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Metrogas S.A. Interim / Quarterly Report 2020

Aug 10, 2020

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Interim / Quarterly Report

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º ACTA DE DIRECTORIO N 593 : En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 7 días del mes de agosto de 2020, siendo las 11.30 horas, se reúnen por video conferencia los Directores y Síndicos de MetroGAS S.A. (“MetroGAS” o la “Sociedad”) que firman al pie. Preside la reunión el Sr. Raúl Angel Rodriguez, quién verifica la existencia de quórum suficiente para sesionar y declara abierto el acto. Se pasa a tratar el único punto del Orden del Día: Estados Financieros Consolidados e Individuales Condensados intermedios al 30 de junio de 2020 : Toma la palabra el Sr. Raúl Angel Rodriguez y manifiesta que resulta necesario aprobar los Estados Financieros consolidados e individuales condensados intermedios de la Sociedad al 30 de junio de 2020 los que son de conocimiento de los presentes por haber sido distribuidos con anterioridad a esta reunión, como así también aprobar expresamente la Reseña Informativa conforme lo requieren las normas de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) y el artículo 12 del Capítulo III del Título IV de las Normas 2013 de la CNV. Asimismo, es necesario que se apruebe la Conciliación del Resultado Neto de MetroENERGÍA S.A. requerido por el artículo 3 apartado 10 del Capítulo III del Título IV de las Normas 2013 de la CNV. Se invita a participar de la reunión al Sr. Fernando Nardini, Director de Administración y Finanzas de la Sociedad, quien informa sobre los principales indicadores de los Estados Financieros. Toma la palabra el Sr. Fernando Alonso Belgrano, en su carácter de Presidente del Comité de Auditoría e informa que en la reunión del Comité de Auditoría, celebrada el día 6 de agosto de 2020, se trataron los Estados Financieros intermedios de la Sociedad al 30 de junio de 2020, con la presencia del Director de Administración de Finanzas, y el Director de Asuntos Legales y Regulatorios, el Director de Auditoría Interna y los auditores externos. Los auditores externos presentaron el informe sobre dichos estados financieros y manifestaron no tenían observaciones. Sobre esa base, los miembros del Comité de Auditoría concluyeron que no había observaciones que formular sobre dichos estados financieros. Se pone a consideración la moción y el Directorio resuelve por unanimidad aprobar los Estados Financieros consolidados e individuales condensados intermedios de la Sociedad al 30 de junio de 2020, la Reseña Informativa conforme lo requieren las normas de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) y el artículo 12 del Capítulo III del Título IV de las Normas 2013 de la CNV. Asimismo, es aprobada la Conciliación del Resultado Neto de MetroENERGÍA S.A. requerido por el artículo 3 apartado 10 del Capítulo III del Título IV de las Normas 2013 de la CNV. Toma la palabra el Síndico, Eduardo Alberto Baldi e informa que la Comisión Fiscalizadora ha emitido sus informes al respecto los que solicita se transcriban a continuación. “ INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA. A los señores Accionistas de MetroGAS S.A. De nuestra consideración: 1. De acuerdo con lo requerido por el artículo 63 inciso b) del Reglamento de Listado de Bolsas y Mercados Argentinos S.A.y Normas de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”), hemos efectuado una revisión limitada de los Estados Financieros Individuales Condensados Intermedios adjuntos de METROGAS SOCIEDAD ANÓNIMA (en adelante, mencionada indistintamente como “METROGAS S.A.” o la “Sociedad”) que incluyen el estado individual condensado intermedio de situación financiera al 30 de junio de 2020, los correspondientes estados individuales condensados intermedios de pérdidas y ganancias y otro resultado integral por los períodos de seis y tres meses finalizados en esa fecha, de cambios en el patrimonio neto y de flujos de efectivo por el período de seis meses finalizado en esa fecha y otra información explicativa incluida en las notas 1 a 33. La preparación y emisión de los mencionados estados contables es responsabilidad de la Sociedad. 2. Nuestra revisión fue realizada de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes para revisiones limitadas de estados financieros intermedios e incluyen la verificación de la congruencia de los documentos

