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Central Termica Roca S.A. Capital/Financing Update 2024

Dec 12, 2024

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Capital/Financing Update

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Central Térmica Roca S.A.

En cumplimiento del art. 10 de la Ley N° 23.576 y sus modificatorias, se informa que Central Térmica Roca S.A. (“CTR”) junto con Generación Mediterránea S.A. (“GEMSA” y junto con CTR, las “Co-Emisoras”) co-emitieron obligaciones negociables simples (no convertibles en acciones) clase XXXIX garantizadas por un valor nominal de US$353.963.822 (las “ON Clase XXXIX”) (bajo el régimen de oferta pública, Ley N° 26.831 de Mercado de Capitales, conforme la misma fuera modificada y/o complementada, incluyendo pero no limitándose a, la Ley N° 27.440 de Financiamiento Productivo), emitidas bajo el programa de obligaciones negociables simples (no convertibles en acciones) por un valor nominal total de hasta U$S1.000.000.000 (o su equivalente en otras monedas o unidades de medida o valor) (el “Programa GEMSA-CTR”). Los términos y condiciones del Programa GEMSA-CTR y los términos y condiciones generales de las obligaciones negociables bajo el mismo fueron fijados por Asambleas Generales Extraordinarias de Accionistas de las Co-Emisoras ambas de fecha 16 de mayo de 2023 (las “Asambleas”) y por Actas de Directorio de las Co-Emisoras ambas de fecha 21 de marzo de 2024, conforme expresa delegación de las mencionadas Asambleas. Los términos y condiciones particulares de las ON Clase XXXIX fueron aprobados por Actas de Directorio de las Co-Emisoras ambas de fecha 9 de octubre de 2024 conforme expresa delegación de las mencionadas Asambleas. Se ha solicitado autorización para la creación del Programa GEMSA-CTR y la oferta pública de las ON Clase XXXIX descriptas en el presente a la Comisión Nacional de Valores (“CNV”). La creación del Programa GEMSA-CTR fue autorizada por el Directorio de la CNV mediante Resolución N° RESFC-2017-18947APN-DIR#CNV de fecha 26 de septiembre de 2017, el primer aumento del monto del Programa GEMSA-CTR por hasta U$S300.000.000 fue autorizado por el Directorio de la CNV mediante Resolución N° RESFC-2019-20111-APNDIR#CNV de fecha 8 de marzo de 2019, el segundo aumento del monto del Programa GEMSA-CTR por hasta U$S700.000.000 fue autorizado por la Gerencia de Emisoras de la CNV mediante Disposición N° DI-2020-43-APNGE#CNV de fecha 10 de septiembre del 2020, la modificación de los términos del prospecto del Programa GEMSACTR a los fines de permitir a las Co-Emisoras la emisión de obligaciones negociables denominadas en Unidades de Vivienda actualizables por el Índice del Costo de la Construcción en el Gran Buenos Aires, en virtud de la Ley N° 27.271 o en Unidades de Valor Adquisitivo u otras que las reemplacen o se dicten en el futuro, actualizables por el Coeficiente de Estabilización de Referencia o cualquier otro índice permitido en el futuro, en virtud de lo dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia N°146/2017 del Poder Ejecutivo Nacional, y de conformidad con el Artículo 40 bis, Sección V, Capítulo V, Título II, de las Normas de la CNV, fue autorizada por la Gerencia de Emisoras de la CNV mediante Disposición N° DI- 2021-3-APN-GE#CNV de fecha 23 de febrero de 2021, la prórroga y modificación de los términos y condiciones del Programa GEMSA-CTR, aprobadas por las Asambleas Generales Extraordinarias de Accionistas de las Co-Emisoras y sus Directorios con fecha 19 de abril de 2022, fue autorizada por la Gerencia de Emisoras de la CNV mediante Disposición N° DI-2022-28-APN-GE#CNV de fecha 2 de junio de 2022, y el tercer aumento del monto del Programa GEMSA-CTR por hasta U$S1.000.000.000 fue autorizado por la Gerencia de Emisoras de la CNV mediante Disposición N° DI-2023-31-APN-GE#CNV de fecha 5 de julio de 2023 y la modificación de los términos del prospecto de programa a los fines de permitir a las Co-Emisoras la emisión de obligaciones negociables tipificadas como temáticas, incluyendo sin limitación, como sociales, verdes, sustentables, vinculadas a la sostenibilidad y/o cualquier otra alternativa de etiquetado, ha sido autorizado por Disposición Nº DI2024-11-APN-GE#CNV de la Gerencia de Emisoras de la CNV con fecha 23 de febrero de 2024. Denominación: Central Térmica Roca S.A., domiciliada en Av. Leandro N. Alem 855, Piso 14º, Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Inscripta el día 26 de julio de 2011 en la Inspección General de Justicia, bajo el número 14.827, libro 55, tomo -, de Sociedades por Acciones. Duración: 99 años. Objeto Social: CTR tiene por objeto desarrollar proyectos energéticos mediante (i) el cateo, exploración, explotación, producción, perforación, extracción, elaboración, comercialización, compra y venta de hidrocarburos sólidos, líquidos y gaseosos y sus derivados, pudiendo a este efecto ejercer todos los actos relacionados con la industria energética, petrolífera y gasífera, desde el sondeo hasta la obtención de sus productos refinados y subproductos directos, su almacenaje, transporte y distribución, explotación, destilación, industrialización,

