Skip to main content

AI assistant

Sign in to chat with this filing

The assistant answers questions, extracts KPIs, and summarises risk factors directly from the filing text.

Metrogas S.A. Management Reports 2021

Mar 3, 2021

68545_rns_2021-03-03_68edc5ab-1543-4f23-9625-c6a92786bf67.pdf

Management Reports

Open in viewer

Opens in your device viewer

ACTA DE DIRECTORIO Nº 169: En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 2 días del mes de marzo de 2021, siendo las 9 horas, se reúnen en la sede social los Directores y Síndicos de MetroENERGÍA S.A. (la “Sociedad”). Preside la reunión el Sr Sebastián Mazzucchelli, quién verifica la existencia de quórum suficiente para sesionar y declara abierto el acto. Se da lectura al único punto del Orden del Día: Consideración de la Memoria y el Balance General, el Estado de Resultados, el Estado de Evolución del Patrimonio Neto, el Flujo de Efectivo, Anexos y notas a los Estados Contables y el Inventario, correspondiente al ejercicio económico número dieciseis, iniciado el 1° de enero de 2020 y finalizado el 31 de diciembre de 2020. Toma la palabra el Sr. Mazzucchelli y manifiesta que resulta necesario aprobar la Memoria y Balance General, el Estado de Resultados, el Estado de Evolución del Patrimonio Neto, el Flujo de Efectivo, Anexos y notas a los Estados Contables y el Inventario, correspondiente al ejercicio económico número dieciseis, iniciado el 1° de enero de 2020 y finalizado el 31 de diciembre de 2020, los que son de conocimiento de los presentes por haber sido distribuidos con anterioridad a esta reunión. Sometido el tema a consideración de los presentes, los estados contables al 31 de diciembre de 2020 y demás documentación resultan aprobados por unanimidad. A continuación, se transcribe la Memoria y el Informe de Comisión Fiscalizadora: MEMORIA. (Información no cubierta por el informe de los Auditores Independientes). Señores Accionistas: De conformidad con las disposiciones legales y estatutarias vigentes, sometemos a vuestra consideración la documentación referida a los Estados Contables correspondientes al décimo sexto ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020. 1. CONTEXTO MACROECONÓMICO. La economía argentina comienza a descomprimir, aunque lentamente, algunas de las circunstancias extremadamente negativas que estuvo enfrentando durante 2020. Los desafíos por superar eran múltiples, y entrelazados entre sí. Primero, debía lidiarse con una crisis cambiaria disparada a mediados de 2018, cuyas consecuencias aún se sentían al inicio de la pandemia respecto al Coronavirus (“COVID-19”). Segundo, el miedo social al COVID-19 y las medidas de aislamiento afectaron negativamente la actividad económica. En los últimos meses la pandemia de COVID-19 siguió afectando negativamente la dinámica de la actividad y el empleo a nivel global. Las medidas sanitarias y las respuestas de política económica continuaron enfocadas en contener los efectos de la crisis y generar condiciones para una recuperación que se sostenga en el tiempo. Para una empresa como MetroENERGÍA S.A. (“MetroENERGÍA”o la “Sociedad”) con una actividad concentrada en el mercado argentino, la evolución de la situación macroeconómica y social fue muy relevante. Según los últimos datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística y Censos de la República Argentina (“INDEC”), la estimación preliminar del producto interno bruto (“PIB”), en el tercer trimestre de 2020, muestra una caída de 10,2% con relación al mismo período del año anterior. El PIB desestacionalizado del tercer trimestre de 2020, con respecto al segundo trimestre de 2020, arroja una variación negativa de 12,8%. Durante noviembre, el estimador mensual de actividad económica (“EMAE”) publicado por el INDEC registró una contracción de 3,7% en la comparación interanual. En los primeros once meses del año 2020, el EMAE acumuló una caída de 10,6% con relación al mismo período de 2019. Para el año 2020, la tasa de variación de precios anual del Índice de Precios al Consumidor (“IPC”) en Argentina ha sido del 36,1% y la variación del Índice de Precios Internos al por Mayor (“IPIM”) publicado por el INDEC alcanzó el 35,4%. En materia cambiaria, el tipo de cambio peso/dólar, según cotización Banco Nación, culminó el año 2020 en un valor de 84,15 pesos por dólar, habiéndose incrementado aproximadamente un 40,5% desde su valor de 59,89 pesos por dólar al cierre de 2019. El Gobierno sigue enfrentando desde su asunción en diciembre 2019, singulares desafíos en materia macroeconómica, como la reducción de la tasa de inflación, alcanzar superávit comercial y fiscal, la acumulación de reservas, contener el tipo de cambio y la mejora en la competitividad de la industria local a partir de las distintas variables que la afectan, entre otros. Es difícil predecir el impacto que tendrán las medidas que el gobierno tomó hasta la fecha y/o que podría tomar adicionalmente (incluyendo las medidas vinculadas al sector energético). La incertidumbre existente en relación con las medidas que deberá adoptar el gobierno con respecto a la economía podría conducir a la volatilidad de los precios de mercado de valores de empresas argentinas, incluyendo en particular las empresas en el sector de energía, como la nuestra, dado el alto grado de regulación e intervención estatal en esta industria. Adicionalmente, no podemos garantizar que las actuales políticas y programas que aplican al sector de gas continuarán en el futuro. No podemos asegurar el impacto de las medidas citadas con anterioridad en la economía argentina ni en nuestra situación patrimonial, económica, financiera o de otro tipo, nuestros resultados y los de nuestras

