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Metrogas S.A. Interim / Quarterly Report 2007

Aug 10, 2007

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ESTADOS CONTABLES ESPECIALES

AL 30 DE JUNIO DE 2007 y 2006

METROENERGÍA S.A.

ESTADOS CONTABLES ESPECIALES

AL 30 DE JUNIO DE 2007 y 2006

ÍNDICE

Informe de Revisión Limitada

Balances generales especiales

Estados de resultados especiales

Estados de evolución del patrimonio neto especiales

Estados de flujo de efectivo especiales

Notas a los estados contables especiales

Anexos D, F, G y H

Informe de la Comisión Fiscalizadora

INFORME DE REVISIÓN LIMITADA

A los señores Accionistas, Presidente y Directores de

MetroENERGÍA S.A.

CUIT N° 30-70920407-2

  1. Hemos efectuado una revisión limitada de los balances generales de MetroENERGÍA S.A. al 30 de junio de 2007 y 2006, de los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo por los períodos de seis meses finalizados el 30 de junio de 2007 y 2006 y de las notas 1. a 8. y anexos D, F, G y H que los complementan. La preparación y emisión de los mencionados estados contables es responsabilidad de la Sociedad.
  2. Nuestra revisión se limitó a la aplicación de los procedimientos establecidos en la Resolución Técnica Nº 7 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas para revisiones limitadas de estados contables de períodos intermedios que consisten, principalmente, en la aplicación de procedimientos analíticos sobre las cifras incluidas en los estados contables y en la realización de indagaciones a personal de la Sociedad responsable de la preparación de la información incluida en los estados contables y su posterior análisis. El alcance de estas revisiones es sustancialmente inferior al de un examen de auditoría, cuyo objetivo es expresar una opinión sobre los estados contables bajo examen. Consecuentemente, no expresamos opinión sobre el balance general, los resultados de las operaciones, las variaciones en el patrimonio neto y el flujo de efectivo de la Sociedad.
  3. En base a la labor realizada, y a nuestro examen de los estados contables de la Sociedad por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2006 y por el ejercicio irregular iniciado el 16 de mayo y finalizado el 31 de diciembre de 2005, sobre los cuales emitimos nuestro informe el 2 de marzo de 2007, manifestamos que:

a) los estados contables de MetroENERGÍA S.A. al 30 de junio de 2007 y 2006, preparados de acuerdo con normas contables vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, consideran todos los hechos y circunstancias significativos que son de nuestro conocimiento y que, en relación con los mismos, no tenemos observaciones que formular.

b) la información comparativa incluida en el balance general básico y consolidado y en las notas y anexos complementarios en los estados contables adjuntos, se deriva de los estados contables auditados de MetroENERGÍA S.A. al 31 de diciembre de 2006.

  1. En cumplimiento de disposiciones vigentes informamos que:
  2. los estados contables de MetroENERGÍA S.A. surgen de registros contables llevados en sus aspectos formales de conformidad con normas legales vigentes;
  3. al 30 de junio de 2007 la deuda de MetroENERGÍA S.A. devengada a favor del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones que surge de los registros contables ascendía a $ 3.067, no existiendo a dicha fecha deuda exigible.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 8 de agosto de 2007

PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L. (Socio)
C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 Fº 17
Dr. Carlos N. Martínez Contador Público (UBA) C.P.C.E. Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tomo 155 - Folio 146

METROENERGÍA S.A.

ESTADOS CONTABLES ESPECIALES

por el período iniciado el 1º de enero y finalizado el 30 de junio de 2007

Domicilio legal: Gregorio Aráoz de Lamadrid 1360 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Ejercicio económico Nº 3 iniciado el 1º de enero de 2007

Actividad principal de la Sociedad: Compraventa de gas natural y/o su transporte por cuenta propia, por cuenta y orden de terceros o asociada a terceros

Fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio del Estatuto: 16 de mayo de 2005

Número de registro en la Inspección General de Justicia: 5.819

Fecha de vencimiento del contrato social: 16 de mayo de 2104

Sociedad controlante: MetroGAS S.A.

Domicilio legal: Gregorio Aráoz de Lamadrid 1360 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Actividad principal: Prestación del servicio público de distribución de gas natural

Porcentaje de votos poseídos por la sociedad controlante: 95%

Composición y evolución del Capital Social al 30 de junio de 2007

Composición del Capital Social

Clases de acciones Suscripto, inscripto e integrado
Miles de $
En circulación:
Ordinarias escriturales de valor nominal $ 1 y de 1 voto cada una: 230
Capital Social al 30 de junio de 2007 230

Evolución del Capital Social

Suscripto, inscripto e integrado
Miles de $
Capital Social según acta constitutiva del 20 de abril de 2005 inscripta en el Registro Público de Comercio el 16 de mayo de 2005 bajo el Nº 5.819 del Libro 28 de Sociedades Anónimas 50
Capitalización de los Aportes Irrevocables dispuesto por la Asamblea del 16 de noviembre de 2005 inscripta en el Registro Público de Comercio el 12 de mayo de 2006 bajo el Nº 7.154 del Libro 31 de Sociedades Anónimas 180
Capital Social al 30 de junio de 2007 230

METROENERGÍA S.A.

