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Metalfor S.A. Capital/Financing Update 2021

Apr 8, 2021

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Capital/Financing Update

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AVISO DE SUSCRIPCIÓN

SERVICAP SAN FRANCISCO

METALFOR S.A.

OBLIGACIONES NEGOCIABLES PYME CNV GARANTIZADA "METALFOR SERIE II" POR HASTA \$300.000.000 (PESOS TRECIENTOS MILLONES)

Se comunica a los inversores que Metalfor S.A. (la "Emisora") ofrece en suscripción las obligaciones negociables PYME CNV GARANTIZADA denominadas y pagaderas en pesos, a tasa nominal anual variable (las "Obligaciones Negociables"), por un valor nominal de hasta \$300.000.000 (pesos trecientos millones) (el "Monto Máximo de Emisión"). Los términos y condiciones de las Obligaciones Negociables se detallan en el prospecto de emisión de fecha 8 de abril de 2021 (el "Prospecto"), el cual se encuentra disponible en el Sitio Web de la Comisión Nacional de Valores (la "CNV") (www.cnv.gob.ar), (la "Página Web de la CNV"). El Prospecto fue publicado en el Boletín Diario de la BCBA (en virtud de la delegación de facultades otorgadas por BYMA a la BCBA y de conformidad con lo dispuesto por la Resolución N°18.629) (el "Boletín Diario de la BCBA") el 8 de abril del 2021 y en el Boletín Diario Electrónico del Mercado Abierto Electrónico (el "Boletín Electrónico del MAE") en la misma fecha. Todos los términos utilizados en mayúscula no definidos en el presente aviso tendrán el significado que se les asigna en el Prospecto.

  • 1) Emisora: Metalfor S.A., con domicilio en Ruta Nacional N°9, Km 443, Marcos Juárez, Provincia de Córdoba. República Argentina, Teléfono/Fax: +5403472-424250, Correo electrónico: guillermo [email protected] (Guillermo Ureta).
  • 2) Organizador, Estructurador y Colocador: Banco Supervielle S.A., con domicilio en Bartolomé Mitre 434, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Teléfono: 4324-8265, Fax: 4324-8021, correo electrónico: [email protected] ("Banco Supervielle").
  • 3) Colocadores y Entidades de Garantía: (i) Banco de Servicios y Transacciones S.A., con domicilio en Av. Corrientes 1174, piso 3°, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Teléfono: 11-5235-2360/2826/2383 atención: Paz Sementuch/ Matías Veloso/ Mariano Alonso, correo electrónico: entidad:[email protected]; y (ii) Banco Mariva S.A., con domicilio en Sarmiento 500, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Teléfono: 4321-2200, Fax: 4321-2222, correo electrónico: [email protected]; junto con (iii) Banco Supervielle.
  • 4) Agente de Liquidación: Banco Supervielle S.A., a través del sistema MAEClear.
  • 5) Período de Difusión: Comenzará el 9 de abril de 2021 y finalizará el 13 de abril de 2021.
  • Período de Licitación: Comenzará el 14 de abril de 2021 a las de 10:00 hs y finalizará a las 16:00 hs 6) del mismo día.
  • 7) Moneda de Denominación, Integración y Pago: Las Obligaciones Negociables estarán denominadas en pesos. La suscripción, integración y pago de servicios de las Obligaciones Negociables será en pesos.

