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Metrogas S.A. — Interim / Quarterly Report 2006
May 12, 2006
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AL 31 DE MARZO DE 2006
METROENERGÍA S.A.
ESTADOS CONTABLES ESPECIALES
AL 31 DE MARZO DE 2006
ÍNDICE
Informe de Revisión Limitada
Balance general especial
Estado de resultados especial
Estado de evolución del patrimonio neto especial
Estado de flujo de efectivo especial
Notas a los estados contables especiales
Anexos D, F, G y H a los estados contables especiales
Informe de la Comisión Fiscalizadora
INFORME DE REVISIÓN LIMITADA
A los señores Accionistas, Presidente y Directores de
MetroENERGÍA S.A.
- Hemos efectuado una revisión limitada del balance general especial de MetroENERGÍA S.A. al 31 de marzo de 2006, de los correspondientes estados especiales de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo por el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2006 y de las notas 1. a 8. y anexos D, F, G y H que los complementan. La preparación y emisión de los mencionados estados contables especiales es responsabilidad de la Sociedad.
- Nuestra revisión se limitó a la aplicación de los procedimientos establecidos en la Resolución Técnica Nº 7 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas para revisiones limitadas de estados contables de períodos intermedios que consisten, principalmente, en la aplicación de procedimientos analíticos sobre las cifras incluidas en los estados contables y en la realización de indagaciones a personal de la Sociedad responsable de la preparación de la información incluida en los estados contables y su posterior análisis. El alcance de estas revisiones es sustancialmente inferior al de un examen de auditoría, cuyo objetivo es expresar una opinión sobre los estados contables bajo examen. Consecuentemente, no expresamos opinión sobre el balance general especial, los resultados de las operaciones, las variaciones en el patrimonio neto y el flujo de efectivo de la Sociedad.
- En base a la labor realizada, y a nuestro examen de los estados contables de la Sociedad por el ejercicio irregular iniciado el 16 de mayo y finalizado el 31 de diciembre de 2005, sobre los cuales emitimos nuestro informe el 8 de marzo de 2006, manifestamos que:
a) los estados contables especiales de MetroENERGÍA S.A. al 31 de marzo de 2006, preparados de acuerdo con normas contables vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, consideran todos los hechos y circunstancias significativos que son de nuestro conocimiento y que, en relación con los mismos, no tenemos observaciones que formular.
b) la información comparativa al 31 de diciembre de 2005 deriva de los estados contables auditados de MetroENERGÍA S.A. a dicha fecha.
- En cumplimiento de disposiciones vigentes informamos que:
- los estados contables especiales de MetroENERGÍA S.A. surgen de registros contables llevados en sus aspectos formales de conformidad con normas legales vigentes;
- al 31 de marzo de 2006 la deuda de MetroENERGÍA S.A. devengada a favor del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones que surge de los registros contables ascendía a $ 873, no existiendo a dicha fecha deuda exigible.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 10 de mayo de 2006
| PRICE WATERHOUSE & CO. S.R.L. (Socio) |
| C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 Fº 17 |
| Dr. Carlos N. Martínez Contador Público (UBA) C.P.C.E. Ciudad Autónoma de Buenos Aires Tomo 155 - Folio 146 |
METROENERGÍA S.A.
ESTADOS CONTABLES ESPECIALES
por el período iniciado el 1º de enero y finalizado el 31 de marzo de 2006
Domicilio legal: Gregorio Aráoz de Lamadrid 1360 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Ejercicio económico Nº 2 iniciado el 1º de enero de 2006
Actividad principal de la Sociedad: Compraventa de gas natural y/o su transporte por cuenta propia, por cuenta y orden de terceros o asociada a terceros
Fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio del Estatuto: 16 de mayo de 2005
Número de registro en la Inspección General de Justicia: 5.819
Fecha de vencimiento del contrato social: 16 de mayo de 2104
Sociedad controlante: MetroGAS S.A.