Número de Inscripción en la Inspección General de Justicia: 5.819

BALANCES GENERALES ESPECIALES

AL 30 DE JUNIO DE 2007, AL 31 DE DICIEMBRE DE 2006 Y AL 30 DE JUNIO DE 2006

Las notas 1 a 8 y los anexos D, F, G y H que se acompañan forman parte integrante de estos estados.

METROENERGÍA S.A.

Número de Inscripción en la Inspección General de Justicia: 5.819

ESTADOS DE RESULTADOS ESPECIALES

por los períodos de seis meses finalizados el 30 de junio de 2007 y 2006

Las notas 1 a 8 y los anexos D, F, G y H que se acompañan forman parte integrante de estos estados.

METROENERGÍA S.A.

Número de Inscripción en la Inspección General de Justicia: 5.819

ESTADOS DE EVOLUCIÓN DEL PATRIMONIO NETO ESPECIALES

por los períodos de seis meses finalizados el 30 de junio de 2007 y 2006

Las notas 1 a 8 y los anexos D, F, G y H que se acompañan forman parte integrante de estos estados.

METROENERGÍA S.A.

Número de Inscripción en la Inspección General de Justicia: 5.819

ESTADOS DE FLUJO DE EFECTIVO ESPECIALES

por los períodos de seis meses finalizados el 30 de junio de 2007 y 2006

Las notas 1 a 8 y los anexos D, F, G y H que se acompañan forman parte integrante de estos estados.

METROENERGÍA S.A.

Número de Inscripción en la Inspección General de Justicia: 5.819

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES ESPECIALES

AL 30 DE JUNIO DE 2007 y 2006

NOTA 1 – OBJETO DE LOS PRESENTES ESTADOS CONTABLES ESPECIALES

Los presentes estados contables especiales al 30 de junio de 2007 han sido preparados al sólo efecto de su consolidación con los estados contables de la sociedad controlante.

NOTA 2 - INICIO DE OPERACIONES DE LA SOCIEDAD

MetroENERGÍA S.A. (“MetroENERGÍA” o “la Sociedad”) fue constituida el 20 de abril de 2005 e inscripta en la Inspección General de Justicia (“IGJ”) el 16 de mayo de 2005.

La Sociedad tiene por objeto social dedicarse por cuenta propia, por cuenta y orden de terceros o asociada a terceros, a la compraventa de gas natural y/o su transporte.

NOTA 3 - MARCO REGULATORIO

A mediados del mes de febrero de 2004, el Poder Ejecutivo Nacional (“PEN”) dictó dos decretos cuyas disposiciones tienen incidencia en las actividades operativas y en la evolución económico financiera de MetroGAS. El Decreto N° 180/04 creó el Mercado Electrónico de Gas (“MEG”) a fin de coordinar las transacciones vinculadas a mercados de compra de gas en condiciones "spot" y a los mercados secundarios de transporte y distribución de gas, ámbito en el cual comenzó a realizar operaciones esta Sociedad. El Decreto N° 181/04 facultó a las autoridades del área de energía a realizar acuerdos con los productores de gas natural a efectos de establecer un ajuste del precio del gas adquirido por las distribuidoras de gas y la implementación de mecanismos aplicables a usuarios que inicien la adquisición directa de su propio gas, por cuanto las distribuidoras ya no los podrán abastecer.

En mayo de 2005 la Secretaría de Energía dictó la Resolución Nº 752/05 la cual estableció que a partir del 1º de agosto de 2005 (luego extendido al 1º de septiembre de 2005 por la Resolución Nº 930/05), las prestatarias del servicio de distribución de gas no podrán suscribir contratos de corto, mediano y largo plazo para la compra de gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte para abastecer a los Grandes Usuarios Firmes e Interrumpibles, a los usuarios del Servicio General “G” y Servicio General “P” cuyo consumo promedio mensual del último año de consumo fuera igual o superior a 150.000 m3/mes, ni podrán utilizar los volúmenes de gas natural que dispongan en virtud de contratos vigentes para abastecer a los mencionados usuarios.