comercialización, almacenaje y transporte de minerales líquidos y gaseosos de cualquier categoría, inclusive los radioactivos, elaboración, procesamiento y transporte de materias primas y productos relacionados con la petroquímica; y (ii) la generación de energía eléctrica incluyendo la explotación, operación, asistencia de plantas, presas y complejos de generación térmica, hidrotérmica, hidroeléctrica, eléctrica, y de cualquier otro sistema de generación, trasformación y utilización de energía eléctrica en cualquiera de sus formas; b) Prestación de servicios, administración y realización de obras eléctricas, gasoductos y otras relacionadas con la actividad, en general, sean pública o privadas. Capital Social: $73.070.470 en miles de pesos. Patrimonio Neto: el patrimonio neto de CTR es $34.965.897 en miles de pesos al 31 de diciembre de 2023, y $31.393.962 en miles de pesos al 30 de septiembre de 2024. Deuda Garantizada de CTR: $6.024.270 al 30 de septiembre de 2024. Monto de obligaciones negociables emitidas por CTR: junto con GEMSA bajo el Programa GEMSA-CTR US$ 666.094.169, 66.804.112 UVAs y $ 2.805.565.790. Denominación: Obligaciones Negociables Clase XXXIX. Monto y moneda de emisión: US$353.963.822. Fechas de Emisión: 30 de octubre de 2024 y 8 de noviembre de 2024. Garantía: Las ON Clase XXXIX estarán garantizadas por: (a) una cesión fiduciaria con fines de garantía otorgada de conformidad con el Contrato de Fideicomiso en Garantía, que cede todos los derechos, títulos e intereses de Albanesi Energía S.A. para recibir cualquier monto y crédito respecto a los créditos bajo los Contratos Cedidos de Timbúes; (b) una prenda con registro de conformidad con el Contrato de Prenda de Timbúes, que otorga un derecho de garantía en primer grado de privilegio sobre los Equipos de Timbúes; (c) una prenda con registro de conformidad con el Contrato de Prenda de Ezeiza, que otorga un derecho de garantía en primer grado de privilegio sobre los Equipos de Ciclo Simple Ezeiza; (d) una prenda con registro de conformidad con el Contrato de Prenda Frías, que otorga un derecho de garantía en primer grado de privilegio sobre los Equipos de Frías; (e) una prenda con registro de conformidad con el Contrato de Prenda de Maranzana, que otorga un derecho de garantía en primer grado de privilegio sobre el Equipo de Maranzana. Condiciones de amortización de las ON Clase XXXIX: Las ON Clase XXXIX serán amortizadas en 12 cuotas consecutivas en cada fecha de pago (conforme se detalla a continuación) y finalizando en la fecha de vencimiento de las ON Clase XXXIX, el 1° de noviembre de 2031 (la “Fecha de Vencimiento de las ON Clase XXXIX”). Los pagos programados del capital de las Obligaciones Negociables Clase XXXIX en cada Fecha de Amortización de las ON Clase XXXIX serán por un monto igual al porcentaje del monto de capital original de las Obligaciones Negociables emitidas en la Fecha de Emisión y Liquidación: (i) 1,5% del capital a amortizar el 1° de mayo de 2026; (ii) 1,5% del capital a amortizar el 1° de noviembre de 2026; (iii) 2,5% del capital a amortizar el 1° de mayo de 2027; (iv) 2,5% del capital a amortizar el 1° de noviembre de 2027; (v) 7,5% del capital a amortizar el 1° de mayo de 2028; (vi) 7,5% del capital a amortizar el 1° de noviembre de 2028; (vii) 11,0% del capital a amortizar el 1° de mayo de 2029; (viii) 11,0% del capital a amortizar el 1° de noviembre de 2029; (ix) 11,0% del capital a amortizar el 1° de mayo de 2030; (x) 11,0% del capital a amortizar el 1° de noviembre de 2030; (xi) 11,0% del capital a amortizar el 1° de mayo de 2031; y (xii) 22,0% del capital a amortizar en la Fecha de Vencimiento de las ON Clase XXXIX, es decir, el 1° de noviembre de 2031 (cada una, una “Fecha de Amortización de las ON Clase XXXIX”). Intereses: Las ON Clase XXXIX devengarán intereses a una tasa de interés fija del 11,000% nominal anual (la “Tasa de Interés de las ON Clase XXXIX”). Los intereses de las ON Clase XXXIX se pagarán semestralmente en forma vencida cada 1° de mayo y 1° de noviembre, comenzando el 1° de mayo de 2025 (cada una, una “Fecha de Pago de Intereses de las ON Clase XXXIX”). La última Fecha de Pago de Intereses de las ON Clase XXXIX coincidirá con la Fecha de Vencimiento de las ON Clase XXXIX. Los términos que comiencen en mayúscula que no se encuentren aquí definidos tendrán el significado que se les asigne en el suplemento de prospecto de la serie A de las ON Clase XXXIX de fecha 14 de octubre de 2024, y el suplemento de prospecto de la serie B de las ON Clase XXXIX de fecha 15 de octubre de 2024, ambos publicados por CTR en la Autopista de Información Financiera de la CNV bajo los ID# 3265866 y # 3266832 respectivamente.

Nicolás De Palma, autorizado por acta de directorio de CTR de fecha 9 de octubre de 2024.