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Metrogas S.A. Interim / Quarterly Report 2003

Nov 12, 2003

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METROGAS S.A.

ESTADOS CONTABLES AL

30 DE SEPTIEMBRE DE 2003 Y 2002

METROGAS S.A.

ESTADOS CONTABLES AL

30 DE SEPTIEMBRE DE 2003 Y 2002

INDICE

Informe de los Auditores

Balances generales

Estados de resultados

Estados de evolución del patrimonio neto

Estados de flujo de efectivo

Notas a los estados contables

Anexos A, B, C, E, F, G y H

Reseña informativa

Informe de la Comisión Fiscalizadora

INFORME DE REVISION LIMITADA

A los señores Accionistas, Presidente y Directores de

MetroGAS S.A.

  1. Hemos efectuado una revisión limitada de los balances generales de MetroGAS S.A. al 30 de septiembre de 2003 y 2002, de los correspondientes estados de resultados, de evolución del patrimonio neto y de flujo de efectivo por los períodos de nueve meses terminados en esas fechas y de las notas 1. a 15. y anexos A, B, C, E, F, G y H que los complementan. La preparación y emisión de los mencionados estados contables es responsabilidad de la Sociedad.
  2. Nuestras revisiones se limitaron a la aplicación de los procedimientos establecidos en la Resolución Técnica Nº 7 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas para revisiones limitadas de estados contables de períodos intermedios que consisten, principalmente, en la aplicación de procedimientos analíticos sobre las cifras incluidas en los estados contables y en la realización de indagaciones a personal de la Sociedad responsable de la preparación de la información incluida en los estados contables y su posterior análisis. El alcance de estas revisiones es sustancialmente inferior al de un examen de auditoría, cuyo objetivo es expresar una opinión sobre los estados contables bajo examen. Consecuentemente, no expresamos opinión sobre los balances generales, los resultados de las operaciones, las variaciones en el patrimonio neto y el flujo de efectivo de la Sociedad.
  3. Tal como se indica en Nota 3., la Sociedad ha aplicado a partir del presente período nuevas normas contables de valuación y exposición aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y la Comisión Nacional de Valores; lo que ha implicado el reconocimiento de ajustes a resultados de ejercicios anteriores, reclasificaciones y adaptación de la información comparativa.
  4. La Sociedad ha confeccionado los estados contables aplicando los criterios de valuación y exposición establecidos por la Comisión Nacional de Valores los que, según se explica en Notas 3.2.e) y 3.1., difieren en ciertos aspectos de las normas contables vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, especialmente en lo relacionado con el tratamiento de los activos y pasivos generados por la aplicación del método del impuesto diferido y en lo relacionado con el reconocimiento de la inflación al 30 de septiembre de 2003. El efecto sobre los estados contables emergente de los diferentes criterios de valuación no ha sido cuantificado por la Sociedad.
  5. Los cambios en las condiciones económicas del país y las modificaciones introducidas por el Gobierno Nacional a la Licencia con la que opera la Sociedad mencionadas en Nota 2., principalmente la suspención del régimen original de actualización de tarifas, afectan la ecuación económica y financiera de la Sociedad, generando incertidumbre respecto del desarrollo futuro de sus negocios, y de la posibilidad que la Sociedad esté en condiciones de cumplir con las obligaciones financieras que ha asumido. La dirección de la Sociedad se encuentra en un proceso de renegociación con el Estado Nacional de ciertos términos de la Licencia a fin de contrarrestar el impacto negativo generado por las circunstancias mencionadas y negociando con sus principales proveedores los términos contractuales a fin de adaptarlos al nuevo contexto económico y regulatorio en el cual desarrolla su negocio.
  6. Como se menciona en Nota 9., la devaluación del peso argentino sobre la deuda financiera de la Sociedad en moneda extranjera y las circunstancias mencionadas en el punto 5. han llevado a la Sociedad a incumplir los pagos de capital e intereses de sus obligaciones financieras a partir del 25 de marzo de 2002, en consecuencia se ha producido un evento de incumplimiento bajo las condiciones del Programa Global de Obligaciones Negociables. El mencionado incumplimiento habilita a los acreedores financieros, previa obtención de ciertas mayorías, a exigir el pago inmediato de todos los saldos adeudados conforme con las cláusulas contractuales, como si las obligaciones fueren de plazo vencido y actualmente exigibles. La dirección de la Sociedad se encuentra analizando junto con sus asesores financieros un plan integral de reestructuración de sus pasivos financieros.
  7. La Sociedad ha elaborado sus proyecciones a los efectos de determinar el valor recuperable de sus activos no corrientes, en base a como estima será el resultado final de los procesos de renegociación mencionados en los puntos 5. y 6. No estamos en condiciones de prever si las premisas utilizadas por la gerencia para elaborar las mencionadas proyecciones se concretarán en el futuro y, en consecuencia, si los valores recuperables de los activos no corrientes superarán a sus respectivos valores contables netos.
  8. La Sociedad ha preparado los estados contables adjuntos utilizando principios contables aplicables a una empresa en marcha. Por lo tanto, dichos estados contables no incluyen los efectos de los eventuales ajustes y reclasificaciones, si los hubiere, que pudieran requerirse de no resolverse favorablemente las situaciones descriptas en los puntos 5. y 6. del presente informe a favor de la continuidad de las operaciones de la Sociedad.
  9. Nuestro informe profesional sobre los estados contables de la Sociedad al 31 de diciembre de 2002 contenía, entre otras, una salvedad debido al apartamiento de normas contables profesionales por la exposición dentro del pasivo no corriente de la deuda financiera mencionada en el punto 6. según su vencimiento original. Durante el presente período y como se menciona en Nota 9., la Sociedad ha procedido a reclasificar dicho pasivo al corriente modificando asimismo los saldos al 31 de diciembre de 2002 que se exponen a fines comparativos.
  10. En base a la labor realizada, y a nuestros exámenes de los estados contables de la Sociedad por los ejercicios terminados el 31 de diciembre de 2002 y 2001, sobre los cuales emitimos nuestro informe el 27 de febrero de 2003, conteniendo una excepción por apartamiento de norma contable profesional que, según se explica en el punto 9. precedente, ha sido subsanada en el presente período, y sujeto al efecto que sobre los estados contables podrían tener los eventuales ajustes y reclasificaciones, si los hubiere, que pudieran requerirse de la resolución de las situaciones descriptas en los puntos 5., 7. y 8. del presente informe, considerando los hechos ocurridos hasta dicha fecha, manifestamos que:
    1. los estados contables de MetroGAS S.A. al 30 de septiembre de 2003 y 2002, detallados en el punto 1., preparados de acuerdo con normas contables vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, consideran todos los hechos y circunstancias significativos que son de nuestro conocimiento y que, en relación con los mismos, no tenemos otras observaciones que formular que las mencionadas en los puntos 3. a 8.;
    2. la información comparativa al 31 de diciembre de 2002 deriva de los estados contables auditados de MetroGAS S.A. a dicha fecha y contempla los ajustes y reclasificaciones mencionados en el punto 3. y en el primer párrafo del presente punto.
  11. En cumplimiento de disposiciones vigentes informamos que:
    1. los estados contables de MetroGAS S.A. se encuentran asentados en el libro "Inventarios y Balances" y cumplen con lo dispuesto en la Ley de Sociedades Comerciales y en las resoluciones pertinentes de la Comisión Nacional de Valores;
    2. los estados contables de MetroGAS S.A. surgen de registros contables llevados en sus aspectos formales de conformidad con normas legales vigentes;
    3. hemos leído la reseña informativa, sobre la cual, en lo que es materia de nuestra competencia, no tenemos otras observaciones que formular que las mencionadas en los puntos 3. a 8.;
    4. al 30 de septiembre de 2003 la deuda de MetroGAS S.A. devengada a favor del Sistema Integrado de Jubilaciones y Pensiones que surge de los registros contables ascendía a $689.160, no existiendo a dicha fecha deuda exigible.