En este contexto, el Decreto N° 180/04, autorizó a las licenciatarias del servicio de distribución o sus accionistas, a tener una participación controlante en una compañía comercializadora de gas natural en los términos del artículo 14 de la Ley Nº 24.076. Es por ello que la Sociedad obtuvo del Ente Nacional Regulador del Gas (“ENARGAS”) la autorización pertinente para actuar como comercializador.

METROENERGÍA S.A.

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES ESPECIALES (Cont.)

AL 30 DE JUNIO DE 2007 y 2006

NOTA 3 - MARCO REGULATORIO (Cont.)

Con fecha 22 de diciembre de 2005 la Secretaría de Energía dictó la Resolución Nº 2.020/05, reglamentaria de la Resolución Nº 752/05. En la misma se estableció un nuevo cronograma para la compra de gas natural en forma directa de las categorías de usuarios denominadas Servicio General “P” y GNC.

El nuevo cronograma establece que: a) los usuarios con consumos (durante el período abril 2003-marzo 2004) iguales o mayores a 30.000m3/mes y hasta 150.000m3/mes deberán comprar el gas en forma directa a partir del 1° de enero de 2006, b) los usuarios con consumos (durante el período abril 2003-marzo 2004) iguales o mayores a 15.000m3/mes y menores a 30.000m3/mes deberán comprar el gas en forma directa a partir del 1° de marzo de 2006, c) los usuarios con consumos (durante el período abril 2003-marzo 2004) mayores a 9.000m3/mes y menores a 15.000m3/mes no tienen aún fecha establecida para la compra de gas en forma directa y d) en el caso de las estaciones de GNC deberían comprar el gas en forma directa a partir del 1° de marzo de 2006 (luego extendido al 1° de abril de 2006 por la Resolución SE Nº 275/06).

Asimismo, dicha resolución excluye a las asociaciones civiles sin fines de lucro, las asociaciones sindicales, gremiales o mutuales, las prestadoras de salud y las entidades de educación pública o privada del espectro de usuarios que a partir de las fechas correspondientes deben adquirir gas natural directamente de productores y/o comercializadores.

Finalmente se establecieron una serie de restricciones a la representación de las estaciones de GNC para la compra de gas natural, a efectos de limitar posibles integraciones verticales entre sujetos de la industria del gas, y creó el Mecanismo de Asignación de Gas Natural para GNC a través del cual las estaciones expendedoras de GNC reciben gas natural mediante un mecanismo de oferta y demanda en el ámbito del Mercado Electrónico del Gas.

Con fecha 28 de febrero de 2006 la SE emitió la Resolución N° 275/06, la cual modifica la Resolución N° 2020/05. Estas modificaciones están relacionadas con (i) la prórroga, hasta el 1° de abril de 2006, para que las estaciones de GNC compren el gas en forma directa; (ii) la limitación, hasta el 30 de abril de 2007, de la vigencia de los contratos de compraventa de GNC que se firmen a partir del 1° de abril de 2006; (iii) la obligación de las prestadoras del servicio de distribución de gas de representar a las estaciones de GNC frente a sus compras de gas natural, sólo para la primera vez que se realice el procedimiento establecido para la compra de GNC en el ámbito del MEG.

Asimismo, con fecha 14 de marzo de 2006 el Gobierno Nacional celebró un acuerdo con productores de gas natural y estaciones de GNC para el congelamiento de los precios actuales de GNC hasta el 31 de diciembre de 2006. Dicho acuerdo será revisable bimestralmente y tendrá vigencia mientras no existan aumentos de costos operativos y/o salariales.

En los meses de marzo, junio, septiembre de 2006 y abril de 2007 se realizaron las subastas en el ámbito del MEG para que las estaciones de GNC adquieran gas natural de los productores y por los volúmenes de gas natural asignados por el MEG.

METROENERGÍA S.A.

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES ESPECIALES (Cont.)

AL 30 DE JUNIO DE 2007 y 2006

NOTA 3 - MARCO REGULATORIO (Cont.)

El 22 de septiembre de 2006 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución Nº 1329/06 de la Secretaría de Energía, por medio de la cual se regularon diversos aspectos de la industria. Concretamente, (i) especifica los distintos conceptos que integran los volúmenes globales de gas natural que los productores se comprometen a inyectar en el sistema de transporte, (ii) fija un régimen de prioridades frente a nominaciones y confirmación de nominaciones de gas natural a ser cumplido por productores y transportistas, previendo penalidades por incumplimientos, (iii) categoriza como ininterrumpible la “reserva mínima inicial” de las estaciones de expendio de GNC en funcionamiento en febrero de 2004, (iv) incorpora un mecanismo mediante el cual las distribuidoras de gas natural deberán registrar los desbalances que se produzcan con motivo de los consumos de las estaciones de expendio de GNC por debajo de las nominaciones realizadas por las distribuidoras a tales efectos, siendo tales desbalances luego facturados por los productores correspondientes a las distribuidoras a precio GNC, o bien compensados entre éstos en el ámbito de los contratos de compra-venta de gas que pudieran tener vigentes, y (v) faculta a las distribuidoras de gas natural a utilizar determinados volúmenes de gas natural incluidos en contratos de compraventa de gas natural celebrados por usuarios directamente con los productores, bajo ciertas condiciones.

