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YPF S.A. AGM Information 2025

Apr 10, 2025

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AGM Information

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Propuestas del Directorio para los Accionistas de YPF S.A. (“YPF” o la “Sociedad”) respecto a los puntos del Orden del Día de la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria y Especial Ordinaria de Clases A y D convocada para el 30 de abril de 2025, disponibles a partir del 9 de abril de 2025.

Punto 1. Designación de dos Accionistas para firmar el acta de la Asamblea.

El Directorio propone a la Asamblea de Accionistas de la Sociedad que los dos accionistas para firmar el acta sean el representante designado por las acciones Clase A de propiedad del Estado Nacional – Secretaría de Energía- Ministerio de Economía, y el representante de las acciones de propiedad del Fondo de Garantía de Sustentabilidad (FGS) del Régimen Previsional Público de Reparto - ANSeS - Ley 26.425.

Punto 2. Consideración de la Memoria, Reseña Informativa, Inventario, Estados de Situación Financiera, Estados de Resultados Integrales, Estados de Cambios en el Patrimonio y Estados de Flujo de Efectivo, Individuales y Consolidados, con sus notas y demás documentación conexa, e Informes de la Comisión Fiscalizadora y del Auditor Externo, correspondientes al Ejercicio Económico Nº48 iniciado el 1° de enero de 2024 y finalizado el 31 de diciembre de 2024.

El Directorio consideró y aprobó la documentación referida y propone a la Asamblea de Accionistas de la Sociedad su aprobación.

Se pone a disposición de los señores accionistas el link a los Estados Financieros individuales y consolidados y Memoria de la Sociedad, correspondientes al ejercicio económico iniciado el 1 de enero de 2024 y finalizado el 31 de diciembre de 2024, publicados en la página web de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”):

Estados Financieros Individuales:

https://aif2.cnv.gov.ar/presentations/publicview/90820fa8-a277-4b4e-acc9-73a71b288ca4

Estados Financieros Consolidados: https://aif2.cnv.gov.ar/presentations/publicview/78e569d4-d5ef-4d45-b6dd-3005ce51f9f5

Punto 3. Consideración de los resultados acumulados al 31 de diciembre de 2024. Constitución de reservas facultativas.

El Directorio propone a la Asamblea de Accionistas de la Sociedad, previa deducción de los montos cuya distribución se encuentra restringida, es decir la suma de $72.137 millones, lo siguiente:

  • (i) Desafectar íntegramente la reserva para compra de acciones propias y la reserva para inversiones.

  • (ii) Destinar la suma de $34.205 millones a constituir una reserva para la adquisición de acciones propias, al efecto de otorgar al Directorio la posibilidad de adquirir acciones propias en el momento que considere oportuno para su afectación a los planes de beneficios basados en acciones (de acuerdo con los artículos 64 y 67 de la Ley N°26.831).

  • (iii) Destinar la suma de $6.787.343 millones a constituir una reserva para inversiones en los términos del artículo 70, párrafo tercero de la LGS.

Punto 4. Dispensa de la oferta preferente de acciones a los accionistas en los términos del artículo 67 de la Ley N°26.831 en relación con los planes de compensaciones de largo plazo en acciones al personal mediante la adquisición de acciones propias de la sociedad en los términos del artículo 64 y siguientes de la Ley N°26.831.

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De acuerdo con la Memoria del Directorio a los Estados Financieros al 31 de diciembre de 2024, el Directorio propuso a la Asamblea de Accionistas destinar la suma de $34.205 millones a constituir una reserva para la adquisición de acciones propias, al efecto de otorgar al Directorio la posibilidad de adquirir acciones propias en el momento que considere oportuno para su afectación a los planes de beneficios basados en acciones (de acuerdo con los artículos 64 y 67 de la Ley N°26.831), en línea con los planes de bonificaciones e incentivos que lleva adelante la Sociedad. En ese sentido, en caso de que la Asamblea apruebe la constitución de la referida reserva, la Sociedad podrá adquirir sus propias acciones y crear un Nuevo Programa de Retribución a Largo Plazo basado en Acciones (el “Nuevo Programa” o el “Programa 2025”). Se prevé que la Compañía ponga en marcha el Nuevo Programa en el curso del presente año, una vez obtenidas las aprobaciones necesarias para ello. Cuando se trata de planes pagaderos en acciones de la sociedad emisora, la legislación vigente requiere la intervención de la asamblea respecto de la dispensa de la oferta preferente de las acciones y la creación de una reserva destinada a la compra de las mismas, en su caso.

