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YPF S.A. — Annual Report 2004
May 16, 2005
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Memoria y estados contables correspon-dientes al ejercicio económico terminado el 31 de diciembre de 2004.
INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
ESTADOS CONTABLES AL 31 DE DICIEMBRE DE 2004 Y 2003
Índice
- Memoria del Directorio al 31 de diciembre de 2004
- Informe de los auditores
- Carátula
- Estados contables individuales al 31 de diciembre de 2004 y 2003:
Estados de situación patrimonial
Estados de resultados
Estados de evolución del patrimonio neto
Estados de flujo de efectivo
Notas a los estados contables
Anexos a los estados contables
- Estados contables consolidados al 31 de diciembre de 2004 y 2003 (expuestos en el Cuadro I):
Estados consolidados de situación patrimonial
Estados consolidados de resultados
Estados consolidados de flujo de efectivo
Notas a los estados contables consolidados
Anexos a los estados contables consolidados
- Informe de la Comisión Fiscalizadora
MEMORIA
Señores Accionistas de
Inversora Dock Sud Sociedad Anónima
De conformidad con las disposiciones vigentes sometemos a su consideración la Memoria, el Inventario, los Estados de Situación Patrimonial, de Resultados, de Evolución del Patrimonio Neto y de Flujo de Efectivo, con sus notas 1 a 16, anexos I y II e Informes de los Auditores y de la Comisión Fiscalizadora, correspondientes al decimotercer ejercicio social finalizado el 31 de diciembre de 2004. Dichos estados contables comprenden el Estado Consolidado de Situación Patrimonial de la Sociedad con su sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima al 31 de diciembre de 2004, y los Estados Consolidados de Resultados y de Flujo de Efectivo, con sus notas 1 a 21 y anexos I a VII correspondientes al ejercicio económico finalizado en esa fecha, expuestos como información contable complementaria a los estados individuales de la Sociedad en el Cuadro I.
I. Escenario macroeconómico al cierre del ejercicio 2004
De igual forma a lo ocurrido en los años 2002 y 2003, el ejercicio 2004 mostró un fuerte contraste entre distintas áreas de la economía y los negocios.
En el ámbito macroeconómico, durante 2004 continuó un fuerte crecimiento —cercano al 9%— relacionado con lo que técnicamente es denominado un “rebote” después de la profunda y extensa caída iniciada a mediados de 1998, pero también con los sólidos niveles de superávit fiscal y comercial. Las perspectivas para el año 2005 muestran la continuidad de este crecimiento, con niveles algo inferiores a los previos pero igualmente superiores al promedio esperado para América Latina.
Como contraste, existe incertidumbre con respecto a si podrá ser alcanzado el monto anual de inversiones necesarias para asegurar que el actual crecimiento pueda ser sostenido a largo plazo, y también respecto a la inserción económica de Argentina en la región y en un mundo donde las condiciones para el intercambio comercial son complejas y el ciclo de recuperación tampoco está claramente definido. Adicionalmente, están surgiendo conflictos distributivos y sindicales que eran previsibles por la pérdida del poder adquisitivo del salario a partir de enero 2002.
Como complemento, cabe destacar que la política de tipo de cambio elevado, salario real bajo y servicios públicos congelados, ha eliminado transitoriamente la presión sobre los productores de bienes exportables para invertir en mejoras de productividad, el otro requisito que junto con el volumen adecuado de inversiones, permitirá la competitividad y crecimiento de Argentina en el largo plazo.
En el ámbito microeconómico, las distintas áreas de negocios muestran también contrastes que explicitan las transferencias de ingresos que se han registrado en Argentina a partir de la devaluación y el default de enero 2002. Si bien la industria en su conjunto está por alcanzar los niveles de producción de 1998, los sectores económicos que contribuyen a ello en 2004 son otros distintos a los que explicaban el pico de 1998.
En los últimos tres años un gran número de empresas de toda dimensión ha recompuesto rápidamente su ecuación económica, como consecuencia del tipo de cambio sumamente favorable y la caída de los salarios en términos reales, además de haber podido cancelar deudas que, en el caso de casi todas las pequeñas y medianas empresas, se mantuvieron nominalmente en pesos luego de la devaluación de 200%. Esta situación les permite a esas empresas financiar su creciente capital de trabajo e incluso algunas inversiones con el cash-flow corriente.
La actividad agropecuaria, ayudada también por la reducción de deudas en términos reales, los elevados precios internacionales del año 2004 —superiores a los esperados para 2005— y los bajos costos internos producto de la devaluación, ha sido quizás la principal protagonista económica durante el ejercicio que ahora finaliza.
Por su parte, algunas grandes empresas industriales y de servicios han compensado un nivel de actividad y márgenes todavía bastante menores a los históricos y la necesidad de renegociar créditos en moneda extranjera, con bajos salarios, bajas tasas de interés relacionadas con la fuerte monetización de la economía, la ausencia de demanda de crédito y un tipo de cambio también favorable para sus costos y exportaciones.
Pero en contraposición con todas las restantes áreas de actividad económica, ciertas decisiones del Estado en materia de precios de los servicios públicos y de otros sectores relacionados a ellos, como la producción de gas y la generación eléctrica, han incluso acrecentado en términos comparativos durante 2004 la diferencia entre sus resultados y los de los restantes sectores empresarios, en una magnitud no existente prácticamente en ninguna otra nación.
Las transferencias de ingresos de las industrias de gas y energía eléctrica al resto de la economía a partir de enero 2002, habrían superado los 10.000 millones de dólares y, en tanto que todos los precios de la economía, incluyendo los bajos salarios, están hoy aproximadamente alineados con los de la región y, en particular, los bienes industriales transables internacionalmente están también alineados con los precios vigentes en las naciones desarrolladas, los precios y tarifas de los servicios públicos y entre ellos los de la energía eléctrica, se continúan manteniendo entre dos y tres veces inferiores a los de las naciones vecinas y también a los vigentes en cualquier economía de mercado. Esta situación es aún más grave porque la mayor parte de sus costos son costos de capital y están relacionados con inversiones y endeudamiento en moneda dura, por lo que su posibilidad de alcanzar el equilibrio económico luego de haber pasado desde los anteriores hasta los actuales costos e ingresos, es inferior a la de cualquier otro sector industrial.
Esta situación habría comenzado a revertirse lentamente a fines de este ejercicio 2004. En el caso de la generación de energía eléctrica, a través de un acuerdo impulsado por la Secretaría de Energía con el objeto de conseguir la readaptación del mercado mayorista y el retorno a la vigencia plena de la ley que rige el sector. En contrapartida, las empresas aceptan aportar una parte de sus ingresos entre los que se incluyen las acreencias que se han acumulado durante el año 2004 como consecuencia de decisiones regulatorias. Con estos fondos se concretarán, a partir del próximo ejercicio 2005, inversiones destinadas a evitar el desabastecimiento durante los próximos años.
II. La evolución del mercado eléctrico argentino durante el ejercicio 2004
El ejercicio 2004 comenzó con la preocupación de todos los actores del sector eléctrico, como consecuencia del Informe de Riesgos 2004 publicado por CAMMESA. En este trabajo, CAMMESA llega a la conclusión de que existen crecientes probabilidades de desabastecimiento en los años 2005, 2006 y 2007.
Frente a esta situación, la Secretaría de Energía tomó la decisión de buscar un camino alternativo que permitiera obtener inversiones para el sector, debido a que ningún inversor había mostrado predisposición a construir nueva capacidad de generación en un contexto de incertidumbre y de señales de precios bajos, situaciones derivadas de la crisis económica y de las regulaciones establecidas a partir del año 2002.
A partir del mes de abril, los máximos representantes de las empresas generadoras y las autoridades del Gobierno comenzaron a analizar el rumbo a tomar para revertir la crisis del sector. Se trabajó en la confección de un borrador para lograr un acuerdo de inversiones que permitiera la construcción de nueva capacidad de generación para el sistema.
La Secretaría de Energía utilizó como aliciente para que las empresas aceptaran esta alternativa, el compromiso de llevar a cabo los cambios regulatorios que permitieran alcanzar un mercado totalmente desregulado a principios de 2007. Adicionalmente, la Secretaría se comprometió a realizar todos sus esfuerzos para lograr que el mercado fuera autosustentable y para ello garantizaría el retorno a los principios que inspiraron la sanción de la Ley 24.065.
Finalmente, a mediados de diciembre, luego de arduas negociaciones entre las empresas y las autoridades, se alcanzó un acuerdo para la creación del Fondo para Inversiones Necesarias que Permitan Incrementar la Oferta de Energía Eléctrica en el Mercado Eléctrico Mayorista (FONINVEMEM).
Mediante el dictado de la Resolución S.E. N° 826/2004, Secretaria de Energía invitó a los generadores privados con liquidaciones de venta con fechas de vencimiento a definir, a manifestar formalmente su decisión de participar en la conformación de dicho Fondo. El nivel de adhesión fue de aproximadamente el 80%.
La adhesión voluntaria de los generadores a esta alternativa implica aportar al referido fondo el 65% de las acreencias correspondientes a sus márgenes por las ventas de energía, durante todo el período comprendido entre enero de 2004 y diciembre de 2006.
Según lo establecido en dicho acuerdo, a partir de enero de 2005, a través de la conformación de grupos de trabajo, se evaluarán los posibles nuevos proyectos con el objeto de incrementar la oferta térmica en el mediano plazo. Estos grupos se centrarán en determinar la necesidad de potencia a instalar en el mercado, a efectos de satisfacer los requerimientos de la demanda proyectada, como así también, en delinear temas vinculados a estos proyectos, tales como confección de pliegos, determinación de las fuentes de financiamiento y análisis de las cuestiones financieras y societarias.
Finalizadas las evaluaciones de los grupos de trabajo se llevaría a cabo un acuerdo definitivo entre las empresas generadoras y la Secretaría de Energía que incluiría de forma mas concreta los compromisos de las partes en cuanto a las inversiones y cambios regulatorios.
En otro orden, durante el ejercicio se llevó a cabo una acuerdo entre la Secretaría de Energía y los productores de gas en el cual de determinaron los volúmenes de producción y un sendero de precios del gas hasta julio del 2005. Este acuerdo junto con la necesidad de utilizar combustibles líquidos para la generación de electricidad implicó un aumento paulatino de los precios en el Mercado.
Durante el año 2004 el Fondo de Estabilización de Precios del Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) continuó incrementando el déficit como consecuencia directa de la decisión política de congelar el Precio Estacional de la Energía para ciertas categorías de usuarios y del pago de los Servicios de Reservas contratados por el Estado para la programación estacional de invierno.
La Resolución SE N° 406/03, la cual establece un orden de prioridad a aplicar para la consolidación de las deudas a favor de los acreedores del MEM, continuó vigente en el 2004.
III. Acuerdos societarios
A finales del año 2004 se finalizó la implementación de un acuerdo entre los accionistas de la sociedad controlada, resolviendo las discrepancias existentes en la interpretación del Acuerdo de Accionistas y el Acuerdo de Provisión de Fondos, suscriptos originalmente, ante las consecuencias de la devaluación asimétrica del año 2002. Los términos del acuerdo incluyen los volúmenes totales de gas a suministrar por los productores para completar sus compromisos de aporte de fondos a la sociedad, así como el valor de rescate de las acciones preferidas suscriptas por Inversora Dock Sud como parte de sus compromisos societarios. Asimismo, como parte de este acuerdo, se modificaron las condiciones del préstamo subordinado otorgado por la Sociedad a Central Dock Sud, dentro de los compromisos de aporte de los accionistas establecidos en el Acuerdo de Provisión de Fondos
Dado que la implementación de este acuerdo se ha llevado a cabo en el año 2004 los ajustes derivados del mismo están reflejados en los Estados Contables al 31 de diciembre del 2004.
IV. Evolución de la situación patrimonial de la Sociedad durante el ejercicio 2004
Los cambios patrimoniales más significativos responden fundamentalmente a: i) la postergación del vencimiento del préstamo subordinado que ha implicado una disminución del activo corriente y consecuente aumento del no corriente; y ii) una disminución del valor de las inversiones, como consecuencia de la renegociación de las condiciones de las acciones preferidas, proveniente de los acuerdos societarios mencionados en el punto III).
En cuanto a las operaciones con las sociedades del artículo 33 de la Ley N° 19.550, los saldos y operaciones con ellas se detallan en la nota 6 a los estados contables.
Buenos Aires, 24 de febrero de 2005.
EL DIRECTORIO
INFORME DE LOS AUDITORES
A los señores Presidente y Directores de
Inversora Dock Sud Sociedad Anónima
Reconquista 360, Piso 6°
Ciudad Autónoma de Buenos Aires
1. Identificación de los estados contables objeto de la auditoría
- Hemos efectuado un examen de los estados de situación patrimonial de Inversora Dock Sud Sociedad Anónima al 31 de diciembre de 2004 y 2003, y de los estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo, con sus notas 1 a 16 y anexos I y II correspondientes a los ejercicios económicos terminados en esas fechas.
- Nuestro examen incluyó los estados consolidados de situación patrimonial de la Sociedad con su sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima al 31 de diciembre de 2004 y 2003, y los estados consolidados de resultados y de flujo de efectivo, con sus notas 1 a 21 y anexos I a VII correspondientes a los ejercicios económicos terminados en esas fechas, expuestos como información contable complementaria a los estados individuales de la Sociedad en el Cuadro I.
La preparación y emisión de los estados contables citados es responsabilidad del Directorio de la Sociedad en ejercicio de sus funciones exclusivas. Nuestra responsabilidad es expresar una opinión sobre dichos estados contables, basada en nuestro examen de auditoría llevado a cabo con el alcance que describimos en el capítulo 2.
2. Alcance del trabajo
Nuestro examen de los estados contables se practicó de acuerdo con las normas de auditoría vigentes en la República Argentina, establecidas por la Resolución Técnica N° 7 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, y adoptadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Estas normas requieren que el auditor planifique y desarrolle la auditoría para formarse una opinión acerca de la razonabilidad de la información significativa que contengan los estados contables considerados en su conjunto. Una auditoría incluye examinar, sobre bases selectivas, los elementos de juicio que respaldan la información expuesta en los estados contables y comprende, asimismo, evaluar las normas contables utilizadas y, como parte de ellas, la razonabilidad de las estimaciones de significación hechas por el Directorio de la Sociedad.
3. Aclaraciones previas
Las notas 11 a los estados contables individuales y 11.c) a los estados contables consolidados señalan que ...“con fecha 4 de noviembre de 2002 la sociedad controlada Central Dock Sud S.A. fue notificada del inicio de una demanda arbitral ante la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional, interpuesta por Babcock Wilcox Española S.A. y Alstom (Switzerland) Ltd., integrantes de la UTE constructora de la planta de ciclo combinado. Tras un incidente planteado por la sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima, quedó aclarado que las demandantes son las sociedades integrantes de la UTE.
2.
La demanda contiene un reclamo por supuestos trabajos adicionales no previstos en el alcance del contrato llave en mano de la Planta de Ciclo Combinado, por una suma de “no menos de” US$ 47.000.000 en concepto de supuestos extracostes, más un reclamo indeterminado por el reintegro de la penalidad por retraso, que según la demandante fue parcialmente mal aplicada, intereses, gastos y costas del arbitraje. La suma reclamada en concepto de reintegro de la penalidad presuntamente mal aplicada asciende a “como máximo” US$ 28.190.249, totalizando así un reclamo de US$ 75.190.249.
La sociedad controlada contestó la demanda arbitral el 3 de enero de 2003 pidiendo su rechazo, con excepción de los extracostes que efectivamente pruebe la demandante por el plazo de demora que Central Dock Sud Sociedad Anónima ya ha reconocido como no imputables al Contratista (2,6 meses). Asimismo, se ha pedido que -en caso de prosperar total o parcialmente el reclamo de la demandante- se apliquen las normas de emergencia sancionadas en Argentina a partir de enero de 2002, especialmente el Decreto N° 214/2002, que transformó todas las obligaciones preexistentes de pagar sumas de dinero contraídas en dólares estadounidenses en obligaciones de pagar pesos, al tipo de cambio fijo ($1=US$ 1) prevaleciente antes de la referida emergencia. El 1º de julio de 2003 se firmó en Buenos Aires el Acta de Misión del arbitraje, en presencia del Tribunal Arbitral y de los representantes de las partes
Las partes han ofrecido y producido las pruebas testimoniales, documentales y periciales. Durante el mes de diciembre de 2004, las partes presentaron sus respectivos alegatos, encontrándose el Tribunal Arbitral en condiciones de emitir el laudo.
Los abogados de la sociedad controlada han informado que sin perjuicio de la falta de definición de la demanda y su ampliación, teniendo en cuenta los antecedentes existentes y ciertos reconocimientos efectuados por las partes durante la etapa de desarrollo del contrato, la sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima ha admitido su responsabilidad en un atraso de 2,6 meses y en consecuencia debería abonar los mayores costos por dicha demora. La demanda, en consecuencia, prosperaría parcialmente, aunque por una suma sensiblemente inferior a la reclamada por la UTE.
Además, la aplicación de las normas de emergencia sancionadas en Argentina a partir de enero de 2002, podría conducir a que el monto de condena sea total o parcialmente “pesificado” (esto es, convertido a pesos argentinos a la tasa de cambio vigente antes de la devaluación, o mediante la utilización de un tipo de cambio intermedio entre aquél y el que rija en el mercado al momento de dictarse el Laudo). Ello contribuiría a reducir sensiblemente el valor en dólares de cualquier suma reconocida a la demandante.
La propia indefinición de la demanda y la ausencia de una apertura de los costos verificables, impide prever el quantum de una posible contingencia que los abogados de la sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima estiman de probabilidad alta, pero limitada en el quantum”.
4. Dictamen
En nuestra opinión, sujeto a los efectos, si los hubiere, que pudiese ocasionar a la Sociedad la resolución final de la situación indicada en el capítulo 3:
- los estados contables mencionados en el apartado a) del capítulo 1 presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación patrimonial de Inversora Dock Sud Sociedad Anónima al 31 de diciembre de 2004 y 2003, los resultados de sus operaciones, la evolución de su patrimonio neto y el flujo de su efectivo por los ejercicios económicos terminados en esas fechas, de acuerdo con normas contables profesionales vigentes en la República Argentina aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires; y
3.
- los estados contables consolidados señalados en el apartado b) del capítulo 1 han sido preparados de acuerdo con las bases de consolidación descriptas en la nota 2.a) a dichos estados, las que siguen los lineamientos de la Resolución Técnica N° 21 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas aprobada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
5. Información especial requerida por disposiciones legales vigentes
(estados contables por el ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2004)
- Las cifras de los estados contables mencionados en el capítulo 1, concuerdan con los registros contables de los libros rubricados de la Sociedad, los que, en sus aspectos formales, han sido llevados de conformidad con las disposiciones legales vigentes.
- Según surge de los registros contables mencionados, no existe pasivo devengado al 31 de diciembre de 2004 a favor del Régimen Nacional de Seguridad Social en concepto de aportes y contribuciones previsionales.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 24 de febrero de 2005
| DELOITTE & Co. S.R.L. |
| (Registro de Soc. Com. - C.P.C.E. C.A.B.A. - Tomo 1, Folio 3) |
| Carlos A. Lloveras (Socio) |
| Contador Público (UBA) |
| C.P.C.E.C.A.B.A. T° 107 F° 195 |
INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
Reconquista 360 - Piso 6° - Ciudad Autónoma de Buenos Aires
| Actividad principal de la Sociedad: | Realización de operaciones financieras y de inversión. |
| Fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio: | |
| - Del contrato social: | 14 de junio de 1996 |
| - De la última modificación del estatuto: | 26 de mayo de 1997 |
| Número de registro en la Inspección General de Justicia: | 1.621.335 |
| Fecha de finalización del contrato social: | 13 de junio de 2095 |
| Sociedades art. 33 Ley N° 19.550 | Nota 6.a) a los estados contables individuales |
EJERCICIO ECONÓMICO N° 9
INICIADO EL 1° DE ENERO DE 2004
ESTADOS CONTABLES AL 31 DE DICIEMBRE DE 2004 Y 2003
(en pesos)
COMPOSICIÓN DEL CAPITAL
(en pesos – nota 5 a los estados contables individuales)
| ..2004 y 2003.. | ||
| Clases de acciones | Suscripto e integrado | |
| Acciones ordinarias, nominativas no endosables, de v/n 1 por acción, con derecho a 1 voto | 94.012.000 |
El informe de fecha 24 de febrero de 2005
se extiende en documento aparte.
DELOITTE & Co. S.R.L.
| CARLOS A. LLOVERAS (Socio) |
| Contador Público U.B.A. |
| C.P.C.E.C.A.B.A. - T° 107 F° 195 |
| INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA ESTADOS CONTABLES INDIVIDUALES CORRESPONDIENTES A LOS EJERCICIOS ECONÓMICOS TERMINADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2004 Y 2003 |
INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
ESTADOS DE SITUACIÓN PATRIMONIAL AL 31 DE DICIEMBRE DE 2004 Y 2003
(en pesos)
| …2004… | …2003… | ||
| ACTIVO | |||
| ACTIVO CORRIENTE | |||
| Caja y bancos | 990.587 | 189.165 | |
| Otros créditos (nota 4.a) | 347.182 | 21.937.260 | |
| Total del Activo Corriente | 1.337.769 | 22.126.425 | |
| ACTIVO NO CORRIENTE | |||
| Otros créditos (nota 4.a) | 32.576.006 | 4.756.387 | |
| Bienes de uso (nota 4.b) | 1.973 | 3.665 | |
| Inversiones en Sociedad art. 33 Ley N° 19.550 (anexo I) | 210.222.096 | 237.457.307 | |
| Total del Activo no Corriente | 242.800.075 | 242.217.359 | |
| TOTAL DEL ACTIVO | 244.137.844 | 264.343.784 | |
| PASIVO | |||
| PASIVO CORRIENTE | |||
| Deudas: | |||
| Comerciales | 11.792 | 14.978 | |
| Financieras (nota 6.b) | 7.303 | 5.159 | |
| Remuneraciones y cargas sociales | 21.886 | ||
| Cargas fiscales | 49.638 | 7.066 | |
| Total del Pasivo Corriente y del Pasivo | 68.733 | 49.089 | |
| PATRIMONIO NETO (según estados respectivos) | 244.069.111 | 264.294.695 | |
| TOTAL DEL PASIVO Y DEL PATRIMONIO NETO | 244.137.844 | 264.343.784 |
Las notas 1 a 16 y los anexos I y II forman parte integrante de estos estados.
| EDUARDO J. ROMERO | JOSÉ MARÍA HIDALGO MARTÍN – MATEOS |
| Por Comisión Fiscalizadora | Presidente |
El informe de fecha 24 de febrero de 2005
se extiende en documento aparte.
