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ESTREMAR S. A. U. — Audit Report / Information 2025
Mar 11, 2026
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Audit Report / Information
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ACTA DE COMISIÓN FISCALIZADORA N° 4
En la Provincia de Tierra del Fuego, el día 06 de marzo de 2026, siendo las 09:00 horas, en la Calle sin nombre N° 4868, esq. Manuel Carmiña Secc. G. Macizo 20, Parcela 7, de la ciudad de Ushuaia se reúnen los miembros de la Comisión Fiscalizadora de Estremar S.A.U. (en adelante la “ Sociedad ”), Sres. Juan Fato, Adrián Pablo Vignoni y María Eugenia Guerra. Verificada la existencia de quórum suficiente para sesionar, los miembros de la Comisión Fiscalizadora pasan a tratar el primer punto previsto en la Agenda para la presente reunión: 1) Consideración de los Estados Financieros Consolidados y Separados al 31 de diciembre de 2025. Emisión del Informe de la Comisión Fiscalizadora . Toma la palabra el Sr. Juan Fato y manifiesta que la Comisión Fiscalizadora debe expedirse sobre estado de situación financiera consolidado y separado al 31 de diciembre de 2025, los estados consolidados y separados de resultados integrales, de cambios en el patrimonio neto y de flujo de efectivo correspondientes al ejercicio finalizado en esa fecha, y las notas a los estados financieros consolidados y separados que incluyen un resumen de las políticas contables significativas y otra información explicativa. Asimismo, hemos revisado la Memoria correspondiente al ejercicio finalizado en dicha fecha. Luego de un breve intercambio de ideas, y considerando las aclaraciones e informaciones recibidas y las tareas de revisión ya realizadas, los miembros de la Comisión Fiscalizadora resuelven por unanimidad: (i) tomar nota y aprobar lo informado precedentemente por el Sr. Fato; y (ii) aprobar el texto del Informe de la Comisión Fiscalizadora también previamente distribuido, que se transcribe a continuación:
INFORME DE LA COMISIÓN FISCALIZADORA SOBRE ESTADOS FINANCIEROS
A los señores
Presidente y Directores de
ESTREMAR S.A.U
C.U.I.T N°: 30-67575336-5
Domicilio legal: Calle sin nombre N° 4868, esquina Manuel Carmiña, Sección G, Macizo 20, Parcela 7, Ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur
Opinión
Hemos llevado a cabo los controles que nos imponen como miembros de la Comisión Fiscalizadora la legislación vigente, el estatuto social y las regulaciones pertinentes, acerca de los estados financieros consolidados y separados de ESTREMAR S.A.U ., que comprenden el estado de situación financiera consolidado y separado al 31 de diciembre de 2025, los estados consolidados y separados de resultados integrales, de cambios en el patrimonio neto y de flujo de efectivo correspondientes al ejercicio finalizado en esa fecha, y las notas a los estados financieros consolidados y separados que incluyen un resumen de las políticas contables significativas y otra información explicativa. Asimismo, hemos revisado la Memoria correspondiente al ejercicio finalizado en dicha fecha.
En nuestra opinión, los estados financieros consolidados y separados adjuntos, presentan razonablemente, en todos los aspectos significativos, la situación financiera consolidada de ESTREMAR S.A.U. al 31 de diciembre de 2025, así como su resultado integral consolidado y separado y los flujos de efectivo consolidados y separados correspondientes al ejercicio finalizado en esa fecha, de conformidad con las Normas Internacionales de información Financiera (“NIIF”). Asimismo, en nuestra opinión, la Memoria cumple con los requisitos legales y estatutarios, resultando las afirmaciones acerca de la gestión llevada a cabo y de las perspectivas futuras de exclusiva responsabilidad del Directorio.
Fundamento de la opinión
Hemos llevado a cabo nuestro examen de acuerdo con las normas de sindicatura vigentes. Dichas normas requieren que los exámenes de los estados financieros consolidados y separados se efectúen de acuerdo con las normas de auditoría vigentes, e incluyan la verificación de la razonabilidad de la información significativa de los documentos examinados y su congruencia con la restante información sobre las decisiones societarias de las que hemos tomado conocimiento, expuestas en actas de Directorio y Asamblea, así como la adecuación de dichas decisiones a la ley y a los estatutos, en lo relativo a sus aspectos formales y documentales. Para realizar nuestra tarea profesional, hemos efectuado una revisión del trabajo realizado por el auditor externo, C.P. Fabian Gustavo Marcote, quien emitió su informe con fecha 6 de marzo de 2026 de acuerdo con las Normas Internacionales de Auditoría (NIAs). Dichas normas fueron adoptadas como normas de auditoría en Argentina mediante la Resolución Técnica N° 32 de la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), tal y como fueron aprobadas por el Consejo de Normas Internacionales de Auditoría y Aseguramiento (IAASB por su sigla en
inglés). Nuestras responsabilidades como miembros de la Comisión Fiscalizadora se describen en la sección “Responsabilidades de la Comisión Fiscalizadora en relación con la auditoria de los estados financieros consolidados y la Memoria” del presente informe.