Por lo expuesto, se propone recomendar a los accionistas la aprobación de la dispensa de la oferta preferente de acciones conforme lo autoriza el artículo 67 de la Ley N°26.831 para hacer entrega oportunamente a los empleados beneficiarios de cada Programa, de las acciones propias que se hubieran adquirido para dar cumplimiento con el Programa 2025 o los programas creados o a crearse, según el caso.

Punto 5. Determinación de la Remuneración del Auditor contable externo correspondiente al ejercicio económico terminado el 31 de diciembre de 2024.

El Directorio propone recomendar a los accionistas aprobar para Deloitte & Co. S.A. por sus tareas como Auditor contable externo por los servicios de auditoría de la documentación contable anual al 31 de diciembre de 2024 y trimestrales correspondientes a 2024, una remuneración de $2.766.173.682.

Punto 6. Designación del Auditor contable externo que dictaminará sobre la documentación contable anual al 31 de diciembre de 2025.

El Comité de Auditoría ha realizado una valoración de la actuación de la firma Deloitte & Co. S.A., y emitió una opinión favorable, en el sentido de que no se advierten objeciones para el caso que la Asamblea de Accionistas decida la designación de Deloitte & Co S.A. como Auditor Externo de la Sociedad para dictaminar sobre la documentación contable anual al 31 de diciembre de 2025.

En tal sentido, el Directorio propone recomendar a los accionistas de la Sociedad designar a Deloitte & Co S.A. como Auditor Externo de la Sociedad para dictaminar sobre la documentación contable anual al 31 de diciembre de 2025, informando que, a fin de dar cumplimiento a lo establecido en los Artículos 22 y 23 del Capítulo III Título II de las Normas de la Comisión Nacional de Valores, el Sr. Guillermo Cohen y el Sr. Diego Octavio de Vivo, como contadores certificantes titulares, y Nicolás Ariel Fiorentino, como contador certificante suplente, han presentado las declaraciones juradas exigidas por la normativa aplicable.

Punto 8. Consideración de las remuneraciones del Directorio correspondientes al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2024.

Respecto de los honorarios correspondientes al Directorio para el ejercicio cerrado al 31 de diciembre de 2024, se informa:

  1. Que (i) la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria y Especial Ordinaria de Clases A y D de Accionistas de fecha 26 de abril de 2024 autorizó al Directorio para efectuar pagos a cuenta de honorarios a Directores y Síndicos para el ejercicio 2024 por hasta la suma de $10.189.823.464, y que (ii) durante el ejercicio cerrado el 31 de diciembre de 2024 se asignó al Directorio la suma de

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$7.555.617.007 como honorarios, remuneraciones y retribuciones por todo concepto. La subejecución de honorarios se corresponde a la vacante de un director no cubierta, a la modificación en la composición de comités del Directorio (Comité de Auditoría, Comité de Riesgos y Sustentabilidad, Comité de Asuntos Legales e Institucionales y Comité de Nombramientos y Remuneraciones), a las renuncias a sus honorarios presentadas por los Directores Guillermo Francos y José Rolandi, y a la variación en la pauta de ajuste por inflación menor a la considerada para el cálculo de los mencionados honorarios.

  1. Que el Directorio considera que las remuneraciones asignadas a sus miembros durante el ejercicio bajo consideración son adecuadas y razonables por cuanto toman en cuenta las responsabilidades de cada director, la inclusión de la remuneración del CEO, la realización de comisiones especiales y/o funciones técnico administrativas en su caso, el tiempo dedicado a sus funciones, y que el valor de sus servicios es de mercado y comparable a empresas cuya actividad principal y tamaño resulta similar a de la Sociedad, fundado ello en el análisis llevado a cabo por la Vicepresidencia de Personas y Cultura y el Comité de Nombramientos y Remuneraciones, y a las particulares circunstancias de la Sociedad.

Sobre la base de lo anterior, el Directorio propone a la Asamblea General de Accionistas de la Sociedad aprobar la suma de $7.555.617.007 en concepto de remuneraciones, honorarios y retribuciones por todo concepto del Directorio por el ejercicio cerrado al 31 de diciembre de 2024.

Punto 9. Consideración de la remuneración de la Comisión Fiscalizadora correspondiente al ejercicio económico cerrado el 31 de diciembre de 2024.