DELOITTE & Co. S.R.L.
| CARLOS A. LLOVERAS (Socio) |
| Contador Público U.B.A. |
| C.P.C.E.C.A.B.A. - T° 107 F° 195 |
INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
ESTADOS DE RESULTADOS POR LOS EJERCICIOS ECONÓMICOS
TERMINADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2004 Y 2003
(en pesos)
| …2004… | …2003… | ||
| Resultados de inversiones en Sociedad art. 33 Ley N° 19.550 (nota 4.c) | (18.748.815) | 26.960.458 | |
| Gastos administrativos (nota 4.d) | (271.770) | (589.410) | |
| Resultados financieros (nota 4.e) | 2.975.206 | 2.733.490 | |
| Otros egresos (nota 4.f) | (3.180.380) | ||
| (Pérdida) ganancia del ejercicio antes del impuesto a las ganancias | (19.225.759) | 29.104.538 | |
| Impuesto a la ganancias (nota 4.g) | (942.288) | (750.428) | |
| (PÉRDIDA) GANANCIA NETA DEL EJERCICIO | (20.168.047) | 28.354.110 |
Las notas 1 a 16 y los anexos I y II forman parte integrante de estos estados.
| EDUARDO J. ROMERO | JOSÉ MARÍA HIDALGO MARTÍN – MATEOS |
| Por Comisión Fiscalizadora | Presidente |
El informe de fecha 24 de febrero de 2005
se extiende en documento aparte.
DELOITTE & Co. S.R.L.
| CARLOS A. LLOVERAS (Socio) |
| Contador Público U.B.A. |
| C.P.C.E.C.A.B.A. - T° 107 F° 195 |
INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
ESTADOS DE EVOLUCIÓN DEL PATRIMONIO NETO CORRESPONDIENTES
A LOS EJERCICIOS ECONÓMICOS TERMINADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2004 Y 2003
(en pesos)
| ...............Aportes de los propietarios........ | Reserva | Reserva | Resultados | Total | |||
| Capital suscripto | Ajuste de capital | Aportes irrevocables | por revalúo técnico en sociedad controlada | legal | no asignados | ||
| Saldos al 31 de diciembre de 2002 | 94.012.000 | 111.131.527 | 218.858.150 | 1.275.375 | 1.420.653 | (196.963.885) | 229.733.820 |
| Desafectación de la reserva por revalúo técnico en sociedad controlada | (57.535) | (57.535) | |||||
| Aportes irrevocables a cuenta de futuros aumentos del capital social | 6.264.300 | 6.264.300 | |||||
| Ganancia neta del ejercicio | 28.354.110 | 28.354.110 | |||||
| Saldos al 31 de diciembre de 2003 | 94.012.000 | 111.131.527 | 225.122.450 | 1.217.840 | 1.420.653 | (168.609.775) | 264.294.695 |
| Desafectación de la reserva por revalúo técnico en sociedad controlada | (57.537) | (57.537) | |||||
| Pérdida neta del ejercicio | (20.168.047) | (20.168.047) | |||||
| Saldos al 31 de diciembre de 2004 | 94.012.000 | 111.131.527 | 225.122.450 | 1.160.303 | 1.420.653 | (188.777.822) | 244.069.111 |
Las notas 1 a 16 y los anexos I y II forman parte integrante de estos estados.
| EDUARDO J. ROMERO | JOSÉ MARÍA HIDALGO MARTÍN - MATEOS |
| Por Comisión Fiscalizadora | Presidente |
El informe de fecha 24 de febrero de 2005
se extiende en documento aparte.
DELOITTE & Co. S.R.L.
| CARLOS A. LLOVERAS (Socio) |
| Contador Público U.B.A. |
| C.P.C.E.C.A.B.A. – T° 107 F° 195 |
INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
ESTADOS DE FLUJO DE EFECTIVO POR LOS EJERCICIOS ECONÓMICOS
TERMINADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2004 Y 2003
(en pesos)
| …2004… | …2003… | ||
| VARIACIONES DEL EFECTIVO | |||
| Efectivo al inicio del ejercicio | 189.165 | 29.131 | |
| Efectivo al cierre del ejercicio | 990.587 | 189.165 | |
| Aumento neto del efectivo | 801.422 | 160.034 | |
| CAUSAS DE LAS VARIACIONES DEL EFECTIVO | |||
| ACTIVIDADES OPERATIVAS | |||
| (Pérdida) ganancia neta del ejercicio | (20.168.047) | 28.354.110 | |
| Intereses ganados | (1.521.100) | (2.027.645) | |
| Intereses perdidos | 2.105 | 29.707 | |
| Impuesto a las ganancias devengado | 942.288 | 750.428 | |
| Ajustes para arribar al flujo de efectivo proveniente de actividades operativas: | |||
| Más: partidas que no significan utilización (generación) de efectivo (nota 4.h) | 21.930.887 | (26.958.766) | |
| Cambios en activos y pasivos operativos (nota 4.i) | (339.142) | (600.038) | |
| Flujo neto de efectivo generado por (utilizado en) las operaciones | 846.991 | (452.204) | |
| ACTIVIDADES DE INVERSIÓN | |||
| Cobro de intereses | 1.412.405 | 2.027.645 | |
| Flujo neto de efectivo generado por las actividades de inversión | 1.412.405 | 2.027.645 | |
| ACTIVIDADES DE FINANCIACIÓN | |||
| Aumento de créditos con Sociedad art. 33 Ley N° 19.550 | (1.458.013) | (863.775) | |
| Pago de intereses | (2.105) | (29.689) | |
| Aumento (disminución) de deudas financieras | 2.144 | (521.943) | |
| Flujo neto de efectivo utilizado en las actividades de financiación | (1.457.974) | (1.415.407) | |
| AUMENTO NETO DEL EFECTIVO | 801.422 | 160.034 |
Las notas 1 a 16 y los anexos I y II forman parte integrante de estos estados.
| EDUARDO J. ROMERO | JOSÉ MARÍA HIDALGO MARTÍN - MATEOS |
| Por Comisión Fiscalizadora | Presidente |
El informe de fecha 24 de febrero de 2005
se extiende en documento aparte.
DELOITTE & Co. S.R.L.
| CARLOS A. LLOVERAS (Socio) |
| Contador Público U.B.A. |
| C.P.C.E.C.A.B.A. – T° 107 F° 195 |
INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS CORRESPONDIENTES A LOS EJERCICIOS ECONÓMICOS TERMINADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2004 Y 2003
(en pesos)
- CONSTITUCIÓN Y ACTIVIDADES DE LA SOCIEDAD
Inversora Dock Sud Sociedad Anónima (la “Sociedad”), integrada actualmente por Endesa Internacional, S.A. e YPF S.A. fue constituida el 4 de junio de 1996 con el objeto de realizar operaciones financieras y de inversión. Con fecha 17 de septiembre de 1996, la Sociedad celebró un contrato de compraventa de acciones por el 63% del paquete accionario de Central Dock Sud Sociedad Anónima con British Gas Overseas Investments Limited, Polledo S.A.I.C. y F., y Participaciones Eléctricas S.A. La efectiva transferencia de las mencionadas acciones se perfeccionó el día 7 de octubre de 1996.
Al 31 de diciembre de 2004 y 2003 la Sociedad no desarrolló otras operaciones más que las relacionadas con esta inversión.
- BASES DE PREPARACIÓN DE LA INFORMACIÓN
a) Normas contables aplicadas - Los presentes estados contables han sido preparados de acuerdo con las normas contables de valuación y exposición contenidas en las Resoluciones Técnicas Nros. 6, 8, 9, 16, 17, 18, 19 y 21 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (F.A.C.P.C.E.), con las modificaciones o adecuaciones con las que fueron adoptadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.P.C.E.C.A.B.A.).
b) Consideración de los efectos de la inflación - Los presentes estados contables reconocen los efectos de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda hasta el 31 de diciembre de 2002, siguiendo el método de reexpresión establecido por la Resolución Técnica N° 6 de la F.A.C.P.C.E. El Decreto N° 664/03 del Poder Ejecutivo Nacional y la Resolución General N° 4/03 de la Inspección General de Justicia suspendieron la preparación de estados contables en moneda homogénea a partir del 1° de marzo de 2003. Con fecha 29 de octubre de 2003 el C.P.C.E.C.A.B.A., mediante la Resolución M.D. N° 41/03, discontinuó a partir del 1° de octubre de 2003 la aplicación de la reexpresión a moneda homogénea prevista en la Resolución Técnica N° 6. Cabe señalar que ha sido muy reducido el nivel de significatividad de las tasas de inflación medidas según las variaciones en el citado índice entre el mes de diciembre de 2002, fecha en que la Sociedad discontinuó la reexpresión, y el mes de septiembre de 2003.
- PRINCIPALES CRITERIOS DE VALUACIÓN, MEDICIÓN DE RESULTADOS Y EXPOSICIÓN
Los principales criterios de valuación, medición de resultados y exposición empleados en la preparación de los estados contables son los siguientes:
a) Rubros monetarios - Caja y bancos, créditos y deudas en pesos están expresados a sus valores nominales, incluyendo, en caso de corresponder, los intereses devengados al cierre del ejercicio. En el caso de saldos por cobrar de largo plazo que no tuvieran asociada una tasa de interés o para la cuales no existiera una forma de compensación financiera contemplada, se determinaron los valores actuales en base a la interpretación indicada en la Resolución Técnica N° 17. Este criterio no fue aplicado a los rubros corrientes, dado que el bajo nivel de variación en los índices de precios internos al por mayor permite considerar el ejercicio como de estabilidad monetaria.
b) Activos en moneda extranjera - Los activos en moneda extranjera están expresados a los tipos de cambio aplicables o cotizaciones vigentes al cierre de cada ejercicio. No se presentan casos de saldos por cobrar de largo plazo que hubieran requerido la determinación de valores actuales.
c) Inversiones no corrientes - Comprende la inversión realizada en Central Dock Sud Sociedad Anónima, que ha sido valuada al 31 de diciembre de 2004 y 2003 de acuerdo con el método del valor patrimonial proporcional, en base a los respectivos estados contables de la sociedad controlada por los ejercicio terminados en esas fechas, preparados con los mismos criterios de valuación que su controlante. A partir de la vigencia de la Ley N° 25.063, los dividendos, en dinero o en especie, que la Sociedad reciba por sus inversiones en otras sociedades en exceso de las utilidades acumuladas impositivas que éstas mantengan al momento de su distribución, estarán sujetos a una retención del 35% en concepto de impuesto a las ganancias con carácter de pago único y definitivo. La Sociedad no ha efectuado cargo alguno por este impuesto por estimar que los dividendos provenientes de utilidades registradas mediante la aplicación del método del valor patrimonial proporcional no estarán sujetos a dicho impuesto.
d) Impuestos a las ganancias y a la ganancia mínima presunta - La Sociedad determina el cargo contable por impuesto a las ganancias de acuerdo con el método del impuesto diferido, el cual considera el efecto de las diferencias temporarias originadas en la distinta base de medición de activos y pasivos según criterios contables e impositivos y de los quebrantos impositivos existentes y créditos fiscales no utilizados susceptibles de deducción de ganancias impositivas futuras, computados considerando la tasa impositiva vigente, que actualmente alcanza el 35%. Adicionalmente, la Sociedad determina el impuesto a la ganancia mínima presunta aplicando la tasa vigente del 1% sobre los activos computables al cierre del ejercicio. Este impuesto es complementario del impuesto a las ganancias. La obligación fiscal de la Sociedad en cada ejercicio coincidirá con el monto mayor que surja de la determinación del impuesto a la ganancia mínima presunta y la obligación fiscal por el impuesto a las ganancias. Sin embargo, si el impuesto a la ganancia mínima presunta excede en un ejercicio fiscal al impuesto a las ganancias a pagar, dicho exceso podrá computarse como pago a cuenta de cualquier excedente del impuesto a las ganancias a pagar sobre el impuesto a la ganancia mínima presunta que pudiera producirse en cualquiera de los diez ejercicios siguientes. El Directorio de la Sociedad estima que el monto total del impuesto a la ganancia mínima presunta registrado en el rubro “Otros créditos” del activo no corriente será utilizado en el plazo de su vigencia.
e) Cuentas del patrimonio neto - Las cuentas del patrimonio neto han sido expresadas según lo indicado en la nota 2.b). El capital social se expone a su valor nominal, y el exceso de su valor reexpresado sobre su valor nominal ha sido expuesto en la cuenta de ajuste de capital. La Sociedad registró en la cuenta Reserva por revalúo técnico en sociedad controlada, el mayor valor de su inversión como resultado del incremento en su porcentaje de participación accionaria que resultó del ejercicio de su derecho de preferencia sobre las acciones no suscriptas por otros accionistas en virtud de los aumentos de capital resueltos por las Asambleas de la sociedad controlada de fechas 14 de enero de 1998 y 20 de junio de 2000.
f) Cuentas de resultados - El resultado por la participación en inversiones permanentes en la sociedad controlada fue calculado de acuerdo con el método del valor patrimonial proporcional establecido por la Resolución Técnica N° 21 de la F.A.C.P.C.E. Las demás cuentas de resultados se expresan a sus valores nominales según lo indicado en la nota 2.b), excepto los cargos por activos consumidos (depreciación de bienes de uso) que se determinaron en función a los valores reexpresados de tales activos.
g) Reclasificaciones - Se han efectuado ciertas reclasificaciones en los estados contables al 31 de diciembre de 2003 para uniformarlos con la presentación de los correspondientes al 31 de diciembre de 2004.
h) Uso de estimaciones en la preparación de los estados contables - El Directorio, la Gerencia y los asesores legales han realizado estimaciones que afectan la determinación de los importes de los activos y pasivos y la revelación de contingencias a la fecha de presentación de los estados contables. Los resultados e importes reales pueden diferir de las estimaciones efectuadas para la preparación de los estados contables.
- COMPOSICIÓN DE CIERTOS RUBROS DE LOS ESTADOS CONTABLES
| ...2004… | ...2003... |
-
- Otros créditos
| * Corrientes | |||
| Créditos con Sociedad art. 33 Ley Nº 19.550 (nota 6.b - en 2004, anexo II) | 346.173 | 21.795.486 | |
| Diversos | 1.009 | 141.774 | |
| Total | 347.182 | 21.937.260 |
| * No corrientes | ||||
| Créditos con Sociedad art. 33 Ley Nº 19.550 – (nota 6.b) (1) | 32.179.789 | 3.915.289 | ||
| Impuesto a la ganancia mínima presunta | 393.490 | 804.100 | ||
| Diversos | 2.727 | 36.998 | ||
| Total | 32.576.006 | 4.756.387 |
- Incluye pesos 23.016.022 en moneda extranjera en 2004 (anexo II).
| ...2004… | ...2003... |
-
- Bienes de uso
| Muebles y útiles: | |||
| Valores de origen al inicio del ejercicio | 8.459 | 8.459 | |
| Depreciaciones | |||
| - Acumuladas al inicio del ejercicio | (4.794) | (3.102) | |
| - Del ejercicio (nota 4.d) | (1.692) | (1.692) | |
| - Acumuladas al cierre del ejercicio | (6.486) | (4.794) | |
| Valor residual al cierre del ejercicio | 1.973 | 3.665 |
-
- Resultados de inversiones en Sociedad art. 33 Ley N° 19.550
| Participación en los resultados de Sociedades art. 33 Ley N° 19.550 | 14.282.652 | 26.527.494 | |
| Efecto del nuevo valor de rescate del capital preferido (nota 7.b) | (37.951.498) | ||
| Efecto del diferencial de rescate del capital preferido (nota 7.b) | 5.248.479 | 432.964 | |
| Efecto del incremento de la participación accionaria en la sociedad controlada por el ejercicio del derecho de preferencia | (328.448) | ||
| Total | (18.748.815) | 26.960.458 |
-
- Información requerida por el artículo 64, Apartado I, Inciso b) de la Ley N° 19.550 – Gastos administrativos
| ...2004… | ...2003... | ||
| Sueldos y otros beneficios al personal | 58.014 | 247.212 | |
| Cargas sociales | 3.113 | 25.576 | |
| Servicios profesionales | 66.134 | 97.562 | |
| Impuestos y tasas | 87.920 | 131.821 | |
| Movilidad y viáticos | 2.021 | 12.566 | |
| Depreciaciones de bienes de uso | 1.692 | 1.692 | |
| Diversos | 52.876 | 72.981 | |
| Total | 271.770 | 589.410 |
| ...2004… | ...2003... |
-
- Resultados financieros
| * Generados por activos | |||
| Coeficiente de estabilización de referencia (nota 6.c) | 1.165.933 | 734.941 | |
| Intereses por préstamos (nota 6.c) | 1.521.100 | 2.027.645 | |
| Diferencias de cambio | 290.278 | 611 | |
| Subtotal | 2.977.311 | 2.763.197 | |
| * Generados por pasivos | |||
| Intereses y otros cargos financieros por préstamos | (2.105) | (29.707) | |
| Subtotal | (2.105) | (29.707) | |
| Total | 2.975.206 | 2.733.490 |
-
- Otros egresos
| Condonación de créditos con Sociedad art. 33 Ley N° 19.550 (nota 6.c) | (3.180.380) | ||
| Total | (3.180.380) |
-
- Impuesto a las ganancias
El cargo por impuesto a las ganancias es el siguiente:
| Impuesto a las ganancias corriente – pérdida | (942.288) | (750.428) | |
| Variación de partidas temporales | |||
| Total | (942.288) | (750.428) |
La conciliación entre el impuesto a las ganancias determinado y el resultante de aplicar la tasa del 35% establecida por las normas vigentes en la materia al resultado contable de los ejercicios económicos terminados el 31 de diciembre de 2004 y 2003 es la siguiente:
| .…2004…. | .…2003…. | ||
| (Pérdida) ganancia antes del impuesto a las ganancias | (19.225.759) | 29.104.538 | |
| Tasa impositiva vigente | 35% | 35% | |
| Impuesto sobre base contable calculado a la tasa impositiva vigente – ganancia (pérdida) | 6.729.016 | (10.186.588) | |
| Diferencias permanentes: | |||
| Resultado por inversiones en Sociedades art. 33 Ley N° 19.550 | (6.562.085) | 9.436.160 | |
| Condonación de créditos con Sociedad art. 33 Ley N° 19.550 | (1.113.133) | ||
| Diversos | 3.914 | ||
| Impuesto a las ganancias determinado | (942.288) | (750.428) |
| ...2004… | ...2003... |
-
- Partidas que no significan utilización (generación) de efectivo
| Resultados de inversiones en Sociedad art. 33 Ley N° 19.550 | 18.748.815 | (26.960.458) | |
| Condonación de créditos con Sociedad art. 33 Ley N° 19.550 | 3.180.380 | ||
| Depreciación de bienes de uso | 1.692 | 1.692 | |
| Total | 21.930.887 | (26.958.766) |
-
- Cambios en activos y pasivos operativos
| Disminución (aumento) de otros créditos | 585.646 | (977.886) | |
| (Disminución) aumento de deudas comerciales | (3.186) | 2.776 | |
| Disminución de deudas por remuneraciones y cargas sociales | (21.886) | (20.548) | |
| (Disminución) aumento de deudas por cargas fiscales | (899.716) | 395.620 | |
| Total | (339.142) | (600.038) |
- CAPITAL SOCIAL
El capital de la Sociedad suscripto, integrado e inscripto en el Registro Público de Comercio al 31 de diciembre de 2004 y 2003 ascendía a pesos 94.012.000.
- SOCIEDADES ART. 33 LEY N° 19.550
- Al 31 de diciembre de 2004 y 2003, Endesa Internacional, S.A., con domicilio en Ribera del Loira 60, Madrid, España, sociedad dedicada a la actividad internacional del Grupo Endesa, poseía el 57,1417% del capital social y los votos de la Sociedad.
A su vez, la Sociedad posee al 31 de diciembre de 2004 una participación del 69,99244% en el capital social con derecho a voto de Central Dock Sociedad Anónima, con domicilio en Reconquista 360 piso 6°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Al 31 de diciembre de 2003, dicha participación ascendía a 69,8471%.
- No existían saldos al 31 de diciembre de 2004 y 2003 con la sociedad controlante. Los saldos con la sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima al 31 de diciembre de 2004 y 2003 eran los siguientes:
| …2004… | …2003… |
| Otros créditos corrientes | |||
| Préstamos otorgados (nota 8) | 346.173 | 21.795.486 | |
| Otros créditos no corrientes | |||
| Préstamos otorgados (nota 8) | 23.016.022 | ||
| Diferencial de rescate a cobrar de acciones preferidas (nota 7.b) | 9.163.767 | 3.915.289 | |
| 32.179.789 | 3.915.289 | ||
| Deudas financieras | 7.303 | 5.159 |
- Las operaciones con Sociedades art. 33 Ley N° 19.550 realizadas durante los ejercicios terminados el 31 de diciembre de 2004 y 2003 fueron las siguientes:
| …2004… | …2003… |
| Central Dock Sud Sociedad Anónima | |||
| Coeficiente de estabilización de referencia sobre préstamos otorgados | 1.165.933 | 734.941 | |
| Intereses ganados sobre préstamos otorgados | 1.521.100 | 2.027.645 | |
| Condonación de créditos | 3.180.380 |
- SUSCRIPCIÓN DE CAPITAL SOCIAL EN LA SOCIEDAD CONTROLADA CENTRAL DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
- Capital social de la sociedad controlada
El capital de la sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima suscripto, integrado e inscripto en el Registro Público de Comercio al 31 de diciembre de 2003 ascendía a pesos 64.723.952, representado por 869.892.536 acciones ordinarias escriturales y 5.602.502.693 acciones preferidas escriturales, todas ellas de valor nominal 0,01.
Con fecha 22 de diciembre de 2004, la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad controlada resolvió aumentar el capital en pesos 419.562.528, mediante (i) la capitalización de la totalidad de los aportes irrevocables existentes a esa fecha, pesos 365.778.530; (ii) la capitalización del saldo de la cuenta de ajuste de capital ordinario, pesos 43.501.004; y (iii) la capitalización parcial del saldo de la cuenta ajuste de capital preferido, pesos 10.282.994. Dicho aumento fue realizado, conforme lo dispuesto por los estatutos de la sociedad, ad referéndum del Ente Nacional Regulador de la Electricidad, quien no se ha expedido hasta la fecha, y se encuentra por lo tanto pendiente de inscripción en el Registro Público de Comercio.
Luego del aumento descripto, el capital de la sociedad controlada suscripto e integrado al 31 de diciembre de 2004 ascendía a pesos 484.286.480, representado por 38.476.044.936 acciones ordinarias escriturales y 9.952.603.093 acciones preferidas escriturales, todas ellas de valor nominal 0,01.El detalle de los aumentos de capital social de la sociedad controlada desde el 31 de diciembre de 1999 es el siguiente:
| .................Acciones................... | |||
| Concepto | Ordinarias | Preferidas (1) | |
| Saldo al 31 de diciembre de 1999 | 5.450.020 | ||
| Aumento de capital dispuesto por Asamblea General Extraordinaria de Accionistas del 20 de junio de 2000: | 3.248.905 | 56.025.027 | |
| Aumento de capital dispuesto por Asamblea General Extraordinaria de Accionistas del 22 de diciembre de 2004 ad referéndum del Ente Nacional Regulador de la Electricidad:: | 376.061.524 | 43.501.004 | |
| Saldo al 31 de diciembre de 2004 | 384.760.449 | 99.526.031 |
- Suscriptas íntegramente por Inversora Dock Sud Sociedad Anónima.