Domicilio legal: Gregorio Aráoz de Lamadrid 1360 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Actividad principal: Prestación del servicio público de distribución de gas natural
Porcentaje de votos poseídos por la sociedad controlante: 95%
Composición y evolución del Capital Social al 31 de marzo de 2006
Composición del Capital Social
| Clases de acciones | Suscripto |
| Miles de $ | |
| En circulación: | |
| Ordinarias escriturales de valor nominal $ 1 y de 1 voto cada una: | 230 (1) |
| Capital Social al 31 de marzo de 2006 | 230 |
(1) El incremento del capital social por miles de $ 180 se encuentra pendiente de inscripción en el Registro Público de Comercio
Evolución del Capital Social
| Suscripto | |
| Miles de $ | |
| Capital Social según acta constitutiva del 20 de abril de 2005 inscripta en el Registro Público de Comercio el 16 de mayo de 2005 bajo el Nº 5.819 del Libro 28 de Sociedades Anónimas | 50 |
| Capitalización de los Aportes Irrevocables dispuesto por la Asamblea del 16 de noviembre de 2005, pendiente de inscripción en el Registro Público de Comercio | 180 |
| Capital Social al 31 de marzo de 2006 | 230 |
METROENERGÍA S.A.
Número de Inscripción en la Inspección General de Justicia: 5.819
BALANCE GENERAL ESPECIAL
AL 31 DE MARZO DE 2006 Y AL 31 DE DICIEMBRE DE 2005
Las notas 1 a 8 y los anexos D, F, G y H que se acompañan forman parte integrante de estos estados.
METROENERGÍA S.A.
Número de Inscripción en la Inspección General de Justicia: 5.819
ESTADO DE RESULTADOS ESPECIAL
por el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2006
Las notas 1 a 8 y los anexos D, F, G y H que se acompañan forman parte integrante de estos estados.
METROENERGÍA S.A.
Número de Inscripción en la Inspección General de Justicia: 5.819
ESTADO DE EVOLUCIÓN DEL PATRIMONIO NETO ESPECIAL
por el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2006
Las notas 1 a 8 y los anexos D, F, G y H que se acompañan forman parte integrante de estos estados.
METROENERGÍA S.A.
Número de Inscripción en la Inspección General de Justicia: 5.819
ESTADO DE FLUJO DE EFECTIVO ESPECIAL
por el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2006
Las notas 1 a 8 y los anexos D, F, G y H que se acompañan forman parte integrante de estos estados.
METROENERGÍA S.A.
Número de Inscripción en la Inspección General de Justicia: 5.819
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES ESPECIALES
AL 31 DE MARZO DE 2006 Y AL 31 DE DICIEMBRE DE 2005
NOTA 1 - OBJETO DE LOS PRESENTES ESTADOS CONTABLES ESPECIALES
Los presentes estados contables especiales al 31 de marzo de 2006 han sido preparados al sólo efecto de su consolidación con los estados contables de la sociedad controlante.
NOTA 2 - INICIO DE OPERACIONES DE LA SOCIEDAD
MetroENERGÍA S.A. (“MetroENERGÍA” o “la Sociedad”) fue constituida el 20 de abril de 2005 e inscripta en la Inspección General de Justicia (“IGJ”) el 16 de mayo de 2005.
La Sociedad tiene por objeto social dedicarse por cuenta propia, por cuenta y orden de terceros o asociada a terceros, a la compraventa de gas natural y/o su transporte.
NOTA 3 - MARCO REGULATORIO
A mediados del mes de febrero de 2004, el Poder Ejecutivo Nacional (“PEN”) dictó dos decretos cuyas disposiciones tienen incidencia en las actividades operativas y en la evolución económico financiera de MetroGAS. El Decreto N° 180/04 creó el Mercado Electrónico de Gas (“MEG”) a fin de coordinar las transacciones vinculadas a mercados de compra de gas en condiciones "spot" y a los mercados secundarios de transporte y distribución de gas, ámbito en el cual comenzó a realizar operaciones esta Sociedad. El Decreto N° 181/04 facultó a las autoridades del área de energía a realizar acuerdos con los productores de gas natural a efectos de establecer un ajuste del precio del gas adquirido por las distribuidoras de gas y la implementación de mecanismos aplicables a usuarios que inicien la adquisición directa de su propio gas, por cuanto las distribuidoras ya no los podrán abastecer.
