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Metrogas S.A. — Annual Report 2025
Feb 26, 2026
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Annual Report
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ACTA DE DIRECTORIO N° 677 : En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a los 25 días del mes de febrero de 2026, siendo las 9.30 horas se reúnen los Sres. Directores y Síndicos de MetroGAS S.A. (“MetroGAS” o la “Sociedad”) que firman al pie. Se encuentran presentes en la sede social el Sr. Director Raúl Angel Rodríguez y las Sras. Directoras Carla Verónica Forciniti y Valeria Soifer; y participando mediante el sistema de videoconferencia Microsoft Teams los Sres. Directores Tomás Martín Córdoba, Marco Alejandro Bramer Markovic y Carlos Manuel Bastos; las Sras. Directoras Paola Verónica Garbi y Florencia Tiscornia; y los integrantes de la Comisión Fiscalizadora, Dra. María Gabriela Grigioni y Dres. Eduardo Alberto Baldi y Rogelio Driollet Laspiur. Participan también de la reunión en la sede social el Director General de la Sociedad, Sr. Sebastián Martín Mazzucchelli; la Directora de Administración y Finanzas, Sra. Andrea Paula Svoboda; y el Gerente de Asuntos Legales y cargo de la Secretaría del Directorio, Sr. Damián Ariel Díaz. Preside la reunión la Sra. Garbi, en su carácter de Vicepresidenta de la Sociedad, quien verifica la existencia de quórum suficiente y declara abierto el acto… Se da lectura al cuarto punto del Orden del Día: 4) Consideración de la Memoria, los Estados de Situación Financiera Consolidados e Individuales, los Estados Consolidados e Individuales de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral, los Estados Consolidados e Individuales de Cambios en el Patrimonio Neto, los Estados Consolidados e Individuales de Flujo de Efectivo, las Notas a los Estados Financieros Consolidados e Individuales, la Reseña Informativa, el Inventario, y el resto de la documentación acompañada en el art. 234 inc. 1° de la Ley General de Sociedades, así como la Conciliación a Normas Internacionales de Información Financiera de los Estados Financieros de la Sociedad Controlada (Título IV - Capítulo III - Artículo 3° - Apartado 10. B de las Normas – N.T. 2013 y mod.), así como el Código de Gobierno Societario, correspondiente al ejercicio económico número treinta y cuatro, iniciado el 1° de enero de 2025 y finalizado el 31 de diciembre de 2025: Toma la palabra el Sr. Díaz, quien hace referencia a la documentación mencionada en el Orden del Día que fue distribuida con anterioridad a la reunión y menciona la necesidad de aprobar dichos documentos. Toma la palabra la Sra. Svoboda y realiza una exposición sobre los resultados, la situación patrimonial y los temas relevantes de los Estados Financieros de la Sociedad al 31 de diciembre de 2025, luego de lo cual responde las consultas de los participantes. Toma la palabra la Sra. Forciniti y, en su carácter de Presidente del Comité de Auditoría de la Sociedad, manifiesta que en la reunión de dicho Comité del pasado 24 de febrero -que contó con la participación de la Sra. Svoboda y de los representantes de Deloitte & Co. S.A., auditor externo de la Sociedad, y de las consultoras First Corporate Finance Advisors S.A. e Iglesias, Lázaro y Gago-, se recibió la exposición de la Sra. Svoboda sobre los estados financieros de la Sociedad correspondientes al 31 de diciembre de 2025, el informe del auditor externo sobre dichos estados financieros y la presentación de First sobre la Valuación de Activos Esenciales. Sobre esta base, los miembros del Comité de Auditoría concluyeron que no había observaciones que formular sobre los estados financieros en cuestión, recomendando por lo tanto al Directorio aprobar la documentación correspondiente. Sometido el tema a consideración de los presentes, resultan aprobados por unanimidad los Estados Financieros consolidados e individuales, la Memoria, los Estados de Situación Financiera Consolidados e Individuales, los Estados Consolidados e Individuales de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral, los Estados Consolidados e Individuales de Cambios en el Patrimonio Neto, los Estados Consolidados e Individuales de Flujo de Efectivo, las Notas a los Estados Financieros Consolidados e Individuales, la Reseña Informativa, el Inventario y la documentación acompañada en el art. 234 inc. 1° de la Ley General de Sociedades, así como la Conciliación a Normas Internacionales de Información Financiera de los Estados Financieros de la Sociedad Controlada (Título IV - Capítulo III - Artículo 3° - Apartado 10. B de las Normas – N.T. 2013 y mod.), documentación correspondiente al ejercicio económico número treinta y cuatro iniciado el 1 de enero de 2025 y finalizado el 31 de diciembre de 2025 y se toma nota, asimismo, del Informe del Auditor y del Informe de la Comisión Fiscalizadora, autorizándose indistintamente a la Vicepresidenta de la Sociedad y al Director Titular Tomás Martín Córdoba a firmar los Estados Financieros Individuales y Consolidados de la Sociedad y toda documentación relacionada con los mismos, ante cualquier eventualidad que impidiera su firma por parte del Presidente de la Sociedad, Sr. Andrés Marcelo Scarone. Se transcriben a continuación la Memoria y el Informe de la Comisión Fiscalizadora: “ MEMORIA . (Información no cubierta por el informe de los Auditores Independientes). Señores Accionistas: De conformidad con las disposiciones legales y estatutarias vigentes, sometemos a vuestra consideración la documentación referida a los estados financieros correspondientes al trigésimo cuarto ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2025. 1. CARACTERÍSTICAS DE LA EMPRESA Y PRINCIPALES OBJETIVOS DE SU POLÍTICA. El negocio de distribución de gas natural en la República Argentina se encuentra regulado a través de la Ley N° 24.076, que lo define como un servicio público prestado por empresas habilitadas por el Poder Ejecutivo Nacional mediante el otorgamiento de una licencia a tal efecto. Las empresas licenciatarias (actualmente 9 en todo el país) poseen un monopolio natural en la zona de su licencia, y su actividad es regulada por el ENARGAS que, entre otras funciones, establece las tarifas máximas que pueden cobrar por los servicios que prestan a cada segmento de clientes. En virtud del contrato celebrado por MetroGAS con el Estado Nacional en el año 1992, la Sociedad posee una licencia para la distribución de gas natural por redes vigente hasta el 28 de diciembre de 2027, prorrogable por 20 años en los términos y condiciones previstos en el art. 6° de la Ley N° 24.076 y su reglamentación. De acuerdo con dichas normas, con fecha 28 de agosto de 2024 MetroGAS solicitó ante el ENARGAS la prórroga de la Licencia que le fuera otorgada mediante el Decreto N° 2.459 del 21 de diciembre de 1992, por un período adicional de 20 años, a contar desde el vencimiento del plazo inicial, es decir, desde el 28 de diciembre de 2027. MetroGAS es una de las principales distribuidoras de gas natural por redes de Argentina, tanto medida por cantidad de clientes como por el volumen de gas entregado. Su controlante es YPF, que posee el 70% de las acciones de la Sociedad. MetroGAS controla MetroENERGÍA, una sociedad anónima constituida bajo las leyes de la República Argentina, cuya actividad principal es la compraventa de gas natural y/o su transporte por cuenta propia y/o por cuenta y orden de terceros y/o asociada a terceros dentro de la República Argentina. MetroGAS brinda el servicio de distribución a aproximadamente 2,4 millones de clientes dentro de su área de servicio, de los cuales aproximadamente el 61% se encuentra en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y el 39% restante en los partidos de la Provincia de Buenos Aires de Almirante Brown, Avellaneda, Berazategui, Esteban Echeverria, Ezeiza, Florencio Varela, Lanús, Lomas De Zamora, Presidente Perón, Quilmes y San Vicente. El siguiente cuadro da cuenta de la categorización de sus clientes por la actividad regulada:
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A través de su red de distribución de 18.629 km lineales de cañerías que abarca un área de 2.150 km2, MetroGAS
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entregó 6.702 millones de m3 de gas natural en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2025, principalmente a centrales eléctricas y clientes residenciales. Desde el año 1993 el consumo de gas natural en la Argentina aumentó aproximadamente un 95%. Ese año el consumo fue de aproximadamente 21.828 MMm3. y se incrementó a 42.643 MMm3 en 2025 de acuerdo con la información provista por el ENARGAS. Dicho aumento se debió a los mejores precios relativos que presentó el gas natural respecto de otras fuentes de energía, al aumento en la capacidad de los gasoductos troncales y a la expansión de los sistemas de distribución.Las reservas comprobadas de gas de la Argentina ascienden a 546.272 MMm3 de acuerdo con la información provista por la SE (datos disponibles al 31 diciembre de 2024). Existen 19 cuencas sedimentarias conocidas en el país, 10 de las cuales son continentales, 3 son marítimas y 6 son combinadas. La producción está concentrada en 5 cuencas: Noroeste, Neuquén y Cuyo en la zona central; y Golfo de San Jorge y Austral, en la zona sur. La producción de gas natural fue de 47.525 MMm3 de acuerdo con la información provista por la SE en diciembre de 2025 por el período enero – diciembre 2025, de los cuales 34.085 MMm3 fueron provenientes de la cuenca Neuquén. Adicionalmente, para poder satisfacer los requerimientos de la demanda interna, se debieron importar aproximadamente 1.500,40 MMm3, de los cuales 144,63 MMm3 fueron provenientes de Bolivia, 29,53 MMm3 de Chile y 1.326,24 MMm3 de inyección de gas de GNL importado en Escobar. Aproximadamente el 76% del gas comprado por MetroGAS durante 2025 provino de la cuenca de Neuquén, el 22% de la cuenca Austral, el 1,5% de la cuenca de Golfo de San Jorge y el 0,5% restante de importación de GNL. 2. CONTEXTO MACROECONÓMICO. La totalidad de los ingresos de la Sociedad se derivan de operaciones realizadas en Argentina y, por lo tanto, están sujetas a las condiciones macroeconómicas prevalecientes en el país. En consecuencia, los cambios en las condiciones económicas, políticas y regulatorias en Argentina han tenido y se espera que sigan teniendo un impacto significativo en el negocio, situación patrimonial y financiera y los resultados de las operaciones de la empresa. Las condiciones macroeconómicas de Argentina dependen de múltiples factores: (i) el marco legal y regulatorio; (ii) las políticas económicas del Gobierno Nacional, en especial las políticas monetarias y cambiarias; (iii) los niveles de inflación; (iv) las devaluaciones del peso respecto de otras monedas, principalmente del dólar; (v) la balanza comercial; (vi) los precios internacionales de los principales commodities de Argentina; (vii) la deuda pública; (viii) la inversión y el financiamiento interno y externo; entre otros. Según el último Informe Mensual de Estimación de la Actividad Económica publicado en febrero de 2026 por el INDEC, la actividad económica en Argentina en diciembre de 2025 registró una variación positiva de 3,5% respecto de diciembre de 2024; mientras que la variación acumulada de 2025 registró un aumento de 4,4% respecto del año anterior. En términos de inflación, en los últimos años Argentina ha enfrentado altos índices de inflación hasta febrero de 2024, cuando se observó una desaceleración de las tasas de inflación. Durante 2025 el IPC elaborado por el INDEC tuvo un incremento acumulado de 31,5%, mientras que el IPIM, elaborado por el mismo organismo, presentó un incremento acumulado de 26,2%. Durante 2024, el incremento acumulado del IPC fue de 117,8%, mientras que el IPIM aumentó 67,1%. En términos de balanza comercial, según los datos publicados por el INDEC en el informe Intercambio Comercial Argentino, el superávit en el saldo de la cuenta comercial de Argentina ascendió a US$ 11.286 millones durante 2025, mientras que en 2024 se registró un superávit que ascendió a US$ 18.928 millones. Este menor superávit se explica por un aumento de las importaciones de 24,7%, parcialmente compensado por un aumento de las exportaciones de 9,3%. En lo que respecta a las condiciones del mercado local en materia cambiaria, el tipo de cambio peso/dólar alcanzó un valor de 1.455 pesos por dólar al 31 de diciembre de 2025, habiéndose incrementado un 41% desde su valor de 1.032 pesos por dólar
al 31 de diciembre de 2024. La cotización promedio de 2025 ascendió a 1.242,09 pesos por dólar y fue un 35,8% superior al promedio registrado durante 2024 de 914,67 pesos por dólar. Adicionalmente, el 11 de abril de 2025 el Gobierno Nacional anunció medidas para flexibilizar el régimen cambiario y fortalecer el marco monetario. En virtud de ello, el BCRA implementó un nuevo régimen cambiario en el que deja sin efecto ciertas restricciones para el acceso al Mercado de Cambios. A continuación, se mencionan las principales medidas: (i) la cotización del dólar en el Mercado de Cambios podrá fluctuar entre un rango, mínimo y máximo, eliminando el mecanismo de ajuste “crawling peg”; (ii) se elimina el dólar “blend”; (iii) se eliminan ciertas restricciones cambiarias a las personas humanas para la compra de moneda extranjera; (iv) se permite el acceso al Mercado de Cambios sin conformidad previa del BCRA para el pago de dividendos a accionistas no residentes que se devenguen a partir de los ejercicios iniciados a partir del 1 de enero de 2025; y (v) se flexibilizan los plazos para el pago de operaciones de comercio exterior, eliminando el cronograma establecido por el BCRA para el acceso al Mercado de Cambios sin conformidad previa para el pago de importaciones de bienes con registro de ingreso aduanero a partir del 13 de diciembre de 2023 y de servicios prestados y/o devengados a partir de dicha fecha. Las medidas adoptadas por el Gobierno Nacional mencionadas precedentemente contarán con un respaldo financiero de un nuevo EFF, acordado con el FMI suscripto en abril de 2025. El 11 de marzo de 2025, a través del DNU N° 179/2025, el Poder Ejecutivo aprobó celebrar un EFF con el FMI, que fue aprobado por la Cámara de Diputados del Congreso de la Nación el 19 de marzo de 2025. El 8 de abril y el 11 de abril de 2025 el FMI y el Gobierno Nacional, respectivamente, anunciaron que habían llegado a un acuerdo sobre un programa económico integral que se basa en un EFF con una duración de 4 años por un total de US$ 20.000 millones, el cual incluye revisiones trimestrales de metas. El acuerdo prevé un desembolso inicial de US$ 12.000 millones en abril de 2025, un segundo desembolso de US$ 2.000 millones en junio de 2025 junto con la primera revisión trimestral, un desembolso de US$ 1.000 millones durante el segundo semestre de 2025 y los restantes desembolsos durante el período de vigencia del acuerdo. El plazo de reembolso de cada desembolso es de 10 años con un plazo de gracia de cuatro años y medio, iniciando en 2026 y concluyendo en 2035. El 15 de abril y el 4 de agosto de 2025 el Gobierno Nacional recibió desembolsos por aproximadamente US$ 12.000 millones y US$ 2.000 millones correspondientes al primer y segundo desembolsos, respectivamente. 