- Cláusulas de emisión de las acciones preferidas de la sociedad controlada
Las principales cláusulas de emisión del capital preferido de la sociedad controlada, luego de la modificación de los términos y condiciones de su emisión dispuesta por la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas celebrada el 22 de diciembre de 2004 son las siguientes:
Preferencia y valor de rescate - La preferencia otorgada a las acciones preferidas consiste en un precio de rescate por cada acción preferida equivalente a la suma de:
- el valor nominal de la acción, el cual se convertirá a dólares estadounidenses, a los efectos de su pago, aplicando el tipo de cambio vendedor fijado por el Banco de la Nación Argentina correspondiente al día hábil anterior a la fecha de rescate;
- el Diferencial de Rescate previsto en las condiciones originales de emisión (en adelante el “Diferencial de Rescate Original”), el cual fue convertido a dólares estadounidenses conforme al tipo de cambio vigente al 30 de noviembre de 2004 (pesos 2,94 equivalentes a US$ 1) y ha quedado fijado, atento haber cesado su devengamiento conforme las condiciones originales de emisión, en la suma de US$ 0,0002065133 por acción; y
- el Diferencial de Rescate Adicional, que para cada acción preferida, resulta de la suma de: (a) una cantidad, en dólares estadounidenses equivalente a la diferencia entre US$ 0,0034013605 y el valor nominal de la acción calculado en dólares estadounidenses conforme lo dispuesto en la acápite (i) precedente; (b) la cantidad de US$ 0,0002144996; y (c) una suma equivalente a la tasa LIBOR más doscientos puntos básicos desde el 1° de diciembre de 2004 y hasta la fecha de rescate, computada sobre el valor en dólares estadounidenses de cada acción preferida al 30 de noviembre de 2004, o sea, US$ 0,0034013605.
Como consecuencia del nuevo valor de rescate establecido de acuerdo a las disposiciones adoptadas por la referida Asamblea de accionistas, la Sociedad ha reconocido una pérdida de pesos 22.726.146 que se expone conjuntamente con pesos 15.225.352 correspondientes al impuesto a los dividendos, determinado éste sobre bases fiscales.
El importe devengado del diferencial de rescate en los ejercicios terminados el 31 de diciembre de 2004 y 2003 ascendía a pesos 8.074.584 y pesos 666.098, respectivamente, neto de un cargo de pesos 2.826.105 y pesos 233.134, respectivamente, en concepto de impuesto sobre dividendos. El diferencial de rescate adeudado a esas fechas ascendía a pesos 14.098.104 y pesos 6.023.520, respectivamente y ha sido registrado en el rubro “Otros créditos no corrientes”, neto de un cargo de pesos 4.934.337 y pesos 2.108.231, respectivamente, en concepto de impuesto sobre dividendos.
Condiciones de rescate - Anualmente, en la medida en que existieran en la sociedad controlada fondos de libre disponibilidad en virtud de los acuerdos de financiación suscriptos por la misma. La sociedad controlada rescatará acciones preferidas hasta el máximo de dichos fondos, neto de cualquier dividendo declarado por la sociedad controlada. El referido rescate no tendrá lugar si se hubiera verificado y subsistiera un evento de incumplimiento bajo los referidos acuerdos de financiación. A la fecha de aprobación de los presentes estados contables, no existe certeza acerca de la fecha a partir de la cual la sociedad controlada dispondrá de fondos de libre disponibilidad para tal rescate.
Preferencias en la liquidación - En el caso de disolución anticipada, liquidación por vencimiento del término legal de existencia o liquidación obligatoria de la sociedad controlada, los tenedores de las acciones preferidas tendrán derecho a ser pagados con anticipación a las acciones ordinarias y a cualquier aporte irrevocable.
Derechos de voto - Las acciones preferidas no tendrán derecho de voto en ninguna circunstancia, excepto de acuerdo a lo previsto por la Ley argentina o en el caso que la sociedad controlada no cumpla con alguna de las obligaciones establecidas en los Términos y Condiciones de la Emisión, incluyendo sin limitación alguna las siguientes circunstancias:
- Si la sociedad controlada deja de pagar el precio de rescate de las acciones preferidas rescatadas a la fecha de su rescate.
- En cualquier momento si la sociedad controlada distribuyere dividendos a sus acciones ordinarias no encontrándose rescatadas en su totalidad las acciones preferidas.
- Si la sociedad controlada a pesar de contar con fondos de libre disponibilidad y no encontrarse en un supuesto de incumplimiento bajo los acuerdos de financiación suscriptos por la sociedad controlada para llevar adelante el Proyecto no procediese a rescatar las acciones preferidas.
- En el supuesto de una fusión (excepto si la sociedad controlada adquiere otra sociedad a través de una fusión) o disolución anticipada de la sociedad controlada, escisión o división, transformación o prórroga de la sociedad controlada (excepto en el caso de que la sociedad controlada haga oferta pública o cotice sus acciones), cambio fundamental del objeto, transferencia del domicilio al extranjero o reintegración total o parcial del capital.
En cualquier caso, cuando las acciones preferidas tengan derecho de voto, cada tenedor de acciones preferidas tendrá derecho a ejercer un voto por acción y votar junto con las acciones ordinarias como una clase única, de conformidad con los Términos y Condiciones de la Emisión y la legislación argentina.
Los derechos de voto de las acciones preferidas que surjan por el incumplimiento de la sociedad controlada de cualquier obligación o de pagar cualquier dividendo declarado y vencido, terminarán respectivamente cuando la sociedad controlada cumpla con dicha obligación o pague tales dividendos declarados.
Ley aplicable y jurisdicción - Las acciones preferidas están sujetas y regidas por las leyes de la República Argentina y los estatutos de la sociedad controlada. Cualquier acción o reclamo contra la sociedad controlada o los tenedores de acciones preferidas vinculadas con los Términos y Condiciones de la Emisión será sometida a la jurisdicción de los tribunales ordinarios en lo comercial de la Ciudad de Buenos Aires.
- PRÉSTAMOS A LA SOCIEDAD CONTROLADA CENTRAL DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
Con fecha 8 de noviembre de 2001, Inversora Dock Sud Sociedad Anónima concedió a la sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima un préstamo por la suma de US$ 14.799.522 con vencimiento el 30 de junio de 2004. El préstamo se encuentra subordinado de acuerdo con los términos del artículo 9.2 del “Amended and Restated Common Terms Agreement” celebrado el 17 de septiembre de 2001 entre Central Dock Sud Sociedad Anónima, el Banco Europeo de Inversiones y BBVA Banco Francés S.A.
Dicha obligación había sido pesificada a un tipo de cambio de un peso por cada dólar estadounidense, habiéndosele aplicado el coeficiente de estabilización de referencia.
Con fecha 21 de diciembre de 2004 las partes han acordado reconvertir, con efecto a partir del 1° de diciembre de 2004, los saldos de capital impagos de dicho préstamo, por un total de pesos 22.726.146, a dólares estadounidenses, utilizando el tipo de cambio vigente al 30 de noviembre de 2004, de donde resulta una suma adeudada de US$ 7.729.982 cuyo vencimiento operará el 30 de junio de 2009. Este préstamo devenga, a partir del 1° de diciembre de 2004, intereses determinados sobre LIBOR más 200 puntos básicos, los cuales se cancelarán semestralmente el 15 de marzo y el 15 de septiembre de cada año.
El saldo de este préstamo al 31 de diciembre de 2004, incluyendo el capital, los intereses y el ajuste por el coeficiente de estabilización de referencia, asciende a pesos 23.362.195, encontrándose registrados pesos 346.173 en el rubro “Otros créditos corrientes” y pesos 23.016.022 en el rubro “Otros créditos no corrientes”. Al 31 de diciembre de 2003, el saldo de este préstamo ascendía a pesos 21.795.486, los cuales se encontraban íntegramente registrados en el rubro “Otros créditos corrientes”.
- CLASIFICACIÓN DE CRÉDITOS Y DEUDAS SEGÚN SU PLAZO DE VENCIMIENTO
Los créditos y deudas de la Sociedad al 31 de diciembre de 2004 se conforman de la siguiente manera:
| Plazo | Créditos | Deudas | |
| Sin plazo | 9.163.767 | ||
| Vencido | |||
| Con plazo a vencer | |||
| * Hasta tres meses | 347.182 | 68.733 | |
| * Más de un año | 23.412.239 | ||
| Total con plazo a vencer | 23.759.421 | 68.733 | |
| Total | 32.923.188 | 68.733 |
Los créditos incluyen pesos 23.016.022 en concepto de capital del préstamo a Central Dock Sud Sociedad Anónima, que devengan intereses a LIBOR más 200 puntos básicos. El resto de los créditos y las deudas no devenga intereses ni actualizaciones.
- RESTRICCIÓN A LOS RESULTADOS ACUMULADOS
De acuerdo con las disposiciones de la Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550, el 5% de la utilidad neta del ejercicio deberá apropiarse a la reserva legal, hasta que la misma alcance el 20% del capital social reexpresado en moneda constante.
De acuerdo con la Ley N° 25.063, con vigencia a partir del 31 de diciembre de 1998, los dividendos que se distribuyan, en dinero o en especie, en exceso de las utilidades impositivas acumuladas al cierre del ejercicio inmediato anterior a la fecha de pago o distribución, estarán sujetos a una retención del 35% en concepto de impuesto a las ganancias con carácter de pago único y definitivo. Se consideran utilidades impositivas acumuladas a los efectos de este impuesto a las utilidades contabilizadas al cierre del ejercicio inmediato anterior a la referida vigencia y a las utilidades impositivas determinadas a partir de dicho ejercicio.
- RECLAMOS Y DEMANDAS RECIBIDOS POR LA SOCIEDAD CONTROLADA CENTRAL DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA CON RELACIÓN AL CONTRATO DE CONSTRUCCIÓN DE LA PLANTA DE CICLO COMBINADO
Con fecha 4 de noviembre de 2002 la sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima fue notificada del inicio de una demanda arbitral ante la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional, interpuesta por Babcock Wilcox Española S.A. y Alstom (Switzerland) Ltd., integrantes de la UTE constructora de la planta de ciclo combinado. Tras un incidente planteado por Central Dock Sud Sociedad Anónima, quedó aclarado que las demandantes son las sociedades integrantes de la UTE.
La demanda contiene un reclamo por supuestos trabajos adicionales no previstos en el alcance del contrato llave en mano de la Planta de Ciclo Combinado, por una suma de “no menos de” US$ 47.000.000 en concepto de supuestos extracostes, más un reclamo indeterminado por el reintegro de la penalidad por retraso, que según la demandante fue parcialmente mal aplicada, intereses, gastos y costas del arbitraje. La suma reclamada en concepto de reintegro de la penalidad presuntamente mal aplicada asciende a “como máximo” US$ 28.190.249, totalizando así un reclamo de US$ 75.190.249.
La sociedad controlada contestó la demanda arbitral el 3 de enero de 2003 pidiendo su rechazo, con excepción de los extracostes que efectivamente pruebe la demandante por el plazo de demora que la sociedad controlada ya ha reconocido como no imputables al Contratista (2,6 meses). Asimismo, se ha pedido que -en caso de prosperar total o parcialmente el reclamo de la demandante- se apliquen las normas de emergencia sancionadas en Argentina a partir de enero de 2002, especialmente el Decreto N° 214/2002, que transformó todas las obligaciones preexistentes de pagar sumas de dinero contraídas en dólares estadounidenses en obligaciones de pagar pesos, al tipo de cambio fijo (pesos 1=US$ 1) prevaleciente antes de la referida emergencia. El 1º de julio de 2003 se firmó en Buenos Aires el Acta de Misión del arbitraje, en presencia del Tribunal Arbitral y de los representantes de las partes.
Las partes han ofrecido y producido las pruebas testimoniales, documentales y periciales. Durante el mes de diciembre de 2004, las partes presentaron sus respectivos alegatos, encontrándose el Tribunal Arbitral en condiciones de emitir el laudo.
Los abogados de la sociedad controlada han informado que sin perjuicio de la falta de definición de la demanda y su ampliación, teniendo en cuenta los antecedentes existentes y ciertos reconocimientos efectuados por las partes durante la etapa de desarrollo del contrato, la sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima ha admitido su responsabilidad en un atraso de 2,6 meses y en consecuencia debería abonar los mayores costos por dicha demora. La demanda, en consecuencia, prosperaría parcialmente, aunque por una suma sensiblemente inferior a la reclamada por la UTE.
Además, la aplicación de las normas de emergencia sancionadas en Argentina a partir de enero de 2002, podría conducir a que el monto de condena sea total o parcialmente “pesificado” (esto es, convertido a pesos argentinos a la tasa de cambio vigente antes de la devaluación, o mediante la utilización de un tipo de cambio intermedio entre aquél y el que rija en el mercado al momento de dictarse el Laudo). Ello contribuiría a reducir sensiblemente el valor en dólares de cualquier suma reconocida a la demandante.
La propia indefinición de la demanda y la ausencia de una apertura de los costos verificables, impide prever el quantum de una posible contingencia que los abogados de la sociedad controlada estiman de probabilidad alta, pero limitada en el quantum.
- DEMANDA A LA SOCIEDAD CONTROLADA CENTRAL DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA DE SU ACCIONISTA PAN AMERICAN ENERGY HOLDING LTD.
El accionista Pan American Energy Holdings Ltd. (“PAEH”) ha demandado judicialmente la nulidad de la Asamblea General Ordinaria de la sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima del 30 de abril del 2003 que aprobó los estados contables de la sociedad controlada por el ejercicio económico terminado el 31 de diciembre de 2002, sosteniendo que los citados estados contables incluyen la aplicación del ajuste por inflación sobre el capital preferido, lo que en su criterio altera indebidamente los resultados de la sociedad controlada. Central Dock Sud Sociedad Anónima ha procedido a rechazar la demanda sosteniendo que la decisión de los accionistas de la sociedad controlada de aprobar los estados contables resulta ajustada a derecho.
Ambas partes habían puesto en conocimiento del juzgado interviniente en los autos en cuestión de la existencia de negociaciones tendientes a la solución del conflicto y habían solicitado la suspensión de común acuerdo de los plazos procesales. Las referidas negociaciones se han materializado en la Asamblea General de Extraordinaria de Accionistas celebrada el 22 diciembre de 2004, cuyos principales efectos se mencionan en nota 7. Como consecuencia de ello, PAEH desistirá en los términos y condiciones acordados de la acción y del derecho en los autos.
- DEMANDAS JUDICIALES DE LAS QUE ES PARTE INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
- Demanda promovida
En el ejercicio económico terminado el 31 de diciembre de 2002 la Sociedad procedió a ajustar por inflación sus resultados impositivos, teniendo en cuenta los efectos confiscatorios que le hubiera implicado la determinación del cargo del impuesto a las ganancias de acuerdo con la normativa vigente a la luz de las pérdidas reflejadas en los estados contables de aquel ejercicio. El no haber practicado este ajuste le hubiera ocasionado un deterioro patrimonial significativo, agravado por el hecho de que la Sociedad no cuenta con recursos genuinos para afrontar el pago que resultaría de no haber tomado esta medida. Como consecuencia de lo mencionado, el resultado impositivo del ejercicio económico terminado el 31 de diciembre del 2002 arrojó un resultado positivo que fue absorbido por quebrantos acumulados computables de ejercicios anteriores.
El 16 de mayo de 2003 la Sociedad solicitó ante la Justicia en lo Contencioso Administrativo que se declare certeza respecto a la posibilidad de ajustar por inflación su declaración de impuesto a las ganancias por el período fiscal 2002 o, en su defecto, dar tratamiento de exento al Coeficiente de Estabilización de Referencia (“C.E.R.”) devengado, con relación a las acreencias de la sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima. El expediente tomó el cauce de una acción declarativa en la que a su vez se solicitó una medida cautelar a fin de que la Administración Federal de Ingresos Públicos no inicie procedimiento de determinación de oficio y/o ejecute. De acuerdo a lo informado por los abogados de la Sociedad, el monto que puede asignársele a la contingencia de este asunto, dependerá no de las vicisitudes de está acción sino de un eventual procedimiento de determinación de oficio en el que el Fisco redefina la materia imponible en el impuesto a las ganancias, con más los accesorios legales que pudieran corresponder.
Con fecha 3 de julio de 2003, se notificó sentencia de primera instancia por medio de la cual se rechaza la acción incoada, por entenderse que es la vía de la determinación de oficio el carril por el que debe ventilarse la cuestión. Contra tal decisión se interpuso recurso de apelación, que fue concedido en la primera instancia, encontrándose el expediente en la Sala IV de la Cámara del fuero desde el 25 de agosto de 2003. Con fecha 10 de diciembre de 2003 se expresaron agravios a tal apelación. El 20 de agosto de 2004 se notificó sentencia de Cámara en donde se confirma la sentencia apelada.
- Demanda recibida
Con fecha 16 de septiembre de 2003, la Sociedad contestó demanda ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario No. 6, Secretaría 12, en razón de una ejecución fiscal iniciada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (“GCBA”). El GCBA reclama a la Sociedad una supuesta deuda con la Dirección General de Rentas en concepto de impuesto sobre los Ingresos Brutos, por los períodos fiscales 6 a 12 del año 1996 y 1 a 11 del año 1997. La Sociedad opuso excepción de “inhabilidad de título” por inexistencia de deuda. Dicha deuda se origina porque al momento de la inscripción como contribuyente del impuesto sobre los Ingresos Brutos, se consignó como fecha de inicio de actividad el 14 de junio de 1996, lo que motivó que el GCBA interpretara que la Sociedad adeuda el impuesto desde esa fecha.
El GCBA intimó a la Sociedad el pago de pesos 2.266.872. El monto ha sido establecido por el fisco aplicando para cada período comprendido entre el 6/96 y 11/97, el monto declarado e ingresado por Inversora en su primera posición mensual (10/99) por la suma de pesos 125.937.
El 6 de octubre de 2003 salió cédula con copia de la demanda y documental a fin de correr traslado de la presentación realizada por los abogados de la Sociedad al GCBA. El GCBA ha contestado el traslado de la oposición de excepciones y el juzgado corrió traslado a Inversora Dock Sud S.A. con relación a la oposición del GCBA a la prueba de la propuesta por la Sociedad. Con fecha 6 de febrero de 2004 el Tribunal abrió la causa a prueba.
- RESTRICCIONES EN LA FORMACIÓN DEL PRECIO SPOT QUE AFECTAN A LA SOCIEDAD CONTROLADA CENTRAL DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
La energía generada por la sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima es comercializada en el Mercado Mayorista Eléctrico según dos modalidades: en el Mercado a Término, por contratos de abastecimiento o de energía entre partes, y en el Mercado de Precios Horarios, o Mercado “Spot”, al precio horario sancionado por CAMMESA como función de la oferta y la demanda.
Debido al “congelamiento” del Precio Estacional de la energía por parte de la Secretaría de Energía, a un valor insuficiente para atender los costos de producción, se produjo la gradual desfinanciación del Mercado Mayorista por agotamiento del Fondo de Estabilización. Con la excusa de una falta de transparencia en el abastecimiento de gas a las usinas eléctricas, pero el claro objetivo de no profundizar el quebranto, y hasta tanto se normalizara este abastecimiento, la Secretaría de Energía intervino el Mercado de formación de Precios Spot mediante el dictado de la Resolución S.E. N° 240/03, que fuera sancionada el 14 de agosto de 2003 y, aunque fue publicada en el Boletín Oficial el 19/08/03, ha sido aplicada a partir del 15 de agosto de 2003.
Esta resolución excluye el Valor del Agua, utilizado para el despacho económico en centrales con capacidad de embalse, en la formación del precio, y crea un mecanismo ficticio para la sanción del precio considerando la libre disponibilidad de gas en las centrales térmicas despachadas o que pudieran entrar en servicio dentro de la próxima hora, lo cual excluye a los combustibles líquidos en la formación del precio.
Por nota N° 526 de la S.S.E.E., fechada el 9 de octubre de 2003, la Secretaría de Energía suspendió la aplicación de la Resolución S.E. 240/03 mientras no existiesen restricciones en el suministro de gas, medida transitoria que revirtió por Nota S.S.E.E. N° 65 del 30 de enero de 2004, con vigencia a partir de las 0 horas de ese día y ante las primeras restricciones al abastecimiento de las centrales térmicas.
- RESTRICCIONES EN EL COBRO DE ACREENCIAS A CAMMESA QUE AFECTAN A LA SOCIEDAD CONTROLADA CENTRAL DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
La energía, capacidad y servicios asociados comercializados por la sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima en el Mercado Mayorista Eléctrico (“MEM”) resulta en transacciones económicas administradas por CAMMESA, cuyos fondos económicos devienen del equilibrio de precios que se debe observar entre los que pagan y los que producen el bien transable.
La no sanción por parte de la Secretaría de Energía de una tarifa uniforme, estabilizada cada 90 días, que incluyera los costos de generación y transporte, según lo establecido en el art. 36 de la Ley N° 24.065, llevó al desfinanciamiento del Mercado Mayorista al agotarse el Fondo de Estabilización. A fin de priorizar el pago de agentes acreedores frente a recursos económicos insuficientes, y hasta tanto el precio estacional no sea sancionado a un valor de equilibrio, la Secretaría de Energía intervino el Mercado mediante el dictado de la Resolución S.E. N° 406/03, sancionada el 8 de septiembre de 2003 y aplicada retroactivamente a partir del 1° de septiembre de 2003.
Por efecto de la citada medida, la sociedad controlada recibe parcialmente el pago de sus acreencias mensuales, quedando el remanente computado como deuda a ser reintegrada cuando las condiciones del mercado lo permitan. Con fecha 6 de agosto de 2004, la Secretaría de Energía mediante su Resolución N° 826/04 resolvió invitar a todos los Agentes acreedores del MEM, con liquidaciones de venta con fecha de vencimiento a definir, a manifestar formalmente su decisión de participar en la conformación del “Fondo para inversiones necesarias que permitan incrementar la oferta de energía eléctrica en el mercado eléctrico mayorista” (en adelante, “FONINVEMEM”), invirtiendo en el mismo las referidas acreencias correspondientes a las liquidaciones de venta con fecha de vencimiento a definir derivadas de la Resolución Nº 406/03 de la Secretaria de Energía, durante todo el período comprendido entre enero de 2004 y diciembre de 2006 inclusive, considerando al efecto del cálculo del aporte que hará cada Agente acreedor durante este lapso que no se incrementa la potencia que cada Generador del MEM tiene contratada en el Mercado a Término para el trimestre mayo - julio 2004.
Con fecha 17 de diciembre de 2004 la sociedad controlada resolvió participar en la conformación del FONINVEMEM, con un 65% de aportes de las acreencias correspondientes al inciso c) del art. 4º de la Resolución N° 406/03 y su aclaratoria Resolución N° 943/04 (caracterizadas como “liquidaciones de venta con fecha de vencimiento a definir”), durante el período comprendido entre enero de 2004 y diciembre de 2006 inclusive. Con fecha 5 de enero de 2005, la Secretaría de Energía mediante la Resolución N° 3/05 aceptó la decisión de las empresas del MEM, entre ellas Central Dock Sud S.A., de participar en la conformación del FONINVEMEM. Al 31 de diciembre de 2004 la participación de la sociedad controlada en dicho fondo asciende a pesos 1.351.576.
Cabe señalar que el FONINVEMEM fue creado mediante la Resolución N° 712/04 de la Secretaría de Energía de fecha 12 de julio de 2004, con el objeto de administrar los recursos económicos con destino a las inversiones que permitan incrementar la oferta de energía eléctrica hacia el año 2007.
