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SION S.A. Capital/Financing Update 2024

Oct 31, 2024

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Capital/Financing Update

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SION S.A.

OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYMES SERIE XIV

POR UN VALOR NOMINAL DE HASTA $ 1.500.000.000 (PESOS MIL QUINIENTOS MILLONES) AMPLIABLES HASTA UN VALOR NOMINAL MÁXIMO DE $ 3.000.000.000 (PESOS TRES MIL MILLONES)

A SER EMITIDAS EN EL MARCO DEL PROGRAMA GLOBAL PARA LA EMISIÓN DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYMES CNV POR HASTA V/N U$S 19.719.959 (O SU EQUIVALENTE EN OTRAS MONEDAS O UVAS - UNIDADES DE VALOR ADQUISITIVO ACTUALIZABLES POR EL COEFICIENTE DE ESTABILIZACIÓN DE REFERENCIA (CER) – LEY N° 25.827-)

Conforme al art. 10 de la Ley 23.576 se hace saber que por reunión de directorio del 25-092024 y nota de delegado de fecha 10-10-2024 se aprobó la emisión de la décimo cuarta serie de obligaciones negociables pymes conforme a las siguientes condiciones de emisión complementadas con las establecidas en el Suplemento de Prospecto publicado en el/los sistemas de información de el/los mercado/s donde las obligaciones negociables se listen y en la Autopista de la Información Financiera de la Comisión Nacional de Valores (www.argentina.gob.ar/cnv) (el “Suplemento de Prospecto”).

1. Monto: El monto de las Obligaciones Negociables Serie XIV (las “ON Serie XIV”) será por un valor nominal de hasta $1.500.000.000 (pesos mil quinientos millones) ampliable hasta un valor nominal de $3.000.000.000 (pesos tres mil millones) (el “Monto Máximo”). El monto definitivo de la emisión será determinado con anterioridad a la Fecha de Emisión e informado mediante un aviso complementario al Suplemento de Prospecto que será publicado por un día en el sistema de información de Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (“ByMA”), en el sitio web del Mercado Abierto Electrónico (“MAE”) y será informado a la CNV por la Autopista de la Información Financiera (“AIF”) (el “Aviso de Resultado de la Colocación”).

2. Moneda: Las ON Serie XIV estarán denominadas y pagaderas en pesos. La integración será en pesos.

3. Vencimiento: a los 12 meses desde la Fecha de Emisión (la “Fecha de Vencimiento”).

4. Interés: Las ON Serie XIV devengarán una tasa nominal anual variable sobre el saldo de capital que será equivalente a la Tasa de Referencia (según se define más adelante), más un diferencial de tasa a licitarse durante el Período de Licitación (el “Diferencial de Tasa”). Respecto del Primer Período de Interés (conforme este término se defines más adelante), cuyo pago se realizará el 27 de Diciembre de 2024 la tasa de interés nominal anual variable que devengarán las ON Serie XIV no será inferior al 50% nominal anual (la “Tasa Mínima”). Por lo tanto, en caso que la Tasa de Referencia más el Diferencial de Tasa para el Primer Período de Interés arroje una tasa inferior a la Tasa Mínima, exclusivamente y sólo para el Primer Período de Interés se pagará el servicio considerando la Tasa Mínima. A los fines del cálculo de los intereses – cálculo que estará a cargo del Emisor - se tomará como base un año de 365 días (cantidad de días transcurridos/365). Los pagos de interés se realizarán en cuatro pagos:

(a) el primer pago será el 27 de diciembre de 2024; (b) el segundo será el 28 de marzo de 2025, (c) el tercer pago se realizará el 28 de junio de 2025 y c) el último Servicio de interés que se pagará en la Fecha de Vencimiento (cada una de las fechas la “Fecha de Pago de Interés”).

5. Tasa de Referencia: será el promedio aritmético simple de las tasas de interés para depósitos a plazo fijo de más de un millón de pesos de 30 a 35 días en bancos privados (“BADLAR Privada”), en base a las tasas informadas por el Banco Central de la República Argentina (“BCRA”) durante el período que se inicia el séptimo día hábil (inclusive) anterior al inicio de cada Período de Interés (conforme dicho término se define más adelante) y finaliza el séptimo día hábil (exclusive) anterior a la Fecha de Pago de Interés. Actualmente, la tasa BADLAR Privada es informada por el BCRA en su página de internet (www.bcra.gob.ar), Sección “Estadísticas”, “Principales Variables” BADLAR en pesos de bancos privados (en n.a). En caso de que la tasa BADLAR Privada dejara de ser informada por el BCRA, se tomará: (i) la tasa sustitutiva de la Tasa BADLAR Privada que informe el BCRA o (ii) en caso de no existir o no informarse la tasa sustituta indicada en (i) precedente, la que resulte de considerar el promedio de tasas informadas para depósitos a plazo fijo en pesos por un monto mayor a un millón de pesos por períodos de entre 30 y 35 días de los cinco (5) primeros bancos privados de la Argentina, conforme al cálculo que realice el Emisor. Para elegir los cinco (5) primeros bancos privados se considerará el último informe de depósitos disponibles publicados por el BCRA.