3. MARCO REGULATORIO. La distribución de gas natural por redes es un servicio público regulado por la Ley N° 24.076 y sus normas complementarias. El ENARGAS, en los términos de dicha ley, es la autoridad de aplicación y su jurisdicción se extiende al transporte, venta, almacenaje y distribución de gas natural. Su mandato incluye la protección de los consumidores, el cuidado de la competencia en la provisión y demanda de gas natural y el fomento de las inversiones de largo plazo en la industria. El referido marco normativo de la industria del gas experimentó diversas modificaciones, en especial a partir de la Ley de Emergencia N° 25.561 de enero de 2002. En lo que refiere al servicio público que presta MetroGAS, las principales disposiciones de la citada Ley que impactaron en su negocio fueron: la “pesificación” de las tarifas que estaban establecidas en dólares convertibles al tipo de cambio fijado por la Ley de Convertibilidad (Ley Nº 23.928), la prohibición del ajuste de tarifas basado en cualquier índice extranjero, impidiendo por lo tanto la aplicación del índice internacional fijado en el Marco Regulatorio (Producer Price Index -PPI- de los Estados Unidos) y el inicio de un proceso de renegociación de los contratos de servicios públicos otorgados por el PEN, incluyendo por tanto, la Licencia de MetroGAS, sin perjuicio de establecer que las empresas de servicios públicos debían seguir cumpliendo con todas sus obligaciones. Las disposiciones de esta Ley, que originalmente vencían en diciembre de 2003, fueron sucesivamente prorrogadas hasta el 31 de diciembre de 2017 juntamente con los plazos de renegociación de las licencias y concesiones de servicios públicos. Con fecha 30 de marzo de 2017, y en el marco del proceso de renegociación de los contratos de servicios públicos dispuesto por la Ley de Emergencia, sus prórrogas y los Decretos N° 367/2016 y o2/2017, MetroGAS suscribió con el MINEM y con el Ministerio de Hacienda de la Nación un Acta Acuerdo de Adecuación del Contrato de Licencia de Distribución de Gas Natural que contenía los términos de la renegociación integral y las condiciones de adecuación del Contrato de Licencia (“Acta Acuerdo Integral”). Seguidamente, con fecha 31 de marzo de 2017 se publicó la Resolución ENARGAS Nº 4.356/2017 por medio de la cual se aprobaron los estudios técnico-económicos sobre la RTI y el Plan de Inversiones Obligatorias de MetroGAS para el período 2017-2021. Sin perjuicio de las variables tomadas en consideración por el ENARGAS en oportunidad de la RTI y el ajuste tarifario allí establecido, distintas medidas adoptadas posteriormente por el Estado Nacional (a través del PEN, la (ex) SGE y el ENARGAS) devinieron en claro perjuicio de MetroGAS. Las alteraciones más relevantes a la ecuación económico-financiera del Contrato de Licencia fueron consecuencia, inicialmente, de la aplicación de distintas Resoluciones emitidas a partir del ejercicio 2018 por el ENARGAS y la SGE, que derivaron en menores ingresos a causa de la modificación del índice de actualización y el posterior diferimiento del ajuste semestral de las tarifas, a lo que se sumó a el no reconocimiento de mayores costos relacionados con el cálculo del GNNC. Posteriormente, el 23 de diciembre de 2019 el Congreso Nacional sancionó la Ley N° 27.541, denominada Ley de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública (“Ley de Solidaridad”), mediante la cual se declaró la emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, energética, sanitaria y social, delegando en el PEN, hasta el 31 de diciembre de 2020, ciertas facultades en los términos del artículo 76 de la Constitución Nacional. Entre dichas facultades, en su artículo 5° la Ley de Solidaridad facultó al PEN a mantener las tarifas de electricidad y gas natural que estuvieran bajo jurisdicción federal, y a iniciar un proceso de renegociación de la RTI de 2017 o a iniciar una revisión de carácter extraordinario, en los términos de las Leyes N° 24.065 (energía eléctrica), N° 24.076 (gas natural) y demás normas concordantes. Conforme a ello, las tarifas se mantuvieron de hecho sin alteración durante todo 2020 y el PEN, el 17 de diciembre de 2020, dictó el Decreto N° 1.020/2020 a través del cual dispuso el inicio de la renegociación de la RTI entonces vigente y la suspensión de los ajustes semestrales de la tarifa de distribución que prevé el Marco Regulatorio. Si bien en el artículo 2° del Decreto N° 1.020/2020 se estableció que el período de renegociación (y consecuentemente de suspensión de los ajustes semestrales) no excedería el plazo de dos años, posteriormente, a través del Decreto N° 815/2022, el PEN lo prorrogó por un año más, venciendo recién el 17 de diciembre de 2023. Durante la vigencia del Decreto N° 1.020/2020, prorrogada a través del Decreto N° 815/2022, el 21 de mayo de 2021 MetroGAS suscribió un “Acuerdo Transitorio de Renegociación”, denominado “Régimen Tarifario de Transición: Adecuación Transitoria de la Tarifa de Gas Natural”, en el que, junto con sus sucesivas adendas firmadas en los años 2022 y 2023, se establecieron tarifas y adecuaciones transitorias que tuvieron vigencia entre junio de 2021 y marzo de 2024, sin renuncia por parte de MetroGAS a ninguno de sus derechos derivados de la RTI de 2017, la Ley de Gas y el Marco Regulatorio. Dichas
adecuaciones transitorias estuvieron lejos de cubrir los incrementos de costos y las necesidades económicofinancieras de MetroGAS para dicho período, especialmente los incrementos de costos habidos desde el último ajuste tarifario previo a aquellas, es decir, el de abril de 2019, lo cual además se vio agravado por las recurrentes demoras del Estado Nacional durante dicho período en el pago de las compensaciones previstas en la Resolución N° 508/2017 del MINEM para compensar las bonificaciones que la Licenciataria debía realizar a sus usuarios beneficiarios de los programas de subsidios por Tarifa Social, Entidades de Bien Público, Clubes de Barrio, empresas MiPymes y Fondo Compensador del régimen de zonas frías, así como en el traslado a la tarifa de los balances correspondientes a las tasas e impuestos locales, a todo lo cual se le sumó el considerable incremento en el costo del GNNC habido con posterioridad al Acuerdo Transitorio de Renegociación, como consecuencia de la quita de subsidios y las adecuaciones en el precio del gas correspondiente a los contratos de abastecimiento, establecidas luego de la segmentación de usuarios dispuesta por el Decreto N° 332 del 16 de junio de 2022. Debido a las afectaciones mencionadas a la ecuación económico financiera del Contrato de Licencia, con fechas 11 de octubre de 2019, 29 de enero de 2021,7 de diciembre de 2023 y 31 de diciembre de 2024, la Sociedad presentó sendos reclamos administrativos previos ante el ENARGAS, el ME y el PEN solicitando las correspondientes compensaciones económicas reparatorias de los daños y perjuicios sufridos y la restitución del equilibrio económico y financiero de la Licencia, conjuntamente con la reconsideración de ciertas medidas regulatorias que, por haber derivado en incrementos de costos de la Distribuidora o en reducción de sus ingresos, impidieron cumplir con las premisas que fueron consideradas en los estudios técnicos y económicos de la RTI de 2017. Sobre dichos reclamos, la Sociedad aún no ha tenido respuesta alguna de parte del Estado Otorgante. El 17 de diciembre de 2023 finalizó sin éxito, y por ende sin acuerdo definitivo alguno, el proceso de renegociación de la RTI establecido por el Decreto N° 1.020/2020, que fuera prorrogado por el Decreto N° 815/2022. Las actualizaciones tarifarias transitorias sucesivamente implementadas hasta la finalización infructuosa del plazo para la citada renegociación, muy por debajo del incremento general de precios de la economía y de los costos de la Sociedad durante el período en cuestión, tuvieron efectos negativos muy significativos sobre la liquidez, la posición financiera y los resultados de la Sociedad. El 16 de diciembre de 2023, inmediatamente con posterioridad al recambio de autoridades nacionales y asunción del nuevo Presidente de la Nación, el PEN dictó el Decreto N° 55/2023, publicado el 18 de diciembre de 2023, mediante el cual se declaró la emergencia del sector energético nacional en lo que respecta a los segmentos de generación, transporte y distribución de energía eléctrica y de transporte y distribución de gas natural y se instruyó a la SE para que elaborara, pusiera en vigencia e implementara un programa de acciones necesarias e indispensables con el fin de establecer los mecanismos para la sanción de precios en condiciones de competencia y libre acceso, mantener en términos reales los niveles de ingresos, cubrir las necesidades de inversión y garantizar la prestación continua de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica y gas natural en condiciones técnicas y económicas adecuadas para los prestadores y los usuarios de todas las categorías. Además, mediante dicho Decreto se dispuso el inicio de la revisión quinquenal tarifaria prevista en los art. 43 de la Ley N° 24.065 y 42 de la Ley N° 24.076, correspondientes a las tarifas de las prestadoras de los servicios públicos de transporte y distribución de energía eléctrica y de transporte y distribución de gas natural, estableciendo que la entrada en vigencia de los cuadros tarifarios resultantes de ellas no podría exceder del 31 de diciembre de 2024. En relación con el ENARGAS, en el Decreto se dispuso su intervención a partir del 1° de enero de 2024 hasta la designación de los miembros del Directorio de conformidad con la Ley N° 24.076, estableciéndose que la SE debía, en un plazo de 180 días, iniciar el proceso de selección a efectos de tales designaciones. Asimismo, se facultó al Interventor, entre otras cuestiones, a aprobar adecuaciones transitorias de tarifas y ajustes periódicos propendiendo a la continuidad y normal prestación de los servicios públicos involucrados, a cuenta de lo que resultase de la revisión tarifaria dispuesta por el mismo Decreto. Posteriormente el PEN dictó el Decreto N° 70/2023, publicado el 21 de diciembre de 2023, mediante el cual se declaró el estado de emergencia pública en materia económica, financiera, fiscal, administrativa, previsional, tarifaria, sanitaria y social hasta el 31 de diciembre de 2025, a la vez que se derogaron e introdujeron modificaciones a distintas leyes. Entre las principales medidas establecidas vinculadas al negocio de la Sociedad, mediante el Decreto N° 70/2023 se dispuso (i) reformar las estructuras de subsidios vigentes a fin de asegurar a los usuarios finales el acceso al consumo básico y esencial de la energía eléctrica y gas natural; (ii) calcular el costo del consumo básico con base en las tarifas de cada punto de suministro; (iii) definir mecanismos relacionados con la asignación de subsidios y su cobro por parte de los usuarios; (iv) modificar la Ley N° 19.550 y la Ley N° 23.696 (“Ley de Reforma del Estado”), estableciendo que no se otorgarían prerrogativas o ventajas de derecho público a las empresas en las que el Estado Nacional fuera accionista; y (v) modificar la Ley N° 20.680 (“Ley de Abastecimiento”) que otorgaba a la Secretaría de Comercio del Ministerio de Economía la facultad de imponer regulaciones y sanciones relacionadas con el suministro y distribución de bienes. El 26 de marzo de 2024, y previa celebración de la audiencia pública convocada al efecto, MetroGAS suscribió con el ENARGAS un “Acuerdo de Adecuación Transitoria de Tarifas”, mediante el cual se estableció: (i) la adecuación transitoria de la tarifa de distribución de MetroGAS a partir del mes de abril de 2024, considerando a tal efecto incrementos de los cargos fijos, de reserva y de tasas y cargos, así como de las distintas categorías de usuarios, y (ii) una fórmula de actualización mensual que el ENARGAS se obligó a aplicar a partir del mes de mayo de 2024 para la adecuación mensual de la Tarifa, con vigencia durante todo el proceso de revisión tarifaria previsto en el DNU N° 55/2023. El 27 de marzo de 2024 se publicó la Resolución N° 41/2024 de la SE que aprobó los distintos precios en el PIST para los consumos de gas realizados de acuerdo con las siguientes fechas: (i) entre el 1° y el 30 de abril de 2024, conforme surge de su Anexo I; (ii) a partir del 1° de mayo y hasta el 30 de septiembre de 2024, conforme surge de su Anexo II; y (iii) a partir del 1° de octubre y hasta el 31 de diciembre de 2024, conforme surge de su Anexo III. Puesto que los precios PIST se fijaron en dólares, la propia Resolución estableció que, a los efectos del traslado de los precios del gas natural a los cuadros tarifarios del servicio público de distribución de gas natural por redes, el ENARGAS efectuaría la conversión a dólar por millón de BTU utilizando un factor de 27,10473 y luego utilizaría como tipo de cambio el valor promedio del tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina (Divisa) observado entre los días 1 y 15 del mes inmediato anterior al traslado de los precios. A su vez, mediante dicha Resolución se instruyó al ENARGAS a: (i) que dispusiera las medidas necesarias a fin de que las facturas que emitieran las prestadoras del servicio público de distribución y subdistribución de gas por redes de todo el país reflejaran los precios de gas en el PIST establecidos en la mencionada resolución, y (ii) que emitiera los cuadros tarifarios que reflejasen en forma mensual la variación del tipo de cambio de los precios a ser trasladados a la tarifa. En virtud de lo dispuesto por el citado Acuerdo de
Adecuación Transitoria de Tarifas, con fecha 3 de abril de 2024 se publicó la Resolución ENARGAS N° 120/2024 mediante la cual: (i) se aprobaron los Cuadros Tarifarios de Transición y de Tasas y Cargos por servicios a aplicar por MetroGAS a partir de su publicación, (ii) se incluyó la aprobación de la fórmula de actualización tarifaria mensual aplicable a partir del mes de mayo de 2024 a los Cuadros Tarifarios de Transición y de Tasas y Cargos por Servicios, conforme el ENARGAS periódicamente los aprobase y publicase, y (iii) se estableció que MetroGAS debía presentar un plan de obras y/o inversiones por la suma de $ 19.590 millones (en moneda de abril de 2024), que sería objeto de las adecuaciones propias del ajuste mensual previsto y que deberían ser erogados y/o devengados durante el año 2024, orientados a inversiones en infraestructura gasífera, priorizando la seguridad de la red, su confiabilidad y la calidad del servicio. Al 31 de diciembre de 2025 se ha cumplido con el monto de las inversiones comprometidas. El referido Acuerdo de Adecuación Transitoria de Tarifas preveía la actualización mensual de la Tarifa de distribución y de las Tasas y Cargos por Servicios según una fórmula acordada entre las partes signatarias y aprobada en el artículo 2 de la mencionada Resolución ENARGAS N° 120/2024. No obstante, tal previsión contractual, el Estado Nacional, a través del ME y de la SE, instruyó al ENARGAS para que postergara dichas actualizaciones correspondientes a los meses de mayo, junio y julio de 2024 “en aras de mantener la consolidación del proceso de desinflación llevado a cabo por el Gobierno”, conforme surge de las respectivas y sucesivas instrucciones impartidas por el citado Ministerio en ocasión de cada una de tales postergaciones. En consecuencia, las tarifas de distribución de MetroGAS aprobadas por la Resolución ENARGAS N° 120/2024 que, en virtud del Acuerdo de Adecuación Transitoria de Tarifas, debían ser ajustadas en cada uno de los meses siguientes en los porcentajes resultantes de aquella fórmula de actualización tarifaria mensual no lo fueron en dichos meses, postergándose su implementación; mientras que aquellas correspondientes a los meses de agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2024 y enero, febrero, marzo y abril de 2025 lo fueron en porcentajes discrecionales que no guardaron relación con aquella fórmula, de modo que estuvieron por debajo de aquellas que hubiera correspondido según la fórmula de ajuste del Acuerdo de Adecuación Transitoria de Tarifas acordada con el ENARGAS y aprobada por la Resolución ENARGAS N° 120/2024. Como consecuencia de la falta de actualización mensual de la tarifa de distribución en los términos de la fórmula de ajuste prevista en el Acuerdo de Adecuación Transitoria de Tarifas (ya sea falta de actualización total como así también actualización insuficiente inferior a la aplicable), la Sociedad impugnó las instrucciones del ME y las Resoluciones del ENARGAS en ese sentido, y reclamó el pago de las compensaciones correspondientes por los ingresos de los que se vio privada, sin que hasta la fecha haya tenido tampoco respuesta a su petición. El 8 de julio de 2024 entró en vigencia la Ley N° 27.742 (“Ley de Bases y Puntos de Partida para la Libertad de los Argentinos” o “Ley de Bases”) que, entre otras cuestiones, declaró la emergencia pública en materia administrativa, económica, financiera y energética por el plazo de un año y, respecto de la prestación del servicio público de distribución de gas natural, dispuso (i) la creación del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad, que reemplazará y asumirá las funciones del ENARGAS y del ENRE; (ii) la extensión a 20 años del plazo establecido en el art. 6 de la Ley N° 24.076 para la prórroga o renovación, desde su finalización, de las licencias otorgadas a las distribuidoras de gas natural, como MetroGAS, sujeto al cumplimiento de las condiciones establecidas en la reglamentación; y (iii) la posibilidad para transportistas y distribuidores de adquirir, construir, operar, mantener y administrar instalaciones de almacenaje de gas natural. La Ley de Bases prevé también otras cuestiones que podrían impactar en MetroGAS (y/o MetroENERGÍA), como ser (i) la posibilidad de privatizar determinadas sociedades de propiedad total o mayoritaria del estado, entre las cuales se encuentra ENARSA, con la cual tenemos vínculos comerciales mediante acuerdos de compraventa de gas natural y/o prestación de servicios de transporte; (ii) el libre comercio internacional de gas natural; y (iii) la eliminación de restricciones para que terceros no productores puedan desarrollar actividades de procesamiento y licuefacción de gas y transporte y almacenamiento de hidrocarburos. Asimismo, por fuera de las citadas modificaciones en materia energética, la Ley de Bases incluye distintas previsiones normativas aplicables a todas las relaciones jurídicas que, por ende, impactan también en MetroGAS (y MetroENERGÍA), como son aquellas que derogan, modifican y/o complementan la Ley 20.744 de Contrato de Trabajo y normas concordantes, la Ley N° 19.549 de Procedimientos Administrativos y el Código Civil y Comercial de la Nación, entre otras. No obstante, las modificaciones