Dado que no es responsabilidad de los miembros de la Comisión Fiscalizadora efectuar un control de la gestión, no hemos evaluado los criterios empresarios de administración, financiación, comercialización y explotación, dado que son de incumbencia exclusiva del Directorio y de la Asamblea.
Asimismo, en relación con la Memoria correspondiente al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2025, hemos verificado que contiene la información requerida por el artículo Nº 66 de la Ley Nº 19.550 y, en lo que es materia de nuestra competencia, que sus datos numéricos concuerdan con los registros contables de ESTREMAR S.A.U. y otra documentación pertinente. Consideramos que los elementos de juicio que hemos obtenido proporcionan una base suficiente y adecuada para fundamentar nuestra opinión.
Información distinta de los estados financieros consolidados y separados, de su informe de auditoría y de la Memoria (“Otra información”)
La otra información comprende la información incluida en (i) la reseña informativa y (ii) el código de gobierno societario, presentada para cumplimentar las normas de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”). El Directorio es responsable de la otra información. Esta otra información no es parte de los estados financieros consolidados ni de la Memoria, por lo que no está alcanzada en el examen que llevamos a cabo como miembros de la Comisión Fiscalizadora.
Nuestra opinión sobre los estados financieros consolidados y separado y la Memoria no cubre la otra información y, por lo tanto, no expresamos ninguna conclusión que proporcione un grado de seguridad sobre la otra información.
En relación con nuestra auditoría de los estados financieros consolidados y controles sobre la Memoria, nuestra responsabilidad es leer la otra información y, al hacerlo, considerar si la misma es materialmente inconsistente con los estados financieros consolidados o la Memoria o nuestros conocimientos obtenidos en la auditoría, o si por algún otro motivo parece que existe una incorrección significativa. Si, basándonos en el trabajo que hemos realizado, consideramos que, en lo que es materia de nuestra competencia, existe una incorrección significativa en la otra información, estamos obligados a informarlo. No tenemos nada que informar al respecto.
Responsabilidades del Directorio y del Comité de Auditoría en relación con los estados financieros
consolidados y separados
El Directorio de ESTREMAR S.A.U. es responsable de la preparación y presentación razonable de los estados financieros consolidados y separados de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (“NIIF”), y del control interno que el Directorio considere necesario para permitir la preparación de estados financieros consolidados y separados libres de incorrección significativa, debida a fraude o error. En la preparación de los estados financieros consolidados y separados, el Directorio es responsable de evaluar la capacidad de la sociedad de continuar como empresa en funcionamiento, revelar, en caso de corresponder, las cuestiones relacionadas con este tema y utilizar el principio contable de empresa en funcionamiento, excepto si el Directorio tiene intención de liquidar o de cesar sus operaciones, o bien no exista otra alternativa realista de continuidad.
Responsabilidades de la Comisión Fiscalizadora en relación con la auditoría de los estados financieros consolidados y separados y la Memoria
Nuestro objetivo es obtener una seguridad razonable de que los estados financieros consolidados y separados en su conjunto están libres de incorrección significativa, debida a fraude o error y que la Memoria cumple con las prescripciones legales y reglamentarias y emitir un informe de Comisión Fiscalizadora que contenga nuestra opinión. Seguridad razonable es un alto grado de seguridad, pero no garantiza que una auditoría realizada de conformidad con las NIAs siempre detecte una incorrección significativa cuando exista. Las incorrecciones pueden deberse a fraude o error y se consideran significativas si, individualmente o de forma agregada, puede preverse razonablemente que influyan en las decisiones económicas que los usuarios toman basándose en los estados financieros consolidados y separados y el contenido de la Memoria en aquellos temas de nuestra incumbencia profesional.
