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Raghsa S.A. — Board/Management Information 2020
Jun 26, 2020
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Board/Management Information
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ACTA DE DIRECTORIO DEL 19 DE JUNIO DE 2020: A los 19 días del mes de junio de 2020, se reúnen de forma remota, bajo la presidencia del Señor Moisés Khafif, los miembros del Directorio de RAGHSA Sociedad Anónima (la “Sociedad”) Elena Khafif, Héctor Emilio Salvo, Mariano Javier Vega, Juan Pablo Morad, quienes manifiestan haber sido debidamente convocados. La señora Haydee Laksman se encuentra presente de forma remota, en representación de los miembros de la Comisión Fiscalizadora. Se deja sentado que (i) los miembros del Directorio y de la Comisión Fiscalizadora se encuentran comunicados entre sí a través de un medio de transmisión simultánea de sonido, imagen y palabra, y que por lo tanto todos los participantes pueden ser identificados, seguir e intervenir en la deliberación de las cuestiones tratadas en la presente reunión, en virtud del artículo décimo tercero de los estatutos de la Sociedad; (ii) esta condición se debe que, con motivo de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud respecto del virus denominado “COVID-19” o “Coronavirus”, el Poder Ejecutivo de la Nación dispuso, el aislamiento social, preventivo y obligatorio hasta el 28 de junio del 2020 en virtud de la situación epidemiológica; (iii) los señores Directores se comprometen a transmitir a la Sociedad por correo electrónico un ejemplar de la presente Acta de Directorio firmado digitalmente; y (iv) los señores Directores se comprometen a transcribir lo resuelto en la presente y a firmar el libro de actas rubricado a tal efecto, una vez finalizado el período de aislamiento social, preventivo y obligatorio. Siendo las 11.30 horas, y luego de verificar la existencia de quórum suficiente, el señor Presidente da comienzo a la reunión, por lo que se pasa a tratar el primer punto del orden del día: 1º) Consideración de la documentación prescripta por el artículo 2 de la Resolución General AFIP 3363, por el ejercicio Nº 52 finalizado el 29 de febrero de 2020. Toma la palabra el señor Presidente quien manifiesta que como resulta de conocimiento de los presentes, la Resolución General AFIP 3363 de fecha 08 de agosto de 2012 establece que los contribuyentes que confeccionen sus estados financieros aplicando las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) deberán presentar además ante la AFIP (i) el Estado de Situación Patrimonial y Estado de Resultados, confeccionados de acuerdo con las normas contables profesionales vigentes para los sujetos no alcanzados por las regulaciones NIIF; y (ii) Informe Profesional en el cual se detallarán las diferencias que surjan de la aplicación de métodos de medición, valuación y/o exposición distintos a aquellos a los que deben ajustarse los sujetos no alcanzados por las regulaciones NIIF, describiendo los motivos que originan tales diferencias. Agrega el Presidente que la Sociedad no ha ejercido la opción prevista en el artículo 3 de la citada Resolución General AFIP 3363. En consecuencia, mociona el Presidente por la aprobación de la documentación prescripta por el artículo 2 de la Resolución General AFIP 3363, por el ejercicio Nº 52 finalizado el 29 de febrero de 2020, la que ha sido entregada con anterioridad para su análisis y que una vez finalizado el aislamiento social, preventivo y obligatorio se transcribirá en el Libro Inventario de la empresa por lo que se omitirá su lectura. Tras un breve debate y al no haber observaciones se aprueban por unanimidad la aprobación de la documentación prescripta por el artículo 2 de la Resolución General AFIP 3363, por el ejercicio Nº 52 finalizado el 29 de febrero de 2020. No habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión siendo las 12.00 horas.
Firmado: Sr. Moisés Khafif. Sra. Elena Khafif. Sr. Héctor Emilio Salvo. Sr. Mariano Javier Vega. Sr. Juan Pablo Morad. Por la Comisión Fiscalizadora: Dra. Haydee E. Laksman.
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RAGHSA Sociedad Anónima Juan Pablo Morad Director