operaciones y/o negocios. 2. PERFIL DE LA SOCIEDAD MetroENERGÍA fue creada a partir del dictado del Decreto N° 180/2004 y es controlada por MetroGAS S.A. (“MetroGAS”), titular del 95% de su capital accionario. Constituida el 20 de abril de 2005 e inscripta en la Inspección General de Justicia (“IGJ”) el 16 de mayo de 2005, tiene por objeto social dedicarse por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, a la compra-venta de gas natural y/o su transporte. En estos años ha logrado su objetivo principal de convertirse en uno de los líderes del mercado energético argentino en todos los segmentos considerando el volumen de gas natural entregado a lo largo de todo el país. Desde el año 1993 el consumo de gas natural en la Argentina aumentó aproximadamente un 87%. Ese año el consumo fue de aproximadamente 21.828 MMm[3] (millones de metros cúbicos) y se incrementó a 40.853 MMm[3] en 2020 de acuerdo con la información provista por el Ente Nacional Regulador del Gas (“ENARGAS”). Dicho aumento se ha debido a los mejores precios relativos que presentó el gas natural respecto de otras fuentes de energía, al aumento en la capacidad de los gasoductos troncales y a la expansión de los sistemas de distribución. Las reservas comprobadas de gas de la Argentina ascienden a 376.710 MMm[3] de acuerdo con la información provista por la Secretaría de Energía (“SE”) al mes de diciembre de 2020. Existen 19 cuencas sedimentarias conocidas en el país, 10 de las cuales se encuentran en el continente, 3 son marítimas y 6 de ellas son combinadas. La producción está concentrada en 5 cuencas: Noroeste; Neuquén y Cuyo en la zona central; Golfo de San Jorge y Austral en el sur del país. La producción de gas natural fue 45.096 MMm[3] de acuerdo con la información provista por la SE al mes de diciembre de 2020 en el período enero – diciembre 2020, de los cuales 24.645 MMm[3] fueron provenientes de la cuenca neuquina. Adicionalmente, para poder satisfacer los requerimientos de la demanda interna, se debieron importar unos aproximadamente 7.406 MMm[3] , provenientes de Bolivia y del Gas Natural Licuado (“GNL”) regasificado en la planta de Escobar. 3. MARCO REGULATORIO. En el año 2004, el Poder Ejecutivo Nacional (“PEN”) dictó dos decretos cuyas disposiciones incidieron directamente en las actividades operativas y en la evolución económico-financiera de MetroGAS. El Decreto N° 180/04 creó el Mercado Electrónico de Gas S.A. (“MEGSA”) a fin de coordinar las transacciones vinculadas a mercados de compra de gas en condiciones "spot" y a los mercados secundarios de transporte y distribución de gas, ámbito en el cual comenzó a realizar operaciones esta Sociedad. El Decreto N° 181/04 facultó a las autoridades del área de energía a realizar acuerdos con los productores de gas natural a efectos de establecer un ajuste del precio del gas adquirido por las distribuidoras de gas y la implementación de mecanismos aplicables a usuarios que iniciaron la adquisición directa de su propio gas, por cuanto las distribuidoras ya no los puedan abastecer. Asimismo, considerando que el Decreto N° 180/04 que autorizó a las licenciatarias del servicio de distribución o sus accionistas a tener una participación controlante en una compañía comercializadora de gas natural en los términos del artículo N° 14 de la Ley Nº 24.076, durante el año 2005, MetroGAS constituyó MetroENERGÍA con el objeto de retener la mayor cantidad posible de clientes y de contar con una herramienta más acorde al nuevo contexto en el que se debía desempeñar MetroGAS. En este escenario, MetroENERGÍA fue autorizada por el ENARGAS para actuar como empresa comercializadora de gas natural y/o su transporte, e inscripta como agente del MEGSA. En línea con los cambios regulatorios que se introdujeron en el tramo downstream del gas natural a partir del año 2005 se produjo el proceso denominado informalmente como “unbundling” por el cual distintas categorías de usuarios debieron comenzar a adquirir volúmenes de gas natural en el punto de ingreso al sistema de transporte directamente de productores y/o comercializadores de gas natural, quedando limitadas las distribuidoras zonales a prestar exclusivamente el servicio de transporte y/o distribución de gas natural. El 14 de junio de 2007 se publicó en el Boletín Oficial (“B.O.”) la Resolución N° 599/07 de la SE por medio de la cual se homologó la propuesta de “Acuerdo con Productores de Gas Natural 2007-2011” (“Acuerdo 20072011”). El Acuerdo 2007-2011 establecía los volúmenes a ser inyectados en el punto de ingreso al sistema de transporte por los productores de gas natural para los usuarios residenciales, comercios, industrias, usinas y estaciones de expendio de Gas Natural Comprimido (“GNC”) y fijaba parámetros de ajustes de precios en forma escalonada y priorizando principalmente el abastecimiento de la demanda residencial y GNC. El 5 de enero de 2012 se publicó en el B.O, la Resolución SE N° 172/11 por medio de la cual se prorrogaron los efectos de la Resolución SE N° 599/07 en materia de asignaciones de volúmenes de gas natural por rutas y cuencas en función de las diferentes categorías de clientes hasta tanto se dicten nuevas normas al respecto. El 4 de octubre de 2010 se publicó en el B.O. la Resolución ENARGAS N° 1.410/10 (luego aclarada por Nota ENARGAS N° 13.934) que

