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Metrogas S.A. — Annual Report 2018
Mar 8, 2019
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Annual Report
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METROGAS S.A.
ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 Y 2017
ÍNDICE
| ÍNDICE | ÍNDICE |
|---|---|
| INFORMACIÓN LEGAL ........................................................................................................................................ 1 | |
| ESTADOS DE SITUACIÓN FINANCIERA CONSOLIDADOS .......................................................................... 2 | |
| ESTADOS CONSOLIDADOS DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS Y OTRO RESULTADO INTEGRAL ............ 3 | |
| ESTADOS CONSOLIDADOS DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO ..................................................... 4 | |
| ESTADOS CONSOLIDADOS DE FLUJO DE EFECTIVO .................................................................................. 5 | |
| 1. | INFORMACIÓN GENERAL .......................................................................................................................... 6 |
| 2. | SITUACIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA Y MARCO REGULATORIO ................................................. 7 |
| 3. | BASES DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS ......................... 26 |
| 4. | POLÍTICAS CONTABLES ........................................................................................................................... 28 |
| 5. | ESTIMACIONES Y JUICIOS CONTABLES CRÍTICOS ........................................................................... 68 |
| 6. | ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS FINANCIEROS .................................................................................. 76 |
| 7. | INSTRUMENTOS FINANCIEROS ............................................................................................................. 80 |
| 8. | PARTICIPACIÓN EN SUBSIDIARIAS ...................................................................................................... 81 |
| 9. | INFORMACIÓN POR SEGMENTOS .......................................................................................................... 82 |
| 10. | PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO ....................................................................................................... 85 |
| 11. | PROPIEDADES DE INVERSIÓN ................................................................................................................ 87 |
| 12. | BIENES INTANGIBLES .............................................................................................................................. 88 |
| 13. | CRÉDITOS POR VENTAS........................................................................................................................... 89 |
| 14. | OTROS CRÉDITOS ...................................................................................................................................... 92 |
| 15. | EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO ....................................................................................... 94 |
| 16. | PATRIMONIO NETO Y CAPITAL SOCIAL .............................................................................................. 95 |
| 17. | OTRAS CARGAS FISCALES ...................................................................................................................... 97 |
| 18. | DEUDAS FINANCIERAS ............................................................................................................................ 98 |
| 19. | PASIVO CONCURSAL .............................................................................................................................. 103 |
| 20. | PROVISIONES ........................................................................................................................................... 104 |
| 21. | CUENTAS POR PAGAR ............................................................................................................................ 107 |
| 22. | REMUNERACIONES Y CARGAS SOCIALES ........................................................................................ 108 |
| 23. | OTRAS DEUDAS ....................................................................................................................................... 109 |
| 24. | INGRESOS ORDINARIOS ........................................................................................................................ 110 |
| 25. | GASTOS POR NATURALEZA ................................................................................................................. 111 |
| 26. | OTROS INGRESOS Y EGRESOS ............................................................................................................. 112 |
| 27. | RESULTADOS FINANCIEROS NETOS .................................................................................................. 113 |
| 28. | IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y A LA GANANCIA MÍNIMA PRESUNTA ................................... 115 |
| 29. | RESULTADO NETO POR ACCIÓN ......................................................................................................... 118 |
| 30. | SALDOS Y OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS ............................................................. 119 |
| 31. | COMPROMISOS CONTRACTUALES ..................................................................................................... 124 |
| RESEÑA INFORMATIVA | |
| INFORME DE LOS AUDITORES INDEPENDIENTES | |
| INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA |
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METROGAS S.A.
ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS AL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 E INFORMACIÓN COMPARATIVA
INFORMACIÓN LEGAL
Domicilio Legal : Gregorio Aráoz de Lamadrid 1360, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina.
Ejercicio Económico: N° 27 (iniciado el 1° de enero de 2018).
Estados Financieros: Consolidados al 31 de diciembre de 2018 y comparativos.
Actividad Principal de la Sociedad: Prestación del servicio público de distribución de gas natural.
Fecha de Inscripción en el Registro Público de Comercio: 1º de diciembre de 1992.
Fecha de Vencimiento del Contrato Social: 1º de diciembre de 2091.
Última Modificación de los Estatutos: 16 de octubre de 2015.
Sociedad Controlante: YPF S.A.
Domicilio Legal de la Sociedad Controlante: Macacha Güemes 515, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Argentina.
Actividad Principal de la Sociedad Controlante: estudio, exploración y explotación de hidrocarburos líquidos y/o gaseosos y demás minerales, como asimismo, la industrialización, transporte y comercialización de estos productos y sus derivados, incluyendo también productos petroquímicos, y químicos y combustibles de origen no fósil, biocombustibles y sus componentes, la generación de energía eléctrica a partir de hidrocarburos, la prestación de servicios de telecomunicaciones, así como también la producción, industrialización, procesamiento, comercialización, servicios de acondicionamiento, transporte y acopio de granos y sus derivados.
Porcentaje de Votos Poseídos por la Sociedad Controlante: 70%
Composición del Capital Social al 31.12.18:
Suscripto, Clases de Acciones Inscripto e Integrado (miles de $) En circulación Ordinarias Escriturales de Valor Nominal $1 y 1 Voto cada una: Clase “A” 290.277 Clase “B” 278.894 Capital Social al 31.12.18 569.171
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 6 de marzo de 2019 DELOITTE & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 3
Ricardo C. Ruiz Socio Contador Público U.B.A.
Fernando Oscar Ambroa Presidente
C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 156 - F° 159
Dr. Eduardo Baldi Por Comisión Fiscalizadora
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METROGAS S.A.
ESTADOS DE SITUACIÓN FINANCIERA CONSOLIDADOS
AL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 Y 2017 (expresados en miles de pesos).
| Nota Activo Activo no corriente Propiedades, planta y equipo 10 Bienes intangibles 12 Propiedades de inversión 11 Otros créditos 14 Total del activo no corriente Activo corriente Inventarios Créditos por ventas 13 Otros créditos 14 Efectivo y equivalentes de efectivo 15 Total del activo corriente Total del activo Patrimonio Neto Capital social 16 Ajuste de capital Resultados acumulados Ganancias Patrimonio neto atribuible a los propietarios de la controlante Participaciones no controlantes Total del patrimonio neto 16 Pasivo Pasivo no corriente Cuentas por pagar 21 Deudas financieras 18 Pasivos por impuestos diferidos 28 Pasivo concursal 19 Otras cargas fiscales 17 Provisiones 20 Total del pasivo no corriente Pasivo corriente Cuentas por pagar 21 Remuneraciones y cargas sociales 22 Impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta ("IGMP") Otras cargas fiscales 17 Deudas financieras 18 Pasivos por impuestos diferidos 28 Otras deudas 23 Total del pasivo corriente Total del pasivo Total del pasivo y patrimonio neto |
31.12.18 23.855.254 916.514 24.559 3.427.613 28.223.940 2.204 6.865.640 2.023.456 1.799.720 10.691.020 38.914.960 569.171 5.753.180 6.999.286 13.321.637 11.900 13.333.537 3.180.602 5.194.213 3.889.872 26.302 1.304 855.407 13.147.700 7.130.838 396.727 58.427 587.242 4.252.169 726 7.594 12.433.723 25.581.423 38.914.960 |
31.12.17 |
|---|---|---|
| 24.207.400 359.200 25.237 108.505 |
||
| 24.700.342 | ||
| 6.454 5.026.043 510.852 726.997 |
||
| 6.270.346 | ||
| 30.970.688 | ||
| 569.171 5.753.180 7.801.717 |
||
| 14.124.068 | ||
| 6.702 | ||
| 14.130.770 | ||
| 105.047 - 4.361.617 12.471 4.446 505.664 |
||
| 4.989.245 | ||
| 5.695.288 373.904 158 668.421 5.063.916 734 48.252 |
||
| 11.850.673 | ||
| 16.839.918 | ||
| 30.970.688 |
Las Notas 1 a 31 adjuntas son parte integrante de y deben leerse juntamente con estos estados.
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ESTADOS CONSOLIDADOS DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS Y OTRO RESULTADO INTEGRAL
POR LOS EJERCICIOS FINALIZADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 Y 2017 (expresados en miles de pesos).
| Notas | Por los ejercicios finalizados el | Por los ejercicios finalizados el | |
|---|---|---|---|
| 31.12.18 | 31.12.17 | ||
| Ingresos ordinarios Costos de operación |
24 25 |
32.719.837 (25.016.775) |
19.779.557 (14.918.881) |
| Ganancia bruta Gastos de administración Gastos de comercialización Otros ingresos y egresos |
25 25 26 |
7.703.062 (1.499.720) (1.969.329) (564.917) |
4.860.676 |
| (1.263.561) (1.797.870) (106.735) |
|||
| Ganancia operativa | 3.669.096 | 1.692.510 | |
| Ingresos financieros Costos financieros |
27 27 |
8.246.833 (11.962.541) |
3.432.206 (3.600.718) |
| Resultados financieros, netos Resultado antes del impuesto a las ganancias e IGMP |
(3.715.708) (46.612) |
(168.512) | |
| 1.523.998 | |||
| Impuesto a las ganancias e IGMP | 28 | 45.952 | 1.874.289 |
| Resultado neto del ejercicio | (660) | 3.398.287 | |
| Otros resultados integrales (1) | |||
| Revaluación de activos esenciales Impuesto a las ganancias Total otros resultados integrales |
(1.064.936) | 7.820.836 | |
| 28 | 268.363 | (1.986.492) | |
| (796.573) | 5.834.344 | ||
| Resultado neto e integral del ejercicio | (797.233) | 9.232.631 | |
| Resultado neto del ejercicio participación controlante | (5.858) | 3.396.361 | |
| Resultado neto del ejercicio participación no controlante | 5.198 | 1.926 | |
| Total resultado neto del ejercicio | (660) | 3.398.287 | |
| Resultado neto por acción Básico y diluido |
29 | (0,01) | 5,97 |
(1) No se revierten a resultados.
Las Notas 1 a 31 adjuntas son parte integrante de y deben leerse juntamente con estos estados.
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ESTADOS CONSOLIDADOS DE CAMBIOS EN EL PATRIMONIO NETO POR LOS EJERCICIOS FINALIZADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 Y 2017 (expresados en miles de pesos).
| Capital social Ajuste de capital Subtotal capital social Subtotal resultados acumulados Patrimonio Neto atribuible a los propietarios de la controlante Participación no controlante Total patrimonio neto Resultados acumulados |
|
|---|---|
| Otros resultados integrales Resultados no asignados |
|
| Saldos al 31 de diciembre de 2016 | 569.171 5.753.180 6.322.351 - (1.428.988) (1.428.988) 4.893.363 4.775 4.898.138 |
| - - - - 3.396.361 3.396.361 3.396.361 1.927 3.398.288 - - - 5.834.344 - 5.834.344 5.834.344 - 5.834.344 - - - (46.815) 46.815 - - - - |
|
| Resultado neto e integral del ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2017 | |
| Aumento por revaluación de propiedades, planta y equipo | |
| Desafectación de la revaluación de propiedades, planta y equipo | |
| Saldos al 31 de diciembre de 2017 | 569.171 5.753.180 6.322.351 5.787.529 2.014.188 7.801.717 14.124.068 6.702 14.130.770 |
| - - - - (5.858) (5.858) (5.858) 5.198 (660) - - - (796.573) - (796.573) (796.573) (796.573) - - - (230.432) 230.432 - - - - |
|
| Resultado neto e integral del ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 | |
| Disminución por revaluación de propiedades, planta y equipo | |
| Desafectación de la revaluación de propiedades, planta y equipo | |
| Saldos al 31 de diciembre de 2018 | 569.171 5.753.180 6.322.351 4.760.524 2.238.762 6.999.286 13.321.637 11.900 13.333.537 |
Las Notas 1 a 31 adjuntas son parte integrante de y deben leerse juntamente con estos estados.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 6 de marzo de 2019 DELOITTE & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 3
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ESTADOS CONSOLIDADOS DE FLUJO DE EFECTIVO
POR LOS EJERCICIOS FINALIZADOS EL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 Y 2017 (expresados en miles de pesos).
| 31.12.18 (660) (45.952) 1.080.911 239.692 957.446 4.437.335 (188.847) (2.251.550) (4.852.826) 4.250 6.715.345 22.823 13.831 (99.155) (282.579) (40.657) - 5.709.407 (1.964.433) (642.098) (2.606.531) (388.187) (5.643.636) (3.247.990) (478.584) 7.666.735 (98.140) (29.198) (2.219.000) 883.876 726.997 188.847 1.799.720 883.876 |
31.12.17 | |
|---|---|---|
| Flujo de efectivo generado por las actividades operativas Resultado neto del ejercicio Ajustes para arribar al flujo neto de efectivo proveniente de las actividades operativas Impuesto a las ganancias e IGMP Depreciación de propiedades, planta y equipo, propiedades de inversión y bs. intangibles Valor residual de bajas de propiedades, planta y equipo y bs. intangibles Cargo neto por provisiones de activos y pasivos Costos financieros Ingresos financieros de efectivo y equivalentes de efectivo Variaciones en activos y pasivos Créditos por ventas Otros créditos Inventarios Cuentas por pagar Remuneraciones y cargas sociales Pasivo consursal Otras cargas fiscales Provisiones Otras deudas Impuesto a las ganancia e IGMP pagado en el ejercicio Flujo neto de efectivo generado por las actividades operativas Flujo de efectivo aplicado a las actividades de inversión |
||
| 3.398.287 | ||
| (1.874.289) | ||
| 806.921 | ||
| 229.840 | ||
| 152.488 | ||
| 679.685 (5.593) |
||
| (29.274) | ||
| 1.037.764 (1.487) (2.063.726) 55.004 |
||
| (6.451) | ||
| 89.196 | ||
| (65.721) | ||
| 20.258 | ||
| (5.190) | ||
| 2.417.712 | ||
| Aumentos de propiedades, plantas y equipos | (1.558.249) | |
| Aumentos de bienes intangibles | (98.850) | |
| Flujo neto de efectivo aplicado a las actividades de inversión | (1.657.099) | |
| (729.120) - - - - - 30.433 |
||
| Flujos de efectivo aplicado a las actividades de financiación Pago de intereses y préstamo YPF Pago por cancelación de obligaciones negociables Pago por refinanciación de deuda comercial |
||
| Pago préstamo | ||
| Préstamos obtenidos | ||
| Pago por los costos de emisión de deuda Variación de los adelantos en cuenta corriente Flujo neto de efectivo aplicado a las actividades de financiación |
||
| (698.687) | ||
| Aumento neto del efectivo y equivalentes de efectivo | 61.926 | |
| Efectivo y equivalentes de efectivo al inicio del ejercicio | 659.478 | |
| Diferencia de cambio sobre efectivo y equivalentes de efectivo | 5.593 | |
| Efectivo y equivalentes de efectivo al cierre del ejercicio (1) (2) | 726.997 | |
| Aumento neto del efectivo y equivalentes de efectivo | 61.926 | |
| 13 ascendían a ciedad. (Ver Nota |
||
| (1) Al 31 de diciembre de 2018 y 2017, los fondos recaudados pendientes de depósito en relación con los Fideicomis 17.354 y 18.625 respectivamente. (2) Al 31 de diciembre de 2018 incluye 393.420 en concepto de garantía por las operaciones de compra de dólar a tér 18.3 a los estados financieros individuales). |
os y Resolución I-2.621/20 mino concertadas por la So |
Las Notas 1 a 31 adjuntas son parte integrante de y deben leerse juntamente con estos estados.
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METROGAS S.A.
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 E INFORMACIÓN COMPARATIVA (cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
1. INFORMACIÓN GENERAL
MetroGAS S.A. (“MetroGAS” o la “Sociedad”) es una sociedad anónima constituida bajo las leyes de la República Argentina. Su sede social y domicilio principal se encuentran en Gregorio Aráoz de Lamadrid 1360 – Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
La Sociedad fue fundada en 1992 y el 1° de diciembre de 1992 se inscribió como sociedad, en virtud de las leyes de Argentina, ante el Registro Público de Comercio bajo el número 11.670 del libro 112, Tomo A de Sociedades Anónimas. El plazo de la Sociedad vence el 1° de diciembre de 2091 y su actividad principal es la prestación del servicio público de distribución de gas.
El 2 de noviembre de 1994, mediante Resolución Nº 10.706 la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) autorizó a la Sociedad el ingreso a la oferta pública en la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (“BCBA”) de la totalidad de las acciones que a esa fecha componían el capital social.
Al 31 de diciembre de 2018, la controlante de MetroGAS es YPF S.A. (“YPF”), cuya actividad principal es el estudio, exploración y explotación de hidrocarburos líquidos y/o gaseosos y demás minerales, como asimismo, la industrialización, transporte y comercialización de estos productos y sus derivados, incluyendo también productos petroquímicos, y químicos y combustibles de origen no fósil, biocombustibles y sus componentes, la generación de energía eléctrica a partir de hidrocarburos, la prestación de servicios de telecomunicaciones, así como también la producción, industrialización, procesamiento, comercialización, servicios de acondicionamiento, transporte y acopio de granos y sus derivados (ver Nota 16 a los presentes estados financieros).
MetroGAS controla a MetroENERGÍA S.A. (“MetroENERGÍA”), una sociedad anónima constituida bajo las leyes de la República Argentina, cuya actividad principal es la compraventa de gas natural y/o su transporte por cuenta propia, por cuenta y orden de terceros o asociada a terceros dentro de la República Argentina.
Con motivo de la Resolución General N° 629 de la CNV informamos que la documentación respaldatoria de las operaciones de la Sociedad se encuentra en los depósitos de ADEA Administradora de archivos S.A. cuya sede tiene domicilio en Av. Pte. R. Sáenz Peña 832, Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 6 de marzo de 2019 DELOITTE & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 3
Ricardo C. Ruiz Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 156 - F° 159
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METROGAS S.A.
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 E INFORMACIÓN COMPARATIVA (cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
2. SITUACIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA Y MARCO REGULATORIO
A partir del mes de diciembre de 2001, el Estado Nacional emitió una serie de medidas con el objeto de contrarrestar la delicada situación económica, financiera y social en la que se encontraba el país, las cuales implicaron un profundo cambio del modelo económico vigente hasta ese momento.
Entre las mencionadas medidas se destacaron: (i) la puesta en vigencia de la flotación del tipo de cambio, que derivó en una devaluación significativa que se registró durante los primeros meses del año 2002, (ii) la pesificación de ciertos activos y pasivos en moneda extranjera mantenidos en el país y (iii) la pesificación de precios y tarifas de los servicios públicos.
Como parte de las medidas mencionadas, el 6 de enero de 2002 se promulgó la Ley N° 25.561 de Emergencia Pública y Régimen Cambiario (“Ley de Emergencia”), norma que posteriormente fue complementada con otras leyes, decretos y reglamentaciones emitidas por distintos organismos gubernamentales. Este conjunto normativo ha implicado para MetroGAS un cambio sustancial en los términos de la Licencia con la que operaba la Sociedad y en su relación con el Estado Nacional, modificando el régimen de retribución tarifaria previsto en la Ley Nº 24.076 (la “Ley del Gas”) y sus normas complementarias.
El Poder Ejecutivo Nacional ("PEN") se encuentra autorizado a renegociar los contratos de servicios públicos, tomando en cuenta los siguientes factores: a) el impacto de las tarifas en la competitividad de la economía, b) la calidad de los servicios y los planes de inversión previstos contractualmente, c) el interés de los usuarios y la accesibilidad de los servicios, d) la seguridad de los sistemas comprendidos, y e) la rentabilidad de las empresas.
La Ley de Emergencia dispuso el inicio de un proceso de renegociación de los contratos de servicios públicos otorgados por el PEN sin perjuicio de establecer que las empresas de servicios públicos debían seguir cumpliendo con todas sus obligaciones.
La Ley de Emergencia, que originalmente vencía en diciembre de 2003, fue sucesivamente prorrogada hasta el 31 de diciembre de 2017. También se fueron prorrogando los plazos de renegociación de licencias y concesiones de servicios públicos.
Adicionalmente, la Sociedad se vio imposibilitada de generar fondos líquidos suficientes para afrontar los vencimientos de su deuda financiera que operaban el 30 de junio de 2010 y el pago de determinadas obligaciones comerciales e impositivas. Consecuentemente, con fecha 17 de junio de 2010 el Directorio optó por la protección que, en estas circunstancias, le brinda la Ley N° 24.522 solicitando para MetroGAS, la apertura del Concurso Preventivo de Acreedores. La Sociedad con fecha 1 y 13 de febrero de 2013 acreditó en el expediente judicial concursal el cumplimiento del canje y de la entrega de las Obligaciones Negociables. El 8 de noviembre de 2013 el Juzgado interviniente emitió una resolución en la cual dio por cumplido el concurso por cumplimiento del acuerdo concursal.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 6 de marzo de 2019 DELOITTE & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 3
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METROGAS S.A.
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 E INFORMACIÓN COMPARATIVA
(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
Durante el ejercicio 2017, luego de la suscripción e implementación del Acuerdo Transitorio 2017 y del Acta Acuerdo de Renegociación Contractual Integral, la Sociedad pudo iniciar el proceso de recomposición de la situación económica-financiera que venía atravesando.
Los presentes estados financieros consolidados han sido preparados utilizando principios contables aplicables a una empresa en marcha.
2.1 Renegociación de la Licencia
2.1.1 Acta Acuerdo de Adecuación del Contrato de Licencia de Distribución de Gas Natural
En el marco del proceso de renegociación, la Sociedad suscribió una serie de acuerdos transitorios con distintas entidades en representación del Estado Nacional.
Con fecha 30 de marzo de 2017, y en el marco del proceso de renegociación de los contratos de servicios públicos dispuesto por la Ley de Emergencia, sus prórrogas y los Decretos N° 367/2016 y N° 2/2017, la Sociedad suscribió con el (ex) Ministerio de Energía y Minería (“MINEM”) y con el Ministerio de Hacienda un Acta Acuerdo de Adecuación del Contrato de Licencia de Distribución de Gas Natural que contiene los términos de la renegociación integral y las condiciones de adecuación del Contrato de Licencia (“Acta Acuerdo Integral”). El Acta Acuerdo Integral tiene como antecedentes el Acuerdo Transitorio 2008, el Acuerdo Transitorio 2014, el Acuerdo Transitorio 2016 y el Acuerdo Transitorio 2017.
Las previsiones contenidas en el Acta Acuerdo Integral, abarcan el período contractual comprendido entre el 6 de enero de 2002 y la finalización del Contrato de Licencia.
En los términos allí previstos, se establecieron una serie de pautas para el proceso de la Revisión Tarifaria Integral (“RTI”):
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Introducción de mecanismos no automáticos de adecuación semestral de la tarifa de distribución, entre revisiones tarifarias quinquenales, contemplando las variaciones observadas en los precios de la economía vinculados a los costos del servicio, a efectos de mantener la sustentabilidad económico-financiera de la prestación y la calidad del servicio prestado;
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Diseño e implementación de métodos adecuados para incentivar y medir en el tiempo, las mejoras en la eficiencia de la prestación del servicio por parte de MetroGAS.
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Establecimiento por parte del Ente Nacional Regulador de Gas (“ENARGAS”) de los criterios para la determinación de la Base de Capital y de la Tasa de Rentabilidad a aplicar en la RTI, conforme los siguientes criterios generales:
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a) La Base de Capital se determina tomando en cuenta los bienes necesarios para la prestación del servicio público. Para la valuación de dichos bienes se considera: a) el valor inicial de los bienes al iniciar el Contrato de Licencia, como también aquel correspondiente a las incorporaciones posteriores, netos de bajas y depreciaciones, considerando lo establecido en el párrafo siguiente del presente apartado, y b) el valor actual de tales bienes, resultante de aplicar criterios técnicos fundados que expresen en forma justa y razonable dicha estimación, tomando en cuenta el estado actual de conservación de dichos bienes. Todas las valuaciones de los bienes se efectúan en moneda nacional, y consideran la evolución de índices oficiales representativos de la variación en los precios de la economía contemplando la estructura de costos de dichos bienes.
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b) La Tasa de Rentabilidad se determina conforme lo establecen los artículos 38 y 39 de la Ley del Gas. A tal fin, ésta deberá ponderar la remuneración del capital propio y de terceros. En la determinación de la remuneración del capital propio, el ENARGAS debe considerar un nivel justo y razonable para actividades de riesgo equiparable o comparable, que guarde relación con el grado de eficiencia y prestación satisfactoria del servicio. A su vez, para determinar el costo del capital de terceros, el ENARGAS debe reflejar el costo del dinero en los términos y condiciones vigentes para la financiación de empresas de servicios públicos.
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Se requirió la presentación por parte de la Sociedad de un Plan de Inversiones para ser incorporado en el cálculo de la tarifa.
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El ENARGAS realizará un análisis de costos para determinar nuevos valores de las tasas y cargos por servicios de la actividad regulada de la Sociedad. Dicho análisis deberá ser efectuado basado en costos razonables y eficientes de estos servicios.
En relación a la entrada en vigencia de la RTI, se estableció que ésta no excedería del 31 de diciembre de 2017. Sin embargo, en caso de que el ENARGAS dispusiera la aplicación escalonada y progresiva del incremento tarifario resultante de la RTI, la aplicación del último escalón no podría exceder del 1° de abril de 2018.
El cuadro tarifario de MetroGAS derivado de la RTI según las pautas indicadas resultaría aplicable una vez que se encuentren cumplidos todos los procedimientos dispuestos para la entrada en vigencia del Acta Acuerdo Integral.
Como condición previa a la ratificación, el Acta Acuerdo Integral preveía la suspensión y desistimiento de todos los reclamos, recursos y demandas entabladas, en curso o en vías de ejecución, tanto en sede administrativa, arbitral o judicial, en la República Argentina o en el exterior, que se encuentren fundados o vinculados a los hechos o medidas dispuestas, respecto del Contrato de Licencia, a partir de la Ley de Emergencia y/o en la anulación del Índice PPI (Producer Price Index de los Estados Unidos de América). Asimismo, el Acta Acuerdo Integral debía ser ratificado por la Asamblea de Accionistas de MetroGAS, de modo que el PEN dictara el
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Decreto ratificatorio correspondiente. Con fecha 27 de abril de 2017, la Asamblea de Accionistas de MetroGAS ratificó el Acta Acuerdo Integral, y con fecha 27 de junio de 2018 la Sociedad desistió formalmente de la acción y de los derechos reclamados en el marco del Expediente “MetroGAS S.A. c/ Estado Nacional – M. Planificación (Dto. 293/02) s/Proceso de Conocimiento” (Expte. 50.141/2011) ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo Federal N° 12 (ver Nota 2.1.2 a los presentes estados financieros).
Finalmente, el Acta Acuerdo Integral preveía el compromiso de la Sociedad de realizar durante el plazo de extensión de la Licencia, con más su eventual prórroga decenal y dentro del área de su Licencia, inversiones adicionales sustentables equivalentes al monto del laudo dictado en el arbitraje “BG Group Plc. vs. La República Argentina (UNC 54 KGA)” con el porcentaje proporcional de quita que se hubiere establecido en el acuerdo de pago y excluyendo las sumas correspondientes a los intereses por mora en el pago del laudo. El monto y el plan de inversiones adicionales será determinado por el ENARGAS a propuesta de la Sociedad y las mismas no serán incorporadas en la base tarifaria.
Con fecha 31 de marzo de 2017 se publicó en el Boletín Oficial (“B.O”), la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017 mediante la cual se aprobaron, con vigencia a partir del 1° de abril de 2017, los cuadros tarifarios resultantes de la RTI de MetroGAS y cuadros tarifarios de transición de aplicación a los usuarios de MetroGAS.
Asimismo, la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017 aprobó (i) los estudios técnico económicos sobre la RTI de la Sociedad, (ii) la Metodología no automática de Ajuste Semestral, y (iii) el Plan de Inversiones de MetroGAS para el próximo quinquenio.
2.1.2 Juicio contra el Estado Nacional
En el año 2011, MetroGAS promovió una acción interruptiva de prescripción contra el Estado Nacional con el objeto de que, agotado el reclamo administrativo, se condene a este a la reparación de los daños y perjuicios provocados a MetroGAS -derivados de la Ley de Emergencia con motivo del incumplimiento a la obligación contractual de mantener la ecuación económico-financiera de esta distribuidora de acuerdo con los términos del marco regulatorio establecido a partir de la Ley N° 24.076.
De manera complementaria a esta acción, y una vez agotada la vía administrativa, en el año 2013 se amplió la demanda fijándose la suma reclamada 4.125.167 (expresada en valores al 31/12/2011) y se inició el Beneficio de Litigar Sin Gastos (“BLSG”) con el objeto de que se establezca la exención del pago de las costas y gastos judiciales derivados de la acción de daños y perjuicios. Con la promoción del BLSG, MetroGAS quedó exenta del pago de la tasa de justicia al momento del inicio de la acción principal y hasta la resolución del BLSG.
Tal lo adelantado, con fecha 30 de marzo de 2017, MetroGAS suscribió con el Estado Nacional el Acta Acuerdo Integral, en virtud de la cual, dentro del plazo de noventa (90) días corridos de que
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entre y se mantenga en vigencia la Resolución que aprueba el cuadro tarifario resultante de la RTI, MetroGAS debía desistir íntegra y expresamente de todos los derechos que pudieran eventualmente invocar, como también a todas las acciones entabladas o en curso o que pudieran entablar, fundadas o vinculadas a los hechos o medidas dispuestas, respecto del Contrato de Licencia.
Con fecha 28 de marzo de 2018, se publicó en el B.O. el Decreto N° 252/2018 que ratificó el Acta Acuerdo Integral. En virtud de ello, con fecha 27 de junio de 2018 la Sociedad procedió al desistimiento de la causa “MetroGAS S.A. c/ Estado Nacional – M. Planificación - (Decreto N° 293/02) - UNIREN s/Proceso de Conocimiento”. Mediante resolución de fecha 3 de octubre de 2018, se tuvo a MetroGAS por desistida de la acción y del derecho. El juzgado interviniente resolverá acerca de la procedencia del BLSG.
El fisco podría exigirle a MetroGAS el pago de la tasa de justicia que, en los términos de la Ley N° 23.898, es del tres por ciento (3%) del monto de la demanda (ver Nota 20 a los presentes estados financieros).
2.2 Marco Regulatorio
2.2.1 Ley de Ministerios
Con fecha 5 de septiembre de 2018, y en el marco de un proceso de reordenamiento estratégico en materia de reducción presupuestaria, se publicaron los Decretos N° 801/2018 y N° 802/2018 que establecieron (i) designar al Ministerio de Hacienda como continuador a todos sus efectos del Ministerio de Energía, debiendo considerarse modificada por tal denominación cada vez que se hace referencia a la cartera ministerial citada en segundo término; y (ii) crear el cargo de Secretario de Gobierno de Energía con dependencia del Ministerio de Hacienda.
2.2.2 Tarifas de distribución de gas natural
2.2.2.1 Cuadros tarifarios
Mediante Resolución N° 91/2018 del MINEM se sustituyó el Numeral 9.4.2.3 de las Reglas Básicas de la Licencia de Distribución (“RBLD”) aprobada como Anexo B, Subanexo I, por el Decreto Nº 2.255 de fecha 2 de diciembre de 1992, determinando en lo pertinente que “los ajustes serán estacionales, abarcando los períodos del 1° de abril al 30 de septiembre de cada año, y del 1° de octubre al 31 de marzo del año siguiente”.
Con fecha 31 de enero de 2018 se publicó en el B.O. la Resolución del ENARGAS N° 249/2018 que convocó a audiencia pública el día 22 de febrero de 2018 para considerar (i) la aplicación de la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, de corresponder, para el ajuste de tarifas de MetroGAS; (ii) la aplicación del traslado a tarifas del precio de gas comprado y (iii) alternativas metodológicas para una facturación más previsible de los consumos de los usuarios residenciales.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
En fecha 28 de marzo de 2018 se publicó en el B.O. la Resolución ENARGAS N° 300/2018 que dispuso (i) declarar la validez de la Audiencia Pública mencionada anteriormente, (ii) aprobar el cuadro tarifario de transición de MetroGAS aplicable a partir del 1° de abril de 2018 y (iii) aprobar nuevos valores para las Tasas y Cargos percibidos por MetroGAS por servicios adicionales.
Con fecha 15 de agosto de 2018 se publicó en el B.O. la Resolución del ENARGAS N° 184/2018 que convocó a Audiencia Pública para el día 4 de septiembre de 2018 para considerar (i) la aplicación de la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, en los términos de lo dispuesto (respecto de MetroGAS) por la Resolución ENARGAS N° I-4.356/17; y (ii) la aplicación del traslado a tarifas del precio de gas comprado en los términos del Numeral 9.4.2 de las RBLD y la consideración de las Diferencias Diarias Acumuladas (“DDA”) correspondientes al período enero-septiembre de 2018, en los términos del Numeral 9.4.2.5 de las RBLD.
En fecha 8 de octubre de 2018 se publicó en el B.O. la Resolución ENARGAS N° 281/2018 que dispuso (i) declarar la validez de la Audiencia Pública mencionada anteriormente, (ii) aprobar los cuadros tarifarios de MetroGAS aplicables a partir de la publicación de los mismos y (iii) aprobar nuevos valores para las Tasas y Cargos percibidos por MetroGAS por servicios adicionales. Cabe aclarar, que dichos cuadros tarifarios no contemplaron las DDA correspondientes al período comprendido entre el 1° de abril y el 30 de septiembre de 2018.
En fecha 12 de octubre se publicó en el B.O. la Resolución ENARGAS N° 292/2018 que rectifica los cuadros tarifarios de la Resolución N° 281/2018 y su aplicación se retrotrae al 8 de octubre de 2018, fecha de publicación de esta última Resolución.
En relación a la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, el ENARGAS advirtió que, para el período a considerar en el ajuste aplicable a partir de octubre de 2018, es decir la variación entre febrero y agosto de 2018, existe una notoria disparidad entre la variación del Índice de Precios Internos al por Mayor (“IPIM”) y la de otros indicadores de la economía. Por ello, a partir de lo observado consideró razonable que para el ajuste semestral se aplique la metodología del Anexo V, pero considerando una adecuada combinación de índices que reflejen en mejor medida la variación de los indicadores de la economía general a fin de que se implementen los preceptos establecidos en las Resoluciones que aprobaron la RTI, alegando que “tal aplicación no significa un cambio metodológico, ni del principio general establecido en el Anexo V de la Resolución ENARGAS N° I-4.356/17, sino la adecuada evaluación de tal criterio en el marco del caso concreto de su aplicación al semestre a iniciarse en octubre de 2018 en el que se aprecia una significativa disparidad entre el IPIM y otros indicadores macroeconómicos”.
A partir de ello, se aplicó como índice de actualización de la tarifa el promedio simple de los siguientes índices: a) El IPIM entre los meses de febrero de 2018 y agosto de 2018, b) “Índice del Costo de la Construcción” entre los meses de febrero de 2018 y agosto de 2018 (“ICC”), y c) “Índice de variación salarial” entre los meses de diciembre de 2017 y junio de 2018 (“IVS”), lo cual resulta en una variación total para el período estacional de 19,67%, frente a una variación del 30,50% de haberse aplicado el IPIM únicamente. La Sociedad presentó en tiempo y forma el
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recurso de reconsideración contra la metodología seguida por el ENARGAS para reconocer el ajuste de la tarifa de distribución.
Con fecha 5 de febrero de 2019 se publicó en el B.O. la Resolución del ENARGAS N° 1/2019 que convocó a Audiencia Pública para el día 26 de febrero de 2019 para considerar (i) la aplicación de la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, en los términos de lo dispuesto (respecto de MetroGAS) por la Resolución ENARGAS N° I-4.356/17; (ii) la aplicación del traslado a tarifas del precio de gas comprado en los términos del Numeral 9.4.2 de las RBLD y la consideración de las DDA correspondientes al período estacional en curso, en los términos del Numeral 9.4.2.5 de las RBLD; iii) la consideración de la creación de un Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (“PIST”) en Escobar y de una ruta de transporte GBA-GBA; y iv) las consideraciones sobre la tarifa de redes abastecidas con Gas Licuado de Petróleo (“GLP”).