A partir de la inscripción en el Registro de Comercializadores, la Sociedad celebró acuerdos de suministro de gas natural con distintos productores a fin de abastecer a los usuarios que debían adquirir el gas de terceros proveedores. Asimismo celebró contratos de abastecimiento de gas natural con grandes clientes, centrales eléctricas, usuarios del Servicio General “G”, del Servicio General “P” y GNC, de acuerdo a las distintas fechas en que tales clientes debieron adquirir el gas natural de proveedores distintos de las licenciatarias del servicio de distribución. Cabe señalar que los contratos celebrados con grandes clientes, centrales eléctricas, usuarios del Servicio General “G” y del Servicio General “P” vencían el 31 de diciembre de 2006. A su vez, MetroENERGÍA celebró contratos con algunos productores de gas natural a los efectos de facturar en nombre propio y por cuenta y orden de terceros las ventas de gas natural que aquellos efectúen a estaciones de expendio de GNC en el ámbito del Mecanismo de Asignación de Gas Natural para GNC bajo las Resoluciones de la SE N° 752/05, N° 2020/05 y N° 275/06.

El 14 de junio de 2007 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución N° 599/2007 de la Secretaría de Energía por medio de la cual se homologó la propuesta de “Acuerdo con Productores de Gas Natural 2007-2011”, que luego fuera ratificada por determinados productores de gas natural, tornando así aplicable tal Acuerdo. Básicamente, el Acuerdo 2007-2011 establece los volúmenes a ser inyectados en punto de ingreso al sistema de transporte por los productores de gas natural para los usuarios residenciales, comercios, industrias, usinas y estaciones de expendio de GNC hasta el 31 de diciembre de 2011 (aunque con plazos contractuales distintos según el segmento de usuario), fija parámetros de ajustes de precios en forma escalonada y particular considerando estos segmentos de usuarios, y establece los mecanismos de redireccionamientos e inyecciones adicionales de gas natural para la satisfacción de la demanda del mercado interno, en caso de resultar ello necesario ante situaciones de desabastecimiento. Los volúmenes inyectados por los productores de gas podrán ser entregados a usinas, industrias y estaciones de expendio de GNC en forma directa o mediante la intervención de comercializadoras de gas natural, como es el caso de MetroENERGIA.

METROENERGÍA S.A.

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES ESPECIALES (Cont.)

AL 30 DE JUNIO DE 2007 y 2006

NOTA 3 - MARCO REGULATORIO (Cont.)

Los contratos que originalmente vencían el 31 de diciembre de 2006 se mantuvieron en las mismas condiciones, incluyendo precios, hasta el 31 de julio de 2007. A partir del 1° de agosto de 2007, sobre la base de lo establecido en el Acuerdo 2007-2011 y en virtud de distintas notas de la Subsecretaría de Combustibles y Circulares del Mercado Electrónico del GAS, entraron en vigencia los volúmenes establecidos en dicho Acuerdo en calidad de arreglos de suministro, toda vez que no existen contratos con los productores.

NOTA 4 - NORMAS CONTABLES

A continuación se detallan las normas contables más relevantes utilizadas por la Sociedad para la preparación de los presentes estados contables, las que han sido aplicadas uniformemente respecto del período anterior.

4.1. Preparación y presentación de los estados contables

Los presentes estados contables, están expresados en pesos argentinos, y fueron confeccionados conforme a las normas contables de exposición y valuación contenidas en las Resoluciones Técnicas emitidas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (“FACPCE”), aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (“CPCECABA”) y de acuerdo con las resoluciones emitidas por la Comisión Nacional de Valores (“CNV”).

Los estados contables correspondientes al período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2007 y 2006 han sido sujetos a revisiones limitadas. La Dirección de la Sociedad estima que incluyen todos los ajustes necesarios para presentar razonablemente los resultados del período. Los resultados del período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2007, no necesariamente reflejan la proporción de los resultados de la Sociedad por el ejercicio completo.