aprobó el procedimiento de solicitudes, confirmaciones y control de gas que debía ser observado por los distintos actores de la industria del gas natural, incluyendo a las comercializadoras de gas natural, con impacto en la operatoria diaria de nominaciones, transporte, distribución y compraventa de gas natural. Las Resoluciones SE N° 599/07 y ENARGAS N° 1.410/10 han sido complementadas por la Resolución N° 89/2016 del (ex) Ministerio de Energía y Minería (“MINEM”) la cual inició un proceso de normalización contractual y estableció los volúmenes de gas natural que podrían solicitar las prestadoras del servicio de distribución para abastecer a la Demanda Prioritaria. Con fecha 1 de abril de 2016, mediante Resolución N° 34/2016, el MINEM derogó las restricciones respecto a la integración vertical establecidas por la Resolución SE N° 2.020/05. Asimismo, dispuso un nuevo régimen aplicable a las estaciones de suministro de GNC estableciendo la obligación respecto de estos usuarios de adquirir el gas natural para su abastecimiento por parte de la distribuidora de su zona o área de distribución de manera de que éstas presten el servicio completo (gas, transporte y distribución). A partir del 1° de mayo de 2017, y en los términos de la Resolución N° 80 – E/2017 del MINEM, se ampliaron las opciones de compra de gas natural por parte de los titulares de estaciones de suministro de GNC pudiendo adquirir el gas natural a través de la Distribuidora (servicio completo – Resolución MINEM N° 34/2016) o en forma directa por medio de los productores o comercializadores de gas natural (respetando mix de cuencas y porcentajes de gas retenido asignados a la Distribuidora zonal). Aquellas estaciones de suministro de GNC que modifiquen su modalidad de compra deberían permanecer como mínimo en dicha modalidad por el plazo de doce meses desde el ejercicio de tal opción. En fecha 6 de noviembre de 2018, mediante la Resolución N° 70/2018, la Secretaría de Gobierno de Energía (“SGE”) facultó a las centrales eléctricas a procurarse el abastecimiento de combustible propio para la generación eléctrica. Las centrales eléctricas pueden optar por autoabastecerse o recibir el combustible por parte de la Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico Sociedad Anónima (“CAMMESA”). En este contexto, MetroENERGÍA acordó con distintas centrales eléctricas la venta de gas por cuenta y orden para el abastecimiento de algunas unidades de generación específicas, principalmente ciclos combinados. El 30 de diciembre de 2019 fue derogada la Resolución N° 70/2018 de la SGE, por medio de la Resolución N° 12/2019 del Ministerio de Desarrollo Productivo, centralizando nuevamente la gestión comercial y el despacho de combustibles a las centrales eléctricas en CAMMESA. En relación a los usuarios del Servicio General “P”, con fecha 5 de abril de 2019 se publicó la Resolución N° 175/2019 de la SGE que resolvió derogar los artículos 5°, 6° y 7° de la Resolución N° 752/2005 de la (ex) Secretaría de Energía y permitir que los usuarios identificados como Servicio General “P” Grupo III cuenten con la posibilidad de optar por la contratación de su abastecimiento de gas natural no solamente a través de un productor o comercializador sino también, de la distribuidora zonal, bajo la modalidad de servicio completo, tal como lo establecen los artículos N° 13 y N° 49 de la Ley N° 24.076. El ENARGAS complementó la Resolución SGE N° 175/2019 mediante las Resoluciones ENARGAS N° 750/2019 y N° 838/2019. Con fecha 16 de noviembre de 2020, se publicó el Decreto N° 892/2020 que declaró de interés público nacional y como objetivo prioritario de la República Argentina la promoción de la producción del gas natural argentino. En consecuencia, se aprobó el “Plan de promoción de la producción de gas natural argentino – Esquema de oferta y demanda 20202024”. Mediante el mencionado Decreto, y su normativa complementaria (Resolución N° 447/2020 de la SE) se dispuso la derogación de las Resoluciones N° 80/2017 del (ex) MINEM y N° 175/2019 de la (ex) Secretaría de Gobierno de Energía y de los artículos 4°, 5° y 7° de la Resolución N° 34/2016 del (ex) MINEM. De tal manera, el abastecimiento relativo a las estaciones de suministro de GNC y los usuarios del Servicio General “P” Grupo III se encuentra a cargo de un productor o comercializador. 4. RESEÑA DE LAS OPERACIONES. 4.1 Política Comercial, Planificación Empresaria, Financiera y de Inversiones. La Sociedad prevé continuar centrando sus esfuerzos en el abastecimiento a los clientes con los que ha celebrado contratos y presentarse como una alternativa de suministro para aquellos clientes que deben adquirir el gas natural en forma directa. Por otra parte, es intención de la Sociedad incrementar su participación en todo aquello que haga a su giro comercial, buscando de este modo consolidar su posición de liderazgo en el mercado nacional. Al 31 de diciembre de 2020 MetroENERGÍA opera con aproximadamente 281 industrias y comercios y 205 estaciones de GNC mediante la comercialización de gas natural por cuenta y orden de terceros y/o prestando el servicio de transporte de gas natural. La gestión de aprovisionamiento de gas y/o transporte es realizada en base a los requerimientos recibidos de cada cliente que, dependiendo del