introducidas por la Ley de Bases no han tenido impacto significativo en la situación financiera ni en los resultados de la Sociedad al 31 de diciembre de 2025. El 20 de noviembre de 2024 se publicó el Decreto N° 1.023/2024 mediante el cual se dispuso, entre otras previsiones, (i) la prórroga de la emergencia declarada por el Decreto N° 55/2023 en lo que respecta a los segmentos de generación, transporte y distribución de energía eléctrica y transporte y distribución de gas natural, y las acciones que de ella deriven, hasta el 9 de julio de 2025; (ii) que la entrada en vigencia de los cuadros tarifarios resultantes de la revisión tarifaria dispuesta por el Decreto N° 55/2023 no podría exceder del 9 de julio de 2025; y (iii) que la prórroga de la intervención del ENRE y del ENARGAS se mantendría hasta la constitución, puesta en funcionamiento y designación de los miembros del Directorio del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad creado por el art. 161 de la Ley de Bases. Con fecha 30 de diciembre de 2024 la Sociedad actualizó los importes correspondientes a las compensaciones tarifarias reclamadas al Estado Nacional mediante las presentaciones administrativas mencionadas de los días 11 de octubre de 2019, 29 de enero de 2021 y 7 de diciembre de 2023. El 14 de enero de 2025 se publicó la Resolución ENARGAS N° 16/2025 que dispuso convocar a la Audiencia Pública N° 106 con el objeto de poner a consideración 1) la Revisión Quinquenal de Tarifas de transporte y distribución de gas; 2) la metodología de ajuste periódico de las tarifas de transporte y distribución de gas; y 3) la modificación del Reglamento de Servicio de Distribución en relación con los conceptos vinculados a la facultad de corte de servicio por falta de pago. MetroGAS participó de dicha audiencia y presentó su Informe de Exposición al ENARGAS el 23 de enero de 2025 para su puesta en conocimiento público a través del sitio web del ENARGAS. Mediante Resolución N° 24/2025, la Secretaría de Energía dispuso la equiparación de los porcentajes de bonificación a aplicar al precio estacional de la electricidad (PEST) y el precio del gas natural en el PIST para los consumos base de los usuarios categorizados en el Nivel 2 – “Bajos Ingresos” y Nivel 3 – “Ingresos Medios”, manteniendo la focalización de la ayuda en los usuarios de Nivel 2 y, en consecuencia, a partir del 1º de febrero de 2025 las bonificaciones establecidas en las Resoluciones N° 90 y N° 91, ambas de fecha 4 de junio de 2024 de la SE, quedaron reemplazadas por las bonificaciones que se establecieron en el Anexo que forma parte integrante de esa medida. En esa misma oportunidad, la SE dispuso, en sus arts. 3 y 4, la derogación a partir del 1º de febrero de 2025 de la Resolución N° 508/2017 del ex MINEM y la unificación de los mecanismos de compensación de los menores ingresos que perciben las prestadoras del servicio de gas natural por redes como consecuencia de la
aplicación de los programas de subsidios que implican bonificaciones sobre el precio de gas en el PIST incluyendo, sin limitación, el programa conocido como Tarifa Social Federal de Gas previsto en las Resoluciones MINEM N° 28/2016 y N° 474/2017, así como las compensaciones por beneficios otorgados en el marco de las Leyes N° 27.098 y N° 27.218 (clubes de barrio y pueblo y entidades de bien público). En tales casos, conforme dispuso la SE, los montos a compensar se comenzaron a descontar de las sumas a abonar por las prestadoras del servicio de gas a sus proveedores y, en su lugar, comenzaron a ser compensados directamente a estos últimos a través de esa SE con aplicación, en lo pertinente, de los mecanismos previstos en el “Cálculo de las Compensaciones” -Puntos 62 y ss.del Anexo al Decreto N° 892/2020 y su modificatorio. Bajo el apartado “Régimen de subsidios de gas natural” a continuación dentro de este mismo Capítulo se describe la nueva mecánica de subsidios en beneficio de ciertos clientes domiciliarios y asociaciones civiles de conformidad con el régimen instaurado por el Decreto N° 943/2025, publicado en el Boletín Oficial el 2 de enero de 2026. Con fecha 30 de abril de 2025 se publicó la Resolución ENARGAS N° 257/2025 que aprobó (i) la RQT correspondiente a MetroGAS; (ii) la segmentación de la categoría de usuarios residenciales; (iii) el Plan de Inversiones Obligatorias para el quinquenio 2025–2030; y (iv) el cuadro tarifario inicial y los cuadros de tasas y cargos correspondientes aplicables a partir del 1 de mayo de 2025. En relación a la RQT aprobada, la citada Resolución dispuso su efectivización en 31 cuotas mensuales y consecutivas, reconociéndosele a las Distribuidoras un costo por el diferimiento a una tasa WACC real en pesos de 7,64% y estableciéndose, asimismo, que el incremento del primer mes de las tarifas de distribución aplicables a los usuarios residenciales y del servicio general “P” (mayo 2025) fuera del 3%, debiéndose completar el incremento remanente derivado de la RQT en las 30 cuotas restantes, con más el reconocimiento del costo del diferimiento mencionado. Se estableció un plan de inversiones obligatorio para el quinquenio que asciende a 160.011, a moneda de junio 2024 (a moneda de diciembre 2025, el valor asciende a la suma de 298.912). Por otra parte, mediante dicha Resolución se resolvió diferir la aprobación de la metodología de actualización periódica, que fue objeto de la Audiencia Pública N° 106, a resultas de la intervención del otorgante de la licencia. Con fecha 8 de julio de 2025 la Sociedad interpuso un recurso de reconsideración (con alzada en subsidio) ante el ENARGAS a fin de que se rectifiquen ciertas inconsistencias advertidas en el trámite de la RQT respecto a (i) cálculo y actualización de base tarifaria, (ii) sendero aplicable al GNNC, (iii) importes correspondientes a ciertos conceptos de Tasas y Cargos, (iv) variables utilizadas para la determinación de la tasa WACC; y (v) cálculo del capital de trabajo A la fecha de los presentes estados financieros, el recurso interpuesto se encuentra pendiente de resolución. Con fecha 2 de junio de 2025 se publicó el Decreto N° 370/2025 mediante el cual se dispuso (i) una nueva prórroga hasta el día 9 de julio de 2026 de la emergencia declarada por el Decreto N° 55/2023 (y ampliada por el Decreto N° 1.023/2024) en lo que respecta a los segmentos de generación, transporte y distribución de energía eléctrica y transporte y distribución de gas natural, y las acciones que de ella deriven; y (ii) la prórroga de la intervención del ENRE y el ENARGAS hasta el 9 de julio de 2026 o hasta la constitución, puesta en funcionamiento y designación de los miembros del directorio del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad creado en el art. 161 de la Ley de Bases, lo que ocurra antes. Con fecha 27 de enero de 2026, mediante el Decreto N° 49/2026 se dispuso una nueva prórroga de la Emergencia del Sector Energético Nacional originalmente declarada por el Decreto N° 55/2023 y subsiguientemente extendida por los Decretos N° 1023/2024 y N° 370/2025, esta vez hasta el 31 de diciembre de 2027. El mismo 2 de junio de 2025 también se publicó el Decreto N° 371/2025 que faculta a la SE a “actuar como Autoridad de Aplicación de las leyes que regulan el ejercicio de las actividades en materia energética y ejercer el rol de autoridad concedente en las concesiones y habilitaciones previstas en dichas leyes cuando fuere necesario introducir modificaciones a los contratos o licencias en materia tarifaria”. En virtud de ello, con fecha 5 de junio de 2025 se publicó la Resolución N° 241/2025 de la SE que sustituyó el Numeral 9.4.1.1. de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución permitiendo la actualización mensual de tarifas (tal como fuera objeto de consideración en la Audiencia Pública N° 106 de fecha 6 de febrero de 2025). Con fecha 7 de junio de 2025 se publicó el Decreto N° 452/2025 que, de conformidad con lo dispuesto por el art. 161 de la Ley de Bases, dispuso la constitución del Ente Nacional Regulador del Gas y la Electricidad que reemplazará y asumirá las funciones del ENRE y del ENARGAS. Según lo previsto por el mencionado Decreto N° 452/2025, el ENRGE deberá comenzar a funcionar dentro de los 180 días corridos desde su publicación, para lo cual deberá estar debidamente conformado su Directorio, disponiéndose asimismo que hasta tanto el ENRGE apruebe su estructura orgánica, mantendrán su vigencia las actuales unidades organizativas del ENARGAS y del ENRE y las responsabilidades, competencias y funciones asignadas en el marco legal y reglamentario vigente, ello así a fin de mantener el adecuado funcionamiento operativo de ambos entes reguladores. En virtud del Decreto N° 452/2025, en la misma fecha se publicó el Decreto N° 451/2025 que aprobó un nuevo texto ordenado de la Ley N° 24.076 con las adecuaciones necesarias para, y en virtud de, la constitución del ENRGE. Con fecha 13 de octubre de 2025 se publicó la Resolución N° 388/2025 de la SE que convocó a Concurso Abierto de Antecedentes para la designación de los miembros del Directorio del ENRGE, para los cargos de un Presidente, un Vicepresidente y tres Vocales. Durante el año 2025, el Estado Nacional -a través del ENARGAS- dio cumplimiento a las previsiones de la RQT publicando de manera mensual cuadros tarifarios actualizados con (i) la metodología de ajuste periódico mensual de tarifas que contempla la variación -en partes iguales- del IPC y del IPIM y (ii) cada una de las cuotas correspondientes a la RQT. Conforme fuera adelantado, el 27 de enero de 2026 se publicó el Decreto N° 49/2026 que prorrogó hasta el 31 de diciembre de 2027 la Emergencia del Sector Energético Nacional que fuera originalmente declarada por el Decreto N° 55/2023 y subsiguientemente extendida por los Decretos N° 1023/2024 y N° 370/2025. A continuación, se mencionan los aspectos relevantes en materia de prórroga de la licencia y tarifas del ejercicio: Prórroga de la Licencia. El ENARGAS llevó a cabo la evaluación de desempeño correspondiente a través de cada unidad organizativa con competencia en la materia, conforme los informes incorporados en el EX-2024105335738-APN-GAL#ENARGAS, de los que se da cuenta en el Dictamen obrante en el IF-2025-38271081-APNGAL#ENARGAS del 11 de abril de 2025, en el que se entiende que corresponde proseguir con el trámite administrativo a través de la instancia participativa pertinente. Así, con fecha 25 de abril de 2025, se publicó la Resolución ENARGAS N° 236/2025 mediante la cual se convocó a l Audiencia Pública N° 107 para el día 20 de mayo de 2025 con el objeto de poner a consideración las solicitudes presentadas por Litoral Gas S.A., MetroGAS y Camuzzi Gas Pampeana S.A. para que sean prorrogadas o extendidas sus respectivas licencias por el plazo de 20 años previsto en la normativa aplicable, contados desde la finalización del plazo originario. Con posterioridad a la audiencia, el 30 de mayo de 2025 se publicó el correspondiente Informe de Cierre y el 10 de junio de 2025 se publicó la Resolución ENARGAS N° 375/2025 que declaró la validez de aquella, siendo estos pasos necesarios
para la renovación de la Licencia. Asimismo, en el marco del procedimiento administrativo correspondiente al trámite de extensión de la Licencia, el ENARGAS realizó distintos requerimientos de información referida a la existencia de reclamos en curso, todo lo cual fue oportuna y formalmente contestado por la Sociedad. Finalmente, habiéndose cumplido con los aspectos procedimentales y sustanciales de la normativa vigente, el ENARGAS propuso, a través de su Nota NO-2025-67458796-APN-DIRECTORIO#ENARGAS remitida por su Interventor a la SE, la renovación de la habilitación de MetroGAS, adjuntando las actuaciones administrativas en las que constan los informes y dictámenes que dan cuenta del cumplimiento, en lo sustancial, de las obligaciones a cargo de la Sociedad. El Directorio de la Sociedad convocó a la Asamblea Extraordinaria de Accionistas a fin de tratar los lineamientos para la firma de un Acuerdo con el Ministerio de Economía de la Nación para la Prórroga de la Licencia, en los términos del art. 6° del Decreto N° 1738/1992, la cual tuvo lugar los días 11 de diciembre de 2025 y 8 de enero de 2026, luego del cuarto intermedio decidido en la primera fecha, en la que se resolvió diferir la consideración de los términos de tal Acuerdo para la oportunidad en la que se cuente con el texto definitivo del mismo, para lo cual el Directorio convocará nuevamente a una Asamblea Extraordinaria de Accionistas. Régimen de subsidios de gas natural. El marco regulatorio correspondiente al servicio de transporte y distribución de gas natural establece una serie de lineamientos respecto a la aplicación de subsidios en el caso de que los mismos impacten directamente sobre los ingresos de las transportistas o las distribuidoras. Así, los subsidios que el Estado Nacional decida otorgar a determinados usuarios o regiones por razones de interés general deberán ser explícitos, estar limitados en el tiempo y contar con los recursos correspondientes en la ley de presupuesto de la Nación, sin que su costo afecte el buen funcionamiento de la industria del gas natural. El punto 20.2 de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución establece que las distribuidoras no estarán obligadas a aplicar regímenes tarifarios preferenciales o reducciones tarifarias, excepto en aquellos casos en los que específicamente se lo requiera la autoridad regulatoria. En caso de establecerse la aplicación de subsidios, las distribuidoras deberán acordar con la autoridad regulatoria el procedimiento de reembolso en dinero de las reducciones tarifarias o descuentos, quedando facultadas -en caso de mora mayor a quince (15) días corridos a contar desde las fechas en que les hubiera correspondido percibir en dinero el reembolso de tales diferencias o subsidios- a cesar en la aplicación de las referidas reducciones y regímenes tarifarios diferenciales. En materia de subsidios en la prestación del servicio público de distribución de gas natural por redes en favor de ciertos usuarios residenciales y entidades de bien público, el Decreto N° 943/2025, publicado el 2 de enero de 2026, dispuso la unificación de los subsidios energéticos de jurisdicción nacional y la creación del régimen de SEF, en reemplazo de los anteriores regímenes similares creados por el Decreto N° 332/2022 (segmentación de usuarios residenciales en las categorías N1, N2 y N3) y por las Resoluciones N° 28/2016, N° 474/2017 y N° 113/2023 (Tarifa Social). No obstante ello, en virtud de lo previsto por la Resolución N° 13/2026 de la SE, publicada el 16 de enero de 2026, la plena ejecutividad del régimen de SEF se daría con la entrada en vigencia de la normativa reglamentaria correspondiente en materia de su funcionamiento y de los cuadros tarifarios aplicables con el denominado PAU para los consumos de los bloques base sujetos a beneficio para los usuarios residenciales (siendo que los consumos de las Entidades de Bien Público, Clubes de Barrio y usuarios similares bajo las Leyes N° 27.098 y N° 27.218 se encuentran subsidiados en su totalidad, no sujeto a bloques). A tal fin, y como acto administrativo preparatorio del dictado de tal norma reglamentaria, el 26 de enero de 2026 se publicó el Decreto N° 26/2026 por medio del cual se modificó el Punto 13 del “PLAN DE REASEGURO Y POTENCIACIÓN DE LA PRODUCCIÓN FEDERAL DE HIDROCARBUROS, EL AUTOABASTECIMIENTO INTERNO, LAS EXPORTACIONES, LA SUSTITUCIÓN DE IMPORTACIONES Y LA EXPANSIÓN DEL SISTEMA DE TRANSPORTE PARA TODAS LAS CUENCAS HIDROCARBURÍFERAS DEL PAÍS 2023-2028” (PlanGas.ar) aprobado por el Decreto N° 892/20 y su modificatorio, con el fin de prever expresamente que la porción del Precio Anual Uniforme cuyo pago mensual podrá tomar a su cargo el Estado Nacional podrá resultar igual, inferior o superior al Precio de Mercado que surja de las adjudicaciones de la Subasta, ajustado por el factor del Período Estacional; a la vez que se dispuso que la SE “deberá efectuar las adecuaciones necesarias al régimen de Cálculo de las compensaciones previsto en los puntos 62 al 77 del citado Anexo del Decreto N° 892/20 y sus modificatorios”. Finalmente, el 30 de enero de 2026 se publicaron las dos normas reglamentarias correspondientes requeridas por la Resolución SE N° 13/2026 para la plena ejecutividad del régimen SEF, las cuales son (i) la Resolución SE N° 23/2026, que fijó los distintos PAU por distribuidora y subzona y estableció la mecánica de aplicación de bonificaciones sobre PAU y traslado a tarifas finales de los beneficiarios; y (ii) la Resolución ENRGE N° 48/2026, que aprobó los cuadros tarifarios de MetroGAS resultantes de considerar el PAU asignado a la Sociedad para febrero 2026, un nuevo escalón de la RQT y la actualización tarifaria mensual correspondiente, con efectos a partir del 1 de febrero de 2026. Además, con fecha 29 de enero de 2026 el ENARGAS notificó a la Sociedad la Nota NO-2026-10337193-APN-DIRECTORIO#ENARGAS reglamentando aspectos logísticos del régimen SEF, como ser el funcionamiento del registro de beneficiarios, la determinación de los bloques de consumos subsidiados, la mecánica de facturación para períodos de consumo con días subsidiados bajo el régimen SEF y bajo el previo sistema de Tarifa Social, el subsidio extraordinario aplicable exclusivamente durante 2026 y la información a incluir por las distribuidoras en las liquidaciones de servicios públicos a emitir a las categorías de usuarios beneficiarios. Así, el régimen SEF entró formalmente en vigencia el 1 de febrero de 2026. Al igual que sus antecesores Segmentación y Tarifa Social, el actual Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados subsidia a los usuarios beneficiarios una porción (en el caso de usuarios residenciales) o el 100% (en el caso de Entidades de Bien Público, Clubes de Barrio y de Pueblo, y otras categorías de usuarios sin fines de lucro asimilables), del costo del gas natural que consumen, es decir, del precio del gas natural en el PIST que es trasladado a su tarifa, pero no subsidia el costo del servicio de distribución ni de transporte. El trámite de alta en el Régimen de Subsidios Energéticos Focalizados corresponde al Estado Nacional a través del Registro de Subsidios Energéticos Focalizados (que toma como base la información y registros obrantes bajo el otrora Registro de Acceso a los Subsidios a la Energía, creado y vigente bajo el derogado Decreto N° 332/2022), sin que exista injerencia de las distribuidoras respecto a la procedencia o no del subsidio para cada usuario. Como se dijo anteriormente, a partir de la Resolución SE N° 24/2025 del 29 de enero de 2025, quedaron unificados los mecanismos de compensación de los menores ingresos que perciben las prestadoras del servicio de gas natural por redes como consecuencia de la aplicación de los programas de subsidios que implican bonificaciones sobre el precio de gas en el PIST; y los montos a compensar se comenzaron a descontar de las sumas a abonar por las prestadoras del servicio de gas a sus proveedores, compensando directamente la SE a éstos tales subsidios, a través de los mecanismos previstos en el “Cálculo de las Compensaciones” -Puntos 62 y ss.- del Anexo al Decreto N°