La deuda consolidada de CAMMESA a favor de la sociedad controlada al 31 de diciembre de 2004, por el suministro de energía de los meses de junio de 2003 a diciembre de 2004 (caracterizadas como “liquidaciones de venta con fecha de vencimiento a definir”) es de pesos 2.147.873.
- BIENES DE DISPONIBILIDAD RESTRINGIDA
Al 31 de diciembre de 2004 y 2003, las acciones ordinarias de la sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima en poder de la Sociedad (ver anexo I a los estados contables) se encontraban prendadas en garantía del cumplimiento de las obligaciones financieras contraídas por la sociedad controlada con los acreedores del Acuerdo de Financiamiento (Repsol International Finance B.V. y Endesa Internacional, S.A.) y el Banco Europeo de Inversiones. Las obligaciones garantizadas ascendían a pesos 651.576.859 y pesos 690.843.997, respectivamente, al 31 de diciembre de 2004 y 2003.
| EDUARDO J. ROMERO | JOSÉ MARÍA HIDALGO MARTÍN - MATEOS |
| Por Comisión Fiscalizadora | Presidente |
ANEXO I
INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
ESTADOS CONTABLES AL 31 DE DICIEMBRE DE 2004 Y 2003
(en pesos)
INVERSIONES
| Emisor y características de los valores | Clase | Valor | Cantidad | Valor de | Valor registrado | .......Según últimos estados contables (1)...... | ||||
| nominal | costo | Capital ordinario | Resultado del ejercicio | Patrimonio neto | ||||||
| .....2004..... | .....2003..... | |||||||||
| INVERSIONES CORRIENTES | ||||||||||
| Sociedad art. 33 Ley Nº 19.550: | ||||||||||
| Central Dock Sud Sociedad Anónima (2) | ||||||||||
| * Acciones (3) | Ordinarias escriturales | 0,01 | 26.930.322.465 | 276.485.596 | 125.921.417 | 384.760.449 | (1.563.794) | 279.433.045 | ||
| Preferidas escriturales | 0,01 | 9.952.603.093 | 122.252.177 | 84.300.679 | (4) | 122.252.177 | ||||
| * Aportes irrevocables | 115.205.130 | (5) | ||||||||
| TOTAL | 210.222.096 | 237.457.307 |
- Estados contables por el ejercicio económico terminado el 31 de diciembre de 2004.
- Actividad principal: generación de energía eléctrica y su comercialización en bloque. Participación sobre el capital social y los votos: 69,99244%.
- Ver nota 16 a los estados contables.
- Netos de pesos 15.225.352 correspondientes al impuesto sobre los dividendos.
- Netos de pesos 144.020.220 correspondientes a pérdidas acumuladas.
| EDUARDO J. ROMERO | JOSÉ MARÍA HIDALGO MARTÍN - MATEOS |
| Por Comisión Fiscalizadora | Presidente |
El informe de fecha 24 de febrero de 2005
se extiende en documento aparte.
DELOITTE & Co. S.R.L.
CARLOS A. LLOVERAS (Socio)
Contador Público U.B.A.
C.P.C.E.C.A.B.A. T° 107 - F° 195
ANEXO II
INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
ESTADOS CONTABLES AL 31 DE DICIEMBRE DE 2004
ACTIVOS EN MONEDA EXTRANJERA
| Cuenta | Clase y monto de la moneda extranjera | Tipo de cambio vigente | Importe contabilizado en pesos | ||||
| ACTIVO | |||||||
| ACTIVO CORRIENTE | |||||||
| Créditos con Sociedades art. 33 Ley N° 19.550 | US$ | 116.265 | 2,9775 | 346.173 | |||
| Total del Activo Corriente | 346.173 | ||||||
| ACTIVO NO CORRIENTE | |||||||
| Créditos con Sociedades art. 33 Ley N° 19.550 | US$ | 7.729.982 | 2,9775 | 23.016.022 | |||
| Total del Activo No Corriente | 23.016.022 | ||||||
| TOTAL DEL ACTIVO | 23.362.195 | ||||||
| EDUARDO J. ROMERO | JOSÉ MARÍA HIDALGO MARTÍN – MATEOS |
| Por Comisión Fiscalizadora | Presidente |
El informe de fecha 24 de febrero de 2005 se extiende en documento aparte.
DELOITTE & Co. S.R.L.
| CARLOS A. LLOVERAS (Socio) |
| Contador Público U.B.A. |
| C.P.C.E.C.A.B.A. - T° 107 F° 195 |
| INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS CORRESPONDIENTES A LOS EJERCICIOS ECONÓMICOS TERMINADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2004 Y 2003 |
INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
ESTADOS CONSOLIDADOS DE SITUACIÓN PATRIMONIAL
AL 31 DE DICIEMBRE DE 2004 Y 2003
(en pesos)
| .…2004…. | .…2003…. | ||
| ACTIVO | |||
| ACTIVO CORRIENTE | |||
| Caja y bancos (nota 4.a) | 1.220.079 | 543.330 | |
| Inversiones (nota 4.b) | 35.749.126 | 18.114.217 | |
| Créditos por ventas (nota 4.c) | 50.930.241 | 31.029.660 | |
| Otros créditos (nota 4.d) | 6.348.325 | 24.902.408 | |
| Bienes de cambio | 9.774.288 | 2.168.824 | |
| Total del Activo Corriente | 104.022.059 | 76.758.439 | |
| ACTIVO NO CORRIENTE | |||
| Créditos por ventas (nota 4.c) | 1.420.101 | ||
| Otros créditos (nota 4.d) | 64.431.797 | 75.201.968 | |
| Inversiones permanentes (nota 18 y anexo III) | 1.351.576 | ||
| Bienes de uso (anexo I) | 816.236.920 | 827.472.914 | |
| Activos intangibles (anexo II) | 34.876.105 | 46.354.909 | |
| Total del Activo no Corriente | 918.316.499 | 949.029.791 | |
| TOTAL DEL ACTIVO | 1.022.338.558 | 1.025.788.230 | |
| PASIVO | |||
| PASIVO CORRIENTE | |||
| Deudas: | |||
| Comerciales (nota 4.f) | 35.371.627 | 10.790.939 | |
| Bancarias y financieras (nota 4.g) | 25.271.361 | 92.596.301 | |
| Remuneraciones y cargas sociales | 1.010.804 | 854.256 | |
| Cargas fiscales | 22.251.282 | 4.631.534 | |
| Total del Pasivo Corriente | 83.905.074 | 108.873.030 | |
| PASIVO NO CORRIENTE | |||
| Deudas: | |||
| Bancarias y financieras (nota 4.g) | 626.305.498 | 598.247.696 | |
| Otras (nota 4.h) | 14.073.278 | 14.730.857 | |
| Total del Pasivo no Corriente | 640.378.776 | 612.978.553 | |
| Total del Pasivo | 724.283.850 | 721.851.583 | |
| PARTICIPACIÓN DE TERCEROS EN SOCIEDAD CONTROLADA | 53.985.597 | 39.641.952 | |
| PATRIMONIO NETO | 244.069.111 | 264.294.695 | |
| TOTAL DEL PASIVO Y DEL PATRIMONIO NETO | 1.022.338.558 | 1.025.788.230 |
Las notas 1 a 21 y los anexos I a VII del Cuadro I forman parte integrante de estos estados.
| EDUARDO J. ROMERO | JOSÉ MARÍA HIDALGO MARTÍN – MATEOS |
| Por Comisión Fiscalizadora | Presidente |
El informe de fecha 24 de febrero de 2005
se extiende en documento aparte.
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| CARLOS A. LLOVERAS (Socio) |
| Contador Público U.B.A. |
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INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
ESTADOS CONSOLIDADOS DE RESULTADOS CORRESPONDIENTES A LOS EJERCICIOS ECONÓMICOS TERMINADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2004 Y 2003
(en pesos)
| .…2004…. | .…2003…. | ||
| Ventas netas (nota 4.i) | 232.763.297 | 168.185.642 | |
| Costos de operación (anexo V) | (170.787.037) | (136.924.756) | |
| Ganancia bruta | 61.976.260 | 31.260.886 | |
| Gastos de administración y comercialización (anexo V) | (3.457.098) | (3.931.993) | |
| Resultados financieros y por tenencia (nota 4.j) | (52.129.567) | (68.136.626) | |
| Otros gastos (anexo V) | (7.645.129) | (7.645.129) | |
| Otros ingresos y egresos netos (nota 4.k) | (11.874.350) | 88.984.445 | |
| (Pérdida) ganancia antes del impuesto a las ganancias y la participación de terceros | (13.129.884) | 40.531.583 | |
| Impuesto a las ganancias (notas 4.l) | (942.288) | (750.428) | |
| Participación de terceros en los resultados de la sociedad controlada | (6.095.875) | (11.427.045) | |
| (PÉRDIDA) GANANCIA NETA DEL EJERCICIO | (20.168.047) | 28.354.110 |
Las notas 1 a 21 y los anexos I a VII del Cuadro I forman parte integrante de estos estados.
| EDUARDO J. ROMERO | JOSÉ MARÍA HIDALGO MARTÍN - MATEOS |
| Por Comisión Fiscalizadora | Presidente |
El informe de fecha 24 de febrero de 2005
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| CARLOS A. LLOVERAS (Socio) |
| Contador Público U.B.A. |
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INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
ESTADOS CONSOLIDADOS DE FLUJO DE EFECTIVO CORRESPONDIENTES A LOS EJERCICIOS ECONÓMICOS TERMINADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2004 Y 2003
(en pesos)
| .…2004…. | .…2003…. | ||
| VARIACIONES DEL EFECTIVO (1) | |||
| Efectivo al inicio del ejercicio | 18.657.547 | 6.933.063 | |
| Efectivo al cierre del ejercicio | 36.969.205 | 18.657.547 | |
| Aumento neto del efectivo | 18.311.658 | 11.724.484 | |
| CAUSAS DE LA VARIACIONES DEL EFECTIVO | |||
| ACTIVIDADES OPERATIVAS | |||
| (Pérdida) ganancia neta del ejercicio | (20.168.047) | 28.354.110 | |
| Intereses ganados | (1.488.447) | (1.538.483) | |
| Intereses perdidos | 39.072.464 | 40.545.103 | |
| Impuesto a las ganancias devengado | 942.288 | 750.428 | |
| Ajustes para arribar al flujo neto de efectivo proveniente de actividades operativas: | |||
| Más: partidas que no significan utilización de efectivo (nota 4.m) | 70.114.634 | 70.312.808 | |
| Cambios en activos y pasivos operativos (nota 4.n) | 22.742.324 | (11.950.007) | |
| Flujo neto de efectivo generado por las operaciones | 111.215.216 | 126.473.959 | |
| ACTIVIDADES DE INVERSIÓN | |||
| Aumento de bienes de uso (incluyendo el aumento de anticipos a proveedores) | (31.709.247) | (19.372.849) | |
| Aumento de inversiones permanentes | (1.351.576) | ||
| Cobro de intereses | 1.349.471 | 3.566.128 | |
| Cobros por ventas de bienes de uso | 56.935 | ||
| Flujo neto de efectivo utilizado en las actividades de inversión | (31.711352) | (15.749.786) | |
| ACTIVIDADES DE FINANCIACIÓN | |||
| Aumento neto de aportes irrevocables a cuenta de futuros aumentos de capital social | 13.828.099 | 42.223.760 | |
| Pago de intereses | (20.937.264) | (40.545.103) | |
| Disminución de deudas bancarias y financieras | (54.083.041) | (100.678.346) | |
| Flujo neto de efectivo utilizado en las actividades de financiación | (61.192.206) | (98.999.689) | |
| AUMENTO NETO DEL EFECTIVO | 18.311.658 | 11.724.484 |
- Caja y bancos, e inversiones corrientes.
Las notas 1 a 21 y los anexos I a VII del Cuadro I forman parte integrante de estos estados.
| EDUARDO J. ROMERO | JOSÉ MARÍA HIDALGO MARTÍN - MATEOS |
| Por Comisión Fiscalizadora | Presidente |
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| CARLOS A. LLOVERAS (Socio) |
| Contador Público U.B.A. |
| C.P.C.E.C.A.B.A. - T° 107 F° 195 |
INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS CORRESPONDIENTES A LOS EJERCICIOS ECONÓMICOS TERMINADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2004 Y 2003
(en pesos)
- ACTIVIDADES DE LA SOCIEDAD CONTROLADA
La sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima se dedica a la generación de energía eléctrica y su comercialización en bloque. En su planta ubicada en Dock Sud, Partido de Avellaneda, Provincia de Buenos Aires, la sociedad controlada posee y opera un equipo generador de energía eléctrica en ciclo combinado de 774,5 MW, compuesto por dos turbinas a gas y una turbina de vapor. Adicionalmente, cuenta con dos turbinas a gas de 37_MW cada una, utilizándose una de ellas para el arranque en negro del ciclo combinado.
La electricidad producida por la planta es despachada y transportada al Mercado Eléctrico Mayorista a través del Sistema de Interconexión Nacional, que incluye a los generadores, transportadores y distribuidores de energía eléctrica en Argentina. La sociedad controlada comercializa electricidad principalmente en el Mercado Spot y también a través de contratos de venta (Mercado a Término) con distribuidores y con grandes consumidores de energía.
La participación de Inversora Dock Sud Sociedad Anónima en el capital de la sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima asciende a 36.882.931.719 acciones de v/n 0,01 cada una en forma directa (26.930.322.465 ordinarias y 9.952.603.093 preferidas), lo que representa el 69,99244% del total del capital ordinario que le otorga idéntico porcentaje de los votos posibles en las reuniones sociales.
- BASES DE PREPARACIÓN DE LA INFORMACIÓN
a) Sociedades objeto de consolidación y bases de consolidación - Los estados contables de Inversora Dock Sud Sociedad Anónima al 31 de diciembre de 2004 se consolidaron con los estados contables de Central Dock Sud Sociedad Anónima. Los estados consolidados al 31 de diciembre de 204 están presentados en forma comparativa con la información del cierre del último ejercicio anual, 31 de diciembre de 2003, fecha en la cual la participación en el capital con derecho a voto ascendía a 69,8471%. No se expone el estado consolidado de evolución del patrimonio neto por ser el de la sociedad controlante. Los estados consolidados mencionados se prepararon de acuerdo con los lineamientos de la Resolución Técnica N° 21 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, que básicamente consisten en la acumulación de los importes de los rubros iguales y la eliminación de saldos y resultados entre la sociedad controlante y su controlada. Los criterios contables aplicados por las sociedades consolidadas son iguales y se describen en la nota 3.
b) Normas contables aplicadas - Los presentes estados contables han sido preparados de acuerdo con las normas contables de valuación y exposición contenidas en las Resoluciones Técnicas Nros. 6, 8, 9, 16, 17, 18, 19 y 21 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (F.A.C.P.C.E.), con las modificaciones o adecuaciones con las que fueron adoptadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (C.P.C.E.C.A.B.A.).
c) Consideración de los efectos de la inflación - Los presentes estados contables reconocen los efectos de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda hasta el 31 de diciembre de 2002, siguiendo el método de reexpresión establecido por la Resolución Técnica N° 6 de la F.A.C.P.C.E. El Decreto N° 664/03 del Poder Ejecutivo Nacional y la Resolución General N° 4/03 de la Inspección General de Justicia suspendieron la preparación de estados contables en moneda homogénea a partir del 1° de marzo de 2003. Con fecha 29 de octubre de 2003 el C.P.C.E.C.A.B.A., mediante la Resolución M.D. N° 41/03, discontinuó a partir del 1° de octubre de 2003 la aplicación de la reexpresión a moneda homogénea prevista en la Resolución Técnica N° 6. Cabe señalar que ha sido muy reducido el nivel de significatividad de las tasas de inflación medidas según las variaciones en el citado índice entre el mes de diciembre de 2002, fecha en que la Sociedad discontinuó la reexpresión, y el mes de septiembre de 2003. Adicionalmente, la Resolución C.D. N° 87/2003 del C.P.C.E.C.A.B.A. dispuso que a partir del 28 de julio de 2003 quedaba derogada la Resolución M.D. N° 3/2002 del mismo organismo, la cual establecía, entre otras cuestiones, la obligatoriedad de activar, hasta dicha fecha, las diferencias de cambio originadas por pasivos en moneda extranjera que financiaron en forma directa la adquisición, producción o construcción de activos y la opción de computar igual activación en el valor de los restantes activos financiados con pasivos en moneda extranjera. El método de reexpresión en moneda homogénea se aplicó a los valores contables inmediatamente anteriores a la activación de dichas diferencias de cambio, las que representaron un adelantamiento de los efectos de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda y que posteriormente fueron parcialmente absorbidas por el valor en moneda homogénea de los activos.
- PRINCIPALES CRITERIOS DE VALUACIÓN, MEDICIÓN DE RESULTADOS Y EXPOSICIÓN
Los principales criterios de valuación, medición de resultados y exposición empleados en la preparación de los estados contables son los siguientes:
a) Rubros monetarios - Caja y bancos, créditos, deudas y previsiones en pesos están expresados a sus valores nominales, incluyendo, en caso de corresponder, los intereses devengados al cierre de cada ejercicio. En el caso de saldos por cobrar y por pagar de largo plazo que no tuvieran asociada una tasa de interés o para la cuales no existiera una forma de compensación financiera contemplada, se determinaron los valores actuales en base a la interpretación indicada en el punto 11 de la Resolución Técnica N° 17. Este criterio no fue aplicado a los rubros corrientes, dado que el bajo nivel de variación en los índices de precios internos al por mayor permite considerar el período como de estabilidad monetaria.
b) Activos y pasivos en moneda extranjera - Los activos y pasivos en moneda extranjera están expresados a los tipos de cambio aplicables o cotizaciones vigentes al cierre de cada ejercicio. No se presentan casos de saldos por cobrar y por pagar de largo plazo que no tuvieran asociada una tasa de interés o para las cuales no existiera una forma de compensación financiera contemplada y que por lo tanto hubieran requerido la determinación de valores actuales.
c) Inversiones corrientes – Las colocaciones de fondos han sido valuados de acuerdo con la suma de dinero entregada en el momento de la transacción más los resultados financieros devengados al cierre de cada ejercicio sobre la base de las tasas pactadas o vigentes para cada una de las operaciones.
d) Bienes de cambio – Corresponden principalmente a las existencias de gasoil, las cuales han sido valuadas al costo de reposición al cierre de cada ejercicio. Los valores así determinados no exceden su valor recuperable a esas fechas.
e) Inversiones permanentes – La participación de la Sociedad en el “Fondo para inversiones necesarias que permitan incrementar la oferta de energía eléctrica en el Mercado Eléctrico Mayorista (FONINVEMEM)”, que se menciona en la nota 18, ha sido valuada a su costo al 31 de diciembre de 2004.
f) Bienes de uso – (i) Valores de origen: Los terrenos y edificios y las maquinarias y turbogeneradores adquiridos con la constitución de la sociedad controlada fueron valuados al valor resultante de una tasación efectuada al 31 de diciembre de 1995 por un perito técnico independiente, reexpresado según lo indicado en la nota 2.c), neto de la correspondiente depreciación acumulada. Los demás bienes de uso transferidos, se valuaron a su valor corriente al 31 de octubre de 1992, resultante de una tasación técnica efectuada por un perito técnico independiente a dicha fecha, reexpresado según lo indicado en la nota 2.c). Los bienes de uso relacionados con la unidad de ciclo combinado mencionada en la nota 11, fueron valuados a su costo de adquisición o producción, reexpresado según lo indicado en la nota 2.c), que incluye todos aquellos costos significativos necesarios para que tales bienes estén en condiciones de ser utilizados, incluyendo los intereses de las deudas financieras relacionadas con el proyecto. Las obras en curso fueron valuadas a su costo de adquisición, en función al grado de avance de las mismas, reexpresado según lo indicado en la nota 2.c). El resto de los bienes de uso se valuaron a su costo de adquisición reexpresado, de corresponder, según lo indicado en la nota 2.c). Las diferencias de cambio originadas por pasivos en moneda extranjera existentes al 6 de enero de 2002 relacionados directa o indirectamente con la financiación de la adquisición, construcción o instalación de los bienes de uso fueron imputadas hasta el 28 de julio de 2003 al valor de dichos bienes según lo indicado en la nota 2.c). (ii) Depreciaciones: La depreciación de los turbogeneradores hasta el 13 de junio de 2001 fue calculada en función a las horas de servicio prestadas, de acuerdo con las horas de vida útil remanentes. Dicha vida útil fue determinada en base a las evaluaciones y estimaciones realizadas por el perito técnico independiente al 31 de octubre de 1992.