segmento de mercado, pueden ser a través de un programa preestablecido de suministros, o mediante solicitudes específicas. Asimismo, la Sociedad prevé continuar financiando sus operaciones mediante la utilización de su propio capital de trabajo, prescindiendo de financiamiento bancario o de accionistas para la operatoria habitual. 4.2 Vinculaciones Contractuales Relevantes. A partir de la inscripción en el Registro de Comercializadores, la Sociedad celebró acuerdos de suministro de gas natural y/o transporte con distintos agentes del mercado a fin de abastecer a los usuarios que debían adquirir el gas de terceros proveedores. Actualmente, MetroENERGÍA posee diferentes acuerdos de compra para suministrar gas natural y/o transporte a las industrias, comercios y estaciones de GNC hasta abril de 2021. 4.3 Partes Relacionadas. MetroENERGÍA es una sociedad anónima de la cual MetroGAS es titular del 95% del capital accionario siendo el 5% restante de titularidad de YPF S.A (“YPF”). MetroENERGÍA realiza operaciones comerciales con MetroGAS cuyos precios son fijados de acuerdo a las tarifas aplicables por esta última para sus operaciones comerciales con terceros, de acuerdo a la normativa vigente. Asimismo, existe un acuerdo de prestación de servicios profesionales por parte de MetroGAS a MetroENERGÍA vinculado a los aspectos administrativos, contables, impositivos, financieros, legales y todos aquellos que hacen al giro y operatoria ordinaria de MetroENERGÍA, cuyo valor ha sido fijado de acuerdo a pautas razonables de mercado para este tipo de servicios. 4.4 Información financiera ajustada por inflación. Los presentes estados contables de la Sociedad por el ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2020 han sido preparados y expuestos de acuerdo con las normas contables profesionales argentinas emitidas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (“FACPCE”) y adoptadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (“CPCECABA”). Con fines comparativos, los presentes estados contables incluyen cifras patrimoniales al 31 de diciembre de 2019 y de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo por el ejercicio económico finalizado en esa fecha. Dichas cifras han sido reexpresadas en moneda de cierre del presente ejercicio económico a fin de permitir su comparabilidad y sin que tal reexpresión modifique las decisiones tomadas con base en la información contable correspondiente al ejercicio anterior. A partir de la constitución de la Sociedad, y en cumplimiento del Decreto N° 664/03 del PEN y las respectivas normas y regulaciones de la IGJ, la Sociedad no había reexpresado sus estados contables. A través de la Ley N° 27.468, publicada el 4 de diciembre del 2018 en el B.O., se derogó el Decreto N° 1.269/02 del PEN y sus modificatorios (incluido el decreto N° 664 del PEN antes mencionado), el que prohibía a los organismos oficiales (entre ellos, la IGJ) recibir estados contables ajustados por inflación. Las disposiciones de la mencionada ley entraron en vigencia a partir del 28 de diciembre de 2018, fecha en la cual se publicó la Resolución General N° 10/18 de IGJ, la cual requiere que los estados contables se presenten ante ese organismo de control en moneda homogénea. Las normas contables profesionales argentinas establecen que los estados contables deben ser preparados reconociendo los cambios en el poder adquisitivo de la moneda conforme a las disposiciones establecidas en las RT N° 6 y N° 17, con las modificaciones introducidas por la RT N° 39 y la Interpretación N° 8, normas emitidas por la FACPCE y adoptadas por el CPCECABA. Estas normas establecen que la aplicación del ajuste por inflación debe realizarse frente a la existencia de un contexto de alta inflación, el cual se caracteriza, entre otras consideraciones, por la existencia de una tasa de inflación acumulada en tres años que alcance o sobrepase el 100%, IPIM publicado por el INDEC. En los últimos años, los niveles de inflación en Argentina han sido altos, habiendo acumulado una tasa de inflación en los últimos tres años y al 31 de diciembre de 2018, que ha superado el 100%, sin expectativas de disminuir significativamente en el corto plazo. Asimismo, la presencia de los indicadores cualitativos de alta inflación, previstos en el punto 3.1 de la RT N° 17, mostraron evidencias coincidentes. Por lo expuesto, el 29 de septiembre de 2018 la FACPCE emitió la Resolución JG N° 539/18, aprobada por el CPCECABA mediante la Resolución N° 69/18 y modificada por la Resolución JG N° 553/19, indicando, entre otras cuestiones, que la Argentina debía ser considerada una economía inflacionaria en los términos de la RT N° 17 a partir del 1° de julio de 2018. Es por ello, y en consonancia con las disposiciones de la IGJ mencionadas anteriormente, que los presentes estados contables han sido preparados en moneda homogénea del 31 de diciembre de 2020. A los efectos del ajuste por inflación, y tal como lo establece la Resolución JG N° 539 (modificada por la Resolución JG N° 553/19) de la FACPCE, se han aplicado coeficientes calculados a partir de índices publicados por dicha Federación, resultantes de combinar el IPC publicado por el INDEC a partir del 1° de enero de 2017 y, hacia atrás, IPIM elaborados por dicho Instituto o, en su

