Skip to main content

AI assistant

Sign in to chat with this filing

The assistant answers questions, extracts KPIs, and summarises risk factors directly from the filing text.

ROCH S.A. Audit Report / Information 2026

May 12, 2026

68532_rns_2026-05-12_f9a37871-a8bf-469a-8353-ad15d2d1aa97.pdf

Audit Report / Information

Open in viewer

Opens in your device viewer

ACTA DE COMISION FISCALIZADORA N 106

En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 11 días del mes de mayo de 2026, siendo las 10.00 horas, se reúnen en la sede social de ROCH S.A. (La "Sociedad"), sita en la calle Madero 1020, piso 21°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los miembros titulares de la Comisión Fiscalizadora de la Sociedad, Dres. Héctor Horacio Raffo, Carlos Alberto Tabasco y Carlos Esteban Tabasco. Abierto el acto, toma la palabra el Dr. Héctor Horacio Raffo, quien informa que la Comisión Fiscalizadora ha sido citada por el Presidente del Directorio de la Sociedad a una reunión de Directorio que se celebrará el día 11 de mayo de 2026 a las 16.00 horas con el objeto de resolver acerca de la aprobación de los ESTADOS FINANCIEROS INTERMEDIOS CONDENSADOS AL 31 DE MARZO DE 2026 de la Sociedad, pertenecientes al Ejercicio Económico N° 38 iniciado el 1° de enero de 2026. Toma la palabra el Dr. Carlos Esteban Tabasco, quien manifiesta que la Comisión Fiscalizadora ha analizado los estados financieros que deberá aprobar el Directorio de Roch S.A. y ha preparado el informe correspondiente en los términos del inc. 5° del art. 294 de la Ley N° 19.550, el que somete a la votación de la Comisión Fiscalizadora.

El informe propuesto se transcribe a continuación:

INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA

SOBRE ESTADOS FINANCIEROS CONDENSADOS DE PERIODOS INTERMEDIOS

A los Señores Accionistas de

ROCH S.A.

Domicilio Legal: Av. Eduardo Madero 1020 Piso 21°

CUIT: 30-63837562-8

Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Identificación de los estados financieros objeto de la revisión

En nuestro carácter de integrantes de la Comisión Fiscalizadora de ROCH S.A. y a los efectos de dar cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 294 de la Ley N° 19.550 y a las Normas de la Comisión Nacional de Valores, hemos examinado los estados financieros de ROCH S.A. que comprenden el estado intermedio condensado de situación financiera al 31 de marzo de 2026, el estado intermedio condensado de ganancias o pérdidas y otros resultados integrales correspondiente al período de 3 meses finalizado el 31 de marzo de 2026, el estado intermedio condensado de cambios en el patrimonio neto correspondiente al mismo trimestre y el estado intermedio condensado de flujo de efectivo correspondientes al primer trimestre del ejercicio 2026, así como las notas explicativas de los estados financieros 1 a 9 que incluyen información significativa sobre políticas contables y los anexos I y II.


Los saldos y otra información correspondiente al ejercicio 2025, son parte integrante de los estados financieros mencionados precedentemente y por lo tanto deberán ser considerados en relación con esos estados financieros.

Responsabilidad del Directorio y la Gerencia de la Sociedad en relación con los estados financieros

El Directorio de la Sociedad es responsable de la preparación y presentación razonable de los estados financieros individuales adjuntos de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera, adoptadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas como normas contables profesionales e incorporadas por la Comisión Nacional de Valores a su normativa, tal como fueron aprobadas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad.

Asimismo, el Directorio de la Sociedad es responsable de establecer y ejecutar los controles internos que considere necesarios para la preparación de estados financieros libres de distorsiones significativas, sean originadas en errores o irregularidades.

Responsabilidad de la Comisión Fiscalizadora

Nuestro examen fue realizado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes, establecidas en la segunda parte de la Resolución Técnica N° 55 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, que modificó la Resolución Técnica N° 15 “Normas sobre la Actuación del Contador Público como Síndico Societario” y fue aprobada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad de Buenos Aires por Resolución C.D. N° 96/2022

Dichas normas requieren que el examen de los estados financieros se efectúe de acuerdo con las normas de auditoría vigentes e incluya la verificación de la congruencia de los documentos examinados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas, y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales.

