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TECNOMYL SA — Capital/Financing Update 2022
Feb 22, 2022
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Capital/Financing Update
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ACTA DE DIRECTORIO. En la Ciudad de Río Grande, Tierra del Fuego, Ruta Nacional N° 3, Km. 2796, a los 03 días del mes de febrero de 2022, siendo las 09,30 horas, se reúne en la sede social, el Directorio de TECNOMYL S.A. (en adelante la “Sociedad”), bajo la presidencia del Sr. Aníbal José Mocchi con la presencia de los Sres. Directores que firman al pie, y el Sr. Síndico Titular Cr. Germán Alberto Crespi. El Sr. Presidente verifica la presencia de quórum necesario para sesionar y declara abierto el acto, a fin de considerar el siguiente orden del día:
1.- Emisión por parte de la Sociedad de la primer clase de Obligaciones Negociables dentro del Programa Global de Emisión de Obligaciones Negociables de Corto, Mediano y/o Largo Plazo por un monto máximo en circulación de hasta $1.500.000.000 (o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o unidades de valor) bajo el régimen PYME CNV. El señor Presidente expresa que, como ya es de conocimiento de los señores Directores, la Asamblea de Accionistas de fecha 8 de diciembre de 2021, trató la creación de un programa de obligaciones negociables de corto, mediano y/o largo plazo, con o sin garantía, por un valor nominal de hasta $1.500.000.000, o su equivalente en cualquier otra moneda, (el “Programa”) bajo el régimen PYME CNV, cuya aprobación se encuentra tramitando ante la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”). Continúa el señor Presidente expresando que resulta conveniente, a fin de impulsar la estructura de financiamiento de la Sociedad, proponer el inicio de las gestiones tendientes a emitir la primer clase de Obligaciones Negociables dentro el Programa bajo el régimen PYME CNV (las “Obligaciones Negociables Clase I” o las “Obligaciones Negociables”, indistintamente). A continuación, el señor Presidente procede a resumir los términos y condiciones de Obligaciones Negociables Clase I, conforme se encuentran detallados en el correspondiente suplemento de precio preliminar (el “Suplemento de Precio”), el cual previamente ha sido distribuido entre los señores Directores: Monto de la Emisión: el valor nominal global total de las Obligaciones Negociables Clase I en una o más series y/o clases podrá ser de hasta el monto máximo de hasta el equivalente en Dólares Estadounidenses a $1.500.000.000 (Pesos mil quinientos millones) o su equivalente en otras monedas, unidades de medida o unidades de valor, o aquel monto menor que determine cualquiera de las personas autorizadas a tal efecto por la presente acta, conforme se indique en el Suplemento de Precio (el “Valor Nominal Global Total”). En caso de que se decida la emisión en dos o más Series y/o clases, la sumatoria del monto de emisión de estas en conjunto, no podrá superar el Valor Nominal Global Total. Podrán especificarse montos de referencia para cada Serie en el Suplemento de Precio, sin perjuicio de lo cual cada una de las Series podrá ser emitida por un monto nominal mayor o menor a los montos que se determinen en el Suplemento de Precio, siempre respetando el Valor Nominal Global Total, conforme se indique en el Suplemento de Precio. Oferta: las Obligaciones Negociables serán ofrecidas en Argentina en el marco de la Ley de Mercado de Capitales y demás normativa aplicable, conforme se determine en el Suplemento de Precio. Organizadores y Colocadores: serán Banco de Galicia y Buenos Aires S.A.U. y Puente Hnos. S.A. y/o aquellos otros agentes que se designen e indiquen en el Suplemento de Precio. Descripción : las Obligaciones Negociables Clase I serán obligaciones negociables simples, no convertibles en acciones. Tendrán en todo momento igual prioridad de pago entre sí
y respecto a todas las demás obligaciones presentes y futuras, no subordinadas y con garantía común del Emisor, salvo que se determine de otro modo en el Suplemento de Precio. Forma: Las Obligaciones Negociables se representarán bajo la forma de un certificado global (y en caso de que la emisión se divida en Series y/o clases, será uno para cada Serie y/o clases, de corresponder), que será depositado por el Emisor en el sistema de depósito colectivo llevado por Caja de Valores S.A., o bajo aquella otra forma que se determine en el Suplemento de Precio. Moneda de Denominación, Integración y Pago: Las Obligaciones Negociables Clase I estarán denominadas en Dólares Estadounidenses, serán suscriptas e integradas en Pesos al Tipo de Cambio Inicial (conforme dicho término se define en el Suplemento de Precio). Asimismo, todos los pagos bajo las mismas se realizarán en Pesos al Tipo de Cambio Aplicable (conforme dicho término se define en el Suplemento de Precio), según se establece en el Suplemento de Precio. Precio de Suscripción: las Obligaciones Negociables Clase I serán emitidas al 100% de su valor nominal, o conforme ello se determine en el Suplemento de Precio. Fecha de Vencimiento: en caso de que la emisión se divida en Series y/o clases, estas podrán tener diferentes plazos siempre que no superen el de 36 (treinta y seis) meses, o aquel que se determine en el Suplemento de Precio, pudiendo ampliarse o reducirse el plazo conforme lo determinen los subdelegados designados al efecto. Tasa de Interés: las Obligaciones Negociables Clase I devengarán un interés a una tasa de interés variable, o fija, o de aquella otra forma que se determine en el Suplemento de Precio. Fecha de Pago de los Intereses: los intereses de las Obligaciones Negociables serán pagaderos trimestralmente o conforme se determine en el Suplemento de Precio aplicable. Amortización : el 100% del