A partir de la habilitación comercial de la planta de ciclo combinado se establece el requisito de uso de uno de los turbogeneradores de la sociedad controlada como unidad de respaldo para arranque en negro de dicho ciclo combinado según los requerimientos de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (“CAMMESA”) para la habilitación de nuevas plantas de generación. Por tal motivo a partir del 13 de junio de 2001 la sociedad controlada modificó el criterio de depreciación de la unidad turbogeneradora N° 8 y comenzó a depreciarla linealmente en el plazo de vida útil de la nueva central de generación. Adicionalmente, en función de los contratos de exportación de energía mencionados en la nota 16, la sociedad controlada ha decidido adoptar el criterio de depreciación lineal hasta la finalización de dichos contratos para la unidad turbogeneradora N° 7. El resto de los bienes de uso es depreciado linealmente, de acuerdo con los años de vida útil restantes y considerando los períodos en los que se llevan a cabo tareas de rehabilitación en las unidades generadoras. (iii) Valor recuperable: Los valores así determinados de los bienes de uso no superan, en su conjunto, su valor recuperable al cierre de cada ejercicio.
g) Activos intangibles – (a) Valores de origen:Comprende los valores de origen, reexpresados según lo indicado en la nota 2.c), correspondientes a (i) los gastos preoperativos relacionados con la construcción y financiación de la planta de ciclo combinado (ver nota 11.a); (ii) el impuesto de sellos correspondiente, mayoritariamente, a los acuerdos de suministro de gas con YPF S.A. y Pan American Energy LLC (Sucursal Argentina) (ver nota 12); (iii) los cargos iniciales por movilización, relacionados con los contratos de mantenimiento (ver nota 14); y (iv) los gastos de financiamiento correspondientes al Acuerdo de Financiamiento (ver nota 9.a), incluyendo gastos relacionados con la obtención del préstamo con el Banco Europeo de Inversiones (ver nota 9.b). Las diferencias de cambio originadas por pasivos en moneda extranjera existentes al 6 de enero de 2002 relacionados directa o indirectamente con la financiación de los activos intangibles, fueron imputadas hasta el 28 de julio de 2003 al valor de dichos bienes según lo indicado en la nota 2.c). (b) Amortizaciones: Los gastos preoperativos detallados en los acápites (i), (ii) y (iii) del apartado precedente son amortizados por la sociedad controlada en 60, 180 y 60 meses, respectivamente, desde la fecha de habilitación comercial del ciclo combinado de la sociedad controlada, producida el 13 de junio de 2001. Las amortizaciones de los gastos de financiamiento detallados en el acápite (iv) precedente fueron registradas dentro de obras en curso, en el rubro bienes de uso, hasta la fecha de habilitación comercial del ciclo combinado de la sociedad controlada producida el 13 de junio de 2001; a partir de esa fecha, la sociedad controlada ha comenzado a imputar las amortizaciones a resultados. (c) Valor recuperable: El valor de estos activos, considerados en su conjunto, no supera su valor recuperable al cierre de cada ejercicio.
h) Cuentas del patrimonio neto - Las cuentas del patrimonio neto han sido reexpresadas según lo indicado en la nota 2.c). El capital social se expone a su valor nominal, y el exceso de su valor reexpresado sobre su valor nominal ha sido expuesto en la cuenta de ajuste de capital. La Sociedad registró en la cuenta Reserva por revalúo técnico en sociedad controlada, el mayor valor de su inversión como resultado del incremento en su porcentaje de participación accionaria, que resultó del ejercicio de su derecho de preferencia sobre las acciones no suscriptas por otros accionistas en virtud de los aumentos de capital resueltos por las Asambleas de la sociedad controlada de fechas 14 de enero de 1998 y 20 de junio de 2000.
i) Cuentas de resultados - Las cuentas de resultados se expresan a sus valores nominales según lo indicado en la nota 2.c), excepto los cargos por activos consumidos (depreciación de bienes de uso y amortización de activos intangibles) que se determinaron en función a los valores reexpresados de tales activos.
j) Impuestos a las ganancias y a la ganancia mínima presunta - La Sociedad y la sociedad controlada determinan el cargo contable por impuesto a las ganancias de acuerdo con el método del impuesto diferido, el cual considera el efecto de las diferencias temporarias originadas en la distinta base de medición de activos y pasivos según criterios contables e impositivos y de los quebrantos impositivos existentes y créditos fiscales no utilizados susceptibles de deducción de ganancias impositivas futuras, computados considerando la tasa impositiva vigente, que actualmente alcanza el 35%. La sociedad controlada ha previsionado íntegramente el saldo de impuesto diferido al cierre de cada ejercicio dado que su recuperabilidad es dudosa en función a las proyecciones efectuadas. Adicionalmente, dichas sociedades determinan el impuesto a la ganancia mínima presunta aplicando la tasa vigente del 1% sobre los activos computables al cierre del ejercicio. Este impuesto es complementario del impuesto a las ganancias. La obligación fiscal coincidirá con el monto mayor que surja de la determinación del impuesto a la ganancia mínima presunta y la obligación fiscal por el impuesto a las ganancias. Sin embargo, si el impuesto a la ganancia mínima presunta excede en un ejercicio fiscal al impuesto a las ganancias a pagar, dicho exceso podrá computarse como pago a cuenta de cualquier excedente del impuesto a las ganancias a pagar sobre el impuesto a la ganancia mínima presunta que pudiera producirse en cualquiera de los diez ejercicios siguientes. Los Directorios de la Sociedad y la sociedad controlada estiman que el monto total del impuesto a la ganancia mínima presunta registrado en el rubro “Otros créditos” del activo no corriente será utilizado en el plazo de su vigencia.
k) Uso de estimaciones en la preparación de los estados contables - El Directorio, la Gerencia y los asesores legales han realizado estimaciones que afectan la determinación de los importes de los activos y pasivos y la revelación de contingencias a la fecha de presentación de los estados contables. Los resultados e importes reales pueden diferir de las estimaciones efectuadas para la preparación de los estados contables.
l) Reclasificaciones - Se han efectuado ciertas reclasificaciones en los estados contables al 31 de diciembre de 2003 para uniformarlos con la presentación de los correspondientes al 31 de diciembre de 2004.
- COMPOSICIÓN DE CIERTOS RUBROS DE LOS ESTADOS CONTABLES
| .…2004…. | .…2003…. |
- Caja y bancos
| En moneda nacional | 1.217.457 | 542.451 | |
| En moneda extranjera (anexo VI) | 2.622 | 879 | |
| Total | 1.220.079 | 543.330 |
- Inversiones corrientes
| Depósitos en cajas de ahorro en pesos | 11.431.821 | 1.609.323 | |
| Depósitos en cajas de ahorro en moneda extranjera (anexo VI) | 54.311 | 6.050 | |
| Depósitos a plazos fijos en moneda extranjera (anexo VI) | 24.262.994 | 16.498.844 | |
| Total | 35.749.126 | 18.114.217 |
- Créditos por ventas
| * Corrientes | |||||
| Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (CAMMESA) (neto de compras de energía y participación en gastos adeudados) | 40.878.424 | 20.033.962 | |||
| Contratos a término | 5.651.469 | 4.260.292 | |||
| Créditos con Sociedades art. 33 Ley N° 19.550 y sociedades relacionadas (nota 5.b) (1) | 4.696.522 | 7.044.687 | |||
| Subtotal | 51.226.415 | 31.338.941 | |||
| Previsión para deudores incobrables (anexo IV) | (296.174) | (309.281) | |||
| Total | 50.930.241 | 31.029.660 |
-
- Incluye 1.951.475 y 4.842.221 en moneda extranjera en 2004 y 2003, respectivamente (anexo VI)
| .…2004…. | .…2003…. |
| * No corrientes | |||
| CAMMESA (nota 18) | 1.420.101 | ||
| Total | 1.420.101 |
| .…2004…. | .…2003…. |
- Otros créditos
| * Corrientes | |||
| Impuesto al valor agregado | 1.166.809 | 4.804.760 | |
| Crédito con el consorcio constructor (nota 11.b) (1) | 13.461.088 | ||
| Retención impuesto a las ganancias | 35.204 | 26.018 | |
| Anticipos a la ganancia mínima presunta | 137.968 | ||
| Gastos pagados por adelantado | 3.799.025 | 5.589.071 | |
| Créditos con Sociedades art. 33 Ley N° 19.550 (nota 5.b) | 112.866 | 111.085 | |
| Diversos | 1.234.421 | 772.418 | |
| Total | 6.348.325 | 24.902.408 |
(1) Incluye 13.409.737 en moneda extranjera en 2003 (anexo VI)
| * No corrientes | |||
| Impuesto al valor agregado | 45.123.592 | 61.971.721 | |
| Impuesto a la ganancia mínima presunta | 19.296.047 | 13.174.322 | |
| Retenciones de impuesto a las ganancias | 36.998 | ||
| Diversos (1) | 12.158 | 18.927 | |
| Total | 64.431.797 | 75.201.968 |
- Incluye 9.854 en moneda extranjera en 2004 (anexo VI)
- Impuesto diferido
| Quebrantos impositivos acumulados | 159.925.212 | 169.302.062 | |
| Diferencias temporarias | (26.199.007) | (24.299.267) | |
| Subtotal | 133.726.205 | 145.002.795 | |
| Previsión para ajuste de saldos de impuestos diferidos (anexo IV) | (133.726.205) | (145.002.795) | |
| Total |
Los quebrantos acumulados por impuesto a las ganancias registrados por la sociedad controlada pendientes de utilización al 31 de diciembre de 2004, son los siguientes:
| Año de generación | Importe del quebranto | Tasa impositiva vigente | Crédito por quebranto acumulado | Año de prescripción | |||||
| 2002 | 456.929.177 | 35% | 159.925.212 | 2007 | |||||
| Total | 456.929.177 | 159.925.212 |
| ...2004... | ...2003... |
- Deudas comerciales
| Acreedores por obras - ciclo combinado (ver nota 11) | 1.183.505 | 1.183.505 | |
| Acreedores por contrato de mantenimiento (ver nota 14) (1) | 9.752.155 | 586.302 | |
| Acreedores por combustibles | 2.753.011 | 2.036.796 | |
| Deudas con Sociedades art. 33 Ley N° 19.550 y sociedades relacionadas (nota 5.b) (2) | 7.045.071 | 3.561.267 | |
| Anticipos de clientes (nota 12.b.) | 11.555.892 | ||
| Seguros a pagar | 1.751.688 | ||
| Diversas | 3.081.993 | 1.671.381 | |
| Total | 35.371.627 | 10.790.939 |
(1) Incluyen 8.840.456 y 212.630 en moneda extranjera en 2004 y 2003, respectivamente (anexo VI)
(2) Incluyen 1.586.115 y 1.533.504 en moneda extranjera en 2004 y 2003, respectivamente (anexo VI)
- Deudas bancarias y financieras
| ...2004... | ...2003... |
| * Corrientes | |||
| Acuerdo de Financiamiento (notas 5.b y 9.a - anexo VI) | |||
| - Capital | 69.039.132 | ||
| - Intereses | 6.035.318 | 5.688.355 | |
| Banco Europeo de Inversiones (nota 9.b y anexo VI) | |||
| - Capital | 18.028.763 | 17.122.560 | |
| - Intereses | 1.207.280 | 746.254 | |
| Total | 25.271.361 | 92.596.301 |
| * No corrientes | |||
| Acuerdo de Financiamiento (notas 5.b y 9.a - anexo VI) | |||
| - Capital | 449.754.233 | 409.570.256 | |
| - Comisión | 3.495.987 | ||
| Banco Europeo de Inversiones (nota 9.b y anexo VI) | |||
| - Capital | 173.055.278 | 188.677.440 | |
| Total | 626.305.498 | 598.247.696 |
- Otras deudas
| Ingresos a devengar (nota 11.b) | 14.073.278 | 14.730.857 | |
| Total | 14.073.278 | 14.730.857 |
| ...2004... | ...2003... |
- Ventas netas
| Ventas al mercado local | 220.933.950 | 151.456.587 | |
| Ventas a mercados externos | 11.829.347 | 16.729.055 | |
| Total | 232.763.297 | 168.185.642 |
- Resultados financieros y por tenencia
| * Generados por activos | |||
| Intereses | 1.488.447 | 1.538.483 | |
| Diferencias de cambio | 440.686 | (2.518.995) | |
| Resultado por tenencia de bienes de cambio | (500.431) | (133.552) | |
| Subtotal | 1.428.702 | (1.114.064) |
| * Generados por pasivos | |||
| Intereses, comisiones y gastos | (39.072.464) | (40.545.103) | |
| Diferencias de cambio | (10.652.130) | (21.879.321) | |
| Gastos por Acuerdo de Financiamiento (anexo II) | (3.833.675) | (4.420.115) | |
| Coeficiente de estabilización de referencia | (178.023) | ||
| Subtotal | (53.558.269) | (67.022.562) | |
| Total | (52.129.567) | (68.136.626) |
- Otros ingresos y egresos netos
| Condonación de deudas con Sociedad art. 33 Ley N° 19.550 (notas 5.c y 11.a) | 5.909.828 | ||
| Ingresos por penalidad al consorcio constructor (ver nota 11.b) | 652.618 | 88.332.455 | |
| Recupero de la previsión deudas por cobro dudoso (anexo IV) | 13.107 | ||
| Impuesto sobre los dividendos sobre el capital preferido | (15.225.351) | ||
| Impuesto sobre los dividendos sobre la prima de rescate | (2.826.105) | (233.134) | |
| Efecto del incremento de la participación accionaria en la sociedad controlada por el ejercicio del derecho de preferencia | (328.448) | ||
| Diversos | (69.999) | 885.124 | |
| Total | (11.874.350) | 88.984.445 |
- Impuesto a las ganancias
| Impuesto a las ganancias corriente | (10.319.138) | (59.187.965) | |
| Variación de partidas temporarias | (1.899.740) | 34.112.591 | |
| Subtotal | (12.218.878) | (25.075.374) | |
| Recupero de la previsión para ajuste de valuación de saldos de impuesto diferido (anexo IV) | 11.276.590 | 24.324.946 | |
| Total | (942.288) | (750.428) |
La conciliación entre el cargo a resultados por impuesto a las ganancias y el que resultaría de aplicar al resultado del ejercicio la tasa impositiva vigente es la siguiente:
| ...2004... | ...2003... |
| (Pérdida) ganancia antes del impuesto a las ganancias | (19.225.759) | 29.104.538 | |
| Tasa impositiva vigente | 35% | 35% | |
| Impuesto sobre base contable calculado a la tasa impositiva vigente – ganancia (pérdida) | 6.729.016 | (10.186.588) | |
| Diferencias permanentes: | |||
| Efecto de reexpresión de partidas en moneda homogénea | (9.084.808) | (10.497.935) | |
| Gastos y conceptos no deducibles | (7.879.870) | (500.507) | |
| Participación minoritaria | (2.133.556) | (3.999.466) | |
| Diversas | 150.340 | 109.122 | |
| Subtotal - Impuesto a las ganancias determinado | (12.218.878) | (25.075.374) | |
| Recupero de la previsión para ajuste de valuación de saldos de impuesto diferido (anexo IV) | 11.276.590 | 24.324.946 | |
| Impuesto a las ganancias determinado – cargo a resultados del ejercicio | (942.288) | (750.428) |
- Partidas que no significan utilización (generación) de efectivo
| Depreciación de bienes de uso | 36.494.161 | 44.212.485 | |
| Amortización de activos intangibles | 11.478.804 | 12.065.244 | |
| Consumo de materiales y repuestos | 3.075.287 | 2.028.610 | |
| Resultado por tenencia de bienes de cambio | 500.431 | 133.552 | |
| Aumento de la previsión para deudores incobrables | 256.738 | ||
| Condonación de deudas con Sociedad art. 33 Ley N° 19.550 | (5.909.828) | ||
| Impuesto sobre los dividendos sobre el capital preferido | 15.225.351 | ||
| Impuesto sobre los dividendos sobre la prima de rescate | 2.826.105 | 233.134 | |
| Efecto del incremento de la participación accionaria en la sociedad controlada por el ejercicio del derecho de preferencia | 328.448 | ||
| Participación de terceros en los resultados de la sociedad controlada | 6.095.875 | 11.427.045 | |
| Resultado venta de bienes de uso | (44.000) | ||
| Total | 70.114.634 | 70.312.808 |
| ...2004... | ...2003... |
- Cambios en activos y pasivos operativos
| Aumento de créditos por ventas | (21.320.682) | (14.725.201) | |
| Disminución de otros créditos | 29.463.240 | 16.475.148 | |
| Aumento de bienes de cambio | (8.105.895) | (182.557) | |
| Aumento (disminución) de deudas comerciales | 24.580.688 | (10.305.419) | |
| Aumento de deudas por remuneraciones y cargas sociales | 156.548 | 423.389 | |
| (Disminución) aumento de deudas por cargas fiscales | (1.373.996) | 421.859 | |
| Disminución de otras deudas | (657.579) | (4.057.226) | |
| Total | 22.742.324 | (11.950.007) |
- SALDOS Y OPERACIONES DE LA SOCIEDAD CONTROLADA CENTRAL DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA CON SOCIEDADES ART. 33 LEY N° 19.550 Y SOCIEDADES RELACIONADAS
- Al 31 de diciembre de 2004 y 2003, Inversora Dock Sud Sociedad Anónima poseía el 69,99244% y el 69,8471%, respectivamente del capital social con derecho a voto de la Sociedad.
- Los saldos con Sociedades art. 33 Ley N° 19.550 y sociedades relacionadas al 31 de diciembre de 2004 y 2003 eran las siguientes:
| ...2004... | ...2003... | ||
| Activo corriente | |||
| * Créditos por ventas | |||
| Comercializadora de Energía del Mercosur S.A. | 1.951.475 | 4.842.252 | |
| YPF S.A. | 2.745.047 | 2.202.435 | |
| Subtotal | 4.696.522 | 7.044.687 | |
| * Otros créditos | |||
| Endesa Internacional, S.A. | 112.866 | 111.085 | |
| Subtotal | 112.866 | 111.085 | |
| Total | 4.809.388 | 7.155.772 |
| ...2004... | ...2003... | ||
| Pasivo corriente | |||
| * Deudas comerciales | |||
| YPF S.A. | 6.134.551 | 2.662.214 | |
| Endesa Internacional, S.A. | 910.520 | 899.053 | |
| Pan American Energy LLC (Sucursal Argentina) | 2.753.012 | 2.036.796 | |
| Subtotal | 9.798.083 | 5.598.063 | |
| * Deudas bancarias y financieras | |||
| Repsol International Finance B.V. | 3.448.684 | 32.026.931 | |
| Endesa Internacional, S.A. | 2.586.634 | 42.700.556 | |
| Subtotal | 6.035.318 | 74.727.487 | |
| Total | 15.833.401 | 80.325.550 |
| Pasivo no corriente | |||
| * Deudas bancarias y financieras | |||
| Repsol International Finance B.V. | 194.505.012 | 175.534.849 | |
| Endesa Internacional, S.A. | 258.745.208 | 234.035.407 | |
| Subtotal | 453.250.220 | 409.570.256 | |
| Total | 453.250.220 | 409.570.256 |
- Las operaciones con Sociedades art. 33 Ley N° 19.550 y sociedades relacionadas realizadas durante los ejercicios económicos terminados el 31 de diciembre de 2004 y 2003 son las siguientes:
| ...2004... | ...2003... | |||
| Ingreso / (Gasto) | ||||
| YPF S.A. | ||||
| Compra de gas | (29.325.563) | (14.641.420) | ||
| Cargo por Acuerdo de Financiamiento | (2.177.357) | (2.727.099) | ||
| Compra de gas oil | (10.144.998) | |||
| Condonación de deudas | 5.909.898 | |||
| Pan American Energy LLC (Sucursal Argentina) | ||||
| Compra de gas | (30.529.383) | (18.516.046) | ||
| Repsol International Finance B.V. | ||||
| Cargo por Acuerdo de Financiamiento | (3.034.168) | (1.562.397) | ||
| Endesa Internacional, S.A. | ||||
| Cargo por Acuerdo de Financiamiento | (6.222.724) | (6.701.002) | ||
| Coeficiente de estabilización de referencia sobre deuda | (402.975) | (51.477) | ||
| Asistencia técnica recibida | (530.205) | (381.150) |
| ...2004... | ...2003... | |||
| Ingreso / (Gasto) | ||||
| Endesa Generación, S.A. | ||||
| Coeficiente de estabilización de referencia sobre deuda | (312.208) | |||
| Enersis S.A. | ||||
| Diversos | (30.879) | |||
| Comercializadora de Energía del Mercosur S.A. | ||||
| Ventas de energía y potencia por cuenta y orden de Central Dock Sud Sociedad Anónima | 11.829.347 | 18.407.256 |
- SUSCRIPCIÓN DE CAPITAL SOCIAL EN LA SOCIEDAD CONTROLADA CENTRAL DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
- Capital social de la sociedad controlada
El capital de la sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima suscripto, integrado e inscripto en el Registro Público de Comercio al 31 de diciembre de 2003 ascendía a pesos 64.723.952, representado por 869.892.536 acciones ordinarias escriturales y 5.602.502.693 acciones preferidas escriturales, todas ellas de valor nominal 0,01.
Con fecha 22 de diciembre de 2004, la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad controlada resolvió aumentar el capital en pesos 419.562.528, mediante (i) la capitalización de la totalidad de los aportes irrevocables existentes a esa fecha, pesos 365.778.530; (ii) la capitalización del saldo de la cuenta de ajuste de capital ordinario, pesos 43.501.004; y (iii) la capitalización parcial del saldo de la cuenta ajuste de capital preferido, pesos 10.282.994. Dicho aumento fue realizado, conforme lo dispuesto por los estatutos de la sociedad, ad referéndum del Ente Nacional Regulador de la Electricidad, quien no se ha expedido hasta la fecha, y se encuentra por lo tanto pendiente de inscripción en el Registro Público de Comercio.
Luego del aumento descripto, el capital de la sociedad controlada suscripto e integrado al 31 de diciembre de 2004 ascendía a pesos 484.286.480, representado por 38.476.044.936 acciones ordinarias escriturales y 9.952.603.093 acciones preferidas escriturales, todas ellas de valor nominal 0,01.
El detalle de los aumentos de capital social de la sociedad controlada desde el 31 de diciembre de 1999 es el siguiente:
| .................Acciones................... | |||
| Concepto | Ordinarias | Preferidas (1) | |
| Saldo al 31 de diciembre de 1999 | 5.450.020 | ||
| Aumento de capital dispuesto por Asamblea General Extraordinaria de Accionistas del 20 de junio de 2000: | 3.248.905 | 56.025.027 | |
| Aumento de capital dispuesto por Asamblea General Extraordinaria de Accionistas del 22 de diciembre de 2004 ad referéndum del Ente Nacional Regulador de la Electricidad: | 376.061.524 | 43.501.004 | |
| Saldo al 31 de diciembre de 2004 | 384.760.449 | 99.526.031 |
- Suscriptas íntegramente por Inversora Dock Sud S.A.
- Cláusulas de emisión de las acciones preferidas de la sociedad controlada
Las principales cláusulas de emisión del capital preferido de la sociedad controlada, luego de la modificación de los términos y condiciones de su emisión dispuesta por la Asamblea General Extraordinaria de Accionistas celebrada el 22 de diciembre de 2004 son las siguientes:
Preferencia y valor de rescate - La preferencia otorgada a las acciones preferidas consiste en un precio de rescate por cada acción preferida equivalente a la suma de:
- el valor nominal de la acción, el cual se convertirá a dólares estadounidenses, a los efectos de su pago, aplicando el tipo de cambio vendedor fijado por el Banco de la Nación Argentina correspondiente al día hábil anterior a la fecha de rescate;
- el Diferencial de Rescate previsto en las condiciones originales de emisión (en adelante el “Diferencial de Rescate Original”), el cual fue convertido a dólares estadounidenses conforme al tipo de cambio vigente al 30 de noviembre de 2004 (pesos 2,94 equivalentes a US$ 1) y ha quedado fijado, atento haber cesado su devengamiento conforme las condiciones originales de emisión, en la suma de US$ 0,0002065133 por acción; y
- el Diferencial de Rescate Adicional, que para cada acción preferida, resulta de la suma de: (a) una cantidad, en dólares estadounidenses equivalente a la diferencia entre US$ 0,0034013605 y el valor nominal de la acción calculado en dólares estadounidenses conforme lo dispuesto en la acápite (i) precedente; (b) la cantidad de US$ 0,0002144996; y (c) una suma equivalente a la tasa LIBOR más doscientos puntos básicos desde el 1° de diciembre de 2004 y hasta la fecha de rescate, computada sobre el valor en dólares estadounidenses de cada acción preferida al 30 de noviembre de 2004, o sea, US$ 0,0034013605.
Al 31 de diciembre de 2004, la Sociedad ha reconocido sendos cargos por el impuesto a los dividendos sobre el incremento por el nuevo valor de rescate de las acciones preferidas y sobre el diferencial de rescate devengado en el ejercicio terminado en esa fecha de pesos 15.225.351 y pesos 2.826.105, respectivamente. Al 31 de diciembre de 2003, la Sociedad había reconocido un cargo de pesos 233.134 en concepto del citado impuesto sobre el diferencial de rescate devengado en el ejercicio terminado en esa fecha.
Condiciones de rescate - Anualmente, en la medida en que existieran en la sociedad controlada fondos de libre disponibilidad en virtud de los acuerdos de financiación suscriptos por la misma. La sociedad controlada rescatará acciones preferidas hasta el máximo de dichos fondos, neto de cualquier dividendo declarado por la sociedad controlada. El referido rescate no tendrá lugar si se hubiera verificado y subsistiera un evento de incumplimiento bajo los referidos acuerdos de financiación. A la fecha de aprobación de los presentes estados contables, no existe certeza acerca de la fecha a partir de la cual la sociedad controlada dispondrá de fondos de libre disponibilidad para tal rescate.