revisados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Para realizar nuestra tarea profesional, nos hemos basado en la revisión limitada realizada por los auditores externos de la Sociedad, Deloitte & Co. S.A., quienes emitieron su informe de revisión limitada con fecha 7 de agosto de 2020 sin observaciones. Nuestra revisión se circunscribió a la información significativa de los documentos revisados. Dado que no es responsabilidad de esta Comisión efectuar un control de gestión, la revisión no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son de responsabilidad exclusiva del Directorio. Consideramos que nuestro trabajo y el informe de los auditores externos nos brindan una base razonable para fundamentar nuestro informe.3. Según lo manifiesta la Sociedad en su Nota 3, la Sociedad prepara y presenta sus estados financieros correspondientes a períodos intermedios en la forma condensada prevista en la NIC 34. Los Estados Financieros Individuales Condensados Intermedios fueron preparados y presentados por el Directorio de la Sociedad de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”) adoptadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), incorporadas por la CNV a su normativa. Basados en el trabajo realizado, no hemos tomado conocimiento de ninguna modificación significativa que deba hacerse a los estados contables mencionados para que los mismos estén presentados de conformidad con las normas adoptadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. De acuerdo a lo señalado en la Nota 3 de los estados financieros adjuntos, las cifras y otra información que se exponen en los mismos han sido reexpresadas en moneda constante al 30 de junio de 2020, como así también las cifras comparativas correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019, y a los períodos de tres meses y seis meses finalizados el 30 de junio de 2019, que han sido presentadas reexpresadas con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y otra información del ejercicio económico actual. 4. En base a nuestra revisión, con el alcance descripto en los puntos anteriores, informamos que los Estados Financieros Individuales Condensados Intermedios de MetroGAS al 30 de junio de 2020, preparados, en todos sus aspectos significativos, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General de Sociedades N° 19.550 y sus modificatorias (“Ley General de Sociedades”) y las normas aplicables de la CNV, consideran todos los hechos y circunstancias significativos que son de nuestro conocimiento y que, en relación con los mismos, no tenemos observaciones que formular. 5. Informamos además, en cumplimiento de disposiciones legales vigentes, que los estados contables de la Sociedad adjuntos se encuentran asentados en el libro de Inventarios y Balances y surgen de los registros llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. 6. Sin modificar nuestra opinión, queremos enfatizar la información contenida en las notas 5, 6 y 18.2 a los Estados Financieros Individuales Condensados Intermedios adjuntos, que describen los efectos negativos que la pandemia de COVID-19 y la falta de actualización tarifaria establecida por la Ley N° 27.541 y el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 543/2020, han tenido y se espera que sigan teniendo en los próximos meses sobre las actividades operativas y financieras de la Sociedad. 7. En ejercicio del control de legalidad que nos compete, hemos verificado que los directores han constituido la garantía prevista en el artículo 256 de la Ley General de Sociedades, y que hemos dado cumplimiento, en los aspectos que consideramos necesarios, a los restantes procedimientos descriptos en el artículo 294 de dicha normativa. Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 7 de agosto de 2020. Por Comisión Fiscalizadora. Eduardo Alberto Baldi. Síndico” e “INFORME DE LA