Pi ME CR. GUILLERMO URETA APOD. ERADO

  • 8) Forma de colocación: La colocación de las Obligaciones Negociables se realizará por subasta o licitación pública, a través del sistema informático de colocaciones primarias del Mercado Abierto Electrónico S.A. ("MAE") bajo la modalidad abierta (SIOPEL) conforme lo dispuesto en las Normas de la CNV y de los mercados autorizados en los cuales las mismas se listen y/o negocien (incluyendo, sin limitación, el MAE). Durante el Período de Licitación, las ofertas serán recibidas por Los Colocadores y los agentes autorizados, y se ingresarán al Sistema SIOPEL (las "Órdenes de Compra"). Todos los agentes autorizados (distintos de los Colocadores) podrán ser habilitados para participar en la rueda de licitación pública del SIOPEL. Todos aquellos agentes que cuenten con línea de crédito otorgada por los Colocador serán, a pedido de dichos agentes, dados de alta en la rueda. Dicho pedido deberá ser realizado dentro del Día Hábil posterior al inicio del Período de Difusión. Aquellos agentes que no cuenten con línea de crédito deberán solicitar al Colocador la habilitación a la rueda con antelación suficiente, para lo cual deberán acreditar entre otra información, el cumplimiento de las normas en materia de prevención del lavado de activos y financiación del terrorismo de forma satisfactoria para los Colocadores, quien observará y respetara en todo momento el trato igualitario entre los inversores. La Emisora, junto con los Colocadores, podrá declarar desierta la colocación de las Obligaciones Negociables cuando: (i) el valor nominal total de las ofertas recibidas hubiere sido inferior al esperado por la Emisora, (ii) no aceptar la Emisora la tasa ofertada cuando hubieren sido superiores a los esperados por la Emisora, (iii) hubieran sucedido cambios adversos en los mercados financieros y/o de capitales locales, así como las condiciones generales de la Emisora o de la República Argentina, incluyendo, con carácter meramente enunciativo, condiciones políticas, económicas, financieras o de tipo de cambio en el país o crediticias de la Emisora que pudieran hacer que no resulte aconsejable efectuar la transacción contemplada en el Prospecto, en razón de encontrarse afectadas por dichas circunstancias la colocación y/o negociación de las Obligaciones Negociables. La terminación, modificación, suspensión y/o prórroga del Período de Difusión y/o del Período de Licitación Pública no generará responsabilidad alguna para la Emisora y/o para los Colocadores, ni otorgará a los inversores interesados que hayan presentado ofertas de suscripción, derecho a compensación y/o indemnización alguna. En caso de terminación del Período de Difusión y/o del Período de Licitación Púbica, todas las ofertas de suscripción que en su caso se hayan presentado hasta ese momento quedarán automáticamente sin efecto. En caso de suspensión, modificación y/o prórroga del Período de Difusión y/o del Periodo de Licitación Pública, las ofertas de suscripción presentadas con anterioridad a tal suspensión y/o prórroga podrán ser retiradas en cualquier momento anterior a la finalización del Período de Licitación Pública, sin penalidad alguna.
  • Suscripción e integración: Las Obligaciones Negociables serán suscriptas e integradas en Pesos con 9) débito en cuentas bancarias locales denominadas en Pesos. La Emisora no realizará pagos correspondientes a las Obligaciones Negociables a cuentas bancarias del exterior. Al finalizar el Período de Licitación Pública, se informará a los inversores la Tasa Aplicable y el valor nominal de las Obligaciones a emitirse mediante el Aviso de Resultados a ser publicado en la AIF y en los sistemas de información de los mercados autorizados donde se listen y/o negocien las Obligaciones Negociables.
  • 10) Monto de emisión: Hasta V/N \$ 300.000.000 (valor nominal pesos trecientos millones). El monto definitivo de la emisión será determinado con anterioridad a la Fecha de Emisión y Liquidación e informado en el Aviso de Resultado de colocación que se publicará al finalizar el Período de Licitación y con anterioridad a la Fecha de Emisión y Liquidación.
  • 11) Precio de emisión: 100% del valor nominal.
  • 12) Fecha de Emisión y Liquidación: Será el 19 de abril de 2021. La liquidación de las ofertas de suscripción adjudicadas podrá ser efectuada a través del sistema de liquidación y compensación MAECLEAR, administrado por el MAE, o el sistema de compensación y liquidación que lo reemplace en el futuro, y/o a través de los Colocadores (pudiendo los Colocadores utilizar el sistema de depósito colectivo administrado por Caja de Valores S.A., comprometiéndose los inversores adjudicados y los agentes del MAE y/o adherentes del mismo a través de los que se hubieren presentado ofertas de suscripción, a tomar los recaudos necesarios a tal efecto en relación con el pago del precio de suscripción
  • diez mil) y múltiplos de V/N \$ 1.00 por 13) Monto mínimo de suscripción: V/N \$ 10.000,00 (pesos encima de dicho monto.