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 11 de noviembre de 2003

PRICE WATERHOUSE & CO. (Socio)
C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 Fº 1 R.A.P.U.
Dr. Miguel A. Urus Contador Público (UBA) T° 184 – F° 246 Lic. Adm. T° 28 – F° 223 C.P.C.E.Ciudad Autónoma de Buenos Aires

METROGAS S.A.

Domicilio legal: Gregorio Araoz de Lamadrid 1360 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires

ESTADOS CONTABLES AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2003 Y 2002

Ejercicios económicos Nº 12 y 11 iniciados el 1º de enero de 2003 y 2002

Actividad principal de la Sociedad: Prestación del servicio público de distribución de gas natural

Inscripción en el Registro Público de Comercio: 1 de diciembre de 1992

Fecha de vencimiento del contrato social: 1 de diciembre de 2091

Modificaciones de los Estatutos:

Aprobado por Asamblea Extraordinaria celebrada el 3 de febrero de 1993

Aprobado por Asamblea Ordinaria y Extraordinaria celebrada el 18 de abril de 1994

Aprobado por Asamblea Extraordinaria celebrada el 29 de junio de 1994

Aprobado por Asamblea Ordinaria y Extraordinaria celebrada el 19 de abril de 1995

Aprobado por Asamblea Extraordinaria celebrada el 7 de febrero de 1996

Aprobado por Asamblea Ordinaria y Extraordinaria celebrada el 29 de abril de 2003

Sociedad controlante: Gas Argentino S.A.

Domicilio legal: Gregorio Araoz de Lamadrid 1360 - Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Actividad principal: Inversora

Porcentaje de votos poseídos por la sociedad controlante: 70%

Composición y evolución del Capital Social al 30 de septiembre de 2003

Composición del Capital Social

Clases de acciones Suscripto, inscripto e integrado
Miles de $
En circulación:
Acciones ordinarias escriturales de valor nominal $1 y de 1 voto cada una:
Clase "A" 290.277
Clase "B" 221.977
Clase "C" 56.917
Capital Social al 30 de septiembre de 2003 569.171

METROGAS S.A.

ESTADOS CONTABLES AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2003 Y 2002

Evolución del Capital Social

Suscripto, inscripto e integrado
Miles de $
Capital social según acta constitutiva del 24 de noviembre de 1992 inscripta en el Registro Público de Comercio el 1 de diciembre de 1992 bajo el Nº 11.670 del Libro 112, Tomo A de Sociedades Anónimas. 12
Aumento de Capital social dispuesto por la Asamblea del 28 de diciembre de 1992 e inscripto en el Registro Público de Comercio el 19 de abril de 1993 bajo el Nº 3.030, Libro 112, Tomo A de Sociedades Anónimas. 388.212
Aumento de Capital social dispuesto por la Asamblea del 29 de junio de 1994 e inscripto en el Registro Público de Comercio el 20 de septiembre de 1994 bajo el Nº 9.566, Libro 115, Tomo A de Sociedades Anónimas. 124.306
Capitalización del Ajuste de Capital social dispuesto por la Asamblea del 12 de marzo de 1997, inscripto en el Registro Público de Comercio el 17 de junio de 1997 bajo el Nº 6.244, Libro 121, Tomo A de Sociedades Anónimas. 56.641
Capital Social al 30 de septiembre de 2003 569.171

METROGAS S.A.

NOTAS A LOS ESTADOS CONTABLES

AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 2003, 31 DE DICIEMBRE 2002 Y 30 DE SEPTIEMBRE 2002

NOTA 1 - ACTIVIDAD DE LA SOCIEDAD

MetroGAS S.A. (la "Sociedad" o "MetroGAS"), es una sociedad dedicada a la prestación del servicio público de distribución de gas natural, que fue constituida el 24 de noviembre de 1992 y comenzó sus operaciones el 29 de diciembre de 1992, cuando se completó la privatización de Gas del Estado S.E. ("GdE").

El Gobierno Argentino, por el Decreto del Poder Ejecutivo Nº 2.459/92 del 21 de diciembre de 1992, otorgó a MetroGAS una licencia exclusiva para brindar el servicio público de distribución de gas natural en el área de Capital Federal, sudeste y este del Gran Buenos Aires, a través de la operación de los activos cedidos a la Sociedad por GdE, por un período de 35 años desde la fecha de Toma de Posesión (28 de diciembre de 1992), renovable por diez años bajo ciertas condiciones.

Las condiciones en que la Sociedad desarrolla su actividad y su marco regulatorio han sido significativamente modificadas de acuerdo a lo descripto en Nota 2.

NOTA 2 - CONTEXTO ECONOMICO ARGENTINO Y SU IMPACTO sobre

la PosiciOn econOmica y financiera de la Sociedad

La República Argentina se encuentra inmersa en un delicado contexto económico, cuyos principales indicadores son un alto nivel de endeudamiento externo, un sistema financiero en crisis, y una recesión económica, que ha generado principalmente hasta fines del año 2002 una caída importante en la demanda de productos y servicios, un incremento significativo en el nivel de desempleo y un deterioro de la capacidad del Gobierno Nacional para cumplir con sus obligaciones, el cual declaró el incumplimiento del pago de los servicios de la deuda pública a fines del año 2001.

Para hacer frente a la mencionada crisis, a partir del mes de diciembre de 2001, el Gobierno emitió medidas, leyes, decretos y regulaciones que implicaron un profundo cambio del modelo económico vigente hasta ese momento. Entre las medidas adoptadas se destaca la puesta en vigencia de la flotación del tipo de cambio, que derivó en una significativa devaluación que se registró durante los primeros meses del año 2002, la pesificación de ciertos activos y pasivos en moneda extranjera mantenidos en el país y el consecuente incremento de los precios internos.