Para realizar nuestra tarea profesional, hemos efectuado un control del trabajo efectuado por los auditores externos, Deloitte & Co. SA, quienes emitieron su informe de revisión el 11 de mayo de 2026 de conformidad con la Norma Internacional de Encargos de Revisión (NIER) 2410, emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB, por sus siglas en inglés).

Nuestra tarea incluyó la revisión de la planificación del trabajo, la naturaleza, alcance y oportunidad de los procedimientos aplicados, y los resultados de la revisión efectuada por dichos profesionales.

Una revisión de los estados financieros de períodos intermedios consiste en realizar indagaciones, principalmente a las personas responsables de los temas financieros y contables, y aplicar procedimientos analíticos y otros procedimientos de revisión. Una revisión tiene un alcance significativamente menor que el de una auditoría y, por consiguiente, no permite obtener seguridad que tomamos conocimiento de todos los temas significativos que podrían identificarse en una auditoría.

La normativa profesional requiere al auditor el cumplimiento de los requerimientos éticos establecidos en el Código de Ética vigente, así como que planifique y ejecute la


auditoría con el fin de obtener una seguridad razonable de que los estados financieros están libres de incorrecciones significativas.

Dado que no es responsabilidad de la Comisión Fiscalizadora efectuar un control de gestión, el examen no se extendió a los criterios y decisiones empresariales de las diversas áreas de la entidad, cuestiones que son de responsabilidad exclusiva del Directorio y la Gerencia.

Consideramos que los elementos de juicio que hemos obtenido, proporcionan una base suficiente y adecuada para nuestra opinión.

Conclusión

Sobre la base de nuestra revisión, con el alcance que expresamos en el párrafo anterior, estamos en condiciones de manifestar que no se nos han presentado circunstancias que nos hicieran pensar que los estados financieros condensados intermedios adjuntos de Roch S.A. correspondientes al período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2026 no están presentados en todos sus aspectos significativos, de acuerdo con la NIC 34 "Información Financiera Intermedia".

La información financiera intermedia condensada no incluye toda la información que requieren las NIIF para la presentación de estados financieros completos, por corresponder a la modalidad de estados financieros condensados prevista en la NIC 34. Por lo tanto, los estados financieros intermedios condensados deben ser leídos conjuntamente con los estados financieros de la Sociedad correspondientes al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2025, los que han sido preparados de acuerdo con las NIIF. Es pertinente señalar que a la fecha de emisión de este informe, dichos estados financieros anuales están debidamente copiados en el Libro de Inventario y Balances rubricado N° 11, hasta fs. 251.

Párrafos adicionales aclaratorios

a) Al cierre de los estados financieros intermedios condensados por el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2026, la Sociedad conservaba el 99,9996% del capital accionario de la sociedad ROCH PROYECTOS S.A.

Esta sociedad fue creada en 30 de agosto de 2023 como sociedad anónima unipersonal mediante instrumento público -escritura número 126 pasada por ante la escribana Marta Grinberg titular del Registro Notarial N° 492-, con un capital social de un millón de pesos, representado por un millón de acciones ordinarias, nominativas escriturales de un peso valor nominal cada una, con derecho a un voto por acción, que fueron suscritas e integradas totalmente por ROCH S.A.

En 27 de noviembre de 2025 se celebró una Asamblea General Extraordinaria de ROCH PROYECTOS S.A.U. que dispuso por unanimidad una reforma integral del Estatuto de la sociedad, para permitir el ingreso de nuevos accionistas y el cambio de denominación al actual de ROCH PROYECTOS S.A.

El capital social se mantuvo en un millón de pesos representado por un millón de acciones ordinarias, escriturales, de un peso valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. Las acciones se dividieron en dos clases: la Clase A compuesta por 999.996


acciones y la clase B compuesta por cuatro acciones. Al cierre del ejercicio económico en 31 de diciembre de 2025 ROCH S.A. poseía la titularidad de las acciones clase A, representativas del 99,9996% del capital social.

El artículo 7° del Estatuto así modificado de ROCH PROYECTOS S.A., estableció normas y restricciones para las transferencias accionarias. En otros artículos se modificaron la composición del Directorio y del órgano de Fiscalización y la duración de los mandatos, el régimen de administración de la sociedad estableciendo un Plan de Negocios y un Comité Operativo integrado por directores.