P/ME ŌR CR. GUILLERMO URETA APODERADO

  • 14) Unidad mínima de negociación: V/N \$ 1,00 (pesos uno)
  • 15) Fecha de vencimiento: 19 de abril de 2023.
  • 16) Amortización y fechas de pago de capital: La amortización de las Obligaciones Negociables será en cuatro cuotas consecutivas, conforme surge a continuación: (i) 10% el 19 de octubre 2021; (ii) 10% el 19 de abril de 2022, (iii) el restante 40% el 19 de octubre 2022 y (iv) el restante 40% en la Fecha de Vencimiento.
  • 17) Tasa de Interés: Las Obligaciones Negociables devengarán intereses a una tasa de interés nominal anual variable determinada sobre la base de la Tasa BADLAR más el Margen Aplicable a licitarse y que será informada en el Aviso de Resultados (la "Tasa Aplicable"). El interés se calculará sobre el saldo de capital de las Obligaciones Negociables considerando para su cálculo un año de 365 días (cantidad real de días transcurridos/365).

Tasa BADLAR significa la tasa equivalente al promedio aritmético de las tasas de intereses que publica el Banco Central de la República Argentina (en adelante, el "BCRA") para depósitos a plazo fijo de 30 (treinta) a 35 (treinta y cinco) días de plazo y de más de \$ 1.000.000 (pesos un millón) para los bancos privados de la República Argentina correspondiente al plazo que transcurre a partir del décimo Día Hábil anterior al inicio de cada Período de Devengamiento de Intereses y finaliza el décimo Día Hábil anterior al último día de cada Período de Devengamiento de Intereses siguiente, incluyendo el primer día pero excluyendo el último día. De no ser posible el cálculo de la Tasa Aplicable por encontrarse suspendida la publicación por el BCRA de las tasas de interés que se promedian para el cálculo de la Tasa BADLAR, se considerará como Tasa BADLAR a la tasa sustituta de aquella que informe el BCRA, o en caso de no existir dicha tasa sustituta, la tasa que resulte de considerar el promedio aritmético de tasas pagadas para depósitos en pesos por un monto mayor a un millón de pesos para idéntico plazo por los 5 (cinco) primeros bancos privados, en cantidad de depósitos, según el último informe de depósitos disponible publicado por el Banco Central de la República Argentina; en todos los casos, correspondiente al mes calendario anterior a cada Fecha de Pago de Servicios.

El Margen Aplicable es la cantidad de puntos básicos (expresada como un porcentaje positivo o negativo anual truncado a dos decimales) a ser adicionado a la Tasa BADLAR en cada Período de Devengamiento de intereses. El mismo será determinado luego de la fecha de cierre del Período de Licitación Pública e informado mediante el Aviso de Resultados.