COMISION FISCALIZADORA. A los señores Accionistas de MetroGAS S.A. De nuestra consideración: 1. De acuerdo con lo requerido por el artículo 63 inciso b) del Reglamento de Listado de Bolsas y Mercados Argentinos S.A. y Normas de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”), hemos efectuado una revisión limitada de los estados financieros consolidados condensados intermedios adjuntos de METROGAS SOCIEDAD ANÓNIMA (en adelante, mencionada indistintamente como “METROGAS S.A.” o la “Sociedad”) que incluyen el estado consolidado condensado intermedio de situación financiera al 30 de junio de 2020, los correspondientes estados consolidados condensados intermedios de pérdidas y ganancias y otro resultado integral por los períodos de seis y tres meses finalizados en esa fecha, de cambios en el patrimonio neto y de flujos de efectivo por el período de seis meses finalizado en esa fecha y otra información explicativa incluida en las notas 1 a 33. La preparación y emisión de los mencionados estados contables es responsabilidad de la Sociedad. 2. Nuestra revisión fue realizada de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes para revisiones limitadas de estados financieros intermedios e incluyen la verificación de la congruencia de los documentos revisados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Para realizar nuestra tarea profesional, nos hemos basado en la revisión limitada realizada por los auditores externos de la Sociedad, Deloitte & Co. S.A., quienes emitieron su informe de revisión limitada con fecha 7 de agosto de 2020 sin observaciones. Nuestra revisión se circunscribió a la información significativa de los documentos revisados. Dado que no es responsabilidad de esta Comisión efectuar un control de gestión, la revisión no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son de responsabilidad exclusiva del Directorio. Consideramos que nuestro trabajo y el informe de los auditores externos nos brindan una base razonable para fundamentar nuestro informe. 3. Según lo manifiesta la Sociedad en su Nota 3, la Sociedad prepara y presenta sus estados financieros correspondientes a períodos intermedios en la forma condensada prevista en la NIC 34. Los Estados Financieros Consolidados Condensados Intermedios fueron preparados y presentados por el Directorio de la Sociedad de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”) adoptadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), incorporadas por la CNV a su normativa. Basados en el trabajo realizado, no hemos tomado conocimiento de ninguna modificación significativa que deba hacerse a los estados contables mencionados para que los mismos estén presentados de conformidad con las normas adoptadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. De acuerdo a lo señalado en la Nota 3 de los estados financieros adjuntos, las cifras y otra información que se exponen en los mismos han sido reexpresadas en moneda constante al 30 de junio de 2020, como así también las cifras comparativas correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2019 y a los períodos de tres y seis meses finalizados el 30 de junio de 2019, que han sido presentadas reexpresadas con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y otra información del ejercicio económico actual. 4. En base a nuestra revisión, con el alcance descripto en los puntos anteriores, informamos que los estados financieros consolidados condensados intermedios de MetroGAS al 30 de junio de 2020, preparados, en todos sus aspectos significativos, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General de Sociedades N° 19.550 y sus modificatorias (“Ley General de Sociedades”) y las normas aplicables de la CNV, consideran todos los hechos y circunstancias significativos que son de nuestro conocimiento y que, en relación con los mismos, no tenemos observaciones que formular.5. Informamos

además, en cumplimiento de disposiciones legales vigentes, que los estados contables de la Sociedad adjuntos se encuentran asentados en el libro de Inventarios y Balances y surgen de los registros llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. 6. Como parte de nuestro trabajo, hemos revisado la Reseña Informativa requerida por las Normas de la CNV preparada por el Directorio y sobre la cual, en lo que es materia de nuestra competencia, no tenemos observaciones que formular.7. Sin modificar nuestra opinión, queremos enfatizar la información contenida en las Notas 5, 6 y 19.2 a los estados financieros consolidados condensados intermedios adjuntos, que describen los efectos negativos que la pandemia de COVID-19 19 y la falta de actualización tarifaria establecida por la Ley N° 27.541 y el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 543/2020, han tenido y se espera que sigan teniendo en los próximos meses sobre las actividades operativas y financieras de la Sociedad. 8. En ejercicio del control de legalidad que nos compete, hemos verificado que los directores han constituido la garantía prevista en el artículo 256 de la Ley General de Sociedades, y que hemos dado cumplimiento, en los aspectos que consideramos necesarios, a los restantes procedimientos descriptos en el artículo 294 de dicha normativa. Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 7 de agosto de 2020. Por Comisión Fiscalizadora. Eduardo Alberto Baldi, Síndico”. Continúa en uso de la palabra el Síndico, Sr. Eduardo Baldi a fin de dejar constancia de la regularidad de las decisiones adoptadas. No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 12 horas.

DIRECTORES PRESENTES Y FIRMANTES: Florencia Tiscornia, Raúl Angel Rodriguez, Patricio Da Re, Carlos San Juan, Ramiro Manzanal, Fernando Alonso Belgrano, Dante Kogan, Carlos Bastos, Andrea Baldassarre y Paola Garbi SÍNDICOS PRESENTES Y FIRMANTES : Eduardo Alberto Baldi, María Gabriela Grigioni y Rogelio Driollet Laspiur