En mayo de 2005 la Secretaría de Energía dictó la Resolución Nº 752/05 la cual estableció que a partir del 1º de agosto de 2005 (luego extendido al 1º de septiembre de 2005 por la Resolución Nº 930/05), las prestatarias del servicio de distribución de gas no podrán suscribir contratos de corto, mediano y largo plazo para la compra de gas natural en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte para abastecer a los Grandes Usuarios Firmes e Interrumpibles, a los usuarios del Servicio General “G” y Servicio General “P” cuyo consumo promedio mensual del último año de consumo fuera igual o superior a 150.000 m3/mes, ni podrán utilizar los volúmenes de gas natural que dispongan en virtud de contratos vigentes para abastecer a los mencionados usuarios. Además, a partir del 1º de enero de 2006 las distribuidoras no podrán celebrar contratos de compra de gas para abastecer a los usuarios del Servicio General “P” cuyo consumo promedio mensual del último año de consumo fuera superior a 9.000 m3 ni con las estaciones de Gas Natural Comprimido (“GNC”).
En este contexto, el Decreto N° 180/04, autorizó a las licenciatarias del servicio de distribución o sus accionistas, a tener una participación controlante en una compañía comercializadora de gas natural en los términos del artículo 14 de la Ley Nº 24.076. Es por ello que la Sociedad obtuvo del Ente Nacional Regulador del Gas (“ENARGAS”) la autorización pertinente para actuar como comercializador.
METROENERGÍA S.A.
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES ESPECIALES (Cont.)
NOTA 3 - MARCO REGULATORIO (Cont.)
Con fecha 22 de diciembre de 2005 la Secretaría de Energía dictó la Resolución Nº 2020/05, reglamentaria de la Resolución Nº 752/05. En la misma se estableció un nuevo cronograma para la compra de gas natural en forma directa de las categorías de usuarios denominadas Servicio General “P” y GNC.
El nuevo cronograma establece que: a) los usuarios con consumos (durante el período abril 2003-marzo 2004) iguales o mayores a 30.000m3/mes y hasta 150.000m3/mes deberán comprar el gas en forma directa a partir del 1° de enero de 2006, b) los usuarios con consumos (durante el período abril 2003-marzo 2004) iguales o mayores a 15.000m3/mes y menores a 30.000m3/mes deberán comprar el gas en forma directa a partir del 1° de marzo de 2006, c) los usuarios con consumos (durante el período abril 2003-marzo 2004) mayores a 9.000m3/mes y menores a 15.000m3/mes no tienen aún fecha establecida para la compra de gas en forma directa y d) en el caso de las estaciones de GNC deberían comprar el gas en forma directa a partir del 1° de marzo de 2006.
Asimismo, dicha resolución amplía el espectro de los usuarios a los que las distribuidoras no pueden dejar de abastecer, agregándose las asociaciones civiles sin fines de lucro, las asociaciones sindicales, gremiales o mutuales, las prestadoras de salud y las entidades de educación pública o privada.
Finalmente se establecieron una serie de restricciones a la representación de las estaciones de GNC para la compra de gas natural, a efectos de limitar posibles integraciones verticales entre sujetos de la industria del gas.
Con fecha 2 de enero de 2006, la Sociedad presentó un reclamo administrativo ante el Ministerio de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios (“MPFIPyS”) contra la mencionada Resolución N° 2.020/05 en lo que respecta a las restricciones para representar a las estaciones de GNC para la compra de gas natural en el ámbito del MEG.
Con fecha 9 de febrero de 2006, a través de la Circular N° 41/06, el MEG determinó una nueva prórroga, sin plazo establecido, para que las estaciones de GNC presenten sus requerimientos de gas ante dicho mercado.