2.2.2.2 Resolución MINEM N° 508-E/2017
Como consecuencia de los cambios introducidos a través de la Resolución MINEM N° 474 – E/2017 y las Resoluciones ENARGAS N° 131/2017 y N° 132/2017, y de las pautas establecidas en las Bases y Condiciones (ver punto 2.2.3.1), con fecha 29 de diciembre de 2017 se publicó la Resolución MINEM N° 508-E/2017 que establece el procedimiento para la compensación de los menores ingresos que las Licenciatarias del Servicio de Distribución de Gas Natural por Redes reciben de sus usuarios, como producto de: (i) la aplicación de beneficios y/o bonificaciones a los usuarios resultantes de la normativa vigente en materia tarifaria del servicio de distribución de gas natural por redes y (ii) los mayores costos del Gas Natural No Contabilizado (“GNNC”) respecto a los establecidos para su reconocimiento en las tarifas.
Este procedimiento se enmarca dentro del artículo 20.2 del Modelo de Licencia aprobado por el Decreto N° 2.255/1992 que establece que el Distribuidor tendrá derecho a ser compensado por la reducción de ingresos que le ocasionen tales medidas a fin de mantener la cadena de pagos relacionada con la operación y el mantenimiento del servicio público de distribución de gas natural por redes, entre otros, el pago de las facturas de compra de gas natural y garantizar la continuidad de la prestación de dicho servicio público.
De acuerdo con el procedimiento de compensación, las Licenciatarias de Distribución deben informar en los plazos que allí se establecen y en base a los consumos anuales mensualizados y con carácter de declaración jurada ante el ENARGAS, los montos necesarios para compensar las diferencias mencionadas. Igual régimen informativo se adopta en relación al GNNC.
De tal forma, para el cálculo de las compensaciones por el monto que dejan de percibir por los descuentos en facturación así como por las diferencias por GNNC, se establece una compensación resultante de la diferencia entre el precio de compra al productor de gas natural y la venta a sus clientes.
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Mediante Resolución N° 218/2018 (posteriormente instrumentada por el ENARGAS a través de la Resolución N° 86/2018), el MINEM dispuso la suspensión de la aplicación de los criterios de bonificación para los usuarios de la Tarifa Social establecidos en los artículos 4° y 5° de la Resolución MINEM N° 474/2017 para los consumos de dichos usuarios efectuados durante los meses de mayo y junio del año 2018, debiendo aplicarse para la facturación de dichos consumos el régimen de tarifa social con el alcance previsto en el artículo 5° de la Resolución MINEM N° 28/2016, a cuyos efectos deberá considerarse la bonificación del cien por ciento (100%) del precio del gas natural que dichos usuarios consuman.
Asimismo, y de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N° 14/2018 de la Secretaría de Gobierno de Energía (“SGE”), (i) se dejan sin efecto los topes y bonificaciones oportunamente dispuestos en las Resoluciones N° 212/2016 y N° 474/2017 del MINEM y se fija una nueva bonificación para los usuarios de la tarifa social del 100% para el bloque de consumo base dispuesto en el Anexo II de la Resolución N° 474/2017 del MINEM; y (ii) se fija un límite en el incremento a usuarios SGP1 y SGP2 de Servicio Completo en el valor del gas en la medida de que estén inscriptos en el Registro de Empresas MiPyMES (previsto en la Ley N° 24.467) o ser beneficiarios del régimen de la Ley N° 27.218 para Entidades de Bien Público.
A la fecha de aprobación de los presentes estados financieros, se han registrado ciertas demoras por parte del Estado Nacional en el pago de las compensaciones económicas. En la medida que existan estas demoras la Sociedad cancela las facturas por las inyecciones de gas distribuyendo a prorrata entre todos los productores con los cuales la Sociedad tiene contratos de suministro de gas natural el impacto derivado de la demora mencionada.
2.2.2.3 Diferencias Diarias
El Articulo N° 37 del Decreto N° 1.738/92, reglamentario de la Ley N° 24.076, prevé en su inciso 5 que las variaciones del precio de adquisición del gas serán trasladadas a la tarifa final al usuario de tal manera que no produzcan beneficios ni pérdidas al Distribuidor. Por su parte, las RBLD establecen en su numeral 9.4.2.5 que la Licenciataria deberá llevar contabilidad diaria separada del precio y del valor del gas comprado e incluido en sus ventas reales, y de la diferencia entre este último valor y el del gas incluido en la facturación de tales ventas reales. De tal manera, no se exige que las facturas de suministro hayan sido pagadas, sino que debe tenerse certeza del costo de adquisición, el que en este caso se materializa con el conocimiento del tipo de cambio al que debían cancelarse las obligaciones con los productores de gas.
El mismo numeral 9.4.2.5, último párrafo, prevé expresamente que si la diferencia entre el costo del gas adquirido por las Distribuidoras y el valor de dicho gas contenido en las tarifas a los usuarios supera en valor absoluto el 20%, entonces la Sociedad podrá presentar a la Autoridad Regulatoria nuevos cuadros tarifarios para su aprobación.
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En abril de 2018 comenzó en Argentina un cambio en las condiciones macroeconómicas que provocó una brusca e imprevista variación en la paridad entre la moneda nacional y la moneda en la que están establecidos los precios de los contratos.
Por el gas entregado en los meses de enero a marzo de 2018, los pagos realizados por la Sociedad se hicieron respetando el tipo de cambio vigente a la fecha de pago de conformidad con lo establecido en los acuerdos de suministro. No obstante, debido a las circunstancias descriptas anteriormente, los pagos a los productores de gas por el gas entregado en los meses siguientes se realizaron al tipo de cambio aplicado al valor del componente del gas incluido en la tarifa aprobado por la Resolución ENARGAS N° 300/2018 aplicable a partir del 1° de abril de 2018 ($/U$S 20,345) y la Resolución ENARGAS N° 281/2018, luego ratificada por la Resolución ENARGAS N° 292/2018, aplicable a partir del 8 de octubre de 2018 ($/U$S 37,69).
El criterio adoptado obedece, además, a la necesidad de mantener la cadena de pagos relacionada con la operación y el mantenimiento del servicio público de distribución de gas natural por redes y garantizar la continuidad de la prestación del servicio.
De acuerdo a las situaciones macroeconómicas mencionadas anteriormente, con fecha 27 de julio de 2018 la Sociedad envió una nota al ENARGAS con los nuevos cuadros tarifarios solicitando, en cumplimiento de dicha norma establecida en las RBLD, que se aprueben los mismos a fin de ir reconociendo parcialmente la incidencia de los mayores costos de adquisición del gas.
Mediante Nota N0-2018-38938972-APN-SD#ENARGAS del 13 de agosto de 2018, el ENARGAS desestimó la solicitud efectuada alegando que “la Licenciataria no acredita materialmente el efectivo pago del gas al precio que referencia para la determinación de las diferencias entre el precio incluido en tarifa”. De acuerdo con el criterio de la Sociedad, este argumento no encuentra sustento en el marco regulatorio, en tanto el mismo se limita a exigir que el precio sea conocido, lo cual se materializa mediante los acuerdos de abastecimiento suscriptos de conformidad con las Bases y Condiciones y que se encuentran registrados ante el ENARGAS.
Con fecha 5 de octubre de 2018 se publicó en el B.O. la Resolución N° 20/2018 de la SGE respecto a las DDA acumuladas a raíz de la marcada variación del tipo de cambio por la compra de gas en el marco de los contratos suscriptos entre los productores y las Licenciatarias de Distribución de acuerdo con las Bases y Condiciones. Sin perjuicio de lo establecido en las RBLD y los mecanismos de actualización tarifaria allí previstos, a fin de proteger al usuario final atenuando la incidencia del traslado a las tarifas de las DDA, la autoridad dispuso habilitar un mecanismo de recupero de las mismas que contemple su recupero en un período temporal más extenso para disminuir su incidencia en el monto de la factura al usuario.
De acuerdo con ello, se dispuso -en forma transitoria y extraordinaria- que para las DDA correspondientes al período comprendido entre el 1 de abril y el 30 de septiembre de 2018, entre el precio del gas previsto en los contratos y el precio de gas reconocido en las tarifas finales de las prestadoras del servicio de distribución, el recupero del crédito a favor de los productores de gas
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
actualizado al 31 de diciembre de 2018 a la tasa activa cartera general diversa del Banco de la Nación Argentina se realizaría mediante inclusión en línea separada en la factura de los usuarios y en veinticuatro (24) cuotas a partir del 1° de enero de 2019 tomando en consideración los volúmenes consumidos por éstos durante el período abril-septiembre de 2018. Asimismo previó para la financiación de dicho monto la aplicación de la tasa pasiva plazo fijo pizarra del Banco de la Nación Argentina aplicándose el método francés para el cálculo y la amortización de la deuda y el pago de intereses, incluyendo un plazo de sesenta (60) días que compense la diferencia entre la fecha de facturación y el efectivo pago.
Con fecha 16 de octubre de 2018, mediante Resolución N° 41/2018 de la SGE y por razones de oportunidad, se dejó sin efecto la Resolución N° 20/2018 de la SGE.
El 16 de noviembre de 2018, se publicó en el B.O., el Decreto N° 1.053/2018 que modifica el Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2018, y en virtud de las volatilidades de las variables financieras y del tipo de cambio, establece que el Estado Nacional asume, con carácter excepcional, el pago de las DDA mensualmente entre el valor del gas comprado por las prestadoras del servicio de distribución de gas natural por redes y el valor del gas natural incluido en los cuadros tarifarios vigentes entre el 1° de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2019, generadas exclusivamente por variaciones del tipo de cambio y correspondientes a volúmenes de gas natural entregados en ese mismo período, todo ello de acuerdo con el procedimiento que disponga el ENARGAS.
A tal fin, el ENARGAS determinará, conforme a lo previsto en el punto 9.4.2.5 de las RBLD para cada prestadora y considerando los proveedores adheridos a este régimen de excepción, el monto neto correspondiente a las DDA. El monto neto resultante se transferirá a cada distribuidora en treinta (30) cuotas mensuales y consecutivas a partir del 1° de octubre de 2019. A fin de determinar cada una de las cuotas, se utilizará la tasa de interés que el ENARGAS aplica conforme lo previsto en el punto 9.4.2.5 (tasa efectiva del Banco de la Nación Argentina para depósitos en moneda argentina a treinta (30) días de plazo, “pizarra”). Una vez percibida cada cuota, las distribuidoras deberán realizar de manera inmediata los pagos correspondientes a los proveedores de gas natural involucrados y los informarán y acreditarán mensualmente ante el ENARGAS.
Este régimen resultará aplicable sólo para aquellas prestadoras del servicio de distribución de gas natural por redes y para aquellos proveedores de gas natural que adhieran a este régimen y renuncien expresamente a toda acción o reclamo derivado de las DDA referidas en el primer párrafo.
Asimismo, el Decreto N° 1.053/2018 establece que a partir del 1º de abril de 2019 los proveedores de gas natural y las prestadoras del servicio de distribución de gas natural por redes deberán prever en sus contratos que en ningún caso podrá trasladarse a los usuarios que reciban servicio completo el mayor costo ocasionado por variaciones del tipo de cambio ocurridas durante cada período estacional.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
Con fecha 12 de febrero de 2019 se publicó en el B.O. la Resolución ENARGAS N° 72/19 mediante la cual aprueba la “Metodología de Traslado a tarifas del precio de gas y Procedimiento General para el Cálculo de las Diferencias Diarias Acumuladas”. Dicha metodología establece los criterios que aplicará el ENARGAS para determinar el traslado a tarifas del precio del gas en el PIST, considerando para ello lo dispuesto por el art. 8 del Decreto N° 1.053/18 y el tipo de cambio que utilizará para determinar el valor en moneda nacional de aquellos contratos de abastecimiento cuyos precios estén nominados en dólares estadounidenses. Con respecto al cálculo de las DDA, establece el procedimiento general bajo el cual se determinará el volumen de compra mensual de gas a reconocer y los costos de adquisición que se considerarán para calcular las mismas, considerando para ello lo dispuesto por el art. 8 del Decreto N° 1.053/18. Por otra parte establece que las Distribuidoras deberán asegurar el abastecimiento y mínimo costo para los usuarios de servicio completo, con independencia del transporte que tengan contratado los usuarios que adquieren gas por su cuenta (usuarios de unbundling).
La Sociedad ha registrado en sus estados financieros al 31 de diciembre de 2018 el pasivo con los productores de gas por las DDA referidas en el Decreto mencionado anteriormente y el crédito con el Estado Nacional por el mismo monto y concepto, los que descontados al 31 de diciembre de 2018 ascienden a 3.534.002 (ver Notas 14 y 21 a los presentes estados financieros).
2.2.2.4 Tasas Municipales
El marco regulatorio contempla el traspaso a la tarifa de cualquier nuevo cargo o incremento de tasas, y, bajo ciertas circunstancias, el uso del espacio público a los efectos de instalar cañerías de gas natural.
En los términos del marco regulatorio, la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017 establece en sus considerandos que en lo que concierne a tributación local (Provincias y Municipios) los tributos locales deberán ser incorporados a la factura final del servicio por renglón separado a fin de transparentar las cargas impositivas contenidas en las tarifas y de distinguirlas de los componentes regulados y sus variaciones, evitando de este modo que los impuestos y tasas que gravan la prestación de los servicios públicos de transporte y distribución fijadas por ciertas jurisdicciones incidan sobre la tarifa final a aplicar a todos los usuarios de una subzona tarifaria.
Con fecha 3 de julio 2017 se publicó en el B.O. la Resolución ENARGAS N° 4.530/2017, donde se aprueba la “Metodología para la inclusión en la factura del servicio público de distribución de gas por redes de tributos locales” que tendrá vigencia a partir del 1° de abril de 2017 hasta el 31 de marzo de 2018 respecto a la Tasa de Estudio, Revisión e Inspección de Obras en la Vía Pública de la Ciudad de Buenos Aires y otros tributos locales excluyendo expresamente Tasas de Ocupación del Espacio Público.
En lo que hace a la incorporación de los tributos locales a la factura final al usuario, esta incorporación deberá ser autorizada mediante el acto administrativo correspondiente que disponga el ENARGAS. Con fecha 7 de julio de 2017, el ENARGAS autorizó la inclusión en factura por
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
línea separada de la Tasa de Inspección, Seguridad e Higiene de los municipios de Avellaneda, Quilmes, Esteban Echeverría y Lomas de Zamora, y la Tasa de Estudio, Revisión e Inspección en vía pública de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Respecto al Municipio de Avellaneda, con fecha 19 de septiembre de 2017 y mediante Nota N° 8.993, se modificó la alícuota correspondiente contemplándose el incremento de tasa dispuesto por la Ordenanza Municipal N° 27.744.
Con fecha 12 de enero de 2018 se publicó en el B.O. la Resolución ENARGAS N° 228/2018 que aprueba la metodología para la inclusión en la factura del tributo que grava la ocupación o uso del espacio público por el período comprendido entre el 1 de abril de 2017 y el 31 de marzo de 2018. Asimismo, dispone que, para el período posterior al 31 de marzo de 2018, el ENARGAS emitirá, previa propuesta de las distribuidoras, un nuevo procedimiento.
Con fecha 20 de abril de 2018, se publicó la Resolución ENARGAS N° 6/2018 que aprueba la “Metodología para la inclusión en la factura del servicio público de distribución de gas por redes de tributos locales”. En lo que hace a la incorporación de los tributos locales a la factura final al usuario, esta incorporación deberá ser autorizada mediante el acto administrativo correspondiente que disponga el ENARGAS.
A la fecha, el ENARGAS ha autorizado el pase a tarifas de las tasas municipales solicitadas por MetroGAS con posterioridad al 1° de abril de 2017.
2.2.2.5 Amparo – Medidas cautelares
Con fecha 6 de junio de 2018 el ENARGAS notificó a MetroGAS la medida cautelar dispuesta por el Dr. Alejo Ramos Padilla en el marco de la causa “Consumidores Argentinos Asociación para la Defensa, Educación e Información de los Consumidores c/PEN y otros s/Acción Declarativa de Inconstitucionalidad” en trámite por ante el Juzgado Federal de Dolores. La Sociedad no se encuentra demandada en la citada causa.
En los términos allí expuestos, (i) se dispone como medida cautelar que todas las prestatarias del servicio de gas del país se abstengan, a partir del 21 de mayo de 2018, de llevar adelante cualquier corte o suspensión del servicio de gas derivado de la falta de pago; y (ii) se autoriza a las empresas prestatarias del servicio de gas a que, previo a cualquier corte o suspensión del suministro de gas, lleven adelante los procedimientos administrativos necesarios tendientes a acreditar la situación de vulnerabilidad de los usuarios y a evitar cualquier eventual abuso del derecho, bajo apercibimiento, para el caso de que se efectúen cortes o suspensiones del suministro a los sectores vulnerables sin realizar dicho procedimiento o sin garantizar al usuario la posibilidad de ser escuchado y acreditar su situación, de imponer una multa de entre $1.000 a $100.000 (mil a cien mil pesos) por cada corte ilegítimo del servicio llevado a cabo, dejando aclarado que en caso de duda de si se está frente a un consumidor que encuadra dentro de una situación de vulnerabilidad, deberá abstenerse de llevar adelante el corte.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
A la fecha de aprobación de los presentes estados financieros, no se ha notificado a la Sociedad de que la medida señalada hubiera sido revocada y/o modificada.
2.2.3 Abastecimiento de Gas Natural
2.2.3.1 Compra de Gas Natural
En enero de 2004, el Decreto N° 181/04 autorizó a la entonces Secretaría de Energía (“SE”) a negociar con los productores de gas natural un mecanismo de ajuste de precios del gas natural suministrado a industrias y compañías de generación de electricidad. En este contexto, mediante Resolución MPFIPyS N° 208/2004 se homologó el "Acuerdo para la Implementación del Esquema de Normalización de los Precios del Gas Natural en Punto de Ingreso al Sistema de Transporte, Dispuesto por el Decreto 181/2004", suscripto el 2 de abril de 2004 entre la SE y los productores de gas natural.
El 14 de junio de 2007 se publicó en el B.O. la Resolución N° 599/07 de la SE por medio de la cual se homologó la propuesta de “Acuerdo con Productores de Gas Natural 2007-2011” (“Acuerdo 2007-2011”). El Acuerdo 2007-2011 establecía los volúmenes a ser inyectados en el PIST por los productores de gas natural priorizando principalmente el abastecimiento de la demanda residencial y de Gas Natural Comprimido (“GNC”) a través de los mecanismos de redireccionamiento y demandas adicionales. Asimismo, fijaba los parámetros de ajustes de precios del gas natural en forma escalonada.
En virtud del Acuerdo 2007-2011, los productores y las distribuidoras de gas natural debían celebrar contratos de compraventa de gas natural reflejando las previsiones contenidas en el mismo.
Oportunamente la Sociedad no celebró ninguno de estos contratos puesto que, en su entendimiento, las ofertas de contratos recibidas de parte de los productores de gas natural no respetaban los términos del Acuerdo 2007-2011 por cuanto en razón de los volúmenes contemplados, no permitirían a MetroGAS asegurar el abastecimiento a sus usuarios no interrumpibles.
El 4 de octubre de 2010 se publicó en el B.O. la Resolución ENARGAS N° 1.410/2010 (luego aclarada por Nota ENARGAS N° 13.934) que aprobó el Procedimiento de Solicitudes, Confirmaciones y Control de Gas que debía ser observado por los distintos actores de la industria del gas natural, incluyendo a las comercializadoras de gas natural, con impacto en la operatoria diaria de nominaciones, transporte, distribución y compraventa de gas natural.
La Resolución ENARGAS N° 1.410/2010 tenía como objeto complementar las pautas de despacho vigentes ante el escenario de demanda y capacidad de transporte superiores a la oferta de gas natural y preservar la operación de los sistemas de transporte y distribución priorizando el consumo de la demanda prioritaria: clientes residenciales, clientes de servicio completo (se les vende gas, transporte y distribución) y subdistribuidoras de servicio completo.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
Una vez abastecida la Demanda Prioritaria, los productores debían confirmar los volúmenes solicitados por los demás segmentos de acuerdo a lo indicado en el párrafo anterior con el siguiente orden: 1) GNC, 2) Clientes ininterrumpibles (Unbundling), 3) i) Grandes Usuarios, ii) Plantas de tratamiento dentro y fuera del sistema y iii) Usinas (de acuerdo con la Nota SE Nº 6.866/09) y 4) Exportaciones.
El 5 de enero de 2012 se publicó en el B.O. la Resolución SE N° 172/2012 por medio de la cual se prorrogaron los efectos de la Resolución SE N° 599/2007 en materia de asignaciones de volúmenes de gas natural por rutas y cuencas en función de las diferentes categorías de usuarios hasta tanto se dictaran nuevas normas al respecto.
Las Resoluciones SE N° 599/2007 y ENARGAS N° 1.410/2010 fueron complementadas por la Resolución N° 89/2016 del MINEM que estableció los volúmenes de gas natural que podían solicitar las prestadoras del servicio de distribución para abastecer a la Demanda Prioritaria y por la Resolución ENARGAS N° 3.833/2016 respecto al Procedimiento de Solicitudes, Confirmaciones y Control de Gas.
En los términos de la Resolución N° 89/2016 del MINEM, se inició un proceso de normalización contractual en función del cual MetroGAS celebró diversos contratos con productores de gas, tanto de la cuenca Austral, como de la cuenca Neuquina. Estos volúmenes contratados reducen volúmenes de la Resolución ENARGAS N° 1.410/2010 tanto para el productor como para la Distribuidora. Los volúmenes contratados a partir de la Resolución N° 89/2016 del MINEM eran abonados por las distribuidoras al precio establecido por el MINEM.
En fecha 6 de octubre de 2016, el MINEM dictó la Resolución Nº 212 – E /2016 mediante la cual fijó un sendero de precios para el gas natural, determinándose el valor de éste de manera gradual y semestral hasta el 1º de octubre de 2019 (para el área de Licencia de MetroGAS).
Mediante Resolución N° 74 – E/2017, el MINEM determinó los nuevos precios en el PIST para el gas natural que se aplicaron a partir del 1° de abril de 2017 a las categorías de usuarios que allí se indican. Asimismo, determinó los nuevos precios en el PIST bonificados para los usuarios residenciales de gas natural que registren un ahorro en su consumo igual o superior al quince por ciento (15%) con respecto al mismo período del año 2015. Estos nuevos precios en el PIST han sido contemplados en la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017.
Con fecha 1° de diciembre de 2017 y mediante Resolución N° 474 – E/2017, el MINEM determinó los nuevos precios en el PIST para el gas natural que se aplicaron a partir del 1° de diciembre de 2017 a las categorías de usuarios que allí se indican. Asimismo, determinó los nuevos precios en el PIST bonificados para los usuarios residenciales de gas natural que registren un ahorro en su consumo igual o superior al veinte por ciento (20%) con respecto al mismo período del año 2015 y la bonificación correspondiente a los beneficiarios de la Tarida Social. Estos nuevos precios en el PIST han sido contemplados en las Resoluciones ENARGAS N° 131/2017 y N° 132/2017.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
El 29 de noviembre de 2017, a instancias del MINEM, MetroGAS suscribió las “Bases y Condiciones para el Abastecimiento de Gas Natural a Distribuidoras de Gas por Redes” (las “Bases y Condiciones”) junto con el resto de las distribuidoras y un grupo de productores de gas. Estas Bases y Condiciones contienen los lineamientos para la contratación de volúmenes de gas para el abastecimiento de la demanda de las distribuidoras para el período comprendido entre el 1° de enero de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2019. En las mismas se establecen: i) los volúmenes que cada productor firmante debe inyectar por cuenca para abastecer a la demanda de las distribuidoras, ii) los volúmenes diarios disponibles por cuenca para cada distribuidora, iii) el precio según la categoría de cliente y por período expresado en u$s/MMBTU, iv) la obligación del productor de entregar o pagar por el 100% del volumen, v) la obligación de las distribuidoras de tomar o pagar por el 100% del volumen, excepto en caso de no contar con demanda y no nominar volúmenes de contratos no comprendidos en las Bases y Condiciones; y vi) el vencimiento de las facturas a los 75 días.
Las Bases y Condiciones establecen expresamente que las distribuidoras tienen en consideración para su suscripción las disposiciones del Artículo 38 de la Ley N° 24.076, que prevén el traslado a las tarifas a ser pagadas por los usuarios del servicio de transporte y distribución tanto de los costos de adquisición de gas resultantes de acuerdos o contratos de largo plazo como así también de aquellos asociados a las compras de corto plazo que resultaran necesarias para satisfacer la demanda.
En consecuencia, los contratos suscriptos con los productores de gas derivados de las Bases y Condiciones tomaron en cuenta los precios y moneda allí establecidos y fueron presentados oportunamente al ENARGAS.
En abril de 2018 comenzó en Argentina un cambio en las condiciones macroeconómicas que provocó una brusca e imprevista variación en la paridad entre la moneda nacional y la moneda en la que están establecidos los precios de los contratos.
Por este motivo, los pagos a los productores de gas por el gas entregado en los meses siguientes a partir de abril de 2018 se realizaron al tipo de cambio aplicado al valor del componente del gas incluido en la tarifa aprobado por la Resolución ENARGAS N° 300/2018 aplicable a partir del 1° de abril de 2018 ($/U$S 20,345) y la Resolución ENARGAS N° 281/2018, luego ratificada por la Resolución ENARGAS N° 292/2018, aplicable a partir del 8 de octubre de 2018 ($/U$S 37,69).
Los productores rechazaron dicho criterio de pago por parte de la Sociedad y, en consecuencia, reclamaron formalmente los saldos considerados impagos.
El 16 de noviembre de 2018, se publicó en el B.O., el Decreto N° 1.053/2018 que establece que el Estado Nacional asumirá, con carácter excepcional, el pago de las DDA (ver punto 2.2.2.3 de la presente nota).
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
De acuerdo a lo dispuesto por la Resolución N° 32/2019 de la SGE, MetroGAS participó del concurso de precios para la provisión de gas natural en condición firme para el abastecimiento de la demanda de usuarios de servicio completo de las prestadoras de servicio público de distribución de gas por redes que se llevó a cabo en el ámbito del Mercado Electrónico de Gas S.A. (“MEGSA”) para las cuencas Neuquina, Golfo San Jorge, Santa Cruz Sur y Tierra del Fuego que se realizó el 14 de febrero de 2019.
Como resultado de dicho concurso, se obtuvieron compromisos de abastecimiento anual por un volumen de capacidad máxima diaria (“CMD”) que asciende anualmente a 1.486 millones de m3 los cuales representan el 58% de nuestra demanda anual, cumpliendo con ello con el requisito establecido en el marco regulatorio.
Esos compromisos, bajo las pautas establecidas por la Resolución SGE N° 32/19, consideran una cláusula de Entregar o Pagar (“EOP”) del 70%, lo que implica en el caso de MetroGAS un importante nivel de incertidumbre respecto del aprovisionamiento en el período invernal, al que coadyuva la relación fija establecida en el concurso de 1:2,5 anual escalonado, que no satisface la curva de demanda prioritaria que se presenta en el período invernal en nuestra área de Licencia, cuya relación es más cercana a 1:4,5 veces.
2.2.3.2 Unbundling de gas natural
En línea con los cambios regulatorios que se introdujeron en el sector de gas natural a partir del año 2005 se produjo el proceso denominado informalmente como “unbundling de gas natural” por el cual distintas categorías de usuarios debieron comenzar a adquirir volúmenes de gas natural en el PIST directamente de productores y/o comercializadores de gas natural, quedando limitadas las distribuidoras zonales a prestar exclusivamente el servicio de transporte y/o distribución de gas natural.
Adicionalmente, y en el mismo año, se creó el Mecanismo de Asignación de Gas Natural para GNC a través del cual las estaciones expendedoras de GNC reciben gas natural mediante un mecanismo de asignaciones periódicas de volúmenes en el ámbito del MEGSA.
En este escenario, durante el año 2005, MetroGAS constituyó MetroENERGÍA, una sociedad comercializadora a los fines de retener la mayor cantidad posible de clientes y de contar con una herramienta más acorde al nuevo contexto en el que se debía desempeñar la Sociedad.
MetroENERGÍA fue autorizada por el ENARGAS para actuar como empresa comercializadora de gas natural y/o su transporte y se encuentra inscripta como agente del MEGSA.
Las acciones llevadas adelante por MetroENERGÍA desde su creación, permitieron continuar reteniendo la mayor parte de los clientes industriales y comerciales oportunamente contemplados dentro del proceso de “unbundling” del área de la Sociedad, con lo cual se logró mantener la participación de estas categorías de clientes en la matriz de ventas de MetroGAS.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
Con fecha 1° de abril de 2016, mediante Resolución N° 34/2016, el MINEM dispuso un nuevo régimen aplicable a las estaciones de suministro de GNC estableciendo la obligación respecto de estos usuarios de adquirir el gas natural para su abastecimiento por parte de la distribuidora de su zona o área de distribución de manera de que éstas presten el servicio completo (gas, transporte y distribución).
A partir del 1° de mayo de 2017, y en los términos de la Resolución N° 80 – E/2017 del MINEM, se ampliaron las opciones de compra de gas natural por parte de los titulares de estaciones de suministro de GNC pudiendo adquirir el gas natural a través de las distribuidoras (servicio completo – Resolución MINEM N° 34/2016) o en forma directa por medio de los productores o comercializadores de gas natural (respetando mix de cuencas y porcentajes de gas retenido asignados a la Distribuidora zonal). Aquellas estaciones de suministro de GNC que modifiquen su modalidad de compra deberán permanecer como mínimo en dicha modalidad por el plazo de doce meses desde el ejercicio de tal opción. Con fecha 27 de abril de 2017, el ENARGAS reglamentó la Resolución N° 80 – E/2017 del MINEM a través de la Resolución ENARGAS N° 4.407/2017.
De acuerdo con lo establecido por las Resoluciones N° 34/2016 y N° 80 – E/2017 del MINEM (que ampliaron las opciones de compra de gas natural por parte de los titulares de estaciones de suministro de GNC pudiendo adquirir el gas natural a través de la distribuidoras), el ENARGAS dispuso, mediante la Resolución ENARGAS N° 281/2018, que los usuarios que adquieran gas natural con destino a expendio de GNC que a la fecha no estén recibiendo gas de la distribuidora como servicio completo, sólo podrán acceder a tal modalidad en la medida en que la distribuidora haya garantizado la contratación del suministro de respaldo correspondiente a dicho abastecimiento por el término de doce meses y con vigencia a partir del próximo período estacional. A tales efectos, dichos usuarios deberán solicitar a la distribuidora sus necesidades de abastecimiento de gas con una antelación de por lo menos sesenta días antes del inicio del período estacional que comienza en abril de 2019, para que la distribuidora incluya sus demandas dentro de tal período.
2.2.3.3 Procedimiento para la Administración del Despacho del Comité Ejecutivo de Emergencia
El abastecimiento de gas natural a las distribuidoras operaba bajo el esquema de solicitud, confirmación y re-direccionamientos de gas previstos en las Resoluciones ENARGAS N° 1.410/2010, N° 3.833/2016 y N° 4.502/2017, que modifican y complementan los procedimientos de administración del despacho de gas natural dispuestos por la Resolución ENARGAS N° 716/1998.
Con fecha 29 de junio de 2018 se publicó la Resolución ENARGAS N° 124/2018 que aprueba un texto ordenado que reemplaza la Resolución ENARGAS N° 716/1998 e incorpora parte de las Resoluciones derogadas ENARGAS N° I-1410/2010, N° I-3833/2016 y N° I-4502/2017.
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Sin perjuicio de ello, y en relación al período invernal 2018, resultó aplicable la Resolución ENARGAS N° 59/2018 que aprueba el “Procedimiento Transitorio para la Administración del Despacho en el Comité Ejecutivo de Emergencia”. Mediante Resolución ENARGAS N° 302/2018 de fecha 12 de octubre de 2018 se dispuso la prórroga de la vigencia de la Resolución ENARGAS N° 59/2018 por ciento ochenta días corridos desde el 30 de septiembre de 2018.
2.2.4 Resolución ENARGAS N° 97/2018 – Programa de Financiamiento de Consumos Invernales
En fecha 12 de junio de 2018 se publicó en el B.O. la Resolución ENARGAS N° 97/2018 que establece el Programa de Financiamiento de Consumos Invernales de Gas Natural (el “Programa”) de adhesión opcional y voluntaria por parte de los usuarios beneficiarios.
De acuerdo con los términos del Programa, los consumidores residenciales y comerciales servicio completo (SGP1 y SGP2) de gas natural podían financiar el pago del veinticinco por ciento (25%) de las facturas emitidas entre el 1º de julio y el 31 de octubre del corriente año. La tasa de interés aplicable a esta opción era la tasa pasiva canal electrónico exclusivamente sector privado no financiero del Banco de la Nación Argentina para colocación a 30 días del mes anterior del que se facture.
La financiación acumulada y sus intereses, se recuperarán a partir de las facturas regulares emitidas desde el 1° de noviembre de 2018 y por tres períodos consecutivos para los clientes bimestrales y seis períodos consecutivos para los clientes mensuales.
El financiamiento involucra a cada uno de los segmentos de la actividad (gas, transporte y distribución) y es de carácter excepcional para el invierno 2018.
2.2.5 Fideicomisos
A la fecha de emisión de estos estados financieros, MetroGAS debe facturar, cobrar y liquidar dos cargos específicos, con diversa afectación, lo cual hace la Sociedad por cuenta y orden de Nación Fideicomisos S.A. como fiduciaria de tres contratos de fideicomiso distintos.
El cargo específico I (regulado por el Decreto PEN N° 180/2004 y normas concordantes) y el cargo específico II (regulado por Ley N° 26.095 y normas concordantes) son soportados por todo el universo de usuarios del servicio de gas natural distinto del segmento residencial y están destinados al pago de obras de infraestructura para la ampliación del sistema de transporte de gas natural.
Es importante señalar que ninguno de estos dos cargos específicos facturados y cobrados por MetroGAS se incorpora al patrimonio de la Sociedad. Por el contrario, una vez percibidos, la Sociedad tiene la obligación de depositarlos en las cuentas fiduciarias oportunamente señaladas por el Fiduciario, agotándose la intervención de MetroGAS al respecto.
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2.3 Obligaciones y restricciones emergentes de la privatización
2.3.1 Activos de disponibilidad restringida
Una porción sustancial de los activos transferidos por Gas del Estado (“GdE”) han sido definidos en la Licencia como "Activos Esenciales" para la prestación del correspondiente servicio concedido. Por esta razón, la Sociedad está obligada a identificar y conservar los Activos Esenciales, junto con cualquier mejora futura, de acuerdo con ciertas normas definidas en la Licencia.
La Sociedad no debe, por ninguna razón, disponer, gravar, alquilar, subalquilar o dar en préstamo los Activos Esenciales con otros propósitos que no sean los de la prestación del servicio concedido en la Licencia, sin la previa autorización del ENARGAS. Toda extensión o mejora que la Sociedad pueda realizar al sistema de gasoductos, puede ser gravada solamente con el fin de garantizar los créditos con vencimiento a más de un año, tomados para financiar dichas ampliaciones o mejoras.
Al momento de la terminación de la Licencia, MetroGAS debe transferir al Estado Nacional o a un tercero que éste designe todos los Activos Esenciales establecidos en un inventario actualizado a dicha fecha, libres de cargas y gravámenes.
Como regla general, al producirse la expiración de la Licencia, la Sociedad tendrá derecho a cobrar el menor de los siguientes dos montos:
a) El valor de las Propiedades, planta y equipo de la Sociedad, determinado sobre la base del precio pagado por Gas Argentino S.A. (“Gas Argentino”), y el costo original de las subsecuentes inversiones llevadas en dólares estadounidenses y ajustadas por el PPI, neto de la depreciación acumulada.
b) El importe resultante de una nueva licitación, neto de gastos e impuestos pagados por el participante ganador.
2.3.2 Restricciones sobre distribución de ganancias
La Sociedad está obligada a mantener en vigencia la autorización de oferta pública de su capital social y la correspondiente autorización para cotizar en mercados de valores autorizados en la República Argentina, como mínimo durante el término de quince años contados a partir de los respectivos otorgamientos.
Cualquier reducción voluntaria, rescate o distribución del patrimonio neto de la Sociedad, con excepción del pago de dividendos, requerirá la autorización previa del ENARGAS.