La situación descripta generó, principalmente durante el año 2002, un incremento significativo y dispar, entre los distintos indicadores económicos, tales como: tipo de cambio, índice de precios internos al por mayor (utilizado para la reexpresión de los estados contables del período y del ejercicio anterior) e índices específicos de los bienes y servicios propios del negocio de la Sociedad.

A continuación se enumeran algunas de las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional que están en vigencia a la fecha de presentación de estos estados contables y que han afectado la posición económica y financiera de la Sociedad.

Régimen cambiario

El 8 de febrero de 2002, se emitió el Decreto N° 260 (Régimen cambiario), el cual establece a partir del 11 de febrero de 2002 un mercado único y libre de cambios por el cual se cursarán todas las operaciones de cambio en divisas extranjeras al tipo de cambio libremente pactado, de acuerdo con los requisitos establecidos por el Banco Central de la República Argentina.

Deudas financieras nominadas en moneda extranjera con entidades del sistema financiero argentino

De acuerdo con el Decreto N° 214, las deudas en dólares estadounidenses u otra moneda extranjera con entidades del sistema financiero argentino fueron convertidas a pesos a la paridad de $ 1 por U$S 1 o su equivalente en otra moneda extranjera. A estas deudas se les aplica a partir del 3 de febrero de 2002 un Coeficiente de Estabilización de Referencia (“CER”) y una tasa de interés. Al 30 de septiembre de 2003 la deuda financiera (capital original) de MetroGAS a ser valuada en las condiciones descriptas ascendía a miles de U$S 44.073.

Marco Regulatorio

La Ley de Emergencia dispone que para los contratos de obras y servicios públicos se dejan sin efecto las cláusulas de ajuste en dólares o en otras divisas extranjeras, las cláusulas indexatorias basadas en índices de precios de otros países y cualquier otro mecanismo indexatorio; se fija para las tarifas una relación de un peso equivalente a un dólar estadounidense; se dispone la renegociación de los contratos de servicios públicos y se establece que estas disposiciones no podrán afectar el normal cumplimiento de las obligaciones de las empresas. El Poder Ejecutivo Nacional ("PEN") se encuentra autorizado a renegociar los contratos de servicios públicos tomando en cuenta los siguientes factores: a) el impacto de las tarifas en la competitividad de la economía y en la distribución de ingresos, b) la calidad de los servicios y los planes de inversión previstos contractualmente, c) el interés de los usuarios y la accesibilidad de los servicios, d) la seguridad de los sistemas comprendidos, y e) la rentabilidad de las empresas.

A partir de estos eventos, la recuperabilidad de los créditos resultantes del diferimiento de la facturación de los ajustes a la tarifa por variación en el índice de precios al productor de Estados Unidos de Norteamérica (“PPI”) durante los años 2000 y 2001, que la Sociedad había registrado basado en su derecho, sustentado en las Reglas Básicas de la Licencia y en el acuerdo firmado con el Gobierno Nacional y ratificado por un decreto del PEN que aseguraba su percepción mediante el ajuste de tarifas futuras, se vio afectada (ver Nota 8.3).

Con fecha 12 de febrero de 2002 el PEN emitió el Decreto N° 293 a través del cual se encomendó al Ministerio de Economía la renegociación de los contratos con empresas de servicios públicos y se creó una Comisión de Renegociación de Contratos de Obras y Servicios Públicos, y a través del Decreto Nº 370 del 22 de febrero de 2002 se designó a los miembros de la misma, contando con la presencia de un representante de los consumidores. Esta comisión era responsable por asesorar y asistir al Ministerio de Economía, quien debería elevar una propuesta de renegociación, o en su defecto la recomendación de rescisión, al PEN dentro de los 120 días de la entrada en vigencia del mencionado decreto para luego ser elevada a las comisiones bicamerales del Congreso que correspondan.

El proceso de renegociación contractual se inició formalmente el 21 de marzo de 2002, fecha en que la Comisión de Renegociación hizo entrega a las licenciatarias del servicio de transporte y de distribución de gas natural de las guías de renegociación aprobadas por el Ministerio de Economía. Con fechas 9 y 16 de abril de 2002, MetroGAS presentó a la Comisión de Renegociación la información solicitada en dichas guías, efectuando una detallada reserva respecto a los derechos de la Sociedad y de sus inversores. El 17 de abril de 2002 MetroGAS efectuó ante el Comité Coordinador la presentación oral dispuesta en las Guías de Renegociación.

El proceso de Renegociación, y por lo tanto el plazo original de 120 días, se vio afectado por una medida cautelar de fecha 16 de mayo de 2002 que impide la toma de decisiones por parte de la Comisión de Renegociación sin previo envío de copia de la información remitida por las licenciatarias al representante de los consumidores, así como permitir su participación en las reuniones de los equipos técnicos. Esta medida ha sido apelada por el Ministerio de Economía. Asimismo, el PEN estableció que todo reclamo por incumplimiento de los contratos de concesión que están siendo renegociados se presente ante la Comisión de Renegociación. Cualquier reclamo que efectúe el concesionario fuera del proceso de renegociación traerá como consecuencia su exclusión automática del proceso. MetroGAS impugnó esta resolución en sede administrativa. Posteriormente, con fecha 16 de agosto de 2002 se publicó la Resolución N° 308 en la que se establece que las autoridades de aplicación de los contratos de licencia de servicios públicos continúan ejerciendo sus respectivas atribuciones y facultades.

Por otra parte en los casos de incumplimiento de contratos, el Organo de Control procederá a sustanciar las actuaciones y se dará participación a la Comisión de Renegociación sólo en aquellos casos que los incumplimientos se encuentren vinculados con las medidas de emergencia dispuestas a partir de la Ley de Emergencia.

Finalmente, la Resolución determina que si mientras se desarrolla el proceso de renegociación, las empresas licenciatarias efectuaren una presentación en sede judicial o ante un tribunal arbitral, articulada sobre el presunto incumplimiento contractual fundado en las normas de la emergencia, serán intimadas por el Ministerio de Economía a desistir de tal acción, bajo apercibimiento de instar los actos para disponer su exclusión de dicho proceso. MetroGAS ha impugnado esta resolución en sede administrativa.

Con fecha 17 de septiembre de 2002 se publicó el Decreto N° 1.834 con una vigencia similar al plazo de Emergencia Pública, es decir hasta el 31 de diciembre de 2003, el que establece que, la sola presentación en concurso preventivo o la solicitud de quiebra de las Empresas comprendidas en el proceso de renegociación no dará lugar a la rescisión de los contratos de licencia o concesión que celebraron con el Estado Nacional.

Adicionalmente, con la misma fecha se publicó el Decreto N° 1.839 con vigencia a partir del vencimiento del período establecido en el Decreto N° 293. El mencionado decreto extendió por 120 días hábiles el plazo para que el Ministerio de Economía eleve al PEN las propuestas de renegociación de los contratos.