Preferencias en la liquidación - En el caso de disolución anticipada, liquidación por vencimiento del término legal de existencia o liquidación obligatoria de la sociedad controlada, los tenedores de las acciones preferidas tendrán derecho a ser pagados con anticipación a las acciones ordinarias y a cualquier aporte irrevocable.
Derechos de voto - Las acciones preferidas no tendrán derecho de voto en ninguna circunstancia, excepto de acuerdo a lo previsto por la Ley argentina o en el caso que la sociedad controlada no cumpla con alguna de las obligaciones establecidas en los Términos y Condiciones de la Emisión, incluyendo sin limitación alguna las siguientes circunstancias:
- Si la sociedad controlada deja de pagar el precio de rescate de las acciones preferidas rescatadas a la fecha de su rescate.
- En cualquier momento si la sociedad controlada distribuyere dividendos a sus acciones ordinarias no encontrándose rescatadas en su totalidad las acciones preferidas.
- Si la sociedad controlada a pesar de contar con fondos de libre disponibilidad y no encontrarse en un supuesto de incumplimiento bajo los acuerdos de financiación suscriptos por la sociedad controlada para llevar adelante el Proyecto no procediese a rescatar las acciones preferidas.
- En el supuesto de una fusión (excepto si la sociedad controlada adquiere otra sociedad a través de una fusión) o disolución anticipada de la sociedad controlada, escisión o división, transformación o prórroga de la sociedad controlada (excepto en el caso de que la sociedad controlada haga oferta pública o cotice sus acciones), cambio fundamental del objeto, transferencia del domicilio al extranjero o reintegración total o parcial del capital.
En cualquier caso, cuando las acciones preferidas tengan derecho de voto, cada tenedor de acciones preferidas tendrá derecho a ejercer un voto por acción y votar junto con las acciones ordinarias como una clase única, de conformidad con los Términos y Condiciones de la Emisión y la legislación argentina.
Los derechos de voto de las acciones preferidas que surjan por el incumplimiento de la sociedad controlada de cualquier obligación o de pagar cualquier dividendo declarado y vencido, terminarán respectivamente cuando la sociedad controlada cumpla con dicha obligación o pague tales dividendos declarados.
Ley aplicable y jurisdicción - Las acciones preferidas están sujetas y regidas por las leyes de la República Argentina y los estatutos de la sociedad controlada. Cualquier acción o reclamo contra la sociedad controlada o los tenedores de acciones preferidas vinculadas con los Términos y Condiciones de la Emisión será sometida a la jurisdicción de los tribunales ordinarios en lo comercial de la Ciudad de Buenos Aires.
- LIMITACIÓN A LA TRANSFERENCIA DE LAS ACCIONES DE LA SOCIEDAD CONTROLADA CENTRAL DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
El estatuto de la sociedad controlada establece que las acciones Clase A no podrán ser transferidas, ni aún a accionistas de la misma clase, sin contar con la aprobación previa del Ente Nacional Regulador de la Electricidad (ENRE), o en su defecto, de la Secretaría de Energía.
Los cambios derivados del aumento de capital de la sociedad controlada mencionado en la nota 6.a) se encuentran pendientes de aprobación por el ENRE.
- PROGRAMA DE PROPIEDAD PARTICIPADA DE LA SOCIEDAD CONTROLADA CENTRAL DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
El Decreto N 122/92 del Poder Ejecutivo Nacional que declaró como unidad de negocio independiente a la central de generación térmica Dock Sud, y facultó a la Secretaría de Energía Eléctrica a constituir a Central Dock Sud Sociedad Anónima como sociedad anónima, determinó que el 10% del capital social inicial, representado por las acciones Clase C, estaría sujeto al Régimen de Propiedad Participada, conforme lo previsto en el Capítulo III de la Ley N 23.696. Adicionalmente, en el marco de este programa, el estatuto social prevé la emisión de Bonos de Participación en los términos del artículo 230 de la Ley N 19.550, a favor del personal en relación de dependencia de todas las jerarquías, de forma tal de distribuir entre los beneficiarios la parte proporcional que le hubiere correspondido al cierre del ejercicio del 0,5% de las ganancias líquidas y realizadas después de impuestos.
Finalmente, la Resolución Conjunta N° 462/93 del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social y N° 481/93 del Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos aprobó la instrumentación del Programa de Propiedad Participada.
La participación de los titulares de las acciones clase C en la sociedad controlada al 31 de diciembre de 2004 y 2003 es del 0,0108% y 0,2184% del capital ordinario, respectivamente.
- DEUDAS BANCARIAS Y FINANCIERAS DE LA SOCIEDAD CONTROLADA CENTRAL DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
- Acuerdo de financiamiento
Con el objetivo de obtener el financiamiento necesario para llevar a cabo su programa de inversiones (ver nota 11.a), con fecha 16 de abril de 1999, la sociedad controlada acordó un préstamo con Repsol International Finance B.V. y Endesa Internacional, S.A., por la suma de US$ 258.000.000 o el 60% de los costos del proyecto, el que fuere menor, con las siguientes características:
- primer tramo de US$ 212.000.000 con una tasa LIBO vigente en la plaza de Londres para operaciones a 180 días más un diferencial de 282 puntos básicos pagaderos semestralmente a partir de la fecha del primer desembolso de los fondos. El plazo de amortización no excederá de 13,1 años y la deuda se amortizará en 23 pagos semestrales, a partir de la conclusión del proyecto o el 31 de marzo de 2000, lo que suceda antes, con vencimiento final el 15 de marzo de 2011; y
- segundo tramo de US$ 46.000.000 con una tasa LIBO vigente en la plaza de Londres para operaciones a 180 días más un diferencial de 282 puntos básicos pagaderos semestralmente a partir de la fecha del primer desembolso de los fondos. El plazo de amortización no excederá de 10,1 años y la deuda se amortizará en 17 pagos semestrales, a partir de la conclusión del proyecto o el 31 de marzo de 2000, lo que suceda antes, con vencimiento final el 15 de septiembre de 2008.
Con fecha 9 de agosto de 2001, el Directorio de la sociedad controlada aprobó el pago de US$ 2.580.000 a Repsol International Finance B.V. y Endesa Internacional, S.A. en compensación por la reestructuración de la financiación original y la conclusión de los estudios desarrollados sobre la misma a fin de obtener la financiación otorgada por el BEI.
A efectos de asegurar el cumplimiento de las obligaciones de la financiación, la sociedad controlada ha constituido las siguientes garantías, a favor de los acreedores de la misma:
- una hipoteca en primer grado sobre el terreno y sus mejoras;
- la cesión fiduciaria de los contratos relacionados con la construcción e instalación de la nueva planta de generación, con exclusión del contrato de construcción de la Planta, incluyendo sus derechos bajo los contratos de mantenimiento, de provisión y transporte de gas, de construcción de líneas y otros contratos menores;
- la cesión fiduciaria de las garantías e indemnizaciones de las que la Sociedad controlada pudiera ser acreedora en razón del contrato de construcción de la Planta;
- la cesión fiduciaria de las cobranzas por ventas de energía eléctrica a recibir de CAMMESA.
Asimismo se ha comprometido a celebrar, en el momento de recepción provisoria de la Planta, un contrato de prenda fija con registro sobre los equipos y bienes muebles que integren la Planta. Dicha garantía se encuentra en proceso de constitución.
Finalmente, los accionistas de la sociedad controlada (YPF S.A., Pan American Energy Holdings Ltd. e Inversora Dock Sud Sociedad Anónima) prendaron sus acciones en ella, en garantía del cumplimiento de las obligaciones de la financiación.
Las condiciones del préstamo incluyen un cargo anual de US$ 1.480.000 pagadero semestralmente, como contrapartida por ciertas condiciones acordadas entre las partes.
Entre junio de 1999 y marzo de 2001 la sociedad controlada recibió desembolsos por el mencionado préstamo por un total de US$ 258.000.000, los cuales se encontraban netos de gastos por US$ 19.573.000 e incluían US$ 5.869.466 correspondientes a la capitalización de intereses y comisión de compromiso devengados al 31 de diciembre de 1999.
Tal como se menciona en el apartado b) de esta nota, con fecha 9 de octubre de 2001 la sociedad controlada desembolsó los fondos recibidos del Banco Europeo de Inversiones para: i) la cancelación de las cuotas de capital e intereses del Acuerdo de Financiamiento vencidas el 30 de septiembre de 2001, cuyo vencimiento fue prorrogado por los acreedores hasta el 12 de octubre de 2001; ii) la precancelación de las cuotas cuyos vencimientos operaban el 30 de marzo de 2002 y el 30 de septiembre de 2011; y iii) la precancelación proporcional de las cuotas restantes (utilizando el remanente).
Con fecha 22 de diciembre de 2004, el banco agente le otorgó a la sociedad controlada una dispensa con relación a las cinco cuotas de capital cuyos vencimientos operaban entre 15 de septiembre de 2004 y 2006, las cuales han sido prorrateadas entre las cuotas a vencer a partir del 15 de marzo de 2007. El importe de cada una de las cuotas semestrales correspondientes al primer y segundo tramo del préstamo -la última de las cuales vencerá el 15 de marzo de 2011, para el primer tramo, y el 15 de septiembre de 2008, para el segundo- asciende a US$ 14.117.855 y US$ 5.997.566, respectivamente.
La prórroga mencionada incluye la posibilidad que la sociedad precancele el importe refinanciado, en la medida en que cuente con fondos disponibles para hacerlo.
El capital adeudado por este préstamo al 31 de diciembre de 2004 asciende a pesos 449.754.233, que se encuentran registrados conjuntamente con la comisión devengada de pesos 3.495.987 por la refinanciación de este préstamo en el rubro “Deudas bancarias y financieras” del pasivo no corriente. Al 31 de diciembre de 2003 el capital adeudado por este préstamo ascendía a pesos 478.609.388, de los cuales pesos 69.039.132 se encontraban registrados en el rubro “Deudas bancarias y financieras” del pasivo corriente y pesos 409.570.256 en igual rubro del pasivo no corriente. Respecto de los intereses devengados a dichas fechas que ascendían a pesos 6.035.318 y pesos 5.688.355, respectivamente, fueron registrados en el rubro “Deudas bancarias y financieras” del pasivo corriente.
- Banco Europeo de Inversiones
Con fecha 17 de septiembre de 2001, se firmó un contrato de préstamo con el Banco Europeo de Inversiones (BEI) por US$ 70.000.000 por un plazo de 12 años, con 2 años de gracia, a un tipo de interés variable con un tope máximo de LIBOR más 40 puntos básicos anuales. La deuda se amortizará en 20 cuotas semestrales crecientes y consecutivas, a partir del 15 de marzo de 2004.
El BEI comparte las mismas garantías que poseen los acreedores del Acuerdo de Financiamiento mencionado en el apartado a) de esta nota y adicionalmente cuenta con una garantía otorgada por entidades bancarias de primera línea. Estas últimas están contragarantizadas por Repsol International Finance B.V. y Endesa Internacional, S.A.
El desembolso de los fondos se llevó a cabo el día 9 de octubre de 2001 y los mismos fueron aplicados íntegramente a: i) la cancelación de las cuotas de capital e intereses del Acuerdo de Financiamiento (ver apartado a) de esta nota) vencidas el 30 de septiembre de 2001, cuyo vencimiento fue prorrogado por los acreedores hasta el 12 de octubre de 2001; ii) la precancelación de las cuotas cuyos vencimientos operaban el 30 de marzo de 2002 y el 30 de septiembre de 2011; y iii) la precancelación proporcional de las cuotas restantes (utilizando el remanente).
El 15 de marzo de 2004 y el 15 de septiembre de 2004 operó el vencimiento de la primera y segunda cuota de capital por US$ 2.884.000 y US$ 2.940.000, respectivamente habiéndose cancelado las mismas en esas fechas.
El capital adeudado al 31 de diciembre de 2004 asciende a pesos 191.084.041, encontrándose registrados pesos 18.028.763 en el rubro “Deudas bancarias y financieras corrientes” y pesos 173.055.278 en el rubro “Deudas bancarias y financieras no corrientes”. Al 31 de diciembre de 2003 el capital adeudado de pesos 205.800.000, se encontraba registrado pesos 17.122.560 en el rubro “Deudas bancarias y financieras corrientes” y pesos 188.677.440 en el rubro “Deudas bancarias y financieras no corrientes”. Los intereses adeudados a esas fechas ascendían a pesos 1.207.280 y pesos 746.254, respectivamente, y se encuentran registrados en el rubro “Deudas bancarias y financieras corrientes”.
- SEGUROS CONTRATADOS POR LA SOCIEDAD CONTROLADA CENTRAL DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
Al 31 de diciembre de 2004, la sociedad controlada mantiene las siguientes pólizas de seguros, con el objeto de resguardar sus activos:
| Rubro | Cobertura | Monto asegurado | ||
|---|---|---|---|---|
| Todo riesgo operativo | - Activos | US$ 270.000.000 | ||
| - Pérdida de beneficios | US$ 51.000.000 | |||
| - Responsabilidad civil | US$ 150.000.000 | |||
| Robo, incendio y responsabilidad civil | Automóvil | $ 37.500 | ||
| Contrato de trabajo | 59 personas | $ 799.962 | ||
| Vida colectivo | 34 personas | $ 643.956 | ||
| Vida obligatorio | 59 personas | $ 356.400 | ||
| Accidentes personales | Personal contratado | $ 1.440.000 | ||
| Responsabilidad Civil | Actividad en espacios deportivos | $ 200.000 | ||
| Seguro técnico | Equipos de procesamiento de datos y sus componentes | US$ 22.218 |
- CONSTRUCCIÓN DE LA PLANTA DE CICLO COMBINADO DE LA SOCIEDAD CONTROLADA CENTRAL DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
En diciembre de 1996, el Directorio de la sociedad controlada aprobó la adquisición e instalación llave en mano de una planta generadora de ciclo combinado de 774,5 MW de potencia a favor de la UTE Babcock Wilcox-ABB Dock Sud (la “UTE”).
-
Financiamiento de la construcción de la planta de Ciclo Combinado de Central Dock Sud Sociedad Anónima
-
El 16 de abril de 1999, Inversora Dock Sud Sociedad Anónima (“IDS”), YPF S.A., Pan American Energy LLC (“PAE”), Pan American Energy Holdings S.R.L. (“PAEH”) y Central Dock Sud Sociedad Anónima (“CDS”), firmaron un Contrato de Provisión de Fondos, con el objetivo de financiar la central de generación termoeléctrica de ciclo combinado manteniendo en todo momento la participación accionaria relativa de cada una de las partes. Del costo total del proyecto, la sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima pretendía obtener financiación de terceros (la “Financiación”) por un monto máximo de US$ 258.000.000 o el 60 % de aquél, en tanto los accionistas de la sociedad controlada acordaron proveerle a la Sociedad controlada el financiamiento restante a través de los siguientes instrumentos:
-
aportes capitalizados;
- aporte directo de fondos de IDS;
- conversión en aportes irrevocables de los créditos por facturas impagas por entregas de gas provisto por YPF y PAE a CDS;
-
el remanente, una vez firmada la documentación de la Financiación, sería aportado por IDS mediante:
-
la suscripción e integración de acciones preferidas de CDS; y
- la realización de aportes irrevocables de capital y préstamos a CDS.
Estos aportes de IDS serían simultáneos con los desembolsos efectuados bajo la Financiación.
La Asamblea General Extraordinaria de Accionistas de la sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima celebrada el 22 de diciembre de 2004, entre otras cuestiones: (i) resolvió la capitalización de los aportes efectuados en el marco del citado contrato; (ii) aprobó la devolución de aportes irrevocables efectuadas en exceso por pesos 10.660.752, según fuera dispuesta por el Directorio de la sociedad controlada ad referéndum de aquélla; y (iii) dispuso el reintegro de aportes irrevocables por pesos 9.090.208 (pesos 5.909.828 correspondientes a la participación minoritaria), los cuales fueron finalmente condonados por los aportantes.
-
Recepción de la planta de Ciclo Combinado de Central Dock Sud Sociedad Anónima y efectos de la ejecución del contrato de construcción
-
El plazo contractual para la conclusión de las obras de construcción y montaje de la nueva central de generación de electricidad en ciclo combinado se cumplió el 24 de agosto de 1999. En virtud de los retrasos incurridos por la UTE Babcock Wilcox - ABB Dock Sud, la Sociedad controlada, con fecha 2 de junio de 2000, aplicó a la UTE una penalidad por la suma de US$ 36.149.010 (monto resultante según lo dispuesto por el artículo 36.1 del Contrato de Construcción, equivalente al 15% del Importe Total del Contrato). El total del referido importe ha sido percibido por la sociedad controlada mediante compensación de créditos que la sociedad controlada debía abonar a la UTE.
- CAMMESA otorgó la habilitación para la operación comercial del ciclo combinado de la Sociedad controlada a plena potencia, a partir del 13 de junio de 2001.
-
Con fecha 18 de octubre de 2001, la sociedad controlada y el Contratista firmaron el Acta de Recepción Provisoria de la Planta. De acuerdo con lo allí dispuesto, la sociedad controlada y la UTE acordaron, entre otras cosas, lo siguiente:
-
El Contratista debería abonar a la sociedad controlada una penalidad de US$ 72.700.000 por incumplimiento de los valores garantizados previstos contractualmente en el art. 36.2 del Contrato, que compensa el lucro cesante y daño emergente ocasionado por este incumplimiento.
- La sociedad controlada cobraría la penalidad aplicada en el momento de realización de las Pruebas de Garantías Adicionales en Régimen, con anterioridad a la Recepción Definitiva de la Planta. Asimismo, el Contratista se comprometía a abonar a la sociedad controlada, desde la Recepción Provisoria y hasta el momento en que cancelara la penalidad, una suma diaria de US$ 15.700.
- Una vez efectuadas las Pruebas de Garantías Adicionales en Régimen, si de ellas surgieran valores más favorables que los Valores de Referencia, el Contratista tendría derecho a percibir de la sociedad controlada una suma equivalente a US$ 1.250 por cada KW de incremento de potencia neta y US$_62.500 por cada KJ/KWh de reducción en el consumo específico.
- En el supuesto de que las Pruebas de Garantías Adicionales en Régimen se efectuaran con posterioridad al 18 de marzo de 2002, el Contratista pagaría una penalidad excepcional diaria de US$ 740 desde dicha fecha y hasta la realización de las mencionadas pruebas.
- En razón de las diferencias de potencia disponible en la Central desde la fecha de habilitación comercial limitada y hasta la Recepción Provisoria, el Contratista pagó a la sociedad controlada una penalidad adicional de US$ 2.378.137.
Durante el último trimestre de 2001, la sociedad controlada reconoció contablemente la multa mencionada en el punto i) del presente apartado, la que fue registrada en el rubro “Otros créditos corrientes” con contrapartida en “Otras deudas no corrientes”.
Asimismo, de acuerdo a los términos del Acta de Recepción Provisoria citada, se aplicaron las multas señaladas en los puntos ii) y iv) precedentes.
Con fecha 12 de septiembre de 2002, se realizaron las Pruebas de Garantías Adicionales en Régimen, tal como lo preveía el acta de Recepción Provisoria de la Planta.
Con fecha 8 de enero de 2003, las partes suscribieron el Acta de Pruebas de Garantías Adicionales en Régimen. En virtud del resultado de los valores de referencia y de lo dispuesto en el Acta de Recepción Provisoria, la penalidad aplicada de US$ 72.700.000 fue reajustada a la suma de US$ 8.213.000, habiéndose contabilizado íntegramente en el ejercicio 2002. Asimismo, se dispuso que esta suma sería cancelada de la siguiente manera: (i) US$ 5.213.000 dentro de los 30 días de recibida por el Contratista la correspondiente factura; y (ii) US$ 3.000.000 mediante el pago trimestral por cuenta de la Sociedad controlada de sus deudas con Alstom Power O&M Ltd y Alstom Power Argentina S.A. en virtud de diversos contratos que los vinculan. El Contratista ha abonado el importe señalado en el acápite (i) precedente y se han compensado deudas de la sociedad controlada de acuerdo al monto señalado en el acápite (ii) precedente.
En la mencionada Acta, las partes además establecieron resolver técnicamente y de manera definitiva la discrepancia relativa a la medición del consumo de gas antes del 18 de mayo de 2003. Si dicha resolución técnica y definitiva mostraba que la medición había sido incorrecta, se recalcularían los valores de referencia y con base en ellos las penalidades aplicadas al Contratista. Con fecha 5 de enero de 2004 la sociedad controlada consideró que se había cumplido satisfactoriamente lo establecido en el Acta de Pruebas de Garantías Adicionales en virtud de los resultados obtenidos en las mediciones efectuadas con fechas 24 y 25 de septiembre de 2003, y de las conclusiones que de ellos se desprenden.
Al 31 de diciembre de 2004 y 2003, el monto pendiente de devengamiento de la penalidad antes mencionada asciende a pesos 14.073.278 y 14.730.857, respectivamente.
- En mayo de 2003, la sociedad controlada reconoció un ingreso de US$ 30 millones (equivalentes a pesos 87.600.000 a esa fecha) correspondientes a la penalidad máxima prevista en el contrato de construcción llave en mano del ciclo combinado, con contrapartida en el rubro “Otros créditos” del activo no corriente. Dicha penalidad se relaciona con el incumplimiento en los valores garantizados de disponibilidad de la Planta comprometidos por la UTE constructora.
El 10 de octubre de 2003 la UTE Babcock Wilcox - ABB Dock Sud y Central Dock Sud Sociedad Anónima firmaron el acta de recepción definitiva de la Central Térmica de Generación de Electricidad en Ciclo Combinado Dock Sud, en la cual la UTE reconoció la penalidad citada en el párrafo precedente.
Al 31 de diciembre de 2003, el crédito por la penalidad mencionada ascendía a pesos 13.418.792, y se encontraba registrado en el rubro “Otros créditos” del activo corriente conjuntamente con pesos 42.296 correspondientes a otros créditos con el consorcio constructor. Al 31 de diciembre de 2004 dichos créditos habían sido cobrados íntegramente.
- Demanda recibida por la sociedad controlada con relación al contrato de construcción de la Planta de Ciclo Combinado
Con fecha 4 de noviembre de 2002 la sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima fue notificada del inicio de una demanda arbitral ante la Corte Internacional de Arbitraje de la Cámara de Comercio Internacional, interpuesta por Babcock Wilcox Española S.A. y Alstom (Switzerland) Ltd., integrantes de la UTE constructora de la planta de ciclo combinado. Tras un incidente planteado por Central Dock Sud Sociedad Anónima, quedó aclarado que las demandantes son las sociedades integrantes de la UTE.
La demanda contiene un reclamo por supuestos trabajos adicionales no previstos en el alcance del contrato llave en mano de la Planta de Ciclo Combinado, por una suma de “no menos de” US$ 47.000.000 en concepto de supuestos extracostes, más un reclamo indeterminado por el reintegro de la penalidad por retraso, que según la demandante fue parcialmente mal aplicada, intereses, gastos y costas del arbitraje. La suma reclamada en concepto de reintegro de la penalidad presuntamente mal aplicada asciende a “como máximo” a US$ 28.190.249, totalizando así un reclamo de US$ 75.190.249.