De acuerdo a las disposiciones de la Ley N° 19.550, la Sociedad debe constituir una reserva no inferior al 5% del resultado positivo surgido de la sumatoria del resultado del ejercicio, los ajustes de ejercicios anteriores, las transferencias de otros resultados integrales a resultados acumulados y
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las pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores, hasta alcanzar el 20% del Capital Social más el saldo de la cuenta Ajuste de capital.
Con fecha 8 de febrero de 2018, MetroGAS instrumentó un préstamo no garantizado que contempla ciertas restricciones en el pago de dividendos. En los términos allí establecidos, durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 el importe a pagar en concepto de dividendos no podrá superar el 10% del Resultado Neto de ese año, y el 60% en los años subsiguientes hasta el repago del préstamo (ver Nota 18.1 a los presentes estados financieros).
3. BASES DE PRESENTACIÓN DE LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS
Los presentes estados financieros consolidados han sido elaborados en cumplimiento de lo dispuesto en las Resoluciones Técnicas (“RT”) Nº 26 y 29 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (“FACPCE”), que adoptan las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”), emitidas por el Consejo de Normas Internacionales de Contabilidad (IASB, por sus siglas en inglés), y las interpretaciones emitidas por el Comité de Interpretaciones NIIF (“CINIIF”) para las entidades incluidas en el régimen de oferta pública de la Ley N° 17.811, ya sea por su capital o por sus obligaciones negociables, o que hayan solicitado autorización para estar incluidas en el citado régimen.
En abril de 2016, la FACPCE emitió la RT N° 43 admitiendo sólo la alternativa de aplicar el método de la participación para la medición de las inversiones en sociedades controladas en los estados financieros separados de una sociedad controlante según la Norma Internacional de Contabilidad (“NIC”) 27.
El 24 de enero de 2012, con el objetivo de evaluar la aplicabilidad y el impacto de la Interpretación N° 12 “Acuerdos de Concesión de Servicios” (CINIIF 12) para las sociedades registrantes que sean licenciatarias de los servicios públicos de transporte y distribución de gas natural, así como sus empresas controlantes, la CNV emitió la Resolución Nº 600, que postergó la adopción obligatoria de las NIIF para los ejercicios que comienzan el 1° de enero de 2013.
Posteriormente, el 20 de diciembre de 2012, la CNV emitió la Resolución Nº 613, que estableció que las empresas concesionarias de transporte y distribución de gas natural y sus empresas controlantes están fuera del alcance de la CINIIF 12. (ver Nota 5 a los presentes estados financieros).
En consecuencia, la aplicación de NIIF resultó obligatoria para la Sociedad a partir del ejercicio iniciado el 1° de enero de 2013, siendo la fecha de transición a las NIIF para la Sociedad, conforme a lo establecido en la NIIF 1 “Adopción por primera vez de las NIIF”, el 1° de enero de 2012.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
De acuerdo con lo dispuesto por las normas contables aplicables antes de la adopción de las NIIF, la Sociedad reconoció los efectos de las variaciones en el poder adquisitivo de la moneda hasta el 31 de agosto de 1995. A partir de esa fecha y hasta el 31 de diciembre de 2001, se discontinuó la reexpresión de los estados contables, debido a la existencia de un período de estabilidad monetaria. Desde el 1° de enero de 2002 y hasta el 28 de febrero de 2003, se reconocieron los efectos de la inflación siguiendo el método de reexpresión establecido por la Resolución Técnica Nº 6 de la FACPCE. A partir del 1º de marzo de 2003, y en cumplimiento del Decreto Nº 664/03 del Poder Ejecutivo Nacional, la Sociedad suspendió la reexpresión de sus estados financieros.
En los últimos años, los niveles de inflación en Argentina han sido altos, habiendo acumulado una tasa de inflación en los tres años pasados que ha superado el 100%, sin expectativas de disminuir significativamente en el corto plazo. Asimismo, la presencia de los indicadores cualitativos de alta inflación, previstos en la NIC 29, mostraron evidencias coincidentes. Por lo expuesto, el 29 de septiembre de 2018, la FACPCE emitió la Resolución JG N° 539/18, aprobada por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (“CPCECABA”) mediante la Resolución CD N° 107/18, indicando, entre otras cuestiones, que la Argentina debe ser considerada una economía inflacionaria en los términos de las normas contables profesionales a partir del 1° de julio de 2018, en consonancia con la visión de organismos internacionales.
La NIC 29 señala que, en un contexto de alta inflación, los estados financieros deben presentarse en una unidad de medida corriente; esto es, en moneda homogénea de cierre del período sobre el que se informa. No obstante, la Sociedad no podía presentar sus estados financieros reexpresados debido a que el Decreto N° 664/03 del PEN prohibía a los organismos oficiales (entre ellos, la CNV) recibir estados financieros ajustados por inflación.
A través de la Ley N° 27.468, publicada el 4 de diciembre del 2018 en el B.O., se derogó el Decreto N° 1.269/02 del PEN y sus modificatorios (incluido el Decreto N° 664 del PEN antes mencionado). Las disposiciones de la mencionada ley entraron en vigencia a partir del 28 de diciembre de 2018, fecha en la cual se publicó la Resolución General N° 777/18 de CNV, la cual estableció que los estados financieros anuales, por períodos intermedios y especiales que cierren a partir del 31 de diciembre de 2018 inclusive, deben presentarse ante ese organismo de control en moneda homogénea.
De acuerdo con la NIC 29, los importes de los estados financieros que no se encuentren expresados en moneda de cierre del período sobre el que se informa, deben reexpresarse aplicando un índice general de precios. A tal efecto, y tal como lo establece la Resolución JG N° 539 de la FACPCE, se han aplicado coeficientes calculados a partir de índices publicados por dicha Federación, resultantes de combinar índices de precios al consumidor nacional (IPC) publicados por el INDEC a partir del 1° de enero de 2017 y, hacia atrás, índices de precios internos al por mayor (IPIM) elaborados por dicho Instituto o, en su ausencia, índices de precios al consumidor publicados por la Dirección General de Estadística y Censos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La variación del índice utilizado para la reexpresión de los presentes estados financieros ha
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sido del 47,65% en el ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre de 2018 y del 24,80% en el ejercicio precedente.
De acuerdo a los lineamientos de la NIC 29, el ajuste se reanudará tomando como base la última fecha en que la Sociedad ajustó sus estados financieros para reflejar los efectos de la inflación. Para ello, en términos generales, se computará - en los saldos de activos y pasivos no monetarios - la inflación producida desde la fecha de adquisición o incorporación al patrimonio de la entidad, o bien desde la fecha de revaluación del activo, según corresponda.
El reconocimiento de los efectos de la inflación sobre los estados financieros de la entidad ha implicado un aumento del saldo de Propiedades, planta y equipo, de Activos intangibles y de Propiedades de inversión, por la reexpresión a moneda de cierre de los valores de costo de adquisición de tales activos, hasta el límite de su valor recuperable; un aumento del Patrimonio neto, principalmente el Capital Social, que se ha ajustado desde las fechas de suscripción y los Resultados acumulados, el consecuente efecto sobre el Impuesto a las ganancias diferido, y una ganancia por la posición monetaria neta dada por el exceso de pasivos monetarios sobre activos monetarios expuestos a la inflación. Con relación a los resultados del período, además de la reexpresión de los ingresos, costos, gastos y demás partidas, se incluyó el resultado por la posición monetaria neta en una línea por separado bajo la denominación de “Resultado por exposición al cambio en el poder adquisitivo de la moneda”(“RECPAM”) dentro de los Ingresos financieros y Costos financieros.
Con fines comparativos, los presentes estados financieros incluyen cifras y otra información correspondientes al ejercicio económico finalizado el 31 de diciembre 2017, que son parte integrante de los estados financieros mencionados precedentemente y se las presenta con el propósito de que se interpreten exclusivamente en relación con las cifras y otra información del ejercicio económico actual. Dichas cifras han sido reexpresadas en moneda de cierre del presente ejercicio económico, a fin de permitir su comparabilidad y sin que tal reexpresión modifique las decisiones tomadas con base en la información contable correspondiente al ejercicio anterior.
Los presentes estados financieros consolidados se presentan en miles de pesos argentinos, excepto menciones específicas.
Los presentes estados financieros consolidados han sido aprobados por el Directorio para su emisión el 6 de marzo de 2019.
4. POLÍTICAS CONTABLES
Las políticas contables adoptadas para estos estados financieros se exponen a continuación y se basan en aquellas NIIF emitidas por el IASB que están vigentes al 31 de diciembre de 2018.
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4.1 Bases de preparación
4.1.1 Clasificación en corriente y no corriente
La presentación en el estado de situación financiera distingue entre activos y pasivos, corrientes y no corrientes. Los activos y pasivos corrientes son aquellos que se espera recuperar o cancelar dentro de los doce meses siguientes al cierre del ejercicio sobre el que se informa.
Los activos y pasivos por impuestos corriente y diferido se presentan separados entre sí y de los otros activos y pasivos.
La Sociedad compensa los activos por impuestos y los pasivos por impuestos a las ganancias si, y sólo si, la entidad:
-
a) tiene el derecho, exigible legalmente, de compensar los importes reconocidos; y
-
b) tiene la intención de liquidar por el importe neto o de realizar el activo y liquidar el pasivo simultáneamente.
Los activos o pasivos por impuestos diferidos son clasificados como activos (pasivos) no corrientes.
4.1.2 Moneda de presentación
Los estados financieros consolidados se presentan en miles de pesos argentinos. A menos que se establezca lo contrario, o que el contexto lo exija de otro modo, las referencias a “montos en pesos” o “$”, son a pesos argentinos; las referencias a “U$S” o “dólares US” son a dólares estadounidenses.
4.1.3 Criterios contables
Los estados financieros han sido preparados sobre la base del costo histórico, el cual ha sido reexpresado en moneda de cierre en el caso de las partidas no monetarias, excepto por la valuación de los activos esenciales dentro del rubro Propiedades, planta y equipo a valor razonable con cambios en Otros Resultados Integrales y los instrumentos financieros, que son medidos a valor razonable con cambio a resultados al cierre de cada ejercicio, de acuerdo a lo mencionado en la Nota 7.
4.1.4 Flujos de efectivo
La Sociedad presenta los flujos de efectivo provenientes de actividades operativas utilizando el método indirecto. Los intereses pagados relacionados con deudas financieras y comerciales se presentan dentro de las actividades de financiación.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
4.1.5 Uso de estimaciones
La preparación de estados financieros a una fecha determinada requiere que la Sociedad realice estimaciones y evaluaciones que afectan el monto de los activos y pasivos registrados y los activos y pasivos contingentes revelados a dicha fecha, como así también los ingresos y egresos registrados en el ejercicio. Los resultados reales futuros pueden diferir de las estimaciones y evaluaciones realizadas a la fecha de preparación de los presentes estados financieros. Las principales áreas que presentan mayor complejidad, las cuales requieren la aplicación de juicio profesional o cuyas asunciones y estimaciones son significativas, se describen en la Nota 5.
4.2 Nuevos estándares emitidos y estándares revisados
4.2.1 Modificaciones a las NIIF vigentes de manera obligatoria en el presente año
En el presente año, la Sociedad ha adoptado algunas de las modificaciones a las NIIF emitidas por el IASB que se encuentran vigentes de manera obligatoria para ejercicios iniciados en o a partir del 1° de enero de 2018.
Tal como lo requiere la NIC 8, a continuación se presenta y se resume brevemente las normas o interpretaciones emitidas por el IASB cuya aplicación resulta obligatoria a la fecha de cierre de los presentes estados financieros consolidados y por lo tanto han sido adoptadas por la Sociedad.
Modificaciones a la NIIF 9 – Instrumentos Financieros
En julio de 2014, el IASB culminó la reforma de la contabilización de instrumentos financieros y emitió la NIIF 9 “Contabilidad de instrumentos financieros” (en su versión revisada de 2014 en vigencia para períodos anuales que comiencen el 1° de enero de 2018 o posteriormente), que reemplazará a la NIC 39 “Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición” luego de que expire la fecha de vigencia de esta última.
Fase 1: clasificación y medición de activos financieros y pasivos financieros
Con respecto a la clasificación y medición, el número de categorías de activos financieros bajo NIIF 9 ha sido reducido. Todos los activos financieros reconocidos que se encuentren dentro del alcance de la NIC 39 se medirán posteriormente al costo amortizado o al valor razonable conforme a la NIIF 9. Específicamente:
- un instrumento de deuda que: (i) se mantenga dentro del modelo de negocios cuyo objetivo sea obtener los flujos de efectivo contractuales, (ii) posea flujos de efectivo contractuales que solo constituyan pagos del capital e intereses sobre el importe del capital pendiente debe medirse al costo amortizado (neto de cualquier pérdida por deterioro), a menos que el activo sea designado a valor razonable con cambios en los resultados (“FVTPL”), en cumplimiento con esta opción.
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-
un instrumento de deuda que: (i) se mantenga dentro de un modelo de negocios cuyo objetivo se cumpla al obtener flujos de efectivo contractual y vender activos financieros y (ii) posea términos contractuales del activo financiero que produce, en fechas específicas, flujos de efectivo que solo constituyan pagos del capital e intereses sobre el importe principal pendiente, debe medirse a valor razonable con cambios en otro resultado integral (“FVTOCI”), a menos que el activo sea designado a FVTPL, en cumplimiento con esta opción.
-
todos los otros instrumentos de deuda deben medirse a FVTPL.
-
todas las inversiones en instrumentos del patrimonio se medirán en el estado de situación financiera al valor razonable, con ganancias y pérdidas reconocidas en el estado de ganancias y pérdidas, salvo si se toma una decisión irrevocable en el reconocimiento inicial para medir la inversión al FVTOCI, aunque los ingresos por dividendos se reconocen en ganancia o pérdida.
La NIIF 9 también contiene requerimientos para la clasificación y medición de pasivos financieros y requerimientos para la baja en cuentas. Un cambio importante de la NIC 39 está vinculado con la presentación de las modificaciones en el valor razonable de un pasivo financiero designado a valor razonable con cambios en los resultados, que se atribuye a los cambios en el riesgo crediticio de ese pasivo. De acuerdo con la NIIF 9, estos cambios se presentan en otro resultado integral, a menos que la presentación del efecto del cambio en el riesgo crediticio del pasivo financiero en otro resultado integral creara o produjera una gran incongruencia contable en la ganancia o pérdida. De acuerdo con la NIC 39, el importe total de cambio en el valor razonable designado a FVTPL se presenta como ganancia o pérdida.
Fase 2: Metodología de deterioro
El modelo de deterioro de acuerdo con la NIIF 9 refleja pérdidas crediticias esperadas, en oposición a las pérdidas crediticias incurridas según la NIC 39. En el alcance del deterioro en la NIIF 9, ya no es necesario que ocurra un suceso crediticio antes de que se reconozcan las pérdidas crediticias. En cambio, una entidad siempre contabiliza tanto las pérdidas crediticias esperadas como sus cambios. El importe de pérdidas crediticias esperadas debe ser actualizado en cada fecha del informe para reflejar los cambios en el riesgo crediticio desde el reconocimiento inicial.
MetroGAS cuenta entre sus clientes con una gran cantidad de usuarios residenciales (aproximadamente 2,4 millones de clientes) y algunos grandes clientes compuestos por centrales eléctricas, industrias, comercios, entidades públicas y estaciones de GNC.
La Sociedad calculó el deterioro de sus activos financieros aplicando el modelo simplificado agrupando los activos en función del tipo de cliente: i) clientes residenciales, ii) grandes clientes.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
Para determinar la pérdida crediticia esperada de los clientes residenciales, al tratarse de un gran número de clientes localizados en una misma área geográfica y con características de riesgo crediticio comunes, la Sociedad ha preparado una matriz a partir de su registro de tasas de impago históricas a lo largo de la vida esperada de las cuentas por cobrar y las ha ajustado por las circunstancias relativas a las condiciones económicas futuras.
Para los grandes clientes, la Sociedad realizó un análisis individual de los créditos que representan un riesgo (riesgo de quiebra, clientes involucrados en un procedimiento judicial con la Sociedad) al 31 de diciembre de 2018.
Definido cada grupo, se asignó una tasa de incobrabilidad esperada calculada en base a tasas de impago históricas ajustadas a las condiciones económicas futuras.
La aplicación de la norma no ha generado efecto en el reconocimiento contable del deterioro de activos financieros y por ende no hay efecto sobre los saldos iniciales acumulados.
Fase 3: Contabilidad de Cobertura
Los requerimientos generales de contabilidad de cobertura de la NIIF 9 mantienen los tres tipos de mecanismos de contabilidad de cobertura incluidas en la NIC 39. No obstante, los tipos de transacciones ideales para la contabilidad de cobertura ahora son mucho más flexibles, en especial, al ampliar los tipos de instrumentos que se clasifican como instrumentos de cobertura y los tipos de componentes de riesgo de elementos no financieros ideales para la contabilidad de cobertura. Además, se ha revisado y reemplazado la prueba de efectividad por el principio de “relación económica”. Ya no se requiere de una evaluación retrospectiva para medir la efectividad de la cobertura. Se han añadido muchos más requerimientos de revelación sobre las actividades de gestión de riesgo de la entidad.
La Sociedad ha adoptado la NIIF 9 a partir de la fecha de transición en forma anticipada de acuerdo a la normativa vigente en el año 2013 en lo que se refería a la clasificación y medición de activos y pasivos financieros.
Asimismo, la Sociedad ha evaluado los efectos de la adopción de la versión revisada en el año 2014 de la NIIF 9 y considera que los cambios no tienen un efecto significativo sobre los estados financieros.
NIIF 15 – Ingreso de actividades ordinarias procedentes de Contratos con Clientes
La NIIF 15 se encuentra en vigencia para períodos sobre el que se informa que comiencen el 1° de enero de 2018 o posteriores y se permite la aplicación anticipada. Las entidades pueden decidir si aplicar el modelo de manera retrospectiva o utilizar un enfoque de transición modificado, al que se
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
le aplicará la norma de manera retrospectiva solo a los contratos que no estén completos a la fecha inicial de aplicación.
La NIIF 15 establece un modelo extenso y detallado para que las entidades lo utilicen en la contabilidad de ingresos procedentes de contratos con clientes. Reemplaza las siguientes Normas e Interpretaciones de ingreso:
-
NIC 18 “Ingresos”;
-
NIC 11 “Contratos de Construcción”;
-
CINIIF 13 “Programas de Fidelización de Clientes”;
-
CINIIF 15 “Acuerdos para la Construcción de Inmuebles”;
-
CINIIF 18 “Transferencias de Activos Procedentes de los Clientes” y
-
SIC 31 ”Transacciones de trueque que incluyen servicios de publicidad”
La NIIF 15 solo cubrirá ingresos procedentes de contratos con clientes. Según esta norma, un cliente de una entidad es una parte que ha firmado un contrato con ella para obtener bienes y servicios que sean producto de las actividades ordinarias a cambio de una contraprestación. A diferencia del alcance de la NIC 18, no se encuentran en el alcance de la NIIF 15 el reconocimiento y medición del ingreso por intereses y del ingreso por dividendos procedentes de la deuda e inversiones en el patrimonio. En cambio, se encuentran en el alcance de la NIIF 9 “Instrumentos Financieros”.
Como se mencionó anteriormente, la nueva norma de ingresos tiene un modelo detallado para explicar los ingresos procedentes de contratos con clientes. Su principio fundamental es que una entidad debería reconocer el ingreso para representar la transferencia de bienes o servicios prometidos a los clientes, en un importe que refleje la contraprestación que la entidad espera recibir a cambio de esos bienes o servicios.
La nueva norma de reconocimiento de ingresos agrega un enfoque de cinco pasos para el reconocimiento y medición del ingreso:
-
Identificar el contrato con el cliente.
-
Identificar las obligaciones separables del contrato.
-
Determinar el precio de transacción.
-
Distribuir el precio de transacción entre las obligaciones del contrato.
-
Reconocer el ingreso cuando la entidad satisfaga las obligaciones.
La sociedad ha realizado el análisis de la norma siguiendo los pasos previstos en la NIIF 15:
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- Identificación del contrato con el cliente
La Sociedad ha identificado los siguientes contratos con clientes:
-
Contratos con clientes residenciales: es un acuerdo implícito que tiene derechos y obligaciones exigibles.
-
Contratos con Clientes Industriales, Comerciales y Entidades Públicas.
-
Contratos con GNC.
-
Contratos con Centrales Eléctricas.
De la revisión de los contratos mencionados no hemos identificado contratos separados que deban ser combinados entre sí. Asimismo, se revisaron los contratos de clientes de MetroENERGÍA.
- Identificación de las obligaciones separables del contrato
Consiste en identificar todos los bienes o servicios prometidos (incluyendo los implícitos) en el contrato y se debe evaluar si el bien o servicio es diferenciable, es decir, (i) si el cliente puede beneficiarse del uso del bien o servicio por sí sólo o conjuntamente con otros recursos disponibles y; (ii) si el bien o servicio es identificable por separado de los demás compromisos del contrato.
Si se dan ambas condiciones, entonces cada obligación es una obligación de desempeño independiente. Si no se cumplen, se combinan dos o más bienes y servicios prometidos.
En el caso de las ventas de servicio completo de MetroGAS se considera que existe una única obligación que consiste en proporcionar el servicio de distribución de gas, donde si bien existen tres componentes dentro de la tarifa (el gas, el transporte y la distribución) se entiende que las obligaciones no son separables ya que no podría entregarse el gas si no se estuviera prestando simultáneamente el servicio de transporte y distribución.
Con respecto a los otros contratos analizados de clientes de MetroENERGÍA también se identificó una única obligación de desempeño.
- Determinación del precio de transacción
El precio es el importe de la contraprestación a la que la entidad espera tener derecho a cambio de la transferencia de los bienes o servicios al cliente. El precio de la transacción incluye la contraprestación fija y variable neta de la contraprestación pagadera a los clientes y neta de los componentes significativos de financiación.
El precio de la transacción para MetroGAS está regulado de acuerdo al cuadro tarifario vigente emitido por el ENARGAS.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
En el caso de las ventas de servicio completo de MetroGAS se considera que existe una contraprestación fija y una variable. La contraprestación variable está dada por los topes y las bonificaciones en función de lo consumido en períodos anteriores.
En los contratos con industrias y usinas existen penalidades que se refieren a que ante cualquier consumo no autorizado del cliente, MetroGAS podrá aplicar una penalidad por cada m3 consumido y no autorizado determinado por un cálculo detallado en los contratos de cada cliente.
En el caso de los ingresos que surgen de las redes cedidas por terceros se registran por el valor razonable de la contraprestación recibida. Dicho valor es determinado en función a los montos equivalente a m3 de gas determinados por el ENARGAS a compensar a dichos terceros.
MetroENERGÍA en su carácter de comercializador presta el servicio de gestión de compra y nominación de gas natural por cuenta y orden del cliente y el precio está determinado por el precio del gas natural que incluye:
-
El costo del gas natural gestionado por MetroENERGÍA ante terceros productores y/o proveedores;
-
los costos que hubieran sido necesarios para transportar el gas natural hasta los puntos de entrega (costos de desplazamiento) y;
-
una comisión por intermediación por el gas natural que hubiera gestionado ante terceros productores y/o proveedores de gas natural, la cual está determinada por la diferencia entre el precio de gas natural y la sumatoria del costo del gas y de los costos por desplazamiento.
En el caso de venta de transporte de MetroENERGÍA el precio está determinado por un cargo fijo, un cargo por reserva de capacidad máxima diaria y un cargo variable.
- Distribución del precio de la transacción entre las obligaciones del contrato
Consiste en asignar el precio de la transacción entre los diferentes elementos en base al precio de venta de cada uno de los ítems en forma separada.
En todos los contratos se definió una única obligación, por lo cual no se distribuye el precio.
- Reconocimiento del ingreso cuando la entidad satisfaga las obligaciones
Se reconocen los ingresos cuando la entidad satisface la obligación contractual. Una obligación contractual se considera satisfecha cuando se transfiere el control de los bienes y servicios al cliente.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
MetroGAS reconoce los ingresos cuando se satisface la obligación contractual, es decir cuando se transfiere el control de los bienes y/o servicios al cliente, lo cual sucede en un momento determinado. En el caso del servicio de distribución de gas es un servicio continuo en el que la obligación de prestarlo se satisface en forma continua, por este motivo los ingresos se reconocen sobre la base de lo devengado contra entrega a los clientes, que incluye los montos estimados de gas entregados y no facturados al cierre de cada período o ejercicio, su transporte y distribución, de corresponder. Los montos efectivamente entregados son estimados en base a los volúmenes comprados y otra información histórica. Estos volúmenes se asignan a cada tipo de cliente, segmento y nivel de ahorro para su valoración según el tarifario aplicable de acuerdo a la estimación que se realiza en base a información histórica de segmentación y niveles de ahorro de cada mes de facturación.
MetroENERGÍA en su operatoria de cuenta y orden reconoce los ingresos cuando el gas es entregado en el punto de entrega determinado en el contrato de cada cliente.
Cabe mencionar que MetroENERGÍA actúa como principal y no como agente en su operatoria de cuenta y orden, ya que tiene el control de los bienes y servicios prometidos antes de transferirlos al cliente.
La aplicación de la norma no ha generado efecto en el reconocimiento contable de ingresos procedentes de contratos con los clientes y por ende no hay efecto sobre los saldos iniciales acumulados.
Adicionalmente, la NIIF 15, introduce nuevos requerimientos destinados a proporcionar nuevos desgloses de información a revelar. En función del análisis realizado por la Sociedad sobre los ingresos, la Nota 23 ha sido desglosada por categoría de clientes.
Modificaciones a la NIIF 2 – Clasificación y Medición de Transacciones con Pagos basados en Acciones
En junio de 2016, el IASB emitió modificaciones a la NIIF 2 que resultan aplicables para los ejercicios iniciados en o a partir del 1° de enero de 2018, permitiendo su aplicación anticipada.
La NIIF 2 ha sido modificada para reflejar los siguientes aspectos:
- Para las transacciones con pagos basados en acciones que se liquidan en efectivo se medirán los bienes o servicios adquiridos y el pasivo en el que haya incurrido, al valor razonable del pasivo, sujeto a los requerimientos de esta norma. Hasta que el pasivo se liquide, se volverá a medir el valor razonable del pasivo al final de cada periodo sobre el que se informa, así como en la fecha de liquidación, reconociendo cualquier cambio del valor razonable en el resultado del periodo.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
-
Las condiciones para la irrevocabilidad de concesión y condiciones distintas a las de irrevocabilidad de la concesión, distintas de las condiciones de mercado, no se tendrán en cuenta al estimar el valor razonable del pago basado en acciones que se liquida en efectivo en la fecha de medición. En su lugar, se tendrán en cuenta ajustando el número de incentivos incluidos en la medición del pasivo que surge de la transacción. Con lo cual, se reconocerá un importe por los bienes o servicios recibidos durante el periodo hasta la irrevocabilidad de la concesión. Ese importe se basará en la mejor estimación disponible del número de incentivos que se espera sean irrevocables.
-
Si los términos y condiciones de una transacción con pagos basados en acciones que se liquidan en efectivo se modifican con el resultado de que pase a ser una transacción con pagos basados en acciones que se liquidan con instrumentos de patrimonio, la transacción se contabilizará así desde la fecha de la modificación. Específicamente: (a) La transacción con pagos basados en acciones que se liquida con instrumentos de patrimonio se mide por referencia al valor razonable de los instrumentos de patrimonio concedidos en la fecha de la modificación. La transacción con pagos basados en acciones liquidada con instrumentos de patrimonio se reconoce en patrimonio, en la fecha de la modificación, en la medida de los bienes o servicios que se han recibido. (b) El pasivo por la transacción de pagos basados en acciones liquidada en efectivo en la fecha de la modificación se dará de baja en cuentas en esa misma fecha. (c) Cualquier diferencia entre el importe en libros del pasivo dado de baja en libros y el importe de patrimonio reconocido en la fecha de la modificación se reconocerá de forma inmediata en el resultado del periodo.
La aplicación de las modificaciones a la norma mencionada no tuvo efecto sobre los presentes estados financieros de la Sociedad.
Modificaciones a la NIIF 4 – Aplicación de la NIIF 9 “Instrumentos Financieros” con la NIIF 4 “Contratos de Seguro”
En septiembre de 2016, el IASB emitió modificaciones a la NIIF 4 que resultan aplicables para los ejercicios iniciados en o a partir del 1° de enero de 2018.
-
La NIIF 4 ha sido modificada para reflejar lo siguiente:
-
permitir que las aseguradoras que cumplan criterios especificados apliquen una exención temporal de la NIIF 9;
-
permitir que las aseguradoras apliquen el enfoque de la superposición a activos financieros designados; y
-
permitir que las aseguradoras reclasifiquen en circunstancias especificadas algunos o todos sus activos financieros, de forma que se midan a valor razonable con cambios en resultados.
La aplicación de las modificaciones a la norma mencionada no tuvo efecto sobre los presentes estados financieros de la Sociedad.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
Modificaciones a la NIC 40 – Propiedades de Inversión
En diciembre de 2016, el IASB emitió modificaciones a la NIC 40 que resultan aplicables para los ejercicios iniciados en o a partir del 1° de enero de 2018.
La NIC 40 ha sido modificada para reflejar que en relación a las transferencias una entidad transferirá una propiedad de inversión a o desde propiedades de inversión cuando y solo cuando exista un cambio de uso. Este cambio de uso ocurre cuando una propiedad cumple o deja de cumplir la definición de propiedad de inversión y existe evidencia del cambio de uso. También aclara que el cambio en las intenciones de la gerencia de uso de una propiedad no proporciona evidencia de un cambio de uso.
La aplicación de las modificaciones a la norma mencionada no tuvo efecto sobre los presentes estados financieros de la Sociedad.
CINIIF 22 – Transacciones en Moneda Extranjera y Contraprestaciones anticipadas
En diciembre de 2016, el IASB aprobó la interpretación CINIIF 22 “Transacciones en moneda extranjera y contraprestaciones anticipadas”, que resulta aplicable para los ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2018, permitiendo su aplicación anticipada. El alcance de esta interpretación se aplica a una transacción en moneda extranjera (o parte de ella) cuando una entidad reconoce un activo no financiero o pasivo no financiero que surge del pago o cobro de una contraprestación anticipada antes de que la entidad reconozca el activo, gasto o ingreso relacionado (o la parte de estos que corresponda). Esta interpretación no se aplica cuando una entidad mide el activo, gasto o ingreso relacionado, en el momento del reconocimiento inicial: (a) al valor razonable; o (b) al valor razonable de la contraprestación pagada o recibida en una fecha distinta de la del reconocimiento inicial del activo no monetario, o pasivo no monetario, que surge de la contraprestación anticipada (por ejemplo, la medición de la plusvalía aplicando la NIIF 3 Combinaciones de Negocios).
La aplicación de las modificaciones a la norma mencionada no tuvo efecto sobre los presentes estados financieros de la Sociedad.
Mejoras anuales a las NIIF – Ciclo 2014 - 2016
En diciembre de 2016, el IASB emitió las mejoras anuales 2014 - 2016 que resultan aplicables para los ejercicios iniciados en o a partir del 1° de enero de 2018, permitiendo su aplicación anticipada.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
| Norma | Objeto de la modificación |
Detalle |
|---|---|---|
| NIIF 1 - Adopción por primera vez de las Normas Internacionales de Información Financiera |
Eliminación de exenciones a corto plazo para las entidades que adoptan por primera vez las Normas NIIF. |
La modificación introduce la eliminación de los párrafos que consideran la exención limitada de la información a revelar comparativa de la NIIF 7 para entidades que adoptan por primera vez las NIIF, la información a revelar de las transferencias de activos financieros y el párrafo 39AA que se considera las mejores anuales a las normas NIIFCiclo2014-2016. |
| NIC 28 – Inversiones en asociadas y negocios conjuntos |
Medición a valor razonable de una asociada o negocio conjunto. |
La modificación introduce cambios con relación a la exención y los procedimientos a aplicar para el método de la participación, aclara que una entidad aplicará esta exención o el método de forma separada para cada asociada o negocio conjunto, para el caso de la exención en el reconocimiento inicial de la asociada o negocio conjunto, y con relación al método en la fecha posterior de entre las siguientes: a) cuando la asociada o negocio conjunto que es una entidad de inversión se reconoce inicialmente; b) cuando la asociada o negocio conjunto pasa a ser una entidad de inversión; c) cuando la asociada o negocio conjunto que es una entidad de inversiónpasa a ser una controladora. |
La aplicación de las modificaciones a la norma mencionada no tuvo efecto sobre los presentes estados financieros de la Sociedad.
4.2.2 NIIF nuevas y revisadas emitidas no adoptadas a la fecha
NIIF 16 – Arrendamientos
La NIIF 16 se encuentra en vigencia para períodos sobre el que se informa que comiencen el 1° de enero de 2019 y se permite su aplicación anticipada para entidades que utilicen la NIIF 15 “Ingresos de Actividades Ordinarias procedentes de Contratos con Clientes” antes de la fecha de aplicación inicial de la NIIF 16.
La NIIF 16 establece los principios para el reconocimiento, medición, presentación e información a revelar de los arrendamientos. El objetivo es asegurar que los arrendatarios y arrendadores proporcionen información relevante de forma que represente fielmente esas transacciones. Los cambios incorporados por la misma impactan principalmente en la contabilidad de los
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
arrendatarios. Reemplazará las siguientes Normas e Interpretaciones después de la fecha en que entre en vigencia:
-
NIC 17 “Arrendamientos”;
-
CINIIF 4 “Determinación de si un acuerdo contiene un arrendamiento”;
-
SIC 15 ”Arrendamientos operativos-incentivos” y
-
SIC 27 “Evaluación de la esencia de las transacciones que adoptan la forma legal de un arrendamiento”
Esta Norma se aplica a todos los arrendamientos, incluyendo los arrendamientos de activos de derechos de uso en un subarrendamiento, con la excepción de aspectos específicos contemplados en otras normas:
-
Arrendamientos para explorar o utilizar de minerales, petróleo, gas natural y recursos no renovables similares;
-
Arrendamientos de activos biológicos dentro del ámbito de aplicación de la NIC 41 “Agricultura” mantenidos por un arrendatario;
-
Contratos incluidos en el ámbito de aplicación de la CINIIF 12 “Acuerdos de Concesión de Servicios”;
-
Licencias de propiedad intelectual concedidas por un arrendador dentro del alcance de la NIIF 15 “Ingresos de Actividades Ordinarias procedentes de Contratos con Clientes”; y
-
Derechos mantenidos por un arrendatario bajo acuerdos de licencia que estén dentro del alcance de la NIC 38 “Activos Intangibles” para elementos como películas de cine, videos, juegos, manuscritos, patentes y derechos de autor.
Se permite a los arrendatarios aplicar la norma NIIF 16 a los arrendamientos de otros activos intangibles distintos de los descritos en el párrafo 3(e).
La nueva norma de arrendamientos ha introducido muchas más indicaciones prescriptivas:
- Medición del activo por derecho de uso
El costo del derecho de uso de los activos incluye las siguientes partidas:
(a) el importe de la medición inicial del pasivo por arrendamiento (según se describe más adelante);
(b) cualquier pago por arrendamiento abonado al arrendador con anterioridad a la fecha de comienzo o en la misma fecha, una vez descontado cualquier incentivo recibido por el arrendamiento;
(c) los costos directos iniciales incurridos por el arrendatario; y
(d) una estimación de los costos a incurrir por el arrendatario al desmantelar y eliminar el activo subyacente, restaurar el lugar en el que se localiza o restaurar el activo subyacente a la condición requerida por los términos y condiciones del arrendamiento, a menos que se incurra en esos costos al producir los inventarios. El arrendatario podría incurrir en obligaciones a
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consecuencia de esos costos ya sea en la fecha de comienzo o como una consecuencia de haber usado el activo subyacente durante un periodo determinado.
Posteriormente, la valoración del derecho de uso de los activos irá por el modelo del costo o el modelo de la revaluación de la NIC 16 “Propiedades, planta y equipo” (reconociendo por tanto la amortización y el deterioro en la cuenta de pérdidas y ganancias y, en su caso de aplicación del modelo de revaluación, las revalorizaciones en patrimonio). No obstante, NIIF 16 exige que la valoración del derecho de uso de una inversión inmobiliaria arrendada se realice a su valor razonable en virtud de lo dispuesto en la norma NIC 40 “Propiedades de inversión” para las inversiones inmobiliarias que posea.