El Directorio propone a la Asamblea de Accionistas de la Sociedad aprobar la suma de $357.171.064 en concepto de remuneraciones de la Comisión Fiscalizadora por el ejercicio cerrado al 31 de diciembre de 2024.

Punto 10. Fijación del número de miembros titulares y suplentes de la Comisión Fiscalizadora.

El Directorio propone a la Asamblea de Accionistas de la Sociedad que se fije en tres (3) el número de miembros titulares y en tres (3) el número de miembros suplentes de la Comisión Fiscalizadora de la Sociedad.

Punto 12. Elección de miembros titulares y suplentes de la Comisión Fiscalizadora por la Clase D.

El Directorio propone a la Asamblea de Accionistas de la Sociedad, lo siguiente:

  • (i) Designar como Síndicos Titulares por la Clase D a los señores Santiago Carlos Lazzati y Juan Andrés Gelly y Obes, ambos ellos con mandato por un ejercicio.

  • (ii) Designar como Síndicos Suplentes por la Clase D a los señores Alejandro Poli y Alfredo Cayetano Cogorno, ambos con mandato por un ejercicio.

Punto 13. Fijación de los honorarios a ser percibidos a cuenta por los directores y miembros de la Comisión Fiscalizadora durante el ejercicio anual comenzado el 1° de enero de 2025.

El Directorio propone a la Asamblea de Accionistas de la Sociedad que apruebe el pago de honorarios a cuenta de Directores y miembros de la Comisión Fiscalizadora para el ejercicio 2025 por hasta la suma de $11.096.174.942. La propuesta considera los honorarios correspondientes a los cargos ocupados en el Directorio y en los respectivos Comités de Auditoría, de Riesgos y Sustentabilidad, de Asuntos Legales e Institucionales y de Nombramientos y Remuneraciones, la inclusión de la remuneración del CEO, la realización de comisiones especiales y de funciones técnico-administrativas en su caso; una pauta de ajuste de acuerdo al REM (febrero 2025) estimada en 23%, el tiempo dedicado a sus funciones, así como también las proyecciones a efectos del

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mantenimiento del posicionamiento de mercado. Se deja constancia de las renuncias a sus honorarios presentadas por los Directores Guillermo Francos y José Rolandi.

Por lo expuesto, y en función del análisis efectuado por el Comité de Nombramientos y Remuneraciones del Directorio sobre la base de la información de mercado provista por una consultora especializada en la materia, se considera que las remuneraciones propuestas son adecuadas y razonables y que el valor de sus servicios se ajusta a los mercados comparables con la actividad y tamaño de la Sociedad.

Punto 14. Actualización de política de recontratación de ex-empleados de la Compañía.

De conformidad con el asesoramiento legal externo solicitado, la recontratación de ex-empleados que hubieran egresado de la Compañía por renuncia, como así también por despido o mutuo acuerdo (art. 241 de la Ley de Contrato de Trabajo o “LCT”), a futuro conllevaría en caso de desvinculación involuntaria (despido o mutuo) un costo adicional muy importante para la empresa. Esto se debe a que la normativa laboral establece que deberá considerarse como antigüedad a los fines del cálculo de la indemnización, la sumatoria de la acumulada en ambos períodos, desde el nuevo ingreso y a todos los fines. Esta circunstancia está expresamente prevista en los arts. 18 y 255 de la LCT.

Por tal motivo, para el caso de ex-empleados que hayan egresado de la Compañía por renuncia, como así también por despido o mutuo acuerdo, es aconsejable la limitación de dichas recontrataciones. En el caso puntual de exempleados que hayan renunciado, es recomendable aplicar la limitación en la re-contratación respecto de quienes hubieran alcanzado en forma acumulada en sus vínculos previos con la empresa 15 o más años de antigüedad.

Conforme lo expuesto, el Directorio propone a la Asamblea de Accionistas de la Sociedad incorporar a la política de recontrataciones de personal aprobada por Acta N°9 del 17 de Abril de 1991 (resolución N°67/1991) del Directorio y Asamblea N°3 bis del 4 de octubre de 1991, en cuanto a limitaciones de recontratación, los supuestos de egreso por mutuo acuerdo, como así por renuncia, siempre que en el segundo caso tuviera la persona 15 años o más de antigüedad en la empresa, estableciendo que en ambos casos anteriores la recontratación respectiva requerirá la autorización expresa de la Asamblea.

El Directorio YPF S.A.