El Ministerio de Economía convocó para el 26 de septiembre de 2002 a audiencia pública para el tratamiento de los ajustes tarifarios de urgencia solicitados por las Licenciatarias de Transporte y Distribución de gas. Dos días antes, a pedido de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires y ciertas asociaciones de consumidores, un juzgado de primera instancia en lo contencioso administrativo federal dictó una medida cautelar ordenando la suspensión de todas las audiencias públicas convocadas en el marco del proceso de renegociación, con la finalidad exclusiva de considerar una recomposición tarifaria de urgencia, hasta tanto las mismas puedan tener lugar como parte del proceso global de renegociación. El Estado Nacional demandado en esta causa apeló la medida cautelar.

Si bien MetroGAS continuó participando en el proceso de renegociación establecido en la Ley de Emergencia, hizo uso de la facultad que le otorga a las Licenciatarias el art. 46 del Marco Regulatorio (Ley Nº 24.076) de requerir al Ente Nacional Regulador del Gas (“ENARGAS”) un ajuste extraordinario de emergencia basado en “circunstancias objetivas y justificadas” como una medida provisoria para transitar el período de emergencia. El fundamento legal de este pedido consistió en que la citada ley, que se encuentra vigente y que no ha sido modificada, contiene mecanismos (incluyendo la audiencia pública) para justificar un ajuste de esta naturaleza. El ENARGAS convocó a todas las licenciatarias de transporte y distribución de gas a una audiencia pública a celebrase el 18 de noviembre de 2002, que no se llevó a cabo debido al dictado de una medida cautelar ante la solicitud de la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires y algunas Asociaciones de Consumidores.

Con fecha 3 de diciembre de 2002 el PEN dictó el Decreto Nº 2.437 readecuando en forma transitoria las tarifas de servicios públicos de gas y energía eléctrica, siendo complementado por una Resolución del ENARGAS.

No obstante ello, con fecha 10 de diciembre de 2002 un juez otorgó una medida cautelar solicitada por la Defensoría del Pueblo de la Ciudad de Buenos Aires ordenando la suspensión de los efectos del Decreto Nº 2.437 para los usuarios de la Ciudad de Buenos Aires. Luego el 12 de diciembre de 2002 se otorgó en otro juzgado otra medida cautelar solicitada por el Defensor del Pueblo de la Nación ordenando la suspensión del Decreto mencionado a nivel nacional.

Con fecha 24 de enero de 2003 mediante el Decreto Nº 120 el PEN estableció que podrá, en forma transitoria y hasta que concluya el proceso de renegociación de los contratos de las concesiones y licencias de servicios públicos previsto en los artículos 8º y 9º de la Ley Nº 25.561, disponer revisiones, ajustes o adecuaciones tarifarias para dichos contratos, a fin de garantizar a los usuarios la continuidad, seguridad y calidad de las prestaciones.

Asimismo, el 30 de enero de 2003 por medio del Decreto Nº 146, el PEN dispuso de un incremento tarifario “transitorio” para los servicios de electricidad y gas a partir de la fecha de su publicación, cuyos porcentajes de incremento y los sectores beneficiados con la denominada “tarifa social”, son iguales a los establecidos en el Decreto Nº 2.437/02.

Con fecha 3 de febrero de 2003 a través de la Resolución Nº 62/03 el Ministerio de Economía, extendió el plazo de la Comisión de Renegociación por el término de 60 días.

Con fecha 27 de febrero de 2003 la justicia otorgó las medidas cautelares solicitadas por la Defensoría del Pueblo de la Nación y de las Asociaciones de Usuarios ordenándose la suspensión del incremento de tarifas dispuesto por el Decreto Nº 146/03.

En marzo de 2003 MetroGAS solicitó al Ministerio de Economía en su calidad de Presidente de la Comisión de Renegociación la prosecución y finalización de la fase III prevista en la Resolución ME 20/2002. El Ministro de Economía respondió la nota remitida por MetroGAS afirmando que el proceso de renegociación continuaba en curso.

Previa a la asunción del nuevo presidente Néstor Kirchner, MetroGAS remitió una nota efectuando un raconto de la participación de la Compañía en las distintas etapas del proceso de renegociación hasta dicha fecha.

La nueva administración, que asumió el 25 de mayo de 2003, firmó el Decreto Nº 311 a través del cual creó en el ámbito de los Ministerios de Economía y Producción y de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios una Unidad de Renegociación y Análisis de Servicios Públicos con la misión de asesorar en el proceso de renegociación de los contratos de servicios públicos dispuesto por la Ley de Emergencia Pública.

Esta Unidad podrá suscribir acuerdos integrales o parciales de renegociación contractual con las empresas licenciatarias ad referendum del Poder Ejecutivo, elevar proyectos vinculados con posibles adecuaciones transitorias de tarifas, efectuar recomendaciones para el funcionamiento de los servicios y elaborar un proyecto de marco regulatorio general. La unidad estará a cargo de un Secretario Ejecutivo que fue posteriormente designado mediante la Resolución conjunta de ambos Ministerios N°118 y 25 recayendo en el Sr. Gustavo Simeonoff, quien era coordinador de la Comisión de Renegociación de Contratos creada por el Decreto N°293/2002 que cesará de funcionar.

Finalmente, el 1 de octubre de 2003 el Gobierno Nacional sancionó la Ley 25.790 que prorroga hasta el 31 de diciembre de 2004 el plazo para llevar a cabo la renegociación de los contratos de obras y servicios públicos dispuesto por la Ley de Emergencia.

A la fecha de estos estados contables no es posible predecir los resultados finales de esta renegociación.

Contratos en dólares estadounidenses o con cláusulas de ajuste en dólares

La Ley de Emergencia contiene regulaciones relativas a los contratos privados existentes al momento de la entrada en vigencia de esta ley, pactados en moneda extranjera o con cláusula de ajuste en tales monedas. Al respecto, establece la conversión a pesos de todas las obligaciones a la paridad de $1 = U$S1. Si las prestaciones se tornaran onerosas y las partes no llegaran a un acuerdo, se podrá recurrir a la justicia a fin de que establezca un valor equitativo. Las obligaciones que se generen con posterioridad a dicha ley no podrán ser alcanzadas por cláusulas de ajuste.

La Sociedad tiene contratos con estas características, siendo los más importantes los de compra de gas natural, esenciales para la prestación del servicio licenciado. Si bien se han iniciado negociaciones con los productores de gas, a la fecha de aprobación de los presentes estados contables no se pueden precisar cuales serán los resultados de estas negociaciones. No obstante, la aplicación del pass-through garantizaría el traslado a tarifa de estos mayores costos.