- Pasivo por arrendamiento
Un arrendatario medirá el pasivo por arrendamiento al valor presente de los pagos por arrendamiento que no se hayan pagado en esa fecha. Los pagos por arrendamiento se descontarán usando la tasa de interés implícita en el arrendamiento, si esa tasa pudiera determinarse fácilmente. Si esa tasa no puede determinarse fácilmente, el arrendatario utilizará la tasa incremental por préstamos del arrendatario.
Los pasivos por arrendamiento deben incluir las siguientes partidas:
(a) pagos fijos (incluyendo los pagos en esencia fijos), menos cualquier incentivo de arrendamiento por cobrar;
(b) pagos variables, que dependen de un índice o una tasa, inicialmente medidos usando el índice o tasa (por ejemplo, pagos vinculados al índice de precios al consumidor, precios vinculados a una tasa de interés de referencia, tal como la LIBOR, o pagos que varían para reflejar cambios en los precios de alquiler del mercado) en la fecha de comienzo del contrato; (c) importes que el arrendatario espera pagar como garantías de valor residual;
(d) el precio de ejercicio de una opción de compra si el arrendatario está razonablemente seguro de ejercer esa opción; y
(e) pagos de penalizaciones por terminar el arrendamiento, si el período del arrendamiento refleja que el arrendatario ejercerá una opción de terminarlo por parte del arrendatario (es decir, porque existe una certeza razonable al respecto).
Posteriormente, el arrendatario irá incrementando el pasivo por el arrendamiento para reflejar el interés devengado (y reconocido en la cuenta de pérdidas y ganancias), deducir las cuotas que se van pagando del pasivo y recalcular de nuevo el valor contable para reflejar cualquier revisión, modificación del arrendamiento o revisión de las denominadas cuotas “en sustancia” fijas.
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- Revisión del pasivo por arrendamiento
El arrendatario deberá revisar el pasivo por arrendamiento en los siguientes casos:
-
Cuando se produzca un cambio en el importe esperado a pagar en virtud de una garantía de valor residual;
-
Cuando se produzca un cambio en las futuras cuotas de arrendamiento para reflejar la variación de un índice o en un tipo de interés utilizado para determinar dichas cuotas (incluida, por ejemplo, una revisión del alquiler de mercado);
-
Cuando se produzca un cambio en la duración del arrendamiento como resultado de una modificación en el periodo no cancelable del mismo (por ejemplo, si el arrendatario no ejerce una opción previamente incluida en la determinación del periodo de arrendamiento); o
-
Cuando se produzca un cambio en la evaluación de la opción de compra del activo subyacente.
-
Contabilidad del arrendador
La NIIF 16 exige al arrendador clasificar el arrendamiento en operativo o financiero. Un arrendamiento financiero es un arrendamiento en el que se transfieren sustancialmente todos los riesgos y beneficios derivados de la propiedad del activo. Un arrendamiento se clasificará como operativo si no transfiere sustancialmente todos los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad de un activo subyacente.
La clasificación del arrendamiento se realiza en la fecha de inicio del acuerdo y se evalúa nuevamente solo si se produce una modificación del arrendamiento. Los cambios en las estimaciones (por ejemplo las que suponen modificaciones en la vida económica o en el valor residual del activo subyacente) o los cambios en circunstancias (por ejemplo el incumplimiento por parte del arrendatario), no darán lugar a una nueva clasificación del arrendamiento a efectos contables.
- Transacciones de venta con arrendamiento posterior (“Sale and leaseback”)
Este aspecto se trata desde el punto de vista del arrendatario-vendedor como arrendadorcomprador. El aspecto fundamental del tratamiento de esas transacciones depende de si la transferencia del activo en cuestión cumple los criterios de la NIIF 15 “Ingresos procedentes de contratos con clientes”, para su reconocimiento como venta.
La sociedad ha analizado el impacto de la norma siguiendo los siguientes pasos:
-
Selección de contratos que superasen la materialidad definida.
-
Análisis de la base de los contratos seleccionados al 31 de diciembre de 2018 para identificar si contienen un arrendamiento de acuerdo a las definiciones de la NIIF 16.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
-
Determinación del valor del activo por derecho de uso y el pasivo por arrendamiento incluido en los contratos identificados en el punto anterior.
-
Determinación de la tasa de descuento a aplicar al pasivo por arrendamiento.
Del análisis realizado, la Sociedad concluyó que la aplicación de las modificaciones a la norma mencionada no tendrá un efecto significativo sobre los estados financieros de la Sociedad.
NIIF 17 – Contratos de seguros
En mayo de 2017, el IASB emitió la NIIF 17 que resulta aplicable para los ejercicios iniciados en o a partir del 1° de enero de 2021, permitiendo su aplicación anticipada.
La NIIF 17 Contratos de Seguro establece principios para el reconocimiento, medición, presentación e información a revelar de los contratos de seguro que están dentro del alcance de la Norma. El objetivo de la NIIF 17 es asegurar que una entidad proporciona información relevante que represente fidedignamente esos contratos.
La NIIF 17 deroga la NIIF 4 Contratos de Seguro.
Una entidad aplicará la NIIF 17 a:
-
Los contratos de seguro, incluyendo los contratos de reaseguro, que emita;
-
Los contratos de reaseguro de los que sea tenedora; y
-
Los contratos de inversión con componentes de participación discrecional que emita, siempre que la entidad también emita contratos de seguro.
Separación de los componentes de un contrato de seguro
Un contrato de seguro puede contener uno o más componentes que estarían dentro del alcance de otra Norma si fueran contratos separados. Por ejemplo, un contrato de seguro puede incluir un componente de inversión o un componente de servicio (o ambos).
Una entidad: (a) aplicará la NIIF 9 para determinar si existe un derivado implícito a separar y, si lo hay, cómo contabilizarlo. (b) separará un componente de inversión de un contrato de seguro anfitrión si, y solo si, ese componente de inversión es distinto. La entidad aplicará la NIIF 9 para contabilizar el componente de inversión separado.
Después de separar los flujos de efectivo relacionados con los derivados implícitos y componentes de inversión distintos, una entidad separará del contrato anfitrión cualquier compromiso de transferir diferentes bienes o servicios, que no sean de seguro, a un tenedor de la póliza de seguro, aplicando el párrafo 7 de la NIIF 15. La entidad contabilizará estos compromisos aplicando la NIIF 15.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
Después de aplicar los párrafos anteriores, una entidad aplicará la NIIF 17 a todos los componentes restantes del contrato de seguro anfitrión.
Nivel de agregación de los contratos de seguro
La NIIF 17 requiere que una entidad identifique carteras de contratos de seguro. Una cartera comprende contratos sujetos a riesgos similares y son gestionados conjuntamente.
Una entidad dividirá una cartera de contratos de seguro emitidos en un mínimo de tres grupos:
-
Un grupo de contratos que son onerosos en el reconocimiento inicial, si los hubiera;
-
Un grupo de contratos que en el reconocimiento inicial no cuentan con una posibilidad significativa de convertirse en onerosos posteriormente, si los hubiera; y
-
Un grupo de contratos restantes en la cartera, si los hubiera.
Una entidad no incluirá en el mismo grupo contratos emitidos con más de un año de diferencia.
Además, si una cartera cayera en diferentes grupos solo porque la ley o la regulación limitan la capacidad práctica de la entidad para establecer un precio o nivel de beneficios diferente para los asegurados con diferentes características, la entidad puede incluir esos contratos en el mismo grupo.
Descripción general del nuevo modelo contable
La norma mide los contratos de seguro ya sea bajo el modelo general o una versión simplificada de esto, denominado “Enfoque de asignación de la prima”. El modelo general se define de manera que en el reconocimiento inicial una entidad mida un grupo de contratos por el total de (a) el importe de los flujos de efectivo procedentes del cumplimiento (“FFC”), que comprenden las estimaciones ponderadas de probabilidad de los flujos de efectivo futuros, un ajuste para reflejar el valor del dinero en el tiempo (“VDT”) y los riesgos financieros asociados con esos flujos de efectivo futuros y un ajuste de riesgo para el riesgo no financiero; y (b) el margen de servicio contractual (“MSC”).
En la medición posterior, el valor en libros de un grupo de contratos de seguro al final de cada período de presentación será la suma del pasivo por la cobertura restante y el pasivo por los reclamos incurridos. La responsabilidad por la cobertura restante comprende el FFC relacionado con los servicios futuros y el MSC del grupo en esa fecha. El pasivo por los reclamos incurridos se mide como el FFC relacionado con los servicios pasados asignados al grupo en esa fecha.
Una entidad puede simplificar la medición del pasivo por la cobertura remanente de un grupo de contratos de seguro utilizando el enfoque de asignación de la prima con la condición de que, en el reconocimiento inicial, la entidad razonablemente espera que al hacerlo produzca una
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
aproximación razonable del modelo general, o el período de cobertura de cada contrato en el grupo es de un año o menos.
Presentación en el estado del rendimiento financiero
Una entidad desagregará los importes reconocidos en los estados de rendimiento financiero en un resultado del servicio de seguros, que comprende los ingresos por los seguros y los gastos del servicio de seguros, y los ingresos por los servicios financieros. Los ingresos o gastos de los contratos de reaseguro se presentaron por separado de los gastos o ingresos de los contratos de seguro emitidos.
Una entidad presentará los ingresos o gastos derivados de los grupos de contratos de seguro emitidos, y los gastos del servicio de seguros que surjan de un grupo de contratos de seguros que emite, que comprende los reclamos incurridos y otros gastos del servicio de seguros incurridos. Los gastos del servicio de ingresos y seguros no incluyen ningún componente de inversión.
La Sociedad estima que la aplicación de esta norma no tendrá efectos significativos sobre los estados financieros de la Sociedad.
Mejoras anuales a las NIIF – Ciclo 2015- 2017
En diciembre de 2017, el IASB emitió las mejoras anuales 2015 - 2017 que resultan aplicables para los ejercicios iniciados en o a partir del 1 de enero de 2019, permitiendo su aplicación anticipada.
| Norma | Objeto de la modificación |
Detalle |
|---|---|---|
| NIIF 3 – Combinaciones de negocios NIIF 11 – Acuerdos conjuntos |
Participaciones anteriormente mantenidas en una operación conjunta. |
Cuando se obtiene el control de un negocio que era una operación conjunta, y tenía derecho a los activos y obligación por los pasivos relacionados a esa operación conjunta, la adquirente aplicara el requerimiento relacionado a una combinación de negocio realizada por etapas. La adquirente medirá nuevamente la totalidad de la participación anteriormente mantenida en la operación conjunta. Por otra parte, de acuerdo a la NIIF 11 al obtener el control conjunto de un negocio que era una operación conjunta, no medirá nuevamente la participación anteriormente mantenida en la operaciónconjunta. |
| Consecuencias en el impuesto alas ganancias |
Una entidad reconocerá las consecuencias de los dividendos enel impuesto alas ganancias como |
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
| Norma | Objeto de la modificación |
Detalle |
|---|---|---|
| NIC 12 – Impuesto Diferido |
de los pagos por instrumentos financieros clasificados como patrimonio. |
se define en la NIIF 9 cuando reconozca un pasivo por dividendos a pagar. Las consecuencias de los dividendos en el impuesto a las ganancias están más directamente relacionadas con transacciones o sucesos pasados que generaron ganancias distribuibles, que con las distribuciones hechas a los propietarios. Por ello, una entidad reconocerá las consecuencias de los dividendos en el impuesto a las ganancias en el resultado del periodo, otro resultado integral o patrimonio según dónde la entidad reconoció originalmente esas transacciones o sucesospasados. |
| NIC 23 – Costos por préstamos |
Costos por préstamos susceptibles de capitalización. |
Se aclara que cuando un activo apto está listo para su uso previsto o venta, una entidad tratará cualquier préstamo pendiente de pago tomado específicamente para obtener ese activo apto como parte de los fondos que ha tomado como préstamos genéricos. |
La aplicación de las mejoras no tuvo efecto sobre los presentes estados financieros de la Sociedad.
Modificaciones a la NIC 19 – Beneficios a los empleados
En octubre de 2018, el IASB modificó la NIC 19 “Beneficios a los empleados”. Las modificaciones se relacionan con cambios al reconocimiento y medición de los costos de los servicios prestados en los beneficios post empleo.
La Sociedad no otorga beneficios a post empleo tal como los define la Norma, por lo tanto estimamos que las modificaciones no tendrán impacto en los estados financieros de la Sociedad.
Modificaciones a las Referencias al Marco Conceptual para la Información Financiera
En marzo de 2018, el IASB emitió el Marco Conceptual revisado que resulta aplicable para períodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2020.
El marco conceptual establece un conjunto de definiciones, conceptos y lineamientos que son la base para preparar información financiera, este ayuda a que:
- El IASB pueda desarrollar lineamientos para que las empresas de los diferentes grupos puedan preparar sus estados financieros.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
-
Los preparadores de la información financiera desarrollen las políticas contables congruentes cuando no existe un lineamiento directo en las Normas para un hecho económico o transacción específica.
-
Los usuarios de la información puedan comprender e interpretar las Normas.
Modificaciones a la NIIF 3 – Definición de un Negocio
En octubre de 2018, el IASB modificó la NIIF 3 “Combinaciones de Negocios” modificando la definición del término “Negocio”. La modificación se aplicará prospectivamente a las combinaciones de negocios cuya fecha de adquisición sea a partir del comienzo del primer periodo anual sobre el que se informa que se inicie a partir del 1 de enero de 2020 y a adquisiciones de activos que tienen lugar a partir del inicio de ese periodo. Se permite su aplicación anticipada.
Define negocio como un conjunto integrado de actividades y activos susceptibles de ser dirigidos y gestionados con el propósito de proporcionar bienes o servicios a los clientes, que genera ingresos por inversiones (tales como dividendos o intereses) u otros ingresos de actividades ordinarias.
La Sociedad estima que la aplicación de las modificaciones a la norma mencionada no tendrá un efecto significativo sobre los estados financieros de la misma.
Modificaciones a las NIC 1 y NIC 8 – Definición de Material o con Importancia Relativa
En octubre de 2018, el IASB modificó la NIC 1 “Presentación de Estados Financieros” y la NIC 8 “Políticas contables, cambios en las estimaciones contables y errores”. La modificación se aplicará prospectivamente a los períodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2020. Se permite su aplicación anticipada.
Define la información Material o con Importancia Relativa mencionando que la información es material o tiene importancia relativa si su omisión, expresión inadecuada o ensombrecimiento podría esperarse razonablemente que influya sobre las decisiones que los usuarios principales de los estados financieros con propósito general toman a partir de los estados financieros, que proporcionan información financiera sobre una entidad que informa específica.
La entidad deberá realizar la evaluación de si la información podría razonablemente esperarse que influya en las decisiones realizadas por los usuarios principales de los estados financieros con propósito general; esto requiere que la entidad considere las características de los usuarios y las circunstancias propias de la entidad.
La Sociedad estima que la aplicación de las modificaciones a la norma mencionada no tendrá un efecto significativo sobre los estados financieros de la misma.
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Modificaciones a las NIIF 10 y NIC 28 – Venta o Aportación de Activos entre un Inversor y su Asociada o Negocio Conjunto
En diciembre 2015, el IASB decidió posponer la fecha efectiva de las modificaciones de la NIIF 10 “Estados Financieros Consolidados” y la NIC 28 “Inversiones en Asociadas y Negocios Conjuntos” de manera indefinida hasta que haya finalizado cualquier modificación que resulte de su proyecto de investigación sobre el método de participación. Todavía se permite la aplicación anticipada.
Las modificaciones tratan de situaciones en las que hay una venta o aportación de activos entre un inversor y su asociada o negocio conjunto.
La NIC 28 ha sido modificada para reflejar lo siguiente:
-
Las ganancias y pérdidas resultantes de las transacciones relativas a los activos que no constituyen un negocio entre un inversor y su asociada o negocio conjunto se reconocen en la medida de la participación de los inversionistas no relacionados en la asociada o negocio conjunto.
-
Las ganancias o pérdidas por operaciones posteriores relativas a los activos que constituyen un negocio entre un inversor y su asociada o negocio conjunto deben ser reconocidos en su totalidad en los estados financieros del inversor.
La NIIF 10 ha sido modificada para reflejar lo siguiente:
Las ganancias o pérdidas resultantes de la pérdida de control de una subsidiaria que no contenga un negocio en una transacción con una asociada o un negocio conjunto que se contabilicen utilizando el método de participación, se reconocen en el resultado de la controladora en la medida de la participación de los inversionistas no relacionados en esa asociada o negocio conjunto. Del mismo modo, las ganancias y pérdidas resultantes de la revaluación de inversiones acumuladas en alguna subsidiaria anterior (que se ha convertido en una asociada o un negocio conjunto que se contabilice utilizando el método de participación) a valor razonable se reconocen en el resultado de la anterior controladora sólo en la medida de la participación de los inversionistas no relacionados en la nueva asociada o negocio conjunto.
La Sociedad estima que la aplicación de las modificaciones a la norma mencionada no tendrá un efecto significativo sobre los estados financieros de la misma.
CINIIF 23 – La Incertidumbre frente a los Tratamientos del Impuesto a las Ganancias
En junio de 2017, el IASB aprobó la interpretación CINIIF 23 “La Incertidumbre frente a los Tratamientos del Impuesto a las Ganancias”, que resulta aplicable para los ejercicios iniciados a partir del 1° de enero de 2019, permitiendo su aplicación anticipada.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
Esta Interpretación aclara cómo aplicar los requerimientos de reconocimiento y medición de la NIC 12 cuando existe incertidumbre frente a los tratamientos del impuesto a las ganancias. En esta circunstancia, una entidad reconocerá y medirá su activo o pasivo por impuestos diferidos o corrientes aplicando los requerimientos de la NIC 12 sobre la base de la ganancia fiscal (pérdida fiscal), bases fiscales, pérdidas fiscales no utilizadas, créditos fiscales no utilizados y tasas fiscales determinadas aplicando esta Interpretación.
La Sociedad estima que la aplicación de las modificaciones a la norma mencionada no tendrá un efecto significativo sobre los estados financieros de la misma.
Modificaciones a la NIIF 9 – Características de Cancelación Anticipada con Compensación Negativa
En octubre de 2017, el IASB modificó la NIIF 9 emitiendo Características de Cancelación Anticipada con Compensación Negativa, que resulta aplicable para períodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2019.
Las modificaciones a la NIIF 9 permiten medir los activos financieros concretos con características de cancelación anticipada que puedan dar lugar razonablemente a una compensación negativa por la finalización anticipada del contrato a costo amortizado o valor razonable con cambios en otro resultado integral si se cumple una condición específica; en lugar de hacerlo a valor razonable con beneficio o pérdida.
La Sociedad estima que la aplicación de las modificaciones a la norma mencionada no tendrá un efecto significativo sobre los estados financieros de la misma.
Modificaciones a la NIC 28 - Participaciones de Largo Plazo en Asociadas y Negocios Conjuntos
En octubre de 2017, el IASB modifico la NIC 28 Participaciones de Largo Plazo en Asociadas y Negocios Conjuntos. Las modificaciones se aplicaran retrospectivamente y a periodos anuales que comiencen a partir del 1 de enero de 2019. Se permite su aplicación anticipada.
La modificación establece que las participaciones de largo plazo en asociadas o negocio conjunto aplicaran la NIIF 9 siempre y cuando no se contabilicen utilizando el método de la participación.
IASB ha aclarado que la NIIF 9, incluyendo sus requerimientos de deterioro, aplica a los intereses de largo plazo. Además, al aplicar la NIIF 9 a los intereses de largo plazo, la entidad no tiene en cuenta los ajustes a su valor en libro requeridos por la NIC 28 (i.e., ajustes al valor en libros de los intereses de largo plazo que surjan de la asignación de pérdidas de la entidad donde se invierte o de la valoración del deterioro de acuerdo con la NIC 28).
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
La Sociedad estima que la aplicación de las modificaciones a la norma mencionada no tendrá un efecto significativo sobre los estados financieros de la misma.
4.3 Información por segmentos
La información por segmentos se presenta de manera consistente con la información interna brindada al Comité de Dirección, quien es la máxima autoridad relacionada con la toma de decisiones (traducción al español de Chief Operating Decision Maker o CODM por su sigla en inglés). El CODM es el responsable de asignar recursos y establecer el rendimiento de los segmentos de operaciones de la entidad y ha sido identificado como el órgano que ejecuta las decisiones estratégicas de la Sociedad.
La Sociedad analiza los Segmentos de operación a nivel consolidado, por lo tanto expone información sobre los mismos en la Nota 9 de sus estados financieros consolidados.
4.4 Conversión de moneda extranjera
4.4.1 Moneda funcional y de presentación
Las partidas que se incluyen en los estados financieros de la Sociedad se miden utilizando la moneda del entorno económico principal en el que opera la entidad (“la moneda funcional”), que es el peso argentino, sobre la base de los parámetros establecidos en la NIC 21. Los estados financieros consolidados se presentan en miles de pesos argentinos, que es la moneda de presentación de la Sociedad.
4.4.2 Operaciones y saldos en moneda extranjera
Las operaciones en moneda extranjera se convierten a la moneda funcional aplicando los tipos de cambio vigentes a las fechas de las transacciones. Las ganancias y pérdidas por diferencia de cambio derivadas de cada transacción y por la conversión de los activos y pasivos monetarios denominados en moneda extranjera al cierre del ejercicio, se reconocen en el resultado del ejercicio.
4.5 Reconocimiento de ingresos
Los ingresos se calculan al valor razonable de la contraprestación cobrada o por cobrar, teniendo en cuenta el importe estimado de cualquier descuento, bonificación o rebaja comercial que la Sociedad pueda otorgar.
La Sociedad reconoce los ingresos por ventas cuando los importes relacionados pueden ser estimados confiablemente, cuando es probable que beneficios económicos futuros fluyan a la entidad y cuando los criterios específicos para cada una de las actividades se han cumplido. La
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
Gerencia basa sus estimaciones en la experiencia histórica, tomando en consideración el tipo de cliente, el tipo de transacción y las características específicas de cada acuerdo.
La Sociedad reconoce los ingresos por ventas sobre la base de las entregas de gas y su transporte y distribución, a los clientes, incluyendo los montos estimados de gas entregado pero aún no facturados al cierre de cada ejercicio. El reconocimiento contable de los ingresos por distribución y transporte de gas se produce en el momento de la prestación del servicio.
Los montos efectivamente entregados han sido determinados de acuerdo con los volúmenes de gas comprados y otros datos. Las ventas no facturadas al cierre del ejercicio se reconocen en base a estimaciones realizadas por la Gerencia.
Los ingresos por intereses se reconocen sobre la base de la proporción de tiempo transcurrido, utilizando el método de la tasa efectiva. Cuando el valor de una cuenta por cobrar se deteriora, la Sociedad reduce su valor en libros a su monto recuperable, que es el flujo de efectivo futuro estimado descontado a la tasa de interés efectiva original del instrumento y continúa revirtiendo el descuento como ingreso por intereses. El ingreso por intereses de préstamos o colocaciones provisionadas se reconoce usando la tasa efectiva original del instrumento.
4.5.1 Reconocimiento de ingresos por Resolución MINEM N° 508-E/2017
La Resolución MINEM N° 508-E/2017, aplicable a partir de enero de 2018, encuadra dentro del alcance de la NIC 20 “Subvenciones del gobierno” (ver Nota 2.2.2.2 a los presentes estados financieros).
El reconocimiento de estos ingresos es efectuado en base a los montos efectivamente facturados al cierre de cada período considerando la existencia de seguridad razonable respecto a su cobro.
Este concepto ha sido expuesto en la línea “Resolución MINEM N° 508-E/2017” dentro del rubro “Ingresos Ordinarios” (ver Nota 24 a los presentes estados financieros).
La diferencia entre los ingresos reconocidos y los anticipos recibidos por el MINEM se exponen en el rubro Otros créditos.
4.5.2 Reconocimiento de ingresos por Diferencias Diarias
El Decreto N° 1.053/2018 encuadra dentro del alcance de la NIC 20 “Subvenciones del gobierno” (ver Nota 2.2.2.3 a los presentes estados financieros).
El mismo establece que el Estado Nacional asume, con carácter excepcional, el pago de las DDA mensualmente entre el valor del gas comprado por las prestadoras del servicio de distribución de gas natural por redes y el valor del gas natural incluido en los cuadros tarifarios vigentes entre el 1° de abril de 2018 y el 31 de marzo de 2019, generadas exclusivamente por variaciones del tipo de
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
cambio y correspondientes a volúmenes de gas natural entregados en ese mismo período, todo ello de acuerdo con el procedimiento que disponga el ENARGAS.
El pago de las DDA se transferirá a cada distribuidora en treinta (30) cuotas mensuales y consecutivas a partir del 1° de octubre de 2019. Una vez percibida cada cuota, las distribuidoras deberán realizar de manera inmediata los pagos correspondientes a los proveedores de gas natural involucrados y los informarán y acreditarán mensualmente ante el ENARGAS.
El ingreso por DDA se registró en la línea “Suministro de gas” dentro de los Costos de operación del Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral, y los montos pendientes de pago a los productores de gas se exponen en el rubro Cuentas por pagar.
4.6 Propiedades, planta y equipo
A la fecha de transición de implementación de las Normas Internacionales de Información (“NIIF”), 1° de enero del 2012, la Sociedad había optado por considerar como costo atribuido de las Propiedades, planta y equipo, que incluyen los Activos esenciales para la prestación del servicio y otros bienes, el costo de los mismos reexpresados en moneda constante hasta el 1 de marzo de 2003 de acuerdo a las normas contables previas y normas de la CNV.
A los efectos de la determinación del costo, para los bienes recibidos en el momento de otorgarse la Licencia, se había tomado el valor global de transferencia definido en el Contrato de Transferencia, que surgía como contrapartida de los aportes efectuados y el pasivo transferido. Sobre la base de un trabajo especial efectuado por peritos independientes en el año 1993, luego se realizó la asignación del valor de origen global entre las distintas categorías de bienes que lo integraban, asignándole como vida útil los años de servicio restantes estimados en función de cada tipo de bien, estado de conservación y planes de renovación y mantenimiento.
Los bienes incorporados al patrimonio con posterioridad al momento de otorgarse la Licencia fueron valuados a su costo de adquisición reexpresado como se detalla en el primer párrafo, excepto en el caso de las redes de distribución construidas por terceros que se valúan conforme lo establecido por la CINIIF 18 al valor razonable de la contraprestación recibida. Dicho valor es determinado en función a los montos equivalentes a determinados metros cúbicos de gas determinados por el ENARGAS a compensar a dichos terceros.
Con fecha efectiva 1° de abril de 2017, MetroGAS decidió utilizar, dentro de los dos modelos previstos en las NIIF, el modelo de la revaluación para la valuación de sus Activos esenciales dentro del rubro Propiedades, planta y equipo, los que incluyen: Ramales de alta presión, Conductos y redes en media y baja presión, Estaciones de regulación y/o medición de presión, Instalaciones de medición de consumos y Redes cedidas por terceros. El cambio de criterio de valuación del modelo de costo al de revaluación se aplica en forma prospectiva de acuerdo con la NIC 8.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
Este cambio de política contable permite valuar los Activos esenciales a valores que se aproximen a su valor razonable y de esta forma brindar información más relevante en el estado de situación financiera. Tal como se explica en la Nota 2, en marzo de 2017 se culminó el proceso de la RTI y de adecuación de la licencia de distribución, que estableció un régimen tarifario de transición a partir del 1° de abril de 2017, un sistema de ajuste semestral, el proceso de revisión tarifaria quinquenal y el plan de inversiones obligatorias quinquenales y adicionales.
4.6.1. Activos esenciales
Tal como se menciona en el punto anterior, con fecha efectiva 1° de abril de 2017 los Activos esenciales se miden por el “modelo de revaluación” establecido en la NIC 16 – Propiedades, planta y equipo-, menos la depreciación acumulada y las pérdidas por deterioro subsecuentes.
De acuerdo a lo requerido por las normas vigentes de la CNV en los casos de valuación de Propiedades, planta y equipo a valores razonables, la Sociedad encomienda dicha valuación a peritos expertos independientes, que actúan como asesores del Directorio de la Sociedad; quién asume la responsabilidad final de la medición. El Directorio de la Sociedad en su reunión de fecha 30 de junio de 2017 aprobó la valuación de los Activos esenciales por el método de la revaluación con fecha efectiva 1° de abril de 2017.
Las revaluaciones se hacen con la frecuencia necesaria de tal forma que el valor registrado contablemente no difiera significativamente del valor razonable de los Activos esenciales a la fecha de cada medición. La depreciación acumulada a la fecha de cada revaluación se netea contra el valor de origen de los Activos esenciales revaluados.
El valor razonable es el precio que se obtendría por vender un activo en una transacción ordenada entre participantes del mercado a la fecha de la medición en condiciones presentes del mercado.
Para medir el valor razonable de los Activos esenciales se utiliza como técnica de valoración el “enfoque del ingreso” establecido en la NIIF 13 – Medición del valor razonable. La Sociedad utiliza un modelo de flujo de fondos descontados elaborados en base a estimaciones respecto del comportamiento futuro de ciertas variables que resultan sensibles en la determinación del valor razonable: (i) tarifas de distribución de gas y costos de gas y transporte (ii) inversiones obligatorias y adicionales (iii) costos de distribución de gas; (iv) tasa de descuento ponderada y (v) variables macroeconómicas como demanda estimada, tasa de inflación, tasa de devaluación, entre otras.
Los flujos de fondos descontados utilizados cubren los años restantes hasta el vencimiento del plazo original de 35 años de la Licencia de Distribución de Gas y el período de renovación de 10 años que puede solicitar la licenciataria, finalizando de esta forma el 28 de diciembre de 2037. Adicionalmente la Sociedad ha incorporado a los flujos de fondos descontados un monto adicional previsto en la Licencia al momento de expiración de la misma, donde la Sociedad tendrá derecho a cobrar el menor entre el valor residual de los Activos esenciales y el importe resultante de una
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
nueva licitación, neto de gastos e impuestos pagados por el participante ganador, monto que la Sociedad ha asimilado a una renta perpetua a dicha fecha.
La medición de los Activos esenciales a valor razonable es clasificada de acuerdo al Nivel 3 establecido en la NIIF 7, ya que debido a la naturaleza particular de estos bienes, no existen valores comparables de mercado.
El incremento del importe en libros de un activo como consecuencia de una revaluación se reconoce en la cuenta Revaluación de Propiedades, planta y equipo en el rubro Otros Resultados Integrales Acumulados (“ORIA”) del Patrimonio Neto, neto del impuesto diferido correspondiente. Cuando se reduzca el importe en libros de un activo como consecuencia de una revaluación, tal disminución se reconocerá en el resultado del período en la medida que exceda el saldo de la cuenta Otros Resultados Integrales Acumulados.
La depreciación, basada en un criterio de componentes, se calcula utilizando el método de la línea recta en función de la vida útil estimada restante al momento de la revaluación:
| • Conductos y redes en media y baja presión • Ramales de alta presión • Estaciones de regulación y medición de presión • Instalaciones de medición de consumos |
Años de vida útil estimada restante |
|---|---|
| 28-33 25 9 9 |
El cargo por depreciación de cada período se reconoce en el resultado del período, salvo que se haya incluido en el importe en libros de otros activos.
La cuenta Revaluación de Propiedades, planta y equipo incluida en rubro Otros Resultados Integrales del Patrimonio Neto disminuye por el consumo, retiro y disposición de los Activos Esenciales, con contrapartida en la cuenta de Resultados no Asignados del Patrimonio Neto, sin afectar el Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral del período o ejercicio.
Si la Sociedad hubiera medido los Activos esenciales de acuerdo con el método anterior de costo reexpresado al 31 de diciembre de 2018 el valor residual de dichos activos al cierre del ejercicio hubiese sido el siguiente:
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
| Activos esenciales | Valor residual 31 de diciembre 2018 |
|---|---|
| Conductos y redes en media y baja presión | 10.746.207 |
| Ramales de alta presión | 1.128.786 |
| Estaciones de regulación y medición de presión | 156.514 |
| Instalaciones de medición de consumos | 1.116.259 |
| Redes cedidas por terceros | 451.153 |
| Total | 13.598.919 |
4.6.2 Otros activos no esenciales
Los bienes comprendidos en el rubro Propiedades, planta y equipo, que no son activos esenciales son: Terrenos, Edificios y construcciones civiles, Otras instalaciones técnicas, Máquinas, equipos y herramientas, Servicios informáticos y de telecomunicaciones, Vehículos, Muebles y útiles, Materiales, Gas en cañerías y Obras en curso.
Estos bienes son valuados a costo reexpresado en moneda de cierre de acuerdo a lo mencionado en la Nota 3, menos la depreciación acumulada y el importe por deterioro acumulado.
La depreciación, basada en un criterio de componentes, se calcula utilizando el método de la línea recta durante la vida útil estimada de los activos, como se detalla a continuación:
| • Otras instalaciones técnicas • Sistemas informáticos y de telecomunicaciones • Edificios y construcciones civiles • Máquinas, equipos y herramientas • Vehículos • Muebles y útiles |
Años de vida útil estimada |
|---|---|
| 15 5 50 5-15 5-10 10 |
Los terrenos no son depreciados. Los valores residuales y las vidas útiles de los activos se revisan, y ajustan en caso de corresponder, como mínimo al cierre de cada ejercicio.
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4.6.3. Criterios de valuación comunes a Activos esenciales y no esenciales
Los costos posteriores (mantenimientos mayores y costos de reconstrucción) son incluidos en el valor de los activos o reconocidos como un activo separado según el caso, solamente cuando es probable que los beneficios futuros asociados con los bienes fluyan a la Sociedad, siendo posible, a su vez, que los costos del bien puedan ser medidos confiablemente y la inversión mejore la condición del activo más allá de su estado original. Los gastos restantes por reparaciones y mantenimiento se reconocen en el resultado del período o ejercicio en que se incurren.
Las obras en curso son valuadas en función del grado de avance. Las obras en curso se registran al costo reexpresado en moneda de cierre de acuerdo a lo mencionado en la Nota 3, menos cualquier pérdida por deterioro, en caso de corresponder. El costo incluye gastos atribuibles a la construcción, incluyendo costos por préstamos capitalizados conforme a las NIIF, cuando los mismos forman parte del costo incurrido para el propósito de adquisición, construcción o producción de Propiedades, planta y equipo que necesariamente toma un período de tiempo considerable hasta que se encuentre en condiciones de uso. La capitalización de los costos financieros cesa cuando el activo se encuentra sustancialmente terminado o suspendido, en el caso de que el desarrollo del mismo se encuentre en este último estado. La Sociedad activa los costos atribuibles a las actividades realizadas de planificación, ejecución y control de las inversiones en Propiedades, planta y equipo. La depreciación de estos activos se inicia cuando los mismos están en condiciones económicas de uso.
Los resultados por ventas de Propiedades, planta y equipo son contabilizados cuando los riesgos y beneficios significativos han sido transferidos al comprador. Los resultados por ventas se determinan comparando los importes cobrados, neto de gastos directos de venta, con el valor contable del bien, y son reconocidos dentro de otros ingresos y egresos en el Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro resultado integral. En el caso de los Activos esenciales, adicionalmente se reversa la Reserva por revaluación de Propiedades, planta y equipo incluida en Otros resultados integrales del Patrimonio Neto con contrapartida en los Resultados no asignados.
La Sociedad analiza la recuperabilidad de sus activos de largo plazo anualmente o cuando existen eventos o cambios en las circunstancias que impliquen un potencial indicio de desvalorización del valor de los bienes con respecto a su valor recuperable, medido éste como el mayor entre el valor de uso y el valor razonable menos los costos de venta.
El valor de uso es determinado sobre la base de flujos de fondos proyectados y descontados empleando tasas de descuento que reflejen el valor tiempo del dinero y los riesgos específicos de los activos considerados.
Los flujos de fondos son elaborados en base a estimaciones respecto del comportamiento futuro de ciertas variables que resultan sensibles en la determinación del valor recuperable, entre las que se destacan: (i) naturaleza, oportunidad y modalidad de los incrementos de tarifas y reconocimiento de ajustes de costos; (ii) proyecciones de demanda de gas; (iii) evolución de los costos a incurrir,
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
y; (iv) variables macroeconómicas como ser tasas de crecimiento, tasas de inflación, tipo de cambio, entre otras.