Con fecha 28 de febrero de 2006 la SE emitió la Resolución N° 275/06, la cual modifica la Resolución N° 2020/05. Estas modificaciones están relacionadas con (i) la prórroga, hasta el 1° de abril de 2006, para que las estaciones de GNC compren el gas en forma directa; (ii) la limitación, hasta el 30 de abril de 2007, de la vigencia de los contratos de compraventa de GNC que se firmen a partir del 1° de abril de 2006; (iii) la obligación de las prestadoras del servicio de distribución de gas de representar a las estaciones de GNC frente a sus compras de gas natural, sólo para la primera vez que se realice el procedimiento establecido para la compra de GNC en el ámbito del MEG.
Asimismo, con fecha 27 de febrero de 2006 el Gobierno Nacional anunció un acuerdo con productores de gas natural y estaciones de GNC para el congelamiento de los precios actuales de GNC hasta el 31 de diciembre de 2006. Sobre la base de lo anunciado, el acuerdo, se firmó a mediados de marzo de 2006, será revisable bimestralmente y tendrá vigencia mientras no existan aumentos de costos operativos y/o salariales.
METROENERGÍA S.A.
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES ESPECIALES (Cont.)
NOTA 3 - MARCO REGULATORIO (Cont.)
A partir de la inscripción en el Registro de Comercializadores, la Sociedad celebró acuerdos de suministro de gas natural con distintos productores a fin de abastecer a los usuarios que debían adquirir el gas de terceros proveedores. Asimismo celebró contratos de abastecimiento de gas natural con grandes clientes, centrales eléctricas y usuarios del Servicio General “G” y del Servicio General “P”, con consumos en el área de distribución de MetroGAS, hasta el 31 de diciembre de 2006, de acuerdo a las distintas fechas en que tales clientes debían adquirir el gas natural de proveedores distintos de las licenciatarias del servicio de distribución.
NOTA 4 - NORMAS CONTABLES
A continuación se detallan las normas contables más relevantes utilizadas por la Sociedad para la preparación de los presentes estados contables, las que han sido aplicadas uniformemente respecto del ejercicio anterior.
4.1. Preparación y presentación de los estados contables
Los presentes estados contables, están expresados en pesos argentinos, y fueron confeccionados conforme a las normas contables de exposición y valuación contenidas en las Resoluciones Técnicas emitidas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (“FACPCE”), aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (“CPCECABA”) y de acuerdo con las resoluciones emitidas por la Comisión Nacional de Valores (“CNV”).
Los estados contables correspondientes al período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2006 no han sido auditados. La Dirección de la Sociedad estima que incluyen todos los ajustes necesarios para presentar razonablemente los resultados del período. Los resultados del período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2006, no necesariamente reflejan la proporción de los resultados de la Sociedad por el ejercicio completo.
En el marco del convenio de declaración de voluntades celebrado el 8 de julio de 2004 por la FACPCE y el CPCECABA, el cual manifiesta que las partes consideran importante el tratamiento de la unificación de las normas técnicas, este último consejo emitió con fecha 10 de agosto de 2005 la Resolución CD 93/05, a través de la cual se adoptaron las normas contables aprobadas por la FACPCE incluyendo los cambios incorporados a las mismas hasta el 1° de abril de 2005.
La adopción de las mencionadas normas entró en vigencia para los estados contables anuales o períodos intermedios correspondientes a ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2006. Asimismo, la CNV ha adoptado las mencionadas normas con ciertas modificaciones, estableciendo que son de aplicación para los ejercicios iniciados a partir del 1º de enero de 2006. Las modificaciones incorporadas por el proceso de unificación de normas contables no han generado efectos significativos sobre los estados contables de la Sociedad.
METROENERGÍA S.A.
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES ESPECIALES (Cont.)
NOTA 4 - NORMAS CONTABLES (Cont.)
4.2. Estimaciones contables
La preparación de estados contables a una fecha determinada requiere que la Dirección de la Sociedad realice estimaciones y evaluaciones que afectan el monto de los activos y pasivos registrados y los activos y pasivos contingentes revelados a dicha fecha, como así también los ingresos y egresos
registrados en el período. Los resultados reales futuros pueden diferir de las estimaciones y evaluaciones realizadas a la fecha de preparación de los presentes estados contables.