Diferimiento de la deducción de la diferencia de cambio en el impuesto a las ganancias

Los resultados netos negativos que tengan su origen en la aplicación del tipo de cambio de $ 1,4 = U$S 1 sobre activos y pasivos en moneda extranjera existentes a la fecha de la sanción de la Ley de Emergencia, solo serán deducibles en el impuesto a las ganancias en la proporción de un 20% anual en cada uno de los primeros cinco ejercicios fiscales cerrados con posterioridad a la vigencia de la mencionada Ley. Los activos impositivos diferidos generados por el presente tratamiento de las diferencias de cambio se encuentran registrados en los estados contables al 30 de septiembre de 2003 según se explica en Nota 3.2.k).

Reconocimiento de los efectos de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda

Los estados contables han sido preparados en moneda constante, reconociendo en forma integral los efectos de la inflación hasta el 31 de agosto de 1995. A partir de esa fecha y de acuerdo con normas contables profesionales y con requerimientos de los organismos de contralor, se ha discontinuado la reexpresión de los estados contables hasta el 31 de diciembre de 2001. Desde el 1 de enero de 2002 y de acuerdo con lo establecido por las normas contables profesionales se ha reiniciado el reconocimiento de los efectos de la inflación, considerando que las mediciones contables reexpresadas por el cambio en el poder adquisitivo de la moneda hasta el 31 de agosto de 1995, como las que tengan fecha de origen entre dicha fecha y el 31 de diciembre de 2001, se encuentran expresadas en moneda de esta última fecha.

Con fecha 25 de marzo de 2003, el Poder Ejecutivo Nacional emitió el Decreto N° 664 que establece que los estados contables de ejercicios que cierran a partir de dicha fecha sean expresados en moneda nominal. En consecuencia, y de acuerdo con la Resolución N° 441 emitida por la Comisión Nacional de Valores, la Sociedad discontinuó la reexpresión de los estados contables a partir del 1 de marzo de 2003 (Ver Nota 3.1.).

Impacto en la situación patrimonial y financiera de la Sociedad

Las disposiciones de la Ley de Emergencia modifican normas del Marco Regulatorio aplicables al transporte y distribución de gas natural, en principio, aquellas que establecen que las tarifas son calculadas en dólares estadounidenses y expresadas en pesos y que son ajustadas de acuerdo a índices internacionales.

La regulación original en materia de distribución de gas garantizó a las inversiones extranjeras realizadas en el país el respeto al principio de "seguridad jurídica" mediante una legislación nacional (Ley 24.076 y sus normas reglamentarias) y supranacional (suscripción de Tratados Bilaterales de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones) construida sobre la base de un esquema de convertibilidad, tarifas en dólares y ajustes utilizando indicadores de mercados internacionales.

Este esquema se ha visto seriamente afectado, no solamente por las medidas adoptadas en el marco de la emergencia, sino abrogado en los hechos, lo que ha traído aparejada una verdadera situación de inseguridad jurídica que imposibilita la inversión y el desarrollo normal de la actividad a cargo de la Sociedad, cuya reparación excede el marco de la renegociación.

Una eventual recomposición del contrato de Licencia debería respetar las pautas originales del Marco Regulatorio y del Pliego de la Licitación Internacional bajo el cual los inversores decidieron su participación en el proceso de privatización.

Debido a los cambios adversos sustanciales y significativos que han ocurrido en la Argentina, el 25 de marzo de 2002 MetroGAS se vio forzada a suspender los pagos de capital e intereses sobre la totalidad de su deuda financiera (Ver Nota 9).

Las situaciones descriptas anteriormente, han sido tenidas en cuenta por la Dirección de la Sociedad al efectuar las estimaciones contables significativas incluidas en los presentes estados contables, las cuales incluyen las correspondientes al valor recuperable de los activos no corrientes. A tal fin, la Dirección de la Sociedad elabora periódicamente proyecciones económico-financieras a partir de escenarios alternativos basados en supuestos macroeconómicos, financieros, de mercado y regulatorios. A partir de las situaciones antes descriptas, se han considerado en las mencionadas proyecciones, modificaciones de tarifas y ajustes a los costos operativos de la Sociedad, de modo tal de recomponer la ecuación económico-finaciera de la misma. Los resultados reales futuros podrían diferir de aquellas estimaciones.

Plan de acción de la Sociedad

La Dirección de la Sociedad ha implementado un plan de acción para revertir el severo impacto del contexto en los resultados de las operaciones de la Sociedad. Entre otras, las principales medidas adoptadas fueron:

  • Lanzar el proceso de análisis relacionado con la renegociación de los contratos de Licencia;
  • Preparar el detalle de obligaciones contractuales, activas y pasivas, a fin de evaluar el nivel de exposición legal, económica y financiera y fijar el plan de acción tendiente a la renegociación y adecuación de contratos a la realidad económica;
  • Encarar un plan de reducción de inversiones y gastos sin afectar la normal provisión de gas en forma segura;
  • Asegurar la continuidad del negocio manteniendo un estricto control financiero a fin de adecuar los egresos financieros a la real disponibilidad de fondos hasta que se normalice la liquidez del sistema financiero;
  • Obtener el asesoramiento impositivo necesario a fin de optimizar la utilización de los quebrantos impositivos emergentes del impacto en los resultados;
  • Contratar asesores financieros internacionales para desarrollar un plan integral para reestructurar todos sus pasivos financieros (ver Nota 9).

Los impactos generados por el conjunto de las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional sobre los estados contables de la Sociedad al 30 de septiembre de 2003, se reconocieron de acuerdo con las evaluaciones y estimaciones realizadas por la Dirección de MetroGAS a la fecha de preparación de los mismos. Los resultados reales futuros podrían diferir de las evaluaciones y estimaciones realizadas a la fecha de aprobación de los presentes estados contables y dichas diferencias podrían ser significativas. Por lo tanto, los estados contables de la Sociedad pueden no informar todos los ajustes que podrían resultar de estas condiciones adversas. Asimismo, no es posible en estos momentos prever la evolución futura de la economía nacional, del proceso de renegociación de la licencia y la renegociación de los contratos denominados en moneda extranjera incluida la deuda financiera ni sus consecuencias sobre la posición económica y financiera de la Sociedad. En consecuencia, las decisiones que deban tomarse en base a los presentes estados contables deberán considerar los efectos de estas medidas y su evolución futura y los estados contables de la Sociedad deben ser leídos a la luz de estas circunstancias de incertidumbre.

NOTA 3 - BASES DE PRESENTACION DE LOS ESTADOS CONTABLES DE

ACUERDO A LA RESOLUCION GENERAL Nº 368 DE LA CNV

La Sociedad ha confeccionado los presentes estados contables de conformidad con las normas contables profesionales vigentes ("PCGA") en la Argentina establecidas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales en Ciencias Económicas ("FACPCE") y aprobadas por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires ("CPCECABA"), considerando las disposiciones de la Comisión Nacional de Valores ("CNV"). Los mismos se encuentran expresados en miles de pesos argentinos.