Se estableció la competencia de la Cámara de Comercio Internacional para resolver disputas relacionadas con la ejecución, validez e interpretación del Estatuto, sometiéndolas a arbitraje de derecho conforme las Reglas de Arbitraje de dicha Cámara.

Todas las modificaciones Estatutarias fueron incluidas en un nuevo texto ordenado del Estatuto de ROCH PROYECTOS S.A. que fue inscripto por ante la Inspección General de Justicia bajo el número 209 del Libro 125 de Sociedades por Acciones, en 05 de enero de 2026.

Corresponde informar, como hecho posterior al cierre de los estados financieros intermedios condensados pertenecientes al período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2026, que con fecha 16 de abril de 2026, en el marco del contrato de Financiación de Inversión celebrado por la Sociedad con ROCH PROYECTOS S.A. y un grupo inversor, estos últimos notificaron el ejercicio de la opción de compra del 40% del capital accionario de ROCH PROYECTOS S.A., sujeto al pago del precio y el cumplimiento de las demás obligaciones contractuales.

La Sociedad informó el hecho relevante a la Comisión Nacional de Valores en 28 de abril de 2026, identificando al grupo inversor como integrado por Explorador Partners LLC, Thomas Boytink, Amos Energy Argentina LLC y Terra Oil Investments LLC y describiendo a ROCH PROYECTOS S.A. como una sociedad subsidiaria para proyectos, creada en el marco de su concurso preventivo con el propósito de captar negocios relacionados con su objeto social.

b) Con fecha 3 de diciembre de 2025, la Sociedad celebró un Contrato de Financiación e Inversión junto con Roch Proyectos S.A. y un grupo de inversores, con el objeto de financiar el desarrollo y explotación de áreas hidrocarburíferas ubicadas en la Provincia de Santa Cruz, a través de Roch Proyectos S.A.

En virtud de tal contrato, la Sociedad se encuentra sujeta a un acuerdo de control conjunto con los inversores, que establece que determinadas decisiones relevantes requieren del consentimiento conjunto de las partes (ver nota 2.c.5 a los estados financieros pertenecientes al ejercicio económico número 37, cerrado el 31 de diciembre de 2025).

La determinación del tipo de control sobre Roch Proyectos S.A. requirió la aplicación de un juicio significativo por parte de la Dirección, conforme a lo establecido en la NIIF 10 "Estados Financieros Consolidados" y la NIIF 11 "Acuerdos Conjuntos".

Si bien Roch S.A. mantiene al cierre los estados financieros intermedios condensados pertenecientes al período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2026 una participación accionaria mayoritaria en Roch Proyectos S.A., el Contrato de Financiación e Inversión establece un esquema de gobierno corporativo mediante el cual las decisiones


sobre las actividades relevantes de dicha sociedad requieren el consentimiento conjunto de Roch S.A. y de los Inversores.

En virtud de dichas disposiciones contractuales, las decisiones relativas a las actividades relevantes de Roch Proyectos S.A. no pueden adoptarse de manera unilateral por parte de Roch S.A., requiriéndose en la práctica el acuerdo conjunto entre Roch S.A. y los inversores.

Consecuentemente, y conforme a la NIIF 11, la Sociedad determinó que las partes comparten el control sobre Roch Proyectos S.A., configurándose un acuerdo de control conjunto.

En función de ello, Roch Proyectos S.A. fue clasificada como un negocio conjunto con la firma del acuerdo y se contabilizó de forma subsecuente mediante el método de la participación de acuerdo con la NIC 28 “Inversiones en asociadas y negocios conjuntos”.

La parte de la inversión en el negocio conjunto que se enajenará, se clasificó como mantenida para la venta (conforme la definición de la NIIF 5) y como informan los administradores en la nota 3.f) los activos retenidos para la venta están valuados como el menor valor entre su importe de libros y el valor razonable, menos los costos asociados a la venta.

Como consecuencia del proceso de inversión de Roch Proyectos S.A. descrito anteriormente, Roch S.A. concluyó que a esa fecha ha perdido el control de Roch Proyectos S.A. y por lo tanto ha reconocido una ganancia por revaluación por pérdida de control, correspondiente a la diferencia entre (i) la suma del valor razonable de la contraprestación a recibir y el valor razonable de cualquier participación retenida, y (ii) el importe en libros anterior de los activos menos los pasivos de la subsidiaria.