4.3. Información comparativa
Los saldos al 31 de diciembre de 2005 que se exponen en estos estados contables a efectos comparativos surgen de los estados contables a dicha fecha.
No se presenta información comparativa por el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2005 debido a que la Sociedad fue constituida en abril de 2005.
De acuerdo con lo establecido en las normas contables profesionales, la Sociedad expone la información incluida en el estado de situación patrimonial al 31 de marzo de 2006 en forma comparativa con el 31 de diciembre de 2005 por desarrollar actividades estacionales.
4.4. Criterios de valuación
a) Caja y bancos
El efectivo disponible se ha computado a su valor nominal.
b) Activos y pasivos en moneda extranjera
Los activos y pasivos en moneda extranjera han sido valuados a los tipos de cambio vigentes al cierre del período.
c) Inversiones corrientes
Las cuotapartes en fondos comunes de inversión han sido valuadas a su valor de mercado al cierre del período.
d) Créditos por ventas y cuentas por pagar
Los créditos por ventas y las cuentas por pagar han sido valuados a su valor nominal, incorporando, cuando corresponda, los resultados financieros devengados a la fecha de cierre del período. Los valores obtenidos de esta forma no difieren significativamente de los que se hubieran obtenido de aplicarse las normas contables vigentes, que establecen que deben valuarse al precio de contado estimado al momento de la transacción más los intereses y componentes financieros implícitos devengados en base a la tasa interna de retorno determinada en dicha oportunidad.
METROENERGÍA S.A.
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES ESPECIALES (Cont.)
NOTA 4 - NORMAS CONTABLES (Cont.)
La Sociedad, comercializa gas natural por cuenta y orden de productores a terceros adquirentes, percibiendo una comisión, que se incluye en la línea Ventas del estado de resultados. Los créditos por ventas y las cuentas por pagar generados por esta operatoria han sido valuados siguiendo el criterio general mencionado anteriormente.
Los créditos por ventas incluyen servicios devengados que se encuentran sin facturar a la fecha de cierre del período.
e) Otros créditos y deudas
Los otros créditos y otras deudas han sido valuados a su valor nominal, incorporando, cuando corresponda, los resultados financieros devengados a la fecha de cierre del período. Los valores obtenidos de esta forma no difieren significativamente de los que se hubieran obtenido de aplicarse las normas contables vigentes, que establecen que deben valuarse en base a la mejor estimación posible de la suma a cobrar y a pagar, respectivamente, descontada utilizando una tasa que refleje el valor tiempo del dinero y los riesgos específicos de la transacción estimada en el momento de su incorporación al activo y pasivo, respectivamente.
f) Impuesto a las ganancias
La Sociedad ha reconocido el cargo por impuesto a las ganancias en base al método del impuesto diferido. Debido a que al cierre del período no existen diferencias temporarias entre las mediciones de los activos y pasivos contables e impositivos, no se reconocieron activos y/o pasivos impositivos diferidos.
g) Saldos con partes relacionadas
Los saldos con partes relacionadas generados fundamentalmente por operaciones comerciales y servicios diversos han sido valuados de acuerdo con las condiciones pactadas entre las partes involucradas.
h) Cuentas del patrimonio neto
La cuenta “Capital Social” ha sido expresada a su valor nominal histórico.
i) Reconocimiento de ingresos
La Sociedad reconoce los ingresos por ventas sobre la base de las entregas de gas a los clientes; incluyendo los montos estimados de gas entregado pero aún no facturado al cierre de cada período. Los montos efectivamente entregados han sido determinados de acuerdo con los volúmenes de gas comprado y otros datos.
j) Cuentas del estado de resultados
Las cuentas de resultado se exponen a valores nominales.
METROENERGÍA S.A.
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES ESPECIALES (Cont.)
NOTA 4 - NORMAS CONTABLES (Cont.)
4.5. Ganancia básica y diluida por acción
La ganancia básica y diluida por acción es calculada sobre la base del promedio ponderado de acciones al 31 de marzo de 2006, que asciende a 230.000. Dado que la Sociedad no posee acciones preferidas o deuda convertible en acciones, ambos indicadores son iguales.