Tales normas contables han sido aplicadas uniformemente respecto del ejercicio anterior.

Con fecha 21 de diciembre de 2001, el CPCECABA aprobó las Resoluciones Técnicas Nº 16 a 20. Las mencionadas Resoluciones Técnicas y las modificaciones incorporadas, entraron en vigencia para los ejercicios iniciados a partir del 1 de julio de 2002, excepto por la Resolución Técnica Nº 20 que entró en vigencia para los ejercicios iniciados el 1 de enero de 2003.

Asimismo, en enero 2003, la CNV a través de la Resolución General Nº 434/03 ha adoptado las mencionadas Resoluciones Técnicas, incorporándoles algunas modificaciones, estableciendo que son de aplicación para los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2003.

Las principales modificaciones incorporadas por las nuevas Resoluciones Técnicas, que han generado efectos significativos sobre los estados contables de la Sociedad, son:

  1. Adopción de un modelo contable en el cual prevalece, a los efectos de definir los criterios de valuación a utilizar, la intención de la Sociedad. En este contexto, se valuaron a valores corrientes únicamente los activos destinados a la venta. Asimismo, los créditos y pasivos se reconocieron, en general, a sus valores descontados.
  2. Establecimiento de pautas respecto del reconocimiento, medición y exposición de cargos por costos laborales.
  3. Incorporación de nuevos requisitos de exposición, entre los que se destacan la información por segmentos, el resultado por acción y la información comparativa a presentar.

El detalle de los ajustes a resultados de ejercicios anteriores, que han surgido de la aplicación de las nuevas normas contables se detalla en el siguiente cuadro:

Concepto Efecto sobre resultados acumulados al inicio del ejercicio Efecto sobre el resultado al 30 de septiembre de 2002
En miles de $ En miles de $
Valuación de créditos a valores descontados (1.628) -
Reconocimiento de pasivos por costos laborales (2.832) 983
Resultado por exposición a la inflación de pasivos por costos laborales - 4.174
Total (4.460) 5.157

Los estados contables correspondientes a los períodos de nueve meses finalizados el 30 de septiembre de 2003 y 2002 no han sido auditados. La gerencia de la Sociedad estima que incluyen todos los ajustes necesarios para presentar razonablemente los resultados de cada período.

3.1. Consideración de los efectos de la inflación e información comparativa

Los estados contables han sido preparados en moneda constante, reconociendo en forma integral los efectos de la inflación hasta el 31 de agosto de 1995. A partir de esa fecha y de acuerdo con normas contables profesionales y con requerimientos de los organismos de contralor, se ha discontinuado la reexpresión de los estados contables hasta el 31 de diciembre de 2001. Desde el 1 de enero de 2002 y de acuerdo con lo establecido por las normas contables profesionales y organismos de contralor, se ha reiniciado el reconocimiento de los efectos de la inflación, considerando que las mediciones contables reexpresadas por el cambio en el poder adquisitivo de la moneda hasta el 31 de agosto de 1995, como las que tengan fecha de origen entre dicha fecha y el 31 de diciembre de 2001, se encuentran expresadas en moneda de esta última fecha.

A estos efectos, se emplearon coeficientes de ajuste derivados del índice de precios internos al por mayor (IPIM), publicado por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos (INDEC). La inflación acumulada desde el 1 de enero de 2002 hasta el 28 de febrero de 2003 ascendió al 120% de acuerdo con el mencionado índice.

Con fecha 25 de marzo de 2003, el Poder Ejecutivo Nacional emitió el Decreto N° 664 que establece que los estados contables de ejercicios que cierran a partir de dicha fecha sean expresados en moneda nominal. En consecuencia, y de acuerdo con la Resolución N° 441 emitida por la CNV, la Sociedad discontinuó la reexpresión de los estados contables a partir del 1 de marzo de 2003. Este criterio no está de acuerdo con normas contables profesionales vigentes.

Los saldos al 30 de septiembre de 2002 y al 31 de diciembre de 2002 que se exponen en estos estados contables surgen de los estados contables de publicación a dichas fechas reexpresados en moneda del 28 de febrero de 2003, los cuales han sido adecuados según lo indicado en Nota 3. para dar efecto a la aplicación en forma uniforme de las nuevas normas contables profesionales.

De acuerdo con las normas contables profesionales vigentes y por ser las operaciones de la Sociedad de carácter estacional, se incluyen a fines comparativos en el estado de situación patrimonial los saldos al 30 de septiembre de 2002 y 31 de diciembre de 2002.

3.2. Criterios de valuación

La preparación de estados contables a una fecha determinada requiere que la gerencia de la Sociedad realice estimaciones y evaluaciones que afectan el monto de los activos y pasivos registrados y los activos y pasivos contingentes revelados a dicha fecha, como así también los ingresos y egresos registrados en el período. La gerencia de la Sociedad realiza estimaciones para poder calcular a un momento dado, por ejemplo, la previsión para deudores incobrables, las depreciaciones y amortizaciones, el valor recuperable de los activos, el cargo por impuesto a las ganancias y las provisiones para contingencias. Los resultados reales futuros pueden diferir de las estimaciones y evaluaciones realizadas a la fecha de preparación de los presentes estados contables.

Los principales criterios de valuación utilizados en la preparación de los estados contables son los siguientes:

a) Caja y bancos

Las sumas de dinero en pesos, sin cláusula de ajuste, han sido valuadas a su valor nominal.

b) Activos y pasivos en moneda extranjera

Las sumas de dinero en moneda extranjera han sido valuadas a su valor nominal convertido al tipo de cambio de cierre del período, excepto:

  • Las deudas en moneda extranjera con las entidades del sistema financiero argentino que han sido convertidos a la relación de $1=U$S1 según se describe en Nota 2, incluyendo los intereses devengados, si correspondiera; y
  • Las deudas con proveedores en moneda extranjera que están siendo renegociadas y han sido convertidas a la relación de $1=U$S1.

c) Inversiones

Las Letras de Tesorería para la cancelación de obligaciones de la Provincia de Buenos Aires denominadas “Patacones” y las Letras de Cancelación de obligaciones provinciales denominadas “Lecops”, han sido valuadas a su valor nominal (ver Nota 5) ya que los mismos son utilizados para la cancelación de pasivos fiscales y comerciales y tomados a dicho valor.

Los Bonos del Estado Nacional “BODEN” han sido valuados a su valor de mercado al cierre de cada período.

d) Créditos por ventas, otros créditos y pasivos en moneda

Los créditos por ventas incluyen servicios devengados que se encuentran sin facturar a la fecha de cierre del período. Los créditos por ventas están expresados netos de la previsión para deudores incobrables, la cual se basa en las estimaciones de cobro realizadas por la Sociedad.

