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Central Termica Roca S.A. Capital/Financing Update 2026

May 8, 2026

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Capital/Financing Update

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AVISO DE RESULTADOS - FECHA DE PARTICIPACIÓN TEMPRANA

GENERACIÓN MEDITERRÁNEA

CENTRAL TÉRMICA
ROCA S.A.

Generación Mediterránea S.A. y Central Térmica Roca S.A.

Obligaciones Negociables Clase XLV, denominadas y pagaderas en Dólares Estadounidenses en el exterior, a una tasa de interés fija e incremental y con vencimiento en 2036 (las “Obligaciones Negociables Clase XLV” o las “Nuevas Obligaciones Negociables”),

a ser integradas con Obligaciones Negociables Clase X, a una tasa de interés fija del 9,625% y con vencimiento en 2027 (las “Obligaciones Negociables Existentes”),

y

la Solicitud de APE (conforme se define en el Suplemento)

El presente aviso es un aviso de resultados (el “Aviso de Resultados”) complementario a la información incluida en el suplemento de oferta de canje y solicitud de APE de fecha 10 de abril de 2026 (el “Suplemento”), el aviso de suscripción de fecha 10 de abril de 2026 (el “Aviso de Suscripción”), y el aviso complementario de fecha 24 de abril de 2026 (el “Aviso Complementario”), mediante los cuales Generación Mediterránea S.A. (“GEMSA”) y Central Térmica Roca S.A. (“CTR”) y, junto con GEMSA, las “Co-Emisoras”, los “Co-Emisores” o las “Emisoras”), en carácter de co-emisoras, ofrecen a los tenedores de las Obligaciones Negociables Existentes las Nuevas Obligaciones Negociables, a ser integradas exclusivamente con las Obligaciones Negociables Existentes (la “Oferta de Canje”), de acuerdo con los términos y sujeto a las condiciones descritas en el Suplemento, el Aviso de Suscripción, el Aviso Complementario y en el presente Aviso de Resultados. Todos los términos en mayúscula utilizados en el Aviso de Resultados que no se encuentren expresamente definidos tendrán el significado que se les asigna en el Suplemento.

Las Nuevas Obligaciones Negociables serán emitidas bajo el Programa. El prospecto del Programa de fecha 27 de noviembre de 2025 (el “Prospecto”), la adenda al Prospecto de fecha 20 de febrero de 2026 (la “Adenda”), el Suplemento, el Aviso de Suscripción y el Aviso Complementario (junto con el Prospecto, la Adenda, el Aviso de Suscripción, Aviso Complementario y el presente Aviso de Resultados los “Documentos de la Oferta”) se encuentran disponibles en el sitio web de la Comisión Nacional de Valores (la “CNV”), www.argentina.gob.ar/cnv, bajo el ítem “Empresas” de la Autopista de la Información Financiera (la “AIF”), en los sistemas informáticos de A3 Mercados S.A. (el “A3”), en el Boletín Diario de la Bolsa de Comercio de Buenos Aires (la “BCBA”), en virtud del ejercicio de la facultad delegada por Bolsas y Mercados Argentinos S.A. (“ByMA”) a la BCBA, y en el sitio web institucional de las Co-Emisoras (www.albanesi.com.ar).

1. Resultados parciales al cierre del 6 de mayo de 2026:

Se informa que Morrow Sodali International LLC, que opera bajo el nombre Sodali & Co., en su carácter de Agente de Información y Canje Internacional, informó a las Co-Emisoras que, al 6 de mayo de 2026 a las 5:00 p.m. (hora de la Ciudad de Nueva York) (la “Fecha de Participación Temprana”, según fuera prorrogada en el Aviso Complementario), aproximadamente US$56,2 millones de Obligaciones Negociables Existentes, equivalentes al 48,03% del total de las Obligaciones Negociables Existentes en circulación, han participado de la Oferta y Solicitud de APE.

Las Obligaciones Negociables Existentes válidamente presentadas, y no válidamente retiradas a la Fecha de Retiro y Revocación, no podrán ser retiradas con posterioridad, y los consentimientos relacionados válidamente otorgados y no válidamente revocados a la Fecha de Retiro y Revocación no podrán ser revocados con posterioridad, salvo en la medida en que lo exija la ley aplicable.