La nota 3.e) Inversiones en Negocios Conjuntos explica la formación del saldo de miles de pesos 42.308.097 al cierre de los estados financieros intermedios condensados por el período de tres meses finalizado en 31 de marzo de 2026, exponiendo los activos y pasivos de Roch Proyectos S.A., así como sus resultados a esa fecha, utilizados para determinar el valor patrimonial proporcional de la inversión.

c) Respecto de la “Evolución del Concurso Preventivo de Acreedores” que fue abierto en 30 de noviembre de 2020 por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial No. 6, sito en Avda. Diagonal Norte 1211 piso 2°, a cargo de la Dra. Marta Cirulli, Secretaria Nro. 11 a cargo del Dr. Ernesto Tenuta., la Sociedad transita la etapa de cumplimiento del concordato homologado con fecha 14 de julio de 2022 en los términos del artículo 52 de la Ley N° 24.522.

En el marco del consentimiento solicitado el 23 de abril de 2024 y aprobado por los tenedores de Obligaciones Negociables Clase I; por los tenedores de la Obligación Negociable Privada y por los restantes acreedores financieros, se dio cuenta de los pagos asociados a dicho proceso en nuestro informe incluido con los estados financieros pertenecientes al ejercicio económico número 37, cerrado en 31 de diciembre de 2025.

Durante el corriente trimestre, la Sociedad realizó el pago de la cuota de capital y los intereses correspondientes a su deuda financiera, el 27 de marzo de 2026.

La nota 9. “Hechos Posteriores...” informa que con fecha 8 de mayo de 2026, la Sociedad comunicó la emisión de Obligaciones Negociables Garantizadas Clase 1 Adicionales por un valor nominal de U$S 336.516, con vencimiento el 27 de septiembre de 2027. La


emisión se realiza en el marco del concurso preventivo y corresponde al canje de ONs Clase 5 verificadas tardíamente, manteniendo las mismas condiciones que las ONs Clase 1 existentes. Las nuevas obligaciones devengan una tasa fija del 6,5% anual y contemplan además la capitalización de intereses compensatorios impagos de las ONs Clase 5, por un monto de U$S 81.516.

Destacamos que al 31 de marzo de 2026 la sociedad mantiene inversiones en un Fondo Común de Inversiones de tipo Money Market clásico (nota 3.h Efectivo y Equivalentes de Efectivo) por miles de pesos 5.009.590 depositados en un fideicomiso para garantía de los acreedores concordatarios.

d) La Sociedad ha registrado la reestructuración de los pasivos concursales de acuerdo con los lineamientos de la NIIF 9, dando de baja a los instrumentos financieros previos y reconociendo contablemente los nuevos instrumentos financieros emitidos.

e) De acuerdo con el art. 70 de la Ley General de Sociedades, las sociedades por acciones deben efectuar una reserva no menor del 5% (cinco por ciento) de las ganancias realizadas y líquidas que arroje el estado de resultados del ejercicio, hasta alcanzar el 20% del capital social. Ello debe entenderse como la suma algebraica del resultado del ejercicio, los ajustes de ejercicios anteriores, las transferencias de otros resultados integrales a resultados acumulados y las pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores. La Reserva Legal se ha mantenido a su valor nominal hasta la fecha de inicio de aplicación de la NIC 29 (1° de enero de 2017) y, a partir de ese momento, se ha reexpresado en moneda de cierre aplicando el procedimiento de ajuste descrito en la nota 2.a), considerando los movimientos de cada ejercicio. La Sociedad había consumido dicha reserva, según Disposiciones de la Asamblea General Ordinaria de Accionistas del 19 de abril de 2023. La Asamblea General Ordinaria celebrada en 29 de abril de 2026, resolvió reconstituir la Reserva Legal por la suma de miles de pesos 651.282. Además, decidió constituir una Reserva Facultativa por la suma de miles de pesos 30.579.836 destinada a la absorción de pérdidas de ejercicios futuros y/o la distribución de dividendos.

f) Al cierre de los estados financieros intermedios condensados por el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2026, la Sociedad expone un capital de trabajo negativo por la suma de miles de pesos 2.629.636. Ello supone la posibilidad de un descalce entre los vencimientos de las obligaciones corrientes y la disposición de los fondos necesarios para atenderlas puntualmente. La Dirección entiende que los flujos de ingresos por las concesiones en la provincia de Santa Cruz a través de su participación en Roch Proyectos S.A. y el Acuerdo de Financiación e Inversión, sumado a la política de adecuación de costos operativos, permitirá revertir el signo del capital corriente.