ausencia, índices de precios al consumidor publicados por la Dirección General de Estadística y Censos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La variación del índice utilizado para la reexpresión de los presentes estados contables ha sido del 36,1% en el ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2020 y del 53,8% en el ejercicio precedente. Las mencionadas resoluciones y la Guía de aplicación de las normas contables sobre ajuste por inflación (RT 6 y NIC 29) - Primera parte, emitida por la FACPCE admiten la utilización de una serie de simplificaciones de las cuales la Sociedad ha optado por no informar en notas la composición de la causa del estado de flujo de efectivo identificada como “resultados financieros y por tenencia generados por el Efectivo y Equivalentes de Efectivo” requerida por la Interpretación N° 2, de acuerdo con la sección 3.7; y determinar y presentar los resultados financieros y por tenencia nominales ajustados por inflación, siguiendo los lineamientos de la Guía de aplicación de las normas contables sobre ajuste por inflación (RT 6 y NIC 29) - Primera parte, emitida por la FACPCE. Esto no permite la determinación de las magnitudes reales de algunos de los componentes de los resultados financieros y por tenencia. Esta limitación también impide la determinación de ciertas ratios habitualmente utilizados en el análisis de estados contables. 4.5 Clientes y Mercado. A continuación, se incluye una síntesis del Estado de Resultados de los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2020 y 2019 para reflejar los objetivos alcanzados y las variaciones a los mismos:

Ventas
Ganancia bruta
Ganancia operativa
Ganancia antes de impuesto a las ganancias
Ganancia neta
2020
2019
Miles de $
3.044.595
6.216.686
2.887.224
5.950.854
1.881.908
3.129.704
1.844.758
4.152.235
1.325.138
2.777.918

Durante 2020 la Sociedad ha negociado contratos de suministro de gas y/o transporte. La Sociedad actúa como agente para la comercialización por cuenta y orden de terceros, percibiendo una comisión, la cual se reconoce como ingreso en el estado de resultados en la cuenta “Comisiones por operaciones de cuenta y orden de terceros”. El total de ventas disminuyó un 51,0%, de miles de $ 6.216.686 durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 a miles de $ 3.044.595 durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020, principalmente por la disminución en los volúmenes vendidos del 47,8% y la disminución de la tarifa que quedó en niveles inferiores al ajuste por reexpresión de las ventas registradas al 31 de diciembre de 2019. Los costos de operación disminuyeron un 40,8%, de miles de $ 265.832 durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 a miles de $ 157.371 durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020. De este modo la ganancia bruta, disminuyó un 51,5% de miles de $ 5.950.854 durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 a miles de $ 2.887.224 durante el presente ejercicio. Los gastos de administración disminuyeron un 25,6% de miles de $ 340.610 a miles de $ 253.450 para los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2019 y 2020, respectivamente. Dicha variación corresponde principalmente a la disminución de impuestos tasas y contribuciones y a los servicios y suministros de terceros. Los gastos de comercialización disminuyeron un 69,7%, de miles de $ 2.480.540 a miles de $ 751.866 por los ejercicios finalizados al 31 de diciembre de 2019 y 2020, respectivamente. La variación corresponde principalmente a los menores gastos de transportes y fletes, impuestos, tasas y contribuciones y a la disminución del cargo de la previsión para deudores incobrables. La Sociedad devengó un cargo por impuesto a las ganancias de miles de $ 1.374.317 y de miles de $ 519.620 para los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2019 y 2020, respectivamente. El flujo de efectivo neto aplicado durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2020 fue de miles de $ 418.593 respecto del flujo de efectivo neto generado durante el ejercicio anterior de miles de $ 825.269. La variación corresponde principalmente a menores fondos generados por las actividades operativas y compensado con menores pagos de