892/20 y su modificatorio. Abastecimiento de Gas Natural y Transporte. En lo que respecta a la contratación de gas a partir del año 2021, con fecha 16 de noviembre de 2020 se publicó el Decreto N° 892/2020 mediante el cual se declaró de interés público nacional y como objetivo prioritario de la República Argentina la promoción de la producción del gas natural argentino. En consecuencia, se aprobó el PlanGas.ar, instrumentado por la SE mediante un procedimiento de oferta y competencia de precios para la adjudicación de volúmenes uniformes de gas natural provenientes de todas las cuencas productivas del país (Resolución SE N° 317/2020). En tal sentido, la SE convocó un Concurso Público Nacional para la adjudicación de un volumen de gas natural base total de 70.000.000 m[3] /día y un volumen adicional por cada uno de los períodos invernales, durante la vigencia del PlanGas.ar. El 30 de diciembre de 2020, la SE publicó mediante la Resolución SE N° 447/2020 los volúmenes asignados mensualmente a cada distribuidora, por un período de cuatro años computados desde el 1 de enero de 2021, de los cuales fueron asignados a MetroGAS 2.500 MMm[3] por año; con la obligación de tomar el 75% trimestral de la CMD. MetroGAS suscribió distintos acuerdos de suministro con los productores que resultaron adjudicados en el marco del PlanGas.ar, de los que merece destacarse que el precio fue nominado en pesos por m[3] según el precio en cuadros tarifarios vigente conforme a la definición del Punto 6.28 del Anexo del Decreto N° 892/2020, el cual fue definido allí como “el precio del gas en el PIST de conformidad con los cuadros tarifarios para las Licenciatarias de Distribución y/o Subdistribuidoras”, razón por la cual se estableció adicionalmente en los contratos que “La obligación de pago del Precio del Comprador será igual al monto de aquella porción del Precio Ofertado que el Estado Nacional decida incluir en los Cuadros Tarifarios, conforme a lo dispuesto en el Artículo 6° del Decreto N° 892/2020 y en los Puntos 20 y 33 del Anexo del Decreto N° 892/2020”. Con fecha 4 de noviembre de 2022, se publicó el Decreto N° 730/2022 mediante el cual se introdujeron modificaciones al Decreto N° 892/2020 en relación con los volúmenes y períodos allí establecidos. Mediante Resolución N° 770/2022, la SE dispuso convocar a Concurso Público Nacional a fin de considerar (i) la extensión de los compromisos asumidos por los adjudicatarios en el marco de los procedimientos realizados para el Concurso Público Nacional “RONDA #1 y “RONDA #3, correspondiente al CONCURSO PÚBLICO NACIONAL – PLAN DE PROMOCIÓN DE LA PRODUCCIÓN DEL GAS NATURAL ARGENTINO – ESQUEMA DE OFERTA Y DEMANDA 2020-2024”; y (ii) la adjudicación de ciertos volúmenes para el período comprendido entre el 1 de julio de 2023 y el 31 de diciembre de 2028, ambos inclusive. Finalmente, con fecha 23 de diciembre de 2022 se publicó la Resolución de la SE N° 860/2022, que aprobó el procedimiento realizado y adjudicó los volúmenes ofertados bajo el Concurso Público convocado por la Resolución SE N° 770/2022. Mediante la Resolución N° 834/2023, la citada Secretaría determinó las asignaciones de los volúmenes de gas natural adjudicados en el marco de las Rondas # 4.1 y # 5.1, respecto de cada productor. Conforme a ello, durante diciembre 2023 y enero 2024, MetroGAS celebró distintas adendas en el marco de los contratos del PlanGas.ar a fin de contractualizar los volúmenes y plazos asignados para el período 1 de enero de 2025 al 31 de diciembre de 2028 por 8.846 MMm[3] . El 25 de abril de 2025 ENARSA puso a disposición de las distribuidoras un volumen de gas natural de 3.000.000 m[3] /día en Ronda 3 del PlanGas.ar para atender las provisiones invernales de mayo 2025 a septiembre 2028. El volumen demandado por las distribuidoras en dichas subastas fue mayor al ofertado por ENARSA. MetroGAS participó de dicha subasta y resultó adjudicataria de 585.000 m[3] /día sobre un total de 650.000 m[3] /día que fueran solicitados. En relación con el transporte de gas natural, MetroGAS tiene contratada una capacidad de transporte en firme de 19,5 MMm[3] /día, de la cual aproximadamente el 85% se encuentra sobre el sistema de TGS y el 15% restante sobre el sistema de TGN. En materia de importación y abastecimiento interno de GNL, el 27 de enero de 2026 se publicó el Decreto N° 49/2026 que -además de extender la Emergencia del Sector Energético Nacional hasta el 31 de diciembre de 2027, conforme fuera adelantado- estableció un precio máximo para la venta en el mercado interno del gas natural resultante de regasificación de GNL importado para el abastecimiento de los períodos invernales 2026 y 2027, disponiéndose que tal precio no podrá ser superior al marcador internacional a fijar por la SE más un valor expresado en dólares estadounidenses por millón de BTU necesario para cubrir todos los costos de flete marítimo, regasificación, almacenaje, comercialización y transporte por ducto del GNL regasificado hasta el punto de entrega ubicado en la localidad de Los Cardales, Provincia de Buenos Aires. A los efectos de la determinación de tal valor adicional al marcador internacional, el Decreto N° 49/2026 prevé que aquel resultará del procedimiento de selección competitivo que se realizará sobre las bases que establezca la SE para la importación del GNL a través de la capacidad de regasificación de que dispone ENARSA y que, en caso de fracasar tal procedimiento, ENARSA se hará cargo directamente de la importación del GNL, su regasificación y posterior venta en el mercado interno. 4. INVERSIÓN EN LOS SISTEMAS DE DISTRIBUCIÓN. Durante el ejercicio 2025 la Sociedad invirtió $ 52.790 millones que fueron destinados principalmente al mantenimiento, renovación y adecuación de las instalaciones del sistema de distribución y al crecimiento comercial. Estas inversiones fueron necesarias para mantener la confiabilidad y seguridad del sistema de distribución y contribuir a su expansión. Inversión operativa. En mayo de 2025 se aprobó la RTQ, que contempla un plan quinquenal de inversiones orientado a la renovación de activos esenciales incluyendo cañerías, estaciones reguladoras de presión, medidores y vehículos de flota. MetroGAS presentó este plan con el objetivo principal de asegurar la continuidad de una operación segura y confiable, priorizando las inversiones necesarias para sostener la integridad y eficiencia del sistema operativo. La Resolución N° 257/2025, dictada en virtud del Acuerdo de Adecuación Transitoria de Tarifas, estableció que MetroGAS debía presentar un plan de inversiones operativas por la suma de $ 160.011 millones (en moneda de junio de 2024), que sería objeto de ajustes mensuales previstos a ser erogados y/o devengados durante el periodo regulatorio de mayo 2025 – abril 2030, orientados a inversiones en infraestructura gasífera, priorizando la seguridad de la red, su confiabilidad y la calidad del servicio. El avance de la inversión correspondiente a la Renovación de Redes de hierro fundido, durante el año 2025, fue de aproximadamente 79 km de tendido de cañería de polietileno en media presión que reemplaza a la red de hierro fundido en baja presión; y la instalación y conversión de 5.155 servicios asociados. Durante 2025 se completó la ejecución y puesta en servicio del Proyecto Tramo IX, que incluyó la renovación del sistema de alta presión mediante la instalación de aproximadamente 2 km de cañería de nueva traza. Adicionalmente, se dio inicio al proyecto de vinculación Tramo IX–40, que contempla el tendido de cerca de 1,2 km de cañería para optimizar la interconexión del sistema. En paralelo, se planifica la renovación e instalación de Estaciones Reguladoras de Presión en la Provincia de Buenos Aires y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, orientadas a mejorar la confiabilidad operativa y la capacidad de regulación del sistema. Por otra parte, durante el año 2025 se instalaron aproximadamente 2.980 nuevos servicios. Respecto a obras financiadas por terceros, se realizó el control de la construcción de 109 km de tendido de redes de distribución. También, y dando cumplimiento
a la normativa emitida por el ENARGAS para las líneas de transmisión de gas (Parte O NAG 100) MetroGAS continuó con la reevaluación de las líneas de transmisión, priorizadas de acuerdo con el riesgo, lo que involucró una serie de actividades de mantenimiento preventivo como: relevamiento tipo DCVG (Direct Current Voltage Gradient), CIS (Close Interval Survey) y evaluaciones directas de la cañería. En lo que hace al mantenimiento correctivo del sistema, se han reemplazado 2.465 servicios domiciliarios, entre otras acciones destinadas al mantenimiento de corto plazo del sistema de distribución. La atención de emergencias registró un volumen anual de aproximadamente 50.056 reclamos, principalmente por escapes de gas, de los cuales alrededor de 3.403 fueron clasificados por MetroGAS como de alta prioridad de tratamiento. Se han realizado relevamientos en 22.317 km de las redes de baja, media y alta presión, cumpliendo con lo requerido en las normas. Luego de las inversiones realizadas durante el ejercicio 2025, la infraestructura que posee la Sociedad es la siguiente:
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Inversiones en Sistemas. La tecnología y digitalización de la Sociedad han seguido evolucionando con el objetivo de continuar reforzando su alineamiento con el negocio, buscando que esto impacte positivamente en la operación como consecuencia en la mejora del servicio a sus clientes. Durante el año 2025, los esfuerzos y logros principales de la Sociedad estuvieron enfocados en los siguientes ejes: Transformación Digital y Automatización: i) se continuó profundizando la automatización procesos para seguir promoviendo la eficiencia operativa ii) Se implementaron tótems en oficinas comerciales para consultar saldo, ver facturas y generar cupones de pago en forma simple mejorando la experiencia de los clientes, iii) Se automatizaron y optimizaron el proceso de alta de clientes para mejorar los tiempos y tener una comunicación proactiva más efectiva. Innovación: i) Se implementó RPA (Robotic Process Automation) + IA (Inteligencia artificial) aplicados en forma conjunta en el proceso de inspecciones virtuales para reducir los tiempos de servicio y sumar capacidad de control. ii) Se integró el proceso de gestión de obras dentro del sistema CRM (gestión de relaciones con el cliente) para seguir optimizando la respuesta a los clientes. iii) Se implementó una herramienta de analítica avanzada que permite consolidar todo el análisis predictivo y planificación en una única plataforma. Con esta adopción, se logró mejorar la disponibilidad de información clave para la toma de decisiones. Networking: Se implementó un enlace directo y exclusivo con Google Cloud, fortaleciendo la arquitectura tecnológica de la compañía. Este avance garantiza mayor estabilidad, mejor performance y previsibilidad, alineando la infraestructura con estándares de clase mundial y soportando el crecimiento del negocio. 5. SEGURIDAD Y MEDIO AMBIENTE. MetroGAS, para la distribución de gas en el área de su licencia, considera la seguridad en sus operaciones, así como la protección del medio ambiente como un tema prioritario para su desempeño, siendo una responsabilidad indelegable de todas las personas que forman parte de la Sociedad, ya sea personal propio o contratado. Es por ello, que MetroGAS se compromete en el marco de una política de Sistema de Gestión Integrado, a mejorar continuamente su desempeño en los aspectos de Salud, Seguridad Ocupacional y Medioambiente. En materia de Seguridad se llevaron a cabo las siguientes actividades: dictado de talleres para el fortalecimiento de la cultura de la seguridad para lideres; programa de visitas continuas a las obras e inspecciones de seguridad en todas las locaciones de MetroGAS; actualización y mejora de procedimientos e instructivos; reuniones continuas sobre Seguridad, Higiene y Medioambiente intersectorial y con contratistas; realización de simulacros de emergencia; mantenimiento de certificación de la norma ISO 45001:2018 (Seguridad y salud en el trabajo); talleres de prevención de accidentes por monóxido de carbono. En materia Ambiental, se llevaron a cabo las siguientes actividades: mantenimiento de la certificación de la norma ISO 14001:2015 (Gestión Ambiental); talleres para fomentar el consumo responsable de recursos y materiales, priorizando la separación adecuada de los residuos en su punto de origen, revisión y actualización del Manual de Procedimientos Ambientales y Programa de Gestión Ambiental; inspecciones de medio ambiente a obras y establecimientos de MetroGAS; simulacros de contención y tratamientos de derrames, en equipos de trabajo propios y contratistas en vía pública, así como en establecimientos de la Organización. Respecto a la gestión de GEI, MetroGAS se enfocó en los siguientes desafíos: perfeccionar el indicador de Huella de Carbono, mediante el cálculo de emisiones de GEI, provenientes de otras fuentes aún no contempladas; incrementar la eficiencia energética de las instalaciones de la Sociedad; implementar en los procesos innovaciones tecnológicas que tengan en cuenta la reducción de GEI; trabajar en la prevención de daños de la red, junto con aquellos actores que impactan en la integridad de los activos; promocionar y monitorear el uso eficiente de los combustibles utilizados en la flota, y priorizar aquellos de menor impacto ambiental y; llevar adelante iniciativas de compensación de las emisiones de GEI. En cuanto a la compensación de las emisiones de GEI, en el año 2025 MetroGAS sumó 421 árboles al bosque MetroGAS, de los cuales 121 surgen a partir de la campaña de adhesión a factura digital que la compañía lanzó en octubre 2024 y tuvo 6 meses de duración. Por otra parte, en noviembre 2025 MetroGAS relanzó esta campaña para sus clientes y se plantará un árbol por cada 14 usuarios que se adhieran a la factura digital. Sólo durante el mes de noviembre 2025 se registraron 1.954 adhesiones a la factura digital en el marco de esta campaña, lo que equivale a la plantación de 140 árboles. El bosque MetroGAS nació en el año 2023 de la mano de la ONG Plantarse y a diciembre de 2025 ya cuenta con 1.021 árboles y tiene una captura proyectada de 1.276 toneladas de CO2. A partir del mes de julio de 2025, se llevó a cabo el programa de Observaciones de Comportamiento, buscando generar una cultura de seguridad dentro de Sociedad. En este programa se le solicitó a los lideres que realicen y registren las diferentes observaciones de comportamiento que detectaban, buscando reducir el grado de comportamientos inseguros y en consecuencia la cantidad de accidentes e incidentes causados por decisiones riesgosas y mejorar las habilidades para observar, detectar, registrar y reorientar comportamientos.