6. Período de interés : se denominará “Período de Interés” (i) al período que transcurra entre la Fecha de Emisión (inclusive) y la primera Fecha de Pago de Interés (exclusive) -para el primer pago de intereses (el “Primer Período de Interés”)-, y (ii) entre la última Fecha de Pago de Interés (inclusive) y la próxima Fecha de Pago de Intereses (exclusive) para los restantes períodos de interés (cada uno el “Período de Interés”) y se pagarán en cada Fecha de Pago de Interés.

7. Amortización : Será efectuada en un único pago en la Fecha de Vencimiento. La fecha de pago del servicio de amortización será informada en el aviso de colocación a ser publicado en el sistema de información de ByMA, MAE y en la AIF (el “Aviso de Colocación”).

8. Pagos de Servicios: Tanto el pago de capital como el de los intereses serán efectuados por el Emisor en pesos y serán informados mediante avisos a ser publicados en el sistema informativo de ByMA, MAE y en la AIF (los “Avisos de Pago”). Si la fecha fijada para el pago (la “Fecha de Pago de Servicios”) fuera un día inhábil, quedará pospuesta al siguiente Día Hábil sin que se devenguen intereses sobre dicho pago por el o los días que se posponga el vencimiento. Las obligaciones de pago se considerarán cumplidas y liberadas en la medida en que el Emisor ponga a disposición de Caja de Valores S.A. los fondos correspondientes. Se entenderá por “Día Hábil” cualquier día de lunes a viernes, salvo aquellos en los que los bancos comerciales en la Ciudad de Buenos Aires y/o los mercados de valores autorizados estuvieran autorizados o requeridos por las disposiciones legales vigentes a cerrar o que, de otra forma, no estuvieran abiertos para operar o tuvieran alguna restricción para operar dispuesta por el BCRA. Las Fechas de Pago de Servicios se consignarán en el Aviso de Colocación.

9. Intereses moratorios: A partir de la mora – que se producirá por el solo vencimiento del plazo para el pago del Servicio, aunque ese solo hecho no constituya una Causal de Incumplimiento - se devengarán intereses moratorios, que se establecen en una vez y medio (1.5) el interés compensatorio vigente, sobre los conceptos adeudados.

10. Rango: Las ON Serie XIV cuentan con garantía común sobre el patrimonio de la Emisora y tendrán en todo momento igual prioridad de pago entre sí y con todas las demás obligaciones no subordinadas de la Sociedad, presentes o futuras, salvo las obligaciones que gocen de privilegios en virtud de disposiciones legales o contractuales.

11. Causales de Incumplimiento: I.- Una Causal de Incumplimiento será cualquiera de los siguientes hechos: (a) Falta de pago de los Servicios cuando el mismo resulte vencido y exigible, sea total o parcial, se trate de la presente Serie o cualquiera otra Serie de obligaciones negociables en circulación; o (b) la Sociedad no cumpliera ni observara debidamente cualquier otro término o compromiso establecido en las condiciones de emisión de las ON Serie XIV– siempre que tal incumplimiento afecte significativamente la capacidad de pagar los Servicios de las ON Serie XIV - y dicha falta de cumplimiento u observancia continuara sin ser reparada quince (15) días después de que cualquier inversor haya cursado aviso por escrito al respecto a la Sociedad; o, (c) Si un tribunal de jurisdicción competente hubiera dictado una sentencia definitiva, mandamiento u orden contra la Sociedad para el pago de dinero por un monto superior al monto original de emisión (o su equivalente en otras monedas) y hubieran transcurrido treinta (30) días desde la notificación de dicha sentencia definitiva, mandamiento u orden sin que se los haya cumplido, apelado o suspendido; o (d) Conforme a laudo del tribunal competente, si cualquier declaración, garantía o certificación realizada por el Emisor (o cualquiera de sus funcionarios debidamente autorizados) en las condiciones de emisión de las ON Serie XI o en cualquier documento entregado por la Sociedad conforme a las condiciones de emisión resultara haber sido incorrecta, incompleta o engañosa, en cualquier aspecto importante, en el momento de su realización. Ello siempre que sea probable que la misma tenga un efecto adverso sustancial sobre la capacidad de la Sociedad para cumplir con sus obligaciones bajo las ON Serie XIV o sobre la legalidad, validez o ejecutabilidad de las ON Serie XIV; o (e) Fuera solicitada la quiebra de la Sociedad y la misma no fuera desistida, rechazada o levantada en el término de cuarenta (40) Días Hábiles de ser notificada; (f) Se solicitara la formación de concurso preventivo de la Sociedad, o la declaración de su propia quiebra; (g) La Sociedad iniciara procedimientos para un acuerdo preventivo extrajudicial en los términos de la legislación concursal; y (h) La Sociedad figurara en la Central de Riesgo del BCRA en clasificación 5;