METROENERGÍA S.A.
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES ESPECIALES (Cont.)
NOTA 5 - COMPOSICIÓN DE LOS PRINCIPALES RUBROS DEL BALANCE
GENERAL Y ESTADO DE RESULTADOS
El detalle de los saldos significativos incluidos en el balance general y el estado de resultados es el siguiente:
METROENERGÍA S.A.
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES ESPECIALES (Cont.)
NOTA 6 - DETALLE DE VENCIMIENTOS DE INVERSIONES, CRÉDITOS Y DEUDAS
Los plazos de vencimiento de inversiones, créditos y deudas se detallan a continuación:
NOTA 7 - TRANSACCIONES SIGNIFICATIVAS Y SALDOS CON PARTES
RELACIONADAS
MetroGAS S.A., como propietario del 95% del capital accionario de la Sociedad, es el accionista controlante de MetroENERGÍA. Los restantes accionistas de la Sociedad son BG Argentina S.A. e YPF S.A. (sociedad que con fecha 31 de octubre de 2005 transfirió a favor de YPF Inversora Energética S.A. la totalidad de sus acciones en MetroENERGÍA) quienes poseen el 2,73% y 2,27% del capital accionario de la Sociedad respectivamente.
METROENERGÍA S.A.
NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES ESPECIALES (Cont.)
NOTA 7 - TRANSACCIONES SIGNIFICATIVAS Y SALDOS CON PARTES
RELACIONADAS (Cont.)
Las transacciones significativas realizadas por la Sociedad con sociedades relacionadas son las siguientes:
Los saldos al 31 de marzo de 2006 y al 31 de diciembre de 2005 por transacciones realizadas por la Sociedad con sociedades relacionadas son las siguientes:
NOTA 8 - ESTADO DE CAPITALES
Al 31 de marzo de 2006 el Capital Social suscripto de la Sociedad asciende a miles de $ 230 de los cuales se encuentran pendientes de integración miles de $ 38.
La Asamblea Extraordinaria de Accionistas celebrada el 16 de noviembre de 2005, aprobó el aumento de Capital Social a miles de $ 230 mediante la capitalización de aportes irrevocables efectuados por los accionistas de la Sociedad por un monto total de miles de $ 180 mediante la emisión de miles de acciones 180 ordinarias escriturales de $ 1 valor nominal cada una y con derecho a un voto por acción. A la fecha de emisión de los presentes estados contables, el mencionado aumento de Capital Social se encuentra pendiente de inscripción en el Registro Público de Comercio.
ANEXO D
METROENERGÍA S.A.
BALANCE GENERAL ESPECIAL
AL 31 DE MARZO DE 2006 Y AL 31 DE DICIEMBRE DE 2005
INVERSIONES
ANEXO F
METROENERGÍA S.A.
COSTO DE LOS SERVICIOS PRESTADOS
por el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2006
ANEXO G
METROENERGÍA S.A.
BALANCE GENERAL ESPECIAL
AL 31 DE MARZO DE 2006 Y AL 31 DE DICIEMBRE DE 2005
ACTIVOS Y PASIVOS EN MONEDA EXTRANJERA
ANEXO H
METROENERGÍA S.A.
INFORMACIÓN REQUERIDA POR EL ART. 64 INC.B) DE LA LEY N° 19.550.
por el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2006
“INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA
A los señores Accionistas de
MetroENERGÍA S.A.
-
Por medio del presente cumplimos en informar que hemos efectuado una revisión limitada del balance general de MetroENERGÍA S.A. examinando el inventario, el balance general al 31 de marzo de 2006, los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo por el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2006, y las notas 1 a 8 y anexos D, F, G y H que los complementan, los que han sido presentados por la Sociedad para nuestra consideración. La preparación y emisión de los mencionados estados contables es responsabilidad de la Sociedad.