  • 18) Fecha de pago de intereses: Los intereses serán pagaderos trimestralmente por período vencido desde la Fecha de Emisión y Liquidación, 19 de abril del 2021, en las siguientes fechas: (i) 19 de julio del 2021; (ii) 19 de octubre del 2021; 19 de enero del 2022; 19 de abril del 2022; 19 de julio del 2022; 19 de octubre del 2022; 19 de enero del 2023; y 19 de abril del 2023.
  • 19) Factor de prorrateo: Si como resultado de los prorrateos, el monto a asignar a una oferta de suscripción fuera un monto que incluya entre 1 y 49 centavos, el monto asignado será el importe entero inferior. Si como resultado de los prorrateos, el monto a asignar a una oferta de suscripción fuera un monto que incluya entre 50 y 99 centavos, el monto asignado será el importe entero superior. Si como resultado de los prorrateos el monto a asignar a una oferta de suscripción fuera un monto inferior al monto mínimo de suscripción, a esa oferta de suscripción no se le asignarán Obligaciones Negociables, según corresponda, y el monto de dichas Obligaciones Negociables, según corresponda, no asignado a tal oferta de suscripción será distribuido a prorrata entre las demás Órdenes de Compra con margen solicitado, según corresponda, igual al Margen Aplicable. Todas las ofertas con Margen inferior al Margen Aplicable serán adjudicadas en su totalidad. Todas las ofertas con Margen igual al Margen Aplicable serán adjudicadas en su totalidad, pero en caso de sobresuscripción a prorrata. Todas las ofertas con Margen superior al Margen Aplicable no serán adjudicadas.
  • 20) Forma: Las Obligaciones Negociables serán documentadas por un certificado global permanente depositado en la Caja de Valores S.A. Los obligacionistas renuncian al derecho a exigir la entrega de láminas individuales. Las transferencias se realizarán dentro del sistema de depósito colectivo, encontrándose habilitada la Caja de Valores S.A. para cobrar aranceles a los depositantes, que estos podrán trasladar a los beneficiarios.