Cuando el importe en libros de un activo es superior a su importe recuperable estimado, su importe en libros se reduce hasta su valor recuperable.
Si existiera pérdida por deterioro del valor se reconocerá inmediatamente en el resultado del periodo o ejercicio a menos que el activo se contabilice por el método de la revaluación, en cuyo caso la pérdida por deterioro del valor, se tratará como una disminución de la cuenta Revaluación de Propiedades, planta y equipo del rubro ORIA y el excedente se imputará al Estado de Ganancias y Pérdidas y Otro Resultado Integral.
4.7 Propiedades de inversión
Las propiedades de inversión comprenden ciertos inmuebles que la Sociedad mantiene para obtener ingresos por alquileres a largo plazo como también para la apreciación de su valor, no siendo ocupadas por la Sociedad para sus propias operaciones.
La Sociedad ha adoptado el modelo de costo para todas sus propiedades de inversión. Por lo tanto, las propiedades de inversión se registran al valor de costo reexpresado a moneda de cierre de acuerdo a lo mencionado en la Nota 3, menos las depreciaciones y desvalorizaciones acumuladas, si las hubiere.
Bajo el modelo de costo, una propiedad de inversión se desvaloriza si su valor contable excede a su valor recuperable. Cuando los componentes individuales de las propiedades de inversión tienen diferentes vidas útiles, los mismos se contabilizan y deprecian por separado. La depreciación, basada en un criterio de componentes, se calcula utilizando el método de la línea recta durante la vida útil estimada de los activos. Los costos posteriores al reconocimiento inicial, se incluyen en el valor contable de los activos o se reconocen como un activo separado, según corresponda, sólo cuando es probable que dichos costos generen beneficios económicos futuros para la Sociedad y los mismos puedan medirse de manera confiable. Dichos costos pueden incluir el costo de mejoras o de reemplazos de partes que reúnen las condiciones para su capitalización. Se da de baja al valor contable de la parte reemplazada.
4.8 Bienes intangibles
Los bienes intangibles incluyen la adquisición y desarrollo de nuevos sistemas. La Sociedad ha adoptado el modelo de costo para valuar los bienes intangibles según lo establecido en la NIC 38, por lo tanto los bienes intangibles se registran al valor de costo reexpresado a moneda de cierre de acuerdo a lo mencionado en la Nota 3, menos las depreciaciones reexpresadas y desvalorizaciones acumuladas, si las hubiere. La depreciación se calcula utilizando el método de línea recta durante la vida útil estimada de los activos.
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4.9 Deterioro del valor de los activos
A la fecha de cierre de cada ejercicio, la Sociedad revisa los valores contables de sus Propiedades, planta y equipo, Propiedades de inversión y Bienes intangibles para determinar si existen indicios de que dichos activos no son recuperables.
La política de deterioro del valor de los activos no corrientes se describe en Nota 5 “Estimaciones y juicios contables críticos”.
4.10 Activos y pasivos financieros
La Sociedad ha adoptado la NIIF 9 a partir de la fecha de transición, dado que esta nueva política contable brinda información relevante más confiable para que los usuarios evalúen las cifras, la oportunidad y la incertidumbre de los flujos de efectivo futuros.
Los activos y pasivos financieros se reconocen cuando una entidad de la Sociedad pasa a formar parte de las disposiciones contractuales del instrumento.
Los activos y pasivos financieros se miden inicialmente al valor razonable. Los costos de transacción que son directamente atribuibles a la adquisición o emisión de activos y pasivos financieros (distintos a los activos y pasivos financieros designados al valor razonable con cambio en los resultados) se agregan o deducen del valor razonable de los activos o pasivos financieros, cuando sea apropiado, al momento del reconocimiento inicial. Los costos de transacción directamente atribuibles a la adquisición de activos o pasivos financieros designados al valor razonable con cambio en los resultados se reconocen de inmediato en ganancias o pérdidas.
4.10.1 Clasificación
La Sociedad clasifica los activos financieros en las siguientes categorías: activos medidos a valor razonable y activos medidos a costo amortizado. Esta clasificación depende de si el activo financiero es una inversión en un instrumento de deuda o de patrimonio. Para ser medido a costo amortizado se deben cumplir las dos condiciones descriptas abajo. Los restantes activos financieros se miden a valor razonable. La NIIF 9 requiere que todas las inversiones en instrumentos de patrimonio sean medidas a valor razonable.
a) Activos financieros a costo amortizado
Los activos financieros son medidos a costo amortizado si cumplen las siguientes condiciones:
- i) El objetivo del modelo de negocio de la Sociedad es mantener los activos para obtener los flujos de efectivo contractuales; y
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- ii) las condiciones contractuales dan lugar, en fechas especificadas, a flujos de efectivo que son únicamente pagos del principal e intereses sobre el principal.
Al 31 de diciembre de 2018 y 2017, los activos financieros a costo amortizado de la Sociedad comprenden Efectivo y equivalentes de efectivo (excepto los fondos comunes de inversión), Créditos por ventas y Otros créditos.
b) Activos financieros a valor razonable
Si alguna de las condiciones detalladas arriba no se cumple, los activos financieros son medidos a valor razonable con cambios en resultados.
Al 31 de diciembre de 2018 y 2017, los activos financieros de la Sociedad a valor razonable con cambios en resultados comprenden principalmente fondos comunes de inversión.
4.10.2 Reconocimiento y medición
La compra o venta convencional de los activos financieros se reconoce en la fecha de su negociación, es decir, la fecha en que la Sociedad se compromete a adquirir o vender el activo. Los activos financieros se dan de baja cuando los derechos a recibir flujos de efectivo de las inversiones han vencido o se han transferido y la Sociedad ha transferido sustancialmente todos los riesgos y beneficios derivados de su titularidad.
Los activos financieros se reconocen inicialmente a su valor razonable más, en el caso de activos financieros que no se miden a valor razonable con cambios en resultados, los costos de transacción que sean directamente atribuibles a la adquisición de los activos financieros.
4.10.3 Deterioro del valor de activos financieros
El modelo de deterioro de acuerdo con la NIIF 9 refleja pérdidas crediticias esperadas, en oposición a las pérdidas crediticias incurridas según la NIC 39. En el alcance del deterioro en la NIIF 9, ya no es necesario que ocurra un suceso crediticio antes de que se reconozcan las pérdidas crediticias. En cambio, una entidad siempre contabiliza tanto las pérdidas crediticias esperadas como sus cambios. El importe de pérdidas crediticias esperadas debe ser actualizado al cierre de cada período o ejercicio para reflejar los cambios en el riesgo crediticio desde el reconocimiento inicial.
MetroGAS cuenta entre sus clientes con una gran cantidad de usuarios residenciales (aproximadamente 2,4 millones de clientes) y algunos grandes clientes compuestos por centrales eléctricas, industrias, comercios, entidades públicas y estaciones de GNC.
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La Sociedad calculó el deterioro de sus activos financieros aplicando el modelo simplificado agrupando los activos en función del tipo de cliente: i) clientes residenciales, ii) grandes clientes.
Para determinar la pérdida crediticia esperada de los clientes residenciales, al tratarse de un gran número de clientes localizados en una misma área geográfica y con características de riesgo crediticio comunes, la Sociedad ha preparado una matriz a partir de su registro de tasas de impago históricas a lo largo de la vida esperada de las cuentas por cobrar y las ha ajustado por las circunstancias relativas a las condiciones económicas futuras.
Para los grandes clientes, la Sociedad realizó un análisis individual de los créditos que representan un riesgo (riesgo de quiebra, clientes involucrados en un procedimiento judicial con la Sociedad) al cierre del ejercicio.
Definido cada grupo, se asignó una tasa de incobrabilidad esperada calculada en base a tasas de impago históricas al 31 de diciembre de 2018 ajustadas a las condiciones económicas futuras.
4.10.4 Compensación de instrumentos financieros
Los activos y pasivos financieros se compensan y el valor neto se informa en el estado de situación financiera cuando existe un derecho exigible legalmente de compensar los valores reconocidos y existe una intención de pagar en forma neta, o de realizar el activo y cancelar el pasivo simultáneamente.
4.11 Créditos por ventas
Los créditos originados por servicios facturados y no cobrados a clientes, y aquellos devengados y no facturados a la fecha del cierre de cada ejercicio, son reconocidos a su valor razonable y posteriormente medidos a costo amortizado usando el método del interés efectivo menos cualquier deterioro. Los ingresos por intereses se reconocen aplicando la tasa de interés efectiva, excepto por las cuentas por cobrar a corto plazo en caso de que el reconocimiento de interés sea inmaterial.
Los créditos por ventas incluyen servicios devengados que se encuentran sin facturar a la fecha de cierre del ejercicio.
Los créditos por ventas están expresados netos de la provisión para deudores incobrables, la cual se basa en las estimaciones de cobro realizadas por la Sociedad.
4.12 Otros créditos
Los otros créditos son reconocidos inicialmente a su valor razonable (generalmente el monto original de la facturación/liquidación) y posteriormente medidas a costo amortizado, usando el método del interés efectivo y cuando fuere significativo, ajustado al valor temporal de la moneda.
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La Sociedad registra provisiones para desvalorización cuando existe una evidencia objetiva de que la Sociedad no será capaz de cobrar todos los montos adeudados en su favor de acuerdo a los términos originales de los créditos.
Los otros créditos están expresados netos de la provisión para deudores incobrables, la cual se basa en las estimaciones de cobro realizadas por la Sociedad.
4.13 Efectivo y equivalentes de efectivo
En el estado de flujo de efectivo consolidado, el efectivo y equivalentes de efectivo incluyen el efectivo en caja, los depósitos a la vista en entidades bancarias y otras inversiones a corto plazo de gran liquidez con un vencimiento original de tres meses o menos desde el momento de su adquisición.
4.14 Inventarios
Los inventarios incluyen los detectores de gas natural y monóxido de carbono. Los inventarios se valúan por el menor valor entre el costo reexpresado a moneda de cierre de acuerdo a lo mencionado en la Nota 3 y el valor neto de realización. El costo incluye los costos de adquisición (neto de descuentos, devoluciones y similares), transformación, así como otros costos en lo que se haya incurrido para dar a las existencias su ubicación y condiciones para ser comercializados.
4.15 Cuentas por pagar
Las cuentas por pagar son obligaciones de pago con proveedores por compras de bienes y servicios generadas en el curso ordinario de los negocios. Las deudas comerciales se reconocen inicialmente a valor razonable y con posterioridad se miden a costo amortizado utilizando el método de la tasa de interés efectiva.
La línea denominada “Fideicomisos”, expuesta en este rubro comprenden a los montos cobrados que estaban pendientes de depósito al cierre de cada ejercicio correspondientes a los cargos que se mencionaran en Nota 2.2.5.
4.16 Otras deudas
Las otras deudas se reconocen inicialmente a valor razonable y con posterioridad se miden a costo amortizado utilizando el método de la tasa de interés efectiva.
4.17 Costos por préstamos
Los costos por préstamos atribuibles directamente a la adquisición, construcción o producción de activos aptos, que son aquellos que requieren de un período sustancial antes de estar listos para el
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
uso al que están destinados o para la venta, son capitalizados como parte del costo de dichos activos hasta que los mismos estén aptos para su uso o venta.
El ingreso percibido por la inversión temporal en préstamos específicos pendientes para ser consumidos en activos calificados es deducido de los costos por préstamos aptos para su capitalización.
Los demás costos por préstamos son reconocidos como gastos en el período en que se incurren.
4.18 Impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta
El cargo por impuesto a las ganancias del ejercicio incluye el cargo por impuesto corriente y diferido. Los cargos por impuesto a las ganancias se reconocen en el estado de pérdidas y ganancias, excepto si se relacionan con conceptos contabilizados en otros resultados integrales o directamente en el patrimonio, en cuyo caso, el impuesto se contabiliza en otros resultados integrales o directamente en el patrimonio, respectivamente.
La Sociedad determina el cargo contable por impuesto a las ganancias de acuerdo con el método del impuesto diferido, el cual considera el efecto de las diferencias temporarias originadas en la distinta base de medición de activos y pasivos según criterios contables e impositivos, a la tasa impositiva que promulgada o sustancialmente promulgada a la fecha de los estados contables, se espera esté vigente al momento de su reversión o utilización, que de acuerdo a las últimas modificaciones introducidas por la Ley N° 27.430 de Reforma tributaria publicada en el B.O. el 29 de diciembre de 2017, se reduce del 35% aplicada hasta el 31 de diciembre de 2017 al 30% para los ejercicios 2018 y 2019, y 25% a partir del 2020.
Los activos por impuesto diferido se registran en la medida en que sea probable la existencia de ganancias imponibles en el futuro contra las cuales se puedan compensar las diferencias temporarias.
Las entidades en Argentina están sujetas al Impuesto a las Ganancias Mínima Presunta (“IGMP”). Conforme al régimen impositivo vigente, una entidad debe pagar el mayor entre el impuesto a las ganancias y el IGMP. La provisión por IGMP se calcula por cada entidad individual a la tasa vigente del 1% y se basa en los activos impositivos de cada compañía al cierre del ejercicio, como lo definen las leyes argentinas. Si el IGMP excede al impuesto a las ganancias, dicho excedente se puede tomar como pago a cuenta del impuesto a las ganancias futuro que se produzca durante un período de 10 años. Cuando la Sociedad considera que es probable que se utilice el cargo de IGMP como pago a cuenta del impuesto a las ganancias, contabiliza el IGMP como un crédito corriente o no corriente, según corresponda, dentro del rubro “Otros créditos” en el estado de situación financiera, de lo contrario lo imputa en resultados en el rubro “Impuesto a las ganancias y a la ganancia mínima presunta” en el estado de pérdidas y ganancias y otro resultado integral.
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De acuerdo con la Ley Nº 25.063, sancionada en diciembre de 1998, los dividendos que se distribuyan, en dinero o en especie, en exceso de las utilidades impositivas acumuladas al cierre del ejercicio inmediato anterior a la fecha de pago o distribución, estarán sujetos a una retención del 35% en concepto de impuesto a las ganancias con carácter de pago único y definitivo, excepto los que distribuyan a accionistas radicados en países con los cuales existan convenios de doble imposición, los cuales estarán sujetos a una alícuota menor. Sin embargo, de acuerdo a la Ley de Reforma tributaria anteriormente mencionada, se elimina este impuesto para las utilidades generadas a partir del 2018.
Con fecha 20 de septiembre de 2013 fue promulgada la Ley N° 26.893, que estableció un gravamen en concepto del mencionado impuesto con carácter de pago único y definitivo del 10% sobre los dividendos que se distribuyan en dinero o en especie –excepto en acciones o cuotas partes- a beneficiarios del exterior, y a personas físicas residentes en el país, sin perjuicio de la retención del 35% antes mencionada.
Con fecha 22 de julio de 2016 se publicó en el Boletín Oficial la Ley 27.260 “Programa Nacional de reparación histórica para jubilados y pensionados” que incluye un régimen de sinceramiento fiscal, moratoria y modificaciones impositivas. Entre otras modificaciones, la mencionada Ley 27.260 deja sin efecto el impuesto del 10% al que estaban sujetos los dividendos que distribuyeran las sociedades en dinero o en especie –excepto en acciones o cuotas partes– a beneficiarios del exterior y a personas físicas residentes en el país con carácter de pago único y definitivo.
Finalmente, la Ley N° 27.430 de Reforma tributaria también estableció, entre otras cuestiones, una retención sobre los dividendos del 7% para los ejercicios 2018 y 2019, y del 13% a partir del 2020.
4.19 Remuneraciones y cargas sociales
Las gratificaciones al personal se contabilizan como un pasivo y un gasto por gratificaciones en base a las condiciones y políticas establecidas por la Sociedad. Se registra una provisión cuando la Sociedad está obligada contractualmente o cuando exista una práctica en el pasado que haya creado una obligación implícita para la Sociedad.
Las indemnizaciones al personal se contabilizan como un pasivo y un gasto de personal cuando la relación laboral cesa, por decisión del empleador, antes de la fecha normal de jubilación o cuando un empleado acepta un retiro voluntario a cambio de dicha indemnización.
La Sociedad no posee planes de contribuciones definidas, adicionales a la contribución efectuada al Régimen Nacional de la Seguridad Social de acuerdo con regulaciones vigentes en Argentina, ni planes de beneficios definidos. Asimismo, la Sociedad no mantiene ningún programa de pagos basados en acciones.
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4.20 Pasivo concursal
El pasivo concursal comprende los pasivos sujetos al procedimiento del concurso preventivo de acreedores solicitado por la Sociedad el 17 de junio de 2012. Los pasivos siguieron los lineamientos de NIIF 9, han sido valuados a costo amortizado considerando, de corresponder, los intereses financieros devengados hasta la fecha de presentación del concurso preventivo momento a partir del cual quedó interrumpido el curso de los mismos según lo dispone el art.19 de la LCQ. Los pasivos en moneda extranjera han sido valuados a los tipos de cambio al cierre del ejercicio.
Desde la resolución judicial que homologa la propuesta concursal el 6 de septiembre de 2012, el pasivo concursal incluye las deudas declaradas verificadas y admisibles con acreedores privilegiados pendientes de cancelación y deudas litigiosas o verificaciones tardías pendientes de resolución por el juez del concurso.
4.21 Deuda financiera
Las deudas financieras son reconocidas inicialmente a su valor razonable, neto de los costos de transacción incurridos. Dado que la Sociedad no tiene pasivos financieros cuyas características requieran la contabilización a valor razonable, de acuerdo a las NIIF vigentes, con posterioridad al reconocimiento inicial la deuda financiera es valuada a costo amortizado.
A efectos de la contabilización de la cancelación de las obligaciones negociables consumado el 27 de febrero de 2018, la Sociedad ha seguido los lineamientos previstos en la NIIF 9 “Reconocimiento y medición de instrumentos financieros”.
La NIIF 9 establece que una entidad eliminará de su estado de situación financiera un pasivo financiero (o una parte de éste) cuando, y solo cuando, se haya extinguido, esto es, cuando la obligación especificada en el correspondiente contrato haya sido pagada o cancelada, o haya expirado. La diferencia entre el importe en libros de un pasivo financiero (o de una parte del mismo) que ha sido cancelado o transferido a un tercero y la contraprestación pagada, incluyendo cualquier activo transferido diferente del efectivo o pasivo asumido, se reconocerá en el resultado del período. Con fecha 27 de febrero de 2018 la Sociedad canceló la totalidad de las obligaciones negociables. Por lo tanto dio de baja la deuda financiera registrada e imputó la diferencia entre el importe en libros del pasivo financiero y la contraprestación pagada a resultados en la línea “Pérdida por cancelación de cancelación de Obligaciones Negociables (“ONs”)” dentro del rubro “Resultados financieros netos” (ver Nota 27 a los presentes estados financieros).
Asimismo, de acuerdo con la NIIF 9 la nueva deuda tomada con fecha 8 de febrero de 2018 y 12 de diciembre de 2018 (ver Nota 18 a los presentes estados financieros) fue reconocida inicialmente a su valor razonable, neto de los costos de transacción incurridos y con posterioridad, se mide a costo amortizado.
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4.22 Provisiones
Las provisiones se reconocen en los casos en que la Sociedad, frente a una obligación presente a su cargo, ya sea legal o implícita, originada en un suceso pasado, resulta probable que se requiera una salida de recursos para cancelar la obligación, y se puede realizar una estimación confiable del importe de la misma. No se reconocen provisiones por pérdidas operativas futuras.
El importe reconocido como provisiones es la mejor estimación de desembolso necesario para cancelar la obligación presente, al final del ejercicio sobre el que se informa, teniendo en cuenta los riesgos e incertidumbres correspondientes. Cuando se mide una provisión usando el flujo de efectivo estimado para cancelar la obligación presente, su importe registrado representa el valor actual de dicho flujo de efectivo. Este valor presente se obtiene aplicando una tasa de descuento antes de impuestos que refleja las condiciones del mercado, el valor temporal de la moneda y los riesgos específicos de la obligación.
Se han constituido provisiones incluidas en el pasivo para cubrir eventuales situaciones contingentes que podrían originar obligaciones de pago futuras. En la estimación de sus montos y probabilidades de concreción se ha considerado la opinión de los asesores legales de la Sociedad.
Cuando se espera la recuperación de algunos o todos los beneficios económicos requeridos para cancelar una provisión, se reconoce una cuenta por cobrar como un activo si es virtualmente seguro que se recibirá el desembolso y el monto de la cuenta por cobrar puede ser medido con fiabilidad.
4.23 Arrendamientos
La determinación de si un acuerdo constituye o incluye un arrendamiento se basa en la esencia del acuerdo a la fecha de su celebración, si el cumplimiento de acuerdo depende del uso de uno o más activos específicos o si el acuerdo concede el derecho de uso de activo.
Los arrendamientos en los cuales una porción significativa de los riesgos y beneficios derivados de la titularidad son retenidos por el arrendador son clasificados como operativos. Al 31 de diciembre de 2018 la Sociedad solo posee contratos de arrendamiento que son clasificados como operativos.
a. Como arrendatario
Los pagos por arrendamientos operativos se reconocen como gastos operativos en el estado de pérdidas y ganancias y otros resultados integrales en forma lineal a lo largo del plazo del arrendamiento.
b. Como arrendador
Los arrendamientos en los que la Sociedad no transfiere sustancialmente todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad del activo, se clasifican como arrendamientos operativos.
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Los cobros por arrendamientos operativos se reconocen como ingresos en el estado de pérdidas y ganancias y otros resultados integrales en forma lineal a lo largo del plazo del arrendamiento.
4.24 Saldos con partes relacionadas
Los créditos y deudas con partes relacionadas son reconocidos inicialmente a su valor razonable y posteriormente medidos a costo amortizado, de acuerdo con las condiciones pactadas entre las partes involucradas.
4.25 Patrimonio neto
Las partidas de patrimonio neto han sido valuadas de acuerdo a las normas contables vigentes a la fecha de transición. La registración de movimientos del mencionado rubro se realizó de acuerdo a decisiones asamblearias, normas legales o reglamentarias, aunque tales partidas hubieran tenido un saldo diferente en caso de haberse aplicado en el pasado las NIIF.
- a) Capital social
Está formado por los aportes efectuados por los accionistas representados por acciones y comprende a las acciones en circulación a su valor nominal. El Capital social ha sido reexpresado aplicando el procedimiento de ajuste descripto en la Nota 3, en función de las respectivas fechas de suscripción. La cuenta “Capital social” se expone a su valor nominal, de acuerdo con disposiciones legales, y la diferencia con su importe reexpresado se presenta en la cuenta “Ajuste de capital social”.
- b) Reserva legal
De acuerdo a las disposiciones de la Ley N° 19.550, la Sociedad debe constituir una reserva no inferior al 5% del resultado positivo surgido de la sumatoria del resultado del ejercicio, los ajustes de ejercicios anteriores, las transferencias de otros resultados integrales a resultados acumulados y las pérdidas acumuladas de ejercicios anteriores, hasta alcanzar el 20% del Capital Social más el saldo de la cuenta Ajuste de capital. Al 31 de diciembre de 2013 la Reserva legal se encontraba totalmente integrada. Los accionistas de MetroGAS han decidido, en la Asamblea celebrada el 28 de abril de 2014 proceder a la reducción obligatoria del Capital social afectando parcialmente los resultados acumulados negativos del ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2013 contra la Reserva legal que ascendía a 45.376.
c) Resultados acumulados
Los resultados no asignados a la fecha de inicio de aplicación de la NIC 29 (1° de enero de 2017) se han determinado por diferencia patrimonial y, a partir de ese momento, se han
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reexpresado en moneda de cierre aplicando el procedimiento de ajuste descripto en la Nota 3, considerando los movimientos de cada ejercicio.
El rubro ORIA incluido en la sección resultados acumulados del Patrimonio Neto incluye la cuenta Revaluación de Propiedades, planta y equipo, neto del impuesto diferido correspondiente. Dicha cuenta de revaluación de Propiedades, planta y equipo disminuye por el consumo, retiro y disposición de los Activos esenciales, con contrapartida en la cuenta de Resultados no Asignados del Patrimonio Neto, sin afectar el Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral del período o ejercicio.
Cuando el saldo neto de los ORIA al cierre de un ejercicio o período sea positivo, éste no podrá ser distribuido, capitalizado ni destinado a absorber pérdidas acumuladas, pero deberá ser computado como parte de los resultados acumulados a los fines de efectuar las comparaciones para determinar la situación de la sociedad frente a los artículos 31, 32 y 206 de la Ley General de Sociedades N° 19.550, u otras normas legales o reglamentarias complementarias en las que se haga referencia a límites o relaciones con el capital y las reservas, que no tengan un tratamiento particular expreso en Normas de la CNV. Cuando el saldo neto de estos resultados al cierre de un ejercicio o período sea negativo, existirá una restricción a la distribución de resultados no asignados por el mismo importe.
4.26 Resultado neto por acción
El resultado por acción básico se calcula dividiendo el beneficio atribuible a la participación controlante de instrumentos de patrimonio neto de la Sociedad entre el número promedio ponderado de acciones ordinarias en circulación durante el ejercicio, excluyendo las acciones propias adquiridas por la Sociedad.
A la fecha de emisión de los presentes estados financieros consolidados, MetroGAS no ha emitido instrumentos de patrimonio que den lugar a acciones ordinarias potenciales, por lo que el cálculo de la pérdida neta diluida por acción coincide con el cálculo del resultado neto básico por acción.
4.27 Cuentas del Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral
Las cuentas del estado de resultados han sido reexpresadas según el procedimiento de ajuste indicado en la Nota 3, de acuerdo con los siguientes criterios:
-
a) Las cuentas que acumulan operaciones monetarias se reexpresaron mediante la aplicación a los importes originales, de los coeficientes correspondientes al mes de devengamiento.
-
b) Los cargos por consumos de activos no monetarios se calcularon en función de los valores reexpresados de tales activos.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
-
c) Los resultados de inversiones permanentes en sociedades controladas han sido determinados sobre la base del método del valor patrimonial proporcional a partir de los estados financieros de las dichas sociedades reexpresados en moneda de cierre.
-
d) Los intereses, diferencias de cambio y otros resultados financieros se reexpresaron desde el mes de devengamiento y bajo la denominación de RECPAM se expone el efecto neto de la inflación sobre los activos y pasivos monetarios.
5. ESTIMACIONES Y JUICIOS CONTABLES CRÍTICOS
Las políticas contables significativas de la Sociedad están enunciadas en la Nota 4. No todas las políticas contables significativas requieren que la Sociedad utilice criterios o estimaciones subjetivas o complejas. La siguiente sección brinda un entendimiento de las políticas que la Sociedad considera críticas debido al nivel de complejidad, el criterio o las estimaciones involucradas en su aplicación y el impacto en los estados financieros consolidados. Estos criterios comprenden supuestos o estimaciones en relación con eventos futuros. Los resultados reales pueden diferir de esas estimaciones.
A fin de facilitar la comprensión sobre la forma en que la Sociedad forma su juicio sobre hechos futuros, incluyendo las variables y presupuestos en que se fundan las estimaciones, y la sensibilidad de dichos juicios respecto de las diferentes variables y condiciones, la Sociedad ha incluido comentarios relacionados con cada política contable crítica descripta en el presente.
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5.1. Valuación de Activos esenciales;
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5.2. deterioro de propiedades, planta y equipo y bienes intangibles;
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5.3. reconocimiento de ingresos y créditos por ventas;
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5.4. provisiones;
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5.5. impuesto a las ganancias diferido e IGMP;
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5.6. aplicación de la CINIIF 12 “Contratos de concesión”.
5.1 Valuación de Activos esenciales
Con fecha efectiva 1° de abril de 2017, MetroGAS decidió utilizar, dentro de los dos modelos previstos en las NIIF, el modelo de la revaluación para la valuación de sus Activos esenciales dentro del rubro Propiedades, planta y equipo, los que incluyen: Ramales de alta presión, Conductos y redes en media y baja presión, Estaciones de regulación y/o medición de presión, Instalaciones de medición de consumos y Redes cedidas por terceros. Este cambio de política
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contable permite valuar los Activos esenciales a valores que se aproximen a su valor razonable y de esta forma brindar información más relevante en el estado de situación financiera.
El valor razonable es el precio que se obtendría por vender un activo en una transacción ordenada entre participantes del mercado a la fecha de la medición en condiciones presentes del mercado.
Para medir el valor razonable de los Activos esenciales se utiliza como técnica de valoración el “enfoque del ingreso” establecido en la NIIF 13 – Medición del valor razonable. La Sociedad utiliza un modelo de flujo de fondos descontados elaborados en base a estimaciones respecto del comportamiento futuro de ciertas variables que resultan sensibles en la determinación del valor razonable: (i) tarifas de distribución de gas y costos de gas y transporte (ii) inversiones obligatorias y adicionales (iii) costos de distribución de gas; (iv) tasa de descuento ponderada y (v) variables macroeconómicas como demanda estimada, tasa de inflación, tasa de devaluación, entre otras.
La medición de los Activos esenciales a valor razonable es clasificada de acuerdo al Nivel 3 establecido en la NIIF 7, ya que debido a la naturaleza particular de estos bienes, no existen valores comparables de mercado.
Los flujos de fondos descontados utilizados cubren los años restantes hasta el vencimiento del plazo original de 35 años de la Licencia de Distribución de Gas y el período de renovación de 10 años que puede solicitar la licenciataria, finalizando de esta forma el 28 de diciembre de 2037. Adicionalmente la Sociedad ha incorporado a los flujos de fondos descontados (a la tasa prevista por el ENARGAS en la RTI del 9,33%) un monto adicional previsto en la Licencia al momento de expiración de la misma, donde la Sociedad tendrá derecho a cobrar el menor entre el valor residual de los Activos esenciales y el importe resultante de una nueva licitación, neto de gastos e impuestos pagados por el participante ganador, monto que la Sociedad ha asimilado a una renta perpetua a dicha fecha.
Las revaluaciones se hacen con la frecuencia necesaria de tal forma que el valor registrado contablemente no difiera significativamente del valor razonable de los Activos esenciales a la fecha de cada medición. De acuerdo con la NIC 16, la frecuencia será anual en el caso de los países con alta inflación, excepto que hubiera eventos de deterioro u otros hechos que justifiquen realizar una revaluación con una frecuencia menor.
Durante el ejercicio iniciado el 1 de enero de 2018, se materializaron los ajustes de las tarifas del servicio de distribución que surgieron del proceso de RTI, que determinó los valores que debían aplicarse para el período regulatorio abril 2017-marzo 2022.
No obstante, en relación a la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, el ENARGAS advirtió que, para el período a considerar en el ajuste aplicable a partir de octubre-2018, es decir la variación entre febrero y agosto de 2018 existía una notoria disparidad entre la variación del IPIM y la de otros indicadores de la economía y ponderó el mismo con otros indicadores. Con respecto a las DDA correspondientes al período estacional mencionado anteriormente, adoptó algunos
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criterios distintos a los previstos en la RTI para el reconocimiento de los costos del gas comprado. Ambos conceptos repercutieron negativamente en el ajuste esperado reconociendo un incremento menor al que resultaba de la aplicación de lo aprobado en el proceso de RTI (ver Nota 2.2.2.1 a los presentes estados financieros).
Al 31 de diciembre de 2018, la Sociedad realizó una nueva estimación del valor razonable considerando para ello tres escenarios tomando en cuenta el comportamiento futuro de ciertas variables que resultan sensibles en la determinación del valor razonable, ponderando cada uno por su probabilidad de ocurrencia y, concluyó que el valor razonable de los activos esenciales se ha reducido en 1.064.936, en consecuencia la disminución por la revaluación registrada en el ORIA asciende a 796.573 (neto del impuesto diferido).
5.2 Deterioro de propiedades, planta y equipo y bienes intangibles
A la fecha de cierre de cada ejercicio, la Sociedad revisa los valores contables de sus propiedades, planta y equipo y bienes intangibles, para determinar si existen indicios de que dichos activos hayan sufrido alguna pérdida por deterioro. Asimismo, la Sociedad periódicamente evalúa el valor contable de sus activos de larga duración en función de su valor de recupero cuando los hechos o cambios en las circunstancias indican que el valor contable de un activo pudiera estar deteriorado.
Los indicios de desvalorización que deben ser considerados dentro este análisis incluyen, entre otros, la existencia de daños materiales o de cambios significativos en el uso de los activos, el rendimiento económico inferior al esperado o una caída significativa en los ingresos. Cuando el activo no genera flujos de efectivo que sean independientes de otros activos, la Sociedad estima el valor recuperable de la unidad generadora de efectivo (“UGE”) a la cual pertenece el activo.
El valor recuperable es el mayor entre el valor razonable menos los costos de disposición del activo y el valor de uso. El valor de uso es determinado sobre la base de flujos de fondos proyectados y descontados empleando tasas de descuento que reflejen el valor tiempo del dinero y los riesgos específicos de los activos considerados.
Si el valor recuperable de los activos de la UGE es inferior a su valor contable, el valor contable del activo o UGE se reduce a su valor recuperable. Las pérdidas por desvalorización se reconocen de inmediato en el estado de resultados.
La Sociedad entiende que la política contable relacionada con el deterioro de Propiedades, planta y equipo y bienes intangibles es una “política contable crítica” debido a que es sustancial el impacto que tiene el reconocimiento o reversión de un deterioro o valor de recupero sobre los activos informados en los estados financieros consolidados de la Sociedad, así como sobre el resultado de sus operaciones. Las estimaciones sobre futuros ingresos así como la definición de la tasa de descuento y la estimación de otras premisas relevantes (como tipo de cambio y tasa de inflación) requieren la formulación de juicios esenciales.
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5.2.1 Test de deterioro para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018
Tal como se menciona en la Nota 2.1.1 y 2.2.2.1, la Sociedad:
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a) Suscribió durante el ejercicio 2017, con el MINEM y con el Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas un Acuerdo Transitorio que dispone la adecuación transitoria de precios y tarifas del Servicio Público de Distribución de Gas Natural, la afectación específica de los montos allí previstos hasta la suscripción del Acta Acuerdo de Renegociación Contractual Integral y la entrada en vigencia de los cuadros tarifarios definitivos que resulten de la RTI. En este sentido, dispuso que a los fines de la implementación gradual y progresiva de dicha medida, el ENARGAS debía aplicar en forma escalonada los incrementos tarifarios resultantes de la Revisión Tarifaria Integral conforme a la siguiente progresión: treinta por ciento (30%) del incremento, a partir del 1° de abril de 2017; cuarenta por ciento (40%) del incremento, a partir del 1° de diciembre de 2017, y el treinta por ciento (30%) restante, a partir del 1° de abril de 2018.
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b) Con fecha 31 de marzo de 2017 y 1° de diciembre de 2017 se publicaron en el B.O. las Resoluciones del ENARGAS mediante las cual se aprobaron los cuadros tarifarios transitorios aplicables a los usuarios de MetroGAS a partir del 1° de abril de 2017 y 1° de diciembre de 2017, respectivamente.
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c) Se llevaron a cabo las audiencias públicas relacionadas con la RTI de MetroGAS y se convocó a audiencia pública el día 22 de febrero de 2018 para considerar (i) la aplicación de la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, de corresponder, para el ajuste de tarifas de MetroGAS; (ii) la aplicación del traslado a tarifas del precio de gas comprado y (iii) alternativas metodológicas para una facturación más previsible de los consumos de los usuarios residenciales.
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d) Con fecha 28 de marzo de 2018 se publicaron en el B.O. las Resoluciones del ENARGAS mediante la cual se aprobaron los cuadros tarifarios aplicables a los usuarios de MetroGAS a partir del 1° de abril de 2018, reflejándose en ellos el cumplimiento de los incrementos tarifarios resultantes de la Revisión Tarifaria Integral y de la aplicación del índice de actualización de la tarifa establecido en el Anexo V de la Resolución ENARGAS N° 4356/17, que aprueba una metodología de ajuste semestral no automático de las tarifas con la finalidad de mantener en moneda constante el nivel tarifario.