Como parte de los controles sobre los estados financieros consolidados y separados, empleando normas de auditoría de conformidad con las NIAs, aplicamos nuestro juicio profesional y mantenemos una actitud de escepticismo profesional durante nuestra actuación como miembros de la Comisión Fiscalizadora.
También:
a) Identificamos y evaluamos los riesgos de incorrección significativa en los estados financieros consolidados y separados, debida a fraude o error, diseñamos y aplicamos procedimientos de auditoría para responder a dichos riesgos y obtenemos elementos de juicio suficientes y adecuados para proporcionar una base para nuestra opinión.
b) Obtenemos conocimiento del control interno relevante para la auditoría con el fin de diseñar procedimientos que sean apropiados en función de las circunstancias y no con la finalidad de expresar una opinión sobre la eficacia del control interno de ESTREMAR S.A.U.
c) Evaluamos si las políticas contables aplicadas son adecuadas, así como la razonabilidad de las estimaciones contables y la correspondiente información revelada por el Directorio de la Sociedad.
d) Concluimos sobre lo adecuado de la utilización por el Directorio de la Sociedad, del principio contable de empresa en funcionamiento y, basándonos en los elementos de juicio obtenidos, concluimos sobre si existe o no una incertidumbre significativa relacionada con hechos o con condiciones que pueden generar dudas importantes sobre la capacidad de ESTREMAR S.A.U. para continuar como empresa en funcionamiento. Si concluimos que existe una incertidumbre significativa, se requiere que llamemos la atención en nuestro informe como miembros de la Comisión Fiscalizadora sobre la información expuesta en los estados financieros consolidados o en la Memoria, o, si dicha información expuesta no es adecuada, que expresemos una opinión modificada. Nuestras conclusiones se basan en los elementos de juicio obtenidos hasta la fecha de nuestro informe como Comisión Fiscalizadora. Sin embargo, hechos o condiciones futuros pueden ser causa de que ESTREMAR S.A.U. deje de ser una empresa en funcionamiento.
e) Evaluamos la presentación general, la estructura y el contenido de los estados financieros consolidados, incluida la información revelada, y si los estados financieros consolidados y separados representan las transacciones y hechos subyacentes de un modo que logren una presentación razonable.
f) Nos comunicamos con el Directorio de la Sociedad en relación con, entre otras cuestiones, la estrategia general de la planificación y ejecución de nuestros procedimientos de auditoría como Comisión Fiscalizadora y los hallazgos significativos en nuestra actuación como responsables de la fiscalización privada, así como cualquier deficiencia significativa del control interno identificada en el transcurso de nuestra actuación como Comisión Fiscalizadora.
Informes sobre otros requerimientos legales y reglamentarios
En cumplimiento de disposiciones vigentes informamos que:
a) los estados financieros consolidados y separados mencionados en el primer párrafo se encuentran pendientes de transcripción en el libro Inventarios y Balances. En cumplimiento de las normas aplicables de la CNV, informamos que, según nuestro criterio, los sistemas de registro contable mantienen las condiciones de seguridad e integridad en base a las cuales fueron oportunamente autorizadas (disposición N° 2628, de fecha 18 de diciembre de 2014 en el expediente N° 3562/2014);
b) Como parte de mi labor profesional, he revisado la reseña informativa requerida por la CNV, preparada por el Directorio, y sobre la cual, en lo que es materia de mi competencia, no tengo observaciones que formular.
c) en relación con lo determinado por las normas de la CNV, informamos que hemos leído el informe de los auditores externos, del que se desprende lo siguiente: i. las normas de auditoría aplicadas son las aprobadas por la FACPCE; ii. los auditores son independientes de ESTREMAR S.A.U. de conformidad con el Código Internacional de Ética para Profesionales de la Contabilidad (incluidas las Normas Internacionales de Independencia) emitido por el Consejo de Normas Internacionales de Ética para Contadores(“Código del IESBA”);y iii. los estados financieros consolidados y separados han sido preparados teniendo en cuenta las NIIF y las disposiciones de la CNV.
d) hemos constatado la constitución de las garantías de los Directores en gestión previstas en la legislación vigente;
e) se ha dado cumplimiento a lo dispuesto por el artículo Nº 294 de la Ley Nº 19.550.
Ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, 6 de marzo de 2026
Juan Fato (Síndico Titular) Contador Público (U.B.A.) C.P.C.E.T.F. - Tº 2 - Fº 25
Juan Fato Adrián Pablo Vignoni Ma. Eugenia Guerra (Síndico titular) (Síndico titular) (Síndico titular)