Sin perjuicio de lo dispuesto en los artículos 119 y 120 de la Ley de Mercado de Capitales, ni el Agente de APE ni los Agentes de Información Locales o el Agente Colocador y Agente de Solicitud formulan ninguna declaración o garantía, expresa o implícita, respecto de la precisión o integridad de la información financiera, contable, operativa, provista por las Co-Emisoras y contenida en el Suplemento. Ninguna de las disposiciones contenidas en el Suplemento constituye ni será considerada como una promesa o declaración por parte del Agente de APE de los Tenedores Aceptantes ni los Agentes de Información Locales o el Agente Colocador y Agente de Solicitud respecto de hechos pasados o futuros. El Agente de APE, los Agentes de Información Locales y el Agente Colocador y Agente de Solicitud actúan en dicha función exclusivamente en relación con la Oferta de Canje y la Solicitud de APE. Para evitar dudas, el Agente de APE, los Agentes de Información Locales y el Agente Colocador y Agente de Solicitud no actúan ni serán considerados para ningún propósito como gestores de canje o agentes de solicitud de las Co-Emisoras, sus afiliadas o subsidiarias, ni ninguna otra persona en relación con cualquier transacción mencionada en el Suplemento y/o este Aviso de Suscripción, excepto la Oferta y Solicitud de APE.

En Argentina, todas las preguntas relativas a esta Oferta y Solicitud de APE deben dirigirse a los Agentes de Información Locales. Los Agentes de Información Locales actuarán exclusivamente en carácter informativo y no participarán en la recepción de instrucciones, liquidación, acreditación o transferencia de Obligaciones Negociables Existentes y/o Nuevas Obligaciones Negociables, ni en la implementación de la Oferta de Canje o del APE de las Co-Emisoras, no asumiendo responsabilidad alguna en relación con tales procesos ni estando facultados para recibir, procesar o ejecutar instrucciones de los Tenedores Elegibles, ni para representarlos en ningún aspecto de la Oferta y Solicitud de APE.

Los Documentos de la Oferta y demás documentos relevantes para la Oferta y Solicitud de APE y la emisión de las Nuevas Obligaciones Negociables se encuentran a disposición de los interesados en las oficinas de las Co-Emisoras sita en Av. Leandro N. Alem 855, Piso 14°, C.A.B.A., y del Agente de APE y de los Agentes de Información Locales a través de los contactos que se indican en el Suplemento y Aviso


de Suscripción. Las Co-Emisoras recomiendan la lectura y examen de los Documentos de la Oferta en su totalidad, así como de los estados financieros auditados correspondientes al ejercicio finalizado el 31 de diciembre de 2025, junto con sus respectivas notas y anexos, incorporados por referencia al Suplemento y publicados en el sitio web de la CNV bajo IDs 3499439 (GEMSA al 31/12/2025) y 3494739 (CTR al 31/12/25).

El presente Aviso de Resultados no constituye ni podrá ser utilizado como una oferta o solicitud en ninguna jurisdicción en la cual dicha oferta o solicitud no se encuentre autorizada o a persona alguna respecto de la cual sea ilegal efectuar tal oferta o solicitud. No se ha adoptado medida alguna para permitir una oferta pública de las Nuevas Obligaciones Negociables o la distribución del presente Aviso de Resultados en jurisdicciones donde ello requiera autorización específica. La información aquí contenida es parcial y deberá completarse con la información contenida en los restantes Documentos de la Oferta. Los Tenedores Elegibles deberán analizar cuidadosamente la totalidad de la información contenida en dichos documentos antes de adoptar una decisión de inversión.

