servicios de auditoría facturados a la Sociedad y a su controlante y sociedad controlada: 14%.

  • Cociente entre el total de honorarios por servicios de auditoría de estados financieros y otros servicios de auditoría prestados a la Sociedad, y el total facturado a la Sociedad y a su controlante y sociedad controlada por todo concepto, incluidos los servicios de auditoría: 14%.

  • f) Según surge de los registros contables de la Sociedad mencionados en el apartado b) de este capítulo, el pasivo devengado al 31 de diciembre de 2018 a favor del Sistema Integrado Previsional Argentino en concepto de aportes y contribuciones previsionales ascendía a $52.301.975 y no era exigible a esa fecha.

  • g) Hemos aplicado los procedimientos sobre prevención del lavado de activos de origen delictivo y financiación del terrorismo previstos en la Resolución C.D. N° 77/2011 del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en relación con la Sociedad.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 6 de marzo de 2019

Deloitte & Co. S.A. (Registro de Sociedades Comerciales C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 3)

Ricardo C. Ruiz Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 156 - Fº 159

Deloitte & Co. S.A. Registro de Soc. Com. CPCECABA T°1 Folio 3

Deloitte se refiere a una o más de las firmas miembro de Deloitte Touche Tohmatsu Limited, una compañía privada del Reino Unido limitada por garantía (“DTTL”), su red de firmas miembro, y sus entidades relacionadas. DTTL y cada una de sus firmas miembro son entidades únicas e independientes y legalmente separadas. DTTL (también conocida como “Deloitte Global”) no brinda servicios a los clientes. Una descripción detallada de la estructura legal de DTTL y sus firmas miembros puede verse en el sitio web www.deloitte.com/about.

Deloitte Touche Tohmatsu Limited es una compañía privada limitada por garantía constituida en Inglaterra y Gales bajo el número de compañía 07271800, con domicilio legal en Hill House, 1 Little New Street, London, EC4a, 3TR, United Kingdom.

INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA

A los señores Accionistas de MetroGas S.A.

De nuestra consideración:

  1. De acuerdo con lo requerido por el artículo 62 inciso b) del Reglamento de Cotización de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires, hemos realizado el trabajo mencionado en el párrafo siguiente sobre los estados financieros consolidados adjuntos de MetroGAS S.A. (“MetroGAS” o la “Sociedad”) al 31 de diciembre de 2018, que comprenden el estado consolidado de situación financiera al 31 de diciembre de 2018, los correspondientes estados consolidados de pérdidas y ganancias y otro resultado integral, de cambios en el patrimonio neto y de flujos de efectivo por el ejercicio económico finalizado en esa fecha, así como un resumen de las políticas contables significativas y otra información explicativa incluidas en las Notas 1 a 31.

  2. Nuestra revisión fue realizada de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes e incluyen la verificación de la congruencia de los documentos revisados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Para realizar nuestra tarea profesional, hemos efectuado una revisión del trabajo realizado por los auditores externos de MetroGAS S.A., Deloitte & Co S.A., quienes emitieron su informe de auditoría con fecha 6 de marzo de 2019 con párrafos adicionales aclaratorios. Nuestra revisión se circunscribió a la información significativa de los documentos revisados. Dado que no es responsabilidad de esta Comisión efectuar un control de gestión, la revisión no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son de responsabilidad exclusiva del Directorio. Consideramos que nuestro trabajo y el informe de los auditores externos nos brindan una base razonable para fundamentar nuestro informe.

  3. Según lo manifiesta la Sociedad en su Nota 3, los Estados Financieros Consolidados fueron preparados y presentados por el Directorio de la Sociedad de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”) adoptadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), incorporadas por la CNV a su normativa.

De acuerdo a lo señalado en la nota 3 de los estados financieros adjuntos, las cifras y otra información que se exponen en los mismos han sido reexpresadas en moneda constante al 31 de diciembre de 2018, como así también la información comparativa correspondiente al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2017, que han sido presentadas reexpresadas con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y otra información del ejercicio económico actual.

Basados en el trabajo realizado, no hemos tomado conocimiento de ninguna modificación significativa que deba hacerse a los estados contables mencionados para que los mismos estén presentados de conformidad con las normas adoptadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

  1. En base a nuestra revisión, con el alcance descripto en los puntos anteriores, informamos que los estados financieros consolidados de MetroGAS al 31 de diciembre de 2018, preparados, en todos sus aspectos significativos, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General de Sociedades N° 19.550 y las normas aplicables de la CNV, consideran todos los hechos y circunstancias significativos que son de nuestro conocimiento y que, en relación con los mismos, no tenemos observaciones que formular.

  2. Sin modificar nuestra opinión, queremos enfatizar la información contenida en la nota 3 a los estados financieros adjuntos, en la cual la Sociedad manifiesta que las cifras en ellos expuestas, así como la información comparativa correspondiente al ejercicio precedente, han sido reexpresadas en moneda constante de 31 de diciembre de 2018.

  3. En ejercicio del control de legalidad que nos compete, hemos verificado que los directores han constituido la garantía prevista el artículo 256 de la Ley Nº 19.550, y hemos dado cumplimiento, en los aspectos que consideramos necesarios, a los restantes procedimientos descriptos en el artículo 294 de dicha normativa.

  4. Informamos además, en cumplimiento de disposiciones legales vigentes, que los estados contables de la Sociedad adjuntos se encuentran asentados en el libro de Inventarios y Balances y surgen de los registros llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 6 de marzo de 2019

Por Comisión Fiscalizadora.

Eduardo Alberto Baldi Síndico