valor nominal de las Obligaciones Negociables será pagado en una sola cuota en el día de la respectiva Fecha de Vencimiento o mediante pagos parciales, conforme lo establezcan los subdelegados designados en la presente acta y se determine en el Suplemento de Precio. Garantías: las Obligaciones Negociables no gozarán de otra garantía que no sea el patrimonio común de la Emisora, salvo que se especifique lo contrario en el Suplemento de Precio. Uso de los Fondos: los fondos netos provenientes de la colocación de las Obligaciones Negociables serán utilizados, en cumplimiento con el artículo 36 de la Ley Nº 23.576 de Obligaciones Negociables conforme se especifique en el Suplemento de Precio. Listado y Negociación: las Obligaciones Negociables serán listadas y negociadas en Bolsas y Mercados Argentinos S.A. y en el Mercado Abierto Electrónico S.A. y/o en cualquier mercado autorizado en la República Argentina, conforme lo establezca cualquiera de las personas autorizadas a tal efecto por la presente acta y siempre que los referidos organismos otorguen las autorizaciones correspondientes. Sometido a consideración del Directorio lo hasta aquí expuesto por el Señor Presidente, luego de un prolongado cambio de ideas y de finalizado el análisis de la documentación señalada, por unanimidad de los presentes, SE RESUELVE :
(i) Aprobar la emisión de las Obligaciones Negociables Clase I dentro del Programa bajo el régimen PYME CNV, por un valor nominal global máximo de hasta el equivalente en Dólares Estadounidenses a $1.500.000.000 (Pesos mil quinientos millones) en los términos y condiciones antes reseñados;
(ii) Aprobar: (a) el Suplemento de Precio preliminar; y (b) la suscripción de los demás documentos necesarios para instrumentar la emisión;
(iii) Disponer que las Obligaciones Negociables serán listadas y negociadas en Bolsas y Mercados Argentinos S.A. y en el Mercado Abierto Electrónico S.A., y/o en cualquier otro mercado autorizado de la República Argentina;
(iv) Disponer que los fondos netos provenientes de la colocación de las Obligaciones Negociables serán utilizados conforme fuera anteriormente reseñado;
(v) Subdelegar en los señores directores Aníbal José Mocchi, José Luis Ramos y José Ignacio Aníbal Mocchi Gette, las facultades suficientes para que actuando indistintamente cualesquiera de ellos: (a) negocie y apruebe los restantes términos y condiciones de la emisión de las Obligaciones Negociables Clase I y/o modifique los términos y condiciones aprobados bajo la presente (incluyendo, sin limitación, si la emisión se efectuará en una, dos o más Series, el valor nominal a emitir de cada Serie, el valor nominal de referencia a ser ofrecido por cada Serie -en su caso-, los colocadores, los subcolocadores, la moneda de emisión, la forma de integración, el precio de emisión, la forma y plazos de amortización, la fecha de vencimiento, el tipo y la tasa de interés, el destino de los fondos obtenidos de la colocación, el sistema de colocación, la duración del período de difusión pública y/o el período de subasta pública, la decisión de que las Obligaciones Negociables cuenten con calificación de riesgo, entre otros); (b) modifique todos aquellos términos y condiciones que sean necesarios o convenientes conforme a lo que eventualmente requiera la CNV y los mercados donde se listen y/o se negocien las Obligaciones Negociables, la Caja de Valores S.A., y aquellos organismos públicos o privados ante las cuales oportunamente se solicite algún tipo de autorización relacionada con las Obligaciones Negociables, con todas las facultades para proponer y realizar modificaciones a dichos términos y condiciones y aceptar, incluir, aprobar y/o impugnar las que soliciten, en su caso dichas entidades; (c) negocie, celebre, modifique y deje sin efecto cualesquier contratos de suscripción o underwriting, convenios con el agente organizador o dealer manager, convenios de colocación, de calificación de riesgo, de depósito y custodia de las Obligaciones Negociables Clase I u otros, y todos aquellos acuerdos y documentos necesarios para la emisión, colocación, calificación, custodia y pago de las Obligaciones Negociables; entendiéndose que la enumeración precedente es meramente enunciativa; y
(vi) Designar y autorizar a Luciana Denegri, María Victoria Pavani, María Inés Cappelletti, Julián Alejandro Ojeda, Tomás Bautista Cappellini, María Belén Tschudy, y/o a quien ellos designen, para que cualquiera de ellos pueda efectuar conjunta o indistintamente, sin carácter limitativo ante la CNV, Bolsas y Mercados Argentinos S.A, el Mercado Abierto Electrónico S.A., Caja de Valores S.A. y cualesquier otra entidad ante la cual se presente el Suplemento de Precio y demás documentos necesarios para la emisión de las Obligaciones Negociables, todo tipo de presentaciones y actos necesarios y/o convenientes vinculados con la tramitación de las presentaciones que se efectúen ante dichos organismos, para obtener la autorización de oferta pública, listado y negociación de las Obligaciones Negociables, para cumplimentar disposiciones y resoluciones vigentes, y obtener la conformidad administrativa correspondiente, quedando
facultados para presentar solicitudes, aceptar y proponer las modificaciones que el organismo de contralor respectivo considere necesarias, firmar documentos, presentar peticiones, contestaciones, formularios, notas y otros escritos, contestar vistas o traslados y, en general, realizar todos los trámites y diligencias que sean necesarios para el cumplimiento de los fines resueltos por el Directorio. No habiendo más asuntos que tratar, el Sr. Presidente da por concluida la reunión siendo las 11,00 hs.
Firmado en libros por: Anibal Jose Mocchi Jose Anibal Ignacio Mocchi Gette Jose Luis Ramos German Alberto Crespi