Oferta pública autorizada por Resolución N° RESFC-2017-18947-APN-DIR#CNV de fecha 26 de septiembre de 2017, el aumento del monto del Programa por hasta US$300.000.000 (o su equivalente en otra moneda) fue autorizado por Resolución N° RESFC-2019-20111-APN-DIR#CNV de fecha 8 de marzo de 2019 de la CNV, el aumento del monto del Programa hasta US$700.000.000 (o su equivalente en otra moneda) y la modificación de sus términos y condiciones fueron autorizados por Disposición N° DI-2020-43-APN-GE#CNV de la Gerencia de Emisoras de la CNV con fecha 10 de septiembre de 2020, la modificación de los términos del prospecto de Programa a los fines de permitir a las Compañías la emisión de obligaciones negociables denominadas en unidades de medida o valor ha sido autorizada por Disposición N° DI-2021-3-APN-GE#CNV de la Gerencia de Emisoras de la CNV de fecha 23 de febrero de 2021, la prórroga y modificación de los términos y condiciones del Programa, aprobadas por las Asambleas Generales Extraordinarias de Accionistas de las Sociedades y sus Directorios con fecha 19 de abril de 2022, ha sido autorizada por Disposición N° DI-2022-28-APN-GE#CNV de la Gerencia de Emisoras de la CNV de fecha 2 de junio de 2022, el aumento del monto del Programa hasta US$1.000.000.000 (o su equivalente en otras monedas o unidades de medida o valor) ha sido autorizado por Disposición N° DI-2023-31-APN-GE#CNV de la Gerencia de Emisoras de la CNV con fecha 5 de julio de 2023, y la modificación de los términos del prospecto de Programa a los fines de permitir a las Co-Emisoras la emisión de obligaciones negociables tipificadas como temáticas, incluyendo sin limitación, como sociales, verdes, sustentables, vinculadas a la sostenibilidad y/o cualquier otra alternativa de etiquetado, ha sido autorizado por Disposición N° DI-2024-11-APN-GE#CNV de la Gerencia de Emisoras de la CNV con fecha 23 de febrero de 2024. Con fecha 29 de enero de 2026, el aumento del monto máximo de emisión bajo el Programa hasta US$1.300.000.000 (o su equivalente en otras monedas o unidades de medida o valor), fue aprobado de manera condicionada por la CNV mediante Disposición N° DI-2026-11-APN-GE#CNV, habiendo las Co-Emisoras levantado dicho condicionamiento mediante la publicación de la adenda al Prospecto de fecha 20 de febrero de 2026. Esta autorización sólo significa que se ha cumplido con los requisitos establecidos en materia de información.

La oferta pública de las Nuevas Obligaciones Negociables que se describe en el presente Aviso de Resultados se encuentra comprendida dentro de la autorización de oferta pública otorgada por la CNV al Programa, en el marco de lo establecido por el artículo 23, Capítulo V, Título II de las Normas de la CNV. Ni el Suplemento, el Aviso de Suscripción, el Aviso Complementario N°1 ni este Aviso de Resultados han sido previamente revisado ni conformado por la CNV. De acuerdo con el procedimiento establecido en el artículo 30, Capítulo V, Título II de las Normas de la CNV, dentro de los cinco Días Hábiles de suscriptas las Nuevas Obligaciones Negociables, las Co-Emisoras presentarán la documentación definitiva relativa a las mismas ante CNV.

La CNV no ha emitido juicio sobre los datos contenidos en los Documentos de la Oferta. La veracidad de la información contable, financiera y económica, así como de toda otra información suministrada en el Suplemento es exclusiva responsabilidad del órgano de administración de cada Co-Emisora, en lo que les atañe, del órgano de fiscalización de las Co-Emisoras y de los auditores en cuanto a sus respectivos informes sobre los estados contables que se acompañan, y demás responsables contemplados en los artículos 119 y 120 de la Ley de Mercado de Capitales. El órgano de administración de cada Co-Emisora manifiesta, con carácter de declaración jurada, que el Prospecto, la Adenda y el Suplemento contienen, a la fecha de su publicación, información veraz y suficiente sobre todo hecho relevante que pueda afectar la situación patrimonial, económica y financiera de las Co-Emisoras y de toda aquélla que deba ser de conocimiento del público inversor con relación a la presente emisión, conforme las normas vigentes.

Las Co-Emisoras asumen expresamente la responsabilidad por las declaraciones realizadas en los Documentos de la Oferta, y por la completitud en la divulgación de los riesgos involucrados y la situación actualizada de las Co-Emisoras, incluyendo toda información que cualquier inversor razonable debe conocer para adoptar decisiones fundadas respecto de la colocación y posterior negociación de las Nuevas Obligaciones Negociables. Las Co-Emisoras declaran, bajo juramento, que los datos consignados en el Suplemento son correctos y completos, que no se ha omitido ni falseado dato alguno que deba contener, y que el contenido del mismo constituye fiel expresión de la verdad. Las Co-Emisoras manifiestan conocer las penalidades previstas por los artículos 172, 293 y 309 del Código Penal de la Nación Argentina, relativas al fraude y a la falsedad en documentos, respectivamente.

La fecha del presente Aviso de Resultados es 7 de mayo de 2026.

Juan G. Daly
Autorizado