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e) Con fecha 15 de agosto de 2018 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución del ENARGAS N° 184/2018 que convocó a audiencia pública para el día 4 de septiembre de 2018 para considerar (i) la aplicación de la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, en los términos de lo dispuesto (respecto de MetroGAS) por la Resolución ENARGAS N° I-4356/17; y (ii) la aplicación del traslado a tarifas del precio de gas comprado en los términos del Numeral 9.4.2. de las Reglas Básicas de la Licencia de
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Distribución y la consideración de las Diferencias Diarias Acumuladas (DDA) correspondientes al período estacional.
- f) En fecha 7 de octubre de 2018 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución ENARGAS N° 281/2018 que dispuso (i) declarar la validez de la Audiencia Pública mencionada anteriormente, (ii) aprobar los cuadros tarifarios de MetroGAS aplicables a partir de la publicación de los mismos y (iii) aprobar nuevos valores para las Tasas y Cargos percibidos por MetroGAS por servicios adicionales.
No obstante, en relación a la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, el ENARGAS advirtió que, para el período a considerar en el ajuste aplicable a partir de octubre-2018, es decir la variación entre febrero y agosto de 2018 existía una notoria disparidad entre la variación del IPIM y la de otros indicadores de la economía y ponderó el mismo con otros indicadores. Con respecto a las DDA correspondientes al período estacional mencionado anteriormente, adoptó algunos criterios distintos a los previstos en la RTI para el reconocimiento de los costos del gas comprado. Ambos conceptos repercutieron negativamente en el ajuste esperado reconociendo un incremento menor al que resultaba de la aplicación de lo aprobado en el proceso de RTI (ver Nota 2.2.2.1 a los presentes estados financieros).
Como consecuencia de lo señalado, se realizó un test de deterioro comparando el valor de libros de propiedades, planta y equipo y bienes intangibles con su valor recuperable, determinando el valor actual del flujo de fondos futuro a generarse por dichos activos. La estimación fue realizada tomando en cuenta las tarifas vigentes al cierre del ejercicio aprobadas por el ENARGAS y las que se derivarían a partir de abril de 2019 considerando para ello tres escenarios de flujos de fondos ponderados por su correspondiente probabilidad (ver Nota 5.1 a los presentes estados financieros).
En consecuencia, para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018, la Sociedad no ha identificado indicadores de deterioro para las propiedades, planta y equipo y bienes intangibles en consonancia con las NIIF.
5.2.2 Test de deterioro para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2017
La Sociedad durante el ejercicio 2017:
- a) Suscribió con el MINEM y con el Ministerio de Hacienda y Finanzas Públicas un Acuerdo Transitorio que dispone la adecuación transitoria de precios y tarifas del Servicio Público de Distribución de Gas Natural, la afectación específica de los montos allí previstos hasta la suscripción del Acta Acuerdo de Renegociación Contractual Integral y la entrada en vigencia de los cuadros tarifarios definitivos que resulten de la RTI. En este sentido, dispuso que a los fines de la implementación gradual y progresiva de dicha medida, el ENARGAS debía aplicar en forma escalonada los incrementos tarifarios resultantes de la Revisión Tarifaria Integral conforme a la siguiente progresión: treinta por ciento (30%) del incremento, a partir del 1° de abril de 2017; cuarenta por ciento (40%) del incremento, a
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
partir del 1° de diciembre de 2017, y el treinta por ciento (30%) restante, a partir del 1° de abril de 2018.
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b) Con fecha 31 de marzo de 2017 y 1° de diciembre de 2017 se publicaron en el B.O. las Resoluciones del ENARGAS mediante las cual se aprobaron los cuadros tarifarios transitorios aplicables a los usuarios de MetroGAS a partir del 1° de abril de 2017 y 1° de diciembre de 2017, respectivamente.
-
c) Se llevaron a cabo las audiencias públicas relacionadas con la RTI de MetroGAS y se convocó a audiencia pública el día 22 de febrero de 2018 para considerar (i) la aplicación de la Metodología de Adecuación Semestral de la Tarifa, de corresponder, para el ajuste de tarifas de MetroGAS; (ii) la aplicación del traslado a tarifas del precio de gas comprado y (iii) alternativas metodológicas para una facturación más previsible de los consumos de los usuarios residenciales.
En consecuencia, para el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2017, la Sociedad no ha identificado indicadores de deterioro para las propiedades, planta y equipo y bienes intangibles en consonancia con las NIIF.
Sin embargo, de acuerdo a lo previsto en las políticas de la Sociedad (ver Notas 4.6 y 4.9 a los presentes estados financieros) se realizó un test de deterioro comparando el valor de libros de propiedades, planta y equipo y bienes intangibles con su valor recuperable, determinando el valor actual del flujo de fondos futuro a generarse por dichos activos. La estimación fue realizada tomando en cuenta las tarifas vigentes al cierre del ejercicio aprobadas por el ENARGAS y las que se derivarían a partir de abril de 2018 como consecuencia de continuar con la secuencia de incrementos establecida en el proceso de la RTI. Dado que la estimación del valor del flujo de fondos futuro descontado supera el valor contable de tales activos, la Sociedad confirmó cuantitativamente que los mismos no presentaban deterioro.
5.3 Reconocimiento de ingresos y créditos por ventas
Los ingresos se reconocen sobre la base de lo devengado contra entrega a los clientes, que incluye los montos estimados de gas o líquidos entregados y no facturados al cierre de cada ejercicio, su transporte y distribución, de corresponder. Los montos efectivamente entregados son estimados en base a los volúmenes comprados y otra información histórica. Estos volúmenes se asignan a cada tipo de cliente, segmento y nivel de ahorro para su valoración según el tarifario aplicable de acuerdo a la estimación que se realiza en base a información histórica de segmentación y niveles de ahorro de cada mes de facturación.
La Sociedad está expuesta a pérdidas por incobrabilidad. La Provisión para deudores incobrables se realiza en base a las estimaciones de las recaudaciones de la Sociedad y las pérdidas crediticias esperadas. Si bien la Sociedad utiliza la información disponible para realizar las estimaciones, es posible que en el futuro deba realizar ajustes a las provisiones en caso de que las futuras
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
condiciones económicas difieran sustancialmente de los presupuestos utilizados al realizar las estimaciones. El cargo correspondiente se expone en Gastos de comercialización; no se realizan ajustes sobre los Ingresos por ventas.
La Sociedad calcula el deterioro de sus activos financieros aplicando el modelo simplificado agrupando los activos en función del tipo de cliente: i) clientes residenciales, ii) grandes clientes.
Para determinar la pérdida crediticia esperada de los clientes residenciales, al tratarse de un gran número de clientes localizados en una misma área geográfica y con características de riesgo crediticio comunes, la Sociedad prepara una matriz a partir de su registro de tasas de impago históricas a lo largo de la vida esperada de las cuentas por cobrar y las ha ajustado por las circunstancias relativas a las condiciones económicas futuras.
Para los grandes clientes, la Sociedad realiza un análisis individual de los créditos que representan un riesgo (riesgo de quiebra, clientes involucrados en un procedimiento judicial con la Sociedad) al cierre de cada ejercicio.
Definido cada grupo, se asigna una tasa de incobrabilidad esperada calculada en base a tasas de impago históricas ajustadas a las condiciones económicas futuras.
5.4 Provisiones
La Sociedad tiene ciertos pasivos contingentes con respecto a reclamos, juicios y otros procedimientos, reales o potenciales. La Sociedad devenga pasivos cuando resulta probable que incurrirá en futuras salidas de recursos y dichas obligaciones puedan ser estimadas en forma razonable.
Dichos devengamientos se basan en estimaciones realizadas en función de la información disponible, estimaciones de la gerencia de los resultados de estas cuestiones y considerando la opinión de sus asesores legales. Estas presunciones básicas respecto al futuro y otras fuentes claves de incertidumbre en las estimaciones al final del período sobre el cual se reportan implican un riesgo significativo de originar ajustes materiales a los importes en libros de los activos y pasivos durante los próximos periodos financieros.
5.5 Impuesto a las ganancias diferido e impuesto a la ganancia mínima presunta
La Sociedad determina el cargo contable por impuesto a las ganancias de acuerdo con el método del impuesto diferido, el cual considera el efecto de las diferencias temporarias originadas en la distinta base de medición de activos y pasivos según criterios contables e impositivos y de los quebrantos impositivos existentes y créditos fiscales no utilizados susceptibles de deducción de ganancias impositivas futuras, computados considerando la tasa impositiva que se espera esté vigente al momento de su reversión o utilización.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
Adicionalmente, la Sociedad determina el IGMP aplicando la tasa vigente del 1% de los activos computables al cierre de cada ejercicio. Este impuesto es complementario de la obligación por impuesto a las ganancias. El impuesto se calcula aplicando la alícuota efectiva del 1 % sobre la base fiscal de ciertos activos. La obligación fiscal final será el mayor entre el impuesto a las ganancias o el IGMP. Sin embargo, si el IGMP fuera mayor que el impuesto a las ganancias durante cualquier ejercicio económico, dicho excedente puede ser computado como pago a cuenta de cualquier excedente del impuesto a las ganancias sobre el IGMP que pueda originarse en los diez ejercicios económicos siguientes.
La Sociedad evalúa la recuperabilidad de los activos por impuesto diferido e IGMP teniendo en cuenta la probabilidad que algunos o todos los activos por impuesto diferido o créditos no se realicen. Para realizar esta evaluación, la Sociedad considera la reversión programada de los pasivos por impuesto diferido, las ganancias impositivas futuras proyectadas, las estrategias de planificación impositivas como así también la evidencia objetiva de su recupero.
5.6 Aplicación de la CINIIF 12 “Contratos de concesión”
La Interpretación N° 12 “Acuerdos de Concesión de Servicios” (CINIIF 12) fija ciertos lineamientos para la contabilización por parte de entidades privadas que prestan servicios públicos mediante un acuerdo de concesión de servicios o contrato de similar naturaleza. La CINIIF 12 es aplicable para el licenciatario dependiendo, entre otros, del control que el concedente tiene sobre la regulación del servicio y la existencia de un interés residual significativo al finalizar el acuerdo.
Considerando que la CINIIF 12 establece lineamientos y principios generales se requiere de juicio para la determinación de si corresponde su aplicación, debido a las características particulares de cada contrato de concesión o licencia y a la complejidad propia de los diferentes conceptos incluidos en la interpretación.
La Sociedad ha analizado las características, condiciones y los términos actualmente vigentes de su Licencia de distribución de gas natural y los lineamientos establecidos en la CINIIF 12. En base a su análisis, concluyó que la licencia está fuera del alcance de la CINIIF 12, principalmente por las características de renovación de la licencia que dan un resultado similar al que resultaría de haber obtenido un derecho perpetuo para la operación de la infraestructura. En el mismo sentido, la CNV emitió el 20 de diciembre de 2012 la Resolución Nº 613, que establece las razones y los fundamentos por los cuales considera que las empresas concesionarias de transporte y distribución de gas natural y sus empresas controlantes están fuera del alcance de la CINIIF 12.
Cualquier cambio en las condiciones debe ser analizado para considerar también si cambia el análisis previamente efectuado.
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6. ADMINISTRACIÓN DE RIESGOS FINANCIEROS
6.1 Factores de riesgos financieros
Para la gestión del riesgo financiero la Sociedad cuenta con diversas políticas de gestión que le permiten mitigar su exposición a los riesgos de mercado (incluyendo riesgos asociados a la variación en el tipo de cambio, de tipo de interés y en el precio de los productos que ella comercializa), riesgo de crédito y riesgo de liquidez.
La Sociedad no suscribe o negocia instrumentos financieros, entre los que se incluyen los instrumentos financieros derivados, para fines especulativos.
6.1.1 Riesgo de mercado
La Sociedad está expuesta principalmente a riesgos financieros de cambios en tipos de cambio (ver acápite a) debajo) y riesgos de tasas de interés (ver acápite b) debajo).
No ha habido cambios en la exposición de la Sociedad a los riesgos del mercado o la forma en la cual dichos riesgos son manejados y medidos.
a) Riesgo cambiario
La Sociedad realiza transacciones denominadas en moneda extranjera: en consecuencia se generan exposiciones a fluctuaciones en la tasa de cambio. La Sociedad está expuesta principalmente a la fluctuación del tipo de cambio del dólar estadounidense (U$S) con respecto al peso argentino ($).
Las tarifas que percibe MetroGAS por los servicios de distribución de gas natural se encuentran pesificadas razón por la cual la mayor parte de los ingresos de la Sociedad se encuentran denominados en pesos.
Por su parte la deuda financiera de la Sociedad, relacionada con préstamos en dólares estadounidenses ascendió a miles de U$S 235.616 al 31 de diciembre de 2018.
A fin de mitigar el riesgo de tipo de cambio, durante el presente ejercicio, MetroGAS concertó operaciones de compra a término de dólares estadounidenses con el fin de cubrir la exposición al riesgo asociado al tipo de cambio que deriva de su deuda financiera (ver punto 18.3 a los presentes estados financieros consolidados).
Al 31 de diciembre de 2018 la posición monetaria pasiva neta ascendió a miles de U$S 230.387.
En las notas 12, 13, 14, 16, 17, 18, 20, 21 y 22 se exponen la composición por moneda.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
La Sociedad estima que, en función al valor contable de la deuda financiera, por cada aumento o disminución en el tipo de cambio del 10% frente al dólar estadounidense daría lugar a una pérdida o ganancia antes de impuestos de 893 millones. Este análisis de sensibilidad es hipotético ya que los impactos reales podrían diferir significativamente y variar en el tiempo.
b) Riesgo de las tasas de interés
Los préstamos financieros están sujetos principalmente a variaciones en la tasa LIBOR. El impacto en el resultado antes de impuesto en más o menos 100 puntos básicos ascendería a 89.103.
c) Riesgo de precio
En el segmento de distribución de gas la Sociedad no se encuentra expuesta al riesgo de precios de gas natural dado que las tarifas que factura MetroGAS a sus clientes se encuentran reguladas y el marco regulatorio prevé un mecanismo de traslado a tarifas del costo de compra de gas (ver Nota 2.2.2.1 a los presentes estados financieros).
Adicionalmente, en el segmento de comercialización, los precios del gas natural con destino industrial se determinan en función de la oferta y demanda exclusivamente local e interna.
6.1.2 Riesgo de crédito
El riesgo de crédito se refiere a que la contraparte incumpla con sus obligaciones contractuales resultando en una pérdida financiera para la Sociedad. El presente riesgo deriva principalmente de factores económicos y financieros, o de la posibilidad de que la contraparte entre en default o por factores más estrictamente técnicos, comerciales o administrativos.
En lo referente al riesgo de crédito de las cuentas a cobrar provenientes de la actividad comercial, éste es históricamente limitado dado que el corto plazo de cobro a los clientes implica que no se acumulen individualmente montos muy significativos. El corte de suministro es una potestad de la Sociedad ante incumplimientos de parte de los clientes, herramienta que se utiliza y facilita el proceso de evaluación y control de riesgo de crédito. Ante la falta de pago de cualquier factura, la Distribuidora tendrá derecho a suspender el servicio. La Resolución ENARGAS N° 4.313/17, que modificó el Reglamento de Servicio, regula el procedimiento de corte del suministro y establece un plazo de 2 días hábiles contados a partir de la notificación al usuario mediante un aviso de deuda.
MetroGAS cuenta entre sus clientes con una gran cantidad de usuarios residenciales (aproximadamente 2,4 millones de clientes) y algunos grandes clientes compuestos por centrales eléctricas, industrias, comercios, entidades públicas y estaciones de GNC.
La Sociedad calculó el deterioro de sus activos financieros aplicando el modelo simplificado agrupando los activos en función del tipo de cliente: i) clientes residenciales, ii) grandes clientes.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
Para determinar la pérdida crediticia esperada de los clientes residenciales, al tratarse de un gran número de clientes localizados en una misma área geográfica y con características de riesgo crediticio comunes, la Sociedad ha preparado una matriz a partir de su registro de tasas de impago históricas a lo largo de la vida esperada de las cuentas por cobrar y las ha ajustado por las circunstancias relativas a las condiciones económicas futuras.
Para los grandes clientes, la Sociedad realizó un análisis individual de los créditos que representan un riesgo (riesgo de quiebra, clientes involucrados en un procedimiento judicial con la Sociedad) al 31 de diciembre de 2018.
Definido cada grupo, se asignó una tasa de incobrabilidad esperada calculada en base a tasas de impago históricas ajustadas a las condiciones económicas futuras.
El riesgo crediticio afecta también al efectivo y equivalentes de efectivo, depósitos en bancos e instituciones financieras, si bien la Sociedad busca realizar sus colocaciones financieras en instituciones de primer nivel.
La exposición máxima al riesgo de crédito de la Sociedad distinguiendo por el tipo de instrumento financiero se detalla a continuación:
| Efectivo y equivalentes de efectivo Créditos por ventas Otros créditos |
Exposición máxima al |
|---|---|
| 31.12.18 31.12.17 |
|
| 1.799.720 726.997 6.865.640 5.026.043 5.451.069 619.357 |
Al 31 de diciembre de 2018 y 2017 la provisión para deudores incobrables asciende a 523.176 y 266.661 respectivamente. Esta provisión representa la mejor estimación de la Sociedad de las pérdidas crediticias esperadas en relación con las cuentas por cobrar.
En las Notas 13 y 14 se informan las anticuaciones de los créditos por ventas y de los otros créditos, respectivamente.
6.1.3 Riesgos de liquidez
El riesgo de liquidez representa la imposibilidad de la Sociedad de hacer frente a sus compromisos financieros en el corto y mediano plazo.
En la actualidad la liquidez de la Sociedad es una de los principales focos de atención de la Dirección.
Con fecha 8 de febrero de 2018, MetroGAS instrumentó un préstamo no garantizado por la suma de millones de U$S 250 por un plazo de treinta y seis meses y amortizable en nueve cuotas
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trimestrales a partir de los doce meses desde la fecha de desembolso. La Sociedad procedió a destinar los fondos (i) al rescate, con fecha 27 de febrero de 2018, de la totalidad de las Obligaciones Negociables; (ii) a la refinanciación de pasivos corrientes; y (iii) a capital de trabajo (ver punto 18.1 a los presentes estados finacieros).
Asimismo, el 12 de diciembre de 2018, MetroGAS emitió Obligaciones Negociables simples Clase 2 (las “Nuevas Obligaciones Negociables”) denominadas en pesos con vencimiento a los doce meses desde la fecha de emisión por millones de $ 512,4 (ver punto 17.2 a los presentes estados finacieros). Los fondos provenientes de la emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables fueron utilizados para la pre-cancelación de capital e intereses correspondientes a la primera cuota del Préstamo con Industrial and Commercial Bank of China Limited - Dubai Branch e Itaú Unibanco - New York Branch.
Al 31 de diciembre de 2018 MetroGAS registró un capital de trabajo negativo de 1.742.703.
Ningún pasivo financiero devenga intereses excepto por la Deuda Financiera (ver Nota 18.2 a los presentes estados financieros) y la deuda por DDA con productores de gas (ver Nota 2.2.2.3 a los presentes estados financieros).
Los vencimientos de activos financieros se incluyen en las Notas 13, 14 y 15 y los vencimientos de pasivos financieros se incluyen en las Notas 18, 19, 21, 22 y 23.
6.2 Gestión del riesgo de capital
El objetivo principal de la gestión del capital de la Sociedad es mantener la calidad crediticia y ratios de capital que permitan sustentar su negocio y maximizar el valor para sus accionistas.
La estructura de capital de la Sociedad consiste en la deuda neta (la deuda financiera que se detalla en Nota 18 compensada por saldos de efectivo y equivalentes de efectivo) y el patrimonio de la Sociedad.
El índice de endeudamiento de los ejercicios sobre los que se informa es el siguiente:
| 31.12.18 | 31.12.17 | |
|---|---|---|
| Deuda financiera | 9.446.382 | 5.063.916 |
| Efectivo y equivalentes de efectivo | (1.799.720) | (726.997) |
| Deuda neta | 7.646.662 | 4.336.919 |
| Patrimonio | 13.333.537 | 14.130.770 |
| Índice de deuda neta y patrimonio | 57% | 31% |
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7. INSTRUMENTOS FINANCIEROS
Los activos y pasivos financieros se han clasificado y valuado íntegramente a costo amortizado, salvo los fondos comunes de inversión que se encuentran clasificados y valuados a valor razonable con cambios en resultados (ver Nota 15 a los presentes estados financieros).
7.1 Determinación del valor razonable
La NIIF 13 define el valor razonable como el precio que se recibiría por vender un activo o que se pagaría por transferir un pasivo en una transacción ordenada entre participantes de mercado en la fecha de la medición. Al estimar el valor razonable de un activo o un pasivo, la Sociedad toma en cuenta las características del activo o pasivo si los participantes del mercado toman en cuenta esas características al valorar el activo o pasivo a la fecha de medición. El valor razonable para efectos de medición y/o revelación en estos estados financieros consolidados se determina sobre esa base, excepto por las transacciones de arrendamiento, dentro del alcance de la NIC 17 y las mediciones que tienen ciertas similitudes con el valor razonable pero que no son valor razonable, como el valor realizable en la NIC 2 o el valor en uso en la NIC 36. Todos los instrumentos financieros reconocidos al valor razonable son asignados a uno de los niveles de jerarquía de valuación de la NIIF 7. Esta jerarquía de valuación comprende tres niveles. La base inicial para la imputación es la "clase de inversión económica". De acuerdo con la NIIF 7, las técnicas de valuación utilizadas para determinar el valor razonable deben maximizar el uso de información observable.
La medición a valor razonable de los instrumentos financieros de MetroGAS es clasificada de acuerdo a los tres niveles establecidos en la NIIF 7 con base en el grado hasta el cual las entradas a las mediciones del valor razonable son observables y la importancia de las entradas para las mediciones del valor razonable en su totalidad, que se describen a continuación:
-
Nivel 1: valor razonable determinado por precios de cotización en mercados activos para idénticos activos o pasivos que la Sociedad pueda tomar como referencia a la fecha de cierre del ejercicio. Un mercado se considera activo si las transacciones se llevan a cabo con cierta frecuencia y se dispone de suficiente información de precios en forma permanente. Debido a que un precio cotizado en un mercado activo es el indicador más confiable del valor razonable, este debe ser utilizado siempre, si estuviere disponible.
-
Nivel 2: valor razonable determinado en base a información observable distinta de los precios de cotización mencionados en el Nivel 1 para activos o pasivos financieros, ya sea directamente (por ejemplo, precios) o indirectamente (por ejemplo, derivada de los precios).
-
Nivel 3: valor razonable determinado a través de información no observable en la cual se requiere que la sociedad elabore sus propias hipótesis y premisas. Esto solo es permitido en la medida que no haya disponible información de mercado. Los datos incorporados reflejan las estimaciones que tendría en cuenta un participante de mercado para fijar los precios. La
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Sociedad utiliza la mejor información disponible, inclusive datos internos. MetroGAS no posee instrumentos financieros que califiquen como de Nivel 3.
Los únicos activos financieros de la Sociedad que se miden al valor razonable al final del período que se informa son los fondos comunes de inversión cuyos valores razonables son determinados por precios de cotización (Nivel 1).
No hay pasivos financieros medidos posteriormente al valor razonable.
La Sociedad considera que los importes en libros de los activos financieros reconocidos en los estados financieros a costo amortizado se aproximan a su valor razonable.
La Sociedad considera que los importes en libros de los pasivos financieros reconocidos en los estados financieros a costo amortizado se aproximan a su valor razonable.
El total de las ganancias para el ejercicio incluye una ganancia de 270.167 y 167.518 en los ejercicios 2018 y 2017, respectivamente, relacionada con activos financieros medidos al valor razonable.
8. PARTICIPACIÓN EN SUBSIDIARIAS
Los datos que reflejan el control societario son los siguientes:
| Sociedad bajo control directo |
Porcentaje de participación sobre el capital social y votosposibles |
|---|---|
| MetroENERGÍA | 31.12.18 31.12.17 |
| 95% 95% |
Las políticas contables de las subsidiarias han sido cambiadas, en caso de corresponder, para asegurar la consistencia con las políticas adoptadas por la Sociedad.
MetroGAS ha utilizado los últimos estados contables de MetroENERGÍA al 31 de diciembre de 2018 para el cálculo de su participación en dicha sociedad, el Patrimonio Neto de MetroENERGÍA al 31 de diciembre de 2018 asciende a 237.988 y el resultado positivo del ejercicio asciende a 225.463.
MetroENERGÍA tiene por objeto social dedicarse por cuenta propia, por cuenta y orden de terceros o asociada a terceros, a la compra-venta de gas natural y/o su transporte.
La Asamblea Ordinaria de Accionistas celebrada el 27 de abril de 2017 dispuso la distribución del resultado del ejercicio 2016 de 51.506 (cuyo monto reexpresado asciende a 87.099 al 31 de diciembre de 2018) al pago de un dividendo en efectivo, en oportunidad en que el Directorio lo estime pertinente, teniendo en cuenta la disponibilidad de caja y las condiciones financieras del
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
negocio y todo otro factor que dicho órgano de administración considere. En dicha asamblea, los representantes de YPF dejaron constancia que mantienen el compromiso asumido de renunciar al cobro de dividendos hasta tanto la deuda financiera de MetroGAS, que surge como consecuencia de la reestructuración y/o refinanciación de la deuda vigente, sea cancelada, en virtud de la cual los dividendos aprobados deberán ser pagados íntegramente al accionista mayoritario MetroGAS.
La Asamblea Ordinaria de Accionistas celebrada el 27 de abril de 2018 dispuso la distribución del resultado del ejercicio 2017 de 90.181 (cuyo monto reexpresado asciende a 121.510 al 31 de diciembre de 2018) al pago de un dividendo en efectivo, en oportunidad en que el Directorio lo estime pertinente, teniendo en cuenta la disponibilidad de caja y las condiciones financieras del negocio y todo otro factor que dicho órgano de administración considere. En dicha asamblea, los representantes de YPF dejaron constancia que mantienen el compromiso asumido de renunciar al cobro de dividendos hasta tanto la deuda financiera de MetroGAS, que surge como consecuencia de la reestructuración y/o refinanciación de la deuda vigente, sea cancelada, en virtud de la cual los dividendos aprobados deberán ser pagados íntegramente al accionista mayoritario MetroGAS.
9. INFORMACIÓN POR SEGMENTOS
Los segmentos de operación son reportados de una manera consistente con los informes internos confeccionados por la Gerencia de Control de Gestión para propósitos de la asignación de recursos y evaluación del desempeño del segmento.
La Sociedad opera principalmente en los segmentos de prestación del servicio de distribución de gas y, a través de MetroENERGÍA, de comercialización por cuenta propia, por cuenta y orden de terceros o asociada a terceros, de gas natural y/o su transporte.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
9. INFORMACIÓN POR SEGMENTOS (Cont.)
| 9. INFORMACIÓN POR SEGMENTOS (Cont.) |
|
|---|---|
| 31.12.18 | |
| MetroGAS Distribución MetroENERGÍA Comercialización Eliminaciones Total |
|
| Ingresos ordinarios | 25.194.727 7.721.235 (196.125) 32.719.837 3.452.413 436.948 (220.265) 3.669.096 220.265 - (220.265) - 7.447.726 799.107 - 8.246.833 (11.098.980) (863.561) - (11.962.541) (198.841) 372.494 (220.265) (46.612) 192.983 (147.031) - 45.952 (5.858) 225.463 (220.265) (660) 37.812.236 1.577.333 (474.609) 38.914.960 24.490.599 1.339.345 (248.521) 25.581.423 (1.080.082) (829) - (1.080.911) 1.964.433 - - 1.964.433 642.098 - - 642.098 226.088 - (226.088) - |
| Ganancia operativa | |
| Resultado de las inversiones en subsidiarias Ingresos financieros Costos financieros Resultado antes del impuesto a las ganancias Impuesto a las ganancias e IGMP Resultado neto del ejercicio Total activos Total pasivos Depreciación de Propiedades, planta y equipo, Prop. de inversión y Bs. Intangibles Aumentos de Propiedades, planta y equipo |
|
| Aumentos de Bienes Intangibles | |
| Participación en subsidiarias |
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
9. INFORMACIÓN POR SEGMENTOS (Cont.)
| 31.12.17 | 31.12.17 | |
|---|---|---|
| MetroGAS Distribución MetroENERGÍA Comercialización Eliminaciones Total |
||
| Ingresos ordinarios | 13.491.002 6.402.087 (113.532) 19.779.557 1.605.582 210.633 (123.705) 1.692.510 123.705 - (123.705) - 3.052.627 379.579 - 3.432.206 (3.214.483) (386.235) - (3.600.718) 1.443.726 203.977 (123.705) 1.523.998 1.952.635 (78.346) - 1.874.289 3.396.361 125.631 (123.705) 3.398.287 30.011.017 1.346.537 (386.866) 30.970.688 15.886.949 1.212.502 (259.533) 16.839.918 (806.092) (829) - (806.921) 1.558.249 - - 1.558.249 98.850 - - 98.850 127.333 - (127.333) - |
|
| Ganancia operativa | ||
| Resultado de las inversiones en subsidiarias Ingresos financieros Costos financieros Resultado antes del impuesto a las ganancias Impuesto a las ganancias e IGMP Resultado neto del ejercicio Total activos Total pasivos Depreciación de Propiedades, planta y equipo, Prop. de inversión y Bs. Intangibles Aumentos de Propiedades, planta y equipo |
||
| - 1.558.249 - 98.850 (127.333) - |
||
| Aumentos de Bienes Intangibles | ||
| Participación en subsidiarias |
Las políticas contables de los segmentos sobre los que se informa son las mismas que las políticas contables de la Sociedad descriptas en la Nota 4.
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10. PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO
| CUENTA PRINCIPAL | VALORES ORI | VALORES ORI | VALORES ORI | VALORES ORI | GINALES | GINALES | GINALES | GINALES |
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| INICIO | BAJAS | TRANSFERENCIA | AUMENTOS | TRANSFERENCIAS | BAJAS | AL CIERRE | ||
| DEL | ENTRE EL | REVALUACIÓN | AMORT. ACUM. | DEL EJERCICIO | ||||
| EJERCICIO | 01/01/2017 Y EL 31/03/2017 |
|||||||
| Activos Esenciales Ramales de alta presión Conductos y redes en media y baja presión Estaciones de regulación y/o medición de presión Instalaciones de medición de consumos Redes cedidas por terceros |
5.036.242 15.938.918 1.119.285 1.306.174 662.270 |
- - - - - |
(230.741) (715.630) (44.304) (43.160) (31.101) |
(639.264) (2.036.279) (246.189) (486.810) (65.109) |
- - - - - |
186.723 342.352 8.704 63.334 20.643 |
(282) (29.780) (1.740) (25.366) (7) |
4.352.678 13.499.581 835.756 814.172 586.696 |
| Subtotal Activos Esenciales | 24.062.889 | - | (1.064.936) | (3.473.651) | - | 621.756 | (57.175) | 20.088.883 |
| Activos no esenciales Terrenos Edificios y construcciones civiles Otras instalaciones técnicas Máquinas, equipos y herramientas Sistemas informáticos y de telecomunicación Vehículos Muebles y útiles Materiales Gas en cañerías Obras en curso |
173.868 787.831 585.051 347.505 1.965.435 211.780 63.897 247.812 2.381 1.661.052 |
- - - - - - - - - - |
- - - - - - - - - - |
- - - - - - - - - - |
- - - - - - - 559.696 - 1.404.737 |
- 15.890 16.176 27.336 24.443 2.489 1.592 (177.133) - (532.549) |
- - - (3.055) (2.184) (33.244) - (47.513) - (173.283) |
173.868 803.721 601.227 371.786 1.987.694 181.025 65.489 582.862 2.381 2.359.957 |
| Subtotal Otros Activos no Esenciales | 6.046.612 | - | - | - | 1.964.433 | (621.756) | (259.279) | 7.130.010 |
| Subtotal | 30.109.501 | - | (1.064.936) | (3.473.651) | 1.964.433 | - | (316.454) | 27.218.893 |
| Provisión obsolescencia de materiales Provisión baja propiedades, planta y equipo |
(9.070) (43.184) |
- - |
- - |
- - |
- | - - |
2.850 | (6.220) (44.814) |
| (16.502) | 14.872 | |||||||
| Total al 31 de diciembre de 2018 | 30.057.247 | - | (1.064.936) | (3.473.651) | 1.947.931 | - | (298.732) | 27.167.859 |
| Total al 31 de diciembre de 2017 | 32.726.409 | (173) | 7.820.836 | (11.819.148) | 1.558.249 | - | (228.926) | 30.057.247 |
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 6 de marzo de 2019 DELOITTE & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 3
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
10. PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO (Cont.)
| CUENTA PRINCIPAL | DEPRECIACIONES | DEPRECIACIONES | DEPRECIACIONES | DEPRECIACIONES | DEPRECIACIONES | DEPRECIACIONES | |||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| ACUMULADAS AL INICIO DEL EJERCICIO |
DEL PERÍODO AL 31/03/2017 |
BAJAS AL 31/03/2017 |
TRANSFERENCIA AMORT. ACUM. |
BAJAS | AUMENTOS | ACUMULADAS AL CIERRE DEL EJERCICIO |
NETO RESULTANTE 31-12-18 |
NETO RESULTANTE 31-12-17 |
|
| Activos Esenciales Ramales de alta presión Conductos y redes en media y baja presión Estaciones de regulación y/o medición de presión Instalaciones de medición de consumos Redes cedidas por terceros |
456.855 1.538.843 150.337 405.661 46.608 |
- - - - - |
- - - - - |
(639.264) (2.036.279) (246.189) (486.810) (65.109) |
(48) (9.066) (299) (11.157) - |
182.457 506.502 96.151 92.306 18.501 |
- - - - - |
4.352.678 13.499.581 835.756 814.172 586.696 |
4.579.387 14.400.075 968.948 900.513 615.662 |
| Subtotal Activos Esenciales | 2.598.304 | - | - | (3.473.651) | (20.570) | 895.917 | - | 20.088.883 | 21.464.585 |
| Activos no esenciales Terrenos Edificios y construcciones civiles Otras instalaciones técnicas Máquinas, equipos y herramientas Sistemas informáticos y de telecomunicación Vehículos Muebles y útiles Materiales Gas en cañerías |
- 352.626 546.949 314.665 1.864.797 111.261 61.245 - - |
- - - - - - - - - |
- - - - - - - - - |
- - - - - - - - - |
- - - (3.053) (2.175) (33.242) - - - |
- 21.048 5.348 8.493 40.586 23.650 407 - - |
- 373.674 552.297 320.105 1.903.208 101.669 61.652 - - |
173.868 430.047 48.930 51.681 84.486 79.356 3.837 582.862 2.381 |
173.868 435.205 38.102 32.840 100.638 100.519 2.652 247.812 2.381 |
| Obras en curso | - | - | - | - | - | - | - | 2.359.957 | 1.661.052 |
| Subtotal Otros Activos no Esenciales | 3.251.543 | - | - | - | (38.470) | 99.532 | 3.312.605 | 3.817.405 | 2.795.069 |
| Subtotal | 5.849.847 | - | - | (3.473.651) | (59.040) | 995.449 | 3.312.605 | 23.906.288 | 24.259.654 |
| Provisión obsolescencia de materiales Provisión baja propiedades, planta y equipo |
- - |
- - |
- - |
- - |
- - |
- - |
- - |
(6.220) (44.814) |
(9.070) (43.184) |
| Total al 31 de diciembre de 2018 | 5.849.847 | - | - | (3.473.651) | (59.040) | 995.449 | 3.312.605 | 23.855.254 | |
| Total al 31 de diciembre de 2017 | 16.883.788 | 30.427 | 96 | (11.819.148) | 645 | 754.039 | 5.849.847 | 24.207.400 |
Tal como se menciona en Nota 2.3.1, de acuerdo a la Licencia, una porción sustancial de las Propiedades, planta y equipo corresponden a Activos Esenciales sobre los cuales existen ciertas restricciones descriptas en dicha nota.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
11. PROPIEDADES DE INVERSIÓN
| CUENTA PRINCIPAL | VALORES ORIGINALES | DEPRECIACIONES | 31-12-18 NETO RESULTANTE |
31-12-17 NETO RESULTANTE |
|||||
| AL INICIO DEL EJERCICIO |
AL CIERRE DEL EJERCICIO |
ACUMULADAS AL INICIO DEL EJERCICIO |
ALÍCUOTA | AUMENTOS | ACUMULADAS AL CIERRE DEL EJERCICIO |
||||
| Terrenos | 8.100 | 8.100 | - | - | - | - | 8.100 | 8.100 | |
| Edificios | 33.861 | 33.861 | 16.724 | 2,00% | 678 | 17.402 | 16.459 | 17.137 | |
| Total al 31 de diciembre de 2018 | 41.961 | 41.961 | 16.724 | 678 | 17.402 | 24.559 | |||
| Total al 31 de diciembre de 2017 | 41.961 | 41.961 | 16.046 | 678 | 16.724 | 25.237 | |||
El valor razonable al 31 de diciembre de 2018 ascendió a 118.149, el cual se obtuvo a través de avalúos realizados por valuadores independientes no relacionados con MetroGAS.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
12. BIENES INTANGIBLES
| CUENTA PRINCIPAL | VALORES ORIGINALES | VALORES ORIGINALES | VALORES ORIGINALES | DEPRECIACIONES | DEPRECIACIONES | DEPRECIACIONES | NETO RESULTANTE 31-12-18 |
NETO RESULTANTE 31-12-17 |
||
|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|---|
| AL INICIO DEL EJERCICIO |
ALTAS | TRANSFE- RENCIAS |
AL CIERRE DEL EJERCICIO |
ACUMULADAS AL INICIO DEL EJERCICIO |
ALÍCUOTA | AUMENTOS | ACUMULADAS AL CIERRE EJERCICIO |
|||
| Desarrollo de software en curso Software |
271.925 118.769 |
642.098 - |
(314.781) | 599.242 | - 31.494 |
20% | - 84.784 |
- 116.278 |
599.242 317.272 |
271.925 87.275 |
| 314.781 | 433.550 | |||||||||
| Total al 31 de diciembre de 2018 | 390.694 | 642.098 | - | 1.032.792 | 31.494 | 84.784 | 116.278 | 916.514 | ||
| Total al 31 de diciembre de 2017 | 291.844 | 98.850 | - | 390.694 | 9.717 | 21.777 | 31.494 | 359.200 | ||
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
13. CRÉDITOS POR VENTAS
| 13. CRÉDITOS POR VENTAS |
||
|---|---|---|
| 31.12.18 4.174.156 575.711 1.482.612 876.957 68.348 78.247 - 39.350 96.172 (338.462) (187.451) 6.865.640 |
31.12.17 | |
| Corriente Deudores comunes - distribución de gas y transporte Deudores comunes - comercialización de gas y transporte Consumos a facturar - distribución de gas y transporte Consumos a facturar - comercialización de gas y transporte Partes relacionadas (Nota 30) Saldo trasladable impuesto a los débitos y créditos Saldo trasladable tasa de estudio, revisión e inspección en la vía pública del GCABA Saldo trasladable Tasa Seguridad e Higiene |
2.519.741 364.476 1.502.083 646.580 72.879 61.047 91.199 10.291 - (136.897) (105.356) |
|
Saldo trasladable Tasa de Ocupación de Espacios Públicos |
||
| Provisión para deudores incobrables - distribución de gas y transporte Provisión para deudores incobrables - comercialización de gas y transporte Total Corriente |
||
| 5.026.043 |
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
El análisis de antigüedad de los créditos por ventas es el siguiente:
| 31.12.18 | 31.12.17 | |
|---|---|---|
| -De plazo vencido menos de 3 meses de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses de 1 a 2 años más de 2 años Subtotal -A vencer menos de 3 meses |
3.716.213 304.175 112.457 79.981 227.112 237.899 4.677.837 2.651.067 |
795.724 258.359 127.543 96.181 75.714 155.632 |
| 1.509.153 | ||
| 3.611.495 | ||
| de 3 a 6 meses | 22.111 | 116.937 |
| de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses Subtotal Provisión para deudores incobrables Total |
20.976 19.562 2.713.716 (525.913) 6.865.640 |
15.375 15.336 |
| 3.759.143 | ||
| (242.253) | ||
| 5.026.043 | ||
El importe en libros de los créditos por ventas de la Sociedad está denominado en las siguientes monedas:
| 31.12.18 | 31.12.17 | |
|---|---|---|
| Pesos argentinos | 5.909.146 | 4.396.183 |
| Dólares estadounidenses | 956.494 | 629.860 |
| Total | 6.865.640 | 5.026.043 |
La evolución de la provisión para deudores incobrables para créditos por ventas y otros créditos es la siguiente:
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
| Saldo al inicio del ejercicio Revalorización de partidas en moneda extranjera Altas () RECPAM Bajas Saldo al cierre del ejercicio* |
31.12.18 31.12.17 266.661 213.403 52.373 10.570 308.622 90.146 (94.540) (41.320) (940) (6.138) 532.176 266.661 |
|---|---|
(*) Imputado al rubro Deudores Incobrables del cuadro de Gastos (ver Nota 25 a los presentes estados financieros)
La Sociedad tiene una amplia gama de clientes, incluidos clientes residenciales, comerciales, industriales - pequeños y grandes - y entidades gubernamentales. Al determinar la recuperabilidad de una cuenta comercial por cobrar, la Sociedad considera cualquier cambio en la calidad crediticia de la cuenta a partir de la fecha en que se otorgó inicialmente el crédito hasta el final del periodo sobre el que se informa. La concentración del riesgo de crédito es limitada debido a que la base de clientes es extensa e independiente.