6. COMUNICACIONES. Relaciones Institucionales. Para mantener un permanente control de la gestión, se trabajó en el monitoreo permanente de los canales de comunicación institucional, medios masivos y redes sociales para retroalimentar el proceso y, para evaluar sus resultados, se llevó adelante nuevamente un estudio de opinión administrada por una consultora externa cuyos resultados fueron favorables para MetroGAS, ya que logró mantener la primera posición en imagen entre las empresas de servicios públicos y la segunda en nivel de reputación. Al igual que en las ediciones anteriores, el estudio revela que MetroGAS es un actor importante en la sociedad argentina. El 61% de los encuestados en 2025 consideró que MetroGAS tiene una imagen entre muy buena y buena. Respecto del relevamiento realizado en 2021, el porcentaje de imagen positiva mejoró 12 puntos. En lo relacionado a la reputación, la compañía obtuvo 148 puntos, 34 más que en la medición de 2021. Los indicadores relevados muestran un muy buen desempeño de MetroGAS vinculado con la exposición en los medios. Las menciones positivas e informativas suman un total de 99% de las apariciones. Los aspectos positivos destacados son liderazgo, calidad del servicio y solidez financiera, marca empleadora y conducta corporativa. Durante 2025, la Sociedad centró la comunicación externa en transmitir mensajes en medios masivos para reforzar el rol de liderazgo en el sector, mostrar la mejora continua e innovación en la atención al cliente por medio de la digitalización de los procesos comerciales y operativos, la mejora en procesos técnicos, así como también en temas estratégicos vinculados con objetivos y valores de la compañía tales como seguridad, conducta corporativa, diversidad e inclusión, cuidado de medioambiente y compromiso con la comunidad. La Sociedad trabajó para mantener una presencia sostenida en espacios de exposición pública mediante la amplificación de los canales de difusión y las herramientas de vinculación con la prensa. Se desarrolló contenido para divulgación de información de servicio sobre prevención de accidentes por intoxicación con monóxido de carbono; situación financiera de la empresa, cuidado del medio ambiente, instalaciones internas, capacitaciones a fuerzas vivas para la actuación ante emergencias, adhesión a la factura electrónica, promoción y uso de herramientas digitales para clientes y proveedores, presencia sostenida en notas y entrevistas y gestión de contenidos durante contingencias. MetroGAS como referente del sector, participó, tanto como sponsor y/o como invitado, en eventos con audiencias institucionales que generan valor a la Sociedad por ser referentes de la industria: eventos de la industria y espacios especializados, tales como los summit de Sustentabilidad, de Clarín; de Energía, de La Nación; eventos de CEO Talks, Marketing, Innovación y Marca Empleadora, de El Cronista; los summit de Money&CFO, CEO y Energy, de Forbes; y el Gas Day y Energy Day, de EconoJournal, entre otros. En cuanto a cámaras y asociaciones empresariales, MetroGAS consolidó la presencia en el Consejo Empresario Argentino para el Desarrollo Sostenible, el Instituto Argentino del Petróleo y del Gas y la Cámara de Sociedades Anónimas. Durante 2025, MetroGAS continuó con la participación en la cámara sectorial ADIGAS. Esta asociación tuvo un rol proactivo de vinculación institucional y en los medios de comunicación, configurándose como la voz representativa de las empresas distribuidoras de todo el país, en la búsqueda de la unificación del discurso de las empresas del sector frente a las autoridades regulatorias y políticas. La campaña “Energía del presente, mirada del futuro” formó parte de la estrategia principal de comunicación de las distribuidoras de gas, cuyo eje estuvo enfocado a la presencia del gas a través de los años “desde la escuela donde soñaste, hasta el hogar que te cobija cada invierno”. El nuevo comercial marca un hito en la Argentina al ser realizado íntegramente con inteligencia artificial. En lo referente a los Asuntos Públicos, MetroGAS intensificó las relaciones con el gobierno nacional, provincial y los municipios a fin de generar comunicación fluida con las áreas involucradas permitiendo facilitar procesos propios y contribuir a mantener y/o expandir el acceso a la red de gas en la zona de distribución de la Sociedad. Para mencionar algunos resultados de la gestión de comunicación: en la última edición de los Premios APSAL (Asociación Profesionales de Salud y Alimentos), la Sociedad obtuvo las siguientes distinciones: Premio a la Comunicación, por la última campaña “Historias Reales”, un ciclo audiovisual que tuvo como protagonistas a colaboradores de la empresa que contaron su trayectoria y, luego, su experiencia en actividades que realizan fuera de la misma, bajo una mirada intimista e inspiradora; y el Premio a Servicios por Inspecciones Parciales Virtuales en AVM (“Atención Virtual de Matriculados”), un proyecto tecnológico más eficiente, sustentable y de calidad aplicada al servicio. Atención y Servicios al Cliente. MetroGAS enfocó sus esfuerzos en la optimización de procesos, automatización de consultas y trámites, el desarrollo de campañas de comunicación promoviendo la digitalización de la gestión de los clientes y la implementación de nuevas funcionalidades enfocadas en mejorar la experiencia del cliente especialmente por los canales digitales. Durante el año 2025, se ha logrado un importante crecimiento de adhesiones de clientes a la Factura Digital. Actualmente se encuentran adheridos al servicio 1,7 millones de clientes, lo que representan un 70% del total de clientes abastecidos, permitiendo reducir la impresión de 19 millones de facturas anuales. Esto implica haber conservado 1.539 árboles, considerados sumideros naturales de gases de efecto invernadero y una captura proyectada de aproximadamente 1.923 toneladas de CO2, en línea con los objetivos de sustentabilidad de la compañía. Continuando con la reasignación de recursos desde los canales tradicionales a los canales digitales, conforme a las preferencias y demandas de los clientes, se procedió a cerrar tres oficinas comerciales, en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires correspondientes a Burzaco, Florencio Varela y Monte Grande. Como resultado, durante el ejercicio 2025 se incrementó la atención digital y de autogestión telefónica, respecto a la atención telefónica por operador y la atención presencial en oficinas comerciales. Se evidenció un mayor nivel de autogestión respecto de las gestiones con intervención de un operador.
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La participación por autogestión fue del 77,63%, durante el 2025, mientras que en el año 2021 fue solamente del 52,52%, dando como resultado un aumento del 47,81% de la participación en los últimos 5 años, disminuyendo la atención por un operador. Con respecto a la participación anual digital, se generó un aumento del 23,45%, pasando de ser del 67,62% en el 2021 al 83,48% en el 2025, generando que sean menores las atenciones presenciales y telefónicas. Durante el periodo se llevaron a cabo múltiples mejoras y desarrollos orientados a la atención de los clientes, entre los que se destacan: La implementación de un agente de atención comercial con inteligencia artificial en el canal de WhatsApp, con resultados altamente satisfactorios. La mejora en la usabilidad de las inspecciones parciales virtuales, lo que permitió que el 60% de los gasistas matriculados optaran por la realización de inspecciones en forma remota, optimizando tiempos y mejorando la experiencia tanto de los matriculados como de los clientes en el proceso de alta del servicio. La incorporación de un módulo de notificaciones, destinado a mantener informados tanto al gasista como al cliente respecto de las visitas al domicilio. La instalación de tótems de autoconsulta en las oficinas comerciales, que facilitan la realización de gestiones de manera autónoma, reducen los tiempos de espera y permiten la actualización de datos del usuario. En relación con el cumplimiento de los requerimientos regulatorios, durante el 2025, se obtuvieron los siguientes resultados: El Nivel de Servicio del Contact Center (Indicador VI – Enargas) presentó un nivel de cumplimiento superior al 95%. Se alcanzó un NPS de los canales de atención del 59%, mientras que el NPS de los canales con atención por operador llegó al 67%. En relación con los reclamos comerciales, el 99% fue resuelto dentro del plazo regulatorio de 15 días hábiles, y el 80% se gestionó dentro de los primeros 5 días desde su ingreso, impactando positivamente en la satisfacción del cliente. Se completó el Programa anual de Experiencia del Cliente destinado a líderes y al personal de atención, en el cual se trabajaron estrategias y herramientas orientadas a potenciar el valor agregado en cada interacción, fortaleciendo las competencias de los equipos y promoviendo prácticas alineadas con la mejora continua y las expectativas de los clientes. 7. INNOVACIÓN. Programa de innovación. MetroGAS cuenta con un programa de innovación cuyo objetivo es fomentar el espíritu creativo, el trabajo en equipo y la mejora continua dentro de los procesos de la organización. El programa se enmarca en el modelo de excelencia que se está aplicando en MetroGAS. El programa fomenta las innovaciones tanto de productos, servicios o procesos haciendo foco en el cliente, la mejora de procesos, la reducción de costos, la transformación digital, el posicionamiento de marca, el clima laboral y la seguridad, higiene y medio ambiente. Desde el lanzamiento del programa en noviembre de 2022, se han implementado 46 proyectos que permitieron transformar los procesos existentes de la compañía, logrando niveles de eficiencia mucho más altos, reduciendo costos y tiempos en cada uno de ellos y mejorando la calidad de atención al cliente. Uno de los proyectos más recientes y relevantes es el "Nuevo Proceso de Suministros", una transformación que tuvo como principal objetivo agilizar las compras y contrataciones mejorando los precios de materiales y/o servicios adquiridos; esto se logró mediante la redefinición completa del proceso existente, desburocratizándolo, segmentando las necesidades de los usuarios y definiendo nuevos roles de todos los actores del proceso. Durante el mes de noviembre de 2025, la Sociedad participó en la Competencia de equipos de innovación organizada por la Fundación Empresaria para la Calidad y la Excelencia, compitiendo con el proyecto “Inspecciones Parciales Virtuales” alcanzando el mayor puntaje de la competencia y logrando el Premio Oro y Platino. Un proyecto que logró romper paradigmas dentro de la industria, logrando una transformación digital del proceso de inspecciones parciales y virtuales, eliminando los traslados, aumentando la productividad por inspector y reduciendo el tiempo de respuesta al cliente de días a horas. Premio Nacional a la Calidad. MetroGAS se encuentra llevando adelante el gran desafío de alinear su gestión al Modelo de Gestión de Excelencia, el cual es una herramienta eficaz y efectiva para crear ventajas competitivas globales orientada al desarrollo de competencias y capacidades en la búsqueda de mejoras en el liderazgo y en el sistema de gestión, con el objetivo de brindar la sustentabilidad de los resultados a través de la mejora continua. El “Modelo para una Gestión de Excelencia” ofrece lineamientos claros de un sistema de gestión coherente e integrado. Ha sido desarrollado como marco de referencia para: ayudar a mejorar los procesos de la organización proponiendo un conjunto de factores de desempeño, integrados y orientados a los resultados; realizar un proceso de evaluación y de diagnóstico que pueda ser utilizado como una herramienta de mejora interna, detectando fortalezas y oportunidades de mejora de la organización y permitiendo el desarrollo de un plan de mejora; afirmar que la calidad de su gestión, mejorando los niveles de satisfacción que logre en cada uno de los sectores, tienen un interés común en el desempeño de la organización, los clientes, los accionistas, el personal, los proveedores y la comunidad; buscar mejorar sus resultados de manera sostenida a lo largo del tiempo y; lograr implementar y mejorar permanentemente el sistema de gestión a través de un eficaz liderazgo ejercido desde su máxima conducción y desplegado a través de toda la organización. MetroGAS se mantiene integrado al modelo de excelencia que brinda el Premio Nacional a la Calidad y la certificación externa trinorma ISO 9001, 14001 y 45001, para de esta forma afianzar procesos relevantes que permitan contrastar su desempeño en un marco de excelencia. Continuando con dicho proceso de implementación y despliegue del modelo “Camino a la Excelencia” iniciado en 2021, en 2025 MetroGAS presentó su proyecto para participar en el Premio Nacional a la Calidad. En febrero de 2026, la Fundación del Premio Nacional a la Calidad notificó a MetroGAS que el Ministerio de Economía, en su calidad de autoridad de aplicación, ratificó la obtención del Premio Nacional a la Calidad 2025 en la categoría “Gestión Integral de Empresas Grandes”. Esta distinción constituye el reconocimiento más relevante del país para organizaciones que alcanzan elevados niveles de excelencia en su gestión y en los resultados derivados de ella. 8. GESTIÓN SUSTENTABLE. Sustentabilidad y responsabilidad social. En MetroGAS, la gestión de la sustentabilidad y la responsabilidad social forman parte de la estrategia y operación cotidianas de la compañía. La Sociedad está comprometida con el bienestar de las personas y procura acompañar el desarrollo inclusivo y sostenible de las comunidades donde opera, como uno de los valores fundamentales. Durante 2025, MetroGAS continuó con el trabajo sobre 3 ejes (Desarrollar, Cuidar, Compartir) que reflejan el compromiso de trabajo con la comunidad y aseguran la integración entre la estrategia de sustentabilidad y la visión de negocios. En MetroGAS se crea valor social, ambiental y económico desde el acceso y uso del gas natural como servicio vital. En línea con la definición de los lineamientos estratégicos detallados en el plan 2022-2027 a nivel compañía, el compromiso con la sustentabilidad como un valor fundamental se refuerza con la integración de aprendizajes de la experiencia con los diálogos sociales, con una fuerte atención al contexto y en pos del desarrollo sostenible. También, la Sociedad hizo foco en consolidar el aporte de la sustentabilidad a la gestión del negocio y la reputación de la compañía, mediante la articulación con los grupos de interés, la difusión de iniciativas con impacto positivo y la participación en espacios vinculados con la responsabilidad social y la sustentabilidad. Se fortaleció el proceso de reporte y
comunicación del plan estratégico, dando continuidad al análisis de materialidad y fortalecimiento del equipo ASG. Se amplió el alcance transversal de la sustentabilidad en MetroGAS, promoviendo una mayor integración de este enfoque en las distintas áreas, mediante procesos de capacitación, sensibilización y el desarrollo de nuevas iniciativas. La Sociedad fue reconocida con el mejor reporte de sustentabilidad por el Foro Ecuménico Social y quedó en el segundo puesto del premio “BritCham Argentina a Liderazgo en Sostenibilidad 2025”, en la categoría Reporte de Sustentabilidad. Como parte del plan de acción previsto, se desarrollaron y se dio continuidad a los siguientes programas: Instalando Calor Seguro: se desarrollaron 34 talleres destinados a alumnos del último año de escuelas técnicas en articulación con la Dirección de Escuelas Técnicas del GCBA y de la provincia de Buenos Aires. De esta forma, los alumnos incorporan esas horas de capacitación como prácticas profesionales en sus currículos. El programa contó con la participación de 30 instructores (voluntarios de MetroGAS) y con la participación de 1.113 alumnos de 42 establecimientos de CABA y de la provincia de Buenos Aires. Durante 2025 se incorporó también un nuevo módulo de capacitación de Instalaciones Internas Industriales y la Dirección de Escuelas Técnicas de la provincia de Buenos Aires y de CABA. Hogar Cálido Hogar: actividad destinada a niños de 7 a 11 años, que se enfoca en transmitir conocimientos e información sobre la industria del gas y sobre la importancia de una correcta instalación de gas, el uso eficiente del recurso no renovable, la prevención de accidentes por inhalación de monóxido de carbono y la función del gasista matriculado. Durante el año 2025 participaron de este programa un total de 1.626 estudiantes, 48 docentes y 21 escuelas de la zona de distribución de la Sociedad. Instalaciones Solidarias: el programa tiene por objetivo brindar acceso al servicio de gas natural por redes a centros y comedores comunitarios de la zona de distribución de MetroGAS, realizando una nueva instalación interna de gas, y/o mejorando las instalaciones preexistentes. Durante 2025 se desarrollaron 4 obras nuevas, beneficiando a 1.181 familias. Voluntariado Corporativo: se continuó con las campañas de donaciones de juguetes y canastas navideñas, actividades deportivas solidarias, jornadas de mejora de infraestructura y reciclado y cuidado del ambiente. Durante 2025 se realizaron 7 actividades con la participación de 142 voluntarios. Calor Que Cuida: se reactivó el programa Calor Que Cuida con una jornada en el barrio Rodrigo Bueno en articulación con el Instituto de Vivienda de la Ciudad. En el taller, se destacó el uso seguro y responsable del gas natural, prevención por accidentes de inhalación de monóxido de carbono y cómo leer una factura. Fue una jornada con una participación de 15 administradores de consorcios del barrio. En línea con los compromisos asumidos en materia de desarrollo sostenible, continuaron las acciones de capacitación y articulación transversal entre áreas que permitió actualizar las 12 iniciativas al programa “Conectando Empresas con los Objetivos de Desarrollo Sostenible”, que promueve el Consejo Empresario Argentino para el Desarrollo Sostenible. Durante el ejercicio 2025 se publicó el 6to. Reporte de Sustentabilidad, que reúne toda la información sobre la gestión sustentable de MetroGAS del período 2024, el cual se encuentra disponible en la página web de la empresa (https://www.metrogas.com.ar/la-compania/sustentabilidad/) en el siguiente link https://sustentabilidadmetrogas.com.ar/ Asimismo, como parte del proceso de mejora continua y en línea con el compromiso asumido en el plan estratégico de MetroGAS, durante 2025 se continuó con la consolidación del equipo de trabajo ASG, integrado por las áreas de Sustentabilidad, Ética y Cumplimiento, Planeamiento estratégico y Administración y Finanzas, y su plan de trabajo contempló dar continuidad al proceso de materialidad de impacto y el análisis de indicadores de gestión, para alinear los requerimientos de los distintos compromisos que tiene la compañía (Premio Nacional a la Calidad -PNC-, Memoria y Balance, Reporte de Sustentabilidad, entre otros). 9. RECURSOS HUMANOS Estructura organizacional