En el marco del convenio de declaración de voluntades celebrado el 8 de julio de 2004 por la FACPCE y el CPCECABA, el cual manifiesta que las partes consideran importante el tratamiento de la unificación de las normas técnicas, este último consejo emitió con fecha 10 de agosto de 2005 la Resolución CD 93/05, a través de la cual se adoptaron las normas contables aprobadas por la FACPCE incluyendo los cambios incorporados a las mismas hasta el 1° de abril de 2005.

La adopción de las mencionadas normas entró en vigencia para los estados contables anuales o períodos intermedios correspondientes a ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2006. Asimismo, la CNV ha adoptado las mencionadas normas con ciertas modificaciones, estableciendo que son de aplicación para los ejercicios iniciados a partir del 1º de enero de 2006. Las modificaciones incorporadas por el proceso de unificación de normas contables no han generado efectos significativos sobre los estados contables de la Sociedad.

METROENERGÍA S.A.

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES ESPECIALES (Cont.)

AL 30 DE JUNIO DE 2007 y 2006

NOTA 4 - NORMAS CONTABLES (Cont.)

La IGJ ha adoptado, de acuerdo a lo establecido en el articulo 264 de la Resolución General N° 7/2005 las normas técnicas profesionales vigentes y sus modificaciones en las condiciones de su adopción por el CPCECABA.

4.2. Estimaciones contables

La preparación de estados contables a una fecha determinada requiere que la Dirección de la Sociedad realice estimaciones y evaluaciones que afectan el monto de los activos y pasivos registrados y los activos y pasivos contingentes revelados a dicha fecha, como así también los ingresos y egresos registrados en el período. Los resultados reales futuros pueden diferir de las estimaciones y evaluaciones realizadas a la fecha de preparación de los presentes estados contables.

4.3. Información comparativa

Los saldos al 31 de diciembre de 2006 y al 30 de junio de 2006 que se exponen en estos estados contables a efectos comparativos surgen de los estados contables a dichas fechas.

4.4. Criterios de valuación

a) Caja y bancos

El efectivo disponible se ha computado a su valor nominal.

b) Activos y pasivos en moneda extranjera

Los activos y pasivos en moneda extranjera han sido valuados a los tipos de cambio vigentes al cierre del período.

c) Inversiones corrientes

Las cuotapartes en fondos comunes de inversión han sido valuadas a su valor de mercado al cierre del período.

d) Créditos por ventas y cuentas por pagar

Los créditos por ventas y las cuentas por pagar han sido valuados a su valor nominal, incorporando, cuando corresponda, los resultados financieros devengados a la fecha de cierre del período. Los valores obtenidos de esta forma no difieren significativamente de los que se hubieran obtenido de aplicarse las normas contables vigentes, que establecen que deben valuarse al precio de contado estimado al momento de la transacción más los intereses y componentes financieros implícitos devengados en base a la tasa interna de retorno determinada en dicha oportunidad.

METROENERGÍA S.A.

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES ESPECIALES (Cont.)

AL 30 DE JUNIO DE 2007 y 2006

NOTA 4 - NORMAS CONTABLES (Cont.)

La Sociedad, comercializa gas natural por cuenta y orden de productores a terceros adquirentes, percibiendo una comisión, que se incluye en la línea Ventas del estado de resultados. Los créditos por ventas y las cuentas por pagar generados por esta operatoria han sido valuados siguiendo el criterio general mencionado anteriormente.

Los créditos por ventas incluyen servicios devengados que se encuentran sin facturar a la fecha de cierre del período.

e) Otros créditos y deudas

Los otros créditos y otras deudas han sido valuados a su valor nominal, incorporando, cuando corresponda, los resultados financieros devengados a la fecha de cierre del período. Los valores obtenidos de esta forma no difieren significativamente de los que se hubieran obtenido de aplicarse las normas contables vigentes, que establecen que deben valuarse en base a la mejor estimación posible de la suma a cobrar y a pagar, respectivamente, descontada utilizando una tasa que refleje el valor tiempo del dinero y los riesgos específicos de la transacción estimada en el momento de su incorporación al activo y pasivo, respectivamente.

f) Impuesto a las ganancias

La Sociedad ha reconocido el cargo por impuesto a las ganancias en base al método del impuesto diferido, reconociendo de esta manera las diferencias temporarias entre las mediciones de los activos y pasivos contables e impositivos.

El activo por impuesto diferido se genera principalmente por diferencias temporarias provenientes de deudas comerciales.

A los efectos de determinar los activos y pasivos diferidos se ha aplicado sobre las diferencias temporarias identificadas la tasa impositiva vigente a la fecha de emisión de estos estados contables. El crédito por impuesto diferido registrado por la Sociedad asciende a miles de $ 174 al cierre del período.