$PI$ hF 1 CR. GUILLERMO URETA APODI ERADO

  • 21) Pago de Servicios: La amortización y pago de los intereses correspondientes a las Obligaciones Negociables serán efectuados por la Emisora mediante la transferencia de los importes correspondientes a Caja de Valores S.A. para su acreditación en las cuentas de los tenedores con derecho a cobro.
  • 22) Destino de los fondos: El producido neto de la colocación de Obligaciones Negociables será destinado por el Emisor a los destinos previstos en el artículo 36 de la Ley 23.576, a efectos de obtener tratamiento fiscal beneficioso aplicable a dichos valores, específicamente a capital de trabajo e inversión productiva destinada a infraestructura agropecuaria para fabricación de maquinaria agrícola. Pendiente la aplicación de fondos, los mismos podrán ser invertidos transitoriamente en inversiones de alta calidad y liquidez, incluyendo, pero no limitado a, títulos públicos - incluyendo Letras y Notas emitidas por el Banco Central de la República Argentina -, títulos privados, préstamos interfinancieros, depósitos a plazo fijo e instrumentos money market.
  • 23) Mercados autorizados: Las Obligaciones Negociables, serán listadas y negociadas en Bolsas y Mercados Argentinos S.A. ("BYMA"), y podrá solicitarse la negociación en el MAE.
  • 24) Ley aplicable: Las Obligaciones Negociables se regirán por, y serán interpretadas de conformidad con, las leyes de la República Argentina.
  • 25) Jurisdicción: Conforme a lo dispuesto por el art. 46 de la ley 26.831 (la "Ley de Mercado de Capitales") todo conflicto que se suscite entre los obligacionistas y la Emisora y/o los Organizadores y Colocadores relativo al presente Prospecto, las condiciones de emisión, su suscripción y todos los actos y documentos relacionados será resuelto a opción de los obligacionistas: a) ante los tribunales competentes del domicilio de la Emisora, o b) en forma inapelable por el Tribunal de Arbitraje General de la Bolsa de Comercio de Rosario, Sala "Mercado de Capitales" (el "Tribunal Arbitral") por las reglas del arbitraje de derecho. Ello sin perjuicio de la acción ejecutiva de cobro que tramitará ante los tribunales competentes del domicilio de la Emisora.
  • 26) Agentes y todo otro interviniente en el proceso de emisión y colocación y gastos correspondientes: La Emisora designó a Banco Supervielle S.A., Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Nro.57 de la CNV como estructurador y, organizador y su comisión será la siguiente: Comisión de Estructuración y Organización: 0,25% (cero coma veinticinco por ciento) sobre el valor nominal total de la emisión. La Emisora designó a Banco Mariva S.A. Banco de Servicios y Transacciones S.A., y a Banco Supervielle S.A. como Colocadores, y sus comisiones serán las siguientes: Comisión de Colocación: 1,00% (uno por ciento) del valor nominal de las Obligaciones Negociables efectivamente colocadas y adjudicadas, a distribuir entre los Colocadores según lo efectivamente colocado por cada uno de ellos. La Emisora designó a Banco Mariva S.A., Banco de Servicios y Transacciones S.A., y Banco Supervielle S.A. como entidades de garantía (las "Entidades de Garantía"), cuyas comisiones serán las siguientes: Comisión por otorgamiento de los Certificados de Garantía: 3,00% anual sobre (i) el saldo de capital de las Obligaciones Negociables pendiente de pago, y (ii) los intereses compensatorios y demás accesorios garantizados.
  • 27) Garantía: Las Obligaciones Negociables están garantizadas en un 100% por: (i) Banco Supervielle S.A, por hasta 50% equivalente la suma total de \$150.000.000 (pesos ciento cincuenta millones); (ii) Banco de Servicios y Transacciones S.A. por hasta el 33,33%, equivalente a la suma total de \$100.000.000 (pesos cien millones); y (iii) Banco Mariva S.A. por hasta 16,67%, equivalente a la suma total de \$50.000.000 (pesos cincuenta millones); con más los intereses compensatorios pactados, accesorios y los gastos que razonablemente demande en la suma total de \$100.000.000 (Pesos cien millones); con más los intereses correspondientes, cualesquiera de los montos impagos bajo las Obligaciones Negociables PYME CNV Garantizadas Serie II, incluidas las costas judiciales, como Entidades de Garantía autorizadas por la CNV. La garantía otorgada por cada una de las Entidades de Garantía, en la proporción que se indica precedentemente, es otorgada en carácter de "liso, llano y principal pagador" de las Obligaciones Negociables con renuncia al beneficio de excusión y división, siendo sus obligaciones simplemente mancomunadas.
  • 28) Calificación de Riesgo de las Entidad de Garantía: (i) Ranco Supervielle S.A.: la calificación de riesgo vigente (FIX SCR S.A. AGENTE DE CALIFICACION DE RIESGO) es: Endeudamiento de Largo Plazo: AA-(arg) y Endeudamiento de Corto Plazo: A1(arg)/El informe de calificación de riesgo

P/METALE CR. GUILLERMD URETA APODER ۱DО

se encuentra publicado en AIF bajo el ID 2686761; (ii) Banco de Servicios y Transacciones S.A., la calificación de riesgo vigente de fecha 30 de diciembre del 2020 (otorgada por Evaluadora Latinoamericana S.A.) es: A. El informe de calificación de riesgo se encuentra cargado en la AIF bajo el ID 2720068; (iii) Banco Mariva S.A, la calificación de riesgo vigente de fecha 19 de octubre del 2020 (otorgada por FIX SCR S.A. AGENTE DE CALIFICACIÓN DE RIESGO) es: Endeudamiento de Largo Plazo: A-(arg) Endeudamiento de Corto Plazo: A2(arg). El informe de calificación de riesgo se encuentra cargado en la AIF bajo el ID 2687793.