Los créditos por ventas, otros créditos y pasivos en moneda se exponen a su valor nominal incorporando, cuando corresponda, los intereses devengados a la fecha de cierre de cada período lo que no difiere significativamente de su medición contable obtenida mediante el cálculo del valor descontado de los flujos de fondos que originarán los activos y pasivos, utilizando la tasa interna de retorno determinada al momento de la medición inicial.

e) Otros créditos y pasivos en moneda no incluidos en el punto anterior

Otros créditos y pasivos en moneda no incluidos en el punto anterior han sido valuados en base a la mejor estimación posible de las sumas a cobrar y a pagar, respectivamente, descontada utilizando la tasa de interés para cajas de ahorro de libre disponibilidad publicada por el Banco de la Nación Argentina, excepto por los activos y pasivos por impuestos diferidos que no han sido descontados, de acuerdo con lo establecido por las normas de la CNV. Este criterio no está de acuerdo con las normas contables vigentes en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, las que requieren que dichos saldos sean descontados.

f) Otros créditos en especie

Los otros créditos en especie han sido valuados a los costos de reposición de los bienes o servicios a recibir al cierre del período.

g) Bienes de cambio

Los materiales destinados a la venta se encuentran valuados a su valor estimado de realización.

Los materiales en almacenes han sido valorizados a partir de julio de 1998 a precio promedio ponderado producto del cambio de sistema contable; dichos valores no difieren significativamente de los costos de reposición vigentes al 30 de septiembre de 2003 y 2002 y 31 de diciembre 2002. Los mismos se encuentran netos de la previsión por obsolescencia la cual se basa en estimaciones realizadas por la Sociedad.

Los valores obtenidos de esta forma, netos de la previsión por obsolescencia de materiales, no superan a sus respectivos valores recuperables estimados al cierre del período.

h) Bienes de uso

Para los bienes recibidos en el momento de otorgarse la Licencia, se ha tomado como valor de origen de los bienes de uso el valor global de transferencia definido en el Contrato de Transferencia, que surge como contrapartida de los aportes efectuados y el pasivo transferido reexpresado en moneda constante de acuerdo a lo descripto en nota 3.1.

En base a un trabajo especial efectuado por peritos independientes, se ha realizado una asignación del valor de origen global señalado en el párrafo anterior entre las distintas categorías de bienes que lo integran, asignándole como vida útil los años de servicio restantes que la Sociedad ha estimado en función de cada tipo de bien, estado de conservación y planes de renovación y mantenimiento.

Los bienes incorporados al patrimonio con posterioridad al momento de otorgarse la Licencia han sido valuados a su costo de adquisición reexpresado en moneda constante de acuerdo a lo descripto en nota 3.1., excepto en el caso de las redes de distribución construidas por terceros (diversas asociaciones y cooperativas). De acuerdo a lo establecido por el ENARGAS, dichas redes de distribución se encuentran valuadas a los montos equivalentes a determinados metros cúbicos de gas.

Los bienes de uso son amortizados por el método de la línea recta, aplicando tasas anuales suficientes para extinguir sus valores al final de la vida útil estimada.

La Sociedad activa los costos netos generados por la financiación con capital de terceros de obras cuya construcción se prolongue en el tiempo, hasta que se encuentren en condiciones de ser puestas en marcha. Según se expone en Nota 9, el monto de los intereses capitalizados durante los períodos finalizados el 30 de septiembre de 2003 y 2002 ascendió a miles $ 1.102 y miles de $ 3.692, respectivamente, y por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2002 ascendió a miles de $ 3.981.

La Sociedad capitalizó durante los períodos finalizados el 30 de septiembre de 2003 y 2002 miles de $ 2.351 y miles de $ 4.209, respectivamente, y miles de $ 5.115 por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2002, correspondientes a la porción de los costos de operación atribuibles a las actividades de planificación, ejecución y control de las inversiones en bienes de uso realizadas.

Las existencias de gas en cañerías se encuentran valuadas a costo de adquisición reexpresado en moneda constante de acuerdo a lo descripto en nota 3.1.

Los materiales en almacenes han sido valorizados a partir de julio de 1998 a precio promedio ponderado producto del cambio de sistema contable.

El valor de los bienes de uso, considerados en su conjunto, no supera su valor recuperable.

i) Activos intangibles

Los activos intangibles representan al 30 de septiembre de 2003 los gastos correspondientes a la asesoría financiera contratada para desarrollar un plan integral para reestructurar los pasivos financieros. Al 30 de septiembre y 31 de diciembre de 2002, los activos intangibles representaban gastos correspondientes al programa de emisión de deuda de mediano plazo y ciertos proyectos vinculados a la generación de beneficios futuros los que al 30 de septiembre de 2003 se encuentran totalmente amortizados.

j) Indemnizaciones por despidos

Las indemnizaciones por despido son cargadas a resultados en el momento de su pago.

k) Impuesto a las ganancias

La Sociedad contabiliza el impuesto a las ganancias por el método de lo diferido. La provisión por impuesto diferido al cierre de cada período ha sido determinada en base a las diferencias temporarias generadas en determinados rubros que poseen distinto tratamiento contable e impositivo. El activo por impuesto diferido se genera principalmente por los quebrantos impositivos y por el tratamiento impositivo dado a las diferencias de cambio generadas por las deudas financieras en moneda extranjera tomadas en el exterior. El pasivo por impuesto diferido se genera principalmente por las diferencias temporarias entre la valuación contable y el valor impositivo de los bienes de uso y activos intangibles, fundamentalmente por los distintos criterios de amortización y el tratamiento dado a los resultados financieros (intereses, diferencias de cambio y ajuste por inflación) activados en dichos rubros.

El siguiente cuadro detalla la evolución y composición de los activos y pasivos por impuesto diferido:

Activos diferidos

Quebrantos Estimados Previsiones Pasivos financieros Otros Previsión Total
En miles de $
Saldos al 31 de diciembre de 2002 302.590 9.398 42.342 4.614 (156.355) 202.589
Cargos a resultados (51.466) (1.326) (10.247) 21.275 (4.958) (46.722)
Saldos al 30 de septiembre de 2003 251.124 8.072 32.095 25.889 (161.313) 155.867

Pasivos diferidos

Bienes de uso Otros Total
En miles de $
Saldos al 31 de diciembre de 2002 (12.744) (354) (13.098)
Cargos a resultados 346 (924) (578)
Saldos al 30 de septiembre de 2003 (12.398) (1.278) (13.676)

El activo diferido proveniente del quebranto impositivo estimado acumulado, registrado por la Sociedad al 31 de diciembre de 2002, fue generado en el ejercicio 2002, asciende aproximadamente a miles de $ 302.590 y podrá ser compensado con utilidades impositivas de ejercicios futuros, expirando en el año 2007.