Debido a las condiciones de prestación de servicio público que presta la Sociedad, no se realiza un análisis con calificación crediticia interna o externa, particularmente para los clientes residenciales cuyos créditos considerados individualmente no son significativos. En Nota 6.1.2 se describe el riesgo de crédito y el análisis que realiza la Sociedad en relación a los créditos por ventas.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
14. OTROS CRÉDITOS
| No corriente: Créditos previsionales e impositivos Anticipos al personal Gastos a recuperar Saldos trasladables - Tasas ocupación de espacios públicos (Nota 2.2.2.4) Saldo trasladable tasa de estudio, revisión e inspección en la vía pública del GCABA (Nota 2.2.2.4) Partes Relacionadas - Decreto N° 1.053/18 (Nota 30) Gastos pagados por adelantado Total no corriente Corriente: Anticipos al personal Crédito por IGMP (Nota 28) Seguros pagados por adelantado Gastos pagados por adelantado Créditos previsionales e impositivos Gastos a recuperar Partes Relacionadas - Decreto N° 1.053/18 (Nota 30) Partes relacionadas (Nota 30) Partes Relacionadas - Resolución MINEM N° 508-E/2017 (Nota 30) Anticipos a proveedores Anticipos y compras de gas anticipadas Gestión por obras de terceros Deudores varios Provisión para deudores incobrables - distribución de gas y transporte Total corriente Total |
31.12.18 31.12.17 8.930 19.117 1.348 2.126 40 37 3.061 77.954 229.168 - 3.180.602 - 4.464 9.271 3.427.613 108.505 3.797 3.408 80.901 140.758 2.460 2.176 6.628 9.380 131.838 74.044 8.422 13.317 353.400 - 4.828 13.261 1.255.243 - 118.219 105.443 - 25.707 - 5.092 63.983 142.674 (6.263) (24.408) 2.023.456 510.852 5.451.069 619.357 |
|---|---|
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
El análisis de antigüedad de los otros créditos es el siguiente:
| 31.12.18 | 31.12.17 | |
|---|---|---|
| -De plazo vencido menos de 3 meses de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses de 1 a 2 años más de 2 años Subtotal |
708.443 504.462 9.945 1.419 48.388 16.624 1.289.281 |
16.043 29.943 22.813 12.296 21.493 3.121 |
| 105.709 | ||
| -Sin plazo establecido | 5.559 | 7.238 |
| -A vencer | ||
| menos de 3 meses | 186.026 | 234.334 |
| de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses de 1 a 2 años más de 2 años Subtotal Provisión para deudores incobrables Total |
191.412 2.650 354.791 1.650.019 1.777.594 4.162.492 (6.263) 5.451.069 |
38.891 6.638 142.450 83.865 24.640 |
| 530.818 | ||
| (24.408) | ||
| 619.357 | ||
El importe en libros de los otros créditos de la Sociedad está denominado en las siguientes monedas:
| 31.12.18 | 31.12.17 | |
|---|---|---|
| Pesos argentinos Dólares estadounidenses Total |
5.445.846 5.223 5.451.069 |
605.937 13.420 |
| 619.357 | ||
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
15. EFECTIVO Y EQUIVALENTES DE EFECTIVO
A los fines del Estado de flujo de efectivo, el efectivo y equivalentes de efectivo comprenden lo siguiente:
| 31.12.18 | 31.12.17 | |
|---|---|---|
| Caja y bancos | 520.589 | 476.708 |
| Colocaciones transitorias a corto plazo | - | 3.793 |
| Fondos comunes de inversión (1) | 1.279.131 | 246.496 |
| Total | 1.799.720 | 726.997 |
(1) Al 31 de diciembre de 2018, la Sociedad concertó operaciones de compra a término de dólares estadounidenses, las cuales se encuentran garantizadas por fondos comunes de inversión por un monto de 393.420 (Ver Nota 18.3 a los presentes estados financieros).
El importe en libros de efectivo y equivalentes de efectivo de la Sociedad está denominado en las siguientes monedas:
| siguientes monedas: | ||
|---|---|---|
| 31.12.18 | 31.12.17 | |
| Pesos argentinos | 1.783.345 | 713.960 |
| Dólares estadounidenses Euros |
16.289 86 |
13.037 - |
| Total | 1.799.720 | 726.997 |
Al 31 de diciembre de 2018 y 2017, los fondos recaudados pendientes de depósito en relación con los Fideicomisos y Resolución I-2.621/2013 ascendían a 17.354 y 18.625, respectivamente.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
16. PATRIMONIO NETO Y CAPITAL SOCIAL
Al 31 de diciembre de 2018 el capital social de MetroGAS asciende a 569.171 encontrándose totalmente suscripto, inscripto e integrado y compuesto por las siguientes clases de acciones:
| Clases de Acciones | Suscripto, Inscripto e Integrado |
|---|---|
| En circulación Ordinarias Escriturales de Valor Nominal $1 y 1 Voto cada una: Clase “A” Clase “B” Capital Social al 31.12.18 |
290.277 278.894 |
| 569.171 |
Al 31 de diciembre de 2018, la controlante de MetroGAS es YPF S.A. (“YPF”) que posee el 70% de las acciones de la Sociedad.
La totalidad de las acciones Clase “A”, que representan el 51% del capital social de la Sociedad, están en poder de YPF y, su transferibilidad está sujeta a la aprobación de la autoridad regulatoria.
Las acciones Clase “B” representan el 49% del capital social. De este porcentaje el 39% pertenece a YPF y el 61% se encuentra en oferta pública y se halla en poder de aproximadamente 6.593 inversores.
El 28 de diciembre de 2016, MetroGAS recibió del ENARGAS una nota en la cual solicita adaptar la composición accionaria de la Sociedad en consonancia con el plazo previsto en la Ley de Emergencia y en cumplimiento con el artículo N° 34 de la Ley N° 24.076, todo ello en atención a la participación de YPF en MetroGAS. La Sociedad ha presentado un pedido de vista a los efectos de conocer los antecedentes del requerimiento del ENARGAS y, por considerar que lo solicitado atañe principalmente a su accionista mayoritario, le ha dado traslado a los efectos de que adopte las acciones que considere oportunas. Con fecha 6 de abril de 2018, MetroGAS fue notificada que el ENARGAS rechazó la apelación presentada por YPF el 30 de marzo de 2017.
Al 31 de diciembre de 2018 MetroGAS posee el 95% de MetroENERGÍA, siendo el 5% restante de titularidad de YPF.
Anteriormente, el capital social de la Sociedad también se encontraba integrado por acciones Clase “C” que representaban el 10% del Capital Social, y fueron destinadas al momento de la privatización al Programa de Propiedad Participada (“PPP”), en beneficio de los empleados de Gas del Estado transferidos a MetroGAS que continuaron siendo empleados de la Sociedad al 31 de julio de 1993.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
En la Asamblea General Extraordinaria y Especial de Clases B y C de los accionistas de MetroGAS S.A. celebrada con fecha 16 de octubre de 2015 se aprobó por mayoría la conversión parcial de acciones Clase C en acciones Clase B y se aprobó la reforma del Estatuto Social.
Con fecha 4 de diciembre de 2015 la CNV emitió la Resolución N° 17.918 por medio de la cual resolvió transferir la autorización de oferta pública otorgada a MetroGAS por conversión de 53.049.640 acciones Clase C en igual cantidad de acciones Clase B.
Con fecha 26 de julio de 2018, la CNV aprobó transferir la autorización de oferta pública oportunamente otorgada a la Sociedad respecto de miles 3.868 de acciones ordinarias, escriturales, Clase C en igual cantidad de acciones ordinarias, escriturales, Clase B, con motivo de la conversión de acciones solicitada por MetroGAS y aprobada por la Asamblea General Extraordinaria y Especial de Clases B y C de Accionistas de la Sociedad celebrada el 16 de octubre de 2015.
El Directorio de la Sociedad en su reunión de fecha 30 de junio de 2017 aprobó la valuación de los Activos esenciales por el método de la revaluación con fecha efectiva 1° de abril de 2017.
El rubro ORIA incluido en la sección resultados acumulado del Patrimonio Neto incluye la cuenta Revaluación de Propiedades, planta y equipo, neto del impuesto diferido correspondiente. Dicha cuenta de revaluación de Propiedades, planta y equipo disminuye por el consumo, retiro y disposición de los Activos esenciales, con contrapartida en la cuenta de Resultados no Asignados del Patrimonio Neto, sin afectar el Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral del período o ejercicio.
Cuando el saldo neto de los ORIA al cierre de un ejercicio o período sea positivo, éste no podrá ser distribuido, capitalizado ni destinado a absorber pérdidas acumuladas, pero deberá ser computado como parte de los resultados acumulados a los fines de efectuar las comparaciones para determinar la situación de la sociedad frente a los artículos 31, 32 y 206 de la Ley General de Sociedades N° 19.550, u otras normas legales o reglamentarias complementarias en las que se haga referencia a límites o relaciones con el capital y las reservas, que no tengan un tratamiento particular expreso en Normas de la CNV. Cuando el saldo neto de estos resultados al cierre de un ejercicio o período sea negativo, existirá una restricción a la distribución de resultados no asignados por el mismo importe.
Al 31 de diciembre de 2018, la Sociedad registraba un patrimonio neto positivo de 13.333.537.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
17. OTRAS CARGAS FISCALES
| No corriente: | 31.12.18 1.304 1.304 137.707 336.049 - 24.040 65.719 20.715 3.012 587.242 588.546 |
31.12.17 |
|---|---|---|
| 4.446 | ||
| Otros impuestos | ||
| Subtotal no corriente Corriente: Impuesto al valor agregado Tasa de estudio, revisión e inspección en la vía pública de GCABA Impuesto al GNC Impuesto a los ingresos brutos |
4.446 | |
| 124.186 249.008 7.154 112.651 |
||
| Impuestos provinciales y municipales Retenciones efectuadas a terceros Otros impuestos |
148.222 24.085 3.115 |
|
| Subtotal corriente Total |
668.421 | |
| 672.867 |
La totalidad de las cargas fiscales están denominadas en pesos argentinos.
El análisis de antigüedad de otras cargas fiscales es el siguiente:
| 31.12.18 | 31.12.17 | |
|---|---|---|
| -Sin plazo establecido | 382.717 | 347.459 |
| -A vencer | ||
| menos de 3 meses de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses de 1 a 2 años |
203.406 367 373 379 1.304 |
315.921 3.996 518 527 2.521 |
| más de 2 años | - | 1.925 |
| Subtotal | 205.829 | 325.408 |
| Total | 588.546 | 672.867 |
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18. DEUDAS FINANCIERAS
| No corriente: Préstamos financieros Subtotal no corriente Corriente: Obligaciones Negociables ("ONs") Intereses a pagar ("ONs") Partes relacionadas (Intereses "ONs") - (Nota 30) |
31.12.18 5.194.213 5.194.213 503.557 15.634 - |
31.12.17 |
|---|---|---|
| - | ||
| - | ||
| 4.917.222 1.726 114.535 |
||
| Préstamos financieros Intereses a pagar préstamo financiero Adelantos en cuenta corriente |
3.716.103 16.875 - |
- - 30.433 |
| Subtotal corriente Total |
4.252.169 9.446.382 |
5.063.916 |
| 5.063.916 | ||
Al 31 de diciembre de 2018 la deuda financiera denominada en dólares estadounidenses asciende a 8.882.734 y la denominada en pesos argentinos a 563.648. Al 31 de diciembre de 2017 la deuda financiera denominada en dólares estadounidenses asciende a 5.033.483 y la denominada en pesos argentinos a 30.433.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
A continuación se incluye un cuadro con la evolución del saldo de la deuda financiera al 31 de diciembre de 2018 y 2017:
| 31.12.18 | 31.12.17 | |
|---|---|---|
| Saldo al inicio del ejercicio Devengamiento de intereses a tasa efectiva - ONs Devengamiento de intereses por línea de crédito de YPF Pérdida por cancelación - ONs Devengamiento de intereses préstamo bancario Devengamiento de intereses adelantos en cuenta corriente Devengamiento de intereses nuevas ONs Devengamiento de los costos de emisión de deuda Diferencia de cambio Pago préstamo YPF Pago de intereses YPF Pago de intereses Pago por cancelación de ONs Pago de préstamos Toma de préstamos Costos de emisión de deuda Adelantos en cuenta corriente RECPAM Saldo al cierre del ejercicio |
5.063.916 162.538 - 240.720 398.527 8.751 15.634 22.592 5.880.185 - - (388.187) (5.643.636) (478.584) 7.666.735 (98.140) (29.198) (3.375.471) 9.446.382 |
5.333.579 739.865 27.293 - - - - 777.984 (206.649) (69.733) (452.738) - - - 30.433 (1.116.118) |
| 5.063.916 | ||
El análisis de antigüedad de las deudas financieras es el siguiente:
| 31.12.18 | 31.12.17 | |
|---|---|---|
| -A vencer | ||
| menos de 3 meses de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses de 1 a 2 años más de 2 años Subtotal |
606.652 1.044.372 1.044.372 1.556.773 4.152.198 1.042.015 9.446.382 |
30.431 489.748 - 4.543.737 - - |
| 5.063.916 | ||
| Total | 9.446.382 | 5.063.916 |
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18.1 Préstamos bancarios
Con fecha 8 de febrero de 2018, MetroGAS instrumentó un préstamo no garantizado con (i) Industrial and Commercial Bank of China Limited - Dubai Branch e (ii) Itaú Unibanco - New York Branch (“acreedores financieros”), por la suma de millones de U$S 250 por un plazo de treinta y seis meses y amortizable en nueve cuotas trimestrales a partir de los doce meses desde la fecha de desembolso (el “Préstamo”).
El Préstamo contempla (i) un interés de pago trimestral a una tasa determinada por LIBOR más un margen nominal anual de (a) 3% los primeros doce meses; (b) 3,50% desde el mes trece hasta el mes dieciocho; (c) 3,75% desde el mes diecinueve al mes veinticuatro; y (d) 4% desde el mes veinticinco hasta el vencimiento.
Efectivizado el desembolso del Préstamo, la Sociedad destinó los fondos: a) al rescate de la totalidad de las Obligaciones Negociables (Ver punto 18.2), b) a la refinanciación de pasivos corrientes; y c) a capital de trabajo.
De acuerdo con los términos y condiciones del Préstamo, la Sociedad debe cumplir con una serie de compromisos financieros generalmente establecidos en este tipo de transacciones, incluyendo ciertas restricciones, que, entre otras, y en términos generales se enumeran a continuación:
-
a) Endeudamiento: el Prestamista no permitirá que la Sociedad, ni permitirá que ninguna de sus Subsidiarias incurra, asuma o garantice endeudamiento, excepto en los casos de endeudamiento por refinanciación para mantener su deuda financiera actual o cuando el endeudamiento no sea mayor a millones de U$S 50, entre otros.
-
b) Pagos restringidos: la Sociedad no podrá realizar pagos restringidos, considerando entre otros el pago de dividendos, excepto que haya recibido la aprobación final del Acuerdo de Renegociación de la Licencia por el PEN. A su vez, durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 el importe a pagar en concepto de dividendos no podrá superar el 10% del Resultado Neto de ese año, y el 60% para los años siguientes; y además el Indicador Deuda/EBITDA no deberá ser mayor a dos veces el EBITDA.
-
c) Indicadores financieros: la Sociedad deberá mantener un Indicador de Cobertura de intereses entendido como EBITDA/Intereses financieros no menor a 3,00; el indicador Deuda/EBITDA no podrá ser mayor a 3,00 hasta el 30 de junio de 2018, y mayor a 2,50 desde esa fecha hasta el vencimiento del contrato; el patrimonio neto de la sociedad a cada cierre trimestral hasta el 30 de septiembre de 2018 no podrá ser menor a millones de $ 8.000, desde esa fecha hasta el 30 de septiembre de 2019 no podrá ser menor a millones de $ 9.200, desde esa fecha hasta el 30 de septiembre de 2020 no podrá ser menor a millones de $ 10.120 y desde esa fecha hasta el fin del contrato no podrá ser menor a millones de $ 11.132.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
El 12 de diciembre de 2018, MetroGAS emitió Obligaciones Negociables simples Clase 2 (las “Nuevas Obligaciones Negociables”) denominadas en pesos con vencimiento a los doce meses desde la fecha de emisión por millones de $ 512,4 (ver punto 18.2). Los fondos provenientes de la emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables fueron utilizados para la pre-cancelación de capital e intereses correspondientes a la primera cuota del Préstamo con Industrial and Commercial Bank of China Limited - Dubai Branch e Itaú Unibanco - New York Branch.
18.2 Obligaciones Negociables
Con motivo del canje obligatorio efectuado el 11 de enero de 2013, en el marco del concurso preventivo de acreedores solicitado en el año 2010 (el “Concurso Preventivo”), MetroGAS emitió obligaciones negociables Serie A y Serie B con vencimiento el 31 de diciembre de 2018 (las “Obligaciones Negociables”). Asimismo se emitieron Obligaciones Negociables para ser entregadas a los nuevos acreedores quirografarios, una vez que cuenten con sentencia verificatoria en el Concurso Preventivo.
Dichas Obligaciones Negociables devengaban una tasa de interés fija del 8,875% anual. Los intereses eran pagaderos semestralmente el 30 de junio y el 31 de diciembre de cada año. MetroGAS ejerció su opción de capitalizar el 100% de los intereses correspondientes a la fecha de pago del 30 de junio de 2013, y el 50% de los intereses pagaderos el 31 de diciembre de 2013 y 30 de junio de 2014.
Habiéndose llegado a la Fecha Límite (30 de junio de 2014, de acuerdo con los términos del Contrato de Fideicomiso) y no habiéndose producido ningún Hecho Desencadenante la Serie B de las Obligaciones Negociables, que representaban la quita del acuerdo con acreedores en el marco del Concurso Preventivo, fueron canceladas.Al 31 de diciembre de 2017, la deuda financiera de MetroGAS está integrada principalmente por obligaciones negociables Serie A.
Con fecha 27 de febrero de 2018 la Sociedad rescató la totalidad de las ON a un Precio de Rescate igual al 100% del monto de capital de las ON, con más sus intereses devengados e impagos, y todos los demás montos que se adeudaban hasta la Fecha de Rescate. Las ON dejaron de devengar intereses en y después de la Fecha de Rescate. A todos los efectos bajo el Contrato de Fideicomiso, se considerara que las ON ya no están vigentes desde y después de la Fecha de Rescate, ya que el Precio de Rescate fue depositado por el Fiduciario de acuerdo con el Contrato de Fideicomiso, y todos los derechos con respecto a ellas, cesaron en la Fecha de Rescate. El pago del Precio de Rescate se realizó a través de The Bank of New York Mellon.
El 12 de diciembre de 2018, MetroGAS emitió Obligaciones Negociables simples Clase 2 (las “Nuevas Obligaciones Negociables”) denominadas en pesos con vencimiento a los doce meses desde la fecha de emisión por millones de $ 512,4, correspondientes al Programa de Obligaciones Negociables de corto y mediano plazo por un monto máximo en circulación de hasta millones de US$ 600.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
Dichas Nuevas Obligaciones Negociables devengan una tasa de interés variable anual que es igual a la suma de (a) la Tasa Badlar Privada aplicable al período, más (b) un Margen Aplicable del 10%. Los intereses son pagaderos trimestralmente el 12 de marzo de 2019, 12 de junio de 2019, 12 de septiembre de 2019 y 12 de diciembre de 2019. El capital será amortizado en una única cuota en la fecha de vencimiento, es decir el 12 de diciembre de 2019.
De acuerdo con los términos y condiciones de la emisión, en el supuesto de Cambio de Control de MetroGAS, cada tenedor de las Nuevas Obligaciones Negociables tendrá el derecho a exigir que la Sociedad rescate la totalidad de las Nuevas Obligaciones Negociables. MetroGAS además debe realizar sus mejores esfuerzos para obtener y mantener, en tanto existan las Nuevas Obligaciones Negociables en circulación, las correspondientes autorizaciones para su listado y/o negociación; y mantener el ratio Deuda Neta/ EBITDA por los cuatro trimestres económicos inmediatamente anteriores, menor o igual a 3:00.
Los fondos provenientes de la emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables fueron utilizados para la pre-cancelación de capital e intereses correspondientes a la primera cuota del Préstamo con Industrial and Commercial Bank of China Limited - Dubai Branch e Itaú Unibanco - New York Branch.
18.3 Instrumentos financieros derivados
La Sociedad está expuesta principalmente a la fluctuación del tipo de cambio del dólar estadounidense con respecto al peso argentino en virtud que la mayor parte de la deuda financiera de MetroGAS se encuentra denominada en dólares estadounidenses.
A fin de mitigar el riesgo de tipo de cambio, durante el presente ejercicio, MetroGAS concertó operaciones de compra a término de dólares estadounidenses con el fin de cubrir la exposición al riesgo asociado al tipo de cambio que deriva de su deuda financiera.
Los instrumentos financieros derivados son reconocidos inicialmente a su valor razonable a la fecha en que se suscribe el contrato del derivado y los cambios posteriores en su valor razonable son reconocidos en el estado de pérdidas y ganancias y otro resultado integral.
El método para reconocer la pérdida o ganancia resultante depende de si el derivado se ha designado como un instrumento de cobertura y, de ser así, de la naturaleza de la partida que se está cubriendo. A la fecha, MetroGAS no ha aplicado la contabilización de cobertura conforme a la NIIF 9 en ninguno de sus instrumentos financieros derivados vigentes.
La Sociedad no contrata ni negocia instrumentos financieros derivados con fines especulativos.
Los contratos de compra a término de dólar estadounidense se liquidan diariamente y las pérdidas y ganancias generadas por cada posición diaria se registraron en el resultado del ejercicio. Por lo tanto, el valor razonable de los instrumentos derivados al 31 de diciembre de 2018 es cero.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
La ganancia por las liquidaciones diarias por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 fue incluida dentro de la línea “Diferencias de cambio sobre deudas financieras” dentro de “Costos financieros” en el Estado de Pérdidas y Ganancias y Otro Resultado Integral.
Los contratos se encuentran garantizados por 393.420 compuestos por cuotaspartes de Fondos Comunes de Inversión, los cuales se exponen en el rubro “Efectivo y equivalentes de efectivo”. Estos contratos pueden ser cancelados anticipadamente y en consecuencia pueden ser canceladas dichas garantías.
19. PASIVO CONCURSAL
| No corriente Deudas fiscales Cuentas por pagar Remuneraciones y cargas sociales Total no corriente |
31.12.18 31.12.17 26.269 12.422 23 34 10 15 26.302 12.471 |
|---|---|
La totalidad del pasivo concursal está denominado en pesos argentinos y no posee plazo de vencimiento establecido.
Durante el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 la Sociedad devengó los intereses que les correspondería a los acreedores al cierre del ejercicio.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
20. PROVISIONES
| Reclamos del | |||||
|---|---|---|---|---|---|
| Provisiones | Reclamos civiles, laborales y otros |
Reclamos fiscales y otras multas |
regulador y diferencias |
Juicio contra el Estado Nacional |
Total |
| interpretativas | |||||
| Saldo al 31.12.17 | 174.351 | 504 | 25.811 | 304.998 | 505.664 |
| Altas netas del ejercicio (*) | 88.139 | 524.347 | (9.187) | 29.023 | 632.322 |
| Reclasificación de otras deudas | (8.459) | 1.748 | 8.580 | - | 1.869 |
| RECPAM | (72.990) | (100.982) | (7.422) | (103.054) | (284.448) |
| Saldo al 31.12.18 | 181.041 | 425.617 | 17.782 | 230.967 | 855.407 |
(*) Imputado al rubro Otros ingresos y egresos (ver Nota 26 a los presentes estados financieros).
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
20.1 Reclamos civiles, laborales y otros
A la fecha de emisión de los presentes estados financieros, existen reclamos civiles y laborales realizados por empleados de contratistas, accidentes de trabajo, etc. contra la Sociedad. Al 31 de diciembre de 2018, la Sociedad registró una provisión de 181.041 de los cuales 70.911 corresponden a juicios laborales, 66.001 a reclamos civiles por daños, 18.864 a conciliaciones y mediaciones y 25.265 al pasivo concursal verificado.
20.2 Reclamos fiscales y otras multas
Con fecha 11 de mayo de 2018 la Administración Federal de Ingresos Públicos (“AFIP”) notificó a MetroGAS la determinación de la deuda de Contribuciones al Régimen Nacional de la Seguridad Social – Empleador por una diferencia en las alícuotas de contribuciones de la Seguridad Social declaradas por la Sociedad, correspondiente a los períodos fiscales 06/2010 a 12/2016. Dicha diferencia radica en que la AFIP considera que la Sociedad no se encuentra contemplada dentro de lo normado por el art. 2, inc. b) del Decreto 814/2001, y por lo tanto, no debe tributar las contribuciones a la alícuota del 17%. La suma del reclamo asciende a 249.372 correspondiendo 197.736 a capital e intereses resarcitorios, y 51.636 a multa.
Con fecha 4 de junio de 2018, MetroGAS impugnó las actas de inspección e infracción, solicitando se revoquen las diferencias de contribuciones intimadas así como la multa aplicada, y a su vez, se ordene el archivo de las actuaciones de la cuestión por parte de AFIP.
Por tal motivo, al 31 de diciembre de 2018 la Sociedad registró una provisión por estos conceptos de 425.070 que incluye la determinación de deuda realizada por el fisco y los períodos fiscales 01/2017 a 12/2018.
20.3 Reclamos del regulador y diferencias interpretativas
A la fecha de emisión de los presentes estados financieros, la Sociedad mantiene diferencias interpretativas con las autoridades regulatorias referidas a diversos temas.
Al 31 de diciembre de 2018 la provisión por estos conceptos acumula 17.782, no habiéndose producido variaciones significativas en el ejercicio 2018.
20.4 Pago de Tasa de Justicia – Juicio contra el Estado Nacional
En el año 2011, MetroGAS promovió una acción interruptiva de prescripción contra el Estado Nacional (“MetroGAS S.A. c/ Estado Nacional s/ daños y perjuicios” - Expte. 50.141/2011) con el objeto de que, agotado el reclamo administrativo, se condene a este a la reparación de los daños y perjuicios provocados a MetroGAS -derivados de la Ley de Emergencia con motivo del incumplimiento a la obligación contractual de mantener la ecuación económico-financiera de esta
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
distribuidora de acuerdo con los términos del marco regulatorio establecido a partir de la Ley N° 24.076.
De manera complementaria a esta acción, y una vez agotada la vía administrativa, en el año 2013 se amplió la demanda fijándose la suma reclamada en 4.125.167 (expresada en valores al 31/12/2011) y se inició el Beneficio de Litigar Sin Gastos (“BLSG”) (Art. 78 y siguientes del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación) con el objeto de que se establezca la exención del pago de las costas y gastos judiciales (Tasas Judiciales – Ley N° 23.898) derivados de la acción de daños y perjuicios. Con la promoción del BLSG, MetroGAS quedó exenta del pago de la tasa de justicia al momento del inicio de la acción principal y hasta la resolución del BLSG.
Con fecha 30 de marzo de 2017, MetroGAS suscribió con el Estado Nacional el Acta Acuerdo de Adecuación del Contrato de Licencia de Distribución de Gas Natural. En los términos del Acta Acuerdo, dentro del plazo de noventa (90) días corridos de que entre y se mantenga en vigencia la Resolución que aprueba el Cuadro Tarifario resultante de la Revisión Tarifaria Integral prevista en la cláusula séptima del Acta Acuerdo, o del último escalón del incremento, según corresponda, MetroGAS deberá desistir íntegra y expresamente de todos los derechos que pudieran eventualmente invocar, como también a todas las acciones entabladas o en curso o que pudieran entablar, fundadas o vinculadas a los hechos o medidas dispuestas, respecto del Contrato de Licencia.
Con fecha 28 de marzo de 2018 se publicó en el B.O. el Decreto N° 252/2018 que ratificó el Acta Acuerdo. En virtud de ello, con fecha 27 de junio de 2018 la Sociedad procedió al desistimiento de la causa “MetroGAS S.A. c/ Estado Nacional – M. Planificación - (Decreto N° 293/02) - UNIREN s/Proceso de Conocimiento”. Mediante Resolución de fecha 3 de octubre de 2018, se tuvo a MetroGAS por desistida de la acción y del derecho. El juzgado interviniente resolverá acerca de la procedencia del BLSG.
El fisco podría exigirle a MetroGAS el pago de la tasa de justicia que, en los términos de la Ley N° 23.898, es del tres por ciento (3%) del monto de la demanda.
Al 31 de diciembre de 2018 la Sociedad registró una provisión por estos conceptos de 230.967.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
21. CUENTAS POR PAGAR
| 31.12.18 1.870.779 - 1.309.823 3.180.602 4.778.309 |
31.12.17 | |
|---|---|---|
| No corriente | - 105.047 - |
|
| Provisión por DDA | ||
| Partes relacionadas (Nota 30) Partes relacionadas por DDA (Nota 30) Total no corriente Corriente Acreedores por compra de gas y transporte |
||
| 105.047 | ||
| 2.318.719 | ||
| Provisión por DDA | 207.864 | - |
| Acreedores por otras compras y servicios Fideicomisos y Resolución I-2.621/2013 Partes relacionadas (Nota 30) Partes relacionadas por DDA (Nota 30) Total corriente Total |
811.815 17.354 1.169.960 145.536 7.130.838 10.311.440 |
377.846 |
| 18.625 | ||
| 2.980.098 | ||
| - | ||
| 5.695.288 | ||
| 5.800.335 |
El importe en libros de cuentas por pagar de la Sociedad está denominado en las siguientes monedas:
| 31.12.18 | 31.12.18 | 31.12.17 | |
|---|---|---|---|
| Pesos argentinos Dólares estadounidenses |
9.522.592 780.853 |
4.831.256 968.854 |
|
| Euros | 7.467 | - | |
| Libras esterlinas | 528 | 224 | |
| Total | 10.311.440 | 5.800.335 | |
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
El análisis de antigüedad de las cuentas por pagar es el siguiente:
| El análisis de antigüedad de las cuentas por pagar es el | siguiente: | |
|---|---|---|
| 31.12.18 | 31.12.17 | |
| -De plazo vencido | ||
| menos de 3 meses de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses de 1 a 2 años más de 2 años Subtotal |
1.036.825 2.820 1.179 321 6.449 1.476 1.049.070 |
937.564 201.206 28.854 133.994 587.114 2.112 |
| 1.890.844 | ||
| -A vencer | ||
| menos de 3 meses | 5.728.368 | 3.019.059 |
| de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses de 1 a 2 años más de 2 años Subtotal |
- - 353.400 1.413.601 1.767.001 9.262.370 |
245.592 261.014 278.779 105.047 - |
| 3.909.491 | ||
| Total | 10.311.440 | 5.800.335 |
22. REMUNERACIONES Y CARGAS SOCIALES
| 31.12.18 55.805 84.235 18.938 148.764 88.541 444 396.727 |
31.12.17 | |
|---|---|---|
| Sueldos a pagar Aportes y retenciones a depositar |
61.278 67.935 24.439 131.710 88.055 487 |
|
| Partes relacionadas (Nota 30) | ||
| Provisión vacaciones Provisión gratificaciones Otros Total |
||
| 373.904 | ||
La totalidad de remuneraciones y cargas sociales están denominadas en pesos argentinos.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 6 de marzo de 2019 DELOITTE & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 3
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
El análisis de antigüedad de las remuneraciones y cargas sociales es el siguiente:
| 31.12.18 | 31.12.17 | |
|---|---|---|
| -A vencer | ||
| menos de 3 meses | 315.371 | 192.580 |
| de 3 a 6 meses de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses Subtotal Total |
27.119 27.119 27.118 396.727 396.727 |
129.026 25.766 26.532 |
| 373.904 | ||
| 373.904 | ||
23. OTRAS DEUDAS
| Deudas por obras cedidas por terceros Multas ENARGAS Multas GCBA Diversos Total |
31.12.18 31.12.17 3.818 43.232 2.421 3.479 443 800 912 741 7.594 48.252 |
|---|---|
La totalidad de las otras deudas están denominadas en pesos argentinos.