La realización de los activos impositivos diferidos depende de la generación futura de ganancias gravadas durante aquellos ejercicios en los cuales las diferencias temporarias se convierten en deducibles. A fin de determinar la realización de los mencionados activos, la Sociedad toma en consideración las proyecciones de ganancias imponibles futuras sobre la base de su mejor estimación.

METROENERGÍA S.A.

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES ESPECIALES (Cont.)

AL 30 DE JUNIO DE 2007 y 2006

NOTA 4 - NORMAS CONTABLES (Cont.)

A continuación se detalla la conciliación entre el impuesto a las ganancias cargado a resultados y el que resultaría de aplicar al resultado contable antes del impuesto a las ganancias, la tasa impositiva correspondiente:

30 de junio de,
2007 2006
Miles de $
Impuesto a las ganancias calculado sobre el resultado antes del impuesto a las ganancias 4.530 3.124
Diferencias permanentes
Gastos no deducibles e ingresos no computables - (2)
Total impuesto a las ganancias cargado a resultados 4.530 3.121

A continuación se detalla la conciliación entre el impuesto a las ganancias cargado a resultados y el impuesto determinado a los fines fiscales:

30 de junio de,
2007 2006
Miles de $
Impuesto a las ganancias determinado a los fines fiscales 4.704 3.121
Diferencias transitorias (174) -
Total impuesto a las ganancias cargado a resultados 4.530 3.121

METROENERGÍA S.A.

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES ESPECIALES (Cont.)

AL 30 DE JUNIO DE 2007 y 2006

NOTA 4 - NORMAS CONTABLES (Cont.)

g) Saldos con partes relacionadas

Los saldos con partes relacionadas generados fundamentalmente por operaciones comerciales y servicios diversos han sido valuados de acuerdo con las condiciones pactadas entre las partes involucradas.

h) Cuentas del patrimonio neto

Las cuentas “Capital Social”, “Aportes irrevocables” y “Reserva legal” han sido expresadas a su valor nominal histórico.

i) Reconocimiento de ingresos

La Sociedad reconoce los ingresos por ventas sobre la base de las entregas de gas a los clientes; incluyendo los montos estimados de gas entregado pero aún no facturado al cierre de cada período. Los montos efectivamente entregados han sido determinados de acuerdo con los volúmenes de gas comprado y otros datos.

j) Cuentas del estado de resultados

Las cuentas de resultado se exponen a valores nominales.

4.5. Ganancia básica y diluida por acción

La ganancia básica y diluida por acción es calculada sobre la base del promedio ponderado de acciones al 30 de junio de 2007 y 2006, que asciende a 230.000. Dado que la Sociedad no posee acciones preferidas o deuda convertible en acciones, ambos indicadores son iguales.

METROENERGÍA S.A.

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES ESPECIALES (Cont.)

AL 30 DE JUNIO DE 2007 y 2006

NOTA 5 - COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS DE LOS BALANCES

GENERALES Y ESTADOS DE RESULTADOS

El detalle de los saldos significativos incluidos en los balances generales y los estados de resultados es el siguiente:

METROENERGÍA S.A.

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES ESPECIALES (Cont.)

AL 30 DE JUNIO DE 2007 y 2006

NOTA 6 - DETALLE DE VENCIMIENTOS DE INVERSIONES, CRÉDITOS Y DEUDAS

Los plazos de vencimiento de inversiones, créditos y deudas se detallan a continuación:

METROENERGÍA S.A.

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES ESPECIALES (Cont.)

AL 30 DE JUNIO DE 2007 y 2006

NOTA 7 - TRANSACCIONES SIGNIFICATIVAS Y SALDOS CON PARTES

RELACIONADAS

MetroGAS S.A., como propietario del 95% del capital accionario de la Sociedad, es el accionista controlante de MetroENERGÍA. Los restantes accionistas de la Sociedad son BG Argentina S.A. e YPF Inversora Energética quienes poseen el 2,73% y 2,27% del capital accionario de la Sociedad respectivamente.

Las transacciones significativas realizadas por la Sociedad con sociedades relacionadas son las siguientes:

Los saldos al 30 de junio de 2007, 31 de diciembre de 2006 y 30 de junio de 2006 por transacciones realizadas por la Sociedad con sociedades relacionadas son las siguientes:

NOTA 8 - ESTADO DE CAPITALES

Al 30 de junio de 2007 el Capital Social suscripto, inscripto e integrado de la Sociedad asciende a miles de $ 230.