Informe sobre cumplimiento de disposiciones vigentes

  • Los estados financieros intermedios condensados al 31 de marzo de 2026 han sido preparados, en sus aspectos significativos, de acuerdo con las normas aplicables de la Ley General de Sociedades N° 19.550 y de la Comisión Nacional de Valores.
  • Los estados financieros intermedios condensados al 31 de marzo de 2026 se encuentran pendientes de transcripción en el Libro de Inventarios y Balances N° 11, rubricado por ante la I.G.J. en 28 de marzo de 2025 bajo el número IF-2025-

32225327-APN-DSCHIGJ, que a la fecha de este informe está copiado hasta fs. 251 (parte final del Informe de la Comisión Fiscalizadora perteneciente a los Estados Financieros correspondientes al ejercicio económico número 37 cerrado el 31 de diciembre de 2025).

  • El resumen del contenido de los discos ópticos está transcripto en el Libro Registro de Habilitación de Medios Ópticos N°1 hasta las operaciones del mes de noviembre de 2025, Acta de Grabación de Soportes Ópticos (CD-ROM) de fecha 29 de enero de 2026 copiada a fs. 97, que incluye los registros de Diario hasta la última transacción de fecha 28 de noviembre de 2025 en el folio 1666; los registros de I.V.A. Ventas hasta la última transacción del 28 de noviembre de 2025 en el folio 77 y los registros de I.V.A. Compras hasta la última transacción del 30 de noviembre de 2025 en el folio 89.

  • En relación con la reseña informativa y la información adicional a las notas a los estados financieros, requerida por el artículo 12 del Título IV, Capítulo III del Régimen informativo periódico de la CNV, no tenemos observaciones que formular en materia de nuestra competencia.

  • Manifestamos que durante el ejercicio hemos realizado, en cuanto correspondían, todas las tareas previstas por el artículo 294 de la Ley 19.550, incluyendo la asistencia a reuniones de Directorio.

  • Dando cumplimiento a la Resolución General número 629 de la CNV, informamos que la documentación respaldatoria de las operaciones de la Sociedad que no se encuentra en la sede social, está depositada en AGA Soluciones de Archivos S.A., con domicilio en Av. 12 de octubre 3954, Quilmes Oeste, provincia de Buenos Aires.

  • Dejamos constancia que a la fecha de cierre de los estados financieros intermedios condensados por el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2026, se encontraban vigentes en legal forma, las garantías de los administradores (art. 256 LGS).

  • El pasivo devengado en favor del Sistema Integrado Previsional Argentino ascendía de $ 154.828.943,85 al cierre los estados financieros intermedios condensados por el período trimestral finalizado el 31 de marzo de 2026. No eran exigibles a esa fecha $ 76.527.060. La suma de $ 3.742.349 corresponde a pasivo verificado en el concurso preventivo y oportunamente regularizado con plan de pagos vigente y la suma de $ 74.289.535 corresponde a deuda por los períodos de agosto a noviembre de 2025, regularizada mediante planes de pago vigentes.

Autorizamos expresamente a cualquier miembro de esta Comisión Fiscalizadora a firmar individualmente en nombre de la misma, toda la documentación mencionada en el primer párrafo y las reproducciones del presente informe.


Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 11 de mayo de 2026.

Por la Comisión Fiscalizadora

Puesta la propuesta a consideración, se aprueba por unanimidad el Informe de la Comisión Fiscalizadora antes transcripto.

Asimismo se decide por unanimidad que el Señor Héctor Horacio Raffo participe de las deliberaciones de la reunión de Directorio convocada, dejando constancia de su asistencia y firmando en forma individual y en representación de la Comisión Fiscalizadora el Informe de la Comisión Fiscalizadora y las actas pertinentes.

No habiendo más asuntos que tratar, siendo las 11.45 horas, se levanta la sesión.

Héctor Horacio Raffo

Carlos Alberto Tabasco

Carlos Esteban Tabasco