La sociedad controlada contestó la demanda arbitral el 3 de enero de 2003 pidiendo su rechazo, con excepción de los extracostes que efectivamente pruebe la demandante por el plazo de demora que la sociedad controlada ya ha reconocido como no imputables al Contratista (2,6 meses). Asimismo, se ha pedido que -en caso de prosperar total o parcialmente el reclamo de la demandante- se apliquen las normas de emergencia sancionadas en Argentina a partir de enero de 2002, especialmente el Decreto N° 214/2002, que transformó todas las obligaciones preexistentes de pagar sumas de dinero contraídas en dólares estadounidenses en obligaciones de pagar pesos, al tipo de cambio fijo (pesos 1=US$ 1) prevaleciente antes de la referida emergencia. El 1º de julio de 2003 se firmó en Buenos Aires el Acta de Misión del arbitraje, en presencia del Tribunal Arbitral y de los representantes de las partes.
Las partes han ofrecido y producido las pruebas testimoniales, documentales y periciales. Durante el mes de diciembre de 2004, las partes presentaron sus respectivos alegatos, encontrándose el Tribunal Arbitral en condiciones de emitir el laudo.
Los abogados de la sociedad controlada han informado que sin perjuicio de la falta de definición de la demanda y su ampliación, teniendo en cuenta los antecedentes existentes y ciertos reconocimientos efectuados por las partes durante la etapa de desarrollo del contrato, Central Dock Sud Sociedad Anónima ha admitido su responsabilidad en un atraso de 2,6 meses y en consecuencia debería abonar los mayores costos por dicha demora. La demanda, en consecuencia, prosperaría parcialmente, aunque por una suma sensiblemente inferior a la reclamada por la UTE.
Además, la aplicación de las normas de emergencia sancionadas en Argentina a partir de enero de 2002, podría conducir a que el monto de condena sea total o parcialmente “pesificado” (esto es, convertido a pesos argentinos a la tasa de cambio vigente antes de la devaluación, o mediante la utilización de un tipo de cambio intermedio entre aquél y el que rija en el mercado al momento de dictarse el Laudo). Ello contribuiría a reducir sensiblemente el valor en dólares de cualquier suma reconocida a la demandante.
La propia indefinición de la demanda y la ausencia de una apertura de los costos verificables, impide prever el quantum de una posible contingencia que los abogados de la sociedad controlada estiman de probabilidad alta, pero limitada en el quantum.
- ABASTECIMIENTO DE COMBUSTIBLES DE LA SOCIEDAD CONTROLADA CENTRAL DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
- Suministro y transporte de gas natural
Con fecha 8 de mayo de 1997, la sociedad controlada acordó el suministro de gas natural con YPF S.A. y Pan American Energy LLC (Sucursal Argentina)) (“los Vendedores”), por el cual estos últimos se comprometen a suministrar hasta 3,3 millones de metros cúbicos de gas natural diarios. Dicho acuerdo tendrá una duración de 15 años contados a partir de la fecha de la primera entrega del combustible. Asimismo, en igual fecha y con igual duración, se acordó con MetroGas S.A. (“la Distribuidora”) el servicio de transporte y distribución del gas mencionado precedentemente. Adicionalmente, los acuerdos de suministro y transporte de gas prevén que la sociedad controlada podrá requerir una cantidad de combustible inferior a la establecida en el párrafo anterior, sin asegurar un despacho mínimo diario.
El Poder Ejecutivo Nacional (PEN) emitió con fecha 13 de febrero de 2004 los Decretos Nros. 180/04 y 181/04 con modificaciones a la regulación del mercado del gas natural. Posteriormente, se dictaron una serie de resoluciones y disposiciones, entre las que cabe citar las siguientes: la Resolución de la Secretaría de Energía (SE) N° 265/04, a través de la cual se adoptan medidas de prevención destinadas a asegurar el abastecimiento interno; la Disposición N° 27/04 de la Subsecretaría de Combustibles mediante la cual se implementó un programa de racionalización de exportaciones; la Resolución SE N° 208/04, a la que se dedica el párrafo siguiente; la Resolución SE N° 415/04, a través de la cual se aprueba el programa de uso racional de la energía; la Resolución SE N° 503/04, mediante la cual se aprueba el mecanismo de uso prioritario del transporte para el abastecimiento de la demanda no interrumpible; la Resolución SE N° 659/04, que aprueba el programa complementario de abastecimiento al mercado interno de gas natural y que sustituye al programa de racionalización de exportaciones de gas y del uso de la capacidad de transporte, establecido por la Disposición N° 27/04 antes citada; y finalmente la Resolución SE N° 1681/04, que modifica la Resolución SE N° 659/04.
Como consecuencia del marco normativo citado, el ciclo combinado de la Sociedad operó con limitaciones en el suministro de gas debido a los cortes de productores y reasignaciones del producto y a racionamientos en el transporte y distribución del mismo.
Basado en el Decreto N° 181/04 del PEN, el Ministerio de Planificación Federal emitió con fecha 22 de abril del 2004 la Resolución N° 208/04 que homologa el acuerdo de precios de gas natural alcanzado entre la Secretaría de Energía y productores de gas. Dicho acuerdo prevé un sendero de alzas de precios de gas que alcanza a las centrales eléctricas que han sido reconocidos por la sociedad controlada a partir del 31 de mayo pasado, fecha a partir de la cual CAMMESA también las ha reconocido en la fijación de los precios mayoristas spot de la energía eléctrica.
La sociedad controlada acordó con los proveedores de gas Pan American Energy LLC (Sucursal Argentina) e YPF S.A. reestructurar los respectivos contratos de venta de gas siguiendo los lineamientos establecidos en el acuerdo de productores homologado por la referida Resolución N° 208/04.
- Suministro de combustibles líquidos
En virtud de la crisis energética que ha afectado al país en el mes de marzo de 2004, con fecha 11 de mayo de 2004 la Secretaría de Energía puso en vigencia la resolución N° 436/04 en la que instruye a CAMMESA a prefinanciar la adquisición de combustible gas oil a los generadores del mercado mayorista de electricidad. La sociedad controlada adhirió a este procedimiento en lo que respecta al abastecimiento de parte de sus necesidades de gas oil para la unidad de ciclo combinado, habiéndosele adjudicado un adelanto de pesos 17.468.618 por este concepto de los cuales pesos 13.897.735 fueron recibidos el 2 de junio de 2004 y el saldo restante con posterioridad a esa fecha. Al 31 de diciembre de 2004 la sociedad controlada ha utilizado combustible líquido para generar energía, asociado al monto prefinanciado, por un monto total de pesos 5.912.726.
- CONTRATO DE ASISTENCIA TÉCNICA DE LA SOCIEDAD CONTROLADA CENTRAL DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
El 1° de agosto de 1997, la sociedad controlada firmó un contrato con Endesa Desarrollo S.A. (Endesar, S.A.), posteriormente cedido por esta última a Endesa Internacional, S.A., con el objeto de obtener asistencia técnica en las distintas áreas de la sociedad controlada y lograr un gerenciamiento acorde a las empresas generadoras de energía eléctrica de avanzada. Dicho contrato, que tenía una duración de tres años, venció el 31 de julio de 2000, habiéndose firmado sucesivas renovaciones por tres años, la última de las cuales tiene vigencia hasta el 31 de julio de 2006.
- CONTRATOS DE MANTENIMIENTO DE LA CENTRAL DE CICLO COMBINADO DE CENTRAL DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
Con fecha 10 de septiembre de 1998, la sociedad controlada celebró dos contratos con ABB Operation and Maintenance Ltd. (hoy Alstom Power O & M Ltd.), de acuerdo al siguiente detalle:
- Un Contrato de Compraventa de Repuestos, que comprende el suministro de los repuestos y consumibles requeridos, a efectos de realizar los mantenimientos de rutina y los mantenimientos programados y no programados.
- Un Contrato de Prestación de Servicios de Asistencia Técnica de Mantenimiento y Soporte de Operación, el cual tiene por objeto brindar la asistencia técnica necesaria para llevar a cabo la movilización, los servicios de soporte de operación y los mantenimientos de rutina, programados y no programados de la central de ciclo combinado.
Adicionalmente, en la fecha mencionada anteriormente, la sociedad controlada suscribió un Contrato de Prestación de Servicios de Mantenimiento y Soporte de Operación con Asea Brown Boveri Argentina S.A. (hoy Alstom Argentina S.A.), por el cual esta última se compromete a prestar todos los servicios necesarios para llevar a cabo la movilización, el soporte de operación y los mantenimientos de rutina, programados y no programados de la central de ciclo combinado.
El plazo de vigencia de los tres contratos mencionados precedentemente será de 80.000 horas operativas equivalentes a partir de la recepción provisoria de la planta o 10 años contractuales, el mayor de ambos. Adicionalmente, el plazo de vigencia no podrá extenderse más allá de los 12 años contractuales. Con fecha 2 de diciembre de 2003 la sociedad controlada acordó con Alstom Power O & M Ltd. y Alstom Argentina S.A. la modificación de ciertas cláusulas de los contratos antes citados.
- RESTRICCIÓN A LOS RESULTADOS ACUMULADOS
De acuerdo con las disposiciones de la Ley de Sociedades Comerciales N° 19.550, el 5% de la utilidad neta del ejercicio deberá apropiarse a la reserva legal, hasta que la misma alcance el 20% del capital social reexpresado en moneda constante.
De acuerdo con la Ley N° 25.063, con vigencia a partir del 31 de diciembre de 1998, los dividendos que se distribuyan, en dinero o en especie, en exceso de las utilidades impositivas acumuladas al cierre del ejercicio inmediato anterior a la fecha de pago o distribución, estarán sujetos a una retención del 35% en concepto de impuesto a las ganancias con carácter de pago único y definitivo. Se consideran utilidades impositivas acumuladas a los efectos de este impuesto a las utilidades contabilizadas al cierre del ejercicio inmediato anterior a la referida vigencia y a las utilidades impositivas determinadas a partir de dicho ejercicio.
- CONTRATOS DE SUMINISTRO DE ENERGÍA DE LA SOCIEDAD CONTROLADA CENTRAL DOCK SOCIEDAD ANÓNIMA
Dentro del marco de los contratos de exportación de energía eléctrica firmados con empresas de Brasil, la Sociedad controlada ha firmado con Comercializadora de Energía del Mercosur S.A. (“CEMSA”) acuerdos de comercialización de potencia firme y energía asociada por el cual compromete la totalidad de la potencia de los turbogeneradores N° 7 y N° 8 (37 MW cada uno) así como 75 MW correspondientes al ciclo combinado.
Estos contratos tienen una duración de 20 años, encontrándose en vigencia a partir del mes de agosto de 2002, fecha de la plena puesta en servicio del segundo sistema de transporte de energía eléctrica e interconexión internacional.
Con fecha 4 de junio de 2003 CEMSA comunicó a la sociedad controlada que su cliente en Brasil, CIEN se encontraba imposibilitado de cumplir los acuerdos de suministro de potencia y energía por 800 MW, de un total de 1.000 Mw, correspondientes a la Segunda Interconexión Energética entre Argentina y Brasil ("la Segunda Interconexión") debido a su vez a que su cliente -Companhia Paranaense de Energia ("COPEL") dejó de cumplir los pagos correspondientes a dicho contrato.
Consecuentemente CIEN le informó a CEMSA que sólo realizaría pagos parciales de los contratos correspondientes a la Segunda Interconexión que ascienden al 20% del total (participación de los contratos no suscriptos con COPEL)-, y por ello CEMSA le informó a Central Dock Sud Sociedad Anónima que sólo realizaría pagos parciales de los acuerdos correspondientes a la Segunda Interconexión en idéntico porcentaje.
Analizada la situación y luego de un proceso de negociación, se convino con CEMSA una modificación de los Acuerdos actualmente vigentes, bajo el siguiente esquema:
-
- el precio de la potencia puesta a disposición será de US$ 2.600 por MW y por mes entre el 1° de mayo de 2003 y el 31 de julio de 2003. A partir del 1° de agosto de 2003, el precio de la potencia puesta a disposición será de US$ 4.380 por MW y por mes;
- el precio de venta de la energía que se destine a la exportación, será de US$ 13 por MW y por hora entre el 1° de agosto de 2003 y el 31 de octubre de 2003. A partir del 1° de noviembre de 2003 el precio será igual al promedio que resulte de los Acuerdos de Exportación de Largo Plazo entre CEMSA y un competidor establecido en el acuerdo, correspondientes a la Segunda Interconexión Internacional Rincón-Garabi más US$ 0,50 MW por hora;
- la potencia comprometida del contrato de 74 MW se modifica y se establece en 71,64 MW a partir del 1° de agosto de 2003. A opción de Central Dock Sud Sociedad Anónima la potencia comprometida podrá ser incrementada hasta 74 MW;
- suspender y rescindir el Acuerdo de 75 MW a partir del 1° de agosto de 2003;
- se modifica el plazo de vigencia por un período de 12 años contados a partir del 1° de agosto de 2003, plazo que se prorrogará automáticamente a su vencimiento por un nuevo período de 5 años. Al vencimiento de dicha prorroga, el Acuerdo de Comercialización quedará automáticamente prorrogado por un nuevo período que se extenderá hasta el 31 de julio de 2022;
- en caso que CEMSA obtuviera en el futuro contratos de ventas correspondientes a la Segunda Interconexión Energética, notificará dicha circunstancia a Central Dock Sud Sociedad Anónima quien tendrá un plazo para manifestar su interés en suministrar la potencia en firme -75 MW por única vez, o en sucesivas ocasiones, hasta completar 75 MW- y energía asociada en las mismas condiciones que terceros.
Asimismo se convino que los saldos adeudados, con motivo de los pagos parciales efectuados por las operaciones de abril a octubre de 2003, serían cancelados en doce cuotas mensuales, iguales y consecutivas -en dólares estadounidenses- a partir del mes de enero de 2004. Finalmente, dichos saldos fueron cancelados con fecha 13 de febrero de 2004.
Al 31 de diciembre de 2004, la sociedad controlada tiene celebrados contratos de abastecimiento con Grandes Usuarios Mayores (GUMAs) y Grandes Usuarios Menores (GUMEs) por plazos de entre ocho y quince meses, por los cuales tiene comprometida 135 MW de potencia media.
- RESTRICCIONES EN LA FORMACIÓN DEL PRECIO SPOT DE LA SOCIEDAD CONTROLADA CENTRAL DOCK SOCIEDAD ANÓNIMA – RESOLUCIÓN N° 240/03 DE LA SECRETARÍA DE ENERGÍA
La energía generada por la sociedad controlada es comercializada en el Mercado Mayorista Eléctrico según dos modalidades: en el Mercado a Término, por contratos de abastecimiento o de energía entre partes, y en el Mercado de Precios Horarios, o Mercado “Spot”, al precio horario sancionado por CAMMESA como función de la oferta y la demanda.
Debido al “congelamiento” del Precio Estacional de la energía por parte de la Secretaría de Energía, a un valor insuficiente para atender los costos de producción, se produjo la gradual desfinanciación del Mercado Mayorista por agotamiento del Fondo de Estabilización. Con la excusa de una falta de transparencia en el abastecimiento de gas a las usinas eléctricas, pero el claro objetivo de no profundizar el quebranto, y hasta tanto se normalizara este abastecimiento, la Secretaría de Energía intervino el Mercado de formación de Precios Spot mediante el dictado de la Resolución S.E. N° 240/03, que fuera sancionada el 14 de agosto de 2003 y, aunque fue publicada en el Boletín Oficial el 19/08/03, ha sido aplicada a partir del 15 de agosto de 2003.
Esta resolución excluye el Valor del Agua, utilizado para el despacho económico en centrales con capacidad de embalse, en la formación del precio, y crea un mecanismo ficticio para la sanción del precio considerando la libre disponibilidad de gas en las centrales térmicas despachadas o que pudieran entrar en servicio dentro de la próxima hora, lo cual excluye a los combustibles líquidos en la formación del precio.
Por nota N° 526 de la S.S.E.E., fechada el 9 de octubre de 2003, la Secretaría de Energía suspendió la aplicación de la Resolución S.E. 240/03 mientras no existiesen restricciones en el suministro de gas, medida transitoria que revirtió por Nota S.S.E.E. N° 65 del 30 de enero de 2004, con vigencia a partir de las 0 horas de ese día y ante las primeras restricciones al abastecimiento de las centrales térmicas.
- RESTRICCIONES EN EL COBRO DE ACREENCIAS A CAMMESA DE LA SOCIEDAD CONTROLADA CENTRAL DOCK SOCIEDAD ANÓNIMA – RESOLUCIÓN N° 406/03 DE LA SECRETARÍA DE ENERGÍA – FONINVEMEM
La energía, capacidad y servicios asociados comercializados por la Sociedad controlada en el Mercado Mayorista Eléctrico (“MEM”) resulta en transacciones económicas administradas por CAMMESA, cuyos fondos económicos devienen del equilibrio de precios que se debe observar entre los que pagan y los que producen el bien transable.
La no sanción por parte de la Secretaría de Energía de una tarifa uniforme, estabilizada cada 90 días, que incluyera los costos de generación y transporte, según lo establecido en el art. 36 de la Ley N° 24.065, llevó al desfinanciamiento del Mercado Mayorista al agotarse el Fondo de Estabilización. A fin de priorizar el pago de agentes acreedores frente a recursos económicos insuficientes, y hasta tanto el precio estacional no sea sancionado a un valor de equilibrio, la Secretaría de Energía intervino el Mercado mediante el dictado de la Resolución S.E. N° 406/03, sancionada el 8 de septiembre de 2003 y aplicada retroactivamente a partir del 1° de septiembre de 2003.
Por efecto de la citada medida, la sociedad controlada recibe parcialmente el pago de sus acreencias mensuales, quedando el remanente computado como deuda a ser reintegrada cuando las condiciones del mercado lo permitan. Con fecha 6 de agosto de 2004, la Secretaría de Energía mediante su Resolución N° 826/04 resolvió invitar a todos los Agentes acreedores del MEM, con liquidaciones de venta con fecha de vencimiento a definir, a manifestar formalmente su decisión de participar en la conformación del “Fondo para inversiones necesarias que permitan incrementar la oferta de energía eléctrica en el mercado eléctrico mayorista” (en adelante, “FONINVEMEM”), invirtiendo en el mismo las referidas acreencias correspondientes a las liquidaciones de venta con fecha de vencimiento a definir derivadas de la Resolución Nº 406/03 de la Secretaria de Energía, durante todo el período comprendido entre enero de 2004 y diciembre de 2006 inclusive, considerando al efecto del cálculo del aporte que hará cada Agente acreedor durante este lapso que no se incrementa la potencia que cada Generador del MEM tiene contratada en el Mercado a Término para el trimestre mayo - julio 2004.
Con fecha 17 de diciembre de 2004 la sociedad controlada resolvió participar en la conformación del FONINVEMEM, con un 65% de aportes de las acreencias correspondientes al inciso c) del art. 4º de la Resolución N° 406/03 y su aclaratoria Resolución N° 943/04 (caracterizadas como “liquidaciones de venta con fecha de vencimiento a definir”), durante el período comprendido entre enero de 2004 y diciembre de 2006 inclusive. Con fecha 5 de enero de 2005, la Secretaría de Energía mediante la Resolución N° 3/05 aceptó la decisión de las empresas del MEM, entre ellas Central Dock Sud Sociedad Anónima, de participar en la conformación del FONINVEMEM. Al 31 de diciembre de 2004 la participación de la Sociedad controlada en dicho fondo asciende a pesos 1.351.576.
Cabe señalar que el FONINVEMEM fue creado mediante la Resolución N° 712/04 de la Secretaría de Energía de fecha 12 de julio de 2004, con el objeto de administrar los recursos económicos con destino a las inversiones que permitan incrementar la oferta de energía eléctrica hacia el año 2007.
La deuda consolidada de CAMMESA a favor de la sociedad controlada al 31 de diciembre de 2004, por el suministro de energía de los meses de junio de 2003 a diciembre de 2004 (caracterizadas como “liquidaciones de venta con fecha de vencimiento a definir”) es de pesos 2.147.873, de los cuales pesos 1.420.101 han sido clasificados en el activo no corriente en función al plazo estimado de cobro.
- DEMANDA A LA SOCIEDAD CONTROLADA CENTRAL DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA DE SU ACCIONISTA PAN AMERICAN ENERGY HOLDING LTD.
El accionista Pan American Energy Holdings Ltd. (“PAEH) ha demandado judicialmente la nulidad de la Asamblea General Ordinaria de Central Dock Sud Sociedad Anónima del 30 de abril del 2003 que aprobó los estados contables de la sociedad controlada por el ejercicio económico terminado el 31 de diciembre de 2002, sosteniendo que los citados estados contables incluyen la aplicación del ajuste por inflación sobre el capital preferido, lo que en su criterio altera indebidamente los resultados de la sociedad controlada. Central Dock Sud Sociedad Anónima ha procedido a rechazar la demanda sosteniendo que la decisión de los accionistas de la Sociedad controlada de aprobar los estados contables resulta ajustada a derecho.
Ambas partes habían puesto en conocimiento del juzgado interviniente en los autos en cuestión de la existencia de negociaciones tendientes a la solución del conflicto y habían solicitado la suspensión de común acuerdo de los plazos procesales. Las referidas negociaciones se han materializado en la Asamblea General de Extraordinaria de Accionistas de la sociedad controlada celebrada el 22 diciembre de 2004, cuyos efectos se exponen en el estado de evolución del patrimonio neto. Como consecuencia de ello, PAEH desistirá en los términos y condiciones acordados de la acción y del derecho en los autos.
- DEMANDAS JUDICIALES DE LAS QUE ES PARTE INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
- Demanda promovida
En el ejercicio económico terminado el 31 de diciembre de 2002 la Sociedad procedió a ajustar por inflación sus resultados impositivos, teniendo en cuenta los efectos confiscatorios que le hubiera implicado la determinación del cargo del impuesto a las ganancias de acuerdo con la normativa vigente a la luz de las pérdidas reflejadas en los estados contables de aquel ejercicio. El no haber practicado este ajuste le hubiera ocasionado un deterioro patrimonial significativo, agravado por el hecho de que la Sociedad no cuenta con recursos genuinos para afrontar el pago que resultaría de no haber tomado esta medida. Como consecuencia de lo mencionado, el resultado impositivo del ejercicio económico terminado el 31 de diciembre del 2002 arrojó un resultado positivo que fue absorbido por quebrantos acumulados computables de ejercicios anteriores.
El 16 de mayo de 2003 la Sociedad solicitó ante la Justicia en lo Contencioso Administrativo que se declare certeza respecto a la posibilidad de ajustar por inflación su declaración de impuesto a las ganancias por el período fiscal 2002 o, en su defecto, dar tratamiento de exento al Coeficiente de Estabilización de Referencia (“C.E.R.”) devengado, con relación a las acreencias de la sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima. El expediente tomó el cauce de una acción declarativa en la que a su vez se solicitó una medida cautelar a fin de que la Administración Federal de Ingresos Públicos no inicie procedimiento de determinación de oficio y/o ejecute. De acuerdo a lo informado por los abogados de la Sociedad, el monto que puede asignársele a la contingencia de este asunto, dependerá no de las vicisitudes de está acción sino de un eventual procedimiento de determinación de oficio en el que el Fisco redefina la materia imponible en el impuesto a las ganancias, con más los accesorios legales que pudieran corresponder.