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Dotación de personal. La dotación consolidada de la Sociedad al 31 de diciembre de 2025 asciende a 1.037 empleados, los cuales comparten valores con bases en la orientación al cliente, el aprendizaje continuo, la calidad como forma de vida, el cumplimiento estricto de las normas de seguridad y el respeto por el entorno. Con respecto a las remuneraciones al personal durante el año 2025 la Sociedad otorgó incrementos salariales generales en concordancia con el mercado específico. La estrategia de MetroGAS, con relación a la gestión del capital humano, se enfoca en los siguientes aspectos: incorporar, formar y desarrollar los recursos humanos que la Sociedad requiere para lograr sus objetivos de manera efectiva; diseñar y revisar la estructura organizacional para una eficiente coordinación de recursos y esfuerzos; sistematizar la información y fortalecer el data analytics, a través de recursos tecnológicos, para obtener información que permita generar planes de acción orientados a la mejora; sostener y fortalecer la cultura y el clima laboral, a través de la misión, los valores y las competencias organizacionales y; consolidar relaciones laborales que fomenten la transparencia, la confianza y la colaboración, para fortalecer el clima de trabajo. Capacitación y desarrollo. Formación. El área de Formación y Desarrollo gestiona y acompaña el conocimiento de las personas. El foco formativo está dirigido tanto al personal interno, como a empresas contratistas y a diferentes sectores de la comunidad (Defensa Civil, Bomberos, Servicios Penitenciarios, Rescatistas, Colegios Técnicos Secundarios, Universidades y otras distribuidoras). Al 31 de diciembre de 2025 se dictaron 34.520 horas de formación a todos los grupos mencionados. Al inicio del año se realizó el relevamiento y actualización de planes de estudio de todas las personas de la Organización. Se Sumaron además encuentros con directores, gerentes y jefes para la actualización de los planes de estudio de la Compañía. Desarrollo. Este año se continuó trabajando y sumando programas orientados al desarrollo del talento, líderes y jóvenes profesionales según se listan a continuación: Programa de Liderazgo: herramientas de liderazgo, comunicación y gestión de equipos para todo el personal de conducción; Especialización en GAS-FIUBA: programa en alianza con la Facultad de ingeniería de la Universidad de Buenos Aires de especializaciones en Gas Natural in Company; Conversaciones del Negocio: nuevo espacio y sistematizado de intercambio entre gerentes y directores sobre cuestiones estratégicas del negocio para impulsar la escucha activa, el pensamiento estratégico y la consolidación de una visión de futuro unificada en la gestión de MetroGAS; Programa Estímulo para estudiantes; dirigido a carreras de Ingeniería, Sistemas y Ciencias Económicas con el fin de acompañar e incentivar a estudiantes de carreras core del Negocio, para que finalicen su formación académica; Programa de Instructores internos: se realizó un relevamiento de los colaboradores de mayor expertise para que ellos mismos sean los que transmitan el conocimiento en toda la compañía y desde el área de Formación y desarrollo se les brinda herramientas de gestión, oratoria y comunicación; Convenios con Universidades: Se establecieron acuerdos de colaboración recíproca con instituciones académicas, enfocados en el trabajo conjunto en programas que contribuyan al desarrollo profesional de ambas partes, incluyendo la gestión de descuentos y beneficios para el personal de MetroGAS en cursos, seminarios y carreras de grado/posgrado. Clima organizacional. En 2025 se llevó a cabo la tercera encuesta de clima bianual de manera consecutiva. Utilizar la misma herramienta de manera sistemática en el tiempo, permitió ver la evolución del clima laboral. La compañía trabajará en un plan de mejora durante los años 2026 y 2027. Diversidad e Inclusión. La importancia de mejorar y promover espacios de diversidad e inclusión es un objetivo primordial dentro de MetroGAS. No sólo como una cuestión de equidad social, sino también de importancia estratégica en los negocios y el desarrollo de organizaciones sustentables dentro del ámbito empresarial. MetroGAS cuenta con un Comité de Diversidad con el objetivo de impulsar y dar seguimiento a la estrategia de diversidad e inclusión de la Sociedad. Durante el año 2024, en base a los resultados de una encuesta de diagnóstico, se elaboró el Plan Trienal 2024-2026 que incluye los siguientes ejes: género, discapacidad, diversidad sexual y generaciones. En el marco de dicho plan, se realizaron las siguientes acciones sobre la base de 4 áreas de trabajo: Concientización: desarrollo de un plan de comunicación anual vinculado a las efemérides de la diversidad. Políticas, normativa y procesos: fortalecimiento del marco normativo interno. Programas: desarrollo e implementación de programas para fortalecer las prácticas en relación con la diversidad. Métricas: selección de indicadores para medir los avances en el desempeño de la Sociedad respecto de la diversidad. Alianzas y relacionamiento: afianzar y ampliar vínculos con instituciones y organizaciones de la sociedad civil que trabajen temáticas de diversidad e inclusión. Compromiso: fortalecer el apoyo de la alta dirección en las iniciativas que se definan dentro del Plan aprobado. A continuación, se mencionan otras acciones realizadas durante el año 2025: “Programa de Primer Empleo para Personas con Discapacidad”, donde se incorporaron tres personas por un plazo fijo de un año para que puedan tener su primera experiencia laboral. Para este programa se realizaron sensibilizaciones a los equipos de trabajo para que acompañen de la mejor manera posible y sea una experiencia enriquecedora. “Programa Experiencia MetroGAS”, propuesta dirigida a hijos e hijas de empleados de entre 16 y 18 años. Este programa tuvo como objetivo principal acercar a los jóvenes al mundo corporativo y emprendedor, brindándoles herramientas claves para su inserción en el primer empleo y el desarrollo de su carrera profesional. “Programa de Compras Inclusivas”, se impulsaron múltiples transacciones comerciales con unidades productivas que desarrollan bienes y servicios en situación de vulnerabilidad y exclusión, integrándolas a la cadena de valor de la compañía. “Programa Caminos”, consistió en un programa de acompañamiento a empleados/as en edad jubilatoria para brindar apoyo en la transición, facilitando herramientas para abordar situaciones posibles al momento del retiro laboral y fomentar el autoconocimiento, ganas de proyectar y confianza. Ciclo de Charlas “Convivir en la Diversidad”: donde se conversó sobre; Trastorno del Espectro Autista (TEA) en “Miradas que conectan” donde se exploraron herramientas y se compartieron miradas para conectarnos en lo laboral, personal y familiar. “Niñez y adolescencia entre pantallas” donde se brindó formación y herramientas para acompañar y orientar. Violencia doméstica en “La importancia de la Red: cuidar y acompañar” donde se reflexionó sobre las formas y el ciclo de la violencia doméstica y se brindaron herramientas para detección y acompañamiento, entre las que se profundizó en el Protocolo de Activación de MetroGAS. La Sociedad trabaja los aspectos de la Diversidad e Inclusión colaborativamente con otras organizaciones, entre las que se pueden mencionar: CODE, La Casa del Encuentro, IAPG, Red de Impacto Social del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires y la Secretaría de Género STIGAS. Salud Ocupacional. Durante el año 2025 la Sociedad focalizó sus acciones en mejorar los indicadores de ausentismo por enfermedad, trabajando en la prevención de las causas de enfermedades no transmisibles mediante campañas destinadas a la población. Abordó de manera activa las distintas causas de ausentismo por enfermedad con el objetivo de mejorar los indicadores de salud y bienestar
laboral. Se implementaron campañas de prevención de enfermedades no transmisibles, como la vacunación antigripal y la promoción de una alimentación saludable. Además, frente a causas de mayor impacto como afecciones traumatológicas, psiquiátricas u oncológicas, se adoptaron medidas de readecuación de tareas y cambios temporales de puesto, facilitando la continuidad laboral en contextos de salud limitada. Programas de salud destacados: Exámenes médicos preventivos; Programa Vida Activa; Programa de Cesación Tabáquica; y Capacitaciones en Salud. 10. REQUERIMIENTOS ESTABLECIDOS EN EL ART.60 DE LA LEY N° 26.831. En cumplimiento del Artículo 60 de la Ley N° 26.831, se incluye la siguiente información adicional requerida: Política Comercial, Planificación Empresaria, Financiera y de Inversiones. La Visión de MetroGAS es ser el referente de la distribución de gas y líder en la comercialización de productos energéticos, contribuyendo al desarrollo del país y el bienestar de las personas. La Misión de la Sociedad es operar de forma eficiente, segura, confiable y sustentable, comprometida con el medio ambiente y la sociedad, poniendo al cliente en el centro de todas sus acciones. En todo lo que MetroGAS hace actúa con integridad y principios éticos, creando valor para sus clientes, accionistas, personal y la comunidad.
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El Directorio fija la estrategia general de la Sociedad y considera el plan estratégico que desarrolla la Gerencia. Los lineamientos estratégicos de la Sociedad se detallan a continuación: OPERACIÓN SEGURA Y CONFIABLE: Asegurar que todas las operaciones de MetroGAS se realizan de forma segura y confiable. EFICIENCIA OPERATIVA: Mejorar la eficiencia operativa a través de la optimización de la gestión de la organización medida mediante el modelo de gestión de excelencia. DESARROLLO SOSTENIBLE: Impulsar el desarrollo sostenible a través de una gestión responsable que equilibre los aspectos económicos, reputacionales, de cuidado ambiental y social, y fortalecer así los vínculos de confianza con todos los grupos de interés. CLIENTE EN EL CENTRO: Mejorar la satisfacción del cliente, colocándolo en el centro de toda gestión realizada por la Sociedad. CAPITAL HUMANO: Afirmar el capital humano requerido para liderar las operaciones de MetroGAS. Toma de Decisiones y Sistema de Control Interno. La Sociedad promueve la delegación de autoridad, permitiendo dar respuestas ágiles y eficientes a las actividades, existiendo a la vez una clara y explícita definición de los alcances de dicha delegación mediante la fijación de límites de aprobación implementados sistematizadamente que minimizan riesgos. Por otra parte, MetroGAS cuenta con un área de Auditoría Interna cuya misión consiste en garantizar al Directorio, al Comité de Auditoría, al Comité de Dirección y al nivel gerencial de la Sociedad procesos efectivos y eficientes de control interno para identificar y administrar los riesgos del negocio. La existencia de procesos estandarizados, procedimientos administrativos, comunicaciones fluidas, emisión periódica de informes de control de gestión y evaluaciones de desempeño en el marco de las políticas establecidas por el Comité de Dirección, afianzan el sistema de control interno, proveen la certeza razonable del logro de objetivos, el suministro de información financiera confiable y el cumplimiento de las normas vigentes. Política de dividendos. Cualquier distribución de ganancias líquidas y realizadas se efectivizará conforme a lo establece el artículo 36° de su Estatuto Social y en observación de las previsiones legales al respecto. En el pasado, MetroGAS pagó dividendos regularmente hasta el año 2001. Por los períodos 2002 a 2017 y 2020 a 2022, la Sociedad mantuvo resultados no asignados negativos. En relación con los ejercicios 2018-2019 y 2023-2024, si bien arrojaron resultados positivos, la Sociedad presentaba entonces restricciones contractuales y regulatorias que impedían el pago de dividendos, así como compromisos de inversión que aconsejaban la reserva de dichos resultados para afectarlos a inversiones, lo que así fue dispuesto por la Asamblea de Accionistas. En la actualidad, y conforme al Contrato de Préstamo Sindicado celebrado por MetroGAS con fecha 3 de septiembre de 2025, la Sociedad se encuentra habilitada al pago de dividendos, aunque con ciertas limitaciones en virtud de indicadores financieros que debe respetar para evitar incurrir en incumplimiento contractual. En función de lo expuesto, en cada ejercicio el Directorio de la Sociedad evalúa prudentemente la posibilidad de realizar la recomendación de pagar dividendos a los accionistas, considerando distintos factores que incluyen (i) el cumplimiento de los compromisos financieros y regulatorios, (ii) restricciones legales y/o contractuales, (iii) requerimientos de capital de trabajo y (iv) las condiciones generales del contexto económico y financiero pertinentes en el momento. Modalidades de Remuneración del Directorio y de los Cuadros Gerenciales. La remuneración al Directorio y a la Comisión Fiscalizadora es fijada por la Asamblea Ordinaria de Accionistas. El pago de anticipos de honorarios a directores y miembros de la Comisión Fiscalizadora se establece y actualiza de acuerdo con los acuerdos salariales otorgados al personal ejecutivo de MetroGAS, siendo aprobado en primera instancia por el Comité de Remuneraciones y Nominaciones y posteriormente por el Directorio. La remuneración total del Director General y de los Directores Ejecutivos que reportan a aquel es fijada por el Comité de Remuneraciones y Nominaciones. Al 31 de diciembre de 2025, la política de remuneraciones del personal ejecutivo consiste en una retribución mensual fija y una retribución variable ligada a la consecución de objetivos fijados anualmente. No existen implementados, como parte de la política de remuneraciones, planes de opciones sobre las acciones de la Sociedad. 11. GOBIERNO CORPORATIVO. Programa de Integridad y Ética. La Sociedad cuenta con un Oficial de Ética y Cumplimiento responsable del desarrollo, implementación y control del programa de Integridad y Ética de MetroGAS quien, asimismo, proporciona periódicamente información de avance y gestión del Programa al Comité de Dirección y al Comité de Auditoría. El Programa cuenta con acciones que abordan diferentes ejes, tales como: Análisis de riesgos de integridad (fraude, ética y corrupción). Normas, políticas y procedimientos de integridad. Terceros – socios comerciales (contratistas/subcontratistas). Difusión interna y externa. Capacitación. Gestión de líneas de denuncia. Este Programa tiene un alcance más amplio que el simple cumplimiento de normas externas e internas y trabaja sobre la cultura y los valores organizacionales; sobre los principios, los procesos de toma de decisiones y el liderazgo de la alta Dirección. Para su elaboración se tomaron en consideración las recomendaciones de las guías internacionales como la OCDE, los elementos previstos en los artículos 22 y 23 de la Ley N° 27.401 de Responsabilidad Penal de Personas Jurídicas, vigente desde 2018, junto con el Decreto Reglamentario N° 277/2018 y los lineamientos de integridad emitidos por la OA en la Resolución N° 27/2018. El Programa es revisado anualmente, bajo un esquema de mejora continua, incorporándose acciones que surgen de la actualización de la evaluación de riesgos de integridad, del análisis causa-raíz de las denuncias gestionadas, de las auditorías y de la evolución de las mejores prácticas en la materia. Asimismo, durante 2022 MetroGAS y la OA firmaron un acuerdo de colaboración para la promoción del Registro de Integridad y Transparencia para Empresas y Entidades (“RITE”). Este convenio establece como una de las principales metas la de fortalecer la sinergia y el intercambio de experiencias de los sectores empresarial, estatal, sociedad civil y académico. También prevé trabajar de manera colaborativa con el fin de promover la ética y la integridad en el desarrollo de los negocios, cumpliendo los objetivos de desarrollo sostenible y la implementación efectiva de la Ley N° 27.401. En línea con la firma de este acuerdo, MetroGAS fue una de las 35 empresas pioneras en el RITE. En diciembre 2025, MetroGAS fue reconocida por la OA dentro del grupo de Entidades Destacadas por haber alcanzado un grado de madurez mayor al 90% en su Programa de Integridad, visibilizando el compromiso de la empresa en la adopción de buenas prácticas en materia de transparencia y prevención de la corrupción. Código de Ética y Conducta. La Sociedad cuenta con un Código de Ética y Conducta que establece pautas generales de conducta para el Directorio, los miembros de la Comisión Fiscalizadora, colaboradores y colaboradoras de MetroGAS, contratistas, subcontratistas, empresas proveedoras y socios de negocios de la Sociedad. MetroGAS es una empresa reconocida por sus altos estándares de calidad respecto a los valores y principios que promueve. La ética es una parte integral de sus actividades, siendo importante no sólo los resultados que se obtengan, sino cómo se obtienen. MetroGAS espera integridad en toda la organización y no tolera el logro de resultados a costa de la violación de la ley o de