La Asamblea Extraordinaria de Accionistas celebrada el 16 de noviembre de 2005, aprobó el aumento de Capital Social a miles de $ 230 mediante la capitalización de aportes irrevocables efectuados por los accionistas de la Sociedad por un monto total de miles de $ 180 mediante la emisión de miles de acciones 180 ordinarias escriturales de $ 1 valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción.

La Asamblea Ordinaria de Accionistas celebrada el 9 de abril de 2007 aprobó la constitución de una Reserva para futuros dividendos de miles de $ 8.847, toda vez que la Reserva Legal supera el 20% del Capital Social establecido pro el Art.70 de la Ley 19.550.

ANEXO D

METROENERGÍA S.A.

BALANCES GENERALES ESPECIALES

AL 30 DE JUNIO DE 2007, AL 31 DE DICIEMBRE DE 2006

y AL 30 DE JUNIO DE 2006

INVERSIONES

ANEXO F

METROENERGÍA S.A.

COSTO DE LOS SERVICIOS PRESTADOS

por los períodos de seis meses finalizados el 30 de junio de 2007 y 2006

ANEXO G

METROENERGÍA S.A.

BALANCES GENERALES ESPECIALES

AL 30 DE JUNIO DE 2007, AL 31 DE DICIEMBRE DE 2006

y AL 30 DE JUNIO DE 2006

ACTIVOS Y PASIVOS EN MONEDA EXTRANJERA

ANEXO H

METROENERGÍA S.A.

INFORMACIÓN REQUERIDA POR EL ART. 64 INC.B) DE LA LEY N° 19.550.

por los períodos de seis meses finalizados el 30 de junio de 2007 y 2006.

INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA

A los señores Accionistas de

MetroENERGÍA S.A.

  1. Por medio del presente cumplimos en informar que hemos efectuado una revisión limitada del balance general de MetroENERGÍA S.A. examinando el inventario, el balance general al 30 de junio de 2007, los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo por el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2007, y las notas 1 a 8 y anexos D, F, G y H que los complementan, los que han sido presentados por la Sociedad para nuestra consideración. La preparación y emisión de los mencionados estados contables es responsabilidad de la Sociedad.
  2. Nuestro trabajo fue practicado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes. Para realizar nuestra tarea profesional, hemos efectuado una revisión del trabajo efectuado por los auditores externos de MetroENERGÍA S.A., Price Waterhouse & Co. S.R.L., quienes emitieron su informe de revisión limitada con fecha 8 de agosto de 2007. Una revisión limitada consiste principalmente en aplicar procedimientos analíticos a la información contable y en efectuar indagaciones a los responsables de las cuestiones contables y financieras. El alcance de dicha revisión es sustancialmente menor al de una auditoría de estados contables, cuyo objetivo es la expresión de una opinión sobre los estados contables tomados en conjunto. Por lo tanto, no expresamos tal opinión. No hemos evaluado los criterios empresarios de administración, comercialización ni producción, dado que ellos son de incumbencia exclusiva de la Sociedad.
  3. En base a nuestra revisión, con el alcance descripto en los puntos anteriores, informamos que los estados contables de MetroENERGÍA S.A. al 30 de junio de 2007, preparados de acuerdo con normas contables vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, consideran todos los hechos y circunstancias significativos que son de nuestro conocimiento y que, en relación con los mismos, no tenemos observaciones que formular.

Se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 294, inciso 5 de la Ley de Sociedades Comerciales.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 8 de agosto de 2007.

Por Comisión Fiscalizadora

Síndico”

ACTA DE COMISION FISCALIZADORA

En la ciudad de Buenos Aires el día 8 de agosto de 2007, se reúnen los miembros de la Comisión Fiscalizadora de MetroENERGÍA S.A. abajo firmantes.

Toma la palabra la Dra. María Gabriela Grigioni, quien expresa que el motivo de la presente reunión es emitir un informe sobre el balance general al 30 de junio de 2007, de los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo por el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2007, y de las notas 1 a 8 y anexos D, F, G y H que lo complementan. Luego de un amplio análisis de la documentación pertinente, se deja constancia de que los mencionados estados contables de la Sociedad por el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2007 deberán ser aprobados por el Directorio en todos los términos del texto obrante en nuestro poder, en cuyo caso se somete a consideración el texto del informe que a continuación se transcribe:

“INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA

A los señores Accionistas de

MetroENERGÍA S.A.