-
Nuestro trabajo fue practicado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes. Dichas normas requieren la aplicación de los procedimientos establecidos en la Resolución Técnica N° 7 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas para revisiones limitadas de estados contables de períodos intermedios, e incluyen la verificación de la congruencia de los documentos revisados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas y la adecuación de dichas decisiones a la ley y los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Para realizar nuestra tarea profesional, hemos efectuado una revisión del trabajo efectuado por los auditores externos de MetroENERGÍA S.A., Price Waterhouse & Co. S.R.L., quienes emitieron su informe de revisión limitada con fecha 10 de mayo de 2006. Una revisión limitada consiste principalmente en aplicar procedimientos analíticos a la información contable y en efectuar indagaciones a los responsables de las cuestiones contables y financieras. El alcance de dicha revisión es sustancialmente menor al de una auditoría de estados contables, cuyo objetivo es la expresión de una opinión sobre los estados contables tomados en conjunto. Por lo tanto, no expresamos tal opinión. No hemos evaluado los criterios empresarios de administración, comercialización ni producción, dado que ellos son de incumbencia exclusiva de la Sociedad.
-
En base a nuestra revisión, con el alcance descripto en los puntos anteriores, informamos que los estados contables de MetroENERGÍA S.A. al 31 de marzo de 2006, preparados de acuerdo con normas contables vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, consideran todos los hechos y circunstancias significativos que son de nuestro conocimiento y que, en relación con los mismos, no tenemos observaciones que formular.
Se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 294 de la Ley de Sociedades Comerciales.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 10 de mayo de 2006.
Por Comisión Fiscalizadora
Síndico”
ACTA DE DIRECTORIO Nº 16: En la ciudad de Buenos Aires, a los 10 días del mes de mayo de 2006, siendo las 9 horas, se reúnen en la sede social los directores y síndicos de MetroENERGIA S.A. que firman al pie. Preside la reunión el Sr. Roberto Daniel Brandt. Se pasa a tratar el único punto del Orden del Día. Se pasa a tratar el único punto del Orden del Día: Aprobación de Estados Contables al 31 de marzo de 2006: Toma la palabra el Sr. Roberto Brandt y manifiesta que resulta necesario aprobar los estados contables de la sociedad al 31 de marzo de 2006 los que son de conocimiento de los presentes por haber sido distribuidos con anterioridad a esta reunión. Sometido el tema a consideración de los presentes los estados contables al 31 de marzo de 2006 resultan aprobados por unanimidad. Toma la palabra el síndico Sra. María Gabriela Grigioni e informa que la Comisión Fiscalizadora ha emitido su informe al respecto el que solicita se transcriba a continuación: “INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA. A los señores Accionistas de MetroENERGÍA S.A. 1. Por medio del presente cumplimos en informar que hemos efectuado una revisión limitada del balance general de MetroENERGÍA S.A. examinando el inventario, el balance general al 31 de marzo de 2006, los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo por el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2006, y las notas 1 a 8 y anexos D, F, G y H que los complementan, los que han sido presentados por la Sociedad para nuestra consideración. La preparación y emisión de los mencionados estados contables es responsabilidad de la Sociedad. 2. Nuestro trabajo fue practicado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes. Dichas normas requieren la aplicación de los procedimientos establecidos en la Resolución Técnica N° 7 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas para revisiones limitadas de estados contables de períodos intermedios, e incluyen la verificación de la congruencia de los documentos revisados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas y la adecuación de dichas decisiones a la ley y los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Para realizar nuestra tarea profesional, hemos efectuado una revisión del trabajo efectuado por los auditores externos de MetroENERGÍA S.A., Price Waterhouse & Co. S.R.L., quienes emitieron su informe de revisión limitada con fecha 10 de mayo de 2006. Una revisión limitada consiste principalmente en aplicar procedimientos analíticos a la información contable y en efectuar indagaciones a los responsables de las cuestiones contables y financieras. El alcance de dicha revisión es sustancialmente menor al de una auditoría de estados contables, cuyo objetivo es la expresión de una opinión sobre los estados contables tomados en conjunto. Por lo tanto, no expresamos tal opinión. No hemos evaluado los criterios empresarios de administración, comercialización ni producción, dado que ellos son de incumbencia exclusiva de la Sociedad. 3. En base a nuestra revisión, con el alcance descripto en los puntos anteriores, informamos que los estados contables de MetroENERGÍA S.A. al 31 de marzo de 2006, preparados de acuerdo con normas contables vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, consideran todos los hechos y circunstancias significativos que son de nuestro conocimiento y que, en relación con los mismos, no tenemos observaciones que formular. Se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 294 de la Ley de Sociedades Comerciales. Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 10 de mayo de 2006. Por Comisión Fiscalizadora. Síndico” No habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión siendo las 9.30 hs.