principios éticos. Estos valores y principios éticos se reflejan mediante distintas disposiciones en el Código de Ética y Conducta de MetroGAS el cual es revisado, aprobado y monitoreado por el Directorio. El Código de Ética y Conducta de MetroGAS se encuentra disponible en la página web de la compañía - - (www.MetroGAS.com.ar) en el siguiente link https://www.MetroGAS.com.ar/la compania/Paginas/Gobierno Corporativo.aspx. Canales de Denuncias. La Sociedad cuenta con dos canales de denuncias: la Línea Ética y el Programa de Transparencia. La gestión de ambas líneas está tercerizada a través de una empresa especializada, quien recibe las denuncias por diversos medios, en forma confidencial, profesional y anónima, si lo prefiere el denunciante, para su posterior tratamiento y resolución. A través de la Línea Ética los empleados pueden reportar situaciones y/o comportamientos que pudieran constituir una violación real o potencial al Código de Ética y Conducta de MetroGAS. MetroGAS se enfoca en hacer lo correcto en todo momento y está comprometida en asegurar que todos se sientan cómodos hablando cuando ven o sospechan de una conducta ilegal o no ética, sin temor a represalias. Por ese motivo desarrolló una norma antirepresalias que garantiza la seguridad, confidencialidad, opción de anonimato y prohíbe cualquier tipo de represalia en el desarrollo de la relación laboral y/o contractual contra quienes utilicen la Línea Ética de buena fe. El Programa de Transparencia es un canal de comunicación puesto a disposición de clientes exclusivo y especializado para recibir y administrar denuncias por presuntas acciones deshonestas o tratos indebidos de empleados propios o de las empresas contratistas. La gestión de denuncias se encuentra bajo la supervisión del Comité de Ética de la Sociedad, cuyas funciones son administrar el código y evaluar y establecer las acciones que se deberán tomar respecto de las situaciones denunciadas. Este Comité está compuesto por tres miembros: la Dirección de Auditoría Interna, la Dirección de Asuntos Legales y Regulatorios y la Dirección de Recursos Humanos. Debida Diligencia sobre Terceros. MetroGAS posee una política de Debida Diligencia sobre terceros cuyo objetivo es establecer los lineamientos generales de Debida Diligencia con los que MetroGAS, y su subsidiaria MetroENERGÍA, realizan su evaluación y comprobación de integridad y trayectoria de los terceros con los que se relacionan, a fin de mitigar riesgos por su participación como actores y/o cómplices en hechos de corrupción. Las Gerencias que están a cargo de la relación de negocios con el potencial tercero, son las responsables de garantizar que se inicie y termine oportunamente el proceso de debida diligencia en los términos de esta política, contando con el asesoramiento y soporte de la gerencia de Ética y Cumplimiento. En relación con las empresas proveedoras, la adhesión al Código de Ética y Conducta forma parte de los pliegos licitatorios y del proceso de alta de proveedores, por lo cual el 100% de los mismos está informado respecto de su contenido y firma un compromiso de adhesión al mismo al inicio del vínculo comercial. En el caso de las empresas contratistas críticas (afectadas por la prestación de servicios de escapes, roturas, reconexiones, cortes y habilitaciones de servicios, lectura de medidores, distribución de facturas, fiscalización y control, instalaciones internas, construcciones y mantenimiento, inspecciones, etc.), se requiere además una declaración jurada en relación a potenciales vínculos que podrían derivar en conflicto de intereses, vínculos con funcionarios públicos, antecedentes por delitos financieros, así como normas y prácticas organizacionales sobre integridad. Estas empresas también se encuentran sujetas al Programa de Transparencia y son invitadas a participar de capacitaciones periódicas para afianzar los contenidos del Código de Ética y Conducta y la normativa interna vinculada. Gestión Integral de Riesgos. La Sociedad se encuentra expuesta a diversos riesgos derivados del mercado en el que opera y las actividades que desarrolla que pueden impedir el logro de los objetivos definidos, los cuales se enfocan en la eficiencia operacional, el desarrollo sostenible, la calidad del servicio al cliente, el capital humano y la seguridad de las personas. El Directorio de la Sociedad, a través de su Comité de Riesgos, manifiesta la importancia de contar con una adecuada gestión de riesgos y se compromete a desarrollar todas las capacidades necesarias para que los riesgos corporativos vinculados a todas las actividades y negocios se encuentren adecuadamente identificados, medidos, gestionados y controlados. En este marco MetroGAS gestiona sus riesgos a través de un Modelo de Gestión de Riesgos, alineado con estándares internacionales de referencia, y basado en principios como la mejora continua, el gobierno, la cultura, la comunicación e información disponible, la integración a los procesos y la gestión por equipos. 12. ASPECTOS FINANCIEROS. Al 31 de diciembre de 2025 la deuda financiera de la Sociedad asciende a $ 86.537 millones según el acuerdo financiero suscripto con Banco ICBC Argentina S.A.U. y Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. El 25 de febrero de 2025 la Sociedad canceló la última cuota del préstamo Internacional con Industrial and Commercial Bank of China Limited Dubai (DIFC) Branch. Si bien existía un acuerdo entre la Compañía y ICBC por el desembolso correspondiente al pago de la última cuota, la Sociedad canceló la misma con fondos propios, disminuyendo así la carga financiera. El 26 de agosto de 2025 la Sociedad canceló la primera cuota de los préstamos vigentes a ese momento acordados con ICBC Argentina S.A.U. y BMA Argentina S.A.U. Con fecha 3 de septiembre de 2025, la Sociedad firmó un acuerdo con los bancos ICBC Argentina S.A.U. y Banco de Galicia y Buenos Aires S.A. para la celebración de un Préstamo Sindicado por $88.770 millones. El capital será pagadero en nueve cuotas trimestrales y consecutivas con la siguiente amortización:
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El Préstamo devengará intereses a la tasa de interés TAMCORI más un margen de 8,15%. Los fondos provenientes del Préstamo Sindicado fueron aplicados por la Sociedad a la cancelación total de los montos adeudados por los préstamos vigentes y la cancelación de parte de los montos adeudados por la Sociedad a YPF y ENARSA por provisiones de gas natural, más sus intereses devengados al 31 de julio de 2025 e impuestos correspondientes (Ver Nota 22.1 a los estados financieros consolidados al 31 de diciembre de 2025). Dicho financiamiento se encuentra garantizado con una cesión fiduciaria de derechos de cobro por el servicio de distribución, que se perfeccionará únicamente ante un evento de incumplimiento. El día 5 de septiembre de 2025, la Sociedad canceló la totalidad de los préstamos vigentes otorgados por los bancos ICBC Argentina S.A.U. y BMA Argentina S.A.U., por un total de $21.463 millones, tras el pago de la primera cuota de capital con vencimiento el 26 de agosto de 2025. Estos préstamos eran pagaderos en seis cuotas trimestrales y consecutivas desde el 26 de agosto de 2025 al 26 de noviembre de 2026. La tasa de interés era la mayor entre BADLARI/BADCORI más un margen de 10%. La Sociedad cumplió con el pago de la primera cuota del Préstamo Sindicado, la cual tuvo fecha el 26 de noviembre de 2025. De acuerdo con los términos y condiciones del Préstamo Sindicado, la Sociedad debe cumplir con una serie de compromisos financieros generalmente establecidos en este tipo de transacciones, incluyendo ciertas restricciones, que, entre otras, y en términos generales se enumeran a continuación: Deuda: la Sociedad no podrá incurrir, asumir o garantizar endeudamiento (ni MetroENERGÍA), según es definido este término en los acuerdos, que no sea satisfecho dentro de los 90 días de su vencimiento. Deuda con ENARSA: la sociedad no podrá realizar pagos de capital previos a la primera amortización del Préstamo Sindicado ni prever plazos de amortización inferiores a los previstos en el contrato bancario. Pagos restringidos: la Sociedad puede realizar pago de dividendos, sujeto a la no ocurrencia de supuestos de incumplimiento y siempre que el índice de endeudamiento sea menor a 1,50:1,00. Indicadores financieros: la Sociedad deberá cumplir con una serie de compromisos financieros generalmente establecidos en este tipo de transacciones, entre ellos indicadores financieros de: (i) Cobertura de intereses (entendido como EBITDA/Intereses), (ii) Deuda/EBITDA y (iii) límite de patrimonio neto de la Sociedad a cada cierre trimestral. Informe de cobranzas: La compañía presentará de manera mensual un informe de cobranzas con la totalidad de las cobranzas del período, abierto por canal de cobranza. Informe de Ratio de Cobertura: La Compañía deberá presentar, al cierre de cada trimestre, un informe con el cálculo del ratio de cobertura, que no deberá ser inferior a 1,5x el costo de endeudamiento, con excepción de los trimestres finalizados el 26 de febrero de 2026 y el 26 de mayo de 2026, que no podrán ser inferiores a 1.2x. Al 31 de diciembre de 2025, la Sociedad ha cumplido con todos los compromisos financieros indicados anteriormente. Debido a los mejores resultados obtenidos y la disminución de su deuda financiera en el presente ejercicio, la Sociedad logró obtener el 25 de julio de 2025 una calificación de riesgo informada por Moody’s de “AA-.ar” subiendo dos escalones en su calificación. Con fecha 3 de septiembre de 2025, la Sociedad celebró un acuerdo de pago con ENARSA por los montos adeudados por provisiones de gas del período agosto 2019 a septiembre 2023 inclusive, más los intereses devengados hasta el 31 de julio de 2025, y los impuestos correspondientes, arrojando un saldo total de $ 67.557 millones. El 50% de esta deuda fue cancelada con el desembolso recibido por el Préstamo Sindicado (Ver nota 18.1 a los estados financieros consolidados al 31 de diciembre de 2025), y el 50% restante será cancelado en 9 cuotas trimestrales y consecutivas con la siguiente amortización:
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Esta deuda devengará intereses a la tasa de interés TAMAR más un margen de 8,15%. La Sociedad cumplió con el pago de la primera cuota de la deuda, la cual tuvo fecha el 26 de noviembre de 2025. 13. COMPOSICIÓN ACCIONARIA. El capital social al 31 de diciembre de 2025 está compuesto por 569.171.208 acciones ordinarias, escriturales, de valor nominal un peso por acción y en clases “A” y “B”.
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Al 31 de diciembre de 2025, la controlante de MetroGAS es YPF que posee el 70% de las acciones de la Sociedad. El 28 de diciembre de 2016, MetroGAS recibió del ENARGAS una nota solicitando adaptar la composición accionaria de la Sociedad en consonancia con el plazo previsto en la Ley de Emergencia y en cumplimiento con el artículo 34 de la Ley N° 24.076, todo ello en atención a la participación controlante de YPF en MetroGAS. La Sociedad presentó un pedido de vista a los efectos de conocer los antecedentes del requerimiento del ENARGAS y, por considerar que lo solicitado atañe principalmente a su accionista mayoritario, dio traslado a los efectos de que adopte las acciones que considere oportunas. Con fecha 6 de abril de 2018, MetroGAS fue notificada que el ENARGAS rechazó la apelación presentada por YPF el 30 de marzo de 2017. 14. SITUACIÓN PATRIMONIAL. Información financiera presentada en moneda homogénea. Los estados financieros al 31 de diciembre de 2025 reconocen las variaciones del poder adquisitivo de la moneda en forma integral mediante el método de reexpresión a moneda constante establecido por la NIC 29 (ver Nota 3 a los estados financieros consolidados al 31 de diciembre de 2025). Con fines comparativos, la presente Memoria incluye cifras y otra información correspondiente al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre 2024, que son parte integrante de los estados financieros mencionados precedentemente y se las presenta con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y otra información del ejercicio económico actual. Dichas cifras han sido reexpresadas en moneda de cierre del presente ejercicio económico, a fin de permitir su comparabilidad y sin que tal reexpresión modifique las decisiones tomadas con base en la información contable correspondiente al ejercicio anterior. La variación del índice utilizado para la reexpresión de los estados financieros consolidados ha sido del 31,5% en el ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2025 y del 117,8% en el ejercicio precedente. Todos los rubros del estado de situación patrimonial al cierre de 2025, así como los de 2024 que se incluyen a fines comparativos, se encuentran en millones de pesos y ajustados por inflación al 31 de diciembre de 2025. De esta manera, al estar las cifras de ambos ejercicios expresadas en moneda homogénea, las variaciones se reflejan en términos reales. Los estados financieros consolidados al 31 de diciembre de 2025 han sido preparados sobre el supuesto que la Sociedad continuará como una empresa en marcha. La actualización tarifaria por debajo del incremento general de precios de la economía y de los costos de la Sociedad, que se produjo fundamentalmente hasta la suscripción con el ENARGAS del Acuerdo de Adecuación Transitoria de Tarifas y la publicación de los nuevos Cuadros Tarifarios de Transición y de Tasas y Cargos por servicios a aplicar por MetroGAS a partir de abril de 2024, tuvo efectos negativos significativos sobre la liquidez, la posición financiera y los resultados de la Sociedad. Como consecuencia del deterioro de la liquidez antes mencionada, durante los últimos años la Sociedad ha tenido que refinanciar el capital de las deudas financieras a su vencimiento, incluyendo las refinanciaciones acordadas en 2025 que se detallan en nota 18.1 a los estados financieros consolidados. La implementación efectiva de los aumentos tarifarios otorgados en abril de 2024, junto con los ajustes periódicos realizados, aunque aún por debajo del aumento general de precios en la economía, han contribuido a mejorar las expectativas financieras y los resultados de la Sociedad. Además, con fecha 30 de abril de 2025, se publicó en el Boletín Oficial la Resolución ENARGAS N° 257/2025 que aprobó la RQT correspondiente a MetroGAS. Asimismo, al 31 de diciembre de 2025 la Sociedad canceló los montos adeudados con YPF, y parte de los montos adeudados con ENARSA. Debido a ello, al 31 de diciembre de 2025, la Sociedad presentó capital de trabajo positivo por 83.191, revirtiendo la posición de capital negativo que poseía al 30 de junio de 2025, y se prevé que esta situación favorable se mantenga en el futuro. Por estos motivos, en opinión de la Dirección de la Sociedad, no hay dudas significativas respecto a la capacidad de la Sociedad para continuar como una empresa en marcha. A continuación, se incluye una síntesis de los Estados de Situación Financiera consolidados al 31 de diciembre de 2025 y 2024:
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El activo total que, ascendió a $ 1.390.076 millones, presenta una disminución del 4,0% con respecto al ejercicio anterior debido principalmente a la disminución de efectivo y equivalentes de efectivo, bienes intangibles y créditos por ventas, parcialmente compensado por el aumento de propiedades, plata y equipo y otras inversiones. El pasivo total que, ascendió a $ 429.731 millones, presenta una disminución del 30,5% con respecto al ejercicio anterior debido principalmente a la disminución de cuentas por pagar y del impuesto a
las ganancias, parcialmente compensado por el aumento de la deuda financiera y otras deudas. Como consecuencia de la mejora en la posición de capital de trabajo positivo al 31 de diciembre de 2025 respecto del ejercicio anterior, han mejorado los índices de solvencia y liquidez, que reflejan una estructura financiera más sólida. Índices.