==> picture [446 x 31] intentionally omitted <==

----- Start of picture text -----

dividendos. 4.6 Indicadores de la actividad .
2020 2019 Fórmulas de cálculo
Solvencia 0,14 0,18 (Patrimonio Neto / Total del Pasivo)
----- End of picture text -----

Solvencia 2020
0,14
2019
0,18
(Patrimonio Neto / Total del Pasivo)
Fórmulas de cálculo
Endeudamiento 0,87 0,85 (Total del Pasivo / Total del Activo)
Liquidez corriente 1,10 1,18 (Total del Activo corriente / Total del Pasivo corriente)
Liquidez inmediata 0,06 0,05 (Caja y Bancos / Total del Pasivo Corriente)
Razón del patrimonio al activo 0,13 0,15 (Patrimonio Neto / Total del Activo)
Rentabilidad 1,63 3,05 (Ganancia neta del ejercicio / [(Total del Patrimonio Neto al inicio +
Total del Patrimonio Neto al cierre) / 2])
Leverage financiero 6,98 5,54 (Total del Pasivo / Patrimonio Neto)
Rotación de activos 1,25 0,72 (Ventas / Total del Activo)

5. COMPOSICIÓN DEL CAPITAL SOCIAL

Al 31 de diciembre de 2020 el Capital Social suscripto, inscripto e integrado de la Sociedad asciende a miles de $ 230.

Clases de acciones Suscripto, inscripto e
integrado
En circulación:
Ordinarias escriturales de valor nominal $ 1 y de 1 voto cada una:
Capital Social al 31 de diciembre de 2020
Miles de $

230
230

Al 31 de diciembre de 2020 MetroGAS posee el 95%, siendo el 5% restante de titularidad de YPF. 6. POLÍTICA DE DIVIDENDOS. Durante el ejercicio 2020, la Asamblea de Accionistas de la Sociedad dispuso la distribución de dividendos por el resultado del ejercicio 2019, en oportunidad en que el Directorio lo estime pertinente, teniendo en cuenta la disponibilidad de caja y las condiciones financieras del negocio y todo otro factor que dicho órgano de administración considere. A la fecha de aprobación de los presentes estados contables la Sociedad ha abonado dichos dividendos. Con fecha 2 de octubre de 2020, el Directorio de la Sociedad aprobó los Estados Contables Especiales al 31 de julio de 2020 y la distribución de dividendos anticipados por el resultado del período a dicha fecha. A la fecha de estos estados contables, MetroENERGÍA. aún no ha cancelado miles de $ 263.125. 7. DESTINO DE LOS RESULTADOS. Con fecha 2 de octubre de 2020, el Directorio de MetroENERGÍA aprobó los estados contables especiales al 31 de julio de 2020 y la distribución de dividendos anticipados por el resultado del período a dicha fecha por la suma de miles $ 1.086.982 (en moneda de diciembre de 2020), que fueron puestos a disposición de los accionistas a partir del 3 de octubre de 2020. Para la distribución del mencionado dividendo se afectaron los Resultados no Asignados de acuerdo con los Estados Contables Especiales al 31 de julio de 2020. El Directorio de la Sociedad propone distribuir la utilidad del ejercicio al 31 de diciembre de 2020. 8. AGRADECIMIENTO. El Directorio desea expresar su profundo agradecimiento a todos los empleados de MetroENERGÍA quienes brindaron su colaboración en la tarea diaria, así como a los clientes y proveedores por el apoyo prestado y la confianza depositada en MetroENERGÍA. Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 2 de marzo de 2021. Sebastián Mazzucchelli. Presidente. Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 2 de marzo de 2021. Sebastián Mazzucchelli. Presidente. Toma la palabra el Síndico Sr. Eduardo Baldi e informa que la Comisión Fiscalizadora ha emitido un informe al respecto, el que solicita se transcriba a continuación: “INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA. A los Señores Accionistas de MetroENERGÍA S.A. 1. De acuerdo con lo dispuesto en el inciso 5° del artículo 294 de la Ley N° 19.550 y sus modificatorias (la “Ley General de Sociedades”), hemos examinado el inventario y el balance general de MetroENERGÍA S.A. (“MetroENERGÍA” o la “Sociedad”) al 31 de diciembre de 2020, de los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo por el ejercicio finalizado en dicha fecha, y un resumen de las políticas contables significativas y otra información explicativa incluidas en las notas 1 a 7 y anexos B, D, E, G, y H que los complementan, lo que ha sido presentado por la