El análisis de antigüedad de otras deudas es el siguiente:
| 31.12.18 | 31.12.17 | |
|---|---|---|
| -Sin plazo establecido | 2.421 | 3.479 |
| -A vencer | ||
| menos de 3 meses de 3 a 6 meses |
5.056 104 13 - |
44.176 199 199 199 |
| de 6 a 9 meses de 9 a 12 meses |
||
| Subtotal | 5.173 | 44.773 |
| Total | 7.594 | 48.252 |
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
24. INGRESOS ORDINARIOS
| Por los ejercicios finalizados el | Por los ejercicios finalizados el | Por los ejercicios finalizados el | |
|---|---|---|---|
| 31.12.18 | 31.12.17 | ||
| Ventas de gas: Clientes Residenciales Clientes Industriales, Comerciales y Entidades Públicas Gas Natural Comprimido Subtotal Servicio de transporte y distribución: Centrales Eléctricas Clientes Industriales, Comerciales y Entidades Públicas Gas Natural Comprimido Subtotal Otras ventas Resolución MINEM N° 508-E/2017 (Nota 30) Ventas de gas y transporte MetroENERGÍA Total |
|||
| 16.203.107 2.274.364 15.951 18.493.422 1.445.517 727.303 526.070 2.698.890 346.096 3.463.471 7.717.958 32.719.837 |
9.744.514 1.105.944 830.043 |
||
| 11.680.501 | |||
| 773.735 438.974 277.504 |
|||
| 1.490.213 | |||
| 214.524 | |||
| - | |||
| 6.394.319 | |||
| 19.779.557 | |||
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
25. GASTOS POR NATURALEZA
| Remuneraciones y otros beneficios al personal Cargas sociales Suministro de gas - distribución de gas y transporte Servicio de transporte de gas - distribución de gas y transporte Suministro de gas y transporte - comercialización de gas y transporte Honorarios directores y síndicos Honorarios por servicios profesionales Materiales diversos Servicios y suministros de terceros Gastos de correos y telecomunicaciones Alquileres y arrendamientos Transportes y fletes Materiales de oficina Viajes y estadías Primas de seguros Mantenimiento y reparación de Propiedades, planta y equipo |
Por los ej | ercicios finalizados el | ||
|---|---|---|---|---|
| 31.12.1 | 8 | 31.12.17 TOTAL TOTAL 1.658.858 1.573.432 315.427 281.156 10.926.783 4.342.232 4.795.591 2.375.544 6.918.998 5.953.035 5.435 5.633 49.209 47.663 52.396 39.552 489.581 451.294 244.839 169.860 9.198 8.321 33.633 27.347 24.222 18.012 8.463 7.984 77.539 37.815 512.388 464.702 1.080.911 806.921 714.805 969.971 38.207 30.797 308.622 90.146 177.055 165.633 43.664 113.262 28.485.824 17.980.312 |
||
| COSTOS DE OPERACIÓN |
GASTOS DE ADMINISTRACIÓN |
GASTOS DE COMERCIALIZACIÓN |
||
| 707.903 153.015 10.926.783 4.795.591 6.918.998 - 1.738 52.396 189.543 6.295 757 - 3.545 4.628 - 309.395 909.776 16.822 |
379.751 82.035 - - - - 8.122 - 235.141 169.478 8.441 131 6.285 1.473 2 19 - 534.139 38.207 308.622 175.327 22.156 |
|||
| 571.204 80.377 |
||||
| - - - 5.435 |
||||
| 39.349 - 64.897 69.066 - 33.502 14.392 2.362 77.537 202.974 |
||||
| Depreciación de Propiedades, planta y equipo, Propiedades de inversión y Bienes Intangibles |
171.135 | |||
| Impuestos, tasas y contribuciones Publicidad y propaganda Deudores incobrables Gastos y comisiones bancarias Gastos diversos |
163.844 | |||
| - | - | |||
| - - 19.590 |
- | |||
| 1.728 | ||||
| 1.918 | ||||
| Total al 31 de diciembre de 2018 Total al 31 de diciembre de 2017 |
25.016.775 | 1.499.720 | 1.969.329 | |
| 14.918.881 | 1.263.561 | 1.797.870 |
Los gastos incluidos en el cuadro se encuentran netos de gastos propios activados en propiedades, planta y equipo por 128.629 al 31 de diciembre de 2018 y 140.316 al 31 de diciembre de 2017. Firmado a los efectos de su identificación con
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
26. OTROS INGRESOS Y EGRESOS
| Por los ejercicios finalizados el | Por los ejercicios finalizados el | |
|---|---|---|
| 31.12.18 23.209 (949) - 19.370 187 25.588 |
31.12.17 | |
| Alquileres ganados Multas GCBA Ingresos por publicidad y folletería Penalidades contratistas Gestión por obras de terceros Ingresos varios Constitución de provisiones para juicios y contingencias y otros |
9.981 (759) 13.279 5.690 14.856 (149.782) |
|
| (632.322) | ||
| (564.917) | (106.735) | |
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
27. RESULTADOS FINANCIEROS NETOS
Ingresos financieros
Por los ejercicios finalizados el
| 31.12.18 270.167 203.238 188.847 259.734 7.318.651 6.196 8.246.833 |
31.12.17 | |
|---|---|---|
| Activos financieros a valor razonable Intereses ganados Diferencias de cambio sobre efectivo y equivalentes Diferencias de cambio operaciones comerciales RECPAM Diversos |
167.518 117.587 5.593 90.529 3.048.846 2.133 |
|
| 3.432.206 |
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
Costos financieros
Por los ejercicios finalizados el
| Diferencias de cambio sobre deudas financieras (*) Diferencias de cambio sobre deuda comercial Intereses devengados sobre deudas financiera Intereses devengados por línea de crédito YPF (Nota 30) Intereses devengados sobre deuda comercial Pérdida por cancelación de ONs RECPAM Diversos |
31.12.18 31.12.17 4.947.590 777.984 1.315.453 82.157 608.042 739.865 - 27.293 300.144 249.149 240.720 - 4.240.393 1.662.555 310.199 61.715 11.962.541 3.600.718 |
|---|---|
(*) Al 31 de diciembre de 2018 incluye 932.595 correspondiente a la ganancia por las operaciones de compra a término de dólares estadounidenses concertadas por la Sociedad (Ver Nota 18.1 a los presentes estados financieros).
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
28. IMPUESTO A LAS GANANCIAS Y A LA GANANCIA MÍNIMA PRESUNTA
El siguiente cuadro detalla la evolución y composición de los activos y pasivos por impuesto diferido:
MetroGAS
Activos diferidos
| Total activo por | ||||
|---|---|---|---|---|
| Quebrantos | Créditos por ventas | Provisiones | impuesto diferido | |
Saldos al 31.12.17 |
790.906 | 24.878 | 108.139 | 923.923 |
Movimientos del ejercicio |
25.806 | 41.114 | 94.267 | 161.187 |
Saldos al 31.12.18 |
816.712 | 65.992 | 202.406 | 1.085.110 |
Pasivos diferidos
| Revaluación de | Efectivo y | Total pasivo por | ||||
|---|---|---|---|---|---|---|
| propiedades, planta y | Propiedades, planta y | equivalente de | Total pasivo por | impuesto diferido | ||
| equipo | equipo | Deudas financieras | efectivo | impuesto diferido | neto | |
| Saldos al 31.12.17 | (1.986.492) | (3.201.989) | (97.059) | - | (5.285.540) |
(4.361.617) |
| Movimientos del ejercicio | 268.363 | (40.916) | 97.059 | (13.948) | 310.558 | 471.745 |
| Saldos al 31.12.18 | **(1.718.129) ** | **(3.242.905) ** | - | **(13.948) ** | **(4.974.982) ** | (3.889.872) |
MetroENERGÍA
Pasivos diferidos
| Inversiones | Total | |
|---|---|---|
| Saldos al 31.12.17 | (734) | (734) |
| Movimientos del ejercicio | 8 | 8 |
| Saldos al 31.12.18 | **(726) ** | (726) |
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
La posición neta consolidada al 31 de diciembre de 2018 correspondía a un Pasivo por impuesto diferido de 726 correspondiente a MetroENERGÍA y un Pasivo por impuesto diferido de 3.889.872 correspondiente a MetroGAS y al 31 de diciembre de 2017 correspondía a un Pasivo por impuesto diferido de 734, correspondiente a MetroENERGÍA y un Pasivo por impuesto diferido de 4.361.617, correspondiente a MetroGAS.
A continuación se detalla la conciliación entre el impuesto a las ganancias cargado a resultados y el que resultaría de aplicar al resultado contable antes del impuesto a las ganancias la tasa impositiva correspondiente:
| Impuesto a las ganancias calculado sobre el resultado antes del impuesto a las ganancias Diferencias originadas en: Gastos no deducibles e ingresos no computables, netos Efecto por la reexpresion en moneda constante Quebrantos reconocidos / (no reconocidos) Efecto cambio de tasa impuesto a las ganancias Total impuesto a las ganancias acreditado en resultados |
Por los ejercicios finalizados el |
|---|---|
| 31.12.18 31.12.17 13.984 (533.399) 33.494 26.851 8.873 1.322.075 - 1.046.933 - (103.324) 56.351 1.759.136 |
A continuación se detalla la conciliación entre el impuesto a las ganancias acreditado a resultados y el impuesto determinado a fines fiscales:
| Impuesto a las ganancias determinado a los fines fiscales MetroGAS Impuesto a las ganancias corriente MetroENERGÍA Diferencias transitorias Efecto cambio de tasa impuesto a las ganancias Total impuesto a las ganancias acreditado en resultados Quebrantos reconocidos / (no reconocidos) |
Por los ejercicios finalizados el |
|---|---|
| 31.12.18 31.12.17 281.043 (124.209) (147.039) (77.612) (77.653) 1.017.348 - 1.046.933 - (103.324) 56.351 1.759.136 |
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
El crédito por quebrantos impositivos registrado al 31 de diciembre de 2018 ascendió a 816.712 y el crédito por el IGMP a 80.901.
En la tabla que se detalla a continuación se exponen los años en los que expiran los créditos por quebrantos al 31 de diciembre de 2018:
| Año de vencimiento |
Crédito por quebranto |
|---|---|
| 2019 | 190.519 |
| 2020 | 218.310 |
| 2021 | 126.840 |
| 2023 | 281.043 |
| TOTAL | 816.712 |
La evolución del pasivo diferido neto de MetroGAS durante el ejercicio ha sido la siguiente:
| Pasivo diferido al inicio del ejercicio Efecto del impuesto diferido en ORAI Cargo del impuesto a las ganancias Pasivo diferido al cierre del ejercicio |
31.12.18 (4.361.617) 268.363 203.382 (3.889.872) |
31.12.17 |
|---|---|---|
| (4.212.607) (1.986.492) 1.837.482 |
||
| (4.361.617) | ||
El cargo por impuesto a las ganancias e impuesto a la ganancia mínima presunta por el ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2018 y 2017 es el siguiente:
| Por los ejercicios finalizados el | Por los ejercicios finalizados el | |
|---|---|---|
| 31.12.18 203.382 - |
31.12.17 | |
| Impuesto a las ganancias diferido MetroGAS Impuesto a la ganancia mínima presunta de años anteriores reconocido en el ejercicio Impuesto a las ganancias MetroENERGÍA Vencimiento de IGMP reconocido en ejercicios anteriores Cargo Impuesto a las ganancias e IGMP |
1.837.482 115.153 |
|
| (147.031) | (78.346) | |
| (10.399) 45.952 |
- | |
| 1.874.289 | ||
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
En la tabla que se detalla a continuación se exponen los años en los que expiran los créditos por IGMP al 31 de diciembre de 2018:
| Año de vencimiento |
Crédito al cierre del ejercicio |
|---|---|
| 2020 | 14.212 |
| 2023 | 15.179 |
| 2027 | 51.510 |
| TOTAL | 80.901 |
29. RESULTADO NETO POR ACCIÓN
El siguiente cuadro refleja los resultados y el número de acciones que se han utilizado para el cálculo del resultado neto por acción:
| Resultado neto del ejercicio participación controlante Número medio de acciones ordinarias en circulación Resultado neto básico y diluido por acción |
Por los ejercicios finalizados el |
|---|---|
| 31.12.18 31.12.17 (5.858) 3.396.360 569.171 569.171 (0,01) 5,97 |
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30. SALDOS Y OPERACIONES CON PARTES RELACIONADAS
MetroGAS realiza operaciones y transacciones con partes relacionadas dentro de las condiciones generales de mercado, las cuales forman parte de la operación habitual de la Sociedad en cuanto a su objeto y condiciones.
Las operaciones de venta de transporte de MetroGAS a MetroENERGÍA se efectuaron sobre la base de las tarifas aplicables por MetroGAS para sus operaciones comerciales con terceros, de acuerdo a la normativa vigente.
A su vez, existen acuerdos de Prestación de Servicios Profesionales por parte de MetroGAS a MetroENERGÍA vinculados a los aspectos administrativos, contables, impositivos, financieros, legales y todos aquellos que hacen al giro y operatoria ordinaria de MetroENERGÍA.
La información detallada en los cuadros siguientes muestra los saldos con las sociedades relacionadas al 31 de diciembre de 2018 y 2017, así como las operaciones con las mismas por los ejercicios finalizados el 31 de diciembre de 2018 y 2017.
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
Las siguientes transacciones se realizan con partes relacionadas:
| Por el ejercicio finalizado el | ||
|---|---|---|
| 31.12.18 | ||
| Venta de gas y transporte Otros ingresos y egresos Suministro de gas Servicios y suministros de terceros Materiales diversos Costo de operación Primas de seguros Costos financieros (Ingresos financieros) Gastos de correos y telecomunicaciones |
Remuneraciones y otros beneficios al personal |
|
| Sociedad controlante: | ||
| YPF | 1.961 - 5.812.416 6.852 17.889 - (91.912) - |
- |
| Otras sociedades relacionadas: | ||
| Central Dock Sud S.A. | 257.305 - - - - - - - 11.617 - - - - - - - 6.183 - - - - - - - 5 - 618.159 - - - 116.438 - 12.515 - - - - - - - - - - - - 9.841 - - 699 - - - - - - 626 3.285 - - - - - - - - - (4.148.654) - - - 614.652 - - 3.463.471 - - - - - - 10.484 - - - - - - - 6.604 - - - - - - - - - - - - - - - |
- - - - - - - - - - - - |
| Operadora de Estaciones de Servicio S.A. | ||
| A-Evangelista S.A. | ||
| Integración Energética Argentina S.A. ("Ex-ENARSA") | ||
| Profertil S.A. | ||
| Nación Seguros S.A. | ||
| Correo Argentino S.A. Banco de la Nación Argentina |
||
| Estado Nacional (1) | ||
| Secretaría de Gobierno de Energía (2) | ||
| Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A. Otros |
||
| Personal clave de dirección | 63.977 | |
| 310.658 3.463.471 2.281.921 6.852 17.889 9.841 639.178 626 |
63.977 | |
| (1) Ver Notas 2.2.2.3 a los presentes estados financiero | s consolidados. | |
| (2) Ver Notas 2.2.2.2 a lospresentes estados financieros | consolidados. |
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 6 de marzo de 2019 DELOITTE & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 3
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
| Por el ejercicio finalizado el | |
|---|---|
| 31.12.17 | |
| Venta de gas y transporte Suministro de gas Servicios y suministros de terceros Materiales diversos Costo de operación Primas de seguros Costos financieros intereses por préstamos Costos financieros intereses por deuda comercial Gastos de correos y telecomunicaciones Remuneraciones y otros beneficios al personal |
|
| Sociedad controlante: | |
| YPF | 12.203 1.966.185 7.453 11.755 - 27.293 174.434 - - |
| Otras sociedades relacionadas: | |
| Central Dock Sud S.A. | 165.070 - - - - - - - - 32.368 - - - - - - - - 3.573 - - - - - - - - - 245.419 - - - - 80.279 - - 284.740 - - - - - - - - - 44.669 - - - - - - - - - - - 4.629 - - - - - - - - - - - 1.502 - 7.613 - - - - - - - - 3.414 - - - - - - - - - - - - - - - - 81.668 |
| Operadora de Estaciones de Servicio S.A. | |
| A-Evangelista S.A. Integración Energética Argentina S.A. ("Ex-ENARSA") |
|
| Profertil S.A. YPF Energía Eléctrica S.A Nación Seguros S.A. |
|
| Correo Argentino S.A. Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A. Otros |
|
| Personal clave de dirección | |
| 508.981 2.256.273 7.453 11.755 4.629 27.293 254.713 1.502 81.668 |
|
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
Los siguientes saldos se mantienen con partes relacionadas:
| 31.12.18 | 31.12.18 | |||
|---|---|---|---|---|
| Créditos por ventas |
Otros créditos | Cuentas por pagar | Remuneraciones y cargas sociales |
|
| Sociedad controlante: YPF Otras sociedades relacionadas: |
Corrientes 19.968 |
Corrientes No corrientes |
Corrientes No corrientes |
Corrientes |
| 4.828 - |
1.242.864 1.144.589 |
- | ||
| Central Dock Sud S.A. | 47.825 | - - |
- - |
- |
| Operadora de Estaciones de Servicio S.A. A-Evangelista S.A. Integración Energética Argentina S.A. ("Ex-ENARSA") |
3 507 - |
- - - - - - |
- - - - 64.986 165.234 |
- - - |
| Nación Seguros S.A. Estado Nacional (1) |
- | - - 353.400 3.180.602 |
7.278 - |
- |
| Secretaría de Gobierno de Energía (2) | - | 1.255.243 - |
- | - |
| Correo Argentino S.A. | - | - | 209 - |
- |
| Otros | 45 | - - |
159 - |
- |
| Personal clave de dirección: | - | - - |
- - |
18.938 |
| 68.348 | 1.613.471 3.180.602 |
1.315.496 1.309.823 |
18.938 | |
(1) Ver Nota 2.2.2.3 a los presentes estados financieros consolidados.
(2) Ver Nota 2.2.2.2 a los presentes estados financieros consolidados.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 6 de marzo de 2019 DELOITTE & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 3
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
| 31.12.17 | ||||
|---|---|---|---|---|
| Créditos por ventas |
Otros créditos | Cuentas por pagar | Remuneraciones y cargas sociales Deuda financiera |
|
| Corrientes | Corrientes | Corrientes No corrientes |
Corrientes Corrientes |
|
| Sociedad controlante: | ||||
| YPF | 2.231 | 6.181 | 1.942.186 - |
114.535 - |
| Otras sociedades relacionadas: | - - |
|||
| Central Dock Sud S.A. | 49.689 | - | - - |
|
| Operadora de Estaciones de Servicio S.A. A-Evangelista S.A. Integración Energética Argentina S.A. ("Ex-ENARSA") |
- 130 - |
- - - |
- - - - 1.036.586 105.047 |
- - - - - - - - - - |
| Profertil S.A. Nación Seguros S.A. |
20.091 - |
- 7.080 |
- - 979 - |
|
| Compañía Administradora del Mercado Mayorista Eléctrico S.A. |
719 | - | - - |
- - |
| Correo Argentino S.A. Otros |
- 19 |
- - |
347 - - - |
- - - - |
| Personal clave de dirección: | - | - | - - |
- 24.439 |
| 72.879 | 13.261 | 2.980.098 105.047 |
114.535 24.439 |
|
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
Los importes pendientes no están garantizados y se liquidarán en efectivo. No se han otorgado ni recibido garantías. No se ha reconocido ningún gasto en el periodo actual ni en periodos anteriores con respecto a incobrables o cuentas de dudoso cobro relacionados con los importes adeudados por partes relacionadas.
Adicionalmente, en el curso habitual de sus negocios, y atento a que la licenciataria presta el servicio de distribución de gas dentro del área que cubre la parte sur y este del gran Buenos Aires, incluyendo la Ciudad de Buenos Aires, la cartera de clientes/proveedores de la Sociedad abarca tanto entidades del sector privado como así también del sector público nacional, provincial y municipal.
En virtud de la Resolución N° I-2.621/2013 del ENARGAS, MetroGAS se encuentra facturando por cuenta y orden de ENARSA los volúmenes inyectados para GNC a partir de junio de 2013.
Asimismo tal como se explica en Nota 2.2.5 MetroGAS debe facturar, cobrar y liquidar dos cargos específicos, con diversa afectación, lo cual hace por cuenta y orden de Nación Fideicomisos S.A. Los saldos por estas operatorias se exponen en la Nota 21.
31. COMPROMISOS CONTRACTUALES
A fin de poder satisfacer la demanda de gas y prestar eficientemente el servicio concedido, MetroGAS ha celebrado desde el inicio de la concesión distintos contratos de largo plazo que le permiten asegurar una cierta capacidad de compra y transporte de gas.
31.1 Compra de gas
Los principales proveedores con los que opera MetroGAS son: YPF, Total Austral, Wintershall Energía, Pan American Energy, y otros productores de Tierra del Fuego, Neuquén y Santa Cruz.
El 14 de junio de 2007 se publicó en el Boletín Oficial la Resolución N° 599/07 de la SE por medio de la cual se homologó la propuesta de “Acuerdo con Productores de Gas Natural 20072011” (“Acuerdo 2007-2011”). El Acuerdo 2007-2011 establecía los volúmenes a ser inyectados en Punto de Ingreso al Sistema de Transporte por los productores de gas natural priorizando principalmente el abastecimiento de la demanda residencial y GNC a través de los mecanismos de redireccionamiento y demandas adicionales. Asimismo, fijaba los parámetros de ajustes de precios del gas natural en forma escalonada (ver Nota 2.2.3.1 a los presentes estados financieros).
El 4 de octubre de 2010 se publicó en el B.O. la Resolución ENARGAS N° 1.410/2010 (luego aclarada por Nota ENARGAS N° 13.934) que aprobó el Procedimiento de Solicitudes, Confirmaciones y Control de Gas que debía ser observado por los distintos actores de la industria del gas natural, incluyendo a las comercializadoras de gas natural, con impacto en la operatoria diaria de nominaciones, transporte, distribución y compraventa de gas natural.
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NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 E INFORMACIÓN COMPARATIVA
(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
Las Resoluciones SE N° 599/07 y ENARGAS N° 1.410/10 fueron complementadas por la Resolución N° 89/2016 del MINEM que estableció los volúmenes de gas natural que podrían solicitar las prestadoras del servicio de distribución para abastecer a la Demanda Prioritaria y por la Resolución ENARGAS N° 3.833/2016 respecto al Procedimiento de Solicitudes, Confirmaciones y Control de Gas.
En los términos de la Resolución N° 89/2016 del MINEM, se inició un proceso de normalización contractual en función del cual MetroGAS celebró diversos contratos con productores de gas, tanto de la cuenca Austral, como de la cuenca Neuquina. Estos volúmenes contratados deducían volúmenes de la Resolución ENARGAS N° 1.410/2010 tanto para el productor como para la distribuidora. Los volúmenes contratados a partir de la Resolución N° 89/2016 del MINEM eran abonados por las distribuidoras al precio establecido por el MINEM.
En fecha 6 de octubre de 2016, el MINEM dictó la Resolución Nº 212-I/2016 mediante la cual fijó un sendero de precios para el gas natural, determinándose el valor de este de manera gradual y semestral hasta el 1º de octubre de 2019 (para el área de Licencia de MetroGAS).
Mediante Resolución N° 74 – E/2017, el MINEM determinó los nuevos precios en el PIST para el gas natural que serán de aplicación, a partir del 1° de abril de 2017 a las categorías de usuarios que allí se indican. Asimismo, determinó los nuevos precios en el PIST bonificados para los usuarios Residenciales de gas natural que registren un ahorro en su consumo igual o superior al quince por ciento (15%) con respecto al mismo período del año 2015. Estos nuevos precios en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte han sido contemplados en la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017.
Con fecha 1° de diciembre de 2017 y mediante Resolución N° 474 – E/2017, el MINEM determinó los nuevos precios en el PIST para el gas natural que serán de aplicación, a partir del 1° de diciembre de 2017 a las categorías de usuarios que allí se indican. Asimismo, determinó los nuevos precios en el PIST bonificados para los usuarios Residenciales de gas natural que registren un ahorro en su consumo igual o superior al veinte por ciento (20%) con respecto al mismo período del año 2015 y la bonificación correspondiente a los beneficiarios de la Tarida Social. Estos nuevos precios en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte han sido contemplados en las Resoluciones ENARGAS N° 131/2017 y N° 132/2017.
El 29 de noviembre de 2017, a instancias del MINEM, MetroGAS suscribió las “Bases y Condiciones para el Abastecimiento de Gas Natural a Distribuidoras de Gas por Redes” (las “Bases y Condiciones”) junto con el resto de las distribuidoras y un grupo de productores de gas. Estas Bases y Condiciones contienen los lineamientos para la contratación de volúmenes de gas para el abastecimiento de la demanda de las distribuidoras para el período comprendido entre el 1° de enero de 2018 y hasta el 31 de diciembre de 2019. En las mismas se establecen: i) los volúmenes que cada productor firmante debe inyectar por cuenca para abastecer a la demanda de las distribuidoras, ii) los volúmenes diarios disponibles por cuenca para cada distribuidora, iii) el precio según la categoría de cliente y por período expresado en u$s/MMBTU, iv) la obligación del
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(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
productor de entregar o pagar por el 100% del volumen, v) la obligación de las distribuidoras de tomar o pagar por el 100% del volumen, excepto en caso de no contar con demanda y no nominar volúmenes de contratos no comprendidos en las Bases y Condiciones; y vi) el vencimiento de las facturas a los 75 días.
Las Bases y Condiciones establecen expresamente que las distribuidoras tienen en consideración para su suscripción las disposiciones del Artículo 38 de la Ley N° 24.076, que prevén el traslado a las tarifas a ser pagadas por los usuarios del servicio de transporte y distribución tanto de los costos de adquisición de gas resultantes de acuerdos o contratos de largo plazo como así también de aquellos asociados a las compras de corto plazo que resultaran necesarias para satisfacer la demanda.
En consecuencia, los contratos suscriptos con los productores de gas derivados de las Bases y Condiciones tomaron en cuenta los precios y moneda allí establecidos y fueron presentados oportunamente al ENARGAS.
En abril de 2018 comenzó en Argentina un cambio en las condiciones macroeconómicas que provocó una brusca e imprevista variación en la paridad entre la moneda nacional y la moneda en la que están establecidos los precios de los contratos.
Por este motivo, los pagos a los productores de gas por el gas entregado en los meses siguientes a partir de abril de 2018 se realizaron al tipo de cambio aplicado al valor del componente del gas incluido en la tarifa aprobado por la Resolución ENARGAS N° 300/2018 aplicable a partir del 1° de abril de 2018 ($/U$S 20,345) y la Resolución ENARGAS N° 281/2018, luego ratificada por la Resolución ENARGAS N° 292/2018, aplicable a partir del 8 de octubre de 2018 ($/U$S 37,69).
Los productores rechazaron dicho criterio de pago por parte de la Sociedad y, en consecuencia, reclamaron formalmente los saldos considerados impagos.
El 16 de noviembre de 2018, se publicó en el Boletín Oficial, el Decreto N° 1.053/2018 que establece que el Estado Nacional asuma, con carácter excepcional, el pago de las DDA (ver punto 2.2.2.3).
De acuerdo a lo dispuesto por la Resolución N° 32/2019 de la SGE, MetroGAS participó del concurso de precios para la provisión de gas natural en condición firme para el abastecimiento de la demanda de usuarios de servicio completo de las prestadoras de servicio público de distribución de gas por redes que se llevó a cabo en el ámbito del MEGSA para las cuencas Neuquina, Golfo San Jorge, Santa Cruz Sur y Tierra del Fuego el 14 de febrero de 2019.
Como resultado de dicho concurso, se obtuvieron compromisos de abastecimiento anual por un volumen de capacidad máxima diaria (“CMD”) que asciende anualmente a 1.486 millones de m3 los cuales representan el 58% de nuestra demanda anual, cumpliendo con ello con el requisito establecido en el marco regulatorio.
Firmado a los efectos de su identificación con nuestro informe de fecha 6 de marzo de 2019 DELOITTE & Co. S.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 1 - Fº 3
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METROGAS S.A.
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 E INFORMACIÓN COMPARATIVA
(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
Esos compromisos, bajo las pautas establecidas por la Resolución SGE N° 32/19, consideran una cláusula de Entregar o Pagar (“EOP”) del 70%, lo que implica en el caso de MetroGAS un importante nivel de incertidumbre respecto del aprovisionamiento en el período invernal, al que coadyuva la relación fija establecida en el concurso de 1:2,5 anual escalonado, que no satisface la curva de demanda prioritaria que se presenta en el período invernal en nuestra área de Licencia, cuya relación es más cercana a 1:4,5 veces.
En el marco de las Bases y Condiciones, MetroGAS acordó contratos de suministro de gas con una valorización aproximada de compra de gas en firme por:
| Períodos 2019 |
Montos comprometidos | Montos comprometidos |
|---|---|---|
(millones de $) 5.702 |
A partir de la inscripción en el Registro de Comercializadores, MetroENERGÍA celebró acuerdos de suministro de gas natural con distintos agentes del mercado a fin de abastecer a los usuarios que debían adquirir el gas de terceros proveedores. Actualmente, MetroENERGÍA posee diferentes acuerdos de compra para suministrar gas natural a las industrias y comercios hasta abril de 2019.
La valorización aproximada anual de compra de gas en firme a ser pagado por MetroENERGÍA durante el año 2019 asciende a millones de $ 1.334.
31.2 Transporte de gas
MetroGAS ha celebrado varios contratos de transporte, cuyas fechas de finalización se encuentran entre el año 2019 y el año 2027 con TGS y TGN, a fin de asegurar una capacidad de transporte en firme de 19,49 MMCM por día, considerando los contratos vigentes al de 31 diciembre de 2018.
La valorización aproximada anual de transporte en firme a ser pagado por la Sociedad bajo estos contratos se expone en el siguiente cuadro:
| Períodos 2019 2020 2021 2022 2023/27 |
Montos comprometidos | Montos comprometidos |
|---|---|---|
(millones de $) 4.027 3.461 3.278 2.739 8.223 |
En agosto de 2017, MetroGAS presentó una Oferta Irrevocable en el Concurso N°1/2017 de TGS, con el objetivo de renovar la capacidad de transporte firme con vencimiento el 30 de abril de 2018.
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METROGAS S.A.
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 E INFORMACIÓN COMPARATIVA
(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
Como resultado del Concurso, MetroGAS renovó el 100% de la capacidad ofertada, siendo los nuevos vencimientos entre el 2019 y 2027.
Con fecha 27 de septiembre de 2018 se publicaron las Resoluciones ENARGAS 265/18 y N° 266/18, las cuales establecieron un nuevo cuadro tarifario a aplicarse a TGS y TGN a partir del día 1° de octubre de 2018.
31.3 Venta de gas y transporte
MetroGAS celebró contratos de venta de gas y transporte que generaron compromisos firmes con industrias y GNC. La valorización aproximada anual en firme a ser cobrado por MetroGAS bajo estos contratos se expone en el siguiente cuadro:
| Períodos 2019 2020 2021 2022 |
Montos comprometidos | Montos comprometidos |
|---|---|---|
(millones de $) 1.225 323 323 323 |
MetroENERGÍA celebró contratos de abastecimiento de gas natural con grandes clientes, usuarios del SGG y SGP, de acuerdo a las distintas fechas en que tales clientes debieron adquirir el gas natural de proveedores distintos de las licenciatarias del servicio de distribución. Estos contratos fueron renovados en concordancia a los celebrados con los proveedores de gas natural. La valorización aproximada anual de venta de gas en firme a ser cobrados por MetroENERGÍA durante el año 2019 asciende a millones de $ 2.427.
31.4 Plan de inversiones obligatorias
En el marco de lo establecido en el Acuerdo Transitorio 2016, con fecha 29 de enero de 2016 MetroGAS presentó al ENARGAS el Plan de Inversiones proyectado para el año 2016. El mismo se componía de obras de infraestructura, obras de conexión, repotenciación, expansión y/o adecuación tecnológica de los sistemas de distribución de gas por redes, seguridad, confiabilidad del servicio e integridad de las redes, así como mantenimiento y todo otro gasto conexo necesario para la prestación del servicio público de distribución de gas. El Plan abarcaba el período comprendido entre abril del año 2016 y marzo del año 2017. Con fecha 27 de abril de 2017 la Sociedad envió al ENARGAS una nota con la reformulación del Plan de Inversiones Obligatorias que concluiría el 31 de diciembre de 2017. MetroGAS ejecutó el Plan por encima de lo comprometido originalmente al 31 de diciembre de 2017.
En los términos del Acuerdo Transitorio 2017, con fecha 31 de marzo de 2017 se publicó en el B.O., la Resolución ENARGAS N° 4.356/2017 la cual menciona en su Anexo III el Plan de
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METROGAS S.A.
NOTAS A LOS ESTADOS FINANCIEROS CONSOLIDADOS POR EL EJERCICIO FINALIZADO EL 31 DE DICIEMBRE DE 2018 E INFORMACIÓN COMPARATIVA
(cifras expresadas en miles de pesos, excepto donde se indica en forma expresa)
Inversiones Obligatorias que debe realizar MetroGAS dentro del plazo quinquenal 2017-2021. A los fines de esta Resolución se consideran Inversiones Obligatorias las consideradas indispensables para atender la operación y el mantenimiento de los sistemas operados, la comercialización y la administración en condiciones confiables y seguras del gas natural, con estándares iguales o mayores a los requeridos por la normativa vigente. En caso que MetroGAS lleve a cabo las inversiones obligatorias a un costo total menor que la suma especificada en la resolución deberá invertir dicha diferencia en obras y/o proyectos contemplados como inversiones no obligatorias o complementarias o en otros que sean aprobados por la autoridad regulatoria dentro del plazo quinquenal 2017-2021. MetroGAS debe presentar anualmente a la autoridad regulatoria un informe detallado de avance de su Plan de Inversiones y la autoridad regulatoria puede aplicar las penalidades en caso de incumplimiento. La Resolución determina el monto que la Sociedad debe desembolsar por las inversiones obligatorias durante cada uno de los cinco años. Al 31 de diciembre de 2018, MetroGAS cumplió con la totalidad de lo comprometido para el primer año y con el 89% de lo comprometido para el segundo año.
31.5 Arrendamientos
a. Como arrendatario
Al 31 de diciembre de 2018, los pagos mínimos futuros en relación con los arrendamientos operativos, son los detallados a continuación:
| Períodos 2019 2020 Total pagos mínimos futuros |
Montos comprometidos (millones de $) 8 3 |
|
|---|---|---|
| 11 |
31.6 Otros compromisos contractuales
Al 31 de diciembre de 2018 MetroGAS se encuentra comprometida con terceras partes a través de contratos relacionados con servicios y suministros de terceros, mantenimiento y reparación de propiedades, planta y equipo y seguros, por un monto que asciende aproximadamente a millones de $ 580, con vencimiento millones de $ 561 durante el año 2019, millones de $ 17 durante el año 2020 y millones de $ 2 durante el año 2021.
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Dr. Eduardo Baldi Por Comisión Fiscalizadora
Ricardo C. Ruiz Socio Contador Público U.B.A. C.P.C.E.C.A.B.A. Tº 156 - F° 159
Fernando Oscar Ambroa Presidente