Directores presentes: R. Brandt, V. Camporeale y C. Marcaida
Síndicos presentes: Matias Zaefferer,
Es copia fiel de su original que se encuentra trascripta
a fs. 24 del Libro de Actas de Directorio N° 1
Roberto Daniel Brandt
Presidente
ACTA DE COMISION FISCALIZADORA
En la ciudad de Buenos Aires el día 10 de mayo de 2006, se reúnen los miembros de la Comisión Fiscalizadora de MetroENERGÍA S.A. abajo firmantes.
Toma la palabra la Dra. María Gabriela Grigioni, quien expresa que el motivo de la presente reunión es emitir un informe sobre el balance general al 31 de marzo de 2006, de los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo por el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2006, y de las notas 1 a 8 y anexos D, F, G y H que lo complementan. Luego de un amplio análisis de la documentación pertinente, se deja constancia de que los mencionados estados contables de la Sociedad por el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2006 deberán ser aprobados por el Directorio en todos los términos del texto obrante en nuestro poder, en cuyo caso se somete a consideración el texto del informe que a continuación se transcribe:
“INFORME DE LA COMISION FISCALIZADORA
A los señores Accionistas de
MetroENERGÍA S.A.
-
Por medio del presente cumplimos en informar que hemos efectuado una revisión limitada del balance general de MetroENERGÍA S.A. examinando el inventario, el balance general al 31 de marzo de 2006, los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo por el período de tres meses finalizado el 31 de marzo de 2006, y las notas 1 a 8 y anexos D, F, G y H que los complementan, los que han sido presentados por la Sociedad para nuestra consideración. La preparación y emisión de los mencionados estados contables es responsabilidad de la Sociedad.
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Nuestro trabajo fue practicado de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes. Dichas normas requieren la aplicación de los procedimientos establecidos en la Resolución Técnica N° 7 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas para revisiones limitadas de estados contables de períodos intermedios, e incluyen la verificación de la congruencia de los documentos revisados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas y la adecuación de dichas decisiones a la ley y los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Para realizar nuestra tarea profesional, hemos efectuado una revisión del trabajo efectuado por los auditores externos de MetroENERGÍA S.A., Price Waterhouse & Co. S.R.L., quienes emitieron su informe de revisión limitada con fecha 10 de mayo de 2006. Una revisión limitada consiste principalmente en aplicar procedimientos analíticos a la información contable y en efectuar indagaciones a los responsables de las cuestiones contables y financieras. El alcance de dicha revisión es sustancialmente menor al de una auditoría de estados contables, cuyo objetivo es la expresión de una opinión sobre los estados contables tomados en conjunto. Por lo tanto, no expresamos tal opinión. No hemos evaluado los criterios empresarios de administración, comercialización ni producción, dado que ellos son de incumbencia exclusiva de la Sociedad.
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En base a nuestra revisión, con el alcance descripto en los puntos anteriores, informamos que los estados contables de MetroENERGÍA S.A. al 31 de marzo de 2006, preparados de acuerdo con normas contables vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, consideran todos los hechos y circunstancias significativos que son de nuestro conocimiento y que, en relación con los mismos, no tenemos observaciones que formular.
Se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 294 de la Ley de Sociedades Comerciales.
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 10 de mayo de 2006.
Por Comisión Fiscalizadora
Síndico”
Finalmente, se resuelve delegar en uno cualquiera, indistintamente, de los miembros de esta Comisión la firma del presente informe y de los referidos Estados Contables.
No habiendo más asuntos que tratar se levanta la sesión.
M. G. Grigioni M. Zaefferer O. Orona