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15. RESULTADO DE LAS OPERACIONES DURANTE EL EJERCICIO 2025. Todos los rubros del estado de resultados al cierre de 2025, así como los de 2024 que se incluyen a fines comparativos, se encuentran ajustados por inflación al cierre de 2025. De esta manera, al estar las cifras de ambos ejercicios expresadas en moneda homogénea, las variaciones se reflejan en términos reales. A continuación, se incluye una síntesis de los Estados Consolidados de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral de los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2025 y 2024:
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Si bien las ventas se mantuvieron constantes, hubo un pequeño aumento durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2025 y se origina principalmente por mayores ventas de MetroGAS principalmente a clientes residenciales, centrales eléctricas, industriales, comerciales y entidades públicas, parcialmente compensado con menores ventas de MetroENERGÍA. Las mayores ventas de MetroGAS, se dieron debido a los incrementos de tarifa a partir de la aprobación de la RQT. Los costos de operación disminuyeron un 1,6% durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2025 respecto del ejercicio anterior debido principalmente por la disminución de los costos de compra de gas y transporte de MetroENERGÍA y compra de gas de MetroGAS, parcialmente compensado con el aumento de los costos de transporte de MetroGAS. Los gastos de administración disminuyeron un 1,9%, en el presente ejercicio respecto del ejercicio anterior debido principalmente a la disminución de impuestos, tasas y contribuciones, mantenimiento y reparación de PPYE y primas de seguros, parcialmente compensado por un aumento de remuneraciones y otros beneficios al personal y por los gastos de servicios y suministros de terceros. Los gastos de comercialización aumentaron un 24,1%, en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2025 respecto al ejercicio anterior debido principalmente al incremento de deudores incobrables, gastos y comisiones bancarias, impuestos, tasas y contribuciones y gastos de correos y telecomunicaciones. Los otros ingresos y egresos ascendieron a $ 6.333 millones de pérdida en el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2024 y a $ 1.737 millones de pérdida en el presente ejercicio. Esta variación se debe a la disminución del cargo a resultados de la provisión de juicios y contingencias debido a menores actualizaciones de los pasivos laborales. Durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2025 los resultados financieros netos generaron una pérdida de $ 4.688 millones, respecto de una ganancia de $148.445 millones generada en el ejercicio anterior. La variación en los resultados financieros y por tenencia está originada principalmente por la pérdida generada por el RECPAM, compensado parcialmente por la disminución de los intereses devengados sobre la deuda financiera y comercial. Durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2025, la Sociedad devengó una perdida por impuesto a las ganancias de $ 59.140 millones, respecto de una pérdida de $ 133.638 millones registrada en el ejercicio anterior. La variación corresponde principalmente a los menores resultados del ejercicio 2025 respecto a 2024, y por la disminución del ajuste por inflación fiscal sobre las partidas monetarias. Los siguientes cuadros muestran las ventas consolidadas de la Sociedad, por tipo de servicio y categoría de clientes, en pesos y volúmenes, para los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2025 y 2024:
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Las ventas a clientes residenciales en 2025 y 2024 representaron el 23,5% y 24,1%, respectivamente, del volumen de ventas y aproximadamente el 52,4% y 51,1% del total de ventas. Las ventas con gas de MetroGAS a los clientes residenciales aumentaron un 2,6%, de $ 621.767 millones a $ 638.120 millones durante los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2024 y 2025, respectivamente, debido principalmente al aumento de la tarifa que quedó en niveles superiores al ajuste por reexpresión de las ventas registradas al 31 de diciembre de 2024, parcialmente compensado por una disminución de los volúmenes entregados de 1,8%. Las ventas de gas y del servicio de transporte y distribución a clientes industriales, comerciales y entidades públicas representaron aproximadamente el 15,6% y 15,6% del volumen de ventas de la Sociedad en los años 2025 y 2024, respectivamente. En línea con las metas fijadas para el año se ha logrado mantener adecuadas relaciones con los grandes clientes industriales, así como en el mercado de las PYMES y de clientes comerciales. La demanda de gas natural para este segmento de clientes de la cartera de Grandes Clientes registró una reducción del orden del 8,2% respecto a los volúmenes vendidos en el acumulado de 2024. Durante 2025, el despacho con gas del parque de generación térmica del área de MetroGAS disminuyó en el orden de 2,3% respecto del año 2024. A nivel país el consumo de gas natural para generación térmica registró un incremento del 3,6%, con bajas del 53,2% para el gas oil y del 61,3% para el fuel oil y un incremento de 6,29% para el carbón. La generación total térmica a nivel nacional registró una baja del 0,3%. El mercado de GNC representó aproximadamente el 5,5% y 5,8% del volumen de ventas de la Sociedad durante los años 2025 y 2024 respectivamente. Las ventas de MetroENERGÍA durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2025 fueron de $ 309.208 millones disminuyendo un 11,4% respecto del ejercicio anterior que fueron de $ 349.181 millones, debido principalmente a una disminución en los precios de venta, parcialmente compensado con el aumento en los volúmenes entregados del 0,1%. La estructura de la generación o aplicación de fondos expuesta en forma comparativa con el ejercicio anterior es la siguiente:
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La variación en el presente ejercicio se debe principalmente a los menores resultados operativos y al pago del impuesto a las ganancias durante el ejercicio, parcialmente compensado con los menores fondos requeridos por el capital de trabajo. 16. PERSPECTIVAS PARA EL EJERCICIO 2026. Concluido e implementado
durante 2025 el proceso de RQT para el lustro 2025-2030, las expectativas de la compañía para el ejercicio 2026 están centradas en finalizar con éxito el proceso de prórroga de la licencia por veinte años a contar desde la finalización del plazo original (esto es, a partir del 28 de diciembre de 2027), de modo de obtener previsibilidad de mediano y largo plazo para el negocio. En el 2026, la Sociedad mantendrá la estrategia alineada a la visión de poner al cliente en el centro de sus acciones a partir de una gestión eficiente y de calidad, en el marco de un modelo de excelencia y mejora continua. Asimismo, es intención de la Sociedad, continuar siendo líderes en la industria de distribución de gas en Argentina, generando valor de largo plazo para sus accionistas, empleados, clientes, proveedores directos e indirectos y, en términos generales, para todas las partes interesadas con quienes se vincula. 17. PROPUESTA DEL DIRECTORIO RESPECTO AL DESTINO A DAR AL RESULTADO. El Directorio propone a la Asamblea de Accionistas: (i) aprobar como honorarios al Directorio y a la Comisión Fiscalizadora la suma $ 669 millones (cuyo monto reexpresado asciende $ 772 millones) que fueron imputados al resultado del ejercicio 2025; y (ii) destinar la suma de $ 130.656 millones a la constitución de una “Reserva para Futuros Dividendos”. La presente propuesta se fundamenta en que, al momento de emitir la presente Memoria, no existe certeza suficiente respecto de la disponibilidad de liquidez que tendrá la Sociedad a la fecha de celebración de la Asamblea y dentro del plazo reglamentario previsto para la puesta a disposición de dividendos en efectivo. En tal sentido, y a fin de evitar comprometer a la Sociedad a una obligación de pago cuya exigibilidad pudiera no resultar consistente con la disponibilidad de liquidez y los compromisos financieros al momento de su vencimiento, el Directorio estima prudente y razonable diferir la declaración de dividendos en efectivo y destinar dichas utilidades a una "Reserva para Futuros Dividendos", en ejercicio de una prudente administración conforme al artículo 70 de la Ley General de Sociedades N° 19.550 y sus modificaciones. Sin perjuicio de lo anterior, es intención del Directorio que los fondos destinados a la "Reserva para Futuros Dividendos" sean distribuidos a los accionistas en la medida en que la situación de liquidez y los compromisos financieros de la Sociedad lo permitan, para lo cual se propone a la Asamblea que delegue al Directorio las facultades necesarias para desafectar total o parcialmente dicha cuenta y para disponer el pago de los dividendos en tal condición. 18. AGRADECIMIENTO. El Directorio desea expresar su profundo agradecimiento a todos los empleados de la Sociedad, quienes brindaron su colaboración en la tarea diaria, así como a los clientes, accionistas, proveedores y acreedores por el apoyo prestado y la confianza depositada en MetroGAS. Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 25 de febrero de 2026. Andrés Marcelo Scarone. Presidente. “ 1 – Informe correspondiente a los Estados Financieros Individuales al 31 de diciembre de 2025. “INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA. A los señores Accionistas de MetroGas S.A. De nuestra consideración: 1. De acuerdo con lo requerido por el artículo 62 inciso b) del Reglamento de Listado de Bolsas y Mercados Argentinos SA, hemos realizado el trabajo mencionado en el párrafo siguiente sobre los estados financieros individuales adjuntos de MetroGAS S.A. (“MetroGAS” o la “Sociedad”) al 31 de diciembre de 2025, que comprenden el estado individual de situación financiera al 31 de diciembre de 2025, los correspondientes estados individuales de pérdidas y ganancias y otro resultado integral, de cambios en el patrimonio neto y de flujos de efectivo por el ejercicio económico finalizado en esa fecha, así como las notas explicativas de los estados financieros individuales 1 al 31, que incluyen información significativa sobre políticas contables. 2. Nuestra revisión fue realizada de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes e incluyen la verificación de la congruencia de los documentos revisados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Para realizar nuestra tarea profesional, hemos efectuado una revisión del trabajo realizado por los auditores externos de MetroGAS, Deloitte & Co. S.A., quienes emitieron su informe de auditoría con fecha 25 de febrero de 2026 sin observaciones. Nuestra revisión se circunscribió a la información significativa de los documentos revisados. Dado que no es responsabilidad de esta Comisión efectuar un control de gestión, la revisión no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son de responsabilidad exclusiva del Directorio. Consideramos que nuestro trabajo y el informe de los auditores externos nos brindan una base razonable para fundamentar nuestro informe. 3. Según lo manifiesta la Sociedad en su Nota 3, los Estados Financieros Individuales fueron preparados y presentados por el Directorio de la Sociedad de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera adoptadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, incorporadas por la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) a su normativa. De acuerdo a lo señalado en la Nota 3 de los estados financieros adjuntos, las cifras y otra información que se exponen en los mismos han sido reexpresadas en moneda constante al 31 de diciembre de 2025, como así también la información comparativa correspondiente al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2024, que han sido presentadas reexpresadas con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y otra información del ejercicio económico actual a fin de permitir su comparabilidad y sin que tal reexpresión modifique las decisiones tomadas con base en la información contable correspondiente al ejercicio anterior. 4. En base a nuestra revisión, y sobre la base de la tarea de auditoría realizada por el auditor externo y su informe de fecha 25 de febrero de 2026, informamos que los estados financieros individuales de MetroGAS al 31 de diciembre de 2025, preparados, en todos sus aspectos significativos, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General de Sociedades N° 19.550 y las normas aplicables de la CNV, consideran todos los hechos y circunstancias significativos que son de nuestro conocimiento y que, en relación con los mismos, no tenemos observaciones que formular. 5. Sin modificar nuestra conclusión, queremos enfatizar la información contenida en las notas 4.7.1, 5.1, 5.2 y 9 a los estados financieros individuales adjuntos, relacionadas a la medición a valor razonable de los Activos Esenciales incluidos en el rubro Propiedades, Planta y Equipo, cuya determinación requiere la utilización de estimaciones e hipótesis significativas por parte del Directorio y la Gerencia. Tal como se menciona en la nota 5.1 a los estados financieros individuales, durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2025, y como resultado de las estimaciones realizadas al 30 de junio de 2025 y al 31 de diciembre de 2025, se ha registrado el recupero
total de la desvalorización por un monto de $ 10.002 millones en el resultado del presente ejercicio, ya que la pérdida por deterioro del valor de estos activos revaluados había sido reconocida previamente en el resultado del ejercicio 2020. 6. En ejercicio del control de legalidad que nos compete, hemos verificado que los directores han constituido la garantía prevista en el artículo 256 de la Ley Nº 19.550, y hemos dado cumplimiento, en los aspectos que consideramos necesarios, a los restantes procedimientos descriptos en el artículo 294 de dicha normativa. 7. Informamos además, en cumplimiento de disposiciones legales vigentes, que los estados contables de la Sociedad adjuntos se encuentran asentados en el libro de Inventarios y Balances, al igual que el resumen del contenido de los discos ópticos hasta el mes de cierre del ejercicio, y surgen de los registros llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 25 de febrero de 2026. Por Comisión fiscalizadora. María Gabriela Grigioni. Síndica”. “2 – Informe correspondiente a los Estados Financieros Consolidados al 31 de diciembre de 2025. “INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA . A los señores Accionistas de MetroGas S.A. De nuestra consideración: 1. De acuerdo con lo requerido por el artículo 62 inciso b) del Reglamento de Listado de Bolsas y Mercados Argentinos SA, hemos realizado el trabajo mencionado en el párrafo siguiente sobre los estados financieros consolidados adjuntos de MetroGAS S.A. (“MetroGAS” o la “Sociedad”) y su subsidiaria (la que se detalla en nota 1 a dichos estados financieros consolidados) (en conjunto, “el Grupo”) al 31 de diciembre de 2025, que comprenden los estados consolidados de situación financiera al 31 de diciembre de 2025, los correspondientes estados consolidados de pérdidas y ganancias y otro resultado integral, de cambios en el patrimonio neto consolidado y de flujos de efectivo consolidado por el ejercicio económico finalizado en esa fecha, así como las notas explicativas de los estados financieros consolidados 1 a 32, que incluyen información significativa sobre políticas contables. 2. Nuestra revisión fue realizada de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes e incluyen la verificación de la congruencia de los documentos revisados con la información sobre las decisiones societarias expuestas en actas y la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Para realizar nuestra tarea profesional, hemos efectuado una revisión del trabajo realizado por los auditores externos de MetroGAS, Deloitte & Co. S.A., quienes emitieron su informe de auditoría con fecha 25 de febrero de 2025 sin observaciones. Nuestra revisión se circunscribió a la información significativa de los documentos revisados. Dado que no es responsabilidad de esta Comisión efectuar un control de gestión, la revisión no se extendió a los criterios y decisiones empresarias de las diversas áreas de la Sociedad, cuestiones que son de responsabilidad exclusiva del Directorio. Consideramos que nuestro trabajo y el informe de los auditores externos nos brindan una base razonable para fundamentar nuestro informe. 3. Según lo manifiesta la Sociedad en su Nota 3, los Estados Financieros Consolidados fueron preparados y presentados por el Directorio de la Sociedad de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera adoptadas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas, incorporadas por la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) a su normativa. De acuerdo a lo señalado en la Nota 3 de los estados financieros adjuntos, las cifras y otra información que se exponen en los mismos han sido reexpresadas en moneda de cierre al 31 de diciembre de 2025, como así también la información comparativa correspondiente al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2024, que han sido presentadas reexpresadas con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y otra información del ejercicio económico actual con el fin de permitir su comparabilidad y sin que tal reexpresión modifique las decisiones tomadas con base en la información contable correspondiente al ejercicio anterior. 4. En base a nuestra revisión, y sobre la base de la tarea de auditoría realizada por el auditor externo y su informe de fecha 25 de febrero de 2026, informamos que los estados financieros consolidados de MetroGAS al 31 de diciembre de 2025, preparados, en todos sus aspectos significativos, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General de Sociedades N° 19.550 y las normas aplicables de la CNV, consideran todos los hechos y circunstancias significativos que son de nuestro conocimiento y que, en relación con los mismos, no tenemos observaciones que formular. 5. Sin modificar nuestra conclusión, queremos enfatizar la información contenida en la nota en las notas 4.7.1, 5.1, 5.2 y 9 a los estados financieros consolidados adjuntos, relacionadas a la medición a valor razonable de los Activos Esenciales incluidos en el rubro Propiedades, Planta y Equipo, cuya determinación requiere la utilización de estimaciones e hipótesis significativas por parte del Directorio y la Gerencia. Tal como se menciona en la nota 5.1 a los estados financieros consolidados, durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2025, y como resultado de las estimaciones realizadas al 30 de junio de 2025 y al 31 de diciembre de 2025, se ha registrado el recupero total de la desvalorización por un monto de $ 10.002 millones en el resultado del presente ejercicio, ya que la pérdida por deterioro del valor de estos activos revaluados había sido reconocida previamente en el resultado del ejercicio 2020. 6.En ejercicio del control de legalidad que nos compete, hemos verificado que los directores han constituido la garantía prevista en el artículo 256 de la Ley Nº 19.550, y hemos dado cumplimiento, en los aspectos que consideramos necesarios, a los restantes procedimientos descriptos en el artículo 294 de dicha normativa. 7. Informamos además, en cumplimiento de disposiciones legales vigentes, que los estados contables de la Sociedad adjuntos se encuentran asentados en el libro de Inventarios y Balances, al igual que el resumen del contenido de los discos ópticos hasta el mes de cierre del ejercicio, y surgen de los registros llevados, en sus aspectos formales, de conformidad con las disposiciones legales vigentes. Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 25 de febrero de 2026. Por Comisión fiscalizadora. María Gabriela Grigioni. Síndica ”. Toma la palabra el Síndico de la Sociedad, Dr. Eduardo Alberto Baldi, a fin de dejar constancia de la regularidad de las decisiones adoptadas. No habiendo más asuntos que tratar, se levanta la sesión siendo las 11.00 horas.
Directores presentes y firmantes: Tomás Martín Córdoba, Raúl Angel Rodríguez, Marco Bramer Markovic, Carlos Manuel Bastos, Florencia Tiscornia, Paola Garbi, Valeria Soifer y Carla Verónica Forciniti. Síndicos presentes y firmantes: María Gabriela Grigioni, Eduardo Alberto Baldi y Rogelio Driollet Laspiur.
Es copia fiel del original que se encuentra transcripta a fs. 173/ 195 del libro de Actas de Directorio N°8.