Sociedad para nuestra consideración. Los estados contables mencionados reconocen los efectos de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda en forma integral mediante la reexpresión en moneda constante establecidas por las normas contables profesionales argentinas. La preparación y emisión de los mencionados estados contables es responsabilidad del Directorio de la Sociedad. 2. Nuestro trabajo fue practicado de acuerdo con las normas de sindicatura. Dichas normas requieren que los exámenes de los estados contables incluyan la verificación de la razonabilidad de la información significativa de los documentos examinados y su congruencia con la restante información sobre las decisiones societarias de las que hemos tomado conocimiento, expuestas en actas de Directorio y Asamblea, así como la adecuación de dichas decisiones a la ley y los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Para realizar nuestra tarea profesional, hemos efectuado una revisión del trabajo realizado por los auditores externos de MetroENERGÍA, Deloitte & Co. S.A.., quienes emitieron su informe de auditoría el día 2 de marzo de 2021 sin observaciones. No hemos evaluado los criterios empresarios de administración, comercialización ni producción, dado que ellos son de responsabilidad exclusiva del Directorio. 3, Asimismo, en relación a la Memoria del Directorio correspondiente al ejercicio terminado el 31 de diciembre de 2020, hemos verificado que contiene la información requerida por el artículo 66 de la Ley General de Sociedades y la normativa aplicable de la Inspección General de Justicia, en lo que es materia de nuestra competencia. 4, Hemos verificado que los directores a la fecha de cierre de los presentes estados contables han constituido la garantía prevista el Art. 256 de la Ley General de Sociedades.5, En base a nuestra revisión, y sobre la base de la tarea de auditoría realizada por el auditor externo en su informe de fecha 2 de marzo de 2021, informamos que los estados contables de MetroENERGÍA al 31 de diciembre de 2020 y 2019, preparados de acuerdo con normas contables vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, reflejan razonablemente, en todos sus aspectos significativos, todos los hechos y circunstancias significativos que son de nuestro conocimiento y que, en relación con los mismos, no tenemos observaciones que formular.6. Sin modificar nuestra opinión, queremos enfatizar la información contenida en la nota 3.1 a los estados contables adjuntos, en la cual la Sociedad manifiesta que las cifras en ellos expuestas, así como la información comparativa correspondiente al ejercicio precedente, han sido reexpresadas en moneda constante de 31 de diciembre de 2020. 7, Se ha dado cumplimiento, en lo pertinente, a lo dispuesto por el artículo 294 de la Ley General de Sociedades. Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 2 de marzo de 2021. Por Comisión Fiscalizadora. Dr. Eduardo Baldi. Síndico. No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 9.30 horas.

Directores presentes: Sebastián Mazzucchelli, Patricio Da Re y Daniel Alfonso Suárez Síndicos presentes: Eduardo Baldi, Rogelio Driollet Laspiur y María Gabriela Grigioni