ORGANIZADOR, ESTRUCTURADOR, COLOCADOR Y ENTIDAD DE GARANTÍA

Banco Supervielle S.A. Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Número de matrícula asignado 57 de la CNV Teléfono: (011) 4324-8265 Domicilio electrónico: [email protected]

COLOCADORES Y ENTIDADES DE GARANTÍA

Banco de Servicios y Transacciones S.A. Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Número de matrícula asignado 64 de la CNV

Teléfono: (011) 5235-2800 Domicilio electrónico: [email protected]

Banco Mariva S.A. Agente de Liquidación y Compensación y Agente de Negociación Integral Número de matrícula asignado 49 de la CNV Teléfono: (011) 4321-2200 Domicilio electrónico: [email protected]

Ciudad Autónoma de Buenos Aires, 8 de abril del 2021

$P$ FOi MiET RVS URETA CR.GOILLE APODIFRADO

$\label{eq:2.1} \frac{1}{\sqrt{2\pi}}\frac{1}{\sqrt{2\pi}}\frac{1}{\sqrt{2\pi}}\frac{1}{\sqrt{2\pi}}\frac{1}{\sqrt{2\pi}}\frac{1}{\sqrt{2\pi}}\frac{1}{\sqrt{2\pi}}\frac{1}{\sqrt{2\pi}}\frac{1}{\sqrt{2\pi}}\frac{1}{\sqrt{2\pi}}\frac{1}{\sqrt{2\pi}}\frac{1}{\sqrt{2\pi}}\frac{1}{\sqrt{2\pi}}\frac{1}{\sqrt{2\pi}}\frac{1}{\sqrt{2\pi}}\frac{1}{\sqrt{2\pi}}\frac{1}{\sqrt{2\pi}}\frac{1}{\sqrt$

$\mathcal{L}^{\mathcal{L}}(\mathcal{L}^{\mathcal{L}})$ and $\mathcal{L}^{\mathcal{L}}(\mathcal{L}^{\mathcal{L}})$ and $\mathcal{L}^{\mathcal{L}}(\mathcal{L}^{\mathcal{L}})$

$\label{eq:2.1} \mathcal{L}(\mathcal{L}^{\text{max}}{\mathcal{L}}(\mathcal{L}^{\text{max}}{\mathcal{L}}))\leq \mathcal{L}(\mathcal{L}^{\text{max}}{\mathcal{L}}(\mathcal{L}^{\text{max}}{\mathcal{L}}))$

$\label{eq:2.1} \frac{1}{\sqrt{2}}\int_{\mathbb{R}^3}\frac{1}{\sqrt{2}}\left(\frac{1}{\sqrt{2}}\right)^2\left(\frac{1}{\sqrt{2}}\right)^2\left(\frac{1}{\sqrt{2}}\right)^2\left(\frac{1}{\sqrt{2}}\right)^2\left(\frac{1}{\sqrt{2}}\right)^2\left(\frac{1}{\sqrt{2}}\right)^2.$ $\label{eq:2.1} \frac{1}{\sqrt{2}}\left(\frac{1}{\sqrt{2}}\right)^{2} \left(\frac{1}{\sqrt{2}}\right)^{2} \left(\frac{1}{\sqrt{2}}\right)^{2} \left(\frac{1}{\sqrt{2}}\right)^{2} \left(\frac{1}{\sqrt{2}}\right)^{2} \left(\frac{1}{\sqrt{2}}\right)^{2} \left(\frac{1}{\sqrt{2}}\right)^{2} \left(\frac{1}{\sqrt{2}}\right)^{2} \left(\frac{1}{\sqrt{2}}\right)^{2} \left(\frac{1}{\sqrt{2}}\right)^{2} \left(\frac{1}{\sqrt{2}}\right)^{2} \left(\$

$\label{eq:2.1} \frac{1}{\sqrt{2}}\int_{\mathbb{R}^3}\frac{1}{\sqrt{2}}\left(\frac{1}{\sqrt{2}}\right)^2\frac{1}{\sqrt{2}}\left(\frac{1}{\sqrt{2}}\right)^2\frac{1}{\sqrt{2}}\left(\frac{1}{\sqrt{2}}\right)^2\frac{1}{\sqrt{2}}\left(\frac{1}{\sqrt{2}}\right)^2.$

$\mathcal{L}_{\text{max}}$