Con fecha 3 de julio de 2003, se notificó sentencia de primera instancia por medio de la cual se rechaza la acción incoada, por entenderse que es la vía de la determinación de oficio el carril por el que debe ventilarse la cuestión. Contra tal decisión se interpuso recurso de apelación, que fue concedido en la primera instancia, encontrándose el expediente en la Sala IV de la Cámara del fuero desde el 25 de agosto de 2003. Con fecha 10 de diciembre de 2003 se expresaron agravios a tal apelación. El 20 de agosto de 2004 se notificó sentencia de Cámara en donde se confirma la sentencia apelada.
- Demanda recibida
Con fecha 16 de septiembre de 2003, la Sociedad contestó demanda ante el Juzgado Contencioso Administrativo y Tributario No. 6, Secretaría 12, en razón de una ejecución fiscal iniciada por el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires (“GCBA”). El GCBA reclama a la Sociedad una supuesta deuda con la Dirección General de Rentas en concepto de impuesto sobre los Ingresos Brutos, por los períodos fiscales 6 a 12 del año 1996 y 1 a 11 del año 1997. La Sociedad opuso excepción de “inhabilidad de título” por inexistencia de deuda. Dicha deuda se origina porque al momento de la inscripción como contribuyente del impuesto sobre los Ingresos Brutos, se consignó como fecha de inicio de actividad el 14 de junio de 1996, lo que motivó que el GCBA interpretara que la Sociedad adeuda el impuesto desde esa fecha.
El GCBA intimó a la Sociedad el pago de pesos 2.266.872. El monto ha sido establecido por el fisco aplicando para cada período comprendido entre el 6/96 y 11/97, el monto declarado e ingresado por Inversora en su primera posición mensual (10/99) por la suma de pesos 125.937.
El 6 de octubre de 2003 salió cédula con copia de la demanda y documental a fin de correr traslado de la presentación realizada por los abogados de la Sociedad al GCBA. El GCBA ha contestado el traslado de la oposición de excepciones y el juzgado corrió traslado a Inversora Dock Sud S.A. con relación a la oposición del GCBA a la prueba de la propuesta por la Sociedad. Con fecha 6 de febrero de 2004 el Tribunal abrió la causa a prueba.
- BIENES DE DISPONIBILIDAD RESTRINGIDA
Al 31 de diciembre de 2004 y 2003, las acciones ordinarias de la sociedad controlada Central Dock Sud Sociedad Anónima en poder de la Sociedad se encontraban prendadas en garantía del cumplimiento de las obligaciones financieras contraídas por la sociedad controlada con los acreedores del Acuerdo de Financiamiento (Repsol International Finance B.V. y Endesa Internacional, S.A.) y el Banco Europeo de Inversiones. Las obligaciones garantizadas ascendían a pesos 651.576.859 y pesos 690.843.997, respectivamente, al 31 de diciembre de 2004 y 2003.
| EDUARDO J. ROMERO | JOSÉ MARÍA HIDALGO MARTÍN - MATEOS |
| Por Comisión Fiscalizadora | Presidente |
CUADRO I
(Anexo I)
INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS CORRESPONDIENTES A LOS EJERCICIOS
ECONÓMICOS TERMINADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2004 Y 2003
(en pesos)
BIENES DE USO
| ….…..….............................................................................................................2004......................................................................................................................... | ...2003… | ||||||||||||||
| ......................................Valores de origen.................................... | ……..................................................Depreciaciones........................................................ | ||||||||||||||
| Al inicio | Aumentos | Disminu- | Al cierre | Al inicio del | Disminu- | .........Del ejercicio.......... | Al cierre del | Neto | Neto | ||||||
| del ejercicio | ciones | del ejercicio | ejercicio | ciones | Alícuota % | Monto | ejercicio | resultante | resultante | ||||||
| Terrenos | 4.858.813 | 4.858.813 | 4.858.813 | 4.858.813 | |||||||||||
| Edificios | 11.357.809 | 238.610 | 11.596.419 | 1.935.625 | 2 | 285.294 | 2.220.919 | 9.375.500 | 9.422.184 | ||||||
| Turbogeneradores | 799.145.837 | 72.411 | (3.153.274) | (2) | 796.064.974 | 112.310.990 | (1) | 33.973.654 | 146.284.644 | 649.780.330 | 686.834.847 | ||||
| Líneas de transporte | 73.679.153 | (164.982) | (2) | 73.514.171 | 4.303.070 | 2,50 | 1.687.480 | 5.990.550 | 67.523.621 | 69.376.083 | |||||
| Maquinarias y equipos | 6.294.792 | 6.294.792 | 5.124.315 | 5-10 | 84.413 | 5.208.728 | 1.086.064 | 1.170.477 | |||||||
| Muebles y equipos de computación | 3.895.309 | 115.560 | 4.010.869 | 3.235.727 | 20 | 316.682 | 3.552.409 | 458.460 | 659.582 | ||||||
| Rodados | 67.626 | 67.626 | 61.455 | 20 | 6.171 | 67.626 | 6.171 | ||||||||
| Otros bienes | 1.771.932 | 123.233 | 1.895.165 | 1.411.505 | 20 | 198.004 | 1.609.509 | 285.656 | 360.427 | ||||||
| Materiales y repuestos | 19.512.160 | 5.635.423 | (3.075.287) | 22.072.296 | 22.072.296 | 19.512.160 | |||||||||
| Obras en curso | 2.164.436 | 2.101.744 | 4.266.180 | 4.266.180 | 2.164.436 | ||||||||||
| Subtotal | 922.747.867 | 8.286.981 | (6.393.543) | 924.641.305 | 128.382.687 | 36.551.698 | 164.934.385 | 759.706.920 | 794.365.180 | ||||||
| Anticipos a proveedores | 33.107.734 | 23.422.266 | 56.530.000 | 56.530.000 | 33.107.734 | ||||||||||
| TOTAL 2004 | 955.855.601 | 31.709.247 | (6.393.543) | 981.171.305 | 128.382.687 | 36.551.698 | (3) | 164.934.385 | 816.236.920 | ||||||
| TOTAL 2003 | 1.078.507.381 | 19.372.849 | (142.024.629) | 955.855.601 | 84.678.648 | (565.981) | 44.270.020 | (3) | 128.382.687 | 827.472.914 |
- Diversas (ver nota 3.f.ii).
- En 2004 y 2003 incluye respectivamente 3.318.256 y 139.417.103 correspondientes a desactivación de diferencias de cambio (ver nota 3.f.i.) y 3.075.287 y 2.028.610 de consumo de repuestos.
- En 2004 y 2003, imputadas respectivamente 36.494.161 y 44.212.485 a costos de operación (anexo V), y 57.537 y 57.535 a desafectación de la reserva por revalúo técnico de en sociedad controlada.
| EDUARDO J. ROMERO | JOSÉ MARÍA HIDALGO MARTÍN - MATEOS |
| Por Comisión Fiscalizadora | Presidente |
El informe de fecha 24 de febrero de 2005
se extiende en documento aparte.
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| CARLOS A. LLOVERAS (Socio) |
| Contador Público U.B.A. |
| C.P.C.E.C.A.B.A. - T° 107 F° 195 |
CUADRO I
(Anexo II)
INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS CORRESPONDIENTES A LOS EJERCICIOS
ECONÓMICOS TERMINADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2004 Y 2003
(en pesos)
ACTIVOS INTANGIBLES
| ..........................................................................2004............................................................................... | ......2003...... | |||||||||||||
| …..................Valor de origen................... | .....................Amortizaciones........................ | Neto | Neto | |||||||||||
| Cuenta principal | Al inicio del ejercicio | Disminu-ciones | Al cierre del ejercicio | Al inicio del ejercicio | Del ejercicio | Al cierre del ejercicio | resultante | resultante | ||||||
| Gastos preoperativos ciclo combinado | 30.081.414 | 30.081.414 | 15.226.963 | 6.016.283 | 21.243.246 | 8.838.168 | 14.854.451 | |||||||
| Impuesto de sellos | 2.740.252 | 2.740.252 | 463.301 | 182.683 | 645.984 | 2.094.268 | 2.276.951 | |||||||
| Contratos de mantenimiento | 7.230.816 | 7.230.816 | 3.802.275 | 1.446.163 | 5.248.438 | 1.982.378 | 3.428.541 | |||||||
| Gastos por Acuerdo de Financiamiento | 49.277.922 | 49.277.922 | 23.482.956 | 3.833.675 | 27.316.631 | 21.961.291 | 25.794.966 | |||||||
| TOTAL 2004 | 89.330.404 | 89.330.404 | 42.975.495 | 11.478.804 | (1) | 54.454.299 | 34.876.105 | |||||||
| TOTAL 2003 | 89.529.865 | (199.461) | (2) | 89.330.404 | 30.910.251 | 12.065.244 | (1) | 42.975.495 | 46.354.909 |
- En 2004, imputados 3.833.675 a resultados financieros (Gastos por Acuerdo de Financiamiento) y 7.645.129 a otros gastos (anexo V).
En 2003, imputados 4.420.115 a resultados financieros (Gastos por Acuerdo de Financiamiento) y 7.645.129 a otros gastos (anexo V).
- Corresponde a desactivación de diferencias de cambio (ver nota 3.g).
| EDUARDO J. ROMERO | JOSÉ MARÍA HIDALGO MARTÍN - MATEOS |
| Por Comisión Fiscalizadora | Presidente |
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| Contador Público U.B.A. |
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CUADRO I
(Anexo III)
INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS CORRESPONDIENTES A LOS EJERCICIOS ECONÓMICOS TERMINADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2004 Y 2003
(en pesos)
INVERSIONES PERMANENTES
| Denominación | Valor de Costo |
| Fondo para inversiones necesarias que permitan incrementar la oferta de energía eléctrica en el Mercado Eléctrico Mayorista (FONINVEMEM) | 1.351.576 |
| TOTAL | 1.351.576 |
| EDUARDO J. ROMERO | VITO S. CAMPOREALE |
| Por Comisión Fiscalizadora | Presidente |
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CUADRO I
(Anexo IV)
INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS CORRESPONDIENTES A LOS EJERCICIOS ECONÓMICOS TERMINADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2004 Y 2003
(en pesos)
PREVISIONES
| Saldos al inicio del ejercicio | Aumentos | Disminu-ciones | Saldos al cierre del ejercicio | |||
| Rubro | ||||||
| Deducidas del activo | ||||||
| Para deudores de cobro dudoso | 309.281 | (13.107) | (1) | 296.174 | ||
| Para ajuste de valuación de saldos de impuesto diferido | 145.002.795 | (11.276.590) | (2) | 133.726.205 | ||
| TOTALES 2004 | 145.312.076 | (11.289.697) | 134.022.379 | |||
| TOTALES 2003 | 169.422.906 | 256.738 | (24.367.568) | (3) | 145.312.076 |
- Imputados a otros ingresos y egresos netos.
- Imputados al impuesto a las ganancias.
- Utilizados 42.622 según la finalidad e imputados 24.324.946 al impuesto a las ganancias.
| EDUARDO J. ROMERO | JOSÉ MARÍA HIDALGO MARTÍN - MATEOS |
| Por Comisión Fiscalizadora | Presidente |
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CUADRO I
(Anexo V)
INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
INFORMACION CONSOLIDADA REQUERIDA POR EL ART. 64 INC. b) DE LA LEY N° 19.550 CORRESPONDIENTE A LOS EJERCICIOS ECONÓMICOS TERMINADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2004 Y 2003
(en pesos)
| .......................................2004....................................... | ....2003.... | ||||
|---|---|---|---|---|---|
| Detalle | Costos de operación | Gastos de administración y comercialización | Otros gastos | Total | Total |
| Sueldos y jornales | 2.155430 | 2.006.268 | 4.161.698 | 3.799.640 | |
| Cargas sociales | 602.987 | 332.488 | 935.475 | 762.436 | |
| Impuestos, tasas y contribuciones | 4.110.814 | 90.420 | 4.201.234 | 2.617.629 | |
| Depreciación de bienes de uso | 36.492.469 | 1.692 | 36.494.161 | 44.212.485 | |
| Amortización de activos intangibles | 7.645.129 | 7.645.129 | 7.645.129 | ||
| Gastos por despacho de energía | 3.593.596 | 3.593.596 | 3.674.464 | ||
| Reparación y mantenimiento | 7.697.650 | 7.697.650 | 6.725.467 | ||
| Contratos y servicios de terceros | 727.859 | 72.815 | 800.674 | 678.103 | |
| Asistencia técnica | 530.205 | 530.205 | 381.150 | ||
| Seguros | 5.382.403 | 5.382.403 | 7.452.160 | ||
| Servicios profesionales | 403.338 | 403.338 | 492.148 | ||
| Combustibles | 92.301.685 | 92.301.685 | 44.781.296 | ||
| Energía, potencia y distribución | 16.293.422 | 16.293.422 | 23.230.976 | ||
| Movilidad y viáticos | 2.020 | 2.020 | |||
| Deudores incobrables | 256.738 | ||||
| Diversos | 898.517 | 548.057 | 1.446.574 | 1.792.057 | |
| TOTAL 2004 | 170.787.037 | 3.457.098 | 7.645.129 | 181.889.264 | |
| TOTAL 2003 | 136.924.756 | 3.931.993 | 7.645.129 | 148.501.878 |
| EDUARDO J. ROMERO | JOSÉ MARÍA HIDALGO MARTÍN - MATEOS |
| Por Comisión Fiscalizadora | Presidente |
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(Anexo VI)
INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS CORRESPONDIENTES A LOS EJERCICIOS ECONÓMICOS TERMINADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2004 Y 2003
ACTIVOS Y PASIVOS EN MONEDA EXTRANJERA
| ….…………………..2004………………… | …..2003….. | ||||||||
| Cuenta | Clase y monto de la moneda extranjera | Tipo de cambio vigente | Importe contabilizado en pesos | Importe contabilizado en pesos | |||||
| ACTIVO | |||||||||
| ACTIVO CORRIENTE | |||||||||
| Caja y bancos | US$ | 882 | 2,9725 | 2.622 | 879 | ||||
| Inversiones | |||||||||
| Depósitos en caja de ahorro | US$ | 18.271 | 2,9725 | 54.311 | 6.050 | ||||
| Depósitos a plazo fijo | US$ | 8.162.487 | 2,9725 | 24.262.994 | 16.498.844 | ||||
| Créditos por ventas | |||||||||
| Créditos con Sociedades art. 33 Ley N° 19.550 y relacionadas | US$ | 656.510 | 2,9725 | 1.951.475 | 4.842.221 | ||||
| Otros créditos | |||||||||
| Crédito con el consorcio constructor | 13.409.737 | ||||||||
| Total del Activo Corriente | 26.271.402 | 34.757.731 | |||||||
| ACTIVO NO CORRIENTE | |||||||||
| Diversos | |||||||||
| Garantía de alquileres | US$ | 3.315 | 2,9725 | 9.854 | |||||
| Total del Activo No Corriente | 9.854 | ||||||||
| TOTAL DEL ACTIVO | 26.281.256 | 34.757.731 | |||||||
| PASIVO | |||||||||
| PASIVO CORRIENTE | |||||||||
| Deudas Comerciales | |||||||||
| Acreedores por contrato de mantenimiento | US$ | 2.969.087 | 2,9775 | 8.840.456 | 212.630 | ||||
| Deudas con Sociedades art. 33 Ley N° 19.550 y relacionadas | US$ | 532.700 | 2,9775 | 1.586.115 | 1.533.504 | ||||
| Deudas bancarias y financieras | |||||||||
| Acuerdo de financiamiento – Capital | 69.039.132 | ||||||||
| Acuerdo de financiamiento – Intereses | US$ | 2.026.975 | 2,9775 | 6.035.318 | 5.688.355 | ||||
| Banco Europeo de Inversiones – Capital | US$ | 6.055.000 | 2,9775 | 18.028.763 | 17.122.560 | ||||
| Banco Europeo de Inversiones – Intereses | US$ | 405.468 | 2,9775 | 1.207.280 | 746.254 | ||||
| Total del Pasivo Corriente | 35.697.932 | 94.342.435 | |||||||
| PASIVO NO CORRIENTE | |||||||||
| Deudas bancarias y financieras | |||||||||
| Acuerdo de financiamiento – Capital | US$ | 151.050.960 | 2,9775 | 449.754.233 | 409.570.256 | ||||
| Acuerdo de financiamiento – Comisión | US$ | 1.174.135 | 2,9775 | 3.495.987 | |||||
| Banco Europeo de Inversiones - Capital | US$ | 58.121.000 | 2,9775 | 173.055.278 | 188.677.440 | ||||
| Total del Pasivo no Corriente | 626.305.498 | 598.247.696 | |||||||
| TOTAL DEL PASIVO | 662.003.430 | 692.590.131 |
| EDUARDO J. ROMERO | JOSÉ MARÍA HIDALGO MARTÍN – MATEOS |
| Por Comisión Fiscalizadora | Presidente |
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(Anexo VII)
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ESTADOS CONTABLES CONSOLIDADOS CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO ECONÓMICO TERMINADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2004
(en pesos)
APERTURA DE COLOCACIONES DE FONDOS, CRÉDITOS Y DEUDAS
| Plazo | Inversiones | Créditos | Otros | Deudas bancarias | Resto de | ||||
| por ventas | créditos | y financieras | las deudas | ||||||
| (1) | (2) | (2) | (3) | (2) | |||||
| Sin plazo | 11.486.132 | 1.420.101 | 20.159.687 | ||||||
| Con plazo | |||||||||
| Vencido: | |||||||||
| hasta tres meses | 5.042.773 | 739.601 | |||||||
| de tres a seis meses | 729.512 | 103.879 | |||||||
| de seis a doce meses | 16.068 | ||||||||
| de nueve a doce meses | 8.068 | 4.323 | |||||||
| más de un año | 1.322.075 | 46.767 | |||||||
| Total vencido | 7.118.496 | 894.570 | |||||||
| A vencer: | |||||||||
| hasta tres meses | 24.262.994 | 43.811.745 | 5.107.440 | 16.509.361 | 37.579.456 | ||||
| de tres a seis meses | 918.658 | ||||||||
| de seis a doce meses | 162.073 | 8.762.000 | |||||||
| de nueve a doce meses | 160.154 | ||||||||
| más de un año | 64.431.797 | 626.305.498 | 14.073.278 | ||||||
| Total a vencer | 24.262.994 | 43.811.745 | 70.780.122 | 651.576.859 | 51.652.734 | ||||
| Total con plazo | 24.262.994 | 50.930.241 | 70.780.122 | 651.576.859 | 52.547.304 | ||||
| Total | 35.749.126 | 52.350.342 | 70.780.122 | 651.576.859 | 72.706.991 |
- Corresponden a colocaciones de fondos que devengan intereses al 4% anual (colocaciones sin plazo establecido, en el país) y al 1,7% anual (colocaciones con plazo, en el exterior).
- No devengan intereses ni actualizaciones.
- Ver nota 9.
| EDUARDO J. ROMERO | JOSÉ MARÍA HIDALGO MARTÍN - MATEOS |
| Por Comisión Fiscalizadora | Presidente |
El informe de fecha 24 de febrero de 2005
se extiende en documento aparte.
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| CARLOS A. LLOVERAS (Socio) |
| Contador Público U.B.A. |
| C.P.C.E.C.A.B.A. - T° 107 F° 195 |
INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA
A los señores Accionistas de
Inversora Dock Sud Sociedad Anónima
De nuestra consideración:
- De acuerdo con lo dispuesto por el inciso 5° del artículo N° 294 de la Ley N° 19.550, hemos realizado el trabajo mencionado en el párrafo siguiente en relación con (a) el inventario; (b) el estado de situación patrimonial de Inversora Dock Sud Sociedad Anónima al 31 de diciembre de 2004 y los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo, con sus notas 1 a 16 y anexos I y II, correspondientes al ejercicio económico terminado en esa fecha; y (c) el estado de situación patrimonial consolidado de Inversora Dock Sud Sociedad Anónima con su controlada Central Dock Sud S.A. al 31 de diciembre de 2004, y los correspondientes estados consolidados de resultados y de flujo de efectivo, con sus notas 1 a 21 y anexos I a VII correspondientes al ejercicio económico terminado en esa fecha, expuestos como información contable complementaria a los estados básicos de la Sociedad en el Cuadro I. Dichos documentos son responsabilidad del Directorio de la Sociedad en ejercicio de sus funciones exclusivas. Nuestra responsabilidad es informar sobre dichos documentos basados en el trabajo mencionado en el párrafo siguiente.
- Nuestro trabajo sobre los citados estados contables consistió en verificar la congruencia de la información significativa contenida en dichos estados con la información de las decisiones societarias expuestas en actas, y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Para la realización de dicho trabajo hemos tenido en cuenta el informe del auditor externo Deloitte & Co. S.R.L., quien emitió su informe de fecha 24 de febrero de 2005 de acuerdo con las normas de auditoría vigentes en Argentina, aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. No hemos efectuado ningún control de gestión y, por lo tanto, no hemos evaluado los criterios y decisiones empresarias de administración, financiación, comercialización y producción, dado que estas cuestiones son de responsabilidad exclusiva del Directorio. Consideramos que nuestro trabajo y el informe del auditor externo nos brindan una base razonable para fundamentar nuestro informe.
- En nuestra opinión, basados en el trabajo realizado (i) los estados contables mencionados en el acápite (a) del párrafo 1 presentan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, la situación patrimonial de Inversora Dock Sud Sociedad Anónima al 31 de diciembre de 2004, los resultados de sus operaciones, la evolución de su patrimonio neto y el flujo de su efectivo por el ejercicio terminado en esa fecha, de conformidad con las normas contables profesionales vigentes en la República Argentina; y (ii) los estados contables consolidados mencionados en el acápite (b) del párrafo 1 han sido preparados de acuerdo con las bases de consolidación descriptas en la nota 2.a), las que siguen los lineamientos de la Resolución Técnica N° 21 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas aprobada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
2.
Informamos además, en cumplimiento de disposiciones legales vigentes, que:
- El inventario se encuentra asentado en el libro Inventarios y Balances.
- Hemos revisado la memoria del Directorio, sobre la cual nada tenemos que observar en materia de nuestra competencia.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 24 de febrero de 2005
| EDUARDO J. ROMERO |
| Por Comisión Fiscalizadora |
INVERSORA DOCK SUD SOCIEDAD ANÓNIMA
RATIFICACION DE FIRMAS LITOGRAFIADAS
Por la presente ratificamos las firmas que obran litografiadas en las hojas que anteceden desde la página N° 1 hasta la página N° 68 de los estados contables de Inversora Dock Sud Sociedad Anónima correspondientes a los ejercicios económicos terminados el 31 de diciembre de 2004 y 2003.
| EDUARDO J. ROMERO | JOSÉ MARÍA HIDALGO MARTÍN - MATEOS |
| Por Comisión Fiscalizadora | Presidente |
| DELOITTE & Co. S.R.L. |
| Registro de Soc. Com. C.P.C.E.C.A.B.A. – T° 1 F° 3 |
| CARLOS A. LLOVERAS (Socio) |
| Contador Público U.B.A. |
| C.P.C.E.C.A.B.A. - T° 107 F° 195 |