La realización de los activos impositivos diferidos, incluído el mencionado quebranto, depende de la generación futura de ganancias gravadas durante aquellos ejercicios en los cuales las diferencias temporarias se convierten en deducibles. A fin de determinar la realización de los mencionados activos, la Sociedad toma en consideración la reversión de los pasivos impositivos diferidos, su planeamiento impositivo y las proyecciones de ganancias imponibles futuras en base a su mejor estimación de acuerdo con los lineamientos señalados en Nota 2.

En función de las estimaciones realizadas por la Sociedad, MetroGAS ha registrado una previsión por desvalorización sobre los activos impositivos diferidos cuyo saldo ascendía a miles de $ 161.313 y miles de $ 156.355 al cierre del período y al inicio del ejercicio, respectivamente.

El activo neto al cierre del período y al inicio del ejercicio derivado de la información incluida en los cuadros anteriores asciende a miles de $ 142.191 y miles de $ 189.491, respectivamente.

A continuación se detalla la conciliación entre el impuesto a las ganancias cargado a resultados y el que resultaría de aplicar al resultado contable antes de impuestos la tasa impositiva correspondiente:

30 de septiembre de
2003 2002
Miles de $
Impuesto a las ganancias calculado a la tasa legal sobre el resultado antes de impuestos (26.595) 256.389
Diferencias permanentes
Reexpresión en moneda constante (13.794) 115.476
Gastos no deducibles (560) 339
Previsión créditos impositivos (4.958) (174.804)
Total impuesto a las ganancias (45.907) 197.400

l) Impuesto a la ganancia mínima presunta

El impuesto a la ganancia mínima presunta fue establecido por la Ley N° 25.063 por el término de diez ejercicios anuales a partir del ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 1998. Este impuesto es complementario del impuesto a las ganancias, dado que constituye una imposición mínima que grava la renta potencial de ciertos activos productivos a la tasa del 1%, de modo que la obligación fiscal de la Sociedad coincida con el mayor de ambos impuestos. Sin embargo, si el impuesto a la ganancia mínima presunta excede en un ejercicio fiscal al impuesto a las ganancias, dicho exceso podrá computarse como pago a cuenta de cualquier excedente del impuesto a las ganancias sobre el impuesto a la ganancia mínima presunta que pudiera producirse en cualquiera de los diez ejercicios siguientes. Al cierre del período, la Sociedad mantiene registrado un crédito en concepto de impuesto a la ganancia mínima presunta que se expone en el rubro Otros créditos dado que estima que en ejercicios futuros podrá computarlo como pago a cuenta del impuesto a las ganancias.

m) Previsión para contingencias

Se ha constituido para cubrir situaciones contingentes de carácter laboral, comercial, y otros riesgos diversos que podrían originar obligaciones para la Sociedad. En la estimación de sus montos y probabilidad de concreción se ha considerado la opinión de los asesores legales de la Sociedad. Asimismo, han sido consideradas las coberturas de seguros contratadas por la Sociedad. A la fecha de emisión de los presentes estados contables, la gerencia de la Sociedad entiende que no existen elementos que permitan determinar que otras contingencias puedan materializarse y generar un impacto negativo en los presentes estados contables.

n) Cuentas del Patrimonio Neto

Estas cuentas han sido reexpresadas en moneda constante según lo mencionado en Nota 3.1., excepto por la cuenta “Capital Social”, la cual se mantiene a su valor original. El efecto requerido a partir del 1º de enero de 2002 y hasta el 28 de febrero de 2003 ha sido expuesto en la cuenta “Ajuste del Capital Social”.

ñ) Reconocimiento de Ingresos

La Sociedad reconoce los ingresos por ventas sobre la base de las entregas de gas a los clientes; éstos incluyen los montos estimados de gas entregado pero aún no facturado al cierre de cada período. Los montos efectivamente entregados han sido determinados de acuerdo con los volúmenes de gas comprado y otros datos.

o) Cuentas de Resultado

Estas cuentas han sido reexpresadas en moneda constante al 28 de febrero de 2003, de acuerdo con los siguientes criterios:

  • Cuentas que acumulan transacciones monetarias a través del período (ventas netas, costos de operación, gastos de administración y comercialización y otros egresos) han sido reexpresadas en moneda constante al 28 de febrero de 2003, aplicando a los valores originales los coeficientes de actualización correspondientes al mes en que se llevó a cabo la transacción.
  • Cargos a resultados relacionados con activos no monetarios valuados a su costo reexpresado (amortización de bienes de uso y activos intangibles) han sido computados sobre la base de los montos reexpresados de dichos activos.
  • Resultado por tenencia de bienes de cambio valuados al costo de reposición, está expresado neto del efecto de la inflación de cada período sobre dichos inventarios y se expone en el Estado de Resultados dentro del rubro Resultados financieros y por tenencia generados por activos.
  • Resultados financieros (intereses, diferencias de cambio) se exponen netos del efecto de la inflación sobre los activos y pasivos que los originan. El efecto de la inflación sobre los restantes activos y pasivos monetarios se expone como Resultado por exposición a la inflación.

3.3. Ganancias y (Pérdidas) básicas y diluídas por acción

Las ganancias y pérdidas básicas y diluídas por acción fueron calculadas en base al promedio ponderado de acciones en circulación al 30 de septiembre de 2003 y 2002, que ascienden a 569.171.208. Dado que la Sociedad no posee acciones preferidas o deuda convertible en acciones ambos indicadores son iguales.

3.4. Instrumentos financieros

Los Estados Contables al 30 de septiembre de 2002 incluyen los montos devengados referidos a un instrumento financiero utilizado por la Sociedad con el objetivo de cubrir riesgos del mercado financiero al reducir su exposición a fluctuaciones en el tipo de cambio del euro. El instrumento financiero descripto en Nota 9, correspondía a un acuerdo de compra de moneda extranjera a futuro. Los montos devengados derivados de este instrumento se incluyen en “Resultados financieros y por tenencia” al 30 de septiembre de 2002. Al 30 de septiembre de 2003 la Sociedad no mantenía vigente el mencionado instrumento.

La Sociedad no ha utilizado otros instrumentos financieros para el manejo de su exposición a las fluctuaciones en los tipos de cambio de las monedas extranjeras y/o en las tasas de interés y, por lo tanto, no ha realizado transacciones que originen riesgos asociados con los mencionados instrumentos financieros.

La Sociedad no utiliza instrumentos financieros con fines especulativos.

3.5. Información por segmentos

La Sociedad opera exclusivamente en la prestación del servicio de distribución de gas no calificando sus restantes actividades como segmentos a ser presentados en forma individual de acuerdo con los lineamientos de la Resolución Técnica N° 18 de la FACPCE.

NOTA 4 - COMPOSICION DE RUBROS DEL BALANCE GENERAL Y ESTADOS DE

RESULTADOS

El detalle de los saldos significativos incluidos en el balance general y en los estados de resultados es el siguiente:

NOTA 5 - DETALLE DE VENCIMIENTOS DE INVERSIONES, CREDITOS Y