II.- En cada uno de los casos enumerados precedentemente, cualquier titular de ON Serie XIV podrá declarar inmediatamente vencido y exigible el capital de todas las ON Serie XIV, junto con los intereses devengados hasta la fecha de caducidad de plazos, mediante envío de aviso por escrito a la Sociedad. Ante esa declaración el capital se tornará inmediatamente vencido y exigible, sin ninguna otra acción o aviso de cualquier naturaleza. Si en cualquier momento con posterioridad a que el capital de las ON Serie XIV haya sido declarado vencido y exigible, y antes de que se haya obtenido o registrado una venta de bienes para el pago del dinero adeudado, la Sociedad abonara una suma suficiente para pagar todos los montos de capital e intereses vencidos a la fecha de caducidad de plazos respecto de la totalidad de las ON Serie XIV, con más los intereses moratorios y gastos, y se hayan reparado cualesquiera otros incumplimientos referidos a esas ON Serie XIV, entonces la declaración de caducidad quedará sin efecto.

12. Adquisición de las Obligaciones Negociables por parte del Emisor : El Emisor podrá, de acuerdo con las normas vigentes, en cualquier momento y de cualquier forma, comprar o de cualquier otra forma adquirir las ON Serie XIV en circulación y realizar con respecto a

ellas cualquier acto jurídico legalmente permitido, pudiendo en tal caso el Emisor, sin carácter limitativo, mantenerlas en cartera, transferirlas a terceros o cancelarlas.

DATOS DEL EMISOR: a) Datos de constitución: fundada en el año 1996. Inscripta en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas (DPPJ) de la Provincia de Buenos Aires el 30/12/1996 con la matrícula 46.219 de Sociedades Comerciales. Con posterioridad inscripta en la Inspección General de personas Jurídicas (IGJ) b) Domicilio social: Av. Chiclana 3345, piso 5, cuerpo HIT 2, de la Ciudad de Buenos Aires. c) Plazo: Noventa y nueve años contados desde el 30 de diciembre de 1996. d) Objeto social: La sociedad tendrá por objeto realizar por si, por cuenta de terceros o asociada a terceros, tanto en el territorio de la República como en el exterior, las siguientes actividades: a) la comercialización, distribución, consignación, manufacturación y producción de equipos informáticos, de telecomunicación, y de teleinformación; b) a la fabricación, distribución y comercialización, exportación e importación de equipos de comunicación, informática y computación y todos sus subproductos y derivados; c) compra, venta, importación, exportación ya sea por mayor como al por menor, de todo tipo de materias primas, maquinarias, herramientas, equipos, aparatos, repuestos, útiles, como así todo otro tipo de accesorios para la industria, comercialización y provisión de servicios y/o de productos informáticos, teleinformáticos, y de telecomunicaciones; d) a la provisión y/o mantenimiento y/o consultoría informática, teleinformática y telecomunicacional, prestaciones de servicios de Internet, y/o conexiones digitales; e) solicitar, obtener, inscribir, registrar, comprar, administrar, vender, ceder, otorgar concesiones, explotar y disponer de patentes o privilegios de invención, patentes precaucionales, marcas de fábricas y marcas distintivas, como así también de toda clase de derechos, privilegios e inmunidades inherentes a los actos señalados, otorgar regalías y/o royalties, registrar franquicias y/o comercializarlas; f) realizar operaciones de Leasing.- De ser requerido conocimientos especiales, estos serán aplicados por profesionales habilitados o personal idóneo. e) Actividad Principal: Prestación de Servicios de Internet y Telecomunicaciones. f) Capital social al 30/06/2024 : $2.943.066.581,48. g) Patrimonio neto al 30/06/2024: $31.458.306.021,30; h) El emisor tiene en circulación las Obligaciones Negociables Serie VII, VIII, IX, X, XII y XIII por un saldo capital de $ 9.355.170.000,00. i) El emisor no tiene préstamos garantizados con garantías reales.

Daniel O Merino Director