  1. Por medio del presente cumplimos en informar que hemos efectuado una revisión limitada del balance general de MetroENERGÍA S.A. examinando el inventario, el balance general al 30 de junio de 2007, los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo por el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2007, y las notas 1 a 8 y anexos D, F, G y H que los complementan, los que han sido presentados por la Sociedad para nuestra consideración. La preparación y emisión de los mencionados estados contables es responsabilidad de la Sociedad.
  2. Nuestro trabajo fue practicado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes. Para realizar nuestra tarea profesional, hemos efectuado una revisión del trabajo efectuado por los auditores externos de MetroENERGÍA S.A., Price Waterhouse & Co. S.R.L., quienes emitieron su informe de revisión limitada con fecha 8 de agosto de 2007. Una revisión limitada consiste principalmente en aplicar procedimientos analíticos a la información contable y en efectuar indagaciones a los responsables de las cuestiones contables y financieras. El alcance de dicha revisión es sustancialmente menor al de una auditoría de estados contables, cuyo objetivo es la expresión de una opinión sobre los estados contables tomados en conjunto. Por lo tanto, no expresamos tal opinión. No hemos evaluado los criterios empresarios de administración, comercialización ni producción, dado que ellos son de incumbencia exclusiva de la Sociedad.
  3. En base a nuestra revisión, con el alcance descripto en los puntos anteriores, informamos que los estados contables de MetroENERGÍA S.A. al 30 de junio de 2007, preparados de acuerdo con normas contables vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, consideran todos los hechos y circunstancias significativos que son de nuestro conocimiento y que, en relación con los mismos, no tenemos observaciones que formular.

Se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 294, inciso 5 de la Ley de Sociedades Comerciales.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 8 de agosto de 2007.

Por Comisión Fiscalizadora

Síndico”

Finalmente, se resuelve delegar en uno cualquiera, indistintamente, de los miembros de esta Comisión la firma del presente informe y de los referidos Estados Contables.

No habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión.

M. G. Grigioni M. Zaefferer O. Orona

ACTA DE DIRECTORIO Nº 32: En la ciudad de Buenos Aires, a los 8 días del mes de agosto de 2007, siendo las 9 horas, se reúnen en la sede social los directores y síndicos de MetroENERGIA S.A. que firman al pie. Preside la reunión el Sr. Cristian Marcaida Se da lectura al único punto del Orden del Día: Estados contables al 30 de junio de 2007. Toma la palabra el Sr. Marcaida, manifestando que resulta necesario aprobar los estados contables de la sociedad al 30 de junio de 2007 los que son de conocimiento de los presentes por haber sido distribuidos con anterioridad a esta reunión. Sometido el tema a consideración de los presentes los estados contables al 30 de junio de 2007 resultan aprobados por unanimidad. Toma la palabra el síndico Sra. María Gabriela Grigioni e informa que la Comisión Fiscalizadora ha emitido su informe al respecto el que solicita se transcriba a continuación: “INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA. A los señores Accionistas de MetroENERGÍA S.A. 1. Por medio del presente cumplimos en informar que hemos efectuado una revisión limitada del balance general de MetroENERGÍA S.A. examinando el inventario, el balance general al 30 de junio de 2007, los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo por el período de seis meses finalizado el 30 de junio de 2007, y las notas 1 a 8 y anexos D, F, G y H que los complementan, los que han sido presentados por la Sociedad para nuestra consideración. La preparación y emisión de los mencionados estados contables es responsabilidad de la Sociedad. 2. Nuestro trabajo fue practicado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes. Para realizar nuestra tarea profesional, hemos efectuado una revisión del trabajo efectuado por los auditores externos de MetroENERGÍA S.A., Price Waterhouse & Co. S.R.L., quienes emitieron su informe de revisión limitada con fecha 8 de agosto de 2007. Una revisión limitada consiste principalmente en aplicar procedimientos analíticos a la información contable y en efectuar indagaciones a los responsables de las cuestiones contables y financieras. El alcance de dicha revisión es sustancialmente menor al de una auditoría de estados contables, cuyo objetivo es la expresión de una opinión sobre los estados contables tomados en conjunto. Por lo tanto, no expresamos tal opinión. No hemos evaluado los criterios empresarios de administración, comercialización ni producción, dado que ellos son de incumbencia exclusiva de la Sociedad. 3. En base a nuestra revisión, con el alcance descripto en los puntos anteriores, informamos que los estados contables de MetroENERGÍA S.A. al 30 de junio de 2007, preparados de acuerdo con normas contables vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, consideran todos los hechos y circunstancias significativos que son de nuestro conocimiento y que, en relación con los mismos, no tenemos observaciones que formular. Se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 294, inciso 5 de la Ley de Sociedades Comerciales. Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 8 de agosto de 2007. Por Comisión Fiscalizadora. Síndico”. Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 8 de agosto de 2007. Por Comisión Fiscalizadora. Síndico.” No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 9.20 horas.

Magdalena Gonzalez Garaño

Secretaria del Directorio